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EP PETROECUADOR MENOR CUANTÍA OBRAS PROCEDIMIENTO No. MCO-EPP-TCTR-N-06-13 “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO” QUITO, SEPTIEMBRE 2013

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EP PETROECUADOR

MENOR CUANTÍA OBRAS

PROCEDIMIENTO No.

MCO-EPP-TCTR-N-06-13

“READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y

OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO”

QUITO, SEPTIEMBRE 2013

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ÍNDICE SECCIÓN I CONVOCATORIA SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS

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SECCIÓN I CONVOCATORIA

De acuerdo con los Pliegos de Menor Cuantía para la ejecución de obras, elaborados por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR y aprobados por el Ing. Gonzalo Flores Izurieta, Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc., se convoca a los profesionales y micro o pequeñas empresas, a las asociaciones o consorcios de éstas, o a los compromisos de asociación o consorcio de aquellas, que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores RUP, domiciliados en el cantón Esmeraldas, provincia de Esmeraldas, a presentar su oferta para contratar la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO” descrito en el plan anual de contrataciones para 2013, conforme al procedimiento establecido en el numeral dos (2) del Art. 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El Presupuesto Referencial es de USD 69.109,89 (Sesenta y nueve mil ciento nueve con 89/100 dólares de Estados Unidos de América) sin incluir el IVA y deberá ser aceptado incondicionalmente por el proveedor interesado, a través del procedimiento establecido en el portal www.compraspublicas.gob.ec. El plazo máximo para la ejecución de la obra es de noventa (90) días contados a partir de la fecha de entrega del 30% en calidad de anticipo. Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes: 1. Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal

www.compraspublicas.gob.ec., de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del Art. 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

2. Conforme al cronograma publicado en el portal www.compraspublicas.gob.ec, los

participantes podrán formular preguntas sobre el proceso de contratación, a través de dicho portal, la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR responderá, a través de la misma herramienta, en el término no mayor a setenta y dos (72) horas siguientes a la formulación de preguntas.

3. La oferta técnica se presentará de forma física en la oficina de Contratos Norte,

ubicada en la Av. Pedro Vicente Maldonado No. S35-34, sector Guajaló de la ciudad de Quito, Ecuador, en la hora y fecha establecidas en el cronograma del proceso. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas técnicas.

4. La adjudicación será total, en caso de presentar la oferta con alternativas, ésta no será

considerada. 5. La evaluación técnica de las ofertas presentadas físicamente, se realizará aplicando la

metodología “cumple o no cumple” los requisitos determinados en las especificaciones técnicas y pliegos, siempre y cuando el oferente acepte a través del portal www.compraspublicas.gob.ec, el presupuesto referencial propuesto por la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento.

6. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes de la partida

presupuestaria No. 25300 “OTROS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO”, de acuerdo

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con la certificación emitida por el Coordinador Sénior de Gestión Financiera de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, constante en el Precompromiso CO 24653 del 27 de agosto de 2013. Los pagos se realizarán, de conformidad con lo indicado en el contrato.

La Gerencia de Transporte y Almacenamiento entregará a la Contratista dentro de los veinte (20) días de suscrito el contrato, el treinta por ciento (30%) del monto total del citado contrato sin incluir el IVA, en calidad de anticipo, previo a lo cual deberá presentar una garantía y una factura por el 100% de dicho anticipo incluido IVA; y, el 70% restante, se cancelará mediante pago contra presentación de planillas y facturas mensuales, debidamente aprobadas por el Administrador del contrato. De las planillas mensuales pendientes de pago se descontará la amortización de dicho anticipo.

7. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento

General, las Resoluciones del INCOP y los presentes pliegos. Quito,

ING. GONZALO FLORES IZURIETA SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC.

EP PETROECUADOR

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SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar la oferta de mejor costo, en los términos del numeral 18 del Art. 6 y del Art. 52 de la LOSNCP, para la contratación de la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO”.

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SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES

3.1 Responsable de la contratación: El Subgerente de Transporte y

Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR será el responsable del proceso. No existe la figura de la Comisión Técnica.

3.2 Participantes: La convocatoria está abierta para los profesionales, micro y

pequeñas empresas, asociaciones o consorcios de estas, o compromisos de asociación domiciliados en el cantón El Chaco, provincia de Napo, que tengan interés en participar en este procedimiento y se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente.

En caso de participar como asociaciones, consorcios o compromisos de asociación o consorcio, los oferentes asociados deberán obligatoriamente ser profesionales, micro o pequeñas empresas habilitadas en el RUP y domiciliadas en el cantón El Chaco, provincia de Napo.

Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, se designará un Procurador Común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio e inscribir tal persona jurídica en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.

3.3 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por

sí mismas o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los Arts. 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el Formulario No. 7 “Identidad de los accionistas” de estos Pliegos.

3.4 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su

oferta utilizando el modelo establecido en el Formulario No. 2 “Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios” de los presentes Pliegos.

3.5 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los

Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

3.6 Modificación de los pliegos: La Subgerencia de Transporte y Almacenamiento

podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal www.compraspublicas.gob.ec, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones.

Asimismo, el Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, podrá cambiar el

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cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal www.compraspublicas.gob.ec y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones; y, posteriormente, en la etapa de calificación de participantes.

3.7 Convalidación de errores de forma: La Gerencia de Transporte y

Almacenamiento a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal www.compraspublicas.gob.ec en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación a criterio de la entidad contratante, además en función de este término concedido se reprogramará el cronograma del proceso

Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al Artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, EP PETROECUADOR podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.

3.8 Causas de rechazo: Luego de evaluados los documentos del sobre único, EP

PETROECUADOR rechazará una oferta por las siguientes causas:

Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones técnicas y formularios de estos pliegos.

Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora

establecida para ello.

Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.

Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los

pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato.

Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando

no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 23 del Reglamento General de la LOSNCP.

Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se

comprobare falsedad o adulteración de la información presentada.

La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.

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3.9 Sorteo de oferentes calificados: Los oferentes que hayan aceptado el presupuesto referencial, y cuya oferta técnica haya sido calificada por la entidad contratante, serán sometidos a un sorteo público realizado a través del Portal.

3.10 Adjudicación y notificación: El Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de

la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, con base en el resultado del sorteo público, adjudicará el presente proceso de contratación, a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec.

3.11 Garantías: El oferente que resulte ganador deberá presentar la garantía del anticipo

que respalde el 100% del valor recibido por este concepto

3.12 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, El Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el Art. 34 de la LOSNCP.

3.13 Declaratoria de Procedimiento Desierto: El Subgerente de Transporte y

Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, mediante resolución motivada y previo a adjudicar el proceso de contratación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el Art. 33 de la LOSNCP. Una vez declarado desierto el procedimiento, podrá disponer su archivo o su reapertura.

3.14 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato

dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, el Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los Arts. 35 y 98 de la LOSNCP.

3.15 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días

contado a partir de la misma, EP PETROECUADOR formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General.

3.16 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los

Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 3.17 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos

relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los Arts. 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los Arts. 150 al 159 de su Reglamento General.

3.18 Administración del Contrato: El administrador del contrato es designado por el

Subgerente de Transporte y Almacenamiento, responsable de la coordinación y seguimiento de las actividades de construcción y de las acciones del fiscalizador.

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Corresponde, en todos los casos, evaluar las acciones, decisiones y medidas tomadas por la fiscalización para la ejecución de la obra, con estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme los programas, cronogramas, plazos y costos previstos; y, emitir la autorización o conformidad respectiva. Solo contando con la autorización del administrador del contrato, la Contratista podrá ejecutar las obras adicionales por costo más porcentaje, aumento de cantidades de obras y contratos complementarios.

El administrador del contrato tendrá la potestad de dirimir en el caso de existir diferencias de carácter técnico o económico entre la Contratista y la fiscalización respecto de la ejecución del contrato.

Respecto de su gestión reportará al Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de acuerdo al Instructivo de Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la Adquisición de Bienes, Contratación de Obras, Servicios incluidos los de Consultoría y pagos varios, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

EP PETROECUADOR designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados y aprobará las multas y/o sanciones a que hubiere lugar y que hubieran sido solicitadas o establecidas por la fiscalización, según lo dispone el Art. 121 del Reglamento General de la LOSNCP.

El administrador del contrato velará porque la fiscalización actúe de acuerdo con las especificaciones constantes en los presentes pliegos y en el propio contrato; revisará las planillas aprobadas previas a su autorización para la correspondiente gestión de pago.

3.19 Fiscalización: Las actividades de fiscalización, propenderán a la verificación y

supervisión del uso de una adecuada técnica y correcta ejecución de la obra, en aplicación de los términos y condiciones previstas en la oferta adjudicada a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, rubros contractuales, subcontratación, especificaciones técnicas, participación nacional mínima, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores, transferencia tecnológica, cuando corresponda y normas técnicas aplicables, con sujeción a lo previsto en el contrato.

La fiscalización será responsable de asegurar el debido y estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas de diseño y materiales por parte de la Contratista, debiendo en todo momento observar las que hacen parte de los diseños definitivos y el contrato. La fiscalización no podrá cambiar las especificaciones generales o técnicas de diseño o de materiales.

En el caso de existir diferencias entre la fiscalización y la Contratista, ésta última podrá solicitar la intervención del administrador del contrato a fin de que dirima la situación o desavenencia técnica que se hubiera presentado.

El fiscalizador del contrato será la persona con quien la Contratista, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas, así como a los integrantes de la Comisión para la recepción

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provisional, parcial, total y definitiva del contrato, de conformidad a lo establecido en la LOSNCP.

El fiscalizador del contrato, está autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con el trámite de pedidos de prórroga que pudiera formular la Contratista, cuya aprobación definitiva, de ser procedente, corresponderá al administrador del contrato y al Subgerente de Transporte y Almacenamiento, en el caso de que tales prórrogas modificaren el plazo total de ejecución contractual.

El fiscalizador será el encargado de velar por el cabal y oportuno cumplimiento de las normas legales y de todas y cada una de las obligaciones y compromisos contractuales asumidos por parte de la Contratista.

Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados y establecerá las multas y sanciones a que hubiere lugar, particular del que informará al administrador del contrato a fin de que, de aprobarse, le sean aplicadas a la Contratista. El fiscalizador deberá atenerse a los pliegos que forman parte del contrato y presentará los informes que le requiera el administrador del contrato o las autoridades respectivas.

3.20 Control ambiental: El oferente adjudicado deberá realizar todas las actividades

en observancia de las normas ambientales vigentes.

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SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1 Vigencia de la oferta: Las ofertas deben tener un período de validez de por lo

menos noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha límite para su presentación. Este período podrá prorrogarse por disposición de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, acorde con lo establecido en el Art. 30 de la LOSNCP.

4.2 Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución será de noventa (90) días contados a

partir de lo estipulado en el contrato. 4.3 Oferta económica: El oferente deberá aceptar el presupuesto referencial fijado por la

Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR.

4.4 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la Sección I

“Convocatoria” numeral 6 y en el Proyecto de Contrato.

El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el contratista aperturará en una institución financiera estatal o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El contratista autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El Administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.

El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución de la obra objeto de este contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.

4.5 Metodología de evaluación: En este procedimiento, la evaluación de la oferta

técnica se realizará utilizando la metodología “cumple o no cumple” de conformidad con las especificaciones técnicas y los requisitos establecidos en los pliegos. No existe oferta económica, únicamente la aceptación expresa a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec del presupuesto referencial realizado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento.

4.6 Sorteo: De acuerdo a lo establecido en el Art. 51 de la LOSNCP y el Art. 59 de su

Reglamento General, de entre los proveedores calificados, que previamente hayan manifestado su aceptación expresa del presupuesto económico determinado por la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, la misma herramienta informática del procedimiento a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec, realiza el sorteo del proveedor, el que será adjudicado por la EP PETROECUADOR.

4.7 Obligaciones de la Contratista: Exhibir todos los avisos y advertencias requeridos

por el contrato o las leyes vigentes (letreros de peligro, precaución, etc.) para la debida protección del personal, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.

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Pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, de conformidad con las leyes laborales vigentes, dichos sueldos y salarios, jamás serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley y en su totalidad.

Por su cuenta y costo, reconocerá todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

4.8 Obligaciones de la EP PETROECUADOR:

• Responder oportuna y en forma amplia a todas las preguntas que realicen los oferentes en la etapa correspondiente del proceso y brindar las aclaraciones que fueren necesarias en el marco de los Pliegos del objeto de contratación;

• Designar al Administrador y Fiscalizador del contrato; • Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del

contrato. • Entregar oportunamente el sitio donde se ejecutará la obra objeto de la Menor

Cuantía, en tales condiciones que la Contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos.

• Ser responsable de la vigilancia de la ejecución del Plan de Manejo Ambiental, mitigaciones y/o compensaciones.

4.9 Ejecución del contrato:

4.9.1 Inicio, planificación y control de obra: La Contratista iniciará los trabajos dentro del plazo establecido en el contrato, en el cual de acuerdo con el cronograma aprobado y conjuntamente con la fiscalización verificará el avance de los trabajos. Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente demostrados y aprobados por el Administrador del contrato, no imputables a la Contratista, se reprogramará y actualizará el cronograma valorado de trabajos y el programa de uso de personal y equipos.

4.9.2 Cumplimiento de especificaciones: Todos los trabajos deben efectuarse

en estricto cumplimiento del contrato y de las especificaciones técnicas determinadas en el numeral 4.13.1 de los Pliegos, dentro de las medidas y tolerancias establecidas en planos y dibujos aprobados por EP PETROECUADOR. La Contratista observará las instrucciones del fiscalizador. En caso de que la Contratista descubriera discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al fiscalizador a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. Cualquier obra que realice antes de la decisión de la fiscalización será de cuenta y riesgo de la Contratista.

4.9.3 Personal de la Contratista: La Contratista empleará personal técnico y

operacional en número suficiente para la ejecución oportuna de las obras y con la debida experiencia.

4.9.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás

elementos que se utilicen en la ejecución del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de los Pliegos y a su falta las instrucciones que imparta el fiscalizador.

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4.9.5 Vigilancia y custodia: La Contratista tiene la obligación de cuidar las obras a él encomendadas hasta la recepción definitiva de las mismas, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.

4.9.6 Trabajos defectuosos o no autorizados: Cuando el Fiscalizador determine

que los trabajos realizados o en ejecución fueran defectuosos, por causas imputables a la Contratista, por el empleo de materiales de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos, especificaciones correspondientes o a las instrucciones impartidas por la fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar. Podrá ordenar la demolición y reemplazo de tales obras, todo a cuenta y costo de la Contratista.

4.9.7 Pagos: Los pagos se realizarán, de conformidad con lo indicado en el

contrato, de acuerdo con fondos de la partida presupuestaria No. 29900 “OTROS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO”

4.9.8 Formularios para la elaboración de la oferta técnica: El oferente

obligatoriamente incluirá en su oferta la información que se determina en los formularios que constan en la Sección VI de los presentes Pliegos, que comprende:

Formulario No. 1: Carta de Presentación y Compromiso, que incluye la aceptación del presupuesto establecido por la EP PETROECUADOR.

Formulario No. 2: Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios.

Formulario No. 3: Datos generales del oferente. Formulario No. 4: Detalle de trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos dos años, el oferente debe presentar al menos tres (3) certificado emitido por el o los beneficiarios de los servicios que avalen la prestación de servicios iguales o similares a los del objeto de esta contratación o copia de al menos tres (3) actas de entrega – recepción definitiva o única.

Formulario No. 5: Identidad de los accionistas 4.10 Cronograma del procedimiento: El cronograma del presente procedimiento de

Menor Cuantía de Obras, está publicado en el Portal www.compraspublicas.gob.ec.

Si la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.

4.11 Aceptación del presupuesto referencial: Previo a la entrega de la oferta técnica, el

oferente deberá aceptar a través del portal www.compraspublicas.gob.ec el presupuesto referencial establecido por EP PETROECUADOR, elaborado de conformidad a rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario No. 2 “Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios”.

La carátula de la oferta técnica será la siguiente:

CUANTÍA MENOR OBRAS

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OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””

OFERTA TÉCNICA ING. GONZALO FLORES IZURIETA SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC. GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente PRESENTADA POR: ____________________________________ 4.12 Anexos de las condiciones específicas generales y técnicas:

4.12.1 Especificaciones Generales: El proyecto considera todos los rubros a contratarse; los estudios y diseños previos, completos, definitivos y actualizados correspondientes.

4.13 4.13.1 Especificaciones Técnicas:

La presente invitación tiene por objeto realizar la ejecución de los trabajos de de conformidad con los Términos y condiciones contenidas en los pleigos. 4.1.1.1 Descripción de los trabajos

Los trabajos a ejecutarse en el mantenimiento de las cubiertas, estructuras y perchas metálicas del área de la bodega son:

1. Limpieza de cubierta y paredes de galvalumen Este trabajo el contratista deberá realizarlo con una maquina a presión utilizando agua y desoxidante para que pueda desprender y retirar el material que se encuentra sobre la cubierta y/o paredes de galvalúmen, para esto EPPETROECUADOR proporcionará el agua, esta limpieza será inspeccionada y aprobada por el fiscalizador. En este rubro se debe considerar la lavada de la parte inferior de la cubierta donde el fiscalizador lo determine Este rubro se cancelará por metro cuadrado de cubierta lavada.

2. Aplicación de pintura en cubierta de galvalumen

Antes de aplicar la pintura el contratista deberá darle rugosidad al galvalumen mediante lijado mecánico o manual y debe ser aprobado por el fiscalizador, la pintura de la cubierta será anticorrosiva de color rojo cuya aplicación obedecerá a procedimientos y recomendaciones establecidos por el fabricante de la pintura;

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tanto en tiempos de aplicación, tiempos de secado, espesores del recubrimiento, temperaturas, presión, uso de equipos y otros Este rubro se cancelará por metro cuadrado de pintura efectivamente realizada.

3. Limpieza de estructura y perchas metálicas Este trabajo el contratista deberá realizarlo con una maquina a presión y utilizando agua y desoxidante para que pueda desprender y retirar el material que se encuentra sobre la estructura y perchas metálicas, para esto EPPETROECUADOR proporcionará el agua, esta limpieza será inspeccionada y aprobada por el fiscalizador. Este rubro se cancelará por metro lineal de estructura lavada.

4. Aplicación de pintura en estructura y perchas metálicas. La pintura de la estructura y perchas metálicas será anticorrosiva de color aluminio cuya aplicación obedecerá a procedimientos y recomendaciones establecidos por el fabricante de la pintura; tanto en tiempos de aplicación, tiempos de secado, espesores del recubrimiento, temperaturas, presión, uso de equipos y otros Este rubro se cancelará por metro lineal de pintura efectivamente realizada.

5. Desmontaje de cubierta de asbesto cemento y paredes de galvalumen El contratista desmontará las cubiertas de asbesto cemento que se encuentren en mal estado que el fiscalizador indique, las mismas que serán reemplazadas por planchas de steel panel. Este rubro se cancelará por metro cuadrado de cubierta y/o pared retirada.

6. Instalación de cubierta y pared con steel panel. El contratista proporcionará e instalará las planchas de steel panel de 0.4 milímetros de espesor sobre la cubierta que el fiscalizador indique. Este rubro se cancelará por metro cuadrado de plancha steel panel instalado.

7. Limpieza de cubierta de asbesto cemento. Este trabajo el contratista deberá realizarlo con una maquina a presión utilizando para que pueda desprender y retirar el material que se encuentra sobre la cubierta de asbesto cemento, en caso de rotura de esta plancha el contratista deberá reponer sin costo para EPPETROECUADOR con una nueva plancha, para esto EPPETROECUADOR proporcionará el agua, esta limpieza será inspeccionada y aprobada por el fiscalizador.

8. Aplicación de pintura en cubierta de asbesto cemento La pintura de la cubierta de asbesto cemento será con pintura para teja de color rojo cuya aplicación obedecerá a procedimientos y recomendaciones establecidos por el fabricante de la pintura; tanto en tiempos de aplicación, tiempos de secado, espesores del recubrimiento, temperaturas, presión, uso de equipos y otros Este rubro se cancelará por metro cuadrado de pintura efectivamente realizada.

9. Aplicación de pintura en la parte inferior de cubierta

La pintura en la parte inferior de la cubierta será anticorrosiva de color aluminio cuya aplicación obedecerá a procedimientos y recomendaciones establecidos por

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el fabricante de la pintura; tanto en tiempos de aplicación, tiempos de secado, espesores del recubrimiento, temperaturas, presión, uso de equipos y otros. El fiscalizador determinará el área donde se realizará este trabajo. Este rubro se cancelará por metro cuadrado de pintura efectivamente realizado.

10. Aplicación de pintura en pared de steel panel. La pintura de las paredes de steel panel será anticorrosiva de color aluminio cuya aplicación será en los dos lados y obedecerá a procedimientos y recomendaciones establecidos por el fabricante de la pintura; tanto en tiempos de aplicación, tiempos de secado, espesores del recubrimiento, temperaturas, presión, uso de equipos y otros. El fiscalizador determinará el área donde se realizará este trabajo. Este rubro se cancelará por metro cuadrado de pintura efectivamente realizado.

11. Instalación de canalones Los canalones y embudos de la red de drenaje de cubiertas se construirán en lámina de tol galvanizada DE 1/32” de espesor en los lugares que el fiscalizador indique. Antes de su instalación se verificará que se encuentren limpios para proceder a su colocación de acuerdo con las pendientes y suspendiéndolas con ganchos de soporte suficientes para la carga esperada en cada tramo, manteniendo las corrientes orientadas hacia las bajantes.

Se pagará por metro lineal de instalación, incluido material y mano de obra

12. Instalación de bajantes Los bajantes serán de tubería de PVC de conformidad con la localización, detalles y materiales que indiquen los planos correspondientes o de común acuerdo con la Fiscalización.

Se pagará por metro lineal de instalación, incluido material y mano de obra

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SECCIÓN V

PROYECTO DE CONTRATO Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, que así se determinará en lo posterior para efectos de este contrato, legalmente representada por el ING. GONZALO FLORES IZURIETA, conforme consta el documento que lo acredita y que lo anexa, en su calidad de delegado del Señor Gerente General, de conformidad al Instructivo de Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la adquisición de bienes, contratación de obras, servicios y consultoría, aprobadas mediante Resolución No. 2012124 de 12 de mayo del 2012 y, por otra la ______ (Compañía o persona natural) ______, representada por ______ (Nombre del representante legal) ______ en calidad de ______ (Función en la Empresa) ______; según se desprende de la copia certificada de su nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil que igualmente se agrega, que en lo sucesivo se denominará "la Contratista", respectivamente, al tenor de las siguientes Cláusulas y Anexos: PRIMERA.- ANTECEDENTES.

1.1. La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 226 establece: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”.

1.2. La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 315 establece que el

Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas. Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales.

1.3. Mediante Decreto Ejecutivo No. 315 del 6 de abril de 2010 el señor Presidente

Constitucional de la República dispuso la creación de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con domicilio principal en el cantón El Chaco, provincia de Napo, provincia de Pichincha.

1.4. La ley Orgánica de Empresas Públicas en el Art. 34.- CONTRATACIÓN EN LAS

EMPRESAS PÚBLICAS determina que: “Todo proceso de contratación de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría, así como las contrataciones en actividades de prospección, exploración, explotación, refinación, comercialización, industrialización de los recursos hidrocarburíferos, las contrataciones de bienes de carácter estratégico necesarias para la defensa nacional, que realicen las

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empresas públicas, estarán sujetos al Plan Nacional de Desarrollo, con observancia del presupuesto nacional y empresarial…”

1.5. La Asamblea Nacional Constituyente expide la Ley Orgánica del Sistema Nacional

de Contratación Pública, promulgada en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 4 de agosto del 2008, la cual determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamientos de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que celebren entre otros, los organismos y dependencias de las funciones del Estado y que conforme a su Art. 51 numeral 2 establece que se puede realizar contrataciones de menor cuantía en el caso de: “Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0,000007 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico”

1.6. En el Registro Oficial Suplemento No. 588 del 12 de mayo de 2009, se publica el

Decreto Ejecutivo No. 1700 del 30 de abril de 2009, mediante el cual se expide el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el que indica que para los procesos de contratación de menor cuantía obras, se verifique el cumplimiento de su Art. 59.

1.7. De conformidad con el Art. 22 de la LOSNCP y los Arts. 25 y 26 de su Reglamento

General, el Plan Anual de Contrataciones de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, contempla la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””.

1.8. En cumplimiento al Art. 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública, el Gerente General de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, con Resolución No. 2011124 del 12 de mayo de 2011 delega al Subgerente de Transporte y Almacenamiento, de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, las atribuciones estatuidas para la contratación Menor Cuantía Obras “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””.

1.9. Con Resolución No. TGER-___________ del __ de _________ del 2013 el

Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc. de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR autoriza el inicio del procedimiento y aprueba los pliegos, así como el código de la contratación, para el proceso de Menor Cuantía Obras ““READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””.

1.10. A través del portal www.compraspublicas.gob.ec, el __ de _________ del 2013,

se realizó la respectiva convocatoria.

1.11. De conformidad con el cronograma del proceso, hasta las 00h00 del __ de __________ del 2013, _____ (_) personas naturales, manifiestan su interés aceptando el presupuesto referencial determinado por la EP PETROECUADOR y la presentando sus ofertas técnicas, las cuales cumplen con los requisitos formales solicitados en los Pliegos y por tanto proceden su calificación en el portal www.compraspublicas.gov.ec.

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1.12. A través del portal www.compraspublicas.gob.ec, se dio respuesta a las preguntas formuladas por los participantes.

1.13. Luego de verificar las ofertas técnicas presentadas, se observa que existen

errores de forma los cuales conforme al Acta de Convalidación de Errores del __ de _________ del 2013 son requeridos.

1.14. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento revisa la convalidación de errores,

así como la documentación presentada, por parte de las empresas participantes y verifica su cumplimiento, luego de lo cual procede con la calificación técnica de cada una, cuyo resultado según Cuadro de Evaluación Técnica es el siguiente:

1.15. Una vez realizado las evaluaciones y seleccionados los participantes para el

sorteo, el portal www.compraspublicas.gob.ec automáticamente y en forma aleatoria adjudica el procedimiento de Menor Cuantía Obras a ___persona natural o jurídica adjudicada___,

1.16. Mediante Resolución No. TGER-_________ del __ de _________ del 2013, el

Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc. de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, adjudica la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””, a la ___persona natural o jurídica adjudicada___ por el valor de ____valor en letras_____ dólares de los Estados Unidos de Norte América, con __/100 (USD $.__valor en números__) sin incluir el IVA, por el plazo de ________ (____) días contados a partir de la suscripción del presente Contrato.

1.17. Con Oficio No. ________-TCTR-NOR-2013 del __ de _________ del 2013, el

Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc. de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento notifica a la ___persona natural o jurídica adjudicada___, la adjudicación respectiva.

1.18. La ___persona natural o jurídica adjudicada___ a la presente fecha se encuentra

habilitada para contratar con el Estado, conforme la impresión del portal de compras públicas.

1.19. El Coordinador General de Asesoría y Contratos, de la Gerencia de Transporte y

Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, con Memorando No. ___________-PPRO-TASC-2013 del _____ de _________del 2013, emite el respectivo informe de los requisitos legales y reglamentarios, que permite la suscripción del presente Contrato.

SEGUNDA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO.

Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos:

a) Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato y los mencionados en la Cláusula anterior;

b) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.

c) La oferta técnica presentada por la Contratista; d) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario; e) La Resolución de adjudicación No. TGER-_________ del __ de _________ del 2013; f) La certificación presupuestaria constante en el Precompromisos CO 24653 del 27

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de agosto de 2013 ; g) La tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios.

TERCERA.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS.

Los términos del presente contrato deben interpretarse de acuerdo a su sentido literal, en el contexto del mismo, con la finalidad de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

3.1. Cuando los términos estén definidos en las Ley Orgánica del Sistema Nacional

de Contratación Pública LOSNCP, o en este contrato se atenderá su tenor literal.

3.2. Si no están definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.

3.3. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera

que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

3.4. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de la Interpretación de los Contratos.

De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. De existir contradicciones entre los documentos del contrato, será el Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc. de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR quien determine la prevalecía de un texto, de conformidad con el objeto contractual.

CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO.

La Contratista se compromete y obliga formalmente para con la EP PETROECUADOR, a realizar la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO”” a entera satisfacción de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, cumpliendo con las especificaciones técnicas que constan en la Sección IV de los Pliegos y al Formulario No. 2 “Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios”, que con esta oportunidad la ratifica y mantiene vigente y que forman parte inseparable de este contrato.

QUINTA.- PRECIO DEL CONTRATO.

El precio del contrato que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR pagará a la Contratista es de __________ dólares de los Estados Unidos de América con ______/100 (USD __________ ), conforme al Formulario No. 2 “Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios”.

SEXTA.- FORMA DE PAGO.

La forma de pago para la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO” será de la siguiente manera:

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6.1. Las facturas mensuales por los trabajos efectivamente realizados a entera satisfacción de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, deberán ser presentadas por un representante calificado de la Contratista, debiendo constar en castellano y en dólares de los Estados Unidos de América; estas facturas sustentadas por planillas debidamente aprobadas por la Fiscalización y aceptadas por el Administrador del Contrato, conforme al Formulario No. 2 “Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios”, adjuntando copia del rol de pagos así como las planillas de pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS del mes inmediato anterior, serán entregadas en las oficinas de EP PETROECUADOR. La Gerencia Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR no recibirá planillas emitidas con más de dos días de antelación a la fecha de presentación.

6.2. EP PETROECUADOR a su vez pagará a la Contratista la parte no objetada de

dichas facturas en dólares de los Estados Unidos de América, mediante transferencia bancaria luego de que los trabajos realizados hayan sido aceptados por el Administrador del presente Contrato, hasta treinta (30) días calendario después de su recepción; si la factura es objetada y devuelta a la Contratista, el plazo indicado corre a partir de la recepción de la nueva factura debidamente modificada.

6.3. Entregada la planilla, la Fiscalización, en el plazo de hasta quince (15) días, la

aprobará o formulará observaciones de cumplimiento obligatorio para la Contratista, de ser el caso continuará el trámite para el pago de la factura dentro del plazo de treinta (30) días calendario después de su recepción. Si la Fiscalización no aprueba o no expresa las razones fundadas de su objeción, transcurrido el plazo establecido, se entenderá que la planilla se halla aprobada.

6.4. Discrepancias: Si existieran discrepancias entre las planillas presentadas por la

Contratista y las cantidades de obra calculadas por la fiscalización, ésta notificará a la Contratista las discrepancias encontradas. Si no se receptara respuesta, en el término de cinco (5) días contados desde la fecha de notificación, se entenderá que la Contratista acepta la liquidación hecha por la fiscalización y se dará paso al pago.

7. 7.1. La EP PETROECUADOR pagará las facturas, sustentadas en planillas de avance

de obra, previamente aprobadas por la Fiscalización; evitando caer en el retraso injustificado de pagos, previsto en el Art. 101 de la LOSNCP.

7.2. Todos los pagos que se realicen a la Contratista por cuenta del presente contrato,

serán con sujeción a los precios unitarios de los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajo realizado, a satisfacción de la EP PETROECUADOR, previamente aprobados por la fiscalización.

7.3. En los ocho primeros días laborables de cada mes, la fiscalización y la Contratista,

de forma conjunta, efectuarán las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas durante el mes anterior, conforme a las unidades de medida y precios unitarios establecidos en la "Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios" de cada rubro establecido en el Formulario 2.

Las mediciones parciales de la obra realizada, no implican entrega por parte de la Contratista ni recepción por parte de la EP PETROECUADOR; las obras serán

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recibidas parcial o totalmente, siguiendo el procedimiento estipulado para tal efecto.

Las cantidades de obra no incluidas en una medición por discrepancia u omisión, serán incluidas cuando se haya dirimido la discrepancia o establecido la omisión, su pago se calculará conforme a los precios unitarios correspondientes, más los reajustes respectivos, de haber lugar a ello.

7.4. Planillas de liquidación: Junto con la solicitud de entrega-recepción provisional

de las obras, la Contratista presentará una planilla del estado de cuenta final, salvo el rubro de mantenimiento o custodia de la obra hasta la recepción definitiva.

7.5. Trámite de las facturas: Para el trámite de las facturas se observarán las

siguientes reglas:

7.5.1. Las planillas serán preparadas por capítulos y siguiendo el orden establecido en la "Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios" (Formulario No. 2), con sujeción a los precios unitarios en dólares de los Estados Unidos de América, en los diferentes rubros y por las cantidades reales de trabajos ejecutados.

7.5.2. Dentro de los diez (10) días de cada mes, la Contratista elaborará la

correspondiente planilla y la someterá a consideración de la fiscalización.

7.5.3. Se adjuntarán los anexos de medidas, aprobaciones, pruebas de laboratorio y otros que correspondan.

7.5.4. Con las planillas, la Contratista presentará el estado de avance del

proyecto y un cuadro informativo resumen en el que se precise el rubro, descripción, unidad, cantidad total y el valor total contratado; las cantidades y el valor ejecutado hasta el mes anterior y en el período en consideración; y, la cantidad y el valor acumulado hasta la fecha, expresado en dólares de los Estados Unidos de América.

7.5.5. Los documentos mencionados en el numeral anterior, se elaborarán

según el modelo preparado por la EP PETROECUADOR y será requisito indispensable para tramitar el pago de la factura correspondiente.

7.5.6. La fiscalización, en el plazo de quince (15) días, aprobará u objetará la

planilla.

7.5.7. Si la Fiscalización, en el plazo señalado, no aprueba o no expresa las razones fundamentadas para su objeción, transcurrido dicho plazo, se entenderá que la planilla ha sido aprobada y se procederá con la facturación respectiva.

7.5.8. Con la aprobación expresa o tácita continuará el trámite de pago.

7.6. Requisito previo al pago de las facturas: Previo al pago de las facturas la

Contratista presentará el certificado de no adeudar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social los aportes y fondos de reserva de los trabajadores que estuviese empleando en la obra y una copia de las planillas de pago al IESS. Conforme a los Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el

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Suplemento del Registro Oficial No. 465, de 30 de noviembre de 2001, si la Contratista omite este requisito la EP PETROECUADOR no realizará pago alguno, excepto en el caso de que sus trabajadores y empleados estén bajo otro régimen legal de contratación.

7.7. EP PETROECUADOR descontará las multas que procedan de acuerdo con el

Contrato, de los valores pendientes de pago a favor de la Contratista.

7.8. Pagos Indebidos: EP PETROECUADOR se reserva el derecho de reclamar a la Contratista, en cualquier tiempo, antes o después de la ejecución de la obra, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose la Contratista a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la EP PETROECUADOR, reconociendo el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.

7.9. Los egresos de este contrato se harán con cargo a la partida 25300 “OTROS

SERVICIOS DE MANTENIMIENTO” del presupuesto de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, certificado mediante Precompromisos CO 24653 del 27 de agosto de 2013.

SÉPTIMA.- GARANTÍA. El oferente que resulte ganador deberá presentar la garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto. Las garantías requeridas en los numerales anteriores, serán entregadas en las formas establecidas en los numerales 1, 2 y 5 del Art. 73 de la LOSNCP. Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Art. 77 de la LOSNCP. El valor por concepto de anticipo será del treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, dicho valor será depositado en una cuenta que la Contratista abra en un banco estatal o privado de propiedad de entidades del Estado en un cincuenta por ciento o más. La Contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El Administrador del Contrato verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de devengar el anticipo o a la ejecución contractual. El anticipo otorgado será devengado proporcionalmente en las facturas presentadas hasta la terminación del plazo contractual inicialmente estipulado y constará de un cronograma que será parte del contrato. OCTAVA.- PLAZO DEL CONTRATO. El plazo de ejecución para la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””, objeto del presente contrato es de noventa (90) días contados a partir de la suscripción del contrato. NOVENA.- PRÓRROGAS DE PLAZO.

9.1. