Fabiola loya propone programa de reciclaje de residuos dentro del congreso del estado

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1 “Estadísticas a propósito del Día Mundial del Medio Ambiente. Datos de Jalisco”. Realizado por el INEGI y consultado el 24 de mayo 2 http://seplan.app.jalisco.gob.mx/mide/indicador/consultarDatos/327Consultado el 26 de mayo 3 http://www.informador.com.mx/jalisco/2011/335296/6/solo-32-de-la-basura-en-jalisco-es-separada-proepa.htm Declaraciones de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y publicadas por El Informador. Consultado el 26 de mayo DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO P R E S E N T E S La que suscribe, Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante de la Fracción Parlamentaria de Movimiento Ciudadano de esta LX Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, comparezco ante el Pleno de esta Asamblea a someter a su consideración la siguiente INICIATIVA DE ACUERDO LEGISLATIVO, en la que se propone se implemente un Programa de Reciclaje de Residuos dentro de las instalaciones del Congreso del Estado, a efecto de cumplir con lo dispuesto en la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES- 007/2008. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PRIMERO. El Congreso del Estado dio un paso importante en materia ambiental, de administración y de transparencia con la implementación de la política cero papel, la cual nos permitió hacer un uso más eficiente de un recurso tan importante en las actividades cotidianas de la institución. Pero aún con esta política, existe mucho por hacer en cuanto al fomento de una cultura de reciclaje en el interior de las instalaciones en el Congreso del Estado. SEGUNDO. Actualmente, el problema de la basura es uno de los de mayor urgencia en materia de salud pública y ambiental en el Estado, pues de acuerdo con las cifras de la Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Jalisco produce alrededor de 7 mil 700 toneladas de basura diarias 1 , ubicándose en el tercer lugar en generación de desechos a nivel nacional. Cada habitante de la entidad, según la Dirección General de Protección Ambiental, en el 2012 generó 909 gramos 2 de basura al día. TERCERO. Del total antes mencionado, en Jalisco sólo se separa el 32% de los residuos sólidos 3 , esto a 5 años desde la publicación de la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008, lo cual nos muestra, que si bien hay avances, es importante que este H. Congreso tome medidas en el interior de sus instalaciones. CUARTO. Además del papel, el cual es un importante recurso utilizado en grandes cantidades en el trabajo diario de los diputados, como bien se tomó en cuenta en la implementación de la política cero papel, durante las actividades

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1 “Estadísticas a propósito del Día Mundial del Medio Ambiente. Datos de Jalisco”. Realizado por el INEGI y consultado el 24 de mayo

2 http://seplan.app.jalisco.gob.mx/mide/indicador/consultarDatos/327Consultado el 26 de mayo

3 http://www.informador.com.mx/jalisco/2011/335296/6/solo-32-de-la-basura-en-jalisco-es-separada-proepa.htm Declaraciones de la Procuraduría

Estatal de Protección al Ambiente y publicadas por El Informador. Consultado el 26 de mayo

DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO

P R E S E N T E S

La que suscribe, Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante

de la Fracción Parlamentaria de Movimiento Ciudadano de esta LX Sexagésima

Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, comparezco ante el Pleno de esta

Asamblea a someter a su consideración la siguiente INICIATIVA DE ACUERDO

LEGISLATIVO, en la que se propone se implemente un Programa de Reciclaje

de Residuos dentro de las instalaciones del Congreso del Estado, a efecto de

cumplir con lo dispuesto en la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-

007/2008.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO. El Congreso del Estado dio un paso importante en materia ambiental,

de administración y de transparencia con la implementación de la política cero

papel, la cual nos permitió hacer un uso más eficiente de un recurso tan

importante en las actividades cotidianas de la institución. Pero aún con esta

política, existe mucho por hacer en cuanto al fomento de una cultura de reciclaje

en el interior de las instalaciones en el Congreso del Estado.

SEGUNDO. Actualmente, el problema de la basura es uno de los de mayor

urgencia en materia de salud pública y ambiental en el Estado, pues de acuerdo

con las cifras de la Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Jalisco

produce alrededor de 7 mil 700 toneladas de basura diarias1, ubicándose en el

tercer lugar en generación de desechos a nivel nacional. Cada habitante de la

entidad, según la Dirección General de Protección Ambiental, en el 2012 generó

909 gramos2 de basura al día.

TERCERO. Del total antes mencionado, en Jalisco sólo se separa el 32% de los

residuos sólidos3, esto a 5 años desde la publicación de la Norma Ambiental

Estatal NAE-SEMADES-007/2008, lo cual nos muestra, que si bien hay avances,

es importante que este H. Congreso tome medidas en el interior de sus

instalaciones.

CUARTO. Además del papel, el cual es un importante recurso utilizado en

grandes cantidades en el trabajo diario de los diputados, como bien se tomó en

cuenta en la implementación de la política cero papel, durante las actividades

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propias del personal del Congreso del Estado se generan diversos desechos,

como envases de plástico, latas de aluminio o periódicos, que pueden ser

fácilmente separados para su reciclaje.

QUINTO. Los diputados somos creadores de leyes, por lo que siendo congruentes

en nuestro actuar, debemos ser los primeros en acatar las disposiciones que de

ellas emanen. De esta forma, la necesidad de un Programa de Reciclaje de

Residuos y su cumplimiento está ligada a la obligación de separar y reciclar como

viene indicado en la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008:

Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008:

5. Criterios y especificaciones técnicas

Bajo los criterios que se señalan en esta NAE, los residuos serán separados y clasificados

desde la fuente generadora promoviendo su reducción y facilitando su reutilización,

recolección selectiva y valorización de aquellos residuos que sean susceptibles de

reincorporarse en un proceso productivo.

12.1 Es obligación de toda persona, física o moral, en el Estado de Jalisco:

I. Separar, reducir y evitar la generación de los residuos conforme lo establecido en esta NAE; II. Hacer uso de los instrumentos mencionados en esta NAE para realizar la separación, clasificación y valorización de los residuos; III. Fomentar la reutilización y reciclaje de los residuos; IV…V VI. Almacenar los residuos con sujeción a lo establecido en esta NAE y demás criterios ambientales para evitar daño a terceros y facilitar la recolección selectiva;

Similar obligación establece la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección

al Ambiente en su artículo 86, fracción III:

Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 86. Corresponde a la Secretaría, a los gobiernos municipales y a la sociedad en general prevenir la contaminación del suelo, para lo cual se considerarán los siguientes criterios: III. Evitar y disminuir la generación de residuos de manejo especial y sólidos urbanos e incorporar técnicas y procedimientos para su reuso y reciclaje; y

SEXTO. Se instruye a la Secretaría General del Congreso del Estado a la

implementación de un Programa de Reciclaje de Residuos, de acuerdo a sus

atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de

Jalisco en su artículo 46:

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4. Consultado el 30 de mayo: http://www.papelesecologicos.com/index.php?option=com_content&view=article&id=51&Itemid=60

5. Consultado el 30 de mayo: http://www.yolimpio.com/recicla/comienza-art-01.html

6. Consultado el 31 de mayo: http://separadonoesbasura.org/calculaimpactoambiental.html 7. Dicha obra puede ser consultada en:

http://www.redisa.uji.es/artSim2011/GestionYPoliticaAmbiental/Ciudades%20mexicanas%20y%20su%20manejo%20de%20residuos.pdf

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco

Artículo 46. 1. La Secretaría General del Congreso del Estado es el órgano administrativo dependiente de la Asamblea que se encarga de la coordinación, supervisión y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de las necesidades administrativas y financieras. 2. La Secretaría General debe velar por la imparcialidad de los servicios que se prestan al Congreso del Estado y observar en su actuación las disposiciones contenidas en esta ley y en las disposiciones reglamentarias, así como las políticas y lineamientos aprobados por la Asamblea o los órganos que establece esta ley.

SÉPTIMO. La aplicación de un Programa de Reciclaje de Residuos dentro de las

instalaciones del Congreso del Estado, con el fin de recuperar los desechos

generados de las actividades propias de la Institución y separarlos correctamente

conforme a lo establecido en la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-

007/2008, deberá tomar en consideración acciones como la colocación de

contenedores especiales que faciliten la clasificación de residuos de acuerdo a los

criterios de separación en la Norma Ambiental Estatal antes mencionada, el

establecimiento de un proceso de recolección periódica de los desechos

separados en estos contenedores y la realización de un convenio con alguna o

varias instituciones benéficas que cuenten con un esquema productivo

de recolección y venta de material reciclable para donar los desechos

recolectados.

OCTAVO. El proceso de separación y recolección de desechos trae múltiples

beneficios. De acuerdo con la compañía Papeles Ecológicos4, una tonelada de

papel reciclado evita la tala de 17 árboles y la generación de 900 kilos de Dióxido

de Carbono, ahorra un 90% en consumo de agua, 5 mil Kw por hora y 140 litros de

petróleo. Según la organización ambientalista Yo Limpio5, una tonelada de

aluminio reciclado ahorra 95% de energía eléctrica, 4 mil 611 litros de petróleo y

aproximadamente cuatro toneladas de bauxita, un mineral con el cual se fabrica la

lámina de aluminio. Asimismo, con una tonelada de plástico reciclado se logra un

ahorro de 39 mil 260 litros de agua, 2.5 toneladas de dióxido de carbono y 5 mil

028 KW por hora, esto con datos proporcionados por la organización civil

Separado No Es Basura6.

Si el H. Congreso implementa un Programa de Reciclaje de Residuos, sería

copartícipe de un proceso que tiene gran impacto no sólo en beneficio del medio

ambiente, sino también en las finanzas del Estado, ya que los municipios invierten

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millones de pesos al año por el manejo de residuos. En la obra “Ciudades

mexicanas y su manejo de residuos”7, el Dr. Gerardo Bemache señala que los

municipios gastan entre $150 a $618 pesos por tonelada recolectada y dispuesta

en el relleno sanitario.

CONSIDERANDO

I. Que es facultad de los Diputados presentar iniciativas de leyes, decretos y

acuerdo legislativos.

II. Que las iniciativas a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política del

Estado podrán ser de ley, de decreto o de acuerdo legislativo.

III. Que es iniciativa de acuerdo legislativo la que tiene por objeto:

1. Establecer la posición política, económica, social o cultural del Poder

Legislativo respecto de asuntos de interés público;

2. Emitir una resolución de carácter interno para el Congreso del Estado;

3. Aprobar una resolución referente a las facultades del Congreso del Estado

que, por su naturaleza, no requieran de sanción, promulgación o

publicación.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a la elevada consideración de esta

soberanía el siguiente:

A C U E R D O L E G I S L A T I V O

PRIMERO. Se instruye al Secretario General, para que a través de la Dirección

competente, diseñe e implemente un Programa de Reciclaje de Residuos dentro

de las instalaciones de esta asamblea legislativa, teniendo presente lo siguiente:

1. Dividir por áreas las instalaciones del Congreso a fin de establecer los

lugares donde serán colocados los contenedores especiales para depositar

los residuos generados.

2. Los contenedores especiales deberán cumplir los siguientes criterios

establecidos por la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008:

a. Un contenedor para los residuos sanitarios, que será identificado con

el color naranja.

b. Uno para los residuos orgánicos, que será identificado con el color

azul.

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4. Consultado el 30 de mayo: http://www.papelesecologicos.com/index.php?option=com_content&view=article&id=51&Itemid=60

5. Consultado el 30 de mayo: http://www.yolimpio.com/recicla/comienza-art-01.html

6. Consultado el 31 de mayo: http://separadonoesbasura.org/calculaimpactoambiental.html 7. Dicha obra puede ser consultada en:

http://www.redisa.uji.es/artSim2011/GestionYPoliticaAmbiental/Ciudades%20mexicanas%20y%20su%20manejo%20de%20residuos.pdf

c. Cinco para los residuos inorgánicos para los siguientes materiales:

i. Papel y cartón, que será identificado con el color amarillo.

ii. Metal, que será identificado con el color gris.

iii. Plástico, que será identificado con el color azul marino.

iv. Textiles, que será identificado con el color café.

v. Vidrio, que será identificado con el color blanco.

3. Toda persona que se encuentre en las instalaciones del Congreso y genere

residuos, deberá clasificarlos y depositarlos en los contenedores especiales

acorde a los criterios establecidos en los puntos 5.5 al 5.5.2.2 de la Norma

Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008.

4. La sustitución de bolsas negras de plástico por bolsas biodegradables, y en

lo preferente, traslúcidas para facilitar la identificación de los desechos

separados.

5. La zona que está establecida actualmente para depositar los desechos

deberá ser acondicionada para permitir al personal de la Dirección de

Servicios Generales el correcto y ordenado almacenamiento de los residuos

clasificados.

6. La recolección de los desechos clasificados debe tomar en cuenta lo

siguiente:

a. Los residuos orgánicos y sanitarios deberán ser entregados al

sistema público o privado de recolección de residuos sólidos

urbanos.

b. Los residuos inorgánicos serán donados periódicamente a una o

varias instituciones de beneficencia que cuenten con un esquema

productivo de recolección y venta de material reciclable. Los

desechos inorgánicos que no puedan ser recolectados de esta forma

serán entregados a centros de acopio autorizados, o en su caso, al

sistema público o privado de recolección de residuos sólidos

urbanos.

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SEGUNDO. El Congreso, por conducto de la Mesa Directiva realizará los

convenios con una o varias instituciones de beneficencia que posean un esquema

productivo de recolección y venta de material reciclable, a fin de donar

periódicamente los desechos inorgánicos clasificados.

TERCERO. El Programa de Reciclaje de Residuos que se implemente, deberá

estar en operaciones a más tardar en 30 días naturales después de aprobado el

presente acuerdo.

A T E N T A M E N T E

Salón de Sesiones del Congreso del Estado

Guadalajara, Jalisco, a 6 de Junio del 2013.

Dip. Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández