Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2...

100
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México. CEFP / 048 / 2019 Comparativo de Ley de Ingresos de la Federación 2020 respecto de la Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal Estudio 2 de diciembre de 2019

Transcript of Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2...

Page 1: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México.CEFP / 048 / 2019

Comparativo de Ley de Ingresos de laFederación 2020 respecto de la

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal

Estudio2 de diciembre de 2019

Page 2: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

1

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Índice

Presentación ................................................................................................................................... 2

Introducción .................................................................................................................................... 3

1. Comparativo de los Ingresos del Sector Público.......................................................... 4

2. Comparativo del Texto entre la LIF 2020 y la LIF 2020 ................................................. 8

2.1 Nota Metodológica............................................................................................................ 8

2.2 Comparativo de la ILIF 2020 con respecto LIF aprobada para 2020 .................. 9

Fuentes de Información ............................................................................................................. 98

Page 3: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

2

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

PresentaciónEl Ejecutivo Federal a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Públicoy en cumplimiento del artículo 42, fracción III, inciso b, de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria puso a disposición del Congresode la Unión, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) 2020, parallevar a adelante su proceso de aprobación, según lo dispuesto en laConstitución y en el mencionado ordenamiento.

Luego, tras la discusión efectuada en las Cámaras que componen elCongreso de la Unión, su contenido fue modificado a fin de garantizar elcumplimiento del objetivo de lograr una recaudación suficiente parafinanciar el gasto público y, conforme a la exposición de motivos,atendiendo a los propósitos de eficiencia, progresividad y equidad, con locual quedó aprobada la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para elejercicio fiscal de 2020, misma que fue publicada en el Diario Oficial de laFederación el pasado día 25 de noviembre pasado.

Dado este evento, en cumplimiento de sus funciones, el Centro de Estudiosde las Finanzas Públicas (CEFP), en cuanto órgano de apoyo técnico de laH. Cámara de Diputados en la materia, pone a disposición de las y losLegisladores el documento denominado: “Comparativo de Ley de Ingresosde la Federación 2020 respecto de la Iniciativa enviada por el EjecutivoFederal”, donde se exponen los principales cambios realizados por elCongreso a la Iniciativa de Ley Ingresos de la Federación 2020.

Page 4: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

3

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

IntroducciónEl Ejecutivo Federal puso a consideración del H. Congreso de la Unión la ILIF2020, respetando los pautas ofrecidas para el diseño de su política fiscal, esdecir, la Iniciativa no contempla ningún incremento a las tasas impositivasvigentes, ni la creación de ningún nuevo tributo, además busca mejorar laeficiencia recaudatoria, únicamente, a través de la simplificaciónadministrativa de su normatividad y la inducción del cumplimiento de lasobligaciones fiscales de manera generalizada y proporcional entre losagentes económicos, mediante la adecuación de las leyes fiscales paracerrar los espacios a la evasión y la elusión fiscales.

Con estas acciones se persigue el propósito de optimizar la recaudaciónque obtiene el Gobierno Federal por el cobro de impuestos, como elmecanismo de financiamiento adecuado y sano para el cumplimiento delas metas y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

Este documento persigue informar sobre los resultados del proceso deexamen, discusión y modificación de la ILIF 2020, realizado por el Congresode la Unión al proyecto enviado por el Ejecutivo, en arreglo a lo estatuidopor la Constitución, en su artículo 74, fracción IV.

En tal proceso se realizaron diversos cambios, con el propósito de mejorar laeficiencia y equidad del sistema tributario. La comparación aquí efectuadabusca facilitar el análisis de los resultados del mencionado proceso al revelarlos cambios emanados de él.

Este documento está dividido en dos apartados: en el primero, se presentanlos cambios cuantitativos entre la ILIF 2020 y la LIF 2020, y la variación realcon respecto al año previo, surgida de las variaciones hechas en definitiva.El segundo apartado ofrece en primer lugar la metodología utilizada parapresentar las modificaciones entre la LIF 2020 y la propuesta del Ejecutivo;para luego presentar los resultados de la comparación, mediante ladescripción específica de los cambios propuestos al texto vigente de la Ley.

Con esta publicación, el CEFP busca aportar elementos de apoyo técnicoque sean de utilidad para las tareas legislativas de comisiones, gruposparlamentarios y diputados, vinculadas al proceso de aprobación de la Leyde Ingresos de la Federación para el Ejercicio fiscal de 2020.

Page 5: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

4

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

1. Comparativo de los Ingresos del Sector Público

TOTAL (IGF+IOE+IDF) 5,838,059.7 6,096,335.8 6,103,317.4 6,107,732.4 11,396.6 269,672.7 1.0INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL (1+3+4+5+6+8+9) 3,952,357.4 4,072,709.8 4,079,691.4 4,084,106.4 11,396.6 131,749.0 -0.21. Impuestos 3,311,373.4 3,499,425.8 3,505,822.4 3,505,822.4 6,396.6 194,449.0 2.2

1.1. Impuestos sobre los ingresos: 1,752,500.2 1,846,455.7 1,852,852.3 1,852,852.3 6,396.6 100,352.1 2.101. Impuesto sobre la renta. 1,752,500.2 1,846,455.7 1,852,852.3 1,852,852.3 6,396.6 100,352.1 2.1

1.2. Impuestos sobre el patrimonio. 0.0 0.0 n.a1.3. Impuestos sobre la producción, el consumo y las t ransacciones:1,443,843.3 1,534,055.8 1,534,055.8 1,534,055.8 0.0 90,212.5 2.6

01. Impuesto al valor agregado. 995,203.3 1,007,546.0 1,007,546.0 1,007,546.0 0.0 12,342.7 -2.202. Impuesto especial sobre producción y servicios: 437,900.9 515,733.5 515,733.5 515,733.5 0.0 77,832.6 13.7

01. Gasolinas, diésel para combust ión automotriz: 269,300.5 342,053.6 342,053.6 342,053.6 0.0 72,753.1 22.601. Art ículo 2o-A, fracción I. 242,093.5 313,321.0 313,321.0 313,321.0 0.0 71,227.5 25.002. Art ículo 2o-A, fracción I I . 27,207.0 28,732.6 28,732.6 28,732.6 0.0 1,525.6 2.0

02. Bebidas con contenido alcohólico y cerveza: 57,289.8 62,165.7 62,165.7 62,165.7 0.0 4,875.9 4.801. Bebidas alcohólicas. 16,387.6 18,888.4 18,888.4 18,888.4 0.0 2,500.8 11.302. Cervezas y bebidas refrescantes. 40,902.2 43,277.3 43,277.3 43,277.3 0.0 2,375.1 2.2

03. Tabacos labrados. 43,078.2 43,679.4 43,679.4 43,679.4 0.0 601.2 -2.104. Juegos con apuestas y sorteos. 2,971.2 2,968.8 2,968.8 2,968.8 0.0 -2.4 -3.505. Redes públicas de telecomunicaciones. 6,086.2 5,923.3 5,923.3 5,923.3 0.0 -162.9 -6.006. Bebidas energetizantes. 4.6 11.6 11.6 11.6 0.0 7.0 143.507. Bebidas saborizadas. 27,958.5 28,660.5 28,660.5 28,660.5 0.0 702.0 -1.008. Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.909 Plaguicidas. 828.3 758.1 758.1 758.1 0.0 -70.2 -11.610 Combust ibles fósiles. 6,232.6 5,729.3 5,729.3 5,729.3 0.0 -503.3 -11.2

03. Impuesto sobre automóviles nuevos. 10,739.1 10,776.3 10,776.3 10,776.3 0.0 37.2 -3.11.4. Impuestos al comercio exterior: 70,292.0 70,984.6 70,984.6 70,984.6 0.0 692.6 -2.5

01. Impuestos al comercio exterior: 70,292.0 70,984.6 70,984.6 70,984.6 0.0 692.6 -2.501. A la importación. 70,292.0 70,984.6 70,984.6 70,984.6 0.0 692.6 -2.502. A la exportación. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

1.5. Impuestos sobre Nóminas y Asimilables. 0.0 0.0 n.a1.6. Impuestos Ecológicos. 0.0 0.0 n.a1.7. Accesorios: 40,721.6 41,210.2 41,210.2 41,210.2 0.0 488.6 -2.3

01. Accesorios. 40,721.6 41,210.2 41,210.2 41,210.2 0.0 488.6 -2.31.8. Otros impuestos: 4,501.9 6,850.3 6,850.3 6,850.3 0.0 2,348.4 46.9

01 Impuesto por la actividad de exploración yextracción de hidrocarburos.

4,501.9 6,850.3 6,850.3 6,850.3 0.0 2,348.4 46.9

02. Impuesto sobre servicios expresamentedeclarados de interés público por ley, en los queintervengan empresas concesionarias de bienesdel dominio directo de la Nación.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

1.9. Impuestos no comprendidos en las fracciones dela Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscalesanteriores pendientes de liquidación o pago.

-485.6 -130.8 -130.8 -130.8 0.0 354.8 -74.0

INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS (2+7) 1,345,830.9 1,439,169.2 1,439,169.2 1,439,169.2 0.0 93,338.3 3.22. Cuotas y aportaciones de seguridad social 343,133.4 374,003.2 374,003.2 374,003.2 0.0 30,869.8 5.2

2.1. Aportaciones para Fondos de Vivienda. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a01. Aportaciones y abonos retenidos atrabajadores por patrones para el FondoNacional de la Vivienda para los Trabajadores.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

2.2. Cuotas para el Seguro Social. 343,133.4 374,003.2 374,003.2 374,003.2 0.0 30,869.8 5.201. Cuotas para el Seguro Social a cargo depatrones y trabajadores.

343,133.4 374,003.2 374,003.2 374,003.2 0.0 30,869.8 5.2

2.3. Cuotas de Ahorro para el Ret iro. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a01. Cuotas del Sistema de Ahorro para el Ret iro acargo de los patrones.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

2.4. Otras Cuotas y Aportaciones para la seguridad social: 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a01. Cuotas para el Inst ituto de Seguridad yServicios Sociales de los Trabajadores del Estado acargo de los citados trabajadores.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

02. Cuotas para el Inst ituto de Seguridad Socialpara las Fuerzas Armadas Mexicanas a cargo delos militares.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

2.5. Accesorios. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a3. Contribuciones de mejoras 38.3 44.8 44.8 44.8 0.0 6.5 12.9

3.1. Contribución de mejoras por obras públicas: 38.3 44.8 44.8 44.8 0.0 6.5 12.901. Contribución de mejoras por obras públicas deinfraestructura hidráulica.

38.3 44.8 44.8 44.8 0.0 6.5 12.9

3.2. Contribuciones de Mejoras no comprendidas enlas fracciones de la Ley de Ingresos causados enejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidacióno pago.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

(Millones de pesos corrientes y variación porcentual real)

LIF 2019 ILIF 2020Ejecutivo

Cierr

ILIF 2020Camara

LIF 2020Senado

(aprobado)

Var % Real2019-2020

ILIF 2020 -LIF 2020(aprobado) LIF 2019- LIF 2020

Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 y la Iniciativa 2020

Page 6: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

5

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

4. Derechos 46,273.6 51,671.8 52,256.8 51,671.8 0.0 5,398.2 7.84.1. Derechos por el uso, goce, aprovechamiento oexplotación de bienes de dominio público:

37,559.5 42,740.8 43,325.8 42,740.8 0.0 5,181.3 9.9

01. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 332.6 346.2 346.2 346.2 0.0 13.6 0.502. Secretaría de la Función Pública. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a03. Secretaría de Economía. 2,381.5 2,670.7 2,670.7 2,670.7 0.0 289.2 8.304. Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 8,116.8 8,748.2 8,748.2 8,748.2 0.0 631.4 4.105. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 11,442.7 11,776.9 12,361.9 11,776.9 0.0 334.2 -0.606. Secretaría de Agricultura, Ganadería,Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

69.3 72.3 72.3 72.3 0.0 3.0 0.7

07. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a08. Secretaría de Educación Pública. 0.0 0.2 0.2 0.2 0.0 0.2 n.a09. Inst ituto Federal de Telecomunicaciones. 15,216.6 19,126.3 19,126.3 19,126.3 0.0 3,909.7 21.410. Secretaria de Cultura 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

4.3. Derechos por prestación de servicios: 8,714.1 8,931.0 8,931.0 8,931.0 0.0 216.9 -1.001. Servicios que presta el Estado en Funciones de derecho público:8,714.1 8,931.0 8,931.0 8,931.0 0.0 216.9 -1.0

01. Secretaría de Gobernación.. 188.3 91.1 91.1 91.1 0.0 -97.2 -53.3 02. Secretaria de Relaciones Exteriores. 4,850.3 4,915.0 4,915.0 4,915.0 0.0 64.7 -2.2 03. Secretaría de la Defensa Nacional. 146.2 145.5 145.5 145.5 0.0 -0.7 -3.9 04. Secretaría de Marina. 412.4 445.0 445.0 445.0 0.0 32.6 4.2 05. Secretaria de Hacienda y Crédito Público. 414.3 588.6 588.6 588.6 0.0 174.3 37.2 06. Secretaría de la Función Pública. 19.8 23.0 23.0 23.0 0.0 3.2 12.2 07. Secretaría de Energía. 0.1 0.2 0.2 0.2 0.0 0.1 93.1 08. Secretaría de Economía. 38.9 21.9 21.9 21.9 0.0 -17.0 -45.6 09. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.45.5 42.9 42.9 42.9 0.0 -2.6 -9.0 10. Secretaría de Comunicaciones y Trasportes. 1,008.1 1,081.6 1,081.6 1,081.6 0.0 73.5 3.6 11. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 94.6 85.1 85.1 85.1 0.0 -9.5 -13.1

01. Agencia Nacional de SeguridadIndustrial y de Protección al MedioAmbiente del sector Hidrocarburos.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

02. Otros. 94.6 85.1 85.1 85.1 0.0 -9.5 -13.112. Secretaría de Educación Pública. 1,297.3 1,255.9 1,255.9 1,255.9 0.0 -41.4 -6.513. Secretaría de Salud. 35.6 0.0 0.0 0.0 0.0 -35.6 -100.014. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 7.4 9.4 9.4 9.4 0.0 2.0 22.615. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. 68.7 61.1 61.1 61.1 0.0 -7.6 -14.116. Secretaría de Turismo. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a17. Fiscalía General de la República. 0.2 0.0 0.0 0.0 0.0 -0.2 -100.018. Inst ituto Federal de Telecomunicaciones. 29.6 30.1 30.1 30.1 0.0 0.5 -1.819. Comisión Nacional de Hidrocarburos. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a20. Comisión Reguladora de Energía. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a21. Comisión Federal de Competencia Económica. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a22. Secretaría de Cultura 56.8 58.4 58.4 58.4 0.0 1.6 -0.723. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana 0.0 76.2 76.2 76.2 0.0 76.2 n.a

4.4. Otros Derechos. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a4.5. Accesorios. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a4.9. Derechos no comprendidos en las fracciones dela Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscalesanteriores pendientes de liquidación o pago.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

5. Productos 6,778.1 10,095.3 10,095.3 10,095.3 0.0 3,317.2 43.85.1. Productos 6,778.1 10,095.3 10,095.3 10,095.3 0.0 3,317.2 43.8

01. Por los servicios que no correspondan afunciones de derecho público.

8.4 8.8 8.8 8.8 0.0 0.4 1.2

02. Productos de capital: 6,769.7 10,086.5 10,086.5 10,086.5 0.0 3,316.8 43.901. Derivados del uso, aprovechamiento oenajenación de bienes no sujetos al régimen dedominio público:

6,769.7 10,086.5 10,086.5 10,086.5 0.0 3,316.8 43.9

01. Explotación de t ierras y aguas. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a02. Arrendamiento de t ierras, locales y construcciones. 0.3 0.3 0.3 0.3 0.0 0.0 -3.403. Enajenación de bienes: 1,766.7 1,859.6 1,859.6 1,859.6 0.0 92.9 1.6

01. Muebles. 1,656.4 1,743.5 1,743.5 1,743.5 0.0 87.1 1.602. Inmuebles. 110.3 116.1 116.1 116.1 0.0 5.8 1.6

04. Intereses de valores, créditos y bonos. 4,523.4 7,687.4 7,687.4 7,687.4 0.0 3,164.0 64.105. Ut ilidades: 479.2 539.1 539.1 539.1 0.0 59.9 8.6

01. De organismos descentralizados yempresas de part icipación estatal.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

02. De la Lotería Nacional para la Asistencia Pública. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a03. De Pronóst icos para la Asistencia Pública. 478.7 538.6 538.6 538.6 0.0 59.9 8.604. Otras. 0.5 0.5 0.5 0.5 0.0 0.0 -3.4

06. Otros. 0.1 0.1 0.1 0.1 0.0 0.0 -3.459. Productos no comprendidos en las fracciones dela Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscalesanteriores pendientes de liquidación o pago.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

(Millones de pesos corrientes y variación porcentual real)

LIF 2019 ILIF 2020Ejecutivo

Cierr

ILIF 2020Camara

LIF 2020Senado

(aprobado)

Var % Real2019-2020

ILIF 2020 -LIF 2020(aprobado) LIF 2019- LIF 2020

Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 y la Iniciativa 2020

Page 7: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

6

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

6. Aprovechamientos 67,228.8 98,674.4 98,674.4 103,674.4 5,000.0 36,445.6 48.96.1. Aprovechamientos de t ipo corriente: 67,195.2 98,639.0 98,639.0 103,639.0 5,000.0 36,443.8 48.9

01. Multas. 2,081.0 2,190.5 2,190.5 2,190.5 0.0 109.5 1.602. Indemnizaciones. 2,405.2 2,531.7 2,531.7 2,531.7 0.0 126.5 1.603. Reintegros: 158.2 166.5 166.5 166.5 0.0 8.3 1.6

01. Sostenimiento de las escuelas art ículo 123. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a02. Servicio de vigilancia forestal. 0.1 0.1 0.1 0.1 0.0 0.0 -3.403. Otros. 158.1 166.4 166.4 166.4 0.0 8.3 1.6

04. Provenientes de obras públicas deinfraestructura hidráulica.

102.4 94.8 94.8 94.8 0.0 -7.6 -10.6

05. Part icipaciones en los ingresos derivados de laaplicación de leyes locales sobre herencias ylegados expedidas de acuerdo con la Federación.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

06. Part icipaciones en los ingresos derivados de laaplicación de leyes locales sobre donacionesexpedidas de acuerdo con la Federación.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

07. Aportaciones de los Estados, Municipios ypart iculares para el servicio del Sistema EscolarFederalizado.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

08. Cooperación de la Ciudad de México porservicios públicos locales prestados por laFederación.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

09. Cooperación de los Gobiernos de Estados yMunicipios y de part iculares para alcantarillado,electrificación, caminos y líneas telegráficas,telefónicas y para otras obras públicas.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

10. 5% de días de cama a cargo deestablecimientos part iculares para internamientode enfermos y otros dest inados a la Secretaría deSalud.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

11. Part icipaciones a cargo de los concesionariosde vías generales de comunicación y de empresasde abastecimiento de energía eléctrica.

873.3 947.8 947.8 947.8 0.0 74.5 4.8

12. Part icipaciones señaladas por la Ley Federal deJuegos y Sorteos.

1,148.3 1,129.7 1,129.7 1,129.7 0.0 -18.6 -5.0

13. Regalías provenientes de fondos yexplotaciones mineras.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

14. Aportaciones de contrat istas de obraspúblicas.

7.2 7.6 7.6 7.6 0.0 0.4 1.9

15. Dest inados al Fondo para el Desarrollo Forestal: 0.5 0.5 0.5 0.5 0.0 0.0 -3.401. Aportaciones que efectúen los Gobiernosdel Distrito Federal, Estatales y Municipales, losorganismos y ent idades públicas, sociales y lospart iculares.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

02. De las reservas nacionales forestales. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a03. Aportaciones al Inst ituto Nacional de Invest igaciones Forestales y Agropecuarias.0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a04. Otros conceptos. 0.5 0.5 0.5 0.5 0.0 0.0 -3.4

16. Cuotas Compensatorias. 135.3 142.4 142.4 142.4 0.0 7.1 1.617. Hospitales Militares. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a18. Part icipaciones por la explotación de obras deldominio público señaladas por la Ley Federal delDerecho de Autor.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

19. Provenientes de decomiso y de bienes quepasan a propiedad del Fisco Federal.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

20. Provenientes del programa de mejoramientode los medios de informática y de control de lasautoridades aduaneras.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

21. No comprendidos en los incisos anterioresprovenientes del cumplimiento de convenioscelebrados en otros ejercicios.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

22. Otros: 60,280.3 91,427.5 91,427.5 96,427.5 5,000.0 36,147.2 54.501. Remanente de operación del Banco de México. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a02. Ut ilidades por Recompra de Deuda. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a03. Rendimiento mínimo garantizado. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a04. Otros. 60,280.3 91,427.5 91,427.5 96,427.5 5,000.0 36,147.2 54.5

23. Provenientes de servicios en materiaenergética:

3.5 0.0 0.0 0.0 0.0 -3.5 -100.0

01. Agencia Nacional de Seguridad Industrial yde Protección al Medio Ambiente del SectorHidrocarburos.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

02. Comisión Nacional de Hidrocarburos. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a03. Comisión Reguladora de Energía. 3.5 0.0 0.0 0.0 0.0 -3.5 -100.0

(Millones de pesos corrientes y variación porcentual real)

LIF 2019 ILIF 2020Ejecutivo

Cierr

ILIF 2020Camara

LIF 2020Senado

(aprobado)

Var % Real2019-2020

ILIF 2020 -LIF 2020(aprobado) LIF 2019- LIF 2020

Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 y la Iniciativa 2020

Page 8: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

7

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

6.2. Aprovechamientos patrimoniales. 33.6 35.4 35.4 35.4 0.0 1.8 1.701. Recuperaciones de capital: 33.6 35.4 35.4 35.4 0.0 1.8 1.7

01. Fondos entregados en fideicomiso, a favorde Ent idades Federativas y empresas públicas.

26.2 27.6 27.6 27.6 0.0 1.4 1.7

02. Fondos entregados en fideicomiso, a favorde empresas privadas y a part iculares.

7.4 7.8 7.8 7.8 0.0 0.4 1.8

03. Inversiones en obras de agua potable yalcantarillado.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

04. Desincorporaciones. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a05. Otros. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

6.3. Accesorios. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a6.9. Aprovechamientos no comprendidos en lasfracciones de la Ley de Ingresos causados en ejerciciosfiscales anteriores pendientes de liquidación o pago.

0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

7. Ingresos por ventas de bienes y servicios. 1,002,697.5 1,065,166.0 1,065,166.0 1,065,166.0 0.0 62,468.5 2.67.1. Ingresos por venta de bienes y prestación deservicios de inst ituciones publicas de seguridadsocial:

60,179.9 72,232.9 72,232.9 72,232.9 0.0 12,053.0 15.9

01. Inst ituto Mexicano del Seguro Social. 23,156.6 26,920.2 26,920.2 26,920.2 0.0 3,763.6 12.202. Inst ituto de Seguridad y Servicios Sociales paralos Trabajadores del Estado.

37,023.3 45,312.7 45,312.7 45,312.7 0.0 8,289.4 18.2

7.2. Ingresos por ventas de bienes y prestación deservicios de Empresas productivas del estado

942,517.6 992,933.1 992,933.1 992,933.1 0.0 50,415.5 1.7

01. Petróleos Mexicanos. 524,291.6 574,535.0 574,535.0 574,535.0 0.0 50,243.4 5.802. Comisión Federal de Electricidad. 418,226.0 418,398.1 418,398.1 418,398.1 0.0 172.1 -3.4

7.3 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de Ent idades Paraestatales y FideicomisosNo Empresariales y No Financieros.

0.0 0.0 n.a

7.4 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de Ent idades Paraestatales EmpresarialesNo Financieras con Part icipación EstatalMayoritaria.

0.0 0.0 n.a

7.5 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de Ent idades Paraestatales EmpresarialesFinancieras Monetarias con Part icipación EstatalMayoritaria.

0.0 0.0 n.a

7.6 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de Ent idades Paraestatales EmpresarialesFinancieras No Monetarias con Part icipación EstatalMayoritaria.

0.0 0.0 n.a

7.7 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de Fideicomisos Financieros Públicos conPart icipación Estatal Mayoritaria.

0.0 0.0 n.a

7.8 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación deServicios de los Poderes Legislat ivo y Judicial, y de losÓrganos Autónomos.

0.0 0.0 n.a

7.9 Otros Ingresos. 0.0 0.0 n.a8. Participaciones y aportaciones. 0.0 0.0 0.0 n.a

8.1. Part icipaciones. 0.0 0.0 n.a8.2. Aportaciones. 0.0 0.0 n.a8.3. Convenios. 0.0 0.0 n.a8.4.Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal 0.0 0.0 n.a8.5. Fondos Dist intos de Aportaciones. 0.0 0.0 n.a

9. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas. 520,665.2 412,797.7 412,797.7 412,797.7 0.0 -107,867.5 -23.5

9.1. Transferencias internas y asignaciones al sector público. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a9.3. Subsidios y subvenciones. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a9.5. Pensiones y jubilaciones. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a9.7 Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleopara la Estabilización y el Desarrollo

520,665.2 412,797.7 412,797.7 412,797.7 0.0 -107,867.5 -23.5

01. Extraordinarias 520,665.2 412,797.7 412,797.7 412,797.7 0.0 -107,867.5 -23.502. Ordinarias 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

10. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 539,871.4 584,456.8 584,456.8 584,456.8 0.0 44,585.4 4.510.1. Endeudamiento interno: 521,375.3 569,582.1 569,582.1 569,582.1 0.0 48,206.8 5.5

01. Endeudamiento interno del Gobierno Federal. 485,345.2 532,266.1 532,266.1 532,266.1 0.0 46,920.9 5.902. Otros financiamientos: 36,030.1 37,316.0 37,316.0 37,316.0 0.0 1,285.9 0.0

01. Diferimiento de pagos. 36,030.1 37,316.0 37,316.0 37,316.0 0.0 1,285.9 0.002. Otros. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

10.2. Endeudamiento externo: 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a01. Endeudamiento externo del Gobierno Federal. 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 n.a

10.3.Financiamiento Interno. 0.0 0.0 n.a10.4. Déficit de organismos y empresas de control directo. -40,972.0 -47,748.8 -47,748.8 -47,748.8 0.0 -6,776.8 12.510.5. Déficit de empresas productivas del Estado 59,468.1 62,623.5 62,623.5 62,623.5 0.0 3,155.4 1.7

Informativo: Endeudamiento neto del Gobierno Federal(10.1.01+10.2.01) 485,345.2 532,266.1 532,266.1 532,266.1 0.0 46,920.9 5.9

N.a. no aplica.

(Millones de pesos corrientes y variación porcentual real)

Fuente: Elaborado por el CEFP con datos de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 y la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2020

LIF 2019 ILIF 2020Ejecutivo

Cierr

ILIF 2020Camara

LIF 2020Senado

(aprobado)

Var % Real2019-2020

ILIF 2020 -LIF 2020(aprobado) LIF 2019- LIF 2020

Comparativo de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 y la Iniciativa 2020

Page 9: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

8

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

2. Comparativo del Texto entre la ILIF 2020 y la LIF 20202.1 Nota Metodológica

Para destacar los cambios en la Ley de Ingresos de la Federación aprobada,con respecto a la iniciativa propuesta por el ejecutivo, se presenta uncuadro en cuya primera columna se contiene el texto propuesto por elEjecutivo, donde para indicar las modificaciones realizadas se emplea lanotación de tachado, para expresar la eliminación o modificación realizadaal texto original.

La segunda columna contiene el texto aprobado, resaltando en negritas lasadiciones o modificaciones hechas a los diversos artículos, fracciones,párrafos o incisos respectivos.

Page 10: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

9

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

2.2 Comparativo entre la ILIF 2020 y el texto aprobado para la LIF 020

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA ELEJERCICIO FISCAL DE 2020

Capítulo IDe los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2020, laFederación percibirá los ingresos provenientesde los conceptos y en las cantidades estimadasen millones de pesos que a continuación seenumeran:

Cuando una ley que establezca alguno de losingresos previstos en este artículo, contengadisposiciones que señalen otros ingresos, estosúltimos se considerarán comprendidos en lafracción que corresponda a los ingresos a quese refiere este precepto.

Se faculta al Ejecutivo Federal para que duranteel ejercicio fiscal de 2020, otorgue losbeneficios fiscales que sean necesarios para dardebido cumplimiento a las resolucionesderivadas de la aplicación de mecanismosinternacionales para la solución decontroversias legales que determinen unaviolación a un tratado internacional.

El Ejecutivo Federal informará al Congreso de laUnión de los ingresos por contribucionespagados en especie o en servicios, así como, ensu caso, el destino de los mismos.

Derivado del monto de ingresos fiscales aobtener durante el ejercicio fiscal de 2020, seproyecta una recaudación federal participablepor 3 billones 389 mil 84.3 millones de pesos.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA ELEJERCICIO FISCAL DE 2020

Capítulo IDe los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1 o. En el ejercicio fiscal de 2020, laFederación percibirá los ingresos provenientesde los conceptos y en las cantidades estimadasen millones de pesos que a continuación seenumeran:

Cuando una ley que establezca alguno de losingresos previstos en este artículo, contengadisposiciones que señalen otros ingresos, estosúltimos se considerarán comprendidos en lafracción que corresponda a los ingresos a quese refiere este precepto.

Se faculta al Ejecutivo Federal para que duranteel ejercicio fiscal de 2020, otorgue losbeneficios fiscales que sean necesarios para dardebido cumplimiento a las resolucionesderivadas de la aplicación de mecanismosinternacionales para la solución decontroversias legales que determinen unaviolación a un tratado internacional.

El Ejecutivo Federal informará al Congreso de laUnión de los ingresos por contribucionespagados en especie o en servicios, así como, ensu caso, el destino de los mismos.

Derivado del monto de ingresos fiscales aobtener durante el ejercicio fiscal de 2020, seproyecta una recaudación federal participablepor 3 billones 394 mil 236.7 millones de pesos.

Page 11: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

10

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Para el ejercicio fiscal de 2020, el gasto deinversión del Gobierno Federal y de lasempresas productivas del Estado no secontabilizará para efectos del equilibriopresupuestario previsto en el artículo 17 de laLey Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, hasta por un monto equivalente a2.0 por ciento del Producto Interno Bruto.

Se estima que durante el ejercicio fiscal de2020, en términos monetarios, el pago enespecie del impuesto sobre serviciosexpresamente declarados de interés públicopor ley, en los que intervengan empresasconcesionarias de bienes del dominio directode la Nación, previsto en la Ley que establece,reforma y adiciona las disposiciones relativas adiversos impuestos publicada en el DiarioOficial de la Federación el 31 de diciembre de1968, ascenderá al equivalente de 2 mil 895.1millones de pesos.

La aplicación de los recursos a que se refiere elpárrafo anterior, se hará de acuerdo a loestablecido en el Presupuesto de Egresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal 2020.

