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UNIDAD 1 SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 1.1 Definición 1.2 Importancia del Sistema Financiero Mexicano dentro de la economía del país 1.3 Evolución histórica del Sistema Financiero Internacional 1.4 Organismos que conforman el Sistema Financiero Mexicano 1.4.1 Organismos reguladores y supervisores 1.4.2 Organismos operativos 1.5 Globalización del Sistema Financiero Mexicano

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UNIDAD 1

SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

1.1 Definición1.2 Importancia del Sistema Financiero Mexicano dentro de la

economía del país1.3 Evolución histórica del Sistema Financiero Internacional1.4 Organismos que conforman el Sistema Financiero Mexicano

1.4.1 Organismos reguladores y supervisores1.4.2 Organismos operativos

1.5 Globalización del Sistema Financiero Mexicano

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OBJETIVO

Analizar la estructura actual del Sistema Financiero Mexicano partiendo de la evolución histórica que éste ha tenido para comprender por qué los principales cambios que se han registrado se encuentran ligados a las modificaciones de la banca y el crédito en nuestro país; así como explicar la importancia que tiene dentro de la economía.

U N I D A D 1

SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

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1.1 DEFINICIÓN

El sistema financiero mexicano es el conjunto de personas y organizaciones, tanto públicas como privadas, por medio de las cuales se captan, administran, regulan y dirigen los recursos financieros que se negocian entre los diversos agentes económicos, dentro del marco de la legislación correspondiente.

1.2 IMPORTANCIA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO DENTRO DE LA ECONOMÍA DEL PAÍS

La importancia de cualquier sistema financiero radica en que permite llevar a cabo la captación de recursos económicos de algunas personas u organizaciones para ponerlo a disposición de otras empresas o instituciones gubernamentales que lo requieren para invertirlo. Éstas últimas harán negocios y devolverán el dinero que obtuvieron además de una cantidad extra (rendimiento), como pago, lo cual genera una dinámica en la que el capital es el motor principal del movimiento dentro del sistema. Esto conlleva a que se pueda alcanzar un mayor desarrollo y crecimiento económico, a través de la generación de un mayor número de empleos, derivado de la inversión productiva que realizan las empresas o instituciones gubernamentales con el financiamiento obtenido a través del sistema financiero.

1.3 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

La evolución del Sistema Financiero Mexicano está íntimamente ligada a la historia de la banca y el crédito.

En 1775, se creó la primera institución de crédito prendario en México, el Monte de Piedad de Ánimas (antecesor del Nacional Monte de Piedad), consistiendo sus primeras operaciones en préstamos prendarios así como la custodia de depósitos confidenciales, judiciales y de otras autoridades.

En 1849, se dio la creación de la Caja de Ahorros del Nacional Monte de Piedad.

En 1897, se expidió la Ley General de Instituciones de Crédito, en la que se le impusieron a los bancos limitaciones en cuanto a reservas, emisión de billetes y apertura de sucursales. Las instituciones de crédito se clasificaron de la siguiente manera:

Bancos de emisión (comerciales) Bancos hipotecarios (créditos a largo plazo) Bancos refaccionarios (créditos a mediano plazo) Almacenes generales de depósito

En 1895, se inauguró la Bolsa de México, S.A. en la ciudad de México, sin embargo podría decirse que tuvo su origen en las operaciones con valores que se realizaban desde 1880 en la Compañía Mexicana de Gas. Esta Bolsa tuvo una vida efímera.

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Para 1925 existían 25 bancos de emisión, tres hipotecarios, siete refaccionarios y la bolsa de valores. Fue en este año cuando se inauguró el Banco de México. Desde entonces y hasta 1976, el Sistema Financiero Mexicano no sufrió grandes modificaciones.

A partir de 1931, efectivamente el Banco de México funcionó como el único banco de emisión de billetes, controló el circulante y comenzó a operar como banco central. Además se promulgó la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para promover el uso de instrumentos de crédito en vez de dinero.

En 1975 el Sistema Financiero Mexicano en ese momento operaba de la siguiente manera:

I. Autoridades

La SHCP era la autoridad máxima que ejercía sus funciones a través de la Subsecretaría de Crédito Público y del Banco de México, S.A. La Subsecretaría de Crédito Público controlaba y supervisaba a todo el sistema financiero, mientras que el Banco de México era el banco central que regulaba y controlaba la estructura crediticia y monetaria.

La Comisión Nacional Bancaria y de Seguros era la encargada de vigilar a las instituciones de crédito y seguros.

La Comisión Nacional de Valores vigilaba la actividad bursátil.

II. Agrupación institucional

Las Instituciones y Organizaciones Auxiliares Nacionales de Crédito, constituidas por el gobierno, fueron creadas para atender necesidades de crédito de sectores indispensables a la economía nacional y que la banca privada no atendía.

