Estatutos Psicología 2015

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Estatutos psicología Proyecto de reestructuración de Estatutos Ante la necesidad de que surge en nuestro estamento de mejorar y definir de mejor manera las características y funciones de nuestra orgánica es que como cepsi 2015 reestructuramos los estatutos vigentes creados el año 2006.

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Proyecto de reestructuración

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Estatutos psicología

Proyecto de reestructuración de Estatutos

Ante la necesidad de que surge en nuestro estamento de mejorar y definir de mejor manera

las características y funciones de nuestra orgánica es que como cepsi 2015 reestructuramos los estatutos vigentes creados el año 2006.

Título IDECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

Artículo 1º Reside en la Comunidad Estudiantil el ejercicio pleno de su soberanía, en conformidad a las normas establecidas en el presente estatuto. Artículo 2º El Cepsi es un Organismo independiente de la facultad de psicología que representa a los estudiantes que actualmente se encuentran en pregrado de la escuela de psicología de la Universidad Alberto Hurtado (UAH.); independiente de las autoridades de la Facultad de Psicología. No hay límite para su existencia y subsistirá mientras disponga de capacidad y medios para cumplir sus fines.

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Artículo 3º El Cepsi se declara:

a) Democrático porque el mecanismo que define estos estatutos para su funcionamiento interno busca que se imponga la voluntad de la mayoría de sus miembros en un ambiente de respeto a toda la comunidad. b) Autónomo porque en la toma de sus decisiones sólo intervienen sus propios miembros.c) Pluralista porque debe velar por el respeto a todas las visiones que existan entre sus miembros y en su entorno.

Artículo 4º El Cepsi procurará:

a) Representar de la mejor manera posible a todos los estudiantes de psicología.

b) Defender en caso de que sea necesario todo actuar proveniente de diversos agentes que afecten, dañen o perturben a los estudiantes de psicología. c) Trabajar en la defensa de aquellos estudiantes que estén en situación de causal de eliminación.

d) Promover la creación y ampliación de espacios para que los miembros de la comunidad manifiesten y desarrollen democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes, proyectos y aspiraciones en la planta de la Escuela de Psicología. e) Procurar el desarrollo de un ambiente universitario cuyos valores fundamentales sean el respeto mutuo, la tolerancia, el pluralismo y la libertad de expresión.

Título II

Sobre la comunidad estudiantil Artículo 5º Forman parte de la comunidad estudiantil de la facultad de psicología:

a) Aquellos estudiantes que se encuentran actualmente matriculados en pregrado en la carrera de Psicología. b) Los estudiantes de bachillerato que estén en proceso de conducencia cursando al menos 30 créditos en la carrera de psicología.

Artículo 6: Los estudiantes de la carrera de Psicología tendrán como órganos de representación y resolución de conflictos los siguientes:

a) CEPSIb) El Consejo de Delegadosc) La Asamblea General de estudiantes de psicología.

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Artículo 7º Es deber de los órganos de representación de Estudiantes defender en todo momento la efectiva vigencia de los derechos estudiantiles ante toda autoridad u organismo que corresponda. También corresponde a los órganos del centro de estudiantes:

a). Pronunciarse sobre toda consulta o petición que surja del estudiantado en el plazo de 10 días hábiles contados desde que ésta se le haya hecho llegar por escrito. b) Proporcionar apoyo, en la medida de lo posible, para que los estudiantes puedan realizar las actividades que estimen convenientes. c) Dejar constancia escrita de los acuerdos que adopten y publicarlos dentro de 24 horas sólo si es urgente o de gran relevancia. d) Mantener constantemente informada a los estudiantes de psicología de toda iniciativa, acto o actividad que le concierne.

Título IIISobre la orgánica del CEPSI

Artículo 8º EL Centro de estudiantes de Psicología se constituirá por medio de 5 estudiantes cada uno de ellos tendrá un rol especifico y deberá velar siempre por que se respete la opinión de la mayoría. A pesar de los roles que tenga cada integrante de la mesa directiva, serán iguales en voz y voto. El CEPSI tendrá la facultad y obligación de consultar a las bases y solo en caso de necesidad a los demás organismos de la comunidad estudiantil. Artículo 9º El CEPSI se compondrá de:

-Consejero FEUAH (federacion de estudiantes UAH)-Consejero Académico-Secretario de extensión-Secretario general-Presidente.

Artículo 10º Son obligaciones y atribuciones de: -Consejero Académico: Velar por el interés de los estudiantes en materia académica y otorgar toda la ayuda que le sea posible a aquellos estudiantes o grupo de estudiantes que

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la soliciten. También representar a aquellos estudiantes que se encuentren en causal de eliminación y que hayan solicitado su intervención.

-Secretario de extensión: Colaborar en la realización de actividades postuladas por los estudiantes o por alguno de los órganos representativos de la carrera. Deberá mantener a la comunidad informada y será quien tendrá a su cargo todo medio por el cual se comunique la mesa directiva. Las claves de cuentas de los medios serán entregados por el cepsi saliente.

-Secretario general: Tomar acta de las asambleas como de las reuniones públicas en las que se haga presente la mesa directiva, dichas actas deberán ser publicadas 24 horas después de realizada la actividad. Fiscalizar que el consejo de delegados este reuniéndose como es debido, en dicha instancia no tendrá derecho a voz ni voto. Además de las funciones anteriormente expuestas el secretario general debe realizar un acta pública de los gastos realizados por el CEPSI, facilitando esta información a quien la solicite en un plazo de 48 maximo. Deberá también encargarse de realizar el protocolo formal para la utilización de los fondos destinados al CEPSI.

-Presidente: Presidir la mesa directiva, como las reuniones de esta. Representar a los estudiantes en el consejo de facultad, representando fielmente la opinión de la mayoría de los estudiantes y velar siempre por el interés de estos. En caso de dimisión del cargo de alguno de los integrantes del CEPSI, el presidente deberá desempeñar las funciones de dicho cargo hasta la elección del reemplazo. Artículo 11º El CEPSI se renovará al cumplir el periodo de duración, momento en que se debe conformar tricel, organismo responsable de llamar a elecciones y de la validez de estas. En caso de que no haya listas se volverá a llamar a elecciones en marzo del año siguiente. Artículo 12º Las elecciones de cepsi se realizarán en noviembre de cada año académico y la lista que resulte electa asumirá su rol de cepsi en una ceremonia en los primeros 15 días de marzo. O en su defecto transcurridas dos semanas de clases del primer semestre, el plazo comienza con la semana de bienvenida. Artículo 13º El quórum para sesionar ordinaria y extraordinariamente será de las 3/5 partes de los miembros en ejercicio de la mesa. Artículo 14º Los acuerdos se adoptarán por la mayoría de los miembros en ejercicio. Para estos efectos, cada integrante contará con un voto. En caso de que se llegue a un empate o que no se pueda llegar a una solución del conflicto se acudirá al delegado general (Artículo 26º) quien deberá mediar buscando una solución y dando respuesta al asunto. Artículo 15º No podrán ser candidatos a ocupar o ejercer un cargo dentro de la Mesa Directiva:

a) Los integrantes del Tribunal Calificador de Elecciones.b) Los integrantes de la Mesa Directiva de la Federación.c) Los candidatos a algún cargo en la Mesa Directiva de la Federación.d) Los estudiantes que tengan causal de expulsión de la Universidad vigente.

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e) Los estudiantes que no tengan carga académica para el año de ejercicio. Artículo 16º Se cesa en el cargo en la Mesa Directiva.

a) Por término del mandato. b) Expulsión por sanción de la misma mesa directiva (ejemplo: abandono de cargo y deberes). c) A petición de las bases por escrito, documento que debe ser presentado con un mínimo de 50 firmas para acceder a un plebiscito que cese las funciones de la mesa, dicho plebiscito se realizará posterior a una asamblea general la que tendrá como único tema la respuesta del CEPSI en cuestión a la acusación por la que se pide su salida.

d)Se podrá renunciar a la mesa directiva CEPSI solo en caso de extrema necesidad y con fundamentos. La renuncia debe ser presentada por escrito a: Mesa directiva, concejo de delegados y consejero de federación quienes podrán rechazar o aceptar la renuncia por votación. Para la votación cada organismo tendrá un voto.

Título IV (a)Consejero de federación:

Artículo 17º El consejero de federación será el encargado de representar los intereses de los estudiantes de la carrera de psicología en el consejo de federación, frente a la federación y frente a la comunidad estudiantil en su conjunto. Artículo 18º El consejero de federación podrá ser electo de manera independiente o en conjunto a un cepsi (es decir dentro de una lista a mesa directiva o de manera externa), en ambos casos al momento de las elecciones se tendrá una urna distinta a la del cepsi para sufragar. Artículo 19º En el caso de que la elección de consejero de federación no tuviera el quórum necesario, este deberá ser reafirmado en asamblea general por votación a mano alzada. Artículo 20º El consejero de federación durará en el cargo todo el año académico, sin desmedro de lo anterior este podrá presentar su renuncia al cepsi. En caso de renuncia asumirá el cargo de manera interina el delegado general

Artículo 21º Una vez electo el consejero de federación pasará a integrar y ser miembro activo del CEPSI y deberá mantener reuniones periódicas con este, con el fin de informar sobre el acontecer en los consejos de FEUAH. De no realizar estas reuniones el voto en consejo FEUAH no está permitido.

Título IV

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DELEGADOS DE GENERACIÓN Y CONSEJO DE DELEGADOS Artículo 22º Los Delegados serán los representantes directos de cada una de las generaciones, deberán ser dos por generación. En el caso de primer año deberán ser uno por cada sección. Deberán mantener siempre el respeto por todas las opiniones e intenciones que se tengan en la sección o en la generación y velar por el respeto en la búsqueda de soluciones de conflictos. Artículo 23º Los delegados deberán estar electos para la primera quincena de abril.En caso de que alguna generación no presente delegados, deberá asumir las decisiones del consejo de delegados sin derecho a presentar reclamos que busquen la retroactividad de alguna decisión. Podrán presentar delegados fuera de plazo cumpliendo los requisitos en su elección. Artículo 24º Los Delegados durarán en el cargo durante un año académico (marzo-Diciembre), Serán electos en la forma prescrita en el título V. Estos tienen por función primordial representar los intereses de su curso ante toda autoridad u órgano. En caso de que el curso estime necesario su renovación, durante este año, se deberá presentar por escrito esta petición con el respaldo de 3/5 de la generación y un responsable quien se hará cargo de llamar a elecciones en asamblea de generación. Artículo 25º El consejo de delegados se constituirá en su primera sesión anual el segundo jueves de abril de cada año, sesión a la que deberán acudir los delegados electos para firmar el acta que da pie al consejo de delegados de ese año. Artículo 26º El consejo de delegados estará conformado por los delegados de cada generación, los cuales deberán elegir a un DELEGADO GENERAL quien será el representante válido del concejo con el centro de estudiantes. Dicha elección deberá realizarse en la primera sesión anual a mano alzada con mayoría simple. Artículo27º El quórum para sesionar el consejo de delegados será de las 3/5 partes de sus miembros. Artículo 28º No podrán ser delegados de curso:

a) Los integrantes o postulantes a la Mesa Directiva del Centro de Estudiantes.b) Los integrantes o postulantes a la Mesa Directiva de la Federación.c) Los estudiantes que posean menos de 30 créditos semestrales de carga académica en el año al que quiere ejercer.

Artículo 29º El consejo de delegados deberá sesionar con la frecuencia que ésta misma instancia defina. La mesa directiva podrá solicitar reuniones de la manera que estime conveniente, en casos extraordinarios y de urgencia el consejo de delegados deberá

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sesionar en las próximas 36 horas. En caso de que la solicitud sea ordinaria tendrán 4 días hábiles para reunirse. Artículo 30º El consejo de delegados deberá asumir como tricel en caso de no contar con uno al momento de llamar a elecciones. Artículo 31º El consejo de delegados deberá fiscalizar toda elección que se realice en la carrera, buscando que esta se lleve a cabo de la manera estipulada en los estatutos y evitar toda situación que pueda impugnar las elecciones de la carrera.

Título VASAMBLEAS

Artículo 32º Las asambleas son las instancias de agrupación estudiantil, pueden participar de ellas todos los estudiantes de psicología.Será presidida por el CEPSI, teniendo lugar ordinariamente cada 30 días. Sin perjuicio de lo anterior, de no haber materias o temas a resolver, no será necesario sesionar.

Artículo 33º Le corresponde a la Asamblea general

a) Ser la instancia de discusión por excelencia donde son escuchadas todas

las posturas de los estudiantes.

b) La Asamblea General puede ser convocada por el CEPSI , por las 3/5 partes del consejo de delegados o por cualquier agrupación de estudiantes (mínimo 20) que lo requiera.

c) Cualquier petición de la realización de una asamblea general deberá tener como mínimo requisito la entrega de los temas a tratar al CEPSI. En ningún caso se buscará su aprobación ni permiso de ningún tipo.

Artículo 34º Le corresponde a la asamblea de generación: a) Llegar a consenso en los temas que la generación requiera o por petición del CEPSI al momento de requerir una opinión de los estudiantes sobre algún tema. Siempre que amerite la situación. b) Será presidida por los delegados de esa generación los cuales deberán llevar acta para luego publicarla por el medio oficial (Aula virtual, Mail institucional, Facebook u otros) c) La asamblea de generación será resolutiva en todos los temas que tengan carácter específico de la generación.

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Artículo 35º La asamblea extraordinaria: dicha asamblea será llamada por el CEPSI con un mínimo de 48 horas, deberán participar de esta el consejo de delegados en pleno y todos los estudiantes que lo estimen conveniente. Artículo 36º La asamblea tendrá un carácter resolutivo siempre que: -a) Sea convocada con un mínimo de 72 horas. -b) Los temas a decidir deberán sean difundidos y promovidos por el cepsi y por el consejo de delegados con un mínimo de 48 horas. -c) No podrán decidir sobre: 1- Destitución de los estatutos. 2- Destitución del consejo de delegados. 3- Destitución del cepsi 4- Decidir sobre la paralización de actividades académicas de la carrera.

Título VIELECCIONES, VOTACIONES Y PLEBISCITOS

Artículo 37º El proceso eleccionario de los órganos del Centro de Estudiantes, tales como:

a) Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).b) Cepsi.c) Delegados de Curso.

Se realizará conforme a la especificidad y particularidad que corresponde a cada uno de ellos. Artículo 38º Con respecto, a la conformación del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel):

a) Se convocará por medio de la Asamblea General la conformación del Tricel con el objetivo de velar por el proceso eleccionario.

d) Se deberá convocar a una nueva Asamblea General, si no existe el mínimo de

miembros requeridos para conformar el Tricel. El mínimo para conformar el Tricel es de 4 estudiantes de psicología.

Artículo 39º En relación, al proceso eleccionario de Cepsi o la Mesa Directiva:

a) La inscripción de la lista postulante deberá ser entregada al Presidente del Tricel en un sobre cerrado con dos copias de dicha inscripción que contenga: Nombre completo estudiantes, año de carrera, cargo correspondiente.

