Feria Masticar - Bases y condiciones
-
Upload
lara-gorfinkiel -
Category
Documents
-
view
215 -
download
0
description
Transcript of Feria Masticar - Bases y condiciones
BASES Y CONDICIONES FERIA MASTICAR
1. El presente SORTEO (aprobado por Resolución 364 secg/12 en adelante el SORTEO), es
organizado por la Unidad de Proyectos Especiales de Opinión Publica y Comunicación
Directa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adelante el
ORGANIZADOR.
2. El SORTEO tendrá vigencia desde las 08:00 horas del 16 de noviembre de 2012 a las 24
horas del 18 de noviembre de 2012.
3. Podrán participar todas aquellas personas que tengan entre dieciocho (18) y noventa (90)
años inclusive, que cuenten con domicilio en todo el territorio de la REPUBLICA
ARGENTINA.
4. Quienes deseen participar del SORTEO y cumplan con los requisitos enunciados en el
punto 3, podrán hacerlo completando el formulario que estará disponible en los stands del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la 38° Feria Internacional del Obro
de Buenos Aires con los datos requeridos a continuación: Nombre y Apellido, Fecha de
nacimiento, E-mail, Barrio y Celular. Una vez completados la totalidad de los datos
personales aludidos precedentemente el participante depositar el formulario en las urnas,
luego de lo cual y en la medida en la que reúna los requisitos indicados en el punto 3 de
estas bases, quedará automáticamente registrado para participar del SORTEO. Aquellos
participantes que se hubieren registrado conforme a lo mencionado en este punto, no
podrán volver a registrarse. Los datos suministrados por los participantes se encuentran
amparados por la Ley N° 1845 de la protección de datos personales.
5. No serán válidos para participar del sorteo todos aquellos formularios que se encuentren
incompletos. Es requisito para participar que todos y cada uno de los datos indicados sean
verdaderos, exactos, vigentes y auténticos.
6. No se admitirán ni participaran del SORTEO, aquellos registros recibidos por EL
ORGANIZADOR con posterioridad a la fecha de finalización de la vigencia, fijada en el
punto 2. De las presentes bases y condiciones.
7. El dia 30 de noviembre de 2012 a las 15 horas, el organizador sorteara entre todos
aquellos participantes registrados y que cumplan con los requisitos dispuestos en las
presentes bases 3 premios , compuestos, cada uno de ellos por:
Una bicicleta
8. El sorteo se efectuará en las oficinas del ORGANIZADOR, sitas en la calle Avenida de Mayo
575 tercer piso oficina 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por determinación al azar
mediante utilización de un sistema electrónico instalado al efecto en plataforma virtual del
ORGANIZADOR.
El sorteo comenzará extrayéndose al azar tres (3) formularios cuyos titulares, en caso que
cumplan todos los requisitos establecidos en estas bases, serán los potenciales ganadores,
cada uno de ellos, al premio establecido en el punto precedente. Finalmente se extraerán
otros tres (3) formularios, que serán, en el orden de extracción, suplentes y que solamente
pasarán a convertirse sus titulares en potenciales ganadores en caso que el ORGANIZADOR
no pueda contactar al potencial ganador conforme lo previsto en el punto siguiente.
En supuesto que los formularios que hubieran sido determinados por el sistema
electrónico al azar, no se ajustaren a los términos y condiciones de estas bases, se
procederá a determinar otro formulario en su reemplazo, de manera tal de hacer posible
la determinación de un (1) ganador potencial.
9- Los potenciales ganadores de los premios del SORTEO serán notificados por el Escribano
Público interviniente, vía mail, dentro de las 24 horas siguientes a finalizado el sorteo,
según los datos consignados en el formulario de participación. En el caso que no se pueda
contactar a algún potencial ganador, éste perderá automáticamente la posibilidad de
acceder al premio y se procederá en forma automática a notificar, por el mismo medio
mencionado precedentemente, al primer formulario de participación suplente
determinado el día del sorteo, quien podrá hacerse acreedor del premio siempre que
cumpla con los requisitos exigidos en las presentes bases. Por el solo hecho de participar
en el SORTEO los participantes aceptan que la única forma de notificación de la condición
de potenciales ganadores de los premios es vía mail, la casilla de mail consignada en el
formulario de participación. Cualquier error en los datos consignados por los participantes
en dichos formularios es única y exclusiva responsabilidad de los mismos.
10- Los potenciales ganadores deberán contestar correctamente, en el momento de su
notificación telefónica, una (1) de tres (3) preguntas que se le formularán sobre las
actividades que tuvieron lugar durante la Feria Masticar Buenos Aires, de ser respondidas
correctamente permitirá al potencial ganador convertirse automáticamente en acreedor
del premio.
En caso de responder en forma errónea o incompleta una (1) pregunta de las tres (3)
establecidas perderá, en forma automática, la posibilidad de acceder al premio,
habilitando la notificación al primer potencial ganador suplente, procediendo de igual
forma hasta que se concreten tres (3) ganadores. A partir del momento en que se hayan
asignado los tres (3) premios previstos para el presente SORTEO, todos los restantes
formularios extraídos al azar carecerán de valor.
11- Los premios no incluyen ningún otro producto y/o servicio que no esté expresamente
mencionado en las presentes bases. En consecuencia, los gastos de cualquier naturaleza
que deban incurrir los participantes y/o potenciales ganadores y ganadores y sus
acompañantes para participar del Sorteo, y/o recepción y usufructo del premio será de su
exclusiva cuenta y cargo.
12- Conforme lo manifestado precedentemente, el derecho a la efectiva adjudicación de
cada uno de los premios, quedará supeditado a que cada uno de los potenciales
ganadores respectivos, respondan correctamente una (1) de las tres (3) preguntas que le
formulen en el momento de la notificación telefónica. En caso contrario, es decir de
cometer los potenciales ganadores, un error o desconocer la respuesta a las preguntas
formuladas, perderá el potencial ganador automáticamente la posibilidad de obtener el
Premio al cual había resultado potencial ganador.
13- Para el supuesto que los premios no puedan ser adjudicados a ninguno de los
favorecidos en el sorteo, los premios quedarán a favor del ORGANIZADOR.
14- Los premios objeto de este sorteo son intransferibles.
17- El ORGANIZADOR no será responsable por ningún costo y/o gasto en que pudieran
incurrir los participantes ni el ganador, quedando tales gastos y costos a cargo exclusivo de
los mismos. Una vez entregado y usufructuado por los ganadores el premio, el
ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por los mismos.
18- Los ganadores no podrán exigir el cambio de los premios por otro, ni su valor en
dinero, ni por un bien ni servicio distinto a los indicados en el punto 7- de las presentes
bases.
19- Los participantes del SORTEO, por el solo hecho de participar en la promoción,
autorizan al ORGANIZADOR a publicar sus datos personales, tales como nombre y apellido,
y /o imágenes y filmaciones, por los medios y formas de comunicación que el
ORGANIZADOR crea conveniente, a su exclusivo criterio y decisión, para fines de
comunicación de diferentes temas relacionados con el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, durante la vigencia del sorteo y hasta los cuatro (4) años posteriores al
mismo, sin derecho a compensación alguna.
20- No podrán participar de la promoción ni hacerse acreedores de los Premios, el
personal de la Dirección de Opinión Publica y Comunicación Directa de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ni tampoco los parientes de los mismos por consanguineidad
o afinidad hasta el segundo grado inclusive.
21- El simple hecho de participar en este SORTEO implica el conocimiento y aceptación de
pleno derecho de todas las condiciones contenidas en las presentes bases, como así
también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el ORGANIZADOR sobre
cualquier cuestión no prevista en ellas y que no generarán derecho a reclamo alguno.
22- Los participantes se comprometen a solucionar amigablemente con el ORGANZADOR
las diferencias que se pudieran presentar sobre cualquier aspecto relativo a la
interpretación y/o realización de este SORTEO. De no ser ello posible se someten a la
competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero y o jurisdicción
que pudiere corresponderles. A los efectos de toda notificación judicial el ORGANIZADOR,
fija domicilio Legal en la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Uruguay 458 – Departamento Oficios Judiciales y Cédulas.