Explotaciones de cultivos herbáceos extensivos: Plan 2018 · se podrá elegir el módulo 1 o el...
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INTRODUCCIÓN AL SEGURO DE CULTIVOS HERBÁCEOS EXTENSIVOS
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Se trata de un seguro que cubre las adversidades climáticas y no climáticas (fauna silvestre e incendio) a las que están expuestos los agricultores.
Cultivos asegurables: cereales de invierno, leguminosas, oleaginosas, cereales de primavera y arroz.
El seguro cuenta con distintas opciones de aseguramiento:
Módulo 1 y 2 (Secano) Seguro de Rendimientos
Complementarios para aumentar kg: C1 y C2
Módulo P y módulos 1 y 2 (Regadío) Rendimiento de fijación libre
Módulo 2 63%
Módulo P 35%
Módulo 1 2%
Contratacion Pólizas Mapfre por Módulo (Plan 2017)
C1 C2
Principal 365 10.652
Complementario 58 3.457
0
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
Nº
Pó
lizas
Complementarios Contratados (Plan 2017)
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Producción: se cubren los daños en cantidad para los riesgos de Pedrisco, Incendio, Riesgos excepcionales (fauna silvestre, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado), No nascencia (secano), No implantación (colza) y Resto de adversidades climáticas.
Paja: para las producciones asegurables de paja de cereales de invierno, se cubren daños en cantidad ocasionados por pedrisco, incendio y riesgos excepcionales.
Instalaciones: Se cubren los daños ocasionados por los riesgos cubiertos en producción (cabezal de riego y red de riego).
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Indemnización por Parcela: cálculo sobre la producción real esperada (PRE) de la superficie afectada. Indemnización por Explotación: cuando la producción real final (PRF) del conjunto de las parcelas con el mismo sistema de cultivo y dentro de la misma comarca es inferior a la garantizada.
Según módulos:
• Módulo 1: todos los riesgos por explotación • Módulo 2: por explotación o por parcela según riesgo cubierto • Módulo P: todos los riesgos por parcela
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Garantizado: porcentaje que se aplica sobre el valor de producción asegurada para establecer el límite por debajo del cual se aplicará la indemnización.
Rendimientos.-
Módulos 1 y 2 (Secano) SEGUROS DE RENDIMIENTOS: debe estar entre el máximo y el mínimo asignado por el MAPAMA a cada agricultor (el mínimo no debe ser inferior al 50% y la superficie represente al menos el 20%).
C1 y C2 para aumentar kg al Seguro Principal
Se podrá realizar revisión de la Base de Datos hasta 10 días después de la finalización de contratación
Módulo P y módulos 1 y 2 (Regadío) Rendimiento de Fijación LIBRE
Paja Rendimiento de Fijación LIBRE
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Mínimo Indemnizable.- cuantía del daño por debajo del cual el siniestro no es indemnizable.
Franquicia.- Parte del daño que queda a cargo del asegurado:
• Daños.- se aplica multiplicando el porcentaje de la franquicia x el porcentaje de daño. Ejemplo (daño: 50% y franquicia 10%): 50% - 10%(50%) = 45%
• Absoluta.- se aplica restando el porcentaje de la franquicia al porcentaje de daño. Ejemplo (daño 50% y franquicia 20%): 50%-20% = 30%
EXPLOTACIONES ASEGURABLES
— En los módulos 1, 2.– Son asegurables las explotaciones cuyo titular del seguro presente a su nombre la Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea (PAC) dedicadas al cultivo de arroz, cereales de invierno, cereales de primavera, leguminosas grano y oleaginosas.
Como en años anteriores se seguirá admitiendo más de una PAC por
póliza, siempre que sean PAC completas.
— En el módulo P.- Todas las explotaciones, realicen o no la PAC.
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BIENES ASEGURABLES
Las producciones de cultivos herbáceos extensivos cultivadas en parcelas de secano o regadío, cuyo destino sea exclusivamente la obtención de grano o de semillas certificadas correspondientes a las distintas variedades de los cultivos:
Arroz
Cereal de invierno: alpiste, avena, cebada, centeno, espelta, trigo, triticale y tritordeum y sus mezclas (en el caso de mezclas de dos o más especies en una parcela, se asignará en la declaración de seguro, la especie mayoritaria)
Cereal de primavera: alpiste, maíz, mijo, sorgo, panizo y teff.
Leguminosas grano: : alberjones, algarrobas, alhova, altramuces, cacahuete y cacahuete con final de garantías: 15-11, 15-10, 31-10 (según ámbito), fabes (deben figurar en el Registro de parcelas de consejo Regulador de la denominación específica de Faba Asturiana) garbanzos, guisantes secos, habas secas, haboncillos, judías secas con fin de garantías: 31-10, 20-9 (según ámbito), latiros (almortas y titarros), lentejas, soja veza y yeros.
Oleaginosas: colza, girasol, lino semilla, cártamo y camelina.
La Paja de todos los cultivos de Cereal de Invierno de las parcelas aseguradas en la producción, en todos los módulos (excepto en el complementario), es opcional siempre que se haya asegurado el conjunto de la producción.
Las instalaciones de cabezal de riego (bombas y motores) y red de riego en parcelas (tradicional, pívot y enrolladores) es opcional siempre que se haya asegurado el conjunto de la producción.
Seguro Complementario: son asegurables las producciones incluidas en el seguro principal de los módulos 1 ó 2.
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PÓLIZAS A CONTRATAR
Módulos 1 y 2 Módulo P Seguro
Complementario
Es obligatorio asegurar todos los grupos de cultivo, 1 póliza por cada grupo (máximo 4 pólizas): 1. Declaración de secano: cereal de
invierno, leguminosas y oleaginosas (sólo: cártamo y girasol)
2. Declaración de secano: Resto de Oleaginosas: colza, lino semilla y camelina.
3. Declaración de regadío: cereal de invierno, leguminosas y oleaginosas.
4. Declaración de regadío: Cereal de primavera (se incluye secano) y arroz.
Se pueden hacer hasta 5 pólizas, 1 por cada grupo de cultivo:
1. Arroz (regadío)
2. Cereal de invierno (secano y regadío)
3. Cereal de primavera (secano y regadío)
4. Leguminosas (secano y regadío)
5. Oleaginosas (secano y regadío)
Sistema de cultivos de secano en los módulos 1 y 2 (cereal de invierno, leguminosas y oleaginosas)
1 póliza para cada
módulo (C1 y C2)
Para cada póliza, de forma independiente, se podrá elegir el módulo 1 o el módulo 2.
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MÓDULOS 1 Y 2
Sistema cultivo
Grupo de Cultivos
Ámbito de Aplicación
Inicio Final Último día
pago
Modificaciones (Causas justificadas, sin afectar contenido
póliza y en parcelas no siniestradas)
Secano
Cereal invierno
Leguminosas
Oleaginosas: Cártamo y Girasol
Andalucía 1-9-2018 17-12-2018 17-12-2018 Hasta el 01-04-2019 (fecha recepción en AGROSEGURO). Para altas de nuevas parcelas y las bajas por no siembra de: 15-04-2019: “Girasol” en la C.A de
Andalucía. 15-6-2019: “Girasol” resto del ámbito. 15-06-2019: Cártamo, garbanzos, judías
secas, fabes y soja. Paja: del 1-4-2019 al 15-6-2018 incorporar o modificar producción (alpiste, avena, cebada, centeno, espelta, trigo blando, trigo duro, triticale, tritordeum)
Canarias 1-9-2018 30-11-2018 3-12-2018
Resto del ámbito (*) 1-9-2018 20-12-2018 21-12-2018
Oleaginosas: Colza, Lino semilla y Camelina
Todo el ámbito 1-9-2018 31-10-2018 2-11-2018
Regadío
Cereal de Invierno Leguminosas
Oleaginosas
Todo
Con cobertura de fauna silvestre
1-9-2018 20-12-2018 21-12-2018 Hasta el 15-06-2019 (fecha de recepción en AGROSEGURO) Para altas de nuevas parcelas y las bajas por no siembra de: 30-06-2019: Cacahuete, fabes, girasol,
garbanzos, judías secas y soja. 31-07-2019: Arroz y cereales de
primavera (maíz, sorgo, mijo y panizo)
Sin cobertura de fauna silvestre
22-12-2018 15-06-2019 17-6-2019
Cereal de Primavera y Arroz 1-3-2019 31-7-2019 1-8-2019
Explotación de regadío formalizada en otoño: Para pólizas que suscriban antes de finalizar el período de suscripción del sistema de cultivo secano, para todos los cultivos, excepto: garbanzos, girasol, soja, judías secas, fabes y cacahuete. Explotación de regadío formalizada en invierno-primavera: Para pólizas que suscriban después, para todos los cultivos, excepto: garbanzos, girasol, soja, judías secas, fabes y cacahuete.
(*) Si en una declaración de seguro existen diferentes finales de contratación, se deberá suscribir la póliza dentro del plazo que antes finalice.