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b) Se extenderá un plazo de dos semanas para poder realizar las campañas electorales de cada lista, incluyendo un debate en el cual cada una de ellas podrá exponer sus proyectos frente a todos los estudiantes de la escuela.

c) Finalizando el período de la campaña electoral se designarán dos días para las

votaciones.

d) Podrán votar: 1- Estudiantes de la carrera de psicología hasta sexto año. 2-Estudiantes de bachillerato que tengan al menos 30 créditos en la carrera de

psicología. d) Para que las elecciones del CEPSI se consideren legítimas y democráticas, se

requiere que sufraguen un mínimo del 51% de los estudiantes de la Escuela de Psicología. Se considerará como lista triunfadora a aquella que obtenga mayoría absoluta (50% + 1 de los votos). Este quórum también se aplicará en la elección de consejero de federación.

f) En caso que exista una sola lista postulando al Cepsi, se considerará como

ganadora dicha lista si obtiene el 50% más uno de los votos de los estudiantes. En caso de que no se alcance dicho quórum el consejo de delegados deberá votar la posible rectificación de la lista.

Artículo 40º Los representantes por curso serán electos a través de:

a) Una elección interna del curso entre aquellos estudiantes que deseen voluntariamente ofrecerse al cargo.

b) La generación no podrá designar a un estudiante que no quiera realizar las

funciones. c) Las elecciones deberán ser como la generación estime conveniente pero

deberán participar de ellas como mínimo el 50% c) El delegado de curso, deberá presentar a la mesa directiva un resumen del

método empleado para la elección, y los resultados. Artículo 41º EL caso de votaciones en general por la paralización parcial o completa de las actividades académicas de la carrera, estas deberán ser llamadas en asamblea general o con un mínimo de 3 días de anticipación y las urnas deberán permanecer abiertas por dos días consecutivos mínimo.

Artículo 42º Sobre todas las votaciones mediante urna, independiente de su objetivo serán realizadas y fiscalizadas por el tricel.

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Artículo 43º La votaciones serán consideradas válidas solo si se cumplen los siguientes requisitos: a) Que se tenga el padrón electoral el día antes de las votaciones (lista de los estudiantes de primero a sexto año) b) Que coincidan el número de votos emitidos con el número de firmas en el padrón electoral, en caso de no coincidir impugnará las elecciones. c) El quórum mínimo necesario para validar las votaciones sea del 20%. d) Que al momento de votar sea un voto único y confidencial por persona. e) Que la votación sea organizada y realizada por el tricel. f) Que la cuenta de votos sea pública y de libre asistencia para cualquier estudiante.

Artículo 44º Los plebiscitos serán llamados en los siguientes casos: a)Destitución del cepsi: En este caso antes de llevar a cabo el plebiscito deberá existir una instancia en que el cepsi pueda dar cuenta pública de su actuar previa a la realización del plebiscito. b)Destitución del consejero de federación: antes de llevar a cabo el plebiscito deberá existir una instancia en que el delegado pueda dar cuenta pública de su actuar previa a la realización del plebiscito. c)Situaciones que ameriten esta instancia para resolver problemas que abarquen a la carrera en su totalidad.

Titulo VIIDE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS

Artículo 45º Estos estatutos pueden ser modificados sólo por la aprobación de la Mesa Directiva y el Consejo de Delegados. El quórum requerido es del 50% a favor de la modificación de los estatutos. Artículo 46º Estos estatutos pueden ser modificados parcial o totalmente bajo las siguientes condiciones:

a) Previa evaluación e identificación de los elementos que se quieren reformar.b) Existencia de otra propuesta revisada y aprobada por una comisión

independiente, donde participe: un representante de la mesa directiva, un representante del consejo de delegados, y estudiantes de psicología.

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Título VIIIUso de espacios del cepsi

Artículo 47º La oficina del CEPSI estará disponible para cualquier estudiante de psicología que la requiera siempre y cuando esta sea pedida al mail oficial del CEPSI con 24 horas de anticipación.

Articulo 48º La oficina del CEPSI podrá ser utilizada sólo respetando las siguientes reglas:

- No robar ni malograr ninguno de los objetos que se encuentren dentro de la oficina.

- No ser utilizada para actos que involucren infracciones a la ley del estado de Chile o al reglamento de la universidad y facultad.

- Haber un máximo de seis personas al mismo tiempo en la oficina.

Artículo 49º En la asignación de horarios se dará preferencia al CEPSI y al consejo de delegados en ese mismo orden.