Con el objeto de que el Gobierno Federalcontinúe con la labor reconocida en el artículoSegundo Transitorio del “Decreto por el que sereforman y adicionan diversas disposiciones dela Ley que crea el Fideicomiso que administraráel fondo para el fortalecimiento de sociedadesy cooperativas de ahorro y préstamo y deapoyo a sus ahorradores”, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 28 de enero de2004, y a fin de atender la problemática socialde los ahorradores afectados por la operaciónirregular de las cajas populares de ahorro ypréstamo a que se refiere dicho Transitorio, laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, porconducto del área responsable de la banca yahorro, continuará con la instrumentación,

Para el ejercicio fiscal de 2020, el gasto deinversión del Gobierno Federal y de lasempresas productivas del Estado no secontabilizará para efectos del equilibriopresupuestario previsto en el artículo 17 de laLey Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, hasta por un monto equivalente a2.0 por ciento del Producto Interno Bruto.

Se estima que durante el ejercicio fiscal de2020, en términos monetarios, el pago enespecie del impuesto sobre serviciosexpresamente declarados de interés públicopor ley, en los que intervengan empresasconcesionarias de bienes del dominio directode la Nación, previsto en la Ley que establece,reforma y adiciona las disposiciones relativas adiversos impuestos publicada en el DiarioOficial de la Federación el 31 de diciembre de1968, ascenderá al equivalente de 2 mil 895.1millones de pesos.

La aplicación de los recursos a que se refiere elpárrafo anterior, se hará de acuerdo a loestablecido en el Presupuesto de Egresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal 2020.

Con el objeto de que el Gobierno Federalcontinúe con la labor reconocida en el artículoSegundo Transitorio del “Decreto por el que sereforman y adicionan diversas disposiciones dela Ley que crea el Fideicomiso que administraráel fondo para el fortalecimiento de sociedadesy cooperativas de ahorro y préstamo y deapoyo a sus ahorradores”, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 28 de enero de2004, y a fin de atender la problemática socialde los ahorradores afectados por la operaciónirregular de las cajas populares de ahorro ypréstamo a que se refiere dicho Transitorio, laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, porconducto del área responsable de la banca yahorro, continuará con la instrumentación,

Page 12: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

11

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

fortalecimiento y supervisión de las acciones oesquemas que correspondan para coadyuvar ointervenir en el resarcimiento de losahorradores afectados.

En caso de que con base en las acciones oesquemas que se instrumenten conforme alpárrafo que antecede sea necesaria latransmisión, administración o enajenación, porparte del Ejecutivo Federal, de los bienes yderechos del fideicomiso referido en el primerpárrafo del artículo Segundo Transitorio delDecreto indicado en el párrafo anterior, lasoperaciones respectivas, en numerario o enespecie, se registrarán en cuentas de orden,con la finalidad de no afectar el patrimonio oactivos de los entes públicos federales quelleven a cabo esas operaciones.

El producto de la enajenación de los derechos ybienes decomisados o abandonadosrelacionados con los procesos judiciales yadministrativos a que se refiere el artículoSegundo Transitorio del Decreto indicado en elpárrafo precedente, se destinará en primertérmino, para cubrir los gastos deadministración que eroguen los entes públicosfederales que lleven a cabo las operacionesreferidas en el párrafo anterior y,posteriormente, se destinarán para restituir alGobierno Federal los recursos públicosaportados para el resarcimiento de losahorradores afectados a que se refiere dichoprecepto.

Los recursos que durante el ejercicio fiscal de2020 se destinen al Fondo de Estabilización delos Ingresos de las Entidades Federativas entérminos de las disposiciones aplicables,podrán utilizarse para cubrir las obligacionesderivadas de los esquemas que, a fin de mitigarla disminución en participaciones federales delejercicio fiscal de 2020, se instrumenten para

fortalecimiento y supervisión de las acciones oesquemas que correspondan para coadyuvar ointervenir en el resarcimiento de losahorradores afectados.

En caso de que con base en las acciones oesquemas que se instrumenten conforme alpárrafo que antecede sea necesaria latransmisión, administración o enajenación, porparte del Ejecutivo Federal, de los bienes yderechos del fideicomiso referido en el primerpárrafo del artículo Segundo Transitorio delDecreto indicado en el párrafo anterior, lasoperaciones respectivas, en numerario o enespecie, se registrarán en cuentas de orden,con la finalidad de no afectar el patrimonio oactivos de los entes públicos federales quelleven a cabo esas operaciones.

El producto de la enajenación de los derechos ybienes decomisados o abandonadosrelacionados con los procesos judiciales yadministrativos a que se refiere el artículoSegundo Transitorio del Decreto indicado en elpárrafo precedente, se destinará en primertérmino, para cubrir los gastos deadministración que eroguen los entes públicosfederales que lleven a cabo las operacionesreferidas en el párrafo anterior y,posteriormente, se destinarán para restituir alGobierno Federal los recursos públicosaportados para el resarcimiento de losahorradores afectados a que se refiere dichoprecepto.

Los recursos que durante el ejercicio fiscal de2020 se destinen al Fondo de Estabilización delos Ingresos de las Entidades Federativas entérminos de las disposiciones aplicables,podrán utilizarse para cubrir las obligacionesderivadas de los esquemas que, a fin de mitigarla disminución en participaciones federales delejercicio fiscal de 2020, se instrumenten para

Page 13: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

12

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

potenciar los recursos que, con cargo a dichofondo, reciben las entidades federativas.

Hasta el 25 por ciento de las aportaciones quecon cargo a los fondos de Aportaciones para elFortalecimiento de los Municipios y de lasDemarcaciones Territoriales del DistritoFederal, y para el Fortalecimiento de lasEntidades Federativas, corresponda recibir a lasentidades federativas, municipios ydemarcaciones territoriales de la Ciudad deMéxico podrán servir como fuente de pago ocompensación de las obligaciones quecontraigan con el Gobierno Federal, siempreque exista acuerdo entre las partes y sin quesea necesario obtener la autorización de lalegislatura local ni la inscripción ante laSecretaría de Hacienda y Crédito Público en elRegistro Público Único, previsto en la Ley deDisciplina Financiera de las EntidadesFederativas y los Municipios.

El gasto de inversión a que se refiere el párrafosexto del presente artículo se reportará en losinformes trimestrales que se presentan alCongreso de la Unión a que se refiere el artículo107 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria.

Para efectos de lo previsto en el artículo 107,fracción I de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, la Secretaría deHacienda y Crédito Público deberá incluir en losInformes sobre la Situación Económica, lasFinanzas Públicas y la Deuda Públicainformación del origen de los ingresosgenerados por los aprovechamientos a que serefiere el numeral 6.61.22.04 del presenteartículo por concepto de otrosaprovechamientos. Asimismo, deberá informarlos destinos específicos que, en términos delartículo 19, fracción II, de la Ley Federal de

potenciar los recursos que, con cargo a dichofondo, reciben las entidades federativas.

Hasta el 25 por ciento de las aportaciones quecon cargo a los fondos de Aportaciones para elFortalecimiento de los Municipios y de lasDemarcaciones Territoriales del DistritoFederal, y para el Fortalecimiento de lasEntidades Federativas, corresponda recibir a lasentidades federativas, municipios ydemarcaciones territoriales de la Ciudad deMéxico podrán servir como fuente de pago ocompensación de las obligaciones quecontraigan con el Gobierno Federal, siempreque exista acuerdo entre las partes y sin quesea necesario obtener la autorización de lalegislatura local ni la inscripción ante laSecretaría de Hacienda y Crédito Público en elRegistro Público Único, previsto en la Ley deDisciplina Financiera de las EntidadesFederativas y los Municipios.

El gasto de inversión a que se refiere el párrafosexto del presente artículo se reportará en losinformes trimestrales que se presentan alCongreso de la Unión a que se refiere el artículo107 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria.

Para efectos de lo previsto en el artículo 107,fracción I de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, la Secretaría deHacienda y Crédito Público deberá incluir en losInformes sobre la Situación Económica, lasFinanzas Públicas y la Deuda Públicainformación del origen de los ingresosgenerados por los aprovechamientos a que serefiere el numeral 6.61.22.04 del presenteartículo por concepto de otrosaprovechamientos. Asimismo, deberá informarlos destinos específicos que, en términos delartículo 19, fracción II, de la Ley Federal de

Page 14: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

13

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ensu caso tengan dichos aprovechamientos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeberá reportar en los Informes Trimestralesque se presenten al Congreso de la Unión entérminos del artículo 107, fracción I de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, la evolución del precio del petróleoobservado respecto del cubierto mediante laEstrategia de Coberturas Petroleras para elejercicio fiscal 2020, así como de la subcuentaque se haya constituido como complemento enel Fondo de Estabilización de los IngresosPresupuestarios. Durante el ejercicio fiscal2020, los ingresos propios de PetróleosMexicanos que se generen por un preciopromedio anual del barril del petróleo crudomexicano que exceda de 49.01 dólares de losEstados Unidos de América y hasta los 55.00dólares de los Estados Unidos de América,deberá destinarlos a mejorar su meta debalance financiero aprobada en el artículo 5 delDecreto de Presupuesto de Egresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal 2020.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, porconducto de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, para contratar y ejercer créditos,empréstitos y otras formas del ejercicio delcrédito público, incluso mediante la emisión devalores, en los términos de la Ley Federal deDeuda Pública y para el financiamiento delPresupuesto de Egresos de la Federación parael Ejercicio Fiscal 2020, por un monto deendeudamiento neto interno hasta por 532 milmillones de pesos. Asimismo, el EjecutivoFederal podrá contratar obligaciones

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ensu caso tengan dichos aprovechamientos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeberá reportar en los Informes Trimestralesque se presenten al Congreso de la Unión entérminos del artículo 107, fracción I de la LeyFederal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, la evolución del precio del petróleoobservado respecto del cubierto mediante laEstrategia de Coberturas Petroleras para elejercicio fiscal 2020, así como de la subcuentaque se haya constituido como complemento enel Fondo de Estabilización de los IngresosPresupuestarios. Durante el ejercicio fiscal2020, los ingresos propios de PetróleosMexicanos que se generen por un preciopromedio anual del barril del petróleo crudomexicano que exceda de 49.01 dólares de losEstados Unidos de América y hasta los 55.00dólares de los Estados Unidos de América,deberá destinarlos a mejorar su meta debalance financiero aprobada en el artículo 5 delDecreto de Presupuesto de Egresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal 2020.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, porconducto de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, para contratar y ejercer créditos,empréstitos y otras formas del ejercicio delcrédito público, incluso mediante la emisión devalores, en los términos de la Ley Federal deDeuda Pública y para el financiamiento delPresupuesto de Egresos de la Federación parael Ejercicio Fiscal 2020, por un monto deendeudamiento neto interno hasta por 532 milmillones de pesos. Asimismo, el EjecutivoFederal podrá contratar obligaciones

Page 15: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

14

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

constitutivas de deuda pública internaadicionales a lo autorizado, siempre que elendeudamiento neto externo sea menor alestablecido en el presente artículo en unmonto equivalente al de dichas obligacionesadicionales. El Ejecutivo Federal quedaautorizado para contratar y ejercer en elexterior créditos, empréstitos y otras formasdel ejercicio del crédito público, inclusomediante la emisión de valores, para elfinanciamiento del Presupuesto de Egresos dela Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, asícomo para canjear o refinanciar obligacionesdel sector público federal, a efecto de obtenerun monto de endeudamiento neto externo dehasta 5 mil 300 millones de dólares de losEstados Unidos de América, el cual incluye elmonto de endeudamiento neto externo que seejercería con organismos financierosinternacionales. De igual forma, el EjecutivoFederal y las entidades podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicaexterna adicionales a lo autorizado, siempreque el endeudamiento neto interno sea menoral establecido en el presente artículo en unmonto equivalente al de dichas obligacionesadicionales. El cómputo de lo anterior serealizará, en una sola ocasión, el último díahábil bancario del ejercicio fiscal de 2020considerando el tipo de cambio para solventarobligaciones denominadas en monedaextranjera pagaderas en la República Mexicanaque publique el Banco de México en el DiarioOficial de la Federación, así como laequivalencia del peso mexicano con otrasmonedas que dé a conocer el propio Banco deMéxico, en todos los casos en la fecha en quese hubieren realizado las operacionescorrespondientes.

También se autoriza al Ejecutivo Federal paraque, a través de la propia Secretaría deHacienda y Crédito Público, emita valores en

constitutivas de deuda pública internaadicionales a lo autorizado, siempre que elendeudamiento neto externo sea menor alestablecido en el presente artículo en un montoequivalente al de dichas obligacionesadicionales. El Ejecutivo Federal quedaautorizado para contratar y ejercer en elexterior créditos, empréstitos y otras formasdel ejercicio del crédito público, inclusomediante la emisión de valores, para elfinanciamiento del Presupuesto de Egresos dela Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, asícomo para canjear o refinanciar obligacionesdel sector público federal, a efecto de obtenerun monto de endeudamiento neto externo dehasta 5 mil 300 millones de dólares de losEstados Unidos de América, el cual incluye elmonto de endeudamiento neto externo que seejercería con organismos financierosinternacionales. De igual forma, el EjecutivoFederal y las entidades podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicaexterna adicionales a lo autorizado, siempreque el endeudamiento neto interno sea menoral establecido en el presente artículo en unmonto equivalente al de dichas obligacionesadicionales. El cómputo de lo anterior serealizará, en una sola ocasión, el último díahábil bancario del ejercicio fiscal de 2020considerando el tipo de cambio para solventarobligaciones denominadas en monedaextranjera pagaderas en la República Mexicanaque publique el Banco de México en el DiarioOficial de la Federación, así como laequivalencia del peso mexicano con otrasmonedas que dé a conocer el propio Banco deMéxico, en todos los casos en la fecha en quese hubieren realizado las operacionescorrespondientes.

También se autoriza al Ejecutivo Federal paraque, a través de la propia Secretaría deHacienda y Crédito Público, emita valores en

Page 16: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

15

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

moneda nacional y contrate empréstitos paracanje o refinanciamiento de obligaciones delerario federal, en los términos de la Ley Federalde Deuda Pública. Asimismo, el EjecutivoFederal queda autorizado para contratarcréditos o emitir valores en el exterior con elobjeto de canjear o refinanciar endeudamientoexterno.

Las operaciones a las que se refiere el párrafoanterior no deberán implicar endeudamientoneto adicional al autorizado para el ejerciciofiscal de 2020.

Se autoriza al Instituto para la Protección alAhorro Bancario a contratar créditos o emitirvalores con el único objeto de canjear orefinanciar exclusivamente sus obligacionesfinancieras, a fin de hacer frente a susobligaciones de pago, otorgar liquidez a sustítulos y, en general, mejorar los términos ycondiciones de sus obligaciones financieras. Losrecursos obtenidos con esta autorizaciónúnicamente se podrán aplicar en los términosestablecidos en la Ley de Protección al AhorroBancario incluyendo sus artículos transitorios.Sobre estas operaciones de canje yrefinanciamiento se deberá informartrimestralmente al Congreso de la Unión.

El Banco de México actuará como agentefinanciero del Instituto para la Protección alAhorro Bancario, para la emisión, colocación,compra y venta, en el mercado nacional, de losvalores representativos de la deuda del citadoInstituto y, en general, para el servicio de dichadeuda. El Banco de México también podráoperar por cuenta propia con los valoresreferidos.

En el evento de que en las fechas en quecorresponda efectuar pagos por principal ointereses de los valores que el Banco de México

moneda nacional y contrate empréstitos paracanje o refinanciamiento de obligaciones delerario federal, en los términos de la Ley Federalde Deuda Pública. Asimismo, el EjecutivoFederal queda autorizado para contratarcréditos o emitir valores en el exterior con elobjeto de canjear o refinanciar endeudamientoexterno.

Las operaciones a las que se refiere el párrafoanterior no deberán implicar endeudamientoneto adicional al autorizado para el ejerciciofiscal de 2020.

Se autoriza al Instituto para la Protección alAhorro Bancario a contratar créditos o emitirvalores con el único objeto de canjear orefinanciar exclusivamente sus obligacionesfinancieras, a fin de hacer frente a susobligaciones de pago, otorgar liquidez a sustítulos y, en general, mejorar los términos ycondiciones de sus obligaciones financieras. Losrecursos obtenidos con esta autorizaciónúnicamente se podrán aplicar en los términosestablecidos en la Ley de Protección al AhorroBancario incluyendo sus artículos transitorios.Sobre estas operaciones de canje yrefinanciamiento se deberá informartrimestralmente al Congreso de la Unión.

El Banco de México actuará como agentefinanciero del Instituto para la Protección alAhorro Bancario, para la emisión, colocación,compra y venta, en el mercado nacional, de losvalores representativos de la deuda del citadoInstituto y, en general, para el servicio de dichadeuda. El Banco de México también podráoperar por cuenta propia con los valoresreferidos.

En el evento de que en las fechas en quecorresponda efectuar pagos por principal ointereses de los valores que el Banco de México

Page 17: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

16

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

coloque por cuenta del Instituto para laProtección al Ahorro Bancario, éste no tengarecursos suficientes para cubrir dichos pagos enla cuenta que, para tal efecto, le lleve el Bancode México, el propio Banco deberá proceder aemitir y colocar valores a cargo del Institutopara la Protección al Ahorro Bancario, porcuenta de éste y por el importe necesario paracubrir los pagos que correspondan. Aldeterminar las características de la emisión y dela colocación, el citado Banco procurará lasmejores condiciones para el mencionadoInstituto dentro de lo que el mercado permita.

El Banco de México deberá efectuar lacolocación de los valores a que se refiere elpárrafo anterior en un plazo no mayor de 15días hábiles contado a partir de la fecha en quese presente la insuficiencia de fondos en lacuenta del Instituto para la Protección alAhorro Bancario. Excepcionalmente, la Juntade Gobierno del Banco de México podráampliar este plazo una o más veces por un plazoconjunto no mayor de tres meses, si ello resultaconveniente para evitar trastornos en elmercado financiero.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo45 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario,se dispone que, en tanto se efectúe lacolocación referida en el párrafo anterior, elBanco de México podrá cargar la cuentacorriente que le lleva a la Tesorería de laFederación, sin que se requiera la instruccióndel Titular de dicha Tesorería, para atender elservicio de la deuda que emita el Instituto parala Protección al Ahorro Bancario. El Banco deMéxico deberá abonar a la cuenta corriente dela Tesorería de la Federación el importe de lacolocación de valores que efectúe en términosde este artículo.

coloque por cuenta del Instituto para laProtección al Ahorro Bancario, éste no tengarecursos suficientes para cubrir dichos pagos enla cuenta que, para tal efecto, le lleve el Bancode México, el propio Banco deberá proceder aemitir y colocar valores a cargo del Institutopara la Protección al Ahorro Bancario, porcuenta de éste y por el importe necesario paracubrir los pagos que correspondan. Aldeterminar las características de la emisión y dela colocación, el citado Banco procurará lasmejores condiciones para el mencionadoInstituto dentro de lo que el mercado permita.

El Banco de México deberá efectuar lacolocación de los valores a que se refiere elpárrafo anterior en un plazo no mayor de 15días hábiles contado a partir de la fecha en quese presente la insuficiencia de fondos en lacuenta del Instituto para la Protección alAhorro Bancario. Excepcionalmente, la Juntade Gobierno del Banco de México podráampliar este plazo una o más veces por un plazoconjunto no mayor de tres meses, si ello resultaconveniente para evitar trastornos en elmercado financiero.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo45 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario,se dispone que, en tanto se efectúe lacolocación referida en el párrafo anterior, elBanco de México podrá cargar la cuentacorriente que le lleva a la Tesorería de laFederación, sin que se requiera la instruccióndel Titular de dicha Tesorería, para atender elservicio de la deuda que emita el Instituto parala Protección al Ahorro Bancario. El Banco deMéxico deberá abonar a la cuenta corriente dela Tesorería de la Federación el importe de lacolocación de valores que efectúe en términosde este artículo.

Page 18: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

17

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Se autoriza a la banca de desarrollo, a laFinanciera Nacional de DesarrolloAgropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, a losfondos de fomento y al Instituto del FondoNacional para el Consumo de los Trabajadoresun monto conjunto de déficit porintermediación financiera, definida como elResultado de Operación que considera laConstitución Neta de Reservas CrediticiasPreventivas, de cero pesos para el ejerciciofiscal de 2020.

El monto autorizado conforme al párrafoanterior podrá ser adecuado previaautorización del órgano de gobierno de laentidad de que se trate y con la opiniónfavorable de la Secretaría de Hacienda yCrédito Público.

Los montos establecidos en el artículo 1o.,numeral 0 “Ingresos derivados deFinanciamientos” de esta Ley, así como elmonto de endeudamiento neto internoconsignado en este artículo, se verán, en sucaso, modificados en lo conducente comoresultado de la distribución, entre el GobiernoFederal y los organismos y empresas de controldirecto, de los montos autorizados en elPresupuesto de Egresos de la Federación parael Ejercicio Fiscal 2020.

Se autoriza para Petróleos Mexicanos y susempresas productivas subsidiarias lacontratación y ejercicio de créditos,empréstitos y otras formas del ejercicio delcrédito público, incluso mediante la emisión devalores, así como el canje o refinanciamientode sus obligaciones constitutivas de deudapública, a efecto de obtener un monto deendeudamiento neto interno de hasta 10 milmillones de pesos, y un monto deendeudamiento neto externo de hasta 1 mil250 millones de dólares de los Estados Unidos

Se autoriza a la banca de desarrollo, a laFinanciera Nacional de DesarrolloAgropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, a losfondos de fomento y al Instituto del FondoNacional para el Consumo de los Trabajadoresun monto conjunto de déficit porintermediación financiera, definida como elResultado de Operación que considera laConstitución Neta de Reservas CrediticiasPreventivas, de cero pesos para el ejerciciofiscal de 2020.

El monto autorizado conforme al párrafoanterior podrá ser adecuado previaautorización del órgano de gobierno de laentidad de que se trate y con la opiniónfavorable de la Secretaría de Hacienda yCrédito Público.

Los montos establecidos en el artículo 1o.,numeral 0 “Ingresos derivados deFinanciamientos” de esta Ley, así como elmonto de endeudamiento neto internoconsignado en este artículo, se verán, en sucaso, modificados en lo conducente comoresultado de la distribución, entre el GobiernoFederal y los organismos y empresas de controldirecto, de los montos autorizados en elPresupuesto de Egresos de la Federación parael Ejercicio Fiscal 2020.

Se autoriza para Petróleos Mexicanos y susempresas productivas subsidiarias lacontratación y ejercicio de créditos,empréstitos y otras formas del ejercicio delcrédito público, incluso mediante la emisión devalores, así como el canje o refinanciamientode sus obligaciones constitutivas de deudapública, a efecto de obtener un monto deendeudamiento neto interno de hasta 10 milmillones de pesos, y un monto deendeudamiento neto externo de hasta 1 mil250 millones de dólares de los Estados Unidos

Page 19: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

18

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

de América; asimismo, se podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicainterna o externa adicionales a lo autorizado,siempre que el endeudamiento neto externo ointerno, respectivamente, sea menor alestablecido en este párrafo en un montoequivalente al de dichas obligacionesadicionales. El uso del endeudamiento anteriordeberá cumplir con la meta de balancefinanciero aprobado.

Se autoriza para la Comisión Federal deElectricidad y sus empresas productivassubsidiarias la contratación y ejercicio decréditos, empréstitos y otras formas delejercicio del crédito público, incluso mediantela emisión de valores, así como el canje orefinanciamiento de sus obligacionesconstitutivas de deuda pública, a efecto deobtener un monto de endeudamiento netointerno de hasta 9 mil 835 millones de pesos, yun monto de endeudamiento neto externo de508 millones de dólares de los Estados Unidosde América, asimismo se podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicainterna o externa adicionales a lo autorizado,siempre que el endeudamiento neto externo ointerno, respectivamente, sea menor alestablecido en este párrafo en un montoequivalente al de dichas obligacionesadicionales. El uso del endeudamiento anteriordeberá cumplir con la meta de balancefinanciero aprobado.

El cómputo de lo establecido en los dospárrafos anteriores se realizará en una solaocasión, el último día hábil bancario delejercicio fiscal de 2020 considerando el tipo decambio para solventar obligacionesdenominadas en moneda extranjera pagaderasen la República Mexicana que publique elBanco de México en el Diario Oficial de laFederación, así como la equivalencia del peso

de América; asimismo, se podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicainterna o externa adicionales a lo autorizado,siempre que el endeudamiento neto externo ointerno, respectivamente, sea menor alestablecido en este párrafo en un montoequivalente al de dichas obligacionesadicionales. El uso del endeudamiento anteriordeberá cumplir con la meta de balancefinanciero aprobado.

Se autoriza para la Comisión Federal deElectricidad y sus empresas productivassubsidiarias la contratación y ejercicio decréditos, empréstitos y otras formas delejercicio del crédito público, incluso mediantela emisión de valores, así como el canje orefinanciamiento de sus obligacionesconstitutivas de deuda pública, a efecto deobtener un monto de endeudamiento netointerno de hasta 9 mil 835 millones de pesos, yun monto de endeudamiento neto externo de508 millones de dólares de los Estados Unidosde América, asimismo se podrán contratarobligaciones constitutivas de deuda públicainterna o externa adicionales a lo autorizado,siempre que el endeudamiento neto externo ointerno, respectivamente, sea menor alestablecido en este párrafo en un montoequivalente al de dichas obligacionesadicionales. El uso del endeudamiento anteriordeberá cumplir con la meta de balancefinanciero aprobado.

El cómputo de lo establecido en los dospárrafos anteriores se realizará en una solaocasión, el último día hábil bancario delejercicio fiscal de 2020 considerando el tipo decambio para solventar obligacionesdenominadas en moneda extranjera pagaderasen la República Mexicana que publique elBanco de México en el Diario Oficial de laFederación, así como la equivalencia del peso

Page 20: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

19

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

mexicano con otras monedas que dé a conocerel propio Banco de México, en todos los casosen la fecha en que se hubieren realizado lasoperaciones correspondientes.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoinformará al Congreso de la Unión de maneratrimestral sobre el avance del Programa Anualde Financiamiento, destacando elcomportamiento de los diversos rubros en elcual se haga referencia al financiamiento delGasto de Capital y Refinanciamiento.

Artículo 3o. Se autoriza para la Ciudad deMéxico la contratación y ejercicio de créditos,empréstitos y otras formas de crédito públicopara un endeudamiento neto de 4 mil millonesde pesos para el financiamiento de obrascontempladas en el Presupuesto de Egresos dela Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal2020. Asimismo, se autoriza la contratación yejercicio de créditos, empréstitos y otrasformas de crédito público para realizaroperaciones de canje, refinanciamiento oreestructura de la deuda pública de la Ciudadde México.

El ejercicio del monto de endeudamientoautorizado se sujetará a lo dispuesto en la Leyde Disciplina Financiera de las EntidadesFederativas y los Municipios.

Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2020, laFederación percibirá los ingresos por proyectosde infraestructura productiva de largo plazo deinversión financiada directa y condicionada dela Comisión Federal de Electricidad por un total

mexicano con otras monedas que dé a conocerel propio Banco de México, en todos los casosen la fecha en que se hubieren realizado lasoperaciones correspondientes.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoinformará al Congreso de la Unión de maneratrimestral sobre el avance del Programa Anualde Financiamiento, destacando elcomportamiento de los diversos rubros en elcual se haga referencia al financiamiento delGasto de Capital y Refinanciamiento.

Artículo 3o. Se autoriza para la Ciudad deMéxico la contratación y ejercicio de créditos,empréstitos y otras formas de crédito públicopara un endeudamiento neto de 4 mil millonesde pesos para el financiamiento de obrascontempladas en el Presupuesto de Egresos dela Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal2020. Asimismo, se autoriza la contratación yejercicio de créditos, empréstitos y otrasformas de crédito público para realizaroperaciones de canje, refinanciamiento oreestructura de la deuda pública de la Ciudadde México.

El ejercicio del monto de endeudamientoautorizado se sujetará a lo dispuesto en la Leyde Disciplina Financiera de las EntidadesFederativas y los Municipios.

Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2020, laFederación percibirá los ingresos por proyectosde infraestructura productiva de largo plazo deinversión financiada directa y condicionada dela Comisión Federal de Electricidad por un total

Page 21: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

20

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

de 257,138.2 millones de pesos, de los cuales100,344.1 millones de pesos corresponden ainversión directa y 156,794.1 millones de pesosa inversión condicionada.

Artículo 5o. Se autoriza al Ejecutivo Federal acontratar proyectos de inversión financiada dela Comisión Federal de Electricidad en lostérminos de los artículos 18 de la Ley Federal deDeuda Pública y 32, párrafos segundo a sexto,de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, así como delTítulo Cuarto, Capítulo XIV, del Reglamento deeste último ordenamiento, por un total de2,760.7 millones de pesos que corresponde aun proyecto de inversión directa.

Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar lascompensaciones que deban cubrir losorganismos descentralizados y las empresas departicipación estatal, por los bienes federalesaportados o asignados a los mismos para suexplotación o en relación con el monto de losproductos o ingresos brutos que perciban.

Artículo 7o. Petróleos Mexicanos, susorganismos subsidiarios y/o sus empresasproductivas subsidiarias deberán presentar lasdeclaraciones, hacer los pagos y cumplir con lasobligaciones de retener y enterar lascontribuciones a cargo de terceros, ante laTesorería de la Federación, a través delesquema para la presentación de declaraciones

de 257,138.2 millones de pesos, de los cuales100,344.1 millones de pesos corresponden ainversión directa y 156,794.1 millones de pesosa inversión condicionada.

Artículo 5o. Se autoriza al Ejecutivo Federal acontratar proyectos de inversión financiada dela Comisión Federal de Electricidad en lostérminos de los artículos 18 de la Ley Federal deDeuda Pública y 32, párrafos segundo a sexto,de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, así como delTítulo Cuarto, Capítulo XIV, del Reglamento deeste último ordenamiento, por un total de2,760.7 millones de pesos que corresponde aun proyecto de inversión directa.

Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar lascompensaciones que deban cubrir losorganismos descentralizados y las empresas departicipación estatal, por los bienes federalesaportados o asignados a los mismos para suexplotación o en relación con el monto de losproductos o ingresos brutos que perciban.

Artículo 7o. Petróleos Mexicanos, susorganismos subsidiarios y/o sus empresasproductivas subsidiarias deberán presentar lasdeclaraciones, hacer los pagos y cumplir con lasobligaciones de retener y enterar lascontribuciones a cargo de terceros, ante laTesorería de la Federación, a través delesquema para la presentación de declaraciones

Page 22: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

21

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

que para tal efecto establezca el Servicio deAdministración Tributaria.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoqueda facultada para establecer y, en su caso,modificar o suspender pagos a cuenta de lospagos provisionales mensuales del derecho porla utilidad compartida, previstos en el artículo42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoinformará y explicará las modificaciones a losmontos que, por ingresos extraordinarios o unabaja en los mismos, impacten en los pagosestablecidos conforme al párrafo anterior, enun informe que se presentará a la Comisión deHacienda y Crédito Público y al Centro deEstudios de las Finanzas Públicas, ambos de laCámara de Diputados, dentro del mes siguientea aquél en que se generen dichasmodificaciones, así como en los InformesTrimestrales sobre la Situación Económica, lasFinanzas Públicas y la Deuda Pública.

En caso de que la Secretaría de Hacienda yCrédito Público haga uso de las facultadesotorgadas en el segundo párrafo de esteartículo, los pagos correspondientes deberánser transferidos y concentrados en la Tesoreríade la Federación por el Fondo Mexicano delPetróleo para la Estabilización y el Desarrollo, amás tardar el día siguiente de su recepción, acuenta de la transferencia a que se refiere elartículo 16, fracción II, inciso g) de la Ley delFondo Mexicano del Petróleo para laEstabilización y el Desarrollo.

Los gastos de mantenimiento y operación delos proyectos integrales de infraestructura de

que para tal efecto establezca el Servicio deAdministración Tributaria.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoqueda facultada para establecer y, en su caso,modificar o suspender pagos a cuenta de lospagos provisionales mensuales del derecho porla utilidad compartida, previstos en el artículo42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoinformará y explicará las modificaciones a losmontos que, por ingresos extraordinarios o unabaja en los mismos, impacten en los pagosestablecidos conforme al párrafo anterior, enun informe que se presentará a la Comisión deHacienda y Crédito Público y al Centro deEstudios de las Finanzas Públicas, ambos de laCámara de Diputados, dentro del mes siguientea aquél en que se generen dichasmodificaciones, así como en los InformesTrimestrales sobre la Situación Económica, lasFinanzas Públicas y la Deuda Pública.

En caso de que la Secretaría de Hacienda yCrédito Público haga uso de las facultadesotorgadas en el segundo párrafo de esteartículo, los pagos correspondientes deberánser transferidos y concentrados en la Tesoreríade la Federación por el Fondo Mexicano delPetróleo para la Estabilización y el Desarrollo, amás tardar el día siguiente de su recepción, acuenta de la transferencia a que se refiere elartículo 16, fracción II, inciso g) de la Ley delFondo Mexicano del Petróleo para laEstabilización y el Desarrollo.

Los gastos de mantenimiento y operación delos proyectos integrales de infraestructura de

Page 23: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

22

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Petróleos Mexicanos que, hasta antes de laentrada en vigor del “Decreto por el que seadicionan y reforman diversas disposiciones dela Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria”, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 13 denoviembre de 2008, eran consideradosproyectos de infraestructura productiva delargo plazo en términos del artículo 32 de dichaLey, serán registrados como inversión.

Capítulo IIDe las Facilidades Administrativas y BeneficiosFiscales

Artículo 8o. En los casos de prórroga para elpago de créditos fiscales se causarán recargos:

I. Al 0.98 por ciento mensual sobre los saldosinsolutos.

II. Cuando de conformidad con el Código Fiscalde la Federación, se autorice el pago a plazos,se aplicará la tasa de recargos que acontinuación se establece, sobre los saldos ydurante el periodo de que se trate:

1. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades de hasta 12 meses, la tasa derecargos será del 1.26 por ciento mensual.

2. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades de más de 12 meses y hasta de 24meses, la tasa de recargos será de 1.53 porciento mensual.

Petróleos Mexicanos que, hasta antes de laentrada en vigor del “Decreto por el que seadicionan y reforman diversas disposiciones dela Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria”, publicado en elDiario Oficial de la Federación el 13 denoviembre de 2008, eran consideradosproyectos de infraestructura productiva delargo plazo en términos del artículo 32 de dichaLey, serán registrados como inversión.

Capítulo IIDe las Facilidades Administrativas y BeneficiosFiscales

Artículo 8o. En los casos de prórroga para elpago de créditos fiscales se causarán recargos:

I. Al 0.98 por ciento mensual sobre los saldosinsolutos.

II. Cuando de conformidad con el Código Fiscalde la Federación, se autorice el pago a plazos,se aplicará la tasa de recargos que acontinuación se establece, sobre los saldos ydurante el periodo de que se trate:

1. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades de hasta 12 meses, la tasa derecargos será del 1.26 por ciento mensual.

2. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades de más de 12 meses y hasta de 24meses, la tasa de recargos será de 1.53 porciento mensual.

Page 24: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

23

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

3. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades superiores a 24 meses, así comotratándose de pagos a plazo diferido, la tasa derecargos será de 1.82 por ciento mensual.

Las tasas de recargos establecidas en la fracciónII de este artículo incluyen la actualizaciónrealizada conforme a lo establecido por elCódigo Fiscal de la Federación.

Artículo 9o. Se ratifican los acuerdos ydisposiciones de carácter general expedidos enel Ramo de Hacienda, de las que hayanderivado beneficios otorgados en términos dela presente Ley, así como por los que se hayadejado en suspenso total o parcialmente elcobro de gravámenes y las resolucionesdictadas por la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico sobre la causación de talesgravámenes.

Se ratifican los convenios que se hayancelebrado entre la Federación por una parte ylas entidades federativas, organismosautónomos por disposición constitucional deéstas, organismos públicos descentralizados delas mismas y los municipios, por la otra, en losque se finiquiten adeudos entre ellos. Tambiénse ratifican los convenios que se hayancelebrado o se celebren entre la Federación poruna parte y las entidades federativas, por laotra, en los que se señalen los incentivos queperciben las propias entidades federativas y, ensu caso, los municipios, por los bienes quepasen a propiedad del Fisco Federal,provenientes de comercio exterior, incluidoslos sujetos a un procedimiento establecido en

3. Tratándose de pagos a plazos enparcialidades superiores a 24 meses, así comotratándose de pagos a plazo diferido, la tasa derecargos será de 1.82 por ciento mensual.

Las tasas de recargos establecidas en la fracciónII de este artículo incluyen la actualizaciónrealizada conforme a lo establecido por elCódigo Fiscal de la Federación.

Artículo 9o. Se ratifican los acuerdos ydisposiciones de carácter general expedidos enel Ramo de Hacienda, de las que hayanderivado beneficios otorgados en términos dela presente Ley, así como por los que se hayadejado en suspenso total o parcialmente elcobro de gravámenes y las resolucionesdictadas por la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico sobre la causación de talesgravámenes.

Se ratifican los convenios que se hayancelebrado entre la Federación por una parte ylas entidades federativas, organismosautónomos por disposición constitucional deéstas, organismos públicos descentralizados delas mismas y los municipios, por la otra, en losque se finiquiten adeudos entre ellos. Tambiénse ratifican los convenios que se hayancelebrado o se celebren entre la Federación poruna parte y las entidades federativas, por laotra, en los que se señalen los incentivos queperciben las propias entidades federativas y, ensu caso, los municipios, por los bienes quepasen a propiedad del Fisco Federal,provenientes de comercio exterior, incluidoslos sujetos a un procedimiento establecido en

Page 25: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

24

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

la legislación aduanera o fiscal federal, así comolos abandonados a favor del Gobierno Federal.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior,no se aplicará lo dispuesto en el artículo 6 bisde la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público.

Artículo 10. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar losaprovechamientos que se cobrarán en elejercicio fiscal de 2020, incluso por el uso, goce,aprovechamiento o explotación de bienessujetos al régimen de dominio público de laFederación o por la prestación de servicios enel ejercicio de las funciones de derecho públicopor los que no se establecen derechos o quepor cualquier causa legal no se paguen.

Para establecer el monto de losaprovechamientos se tomarán enconsideración criterios de eficiencia económicay de saneamiento financiero y, en su caso, seestará a lo siguiente:

I. La cantidad que deba cubrirse por conceptodel uso, goce, aprovechamiento o explotaciónde bienes o por la prestación de servicios quetienen referencia internacional, se fijaráconsiderando el cobro que se efectúe por eluso, goce, aprovechamiento o explotación debienes o por la prestación de servicios, desimilares características, en países con los queMéxico mantiene vínculos comerciales.

la legislación aduanera o fiscal federal, así comolos abandonados a favor del Gobierno Federal.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior,no se aplicará lo dispuesto en el artículo 6 bisde la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público.

Artículo 10. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar losaprovechamientos que se cobrarán en elejercicio fiscal de 2020, incluso por el uso, goce,aprovechamiento o explotación de bienessujetos al régimen de dominio público de laFederación o por la prestación de servicios enel ejercicio de las funciones de derecho públicopor los que no se establecen derechos o quepor cualquier causa legal no se paguen.

Para establecer el monto de losaprovechamientos se tomarán enconsideración criterios de eficiencia económicay de saneamiento financiero y, en su caso, seestará a lo siguiente:

I. La cantidad que deba cubrirse por conceptodel uso, goce, aprovechamiento o explotaciónde bienes o por la prestación de servicios quetienen referencia internacional, se fijaráconsiderando el cobro que se efectúe por eluso, goce, aprovechamiento o explotación debienes o por la prestación de servicios, desimilares características, en países con los queMéxico mantiene vínculos comerciales.

Page 26: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

25

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

II. Los aprovechamientos que se cobren por eluso, goce, aprovechamiento o explotación debienes o por la prestación de servicios, que notengan referencia internacional, se fijaránconsiderando el costo de los mismos, siempreque se derive de una valuación de dichos costosen los términos de eficiencia económica y desaneamiento financiero.

III. Se podrán establecer aprovechamientosdiferenciales por el uso, goce,aprovechamiento o explotación de bienes o porla prestación de servicios, cuando éstosrespondan a estrategias de comercialización oracionalización y se otorguen de manerageneral.

Durante el ejercicio fiscal de 2020, la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, medianteresoluciones de carácter particular, aprobarálos montos de los aprovechamientos quecobren las dependencias de la AdministraciónPública Federal, salvo cuando su determinacióny cobro se encuentre previsto en otras leyes.Para tal efecto, las dependencias interesadasestarán obligadas a someter para suaprobación, durante los meses de enero yfebrero de 2020, los montos de losaprovechamientos que se cobren de maneraregular. Los aprovechamientos que no seansometidos a la aprobación de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, no podrán sercobrados por la dependencia de que se trate apartir del 1 de marzo de 2020. Asimismo, losaprovechamientos cuya autorización haya sidonegada por la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, no podrán ser cobrados por ladependencia de que se trate, a partir de la

II. Los aprovechamientos que se cobren por eluso, goce, aprovechamiento o explotación debienes o por la prestación de servicios, que notengan referencia internacional, se fijaránconsiderando el costo de los mismos, siempreque se derive de una valuación de dichos costosen los términos de eficiencia económica y desaneamiento financiero.

III. Se podrán establecer aprovechamientosdiferenciales por el uso, goce,aprovechamiento o explotación de bienes o porla prestación de servicios, cuando éstosrespondan a estrategias de comercialización oracionalización y se otorguen de manerageneral.

Durante el ejercicio fiscal de 2020, la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, medianteresoluciones de carácter particular, aprobarálos montos de los aprovechamientos quecobren las dependencias de la AdministraciónPública Federal, salvo cuando su determinacióny cobro se encuentre previsto en otras leyes.Para tal efecto, las dependencias interesadasestarán obligadas a someter para suaprobación, durante los meses de enero yfebrero de 2020, los montos de losaprovechamientos que se cobren de maneraregular. Los aprovechamientos que no seansometidos a la aprobación de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, no podrán sercobrados por la dependencia de que se trate apartir del 1 de marzo de 2020. Asimismo, losaprovechamientos cuya autorización haya sidonegada por la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, no podrán ser cobrados por ladependencia de que se trate, a partir de la

Page 27: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

26

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

fecha en que surta efectos la notificación de laresolución respectiva. Las solicitudes queformulen las dependencias y la autorización delos aprovechamientos por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, serealizarán mediante la emisión de documentoscon la firma autógrafa del servidor públicofacultado o certificados digitales, equipos osistemas automatizados; para lo cual, ensustitución de la firma autógrafa, se emplearánmedios de identificación electrónica y la firmaelectrónica avanzada, en términos de lasdisposiciones aplicables.

El uso de los medios de identificaciónelectrónica a que se refiere el párrafo anteriorproducirá los mismos efectos que lasdisposiciones jurídicas otorgan a losdocumentos con firma autógrafa y, enconsecuencia, tendrán el mismo valorvinculatorio.

Las autorizaciones para fijar o modificar lascuotas de los aprovechamientos que otorgue laSecretaría de Hacienda y Crédito Públicodurante el ejercicio fiscal de 2020, sólo surtiránsus efectos para ese año y, en su caso, dichaSecretaría autorizará el destino específico paralos aprovechamientos que perciba ladependencia correspondiente.

Cuando la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico obtenga un aprovechamiento a cargode las instituciones de banca de desarrollo o delas entidades paraestatales que formen partedel sistema financiero o de los fideicomisospúblicos de fomento u otros fideicomisospúblicos coordinados por dicha Secretaría, ya

fecha en que surta efectos la notificación de laresolución respectiva. Las solicitudes queformulen las dependencias y la autorización delos aprovechamientos por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, serealizarán mediante la emisión de documentoscon la firma autógrafa del servidor públicofacultado o certificados digitales, equipos osistemas automatizados; para lo cual, ensustitución de la firma autógrafa, se emplearánmedios de identificación electrónica y la firmaelectrónica avanzada, en términos de lasdisposiciones aplicables.

El uso de los medios de identificaciónelectrónica a que se refiere el párrafo anteriorproducirá los mismos efectos que lasdisposiciones jurídicas otorgan a losdocumentos con firma autógrafa y, enconsecuencia, tendrán el mismo valorvinculatorio.

Las autorizaciones para fijar o modificar lascuotas de los aprovechamientos que otorgue laSecretaría de Hacienda y Crédito Públicodurante el ejercicio fiscal de 2020, sólo surtiránsus efectos para ese año y, en su caso, dichaSecretaría autorizará el destino específico paralos aprovechamientos que perciba ladependencia correspondiente.

Cuando la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico obtenga un aprovechamiento a cargode las instituciones de banca de desarrollo o delas entidades paraestatales que formen partedel sistema financiero o de los fideicomisospúblicos de fomento u otros fideicomisospúblicos coordinados por dicha Secretaría, ya

Page 28: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

27

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

sea de los ingresos que obtengan o con motivode la garantía soberana del Gobierno Federal, otratándose de recuperaciones de capital o delpatrimonio, según sea el caso, los recursoscorrespondientes se destinarán por la propiaSecretaría prioritariamente a la capitalizaciónde cualquiera de dichas entidades, incluyendola aportación de recursos al patrimonio decualquiera de dichos fideicomisos o a fomentaracciones que les permitan cumplir con susrespectivos mandatos, o a programas yproyectos de inversión, sin perjuicio de loprevisto en el último párrafo del artículo 12 dela presente Ley.

Cuando la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico obtenga un aprovechamiento a cargode cualquier otra entidad paraestatal distintade las señaladas en el párrafo anterior, dichosingresos serán enterados a la Tesorería de laFederación bajo dicha naturaleza, a efecto deque sean destinados a programaspresupuestarios que permitan cumplir con elPlan Nacional de Desarrollo y los programasque de él deriven.

Los ingresos excedentes provenientes de losaprovechamientos a que se refiere el artículo1o., numerales 6.61.11, 6.62.01.04 y 6.61.22.04de esta Ley por concepto de participaciones acargo de los concesionarios de vías generalesde comunicación y de empresas deabastecimiento de energía, dedesincorporaciones distintos de entidadesparaestatales y de otros aprovechamientos,respectivamente, se podrán destinar, en lostérminos de la Ley Federal de Presupuesto y

sea de los ingresos que obtengan o con motivode la garantía soberana del Gobierno Federal, otratándose de recuperaciones de capital o delpatrimonio, según sea el caso, los recursoscorrespondientes se destinarán por la propiaSecretaría prioritariamente a la capitalizaciónde cualquiera de dichas entidades, incluyendola aportación de recursos al patrimonio decualquiera de dichos fideicomisos o a fomentaracciones que les permitan cumplir con susrespectivos mandatos, o a programas yproyectos de inversión, sin perjuicio de loprevisto en el último párrafo del artículo 12 dela presente Ley.

Cuando la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico obtenga un aprovechamiento a cargode cualquier otra entidad paraestatal distintade las señaladas en el párrafo anterior, dichosingresos serán enterados a la Tesorería de laFederación bajo dicha naturaleza, a efecto deque sean destinados a programaspresupuestarios que permitan cumplir con elPlan Nacional de Desarrollo y los programasque de él deriven.

Los ingresos excedentes provenientes de losaprovechamientos a que se refiere el artículo1o., numerales 6.61.11, 6.62.01.04 y 6.61.22.04de esta Ley por concepto de participaciones acargo de los concesionarios de vías generalesde comunicación y de empresas deabastecimiento de energía, dedesincorporaciones distintos de entidadesparaestatales y de otros aprovechamientos,respectivamente, se podrán destinar, en lostérminos de la Ley Federal de Presupuesto y

Page 29: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

28

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Responsabilidad Hacendaria, a gasto deinversión en infraestructura.

En tanto no sean autorizados losaprovechamientos a que se refiere este artículopara el ejercicio fiscal de 2020, se aplicarán losvigentes al 31 de diciembre de 2019,multiplicados por el factor que correspondasegún el mes en el que fueron autorizados o, enel caso de haberse realizado una modificaciónposterior, a partir de la última vez en la quefueron modificados en dicho ejercicio fiscal,conforme a la tabla siguiente:

En el caso de aprovechamientos que, en elejercicio inmediato anterior, se hayan fijado enporcentajes, se continuarán aplicando duranteel 2020 los porcentajes autorizados por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público que seencuentren vigentes al 31 de diciembre de2019, hasta en tanto dicha Secretaría no emitarespuesta respecto de la solicitud deautorización para el 2020.

Los aprovechamientos por concepto de multas,sanciones, penas convencionales, cuotascompensatorias, recuperaciones de capital,

Responsabilidad Hacendaria, a gasto deinversión en infraestructura.

En tanto no sean autorizados losaprovechamientos a que se refiere este artículopara el ejercicio fiscal de 2020, se aplicarán losvigentes al 31 de diciembre de 2019,multiplicados por el factor que correspondasegún el mes en el que fueron autorizados o, enel caso de haberse realizado una modificaciónposterior, a partir de la última vez en la quefueron modificados en dicho ejercicio fiscal,conforme a la tabla siguiente:

En el caso de aprovechamientos que, en elejercicio inmediato anterior, se hayan fijado enporcentajes, se continuarán aplicando duranteel 2020 los porcentajes autorizados por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público que seencuentren vigentes al 31 de diciembre de2019, hasta en tanto dicha Secretaría no emitarespuesta respecto de la solicitud deautorización para el 2020.

Los aprovechamientos por concepto de multas,sanciones, penas convencionales, cuotascompensatorias, recuperaciones de capital,

Page 30: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

29

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

aquéllos a que se refieren la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público, la Ley Federal de CompetenciaEconómica, y la Ley Federal deTelecomunicaciones y Radiodifusión, así comolos accesorios de los aprovechamientos norequieren de autorización por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público parasu cobro.

Tratándose de aprovechamientos que no hayansido cobrados en el ejercicio inmediato anterioro que no se cobren de manera regular, lasdependencias interesadas deberán someterpara su aprobación a la Secretaría de Hacienday Crédito Público el monto de losaprovechamientos que pretendan cobrar, enun plazo no menor a 10 días anteriores a lafecha de su entrada en vigor.

En aquellos casos en los que se incumpla con laobligación de presentar los comprobantes depago de los aprovechamientos a que se refiereeste artículo en los plazos que para talesefectos se fijen, el prestador del servicio o elotorgante del uso, goce, aprovechamiento oexplotación de bienes sujetos al régimen dedominio público de la Federación de que setrate, procederá conforme a lo dispuesto en elartículo 3o. de la Ley Federal de Derechos.

El prestador del servicio o el otorgante del uso,goce, aprovechamiento o explotación debienes sujetos al régimen de dominio públicode la Federación, deberá informar a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, a mástardar en el mes de marzo de 2020, losconceptos y montos de los ingresos que hayan

aquéllos a que se refieren la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público, la Ley Federal de CompetenciaEconómica, y la Ley Federal deTelecomunicaciones y Radiodifusión, así comolos accesorios de los aprovechamientos norequieren de autorización por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público parasu cobro.

Tratándose de aprovechamientos que no hayansido cobrados en el ejercicio inmediato anterioro que no se cobren de manera regular, lasdependencias interesadas deberán someterpara su aprobación a la Secretaría de Hacienday Crédito Público el monto de losaprovechamientos que pretendan cobrar, enun plazo no menor a 10 días anteriores a lafecha de su entrada en vigor.

En aquellos casos en los que se incumpla con laobligación de presentar los comprobantes depago de los aprovechamientos a que se refiereeste artículo en los plazos que para talesefectos se fijen, el prestador del servicio o elotorgante del uso, goce, aprovechamiento oexplotación de bienes sujetos al régimen dedominio público de la Federación de que setrate, procederá conforme a lo dispuesto en elartículo 3o. de la Ley Federal de Derechos.

El prestador del servicio o el otorgante del uso,goce, aprovechamiento o explotación debienes sujetos al régimen de dominio públicode la Federación, deberá informar a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, a mástardar en el mes de marzo de 2020, losconceptos y montos de los ingresos que hayan

Page 31: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

30

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

percibido por aprovechamientos, así como delos enteros efectuados a la Tesorería de laFederación por dichos conceptos, durante elejercicio fiscal inmediato anterior.

Los sujetos a que se refiere el párrafo anteriordeberán presentar un informe a la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, durante losprimeros 15 días del mes de julio de 2020,respecto de los ingresos y su concepto quehayan percibido por aprovechamientosdurante el primer semestre del ejercicio fiscalen curso, así como de los que tenganprogramado percibir durante el segundosemestre del mismo.

Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar,mediante resoluciones de carácter particular,las cuotas de los productos que pretendancobrar las dependencias durante el ejerciciofiscal de 2020, aun cuando su cobro seencuentre previsto en otras leyes.

Las autorizaciones para fijar o modificar lascuotas de los productos que otorgue laSecretaría de Hacienda y Crédito Públicodurante el ejercicio fiscal de 2020, sólo surtiránsus efectos para ese año y, en su caso, dichaSecretaría autorizará el destino específico paralos productos que perciba la dependenciacorrespondiente.

Para los efectos del párrafo anterior, lasdependencias interesadas estarán obligadas asometer para su aprobación, durante los meses

percibido por aprovechamientos, así como delos enteros efectuados a la Tesorería de laFederación por dichos conceptos, durante elejercicio fiscal inmediato anterior.

Los sujetos a que se refiere el párrafo anteriordeberán presentar un informe a la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, durante losprimeros 15 días del mes de julio de 2020,respecto de los ingresos y su concepto quehayan percibido por aprovechamientosdurante el primer semestre del ejercicio fiscalen curso, así como de los que tenganprogramado percibir durante el segundosemestre del mismo.

Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conductode la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,queda autorizado para fijar o modificar,mediante resoluciones de carácter particular,las cuotas de los productos que pretendancobrar las dependencias durante el ejerciciofiscal de 2020, aun cuando su cobro seencuentre previsto en otras leyes.

Las autorizaciones para fijar o modificar lascuotas de los productos que otorgue laSecretaría de Hacienda y Crédito Públicodurante el ejercicio fiscal de 2020, sólo surtiránsus efectos para ese año y, en su caso, dichaSecretaría autorizará el destino específico paralos productos que perciba la dependenciacorrespondiente.

Para los efectos del párrafo anterior, lasdependencias interesadas estarán obligadas asometer para su aprobación, durante los meses

Page 32: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

31

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

de enero y febrero de 2020, los montos de losproductos que se cobren de manera regular.Los productos que no sean sometidos a laaprobación de la Secretaría de Hacienda yCrédito Público, no podrán ser cobrados por ladependencia de que se trate a partir del 1 demarzo de 2020. Asimismo, los productos cuyaautorización haya sido negada por la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, no podrán sercobrados por la dependencia de que se trate, apartir de la fecha en que surta efectos lanotificación de la resolución respectiva. Lassolicitudes que formulen las dependencias y laautorización de los productos por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, serealizarán mediante la emisión de documentoscon la firma autógrafa del servidor públicofacultado o certificados digitales, equipos osistemas automatizados; para lo cual, ensustitución de la firma autógrafa, se emplearánmedios de identificación electrónica y la firmaelectrónica avanzada, en términos de lasdisposiciones aplicables.

El uso de los medios de identificaciónelectrónica a que se refiere el párrafo anteriorproducirá los mismos efectos que lasdisposiciones jurídicas otorgan a losdocumentos con firma autógrafa y, enconsecuencia, tendrán el mismo valorvinculatorio.

En tanto no sean autorizados los productos aque se refiere este artículo para el ejerciciofiscal de 2020, se aplicarán los vigentes al 31 dediciembre de 2019, multiplicados por el factorque corresponda según el mes en que fueronautorizados o, en el caso de haberse realizado

de enero y febrero de 2020, los montos de losproductos que se cobren de manera regular.Los productos que no sean sometidos a laaprobación de la Secretaría de Hacienda yCrédito Público, no podrán ser cobrados por ladependencia de que se trate a partir del 1 demarzo de 2020. Asimismo, los productos cuyaautorización haya sido negada por la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, no podrán sercobrados por la dependencia de que se trate, apartir de la fecha en que surta efectos lanotificación de la resolución respectiva. Lassolicitudes que formulen las dependencias y laautorización de los productos por parte de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, serealizarán mediante la emisión de documentoscon la firma autógrafa del servidor públicofacultado o certificados digitales, equipos osistemas automatizados; para lo cual, ensustitución de la firma autógrafa, se emplearánmedios de identificación electrónica y la firmaelectrónica avanzada, en términos de lasdisposiciones aplicables.

El uso de los medios de identificaciónelectrónica a que se refiere el párrafo anteriorproducirá los mismos efectos que lasdisposiciones jurídicas otorgan a losdocumentos con firma autógrafa y, enconsecuencia, tendrán el mismo valorvinculatorio.

En tanto no sean autorizados los productos aque se refiere este artículo para el ejerciciofiscal de 2020, se aplicarán los vigentes al 31 dediciembre de 2019, multiplicados por el factorque corresponda según el mes en que fueronautorizados o, en el caso de haberse realizado

Page 33: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

32

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

una modificación posterior, a partir de la últimavez en la que fueron modificados en dichoejercicio fiscal, conforme a la tabla siguiente:

En el caso de productos que, en el ejercicioinmediato anterior, se hayan fijado enporcentajes, se continuarán aplicando duranteel 2020 los porcentajes autorizados por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público que seencuentren vigentes al 31 de diciembre de2019 hasta en tanto dicha Secretaría no emitarespuesta respecto de la solicitud deautorización para el 2020.

Los productos por concepto de penasconvencionales, los que se establezcan comocontraprestación derivada de una licitación,subasta o remate, los intereses, así comoaquellos productos que provengan dearrendamientos o enajenaciones efectuadastanto por el Instituto de Administración yAvalúos de Bienes Nacionales como por elInstituto de Administración de Bienes y Activosy los accesorios de los productos, no requierende autorización por parte de la Secretaría deHacienda y Crédito Público para su cobro.

una modificación posterior, a partir de la últimavez en la que fueron modificados en dichoejercicio fiscal, conforme a la tabla siguiente:

En el caso de productos que, en el ejercicioinmediato anterior, se hayan fijado enporcentajes, se continuarán aplicando duranteel 2020 los porcentajes autorizados por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público que seencuentren vigentes al 31 de diciembre de2019 hasta en tanto dicha Secretaría no emitarespuesta respecto de la solicitud deautorización para el 2020.

Los productos por concepto de penasconvencionales, los que se establezcan comocontraprestación derivada de una licitación,subasta o remate, los intereses, así comoaquellos productos que provengan dearrendamientos o enajenaciones efectuadastanto por el Instituto de Administración yAvalúos de Bienes Nacionales como por elInstituto de Administración de Bienes y Activosy los accesorios de los productos, no requierende autorización por parte de la Secretaría deHacienda y Crédito Público para su cobro.

Page 34: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

33

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

De los ingresos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos, respecto delos bienes propiedad del Gobierno Federal quehayan sido transferidos por la Tesorería de laFederación, el Instituto de Administración deBienes y Activos deberá descontar los importesnecesarios para financiar otras transferencias omandatos de la propia Tesorería; del montorestante hasta la cantidad que determine laJunta de Gobierno de dicho organismo sedepositará en un fondo, manteniéndolo en unasubcuenta específica, que se destinará afinanciar otras transferencias o mandatos y elremanente será enterado a la Tesorería de laFederación en los términos de las disposicionesaplicables.

De los ingresos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos, respecto delos bienes que pasan a propiedad del FiscoFederal conforme a las disposiciones fiscales,que hayan sido transferidos por el Servicio deAdministración Tributaria, el Instituto deAdministración de Bienes y Activos deberádescontar los importes necesarios parafinanciar otras transferencias o mandatos de lacitada entidad transferente, sobre bienes de lamisma naturaleza; del monto restante hasta lacantidad que determine la Junta de Gobiernode dicho organismo se depositará en el fondoseñalado en el párrafo anterior, manteniéndoloen una subcuenta específica, que se destinará afinanciar otras transferencias o mandatos y elremanente será enterado a la Tesorería de laFederación en los términos de las disposiciones

De los ingresos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos, respecto delos bienes propiedad del Gobierno Federal quehayan sido transferidos por la Tesorería de laFederación, el Instituto de Administración deBienes y Activos deberá descontar los importesnecesarios para financiar otras transferencias omandatos de la propia Tesorería; del montorestante hasta la cantidad que determine laJunta de Gobierno de dicho organismo sedepositará en un fondo, manteniéndolo en unasubcuenta específica, que se destinará afinanciar otras transferencias o mandatos y elremanente será enterado a la Tesorería de laFederación en los términos de las disposicionesaplicables.

De los ingresos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos, respecto delos bienes que pasan a propiedad del FiscoFederal conforme a las disposiciones fiscales,que hayan sido transferidos por el Servicio deAdministración Tributaria, el Instituto deAdministración de Bienes y Activos deberádescontar los importes necesarios parafinanciar otras transferencias o mandatos de lacitada entidad transferente, sobre bienes de lamisma naturaleza; del monto restante hasta lacantidad que determine la Junta de Gobiernode dicho organismo se depositará en el fondoseñalado en el párrafo anterior, manteniéndoloen una subcuenta específica, que se destinará afinanciar otras transferencias o mandatos y elremanente será enterado a la Tesorería de laFederación en los términos de las disposiciones

Page 35: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

34

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

aplicables. Un mecanismo como el previsto enel presente párrafo, se podrá aplicar a losingresos provenientes de las enajenaciones debienes de comercio exterior que transfieran lasautoridades aduaneras, incluso para el pago deresarcimientos de bienes procedentes decomercio exterior que, por mandato deautoridad administrativa o jurisdiccional, elInstituto de Administración de Bienes y Activosdeba realizar. Lo previsto en el presentepárrafo se aplicará sin perjuicio de lo dispuestoen los artículos 27, 89 y 93 de la Ley Federalpara la Administración y Enajenación de Bienesdel Sector Público.

