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    EVALUACION LEY 1098 INFANCIA Y ADOLESCENCIA

    1. Que valores se enuncian en la finalidad que tiene la ley 1098 de 2006

    A- Respeto y sinceridadB- Salud y honestidadC- Amor y comprensiónD- Humildad y tolerancia

    2. El ámbito de aplicación de la ley 1098 de 2006 aplica a los niñas, niñas y adolescentes:

    A- NacionalesB- ExtranjerosC- Nacionales y extranjerosD- Ninguna de las anteriores

    3. Según la ley 1098 de 2006 son sujetos titulares de derecho:

    A- Niños y adolescentesB- Niñas y adolescentesC- Niños y niñasD- Niños, niñas y adolescentes

    4. Que entes hacen parte de la corresponsabilidad de la cual habla la ley 1098 de 2006 en suartículo 10:

    A- El instituto colombiano de bienestar familiarB- Las comisarias de familiaC- La familia, la sociedad y el estado

    D- La policía de Infancia y adolescencia

    5. Que tipo de persona puede exigir ante autoridad competente el cumplimiento y restablecimientode los derechos de los niños, niñas y adolescentes:

    A- PadresB- AbuelosC- AmigosD- Cualquier persona

    6. La custodia y el cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes debe estar a cargo de:

    A- Padre y madre

    B- Personas que convivan con ellos en el ámbito familiarC- Personas que convivan con ellos en el ámbito institucionalD- Todas las anteriores

    7. El ciclo vital la primera infancia corresponde a los niños, niñas y adolescentes entre:

    A- 0 a 6 añosB- 0 a 5 añosC- 6 a 12 añosD- 0 a 7 años

    8. De los derechos y libertades que consagra el capitulo II de la ley 1098 de 2006, el derecho a laintimidad en que articulo se encuentra:

    A- Articulo 27B- Articulo 35C- Articulo 33D- Articulo 29

    9. Los niños, niñas y adolescentes deben ser registrados según el artículo 25 del código deInfancia y Adolescencia:

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    A- Un mes después de haber nacidoB- A los 40 días de su nacimientoC- Inmediatamente después de su nacimientoD- Una semana después de su nacimiento

    10. Según la ley 1098 son niños y niñas los que comprenden las siguientes edades:

    A- 0 a 14 añosB- 0 a 12 añosC- 0 a 6 añosD- 0 a 18 años

    11. La existencia de solo 210 centros zonales del institutito colombiano de bienestar familiar enel que operan defensores de familia y sus equipos interdisciplinarios llevaron a la necesidad decontar con una autoridad subsidiaria capaz de atender los casos de violación de los derechos de

    las niñas, niños y adolecentes en aquellos lugares en los que no exista un centro zonal, y tendránfunciones que serán la Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros dela familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar. Atender y orientar a los niños, lasniñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento desus derechos. Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesariasen casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes. Recibir denuncias y tomar lasmedidas de protección en casos de violencia intrafamiliar. Definir provisionalmente sobre lacustodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión dela vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones decomportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar, por tal razón la leyrecurriría?

    A- policía de infancia y adolescencia, policía judicial de infancia y adolescencia.B- Comisarias de familia, inspectores de policía.C- Fiscal de infancia y adolescencia, jueces especializados de infancia y adolescenciaD- Comisarias de familia, policía de infancia y adolescencia

    12. En el código de infancia y adolescencia en uno de sus artículos informa que elrepresentante legal del niño, niña o adolescente, o la persona que lo tenga bajo su cuidado ocustodia, podrá solicitar, ante el defensor o comisario de familia o en su defecto ante el inspectorde policía, la protección de los derechos de aquel. También podrá hacerlo directamente el niño,niña o adolescente.Cuando el defensor o el comisario de familia o, en su caso, el inspector de policía tengaconocimiento de la inobservancia, vulneración o amenaza de alguno de los derechos que este

    Código reconoce a los niños, las niñas y los adolescentes, abrirá la respectiva investigación,siempre que sea de su competencia; en caso contrario avisará a la autoridad competente. Esteprocedimiento se llama:

    A-iniciación de las autoridades competentes.

    B- vinculación a programas de atención especializada para el restablecimiento de los derechosvulnerados.

    c-iniciación de la actualización administrativa.

    D-la A y la C son correctas

    13. En el código de la infancia y adolescencia libro uno en su artículo 103 carácter transitoriode las medidas dice que La autoridad administrativa que haya adoptado las medidas deprotección previstas en este Código podrá modificarlas o suspenderlas cuando:

    A-esté demostrada la alteración de las circunstancias que dieron lugar a ellas. La resolución queasí lo disponga se notificará en la forma prevista en el inciso tercero del artículo anterior y estarásometida a la impugnación y al control judicial establecidos para la que impone las medidas.

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    B-Siempre que el defensor o el comisario de familia tengan indicios de que un niño, una niña o unadolescente se halla en situación de peligro, que comprometa su vida o integridad personalprocederá a su rescate con el fin de prestarle la protección necesaria. Cuando las circunstancias loaconsejen practicará allanamiento al sitio donde el niño, niña o adolescente se encuentre, siempreque le sea negado el ingreso después de haber informado sobre su propósito, o no haya quien selo facilite. Es obligación de la fuerza pública prestarle el apoyo que para ello solicite.

    C-Siempre que se conozca la dirección donde puede recibir notificaciones el obligado a suministraralimentos, el defensor o comisario de familia lo citará a audiencia de conciliación. En casocontrario, elaborará informe que suplirá la demanda y lo remitirá al Juez de Familia para que inicieel respectivo proceso. Cuando habiendo sido debidamente citado a la audiencia el obligado nohaya concurrido, o habiendo concurrido no se haya logrado la conciliación, fijará cuota provisionalde alimentos, pero sólo se remitirá el informe al juez si alguna de las partes lo solicita dentro de loscinco días hábiles siguientes.

    D-Cuando se logre conciliación se levantará acta en la que se indicará: el monto de la cuotaalimentaria y la fórmula para su reajuste periódico; el lugar y la forma de su cumplimento; lapersona a quien debe hacerse el pago, los descuentos salariales, las garantías que ofrece elobligado y demás aspectos que se estimen necesarios para asegurar el cabal cumplimiento de laobligación alimentaria. De ser el caso, la autoridad promoverá la conciliación sobre custodia,

    régimen de visitas y demás aspectos conexos.

    14- Con miras a la protección de los derechos reconocidos en este código, los defensores defamilia, el comisario o, en su defecto, el inspector de policía podrán comisionar a las autoridadesadministrativas que cumplan funciones de policía judicial, para la práctica de pruebas fuera de susede, en la forma prevista en el Código de:

    A- Código de procedimiento penalB- Código penalC- Código civilD- Todas las anteriores

    15- Siempre que el defensor o el comisario de familia tengan indicios de que un niño, una niña o unadolescente se halla en situación de peligro, que comprometa su vida o integridad personalprocederá a poner en práctica el artículo:

    A- Articulo 105B- Articulo 110C- Articulo 107D- Articulo 106

    16- Para garantizar la adecuada atención del niño, niña o adolescente en el seno de su familia, elDefensor de Familia podrá disponer que los padres o las personas a cuyo cargo se encuentre,cumplan algunas de las siguientes actividades:

    A-1-A los niños, las niñas o los adolescentes que ingresan al programa de víctimas y testigos de laFiscalía General de la Nación.2- A los niños, las niñas o los adolescentes, desvinculados o testigos en procesos penales, cuandocorre grave peligro su vida y su integridad personal.3- A los niños, las niñas o los adolescentes, que van en misión deportiva, científica o cultural.4- A los niños, las niñas o los adolescentes cuando requieren viajar por razones de tratamientosmédicos de urgencia al exterior.

    B-1. Asistencia a un programa oficial o comunitario de orientación o de tratamiento familiar.2. Asistencia a un programa de asesoría, orientación o tratamiento de alcohólicos o adictos asustancias que produzcan dependencia.3. Asistencia a un programa de tratamiento psicológico o psiquiátrico.4. Cualquiera otra actividad que contribuya a garantizar el ambiente adecuado para el desarrollo

    del niño, niña o adolescente.

    C-1. Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, sólo podrán trabajar en jornadadiurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde.2. Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, sólo podrán trabajar en una jornada máximade ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche.

    D-todas las anteriores

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    17-en la ley 1098 del 2006 habla sobre el artículo de cuando es un reconocimiento de lapaternidad.

    A-es Cuando el padre extramatrimonial reconozca, ante el defensor, el comisario de familia o elinspector de policía, la paternidad de un niño, una niña o un adolescente, se levantará acta y se

    ordenará su inscripción en el registro del estado civil.B-es cuando el padre hace valer sus derechos como tutor, por la custodia del niño, niña yadolescentes

    C- este articulo se concibió con el fin de que los padres extramatrimoniales que reconozcan lapaternidad de un niño, niña y adolescente lo pueden hacer sin que medie la intervención de otrasinstancias públicas (jueces), que en muchos casos retardan este trámite y hacían que el padre nosiguiera adelante con el proceso de reconocimiento.

    D-todas las anteriores

    18-para fijación de cuota alimentaria se observaran las siguientes reglas.

    A-1. La mujer grávida podrá reclamar alimentos a favor del hijo que está por nacer, respecto delpadre legítimo o del extramatrimonial que haya reconocido la paternidad.2. Siempre que se conozca la dirección donde puede recibir notificaciones el obligado a suministraralimentos, el defensor o comisario de familia lo citará a audiencia de conciliación. En casocontrario, elaborará informe que suplirá la demanda y lo remitirá al Juez de Familia para que inicieel respectivo proceso. Cuando habiendo sido debidamente citado a la audiencia el obligado nohaya concurrido, o habiendo concurrido no se haya logrado la conciliación, fijará cuota provisionalde alimentos, pero sólo se remitirá el informe al juez si alguna de las partes lo solicita dentro de loscinco días hábiles siguientes.3. Cuando se logre conciliación se levantará acta en la que se indicará: el monto de la cuotaalimentaria y la fórmula para su reajuste periódico; el lugar y la forma de su cumplimento; lapersona a quien debe hacerse el pago, los descuentos salariales, las garantías que ofrece el

    obligado y demás aspectos que se estimen necesarios para asegurar el cabal cumplimiento de laobligación alimentaria. De ser el caso, la autoridad promoverá la conciliación sobre custodia,régimen de visitas y demás aspectos conexos.4. Lo dispuesto en este artículo se aplicará también al ofrecimiento de alimentos a niños, las niñaso los adolescentes.5. El procedimiento para la fijación de la cuota alimentaria será el especial previsto actualmente enel Decreto 2737 de 1989.

    B-1. Deberá tramitarse conjuntamente entre el empleador y el adolescente;2. La solicitud contendrá los datos generales de identificación del adolescente y del empleador, lostérminos del contrato de trabajo, la actividad que va a realizar, la jornada laboral y el salario.3. El funcionario que concedió el permiso deberá efectuar una visita para determinar lascondiciones de trabajo y la seguridad para la salud del trabajador.4. Para obtener la autorización se requiere la presentación del certificado de escolaridad deladolescente y si este no ha terminado su formación básica, el empleador procederá a inscribirlo y,en todo caso, a facilitarle el tiempo necesario para continuar el proceso educativo o de formación,teniendo en cuenta su orientación vocacional.5. El empleador debe obtener un certificado de estado de salud del adolescente trabajador.

    C-1. Amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico.2. Retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la actividad que amenace o vulnere susderechos o de las actividades ilícitas en que se pueda encontrar y ubicación en un programa deatención especializada para el restablecimiento del derecho vulnerado.3. Ubicación inmediata en medio familiar.

    4. Ubicación en centros de emergencia para los casos en que no procede la ubicación en loshogares de paso.5. La adopción.

    D-ninguna de las anteriores.

    19-según el artículo 112 de la restitución internacional de los niños, las niñas o los adolescentesLos niños, las niñas o los adolescentes indebidamente retenidos por uno de sus padres, o por

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    personas encargadas de su cuidado o por cualquier otro organismo en el exterior o en Colombia,serán protegidos por:

    A-por la legislación internacionalB- por el estado colombiano C-por sus tutoresD-por comisarios de familia

    20- cuáles serían las garantías especiales para el adolescente indígena autorizado para trabajar.

