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1 LA SITUACION DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (DESC) EN EL SALVADOR (Enero/Diciembre 2003) FESPAD EDICIONES

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LA SITUACION DE LOS DERECHOSECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (DESC)

EN EL SALVADOR(Enero/Diciembre 2003)

FESPAD EDICIONES

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LA SITUACION DE LOS DERECHOS

ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (DESC)

EN EL SALVADOR

(Enero/Diciembre 2003)

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BINA/jmh

Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD)

La Situación de los derechos económicos, sociales y culturales

(DESC) en El Salvador: (enero/diciembre 2003) / Fundación de

Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD).-- 1a. de. -- San

Salvador, El Salv. : FESPAD Ediciones, 2004.

172 p. ; 28 cm.

ISBN 99923-45-15-2

1. Derechos civiles-El Salvador. 2.Derechos económicos y

sociales. I. Titulo.

La Situación de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) en El Salvador

(Enero/Diciembre 2003)

Este informe se ha elaborado en el marco del “Programa Integral de Vigilancia, Promoción y Procuración Participativa de los DESC en El Salvador”, con el co-auspicio de la Organización Intereclesiástica de Cooperación al Desarrollo (ICCO, por sus siglas en ingles), ejecutado por la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, FESPAD, a través del Departamento de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), del Centro de Estudios Constitucionales y Derechos Humanos (CECDH).

Junta Directiva de FESPAD 2001-2005

Dr. Ignacio PaniaguaPresidente

Dra. Clara Venus Nuila de VillalobosVicepresidenta

Licda. María Silvia GuillénDirectora Ejecutiva

Responsables de esta edición:

María Silvia GuillénAbraham Abrego

Ricardo SantamaríaSaúl Baños

Diseño y diagramación: Regina Juárez

Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, FESPAD.

25 Calle Poniente No. 1332, Colonia Layco, San Salvador, El Salvador, Centroamérica. Apartado Postal 2806.Teléfonos (503) 225-2368, 226-3702, 235-0536, 235-0537; Fax: 225-2504

Correo electrónico de FESPAD: [email protected] electrónico del Centro de Estudios Constitucionales y Derechos Humanos, (CECDH): [email protected] electrónico del Departamento de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC): [email protected]éfono directo: (503) 257-7291

Este informe es responsabilidad de FESPAD y no expresa necesariamente el pensamiento de su auspiciador.

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CONTENIDOPag.

Presentación

Siglas

A. Panorama General........................................................................................................... 1

B. Metodología Empleada .................................................................................................. 8

I. DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO DE DERECHOS ECONOMICOS,SOCIALES Y CULTURALES........................................................................................... 10

1 Derecho de Libre Determinación (Artículo 1)................................................................... 10

2Goce de los derechos reconocidos en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales yCulturales (Artículo 2)....................................................................................................... 14

3 Igualdad de derecho del hombre y la mujer (artículo 3)................................................... 16

3,1 Alguna legislación nacional que regula la igualdad de la mujer....................................... 19

3,2 Participación política de las mujeres................................................................................ 20

4

Garantías ante posibles limitaciones arbitrarias a los derechos reconocidos en el Pactode Derechos Económicos, Sociales y Culturales que provenga de los Estados Partedel PIDESC............................................................................................................. 23

II. DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL PACTO DE DERECHOS ECONOMICOS,SOCIALES Y CULTURALES.......................................................................................... 25

1 Conceptualización Básica del Derechos al Trabajo (Artículo 6)...................................... 25

1,1 El derechos al trabajo en la legislación nacional............................................................. 25

1,1,1 Constitución de la República............................................................................................ 25

1,1,2 Algunas normas regionales e internacionales sobre el derecho a trabajar..................... 26

1,1,3 Legislación secundaria en materia laboral ...................................................................... 26

1,1,4 Función del Ministerio de Trabajo y Previsión Social....................................................... 26

1,1,5 Asignación presupuestaria del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS)............ 28

1,1,6 Situación del nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo........................... 28

1,1,7 Las cifras oficiales del empleo, subempleo y desempleo................................................ 28

1,1,8 Ingresos del hogar y de los ocupados. Cifras oficiales................................................... 30

1,1,9 Consideraciones sobre las cifras oficiales del empleo, subempleo y desempleo............ 31

1,1,10 Dos casos concreto que reflejan inestabilidad laboral en el sector público..................... 33

1,1,10,1 Caso trabajadores administrativos de la Policia Nacional Civil........................................ 33

1,1,10,2 Caso de trabajadores de la Academia Nacional de Seguridad Pública........................... 33

1,1,11 Dos casos concretos que reflejan inestabilidad laboral en el sector privado................... 33

1,1,11,1 Maquila Anthony Fashion................................................................................................. 33

1,1,11,2 Empresa Café Coyo......................................................................................................... 34

2 El Derecho a Condiciones de Trabajo Equitativas y Satisfactorias (Artículo 7)............... 34

2,1 Situación del salario minimo............................................................................................ 35

2,2 Condiciones de seguridad laboral (accidentes y enfermedades de trabajo).................. 36

2,2,1 Situación legal.................................................................................................................. 37

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3 Derechos Sindicales (Artículo)......................................................................................... 39

3,1 El derecho a la sindicalización como derecho constitucional.......................................... 39

3,2 Convenios, pactos y tratados internacionales.................................................................. 39

3,2,1 Legislación secundaria nacional...................................................................................... 41

3,3Imposición de restricciones del ejercicio del derecho a fundar sindicatos y afiliarse aellos y su libre funcionamiento......................................................................................... 41

3,3,1 Empresa de Maquila Charter, S.A. de C.V. .................................................................... 42

3,3,2 Empresa NESTLE............................................................................................................ 43

3,3,3 Cámara Salvadoreña de la Construcción (CASALCO).................................................... 43

4 Derecho a la Seguridad Social........................................................................................ 44

4,1 Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social............................................................... 45

4,2 Bienestar Magisterial........................................................................................................ 45

4,3 Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP)............................. 46

4,4 Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA)............................................. 46

4,5 Sistema de Ahorro para Pensiones.................................................................................. 46

4,6 Mujeres recibirán menores pensiones............................................................................. 48

4,7 Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS)............................................................... 49

4,7,1 Servicios que presta el ISSS............................................................................................ 49

4,7,2 La sempiterna problemática en el ISSS........................................................................... 49

5 Protección de la familia de las madres y de los niños (Artículo 10)................................. 51

5,1 Situación de la niñez........................................................................................................ 52

5,1,1 Protección de las niñas y niños........................................................................................ 53

5,1,2 El escabroso tema de las maras...................................................................................... 54

5,1,3 Niñez y balas perdidas..................................................................................................... 56

5,1,4 Lesiones y muerte de menores por accidentes de tránsito.............................................. 57

5,1,5 Maltrato infantil................................................................................................................. 57

5,1,6 Maltrato a niños y niñas de la calle.................................................................................. 58

5,1,7 Abuso y explotación sexual de niñas y niños................................................................... 59

5,1,8 Trabajo infantil.................................................................................................................. 60

5,1,9 Niños y niñas trabajadoras en coheterías........................................................................ 61

6 Derecho a un Nivel de Vida Adecuado (Artículo 11)........................................................ 62

6,1 Derecho a una vivienda adecuada................................................................................... 63

6,1,1 Seguridad jurídica de la tenencia..................................................................................... 65

6,1,2 Disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura.............................. 65

6,1,3 Gastos soportable............................................................................................................ 66

6,1,4 Habitabilidad.................................................................................................................... 66

6,1,5 Asequibilidad.................................................................................................................... 68

6,1,6 Lugar................................................................................................................................ 69

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6,2 Derecho a una alimentación adecuada............................................................................ 69

6,2,1 Estado del agro salvadoreño........................................................................................... 71

6,2,2 Desnutrición infantil.......................................................................................................... 72

6,2,3 Muertes de niños y niñas por desnutrición en el occidente del país................................ 73

6,3 El derecho a un acceso seguro de agua potable............................................................. 73

6,3,1 Calidad del agua consumida por la población salvadoreña............................................. 75

7 Derecho a la Salud Física y Mental (Artículo 12)............................................................. 76

7,1 Protección jurídica del derecho a la salud....................................................................... 76

7,2 Instituciones responsables del sistema nacional de salud............................................... 77

7,3 Calidad y cobretura de los servicios de salud.................................................................. 78

7,4 Índices de morbilidad y mortalidad................................................................................... 79

7,5 La epidemia del dengue................................................................................................... 81

7,6 El rotavirus....................................................................................................................... 83

7,7 La neumonia: una nueva epidemia en el 2003............................................................... 84

7,8 Muerte de niños por acudir a “sobadores”....................................................................... 86

7,9 Las cuotas voluntarias, siguen siendo obligatorias.......................................................... 87

7,1 Desabastecimiento de medicamentos............................................................................. 88

7,11 Personas con VIH-SIDA................................................................................................... 88

8 Derecho a un Ambiente Sano.......................................................................................... 89

8,1 Normativa jurídica sobre medio ambiente........................................................................ 90

8,2 Instituciones gubermamentales para la protección del medio ambiente.......................... 90

8,3 Tratamiento de materiales peligrosos.............................................................................. 90

8,4 Tratamiento de desechos sólidos (basureros a cielo abierto).......................................... 92

8,5 Tratamiento de desechos líquidos................................................................................... 93

8,6 Destrucción de los recursos naturales............................................................................. 94

8,7 El anillo periférico............................................................................................................. 94

9 Derecho a la Educación (Artículos 13 y 14)..................................................................... 95

9,1 Gasto público en educación............................................................................................. 96

9,2 Cobertura y calidad de la educación................................................................................ 97

9,3 Cobertura educativa......................................................................................................... 97

9,4 Asistencia escolar............................................................................................................ 98

9,5 Analfabetismo.................................................................................................................. 99

9,6 Calidad Educativa............................................................................................................ 99

9,7 Las cuotas voluntarias en educación............................................................................... 100

9,8 Alza en las cuotas escolares en centros privados........................................................... 101

9,9 Altos niveles de deserción, repitencia y sobreedad......................................................... 101

9,1 Infraestructura educativa.................................................................................................. 102

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Pag.

9,11 Servicios básicos en las escuelas.................................................................................... 103

9,12 Déficit de mobiliario educativo......................................................................................... 103

9,13 Educación superior.......................................................................................................... 104

10 Derecho a la Cultura (Artìculo 15) ................................................................................... 105

10,1 Disposiciones juridicas relacionadas con los derechos culturales................................... 106

10,2 Función de las instituciones culturales............................................................................. 107

10,3 Presupuesto de CONCULTURA...................................................................................... 107

10,4 El quehacer cultural......................................................................................................... 107

10,5 La situación de los grupos indigenas en El Salvador....................................................... 108

10,6 Acceso a la información................................................................................................... 108

III ANEXOS

Anexo I. Cuadro resumen de denuncias recibidas sobre violaciones a DESC durante2003................................................................................................................................ 110

Anexo II. Tratador internacionales de la OIT ratificados por El Salvador...................... 128

PRESENTACION

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Por tercer año consecutivo hemos venido desarrollando este informe como aporte porvisibilizar desde FESPAD, la situación de los derechos económicos, sociales y culturales.

Sin embargo, a partir de este informe, iniciaremos el esfuerzo de acercarnos aún más a lossujetos protagónicos y fundamentales que nos dan nuestra razón de ser y por loconsiguiente, nos determinan nuestra misión y nuestra visión.

En este sentido, iremos al encuentro de los sujetos sociales vulnerados descentralizandoaún más del centro político nacional la devolución de su realidad y la reflexión sobre su vida,contenida en este informe.

Muy conscientes estamos que la ciencia, la tecnología y la investigación, no sonprerrogativas de los intelectuales ni el fin en sí mismo de los profesionales; sino por elcontrario, son derechos de los pueblos como condición fundamental para su desarrollo.Desafortunadamente, lo que es un derecho inalienable se ha vuelto mercancía.

También tenemos conciencia que el investigar y el hacer ciencia, tampoco está al margende la política y de la ideología; quienes quieren hacer creer que la objetividad y el caráctercientífico de una investigación, niega la intencionalidad política con la que se hace, con ellolo que pretenden es mantener la hegemonía política de la ciencia y la investigaciónneoliberal.

Investigamos la pobreza, la verificamos en la realidad y la interpretamos, teniendo comomarco de referencia las relaciones históricas, la ciencias económicas, el derecho, los bienesjurídicos que defiende y el marco integral de las derechos humanos como Norte fundamentalpara enrumbar nuestras acciones hacia la construcción de un estado democrático incluyentey no patriarcal, basado en la constitucionalidad y todo el acervo que proporciona el avancedoctrinario y jurisprudencial de los pueblos del mundo, en su lucha por la construcción deese mundo distinto, cada vez más necesario.

María Silvia GuillénDirectora Ejecutiva de FESPAD

SIGLAS

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ABANSA Asociación Bancaria SalvadoreñaAFP Administradora de Fondo de Pensiones.AMSS Área Metropolitana de San Salvador ANDA Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados.ANDAR Asociación Nacional para la Defensa, Desarrollo y Distribución de Agua a Nivel RuralANEP Asociación Nacional de la Empresa Privada.ANTEL Administración Nacional de TelecomunicacionesASIC Asociación de Industriales de la ConfecciónASONDES Asociación de Nutricionistas y Dietistas de El SalvadorBANAFI Banco Nacional de Fomento IndustrialBCR Banco Central de Reserva.BFA Banco de Fomento AgropecuarioCAM Cuerpo de Agentes MetropolitanosCAMAGRO Cámara Agropecuaria y AgroindustrialCASALCO Cámara Salvadoreña de la Construcción.CDC Centro para la Defensa del Consumidor.CEJIL Centro por la Justicia y el Derecho InternacionalCEL Comisión Ejecutiva del Río Lempa.CENAR Centro Nacional de Artes

CENDEPESACA Centro de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura

CENTA Centro de Tecnología Apropiada.

CEPA Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma.

CEPAL Comisión Económica para América Latina.CIDAI Centro de Información, Documentación y Apoyo a la InvestigaciónCIMAC Comunicación e Información de la Mujer.CIP Cédula de Identidad PersonalCND Comisión Nacional de DesarrolloCOEN Comité de Emergencia NacionalCOMIECO Comité de Ministros de Economía de CentroaméricaCONCULTURA Consejo Nacional para la Cultura y el ArteCTS Central de Trabajadores SalvadoreñosDESC Derechos Económicos, Sociales y CulturalesDIGESTYC Dirección General de Estadísticas y CensosDPC Dirección de Protección al ConsumidorDIGESTYC Dirección General de Estadísticas y CensosECOSOC Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Naciones Unidas EDH El Diario de HoyEED Evangelischer EntwicklungsdienstETESAL Empresa Transmisora de ElectricidadFENADESAL Ferrocarriles Nacionales de El SalvadorFEPADE Fundación Empresarial para el Desarrollo EducativoFESPAD Fundación de Estudios para la Aplicación del DerechoFIAN Organización Internacional por el Derecho a Alimentarse FGR Fiscalía General de la RepúblicaFODES Fondo de Desarrollo Económico y SocialFONAVIPO Fondo Nacional para la Vivienda PopularFOVIAL Fondo de Conservación VialFSV Fondo Social para la ViviendaFAES Fuerza Aérea Salvadoreña

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FESTRASPES Federación Sindical de Trabajadores de los Servicios Públicos de El SalvadorFINATA Financiera Nacional de Tierras AgrícolasFUNDASIDA Fundación Nacional para la Prevención, Educación y Control de Paciente VIH/SIDAFUSADES Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social.FUSAI Fundación Salvadoreña de Apoyo IntegralGESAL Geotérmica SalvadoreñaGESO Asociación Género y SociedadFMLN Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional.IMU Instituto de Investigación, Capacitación y Desarrollo de la MujerINPEP Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos.IPSFA Instituto de Previsión social de la Fuerza ArmadaISDEMU Instituto Salvadoreño de Desarrollo de la MujerISPM Instituto Salvadoreño de Protección al Menor.ISRI Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social.IUDOP Instituto Universitario de Opinión PúblicaLPG La Prensa Gráfica.MAG Ministerio de Agricultura y Ganadería.MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.MINED Ministerio de Educación.MOLI Movimiento de Organizaciones Laborales IntegradasMOP Ministerio de Obras Públicas.MSPAS Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.MTPS Ministerio de Trabajo y Previsión Social.NAOS Nuevos Asentamientos Organizados.OEF/ES Asociación para la Organización y Educación Empresarial Femenina de El SalvadorOIT Organización Internacional del Trabajo.OMC Organización Mundial del ComercioONU Organización de las Naciones UnidasOPAMSS Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San SalvadorPAH Programa de Asentamientos HumanosPET Población en Edad de TrabajarPEA Población Económicamente ActivaPLAMADUR Plan Maestro de Desarrollo Urbano.PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.PREAL Promoción de la Reforma Educativa en América Latina y el Caribe SAP Sistema de Ahorro para PensionesSIBASI Sistema Básico de Salud Integral.SICA Secretaría de Integración CentroamericanaSIMETRISSS Sindicato de Médicos y Trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro SocialSITINPEP Sindicato de Trabajadores del Instituto Nacional de Pensionados PúblicosSITRACOCS Sindicato de Trabajadores de la construcción Similares y Conexos SalvadoreñosSNF Secretaría Nacional de la FamiliaSTISSS Sindicato de Trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro SocialSUTC Sindicato Unión de Trabajadores de la ConstrucciónTLC Tratados de Libre ComercioTPS Estado de Protección Temporal.UCA Universidad Centroamericana Dr. José Simeón Cañas UES Universidad de El Salvador.UMO Unidad de Mantenimiento del Orden.UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.UNSSA Universidad Nueva San Salvador.

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VVDU Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano

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A. Panorama General

Para FESPAD, El Salvador sigue siendoun país con grandes rezagos, esencialmente, enlo político, económico, social y cultural. Loshechos acontecidos durante el 2003 pueden darfe de tal postura. A lo largo del año se sucedieroninnumerables hechos en las áreas en mención;sin embargo, hubo eventos que ya sea por suimpacto generalizado, efectos mediatos oinmediatos en la población, y, sobre todo, por lacobertura en los medios de comunicación,crearon una especie de aristas que, para bien opara mal, los hicieron sobresalir del resto deeventos. Hechos como el déficit habitacional,falta de acceso a los servicios de salud,desempleo, etc, que por no estar presentespermanentemente en los medios decomunicación pasan desapercibidos yaparentemente dejan de ser menos importantes.

Las políticas emprendidas por el gobiernode Francisco Flores tienen como telón de fondo loque ha dado por llamarse “la participación en elmundo global”. Los esfuerzos gubernamentalesestán enfilados a la inserción del país en laeconomía mundial a través de procesos deprivatización, dolarización, tratados de librecomercio, apertura de fronteras y reformas alsistema de recaudación fiscal, entre otras.

El gobierno ve a estas políticas como elúnico camino para el desarrollo socio económico;las ve como única vía para superar los niveles depobreza y para que los y las salvadoreñasalcancen mejores niveles de desarrollo. Elgobierno ha creído ciegamente en lo que losexpertos y funcionarios de las multinacionales ymultilaterales dictan. Ha creído en lo que estáescrito en sus manuales y sus textos; sinembargo, al llevar ese texto a la realidadcotidiana son claras las marcadas diferenciasentre ellos.

Este informe lo que aspira es recoger loque en el contexto salvadoreño ocurrió durante el2003, en materia de Derechos Económicos,

Sociales y Culturales y, de alguna manera,contrastarlo con el discurso oficial; es decir, conla realidad que los funcionarios tratan deproyectar hacia el interior, pero especialmente,hacia el exterior del país.

Por que hay que decirlo, en El Salvadorexisten dos realidades: la cotidiana, que es la quese manifiesta y está presente en miles de hogarespobres salvadoreños; y la virtual, que es lacondición ausente y que sólo está presente en eldiscurso de los representantes delgobierno,especialmente de los del ÓrganoEjecutivo1

No se debe dejar de mencionar lacontribución que algunos medios decomunicación dan a la reproducción de esarealidad virtual por medio del trastrocamiento de

1“Extracto del mensaje del Presidente de la República de El Salvador ante la 58º.

Asamblea General de la ONU, celebrada el 23 de septiembre de 2003. ”Enescasos doce años, hemos reducido la pobreza a la mitad, del sesenta por cientode nuestra población general en 1991, al treinta y tres por ciento hoy en día; másdel treinta por cierto de nuestra población vivía en la extrema pobreza, hoy sólo lamitad de ellos, el quince por ciento vive esta angustiosa realidad. Nuestroesfuerzo ha impactado, directamente, las condiciones de vida de todos nuestroscompatriotas.

Hace doce años, el veinticinco por ciento de los salvadoreños, no sabían leer yescribir, hoy sólo únicamente el trece. La tasa de mortalidad infantil, era decuarenta y cinco por mil nacidos; hoy, es de veinticinco por cada mil nacidos.Hemos logrado esto, al dedicarnos a las necesidades más apremiantes denuestros compatriotas. En los últimos cuatro años, cada día construimos unkilómetro de carreteras para conectar a nuestros poblados más aislados. Cadadía, construimos tres escuelas, para educar a nuestros niños más pobres. Cadadía, construimos 106 viviendas, para familias de bajos ingresos. Y cada cincodías, construimos una nueva unidad de salud.

Después de ser completamente dependientes de la agricultura, somos hoy eltercero, de veinticuatro países latinoamericanos en crecimiento de exportaciones.Logramos en la difícil década de los noventa, crecer muy por encima de nuestra

región, paraconvertirnos en el segundo país, de toda Latinoamérica, en

crecimiento económico. A pesar de la inmensa carga que nos impuso lareconstrucción por los terremotos del 2001, reducimos año con año el déficit fiscalpara llevarlo en el 2004, a menos del uno por ciento. Esto nos ha permitidocontrolar la inflación, de un treinta por cierto a un dos por ciento este año, y evitarasí el deterioro de los ingresos familiares.

Tenemos cero riesgo de devaluación, y tenemos hoy, después de cumplir tasasde interés del treinta por cierto, las tasas de interés bancario más baja de nuestraregión, 6.8 por ciento. Llevamos ya once años sin fluctuaciones cambiarias, esonos ha llevado a adquirir el apetecido grado de inversión, que únicamente tienenChile, México y El Salvador en Latinoamérica. Las condiciones de vida de lossalvadoreños han cambiado notablemente. La tasa de desempleo cayó del trecepor cierto al 6.8., de sólo doscientas cincuenta mil líneas telefónicas en 1992,hemos pasado a tener un millón seiscientas mil líneas. Es más barato hacer unallamada telefónica de El Salvador a Naciones Unidas, que de Naciones Unidas aEl Salvador. En un poco más de una década, el número de los vehículos ennuestro país se ha cuadruplicado. Logramos aumentar la cobertura de aguapotable en el área rural, en más del cincuenta por ciento, y también laelectrificación rural. Logramos la paz, ocupamos nuestras energías para el

desarrollo económico, y nuestros recursos son para los más pobres. Me hepermito ampliar sobre la evolución de mi país, en los últimos años, porque meparece que en El Salvador hemos descubierto, no únicamente una forma efectivade resolver conflictos violentos, sino una forma efectiva de combatir la pobreza.”

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la opinión pública. Se insiste en que, gracias a laalianza político-económica con un sector de laprensa salvadoreña, (el cual actúa de una maneraintolerante ante hechos y opiniones quecontrarian la realidad virtual), se desinforma uoculta información a los y las salvadoreñas.

Además, este sector de la prensa siempreestá dispuesta a condenar o desprestigiarpolíticamente a toda aquella persona o instituciónque contradiga las políticas gubernamentales.

Al comparar el discurso gubernamentalcon datos sobre la misma realidad que dan aconocer otros organismos, se tiene que existeuna disonancia entre ellos, por ejemplo, para elPrograma de las Naciones Unidas para elDesarrollo (PNUD), la pobreza en el país siguesiendo alta y a esto, además, le suma que no estásiendo bien contabilizada por las institucionesresponsables, en este caso por la DirecciónGeneral de Estadística y Censo (DIGESTYC),oficina adscrita al Ministerio de Economía.

Para el PNUD, ”Al menos 43 de cada 100habitantes del país continúan siendo pobres, unporcentaje bastante similar al promedio de 43.4%calculado para América Latina por la CEPAL en2003. Además, 19 de cada 100 personas estánen pobreza absoluta, es decir, sus ingresos son

inferiores al costo de la canasta básica dealimentos. Además la dimensión del problema enEl Salvador se subestima, debido a que lametodología para su cálculo utiliza supuestos quehan perdido vigencia. Por ejemplo, se asume queel costo de la canasta ampliada (línea de pobrezarelativa) equivale a dos veces el costo de lacanasta básica alimentarias (línea de pobrezaabsoluta) pese a que en los últimos 10 años losprecios de varios rubros de la primera, comoelectricidad y combustible, vivienda y educación,han aumentado entre 4 y 10 veces más que loprecios de los bienes incluidos en la segunda”.(Informe de Desarrollo Humano, 2003, p. 9)

Lo que es peor, la misma organizaciónconsidera que ”Entre la población rural lasituación es peor. La pobreza total afecta a55.8%, y 29.1% se encuentra en pobrezaabsoluta. Además, la canasta básica dealimentos para la zona rural es inferior en calidady en costo que la urbana.” (Informe deDesarrollo Humano, 2003, p. 9)

El cuadro Nº 1, compara algunos de losdatos expresados por el Presidente de laRepública en la 58ª Asamblea General de laONU, celebrada el 23 de septiembre de 2003, condatos vertidos por el PNUD en su Informe sobreDesarrollo Humano: El Salvador 2003.

Cuadro Nº 1

Comparación entre las Cifras Oficiales y las Reportadas por el PNUD

(según concepto)

Concepto Datos oficiales Datos delPNUD

Diferencia

PorcentajesPersonas pobres en la zonaurbana

33 43 10 puntos

Personas que están por debajode la línea de pobreza

15 19 4 puntos

Personas que no saben leer yescribir

13 14.2 1.2 puntos

Fuente: Elaboración Departamento DESC/CECDH/FESPAD.

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Estos datos dan una idea de cómo sonmanipuladas, por conveniencia política, larealidad. Los números son inflados o disminuidossegún convenga, por ejemplo, en el discursooficial, el porcentaje de personas pobres esreducido en diez puntos y en el caso de laspersonas analfabetas, se disminuye un punto ydos décimas.

Otro aspecto a considerar es que lascifras del PNUD toman como base, casi en sutotalidad, los datos proporcionados por laDIGESTYC, lo cual demuestra que también elinforme del PNUD siempre se remite a una fuenteoficial, pero aún así, se evidencian lasdiferencias.

Esos datos que el Presidente de laRepública diera en ocasión de la 58ª AsambleaGeneral, también fueron repetidos en diversoseventos a nivel nacional e internacional en dondeél o sus ministros participaran durante el 2003:similares datos fueron vertidos en el Forodenominado "Un Diálogo por la Democracia"celebrado en Miami, el 5 de junio de 2003 eiguales datos expresó en su informe de cuartoaño de su gestión ante la Asamblea Legislativa, el1 de junio de 2003 y en la Conferencia de lasAméricas, celebrada en Miami, el 29 de octubrede 2003. Sólo para citar pocas de esasocasiones.

Como podrá notarse, esa ha sido laimagen que se ha vendido del país, en ningúndiscurso oficial se encontrarán datos que diganque la economía anda mal, que en Tacubadurante el 2003, murieron niños y niñas pordesnutrición, que desde los terremotos del 2001todavía hay miles de familias sin casa, que no hayagua potable, que cada año se repiten epidemiascomo el dengue y el rotavirus y que comoconsecuencia mueren muchos niños y niñas, quelos pensionados están en abandono, que todavíahay niños y niñas que no van a la escuela, quetodavía hay miles de salvadoreños ysalvadoreñas que no tienen acceso a médicos, nia medicinas.

A continuación se abordan, de unamanera general, algunos eventos que estuvieronpresentes en la agenda de lo acontecido durante2003.

a) La Huelga del Sector Salud que Viene Desde el 2002

Durante el desarrollo de la campaña electoral,especialmente la utilizada para la elección dealcaldes y diputados, los candidatos y partidospolíticos enarbolaban la bandera de la solución ala problemática del sector salud, ya que el paísexperimentaba una huelga que ha sidoconsiderada como una de las más prolongadasen su historia.

Dicha huelga fue desarrollada portrabajadores y trabajadoras del InstitutoSalvadoreño del Seguro Social (ISSS). La que seinició en 2002 y concluyó hasta principios de juliode 2003, después de nueve meses desuspensión de labores en los centros principalesdel sistema del ISSS y de algunas unidadeshospitalarias del país.

Este evento, que en el 2003, afectóprincipalmente la salud de las y los derechohabientes, ya que abarcó un poco más de lamitad del año, provocó atraso en intervencionesquirúrgicas, suspensión de consultas en medicinageneral y especializada, interrupción detratamientos médicos, curaciones,hospitalizaciones y acceso a medicamentos,entre otras.

Era de esperar que la actitud de losfuncionarios del Estado apuntara en la lógica dela solución del conflicto, ya que ellos poseen losmecanismos y los recursos para verlosolucionado y además son los titulares de lasobligaciones asumidas por el Estado en materiade derechos humanos, en este caso el derecho ala salud. De haber mostrado esta actitud no solohubieran habido muestras de buena voluntad;sino que además, los y las pacientes no hubieransido afectadas.

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b) Permanente Campaña Electoral

Un tema que creó otra arista fue elelectoral, el cual estuvo presente en todo el 2003.El evento electoral celebrado en marzo donde seeligiera a diputados y diputadas y concejosmunicipales fue considerado como el suceso,más relevante del 2003.

Aproximadamente, un poco más de unmillón de salvadoreñas y salvadoreños eligieron a84 diputados y diputadas para la AsambleaLegislativa. Al mismo tiempo fueron elegidos los262 concejos municipales, cargos en los cualesse mantendrán hasta el año 2006.

Pese a que el Código Electoral regula lostiempos en los cuales deberá iniciarse y finalizarla campaña electoral, posterior de las eleccionesel partido oficial inició su proselitismo con miras alas elecciones presidenciales del próximo año, sinque el máximo Tribunal en materia electoraltomara alguna acción para hacer cumplir lo que laley establece.

Fue hasta en noviembre, que el TribunalSupremo Electoral convocó oficialmente a los ylas salvadoreñas para elegir su presidente yvicepresidente en marzo de 2004.

De esa forma, en todo el 2003 lapoblación salvadoreña fue partícipe, al menoscomo observadora, de la utilización de fondospúblicos y la realización de obras públicas enpropaganda partidista; la profusión de promesaselectorales y testigo de propuestas con contenidosocial, las cuales, con el paso de unos pocosmeses, alcanzan la categoría de falsas

propuestas.

c) El Aumento al Salario Mínimo.

Las elecciones de diputados y concejosmunicipales realizadas en marzo de 2003arrojaron resultados no esperados para el partidooficial; eso provocó que en días posteriores a losresultados electorales el Presidente de laRepública anunciara algunos cambios en lapolítica estatal.

Uno de esos cambios fue el anuncio de laposibilidad de aumentar el salario mínimo. Trasese anuncio, se inició el cabildeo entrerepresentantes del gobierno, el Consejo Nacionaldel Salario Mínimo y la empresa privada; procesoque culminó con el consenso de aumentardiferenciadamente el salario mínimo, aumentoque entró en vigencia el 22 de mayo de 2003.

Desde 1998, el salario mínimo nopresentaba ningún aumento, a pesar de que la leylaboral manda una revisión cada dos años; elsalario mínimo se mantuvo durante ese tiempo en1,260 colones, equivalentes a 144 dólares al mes.No obstante el aumento diferenciado al salariomínimo, no se considera como suficiente, puestoque no alcanza a solucionar el problema de cubrirlas necesidades mínimas de la canasta familiar,ya que si se relaciona con el costo de la canastabásica de alimentos, se percibe una disparidadconsiderable entre ambos; y sí la relación se haceentre el salario mínimo y la canasta básicaampliada, la discrepancia crece aún más.

El siguiente cuadro contiene los sectoresa los cuales se les aplicó el aumento, losporcentajes aplicados, el salario afectado por elaumento y los salarios resultantes del aumento.

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Cuadro Nº 2

Distribución del Incremento Salarial Según Sector

Sector Salario anterior Porcentaje deincremento

Salario vigente

1. Agricultura2. Industria3. Maquila4. Comercio y servicio

$74.06$144.00$144.00$144.00

0%7.50%

5%10%

$74.06$154.80$151.20$158.40

Fuente: Ministerio de Trabajo y Previsión Social

El sector agrario fue marginado de estapolítica económica. La negativa gubernamentalde aumentar el salario mínimo en este sector seamparó bajo el argumento de que dicho sectorera incapaz de hacer frente a una alza salarialdebido a la crisis por la que atraviesa, la cualtendría a la base la caída de los preciosinternacionales del café.

Sin embargo, para algunas institucionesno gubernamentales, como es el caso del Centrode Información, Documentación y apoyo a laInvestigación (CIDAI), que considera que dichajustificación se contrapone con la visión que delsector agrícola se promueve internacionalmente,“donde se argumenta que el sector agrícolacalifica para ser incluido en la competencia en untratado de libre comercio con Estados Unidos”. (ES

Proceso 1079, p. 13)

También puede decirse que alincrementar diferenciadamente el salario mínimo,se reafirmó el énfasis y lo que siempre ha existidohacia ciertos sectores empresariales, como porejemplo la industria de las maquilas, las cuales ensu gran mayoría se caracterizan por pagar bajossalarios y limitar las prestaciones a sustrabajadores y trabajadores.

d) La Superación del Veto al Aumento delFODES

Durante el 2003 hubo diversosacontecimientos que generaron contradicciónentre los órganos Legislativo y Ejecutivo; sinembargo, el intento de algunas fracciones

legislativas por elevar el porcentaje al Fondo deDesarrollo Económico y Social, conocido comoFODES, fue el hecho que más evidenció eseenfrentamiento.

La Asamblea Legislativa, emitió undecreto que permitía aumentar al 8% latransferencia de los gastos corrientes delPresupuesto General del Estado para las 262alcaldías del país. La reacción en contra de ladisposición del órgano legislativo, por parte delÓrgano Ejecutivo no se hizo esperar,argumentando que dicho incrementodesequilibraría las finanzas públicas y obligaría arevisar el presupuesto asignado a algunas áreassensibles como educación, salud y vivienda; enconsecuencia, con lo expresado, el Presidente dela República vetó dicho decreto.

Pese al veto del Ejecutivo, y en un hechono tan constante en los procesos de formación deley en el país, el 30 de julio, los diputados deoposición sumaron 56 votos para superar el vetohecho por el Ejecutivo.

El Presidente de la República acudió a laCorte Suprema de Justicia para que dirimierasobre el desacuerdo; el 24 de septiembre la CorteSuprema de Justicia resolvió a favor delEjecutivo, con el voto razonado a favor de sólouno de los Magistrados. De esa forma el intentopor aumentar el FODES no prosperó a más, peroal menos sirvió para medir la correlación defuerzas dentro del Órgano Legislativo, de éstecon el Ejecutivo y la forma en que resuelve elJudicial.

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e) La Indetenible Migración a los Estados Unidos de Norte América

La tendencia del monto de las remesasfamiliares ha seguido en aumento, por lo que paraunos sigue considerándose como la piedraangular de la economía salvadoreña, para otros,se es considerada como el salvavidas de laeconomía del país y como medio que posibilita elimpulso al consumo privado.

En el 2003, las remesas de las familias delos salvadoreños y salvadoreñas, en el exteriorllegaron al 14% del PIB, lo que, según elMinisterio de Economía, equivale aaproximadamente 2,050 millones de dólares.

Para el PNUD, “Cada vez que unapersona pobre abandona su país, el numeradorpara estimar su tasa de pobreza disminuye. Noobstante la contribución de la población migrantea la reducción de la pobreza va mucho más allá,debido principalmente a las remesas que estaspersonas envían a sus familiares que continúanresidiendo en el país de origen. En El Salvador el22% del total de hogares y el 31% de hogarespobres recibieron remesas en año 2002, llegandoen el caso de éstos últimos, a representar másdel 50% de sus ingresos.” (Informe de desarrollohumano El Salvador 2003, p. 68)

El gobierno ha dicho que el crecimientodel monto de las remesas es el resultado de laextensión de los beneficios del Estatus deProtección Temporal, conocido como TPS.

Este punto de las migraciones y de lasremesas, refleja objetivamente la doble moral delgobierno salvadoreño, puesto que por un lado leconviene mayores migraciones, por lo quepromueve la estadía y la migración desalvadoreños y salvadoreñas en y hacia el Nortey, por el otro, penaliza, como consecuencia deexigencias de la Embajada Norteamericana en el

país, el tráfico ilegal de personas2.

f) Continúan los Daños al Medio Ambiente

En 2003 se continuó con el daño al medioambiente, no sólo por acciones de particulares;sino que, además por acciones estatales. ElEstado salvadoreño que es el obligado a protegerel medio ambiente se ha vuelto destructor delmismo.

Para muestra cabe mencionar que laconstrucción del llamado anillo periférico continuósu curso de una manera silenciosa, ese circuitovial de aproximadamente 70 km de longitud quebordeará el Área Metropolitana de San Salvador(AMSS) está casi concluido, sólo está pendienteel trayecto que une la carretera conocida como”de oro” con la que conecta con la calle aHuizúcar.

A la destrucción ambiental provocada porel anillo periférico se suma el deterioro ambientalocasionado por la apertura de nuevas carreterasnominadas como corredores secos, entre loscuales destacan los que de la capital conducenhacia el Occidente y Oriente del país, y que sonparte de los Tratados de Libre Comercio yconcretamente el Plan Puebla Panamá.

En el 2003, se culminó la destrucción casitotal de la finca El Espino, tanto la parte conocidacomo “la privada” como la parte conocida como”la del Estado”. La destrucción de la parte privadade El Espino va campante junto alapadrinamiento de funcionarios del más altorango3, que lejos de prevenir o impedir el impacto

2Mediante D.L. N° 568, del 4 de octubre de 2001, publicado en el D.O. N° 193,

Tomo 353, del 12 de octubre de 2001, se incluyó en la normativa penal el delitode Trafico ilegal de personas.

3El Presidente del Órgano Ejecutivo fue invitado, el 30 de septiembre de 2003, a

colocar la primera piedra del mega proyecto conocido como MultiplazaPanamericana, aquí unos extractos de su discurso: “...Ahora el Grupo Roble, acuya cabeza se encuentra Ricardo Poma, da un nuevo salto visionario con unnuevo concepto, un nuevo megaproyecto el de Multiplaza Panamericana. Pueseste proyecto es mucho más que un centro comercial, se trata de afrontar el retode construir una pequeña ciudad adentro de nuestra ciudad. Tendrá espaciospara vivir, para recrearse, espacios para educarse, espacios para entretenerse,espacios para hacer negocios; en fin se trata de construir una ciudad adentro de

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ecológico, celebran y aplauden la construcciónde mega proyectos comerciales.

La parte estatal de la Finca El Espino,contrario a lo que cualquier ciudadano ociudadana pensaría, ha sido también destruidasimultáneamente a la parte privada. En dichazona se han construido las instalaciones de laEscuela Militar Capitán General Gerardo Barrios.Mención aparte merecen las sendasconstrucciones de las instalaciones de laUniversidad Dr. José Matías Delgado y de laFundación Empresarial para el DesarrolloEducativo (FEPADE). La mención aparte se basaen que a estas dos instituciones, a través deDecretos Ejecutivos, se les permitió laconstrucción de esas instalaciones bajo elargumento de que por ser institucioneseducativas contribuyen al desarrollo del país.

Sin embargo, es necesario aclarar que elacceso para el o la estudiante medio a ambasinstituciones no es posible, sino más bien,acceden a ellas aquellos o aquellas que tienenposibilidades económicas para cancelar las altasmensualidades en concepto de colegiaturas.

Otro dato que llama la atención es queambas instituciones que han contribuido a ladestrucción de la parte estatal de la Finca ElEspino, es que sus funcionarios tienen estrecharelación con el partido oficial, con los miembrosdel Gabinete de Gobierno o son miembros de lagran empresa. Tal es el caso de la UniversidadDr. José Matías Delgado, cuyo rector es DavidEscobar Galindo, quien a su vez es miembro delConsejo Nacional de Seguridad Pública; el Vice

una ciudad. Para un país como el nuestro, que transita tan rápidamente desu pasado, en una vida rural, en comunidades relativamente pequeñas eintegradas, de un país que ha tenido a lo largo y ancho de su historia una vidaagraria y rural, y que hoy se transforma en un país moderno, donde la mayorparte de las personas viven en ciudades y pasan a la realidad urbana, no me cabeduda que este esfuerzo innovador, se va a convertir en un referente para eldiseño urbanístico del país en el futuro. Este megaproyecto, en su primera etapagenerará dos mil empleos directos y millares de empleos indirectos; se estima quelas próximas etapas generarán cuatro mil empleos directos más. Seis milempleos, significa una enorme contribución a la familia salvadoreña, significa seismil familias con seguridad para alimentar y educar a sus hijos, seis mil familiasque tienen un futuro, seis mil familias que pueden salir adelante...Muy pronto eneste lugar, veremos a miles de hombres y mujeres trabajando, devengando unsalario, hombres y mujeres que llevarán bienestar a sus familias; habrá muchomás de los sectores sociales, comprando y haciendo inversiones, lo cualconstituye el más contundente desmentido a los que se empeñan en decir, quetodo en nuestro país, está mal.”

Presidente de la República Carlos Quintanilla,quien es el Vice Rector de la misma; elPresidente de la República, Francisco Flores,quién ha sido profesor de esa universidad; eldiputado Rolando Alvarenga, la Ministra deRelaciones Exteriores y el Ministro de Trabajo,todos ellos ex alumnos y ahora profesores en esauniversidad.

La junta directiva de FEPADE para elperíodo 2003-2005 está integrada por RicardoFreund, Francisco Prado, Cesar Catani, todosellos miembros de la gran empresa; además,entre otros, la integran Roberto Murray Meza yRoberto Sagrera, ambos fueron miembros delconsejo directivo del partido oficial.

Pero las acciones del Estado en contradel Espino aún van más allá, de lo compartido,pues extraoficialmente se ha sabido quefuncionarios de gobierno están gestionando laadquisición de un terreno en la finca El Espinoque actualmente pertenece a una cooperativa dellugar. Lo que se persigue con la obtención delterreno es la construcción de las edificacionesque albergará al Ministerio de RelacionesExteriores.

g) Acuerdos Comerciales

Por su impacto generalizado y por susefectos mediatos, sin lugar a discusión, una deesas aristas está representada por lasnegociaciones del Tratado de Libre Comercioentre El Salvador y Los Estados Unidos de NorteAmérica, es importante mencionar, que ese fueuno de los más importantes puntos de la agendadel gobierno.

Desde el inicio de 2003, específicamenteel 8 de enero, se hizo el anuncio oficial delcomienzo de las negociaciones que sedesarrollaron a lo largo del año hasta culminarlasel 16 de diciembre.

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Otro elemento que hizo mantener laatención sobre estas negociaciones fue la ampliacobertura de la prensa nacional; que se centró endar cobertura al discurso oficial, sin llegar abrindar información a la ciudadanía para que éstapudiera formar un juicio objetivo sobre el tema.

El gobierno salvadoreño, en su afán porinsertarse plenamente a los procesos económicosmundiales, ha visto los Tratados de LibreComercio como fines y no como medios para lainserción del país a nivel internacional.

Hay que decir, además, que en materiade libre comercio, también ha estado presente enla agenda gubernamental la firma de acuerdoscomerciales con otros países del continenteamericano, incluso, ya se habla de Tratados conpaíses europeos, o la participación de El Salvadoren el Plan Puebla Panamá; así como lasnegociaciones para la firma de tratadoscomerciales con otros países del Norte.

También, la participación de El Salvadoren las negociaciones de lo que se conoce comola Ronda de Doha, que desarrolla la OrganizaciónMundial de Comercio (OMC), es otro hecho queafirma lo aseverado.

Es posible que la firma de los TLC, yespecialmente la imagen generada en losproceso desarrollados en la firma del TLC conEstados Unidos, genere ante la comunidadinternacional la falsa imagen de que en ElSalvador, todo marcha bien en lo económico,político, social y cultural.

El hecho de que el gobierno hayacentrado todos sus esfuerzos en la firma de losTLC ha sido uno de los factores que hancontribuido a ocultar el descuido de los asuntosdomésticos esenciales para la mayoría desalvadoreñas y salvadoreños.

A juzgar por la poca o nula disposición deinformación real sobre el tema de libre comercio,los y las salvadoreñas no saben qué ganan, y loque es peor, no saben qué pierden. Lo que sí esseguro es que los beneficiados seguirán siendolos de siempre.

En El Salvador, se quiere seguir midiendoel desarrollo a través de la infraestructurainmobiliaria, por la prolongación en todo el paísde la alfombra de asfalto y cemento, por laconstrucción de centros comerciales y por loscomplejos turísticos, entre otros.

En este apartado podrían hacerseconsideraciones de otras aristas quesobresalieron en el horizonte de los derechoseconómicos, sociales y culturales durante el2003; empero, en el desarrollo de este informehabrá tiempo, espacio y mayor detalle sobre ellas.En términos generales, FESPAD cree que el2003 fue un año convulso, de pocos progresos enmateria de derechos económicos, sociales yculturales.

B. Metodología Empleada

Este informe, al igual que los de 2001 y2002, está basado en la lectura y análisis delactuar de los y las funcionarias publicas; así comootros hechos de la vida nacional e internacionalque han sido registrados por los cuatroprincipales medios nacionales de comunicaciónescrita: La Prensa Gráfica (LPG), El Diario de Hoy(EDH), Co Latino y El Mundo; durante el períodode enero a diciembre de 2002. Este seguimientoha sido completado con otras fuentes (estudios,encuestas, investigaciones, etc.) y con lasdenuncias recibidas por FESPAD en materia deviolaciones a DESC. (Ver Anexo 1).

El alcance de las fuentes es el ámbitonacional, y como se dijo, tomando en cuenta lasacciones de personas u organismos nacionales einternacionales, que a pesar de estar fuera delpaís, tienen incidencia en los DESC nacionales.

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La estructura del informe y el orden enque se abordan los DESC obedece a como sevan sucediendo en el Pacto Internacional deDerechos Económicos, Sociales y Culturales(PIDESC).

Además, se ha tomado en cuenta laestructura de informes paralelos que presentanorganizaciones no gubernamentales con statusconsultivo ante el Sistema de Naciones Unidas,como el Centro por la Justicia y el DerechoInternacional (CEJIL), la OrganizaciónInternacional por el Derecho a Alimentarse (FIANInternacional), entre otras. Con la incorporaciónde estos elementos al cuerpo del informe sepretende mejorar su manejo y lectura, y facilitarpautas de comparación con otros similares en losdemás países.

En el abordaje que de cada artículo delPIDESC se hace y que al mismo tiemporepresenta un DESC, se incluye primeramenteuna conceptualización básica del DESCabordado, un breve marco normativo queobedece a la jerarquización jurídica (leyesprimarias, instrumentos internacionales y leyessecundarias), luego se hace un breve abordaje de

las instituciones estatales responsables degarantizar el cumplimiento de este derecho y porúltimo se incluyen los hechos que aparecen adiario en la prensa escrita nacional, alternandocon información de las denuncias recibidas enFESPAD, las cuales pueden constituirse comohechos relevantes de las formas en que seconfiguran las violaciones a derechos humanosen el país.

La intención de ese orden es que serelacionen los DESC en la normativa; la forma enque las instituciones deben cumplirla ycontrastarla con los hechos que acontecen adiario.

Para el seguimiento de prensa, seestablecieron ejes temáticos de acuerdo a losdistintos DESC; además se incluyeron lasactividades realizadas por los tres Órganos delEstado o por particulares, cuyos actos vulneranlos DESC.

Para la recepción de denuncias y suverificación in situ, se contó con una tipología delos actos u omisiones que violentan los DESC yse contrastaron con las obligaciones que en estamateria tiene el Estado salvadoreño.

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I. DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO DE DERECHOS ECONÓMICOS,SOCIALES Y CULTURALES

El Pacto Internacional de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales (PIDESC), fueadoptado por la Asamblea General de lasNaciones Unidas en 1966. Se abrió para la firmasen 1978 y junto con el Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticos, forma parte de laCarta Internacional de Derechos Humanos.

En El Salvador el PIDESC, se aprobómediante Acuerdo Nº 43 de la JuntaRevolucionaria de Gobierno, del 13 de Noviembrede 1979. Fue ratificado mediante Decreto Nº 27de la Junta Revolucionaria de Gobierno, del 23 deNoviembre de 1979. Fue publicado en el DiarioOficial Nº 218, Tomo 265, del 23 de Noviembrede 1979.

El PIDESC está compuesto por treinta yun artículos contenidos en seis secciones: elpreámbulo y las partes de la I a la V. El núcleodel Pacto se encuentra en la parte III, del artículo6 al 15, donde se consignan los derechos a serprotegidos, entre los que se encuentran elderecho al trabajo (art. 6), el derecho acondiciones de empleo equitativas (art. 7), elderecho a la seguridad social (art. 9), el derecho ala protección de la familia (art. 10), el derecho aun nivel de vida adecuado, que incluye el derechoa la alimentación, vestimenta y vivienda (art. 11),el derecho a la salud (art. 12), el derecho a laeducación (art. 13) y el derecho a la cultura (art.15)

1. Derecho de Libre Determinación (Artículo 1)

Como ya se dijo, la parte I del PIDESCcomprende sólo el artículo 1, el cual tiene unacontraparte idéntica en el artículo 1 del PactoInternacional de Derechos Civiles y Políticos deahí su identidad e interdependencia. El artículo 1proclama el derecho a la libre determinación detodos los pueblos, incluyendo el derecho a

procurar libremente el propio desarrolloeconómico, social y cultural y disponer librementede sus riquezas y recursos naturales.

Si bien la inclusión de un derecho de lospueblos puede ser problemática, particularmentecuando la terminación de “pueblos4” presentadificultades, podría decirse que este artículobrinda un contexto necesario dentro del cualdeberían cobrar efectividad los derechosconsagrados en el PIDESC, de ahí que lainvasión a un país para sustraer sus recursosnaturales (agua, petroleo, gas natural, etc.)constituiría una flagrante violación a los DESC enparticular y a los derechos humanos en general.

El reconocimiento y la efectividad delderecho a la libre determinación de los pueblosha constituido en el Derecho Internacional actual,una de las bases en las que se ha asentado laComunidad Internacional y a la vez ha sido éste,uno de los principios fundamentales del Derechode Gentes. En la actualidad el derecho a la libredeterminación de los pueblos ha sidograndemente afectada por guerras y acuerdoscomerciales inconsultos con sus sociedades.

El Comité de Derechos EconómicosSociales y Culturales de la ONU, (ECOSOC, porsus siglas en inglés) en su RecomendaciónGeneral XXI, en su 48º período de sesiones,celebrada en 1996, establece que “El derecho ala libre determinación de los pueblos es unprincipio fundamental del derecho internacional.Está consagrado en el Artículo 1 de la Carta delas Naciones Unidas, el artículo 1 del Pacto

4El profesor de Derecho Internacional Héctor Gros Espiel, en su documento El

Derecho a la libre determinación. Un nuevo pacto político para la convivencia: unenfoque internacional, plantea que la libre determinación es un derecho de lospueblos, es decir de un tipo específico de comunidad humana, unida por laconvivencia y la voluntad de constituir una unidad capaz de actuar en función deun futuro común. Un pueblo es, por tanto, una realidad actual, la expresión de laconciencia de un querer vivir colectivo y común en base a elementos que resultade la tradición y de la historia, de una cultura que se reconoce como propia, de larealidad presente y de la voluntad de seguir constituyendo, en el futuro, esaunidad vital, que se siente formada por elementos propios y diferenciales.

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Internacional de Derechos Económicos, Socialesy Culturales y el artículo 1 del Pacto Internacionalde Derechos Civiles y Políticos, así como enotros instrumentos internacionales de derechoshumanos. El Pacto Internacional de DerechosCiviles y Políticos estipula los derechos de lospueblos a la libre determinación, además delderecho de las minorías étnicas, religiosas olingüísticas al disfrute de su propia vida cultural, aprofesar y practicar su propia religión y a utilizarsu propio idioma.”

La libre determinación, debe distinguirentre dos aspectos. Un aspecto interno, es decir,el derecho de todos los pueblos a llevar adelantesu desarrollo económico, social y cultural sininjerencias del exterior. El aspecto externo de lalibre determinación significa que todos lospueblos tienen derecho a determinar librementesu condición política y el lugar que deben ocuparen la comunidad internacional sobre la base delprincipio de igualdad de derechos y tomandocomo ejemplo la liberación de los pueblos delcolonialismo y la prohibición de someter a lospueblos a toda sujeción, dominio y explotacióndel extranjero.

Por lo que el Derecho a la libredeterminación es un derecho de todos lospueblos, puesto que ni la Carta de las NacionesUnidas (artículos 1.2 y 55), ni los Pactos deDerechos Humanos (artículos 1), hacen distinciónalguna entre unos pueblos y otros, ni excluyen aciertos pueblos de la titularidad del derecho a lalibre determinación, como se ha querido ver porparte de unos Estados, que argumentando laimposición de la democracia, conculcan losderechos humanos.

Es cierto que la práctica de las NacionesUnidas estuvo dirigida generalmente a lograrmediante el reconocimiento de este derecho, quelos pueblos sometidos en África, Asia, Oceanía,América Latina y el Caribe a una dominacióncolonial y extranjera, pusiera fin al yugo colonial.Por ello el derecho a la libre determinación de lospueblos se aplicó generalmente a los sistemascoloniales tradicionalmente considerados comotales.

Pero el principio a la libre determinaciónposee un carácter general que se aplica a todoslos pueblos y que ha evolucionado a través deltiempo, según el artículo 55 de la Carta, quemenciona asimismo la protección internacional delos derechos del hombre, cuyo carácter estambién necesariamente universal.

Esto muestra que el derecho a la libredeterminación de los pueblos es, de igual modo,un principio universal y que toda exclusión odiscriminación respecto a algún o algunospueblos, es violatoria de la Carta, ycontrariamente a lo que se cree, es un derechoque nunca ha dejado de ser vigente.

El artículo 1 del PIDESC, que como ya semencionó es el principio marco de este informe yplantea que “todos los pueblos tienen el derechode libre determinación”. Este derecho revisteespecial importancia, ya que su ejercicio es unacondición esencial para la eficaz garantía yobservancia de los derechos humanos y para lapromoción y fortalecimiento de esos derechos.

Este mismo artículo consagra un derechoinalienable de todos los pueblos de establecerlibremente su condición política y definir asimismosu desarrollo económico, social y cultural. Esteartículo establece que "todos los pueblos tienenel derecho de libre determinación; en virtud deeste derecho, determinan libremente su condiciónpolítica y persiguen libremente su desarrolloeconómico, social y cultural".

La inclusión del mismo artículo 1 en elPIDESC y en el Pacto de Derechos Civiles yPolíticos obedece a que la libre determinaciónpolítica y el derecho a definir libremente sudesarrollo económico, social y cultural sonconjuntamente facultades integrales de laspersonas humanas.

No obstante lo anterior, y ante laavalancha de la nueva dinámica mundial, ante lasnuevas relaciones comerciales, la apertura demercados, la eliminación de las fronteras, losnovedosos flujos e intercambio de información; y,

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consecuentemente, la mundialización de losdelitos, su configuración, sus nuevas formas depersecución, y las nuevas formas de violación aderechos humanos; hacen ver la intervención deEstados en otros Estados como un hecho normal.

Quizá la problemática radica en que esaintervención no sólo se limita esas nuevasactividades antes mencionadas, sino que ademásprolongan su intervención hasta en las formas deresolución de problemáticas muy propias ydomésticas de los Estados, socavando loscimientos de la débil soberanía de algunospaíses.

Ahora pues, es común nombrar con elapelativo de hemisféricas a las políticas,beneficios, problemáticas, arreglos,conveniencias, riesgos, ventajas, etc. El uso defrases como “conmigo o contra mí” también dejanentrever que a los Estados se les llama a que sedespojen de su soberanía y apoyen causas queles son ajenas.