Para los efectos de los dos párrafos anteriores,el Instituto de Administración de Bienes yActivos remitirá de manera semestral a laCámara de Diputados y a su Coordinadora deSector, un informe que contenga el desglose delas operaciones efectuadas por motivo de lastransferencias de bienes del Gobierno Federalde las autoridades mencionadas en los párrafoscitados.

Los ingresos netos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos se podrándestinar hasta en un 100 por ciento a financiarotras transferencias o mandatos de la mismaentidad transferente, así como para el pago delos créditos que hayan sido otorgados por labanca de desarrollo para cubrir los gastos deoperación de los bienes transferidos, siempreque en el acta de entrega recepción de losbienes transferidos o en el convenio que alefecto se celebre se señale dicha situación. Loanterior no resulta aplicable a las

aplicables. Un mecanismo como el previsto enel presente párrafo, se podrá aplicar a losingresos provenientes de las enajenaciones debienes de comercio exterior que transfieran lasautoridades aduaneras, incluso para el pago deresarcimientos de bienes procedentes decomercio exterior que, por mandato deautoridad administrativa o jurisdiccional, elInstituto de Administración de Bienes y Activosdeba realizar. Lo previsto en el presentepárrafo se aplicará sin perjuicio de lo dispuestoen los artículos 27, 89 y 93 de la Ley Federalpara la Administración y Enajenación de Bienesdel Sector Público.

Para los efectos de los dos párrafos anteriores,el Instituto de Administración de Bienes yActivos remitirá de manera semestral a laCámara de Diputados y a su Coordinadora deSector, un informe que contenga el desglose delas operaciones efectuadas por motivo de lastransferencias de bienes del Gobierno Federalde las autoridades mencionadas en los párrafoscitados.

Los ingresos netos provenientes de lasenajenaciones realizadas por el Instituto deAdministración de Bienes y Activos se podrándestinar hasta en un 100 por ciento a financiarotras transferencias o mandatos de la mismaentidad transferente, así como para el pago delos créditos que hayan sido otorgados por labanca de desarrollo para cubrir los gastos deoperación de los bienes transferidos, siempreque en el acta de entrega recepción de losbienes transferidos o en el convenio que alefecto se celebre se señale dicha situación. Loanterior no resulta aplicable a las

Page 36: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

35

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

enajenaciones de bienes decomisados a que serefiere el décimo tercer párrafo del artículo 13de esta Ley. Lo previsto en el presente párrafose aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en losartículos 27, 89 y 93 de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.

Los ingresos provenientes de la enajenación delos bienes en proceso de extinción de dominioy de aquellos sobre los que sea declarada laextinción de dominio y de sus frutos, así comosu monetización en términos de la Ley Nacionalde Extinción de Dominio, serán destinados auna cuenta especial en los términos queestablece el artículo 239 de la Ley Nacional deExtinción de Dominio, previa deducción de losconceptos previstos en los artículos 234 y 237de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Tratándose de productos que no se hayancobrado en el ejercicio inmediato anterior oque no se cobren de manera regular, lasdependencias interesadas deberán someterpara su aprobación a la Secretaría de Hacienday Crédito Público el monto de los productos quepretendan cobrar, en un plazo no menor a 10días anteriores a la fecha de su entrada envigor.

Las dependencias de la Administración PúblicaFederal deberán informar a la Secretaría deHacienda y Crédito Público, a más tardar en elmes de marzo de 2020, los conceptos y montosde los ingresos que hayan percibido porproductos, así como de la concentraciónefectuada a la Tesorería de la Federación por

enajenaciones de bienes decomisados a que serefiere el décimo tercer párrafo del artículo 13de esta Ley. Lo previsto en el presente párrafose aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en losartículos 27, 89 y 93 de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.

Los ingresos provenientes de la enajenación delos bienes en proceso de extinción de dominioy de aquellos sobre los que sea declarada laextinción de dominio y de sus frutos, así comosu monetización en términos de la Ley Nacionalde Extinción de Dominio, serán destinados auna cuenta especial en los términos queestablece el artículo 239 de la Ley Nacional deExtinción de Dominio, previa deducción de losconceptos previstos en los artículos 234 y 237de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Tratándose de productos que no se hayancobrado en el ejercicio inmediato anterior oque no se cobren de manera regular, lasdependencias interesadas deberán someterpara su aprobación a la Secretaría de Hacienday Crédito Público el monto de los productos quepretendan cobrar, en un plazo no menor a 10días anteriores a la fecha de su entrada envigor.

Las dependencias de la Administración PúblicaFederal deberán informar a la Secretaría deHacienda y Crédito Público, a más tardar en elmes de marzo de 2020, los conceptos y montosde los ingresos que hayan percibido porproductos, así como de la concentraciónefectuada a la Tesorería de la Federación por

Page 37: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

36

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

dichos conceptos durante el ejercicio fiscalinmediato anterior.

Las dependencias a que se refiere el párrafoanterior deberán presentar un informe a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público,durante los primeros 15 días del mes de julio de2020 respecto de los ingresos y su conceptoque hayan percibido por productos durante elprimer semestre del ejercicio fiscal citado, asícomo de los que tengan programado percibirdurante el segundo semestre del mismo.

Artículo 12. Los ingresos que se recaudendurante el ejercicio fiscal 2020 se concentraránen términos del artículo 22 de la Ley deTesorería de la Federación, salvo en lossiguientes casos:

I. Se concentrarán en la Tesorería de laFederación, a más tardar el día hábil siguienteal de su recepción, los derechos yaprovechamientos, por el uso, goce,aprovechamiento o explotación del espectroradioeléctrico y los servicios vinculados a éste,incluidos entre otros las sanciones, penasconvencionales, cuotas compensatorias, asícomo los aprovechamientos por infracciones ala Ley Federal de Competencia Económica y a laLey Federal de Telecomunicaciones yRadiodifusión;

II. Las entidades de control directo, los poderesLegislativo y Judicial y los órganos autónomospor disposición constitucional, sólo registraránlos ingresos que obtengan por cualquierconcepto en el rubro correspondiente de esta

dichos conceptos durante el ejercicio fiscalinmediato anterior.

Las dependencias a que se refiere el párrafoanterior deberán presentar un informe a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público,durante los primeros 15 días del mes de julio de2020 respecto de los ingresos y su conceptoque hayan percibido por productos durante elprimer semestre del ejercicio fiscal citado, asícomo de los que tengan programado percibirdurante el segundo semestre del mismo.

Artículo 12. Los ingresos que se recaudendurante el ejercicio fiscal 2020 se concentraránen términos del artículo 22 de la Ley deTesorería de la Federación, salvo en lossiguientes casos:

I. Se concentrarán en la Tesorería de laFederación, a más tardar el día hábil siguienteal de su recepción, los derechos yaprovechamientos, por el uso, goce,aprovechamiento o explotación del espectroradioeléctrico y los servicios vinculados a éste,incluidos entre otros las sanciones, penasconvencionales, cuotas compensatorias, asícomo los aprovechamientos por infracciones ala Ley Federal de Competencia Económica y a laLey Federal de Telecomunicaciones yRadiodifusión;

II. Las entidades de control directo, los poderesLegislativo y Judicial y los órganos autónomospor disposición constitucional, sólo registraránlos ingresos que obtengan por cualquierconcepto en el rubro correspondiente de esta

Page 38: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

37

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Ley, salvo por lo dispuesto en la fracción I deeste artículo, y deberán conservar a disposiciónde los órganos revisores de la Cuenta PúblicaFederal, la documentación comprobatoria dedichos ingresos.

Para los efectos del registro de los ingresos aque se refiere esta fracción, se deberápresentar a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico la documentación comprobatoria de laobtención de dichos ingresos, o bien, de losinformes avalados por el órgano interno decontrol o de la comisión respectiva del órganode gobierno, según sea el caso, especificandolos importes del impuesto al valor agregadoque hayan trasladado por los actos o lasactividades que dieron lugar a la obtención delos ingresos;

III. Las entidades de control indirecto deberáninformar a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico sobre sus ingresos, a efecto de que seesté en posibilidad de elaborar los informestrimestrales que establece la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria y sereflejen dentro de la Cuenta Pública Federal;

IV. Los ingresos provenientes de lasaportaciones de seguridad social destinadas alInstituto Mexicano del Seguro Social, alInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado y al Instituto deSeguridad Social para las Fuerzas ArmadasMexicanas, podrán ser recaudados por lasoficinas de los propios institutos o por lasinstituciones de crédito que autorice laSecretaría de Hacienda y Crédito Público,debiendo cumplirse con los requisitos

Ley, salvo por lo dispuesto en la fracción I deeste artículo, y deberán conservar a disposiciónde los órganos revisores de la Cuenta PúblicaFederal, la documentación comprobatoria dedichos ingresos.

Para los efectos del registro de los ingresos aque se refiere esta fracción, se deberápresentar a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico la documentación comprobatoria de laobtención de dichos ingresos, o bien, de losinformes avalados por el órgano interno decontrol o de la comisión respectiva del órganode gobierno, según sea el caso, especificandolos importes del impuesto al valor agregadoque hayan trasladado por los actos o lasactividades que dieron lugar a la obtención delos ingresos;

III. Las entidades de control indirecto deberáninformar a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico sobre sus ingresos, a efecto de que seesté en posibilidad de elaborar los informestrimestrales que establece la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria y sereflejen dentro de la Cuenta Pública Federal;

IV. Los ingresos provenientes de lasaportaciones de seguridad social destinadas alInstituto Mexicano del Seguro Social, alInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado y al Instituto deSeguridad Social para las Fuerzas ArmadasMexicanas, podrán ser recaudados por lasoficinas de los propios institutos o por lasinstituciones de crédito que autorice laSecretaría de Hacienda y Crédito Público,debiendo cumplirse con los requisitos

Page 39: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

38

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

contables establecidos y reflejarse en la CuentaPública Federal, y

V. Los ingresos que obtengan las institucioneseducativas, planteles y centros de investigaciónde las dependencias que prestan servicios deeducación media superior, superior, deposgrado, de investigación y de formación parael trabajo del sector público, por la prestaciónde servicios, venta de bienes derivados de susactividades sustantivas o por cualquier otra vía,incluidos los que generen sus escuelas, centrosy unidades de enseñanza y de investigación,formarán parte de su patrimonio, en su caso,serán administrados por las propiasinstituciones y se destinarán para susfinalidades y programas institucionales, deacuerdo con las disposiciones presupuestariasaplicables, sin perjuicio de la concentración entérminos de la Ley de Tesorería de laFederación.

Para el ejercicio oportuno de los recursos a quese refiere esta fracción, la Secretaría deHacienda y Crédito Público podrá establecer unfondo revolvente que garantice su entrega yaplicación en un plazo máximo de 10 díashábiles, contado a partir de que dichos ingresoshayan sido concentrados en la Tesorería de laFederación.

Las instituciones educativas, los planteles ycentros de investigación de las dependenciasque prestan servicios de educación mediasuperior, superior, de postgrado, deinvestigación y de formación para el trabajo delsector público, deberán informarsemestralmente a la Secretaría de Hacienda y

contables establecidos y reflejarse en la CuentaPública Federal, y

V. Los ingresos que obtengan las institucioneseducativas, planteles y centros de investigaciónde las dependencias que prestan servicios deeducación media superior, superior, deposgrado, de investigación y de formación parael trabajo del sector público, por la prestaciónde servicios, venta de bienes derivados de susactividades sustantivas o por cualquier otra vía,incluidos los que generen sus escuelas, centrosy unidades de enseñanza y de investigación,formarán parte de su patrimonio, en su caso,serán administrados por las propiasinstituciones y se destinarán para susfinalidades y programas institucionales, deacuerdo con las disposiciones presupuestariasaplicables, sin perjuicio de la concentración entérminos de la Ley de Tesorería de laFederación.

Para el ejercicio oportuno de los recursos a quese refiere esta fracción, la Secretaría deHacienda y Crédito Público podrá establecer unfondo revolvente que garantice su entrega yaplicación en un plazo máximo de 10 díashábiles, contado a partir de que dichos ingresoshayan sido concentrados en la Tesorería de laFederación.

Las instituciones educativas, los planteles ycentros de investigación de las dependenciasque prestan servicios de educación mediasuperior, superior, de postgrado, deinvestigación y de formación para el trabajo delsector público, deberán informarsemestralmente a la Secretaría de Hacienda y

Page 40: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

39

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Crédito Público el origen y aplicación de susingresos.

Los ingresos que provengan de proyectos decomercialización de certificados de reducciónde gases de efecto invernadero, como dióxidode carbono y metano, se destinarán a lasentidades o a las empresas productivas delEstado que los generen, para la realización delproyecto que los generó o proyectos de lamisma naturaleza. Las entidades o lasempresas productivas del Estado podráncelebrar convenios de colaboración con lainiciativa privada.

Las contribuciones, productos oaprovechamientos a los que las leyes decarácter no fiscal otorguen una naturalezadistinta a la establecida en las leyes fiscales,tendrán la naturaleza establecida en las leyesfiscales. Se derogan las disposiciones que seopongan a lo previsto en este artículo, en suparte conducente.

Los ingresos que obtengan las dependencias yentidades que integran la AdministraciónPública Federal, a los que las leyes de carácterno fiscal otorguen una naturaleza distinta a losconceptos previstos en el artículo 1o. de estaLey, se considerarán comprendidos en lafracción que les corresponda conforme alcitado artículo.

Lo señalado en el presente artículo se establecesin perjuicio de la obligación de concentrar losrecursos públicos al final del ejercicio en laTesorería de la Federación, en los términos del

Crédito Público el origen y aplicación de susingresos.

Los ingresos que provengan de proyectos decomercialización de certificados de reducciónde gases de efecto invernadero, como dióxidode carbono y metano, se destinarán a lasentidades o a las empresas productivas delEstado que los generen, para la realización delproyecto que los generó o proyectos de lamisma naturaleza. Las entidades o lasempresas productivas del Estado podráncelebrar convenios de colaboración con lainiciativa privada.

Las contribuciones, productos oaprovechamientos a los que las leyes decarácter no fiscal otorguen una naturalezadistinta a la establecida en las leyes fiscales,tendrán la naturaleza establecida en las leyesfiscales. Se derogan las disposiciones que seopongan a lo previsto en este artículo, en suparte conducente.

Los ingresos que obtengan las dependencias yentidades que integran la AdministraciónPública Federal, a los que las leyes de carácterno fiscal otorguen una naturaleza distinta a losconceptos previstos en el artículo 1o. de estaLey, se considerarán comprendidos en lafracción que les corresponda conforme alcitado artículo.

Lo señalado en el presente artículo se establecesin perjuicio de la obligación de concentrar losrecursos públicos al final del ejercicio en laTesorería de la Federación, en los términos del

Page 41: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

40

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

artículo 54, párrafo tercero, de la Ley Federalde Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los recursos públicos que se reintegren de unfideicomiso, mandato o contrato análogo, asícomo aquellos remanentes a la extinción oterminación de la vigencia de esosinstrumentos jurídicos, deberán serconcentrados en la Tesorería de la Federaciónbajo la naturaleza de productos oaprovechamientos, según su origen, y sepodrán destinar a los fines que determine laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, salvoaquéllos para los que esté previsto un destinodistinto en el instrumento correspondiente.Asimismo, los ingresos excedentesprovenientes de los aprovechamientos a que serefiere el numeral 6.62.01, con excepción delnumeral 6.62.01.04 del artículo 1o. de esta Ley,por concepto de recuperaciones de capital, sepodrán destinar por la Secretaría de Hacienda yCrédito Público a gasto de inversión, así como aprogramas que permitan cumplir con losobjetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 13. Los ingresos que se recauden porconcepto de bienes que pasen a ser propiedaddel Fisco Federal se enterarán a la Tesorería dela Federación hasta el momento en que secobre la contraprestación pactada por laenajenación de dichos bienes.

Tratándose de los gastos de ejecución quereciba el Fisco Federal, éstos se enterarán a laTesorería de la Federación hasta el momentoen el que efectivamente se cobren, sinclasificarlos en el concepto de la contribución oaprovechamiento del cual son accesorios.

artículo 54, párrafo tercero, de la Ley Federalde Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los recursos públicos que se reintegren de unfideicomiso, mandato o contrato análogo, asícomo aquellos remanentes a la extinción oterminación de la vigencia de esosinstrumentos jurídicos, deberán serconcentrados en la Tesorería de la Federaciónbajo la naturaleza de productos oaprovechamientos, según su origen, y sepodrán destinar a los fines que determine laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, salvoaquéllos para los que esté previsto un destinodistinto en el instrumento correspondiente.Asimismo, los ingresos excedentesprovenientes de los aprovechamientos a que serefiere el numeral 6.62.01, con excepción delnumeral 6.62.01.04 del artículo 1o. de esta Ley,por concepto de recuperaciones de capital, sepodrán destinar por la Secretaría de Hacienda yCrédito Público a gasto de inversión, así como aprogramas que permitan cumplir con losobjetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 13. Los ingresos que se recauden porconcepto de bienes que pasen a ser propiedaddel Fisco Federal se enterarán a la Tesorería dela Federación hasta el momento en que secobre la contraprestación pactada por laenajenación de dichos bienes.

Tratándose de los gastos de ejecución quereciba el Fisco Federal, éstos se enterarán a laTesorería de la Federación hasta el momentoen el que efectivamente se cobren, sinclasificarlos en el concepto de la contribución oaprovechamiento del cual son accesorios.

Page 42: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

41

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Los ingresos que se enteren a la Tesorería de laFederación por concepto de bienes que pasena ser propiedad del Fisco Federal o gastos deejecución, serán los netos que resulten derestar al ingreso percibido las erogacionesefectuadas para realizar la enajenación de losbienes o para llevar a cabo el procedimientoadministrativo de ejecución que dio lugar alcobro de los gastos de ejecución, así como laserogaciones a que se refiere el párrafosiguiente.

Los ingresos netos por enajenación deacciones, cesión de derechos, negociaciones ydesincorporación de entidades paraestatalesson los recursos efectivamente recibidos por elGobierno Federal, una vez descontadas laserogaciones realizadas tales como comisionesque se paguen a agentes financieros,contribuciones, gastos de administración, demantenimiento y de venta, honorarios decomisionados especiales que no seanservidores públicos encargados de dichosprocesos, así como pagos de las reclamacionesprocedentes que presenten los adquirentes oterceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otraíndole, activos inexistentes y asuntos en litigioy demás erogaciones análogas a todas lasmencionadas. Con excepción de lo dispuesto enel séptimo párrafo de este artículo para losprocesos de desincorporación de entidadesparaestatales, los ingresos netos a que serefiere este párrafo se enterarán oconcentrarán, según corresponda, en laTesorería de la Federación y deberánmanifestarse tanto en los registros de la propiaTesorería como en la Cuenta Pública Federal.

Los ingresos que se enteren a la Tesorería de laFederación por concepto de bienes que pasena ser propiedad del Fisco Federal o gastos deejecución, serán los netos que resulten derestar al ingreso percibido las erogacionesefectuadas para realizar la enajenación de losbienes o para llevar a cabo el procedimientoadministrativo de ejecución que dio lugar alcobro de los gastos de ejecución, así como laserogaciones a que se refiere el párrafosiguiente.

Los ingresos netos por enajenación deacciones, cesión de derechos, negociaciones ydesincorporación de entidades paraestatalesson los recursos efectivamente recibidos por elGobierno Federal, una vez descontadas laserogaciones realizadas tales como comisionesque se paguen a agentes financieros,contribuciones, gastos de administración, demantenimiento y de venta, honorarios decomisionados especiales que no seanservidores públicos encargados de dichosprocesos, así como pagos de las reclamacionesprocedentes que presenten los adquirentes oterceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otraíndole, activos inexistentes y asuntos en litigioy demás erogaciones análogas a todas lasmencionadas. Con excepción de lo dispuesto enel séptimo párrafo de este artículo para losprocesos de desincorporación de entidadesparaestatales, los ingresos netos a que serefiere este párrafo se enterarán oconcentrarán, según corresponda, en laTesorería de la Federación y deberánmanifestarse tanto en los registros de la propiaTesorería como en la Cuenta Pública Federal.

Page 43: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

42

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Lo dispuesto en el párrafo anterior seráaplicable a la enajenación de acciones y cesiónde derechos cuando impliquen contratacionesde terceros para llevar a cabo tales procesos,las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto porla Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público.

Además de los conceptos señalados en lospárrafos tercero y cuarto del presente artículo,a los ingresos que se obtengan por laenajenación de bienes, incluyendo acciones,por la enajenación y recuperación de activosfinancieros y por la cesión de derechos, todosellos propiedad del Gobierno Federal, o decualquier entidad transferente en términos dela Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público, asícomo por la desincorporación de entidades, seles podrá descontar un porcentaje, porconcepto de gastos indirectos de operación,que no podrá ser mayor del 7 por ciento, a favordel Instituto de Administración de Bienes yActivos, cuando a éste se le haya encomendadola ejecución de dichos procedimientos. Esteporcentaje será autorizado por la Junta deGobierno de la citada entidad, y se destinará afinanciar, junto con los recursos fiscales ypatrimoniales del organismo, las operacionesde éste. Lo previsto en el presente párrafo seaplicará sin perjuicio de lo dispuesto en losartículos 27, 89 y 93 de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.Los recursos remanentes de los procesos dedesincorporación de entidades concluidospodrán destinarse para cubrir los gastos y

Lo dispuesto en el párrafo anterior seráaplicable a la enajenación de acciones y cesiónde derechos cuando impliquen contratacionesde terceros para llevar a cabo tales procesos,las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto porla Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público.

Además de los conceptos señalados en lospárrafos tercero y cuarto del presente artículo,a los ingresos que se obtengan por laenajenación de bienes, incluyendo acciones,por la enajenación y recuperación de activosfinancieros y por la cesión de derechos, todosellos propiedad del Gobierno Federal, o decualquier entidad transferente en términos dela Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público, asícomo por la desincorporación de entidades, seles podrá descontar un porcentaje, porconcepto de gastos indirectos de operación,que no podrá ser mayor del 7 por ciento, a favordel Instituto de Administración de Bienes yActivos, cuando a éste se le haya encomendadola ejecución de dichos procedimientos. Esteporcentaje será autorizado por la Junta deGobierno de la citada entidad, y se destinará afinanciar, junto con los recursos fiscales ypatrimoniales del organismo, las operacionesde éste. Lo previsto en el presente párrafo seaplicará sin perjuicio de lo dispuesto en losartículos 27, 89 y 93 de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.Los recursos remanentes de los procesos dedesincorporación de entidades concluidospodrán destinarse para cubrir los gastos y

Page 44: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

43

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

pasivos derivados de los procesos dedesincorporación de entidades deficitarios,directamente o por conducto del Fondo deDesincorporación de Entidades, siempre que secuente con la opinión favorable de la ComisiónIntersecretarial de Gasto Público,Financiamiento y Desincorporación, sin que seanecesario concentrarlos en la Tesorería de laFederación. Estos recursos deberánidentificarse por el liquidador, fiduciario oresponsable del proceso en una subcuentaespecífica.

Los pasivos a cargo de organismosdescentralizados en proceso dedesincorporación que tengan como acreedor alGobierno Federal, con excepción de aquéllosque tengan el carácter de crédito fiscal,quedarán extinguidos de pleno derecho sinnecesidad de autorización alguna, y los créditosquedarán cancelados de las cuentas públicas.

Los recursos remanentes de los procesos dedesincorporación de entidades que seencuentren en el Fondo de Desincorporaciónde Entidades, podrán permanecer afectos aéste para hacer frente a los gastos y pasivos delos procesos de desincorporación de entidadesdeficitarios, previa opinión de la ComisiónIntersecretarial de Gasto Público,Financiamiento y Desincorporación. No seconsiderará enajenación la transmisión debienes y derechos al Fondo deDesincorporación de Entidades que, con laopinión favorable de dicha Comisión, efectúenlas entidades en proceso de desincorporación,para concluir las actividades residuales delproceso respectivo.

pasivos derivados de los procesos dedesincorporación de entidades deficitarios,directamente o por conducto del Fondo deDesincorporación de Entidades, siempre que secuente con la opinión favorable de la ComisiónIntersecretarial de Gasto Público,Financiamiento y Desincorporación, sin que seanecesario concentrarlos en la Tesorería de laFederación. Estos recursos deberánidentificarse por el liquidador, fiduciario oresponsable del proceso en una subcuentaespecífica.

Los pasivos a cargo de organismosdescentralizados en proceso dedesincorporación que tengan como acreedor alGobierno Federal, con excepción de aquéllosque tengan el carácter de crédito fiscal,quedarán extinguidos de pleno derecho sinnecesidad de autorización alguna, y los créditosquedarán cancelados de las cuentas públicas.

Los recursos remanentes de los procesos dedesincorporación de entidades que seencuentren en el Fondo de Desincorporaciónde Entidades, podrán permanecer afectos aéste para hacer frente a los gastos y pasivos delos procesos de desincorporación de entidadesdeficitarios, previa opinión de la ComisiónIntersecretarial de Gasto Público,Financiamiento y Desincorporación. No seconsiderará enajenación la transmisión debienes y derechos al Fondo deDesincorporación de Entidades que, con laopinión favorable de dicha Comisión, efectúenlas entidades en proceso de desincorporación,para concluir las actividades residuales delproceso respectivo.

Page 45: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

44

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Tratándose de los procesos dedesincorporación de entidades constituidas oen las que participen entidades paraestatalesno apoyadas u otras entidades con recursospropios, los recursos remanentes que lescorrespondan de dichos procesos ingresarán asus respectivas tesorerías para hacer frente asus gastos.

Los recursos disponibles de los convenios decesión de derechos y obligaciones suscritos,como parte de la estrategia de conclusión delos procesos de desincorporación de entidades,entre el Instituto de Administración de Bienes yActivos y las entidades cuyos procesos dedesincorporación concluyeron, podrán serutilizados por éste, para sufragar laserogaciones relacionadas al cumplimiento desu objeto, relativo a la atención de encargosbajo su administración, cuando éstos seandeficitarios. Lo anterior, estará sujeto, alcumplimiento de las directrices que se emitanpara tal efecto, así como a la autorización de laJunta de Gobierno del Instituto deAdministración de Bienes y Activos, previaaprobación de los órganos colegiadoscompetentes.

Los ingresos obtenidos por la venta de bienesasegurados a favor del Gobierno Federal,incluyendo numerario, cuya administración ydestino hayan sido encomendados al Institutode Administración de Bienes y Activos, entérminos de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público, serán destinados a un fondo enlos términos del artículo 89 de la Ley Federal

Tratándose de los procesos dedesincorporación de entidades constituidas oen las que participen entidades paraestatalesno apoyadas u otras entidades con recursospropios, los recursos remanentes que lescorrespondan de dichos procesos ingresarán asus respectivas tesorerías para hacer frente asus gastos.

Los recursos disponibles de los convenios decesión de derechos y obligaciones suscritos,como parte de la estrategia de conclusión delos procesos de desincorporación de entidades,entre el Instituto de Administración de Bienes yActivos y las entidades cuyos procesos dedesincorporación concluyeron, podrán serutilizados por éste, para sufragar laserogaciones relacionadas al cumplimiento desu objeto, relativo a la atención de encargosbajo su administración, cuando éstos seandeficitarios. Lo anterior, estará sujeto, alcumplimiento de las directrices que se emitanpara tal efecto, así como a la autorización de laJunta de Gobierno del Instituto deAdministración de Bienes y Activos, previaaprobación de los órganos colegiadoscompetentes.

Los ingresos obtenidos por la venta de bienesasegurados a favor del Gobierno Federal,incluyendo numerario, cuya administración ydestino hayan sido encomendados al Institutode Administración de Bienes y Activos, entérminos de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público, serán destinados a un fondo enlos términos del artículo 89 de la Ley Federal

Page 46: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

45

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

para la Administración y Enajenación de Bienesdel Sector Público, previa deducción de losconceptos previstos en los artículos 90, 92 y 93de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. Losingresos provenientes de numerario y de laenajenación de bienes que realice el Institutode Administración de Bienes y Activos, quehayan sido declarados abandonados por partede las instancias competentes, distintos a losseñalados en el párrafo décimo quinto delpresente artículo y que se concentren a laTesorería de la Federación, se consideraránaprovechamientos y se destinarán alfinanciamiento de las operaciones del Instituto,en términos de lo establecido en el artículo 90de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. Loanterior sin perjuicio de lo dispuesto en elartículo 89, 92 y 93 de la Ley Federal paraAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.

El numerario decomisado y los ingresosprovenientes de la enajenación de bienesdecomisados y de sus frutos, a que se refiere lafracción I del artículo 1o. de la Ley Federal parala Administración y Enajenación de Bienes delSector Público, una vez satisfecha la reparacióna la víctima, y previa deducción de los gastosindirectos de operación que correspondan, seentregarán en partes iguales, al Poder Judicialde la Federación, a la Fiscalía General de laRepública, al Fondo previsto en la Ley Generalde Víctimas y al financiamiento de programassociales conforme a los objetivos establecidosen el Plan Nacional de Desarrollo, u otraspolíticas prioritarias, conforme lo determine el

para la Administración y Enajenación de Bienesdel Sector Público, previa deducción de losconceptos previstos en los artículos 90, 92 y 93de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. Losingresos provenientes de numerario y de laenajenación de bienes que realice el Institutode Administración de Bienes y Activos, quehayan sido declarados abandonados por partede las instancias competentes, distintos a losseñalados en el párrafo décimo quinto delpresente artículo y que se concentren a laTesorería de la Federación, se consideraránaprovechamientos y se destinarán alfinanciamiento de las operaciones del Instituto,en términos de lo establecido en el artículo 90de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. Loanterior sin perjuicio de lo dispuesto en elartículo 89, 92 y 93 de la Ley Federal paraAdministración y Enajenación de Bienes delSector Público.

El numerario decomisado y los ingresosprovenientes de la enajenación de bienesdecomisados y de sus frutos, a que se refiere lafracción I del artículo 1o. de la Ley Federal parala Administración y Enajenación de Bienes delSector Público, una vez satisfecha la reparacióna la víctima, y previa deducción de los gastosindirectos de operación que correspondan, seentregarán en partes iguales, al Poder Judicialde la Federación, a la Fiscalía General de laRepública, al Fondo previsto en la Ley Generalde Víctimas y al financiamiento de programassociales conforme a los objetivos establecidosen el Plan Nacional de Desarrollo, u otraspolíticas prioritarias, conforme lo determine el

Page 47: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

46

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Gabinete Social de la Presidencia de laRepública, con excepción de lo dispuesto en elpárrafo décimo primero del artículo 1o. de lapresente Ley.

Los ingresos que la Federación obtenga entérminos del artículo 71 de la Ley General deVíctimas, serán integrados al patrimonio delFondo de Ayuda, Asistencia y ReparaciónIntegral previsto en la Ley citada.

Los ingresos provenientes de la enajenaciónque realice el Instituto de Administración deBienes y Activos de vehículos declaradosabandonados por la Secretaría deComunicaciones y Transportes en depósito deguarda y custodia en locales permisionados pordicha dependencia, se destinarán deconformidad con lo establecido en el artículo89 de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. De lacantidad restante a los permisionariosfederales se les cubrirán los adeudos generadoshasta con el treinta por ciento de losremanentes de los ingresos y el resto seenterará a la Tesorería de la Federación. Loprevisto en el presente párrafo se aplicará sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 93 de laLey Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público.

Artículo 14. Se aplicará lo establecido en estaLey a los ingresos que por cualquier conceptoreciban las entidades de la AdministraciónPública Federal paraestatal que estén sujetas acontrol en los términos de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de

Gabinete Social de la Presidencia de laRepública, con excepción de lo dispuesto en elpárrafo décimo primero del artículo 1o. de lapresente Ley.

Los ingresos que la Federación obtenga entérminos del artículo 71 de la Ley General deVíctimas, serán integrados al patrimonio delFondo de Ayuda, Asistencia y ReparaciónIntegral previsto en la Ley citada.

Los ingresos provenientes de la enajenaciónque realice el Instituto de Administración deBienes y Activos de vehículos declaradosabandonados por la Secretaría deComunicaciones y Transportes en depósito deguarda y custodia en locales permisionados pordicha dependencia, se destinarán deconformidad con lo establecido en el artículo89 de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público. De lacantidad restante a los permisionariosfederales se les cubrirán los adeudos generadoshasta con el treinta por ciento de losremanentes de los ingresos y el resto seenterará a la Tesorería de la Federación. Loprevisto en el presente párrafo se aplicará sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 93 de laLey Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Público.

Artículo 14. Se aplicará lo establecido en estaLey a los ingresos que por cualquier conceptoreciban las entidades de la AdministraciónPública Federal paraestatal que estén sujetas acontrol en los términos de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de

Page 48: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

47

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

su Reglamento y del Presupuesto de Egresos dela Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, entrelas que se comprende de manera enunciativa alas siguientes:

I. Instituto Mexicano del Seguro Social.

II. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado.

Las entidades a que se refiere este artículodeberán estar inscritas en el Registro Federalde Contribuyentes y llevar contabilidad en lostérminos de las disposiciones fiscales, así comopresentar las declaraciones informativas quecorrespondan en los términos de dichasdisposiciones.

Artículo 15. Durante el ejercicio fiscal de 2020,los contribuyentes a los que se les imponganmultas por infracciones derivadas delincumplimiento de obligaciones fiscalesfederales distintas a las obligaciones de pago,entre otras, las relacionadas con el RegistroFederal de Contribuyentes, con la presentaciónde declaraciones, solicitudes o avisos y con laobligación de llevar contabilidad, así comoaquéllos a los que se les impongan multas porno efectuar los pagos provisionales de unacontribución, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 81, fracción IV del Código Fiscal dela Federación, con excepción de las impuestaspor declarar pérdidas fiscales en exceso y lascontempladas en el artículo 85, fracción I delcitado Código, independientemente delejercicio por el que corrijan su situaciónderivado del ejercicio de facultades de

su Reglamento y del Presupuesto de Egresos dela Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, entrelas que se comprende de manera enunciativa alas siguientes:

I. Instituto Mexicano del Seguro Social.

II. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado.

Las entidades a que se refiere este artículodeberán estar inscritas en el Registro Federalde Contribuyentes y llevar contabilidad en lostérminos de las disposiciones fiscales, así comopresentar las declaraciones informativas quecorrespondan en los términos de dichasdisposiciones.

Artículo 15. Durante el ejercicio fiscal de 2020,los contribuyentes a los que se les imponganmultas por infracciones derivadas delincumplimiento de obligaciones fiscalesfederales distintas a las obligaciones de pago,entre otras, las relacionadas con el RegistroFederal de Contribuyentes, con la presentaciónde declaraciones, solicitudes o avisos y con laobligación de llevar contabilidad, así comoaquéllos a los que se les impongan multas porno efectuar los pagos provisionales de unacontribución, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 81, fracción IV del Código Fiscal dela Federación, con excepción de las impuestaspor declarar pérdidas fiscales en exceso y lascontempladas en el artículo 85, fracción I delcitado Código, independientemente delejercicio por el que corrijan su situaciónderivado del ejercicio de facultades de

Page 49: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

48

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

comprobación, pagarán el 50 por ciento de lamulta que les corresponda si llevan a cabodicho pago después de que las autoridadesfiscales inicien el ejercicio de sus facultades decomprobación y hasta antes de que se lelevante el acta final de la visita domiciliaria o senotifique el oficio de observaciones a que serefiere la fracción VI del artículo 48 del CódigoFiscal de la Federación, siempre y cuando,además de dicha multa, se paguen lascontribuciones omitidas y sus accesorios,cuando sea procedente.

Cuando los contribuyentes a los que se lesimpongan multas por las infracciones señaladasen el párrafo anterior corrijan su situación fiscaly paguen las contribuciones omitidas junto consus accesorios, en su caso, después de que selevante el acta final de la visita domiciliaria, senotifique el oficio de observaciones a que serefiere la fracción VI del artículo 48 del CódigoFiscal de la Federación o se notifique laresolución provisional a que se refiere elartículo 53-B, primer párrafo, fracción I delcitado Código, pero antes de que se notifique laresolución que determine el monto de lascontribuciones omitidas o la resolucióndefinitiva a que se refiere el citado artículo 53-B, los contribuyentes pagarán el 60 por cientode la multa que les corresponda siempre que secumplan los demás requisitos exigidos en elpárrafo anterior.

Artículo 16. Durante el ejercicio fiscal de 2020,se estará a lo siguiente:A. En materia de estímulos fiscales:

comprobación, pagarán el 50 por ciento de lamulta que les corresponda si llevan a cabodicho pago después de que las autoridadesfiscales inicien el ejercicio de sus facultades decomprobación y hasta antes de que se lelevante el acta final de la visita domiciliaria o senotifique el oficio de observaciones a que serefiere la fracción VI del artículo 48 del CódigoFiscal de la Federación, siempre y cuando,además de dicha multa, se paguen lascontribuciones omitidas y sus accesorios,cuando sea procedente.

Cuando los contribuyentes a los que se lesimpongan multas por las infracciones señaladasen el párrafo anterior corrijan su situación fiscaly paguen las contribuciones omitidas junto consus accesorios, en su caso, después de que selevante el acta final de la visita domiciliaria, senotifique el oficio de observaciones a que serefiere la fracción VI del artículo 48 del CódigoFiscal de la Federación o se notifique laresolución provisional a que se refiere elartículo 53-B, primer párrafo, fracción I delcitado Código, pero antes de que se notifique laresolución que determine el monto de lascontribuciones omitidas o la resolucióndefinitiva a que se refiere el citado artículo 53-B, los contribuyentes pagarán el 60 por cientode la multa que les corresponda siempre que secumplan los demás requisitos exigidos en elpárrafo anterior.

Artículo 16. Durante el ejercicio fiscal de 2020,se estará a lo siguiente:A. En materia de estímulos fiscales:

Page 50: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

49

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

I. Se otorga un estímulo fiscal a las personasque realicen actividades empresariales, y quepara determinar su utilidad puedan deducir eldiésel o el biodiésel y sus mezclas que importeno adquieran para su consumo final, siempreque se utilicen exclusivamente comocombustible en maquinaria en general, exceptovehículos, consistente en permitir elacreditamiento de un monto equivalente alimpuesto especial sobre producción y serviciosque las personas que enajenen diésel obiodiésel y sus mezclas en territorio nacionalhayan causado por la enajenación de dichoscombustibles, en términos del artículo 2o.,fracción I, inciso D), numeral 1, subinciso c) onumeral 2, según corresponda al tipo decombustible, de la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, así como elacreditamiento del impuesto a que se refiere elnumeral citado, que hayan pagado en suimportación.

I. Se otorga un estímulo fiscal a las personasque realicen actividades empresariales, queobtengan en el ejercicio fiscal en el queadquieran el diésel o el biodiésel y susmezclas, ingresos totales anuales para losefectos del impuesto sobre la renta menores a60 millones de pesos y que para determinar suutilidad puedan deducir dichos combustiblescuando los importen o adquieran para suconsumo final, siempre que se utilicenexclusivamente como combustible enmaquinaria en general, excepto vehículos,consistente en permitir el acreditamiento de unmonto equivalente al impuesto especial sobreproducción y servicios que las personas queenajenen diésel o biodiésel y sus mezclas enterritorio nacional hayan causado por laenajenación de dichos combustibles, entérminos del artículo 2o., fracción I, inciso D),numeral 1, subinciso e) o numeral 2, segúncorresponda al tipo de combustible, de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción yServicios, así como el acreditamiento delimpuesto a que se refiere el numeral citado,que hayan pagado en su importación. Elestímulo será aplicable únicamente cuando secumplan con los requisitos que mediantereglas de carácter general establezca elServicio de Administración Tributaria. Elestímulo no podrá ser aplicable por laspersonas morales que se consideran partesrelacionadas de acuerdo con el artículo 179 dela Ley del Impuesto sobre la Renta. Para losefectos de este párrafo, no se considerarándentro de los ingresos totales, losprovenientes de la enajenación de activos fijoso activos fijos y terrenos de su propiedad quehubiesen estado afectos a su actividad.

Page 51: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

50

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

El estímulo a que se refiere el párrafo anteriortambién será aplicable a los vehículos marinossiempre que se cumplan los requisitos quemediante reglas de carácter general establezcael Servicio de Administración Tributaria.

Adicionalmente, para que proceda la aplicacióndel estímulo al biodiésel y sus mezclas, elbeneficiario deberá contar con el pedimento deimportación o con el comprobante fiscalcorrespondiente a la adquisición del biodiésel osus mezclas, en el que se consigne la cantidadde cada uno de los combustibles que secontenga en el caso de las mezclas y tratándosedel comprobante fiscal de adquisición, deberácontar también con el número del pedimentode importación con el que se llevó a cabo laimportación del citado combustible y deberárecabar de su proveedor una copia delpedimento de importación citado en elcomprobante. En caso de que en el pedimentode importación o en el comprobante fiscal deadquisición no se asienten los datosmencionados o que en este último caso no secuente con la copia del pedimento deimportación, no procederá la aplicación delestímulo al biodiésel y sus mezclas.

II. Para los efectos de lo dispuesto en la fracciónanterior, los contribuyentes estarán a losiguiente:

1. El monto que se podrá acreditar será el queresulte de multiplicar la cuota del impuestoespecial sobre producción y servicios quecorresponda conforme al artículo 2o., fracciónI, inciso D), numeral 1, subinciso c) o numeral 2

El estímulo a que se refiere el párrafo anteriortambién será aplicable a los vehículos marinossiempre que se cumplan los requisitos quemediante reglas de carácter general establezcael Servicio de Administración Tributaria.

Adicionalmente, para que proceda la aplicacióndel estímulo al biodiésel y sus mezclas, elbeneficiario deberá contar con el pedimento deimportación o con el comprobante fiscalcorrespondiente a la adquisición del biodiésel osus mezclas, en el que se consigne la cantidadde cada uno de los combustibles que secontenga en el caso de las mezclas y tratándosedel comprobante fiscal de adquisición, deberácontar también con el número del pedimentode importación con el que se llevó a cabo laimportación del citado combustible y deberárecabar de su proveedor una copia delpedimento de importación citado en elcomprobante. En caso de que en el pedimentode importación o en el comprobante fiscal deadquisición no se asienten los datosmencionados o que en este último caso no secuente con la copia del pedimento deimportación, no procederá la aplicación delestímulo al biodiésel y sus mezclas.

II. Para los efectos de lo dispuesto en la fracciónanterior, los contribuyentes estarán a losiguiente:

1. El monto que se podrá acreditar será el queresulte de multiplicar la cuota del impuestoespecial sobre producción y servicios quecorresponda conforme al artículo 2o., fracciónI, inciso D), numeral 1, subinciso c) o numeral 2

Page 52: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

51

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, según corresponda altipo de combustible, con los ajustes que, en sucaso, correspondan, vigente en el momento enque se haya realizado la importación oadquisición del diésel o el biodiésel y susmezclas, por el número de litros de diésel o debiodiésel y sus mezclas importados oadquiridos.

En ningún caso procederá la devolución de lascantidades a que se refiere este numeral.

2. Las personas que utilicen el diésel o elbiodiésel y sus mezclas en las actividadesagropecuarias o silvícolas, podrán acreditar unmonto equivalente a la cantidad que resulte demultiplicar el valor en aduana del pedimento deimportación o el precio consignado en elcomprobante fiscal de adquisición del diésel odel biodiésel y sus mezclas en las estaciones deservicio, incluido el impuesto al valor agregado,por el factor de 0.355, en lugar de aplicar lodispuesto en el numeral anterior. Para ladeterminación del estímulo en los términos deeste párrafo, no se considerará el impuestocorrespondiente al artículo 2o.-A de la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,incluido dentro del precio señalado.

El acreditamiento a que se refiere la fracciónanterior podrá efectuarse contra el impuestosobre la renta causado en el ejercicio que tengael contribuyente, correspondiente al mismo

de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, según corresponda altipo de combustible, con los ajustes que, en sucaso, correspondan, vigente en el momento enque se haya realizado la importación oadquisición del diésel o el biodiésel y susmezclas, por el número de litros de diésel o debiodiésel y sus mezclas importados oadquiridos.

En ningún caso procederá la devolución de lascantidades a que se refiere este numeral.

2. Las personas dedicadas a las actividadesagropecuarias o silvícolas que se dediquenexclusivamente a estas actividades conformeal párrafo sexto del artículo 74 de la Ley delImpuesto Sobre la Renta, que utilicen el diéselo el biodiésel y sus mezclas en dichasactividades, podrán acreditar un montoequivalente a la cantidad que resulte demultiplicar el valor en aduana del pedimento deimportación o el precio consignado en elcomprobante fiscal de adquisición del diésel odel biodiésel y sus mezclas en las estaciones deservicio, incluido el impuesto al valor agregado,por el factor de 0.355, en lugar de aplicar lodispuesto en el numeral anterior. Para ladeterminación del estímulo en los términos deeste párrafo, no se considerará el impuestocorrespondiente al artículo 2o.-A de la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,incluido dentro del precio señalado.

El acreditamiento a que se refiere la fracciónanterior podrá efectuarse contra el impuestosobre la renta causado en el ejercicio que tengael contribuyente, correspondiente al mismo

Page 53: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

52

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

ejercicio en que se importe o adquiera el diéselo biodiésel y sus mezclas, utilizando la formaoficial que mediante reglas de carácter generaldé a conocer el Servicio de AdministraciónTributaria; en caso de no hacerlo, perderá elderecho a realizarlo con posterioridad.

III. Las personas que importen o adquierandiésel o biodiésel y sus mezclas para suconsumo final en las actividades agropecuariaso silvícolas a que se refiere la fracción I delpresente artículo podrán solicitar la devolucióndel monto del impuesto especial sobreproducción y servicios que tuvieran derecho aacreditar en los términos de la fracción II queantecede, en lugar de efectuar elacreditamiento a que la misma se refiere,siempre que cumplan con lo dispuesto en estafracción.

Las personas a que se refiere el párrafo anteriorque podrán solicitar la devolución seránúnicamente aquéllas cuyos ingresos en elejercicio inmediato anterior no hayan excedidoel equivalente a veinte veces el valor anual dela Unidad de Medida y Actualización vigente enel año 2019. En ningún caso el monto de ladevolución podrá ser superior a 747.69 pesosmensuales por cada persona física, salvo que setrate de personas físicas que cumplan con susobligaciones fiscales en los términos de lasSecciones I o II del Capítulo II del Título IV de laLey del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso

ejercicio en que se importe o adquiera el diéselo biodiésel y sus mezclas, utilizando la formaoficial que mediante reglas de carácter generaldé a conocer el Servicio de AdministraciónTributaria; en caso de no hacerlo, perderá elderecho a realizarlo con posterioridad.

III. Las personas dedicadas a las actividadesagropecuarias o silvícolas que se dediquenexclusivamente a estas actividades conformeal párrafo sexto del artículo 74 de la Ley delImpuesto Sobre la Renta, que importen oadquieran diésel o biodiésel y sus mezclas parasu consumo final en dichas actividadesagropecuarias o silvícolas a que se refiere lafracción I del presente artículo podrán solicitarla devolución del monto del impuesto especialsobre producción y servicios que tuvieranderecho a acreditar en los términos de lafracción II que antecede, en lugar de efectuar elacreditamiento a que la misma se refiere,siempre que cumplan con lo dispuesto en estafracción.

Las personas a que se refiere el párrafo anteriorque podrán solicitar la devolución seránúnicamente aquéllas cuyos ingresos en elejercicio inmediato anterior no hayan excedidoel equivalente a veinte veces el valor anual dela Unidad de Medida y Actualización vigente enel año 2019. En ningún caso el monto de ladevolución podrá ser superior a 747.69 pesosmensuales por cada persona física, salvo que setrate de personas físicas que cumplan con susobligaciones fiscales en los términos de lasSecciones I o II del Capítulo II del Título IV de laLey del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso

Page 54: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

53

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

podrán solicitar la devolución de hasta 1,495.39pesos mensuales.

El Servicio de Administración Tributaria emitirálas reglas necesarias para simplificar laobtención de la devolución a que se refiere elpárrafo anterior.

Las personas morales que podrán solicitar ladevolución a que se refiere esta fracción seránaquéllas cuyos ingresos en el ejercicioinmediato anterior no hayan excedido elequivalente a veinte veces el valor anual de laUnidad de Medida y Actualización vigente en elaño 2019, por cada uno de los socios oasociados, sin exceder de doscientas veces elvalor anual de la Unidad de Medida yActualización vigente en el año 2019. El montode la devolución no podrá ser superior a 747.69pesos mensuales, por cada uno de los socios oasociados, sin que exceda en su totalidad de7,884.96 pesos mensuales, salvo que se tratede personas morales que cumplan con susobligaciones fiscales en los términos delCapítulo VIII del Título II de la Ley del Impuestosobre la Renta, en cuyo caso podrán solicitar ladevolución de hasta 1,495.39 pesos mensuales,por cada uno de los socios o asociados, sin queen este último caso exceda en su totalidad de14,947.81 pesos mensuales.

La devolución correspondiente deberá sersolicitada trimestralmente en los meses deabril, julio y octubre de 2020 y enero de 2021.

Las personas a que se refiere el primer párrafode esta fracción deberán llevar un registro de

podrán solicitar la devolución de hasta 1,495.39pesos mensuales.

El Servicio de Administración Tributaria emitirálas reglas necesarias para simplificar laobtención de la devolución a que se refiere elpárrafo anterior.

Las personas morales que podrán solicitar ladevolución a que se refiere esta fracción seránaquéllas cuyos ingresos en el ejercicioinmediato anterior no hayan excedido elequivalente a veinte veces el valor anual de laUnidad de Medida y Actualización vigente en elaño 2019, por cada uno de los socios oasociados, sin exceder de doscientas veces elvalor anual de la Unidad de Medida yActualización vigente en el año 2019. El montode la devolución no podrá ser superior a 747.69pesos mensuales, por cada uno de los socios oasociados, sin que exceda en su totalidad de7,884.96 pesos mensuales, salvo que se tratede personas morales que cumplan con susobligaciones fiscales en los términos de losartículos 74 y 75 del Capítulo VIII del Título II dela Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyocaso podrán solicitar la devolución de hasta1,495.39 pesos mensuales, por cada uno de lossocios o asociados, sin que en este último casoexceda en su totalidad de 14,947.81 pesosmensuales.

La devolución correspondiente deberá sersolicitada trimestralmente en los meses deabril, julio y octubre de 2020 y enero de 2021.

Las personas a que se refiere el primer párrafode esta fracción deberán llevar un registro de

Page 55: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

54

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

control de consumo de diésel o de biodiésel ysus mezclas, en el que asienten mensualmentela totalidad del diésel o del biodiésel y susmezclas que utilicen para sus actividadesagropecuarias o silvícolas en los términos de lafracción I de este artículo, en el que se deberádistinguir entre el diésel o el biodiésel y susmezclas que se hubiera destinado para los finesa que se refiere dicha fracción, del diésel o delbiodiésel y sus mezclas utilizado para otrosfines. Este registro deberá estar a disposiciónde las autoridades fiscales por el plazo a que seesté obligado a conservar la contabilidad en lostérminos de las disposiciones fiscales.

La devolución a que se refiere esta fracción sedeberá solicitar al Servicio de AdministraciónTributaria acompañando la documentaciónprevista en la presente fracción, así comoaquélla que dicho órgano desconcentradodetermine mediante reglas de carácter general.

El derecho para la devolución del impuestoespecial sobre producción y servicios tendráuna vigencia de un año contado a partir de lafecha en que se hubiere efectuado laimportación o adquisición del diésel o delbiodiésel y sus mezclas cumpliendo con losrequisitos señalados en esta fracción, en elentendido de que quien no soliciteoportunamente su devolución, perderá elderecho de realizarlo con posterioridad a dichoaño.

Los derechos previstos en esta fracción y en lafracción II de este artículo no serán aplicables alos contribuyentes que utilicen el diésel o elbiodiésel y sus mezclas en bienes destinados al

control de consumo de diésel o de biodiésel ysus mezclas, en el que asienten mensualmentela totalidad del diésel o del biodiésel y susmezclas que utilicen para sus actividadesagropecuarias o silvícolas en los términos de lafracción I de este artículo, en el que se deberádistinguir entre el diésel o el biodiésel y susmezclas que se hubiera destinado para los finesa que se refiere dicha fracción, del diésel o delbiodiésel y sus mezclas utilizado para otrosfines. Este registro deberá estar a disposiciónde las autoridades fiscales por el plazo a que seesté obligado a conservar la contabilidad en lostérminos de las disposiciones fiscales.

La devolución a que se refiere esta fracción sedeberá solicitar al Servicio de AdministraciónTributaria acompañando la documentaciónprevista en la presente fracción, así comoaquélla que dicho órgano desconcentradodetermine mediante reglas de carácter general.

El derecho para la devolución del impuestoespecial sobre producción y servicios tendráuna vigencia de un año contado a partir de lafecha en que se hubiere efectuado laimportación o adquisición del diésel o delbiodiésel y sus mezclas cumpliendo con losrequisitos señalados en esta fracción, en elentendido de que quien no soliciteoportunamente su devolución, perderá elderecho de realizarlo con posterioridad a dichoaño.

Los derechos previstos en esta fracción y en lafracción II de este artículo no serán aplicables alos contribuyentes que utilicen el diésel o elbiodiésel y sus mezclas en bienes destinados al

Page 56: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

55

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

autotransporte de personas o efectos a travésde carreteras o caminos.

IV. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes que importen o adquierandiésel o biodiésel y sus mezclas para suconsumo final y que sea para uso automotriz envehículos que se destinen exclusivamente altransporte público y privado, de personas o decarga, así como el turístico, consistente enpermitir el acreditamiento de un montoequivalente al impuesto especial sobreproducción y servicios que las personas queenajenen diésel o biodiésel y sus mezclas enterritorio nacional hayan causado por laenajenación de estos combustibles en términosdel artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1,subinciso c) o el numeral 2 de la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,según corresponda al tipo de combustible, conlos ajustes que en su caso correspondan, asícomo el acreditamiento del impuesto a que serefiere el numeral citado, que hayan pagado ensu importación.Para los efectos del párrafo anterior, el montoque se podrá acreditar será el que resulte demultiplicar la cuota del impuesto especial sobreproducción y servicios que corresponda segúnel tipo de combustible, conforme al artículo2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subinciso c)o el numeral 2 de la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, con los ajustesque, en su caso, correspondan, vigente en elmomento en que se haya realizado laimportación o adquisición del diésel o delbiodiésel y sus mezclas, por el número de litrosimportados o adquiridos.

autotransporte de personas o efectos a travésde carreteras o caminos.

IV. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes que importen o adquierandiésel o biodiésel y sus mezclas para suconsumo final y que sea para uso automotriz envehículos que se destinen exclusivamente altransporte público y privado, de personas o decarga, así como el turístico, consistente enpermitir el acreditamiento de un montoequivalente al impuesto especial sobreproducción y servicios que las personas queenajenen diésel o biodiésel y sus mezclas enterritorio nacional hayan causado por laenajenación de estos combustibles en términosdel artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1,subinciso c) o el numeral 2 de la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,según corresponda al tipo de combustible, conlos ajustes que en su caso correspondan, asícomo el acreditamiento del impuesto a que serefiere el numeral citado, que hayan pagado ensu importación.Para los efectos del párrafo anterior, el montoque se podrá acreditar será el que resulte demultiplicar la cuota del impuesto especial sobreproducción y servicios que corresponda segúnel tipo de combustible, conforme al artículo2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subinciso c)o el numeral 2 de la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, con los ajustesque, en su caso, correspondan, vigente en elmomento en que se haya realizado laimportación o adquisición del diésel o delbiodiésel y sus mezclas, por el número de litrosimportados o adquiridos.

Page 57: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

56

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

El acreditamiento a que se refiere esta fracciónúnicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta causado en el ejercicioque tenga el contribuyente, correspondiente almismo ejercicio en que se importe o adquierael diésel o biodiésel y sus mezclas, utilizando laforma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Para que proceda el acreditamiento a que serefiere esta fracción, el pago por la importacióno adquisición de diésel o de biodiésel y susmezclas a distribuidores o estaciones deservicio, deberá efectuarse con: monederoelectrónico autorizado por el Servicio deAdministración Tributaria; tarjeta de crédito,débito o de servicios, expedida a favor delcontribuyente que pretenda hacer elacreditamiento; con cheque nominativoexpedido por el importador o adquirente paraabono en cuenta del enajenante, o bien,transferencia electrónica de fondos desdecuentas abiertas a nombre del contribuyenteen instituciones que componen el sistemafinanciero y las entidades que para tal efectoautorice el Banco de México.

En ningún caso este beneficio podrá serutilizado por los contribuyentes que prestenpreponderantemente sus servicios a otrapersona moral residente en el país o en elextranjero, que se considere parte relacionada,de acuerdo al artículo 179 de la Ley delImpuesto sobre la Renta.

El acreditamiento a que se refiere esta fracciónúnicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta causado en el ejercicioque tenga el contribuyente, correspondiente almismo ejercicio en que se importe o adquierael diésel o biodiésel y sus mezclas, utilizando laforma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Para que proceda el acreditamiento a que serefiere esta fracción, el pago por la importacióno adquisición de diésel o de biodiésel y susmezclas a distribuidores o estaciones deservicio, deberá efectuarse con: monederoelectrónico autorizado por el Servicio deAdministración Tributaria; tarjeta de crédito,débito o de servicios, expedida a favor delcontribuyente que pretenda hacer elacreditamiento; con cheque nominativoexpedido por el importador o adquirente paraabono en cuenta del enajenante, o bien,transferencia electrónica de fondos desdecuentas abiertas a nombre del contribuyenteen instituciones que componen el sistemafinanciero y las entidades que para tal efectoautorice el Banco de México.

En ningún caso este beneficio podrá serutilizado por los contribuyentes que prestenpreponderantemente sus servicios a otrapersona moral residente en el país o en elextranjero, que se considere parte relacionada,de acuerdo al artículo 179 de la Ley delImpuesto sobre la Renta.

Page 58: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

57

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Adicionalmente, para que proceda la aplicacióndel estímulo al biodiésel y sus mezclas, elbeneficiario deberá contar con el pedimento deimportación o con el comprobante fiscalcorrespondiente a la adquisición del biodiésel osus mezclas, en el que se consigne la cantidadde cada uno de los combustibles que secontenga en el caso de las mezclas y tratándosedel comprobante de adquisición, deberá contartambién con el número del pedimento deimportación con el que se llevó a cabo laimportación del citado combustible y deberárecabar de su proveedor una copia delpedimento de importación citado en elcomprobante. En caso de que en el pedimentode importación o en el comprobante fiscal deadquisición no se asienten los datosmencionados o que en este último caso no secuente con la copia del pedimento deimportación, no procederá la aplicación delestímulo al biodiésel y sus mezclas.

Los beneficiarios del estímulo previsto en estafracción deberán llevar los controles y registrosque mediante reglas de carácter generalestablezca el Servicio de AdministraciónTributaria.

Para los efectos de la presente fracción y lafracción V de este apartado, se entiende portransporte privado de personas o de carga,aquél que realizan los contribuyentes convehículos de su propiedad o con vehículos quetengan en arrendamiento, incluyendo elarrendamiento financiero, para transportarbienes propios o su personal, o bienes opersonal, relacionados con sus actividades

Adicionalmente, para que proceda la aplicacióndel estímulo al biodiésel y sus mezclas, elbeneficiario deberá contar con el pedimento deimportación o con el comprobante fiscalcorrespondiente a la adquisición del biodiésel osus mezclas, en el que se consigne la cantidadde cada uno de los combustibles que secontenga en el caso de las mezclas y tratándosedel comprobante de adquisición, deberá contartambién con el número del pedimento deimportación con el que se llevó a cabo laimportación del citado combustible y deberárecabar de su proveedor una copia delpedimento de importación citado en elcomprobante. En caso de que en el pedimentode importación o en el comprobante fiscal deadquisición no se asienten los datosmencionados o que en este último caso no secuente con la copia del pedimento deimportación, no procederá la aplicación delestímulo al biodiésel y sus mezclas.

Los beneficiarios del estímulo previsto en estafracción deberán llevar los controles y registrosque mediante reglas de carácter generalestablezca el Servicio de AdministraciónTributaria.

Para los efectos de la presente fracción y lafracción V de este apartado, se entiende portransporte privado de personas o de carga,aquél que realizan los contribuyentes convehículos de su propiedad o con vehículos quetengan en arrendamiento, incluyendo elarrendamiento financiero, para transportarbienes propios o su personal, o bienes opersonal, relacionados con sus actividades

Page 59: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

58

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

económicas, sin que por ello se genere uncobro.

V. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes que se dediquenexclusivamente al transporte terrestre públicoy privado, de carga o pasaje, así como elturístico, que utilizan la Red Nacional deAutopistas de Cuota, consistente en permitir unacreditamiento de los gastos realizados en elpago de los servicios por el uso de lainfraestructura carretera de cuota hasta en un50 por ciento del gasto total erogado por esteconcepto.

Los contribuyentes considerarán comoingresos acumulables para los efectos delimpuesto sobre la renta el estímulo a que hacereferencia esta fracción en el momento en queefectivamente lo acrediten.

económicas, sin que por ello se genere uncobro.

V. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes que se dediquenexclusivamente al transporte terrestre públicoy privado, de carga o pasaje, así como elturístico, que utilizan la Red Nacional deAutopistas de Cuota, que obtengan en elejercicio fiscal en el que hagan uso de lainfraestructura carretera de cuota, ingresostotales anuales para los efectos del impuestosobre la renta menores a 300 millones depesos, consistente en permitir unacreditamiento de los gastos realizados en elpago de los servicios por el uso de lainfraestructura mencionada hasta en un 50 porciento del gasto total erogado por esteconcepto. El estímulo será aplicableúnicamente cuando se cumplan con losrequisitos que mediante reglas de caráctergeneral establezca el Servicio deAdministración Tributaria. El estímulo nopodrá ser aplicable por las personas moralesque se consideran partes relacionadas deacuerdo con el artículo 179 de la Ley delImpuesto sobre la Renta. Para los efectos deeste párrafo, no se considerarán dentro de losingresos totales, los provenientes de laenajenación de activos fijos o activos fijos yterrenos de su propiedad que hubiesen estadoafectos a su actividad.

Los contribuyentes considerarán comoingresos acumulables para los efectos delimpuesto sobre la renta el estímulo a que hacereferencia esta fracción en el momento en queefectivamente lo acrediten.

Page 60: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

59

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

El acreditamiento a que se refiere esta fracciónúnicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta causado en el ejercicioque tenga el contribuyente, correspondiente almismo ejercicio en que se realicen los gastos aque se refiere la presente fracción, utilizando laforma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir las reglas de caráctergeneral que determinen los porcentajesmáximos de acreditamiento por tramocarretero y demás disposiciones que considerenecesarias para la correcta aplicación delbeneficio contenido en esta fracción.

VI. Se otorga un estímulo fiscal a losadquirentes que utilicen los combustiblesfósiles a que se refiere el artículo 2o., fracciónI, inciso H) de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, en sus procesosproductivos para la elaboración de otros bienesy que en su proceso productivo no se destinena la combustión.

El estímulo fiscal señalado en esta fracción seráigual al monto que resulte de multiplicar lacuota del impuesto especial sobre producción yservicios que corresponda, por la cantidad delcombustible consumido en un mes, que no sehaya sometido a un proceso de combustión.

El acreditamiento a que se refiere esta fracciónúnicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta causado en el ejercicioque tenga el contribuyente, correspondiente almismo ejercicio en que se realicen los gastos aque se refiere la presente fracción, utilizando laforma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir las reglas de caráctergeneral que determinen los porcentajesmáximos de acreditamiento por tramocarretero y demás disposiciones que considerenecesarias para la correcta aplicación delbeneficio contenido en esta fracción.

VI. Se otorga un estímulo fiscal a losadquirentes que utilicen los combustiblesfósiles a que se refiere el artículo 2o., fracciónI, inciso H) de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, en sus procesosproductivos para la elaboración de otros bienesy que en su proceso productivo no se destinena la combustión.

El estímulo fiscal señalado en esta fracción seráigual al monto que resulte de multiplicar lacuota del impuesto especial sobre producción yservicios que corresponda, por la cantidad delcombustible consumido en un mes, que no sehaya sometido a un proceso de combustión.

Page 61: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

60

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

El monto que resulte conforme a lo señalado enel párrafo anterior únicamente podrá seracreditado contra el impuesto sobre la rentacausado en el ejercicio que tenga elcontribuyente, correspondiente al mismoejercicio en que se adquieran los combustiblesa que se refiere la presente fracción, utilizandola forma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir reglas de caráctergeneral que determinen los porcentajesmáximos de utilización del combustible nosujeto a un proceso de combustión por tipos deindustria, respecto de los litros o toneladas,según corresponda al tipo de combustible deque se trate, adquiridos en un mes decalendario, así como las demás disposicionesque considere necesarias para la correctaaplicación de este estímulo fiscal.

VII. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes titulares de concesiones yasignaciones mineras cuyos ingresos brutostotales anuales por venta o enajenación deminerales y sustancias a que se refiere la LeyMinera, sean menores a 50 millones de pesos,consistente en permitir el acreditamiento delderecho especial sobre minería a que se refiereel artículo 268 de la Ley Federal de Derechosque hayan pagado en el ejercicio de que setrate.

El monto que resulte conforme a lo señalado enel párrafo anterior únicamente podrá seracreditado contra el impuesto sobre la rentacausado en el ejercicio que tenga elcontribuyente, correspondiente al mismoejercicio en que se adquieran los combustiblesa que se refiere la presente fracción, utilizandola forma oficial que mediante reglas de caráctergeneral dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria; en caso de nohacerlo, perderá el derecho a realizarlo conposterioridad.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir reglas de carácter generalque determinen los porcentajes máximos deutilización del combustible no sujeto a unproceso de combustión por tipos de industria,respecto de los litros o toneladas, segúncorresponda al tipo de combustible de que setrate, adquiridos en un mes de calendario, asícomo las demás disposiciones que considerenecesarias para la correcta aplicación de esteestímulo fiscal.

VII. Se otorga un estímulo fiscal a loscontribuyentes titulares de concesiones yasignaciones mineras cuyos ingresos brutostotales anuales por venta o enajenación deminerales y sustancias a que se refiere la LeyMinera, sean menores a 50 millones de pesos,consistente en permitir el acreditamiento delderecho especial sobre minería a que se refiereel artículo 268 de la Ley Federal de Derechosque hayan pagado en el ejercicio de que setrate.

Page 62: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

61

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

El acreditamiento a que se refiere esta fracción,únicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta que tengan losconcesionarios o asignatarios mineros a sucargo, correspondiente al mismo ejercicio enque se haya determinado el estímulo.

El Servicio de Administración Tributaria podráexpedir las disposiciones de carácter generalnecesarias para la correcta y debida aplicaciónde esta fracción.

Los beneficiarios de los estímulos fiscalesprevistos en las fracciones I, IV, V, VI y VII deeste apartado quedarán obligados aproporcionar la información que les requieranlas autoridades fiscales dentro del plazo quepara tal efecto señalen.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción,únicamente podrá efectuarse contra elimpuesto sobre la renta que tengan losconcesionarios o asignatarios mineros a sucargo, correspondiente al mismo ejercicio enque se haya determinado el estímulo.

El Servicio de Administración Tributaria podráexpedir las disposiciones de carácter generalnecesarias para la correcta y debida aplicaciónde esta fracción.

VIII. Se otorga un estímulo fiscal a las personasfísicas y morales residentes en México queenajenen libros, periódicos y revistas, cuyosingresos totales en el ejercicio inmediatoanterior no hubieran excedido de la cantidadde seis millones de pesos, y que dichosingresos obtenidos en el ejercicio por laenajenación de libros, periódicos y revistasrepresente al menos el 90% de los ingresostotales del contribuyente en el ejercicio deque se trate.

El estímulo a que se refiere el párrafo anteriorconsiste en una deducción adicional para losefectos del impuesto sobre la renta, por unmonto equivalente al 8% del costo de loslibros, periódicos y revistas que adquiera elcontribuyente.

Los beneficiarios de los estímulos fiscalesprevistos en las fracciones I, IV, V, VI y VII deeste apartado quedarán obligados aproporcionar la información que les requieranlas autoridades fiscales dentro del plazo quepara tal efecto señalen.

Page 63: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

62

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Los beneficios que se otorgan en las fraccionesI, II y III del presente apartado no podrán seracumulables con ningún otro estímulo fiscalestablecido en esta Ley.

Los estímulos establecidos en las fracciones IVy V de este apartado podrán ser acumulablesentre sí, pero no con los demás estímulosestablecidos en la presente Ley. Los estímulosfiscales que se otorgan en el presente apartadoestán condicionados a que los beneficiarios delos mismos cumplan con los requisitos que paracada uno de ellos se establece en la presenteLey.

B. En materia de exenciones:

Se exime del pago del derecho de trámiteaduanero que se cause por la importación degas natural, en los términos del artículo 49 dela Ley Federal de Derechos.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir las reglas generales quesean necesarias para la aplicación delcontenido previsto en este artículo.

Artículo 17. Se derogan las disposiciones quecontengan exenciones, totales o parciales, oconsideren a personas como no sujetos decontribuciones federales, otorguentratamientos preferenciales o diferenciales enmateria de ingresos y contribuciones federales,distintos de los establecidos en la presente Ley,en el Código Fiscal de la Federación, en la Leyde Ingresos sobre Hidrocarburos,ordenamientos legales referentes a empresas

Los beneficios que se otorgan en las fraccionesI, II y III del presente apartado no podrán seracumulables con ningún otro estímulo fiscalestablecido en esta Ley.

Los estímulos establecidos en las fracciones IVy V de este apartado podrán ser acumulablesentre sí, pero no con los demás estímulosestablecidos en la presente Ley. Los estímulosfiscales que se otorgan en el presente apartadoestán condicionados a que los beneficiarios delos mismos cumplan con los requisitos que paracada uno de ellos se establece en la presenteLey.

B. En materia de exenciones:

Se exime del pago del derecho de trámiteaduanero que se cause por la importación degas natural, en los términos del artículo 49 dela Ley Federal de Derechos.

Se faculta al Servicio de AdministraciónTributaria para emitir las reglas generales quesean necesarias para la aplicación delcontenido previsto en este artículo.

Artículo 17. Se derogan las disposiciones quecontengan exenciones, totales o parciales, oconsideren a personas como no sujetos decontribuciones federales, otorguentratamientos preferenciales o diferenciales enmateria de ingresos y contribuciones federales,distintos de los establecidos en la presente Ley,en el Código Fiscal de la Federación, en la Leyde Ingresos sobre Hidrocarburos,ordenamientos legales referentes a empresas

Page 64: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

63

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

productivas del Estado, organismosdescentralizados federales que prestan losservicios de seguridad social, decretospresidenciales, tratados internacionales y lasleyes que establecen dichas contribuciones, asícomo los reglamentos de las mismas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior tambiénserá aplicable cuando las disposiciones quecontengan exenciones, totales o parciales, oconsideren a personas como no sujetos decontribuciones federales, otorguentratamientos preferenciales o diferenciales enmateria de ingresos y contribuciones federales,se encuentren contenidas en normas jurídicasque tengan por objeto la creación o las basesde organización o funcionamiento de los entespúblicos o empresas de participación estatal,cualquiera que sea su naturaleza.

Se derogan las disposiciones que establezcanque los ingresos que obtengan lasdependencias u órganos por concepto dederechos, productos o aprovechamientos,tienen un destino específico, distintas de lascontenidas en el Código Fiscal de la Federación,en la presente Ley y en las demás leyes fiscales.

Se derogan las disposiciones contenidas enleyes de carácter no fiscal que establezcan quelos ingresos que obtengan las dependencias uórganos, incluyendo a sus órganosadministrativos desconcentrados, o entidades,por concepto de derechos, productos oaprovechamientos, e ingresos de cualquier otranaturaleza, serán considerados como ingresosexcedentes en el ejercicio fiscal en que segeneren.

productivas del Estado, organismosdescentralizados federales que prestan losservicios de seguridad social, decretospresidenciales, tratados internacionales y lasleyes que establecen dichas contribuciones, asícomo los reglamentos de las mismas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior tambiénserá aplicable cuando las disposiciones quecontengan exenciones, totales o parciales, oconsideren a personas como no sujetos decontribuciones federales, otorguentratamientos preferenciales o diferenciales enmateria de ingresos y contribuciones federales,se encuentren contenidas en normas jurídicasque tengan por objeto la creación o las basesde organización o funcionamiento de los entespúblicos o empresas de participación estatal,cualquiera que sea su naturaleza.

Se derogan las disposiciones que establezcanque los ingresos que obtengan lasdependencias u órganos por concepto dederechos, productos o aprovechamientos,tienen un destino específico, distintas de lascontenidas en el Código Fiscal de la Federación,en la presente Ley y en las demás leyes fiscales.

Se derogan las disposiciones contenidas enleyes de carácter no fiscal que establezcan quelos ingresos que obtengan las dependencias uórganos, incluyendo a sus órganosadministrativos desconcentrados, o entidades,por concepto de derechos, productos oaprovechamientos, e ingresos de cualquier otranaturaleza, serán considerados como ingresosexcedentes en el ejercicio fiscal en que segeneren.

Page 65: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

64

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Artículo 18. Los ingresos acumulados queobtengan en exceso a los previstos en elcalendario que publique la Secretaría deHacienda y Crédito Público de los ingresoscontemplados en el artículo 1o. de esta Ley, lospoderes Legislativo y Judicial de la Federación,los tribunales administrativos, los órganosautónomos por disposición constitucional, lasdependencias del Ejecutivo Federal y susórganos administrativos desconcentrados, asícomo las entidades, se deberán aplicar en lostérminos de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria y su Reglamento,sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 deesta Ley.

Para determinar los ingresos excedentes de launidad generadora de las dependencias a quese refiere el primer párrafo de este artículo, seconsiderará la diferencia positiva que resultede disminuir los ingresos acumuladosestimados de la dependencia en la Ley deIngresos de la Federación, a los enterosacumulados efectuados por dicha dependenciaa la Tesorería de la Federación, en el periodoque corresponda.

Se entiende por unidad generadora de losingresos de la dependencia, cada uno de losestablecimientos de la misma en los que seotorga o proporciona, de manera autónoma eintegral, el uso, goce, aprovechamiento oexplotación de bienes o el servicio por el cual secobra el aprovechamiento o producto, segúnsea el caso.

Artículo 18. Los ingresos acumulados queobtengan en exceso a los previstos en elcalendario que publique la Secretaría deHacienda y Crédito Público de los ingresoscontemplados en el artículo 1o. de esta Ley, lospoderes Legislativo y Judicial de la Federación,los tribunales administrativos, los órganosautónomos por disposición constitucional, lasdependencias del Ejecutivo Federal y susórganos administrativos desconcentrados, asícomo las entidades, se deberán aplicar en lostérminos de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria y su Reglamento,sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 deesta Ley.

Para determinar los ingresos excedentes de launidad generadora de las dependencias a quese refiere el primer párrafo de este artículo, seconsiderará la diferencia positiva que resultede disminuir los ingresos acumuladosestimados de la dependencia en la Ley deIngresos de la Federación, a los enterosacumulados efectuados por dicha dependenciaa la Tesorería de la Federación, en el periodoque corresponda.

Se entiende por unidad generadora de losingresos de la dependencia, cada uno de losestablecimientos de la misma en los que seotorga o proporciona, de manera autónoma eintegral, el uso, goce, aprovechamiento oexplotación de bienes o el servicio por el cual secobra el aprovechamiento o producto, segúnsea el caso.

Page 66: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

65

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Se faculta a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico para que, en términos de la Ley Federalde Presupuesto y Responsabilidad Hacendariay su Reglamento, emita dictámenes y recibanotificaciones, de ingresos excedentes quegeneren las dependencias, sus órganosadministrativos desconcentrados y entidades.

Artículo 19. Los ingresos excedentes a que serefiere el artículo anterior, se clasifican de lasiguiente manera:

I. Ingresos inherentes a las funciones de ladependencia o entidad, los cuales se generanen exceso a los contenidos en el calendario delos ingresos a que se refiere esta Ley o, en sucaso, a los previstos en los presupuestos de lasentidades, por actividades relacionadasdirectamente con las funciones recurrentes dela institución.

II. Ingresos no inherentes a las funciones de ladependencia o entidad, los cuales se obtienenen exceso a los contenidos en el calendario delos ingresos a que se refiere esta Ley o, en sucaso, a los previstos en los presupuestos de lasentidades, por actividades que no guardanrelación directa con las funciones recurrentesde la institución.

III. Ingresos de carácter excepcional, los cualesse obtienen en exceso a los contenidos en elcalendario de los ingresos a que se refiere estaLey o, en su caso, a los previstos en lospresupuestos de las entidades, por actividadesde carácter excepcional que no guardanrelación directa con las atribuciones de la

Se faculta a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico para que, en términos de la Ley Federalde Presupuesto y Responsabilidad Hacendariay su Reglamento, emita dictámenes y recibanotificaciones, de ingresos excedentes quegeneren las dependencias, sus órganosadministrativos desconcentrados y entidades.

Artículo 19. Los ingresos excedentes a que serefiere el artículo anterior, se clasifican de lasiguiente manera:

I. Ingresos inherentes a las funciones de ladependencia o entidad, los cuales se generanen exceso a los contenidos en el calendario delos ingresos a que se refiere esta Ley o, en sucaso, a los previstos en los presupuestos de lasentidades, por actividades relacionadasdirectamente con las funciones recurrentes dela institución.

II. Ingresos no inherentes a las funciones de ladependencia o entidad, los cuales se obtienenen exceso a los contenidos en el calendario delos ingresos a que se refiere esta Ley o, en sucaso, a los previstos en los presupuestos de lasentidades, por actividades que no guardanrelación directa con las funciones recurrentesde la institución.

III. Ingresos de carácter excepcional, los cualesse obtienen en exceso a los contenidos en elcalendario de los ingresos a que se refiere estaLey o, en su caso, a los previstos en lospresupuestos de las entidades, por actividadesde carácter excepcional que no guardanrelación directa con las atribuciones de la

Page 67: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

66

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

dependencia o entidad, tales como larecuperación de seguros, los donativos endinero y la enajenación de bienes muebles.

IV. Ingresos de los poderes Legislativo y Judicialde la Federación, así como de los tribunalesadministrativos y de los órganosconstitucionales autónomos. No se incluyen enesta fracción los aprovechamientos porinfracciones a la Ley Federal de CompetenciaEconómica, y a la Ley Federal deTelecomunicaciones y Radiodifusión ni aquéllospor concepto de derechos y aprovechamientospor el uso, goce, aprovechamiento oexplotación del espectro radioeléctrico y losservicios vinculados a éste, los cuales se sujetana lo dispuesto en el artículo 12, fracción I, deesta Ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicotendrá la facultad de fijar o modificar en unalista la clasificación de los ingresos a que serefieren las fracciones I, II y III de este artículo.Dicha lista se dará a conocer a las dependenciasy entidades a más tardar el último día hábil deenero de 2020 y durante dicho ejercicio fiscal,conforme se modifiquen.

Los ingresos a que se refiere la fracción III deeste artículo se aplicarán en los términos de loprevisto en la fracción II y penúltimo párrafo delartículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria.

Artículo 20. Quedan sin efecto las exencionesrelativas a los gravámenes a bienes inmueblesprevistas en leyes federales a favor de

dependencia o entidad, tales como larecuperación de seguros, los donativos endinero y la enajenación de bienes muebles.

IV. Ingresos de los poderes Legislativo y Judicialde la Federación, así como de los tribunalesadministrativos y de los órganosconstitucionales autónomos. No se incluyen enesta fracción los aprovechamientos porinfracciones a la Ley Federal de CompetenciaEconómica, y a la Ley Federal deTelecomunicaciones y Radiodifusión ni aquéllospor concepto de derechos y aprovechamientospor el uso, goce, aprovechamiento oexplotación del espectro radioeléctrico y losservicios vinculados a éste, los cuales se sujetana lo dispuesto en el artículo 12, fracción I, deesta Ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicotendrá la facultad de fijar o modificar en unalista la clasificación de los ingresos a que serefieren las fracciones I, II y III de este artículo.Dicha lista se dará a conocer a las dependenciasy entidades a más tardar el último día hábil deenero de 2020 y durante dicho ejercicio fiscal,conforme se modifiquen.

Los ingresos a que se refiere la fracción III deeste artículo se aplicarán en los términos de loprevisto en la fracción II y penúltimo párrafo delartículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria.

Artículo 20. Quedan sin efecto las exencionesrelativas a los gravámenes a bienes inmueblesprevistas en leyes federales a favor de

Page 68: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

67

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

organismos descentralizados sobrecontribuciones locales, salvo en lo que serefiere a bienes propiedad de dichosorganismos que se consideren del dominiopúblico de la Federación.

Artículo 21. Durante el ejercicio fiscal de 2020la tasa de retención anual a que se refieren losartículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobrela Renta será del 1.45 por ciento. Lametodología para calcular dicha tasa es lasiguiente:

I. Se determinó la tasa de rendimientopromedio ponderado de los valores públicospor el periodo comprendido de febrero a juliode 2019, conforme a lo siguiente:

a) Se tomaron las tasas promedio mensualespor instrumento, de los valores públicospublicados por el Banco de México.

b) Se determinó el factor de ponderaciónmensual por instrumento, dividiendo lassubastas mensuales de cada instrumento entreel total de las subastas de todos losinstrumentos públicos efectuadas al mes.

c) Para calcular la tasa ponderada mensual porinstrumento, se multiplicó la tasa promediomensual de cada instrumento por su respectivofactor de ponderación mensual, determinadoconforme al inciso anterior.

d) Para determinar la tasa ponderada mensualde valores públicos se sumó la tasa ponderadamensual por cada instrumento.

organismos descentralizados sobrecontribuciones locales, salvo en lo que serefiere a bienes propiedad de dichosorganismos que se consideren del dominiopúblico de la Federación.

Artículo 21. Durante el ejercicio fiscal de 2020la tasa de retención anual a que se refieren losartículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobrela Renta será del 1.45 por ciento. Lametodología para calcular dicha tasa es lasiguiente:

I. Se determinó la tasa de rendimientopromedio ponderado de los valores públicospor el periodo comprendido de febrero a juliode 2019, conforme a lo siguiente:

a) Se tomaron las tasas promedio mensualespor instrumento, de los valores públicospublicados por el Banco de México.

b) Se determinó el factor de ponderaciónmensual por instrumento, dividiendo lassubastas mensuales de cada instrumento entreel total de las subastas de todos losinstrumentos públicos efectuadas al mes.

c) Para calcular la tasa ponderada mensual porinstrumento, se multiplicó la tasa promediomensual de cada instrumento por su respectivofactor de ponderación mensual, determinadoconforme al inciso anterior.

d) Para determinar la tasa ponderada mensualde valores públicos se sumó la tasa ponderadamensual por cada instrumento.

Page 69: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

68

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

e) La tasa de rendimiento promedio ponderadode valores públicos correspondiente al periodofebrero a julio de 2019 se determinó con elpromedio simple de las tasas ponderadasmensuales determinadas conforme al incisoanterior del mencionado periodo.

II. Se tomaron las tasas promedio ponderadasmensuales de valores privados publicadas porel Banco de México y se determinó el promediosimple de dichos valores correspondiente alperiodo de febrero a julio de 2019.

III. Se determinó un factor ponderado de losinstrumentos públicos y privados en función alsaldo promedio en circulación de los valorespúblicos y privados correspondientes alperiodo de febrero a julio de 2019 publicadospor el Banco de México.

IV. Para obtener la tasa ponderada deinstrumentos públicos y privados, semultiplicaron las tasas promedio ponderadasde valores públicos y privados, determinadosconforme a las fracciones I y II, por surespectivo factor de ponderación, determinadoconforme a la fracción anterior, yposteriormente se sumaron dichos valoresponderados.

V. Al valor obtenido conforme a la fracción IVse disminuyó el valor promedio de la inflaciónmensual interanual del índice generalcorrespondiente a cada uno de los meses delperiodo de febrero a julio de 2019 del ÍndiceNacional de Precios al Consumidor, publicado

e) La tasa de rendimiento promedio ponderadode valores públicos correspondiente al periodofebrero a julio de 2019 se determinó con elpromedio simple de las tasas ponderadasmensuales determinadas conforme al incisoanterior del mencionado periodo.

II. Se tomaron las tasas promedio ponderadasmensuales de valores privados publicadas porel Banco de México y se determinó el promediosimple de dichos valores correspondiente alperiodo de febrero a julio de 2019.

III. Se determinó un factor ponderado de losinstrumentos públicos y privados en función alsaldo promedio en circulación de los valorespúblicos y privados correspondientes alperiodo de febrero a julio de 2019 publicadospor el Banco de México.

IV. Para obtener la tasa ponderada deinstrumentos públicos y privados, semultiplicaron las tasas promedio ponderadasde valores públicos y privados, determinadosconforme a las fracciones I y II, por surespectivo factor de ponderación, determinadoconforme a la fracción anterior, yposteriormente se sumaron dichos valoresponderados.

V. Al valor obtenido conforme a la fracción IV sedisminuyó el valor promedio de la inflaciónmensual interanual del índice generalcorrespondiente a cada uno de los meses delperiodo de febrero a julio de 2019 del ÍndiceNacional de Precios al Consumidor, publicado

Page 70: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

69

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

por el Instituto Nacional de Estadística yGeografía.

VI. La tasa de retención anual es el resultado demultiplicar el valor obtenido conforme a lafracción V de este artículo por la tasacorrespondiente al último tramo de la tarifa delartículo 152 de la Ley del Impuesto sobre laRenta.

Artículo 22. La Comisión Nacional Bancaria y deValores sancionará a las entidades financieraspor el incumplimiento de los plazos para laatención de los requerimientos de información,documentación, aseguramiento, desbloqueode cuentas, transferencia o situación de fondosformulados por las autoridades competentes,con una multa administrativa del equivalenteen moneda nacional de 1 hasta 15,000 veces elvalor diario de la Unidad de Medida yActualización, con base en los criterios que seestablezcan para tal efecto, los cuales podránconsiderar, entre otros, los días de atraso en laatención de los requerimientos, la gravedad delos delitos a los que, en su caso, se refieran losrequerimientos que se hubieran incumplido, ola probable afectación de los interesespatrimoniales de los clientes o usuarios de losservicios financieros.

Las infracciones a las disposiciones de caráctergeneral en materia de prevención deoperaciones con recursos de procedencia ilícitay, en su caso, financiamiento al terrorismo,cometidas por las entidades financieras,centros cambiarios, transmisores de dinero,sociedades financieras de objeto múltiple no

por el Instituto Nacional de Estadística yGeografía.

VI. La tasa de retención anual es el resultado demultiplicar el valor obtenido conforme a lafracción V de este artículo por la tasacorrespondiente al último tramo de la tarifa delartículo 152 de la Ley del Impuesto sobre laRenta.

Artículo 22. La Comisión Nacional Bancaria y deValores sancionará a las entidades financieraspor el incumplimiento de los plazos para laatención de los requerimientos de información,documentación, aseguramiento, desbloqueode cuentas, transferencia o situación de fondosformulados por las autoridades competentes,con una multa administrativa del equivalenteen moneda nacional de 1 hasta 15,000 veces elvalor diario de la Unidad de Medida yActualización, con base en los criterios que seestablezcan para tal efecto, los cuales podránconsiderar, entre otros, los días de atraso en laatención de los requerimientos, la gravedad delos delitos a los que, en su caso, se refieran losrequerimientos que se hubieran incumplido, ola probable afectación de los interesespatrimoniales de los clientes o usuarios de losservicios financieros.

Las infracciones a las disposiciones de caráctergeneral en materia de prevención deoperaciones con recursos de procedencia ilícitay, en su caso, financiamiento al terrorismo,cometidas por las entidades financieras,centros cambiarios, transmisores de dinero,sociedades financieras de objeto múltiple no

Page 71: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

70

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

reguladas y asesores en inversiones, seránsancionadas por la Comisión Nacional Bancariay de Valores con multa del 10 por ciento al 100por ciento del monto del reporte de laoperación inusual que no se hubiera enviado,del 10 por ciento al 100 por ciento del montodel acto, operación o servicio que se realice conun cliente o usuario de la que se hayainformado que se encuentra en la lista depersonas bloqueadas conforme a lasdisposiciones señaladas anteriormente, o biencon multa equivalente en moneda nacional de10 hasta 100,000 veces el valor diario de laUnidad de Medida y Actualización, en el caso decualquier otro incumplimiento a las referidasdisposiciones.

Artículo 23. Los contribuyentes personas físicasque opten por tributar en el Régimen deIncorporación Fiscal, previsto en la Sección IIdel Capítulo II del Título IV de la Ley delImpuesto sobre la Renta y cumplan con lasobligaciones que se establecen en dichorégimen durante el periodo que permanezcanen el mismo, por las actividades que realicencon el público en general, podrán optar porpagar el impuesto al valor agregado y elimpuesto especial sobre producción y serviciosque, en su caso, corresponda a las actividadesmencionadas, mediante la aplicación delesquema de estímulos siguiente:

I. Calcularán y pagarán los impuestos citados enla forma siguiente:

a) Se aplicarán los porcentajes que acontinuación se listan al monto de las

reguladas y asesores en inversiones, seránsancionadas por la Comisión Nacional Bancariay de Valores con multa del 10 por ciento al 100por ciento del monto del reporte de laoperación inusual que no se hubiera enviado,del 10 por ciento al 100 por ciento del montodel acto, operación o servicio que se realice conun cliente o usuario de la que se hayainformado que se encuentra en la lista depersonas bloqueadas conforme a lasdisposiciones señaladas anteriormente, o biencon multa equivalente en moneda nacional de10 hasta 100,000 veces el valor diario de laUnidad de Medida y Actualización, en el caso decualquier otro incumplimiento a las referidasdisposiciones.

Artículo 23. Los contribuyentes personas físicasque opten por tributar en el Régimen deIncorporación Fiscal, previsto en la Sección IIdel Capítulo II del Título IV de la Ley delImpuesto sobre la Renta y cumplan con lasobligaciones que se establecen en dichorégimen durante el periodo que permanezcanen el mismo, por las actividades que realicencon el público en general, podrán optar porpagar el impuesto al valor agregado y elimpuesto especial sobre producción y serviciosque, en su caso, corresponda a las actividadesmencionadas, mediante la aplicación delesquema de estímulos siguiente:

I. Calcularán y pagarán los impuestos citados enla forma siguiente:

a) Se aplicarán los porcentajes que acontinuación se listan al monto de las

Page 72: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

71

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

contraprestaciones efectivamente cobradaspor las actividades afectas al pago del impuestoal valor agregado en el bimestre de que setrate, considerando el giro o actividad a la quese dedique el contribuyente, conforme a lasiguiente:

Cuando las actividades de los contribuyentescorrespondan a dos o más de los sectoreseconómicos mencionados en los numerales 1 a4 aplicarán el porcentaje que corresponda alsector preponderante. Se entiende por sectorpreponderante aquél de donde provenga lamayor parte de los ingresos del contribuyente.

b) Se aplicarán los porcentajes que acontinuación se listan al monto de lascontraprestaciones efectivamente cobradaspor las actividades afectas al pago del impuestoespecial sobre producción y servicios en elbimestre de que se trate, considerando el tipode bienes enajenados por el contribuyente,conforme a la siguiente:

contraprestaciones efectivamente cobradaspor las actividades afectas al pago del impuestoal valor agregado en el bimestre de que setrate, considerando el giro o actividad a la quese dedique el contribuyente, conforme a lasiguiente:

Cuando las actividades de los contribuyentescorrespondan a dos o más de los sectoreseconómicos mencionados en los numerales 1 a4 aplicarán el porcentaje que corresponda alsector preponderante. Se entiende por sectorpreponderante aquél de donde provenga lamayor parte de los ingresos del contribuyente.

b) Se aplicarán los porcentajes que acontinuación se listan al monto de lascontraprestaciones efectivamente cobradaspor las actividades afectas al pago del impuestoespecial sobre producción y servicios en elbimestre de que se trate, considerando el tipode bienes enajenados por el contribuyente,conforme a la siguiente:

Page 73: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

72

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Los contribuyentes que ejerzan la opción a quese refiere el presente artículo, cuando hayanpagado el impuesto especial sobre produccióny servicios en la importación de tabacoslabrados y bebidas saborizadas a que se refiereel artículo 2o., fracción I, incisos C) y G) de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción yServicios, considerarán dicho pago comodefinitivo, por lo que ya no pagarán el impuestoque trasladen en la enajenación de los bienesimportados, siempre que dicha enajenación seefectúe con el público en general.

c) El resultado obtenido conforme a los incisosa) y b) de esta fracción será el monto delimpuesto al valor agregado o del impuestoespecial sobre producción y servicios, en sucaso, a pagar por las actividades realizadas conel público en general, sin que procedaacreditamiento alguno por concepto deimpuestos trasladados al contribuyente.