    A-1. Deberá tramitarse conjuntamente entre el empleador y el adolescente;2. La solicitud contendrá los datos generales de identificación del adolescente y del empleador, lostérminos del contrato de trabajo, la actividad que va a realizar, la jornada laboral y el salario.3. El funcionario que concedió el permiso deberá efectuar una visita para determinar lascondiciones de trabajo y la seguridad para la salud del trabajador.

    B-1. El empleador debe obtener un certificado de estado de salud del adolescente trabajador.

    2. La autorización de trabajo o empleo para adolescentes indígenas será conferida por lasautoridades tradicionales de la respectiva comunidad teniendo en cuenta sus usos y costumbres.En su defecto, la autorización será otorgada por el inspector del trabajo o por la primera autoridaddel lugar.

    C-1. En los procesos laborales en que sea demandante un adolescente indígena será obligatoria laintervención de las autoridades de su respectivo pueblo. Igualmente se informará a la Dirección deEtnias del Ministerio del Interior o de la dependencia que haga sus veces.

    D-Todas las anteriores.

    21 ¿CUAL ES LA FINALIDAD DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARAADOLESCENTES?

    A-RESTAURATIVA, LA VERDAD Y LA REPARACION DEL DAÑO.B-PEDAGOGICO, ESPECÍFICO Y DIFERENCIADOC-INVESTIGACION, ACUSACION Y JUZGAMIENTO.

    22-LAS PERSONAS MENORES DE 14 AÑOS NO SERAN JUZGADAS NI DECLARADASRESPONSABLES PENALMENTE , PRIVADAS DE LA LIBERTAD, BAJO DENUNCIA OSINDICACION DE HABER COMETIDO UNA CONDUCTA PUNIBLE ¿EN QUE ARTICULO Y ENCUAL NUMERAL DEL CODIGO PENAL ESTA CONSAGRADO ESTE TEXTO?

    A- ARTICULO 58 Nª 7B-ARTICULO 102 Nª 4C-ARTICULO 25 Nª 2D-ARTICULO 40 Nª 1

    23-¿QUE PROCEDIMIENTO SE DEBE REALIZAR CUANDO SE SORPRENDE Y SE CAPTURAEN FLAGRANCIA A UN NIÑO O NIÑA MENOR DE 14 AÑOS?

    A-SE JUDICIALIZA Y SE DEJA A DISPOSICION DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.

    B-NO SE HACE NADA.

    C-SE DEJA A DISPOSICION DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE PROTECCION YRESTABLECIMIENTOS DE DERECHOS.

    24-¿CUAL ES LA AUTORIDAD COMPETENTE QUE DEBE ESTAR PRESENTE EN TODAS LASACTUACIONES DEL PROCESO Y EN LAS ETAPAS DE INDAGACION, INVESTIGACION Y DELJUICIO DE UN ADOLESCENTE?

    A-MINISTERIO PÚBLICOB-POLICIA JUDICIAL DE INFANCIA Y ADOLESCENCIAC-PERSONERO MUNICIPALD-NINGUNA DE LAS ANTERIORES

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     25-¿QUE AUTORIDAD TOMA LAS MEDIDAS PARA LA VERIFICACION DE LA GARANTIA DEDERECHOS Y LAS MEDIDAS PARA SU RESTABLECIMIENTO?

    A-FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES PENALES PARA ADOLESCENTEB-JUECES PENALES PARA ADOLESCENTESC-DEFENSOR DE FAMILIAD-TODAS LAS ANTERIORES

    26 -¿CUANTAS SON LAS SANCIONES APLICABLES A LOS ADOLESCENTES EN EL SISTEMADE RESPONSABILIDAD PENAL?

    A-19B-7C-6D-4

    27-¿Cuál ES LA FINALIDAD DE LAS SANCIONES EN S.R.P.A?

    A- RESTAURATIVA, LA VERDAD Y LA REPARACION DEL DAÑO.B-PEDAGOGICO, ESPECÍFICO Y DIFERENCIADOC-INVESTIGACION, ACUSACION Y JUZGAMIENTO.D-PROTECTORA, EDUCATIVA Y RESTAURATIVA.

    28-¿CUALES SON LOS MOTIVOS QUE EL JUEZ DE CONTROL DE GARANTIAS TIENE ENCUENTA DURANTE EL PROCESO Y ANTES DE LA AUDIENCIA DEL JUICIO PARA DECRETARLA DETENCION PREVENTIVA DEL ADOLESCENTE?

    A-RIESGO RAZONABLE DE QUE EL ADOLESCENTE EVADIRA EL PROCESOB-TEMOR FUNDADO DE DESTRUCCION U OBSTACULIZACION DE PRUEBASC-PELIGRO GRAVE PARA LA VICTIMA, EL DENUNCIANTE, EL TESTIGO O LA

    COMUNIDAD.

    D-TODAS LAS ANTERIORES.

    29-¿EL ARTICULO 187 DE LA LEY 1098 HABLA SOBRE LA PRIVACION DE LA LIBERTAD,PERO CON LA NUEVA LEY 1453 DEL 2011 SE MODIFICO, CUAL ARTICULO DE LA NUEVALEY 1453 MODIFICA EL ART-187?

    A- ART-58B-ART-80C-ART-90D-ART-85

    30-¿EL ARTICULO 190 DE LA LEY 1098 DICE QUE: LOS ADOLESCENTES SANCIONADOSPOR CONTRAVENCIONES DE POLICIA SERAN INCLUIDOS EN PROGRAMAS PEDAGOGICOSDE EDUCACION LIDERADOS POR?

    A-ICBFB-COMISARIAS DE FAMILIAC-POLICIA NACIONALD-ALCALDIAS.

    31. QUE ES EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL?

    A. CONJUNTO DE PRINCIPIOS, NORMAS, PROCEDIMIENTOS, AUTORIDADESJUDICIALES ESPECIALIZADAS, Y ENTES ADMINISTRATIVOS QUE RIGEN OINTERVIENEN EN LA INVESTIGACION Y JUZGAMIENTO DE DELITOS COMETIDOSPOR PERSONAS QUE ESTEN ENTRE LOS 14 A LOS 18 AÑOS.

    B. CONJUNTO DE LEYES CON LAS CUALES SE INVESTIGA Y JUZGA A LOSADOLESCENTES.

    C. CONJUNTO DE DELITOS COMETIDOS POR NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

    32. LAS PERSONAS MENORES DE 14 AÑOS NO SERAN JUZGADAS, NIDECLARADAS PENALMENTE RESPONSABLES, PRIVADAS DE LIBERTAD, BAJO

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    DENUNCIA O SINDICACION DE HABER COMETIDO UNA CONDUCTA PUNIBLE;LO ANTERIOR HACE PARTE DEL ARTICULO

    A. ARTICULO 140B. ARTICULO 142C. ARTICULO 145

    33. SI UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE ES SORPRENDIDO EN FLAGRANCIA PORUNA AUTORIDAD DE POLICIA ESTA DEBERA

    A. CONDUCIRLO DE INMEDIATO ANTE SUS REPRESENTANTES LEGALES PARA QUESE INICIE SU RESTABLECIMIENTO DE DERECHSO.

    B. DEJARLO INMEDIATAMENTE O A MAS TARDAR EN EL TERMINO DE LA DISTACIA ADISPOSICION DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE PROTECCION YRESTABLECIMIENTO DE DERECHOS.

    C. LO PONDRA A DISPOSICION DE LA FISCALIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, PARAQUE SE INICIE EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS.

    34. EN LOS PROCESOS EN LOS QUE ESTEN INVOLUCRADOS NIÑOS, NIÑAS OADOLESCENTES COMO AUTORES O PARTICIPES DE UN DELITO O COMOVICTIMAS DE LOS MISMOS, HARA LAS VECES DE POLICIA JUDICIAL

    A. EL CUERPO TECNICO DE INVESTIGACION (CTI), Y LA POLICIA JUDICIAL (SIJIN)CAPACITADOS EN DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO.

    B. LA POLICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, LA POLICIA JUDICIAL Y EL CUERPOTECNICO DE INVESTIGACION CAPACITADOS EN DERECHOS HUMANOS

    C. LA POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y LA POLICIA JUDICIAL CAPACITADOSEN DERECHOS HUMANOS Y DE INFANCIA.

    35. EL ARTICULO 153 HABLA A CERCA DE LA RESERVA DE LAS DILIGENCIAS. LASACTUACIONES PROCESAÑLES ADELNATADAS EN EL SISTEMA DERESPONDABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES, SOLO PODRAN SERCONOCIDAS PO

    A. LOS REPRESNTANTES LEGALES Y LOS DEFENSORES DE FAMILIA.B. LOS REPRESENTANTES DEL I.C.B.F. Y LA FISCALIA.C. POR LAS PARTES, SUS APODERADOS Y LOS ORGANISMOS DE CONTROL.

    36. NINGUNA ACTUACION QUE SE ADELANTE EN LA ETAPA DE JUCIO TENDRAVALIDEZ SI NO ES ADELANATADA DIRECTAMENTE POR EL FUNCIONARIOJUDICIAL. LA VIOLACION DE ESTE PRINCIPIO SERA CAUSAL DE DESTITUCION

    DEL CARGO. ESTE PRINCIO ESA. PRINCIPIO DE EXIGIBILIDADB. PRINCIPIO DE INMEDIACIONC. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

    37. LAS SENTENCIAS PROFERIDAS EN PROCESOS POR RESPONSABILIDAD PENALPARA DOLESCENTES NO TENDRAN EL CARÁCTER DE ANTECEDENTEJUDICIAL, POR LO TANTO SON

    A. ANTECEDENTESB. LINEAMIENTOSC. REGISTROS

    38. EL ADOLESCENTE DURANTE TODA LA ACTUACION PROCESAL Y AUN ANTESDE LA IMPUTACION DEBERA TENER UN APODERADO QUE ADELANTE SUDEFENSA TECNICA. LO ANTERIOR SE ENCUENTRA ESTIPULADO EN

    A. EN EL ARTICULO 150B. EN EL ARTICULO 156C. EN EL ARTICULO 154

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    39. LOS ADOLESCENTES PERTENECIENTES A LAS COMUNIDADES INDIGENASSERAN JUZGADOS SEGÚN

    A. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS SUS PROPIAS COMUNIDADESB. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESTIPULADAS EN EL DECRETO 2737

    C. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

    40. EN QUE ARTICULO DE LA LEY 1098, HABLA SOBRE DE LAS OBLIGACIONES DELA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO?

    a. 35.

    b. 39.

    c. 38.

    d. 40.

    41. UNA DE LAS OBLIGACIONES DE LA FAMILIA PARA CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ES:

    a. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridadpersonal.

    b. Garantizar la asignación de los recursos necesarios para el cumplimiento de las políticaspúblicas de niñez y adolescencia, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipalpara asegurar la prevalencia de sus derechos.

    c. Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familiaconculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.

    d. Ninguna de las anteriores.

    42. UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO PARA CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SON:

    a. Garantizar el ejercicio de todos los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.

    b. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su amenaza oafectación a través del diseño y la ejecución de políticas públicas sobre infancia yadolescencia.

    c. Todas las anteriores.

    d. Ninguna de las anteriores.

    43. SEGUN LA LEY 1098 EN EL ART. 41 PODEMOS VINCULAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS YLOS ADOLESCENTES QUE SEAN EXPUESTOS A UN FORMA DE EXPLOTACIÓNECONÓMICA O A LA MENDICIDAD Y UTILIZARLOS EN ACTIVIDADES MILITARES,OPERACIONES PSICOLÓGICAS, CAMPAÑAS CÍVICOMILITARES Y SIMILARES.

    a. Si.

    b. No.c. Algunas veces.

    d. Posiblemente.

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    44. CUALES DE LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES SON DE COMPETENCIA DE LASOCIEDAD PARA CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:

    a. Responder con acciones que procuren la protección inmediata ante situaciones queamenacen o menoscaben estos derechos.

    b. Participar activamente en la formulación, gestión, evaluación, seguimiento y control delas políticas públicas relacionadas con la infancia y la adolescencia.

    c. A y b

    d. Ninguna de las anteriores

    45. FACILITAR EL ACCESO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES AL SISTEMAEDUCATIVO Y GARANTIZAR SU PERMANENCIA ES UNA OBLIGACION DE:

    a. Familia.

    b. Sociedad.

    c. Comisarias.

    d. Instituciones Educativas.