No se niega, en lo absoluto, la existenciade diferentes tipos de relaciones que deba existirentre países. Lo que aquí se discute son losniveles de injerencia que los Estados tengansobre otros a tal grado que se llegue a influir, enextremo a imponer, las decisiones en aspectoseconómicos, sociales y culturales.

También hay que mencionar que no sóloalgunos Estados son los que están interviniendoen la libre determinación de los pueblos, sino quetambién, algunos organismos internacionales lohacen de igual forma que lo hacen los primeros.Algunos de esos organismos son como unaespecie de corporaciones que representanintereses de esos Estados.Su intervención se daa través del condicionamiento a políticaseconómicas, especialmente de crédito financiero.

El nivel de intervencionismo de unosEstados sobre otros, crece en la medida en quelos gobernantes de los segundos permitenespacios para ello, también lo permiten en lamedida en que ven en el endeudamiento externouna vía fácil para sus problemáticas económicas

internas.

A través de la historia, peroespecialmente en las últimas décadas del siglopasado y en los primeros años del presente, laautodeterminación del pueblo salvadoreño se havisto mucho más influenciada y comoconsecuencia, el país se aleja, poco a poco, delderecho de procurar libremente su desarrolloeconómico, social y cultural.

Sobre la base de la influencia que se daen la autodeterminación del pueblo salvadoreñopueden mencionarse algunos casos en donde laautodeterminación de El Salvador se ha vistotrastocada:

a) El 1 de enero de 2001, entró en vigencia laLey de Integración Monetaria 5, lo queprovocó que el Estado salvadoreño perdierael poder de emisión de especies monetarias(el colón), a su vez conllevó a la modificaciónde la política monetaria y que, además, seesté dependiendo del comportamiento de lapolítica monetaria de la moneda adoptada yde la inestabilidad del país del norte.

En FESPAD, seguimos creyendo, apesar de lo resuelto por la Corte Suprema deJusticia6, que la medida, la dolarización, fueun atropello, como mínimo, al artículo 111 dela Constitución de la República, puesto queéste establece que "El poder de emisión deespecies monetarias correspondeexclusivamente al Estado, el cual podráejercerlo directamente o por medio de uninstituto emde carácter público. El régimenmonetario, bancario y crediticio será reguladopor la ley. El Estado deberá orientar lapolítica monetaria con el fin de promover ymantener las condiciones más favorablespara el desarrollo ordenado de la economía

5Decreto Legislativo Nº 201, del 30/11/2000, publicado en el Diario Oficial Nº 241,

Tomo: 349, del 22 de diciembre de 2000.

6FESPAD presentó recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de

Justicia, la cual, emitió resolución en donde estableció que no había lugar ainconstitucionalidad. Ver resolución en Sentencia 1-2001, de la Sala de loConstitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 9 de enero de 2001.

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nacional."

La resolución de la Corte Supremade Justicia, entre otras cosas fundamentó losiguiente“ Que el dólar tenga curso legal enel país implica, lógicamente, que el BCRdebe estar en condiciones de canjear loscolones por dólares cuando sea requeridopor las instituciones financieras. De ahí queel art. 4 de la LIM, cuando establece que elBCR canjeará los colones por dólaresúnicamente está garantizando laconvertibilidad del colón al dólar. Es decir, taldisposición no significa que todos los colonesen circulación deban canjearse por dólares,sino simplemente que cuando las entidadesbancarias necesiten dólares, el BCR debesuministrar los dólares mediante laconversión de colones.”

Además dijo: “Por otra parte, elhecho que el sistema contable de la bancadeba expresarse en dólares le obliga a quetoda transacción financiera sea registrada endicha moneda. Así, cuando la parte final delinc. 1º del art. 5 LIM dispone que lasinstituciones deben cambiar los colones pordólares al serles presentados para cualquiertransacción, debe entenderse que tal cambioes únicamente contable, en el sentido quecada operación realizada en los bancos debeser inmediatamente expresada en dólares delos EUA, independientemente de la monedaque se haya recibido. Es decir, tal cambiocontable no obsta para que los agenteseconómicos al realizar sus operacionespuedan solicitar y recibir colones, si así lodesean.”

Específicamente, cuando la Cortemanifiesta que “tal cambio contable noobstaculiza para que los agentes económicosal realizar sus operaciones puedan solicitar yrecibir colones, si así lo desean.” Se estáexpresando tácitamente que existirá librecirculación de colones y dólares, y que serála decisión soberana de los usuarios yusuarias de los bancos (agentes económicos)

lo que decidirán si quieren recibir, de losbancos, colones o dólares.

Sin embargo, a pesar de esadisposición legal, en la práctica se hadesobedecido; por ejemplo, a veinte mesesde entrada en vigencia la dolarización,concretamente en septiembre de 2002 elBanco Central de Reserva informaba que el98.89% del dinero total de la economíasalvadoreña se encontraba en dólares (EDH27/09/02, p. 42). Ya para 2003, aunque no sehaya anunciado oficialmente, el colóndesapareció definitivamente y sólo quedócomo especie objeto de los coleccionistas demoneda.

b) El Acuerdo de Cooperación entre el Gobiernode la República de El Salvador y el Gobiernode los Estados Unidos de América, queposibilita el uso de las instalaciones delAeropuerto Internacional de El Salvador porlos Estados Unidos. Ante ese acto, FESPADpresentó un recurso de inconstitucionalidadante la Corte Suprema de Justicia,argumentando que por mandato legal laPolicía Nacional Civil era la única encargadade asumir labores de seguridad interior en elpaís. Sin embargo, la Corte resolvió que nohabía lugar a inconstitucionalidad7.

c) Adhesión de el gobierno de El Salvador a laguerra contra Irak. En la visita que hiciera aEspaña, el Presidente de la República de ElSalvador en febrero de 2003, el mandatariose comprometió a apoyar la guerra contraIrak. (LPG 27/02/03, p. 6). Según elPresidente Flores, la decisión de El Salvador,en apoyar a Estados Unidos, en el ataquecontra Irak la definieron los salvadoreñosinmigrantes (EDH 8/04/03, p. 6). Estasdeclaraciones dejan entrever al menos doscosas: la primera, la dependencia económicade las remesas de los salvadoreños en elNorte y el temor a que éstos pierdan la

7Proceso de inconstitucionalidad Nº 33-200. Con resolución de la Sala de lo

Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 31 de agosto de 2001.

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condición migratoria; la segunda, toda ayudaque el país del Norte brinde al país estácondicionada por él mismo y esascondiciones vulneran la autodeterminacióndel pueblo salvadoreño, puesto que imponenuna adhesión a acciones que emprenda esepaís.

d) La venia del gobierno de EEUU alaspropuestas de gobierno del partido que lesimpatiza. Ya se ha hecho costumbre quecuando el país está en campaña electoral ylos partidos políticos presentan a la sociedadsalvadoreña sus propuestas de plataforma degobierno, acudan ante los altos funcionariosde la Embajada Norteamericana acreditadosen el país para que ésta de su aprobación adichas plataformas. Este evento ha sidorecurrente en los últimos años, y lo hanpracticado diferentes partidos políticos. En larecién campaña electoral, ha trascendidoesta suerte de intervención al avalar uno ydescontar otro, llegando incluso a dejarentrever con modificar la política exteriorNorteamericana, si ganaba el partido deizquierda.

2. Goce de los derechos reconocidos en elPacto de Derechos Económicos, Socialesy Culturales (Artículo 2)

El artículo 2 da inicio a la parte II delPIDESC, lo que finaliza con el artículo 5. Ambosartículos, aparte de definir el contexto dentro delcual deberán cobrar efectividad los derechosconsagrados en el PIDESC, también proporcionaelementos doctrinarios que sirven de basefundamental para que los Estados Parte cumplancorrectamente con sus obligaciones.

El inciso primero del artículo 2 delPIDESC, establece que “Cada uno de losEstados Partes en el presente Pacto secompromete a adoptar medidas, tanto porseparado como mediante la asistencia y lacooperación internacionales, especialmente

económicas y técnicas, hasta el máximo de losrecursos de que disponga, para lograrprogresivamente, por todos los mediosapropiados, inclusive en particular la adopción demedidas legislativas, la plena efectividad de losderechos aquí reconocidos.”

Este inciso, que trata sobre la índole delas obligaciones de los Estados Partes fue objetode una Observación General por parte de lasNaciones Unidas en su Quinto período desesiones celebrado el 14 de diciembre de 1990.

Desde esa fecha hasta la actualidad laONU considera que el artículo 2 resultaespecialmente importante porque permite teneruna comprensión exacta del PIDESC y permiteconcebir una relación dinámica con todas lasdemás disposiciones contenidas en el mismo.

Este artículo 2 describe la índole de lasobligaciones jurídicas generales contraídas porlos Estados Partes en el Pacto. Estasobligaciones incluyen tanto lo que cabedenominar como obligaciones de comportamientoy obligaciones de resultado.

Aunque el PIDESC, contempla unarealización paulatina y tiene en cuenta lasrestricciones derivadas de la limitación de losrecursos con que cuentan los Estados Parte,también impone varias obligaciones con efectoinmediato.

También, en virtud del párrafo 1 delartículo del PIDESC, los Estados Parte hancontraído el compromiso de "adoptar medidas",compromiso que en sí mismo no quedacondicionado ni limitado por ninguna otraconsideración. Así pues, si bien la plenarealización de los derechos pertinentes puedelograrse de manera paulatina, las medidastendentes a lograr esa condición debieronadoptarse dentro de un plazo razonablementebreve tras la entrada en vigor del PIDESC, paralos Estados interesados. Tales medidas debenser deliberadas, concretas y orientadas lo másclaramente posible hacia la satisfacción de lasobligaciones reconocidas en el Pacto.

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Los medios que deben emplearse paradar cumplimiento a la obligación de adoptarmedidas se definen en el párrafo 1 del artículo 2como "todos los medios apropiados, inclusive enparticular la adopción de medidas legislativas".

El Comité de Derechos Económicos,Sociales y Culturales de la ONU (ECOSOC)reconoce que en numerosos casos las medidaslegislativas son muy deseables y en algunospueden ser incluso indispensables. Por ejemplo,puede resultar difícil luchar con éxito a favor de lasalud, la protección de los niños y las madres y laeducación, si no se ha legislado efectivamentepara la tutela de esos derechos.

Pero no sólo las medidas legislativas sonsuficientes, sino además debe considerarse otrasmedidas apropiadas como la de brindar recursosjudiciales en lo que respecta a derechos quepuedan considerarse judiciales.

Para el ECOSOC, existen en el PIDESCvarias disposiciones, como por ejemplo la de losartículos 7, inciso I, del apartado a), queestablece que “Los Estados Partes en el presentePacto reconocen el derecho de toda persona algoce de condiciones de trabajo equitativas ysatisfactorias que le aseguren en especial: a)Una remuneración que proporcione como mínimoa todos los trabajadores”, que puedenconsiderarse como de cumplimiento inmediatopor las instancias judiciales. Asimismo también elECOSOC considera que lo dispuesto en losartículos 8, 108 (párr. 3), 139 (apartado a) delpárrafo 2 y párrafos 3 y 4) y 1510 (párr. 3), tambiénpueden ser considerados de aplicación inmediatapor parte de las instituciones judiciales.

En otras palabras, el ECOSOC es de la

8Art. 8, b) El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones

nacionales y el de éstas a fundar organizaciones sindicales internacionales o aafiliarse a las mismas. Art. 10, 2). Se debe conceder especial protección a lasmadres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto.Durante dicho período, a las madres que trabajen se les debe conceder licenciacon remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social.

9Art. 13, a) La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos

gratuitamente.

10Art. 15, b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.

idea que únicamente con las disposicionescontenidas en el PIDESC, es condición suficientepara que los Estados Parte cumplan con algunasde sus obligaciones.

Sin embargo, algunos Estados, entre ellosel salvadoreño, interpretan que su obligación notiene un plazo preciso y que lo que el PIDESCdispone se refiere únicamente a unasaspiraciones futuras no especificadas. Similarinterpretación dan al argumento de laprogresividad.

No obstante, el ECOSOC, ha señaladoque "esta interpretación es totalmenteinjustificada, ya que varios derechos, como porejemplo la igualdad de derechos entre el hombrey la mujer, son de aplicación inmediata y lasfórmulas correspondientes, usadas paraexpresarlos, indican que el concepto derealización progresiva no se aplica en esoscasos"11.

En ese sentido, el ECOSOC, consideraque lo más importante es que la obligación deadoptar medidas es en sí inmediata. Y que losEstados Parte deben, sean cuales sean susrecursos u otros condicionamientos, adoptar deinmediato todas las medidas a su alcance para ellogro de los objetivos establecidos en el PIDESC,pudiendo ser éstas constitucionales, legislativas,administrativas, judiciales, económicas, sociales oeducativas o una combinación de ellas.

El compromiso previsto en el párrafo 2 delartículo 2, que establece que “Los Estados Partesen el presente Pacto se comprometen agarantizar el ejercicio de los derechos que en élse enuncian, sin discriminación alguna pormotivos de raza, color, sexo, idioma, religión,opinión política o de otra índole, origen nacional osocial, posición económica, nacimiento ocualquier otra condición social.” es garantizar lano-discriminación por los motivos indicados en el

11Manual de preparación de informes sobre derechos humanos: conforme a seis

importantes instrumentos internacionales de derechos humanos. Nueva York,1992, p. 41

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mismo.

Hay que considerar que los motivos dediscriminación especificados no terminan ahí, yaque la disposición prohíbe también ladiscriminación de otra índole, es decir en unsentido mucho más amplio; así pues, comodiscriminación puede entenderse como “todadistinción, exclusión, restricción o preferenciasfundadas en motivos tales como la raza, el color,el sexo, el idioma, la religión, la opinión política ode otra índole, el origen nacional o social, lariqueza, el nacimiento u otra condición, y cuyopropósito es de anular y menoscabar elconocimiento, el goce o el ejercicio de todas laspersonas, en igualdad, de todos los derechosestablecidos en el PIDESC.12”

El párrafo 2 del artículo 2 del PIDESCestá estar en consonancia con la Constitución dela República de El Salvador; ésta, establece ensu artículo 3 que "Todas las personas son igualesante la ley. Para el goce de los derechos civilesno podrán establecerse restricciones que sebasen en diferencias de nacionalidad, raza, sexoo religión".

A pesar de ese principio constitucional, enla práctica del diario vivir salvadoreño, se danhechos de trato diferenciado, basadosesencialmente en la condición económica, sexo,religión y afinidad política partidista13, lo que haceque se restrinja el goce de los derechoseconómicos, sociales y culturales.

3. Igualdad de Derecho del Hombre y la Mujer(Artículo 3)

Son muy sensibles las desigualdades queentre hombres y mujeres se han dado a lo largode la historia y que aún en el presente se siguendando.

12Observación General: La índole de las obligaciones de los Estados Partes, 14 de

diciembre de 1990.

13Por la heterogenización étnica de los y las salvadoreñas, no son muchos los

casos por discriminación racial, no así en los ya mencionados.

Las mujeres han luchado por elreconocimiento de sus derechos y por tener lasmismas oportunidades que los hombres paraeducarse, formarse, trabajar y participar en la vidasocial, política y cultural.

Para que las mujeres puedan acceder enla igualdad a las oportunidades hace faltaperfeccionar y complementar la normativa jurídicasecundaria, perfeccionar las instituciones,promover una relación efectiva entre amboselementos y sobre todo suprimir de una vez,aquellas relaciones de poder (es decir de género)que vuelven desiguales a hombres y mujeres, ahombres y hombres y a mujeres y mujeres.

Se puntualiza que el perfeccionamientojurídico debe ser a nivel secundario ya que a nivelconstitucional se establece la igualdad ante la leyy a nivel de tratados internacionales existesuficiente normativa que trata de regular eseaspecto, tal es el caso de artículo 3 del PIDESC,que establece que “Los Estados Partes en elpresente Pacto se comprometen a asegurar a loshombres y a las mujeres igual título a gozar detodos los derechos económicos, sociales yculturales enunciados en el presente Pacto.”Esta disposición lo que hace es resaltar larelevancia que se otorga a la obligación de losEstados de asegurar a mujeres y hombres, igualtítulo y a gozar equitativamente de todos losderechos económicos, sociales y culturales.

La obligación de asegurar este estado deigualdad no está sujeta a un logro progresivo ypor lo tanto, su cumplimiento debería serinmediato.

La mujer salvadoreña desempeña unpapel relevante en las distintas facetaseconómicas y sociales, empero, el camino aseguir para alcanzar la igualdad de oportunidadesy trato equitativo se hace largo y accidentado.

De acuerdo a la Encuesta de Hogares dePropósitos Múltiples 2002, de la DirecciónGeneral de Estadísticas y Censos (DIGESTYC),la población total de El Salvador en el 2002 era

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de 6,510,348 habitantes, de lo cual se obtieneque la población femenina es mayor que lamasculina: 3,425,723 y 3,084,625respectivamente lo que significa que el 52.6%está representado por mujeres y el 47.4% porhombres, lo que arroja un índice de masculinidad

de 0.90, es decir que por cada 100 mujeresexisten 90 hombres.

Si se observa el cuadro siguiente podránotarse que la tendencia es hacia el aumento dela población femenina respecto a la masculina.

Cuadro Nº 3

Composición por Sexo de la Población(2001-2002)

2001 2002 DiferenciaMujeres 3221570 3425723 204153Hombres 2932509 3084625 152116Población total 6154079 6510348 356269índice de masculinidad 0.91 0.9 0.01Fuente: elaboración propia según información publicada en medios nacionales

En un año, la población total aumentó356,269 habitantes, de la cual el 57.3% fueronmujeres y el 42.7% hombres.

Pese a que la población proporción demujeres es mayor y que la tendencia ea aaumentar esa condición, sigue habiendo unamarcada desigualdad entre mujeres y hombres ylo que determina esa desigualdad no es lacantidad de uno u otro sexo, sino la prácticadiscriminativa diaria que tiene a la base lasrelaciones de poder.

La relación de crecimiento entre losíndices de la población de mujeres y los nivelesde igualdad no es correspondiente; es decir, queel ideal sería a mayor población de mujeres, elnivel de igualdad entre hombres y mujerestambién debería elevarse, pero resulta que en lapráctica eso no es así.

Sin menospreciar algún avance que sehaya dado, la participación de la mujer en la vidaeconómica, productiva y política del país distamucho de ser plena. A la mujer se le ha agregadoal rol doméstico como madre y ama de casa y haasumido simultáneamente el rol laboral fuera delhogar.

En el ámbito laboral, a pesar de que lalegislación salvadoreña establece que a la mujer

le asiste el derecho a "gozar de igualremuneración, inclusive prestaciones, y aigualdad de trato con respecto a un trabajo deigual valor, así como a igualdad de trato conrespecto a la evaluación de la calidad deltrabajo"14; la mujer en general, sigue sin gozar deestabilidad en el empleo por su condición de sexoy género, ni percibe la misma paga por igualtrabajo que el hombre, aún en aquellos casosdonde supere al hombre en aspectos tales comoeducación o responsabilidad.

En este mismo sentido, para 2002, laDIGESTYC determinaba que poblacióneconómicamente activa (PEA15) era de 2,572,977personas.

Tradicionalmente la PEA ha estadocalculada considerando fundamentalmente a loshombres, para el mismo año, el 59.4% estabaconformada por hombres y el 40.6% por mujeres.

Es importante hacer la relación entre el

porcentaje de la población total de mujeres en El

14Artículo 11, numeral 1, literal d, Convención sobre la eliminación de todas las

formas de discriminación contra la mujer. Decreto Legislativo Nº 705, del 2 dejunio de 1981, publicado en D.O. Nº. 105, Tomo 271, publicado el 9 de junio de1981.

15Definida como aquella parte de la Población en Edad para Trabajar que ofrece su

fuerza de trabajo al mercado laboral.

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Salvador en 2002, que es de 52.6% y elporcentaje de hombres que integran la PEA parael mismo año, que es de 59.4%. Lo lógico seríaque a mayor existencia de mujeres, mayor seríasu inserción laboral.

Sin embargo, ocurre lo contrario, ya quela cantidad total de hombres es menor pero elporcentaje de ellos que forman parte de la PEAes mayor con respecto a las mujeres.

También curioso es comparar el leveavance que en materia de igualdad deoportunidades entre hombres y mujeres se hadado durante los últimos años, tomando comobase la PEA.

Para 1999, la DIGESTYC determinabaque la PEA era de 2,444,959 de personas, la el60.3% era conformada por hombres y el 39.7%por mujeres. Al comparar los mismos aspectos de1999 con los del 2002, se tiene:

Cuadro Nº 4

Composición de la PEA por Sexo(1999-2002)

1999 2002 DiferenciaPEA 2,444,959 2,572,977 128,018Porcentaje Mujeres 39.7% 40.6% 0.9%Porcentaje Hombres 60.3% 59.4% -0.9%

Elaboración propia con base de datos de la DIGESTYC.

Comparación que arroja resultadoslógicos, como por ejemplo: a mayor aumento depoblación total, la PEA también aumenta. Es decirque entre 1999 y 2002, la PEA aumentó 128,018personas.

Además se presenta un nimio aumento demujeres en la PEA representado por 0.9%,obviamente el porcentaje hombre en la PEA sedisminuye similar porcentaje. Es decir que encuatro años la parte de la población que sonmujeres que se encuentran en edad para trabajary que ofrece su fuerza de trabajo al mercadolaboral no aumentó ni el uno por ciento.

Queda demostrado que, aunque elnúmero de mujeres dentro de la PEA, hayaincrementado en los últimos años, laconformación de relaciones de igualdad siguesiendo baja. Aunque para algunas institucionesestos aumentos son significativos16.

En el campo educativo, según la

16Según el PNUD, "la participación de la mujer en el mercado laboral ha crecido en

la última década. Constituyéndose en una fuente importante de ingreso en loshogares e incidiendo fuertemente en la distribución del ingreso total". (Informesobre desarrollo humano el Salvador 2001. p. 122 )

DIGESTYC, la tasa de analfabetismo para 2002fue de 16.6%, es decir que 836,256 personas dediez años y más no saben leer y escribir a nivelnacional.

De acuerdo a sexo, son las mujeres lasque presentan el mayor porcentaje deanalfabetismo, 18.3%, respecto a la de loshombres que fue de 14.1%. Situación queprevalece al hacer la comparación por áreageográfica, ya que en el área rural las mujerestienen una tasa del 29.0%, mucho mayor que lade los hombres que fue de 24.4%.

En el área Metropolitana de San Salvadora pesar de que muestra las menores tasas deanalfabetismo siempre es mayor el de las mujeres(9.0%) que la de los hombres (4.2%).

Según la misma institución en 1999, anivel nacional, las mujeres presentaban el mayorporcentaje de analfabetismo, 20.4%; el porcentajede los hombres fue de 15.5%.

Al comparar los datos de esos dos años,se tiene:

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Tabla Nº 5

Relación entre Mujeres y Hombres que no saben escribir

(1999 - 2002)

1999 2002 DiferenciaPorcentaje de mujeres que nosaben leer y escribir.

20.4% 18.3% 2.1%

Porcentaje de hombres que nosaben leer y escribir.

15.5% 14.1% 1.4%

Fuente: Elaboración propia con base a datos de la DIGESTYC

En cuatro años, la cifra de hombresanalfabetas se redujo 2.1%, en cambio la cifra demujeres analfabetas sólo se redujo 1.4%, lo queindica que la brecha entre hombres y mujeresanalfabetas se ensancha.

En cuanto a asistencia escolar en elámbito nacional, en 2002, las mujeres son las quetienen la menor tasa de asistencia, siendo de29.4%; mientras que la de los hombres es de32.6%, igual situación se refleja por áreageográfica.

En el ámbito de salud, la DIGESTYCinformó que durante diciembre de 2002, lacantidad de personas que reportaron haber tenidouna enfermedad o accidente ascendió a 961,524.lo que representa el 14.8% de la población totaldel país. De acuerdo al sexo, la cantidad dehombres que se enfermó fue de 429,357 (44.7%del total de enfermos) y 532,167 corresponden a

las mujeres (53.3% del total de enfermos).

3.1 Alguna legislación nacional que regula la igualdad de la mujer

La igualdad jurídica de la mujer tienerango constitucional, ya que el artículo 3, incisoprimero de la Constitución de la República de ElSalvador, establece que "todas las personas soniguales ante la Ley. Para el goce de los derechosciviles, no podrán establecerse restricciones quese basen en diferencias de nacionalidad, raza,sexo o religión".

Además, existen tratados internacionalesvigentes en el país, así como también legislaciónsecundaria que trata sobre la igualdad de lamujer. A continuación se citan algunos de esoscuerpos legales:

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Cuadro Nº 6

Marco Vigente que Regula la Igualdad de la Mujer en El Salvador (a agosto de 2004)

Normativa Vigencia

Ley del Instituto Salvadoreño para elDesarrollo de la Mujer

Decreto Legislativo Nº 644, del 29 de febrero de1996, publicada en el Diario Oficial 43, Tomo 330, el1 de marzo de 1996.

Ley contra la violencia intrafamiliar Decreto Legislativo Nº 902, del 28 de noviembre de1996, publicado en el Diario Oficial 241, Tomo 333,del 20 de diciembre de 1996.

Código de Familia Decreto Legislativo Nº 677, del 11 de octubre de1993, publicado en el Diario Oficial 231, Tomo 321,del 13 de diciembre de 1993.

Convención sobre la eliminación detodas las formas de discriminacióncontra la mujer

Decreto Ley Nº 705 del 2 de junio de 1981, Publicadoen Diario Oficial 105, Tomo 271 de 9 de junio de1981.

Convención interamericana sobreconcesión de los derechos civiles a lamujer (OEA 1948)

Decreto Legislativo Nº 538 del 19 de diciembre de1950. Publicado en Diario Oficial 16, Tomo 150. el 24de enero de 1951.

Fuente: Elaboración Propia

Puede decirse entonces que existendiversas normas jurídicas vigentes en El Salvadorque pretenden regular la igualdad entre hombresy mujeres. Sin embargo, esa igualdad formal noes llevada a lo real, puesto que en la prácticaexiste una marcada desigualdad, la cual tienecomo base la poca voluntad de las y losencargados de aplicar esas normas y elpredominio del componente patriarcal.

3.2 Participación política de las mujeres

Hablar de participación política de la mujeren El Salvador, es hablar sobre discriminación yexclusión histórica. La mujer ha estado ausenteen este ámbito que ha sido y es de dominioexclusivo de los hombres.

Los estereotipos persisten y siguen siendoinculcados en el hogar y en la escuela, de talsuerte que en las mujeres predomina su roldoméstico y reproductor.

En El Salvador, es muy reciente laincursión de la mujer en el ámbito público. Apesar de que en la actualidad algunas mujereshan incursionado en puestos de elección popular,su participación en la política es todavía incipientecomparada con la de los hombres.

La participación de la mujer en la vidapolítica se ve limitada por innumerablesobstáculos; sin embargo, existen factoresestructurales que han restringido y continúanlimitando el ejercicio pleno de los derechosciudadanos por parte de la mujer. De entre esosfactores pueden considerarse comosobresalientes:

a) La persistencia de un esquema desociedad patriarcal y excluyente endonde los valores se miden a través depatrones socioculturales machistas quediscriminan la participación de la mujer.Este esquema y patrón negativotambién se perpetúa en el ámbitofamiliar y personal.

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b) Los altos niveles de analfabetismo, queya fueron precisados, y suscondiciones de desventaja en materiade desarrollo humano, constituyen unaseria limitante para el acceso de lamujer a la política.

c) El grupo de mujeres organizadasalrededor del tema género es mínimocomparadocon la alta presenciapoblacional de la mujer, que como yase dijo, son mayoría. La mujercotidiana se le limita a ciertascircunstancias otorgándole un limitadorol.

d) Un modelo económico excluyente,hegemonizado por hombres y endonde la mujer ha sido objetivizadaaún más.

En relación con la participación efectivade la mujer en las instituciones del gobierno,especialmente en aquellas a las que se accedepor elección pública, existen factores que jueganen su contra. Por ejemplo, aunque los partidospolíticos legalmente son estructuras parahombres y mujeres en condiciones de igualdad,en la práctica esto no se concretiza, ya que laparticipación de la mujer es muy limitada con loque el fenómeno de la exclusión política se haceconcreta.

Por otro lado, el impulso de lascandidaturas de mujeres para aspirar a cargos deelección pública depende básicamente de lospartidos políticos, los cuales generalmente sondirigidos por hombres, como consecuencia, porejemplo, la presencia de la mujer en la AsambleaLegislativa se torna débil, llegando a situacionestan evidentes de esa desigualdad, como el casode que la Comisión de la Familia, la mujer y elniño de la Asamblea Legislativa, en el período2003-2006 sea presidida por un diputado y nouna diputada. Este ejemplo puede tomarse comobase para decir que aparte de la limitadapresencia de la mujer en términos numéricos, loque más se aleja la igualdad de la mujer es lapoca participación en los niveles de toma

decisiones.

Formalmente, el Estado salvadoreño hapromovido algunas acciones que buscan lapromoción de la participación política de lasmujeres, el Gobierno de El Salvador ha creadoalgunos mecanismos para el desarrollo de lamujer, incluida la participación política.

En 1995, se comprometió a cumplir losacuerdos de la Conferencia de Beijing, por lo queal año siguiente se estableció que eraindispensable diseñar, aplicar y ejecutar políticasy programas efectivos que buscaran contribuir enla promoción, el desarrollo político, económico,social y cultural de la mujer salvadoreña; paratales objetivos se consideró necesaria la creaciónde una entidad de carácter estatal, conatribuciones y obligaciones amplias queorganizara, coordinara, dirigiera y ejecutaraacciones que promovieran el desarrollo integralde la mujer salvadoreña.

Se planteó que esta entidad debería gozarde autonomía en lo técnico, financiero yadministrativo y contar con un patrimonio propioque hiciera viable la realización de dichosobjetivos, de ahí se crea el Instituto Salvadoreñopara el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU).17

En 1997, se aprobó la Política Nacionalde la Mujer, como política de Estado, la cual seplanteó como objetivo estratégico para 1996-999,lograr la equidad de género actuando en nueveáreas de trabajo, dentro de las cuales se incluyóla participación política y ciudadana de la mujer.

En noviembre de 2000, el Instituto deInvestigación, Capacitación y Desarrollo de laMujer (IMU), organización no gubernamental,publica la Evaluación de la Política Nacional de laMujer (1997-1999), en la cual divide el área departicipación política y ciudadana en tresdimensiones, a saber: la dimensión de género, ladimensión técnica y la dimensión política. Alsumar las tres dimensiones, el IMU concluye que

17Creado mediante Decreto Legislativo Nº: 644, del29 de febrero de 1996.

Publicado en Diario Oficial Nº 43, Tomo 330, el 1 de marzo de 1996.

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del 100% planeado a desarrollar en el área departicipación política y ciudadana, el ISDEMUsólo desarrolló el 37%18. Datos que, alcontrastarlos con la real participación política dela mujer durante ese período, los volvió válidos.

Una forma de medir la participaciónpolítica y ciudadana de las mujeres puede ser lapresencia que ellas tienen en las institucionespúblicos. Según el PNUD, la participación demujeres en concejos municipales durante el 2002se limitaba a 18 mujeres por cada cien hombres19.

La misma institución, en su Informe deDesarrollo Humano, El Salvador 2003, p. 298,manifestaba que, con excepción de San Salvadory Cabañas, ningún departamento alcanzaba unporcentaje de representación de la mujer enconcejos municipales, superior al 25%.

Para el caso del ÓrganoLegislativo, la participación de las mujeres en lasdiputaciones propietarias durante el 2003, estabadistribuida de la siguiente manera:

18Evaluación de la Política Nacional de la Mujer (1997-1999), p. 101.

19Informe de Desarrollo Humano El Salvador 2003, p. 47

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Cuadro Nº 7

Proporción de Hombres y Mujeres en las Bancadas Legislativas

Partidopolítico

TotalDiputadas

Diputadoshombres

Diputadasmujeres

Porcentajediputadoshombres

Porcentajediputadosmujeres

FMLN 31 24 7 78% 22%ARENA 28 26 2 93% 7%

PCN 15 15 0 100% 0%CDU 5 5 0 100% 0%PDC 5 5 0 100% 0%

Fuente: elaboración Departamento/DESC/FESPAD/CECDH.

Por un lado, el FMLN, partido político quees el único que aún mantiene en sus estatutosuna cuota de un tercio (33%) para la participaciónde las mujeres en sus instancias de dirección yen las candidaturas a puestos de elecciónpopular, es el que mayor porcentaje diputadas porfracción existen en la Asamblea Legislativa; sinembargo, dista mucho decir que hay equidad eigualdad a su interior.

En este sentido, las mujeres organizadasdentro de ese partido en reiteradas oportunidadeshan propuesto aumentar ese nivel departicipación, sin que lo hayan logrado. Además,lo que los estatutos es un tanto engañoso puestoque lo que ellos garantizan es “candidaturas apuestos de elección” y eso no garantizarealmente cubrir el 33%. Esto queda demostradoal ver que las siete diputadas representan el 22%y no el 33%, y aunque se trate de caros deelección pública, el número de diputados, entérminos relativos mantienen su proporción conlas candidaturas.

No obstante lo anterior, la participaciónreal de la mujer en las otras fraccioneslegislativas es mucho menor. El partido ARENAsólo tiene 2 diputadas de 28 curules. El resto defracciones legislativas no tiene ningún espaciopara las mujeres. En términos generales, larelación es que por cada diez diputados, hay unadiputada.

En cuanto a la participación de la mujeren puestos de decisión del Órgano Ejecutivo,también ha ido reduciéndose. Al iniciar elgabinete de gobierno del período 1999-2004, lapresencia de la mujer como ministra oviceministra representaba el 21%, pero a finalesde 2003 sólo el Ministerio de RelacionesExteriores era encabezado por una mujer, lo querepresentaba el 7% de todo el gabinete degobierno.

Similar situación sucedió en la nuevaconformación de la Corte Suprema de Justiciapara el 2003; de las quince magistraturas de esainstitución, sólo dos fueron ocupadas por mujeres,es decir el 13%, contra el 87% representada porhombres. Se volvió a reelegir el mismo hombrecomo Presidente de ese órgano, lo que indicaque esta breve enumeración puede servir parainsistir en decir que la igualdad de derechos entremujeres y hombres, debe basarse en lasrelaciones que el poder determina y no sólo en lapresencia numérica de uno u otro género.

4) Garantías ante posibles limitacionesarbitrarias a los derechos reconocidos en elPacto de Derechos Económicos, Sociales yCulturales que provenga de los EstadosPartes del PIDESC.

El artículo 4, del PIDESC, establece que

los Estados Parte deben reconocer que en el

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ejercicio de los derechos garantizados conformeal mismo, deben ser sometidos únicamente alimitaciones determinadas por ley, sólo en lamedida compatible con la naturaleza de esosderechos y con el exclusivo objeto de promover elbienestar general en una sociedad democrática.

Este artículo trata de regular los posiblescriterios utilizados para la limitación del goce delos derechos económicos, sociales y culturalespara las personas independientemente de susexo, y es aplicable a todos los derechosreconocidos en el PIDESC sin distinción alguna.

Además, establece que cualquierlimitación deberá ser determinada por ley, deconformidad con los procedimientos nacionalespertinentes y no deberán ser arbitrarias,exageradas o retroactivas.

El artículo 5 del PIDESC, es idéntico alartículo 5 del Pacto Internacional de DerechosCiviles y Políticos. Reviste la misma importanciaen cada uno de los pactos. Está compuesto pordos párrafos o incisos. En ambos instrumentos,el artículo 5 es de carácter y alcance general.

El párrafo 1, manifiesta que ningunadisposición del PIDESC podrá ser interpretada enel sentido de reconocer derecho alguno a un

Estado, grupo o individuo para emprenderactividades o realizar actos encaminados a ladestrucción de cualquiera de los derechos olibertades reconocidos en el Pacto, o a sulimitación en medida mayor que la prevista en él.

La finalidad del párrafo 1, es la deprevenir toda interpretación errónea de cualquierartículo del Pacto que pudiera causar la anulacióno la limitación de los derechos y libertades, enmayor medida que la que permite el propio Pacto.

Puntualmente, se niega a los EstadosParte cualquier adhesión a la creencia de tenerpotestades para omitir o actuar ante el goce dederechos establecidos en el PIDESC. Además sealude a la no regresividad en el el disfrute de losderechos.

El párrafo dos del artículo 5, tambiénexpresa que no podrá admitirse restricción omenoscabo de ninguno de los derechos humanosfundamentales reconocidos o vigentes en un paísen virtud de leyes, convenciones, reglamentos ocostumbres, a pretexto de que el PIDESC no losreconoce o los reconoce en menor grado. En esesentido, se establece la jerarquía que el PIDESCdebe tener sobre las leyes secundarias y demásnormativa jurídica, a excepción de laConstitución.

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II. DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL PACTO DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

1. Conceptualización Básica del Derecho alTrabajo (Artículo 6)

El derecho a trabajar es el primero de losderechos específicos reconocidos en el PIDESC,la parte II del Pacto, trata sobre la índole de lasobligaciones de los Estados. La parte III sobrelos derechos específicos comienzainmediatamente con el derecho a trabajar. Estederecho, exclusivamente se ocupa del acceso altrabajo y por lo tanto se orienta sobre todo hacialas personas que no gozan de este derecho.

El derecho a trabajar reconoce el trabajocomo algo a lo que todas/os y cada una/o de losindividuos tiene derecho. “El derecho a trabajarsignifica, antes que nada, el derecho a participaren las actividades de producción y prestación deservicios de la sociedad y el derecho a participaren los beneficios obtenidos mediante estasactividades conjuntas en una medida quegarantice un nivel de vida adecuado.”20

El derecho al trabajo es de importanciafundamental no sólo de por sí, si no tambiénporque puede ser la puerta de acceso para el

20Círculo de derechos, p. 205

goce de otros derechos del interesado.Precisamente aquí es donde se cumple elprincipio de interdependencia de los DESC y engeneral de los derechos humanos.

El tipo de trabajo que realiza una personadependerá del acceso a recursos, la educación,la capacitación y a las políticas públicas. Unacaracterística esencial del trabajo es su aptitudpara permitir a las personas ganarse la vida.Significa que debe haber una distribución deltrabajo y el acceso a los recursos debe ser deuna forma que permita la participación de todoslos que quieran trabajar. Implica, entonces, quecomo mínimo, los beneficios obtenidos a travésdel trabajo sean suficientes para alcanzar un nivelde vida adecuado.

De manera tal, el derecho al trabajo debedesarrollarse como una actividad social que nodebe ser considerada una mercancía; sino comoaquella destinada a obtener ingresos, bienestarmaterial y desarrollo espiritual en condiciones delibertad, dignidad, seguridad, no discriminación eigualdad de oportunidades21.

1.1 El Derecho al Trabajo en lalegislación nacional

1.1.1 Constitución de la República

De conformidad con lo establecido en elartículo 37 de la Constitución de la República, "eltrabajo es una función social, goza de laprotección del Estado, y no se considera artículode comercio. El Estado empleará todos losrecursos que estén a su alcance paraproporcionar ocupación al trabajador, manual ointelectual, y para asegurar a él y a su familia lascondiciones económicas de una existencia digna.De igual forma promoverá el trabajo y empleo de

21Metodología para la tutela de los Derechos Económicos, Sociales de naturaleza

colectiva, p. 39.

Vendedora del mercado de Nahuizalco, Sonsonate.

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las personas con limitaciones o incapacidadesfísicas, mentales o sociales22."

1.1.2 Algunas normas regionales einternacionales sobre el derecho a trabajar

El artículo 23 de la Declaración Universalde Derechos Humanos garantiza a toda persona“el derecho al trabajo, a la libre elección de sutrabajo, a condiciones equitativas y satisfactoriasde trabajo y a la protección contra el desempleo.”

El PIDESC, enuncia en el artículo 6 el“derecho a trabajar, que comprende el derechode toda persona a tener la oportunidad deganarse la vida mediante un trabajo”, tambiénestablece que “la plena efectividad de estederecho deberá figurar la orientación y formacióntécnico profesional”.

El Convenio Nº 12223 de la OrganizaciónInternacional de Trabajo (OIT), establece que“habrá trabajo para todas las personasdisponibles y que busquen trabajo”. Además deéste, existe un sinnúmero de Convenios de la OITratificados por El Salvador (ver anexo 1).

1.1.3 Legislación secundaria en materia laboral

El Código de Trabajo vigente, quedesarrolla todos los principios contenidos en losya citados artículos constitucionales, "tiene porobjeto armonizar las relaciones entre patronos ytrabajadores, estableciendo sus derechosobligaciones y se funda en principios que tiendanal mejoramiento de las condiciones de vida de lostrabajadores".24

Las disposiciones del Código de Trabajoregulan "las relaciones de trabajo entre los

22 Del artículo 37 al 52 de la Constitución se encuentrareguladoel trabajo en El Salvador (sección II del capítulo II "Derechossociales")

23 Convenio relativo a la política del empleo, ratificado por El Salvador y publicado

en elDiario Oficial: 157, Tomo: 324, de l26 de agosto de1994

24Código de Trabajo.

patronos y los trabajadores privados, y lasrelaciones de trabajo entre el Estado. El Códigono es aplicable cuando la relación que une alEstado, los municipios y las instituciones oficialesautónomas con sus servidores, fuere de carácterpúblico y tuviere su origen en un actoadministrativo, como el nombramiento de unempleado que aparece específicamentedeterminado en la Ley de salarios con cargo alfondo general y fondos especiales de dichasinstituciones o en los presupuestos municipales ocuando la relación emana de un contrato para laprestación de servicios profesionales otécnicos".25

También se cuenta con la Ley del ServicioCivil, la cual “regula las relaciones laborales en elsector público, estableciendo la carreraadministrativa y las condiciones de ingreso a laadministración; las promociones y ascensos conbase en mérito y aptitud"26 Además regula lostraslados, suspensiones y cesantías; los deberesde los servidores públicos y los recursos contralas resoluciones que los afecten. Asimismogarantiza a los empleados públicos la estabilidaden el cargo.

1.1.4 Función del Ministerio de Trabajo yPrevisión Social

La Ley de Organización y Funciones delSector Trabajo y Previsión Social27 determina elámbito y composición del sector trabajo yprevisión social; la competencia, funciones yestructura orgánica del Ministerio de Trabajo yPrevisión Social; y su vinculación con lasinstituciones pertenecientes a dicho sector. Paraenmarcar las funciones del Ministerio de Trabajoy Previsión Social se toma como referencia, enprincipio, el artículo 8 de la mencionada Ley, elcual literalmente dice lo siguiente:

25Ibíd.

26Artículo 1 de la Ley de Servicio Civil. Decreto Legislativo Nº 507, del 24 de

noviembre de 1961, publicado en D.O. 239, Tomo 193, el 27 de diciembre de1961.

27 D.L. 682, del 11/04/96, D.O. 81, Tomo 331, del 3/05/96.

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Son funciones específicas del Ministeriode Trabajo y Previsión Social:

a) Formular y dirigir la política socio laboral

en función del plan nacional de desarrolloeconómico y social, en concordancia conotros Ministerios y organismospertinentes;

b) Facilitar la constitución de lasorganizaciones sindicales;

c) Administrar el sistema de negociacióncolectiva, facilitando la conciliación,mediación y el arbitraje, de conformidadcon las normas y procedimientosestablecidos para la solución de losconflictos colectivos de intereses oeconómicos;

d) Aplicar los procedimientos administrativos

de conciliación y promover la mediación yel arbitraje, en las reclamacionesindividuales o colectivas de trabajo;

e) Administrar los procedimientos deinspección del trabajo con el objeto devigilar y controlar el cumplimiento de lasnormas legales que regulan las relacionesy condiciones de trabajo;

f) Velar porque se fijen y reajusten lossalarios mínimos en forma periódica, conla participación de las organizacionesrepresentativas de trabajadores yempleadores, y de acuerdo a loestablecido por el Código de Trabajo;

g) Promover la política nacional de empleo yde migraciones laborales;

h) Formular, ejecutar y supervisar la políticarelativa a asuntos internacionales deltrabajo;

i) Realizar estudios e investigaciones de larealidad sociolaboral que coadyuve a laformulación de las políticas másconvenientes para el sector, así como

organizar la informática, documentación yestadísticas en materia laboral;

j) Ilustrar a empleadores y trabajadores enel mejor cumplimiento de las normaslaborales;

k) Vigilar y coordinar con otros sectores, eldesarrollo y cumplimiento de las normassobre seguridad e higiene ocupacionalesy medio ambiente de trabajo;

l) Formular y evaluar las políticas deprevisión y bienestar social, y derecreación de los trabajadores;

m) Contribuir al diseño, supervisión yevaluación de las políticas de formaciónprofesional, seguridad social y desarrollocooperativo, con las institucionesautónomas correspondientes;

n) Diseñar y ejecutar programas tendientes a

capacitar a trabajadores y empleadoresen el conocimiento de sus derechos ydeberes; y,

o) Las demás que le sean asignadas porleyes y reglamentos.

De la misma manera, según el contenido

de la Ley de Presupuesto28, las políticas delMinisterio de Trabajo y Previsión Social son lassiguientes:

a)Formular e implementar la políticasociolaboral del Estado con relación alPlan de Desarrollo Económico y Socialdel Gobierno.

b)Velar por los derechos y deberes delempleador y empleados.

c)Propiciar acciones preventivastendientes al empleo y adecuadascondiciones de trabajo.

28Decreto Legislativo Nº 679, publicado en Diario Oficial Nº 242, Tomo 353, del 21

de diciembre de 2001.

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d)Velar por el cumplimiento de lostratados laborales internacionales.

e)Fomentar y desarrollar la modernizaciónoperativa y administrativo-financierainstitucional.

f)Apoyar el fomento al cooperativismo y laatención a lisiados y discapacitados.

1.1.5 Asignación presupuestaria del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS)

Según la Ley de Presupuesto, para el año2003 la asignación para el MTPS ascendió a$5,699,665.00 equivalente a ¢49,872,06829, loque en términos relativos al ser comparado con elpresupuesto asignado al ramo de DefensaNacional ($106,139,830) representa un 5.3% deéste. Menos significativo resulta al compararlocon el ramo de Gobernación ($183,135,765.00),del cual representa el 3.1%30.

Según la Ley de Presupuesto, para el año2002 la asignación para el MTPS fue de$6,063,275.00 equivalente a ¢53,053,65631. Alcomparar los presupuestos de esos dos años setiene que el presupuesto del MTPS se redujo en$363,610, equivalente a 3,181,587.00 colones.

No esta muy claro el origen de lareducción presupuestaria, a lo mejor obedece alplan de austeridad que el Ejecutivo anunciarapara su último año de gestión; sin embargo, estaasignación financiera que es poco significativa,muestra el nivel de baja relevancia que elEjecutivo otorga a la protección y garantía de losderechos laborales.

29Decreto Nº 1091, publicado en Diario Oficial Nº 242, Tomo 357, el 21 de diciembre

de 2002.

30Decreto Nº. 679, publicado en Diario Oficial Nº. 242, Tomo Nº. 353, el 21 de

diciembre de 2001. Ley General del Presupuesto, Tomo I, página 3, sumario Nº.3. Gastos del Gobierno Central.

31Decreto Nº 679, publicado en Diario Oficial Nº 242, Tomo 353, el 21 de diciembre

de 2001.

1.1.6 Situación del nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo.

Para describir la situación del empleo enuna sociedad, los datos suelen ofrecerse enforma de tasa de desempleo que es la proporciónde trabajadores y trabajadoras inactiva conrespecto al total de la población activa.

Pero medir esa tasa no es tarea fácil y nosiempre arroja datos exactos. Además, existenpocas instituciones que realizan censos yencuestas económico sociales. Este es el casode la estatal Dirección General de Estadísticas yCensos (DIGESTYC)

Por mucho que se precisen los conceptosde "trabajador inactivo" y "población activa"siempre se encuentran personas a los que no sesabe con exactitud en qué categoría clasificarlos.Además, hay que decir que las cifras presentadasa veces obedecen a criterios políticos y notécnicos. Sin embargo, no puede evitarse laalusión a eso datos.

Otra variable a considerar al momento dehacer lectura de los datos estadísticos, es que,por lo general, éstas son medida de tendenciacentral que son afectadas por los extremosmínimos y máximos, no necesariamente de ahíque no reflejan objetivamente la realidad.

1.1.7 Las cifras oficiales del empleo, subempleo y desempleo

Según la Encuesta de Hogares dePropósitos Múltiples de 2002, la población enedad de trabajar (PET)32, definida como aquellaparte de la población total que está apta para eltrabajo, fue de 5,028,570 personas. La mismaencuesta, sólo que la de 1999, estableció que laPET fue de 4,644,586 personas. Es decir queentre 1999 y 2002, la PET aumentó 383,984personas.

32El criterio para adoptar la edad mínima para el cálculo de este indicador depende

de la situación particular de cada país; en El Salvador, al igual que en la mayoríade países latinoamericanos, la DIGESTYC ha adoptado como edad para trabajarlos 10 años y más.

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La población económicamente activa(PEA), definida como aquella parte de lapoblación en edad de trabajar y que ofrece sufuerza de trabajo al mercado laboral, y que no esla población ocupada, en el 2002 fue de2,572,977 personas; de las cuales, el 63.0% selocalizan en el área urbana y el 37.0% en el árearural.

La PEA, en 1999 fue de 2,444,959personas; de las cuales, el 62.7% se localizó enel área urbana y el 37.3% en el área rural.

Un indicador importante para lacuantificación del empleo es la tasa global departicipación, que es el cociente que resulta dedividir la PEA entre la PET; la cual para ElSalvador en el 2002 fue de 51.2%, es decir,existen más de 51 personas ocupadas uofertando su fuerza de trabajo en el mercadolaboral por cada cien personas en edad detrabajar. En 1999 la tasa global de participaciónfue de 52.6%. Lo que representa una disminucióndel 2% entre 1999 y 2002.

La siguiente tabla compara los datos de1999 y 2002.

Cuadro Nº 8

Comparación entre la PEA y la PET(1999 – 2002)

PET PEA PEA urbana PEA rural Tasa global departicipación

1999 4,644,586 2,444,959 62.7% 37.3% 52.6%2002 5,028,570 2,572,977 63.0% 37.0% 51.2%Diferencia 383,984 128,02 0.3% -0.3% -1.4%Fuente: elaboración propia, datos de la DIGESTYC.

La PEA, está constituida por los ocupados(aquellos que disponen de un trabajo) y losdesempleados (aquellos que buscan trabajo) Laproporción de las personas ocupadas o conempleo es de 93.8% del total de la PEA; en tantoque los desempleados representan el 6.2%. En1999 las personas ocupadas o con empleoalcanzaba el 93.0% y las desocupadas el 7%. Esdecir que entre el período 1999-2002, eldesempleo pasó de 7% a 6.2%.

Para el 2002, en la distribución de la PEAsegún el nivel de empleo se tiene que 64 de cadacien personas se clasifican como ocupadosplenos, 30 de cada cien son subempleados y el6% lo constituyen los desempleados. En 1999,los empleados plenos alcanzaban el 61% y lossubempleados llegaban al 32%, el 7% restante loconstituían los desempleados.

En el 2002, el total de ocupados fue de2,412,785 personas de las cuales 9.3%

pertenecían a la población de 60 años y más,consideradas como adultos mayores, esteporcentaje es bajo al compararlo con la poblaciónocupada, si se relaciona con el total de poblaciónque pertenece a los adultos mayores, representael 34.1%, esto significa que 34 personas deambos sexos igual o mayor de 60 años de cada100, de esas mismas edades, tienen que trabajarpara obtener un ingreso que les permita subsistir,ya que no han sido favorecidas con ningúnprograma de previsión social, por lo que a falta deuna pensión, se ven obligadas a trabajar. En1999, el total de ocupados ascendía a 2,274,728personas de las cuales 8.7% pertenecía a lapoblación de 60 años y más, lo que representó el36.0%.

El desempleo33 en el 2002 alcanzó unatasa, como ya se mencionó antes, de 6.2%

33Definido como el contingente de personas en edad de trabajar que no tienen

trabajo pero que lo están buscando activamente.

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siendo similar para el área urbana y rural del país,con el 6.2% y 6.3%, respectivamente.

La población joven de la PEA, entre 15 y29 años de edad, sigue siendo el grupo etáreomás afectado por el desempleo. Según laDIGESTYC, para 2002, la tasa de desempleopara dicho grupo es de 9.8%, lo que equivale a91,095 desempleados.

La tasa más alta de desempleo sepresenta en los hombres con un 8.1%, adiferencia de las mujeres que tienen una tasa dedesempleo del 3.5%, esto se debe a que elporcentaje de mujeres incorporadas al mercadolaboral es mayor o que encuentran máscolocación en las maquilas, que son actividadesdesarrolladas casi en su totalidad por mujeres.

1.1.8 Ingresos del hogar y de losocupados. Cifras oficiales.

Según la DIGESTYC, en 2002, el ingresopromedio mensual de los hogares a nivel nacionalera de 3,755 colones. Al analizarlo por áreageográfica, se observa que en los hogaresurbanos es de 4,770 colones , 2.3 veces superioral de los hogares rurales que es de 2,035colones. En el Área Metropolitana de SanSalvador fue de 5,552 colones.

Por departamento, los hogares ubicadosen La Libertad y San Salvador superan elpromedio nacional con ingresos de 4,970 y 4,720colones, respectivamente; en cambio, los que seencuentran en los restantes departamentosperciben ingresos menores a dicho promedio,siendo más acentuado en los hogares deAhuachapán, San Vicente y Cabañas que tienenun ingreso promedio mensual de 2,213, 2,481 y2,451 colones, respectivamente.

Los ingresos del hogar son generadosbásicamente en categorías ocupacionales comopatronos, asalariados (temporales ypermanentes) y cuenta propia.

Según la DIGESTYC, en los ingresos porgrupo ocupacional, se destaca que los mayoresmontos son percibidos por directivos ofuncionarios, quienes ganan un promedio de11,608 al mes; le siguen en orden de importancialos profesionales y científicos con 8,100 colones ylas Fuerzas Armadas con 4,033 colones.

La población ocupada percibe un ingresopromedio mensual de 2,237 colones. Por sexo, setiene que los hombres perciben 2,404 colones ylas mujeres perciben un promedio de 2,013colones; es decir, 19.4% menos que los hombres,aunque ellas destinan casi el 100% de susingresos al hogar. Al analizar el ingreso promediopor área geográfica se observa que el ingresourbano es de 2,795 colones y el rural de 1,214colones; es decir, 2.3 veces menos que el urbano.

El subempleo alcanza una altaproporción, a diferencia del desempleo quepresenta una tasa de baja magnitud. Este sepresenta en dos modalidades: el visible o porjornada y el invisible o por ingresos; por efectosmetodológicos, se clasifican en la primeramodalidad aquellas personas que estandoocupadas trabajan menos de 40 horas a lasemana en forma involuntaria; en la segunda, seubican a las que trabajando 40 horas semanaleso más obtienen un ingreso menor al salariomínimo vigente.

El comportamiento de la tasa dedesempleo por tipo, desde 1999 hasta el 2002,puede compararse en el siguiente cuadro:

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Cuadro No. 9

Comportamiento del desempleo por tipo(1999-2002)

Año Subempleo visible Subempleo invisible Subempleo total1999 3.1% 28.8% 31.9%2000 3.4% 26.0% 29.4%2001 3.6% 25.5% 29.1%2002 4.1% 25.6% 29.7%

Fuente: elaboración propia de información obtenida por la DIGESTYC

De lo anterior, puede inferirse que la tasatotal de subempleo durante ese período haoscilado levemente, presentando una levedisminución en los años 2000 y 2001, eincrementándose levemente para el 2002.

De acuerdo con los datos presentados enel cuadro No. 9, la tasa de subempleo en ElSalvador para 2002, es de 29.7%. De ello, el4.1% se clasifica como subempleados visibles opor jornada y el 25.6% como subempleadosinvisibles o por ingresos.

1.1.9 Consideraciones sobre las cifras oficiales del empleo, subempleo y desempleo

Como ya se señaló en párrafosanteriores, para la DIGESTYC, la tasa dedesempleo pareciera haberse estabilizado. Porejemplo, en 2002, la tasa de desempleo fueestimada en 6%; cifra que, en términos latos y sinentrar en mayores análisis, puede serconsiderada como muy baja y, en consecuencia,puede generar la percepción o la creencia de queEl Salvador, anda bien en términos de empleo.

Así pues, estas bajas cifras de desempleono significan necesariamente que la economíaesté generando los empleos necesarios y de lacalidad suficiente para absorber el incremento dela PEA.

El PNUD, en su Informe de DesarrolloHumano El Salvador 2003, p. 118, expresa que

los datos sobre subempleo proporcionados en ElSalvador por el Gobierno, deben tomarse concautela, debido a que dicha tasa pondera de lamisma manera a un ocupado que trabaja muypocas horas que a un ocupado que trabaja lajornada normal.

En ese sentido, es cuestionable la formaen que se obtiene, en este caso, la tasa dedesempleo, ya que al parecer no se toman encuenta muchas variables al elaborar lasencuestas. Por ejemplo, se debe considerar quelos desocupados y los subempleados son dosgrupos de la PEA que representan problemas conrelación a la medición del empleo. Los primerospor carecer de empleo, y los segundos, por tenerun empleo inadecuado.

Otra consideración podría ser que, enbuena medida, la estabilidad mostrada por la tasade desempleo se debe al efecto amortiguador delsubempleo, cuya tasa ha oscilado en añosrecientes en torno al 30%, cifraconsiderablemente alta.

Estas y otras consideraciones deberíanser tomadas en cuenta en las encuestas oficiales.Ya que por regla general, cuando existe un altoíndice de desempleo o subempleo, no puedehablarse de que hay una garantía en lasatisfacción de empleo y a libertad de elección deempleo; sin embargo, para el Gobiernosalvadoreño, y gracias al manejo sesgado decifras estadísticas, se cumplen estos doselementos. En definitiva, los datos oficiales no

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están midiendo lo que deben medir.

Uno de los sectores que más absorben alas personas que salen del mercado laboralformal es el sector informal, el cual desde el iniciode la década de los noventa fue creciendo en suparticipación dentro de la PEA.

Este crecimiento, que paralelamentefavorece el ocultamiento de desempleo, tienecomo causas principales la perdida de dinamismodel sector formal en cuanto a la generación deempleo, que, a su vez, tiene como base lasmedidas de ajuste y estabilización económicadesarrolladas por el Estado.

Hay que recordar que dentro de lasmedidas de ajuste y estabilización económica seencuentran la reducción del gasto público y lamodernización del Estado.

La modernización estatal ha implicado lareducción del mismo mediante la suspensión delas plazas de un significativo número detrabajadores y trabajadoras públicos, estostrabajadores y trabajadoras al no encontrar unlugar en el sector formal privado han pasado aengrosar las filas del sector informal.

En ese contexto, en cierta medida lasbajas tasas oficiales de desempleo se deben a ladinámica del empleo en el sector informal; sectoren el cual las y los trabajadores perciben menosingresos, con el agravante de no garantizarleslos derechos otorgados por la leyes laborales.

La dinámica que se ha establecido en elempleo informal, simultáneamente ha generado lapresencia del subempleo, actividad dentro de lacual se ubica una parte sustancial de laspersonas urbanas ocupadas en las actividadesinformales, entendidas como las actividades conmenores ingresos y jornadas de trabajo más

prolongadas.

La alta concentración de subocupados enel subempleo invisible revela la precariedad en laque se encuentra el mercado de trabajosalvadoreño, la imposibilidad de las reformaseconómicas de reducir las brechas entre ambascategorías (visible e invisible) y entre hombres ymujeres; siendo las mujeres, en la mayoría desectores, las que perciben ingresos menores alsalario mínimo y son obligadas a trabajar más decuarenta horas a la semana, más la adición deltrabajo en el hogar no remunerado.

Hay que señalar que los sectores conmayores niveles de subempleo son elagropecuario, pesca, y comercio; y la mayoría deéstos se concentran en la categoría de losinvisibles. Especialmente, la situación del sectoragropecuario es bastante preocupante comoproducto del descuido gubernamental al sector ypor los bajos precios internacionales del café.

El depender en gran medida de unaactividad agrícola monocultivista es la causa queha llevado al sector a una crisis severa. Crisis quese coronó en el 2003.

El sector cafetalero arrancó el 2003 concuantiosas deudas, fincas menos productivas porfalta de inversión en mantenimiento y preciosinternacionales que no alcanzaban a cubrir loscostos de producción.

Como ya se mencionó, la crisis se havenido acumulando año con año, sólo en el 2002,las exportaciones de café cayeron 20%. (EDH2/02/03, p. 24)

Esa crisis generaba serias expectativaspara las personas que se empleaban en esaslabores agrícolas. La generación de empleo fuemuy baja, como ejemplo puede mencionarse que

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el período 2002-2003 únicamente se generó 48mil empleos en las fincas. Consecuentemente, laprodución del grano también cayó a su nivel másbajo. Nivel que según el Consejo Salvadoreñodel Café fue el más bajo en los últimos 40 años.(LPG 24/02/03, p. 32)

Según un estudio realizado en 2003, porla Fundación Nacional para el Desarrollo(FUNDE), determinó que el 30% de cafetalerosdel país decidió no recolectar la cosecha de caféy prefirieron dejarlo perder, provocando con elloun alto índice de desempleo en el campo, lo queal mismo tiempo impidió que los y lastrabajadoras agrícolas pudieran obteneralimentos para ellos y los demás miembros de lasfamilias. (Co Latino 13/03/03, p. 2)

La espiral generada por la crisis en elsector agrícola siguió generando efectosnegativos, especialmente a quienes menoscondiciones poseen para enfrentar este tipo defenómenos, fue así como en el 2003 se llegó a lafatalidad al presentarse casos de muertes deniños y niñas a causa de desnutrición crónica.

1.1.10 Dos casos concretos que reflejan inestabilidad laboral en el sector público.

1.1.10.1 Caso Trabajadores Administrativos de la Policía Nacional Civil.

El 13 de febrero de febrero de 2003, ungrupo de empleados de la Policía Nacional Civil(PNC), presentaron ante FESPAD una denuncia34

en donde expresaron que dentro de los procesosde modernización institucional del Estado, ladirección de la PNC adoptó, a finales del 2002, elSistema Informático de Recursos HumanosInstitucional (SIRHI) en el cual se realizan lamayoría de operaciones administrativas delpersonal de dicha institución. Para su sorpresa, apartir del 1 de enero de 2003, sin habérseles

34Expediente 2003/8, FESPAD-Departamento DESC

informado, los denunciantes y todo el personaladministrativo de la institución, que es deaproximadamente 5,000 personas que laborabanbajo el régimen de Ley de Salarios, pasó alrégimen de contrato. Medida que según ellos yellas atenta contra su estabilidad laboral.

1.1.10.2 Caso de Trabajadores de la Academia Nacional de Seguridad Pública

El 10 de julio de 2003, un grupo de personasdenunciaron35 ante FESPAD que el director de laAcademia Nacional de Seguridad Pública, sinprevia notificación intentó trasladarlos del régimende Ley de Salarios al régimen de contrato. Accióna la que mostraron su desacuerdo, por lo que senegaron a firmar los contratos. Ante la negativade firmarlos, se les pidió que devolvieran susinstrumentos de trabajo, razón por la cualsostienen haber sido despedidos de hecho.Sostuvieron, además, que los contratos que lesfueron ofrecidos únicamente eran por tres meses,lo que les hizo presumir que la intención eradespedirlos y no cancelarles su indemnización.

1.1.11 Dos casos concretos que reflejan inestabilidad laboral en el sector privado

1.1.11.1 Maquila Anthony Fashion

El 21 de noviembre de 2003, un grupo depersonas presentaron ante FESPAD unadenuncia36 en la cual manifiestaban que desdejunio de 2001 laboraron en la empresa maquileraAnthony Fashion, ubicada en la zona industrialSan Bartolo, en el municipio de Ilopango, aloriente de San Salvador. Expresaron que endiciembre de 2002 les notificaron a todos y todaslas trabajadoras que a partir de ese fecha se lesconcedía un período de vacaciones, por lo quedebían presentarse nuevamente a trabajar el 5 deenero de 2003.

Manifestaron que así lo hicieron, pero que

35Expediente 2003/40, FESPAD-Departamento DESC

36Expediente 2003/53, FESPAD-Departamento DESC

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al llegar a las instalaciones de la empresa el 5 deenero de 2003, se enteraron que losrepresentantes patronales habían retirado lamaquinaria y que la misma ya no operaría. Fueasí como quedó pendiente la entrega de laindemnización y lo correspondiente al aguinaldo.Además, fue de su conocimiento que a pesar dedescontárseles, en planilla, lo correspondiente aAFP y seguro social, las aportaciones eranretenidas por la empresa y no se reportaban a lasinstituciones correspondientes.

También expresaron que presentaron ladenuncia en las oficinas del Ministerio de Trabajo,sin que se les haya resuelto favorablemente.

1.1.11.2 Empresa Café Coyo

La denunciante expresó37 ante FESPADque desde 1992 laboró como empleada de oficiosvarios en la empresa Café Coyo, la cual sededica a la exportación de izote y plantasnaturales, que se ubica sobre el km 25 de lacarretera que de San Salvador conduce aSonsonate. La empresa es propiedad del Sr.Terry Moore y es administrada por el ingenieroHéctor Molina. La denunciante laboraba de 7 ama 4 pm (en tiempo ordinario) y por lo general,todos los días lo hacía en tiempo extraordinario38.Su salario era de 1,050 colones mensuales.Expresa que por la horas extras no recibía lo quepor ley le correspondía, es decir que el cálculolegal de horas extras no le era aplicado. Ademásañadió que a pesar de descontárseles lasaportaciones para AFP e ISSS, éstas no eranefectuadas.

Manifiesto que a inicios de 2003 planteó alingeniero Molina su intención de abandonar laempresa por los motivos antes expuestos y porsentirse acosada laboralmente por lassupervisoras, razón por la cual solicitaba su

37Expediente 2003/52 FEPAD-Departamento DESC

38Este es un ejemplo típico y muy reiterado en el Salvador, especialmente en el

comercio y la industria. El Salvador no ha ratificado los Convenios 1 y 30 de laOIT relativos a regulación de las horas de trabajo. Esta autorización para eltrabajo suplementario o de horas extras, ya sea con la anuencia o no del o latrabajadora, en la práctica, restringe el alcance del derecho a la limitación de lajornada.

indemnización. Recibió respuesta negativa a supetición, por lo que optó renunciar a la empresa ya su pasivo laboral.

Es necesario resaltar la mención que sehace en los dos casos anteriormente citados en loque respecta a los descuentos en planillacorrespondientes a las AFP y que no sonreportados a las mismas. Esta práctica ha venidosiendo denunciada por trabajadores/as, diversasinstituciones en diferentes medios sin que lasautoridades competentes hayan hecho algoconcreto al respecto. De tal suerte que esapráctica ha ido creciendo rápidamente al grado deque para el 2003 se consideraba que decenas demiles de trabajadores/as que mes a mes les esretenido la contribución para ser adicionada a sucuenta administrada por la AFP no llega a sudestino.

Según información hecha pública porautoridades de la Superintendencia del Sistemade Ahorro para Pensiones, la cantidad retenida alos y las trabajadoras que no ha llegado a lasarcas de las AFP y que asciende a $30 millones.(EDH 14/06/04, p. 21)

2. El derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (Artículo 7)

El derecho a trabajar, abordado yreconocido en el artículo 6 del PIDESC, estáestrechamente relacionado con los derechos enel trabajo o derechos laborales. Se trata de unconjunto de derechos que protegen a laspersonas que venden su mano de obra.

Estos derechos en el trabajo, estáncontenidos en el artículo 7 del PIDESC, es unadisposición complementaria al derecho al trabajo.En términos genéricos, los derechos en el trabajopersiguen garantizar a quienes trabajan elderecho de hacerlo en condiciones justas,favorables, equitativas, dignas y satisfactorias queles aseguren especialmente una remuneraciónque proporcione como mínimo a todos lostrabajadores:

a)Un salario equitativo e igual por trabajo de

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igual valor.

b)Condiciones de existencia dignas para ellosy para sus familias.

c)Seguridad e higiene en el trabajo.

d)Igual oportunidad para todos de serpromovidos dentro de su trabajo, a lacategoría superior que les corresponda, sinmás consideraciones que los factores detiempo de servicio y capacidad.

e)El descanso, el disfrute del tiempo libre.

f)La limitación razonable de las horas detrabajo y las variaciones periódicas pagadas,así como la remuneración de los díasfestivos.

2.1 Situación del salario mínimo

El artículo 38, ordinal 2º de la Constituciónde la República establece que “Todo trabajadortiene derecho a devengar un salario mínimo, quese fijará periódicamente. Para fijar este salario seatenderá sobre todo al costo de la vida, a laíndole de la labor, a los diferentes sistemas deremuneración, a las distintas zonas deproducción y a otros criterios similares. Estesalario deberá ser suficiente para satisfacer lasnecesidades normales del hogar del trabajadoren el orden material, moral y cultural.”

El artículo 7 del PIDESC establece el

derecho a una remuneración suficiente queproporcione condiciones de existencia dignaspara todos los trabajadores y sus familias, similardisposición aparece en el apartado 23 de laDeclaración Universal de Derechos Humanos.Estos mandatos han sido desarrollado por losConvenios de la OIT que regulan la fijación desalarios mínimos, como el Convenio sobre laFijación de salarios mínimos y el Convenio sobrelos métodos de fijación del salario mínimo en laagricultura.

El artículo 144 del Código de Trabajo,

contempla que “Todo trabajador, incluso eltrabajador a domicilio, tiene derecho a devengarun salario mínimo que cubra suficientemente lasnecesidades normales de su hogar, en el ordenmaterial, moral y cultural, el cual se fijaráperiódicamente.” Además, el artículo 145 planteaque “Para fijar el salario mínimo se atenderásobre todo al costo de la vida, a la índole de lalabor, a los diferentes sistemas de remuneración,a las distintas zonas de producción y a otroscriterios similares.”

Los principales problemas que ofrece el

reconocimiento y disfrute de este derecho serelacionan, a lo mejor, con los métodos aplicadospara la determinación del salario mínimo.

En El Salvador, existe el ConsejoNacional de Salario Mínimo, que es un organismodependiente del Ministerio de Trabajo y PrevisiónSocial, integrado por siete miembros: tresrepresentarán al interés público, dos al interés delos trabajadores y dos al de los patronos.

Los representantes del interés público

son designados por el Órgano Ejecutivo, así: unopor el Ministerio de Trabajo y Previsión Social,otro por el Ministerio de Economía y otro por elMinisterio de Agricultura y Ganadería.

El Consejo Nacional de Salario Mínimotiene entre otras atribuciones la de elaborar yproponer periódicamente al Órgano Ejecutivo, enel Ramo de Trabajo y Previsión Social, proyectosde decretos para la fijación de salarios mínimos;y, además, proponer al Órgano Ejecutivo, en elRamo de Trabajo y Previsión Social, lamodificación de las tarifas de salarios mínimosfijados por decreto, cuando varíensustancialmente las condiciones quedeterminaron su fijación.

No obstante lo anterior, que dicho sea de

paso, se encuentra establecido legalmente en elCódigo de Trabajo, la forma en que se ha venidoconformando el Consejo Nacional de SalarioMínimo ha representado una ventaja para larepresentación patronal, puesto que losrepresentantes del interés público, inversamente,

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siempre ha defendido los intereses privados delos patronos, por lo que la representación de lostrabajadores dentro del Consejo se vuelveminoría y, en consecuencia, no son presentadoslos proyectos de decretos para la fijación desalarios mínimos.

El salario mínimo debe ser fijado de talmanera que permita a una persona trabajar unacantidad normal de horas por semana para tenerun decente y adecuado nivel de vida para eltrabajador o la trabajadora y su familia. Lasnormas de salarios mínimos se ven a menudoseveramente afectadas en su cumplimiento por elhecho de que los trabajadores son amenazadoscon despido o cierre de la empresa, si insistencon la exigencia de incrementar el salario mínimo.Otro hecho objetivo es la falta de adecuaciónentre el valor del salario y el costo real de unadecuado nivel de vida.

El establecimiento de un salario mínimo

justo, como pieza fundamental para alcanzar unadecuado nivel de vida, también se vuelve

imprescindible para el desarrollo humano.

No obstante, esa importancia, en ElSalvador desde 1998 el salario mínimo nopresentaba ninguna variación, a pesar de que laley laboral manda una revisión cada dos años; elsalario mínimo se mantuvo durante ese tiempo en1,260 colones, equivalentes a 144 dólares al mes,aún y cuando se han incrementado las tarifas delos servicios públicos.

No fue hasta las postrimerías de laselecciones de marzo de 2003 que se inició elcabildeo entre representantes del gobierno, elConsejo Nacional del Salario Mínimo y laempresa privada. Proceso que culminó con elconsenso de aumentar diferenciadamente elsalario mínimo, aumento que entró en vigencia el22 de mayo de 2003.

Dicho aumento diferenciado afectó lossectores siguientes:

Tabla Nº 10

Incremento de los Salarios Mininos Vigentes por Sector

(2003)

Sector Salario anterior Salario vigente Porcentaje de incremento

1. Comercio y servicio2. industria3. Maquila4. Agricultura

$144.00$144.00$144.00$74.06

$158.40$154.80$151.20$74.06

10%7.50%

5%0%

Fuente: Elaboración Departamento DESC/ CECDH/FESPAD.

A pesar de haber aumentado el salariomínimo, ese incremento no es suficiente puestoque no soluciona el problema del nivel salarial, yaque al relacionarlo con el costo de la canastabásica de alimentos, se da una disparidadconsiderable entre ambos y si la relación se haceentre el salario mínimo y la canasta básicaampliada, la disparidad crece aún más. En elcaso de la maquila el incremento salarialexperimentado en este sector fue el más bajo enrelación con los otros.

No en todos los sectores se experimentoalgún tipo de aumento salarial, ya que en elsector agropecuario los salarios se mantuvieroninvariables.

2.2 Condiciones de seguridad laboral(accidentes y enfermedades de trabajo)

Anualmente se reportan innumerablescasos de accidentes y muertes en el trabajo. Sedefine un accidente del trabajo como algo que

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sucede imprevista o inesperadamente y queinterrumpe las labores productivas.

Los accidentes no ocurren por casualidad,siempre hay una o más causas.

Durante 2002, las personas que sufrieronaccidentes laborales ascendió a 26,160, lo quesuperó la cantidad que se registró en 2001,cuando se contabilizaron 23,940. (LPG 14/02/03,p. 20)

Sólo en el 2001, el ISSS gastó más denueve millones de dólares en atención aaccidentes de trabajo. (EDH 14/02/03, p. 21)

Entre las causas principales sobresalenlas condiciones inseguras en el lugar de trabajo,actos inseguros de las personas y la combinaciónde ambos factores.

Entre las causas específicas, se destaca:

a) El desconocimiento de los riesgos;

b) falta de orientación y adiestramientosobre prácticas seguras de trabajo;

c) equipo, herramientas y maquinaria condesperfectos o inadecuados;

d) negligencia;

e) sobrecargo de tareas;

f) agotamiento;

g) prisa;

h) impedimentos físicos y otros.

La seguridad laboral es una de laspreocupaciones más antiguas en materia denormas internacionales en la esfera laboral, quebusca garantizar a todos los y las trabajadorascondiciones satisfactorias de seguridad e higiene.

Esas condiciones no se consiguenúnicamente con medidas legislativas; sino, quetambién con acciones y políticas de

cumplimiento.

En El Salvador, la costumbre es que elMinisterio de Trabajo no impone sanciones atodas las empresas que hayan violado las normasde higiene y seguridad establecidas por unreglamento de esa cartera de Estado. Por logeneral, los reglamentos no dan la potestad deimponer multas o sancionar a las empresas queno cumplan con la normativa que buscagarantizar la seguridad laboral.

2.2.1 Situación legal

La Constitución de la República en suArtículo 44 inciso 2º señala que: "El Estadomantendrá un servicio de inspección técnicaencargado de velar por el fiel cumplimiento de lasnormas legales de trabajo, asistencia, previsión yseguridad social, a fin de comprobar susresultados y sugerir las reformas pertinentes".

En el marco del derecho internacional, elConvenio 81 de la OIT "Relativo a la Inspeccióndel Trabajo en la Industria y el Comercio",ratificado por el país el 25 de agosto de 1994, ypor tanto ley de la República, de acuerdo a loque dispone el Artículo 144 de la Constitución,señala en su artículo 16: "Los establecimientosse deberán inspeccionar con la frecuencia y elesmero que sean necesarios para garantizar laefectiva aplicación de las disposiciones legalespertinentes".

Las consideraciones legales en lo atinentea la seguridad e higiene en los centros de trabajoestán contenidas en el Código de Trabajo en suLibro III: "Previsión y Seguridad Social" (Artículos307 al 368) y Reglamento General sobreSeguridad e Higiene en los Centros de Trabajo.

El artículo 314 del Código de Trabajo,regula las obligaciones de los patronos enmateria de seguridad laboral; en dicho artículo seestablece que:

a)Todo patrono debe adoptar y poner enpráctica medidas adecuadas de seguridad e

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higiene en los lugares de trabajo, paraproteger la vida, la salud y la integridadcorporal de sus trabajadores, especialmenteen lo relativo a las operaciones y procesos detrabajo.

b)Al suministro, uso y mantenimiento de losequipos de protección personal.

c)Las edificaciones, instalaciones ycondiciones ambientales. d)A la colocación y mantenimiento deresguardos y protecciones que aislen oprevengan de los peligros provenientes de lasmáquinas y de todo género de instalaciones.

De acuerdo con lo que se prescribe el

literal k) del artículo 8 de la Ley de Organización yFunciones del Sector Trabajo y Previsión Social:"Son funciones del Ministerio de Trabajo yPrevisión Social: ... k) Vigilar y coordinar conotros sectores, el desarrollo y cumplimiento de lasnormas sobre seguridad e higiene ocupacionalesy medio ambiente de trabajo".

Dicha responsabilidad se ve reforzada porlo que dispone el Artículo 34 de la misma normaen mención, cuando acota: "La función deinspección tiene por objeto velar por elcumplimiento de las disposiciones legales detrabajo y las normas básicas de higiene yseguridad ocupacionales, como medio deprevenir los conflictos laborales y velar por laseguridad en el centro de trabajo". Al interior de lareferida cartera de Estado es la Dirección Generalde Inspección de Trabajo y la de Previsión Sociallas encargadas de ejecutar acciones concretas,así se establece en la ley.

Según la Ley de Organización yFunciones del Sector Trabajo y Previsión Socialen el inciso 1º del Artículo 65 establece respectodel Director General de Previsión Social que"Cuando la gravedad o inminencia del peligro loamerite podrá pedir al Director General deInspección de Trabajo que clausure todos oalgunos de los locales de determinado centro de

trabajo, o que prohíba el uso de determinadasmáquinas, artefactos, aparatos o equipos que enaquel se empleen y que ofrezcan peligro gravepara la vida, la integridad física o la salud de lostrabajadores". Esta debió ser la disposición legalen la cual el Director General de Previsión Socialtenía que ampararse el día viernes 5 de julio de2003, para evitar que continuaran lasintoxicaciones y las condiciones de riesgo paralas trabajadoras y haber evitado que se repitiesetres días después (Para más detalles ver elnumeral 2.2.2. referente a los casos relevantes)

Por lo señalado en la norma ya referida(Artículos 42 y 62 ), debería existir de parte delMinisterio de Trabajo y Previsión Social, unapolítica de inspección programada en los centrosde trabajo a fin de identificar con la antelación delcaso aquellas condiciones que presenten riesgopara la vida y salud de las trabajadoras ytrabajadores.

También es Ley de la República elConvenio 155 sobre Seguridad y Salud de losTrabajadores y Medio Ambiente de Trabajo39.Dicho convenio es aplicable a todas las ramas deactividad económica. Asimismo, es Ley de laRepública, el Convenio relativo a la inspeccióndel trabajo en la agricultura40. Ambos conveniosfueron firmados y ratificados por el Estadosalvadoreño ante la OIT.

Dicho lo anterior, puede decirse queexiste suficiente base legal para hacer exigible laseguridad laboral.

Extraoficialmente se sabe que laComisión Nacional de Seguridad y SaludOcupacional, elabora una propuesta de una “leymoderna” para la prevención de accidentes detrabajo. Según funcionarios del Ministro de

39Ratificado el 15 de junio de 2000, publicado en Diario Oficial 135, Tomo 348, el 19

de julio de 2000.

40Ratificado el 14 de julio de 1994, publicado en Diario Oficial 158, Tomo 324, el 29

de agosto de 1994.

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Trabajo la nueva normativa sustituiría elreglamento de salud ocupacional, vigente desde1972. (EDH 14/02/03, p. 21)

Además se sabe que algunos legisladoressiguen con la idea que es necesaria una leysecundaria que regule esa materia; no obstante,no dan signos de genuina voluntad de quererresolver el problema ya que desde octubre delaño 2001 reposa un proyecto de Ley deSeguridad Laboral que no se ha vuelto a discutir.

En realidad, lo que predomina en ElSalvador es el uso arbitrario que los gobernantesy sus funcionarios hacen de ese marco jurídico afavor de intereses particulares.

3. Derechos sindicales (Artículo 8)

Las y los trabajadores en El Salvadorenfrentan severos problemas en el ejercicio deeste derecho. Estos problemas van desde lasituación de menosprecio generalizado contrasindicalistas y dirigentes sindicales, hastadisposiciones que permiten la injerencia de lasautoridades administrativas en la marcha de lossindicatos o la restricción del disfrute de estederecho a ciertas categorías de trabajadores, porlo que las protecciones legales de lostrabajadores en esta materia están debilitadas ylas actividades de los sindicatos restringidas.

3.1 El derecho a la sindicalización como derecho constitucional

En El Salvador, se cuenta con suficientelegislación que regula la libertad sindical. No sepretende aquí inventariar la normativa existente alrespecto, pero sí demostrar que existen algunoscuerpos legales que garantizan ese derecho.

El artículo 47 de la Constitución estableceel derecho a la sindicalización de la siguientemanera: "Los patronos y trabajadores privados,sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo oideas políticas y cualquiera que sea su actividad ola naturaleza del trabajo que realicen, tienen elderecho de asociarse libremente para la defensade sus respectivos intereses, formando

asociaciones profesionales o sindicatos. El mismoderecho tendrán los trabajadores de lasinstituciones oficiales autónomas.

Dichas organizaciones y miembros tienenderecho a personalidad jurídica y a serdebidamente protegidas en el ejercicio de susfunciones. Su disolución o suspensión sólo podrádecretarse en los casos y con las formalidadesdeterminadas por la ley.

Las normas especiales para laconstitución y funcionamiento de lasorganizaciones profesionales y sindicales delcampo y de la ciudad, no deben coartar lalibertad de asociación. Se prohíbe toda cláusulade exclusión..."

Se ha interpretado por costumbre que laConstitución sólo reconoce la libertad deasociación sindical para los empleados deinstituciones públicas autonómas y no de losdemás empleados públicos, al hacer unainterpretación restrictiva del art. 47 de laConstitución. Sin embargo, una interpretacióncorrecta en concordancia con el art. 7 de laConstitución que comprende la libertad deasociación, indicaría todo lo contrario. De hecho,la Organización Internacional del Trabajo (OIT) haseñalado a El Salvador, la violación que incurre alos convenios de OIT al negar el reconocimiento alos sindicatos del sector público.

3.2 Convenios, pactos y tratados internacionales

El derecho de los y las trabajadoras aorganizarse se encuentra ampliamentereconocido en la legislación internacional sobrederechos humanos. El Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticos establece que "todapersona tiene derecho a asociarse libremente conotras, incluso el derecho a fundar sindicatos yafiliarse a ellos para la protección de susintereses." De igual manera, el PIDESC reconoce"el derecho de toda persona a fundar sindicatos ya afiliarse al de su elección."

Al ratificar el PIDESC, los Estados Partes,

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como el caso de El Salvador, se hancomprometido a garantizar el derecho de las y lostrabajadores a fundar sindicatos y a afiliarse aellos. Este derecho no está sujeto al principio dela realización progresiva: sino al inmediatocumplimiento. Estos instrumentos legales, quehan sido ratificados por El Salvador, reconocende manera explícita el derecho a la libertad deasociación.

Por otro lado, la Declaración de la OITrelativa a los Principios y DerechosFundamentales en el Trabajo (Declaración de laOIT) reconoce la libertad de asociación como unode los "derechos fundamentales" que todos losMiembros de la OIT tienen la obligación deresguardar.41 El Convenio No. 87 de la OIT sobrela Libertad Sindical y la Protección del Derechode Sindicación y el Convenio No. 98 de la OITsobre el Derecho de Sindicación y deNegociación Colectiva, elaboran y se extiendensobre este derecho.

El Salvador tampoco ha ratificado ningunode estos convenios, aunque en su calidad deEstado Miembro de la OIT tiene el deber,derivado de sus obligaciones emanadas de laDeclaración de la OIT, de cumplir con loestipulado en los mismos.

La Declaración de la OIT indica que"todos los Miembros, aun cuando no hayanratificado los convenios en mención, tienen uncompromiso que se deriva de su merapertenencia a la OIT, de respetar, promover yhacer realidad, de buena fe y de conformidad conla Constitución, los principios relativos a losderechos fundamentales que son objeto de esosconvenios.”42

El Convenio No. 87 indica que "lostrabajadores . . . sin ninguna distinción y sin

41Conferencia Internacional del Trabajo, Declaración de la OIT relativa a los

Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, 86ª Reunión, Ginebra, 18 dejunio de 1998.

42Ibid

autorización previa, tienen el derecho deconstituir las organizaciones que estimenconvenientes, así como el de afiliarse a estasorganizaciones.”43 Al comentar sobre losrequisitos legales que pueden ser impuestos porlas leyes laborales para el establecimiento deeste tipo de organizaciones, el Comité de LibertadSindical de la OIT señala que "si bien es ciertoque los fundadores de un sindicato debenrespetar las formalidades previstas por lalegislación, a su vez estas formalidades nodeben, por su naturaleza, poner trabas a la librecreación de las organizaciones," ni deben ser"aplicadas de forma que retrasen o impidan laformación de organizaciones.”44

El Convenio No. 98 de la OIT es mucho másamplio sobre el derecho de libertad deasociación, estableciendo que: Los trabajadoresdeberán gozar de adecuada protección contratodo acto de discriminación tendiente amenoscabar la libertad sindical en relación con suempleo. . . Dicha protección deberá ejercerseespecialmente contra todo acto que tenga porobjeto . . . (b) despedir a un trabajador operjudicarlo en cualquier otra forma a causa de suafiliación sindical o de su participación enactividades sindicales.45

Según el Comité de Libertad Sindical de la

OIT, la protección efectiva contra todo acto dediscriminación sindical debe abarcar los períodosde contratación, empleo y despido, siendo"particularmente necesaria tratándose dedelegados sindicales, porque para poder cumplirsus funciones sindicales con plena independenciadeben tener la garantía de que no seránperjudicados en razón del mandato que detentanen el sindicato.46

43Convenio No. 87 de la OIT sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho

de Sindicación

44Comité de Libertad Sindical de la OIT, Formalidades legales para la constitución

de organizaciones sindicales

45Convenio No. 98 de la OIT sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación

Colectiva

46Comité de Libertad Sindical de la OIT, Protección contra la discriminación

antisindical. Artículo 1 del Convenio No. 98.

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El Comité de Libertad Sindical de la OIT,agrega que en el caso de despidos ocasionadospor prácticas de discriminación antisindical, losgobiernos también deberán "aplicar a lasempresas las sanciones legalescorrespondientes.47

3.2.1 Legislación secundaria nacional

Según el artículo 2, literal b, del Código deTrabajo: "los trabajadores de las Institucionesoficiales autónomas tienen el derecho deasociarse libremente para la defensa de susrespectivos intereses, formando asociacionesprofesionales o sindicatos y de celebrar contratoscolectivos, de conformidad con las disposicionesde este Código.

El libro segundo, título primero, capítulouno del mismo cuerpo normatio contiene loreferido al Derecho de Asociación Profesional ysu protección. Específicamente el artículo 204establece que las y los patronos y trabajadoresprivados y de instituciones autónomas tienen elderecho de asociarse libremente para defendersus intereses económicos y sociales comunes,formando asociaciones profesionales osindicatos, sin distinción de nacionalidad, sexo,raza, credo o ideas políticas.

En el título primero, capítulo dos, desde elartículo 208 al 216, se establece todo lo referentea la constitución de los sindicatos; en loscapítulos tres, cuatro, cinco, seis, siete y ocho, delmismo libro y título, tratan, respectivamente, delos estatutos; de la personalidad jurídica; delgobierno de los sindicatos; de las juntasdirectivas; de las atribuciones y prohibiciones alos sindicatos y de sus sanciones y de laliquidación de los sindicatos. Contenidos desde elartículo 217 hasta el 247.

En cuanto al derecho de formarfederaciones nacionales, está contempladoespecíficamente en el Capítulo X del Código deTrabajo, en el artículo 257, donde se lee que:

47Comité de Libertad Sindical de la OIT, Reintegro de sindicalistas a sus puestos de

trabajo. Protección contra la discriminación antisindical.

"cinco o más sindicatos de trabajadores o tres omás de patronos, pueden formar una federación;y tres o más federaciones sindicales detrabajadores o de patronos, pueden constituir unaconfederación. Las federaciones yconfederaciones tienen derecho a que se lesconceda personalidad jurídica.

En lo relativo al derecho a huelga, ésteposee rango constitucional, al establecerse en elartículo 48 que: "Los trabajadores tienen derechoa la huelga y los patronos al paro. Para elejercicio de estos derechos no será necesaria lacalificación previa, después de haberseprocurado la solución del conflicto que los generamediante las etapas de solución pacíficaestablecidas por la ley. Los efectos de la huelga oel paro se retrotraerán al momento en que éstosse inicien. La ley regulará estos derechos encuanto a sus condiciones y ejercicio."

3.3 Imposición de restricciones al ejercicio del derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos y sulibre funcionamiento

Tanto en el sector laboral público como enel privado, el movimiento laboral ha sido, poco apoco, reducido a través de restricciones alderecho a fundar sindicatos, a la libre afiliación alos ya existentes y a la obstaculización de lasactividades de los mismos.

Estas acciones son concretadas a travésdespidos de trabajadores y trabajadorassindicalizadas o que muestren simpatía con losmismos. A pesar de que por mandato legal seprohibe a los patronos hacer por medios directoso indirectos, discriminaciones entre lostrabajadores por su condición de sindicalizados otomar represalias contra ellos por el mismomotivo.

Llegando al extremo de despedir adirigentes sindicales que poseen fuero sindical taly como lo estipula el artículo 47 de la Constituciónde la República, “los miembros de las directivas...hasta después de transcurrido un año de habercesado en sus funciones, no podrán ser

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despedidos, suspendidos disciplinariamente,trasladados o desmejorados en sus condicionesde trabajo, sino por justa causa calificadapreviamente por la autoridad competente”.

Protección también incluida en el artículo248 del Código de Trabajo, el cual establece que“Los miembros de las Juntas Directivas de lossindicatos con personalidad jurídica o en vías deobtenerla no podrán ser despedidos, trasladadosni desmejorados en sus condiciones de trabajo, nisuspendidos disciplinariamente durante elperíodo de su elección y mandato; y hastadespués de transcurrido un año de haber cesadoen sus funciones, sino por justa causa calificadapreviamente por autoridad competente”.

El ejercicio de este derecho no debería

estar sujeto a limitaciones, salvo que éstassatisfagan los diversos criterios especificados enel artículo 4 del PIDESC y en el apartado "a" delpárrafo 1 del artículo 8. A saber, estasrestricciones han de ser: "1) prescritas por ley yno por medios extra legales o de otra manerainconstitucionales y 2) necesarias en unasociedad democrática para lograr una serie muylimitada de objetivos. Esos objetivos son: 1)proteger la seguridad nacional 2) proteger elorden público 3) proteger los derechos ylibertades de otros."48

Sin embargo, en El Salvador, desdemediados de la década de los noventa, laspolíticas del Gobierno han ido encaminadas adesarticular y evitar la organización sindical,principalmente con la puesta en marcha de losprocesos de privatización y de la denominada"modernización del estado".

Tal como lo han demostrado casosrecientes como es el de el Sindicato deTrabajadores del Aeropuerto Internacional de ElSalvador (SITEAIES), desarticulación que inicióconcretamente con la militarización de lasinstalaciones del Aeropuerto Internacional, en

48Manual de preparación de informes sobre los derechos humanos: conforme a seis

importantes instrumentos internacionales de derechos humanos. Nueva York,1992. p. 47

octubre de 2001; y culminó con el acuerdo de 64trabajadores sindicalizados y la ComisiónEjecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).49

Ante el Comité de Libertad Sindical de laOIT, se han ventilado, entre otros casos, el quedenunciaban acciones contra la libertad sindical,como fue el presentado por la FederaciónSindical de Trabajadores de los ServiciosPúblicos de El Salvador (FESTRASPES) y por elSindicato de Trabajadores del Instituto Nacionalde Pensionados Públicos (SITINPEP).

En reunión realizada en marzo de 2003, elComité de Libertad Sindical, pidió al Gobiernosalvadoreño que examinara, junto con lasorganizaciones sindicales SITINPEP yFESTRASPES, la situación de ciertos afiliados aestas organizaciones quienes operan en elInstituto Nacional de Pensiones de los EmpleadosPúblicos (INPEP) que alegaron ante ese Comitéhaber sido despedidos y perjudicados por motivossindicales. Lo que perseguían estos sindicatosera que los despedidos fueran reintegrados ensus puestos de trabajo o a que se les concedierala indemnización de ley.

El Gobierno, en su comunicación con laOIT, del 2 de septiembre de 2003, señaló que lareducción de personal había tenido motivosfinancieros. Además, declaró que lassupresiones de plazas en el INPEP no tuvieroncomo motivo la afiliación o actividadessindicales50.

A continuación se presentan algunoscasos que pueden ilustrar la situación laboral enEl Salvador.

49De acuerdo a la OIT, De acuerdo a la OIT, el sindicato SITEAIES se comprometió

al mismo tiempo a dar por terminado cualquier reclamo ante cualquier institución,incluida la queja ante la OIT (la misma persona que elevó la queja a la OIT es laque firmó el acuerdo). El Gobierno informó a la OIT que no existió ningún acto demilitarización en el aeropuerto ni se obstaculizaron los derechos sindicales.

50Curso dado a las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la

OIT. En: http://www.oit.org.pe/sindi/casos/curso/slv/2165.html

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3.3.1 Empresa de maquila Charter S.A. de C.V.

La libertad sindical también ha sidolimitada en el sector privado. Como ejemplopuede citarse la denuncia presentada anteFESPAD51 por miembros del sindicato de laCharter SA de CV, empresa maquiladora ubicadaen la zona franca de Olocuilta, departamento deLa Paz. Ellos y ellas manifestaron que fuerondespedidos por el gerente administrativo de laempresa, en mayo de 2003, como consecuenciade su participación en el sindicato de la empresa.

3.3.2 Empresa NESTLE

También puede citarse aquí el casoaparecido en la prensa nacional donde se hacíamención del problema suscitado entre la patronalde la empresa transnacional NESTLE y elSindicato de Trabajadores de dicha empresa(SETNESSA). A principios del 2003 se hizopública la intención de trasladar las operacionesde dicha empresa a Brasil, por lo que en el paísse suspenderían sus operaciones. Razón por lacual, la patronal ofrecía el 100 por ciento deindemnización por retiro voluntario sin importarlos años laborados en la empresa. Sin embargolos miembros del sindicato sostenían que elcontrato colectivo de trabajo vencía el 31 dediciembre de 2003, lo que les daba el derecho derecibir el pago del 100 por ciento deindemnización y el pago por los meses querestaban para culminar el año. (Co Latino,30/04/03, p. 2).

3.3.3 Cámara Salvadoreña de la Construcción (CASALCO)

La Cámara Salvadoreña de la Industria dela Construcción (CASALCO) fue fundada el 3 denoviembre de 1964, por un grupo de empresariosde la construcción, con el objetivo de integrar,unificar y coordinar esfuerzos que les permitieranla superación gremial y defensa de los interesesde la industria por ellos representada.

51Expediente 2003/39 FEPAD-Departamento DESC

Según cifras no oficiales, se estima queen El Salvador un poco más de cien mil personasse ocupan en la industria de la construcción deuna manera informal. Aproximadamente 34,000 lohacen en el mismo sector pero formalmente.Aproximadamente, trabajadores de 136 empresasconstructoras están aglutinados a asociacionessindicales. (LPG 11/06/03, p. 32)

El 21 de junio de 2003 se finalizaba elcontrato Colectivo de Trabajo celebrado entre laCASALCO y el Sindicato Unión de Trabajadoresde la Construcción (SUTC). Razón por la cual,antes del vencimiento del plazo que otorga la ley,la Junta General del Sindicato presentó ante laDirección General del Trabajo del MTPS elanteproyecto del nuevo Contrato Colectivo deTrabajo. A pesar de la finalización del ContratoColectivo, la CASALCO y el SUTC firmaron unacuerdo de prorroga por un año, y que al finalizarel tiempo de prórroga, la CASALCO secomprometería a firmar un nuevo ContratoColectivo y, ajustar los salarios de lostrabajadores de la industria de la construcción.entre otros compromisos.

Agotado el plazo de la prórroga, laCASALCO no mostró interés por firmar elContrato Colectivo de Trabajo con el SUTC.Actitud con la cual incumplía los compromisosadquiridos un año atrás.

No obstante, los primeros días de junio de2003, la CASALCO anunciaba la firma de unconvenio laboral con el Sindicato de Trabajadoresde la construcción Similares y ConexosSalvadoreños (SITRACOCS). Dicho conveniocontemplaba un congelamiento por un año de lossalarios de la industria de la construcción.

La firma del convenio se llevó a cabo enlas instalaciones del Ministerio de Trabajo, y deacuerdo a declaraciones del Ministro de Trabajo,Jorge Nieto, el convenio era legal, por lo que elGobierno lo avalaba y ya había sido inscrito antela cartera de Estado que él representaba. (EDH5/06/03, p. 42)

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Estos pocos ejemplos pueden servir parasostener que, definitivamente, mientras lasprácticas contra la libertad sindical siganincrementándose en El Salvador y mientras elMinisterio de Trabajo y Previsión Social continúecon su pasividad ante dichas prácticas, el goce alderecho al trabajo, como fundamental derechoeconómico y social, seguirá requiriendo, para supleno ejercicio, de la libre sindicalización y lanegociación colectiva del trabajo.

4. Derecho a la seguridad social (Artículo 9)

La seguridad social es el "conjunto demedidas adoptadas por la sociedad, y en primerlugar, por el Estado para garantizar a todas laspersonas los cuidados médicos necesarios, asícomo los medios económicos de subsistencia, entodos los casos de pérdida o reducciónimportante de sus ingresos causados porcircunstancias no dependientes de la voluntad"52.

La seguridad social debe prestarasistencia económica o de salud, ya sea éstamédica, hospitalaria, terapéutica, de laboratorios,etc.; a quienes se vean afectados por los riesgostales como enfermedad común o profesional,maternidad, invalidez, desempleo, vejez y cargasfamiliares.

Según el artículo 50 de la Constitución,"la seguridad social es un servicio público decarácter obligatorio que debe ser prestado poruna o varias instituciones debidamentecoordinadas para asegurar una buena política deprotección social, en forma especializada y conóptima utilización de los recursos".

El artículo 9 del PIDESC establece que“Los Estados Partes de dicho Pacto reconocen elderecho de toda persona a la seguridad social,incluso al seguro social.” Pese a ser este elartículo más breve de todo el PIDESC, se debehacer referencia a varias consideraciones. Nobasta declarar que existe un plan de seguridad

52 Manual de derecho constitucional, tomo II, p. 958.

social e indicar algunas de las prestaciones, parajustificar que se cumple este derecho.

En El Salvador, para cumplir con elobjetivo de la seguridad social, se cuenta condistintas entidades encargadas de proporcionarlaen el sector previsión y el sector salud. Por eso sedice que el sistema de seguridad socialsalvadoreño posee la característica de dispersión,puesto que no unifica la administración delsistema en una sola institución. Es más, a pesarde que el artículo 50 de la Constitución mandaque el trabajo de esas instituciones sea de unaforma coordinada, en la práctica, pocas de ellas lohacen de esa manera.

Además se dice que el sistema deseguridad social salvadoreño es de carácterprogresivo, ya que por la vía legal se vadeterminando los riesgos cubiertos o aquellosmotivos por los cuales se deberá dar asistenciasocial; además, por la misma vía se vadeterminando a grupos o sectores detrabajadores que se protegerán socialmente. Detal suerte que en la actualidad, en El Salvador, lossectores de trabajadores protegidos son losasalariados urbanos y trabajadores del Estado.Quedando fuera de la protección social lostrabajadores agrícolas, trabajadoras domésticas,los trabajadores del sector informal y lostrabajadores por cuenta propia, entre otros53.

Es por eso que este nuevo sistema noconsidera a la pensión como un derechouniversal, puesto que se considera que hay un80% de la población que no reciben talprestación. Si el trabajo es universal al generarriqueza al país, así lo debería ser el derecho apensión. Por ejemplo, la producción de loscampesinos se incluye en el cálculo del ProductoInterno Bruto, por tanto si todos producen riqueza,todos tienen derecho a pensión.

En la discusión generada alrededor deltema de las pensiones ha estado ausente lorelacionado a la ampliación de ese derecho, a

53 Un millón 846 salvadoreños trabajan el en país sin gozar de prestaciones de salud

ni pensiones, además no son contribuyentes de renta. El Ministro de Trabajo revelóque de la PEA, el 71% se encuentra en actividades no formales. (LPG 23/04/03, p. 32)

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pesar de que la Ley del Sistema de Ahorro paraPensiones contempla en su artículo 9 que podránafiliarse al Sistema todos los salvadoreñosdomiciliados que ejerzan una actividad mediantela cual obtengan un ingreso, incluidos lospatronos de la micro y pequeña empresa.También podrán afiliarse al Sistema, lossalvadoreños no residentes. Los trabajadoresagrícolas y domésticos serán incorporados alSistema de acuerdo a las condiciones ypeculiaridades de su trabajo. Para su afiliación sedictará un Reglamento especial.

No obstante lo establecido en el citadoartículo, el Órgano Ejecutivo no ha elaborado elreglamento que permitiría a los trabajadores/asagrícolas y domésticos/as incorporarse al sistemaprevisional.

También al sistema de seguridadsalvadoreño posee el atributo de ser contributivo,es decir que sólo reciben beneficios quienesaportan pagos al sistema. El o la trabajadoracontribuyente recibe prestaciones económicas yde salud para sí y para un número muy limitadode familiares; el empleador y el Estado sedescargan de sus obligaciones en la medida enque la seguridad social cubre los riesgos quesufre el trabajador, y que según las leyeslaborales ellos deberían garantizar.

Entre las instituciones que prestanservicios de seguridad social se tienen: InstitutoSalvadoreño del Seguro Social (ISSS), InstitutoNacional de Pensionados Públicos (INPEP),Fondo Social para la Vivienda (FSV), el Institutode Previsión social de la Fuerza Armada (IPSFA)y, a partir del 16 abril de 1998, el sistema deahorro para pensiones. Además existen otrasentidades que también realizan labores deseguridad social, tales como el InstitutoSalvadoreño de Rehabilitación de Inválidos(ISRI), algunos asilos de ancianos, los serviciosde salud pública y asistencia social, lasinstituciones y asociaciones protectoras de lamaternidad y de la infancia y entidades privadasde auxilio como la Cruz Roja, Cruz Verde, ysimilares.

En un sentido más amplio, la seguridadsocial debería ser un sistema que permita a todala población contar con los medios y recursosnecesarios para tener y conservar una existenciadigna.

4.1 Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

En el apartado concerniente al Derecho ala Salud, se abordará ampliamente lo relacionadocon el Ministerio de Salud Pública y AsistenciaSocial (MSPAS). La inclusión de este Ministerioen este apartado obedece al papel que tienecomo máximo organismo con que cuenta elEstado, en materia de salud, y en consecuenciaen la seguridad social. El MSPAS se financia através del presupuesto del Estado y enpréstamos, donaciones o legados. Dentro de suplan de prestaciones están: consulta externamédica, consulta externa odontológica,hospitalización, y servicios auxiliares para eldiagnóstico y tratamiento.

4.2 Bienestar magisterial

Este organismo cubre exclusivamente amaestros y maestras (y algunos miembros de sugrupo familiar) y está bajo la administración del yresponsabilidad del Ministerio de Educación. Sefinancia a través del aporte del Ministerio deEducación y de las cotizaciones de los maestrosy maestras afiliadas. Dentro del plan deprestaciones están: prestaciones médicas deconsulta externa, consulta odontológica,hospitalización y servicios auxiliares para eldiagnóstico y tratamiento.

El Decreto Legislativo Nº 379, del 06 dejulio de 1971, publicado en el Diario Oficial 131,Tomo 232, del 18 de julio de 1971, contiene laLey de Asistencia del Magisterio Nacional. Elobjeto de esta ley es reconocer el derecho de losmaestros que laboran en el sector público oprivado (el segundo con algunas excepciones) deconcederles en casos de enfermedades queincapacitan temporal o definitivamente para elejercicio de la profesión, licencia sin goce desueldo y reincorporación a su plaza cuando sea

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pertinente. Así como se regula el derecho a lacuota de asistencia que gozará el maestrodurante la enfermedad, para lo que se designa alDepartamento de Bienestar Magisterial paraefectuar los trámites correspondientes.

Además se cuenta con la Ley de ServiciosMédicos y Hospitalarios para el Magisterio(Decreto Legislativo Nº 588, del 22 de febrero de1968, publicado en Diario Oficial Nº 41, tomo 218,del 28 de febrero 1968), la cual regula el serviciode asistencia médica y hospitalaria en los casosde enfermedad y maternidad, a favor de losmaestros y maestras que trabajan para el Estadoen el Ramo de Educación, para aquellos yaquellas que trabajen al servicio del InstitutoSalvadoreño de Rehabilitación de Inválidos y paralas y los maestros jubilados que lo soliciten alDepartamento de Bienestar Magisterial delMinisterio de Educación.

Además de Bienestar Magisterial, existela institución autónoma Caja Mutual de losEmpleados del Ministerio de Educación,institución que está regulada por la Ley de la CajaMutual de los Empleados del Ministerio deEducación (Decreto Legislativo Nº 498, del 17 demayo de 1990, publicado en Diario Oficial Nº 126,Tomo 307, el 18 de mayo de 1990). Estainstitución tiene por objeto regular laadministración, implementación e inversión de lascotizaciones provenientes de un sistema deSeguro de Vida Básico y Opcional, por riesgo demuerte de las y los empleados administrativos ydocentes en servicio, que son pensionadas/os delMinisterio de Educación, contribuyendo a un buenservicio de seguridad social para las y losempleados mencionados.

4.3 Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP)

Mediante Decreto Legislativo Nº 373, del16 de octubre de 1975, publicado en Diario OficialNº 198, Tomo 249, el 24 de octubre de 1975 secreó el INPEP como una entidad oficial autónomade derecho público, con personería jurídica ypatrimonio propio, cuyo objeto es el manejo einversión de sus recursos económicos destinados

al pago de prestaciones, para la cobertura de losriesgos de invalidez, vejez y muerte, de losempleados públicos.

El INPEP solamente proporciona elservicio de la previsión social. Su financiamientoes por medio de las cotizaciones de lostrabajadores, aportaciones del Estado,rendimiento de la inversión de sus reservas yfondos de excedentes.Con la entrada en vigor, en1998, del sistema previsional privado, el INPEPtiene poca participación en el sistema.

En 2003, será el último año en que seincrementaran las cotizaciones de los afiliados ala INPEP. A partir de enero de ese año, losempleados públicos del sector administrativoafiliados a ese instituto cotizarán 0.5% más enconcepto de pensiones, tal y como lo manda elartículo 192 de la Ley del Sistema de Ahorro paraPensiones.

Hasta el 2002, a los trabajadores delEstado se les descontaba 6.5% de su salario,pero desde enero de 2003 deberán cotizar el 7%.

Lo anterior se traduce a que, si unapersona que gana el mínimo ($144.0), hastadiciembre de 2002 cotizó $9.36; desde enero, sele descontará $10.08, lo que representa unaumento de $0.72 (6.30 colones).

4.4 Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA)

El IPSFA se origina a partir del DecretoLegislativo Nº 500, del 28 de noviembre de 1980,publicado en Diario Oficial Nº 225, Tomo 269 el28 de noviembre de 1980. Está constituida comouna Institución autónoma de derecho público, decrédito y con recursos propios, que tiene porobjeto la realización de fines de previsión yseguridad social para los elementos de la FuerzaArmada.

El IPSFA asume las funciones de la cajade ahorro mutual de la Fuerza Armadaadquiriendo sus bienes, derechos, acciones yobligaciones, así como los de la unidad de

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pensiones de la misma establecidos en elbalance general que se consolidó al treinta y unode diciembre de mil novecientos ochenta.

4.5 Sistema de Ahorro para Pensiones

A partir del 16 abril de 1998, se inició elsistema previsional de administración depensiones. Este nuevo sistema adquirió su baselegal por medio de la Ley del Sistema de Ahorropara Pensiones del Decreto Legislativo Nº 927,del 20 de diciembre de 1996, publicado en DiarioOficial 243, Tomo 333, del 23 de diciembre de1996.

Esta ley, por poseer aplicación preferente,con base en su artículo 235 que le da carácterespecial, prevalece sobre cualesquiera otras quela contraríen, por lo que derogó de manera tácitalas disposiciones legales aplicables en losregímenes del Instituto Salvadoreño del SeguroSocial y el INPEP, que reñían con ella. De estamanera es como se da un giro en el régimen deseguridad social.

Al entrar en vigencia la Ley del Sistemade Ahorro para Pensiones (SAP), se dio elaumento de la pensión mínima a 700 colones54,También en la misma ley se estipuló que a partirde ese mismo año las pensiones seríanrevalorizadas anualmente, de acuerdo alporcentaje que el Ministerio de Haciendadeterminara de acuerdo a los recursosdisponibles del Gobierno Central. No obstante loanterior, sólo en 1998, hasta la fecha, ha habidorevalorización de las pensiones. Situación que havenido haciendo mella negativamente en la vidade los jubilados y jubiladas.

Para el 2003, pese a las insistentespeticiones de diversos sectores sociales, tampoco

54Art. 225.- Desde la fecha en que entre en operaciones el Sistema de Ahorro para

Pensiones de conformidad al artículo 233 de esta Ley, la pensión mínima de vejeze invalidez total del Sistema de Ahorro para Pensiones ascenderá a la pensiónmínima que en ese momento esté vigente para el Sistema de Pensiones Público,y la pensión mínima de invalidez parcial, será equivalente al setenta por ciento dela misma. A partir del primero de enero de mil novecientos noventa y siete lapensión mínima de vejez e invalidez común del Sistema de Pensiones Públicoascenderá a setecientos colones mensuales.

se consideró la revalorización de las pensiones,de tal forma, el Presupuesto General de la Naciónpara el ejercicio fiscal 2003, no contempló eseaspecto.

Por el contrario, la pensión mínima porvejez e invalidez, desde entrada en vigencia de laSAP ha sido aumentada en dos ocasiones. Laprimera fue en 2002, que de $80.00 se aumentó a$92.00; y en este año que de $92.00 se aumentóa $100.00. Empero, al sumar ambos incrementosde la pensión mínima totaliza únicamente $20.00.

Las elecciones de diputados y concejosmunicipales realizadas en marzo de 2003arrojaron resultados no esperados por el partidoal que se le denomina comunmente como eloficial; eso provocó que en días posteriores aesos resultados electorales, específicamente el 2de abril, el Presidente de la República anunciaraalgunos cambios en la política estatal, uno deesos cambios fue el anuncio de la posibilidad demejorar las condiciones de las pensiones.

En esa oportunidad, el Presidente de laRepública, a través de cadena nacional de radio ytelevisión, además publicado en (EDH 4/04/2003,p. 19) anunció que la propuesta de mejora a laspensiones se basaba en que al darse la reformaprevisional en 1998, las personas que decidierontrasladarse al nuevo sistema, cuyas edadesoscilaban entre 36 y 55 años de edad, seencontraban en riesgo de de recibir una pensiónmenor en el nuevo sistema, en comparación de loque hubiesen recibido en el sistema queanteriormente se encontraban.

Por lo que en ese mismo mensaje,prometió corregir esa distorsión de manera quelas 900 personas que se encontraban en esacircunstancia y las 138,000 perosnas que seretirarían en los años próximos recibieran lapensión que ellos esperaban, lo que, según elPresidente, equivalía a un aumento promedio del35% de la pensión.

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La declaración del Presidente dejóentrever, al menos, dos cosas. La primera, queaceptó pública y tácitamente que el sistemaprevisional anterior garantizaba mejorescondiciones que el actual; y, segundo, que elsistema previsional con administración privadadesmejoraba un equivalente al 35% con relaciónal monto de la pensión administrada por elEstado.

Ante las declaraciones del Presidente dela República, en lo referente a las pensiones, elsuperintendente del Sistema de Ahorro paraPensiones, Enrique Sorto Campbell, aclaró quelas pensiones no se incrementarán en un 35%,como muchas personas pudieron mal interpretarlas palabras del Presidente de la República,cuando anunciara las medidas para mejorar laeconomía doméstica de muchos/as salvadoreñas.(El Mundo 4/04/04, p. 12)

La propuesta que hiciera el Presidente dela República tuvo eco en la Asamblea Legisltiva,la cual mediante el Decreto Especial aprobado el11 de abril de 2003, que contiene la equiparaciónde pensiones para afiliados optados,comprendidos en el artículo 184 de la Ley delSistema de Ahorro para Pensiones.Paralelamente a ese decreto legislativo para queel Ministerio de Hacienda dispusiera del FondoEspecial creado por los recursos generados alvenderse la Administración Nacional deTelecomunicaciones (ANTEL).

Sin embargo, partidos de la oposiciónrepresentados en la Asamblea Legislativamostraron su desacuerdo al aumento en el montode las pensiones. Su oposición se basó en que elaumento no debería ser cubierto con fondospúblicos, sino que el aumento debería serfinanciado por los fondos de las Administradorasde Fondos de Pensiones. (EDH 4/04/03, p. 10)

4.6 Mujeres recibirán menores pensiones

La reforma de pensiones entrada en vigoren abril de 1998 no ha beneficiado de maneraequitativa a mujeres y hombres. Esto si seconsidera que con el sistema de previsiónanterior, las mujeres recibían mayores beneficios,por cuanto, al mismo nivel de aporte su pensiónera más alta y por más cantidad de años, debidoa su retiro temprano y a su esperanza de vida,que es mayor a la de los hombres.

Ahora, con el nuevo sistema, las cosas yaestán mostrando los cambios y las mujeres sonlas más desfavorecidas. Con el nuevo sistema,las mujeres recibirán pensiones menores que lade los hombres.

De acuerdo con un estudio elaborado porla CEPAL55, la reforma previsional no solo eliminóel principio de solidaridad sino que además noestableció los mecanismos necesarios parasuprimir las barreras que obstaculizan el acceso aun mayor número de trabajadores del sectorinformal.

Según ese estudio, en el mediano y largo

plazo las mujeres representarán una proporciónsignificativa en la cobertura de afiliados delsistema de pensiones y, por ende, serán lasmayores demandantes de pensiones.

El problema es que el aumento de la

participación laboral de la mujer está concentradaen diversos tipos de empleo poco remunerados yde baja productividad, y aún cuando realicen lasmismas tareas que los hombres, sus condicionesde trabajo, como sueldos y prestacioneslaborales, siguen siendo desiguales. Estasdesigualdades del mercado laboral sontrasladadas al sistema previsional y, por lascaracterísticas del modelo estas desigualdadesse van ampliando.

El modelo de mercado laboral para el cualfue diseñada la reforma suponía la incorporación

55A cinco años de la reforma de pensiones en El Salvador: su impacto en la

equidad de género. CEPAL

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de la mayor parte del sector informal, en dondelas mujeres constituyen la mayor proporción deese segmento. Pero aquellas mujeres que seautoemplean destinan sus recursos a laeconomía doméstica, quedando sin fondos paraacceder al sistema de previsión. De esta forma escomo el nuevo sistema previsional beneficia mása hombres que a mujeres.

Las mujeres no solo tienen menorcobertura previsional sino que el monto de laspensiones que reciben es inferior, en general, queel recibido por los hombres. Se sostiene queluego de cinco años de la implementación delsistema, sólo 2.5% de los afiliados esindependiente, y de ellos 0.9% son mujeres y1.6% son hombres.

Otro supuesto de la reforma era que si

aumentaba la cobertura poblacional, también loharía el tamaño del mercado laboral, fomentandola entrada de más administradoras de fondos depensiones (AFP) evitando la concentración ypermitiendo una mayor libertad de elección.

Empero, el trabajo difundido por CEPAL

detalla que la cobertura como porcentaje de laPoblación Económicamente Activa (PEA) es aúnbaja, llega únicamente a alrededor del 39%. Elmercado de trabajo no se ha ampliado y, por elcontrario, el sector informal ha permanecido igualen los últimos diez años.

La competencia entre las AFP no se ha

estimulado sino que más bien el 98% de losafiliados se ha concentrado en dos instituciones(Las AFP CRECER y CONFIA) dando lugar a unduopolio.

El cálculo de los beneficios recibidos en

el antiguo sistema público de reparto no dependíadel sexo. Las mujeres, recibían un mejor beneficiopor cuanto al mismo nivel de aporte, recibían unapensión superior por una mayor cantidad de años,debido a su retiro temprano y a su mayoresperanza de vida.

4.7 Instituto Salvadoreño delSeguro Social (ISSS)

La Ley del Seguro Social de El Salvador,se aprobó según Decreto Legislativo Nº 329, del28 de septiembre de 1949, del Consejo deGobierno Revolucionario. Esta ley fue publicadaen el Diario Oficial del 30 del mismo mes y año.De acuerdo con dicha ley, el ISSS se creó el 23de diciembre de 1949.

Constitucionalmente se establece elSeguro Social obligatorio como una institución dederecho público, que realizará los fines deseguridad social. Para esa determinación sederoga la anterior ley y se aprueba, medianteDecreto Legislativo Nº 1263, del 3 de diciembrede 1953, publicado en Diario Oficial 226, Tomo161, del 11 de diciembre de 1953, la nueva Leydel Seguro Social.

El ISSS tiene por objeto cubrir al hombrey la mujer que trabaja y a su familia de los riesgosnaturales y sociales como enfermedad, accidentecomún; accidente de trabajo, enfermedadprofesional, maternidad, invalidez, vejez, ymuerte; que son constantes amenazas a susalud, su integridad física y su vida, y comoconsecuencia, a su capacidad de trabajo.

4.7.1. Servicios que presta el ISSS

El ISSS administra dos tipos de seguros:

a)Seguro de enfermedad, maternidad yriesgos profesionales, conocidos comorégimen de salud y el cual se subdivide enrégimen general de salud y régimenespecial de salud; y

b)Régimen de invalidez, vejez y muerte(régimen de pensiones).

Por medio de los regímenes queadministra, otorga a los asegurados ybeneficiarios diferentes tipos de prestaciones, asícomo también pensiones que están de acuerdo acondiciones de adquisición de los derechos y elmonto a pagar que éste tiene establecido.

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4.7.2. La sempiterna problemática en el ISSS

Se trata aquí de hacer una síntesis de loacontecido en 2003 alrededor del ISSS,problemática que por la trascendencia social ysus consecuencias para la mayor parte de las ylos ciudadanos, se mantuvo en agenda durantebuena parte del año.

Es necesario mencionar que a finales de2002, el gremio médico propuso que para suretorno y reincorporación laboral al ISSS, comorequisito indispensable, era necesaria laaprobación y vigencia de un instrumento jurídicoque les diera ciertas garantías.

Ante tal petición, la Asamblea Legislativaaprobó el 17 de octubre de 2002 el DecretoLegislativo Nº 1024 denominado “Decreto deGarantía Estatal de la Salud y la SeguridadSocial”, el cual fue ratificado más o menos unmes después, el 14 de noviembre.

No obstante su aprobación, las partesinvolucradas directa e indirectamente en elconflicto manifestaban que ese decreto no eracapaz de dar respuesta a la situación laboral delos implicados.

Ante esa posición, en la última plenaria dela Asamblea Legislativa celebrada el jueves 19 dediciembre, se derogó el Decreto 1024 y se aprobóel Decreto Nº 1107, denominado “Disposicionesde Gestión Pública de los Servicios de Salud ySeguridad Social”.

Pero el decreto 1107, tampoco fue unelemento coadyuvante en la solución de laproblemática. Puesto que se consideró queotorgaba atribuciones arbitrarias a las autoridadesdel ISSS y del MSPAS, especialmente en lafacilitación de prácticas tendientes a privatizarservicios de salud. Por ejemplo, el literal “e” delartículo 3, estipulaba que “se establece que podráautorizarse la concesión, compra de servicios,sub contratación o cualquier modalidad que seencamine a garantizar la prestación de losservicios de salud pública y seguridad social ...

cuando sea necesario suplir las deficiencias enlos servicios de salud que presta el régimen desalud pública y seguridad social.”

El año 2002 terminó y las soluciones a lacrisis del sector salud continuaban para elpróximo año. El 2003 inició, literalmente,arrastrando la huelga en el ISSS, sin que lasautoridades gubernamentales, especialmente delÓrgano Ejecutivo asumieran concretamenteacciones encaminadas a la solución del conflicto.Es puntualmente esa actitud asumida por losfuncionarios y caracterizada por la evasión de laresponsabilidad que el cargo les imponía la quellevó a dilatar dicha problemática.

Desde la Presidencia de la República,hasta mandos medios del ISSS, hubocoincidencia en sus argumentos que losdesligaba de toda responsabilidad en laprolongación de la huelga y en la no garantía delderecho a la salud y a la seguridad social demiles de trabajadores y trabajadoras, por elcontrario, señalaban como responsables a lostrabajadores y trabajadoras ligados a lossindicatos y gremios del ISSS ante la actitudadoptada por éstos últimos de entregarescalonadamente todas las instalacioneshospitalarias y unidades médicas a lasautoridades del ISSS.

La presencia permanente de agentes dela Policía Nacional Civil, especialmente de laUnidad de Mantenimiento del Orden (UMO),grupo elite de esa corporación, dentro de lasinstalaciones del hospital de especialidades delISSS a partir del 1 de enero de 2003, continuaba,situación que abonada tensión a la problemática yque dejaba entrever la poca voluntad que elGobierno tenía en la búsqueda de una solucióndialogada y su apuesta al uso de la fuerza comosalida al conflicto. (LPG 3/01/03, p. 6)

En marzo de 2003 se llevaron a cabo laselecciones de alcaldes y diputados, eventoelectoral que estuvo precedido por el desarrolloprematuro de la campaña proselitista.

Durante varios meses anteriores a marzo,

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el tema de la problemática de la salud fue usadocomo punto insoslayable por cada uno de lospartidos políticos contendientes, lo que de algunamanera contribuyó a que la problemática se tiñeramás de tintes político partidistas.

Cada uno de los partidos políticos,particularmente a través de sus candidatos a ydiputados y algunos candidatos a alcaldesenarbolaban la bandera de la solución a laproblemática del sector salud, y, enconsecuencia, el problema de fondo pasaría asegundo plano.

Pasado el evento electoral, en abril ymayo se continuó con la suspensión de serviciosde salud en las dependencias del ISSS.Paralelamente, el Gobierno desarrollaba eldenominado “Plan Contingencial”56. Tambiéncontinuaban los intentos de negociaciones entrerepresentantes del Órgano Ejecutivo,diputados/as y representantes de los trabajadoresdel ISSS. Las negociaciones eran estériles,puesto que no dejaban entrever ningún acuerdo.

En ese mismo período, la AsambleaLegislativa aprobaba la noche del 10 de abril, con52 votos, el decreto 1207 que contenía la “LeyEspecial Transitoria de Garantía, Estabilidad yProtección Laboral de los Trabajadores delInstituto Salvadoreño del Seguros Social y delMinisterio de Salud Pública y Asistencia Social enel Marco del Conflicto del Sector Salud”, el cualfue aprobado el 10 de abril de 2003 por losdiputados de la oposición.

Según los legisladores, con su aprobaciónse perseguía coadyuvar a la solución de conflictodesde la lógica meramente laboral, permitiendodirectamente el reinstalo de las y los médicos ydemás personal despedido; así como lareincorporación de quienes suspendieron labores,incluyendo el cuerpo médico de residentes.

56El Segundo Informe de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica en el ISSS

durante la crisis en el Sector Salud, hace severas críticas a dicho PlanContingencial. Entre otros señalamientos, la JVPM señala que el establecimientoen forma clara y demostrada de la no competencia de los médicos del PlanContingencial, según evaluación hecha previamente y demostrada en el InformePreliminar presentado a los medios de comunicación el 23 de marzo de 2003, enel que se señala la falta de competencia profesional de aproximadamente el 60%de los médicos contratados para desarrollar dicho plan.

La aprobación de dicho decreto coincidíacon la visita del Presidente Flores quién seencontraba en los Estados Unidos. (EDH11/04/03, p. 24)

Sin embargo, el 2 de mayo, el presidentede la República, anunció el veto a dicho decretopor considerarlo inconstitucional. (Co Latino2/05/03, p. 2). El Presidente argumentó que suveto se basaba en que la Asamblea Legislativainvadía las atribuciones de los Órganos Ejecutivoy Judicial al intentar imponer la recontratación delos huelguistas. (El Mundo, 2/05/03, p. 4)

Entre protestas de calle, toma forzada decentros hospitalarios, planes contingenciales, el21 de mayo se anunció que se había definido unamesa negociadora para que mediara y pusiera final conflicto de salud. La mediación fue acordadapor la partes en conflicto: el Gobierno y lostrabajadores/as del ISSS. (LPG 21/05/03, p. 2)

Luego de 30 días de negociación, se pusofin a la huelga que duró ocho meses con 25 días.El viernes 13 de junio, trabajadores del ISSS yrepresentantes del Gobierno finalmente firmaronla propuesta de aceptación de la culminación dela suspensión de servicios y entre otros aspectosse asegura el retorno escalonado de losespecialistas de medicina a sus puestos detrabajo. (EDH 14/06/03, p. 2)

Este evento, que afectó directamente lasalud de las y los derechohabientes, puso enevidencia la actitud intransigente y la pocavoluntad de los representantes del gobierno alprolongar una huelga durante tanto tiempo,dejando de cumplir con la obligación inherente alEstado de garantizar el derecho a la salud.

5. Protección de la familia, de las madres y de los niños (Artículo 10)

La Sección Primera del Capítulo II de laConstitución de la República se refiere a lafamilia. El artículo 32 establece que la familia esla base fundamental de la sociedad y tendrá laprotección del Estado, quien dictará la legislación

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necesaria y creará los organismos y serviciosapropiados para su integración, bienestar ydesarrollo social, cultural y económico.

Además menciona que el fundamentolegal de la familia es el matrimonio y descansa enla igualdad jurídica de los cónyuges.

El mismo artículo manda al Estado afomentar el matrimonio; aunque aclara que a faltade éste no se afectará el goce de los derechosque se establezcan en favor de la familia.

El artículo 33, de la misma normativaestablece que la ley regulará las relacionespersonales y patrimoniales de los cónyuges entresí y entre ellos y sus hijos, estableciendo losderechos y deberes recíprocos sobre basesequitativas; también manda la creación de lasinstituciones necesarias para garantizar suaplicabilidad. Regulará asimismo las relacionesfamiliares resultantes de la unión estable de unvarón y una mujer.

El Salvador ha ratificado instrumentosinternacionales relacionados a la protección de lafamilia y a sus miembros, tales como laConvención sobre la eliminación de todas lasformas de discriminación contra la mujer;convenio sobre la igualdad de oportunidades y detrato entre trabajadores y trabajadoras;trabajadores con responsabilidades familiares,entre otros.

Además se cuenta con legislaciónsecundaria sobre la misma materia. Según elartículo 271 de la Constitución, que manda comodeber impostergable armonizar especialmentecon sus preceptos, la legislación secundaria. Enese sentido, en 1994 entra en vigencia el Códigode Familia, el cual establece el régimen jurídicode la familia, de los menores y de las personasadultas mayores y consecuentemente, regula lasrelaciones de sus miembros y de éstos con lasociedad y con las entidades estatales.

Además del Código de Familia, existenotras leyes secundarias que regulan loconcerniente a la familia, tanto en su conjuntocomo a sus miembros, particularmente. Porejemplo, La Ley del Bien de Familia, Ley deAtención Integral para la Persona Adulta Mayor,Ley contra La violencia Intrafamiliar, entre otras.También existen leyes que rigen las atribucionesde las instituciones, y por lo tanto las de losfuncionarios y funcionarias de éstas, encargadosde velar y cumplir las leyes y políticas relativas ala protección de la familia, entre las cuales puedemencionarse: la Ley del Instituto Salvadoreñopara el Desarrollo Integral de la Niñez y laAdolescencia, Ley del Instituto Salvadoreño parael Desarrollo de la Mujer, entre otros.

El Fondo de las Naciones Unidas para laInfancia (UNICEF), a pesar de reconocer que enel sector de la justicia juvenil salvadoreña se hanalcanzado importantes avances, considera que lafalta de participación de los jóvenes y decoordinación entre las instituciones que trabajansobre cuestiones infantiles sigue siendo unproblema. Además atribuye a éstas la escasez deinformación fiable sobre la situación de la niñez,los adolescentes y las mujeres.57

5.1 Situación de la niñez

Los y las niñas, especialmente cuandoson muy pequeñas, son seres vulnerables quenecesitan de un apoyo especial para poder gozarplenamente de sus derechos, Esa condición dalugar al principio del interés superior del niño y de

57 En: http://www.unicef.org/spanish/infobycountry/elsalvador.html

La obligación de la protección a la Familia, no significa la vulneración de otro derecho como la integridad física.

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la niña.

En 1959, la Asamblea General de lasNaciones Unidas adoptó la Declaración de losDerechos del Niño, que fue el primer instrumentointernacional de importancia dedicadoexclusivamente a los derechos del niño y la niña.Proclamó que el interés superior del niño y la niñadebe ser el principio rector que guíe todasaquellas acciones que se vinculen con los niños oestén dirigidas a ellos.

La Declaración se constituyó en la basemoral y jurídica para el desarrollo de un tratadovinculante sobre los derechos del niño y la niña.

La Declaración Universal de los Derechosdel Niño considera que el niño por su falta demadurez física y mental, necesita protección ycuidado especiales, incluso la debida protecciónlegal, tanto antes como después del nacimiento.Además proclama que los niños deben tener unainfancia feliz y gozar, en su propio bien y en biende la sociedad, de los derechos y libertades quela misma Declaración enuncia.

Este interés superior del niño y la niña esun aspecto importante de la filosofía que subyacea la Convención y que considera que los niños yniñas son iguales a los adultos; como sereshumanos tienen el mismo valor intrínseco queéstos. La idea de que los y las niñas tienen igual

valor que los adultos puede parecer obvia, yaunque sea en realidad, un planteamiento obvio,hoy no se respeta en absoluto.

5.1.1 Protección de las niñas y niños

El artículo 34 de la Constitución mencionaque todo menor tiene derecho a vivir encondiciones familiares y ambientales que lepermitan su desarrollo integral, para lo cual tendrála protección del Estado.

El artículo 35 de la Constitución, obliga alEstado a proteger la salud física, mental y moralde los menores, y a garantizar el derecho deéstos a la educación y a la asistencia. En otraspalabras, este artículo va proyectado hacia laadopción de medidas protectoras de la niñez, almismo tiempo se vuelven medidas preventivas.

El mismo artículo 35, manda a que laconducta de los menores que constituya delito ofalta, esté sujeta a un régimen jurídico especial,en este caso la “Ley del Menor Infractor” y la“Ley de Vigilancia y Control de Ejecución deMedidas al Menor Infractor” son las normativascreadas para tal fin.

Particularmente este último punto esconsiderado como uno de los logros másimportantes con miras al respeto de los derechosde la infancia en El Salvador; sin embargo, estasnormativas, si bien, otorgan un trato diferenciadoa los menores infractores, con respecto a laspersonas adultas, es un elemento del sistema decontrol social que se aleja de la libertad queotorga un Estado basado en la constitucionalidady la democracia, en tanto que no garantiza lasatisfacción de derechos; sino que ataca efectosque son producto del mismo impedimento degoce de los derechos humanos.

Es decir que esta normativa está dandorespuesta a las manifestaciones consideradascomo negativas en los menores y en ningúnmomento busca proteger a los menores en elgoce de sus derechos.

De acuerdo a la UNICEF, “uno de los

Niñas y niños de la Comunidad Pushtan, Nahuizalco, Sonsonate

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logros más importantes con miras al respeto delos derechos de la infancia en El Salvador ha sidola aprobación de un Código Nacional para laInfancia, que recibió el apoyo de los tres poderesy de la sociedad.” 58 juicio que a criterio deFESPAD, no es del todo atinado, puesto que a lafecha, no ha sido aprobado el Anteproyecto delCódigo del Menor y de la Adolescenciapresentado ante la Asamblea Legislativa el 30 demayo de 2002 por parte del Comité NacionalCoordinador.59

Es oportuno hacer un comentario acercade la valoración sobre el uso común que se hacede los términos “niño/a” y “menor” y de laconfusión que ésta práctica general.

El primero ha sido más usual en el ambitodel otorgamiento de derechos y el segundo, hasido más usual como término peyorativo, propiodel ámbito del sistema de control social.

Y es precisamente esa confusión en laque parecen haber caido las institucionesestatales que deberían velar por el bienestar de laniñez.

Si bien es cierto que en toda sociedad sonnecesarias las normativas jurídicas que dentratamiento diferente a los menores que cometenalgun acto considerado como delito o como falta,es necesario que antes de ello busquen darcumplimiento a la Convención de los Derechosdel Niño y la Niña.

5.1.2 El escabroso tema de las maras

El tema de las maras o pandillas juvenilesen El Salvador, que ya lleva más de una década,se ha tratado de explicar desde diferentesdisciplinas del conocimiento y cada una de ellastambién ha propuesto soluciones llegando aimplementar algunas de ellas sin que hasta laactualidad se controle la problemática. Entre los

58En: http://www.unicef.org/spanish/infobycountry/elsalvador.html

59Comité encargado de desarrollar el anteproyecto, conformado por representantes

de la Secretaría Nacional de la Familia, Corte Suprema de Justicia, AsambleaLegislativa, UNICEF, y la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia.

variados factores que se mencionan y quepudieron haber sido causantes de este fenómeno,rara vez se aborda la no satisfacción de derechosque contempla la Convención de los Derechosdel Niño y la Niña.

El tema de las maras o de pandillasjuveniles en El Salvador no fue tratadooportunamente al momento de presentarse susprimeras manifestaciones allá por las postrimeríasde la firma de los Acuerdos de Paz.

Poco a poco la problemática se fuecomplicando y creciendo a tal grado que en laactualidad las expresiones de violencia dealgunos miembros de esos grupos de jóvenesllegan más allá de los linderos de la brutalidad yde todos y todas es sabido que es un problemaque está fuera del control estatal.

Y es en la actualidad donde se polemizaen el uso de los términos “niño/a” o “menor”,olvidando casi siempre que los ahoradelincuentes, cuando fueron niños o niñas, no seles garantizaron sus derechos.

Durante la década de los años noventa yen los pocos años que va del nuevo siglo, lasacciones estatales para paliar el problema de lasmaras han estado centradas en el uso de lafuerza y la represión. Atrás han quedado losesfuerzos por buscar soluciones integrales a losdesafíos planteados por la juventud marginal delpaís, de la cual las maras o pandillas juvenilesconstituyen la parte más llamativa y conflictiva.

Una de las últimas propuestas estatales alcombate del accionar de las maras fue el anunciohecho por el Presidente de la República a travésde cadena de radio y televisión, el 22 de julio de2003, del llamado “Plan Mano Dura” que consistióen agregarle a la misión a la Policía Nacional Civily a la Fuerza Armada, poner tras las rejas a todopersona que pertenezca a los gruposdenominados como maras. El plan denominado“Mano Dura” también incluyó la presentación a laAsamblea Legislativa para la aprobación de unproyecto de ley de carácter urgente para elcombate de las maras. (LPG 24/07/03, p. 2)

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Dicha ley, permitía reconocer a laspandillas o maras como organizacionescriminales; establece, además, como delito el serpandillero y mandaba juzgar y castigar a losmenores como adultos, cuando estos hubiesencometido el delito de asesinato.

La ley reconocía como pandilleros aaquellas personas que reunieran uno o varios delos siguientes requisitos: Que se reunieranhabitualmente, que señalaran segmentos deterritorio como propio, que tuvieran señas osímbolos como medios de identificación, y que semarcaran el cuerpo con cicatrices o tatuajes,entre otros.

Las mayores criticas de los diputados quese opusieron a la aprobación de dicha ley y de losorganismos de derechos humanos vinieron por laarbitrariedad con que los agentes de PolicíaNacional Civil podían diferenciar entre quién erapandillero y quién no.

Para FESPAD, la Ley Antimaras fueconsiderada como atentatoria a varios principiosde la Carta Magna. Uno de los errores de dichaley es haber querido penar una condición y nouna acción, contrario a lo que establece laConstitución de la República.

FESPAD manifestó que la Ley Antimaras

violaba, al menos, tres principios constitucionales:el derecho a la libertad de asociación, lapresunción de inocencia y el principio delegalidad o seguridad jurídica para todos losciudadanos. (El Mundo, 24/07/03, p. 4)

De acuerdo a la Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos, “el fenómenode la delincuencia es, sin duda, preocupante ydebe ser enfrentado con firmeza y con todo elpeso de la Constitución y las leyes. Sin embargo,atacar los efectos y no sus causas, con medidasarbitrarias e inconstitucionales no va a resolvernada. Creer, y lo que es peor, hacer creer a lapoblación, que con leyes represivas, contrarias ala Constitución y a los Tratados Internacionales,se va a erradicar el problema de las pandillas esuna visión errónea y peligrosa del problema”.

(EDH 28/07/03, p. 55)

Para el Centro de Estudios Jurídicos(CIJ), la solución del problema no estaba en laemisión de nuevas leyes. El CIJ planteó queaunque las leyes eran necesarias, de nadaservirían si no hay una firme intención deaplicarlas, lo que el Gobierno debió hacer paracombatir las maras fue aplicar las leyes vigentes.El CIJ recomendó más acción y menos leyes.(LPG 4/08/03, p. 22)

Transcurrido un mes desde el inicio de laejecución del denominado “Plan Mano Dura”, secontabilizaban más de un mil personasarrestadas; sin embargo, más de la mitad de ellasfueron liberadas durante el mismo período.Únicamente 27, fueron procesados judicialmenteen el mismo lapso. (El Mundo, 23/08/03, p. 2)

Las discusiones en torno a la aprobaciónde la Ley Antimaras, continuó por varias semanasen la Asamblea Legislativa. En el mismo períodohubo diversas propuestas de instituciones de lasociedad civil.

No fue hasta el 9 de octubre de 2003 quela Asamblea Legislativa aprobó la LeyAntimaras,60 la cual entró en vigencia al díaanterior de su publicación y cuya vigencia seríapor ciento ochenta días.

Tras la aprobación de dicha Ley, losmanifiestos públicos en contra de diversasinstituciones y ciudadanos/as no se hicieronesperar. El común denominador de esasposiciones era que consideraban la LeyAntimaras en contraposición a la Constitución dela República.

Para el caso, la Procuradora para laDefensa de los Derechos Humanos, expresó sudesacuerdo ante la aprobación de la Ley, porconsiderarla inconstitucional. Igualmente elMagistrado de la Corte Suprema de Justicia,Marcel Orestes Posada, adelantó criterio sobredicha Ley al expresar que la Ley Antimaras erainnecesaria. (Co Latino 1010/03, p. 3)

60Decreto Nº 158, publicado en DO Nº 188, Tomo Nº 361, el 10 de octubre de 2003

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Con la entrada en vigencia de la LeyAntimaras, el “Plan Mano Dura” dió paso a unmayor número de capturas, algunas de ellasllegando a ser muy arbitrarias y extremas, comola de Don Carlos Humberto Portillo, un hombre de74 años de edad que fue capturado por agentesde la PNC, detenido por varias horas y remitido alJuzgado Cuarto de Paz de San Salvador, por noportar documentos de identidad y por encontrarsejunto a un grupo de personas mayores de edad,en una sala de juegos electrónicos, ubicado en elcentro de la Capital. (LPG 17/10/03, p. 16)

No obstante las capturas de personas,después de entrada en vigencia la Ley Antimaras,en los tribunales de justicia se liberaban a los ylas capturadas. Hecho que granjeó a jueces yjuezas duras críticas por parte del Presidente dela República, llegando a expresar que los juecesy juezas mostraban una actitud de protección alos criminales y no a los y las ciudadanas. (EDH18/10/03, p. 19)

Los señalamientos hechos por elPresidente de la República a los tribunales dejusticia, no fueron bien recibidos por la CorteSuprema de Justicia quien, a través de campopagado, expresó que, entre otras cosas, todas lasautoridades, aún el Presidente de la República,estaban obligados a acatar los fallos judiciales.(LPG 24/10/03, p. 83).

A pesar de las posiciones en contra de laLey Antimaras, el 6 de noviembre de 2003, elPresidente de la República envió, a la AsambleaLegislativa, una propuesta que para reforzar elcombate a las pandillas. La propuesta perseguíareformar el artículo 6 de la Ley Antimaras y,además, la petición para que la AsambleaLegislativa faculte a la Corte Suprema de Justiciapara que conforme tribunales especiales para lasllamadas maras. (EDH 7/11/03, p. 2)

Las reacciones en contra de la nuevapropuesta presidencial no se hicieron esperar. LaMagistrada de la Corte Suprema de Justicia,Mirna Perla, expresó que la pretensión delÓrgano Ejecutivo de reformar la Ley Antimaras yla creación de tribunales especiales para

procesar a los pandilleros no solventaba los viciosde inconstitucionalidad que poseía dicha Ley.(LPG 8/11/03, p. 20)

El 13 de noviembre de 2004, laProcuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, presentó ante la Corte Suprema deJusticia un recurso de inconstitucionalidad. Dichorecurso sustentaba que, al menos, 36 artículos dedicha normativa vulneraban, como mínimo, sieteprincipios constitucionales. (EDH 14/11/03, p. 16)

No obstante las manifestacionesexpresadas en contra de las propuestas delPresidente de la República, la AsambleaLegislativa aprobó con 43 votos las enmiendas alos artículos 3 y 6 de la Ley Antimaras. (El Mundo13/11/03, p. 6)

La enmienda del artículo 3 facultó a laCorte Suprema de Justicia para la designación dejueces de paz, de instrucción y de sentenciaúnicamente para procesar a miembros/as demaras. Por su parte, la reforma del artículo 6incluyó como delito el hecho de ser pandillero omarero; es decir que con el sólo hecho de poseerla condición o apariencia de un/a miembro/a demaras, se configuraba un delito.

El 2003 llegaba a su fin y el debate sobrela constitucionalidad o no de la Ley Antimarascontinuaba. La PNC seguía desarrollando el “PlanMano Dura”, proseguía con las capturas, mientraslos juzgadores seguían sosteniendo que la Leyera inconstitucional, por lo que continuabanliberando a los imputados.

5.1.3 Niñez y balas perdidas

Al concluir el conflicto armado en ElSalvador en 1992, se inició un proceso dedesarme de la población salvadoreña. Reciénconcluido dicho conflicto, la Misión deObservadores de las Naciones Unidas (ONUSAL)desarrolló un programa de desarme al que sesumaron otros esfuerzos. A pesar de ello, en losaños posteriores a dicho conflicto, hasta llegar ala actualidad, en la mayoría de los homicidios,lesiones y robos, han sido utilizadas armas de

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fuego, lo que hace suponer que muchos/asciudadanos/as poseen armas de fuego y que elcontrol sobre esa condición no es eficaz.

Las autoridades de Gobierno hanrealizado algunas medidas que no hancontribuido significativamente a la disminución demuertes, lesiones y robos mediante el uso dearmas de fuego. Sobre todo, estas medidaslegales han perseguido restringir, registrar ycontrolar las armas de fuego. También se haincrementado la penalización de delitoscometidos con armas de fuego. No obstante ello,el uso que de las armas de fuego se haceconstituyen un elemento desestabilizador de lasociedad salvadoreña.

Según estimaciones del InstitutoUniversitario de Opinión Pública (IUDOP) de laUniversidad Centroamericana Dr. José SimeónCañas, en el 2001, el volumen total de armascirculantes, estimaciones sobre la base deproyecciones de sus encuestas se calculaba enmás de 450 mil unidades en manos de civilessalvadoreños/as, lo que equivale a decir que almenos una de cada cuatro personas tenía unarma de fuego en su poder; cifras que llevan aconsiderar a El Salvador como uno de los paíseslatinoamericanos con un alto índice de poblacióncivil porta de armas de fuego.

El uso irresponsable de esa enormecantidad de armas de fuego provoca un numeroconsiderable de muertes, especialmente de niñosy niñas.

De acuerdo a registros del HospitalNacional de Niños Benjamín Bloom, durante elaño 2002 ingresaron a ese centro asistencial 109menores con lesiones de arma de fuego; deenero a julio 2003, se contabilizaban 24 niños yniñas con lesiones de bala, de los cualesfallecieron 8. (LPG 12/07/03, p. 24)

5.1.4 Lesiones y muerte de menores por accidentes de tránsito

Ya se ha planteado en este informe quelos niños y las niñas deberían tener un interéssuperior, por parte del Estado, en tanto que laprotección de ellos debe ser entendida en todaslas esferas donde su condición de vulnerabilidades manifiesta.

En ese sentido, no puede dejar demencionarse el alto índice de niños y niñas queson lesionados y muertos como consecuencia deaccidentes de tránsito.

Recién iniciado el 2003, los primeroscasos de muerte de niños/as a causa deaccidentes de tránsito se hicieron presentes. Enel caserío San Cristóbal, Cantón Santa CruzPorrillo, de Tecoluca, un niño murió y otro fuelesionado al ser atropellados. Las víctimas sedirigían a estudiar a una escuela parvularia dellugar. Los niños caminaban por la calzada sobreel kilómetro 72 de la carretera del litoral cuandofueron arrollados. (EDH 22/01/03, p. 47)

Cifras del Viceministerio de Transporte(VMT) revelaron que sólo durante el período deenero a mayo de 2003, las muertes de niños yniñas a causa de accidentes de tránsito ascendíaa 61 (El Mundo 16/05/03, p. 3) y en un periodomayor comprendido de enero al 12 de diciembrede 2002 fallecieron 127 menores cuyas edadesoscilaban de 1 a 14 años.

Además otros 324 sufrieron diferentestipos de lesiones por la misma causa.

Lo que significa que en promedio, unniño/a al día resultó atropellado. (LPG 12/12/02,p. 68)

De acuerdo a información proporcionadapor el VMT, hay un promedio mensual de 12niños/as que fallecen por dicha causa. Cifra quepara la Asociación Médica Salvadoreña para laResponsabilidad Social (MESARES), losaccidentes de tránsito son ya un problema desalud pública, puesto que causan mayor muerte

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que cualquier epidemia que se presente en elpaís. (El Mundo 21/02/03, p. 14)

5.1.5 Maltrato infantil

La Ley considera que un niño o una niña,mantiene esa condición hasta la edad de 18años. Se entiende como maltrato infantil acualquier acto por acción u omisión realizado porindividuos, por instituciones o por la sociedad ensu conjunto y todos los estados derivados deestos actos o de su ausencia que priven a las ylos niños de su libertad o de sus derechoscorrespondientes y/o que dificulten su óptimodesarrollo.

Existen diferentes tipos de maltrato:

a) maltrato físico,

b) abandono físico,

c) abuso sexual,

e) abandono emocional,

f) maltrato institucional.

Esto da lugar a la existencia de unadiversidad de sujetos/as que infligen el maltratoinfantil.

5.1.6 Maltrato a niños/as de la calle

Aun cuando el artículo 70 de laConstitución de la República, establece que “ElEstado tomará a su cargo a los indigentes que,por su edad o incapacidad física o mental, seaninhábiles para el trabajo.” Especialmente en la

capital, un número muy considerable de niños yniñas deambulan por las calles, merced de laintemperie, del hambre, las drogas y los malostratos. Las instituciones oficiales que velan por laniñez poco han hecho para solventar esaproblemática.

Esos niños/as de la calle, usualmente sonvistos inhalando emanaciones de sustanciasquímicas (especialmente de pegamentos),limpiando parabrisas de vehículos que sedetienen en los semáforos, o, simplementepidiendo dinero a los transeúntes.

Generalmente son niños/as de pocosaños, de quienes sus rostros hasta se vuelvenfamiliares y cuya condición de indigencia seprolonga hasta llegar a los dieciocho años. Enmuchos casos, esos seres, al alcanzar la edadadulta pasan a engrosar el mundo delincuencial.

De acuerdo a un censo realizado por elInstituto Salvadoreño para la Niñez y laAdolescencia (ISNA) en 2003, 165 niños y 15niñas vivían en las calles del país, lo que para elDirector de esa institución era una cantidadmanejable, lo que permitiría, a final del año,atender y recuperar en un cien por ciento los 180niños y niñas. (EDH 22/04/03, p. 28), de serobjetiva la información proporcionada por el ISNAel problema de la eliminación de la pobrezainfantil estaría fácil de resolver ya que bastaríacon que 180 familias de altos ingresos recibieranen su seno a uno de estos niños o niñas y así seacabaría el problema.

Esta es una muestra más de como lascifras pueden ser manipuladas para distorsionar oencubrir la realidad.

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Cuadro No. 11

Niños en las calles según departamento(2003)

Departamento CensoSonsonate 4Santa Ana 8La Libertad 21

Chalatenango 2San Salvador 90

La Paz 11Cabañas 12Usulután 4

San Miguel 16LaUnión 5

Fuente: EDH 25/04/03. P.28

La Fundación Olof Palme, conjuntamentecon la PDDH, hicieron públicas las denuncias queambas instituciones recibieron, que señalabanque agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) ydel Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM),infligían castigos a los niños/as de la calle,haciendo uso de patadas, golpes con bastón,empujones, persecuciones, puñetazos, flexionesy derramamiento en la cabeza de pegamentopara zapatos61. Acciones que, de acuerdo alProcurador Adjunto de la PDDH, eran muydelicadas puesto que con ello se cometía undoble delito contra los menores. El primero deellos recaía en la falta de protección por estar ensituación de alto riesgo y el segundo, porque laPNC, en lugar de protegerlos, los agrede. (LPG22/03/03, p. 40)

5.1.7 Abuso y explotación sexual de niñas y niños

La explotación sexual de niños y niñas serefiere a prácticas que son denigrantes yhumillantes, que atentan contra la dignidadhumana y que muchas veces ponen en peligro lavida de los niños y niñas.

61Una investigación periodística de LPG demuestra lo fácil que es conocer las rutas

y locales de distribución del pegamento para zapatos que es inhalado por losmenores. Las sustancias que usan los menores para drogarse están reguladaspor la Ley para el Control de la Comercialización de las Sustancias y Productospara Uso Industrial o Artesanal, que entró en vigor el 9 de octubre de 1998. Sinembargo poco se hace para cumplir con la normativa (LPG 19/06/03, p. 26)

En lo relativo a la explotación sexual,existen tres formas principales y que seinterrelacionadas entre sí: la prostitución, lapornografía y el comercio de niños con propósitossexuales.

Otras formas de explotación de losniños/as comprenden el turismo sexual utilizandoniños y niñas y los matrimonios a temprana edad.

De acuerdo a la PDDH, “el abuso sexualde niños, niñas y jóvenes, es uno de los másatroces atentados a la dignidad humana,especialmente cuando se comete en personasque se encuentran en formación y que por tantoson vulnerables, y cifran su confianza en laspersonas adultas que les deben respeto yapoyo.”62

Las estadísticas sobre casos de abusosexual, reflejan sólo una parte de lo querealmente ocurre en la sociedad salvadoreña,pues no hay que olvidar que el cometimiento deestos hechos generalmente se mantiene oculto.

Por otro lado el respeto a la libertad deprensa debe complementarse con la limitación dela difusión de imágenes y datos que lleven a laidentificación de niños, niñas y jóvenes víctimas;dadas las consecuencias negativas que esto

62Pronunciamiento de la PDDH, del 3 de junio de 2003.

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pueda tener en su proceso de superación deltrauma causado por el abuso y en general en susrelaciones en la familia, la escuela y lacomunidad. (Pronunciamiento de la PDDH, del 3de junio de 2003.)

Estadísticas del Hospital Benjamín Bloomregistraron 32 casos de niños y niñas abusadossexualmente durante el 2001, En el 2002 la cifrase elevó a 45 casos. (EDH 14/03/03, p. 25)

La oficina regional de la Fiscalía Generalde la República en Soyapango, informó que enese municipio se ha registrado un incremento decasos de violación en menores. De enero afebrero de 2003 esa institución registraba 15denuncias por violaciones sexuales en niños yniñas. (EDH 8/02/03, p. 18)

Por su parte, la organización Save theChildren, registró 48 casos de abuso sexual enniños, niñas y adolescentes discapacitados.Hechos ocurridos entre 1997 y noviembre de2001.

Para esta institución, los abusos a losdiscapacitados se presenta a veces como unacaricia, o como actos disfrazados que es cuandoocurre la agresión, por desgracia estos niños noven la diferencia y el acto cae en la impunidad.(EDH 15/03/03, p. 24)

Los casos de violación sexual a menoresde edad se han presentado en diferentes ámbitos,algunos de ellos llegando a los límites del colmo.Tal fue el caso de un niño de seis años violadosexualmente en julio de 2002 dentro de lasinstalaciones del Instituto Salvadoreño deAtención Integral de la Niñez y la Adolescencia(ISNA). (EDH 31/01/03, p. 28)

La explotación sexual con finescomerciales en niños, niñas y adolescentes esotro problema que está presente en la sociedadsalvadoreña.

De acuerdo a los registros del Cuerpo deAgentes Metropolitanos (CAM), los lugares de lacapital donde se prostituyen menores de edad

son los parques del centro de San Salvador. Deacuerdo a la misma institución, los casos deprostitución infantil se triplicaron en el 2003 conrelación al año anterior. Además de los espaciosya mencionados, según el CAM, en San Salvadorexisten aproximadamente 365 lugares deprostitución, donde posiblemente se prostituyanmenores de edad, (LPG 7/04/03, p. 16)

Aún más alarmantes son las cifras queproporciona Casa Alianza, organismointernacional no gubernamental que trabaja encontra de la prostitución infantil, estas revelan quedurante el año 2000 eran 3092 los y las menoresprostituidas. (LPG 6/04/03, p. 10)

5.1.8 Trabajo infantil

El artículo 9º de la Declaración Universaldel Niño, establece que "el niño debe serprotegido contra toda forma de abandono,crueldad y explotación. No será objeto de ningúntipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajarantes de una edad mínima adecuada; en ningúncaso se le dedicará ni se le permitirá que sededique a ocupación o empleo alguno que puedaperjudicar su salud o educación o impedir sudesarrollo físico, mental o moral".

Lo que da lugar a interpretar a la infanciacomo el tiempo para jugar, aprender, crecer, untiempo en que todos los niños y niñas deberíantener la oportunidad de desarrollar suspotenciales y soñar con planes para el futuro.

Sin embargo, eso no es así para miles deniñas, niños y adolescentes salvadoreños,quienes trabajan mucho antes de que suscuerpos y mentes estén preparados.

El 17 de junio de 2003 se cumplieroncuatro años de que se suscribió el Conveniosobre las peores formas de trabajo infantil63, ElSalvador lo ratificó en el año 2000; dichoconvenio, entre otras cosas, establece que laeliminación efectiva de las peores formas de

63Decreto Legislativo Nº 28 del 15 de junio de 2000, publicado en D.O. 134,

Tomo: 348 Publicación DO: 18/07/2000

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trabajo infantil requiere una acción inmediata ygeneral que tenga en cuenta la importancia de laeducación básica gratuita y la necesidad de librarde todas esas formas de trabajo a los niñosafectados y asegurar su rehabilitación y suinserción social, al mismo tiempo que se atiendea las necesidades de sus familias.

Al ratificarlo, el Estado salvadoreño secomprometió a adoptar medidas inmediatas yeficaces para conseguir la prohibición yeliminación de las peores formas de trabajoinfantil con carácter de urgencia.

El artículo 38 numeral 10 de laConstitución, expresa que el Código de Trabajoincluirá principios como el que los menores decatorce años, y los que habiendo cumplido esaedad sigan sometidos a la enseñanza obligatoria,no podrán ser ocupados en ninguna clase detrabajo.

Podría autorizarse su ocupación cuandose considere indispensable para la subsistenciade los mismos o de su familia, siempre que ellono les impida cumplir con el mínimo deinstrucción obligatoria.

Además, prohíbe el trabajo de menoresde dieciocho años en labores peligrosas,insalubres y nocturnas.

La OIT considera que ha de brindarseatención para erradicar las peores formas detrabajo como el trabajo de niños/as en laproducción y venta de estupefacientes, trabajoscon abusos de orden físico, psicológico o sexual,trabajos bajo tierra o agua, en alturas peligrosas oen espacios cerrados, trabajos con maquinaria,equipo o herramientas peligrosas, o manejo decargas pesadas; trabajos realizados en un medioinsalubre en que los niños/as estén expuestos aagentes o procesos peligrosos, o a temperaturaso niveles de ruido perjudiciales; y, los trabajoscon horarios prolongados o nocturnos, o lostrabajos que retienen injustificadamente al niño/en los locales del empleador.

A pesar de que existe normativa jurídica

que busca proteger a la niñez frente al trabajoinfantil, esta protección es bastante limitada. EnEl Salvador son muy comunes algunas prácticasde las peores formas de trabajo infantil. Son muyconocidos casos como el de los niños/aspescadores y extractores de curiles (un moluscoconsumido en hoteles, restaurantes ycervecerías); el trabajo en la fabricación deproductos pirotécnicos; trabajo en la recolecciónde basura; trabajos nocturnos y trabajos donde seutilizan niños/as con fines de explotación sexual.

De acuerdo a la OrganizaciónInternacional del Trabajo (OIT), El Salvador seencuentra entre los países de la región con máscasos de niños trabajadores. Las últimasencuestas realizadas por esa organizaciónrevelan que en El Salvador existe un total de 224mil infantes entre las edades de cinco y sieteaños trabajando.

De ellos, 30 mil trabajan en actividadesque son consideradas como las peores formas detrabajo infantil, tal como lo es la extracción de losya mencionados curiles, la elaboración deproductos pirotécnicos y las ventas ambulantes.(Colatino 16/06/03, p. 5)

Las cifras oficiales sobre el trabajo infantilfueron dadas por el Ministerio de Trabajo. Segúnesa entidad, un total de 222,479 niños/assalvadoreñas trabajan para ayudareconómicamente en su hogar. Lo que maspreocupa a dicho Ministerio es que los niños/asentre 5 y 17 años no sólo realizan trabajos quefrustran sus privilegios, como estudiar o divertirse,sino también atentan contra su vida. (El Mundo16/07/03, p. 3)

De acuerdo al Programa Internacional

para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC),organismo de la OIT, miles de niños y niñasrealizan diferentes actividades labores conocidascomo trabajo urbano, por ejemplo mencionan elcaso de quienes trabajan dentro de los mercadossalvadoreños y sus alrededores. IPEC consideraque esas prácticas desarrolladas por los menoresen un ambiente hostil, ponen en riesgo su salud araíz del humo que expelen los vehículos, la lluvia

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el sol y los maltratos físicos y verbales, ademásde exponerse a abuso sexual, drogadicción yprostitución. (LPG 13/06/03, p. 28)

El trabajo infantil tiene una gran incidencianegativa en la educación. El artículo 56 de laConstitución de la República establece laobligatoriedad de la educación parvularia ybásica, siendo gratuita cuando la imparte elEstado. Se sabe que a mayores niveles detrabajo infantil, menores son las tasas deescolaridad en esos niveles y mayores son lastasas de repitencia.

5.1.9 Niños/as trabajadoras en coheterías

Como ya se mencionó anteriormente, enEl Salvador son varias las prácticas de las peoresformas de trabajo infantil, una de ellas es laocupación de niños y niñas en la fabricación deproductos pirotécnicos. A pesar de ser unaactividad que se presenta todo el año, la industriapirotécnica tiene más demanda desde el mes deagosto hasta diciembre. Los menores de edadson vistos como mano de obra barata y, al mismotiempo son más productivos, en comparación alas personas adultas, por la motricidad que lespermiten sus pequeñas y delgadas manos.

De acuerdo a estimaciones del Ministeriode Trabajo, en agosto de 2003, ya se habíanincorporado 1,500 niños/as a la industriapirotécnica. (LPG 21/08/03, p. 18). Cifras que essuperada en gran medida por el IPEC alconsiderar que son 2,500 niños y niñas los quelaboran en talleres pirotécnicos, la mayoría deellos clandestinos. (EDH 21/08/03, p. 22)

La industria pirotécnica salvadoreña serealiza artesanalmente y en condiciones pocoseguras, razón que la hace una de las máspeligrosas. El 5 de julio de 2003,aproximadamente a las nueve de la noche, en lacohetería “Noche Buena”, que funcionabailegalmente y que se ubicaba en el municipio deDelgado, en San Salvador, hubo una fuerteexplosión donde fallecieron dos menores de edady un adulto, además, tres menores de edad

resultaron lesionados64. (EDH 6/07/03, p. 8)

6. Derecho a un nivel de vida adecuado (Artículo 11)

El derecho a un nivel de vida adecuado,en su conjunto, abarca el derecho a la mejoracontinua de las condiciones de existencia, y losderechos a una vivienda, alimentación y vestidoadecuados.

De acuerdo al párrafo 1 del artículo 11 delPIDESC, los Estados Partes "reconocen elderecho de toda persona a un nivel de vidaadecuado para sí y su familia, inclusoalimentación, vestido y vivienda adecuados, y auna mejora continua de las condiciones deexistencia". Reconocido de este modo, que elderecho humano a un nivel de vida adecuadotiene una importancia fundamental para el disfrutede todos los derechos económicos, sociales yculturales.

Para el cumplimiento del derecho a unnivel de vida adecuado, deben tomarse en cuentaprincipios de los derechos humanos como lo sonla indivisibilidad e interdependencia. El derecho aun nivel de vida adecuado es de importanciacapital para los objetivos integrales del PIDESC.

El párrafo 2 del artículo 11 se dedicaexclusivamente a desarrollar ciertos aspectos delderecho a una alimentación adecuada, alestablecer que “Los Estados Parte en el presentePacto, reconociendo el derecho fundamental detoda persona a estar protegida contra el hambre,adoptarán, individualmente y mediante lacooperación internacional, las medidas, incluidoslos programas concretos.”

Para hacerse una idea general del nivelde vida de los y las salvadoreñas, se utilizarán lossiguientes datos presentados en el siguientecuadro que se presentan en la Encuesta deHogares de Propósitos Múltiples 1999 y 2002.

64Este caso fue denunciado ante FESPAD por la madre de una de las víctimas

mortales. Expediente 2003/34.

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Cuadro No. 12

Caracterización de la población salvadoreña(1999 y 2002)

Categoría 1999 2002Total de personas (habitantes) 6,154,079 6,510,348

Hombres 2,932,509 3,084,625

Mujeres 3,221,570 3,425,723

Población de 10 años y más 4,644,586 5,028,570

Total de hogares promedio 1,383,145 1,522,383

Personas por hogar 4 4.28

Población económicamente activa 2,444,959 2,572,977

Total de ocupados 2,274,728 2,412,785

Total desocupados 170,231 160,192

Total de analfabetos de 10 años y más 840,081 836256

Escolaridad promedio 5 5.51

Ingreso por hogar mensual 3,507 colones 3755.18 colones

Ingreso per cápita mensual 788.42 colones 878.11 colones

Hogares en situación de pobreza extrema 16.75% 15.77%

Hogares en situación de pobreza relativa 24.58% 21.0%

Hogares no pobres 58.67% 63.23%

Total de económicamente inactivos 2,199,627 2,455,593Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1999 y 2002

La intención de incluir los datos de 1999 y2002 obedece a la pretensión de hacer notar laforma en que el Estado Salvadoreño, en términosformales cree y pretende hacer creer que losDESC se van cumpliendo progresivamente. Es denotar que ninguna cifra del 2002 es negativarespecto de 1999, lo que en apariencia puede darla idea de el nivel de vida de los y lassalvadoreñas ha mejorado.

Es necesario señalar que, además, quelas cifras presentadas por la Encuesta deHogares, son las cifras oficiales. A las que, deuno y otro modo, todo estudio que se haga sobreEl Salvador, necesariamente debe remitirse aellas. Y más cuando esos estudios son sobreeconomía, desarrollo humano, derechoshumanos, etc.

En ningún momento se pretende aquíponer en duda el trabajo técnico que en laDIGESTYC se realiza en tanto institucióngubernamental que responde a lineamientos y noa autodeterminaciones. No obstante, al

contrastar los progresos reflejados en las cifrasanteriores, con lo que en la vida diaria acontece alos y las salvadoreñas, cuesta creer que, porejemplo, en tres años se haya reducidodrásticamente los niveles de pobreza; y, enconsecuencia, haber mejorado significativamentelos niveles de vida digna. Es en ese sentido que acontinuación se tratan separadamente el derechoa vivienda y a la alimentación adecuada.

6.1 Derecho a una vivienda adecuada

En El Salvador, la construcción deviviendas es, según la Constitución de laRepública, de interés social. Además, el Estadodebe procurar que el mayor número de familiassalvadoreñas lleguen a ser propietarios de suvivienda. Para ello se fomentará que todopropietario de fincas rústicas proporcione a lostrabajadores residentes habitación higiénica ycómoda e instalaciones adecuadas a lostrabajadores temporales, facilitando al pequeñopropietario los medios necesarios. (artículo 119de la Constitución de la República)

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El derecho a una vivienda adecuadatambién fue establecido y reconocido en elderecho internacional. Enunciado en el artículo 25de la Declaración Universal de DerechosHumanos, el derecho a una vivienda adecuadaha sido codificado, además, en otros importantestratados internacionales de derechos humanos. Elartículo 11 del PIDESC establece que “LosEstados Parte en el presente Pacto reconoce elderecho de toda persona a un nivel de vidaadecuado para sí y su familia, incluso... viviendaadecuada, y a una mejora continua de lascondiciones de existencia”.

El Comité de Derechos EconómicosSociales y Culturales ha emitido dosObservaciones Generales en las que aclara elalcance y el significado del derecho a la viviendasegún está consagrado en el Pacto.

Existe una amplia variedad deinstrumentos internacionales que abordan losdiferentes aspectos del derecho a una viviendaadecuada, no obstante, el párrafo 1 del artículo11 del PIDESC es considerada como la másamplia, y quizás la más importante, de todas lasdisposiciones pertinentes.

La vivienda es un elemento importantepara garantizar la dignidad humana. Una viviendaadecuada comprende más que un techo y lascuatro paredes de una habitación. La vivienda esesencial para una vida normal saludable.

Satisface profundas necesidades psicológicas devida privada y espacio personal; necesidadesfísicas de seguridad y protección de lasinclemencias del tiempo y necesidades socialesde puntos básicos de reunión donde forjar yalimentar relaciones importantes.

En muchas sociedades, la viviendatambién cumple una función esencial como centroeconómico donde se realizan actividadescomerciales esenciales. En consecuencia, fungecomo albergue y es también muchas veces lugarde trabajo y, por lo tanto, un medio para lageneración de ingresos. De hecho, según laEncuesta de Hogares de 2002, el 30% de laspersonas que trabajan de manera independiente(patronos y trabajadores por cuenta propia) tienensu negocio en su vivienda.

