Estudio de viabilidad de la adaptación de la línea de FEVE en Asturias a los 160 km/h

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ANUNCIO PERFIL DE CONTRATANTE ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL EXPEDIENTE NÚMERO 152/09 (03/47/022) PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “ESTUDIO DE VIABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA DE LA CAPACIDAD DE LA LINEA SANTANDER-FERROL PARA ADAPTARLA A LA VELOCIDAD DE CIENTO SESENTA KILÓMETROS POR HORA. 1.- Entidad adjudicadora : i) Entidad: FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (FEVE) ii) Domicilio: C/ General Rodrigo nº 6 iii) Localidad y Código Postal: Madrid, 28003 iv) Teléfono: 91 453 38 00 v) Fax: vi) Dirección de correo electrónico: vii) Dirección del perfil del contratante: www.feve.es 2.- Objeto del contrato : i) Tipo de contrato: SERVICIOS ii) Descripción del objeto: Desarrollo del estudio de viabilidad técnica y económica del acondicionamiento y la duplicación de vía para adaptarla a la velocidad de hasta 160 km./h de la línea de FEVE entre Ferrol y Santander. iii) Código CPV: 71356200 Código NACE: iv) Número de unidades a entregar: v) División por lotes y número: No vi) Variantes: No vii) Lugar de ejecución: Galicia, Principado de Asturias y Cantabria viii) Duración del contrato o fecha límite de entrega: 3 meses. Expte. 152/09 (03/47/022) 4

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ANUNCIO PERFIL DE CONTRATANTE ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL EXPEDIENTE NÚMERO 152/09 (03/47/022) PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “ESTUDIO DE VIABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA DE LA CAPACIDAD DE LA LINEA SANTANDER-FERROL PARA ADAPTARLA A LA VELOCIDAD DE CIENTO SESENTA KILÓMETROS POR HORA. 1.- Entidad adjudicadora:

i) Entidad: FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (FEVE) ii) Domicilio: C/ General Rodrigo nº 6

iii) Localidad y Código Postal: Madrid, 28003

iv) Teléfono: 91 453 38 00

v) Fax:

vi) Dirección de correo electrónico:

vii) Dirección del perfil del contratante: www.feve.es

2.- Objeto del contrato:

i) Tipo de contrato: SERVICIOS

ii) Descripción del objeto: Desarrollo del estudio de viabilidad técnica y económica del acondicionamiento y la duplicación de vía para adaptarla a la velocidad de hasta 160 km./h de la línea de FEVE entre Ferrol y Santander.

iii) Código CPV: 71356200 Código NACE: iv) Número de unidades a entregar: v) División por lotes y número: No

vi) Variantes: No vii) Lugar de ejecución: Galicia, Principado de Asturias y Cantabria viii) Duración del contrato o fecha límite de entrega: 3 meses.

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3.- Procedimiento:

i) Dirección proponente: Dirección General Adjunta. ii) Número de expediente: 152/09 (03/47/022) iii) Procedimiento: ABIERTO iv) Presupuesto base de licitación: 260.000 € (Doscientos sesenta mil euros) v) Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).- Dirección General Adjunta.

b) Domicilio: c/ General Rodrigo, 6 c) Localidad y Código Postal: Madrid 28002 d) Teléfono: 914533812 e) Correo electrónico: [email protected] f) Fax: g) Perfil del contratante: www.feve.es h) Fecha límite de obtención de documentación e información: 2 días antes de

la fecha de entrega de documentación. vi) Capacidad jurídica y de obrar:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar, conforme a lo indicado en el Pliego de Condiciones Técnicas y en las Normas Internas de Contratación de FEVE.

b) No estar incurso en causas de prohibición o incompatibilidad para contratar

conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares que rigen la contratación.

c) Sometimiento a las leyes españolas y a los Juzgados y Tribunales de Madrid. d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la

Seguridad Social. e) Disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil por daños personales y

materiales derivados de la ejecución del contrato, de conformidad con lo exigido en el Pliego de Condiciones Particulares.

vii) Solvencia económica y financiera:

Se acreditará de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares que rige la presente contratación.

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viii) Solvencia técnica y profesional:

La acreditación de la solvencia técnica y profesional del empresario se realizará conforme a lo previsto en el Pliego de Condiciones Particulares.

ix) Clasificación (en su caso):

Grupo, subgrupo y categoría. Se adjuntará una declaración responsable, debidamente sellada, firmada y cumplimentada, certificando que la clasificación no ha sufrido ninguna modificación respecto a la acreditada.

x) Criterios de adjudicación:

Se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa teniendo valorada a partir de los criterios que figuran en el Pliego de Condiciones o en la invitación a licitar o negociar.

xi) Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha y hora límite de presentación: 7 de Diciembre de 2009 a las 12.00 h. b) Documentación a presentar: Las empresas que reúnan los requisitos exigidos

en este anuncio y estén interesadas en participar en este procedimiento ABIERTO deberán presentar la documentación correspondiente o solicitud de participación, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Condiciones Particulares que se encuentra a disposición de los licitadores en la dirección señalada en el apartado 3.v) de este anuncio.

c) Lugar de presentación: FEVE (Dirección General Adjunta) c/ General Rodrigo, 6 28003 Madrid

xii) Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE)

b) Domicilio: c/ General Rodrigo, 6

c) Localidad: 28003 Madrid

d) Fecha: 11 de diciembre de 2009

e) Hora: 12.00 h.

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4.- Otra información: i) Garantía:

Publicada la adjudicación del contrato, el Adjudicatario está obligado a constituir la correspondiente garantía, en el plazo máximo de 15 días naturales desde la notificación de la adjudicación, y por cuantía equivalente al 5% del importe de adjudicación, IVA excluido

ii) Gastos de publicidad:

El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo: 1.500 €.

iii) Fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de las Comunidades Europeas

(en su caso) iv) Perfil del contratante: Es accesible desde las siguientes páginas Web:

www.feve.es En Gijón a, 27 de Noviembre de 2009

Fdo. Amador Robles Tascón Director General

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (V2 Marzo 2009) Expte. 152/09 (03/47/022)

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ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA DE CAPACIDAD DE LA LÍNEA SANTANDER-FERROL PARA ADAPTARLA A LA VELOCIDAD DE 160 KILÓMETROS POR HORA, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO

Expte.: 152/09 (03/47/022)

A) OBJETO DEL CONTRATO 1.- Denominación: Asistencia Técnica para la realización del Estudio de viabilidad técnica y económica del acondicionamiento y mejora de capacidad de la línea Santander-Ferrol para adaptarla a la velocidad de 160 kilómetros por hora 2.- Clave: 03/47/022 3.- Fecha de aprobación de la licitación: 26 de noviembre de 2009 4.- Comunidad Autónoma: Cantabria, Principado de Asturias y Galicia 5.- Provincia: Cantabria, Asturias, Lugo y A Coruña Nomenclatura NACE: Código CPV: 713221 B) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: 1.- Procedimiento: Abierto 2.- Forma de adjudicación: Varios criterios de valoración. 3.- Sistema de tramitación: Urgente C) FINALIDAD DEL CONTRATO: Conocer la viabilidad técnica y económica del acondicionamiento y mejora de capacidad de la línea Santander-Ferrol para adaptarla a la velocidad de 160 kilómetros por hora

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D) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

- Presupuesto en cifra (IVA excluido): 260.000.-€ - Presupuesto en letra (IVA excluido): DOSCIENTOS SESENTA MIL EUROS

- Importe del IVA en cifra: 41.600.-€ - Importe del IVA en letra: CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS EUROS

Anualidades: Prepuesto: IVA: Total: 2009 260.000 41.600 301.600 E) APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 03/47/022 F) REVISIÓN DE PRECIOS No revisión. G) FINANCIACIÓN CON FONDOS EUROPEOS

- Existen No -

H) GASTOS DE PUBLICIDAD El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo: 1.500.-€ I) LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas se presentarán en: Ferrocarriles de Vía Estrecha, Feve

Dirección General Adjunta c/ General Rodrigo, 6-2ª planta 28003 MADRID

En el plazo previsto en el anuncio de licitación. En la forma prevista en el Cláusula Octava del presente Pliego de Condiciones Particulares. Nota: La empresa licitadora deberá remitir dentro del Sobre C (DOCUMENTACIÓN TÉCNICA), 1 CD-ROM no regrabable con una etiqueta indicativa de la razón social y el nº de expediente de licitación, que reproducirá íntegra y fielmente el contenido de la documentación facilitada en soporte papel.

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J) ADMISIÓN DE VARIANTES

- Se admiten: No K) SOLVENCIA 1.- Clasificación del Contratista: No exigible 2.- Para la concreción de las condiciones de solvencia: Los medios previstos en los Pliegos para acreditar la solvencia técnica o profesional de los licitadores, incluirán en todo caso, los siguientes:

- Experiencia en el desarrollo de estudios de viabilidad y estudios informativos ferroviarios - Experiencia en trabajos de estudios funcionales ferroviarios, con tratamiento específico de las condiciones de explotación.

- Experiencia en la realización de proyectos destinados a la potenciación del transporte ferroviario de mercancías compatible con los restantes tráficos

3.- Se exigirá a los licitadores el compromiso de adscribir específicamente los medios señalados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

L) PILOTO DE PREVENCIÓN: Homologación por FEVE o compromiso de hacerlo en el caso de que el desarrollo de los trabajos a realizan así lo requieran. M) GARANTÍA DEFINITIVA: Importe: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido Habrá de atenderse a lo dispuesto en la Cláusula Décima del presente Pliego de Condiciones Particulares. Se constituirá a disposición de FEVE, NIF: Q-2817008-B Mediante aval, o mediante ingreso en metálico en la cuenta que, a tal efecto, designe FEVE. N) PLAZO DE GARANTÍA: Un año

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Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO Página 4 de 6

O) EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Conforme se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Pliego de Condiciones Particulares, y con la siguiente ponderación: - Criterios técnicos: Ponderación de la Oferta Técnica (PT):

Coeficiente: … 50 Escala aplicable: A

- Criterios económicos: Ponderación de la Oferta Económica (PE):

Coeficiente: … 50 P) UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS

CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (PT) Para ser admitidos a la fase de evaluación global, se exigirá que en los criterios no evaluables mediante fórmulas los licitadores alcancen el siguiente umbral mínimo de puntuación técnica: 60 puntos Q) PLAZO DE EJECUCION: A los solos efectos de establecer el plazo de ejecución del servicio, se observará lo siguiente:

1. Plazo total: TRES (3) meses R) CONDICIONES DE EJECUCIÓN 1.- Adscripción de medios específicos:

- Se exige Si - En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si

2.- Seguro de accidentes durante la ejecución del contrato:

- Se exige Si No Por la suma asegurada de……. - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

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Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO Página 5 de 6

3.- Seguro de responsabilidad civil:

Por la cuantía de….. - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

4.- Cumplimiento de obligaciones de carácter social:

- Se exige Si No En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

5.- Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución:

- Se exige Si En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si

S) SUBCONTRATACIÓN El límite máximo aplicable para la subcontratación es: El legal del 60% El siguiente límite especial T) MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES

- Por correo certificado - Por correo electrónico: [email protected] - Por telefax - Página web www.feve.es

U) PERFIL DEL CONTRATANTE

Es accesible desde las siguientes páginas web: www.feve.es

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (V2 Marzo 2009) Expte. 152/09 (03/47/022)

Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO Página 6 de 6

Este Cuadro de Características forma parte inseparable del correspondiente Pliego de Condiciones Particulares (Pliego Abierto. Servicios v2 marzo 2009) que, junto con las Normas de Contratación de FEVE (v2 marzo 2009), el Pliego de Prescripciones Técnicas y el propio contrato establece el marco normativo y los derechos y obligaciones de las partes. Tanto las Normas de Contratación como el Pliego están disponibles en el perfil del contratante de FEVE (Véase apartado anterior). La participación en el presente procedimiento de contratación implica la aceptación íntegra e incondicional del Pliego de Condiciones, de las Normas de Contratación de FEVE y del Pliego de Prescripciones Técnicas.

En Madrid, 27 de noviembre de 2009

El Director General Adjunto,

Fdo.: Juan Díez López

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Secretaría General

V2 marzo 2009

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA

- F E V E -

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

ADJUDICACIÓN CONTRATO DE SERVICIOS

POR PROCEDIMIENTO ABIERTO

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Secretaría General

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (v2 marzo 2009) Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES ADJUDICACIÓN CONTRATO DE SERVICIOS

PROCEDIMIENTO ABIERTO CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES ..................4

CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO...................... 4 CLÁUSULA SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO, NATURALEZA Y JURISDICCIÓN . 4 CLÁUSULA TERCERA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN .................................. 5 CLÁUSULA CUARTA.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO ................................. 5 CLÁUSULA QUINTA.- PLAZO DE DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN .................. 6

CAPÍTULO SEGUNDO.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ..........7 CLÁUSULA SEXTA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ............. 7 CLÁUSULA SÉPTIMA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR................................ 7 CLÁUSULA OCTAVA.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE Y PRESENTACIÓN DE

PROPOSICIONES......................................................................................13 CLÁUSULA NOVENA.- ADJUDICACIÓN ......................................................30

CAPÍTULO TERCERO.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ....... 49 CLAÚSULA DÉCIMA.- GARANTÍA..............................................................49 CLÁUSULA UNDÉCIMA.- SEGUROS ...........................................................51 CLÁUSULA DUODÉCIMA.- FORMALIZACIÓN Y GASTOS DE FORMALIZACIÓN53 CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA.- EFECTOS DE LA FALTA DE FORMALIZACIÓN54 CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA.- CONFIDENCIALIDAD...................................54

CAPÍTULO CUARTO.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO .................. 55 CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.........................55 CLÁUSULA DECIMOSEXTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO56 CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.57 CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- VALORACIÓN Y ABONO DE LOS SERVICIOS

CONTRATADOS.......................................................................................57 CLÁUSULA DECIMONOVENA – REVISIÓN DE PRECIOS ................................59 CLÁUSULA VIGÉSIMA - PLAZO DE GARANTÍA............................................59 CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE

GARANTÍA .............................................................................................59 CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO, TRIBUTOS

Y OTROS GASTOS ....................................................................................60 CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- RIESGO Y VENTURA ...............................61 CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- CESIÓN...................................................62 CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- SUBCONTRATACIÓN.................................63 CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- INFRACCIONES Y RÉGIMEN SANCIONADOR..66 CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO..............70 CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ..................70

ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO........... 72 ANEXO II: PROPOSICIÓN ECONÓMICA .................................. 78

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Secretaría General

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (v2 marzo 2009) Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO

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ANEXO III: AVAL BANCARIO................................................... 82 ANEXO IV: RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES..................... 83 ANEXO V: FORMULARIOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA

SOLVENCIA ECONÓMICA................................................................. 84 ANEXO VI: DEL PERSONAL QUE INTERVENDRÁ EN LOS TRABAJOS

....................................................................................................... 87

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CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES

CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO

El objeto del Contrato es el indicado en el Cuadro de características anexo al

presente Pliego.

El contrato tiene como finalidad la consecución de los objetivos señalados en el

Cuadro de características anexo al presente Pliego.

CLÁUSULA SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO, NATURALEZA Y

JURISDICCIÓN

La contratación que sirve de base a este Pliego de Condiciones Particulares se regirá

por lo establecido en el mismo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante

PPTP), en las Normas de Contratación de FEVE, en la Ley 30/2007, de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público – en adelante LCSP – en el Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas y en cuanto a sus efectos y extinción

se regirán en todo caso por el derecho privado.

Asimismo, será de aplicación a la presente contratación la normativa comunitaria en

vigor sobre la materia.

El presente Contrato se califica como Contrato privado del Sector Público, de

acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 LCSP, y en concreto como Contrato de

SERVICIOS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LCSP.

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Para la resolución de cuantas cuestiones puedan surgir con motivo del presente

Contrato, será competente el orden jurisdiccional civil.

No obstante lo anterior, en los procedimientos iniciados para la adjudicación de

contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la

LCSP, de cuantía igual o superior a 211.000 euros, cabrá, en su caso, la

interposición del Recurso Especial de Revisión, conforme a lo dispuesto en el

artículo 37 de la LCSP.

CLÁUSULA TERCERA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El Órgano de Contratación estará constituido por el representante legal de FEVE,

facultad que según lo previsto en sus Estatutos, ostenta el Presidente de la Entidad.

El Órgano de Contratación podrá delegar o desconcentrar sus competencias y

facultades en materia de contratación mediante el otorgamiento de los

correspondientes poderes.

CLÁUSULA CUARTA.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO

El sistema para la determinación del precio del contrato será el que se determine en

el Cuadro de características anexo al presente Pliego, siendo su importe máximo a

efectos de licitación, el que figura en el citado Cuadro de característica anexo.

La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del

cumplimiento del contrato se establece en el Cuadro anexo.

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Secretaría General

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A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores

comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a

excepción del IVA, que figurará en cualquier caso como partida independiente.

En caso de que el objeto del contrato no se llegara a ejecutar íntegramente, solo se

abonará la prestación efectivamente realizada, conforme a los precios unitarios

aplicables.

Se han cumplido en FEVE los trámites precisos para asegurar la existencia de

crédito para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento del contrato.

En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio anterior al de iniciación de

la ejecución, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia

de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones del contrato en el

ejercicio correspondiente.

CLÁUSULA QUINTA.- PLAZO DE DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN

El plazo de duración será el propuesto por el licitador que resulte adjudicatario.

Dicho plazo no podrá ser superior al plazo máximo que figura en el Cuadro de

características anexo al presente Pliego, y en ningún caso podrá ser superior a 4

años, si bien podrá preverse en el contrato, antes de su finalización, la prórroga del

mismo por mutuo acuerdo de las partes, siempre que la duración total del contrato,

incluidas las prórrogas, no exceda de seis años y que en cualquier caso, las citadas

prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente.

Los plazos parciales serán los que en su caso, se fijen en la aprobación del

Programa de entregas a presentar por el licitador que resulte adjudicatario.

Todos los plazos comenzarán a contar a partir del día de la firma del contrato.

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CAPÍTULO SEGUNDO.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN

CLÁUSULA SEXTA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

El Contrato se adjudicará por el procedimiento ABIERTO, licitación pública con

publicidad.

La forma de adjudicación será la establecida en el Cuadro de Características, un

único criterio (precio) o varios criterios (valoración técnica y económica).

CLÁUSULA SÉPTIMA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR

1.- Podrán contratar con FEVE las personas físicas o jurídicas, españolas o

extranjeras, con plena capacidad de obrar, y que reúnan los requisitos de solvencia

económica, financiera y profesional (requisito este último que será sustituido por la

correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por la LCSP) y no se

encuentren incursos en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 49.1

de la LCSP.

2.- LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE

OBRAR DEL LICITADOR, SE REALIZARÁ POR LOS MEDIOS QUE SE

INDICAN A CONTINUACIÓN:

A. EMPRESAS ESPAÑOLAS

Las empresas cuyo titular sea una persona física, habrán de aportar

únicamente DNI del titular o fotocopia compulsada del mismo.

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (v2 marzo 2009) Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO

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Las empresas cuyo titular sea una persona jurídica, habrán de aportar

escritura de constitución de la Sociedad, inscrita en el Registro Mercantil, o,

en su caso, en el Registro Público que corresponda.

B. EMPRESAS EXTRANJERAS

Empresas comunitarias:

i) Si la legislación interna de su Estado exige la inscripción en un registro

profesional, será suficiente acreditar esa inscripción.

ii) Si su Estado no tiene establecido ese requisito, la capacidad de obrar se

acreditará mediante un certificado expedido por la Embajada de España en

el Estado correspondiente.

iii) Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas las

anteriores empresas nacionales de Estados Miembros de la Unión

Europea, exija una autorización especial o la pertenencia a una

determinada organización para poder prestar en dicho Estado el servicio

de que se trate, aquellas deberán acreditar que cumplen este requisito.

Empresas no comunitarias:

i) Certificado acreditativo de su capacidad de obrar expedido por la Misión

Diplomática Permanente española en el Estado correspondiente.

ii) Informe de la respectiva representación diplomática española de que el

Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la

participación de empresas españolas en la contratación con la

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (v2 marzo 2009) Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO

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Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público

asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma

sustancialmente análoga.

En todos los casos de empresas extranjeras, será necesaria la aportación de la

declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los

Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden para las incidencias que

de forma directa o indirecta, pudieran surgir del Contrato, con renuncia al

fuero jurisdiccional extranjero del licitante.

3.- LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA SE

ACREDITARÁ CONFORME A LOS SIGUIENTES PARÁMETROS:

Los documentos enumerados en los puntos A y B siguientes, serán sustituidos por

los datos de clasificación (Grupo, Subgrupo y Categoría) en los casos previstos en el

artículo 54 de la LCSP.

Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el

documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello,

debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo

previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.

A. Acreditación de la solvencia económica y financiera

La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará

mediante los siguientes medios:

i) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de

la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

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Secretaría General

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (v2 marzo 2009) Contrato de SERVICIOS - Procedimiento ABIERTO

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ii) Mediante la presentación de las cuentas anuales, correspondientes al último año,

presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda.

Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales

podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de

contabilidad debidamente legalizados.

iii) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el

volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del

contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en

función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en

la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen.

B. Acreditación de la solvencia técnica y profesional

La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en

cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, se acreditará a

través de los medios enumerados a continuación:

i) Relación de los servicios efectuados en el curso de los cinco últimos años,

avalada por certificados de buena ejecución para los más importantes; estos

certificados indicarán el importe, las fechas y si se realizaron según las reglas

por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su

caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de

contratación por la autoridad competente.

ii) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas

en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de los servicios,

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especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los

documentos acreditativos correspondientes.

iii) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la

empresa y, en particular, del responsable o responsables de los servicios.

iv) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental

que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

v) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su

personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la

documentación justificativa correspondiente.

vi) Declaración indicando la maquinaria, material o equipo técnico del que se

dispondrá para la ejecución del servicio, a la que se adjuntará la documentación

acreditativa pertinente.

Toda la documentación relativa a la solvencia económica, técnica o profesional

vendrá referida a la persona física o jurídica firmante de la proposición y/o a los

socios que la compongan.

4.- UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS.

Podrán concurrir uniones de empresarios (en adelante UTE) que se constituyan

temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en

escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.

Dichos empresarios responderán solidariamente ante FEVE y deberán nombrar un

representante o un apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar

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los derechos y cumplir las obligaciones del Contrato que se deriven hasta la

extinción del mismo.

Los empresarios que concurran a la licitación en UTE deberán aportar la

documentación requerida de modo individual, con independencia de la acreditación

de la condición en la que actúen.

Cada una de ellas deberá acreditar su capacidad, con arreglo a las anteriores normas

y además presentar un documento firmado por todas ellas, indicando los nombres y

circunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, la participación de

cada una de ellas en la UTE y designando la persona o entidad, que durante la

vigencia del Contrato, ha de ostentar la representación de la UTE ante FEVE, que

habrá de ser persona con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las

obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo.

En caso de resultar Adjudicatarios, deberán formalizar la constitución de la UTE y

los poderes en escritura pública antes de que se cumpla el plazo de formalización

del Contrato.

5.- CONDICIONES ESPECIALES DE COMPATIBILIDAD

Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección

de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas

empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las

empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno

de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

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CLÁUSULA OCTAVA.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE Y

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

1. CONSULTA DEL EXPEDIENTE

Desde la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante (y en su

caso “ en el correspondiente Diario o Boletín Oficial”) y hasta el último día

señalado para la recepción de proposiciones, el presente Pliego de Condiciones

Particulares, junto con los demás documentos que integran el expediente podrá ser

examinado, tomando las notas que se precisen, todos los días laborables, en las

dependencias y dentro del plazo señalado en el Anuncio publicado en el Boletín

Oficial del Estado.

2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

La aprobación de los presentes Pliegos y la correspondiente convocatoria de

licitación, constituye una invitación para que todo interesado presente su oferta,

reservándose FEVE la facultad de dejar sin efecto la licitación, de adjudicar el

Contrato o, de dejarlo desierto con arreglo a la Ley.

Los licitadores presentarán sus proposiciones en el lugar y plazo indicados en el

anuncio de licitación. (El plazo para la presentación de proposiciones no será

inferior a 15 días contados desde la publicación del anuncio del Contrato)

No se admitirán proposiciones presentadas por Correo.

Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá

suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha

hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de

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estas prohibiciones dará lugar a la inadmisibilidad de todas las proposiciones por él

suscritas.

La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación

incondicional del clausulado de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas que

rigen el presente Contrato, sin salvedad alguna.

3. CONTENIDO Y FORMA

Las proposiciones serán secretas, constarán de cuatro sobres cerrados, identificando

en el exterior la licitación a la que se concurra y firmados por el licitador o la

persona que lo represente, con indicación del nombre y apellidos o razón social y

denominación de la empresa y contendrán: el primero (A) la documentación exigida

para tomar parte en el concurso, acreditativa de la capacidad de obrar, el segundo

(B) la correspondiente a la solvencia técnica y económica, el tercero (C) la

documentación técnica y el cuarto (D) la oferta económica ajustada al modelo que

incluye como Anexo al presente Pliego.

En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido,

enunciado numéricamente.

SOBRE A: DOCUMENTACIÓN COMÚN

“TÍTULO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN”

Indicación del Nº de Expte.: ….

Referencia del anuncio de la licitación en el perfil del contratante y en su caso en el

BOE:

Nombre y CIF del licitador:

Razón Social:

Fecha y firma:

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CONTENIDO: documentos comunes para todos los licitadores.

Este sobre incluirá original o copia autenticada notarialmente de los documentos que

a continuación se detallan, que deberán enumerarse por ese orden. Si la Mesa

observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se

concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador proceda a su

corrección o subsanación.

i) La acreditación de la personalidad y capacidad de obrar del licitador, se

acreditará según lo previsto en el apartado sobre capacidad para contratar

recogido en este Pliego, Cláusula Séptima, apartado 2, a saber:

A. EMPRESAS ESPAÑOLAS

Las empresas cuyo titular sea una persona física, habrán de aportar

únicamente DNI del titular o fotocopia compulsada del mismo.

Las empresas cuyo titular sea una persona jurídica, habrán de

aportar escritura de constitución de la Sociedad, inscrita en el

Registro Mercantil, o, en su caso, en el Registro Público que

corresponda.

B. EMPRESAS EXTRANJERAS

Empresas comunitarias:

a) Si la legislación interna de su Estado exige la inscripción en

un registro profesional, será suficiente acreditar esa

inscripción.

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b) Si su Estado no tiene establecido ese requisito, la capacidad

de obrar se acreditará mediante un certificado expedido por

la Embajada de España en el Estado correspondiente.

c) Cuando la legislación del Estado en que se encuentren

establecidas las anteriores empresas nacionales de Estados

Miembros de la Unión Europea, exija una autorización

especial o la pertenencia a una determinada organización

para poder prestar en dicho Estado el servicio de que se

trate, aquellas deberán acreditar que cumplen este requisito.

Empresas no comunitarias:

a) Certificado acreditativo de su capacidad de obrar expedido

por la Misión Diplomática Permanente española en el Estado

correspondiente.

b) Informe de la respectiva representación diplomática española

de que el Estado de procedencia de la empresa extranjera

admite, a su vez, la participación de empresas españolas en

la contratación con la Administración y con los entes,

organismos o entidades del sector público asimilables a los

enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma

sustancialmente análoga.

c) Será igualmente necesario que las empresas licitadoras

acrediten que tienen abierta sucursal en España con

designación de apoderados o representantes para sus

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operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil.

Este requisito se acreditará mediante certificación de dicho

Registro en que consten todas estas circunstancias.

En todos los casos de empresas extranjeras, será necesaria la aportación de la

declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y

Tribunales Españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma

directa o indirecta, pudieran surgir del Contrato, con renuncia al fuero

jurisdiccional extranjero del licitante.

ii) La acreditación de la personalidad y representación de quien firme la

documentación en nombre de la empresa, se llevará a cabo mediante la

aportación del DNI (o equivalente si es persona extranjera) del representante y

de los poderes de la persona facultada para intervenir en la licitación en el caso

de tratarse de personas jurídicas, poderes que deberán estar debidamente

inscritos en el Registro Mercantil, y de los que habrán de aportar los originales.

En sustitución de los mismos se aportará una copia notarial simple. Si se trata de

poder para acto concreto no será necesaria la inscripción en el Registro

Mercantil (de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 94.1.5 del Reglamento del

Registro Mercantil)

iii) Una declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las

prohibiciones para contratar contenidas en el artículo 49.1 de la LCSP así como

de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y ante la Seguridad Social.

La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios

señalados en el artículo 62 de la LCSP.

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Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad

Social deberá presentar originales o copias auténticas de los siguientes

documentos:

a) Certificaciones expedidas por los órganos competentes en

cada caso, con la forma y con los efectos previstos

reglamentariamente, acreditativas de hallarse al corriente del

cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

impuestas por las disposiciones vigentes.

b) Certificaciones expedidas por los órganos competentes de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la

Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad

Autónoma de correspondiente, acreditativos de que no

existen deudas de naturaleza tributaria con estas

Administraciones.

c) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al

ejercicio corriente, o el último recibo completado, con una

declaración responsable de no haberse dado de baja en la

matrícula del citado impuesto.

iv) El compromiso de constituir una UTE.

Cuando los empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán

además de la documentación requerida a modo individual, un documento en

el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resultar

adjudicatarios, designen un representante único y expresen la participación

que corresponde a cada uno de ellos [artículo 48 LCSP].

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v) Declaración responsable justificativa de pertenencia a un grupo de

empresas.

Si el licitador forma parte de un grupo de empresas, deberá realizar una

declaración responsable en la que indicará dicha pertenencia, expresando la

circunstancia que justifica la vinculación al grupo, tanto si el licitador lo

hace a modo individual o en compromiso de constituir una UTE. La no

pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente

mediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a

los efectos establecidos en el artículo 129.4 de la LCSP (cálculo de las

ofertas que presentan con valores anormales o desproporcionados).

vi) Piloto de Prevención.

Compromiso de designar un Piloto de Prevención o de utilizar uno de los que

ya tuviera cualquiera de las empresas que forman la UTE. En todo caso, el

Piloto de Prevención designado asumirá plenamente la responsabilidad

inherente a su función respecto de la UTE, es decir, respecto de todos los

trabajadores y empleados en la ejecución del contrato.

vii) Información de contacto.

Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones, una

dirección de correo electrónico y un número de teléfono y telefax.

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Observaciones respecto a la presentación de documentación común:

En aquellos casos de la relación anterior, en los que sea exigida copia o fotocopia

autenticada del documento que corresponda, la falta de coincidencia del documento

aportado por el licitador con su original, será de la exclusiva responsabilidad del

mismo, el cual asumirá de forma plena, las responsabilidades civiles, laborales,

administrativas y penales, derivadas de ello, reservándose FEVE el ejercicio de las

acciones que en derecho le correspondan, así como a la adopción de las medidas que

en su caso procedan.

Las empresas que dispongan de Justificante actualizado del Depósito Documental

correspondiente o en su caso, Registro Oficial de Licitadores y Empresas

Clasificadas del Estado, en el que se encuentre incluida la documentación

establecida en estos Pliegos, solo deberán aportar en este “Sobre A, Documentación

Común”, una fotocopia del Justificante mencionado diligenciado por el firmante de

la oferta.

En el caso de que el licitador presente tan solo el Justificante de Depósito

Documental se entenderá que la documentación depositada se encuentra vigente y

que de no ser así, FEVE se reserva el derecho de excluir al licitador incumplidor o

de solicitar la subsanación de los documentos necesarios.

La presentación en la licitación del mencionado Justificante actualizado del Depósito

Documental, no eximirá al mismo de la obligación de presentar igualmente

documentos que se encuentren sujetos a un plazo de vigencia o que hayan sido

objeto de modificación con posterioridad a la inscripción del licitador en el Depósito

Documental, de manera que en el supuesto de que existan documentos vencidos o

modificados, sean aportados por el interesado en este sobre.

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SOBRE B: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA

TÉCNICA Y ECONÓMICA

“TÍTULO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN”

Indicación del Nº de Expte.: …

Referencia del anuncio de la licitación en el perfil del contratante y en su caso del

BOE:

Nombre y CIF del licitador:

Razón Social:

Fecha y firma:

CONTENIDO: incluirá documentación relativa a la solvencia técnica y

económica.

La solvencia económica, financiera y técnica, se acreditará según lo previsto en la

Cláusula Séptima de este Pliego, apartado 3, a saber:

A. Acreditación de la solvencia económica y financiera

La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario se

acreditará mediante los siguientes medios:

a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su

caso, justificante de la existencia de un seguro de

indemnización por riesgos profesionales.

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b) Mediante la presentación de las cuentas anuales,

correspondientes al último año, presentadas en el Registro

Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los

empresarios no obligados a presentar las cuentas en

Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo

de acreditación, los libros de contabilidad debidamente

legalizados.

Los recursos propios vinculados al neto patrimonial deberán

ser como mínimo el 20% de la anualidad media del contrato

y la independencia financiera debe ser superior al 0,10

según el Anexo 5.

En las UTE, se contabilizarán los recursos propios como

suma de éstos vinculados al neto patrimonial de cada una de

las empresas componentes.

c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su

caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de

actividades correspondiente al objeto del contrato, referido

como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en

función de la fecha de creación o de inicio de las actividades

del empresario, en la medida en que se disponga de las

referencias de dicho volumen.

Declaración jurada firmada por el representante legal de la

empresa, según formulario EF-1 del Anexo 5 en la que se

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relacionen las compras y ventas globales en los últimos tres

años con expresión del importe.

d) El licitador cumplimentará también los formularios EF-2 y

EF-3, cuyos modelos se incluyen en el Anexo 5 de este

pliego, a efectos de demostrar, junto con el anteriormente

citado formulario EF-1, la solvencia económica y financiera

para la realización de este contrato.

B. Acreditación de la solvencia técnica y profesional

La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo

en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, se

acreditará a través de los medios enumerados a continuación:

a) Relación de los servicios efectuados en el curso de los cinco

últimos años, avalada por certificados de buena ejecución

para los más importantes; estos certificados indicarán el

importe, las fechas y si se realizaron según las reglas por las

que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen

término; en su caso, dichos certificados serán comunicados

directamente al órgano de contratación por la autoridad

competente.

La relación de servicios se aportará conforme al modelo

adjunto como Anexo 4.

b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas,

estén o no integradas en la empresa, de los que ésta

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disponga para la ejecución del servicio, especialmente los

responsables del control de calidad, acompañada de los

documentos acreditativos correspondientes.

c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los

directivos de la empresa y, en particular, del responsable o

responsables de las obras.

d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de

gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al

ejecutar el contrato.

e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la

importancia de su personal directivo durante los tres últimos

años, acompañada de la documentación justificativa

correspondiente.

f) Declaración indicando la maquinaria, material o equipo

técnico del que se dispondrá para la ejecución de la obra, a

la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

g) Copia de los documentos de cotización a la Tesorería

General de la Seguridad Social, TC-2, correspondientes al

mes anterior disponible a la fecha de publicación de la

licitación, sellado por la correspondiente entidad bancaria y

acompañado de la declaración jurada del representante legal,

indicando la veracidad de los datos.

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La documentación anterior será sustituida por los datos de clasificación (Grupo,

Subgrupo, Categoría) en los casos previstos en el artículo 54 de la LCSP. Si la

empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento

acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo

justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la

subsanación de defectos u omisiones en la documentación.

Cuando en el Cuadro de características se haya exigido al licitador la adscripción de

unos medios determinados o que se especifique los nombres y la cualificación

profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, tiene que incluir una

declaración responsable en tal sentido así como cumplimentar el formulario EH-1

del Anexo 6.

Asimismo, y cuando en el citado Cuadro de características se haya especificado la

habilitación empresarial exigible para realizar la prestación, el licitador deberá

aportar el documento acreditativo de que cuenta con dicha habilitación.

Toda la documentación relativa a la solvencia económica, técnica o profesional

vendrá referida a la persona física o jurídica firmante de la proposición y/o a los

socios que la compongan.

SOBRE C: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

“TÍTULO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN”

Indicación del Nº de Expte.: …

Referencia del anuncio de la licitación en el perfil del contratante y en su caso del

BOE:

Nombre y CIF del licitador:

Razón Social:

Fecha y firma:

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CONTENIDO: incluirá documentación de carácter técnico.

Se presentarán los documentos que se enumeran a continuación:

i) Memoria del servicio que se vaya a prestar y memoria de trabajo.

El licitador presentará una Memoria técnica de los trabajos a realizar en la

que, de forma clara y concisa, se exponga su propuesta sobre el contenido y

desarrollo de los mismos, de manera que se pueda conocer el alcance de los

trabajos a realizar. Se indicarán las mejoras y compromisos técnicos

adicionales a los impuestos por el PPTP. Se describirán los plazos ofertados

con consideración de las fases a llevar a cabo.

La Memoria deberá contener un organigrama explicativo de la dedicación de

los técnicos a la realización de las distintas actividades comprendidas en el

trabajo.

La extensión máxima de este documento será de 20 folios.

El licitador confeccionará, asimismo, el programa con indicación, en su

caso, de las fechas de terminación de aquellos trabajos parciales,

comprendidos en el contrato de servicios y cuyos plazos de ejecución figuran

explícitamente en el Cuadro de Características. En dicho programa se

concretará la fecha final de entrega de los trabajos, así como los porcentajes

mensuales y acumulados correspondientes a los importes de los trabajos que

se prevé realizar en cada mes, valorados a los precios ofertados.

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Este programa se presentará en forma de diagrama o representación gráfica

en las que queden claramente definidas las actividades a desarrollar, su

duración y camino crítico.

El Programa de trabajo se basará en lo propuesto en la memoria técnica, y se

definirán y concretarán todos y cada uno de los trabajos que se compromete

a realizar el licitador.

Cada licitador expresará formalmente el plazo de ejecución que, según su

Programa de trabajo, estima necesario para la ejecución del servicio objeto

del contrato. Tanto los plazos parciales como el final que figuren en el

programa de trabajo propuesto por el licitador no podrán ser superiores a los

señalados en el Cuadro de Características, y deberán coincidir exactamente

con los reflejados en el Programa de trabajo que se presente.

Asimismo, el licitador expresará todos los plazos parciales que proponga en

su Programa de trabajo, teniendo en cuenta los diferentes trámites a llevar a

cabo.

ii) Programa de actuaciones medioambientales

Se expresará por los licitadores la propuesta de medidas de gestión

medioambiental que se tendrán en cuenta durante la ejecución del servicio

objeto del contrato, con inclusión de los procedimientos de certificación

medioambiental a aplicar durante la misma. Especialmente se expresará con

precisión en la identificación de las actividades que puedan generar impactos,

así como de sus medidas correctoras o compensatorias.

La extensión máxima de este documento será de 20 folios.

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iii) Tecnología

El licitador describirá el nivel de las tecnologías a aplicar en la redacción de

los proyectos, así como los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a

tecnologías que vayan a ser aplicadas en la prestación del servicio objeto del

contrato, y cuya justificación pueda ser aportada. Dicha justificación podrá

realizarse mediante la acreditación de los proyectos de I+D+i de la empresa

relativos a tecnologías que vayan a ser aplicadas, según la serie de normas

UNE 166000.

La extensión máxima de este documentos será de 20 folios.

iv) Calidad

Se expresará por los licitadores la calidad a obtener en la ejecución del

servicio objeto del contrato, los procedimientos de certificación de calidad

que se aporten, así como el marco de gestión de la calidad y los controles de

calidad que propongan realizar.

La extensión máxima de este documento será de 20 folios.