    46. LOS DIRECTORES Y EDUCADORES DE LOS CENTROS PÚBLICOS O PRIVADOS DEEDUCACIÓN FORMAL, NO FORMAL E INFORMAL, PODRÁN IMPONER SANCIONES QUECONLLEVEN MALTRATO FÍSICO O PSICOLÓGICO DE LOS ESTUDIANTES A SU CARGO.

    a. Verdadero.

    b. Falso.

    47. CUALES SON LAS OBLIGACIONES ESPECIALES DEL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL EN SALUD PARA CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:

    a. Disponer lo necesario para garantizar tanto la prueba VIH/SIDA como el seguimiento ytratamiento requeridos para el recién nacido.

    b. Garantizar el acceso gratuito de los adolescentes a los servicios especializados desalud sexual y reproductiva.

    c. Garantizar atención oportuna y de calidad a todos los niños, las niñas y losadolescentes, en especial en los casos de urgencias.

    d. Todas las anteriores

    48. UNA DE LAS RESPONSABILIDADES ESPECIALES DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓNES:

    a. Abstenerse de transmitir mensajes discriminatorios contra la infancia y la adolescencia.

    b. Diseñar y ejecutar programas y campañas de educación, prevención, garantía yrestablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes en todo elterritorio nacional.

    c. Adoptar las medidas de restablecimiento establecidas en la presente ley para detener

    la violación o amenaza de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes.

    d. Citar al presunto padre con miras al reconocimiento voluntario del hijo extramatrimonialnacido o que esté por nacer.

    49. EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ES:

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    a. La restauración de su dignidad e integridad como sujetos y de la capacidad para hacerun ejercicio efectivo de los derechos que le han sido vulnerados.

    b. El reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de losmismos.

    c. El conjunto de políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten en el ámbitonacional.

    d. Garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos.

    50. De acuerdo al Código de Infancia y Adolescencia que artículo contempla lamisión de la Policía Nacional

    A. Artículo 102B. Artículo 96C. Artículo 88

    SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTESLEY 1098 DE 2.006

    ¿Qué es el Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes?

    Es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judicialesespecializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y

     juzgamiento de adolescentes entre catorce (14) y dieciocho (18) años que cometendelitos.

    ¿Cuáles son las características más importantes del SRPA?

    -  Acoge el modelo de protección integral proclamado por las Naciones Unidas através de la Convención de derechos del Niño, las Reglas de Beijing, lasDirectrices de Riad y las reglas de Naciones Unidas para menores privados de

    la libertad.-  A los adolescentes se les considera imputables con especial tratamiento y por

    tanto responden penalmente por las conductas punibles que realicen.-  Las sanciones o medidas que se les impongan tiene un carácter pedagógico,

    protector y restaurativo.-  Las sanciones o medidas las impone el Juez partiendo de las necesidades

    particulares del adolescente y considerando el interés superior como principiomodulador del sistema.

    -  Los valores y principios constitucionales al igual que el bloque de

    constitucionalidad son guías ineludibles que siempre deben atender quienesactúen en el SRPA.-  Se garantiza el debido proceso dentro del marco de un sistema acusatorio,

    específico y diferenciado respecto del sistema de adultos.-  Propende por la prevención y protección más que por la judicialización o la

    sanción, por tanto promueve la aplicación de mecanismos alternativos de

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    solución de conflictos con un sentido formativo y de inclusión social deladolescente.

    ¿Cuáles son los cambios más significativos en relación con el anterior Régimen?

    *DECRETO 2737 DE 1989 *LEY 1098 DE 2006

    -Se conoce de delitos come- -Se conoce de delitos cometidos por jóvenesentre los 12 y 18 años por jóvenes entre los 14 y 18 años

    - Es un sistema con marcada tendencia Se acoge el modelo de protección integralal modelo tutelar en donde el menor donde se reconoce al adolescente comoes objeto de protección. sujeto de derechos.

    - Impera un sistema inquisitivo - Impera un sistema penalen el cual el Juez investiga, sen- acusatorio similar al contempla-tencia y controla la medida. do en la Ley 906.

    - La investigación estaba limitada La Fiscalía especializada actúay policía judicial actuaba esporádi- con permanente apoyo de la Policía judicialcamente.

    - No había claridad sobre la clase La responsabilidad del adolescente esde responsabilidad del menor por lo subjetiva o con culpabilidad.que en algunos casos se le atribuyóresponsabilidad objetiva.

    - La víctima no tiene ninguna -La víctima puede estar presen-participación dentro del proceso. te en todas las actuaciones.

    - No había claridad sobre la aplica- - Se aplican los mecanismos alternativosción de mecanismos alternativos contemplados en la ley 906 y aquellos que

    que permitieran solucionar racionalmente favorezcan el interés superiorla problemática del menor infractor del adolescente acorde con las Reglas deBeijing y la Directrices de Riad.

    - El Defensor de familia actuaba - El Defensor de Familia no solo es sujetoera sujeto procesal. procesal sino que debe acompañar

    permanentemente al adolescente paragarantizar y restablecer sus derechos.

    -

    ¿Qué principios rigen el SRPA?

    - El interés superior del adolescente como principio modular,- La protección integral,- La aplicación preferente del principio de oportunidad,

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    - La privación de la libertad como último recurso- Los consagrados en la Constitución Política y los instrumentos internacionales sobrederechos humanos.

    ¿Qué entidades intervienen en el SRPA y cuál es su función?

     FISCALIA: Encargada de investigar, imputar y acusar, así mismo, es la responsablede la cadena de custodia.

     DEFENSOR: Asiste jurídicamente al adolescente durante todo el proceso y esquien diseña y ejerce su defensa técnica. Es asumida gratuitamente por laDefensoría del Pueblo, lo que no impide que el adolescente a sus representespueden contratar un abogado particular para que a ejerza.

     DEFENSOR DE FAMILIA: Como garante de los derechos del adolescente, loacompaña en todas las etapas del proceso. Igualmente es la persona encargada derealizar un estudio socio familiar al adolescente el cual presentará al Juez deconocimiento previa a la imposición de sanción.

     MINISTERIO PUBLICO: Representante de la sociedad, verifica el debido proceso.

     LA VÍCTIMA: Acude para reclamar verdad, justicia y reparación.

     PROGENITORES O REPRESENTANTES DEL ADOLESCENTE: Están al lado deladolescente durante todo el proceso y su participación es de vital importancia puesson corresponsables en la protección integral.

     JUEZ: Puede ser,

      JUEZ DE CONTROL DE GARANTIAS: Protege los derechos del adolescente,autoriza y legaliza las actuaciones de la Fiscalía y la Policía Judicial.

      JUEZ DE CONOCIMIENTO: Dirige el juicio oral, dicta la sentencia e impone lasanción.

    ¿Cuál es el camino a seguir frente a un hecho punible cometido por un adolescente?

    Ante una conducta punible se debe acudir a las siguientes entidades:

    -Servidor encargado de la recepción de denuncia o querella.-Policía Judicial. Policía de Vigilancia.

    -Funcionario encargado en el C.A.D. de la PONAL-Comisarios de familia

    Qué deben hacer esas entidades?

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    Una vez conocen el caso informan inmediatamente a la Policía de la Infancia y laAdolescencia y realizan actividades como primer respondiente. Si es necesarioacordonar el lugar, solicita presencia de Policía Judicial y del laboratorio decriminalística.

    Si la conducta se conoció por fuentes no formales realizan actividades de verificación.En caso que se trate de una conducta punible, reporta inmediatamente al FiscalDelegado para adolescentes de su jurisdicción, al Ministerio Público y al Defensor deFamilia.

    Si por el contrario se conoció por fuentes formales si requiere actos urgentes, laPolicía Judicial se desplaza al lugar de los hechos; si no requiere actos urgentes, seasigna el Fiscal que se encargará del caso, quien solicitará al Coordinador de PolicíaJudicial para que asigne los investigadores o el personal que lo apoyarán en las

    actividades investigativas. Programa reunión con la Policía Judicial y realizan demanera conjunta el Programa Metodológico de la Investigación. Emite órdenes dePolicía Judicial.

    NOTA: Para los menores de 14 años se realizará un registro de control y protecciónde los niños o niñas infractores de la ley por parte del ICBF.

    ¿Se puede capturar un adolescente?

    Si. En circunstancias de flagrancia o por orden de captura legalmente expedida porun Juez Penal para Adolescentes.

    ¿Cómo debe realizarse la captura?

    Respetando los derechos del adolescente, los que además de los consagrados paraadultos, incluye la comunicación con sus padres o representantes, el Defensor de

    Familia y la asistencia gratuita de un Defensor Público.

    NOTA: El artículo 94 de la ley 1098 de 2.006, prohíbe la conducción de los niños,niñas y adolescentes mediante la utilización de esposa, al igual que el uso de armaspara impedir o conjurar su evasión, salvo que sea necesario para proteger laintegridad física del encargado de su conducción ante la amenaza de un peligro gravee inminente.

    ¿Cómo puede establecerse la edad de los involucrados?

    Si hay duda, se presume la minoría de edad. Sin embargo, las autoridades debenordenar la práctica de las pruebas necesarias para determinar la edad, entre ellas lapericia médica, verificación con documentos como registro civil, tarjeta de identidad,etc.

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    Si existe certeza que el capturado es menor de 14 años, se pone a disposición delICBF, al Comisario de familia, Defensor de Familia o Inspector de policía, según ellugar donde se encuentre.

    ¿Si en la conducta punible participan mayores y menores de edad, qué debe hacerse?

    Ante la captura de varias personas y una de ellas es adolescente, éste tiene prioridaden el trámite a realizar conforme se ha vedo resaltado. Los adultos se conducen a laUnidad Receptora de la Fiscalía (URI) para ser puesto a disposición de la FiscalDelegado respetando el procedimiento y los términos de la Ley 906.

    ¿A dónde se lleva a los adolescentes luego de su captura?

    Ante el Fiscal Delegado para adolescentes para que establezca el procedimiento a

    seguir, igualmente para que se permita al Defensor de Familia y el Defensor Público ode confianza según el caso, para la garantía de sus derechos. El ICBF ha dispuestoCentros de Atención Transitoria para que el adolescente reciba protección dentro delas 36 horas siguientes a la captura y mientras el Fiscal o el Juez de Garantíasrestablece su libertad o éste último impone medida provisional de internamientopreventivo.

    ¿Qué atención se le presta en el Centro Transitorio?

    La protección que requiera el adolescente (aseo, alimentación, descanso, asistenciapor los Defensores Públicos y de Familia, etc), así mismo, se le permite el contactocon su familia.

    ¿Qué debe entregar la policía?

    La Policía de vigilancia elaborará informe para entregarlo en secretaría de la Fiscalíacon los siguientes documentos:

    - Informe de primer respondiente.

    - Informe de Policía de Vigilancia en flagrancia.- Acta de derechos del aprehendido y del buen trato- Elementos materiales probatorios o evidencia física debidamente embalados yrotulados con su cadena de custodia.- Acta de incautación del EMP o EF.- Se continúa el procedimiento de la ley 906 de 2004.

    ¿Cuál es el rol del Defensor de Familia en todas estas actividades?

    Acompañar permanentemente al adolescente verificando la garantía de sus derechosy buscando el restablecimiento de los mismos cuando es necesario.

    Lo anterior sin perjuicio de las acciones que deba adoptar dentro del marco de laprevención, protección, garantía y restablecimiento de derechos como funciónadministrativa propia.

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    ordenará la libertadinmediata deladolescente si seencuentra privado dela libertad.

    Formulación deImputación

    Fiscalía, la Defensa,Defensoría de Familia, eladolescente y surepresentante legal si éstese encuentra privado de lalibertad o a disposición deuna entidad estatal(I.C.B.F.). Facultativo el

    Ministerio Público.

    1. Declaración dehaberse formuladoimputación.2.Declaración deaceptación de laimputación(si se produjo).3.Declaratoria de

    contumacia sihabiendo sido citadono concurre elimputado y suabogado.4. Designación dedefensor público si noconcurre el deconfianza.

    No procedenrecursos, porser un actode comunica-ción.

    Solicitud,modificación orevocatoria de lamedida deInternamientoPreventivo

    El fiscal, el adolescente ysu representante legal, laDefensa y la Defensoría deFamilia. Facultativo, elMinisterio Público.Si el requirente de larevocatoria es el MinisterioPúblico, su presencia esobligatoria para susustentación.

    1-Imposición de lamedida de interna-miento preventivoindicando el nom-bre del adolescenteel delito.2.Revocatoria osustitución de lamedida, si esta fue lapetición. La decisión

    será negativa si elrequirente noestableció el motivofundado para aplicarla medida, la raciona-bilidad o necesidadde la misma.

    Procede elrecurso dereposición yapelación.

    Aplicación delPrincipio deOportunidad

    El Fiscal, el adolescente ysu representante legal, sudefensor y la Defensoría deFamilia. Facultativo, elMinisterio Público.

    Aprobación de laaplicación delprincipio de oportuni-dad o negativa, sólosi viola un derechofundamental o unagarantía esencial, nodesarrolla la políticacriminal del Estado, o

    Procede elrecurso deapelación delauto queimprueba laaplicación delprincipio en laetapa deinvestigación.

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    hubo en su aplicaciónfraude o colusión.

    ¿Qué medida provisional puede adoptar el juez respecto al adolescente?

    Únicamente procede la medida provisional de internamiento preventivo

    ¿Cuándo procede esta medida?

    -  Cuando se puede inferir que el adolescente es autor o partícipe de un delitocuya pena mínima consagrada en el Código Penal sea o exceda de 6 años,

    -  que el adolescente sea mayor de 16 años, salvo que se trate de homicidio,secuestro o extorsión el adolescente, caso en el cual la medida procede a partirde los 14 años,

    -  que exista riesgo razonable de que el adolescente evadirá el proceso, temorfundado de destrucción u obstaculación de pruebas y peligro grave para lavíctima, el denunciante, el testigo o la comunidad.

    43¿Se pueden realizar preacuerdos o acuerdos entre la Fiscalía y el adolescente?

    No, por cuanto hay expresa prohibición legal, sin embargo, se permite que eladolescente acepte los cargos imputados por la Fiscalía, caso en el cual esto setendrá en cuenta por el Juez como criterio a su favor en la sentencia.

    ¿Qué es el principio de oportunidad?

    Es un medio de aplicación preferente por el cual la Fiscalía puede suspender,interrumpir o renunciar a la persecución penal, en los casos que establece el artículo324 del código de Procedimiento Penal. 

    ¿Qué es una audiencia de conocimiento?

    Son las audiencias que se realizan ante el Juez de conocimiento, posteriores a laindagación y una vez formulada la acusación.

    ¿Cuáles son los requisitos para que pueda realizarse la audiencia?

    - Que se encuentren reunidas las partes que deben intervenir en la misma.¿Las audiencias pueden ser públicas?

    Conforme a los artículos 147 y 153 del Código de la Infancia y la Adolescencia, lasaudiencias que se realicen dentro del sistema serán cerradas al público si el Juez

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    considera que su publicidad genera un daño psicológico al adolescente. Aplicaigualmente la Regla 8va de Beijing sobre protección a la intimidad del adolescente

    ¿Dado que el Sistema es oral, cómo se deja constancia de lo que sucedió en laaudiencia ?

    A todas las audiencias tanto preliminares como de conocimiento asiste el Juez con unempleado del Despacho quien es el encargado de catalogar y grabar la misma. Todaslas actuaciones quedan grabadas en un CD y además una vez finalizada cadaaudiencia se realiza un acta en la cual se plasma brevemente lo ocurrido en esta.

    ¿Qué es la audiencia de formulación de acusación?

    Es una audiencia en donde se busca sanear el procedimiento y garantizar que en laaudiencia del juicio oral no se presenten incidentes que suspendan o retrasen eldesarrollo del debate oral o atenten contra el principio de concentración. Buscagarantizar que la defensa y el adolescente conozcan los hechos sobre los cualesversará el juicio y que puedan preparar la defensa conociendo los elementosmateriales probatorios, la evidencia física y la información que descubrió, recogió ypreparó la Fiscalía.

    ¿Qué se hace en la audiencia de formulación de acusación?

    El juez de conocimiento instala la audiencia y verifica la presencia de las partes eintervinientes. Concede la palabra a la Fiscalía, a los defensores  –público y de familia-y al Ministerio Público para que se pronuncien sobre la existencia de alguna (s) causal(es) de impedimento, recusación o nulidad, si existieren. La defensa y el MinisterioPúblico podrán hacer observaciones al escrito de acusación y señalar si se incumplióalguno de los requisitos establecidos en el C.P.P. En este caso, se concederá lapalabra a la Fiscalía para que lo aclare, adicione o corrija. Si el Juez acepta alguna

    causal de impedimento, suspenderá la audiencia y remitirá el escrito al funcionariocompetente, si prospera la recusación, se enviará el escrito al superior funcional quiendeberá resolver de plano, dentro de los tres días siguientes. Si se presenta unanulidad no subsanable el juez la declarará.

    Si dentro de la audiencia el acusado solicita la suspensión condicional delprocedimiento a prueba, el Juez permite dialogo con la Fiscalía para llegar a unacuerdo, determinar las condiciones a cumplir y el tiempo de las mismas. Si la Fiscalíaaplica el criterio de oportunidad, el juez así lo declarará y quedará suspendida laconvocatoria a la audiencia preparatoria por la aplicación futura del principio deoportunidad por renuncia a la acción penal o la reanudación del procedimiento por nocumplimiento de las condiciones impuestas por la Fiscalía. (En este caso el juez norevisa la legalidad de la aplicación del principio de oportunidad ya que no extingue laacción penal sino que suspende el procedimiento una vez se formule la acusación).

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    ¿Qué se hace en la audiencia preparatoria?

    Esta audiencia es una etapa de planeación y asentamiento del juicio, para que seproceda de forma justa, expedita y ordenada, desde la perspectiva de la eventualfluidez y coherencia que debe reinar en el mismo.

    El juez de conocimiento instala la audiencia y verifica la presencia de las partes eintervinientes, posteriormente concede la palabra a las partes para que manifiesten siha quedado completo el procedimiento de descubrimiento de prueba, o señalen algúnelemento material o información que conozcan y no se le haya descubierto. Si ladefensa formuló algún reparo al descubrimiento se otorga la palabra a la Fiscalía paraque controvierta las afirmaciones, si lo solicitado está excluido como material oinformación que deba descubrirse, o para que entregue lo requerido por la defensa.En seguida, se da la palabra a la Fiscalía para que haga lo propio.

    El juez ordena la defensa que descubra los elementos materiales probatorios yevidencia física que posea y que pretende hacer valer en el juicio oral. Resuelto lorelativo al descubrimiento, el juez preguntará a las partes si tienen interés en hacerestipulaciones probatorias y, si así se lo solicitan, podrá decretar un receso hasta deuna (1) hora para que las partes discutan el punto. Acto seguido, el juez le concederála palabra a la Fiscalía para que enuncie las pruebas que pretende hacer valer en el

     juicio, luego escucha a la defensa sobre su solicitud de pruebas.

    Si alguna de las partes pretende que se declare la ilegalidad de algún elementomaterial o evidencia física o un medio de prueba, deberá entregar el fundamento

     jurídico y fáctico para ello. Oídas las partes y el Ministerio Público si estuvierepresente, el juez se pronunciará sobre las solicitudes de exclusión, indicando losmotivos por los cuales rechaza un determinado medio de prueba, si es del caso.

    Acto seguido, se decreta la práctica de las pruebas pertinentes en la audiencia del juicio oral, siempre y cuando hayan sido ofrecidas y no fueron rechazadas. Según lasprescripciones del artículo 362 C.P.P..

    Resuelto sobre la exclusión o rechazo de los medios de conocimiento o pruebapropuestos por las partes y en forma excepcional por el Ministerio Público, si hubolugar a ello, el juez resuelve sobre la solicitud, si se presenta, para exhibir en estaaudiencia los elementos materiales probatorios que ofrecen las partes.

    Finalmente, el juez concede la palabra al adolescente para que manifieste si aceptalos cargos formulados en la acusación. En caso positivo, el juez verificará que se tratade una declaración libre, conciente, con conocimiento, debidamente ilustrada yasesorada sobre los derechos y las consecuencias de hacerlo, y si es así, procederá adictar sentencia concediendo beneficios al momento de imponer la sanción, previoinforme del Defensor Familia sobre las condiciones bio-psico-sociales del adolescente.Si no hubo aceptación de los cargos, procederá a fijar la fecha, hora y lugar para laaudiencia del juicio oral.

    Qué se hace en la audiencia de juicio?

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    La audiencia de juicio oral es el acto procesal mas importante dentro del procesopenal acusatorio. Se realiza ante el Juez de Conocimiento, con pleno ejercicio de losprincipios de oralidad, publicidad, inmediación, concetración y contradicción de laspruebas, con respeto de todas las demás garantías constitucionales y legales. En estaaudiencia participan la Fiscalía, la Defensa, la Defensoría de familia, el adolescente ysu representante legal, el Ministerio Público y la víctima.

    NOTA : Si el sentido del fallo fue absolutorio el Juez de conocimiento cita a unaaudiencia de lectura de fallo a la cual asistirán las partes. Una vez culminada sulectura las partes podrán interponer recurso de apelación el cual será concedidoinmediatamente por el Juez quien señalará el efecto del mismo.

    En caso de que el sentido del fallo sea de carácter condenatorio, se citará a unaaudiencia de lectura de fallo, individualización e imposición de sanción.

    ¿Qué son los informes bio-psico-sociales que rinde el Defensor de Familia?

    Es la concreción del estudio que realiza su equipo  –psicologo, trabajador social ynutricionista- respecto de las condiciones de vida y necesidades del adolescente. Eneste informe los expertos pueden proyectar los mecanismos, programas oinstituciones en donde el adolescente puede recibir la protección que requiere.

    Estos informes deben ser tenidos en cuneta por el Juez conforme los dispone el art.15 deL Código de la infancia y la Adolescencia.

    ¿Qué medidas pueden ser impuestas por el Juez al dictar la sentencia?

    Amonestación, imposición de reglas de conducta, prestación de servicios a lacomunidad, libertad asistida, internación en medio semi cerrado y privación delibertad.

    ¿Qué criterios debe atender el juez para determinar la medida?

    1. La naturaleza y gravedad de los hechos.

    2. La proporcionalidad e idoneidad de la sanción atendidas lascircunstancias y gravedad de los hechos; las circunstancias ynecesidades del adolescente y las necesidades de la sociedad.

    3. La edad del adolescente.

    4. La aceptación de cargos por el adolescente

    5. El incumplimiento de los compromisos adquiridos con el Juez.

    6. El incumplimiento de las sanciones.

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    7. Atención para lograr la protección integral del adolescenteacorde con sus necesidades y las recomendaciones de losinformes de especialistas.

    ¿Qué derechos tiene la víctima en el SRPA?

    La verdad, justicia y reparaciónSer respetada como persona y recibir un trato digno.Ser reconocida como víctima.Ser protegida, junto con su familia, en su intimidad y seguridad.Recibir información sobre sus derechos y a la atención de sus peticiones.Participar en las audiencias públicas señaladas en la ley.Ser asistida por un abogado.

    Recibir atención especializada para su recuperación.Ser reparada integralmente del daño sufrido.

    ¿Dónde se desarrollan las medidas impuestas por el juez?

    En los programas e instituciones dispuestas por el ICBF paras el efecto

    ¿Quién es el encargado de ejecutarlas?

    El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    ¿Quién controla la ejecución, cuáles son sus facultades?

    El Juez Penal para adolescentes que las impuso, quien las puede variar en cualquiermomento cuando existan razonablemente motivos que así lo exijan, oficiosamente opor solicitud de los sujetos procesales.

    ¿Qué incidencia tiene la Ley 1142 de 2007 respecto del SRPJ

    Como quieras que esta ley modifica el sistema acusatorio contendido en la Ley 906 yesta a su vez es aplicable en el SRPA, tales modificaciones se deben tener en cuentaen la misma. Igualmente las modificaciones que en materia de incremento de penasrealiza en el Código Penal deben considerarse para efecto de determinar si procede elinternamiento preventivo como medida provisional o la privación de la libertad comosanción.