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DEPARTAMENTO DE FARMACIA ESCUELA MILITAR DE SANIDAD ACADEMIA CENTRAL DE LA DEFENSA BOLETIN INTERACTIVO DE FARMACIA MILITAR El Boletín Interactivo del Departamento de Farmacia de la EMISAN—ACD tiene como objetivo la recopilación de diversas informaciones (artículos, monografías, videos, enlaces, referencias bibliográficas, etc.) relacionadas con temas de interés farmacéutico con la finalidad de servir de elemento de formación continuada para los Oficiales Farmacéuticos del Cuerpo Militar de Sanidad. Boletín Interactivo nº 2 (2017) ISSN 2530-0903 Editado por el Departamento de Farmacia de la Escuela Militar de Sanidad de la Academia Central de la Defensa de Madrid, España. Este Boletín está dedicado a la memoria del Farmacéutico Militar D. Martín Bayod y Martínez Errores de Medicación Consejo de Redacción: Tcol. CMS (FAR) Manuel Toral Morera, Tcol. CMS (FAR) Jaime Ruiz-Tapiador Boluda, Tcol. CMS (FAR) Antonio de Jesús Fernández Sanchez, Cap. CMS (FAR) Guillermo Ortega Loinaz, Cap. CMS (FAR) Maria Angeles Spinola Palomares, Tte. CMS (FAR) Joaquin Enrique Gómez Sanz, Tte. CMS (FAR) Víctor Méndez López, Tte. CMS (FAR) Alejandro Blasco Barbero Coordinador: Tcol CMS (FAR) Rafael F Blasco Ferrándiz

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DEPARTAMENTO DE FARMACIA

ESCUELA MILITAR DE SANIDAD

ACADEMIA CENTRAL DE LA DEFENSA

BOLETIN INTERACTIVO DE FARMACIA MILITAR

El Boletín Interactivo del Departamento de Farmacia de la EMISAN—ACD tiene como objetivo la recopilación de diversas informaciones (artículos, monografías, videos, enlaces, referencias bibliográficas, etc.) relacionadas con temas de interés farmacéutico con la finalidad de servir de elemento de formación continuada para los Oficiales

Farmacéuticos del Cuerpo Militar de Sanidad.

Boletín Interactivo nº 2 (2017) ISSN 2530-0903

Editado por el Departamento de Farmacia de la Escuela Militar de Sanidad de la Academia Central de la Defensa de Madrid, España.

Este Boletín está dedicado a la memoria del

Farmacéutico Militar

D. Martín Bayod y Martínez

Errores de Medicación

Consejo de Redacción: Tcol. CMS (FAR) Manuel Toral Morera, Tcol. CMS (FAR) Jaime Ruiz-Tapiador Boluda, Tcol. CMS (FAR) Antonio de Jesús Fernández Sanchez, Cap. CMS (FAR) Guillermo Ortega Loinaz, Cap. CMS (FAR) Maria Angeles Spinola Palomares, Tte. CMS (FAR) Joaquin Enrique Gómez Sanz, Tte. CMS (FAR) Víctor Méndez López, Tte. CMS (FAR) Alejandro Blasco Barbero

Coordinador: Tcol CMS (FAR) Rafael F Blasco Ferrándiz

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 2

D. Martín Bayod y Martínez nació en la población alicantina de Alcoy el 15 de diciembre de 1860. Escasamente a los catorce años obtuvo su título de Bachiller en Artes y en 1879 se graduó como Licenciado en la Facultad de Farmacia de la Universidad Central de Madrid, sien-do de destacar que mientras cursaba los estudios de Farmacia se co-noce que actuaba de mancebo o auxiliar de farmacia en la Farmacia del Sr. Ortega y Mata, que estaba situada en la calle de León de Ma-drid. Durante la etapa como estudiante, consiguió una plaza por oposición de mancebo supernumerario en la Farmacia de la Beneficencia Pro-vincial de Madrid, permaneciendo allí hasta la finalización de la carre-ra, lo que refleja su inquietud y permanente espíritu de superación.

Una vez finalizada su Licenciatura de Farmacia en 1880 obtuvo el grado de Doctor en Farmacia, ingre-sando un año más tarde en 1881 en el Cuerpo de Farmacéuticos de Sanidad Militar, siendo su primer destino la Farmacia del Hospital Militar de Alhucemas, pasando posteriormente a la Farmacia del Hos-pital Militar de Mahón. Después de su etapa como farmacéutico hospitalario en Alhucemas y Mahón, fue destinado en 1883 al Laboratorio Central y Depósito de Medicamentos en Madrid y desde allí realizó diversos trabajos en coordinación con el Servicio de Farmacia Hospitalaria del Hospital Militar, siendo de destacar entre otros los realizados con ocasión de la epidemia de cólera de 1885 en donde estuvo al cargo de la Far-macia Hospitalaria que se desplegó en una Formación Sanitaria en la localidad de Aranjuez y que fue visitada por S.M. el Rey Unos años más tarde en 1890 logró por oposición el número uno de la plaza de Primer Farmacéutico de la Real Familia. D. Martín Bayod y Martínez perteneció al claustro extraordinario de Doctores de Madrid del que fue Vo-cal y unos años más tarde Presidente del Colegio de Farmacéuticos de Madrid, siendo relevante su participación como Vocal de la Exposición Farmacéutica Permanente. En 1898 fue nombrado, por concurso de méritos, Profesor de Ciencias Químicas del Laboratorio Cen-tral de Medicina Legal de Madrid, desarrollando también diferentes actividades como socio de la Socie-dad Española de Higiene, como Vocal del Comité organizador del Congreso Internacional de Medicina (XIV Congreso celebrado en Madrid) y en el Consejo Nacional de Sanidad, entre otras. A lo largo de su vida D. Martín Bayod y Martínez, recibió numerosas condecoraciones civiles y militares de gran prestigio, poniendo con ello de manifiesto su entrega y dedicación, siendo de resaltar entre otras la Gran Cruz de Isabel la Católica, la Cruz de Carlos III, la Medalla al Mérito Militar de primera cla-se y la Medalla de Oro de la Cruz Roja.

D. Martín Bayod y Martínez

Entrega de la Gran Cruz de Isabel la Católica a D. Martín Bayod y Martínez

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 3

La producción científica de D. Martín Bayod y Martínez es numerosa y variada, abarcando conferencias y artículos en el área de los análisis de medicamentos y diversos e interesantes escritos relacionados con la Sanidad Militar, así como diferentes ensayos, que ponen de manifiesto su compromiso para fo-mentar y dignificar la profesión farmacéutica. Entre éstos últimos destacamos los siguientes: Orígenes y bases científicas en que se apoya la profesión farmacéutica en el momento histórico actual (1898), Evo-lución aparente y evolución real de la Farmacia (1871), Estado actual de la Farmacia: cómo puede evi-tarse su decadencia (1908), Fundamentos y Estudios de Dinamoterapia: porvenir probable de la profe-sión farmacéutica (1905). La Real Academia de Medicina a propuesta de los Académicos Numerarios Dres. Iglesias, Eugenio Gu-tiérrez y Piñerúa, le propuso como Académico electo para ocupar la vacante producida por la defunción del Dr. D. Julián Casaña en la Sección de Farmacología y Farmacia, tomando posesión de la plaza en sesión pública el 16 de febrero de 1913, pronunciando un discurso sobre el tema «La especialización teórica y práctica de la Farmacia futura», que fue contestado por el Dr. D. José R. Carracido, re-cibiendo de manos del Presidente la Medalla núm. 37 y el diploma correspondiente, que le acreditó co-mo Académico de número, siendo nombrado unos años más tarde Presidente de la Sección antes men-cionada, así como tesorero de la Academia. Aquejado por una penosa y prolongada enfermedad, falleció en Madrid el día 30 de junio de 1931. Su pérdida fue unánimemente sentida por Académicos, compañeros y amigos. Sesión necrológica realizada en la Real Academia de Medicina de Madrid: https://books.google.es/books?id=_3rGdfPVofUC&pg=PA215&lpg=PA215&dq=Bayod+y+Mart%C3%ADnez,+Mart%C3%ADn&source=bl&ots=W21_kiR2c4&sig=n_CfGAbE44B3ruxRCuGckE9kOBk&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwia8b_52brRAhUFzRQKHSuvDhsQ6AEISTAI#v=onepage&q=Bayod%20y%20Mart%C3%ADnez%2C%20Mart%C3%ADn&f=false D. Martín Bayod y Martínez destacó a lo largo de su vida por sus grandes dotes de inteligencia y cultu-ra, así como fue apreciado por sus ejemplares virtudes y por defender permanentemente a la profesión farmacéutica.

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 4

Editorial: página 5

Tema monográfico: página 8

Colaboraciones: página 22

Noticias: página 36

Normas para autores: página 51

Números anteriores: página 52

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 5

Editorial

Estimados lectores, debo iniciar esta editorial para el Boletín Interactivo de Farmacia Militar agradeciendo a los Oficiales Farmacéuticos que componen el consejo de redacción y a su coordinador la encomiable la-bor que, mediante este órgano de expresión, llevan a cabo recogiendo de dónde venimos, mostrando desde este medio la vida y obra de miem-bros ilustres del Cuerpo de Farmacia Militar que durante décadas han llevado la Farmacia Militar en particular y a la profesión farmacéutica en general a un más que notable desarrollo y a donde deseamos ir formando a nuestra nuevas genera-ciones de oficiales farmacéuticos mediante la publicación de temas profesionales innovadores.

Pues bien, voy a aprovechar esta oportunidad que se me presta, para que con la visión de alguien que lleva más de treinta y cinco años como oficial farmacéutico en muy diversas competencias profesiona-les exponer unas reflexiones personales y dar continuidad al interesante editorial anterior del Coronel Pato haciendo un particular balance entre los perjuicios y los beneficios que ha traído consigo para los Farmacéuticos Militares su integración en un Cuerpo Militar de Sanidad único, dentro de la compleja mezcla que significan los denominados Cuerpos Comunes de la Defensa.

En primer lugar y por ir de lo más general a lo particular, se debe considerar que la aglutinación del derecho y la jurisdicción, el control interno de la gestión económica-financiera, la música y la sanidad en una estructura común, salvo por razones organizativas de la Administración es difícilmente com-prensible.

Obviamente, aunque la medicina o la farmacia puedan, desde una visión estrictamente profesional, llevar a cabo actuaciones técnicas y profesionales comunes e independientes de cada Ejército, su es-tructuración en Unidades de cada uno de ellos, hace que además exista una función específica aso-ciada a aquel, al contemplar la preparación y empleo de la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza. En fin, poco o nada, salvo la base de ser unos profesionales asociados a unos conocimientos adquiridos en la Uni-versidad que son desarrollados en el ámbito de las FFAA tras haber pasado una pruebas selectivas, son nexos de unión en los denominados Cuerpos Comunes, pero el hecho de pertenecer a ese con-junto ha implicado una determinada evolución que pudiera no haber sido la más óptima de las posi-bles.

La Asistencia Sanitaria, especialmente hoy en día, es básicamente operativa y en ese contexto una función logística que SIEMPRE va estructurada en una fuerza armada para atender al bien más pre-ciado que existe en las FFAA cual es el combatiente (antes, en y después del combate) y ¿qué cuali-dades de ese combatiente, pueden ser más importantes, que su estado físico y psicológico o la impor-tancia en la moral del mismo, en la seguridad que ante una herida o enfermedad se dispondrá, lo más cerca posible de él, de los mejores medios humanos y materiales para asegurarle la supervivencia?. Esa integración en la orgánica de las unidades sean grandes o pequeñas bajo un mando único hacen de la Sanidad Militar una actividad muy alejada de las anteriores y de transcendencia vital en su acep-ción de perteneciente o relativo a la vida, sin menospreciar a ninguna de las anteriores.

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 6

Ya centrándonos en el Cuerpo Militar de Sanidad debiéramos tener en consideración elementos clara-mente objetivos con otros subjetivos y por tanto más discutibles. Referente a los primeros, es obvio que el número de oficiales ha disminuido. En la fecha de la unificación en 1989 tras la entrada en vi-gor de la Ley 17/89, según la escalilla de 1 de enero de ese año, solo el Ejército de Tierra contaba con 144 oficiales farmacéuticos no siendo pues descabellado hacer una aproximación de al menos 200 farmacéuticos militares entre los dos Ejércitos y la Armada. Hoy en día y según indica, en un Bo-letín anterior, el ya citado Coronel Farmacéutico Pato Alonso contamos con 142 militares de carrera que alcanzarán en el ciclo 2015-2024, los 160 oficiales de los cuales un número entre 10-20 irán a ocupar destinos de especialidades que en los años de la unificación, salvo excepciones, estaban ocu-padas por oficiales médicos.

Desde 1989 a 2016 la evolución del número de miembros de las FFAA en su conjunto ha traído con-sigo una disminución de alrededor del 25% de los efectivos. Esto significa que el número de farma-céuticos militares debería estar cercano a los 150 efectivos, número próximo al objetivo marcado en el citado ciclo. Es decir no parece que hayamos perdido efectivos humanos.

Pero si interesante es el aspecto cuantitativo, creo que es de más interés la apreciación de lo ocurrido en aspectos cualitativos.

Desde hace ya varios años, los farmacéuticos que deciden ser farmacéuticos militares tienen currícu-los notables o sobresalientes, así como unas elevadas cualidades personales que son la base para la profesión militar y los valores que esta representa. Es decir en relación con otras especialidades fun-damentales del Cuerpo Militar de Sanidad nuestro recurso humano, el elemento más importante en cualquier organización, presenta cualificaciones personales y profesionales más que notables. Ade-más, contamos con unos especialistas formados extraordinariamente, no solo en las especialidades hospitalarias tradicionales, sino también en las de formación extrahospitalaria con másteres obtenidos en prestigiosas facultades civiles en Farmacia Industrial y Galénica o Productos Sanitarios entre otros, Esto, asegura un futuro profesional prometedor a la Farmacia Militar.

Referente a las competencias profesionales en las fechas de la unificación, los farmacéuticos en el seno de las Fuerzas Armadas teníamos nuestras actividades profesionales volcadas fundamental-mente a la atención farmacéutica al personal con derecho a la farmacia militar desde las farmacias militares, la mayor parte, en el centro de las ciudades. Sin desdeñar competencias profesionales co-mo la farmacia industrial o la farmacia hospitalaria entre otras.

Hoy en día el campo de actuación profesional manteniendo estas actividades en un nivel menor que en aquellos años por el cierre de unidades y centros así como el traslado de las farmacias a recintos militares, se ha ampliado en campos de vital importancia para la Fuerzas Armadas, en algunos aspec-tos imprescindibles, tales como la Toxicología de las drogas de abuso, aguas o Gestión de los Recur-sos Sanitarios a todos los niveles y escalones, imprescindible en un momento de control de gasto y eficiencia del mismo. Así como, Radiofarmacia, Análisis Clínicos, Microbiología o Inmunología.

En conclusión nuestras responsabilidades han aumentado sobre todo desde un punto de vista cualita-tivo.

En ese mismo orden de cosas, en 1989 fecha de nuestros primeros pasos en una estructura común y tras la unificación de centros, contábamos con Centros de Producción, Servicios Toxicológicos y de Análisis dependientes de los Ejércitos y laboratorios de Centros de Farmacia o Farmacias Regionales/Zonas Marítimas en general de nivel medio. Hoy en día contamos, además de esas estructuras con un puntero Instituto de Toxicología de drogas y aguas de consumo humano así como un Centro de Fabricación y de Abastecimiento con un potencial de desarrollo impresionante en la industria farma-céutica y de relación con las autoridades civiles así como en aspectos logísticos. La Unidad Logística Sanitaria imprescindible para el despliegue de operaciones del Ejército de Tierra o la Unidad del Ejér-cito de Aire de relativa nueva creación que abastece en OMP,s a unidades de su Ejército; o la más que notable actuación de nuestros oficiales en la UME. En fin, que además de mantener básicamente la estructura que ya presentábamos antaño, disponemos de centros de primera magnitud que permi-ten y permitirán más todavía un desarrollo profesional muy importante con vocación de futuro.

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 7

Ahora bien todo cambio tiene sus luces y sombras. Ya hemos tratado las luces y ahora deberemos iluminar las sombras.

Lo primero y en mi opinión lo más importante es la perdida de pertenencia al Ejército/Armada donde prestamos nuestros servicios diariamente. La diferencia en la uniformidad y una gestión de recursos humanos dependientes de la Subsecretaría son muy positivos en el caso de jurídicos y especialmente en los interventores o en las estructuras sanitarias del Órgano Central, pero teniendo en considera-ción los elementos que se ha indicado en párrafos anteriores, hace de este hecho un problema no menor en los sanitarios que llevan a cabo su actuación profesional día a día en los Ejércitos.Quizás se podría resolver manteniendo el uniforme del Ejército donde se está destinado. Por el contario esa estructura común no ha traído consigo que la farmacia militar tenga oficiales farmacéuticos en la Guardia Civil con importancia que tiene el aspecto operativo del Instituto Armado en la Seguridad Na-cional y en OMP,s en coordinación con las FFAA.

En otro orden de cosas, evidentemente, la pérdida inicial de un General farmacéutico, aun conside-rando “a posteriori” que las diferentes adaptaciones en las plantillas también han dado lugar a una pérdida de Generales médicos. Aquella disminución inicial debería ser muy tenida en cuenta si hubie-ra futuros ajustes en dicho empleo en el Cuerpo de Sanidad.

Pero si algo caracteriza el elemento más negativo de la unificación ha sido la falta de promoción en la carrera profesional para ocupar puestos directivos que de una manera u otra no han podido ser alcan-zados. Así, mientras en los últimos años el número de tenientes coroneles farmacéuticos que han al-canzado el empleo de coronel es muy superior proporcionalmente a otras especialidades fundamenta-les al tener en cuenta los diferentes elementos que se consideran en las evaluaciones de los ascen-sos por elección y que de una u otra manera caracterizan la calidad militar y profesional del evaluado, no se ha visto reflejado en nombramientos de los puestos de trabajo que lideran la institución. Me re-fiero por ejemplo a la EMISAN (Academia Central de la Defensa), Jefatura Docente del HCD “Gómez Ulla”, Subdirección de Servicios Centrales, en estructuras conjuntas CMOPS, o JSANOPS. Pero si hemos o somos perfectos segundos.

En esa misma línea de pensamiento y teniendo en cuenta que la base de la estructura común del CMS es un reflejo de los Cuerpos Técnicos de la Administración donde se unifican profesiones de se-mejante nivel académico, no parece lógico que en estos años de unificación ningún farmacéutico haya podido ocupar los puestos de máxima responsabilidad como las Direcciones de Sanidad de los Ejérci-tos o la misma Inspección de Sanidad, o la existencia de una serie de cortapisas para el ejercicio del mando en Unidades / Jefaturas de Sanidad de un nivel inferior a esos cargos directivos. Hasta qué punto es admisible, desde el punto de la lógica, el axioma de que un oficial médico General o Particu-lar puede asesorar al mando y tomar decisiones sobre la actuación de las otras especialidades funda-mentales (profesiones sanitarias independientes y con responsabilidades claras legalmente) de la Es-cala de Oficiales del CMS y no las otras sobre ella. ¿No es posible en ningún caso revertir el paradig-ma? Parece ser que no.

En fin y como resumen, este autor que ingreso en un Ejército que por la evolución económica y social de la Nación ya no existe y en un Cuerpo que tampoco existe desde la unificación, y que allá por los años 90 creía que esta era un arma cargada de futuro para la Farmacia Militar, con sus luces y som-bras. Ella nos ha conducido a una Farmacia Militar imprescindible para la Sanidad Militar y por ende para la operatividad de los Ejércitos disponiendo de unos oficiales farmacéuticos muy formados pro-fesionalmente y con sólidos principios, imprescindibles como militares que somos y una dotación de centros punteros para un óptimo desarrollo futuro de la Farmacia Militar.

Coronel CMS (FAR) D. Mario Gonzalez Alfonso

DISAN - Armada

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 8

Tema Monográfico

Errores de Medicación

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 9

Durante el segundo semestre del año 2016 a través de los farmacéuti-cos comunitarios se han comunicado 18 pares de posibles errores por similitud ortográfica y fonética de medicamentos. De estos 18 pares de medicamentos un total de 10 han sido detectados y enviados por primera vez.

La campaña “PREVENCION DE ERRORES DE MEDICACIÓN OCA-SIONADOS POR SIMILITUD FONÉTICA U ORTOGRÁFICA DE LOS MEDICAMENTOS” ha demostrado su utilidad en el objetivo de alcan-zar el uso racional de los medicamentos, principio que ha sido defen-dido por la OMS.

El número total de notificaciones recibidas demuestra el interés que esta campaña ha suscitado entre los profesionales farmacéuticos, ini-ciativa que en el 2004 puso en marcha el Consejo General de Cole-gios Farmacéuticos en colaboración con el Instituto para el Uso Segu-ro de los Medicamentos.

A través de esta campaña se pretende concienciar a los farmacéuti-cos de la transcendencia de los errores de medicación y de la impor-tancia de detectarlos y comunicarlos, con la finalidad de desarrollar medidas encaminadas a mejorar la seguridad del paciente.

http://www.portalfarma.com/Profesionales/campanaspf/categorias/Paginas/historicoerroresusoseguro.aspx

http://www.ismp-espana.org/

INSTITUTES FOR SAFE MEDICATION PRACTICES

Institute for Safe Medication Practices (ISMP) http://www.ismp.org Institute for Safe Medication Practices Canada (ISMP-Canada) http://www.ismp-canada.org Instituto para Práticas Seguras no Uso de Medicamentos (ISMP-Brasil) http://www.ismp-brasil.org National Coordinating Council for Medication Error Reporting and Prevention (NCC MERP) http://www.nccmerp.org/

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ESPAÑA

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Seguridad del Paciente http://www.seguridaddelpaciente.es/ Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios. Ministerio de Sanidad y Consumo http://www.agemed.es Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria http://www.sefh.es Centro de Investigación para Seguridad Clínica. Fundación Donabedian http://www.fadq.org Observatorio para la Seguridad del Paciente. Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/agenciadecalidadsanitaria/observatorioseguridadpaciente/ http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/document_listing/document_listing_000398.jsp&mid=WC0b01ac058098f1c0 EUROPA European Medicines Agency- Medication Errors http://www.ema.europa.eu/ema/index.jsp?curl=pages/regulation/document_listing/document_listing_000398.jsp&mid=WC0b01ac058098f1c0 European Union Network for Patient Safety and Quality of Care http://www.pasq.eu/ Danish Society for Patient Safety http://www.patientsikkerhed.dk Irish Medication Safety Network http://www.imsn.ie National Health Service. Patient Safety http://www.nrls.npsa.nhs.uk/ Prescrire- Programme Éviter l´Évitable http://english.prescrire.org/en/ Centrale Medicatie-Incidenten Registratie (CMR) http://www.medicatieveiligheid.info

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INTERNACIONAL

World Alliance for Patient Safety. Organización Mundial de la Salud http://www.who.int/patientsafety/en/ International Medication Safety Network http://www.intmedsafe.net/ AMERICA

Agency for Healthcare Research and Quality http://www.ahrq.gov American Hospital Association http://www.aha.org American Society of Health-System Pharmacists http://www.ashp.org Anesthesia Patient Safety Foundation http://www.apsf.org Food and Drug Administration MedWatch http://www.fda.gov/medwatch/ Institute for Healthcare Improvement http://www.ihi.org Institute for Safe Medication Practices http://www.ismp.org Joint Commission on Accreditation of Healthcare Organizations http://www.jcaho.org Massachusetts Coalition for the Prevention of Medical Errors http://www.macoalition.org/ Med-E.R.R.S. http://www.med-errs.com VA National Center for Patient Safety. Department of Veterans Affairs http://www.patientsafety.va.gov/ National Coordinating Council for Medication Error Reporting and Prevention http://www.nccmerp.org National Quality Forum http://www.qualityforum.org National Patient Safety Foundation http://www.npsf.org

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United States Pharmacopeia http://www.usp.org Canadian Patient Safety Institute http://www.patientsafetyinstitute.ca Institute for Safe Medication Practices Canada http://www.ismp-canada.org ASIA Hong-Kong Hospital Authority www.ha.org.hk Singapore National Medication Safety Taskforce www.moh.gov.sg AUSTRALIA Y NUEVA ZELANDA Australian Patient Safety Foundation http://www.apsf.net.au Australian Commission on Safety and Quality in Healthcare http://www.safetyandquality.gov.au NSW Therapeutic Advisory Group http://www.ciap.health.nsw.gov.au/nswtag/ Health Quality & Safety Commission New Zealand http://www.hqsc.govt.nz

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BOLETINES (Instituto para el Uso Seguro de los Medicamentos ISMP)

http://www.ismp-espana.org/ficheros/index/3

Ejemplo de últimos números publicados

Boletín nº 43 (Marzo 2017). Prevención de errores de medicación con anticoagulantes orales Boletín nº 42 (Diciembre 2016). Educación al paciente y prevención de errores de medicación Boletín nº 41 (Diciembre 2015). Prevención de errores por omisión o retraso de la medicación y directrices del ISMP para la administración a tiempo de la medicación en los hospitales Boletín nº 40 (Octubre 2015). Prevención de errores de medicación asociados a la utilización de vacunas Boletín nº39 (Diciembre 2014). Prevención de errores de medicación asociados a alergias cono-cidas a medicamentos Boletín nº38 (Octubre 2014). Prevención de errores con relajantes neuromusculares. Riesgo de confusión entre trastuzumab-emtansina y trastuzumab. Lista de medicamentos de alto riesgo pa-ra pacientes crónicos. Boletín nº37 (Noviembre 2013). Etiquetado de medicamentos inyectables. Selección de prácticas de prevención de errores Boletín nº36 (Junio 2013). Riesgo de utilizar las plumas de insulina para más de un paciente. Ad-ministración intravenosa de medicamentos para nebulización. Clorhexidina 1% y 2%. Boletín nº35 (Octubre 2012). Jeringas orales para administrar medicamentos orales líquidos. Me-joras conseguidas en el etiquetado y envasado de medicamentos. Boletín nº34 (Diciembre 2011). Errores en la conciliación de los tratamientos con medicamentos.

Recomendaciones para la prevención de errores de medicación ISMP http://www.ismp-espana.org/ficheros/Bolet%C3%ADn%2043%20%28Marzo%202017%29.pdf

Lista actualizada de nombres de medicamentos que se prestan a confusión (actualizada 2016) http://www.ismp-espana.org/nombres/listado/nombres_confusos

http://www.ismp-espana.org/ficheros/Recomendaciones%20nombres%20ISMP-Espana.pdf

Abreviaturas, símbolos y expresiones de dosis asociados a errores de medicación http://www.ismp-espana.org/ficheros/abreviaturas.pdf

Elaboración de una relación de nombres de medicamentos similares en los que se recomienda utilizar letras mayúsculas resaltadas http://www.ismp-espana.org/ficheros/Farm%20Hosp.%202011%3B%2035%20225-35.pdf

Prácticas seguras para el uso de anticoagulantes orales (informe 2016) http://www.ismp-espana.org/ficheros/Practicas%20seguras%20ACO%20-Informe-final%202016.pdf

Boletín sobre educación al paciente y prevención de errores de medicación http://www.ismp-espana.org/ficheros/Boletin%2042%20%28Diciembre%202016%29.pdf

Prevención de errores causados por el etiquetado y envasado de los medicamentos http://www.ismp-espana.org/noticias/view/103 Lista de Medicamentos de Alto Riesgo http://www.ismp-espana.org/ficheros/Medicamentos%20alto%20riesgo%202012.pdf

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Recomendaciones para el uso seguro del potasio intravenoso

https://www.seguridaddelpaciente.es/formacion/tutoriales/MSC-CD4/ Recomendaciones para el etiquetado de los medicamentos inyectables que se administran en Anestesia http://www.ismp-espana.org/ficheros/Recomendaciones%20ETIQUETADO%20Enero%202011.pdf

Análisis de la implantación de prácticas seguras en los sistemas automatizados de dispensa-ción de medicamentos http://www.ismp-espana.org/ficheros/Articulo%20SAD-%20Farm%20Hosp%202013.pdf El papel del farmacéutico en la gestión de la seguridad de los medicamentos diez años después de la publicación del informe) http://www.ismp-espana.org/ficheros/Farm%20Hosp%202010%3B%2034%20159-%2062..pdf

La gestión de riesgos en la prevención de los errores de medicación http://www.ismp-espana.org/ficheros/M%C3%B3dulo%20Gesti%C3%B3n%20riesgos%20Medicamentos.pdf

Errores de medicación y gestión de riesgos http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1135-57272003000500003

Errores de medicación http://www.sefh.es/bibliotecavirtual/fhtomo1/cap214.pdf Evaluación de la integración del farmacéutico en equipos de atención de unidades de hospitali-zación http://www.sefh.es/fh/2002/n1/4.pdf Errores de medicación: estandarización de la terminología y clasificación http://campus.usal.es/~ismp/FarmHospTaxo.pdf Nuevas tecnologías aplicadas al proceso de dispensación de medicamentos. Análisis de erro-res y factores contribuyentes http://www.sefh.es/fh/105_121v34n02pdf003.pdf

Estudio de incidencia de los errores de medicación en los procesos de utilización del medica-mento: prescripción, transcripción, validación, preparación, dispensación y administración. http://www.elsevier.es/es-revista-farmacia-hospitalaria-121-articulo-estudio-incidencia-los-errores-medicacion-S1130634309724651 Identificación y análisis de los errores de medicación en seis hospitales brasileños. http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0717-95532010000100010&script=sci_arttext&tlng=pt Errores de medicación: función del farmacéutico http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-75152005000200011 Errores de medicación en el Servicio de Medicina de un hospital de alta complejidad http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-98872014000100007

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 15

Seguridad en la administración intravenosa de medicamentos mediante bombas de infusión in-teligentes. http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S1130-63432014000400003&script=sci_arttext Errores de medicación en pacientes críticos adultos de un hospital universitario. Estudio pros-pectivo y aleatorio http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0034-98872011001100010&script=sci_arttext Nuevas iniciativas para mejorar la seguridad de la utilización de los medicamentos en los hos-pitales http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1135-57272004000300003 Los errores de medicación como un problema sanitario. http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-75152008000200011 Analysis of the medication reconciliation process conducted at hospital admission. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/27571493 Risk factors for medication errors in the electronic and manual prescription. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/27508913 Prevention of medication errors in healthcare transition of patients treated with apomorphine. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/24951908 Hospital medication errors in a pharmacovigilance system in Colombia. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/26618378 Medication errors in a neonatal unit: One of the main adverse events https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/26520488 Seguir o no seguir las recomendaciones farmacológicas de los prescriptores: «this is the ques-tion» https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=forums&srcid=MTYzMDEwODI1NDI5NTU2ODM3OTEBMDQyODg1MTM4MzMxOTYyOTUxMzkBME1oZ2NqaV9Bd0FKATAuMQEBdjI Gestión de Riesgo en la Dispensación: Servicio de Farmacia http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/huvvsites/default/files/revistas/ED-86-05.pdf Acciones de mejora en los procesos de almacenamiento y dispensación de medicamentos en un Servicio de Farmacia Hospitalaria http://www.revistadelaofil.org/acciones-de-mejora-en-los-procesos-de-almacenamiento-y-dispensacion-de-medicamentos-en-un-servicio-de-farmacia-hospitalaria/ Errores de medicación en farmacias comunitarias: elaboración de un formulario para su detec-ción. http://www.farmaceuticoscomunitarios.org/es/system/files/journals/136/articles/04-1-006-014.pdf

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 16

Interesante artículo donde se hace un breve resumen histórico de los errores de medicación y so-bre todo hace un compendio de distintas definiciones, distinguiendo entre Incidentes relacionados con la medicación (IRM), Error de medicación (EM), Problemas relacionados con los medicamen-tos (PRM), Acontecimiento adverso por medicamentos (AAM), Acontecimiento adverso potencial (AAM potencial) y Reacción adversa a medicamentos (RAM). http://www.elsevier.es/es-revista-farmacia-profesional-3-articulo-errores-medicacion-13068669

Estudio de incidencia de los errores de medicación en los procesos de utilización del me-dicamento: prescripción, transcripción, validación, preparación, dispensación y adminis-tración en el ámbito hospitalario http://www.elsevier.es/es-revista-farmacia-hospitalaria-121-articulo-estudio-incidencia-los-errores-medicacion-S1130634309724651

Errores de medicación: la difícil prevención. http://www.ics.gencat.cat/3clics/main.php?page=ArticlePage&lang=CAS&id=595

Gestión de notificaciones de errores de medicación por entidades regulatorias. http://www.uelbosque.edu.co/sites/default/files/publicaciones/revistas/revista_colombiana_enfermeria/volumen10/003_articulo-1-Vol10%20A10.pdf Boletín de Prevención de Errores de Medicación http://medicaments.gencat.cat/ca/professionals/butlletins/boletin-de-prevencion-de-errores-de-medicacion/ Prevención errores - dispensación http://medicaments.gencat.cat/web/.content/minisite/medicaments/professionals/6_publicacions/butlletins/boletin_errores_medicacion/documents/arxius/bem_v02_n2e.pdf

Campaña de prevención de errores de medicación ocasionados por similitud en los nom-bres de los medicamentos - Estrategias para prevenir los errores de mediación

http://www.portalfarma.com/Profesionales/campanaspf/categorias/Paginas/estrategiasusoseguro.aspx Prácticas para mejorar la seguridad de los medicamentos de alto riesgo http://www.msc.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/docs/practicas__seguras_medicamentos__alto__riesgo.pdf Responsabilidad civil por medicamento: el defecto de diseño http://www.indret.com/pdf/287_es.pdf Servicio de dispensación de medicamentos y productos sanitarios (CGCOF) http://static.correofarmaceutico.com/docs/2014/07/24/dispensacion.pdf

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 17

Enlace a grupos de Facebook, Twitter y web donde se advierten posi-bles errores en la medicación. STOP ERRORES DE MEDICACION, @StopErroresMed https://www.facebook.com/Stoperroresmed/, http://www.stoperroresdemedicacion.org/ Mejor farmacia (Farmacia/Adherencia/error/dispensación) http://mejorfarmacia.blogspot.com.es/2015/04/Farmacia-Adherencia-error-dispensacion.html Foro Farmacia – Verfarma /Errores de medicación por marcas iguales de medicamentos en diferentes países https://www.foro.verfarma.com/off_topicvarios/errores_de_medicacion_por_marcas_iguales_de_medicamentos_en_diferentes_paises_991.0.html

Los errores en la medicación suponen el 5% de los ingresos hospitalarios http://www.elmundo.es/sociedad/2015/10/26/562d114846163f6b1e8b45d0.html Identificación a pacientes con el iris o con la huella dactilar: El objetivo del nuevo sistema de identificación es reducir errores en la administración de medicación https://www.redaccionmedica.com/autonomias/murcia/la-arrixaca-identificara-a-pacientes-con-el-iris-o-con-la-huella-dactilar-3693 WHO Launches Global Effort to Halve Medication-Related Errors in 5 Years http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2017/medication-related-errors/en/

….algunas noticias publicadas recientemente…..

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 18

Errores en la medicación http://es.slideshare.net/harrisonsandoval/errores-en-la-medicacion Stop errores medicación SEFH http://es.slideshare.net/StopErroresMed/stop-errores-de-medicacion-sefh-cantabria Fórmulas para aplicar dosis y dilución de medicamentos http://es.slideshare.net/PatriciaCornejo5/formulas-para-aplicar-dosis-y-dilucion-de-medicamentos http://es.slideshare.net/ninavillasusocores/comunicacin-oviedo-3-24990530?qid=ca6b071a-477c-48c8-b5e2-872705642299&v=&b=&from_search=5 10 estrategias para prevenir errores de medicación http://www.stoperroresdemedicacion.org/es/blog/10-estrategias-para-prevenir-errores-de-medicacion/

…..algunas presentaciones que hemos encontrado…...

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Evaluación de los errores de medicación notificados antes y después de la implantación de un sistema informatizado de prescripción /validación /preparación /administración en oncohema-tología. Impacto sobre la calidad del proceso asistencial y seguridad de los pacientes” (Tesis Doctoral de Dª Autora Natalia Creus Baro.) http://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/284896/NCB_TESIS.pdf?sequence=1 Análisis modal de fallos y efectos en el proceso de prescripción, validación y dispensación de medicamentos (Tesis Doctoral) http://eprints.ucm.es/18151/1/T34263.pdf Optimización de los sistemas verticales de dispensación automatizada para mejorar la seguri-dad del paciente. (Tesis Doctoral) http://147.96.70.122/Web/TFG/TFG/Memoria/VERONICA%20GARCIA%20ARTIAGA.pdf Atención farmacéutica integral aplicada a la detección y prevención de errores de medicación en pacientes críticos pediátrico (Tesis Doctoral) http://eprints.ucm.es/36123/1/T36920.pdf

….algunas Tesis Doctorales….

Manuales de Buenas Prácticas de dispensación http://www.limaeste.gob.pe/OtrosLink_documentos_DFVS.asp?idOtroLink=112 http://biwatin.com/result/Manual-De-Buenas-Practicas-De-Dispensacion-2010 Directrices conjuntas fip/oms sobre buenas prácticas en farmacia: estándares para la calidad de los servicios farmacéutico

https://www.fip.org/www/uploads/database_file.php?id=334&table_id=

El papel del farmacéutico en la seguridad del paciente http://cofciudadreal.com/UserFiles/File/Publicos/Dia%20del%20Farmaceutico/Informe%20el%20papel%20del%20farmaceutico.pdf

Campaña de prevención de errores de medicación ocasionados por similitud en los nombres de los medicamentos - Estrategias para prevenir los errores de mediación http://www.portalfarma.com/Profesionales/campanaspf/categorias/Paginas/estrategiasusoseguro.aspx

Hacia la prevención del riesgo (Jornadas de Farmacovigilancia) https://www.aemps.gob.es/eu/laAEMPS/eventos/medicamentos-uso-humano/Farmacovigilancia/2006/docs/VI-jornada-FV/libro-Resumen_VI-Jornadas-FV.pdf

Repercusiones de la atención farmacéutica sobre el ejercicio médico y la calidad asistencial https://www.cgcom.es/sites/default/files/atencion_farmaceutica_repercusiones.pdf Desarrollo de la práctica de farmacia centrada en la atención del paciente https://cursos.campusvirtualsp.org/pluginfile.php/36543/mod_page/content/7/M3C1_OPS_2006.pdf

…..manuales, guías, revisiones….

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…..algunos videos relacionados…..

https://www.youtube.com/watch?v=is2zgyY0_CE

https://www.youtube.com/watch?v=lSeaQOBJVsk

http://es.slideshare.net/cselgreco/errores-medicacion-slideshare

http://es.slideshare.net/garciajcesar/estrategia-para-el-uso-seguro-de-los-medicamentos?related=2

http://es.slideshare.net/nferdecano/taller-errores-de-medicacion?related=2

http://es.slideshare.net/allstare/los-diez-correctos-en-la-administracin-de-medicamentos?related=2

https://www.youtube.com/watch?v=0f2vsI7zEsE

https://www.youtube.com/watch?v=lCVuI-gt4U8

https://www.youtube.com/watch?v=lxD8JbxpK10&spfreload=1

https://www.youtube.com/watch?v=MV-EOiCV5wc

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STOP Errores de Medicación: Seguridad clínica 2.0 (por @emiliomonteb).

Emilio Monte Boquet

Seguridad del paciente con el uso del medicamento: eviden-cias y estrategias prácticas Antonio Villafaina Barroso, Beatriz Rodríguez Pérez, Olga Ortíz Rodríguez

Calidad farmacoterapéutica N. Víctor Jiménez Torre

Problemas tecnológicos en la fa-bricación de medicamento Ramón Salazar

Libro Blanco de la Farmacia Comunitaria Europea

…..algunos libros relacionados…..

https://www.seguridaddelpaciente.es/resources/documentos/2016/presentacion-libro-15-diciembre/Seguridad_del_paciente.pdf

Seguridad del Paciente: estra-tegias para una asistencia sa-nitaria más segura Charles Vincent y René Amalberti

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Colaboraciones

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COSMETOVIGILANCIA: una breve revisión

Tte. CMS (FAR) D Alejandro Blasco Barbero

Fecha de realización: febrero 2017

INTRODUCCIÓN

El consumo de productos cosméticos es cada vez más frecuente en nuestra sociedad siendo, por tanto, esencial garantizar su seguridad ya que pueden dar lugar a efectos no deseados como toxici-dad, irritación o sensibilización. Existe una cierta preocupación de la comunidad científico-sanitaria, que ha dado lugar a numerosas investigaciones, así como a la implantación en el marco europeo de un sistema de vigilancia de los productos cosméticos definido y armonizado que tienen como objeti-vo el uso adecuado de estos productos y garantizar la ausencia de riesgos para la salud. En Petito-rio de Farmacia del Ministerio de Defensa se recogen elaborados farmacéuticos como CREMA DER-MOPROTECTORA DEF, ANTITRANSPIRANTE DEF, CREMA DE ENMASCARAMIENTO DEF, PROTECTOR LABIAL DEF, FOTOPROTECTORA CREMA (MONTAÑA) DEF, entre otros, para la atención a la salud de los miembros de las Fuerzas Armadas en los campos logístico-operativo y asistencial.

2.- REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA

Es conveniente diferenciar un producto cosmético de un medicamento y de los productos de higiene personal.

Los productos cosméticos se definen como «toda sustancia o mezcla destinada a ser puesta en con-tacto con las partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, la-bios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado o corregir los olores corporales».

En virtud a la definición anteriormente mencionada, no pueden ser considerados productos cosméti-cos aquellos cuyo fin último principal no sea la decoración o corrección superficial corporal ni los que actúen a un nivel diferente del superficial o que, para su aplicación, deban ser ingeridos, inhalados o inyectados.

Se engloban en los llamados productos cosméticos «cremas, emulsiones, lociones, geles y aceites para la piel, mascarillas de belleza, maquillajes de fondo (líquidos, pastas, polvos), polvos de maqui-llaje, polvos para aplicar después del baño, polvos para la higiene corporal, jabones de tocador, ja-bones desodorantes, perfumes, aguas de tocador y agua de colonia, preparados para baño y ducha (sales, espumas, aceites, geles), depilatorios, desodorantes y antitranspirantes, colorantes para el cabello, productos para la ondulación, alisado y fijación del cabello, productos para marcado del ca-bello, productos para la limpieza del cabello (lociones, polvos, champús), productos para el manteni-miento del cabello (lociones, cremas, aceites), productos para el peinado (lociones, lacas, brillanti-nas), productos para el afeitado (jabones, espumas, lociones), maquillaje y productos para desma-quillar, productos destinados a aplicarse en los labios, productos para cuidados bucales y dentales, productos para el cuidado y maquillaje de las uñas, productos de higiene íntima externa, productos para el sol, productos para el bronceado sin sol, productos para blanqueo de la piel y productos anti-arrugas».

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Por otro lado, se considera medicamento de uso humano a «toda sustancia o combinación de sustan-cias que se presente como poseedora de propiedades para el tratamiento o prevención de enfermeda-des en seres humanos o que pueda usarse en seres humanos o administrarse a seres humanos con el fin de restaurar, corregir o modificar las funciones fisiológicas ejerciendo una acción farmacológica, in-munológica o metabólica, o de establecer un diagnóstico médico».

Finalmente, se entiende por producto de cuidado personal a las «sustancias o mezclas que, sin tener la consideración legal de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos o biocidas, están destinados a ser aplicados sobre la piel, dientes o mucosas del cuerpo humano con finalidad de higiene o de esté-tica, o para neutralizar o eliminar ectoparásitos», siendo ejemplos de ello los dentífricos, productos de estética, pediculicidas, hidratantes vaginales, limpiadores anales en caso de hemorroides, productos para el masaje deportivo, limpiadores nasales o limpiadores oculares.

Los productos cosméticos que se comercializan deben ser seguros para la salud cuando se utilizan en condiciones normales o razonablemente previsibles de uso. Por consiguiente, un cosmético seguro de-be cumplir una serie de requisitos como, por ejemplo, el estar correctamente formulado o el haber sido fabricado según las normas contempladas en la legislación vigente. Del mismo modo, debe garantizar las exigencias establecidas en cuanto su presentación, correcto envasado y etiquetado, así como su almacenamiento y distribución. En virtud a ello deben estar sometidos a un marco jurídico que permita garantizar su idoneidad y calidad.

2.1.- Marco Jurídico de los productos cosméticos

Existen diversas normativas que son aplicables a los productos cosméticos, siendo una de ellas Regla-mento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 y sus modificaciones posteriores, que tienen como objetivo fundamental garantizar un elevado nivel de pro-tección de la salud y lograr una armonización de las diversas normas comunitarias para garantizar un mercado seguro para este tipo de productos. Sus anexos se actualizan periódicamente con la finalidad de adaptarlos al progreso y evolución técnica, siendo de aplicación en los países de los Estados miem-bros.

Entre otros aspectos, este tipo de reglamentaciones garantiza la calidad, seguridad y eficacia de los ingredientes, la composición, el proceso de fabricación y del envase. Los principales elementos que recoge son: la inclusión de definiciones, el establecimiento de obligaciones de los diferentes agentes implicados en la comercialización, la exigencia de un informe de seguridad, la regulación de ingredien-tes, los requisitos de etiquetado y publicidad, la cosmetovigilancia, el control del mercado y las medi-das a adoptar en caso de riesgos derivados de los productos cosméticos comercializados.

Por otro lado, cabe mencionar el Reglamento (UE) Nº 655/2013 de la Comisión, de 10 de julio de 2013, por el que se establecen los criterios comunes a los que deben responder las reivindicaciones relativas a los productos cosméticos, garantizando con ello que la información transmitida permita al consumidor tomar decisiones con conocimiento de causa y elegir los productos cosméticos que mejor correspondan a sus necesidades. 

Con el objetivo de facilitar que todas los fabricantes comprendan y adopten los requisitos que se esta-blecen en el Reglamento 1223/2009 relativo a la elaboración del informe de seguridad del producto cosmético, se estableció la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 25 de noviembre de 2013 sobre las directrices relativas al anexo I del Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos cosméticos . 

En España, el Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos y modificacio-nes posteriores, está parcialmente derogado desde el 11 de julio de 2013 en todo lo que se oponga Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, aunque continúa vigentes ciertos aspectos, como por ejemplo la lengua del etiquetado de los produc-tos.

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También debemos mencionar el Real Decreto 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, ya que en su Artículo 1 «Objeto y ámbito de aplicación de la ley» hace referencia a las medidas cautelares y al régi-men de infracciones y sanciones aplicables a los cosméticos.

Actualmente, existe un Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los productos cosméticos, que se encuentra en la última fase de tramitación. Este Real Decreto tendrá por objeto establecer las nor-mas complementarias relacionadas con el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos, establecerá las autoridades competentes en el territorio español, regulará las actividades de fabricación e importación de estos pro-ductos y fijará las normas para el funcionamiento del Sistema Español de Cosmetovigilancia y de la Red de alerta nacional de productos cosméticos, así como la creación del Comité de Cosméticos y Pro-ductos de Cuidado Personal .

2.2.- Cosmetovigilancia

Los productos cosméticos, tanto a nivel nacional como europeo, están amparados en diversas normati-vas que aseguran elevadas garantías sanitarias y evitan los riesgos para la salud cuando éstos son uti-lizados según sus indicaciones. Sin embargo, estos productos no son necesariamente inocuos y pue-den producir efectos no deseados o graves (entendiendo por efecto no deseado a «una reacción ad-versa para la salud humana atribuible a la utilización normal o razonablemente previsible de un produc-to cosmético» y por efecto grave no deseado a «aquel que produce una incapacidad funcional temporal o permanente, una discapacidad, una hospitalización, anomalías congénitas, riesgo inmediato para la vida o la muerte») en el organismo, tanto locales como sistémicos.

Es, por lo tanto, necesaria la integración y armonización de un Sistema de Cosmetovigilancia que se encargue de coordinar la recogida, registro, evaluación y seguimiento sobre los posibles efectos adver-sos de los productos cosméticos con la finalidad de conocer su naturaleza y frecuencia, que permita la adopción de medidas necesarias para prevenir su aparición y reducir su incidencia, así como la difu-sión de su información y las medidas adoptadas.

En España, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas permanecen en continua coordinación y cooperación para la aplicación y seguimiento de la reglamentación relacionada con los productos cosméticos. Además cabe mencionar que la AEMPS forma parte de una Red de Agencias Europeas de Medicamentos, ba-sada en el establecimiento de un modelo que permite armonizar evaluaciones e inspecciones técnicas en el ámbito de su competencia, bajo el amparo de la Agencia Europea del Medicamento (EMA) .

En este sentido, la AEMPS se ve obligada a mantener la excelencia en cuanto a niveles de capacita-ción técnica y científica, ya que actúa como centro de referencia nacional, siendo su papel fundamental en los procesos relacionados con la evaluación y control que se realizan a través de la Comisión Euro-pea.

Un Sistema de Cosmetovigilancia está basado esencialmente en la notificación de los casos requirién-dose, por lo tanto, una participación activa por parte de profesionales implicados y ciudadanos en ge-neral, pudiendo ser el carácter de la notificación voluntaria u obligatoria, según los criterios de la grave-dad o del notificado.

La AEMPS registra en un una base de datos nacional todos los casos recibidos, los evalúa y hace el seguimiento correspondiente. Además contacta con el notificador para obtener en su caso información adicional o complementaria e informarle de las conclusiones de la investigación realizada. En el caso de que el efecto no deseado sea grave debe informar al conjunto de autoridades competentes de los Estados miembros.

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3.- MATERIAL Y MÉTODO

3.1.- Material

Se han consultado documentos oficiales, artículos e información relacionada con la materia objeto de este trabajo a través de la biblioteca virtual de la Universidad de Alcalá (Alcalá de Henares, Madrid), así como diferentes libros, artículos, materiales y publicaciones.

3.2.-Método

Se ha realizado una sistematización del material obtenido, con la finalidad de ajustarlo al método cien-tífico.

4.- RESULTADO

En el presente trabajo se expone el sistema de cosmetovigilancia implantado actualmente a nivel na-cional encuadrado en el marco legislativo vigente así como su articulación y actuaciones, con respec-to al material obtenido.

5.- DISCUSIÓN

Actualmente, en el marco de la Unión Europea, el mercado español se encuentra en quinta posición con respecto al consumo de productos cosméticos. Durante el año 2015 se alcanzaron los 6.500 mi-llones de euros (un crecimiento del 1,5% en relación al año anterior), mientras que en el primer se-mestre de 2016 se obtuvo un consumo de 2.921,84 millones de euros (un +2.8% en relación al mismo periodo del año anterior) .

Tanto en el ámbito europeo como español, debido a una serie de factores como el elevado consumo de los productos cosméticos, el auge de nuevas tecnologías (véase nanotecnología), el tipo de reac-ciones leves y de corta duración que se producen, la omisión en cuanto a su notificación y el hecho de garantizar una adecuada seguridad sanitaria, justifican la implantación de un Sistema de Cosmetovigi-lancia .

En este sentido, el Consejo de Europa llevó a cabo un estudio sobre la vigilancia de los efectos inde-seables de los cosméticos. Reveló que sólo entre el 25 y el 36% de los consumidores que experimen-taron reacciones adversas por el uso de cosméticos acudieron al médico y de todos estos casos, un 15% fueron graves, siendo el efecto adverso más notificado la dermatitis alérgica de contacto, que su-puso del 76,5 al 83,9% de los casos .

Por otro lado, en los estudios llevados a cabo por Kornfeld-Lecanu y cols., sobre la vigilancia en cuan-to a cosméticos y productos de limpieza del hogar entre los años 2005-2007, se llegó a la conclusión de que la implantación de un sistema estructurado de vigilancia es una herramienta eficaz para los fabricantes, para la mejora de los productos, así como para satisfacer los requisitos de transparencia frente a las diversas autoridades sanitarias y los consumidores, poniendo todo ello de manifiesto la justificación para armonización de un sistema de vigilancia y velar por la seguridad sanitaria de los productos cosméticos.

Como ya se ha mencionado anteriormente, en el ámbito nacional existe una estrecha coordinación y cooperación entre la AEMPS y las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas, así como con los Estados miembros y las Instituciones comunitarias. Además, debemos de tener en cuenta que la AEMPS es la autoridad nacional que representa a España en los Grupos y Comités regulatorios y científico-técnicos del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión Europea en materia de cosméti-cos.

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Por ello, en el Plan de Trabajo de la AEMPS para el 2016, en lo referente a productos cosméticos, destacan como objetivos, entre otros, garantizar la calidad, seguridad, eficacia, accesibilidad e infor-mación aplicables a los productos cosméticos.

El Plan de Trabajo mencionado refleja, entre varias medidas, proporcionar información de los produc-tos cosméticos a ciudadanos, profesionales sanitarios, industria, autoridades y medios de comunica-ción mediante publicación de diversa documentación, así como la edición de notas informativas sobre preguntas/respuestas más frecuentes. También hace referencia a la comprobación de, al menos, 250 declaraciones responsables de productos cosméticos y productos de cuidado personal para la realiza-ción de acciones de mejora relativas a la cosmetovigilancia, el cumpliendo los plazos en el tratamiento de la información en el caso de efectos graves no deseados de productos cosméticos o la constitución de un Comité de Productos Cosméticos. Destaca también la elaboración de un Plan Estratégico para los Laboratorios de Control de la AEMPS atribuible al periodo 2016-2020, reflejando los análisis y en-sayos necesarios con el objetivo de lograr un control efectivo del mercado.

Además, entre otros objetivos de dicho Plan de Trabajo destacan el incremento de la transparencia, la accesibilidad y la satisfacción de los usuarios, así como mejorar los recursos y capacidades, como por ejemplo, el potenciar los sistemas de información con la implantación telemática y nuevas tecnologías en todos los procedimientos del área de cosméticos, que facilitará el cumplimiento legislativo.

La regulación cosmética tiene como objetivo la protección de la salud, así como garantizar que los pro-ductos que se comercialicen sean seguros y se utilizan en las condiciones normales o razonablemente previsibles. Para ello, el fabricante, persona responsable y distribuidor deben de cumplir una serie de exigencias.

La persona responsable puede ser una persona física o jurídica, siendo su obligación garantizar el cumplimiento de los requisitos pertinentes establecidos en el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Par-lamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos que se incorporen en el mercado. Para los productos cosméticos importados, cada importador será la persona responsable y en el caso de que el mismo producto cosmético pueda haberse importado por varios importadores, éstos se res-ponsabilizarán exclusivamente de los lotes que hayan introducido en el mercado, pudiendo el importa-dor designar a un tercero como persona responsable.  El Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos, define en su artículo 2.e «Distribuidor» como «Toda persona física o jurídica de la cadena de suministro, distinta del fabricante o del importador que comercializa un producto cosmético en el mercado comunitario», por lo tanto, distribuidor puede ser cualquier punto de la cadena de suministro, incluyendo las oficinas de farmacia y cualquier otro establecimiento que ven-da productos cosméticos. Un distribuidor será, por lo tanto, la persona responsable si introduce un producto cosmético en el mer-cado con su nombre o marca comercial o bien modifica un producto ya introducido, de tal manera que el cumplimiento de los requisitos aplicables pueda verse afectado .

Por último, el Reglamento antes mencionado, (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Con-sejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos, define en su artículo 2.d «Fabricante» como «Toda persona física o jurídica que fabrica un producto, o que manda diseñar o fabricar un producto, y que comercializa ese producto con su nombre o marca comercial». En conse-cuencia, un fabricante de productos cosméticos no tiene por qué realizar por sí mismo la fabricación material del producto.

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La fabricación de los productos cosméticos debe llevarse a cabo según un sistema de calidad y de acuerdo a Buenas Prácticas de Fabricación, dado que las empresas que fabriquen o importen produc-tos cosméticos están sometidas a un régimen de declaración responsable, siendo su responsabilidad el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para iniciar su actividad. La AEMPS, por su parte, comprueba estas declaraciones y ordena las inspecciones que resulten necesa-rias.

Antes de la introducción en el mercado, la persona responsable del producto cosmético debe presen-tar a la Comisión Europea información sobre dicho producto. Este método permite conocer los produc-tos que se comercializan en el ámbito de la Unión Europea (UE), por lo que se exige una serie de in-formación complementaria como la categoría y nombre del producto cosmético, nombre y dirección de la persona responsable, país de origen para los cosméticos importados desde fuera de la UE, presen-cia o no presencia de nanomateriales, composición y el etiquetado original.

Para cada cosmético introducido en el mercado comunitario la persona responsable garantizará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento. Las empresas responsables ponen a disposición de las autoridades competentes un expediente informativo que incluye una descripción del producto, un informe sobre su seguridad, su método de fabricación, una declaración de conformidad, la garantía de trabajar teniendo en cuenta las Buenas Prácticas de Fabricación y las pruebas de efica-cia e información relacionadas en su caso con la realización de estudios sobre modelos experimenta-les. Esta información está disponible para los diversos Centros Toxicológicos de todos los Estados miembros, dado que puede ser utilizada para instaurar un determinado tratamiento como consecuen-cia de posibles intoxicaciones o por usos indebidos de los productos cosméticos. La AEMPS, al igual que el resto de las autoridades competentes de los Estados miembros, puede también acceder a esta información, para realizar diversos procesos de control e inspección, comprobación de actualizaciones o bien para comprobar las actividades del mercado de los productos cosméticos.

La composición de los productos cosméticos está sometida a una serie de restricciones que se actua-lizan periódicamente para su adaptación al progreso técnico y que se indican en los correspondientes anexos del Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviem-bre de 2009 y modificaciones. Además, para la inclusión de ingredientes en los anexos se tienen en cuenta las opiniones del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores de la Comisión Euro-pea.

Como previamente se ha mencionado en el expediente de información, la empresa responsable tiene la obligación de velar por que se lleve a cabo una evaluación de la seguridad para la salud de cada producto cosmético antes de su comercialización, teniendo en cuenta esa evaluación: el perfil toxicoló-gico de cada uno de los ingredientes, su estructura química, el nivel de exposición al producto y la po-blación a la que va dirigido. Además, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación española, para que un producto cosmético pueda ser comercializado a nivel nacional, debe figurar en castellano el conte-nido nominal en el momento del acondicionamiento, la fecha de duración mínima, las precauciones particulares de empleo y las funciones del producto cosmético y si su fabricación se ha realizado en España o bien se ha importado, la empresa que realice esta actividad debe haber presentado la De-claración Responsable en la AEMPS .

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En España, la AEMPS y las autoridades sanitarias de las comu-nidades autónomas tienen la potestad de tomar medidas regula-torias para el control del mercado de acuerdo a la normativa vi-gente, estableciendo para ello una continua revisión de la infor-mación sobre los productos cosméticos y su comercialización, inspección en las instalaciones donde se fabriquen o importen productos cosméticos, así como la comprobación de que estas actividades se realizan conforme a las Buenas Prácticas de Fa-bricación. Como ejemplo de medidas para el control de mercado cabe mencionar el Informe de la Comisión al Parlamento Euro-peo y al Consejo sobre las reivindicaciones relativas a los pro-ductos basadas en criterios comunes en el ámbito de los cosméticos. Para su elaboración, la Comi-sión solicitó a las autoridades de vigilancia del mercado de los Estados Miembros llevar a cabo accio-nes de control de a lo largo de año 2015. El informe concluyó que el marco normativo actual en refe-rencia a reivindicaciones y de publicidad de los productos cosméticos es muy completo y garantiza un elevado nivel de protección de los consumidores.

Por otro lado, en el Comité Técnico de Inspección de la AEMPS, se encuentra un Grupo de Trabajo Específico sobre Productos Cosméticos, siendo su objetivo la armonización de criterios y procedi-mientos en las actividades de control del mercado, cosmetovigilancia e intercambio de información, permitiendo así una gestión más eficiente de estas actividades.

Se establecen también otros Programas Nacionales de control del mercado de cosméticos, como por ejemplo la «Campaña nacional sobre Documentación técnica» o «Campaña nacional sobre Control microbiológico de cosméticos», cuyo objetivo es la verificación de que se cumple la legislación vigente las empresas responsables y las instalaciones donde se fabrican, importan o controlan.

Una de estas acciones la constituyen los controles en frontera a la entrada de productos cosméticos procedentes de países no comunitarios en territorio español, que tienen como objetivo evitar que se introduzcan en el mercado productos que carecen de garantía o que no cumplan las normas legislati-vas. El control es llevado a cabo por los Servicios de Inspección Farmacéutica de las Áreas de Sani-dad y Política Social de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autó-nomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla de acuerdo con los criterios emitidos por la AEMPS en coordinación con los servicios de inspección de las Administraciones Públicas y en especial, con los servicios aduaneros. 

Aun así, los productos cosméticos pueden producir efectos no deseados, tanto locales como sistémi-cos, siendo en su mayoría de carácter leve. Recopilar, registrar, evaluar y hacer un seguimiento de estos efectos, mediante a un Sistema de Cosmetovigilancia es esencial para poder tomar las medidas necesarias para prevenir su aparición, reducir su incidencia y proteger la salud del mismo modo que facilitan la detección de riesgos y peligros que pueden pasar inadvertidos en la evaluación de la segu-ridad de los productos, incumplimientos de la legislación, fallos en la calidad del producto o la sensibi-lización en la población frente a determinados ingredientes.

El número total de casos nacionales registrados en el año 2015 fue de 105, de los cuales el número de casos no graves fue 93 frente a los 12 casos graves . Los ca-sos registrados por la AEMPS entre los años 2011-2015 han derivado en actuaciones de control del mer-cado, así como en la aplicación de las medidas correcti-vas necesarias, como por ejemplo las relacionadas con el cambio de etiquetado para ajustarlo a las normativas legales vigentes, sin embargo, también se ha producido la retirada de algunos productos del mercado, como es el caso en 2013 del producto «Arex Star, maquillaje al agua en tarro (varias tonalidades) en forma de tarros de 12g», después de varias notificaciones relacionadas con lesiones oculares.

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Otro caso más reciente notificado corresponde a la retirada del producto cosmético «Flor de lys. cre-ma dermatológica» ya que se detectó la presencia de Clobetasol 17-propionato, sustancia que perte-nece al grupo de los glucocorticoides, ingredientes prohibidos en productos cosméticos e incluidos, con el número 300, en el Anexo II del Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos y posteriores modificaciones. Además, en la etiqueta de dicho producto no figuran, entre otros datos obligatorios, ni la lista de in-gredientes, ni el nombre y el domicilio de la persona responsable. 

La notificación y colaboración ciudadana, usuarios y profesionales sanitarios, a través de la AEMPS, constituyen los pilares básicos en donde debe de apoyarse un Sistema de Cosmetovigilancia para la detección y prevención de potenciales riesgos de los productos cosméticos.

La notificación y colaboración ciudadana, usuarios y profesionales sanitarios, a través de la AEMPS, constituyen los pilares básicos en donde debe de apoyarse un Sistema de Cosmetovigilancia para la detección y prevención de potenciales riesgos de los productos cosméticos:

«Formulario A» para que las personas responsables o para que los distribuidores notifiquen efectos graves no deseados a las autoridades competentes

«Formulario B» para que la autoridad competente lo cumplimente y lo adjunte al formulario A, facili-tando un breve resumen y una apreciación del caso cuando transmita el «Formulario A» a otras auto-ridades competentes y a la persona responsable. La transmisión a la persona responsable es obliga-toria cuando la notificación inicial procede de un distribuidor. Es muy recomendable en las transmisio-nes de seguimiento y obligatoria cuando la notificación inicial procede de la persona responsable.

«Formulario C» para que las autoridades competentes transmitan los efectos graves no deseados comunicados por profesionales de la salud o usuarios finales a otras autoridades competentes y a la persona responsable.

El Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 y modificaciones, establece en su artículo 23, que los distribuidores y personas responsables de productos cosméticos tienen la obligación de notificar todos los efectos graves no deseados rela-cionados con el uso de productos cosméticos de los que tengan conocimiento. Esta notificación de-berá dirigirse a la autoridad competente del Estado miembro donde se produjeran los mencionados efectos.

Las personas responsables y los distribuidores de productos cosméticos tienen la obligación de notifi-car los efectos graves no deseados y por su parte, los ciudadanos y los usuarios profesionales, como por ejemplo: peluqueros, esteticistas, etc. pueden notificar voluntariamente, mediante un formulario los efectos no deseados y efectos graves relacionados con el uso de productos cosmético .

La Comisión Europea por su parte, también pone a disposición de los ciudadanos una base de datos llamada «CosIng», con información sobre las sustancias e ingredientes recogidos el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos, en la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos, en el Inventario de Ingredientes Cosméticos adoptado por la Decisión 2006/257/EC, así como las opinio-nes sobre ingredientes cosméticos del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores, siendo el acceso libre y gratuito.

Los profesionales sanitarios también pueden notificar voluntariamente los efectos no deseados y los efectos graves no deseados relacionados con el uso de productos cosméticos, siendo en ese caso esencial el papel de los farmacéuticos, debido a su cualificación, formación, experiencia y cercanía con el consumidor, sin olvidar a otros colectivos como médicos, odontólogos y enfermeros . El farma-céutico, además de su papel como profesional sanitario, tiene la consideración de distribuidor de los productos y como tal está obligado a notificar los efectos graves no deseados y también tiene dicha obligación cuando introduzca en el mercado productos cosméticos bajo su nombre o marca comer-cial, por ser considerado persona responsable de los mismos.

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Diferentes estudios europeos reflejan que el consumidor se dirige en primera instancia a las oficinas de farmacias ante una señal de alarma debida a medicamentos o a cosméticos, debido a que el far-macéutico tiene un amplio conocimiento en cuanto a las incidencias de reacciones adversas produci-das por productos cosméticos. Es por ello que el Colegios Oficiales de Farmacéuticos, a través de la Vocalía Nacional de Dermofarmacia, impulsa permanentemente acciones encaminadas a mejorar la formación de los ciudadanos sobre cómo actuar ante una reacción indeseada de un cosmético y con-cienciar a la población para que comunique en las oficinas de farmacia dichos efectos indeseados, así como a fomentar la formación continuada de los farmacéuticos en esta área . En la página web de la AEMPS se exponen una serie de Notas Informativas relacionadas con la segu-ridad e información relevante para los consumidores.

Con la finalidad de coordinar las normas comunitarias a la legislación nacional, está en estudio un pro-yecto de Real Decreto de cosméticos que especificará los organismos competentes para la supervi-sión del mercado y las facultades de inspección y adopción de medidas de protección de la salud, te-niendo como objetivo esta norma la regulación del Sistema Español de Cosmetovigilancia y Red de Alerta.

Según el Proyecto de Real Decreto de cosméticos, en el capítulo III «Sistema español de cosmetovigi-lancia y Red de Alerta», en su artículo 10 «cosmetovigilancia y obligación de notificar» los profesiona-les sanitarios tendrán el deber de notificar a la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma donde estén establecidos los efectos graves no deseados de los que tengan conocimiento mientras que las personas responsables, los importadores y los distribuidores de productos cosméticos tendrán la obli-gación de notificarlo a la AEMPS.

En su artículo 11 se hace referencia al Sistema Español de Cosmetovigilancia que estará integrado por la AEMPS, las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas y los profesionales sanita-rios. La coordinación será llevada a cabo por la AEMPS e integrará las actividades que ésta realiza para la recogida, el registro y la evaluación centralizada de los efectos no deseados producidos por los productos cosméticos, así como para la adopción de medidas, seguimiento de acciones correctoras y difusión de la información, todo ello en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunida-des autónomas.

Según el proyecto de Real Decreto por el que se regularán los productos cosméticos, reflejará como funciones de la AEMPS ordenar, coordinar, y mantener el Sistema, recibir y registrar las notificaciones de efectos no deseados procedentes de personas responsables, distribuidores, profesionales sanita-rios o usuarios finales de productos cosméticos así como informaciones sobre efectos no deseados procedentes de las autoridades sanitarias de otros Estados miembros.

También indicará que la AEMPS deberá evaluar y realizar estudios con la información recibida y co-municar a la persona responsable de un cosmético el efecto no deseado relacionado con el citado pro-ducto notificado por un distribuidor, un profesional sanitario o un usuario final.

Finamente, se deberán de adoptar las medidas oportunas con la finalidad de evitar la repetición de di-chos efectos o bien reducir sus consecuencias, así como informar a las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas y proceder a su difusión a otros agentes.

El proyecto de Real Decreto, indicará que las autoridades sanitarias deberán recoger y trasladar a la AEMPS cualquier notificación de efectos no deseados procedentes de personas responsables, distri-buidores, profesionales sanitarios o usuarios finales de productos cosméticos. Por ello, se exigirá una estrecha cooperación con la AEMPS en la difusión de la información que resulte oportuna con el fin de evitar la repetición de efectos no deseados o reducir sus consecuencias y del mismo modo, colaborará con la AEMPS en el seguimiento de las acciones correctoras, así como en los programas o estudios complementarios de seguridad de los productos determinados, garantizando en su ámbito de compe-tencias, los medios necesarios para llevar a cabo la Cosmetovigilancia y la gestión de riesgos.

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Los profesionales sanitarios, según el proyecto de Real Decreto, deberán notificar los efectos no deseados de los que se tengan conocimiento y/o que pudieran haber sido causados por productos cosméticos, debiéndose de conservar la documentación y registros relacionados con dichos efectos no deseados durante el tiempo necesario y se deberá establecer una cooperación permanente con el Sistema Español de Cosmetovigilancia, para proporcionar la información necesaria y fomentar una colaboración con los responsables o distribuidores de los productos cosméticos.

La Red de alerta nacional de productos cosméticos queda recogida en el artículo 12 del proyecto de Real Decreto y la información se intercambiará a través de un sistema de información en red, gestio-nado y coordinado por la AEMPS. Dicha información contendrá las medidas que se adopten en casos de riesgos o efectos adversos producidos por cosméticos, de acuerdo con los artículos 7 y 8, así co-mo las recomendaciones, advertencias o cualquier otra información pertinente, sirviendo a la vez para clarificar las adoptadas en el caso de incumplimientos.

La AEMPS transmitirá a las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas y a los agentes afectados la información requerida y las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas darán difusión de la información en su ámbito territorial en la forma en que mejor proceda para la satisfac-ción de los objetivos de protección expuestos.

La actividad de Cosmetovigilancia no sólo es un sistema para garantizar la salud en cuanto a produc-tos cosméticos se refiere, sino que permite, además, una ampliación de conocimientos epidemiológi-cos, un control del mercado más seguro, mayor eficacia en cuanto a detección de señales y alertas y un sistema armonizado de gestión y comunicación de los efectos graves no deseados.

Una vez implantadas las disposiciones contenidas en el proyecto de Real Decreto, cabe esperar una mayor concienciación por parte de los usuarios, así como una notable mejoría en cuanto a la educa-ción sanitaria, siendo una pieza fundamental la implicación de los profesionales sanitarios. Esto per-mitiría, tanto a nivel nacional como europeo, un mayor entendimiento y rapidez de actuación con el objetivo de obtener un menor porcentaje de notificaciones y de efectos adversos causados por los productos cosméticos.

Estas mejoras en cuanto a la vigilancia de productos cosméticos permitirán a su vez tener una fuente de información fiable y creíble que servirá para futuros estudios y acciones que refuercen la seguridad de estos productos.

En el ámbito de las Fuerzas Armadas es habitual la dispensación de este tipo de productos, tanto en territorio nacional como en misiones internacionales. Además de los elaborados del petitorio militar, se encuentran en las Farmacias militares los productos cosméticos aprobados que forman parte del mercado.

En este sentido, el consejo farmacéutico debe estar siempre presente, ya sea en el uso de una crema de enmascaramiento que ofrezca garantías sanitarias o en la aplicación de una crema fotoprotectora adecuada. Además, es deber del farmacéutico militar garantizar el suministro, si así se requiere, de este tipo de productos y de velar por la salud de los miembros de las Fuerzas Armadas, tanto en terri-torio nacional como los desplegados en Zona de Operaciones.

6.- CONCLUSIONES

La Cosmetovigilancia constituye una garantía sanitaria de los productos cosméticos.

La armonización de la cosmetovigilancia en Europa supone un gran avance para todos los Estados miembros en cuanto a la seguridad de productos cosméticos.

Los profesionales sanitarios y en particular el farmacéutico, tienen un papel fundamental en la cosme-tovigilancia.

Es necesaria una mayor concienciación por parte de los usuarios y profesionales sanitarios para noti-ficar los efectos no deseados de los productos cosméticos.

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7.-BIBLIOGRAFIA

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Reglamento (UE) Nº 655/2013 de la Comisión, de 10 de julio de 2013, por el que se establecen los criterios comunes a los que deben responder las reivindicaciones relativas a los productos cosméticos. DOUE, núm. 190, 11 de julio de 2013. Decisión de Ejecución de la Comisión, de 25 de noviembre de 2013 sobre las directrices relativas al anexo I del Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos cosméticos. DOUE núm. 315, 26 de noviem-bre de 2013.

Disposición adicional tercera, establece que las actividades de fabricación e importación de cosméticos se someten al régi-men de declaración responsable, regulado en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Proyectos Normativos. 2016. [fecha de consulta 15 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.msssi.gob.es/normativa/proyectos/home.htm Cosmetovigilancia: Masdermatol. 2010- [fecha de consulta: 10 noviembre 2016]. Disponible en: http://masdermatologia.com/PDF/0062.pdf Garantías sanitarias de los productos cosméticos. Madrid: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Agencia Es-pañola de Medicamentos y Productos Sanitarios, AEMPS.11 febrero 2016. [fecha de consulta: 22 noviembre 2016]. Disponi-ble en: https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/cosmeticosHigiene/2016/docs/COS_2-2016-garantias-sanitarias.pdf Plan anual de trabajo de la AEMPS 2016. Madrid: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, AEMPS. 1 abril 2016 [fecha de consulta 24 noviembre]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/laAEMPS/planificacion-AEMPS/docs/plan-anual-trabajo-AEMPS-2016.pdf Sistema Español de Cosmetovigilancia. Una garantía sanitaria de los productos cosméticos. Madrid: Departamento de pro-ductos sanitarios de la Agencia española de Medicamentos y Productos Sanitarios. [fecha de consulta 24 noviembre 2016]. Disponible en: http://www.reunionanualsee.org/2016/images/fotosg/tabla_2043_C0727.pdf Asociación nacional de Perfumería y Cosmética. 2015. [fecha de consulta 26 de noviembre]. Disponible en: http://www.stanpa.com/resultados-2015/ Asociación nacional de Perfumería y Cosmética. 2015. [fecha de consulta 26 de noviembre]. Disponible en: http://www.stanpa.com/resultados-2016/ Nancy A. Monteiro-Riviere. Safety of Nanoparticle Skin Penetration. En: Dragicevic, Nina y Maibach Howard I. Percutane-ous Penetration Enhancers Chemical Methods in Penetration Enhancement Nanocarriers. Berlín: Springer, 2016. pp.363-376.

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Council of Europe, Committee of Ministers, 979th meeting of the Minister’s Deputies: Resolution Res AP (2006) 1E on a vigi-lance system for undesirable effects of cosmetic products (“cosmetovigilance”) in Europe in order to protect public health [fecha de consulta: 26 noviembre 2016]. Disponible en: https://search.coe.int/cm/Pages/result_details.aspx?ObjectID=09000016805d72f3 Kornfeld-Lecanu S., Zajaczkowski F. et al. 2010 . Vigilance in industry: cosmetics and household cleaning products. Balance sheet of case report from 2005 to 2007. Clinical and Experimental Dermatology. Vol. 35, pp. 874–880. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Cosméticos e higiene. Preguntas y respuestas frecuentes sobre el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos (versión refundida). 11 de diciembre 2015. [fecha de consulta: 18 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/cosmeticosHigiene/cosmeticos/FAQs-Reglamento-CE-1223-2009.htm#p4 Boletín trimestral de la aemps sobre productos sanitarios y cosmético. abril – junio 2016. [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 2 de agosto 2016. [fecha de consulta: 18 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/informa/boletines-AEMPS/boletinPS-COS/2016/docs/2-boletin-trimestral-abril-junio-16.pdf Boletín trimestral de la aemps sobre productos sanitarios y cosmético. julio – septiembre 2016. [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 2 de agosto 2016. [fecha de consulta: 18 de noviembre 2016]. Disponible en: https://aemps.gob.es/informa/boletines-AEMPS/boletinPS-COS/2016/docs/3-boletin-trimestral-julio-septiembre-16.pdf Cosmetovigilancia ¿cómo puedo notificar efectos no deseados de productos cosméticos? [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Junio 2016. [fecha de consulta: 26 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/docs/triptico_cosmetovigilancia.pdf Retirada del mercado del cosmético arex star maquillaje al agua en tarro (varias tonalidades) [en línea]. Nota informativa. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 21 de febrero 2013. [fecha de consulta: 26 de noviembre 2016]. Disponible en:https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/cosmeticosHigiene/seguridad/2013/docs/COS_01-2013-arex-star.pdf Retirada del mercado de todos los ejemplares del producto cosmético “flor de lys. crema dermatológica” [en línea]. Nota in-formativa. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 10 de febrero 2016. [fecha de consulta: 26 de no-viembre 2016].Disponible en: https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/cosmeticosHigiene/seguridad/2016/docs/COS_01-2016-crema-flor-de-Lys.pdf Compendio de normas y directrices europeas relativas a productos cosméticos para la aplicación del reglamento 1223/2009. [en línea]. Nota informativa. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 10 de febrero 2016. [fecha de con-sulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/publicaciones/publica/docs/comp-nor-dir-cos.pdf Formulario a: notificación de efectos graves no deseados por parte de la persona responsable o del distribuidor a la autori-dad COMPETENTE [en línea]. Comisión Europea. Versión: 11 de julio de 2013. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: http://ec.europa.eu/DocsRoom/documents/13251/attachments/3/translations/es/renditions/native Formulario a: instrucciones generales para cumplimentar la notificación de efectos graves no deseados de la persona res-ponsable o el distribuidor a la autoridad competente. [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 22 de febrero de 2012. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/docs/Instrucciones-formulario-notificacion-efectos-no-deseados.pdf Transmission of sue by competent authority to other competent authorities and responsible person. [en línea]. European Commission. Version: 11 de julio 2013. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: http://ec.europa.eu/DocsRoom/documents/13251/attachments/5/translations Transmission by a competent authority of sue reported by health professionals or end users to other competent authorities and responsible person. European Commission. Version: 11 de julio 2013. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Dis-ponible en: http://ec.europa.eu/DocsRoom/documents/13251/attachments/7/translations/ns/renditions/pdf

Productos Sanitarios. Cosméticos e higiene. Preguntas y respuestas frecuentes sobre el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos (versión refundida).11 de diciembre 2015. [fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/cosmeticosHigiene/cosmeticos/FAQs-Reglamento-CE-1223-2009.htm#p15

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 35

European Commision. Growth Internal Market, Industry, Entrepreneurship and SMEs.[fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: http://ec.europa.eu/consumers/cosmetics/cosing/index.cfm?fuseaction=search.simple Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Cosmetovigilancia. 3 de junio 2016. [fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/home.htm Formulario de notificación de efectos no deseados de productos cosméticos. [en línea]. Agencia Española de Medicamen-tos y Productos Sanitarios. Versión 1-11/2015. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/docs/Form-noti-efectos-no-deseados-proCosme.doc Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Cosméticos e higiene. Preguntas y respuestas frecuentes sobre el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos (versión refundida).11 de diciembre 2015. [fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/cosmeticosHigiene/cosmeticos/FAQs-Reglamento-CE-1223-2009.htm#p15

European Commision. Growth Internal Market, Industry, Entrepreneurship and SMEs.[fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: http://ec.europa.eu/consumers/cosmetics/cosing/index.cfm?fuseaction=search.simple Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Cosmetovigilancia. 3 de junio 2016. [fecha de consulta: 28 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/home.htm Formulario de notificación de efectos no deseados de productos cosméticos por médicos y odontólogos [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Versión 1-11/2015. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: http://www.aemps.gob.es/vigilancia/cphp/docs/Form-noti-efectos-no-deseados-proCosme-medicos-odontologos.doc Del Pozo, A. Cosmetovigilancia y farmacia. Correo Farmacéutico. [en línea]. Barcelona. 2 de noviembre 2015. [fecha de conulta: 30 noviembre2016]. Disponible en: http://www.correofarmaceutico.com/tododermo/cuidados-de-la-piel/cosmetovigilancia-y-farmacia Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.2016. Las farmacias colaboran en la identificación de reacciones indeseadas de los cosméticos. [en línea] 3 de mayo 2016. [fecha de consulta: 30 de noviembre 2016]. Disponible en: http://www.portalfarma.com/Profesionales/consejoinforma/Paginas/Farmacias-colaboran-en-identificacion-de-reacciones-indeseadas-en-cosmeticos.aspx Comisión Europea. Directrices para la comunicación de efectos graves no deseados [en línea]. 20 de julio 2013. [fecha de consulta: 30 de noviembre 2016]. Disponible en: http://ec.europa.eu/consumers/sectors/cosmetics/files/pdf/sue/sue_es.pdf Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Notas informativas de productos cosméticos e higiene/2016. 11 de febrero 2016 [fecha de consulta: 30 noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/cosmeticosHigiene/home.htm Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los productos Cosmé cos. [en línea]. Agencia Española de Medicamentos y Produc-tos Sanitarios. Versión 1-11/2015. [fecha de consulta: 27 de noviembre 2016]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/informa/proyectosTramitacion/Cosmeticos/COS-RD-regProdCos.htm Orden Ministerial 8/2014, de 30 de enero, por la que se establece el petitorio de farmacia del Ministerio de Defensa [en línea]. BOLETÍN OFICIAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA num 25, Sec. I. Pág. 2471 [fecha de consulta: 6 de febrero 2017].

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Noticias

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 37

Nuevas incorporaciones de alféreces alumnos

El pasado 9 de enero se inició en la Escuela Militar de Sanidad de la Academia Central de la Defensa una nuevo Curso Académico.

Un año más se repinten las mismas caras de incertidumbre por la nueva etapa que comienza y las ca-rreras por la explanada de la Academia…..…vamos, vamos……que no llego a tiempo, etc….

El inicio de las clases trae consigo nuevos retos para todos, como es para los profesores la prepara-ción y actualización de las clases, el seguimiento de los horarios, la incorporación de las diferentes y numerosas actividades/actos no programados que debemos de realizar, diseñar los Trabajos de Fin de Formación etc., etc.,….en fin…., un “sin vivir”, así co-mo para los alumnos, que se enfrentan a una nueva etapa un poco diferente a las anteriores en las dife-rentes Academias, ya que sin olvidar su instrucción militar deben de abordar el inicio en unos conoci-mientos técnicos propios de cada especialidad fun-damental.

Con renovadas energías comenzamos pues esta nueva etapa en la esperamos poder transmitir la mo-tivación necesaria a estos jóvenes alféreces - alum-nos que serán el futuro de la Farmacia Militar.

Nuevas incorporaciones al Consejo de Redacción del Boletín Interactivo de Farmacia Militar

Damos la BIENVENIDA a la Cap Maria Angeles Spinola Pa-lomares y al Tte. Joaquin Enrique Gómez Sanz, que recien-temente se ha incorporado al Consejo de Redacción de este Boletín.

Cuadro resumen 2016 del Boletín Interactivo de Farmacia Militar

El Consejo de Redacción del Boletín Interactivo de Farmacia Militar ha elaborado un cuadro resumen con las carátulas de los Boletines del año 2016 para incorporarlo en las dependen-cias de la IGESAN – Farmacia y en el pasillo de la EMISAN

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Entrega de la metopa de la Escuela Militar de Sanidad a la Academia de Farma-cia Stª Mª de España de la Región de Murcia En los pasados días se realizó la entrega de la Metopa de la Escuela Militar de Sani-dad a la Academia de Farmacia Stª Mª de España de la Región de Murcia como prueba de agradecimiento por las diferentes la colaboraciones de la Academia con la Farmacia Militar . La Escuela Militar de Sanidad (EMISAN) pertenece a la Academia Central de la De-fensa, que depende de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa. La EMISAN se creó el 29 de mayo de 1877 mediante Real Orden y aunque ha tenido diferentes denominaciones su objetivo es la formación de los sanitarios de las Fuerzas Armadas (médicos, farmacéuticos, veterinarios, odontólogos, enfermeros y psicólo-gos). Recordemos que la Farmacia Militar tienen en la actualidad diversos acuerdos con la Academia de Farmacia Stª Mª de España de la región de Murcia a través del Instituto de Toxicología de la Defen-sa (ITOXDEF) (BOE nº 257 de 23 de octubre de 2014, según Resolución 420/38138/2014) y con el Centro de Farmacia Militar de la Defensa (CMILFARDEF) (BOE n º 81 de 4 de abril de 2016 según Resolución 420/38043/2016)

VI Ciclo Conferencias ITOXDEF

Continua el Ciclo de Conferencia de ITOXDEF en su VI edición, que se ha convertido en una valiosa herramienta de Formación Continua-da y que puede ser seguido en su modalidad Presencia como en la NO presencial a través de la Intranet de la web del propio ITOXDEF como en el Espacio Virtual de la Academia Stª Mª de España de la región de Murcia con la que tiene un acuerdo de colaboración.

Becas para Farmacia Militar A través de los acuerdos existentes entre la Farmacia Militar y la Academia de Farmacia Stª Mª de España de la Región de Murcia se han conseguido becas para todos farmacéuticos militares para la asistencia “on line” a la Jornada Psoriasis y Artritis Psoriásica, así como para el Taller sobre BOT PLUS, que se ha impartido a través del Espacio Virtual de dicha Institución.

https://www.youtube.com/watch?v=-CrMS7I5pms&feature=youtu.be

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Presencia de Farmacia Militar en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica del Ejército del Aire Crónica enviada por el Coronel CMS (FAR) Juan Pedro Mañes Pradas

El Museo de Aeronáutica y Astronáutica, más conocido como Museo del Aire, es un museo aeronáutico situado en Madrid, en las cercanías del Ae-ropuerto de Madrid-Cuatro Vientos. Ocupa un área de 66.938 m2, reparti-dos entre zonas de exposiciones al aire libre y siete hangares con más de un centenar de aeronaves. La exposición de aviones en el exterior se pue-de dividir en siete zonas, dedicadas a helicópteros, hidroaviones o aviones de combate, de escuela o vehículos auxiliares de apoyo. Entre los aviones más destacados está el Villanova Acedo, el aeroplano más antiguo que se conserva en España; el Jesús del Gran Poder, que atravesó el Océano Atlántico Sur en 1929; el bombardero alemán Heinkel He 111 y un autogi-ro Cierva C.19 que voló por primera vez en 1932. En el hangar nº4, dedicado a helicópteros, se puede observar una pequeña exposición dedicada a la sanidad en el EA; elementos de sanidad utilizados en los reconocimientos médicos, tanto de forma

preventiva como los usados en caso de accidentes aéreos.

Referente a la Farmacia Militar, cabe destacar los diferentes tipos de botiquines; desde los utilizados por las ambulancias de las Unidades Aéreas, pasando por los distintos botiquines de aviones y helicópte-ros; mostrando la evolución en la forma y composición de los mis-mos, tanto en aviones monoplaza o multiplaza como en helicópteros. Son de especial interés las variaciones en los medicamentos que forman parte de los mismos.

También se pueden ver los distintos equipos y utensilios utilizados en las policlínicas de aviación para el reconocimiento de pilotos y pruebas de laboratorio.

Es de resaltar por su importancia:

Equipo ligero de urgencias para quemados del año 1964 Botiquín de Bandera de la Sanidad de E.A. Los equipos de transfusión sanguínea Los diferentes botiquines de avión monoplaza y multiplaza Equipo médico de urgencias Caja de lentes (optometría) Material Sanitario (Sanidad Militar)

Durante la Guerra Civil, se creaba en Burgos un Parque de Farmacia como apoyo al Ejército del Nor-te, nombrando director del mismo al Cte. D. Arturo Eyries Ruperes. Jefe de Farmacia del Cuerpo de Ejército de Navarra y del Cuerpo de Ejército del Turia. Este Parque, con la creación del EA, se convertiría en el Instituto Farmacéutico del Aire, donde se fabricaban los medicamentos y material sanitario utilizado por la Sanidad del EA. D. Arturo Eyries, doctor en Farmacia, llegó a Inspector General y Direc-tor jefe de los Servicios de Farmacia del Aire, siendo el primer Gene-ral Inspector Farmacéutico del mismo.

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Visita al CENTRO MILITAR de FARMACIA de la DEFENSA de una delegación de Emiratos Árabes Unidos

En el marco del Programa de Cooperación Bilateral en-tre España y Emiratos Árabes Unidos, el pasado día 22 de febrero una delegación de farmacéuticas civiles y militares de ese país visitó las instalaciones del Centro Militar de Farmacia en Colmenar Viejo (Madrid).

Se realizó una exposición sobre la funcionalidad y ca-pacidades productivas y logísticas de este Centro, visi-tando los laboratorios de control de calidad, las zonas de fabricación y abastecimiento y por último el Museo de Farmacia Militar en el que se explica a todos nues-tros visitantes nuestra historia, nuestro presente y las perspectivas de futuro.

Las farmacéuticas de la delegación demostraron gran interés en las explicaciones proporcionadas solicitando en muchos momentos una ampliación de las mismas.

Al final de la visita, el Coronel Director del Centro le entregó una metopa conmemorativa a la Co-mandante Saba Mohsen Mohammed A. Aljasmi, jefa de la delegación emiratí.

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 41

Relevo de Mando en la UALSAN

El Coronel Farmacéutico Francisco Javier Alfaro Matos ha tomado posesión del mando de la Unidad de Apoyo Logístico Sanitario de la Brigada de Sanidad.

El Coronel Alfaro destacó que la Unidad está encuadrada dentro de la Brigada de Sanidad (BRISAN) y que tiene como misión el apoyo sanitario a las Fuerzas del Ejército que partici-pan en operaciones, estando dicha Unidad subordinada a la Fuerza Logística Operativa (FLO), articulándose ésta en su aspecto sanitario en las Unidades: AGRUSANES 1, y 3, AGRUHOC y UALSAN, por tanto, la UALSAN es una unidad de la Fuerza Operativa que tiene como misión funda-mental el Abastecimiento y Mantenimiento de Recursos Sanitarios de todas las Unidades del Ejército de Tierra y de las Unidades Proyectadas en las diferentes Operaciones. Terminó diciendo que las FFAAs, el ET, la FLO, UALSAN son organismos vivos que por su naturaleza evolucionan, y que se sentiría satisfecho si al cabo de su misión, la UALSAN fuera una unidad un poco mejor adiestrada, más ágil, más eficiente y más barata.

XIII Congreso de la Sociedad Española de Farmacia Industrial y Galénica

Resumen realizado por el Tte. CMS (FAR) D. Alejandro Blasco Barbero

En el pasado mes de enero, durante los días 23, 24 y 25, se celebró la decimo-tercera edición del Congreso de la Sociedad Española de Farmacia Industrial y Galénica. Este acontecimiento científico reúne cada dos años a profesionales, docentes e investigadores del ámbito de la Farmacia Industrial y Galénica.

La Sesión Inaugural se llevó a cabo en el Paraninfo de la Universidad, que constituye un lugar emblemático donde se celebran actos tan importantes co-mo el «Annua Commemoratio Cisneriana» y la entrega de los Premios Cervan-tes, entre otros.

En el Congreso se impartieron una serie de conferencias plenarias. La primera de ellas fue expuesta por la Dra. Lourdes Ochoa Díaz de Monasterioguren, ba-jo el título de «Nuevas tecnologías para la liberación prolongada de medica-mentos: Desarrollo de una Risperidona de administración mensual». Los laboratorios ROVI S.A. han desarrollado una formulación inyectable mensual ISM® de Risperidona pa-ra el tratamiento de pacientes esquizofrénicos, que actualmente se encuentra en ensayos clínicos de fase III.

La tecnología ISM®, patentada por ROVI S.A., es una plataforma tecnológica para la liberación de fár-macos que se basa en la formación in situ de matrices biodegradables tras la administración de un transportador líquido. Se presenta en forma de kit de dos jeringas: una de ellas contiene el polímero y el principio activo en forma sólida y la segunda contiene el líquido necesario para, posteriormente, lle-var a cabo la reconstitución de forma extemporánea. Este diseño permite un incremento de la estabili-dad de la composición, evitando de esta forma la necesidad de conservar en frío y permitiendo desde el primer día post inyección obtener perfiles de liberación clínicamente mantenidos en el tiempo y re-producibles después de su administración intramuscular.

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En virtud a ello, la tecnología ISM® proporciona una liberación sostenida del fármaco, alcanzando nive-les terapéuticos desde el primer día y permitiendo una administración mensual sin requerir una suple-mentación oral de Risperidona durante las primeras semanas, ni inyecciones de carga iniciales.

La segunda conferencia plenaria, «Exploiting nanotechnology to develop differentiated medicines», fue impartida por la Dra. Dña. Ijeoma Uchegbu, profesora de Nanociencia farmacéutica de la University Co-llege London (Reino Unido).

En ella se hizo referencia al diseño de nanomedicamentos a partir de diferentes polímeros y péptidos que pueden ser administrados por distintas vías como son la oral, intravenosa e intranasal. Algunos de estos compuestos desarrollados están en la actualidad en una fase preclínica y han demostrado cierta relevancia para uso clínico.

El Dr. D. César Hernández García, jefe del Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, impartió la tercera conferencia plenaria, denominada «Medicamentos biosimilares», abordando en ella una serie de aclaraciones relacionadas con los medicamentos biosimilares y biológicos.

Un medicamento biológico contiene uno o más principios activos fabricados o derivados de una fuente biológica, mientras que un medicamento biosimilar es un medicamento biológico que se desarrolla para ser similar a otro medicamento biológico que ya está autorizado. No obstante, un biosimilar no es una copia genérica del medicamento biológico de referencia, ya que estos medicamentos tienen estructuras más simples. Por el contrario, los principios activos de los medicamentos biológicos son más comple-jos. Debido a dicha complejidad y a la forma en que se fabrican, poseen un cierto grado de variabilidad en las moléculas de un mismo principio activo.

Por tanto, el principio activo de un biosimilar y su medicamento de referencia son la misma sustancia biológica, aunque puede haber pequeñas diferencias debido a su variabilidad.

La autorización de un medicamento biosimilar requiere la aprobación de que dicha variabilidad y cual-quier otra diferencia con el innovador, no tienen efecto sobre la seguridad y eficacia del producto y de-be ser garantizado por las correspondientes agencias de medicamentos. Además, el biosimilar puede competir a un precio más bajo que el innovador debido a su desarrollo abreviado, permitiendo una competencia en precios. Ambos son igualmente elegibles en la indicación de un tratamiento determina-do ya que no hay diferencias en cuanto a su calidad, seguridad o eficacia.

No obstante, los medicamentos biológicos se encuentran en la lista de medicamentos no sustituibles sin el conocimiento del prescriptor, que no significa que no se pueda cambiar un medicamento biológi-co a otro en un determinado tratamiento. Dichas sustituciones se pueden llevar a cabo caso por caso y en continuo contacto con el paciente, siendo necesario y recomendable un trabajo en equipo en los centros sanitarios.

La cuarta y última de las conferencias plenarias la llevó a cabo la Dra. Dña. María del Val Bermejo Sanz, de la Universidad Miguel Hernández (Elche) con el título de «Biopredictive media and methods: in vivo Supersaturation». Se presentó un ejemplo del uso de un sistema de transferencia gastro-intestinal para explicar el rendimiento de dos formulaciones de disolución lenta para ilustrar el valor añadido de los sistemas que imitan el tránsito intestinal, además de una visión general de los diferen-tes enfoques de disolución, y se discutió sobre la aplicación del estudio de los fenómenos de satura-ción, dado que la llamada “superesaturación” de las bases débiles después del vaciamiento gástrico en el intestino delgado está siendo estudiada como estrategia para mejorar la absorción. La disolución in vitro de medicamentos de liberación inmediata de administración oral constituye una de las herramientas para asegurar la calidad del rendimiento del proceso de formulación, teniendo en cuenta, por otra parte, que el control de calidad de los test de disolución dependen del tipo de principio activo, de sus propiedades biofarmacéuticas y de las características de la formulación.

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Además de las conferencias plenarias, se presentaron una serie de comunicaciones orales y de for-mato poster relacionadas con actividades de docencia, investigación y desarrollo galénico, fabrica-ción, control de calidad, tecnología farmacéutica, biofarmacia, farmacocinética, farmacia clínica y atención farmacéutica, entre otras. Así mismo se llevó a cabo una Mesa Redonda sobre nuevos retos en docencia e investigación.

Otro hecho relevante del Congreso fue la concesión del «Premio de Investigación», que recayó en la Dra. Dña. María de los Ángeles Solinís Aspiazu, por el trabajo titulado: «Structural recovery of the reti-na in a retinoschisin-deficient mouse after gene replacement therapy by solid lipid nanoparti-cles». Apaolaza PS, Del Pozo-Rodríguez A, Solinís MA, Rodríguez JM, Friedrich U, Torrecilla J, We-ber BH, Rodríguez-Gascón A . Biomaterials 2016, 90: 40-49.

El XIII Congreso de la Sociedad Española de Farmacia Industrial y Galénica ha cumplido el objetivo de consolidar una oportunidad para el intercambio e impulso de conocimientos entre profesionales de la Universidad, la Industria y las Agencias Reguladoras.

En el siglo XX se produjo a una auténtica explosión de nuevas moléculas y de alternativas terapéuti-cas, pero ahora se abre el camino hacia un nuevo paradigma, como conocer la estructura genética del individuo y modificar las causas de la predisposición de la persona a padecer una enfermedad. En el ámbito industrial se está agotando el modelo molecular y el reto es introducir medicamentos innovado-res.

Los avances farmacéuticos y el auge de campos de estudio como el de la nanotecnología suponen un gran interés para la comunidad científica que debemos seguir de cerca para posibles aplicaciones en el ámbito de la Farmacia Militar.

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Resumen VIII Congreso Internacional de Medicamentos Huérfanos y Enferme-dades Raras.

Resumen realizado por el Tte. CMS (FAR) D. Alejandro Blasco Barbero

La celebración del VIII Congreso Internacional de Medicamen-tos Huérfanos y Enfermedades Raras tuvo lugar en Sevilla, durante los días 16, 17 y 18 de febrero del presente año.

Se trata de un evento promovido de manera conjunta por el Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Sevilla, la Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER), la Fundación FEDER y la Fundación de Medicamentos Huérfa-nos y Enfermedades Raras (Fundación Mehuer).

Sevilla, nombrada en el año 2014 «ciudad referente en investi-gación y atención a pacientes con enfermedades raras» ha sido cuna de las ediciones anteriores.

En esta ocasión, ejerciendo la Presidencia de Honor S.M. la Reina Doña Letizia, han participado los expertos más cualifica-dos, representantes de la industria, de la administración así como los pacientes y familiares con el fin de conocer la situa-ción actual y el bordaje de nuevos objetivos. Por ello, el lema de esta octava edición, «Enfermedades Raras, un compromiso en Red», hace alusión a la implicación de todos los actores para su consecución.

En total se impartieron seis Mesas Redondas, tres conferencias, dos Mesas de Debate y una serie de comunicaciones en formato póster.

Doña Beatriz Fernández Domínguez, directora de Acción y Cura para Tay-Sachs (ACTAYS) pronunció la conferencia inaugural destacando la dificultad que afronta la familia del paciente para obtener un diagnóstico, la ausencia de tratamientos o las herramientas asistenciales insuficientes. En este sentido, destacó el papel de las asociaciones y organizaciones de pacientes como impulsores de distintas in-vestigaciones a través de la colaboración con agentes gubernamentales, civiles y de otros países.

Mesas Redondas

La primera Mesa Redonda, «Incorporación de medicamentos innovadores para pacientes con Enfermedades Raras» la constituían cuatro ponencias:

«Nuevos sistemas de incorporación rápida», impartida por D. César Hernández García, jefe del Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

«La sinergia del asociacionismo empresarial para agilizar la disponibilidad de los Medicamentos Huérfanos», impartida por D. Josep María Espinalt Camps, presidente de la Asociación Espa-ñola de Medicamentos Huérfanos y Ultrahuérfanos (AELMHU).

«Modelos de autorización de medicamentos en Europa», impartida por D. Emili Esteve Sala, jefe del Departamento Técnico de Farmaindustria.

«Ensayos clínicos: Acceso al tratamiento durante y después», impartida por D. Santiago de la Riva Compadre, vicepresidente de la Fundación FEDER.

En ella se hace referencia a la falta de integración producida en el proceso que engloba desde el desarrollo hasta el acceso de los medicamentos huérfanos (MMHH).

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 45

A pesar de que la legislación actual promueve herramientas como la investigación, el desarrollo y la exis-tencia de MMHH, se dan una serie de causas que entrañan, en la práctica, cierta dificultad en el acceso a dichos medicamentos por parte de los pacientes afectados, como la falta de incentivos adicionales que promuevan la investigación con fines no comerciales, la necesidad de una mayor financiación en investi-gación o a la hora del registro, donde las autoridades competentes en materia de intervención de pre-cios o los gestores de las comunidades establecen condiciones que dificultad su acceso.

En este sentido, se indicó que el 10% de las enfermedades raras tienen investigación activa y, de ellas, un 4% cuenta con algún tipo de tratamiento específico como consecuencia de la dificultad económica que supone mantener una línea de investigación constante en el tiempo. Por ello, se solicitó un mayor apoyo por parte del SNS así como la igualdad de acceso en las diferentes Comunidades Autónomas pa-ra generar un entorno que favorezca a todos los agentes en lo referente a enfermedades raras.

Además, se destacó el esfuerzo de entidades como la Asociación Española de Medicamentos Huérfanos y Ultrahuérfanos (AELMHU), una plataforma sin ánimo de lucro para facilitar el conocimiento y reconoci-miento de estas patologías, sus especiales circunstancias y el valor terapéutico y social de los tratamien-tos específicos para ellas.

La segunda Mesa Redonda, «Financiación de medicamentos huérfanos innovadores» la constituían cuatro ponencias:

«Modelos de evaluación y fijación de precios en diferentes países de Europa». Impartida por D. Pedro G. Serrano Aguilar. Jefe del Servicio de Evaluación y Planificación. Servicio Canario de Salud.

«Autorización de medicamentos huérfanos innovadores; Informes de Posicionamiento Terapéutico (IPT)». Impartida por D. Jorge Camarero Jiménez. Jefe del Área de Oncología. División de Far-macología y Evaluación Clínica. Departamento de Medicamentos de Uso Humano. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

«Los pacientes, agentes de cambio en la evaluación y fijación de precios». Impartida por Dña. Alba Ancochea Díaz. Directora Gerente de la Federación Española de Enfermedades Raras.

«Visión jurídica de la financiación de medicamentos huérfanos innovadores». Impartida por D. Ál-varo Lavandeira Hermoso. Doctor en derecho farmacéutico y abogado.

Los MMHH presentan los mismos criterios de calidad, seguridad y eficacia que se aplican en cualquier medicamento. Por ello, en la evaluación y autorización de MMHH innovadores, conlleva también un pro-ceso de decisión sobre el precio y la financiación de los mismos para incorporarlos a la práctica asisten-cial. En referencia a ello, los Informes de Posicionamiento Terapéutico (IPT), con el fin de contextualizar la eficacia y seguridad de éstos, se convierten en una herramienta para agilizar su incorporación al arse-nal terapéutico. En la elaboración de dichos informes, los pacientes solicitan una mayor implicación y es que, debido al desconocimiento, la falta de especialización e información, se han convertido en verdade-ros agentes transformadores.

Los pacientes ya participan en la fase de investigación de MMHH, en su proceso de desarrollo, en los Comités de Ética y forman parte en el Comité de la EMA. Además, constituyen una fuente de información para facilitar evidencias sobre la efi-cacia y seguridad del tratamiento. No obstante, demandan for-mar parte en la decisión de comercialización y fijación de pre-cios. Con este objetivo, a nivel internacional se trabaja en un modelo europeo de autorización y fijación de precios único re-presentado por todos los sectores para que la toma de decisio-nes se base no sólo en criterios económicos, sino también de efectividad y de impacto social, permitiendo con ello la igual-dad de acceso a la atención sanitaria y farmacológica.

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La tercera Mesa Redonda, «Trabajo en Red en Enfermedades Raras» la constituían cuatro ponen-cias:

«De ENERCA (European Network for Rare and Congenital Anaemias) a EUROBLOODNET (European Reference Network for Rare Haematological Diseases)». Impartida por D. Joan Lluis Vives Corrons. Jefe de la Unidad de Eritropatología. Hospital Clínic de Barcelona.

«Coordinación intrahospitalaria». Impartida por D. Eduardo F. Tizzano Ferrari. Director del Área de Genética Clínica y Molecular. Hospital Universitario Valle de Hebròn.

«Necesidad de coordinación entre consejerías». Impartida por Dña. Estrella Mayoral Rivero. Res-ponsable del departamento de Acción Social de la Federación Española de Enfermedades Raras.

«Coordinación estatal: Programa de casos de Enfermedades Raras sin diagnóstico». Impartida por Dña. Eva Bermejo Sánchez. Instituto de Investigación de Enfermedades Raras, Instituto de Salud Carlos III.

En ella se hizo referencia a modelos de integra-ción desde distintas perspectivas y experiencias contando con la sinergia que suponen las nuevas tecnologías.

La Comisión Europea potencia la creación de re-des con el objetivo de garantizar la atención inte-gral de los pacientes y promover así la colabora-ción entre los Estados miembros. Ejemplo de ello es la creación del proyecto European Network for Rare and Congenital Anaemias (ENERCA), cen-trada en las anemias raras y que cuenta con pla-taformas basadas en tecnologías de la información y comunicación que han garantizado un mismo ac-ceso a los servicios (registro, formación continuada, diagnóstico mediante telemedicina) por parte del paciente, independientemente de su lugar de residencia.

Además, la creación de Redes Europeas de Referencia (RER) , que facilitan la comunicación entre los Centros de Referencia Sanitaria, los Centros de Expertos y de Referencia, ha permitido crear, con el apoyo de la Sociedad Europea de Hematología y ENERCA, una RER para las enfermedades hemato-lógicas raras, EUROBLOODNET cuyos objetivos son armonizar programas de formación hematológi-ca, promover igualdad en prestación de servicios (inventario europeo de centros de asistencia sanita-ria), facilitar consultas interprofesionales, fomentar cooperación en el diagnostico especializado, aten-ción sanitaria, investigación, entre otros.

No obstante, se reclama el potenciar una red integrada, multidisciplinar y coordinada entre los diferen-tes servicios y niveles asistenciales de forma transversal con educación, bienestar social, conserjerías, familia, empresa y empleo, para conocer las necesidades del paciente en su globalidad y no de mane-ra aislada.

Por otro lado, también se expuso el abordaje multidisciplinar integral de pacientes con enfermeda-des raras, llevado a cabo en el Hospital Universitario Valle de Hebròn, que supone un cambio de aproximación a las consultas monográficas de especialistas y un desafío para coordinación de agendas, personal y actividad asistencial.

Finalmente, se argumentó el Programa de Casos no Diagnosticados del Instituto de Investigación de Enfermedades Raras (IIER), SpainUDP, cuyo convenio se formalizó en 2015 entre el Instituto de Salud Carlos III y Fundación de Investigación Biomédica del Hospital Universitario Puerta de Hierro Maja-dahonda. SpainUDP se coordina con proyectos europeos como el RD-CONNECT y con la Red Inter-nacional de Casos de Enfermedades Raras sin Diagnóstico, mientras que a nivel nacional se coordina con el Registro Nacional de Enfermedades Raras, el Biobanco Nacional de Enfermedades Raras y la Base de Datos de Mutaciones de Línea Germinal.

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 47

La cuarta Mesa Redonda, «Acciones internacionales en Enfermedades Raras» la constituían cua-tro ponencias:

«Visión general de las políticas europeas». Impartida por D. Antoni Montserrat Moliner. Comisión Europea. Dirección General de Protección de la Salud y Consumo.

«Redes Europeas de Referencia (ERNs)». Impartida por D. Enrique Terol García. Comisión Eu-ropea. Experto Nacional Destacado en la Unidad de Sistemas Sanitarios, Dirección General de Salud y Consumidores

«Alianzas internacionales». Impartida por D. Juan Carrión Tudela. Presidente de la Federación Española de Enfermedades Raras y presidente de la Alianza Iberoamericana de Enfermeda-des Raras (ALIBER).

«Programa de Acogimiento de menores con Enfermedades Raras (Proyecto AcogER)». Imparti-da por D. José Antonio Díaz Huertas. Hospital Infantil Niño Jesús e Instituto Madrileño de la Familia y el Menor.

Existen una serie de factores entorno a las enfermedades raras como, por ejemplo, una baja prevalen-cia, la situación de la familia y pacientes, la falta de conocimiento o especialización al respecto, que otorgan a este tipo de enfermedades un valor añadido para potenciar una serie de acciones a nivel in-ternacional.

La actuación de la Comisión Europea, en este sentido, prioriza en reforzar espacios de colaboración europea en MMHH, clasificación de enfermedades, redes de referencia o registros.

Del mismo modo, FEDER trabaja para defender, a nivel nacional e internacional, los derechos de los pacientes con enfermedades raras participando en distintos proyectos europeos (EUROPLAN, INNO-VCare, etc), formando parte de la junta directiva de la Organización Europea de Enfermedades Raras (EURORDIS) y en el liderazgo del establecimiento y consolidación de la Alianza Iberoamericana de En-fermedades Raras (ALIBER).

Por otra parte, el papel de las organizaciones de pacientes es clave para la consecución de estas es-trategias de colaboración.

La quinta Mesa Redonda, «Evolución del Registro de Enfermedades Raras» la constituían cuatro ponencias:

«Marco legal del Registro Estatal». Impartida por Dña. Paloma Casado Durández. Subdirectora General de Calidad y Cohesión. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

«Plataforma europea de registros y criterios de interoperabilidad». Impartida por D. Manuel Po-sada de la Paz. Director del Instituto de Investigación de Enfermedades Raras, Instituto de Salud Carlos III.

«Resultados del Registro de Enfermedades Ra-ras (SpainRDR)». Impartida por Dña. Veróni-ca Alonso Ferreira. Científica Titular del Ins-tituto de Investigación de Enfermedades Ra-ras, Instituto de Salud Carlos III.

«Registro Nacional: Visión de la Federación Es-pañola de Enfermedades Raras». Impartida por D. Fernando Torquemada Vidal. Asesor jurídico de la Federación Española de Enfer-medades Raras

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Los registros de los pacientes son fundamentales para tener un conocimiento profundo sobre las en-fermedades raras y proporcionan la base de conocimiento necesario para apoyar la investigación científica y el desarrollo de tratamientos efectivos

En esta línea, la Comisión Europea aprobó el desarrollo del proyecto EPIRARE (European Platform for Rare Disease Registries) que sirvió para establecer las bases de lo que deberían ser los registros de ER y también de la futura plataforma Europea de registros. Cabe mencionar también el proyecto europeo RD-CONNECT orientado al diseño y creación de una plataforma europea interoperable entre datos de registros, biobancos y datos OMICs o la plataforma EUROCAT (Registro Europeo de Ano-malías Congénitas).

No obstante, es objeto de estudio el cómo facilitar la sostenibilidad, accesibilidad e interoperabilidad de todos los registros existentes para promover con la mayor eficacia posible la investigación y la pla-nificación socio-sanitaria.

A nivel nacional, la Estrategia en Enfermedades Raras del Sistema Nacional de Salud tiene por objeti-vo conocer la incidencia y prevalencia así como mejorar el conocimiento sobre la historia natural de las enfermedades raras. Se pretende con ello adaptar las actuaciones en materia de atención sanita-ria y obtener un mejor seguimiento de las mismas.

Los registros o sistemas de información de enfermedades raras que han ido generando la mayoría de las comunidades autónomas, junto con las actividades desarrolladas desde el Instituto de Investiga-ción de Enfermedades Raras del Instituto de Salud Carlos III, han permitido crear la red española de registros de enfermedades raras (SpainRDR). Además, supone un gran avance el establecimiento del Real Decreto 1091/2015, de 4 de diciembre, por el que se crea y regula el Registro Estatal de Enfer-medades Raras (ReeR).

En términos generales, la red SpainRDR ha permitido establecer las bases del registro poblacional de enfermedades raras, con información homogénea sobre más de un millón de pacientes (corresponde al cribado del 94% del territorio nacional), crear convenios de colaboración con investigadores y profe-sionales sanitarios, proporcionar conocimientos y fomentar la investigación.

La sexta Mesa Redonda, «Retos para la educación inclusiva en enfermedades raras» la consti-tuían tres ponencias:

«Educación con apoyos para una vida de calidad». Impartida por D. Javier Tamarit Cuadrado. Responsable de Transformación de la Organización Plena Inclusión.

«Educación en el Síndrome 5p-». Impartida por Dña. Sonia Saiz Rodríguez. Vicepresidenta Fun-dación Síndrome 5p-.

«Enfermería Escolar, garante de salud de los alumnos con Enfermedades Raras». Impartida por Dña. Natividad López Langa. Presidenta de la Asociación Madrileña de Enfermería en Centros Educativos (AMECE).

Se hizo referencia a la necesidad de fortalecer una educación que garantice la normalización e inclusión de los pacientes. Para ello es necesario que cuente con apoyos que actúen como sistemas preventivos a necesidades concretas o que promuevan la colaboración en igualdad con todos los agen-tes educativos, entre otras medidas.

En este sentido, en muchos colegios de la Comunidad de Madrid cuentan con la figura de Enfer-merías escolares, que forman parte activa de la comunidad educativa y contribuyen a a la normaliza-ción del alumno y a la conciliación familiar y laboral de los padres.

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Conclusiones del Congreso:

1. La particular vulnerabilidad de los pacientes con enfermedades raras requiere que las autoridades sanitarias asuman una mayor proactividad para impedir la promoción comercial, distribución y venta de productos milagro y otros con escaso beneficio clínico, para evitar generar falsas expectativas de curación en los pacientes y cuidadores.

2. La financiación pública y privada de la investigación debe ser transparente y justificada. Es impor-tante conocer los éxitos y los fracasos para poder seguir avanzando. Todos los pacientes requieren una sensibilidad única por parte de la sociedad civil y de las autoridades sanitarias.

3. Persiste una significativa desigualdad efectiva en el acceso real a los tratamientos de las enfer-medades raras y, en particular, a los medicamentos huérfanos. Es preciso un esfuerzo especial para revertir esta situación.

4. El peregrinaje permanente en busca de un diagnóstico y tratamiento de los pacientes que aún no los tienen, exige promover iniciativas encaminadas a interrelacionar investigadores y profesionales sanitarios en torno al estudio coordinado y compartido de pacientes no diagnosticados.

5. La futura adaptación de todos los registros existentes a mecanismos modernos e interoperables, junto a las garantías éticas y empoderamiento de los pacientes, será la clave de la aplicación efi-ciente de los resultados en investigación.

6. Las asociaciones de pacientes con enfermedades raras deben participar en el diseño y promo-ción de ensayos clínicos para adaptarlos a las condiciones reales. Los plazos exigidos por la investi-gación clínica deben ser convenientemente explicados a los pacientes y cuidadores a fin de favore-cer la colaboración y coordinación.

7. Las asociaciones de pacientes con enfermedades raras deben adquirir la importancia ejecutiva y organizativa, participando dentro de la estructura oficial y científica, con el fin de atender a las nece-sidades de este colectivo y servir de comunicación con los pacientes para proporcionarles informa-ción rigurosa.

8. El Pacto por la Sanidad debería ser sustanciado con acciones ejecutivas concretas.

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Os adelantamos algunas actividades que estamos preparando y/o con las que colaboraremos……..

Curso de AVANCES FARMACÉUTICOS 2017 Curso de GESTIÓN DE CALIDAD FARMACÉUTICA Curso de CONTROL DE CALIDAD DE AGUAS Curso de MANIPULADOR DE AGUAS Curso de NANOMEDICAMENTOS (3ª edición) Curso de GESTION DE PRODUCTOS SANITARIOS

….. y otras más que estamos diseñando y de las que os iremos informando …….

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Boletín Interactivo de Farmacia Militar nº2 (2017) Página 51

NORMAS PARA LOS AUTORES

TIPOS DE ARTICULOS

Artículos originales.- Estudios retrospectivos o prospectivos, descripción de series, trabajos de investigación clínica o básica, relacionados con las ciencias farmacéuticas. ). Espaciado sencillo. Podrán contener hasta tablas y figuras. Deben acompañarse de un resumen estructurado.

Revisiones.- Trabajos de revisión bibliográfica sobre temas específicos. Se podrán incorporar tablas y figuras. No existe límite para el número de referencias bibliográficas. Se acompañarán de un resumen estructurado.

Notas técnicas.- Aspectos puramente técnicos de contenido farmacéutico militar, cuya divulgación pueda resultar interesante. Se aceptarán tablas y figuras. Deben acompañarse de un breve resumen

Historia y humanidades.- Artículos sobre historia de la Farmacia Militar. Se seguirán las mismas normas que para los Artículos originales.

Informes.- Con una extensión máxima de 10 páginas a espacio sencillo y hasta 4 ilustraciones.

Comentarios sobre libros.- Las reseñas o recensiones de libros y otras monografías tendrán una extensión máxima de 500 palabras o dos páginas de texto. Los autores de la reseña deben dar la referencia bibliográfica completa: autores, título, número de tomos, idioma, editorial, número de edición, lugar y año de publicación, número de páginas y dimensiones.

Editoriales.- Sólo se admitirán editoriales encargados por el Consejo de Redacción.

Otras secciones.- De forma excepcional se publicarán artículos con formatos diferentes a los expuestos: artículos especiales, legislación sanitaria militar, etc.

Se sugiere a los colaboradores interesados en alguna de estas secciones que consulten con el Consejo de Redacción, antes de elaborar y enviar sus contribuciones.

PREPARACIÓN DEL MANUSCRITO

Utilice tamaño DIN A4. Emplee márgenes de 25 mm. No emplee abreviaturas en el Título ni en el Resumen. Numere todas las páginas consecutivamente en el ángulo inferior derecho (ejemplo: Página 1 de 3).

El Manuscrito se enviará por email al Coordinador del Consejo de Redacción. [email protected]

PÁGINA DEL TÍTULO

Ponga en esta hoja los siguientes datos en el orden mencionado:

Título del artículo; el título debe reflejar el contenido del artículo, ser breve e informativo; evite en lo posible los subtítulos.

Nombre y apellidos de los autores, ordenados de arriba abajo en el orden en que deben figurar en la publicación. A la derecha del nombre de cada autor escriba la institución, el departamento y la ciudad. En el caso de personal militar debe constar también su empleo.

Nombre y apellidos, dirección completa, teléfono y email del autor responsable de mantener la correspondencia o comunicación.

Las subvenciones, becas o instituciones que han contribuido al estudio y cuál fue la contribución (material, fármacos, financiera...).

RESUMEN Y PALABRAS CLAVE: Escriba un resumen de hasta 150 palabras si no está estructurado y hasta 250 palabras si está estructurado. Los Artículos origina-les y las Revisiones deben llevar un resumen estructurado. Los resúmenes estructurados de los Artículos originales constarán de los siguientes encabezamientos: Introducción y Objetivos, Material y Métodos, Resultados, Conclusiones. Los resúmenes estructurados de las Revisiones se organizarán atendiendo al siguiente esquema de encabezamientos: Objetivos, Fuentes de datos, Selección de estudios, Recopilación de datos, Síntesis de datos, Conclusiones.

TEXTO: Procure redactar en un estilo conciso y directo, con frases cortas. Use un máximo de cuatro niveles subordinados. No use abreviaturas que no sean unidades de medida, si no las ha definido previamente.

Para la redacción de los Artículos originales y Revisiones se utilizará el método científico: Introducción, Hipótesis y Objetivos, Revisión bibliográfica, Materia y Métodos, Resulta-dos, Discusión, Conclusiones y Bibliografía

TABLAS Y FIGURAS: Tenga en cuenta que el número de ilustraciones ha de ser el mínimo posible que proporcione la información estrictamente necesaria. Las Tablas se enumerarán con números romanos: I, II, III, IV, V, etc. y la Figuras con números arábigos: 1, 2, 3, 4, 5, et.. Tanto las Tablas con las Figuras se citaran en el texto y llevarán a su vez un pie con una breve descripción de las mismas.

CITAS Y BIBLIOGRAFÍA

Se empleará el estilo Vancouver

AGRADECIMIENTOS: Escriba los agradecimientos, antes de la Bibliografía

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VIRUS EMERGENTES

(Marzo 2016)

Dedicado a la memoria del Farmacéutico Militar D. Agustín José de Mestre y Rodriguez

FARMACOGENETICA Y FARMACOGENÓMICA

(Enero 2016)

Dedicado a la memoria del Teniente Farmacéutico D. Manuel Miranda Román

AVANCES FARMACÉUTICOS (Nº Extraordinario)

(Junio 2016)

Dedicado a la memoria del Farmacéutico Militar D. Eusebio Pelegrí Camps

RESISITENCIA ANTIBIÓTICA

(Septiembre 2016)

Dedicado a la memoria del Farmacéutico Militar D. Leopoldo López Pérez

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VACUNAS

(Enero 2017)

Dedicado a la memoria del Farmacéutico Militar D. Ramón Botet Jonulla

Todos ellos disponibles en el enlace:

http://www.imidef.com/boletines-farmacia/