En opinión del Comité de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales, el derecho ala vivienda no se debe interpretar en un sentidoestricto o restrictivo que lo equipare, por ejemplo,con el cobijo que resulta del mero hecho de tenerun tejado por encima de la cabeza o lo considereexclusivamente como una comodidad. Debeconsiderarse más bien como el derecho a vivir enseguridad, paz y dignidad en alguna parte. Y asídebe ser por lo menos por dos razones. En primerlugar, el derecho a la vivienda está vinculado porentero a otros derechos humanos y a losprincipios fundamentales que sirven de premisasal PIDESC.

Así pues, "la dignidad inherente a lapersona humana", de la que se dice que sederivan los derechos del PIDESC, exige que eltérmino "vivienda" se interprete en un sentido quetenga en cuenta otras diversas consideraciones, yprincipalmente que el derecho a la vivienda sedebe garantizar a todos, sean cuales fueren susingresos o su acceso a recursos económicos.

En segundo lugar, la referencia que figuraen el párrafo 1 del artículo 11 no se debeentender en sentido de vivienda a secas, sino devivienda adecuada. Así pues, el concepto de"vivienda adecuada" significa disponer de unlugar donde poderse aislar si se desea, espacio

¿Será este el concepto de vivienda digna?

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adecuado, seguridad adecuada, iluminación yventilación adecuadas, una infraestructura básicaadecuada y una situación adecuada en relacióncon el trabajo y los servicios básicos, todo ello aun costo razonable.

En en ese sentido que el concepto de“adecuación” es particularmente significativo enrelación con el derecho a la vivienda, puesto quesirve para subrayar una serie de factores que hayque tener en cuenta al determinar sideterminadas formas de vivienda se puedeconsiderar que constituyen una "viviendaadecuada" a los efectos del PIDESC. Aun cuandola adecuación viene determinada en parte porfactores sociales, económicos, culturales,climatológicos, ecológicos y de otra índole. Aunasí, el Comité de DESC de la ONU identificaalgunos aspectos de ese derecho que deben sertenidos en cuenta a estos efectos en cualquiercontexto determinado. Entre esos aspectosfiguran los siguientes:

6.1.1 Seguridad jurídica de la tenencia.

La tenencia puede adoptar una variedadde formas, como el alquiler, el arrendamiento, laocupación por el propietario, inclusive laocupación de tierra o propiedad. Sea cual fuere eltipo de tenencia, todas las personas deben gozarde cierto grado de seguridad de tenencia que lesgarantice una protección legal contra eldesahucio, el hostigamiento u otras amenazas.Por consiguiente, los Estados Partes debenadoptar inmediatamente medidas destinadas aotorgar seguridad legal de tenencia a laspersonas y los hogares que en la actualidadcarezcan de esa protección consultandoverdaderamente a las personas y gruposafectados.

El programa de reconstrucción iniciadoposteriormente después de los terremotos de2001, sirvió para revelar la problemática de latenencia de la tierra en El Salvador. Según datosde la DIGESTYC, los terremotos de 2001destruyeron 163,866 viviendas, equivalentes a11.6% del parque habitacional. Otras 107,787

viviendas, lo que equivale al 7.6%, sufrierondaños reparables. Por su parte, el Viceministeriode Vivienda y Desarrollo Urbano (MVDU) informóque entre 2001 y 2003 esa institución se habíaentregado cerca de 220,000 viviendastemporales, lo cual sugería que el nivel dedestrucción habría sido superior al que laDiGESTYC había estimado.

De acuerdo a datos de la DIGESTYC, losesfuerzos de reconstrucción a mayo de 2003habrían logrado solventar 47.7%. Lasproyecciones para ese mismo año era que, conbase a la construcción de viviendas temporalesse alcanzaría el 64.6%, por lo que quedaríapendiente resolver la construcción de 35.4% deviviendas.

Ante esas estimaciones, el programa dereconstrucción enfrentó problemas relacionadoscon la tenencia de la tierra. Para la reconstrucciónde viviendas, las instituciones de gobierno y lasagencias de cooperación requieren que losbeneficiarios comprueben ser propietarios delterreno, además de no estar ubicados en zonasde riesgo. Este primer requisito no ha podido sercumplido en numerosos casos. Debido a que latenencia del terreno no ha sido posible sercomprobada en muchísimos casos65.

6.1.2 Disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura.

Una vivienda adecuada debe contenerciertos servicios indispensables para la salud, laseguridad, la comodidad y la nutrición. Todos losbeneficiarios del derecho a una viviendaadecuada deberían tener acceso permanente arecursos naturales y comunes, a agua potable, aenergía eléctrica, a instalaciones sanitarias y deaseo, de eliminación de desechos, de drenaje y aservicios de emergencia.

65Para tener una aproximación al problema, mencionar que de acuerdo al PNUD,

desde 2001 al 27 de mayo de 2003, alrededor de 22,557 parcelas fueronlegalizadas por el Instituto Libertad y Progreso en el marco del programa dereconstrucción. Es decir que 22,557 familias carecían de seguridad jurídica de latenencia.

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De acuerdo a la Encuesta de Hogares dePropósitos Múltiples 2002, los hogares quedisponen de alumbrado público a nivel nacionalrepresentan el 87.5%, lo que es equivalente a1,332,832 hogares; seguido en orden deimportancia por aquellos que utilizan kerosén(gas) con un 9.6%, lo que en valores absolutosrepresenta 146,783 hogares. El 2.9%, queequivale a 42,768 hogares no poseen ni energíaeléctrica, ni usan kerosén.

En el área urbana, el 97.3% de loshogares disponen del servicio de alumbradoeléctrico y solamente el 1.2% utilizan kerosén yen el área rural, estos mismos tipos de alumbradoson los predominantes, 71.1% para el alumbradoeléctrico y 24% para kerosén.

En lo que se refiere al abastecimiento deagua, el 66.2% de los hogares del país disponendel servicio de agua por cañería privada, seguidopor pila o chorro público. Por el contrario, en elárea rural sólo el 38% de los hogares disponende agua por cañería privada, el 26.1% se proveede agua proveniente de pozo y el 17.5% lo hacepor medio de nacimientos naturales.

En el Área Metropolitana de SanSalvador, el abastecimiento de agua de loshogares lo realizan principalmente por medio decañería privada, representando el 85.1%.

Los hogares en que las viviendas nodisponen del servicio sanitario a nivel nacionalrepresenta el 7.0%, en el área urbana esteporcentaje es de 1.9%, mientras que en el árearural este representa el 15.7%.

En cuanto al tratamiento de los desechos,a nivel nacional el 49.1% del total de hogares sedeshacen de la basura utilizando el tren de aseomunicipal; sin embargo, el 20.7% de los mismos,la queman.

En el área urbana, el 75.5% de loshogares cuentan con servicio de tren de aseomunicipal, los restantes, que son el 11.1%, laqueman; quienes la depositan en en cualquierlugar, alcanza el 6.1%; 1.3% de hogares, la

entierran; 1.9% de hogares la tratan en lugaresprivados; el 4.8% la recogen en contenedor; y el0.3% de hogares usa otros métodos noespecificados.

En el área rural, el 61.3% de hogares sedeshace de la basura a través de la quema; el24.4% la deposita en cualquier lugar; el 7.8% laentierra; el 4.4% tiene servicio de tren de aseomunicipal, y el 1.1% utiliza otras formas noespecificadas.

6.1.3 Gastos soportables.

Los gastos personales o del hogar quegenera la vivienda deberían ser de un nivel queno impidiera ni comprometiera el logro y lasatisfacción de otras necesidades básicas. LosEstados Parte deberían adoptar medidas paragarantizar que el porcentaje de los gastos devivienda sean, en general, equivalentes con losniveles de ingreso. Los Estados Parte deberíancrear subsidios de vivienda para los que nopueden costearse una vivienda, así como formasy niveles de financiación que correspondanadecuadamente a las necesidades de vivienda.De conformidad con el principio de la posibilidadde costear la vivienda, se debería proteger pormedios adecuados a los inquilinos contra niveleso aumentos desproporcionados de los alquileres.

Fuera del programa de reconstrucción,que básicamente ha consistido en construirviviendas temporales, los principales mecanismosgubernamentales a través de los cuales loshogares de escasos recursos pueden acceder auna vivienda son el denominado Programa deContribuciones desarrollado por el FondoNacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) y lamodalidad de Nuevos AsentamientosOrganizados (NAO), del Programa deAsentamientos Humanos del VMVDU.

El Gobierno también ha desarrollado elPrograma de Asentamientos Humanos (PAH), elcual forma parte del programa denominado “ElSalvador, un País de Propietarios”, cuyosobjetivos principales son facilitar una soluciónhabitacional a las familias con ingresos menores

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a dos salarios mínimos ubicadas en zonas deriesgo o ilegalmente en terrenos públicos oprivados.

6.1.4 Habitabilidad.

Una vivienda adecuada debe serhabitable, en decir que pueda ofrecer espacioadecuado a sus ocupantes y de protegerlos delfrío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento uotras amenazas para la salud, de riesgosestructurales y de vectores de enfermedad. Debegarantizar también la seguridad física de losocupantes.

Según la Encuesta de Hogares, en ElSalvador, 88.4% de los hogares salvadoreñoshabitan en casa privada, le sigue en orden deimportancia los que habitan en vivienda temporalque representa el 3.6%, lo que en términosabsolutos corresponde a 54,239 hogares; los quehabitan el pieza de mesón alcanzan el 3.4%;habitantes en pieza de una casa con el 2%;quienes habitan en apartamento con el 2.2% y elrestante con menos del 1% corresponde a ranchoy vivienda improvisada.

A nivel nacional los materiales deconstrucción predominantes de las paredes enlas viviendas son el concreto mixto y el adobe,representando el 67.7% el primero y 18.5% elsegundo. El 13.8% restante se supone que

utilizan materiales diversos como lámina, cartón,plástico, etc.

A nivel de área geográfica se observannotables variaciones , Así, mientras en el áreaurbana el 82.8% son de concreto mixto, éstas enel área rural alcanzan una proporción de 41.9%.lo contrario se observa en el caso de las paredesde adobe, en el área urbana éstas significan el9.8% y en el rural constituyen el 33.3%.

En cuanto al material de construcción deltecho, a nivel nacional se observa que predominala teja de barro o cemento con un 36.5%, le sigueen importancia la lámina de asbesto con 35.9%, yla lámina metálica con 25%. En el área urbana,la lámina de asbesto ocupa el primer lugar con el50.7%, seguido de la teja de barro o cemento conel 25.9%, y la lámina metálica con 20%. En elárea rural la teja de barro o cemento ocupa elprimer lugar con 54.4%, seguido de láminametálica con el 33.4%.

El material predominante con que estáconstruido el piso de las viviendas a nivelnacional, predomina el ladrillo de cementoocupando el primer lugar con un 56.7%, seguidodel piso de tierra con 23.2% y el piso de cementocon 19.0%. En el área urbana, el 76% lo tiene conmaterial de cemento y el 9.2% es de tierra. Por elcontrario, en el área rural el 46.9% de los hogaresresiden en viviendas con piso de tierra, el 27.3%en piso de cemento y el 24.1% es de ladrillo decemento.

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Cuadro No. 13

Materiales predominantes de construcción del techo, paredes y piso del total de viviendas en El Salvador

(Año 2002)

Techo Paredes PisoMateriales Viviendas Materiales Viviendas Materiales Viviendas

Loza deconcreto

31,748Concreto mixto

1,029,978Ladrillo cemento

863,515

Teja debarro/cemento

555,267Bahareque

55,324Ladrillo barro

14,338

Lámina deasbesto

547,289Adobe

282,090Cemento

289,993

Láminametálica

380,242Madera

35,864Tierra

352,791

Paja o palma 3,902 Lámina 99,870 Otro material 1,746

Desechos 3,191 Paja o palma 6,210

Otro material 744 Desechos 5,407

Otro material 7,640Fuente: Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2002

6.1.5 Asequibilidad.

La vivienda adecuada debe ser asequiblea todos y todas. Debe concederse a los grupos ensituación de desventaja, un acceso pleno ysostenible a los recursos adecuados paraconseguir una vivienda.

Debería garantizarse cierto grado deconsideración prioritaria en la esfera de lavivienda a los grupos desfavorecidos como laspersonas adulta mayor, los niños, losdiscapacitados físicos, los enfermos terminales,los individuos VIH positivos, las personas conproblemas médicos persistentes, los enfermosmentales, las víctimas de desastres naturales, laspersonas que viven en zonas en que suelenproducirse desastres, y otros grupos de personas.

Tanto las disposiciones como la políticaen materia de vivienda deben tener plenamenteen cuenta las necesidades especiales de esosgrupos. En muchos Estados Partes, el mayoracceso a la tierra por sectores desprovistos detierra o empobrecidos de la sociedad, debería serel centro del objetivo de la política.

Los Estados deben asumir obligacionesapreciables destinadas a apoyar el derecho detodos a un lugar seguro para vivir en paz ydignidad, incluido el acceso a la tierra comoderecho.

Un elemento que impide el acceso a losprogramas de vivienda gubernamentales es que,por lo general, éstos siguen requiriendo unmínimo de ingresos económicos, éstosprogramas han pasado por alto la existencia deun sector de la población, que no percibe ni esacantidad mínima, que es requisito para adquirirvivienda. Otro sector que encuentra seriosobstáculos para acceder a financiamiento paravivienda, tanto en los programas nacionales comoen la banca privada, es el sector informal.

Las instituciones responsables dedesarrollar los programas de vivienda social,como el Fondo Nacional de Vivienda Popular(FONAVIPO) y el Fondo Social para la Vivienda(FSV), no parecen enfilar sus esfuerzos hacia laproporción de vivienda a los más necesitados.Más bien se infiere que el interés del FSV es elotorgamiento de créditos, como puede deducirsedel anuncio hecho por autoridades de esa

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institución al ofrecer la adquisición de unasegunda vivienda como beneficiario del FSV.(LPG 21/01/03, p. 52)

Para hablar de niveles de asequibilidad esnecesario referirse al déficit habitacional. Deacuerdo al PNUD, el déficit habitacional debeestar compuesto de dos formas, uno, por el déficitcuantitativo y, dos, el déficit cualitativo.

El primero debe incluir el número dehogares que no cuentan con vivienda y que, portanto, viven con otro hogar y cuyas viviendaspresentan seis carencias separados en trescomponentes estructurales (pared, techo, piso), yen tres servicios básicos (agua, electricidad,saneamiento). El segundo, el déficit cualitativo, elPNUD lo define a partir de las viviendas quepresentan de una a 5 carencias de los aspectosmencionados.

De acuerdo con la Encuesta de Hogaresde Propósitos Múltiples 2002, el parquehabitacional del país contaba en ese año con1,491,588 unidades; el 63% de ellas seencontraban en el área urbana.

Si se compara el número de viviendas conel de hogares, existían 30,795 hogares que no

contaban con viviendas. Además, 374 viviendaspresentaban seis carencias, por lo que el déficitcuantitativo ascendía a 31,169 viviendas. Por suparte, el déficit cualitativo se estimó en 468,796viviendas, equivalente al 31% del parquehabitacional.Al sumar ambos tipos de déficit seobtiene un total de 499,965 unidades.

Sin embargo, al comparar las cifrasbrindadas por la Encuesta de Hogares con losdatos vertidos por el Viceministro de Vivienda, seobtiene una sustancial diferencia. Por ejemplo, aprincipios de 2003, el Viceministerio de viviendainformaba que a raíz de los terremotos de 2001,se estimó que 164,000 viviendas resultarondañadas. Dos años después de eseacontecimiento se habían construido 121,049viviendas. Es decir que 42,951 familias habitabanaún en techos provisionales. (El Mundo, 13/01/03,p. 8)

La situación del déficit habitacionalconstituye una manifestación, por un lado, de lascondiciones de pobreza de las familias, y por elotro, del acceso a servicios básicos. Enconsecuencia, el área rural presenta siempre losniveles más deficientes en esta infraestructura,para el caso, en 2002, el 72% del déficithabitacional se concentró en las zonas rurales.

Cuadro No. 14

Déficit Habitacional según Area(1992-2002)

AÑO URBANO RURAL TOTAL1992 152,721 442,381 595,1021993 150,288 443,201 593,4891994 185,670 404,622 590,2921995 175,698 403,823 579,5211996 172,493 404,885 577,3781997 156,830 398,397 555,2271998 176,562 383,142 559,7041999 173,562 378,098 551,6042000 154,941 370,580 525,5212001 144,276 364,531 508,8072002 138,548 361,417 499,965

Fuente: Informe sobre Desarrollo Humano El Salvador 2003, p. 91

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A pesar de los datos vertidos anteriormente, eldéficit habitacional sigue siendo uno de losgraves problemas que afecta a la sociedadsalvadoreña. La solución integral del problematrasciende a los aspectos formales de lainformación estadística oficial, puesto que en ElSalvador, en 2003, habían 485,000 hogares queseguían careciendo de vivienda66.

6.1.6 Lugar

La vivienda adecuada debe encontrarseen un lugar que permita el acceso a las opcionesde empleo, los servicios de atención de la salud,centros de atención para niños, escuelas y otrosservicios sociales. La vivienda no debeconstruirse en lugares contaminados ni en laproximidad inmediata de fuentes decontaminación que amenazan el derecho a lasalud de los habitantes, tampoco en zonas de altoriesgo.

6.2 Derecho a una alimentación adecuada

El derecho a la alimentación es elementoconstitutivo de otro derecho más amplio que es elderecho a un nivel de vida adecuado. El primerotiene como propósito fundamental la promocióndel derecho a una alimentación adecuada yconseguir el bienestar nutricional para que el serhumano pueda llevar una vida sana y productiva,considerando además que la plena realizacióndepende también de los logros paralelos en eldisfrute de los derechos a la salud, la asistencia alas personas vulnerables, la educación y porsupuesto al trabajo.

El acceso estable a una dieta alimenticiasegura y nutritiva durante todo el ciclo vital de lapersona constituye un requisito previo para quelos seres humanos desarrollen y mantenganplenamente su capacidad física y mental. Encontraposición, se considera que las secuelas deuna malnutrición en los primeros años puedeninfluir toda la vida en la salud de una persona y su

66De acuerdo a las proyecciones del Viceministerio de Vivienda, durante el 2003 se

redujo el déficit habitacional en 65,000 unidades, ya que en el 2002 el déficitalcanzaba 550,000 unidades y en el 2003 llegó a 485,000. (El Mundo, 28/10/03, p.3)

predisposición a las enfermedades.

Existe una tendencia a no diferenciarentre el derecho a estar protegidos contra elhambre y el derecho a tener una alimentaciónadecuada. El primero de estos derechos esfundamental. Es una competencia más del Estadoy que significa que éste tiene la obligación deasegurar, como mínimo, que las personas nomueran de hambre. Como tal, estáintrínsecamente asociado al derecho a la vida.

Además, el Estado también tiene laobligación de hacer todo lo posible por promoverun disfrute pleno del derecho de todos a teneralimentos adecuados en su territorio, dicho deotra forma, las personas deberán tener accesofísico y económico en todo momento a losalimentos tanto en cantidad y como en calidadadecuadas para llevar una vida saludable yactiva.

Para considerar adecuados los alimentosse requiere que además sean culturalmenteaceptables y que sean producidos en formasostenible para el medio ambiente y la sociedad.También, su suministro no debe interferir con eldisfrute de otros derechos humanos. Por

Habitantes del Cantón Apancoyo, Cuisnahuat, Sonsonate

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ejemplo, no debe costar tanto adquirir suficientesalimentos para tener una alimentación adecuada,que se pongan en peligro otros derechoseconómicos, sociales y culturales, o que afectennegativamente los derechos civiles o políticos.

Sin los alimentos adecuados, laspersonas no pueden llevar una vida saludable yactiva. No pueden desempeñarse en un empleo.No pueden cuidar a sus hijos y éstos no puedenaprender a leer y escribir. El derecho a losalimentos atraviesa la totalidad de los derechoshumanos. Su satisfacción es esencial paracombatir la pobreza.

Desde sus inicios, las Naciones Unidashan establecido el acceso a una alimentaciónadecuada como derecho individual yresponsabilidad colectiva. La DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos de 1948proclamó que "Toda persona tiene derecho a unnivel de vida adecuado que le asegure, así comoa su familia, la salud y el bienestar, y en especialla alimentación..." Los derechos económicos,sociales y culturales, así como los civiles ypolíticos, proclamados en la DeclaraciónUniversal reúnen las características de serconsiderados interdependientes,interrelacionados, indivisibles y de igualimportancia. Es decir que para disfrutarplenamente del derecho a los alimentos laspersonas necesitan tener acceso a la atenciónmédica y la educación, respeto a sus valoresculturales, el derecho a la propiedad privada y elderecho a organizarse económica ypolíticamente.

En 1966, el PIDESC desarrolló estosconceptos, haciendo énfasis en "el derecho detoda persona a un nivel de vida adecuado para síy su familia, incluso la alimentación...", yespecificando "el derecho fundamental de todapersona a estar protegida contra el hambre".

En la Cumbre Mundial sobre laAlimentación, celebrada en 1996, dirigentes de185 países y de la Comunidad Europea, entreellos los de El Salvador, reafirmaron, en laDeclaración de Roma sobre la Seguridad

Alimentaria Mundial, "el derecho de toda personaa tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, enconsonancia con el derecho a una alimentaciónapropiada y con el derecho fundamental de todapersona a no padecer hambre." Además seasumieron el compromiso de reducir a la mitad elnúmero de personas que pasan hambre para elaño 2015.

Por lo tanto, el Estado salvadoreño nodebería tomar la erradicación del hambre comoun mero ideal elevado. Sino que debería asegurarel derecho a disponer de alimentos adecuados ysu obligación fundamental de no permitir que lapoblación salvadoreña padezca de hambre.

En el caso del Estado de El Salvador, encuanto a sus obligaciones de respetar, proteger ysatisfacer el derecho a la alimentación, puedenhacerse las siguientes consideraciones.

6.2.1 Estado del agro salvadoreño

Tradicionalmente, las cienciaseconómicas ha dividido a la Economía de lospaíses, en tres sectores fundamentales: elprimario o agrario, el secundario o industrial yterciario o de servicios.

Con la dinámica y énfasis del modelo demercado, en El Salvador, el sector agropecuarioha dejado de ser primario y ha ocurrido unainversión en ese orden tradicional, pues el sectorde servicios es ahora el más importante en laeconomía salvadoreña.

Eso ha conllevado a que en el agrosalvadoreño se hayan dado cambios sustancialesen las últimas décadas. Cambios que son elresultado del abandono que el Estado ha dado adicho sector.

Haciendo un sucinto recuerdo del pasadoreciente de El Salvador, se tenía que durante lamejor época del sector agropecuario prevalecíanrelaciones cuasifeudales de producción. Lapropiedad agraria estaba concentrada en pocasmanos. El terrateniente poseía en suspropiedades un número considerable de colonos

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(campesinos no propietarios que vivían en lasfincas, poniendo a disposición permanente delpatrono su fuerza de trabajo casi gratuita) aquienes daba trabajo agrícola, vivienda y éstos deuna u otra forma pervivían. En esa época sedependía del monocultivo, específicamente delcafé y de la caña de azúcar.

A finales de la década de los años

setenta y a principios de los años ochenta delsiglo pasado, se inicia un proceso de reformaagraria que con el paso de unos pocos años y pordiversas causas fue perdiendo validez política;aunque no social. Esto, aunado a las nuevastendencias de la economía mundial anunciabanun cambio en las políticas agrarias. Ya para losprimeros años de la década de los noventa, elsector bancario, que anteriormente era nacional,había sido privatizado casi en su totalidad. Ahora,los propietarios de las instituciones bancariaseran los que anteriormente eran los terratenienteso comerciantes, sólo que esta vez el sectoragrario no era su prioridad.

De estos cambios, los que más afectadosresultaron, fueron los colonos, y además, losmedianos y pequeños agricultores. Los primerosperdieron la posibilidad de recibir la paga mínimaque antes recibían, los segundos y terceros, seenfrentaban a nuevos obstáculos como elabandono estatal y la negativa en el otorgamientode créditos agrícolas.

Lo anterior, aunado a otrascircunstancias, provocó la migración de miles depersonas del área rural hacia la ciudad y hacia elexterior del país, siendo estos últimos quienescon el paso del tiempo, a través del envío de lasremesas familiares han fortalecido el sectorservicios, llegando en la actualidad a calcular quedichas remesas representan el 40% del PIBsalvadoreño.

Sin embargo, muchos permanecieron enel área rural y siguieron dependiendodirectamente del trabajo agrícola. Y son ellos yellas quienes se ven seriamente afectadoscuando en el sector surge cualquier problema,especialmente cuando los cultivos no se

diversificaron y se siguió dependiendo del café.Mercado que está expuesto a los vaivenes delprecio internacional.

Es precisamente las variaciones que enlos últimos años han experimentado los preciosinternacionales del café los que se hanpresentado como la causa que ha provocado unimpacto negativo en las áreas rurales deloccidente y nororiente del país y que haprovocado la muerte de niños y niñas pordesnutrición.

6.2.2 Desnutrición infantil

En la actualidad se tiende a aceptar lostérminos desnutrición, malnutrición, subnutrición ohiponutrición para referirse al cuadro clínicogeneral producido por disminución crónica delaporte de nutrientes, así como de las pérdidasexcesivas de éstos.

En función del tiempo, la enfermedadlleva a una pérdida de peso en relación con laedad y a un retardo en el crecimiento.

En algunos casos avanzados semanifiesta con pérdida muy significativa de peso,deterioro muscular y alteraciones de la piel. Sibien es una condición que puede ser adquiridapor cualquier ser humano, los niños y las niñas,por ser más vulnerables, representan uno de lossectores más afectados.

La desnutrición tiene principalmente comocausa la ausencia gradual de alimentos o elconsumo de éstos sin los nutrientes necesarios.Una buena alimentación está estrechamenterelacionada a muchos factores que determinan eldesarrollo humano y la capacidad para desarrollarlas aptitudes y habilidades. Una buena nutriciónincrementa la facultad intelectual y a su vez, unmejor intelecto aumenta la habilidad de un adultopara acceder a otros tipos de activos que sonesenciales para incrementar la productividad deltrabajo.

En El Salvador, se desarrollan dos tiposde programas destinados a combatir la

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desnutrición: los que se dirigen a fortificaralimentos como la sal y la harina, y los queproveen de alimentos a los niños de las escuelasrurales. Estas acciones no han dado resultadossustantivos, ya que los niveles de desnutrición, apesar de haber disminuido, continúan siendoaltos.

El PNUD a través del informe deDesarrollo Humano, “El Salvador 2003”, hacenotar que la desnutrición ha disminuido demanera sensible en los últimos 15 años. Laprevalencia de la desnutrición crónica, que semanifiesta en baja talla por edad, entre menoresde cinco años disminuyó de 31.7% a 18.9% entre1988 y 2003, mientras que la prevalencia de ladesnutrición global, que se manifiesta en bajopeso por edad, para ese mismo sector etareodisminuyó de 16.1% a 10.3% en 2003.

Sin embargo, por la condición natural defragilidad y por la desatención que es objeto laniñez, en los indicadores de desnutrición, comoocurre con otros indicadores, los niños y lasniñas muestran mayores niveles de desnutriciónen el área rural que en la urbana.

El nivel de desnutrición crónica en el árearural alcanza el 25.6% que representa más deldoble que la urbana que llega a 11.0%.

La desnutrición total alcanza el 13.2% delos niños en el área rural y 6.9% en la urbana.(Informe de Desarrollo Humano 2003, p. 72).

De acuerdo a estimaciones del Fondo delas Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF),para finales de 2002, la mal nutrición infantilafectaba a 8 de cada 10 niños y niñassalvadoreñas y la tendencia era hacia el aumentode una manera alarmante, especialmente en laszonas cafetaleras del país. El nivel dedesnutrición, según UNICEF, subió del 15 porciento al 65 por ciento y en algunas zonas superóel 80 por ciento, como por ejemplo en Sonsonatey Ahuachapán. (LPG 23/05/03, p. 24)

Según la Asociación de Nutricionistas yDietistas de El Salvador (ASONDES), la

desnutrición en El Salvador sigue elevada, ya queafecta a uno de cada cuatro niños, lo querepresenta un promedio del 23%. Además,sostienen que un 56% de las muertes infantilesestán asociadas con la desnutrición. (EDH6/09/03, p. 16)

6.2.3 Muertes de niños y niñas pordesnutrición en el Occidente del país.

De acuerdo al Programa Mundial deAlimentos (PMA), tres da cada cien niñosmenores de cinco años presentaban condición dedesnutrición a finales de 2002 y principios del2003 en las zonas cafetaleras de Ahuachapán ySonsonate.

Las previsiones hechas por el PMA, enese momento fueron acertadas, ya que paraseptiembre de 2003, se calculaba que, al menos,doce municipios de Sonsonate y Ahuachapán,presentaban una alta tasa de desnutrición, esosignificaba que la población de esas zonas,carecía de los elementos básicos para alimentarsu organismo. (El Mundo, 29/09/04, p. 10)

Empero, los estragos por desnutrición nosólo se presentaron exclusivamente en eloccidente del país. A lo mejor esa percepción sedebió a que los datos vertidos eran del Occidente,por lo que daban a entender el problema en esazona, aunque no necesariamente negaba que enotras partes del país se presentaran casossimilares.

De acuerdo a información aparecida en unmedio de prensa nacional, el número de niños yniñas fallecidas en el municipio de Tacuba a raízde la desnutrición en 2002, ascendió a 40 y deenero a mediados de febrero, de 2003, ya secontabilizaban 12 niños y niñas fallecidos por lamisma causa sólo que esta vez en otros cuatromunicipios del departamento de Ahuachapán.(LPG 17/02/03, p. 8)

Por su parte, la PDDH realizó unainvestigación sobre la inseguridad alimentaria delos pobladores de los departamentos delOccidente del país, entre otras cosas, llegó a

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señalar que el “Ministerio de Salud Pública yAsistencia Social tuvo una acción reactiva ante elproblema detectado en las zonas rurales deldepartamento de Ahuachapán, particularmente enel municipio de Tacuba, pues activó susmecanismos de asistencia hasta que sedesbordaron los índices de malnutrición en ellugar.67”

La PDDH también señala que laSecretaría Nacional de la Familia se ha limitado agestionar y coordinar el Programa Mundial deAlimentos, el cual consiste en entregar raciones alas madres de los niños que padecen desnutriciónde moderada a severa, dejando descubierta a lapoblación menor de cinco años con desnutriciónleve y a la población mayor de 5 años concualquier grado de desnutrición. Así mismodeclaró que las omisiones estatales llevaron alproblema nutricional que experimentó lapoblación rural del departamento de Ahuchapán,especialmente en los municipios de Ahuachapán,Tacuba, San Predro Puxtla, San FranciscoMenédez, Apaneca y Concepción de Ataco68”

6.3 El derecho a un acceso seguro de aguapotable

En noviembre de 2002, fue adoptado porel PIDESC, el Comentario General sobre elderecho al agua, hecho que vino a marcar un hitoen la historia de los derechos humanos. Porprimera vez el agua fue reconocida de formaexplícita como un derecho humano fundamental,y los 145 países que ratificaron el PIDESC se venahora obligados a asegurar progresivamente quetodos tengan acceso al agua potable segura, deforma equitativa y sin discriminación, El Salvadores uno de esos 145 países.

El Comentario General señala que: "el

derecho humano al agua otorga derecho a todosa contar con agua suficiente, a precio asequible,físicamente accesible, segura y de calidad

67Primer Informe sobre la situación de desnutrición en las zonas rurales de El

Salvador, p. 29

68Ibid. p. 30

aceptable para usos personales y domésticos".Asimismo solicita a los gobiernos que adoptenestrategias y planes de acción a nivel nacionalque les permita "moverse de forma másexpeditiva y eficaz para hacer realidad el derechoal agua".

Estas estrategias deberán estar basadasen leyes y principios de los derechos humanosque deben abarcar todos los aspectos delderecho al agua y las correspondientesobligaciones de los países. También tienen quedefinir objetivos claros ; se deben fijar metas aalcanzar y los plazos requeridos, además, debenformular políticas adecuadas y loscorrespondientes indicadores.

Por lo general, las obligaciones de los

gobiernos respecto al derecho al acceso al aguapotable en el marco de la legislación sobrederechos humanos se encuadra de maneraamplia en los principios de respeto, protección ysatisfacción de las necesidades.

La obligación de respetar este derechorequiere que los Estados Parte del PIDESC, seabstengan de adoptar cualquier conducta queinterfiera con el goce de este derecho, tal comolas prácticas que, por ejemplo, nieguen accesoigualitario al agua potable aceptable o quecontaminen ilegalmente el agua por medio delvertido de desechos de empresas estatales o que

Presentación de la denuncia ante la PDDHH, contra Carlos Perla por la violación del derecho al agua.

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omitan el control de esas prácticas a empresasprivadas.

Los Estados Parte deben obligarse aproteger los derechos humanos evitando queparticulares interfieran con el goce del derecho alagua potable. La obligación de cumplir requiereque los Estados Parte adopten las medidasnecesarias destinadas a garantizar derecho alagua potable.

El Comentario General No. 15, sobre el

cumplimiento del artículo 11 y 12 del PIDESC,viene a ser importante porque ofrece una pautapara que la sociedad civil pueda responsabilizar alos gobiernos respecto al cumplimiento delacceso equitativo al agua. También brinda unmarco para asistir a los gobiernos a fijar políticasy estrategias eficaces que se traduzcan enbeneficios reales para la salud y la sociedad. Unaspecto importante consiste en llamar la atencióny centrar la acción en los grupos másperjudicados, como son los pobres y los másvulnerables.

El acceso al agua potable tiene unaestrecha vinculación al derecho a la alimentaciónadecuada, al de la salud y al de una viviendadigna, por lo tanto la obtención de agua decalidad y en la cantidad suficiente esindispensable para la vida.

En el apartado de este informe dedicadoal derecho de una vivienda digna, literal b quetrata sobre la disponibilidad de servicios,materiales, facilidades e infraestructura, de esteinforme, se hace mención de las formas de cómola población en El Salvador se abastece de agua.

Sin embargo, no está de más mencionarnuevamente que la obtención del agua se hacepor diversos medios, dependiendo si la zona esrural o urbana.

En la zona rural, la población se abastecegeneralmente de agua de pozo y de ríos omanantiales. En el área urbana por lo general lohacen por medio de cañería y, en los últimosaños, han proliferado las empresas que

comercializan, con mucha rentabilidad para ellas,el agua envasada.

La comercialización de agua envasadapara el consumo humano es en la actualidad unnegocio que parece ser muy lucrativo para lasempresas que tratan y distribuyen el agua, sobretodo en las grandes ciudades, como por ejemploen el Área Metropolitana de San Salvador, puesun sector considerable de la población laconsume debido a que la que se sirve por cañeríaes, a simple vista, no apta para el consumohumano por su color, sabor y mal olor.

Sin embargo, a pesar de la mala calidadde agua que el Estado provee por medio de laANDA, la mayor parte de la población la continúaconsumiendo, pues es su única opción ante looneroso que les resulta adquirir el aguaenvasada.

La Administración de Acueductos yAlcantarillados (ANDA) es el mayor oferente desuministro de agua potable y alcantarillado. Seestima que la presencia a nivel nacional de ANDAllega al 70% de los municipios y su cobertura estácentrada en las principales zonas urbanas.

La ANDA es una institución muycuestionada por la población, pese a que elGobierno dice hacer esfuerzos por mejorar elservicio que ésta presta, las quejas a la instituciónparecen evidenciar lo contrario. Una de lasprincipales quejas que se hacen de la ANDA sonlos cobros excesivos que se hacen por el serviciode alcantarillado, la misma institución informó querecibió de enero a junio de 2003, un total de88,666 quejas, a un promedio de 422 denunciasdiarias, datos que pueden servir para dimensionarel servicio que la estatal brinda. (El Mundo,18/11/03, p. 12)

La ANDA también encabeza la lista deempresas demandadas ante la Dirección deProtección al Consumidor (DPC), organismodependiente del Ministerio de Economía. Lasquejas en la DPC ascienden a 667. (EDH12/11/03, p. 38)

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6.3.1 Calidad del agua consumida por lapoblación salvadoreña

El abastecimiento de agua potable ysaneamiento son factores claves para materializarla vida digna de las personas. El accesoadecuado a servicios de agua contribuye amejorar su calidad de vida.

Los efectos de la falta de acceso a aguapotable, así como a servicios de eliminaciónadecuada de excretas, son determinantes en elestado de la salud de las personas. El MSPASconsideró, para el año 2002, que dentro de lasdiez primeras causas más frecuentes demorbilidad en segundo lugar se encontraba elparasitismo intestinal, en tercer lugar las diarreasy gastroenteritis de origen infeccioso, y en sextolugar la dermatofitosis o tiña; el desarrollo de esasenfermedades pueden tener una estrecharelación con el consumo de agua insalubre.

De las 153 denuncias recibidas enFESPAD durante 2003 sobre DESC, 22 de ellasse relacionaban al derecho al agua. De lascuales se cita la siguiente, pudiendo encontrarselas restantes en el anexo correspondiente.

Un grupo de personas de la comunidadLos Lagartos, Caserío Los Ángeles, municipio deSan Julián, departamento de Sonsonate,denunciaron que el río conocido como LosEncuentros, el cual atraviesa su comunidad y decuyas aguas se sirven, está siendo contaminadopor una granja de cerdos que deposita susdesperdicios en el río; además, es contaminadopor un basurero; y también por deposiciones deaguas negras. Por lo que consideran que el aguadel río ya no es propia para el consumo humano.

No obstante ello, las personas de lacomunidad no tienen una alternativa por lo que seven obligados/as a seguir utilizando el agua delmencionado69 río. Ellos han hecho gestiones anteel Alcalde de San Julián, pero este tampoco hadado respuesta favorable, a pesar de existir una

69 Expediente 2003/75, Departamento DESC

ordenanza municipal que lo faculta a cerrar lagranja.

Como ya se mencionó anteriormente, elagua que provee la ANDA no resulta saludablepara el consumo humano. El agua que se proveees, generalmente, tomada de afluentescontaminados, de éstos es transportada pormedio de tuberías a plantas de tratamiento yluego distribuida a los hogares salvadoreños.Pero resulta que el tratamiento dado al agua noes tan efectivo para purificar el agua, al menosasí lo dejan entrever algunos estudios realizadoscomo el desarrollado por el área de saneamientodel Ministerio de Salud Pública y AsistenciaSocial que sostiene que el 8% del aguasuministrada por la ANDA no está clorada. (ElMundo, 3/07/03, p. 3)

En uno de sus informes del 2003, laPDDH concluyó que existe tolerancia estatal en lacontaminación del recurso agua, en consecuenciael Estado salvadoreño incumple su obligación deproteger los recursos naturales. Además, elprogresivo y acelerado proceso de contaminacióndel recurso agua, aún con todos los cuerposnormativos vigentes en materia de protección yconservación del recurso, deja en evidencia lareiterada omisión en el cumplimiento de las leyespor parte de las instituciones competentes enmateria de protección de agua70.

7. Derecho a la salud física y mental (Artículo 12)

De acuerdo a la Observación General Nº14, al artículo 12 del PIDESC del ECOSOC(Comités de Derechos Económicos, Sociales yCulturales de Naciones Unidas) la salud es underecho humano fundamental e indispensablepara el ejercicio de los demás derechoshumanos. Todo ser humano tiene derecho aldisfrute del más alto nivel posible de salud que lepermita vivir dignamente. La efectividad delderecho a la salud se puede alcanzar mediantevarios procedimientos complementarios, como la

70 Informe de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, sobre

contaminación de las aguas en El Salvador, p. 27

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formulación de políticas en materia de salud, laaplicación de los programas de salud elaboradospor la Organización Mundial de la Salud (OMS) ola adopción y concreción de instrumentosjurídicos concretos.

El disfrute del derecho a la salud persiguemejorar la calidad de vida de las personas, unavida saludable facilita la adquisición deconocimientos y aumenta la capacidadproductiva, lo que conlleva a una vida digna.

7.1 Protección jurídica del derecho a la salud

El artículo 1 de la Constitución estableceque "El Salvador reconoce a la persona humanacomo el origen y el fin de la actividad del Estado,que está organizado para la consecución de lajusticia, de la seguridad jurídica y del bien común.Asimismo reconoce como persona humana a todoser humano desde el instante de la concepción.En consecuencia, es obligación del Estadoasegurar a los habitantes de la República, el gocede la libertad, la salud, la cultura, el bienestareconómico y la justicia social".

Además, en la Sección Cuarta, delCapítulo II, referido a los Derechos Sociales, seaborda el derecho a la salud. Puntualmente elartículo 65 expresa que "La salud de loshabitantes de la República constituye un bienpúblico. El Estado y las personas están obligadosa velar por su conservación y restablecimiento. ElEstado determinará la política nacional de salud ycontrolará y supervisará su aplicación".

El artículo 66 establece que el "Estadodará asistencia gratuita a los enfermos quecarezcan de recursos, y a los habitantes engeneral, cuando el tratamiento constituya unmedio eficaz para prevenir la diseminación deuna enfermedad transmisible. En este caso, todapersona está obligada a someterse a dichotratamiento".

Seguidamente, en el artículo 67 seestipula que "Los servicios de salud pública seránesencialmente técnicos. Se establecen las

carreras sanitarias, hospitalarias, paramédicas yde administración hospitalaria".

El artículo 68 da vida al Consejo Superiorde Salud Pública, el cual es el que "velará por lasalud del pueblo", y su composición estaráformada "por igual número de representantes delos gremios médico, odontológico, químico-farmacéutico y médico veterinario; tendrá unPresidente y un Secretario de nombramiento delÓrgano Ejecutivo, quienes no pertenecerán aninguna de dichas profesiones. La leydeterminará su organización".

Además de los principios constitucionalesreferidos a materia de salud, existen instrumentosinternacionales referidos al mismo tema y que sonLey de la República. Así por ejemplo, dentro delmarco del Sistema de Protección Universal deDerechos Humanos se cuenta con el PIDESC. Enel marco del Sistema Interamericano deProtección de Derechos Humanos se cuenta conel Protocolo Adicional a la ConvenciónAmericana sobre Derechos Humanos en materiade Derechos Económicos, Sociales y Culturales,el cual es conocido como "Protocolo de SanSalvador". Ambos, tanto el PIDESC como elProtocolo de San Salvador, son leyes de laRepública.

Son numerosos los instrumentos dederecho internacional que reconocen el derechodel ser humano a la salud. A manera de ejemplo,en el párrafo 1 del artículo 25 de la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos se afirma que"toda persona tiene derecho a un nivel de vidaadecuado que le asegure, así como a su familia,la salud y en especial la alimentación, el vestido,la vivienda, la asistencia médica y los serviciossociales necesarios".

El Pacto Internacional de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales contiene elartículo más exhaustivo del derecho internacionalde los derechos humanos sobre el derecho a lasalud. En virtud del párrafo 1 del artículo 12 delPacto, los Estados Partes reconocen "el derechode toda persona al disfrute del más alto nivelposible de salud física y mental", mientras que en

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el párrafo 2 del artículo 12 se indican, a título deejemplo, diversas "medidas que deberán adoptarlos Estados Partes a fin de asegurar la plenaefectividad de este derecho".

Además, el derecho a la salud sereconoce, en particular, en el inciso iv) delapartado e) del artículo 5 de la ConvenciónInternacional sobre la Eliminación de todas lasFormas de Discriminación Racial, de 1965; en elapartado f) del párrafo 1 del artículo 11 y elartículo 12 de la Convención sobre la eliminaciónde todas las formas de discriminación contra lamujer, de 1979; así como en el artículo 24 de laConvención sobre los Derechos del Niño, de1989.

Existen otros instrumentos internacionalesrelativos a salud, a los cuales El Salvador se haadherido, por lo tanto, cae dentro de susobligaciones darle fiel cumplimiento.

Similar conjunto de legislación secundariaexiste en materia de salud. Aunque entre ellasobresale el Código de Salud, el cual tiene porfinalidad "desarrollar los principiosconstitucionales relacionados con la salud públicay asistencia social de los habitantes de laRepública y las normas para la organización,funcionamiento y facultades del Consejo Superiorde Salud Pública, del Ministerio de Salud Públicay Asistencia Social y demás organismos delEstado, servicios de salud privados y lasrelaciones de éstos entre sí en el ejercicio de lasprofesiones relativas a la salud del pueblo".(Artículo 1 del Código de Salud).

7.2 Instituciones Responsables del sistema nacional de salud

El sector salud se divide en tressubsectores:

a)Público, integrado por el Ministerio deSalud Pública y Asistencia Social (MSPAS),que es la institución

b)Seguridad Social, integrado por el ISSS,Sanidad Militar y Bienestar Magisterial, y,

c)Privado lucrativo compuesto por hospitalesy clínicas comerciales; y

d)Privado no lucrativo brindado por iglesias,Ong´s.

De acuerdo a información disponible en elsitio web del MSPAS, éste cuenta con unaestructura hospitalaria muy diversa paraoperativizar la política nacional de salud, entre losque sobresalen los 609 establecimientos desalud, de los cuales 30 poseen categoría dehospitales, 363 unidades de salud y 165 casas desalud.

La estructura hospitalaria fue alterada pordestrucción e inhabilitación de unidadesimportantes de la red, a raíz de los terremotos de2001, situación que agravó la compleja situacióndel sistema de salud. La evaluación posterior alos terremotos identificó daños en todos losniveles: 21 hospitales (17 de ellos con posibilidadde reparación y 4 a ser sustituidos), 105 unidadesde salud, 3 casas de la salud y 1 centro rural desalud y nutrición.

En cuanto a recursos humanos, elMSPAS cuenta, a nivel nacional, con unaproximado de 18,102 trabajadores, de los cualesel 32% son administrativos; el 49% sonodontólogos, personal de enfermería, educadoresy promotores de salud, técnicos en radiología,ultrasonido, patología y otros; y solamente el 19%son profesionales de la medicina.

Estos datos sirven para establecer losposibles niveles de atención y calidad de losservicios de salud pública. Considerando que elmanejo de los datos totales son aparentementealtos y suficientes; al relacionarlos con lapoblación total del país que en el 2002, era de6,510,348 habitantes, los promedios reflejan otrarealidad que se expresa en servicios de bajacalidad y poca cobertura.

7.3 Calidad y cobertura de los servicios de salud

En relación al artículo 12 del PIDESC, los

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Estados que son parte del Pacto, debenconsiderar en especial dos aspectos. El primeroes el nivel general de salud física y mental de lapoblación. El segundo tiene que ver con el gradode acceso de la población a la atención de lasalud; es decir calidad y cobertura, aunquetambién hay que agregar el factor de equidad.

Según el MSPAS la política nacional desalud persigue "Mejorar el acceso efectivo a losservicios básicos en materia de salud, con énfasisen la promoción de la salud a fin de elevar el nivelde vida de la población salvadoreña71".

No obstante ello, el sistema de salud en ElSalvador ha padecido desde hace tiempo deimportantes inequidades en el acceso y la calidadde los servicios. De acuerdo al PNUD, el MSPASno logra la cobertura útil de protección del 80%esperado en todos sus programas preventivos.72

La Encuesta de Hogares de PropósitosMúltiples, arrojó que una proporción mucho mayorde personas en el 2002 (39%) que enfermaronbuscaron atención en establecimientos delMSPAS que en 1992 (19%), así como tambiénuna discriminación en el porcentaje de personasque consultaron en el sector privado, las cualespasaron de 14% a 10% las que no consultaron,disminuyeron de 60% a 43%.

Entre las razones por las cuales laspersonas que enfermaron no acudieron a unaconsulta médica, destaca el aumento deproblemas de oferta entre 1992 y 2002.

De esos resultados, el PNUD concluyeque probablemente se debió a que una mayorproporción de enfermos esta consultando en elMSPAS, el cual no ha sido respaldado con unamayor dotación de recursos para atender a estapoblación, lo que probablemente ha deterioradola calidad de servicios que se ofrece.73

71http://www.mspas.gob.sv/p_salud5.htm

72Informe de Desarrollo Humano: El Salvador 2003, p. 78

73Ibid

De los datos que arroja la Encuesta deHogares citada anteriormente, puede inferirse quesi el 56% de los que enfermaron en 2002 noconsultó por problemas de oferta, ello significaque alrededor de un 24% de la poblaciónsalvadoreña, es decir 1,562,483 personas, notuvo acceso de forma sistemática a los serviciospúblicos de salud.

7.4 Índices de morbilidad y mortalidad

En el país, el perfil de morbilidad aún estádeterminado por la existencia de niveles depobreza; pero también han ido surgiendo, lasenfermedades propias de los paísesdesarrollados, a lo mejor esta propagación sedeba a los flujos migratorios de personas o a lavariación de la dieta alimentaria en la poblacióncomo resultado de la transculturización propia dela globalización.

Algo que incide fundamentalmente en lareceptividad de nuevas enfermedades son lascondiciones físicas de los y las salvadoreñas,además de otros factores relacionados como lascondiciones de salubridad, la alimentación, elacceso a agua propia para el consumo humano,las prácticas de vida saludable, y el acceso aservicios de salud de calidad.

De acuerdo al Ministerio de Salud,durante el 2003, en el cuadro 15 se presentan lasdiez primeras causas de morbilidad, en el 2003,según las consultas ambulatoria, entendida comoaquellas consultas médicas atendidas enconsultorios externos y de emergencia, fueron lassiguientes:

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Cuadro No. 15

Diez principales causas de morbilidad en El Salvador(2003)

Nº Diagnóstico Total de consultas(primera vez más subsecuentes)

1Infecciones agudas de las vías respiratoriassuperiores

2,130,622

2 Infección de vías urinarias 369,0563 Parasitismo intestinal 351,597

4Diarrea y gastroenteritis de presunto origeninfeccioso

327,058

5 Conjuntivitis aguda y la no especificada 188,0916 Bronquitis y bronquiolitis aguda 200,9317 Micosis 155,9768 Enfermedades del estomago y del duodeno 177,849

9Enfermedades no inflamatorias de órganosgenitales femeninos

188,714

10 Infecciones de la piel y tejido subcutáneo 135,567Total de consultas 4,225,461

Fuente: MSPAS, http://www.mspas.gob.sv/estadisticas2003.asp

Como puede notarse, la primera causa demorbilidad lo ocupa las infecciones agudas en lasvías respiratorias, estas enfermedades estánasociadas a las condiciones de contaminación delaire y con el deterioro al medio ambiente.

Para el PNUD, el perfil de enfermedadesen El Salvador se ha vuelto más complejo en losúltimos años. Cambios demográficos y socialesde nuestro país han sido acompañados por lapropagación de enfermedades. Otro cambioimportante, según el mismo PNUD, es el aumentode las enfermedades no transmisibles y de laslesiones por accidentes o violencia, cuyaprevención o tratamiento requieren de recursoscada vez más cuantiosos74.

En cuanto a las causas de mortalidad para el2003, según el MSPAS, se presentan en elcuadro No. 16 considera que las siguientes sonlas primeras causas de muertes hospitalarias anivel general.

74Ibid, p. 75

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Cuadro No. 16

Diez principales causas de mortalidaden El Salvador

(2003)

Nº Causa de muerte Total de muertes1 Septicemias 6522 Ciertas enfermedades originadas en el proceso perinatal 5933 Neumonía y bronconeumonía 5434 Enfermedades cerebrovasculares 5435 Traumatismos que afectan diferentes regiones del cuerpo 5116 Insuficiencia renal 4537 Enfermedad por Virus de Inmunodeficiencia Humana

(SIDA)372

8 Enfermedades isquémicas del corazón 3519 Enfermedades del hígado 324

10 Tumores malignos en diferentes sitios anatómicos 29311 Las demás causas 3228

Total 7863Fuente: MSPAS, http://www.mspas.gob.sv/estadisticas2003.asp

Como puede verse en el cuadro anterior,las septicemias (enfermedades infecciosasproducida por el paso a la sangre de gérmenespatógenos con síntomas de extensa intoxicación)es la primera causa de muerte hospitalaria,seguida de las enfermedades originadas en elproceso que se da antes y después de los partos,esto último atañe tanto a las muertes infantiles ycomo a las muertes de madres al momento dedar a luz.

Según el Informe de Desarrollo HumanoEl Salvador 2003, la primera causa de mortalidadinfantil sigue incluyendo las enfermedadesoriginadas en el período perinatal, que estánrelacionadas con la falta de atencióninstitucionalizada del parto y de atenciónadecuada al recién nacido.

El cuadro anterior también muestra elnúmero de muertes hospitalarias que en el 2003se presentaron, totalizando 7,863, de las cuales4,635 resultaron de las primeras diez causas demuerte hospitalaria y 3,228 muertes por causasno especificadas.

7.5 La epidemia del dengue

En 2000, El Salvador enfrentó elincremento de los casos de dengue, lo quesignificó vivir una epidemia de grandesmagnitudes y el siguiente impacto social, la que afinales de año, según las cifras oficiales,registraban la muerte de 26 niños/as y las nooficiales, indicaban la muerte de más de 30niños/as a causa de los virus del dengue.

En 2001, nuevamente se repitió estasituación, aunque en menor magnitud. Lo mismopasaría en el 2002, cuando la enfermedadalcanzó niveles de epidemia y fue reconocidaoficialmente como tal por el Gobierno, a travésdel MSAPAS.

En ese año, sólo en el períodocomprendido del 1 hasta el 11 de enero, elMSPAS registraba 40 casos sospechosos dedengue clásico y ocho de hemorragico. De éstos,12 fueron confirmados como clásicos y cincocomo hemorragicos.

Esa triste experiencia nacional se havuelto reincidente y no parece haber dejado

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enseñanzas y la obtención de compromisos alGobierno y a las autoridades del MSPAS, paratomar las medidas pertinentes, ya quenuevamente, a principios de 2003 se presentabanlas primeras muertes de niños/as por la mismacausa.

El 4 de enero falleció la niña JessicaVanessa Aguilar, de 11 años, las autoridades deHospital de Niños Benjamín Bloom, confirmaronsu muerte a causa del dengue el 9 de ese mismomes. (LPG 10/1/3, p. 16)

Así iniciaba el año 2003, enfermedad queazotó desde el Oriente hasta el Occidente delpaís. También en los primeros días del año seconfirman dos casos de dengue clásico consospecha de hemorrágico en el hospital deUsulután. (LPG 10/01/03, p. 64)

Las estadísticas del Ministerio de Saludrevelaban que en un período de 15 días, del 2 dediciembre de 2002 a el 5 de enero, 79 niños yniñas habían consultado por sospechas dedengue clásico, 27 de la variante hemorrágica.(EDH 7/01/03, p. 14)

Al 25 de enero de 2003, el MSPASregistraba, 148 casos como sospecha de dengue,lo que significaba 68 casos más de los que setenían una semana antes. (LPG 16/01/03, p. 26)

En el oriente del país, al día 20 de enero,se contabilizaban 19 menores con sospecha dedengue. En el hospital de San Miguel se habíanrecibido hasta esa fecha al menos cuatro casoscon sospecha de dengue hemorragico. (LPG23/01/03, p. 28)

Las cifras proporcionadas por el Ministeriode Salud arrojan que en el 2003 hubo 7,412casos de dengue, de los cuales 3,679 fueronclásicos y 135 hemorragicos de los cuales 6fallecieron75.

Al hacer una comparación a nivelcentroamericano se tiene que en el 2003, El

75Situación Epidemiológica de dengue en El Salvador 2003, p. 2

Salvador estuvo a la cabeza en cuanto a muertescausadas por el dengue. Le sigue Honduras con4 muertes, Guatemala con 3, Nicaragua con 2,Costa Rica y Panamá con ninguna muerte76.

El consolidado nacional del reporteepidemiológico del MSPAS refleja las siguientescifras, agrupadas por sexo y edad:

76Ibid

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Cuadro No. 17

Reporte epidemiológico de dengue(2003)

Nº Diagnóstico Grupos de edad totales

1 año 1-4 5-9 10-19 20-59 60 a +

m f m f m f m f m f m f m f

1 Sospecha de denguehemorrágico

8 7 12 16 55 45 24 40 10 8 0 0 109 116 225

2 Sospecha de dengue clásico 143 122 579 566 1172 1162 1111 838 659 748 46 65 3710 3501 7211

Fuente: http://www.mspas.gob.sv/vigi_epide2003/edad_consolidado2003.asp

Los datos anteriores demuestran que elgrupo más vulnerable al dengue durante el 2003es el que oscila entre 5 y 9 años. Además seinfiere que el dengue afecta sin distinguir el sexo.

7.6 El Rotavirus

Al igual que el dengue, el rotavirus se havuelto un padecimiento reincidente año tras año.

Al igual que el dengue el rotavirustambién encuentra mayor vulnerabilidad en losniños y niñas.

En términos generales, el rotavirus, esuna enfermedad intestinal que causa diarreasseveras y ésta provoca deshidratación.

En el país, se considera a lasenfermedades intestinales (parasitismo ydiarreas, por ejemplo) como la tercera y cuartacausa de morbilidad.

En los últimos años, los rebrotes delrotavirus han sido paralelos a los del dengue. Enlos primeros días de enero ya se habíanpresentado los primeros brotes de diarreas yvómitos. A mediados de enero, el hospitalZacamil, no daba abasto en la sala de ingreso depediatría. A esa fecha ya eran cien niños y niñaslos hospitalizados por vómitos y diarreas severas,de los cuales, al menos 40 niños y niñas eranlactantes (LPG 19/01/03, p. 2)

Las pruebas de laboratorio realizadas enenero a varios pacientes con problemasintestinales en los hospitales Bloom y Zacamilconfirmaron la presencia de rotavirus. (EDH

21/01/03, p. 17)

El rebrote de la enfermedad no sólo sepresentaba en la zona metropolitana. Lasafecciones llegaban a Occidente y a Oriente.Amediados de enero tres niños se encontrabaninternados en hospitales nacionales de occidentedel país, luego que se confirmara con losexámenes que había contraído la enfermedad delrotavirus. (El Mundo 16/01/03, p. 4)

Los índices de consulta por diarreaaumentaron conforme transcurria el tiempo. Afinales de enero se calculaba que de diezconsultas realizadas en consultorios y clínicaspediatricas privadas, ocho eran por diarreas.Varios pediatras coincidieron en que los casosatendidos durante ese período habían tenido unaumento significativo. (EDH 24/01/03, p. 20). En elhospital Bloom, se llegó a calcular que sebrindaban 180 consultas diarias por diarrea. (LPG22/01/03, p. 14)

Según cálculos de médicos que laboranen los hospitales Zacamil y Bloom, de la primeraa la sexta semana del 2003, la cantidad de niñosy niñas con rotavirus había aumentado en un 400por ciento. (El Mundo 14/02/03, p. 6)

A finales de la primera semana de febrero,seis menores habían fallecido a causa dediarreas severas. El Ministerio de Salud revelóoficialmente que en lo que iba del 2003, seismenores habían muerto por diarrea (LPG 5/02/03, p.6).

Las cifras seguían en aumento, en lasegunda semana de febrero se calculaba que de

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cada 100 casos de diarrea, 74 eran de rotavirus;sin embargo, a pesar de ello el Ministerio deSalud todavía no declaraba alerta, porqueconsideraban que aún estaban dentro del límitede lo normal, (El Mundo 10/02/03, p. 4)

El incremento de los casos de diarrea enlos primeros días de 2003, era calificado por lasautoridades del Ministerio de Salud como rebroteepidémico.

El Ministro del ramo explicó quesolamente en enero se habían registrado 31,922

casos de diarrea a nivel nacional, de las cuales,57 pruebas habían resultado positivas alrotavirus. (LPG 1/02/03, p. 21)

El Ministerio de Salud, en sus estudiosepidemiológicos no hace una separación delrotavirus y del resto de enfermedades diarreicas ygastrointestinales. Únicamente hace dosseparaciones: la diarrea y el cólera. Acontinuación se incluye el consolidado nacionaldel reporte epidemiológico del MSPAS,agrupadas por sexo y edad:

Cuadro No. 18

Consolidado Nacional de casos de diarrea y cólera(2003)

Nº Diagnóstico Grupos de edad totales

1 año 1-4 5-9 10-19 20-59 60 a +

m f m f m f m f m f m f m f1 Diarrea y

gastroenteritis35741 30348 54560 48829 12423 11829 6973 8075 10748 20384 3384 6377 123829 125842 249671

2 Cólera 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 0 0 1 2 3Fuente: http://www.mspas.gob.sv/vigi_epide2003/edad_consolidado2003.asp

Estos datos muestran que el grupo másvulnerable a las diarreas y gastroenteritis duranteel 2003 fue el que oscila entre 1 a 4 años.Además se infiere que el dengue afecta demanera cuantitativamente similar a personas delsexo femenino y masculino.

7.7 La neumonía: una nueva epidemia en el2003

En El Salvador, las enfermedadesrespiratorias están consideradas entre lasprimeras causas de morbilidad. En el 2003, laneumonía vino a sumarse a los estragos quehiciera el dengue y el rotavirus.

A principios de marzo ya se habíanregistrado incrementos en las consultas porenfermedades respiratorias. A mediados de esemes, el representante de la OrganizaciónPanamericana de la Salud (OPS) sugirió que El

Salvador debía implementar medidas preventivaspara evitar y detectar el ingreso del mortalenfermedad denominada neumonía típica, la cualya había causado muertes de personas en elsudeste de Asia y en Canadá, que también habíaobligado a las autoridades de Guatemala adecretar alerta amarilla. (LPG 19/03/03, p. 27)

En los hospitales nacionales sepresentaba un incremento en ingresos depacientes por enfermedades respiratorias. Amediados de marzo, 15 niños ya estabaningresados en hospital San Bartolo, Ilopango, acausa de la neumonía. Desde hacía seis días losniños se encontraban con tratamiento especial.Ese centro hospitalario registraba a diario, unpromedio de 20 niños que recibían terapiarespiratoria. (LPG 16/03/03, p. 26)

Tanto en los centros de salud nacionalcomo en las clínicas privadas se presentaba unaumenta de consultas por neumonías.

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Especialistas de centros privados reconocían unaumento relevante en la atención a dichaenfermedad. (EDH 18/7/3, p. 29)

Ante el aumento de consultas,autoridades de Salud ampliaron los horarios deatención de sus unidades, lo cual perseguía unamayor atención ante el incremento de neumonías.El hospital nacional de niños Benjamín Bloomhabilitó la unidad de crisis con capacidad para 30camas para atender los casos más graves.Además se duplicó el turno de los médicos.(EDH 18/7/3, p. 29)

El ritmo de crecimiento de la enfermedadera tan rápido que la capacidad de los hospitalesse vio desbordada. A mediados de julio se llegóa considerar que la saturación de los hospitalesBloom, Zacamil y San Bartolo, superaba sucapacidad en 125%. (LPG 18/7/3, p. 24)

Las autoridades del Hospital NacionalRosales informaron que no contaban con lascondiciones necesarias para hacerle frente a laepidemia. El jefe de medicina interna de esenosocomio aseguró que no podrían atender unincremento de casos. (LPG 17/07/03, p. 3). Por suparte la OPS, consideró que lo que había faltadoera campañas de prevención e investigación.(LPG 17/07/03, p. 3)

Las autoridades de salud registraban en laúltima semana de julio, 45 mil casos deneumonías. Este incremento de casossobrepasaba los límites de seguridad y alarmaestablecidos por el MSPAS, por lo que esainstitución consideró que se estaba a un paso deuna epidemia. (EDH 23/07/03, p. 2)

Las cifras por neumonía eran tanelevadas que todo apuntaba a que esta vez, elproblema se le había salido de control al MSPAS.A finales de julio ya eran 291 personas, entreadultos y niños, los fallecidos en 2003 por laneumonía (LPG 23/07/03, p. 6). A pesar delelevado número de muertes y consultas, elMinisterio de Salud insistía en mantenerúnicamente la alerta preventiva. (EDH 22/07/03,p. 2)

A finales de julio fue declarada la alertaroja a raíz de la neumonía. La situación ya eracrítica en centros de atención. Los fallecidosascendían a 297 y los casos a 46 mil en lo queiba del año. Eso fue lo que impulsó a lasautoridades de salud a decretar un estado deemergencia. Fue en ese momento en que el paísestaba al borde de sufrir una epidemia por elacelerado contagio de la enfermedad. (LPG24/07/03, p. 4).

El 24 de julio, la Asamblea Legislativadecretó estado de calamidad. Medida aplicablepara el interior del país donde no hay unidades desalud. Dicha declaratoria autorizaba al Ministeriode Salud para que durante 30 días hiciera uso dediferentes recursos para combatir la epidemia deinfecciones respiratorias. (LPG 25/07/03, p. 22)

A finales de julio, la neumonía se seguíamanteniendo en niveles epidémicos. La cifra delos pacientes subió a 50,394 y la cifra defallecidos se elevaba a 304, los hospitalesnacionales seguían saturados. (43)(EDH28/07/03, p. 23)

Desde el 29 de agosto, el Ministerio deSalud no reportaba una muerte por neumonía, porlo que consideraba tenerla controlada; sinembargo, en la primera semana de septiembre, elMSPAS registraba la víctima 340. Salud teníadiez días sin registrar fallecimientos por esaenfermedad. Las salas del hospital Bloomevidenciaban la disminución de casos de niñoscon neumonía.

En septiembre, la situación volvió a lanormalidad, el MSPAS calculaba que la epidemiatuvo un costo de un millón de dólares cadasemana. Lo que totalizaba $5.3 millones. (EDH18/09/03, p. 6)

En la evaluación que el MSPAS hicieradel año 2003, no consideró la inclusión de unestudio de incidencia de la epidemia de laneumonía dentro de las principales enfermedadesen vigilancia epidemiológica; sino que la incluyódentro del consolidado nacional de reporte

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epidemiológico de las infecciones respiratoriasagudas. Cifras que pueden apreciarse en el

siguiente cuadro:

Cuadro No. 19

Consolidado nacional del reporte epidemiológicode infecciones respiratorias agudas

(2003)

Nº Diagnóstico Grupos de edad totales

1 año 1-4 5-9 10-19 20-59 60 a +

m f m f m f m f m f m f m f

1 infeccionesrespiratorias

agudas

117833 111940 278199 273227 175268 187007 95456 128937 88019 265607 28460 57635 783235 1024353 1807588

Fuente: http://www.mspas.gob.sv/vigi_epide2003/edad_consolidado2003.asp

El cuadro anterior refleja que en 2003,hubo un total de 1,807,588 casos de infeccionesrespiratorias agudas, afectando a 783,235hombres y 1,024,353 mujeres, de lo cual seinfiere que las condiciones físicas de las niñas ylas mujeres las predispone a adquirir este tipo deenfermedades.

Además, esta tabla refleja que el sectoretáreo más susceptible a este tipo deenfermedades es el que oscila entre 1 a 4 años, ytambién el sector que oscila entre los 59 a másaños, es decir los adultos mayores.

7.8 Muerte de niños/as por acudir a “sobadores”.

En El Salvador, se le denomina “sobador”a la persona, hombre o mujer, que sin tenerconocimientos técnicos, realiza tareas demedicina doméstica y además, que en lacomunidad es identificado como tal.

Sus tratamientos, generalmente incluyenel uso de ritos, creencias y de medicina natural.

También reciben el nombre de curanderoso charlatanes. Su accionar es principalmente enlas zonas rurales del país.

Con una acostumbrada frecuencia,algunas autoridades hospitalarias encargadas deatender a niños y niñas, señalan a padres ymadres de niños o niñas enfermas que acuden a

los sobadores y responsabilizan al sobador comola causa del grado de avance de la enfermedad,de las complicaciones de la misma o, en el peorde los casos, de la muerte de los menores.

Por ejemplo, se considera que sólo en2002, 17 niños y niñas murieron tras ser tratadospor sobadores o curanderos. En 2003,específicamente hasta la segunda semana defebrero, se contabilizaban seis decesos, segúnautoridades hospitalarias, imputables a lossobadores (EDH 10/02/03, p. 2)

En febrero de 2003, en el Hospital SanJuan de Dios de Santa Ana, se registró la muertede un menor de edad a raíz de complicacionescausadas a su salud por un sobador. Además deél, en la Unidad de Cuidados Intensivos delmismo centro hospitalario se encontrabaningresados tres menores que presentaban dañosen el cerebro por prácticas de sobadores. (EDH1/02/03, p. 3)

De acuerdo a autoridades del Ministeriode Salud, el 60 por ciento de los fallecidos porinfección diarreica en enero de 2003 fueronatendidos por sobadores. (LPG 6/02/03, p. 7)

Las imputaciones que autoridades delMinisterio de Salud, hacen en contra de lossobadores reflejan, en cierto modo, unairresponsabilidad de su parte, puesto que elEstado no puede despojarse de su obligación debrindar salud pública a toda la población. La

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población, especialmente aquella que habita enlas zonas más alejadas a un centro de salud yque poseen un bajo nivel educativo, ante ladesesperación de ver enfermo a un ser querido,ven como una alternativa a los sobadores. Esdecir que el Ministerio de Salud es responsablepor no facilitar el acceso a la salud.

Además, resulta coincidente que lossobadores tienen espacio para realizar susprácticas cuando en el país se han presentado lasepidemias del dengue y rotavirus. Otro elementoque contribuye al problema es que el Gobierno noregula efectivamente las prácticas de losllamados sobadores, y que mientras no se haga,a ellos se les seguirá responsabilizando lasmuertes de niños y niñas en las epidemias queestán por venir.

7.9 Las cuotas voluntarias, siguen siendo obligatorias

El 1 de junio de 2002, al cumplirse eltercer año de su mandato, el Presidente de laRepública, se comprometió a llevar a cabo laeliminación de las cuotas voluntarias en todas lasunidades de salud; anunció que la medida seríaefectiva a partir de junio del mismo año. (LPG2/06/02, p. 4)

Sin embargo, ese anuncio no pasó de sersólo eso, un anuncio. Puede decirse que ningunaunidad de salud u hospital ha dejado de hacer loscobros por los servicios que prestan. En lamayoría de las unidades de salud lo que cambiófue la forma de hacer los cobros y las personasque los realizan.

Como parte del proceso dedescentralización gubernamental iniciado en losúltimos años en sectores como educación ysalud, se han creado comités locales o patronatoslos cuales están integrados por funcionarios delas unidades y miembros de las comunidades.Estas personas son las responsables de realizarlos cobros a los pacientes, el dinero recaudado esconcentrado en un fondo común el cual deberíaser para devuelto a los y las pacientes a través dela mejora de servicios de salud.

Son comunes los casos que confirman laobligatoriedad del pago de las cuotas voluntarias,Tal es el caso de los pobladores del Cantón TresCeibas, en Armenia, Sonsonate, quienes anteFESPAD denunciaron que las condiciones desalud de las 800 personas que habitan en lapoblación a la que ellos representan se estabaviendo más deteriorada debido a que el acceso aservicios de salud no era gratuito ni inmediato.Manifestaron que en la unidad de salud siempreles exigen el pago de las cuotas voluntarias,requisito que no pueden cumplir por carecer derecursos económicos77.

Similar situación a la descritaanteriormente es la que experimentaron loshabitantes de la colonia Milagro de la Paz, en SanMiguel y que acudieron a pasar consulta en launidad de salud de la mencionada colonia.

Los responsables de la clínica, a partir demarzo de 2003, organizaron las oficinas de formatal que nadie quedara exento del pago de la cuotavoluntaria que ascendía a un dólar.

A la entrada de las instalaciones, lospacientes debían pasar por la unidad de archivo,ahí, aparte de brindar sus datos, deben cancelarun dólar a una persona que permanece en esesector. Esa persona extiende un comprobante sinfirmas ni sellos, en él sólo se lee: “Comité deConsulta Social SIBASI de San Miguel”. A unapaciente que canceló el dólar le fue extendido uncomprobante con el correlativo número 10,339.(EDH 25/03/61 p. 62)

Según la población que es demandantede los servicios de salud pública, el dinero que serecolecta como producto de las cuotasvoluntarias, debería ser utilizado estrictamentepara las necesidades de los mismos pacientes.

Sin embargo ya han sido hechos públicoslos casos donde se ha conocido un usodiscrecional de esos fondos y en forma extrema,casos de corrupción, como el que revelara la

77Expediente 2003/61 FESPAD-Departamento DESC

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Corte de Cuentas de la República en contra delpatronato del hospital de Maternidad.

En esa oportunidad, la Corte dijo quehubo malversación de fondos, irregularidades enlicitaciones, compras de regalos por parte delpatronato y un faltante millonario que aún sedesconocía su paradero. (EDH 22/04/03, p. 38)

La exigencia obligatoria de las cuotasvoluntarias constituye una negación a laprestación de servicios de salud, enconsecuencia, impiden el acceso a los mismos.

7.10 Desabastecimiento de medicamentos

La falta de equipo médico quirúrgico o eldesabastecimiento de medicamentos puedeconsiderarse como otra forma de negación deservicios médicos. Prácticas muy comunes tantoen el sistema de salud pública como en el ISSS.

Durante el 2003 se presentó una escasezde medicamentos en todo el país, fueron varioslos hechos que pusieron en evidencia eseproblema.

Para corroborar alguno de esos hechos,es la denuncia que hiciera un grupo de habitantesde Tejutla, municipio de Ahuachapán, quienesexpresaron que en la unidad de salud de sucomunidad, había desabastecimiento demedicamentos, ya que cuando pasaban consulta,los médicos de la unidad les extendían la recetacon la cual debían pasar a la farmacia de lamisma institución; sin embargo, ahí siempre lesdijeron que no tenían la medicina recetada, por loque las remitían al hospital de Sonsonate paraque en ese lugar se las proporcionaran.

A pesar de ello, siempre les hicieroncancelar un dólar como cuota voluntaria por laconsulta78.

La falta de medicamentos en loshospitales nacionales ha sido, hasta cierto punto

78 Expediente 2003/89 FESPAD-DESC

común; sin embargo, durante 2003, hubo casosque sobrepasaron los límites razonables,llegando algunos casos a ser considerados comoextremos. Por ejemplo, mencionar que algunasenfermeras del Hospital San Rafael de SantaTecla, ante la falta de guantes en sus manos,tuvieron que colocarse bolsas plásticas o casoscomo en el que los cirujanos han tenido quesuturar con el hilo disponible y no con el indicado.(EDH 5/05/03, p. 2)

En mayo, médicos pediatras del hospitalde niños Benjamín Bloom manifestaron que sequedó completamente desabastecido. La escasezfue tal que no se contaba ni tan siquiera con loque consideran como cuadro básico, compuestopor antibióticos, sedantes y esteroides. La falta dela suspensión oral suministrada a pacientes quepadecen de tuberculosis, llevaba en mayo, cuatromeses de escasez. (EDH 5/05/03, p. 2)

Las medidas adoptadas por los médicospediatras y enfermeras del hospital Bloom eranextremas. Ante la falta de medicamentos en esenosocomio, se vieron obligados a extraer elcontenido de las cápsulas o grageas, dividirlo yprepararlo en bolsas plásticas para repartirlosentre los pacientes. (EDH 24/05/03, p. 16)

La respuesta gubernamental ante eldesabastecimiento la hizo el Viceministro deSalud quien explicó que la falta de medicina anivel nacional se debió a la adopción de un nuevosistema centralizado de compra, que le permitiríala MSPAS el ahorro de $4.8 millones. (EDH8/05/03, p. 21)

El funcionario dijo que la escasez demedicamentos en los hospitales nacionalespodría llegar a su fin en junio. Por lo que instó a lapoblación a ser tolerantes. ((EDH 8/05/03, p. 21)

7.11 Personas con VIH-SIDA

El Salvador no ha escapado de lacreciente afectación que está desarrollando elVirus de Inmunodeficiencia Humana (SIDA).Cifras no oficiales revelan que 180salvadoreños/as mueren anualmente por esa

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causa. El número de casos de VIH positivo ySIDA ha aumentado aceleradamente durante losúltimos 15 años: de 30 reportados en 1988, en el2001 se reportaron 1,970 casos(El Mundo18/02/03, p. 10)

El SIDA y algunas enfermedades detransmisión sexual, como la sífilis golpean agrupos de riesgo. En el país existe una elevadaincidencia de sífilis en las trabajadores/as delsexo y de VIH en los hombres y mujeres (EDH23/05/03, p. 26)

De acuerdo a la Fundación Nacional parala Prevención, Educación y Control de PacienteVIH/SIDA (FUNDASIDA), sólo en la zonaportuaria del municipio de La Libertad, a enero de2003 se registraban cerca de 75 personasinfectadas con VIH SIDA. (EDH 6/01/03, p. 33)

Los niños y niñas también están siendoafectados por esta enfermedad, el Ministerio deSalud calcula que hasta el 2003, habían 363menores que estaban registrados con lainfección; además informaron que existe otroporcentaje de ellos que no estaba contabilizado.(LPG 20/04/03, p. 13)

En 2002, la enfermedad por el Virus deInmunodeficiencia Humana (SIDA), según elMSPAS, ocupó el décimo lugar como causa demuerte en mujeres y hombres en el grupo etáreode 20-59 años. En 2003 fue considerara como lala séptima causa de muerte hospitalaria,alcanzando un total general de 372 muertes, delas cuales 257 fueron hombres y 115 mujeres79.

Para la prevención y tratamiento del SIDAexiste un programa gubernamental que secoordina su trabajo con instituciones nogubernamentales. A inicios de 2003, laorganización internacional Fondo Global, otorgó aEl Salvador $ 26.9 millones como contribución alos programas de prevención y tratamiento paraenfermos de VIH/SIDA y tuberculosis. (El Mundo11/02/03, p. 8)

79http://www.mspas.gob.sv/estadisticas2003.asp

Existen casos en el país donde se hanegado atención médica a personas o grupos depersonas por diversas condiciones que les sonpropias tales como situación económica, estadode salud.

Es en esta última condición dondeencajan los enfermos del SIDA, frecuentementeellos y ellas son discriminadas en los centroshospitalarios por su condición.

En el ISSS, se les sigue negando losmedicamentos especiales que requieren, a pesarde existir el mandato que hiciera en 2001, laCorte Suprema de Justicia, para que esainstitución no les negara el tratamiento retroviralpara combatir el SIDA.

8. Derecho a un ambiente sano

En los últimos años el derecho a un medioambiente sano ha sido incorporado como unacategoría dentro de los derechos humanos,debido a la necesidad del ser humano de vivir ydesarrollarse en un hábitat sano y adecuado.

La sanidad es la primera calidad quedebemos obtener del medio ambiente y sano nosólo tiene que ver con la preservación yconservación de los elementos que naturalmentelo conforman (árboles, agua, aire, etc); sino,además con los ámbitos construidos por el

El derecho a un medio ambiente sano, no puede reñir sobre los intereses economicos, sino prevalecer sobre estos.

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hombre.

Se refiere también a que el ambiente debeser equilibrado, es decir, que lastransformaciones que se realicen deben sertambién equilibradas. El ambiente debe ser aptopara el desarrollo humano, debe permitir lasatisfacción de las necesidades básicas y lasaspiraciones de bienestar, sin comprometer lacapacidad de las generaciones futuras parasatisfacer sus propias necesidades yaspiraciones. En la medida en que se estableceel derecho a un medio ambiente sano, laspersonas tienen a su vez la obligación depreservarlo y el Estado está obligado a regularesa preservación.

Las instituciones estatales en materiaambiental deberían proveer normativas jurídicas yacciones encaminadas a la protección de estederecho, a la utilización racional de los recursosnaturales, a la preservación del patrimonionatural, la diversidad biológica, y a la informacióny educación ambiental.

8.1 Normativa jurídica sobre medio ambiente

El inciso segundo del artículo 117 de laConstitución de la República desarrolla de unamanera poco precisa, pero suficiente, el derechoa un medio ambiente sano, al establecer que “Laprotección, conservación y mejoramiento de losrecursos naturales y del medio serán objeto deleyes especiales.”

También existen instrumentosinternacionales ratificados por el país, los cualesson Leyes de la República; de los cualessobresale el Convenio de Basilea sobre el controlde los movimientos transfronterizos de losdesechos y su eliminación, que fue adoptado porla Conferencia diplomática en Basilea (Suiza) en1989, y que entró en vigor en mayo de 1992. Ennoviembre de 1997, un total de 114 Estados y laComunidad Europea eran Partes del Convenio.

También se cuenta con legislaciónsecundaria en materia ambiental como la Ley de

Conservación de la Vida Silvestre, Ley Forestal,entre otras; dentro de las cuales resalta por sucarácter especial la Ley de Medio Ambiente,aprobada el 2 de marzo de 1998 y su reglamentogeneral, publicado el 12 de abril del 2000 yvigente ocho días después de esa fecha.

El PIDESC no reconoce explícitamente elderecho al bienestar ambiental como tal, pero síse incluye en el derecho a la salud, puesto quedentro de él se menciona el derecho a un medioambiente sin riesgos y sano.

8.2 Instituciones gubernamentales para la protección del medio ambiente

Por medio del Decreto Ejecutivo Nº 27,del 16 de mayo de 1997, publicado en DiarioOficial de la misma fecha, se crea el Ministerio deMedio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).Esta institución tiene como misión dirigir unagestión ambiental efectiva a través de políticas ynormas que en forma participativa y transparentefaciliten el desarrollo sostenible de la sociedadsalvadoreña.

El MARN ha sido uno de los Ministerioscatalogados con bajo perfil. Desde 1998 al 2000,los titulares del MARN justificaban ese papel bajoel argumento que a pesar de que contaban con laLey del Medio Ambiente, dicha ley no tenía sureglamento, lo que lo volvía un Ministerio “sindientes”. Sin embargo, el 20 de abril de 2000entró en vigencia el Reglamento General de laLey de Medio Ambiente y a pesar de ello, elMARN sigue mostrando, hasta la actualidad, unmismo perfil bajo.

8.3 Tratamiento de materiales peligrosos

Como materiales peligrosos puedeentenderse a aquellas sustancias, residuos ydesechos que poseen al menos una de lassiguientes características: corrosividad,reactividad, radioactividad, explosividad,toxicidad, inflamabilidad, bioacumulación,

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persistencia o actividad biológica-infecciosa.

En El Salvador, son varios los casosconocidos en donde muchos de los materialesutilizados en algunos procesos productivos usany/o generan materiales peligrosos queposiblemente dañen el medio ambiente y enconsecuencia, la salud humana.

La normativa jurídica que busca regularlos materiales peligrosos, es muy variada, acontinuación se citan algunas de ellas:

a)El artículo 56 del Código de Salud, otorga elmandato al MSPAS a desarrollar programasde saneamiento ambiental a través de losorganismos regionales, departamentales ylocales de salud.

b)El artículo 77 de la misma normativaestablece que los establecimientos queproduzcan desechos que por su naturaleza opeligrosidad no deben entregarse al serviciopúblico de aseo deberán establecer unsistema de tratamiento autorizado por elMSPAS.

c)El artículo 78 del mismo código otorga elmandato al MSPAS, a que directamente o pormedio de los organismos competentes, atomar las medidas necesarias para proteger ala población de contaminantes tales como:humo, ruidos, vibraciones, oloresdesagradables, gases tóxicos, pólvora u otroscontaminantes atmosféricos.

d)El Reglamento Especial en Materia deSustancias, Residuos y Desechos Peligrosos,el cual reglamenta la Ley del Medio Ambienteen lo relativo a las actividades que utilizan y/ogeneran sustancias, residuos y desechospeligrosos, en el marco del desarrollosustentable, estableciendo procedimientos demanejo, control y reducción de riesgos.

Adicionalmente a las normas anterioresexiste una considerable cantidad de cuerpos

legales sobre la materia. Sin embargo, no es elobjeto de este apartado citar todas lasdisposiciones legales que sobre la regulación demateriales peligrosos se cuenta en el país. Perosí se tiene la intención de demostrar que existesuficiente legislación para que las autoridadesestatales cumplan con su mandato legal. O si sequiere ver desde otra perspectiva, demostrar queno existe voluntad de parte de los mencionadosfuncionarios en hacerle frente a la protección delmedio ambiente.

Seis años después de su creación, elMARN presentó, en noviembre de 2003, lapropuesta de la Política Nacional para la gestiónambientalmente adecuada de los materialespeligrosos.

En El Salvador se calcula que se importan60 kilos anuales de elementos radiactivos. Lo queequivale decir que en los últimos seis años, elpaís ha importado 358 kilos de esos materiales,(El Mundo 13/02/03, p. 10).

En el país no hay aún un control confiablede estas fuentes, Se calcula que en el paísexisten más de 1,700 instalaciones médicas eindustriales que utilizan productos radiológicosque no están autorizados. (El Mundo 13/02/03, p.10)

Para el caso, mencionar que desde 1992,existe en Santa Ana un botadero radiactivo quees donde se depositan los desechos del HospitalNacional San Juan de Dios, del cual, el mismoMinistro de Salud dijo desconocer si dichobotadero carece de las medidas de seguridad queexige la Ley de Medio Ambiente. (LPG 6/02/03, p.6)

En el Hospital Nacional Rosales se utilizauna de las técnicas más antiguas y peligrosaspara tratar a las mujeres que padecen cáncer enel cuello del útero. Se ha llegado a determinarque ese método, llamado braquiterapia, tiene altogrado de contaminación, tanto que ha sidodescartado casi por completo en el mundo desde1970.

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El elemento radiactivo utilizado se llamaradio-226. Las mismas autoridades del hospitalreconocen que las agujas de ese elemento hansido manipuladas en precarias condiciones deseguridad. Los funcionarios se excusan alafirmar que no es responsabilidad del hospitalampliar un área de atención a pacientes concáncer ginecológico (El Mundo 5/02/03, p. 8)

Las instalaciones médicas e industrialesque utilizan aparatos que emiten radiación tienenla obligación de contar con programas deprotección para sus pacientes y trabajadores. Deacuerdo a la Unidad Reguladora y Asesora deRadiaciones Ionizantes (UNRA) del Ministerio deSalud, desde 2002 se inició un inventario de lasinstituciones médicas e industriales que aplicanradiaciones ionizantes, lo que ha permitidocalcularlas en casi 4,000 establecimientos. (ElMundo 7/02/03, p. 10)

8.4 Tratamiento de desechos sólidos (basureros a cielo abierto)

La inadecuada disposición de los

desechos sólidos es otro problema que crecejuntamente al avance urbanístico y crecimiento dela poblacional, debido principalmente al sobreconsumo de productos, los bajos niveles deeducación ambiental sobre reciclaje y la escasa oinexistente inversión de los gobiernos municipalespara sistemas de gestión de este tipo dedesechos. Los impactos generados por losdesechos sólidos pueden ser diversos, desdeambientales, en la salud humana y hasta socioeconómicos.

El sector doméstico es quizá quien máscontribuye en la producción de desechos. Encuanto a su tratamiento, se tiene que según laDIGESTYC, a nivel nacional el 49.1% del total dehogares se deshacen de la basura utilizando eltren de aseo municipal; sin embargo, el 20.7% delos mismos, la queman.

En el área urbana, el 75.5% de loshogares cuentan con servicio de tren de aseomunicipal, los restantes, que son el 11.1%, la

queman; quienes la depositan en en cualquierlugar, alcanza el 6.1%; 1.3% de hogares, laentierran; 1.9% de hogares la tratan en lugaresprivados; el 4.8% la recogen en contenedor; y el0.3% de hogares usa otros métodos noespecificados.

En el área rural, el 61.3% de hogares sedeshace de la basura a través de la quema; el24.4% la deposita en cualquier lugar; el 7.8% laentierra; el 4.4% tiene servicio de tren de aseomunicipal, y el 1.1% utiliza otras formas noespecificadas80.

De acuerdo a un estudio realizado por elMARN, para la disposición final de los desechos,se han identificado 143 botaderos de basura acielo abierto en los 182 municipios que cuentancon servicio de recolección. Solamente 19municipios a nivel nacional cuentan con sitiosadecuados (rellenos sanitarios) que reúnen lascondiciones ambientales para su operación.Éstos han sido preparados conimpermeabilización en la base, se les hanconstruido drenajes perimetrales para canalizarlas aguas lluvias, tuberías de recolección delixiviados, lagunas de tratamiento de lixiviados81 ycercado82.

Solamente el 7.25% del total de los 19municipios que poseen rellenos sanitarios,cuentan con permisos ambientales para suconstrucción. El resto de los municipios lo hacenen terrenos municipales, barrancas, quebradas opredios baldíos, en los cuales no hay equipo parael control de desechos que ingresan, haypresencia de animales, fuego, humo, malosolores y biogases83.FESPAD recibió durante 2003 algunas denunciassobre las afectaciones que basureros a cielo

80Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2002

81Según el diccionario de la lengua española, de la Real Academia de la Lengua,

Lixiviar es el tratamiento que de sustancias complejas se hace, con un disolventeadecuado para separar sus partes solubles de las insolubles.

82Segundo informe nacional del estado del medio ambiente en El Salvador 2001-

2002, p. 26

83 Ibid

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abierto estaban causando en los habitantes dealgunos poblados. Vecinos del caserío El Palmar,del municipio de Cuisnahuat, en Sonsonate,denunciaron que en abril de 2003 el alcaldeelecto en marzo del mismo año autorizó lareapertura del basurero ubicado en la comunidadSan Pedro, en el cual se depositan los desechossólidos que provienen de la zona urbana deCuisnahuat. La existencia de dicho basureroprovoca humo, la proliferación de moscas,mosquitos y malos olores84.

También un grupo de habitantes de la ColoniaSanta Rita, municipio de Santa CatarinaMasahuat, en Sonsonate, denunciaron que entrelos años de 1994 y 1997 fue instalado unbasurero a cielo abierto en la carretera conocidacomo Calle Vieja que desde su municipioconduce hacia el municipio de Salcoatitán.Expresaron que en época de verano, la basura esquemada, a pesar de que a unos diez metros seubican sus viviendas. El basurero contaminatambién el agua de un río de la zona, de la cualellos utilizan para su consumo, el de animalesdomésticos y de granja y para lavar ropa85.

8.5 Tratamiento de desechos líquidos

La normativa que regula las actividadesrelativas al tratamiento de los desechos líquidosse encuentra en la Ley del Medio Ambiente, elartículo 70 regula la gestión, uso, protección ymanejo de las aguas y ecosistemas. De igualforma, se retoma el criterio de establecer medidaspara la protección del recurso hídrico de losefectos de la contaminación que establece la Leyde la ANDA. Además, se cuenta con la Ley yreglamento de Riego y Avenamiento, y la Leysobre Gestión Integrada de los RecursosHídricos. Además se cuenta con el Reglamentosobre la Calidad del Agua, el Control de Vertidosy las Zonas de Protección. También se cuentacon el Reglamento Especial de AguasResiduales. En definitiva, existe suficientesregulaciones sobre este aspecto, sin embargo la

84 Expediente 2003-59 FESPAD-DESC

85 Expediente 2003-129 FESPAD-DESC

práctica niega lo que es esos cuerpos normativosse establece.

Los miles de barriles de aguas servidasque a diario se producen en los hogares eindustrias salvadoreñas, son arrojadas, en sumayoría, en los diferentes afluentes que corren alo largo y ancho del país.

La generación de aguas residuales hacarecido de controles y medidas orientadas altratamiento adecuado de las mismas, antes deser dispuestas en medios de receptación. ElMARN considera que actualmente un aproximadodel 70% de actividades económicas que generanaguas residuales no cuentan con tratamiento. Loque genera un impacto significativo sobre eldeterioro de los ecosistemas y pérdida debiodiversidad86.

A FESPAD, acudieron un grupo depersonas residentes en la Hacienda LosLagartos, Caserío Los Ángeles, municipio de SanJulián, en Sonsonate, para denunciar que el ríoconocido como Los Encuentros y que pasa por sucomunidad, está siendo contaminado por unagranja de cerdos que deposita sus desperdiciosen el río; además es contaminado por unbasurero; y por deposiciones de aguas negras dela ciudad. Por lo que ellos consideran que el aguadel río ya no es propia para el consumo humano,sin embargo, a pesar de ello el agua del río siguesiendo utilizada por un buen porcentaje de lapoblación de la comunidad87.

Otro grupo de personas residentes en elcaserío Las Colinas, municipio de Armenia, enSonsonate, se presentó ante FESPAD paradenunciar que en su comunidad no cuentan conagua potable desde hace aproximadamente 18años, tiempo durante el cual han tenido queabastecerse del agua que provee el río AguaCaliente. Manifestaron que dicha agua estásiendo contaminada por las aguas negrasprovenientes del municipio de Armenia y que en

86Segundo informe nacional del estado del medio ambiente en El Salvador 2001-

2002, p. 21

87Expediente 2003-75 FESPAD-DESC

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él son depositadas88.

A FESPAD se presentó un grupo depersonas residentes del cantón Pushtan Sur,municipio de Nahuizalco, en Sonsonate, paradenunciar que a un kilómetro del caserío de lacomunidad a la que pertenecen se encuentra unapropiedad utilizada para el cultivo de peces.Manifestaron que en ese lugar periódicamenterealizan limpieza de las peceras cuyas aguas sonvertidas al río Los Trozos, del cual la población dePushtan se abastece de agua. Según lomanifiestan los denunciantes, cuando lavan laspeceras y depositan el agua sucia en el río, elcolor de éste se torna negro y se percibe malolor89.

8.6 Destrucción de los recursos naturales

El territorio de El Salvador, debido a lacomposición de sus suelos pendiente, rangos detemperatura y sobre todo su régimen y cantidadde precipitación, es considerado de vocaciónforestal. Su vegetación natural va desde bosquessecos a nivel del mar, hasta bosques nebulosos.Actualmente la extensión boscosa original se hareducido en forma considerable debido a lasdiversas y poco controladas actividadeshumanas.

Esas actividades han hecho posible ladisminución de la superficie de bosques de ElSalvador, que anteriormente ocupaban la mayorparte del territorio nacional, en consecuencia,según un estudio del MARN, se estima que másdel 75% de los bosques de coníferas aúnexistentes se encuentran seriamente degradados,al igual que un 35 % de los manglares, a causade su eliminación para establecer proyectosurbanísticos, lotificaciones y asentamientoshumanos90.

88Expediente 2003-83 FESPAD-DESC

89Expediente 2003-84 FESPAD-DESC

90Segundo informe nacional del estado del medio ambiente en El Salvador 2001-

2002, p. 51

Algunas estimaciones han determinadoque existe todavía 38.038 hectáreas de bosquede manglar en pie. Asimismo, se calcula que elárea de arbustos y matorrales que se duplicódurante el período 1980-1992 debido al conflictoarmado, en particular por el abandono de lastierras cultivadas, nuevamente se estáreduciendo.

Otro elemento que está contribuyendoenormemente a la destrucción de los bosquestiene que ver con la alta densidad poblacionalque se concentra en algunas áreas y que secalcula que actualmente sobrepasa los 300habitantes en promedio nacional por kilómetrocuadrado, población que demanda del recursoleña para cocinar y de tierra para fines agrícolas ypecuarios, incrementando la deforestación.

8.7 El Anillo periférico

Para las y los salvadoreños ya es familiarel término de “anillo periférico”, el cual esentendido como un circuito vial el cual bordea laszonas urbanas de algunas zonas del gran SanSalvador.

La algidez sobre el tema del anilloperiférico se dio durante 2002, ya para el añosiguiente la discusión pública sobre ese tema y lalucha en contra de ese proyecto por parte delsector de la sociedad civil que inicialmente seopuso a su desarrollo, vino en decadencia.

Durante los inicios del 2003, el MOP dio laimpresión de haber abandonado el desarrollo dedicho proyecto. Sin embargo, para los días 22, 23y 24 de febrero de ese año, el MARN publicabaen un periódico local que el MOP habíapresentado un estudio de impacto ambiental deun proyecto denominado “Prolongación BoulevardOrden de Malta y ampliación de la calle aHuizúcar”, solicitando el permiso ambiental paraejecutarlo. Lo que demostraba que el gobiernoretomaba la construcción del anillo periférico. (CoLatino 14/03/03, p. 2)

Ese tramo del anillo periférico consiste enla construcción de un tramo de carretera de 5.8kilómetros, que conectará la autopista a

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Comalapa y que atravesará las Cordillera delBálsamo, entre los municipios de San Salvador yAntiguo Cuscatlán.

Este tramo prácticamente es el penúltimopara completar el proyecto en su totalidad, ya queúnicamente falta la construcción del tramo quepasará por Los Planes de Renderos y por laComunidad 22 de Abril, que dicho sea de paso,fue una de las comunidades que mayor oposiciónpresentó al mencionado proyecto.

El proyecto del anillo periférico no puedeverse como un proyecto aislado, sino que deberelacionarse con la construcción y ampliación deltramo de la carretera Panamericana que une almunicipio de San Martín, en San Salvador con elmunicipio de San Rafael Cedros, en Cuscatlán.Igualmente debe relacionarse con la construcciónde la carretera que une el municipio deSoyapango, en San Salvador, con el Cantón Joyade Cerén, en la Libertad y que son parte del PlanPuebla Panamá (PPP).

En ambas construcciones huboexpropiaciones, y sobre todo, destrucción detierra con vocación agrícola y zonas boscosas.

9. Derecho a la educación (Artículos 13 y 14)

La educación se ha considerado en todaslas sociedades y a través de la historia humanacomo un fin en sí misma y como un medio paralograr el crecimiento individual y de la sociedad.Se la conoce como derecho humano por serindispensable para preservar y aumentar ladignidad inherente al ser humano.

Los cambios impuestos por las nuevasdinámicas comerciales y por los nuevos patronesde producción, obligan a las personas a adoptarcondiciones que les permitan vender su fuerza detrabajo para que los empleadores les otorguenespacios que le permitan participar en los nuevosmodos de producir, trabajar, competir y asíganarse la vida.

La educación ha sido asumida como uno

de los medios para que esas personas puedanofrecer su fuerza de trabajo y así insertarse en lavida productiva del país.

Se supone que la educación permite,entre otras cosas, acceder a trabajos de calidad,y así dejar de formar parte del sector encondiciones de pobreza.

El derecho a la educación está reconocidoen varios instrumentos jurídicos nacionales einternacionales.

En cuanto a la normativa nacional se tieneprimeramente que la Sección Tercera de laConstitución de la República se refiere a laeducación, la ciencia y la cultura. El artículo 53establece que el derecho a la educación y a lacultura es inherente a la persona humana; enconsecuencia, es obligación y finalidad primordialdel Estado su conservación, fomento y difusión.

El artículo 54 establece que el Estadoorganizará el sistema educativo para lo cualcreará las instituciones y servicios que seannecesarios. Es el Ministerio de Educación lainstitución encargada de regir los procesoseducativos en el país.

La Constitución también establece losfines de la educación, estos son:

a) Lograr el desarrollo integral de lapersonalidad en su dimensión espiritual,moral y social.

Centro Escolar de Santa Catarina, El Salvador

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b) Contribuir a la construcción de unasociedad democrática más próspera, justa yhumana.

c) Inculcar el respeto a los derechoshumanos y la observancia de loscorrespondientes deberes.

d) Combatir todo espíritu de intolerancia yde odio.

e) Conocer la realidad nacional eidentificarse con los valores de lanacionalidad salvadoreña; y,

f) Propiciar la unidad del pueblocentroamericano.

En cuanto al acceso a la educación, elartículo 56 de la Constitución puntualiza quetodos los habitantes de la República tienen elderecho y el deber de recibir educación parvulariay básica que los capacite para desempeñarsecomo ciudadanos útiles.

También se menciona que la enseñanza quese imparta en los centros educativos oficialesserá esencialmente democrática.

Además de la Constitución existe legislaciónsecundaria que regula la educación pública y elquehacer de los centros de enseñanza privados,éstos últimos están sujetos a reglamentación einspección del Estado. Entre la legislaciónsecundaria puede mencionarse la Ley General deEducación, Ley de la Carrera Docente y la Ley deEducación Superior.

Además de la legislación nacional, existenormativa internacional, que son leyes de laRepública, y que reconocen este derecho, talescomo la Declaración Universal de DerechosHumanos, el PIDESC y el Protocolo Adicional a laConvención Americana Sobre Derechos

Humanos en Materia de Derechos Económicos,Sociales y Culturales, conocido como "Protocolode San Salvador".

9.1 Gasto público en educación

La institución rectora de la educación en ElSalvador es el Ministerio de Educación (MINED),por mandato constitucional le corresponde alRamo de Educación, la conservación, fomento ydifusión de la educación y la cultura, a fin delograr el desarrollo integral de la personahumana, construir una sociedad democrática ypropiciar la unidad de Centro América.

El sistema educativo nacional tiene dosmodalidades, la educación formal, quecomprende los niveles inicial, parvularia, básico,medio y superior, y se imparte enestablecimientos educativos autorizados, en unasecuencia regular de años o ciclos lectivos, consujeción a pautas curriculares progresivas yconducentes a grados o títulos; y la educación noformal que se ofrece con el objeto decomplementar, actualizar, suplir conocimientos yformar en aspectos académicos o laborales sinsujeción al sistema de niveles o grados.

En materia educativa, en los últimos añosse ha experimentado un incremento en el gastopúblico. Antes de iniciada la Reforma Educativa,en 1994, el 1.9% del PIB era destinado aeducación. En el 2000 se alcanzó una inversiónen educación del 3% del PIB y para el 2003 secalcula en 3.2%.

La asignación presupuestaria del MINEDen el 2003 alcanzó los 484.50 millones dedólares, lo que la hace la cartera con mayorasignación de recursos. En su orden, le sigue elMinisterio de Salud con 240.60 millones dedólares, es decir que la asignación al MINEDrepresentó en ese año más del doble que elMSPAS. (lo superó por 244.00 millones dedólares). El siguiente cuadro muestra la dinámicaque ha seguido la inversión en educación:

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Cuadro No. 20

Evolución del presupuesto para el sector educación(1990-2003)

AñosMillones de dólares

americanos

Presupuesto deEducación como %

del PIB1990 81.00 1.91991 86.39 1.71992 106.11 1.81993 126.43 1.81994 160.64 1.91995 200.67 2.11996 238.47 2.21997 279.60 2.41998 311.09 2.62003 484.49 3.2

Fuente: FESPAD con base a las Leyes de Presupuesto General de la Nación

El cuadro anterior permite ver que a lolargo del último decenio, el gobierno haaumentado la inversión en educación en términosrelativos, ya que el PIB, también ha aumentado.Ello ha dado como resultado un aumento enrelación al PIB, que de 1.9% en 1990 pasara a3.2% en el 2003. Sin embargo, a pesar de esteaumento, la inversión actual en la educaciónsalvadoreña queda rezagada al compararlo con elpromedio en América Latina que, segúnorganismos internacionales como el PNUD,alcanza el 4%.91

Con insistencia, en los últimos años elPNUD ha venido sugiriendo al gobiernosalvadoreño una mayor inversión en educación,ya que el país todavía se encuentra entre lospaíses que destinan a educación, menos de loque corresponde a su nivel de ingreso per cápita,pues de acuerdo a los lugares de los países endesarrollo en los que, El Salvador se sitúa, enmateria de desarrollo humano, debería destinarpara educación, un gasto público no menor de4.2% del PIB92.

91 informe de desarrollo humano El Salvador 2003, p. 88

92 Informe de Desarrollo Humano El Salvador 2001, p. 129

9.2 Cobertura y calidad de la educación

Dos de las mayores apuestas de la últimareforma educativa han sido la calidad y coberturaen educación. Sin embargo, en la actualidad, elsistema educativo salvadoreño aún siguepresentando problemas en materia de cobertura,principalmente en el área rural.

Otro problema no superado es el de lacalidad de la educación, además, la pocacobertura y la baja calidad se ven reflejados enotros aspectos como lo son: la baja capacidad deabsorción de la población en edad escolar,ingreso tardío y sobreedad.

9.3 Cobertura Educativa

El Comité de Derechos Económicos,Sociales y Culturales de la Naciones Unidas, ensu Observación General 13, identifica 4elementos de las obligaciones de los estadosparte del PIDESC con respecto al derecho a laeducación, siendo estas:

a)Disponbilidad,

b)Accesibilidad,

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c)Aceptabilidad y

d)Adaptabilidad.

Las dos primeras se refieren a lacobertura de los servicios educativos. Ladisponibilidad es el deber de proporcionarenseñanza primaria obligatoria y gratuita y seentiende como un requisito previo para laefectividad del derecho a la educación. El estadodebe asegurar que existan escuelas primarias adisposición de todos los niños y niñas, si bien elEstado no es el único inversor, las normasinternacionales de derechos humanos lo obligana ser el inversor en última instancia a fin deasegurarse de que todos los niños y niñas deedad escolar dispongan de escuelas primarias.

La segunda obligación, la accesibilidad,se refiere a que el Estado debe garantizar elacceso de toda persona a las institucioneseducativas existentes, en condiciones de igualdady no discriminación.

Los nuevos esfuerzos del sistemaeducativo deben dirigirse a asegurar el derechouniversal a educación primaria de calidad comomínimo, con la posibilidad de alcanzarposteriormente educación media.

Uno de los mayores esfuerzos delMINED, por mejorar la cobertura fue el iniciado aprincipios de la década de 1990, con laimplementación del Programa Educación conParticipación de la Comunidad (EDUCO), el cualiba orientado a ampliar los servicios educativosen las zonas rurales más pobres y a fomentar laparticipación de la comunidad.

Después de más de una década deiniciado EDUCO, se ha hecho notoria la mejoraen aspectos de cobertura, pero en la medida enque esa ha sido la apuesta, la calidad educativaha sido descuidada.

A pesar de los esfuerzos en los últimosaños en materia educativa, aún persisten brechasen calidad y cobertura que requieren accionesque permitan avanzar tanto en los problemas

básicos de cobertura y calidad.

9.4 Asistencia escolar

Uno de los parámetros o indicadores quepueden ser útiles a la hora de medir la coberturaeducativa puede ser el cálculo de la población enedad escolar que no recibe educación formal.

De acuerdo a la DIGESTYC93, lapoblación de 4 años y más que asistió durante2002 fue de 1,875,678 personas a nivel nacionalque representa el 31.4% del total de la poblaciónde esa misma edad. De acuerdo al áreageográfica, el 32.4% de la población urbana y el29.9% de la rural asistieron a la escuela. Lasituación mejora levemente al referirseúnicamente al Área Metropolitana de SanSalvador en donde el 32.6% de la población deese grupo de edad asistieron a la escuela.

Este último dato que refleja un aumentode la escolaridad en la zona metropolitana es elreflejo de la concentración urbana de la oferta deservicios educativos y baja valoración que sehace del rendimiento económico de la educaciónen las áreas rurales.

Según el PNUD, del 100% de niños yniñas salvadoreñas de entre 4 y 6 años a quienescorresponde asistir a educación parvularia,únicamente el 43% se matriculó en 2002. Lamatricula de niños y niñas entre 8 y diez años esmás elevada pues en 2002 alcanzó el 87%; sinembargo, el 30% de la población desde losquince años no recibe educación formal94.

De acuerdo al sexo, en 2002 las mujeresson las que a nivel nacional tuvieron la menortasa de asistencia escolar, siendo de 29.4%;mientras que la de los hombres llegó a 33.6%.Situación que se refleja similarmente tanto en elárea rural como en la urbana.

En cuanto a la escolaridad promedio,

93Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2002, p. 12

94Informe de desarrollo humano El Salvador 2003, p. 85

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definida como el número de años aprobados porlas personas de 6 años y más de edad es, segúnla DIGESTYC95, de 5.5 grados, observándosediferencias entre lo urbano y lo rural, 6.9 y 3.4grados respectivamente.

9.5 Analfabetismo

El artículo 59 de la Constitución expresaque la alfabetización es de interés social. Debeentenderse como alfabetizada a una persona queno sólo aprenda a leer y escribir, sino más bien aaquella que sepa leer, escribir e interpretar lo quelee o escribe, es decir, que sea sujeta activa delcumplimiento de los objetivos constitucionales dela educación. Sin embargo, en El Salvador y enotros países se considera alfabetizada a aquellaspersonas que han aprendido a leer y escribir. Esen esos términos que las cifras oficiales miden elgrado de alfabetización.

Entre 1992 y 2002, la tasa deanalfabetismo de adulto, entendida como elporcentaje de personas de 15 años y más que nosaben leer y escribir, disminuyó cerca de 10puntos porcentuales a nivel nacional alcanzandouna cifra de 14.2% para 2002, de igual manera latasa de analfabetismo de las personas de 15 a 24años se redujo en más del doble durante elmismo período, de 14.8% a 6.7%.

Según datos de la EHPM de 2002, latasa de analfabetismo fue de 16.6%, es decir que836,256 personas de 10 años o más no sabíanleer o escribir a nivel nacional. En análisis porárea geográfica, las diferencias entre zona urbanay rural es significativa, ya que en la primera, es de10.0% y en el ára rural es de 26.8%. En el ÁreaMetropolitana de San Salvador el analfabetismoes de 6.9%.

De acuerdo al sexo, son las mujeres lasque presentan a nivel nacional el mayorporcentaje de analfabetismo alcanzando el18.3%, respecto a la de los hombres que fue de14.1% .

95Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2002, p. 12

9.6 Calidad Educativa

Se dice que la educación es de calidadcuando constituye un mecanismo oportuno ypertinente para formar conocimientos yhabilidades que sirven para enfrentar la realidadnacional e internacional, presente y futura. Queproduzca logros de aprendizaje efectivos en laspersonas, dotándoles de competencias que lespermitan su desarrollo humano.

Como ya se mencionó, uno de losprincipales retos del sistema educativo ha sidomejorar la calidad de educación. Desde elprincipio de la reforma educativa, se definió el ejede calidad como un componente esencial de ella.El esfuerzo por brindar educación de calidad nose ha dejado atrás. El MINED creó un SistemaNacional de Calidad, el cual está integrado portres componentes: el sistema nacional dedesarrollo profesional; el sistema de información,monitoreo y evaluación y el sistema demodernización institucional.

Uno de los fines del mejoramiento de laeducación es el aprendizaje, pero para que éstese dé, se deben crear o mejorar las condicionesque lo faciliten. Entre esas condiciones el MINEDha considerado oportuno la apertura de espaciosde capacitación docente; la creación de unanueva modalidad de supervisión a través de losasesores pedagógicos; la dotación de libros aalgunos centros escolares; la creación deestímulos al desempeño docente a través de losbonos de calidad; la creción de los programas"Escuela Diez" y "Escuela Saludable"; ladescentralización de los procesosadministrativos.

También el MINED ha creado susparámetros o indicadores para la medición de lacalidad, entre ellos destacan las pruebas delogros de aprendizaje en Educación Básica y laPrueba de Aprendizaje y Aptitudes para losEgresados de Educación Media (PAES). Estaspruebas han aportado información que indican losniveles de aprendizajes de los niños/as y jóvenesen la asignaturas básicas.

A juzgar por los resultados, tanto las

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condiciones que el MINED ha creado paramejorar la calidad de los aprendizajes, como losparámetros o indicadores adoptados para medirla calidad, no parecen haber sido los másatinados.

Según los resultados obtenidos de laspruebas de logros y la PAES, el mismo MINED haconsiderado que la calidad de la educación debemejorarse pues los estudiantes muestran undominio promedio de los objetivos evaluados ensólo un poco más del 50 por ciento. Losresultados en las pruebas de logros reflejan quehay mayor deficiencia en las escuelas ruralesque en las urbanas, que también es mayor en loscentros educativos públicos que en los privados,y que ésta prevalece más en los departamentosde la zona oriental y norte del país que en los dela zona central y occidental.96

9.7 Las cuotas voluntarias en educación

El artículo 53 de la Constitución de laRepública establece que el derecho a laeducación y a la cultura es inherente a la personahumana; en consecuencia, es obligación yfinalidad primordial del Estado su conservación,fomento y difusión.

El artículo 56 de la misma, expresa quetodos los habitantes de la República tienen elderecho y el deber de recibir educación parvulariay básica que los capacite para desempeñarsecomo ciudadanos útiles. El Estado promoverá laformación de centros de educación especial.Además expresa que la educación parvularia,básica y especial será gratuita cuando la impartael Estado.

A pesar de que la gratuidad de laenseñanza básica, es un mandato constitucional,en El Salvador, se superpone la gestiónfinanciera contenida en la legislación secundariaal precepto constitucional de la gratuidad.Generalmente los funcionarios de los centros

96 Desafíos de la educación en el nuevo milenio. Reforma educativa en marcha

2000-2005

educativos se amparan en el artículo 76 de LeyGeneral de Educación, que contempla que loscentros oficiales que ofrezcan esos niveleseducativos podrán contar con el apoyo"voluntario" de los padres de familia, aprobado enasamblea general de madres y padres yconvocada por el Consejo Directivo Escolar(CDE).

No obstante ello, el mismo artículo serefiere a que los centros oficiales les estáprohibido impedir el acceso o permanencia de losestudiantes por el no pago de contribucioneseconómicas o el no uso de uniforme de lainstitución. Además establece que los padres nodeben pagar más de lo que corresponda comocontribución voluntaria de un hijo, aún cuandotuviera más de uno o una, en la misma institución.

Sin embargo, en la práctica, las cuotassiguen siendo impuestas y no voluntarias. Acontinuación algunos casos que dan fe de ello:

Un grupo de personas residentes en la coloniaSanta Marta, Km 39, carretera a Armenia,Sonsonate, se apersonó ante FESPAD paradenunciar97 que debido a la condición de pobrezade las familias de su comunidad, se venimposibilitados de apoyar a sus hijos e hijas enlos procesos educativos. El problema se agravamás aún porque en las escuelas públicas lesestán exigiendo las cuotas voluntarias.

En febrero de 2003, se supo de los cobrosilegales que en el centro escolar LeonardoAzcúnaga, de Soyapango, se realizaban en lascuotas voluntarias. En ese centro de estudios lascuotas voluntarias eran requisito indispensablepara poder matricular a un niño o una niña y loque era peor, la cantidad cobrada (que eran 131colones) superaba considerablemente laacordada en la asamblea general de padres ymadres de familia (que eran de 85 colones). (LPG1/02/4, p. 20)

Sólo en enero de 2003, la Oficina de

97 Expediente 2003/63 FESPAD-DESC

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Atención al Público del MINED, registraba un totalde 101 reclamos por cobro de cuotas voluntarias.(LPG 1/02/4, p. 20)

En febrero de 2003, miembros de laFundación Olof Palme, sostuvieron que ochoniños y niñas que días atrás habían hecho unadenuncia pública por el cobro de cuotas en loscentros escolares de Soyapango, fueron víctimaspor parte de las autoridades donde estudian, derecriminaciones y hasta castigos de varias horas.Fueron calificados de “tontos”, y conminados a novolver hacer tales peticiones y amenazados aquedarse en el centro escolar hasta las siete de lanoche. (EDH 12/02/04, p. 22)

9.8 Alza en las cuotas escolares en centrosprivados

En el país existe un alto pocentaje deservicios de educación brindada por entidadesprivadas, las cuales de algún modo contribuyencon la obligación que el Estado tiene de brindareducación.

La Ley General de Educación buscaregular tanto las actividades de institucionespúblicas como las privadas.

El artículo 82 de la misma Ley estableceque “Los centros privados de educación deberánenviar a la autoridad correspondiente, dentro deun plazo de sesenta días anteriores al inicio delaño lectivo, ... el costo de la matrícula y el decada cuota de escolaridad o colegiatura, así comoel número de éstas a pagar durante el año y losservicios educativos que oferta, conforme laautorización de funcionamiento.”

La responsabilidad del MINED, en cuantoal aumento de las cuotas en centros privados sepuede establecer en dos vías. La primera es que,año tras año, son contabilizados por centenas loscentros escolares que son autorizados por elMINED para aumentar las colegiaturas; en 2002,fueron autorizados 180 centros educativos paraaumentar las colegiaturas a partir de enero de2003. (LPG 10/01/03, p. 14).

La otra vía de responsabilidad del MINED,es el que poco control y sanción ejerce sobre loscentros educativos que unilaterlamente aumentanlas colegiaturas sin seguir el proceso que la LeyGeneral de Educación determina.

De ejemplo puede servir mencionar queen agosto de 2003, fueron 179 centros educativosprivados los que decidieron aumentar las cuotasescolares y de matrícula. Las primeraspresentaron una oscilación de entre $0.86 a $ 14,y los derechos de matrícula oscilaron entre $1.15y $96.00 (El Mundo 15/08/03, p. 5)

Lo peor del caso, es que, ante la decisiónunilateral de las autoridades de los colegiosprivados en aumentar las colegiaturas, el MINED,terminó autorizándolos.

9.9 Altos niveles de deserción, repitencia ysobreedad

La educación salvadoreña presenta altastasas de repitencia y deserción, posiblementeambas tengan varias causas; sin embargo, ladeserción por condiciones económicas precariasy por trabajo infantil, se vuelven causas de larepitencia y ésta de la sobreedad, que se dacuando un niño o niña está cursando estudios deun grado menor que de acuerdo a su edad no lecorresponde. A la larga, estos tres elementosprovocan limitantes a la cobertura de laeducación.

Según estimaciones del PNUD, la tasa derepitencia es mayor en los primeros grados de laeducación básica y en el área rural. En el primergrado existe una repitencia de 14% en el áreaurbana y 17% en la rural; en el segundo grado larepitencia se reduce sustancialmente, y continúadisminuyendo a medida que se avanza en losniveles escolares98.

Según el mismo informe, las tasas de ladeserción son mucho más altas en el área ruralque en la urbana. En el área rural, 17 de cada100 niños que entran a primer grado abandonan

98 Informe de Desarrollo Humano el Salvador 2003, p. 85

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el sistema y en total, de cada tres niños queentran a primer grado en el área rural, uno deellos no pasa a segundo grado, ya sea porqueabandona la escuela o porque repite el grado.

La tasa de deserción es sustancialmentemás alta para los alumnos en sexto grado en elárea rural, lo cual se puede deber al hecho deque no todas las escuelas rurales cuentan con eltercer ciclo de educación básica99.

Según la Encuesta de Hogares dePropósitos Múltiples de 1999, en ese año, eran102,000 personas las que a nivel nacionalpresentaban sobreedad. Para combatir lasobreedad el MINED inició en el 2001 unprograma denominado Educación Acelerada cuyofin de hacer compatible la edad de los estudiantescon el grado que cursen. Dentro del eseprograma, se crearon 350 escuelas aceleradas.Para febrero de 2003, el MINED registraba que2,800 estudiantes habían cursado, en dos años,cinco grados. (LPG 4/02/03, p. 20)

La adopción y ejecución del Programa deEducación Acelerada, si bien permitio reducir lastasas de repitencia y sobre edad no ha sidoevaluado para determinar si se garantizó lacalidad de la educación impartida, estainterrogante surge cuando se toma en cuenta lascondiciones pedagogicas bajo las cuales sedesarrollaron dicho programa, que son lasmismas de todo el sistema educativo nacional, elcual como ya se ha planteado adolece dedeficiencias.

9.10 Infraestructura educativa

Los problemas de infraestructura siguenestando presentes en el sistema educativonacional. Posiblemente este sea un elemento quepuede o no contribuir con el logro de la educaciónde calidad.

Desde el inicio de 2003, se conoció de

99 Ibid, p. 86

casos que denotaban el mal estado en que seencontraban muchas escuelas del país. Comoejemplo, mencionar el caso del centro escolar delcaserío El Tronconal, municipio de Santa Rita, enChalatenango, donde se contaba con sólo cuatroaulas para 450 alumnos, es decir 113 alumnospor aula. El centro escolar es el más cercano paralos habitantes del sector. La problemática dehacinamiento ante la falta de infraestructuraadecuada es cargada por la comunidad desdehace dos años(LPG 13/01/03, p. 63)

Como ejemplo similar puede mencionarsela denuncia que habitantes del Cantón LasCrucitas, municipio de Armenia, en Sonsonate,hicieran ante FESPAD, quienes en esaoportunidad expresaron que consideraban quelas condiciones en que recibían clases los y lasniñas que asisten a la escuela pública de lalocalidad, lo hacen en condiciones infrahumanasya que las paredes y techos de las aulas estánconstruidas con láminas de zinc, lo que provocaaltas temperaturas al interior del salón de clases.Además no existen condiciones favorables paraelaborar los alimentos que se preparan dentro delprograma Escuela Saludable100.

A la falta de infraestructura, también se leagregaba otro elemento negativo y era elrelacionado con las condiciones de inseguridadpara los y las alumnas dentro de algunos centroseducativos. En la ciudad de Chalatenango, lasgrietas en las paredes de adobe y en las vigas demadera de las instalaciones que albergan laescuela parvularia “Lucila Trujillo viuda de Elías”,ponía en peligro la vida de 355 niños y niñas. Apesar de las prevenciones hechas por el personaldocente al MINED, este no resolvía para demolero no las instalaciones porque estaba esperandoel parecer del la autoridad cultural del Estado, yaque el inmueble en mención era considerado biencultural. Mientras, los y las alumnas continuabanrecibiendo sus clases en esas condiciones. (LPG21/02/03, p. 59)

100 Expediente 2003/80 FESPAD-Departamento DESC

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Similar situación de peligro son la queexperimentan desde hace dos años los y lasestudiantes del centro escolar “Dolores CarmenRetes”, de la ciudad de San Miguel y que dacabida a 2,045 alumnos en tres turnos. El directorde ese centro educativo manifestó que elresultado de la evaluación que el MINED, hizo adicha institución después de los terremotos,indicó que tenía bandera roja, es decir,inservibles y con alto riesgo. (EDH 21/03/03, p.63)

Parecida a las anteriores situaciones es laque experimentan un centenar de alumnos yalumnas del centro escolar del cantón El Morro,en Santiago Texacuangos. Una evaluaciónrealizada por técnicos del MINED, la declaróbandera roja, es decir que la infraestructura debióser demolida; sin embargo, se sigue impartiendoclases en la institución. (LPG 27/03/03, p. 33)

A principios de mayo de 2003, lasautoridades del MINED manifestaron que hastaesa fecha, a nivel nacional, eran 366 los centroseducativos los que necesitaban nuevasinstalaciones o reparar la infraestructura, de ellos,131 fueron dañados por los terremotos de 2001;mientras 129 eran producto del déficit histórico y106 que eran de bahareque, debían serdemolidos. (EDH 8/05/03, p. 25)

El Ministro de Educación dijo también quede acuerdo a un diagnóstico realizado en todo elpaís, 398 escuelas estaban en peligro, de lascuales 119 de ellas estaban expuestas a sufririnundaciones y 279 en peligro de sufrirdeslizamientos, como consecuencia del invierno.(LPG 22/05/03, p. 10)

9.11 Servicios básicos en las escuelas

La infraestructura del sistema educativonacional no sólo se carece de edificiosadecuados y seguros; sino además existen otrostipo de problemas que pueden relacionarse con lacalidad de la educación.

Un centro educativo que carezca de elementostan fundamentales como el agua potable, nopuede brindar condiciones que propicien calidadeducativa.

Uno de los centros educativos quecarecen de agua potable es el centro escolar SanFrancisquito, del municipio de San FranciscoGotera, en Morazán, en donde resultan afectadosunos 200 alumnos y alumnas. Para poder contarcon un poco de agua en el centro escolar, los ylas alumnas, a diario deben acarrearla desdelargas distancias. (LPG 24/02/03, p. 50)

El problema de la falta de agua potable noestá presente como casos aislados, ya que deacuerdo a estimaciones hechas dentro delPrograma Escuelas Saludables, del MINED, sonaproximadamente 900 escuelas a nivel nacionallas que carecen del vital líquido. La mayoría deestas escuelas están ubicadas en las zonasrurales y urbano marginales de los departamentode La Libertad, Usulután, La Paz, Sonsonate, SanVicente y San Salvador. (LPG 8/04/03, p. 16)

9.12 Déficit de mobiliario educativo

Otra deficiencia que ha presentado elsistema educativo ha sido la falta de mobiliariosuficiente y adecuado elemento que al igual a losya mencionados pueden negar la calidad de losprocesos educativos. La insuficiencia demobiliario se hizo sensible a partir del año 2002cuando en febrero, la entonces Ministra deEducación consideró que el déficit de pupitres enlas escuelas públicas del país ascendía a 100 milpupitres. En su momento detalló que unos 35 milpupitres hacían falta debido al incremento dematrícula. Los otros 65 mil muebles escolaresdebían ser sustituidos porque estabandeteriorados. (LPG 23/02/02, p. 14)

Al iniciar el año lectivo 2003, lasinstituciones educativas demandaban elotorgamiento de más muebles para losestudiantes. Ese fue el caso del centro escolar“Presbítero Castilo Solórzano”, en Izalco,Sonsonate, en donde de 350 alumnos/as

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matriculados en 2002, pasó a 560 en el 2003, loque para esa institución representaba un déficitde 210 pupitres. (EDH 12/02/03, p. 50)

Otro ejemplo que denota la carencia depupitres fue el que experimentado por alumnos yalumnas del centro escolar Vista al Lago, enIlopango, donde debieron recibir sus clasessentados en el piso. Las y los estudiantes quehabitan cerca del centro escolar llevan su sillapara poder sentarse, pero esta opción no latienen los que viven lejos de la escuela. (EDH12/01/03, p. 12)

9.13 Educación superior

Los problemas de cobertura y calidad enla educación salvadoreña no sólo se dan en losniveles primario y secundario (o medio, como sele llama en el país); sino que además se presentaen el nivel superior tecnológico y universitario.

La Ley de Educación Superior, tiene porobjeto regular de manera especial la educaciónsuperior; así como la creación y funcionamientode las instituciones estatales y privadas que laimpartan.

Durante la época del conflicto armado enlos años 80 del siglo pasado, por distinto motivosproliferaron muchas universidades, llegando a unnúmero aproximado de 40. Con la entrada envigor de la Ley de Educación Superior, se inicióun proceso de evaluación de esas universidades,llegando algunas de ellas a suspender“voluntariamente” sus actividades educativas yotras fueron cerradas por sugerencias del MINED.En 2003 únicamente existe un aproximado de 28universidades e institutos especializados; de esas28, sólo la Universidad de El Salvador es estatal,el resto son de administración privada.

El Ministerio de Educación efectúainspecciones a las instituciones de educaciónsuperior para verificar el cumplimiento de la Leyde Educación Superior, y efectúa evaluacionesperiódicas para comprobar la calidad académicade las mismas.

Según esta Ley, el MINED debe evaluar

las instituciones de educación superior por lomenos una vez cada año alterno, para lo cualcontrata los servicios de expertos independientes,que se denominan como “pares evaluadores”.Tales evaluaciones las realizan en coordinacióncon el Consejo de Educación Superior y losresultados deberían ser divulgados ampliamente,situación que no sucede.

El MINED, debe realizar una calificaciónanual de las instituciones de educación superior,en cuanto a su calidad académica, costos,infraestructura y requisitos de ingreso. Tambiénesta calificación debería ser divulgadaampliamente, pero en la práctica eso no sucede.

Estos procesos de evaluación, tambiénpermiten prevenir y corregir malosfuncionamientos en las universidades. Esteproceso ha conllevado en algunos casos con elcierre de universidades.

Esta situación hace aparecer al MINED,como que lejos de promover la educaciónuniversitaria, promueve el cierre deuniversidades; sin embargo, según el Ministro deEducación, no existe una política de cierre deuniversidades. (LPG 27/02/03, p. 12).

Por otro lado, los cierres de lasuniversidades también limitan las escasasposibilidades de que los egresados de educaciónmedia puedan accesar a estudios o nivelessuperiores de educación situación que se agravaya que únicamente se cuenta con sólo unauniversidad pública.

Las evaluaciones que el MINED, hace delas instituciones de educación privada también lesha permitido crear la figura de la acreditaciónuniversitaria, que no es más que elencasillamiento de aquellas universidades oinstitutos especializados que a criterio de losevaluadores cumplen con los requisitos decalidad académica, costos, infraestructura yrequisitos de ingreso.

De las universidades acreditadas,

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coincidentemente tres de ellas son administradaspor religiosos católicos, otra de ellas tiene dentrode su planta administrativa y docente aprominentes funcionarios de gobierno. Además,fue acreditado un instituto de educación superiorpropiedad de grandes empresarios salvadoreñosy que se caracteriza por sus altísimas cuotas deescolaridad, lo que les hace una institución queno está al alcance de las mayorías. Y esesencialmente esa la característica que presentantodas las instituciones educativas acreditadas.

No se niega que podrán tener cierto nivelde calidad; sin embargo, son varios los criteriosque los pares evaluadores deben tomar encuenta. Uno de esos criterios, como ya semencionó, es el de infraestructura y al juzgar lainfraestructura que posee el instituto deeducación superior aludido anteriormente, quedala duda si cumple con los requisitos para obtenerla acreditación. La pregunta que queda pendientede respuesta saber quien elige a los paresevaluadores y a qué interese representan.

El resto de universidades que noson acreditadas, en contraposición, son lasuniversidades desacreditadas por el mismoMINED. Este proceso generado por el MINED,lejos de mejorar la calidad universitaria nacional,la está volviendo más elitista, y discriminatoria,puesto que con los altos niveles de pobreza queexiste en el país, las pocas personas que puedentener el privilegio de estudiar en un nivel superior,ven estrechadas sus posibilidades de estudiar enuna universidad acreditada y no les queda opciónmás que estudiar en una universidad“desacreditada”.

La discriminación se da en el campolaboral cuando un profesional egresado de unaunivesidad “desacreditada” es desplazado poruno que ha egresado de una acreditada. En otraspalabras, las condiciones económicas de losestudiantes están determinando también su futuroprofesional, lo que pone en desventaja a los demenos recursos económicos y el MINED estácontribuyendo grandemente a ello.

10. Derecho a la cultura (Artículo 15)

Los derechos culturales deben ocupar un lugarcentral en el análisis de los asuntos relacionadoscon los demás derechos, esa visión inclusivadebe tener en cuenta las diversas expresiones dela cultura, en aras de comprender lainterdependencia que existe entre los derechosculturales y otros derechos humanos.

Los derechos humanos culturales, quizáson los menos comprendidos y desarrollados delos derechos garantizados en virtud de lalegislación internacional. Erróneamente seconsidera a los derechos culturales comoaccesorios de los otros derechos, sin darsecuenta que éstos están presentes en todas lasactividades humanas.

A los derechos culturales se les consideratambién como muy complejos. Una fuente de esacomplejidad son las distintas nociones que se

La transculturización ha llevado a que la cultura autóctona de Cuscatlán sea vista como folklore.

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tienen de lo que es “cultura”. De entre lasdiversas acepciones, se pueden citar lassiguientes:

• Familiaridad y gusto por las bellas artes,humanidades y aspectos generales de laciencia a diferencia de las habilidadesprofesionales y técnicas.

• El patrón integrado de conocimiento humanoque incluye el pensamiento, el habla, la accióny los artefactos que depende de la capacidaddel hombre y a la mujer de aprender atransmitir el conocimiento a las generacionessubsiguientes.

• Las creencias consuetudinarias, formassociales y características materiales de ungrupo racial, religioso y social.

La cultura conlleva sistemas axiológicos,valores culturales que están íntimamenterelacionados con el sentido de identidad. Losdesafíos de una cultura a otra se convierten endesafíos para la segunda, en cuanto a suintegridad como personas y valores arraigados.Es precisamente por eso que hay actualmente enEl Salvador una sistemática oposición aimposiciones culturales a través de, por ejemplo,los Tratados de Libre Comercio, puesto que nosólo están en juego las condiciones económicassino que además está en riesgo la integridad dela persona salvadoreña: cómo come, qué come;qué viste, cómo lo viste; qué piensa, cómo lopiensa; qué ve, cómo lo ve; qué baila, cómo lobaila; qué piensa, cómo lo piensa; qué siente,cómo lo siente; qué vive, cómo lo vive; muere,cómo muere.

La cultura ha estado históricamente ligadaa cuestiones del poder. Las culturas dominanteshan impuesto o intentado imponer sus propiospatrones de pensamiento a las culturasdominadas

La globalización, es un fenómeno másreciente, que también ha tenido un profundoimpacto sobre los valores culturales. Si bienalgunos aspectos de la globalización, como el

mayor acceso a información, han tenido efectosliberadores, el patrón de desarrollo consumista ymaterialista que promueve ha menoscabado lanoción de equidad.

La globalización ha tenido un efectoadverso sobre los DESC de la población,especialmente de la gran mayoría de personaspobres, pues son ellos los que aún no tienenacceso a los beneficios como a la información, loque en definitiva genera mayores desigualdades.

10.1 Disposiciones jurídicas relacionadas con los derechos culturales

El artículo 1 de la Constitución de laRepública establece que “El Salvador reconoce ala persona humana como el origen y el fin de laactividad del Estado, .... En consecuencia, esobligación del Estado asegurar a los habitantesde la República, el goce de la libertad, la salud, lacultura, el bienestar económico y la justiciasocial”.

El artículo 32. de la misma establece que“La familia es la base fundamental de la sociedady tendrá la protección del Estado, quien dictará lalegislación necesaria y creará los organismos yservicios apropiados para su integración,bienestar y desarrollo social, cultural yeconómico”.

El inciso 2º del artículo 38 de laConstitución, plantea que “todo trabajador tienederecho a devengar un salario mínimo, que sefijará periódicamente”. Para fijar este salario seatenderá sobre todo al costo de la vida, a laíndole de las labores, los diferentes sistemas deremuneración, a las distintas zonas de produccióny a otros criterios similares. Este salario deberáser suficiente para satisfacer las necesidadesnormales del hogar del trabajador en el ordenmaterial, moral y cultural.

El artículo 53 de la Constitución estableceque “El derecho a la educación y a la cultura esinherente a la persona humana; en consecuencia,es obligación y finalidad primordial del Estado suconservación, fomento y difusión”.

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En términos muy generales se dice que lacultura es todo lo que los hombres y las mujereshacen. Como se habrá podido notar, esadefinición parece estar reflejada en los artículosde la Constitución anteriormente citados, puestoque se reflejan los ámbitos familiar, laboral ysocial de la persona humana.

En cuanto a la normativa internacional setiene que el artículo 27 de la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos estipula que“Toda persona tiene derecho a tomar partelibremente en la vida cultural de la comunidad, agozar de las artes y a participar en el progresocientífico y en los beneficios que de él resulten.”

Por su parte, el artículo 15 del PIDESCestablece que los Estados parte del mismoreconocen el derecho de toda persona aparticipar en la vida cultural, gozar de losbeneficios del progreso científico y beneficiarsede la protección de los intereses morales ymateriales que le correspondan por razón de lasproducciones científicas, literarias o artísticas deque sea autora.

10.2 Función de las instituciones culturales

A finales de 1991, fue creado el ConsejoNacional para la Cultura y el Arte(CONCULTURA) como una unidaddesconcentrada del Ministerio de Educación,cuya finalidad es coadyuvar en el cumplimientode las atribuciones del hacer cultural. El objetoprincipal de CONCULTURA es investigar,conservar, fomentar, promover y difundir lacultura y valorar las artes.

CONCULTURA tiene como funciones: a)Coordinar a todos los entes del Estado queparticipan en el quehacer cultural salvadoreño; b)Organizar la educación cultural y artísticanacional; c) Propiciar las relaciones culturales conlos países amigos, en coordinación con losMinisterios de Educación y de RelacionesExteriores; d) Diseñar el Plan Nacional de Culturay Arte, así como su promoción y su ejecuciónrespectiva; e) Integrar la protección del

Patrimonio Natural al Plan Nacional deProtección del Medio Ambiente; f) Diseñar lapolítica de difusión cultural de los medios decomunicación en propiedad del Estado; g) Definirla estrategia nacional de planificación yadministración cultural y coordinar su ejecución;h) Fomentar los procesos de conservación,protección, restauración y preservación delpatrimo nio natural y cultural; i) Darlecumplimiento a las resoluciones y acuerdostomados en reuniones internacionales yonvenios bilaterales y multilaterales, en lo querespecta al tópico de la cultura y las artes; j)Vigilar los fondos asignados y adquiridos delGobierno y las Instituciones Nacionales eInternacionales; k) Emitir los dictámenes quesobre aspectos culturales, naturales y artísticosle formule el Ministerio de Educación; l) Lasdemás funciones que le asigne o delegue elMinisterio de Educación, en lo que respecta a ladimensión cultural artística y natural y las que leasigne el Reglamento Interno.

10.3 Presupuesto de CONCULTURA

Como ya se mencionó anteriormente,CONCULTURA es una institucióndesconcentrada del MINED, no obstante ello, supresupuesto está considerado dentro de laasignación que al MINED, se hace en la Ley delPresupuesto. Para 2003, la asiganción delMINED era de 484.49 millones de dólares, de loscuales, $11.67 millones fueron destinados aCONCULTURA101. Lo que representa únicamenteel 2.4% de la asignación al MINED, siendo ésteuno de los presupuestos más bajos de todas lasdependencias del Estado, lo que de algunamanera refleja la importancia que el Estado da altema cultural del país.

10.4 El quehacer cultural

Los esfuerzos que se desarrollan por lainstitución gubernamental se siguen centrandoprincipalmente en los centros urbanos,esencialmente en la capital, lo cual ha contribuido

101 En el 2002 el presupuesto de esa institución fuede $11,412,000.00; $253,000 menos que el 2003

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a generar un desigual acceso a espaciosculturales, volviendo algunos productosculturales, como algunas expresiones de las artesplásticas, en elementos de deleite sólo para unsector de la población. Sigue siendo el área delGran San Salvador en donde se concentran losmayores espacios promotores de arte comogalerías, museos y teatros.

De alguna manera, ello ha y siguecontribuyendo a que la cultura se perciba como lafamiliaridad y gusto por las bellas artes,humanidades y aspectos generales de la ciencia,es decir que propende a limitar la cultura sólo aesas manifestaciones y a dejar fuera el resto demanifestaciones culturales y además asunto delas élites o de la ciudad.

Debido a la dinámica comercial mundial alos amplios flujos migratorios; así como, a lasnuevas formas de intercambio de patronesculturales, El Salvador está siendo objeto de unafuerte influencia e imposición de patronesforáneos. Por lo que hoy resulta oportuno que elEstado fortalezca los cimientos que sirven debase a la identidad cultural, si es que este estadose asume como representativo de lasalvadoreñidad.

A pesar de esa relevancia, da laimpresión que al Estado salvadoreño le resultamenos importante fortalecer el derecho a lacultura ante el incumplimiento que existe de losDerechos Económicos y Sociales. Por lo que elderecho a la cultura se sigue viendo como unanecesidad no tan urgente de satisfacer o que sólopuede ser un derecho para aquellos pocos opocas que tengan satisfechos los derechos devivienda, salud, educación, trabajo, etc. etc. Loque hace ver al derecho a la cultura como propiode una élite.

10.5 La situación de los grupos indígenas en El Salvador

El inciso segundo del artículo 62 de laConstitución de la República, estipula que “Laslenguas autóctonas que se hablan en el territorio

nacional forman parte del patrimonio cultural yserán objeto de preservación, difusión y respeto.”este mandato constitucional también supone lapreservación y respeto de las personas hablantesde la lengua autóctona, puesto que no es posiblepreservar y difundir una lengua sin que se protejaa sus orígenes étnicos.

Actualmente en El Salvador, resulta difícilidentificar grupos indígenas específicos, debido aque el Estado y sus instituciones históricamentehan negado y desprotegido a las poblaciones. Laorganización del movimiento indigenistasalvadoreño surge allá por 1970, en la actualidadse calcula que existe un aproximado de 23organizaciones indígenas con caracteresreligiosos, étnico-políticos, cultural y social102.

El Estado debería asumir laresponsabilidad de desarrollar acciones con mirasa proteger los derechos de los habitantesoriginales de El Salvador y a garantizar el respetode su integridad. Estas acciones deberíanasegurar a estas personas el gocer, en pie deigualdad, de los derechos y oportunidades que lalegislación nacional otorga a los demás miembrosde la población. Además de promover su plenaefectividad de los derechos sociales, económicosy culturales, respetando su identidad social ycultural, sus costumbres y tradiciones, y susorganizaciones.

10.6 Acceso a la información

Gubernamentalmente se insiste en que enlos últimos años se han creado condicionesfavorables para el acceso generalizado a lainformación. Una forma que el Estado consideraexitosa ha sido a través de las tradicionalesbibliotecas que funcionan en la red de espaciosde desarrollo cultural, las que anteriormente seconocían como casas de la cultura.

Sin entrar en cuestionamientos relativoscon la cantidad y calidad de las fuentes deinformación con las que éstas cuentan, bastadecir que estas bibliotecas no son suficientes,

102 Perfil de los pueblos indígenas en El Salvador, CONCULTURA, 2002, p. 63

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puesto que de 262 municipios sólo estánpresente en 170 de ellos.

Además, su cobertura es bastantelimitada ya que se circunscribe, sobre todo, a laatención de la población urbana del municipiodonde se ubican.

Pero yendo más allá, el acceder a lainformación acumulada en bibliotecas, se vuelvelimitada para las 836,256 personas de diez añosy más que no saben leer y escribir a nivelnacional.

Otro medio de acceso a la informaciónque en los últimos años ha sido apuesta delEstado, es el uso de la tecnología. El documentoconocido como Bases para el Plan de Nación,presentado a mediados de la década de 1990,sugería la creación de centros de tecnología y sudiseminación a nivel nacional.

De esa propuesta su ejecución fueiniciada unos años después, de tal modo que secrearon lo llamados “infocentros” los cualessurgieron con las aspiración de ser centroslocales de conectividad para proporcionar accesoa servicios de información, diversos tipos decomunicaciones, educación y capacitación adistancia, insumos y mercados, fortalecimientoempresarial, etc.

La cobertura fue limitada pues no

alcanzaron a cubrir ni el 50% de los municipios.Además, enfrentaron otros factores, que nofueron considerados y que fueron frenando sudesarrollo, como el analfabetismo tecnológico ysobre todo, el costo por el uso hora/máquina, quepersigue la generación de algún nivel deutilidades, condición que no se ha cumplido por loque los infocentros no han alcanzado su finalidad.

Además, al igual como sucede con lasbibliotecas, su área de acción se limita a laszonas urbanas donde se han establecido.Reiterando en los elementos que se suman agenerar limitantes para el acceso a la informaciónque brindan son aparte del analfabetismotradicional (saber leer y escribir), y como ya sedijo el analfabetismo tecnológico y el importeeconómico. Este es un ejemplo de cómo grandescantidades de personas ven limitado el acceso ala tecnología y a algunos derivados del progresocientífico.

De ser cierto que la cultura es todoaquello que el hombre y la mujer hacen, falso esque una institución como CONCULTURA, va atener un papel garante y regulador de la misma allimitar su actuar. Igual situación ocurre al quererimponer patrones culturales a través de reglasjurídicas. Por lo que la responsabilidad del Estadoa través de su institución cultural y de sus leyes,deben ir enfocados a volverse facilitador de losprocesos culturales y responsable de la creaciónde condiciones culturales equitativas.

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ANEXO 1

CUADRO RESUMEN DE DENUNCIAS RECIBIDAS SOBRE VIOLACIONES A DESC DURANTE 2003

Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

1

El denunciante expresa que laboró por tres años en laDirección de Correos, dependencia del anterior Ministerio delInterior, hoy Ministerio de Gobernación. Al darse el cambiode nombre de esos ministerios, hubo un cambio de relaciónlaboral, al pasar de Ley de Salarios a Contrato (por un año),para ello, fueron obligados a firmar el contrato. El dicentemanifiesta que con ese cambio perdió los años acumuladoscomo trabajador por Ley de Salarios.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 1/8/03 -

2

La denunciante manifiesta que desde hace 17 añoslaboraba en el Instituto Salvadoreño de Turismo. Alpresentarse a sus labores, después del período devacaciones de fin del año 2002, le fue entregada su carta dedespido.

Derecho alTrabajo

1San Salvador

1/8/03 -

3

La dicente expresa que el día 10 de agosto de 2002, fuedestituida de su trabajo en Hospital Psiquiátrico,dependencia del ISSS. La causal de despido fue elabandono de labores. Sin embargo dice poseer lacertificación médica que hace constar su incapacidad poraborto, ocurrido en una zona rural del municipio deZacatecoluca.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 1/16/03 -

4

Los denunciantes manifiestan que desde haceaproximadamente 40 años viven en una proporción de playacontrolada catastralmente a nombre de la Marina Nacional.Por medio de la realización de una remedición, loscolindantes han inscrito a su favor las porciones habitadaspor los denunciantes, por lo que se ha iniciado, por lo que seha iniciado procesos de desalojo.

Derecho aVivienda Digna

25

Cantón GaritaPalmera, San

FranciscoMenéndez,

Ahuachapán

2/6/03 -

5

El denunciante manifiesta haber sido empleado de la PolicíaNacional Civil, durante el desempeño de sus funciones,cometió una falta por la que fue sancionado por el TribunalDisciplinario de la institución. La sanción consistió en lasuspensión por 16 días sin goce de sueldo. Posteriormentefue juzgado nuevamente por la misma falta, esta vez se lenotificó la remoción del cargo. Sin embargo, dice haberapelado al Tribunal Especial, quienes le confirmaron sudestitución. Según el denunciante, se le ha juzgado dosveces por las misma falta.

Derecho alTrabajo

1Santo Domingo,

San Vicente2/17/03 -

6

El denunciante expresa que fue obligado a presentarrenuncia de su trabajo en la Policía Nacional Civil. Manifiestaque anteriormente interpuso su renuncia al mismo trabajo, enesa ocasión para apegarse a un decreto de retiro voluntario,sin embargo, en esa oportunidad le fue denegada.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 2/11/03 -

1

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

7

El denunciante, director del Centro Escolar El Salamar,expresa que la Caja de Crédito de Juayúa otorgó un crédito auna persona que hipotecó el terreno donde funciona elCentro Escolar que dirige. Por la insolvencia de pago delmencionado crédito, la Caja de Crédito ha iniciado accionesde desalojo.

Derecho a laEducación

425

Caserío ElSalamar,

San Luis Talpa,La Paz

2/12/03 -

8

Los dicentes expresan que como parte de los procesos demodernización institucional del Estado, en la PNC se adoptóel Sistema Informático de Recursos Humanos Institucional(SIRHI) en el cual se realizan la mayoría de operaciones delpersonal. A partir del 1 de enero de 2003, sin informarles alos trabajadores, todo el personal administrativo de lainstitución que laboraba bajo el régimen de Ley de Salarios,pasó al régimen de contrato. Los denunciantes expresan quecon ello peligra su estabilidad laboral.

Derecho alTrabajo

5000 San Salvador 2/13/03

9

El denunciante expresa que él y un grupo de trabajadoreslaboraron en el Ingenio San Francisco, fueron despedidos en1995 sin ser indemnizados, por lo que recurrieron a untribunal de lo laboral, llegando a una audiencia conciliatoriadonde el empleador firmó un acta donde se comprometía acancelar la indemnización. Sin embargo la indemnización nose materializó. Además les fue denegada, por parte del juezde lo laboral, el acta de conciliación entre ellos y el patrono.Al final, el juez emitió su resolución y la fundamentó en laprescripción de la acción.

Derecho alTrabajo

280 San Salvador 2/14/03 -

10

La denunciante expresa que trabaja con el Ministerio deSalud desde hace 25 años, su salario es cancelado con losfondos propios de la institución. El último trimestre del 2001la obligaron a firmar contrato como trabajadora de serviciosgenerales. No se les canceló aguinaldo. En el 2003, no seles canceló los primeros dos meses y la mantienen con lapromesa de que firmará un nuevo contrato. Ella teme aperder su antigüedad y el derecho a recibir su indemnización.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 2/24/03 -

11

La denunciante expresa que la institución para la cual trabajadesde 1979, no ha hecho todos los aportes correspondientesde cotización al ISSS, lo que en la actualidad le impide laobtención de su pensión y servicios médicos hospitalarios.

Derecho a laSeguridad Social

1QuesaltepequeSan Salvador

2/25/03 -

12

El denunciante dice haber cotizado desde 1960 hasta 1986,sin embargo después dejó de cotizar por aproximadamente10 años. En 1996 tuvo una enfermedad que lo imposibilitópara seguir trabajando. Se presentó al ISSS para gestionarpensión le manifestaron que la institución no cubría ese tipode situación.

Derecho a laSeguridad Social

1 San Salvador 2/25/03 -

2

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

13

El dicente manifiesta que desde hace aproximadamente 30años, la CEL colocó, en terrenos de su propiedad, algunospostes los cuales sirven de base para el tendido eléctrico.Ahora, con la privatización del servicio de distribución deenergía eléctrica, los postes pasaron a ser propiedad de laempresa Del Sur. Los empleados de esta empresa,constantemente se introducen a su propiedad sin que él leshaya dado su consentimiento.

Derecho a laPropiedad

1Zacatecoluca, La

Paz2/27/03 -

14

La denunciante manifiesta que fue despedida injustamentede la empresa en la que laboraba. La patronal le atribuyealgunos hechos como causales de despido, sin embargodice que no se le notificó previamente de la existencia de losmismos.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 3/10/03 -

15

La denunciante manifiesta que laboró en el ISSS desde1992, que el 28 de febrero de 2003 fue despedida por el jefedel departamento de programación y evaluación de la unidadde planificación. A pesar de ello, el tres de marzo, sepresentó a a su lugar de trabajo pero no se le permitió elacceso.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 3/18/03 -

16

La denunciante expresa que hace aproximadamente un año,asesinaron a su hijo, el presunto hechor fue encarceladopero fue absuelto, por lo que el imputado quedó en libertad.Manifiesta que teme represalias contra sus otros dos hijos.

- 1 San Salvador 3/18/03 -

17

La dicente expresa que su hijo menor de edad fue envestidopor un vehículo particular el 12 de noviembre de 2002,Interpuso denuncia ante la Fiscalía General de la República,el fiscal específico solicitó el auto policial y ordenó el examenforense, determinando que las lesiones sanaría en 60 días.Sin embargo, el fiscal no presentó el requerimiento,sugiriéndole que aceptara 300 colones en concepto dedaños. Dice haber incurrido en gastos aproximados de 1,500dólares.

- 1Soyapango, San

Salvador3/18/03 -

18

El denunciante expresa que el 21 de marzo fue despedido desu trabajo en el Centro Nacional de Registros (CNR). El jefeinmediato justificó su despido por pérdida de confianza, yaque unos días antes del despido, se extraviaron unosmedicamentos propiedad del CNR, por lo que él y otrosempleados fueron sometidos a la prueba del polígrafo.Resultados de los cuales infiere que se basa su destitución.Sin embargo sostiene que su despido es injusto ya que diceno haber cometido tal hecho.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 3/20/03 -

19

La denunciante expresa que su esposo tenía tres meses delaborar en una empresa de seguridad privada cuandofalleció. Hecho por el cual se presentó a la empresa paragestionar la pensión. La respuesta que recibió fue que notenía derecho a pensión por el poco tiempo que su esposotenía de laborar con la empresa.

Derecho aSeguridad Social

1Apopa, San

Salvador3/21/03 -5745

3

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

20

El denunciante manifiesta que ingresó a trabajar a la PNC enmarzo de 1994, desempeñando el cargo de motorista.Pasado un tiempo, en 1997 pidió permiso por tres meses.Sin embargo no se presentó después de los tres meses sinohasta dos años después, fecha en la cual pidió serreinstalado en el mismo puesto. Autoridades de la PNC lenegaron la posibilidad de reingreso. Ante esa situación, eldenunciante dice haber pedido que se le indemnizara por eltiempo que laboró en la institución. No obstante, en la PNCse llevó un proceso en contra del denunciante, cuyoresultado estableció que al denunciante le destituyó porabandono de trabajo.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 3/24/03-

21

El denunciante fue despedido sin causa justificada Enfebrero de 1988. Después de negociar con representantes dela empresa en la cual laboraba, se acordó que esta últimacancelaría la suma de $872.37. Sin embargo, el denuncianteacudió al Ministerio de Trabajo en donde se le calculó laindemnización en $1,680.11, a pesar de ello, la empresa noreconoció dicho cálculo.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 5/12/03 -

22

El denunciante manifiesta que desde hace 12 años posee lacondición de pensionado. Menciona que se le ha perjudicadopor que no se le ha revalorizado el monto de la pensión.Además manifiesta que en el ISSS no se les provee de losmedicamentos que le son recetados por el médico de lamisma institución.

Derecho a laseguridad social /

Derecho a laSalud

1 San Salvador 5/15/03 -

23

Según el denunciante, el 20 de mayo de 2003 se realizó unainspección por parte de la FGR, PNC, Jueza de Paz deApopa y el apoderado de los propietarios del terreno dondese ubican las comunidades Vista Hermosa y Regalo de Dios;la jueza en mención determinó que las 163 familias quehabitan ambas comunidades han usurpado ambos terrenos.La jueza dio un plazo de 4 días para el desalojo. Sinembargo, los miembros de las 163 familias piden un mes omes y medio para poder desalojar el lugar.

Derecho aVivienda Digna

815Apopa, San

Salvador5/20/05 -

24

Los y las denunciantes expresan que el viernes 16 de mayode 2003, a las 12 de la noche, que agentes de la PNCllegaron a la casa de habitación de uno de ellos, portandouna orden judicial la cual ordenaba su detención por el habercometido el delito de usurpación. Posteriormente, losagentes obligaron al capturado a que los condujera a lascasas de habitación de los ahora denunciantes. Totalizandoun número de seis personas detenidas, acusadas por elmismo delito. A cada una de las seis personas se les remitióa diferentes centros penales.

4

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

25

El denunciante expresa que el 31 de octubre de 2002 fuedespedido del Instituto Salvadoreño de TransformaciónAgraria (ISTA), donde se desempeñaba como colaboradorjurídico, bajo el régimen de contrato. Manifiesta que el 5 deoctubre, su esposa dio a luz, por lo que habló con el jefe derecursos humanos del ISTA para hacer efectivo su derecho acinco días de permiso con goce de sueldo, tal como loestablece el reglamento interno y el Código de Trabajo.Posterior al goce del permiso le fue notificado por parte delgerente legal de la misma institución que por haberseausentado del trabajo sin causa justificada se le suspendíapor 5 días; no obstante lo anterior, el mismo gerente legalpide dejar sin efecto la sanción, pero se le notifica que se ledespide por la misma causal.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 5/23/03 -

26

El Denunciante dice ser trabajador de la División deProtección de Personalidad de la Policía Nacional Civildesde agosto de 1994. En diciembre de 2001 fue trasladadodel régimen de Ley de Salarios al de contrato. Así laboró enel 2002, sin embargo, al finalizar ese año no se le renovó.Explica que cuando se le cambió de régimen laboral no se lecanceló su indemnización, tampoco al no renovársele elcontrato.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 4/2/03

27

El denunciante dice tener sentencia del Tribunal del ServicioCivil, la que ordena al Ministro de Salud lo reinstale en laplaza de motorista que anteriormente ocupaba y con elanterior salario. Sin embargo, dice tener conocimiento deque el Ministro de Salud ha iniciado un proceso contenciosoadministrativo contra la sentencia dictada por el Tribunal deServicio Civil.

Derecho alTrabajo

1 San Salvador 4/6/03

28

Los denunciantes dicen ser trabajadores de la AlcaldíaMunicipal de Santa Catarina Masahuat; que el dos de mayodel año en curso, el alcalde municipal les notificó que enreunión sostenida por el concejo municipal se había decididodespedirlos de su trabajo, ya que sus plazas seríanocupadas por personas allegadas al partido político al cual elConcejo pertenece.

Derecho alTrabajo

7Santa Catarina

Masahuat6/9/03

29

Los denunciantes expresan que adquirieron 36 apartamentos(a razón de uno por familia) en arrendamiento con promesade venta. Se han enterado que el inmueble se encuentrahipotecado a favor de otra empresa, por lo que temen perderlo que hasta la fecha han cancelado (prima y algunasmensualidades)

Derecho aVivienda Digna

180 San Salvador 6/2/03

30

El denunciante dice haber iniciado sus labores comomotorista administrativo en la Alcaldía de Texistepeque, el 1de abril de 2003. No obstante, el 19 de junio del mismo añole fue notificado su despido y sin derecho a indemnización,incumpliendo así su contrato laboral el cual caducaba endiciembre de ese año.

Derecho alTrabajo

1Texistepeque,

Santa Ana6/24/03

5

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

31

La denunciante expresa que 21 familias viven desdeaproximadamente 20 años en la cuartería de una haciendaubicada en el Sitio del Niño, en La Libertad. Manifiesta quemiembros de la Cooperativa del Sitio del Niño les han dichoque por 20 mil colones les pueden vender una parcela acada familia, por lo que algunas familias ya han entregadoadelantos económicos. Sin embargo, un personero del ISTAles manifestó que la hacienda en mención es propiedad de lainstitución para la cual trabaja. Razón por la cual iniciaron unnuevo proceso con el ISTA, cancelando más de la mitad detodas las familias 250 colones para que les realizaran unamedición del terreno. Han pasado dos años y el ISTA no haresuelto nada, por lo que temen ser desalojados.

Dereho aVivienda Digna

105Sitio del Niño, La

Libertad6/8/03

32

Los dicentes manifiestan que se dedican a actividades detransporte mediante camiones de su propiedad y susrespectivos peones. En 2001 y 2002 fueron contratados poruna empresa dedicada a construir la carretera que de SantaAna conduce a Candelaria de la Frontera. Al transcurrir eltiempo, la cantidad de viajes realizados creció, sin que laempresa les cancelara por ellos. De esa forma fue como lasretenciones crecieron al grado de adeudárseles a algunosde ellos hasta 9 mil dólares. La empresa que les niega elpago, les extendió quedan, sin embargo el tiempo siguetranscurriendo y no se les cancela.

Derecho alTrabajo

29 Santa Ana 7/18/03

33

La denunciante dice ser asociada de la CooperativaAgropecuaria Espíritu Santo de San José Villanueva, desde1981 (fecha de su fundación). En julio de 2003, se negó afirmar un documento que autorizaba a la Cooperativa avender un terreno a miembros de la familia Poma (quienesactualmente desarrollan un complejo habitacinal/vacacionalen ese municipio). Ante tal negación, los diretivos de laCooperativa la desconocen como asociada, perdiendo asílos benefiios que tal condición le brinda.

Derecho a laLibertad deAsociaión

1Cantón El Esalón,

San JoséVillanueva

8/20/03

34

La denunciante expresa que en la Cohetería Noche Buena,ubicada entre las ciudades de Mejicanos y Delgadofuncionaba de manera ilegal, sin control de medidas deseguridad y empleaba a menores de edad. El 5 de julio de2003, el local donde funcionaba la cohetería explotóprovocando la muerte de tres personas, dos de ellasmenores de edad; y lesiones en otro menor y un adulto.

La Cohetería Noche Buena era subcontratista de InversionesEl Tucán. Ninguna de las dos empresa s se responsabilizódel hecho.

Derecho a laSeguridad Social

5Ciudad Delgado,

San Salvador 8/26/03

6

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

35

El día 7 de julio de 2003, el Banco Salvadoreño embargó elHospital Metropolitano, en consecuencia está siendoadministrado por un interventor judicial. Esta situación afectóa los ahora denunciantes quienes eran trabajadores ytrabajadoras del mencionado hospital. No recibieron salarios,vaaciones, ni indemnización. Por su parte, el interventor lesmanifestó no tener relación ni obligación con ellos.

Derecho alTrabajo

10 San Salvador 08/028/03

36

La denunciante expresa que durante 2001, en EstadosUnidos de América, la empresa Dikorsal, adjudicaba kioskospropiedad de la Alcaldía Municipal de San Salvador. El tío dela denunciante, que reside en ese país canceló la cantidadde 700 dólares como pago inicial para la adjudicación de unkiosko. La denunciantes dice haber corroborado que elingreso por los 700 dólares se hizo a la Alcaldía de SanSalvador, además, que la empresa Dikorsal estabaautorizada por la alcaldía. Desde 2001 a la fecha actual, elkiosko no ha sido adjudicado ni se ha devuelto el dinero.

1 Estados Unidos 8/21/03

37

El denunciante dice ser de nacionalidad nicaragüense y tenercinco años de residir en el país, por lo que ha solicitado laresidencia definitiva a la Dirección General de Migración.Pero se la han negado, según él, de una manera arbitraria.

1 San Salvador 8/21/03

38

Los denunciantes dicen ser representantes de lasAsociaciones de Pensionados Públicos y Privados(CIAPES). Expresan que cada una de las Asociaciones queintegran CIAPES han estado haciendo esfuerzos aisladosante violaciones a derechos humanos, como ejemplo deestas violaciones pueden mencionarse la no revalorizaciónde las pensiones, negativa del ISSS en la entregarmedicamentos que requieren, inexistencia de la pensiónuniversal, normativa que va contra su condición y va enmenoscabo de sus derechos universalmente reconocidos,actos arbitrarios en la exigencia de requisitos adicionales alos establecidos en la normativa para la gestión de pensión.

Derecho a laSeguridad Social

100000 El Salvador 8/18/03

39

Los denunciantes (2 mujeres y 1 hombre) manifiestan quefueron despedidos arbitrariamente por el gerenteadministrativo de la maquiladora Charter SA de CV, ubicadaen la zona franca de Olocuilta. El despido se hizo efectivo enmayo de 2003. Suponen que el despido tiene a la base suparticipación en el sindicato de la empresa.

Derecho alTrabajo

3 Olocuilta, La Paz 7/28/03

40

Los denunciantes sostienen que el director de la AcademiaNacional de Seguridad Pública, en forma intempestiva losquiso pasar del régimen de Ley de Salarios al régimen decontrato, por lo que presumen que es para despedirlos y nocancelarles su indemnización. Argumento basado en que loscontratos que les querían hacer firmar eran sólo por tresmeses. Ante la negativa de firmarlos, se les pidió quedevolvieran sus instrumentos de trabajo, con lo que dicenhaber sido despedidos de hecho.

Derecho alTrabajo

12 San Salvador 10/7/03

7

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

41

Los/as denunciantes, mimbros/as de la Junta de Vigilanciade la Profesión Médica, expresan que con el fin de darcumplimiento a uno de sus mandatos legales, como lo es lavigilancia del ejericio de la profesión médica, en reiteradasocasiones has solicitado a diversas jefaturas del ISSS yhospitales nacionales, información relativa a casosdenunciados ante esa Junta. Sin mebargo, no se responde alas peticiones de la Junta, lo que da lugar a pensar que hayocultamiento intencionado de información y desconocimientoa la Junta de Vigilancia.

Derecho a laSalud.

San Salvador 9/5/03

42

Los/as denunciantes miembros/as de la Junta de Vigilanciade la Profesión Médica (JVPM), manifiestan que a unaprofesional de la medicina, de nacionalidad venezolana se leha incorporado como médico nefrólogo en el ISSS. Laincorporación fue realizada por autoridad incompetente, yaque la JVPM no ha otorgado el número de registro a dichaprofesional, por considerar que no ha cumplido con requisitosnecesarios para ello. Por lo tanto, ellos consideran que laprofesional ejerce la profesión médica especializada sin estardebidamente registrada.

Derecho a laSalud

San Salvador 9/5/03

43

El denunciante explica que pertenece a la CooperativaAcalhuapa, los miembros de dicha cooperativa habitaban enuna extensión de terreno de 390 manzanas pertenecientes alISTA. A través de la intermediación del la AsociaciónNacional de Trabajadores Agropecuarios (ANTA), loscooperativistas pedían el traspaso de 150 manzanas. Sinembargo, en 1996 el terreno se transfirió al Ministerio deDefensa. Los cooperativistas sostuvieron, a lo largo de 2000,audiencias con los titulares de Defensa, llegando al acuerdode que si el ISTA compraba la porción del terreno, ellos lavendían o que le entregaran otra propiedad a cambio. Eltiempo ha transcurrido y no se ha resuelto el problema. LaFiscalía General de la República hasta el momento hadesarrollado cinco intentos de desalojo. En la última, que fueel 9 de septiembre de 2003 hubo orden de desalojo por partede la jueza de paz de Tapalhuaca.

Derecho ViviendaDigna

251

CooperativaAcalhuapa,Hacienda El

Angel II,Tapalhuaca, La

Paz

9/4/03

8

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

44

Los y las denunciantes expresan que en 1998 firmaron uncontrato de alquiler con promesa de venta con la empresaJumbo Ingenieros, S.A. De C.V. quienes eran losadministradores de la lotificación propiedad de la señoraZoila Esperanza Escalante. El año 2000, la empresa enmención tuvo diferencias con la Sra. Escalante y mediantecorrespondencia enviada por la empresa Jumbo, el 5 deoctubre de 2000, instó a los arrendatarios a no pagar lascuotas hasta nuevo aviso, pues la propiedad se encontrabaen litigio en el Juzgado 1º de lo Civil de Santa Ana. Por otrolado, la Sra. Escalante les instó a firmar un nuevo contrato,algunos firmaron, otros no. Algunos arrendatarios fuerondesalojados. Actualmente hay diez familias que se resistenabandonar el terreno, sosteniendo que no lo harán mientrasno se les reintegre el dinero que ya cancelaron.

Derecho aVivienda Digna

50

Lotificación losAmates, SanAntonio del

Monte,Sonsonate

9/4/03

45

Los y las denunciantes expresan que mediante Acuerdo delConcejo Municipal de Nueva San Salvador, de fecha20/08/03 fueron suprimidas las cuatro plazas que ellos/asocupaban. Decisión que entraría en vigor a partir de 1 deseptiembre. Los cuatro despedidos tenían un promedio deseis años de laborar en la institución. Manifiestan que cadauno/a de ellos/as tuvieron acoso laboral de distinto tipo. ElConcejo justifica el despido por carencia de fondos, sinembargo dicen que días antes de sus despidos secontrataron siete personas.

Derecho alTrabajo

4Nueva San

Salvador, LaLibertad

019/11/03

46

La denunciante expresa que el Concejo Municipal, período2000-2003 de la Alcaldía de Sonsonate, cumpliendo losprocedimienots legales otorgó en calidad de comodato a laAsociación de Mujeres Mélida Anaya Montes, a la cual ellarepresenta legalmente, un inmueble ubicado en Sonsonate,el cual sería utilizado para desarrollar el trabajo de laAsociación que representa. No obstante lo anterior, el actualalcalde ha promovido un juicio civil ordinario determinaciónde contrato de comodato, alegando que se el inmueble seestá utilizando para fines diferentes a los que se pactó.

Derecho a laPropiedad

85Sonsonate,Sonsonate

30/09/03

9

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

47

El denunciante expresa que en 1983, un aproximado de 20familias se ubicaron en una franja de terreno contiguo a lacarretera Panamericana, sin que hasta la fecha se les hayapresentado algún problema por habitar en el lugar. Sinembargo, por los actuales trabajos de ampliación de dichacarretera realizados por el MOP, se les ha pedido que debendesalojar el lugar. Se les ha propuesto trasladarlos a unacomunidad donde se les construirá una vivienda a cadafamilia (de dimensiones 5x5 mts, de lámina y madera) lascuales no poseen energía eléctrica, agua y serviciossanitarios. Además, no se les ha ofrecido indemnizarlos porlos las viviendas a demoler, las cuales son de sistema mixto.

Derecho aVivienda Digna

110

CarreteraPanamericana,Km. 30, SantaCruz Michapa,

Cuscatlán

01/10/03

Se visitó la comunidad ubicada en elKm. 30 de la Carretera Panamericana,dicha comunidad es conocida comoCaserío El Cementerio. Son trecefamilias que habitan en el lugar, susviviendas son, en su mayoría, desistema mixto. Habitan niños/as,personas adultas y ancianos/as. Lascasas se ubican en la parte superior deun talud, como a seis metros de la orilladel mismo, aparentemente sin riesgoalguno. Es ese talud el que el MOPquiere desgastar, porque aducen quelos derrumbes de ese talud son unpeligro para los automovilistas quetransitan por la Panamericana.

48

El día 1 de octubre de este año, se publicó en El diario deHoy una noticia que anunciaba el desalojo de un grupo dedamnificados quienes, a criterio de la alcaldía del municipio,no estaban utilizando el terreno asignado por esa institucióna consecuencia de los terremotos de 2001.

Derecho aVivienda Digna

865Tecapán,Usulután

1/10/03

Se realizó visita de verificación en lacomunidad, el día 2 de octubre de 2003y se habló con algunos pobladores. Delos cuatro entrevistados, uno, dijodesconocer la situación. Los tresrestantes manifestaron estar deacuerdo con las acciones del alcalde yaque las viviendas que se desmontaronestaban deshabitadas. Se habló,además, con el alcalde municipal y conmiembros de su concejo municipal,negaron la información publicada por elmedio escrito.

