FEDATARIO Hospital Naclonal Hipolito Unanue 11 ole 2020 ...

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MINISTERIO DE SALUD 52 -2020-0A-HNHU HOSPITAL NACIONAL . . '. _ HIPf;:!~UNANUE ~aRaeZVargaS FEDATARIO Hospital Naclonal Hipolito Unanue 11 ole 2020 Resoluci6n Administrativa EI pr~c;~"te documento _ COh .•• t tEL DELO~IGINAL qUI he tenido a la vista .. Visto er Expediente W 20-009999-001 que contiene la Nota lnforrnativa W 340-2020- ULOG-HNHU de fecha 17 de abril de 2020, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Logistica remite el Informe Tecnico W 02-2020-A-CP-ULOG-HNHU emitido por el Area de Control Patrimonial de la Unidad de Logistica; Lima, Jb de H1JYIO de 2020 CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de agosto de 2010, el HOSPITAL NACIONAL HIP6uTO UNANUE suscribi6 un Convenio de Complementaci6n Tecnol6gica con la empresa SERVICIOS MEDICOS OSTEOVITARTE SAC., por el cual este ultimo instalo en los ambientes del Hospital un Tomoqrafo Multicorte, marca NEUSOFT, modelo NEUVIZ 16, entregando ademas un tubo nuevo de repuesto para el Tornoqrafo. Asimismo, con fecha 21 de octubre de 2010 se suscriblo otro Convenio de Complernentacion Tecnoloqica en Densitometria, por el cualla mencionada empresa instalo en los ambientes del Hospital un Densitometro, marca HOLOGYC, Modelo DISCOVERY; Que, en los mencionados Convenios se acordo que la empresa Servicios Medicos Osteovitarte SAC., transferiria en calidad de donacion al Hospital los equipos antes descritos, situaci6n que se ha materializado con fecha 3 de mayo de 2014, a traves del Acta de Transferencia en Calidad de Donacion de Tornoqrafo y Equipo de Densiometria; Que, el articulo B del Reglamento de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional e Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA, establece que la uperintendencia Nacional de Bienes Estatales es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales y esta encargada de normar los actos de adqulslcion, disposicion, adrninistracion y registro de los bienes estatales que realicen las entidades, a efectos de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente; Que, elliteral j) del articulo 10 del Reglamento de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA, establece como una de las atribuciones de las Entidades Publicas, la de aprobar el Alta y la Baja de sus bienes. Asimismo, el articulo 11 el mencionado Reglamento, establece que la planificaclon, coordinacion y ejecucion de las acciones referidas al registro, adrninistracion, supervision y disposici6n de los bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentren bajo su adrninistracion, son de responsabilidad de la Unidad Orqanica existente para tal fin; Que, mediante la Resolucion W 046-2015/SBN, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprueba la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gesfion de los Bienes Muebles Estatales", estableciendose en el numeral 6.1 que el Alta de Bienes es el procedimiento que consiste en la lncorporacion de un bien al registro patrimonial de la Entidad, 10 que implica ~IIIIS" darle un registro contable de conformidad a la normatividad del Sistema Nacional de Contabilidad; , D~;A~:R~ Que, el numeral 6.1.2. de la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gestion de :::)~ los Bienes Muebles Estatales", establece que el Alta se reallzara al emitir la resoluci6n ~ administrativa de adquisicion por cualquiera de los siguientes actos: a) Aceptacion de donacion de A bienes, b) Saneamiento de bienes sobrantes, c) Saneamiento de Vehiculos, d) Reposicion de Bienes, ye) Permuta de Bienes;

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MINISTERIO DE SALUD N° 52 -2020-0A-HNHU HOSPITAL NACIONAL

. . '. _ • HIPf;:!~UNANUE

~aRaeZVargaS FEDATARIO

Hospital Naclonal Hipolito Unanue

11 ole 2020 Resoluci6n Administrativa EI pr~c;~"te documento _

COh .•• t tEL DEL O~IGINAL qUI he tenido a la vista ..

Visto er Expediente W 20-009999-001 que contiene la Nota lnforrnativa W 340-2020- ULOG-HNHU de fecha 17 de abril de 2020, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Logistica remite el Informe Tecnico W 02-2020-A-CP-ULOG-HNHU emitido por el Area de Control Patrimonial de la Unidad de Logistica;

Lima, Jb de H1JYIO de 2020

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 17 de agosto de 2010, el HOSPITAL NACIONAL HIP6uTO UNANUE suscribi6 un Convenio de Complementaci6n Tecnol6gica con la empresa SERVICIOS MEDICOS OSTEOVITARTE SAC., por el cual este ultimo instalo en los ambientes del Hospital un Tomoqrafo Multicorte, marca NEUSOFT, modelo NEUVIZ 16, entregando ademas un tubo nuevo de repuesto para el Tornoqrafo. Asimismo, con fecha 21 de octubre de 2010 se suscriblo otro Convenio de Complernentacion Tecnoloqica en Densitometria, por el cualla mencionada empresa instalo en los ambientes del Hospital un Densitometro, marca HOLOGYC, Modelo DISCOVERY;

Que, en los mencionados Convenios se acordo que la empresa Servicios Medicos Osteovitarte SAC., transferiria en calidad de donacion al Hospital los equipos antes descritos, situaci6n que se ha materializado con fecha 3 de mayo de 2014, a traves del Acta de Transferencia en Calidad de Donacion de Tornoqrafo y Equipo de Densiometria;

Que, el articulo B del Reglamento de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional e Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA, establece que la uperintendencia Nacional de Bienes Estatales es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes

Estatales y esta encargada de normar los actos de adqulslcion, disposicion, adrninistracion y registro de los bienes estatales que realicen las entidades, a efectos de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente;

Que, elliteral j) del articulo 10 del Reglamento de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo W 007-200B-VIVIENDA, establece como una de las atribuciones de las Entidades Publicas, la de aprobar el Alta y la Baja de sus bienes. Asimismo, el articulo 11 el mencionado Reglamento, establece que la planificaclon, coordinacion y ejecucion de las acciones referidas al registro, adrninistracion, supervision y disposici6n de los bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentren bajo su adrninistracion, son de responsabilidad de la Unidad Orqanica existente para tal fin;

Que, mediante la Resolucion W 046-2015/SBN, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprueba la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gesfion de los Bienes Muebles Estatales", estableciendose en el numeral 6.1 que el Alta de Bienes es el procedimiento que consiste en la lncorporacion de un bien al registro patrimonial de la Entidad, 10 que implica

~IIIIS" darle un registro contable de conformidad a la normatividad del Sistema Nacional de Contabilidad;

, D~;A~:R~ Que, el numeral 6.1.2. de la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gestion de :::)~ los Bienes Muebles Estatales", establece que el Alta se reallzara al emitir la resoluci6n ~ administrativa de adquisicion por cualquiera de los siguientes actos: a) Aceptacion de donacion de

A bienes, b) Saneamiento de bienes sobrantes, c) Saneamiento de Vehiculos, d) Reposicion de Bienes, ye) Permuta de Bienes;

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Que, respecto a la donacion de bienes, el numeral 6.3.1.1. de la Directiva N° 001-20151 SBN - "Procedimientos de Gestion de los Bienes Muebles Estatales", establece que la donacion implica el traslado voluntario y a titulo gratuito de la propiedad de bienes a favor de cualquier entidad que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales. Dicho traslado puede provenir de otra entidad, una persona natural, sociedad conyugal, persona juridica, una embajada 0 miston extranjera acreditada en el Peru, entidades cooperantes de gobierno extranjero, copropietarias 0 la conjuncion de cualquiera de elias;

Que, a traves de la Nota Informativa W 21-2020-A-CP-ULOG/HNHU de fecha 2 de marzo de 2020, el Area de Control Patrimonial informa a la Unidad de Logistica que con la finalidad de dar cumplimiento a las recomendaciones del Informe de Orientacion de Oficio W 008-2019- OCI/3914-00, ante la inexistencia de los documentos fuente que permita comprobar la informacion verfdica de todos los actives, sea con Orden de Compra, Donacion 0 una Declaracion Jurada que contenga informacion relevante de los bienes, se suqirio la contratacion de un profesional en la materia con especializacion en tasacion de equipos biornedicos:

Que, mediante Carta W 030-2020-PERITO/JCTV(HS) de fecha 18 de marzo de 2020, el Ing. Julio Cesar Taipe Vasquez hace lIegar su Informe de Evaluacion Tecnica y Tasacion de Bienes Muebles Operatives del Hospital Nacional Hipolito Unanue, respecto del Tornoqrafo Espiral Multicorte, Marca NEUSOFT y el Densitometro, Marca HOLOGYC, los cuales fueron tasados en la suma de S/. 85 373,00 (Ochenta y Cinco Trescientos Setenta y Tres con 00/100 Soles) y S/46 607,00 (Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Siete con 00/100 Soles), respectivamente;

Que, con ellnforme Tecnico W 02-2020-A-CP-ULOG-HNHU emitido por el Area de Control Patrimonial de la Unidad de Logistica se seriala que de acuerdo al Informe de Evaluacion Tecnica y Tasacion de Bienes Muebles Operatives del Hospital Nacional Hipolito Unanue elaborado por el Ing. Julio Cesar Taipe Vasquez, los bienes muebles detallados en el parrafo anterior han sido tasados en la suma de S/. 131 980,00 (Ciento Treinta y Un Mil Novecientos Ochenta con 00/100 Soles), asimismo refiere que el expediente de donacion reune los requisitos establecidos en la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gestion de los Bienes Muebles Estatales", por 10 que, en ese sentido es necesario expedir el acto administrative a traves del cual se formalice la voluntad del Hospital Nacional Hipolito Unanue de aceptar y recibir dicha donacion de la empresa Servicios Medicos Osteovitarte SAC., en observancia de 10 dispuesto en el numeral 6.3.1.4. de la mencionada Directiva;

Que, el articulo 17 de Texto Onico Ordenado (TUO) de la Ley W 27444, aprobado con Decreto Supremo W 004-2019-JUS, establece en el numeral 17.1 que "La autoridad podre disponer en el mismo acto edmintstretivo que tenga eficacia anticipada a su emisi6n, s610 si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales 0 intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopci6n";

Estando a 10 informado por el Jete de la Unidad de Logistica de la Oticina de Adrninistracion en la Nota Informativa W 340-2020-HNHU/ULOG Y a 10 opinado por la Oficina de Asesoria Juridica en ellnforme W 160-2020-0AJ-HNHU;

Con el visado del Jefe del Area de Control Patrimonial de Logfstica, del Jefe de la Unidad de Logfstica y del Jefe de la Oficina de Asesorfa Jurfdica; y,

De conformidad con 10 establecido en el Reglamento de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo W 007-2008-VIVIENDA, la Directiva W 001-2015/SBN - "Procedimientos de Gestion de los Bienes Muebles Estatales", aprobado por Resolucion W 046-2015/SBN, el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley W 27444, aprobado con Decreta Supremo W 004-2019-JUS, Y las facultades previstas en el Reglamento de Orqanizaclon y Funciones del Hospital Nacional Hipolito Unanue, aprobado por la Resoluclon Ministerial N° 099-2012/MINSA;

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NACIONAL ~=M~lRi!:=_

ABOG. !r1lUOR8ift!ZVargas FEDATARIO

Hospital Nacional Hipolito Uninue

11 0 Ie 2020

N° ~ 2 -2020-0A-HNHU

Resoluci6n Administrativa EI presente iocumento es

COPIA FIEL OEl ORIGINAL que he tenido a la vista

SE RESUELVE:

Lima,2b de rlAYO de 2020

Articulo 1.- Aceptar, en via de reqularizacion, la donacion efectuada por la empresa SERVICIOS MEDICOS OSTEOVITARTE SAC., a favor del HOSPITAL NACIONAL HIP6uTO UNANUE, consistente en un (1) Tornoqrato Espiral Multicorte de 16 ifneas, marca NEUSOFT, modelo NEUVIZ 16, Y un (1) Densitornetro, marca HOLOGYC, modelo DISCOVERY, cuyo valor total asciende en la suma de Sf. 131 980,00 (Ciento Treinta y Un Mil Novecientos Ochenta con 00/100 Soles), cuyos valores unitarios y otras caracterfsticas se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion.

Articulo 2.- Disponer que la Unidad de Logistica y la Unidad de Contabilidad y Finanzas, realicen el Alta de los bienes descritos en el articulo 10, en el registro patrimonial y contable respectivamente del Hospital Nacional Hipolito Unanue.

Articulo 3.- Remitir copia de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de ....".,.,,,..,..,...::.... Bienes Estatales (SBN) dentro de un plazo no mayor a diez (10)' dias habiles de emitida la presente

esolucion. •

Registrese y comuniquese.

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ANEXO DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 52- -2020-0A-HNHU

TOMOGRAFO Y COMPONENTES DONADOS

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1 TOMOGRAFO NEUSOFT NEUVIZ N16E100013 R 79,380.00

Z UNlOAD CENTRAL DE PROCESO' CPU DELL PR~~I~~ON SIN R 576.00

3 MONITOR PLANO LG E194051 011 UXK05R573 R 72.00

4 TECLADO GENIUS MIKU-0139 SIN R 29.00

5 IMPRESORA A INYECCION DE TINTA EPSON L380 LCNK019515 R 230.00

6 IMPRESORA A INYECCION DE TINTA EPSON L380 MIT50 R 230.00

7 RADlnr.R~~I~~ER DE PELICULAS CARES ~~5~R SIN R 230.00

8 ACUMULADOR DE ENERGIA - EQUIPO DE UPS APC 3000 014056 ETIO. R 720.00

9 ACUMULADOR DE ENERGIA - EQUIPO DE UPS AREOUISA 1.5KB SIN R 432.00

10 ESTABILIZADOR AREQUISA FVR-1202 173010595566 R 173.00

11 ARMARIO DE MADERA S/M S/M SIN R 86.00

12 ARMARIO DE MADERA S/M SlM SIN R 66.00

13 ARMARIO DE MADERA S/M S/M SIN R 86.00

14 ARMARIO DE MADERA S/M S/M SIN R 86.00

15 ARMARIO DE MADERA S/M S/M SIN R 86.00

16 ARMARIO DE MELAMINA S/M S/M SIN R 86.00

17 SILLA FIJA DE METAL S/M S/M SIN R 43.00

18 SILLA FIJA DE METAL S/M S/M SIN R 43.00

~'

19 SILLA FIJA DE METAL S/M S/M SIN R 43.00

V' 20 SILLA FIJA DE METAL S/M S/M SIN R 43.00 ~ ABO(.. OS ~ ~)) 2 M!; 0 !2 21 SILLA FIJA DE MADERA S/M S/M SIN R 35.00 ;. CH ~ ~~ ~) so~ 22 SILLA FIJA DE MADERA S/M S/M SIN R 35.00 ~

23 ESCRITORIO DE MADERA S/M S/M SIN R 63.00

~ 24 ESCRITORIO DE MADERA S/M S/M SIN R 63.00 '0

~ p HIO ;. 25 SILON FIJO DE MADERA S/M S/M SIN R 52.00 •

't-~ '"'~. 26 ESTANTE DE MELAMINA S/M S/M SIN R 58.00

27 NEGATOSCOPIO DE TRES CUERPOS S/M S/M SIN R 52.00

28 NEGATOSCOPIO DE TRES CUERPOS S/M S/M SIN R 52.00

~

1\ 29 VENTI LAD OR ELECTRICO PARA PARED S/M S/M SIN R 43.00

Sr. ~~u_ . D: EOUIPO PARA AIRE ACONDICIONADO TIPO LG GOLD SIN R 720.00

.~ DOMESTICO (TIPO VENTANA)

31 EQUIPO PARA AIRE ACONDICIONADO TIPO LG GOLD SIN R 720.00 DOMESTICO (TIPO VENTANA)

32 EOUIPO PARA AIRE ACONDICIONAQO TIPO _.

o Aa~r"'ez IVarl~~ SIN R 720.00 DOMESTICO (TIPO VENTANA) ABOG. iraul FEDATARJ{] S/. 85 373,00

HIS_ital Nlcjonal Hj~lito Unanue

11~ ~sente dOCUmen~

COPIA FIEL DEL ORIGINAl que he tenido a la vista

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DENSITOMETRO Y COMPONENTES DONADOS

m:'I • • _0, .l~: •• • ~ ~ .~

1 DENSITOMETRO HOLOGYC DISCOVERY WI 13370 R 43,863.00

2 UNIDAD CENTRAL DE PROCESO - CPU S/M CMP-00284 LB2575011 R 432.00

3 MONITOR PLANO DELL S/M CN-OU072N-64180- R 101.00 07M-2MZM

4 TECLADO IINCLUYE MOUSE) KEYTRONIC KT800P2N10P C102200797 R 23.00

5 IMPRESORA A INYECCION DE TINTA EPSON L380 X34Q307441 R 230.00

6 IMPRESORA A INYECCION DE TINTA EPSON L380 LCNK031375 R 230.00

7 TRANSFORMADOR AREQUIZA S/M 10107909 R 230.00

8 ACUMULADOR DE ENERGIA - EQUIPO EATON S/M GD211A0188 R 346.00 DE UPS

9 ESTABILIZADOR FORZA FVR-1202 173010595566 R 173.00

10 BALANZA CON TALLIMETRO FIJUSA S/M SIN R 115.00

11 BIOMBO DE DOS CUERPOS S/M S/M SIN R 58.00

12 ARMARIO DE MADERA S/M S/M SIN R 86.00

13 EQUIPO PARA AIRE ACONDICIONADO LG GOLD SIN R 720.00 TIPO DOMESTICO (TIPO VENTANA)

S/. 46 607,00