Las Instituciones Privadas de Crédito eran: bancos de depósito, bancos de ahorro, sociedades financieras, sociedades de crédito hipotecario, bancos capitalizadores y sociedades fiduciarias.

Las Organizaciones Auxiliares Privadas del Crédito, se dedicaban a una o más de las siguientes operaciones: almacenes generales de depósito, cámaras de compensación, bolsas de valores, uniones de crédito.

El desarrollo que tuvo la banca, la cual fue especializada durante todo este periodo, fue extraordinario, y aun cuando por ley eran entidades diferentes, en realidad conformaban grupos financieros que acumulaban el capital. Hasta 1976 el Sistema Financiero desarrolló las finanzas bancarias con más éxito de lo que se pudo desarrollar el mercado de valores, sin embargo, la utilización de un sistema de banca especializada no ha mostrado ser mejor que la multibanca ni viceversa.

En 1976, la banca dejó de ser especializada convirtiéndose en banca múltiple, teniendo concesión del gobierno federal para realizar operaciones de banca de depósito, financiera e hipotecaria, además de otras operaciones previstas por la

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ley, con lo que se sentaron las bases legales para la concentración del capital bancario y poco a poco fueron dándose varias fusiones de instituciones de crédito, con lo que para 1981 sólo quedaban 36 multibancos, siendo los bancos más fuertes en ese momento: Bancomer, Banamex, Serfin, Banobras, Banco Mexicano Somex y Multibanco Comermex.

En 1982, a finales del sexenio de José López Portillo, se decretó la nacionalización de la banca; no se nacionalizaron las organizaciones auxiliares de crédito, ni las oficinas de representación. El Banco de México dejó de ser sociedad anónima.

La finalidad de nacionalizar la banca era para acabar con prácticas nocivas a la economía nacional, como por ejemplo:

Otorgamiento de créditos blandos (baratos) de la banca a empresas cuyas acciones eran parcial o totalmente propiedad de los mismos banqueros.

Otorgamiento de créditos a empresas de los banqueros o de sus parientes, por montos que excedían los límites máximos autorizados.

Pago de intereses mayores a los autorizados a clientes especiales. Cobro de cantidades determinadas por no mantener un saldo mínimo

promedio en cuenta de cheques. Trato discriminatorio en la prestación de servicios.

Lo anterior para forzar el ahorro, canalizar los recursos a las actividades prioritarias para la nación, promover la participación de la banca mexicana en los mercados internacionales, además de ayudar a financiar los años de estancamiento económico e inflación que caracterizaron al siguiente gobierno de Miguel de la Madrid Hurtado. Con lo que se podría decir que se utilizó a la banca en una forma similar a como lo hicieron algunos banqueros del sector privado, éstos últimos utilizaron la banca para financiar los proyectos de sus empresas, y el gobierno lo hizo para financiar su gasto, incluida la carga de la deuda pública.

En 1983, derivado de lo anterior, se publicó la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, con lo que se ordenaba convertir en Sociedades Nacionales de Crédito a las instituciones nacionalizadas el 1º. de septiembre de 1982, abriendo la posibilidad a los particulares de participar hasta con el 34% del capital de la banca. En ese año se llevó a cabo el pago de la indemnización a los banqueros expropiados; el valor de indemnización fue muy superior al de sus valores contable y de mercado. A partir de este momento, la Bolsa de Valores se reactivó.

De 1982 a 1988, la estructura básica del Sistema Financiero Mexicano no varió, sólo cambió de propietarios.

En 1984, se separó a las Sociedades Nacionales de Crédito en instituciones de banca múltiple e instituciones de banca de desarrollo. En la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito se elimina a las instituciones de fianzas como organizaciones auxiliares de crédito y se autoriza a las casas de cambio como actividad auxiliar de crédito. En la Ley del Mercado de Valores destaca la creación de casas de bolsa nacionales y la autorización para que las casas de bolsa administraran pensiones y jubilaciones. La Ley de Sociedades de

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Inversión las clasifica a éstas en tres tipos: comunes, de renta fija y de capital de riesgo.

En 1990, se modificaron los artículos constitucionales 28 y 123 en los que se ampliaba la participación de los sectores privado y social en el capital de los bancos. Se publicó la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. La primera ley señalaba que el servicio de banca y crédito solo podía ser prestado por las instituciones de crédito las cuales podían ser banca múltiple y banca de desarrollo. La participación máxima que se le permitió al capital extranjero fue del 30%. La segunda ley es la que permitió la formación oficial de grupos financieros, que se esperaba fuera el antecedente de la creación de la banca universal en México.

En 1991, se legalizaron las Sociedades de Ahorro y Préstamo (Cajas de ahorro). Además es el año en que inició el proceso de reprivatización de la banca, mismo que culminó en 1992, el cual pretendía los siguientes objetivos:

Conformar un sistema financiero más eficiente y competitivo Garantizar una participación diversificada y plural en el capital Buscar la descentralización y el arraigo regional de las instituciones Propiciar las sanas prácticas financieras y bancarias

En 1993, surgen las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles) y se le otorga la autonomía al Banco de México. En este año la Ley de Inversiones Extranjeras abre la participación del capital extranjero en los bancos en cualquier proporción.

A partir de 1995, con la fuerte crisis financiera, se aceleró el proceso de extranjerización de la banca, ya que los bancos extranjeros adquirieron a los bancos nacionales, quitándole a los mexicanos el control sobre el sistema financiero. Actualmente el 90% del sector bancario está en manos de los extranjeros.

En la siguiente línea de tiempo puede resumirse la evolución de la banca en México.

Evolución de la banca en México

1976 1982 1991 1995Banca

múltipleNacionalización

de la Banca Reprivatización de la banca ycreación de

grupos financieros

Extranjerización de la banca

Banca especializada

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1.4 ORGANISMOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

La estructura del sistema financiero mexicano está conformada de la siguiente manera:

a) Organismos reguladores y supervisores:

Son instituciones públicas que reglamentan y supervisan las operaciones y las actividades financieras que se llevan a cabo en nuestro país y por otro lado, definen y ponen en práctica las políticas monetarias y financieras fijadas por el gobierno.

1. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)2. Banco de México (BANXICO)3. Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)4. Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)5. Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)6. Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios

Financieros (CONDUSEF)7. Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

b) Organismos operativos:

Son las instituciones que realizan las operaciones y las actividades financieras, las cuales se agrupan en los siguientes sectores financieros:

1. Fondos y fideicomisos públicos

2. Sector bancarioInstituciones de crédito

Banca múltiple Banca de desarrollo

3. Sector de ahorro y crédito popular Sociedades Financieras Populares (SOFIPO) Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAPS)

4. Sector de intermediarios financieros no bancariosOrganizaciones auxiliares de crédito

Almacenes generales de depósito Arrendadoras financieras Empresas de factoraje financiero

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Actividades auxiliares del crédito Casas de cambio Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES)

Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES)Uniones de crédito

5. Sector bursátilEmpresas de servicios a los intermediarios bursátiles

Bolsas de valores Instituciones para el depósito de valores Instituciones calificadoras de Valores Proveedores de precios

Casas de bolsaSociedades de inversión

6. Sector de derivados Bolsas de contratos de derivados Cámara de compensación

7. Sector de Seguros y Fianzas Instituciones de seguros Instituciones de fianzas

8. Instituciones del Sistema de Ahorro para el Retiro Administradoras de fondos para el retiro (AFORES) Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro

(SIEFORES)

Además existen otros organismos financieros que no se ubican dentro de ninguno de los sectores antes señalados, entre los que se encuentran:

Sociedades controladoras de grupos financieros Sociedades de información crediticia

Y puede apreciarse en el organigrama que aparece en documento anexo denominado:

Organigrama SFM.pdf1.4.1 Organismos reguladores y supervisores

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

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Es la autoridad máxima del Sistema Financiero Mexicano que ejerce sus funciones de supervisión y control por medio de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de las comisiones nacionales correspondientes.

Banco de México (BANXICO)

Es el banco central del país, encargado de la política monetaria. A partir de 1993 goza de autonomía. Sus funciones principales son:

Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pago

Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva Prestar servicios de tesorería al gobierno federal Fungir como asesor del gobierno federal en materia económica y financiera Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de

cooperación financiera internacional

Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP, con autonomía técnica y facultades ejecutivas. Su objeto es supervisar y regular a las entidades financieras de su competencia, (instituciones de crédito, organizaciones y actividades auxiliares de crédito y organismos bursátiles) a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP y goza de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, así como otras leyes,

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reglamentos y disposiciones administrativas aplicables al mercado asegurador y afianzador mexicano. Su misión es garantizar al público usuario de los seguros y las fianzas, que los servicios y actividades que las instituciones y entidades autorizadas realizan, se apeguen a lo establecido por las leyes.

Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP y goza de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro. Se encarga de la coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los sistemas de ahorro para el retiro.

Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

Es un Organismo Público Descentralizado, cuyo objeto es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras  que operen dentro del territorio nacional, así como también crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros.

Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado con fundamento en la Ley de Protección al Ahorro Bancario el 21 de mayo de 1999.

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Tiene como prioridad el mantener la confianza y la estabilidad del sistema bancario, además de establecer los incentivos necesarios para que exista mayor disciplina en el  mercado.

1.4.2 Organismos operativos

1. Fondos y fideicomisos públicos

Quedan comprendidos los distintos fondos y fideicomisos que el gobierno utiliza para apoyar las actividades de los distintos sectores económicos: vivienda, agricultura, ganadería, avicultura, pesca, turismo, la minería, etc. los cuales son supervisados por el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y que son operados a través de la banca de desarrollo.

2. Sector bancario

Instituciones de crédito

De acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito, el servicio de banca y crédito solo podrá prestarse por instituciones de crédito que podrán ser: instituciones de banca múltiple e instituciones de banca de desarrollo.

Banca múltiple

La banca múltiple, también conocida como banca de primer piso o banca comercial, son sociedades anónimas de propiedad privada a los que se les considera como intermediarios financieros indirectos, que se dedican a prestar el servicio de banca y crédito, ya que captan recursos del público ahorrador a través de certificados de depósito, pagarés, etc. (operaciones pasivas) y otorgan diferentes tipos de créditos (operaciones activas).

Banca de desarrollo

Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus correspondientes leyes orgánicas y de la Ley de Instituciones de Crédito.

También es conocida como banca de segundo piso o banca de fomento (que también incluye órganos que no son propiamente bancos). Su finalidad es apoyar y promover el desarrollo de las fuerzas productivas del país y el crecimiento de la economía nacional, fomentando determinadas actividades económicas así como el ahorro en todos los sectores y regiones de la República, canalizando

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adecuadamente los recursos para tener una amplia cobertura regional que propicie la descentralización del sistema.

3. Sector de ahorro y crédito popular

Las sociedades antes conocidas como cajas de ahorro que surgieron a partir de 1951 y posteriormente en 1991 identificadas como Sociedades de Ahorro y Préstamo (SAP), regidas por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ahora forman parte del Sistema de Ahorro y Crédito Popular, el cual está integrado por las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP) y las Sociedades Financieras Populares (SOFIPOS), se rigen por la Ley Ahorro y Crédito Popular (LACP) y requiere autorización para operar de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Estas entidades son supervisadas por la propia CNBV, quien se auxilia de Federaciones del Sector.

El objetivo principal de estas entidades es el ahorro y crédito popular; facilitar a sus miembros el acceso al crédito; apoyar el financiamiento de micro, pequeñas y medianas empresas y, en general, propiciar la solidaridad, la superación económica y social, y el bienestar de sus miembros y de las comunidades en que operan, sobre bases educativas, formativas y del esfuerzo individual y colectivo.

Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP)

Utilizan indistintamente la denominación Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Popular, Caja de Ahorro, Caja Rural, Entidad de Ahorro y Crédito Popular. Para su constitución se requiere el dictamen favorable de una federación y autorización por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Se constituyen como sociedades cooperativas.

Dichas entidades tienen por objeto el ahorro y crédito popular, es decir, captan recursos del público en general (clientes) o de sus socios, y posteriormente los colocan a través de financiamientos a la micro, pequeña y mediana empresa (clientes), así como a alguno de los socios que lo requiera.

Sociedades Financieras Populares (SOFIPO)

Estas sociedades también requieren ser autorizadas para operar por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y son supervisadas por la misma Comisión y las Federaciones. Se constituyen como sociedades anónimas de capital variable.

Es importante mencionar que de acuerdo con lo establecido en la Ley, estas Entidades cuentan con sus propios fondos de protección, respondiendo así de sus operaciones, por lo que ninguna autoridad puede responder por su estabilidad financiera, ni validar la bondad de los productos que ofrecen estas Sociedades

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4. Sector de intermediarios financieros no bancarios

En este sector encontramos a las organizaciones y actividades auxiliares del crédito, así como a las Sociedades financieras de objeto limitado (Sofoles) y a las uniones de crédito

Organizaciones auxiliares de crédito

Almacenes generales de depósito

De acuerdo a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos.

Están facultados para expedir los certificados de depósito, los cuales acreditan la propiedad de las mercancías o bienes depositados en el almacén, así como los bonos de prenda que acreditan la constitución de un crédito prendario sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado correspondiente.

Arrendadoras financieras

La Ley general de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito señala que son las organizaciones encargadas de celebrar contratos de arrendamiento financiero, mediante los cuales la arrendadora financiera se obliga a adquirir ciertos bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, la cual se obliga a hacer pagos parciales a la arrendadora para cubrirle el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y de otro tipo. Al vencimiento del contrato, el arrendatario puede adoptar una de las siguientes tres opciones:

1. Comprar los bienes a un precio inferior al de su adquisición2. Prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta

inferior.3. Participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los bienes a un

tercero.

Empresas de factoraje financiero

La Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito señala que este tipo de empresas compran con descuento a un cliente, llamado cedente, que es proveedor de bienes y servicios, su cartera vigente de clientes, documentada con facturas, listados, contrarrecibos o documentos por cobrar, mediante la celebración de un contrato en el cual se debe especificarse si:

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1. El cliente no queda obligado a responder por el pago de los derechos de crédito transmitidos a la empresa de factoraje financiero, o si

2. El cliente queda obligado solidariamente con el deudor a responder del pago oportuno de los derechos de crédito transmitidos.

Una vez que la empresa de factoraje financiero compra la cartera de clientes, es la encargada de realizar las actividades necesarias par la administración y la cobranza de los derechos de crédito, como por ejemplo: notificar al deudor de los derechos de su transmisión, así como obtener información sobre la solvencia moral y económica de los deudores.

Actividades auxiliares del crédito

Casas de cambio

Las casas de cambio no están definidas específicamente en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito como organizaciones auxiliares, sino que la ley define “la compraventa habitual y profesional de divisas”, como una actividad auxiliar del crédito y, por otro lado dispone que: “Las sociedades anónimas a quienes se les otorgue autorización para realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas con el público dentro del territorio nacional, se les denominará casas de cambio.”

Las operaciones que pueden llevar a cabo son las siguientes: Compraventa de billetes y de piezas acuñadas en metales comunes, con curso

legal en el país de emisión. Compraventa de cheques de viajero denominados en moneda extranjera. Compra de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda

extranjera, a cargo de entidades financieras. Venta de documentos a la vista y pagaderos en moneda extranjera que las

casas de cambio expidan a cargo de instituciones de crédito del país, sucursales y agencias en el exterior de estas últimas, o bancos del exterior.

Compraventa de divisas mediante transferencia de fondos sobre cuentas bancarias.

Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES)

Las Sofomes son instituciones financieras que tienen como objeto social la realización habitual y profesional de una o más de las siguientes actividades: otorgamiento de créditos, la celebración de arrendamiento financiero y factoraje financiero. Estas entidades se sujetan a las correspondientes disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley de Instituciones de Crédito.

Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES)

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Las Sofoles son sociedades anónimas especializadas en el otorgamiento de créditos a una determinada actividad o sector, por ejemplo: hipotecarios, al consumo, automotrices, agroindustriales, microcréditos, a pymes, bienes de capital, transporte, etc.

Para realizar dicha actividad la Ley de Instituciones de Crédito las faculta a captar recursos provenientes de la colocación, en el mercado, de instrumentos de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios; también pueden obtener financiamiento bancario.

El 19 de julio de 2013 quedarán sin efecto las autorizaciones que hubiere otorgado la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) para la constitución y operación de Sofoles, las cuales podrán seguir operando como tales hasta esa fecha, conforme a los correspondientes artículos transitorios del decreto que reforma diversas leyes financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2006. Cabe señalar que es probable que la mayoría de las Sofoles indicadas en la lista se conviertan en Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes).

Uniones de Crédito

Las Uniones de Crédito son instituciones financieras, constituidas con el propósito de ofrecer acceso al financiamiento y condiciones favorables para ahorrar y recibir préstamos y servicios financieros.

Es importante destacar que las Uniones de Crédito no proporcionan servicios al público en general ya que solo están autorizadas para realizar operaciones con sus socios. La operación de las Uniones de Crédito está a cargo de sus mismos socios.

Cabe señalar que los depósitos que algún socio efectúe a alguna Unión de Crédito no cuentan con ningún tipo de seguro de depósito. Así, existen uniones de curtidores, de pescadores, de ganaderos, de industriales, de campesinos, de comerciantes, etc., aunque también existen las denominadas “mixtas”, que aceptan socios con distintas actividades y las denominadas del “sector social” orientadas a atender al sector económico que por sus condiciones sociales, económicas y geográficas están incapacitados para acceder a las instituciones financieras tradicionales.

Están constituidas como sociedades anónimas de capital variable, con la correspondiente autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) quien también se encarga de las labores de supervisión bajo las normas establecidas en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) que las rige.

Entre las principales actividades autorizadas a las Uniones de Crédito, se pueden mencionar las siguientes:

Facilitar el uso del crédito a sus socios y prestar su garantía o aval, en los créditos que contraten sus socios.

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Recibir préstamos exclusivamente de sus socios, de instituciones de crédito, de seguros y de fianzas del país o de entidades financieras del exterior así como de sus proveedores.

Practicar con sus socios operaciones de descuento, préstamo y crédito. Recibir de sus socios depósitos de dinero para el exclusivo objeto de prestar

servicios de caja, Adquirir acciones, obligaciones y otros títulos semejantes y aun mantenerlos en

cartera. Promover la organización y administrar empresas industriales o comerciales

para lo cual podrán asociarse con terceras personas. Encargarse de la compra y venta de los frutos o productos obtenidos o

elaborados por sus socios o por terceros. Comprar, vender y comercializar insumos, materias primas, mercancías y

artículos diversos así como alquilar bienes de capital necesarios para la explotación agropecuaria o industrial, por cuenta de sus socios o de terceros.

Adquirir, por cuenta propia, los bienes a que se refiere la fracción anterior para enajenarlos o rentarlos a sus socios o a terceros.

Encargarse, por cuenta propia, de la transformación industrial o del beneficio de los productos obtenidos o elaborados por sus socios;

Anteriormente, estaban en posibilidad de recibir de sus socios depósitos de ahorro. Hoy en día, solo lo pueden realizar las uniones que se hayan convertido en Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, o bien como Sociedad Financiera Popular, y se sujeten a lo señalado en la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP) con el objeto de salvaguardar los intereses de los ahorradores.

5. Sector bursátil

Bolsas de valores

Las bolsas de valores son instituciones financieras cuyo objetivo es dar transparencia al mercado de valores, facilitar que sus socios, las casas de bolsa, realicen las operaciones de compra y venta ordenadas por sus clientes, hacer viable el financiamiento a las empresas y gobierno a través de la colocación primaria de títulos en el mercado y proveer el medio para que los tenedores de títulos intercambien sus valores (mercado secundario).

En México existe una única bolsa de valores, la Bolsa Mexicana de Valores, que es una sociedad anónima de capital variable con concesión de la SHCP, eje del mercado financiero más excitante en México.

La Bolsa Mexicana de Valores no compra ni vende valores, sino que facilita la realización de estas operaciones que están a cargo de sus accionistas, las casas de bolsa, las cuales se realizan de manera automatizada tanto en el mercado de capitales como en el mercado de deuda, a través del BMV-SENTRA Capitales y el BMV-SENTRA Títulos de deuda.

Instituciones para el depósito de valores

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Una Institución para el Depósito de Valores, es aquélla sociedad anónima de capital variable que en general tiene por objeto prestar el servicio de guarda, administración, compensación, liquidación y transferencia de valores.

En México, con el desarrollo que ha tenido el mercado de valores y la diversidad de usuarios que tiene, ha sido necesario que todos los participantes contribuyan a su propia administración y a una aportación de capital para las sociedades de depósito. Por ello se creó el S.D. INDEVAL, Institución para el Depósito de Valores cuya autorización se público el 21 de julio de 1987 en el Diario Oficial de la Federación.

A partir del 1º de octubre de 1987 con la denominación de “S.D. Indeval, S.A. de C.V.”, ésta institución es la única en México que con concesión de autoridades financieras, opera como depósito de valores en los términos que establece la Ley del Mercado de Valores. Lo hace a través de los servicios de custodia, administración y transferencia de valores; así como la compensación y liquidación de operaciones.

Instituciones calificadoras de valores

El objeto de estas empresas es dar un dictamen, una opinión acerca de la capacidad de pago de las empresas que emiten cualquier tipo de títulos de deuda. La empresa que no reciba una calificación adecuada no podrá emitir deuda para colocarla entre el público inversionista.

Las empresas calificadoras hacen un dictamen de determinada emisión de deuda, no de la empresa que la emite. Las emisoras pueden tener diferentes calificaciones en cada emisión. La calificación refleja la opinión de la empresa calificadora sobre la posibilidad de pago de la emisora, para lo cual toma en cuenta tanto aspectos cuantitativos (estados financieros y flujos de caja) como cualitativos (liderazgo en el mercado, estrategia de negocios, recursos humanos). La calificación no es una garantía de que la empresa va a cubrir sus deudas, pero reduce el riesgo. Las calificaciones van de más a menos. Cada calificadora tiene su propio sistema de tres o cuatro clasificaciones, aunque todas son semejantes.

Proveedores de precios

Un Proveedor de Precios es el encargado de determinar diariamente los precios a los que se valúan los activos financieros de todas las instituciones financieras como bancos, casas de bolsa, aseguradoras, fondos de inversión, afores, entre otros.Para operar, requiere la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

La Comisión refiere que el Proveedor de Precios es aquella persona moral que tiene por objeto social la prestación habitual y profesional del servicio de cálculo,

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determinación y proveeduría o suministro de precios actualizados para valuación de valores, documentos e instrumentos financieros.

Los servicios que prestan los Proveedores de Precios deben ser consignados en el contrato que celebren con sus usuarios.

Casas de bolsa

Son sociedades anónimas de capital variable que poseen concesión de la SHCP para fungir como agentes de valores. Algunas de sus funciones son las siguientes:

Actuar como intermediarios directos en el mercado de valores Recibir fondos por concepto de las operaciones con valores que se les

encomienden. Prestar asesoría en materia de valores. Recibir préstamos o créditos de instituciones de crédito o de organismos de

apoyo al mercado de valores, para la realización de las actividades que les sean propias.

Conceder préstamos o créditos para la adquisición de valores con garantía de éstos.

Realizar operaciones por cuenta propia Proporcionar el servicio de guarda y administración de valores, depositando

los títulos en la propia casa de bolsa, en una institución para el depósito de valores o, en su caso, depositándolos en la institución que señale la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Sociedades de inversión

Son sociedades anónimas que tienen por objeto la adquisición de valores y documentos seleccionados de acuerdo con el criterio de diversificación de riesgo, con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público inversionista. Para un inversionista ser dueño de las acciones de la sociedad de inversión significa ser propietario de una parte de la cartera de valores de esa empresa, que se dedica a invertir profesionalmente, es decir, representa la posibilidad de diversificarse con la aportación de todos en la cartera de inversión.

Las Sociedades de Inversión cumplen los siguientes objetivos fundamentales: Dar acceso a los pequeños y medianos inversionistas al mercado de

valores. Fomentar el ahorro interno. Fortalecer y descentralizar el mercado de valores. Democratizar el capital. Contribuir al financiamiento de la planta productiva del país.

Existen los siguientes tipos de sociedades de inversión:a) Sociedades de inversión de renta variableb) Sociedades de inversión en instrumentos de deudac) Sociedades de inversión de capitales

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d) Sociedades de inversión de objeto limitado

6. Sector de derivados

Bolsas de contratos de derivados

En México existe una sola bolsa de contratos de derivados que es MEXDER (Mercado Mexicano de Derivados) la cual es una sociedad anónima de capital variable, constituida oficialmente en 1997 que posee concesión de la SHCP y tiene los siguientes objetivos principales:

Ofrecer la infraestructura física para la cotización, negociación y difusión de información de contratos de futuros y contratos de opciones.

Establecer el marco reglamentario correspondiente. Vigilar la transparencia, corrección e integridad de los procesos de formación

de precios, así como la observancia de la normatividad aplicable. Establecer los procedimientos disciplinarios para sancionar aquellas

infracciones cometidas por los miembros y garantizar que las operaciones se lleven a cabo en un marco de transparencia y confidencialidad absoluta.

Los miembros del Mexder pueden ser casas de bolsa, instituciones de crédito, casas de cambio y personas morales no financieras. Además deben adquirir al menos una acción representativa del capital social del Mexder.

Cámara de compensación

Una cámara de compensación es una institución cuya función fundamental es la protección del mercado de derivados, la cual se responsabiliza de cumplir con todas las obligaciones adquiridas al operar en el mercado de derivados. Es decir, funge como acreedora y deudora recíproca en todas las transacciones.

La responsabilidad de la cámara conlleva un riesgo altísimo. Sin embargo, mediante una serie de mecanismos de control de riesgos y de supervisión, asegura el cumplimiento de las obligaciones que los operadores adquieren y logra eliminar, en algunos casos, y la disminución en otros, de los riesgos que se corren al operar derivados.

Asigna, es la Cámara de Compensación y Liquidación del Mercado Mexicano de Derivados (MexDer), su función central es ser la contraparte y por tanto garante de todas las obligaciones financieras que se derivan de la operación de los contratos negociados, para ello deberá observar la normatividad emitida por las Autoridades Financieras: Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y Banco de México, así como por las Reglas del propio Mercado Mexicano de Derivados.

Es un Fideicomiso de administración y pago constituido en 1998 en BBVA Bancomer, con el objeto de compensar y liquidar las operaciones de productos derivados realizadas en MexDer. Sus fideicomitentes son los principales Grupos

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Financieros del país; Banamex Citigroup, BBVA Bancomer, JPMorgan, Santander-Serfin, Scotiabank Inverlat, así como el Instituto para el Depósito de Valores S.D. Indeval.

7. Sector de Seguros y Fianzas

Instituciones de seguros

Una compañía de seguros o aseguradora es la empresa especializada en el Contrato de Seguro, cuya actividad económica consiste en producir el servicio de seguridad cubriendo determinados riesgos económicos (riesgos asegurables) a las unidades económicas de producción y consumo.

Su actividad es una operación para acumular riqueza, a través de las aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos económicos desfavorables, para destinar lo así acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad. Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo sometido a riesgos.

Esta mutualidad se organiza empresarialmente, creando un patrimonio que haga frente a los riesgos. El efecto desfavorable de estos riesgos, considerados en su conjunto, queda aminorado sustancialmente, porque, para el asegurador, los riesgos individuales se compensan: sólo unos pocos asegurados los sufren, frente a los muchos que contribuyen al pago de la cobertura. Ello permite una gestión estadística del riesgo, desde el punto de vista económico, aunque se conserve individualmente desde el punto de vista jurídico.

La actividad aseguradora es uno de los tres pilares de los mercados financieros, junto con el mercado de crédito o bancario y los mercados de valores o de instrumentos financieros.

Las instituciones de seguros se obligan mediante la celebración de un contrato, en el momento de su aceptación y mediante el cobro de una prima, a resarcir un daño o pagar una suma de dinero si ocurre la eventualidad prevista en ese contrato.

Los diferentes tipos de seguro que existe son los siguientes: Vida Accidentes y enfermedades Daños Especializados en salud Especializados en pensiones Especializados en seguros de crédito a la vivienda Especializados en garantía financiera

Instituciones de fianzas

Las instituciones de fianzas se encargan, mediante la celebración de un contrato y el pago de una prima, de cumplir a un acreedor la obligación de su deudor en caso

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de que éste no lo haga. Los participantes son: a) Fiado. Deudor principal por quien se obliga la institución afianzadora, b) Beneficiario. Acreedor ante quien se garantiza la obligación del fiado y c) Fiador. Institución de fianzas concesionada por el gobierno federal para expedir fianzas a título oneroso.

Hay cuatro tipos de fianzas: Fidelidad . Garantiza a un patrón el desempeño fiel y honesto del trabajador. Judicial. Garantiza el cumplimiento de una resolución emitida por una

autoridad judicial, como la libertad bajo fianza o condicional. Administrativa . Garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales

derivadas de un contrato. Crédito. Garantiza el pago de algún crédito otorgado.

8. Instituciones del Sistema de Ahorro para el Retiro

Administradoras de fondos para el retiro (AFORES)

Son entidades financieras dedicadas exclusivamente a administrar de manera habitual y profesional las cuentas individuales de los trabajadores; canalizan los recursos de acuerdo con las leyes de seguridad social y administran sociedades de inversión.Algunas de sus actividades son:

Abrir, administrar y operar las cuentas individuales de los trabajadores. Recibir las cuotas y aportaciones obligatorias correspondientes a las cuentas

individuales, así como las voluntarias. Individualizar los rendimientos derivados de la inversión de las mismas. Enviar al domicilio que indiquen los trabajadores sus estados de cuenta. Administrar las sociedades de inversión. Pagar los retiros parciales de los trabajadores con cargo a sus cuentas

individuales.

Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro (SIEFORES)

Son sociedades anónimas de capital variable que tienen por objeto exclusivo invertir los recursos provenientes de las cuentas individuales que reciban de acuerdo con las leyes de seguridad social y los recursos de las administradoras. El régimen de inversión debe ser tal que ofrezca la mayor seguridad y una rentabilidad adecuada de los recursos de los trabajadores.

Otros organismos

Sociedades controladoras de grupos financieros

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Son dueñas de cuando menos el 51% del capital de las instituciones financieras que conforman al grupo y que debe tener el control de la asamblea de accionistas de todas las empresas integrantes. Su objetivo es precisamente adquirir y controlar acciones de estas empresas, y no realizar las actividades de ellas.

Los grupos financieros se integran por:

Una sociedad controladora y Por algunas de las siguientes entidades financieras:

o Instituciones de banca múltipleo Sociedades financieras de objeto limitadoo Almacenes generales de depósitoo Arrendadoras financieraso Empresas de factoraje financieroo Casas de cambioo Instituciones de seguroso Instituciones de fianzaso Casas de bolsao Sociedades operadoras de sociedades de inversión.

El grupo financiero podrá formarse con cuando menos dos tipos diferentes de las entidades financieras siguientes: instituciones de banca múltiple, casas de bolsa y aseguradoras. Si no incluye dos de las entidades financieras anteriores, deberá contar por lo menos con tres, cualquiera que sea.

Sociedades de información crediticia

Mejor conocidas como Burós de Crédito son instituciones financieras, autorizadas por la SHCP, previa opinión del Banco de México y de la CNBV que tienen como objetivo concentrar y proporcionar información sobre el perfil de crédito de personas físicas a las empresas afiliadas que lo soliciten. El perfil citado se refiere al comportamiento de pago de las personas que tengan o hayan tenido un crédito. Esta información se proporciona a las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito y a empresas comerciales que la requieren para evaluar más objetivamente las solicitudes de crédito.

1.5 GLOBALIZACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

Derivado de la globalización financiera por la que ha atravesado nuestro país, uno de los aspectos en la que ésta ha tenido un impacto muy fuerte es en la desregulación de los mercados financieros que se ha dado en los últimos años, la cual ha posibilitado la profundización de las siguientes variables:

1. La libre accesibilidad de las empresas extranjeras al mercado financiero

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doméstico, como por ejemplo la apertura del mercado doméstico a la internacionalización de la banca, bien sea a través de las asociaciones estratégicas de la banca, bien sea a través de la adquisición de bancos nacionales por la banca extranjera,

2. La universalización de las instituciones financieros y los mercados, como por ejemplo la banca universal, la cual permite que los bancos comerciales operen a su vez como banca hipotecaria y de inversión,

3. La libre fijación del precio de los productos financieros, como por ejemplo las comisiones por transacciones en los mercados primarios y secundarios, y

4. La desregulación de los mercados monetario y financiero en la determinación de la tasa de interés.

5. Entre otros aspectos más.

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