FECHAS DE CONTRATACIÓN MÓDULOS 1 Y 2
FECHAS DE CONTRATACIÓN MÓDULOS COMPLEMENTARIOS
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PERIODO DE CONTRATACIÓN – LÍNEAS COMPLEMENTARIAS C1 y C2
Sistema cultivo
Grupo de Cultivos
Ámbito de Aplicación Inicio Final Último día
pago Modificaciones
Secano
Cereal de invierno
(*) Todos los cultivos
Andalucía y Canarias
1-3-2019 30-5-2019 31-5-2019
Se admitirá la declaración de seguro complementario sin incorporar todas las parcelas y posteriormente, se permitirá efectuar una modificación incorporando el resto de las parcelas. Plazo: Con fecha límite del final de contratación:
Resto del ámbito 1-3-2019 15-6-2019 17-6-2019
Leguminosas Todo el ámbito 1-3-2019 15-6-2019 17-6-2019
Oleaginosas (*)
Girasol
Castilla y León, Aragón, La Rioja, País Vasco, Cataluña y Navarra
1-3-2019 31-7-2019 1-8-2019
Resto del ámbito 1-3-2019 15-6-2019 17-6-2019
Resto Oleaginosas
Todo el ámbito 1-3-2019 15-6-2019 17-6-2019
(*) Si en una declaración de seguro existen diferentes finales de contratación, se deberá suscribir la póliza dentro del plazo que antes finalice.
FECHAS DE CONTRATACIÓN MÓDULO P
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MÓDULO P
Modificaciones Grupos Cultivos
Cultivos Ámbito Inicio Final Último día pago
Cereal de Invierno (*)
Todos
Andalucía y Canarias
01-03-2019 30-05-2019 31-5-2019
Por causas justificadas y que no afecten de forma significativa al contenido de la póliza. Plazo: Fecha límite final de suscripción.
Resto del ámbito 01-03-2019 15-06-2019 17-06-2019
Cereal de Primavera
Todos Todo el ámbito 01-03-2019 31-07-2019 01-08-2019
Leguminosas
(*)
Fabes Todo el ámbito 01-03-2019 30-06-2019 01-07-2019
“Judías del Ganxet Vallès-Maresme”
Todo el ámbito 01-03-2019 15-07-2019 16-07-2019
Resto de Leguminosas Todo el ámbito 01-03-2019 15-06-2019 17-06-2019
Oleaginosas
(*)
Girasol
Castilla León, Aragón, La Rioja,
País Vasco, Navarra y Cataluña
01-03-2019 15-07-2019 16-07-2019
Resto del ámbito 01-03-2019 15-06-2019 17-06-2019
Resto de Oleaginosas Todo el ámbito 01-03-2019 15-06-2019 17-06-2019
Arroz Arroz Todo el ámbito 01-03-2019 31-07-2019 01-08-2019
(*) Si en una declaración de seguro existen diferentes finales de contratación, se deberá suscribir la póliza dentro del plazo que antes finalice.
COMUNICACIÓN DE SINIESTROS / Fechas de recepción en Agroseguro
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— 7 días
— Fauna silvestre: 7 días, computando desde los primeros daños en el cultivo.
— Fauna silvestre cinegética, ocasionada por conejo o liebre: — Cereales de invierno, leguminosas y oleaginosas: 15 de abril — Cártamo: 31 de mayo — Girasol y garbanzos: 30 de junio
— No nascencia y no implantación 1 de abril para todos los cultivos, excepto para: Colza para las siembras anteriores al 30 de noviembre: 15 de enero. Cártamo: 31 mayo Garbanzos: 30 de junio Girasol: 30 de junio (C.A. Andalucía: 5 de mayo) Judías secas: 15 de junio
Obligatoriedad de comunicarlos 30 días antes de la recolección.
No se aceptarán los comunicados con posterioridad a las 48 horas de haber finalizado la recolección, excepto el incendio durante la recolección.
En los siniestros de incendio el Asegurado está obligado a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a AGROSEGURO debiendo indicar:
Las circunstancias del siniestro
Sus causantes conocidos o presuntos. La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos En caso de siniestro por fauna silvestre cinegética, cuando Agroseguro lo solicite.
SUBVENCIONES ENESA
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LÍNEA MÓDULOS
% SUBV. BASE
% CONTRAT. COLECTIVA
% SUBVENCION
POR FINANCIACIÓN
(SAECA)
CARACTERÍSTICAS DEL ASEGURADO Y ASEGURAMIENTO (3) CONTINUIDAD PRACT. REDUC. RIESGO Y CONDICIONES PRODUCTIVAS
( 1) %
AGRICULTOR/A
% EXPLO.
PRIORITARIA
% ORG. AGRUP.
PROD.
% JOVEN
AGRICULTOR AGRICULTORA
ASEGURAMIENTO ( 2 )
% RENOV LÍNEA
% RENOV SEQUÍA
%ATRIA, ADV, ASV,ATESVE
% PROD. ECOLOG.
% ENTIDAD
ASOC.
20 / 03 22 21 10 23 45 15
309 CULTIVOS
HERBÁCEOS EXTENSIVOS
1 75 75
2 21 6 1 11 11 11 5 2 2 2 49
P(ARROZ y FABES)
7 6 1 9 9 9 5 31
P 4 6 1 4,5 4,5 4,5 5 23,5
C1 4 6 1 4,5 4,5 4,5 5 23,5
C2 4 6 1 4,5 4,5 4,5 5 23,5
Los asegurados deben estar en la Base de Datos CIAS
(1) 03 -En caso de ser Persona Jurídica. (2) Subvención única incompatible con las demás. (3) Aplicar en función de la información remitida en ficheros de aprobación del Condicionado de cada línea. Subvención no aplicable (cód. 50). Grandes Empresas para ENESA (cód. 51). Grandes Empresas para Comunidades Autónomas (cód. 52). SE ESTABLECE UN IMPORTE DE 60 €. QUE SERÁN SIEMPRE DEDUCIDOS DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. POSTERIORMENTE AGROSEGURO REGULARIZARÁ ESTE IMPORTE DE FORMA QUE SOLO SE APLIQUE UNA VEZ POR ASEGURADO Y PLAN. EL % DE MODULACIÓN QUE CORRESPONDA SE APLICA UNA VEZ DEDUCIDO EL IMPORTE DE 60 € EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN NO PUEDE EXCEDER DEL 65% DEL IMPORTE DEL RECIBO DE PRIMA (SIN TENER EN CUENTA LOS RECARGOS POR CONTRATACIÓN). Igualmente, les recordamos que la declaración de seguro agrario, es a la vez solicitud de subvenciones por lo que deberán tener en cuenta lo establecido en las bases reguladoras para concesión de subvenciones de la administración general del Estado y la resolución en la que se aprueba el Plan de seguros agrarios; así como las ordenes reguladoras de las Comunidades Autónomas; por lo que, en cualquier caso, el nuevo asegurado, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTONOMAS
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CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES
Andalucía Aragón
Asturias 50 Enesa 65% Recibo de Prima
(Sin recargos) Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Baleares 32,5
Prima Comercial Base Neta, sin
bonificaciones y recargos
65% Recibo de Prima (Sin recargos)
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Bizkaia No subvenciona
Canarias 23,75
Prima Comercial Base Neta, sin recargos
65% Recibo de Prima
(Sin recargos) Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Cantabria 25 Enesa 60% del Recibo de Prima
Tendrán derecho los Asegurados incluidos en la Base de Datos suministrada por la C.A. Para incidencias enviar correo electrónico a: [email protected]
Castilla León 10 Módulo: 2 Prima Comercial Base
Neta, sin recargos 65% Recibo de Prima
(1)
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA (1) Límite Mínimo: No subvenciona las pólizas < de 75€ Máximo por póliza: 3.000€
Castilla Mancha
20 Módulo: 2 Enesa
(1) 65% del recibo de prima Máximo: 18.000€ póliza
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar en la Base de Datos de ENESA (1) Límite mínimo: No subvencionan las pólizas inferiores o iguales a 60€
Cataluña
31 Módulo: P 61 Módulos:
1, 2, C1 y C2
Enesa
65%
del recibo de prima
(sin tener en cuenta los recargos de contratación)
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Importe máximo por póliza: 6.000€ (módulos 1 y 2). 3.000€ módulos P, C1 y C2
Extremadura 30 Enesa 65% del Recibo de Prima
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Desde el 29-5-2018 no subvenciona el Módulo 1
Galicia 22 Enesa 65% Recibo de Prima
sin recargo
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Una vez aplicados los % y los límites máximos, se RESTARÁ 15%, sin subvención a las declaraciones en las que el importe resulte igual o inferior a 15€. Se aplicará siempre sobre la última situación de la póliza
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTONOMAS
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CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES
Rioja
45 Módulos: 2 y P
5 (1) Enesa
65% Recibo de Prima sin recargo de contratación
Se otorga subvención a los asegurados que tengan la condición de: - Agricultor o Ganadero Profesional - Titular de Explotación Prioritaria - Joven Agricultor - Comunidades de bienes y Sociedades Civiles sin Personalidad Jurídica (1) Asegurados que cumplan la condición de JÓVENES AGRICULTORES No subvenciona las pólizas cuya subvención sea igual o inferior a 60€
Madrid Murcia
Navarra
95 Módulo: P. Resto cultivos 68 Módulo: P.
arroz 38 Módulo: 2
Enesa
65% Recibo de Prima sin recargo de contratación
Incluye Manual Declaración sobre la Obligación de Transparencia Se otorga subvención a los asegurados que tengan la condición de: - Agricultor o Ganadero Profesional - Titular de Explotación Prioritaria - Secciones de cultivos en común de Cooperativas - Ganaderos que contraten seguros de RyD (línea 415)
Y además que figure como subvencionable en la base de datos:
Fichero de verificación del cumplimiento de los requisitos de las bases reguladoras e las ayudas de la Comunidad Foral de Subvenciones de Navarra. Y fichero de verificación del cumplimiento de la Ley Foral de subvenciones de Navarra.
Exclusiones:
Los asegurados que no cumplan las condiciones personales para percibir subvención Según el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 para que no se les aplique la subvención (Indicar en la aplicación SAC: el 50).
Pólizas contratadas por empresas que no ostenten la condición de pequeña y mediana empresa de producción.
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SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTONOMAS
CC.AA % SUBVENCIÓN BASE Y ADICIONALES Aplica sobre OBSERVACIONES
Valencia
Módulos Base CAECV DOP/IGP
Tipo Asegurado (No cumple las características asegurado)
Entidad asociativa
cultivos secano La Prima comercial
Base Neta de Bonificaciones
Sin tener en cuenta el recargo de contratación
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos
de ENESA
Módulo 1 10 1,0 1,0 2,0 5,0
Módulo 2 20 2,0 2,0 4,0 10,0
Módulo P 25 2,5 2,5 5,0 12,5
Compl. C1, C2
20 2,0 2,0 4,0 10,0
PAGO DE LA PRIMA
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El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
FORMA DE PAGO IMPORTE A ABONAR PLAZO DE ABONO CÓMO SE REALIZA EL
ABONO
CONTADO El 100% de la prima En el momento de la
suscripción del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
FRACCIONADO (1)
1º Recibo Se corresponderá al menos con el 10%
de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y aval.
En el momento de la suscripción del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
Sucesivos No podrá superar el 90% del coste
del seguro.
Se pasará al cobro en el plazo elegido por el
Asegurado: 3, 6, 9 ó 11 meses.
Mediante recibo domiciliado a la cuenta
corriente del asegurado.
(1) Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos: El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 300 €.
El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.
Existe dos impresos diferentes en función del importe a avalar, los cuales pueden descargarse de la página Web de SAECA. • Solicitud aval reducida hasta 25.000€ y Solicitud aval completa mas de 25.000€
PAGO DE LA PRIMA
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La solicitud se realiza vía on-line a: www.saeca.es
Documentación a adjuntar:
Solicitud de Aval REDUCIDA (Hasta 25.000€) Solicitud de Aval COMPLETA (>25.000€)
Formulario de solicitud Fotocopia DNI/CIF IRPF o Impuesto de Sociedades
Formulario de solicitud Fotocopia DNI/CIF IRPF o Impuesto de Sociedades Documentación Acreditativa Bienes
SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, SAECA
acompañará la póliza de afianzamiento mercantil que incluye el nº de aval concedido, por
correo electrónico. No será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea
inferior a 25.000€ y será necesaria para importes superiores.
Se debe enviar póliza de afianzamiento firmada por el asegurado, por e-mail: [email protected]
Una vez enviada se puede proceder al pago y emisión de la póliza. NO pagar antes de que SAECA disponga de la póliza de afianzamiento firmada por e-mail.
Si el asegurado realizara la transferencia antes de que AGROSEGURO disponga de la autorización de SAECA, la aplicación generará un error de rechazo.
PAGO DE LA PRIMA
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A continuación enviar la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección: calle Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.
Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Contratación:
Si el Asegurado, fracciona el pago deberá domiciliarlo en su cuenta bancaria, los pagos de
siniestros y regularizaciones de prima, se realizarán en la cuenta indicada del
Asegurado. Modalidades de contratación:
Renovable y no renovable:
SI SE FRACCIONA el pago, se domiciliará en la CCC del Asegurado (El Asegurado es el
titular)
SI NO SE FRACCIONA y se domicilia, el titular de CCC puede ser: el Asegurado u otros
indicando Nombre y Apellidos del Titular de la CCC.