EXPPSICION

6
CAPITULO III SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE GENERALIDADES Concepto. Es una sociedad mercantil en la que el principal elemento del contrato social lo constituyen las personas; posee de una razón social y el capital social esta representado por partes soc nominativas, suscritas por uno o más socios “comanditados” y “comanditarios”, quienes no responden por obligaciones sociales de igual manera. Características: Socios comanditados, son aquellas personas que responden por las obligaciones sociales de manera solidaria e ilimitada, al igual que los socios colectivos en la sociedad colectiva. Socios comanditarios, son aquellas personas que responden por las obligaciones sociales solo hasta el monto de su aportación, es decir, limitadamente. El apital social de la sociedad esta representado por la suma de aportaciones que e!ect"en los socios en dinero o en bienes, el cual esta dividido en partes sociales nominativas o porciones en que se ha dividido el capital. #iene razón social , en virtud de que el nombre de la sociedad se !ormara con el nombre personal de$ - #odos los socios comanditados. - %e alguno o algunos de los socios comanditados mas las palabras S. en . Si un socio comanditario quiere que su nombre !igure en la razón social, se considera &ur'dicame como socio comanditado. Órganos de la sociedad. (a sociedad puede tener los siguientes órganos sociales$ )n órgano supremo, constituido por la *samblea o +unta de Socios, es decir, la reunión de todos los socios, es decir, comanditados y comanditarios legalmente convocados. )n órgano representativo, encargado de la gestión de negocios de la sociedad; recibe el nombre d onse&o de *dministración. En este tipo de sociedad la administración corresponde$ - * todos los socios comanditados; - * uno o mas socios comanditados; - * una persona e tra-a. (os socios comanditarios no intervienen en la administración. )n órgano de control de la sociedad, corresponde al onse&o de igilancia o un /nterventor, se el caso el nombramiento puede recaer$ - En todos los socios comanditados no administradores y todos los socios comanditarios. - En uno o mas socios comanditados no administradores y uno o mas socios comanditarios. - En una o más personas e tra-as. ASPECTO LEGAL Ley General de Sociedades

description

trabajo de exposicion

Transcript of EXPPSICION

CAPITULO III SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

GENERALIDADES

Concepto. Es una sociedad mercantil en la que el principal elemento del contrato social lo constituyen las personas; posee de una razn social y el capital social esta representado por partes sociales nominativas, suscritas por uno o ms socios comanditados y comanditarios, quienes no responden por las obligaciones sociales de igual manera.Caractersticas:

Socios comanditados, son aquellas personas que responden por las obligaciones sociales de manera solidaria e ilimitada, al igual que los socios colectivos en la sociedad colectiva.

Socios comanditarios, son aquellas personas que responden por las obligaciones sociales solo hasta el monto de su aportacin, es decir, limitadamente.

El Capital social de la sociedad esta representado por la suma de aportaciones que efecten los socios en dinero o en bienes, el cual esta dividido en partes sociales nominativas o porciones en que se ha dividido el capital. Tiene razn social , en virtud de que el nombre de la sociedad se formara con el nombre personal de:

Todos los socios comanditados. De alguno o algunos de los socios comanditados mas las palabras S. en C.

Si un socio comanditario quiere que su nombre figure en la razn social, se considera jurdicamente como socio comanditado. rganos de la sociedad. La sociedad puede tener los siguientes rganos sociales:

Un rgano supremo, constituido por la Asamblea o Junta de Socios, es decir, la reunin de todos los socios, es decir, comanditados y comanditarios legalmente convocados.

Un rgano representativo, encargado de la gestin de negocios de la sociedad; recibe el nombre de Consejo de Administracin. En este tipo de sociedad la administracin corresponde:

A todos los socios comanditados; A uno o mas socios comanditados; A una persona extraa.

Los socios comanditarios no intervienen en la administracin. Un rgano de control de la sociedad, corresponde al Consejo de Vigilancia o un Interventor, segn el caso el nombramiento puede recaer:

En todos los socios comanditados no administradores y todos los socios comanditarios. En uno o mas socios comanditados no administradores y uno o mas socios comanditarios. En una o ms personas extraas.

ASPECTO LEGAL

Ley General de Sociedades

Se trata de una sociedad mercantil comprendida en la Ley General de Sociedades, que tiene personalidad jurdica. Artculos N 278 al 281

A la sociedad en comandita simple se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva, siempre que sean compatibles con lo indicado en la seccin.

Sntesis normativa

CLASES DE SOCIOS

Colectivos (comanditados) y comanditarios

NUMERO DE SOCIOS

Mnimo 2

NOMBRE DE LA SOCIEDADRazn Social (Se integra con el nombre de todos los socios colectivos, agregndose la expresin Sociedad en Comandita o las siglas S. en C. El socio comanditario que consienta su nombre en la razn social responde como socio colectivo)

FORMA DE CONSTITUCIN

Simultanea o en un solo acto

APORTE DE SOCIOS

Bienes en especie o en dinero, conocimiento, trabajo e industria.

REPRESENTACIN DEL CAPITAL

Participaciones (no acciones)

ADMINISTRACIN DE LA SOCIEDAD

Corresponde a los socios colectivos (comanditados), salvo pacto en contrario.

PARTICIPACIN DE UTILIDADES

Segn lo estipulado en el pacto social

ATRIBUCIN DE PERDIDAS

Segn lo estipulado en el pacto social

RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS

Solidaria e ilimitadamente para los socios colectivos ( Comanditados)Solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido aportar para los socios comanditarios.

ASPECTO CONTABLE

GENERALIDADES

Contabilidad y documentacin

Es aplicable lo expuesto en el Captulo II referido a la Sociedad Colectiva, siempre que sea compatible.

Conceptos de capital

Es aplicable lo expuesto en el Captulo II referido a la Sociedad Colectiva, siempre que sea compatible.

Libros de contabilidad

Es aplicable lo expuesto en el Captulo II referido a la Sociedad Colectiva, siempre que sea compatible.

CAPITULO V

SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

GENERALIDADES

Concepto. Es una sociedad mercantil mixta con razn social o denominacin, y capital fundacional representado por acciones nominativas, suscritas por accionistas comanditados (colectivos) que responden de una manera solidaria e ilimitada por sus obligaciones sociales, y de accionistas comanditarios, que responden hasta el monto de sus aportaciones.

Particularidades:

Es una sociedad en la que el contrato constitutivo puede ser bilateral si intervienen dos socios o plurilateral si intervienen mas socios.

Es una sociedad mercantil por estar comprendida en la Ley General de Sociedades, con personalidad jurdica, y es mixta, por cuanto los principales elementos del contrato social lo constituye el elemento personal como el patrimonial en un mismo nivel.

Tiene razn social o denominacin social , por cuanto el nombre de la sociedad, podr formarse con el nombre del personal de los accionistas comanditados o con el nombre de alguna cosa, fin, objeto, etc seguidas por las palabras Sociedad en Comandita por Acciones o bien con las siglas S. en C. Por A.

El Capital de la sociedad es fundacional por cuanto al momento de constituirse debe estar totalmente suscrito y pagado por lo menos en una cuarta parte, es decir, en un 25% del capital suscrito.

El capital esta representado por acciones nominativas o porciones iguales en que se encuentra dividido; estos ttulos constituyen el conjunto de derechos y obligaciones que tiene un accionista frente a la sociedad.

El nombre de accionistas lo reciben las personas naturales o jurdicas que suscriben y pagan las acciones.

Los accionistas comanditados (colectivos), son aquellos cuya responsabilidad jurdica, es igual al de los socios colectivos, responden de manera ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales.

Los accionistas comanditarios, son aquellos cuya responsabilidad jurdica, es igual al monto de sus aportaciones, es decir, tienen responsabilidad limitada como en las sociedades annimas. rganos de la sociedad. La sociedad puede tener los siguientes rganos sociales:

Un rgano supremo, constituido por la Junta General de Accionistas, es decir, la reunin de los accionistas constituidos y legalmente convocados.

Un rgano representativo, encargado de la administracin de la sociedad, que esta a cargo de un Directorio colegiado y de uno o ms Gerentes. Un rgano de control de la sociedad, que corresponde a personas o entidades que no guardan parentesco alguno con los miembros de la administracin.

ASPECTO LEGAL

Se trata de una sociedad mercantil comprendida en la Ley General de Sociedades, que tiene personalidad jurdica.

LEY GENERAL DE SOCIEDADES N 26887

Artculo N 282

A la sociedad en comandita por acciones se le aplican las disposiciones relativas a la sociedad annima siempre que sean compatibles. SNTESIS NORMATIVA DE LA LGS

CLASES DE SOCIOS

Accionistas colectivos Accionistas comanditarios

NUMERO DE SOCIOS

Mnimo 2

NOMBRE DE LA SOCIEDADRazn social o denominacin, con la indicacin Sociedad en Comandita por Acciones o las siglas S. en C. por A.

FORMA DE CONSTITUCIN

Simultnea o en un solo acto.

APORTE DE SOCIOS

Dinero, bienes o derechos susceptibles de valoracin econmica.No se admite el aporte de servicios.

REPRESENTACIN DEL CAPITAL

Acciones nominativas

ADMINISTRACIN DE LA SOCIEDAD

A cargo de los accionistas colectivos, sujetos a las obligaciones y responsabilidades de los directores de las sociedades annimas.Los accionistas comanditarios que asumen la administracin adquieren la calidad de accionistas colectivos.

SUSCRIPCIN Y PAGO DEL CAPITAL

Para constituirse el capital debe estar totalmente suscrito y cada accin suscrita y pagada en por lo menos un 25%

CESION DE ACCIONES

Las acciones de los colectivos no podrn cederse sin el consentimiento de la totalidad de los socios colectivos.Las acciones de los comanditarios son de libre transmisibilidad salvo limitaciones en el pacto social.

RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONISTAS Los accionistas colectivos responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales.Los accionistas comanditarios responden solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido aportar.

DISTRIBUCIN DE UTILIDADES

En forma de dividendos

COMPENSACIN DE PERDIDAS

Las perdidas se compensan con utilidades o reservas de libre disposicin, en ausencia de estas se compensan con la reserva legal.

ASPECTO CONTABLE

GENERALIDADES

Contabilidad y documentacin

Son de aplicacin las mismas disposiciones relativas a la sociedad annima siempre que sean compatibles. CONCEPTOS DE CAPITAL

Son de aplicacin los mismos conceptos relativos a la sociedad annima siempre que sean compatibles. LIBROS DE CONTABILIDAD

Se utilizaran los mismos libros sealados para la sociedad annima siempre que sean compatibles.