Estatutos Ing. Civil Biomédica

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Estatutos de la Carrera Ingeniería Civil Biomédica

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TÍTULO I

Misión, Fines y Objetivos del Centro de EstudiantesMISIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA CIVIL BIOMÉDICA

a. Representar fielmente a la carrera en los distintos espacios de discusión tanto dentro de la universidad como fuera de ella.

b. Crear los respectivos espacios de discusión para así involucrar a los estudiantes dentro de las problemáticas tanto educacionales como sociales, fomentando así, la participación y el deber cívico.

c. Promover y generar interés en la participación de nuevos Centros de Estudiantes e incluso en la política universitaria.

d. Promover la vinculación con otras asociaciones de índole estudiantil, social o cultural.e. Propiciar el bienestar físico, psicológico y social de los estudiantes de la Carrera.f. Mantener y fomentar instancias Triestamentales con el objetivo de lograr la igualdad de oportunidades

en la misma. Articulo 1°.- Constituyese una asociación de estudiantes denominada “Centro de Estudiantes de Ingeniería Civil Biomédica” de la Universidad de Valparaíso –en adelante CEEIB- , organismo colegiado y miembro de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Valparaíso, que tiene como función principal representar, vincular y velar por los intereses de todos y cada uno de los estudiantes de Ingeniería Civil Biomédica, y que se regirá por las disposiciones contenidas en el presente estatuto.Articulo 2°.- El Centro de Estudiantes de Ingeniería Civil Biomédica tendrá como objetivo general procurar el desarrollo integral del estudiante de la Carrera con las siguientes finalidades:

a. Representar oficialmente a los estudiantes de la carrera ante las autoridades universitarias y, de cualquier índole;

b. Dar a conocer el pensamiento de la Carrera frente a distintas materias del quehacer universitario e instancias con los demás sectores sociales;

c. Procurar la solución de los problemas universitarios de cada uno de los estudiantes de la Carrera en sus aspectos docentes, administrativos, económicos, sociales y de cualquier índole, con la participación activa de los estudiantes afectados;

d. Fomentar la convivencia al interior de la carrera, estrechar vínculos con las demás carreras de la Universidad y particularmente, con aquellas pertenecientes a la facultad donde la carrera se encuentre;

e. Mantener relaciones para desarrollar iniciativas y actividades en conjunto, sean estas de tipo académico, político, cultural o de cualquier otra índole, con los demás estamentos de la Facultad y de la Universidad;

f. Generar instancias de discusión, democráticas y participativas a fin de involucrar a la Carrera en torno a problemáticas tanto educacionales como sociales.

g. El CEEIB debe generar instancias de información, discusión y participación sobre las problemáticas ligadas al área de la salud de nuestro país.

Articulo 3°.- El CEEIB podrá vincularse con organismos estudiantiles, políticos y/o sociales. Toda vinculación se realizará tras una previa discusión y votación en la Asamblea de la Carrera en concordancia con el Artículos 36º y 37º del

presente documento.

TÍTULO II

De la Estructura del Centro de EstudiantesArticulo 4°.- El CEEIB estará compuesto sólo por estudiantes de la Carrera.Articulo 5°.- La característica principal del Centro de Estudiantes es desarrollar una mayor participación de los estudiantes de la Carrera. Los órganos de la estructura se relacionarán de manera en que la organización logre una mayor efectividad en las diferentes instancias de participación y reivindicación de parte de los estudiantes.Articulo 6°.-La estructura Centro de Estudiantes estará compuesta por los siguientes órganos de carácter permanente y extraordinario:Órganos Permanentes

a. La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica;b. La Asamblea de Carrera;

Órganos Extraordinariosa. El Tribunal Calificador de Elecciones (en adelante, TRICEL);b. El Tribunal de Honor (en adelante, TH);c. Congreso de Estudiantes de la Carrera.