SOBRE D: PROPOSICIÓN ECONÓMICA

“TÍTULO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN”

Indicación del Nº de Expte.:

Referencia del anuncio de la licitación en el perfil del contratante y en su caso del

BOE:

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Nombre y CIF del licitador:

Razón Social:

Fecha y firma:

CONTENIDO: Oferta ajustada al modelo que se incluye como Anexo II a este

Pliego.

Se incluirá el modelo de proposición económica Anexo II.1 y la justificación de la

proposición económica conforme al Anexo II.2. únicamente en los contratos de

servicios para redacción de proyectos, estudios y otros servicios similares. La

proposición económica se formulará tomando como referencia el valor estimado y se

ajustará estrictamente al anexo correspondiente.

Tanto en las ofertas que formulen los empresarios como en el presupuesto de

licitación, se entenderán comprendidos a todos los efectos no solo el precio del

Contrato, sino también el importe de la totalidad de los impuestos, tasas y arbitrios

que graven los diversos conceptos, cualesquiera que sea su naturaleza y carácter,

con inclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido que deberá figurar como partida

independiente y los recargos provinciales que pudieran establecerse sobre el mismo

por la legislación vigente en la materia.

Cada licitador no podrá presentar más de una oferta, cualquiera que sea el número

de dependencias donde esta pueda ser presentada, suscribir ninguna propuesta en

UTE con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una UTE. La

vulneración de esta regla producirá la exclusión de todas las ofertas en las que

intervenga.

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No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones, errores o tachaduras que

impidan conocer claramente lo que FEVE estime fundamental para considerar la

oferta.

Salvo que en el Cuadro de características anexo al presente Pliego se establezca otra

cosa, no se admitirán variantes o alternativas en la oferta.

CLÁUSULA NOVENA.- ADJUDICACIÓN

1. MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación tendrá como función la apertura de las plicas, la

formalización del Acta y su remisión a la Dirección proponente que proceda, que

hará la valoración pertinente.

La Mesa de Contratación estará integrada por el Presidente y los Vocales que en

cada caso se determinen, uno de los cuales ejercerá la función de Secretario. Deberá

existir necesariamente entre los Vocales un letrado de los Servicios Jurídicos, y otra

persona perteneciente a la Dirección Gerencia Económica-Financiera y un Técnico

perteneciente a la Dirección proponente del Contrato, así como un representante de

la Gerencia de Contratación.

La Presidencia de la Mesa será ostentada por el Director proponente del Contrato o

por la persona en la que delegue.

El Secretario será designado entre los miembros de la Mesa dependientes de la

Dirección proponente, con carácter previo al ejercicio de su actividad en cada

convocatoria.

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Serán funciones del Presidente dirigir los trámites a realizar por la Mesa de

Contratación y formalizar la documentación correspondiente a la tramitación del

proceso de licitación.

Serán funciones del Secretario, redactar las Actas en las que se recojan las

actuaciones realizadas y firmar las mismas con el Visto Bueno del Presidente, dando

legitimidad a los trámites realizados.

2. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPOSICIONES

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación se

reunirá en sesión de trabajo no pública a los efectos de calificar la documentación

administrativa presentada por los licitadores.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación

presentada, se lo comunicará a la Dirección proponente, a través del Presidente de

la mesa, para que dicha Dirección requiera de los interesados las subsanaciones

oportunas que deberán corregir o subsanar en el plazo máximo de tres días

naturales, remitiendo la Dirección proponente a la mesa los documentos que aporten

los licitadores.

Asimismo, la Mesa podrá solicitar a la Dirección proponente que recabe del

empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados a los

efectos de acreditar su capacidad y solvencia, o requerirle para la aportación de

otros complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de máximo de tres

días naturales, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las

ofertas.

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La Dirección proponente, una vez calificada la documentación administrativa y

transcurrido el plazo de subsanación y, subsanados, en su caso, los defectos u

omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que

se ajustan a los criterios de selección que figuran en los Pliegos de Condiciones

Particulares, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los

rechazados y las causas de su rechazo.

La Dirección proponente realizará el trámite de apertura y la calificación de la

documentación del sobre C para determinar la puntuación técnica correspondiente.

Asimismo, propondrá en su caso, previamente a la valoración, la subsanación de

aquellos defectos observados en la documentación técnica que considere

procedentes, que deberán subsanar los licitadores a los que se les requiera, en un

plazo máximo de tres días naturales.

La puntuación técnica será remitida por la Dirección proponente al Presidente de la

Mesa de Contratación antes de la apertura de los sobres D (Proposición económica),

y a los efectos únicamente de acreditar este hecho, el Acta que los contenga, será

firmada por el Secretario, con el Vº Bº del Presidente.

De todas las actuaciones se dejará constancia en el Acta de la sesión de la Mesa que

necesariamente deberá extenderse.

Concluidos los actos de calificación y valoración, se procederá a celebrar el acto

público de apertura de las proposiciones que se celebrará en el lugar, día y hora que

se determine en el preceptivo anuncio de licitación.

Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a los licitadores

interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones

que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y

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contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse

cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión

de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.

Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del

Contrato y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones

presentadas, hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de

proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados

para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran

en la Mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados.

En caso de discrepancia entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa y las

presentadas ante la Dirección proponente correspondiente, que las recibe para

hacérselas llegar a la Mesa a través de su Presidente, o que se presenten dudas sobre

las condiciones de secreto en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto

y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido,

volviéndose a anunciar, en su caso, nuevamente, la reanudación del acto público una

vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.

El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos

presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y

causa o causas de inadmisibilidad de estas últimas.

Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del

procedimiento de adjudicación del Contrato y los sobres que las contengan no

podrán ser abiertos.

Seguidamente la Mesa procederá a la apertura del sobre D) de las proposiciones

admitidas que contiene la propuesta económica, abiertas las proposiciones

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económicas, se levantará Acta del resultado de la apertura, del que se dará traslado

a la Dirección proponente, junto con la documentación correspondiente, a los

efectos oportunos.

3. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VALORACIÓN

En el supuesto de que sólo se utilice un criterio de valoración, de acuerdo con lo

previsto en el artículo 134.1 LCSP y en las Normas de Contratación de la entidad,

éste criterio habrá de ser necesariamente el del precio más bajo.

En caso contrario, los criterios objetivos a tener en cuenta para realizar la

adjudicación del Contrato, son los que se enumeran a continuación:

3.1. EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA (Criterios no evaluables

mediante fórmulas)

La valoración técnica se obtendrá mediante la aplicación de los siguientes aspectos.

La puntuación se asignará aplicando la escala A o B, según se señale en el Cuadro

de características anexo al presente Pliego.

Para obtener la puntuación de una proposición en particular se sumarán las

puntuaciones alcanzadas en cada uno de los aspectos enumerados. La puntuación

máxima a alcanzar en cada uno de los aspectos dependerá de la importancia que en

cada contrato tengan los aspectos tecnológicos.

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CRITERIO PONDERACIÓN

TIPO A TIPO B

i) Memoria y Programa de Trabajo 60,00 30,00

ii) Actuaciones medioambientales 15,00 5,00

iii) Tecnología e I+D+i 15,00 50,00

iv) Calidad 10,00 15,00

TOTAL 100,00 100,00

1. Para servicios de redacción de proyectos, estudios y otros servicios similares

(escala A).

a) Memoria y Programa de trabajo.

Se puntuará el contenido y desarrollo de los trabajos a realizar, la justificación de

la metodología indicada para la ejecución de los trabajos, su coherencia, el buen

conocimiento que denoten de la problemática a resolver y del terreno donde será

ejecutada la obra y de cualquier otro condicionante externo.

Asimismo se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajo

propuesto por el licitador, valorando, en su caso, la garantía del cumplimiento del

plazo ofertado.

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Con el fin de mejorar el diseño y la coordinación entre los diferentes agentes

implicados en la ejecución del servicio objeto del contrato, se valorará la

presencia de un coordinador de seguridad y salud que intervenga en los trabajos a

realizar.

b) Actuaciones medioambientales.

Se valorará la propuesta de medidas de gestión medioambiental que se tendrán en

cuenta durante la ejecución del servicio objeto del contrato, con inclusión de los

procedimientos de certificación medioambiental a aplicar durante la misma.

Especialmente se calificará la precisión en la identificación de procesos que

puedan generar impactos, así como de sus medidas correctoras o compensatorias.

c) Tecnología e I+D+i.

Se valorarán los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que

vayan a ser aplicadas en el servicio objeto del contrato, y cuya justificación pueda

ser aportada. Dicha justificación podrá realizarse mediante la acreditación de los

proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que vayan a ser

aplicadas, según la serie de normas UNE 16600.

d) Calidad.

Se valorará tanto la calidad a obtener como los controles de calidad que el

licitador proponga realizar durante la ejecución del contrato.

2. Para otros servicios (escala B):

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i) Memoria y Programa de Trabajo.

Incluirá la Memoria descriptiva y programa del proceso de prestación del

servicio.

El licitador realizará una planificación del proceso de prestación del servicio,

teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales/ técnicos adscritos a cada

una de las actividades, debiendo justificar los rendimientos previstos que

garanticen el plazo ofertado.

La Memoria deberá contener:

PUESTA A DISPOSICIÓN DEL SERVICIO

- Descripción de todas las actividades de los procesos de la puesta a

disposición del servicio.

- Descripción de plazos.

Servicios adicionales y documentación complementaria acreditativa de la

aportación de mejoras

- Capacidad de respuesta ante peticiones de servicio de máxima relevancia.

- Actualización y aportación de ficheros de servicio y documentación

complementaria.

- Línea de atención telefónica (Atención al Cliente).

- Solución de incidencias.

- Disponibilidad y flexibilidad de servicio.

Innovación/ investigación y adaptación de productos y servicios.

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ii) Actuaciones medioambientales.

- Identificación de los procesos de fabricación y suministro que puedan

generar impactos, así como las medidas adoptadas para su eliminación,

disminución o corrección, así como instrucciones de trabajo.

- Localización de vertederos y recogida de residuos.

iii) Tecnología e I+D+i.

El licitador deberá aportar la documentación técnica correspondiente a la

prestación del servicio designado en el Cuadro de característica anexo al presente

Pliego.

iv) Calidad.

El licitador definirá las medidas que propone para controlas y garantizar, por su

parte, la calidad de los trabajos en caso de resultar adjudicatario de la prestación

del servicio indicado en el Cuadro de características anexo al presente Pliego.

Para ello, deberá aportar un plan de control de calidad específico para garantizar

la prestación del servicio, que incluirá al menos, los siguientes aspectos:

- Organización dedicada al control de calidad.

- Aspectos concretos de las unidades a controlar durante la ejecución de

los trabajos y normativa técnica aplicable.

- Criterios de muestreo técnico y de aceptación y rechazo.

- Medidas de calidad para aseguramiento y garantía de los materiales que

se empleen.

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- Utilización de materiales con distintivo de CALIDAD, que garanticen el

cumplimiento de las obligaciones requeridas por la normativa que les sea

aplicable.

- Informes de Auditoría y controles de laboratorio.

GARANTÍA DEL SERVICIO

- Se valorará muy especialmente, la previsión de la utilización de

elementos que dispongan de un sello o de un distintivo de CALIDAD que

garantice el desarrollo del servicio.

- Aportación de documentación acreditativa de la calidad tanto en los

procesos intermedios como en el resultado final del producto.

HOMOLOGACIONES/ CERTIFICACIONES

- Aportación de documentación que justifique el estar homologado/

certificado para la prestación del servicio previsto por organismo o

entidad acreditativa.

- Aportación de Certificaciones de otras entidades públicas o privadas que

aludan al correcto cumplimiento del servicio, así como al cumplimiento

de lo contratado.

La valoración de la calidad técnica total (VT) de cada Oferta será la resultante de

la suma de las puntuaciones obtenidas para los distintos aspectos de ella, según los

criterios anteriores y se redondearán al segundo decimal.

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El método a seguir para determinar la puntuación técnica de cada Oferta (PT)

será el siguiente:

i) Las ofertas de los concursante admitidos quedarán encuadrados en dos

intervalos:

- Ofertas de CALIDAD TÉCNICA INCEPTABLE: aquellas cuya

valoración técnica (VT) sea inferior al umbral mínimo establecido en el

Cuadro de Características (M).

- Ofertas de CALIDAD TÉCNICA SUFICIENTE: aquellas cuya

valoración técnica (VT) sea superior o igual a dicho umbral.

ii) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán

tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas

ni para la determinación de la oferta más ventajosa, de manera, que en el

caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se procederá a declarar desierta

la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica

suficiente.

A partir de este punto no se hace referencia a las ofertas situadas en el

intervalo de calidad técnica inaceptable, ni a las calificadas definitivamente

como anormalmente bajas que no son ya tomadas en consideración.

iii) Se asignarán 30 puntos a la oferta u ofertas cuya valoración técnica sea igual

al umbral mínimo de puntuación (M) señalado en el Cuadro de características

anexo al presente Pliego:

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iv) Los puntos correspondientes al resto de las ofertas se asignarán conforme a la

siguiente fórmula:

La puntuación técnica se redondeará al segundo decimal.

3.2. VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (Criterios evaluables

mediante fórmulas)

Para obtener las puntuaciones económicas (PE) de las ofertas se partirá de la

asignación de 100 puntos a la oferta más económica y a las ofertas restantes se les

asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente fórmula:

Se entiende por baja de una oferta, la diferencia entre el presupuesto base de

licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento.

Se considera oferta más económica a la oferta más baja de las prestadas no incursa

definitivamente en anormalidad por su bajo importe, (una vez aplicados los criterios

establecidos en estos Pliegos para los supuestos de ofertas con valores anormales o

desproporcionados)

La puntuación económica se redondeará al segundo decimal.

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3.3. EVALUACIÓN GLOBAL DE LAS OFERTAS

La puntuación global de las ofertas encuadradas en la calidad técnica suficiente se

calculará con arreglo a la siguiente fórmula:

I.- CALIDAD TÉCNICA DE LA OFERTA

Con una ponderación del X% siendo 0 < X < 50

II.- CALIDAD ECONÓMICA DE LA PROPUESTA

Con una ponderación de Y% siendo 50 > Y > 100

Los valores X e Y, cuya suma deberá ser siempre igual a 100 (X + Y = 100),

serán los establecidos en el Cuadro de características anexo al presente Pliego.

La puntuación global (PG), relativa a una Oferta cualquiera será la siguiente:

PG = X * PT + Y * PE 100 100

Siendo PT la “puntuación técnica” y PE la “puntuación económica”

3.4. La LCSP establece la posibilidad de que el órgano de contratación señale en el

pliego de cláusulas particulares ciertas preferencias de adjudicación para algunas

proposiciones, siempre que igualen a las que sean económicamente más ventajosas,

en ciertos contratos:

i) FEVE puede señalar en este pliego que en caso de empate entre dos o más

proposiciones la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que

acredite tener en su plantilla mayor número de trabajadores minusválidos,

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siempre que el mismo no sea inferior al 2% de los trabajadores, y siempre que

dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto

de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. A efectos de la

aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla en su caso,

mediante los correspondientes contratos de trabajo y altas en la Seguridad

Social. Si persiste el empate, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato

el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con

discapacidad en su plantilla.

ii) Igualmente puede establecerse la preferencia en la adjudicación de contratos, en

igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, para

las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas específicamente a

la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social,

reguladas en la Ley 12/2001.

4. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS

1.- Cuando el único criterio valorable de forma objetiva sea considerar para la

adjudicación del contrato el precio (asignándose un valor 100 para la ponderación de

la oferta económica), el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas puede

apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos reglamentariamente establecidos,

de tal manera que se considerará propuesta desproporcionada o temeraria a todas

aquellas cuyo presupuesto se encuentre en uno de los siguientes supuestos:

i) Cuando concurra un solo licitador y el presupuesto sea inferior en más de 25

unidades porcentuales al presupuesto base de licitación.

ii) Cuando concurran 2 licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades

porcentuales a la otra oferta.

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iii) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10

unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No

obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más

elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha

media. En cualquier caso se considerará desproporcionada la baja superior a

25 unidades porcentuales.

iv) En el caso de que concurran 4 o más licitadores, las que sean inferiores en

más de 10 unidades porcentuales de la media de ofertas presentadas. No

obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en

más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media

sólo con las ofertas que se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso,

si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se

calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.

2.- En los demás casos, para determinar las ofertas con valores anormales o

desproporcionados, se considerará:

BO: Baja de la oferta económica (%)

BR: Baja de Referencia, calculada como se indica a continuación (%)

BM: Baja Media (%), calculada como se indica a continuación

Se entenderán como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo

importe, aquellas cuyas BO correspondientes superen los siguientes valores:

i) Para un número n de ofertas económicas “contemplables” mayor o igual que

cinco (5):

BO > BR + 4

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ii) Para un número n de ofertas económicas “contemplables” menor que cinco

(5):

Si BO > BM + 4

Se denominan ofertas económicas “contemplables” las admitidas a la licitación

siempre que su puntuación VT alcance el umbral mínimo señalado en el Cuadro de

características anexo al presente Pliego, así como aquéllas que, a estos efectos,

deban ser consideradas, según lo prescrito en el artículo 86 del RCAP y normas

concordantes (empresas pertenecientes a un mismo grupo).

Los cálculos de la Baja Media (BM) y de la Baja de Referencia (BR) se realizarán

de forma siguiente:

Ofj = Importe de la oferta genérica “contemplable” j (incluida en el conjunto de las

citadas n ofertas “contemplables”) y

PB = Presupuesto Base de Licitación que figura en el Cuadro de Características

anexo.

Se obtendrá, para cualquier número n de ofertas:

BOj = y PBOf

- 1 100 j

⎟⎟⎠

⎞⎜⎜⎝

BM = ∑=

=

n

1 j

1 j

BOjn

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Además, para n > 5, se obtendrá:

σ = ( ) ( )1/2

n j

1

22

n

BMn -

⎟⎟⎟⎟⎟

⎜⎜⎜⎜⎜

⎛∑=

=jjBO

Entre las mencionadas n ofertas económicas “contemplables” se elegirán aquellas n’ ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Ofh, le corresponde un valor:

BOh ⎥⎦

⎤⎢⎣

⎡⎟⎠⎞

⎜⎝⎛ −=

BPOfBO h

h.

1100

Que cumpla la condición:

≤−BMBOh σ

Y contando sólo con dichas n’ ofertas, se calculará el valor BR, llamado “Baja de referencia”, del modo siguiente:

BR = n

BO'n h

1hh

∑=

=

Dicho valor de BR servirá, cuando, n > 5 para determinar los límites de la presunción de anormalidad.

Si conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o

desproporcionados, la Dirección proponente recabará la información necesaria para

determinar si es así, y por ello debe ser rechazada, o, sí por el contrario debe ser

tomada en consideración para adjudicar el servicio. Para ello, la Dirección

proponente solicitará al licitador, por escrito informando en este del plazo máximo

de presentación, que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de

la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento

de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones

excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la

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originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a

la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que

vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de estado.

Si transcurrido este plazo la Dirección proponente no hubiera recibido dichas

justificaciones, se considerará que la proposición no podrá ser cumplida y, por

tanto, la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de

selección.

Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, la Dirección

proponente bien la aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para

resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el

rechazo de dicha oferta. Dicha decisión deberá ser comunicada al Órgano de

Contratación que proceda, junto con la propuesta de adjudicación.

Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador

y los informes correspondientes, estimase que la oferta no puede ser cumplida como

consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la

adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de

acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas, que se estime puede ser

cumplida a satisfacción de FEVE y que no sea considerada anormal o

desproporcionada.

.

5. ADJUDICACIÓN

Se podrá solicitar, antes de que se formule la propuesta por la Dirección

proponente, cuantos informes se consideren precisos y se relacionen con el objeto

del contrato.

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La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el Acta a

la Dirección proponente.

La propuesta de adjudicación de la Dirección proponente no crea derecho alguno a

favor del empresario propuesto, que no los admitirá respecto a FEVE mientras no le

haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación.

A la vista de la valoración de las ofertas, en función de los criterios de adjudicación

establecidos en el presente Pliego, previa propuesta de la Dirección Proponente, el

Órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato o, caso de resultar no

adecuadas las ofertas, declararlo desierto, de forma motivada.

El Órgano de contratación, previos los informes técnicos correspondientes,

adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses a contar desde la apertura

de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea

necesario seguir los trámites previstos para el supuesto de ofertas con valores

desproporcionados o anormales. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el

empresario tiene derecho a retirar su proposición.

Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas

sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente.

Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos

sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones

quedará a disposición de los interesados.

Una vez notificada la adjudicación del contrato, y en el plazo máximo de 15 días

hábiles, el adjudicatario deberá aportar los documentos acreditativos de haber

constituido la garantía correspondiente, conforme a lo estipulado en la Cláusula

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Décima del presente Pliego, y de haber abonado todos los anuncios de licitación.

Asimismo podrá exigirse cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud

para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen

comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (habilitación del

Piloto de Prevención, etc…).

Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese esta documentación y antes de

proceder a una nueva convocatoria, la Dirección proponente propondrá como

adjudicatario al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan

quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello sea posible y que el nuevo

adjudicatario haya prestado su consentimiento. En este caso se concederá un nuevo

plazo de 10 días hábiles para acreditar los extremos anteriores.

En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas

deberán acreditar la constitución de la misma en escritura pública, dentro del plazo

otorgado para la formalización del Contrato y aportar el NIF asignado a la

Agrupación.

CAPÍTULO TERCERO.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

CLAÚSULA DÉCIMA.- GARANTÍA

1.- Publicada la adjudicación del contrato, el Adjudicatario está obligado a constituir

la correspondiente garantía, en el plazo máximo de 15 días naturales desde la

notificación de la adjudicación, y por cuantía equivalente al 5% del importe de

adjudicación, IVA excluido.

2.- Dicha garantía podrá constituirse en alguna de las siguientes modalidades:

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i) En metálico, en la cuenta designada por FEVE y en las Condiciones

establecidas por esta Entidad.

ii) Mediante aval bancario – según modelo facilitado, como Anexo III –

prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de

desarrollo de la ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorro,

cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y

sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España y

presentado ante el correspondiente órgano de contratación.

iii) Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones

que las normas de desarrollo de la LCSP establezcan, con entidad

aseguradora autorizada para operar en el ramo, debiendo entregarse el

certificado del contrato al correspondiente órgano de contratación.

3.- La garantía responderá de lo conceptos que se enumeran a continuación:

i) De las penalidades que se puedan imponer al contratista.

ii) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato,

de los gastos originados a FEVE por la demora del contratista en el

cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios

ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su

incumplimiento, cuando no proceda su resolución.

iii) De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del

contrato, de acuerdo con lo en él establecido.

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4.- Aprobada la liquidación del Contrato, y previa solicitud de los interesados, si no

resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y transcurrido

el plazo de la misma, en su caso, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de

cancelación del aval.

De no constituirse la garantía por causas imputables al Adjudicatario, se declarará

resuelta la adjudicación.

5.- En un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha en que se hagan

efectivas penalidades o indemnizaciones con cargo a la garantía, el adjudicatario

deberá reponer o ampliar esta en la cuantía que corresponda, si ello le fuese

requerido.

6.- En función de las características y naturaleza del contrato, FEVE podrá optar,

cuando las circunstancias así lo requieran o aconsejen, por la devolución parcial de

las garantías, requiriéndose a tal efecto al contratista para la aportación de otras

nuevas de menores cuantías en sustitución de las preexistentes.

7.- Las personas o entidades distintas del contratista que presten garantías a favor de

éste, no podrán utilizar el beneficio de excusión a que se refiere el artículo 1.830 y

concordantes del Código Civil.

CLÁUSULA UNDÉCIMA.- SEGUROS

El Adjudicatario estará obligado a suscribir las pólizas de seguros que a

continuación se relacionan, quedando FEVE facultada para exigir en cualquier

momento los recibos acreditativos de estar al corriente en el pago de las primas

correspondientes:

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a. SEGURO DE ACCIDENTES

El Adjudicatario suscribirá antes de la formalización del Contrato un seguro de

accidentes que se obliga a mantener vigente durante el plazo de ejecución por la

suma asegurada que se indica en el Cuadro de características anexo al presente

Pliego

Podrá cumplirse esta condición mediante la extensión al presente contrato del seguro

que ya tuviera concertado la empresa adjudicataria, siempre que quede cubierta la

suma asegurada exigida en el Pliego y así se acredite mediante la correspondiente

certificación expedida en nombre de la compañía aseguradora por persona con poder

bastante.

b. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

El Adjudicatario suscribirá, con carácter previo a la formalización del Contrato, un

seguro de responsabilidad civil que se obliga a mantener vigente durante el plazo de

ejecución por la suma asegurada que se determine en el Cuadro de características

anexo al presente Pliego.

Podrá cumplirse esta condición mediante la extensión al presente Contrato del

seguro que ya tuviera concertado la empresa adjudicataria, siempre que quede

cubierta la suma asegurada exigida en el Pliego y así se acredite mediante la

correspondiente certificación expedida en nombre de la compañía aseguradora por

persona con poder bastante.

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CLÁUSULA DUODÉCIMA.- FORMALIZACIÓN Y GASTOS DE

FORMALIZACIÓN

Los contratos de FEVE se perfeccionarán con la firma del contrato.

El Adjudicatario deberá suscribir, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la fecha

de notificación de la adjudicación, el documento privado de formalización del

Contrato.

Es requisito necesario para la formalización la constitución por el Adjudicatario de

la garantía así como el abono de los gastos de publicidad de la licitación.

Serán asimismo a cargo del Adjudicatario cuantos otros gastos se ocasionen con

motivo de los trámites preparatorios y de formalización del Contrato y todo género

de tributos estatales o locales, la legalización de proyectos, las acometidas de

servicio, la obtención y gastos por permisos necesarios que deban otorgar empresas

de servicios o administración.

El contrato se podrá elevar a escritura pública cuando así lo solicite el

Adjudicatario, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento, y debiendo

otorgar a FEVE copia de la misma.

De conformidad con lo establecido en los artículos 18,24,41 y concordantes de la

Ley 31/1995, de 8 de noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales, Ley

54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de

riesgos laborales y Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla

el artículo 24 de la citada Ley 31/1995, en el caso de realizar actividades en

instalaciones de FEVE, la empresa licitadora a cuyo favor se proponga la

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adjudicación deberá aportar con carácter previo a la suscripción del Contrato, el

documento de homologación extendido por FEVE, acreditativo de haber recibido,

por conducto del Piloto de Prevención que designen, la información de prevención y

salud, abonando el coste de la misma.

La persona designada como Piloto de Prevención deberá coincidir con el

responsable de la empresa en las instalaciones de FEVE.

El cumplimiento de dicho trámite será requisito previo e indispensable para la

formalización del contrato.

Cualquier modificación en la persona designada por la empresa para la recepción de

la indicada información de prevención y salud durante la vigencia del contrato,

originará la necesidad de obtener una nueva homologación.

CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA.- EFECTOS DE LA FALTA DE

FORMALIZACIÓN

Cuando por causas imputables al Adjudicatario no pudiese formalizarse el Contrato

dentro del plazo indicado por FEVE, ésta podrá declarar resuelta la adjudicación,

procediendo en dicho caso a la reclamación de la indemnización de los daños y

perjuicios ocasionados.

CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA.- CONFIDENCIALIDAD

El Adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el

contenido del Contrato así como los datos o información a la que pueda tener acceso

o generar como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente

poner en conocimiento de terceros únicamente aquellos extremos que FEVE le

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autorice por escrito y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución

del Contrato.

CAPÍTULO CUARTO.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

1.- El servicio se prestará con estricta sujeción al clausulado del contrato y a los

pliegos elaborados por FEVE, y que han de regir la presente contratación.

2.- El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que

desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias

que se deduzcan para FEVE o para terceros de las omisiones, errores, métodos

inadecuados o conclusiones en la ejecución del contrato.

3.- El adjudicatario indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que

tiene previsto designar y que cumplen los requisitos que se exigirán en el momento

de su aceptación por FEVE. El adjudicatario está obligado a asignar para la

ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Pliego, los facultativos cuyo

nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por ello, y

durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación

completa, no podrá intervenir en otro trabajo. Asimismo, el adjudicatario no podrá

sustituir al personal facultativo establecido en su oferta, sin la expresa autorización

de FEVE.

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CLÁUSULA DECIMOSEXTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL

SERVICIO

1.- La fecha de inicio de la prestación de los servicios será la establecida en el

Cuadro de Características o, en su defecto, en el Contrato. El plazo de ejecución y

los plazos parciales que, en su caso, se establezcan, estarán referidos a la fecha de

comienzo de la prestación. El plazo de ejecución será el establecido en el Cuadro de

características anexo al presente Pliego. Antes de la finalización de este plazo y por

mutuo acuerdo de las partes, podrá prorrogarse el contrato en los siguientes

términos:

i) La duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no podrá exceder

de seis años.

ii) En cualquier caso, las prórrogas no podrán superar, aislada o

conjuntamente, el plazo fijado originariamente

2.- La prestación objeto del presente contrato se ejecutará en los lugares

especificados en el Cuadro de características anexo.

3.- El contratista preavisará a FEVE con 15 días de antelación a la fecha prevista

para la entrega del servicio, al efecto de que se pueda realizar la recepción del

mismo de forma adecuada.

4.- En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está

obligado a presentar un programa de trabajo que será aprobado por el órgano de

contratación.

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5.- FEVE determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las

prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su

caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos

observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos realizados no se adecuan a

la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al

contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o

teniendo derecho, en su caso a la recuperación del plazo satisfecho.

CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL

CONTRATO

FEVE podrá designar una persona como responsable del Contrato, quien

supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo

establecido en el Contrato, y cursará al contratista las instrucciones que estime

oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido

CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- VALORACIÓN Y ABONO DE LOS

SERVICIOS CONTRATADOS

1.- La valoración de los trabajos se ajustará al sistema de determinación de precios

establecido en el Cuadro de características anexo al presente Pliego.

2.- El soporte documental básico del pago será la certificación por trabajo

efectuado.

3.- El abono del precio, salvo que se pacte expresamente una fórmula distinta de

pago, se realizará con cargo a certificaciones por unidades completas, previa

recepción provisional de las mismas.

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El precio por tanto, se efectuará conforme al grado de ejecución efectuado.

4.- Las certificaciones no surtirán efecto, en tanto la aceptación o conformidad

técnica no sea ratificada por el titular de la Dirección de FEVE responsable del

contrato, debiéndose efectuar la misma en el plazo de quince (15) días hábiles,

computados desde la fecha de la firma de la relación valorada o de la realización de

la conformidad inicial de la factura, según el tipo de contrato.

5.- FEVE efectuará el pago en el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de las

certificaciones conformes expedidas por el Director del Contrato a la vista de las

relaciones valoradas, acreditativas de la coincidencia de la ejecución con las

condiciones técnicas establecidas, y de las facturas entregadas por el contratista.

En dichas facturas figurarán los precios unitarios ofertados y acordados

contractualmente.

6.- A la finalización de la ejecución del contrato se realizará la liquidación del

mismo, debiendo suscribirse un Acta firmada por los Servicios Técnicos de FEVE

y el Contratista, acreditativa del cumplimiento de las condiciones técnicas del

contrato y de las calidades de los materiales y operaciones efectuadas.

7.- FEVE se reserva el derecho a retener el pago de la certificación o certificaciones

pertinentes de concurrir disconformidad con el contratista con respecto al

cumplimiento por parte del mismo de las condiciones técnicas de ejecución. Dicha

retención se mantendrá hasta la realización por el mismo de las subsanaciones que

procedan, ello sin perjuicio de los derechos indemnizatorios que le pudieran

corresponder a FEVE por el incumplimiento contractual de concurrir tales

circunstancias.

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8.- FEVE podrá realizar abonos a cuenta por operaciones preparatorias,

instalaciones o adquisiciones de equipo y medios auxiliares en la forma y con las

garantías que a tal efecto se determinan reglamentariamente.

CLÁUSULA DECIMONOVENA – REVISIÓN DE PRECIOS

Para la procedencia inicial de la revisión de precios, se estará a lo indicado en el

Cuadro de características anexo al presente Pliego.

Cuando la revisión de precios inicialmente proceda, se indicarán en el citado Cuadro

de características los índices o fórmulas polinómicas que serán de aplicación a la

misma. El régimen jurídico de la revisión de precios será el establecido en los

artículos 77 a 82 de la LCSP y concordantes del RGLCAP.

CLÁUSULA VIGÉSIMA - PLAZO DE GARANTÍA

El objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía que se determine en el

Cuadro de características anexo al presente Pliego, a contar desde la fecha de

recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual FEVE podrá comprobar

que el trabajo realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente

pliego y en el de Prescripciones Técnicas.

CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL

PLAZO DE GARANTÍA

1.- Durante el plazo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar a su costa,

todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de

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las consecuencias que pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere

podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego.

2.- Terminado el plazo de garantía sin que FEVE haya formalizado reparo o

denuncia alguna, el contratista quedará exento de responsabilidades por razón de la

prestación efectuada.

3.- El adjudicatario tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que

se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL

ADJUDICATARIO, TRIBUTOS Y OTROS GASTOS

Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente

contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones:

i) El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones

vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

ii) Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos derivados de los

anuncios de la licitación y de formalización del contrato en el supuesto de

elevación a escritura pública.

iii) Asimismo el adjudicatario vendrá obligado al pago de cuantas licencias,

autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar

correctamente los bienes objeto del servicio.

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iv) Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos que la empresa deba

realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales,

financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales,

instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y

ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y el impuesto que por la

realización de la actividad pudiera corresponder.

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se

causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como

consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales

daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de

una orden de FEVE será responsable la misma dentro de los límites señalados en las

leyes. (artículo 198 LCSP).

El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen

durante la ejecución del contrato, tanto para FEVE como para terceros, por defectos

o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e

infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya

incurrido. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un

profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se

refiere esta cláusula.

CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- RIESGO Y VENTURA

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se

causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como

consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales

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daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de

una orden de FEVE será responsable la misma dentro de los límites señalados en las

leyes. (artículo 198 LCSP)

El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen

durante la ejecución del contrato, tanto para FEVE como para terceros, por defectos

o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e

infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya

incurrido. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un

profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se

refiere esta cláusula.

CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- CESIÓN

1.- Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos

por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas y personales del

cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.

2.- Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros

deberán cumplirse los siguientes requisitos:

i) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la

cesión.

ii) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del importe del

contrato.

iii) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con FEVE y la

solvencia que resulte exigible, debiendo estar clasificado si tal requisito

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ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición

para contratar.

iv) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en

escritura pública.

3.- El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que

corresponderían al cedente.

CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- SUBCONTRATACIÓN

1.- Para la procedencia de la subcontratación se estará a lo dispuesto en el Cuadro

de características anexo al presente Pliego.

En el supuesto de que proceda la subcontratación, el contratista deberá cumplir, en

cualquier caso, las siguientes condiciones:

i) Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que

tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el

perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia

profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a

encomendar su realización.

ii) En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por

escrito a FEVE la intención de celebrar los subcontratos, señalando la

parte de prestación que se pretende subcontratar y la identidad del

subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para

ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que

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dispone y a su experiencia. En el caso de que el subcontratista tuviera la

clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la

subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al

contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquél. La

acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse

inmediatamente después de la celebración del subcontrato si ésta es

necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la

adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente. Además,

el licitador deberá aportar un compromiso de disponibilidad suscrito por

el subcontratista en el que deberá expresar que, para el caso en que el

licitador resulte adjudicatario definitivo del contrato, el subcontratista

pondrá a su disposición todos los medios necesarios para ejecutar la parte

del contrato correspondiente, y éste debe estar inscrito o inscribirse en el

Depósito Documental correspondiente. Esta documentación deberá

aportarse en el sobre C, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.

En la solicitud de autorización de subcontratación, el contratista deberá

explicitar las unidades de la obra objeto de subcontratación, el importe

global de las mismas y el porcentaje que representan sobre el total del

contrato. La tramitación o inadmisión de la/s subcontratación/es, en

ningún caso servirá como justificante del incumplimiento del plazo

contractual.

iii) Si el adjudicatario no se ajustase a lo previsto en el punto i) de este

apartado, por celebrarse el subcontrato con empresarios distintos a los

señalados nominativamente en la oferta o por referirse a partes de la

prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta

que transcurran 20 días desde que se hubiese cursado la notificación y

aportado las justificaciones a que se refiere el punto ii) anterior, salvo

que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre

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que FEVE no hubiese manifestado dentro de este plazo su oposición a los

mismos. Este régimen será igualmente aplicable, en el supuesto de que

los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la

descripción de su perfil profesional.

Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrán

concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su

celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o

que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica

suficientemente.

iv) Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros

no podrán exceder del porcentaje señalado en el Cuadro de características

anexo al presente Pliego (En el supuesto de que no se señale dicho límite,

el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del

60% del importe de adjudicación)

2.- La infracción de las condiciones establecidas en el apartado anterior para

proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del

subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o

de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la

imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del

subcontrato.

3.- En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del

contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento

jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 49.1 LCSP.

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CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- INFRACCIONES Y RÉGIMEN

SANCIONADOR

1. La vulneración de las obligaciones contenidas en el presente Pliego y en el PPTP

llevará consigo la imposición al Adjudicatario de las penalizaciones establecidas

en esta cláusula, sin perjuicio de la obligación de resarcimiento de los daños y

perjuicios que se hubieren ocasionado.

La firma del Contrato por parte del Adjudicatario implica la aceptación del

régimen de penalidades recogido en el presente Pliego.

2. Se consideran incumplimientos leves aquellos que no afecten directamente a la

seguridad y/o ejecución del servicio citando, sin ser excluyentes, las siguientes:

i) No informar a los Servicios Técnicos de FEVE con suficiente antelación

del momento en que se vayan a completar etapas significativas del

servicio.

ii) Desobediencia de las instrucciones de la Dirección Técnica, e

indicaciones en su caso de los Servicios Técnicos de FEVE, siempre que

la misma no afecte a los resultados del servicio.

iii) Incumplimiento leve del Plan de ejecución de manera que no se afecte a

la marcha del servicio.

iv) Se considerarán igualmente incumplimientos leves todos los demás

incumplimientos de las obligaciones fijadas en el presente Pliego, en el

PPTP y en el resto de normativa aplicable no calificados como graves.

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3. Se consideran infracciones graves la reiteración de las leves; las que dificulten de

forma importante la Inspección de los Servicios Técnicos de FEVE; las que

afecten directamente a la ejecución del contrato, citándose, sin ánimo exhaustivo,

las siguientes:

i) No respetar los parámetros de calidad y seguridad establecidos en el

PPTP o realizar prestaciones de servicios defectuosas, mal ejecutadas o

no ajustadas a Proyecto, todo ello sin perjuicio de la obligación de

subsanación.

ii) No llevar a cabo las mejoras ofrecidas por el Adjudicatario en su oferta y

según las instrucciones que le dirija FEVE y la Dirección Técnica del

servicio, todo ello sin perjuicio de la obligación de su realización

efectiva.

iii) Ejecutar el servicio incumpliendo las instrucciones dadas por FEVE,

salvo que el incumplimiento se limite a los procedimientos de trabajo y

no se afecte a la calidad de resultado de la obra construida o la seguridad

de la realización.

iv) Incumplimiento del plazo marcado en el presente Pliego para la entrega y

puesta en marcha del servicio.

v) No solicitar y obtener alguna licencia de las legalmente necesarias, para

realizar la prestación o para cualquier otra actividad instrumental del

servicio que lleve a cabo el Adjudicatario.