Los contribuyentes que ejerzan la opción a quese refiere el presente artículo, cuando hayanpagado el impuesto especial sobre produccióny servicios en la importación de tabacoslabrados y bebidas saborizadas a que se refiereel artículo 2o., fracción I, incisos C) y G) de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción yServicios, considerarán dicho pago comodefinitivo, por lo que ya no pagarán el impuestoque trasladen en la enajenación de los bienesimportados, siempre que dicha enajenación seefectúe con el público en general.

c) El resultado obtenido conforme a los incisosa) y b) de esta fracción será el monto delimpuesto al valor agregado o del impuestoespecial sobre producción y servicios, en sucaso, a pagar por las actividades realizadas conel público en general, sin que procedaacreditamiento alguno por concepto deimpuestos trasladados al contribuyente.

Page 74: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

73

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

d) El pago bimestral del impuesto al valoragregado y del impuesto especial sobreproducción y servicios deberá realizarse por losperíodos y en los plazos establecidos en losartículos 5o.-E de la Ley del Impuesto al ValorAgregado y 5o.-D de la Ley del ImpuestoEspecial sobre Producción y Servicios.

Para los efectos de la presente fracción seentiende por actividades realizadas con elpúblico en general, aquéllas por las que seemitan comprobantes que únicamentecontengan los requisitos que se establezcanmediante reglas de carácter general que emitael Servicio de Administración Tributaria. Eltraslado del impuesto al valor agregado y delimpuesto especial sobre producción y serviciosen ningún caso deberá realizarse en formaexpresa y por separado.

Tratándose de las actividades por las que loscontribuyentes expidan comprobantes quereúnan los requisitos fiscales para que procedasu deducción o acreditamiento, en donde setraslade en forma expresa y por separado elimpuesto al valor agregado o el impuestoespecial sobre producción y servicios, dichosimpuestos deberán pagarse en los términosestablecidos en la Ley del Impuesto al ValorAgregado y en la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios y demásdisposiciones aplicables, conjuntamente con elimpuesto al valor agregado y el impuestoespecial sobre producción y serviciosdeterminado conforme al inciso c) de estafracción.

d) El pago bimestral del impuesto al valoragregado y del impuesto especial sobreproducción y servicios deberá realizarse por losperíodos y en los plazos establecidos en losartículos 5o.-E de la Ley del Impuesto al ValorAgregado y 5o.-D de la Ley del ImpuestoEspecial sobre Producción y Servicios.

Para los efectos de la presente fracción seentiende por actividades realizadas con elpúblico en general, aquéllas por las que seemitan comprobantes que únicamentecontengan los requisitos que se establezcanmediante reglas de carácter general que emitael Servicio de Administración Tributaria. Eltraslado del impuesto al valor agregado y delimpuesto especial sobre producción y serviciosen ningún caso deberá realizarse en formaexpresa y por separado.

Tratándose de las actividades por las que loscontribuyentes expidan comprobantes quereúnan los requisitos fiscales para que procedasu deducción o acreditamiento, en donde setraslade en forma expresa y por separado elimpuesto al valor agregado o el impuestoespecial sobre producción y servicios, dichosimpuestos deberán pagarse en los términosestablecidos en la Ley del Impuesto al ValorAgregado y en la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios y demásdisposiciones aplicables, conjuntamente con elimpuesto al valor agregado y el impuestoespecial sobre producción y serviciosdeterminado conforme al inciso c) de estafracción.

Page 75: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

74

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Para los efectos del párrafo anterior, elacreditamiento del impuesto al valor agregadoo del impuesto especial sobre producción yservicios será aplicable, cuando proceda, en laproporción que represente el valor de lasactividades por las que se expidieroncomprobantes fiscales en las que se hayaefectuado el traslado expreso y por separado,en el valor total de las actividades del bimestreque corresponda.

Los contribuyentes que ejerzan la opción a quese refiere esta fracción podrán abandonarla encualquier momento, en cuyo caso deberáncalcular y pagar el impuesto al valor agregado yel impuesto especial sobre producción yservicios en los términos establecidos en la Leydel Impuesto al Valor Agregado o en la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,según se trate, a partir del bimestre en queabandonen la opción. En este caso, loscontribuyentes no podrán volver a ejercer laopción prevista en el presente artículo.

II. Los contribuyentes a que se refiere elpresente artículo, por las actividades realizadascon el público en general en las que determinenel impuesto al valor agregado y el impuestoespecial sobre producción y servicios con elesquema de porcentajes a que se refiere lafracción I del presente artículo, podrán aplicarun estímulo fiscal en la forma siguiente:

a) A los impuestos al valor agregado y especialsobre producción y servicios determinadosmediante la aplicación de los porcentajes, se leaplicarán los porcentajes de reducción que secitan a continuación, según corresponda al

Para los efectos del párrafo anterior, elacreditamiento del impuesto al valor agregadoo del impuesto especial sobre producción yservicios será aplicable, cuando proceda, en laproporción que represente el valor de lasactividades por las que se expidieroncomprobantes fiscales en las que se hayaefectuado el traslado expreso y por separado,en el valor total de las actividades del bimestreque corresponda.

Los contribuyentes que ejerzan la opción a quese refiere esta fracción podrán abandonarla encualquier momento, en cuyo caso deberáncalcular y pagar el impuesto al valor agregado yel impuesto especial sobre producción yservicios en los términos establecidos en la Leydel Impuesto al Valor Agregado o en la Ley delImpuesto Especial sobre Producción y Servicios,según se trate, a partir del bimestre en queabandonen la opción. En este caso, loscontribuyentes no podrán volver a ejercer laopción prevista en el presente artículo.

II. Los contribuyentes a que se refiere elpresente artículo, por las actividades realizadascon el público en general en las que determinenel impuesto al valor agregado y el impuestoespecial sobre producción y servicios con elesquema de porcentajes a que se refiere lafracción I del presente artículo, podrán aplicarun estímulo fiscal en la forma siguiente:

a) A los impuestos al valor agregado y especialsobre producción y servicios determinadosmediante la aplicación de los porcentajes, se leaplicarán los porcentajes de reducción que secitan a continuación, según corresponda al

Page 76: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

75

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

número de años que tenga el contribuyentetributando en el Régimen de IncorporaciónFiscal:

Para los efectos de la aplicación de la tabla elnúmero de años de tributación delcontribuyente se determinará de conformidadcon lo que al respecto se considere para losefectos del impuesto sobre la renta.

Tratándose de contribuyentes que tributen enel Régimen de Incorporación Fiscal, cuyosingresos propios de su actividad empresarialobtenidos en el ejercicio inmediato anterior nohubieran excedido de la cantidad detrescientos mil pesos, durante cada uno de losaños en que tributen en el Régimen deIncorporación Fiscal y no excedan el monto deingresos mencionados, el porcentaje dereducción aplicable será de 100 por ciento.

Los contribuyentes que inicien actividades yque opten por tributar conforme al Régimen deIncorporación Fiscal previsto en la Ley delImpuesto sobre la Renta, podrán aplicar lodispuesto en el párrafo anterior cuandoestimen que sus ingresos del ejercicio noexcederán al monto establecido en dicho

número de años que tenga el contribuyentetributando en el Régimen de IncorporaciónFiscal:

Para los efectos de la aplicación de la tabla elnúmero de años de tributación delcontribuyente se determinará de conformidadcon lo que al respecto se considere para losefectos del impuesto sobre la renta.

Tratándose de contribuyentes que tributen enel Régimen de Incorporación Fiscal, cuyosingresos propios de su actividad empresarialobtenidos en el ejercicio inmediato anterior nohubieran excedido de la cantidad detrescientos mil pesos, durante cada uno de losaños en que tributen en el Régimen deIncorporación Fiscal y no excedan el monto deingresos mencionados, el porcentaje dereducción aplicable será de 100 por ciento.

Los contribuyentes que inicien actividades yque opten por tributar conforme al Régimen deIncorporación Fiscal previsto en la Ley delImpuesto sobre la Renta, podrán aplicar lodispuesto en el párrafo anterior cuandoestimen que sus ingresos del ejercicio noexcederán al monto establecido en dicho

Page 77: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

76

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

párrafo. Cuando en el ejercicio inicial realicenoperaciones por un período menor a docemeses, para determinar el monto citado,dividirán los ingresos obtenidos entre elnúmero de días que comprenda el período y elresultado se multiplicará por 365 días. Si lacantidad obtenida excede del importe delmonto referido, en el ejercicio siguiente no sepodrá tomar el beneficio del párrafo anterior.

b) La cantidad obtenida mediante la aplicaciónde los porcentajes de reducción a que se refiereel inciso anterior será acreditable únicamentecontra el impuesto al valor agregado o elimpuesto especial sobre producción y servicios,según se trate, determinado conforme a laaplicación de los porcentajes a que se refiere lafracción I de este artículo.

III. El estímulo fiscal a que se refiere el presenteartículo no se considerará como ingresoacumulable para los efectos del impuesto sobrela renta.

IV. Se releva a los contribuyentes a que serefiere este artículo de la obligación depresentar el aviso a que se refiere el artículo 25,primer párrafo, del Código Fiscal de laFederación.

Artículo 24. Para los efectos del impuesto sobrela renta, se estará a lo siguiente:

I. Las personas físicas que tengan su casahabitación en las zonas afectadas por lossismos ocurridos en México los días 7 y 19 deseptiembre de 2017, que tributen en lostérminos del Título IV de la Ley del Impuesto

párrafo. Cuando en el ejercicio inicial realicenoperaciones por un período menor a docemeses, para determinar el monto citado,dividirán los ingresos obtenidos entre elnúmero de días que comprenda el período y elresultado se multiplicará por 365 días. Si lacantidad obtenida excede del importe delmonto referido, en el ejercicio siguiente no sepodrá tomar el beneficio del párrafo anterior.

b) La cantidad obtenida mediante la aplicaciónde los porcentajes de reducción a que se refiereel inciso anterior será acreditable únicamentecontra el impuesto al valor agregado o elimpuesto especial sobre producción y servicios,según se trate, determinado conforme a laaplicación de los porcentajes a que se refiere lafracción I de este artículo.

III. El estímulo fiscal a que se refiere el presenteartículo no se considerará como ingresoacumulable para los efectos del impuesto sobrela renta.

IV. Se releva a los contribuyentes a que serefiere este artículo de la obligación depresentar el aviso a que se refiere el artículo 25,primer párrafo, del Código Fiscal de laFederación.

Artículo 24. Para los efectos del impuesto sobrela renta, se estará a lo siguiente:

I. Las personas físicas que tengan su casahabitación en las zonas afectadas por los sismosocurridos en México los días 7 y 19 deseptiembre de 2017, que tributen en lostérminos del Título IV de la Ley del Impuesto

Page 78: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

77

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

sobre la Renta, no considerarán como ingresosacumulables para efectos de dicha Ley, losingresos por apoyos económicos o monetariosque reciban de personas morales ofideicomisos autorizados para recibir donativosdeducibles del impuesto sobre la renta,siempre que dichos apoyos económicos omonetarios se destinen para la reconstruccióno reparación de su casa habitación.Para los efectos del párrafo anterior, seconsideran zonas afectadas los municipios delos Estados afectados por los sismos ocurridoslos días 7 y 19 de septiembre de 2017, que selisten en las declaratorias de desastre naturalcorrespondientes, publicadas en el DiarioOficial de la Federación.

II. Para los efectos de los artículos 82, fracciónIV de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 138de su Reglamento, se considera que lasorganizaciones civiles y fideicomisosautorizados para recibir donativos deduciblesen los términos de dicha Ley, cumplen con elobjeto social autorizado para estos efectos,cuando otorguen donativos a organizacionesciviles o fideicomisos que no cuenten conautorización para recibir donativos deconformidad con la Ley del Impuesto sobre laRenta y cuyo objeto exclusivo sea realizarlabores de rescate y reconstrucción en casos dedesastres naturales, siempre que se cumplacon los siguientes requisitos:

a) Tratándose de las organizaciones civiles yfideicomisos autorizados para recibirdonativos, se deberá cumplir con lo siguiente:

sobre la Renta, no considerarán como ingresosacumulables para efectos de dicha Ley, losingresos por apoyos económicos o monetariosque reciban de personas morales ofideicomisos autorizados para recibir donativosdeducibles del impuesto sobre la renta,siempre que dichos apoyos económicos omonetarios se destinen para la reconstruccióno reparación de su casa habitación.Para los efectos del párrafo anterior, seconsideran zonas afectadas los municipios delos Estados afectados por los sismos ocurridoslos días 7 y 19 de septiembre de 2017, que selisten en las declaratorias de desastre naturalcorrespondientes, publicadas en el DiarioOficial de la Federación.

II. Para los efectos de los artículos 82, fracciónIV de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 138de su Reglamento, se considera que lasorganizaciones civiles y fideicomisosautorizados para recibir donativos deduciblesen los términos de dicha Ley, cumplen con elobjeto social autorizado para estos efectos,cuando otorguen donativos a organizacionesciviles o fideicomisos que no cuenten conautorización para recibir donativos deconformidad con la Ley del Impuesto sobre laRenta y cuyo objeto exclusivo sea realizarlabores de rescate y reconstrucción en casos dedesastres naturales, siempre que se cumplacon los siguientes requisitos:

a) Tratándose de las organizaciones civiles yfideicomisos autorizados para recibirdonativos, se deberá cumplir con lo siguiente:

Page 79: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

78

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

1. Contar con autorización vigente para recibirdonativos al menos durante los 5 años previosal momento en que se realice la donación, yque durante ese periodo la autorizacióncorrespondiente no haya sido revocada o norenovada.

2. Haber obtenido ingresos en el ejercicioinmediato anterior cuando menos de 5millones de pesos.

3. Auditar sus estados financieros.

4. Presentar un informe respecto de losdonativos que se otorguen a organizaciones ofideicomisos que no tengan el carácter dedonatarias autorizadas que se dediquen arealizar labores de rescate y reconstrucciónocasionados por desastres naturales.

5. No otorgar donativos a partidos políticos,sindicatos, instituciones religiosas o degobierno.

6. Presentar un listado con el nombre,denominación o razón social y registro federalde contribuyentes de las organizaciones civileso fideicomisos que no cuenten con laautorización para recibir donativos a las cualesse les otorgó el donativo.

b) Tratándose de las organizaciones civiles yfideicomisos que no cuenten con autorizaciónpara recibir donativos, a que se refiere elprimer párrafo de esta fracción, deberáncumplir con lo siguiente:

1. Contar con autorización vigente para recibirdonativos al menos durante los 5 años previosal momento en que se realice la donación, yque durante ese periodo la autorizacióncorrespondiente no haya sido revocada o norenovada.

2. Haber obtenido ingresos en el ejercicioinmediato anterior cuando menos de 5millones de pesos.

3. Auditar sus estados financieros.

4. Presentar un informe respecto de losdonativos que se otorguen a organizaciones ofideicomisos que no tengan el carácter dedonatarias autorizadas que se dediquen arealizar labores de rescate y reconstrucciónocasionados por desastres naturales.

5. No otorgar donativos a partidos políticos,sindicatos, instituciones religiosas o degobierno.

6. Presentar un listado con el nombre,denominación o razón social y registro federalde contribuyentes de las organizaciones civileso fideicomisos que no cuenten con laautorización para recibir donativos a las cualesse les otorgó el donativo.

b) Tratándose de las organizaciones civiles yfideicomisos que no cuenten con autorizaciónpara recibir donativos, a que se refiere elprimer párrafo de esta fracción, deberáncumplir con lo siguiente:

Page 80: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

79

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

1. Estar inscritas en el Registro Federal deContribuyentes.

2. Comprobar que han efectuado operacionesde atención de desastres, emergencias ocontingencias por lo menos durante 3 añosanteriores a la fecha de recepción del donativo.

3. No haber sido donataria autorizada a la quese le haya revocado o no renovado laautorización.

4. Ubicarse en alguno de los municipios o en lasdemarcaciones territoriales de la Ciudad deMéxico, de las zonas afectadas por el desastrenatural de que se trate.

5. Presentar un informe ante el Servicio deAdministración Tributaria, en el que se detalleel uso y destino de los bienes o recursosrecibidos, incluyendo una relación de los foliosde los Comprobantes Fiscales Digitales porInternet y la documentación con la quecompruebe la realización de las operacionesque amparan dichos comprobantes.6. Devolver los remanentes de los recursosrecibidos no utilizados para el fin que fueronotorgados a la donataria autorizada.

7. Hacer pública la información de los donativosrecibidos en su página de Internet o, en caso deno contar con una, en la página de la donatariaautorizada.

El Servicio de Administración Tributaria podráexpedir reglas de carácter general necesariaspara la debida y correcta aplicación de estafracción.

1. Estar inscritas en el Registro Federal deContribuyentes.

2. Comprobar que han efectuado operacionesde atención de desastres, emergencias ocontingencias por lo menos durante 3 añosanteriores a la fecha de recepción del donativo.

3. No haber sido donataria autorizada a la quese le haya revocado o no renovado laautorización.

4. Ubicarse en alguno de los municipios o en lasdemarcaciones territoriales de la Ciudad deMéxico, de las zonas afectadas por el desastrenatural de que se trate.

5. Presentar un informe ante el Servicio deAdministración Tributaria, en el que se detalleel uso y destino de los bienes o recursosrecibidos, incluyendo una relación de los foliosde los Comprobantes Fiscales Digitales porInternet y la documentación con la quecompruebe la realización de las operacionesque amparan dichos comprobantes.6. Devolver los remanentes de los recursosrecibidos no utilizados para el fin que fueronotorgados a la donataria autorizada.

7. Hacer pública la información de los donativosrecibidos en su página de Internet o, en caso deno contar con una, en la página de la donatariaautorizada.

El Servicio de Administración Tributaria podráexpedir reglas de carácter general necesariaspara la debida y correcta aplicación de estafracción.

Page 81: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

80

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Capítulo IIIDe la Información, la Transparencia, la

Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, laFiscalización y el Endeudamiento

Artículo 25. Con el propósito de coadyuvar aconocer los efectos de la política fiscal en elingreso de los distintos grupos de la población,la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeberá realizar un estudio de ingreso-gasto conbase en la información estadística disponibleque muestre por decil de ingreso de las familiassu contribución en los distintos impuestos yderechos que aporte, así como los bienes yservicios públicos que reciben con recursosfederales, estatales y municipales.

La realización del estudio referido en el párrafoanterior será responsabilidad de la Secretaríade Hacienda y Crédito Público y deberá serentregado a las comisiones de Hacienda yCrédito Público y de Presupuesto y CuentaPública de la Cámara de Diputados y publicadoen la página de Internet de dicha Secretaría, amás tardar el 15 de marzo de 2020.

Artículo 26. Los estímulos fiscales y lasfacilidades administrativas que prevea laIniciativa de Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal de 2021 se otorgarán conbase en criterios de eficiencia económica, nodiscriminación, temporalidad definida yprogresividad.

Capítulo IIIDe la Información, la Transparencia, la

Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, laFiscalización y el Endeudamiento

Artículo 25. Con el propósito de coadyuvar aconocer los efectos de la política fiscal en elingreso de los distintos grupos de la población,la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeberá realizar un estudio de ingreso-gasto conbase en la información estadística disponibleque muestre por decil de ingreso de las familiassu contribución en los distintos impuestos yderechos que aporte, así como los bienes yservicios públicos que reciben con recursosfederales, estatales y municipales.

La realización del estudio referido en el párrafoanterior será responsabilidad de la Secretaríade Hacienda y Crédito Público y deberá serentregado a las comisiones de Hacienda yCrédito Público y de Presupuesto y CuentaPública de la Cámara de Diputados y publicadoen la página de Internet de dicha Secretaría, amás tardar el 15 de marzo de 2020.

Artículo 26. Los estímulos fiscales y lasfacilidades administrativas que prevea laIniciativa de Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal de 2021 se otorgarán conbase en criterios de eficiencia económica, nodiscriminación, temporalidad definida yprogresividad.

Page 82: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

81

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Para el otorgamiento de los estímulos fiscalesdeberá tomarse en cuenta si los objetivospretendidos pudiesen alcanzarse de mejormanera con la política de gasto. Los costos paralas finanzas públicas de las facilidadesadministrativas y los estímulos fiscales seespecificarán en el Presupuesto de GastosFiscales.

Artículo 27. La Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico deberá publicar en su página deInternet y entregar a las comisiones deHacienda y Crédito Público y de Presupuesto yCuenta Pública de la Cámara de Diputados, asícomo al Centro de Estudios de las FinanzasPúblicas de dicho órgano legislativo y a laComisión de Hacienda y Crédito Público de laCámara de Senadores lo siguiente:

A. El Presupuesto de Gastos Fiscales, a mástardar el 30 de junio de 2020, que comprenderálos montos que deja de recaudar el erariofederal por conceptos de tasas diferenciadas enlos distintos impuestos, exenciones, subsidios ycréditos fiscales, condonaciones, facilidadesadministrativas, estímulos fiscales,deducciones autorizadas, tratamientos yregímenes especiales establecidos en lasdistintas leyes que en materia tributaria aplicana nivel federal.

El presupuesto a que se refiere el párrafoanterior deberá contener los montos referidosestimados para el ejercicio fiscal de 2021 en lossiguientes términos:

Para el otorgamiento de los estímulos fiscalesdeberá tomarse en cuenta si los objetivospretendidos pudiesen alcanzarse de mejormanera con la política de gasto. Los costos paralas finanzas públicas de las facilidadesadministrativas y los estímulos fiscales seespecificarán en el Presupuesto de GastosFiscales.

Artículo 27. La Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico deberá publicar en su página deInternet y entregar a las comisiones deHacienda y Crédito Público y de Presupuesto yCuenta Pública de la Cámara de Diputados, asícomo al Centro de Estudios de las FinanzasPúblicas de dicho órgano legislativo y a laComisión de Hacienda y Crédito Público de laCámara de Senadores lo siguiente:

A. El Presupuesto de Gastos Fiscales, a mástardar el 30 de junio de 2020, que comprenderálos montos que deja de recaudar el erariofederal por conceptos de tasas diferenciadas enlos distintos impuestos, exenciones, subsidios ycréditos fiscales, condonaciones, facilidadesadministrativas, estímulos fiscales,deducciones autorizadas, tratamientos yregímenes especiales establecidos en lasdistintas leyes que en materia tributaria aplicana nivel federal.

El presupuesto a que se refiere el párrafoanterior deberá contener los montos referidosestimados para el ejercicio fiscal de 2021 en lossiguientes términos:

Page 83: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

82

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

I. El monto estimado de los recursos que dejaráde percibir en el ejercicio el Erario Federal.

II. La metodología utilizada para realizar laestimación. III. La referencia o sustento jurídicoque respalde la inclusión de cada concepto opartida.

IV. Los sectores o actividades beneficiadosespecíficamente de cada concepto, en su caso.

V. Los beneficios sociales y económicosasociados a cada uno de los gastos fiscales.

B. Un reporte de las personas morales yfideicomisos autorizados para recibir donativosdeducibles para los efectos del impuesto sobrela renta, a más tardar el 30 de septiembre de2020, en el que se deberá señalar, para cadauna la siguiente información:

I. Ingresos por donativos recibidos en efectivode nacionales.

II. Ingresos por donativos recibidos en efectivode extranjeros.

III. Ingresos por donativos recibidos en especiede nacionales.

IV. Ingresos por donativos recibidos en especiede extranjeros.

V. Ingresos obtenidos por arrendamiento debienes.

VI. Ingresos obtenidos por dividendos.

I. El monto estimado de los recursos que dejaráde percibir en el ejercicio el Erario Federal.

II. La metodología utilizada para realizar laestimación. III. La referencia o sustento jurídicoque respalde la inclusión de cada concepto opartida.

IV. Los sectores o actividades beneficiadosespecíficamente de cada concepto, en su caso.

V. Los beneficios sociales y económicosasociados a cada uno de los gastos fiscales.

B. Un reporte de las personas morales yfideicomisos autorizados para recibir donativosdeducibles para los efectos del impuesto sobrela renta, a más tardar el 30 de septiembre de2020, en el que se deberá señalar, para cadauna la siguiente información:

I. Ingresos por donativos recibidos en efectivode nacionales.

II. Ingresos por donativos recibidos en efectivode extranjeros.

III. Ingresos por donativos recibidos en especiede nacionales.

IV. Ingresos por donativos recibidos en especiede extranjeros.

V. Ingresos obtenidos por arrendamiento debienes.

VI. Ingresos obtenidos por dividendos.

Page 84: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

83

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

VII. Ingresos obtenidos por regalías.

VIII. Ingresos obtenidos por interesesdevengados a favor y ganancia cambiaria.

IX. Otros ingresos.

X. Erogaciones efectuadas por sueldos, salariosy gastos relacionados.

XI. Erogaciones efectuadas por aportaciones alSistema de Ahorro para el Retiro, al Institutodel Fondo Nacional de la Vivienda para losTrabajadores, y jubilaciones por vejez.

XII. Erogaciones efectuadas por cuotas alInstituto Mexicano del Seguro Social.

XIII. Gastos administrativos.

XIV. Gastos operativos.

XV. Monto total de percepciones netas de cadaintegrante del Órgano de Gobierno Interno o dedirectivos análogos.

El reporte deberá incluir las entidadesfederativas en las que se ubiquen las mismas,clasificándolas por tipo de donataria deconformidad con los conceptos contenidos enlos artículos 79, 82, 83 y 84 de la Ley delImpuesto sobre la Renta y en su Reglamento.

C. Para la generación del reporte a que serefiere el Apartado B de este artículo, lainformación se obtendrá de aquélla que lasdonatarias autorizadas estén obligadas apresentar en la declaración de las personas

VII. Ingresos obtenidos por regalías.

VIII. Ingresos obtenidos por interesesdevengados a favor y ganancia cambiaria.

IX. Otros ingresos.

X. Erogaciones efectuadas por sueldos, salariosy gastos relacionados.

XI. Erogaciones efectuadas por aportaciones alSistema de Ahorro para el Retiro, al Institutodel Fondo Nacional de la Vivienda para losTrabajadores, y jubilaciones por vejez.

XII. Erogaciones efectuadas por cuotas alInstituto Mexicano del Seguro Social.

XIII. Gastos administrativos.

XIV. Gastos operativos.

XV. Monto total de percepciones netas de cadaintegrante del Órgano de Gobierno Interno o dedirectivos análogos.

El reporte deberá incluir las entidadesfederativas en las que se ubiquen las mismas,clasificándolas por tipo de donataria deconformidad con los conceptos contenidos enlos artículos 79, 82, 83 y 84 de la Ley delImpuesto sobre la Renta y en su Reglamento.

C. Para la generación del reporte a que serefiere el Apartado B de este artículo, lainformación se obtendrá de aquélla que lasdonatarias autorizadas estén obligadas apresentar en la declaración de las personas

Page 85: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

84

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

morales con fines no lucrativoscorrespondiente al ejercicio fiscal de 2019, a laque se refiere el tercer párrafo del artículo 86de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La información sobre los gastos administrativosy operativos, así como de las percepcionesnetas de cada integrante del Órgano deGobierno Interno o de directivos análogos aque se refiere el Apartado B de este artículo, seobtendrá de los datos reportados a más tardarel 31 de julio de 2020, en la página de Internetdel Servicio de Administración Tributaria en laSección de Transparencia de DonatariasAutorizadas correspondiente al ejercicio fiscalde 2019, a que se refiere el artículo 82, fracciónVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Seentenderá por gastos administrativos yoperativos lo siguiente:I. Gastos administrativos: los relacionados conlas remuneraciones al personal, arrendamientode bienes muebles e inmuebles, teléfono,electricidad, papelería, mantenimiento yconservación, los impuestos y derechosfederales o locales, así como las demáscontribuciones y aportaciones que en términosde las disposiciones legales respectivas debacubrir la donataria siempre que se efectúen enrelación directa con las oficinas o actividadesadministrativas, entre otros. No quedancomprendidos aquéllos que la donataria debadestinar directamente para cumplir con losfines propios de su objeto social.

II. Gastos operativos: aquéllos que la donatariadeba destinar directamente para cumplir conlos fines propios de su objeto social.

morales con fines no lucrativoscorrespondiente al ejercicio fiscal de 2019, a laque se refiere el tercer párrafo del artículo 86de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La información sobre los gastos administrativosy operativos, así como de las percepcionesnetas de cada integrante del Órgano deGobierno Interno o de directivos análogos aque se refiere el Apartado B de este artículo, seobtendrá de los datos reportados a más tardarel 31 de julio de 2020, en la página de Internetdel Servicio de Administración Tributaria en laSección de Transparencia de DonatariasAutorizadas correspondiente al ejercicio fiscalde 2019, a que se refiere el artículo 82, fracciónVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Seentenderá por gastos administrativos yoperativos lo siguiente:I. Gastos administrativos: los relacionados conlas remuneraciones al personal, arrendamientode bienes muebles e inmuebles, teléfono,electricidad, papelería, mantenimiento yconservación, los impuestos y derechosfederales o locales, así como las demáscontribuciones y aportaciones que en términosde las disposiciones legales respectivas debacubrir la donataria siempre que se efectúen enrelación directa con las oficinas o actividadesadministrativas, entre otros. No quedancomprendidos aquéllos que la donataria debadestinar directamente para cumplir con losfines propios de su objeto social.

II. Gastos operativos: aquéllos que la donatariadeba destinar directamente para cumplir conlos fines propios de su objeto social.

Page 86: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

85

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

La información a que se refieren los ApartadosB y C de este artículo, no se considerarácomprendida dentro de las prohibiciones yrestricciones que establecen los artículos 69 delCódigo Fiscal de la Federación y 2o., fracción VIIde la Ley Federal de los Derechos delContribuyente.

Artículo 28. En el ejercicio fiscal de 2020, todainiciativa en materia fiscal, incluyendo aquéllasque se presenten para cubrir el Presupuesto deEgresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal2021, deberá incluir en su exposición demotivos el impacto recaudatorio de cada unade las medidas propuestas. Asimismo, en cadauna de las explicaciones establecidas en dichaexposición de motivos se deberá incluirclaramente el artículo del ordenamiento de quese trate en el cual se llevarían a cabo lasreformas.

