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1 1 FES Chile Darío Urzúa 1763, Providencia, Santiago, Chile Fono: (2) 341 4040 Fax: (2) 223 2474 [email protected] www.fes.cl Nº10 Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el ALCA ALCA ALCA ALCA ALCA Santiago, Abril de 2003 El ALCA y las Normas Laborales El ALCA y las Normas Laborales El ALCA y las Normas Laborales El ALCA y las Normas Laborales El ALCA y las Normas Laborales Pablo Lazo Grandi Pablo Lazo es abogado, especializado en normas internacionales del trabajo, actual asesor de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile . INDICE Antecedentes generales 1 La iniciativa del Area de Libre Comercio 3 de las Américas (ALCA) Normas laborales y comercio 6 Trade Promotion Authority 13 A modo de conclusión 14 Este documento tiene por objeto presentar una síntesis de la relación y tratamiento de los temas sociolaborales en el contexto de los procesos de integración en el continente americano y muy especialmente en el proceso de las negociacio- nes conducentes a la creación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Aludiremos a la paradójica tendencia de regula- ción del proceso de liberalización comercial, y conjuntamente con ello a los procesos de inte- gración entre los cuales mencionaremos a los principales de las últimas décadas y sobre esa base cómo se ha ido institucionalizando el ALCA. A partir de estos antecedentes, introduciremos el tema de las normas laborales y su vínculo con los procesos de integración y de liberalización comercial, con una muy sucinta relación de las experiencias existentes sobre la materia en la Región. En el desarrollo del texto intentaremos describir cuál es el actual estado del arte, la posición de los principales actores sociales, especialmente los sectores sindical, empresarial y de los gobiernos así como la esencia del debate en los organismos internacionales, especialmente en la OMC y en la OIT y abordaremos también los principales aspectos desarrollados en la Ley de Potestad para la Promoción del Comercio (Trade Promotion Authority Act –TPA-). Finalmente nos interrogaremos acerca de posi- bles escenarios de institucionalidad y de postu- ras eventuales de los partidos políticos y del movimiento sindical en el proceso. ¿Cómo po- dríamos dar cuenta de la dimensión social de la integración americana?, ¿Cuáles elementos po- drían considerarse para forjar su eventual institucionalidad socio laboral? Antecedentes generales El contexto La iniciativa del ALCA se enmarca en un contex- to internacional provocado por el cambio del mundo bipolar y la caída de los socialismos rea- les en Europa lo que ha venido permitiendo la expansión de la entonces Comunidad Económi- ca Europea hacia el Este, proceso que continúa y se profundiza hasta hoy, a partir de la conso- lidación europea con el Tratado de Maastricht

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FES Chile

Darío Urzúa 1763,

Providencia,

Santiago, Chile

Fono: (2) 341 4040

Fax: (2) 223 2474

[email protected]

www.fes.cl

Nº10Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el Estudios sobre el ALCAALCAALCAALCAALCA

Santiago, Abril de 2003

El ALCA y las Normas LaboralesEl ALCA y las Normas LaboralesEl ALCA y las Normas LaboralesEl ALCA y las Normas LaboralesEl ALCA y las Normas Laborales

Pablo Lazo Grandi

Pablo Lazo es abogado, especializado en normas internacionales del trabajo, actual asesor de la Dirección General de RelacionesEconómicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile .

INDICE

Antecedentes generales 1

La iniciativa del Area de Libre Comercio 3de las Américas (ALCA)

Normas laborales y comercio 6

Trade Promotion Authority 13

A modo de conclusión 14

Este documento tiene por objeto presentar unasíntesis de la relación y tratamiento de los temassociolaborales en el contexto de los procesos deintegración en el continente americano y muyespecialmente en el proceso de las negociacio-nes conducentes a la creación del Área de LibreComercio de las Américas (ALCA).

Aludiremos a la paradójica tendencia de regula-ción del proceso de liberalización comercial, yconjuntamente con ello a los procesos de inte-gración entre los cuales mencionaremos a losprincipales de las últimas décadas y sobre esabase cómo se ha ido institucionalizando el ALCA.

A partir de estos antecedentes, introduciremosel tema de las normas laborales y su vínculo conlos procesos de integración y de liberalizacióncomercial, con una muy sucinta relación de lasexperiencias existentes sobre la materia en laRegión.

En el desarrollo del texto intentaremos describircuál es el actual estado del arte, la posición de losprincipales actores sociales, especialmente lossectores sindical, empresarial y de los gobiernosasí como la esencia del debate en los organismosinternacionales, especialmente en la OMC y enla OIT y abordaremos también los principalesaspectos desarrollados en la Ley de Potestadpara la Promoción del Comercio (Trade PromotionAuthority Act –TPA-).

Finalmente nos interrogaremos acerca de posi-bles escenarios de institucionalidad y de postu-ras eventuales de los partidos políticos y delmovimiento sindical en el proceso. ¿Cómo po-dríamos dar cuenta de la dimensión social de laintegración americana?, ¿Cuáles elementos po-drían considerarse para forjar su eventualinstitucionalidad socio laboral?

Antecedentes generales

El contexto

La iniciativa del ALCA se enmarca en un contex-to internacional provocado por el cambio delmundo bipolar y la caída de los socialismos rea-les en Europa lo que ha venido permitiendo laexpansión de la entonces Comunidad Económi-ca Europea hacia el Este, proceso que continúay se profundiza hasta hoy, a partir de la conso-lidación europea con el Tratado de Maastricht

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en febrero de 1992. Recientementela Unión Europea ha adoptado elacuerdo de acoger otros diez paí-ses. Este proceso ha tenido diferen-tes réplicas. En Asia el principalreferente lo constituye la APEC(Asian Pacific Economic Initiative).

En el continente americano, y conel antecedente del acuerdo de librecomercio entre Canadá y EstadosUnidos de 1989, se suscribió enagosto de 1992 el Tratado de LibreComercio de América del Norte,TLCAN, también conocido comoNAFTA por sus siglas en inglés.Hacia 1991 tiene lugar el nacimien-to de MERCOSUR con el Tratadode Asunción, posteriormente com-plementado por el Protocolo deOuro Preto en 19942. En AméricaCentral la iniciativa de la XI Cum-bre de Presidentes de Centro-américa culmina con el Protocolode Tegucigalpa actualizando elmarco jurídico de la Organizaciónde Estados Centroamericanos y es-tableciendo el Sistema de la Inte-gración Centroamericana (SICA).3

4 Los países andinos que en 1969habían conformado el PactoAndino aprueban los Protocolos deTrujillo en 1996 y de Sucre de 1997con lo cual los cinco países que ac-tualmente conforman dicho bloque,Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú yVenezuela introdujeron reformas asu institucionalidad pasando a de-nominarse Comunidad Andina deNaciones (CAN)5. A partir del Tra-tado de Chaguaramas de 4 de juliode 1973 suscrito por Barbados,Guyana, Jamaica y Trinidad yTobago y que sentó las bases parala Comunidad y el Mercado Comúndel Caribe (CARICOM) otro tantose registraba hacia 1989 en estebloque, en su décima reunión de laConferencia de Jefes de Gobierno,en que se replantea y relanza confuerza el proceso de integración

económica, proceso que ha regis-trado significativos avances en losúltimos años.

El tipo de integración desarrolladoen la década de los noventa repre-sentó un drástico cambio al esta-blecerse un modelo de integración“hacia afuera”, abierto a la inver-sión extranjera como fuente de ca-pital, de tecnología y de instanciasde colocación de productos expor-tables, modalidad en que la asig-nación de recursos depende de lasseñales del mercado y de lacompetitividad, más que de la in-tervención del Estado, aún cuandose hace necesaria la fijación porparte del Estado y de instanciasmultilaterales de marcos regu-latorios adecuados. 6

Los países del NAFTA y, sobretodo, EEUU. constituyen el princi-pal mercado de exportación de lospaíses de América Latina (más del60% del intercambio comercial dela región en su conjunto y alrede-dor del 20% en los países delMercosur y Chile). Por su parte paraEEUU. , aún cuando el comerciorepresenta mucho menos que elresto del mundo (15%), AméricaLatina es la región hacia donde másaceleradamente crecen sus expor-taciones.

Asimetrías

Un antecedente a tener en conside-ración es la evidente y manifiestaasimetría en que se encuentran lospaíses para enfrentar tales desa-fíos. Algunos tienen enormes forta-lezas, sus economías están mássólidas, su competitividad es ma-yor, sus recursos humanos estánmejor preparados, su nivel educa-cional es superior. Otros, en cam-bio exhiben índices de pobreza muyaltos, y al interior de sus socieda-des exhiben desigualdades profun-

das que hacen temer por su estabi-lidad política, social y económica yse encuentran en medio de refor-mas estructurales macroeco-nómicas, períodos de ajuste, odificultades recesivas de alto im-pacto social. Tampoco las empre-sas ni mucho menos lostrabajadores tienen iguales condi-ciones para afrontar estos desafíosy se aprecia una brecha enormeentre las fortalezas de unos y otros.

Ilustrativo de esta diferencia, la eco-nomía de EE.UU. tiene un pesomedido en miles de millones deUS$9.810; comparativamente conUS$595 Brasil, US$575 de México,US$285 de Argentina, US$71 deChile y US$20 de Uruguay. El In-forme de ONU que da cuenta deestas cifras, según su Producto In-terno Bruto, compara igualmenteeste peso económico con las empre-sas multinacionales (EMNs) másimportantes. Así la Exxon MobilCorporation tiene un peso econó-mico de 63, inmediatamente des-pués del de Chile. Muchas EMNsson equiparables o superan, segúnlos casos, a países como NuevaZelandia, República Checa, Perú oPakistán.7

Consenso de Washington

La década de los 90 estuvo marca-da por la aplicación del denomina-do Consenso de Washington, auncuando en los últimos años dichoconsenso ha sido cada vez máscuestionado.8 Los elementos de di-cho consenso impregnaron y go-bernaron ampliamente los círculosfinancieros internacionales y laspolíticas que los países han venidoimpulsando en la última década delSiglo XX sin que hubieran tenidouna mayor trasparencia hacia lasociedad, lo que ha tenido dramá-ticas consecuencias políticas cuan-do se ha tenido que producir elsinceramiento político adecuado y

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más aún cuando tales políticas hanconducido a crecientes desigualda-des económicas y sociales, cuandose advierte una creciente y peligro-sa exclusión social y cuando, salvoexcepciones, los países no han ex-perimentado el crecimiento econó-mico esperado y cuando en algunospaíses la pobreza además aumentaen lugar de disminuir.

El Consenso de Washington ha im-plicado un conjunto de políticasque han venido sugiriéndose a lospaíses y que abarcan los temas si-guientes:

- disciplina presupuestaria;- cambios en las prioridades del

gasto público (de áreas menosproductivas a sanidad, edu-cación e infraestructura);

- reforma fiscal encaminada abuscar bases impositivasamplias;

- liberalización financiera, espe-cialmente de los tipos de interés;

- búsqueda y mantenimiento detipos de cambio competitivos;

- liberalización comercial;- apertura a la entrada de inver-

siones extranjeras directas;- privatizaciones;- desregulaciones;- garantía de los derechos de

propiedad

Cuidado con demonizar laglobalización

Stiglitz9 advierte que la globali-zación no es negativa per se, y quetodo depende de los contenidos queadquiera, de sus procedimientos yritmos, los que deben ser aplicadosbajo los criterios de cada realidad.Esta es también la lógica con la cualcritica ácidamente algunas suge-rencias formuladas por organismosinternacionales en virtud de loscuales fueron adoptadas políticaseconómicas, a su entender, sin eldebido resguardo de las condicio-nes y circunstancias de cada país eincluso mencionando que países

que no adoptaron tales sugerenciasde políticas han tenido un mejordesempeño que aquellos que sí lohicieron.

Debiera tenerse cuidado con mitosy prejuicios que emanan de visio-nes sobreideologizadas o que sefundamentan más bien en la opaci-dad que desgraciadamente han te-nido y mantienen estos procesos ypolíticas y que suscita mucha sus-picacia. De este modo, se han veni-do desarrollando posiciones más omenos extremas, entre los que de-fienden la globalización como unafuente de riqueza y bienestar10 y porotra parte sus detractores que venen ella un factor que pone en serioriesgo el medio ambiente, que eli-mina las protecciones y beneficiosde los trabajadores y que en conse-cuencia en vez de progreso, consti-tuye una amenaza para lahumanidad. 11

La necesidad de una percepciónmás objetiva, alejando ideali-zaciones y fantasmas nos lleva adiseñar respuestas sociales acercade este enorme proceso que se en-cuentra en curso y de construir,tanto en el ámbito planetario, comoen el ámbito regional o en ámbitossubregionales, normas, mecanis-mos e instituciones que orienten lafuerza de este proceso de globa-lización hacia el interés común, y,con relación a los temas laborales,hacia la generación de un trabajoliberador, justo, seguro y digno, odicho de otra forma, un trabajodecente.

Keynesianos vs. Liberales

Con Stiglitz se ha revitalizado unavieja disputa entre economistas li-berales y keynesianos que han dis-putado los favores de la Academiade Suecia por el Premio Nobel deEconomía, que, instaurado en 1969no fue acordado a partidarios dellaissez faire sino hasta 1974, cuan-do se le concedió a Friedrich von

Hayek y dos años después al para-digmático Milton Friedman, quienrespaldó y alimentó extremas polí-ticas públicas neoliberales como lasimpuestas durante el régimen mili-tar en Chile.

En su magnífica Historia del SigloXX, Hobsbawm sintetiza el largo yenconado debate de dos visionescontrapuestas de la economíaplanetaria, que visualiza como una“guerra entre ideologías incompa-tibles: los keynesianos y los neo-liberales:” “Ambos bandosesgrimían argumentos económi-cos: los keynesianos esgrimían quesalarios altos, el pleno empleo y elestado de bienestar creaban la de-manda del consumidor que alenta-ba la expansión, y que bombear másdemanda en la economía era lamejor manera de afrontar las de-presiones económicas. Losneoliberales aducían que la econo-mía y la política de la edad de orodificultaban – tanto al gobiernocomo a las empresas privadas- elcontrol de la inflación y el recortede los costes, que habían de hacerposible el aumento de los benefi-cios, que era el auténtico motor delcrecimiento en una economía capi-talista. En cualquier caso, soste-nían, la “mano oculta” del libremercado de Adam Smith produci-ría con certeza un mayor crecimien-to de la “riqueza de las naciones”y una mejor distribución posible dela riqueza y las rentas, afirmaciónque los keynesianos negaban.”12

La iniciativa del Area deLibre Comercio de lasAméricas (ALCA)

La iniciativa del ALCA se inicia enMiami, en 1994, cuando los Jefes deEstado de los 34 países miembrosactivos13 de la Organización deEstados Americanos (con la excep-

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ción de Cuba) lanzaron oficialmen-te las tratativas para alcanzar esteacuerdo.

En la primera reunión que se efec-tuó en junio de 1995, en Denver,Estados Unidos, se acordó desarro-llar el plan de trabajo para iniciarlas negociaciones, eliminando enforma progresiva las barreras alcomercio y a la inversión, para locual se crearon siete diferentes Gru-pos de Trabajo. Posteriormente, enla segunda reunión de marzo de1996, en Cartagena, Colombia, secrearon cuatro nuevos Grupos deTrabajo.

En la tercera reunión, realizada enBelo Horizonte, Brasil, se creó elGrupo de solución de controver-sias, adoptándose la regla del con-senso como principio fundamentalen la toma de decisiones del proce-so del ALCA. Asimismo se adoptóel principio de que el resultado delas negociaciones constituirá uncompromiso sólo cuando el conjun-to global de derechos y obligacio-nes esté completamente aceptado oconcordado.

Debe mencionarse el fin de la etapapreparatoria en la Cuarta ReuniónMinisterial de Ministros de Comer-cio en marzo de 1998, en San José deCosta Rica, en la cual se alcanzó unconsenso respecto de los elemen-tos esenciales para el lanzamientode las negociaciones: Objetivos yPrincipios, Secretaría, Sede y Es-tructura de los Grupos de Negocia-ción. En esta reunión seestablecieron nuevos grupos denegociación que reemplazaron a losoriginalmente creados y que se de-nominaron “Grupos de Trabajo”:

- Acceso a mercados- Inversión,- Servicios,- Compras de sector público,- Solución de diferencias,- Agricultura,

- Derechos de propiedadintelectual,

- Subsidios, antidumping yderechos compensatorios, y

- Políticas de competencia.

Se creó asimismo el Grupo consul-tivo sobre economías más peque-ñas, la Secretaría Administrativa yun Comité de representantes guber-namentales sobre participación dela sociedad civil, (con el objetivoeste último de recibir y analizar lospuntos de vista de los sectoresempresarial y otros productivos,laboral, ambiental y académico).

Posteriormente la II Cumbre de Je-fes de Estado y de Gobierno, reali-zada en Santiago de Chile en abrilde 1998 dio margen para que seinstruyera a los Ministros de Co-mercio iniciar las negociaciones delALCA conforme a las pautas de laReunión de San José, en forma equi-librada, amplia y congruente conlas líneas directrices de la Organi-zación Mundial de Comercio(OMC).

El Comité de Negociaciones Comer-ciales (CNC), instancia de supervi-sión política de los Gobiernos, sereunió por primera vez en junio de1998 en Buenos Aires y las reunio-nes de los Grupos de Negociaciónse iniciaron en septiembre de 1998en Miami.

En las reuniones del CNC se hanvenido tratando temas como: faci-litación de negocios; gestión de lasactividades relacionadas con lasnegociaciones; reglas y procedi-mientos de negociaciones; y losinformes de los grupos de negocia-ción (Surinam). En Cochabamba seabordaron en junio de 1999 los te-mas de conducción del proceso,medidas de facilitación de nego-cios; sociedad civil y comercio elec-trónico. En la Reunión Ministerialde Toronto, en noviembre de 1999,finalizó la primera fase de negocia-ciones, comenzando una segunda

fase bajo la presidencia de Argen-tina, la que finalizó en la reuniónde Ministros de Comercio realiza-da en Buenos Aires en abril del2001, con lo que se cerró la segundaetapa.

Con posterioridad tuvo lugar la IIICumbre de Jefes de Estado realiza-da en Québec, Canadá, en abril del2001, en la cual se instruyó a losMinistros respectivos que asegurenque las negociaciones del AcuerdoALCA concluyan a más tardar enenero del 2005, para tratar de lo-grar su entrada en vigencia lo antesposible y no más allá de diciembredel 2005. Se declaró por los Jefes deEstado que el acuerdo deberá ser“equilibrado, comprensivo, y con-gruente con las reglas y disciplinasde la Organización Mundial deComercio (OMC), y deberá consti-tuir un compromiso único”. Se de-cidió igualmente tener en cuentalas diferencias en tamaño y nivelesde desarrollo de las economías par-ticipantes.14

En cuanto a la sociedad civil, la IIICumbre valoró sus aportes y en suPlan de Acción (párrafo 5) los Jefesde Estado entregaron lineamientostendientes a “establecer instrumen-tos de financiamiento público yprivado, destinados a fortalecer lacapacidad de las organizacionesde la sociedad civil, para hacer másvisible el trabajo y el aporte de lasmismas y promover la responsabi-lidad social.” Los Jefes de Estadodeclararon el derecho de participa-ción de los ciudadanos en condi-ciones de igualdad y equidad enlos procesos de toma de decisionesque afectan sus vidas y bienestar,considerando la diversidad de opi-niones, experiencias y conocimien-tos técnicos como un recursoimportante de la sociedad civil.

No obstante, sólo existe como me-canismo oficial de participación dela sociedad civil la creación de unComité de Representantes Guber-

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namentales sobre Participación dela Sociedad Civil, que solicita, reci-be y procesa las propuestas de lasociedad civil continental, pero queno satisface los deseos de partici-pación, ni de información y trans-parencia de las organizacionessociales y que es fuente de reticen-cias y suspicacias que los gobier-nos deberían disipar. Tampoco seha establecido un Grupo para res-ponder a la dimensión social de laIntegración, tema este último quese ha venido tratando dentro delmarco de la ConferenciaInteramericana de Ministros deTrabajo.

La siguiente Reunión de Ministrosde Comercio tuvo lugar en Quito,Ecuador, el 1° de noviembre del2002, y aún cuando ocurrió des-pués de la aprobación de la TradePromotion Authority, en EEUU., estehecho no tuvo mayor expresión niconsecuencias en dicha Reunióncon relación a los temas laborales ode trasparencia. Por otra parte, ter-minado el proceso electoral en Bra-sil, quedó también claro el mandatopolítico del nuevo presidente elec-to en dicho país, Luis Ernesto Lulada Silva. Brasil y Estados Unidosdeberán conducir conjuntamente yhasta el año 2005 la Presidenciadel ALCA. Ya en la misma fecha,representantes de ambos paísesasumieron dicha Co-Presidencia yjunto con ello se estructuró el pro-grama de trabajo para el próximoperíodo de negociaciones.

Debe destacarse que el sector pri-vado ha venido realizando pro-puestas a partir del ForoEmpresarial de las Américas, reuni-do en paralelo a las reuniones delos Ministros Responsables de Co-mercio de los 34 países miembros.Este Foro, en general ha venidoentregando un apoyo crítico a lainiciativa, reclamando una mayorapertura comercial.

Igualmente se ha venido reunien-do el Foro Social, 15 que agrupa aorganizaciones sindicales,medioambientales y de la sociedadcivil, desde donde también se hanmanifestado puntos de vista diver-sos, desde una oposición radicalhacia posturas de crítica construc-tiva y en que se han elaborado pro-puestas, esencialmente conrelación a la democratización,transparencia y apertura de losprocesos de negociación. Aún enlas más extremas posiciones puedeadvertirse estos mismos factorescomo causas de rechazo y reticen-cia que generan estas negociacio-nes.

En relación con el desarrollo delALCA representantes de organiza-ciones sociales y sindicales hanexpresado en reciente Seminariorealizado en Santiago por la Fun-dación F. Ebert que sus preocupa-ciones centrales consisten en lasrepercusiones de la reciente RondaMultilateral de Doha y que se cen-tran en el modelo de liberalizacióncomercial en que al mismo tiempoque se pregona el libre comercio, entemas sensibles como la agricultu-ra, la libertad de movimiento de laspersonas y la propiedad intelectualse establecen reglas estrictas cuan-do no prácticas proteccionistas.Estas preocupaciones alcanzanespecialmente a sectores de la so-ciedad civil de Mercosur, tanto máscuanto en este bloque existe unmanifiesto impasse en los años re-cientes caracterizado por una ten-sión de sus socios mayoresArgentina y Brasil. Se visualizancomo problemas la negociación deEEUU con Chile, con América Cen-tral y eventualmente con CARICOMpor la gravitación de dicho paíscomo actor central de estas nego-ciaciones. Que pensando en Argen-tina, un quiebre puede producirse,siguiendo a Stiglitz, cuando lasprácticas económicas encuentransus límites en la resistencia socialy en los resultados económicos. 16

No se advierte de este modo unaliberalización comercial integralsino sólo en tecnologías y comuni-caciones y no en agricultura y ace-ro, a lo que se agrega el peso de ladeuda externa. Lo ideal sería desa-rrollar negociaciones de escala glo-bal multilateral para evitar oreducir la hegemonía de actores do-minantes. Todo lo anterior suponerediscutir la institucionalidadasumiéndose como región, y dotán-dose de un adecuado Tribunal deSolución de Controversias y de unaSecretaría Técnica de Integración,elementos de la mayor importanciapara implementar la dimensiónsocial de la integración en una cons-trucción permanente. Se advierteque esta dimensión social tiene lo-gros pero escasos e insuficientes yque éstos resultan de las relacionesde poder y de las políticas naciona-les internas y que en general seadvierten retrocesos en las legisla-ciones nacionales laborales. Contodo se rescata el valor deltripartismo y del diálogo social.Ante la disyuntiva que plantea lainclusión de los temas laborales enlos acuerdos comerciales hay unrechazo a la mera discusión de lostemas laborales. Estos son parte dela agenda del desarrollo y por tantola real disyuntiva se expresa en ladicotomía de comercio libre o co-mercio justo, pero se estima que eltema laboral debiera quedar incor-porado como capítulo dentro de lostratados.17

Una tercera línea de comentarios18

en el mismo Seminario puso el acen-to en la importancia de las normasinternacionales del trabajo cuan-do las normas internas se debili-tan, tema mayor desde Marraquesh.Que el tema de la incorporación denormas laborales asociadas a lasde comercio ha tenido una evolu-ción y que en el presente es másfácil al menos debatir el tema y quese advierten cambios en las canci-llerías, en especial en Brasil. En

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efecto, evitar el tratamiento de lostemas facilita las prácticas unilate-rales y la imposición de procedi-mientos de parte de los paísesdesarrollados por lo que más valeafrontar la discusión de los temas.

Se sitúa el origen del debate de lacláusula social en la preocupaciónexistente en los países del Nortepara impedir el denominado dum-ping social. Una de las consta-taciones realizadas es que lapromoción del respeto de las nor-mas laborales no es suficiente si nose vincula con normas comercia-les, lo que ha sido comprobado enla experiencia del ObservatorioSocial de Brasil respecto de la em-presa Nokia en una zona franca(Manaus) en que se pudo apreciarel cumplimiento de las normas la-borales.

Que en la experiencia de la OIT conJuan Somavía en calidad de Direc-tor General, se han concretado va-rias iniciativas importantes, talescomo la Declaración relativa a losPrincipios y Derechos Fundamen-tales en el Trabajo y su Seguimien-to, de 1998, el desarrollo delconcepto de trabajo decente y la Co-misión para la Dimensión Socialde la Mundialización de la Econo-mía pero preocupa al movimientosindical un cambio en la promo-ción de las normas internacionalespriorizándose las relativas a nor-mas fundamentales y minimizán-dose las restantes.

En cuanto a la iniciativa del ALCA,se estimó que este proceso no es in-evitable, que iniciativas similaresya han tenido rechazos desde 1890,pero que indudablemente existeuna situación diferente para en-frentar tales negociaciones de unpaís a otro y que en el caso de Brasilhay un proyecto de industrializa-ción que impide suscribir el ALCAy que si un proceso de apertura seconcretara podría aumentar el nú-mero de cesantes sin que se divise

cómo podría una cláusula socialayudarlos en la cesantía o informa-lidad. Por ende el tema no está cir-cunscrito a la incorporación decláusulas sociales sino en torno ala concepción de un proyecto dedesarrollo y que si el acuerdo co-mercial no sirve, tampoco sirven lascláusulas sociales (sería una “ce-reza en pastel de estrignina”). Queen cambio es mejor discutir el mo-delo de las negociaciones comer-ciales en la búsqueda de acuerdosmás equilibrados, asegurando de-rechos laborales con mecanismosadecuados de solución de contro-versias. Que en referencia a los te-mas laborales debe tenerseprecaución respecto de quien in-vestiga si existen violaciones denormas laborales y si la organiza-ción sindical nacional admite ypromueve tales investigaciones. Encasos límite tal aprobación ha ocu-rrido como en el caso de Sudáfricaen tiempos del Apartheid.

En el Seminario antes mencionadose manifestaron insistentes recla-mos de mayor participación de lasociedad civil en las negociacionescomerciales, valorándose propues-tas para facilitar la creación de unComité Consultivo de la SociedadCivil.19

Se subrayó finalmente que proce-sos como ALCA no debieran sertratados desde un punto de vistameramente ideológico reconocién-dose que un proceso de desarrollode exportaciones puede ayudar alcrecimiento de los países, pero quedebe tenerse precaución a la horade seguir todos los elementos deldenominado Consenso de Was-hington y que los países deben con-tar con la mayor preparacióninterna a la hora de desarrollarprocesos de apertura. Se agregó quelos debates no deben ser simple-mente corporativos ya que si bienes cierto los sectores que tienencomo destino exportador los EEUU.podrían tener mayores ganancias

estos intereses deben equilibrarsecon los proyectos de industrializa-ción que un proyecto de aperturapodría poner en riesgo. Por endelos gobiernos debieran ejercer supoder de decisión sin la carga deun peso ideológico exagerado.

Normas laborales ycomercio

La dimensión social de la in-tegración

En el marco de un profundo cambiotecnológico se han venido generan-do serias transformaciones en lasempresas, en las modalidades decontrato y en los tipos de empleotodo lo cual en su conjunto está per-mitiendo descubrir una profundamutación del mundo del trabajo20 yde las relaciones laborales a la vezque se mantienen ambientes pro-pios de un sistema de producción ylaboral del anterior modelo.Irrumpen las tecnologías modernasy la informática reina en las empre-sas de punta, pero paradojalmentesubsisten al mismo tiempo méto-dos del antiguo esquema producti-vo.

Múltiples argumentos éticos, polí-ticos, jurídicos y económicos hansido esgrimidos desde distintas po-siciones para intentar relacionar oprocurar desvincular las normaslaborales y el comercio internacio-nal. Se encuentran antecedentesiniciales de esta discusión hacia1838 cuando Blanqui proponía laconclusión de tratados internacio-nales sobre protección de los traba-jadores por los diversos paísesindustriales, en forma simultánea,para evitar la competencia deslealentre sí.21 Pese a no existir posturasunívocas, la evolución jurídica dela comunidad internacional se ex-presa en posturas institucionales

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en el ámbito planetario, a nivelesregionales y ciertamente en la re-gión de las Américas.

El debate en los organismosinternacionales

Introducir el rostro humano a laglobalización ha sido para OIT unavisión y una línea de trabajo de lamayor importancia. Desde el pun-to de vista sociolaboral, uno de losfactores que permite un mejor desa-rrollo económico y social es la efec-tividad de las normas laborales, quepermita lo que el Director Generalde OIT, Juan Somavía, denominóen su memoria ante la 89º Confe-rencia Internacional del Trabajo enGinebra; la “gobernabilidad de laglobalización”. Agregó que ésta“no sólo tiene que ver con el gobier-no, sino con la manera en que lasociedad en su conjunto adminis-tra sus asuntos, que incluye la for-ma en que los valores y las metassociales influyen en el comporta-miento de la población, lo cual serefleja en nuevas reglas y objetivospara los inversores, nuevas metaspara las compañías y nuevos ins-trumentos para el diálogo social”.La OIT ha sido insistente en intro-ducir una línea de democratizaciónde los procesos de mutación glo-bal, a través de políticas de diálogosocial a los más diferentes niveles,atendido que son preferibles líneasde trabajo acordadas con altos gra-dos de consenso y de incorpora-ción de los actores sociales tanto enel debate como en la participaciónde sus consecuencias.

Los organismos de Bretton Woodshan venido crecientemente orien-tando las políticas laborales, bajola premisa que los niveles normati-vos influyen en la economía de lospaíses. Debe destacarse especial-mente el Informe del Banco Mun-dial22 de 1995 con un completomenú de acciones sobre política enestas materias, dentro de las cualesse menciona en forma especial el

cumplimiento de las normas labo-rales básicas de OIT, en particularla aplicación efectiva de normasjurídicamente consagradas.23

Dentro de los organismos interna-cionales la postura empresarial hasido más bien reacia a vincularcomercio y normas laborales. LaConfederación Nacional de Indus-tria (CNI) de Brasil ha mencionado24 que son las naciones más ricaslas que proponen en el ámbito de laOrganización Mundial de Comer-cio (OMC) la aplicación de sancio-nes comerciales a los países que norespetan las normas mínimas en elcampo laboral, alegando que sepractica una suerte de competen-cia desleal: el “dumping social”. Sesostiene que la aplicación de san-ciones comerciales no es el caminopara mejorar las condiciones detrabajo de las naciones más pobres,sino que por el contrario, esto agra-varía más sus problemas sociales yque no hay pruebas que indiquenque las pérdidas de empleo en lospaíses ricos se deban a las condi-ciones de trabajo de los países endesarrollo, por lo que concluyeenfatizando que el desarrollo eco-nómico es el método adecuado parapromover buenas prácticas labora-les.

Por su parte tanto la Confederaciónde Sindicatos Libres (CIOSL) comola Confederación Mundial del Co-mercio (CMT) y la ConfederaciónEuropea de Sindicatos consideranque la mejor manera de prevenir eldumping social es incluir cláusulassociales en los acuerdos comercia-les, como una forma de equilibrarla enérgica presión existente sobrelas economías para reducir costoslaborales, especialmente de produc-tos de exportación, a objeto de obte-ner mayor competitividad. 25En elámbito de los organismos multi-laterales, la OIT ha venido propug-nando políticas macroeconómicasexpansivas que den explícitamen-te prioridad a la protección del

empleo existente y a la creación depuestos de trabajo, y dejen margenpara establecer un equilibrio entrelas políticas económicas y las so-ciales. Somavía fue enfático en laConferencia Interamericana de Mi-nistros de Trabajo: “sería el errormás fatal tratar de salir de la actualcrisis aplicando políticas de ajusteestructural. Lo único que esas polí-ticas harían sería agravar la crisis.”26

En la región americana debe desta-carse la existencia del referente dela Organización Regional Inter-americana de Trabajadores (ORIT),afiliada a la CIOSL y que en elámbito de la Conferencia Inter-americana de Ministros actúa bajola estructura de la OEA como Con-sejo de Asesoramiento Técnico enAsuntos Sindicales (COSATE). LaORIT procura “impedir que la aper-tura comercial se convierta en unanueva amenaza para los derechosde los /as trabajadores/as”.27

Consenso sobre normas labo-rales fundamentales

En el ámbito socio laboral se havenido buscando generar consen-sos mínimos entre los países acer-ca de las normas laboralesfundamentales que hoy la civiliza-ción está en condiciones de consa-grar, tanto en el contextointernacional como, particular-mente, en el continente americano.

En la década de los 80 hubo unapresión muy fuerte en los paísesdesarrollados para vincular lasnormas laborales con el comercio.De hecho, así fue establecido porEEUU. en 1984 en forma unilate-ral28 en su normativa denominada“Generalized System ofPreferences-GSP”, (Sistema Gene-ralizado de Preferencias- SGP).29

Disposiciones similares ya habíansido recogidas en una ley dictadaen 1983 sobre comercio preferen-cial y beneficios impositivos res-

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pecto de los países del Caribe30 y lopropio aconteció con la Ley sobrePreferencias Comerciales en rela-ción con los países Andinos en199131. Conforme a estas normas,para ser elegibles o mantener la ele-gibilidad respecto de estos benefi-cios, los países beneficiarios de laspreferencias arancelarias debíancumplir con determinados requisi-tos, entre los cuales se incluía elgarantizar a sus trabajadores elrespeto de los derechos laboralesinternacionalmente reconocidos,para cuyo efecto se entendía portales los siguientes:

- Derecho de asociación;- Derecho de organización y de

negociación colectiva;- Prohibición del uso de cualquier

forma de trabajo forzado uobligatorio;

- Edad mínima para el empleo deniños, y

- Condiciones mínimas de trabajorespecto de salarios mínimos,jornadas y salud y seguridadocupacional.

El fundamento de esta normativabuscaba evitar el comercio basadoen la práctica de la competenciadesleal fundada en un menor costoderivado del irrespeto de normaslaborales que introdujera de estemodo distorsiones ilegítimas alcomercio internacional.

Tras diversos debates, la Declara-ción de Singapur, emitida en elámbito de la OMC, en 1996 y reite-rando acuerdos adoptados en laCumbre Mundial sobre DesarrolloSocial celebrada en Copenhague en1995, forjó un consenso internacio-nal sobre el contenido de las nor-mas del trabajo fundamentales querepresentan el cimiento social parala economía global. Se trata de unaserie de principios y derechos queconstituye una expresión específi-ca de los derechos humanos bási-cos en el mundo del trabajo.

Estos convenios miran a valoresfundamentales como la libertad, alreprimir el trabajo forzoso, tanto deadultos como de niños o niñas ocomo la igualdad, al rechazar ladiscriminación por las más diver-sas razones que no sean el talentoy la idoneidad de las personas o alperpetuar el círculo vicioso de lapobreza con niños que por trabajarno acceden a una educación queles garantice igualdad de oportu-nidades. Los convenios sobre liber-tad sindical y negociación colectivapermiten además, que las socieda-des desarrollen la expresión demo-crática del conflicto, permitiendoel debate y el diálogo, propios desociedades civilizadas, lo que con-trasta con otras sociedades en queel conflicto es ahogado generandoriesgos de explosión y de convul-siones económicas y sociales.

Estos principios y la práctica deldiálogo social cobran cada díamayor importancia a la luz de loque ocurre en numerosos países delcontinente americano, amenazadospor la recesión económica. Se bus-ca detectar las mejores experien-cias, también llamadas “buenasprácticas”, concebidas como aque-llas que responden a los objetivosde mejorar el desarrollo y perfor-mance económica de los países yque a la vez promuevan los princi-pios o derechos básicos del trabajoya enunciados.

Como continuidad de este debate,y luego de la Conferencia deCopenhague, el tema fue objeto deun profundo debate en la OIT dan-do paso a la denominada Declara-ción de Principios y DerechosFundamentales en el Trabajo y suSeguimiento, de 1998, de la OIT, enque, por unanimidad, los paísesreiteraron en forma tripartita el res-peto a un elenco de normas funda-mentales. Los principios que serecogen son:

a) el de asociación y la libertadsindical y el reconocimientoefectivo del derecho de nego-ciación colectiva, recogidofundamentalmente por losconvenios N°87, sobre la libertadsindical y la protección delderecho de sindicación (1948) yN° 98 sobre el derecho de sin-dicación y de negociacióncolectiva (1949);

b) la eliminación de todas las formasde trabajo forzoso u obligatorio,recogido esencialmente por losconvenios N° 29 sobre el trabajoforzoso (1930) y N° 105 sobre laabolición del trabajo forzoso(1957);

c) la abolición efectiva del trabajoinfantil, recogido por el convenioN°138 sobre la edad mínima(1973), y

d) la eliminación de la discri-minación en materia de empleo yocupación, recogido por losconvenios N°100 sobre laigualdad de remuneración (1951)y N°111 sobre la discriminación(empleo y ocupación) (1958).

A estos convenios se agrega el con-venio 182 sobre la prohibición delas peores formas de trabajo infan-til y la acción inmediata para sueliminación (1999), que se aprobócon posterioridad a la Declaraciónde 1998, pero que se entiende for-mar parte de los convenios funda-mentales del trabajo.

Sin embargo, los términos en queha sido adoptado recientemente elTPA en EEUU. nos permiten con-cluir que aún prima en dicho paísel concepto acuñado con relación a“derechos laborales internacional-mente reconocidos”, con una defi-nición diferente a la adoptada enámbitos multilaterales en torno alconcepto de “principios y derechosfundamentales en el trabajo”.

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Otras esferas de consenso:

Órgano competente sobre normaslaborales. La comunidad interna-cional ha reafirmado en múltiplesocasiones la competencia de la OITsobre el establecimiento y adminis-tración de las normas de que se tra-ta.

Proteccionismo. En lo que se refie-re al debate sobre la cláusula so-cial, que se caracterizó, por unaparte, por las alegaciones de “co-mercio desleal”, y por otra, de “pro-teccionismo encubierto”, tanto enla Declaración Ministerial deSingapur de la OMC de 1996, comoen la Declaración de la OIT relativaa los principios y derechos funda-mentales en el trabajo, se afirma quelas normas del trabajo no deberíanutilizarse con fines comercialesproteccionistas y que en virtud deellas no debería ponerse en cues-tión la ventaja comparativa de cual-quier país. Se ha confirmado de estemodo la legitimidad que represen-ta en el comercio la ventaja compa-rativa que tienen algunos países enrazón del costo de sus recursoshumanos.

Normas laborales: factor coadyu-vante del desarrollo. Otro elemen-to que fluye del consenso de losdebates multilaterales consiste enque los principios y derechos fun-damentales en el trabajo formanparte integrante de la agenda deldesarrollo integral. No solamenteson pertinentes en lo que se refiereal comercio, sino también a la tec-nología, financiamiento, inversióny desarrollo empresarial.

La institucionalidad socio-la-boral en los procesos de libe-ralización comercial y deintegración

En la Región Americana los Esta-dos han venido desarrollando enforma secuencial y/o paralela unainteresante institucionalidad enprocesos multilaterales subre-gionales o bilaterales.

Existe una base regional que per-mite un tratamiento de las dimen-siones laborales en la integraciónque supera los acuerdos logradosen el ámbito multilateral. Debenseñalarse entre ellos:

América del Norte.- El Tratado deLibre Comercio de América delNorte (TLCAN) suscrito por Cana-dá, Estados Unidos y México, vaacompañado de un Acuerdo deCooperación Laboral de Américadel Norte (ACLAN) que obliga a laspartes al respeto de su propia legis-lación laboral y a su fiscalización ydebido cumplimiento. El TLC fuesuscrito en agosto de 1992, y elACLAN entró en vigencia el 1° deenero de 1994. 32 Contiene un Anexocon once Principios a los cuales sehace expresa referencia, y que, con-templa todos los principios funda-mentales así como los relativos acondiciones de trabajo, accidentesdel trabajo y enfermedades profe-sionales y protección de trabajado-res migrantes. En términossimilares, Chile suscribió unAcuerdo con Canadá. La diferen-cia radica en que en este caso no secontemplaron las sanciones comer-ciales que, aunque en forma restrin-gida y en casos extremos, síestableció el Acuerdo de Américadel Norte entre EEUU y México. Enambos casos existen procedimien-tos de solución de controversiasque incluyen consultas ministeria-les, Comités de Evaluación de Ex-pertos y Tribunal Arbitral,pudiendo ordenarse el pago de con-

tribuciones monetarias de hastadiez millones de dólares en el ACLChile-Canadá y hasta 20 millonesde dólares en el caso del ACLANentre Estados Unidos y Méjico.

El Acuerdo no garantiza la movili-dad transfronteriza de los asala-riados y enuncia una voluntadgeneral de cooperación entre lasPartes, de modo que “las posibili-dades económicas abiertas por elTratado de Libre Comercio de Amé-rica del Norte (TLCAN) se traduz-can especialmente en el desarrollode los recursos humanos y el mejo-ramiento de las condiciones de tra-bajo y nivel de vida en su territoriorespectivo”. La protección de losderechos fundamentales de los tra-bajadores es considerada como unelemento de la economía de altaproductividad, meta de todas lasPartes.

Al respecto se concluyeron dos com-promisos esenciales: Esforzarseconstantemente por mejorar sus le-gislaciones laborales de modo que“garanticen normas de trabajo ele-vadas, en relación con puestos detrabajo de altos coeficientes de ca-lidad y productividad” (Art. 2) y,por otra parte, que “promueva sucumplimiento y asegure su eficazaplicación” (Art. 3).

El enfoque de este Tratado estrinacional y no supranacional.Enuncia principios fundamentalesdel funcionamiento de instanciasjurisdiccionales y administrativas,y agrega definiciones de PrincipiosLaborales.

Por ser un acuerdo de cooperación,en caso de incumplimientos queacarreen repercusiones comercia-les se procede a un procedimientode consulta entre las Partes, luegoa uno de evaluaciones ante un Co-mité de Evaluación de Expertos yfinalmente, ante un Panel Arbitral,cuya sanción máxima es una con-tribución monetaria.

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El ACLAN se centró en la aplica-ción de leyes laborales nacionales.El ACLAN tuvo una mala acogidainicial por parte de los principalessindicatos norteamericanos y ca-nadienses, básicamente porque elAcuerdo no contemplaba un orga-nismo central permanente encar-gado de reparar las infracciones delas obligaciones contraídas y por-que las sanciones sólo garantiza-ban el respeto de las leyes relativasal trabajo de menores, a la salud yla seguridad del trabajo y salariomínimo. La Confederación de Tra-bajadores Mexicanos (CTM) encambio sí expresó su satisfacciónpor el Acuerdo y por el respeto de lasoberanía nacional.

Mercado Común del Sur(MERCOSUR). Los países deMERCOSUR han suscrito la Decla-ración Sociolaboral delMERCOSUR el 10 de diciembre de1998, con un piso mínimo de dere-chos laborales que los países secomprometen a respetar. Estable-cen para su seguimiento y controluna denominada ComisiónSociolaboral del MERCOSUR, y suprincipal aporte lo constituye eltripartismo presente en el análisisde las memorias anuales, de nivelnacional y regional, así como en elGrupo de Trabajo N° 10 denomi-nado “Relaciones laborales, em-pleo y seguridad social” y con locual se ha conseguido democrati-zar y transparentar en formatecnificada el debate. Cuenta ade-más con un interesante mecanismode diálogo social regional a travésdel Foro Consultivo Económico ySocial, donde se discuten los másdiversos temas que interesan a susintegrantes.33 Una de las institucio-nes importantes que funcionan eneste ámbito lo constituye la Reuniónde Ministros del Trabajo, en queparticipan también los Ministrosde Bolivia y Chile y que tiene im-portancia para la coordinación deposturas internacionales e inter-cambio de prácticas innovadoras.

El Tratado de Asunción priorizó laescrituración de pactos comercia-les y económicos, sin embargo ensu Preámbulo, relevante para suinterpretación, señala como finesúltimos del proceso de integración:“acelerar sus procesos de desarro-llo económico con justicia social”,“mejorar las condiciones de vidade sus habitantes” y “lograr unaunión más estrecha entre sus pue-blos”.

Dos meses después de la firma deeste Tratado, hubo una reunión deministros del Trabajo en Montevi-deo el 8 de mayo de 1991 que fue elimpulso definitivo para otorgar laimportancia debida a la dimensiónsocial de la integración, a lo que seagregó el Protocolo de Ouro Pretoque trajo profundas modificacio-nes en los aspectos institucionalesdel MERCOSUR, que repercutieronen el ámbito social y laboral:

· Se creó el Foro ConsultivoEconómico y Social (FCES), órganode carácter consultivo donde estánrepresentados empleadores y tra-bajadores a través de sus respecti-vas organizaciones y un tercersector donde están representadoslos consumidores, microempresasy organizaciones medioambien-talistas.

· Se modificó el Grupo Merca-do Común y dividió sus atribucio-nes con la nueva Comisión deComercio.

· Se creó como órgano princi-pal del MERCOSUR la ComisiónParlamentaria Conjunta.

· Se institucionalizaron lasReuniones de Ministros del Traba-jo que impulsaron el accionar deéstos a las que se incorporó a losMinistros del Trabajo de Bolivia yChile.

· Se creó el subgrupo de Tra-bajo N°10: Relaciones Laborales,Empleo y seguridad Social. El Gru-po de Trabajo N° 10 tuvo una pautade negociación muy amplia. Inter-namente se optó por avanzarcronológicamente en la resoluciónde los temas de cada Comisión. Loscriterios y / o temas priorizadosfueron los siguientes:

- El impacto que tendría la ob-tención de determinados resulta-dos o productos concretos deespecial trascendencia en la dimen-sión social del MERCOSUR. A esterespecto se encomendó a la Comi-sión N°1 la elaboración de un ins-trumento de carácter regional queconsagrara los derechos funda-mentales en materia laboral y acor-dara un mecanismo de seguimientodel cumplimiento de los mismos.- Aquellos temas en los que sehabía avanzado sustantivamentey que permitirían resultados a cor-to plazo.- En razón del descuido en lasacciones tendientes a mejorar la vi-gencia de las normas nacionales seacordó trabajar simultáneamenteen el tema inspecciones de trabajo.- El tema del empleo, y dentrode éste, la implementación de unObservatorio de Mercado de Tra-bajo de carácter regional.- A través del tiempo, estas Co-misiones logran:

1.- Crear el Tratado Multilateralde Seguridad Social. (Ratificadopor Uruguay – 1998 – y por Brasil– 2001 - )2.- Crear un observatorio del Mer-cado de Trabajo como espacio deinvestigación del presente y deprospectiva del futuro.3.- Coordinación en materia de ins-pecciones de trabajo.4.- La Declaración Sociolaboral delMERCOSUR. Que es el reco-nocimiento del conjunto de los ne-gociadores sobre la impor-tancia dela dimensión social de la integra-

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ción y el compromiso de fomentar ycomplementar gradualmente losderechos con-sagrados en la Decla-ración.5.- Cláusulas instrumentales. Elmecanismo de promoción y segui-miento.

Comunidad de países del Caribe(CARICOM). Los países deCARICOM, Comunidad de paísesdel Caribe, han alcanzado impor-tantes consensos en cuanto a sunecesidad de avanzar en su merca-do común del Caribe para teneroportunidades en el proceso delALCA. En este marco han estable-cido un inédito proceso de armoni-zación normativa, entre ellos enmateria laboral, tendiente a elimi-nar diferencias entre ellos y favore-cer una postura común. Estaexperiencia se funda en las raícescomunes de sus Estados miembros,su historia de independencia rela-tivamente reciente, salvo excepcio-nes. Alcanzan acuerdos a los másaltos niveles con representantes deempleadores y sindicatos en susreuniones de Jefes de Estado y deesa forma permiten una transpa-rencia en sus procesos. 34

Comunidad Andina de Naciones(CAN). La velocidad alcanzada porel proceso del ALCA ha motivadotambién la reunión y trabajo con-junto de los países de la Comuni-dad Andina de Naciones. Formadoinicialmente por Bolivia, Chile,Colombia, Ecuador y Perú, poste-riormente incorporó Venezuela en1973 y experimentó el retiro de Chileen 1976. Este bloque, originalmen-te llamado Pacto Andino, deseabaampliar los limitados beneficiosobtenidos en el marco de la Asocia-ción Latinoamericana de LibreComercio (ALALC) sin embargo, nologró aprobar un arancel externocomún, aunque sí consiguió un in-cremento notable del comercioandino. Hacia 1990 se establecióuna zona de libre comercio y final-mente lograron el 1° de febrero de

1995 un arancel externo común. Enal ámbito laboral han realizadoreuniones de Ministros, pero cuyoscompromisos tienen un mayor ca-mino por recorrer. Han formadoigualmente el Consejo ConsultivoEmpresarial Andino y el ConsejoConsultivo Laboral Andino comomedios para fomentar la participa-ción de estos sectores de la socie-dad civil en el proceso deintegración.

Sistema de Integración Centro-americano (SICA). A partir de lacreación de la Organización de losEstados Centroamericanos(ODECA) en 1951, seguido por di-versos acuerdos tendientes a libe-ralizar el comercio entre los paísesdel istmo, y a partir de la CumbrePresidencial de 1990 en Antigua,Guatemala, se aprobó un plan parareactivar la integración económicay reestructurarla conforme a unnuevo plan estratégico. De allí queen diciembre de 1991 se firmara elProtocolo de Tegucigalpa a la Car-ta de la Organización de EstadosCentroamericanos, firmado por losPresidentes de Costa Rica, El Sal-vador, Guatemala, Honduras, Ni-caragua y Panamá, dando origenal Sistema de Integración Centro-americano (SICA), al cual, más tar-de, adhirió Belice el 4 de diciembredel 2000. En el marco de este proce-so, los Ministros de Trabajo hanvenido sosteniendo reuniones pe-riódicas tendientes a dar cuenta delos temas derivados de la dimen-sión social de la integración, espe-cialmente frente a los escenarios dela globalización y del proceso deintegración más amplio del ALCA.

Otros instrumentos normati-vos con contenido laboral decarácter regional

Dentro de los instrumentos norma-tivos vigentes en la Región de lasAméricas deben mencionarse enforma especial los textos generales

sobre derechos humanos, comen-zando con la Declaración Ameri-cana de los Derechos y Deberes delHombre, la Convención America-na sobre los Derechos Humanos, elProtocolo Adicional a la Conven-ción Americana sobre los DerechosHumanos, en materia de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales(Protocolo de San Salvador) y laCarta Democrática Interamericana.Todos estos instrumentos contem-plan normas generales o especia-les relativas a los derechoslaborales fundamentales.35

Las normas laborales y el Pro-ceso de Cumbres de las Amé-ricasLos Jefes de Estado presentes en laciudad de Québec, Canadá, el 22 deabril del 2001, se han hecho cargode la importancia del tema de lasnormas laborales, recogiendo losconsensos producidos con relacióna la Declaración de la OIT sobre losPrincipios y Derechos Fundamen-tales en el Trabajo y su Seguimien-to, de 1998, y han respaldado dichaDeclaración, por unanimidad. Endicho instrumento señalan que“promoverán el cumplimiento delas normas fundamentales del tra-bajo reconocidas internacional-mente e incorporadas en laDeclaración de OIT” antes aludi-da, reconociendo la necesidad de“considerar en los foros hemis-féricos e internacionales pertinen-tes, las cuestiones de laglobalización relacionadas con elempleo y el trabajo” e instruyen a laConferencia Interamericana de Mi-nistros del Trabajo para que conti-núe considerando estos temas.

El Plan de Acción de la IIIa. Cum-bre, párrafo 11, Trabajo y Empleo,reafirma los anteriores conceptos einstruye a los Ministros del Traba-jo a “hacer nuevos progresos conbase en la Declaración de Viña delMar, que estuvo centrada en lasdimensiones sociales de la

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globalización y la modernizaciónde los Ministerios del Trabajo, co-operando en el estudio de las di-mensiones laborales del proceso delas Cumbres de las Américas, a finde identificar las áreas de consen-so y cuestiones que requieren dedeliberaciones adicionales.”

Más aún, los Jefes de Estado y deGobierno declaran que “respetaránla Declaración Relativa a los Prin-cipios y Derechos Fundamentalesen el Trabajo y su Seguimiento de laOrganización Internacional delTrabajo (OIT), de 1998, adoptarán eimplementarán legislación y polí-ticas que permitan la aplicaciónefectiva de normas laborales fun-damentales reconocidas por la OIT,y considerarán la ratificación eimplementación de los principalesconvenios de la OIT; la Organiza-ción Internacional del Trabajo (OIT)es el órgano competente para esta-blecer esas normas y ocuparse deellas, y afirmamos nuestro apoyo asu labor de promoción de las mis-mas. Consideramos que el creci-miento y el desarrollo económicosimpulsados por el incremento delcomercio y la mayor liberalizacióncomercial contribuirán a la promo-ción de esas normas. Rechazamosla utilización de las normas del tra-bajo con fines proteccionistas y con-venimos en que no debecuestionarse en absoluto la ventajacomparativa de los países, en par-ticular de los países en desarrollode bajos salarios. A este respecto,tomamos nota de que las Secreta-rías de la OMC y la OIT prosegui-rán su actual colaboración”.

Conferencia interamericanade Ministros del Trabajo

Esta Conferencia especializada dela OEA ha llevado a cabo numero-sas reuniones, y fundamentalmen-te a partir de su décima reuniónllevada a cabo en Argentina, en1995, ha venido haciéndose cargodel tema de la globalización y de

las normas laborales de manera sis-temática. Es así como consideró ensu Declaración de Buenos Aires(1995) que la integración económi-ca y los intercambios comercialesdebían contribuir a estimular eldesarrollo económico y social y ofre-cer grandes posibilidades de pro-greso de manera de permitir laeliminación de las desigualdadeseconómicas y sociales; que la inte-gración debía alcanzar la armoni-zación progresiva de los regímenesde relaciones laborales, inspirán-dose en los principios interna-cionalmente reconocidos por la OITy en la promoción de la aplicaciónrigurosa de los derechos de los tra-bajadores, consagrados en las le-yes de cada país y en losinstrumentos emanados de dichoorganismo. Interesaron especial-mente a esta Conferencia: la Mo-dernización de los ministerios detrabajo; el diálogo social; la fuerzade trabajo del futuro; la recon-ver-sión productiva, y la formaciónprofesional, la integración econó-mica y su incidencia sobre el em-pleo e información sobre losmercados de trabajo.

En la XI Conferencia realizada enViña del Mar, en 1998, se aprobó laDeclaración y el Plan de Acción deViña del Mar los que abarcaronocho temas relacionados con lasreformas a los mercados de trabajo,las relaciones laborales, la capaci-tación de la fuerza de trabajo, laprotección a los trabajadores cesan-tes, los sistemas de informaciónlaboral, el cumplimiento de las nor-mas laborales, la modernización dela justicia laboral, el diálogo socialy la negociación colectiva.

Posteriormente, en la XII Conferen-cia celebrada en Ottawa, en el 2001,se ha asegurado continuidad a lostrabajos de Viña del Mar asumien-do especialmente los mandatos delos Jefes de Estado en su Cumbre deQuébec. Es de destacar en la agen-da de esta Conferencia, en forma

especial la supervisión de la Decla-ración de OIT relativa a los Princi-pios y Derechos Fundamentales enel Trabajo y su Seguimiento (1998),así como el enfoque de esta organi-zación respecto de su concepto de“trabajo decente”. Dentro de los te-mas especialmente abordados seencuentran los relativos al trabajoinfantil y a la agenda de género.

La mayoría de los países latinoa-mericanos han asumido el compro-miso de respetar los derechosfundamentales del trabajo obligán-dose en tal sentido mediante la ra-tificación de los conveniosfundamentales de la OIT Al mismotiempo se encuentran profunda-mente vinculados con los derechoslaborales fundamentales en el mar-co de diversos compromisos antesmencionados en el marco de laOEA, muchos de los cuales han sidoratificados e incorporados en sunormativa nacional.

Los países del hemisferio son miem-bros plenos del Sistema Laboral In-teramericano que funciona en elseno del sistema interamericano.Dicho órgano del que forma partela Conferencia de Ministros delTrabajo, cuenta además con parti-cipación tripartita restringida, conun programa de acción y con apoyotécnico de la OEA y de la OIT.

La Declaración Ministerial de Qui-to emitida el 1° de noviembre del2002 formuló una declaración ex-presa sobre las normas laborales“renovando nuestro compromisode respetar la Declaración Relativaa los Principios y Derechos Funda-mentales en el Trabajo y su Segui-miento de la OrganizaciónInternacional del Trabajo (OIT) de1998, reconociendo que dicha Or-ganización es la entidad competen-te para promover, establecer yocuparse de esas normas funda-mentales en del trabajo”.

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Los Ministros responsables del Co-mercio reunidos en Quito destaca-ron adicionalmente “que laConferencia Interamericana deMinistros del Trabajo (CIMT), ac-tuando en la Declaración y el Plande Acción de la Cumbre de Québec,estableció en su Conferencia deOttawa (2001) un Grupo de Traba-jo Relativo a las Dimensiones La-borales en el Proceso de la Cumbrede las Américas, para examinarentre otras, las cuestiones de laglobalización relacionadas con elempleo y el trabajo, “cuyos resulta-dos apreciaríamos conocer”. LosMinistros reiteraron su rechazo “aluso de normas laborales con finesproteccionistas” y “muchos Minis-tros reconocieron que las cuestio-nes laborales no deberían serinvocadas como condicionamien-tos ni sometidas a disciplinas cuyoincumplimiento esté sujeto a res-tricciones o sanciones comercia-les.”

Potestad para promover elcomercio (Trade PromotionAuthority-TPA)

Del fast track al TPA.

El vínculo entre normas laborales yliberalización comercial ha adqui-rido gran actualidad con motivo dela reciente aprobación del TradePromotion Authority –TPA- (Potes-tad para Promover el Comercio), leyque mandata al Presidente de losEEUU. para llevar a cabo negocia-ciones comerciales con tercerospaíses, sea en ámbitos multi o bila-terales, con la especial característi-ca que los acuerdos que alcance sólopueden ser discutidos y aprobadoso rechazados en bloque, con lo quedesapareció una de las mayores di-ficultades que entorpecían el pro-ceso de liberalización comercial deEstados Unidos.

El Presidente Bill Clinton intentóen varias oportunidades conseguiresta facultad, bajo la fórmula deldenominado “fast track” (vía rápi-da) pero el Congreso de dicho paíssólo se la concedió inicialmentepara las negociaciones del Tratadode Libre Comercio de América delNorte y de la Ronda Uruguay, en1994, debiendo quedar reiterada-mente aplazada su discusión porposiciones encontradas entre losmiembros del Congreso, del Parti-do Republicano y del Demócrata ymuy especialmente debido a lostemores que generaba la liberaliza-ción comercial debido a los temaslaborales.

En el año 2002, una nueva iniciati-va del Presidente Bush y conduci-da por Robert Zoellick, el actualRepresentante Comercial de suAdministración, condujo a unaestrecha pero final aprobación enambas ramas del Congreso de Esta-dos Unidos del TPA en virtud delcual se confiere a la administraciónde EEUU. la facultad de negociaracuerdos de libre comercio, mencio-nándose expresamente a acuerdosinternacionales en la OrganizaciónMundial de Comercio, en el Áreade Libre Comercio de las Américas,o nominativamente con Chile y/ oSingapur.

Esta iniciativa ha tenido una mani-fiesta prioridad política evidencia-da tanto por el grado deinvolucramiento desplegado por elpropio Presidente de EEUU. y susprincipales asesores como por elnivel del debate suscitado con mo-tivo de ella. Por una parte se lo hamencionado como un elementoimportante para el relanzamientode la economía de dicho país perolos detractores estimaron que afec-taría importantes sectores de laeconomía de EEUU y por tanto elempleo de sus trabajadores.

Se evidenciaron muchas resisten-cias por parte de diversos sectoresque no desean abrir la economía deese país y que temen la liberaliza-ción del comercio y de las inversio-nes. La organización sindical másimportante de EEUU, la poderosaAFL-CIO, se opuso radicalmente ala iniciativa del TPA temiendo con-secuencias negativas para los tra-bajadores estadounidenses en elempleo y en sus condiciones de tra-bajo. Si bien, en general los repre-sentantes del ala demócrata delCongreso votaron en contra, varioscongresistas que votaron a favorsólo lo hicieron cuando se aceptócomo condición previa la aproba-ción conjunta de una Ley denomi-nada Asistencia de AjusteComercial (“Trade AdjustementAssistance”-TAA) en virtud de lacual se establece un Programa des-tinado a favorecer a las personasque se vieran afectadas en el em-pleo como consecuencia del comer-cio internacional a que diera lugaresta iniciativa. Adicionalmente, seconcedieron protecciones especia-les a la industria del acero y se es-tablecieron subsidios agrícolas quehan causado numerosas objecionesdesde diversos sectores y países.Las disposiciones del TPA con re-lación a las normas laborales ten-drán ocasión de ser implementadascon ocasión de dos negociaciones,con Chile y Singapur, que terminanprobablemente en diciembre del2002, aun cuando la aprobaciónfinal de los acuerdos que se logrendeberá ser discutida y aprobada enlos respectivos Congresos naciona-les durante el año 2003 para quedichos acuerdos puedan entrar envigencia a partir del 2004.

En el marco de las negociacionespara un Tratado de Libre Comercioentre Chile y Estados Unidos laCentral Unitaria de Trabajadoresde Chile y la AFL-CIO de EEUU.suscribieron una inédita Declara-ción Conjunta en la que compartenuna misma visión sobre la necesi-

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dad de encaminar las políticas re-gionales hacia un desarrollo demo-crático, equitativo y sustentable. Apropósito del Tratado de Libre Co-mercio propuesto entre Chile yEEUU. señalan que “dichos acuer-dos se deben negociar en formademocrática y transparente, debenabordar la creciente desigualdadentre las naciones y al interior delas mismas y deben, además, res-petar los derechos fundamentalesde los trabajadores como tambiénlos derechos humanos en general ylos que tienen relación con el medioambiente.”

Ambas organizaciones, con la fir-ma de sus respectivos Presidentes,Arturo Martínez y John J. Sweeney“se unen para hacer un llamado asus respectivos gobiernos, instán-dolos a incluir obligaciones ejecu-tables en el texto principal decualquier futuro acuerdo comercialentre Chile y Estados Unidos, demodo de garantizar el efectivo cum-plimiento de la legislación laboralinterna y los derechos fundamen-tales de los trabajadores estableci-dos por la OIT, mediantemecanismos que fomenten y prote-jan los derechos de los trabajado-res, siempre y cuando dichosmecanismos no constituyan incen-tivos al proteccionismo.” Esta últi-ma frase aludiendo expresamenteal proteccionismo llamó la atenciónde los observadores del proceso.

Por su parte la AFL-CIO ha venidoplanteando la necesidad de esta-blecer como principio fundamen-tal el de la equivalencia (parity)entre todos los temas del TLC, valedecir que los asuntos laborales ten-gan el mismo estatuto que las de-más materias del tratado y queformen parte del mismo esquemade solución de controversias.

En su opinión los aspectos labora-les tienen directa relación con elcomercio y propugnan que se eviteque las economías ganen ventajas

competitivas a través de estándareslaborales menores. Abogan porquese apliquen sanciones comercialesya que ven en su aplicación un efec-to en la mejoría de los estándareslaborales.

Objetivos del TPA

El TPA menciona como objetivoscomerciales para los EE. UU. la ob-servancia de lo que denomina nor-mas laborales fundamentales, quecorresponden a los principios con-tenidos en el SGP de Estados Uni-dos, esto es normas relativas alibertad sindical, negociación co-lectiva, trabajo forzoso y trabajoinfantil, así como condiciones detrabajo respecto de salarios míni-mos, jornadas de trabajo y seguri-dad y salud ocupacional. Se haceespecial mención al convenio N°182 de OIT sobre la prohibición delas peores formas del trabajo infan-til y la acción inmediata para sueliminación, contemplándoselecomo objetivo principal de nego-ciación (sección 2102 (b)(17)) e in-corporándolo dentro de lasprioridades de promoción en la sec-ción 2102 (c)(2).

Autonomía normativa y admi-nistrativa

Dentro de los objetivos específicosen materia laboral, se reconocecomo principio el de la soberaníadesde que los diferentes Estadostienen el derecho de ejercer ladiscrecionalidad en cuanto a regu-laciones y administración del tra-bajo y que no puede haber retorción(retaliation) cuando la otra parte haejercido de manera razonable susfacultades discrecionales respectoa sus leyes laborales.

Control del Congreso de losEEUU

Adicionalmente, el TPA mencionaen su sección sobre promoción deprioridades (sección 2102(c)) querespecto de cualquier tratado co-mercial que se pretenda implemen-tar conforme con la autorizacióncontenida en el TPA, la Adminis-tración de EE.UU. debe consultarcon los países interesados acercade sus respectivas leyes laborales yproporcionar asistencia técnica atales países si fuera necesaria y muyespecialmente acerca del cumpli-miento de las normas vigentes so-bre trabajo infantil.

Estudio de impactos labora-les

Junto con establecer mecanismosde consulta y cooperación bilateralpara fortalecer la protección de losderechos laborales en cada país conel cual EEUU. suscriba tratados delibre comercio, el TPA dispone quese debe estudiar el impacto laboralde los acuerdos futuros en el terri-torio de los EEUU. los que deberánponerse a disposición del público.

A modo de conclusión

Todos los procesos políticos, socia-les y económicos y todas las políti-cas públicas, nacionales einternacionales, deben en primeray última instancia procurar unamejoría de la calidad general de lascondiciones de vida de sus ciuda-danos. El centro es la persona hu-mana. Particularmente, todas laspolíticas públicas debieran tam-bién centrar su atención en cómoponer en condiciones de igualdadde oportunidades a quienes se en-cuentran con mayores dificultadesy en generar trabajo decente paratodos, con el objeto de promoversociedades más integradas y social-mente cohesionadas.

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De este modo, al mismo tiempo queel libre comercio podría aumentary mejorar el consumo de la pobla-ción por las ventajas que persiguecon la libre competencia en merca-dos más abiertos, deben analizarselas consecuencias que tienen estosprocesos, las que debieran ser apro-vechados para impulsar mayores ymejores oportunidades y calidadde empleo, en términos que las con-diciones de trabajo y las remunera-ciones evolucionen positivamente,y que la protección social se forta-lezca y expanda; elementos consti-tutivos todos ellos del trabajodecente.

Las alianzas comerciales regiona-les representan uno de los fenóme-nos que distinguen nuestra era. ElALCA es un gran desafío para lospaíses del continente americano. Suconstrucción debe considerar elcontexto histórico, las especi-ficidades de la región, las asime-trías de los países miembros y lasideas-fuerza que inspiran a losnegociadores. Tal como la globa-lización puede tener consecuenciapositivas o negativas, el acuerdoque los países alcancen en torno alALCA puede también ser o no be-neficioso. La diferencia es que laglobalización sin reglas deja al im-perio del mercado, no siempre per-fecto, los altibajos de las economías,en las que aquellas más fuertes olas grandes multinacionales tienenamplio margen de maniobra endetrimento de economías más pe-queñas. En cambio, en el procesoALCA, los países, a través de susgobiernos pueden y deben ejercersu voluntad colectiva para diseñarproyectos de liberalización comer-cial que aumenten las oportunida-des y ventajas y disminuyan lasamenazas y desventajas. Tales de-cisiones colectivas traslucirán elacierto o desacierto de los gober-nantes. En medio de una negocia-ción difícil, es imperioso que elacuerdo que se alcance sea benefi-cioso para todos los países invo-

lucrados, lo que de alguna maneraestá garantizado por el hecho quelos acuerdos se adoptan por la víadel consenso.

Abordar la dimensión social deestos procesos resulta insoslayableen esta hora y es obviamente unaobligación de primer orden medircuidadosamente las consecuenciaspositivas y negativas de las inicia-tivas de integración, particular-mente en el empleo y condicionesde trabajo. Esta preocupación estanto más importante cuanto sepercibe claramente que hay secto-res laborales que se ven muy ex-puestos en atención a laheterogeneidad de los recursoshumanos así como de las empre-sas. Los sectores de punta, con tra-bajadores altamenteespecializados, tanto en rolesgerenciales como técnicos, cierta-mente se verán muy fortalecidos enestos procesos. Los sectores de lapequeña, mediana, y especialmen-te de la micro empresa, y sus res-pectivos trabajadores, en áreasatrasadas de la economía, sin tec-nología, pueden sufrir consecuen-cias negativas que todo aconsejaprevenir.

En el ámbito de las políticas públi-cas los cambios en la tecnología yen el intercambio internacional debienes y servicios han provocadola imperiosa necesidad de adaptar-se a ellos. Esta adaptación signifi-ca medir el impacto de los cambiose identificar los mecanismos paraaprovechar las ventajas que ellosprovocan, así como evitar sus con-secuencias negativas. Muchas em-presas han visto afectada sucompetitividad y por ende se venobligadas a aumentar su producti-vidad. La búsqueda de mayoresrendimientos productivos ha pa-sado a tener como objetivo no sólola búsqueda de mayores gananciassino el de supervivencia, desde queempresas improductivas se venobligadas a cerrar sus puertas y con

ello, muchas personas han conoci-do y conocen el desempleo. Aúnmás, en la búsqueda de mejorar superformance, muchas empresashan disminuido sus plantillas demanera indefinida, incorporandomayor tecnología para disminuirsus costos de producción. Igual-mente, se han visto medidas desti-nadas a reducir los costosremuneracionales y no remu-neracionales en el ámbito laboralen la búsqueda del mismo objetivo.

Sin embargo, en la relación NorteSur también aparece como inevita-ble alcanzar un compromiso sobrecómo abordar la permanente pre-sión política sobre el comercio ba-sada en las normas laborales y quelleva al ciudadano consumidor deNorte América a preferir inclusoproductos más caros antes que pro-ductos de países en desarrollo sitoman conocimiento que se produ-cen con vulneraciones de derechoslaborales básicos. 36

No cabe duda también que resultaimposible equiparar u homologarnormas o estándares laborales. Deallí entonces que una forma de equi-librar esta relación lo constituya elconcepto de cumplimiento de lapropia ley. Este es el concepto cen-tral del mecanismo del Acuerdo deCooperación Laboral de Américadel Norte y del Acuerdo adoptadoentre Canadá y Chile. Ha sido tam-bién recogido en el Tratado de Li-bre Comercio suscrito hacia el año2000 entre EEUU y Jordania y estátambién en el TPA.

La fuerza de negociación otorgadapor el Trade Promotion Authority(TPA) puede permitir a la Admi-nistración de EEUU. ofrecer térmi-nos de liberalización comercial asus eventuales socios comercialesy, al mismo tiempo, con un balancesuficiente, solicitarles la suscrip-ción de compromisos laborales con

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mecanismos de ejecutabilidad queden garantías de seriedad de loscompromisos.

Acorde con lo anterior resultarátambién estratégico e indispensa-ble abordar mecanismos que ase-guren el cumplimiento efectivo delos derechos de los trabajadores,muy especialmente sus derechosfundamentales mediante los insti-tutos clásicos que la civilizaciónjuslaboralista ha venido desarro-llando desde los albores de la Re-volución Industrial y del Derechodel Trabajo, esto es, la Inspeccióndel Trabajo37 y la Judicatura delTrabajo38.

Independientemente de la relaciónque con motivo de los nuevos acuer-dos de libre comercio se cree entrecomercio y normas laborales, estosprocesos dinamizarán aún más losprocesos internos, con nuevastransformaciones. Estas debieranenmarcarse en visiones de país paralo cual se hacen indispensables losmecanismos de diálogo social, ensus diferentes niveles, nacional,sectorial, territorial o en el ámbitode empresa, que pueden versar so-bre aspectos generales o específi-cos. De este modo puede evitarse elconflicto abierto, creando climas la-borales menos conflictivos, en quelos problemas y dificultades, espe-cialmente los propios de procesosde cambios que generan dolorosasmedidas de administración, pue-dan discutirse. Adicionalmente setrabaja también para evitar estaconflictividad abierta con mecanis-mos alternativos de resolución deconflictos como la mediación y laconciliación.39

En suma, existen tendencias coin-cidentes en orden a mejorar los am-bientes laborales de los diferentespaíses con normas e institucionesque las promocionen, especialmen-te en cuanto se trata de normas fun-damentales respecto de las cualesexisten consensos universales. Porotra parte existen consensos igual-mente generales sobre la importan-cia de alcanzar los mayores gradosposibles de liberalización comer-cial en la región. No hay dificulta-des para alcanzar gradosimportantes de coincidencia entrepaíses de relativa homogeneidadeconómica sobre normas laborales.Sin embargo, los ambientes se ten-san en cuanto a la discusión denormas laborales en el contextocomercial internacional cuando setrata de discusiones Norte-Sur, enque la justa causa de la justiciasocial aparece para algunos comoun pretexto proteccionista en queel objetivo es levantar barreras,eventuales o no, al comercio. De-penderá de los términos de la libe-ralización comercial y del conjuntode los acuerdos si los países acep-tarán finalmente incorporar talescompromisos con ocasión de ladiscusión del ALCA.

Los desafíos normativos que plan-tean tanto los procesos de liberali-zación comercial como deintegración en cuanto a su dimen-sión social deben necesariamenteresponder a todos los requerimien-tos antes planteados, que por ciertohan cambiado desde los comien-zos de siglo, pero cuya esenciahumanista permanece inalterabledesde la Declaración sobre fines yobjetivos de la OIT, de 1944, másconocida como la Declaración de

Filadelfia y que hoy se expresa en elsencillo pero no menos profundoconcepto de trabajo decente.

De lo que se trata finalmente es dealcanzar el justo equilibrio entre losbeneficios que debería proporcio-nar el libre comercio y por otra par-te que esos beneficios no destruyanlos beneficios sociales desarrolla-dos por las sociedades más desa-rrolladas y, al mismo tiempo,permitan también a las sociedadesmenos industrializadas alcanzartambién los beneficios del desarro-llo económico y social, con todassus implicancias en democracia,buen gobierno, equidad social ysustentabilidad económica.

¿Utopías? No está demás recordarla importancia de la utopía en laspalabras de Eduardo Galeano:

«La utopía está en el horizonte.Me acerco dos pasos,ella se aleja dos pasos.Camino diez pasosy el horizonte se corre diez pasos másallá.Por mucho que yo camine, nunca laalcanzaré.¿Para qué sirve la utopía?Para eso sirve:para caminar.»

Complementario con el poema an-terior y para finalizar agregaría unpensamiento de más larga data deLao Tse:

“Un camino de mil millas

se inicia con el primer paso.“

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NOTAS

2 Ferreira, M.C. 2002, “La Dimensión social de la integración. La experiencia del Mercosur” en Dimensión social de la globalizacióny de los procesos de integración, Documento de Trabajo N°146 (Santiago, OIT); Lazo, P. 2000, “Mercosur-Chile: ¿Su futuraadhesión? Aspectos sociolaborales de la integración de Chile al Mercosur” en Procesos de Integración. Los protocolos Laborales.(Santiago, Fundación Friedrich Ebert )3 Ciudad A., 2001 “Las Normas Laborales y el Proceso de Integración en las Américas” (Lima, OIT).4 Herrera B., 1999 “La integración centroamericana en perspectiva.”, Documento de Trabajo N° 115, ETM América Central (Lima,OIT).5 Salazar J.M. y Obert M., 2001, “Acuerdos comerciales regionales” en Hacia el Libre Comercio en las Américas (Washington DC,Brookings Institution Press).6 Frohmann A., 1999, “Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Balance de la primera etapa del proceso de integracióncomercial hemisférica” (Santiago, FLACSO).7 UNCTAD, informe 2002, citado por EFE y reproducido por El Mercurio, (Santiago, 13 de agosto 2002).8 N. del A. El Consenso de Washington fue inicialmente formulado por John Williamson en un texto titulado “What Washingtonmeans by policy reform”, en John Williamson, ed., Latin American Adjustment: how much has happened? (Washington, D.C.:Institute for International Economics.). Washington implica el complejo político-económico-intelectual integrado por los organismosinternacionales (FMI-BM), el Congreso de los EEUU, la Reserva Federal, los altos cargos de la Administración y los grupos deexpertos con sede en esa capital. El mismo autor ha actualizado en 1996 su visión en un artículo titulado “The Washington ConsensusRevisited”, (Washington, Institute for International Economics).9 Stiglitz J., 2002, “El malestar de la globalización”, (Buenos Aires, Taurus).10 De Silva S. 2001, “¿Es la globalización la razón de los problemas socioeconómicos nacionales?, (Ginebra, OIT-Actem). Véasesitio web: www.oit.or.cr11 Klein N., 1999, “No logo: Taking aim at the Brand Bullies”. Véase sitio Web:nologo.org/book/12 Hobsbawm E.,1999, “Historia del Siglo XX”, (Buenos Aires, Grijalbo Mondadori).13 N. del A.: Los países son: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia,Costa-Rica, Dominica, El Salvador, Ecuador, Estados Unidos, Granada, Guatemala, Guayana, Haití, Honduras, Jamaica, México,Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Santa Lucía, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas,Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.14 Declaración de Québec. 2001.15 Informe ALCA, N° 1, 2002, (Fundación Friedrich Ebert, Edición Consultoría Económica Social Integrada –CESI-).16 Bustos P. 2002, Comentarios sobre texto preliminar en Seminario de fecha 10 de octubre del 2002, organizado en Santiago por laFundación Friedrich Ebert .17 Padrón A., Comentarios, ibid anterior.18 Jakobsen K., Comentarios, ibid anterior.19 Pey C., Comentarios, ibid anterior.20 Lecuyer N., 2000 “Les nouvelles administrations du travail. Des acteurs du développement” (Ginebra, OIT).21 Pla A. 1965, “Los Convenios Internacionales del Trabajo”, (Montevideo, Biblioteca de publicaciones oficiales de la Facultad deDerecho y Ciencias Sociales de la Universidad de la República).22 Banco Mundial 1995 “Trabajadores en el Mundo en Integración” (Washington).23 Jatobá V., 2002, “Inspección del Trabajo en el Marco de la Modernización del Estado”, Documento de Trabajo N°148 (Santiago,OIT).24 Pastore J. 1997, (Brasil, CNI).25 Herrera B. 2001, “El sindicalismo en el milenio de la globalización”. Véase en Anexo I “La dimensión social del comerciointernacional: Declaración conjunta de CIOSL, CMT y CES. 2001”. (Lima, OIT).26 Somavía J. 2002, Discurso ante la XII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo. Octubre 2001, en “La DimensiónSocial de la globalización y de los procesos de integración” . Documento de Trabajo N°146, (Santiago, OIT).27 ORIT, 1997, citado por Herrera B., obra citada.28 N. del A. No sólo EEUU. tiene un SGP. En general los países desarrollados lo han venido implementando siguiendo acuerdosadoptados en el marco de las conferencias de UNCTAD. Sin embargo es el SGP que tiene una mayor divulgación y aplicación.29 19 USC 246230 19 USC 270131 19 USC 320132 Verge P. 2002 “Presentación analítica del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN) en Documento deTrabajo N°146 La Dimensión Social de la Globalización y de los Procesos de Integración” (Santiago, OIT).33 Ferreira M.C., obra citada.34 Mark W. 2002, “La dimensión social de la integración y la modernización de la administración laboral. Experiencia delCARICOM”. Documento de Trabajo N°152, (Santiago, OIT).35 Ciudad A., obra citada.

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36 Freeman R. 2002, “The Battle over Labor Standards in the Global Economy” documento presentado en Seminario de Expertos(Buenos Aires, BID-LATN).37 Jatobá V. obra citada.38 Sappia J., 2002, “Justicia Laboral y medios alternativos de solución de conflictos colectivos e individuales del trabajo”, Documentode Trabajo N°149 (Santiago, OIT).39 Morgado E., 2002 “América: El diálogo social y los actuales procesos de cambios económicos y tecnológicos”, Documento deTrabajo N°153, (Santiago, OIT)..

Publicaciones anteriores de la Serie Estudios sobre el ALCA:Nr. 1. El Proyecto del ALCA visto desde Europa, Susanne Gratius, Octubre 2002Nr. 2. Brasil y el ALCA. El estado del debate desde la victoria de Lula, Fátima V. Mello, Noviembre 2002Nr. 3. El ALCA en la perspectiva de Colombia, Jorge R. Pulecio, Noviembre 2002Nr. 4. Argentina y el ALCA, Pablo Bustos, Diciembre 2002Nr. 5. México y el ALCA: Una discusión bajo la sombra del TLCAN y de los EEUU, Gerold Schmidt, Febrero 2003Nr. 6. La política de cohesión de la Unión Europea - ¿Un modelo a seguir por un ALCA futuro?, Christian Weise, Febrero 2003Nr. 7. Debate en torno al ALCA: Caso Peruano, Alan Fairlie Reinoso, Marzo 2003Nr. 8. Bolivia y el ALCA: El debate sobre la integración hemisférica, Raúl Barrios, Marzo 2003Nr. 9. Ecuador y el ALCA: Un mar de dudas, Javier Ponce, Marzo 2003

Estos estudios están disponibles en su versión PDF en www.fes.cl/alca.htm