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vi) La falta de contratación de los seguros requeridos por el presente Pliego

y el PPTP o encontrarse en situación de impago de las primas debidas

por ellos.

vii) Incumplimiento de algunas de las previsiones establecidas en el programa

de trabajo, salvo que no tengan efectos directos sobre la marcha de la

prestación del servicio, en cuyo caso serán leves.

viii) Obstrucción de las tareas inspectoras de la Dirección Técnica y de los

Servicios Técnicos de FEVE.

ix) No sustituir a cualquiera de los técnicos y/o personal de oficios que

reiteradamente incumplan las indicaciones dadas por los Servicios

Técnicos de FEVE en sus labores de inspección de la prestación una vez

se notifique por escrito este hecho.

x) Incumplir los plazos fijados para responder a las observaciones que los

Servicios Técnicos de FEVE realicen al Proyecto de Construcción.

xi) No remitir en los plazos fijados la documentación que se solicite por

escrito por la Inspección del servicio.

xii) Incumplimiento de las obligaciones laborales o sociales en relación con

sus trabajadores.

xiii) Incurrir en cuatro incumplimientos leves.

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Cuando el incumplimiento revista los caracteres de delito o falta FEVE

pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades judiciales

competentes.

En cualquier caso se estará a lo expresamente dispuesto en el PPTP en

relación con el cumplimiento de los parámetros de calidad, y en particular

en cuanto a sus niveles exigidos, formas de medición y acciones

correctoras.

4. FEVE, previo informe de sus Servicios Técnicos, y tras el trámite de audiencia

concedido al Adjudicatario, podrá exigir, en su caso, las siguientes penalidades

en función de la correspondiente tipificación de infracciones contenidas en esta

cláusula.

Los incumplimientos del Adjudicatario se regirán por el siguiente régimen:

a) Los incumplimientos leves serán penalizados con multa máxima de

300 euros.

b) Los incumplimientos graves serán penalizados con multa mínima de

301 euros y hasta un máximo del 10 por ciento del presupuesto de la

prestación.

5. En el caso de incumplimiento del plazo fijado en el presente Pliego para la

prestación del servicio por causas imputables al Adjudicatario, FEVE podrá

optar indistintamente por la resolución del Contrato con pérdida de la garantía o

por la imposición de penalizaciones diarias por demora en la proporción de 0,20

euros por cada 1.000 euros del precio del Contrato. Cada vez que las

penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del

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Contrato, FEVE estará facultada para proceder a la resolución del Contrato o

acordar la continuidad del mismo con imposición de nuevas penalidades.

6. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener

derecho FEVE por los daños y perjuicios originados por la demora del

Adjudicatario.

El importe de las penalidades previstas en el presente Pliego se actualizara

anualmente de acuerdo con el mismo índice determinado para la actualización de

las tarifas técnicas conforme al contenido de la oferta del Adjudicatario.

CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Una vez formalizado el contrato, el Órgano de contratación sólo podrá introducir

modificaciones en el mismo, cuando concurran circunstancias o acontecimientos de

interés público que objetivamente considerados justifiquen la necesidad de la

modificación y la proporcionalidad de ésta.

CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Serán causas de resolución del contrato las que se señalen a continuación:

i) Por falta de reposición de la garantía en caso de penalidades o

indemnizaciones con cargo a ésta.

ii) Incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones esenciales del

contrato calificadas como tales en los pliegos o en el propio documento

contractual.

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iii) La demora en el cumplimiento de los plazos del contrato imputable al

contratista, a partir de un determinado límite.

iv) Por mutuo acuerdo de las partes.

v) Por muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, siempre y

cuando no fuese posible la continuación del contrato con los herederos o

sucesores.

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ANEXO I: CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO……. POR EL

PROCEDIMIENTO ABIERTO Expte.: ………..

A) OBJETO DEL CONTRATO 1.- Denominación: 2.- Clave: 3.- Fecha de aprobación de la licitación: 4.- Comunidad Autónoma: 5.- Provincia: Nomenclatura NACE: Código CPV: B) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: 1.- Procedimiento: 2.- Forma de adjudicación:

Un único criterio de valoración (precio)

Varios criterios de valoración.

3.- Sistema de tramitación: C) FINALIDAD DEL CONTRATO:

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D) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

- Presupuesto en cifra (IVA excluido): - Presupuesto en letra (IVA excluido):

- Importe del IVA en cifra: - Importe del IVA en letra:

Anualidades: Prepuesto: IVA: Total: E) APLICACIÓN PRESUPUESTARIA F) REVISIÓN DE PRECIOS Deberá preverse si procede o no la revisión. G) FINANCIACIÓN CON FONDOS EUROPEOS

- Existen Si No - Tipo de fondo: - % de cofinanciación - Código Eurofón:

H) GASTOS DE PUBLICIDAD El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo: ………. I) LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas se presentarán en: ……………….. En el plazo previsto en el anuncio de licitación. En la forma prevista en el Cláusula Octava del presente Pliego de Condiciones Particulares.

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J) ADMISIÓN DE VARIANTES

- Se admiten Si No En caso afirmativo deberán sujetarse a las siguientes condiciones: - No podrán incluirse más de…. Variantes respecto cada uno de los aspectos o

elementos de la oferta que se detallan a continuación. - Las variantes solo podrán referirse a los siguientes aspectos o elementos de

la oferta: K) SOLVENCIA 1.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA:

- Grupo: - Subgrupo: - Categoría:

En su caso NO PROCEDE. 2.- Para la concreción de las condiciones de solvencia:

a) Se exigirá a los licitadores el compromiso de adscribir específicamente los siguientes medios:

(enumeración concreta de los medios) b) Los licitadores deberán especificar los nombres y la cualificación

profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: - No - Si, en la siguiente forma: …………….. (Nombre, DNI, titulación, currículum) …………….. (Nombre, DNI, titulación, currículum) …………….. (Nombre, DNI, currículum) c) Habilitación empresarial exigible para realizar la prestación: - Ninguna en especial - La siguiente habilitación: ………

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L) PILOTO DE PREVENCIÓN: Nombre, DNI, homologación por FEVE o compromiso de hacerlo M) GARANTÍA DEFINITIVA: Importe: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido Habrá de atenderse a lo dispuesto en la Cláusula Décima del presente Pliego de Condiciones Particulares. Se constituirá a disposición de….. NIF….. Mediante aval,…. o mediante ingreso en metálico en la cuenta: N) PLAZO DE GARANTÍA: El plazo de garantía se establecerá atendiendo a la naturaleza y complejidad del servicio y no podrá ser inferior a un año salvo casos especiales. O) EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas admitidas se valorarán aplicando los criterios establecidos en la Cláusula Novena del presente Pliego que rige la contratación, con la siguiente ponderación: - Criterios técnicos: Ponderación de la Oferta Técnica (PT) (no evaluable mediante fórmulas) Coeficiente: … (igual o inferior a 50 sobre un máximo de 100) Escala aplicable: A B - Criterios económicos: Ponderación de la Oferta Económica (PE) Coeficiente: … (igual o superior a 50 sobre un máximo de 100) La suma de los valores de PT + PE deberá ser siempre igual a 100. P) UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN

LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (PT) Para ser admitidos a la fase de evaluación global, se exigirá que en los criterios no evaluables mediante fórmulas los licitadores alcancen el siguiente umbral mínimo de puntuación técnica: ………………

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Q) PLAZO DE EJECUCION: A los solos efectos de establecer el plazo de ejecución del servicio, se observará lo siguiente:

1. Plazos parciales: 2. Plazo total:

R) CONDICIONES DE EJECUCIÓN 1.- Adscripción de medios específicos:

- Se exige Si No En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

2.- Seguro de accidentes durante la ejecución del contrato:

- Se exige Si No Por la suma asegurada de……. - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

3.- Seguro de responsabilidad civil:

Por la cuantía de….. - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

4.- Cumplimiento de obligaciones de carácter social:

- Se exige Si No En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

5.- Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución:

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- Se exige Si No En caso afirmativo: - Es condición especial de ejecución del contrato: Si No

S) SUBCONTRATACIÓN El límite máximo aplicable para la subcontratación es: El legal del 60% El siguiente límite especial ….. T) MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES

- Por correo certificado - Por correo electrónico: …@..... - Por telefax - Página web www.feve.es

U) PERFIL DEL CONTRATANTE

Es accesible desde las siguientes páginas web: www.feve.es

Este Cuadro de Características forma parte inseparable del correspondiente Pliego de Condiciones Particulares (Pliego Abierto. Servicios v2 marzo 2009) que, junto con las Normas de Contratación de FEVE (v2 marzo 2009), el Pliego de Prescripciones Técnicas y el propio contrato establece el marco normativo y los derechos y obligaciones de las partes. Tanto las Normas de Contratación como el Pliego están disponibles en el perfil del contratante de FEVE (Véase apartado anterior). La participación en el presente procedimiento de contratación implica la aceptación íntegra e incondicional del Pliego de Condiciones, de las Normas de Contratación de FEVE y del Pliego de Prescripciones Técnicas.

En,......................, a ..... de .................. de 2009

El Director de......................................................

Fdo:...................................................................

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ANEXO II: PROPOSICIÓN ECONÓMICA

ANEXO II.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D. …, vecino de…, con domicilio en…, con DNI…,, expedido en…, el… , de…,

de…, en nombre propio (o en representación de….) conforme acredito con poder notarial

declarado bastante, enterado del anuncio publicado en …….. nº… del día…, y del Pliego de

Condiciones Particulares y de Condiciones Técnicas, para la ADJUDICACIÓN

MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO del contrato de SERVICIO de… por la

Entidad Pública Empresarial Ferrocarriles de Vía Estrecha, FEVE en ……, cuyo contenido

conoce y acepta íntegramente, toma parte en el presente concurso, y, caso de resultar

Adjudicatario, se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato en las

siguientes condiciones:

1. Presupuesto (IVA excluido):

2. Importe del IVA:

El plazo máximo de ejecución ofertado es de .......(días, meses, años)

El licitador se obliga a mantener vigentes las anteriores condiciones de la presente

proposición económica durante un periodo de seis meses.

Lo firmo en…………. a………… de…………….. de……………

(Firma)

Nota: Los precios consignados en la proposición deberán figurar tanto en letra como en

número, prevaleciendo, en caso de discrepancia, los primeros sobre los segundos, salvo

prueba en contrario.

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ANEXO II.2. JUSTIFICACIÓN DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA

CONTRATO: CLAVE:

A. PERSONAL

DESIGNACIÓN

Nº DE PERSONAS

CATEGORÍA €

PRECIO UNITARIO

[€/mes]

Nº DE UNIDADES

[Personas/mes]

PRODUCTO PARCIAL

[€.]

TOTAL A)

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B. DIETAS Y LOCOMOCIÓN B.1 Dietas

PERSONAL PRECIO

UNITARIO [€/mes]

Nº DE UNIDADES [Personas/mes]

PRODUCTO PARCIAL

[€.]

TOTAL B2)

B.2 Locomoción

TIPOS DE TRANSPORTE UNIDAD PRECIO

UNITARIO [€.]

PRODUCTO PARCIAL

[€.]

TOTAL B2)

B.3 Resumen Dietas (B1) Locomoción (B2) TOTAL B)

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C. TRABAJOS ESPECIALES Cartografía y Topografía €. Geología y Geotécnia €. Cálculo Mecanizado €. Reproducción y Edición €. TOTAL C) €. D. PRESUPUESTO TOTAL Personal (A) €. Dietas y Locomoción (B) €. Trabajos Especiales (C) €. SUMA (S) €. Gastos Generales 13% (S) €. Beneficio Industrial 6% (S) €. SUMA (SC) €. I.V.A. (SC) €. TOTAL D) €. Asciende el presente presupuesto a la cantidad de (D)

(día) de (mes) de (año) 200

LA EMPRESA CONSULTORA (FECHA y FIRMA)

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ANEXO III: AVAL BANCARIO

LA ENTIDAD……………………………………………………………

AVALA

Solidariamente a la empresa………………………. con domicilio en ………..

NIF…………….

Ante la Entidad Pública Empresarial Ferrocarriles de Vía Estrecha, FEVE con

renuncia a cualquier beneficio, y en especial, a los de orden, previa excusión y división de

bienes, por la cantidad de…………….. euros (………..euros), para responder de todas y

cada una de las obligaciones y eventuales responsabilidades de toda índole que se deriven

del cumplimiento del Contrato de …. número de expediente….

El presente aval será ejecutable por FEVE a PRIMERA DEMANDA o PETICIÓN,

bastando para ello el simple requerimiento notarial a la entidad avalista dándole cuenta del

incumplimiento contractual en que haya incurrido la empresa avalada.

El suscriptor del aval se encuentra especialmente facultado para su formalización

según poderes otorgados ante el Notario D….. el día…. al número de su protocolo ….. y

que no le han sido revocados ni restringidos o modificados en forma alguna.

Este aval, que ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro Especial de

Avales con el número…. Estará en vigor hasta que no se hayan extinguido y liquidado

todas y cada una de las obligaciones contraídas por la empresa avalada y FEVE autorice su

cancelación.

En….., a ….., de …., de……..

Fdo.- La Entidad Avalista

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ANEXO IV: RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES

FORMULARIO T-1 ESTUDIOS Y PROYECTOS terminados o en ejecución en los cinco (5) últimos años.

Nº de orden Título del trabajo

Provincia Administración

Contratante Fecha Presupuesto Plazo

Observaciones (1)

La inclusión de referencias no significativas tendrá valoración negativa.

(1) En esta casilla se indicará, entre otros aspectos, si la referencia es de subcontratista (s) y/o colaboradores.

FECHA Y FIRMA

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ANEXO V: FORMULARIOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA

FORMULARIO EF-1

(Por empresa unión temporal, en su caso)

Entidad:

FACTURACIÓN (F)

COMPRAS

AÑO

AÑO

AÑO

FECHA Y FIRMA

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FORMULARIO EF-2 (Por empresa unión temporal, en su caso)

Entidad:

BALANCES (1)(2)

ACTIVO Año Año Año PASIVO Año Año Año

CIRCULANTE (A) RECURSOS AJENOS (C)

Disponible (A1) Exigible (A2) Realizable (A3)

Exigible a corto (C1) Exigible a largo (C2)

INMOVILIZADO (B) RECURSOS PROPIOS (D)

Financiero (B1) Material (B2) Inmaterial (B3)

Capital (D1) Reservas (D2)

Notas:

(1) Estos balances serán los oficiales. (2) Como mínimo, deberán aportarse en este formulario los valores A, B, C, y D.

FECHA Y FIRMA

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FORMULARIO EF-2 (Por empresa unión temporal, en su caso)

Entidad:

ÍNDICE DE: Garantía Recursos Independencia Financiera Dependencia Financiera

FÓRMULA (A+B)/C D/C D/(A+B) C/(A+B)

Año

Año

Año

DEFINICIÓN DE ÍNDICES Y DATOS SOLICITADOS GARANTÍA (o solvencia total):

RECURSOS:

INDEPENDENCIA FINANCIERA:

DEPENDENCIA:

FECHA Y FIRMA

Circulante + Inmovilizado A + B Recursos ajenos C

Recursos propios D Recursos ajenos C

Recursos propios D Circulante + Inmovilizado A + B

Recursos ajenos C Circulante + Inmovilizado A + B

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ANEXO VI: DEL PERSONAL QUE INTERVENDRÁ EN LOS TRABAJOS

Apellidos, nombre Función Titulación Experiencia (años) Empresa (1) Antigüedad Dedicación al contrato (2)

Delegado Jefe de Proyecto

Jefe de Equipo

Equipo Trazado (0)

Jefe de Equipo Equipo Drenaje

Jefe de Equipo Equipo Geotecnia

Equipo Estructuras Equipo Impacto Ambiental Equipo Vía Equipo Electrificación Equipo Instalaciones Equipo Autocontrol etc.

Notas: (0) Los equipos expresados son meramente indicativos. En cada caso deberán ajustarse a las necesidades del contrato. (1) En caso de UTE o subcontrata, empresa a la que pertenece el técnico indicado. En caso de profesional libre indicar “colaborador” (2) Tiempo, en semanas, de trabajo real en el contrato.

(FECHA y FIRMA)

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Expte.: 03/47/022

FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA. (FEVE)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA DE LA CAPACIDAD DE LA LINEA DE FEVE DESDE FERROL HASTA SANTANDER PARA ADAPTARLA A LA VELOCIDAD DE CIENTO SESENTA KILÓMETROS POR HORA.

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PRIMERA. - OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO:

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares tiene por objeto la contratación de los trabajos de asistencia técnica para desarrollar el estudio de viabilidad técnica y económica del acondicionamiento y en su caso la duplicación de vía para adaptarla a velocidades de hasta 160 km/h de la línea explotada por FEVE entre las ciudades de Ferrol y Santander, en la Cornisa Cantábrica. SEGUNDA.- METODOLOGÍA Y TRABAJOS A EFECTUAR:

La metodología, que se refleja en los puntos siguientes, contiene la realización de las tareas necesarias para desarrollar el estudio de viabilidad técnica y económica del acondicionamiento de la línea para la velocidad objetivo definida y de la mejora de su capacidad mediante la duplicación de vía en aquellos tramos que sea preciso.

Las tareas a efectuar serán las siguientes: • Cartografía: Para el análisis preliminar de las posibles alternativas de adecuación de la línea, se empleará la cartografía existente a escala 1:10.000 y 1:25.000, aunque en puntos de especial indefinición se considerará el empleo de la escala 1: 5.000. En cualquier caso, para garantizar la viabilidad de las soluciones, se efectuará un vuelo fotogramétrico a lo largo de todo el Corredor Cantábrico de tal forma que se precise la posible ocupación del territorio y las afecciones ambientales y urbanísticas. En su caso y de acuerdo con la Dirección del Estudio, se procederá, a partir del vuelo anterior, a efectuar la restitución cartográfica de zonas especialmente conflictivas, a escala 1:5.000 para precisar las posibles ocupaciones del territorio posteriores a la cartografía existente. • Análisis ambiental: El análisis ambiental se efectuará con el objetivo específico y nivel de profundidad necesario para garantizar la viabilidad medioambiental de las actuaciones que se propongan en las distintas alternativas de trazado. Para ello, se tomará como referencia todas las determinaciones contenidas en los distintos planeamientos autonómicos regionales, municipales, etc…, elaborados por los distintos organismos responsables de las áreas protegidas. Se incluirá la consideración de las repercusiones derivadas de la protección de la franja costera.

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El estudio se completará con el análisis de la foto aérea para la definición de las distintas áreas ambientales, que podrá completarse mediante visitas de campo en enclaves localizados en los que se planteen dudas en relación con su viabilidad.

• Planeamiento Urbanístico y Territorial: Se analizará el planeamiento urbanístico de los municipios afectados a lo largo de toda la traza en las tres comunidades por las que discurre la línea objeto de adecuación (Galicia, Principado de Asturias y Cantabria). La escala de trabajo será la 1:25.000 Como datos básicos urbanísticos se considerarán los siguientes: - Estructura general del territorio contenida en el PGOU - Calificación y clasificación de suelo. - Áreas especialmente protegidas, con especificación de las características que lo justifican, de las condiciones de su nivel de protección y de las posibilidades de implantación de nuevas infraestructuras. - Sistemas Generales, principalmente los relacionados con las infraestructuras de comunicaciones: red viaria y ferroviaria. - Previsiones en el desarrollo de la nueva red viaria o ferroviaria de rango principal (regional, nacional) - Grandes infraestructuras de servicios que puedan afectar al desarrollo de alguna solución. - Cualquier otra planificación sectorial que pueda establecer limitaciones al planteamiento de soluciones.

• Análisis sociológico. Puntos de demanda: Este apartado tiene como objetivo la identificación de los puntos fijos a los que se debe proporcionar accesibilidad ferroviaria, bien a través de la nueva línea para los nuevos flujos de viajeros, bien a partir de la línea existente, mediante el mantenimiento de ramales de conexión local.

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La línea deberá servir de soporte para el tráfico de mercancías, por lo será necesario determinar las terminales o derivaciones particulares en las que será necesario mantener la accesibilidad ferroviaria.

• Geotecnia: Dada la importancia de las estructuras (túneles y viaductos) en el desarrollo de la infraestructura resultante, se considera necesaria la realización de un primer análisis geotécnico del corredor para detectar las posibles zonas de riesgo, empleando a los efectos la información existente. Como resultado, se definirán por tramos las características geotécnicas generales del corredor, para identificar las dificultades, tipología y sistema constructivo de las principales estructuras y túneles del corredor. Al igual que en el caso anterior, el trabajo de gabinete deberá ser completado con visitas de campo en aquellos enclaves puntuales de gran importancia desde la óptica de la viabilidad de la solución. • Definición de corredores y alternativas: Una vez identificados los puntos de mantenimiento de accesibilidad ferroviaria y los condicionantes territoriales externos, se procederá a identificar los corredores aptos desde el punto de vista urbanístico, medioambiental, topográfico, geotécnico, etc.., para aprovechar al máximo la infraestructura preexistente, y para visualizar las variantes y trazado de nueva creación. En los corredores preseleccionados se efectuará un primer análisis de trazado, con el nivel de precisión necesario para determinar las principales características de cada alternativa, con especial énfasis en la estimación de las grandes estructuras: viaductos y túneles, para permitir viabilidad técnica y valoración económica con el nivel de aproximación suficiente a esta fase. Se determinará planta, perfil longitudinal y peraltes de las nuevas actuaciones, las características básicas de la sección transversal, y los principales parámetros de los viaductos y túneles más relevantes. En la determinación de alternativas, se tomará como referencia básica la duplicación selectiva de vía, que propicie un incremento muy importante de la capacidad, y su adecuación a 160 Km/h, con el máximo aprovechamiento posible de la infraestructura existente.

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Ante la importancia de las actuaciones, se considerará el desarrollo de los trabajos en distintas fases, que deberán tener presente la funcionalidad de las situaciones provisionales, garantizando las condiciones de explotación adecuadas a cada tipo de tráfico.

En los corredores en donde se estime la validez de los trazados actuales de FEVE, se procederá a definir las características geométricas básicas de la vía para los mismos. Esta definición geométrica será parametrizable en función de las velocidades máximas y teniendo en consideración la compatibilidad de tráficos por los citados tramos.

• Valoración económica: Una vez definidas las actuaciones y su construcción en fases, se procederá a efectuar la valoración económica concreta de las mismas, empleando a estos efectos los macroprecios de las principales unidades de construcción ya avaladas por la experiencia. En la valoración se tendrá en cuenta la planificación en fases efectuada en el planteamiento de alternativas.

• Edición y presentación:

Se realizarán los trabajos de reprografía y encuadernación, así como las copias necesarias en soporte informático. La Dirección del Estudio aprobará previamente los modelos de documentos y formatos a utilizar.

TERCERA.- EQUIPO A APORTAR POR EL CONSULTOR:

El Consultor adjudicatario deberá aportar, para la realización de los trabajos un equipo formado por:

- Delegado del Consultor, Ingeniero Superior de Caminos, con experiencia mínima de 15 años en Organización y Gestión de Proyectos de Ferrocarriles. Se exigirá la presencia constante y la permanente dedicación del mismo.

- Ingeniero Superior con experiencia mínima de 5 años en Organización y Gestión de Proyectos Ferroviarios.

- Especialistas de las diferentes áreas: Planificación, Ambiental, Geotecnia,

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Trazado, Estructuras, Superestructura, Instalaciones, ...

CUARTA.- DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS:

La Dirección de los trabajos corresponderá al Director del Estudio que designe FEVE.

QUINTA.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS:

Se presentarán 10 ejemplares encuadernados tamaño DIN A-3 y planos resumen tamaño DIN A-3. En el caso de los planos, el tamaño será el que mejor convenga a una interpretación correcta de los mismos. Asimismo se entregará, en soporte informático todo el material utilizado y generado. Serán entregados a FEVE todos los documentos y datos obtenidos en el vuelo fotogramétrico a realizar a lo largo del corredor objeto de licitación, así como la restitución cartográfica resultante del vuelo, en los soportes originales y en los que sean precisos para su utilización posterior por FEVE, quedando de propiedad de ésta para los usos futuros que pudiere precisar, sin limitación alguna.

SEXTA.- CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJOS:

Todos los trabajos e investigaciones que desarrolle el Consultor/la empresa consultora en los trabajos, tienen carácter confidencial, por lo que deberá adoptar los medios necesarios par evitar su difusión fuera del ámbito de FEVE.

SÉPTIMA.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS:

El plazo de ejecución de los trabajos es de tres (3) meses contados desde la fecha de la firma del contrato, valorándose por parte de FEVE la consecución de este plazo en un periodo menor.

OCTAVA.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

DOSCIENTOS SESENTA MIL EUROS (260.000,00.- €, ), IVA excluido. No se admitirán ofertas con un presupuesto superior al establecido en estos pliegos.

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NOVENA.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.

• Procedimiento: Abierto

• Forma: Varios criterios

• Sistema: Urgente.

DÉCIMA.- ABONO DE LOS TRABAJOS:

Los trabajos se abonarán mediante certificaciones parciales acordes con la marcha de los mismos, previa certificaciones favorables y positivas de la dirección del estudio y del proyecto.

DÉCIMO-PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS:

Una vez terminados los trabajos y aceptados por la Dirección del Estudio se procederá a la recepción oficial de los mismos por parte de FEVE.

DÉCIMO-SEGUNDA.- CRITERIOS DE CALIFICACIÓN: La calificación de las ofertas se efectuará desde los puntos de vista técnico y económico.

La calificación técnica se determinará mediante la valoración de la documentación contenida en el sobre C de la oferta. La valoración se asignará aplicando la escala A, de acuerdo con el Cuadro de Características Anexo al Pliego de Condiciones Particulares:

Memoria y Programa de Trabajo 60

Actuaciones medioambientales 15

Tecnología e I+D+i 15

Calidad 10

Para la valoración de los diferentes aspectos se considerará el contenido de la documentación aportada en el sobre C, de acuerdo con el Pliego de Condiciones Particulares.

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Para la valoración de la Memoria y Programa de Trabajo, se aportará en la documentación del sobre C el contenido general que se indica en el Pliego de Condiciones Particulares, con el detalle de:

- Capacidad para realizar estudios de viabilidad de nuevas líneas y accesos ferroviarios de ancho métrico en la Cornisa Cantábrica. - Coordinación del equipo de trabajo con especial atención a la incorporación de propuestas de Organismos o Entes Territoriales de Cantabria, Principado de Asturias y Galicia, Institutos Públicos y centros universitarios de reconocido prestigio que garanticen la integración del trabajo en el territorio. - La conformación de un equipo multidisciplinar, que permita resolver adecuadamente los problemas que se puedan plantear.

- La justificación de una posible reducción en el plazo máximo de ejecución. La calificación de la oferta económica se realizará atendiendo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares.

En Madrid, a 27 de noviembre de 2009.

Fdo.: Juan Díez López Director General Adjunto