TÍTULO IIIDe la Mesa de RepresentantesArticulo 7°.- La Mesa de Representantes del Centro de Estudiantes de la Carrera de Ingeniería Civil Biomédica será elegida en conformidad a lo dispuesto en el TÍTULO X del presente estatuto.Articulo 8°.-La Mesa de Representantes estará integrada por un mínimo de 6 secretarías:

a. Secretario General;b. Secretario Ejecutivo;c. Secretario Comunicaciones;d. Secretario Extensión y Bienestar;e. Secretario Finanzas;f. Secretario Deportes.

Articulo 9°.-La creación o modificación de secretarías quedará a disposición de cada Lista Postulante a Centro de Estudiantes, según sus conveniencias, estableciendo claramente sus funciones y atribuciones.Articulo 10°.-Cada miembro de la Mesa de Representantes dirigirá su Secretaría respectiva. Las funciones específicas de cada secretaría serán dispuestas en conformidad a lo estipulado en el TÍTULO IV del presente estatuto.Articulo 11°.-

Todos los miembros de la Mesa de Representantes estarán sujetos a revocabilidad en caso de traspasar o transgredir el ámbito de sus funciones y/o de acusación por parte de cualquier otro órgano del Centro de Estudiantes en conformidad al TÍTULO VIII del presente estatuto.Articulo 12°.-La Mesa de Representantes tendrá por funciones los siguientes puntos:

a. Dar cumplimiento a los objetivos y finalidades establecidos en el TÍTULO I del presente Estatuto, además del programa de trabajo con que fue elegida;

b. Convocar y moderar las Asambleas según el TÍTULO VI del presente Estatuto;c. Estructurar la Tabla de discusión para la Asamblea;d. Representar y hacer respetar ante las autoridades de la Universidad los postulados, demandas y

compromisos adquiridos con los estudiantes de la Carrera;e. Defender los intereses de la asamblea en las diferentes instancias de participación y representación de los

estudiantes en la Universidad( Federación de Estudiantes – FEUV-, Consejo de Carrera, Asociaciones de Centro de Estudiantes, etcétera);

f. Respetar y hacer respetar los Estatutos;g. Llevar a efecto los acuerdos que se hayan tomado legítimamente junto a FEUV y/o otros estamentos;h. Administrar el patrimonio del Centro de Estudiantes;i. Poner a disposición de cualquier estudiante de la Carrera la información que este requiera;j. Si en el año en que se desempeña el Centro de Estudiantes tocase realizar el Congreso de Carrera, deberá

velar por su organización y realización;k. Dirigir el Congreso de Carrera;l. La Mesa de Representantes sesionará al menos dos veces al mes y/o previo a la realización de una

asamblea;m. Elegir los vacantes a cargos de secretarías en caso de renuncia o destitución, comunicándolo

públicamente a la Asamblea de Carrera.Articulo 13°.-Los miembros de la Mesa de Representantes podrán conformar comisiones y/o grupos de trabajos permanentes o transitorios según su área de trabajo o secretaría.

TÍTULO IV

De las SecretaríasArticulo 14°.-Existirán 6 Secretarías mínimas de Trabajo en el CEEIB, una por miembro de la Mesa de Representantes.Articulo 15°.-Las Secretarías de Trabajo del CEEIB tendrán por funciones en común los siguientes puntos:

a. Dar cumplimiento a los objetivos y finalidades establecidos en el TÍTULO I.b. Poner a disposición a cualquier estudiante de la Carrera la información que requiera.c. Dar cumplimiento a las funciones particulares de su Secretaría.d. Supervisar las funciones de todos los miembros de la Mesa.e. Convocar Asambleas.f. Citar a reuniones extraordinarias de la Mesa de Representantes.g. Representar a la Carrera ante el Consejo de Carrera o designar un delegado que concurra.

Articulo 16°.-Serán funciones específicas de la Secretaría General:

a. Ser el portavoz oficial de la Carrera y de la Mesa de Representantes, pudiendo delegar esta función a

cualquiera de las otras secretarías por motivos extraordinarios.b. Dirigir reuniones de la Mesa y Asamblea de Carrera pudiendo delegar esta función a cualquiera de las

otras secretarías;c. Presentar el voto de la Asamblea de Carrera en las instancias pertinentes, tales como; Plenos de FEUV,

Asambleas de Facultad, etcétera. Pudiendo delegar esta función a cualquiera de las otras secretarías.d. Coordinar las sesiones de la Mesa de Representantes.e. Coordinar los temas a tratar en cada asamblea.f. Asesorar a la Mesa de Representantes en los términos políticos

Articulo 17°.-Serán funciones específicas de la Secretaría Ejecutiva:

a. Presentar el Programa de Trabajo del Centro de Estudiantes;b. Presentar y defender la postura de la Asamblea de Carrera, en toda instancia de participación donde

se traten temas de incumbencia para el estamento estudiantil ante cualquier autoridad universitaria, tal como el consejo de carrera.

c. Conocer a cabalidad cada uno de los reglamentos relacionados al estamento estudiantil.d. Ser el nexo entre los estudiantes y los académicos de la carrera.e. Tener como objetivo presentar propuestas de solución a problemas que se presenten ante la Secretaría.f. Recopilar la información de los casos presentados por los alumnos para presentarse ante el Consejo de

Carrera de ser necesario.Articulo 18°.-Serán funciones específicas de la Secretaría de Finanzas:

a. Llevar una cuenta de los ingresos y egresos del Centro de estudiantes en un libro Diario de carácter público en conjunto con la Secretaría de Comunicaciones;

b. Entregar información y/o evaluación de gastos a la Asamblea de Carrera de manera trimestral.c. Presentar un balance anual en detalle del estado financiero del Centro de Estudiantes al final de su

periodo vigente de manera pública;d. Proponer y desarrollar iniciativas tendientes a generar fuentes de financiamiento para el Centro de

Estudiantes.e. Inventariar al principio y al final de su periodo el patrimonio del Centro de Estudiantes.f. Formular y evaluar presupuestos de actividades organizadas por la Carrera.

Articulo 19°.-El cargo de la Secretaría de Finanzas no será delegable a ningún otro miembro de la Mesa de Representantes y en caso de ausencia prolongada o abandono del cargo se procederá según el párrafo 13 del Artículo 12.Articulo 20°.-Serán funciones específicas de la Secretaría de Comunicaciones:

a. Estructurar y crear un órgano informativo, donde se traten diferentes temáticas de inquietud de los estudiantes de la Carrera y de la Universidad en general;

b. Fomentar el pluralismo y tolerancia como parte fundamental del hacer Universidad;c. Hacer público las fechas de sesión de Asambleas y el/los motivo/s de su convocatoria;d. Llevar y Administrar un archivo de actas, documentos resolutivos e informativos de las distintas

reuniones tanto de los Órganos de la Carrera como de la Universidad en general, y que son de carácter público;

e. Publicar los calendarios de los procesos electorales y Referéndum que estructure el TRICEL;f. Ser el nexo entre los estudiantes y el Centro de Estudiantes;

Articulo 21°.-Serán funciones específicas de la Secretaría de Extensión y Bienestar:

a. Entregar orientación e información acerca de los beneficios que entrega la Universidad y otras instituciones como becas, créditos, salud, sala cuna, etc.;

b. Informar y estar al tanto de los criterios y políticas utilizados por la Asistente Social y el Departamento de Bienestar de la Universidad, respecto a la entrega de beneficios a los estudiantes;

c. Estructurar criterios de evaluación y fiscalización de la concesión del Casino de la Facultad y Fotocopias en conjunto con los encargados de la materia que pertenezcan a las otras carreras de la Facultad;

d. Junto con la Secretaría de Finanzas deberá analizar los casos particulares de los estudiantes que requieran alguna ayuda económica;

e. Promover y desarrollar actividades que permitan a los estudiantes desarrollarse en el ámbito cultural sin discriminación ni censura;

f. Establecer un nexo entre las actividades que se organicen a nivel de Universidad y los estudiantes de la Carrera;

g. Procurar el acceso a eventos culturales que se lleven a cabo en la Universidad y la correcta difusión de estas mismas en conjunto con la Secretaría de Comunicaciones;

h. Asistir en representación de la Carrera a las reuniones y actividades propuestas por el Departamento de Cultura de la Federación de Estudiantes de la Universidad, pudiendo delegar esta tarea a otros miembros de la Mesa de Representantes.

Articulo 22°.-Serán funciones específicas de la Secretaría de Deportes:

a. Promover y difundir actividades de índole deportivo organizadas tanto a nivel de Universidad como externas;

b. Asistir y encaminar a los estudiantes en las diversas actividades deportivas descritas en el Párrafo 1 del Artículo 22º;

c. Supervisará y coordinará los entrenamientos constantes, regulares y extraordinarios durante el año para las distintas ramas deportivas, teniendo en consideración el estado de los participantes y de la Carrera;

d. Junto con la Secretaría de Finanzas deberá analizar los casos particulares de los estudiantes que requieran alguna ayuda económica para la propia realización de las actividades deportivas en representación de la Carrera;

e. Asistir a las reuniones afines al área de trabajo de ésta Secretaría;f. Será el supervisor del cuidado de los implementos deportivos, siendo de exclusiva responsabilidad de los

estudiantes el cuidado de las mismas;g. Administrará el inventario y la adquisición de implementos afines a su área de trabajo en conjunto con la

Secretaría de Finanzas;h. La Secretaría de Deportes deberá designar a un miembro de la Mesa de Representantes o de la Asamblea

de Carrera como su Delegado para el correcto desempeño de esta Secretaría, esto no significa su inclusión a la Mesa de Representantes en caso de no pertenecer a esta;

i. Fiscalizar el correcto desempeño de las actividades designadas al Delegado de la Secretaría de Deportes, teniendo la capacidad de destituir a dicho Delegado en caso del incumplimiento de dichas actividades.

TÍTULO VEl TÍTULO V del presente estatuto está normado por el Artículo Transitorio Segundo

De la Mesa JerárquicaArticulo 23°.- La Mesa Jerárquica del Centro de Estudiantes de la Carrera de Ingeniería Civil Biomédica será elegida en conformidad a lo dispuesto en el TÍTULO X del presente estatuto.Articulo 24°.-La Mesa Jerárquica estará integrada por 4 cargos permanentes:

a. Presidente

b. Vicepresidentec. Secretariod. Tesorero

Y 2 delegados mínimos:a. Delegado de Bienestarb. Delegado de Cultura

Articulo 25°.-La creación de nuevos delegados quedará a disposición de cada Lista Postulante a Centro de Estudiantes, según sus conveniencias.Articulo 26°.-Cada miembro de la Mesa Jerárquica es el único responsable oficial de su cargo. Las funciones específicas de cada cargo serán dispuestas por la Lista de Centro de Estudiantes que se postule.Articulo 27°.-Todos los miembros de la Mesa Jerárquica estarán sujetos a revocabilidad en caso de traspasar o transgredir el ámbito de sus funciones y/o de acusación por parte de cualquier otro órgano del Centro de Estudiantes en conformidad al TÍTULO VIII del presente estatuto.Articulo 28°.-La Mesa Jerárquica tendrá por funciones las mismas que la Mesa de Representantes detalladas en el Artículo 12° del presente estatuto con la diferencia de no poder delegar trabajos correspondientes a cada cargo.

TÍTULO VI

De la AsambleaArticulo 29°.-La Asamblea de Estudiantes de la Carrera estará integrada por los estudiantes de Ingeniería Civil Biomédica de la Universidad de Valparaíso.Articulo 30°.-La Asamblea se reunirá como mínimo una vez por mes y se debe dar aviso diferenciando entre los siguientes tipos de asamblea:

a. Asamblea Informativa, se debe dar aviso con un mínimo de 24 horas de anticipación;b. Asamblea Extraordinaria, se debe dar aviso con un mínimo de 24 horas de anticipación.c. Asamblea Resolutiva, se debe dar aviso con un mínimo de 48 horas de anticipación;

Articulo 31°.-Cualquier órgano del Centro de Estudiantes podrá solicitar a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica una convocatoria extraordinaria de la Asamblea.Articulo 32°.-La tabla de discusión para la Asamblea será compuesta por cualquier órgano del Centro de Estudiantes, con la participación de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica. Esta tabla puede ser ampliada al inicio de la Asamblea por petición de cualquier estudiante de la Carrera presente en ella.Articulo 33°.-La Asamblea será moderada por un miembro de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica, procurando el respeto en las opiniones vertidas e impidiendo cualquier acto que atente contra la integridad física y psicológica de cualquiera de los estudiantes presentes. Además deberá dejar constancia en un libro de actas, cuyo carácter es público, destinado para ello de todas las resoluciones adoptadas o informaciones entregadas durante su transcurso.Articulo 34°.-

La Asamblea tiene como potestad determinar la acción de los demás órganos del Centro de Estudiantes, más allá de las facultades que a éstos se les entregue en el presente Estatuto.Articulo 35°.-La Asamblea de Carrera será el fiscalizador de cada miembro de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica y de los propios estudiantes de la Asamblea de Carrera. En caso de que los órganos del Centro de Estudiantes o alguno de sus integrantes no cumplan con sus responsabilidades, defiendan ganancias personales o de organizaciones ajenas a la carrera por sobre el bienestar de esta, la Asamblea podrá exigir un juicio en conformidad al TÍTULO VIII.Articulo 36°.-La Asamblea de Carrera debe dar veredicto de las diferentes problemáticas que se presenten tanto a nivel de Carrera, Universidad, como nacional, a través de votaciones con requisitos mínimos que se detallan en el Artículo 37° del presente estatuto.Articulo 37°.-Para que una decisión de la Asamblea de Carrera sea válida, representativa y oficial, debe:

a. Haber cumplido con el Artículo 30º del presente estatuto;b. La primera mayoría de la votación debe ser igual o mayor al 25% de los estudiantes matriculados;

En caso de no cumplirse el inciso primero del presente artículo:

a. La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica, tienen la potestad de determinar una posición oficial y los pasos a seguir con respecto al tema en discusión;

b. La decisión de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica tiene una validez de como máximo una semana (7 días), en donde debe llamar a una nueva asamblea resolutiva para realizar una nueva votación;

c. Al término de este plazo la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica debe presentar la información y/o propuestas trabajadas con anterioridad para lograr una resolución;

d. Entiéndase que esta Asamblea Resolutiva está sujeta al primer inciso del Artículo 37º;e. En caso de no lograr una votación válida, representativa y oficial al término del plazo de una semana (7

días), no se puede aplicar nuevamente el segundo inciso del presente Artículo; Obligaciones y deberes del alumno frente a las Votaciones:

a. Es obligación de los estudiantes informarse y asistir a las asambleas de carrera;b. Deben acatar y respetar los acuerdos y votaciones que se realicen en éstas;c. En caso del no cumplimiento de los puntos de este inciso, la Asamblea de Carrera y la Mesa de

Representantes o Mesa Jerárquica podrá enjuiciar a quienes cometan desacato, en conformidad al TÍTULO VIII.

TÍTULO VII

Del Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL)Articulo 38°.-El TRICEL será el órgano encargado de organizar y supervisar todo el trabajo eleccionario de la Mesa de Representantes o la Mesa Jerárquica. Para esto, se conformará 4 semanas antes de los comicios.Articulo 39°.-El TRICEL estará integrado por:

a. Un miembro de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica saliente;b. 3 Estudiantes de la Carrera emanados de la Asamblea de Carrera.

Luego de constituido el TRICEL deberán elegir un Presidente que sea vocero y coordinador de todo el proceso

eleccionario, quedando el resto de los miembros en calidad de vocales.Articulo 40°.-Los acuerdos o resoluciones que tome el TRICEL deberán ser por acuerdo unánime de todos sus miembros.Articulo 41°.-Los candidatos a Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica estarán inhabilitados para:

a. Conformar el TRICEL;b. Realizar propaganda a favor o en contra (ya sea física o virtualmente) de las listas postulantes o de sus

integrantes 48 horas antes de la realización de los comicios;Articulo 42°.-Su financiamiento estará asegurado por la Secretaría de Finanzas o por el Tesorero según corresponda a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica saliente.Articulo 43°.-Corresponderá al TRICEL:

a. Fijar criterios generales de la elección de manera pública;b. Recibir la lista de candidatos, inscribirlos en un Registro, otorgando un número y un comprobante al

apoderado de lista;c. Declarar abiertos y cerrados los periodos de inscripción de las Listas;d. Proporcionar todos los útiles necesarios para llevar a cabo la elección (dícese de votos, lápices, actas,

urnas, etc.). Foliar y recoger los votos no utilizados después de finalizada la votación;e. Preparar en conjunto con la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica saliente la información necesaria

relativa a las elecciones;f. Coordinar en conjunto con los respectivos apoderados de lista , los debates entre los candidatos;g. Abrir el proceso de votaciones, firmando un acta que estipule la hora de apertura de la(s) mesa(s) y los

miembros presentes en ese momento. También deberán dejar constancia sobre la hora de las llegadas y relevos de cada uno de sus miembros;

Una vez realizada la votación y el recuento de los votos por los vocales de Mesa, deberán:a. Proclamar, mediante forma escrita y oral, en las siguientes veinticuatro horas, la Mesa de

Representantes, Mesa Jerárquica o Mesa Interina electa a los estamentos universitarios que corresponda;b. Declarar nula la votación y convocar a una nueva, dentro de las setenta y dos horas siguientes (donde

no está permitido el realizar propaganda ni física ni virtualmente) si no se cumple con un quórum de un tercio (33,33%) de los estudiantes matriculados;

c. Declarar nula la votación y convocar a una nueva, dentro de las veinticuatro horas siguientes si las circunstancias lo ameritan (cohecho, robo o cambio de urna y/o votos, falsificación de firmas y todo acto que implique invalidación).

d. Resolver todas las dudas e integrar todos los vacíos que pueden surgir sobre el proceso eleccionario;e. Una vez terminado el proceso, entregar a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica electa los

antecedentes de la elección para su archivo.f. Organizar una actividad para el cambio de mando de la Lista saliente con la Lista electa no más de 7 días

después de finalizado el periodo de elecciones.

TÍTULO VIII

Del Tribunal de Honor (TH)Articulo 44°.-Se conformará el TH, en virtud de los juicios relacionados con el Artículo 11°, Artículo 27º Artículo 35º y Artículo 37° en su tercer inciso del presente; siendo previamente votado de acuerdo al mismo artículo en su

primer inciso.Articulo 45°.-El TH estará constituido por 3 miembros de la Asamblea de Carrera y el presidente del TRICEL que correspondió a la elección de la actual Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica, en caso de ser este la persona enjuiciada, uno de los vocales deberá tomar su puesto. Los miembros de la Asamblea deben emanar de esta.Articulo 46°.-Las funciones del TH serán:

a. Proceder a investigar el caso.b. Reunir las pruebas materiales sobre éste.c. Presentar las conclusiones a la Asamblea.d. Presentar propuestas de sentencia.

El plazo máximo para la investigación será de 2 semanas (14 días), en caso contrario se organizará un nuevo TH.Articulo 47°.-La Asamblea de Carrera al recibir las conclusiones y las propuestas de sentencia deberá decidir entre estas la sentencia del acusado, en concordancia con el Artículo 37º en su primer inciso.Articulo 48°.-Si el Acusado perteneciente a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica es declarado responsable se elegirá al nuevo miembro según lo dispuesto en el párrafo 13 (párrafo m) del Artículo 12° del presente estatuto.

TÍTULO IX

Del Congreso de CarreraArticulo 49°.-El Congreso de la Carrera es el máximo ente orgánico de toma de decisiones de la Carrera por lo que posee el carácter de resolutivo.Articulo 50°.-El Congreso se realizará mínimo cada dos años, siendo responsable de su organización la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica de turno.Articulo 51°.-El Congreso de Carrera estará conformado por:

a. La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica;b. Los estudiantes de la Carrera.

Articulo 52°.-Serán atribuciones y responsabilidades del Congreso de Carrera:

a. Proponer y diseñar propuestas de política universitaria a seguir por la Carrera;b. Confirmar y/o modificar los Estatutos hasta esa fecha vigentes;c. Proponer planes y orientaciones a los diferentes órganos del Centro de Estudiantes.

Articulo 53°.-La Mesa que organice el Congreso deberá conformar una mesa de trabajo que tendrá la obligación de generar los documentos introductorios que contengan todos los puntos a tratar en el Congreso y los objetivos de éste.Articulo 54°.-Sobre las resoluciones del Congreso:

a. Aquellas que no sean vinculante con otras organizaciones o estructuras universitarias, sociales o externas, serán tomadas por la mayoría simple de los votos de sus integrantes en concordancia el Artículo 37º en su primer inciso;

b. Aquellas que si sean vinculantes o que vayan en dirección a reformar los Estatutos hasta la fecha

vigentes, requerirán de una mayoría absoluta (50% +1) de los estudiantes de la carrera para su aceptación, siendo el plebiscito la forma de validar dicha resolución.

Articulo 55°.-La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica será la que dirija el Congreso en sus plenarios y reuniones.Articulo 56°.-Las resoluciones emanadas del Congreso deberán ser oficializadas formalmente a través de un documento escrito e informadas a una Asamblea de Carrera especialmente convocada para ello.

TÍTULO X

Del Sistema de EleccionesArticulo 57°.-Para la elección de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica, los candidatos deberán presentarse al TRICEL en Lista Cerrada con los cargos definidos y con un Apoderado de Lista para diversos efectos. Esta inscripción debe hacerse de manera formal vía física y vía virtual.Los Apoderados de Lista serán los interlocutores oficiales entre las listas y el TRICEL y deben fiscalizar a los miembros y al TRICEL en sus funciones.Articulo 58°.-Las elecciones de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica se realizarán dentro del periodo de los últimos tres meses del periodo lectivo de cada año.Articulo 59°.-Sólo podrán ser candidatos a los cargos de la Mesa de Representantes:

a. Aquellos estudiantes de la carrera que, al momento de realizarse la elección, cumplan con lo establecido en el Artículo 4°

b. Aquellos alumnos que aseguren su relación con la Universidad y la Carrera al periodo que postulan.Articulo 60°.-Cada lista que se presente deberá presentar un programa de trabajo que explicite los lineamientos generales que implementará en caso de ser elegida.Articulo 61°.-Una vez abierto el periodo de campaña, los partidarios de los candidatos inscritos, podrán realizar todo tipo de campaña hacia los demás estudiantes de la Carrera.Articulo 62°.-El TRICEL declarará abierta y cerrada la Mesa Receptora, la que deberá permanecer abierta dos jornadas seguidas de ocho horas cada una, a partir del momento de apertura de la Mesa en lugar visible y transitado. Si antes de ese plazo hubiese votado la totalidad de los estudiantes de la Carrera, el presidente de la Mesa procederá a declarar el cierre de la misma. En caso contrario, la urna será trasladada y guardada en un lugar acordado unánimemente por el TRICEL hasta el segundo día de votación.Articulo 63°.-Habrá un Acta de Mesa que contendrá:

a. Hora de apertura y cierre de Mesa;b. Nombre y firma del presidente, vocales y apoderados;c. Número de votos recibidos por la Mesa, número de votos utilizados y no utilizados, cada uno con su

respectiva foliación;d. El presidente de la Mesa deberá dejar constancia de los reclamos que se formulen durante el acto

eleccionario;e. Las demás observaciones que el presidente y los vocales estimen conveniente.

Articulo 64°.-

Una vez cerrada la Mesa se procederá al recuento de los votos siguiendo los siguientes pasos:a. Se contará el número de colillas;b. Se contarán las firmas de los votantes por cada Mesa;c. El Presidente de Mesa abrirá la urna y contará los votos;d. El Presidente de Mesa abrirá cada uno de los votos y leerá a viva voz la preferencia indicada en él o si el

voto es nulo o blanco;e. Leído todos los votos el TRICEL recibirá los materiales y los Votos en sobres separados según las

siguientes categorías: Votos no Utilizados, Votos en Blanco, Votos Nulos, y Votos Válidamente Emitidos. En otro sobre se guardarán el acta y las colillas.

Se invalidará la votación en caso de:a. Si el número de colillas no coincidiera con el número de votos, se deberá dejar constancia del hecho en

el Acta considerando un margen de error del 1% de los votos emitidos;b. Si el número de colillas no coincidiera con el número de firmas, se deberá dejar constancia del hecho en

el Acta considerando un margen de error del 1% de los votos emitidos;c. Si el número de votos no coincidiera con el número de firmas, se deberá dejar constancia del hecho en el

Acta considerando un margen de error del 1% de los votos emitidos.Articulo 65°.-Se legitimarán los procesos electorales o referéndum con la votación del cincuenta por ciento más uno (50% +1) de los estudiantes de la Carrera.Articulo 66°.-En caso de no lograr el Quórum Mínimo se procederá a realizar nuevas elecciones 48 horas después.Articulo 67°.-En caso de que se presente una sola Lista a la elección de Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica, se realizará un referéndum que requerirá un quórum del cincuenta por ciento más uno (50%+1) del total de los estudiantes de la Carrera para validarse y será electa la lista con la mayoría simple de los votos válidamente emitidos.Articulo 68°.-En caso de que no se presentase ninguna lista a la elección en los plazos estipulados, el TRICEL deberá declarar desierta la elección, asumiendo la Mesa Interina dispuesta en el TÍTULO XI del presente estatuto hasta el mes de Marzo del año siguiente, en donde deberá convocar a un nuevo TRICEL para que éste llame a un nuevo proceso eleccionario.Articulo 69°.-El TRICEL no tiene la potestad de ser un vocero e intermediador oficial de la carrera ante cualquier otra instancia.Articulo 70°.-La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica electa asumirá sus funciones con un plazo máximo de 7 días hábiles después de la finalización de las elecciones en un acto simbólico de la entrega de mando de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica saliente hacia la Lista electa.Articulo 71°.-La Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica electa no podrá ejercer sus funciones hasta el acto simbólico dispuesto en el Artículo 69° antes de eso, también, la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica saliente seguirá en poder de sus funciones.

TÍTULO XI

De la Mesa Interina

Articulo 72°.-En conformidad al Artículo 68° se conformará la Mesa Interina sólo si:

a. No se realiza la inscripción de ninguna Lista en los periodos dictados por el TRICEL en proceso eleccionario.

b. Se decide en Asamblea de Carrera el retiro de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica completa respecto al TÍTULO VIII.

Articulo 73°.-La Mesa Interina la conformarán sólo estudiantes de la Carrera.Articulo 74°.-La Mesa Interina será conformada por 1 representante por cada generación entrante a la Carrera asumiendo que estudiantes de las generaciones de últimos años pueden ser representadas por sólo 1 estudiante; quedando sujeta a todas las imposiciones realizadas a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica del presente estatuto.Articulo 75°.-Las funciones de la Mesa Interina quedan limitadas por términos legales y de representatividad dentro de la Universidad.

TÍTULO XII

De la Reforma del EstatutoArticulo 76°.-El presente Estatuto sólo será reformado parcial o integralmente durante el Congreso de la Carrera.Para este efecto los interesados en realizarlas deberán presentar su propuesta con antelación a la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica para que éste la tome y la incluya en el documento y en la tabla a discutir en el Congreso.Aquí deberá ser tratada y analizada según los mecanismos regulares de funcionamiento del Congreso.

TÍTULO XIII

De los Artículos TransitoriosArticulo 77°.-Se entenderá por artículos transitorios aquellos que no transgreden el actual Estatuto en sus objetivos y funcionamiento, pudiendo llenar vacíos al respecto, o bien, resolver alguna contradicción que este posea.Podrán ser propuestos por cualquier miembro de la Mesa de Representantes o Mesa Jerárquica.Será la Asamblea con el 50% + 1 del quórum mínimo quien lo apruebe o rechace, quedando constancia en acta de ello.Primero: El presente Estatuto no será reformado a menos que se realice el próximo Congreso de la Carrera.- Segundo: El TÍTULO V del presente estatuto no será válido hasta la realización del próximo Congreso de Carrera. -