Se constató que las viviendas de lacomunidad, en su mayoría construidasde madera y lámina, carecen deservicios básicos como energíaeléctrica y agua potable. A loshabitantes de las viviendas no se les hahecho el traspaso de la propiedad.

49

Las denunciantes dicen trabajar como vendedoras yvendedores del mercado de Lourdes, Colón, parte del cualse ubica atrás de la catedral del referido lugar. Sin embargo,a partir del 1 de octubre de este año el alcalde de lalocalidad les ha prohibido la estadía y venta en dicho lugar yde no acatar la disposición se les decomisará la mercaderíay se impondrán multas. No se les presentó alternativa dereubicación.

Derecho altrabajo

25Lourdes, Colón,

La Libertad6/10/03

10

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

50

Los/as denunciantes manifiestan que en 1999 en su lugar deresidencia fueron visitados por miembros de la FundaciónHábitat quienes les llegaron a ofrecer la construcción deviviendas, según ellos, de manera gratuita. Una vezconstruidas las viviendas, hubo firma de contratos y laslos/as denunciantes, por no saber leer y escribir, ignorabanlas obligaciones adquiridas al firmar el contrato. De tal formadicen que desconocían la obligación de un pago mensual.Sin embargo dicen haber hecho depósitos por tres primerascuotas al banco designado por Hábitat. Posteriormente nohicieron ninguna cancelación, razón por la cual cayeron enmora, por lo que Hábitat les ha cmunicado que tomaránacciones legales . Dicen que el terreno donde se hanconstruido las viviendas pertenece a cada uno/a de ellos/as.

Derecho aVivienda

Digna300

Caserío LosTanques,

Panchimalco,San Salvador

30/10/03

El jueves 20 de noviembre se visitó el CaseríoLos Tanques, jurisdicción de Panchimalco. Apartir de las nueve de la mañana, en casa dela Sra. Catalina Vasquez se sostuvo reunióncon un grupo de afectados. Manifestaron quepor su condición económica no pueden seguircancelando el crédito a la Fundación Hábitat,por lo que desearían la donación de lasviviendas.Las viviendas proporcionadas por Hábitatmiden aproximadamente 4 metros de frente ycuatro de profundidad. Sus paredes son debloque y el techo de lámina de zinc. Algunasde ellas tienen piso de cemento, otras lotienen de tierra. A algunas de las viviendas,Hábitat les proporcionó letrina, razón por lacual su precio es más elevado respecto de lasque no cuentan con ese servicio.A juzgar por las dimensiones y por losmateriales con que están construidas lasviviendas, éstas se sobrevaluaron en elcontrato elaborado por Hábitat, es decir queeste tipo de vivienda, posiblemente, en 1999no valía 34,84.79 colones.Recientemente, recibieron notificación através de nota fechada 12 de noviembre delcorriente, donde se les indica el número decuotas pendientes y la correspondientecantidad de dinero.Manifiestan que de las 60 personasbeneficiarias del proyecto, 46 están en mora ylas restantes están al día con los pagos.Dicen que, por vía no institucional de Hábitat,han recibido información sobre las intencionesde desalojarlos del lugar o de deshacerles lascasas.Los denunciantes dicen haber cancelado auna persona de nombre Carlos Blanco, quiendice ser abogado y tener su oficina en lascercanías del Centro de Gobierno de SanSalvador, la cantidad de diez mil colones, enconcepto de adelanto por diligenciastendientes a resolverles el problema.

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Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

51

La denunciante expresa que el 10 de noviembre de 2003, alas 10 de la mañana, funcionarios de la Alcaldía Municipal deTacuba llegaron aun terreno de su propiedad y procedierona demoler un muro en construcción, la cual tenía unalongitud aproximada de 15 metros. Manifiesta, además, queuna representante de la Procuraduría General de laRepública le extendió un permiso para construir el muro. Sinembargo esta funcionaria no se manifestó en contra almomento de la demolición a pesar de que fue de suconocimiento. Los funcionarios municipales se hicieronacompañar, al momento de demoler el muro, de tres agentesde la PNC y 50 ciudadanos más.

Derecho a laPropiedad

1Tacuba,

Ahuachapán14/11/03

Se contactó a un miembro del ConcejoMunicipal de Tacuba, quien participó enla acción de demoler el muro enmención. Dijo que la acción laconsideraban legítima pues el caminoobstruido con dicho muro tiene más de30 años de ser de utilidad a muchospobladores. Y según él, las leyes civilesasí lo establecen. No obstante, se lepreguntó si esa acción era avalada poruna orden judicial, a lo que respondióque mejor se hablara con el abogadoque los estaba asesorando.

52

La denunciante expresa que desde 1992 laboró comoempleada de oficios varios en la empresa Café Coyo, la cualse dedica a la exportación de izote plantas naturales: la cualse ubica sobre el km 25 de la carretera que de San Salvadorconduce a Sonsonate. La empresa es propiedad del Sr.Terry Moore y es administrada por el ingeniero HéctorMolina. La denunciante laboraba de 7 am a 4 pm (en tiempoordinario) y por lo general, todos los días lo hacía en tiempoextraordinario. Su salario era de 1050 colones mensuales.Expresa que por la horas extras no recibía lo que ley lecorrespondía, es decir que el cálculo de horas extras no leera aplicado. Manifiesta que a inicios de 2003 expresó alingeniero Molina su intención de abandonar la empresa pormotivos de sentirse acosada laboralmente por lassupervisoras, por lo que le solicitaba su indemnización.Como respuesta recibió la negativa del Sr. Molina.Posteriormente, en marzo, gozó de sus 15 días de vacación(del 1 al 15) el día 16 que debía presentarse no lo hizo y nolo ha hecho hasta el momento. Añade que a pesar dedescontársele las aportaciones para AFP e ISSS, éstas noeran efectuadas.

Derecho alTrabajo

1Armenia,

Sonsonate21/11/03 -

53

La denunciante manifiesta que desde junio de 2001 laborabaen la empresa maquilera Anthony Fashion, ubicada en lazona industrial San Bartolo, Ilpango. Expresa que endiciembre de 2002 les notificaron a todos/as los trabajadoresque quedaban en período de vacación, por lo que debíanpresentarse nuevamente a trabajar el 5 de eenero de 2003.Así lo hicieron, pero al llegar a las instalaciones de laempresa, se enteraron que los representantes de la empresahabían retirado la maquinaria y que la empresa ya nooperaría. Fue así como quedó pendiente la entrega de laindemnización y lo correspondiente al aguinaldo. Además, hasido de su conocimineto que a pesar de descontárseles, enplanilla, lo correspondiente a AFP y seguro social, lasaportaciones eran retenidas por la empresa.

Derecho alTrabajo

1275San Bartolo,

Ilopango21/11/03 -

12

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

54

Los/as denunciantes expresan que la existencia de gruposorganizados de jóvenes, conocidos como maras, interfierenen la seguridad de la población. Por otra parte, dicen queexiste venta de drogas y alcohol sin ningún control.Situaciones que afectan a los jóvenes, niños y niñas. Hastael momento las autoridades de gobierno no dan respuestas aestos problemas.

Derecho a laseguridadpersonal

3000San Damián ,

Armenia,Sonsonate

26/08/03 -

55

Los/las denunciantes expresan que la comunidad tiene 18años de existir y que hasta la fecha carecen de agua potable.Razón por la cual deben abastecerse de agua provenientede pozos. Mencionan que por la comunidad pasa en río SanEugenio, el cual después del terremoto disminuyó su caudal.Además tienen conocimiento que ciertas personas de lacomunidad vierten aguas servidas en él, de igual manera loutilizan como basurero.

Derecho a medioambiente sano

3000San Damián ,

Armenia,Sonsonate

26/08/03 -

56

Los y las denunciantes expresan que debido a la pobreza dela comunidad, las personas no logran satisfacer lasnecesidades de vivienda, situación que se agravó despuésde los terremotos de 2001. Muchos habitantes viven encasas provisionales o a la intemperie.

Derecho aVivienda digna

3000San Damián ,

Armenia,Sonsonate

26/08/03 -

57

El denunciante expresa que el puente ubicado en la calle LosClaveles fue dañado a consecuencia de los terremotos de2001. Los habitantes de los sectores que une el puente smantienen incomunicados cuando crece el río. La comunidadha realizado gestión ante la alcaldía para reconstruirlo perono ha recibido respuesta favorable.

Derecho avivienda digna

3000San Damián ,

Armenia,Sonsonate

26/0803 -

58

El denunciante expresa que la comunidad carece de unservicio de salud adecuado y eficiente ya que en la unidadde salud no se cuenta con suficientes medicamentos para eltratamiento de los enfermedades.

Derecho a lasalud

3000San Damián ,

Armenia,Sonsonate

26/08/03 -

59

El denunciante expresa que después de las elecciones demarzo de 2003 el nuevo alcalde de Cuisnahuat aprobó lareapertura del basurero ubicado en la comunidad SanPredro, en el cual se depositan los desechos sólidos queprovienen de del centro de Cuisnahuat. La existencia dedicho basurero provoca la proliferación de moscas,mosquitos y malos olores.

Derecho a medioambiente sano

1000

Caserío ElPalmar,

Cuisnahuat,Sonsonate

2/9/03 -

60

Los y las denunciantes expresan que son forman parte deuna comunidad que surgió a raíz de los terremotos de 2001.Mencionan que antes del terremoto vivían en comunidadesurbanas, zonas de riesgo y mesones de Armenia. A travésde proyectos de cooperación lograron construir viviendas enel terreno que actualmente poseen. No obstante, a la fecha,tienen año y medio de estar gestionando ante FONAVIPO laescrituración de sus lotes, pero no han obtenido respuesta.

Derecho a unVivienda Digna

800

Cantón TresCeibas,

Armenia,Sonsonate

5/9/03

13

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

61

Los y las denunciantes expresan que las condiciones desalud de las y los habitantes de la población a la que ellosrepresentan se está viendo más deteriorada debido a que elacceso a servicios de salud no es gratuito ni inmediato.Manifiestan que en la Unidad de Salud siempre les exigen elpago de las cuotas voluntarias, requisito que no puedencumplir por carecer de recursos económicos.

Derecho a laSalud

800

Cantón TresCeibas,

Armenia,Sonsonate

5/9/03 -

62

Los y las denunciantes expresan que la falta de trabajo en lacomunidad es un problema presente en la población, lamayoría de los habitantes no tienen acceso a los trabajosdebido a que los requisitos que piden, ellos no los cumplen.Mencionan que a falta de trabajo, se dedican a actividadesagrícolas, pero sostienen que con este trabajo no obtienenlos ingresos necesarios para cubrir las necesidades mínimasde su familia.

Derecho alTrabajo

250

Colonia SantaMarrta, Km.39, carreteraa Armenia,Sonsonate

8/9/03 -

63

Los y las denunciantes expresan que debido a la condiciónde pobreza de las familias de su comunidad, se venimposibilitados de apoyar a sus hijos e hijas en los procesoseducativos. El problema se agrava más aún porque en lasescuelas públicas les están exigiendo las cuotas voluntarias.Además, mencionan que no tienen acceso a los talleresvocacionales que se imparten en la localidad.

Derecho a laEducación

250

Colonia SantaMarrta, Km.39, carreteraa Armenia,Sonsonate

8/9/03 -

64

Los denunciantes expresan que se asentaron desde 1972 enlos terrenos que hoy ocupan. Dichos terrenos son delEstado, en consecuencia, no tienen seguridad en la tenenciade la tierra, ello les ha impedido ser beneficiarios deproyectos habitacionales ejecutados por diversasinstituciones. Las viviendas en que habitaban eran demateriales diversos como bahareque, adobe y ladrillos deobra; sin embargo dichas viviendas fueron destruidas por elterremoto de 2001. De ahí que las actuales condiciones devivienda son mucho más deplorables que antes de losterremotos.

Derecho aVivienda Digna

250

Colonia SantaMarrta, Km.39, carreteraa Armenia,Sonsonate

8/9/03 -

65

Los denunciantes expresan que debido a la falta de acceso acréditos, por no ser sujetos de créditos, muchas personas sededican a desarrollar algunas actividades productivas que noles generan el recurso económico suficiente para obtenerinsumos básicos para subsistencia. Además, el no acceso acréditos les impide extender sus producciones agrícolas.

Derecho altrabajo

250

Colonia SantaMarta, Km.

39 carretera aSonsonate

8/9/03

66

El denunciante expresa que la mayoría de habitantes de lacomunidad no posee un trabajo permanente, sino eventual,pone como ejemplo el caso de 10 personas de la comunidadquienes laboran en una maquila y devengan salario mínimo,el cual no les es suficiente para cubrir sus necesidadesbásicas.

Derecho altrabajo

250

Colonia SantaMarta, Km.

39 carretera aSonsonate

-

14

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

67

Los y las denunciantes expresan que son miembros de unacomunidad que se ha asentado en una porción de terreno delEstado. Mencionan que lo ocupan desde 1972, desde esafecha se han enfrentado a varios intentos de desalojo, sinembargo ninguno se ha hecho efectivo. Sin embargopermanece en ellos la inseguridad e incertidumbre por notener legalizado el terreno. Además esa condición les impideser sujetos de proyectos habitacionales que desarrollandiferentes agencias de cooperación.

Derecho aVivienda Digna

250

Colonia SantaMarta, Km.

39 carretera aSonsonate

8/9/03

68

Los denunciantes expresan ser miembros de la comunidadSanta Marta. Dicen que, en su mayoría, sus habitantes sonagricultores sin tierra, quienes debido a la falta deoportunidades en el acceso a la tierra, no logran satisfacersus necesidades básicas, principalmente de alimentación.También dicen no tener acceso a créditos.

Derecho aalimentación

adecuada800

Cantón TresCeibas,

Armenia,Sonsonate

12/9/03 -

69

Los y las denunciantes expresan que desde 2001, que escuando se fundó la comunidad a la cual pertenecen, lospobladores siempre ha tenido problemas para abastecersede agua potable. Regularmente lo hacen obteniendo el aguade pozos que existen en algunas casas del lugar, sinembargo, consideran que el agua que obtienen de esamanera no es suficiente y está contaminada pues estánubicados en las cercanías de los servicios sanitarios que sonde fosa.

Derecho a laSalud

800

Cantón TresCeibas,

Armenia,Sonsonate

12/9/03 -

70

Los denunciantes expresan que miembros de la comunidad ala que pertenecen, poseen habilidades y conocimientostécnicos en diversas áreas, lo que les ha motivado aemprender microempresas, sin embargo, al haberse avocadoa distintas agencias financieras, se les ha negado el créditopor considerar que no son sujetos a crédito.

Derecho alTrabajo

340

Arboles deDios,

Lourdes,Colón, LaLibertad

12/9/03 -

71

Los denunciantes expresan que las condiciones de lasviviendas en que habita la mayor parte de la comunidad sonprecarias, ya que la mayoría de viviendas están construidasde lámina y madera. Además, por estar ubicadas sobreterrenos municipales, no tienen seguridad de permanenciaen el lugar. Mencionan que algunas instituciones han queridomejorarles sus viviendas, pero ponen como condición que elbeneficiario sea propietario del terreno donde ésta seencuentre.

Derecho aVivienda Digna

340

Arboles deDios,

Lourdes,Colón, LaLibertad

12/9/03 -

72

La denunciante expresa que las condiciones económicas delas familias de la comunidad son precarias, lo que impide asus hijos e hijas les impide accesar adecuadamente a losprocesos educativos. Además considera que el costo de lasllamadas cuotas voluntarias es demasiado elevado.Menciona que algunos padres y madres de familia se hanvisto en la obligación de interrumpir la asistencia a la escuelade sus hijos e hijas.

Derecho a laEducación

340

Arboles deDios,

Lourdes,Colón, LaLibertad

12/9/03 -

15

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

73

El denunciante expresa que los miembros y miembras de lacomunidad que trabajan, lo hacen, en su mayoría, enmaquilas ubicadas en el entorno del municipio. Mencionanque los salarios que devengan (mínimos) no les alcanza parasatisfacer sus necesidades básicas y la de los demásmiembros de sus familias.

Derecho alTrabajo

340

Arboles deDios,

Lourdes,Colón, LaLibertad

12/9/03 -

74

La denunciante expresa que fue beneficiaria de un proyectohabitacional, el cual incluía la construcción de los accesosinternos de la comunidad. Sin embargo, no fueronconstruidos y en la actualidad, todas las calles estándeterioradas. Además, dicen que por esa mala condición delas calles, carecen de transporte colectivo permanente.

Derecho aVivienda Digna

800

Cantón TresCeibas,

Armenia,Sonsonate

12/9/03 -

75

El denunciante manifiesta que el río conocido como LosEncuentros y que pasa por la comunidad, está siendocontaminado por una granja de cerdos que deposita susdesperdicios en el río; por un basurero; y por deposicionesde aguas negras. Por lo que consideran que el agua del ríoya no es propia para el consumo humano, sin embargo, elagua del mencionado río sigue siendo utilizada por un buenporcentaje de la población de la comunidad.

Derecho a laSalud

500

Los Lagartos,Caserío Los

Angeles, SanJulián,

Sonsonate

17/09/03 -

76

La denunciante manifiesta que pertenece a una de las 180familias que desde hace 15 años, en época invernal, paraabastecerse de agua han tenido que desplazarse hasta el ríoagua Caliente que dista desde su comunidad un kilómetro dedistancia. En época de verano el nivel del agua baja y se leshace más difícil la obtención del vital líquido. Viéndoseobligados a comprar el agua a un precio de diez colones elbarril. Por su condición económica les resulta sumamenteelevado el precio.

Derecho a laSalud

1075

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

20/09/03 -

77

El denunciante expresa que en la comunidad que reside,existe un 30% de hombres que no saben leer y escribir y un46% de mujeres que tampoco sabe hacerlo. Según esascifras, para el denunciante, el analfabetismo es de muchaconsideración en su comunidad, lo que se traduce como unalimitante para su desarrollo social y económico.

Derecho a laEducación

77Las Colinas,

Armenia,Sonsonate

26/09/03 -

78

La denunciante expresa que la calle que conduce desde eldesvío de la carretera El Litoral hacia el centro del cantónLas Crucitas se encuentra en mal estado. Durante elinvierno, empeora esa situación hasta el punto de volverseintransitable y el cantón queda incomunicado.

Derecho aVivienda digna

1075

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

23/09/03 -

79

La denunciante expresa que en su comunidad no existen lascondiciones materiales que les permitan desarrollaractividades de tipo social organizativo. Se ven en dificultadpor no contar con recursos económicos, ya que su actualsituación sólo les permite cubrir necesidades desobrevivencia.

Derecho a laCultura

540

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

23/09/03 -

16

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

80

La denunciante expresa que las condiciones en que recibenclases los y las niñas que asisten a la escuela pública de lalocalidad, lo hacen en condiciones infrahumanas ya que lasparedes y techos de las aulas están construidas con láminasde zinc, lo que provoca altas temperaturas al interior delsalón de clases. Además no existen condiciones favorablespara elaborar los alimentos que se preparan dentro delprograma Escuela Saludable.

Derecho a laEducación

150

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

-

81

La denunciante expresa que la situación de sobrevivencia enque viven algunas madres de su comunidad provoca que noalcancen a nutrir adecuadamente a sus hijos e hijas, lo que asu vez provoca que los y las niñas tengan pocas defensaspara resistir a las enfermedades. Además sostiene que yahan tenido que enfrentar emergencias de salud y se hanvisto en problemas al momento de transportar a los enfermospor la razón de no contar con medios de transporte. Tambiénmenciona que la unidad de salud de la localidad carece demedicamentos.

Derecho a laSalud

540

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

23/09/03 -

82

El denunciante manifiesta que la situación de empleo en lacomunidad a la que pertenece afecta mayormente a hombresy mujeres de mediana edad, puesto que las pocasoportunidades que se les presentan son trabajos temporales.En lo últimos años dicha situación se ha empeorado por elcierre de más fuentes de trabajo.

Derecho alTrabajo

540Las Colinas,

Armenia,Sonsonate

26/09/03

83

El denunciante manifiesta que en la comunidad en quehabita no cuentan con agua potable desde hace 18 añosaproximadamente. Durante ese tiempo han tenido queabastecerse del agua que provee el río Agua Caliente. Dichaagua está contaminada ya que en él son depositadas lasaguas sucias producidas por los habitantes de Armenia.

Derecho a laSalud

648Las Colinas,

Armenia,Sonsonate

26/09/03 -

84

El denunciante manifiesta que a un kilómetro del caserío dela comunidad a la que pertenece se encuentra una propiedaddonde cultivan peces. En ese lugar periódicamente realizanlimpieza de las peceras cuyas aguas son vertidas al río LosTrozos, del cual la población de la comunidad de abastecede agua. Según lo manifiesta el denunciante, cuando lavanlas peceras el color del agua del río se torna negro.

Derecho a laSalud

2500Pushtan Sur,Nahuizalco

9/12/03 -

85

La denunciante manifiesta que en su comunidad la vía deacceso a ésta se encuentra en pésimo estado, situación quese agrava en época de invierno. Esta situación les impidetransportarse de una manera expedita.

Derecho aVivienda Digna

540

Colonia elmilagro,

Tecoluca,San Vicente

9/12/03 -

17

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

86

La denunciante manifiesta que los miembros de lacomunidad donde ella habita tienen problemas con elabastecimiento de agua potable. Menciona que desde 1962obtienen el agua de una manera irregular de los vertientesnaturales de la región. O obstante, estos vertientes estáncontaminados y algunos de ellos ya se han secado. Por loque se han visto en la necesidad de comprar el vital líquido aun precio de 2.25 dólares por cada barril, precio que no estádentro de sus posibilidades económicas.

Derecho a laSalud

1500San Isidro,

Panchimalco9/12/03 -

87

La denunciante manifiesta que en su comunidad existencasos de niños y niñas desnutridos . Sostiene que esto sedebe a que las mayor parte de padres y madres están sintrabajo, situación que les impide poder obtener recursoseconómicos para la compra de alimentos. A este problematambién se suma el hecho de que en la unidad de salud de lalocalidad no se les da un tratamiento adecuado a estos niñosy niñas que padecen la desnutrición.

Derecho aalimentación

adecuada540

Tecoluca,San Vicente

9/12/03 -

88

La denunciante expresa que en la comunidad existe unnúmero alto de niños y niñas desnutridas, fenómeno quepuede percibirse por la condición que presentan los y lasniñas, como color de la piel, bajo peso, entre otros. Además,generalmente, estas son las causas por las que pasanconsulta en la unidad de salud.

Derecho aalimentación

adecuada300

San Isidro,Panchimalco,San Salvador

9/12/03 -

89

La denunciante expresa que en la unidad de salud de lacomunidad hay desabastecimiento de medicamentos.Cuando pasan consulta les extienden la receta con la cualdeben pasar a la farmacia de la unidad, sin embargo ahísiempre les dicen que no tienen la medicina recetada, por loque las remiten al hospital de Sonsonate para que en eselugar las soliciten. A pesar de ello siempre deben cancelasun dólar como cuota voluntaria por la conculta.

Derecho a laSalud

850Tejutla,

Ahuachapán9/12/03 -

90

La denunciante expresa que los trabajadores agrícolas de lazona de su comunidad lavan las bombas con que fumiganlos cultivos, con y dentro del agua del río Cuilapa, que es elrío del cual los habitantes de las comunidades Los Mangosy Cuilapa se sirven para consumir. A eso se suma lacontaminación que provoca al mismo río la deposición delos desperdicios de una porqueriza cercana al lugar.

Derecho aMedio

AmbienteSano

2100Tejutla,

Ahuachapán9/12/03 -

91

La denunciante manifiesta que la base económicafundamental de las familias de la comunidad la obtienen delas actividades agrícolas, especialmente del cultivo de maízy frijol. Es por esa razón que su dieta está generalmentecompuesta por estos dos granos. Lo que ha provocado quelos niños y niñas estén desnutridos. En la unidad de saludles han dicho que los y las niñas no dan el peso de acuerdoa su edad. Dice no recibir ninguna ayuda de parte de lasautoridades gubernamentales.

Derecho aAlimentación

Adecuada340

Tecoluca,San Vicente

9/12/03 -

18

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

92

El denunciante expresa que el río Chutía, que pasa por sucomunidad, ha sido contaminado principalmente por losdesechos producidos por el rastro municipal, aunque ademásse vierten en él aguas negras y desechos de una porqueriza.Del agua de ese río hacen uso los habitantes de sucomunidad. Hasta el momento la alcaldía municipal no hahecho nada para mejorar la situación.

Derecho a laSalud

220

Hacienda LaFlorida,

Texistepeque,Santa Ana

9/12/03 -

93

La denunciante expresa que entre 1978 y 1979 es compradoun terreno que sería destinado para que en él seconstruyeran viviendas viviendas destinadas a familiasafectadas por la guerra civil de esos años. Dicho terreno fueregistrado como propiedad del representante legal de laAsociación CREDHO. Los habitantes del lugarposteriormente, en 1980, se organizaron y adoptaron elnombre de Cooperativa Agrícola La Florida de R.L., seismeses después obtuvieron personería jurídica. Al pasar eltiempo, durante el conflicto armado, la comunidad perdióvarios miembros, por lo que la directiva intentóreestructurarse. Hubo problemas en su funcionamiento.Desde el 2000, se ha sostenido varias reuniones confuncionarios de CREDHO para ver se pueden obtener lostítulos de propiedad para tener una vivienda segura. Sinembargo no ha habido seguimiento pro parte de esainstitución.

Derecho aVivienda

Digna230

Hacienda LaFlorida,

Texistepeque,Santa Ana

9/9/03

El Sr. Dionisio Quintanilla, se presentóa las Oficinas de FESPAD, el díamartes 23 de marzo de 2003, a lasdoce horas con veinte minutos, con laintención de retractarse de los hechosdenunciados por su persona antemiembra de FESPAD el 9 deseptiembre de 2003, según consta enexpediente 2003/93. A la vez solicitaque se interrumpa cualquier acción quepueda haberse iniciado.

San Salvador, a los veintitres días delmes de marzo de dosc mil cuatro.

f._______________________________Dionisio Quintanilla

f._________________________________Saúl Antonio BañosUnidad de Monitoreo y Recepción deDenunciasFESPAD.

94

El denunciante expresa que en 1996 en el entorno de lacomunidad se instalaron 2 establos. Desde esa época losdesperdicios de los establos son arrojados al río Los Trozos,siendo éste la fuente de obtención de agua de la mayor partede pobladores de la comunidad. Dice, además, que por elalto grado de contaminación del río los habitantes sufren devariadas enfermedades.

Derecho aMedio

AmbienteSano

2500Pushtan,

Nahuizalco,Sonsonate

9/12/03 -

95

La denunciante expresa que por motivos de la crisis delsector cafetalero, la mayor parte de miembros y miembras dela comunidad se encuentran desempleados/as. Mencionaque algunos/as de ellos se dedican al cultivo de maíz y frijol,sin embargo, lo que obtienen no es suficiente para llevar losbásico a sus hogares.

Derecho alTrabajo

1075

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

7/10/03 -

19

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

96

La denunciante manifiesta que 16 familias de la comunidadno cuentan con títulos de propiedad del lugar que habitan, apesar de vivir en el lugar desde aproximadamente 30años.Expresa, además, que estas familias no poseen los recursoseconómicos necesarios para iniciar procesos de inscripcióndel inmueble.

Derecho aVivienda

Digna80

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

11/10/03 -

97

La denunciante expresa que la situación de seguridad en lacomunidad se ha agudizado debido a que los actosdelincuenciales se han incrementado. Como por ejemplo losasaltos que se dan sobre la calle principal, provocando hastael momento la muerte de dos personas.

Derecho a laseguridadpersonal

1075

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

7/10/03 -

98

La denunciante expresa que en la comunidad de la que esmiembro, las personas mayores, principalmente las mujeres,no saben leer leer y escribir. Denuncia la ausencia deprogramas de alfabetización de adultos, pues consideran queel saber leer y escribir les podría facilitar el desenvolvimientoen su vida diaria.

Derecho aEducación

516

Cantón LasCrucitas,Armenia,

Sonsonate

7/10/03 -

99

La denunciante expresa que en los últimos años se haincrementado el nivel de inseguridad en la comunidad. Sehan dado casos delincuenciales como agresiones sexuales,robos, hurtos, etc. Esos hechos hacen que los habitantes sesientan en un estado de zozobra.

Derecho a laSeguridadPersonal

648Las Colinas,

Armenia,Sonsonate

11/10/03 -

100

La denunciante expresa que la escuela pública que funcionaen su comunidad no cuenta con el mobiliario adecuado ysuficiente, además de los servicios propios para un centroeducativo. La escuela no cuenta con servicio de aguapotable. Los y las alumnas son enviados a recoger agua a unpozo que está lejos de la escuela.

Derecho a laEducación

209Las Colinas,

Armenia,Sonsonate

11/10/03 -

101

El denunciante manifiesta que es miembro de una de lasfamilias que en 1993 se asentaron en la Comunidad Lascolinas. Desde esa fecha hasta la actualidad no han contadocon seguridad en la tenencia de la tierra, razón por la cual nohan podido ser beneficiarios en los proyectos habitacionalesque diversas entidades realizan.

Derecho aVivienda

Digna320

Las Colinas,Armenia,

Sonsonate11/10/03 -

102

El denunciante expresa que desde hace aproximadamente20 años se asentaron en lo que hoy es conocido comoComunidad Las Colinas, desde esa fecha, la forma en quese han proveído de agua es obteniéndola de un ríodenominado Agua Caliente. Desde hace unos pocos años, elagua del río ha sido contaminada por diversas causas,principalmente por deposiciones de establos, y porquerizas.A pesar de estar contaminada el agua, los habitantes de lacomunidad continúan consumiendo el agua, lo que lesprovoca variadas enfermedades, afectando especialmente aniños y niñas.

Derecho aVivienda

Digna648

Las Colinas,Armenia,

Sonsonate11/10/03 -

20

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Nº dedenuncia

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Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

103

El denunciante expresa ser miembro de la comunidad ElGuayabo, menciona que la comunidad fue fundada desdehace 130 años y sostiene que desde su fundación, no hancontado con servicio de agua potable. Durante ese tiempo sehan abastecido del agua de ríos y nacimientos naturales. Enla actualidad los ríos están contaminados y las otras fuentesestán secas. Obligadamente, algunas personas estántomando agua estancada. Lo que les está provocandoenfermedades diversas.

Derecho a laSalud

230

CantónGuayabo,Armenia,

Sonsonate

18/11/03 -

104

La denunciante expresa que tiene 20 años de ser miembrode la comunidad. Expresa que durante ese tiempo hanenfrentado variedad de problemas, con los cuales han idosobreviviendo. Siempre han tenido el problema del agua,pero en la actualidad este problema se ha agravado debido aque las tradicionales fuentes de abastecimiento han sido losríos y en la actualidad estos están totalmente contaminados,lo que les está provocando serias enfermedades.

Derecho a laSalud

1000Palmeras de

París15/11/03 -

105

El denunciante expresa que en 1980 perforaron dos pozosde agua para que abasteciera a la comunidad donde habita.Dice tener conocimiento que desde agosto de 2002 se haniniciado gestiones para que el agua de los pozos enmención, abastezcan la zona central del Municipio deArmenia, lo que les hace suponer que dejarán de percibir elvital líquido.

Derecho alAgua

1000Palmeras de

París15/11/03 -

106

La denunciante expresa que en el caserio donde habitacarecen del servicio de agua potable desde haceaproximadamente 14 años. Durante este tiempo han tenidoque abastecerse de vertientes naturales. Sostiene que lasituación se agrava en los veranos ya que los afluentesbajan su nivel. Menciona que han pedido ayuda a lasautoridades locales, sin que hayan recibido respuesta hastael momento.

Derecho alagua

40

Caserío LosBarahona,

CantónApancoyo,

Cuisnahuat,Sonsonate

10/1/03 -

107

El denunciante expresa que en el caserío que reside, lamayoría de viviendas no posee servicios sanitarios, por loque las personas se ven en la necesidad de realizar susnecesidades fisiológicas al aire libre, lo que según eldenunciante es causa de malos olores y enfermedadesgastrointestinales.

Derecho aVivienda

Digna100

CantónApancoyo,

Cuisnahuat,Sonsonate

10/11/03 -

108

El denunciante expresa que los y las pobladoras de sucomunidad se ven impedidos al querer accesar a serviciosde salud en la localidad debido a que carecen de una unidadde salud o casa de salud. Manifiesta que para recibiratención de salud tienen que trasladarse hasta el municipiomás cercano que el Ishuatán, siempre en el mismodepartamento. Viéndose en mayores problemas cuando sepresentan emergencias.

Derecho a laSalud

100

CantónApancoyo,

Cuisnahuat,Sonsonate

10/11/03 -

21

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

109

La denunciante expresa que en la comunidad existe uníndice alto de niños y niñas desnutridas a causa de laescasez de alimentos. Manifiesta que han recibido apoyo deinstituciones como CARITAS, pero considera que la ayudano ha sido suficiente.

Derecho aAlimentación

Adecuada1000

CantónApancoyo,

Cuisnahuat,Sonsonate

10/11/03 -

110

El denunciante manifiesta que 33 familias de la comunidadno poseen seguridad jurídica sobre la propiedad en dondecada una de ellas habita, razón por la cual han dejado de serbeneficiarios de diversos proyectos habitacionales queinstituciones de cooperación han querido ejecutar en sucomunidad.

Derecho aVivienda

Digna165

CantónApancoyo,

Cuisnahuat,Sonsonate

10/11/03 -

111

El denunciante expresa que entre los años 1992-1993adquirieron créditos de vivienda con FONAVIPO, viviendasque fueron dañadas por el terremoto de 2001. Algunas deellas fueron reconstruidas con ayuda de CARITAS, sinembargo, algunas todavía continúan en el estado comoquedaron después de los terremotos.

Derecho aVivienda

Digna15

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

112

La denunciante expresa que la comunidad en la que residese encuentra en un estado de incomunicación, situación quese agrava en invierno, debido al mal estado de las calles.Sostiene que a la alcaldía del municipio han presentadopeticiones para que les resuelvan el problema pero no hanrecibido respuesta.

Derecho aVivienda

Digna70

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

113

El denunciante expresa que el terremoto de 2001 causóserios daños a la infraestructura del centro escolar de sucomunidad, sostiene que aún no se han hecho lasreparaciones necesarias y los y las alumnas asisten a clasesbajo esas condiciones.

Derecho a laEducación

150

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

114

La denunciante expresa que en el caserío que reside, lamayoría de viviendas no posee servicios sanitarios, por loque las personas se ven en la necesidad de realizar susnecesidades fisiológicas al aire libre, lo que según eldenunciante es causa de malos olores y enfermedadesgastrointestinales.

75

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

115

El denunciante expresa que en algunos sectores de lacomunidad a la que pertenece carecen del servicio deenergía eléctrica. Expresa que conjuntamente con la alcaldíalocal se inició un proyecto de electricidad, sin embargo, dichoproyecto quedó en abandono.

Derecho aVivienda

Digna75

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

116

La denunciante expresa que en la comunidad no cuentancon una institución que le brinde el acceso a la salud. Nocuentan con unidad de salud ni casa de salud. Mencionanque sólo son visitados por un promotor de salud. Cuando seenfrentan a una emergencia que requiere atención inmediatade servicios de salud se ven enfrentadas en seriosproblemas.

Derecho aSalud

310

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

22

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

117

El denunciante expresa que la carencia de agua potable enla comunidad que habita acarrea serios problemas en lasalud y alimentación de la población. Manifiesta que poraños han tenido que proveerse de agua proveniente devertientes naturales pero que en la actualidad éstos sonescasos y, además, los pocos que existen estáncontaminados.

Derecho alAgua

310

Caserío ElPalmar,

Cantón PeñaBlanca, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

118

El denunciante expresa que en la comunidad en que habitano existen espacios físicos para la recreación de laspersonas, especialmente de los y las niñas. Comenta que laúnica cancha para fútbol es, generalmente, ocupada pormiembros que conforman equipos, quienes en su mayoríaprovienen de afuera de la comunidad.

Derecho a laCultura

750

Caserío LosAngeles,

Cantón LosLagartos, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

119

El denunciante expresa que la comunidad en que habitacarece de servicios de telefonía fija pública, comenta quesólo en cinco viviendas se cuenta con teléfonos. Lo que envarias ocasiones han tenido necesidad urgente decomunicarse hacia afuera de la localidad y se les ha hechoimposible.

Derecho aVivienda

210

Caserío LosAngeles,

Cantón LosLagartos, San

Julián,Sonsonate

4/11/03 -

120

La denunciante expresa que la mayoría de los y lasmiembros de la comunidad en la que vive carecen de untrabajo que les permita obtener recursos económicos parasatisfacer sus necesidades. Comenta que sus actividadeslaborales son la agrícola y la construcción, pero estasactividades no les permiten mejorar sus condiciones de vida.

Derecho alTrabajo

200

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat

27/10/03 -

121

La denunciante expresa que en 1998 se radicó en el terrenodonde actualmente habita, dicho terreno era una zonacafetalera, Ahí construyó su vivienda de bahareque, con losterremotos de 2001, su casa fue destruida. En la actualidadla zona ya fue lotificada y habitada, pero sus calles están enpésimo estado e intransitables, ya han pedido su reparacióna la alcaldía, sin embargo, no han recibido respuestafavorable.

Derecho aVivienda

Digna25

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat

27/10/03 -

122

El denunciante expresa que en la comunidad en que habitano existen espacios físicos para la recreación de laspersonas, especialmente de los y las niñas. Comenta que laúnica cancha para fútbol es, generalmente, ocupada pormiembros que conforman equipos, quienes en su mayoríaprovienen de afuera de la comunidad.

Derecho a laCultura

300

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat

27/10/03 -

123

El denunciante expresa que a raíz de la baja en el precio deventa del bálsamo, que de 50 pasó a 11 colones por libra, hagenerado que muchas familias de la zona que poseen en susterrenos árboles de bálsamo, deban talarlos para vender lamadera proveniente de esos árboles. Esa tala se estárealizando son control alguno.

Derecho aMedio

AmbienteSano

300El Achiotal,San Julián,Sonsonate

19/1/03 -

23

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

124

El denunciante expresa que en la comunidad El Achiotal, nocuentan con un parque recreativo para diversión demiembros de las familias. Manifiesta que los miembros delConsejo Municipal han prometido la construcción de dichoespacio sin que hasta el momento se haya concretado.

Derecho a laCultura

300El Achiotal,San Julián,Sonsonate

19/11/03 -

125

Las denunciantes expresan que la calle que conduce a lacomunidad se encuentra en pésimo estado, razón por la cualel servicio de transporte público es deficiente. Esto a su vezgenera incomunicación con otras comunidades vecinas.

Derecho aVivienda

Digna9630

SantaCatarina

Masahuat,Sonsonate

18/11/03 -

126

La denunciante expresa que el alcalde de la localidad impideel desarrollo de actividades laborales de los comerciantesinformales. Menciona que en los alrededores del parque dela localidad ha mandado colocar letreros que impiden lapresencia de vendedores ambulantes.

Derecho alTrabajo

9630

SantaCatarina

Masahuat,Sonsonate

18/11/03 -

127

La denunciante manifiesta que en la unidad de salud de lalocalidad no dan una atención adecuada. Además,mantienen el cobro de un dólar como contribución vluntaria.Otro problema es el desabastecimiento de medicamentos.

Derecho a laSalud

9630

SantaCatarina

Masahuat,Sonsonate

18/11/03 -

128

El denunciante expresa que las 88 familias de la comunidadPalo Verde no poseen vivienda digna. Menciona quedespués de los terremotos de 2001, sólo 32 familias fueronbeneficiadas con proyectos habitacionales, las 56 restantesno recibieron ninguna ayuda. No obstante, las 32 familiasque recibieron la ayuda tampoco alcanzaron a mejorar susviviendas adecuadamente, es decir que sus viviendas aúnno están concluidas.

Derecho aViviendaDingna

440Palo Verde,San Julián,Sonsonate

14/11/03 -

129

Los denunciantes manifiestan que entre 1994 y 1997 fueinstalado un basurero a cielo abierto en la carretera conocidacomo Calle Vieja que conduce hacia Salcoatitán. En verano,la basura es quemada, a pesar de que a unos diez metros seubican viviendas. El basurero contamina también el río delque hacen uso los pobladores de la comunidad.

Derecho aMedio

AmbienteSano

400

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat,Sonsonate

11/11/03 -

130

El denunciante expresa que en la lotificación Santa Rita seubica un basurero a cielo abierto al cual acuden a depositarlos desperdicios los habitantes de la zona. Consideran que elbasurero está contaminando el río que pasa cerca.

Derecho aMedio

AmbienteSano

400

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat,Sonsonate

11/11/03 -

131

El denunciante expresa que en su comunidad existe unaprofunda escasez de agua potable, por lo que recurren aabastecerse del vital líquido en ríos y otros nacimimentos.Sin embargo, resulta que estos ríos están contaminados pordesechos que se depositan en él como lo son el jabón y lalejía que ocupan algunas personas al lavar ropa. En veranose enfrentan, además, al problema de escasez debido a quelos niveles de los ríos bajan y en algunos casos los ríos sesecan.

Derecho alAgua

3000Cuisnahuat,Sonsonate

7/11/03 -

24

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

132

El denunciante expresa que en el municipio de Cuisnahuatno hay oportunidades de empleo, especialmente para laspersonas mayores de 60 años. Manifiesta que no hayempresas que inviertan en el municipio, no hay comercio, nifábricas que generen empleos. No hay voluntad del gobiernolocal para invertir y crear fuentes de trabajo. Manifiesta quelas pocas oportunidades que se dan son temporales, éstasno les permiten garantizar una vida digna.

Derecho alTrabajo

3000Cuisnahuat,Sonsonate

7/11/03 -

133

La denunciante expresa que el 7 de octubre de 2003, a raízde una tormenta, 21 familias perdieron sus pertenenciasdebido a que se resguardaban a la intemperie condición enla que quedaron desde los terremotos de 2001. Mencionanque en varias oportunidades se han dirigido al alcaldemunicipal para pedirle colaboración, pero no la han obtenido.

Derecho aVivienda

Digna105

Colonia SantaRita, Santa

CatarinaMasahuat,Sonsonate

27/10/03 -

134

El denunciante expresa que en el centro del municipio aúnmantienen las condiciones de vivienda heredadas por losterremotos de 2001. Sostiene que de 856 viviendas dañadasen esa ocasión, sólo 37 han sido beneficiadas con laconstrucción de viviendas. Acota que otro problema queresienten es el mal servicio de agua potable.

Derecho aVivienda

Digna9633

SantaCatarina

Masahuat,Sonsonate

27/10/03 -

135

El denunciante manifiesta que en el municipio de Cuisnahuata diario se enfrentan al desabastecimiento de agua. Que elagua se las proporcionan racionadamente y en algunasocasiones el agua presenta apariencia blanca.

Derecho alAgua

9630

SantaCatarina

Masahuat,Sonsonate

27/11/03 -

136

El denunciante expresa que la mayor parte de habitantes desu comunidad se dedican a tareas agrícolas, pero ante laimposibilidad de obtener créditos para invertirlo en esasactividades se ven en dificultades para la obtención deinsumos útiles para el diario vivir. A ésta situación se le sumael alto costo por el arrendamiento de la tierra y por la comprade fertilizantes y plaguicidas.

Derecho alTrabajo

250

Caserío LaFlorida, Santa

IsabelIshuatán,

Sonsonate

27/10/03 -

137

El denunciante expresa que el centro educativo de lacomunidad tiene diez años desde su fundación, bajo lamodalidad de EDUCO. A pesar de ese tiempo, es sensible lafalta de material y equipo didáctico y, además, la plantadocente ya no es suficiente para el número de alumnos/asque demanda servicio educativo. También consideran que elterren donde está la escuela no es aprpiado.

Derecho a laEducación

250

Caserío LaFlorida, Santa

IsabelIshuatán,

Sonsonate

24/10/03 -

138

El denunciante expresa que en su comunidad existen 50familias que no cuentan con una vivienda digna. Suconsideración tiene a la base el hecho de que de esasviviendas no cuentan con energía eléctrica; la infraestructuraes de materiales como láminas y cartón; no tienen letrinas,etc.

Derecho aVivienda

Digna250

Caserío LaFlorida, Santa

IsabelIshuatán,

Sonsonate

24/10/03 -

25

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

139

El denunciante manifiesta que en su comunidad existe unnacimiento de agua el cual está siendo contaminado porpersonas que utilizan fertilizantes y plaguicidas y lo arrojandirectamente al agua o depositan en ella los recipientes quelo contienen. Esto provoca la muerte de las especies quehabitan en el agua.

Derecho aMedio

AmbienteSano

250

Caserío LaFlorida, Santa

IsabelIshuatán,

Sonsonate

15/10/03 -

140

El denunciante expresa que en la comunidad no cuentan conun centro asistencial de salud, en consecuencia se ven enserios problemas al momento de presentarse unaenfermedad o accidente. Esto se ve más agravado por el malestado de la calle que comunica al municipio.

Derecho a laSalud

250

Caserío LaFlorida, Santa

IsabelIshuatán,

Sonsonate

15/10/03 -

141

El denunciante expresa que en la comunidad no cuentan conun centro asistencial de salud, en consecuencia se ven enserios problemas al momento de presentarse unaenfermedad o accidente. Esto se ve más agravado por el malestado de la calle que comunica al municipio de Cuisnahuat,donde se encuentra la unidad de salud más cercana.

Derecho a laSalud

605

Caserío elPalmar,

Cuisnahuat,Sonsonate

11/10/03 -

142

Los denunciantes expresan que están siendo objeto decobros excesivos y multas por el servicio de energíaeléctrica. Sostienen que los contadores que miden elconsumo de energía están en mal estado, por lo quesuponen que esa es la causa de los cobros excesivos.

Derecho aVivienda

Digna605

Caserío elPalmar,

Cuisnahuat,Sonsonate

11/10/03 -

143

El denunciante manifiesta que de 121 familias de lacomunidad, únicamente el 10% posee títulos de propiedad.Sostienen que anteriormente la directiva de la comunidadgestionó fondos para la medición del terreno, pero nolograron finalizarla. Por no poseer los títulos en mención nopueden ser beneficiarios de proyectos habitacionales.

Derecho aVivienda

Digna605

Caserío elPalmar,

Cuisnahuat,Sonsonate

11/10/03 -

144

El denunciante expresa que desde 1989 se comenzó a viviruna crisis en el sector agrícola de su comunidad, lo que hagenerado que en la actualidad los precios de los insumosbásicos estén elevados. A la falta de trabajo agrícola sesuma la falta de empleo en otros sectores.

Derecho alTrabajo

300El Achiotal,San Julián,Sonsonate

4/10/03 -

145

El denunciante expresa que en la comunidad El Achiotalexiste un inmueble para que fuera instalada, por laorganización no gubernamental denominada FUSAL, unacasa de la salud. A pesar de contar con equipo necesario, nohay personal técnico ni administrativo que la atienda por loque tienen que acudir a la Unidad de Salud de San Julián.

Derecho a laSalud

300El Achiotal,San Julián,Sonsonate

4/10/03 -

146

El denunciante expresa que en su comunidad existen 60familias que no cuentan con vivienda digna. Estima que el75% de ellos no cuenta con servicio de energía eléctrica.También no cuentan con servicio de agua potable.

Derecho aVivienda

Digna300

El Achiotal,San Julián,Sonsonate

4/10/03 -

26

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Nº dedenuncia

Hecho violatorio DESC violado Aproximadode afectados

Lugar del hecho Fecha de recibimiento Verificación

147

El denunciante expresa que son 47 familias las que habitanen la comunidad y todas no gozan de vivienda digna. Todaslas viviendas carecen de servicio de agua potable.Aproximadamente el 40% de esas viviendas carecen deservicio de energía eléctrica. A eso se suma que no tienentítulos de propiedad de los terrenos donde se han construidolas viviendas.

Derecho aVivienda

Digna235

Caserío LosAngeles,

Cantón LosLagartos, San

Julián,Sonsonate

17/09/03 -

148

El denunciante expresa que 50 familias de la comunidad seven afectados por no tener legalizado el terreno dondehabitan. En su mayoría, han obtenido los terrenos porherencia, pero sin que se hayan seguido los procedimientosque la ley ordena. La precariedad de recursos les impide laobtención de las escrituras de los terrenos.

Derecho aVivienda

Digna250

Cuisnahuat,Sonsonate

7/9/03 -

149

El denunciante manifestó que la mayoría de viviendas de lacomunidad no reúnen las condiciones para considerarlascomo dignas. Además, sostiene que carecen de servicio deagua potable.

Derecho aVivienda

Digna8000

Cuisnahuat,Sonsonate

7/9/03 -

150

El denunciante expresa que la comunidad la conforma 47familias, en un alto porcentaje, sus miembros carecen deoportunidades de empleo. La mayor parte de ellos se dedicaa la agricultura diversificada, pero lo que ganan no les essuficiente para obtener los insumos básicos para subsistir.

Derecho alTrabajo

235

Caserío LosÁngeles,

Cantón LosLagartos, San

Julián

7/9/03 -

151

El denunciante expresa que en la comunidad no existenfuentes de trabajo remunerado. La oferta de trabajo en elsector agrícola ha disminuido en la zona. Actualmente loshabitantes del lugar viven en condición de pobreza extrema,en consecuencia no tienen los medios para la subsistencia.

Derecho alTrabajo

225

ParcelaciónSan José,

Cantón LosLagartos, San

Julián,Sonsonate

3/9/03 -

152

La denunciante expresa que antes de los terremotos lasviviendas de los habitantes de la comunidad estabanconstruidas, principalmente, de adobe; a raíz del fenómenonatural fueron destruidas por lo que la mayoría de habitantesconstruyó sus viviendas de lámina. En esa condición todavíase encuentra la mayoría de habitantes. Sólo unas pocas hansido beneficiadas con la construcción de viviendas desistema mixto.

Derecho aVivienda

Digna225

ParcelaciónSan José,

Cantón LosLagartos, San

Julián,Sonsonate

3/9/03 -

153

El denunciante expresó que miembros de 65 familiaspasaron cancelando la cantidad de 50 colones mensualespor espacio de diez años, por lotes de 10 por 20 metros cadauno. Representantes de la empresa dijeron que ayudaríanen la obtención de títulos de propiedad. Sin embargo hanpasado tres años y aún no los han obtenido.

Derecho a laVivienda

291

Santa Rita,Santa

CatarinaMasahuat,Sonsonate

3/9/03 -

27

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ANEXO 2

Tratados Internacionales de la OIT Ratificados por El Salvador

A continuación se presentan los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por ElSalvador:

Convenio Ratificación por el Estado salvadoreño

Convenio 105, sobre la abolición del trabajo forzoso Decreto Legislativo Nº 2647 del 15 de mayo de 1958,publicado en el Diario Oficial 98, tomo 179, del 29 demayo de 1958.

Convenio 107, relativo a la protección e integración de laspoblaciones indígenas y de otras poblaciones tribales ysemitribales en los países independientes.

Decreto Legislativo Nº 2709, del 18 de septiembre de1958, publicado en Diario Oficial 183, tomo 181, el 02 deoctubre de 1958.

Convenio 104, relativo a la abolición de las sancionespenales por incumplimiento del contrato de trabajo por partede las y los trabajadores indígenas

Decreto Legislativo Nº 2710, del 18 de septiembre de1958. Publicado en Diario Oficial 184, Tomo 181, el 3 deoctubre de 1958.

Convenio 160, sobre Estadísticas de Trabajo, 1985 Decreto Legislativo Nº 470, del 17 de septiembre de 1986,publicado en el Diario Oficial Nº 177, Tomo 292, del 25 deseptiembre de 1986

Convenio 159, sobre la readaptación profesional y el empleode personas inválidas.

D.L. Nº 471, del 17 de septiembre de 1986, publicado enel D.O. Nº 177, Tomo 292, del 25 de septiembre de 1986

Convenio 29, sobre el Trabajo Forzoso u obligatorio Decreto Legislativo Nº 72 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 155, Tomo 324, de fecha24 de agosto de 1994.

Convenio 077, sobre El Examen Médico de los Menores enla Industria.

Decreto Legislativo Nº 73 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 155, Tomo 324, de fecha24 de agosto de 1994.

Convenio 078, sobre el Examen Médico de los Menores( Trabajo no Industriales), 1946

Decreto Legislativo Nº 74 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 156, Tomo 324, de fecha25 de agosto de 1994.

Convenio 081, sobre Inspección de Trabajo en la Industria yel comercio

Decreto Legislativo Nº 75 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 156, Tomo 324, de fecha25 de agosto de 1994.

Convenio relativo a la organización del Servicio del Empleo Decreto Legislativo Nº 76 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 157, Tomo 324, de fecha26 de agosto de 1994.

Convenio 99, relativo a los Métodos de la fijación de Salariosmínimos en la agricultura.

Decreto Legislativo Nº 77 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 157, Tomo 324, de fecha26 de agosto de 1994.

Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo yocupación.

Decreto Legislativo Nº 78 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 157, Tomo 324, de fecha26 de agosto de 1994

Convenio relativo a la inspección del trabajo en la agricultura. Decreto Legislativo Nº 80 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 158, Tomo 324, de fecha29 de agosto de 1994.

Convenio relativo a la fijación de salarios mínimos conespecial referencia a los países en vías de desarrollo.

Decreto Legislativo Nº 81 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 158, Tomo 324, de fecha29 de agosto de 1994.

Convenio sobre la edad mínima de admisión al empleo. Decreto Legislativo Nº 82 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 161, Tomo 324, de fecha1 de septiembre de 1994.

Convenio 141, sobre las organizaciones de trabajadoras ytrabajadores rurales y su función en el desarrollo económicoy social.

Decreto Legislativo Nº 83 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 169, Tomo 324, de fecha13 de septiembre de 1994.

Convenio sobre las organizaciones de trabajadores rurales. Decreto Legislativo Nº 83, del 14 de julio de 1994,publicado en Diario Oficial Nº 169, tomo 324, el 13 deseptiembre de 1994.

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Convenio Ratificación por el Estado salvadoreño

Convenio sobre la orientación profesional y la formaciónprofesional en el desarrollo de recursos humanos.

Decreto Legislativo Nº 84 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 158, Tomo Nº 324, defecha 29 de agosto de 1994.

Convenio sobre consultas tripartitas para promover laaplicación de las normas internacionales del trabajo.

Decreto Legislativo Nº 85 del 14 de julio de 1994 ypublicado en el Diario Oficial Nº 169, Tomo 324, de fecha13 de septiembre de 1994.

Convenio sobre la prohibición de las peores formas detrabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación.

Decreto Legislativo Nº 28, del 15 de junio de 2000,publicado en el D.O. Nº 134, tomo 348, del 18 de julio de2000.

Convenio sobre la igualdad de oportunidades y de trato entretrabajadores y trabajadoras; trabajadores conresponsabilidades familiares.

Decreto Legislativo Nº 29 del 15 de junio de 2000,publicado en Diario Oficial 135, Tomo 348, el 18 de juliode 2000.

Convenio 155, sobre Seguridad y Salud de las y lostrabajadores y medio ambiente de trabajo

Decreto Legislativo Nº 30 Fecha 15 de junio de 2000,publicado en Diario Oficial 136, Tomo 348, el 19 de juliode 2000.

Convenio relativo a la igualdad de remuneración entre lamano de obra masculina y la mano de obra femenina por unatrabajo de igual valor

Decreto Legislativo Nº 32 del 15 de junio de 2000,publicado en Diario Oficial 135, Tomo 348, el 19 de juliode 2000D. Oficial: 135 Tomo: 348 Publicación DO: 19/07/2000

Convenio 150, sobre la administración del trabajo: cometido,funciones y organización

Decreto Ejecutivo Nº 170 del 19 de octubre de 2000,publicado en Diario Oficial 218, Tomo 349, del 21 denoviembre de 2000

Fuente: Elaboración propia sobre la base de la página web de la Corte Suprema de Justicia: www.csj.gob.sv

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