Toda iniciativa en materia fiscal que envíe elEjecutivo Federal al Congreso de la Uniónobservará lo siguiente:I. Que se otorgue certidumbre jurídica a loscontribuyentes.

II. Que el pago de las contribuciones seasencillo y asequible.

III. Que el monto a recaudar sea mayor que elcosto de su recaudación y fiscalización.

IV. Que las contribuciones sean estables paralas finanzas públicas.

La información a que se refieren los ApartadosB y C de este artículo, no se considerarácomprendida dentro de las prohibiciones yrestricciones que establecen los artículos 69 delCódigo Fiscal de la Federación y 2o., fracción VIIde la Ley Federal de los Derechos delContribuyente.

Artículo 28. En el ejercicio fiscal de 2020, todainiciativa en materia fiscal, incluyendo aquéllasque se presenten para cubrir el Presupuesto deEgresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal2021, deberá incluir en su exposición demotivos el impacto recaudatorio de cada unade las medidas propuestas. Asimismo, en cadauna de las explicaciones establecidas en dichaexposición de motivos se deberá incluirclaramente el artículo del ordenamiento de quese trate en el cual se llevarían a cabo lasreformas.

Toda iniciativa en materia fiscal que envíe elEjecutivo Federal al Congreso de la Uniónobservará lo siguiente:I. Que se otorgue certidumbre jurídica a loscontribuyentes.

II. Que el pago de las contribuciones seasencillo y asequible.

III. Que el monto a recaudar sea mayor que elcosto de su recaudación y fiscalización.

IV. Que las contribuciones sean estables paralas finanzas públicas.

Page 87: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

86

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Los aspectos anteriores deberán incluirse en laexposición de motivos de la iniciativa de que setrate, mismos que deberán ser tomados encuenta en la elaboración de los dictámenes queemitan las comisiones respectivas del Congresode la Unión.

La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal de 2021 incluirá lasestimaciones de las contribucionescontempladas en las leyes fiscales. La Iniciativade Ley de Ingresos de la Federación para elEjercicio Fiscal de 2021 deberá especificar lamemoria de cálculo de cada uno de los rubrosde ingresos previstos en la misma, así como lasproyecciones de estos ingresos para lospróximos 5 años. Se deberá entender pormemoria de cálculo los procedimientosdescritos en forma detallada de cómo serealizaron los cálculos, con el fin de que puedanser revisados por la Cámara de Diputados.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor el 1de enero de 2020.

Los aspectos anteriores deberán incluirse en laexposición de motivos de la iniciativa de que setrate, mismos que deberán ser tomados encuenta en la elaboración de los dictámenes queemitan las comisiones respectivas del Congresode la Unión.

La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federaciónpara el Ejercicio Fiscal de 2021 incluirá lasestimaciones de las contribucionescontempladas en las leyes fiscales. La Iniciativade Ley de Ingresos de la Federación para elEjercicio Fiscal de 2021 deberá especificar lamemoria de cálculo de cada uno de los rubrosde ingresos previstos en la misma, así como lasproyecciones de estos ingresos para lospróximos 5 años. Se deberá entender pormemoria de cálculo los procedimientosdescritos en forma detallada de cómo serealizaron los cálculos, con el fin de que puedanser revisados por la Cámara de Diputados.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor el 1de enero de 2020, salvo lo dispuesto en eltransitorio Séptimo, el cual entrará en vigor aldía siguiente de la publicación en el DiarioOficial de la Federación del presente Decreto,mismo que será aplicable en el ejercicio fiscalde 2019 respecto de los recursos que lasentidades federativas y municipios hayanreintegrado a la Tesorería de la Federación endicho ejercicio, correspondientes a ejerciciosfiscales de 2017 y 2018.

Page 88: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

87

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Segundo. Se aprueban las modificaciones a laTarifa de los Impuestos Generales deImportación y de Exportación efectuadas por elEjecutivo Federal a las que se refiere el informeque, en cumplimiento de lo dispuesto en elsegundo párrafo del artículo 131 de laConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos, ha rendido el propio EjecutivoFederal al Congreso de la Unión en el año 2019.

Tercero. Para los efectos de la Ley de Ingresosde la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020,cuando de conformidad con la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal se modifiquela denominación de alguna dependencia oentidad o las existentes desaparezcan, seentenderá que los ingresos estimados paraéstas en la presente Ley corresponderán a lasdependencias o entidades cuyasdenominaciones hayan cambiado o queabsorban las facultades de aquéllas quedesaparezcan, según corresponda.

Cuarto. Durante el ejercicio fiscal de 2020 elFondo de Compensación del Régimen dePequeños Contribuyentes y del Régimen deIntermedios creado mediante el Quintotransitorio de la Ley de Ingresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal de 2014,publicada en el Diario Oficial de la Federaciónel 20 de noviembre de 2013 continuarádestinándose en los términos del citadoprecepto.

Quinto. Durante el ejercicio fiscal 2020 lasreferencias que en materia de administración,

Segundo. Se aprueban las modificaciones a laTarifa de los Impuestos Generales deImportación y de Exportación efectuadas por elEjecutivo Federal a las que se refiere el informeque, en cumplimiento de lo dispuesto en elsegundo párrafo del artículo 131 de laConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos, ha rendido el propio EjecutivoFederal al Congreso de la Unión en el año 2019.

Tercero. Para los efectos de la Ley de Ingresosde la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020,cuando de conformidad con la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal se modifiquela denominación de alguna dependencia oentidad o las existentes desaparezcan, seentenderá que los ingresos estimados paraéstas en la presente Ley corresponderán a lasdependencias o entidades cuyasdenominaciones hayan cambiado o queabsorban las facultades de aquéllas quedesaparezcan, según corresponda.

Cuarto. Durante el ejercicio fiscal de 2020 elFondo de Compensación del Régimen dePequeños Contribuyentes y del Régimen deIntermedios creado mediante el Quintotransitorio de la Ley de Ingresos de laFederación para el Ejercicio Fiscal de 2014,publicada en el Diario Oficial de la Federaciónel 20 de noviembre de 2013 continuarádestinándose en los términos del citadoprecepto.

Quinto. Durante el ejercicio fiscal 2020 lasreferencias que en materia de administración,

Page 89: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

88

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

determinación, liquidación, cobro, recaudacióny fiscalización de las contribuciones se hacen ala Comisión Nacional del Agua en la Ley Federalde Derechos, así como en los artículos 51 de laLey de Coordinación Fiscal y Décimo Tercero delas Disposiciones Transitorias del Decreto por elque se reforman y adicionan diversasdisposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal yde la Ley General de ContabilidadGubernamental, publicado en el Diario Oficialde la Federación el 9 de diciembre de 2013 y lasdisposiciones que emanen de dichosordenamientos se entenderán hechas tambiénal Servicio de Administración Tributaria.

Sexto. Para efectos de lo previsto en el artículo107, fracción I de la Ley Federal de Presupuestoy Responsabilidad Hacendaria, la Secretaría deHacienda y Crédito Público deberá reportar enlos Informes Trimestrales la información sobrelos ingresos excedentes que, en su caso, sehayan generado con respecto al calendario deingresos derivado de la Ley de Ingresos de laFederación a que se refiere el artículo 23 de laLey Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria. En este reporte se presentará lacomparación de los ingresos propios de lasentidades paraestatales bajo controlpresupuestario directo, de las empresasproductivas del Estado, así como del GobiernoFederal. En el caso de éstos últimos sepresentará lo correspondiente a los ingresosprovenientes de las transferencias del FondoMexicano del Petróleo para la Estabilización yel Desarrollo.

determinación, liquidación, cobro, recaudacióny fiscalización de las contribuciones se hacen ala Comisión Nacional del Agua en la Ley Federalde Derechos, así como en los artículos 51 de laLey de Coordinación Fiscal y Décimo Tercero delas Disposiciones Transitorias del Decreto por elque se reforman y adicionan diversasdisposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal yde la Ley General de ContabilidadGubernamental, publicado en el Diario Oficialde la Federación el 9 de diciembre de 2013 y lasdisposiciones que emanen de dichosordenamientos se entenderán hechas tambiénal Servicio de Administración Tributaria.

Sexto. Para efectos de lo previsto en el artículo107, fracción I de la Ley Federal de Presupuestoy Responsabilidad Hacendaria, la Secretaría deHacienda y Crédito Público deberá reportar enlos Informes Trimestrales la información sobrelos ingresos excedentes que, en su caso, sehayan generado con respecto al calendario deingresos derivado de la Ley de Ingresos de laFederación a que se refiere el artículo 23 de laLey Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria. En este reporte se presentará lacomparación de los ingresos propios de lasentidades paraestatales bajo controlpresupuestario directo, de las empresasproductivas del Estado, así como del GobiernoFederal. En el caso de éstos últimos sepresentará lo correspondiente a los ingresosprovenientes de las transferencias del FondoMexicano del Petróleo para la Estabilización yel Desarrollo.

Page 90: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

89

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Séptimo. Las entidades federativas ymunicipios que cuenten con disponibilidadesde recursos federales destinados a un finespecífico previsto en ley, en reglas deoperación, convenios o instrumentos jurídicos,correspondientes a ejercicios fiscalesanteriores al 2020, que no hayan sidodevengados y pagados en términos de lasdisposiciones jurídicas aplicables, deberánenterarlos a la Tesorería de la Federación,incluyendo los rendimientos financieros quehubieran generado. Los recursoscorrespondientes a los aprovechamientos quese obtengan, se destinarán por la Secretaría deHacienda y Crédito Público, en términos de lasdisposiciones jurídicas aplicables para apoyar alas entidades federativas que presenten undesequilibrio financiero que imposibilite elpago de compromisos de corto plazo o, en sucaso y sujeto a la disponibilidad presupuestaria,para mejorar la infraestructura de las mismas.

Para efectos de lo anterior, losaprovechamientos provenientes de los enterosque realicen las entidades federativas ymunicipios en términos del presentetransitorio, respecto de ejercicios fiscalesanteriores a la entrada en vigor de lasobligaciones de reintegro a la Tesorería de laFederación establecidas en la Ley de DisciplinaFinanciera de las Entidades Federativas y losMunicipios, no se consideraránextemporáneos, por lo que no causan daño a lahacienda pública ni se cubrirán cargasfinancieras, siempre y cuando dichasdisponibilidades hayan estado depositadas en

Séptimo. Las entidades federativas ymunicipios que cuenten con disponibilidadesde recursos federales destinados a un finespecífico previsto en ley, en reglas deoperación, convenios o instrumentos jurídicos,correspondientes a ejercicios fiscalesanteriores al 2020, que no hayan sidodevengados y pagados en términos de lasdisposiciones jurídicas aplicables, deberánenterarlos a la Tesorería de la Federación,incluyendo los rendimientos financieros quehubieran generado. Los recursoscorrespondientes a los aprovechamientos quese obtengan, se destinarán por la Secretaría deHacienda y Crédito Público, en términos de lasdisposiciones jurídicas aplicables para apoyar alas entidades federativas que presenten undesequilibrio financiero que imposibilite elpago de compromisos de corto plazo o, en sucaso y sujeto a la disponibilidad presupuestaria,para mejorar la infraestructura de las mismas,así como la atención de desastres naturales.

Para efectos de lo anterior, losaprovechamientos provenientes de los enterosque realicen las entidades federativas ymunicipios en términos del presentetransitorio, respecto de ejercicios fiscalesanteriores a la entrada en vigor de lasobligaciones de reintegro a la Tesorería de laFederación establecidas en la Ley de DisciplinaFinanciera de las Entidades Federativas y losMunicipios, no se consideraránextemporáneos, por lo que no causan daño a lahacienda pública ni se cubrirán cargasfinancieras, siempre y cuando dichasdisponibilidades hayan estado depositadas en

Page 91: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

90

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

cuentas bancarias de la entidad federativa y/omunicipio.

Octavo. En el ejercicio fiscal de 2020, laSecretaría de Hacienda y Crédito Público através del Servicio de Administración Tributariadeberá publicar estudios sobre la evasión fiscalen México. En la elaboración de dichos estudiosdeberán participar instituciones académicas deprestigio en el país, instituciones académicasextranjeras, centros de investigación,organismos o instituciones nacionales ointernacionales que se dediquen a lainvestigación o que sean especialistas en lamateria. Sus resultados deberán darse aconocer a las Comisiones de Hacienda y CréditoPúblico de ambas Cámaras del Congreso de laUnión, a más tardar 35 días después determinado el ejercicio fiscal de 2020.

Noveno. El Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores del Estado,durante el ejercicio fiscal 2020 y en ejercicio delas facultades que le confiere el artículo 22 dela Ley del Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores del Estadorequerirá a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico los pagos correspondientes a losadeudos vencidos que tengan las dependenciaso entidades de los municipios o de lasentidades federativas, con cargo a lasparticipaciones y transferencias federales delas entidades federativas y los municipios quecorrespondan. La aplicación de los pagos a quese refiere este párrafo, no estará supeditada aque se hayan suscrito, se suscriban o se

cuentas bancarias de la entidad federativa y/omunicipio.

Octavo. En el ejercicio fiscal de 2020, laSecretaría de Hacienda y Crédito Público através del Servicio de Administración Tributariadeberá publicar estudios sobre la evasión fiscalen México. En la elaboración de dichos estudiosdeberán participar instituciones académicas deprestigio en el país, instituciones académicasextranjeras, centros de investigación,organismos o instituciones nacionales ointernacionales que se dediquen a lainvestigación o que sean especialistas en lamateria. Sus resultados deberán darse aconocer a las Comisiones de Hacienda y CréditoPúblico de ambas Cámaras del Congreso de laUnión, a más tardar 35 días después determinado el ejercicio fiscal de 2020.

Noveno. El Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores del Estado,durante el ejercicio fiscal 2020 y en ejercicio delas facultades que le confiere el artículo 22 dela Ley del Instituto de Seguridad y ServiciosSociales de los Trabajadores del Estadorequerirá a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico los pagos correspondientes a losadeudos vencidos que tengan las dependenciaso entidades de los municipios o de lasentidades federativas, con cargo a lasparticipaciones y transferencias federales delas entidades federativas y los municipios quecorrespondan.

Page 92: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

91

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

actualice convenio alguno con las entidadesfederativas y municipios con el referidoInstituto.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeterminará el monto de los pagos a que serefiere el párrafo anterior con cargo a lasparticipaciones y transferencias federales,garantizando que las entidades federativascuenten con solvencia para la atención de susnecesidades primordiales.

El Instituto, conforme a los modelosautorizados por su órgano de gobierno, podrásuscribir con las entidades federativas y, en sucaso, los municipios, dependencias y entidadesde los gobiernos locales que correspondan, losconvenios para la regularización de los adeudosque tengan con dicho Instituto por concepto decuotas, aportaciones y descuentos. El plazomáximo para cubrir los pagos derivados dedicha regularización será de 15 años. Asimismo,en adición a lo previsto en artículo 22 de Ley delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado, en el marco de lacelebración de los referidos convenios, dichoInstituto deberá otorgar descuentos en losaccesorios generados a las contribucionesadeudadas excepto los correspondientes a lascuotas y aportaciones que deban serdepositadas en las cuentas individuales de lostrabajadores. Para tal efecto, deberán adecuarlos convenios de incorporación voluntaria alrégimen obligatorio de la Ley del Instituto deSeguridad y Servicios Sociales de losTrabajadores del Estado, para incluir en elmismo lo dispuesto en el párrafo cuarto delartículo 204 de dicha Ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicodeterminará el monto de los pagos a que serefiere el párrafo anterior con cargo a lasparticipaciones y transferencias federales,garantizando que las entidades federativascuenten con solvencia para la atención de susnecesidades primordiales.

El Instituto, conforme a los modelosautorizados por su órgano de gobierno, podrásuscribir con las entidades federativas y, en sucaso, los municipios, dependencias y entidadesde los gobiernos locales que correspondan, losconvenios para la regularización de los adeudosque tengan con dicho Instituto por concepto decuotas, aportaciones y descuentos. El plazomáximo para cubrir los pagos derivados dedicha regularización será de 15 años. Asimismo,en adición a lo previsto en artículo 22 de Ley delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado, en el marco de lacelebración de los referidos convenios, dichoInstituto deberá otorgar descuentos en losaccesorios generados a las contribucionesadeudadas excepto los correspondientes a lascuotas y aportaciones que deban serdepositadas en las cuentas individuales de lostrabajadores. Para tal efecto, deberán adecuarlos convenios de incorporación voluntaria alrégimen obligatorio de la Ley del Instituto deSeguridad y Servicios Sociales de losTrabajadores del Estado, para incluir en elmismo lo dispuesto en el párrafo cuarto delartículo 204 de dicha Ley.

Page 93: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

92

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Para los efectos del párrafo anterior, elInstituto podrá aceptar como fuente de pagobienes inmuebles que se considerarán comodación en pago para la extinción total o parcialde adeudos distintos de las cuotas yaportaciones que deban depositarse a lascuentas individuales de los trabajadores. ElInstituto determinará si los bienes a los que serefiere este párrafo, resultan funcionales parael cumplimiento de su objeto, asegurándoseque se encuentren libres de cualquiergravamen o proceso judicial y que el monto deladeudo no sea mayor al valor del avalúoefectuado por el Instituto de Administración yAvalúos de Bienes Nacionales. En estos casos,la entidad federativa, municipio, dependenciao entidad del gobierno local, segúncorresponda, deberá cubrir los gravámenes ydemás costos de la operación respectiva, loscuales no computarán para el cálculo delimporte del pago.

Décimo. Las dependencias y entidades quecoordinen la operación de fideicomisospúblicos sin estructura orgánica, mandatos yanálogos, salvo los que determine la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, concentrarán enla Tesorería de la Federación, en términos delas disposiciones específicas que emita, losrecursos públicos disponibles nocomprometidos al 31 de diciembre de 2019 endichos vehículos, salvaguardando en todomomento los derechos de terceros.

Los aprovechamientos que se generen sedestinarán a gasto de inversión así como aprogramas de inversión que permitan cumplir

Para los efectos del párrafo anterior, elInstituto podrá aceptar como fuente de pagobienes inmuebles que se considerarán comodación en pago para la extinción total o parcialde adeudos distintos de las cuotas yaportaciones que deban depositarse a lascuentas individuales de los trabajadores. ElInstituto determinará si los bienes a los que serefiere este párrafo, resultan funcionales parael cumplimiento de su objeto, asegurándoseque se encuentren libres de cualquiergravamen o proceso judicial y que el monto deladeudo no sea mayor al valor del avalúoefectuado por el Instituto de Administración yAvalúos de Bienes Nacionales. En estos casos,la entidad federativa, municipio, dependenciao entidad del gobierno local, segúncorresponda, deberá cubrir los gravámenes ydemás costos de la operación respectiva, loscuales no computarán para el cálculo delimporte del pago.

Décimo. Las dependencias y entidades quecoordinen la operación de fideicomisospúblicos sin estructura orgánica, mandatos yanálogos, salvo los que determine la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, concentrarán enla Tesorería de la Federación, en términos delas disposiciones específicas que emita, losrecursos públicos disponibles nocomprometidos al 31 de diciembre de 2019 endichos vehículos, salvaguardando en todomomento los derechos de terceros.

Los aprovechamientos que se generen sedestinarán a gasto de inversión así como aprogramas de inversión que permitan cumplir

Page 94: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

93

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

con los objetivos del Plan Nacional deDesarrollo. Los programas de inversióndeberán registrarse en la cartera de inversiónen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior no será obligatorio a losinstrumentos jurídicos que por disposiciónexpresa de ley los recursos públicos debanpermanecer en el patrimonio o afectos a losmismos, así como a aquéllos en materia depensiones y seguridad social, desastresnaturales, infraestructura, estabilización deingresos incluyendo al Fondo Mexicano delPetróleo para la Estabilización y el Desarrollo, yaquéllos que sirvan como mecanismo degarantía o fuente de pago de obligaciones acargo del Gobierno Federal o sus entidadesparaestatales.

Dicha dependencia deberá señalar en losinformes trimestrales sobre la situacióneconómica y las finanzas públicas, sobre elmonto y el destino que dé a los recursosutilizados conforme a lo previsto en estepárrafo.

Asimismo, las dependencias y entidadesdeberán remitir a la Secretaría de Hacienda yCrédito Público durante el primer trimestre delejercicio fiscal, un informe de los fideicomisos,mandatos o análogos públicos susceptibles deextinguirse en términos de las disposicionesaplicables, lo anterior a efecto de que duranteel ejercicio fiscal 2020 se lleven a cabo los actosnecesarios para la extinción de dichosvehículos.

con los objetivos del Plan Nacional deDesarrollo. Los programas de inversióndeberán registrarse en la cartera de inversiónen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior no será obligatorio a losinstrumentos jurídicos que por disposiciónexpresa de ley los recursos públicos debanpermanecer en el patrimonio o afectos a losmismos, así como a aquéllos en materia depensiones y seguridad social, desastresnaturales, infraestructura, estabilización deingresos incluyendo al Fondo Mexicano delPetróleo para la Estabilización y el Desarrollo, yaquéllos que sirvan como mecanismo degarantía o fuente de pago de obligaciones acargo del Gobierno Federal o sus entidadesparaestatales.

Dicha dependencia deberá señalar en losinformes trimestrales sobre la situacióneconómica y las finanzas públicas, sobre elmonto y el destino que dé a los recursosutilizados conforme a lo previsto en estepárrafo.

Asimismo, las dependencias y entidadesdeberán remitir a la Secretaría de Hacienda yCrédito Público durante el primer trimestre delejercicio fiscal, un informe de los fideicomisos,mandatos o análogos públicos susceptibles deextinguirse en términos de las disposicionesaplicables, lo anterior a efecto de que duranteel ejercicio fiscal 2020 se lleven a cabo los actosnecesarios para la extinción de dichosvehículos.

Page 95: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

94

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Décimo Primero. Los contratos de fideicomisoy mandato públicos deberán prever que laSecretaría de Hacienda y Crédito Público podrádisponer en cualquier momento del patrimoniode éstos, asimismo, deberán establecer laobligación de las instituciones fiduciarias omandatarias, de concentrar trimestralmenteen la Tesorería de la Federación bajo lanaturaleza de aprovechamientos, losrendimientos financieros generados por lainversión del patrimonio fideicomitido odestinado para el cumplimiento de su objeto,salvo disposición de carácter general encontrario.

Las instituciones fiduciarias o mandatarias defideicomisos, mandatos o análogos públicos,deberán concentrar de forma trimestral en laTesorería de la Federación los interesesgenerados por dichos instrumentosfinancieros, salvo aquéllos que impliquen elpago de gastos de operación de dichosvehículos, bajo la naturaleza deaprovechamientos, y se destinarán a gasto ensalud o de inversión en infraestructura, loanterior con excepción de aquellos vehículosfinancieros que por disposición expresa de ley,decreto o determinación de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, dichos recursosdeban permanecer afectos a su patrimonio odestinados al objeto correspondiente. Paraefectos de lo anterior, las dependenciascoordinadoras de dichos vehículos deberánrealizar los actos necesarios para modificar enel primer semestre del ejercicio fiscal losinstrumentos jurídicos respectivos.

Décimo Primero. Los contratos de fideicomisoy mandato públicos deberán prever que laSecretaría de Hacienda y Crédito Público podrádisponer en cualquier momento del patrimoniode éstos, asimismo, deberán establecer laobligación de las instituciones fiduciarias omandatarias, de concentrar trimestralmenteen la Tesorería de la Federación bajo lanaturaleza de aprovechamientos, losrendimientos financieros generados por lainversión del patrimonio fideicomitido odestinado para el cumplimiento de su objeto,salvo disposición de carácter general encontrario.

Las instituciones fiduciarias o mandatarias defideicomisos, mandatos o análogos públicos,deberán concentrar de forma trimestral en laTesorería de la Federación los interesesgenerados por dichos instrumentosfinancieros, salvo aquéllos que impliquen elpago de gastos de operación de dichosvehículos, bajo la naturaleza deaprovechamientos, y se destinarán a gasto ensalud o de inversión en infraestructura, loanterior con excepción de aquellos vehículosfinancieros que por disposición expresa de ley,decreto o determinación de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, dichos recursosdeban permanecer afectos a su patrimonio odestinados al objeto correspondiente. Paraefectos de lo anterior, las dependenciascoordinadoras de dichos vehículos deberánrealizar los actos necesarios para modificar enel primer semestre del ejercicio fiscal losinstrumentos jurídicos respectivos.

Page 96: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

95

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Décimo Segundo. Se instruye a la instituciónfiduciaria del fideicomiso Fondo para elFortalecimiento a la Infraestructura Portuariapara que durante el mes de marzo del presenteejercicio, concentre en la Tesorería de laFederación bajo la naturaleza deaprovechamientos los recursos que integran elpatrimonio fideicomitido a esa fecha a fin dedestinarlos, mediante el mecanismo quedetermine la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, a proyectos de inversión deinfraestructura económica para laconstrucción, ampliación o rehabilitación depuertos, así como para proyectos ferroviariospara transporte de carga y pasajeros quemejoren la conectividad entre los puertos.

Para efectos de lo anterior, a partir de laentrada en vigor del presente Decreto, el citadofideicomiso no podrá asumir compromisosadicionales y únicamente podrán llevarse acabo los actos tendientes a su extinción, la cualdeberá formalizarse a más tardar en el mes dejunio del presente ejercicio fiscal. Lasobligaciones asumidas que se tengan conterceros, serán cubiertas con cargo alpresupuesto de la Secretaría deComunicaciones y Transportes.

Décimo Tercero. Durante el primer semestredel ejercicio fiscal de 2020, la instituciónfiduciaria del Fideicomiso para laInfraestructura en los Estados deberáconcentrar en la Tesorería de la Federación losrecursos remanentes previstos en supatrimonio, de conformidad con lasdisposiciones jurídicas aplicables.

Décimo Segundo. Se instruye a la instituciónfiduciaria del fideicomiso Fondo para elFortalecimiento a la Infraestructura Portuariapara que durante el mes de marzo del presenteejercicio, concentre en la Tesorería de laFederación bajo la naturaleza deaprovechamientos los recursos que integran elpatrimonio fideicomitido a esa fecha a fin dedestinarlos, mediante el mecanismo quedetermine la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, a proyectos de inversión deinfraestructura económica para laconstrucción, ampliación o rehabilitación depuertos, así como para proyectos ferroviariospara transporte de carga y pasajeros quemejoren la conectividad entre los puertos.

Para efectos de lo anterior, a partir de laentrada en vigor del presente Decreto, el citadofideicomiso no podrá asumir compromisosadicionales y únicamente podrán llevarse acabo los actos tendientes a su extinción, la cualdeberá formalizarse a más tardar en el mes dejunio del presente ejercicio fiscal. Lasobligaciones asumidas que se tengan conterceros, serán cubiertas con cargo alpresupuesto de la Secretaría deComunicaciones y Transportes.

Décimo Tercero. Durante el primer semestredel ejercicio fiscal de 2020, la instituciónfiduciaria del Fideicomiso para laInfraestructura en los Estados deberáconcentrar en la Tesorería de la Federación losrecursos remanentes previstos en supatrimonio, de conformidad con lasdisposiciones jurídicas aplicables.

Page 97: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

96

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

Los recursos correspondientes a losaprovechamientos que se obtengan, sedestinarán por la Secretaría de Hacienda yCrédito Público a programas de inversión quepermitan cumplir con los objetivos del PlanNacional de Desarrollo, o bien, para losdestinos establecidos en el Séptimo transitoriode esta Ley.

Los recursos correspondientes a losaprovechamientos que se obtengan, sedestinarán por la Secretaría de Hacienda yCrédito Público a programas de inversión quepermitan cumplir con los objetivos del PlanNacional de Desarrollo, o bien, para losdestinos establecidos en el Séptimo transitoriode esta Ley.

Décimo Cuarto.- Durante el ejerc1c1o fiscal de2020, la Comisión Federal de Electricidadpodrá implementar programas deregularización de la cartera vencida registradaen cuentas de orden y reservas de incobrablespor consumo de energía eléctrica de entidadesfederativas, municipios, alcaldías de la Ciudadde México y organismos públicos prestadoresde los servicios de agua potable, drenaje,alcantarillado, tratamiento y disposición deaguas residuales que dependan de éstos, através de la celebración de convenios concualquiera de las personas morales de laadministración pública antes mencionadas.

Los programas serán vigentes en el ejerciciofiscal 2020 y se implementarán a través de lacelebración de convenios a los que se refiereel párrafo anterior, se sujetarán, sin perjuiciode las demás disposiciones jurídicasaplicables, a las reglas de operación que alefecto emita la Secretaría de Hacienda yCrédito Público a mástardar dentro de los 60 días naturalessiguientes a la entrada en vigor de la presenteLey, las cuales podrán considerar lascaracterísticas del solicitante, pudiéndose

Page 98: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

97

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

condonar el pago de hasta el 50 por ciento deladeudo, y que el resto de éste sea cubiertomediante parcialidades, y en caso deincumplimiento, los convenios permitirán quela Comisión Federal de Electricidad puedasolicitar a la Secretaría deHacienda y Crédito Público la compensaciónparcial a cargo de las partidas federales que lecorrespondan a las entidades federativas, deconformidad con lo establecido en el últimopárrafo del artículo 9o. de la Ley deCoordinación Fiscal y las disposicionesderivadas de éste, previendo que lasentidades federativas, municipios o alcaldíasde la Ciudad de México cuenten con solvenciapara la atención de sus requerimientos degasto público.

Décimo Quinto. Con el fin de promover elsaneamiento de los créditos adeudados porconcepto de cuotas obrero patronales,capitales constitutivos y sus accesorios, conexcepción de las cuotas del seguro de retiro,cesantía en edad avanzada y vejez, por partede Entidades Federativas, Municipios yOrganismos Descentralizados que esténexcluidas o no comprendidas en leyes odecretos como sujetos de aseguramiento, seautoriza al Instituto Mexicano del SeguroSocial durante el Ejercicio Fiscal de 2020 asuscribir convenios de pago en parcialidades aun plazo máximo de hasta 6 años.

Para tal efecto, las participaciones que concargo al Fondo General de Participacionescorresponda recibir a las EntidadesFederativas y los Municipios, así como a sus

Page 99: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

98

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

Iniciativa de Ley de Ingresos dela Federación 2020

Ley de Ingresos de laFederación 2020 (Aprobada)

respectivos Entes Públicos, servirán comofuente de pago de los importes convenidos,por lo que la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico retendrá el monto correspondiente alas parcialidades determinadas en losconvenios y realizará el entero directo dedichos importes al Instituto Mexicano delSeguro Social, garantizando con ello laadecuada financiación de los servicios desalud y seguridad social.

Fuentes de Información

SHCP, Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2020, disponible en:https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2020/paquete/ingresos/LIF_2020.pdf

DOF, Ley de Ingresos de la Federación 2020, disponible en:https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5579707&fecha=25/11/2019

Page 100: Estudio - CEFP · Alimentos no básicos con alta densidad calórica 24,151.0 23,783.2 23,783.2 23,783.2 0.0 -367.8 -4.9 ... Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de

99

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas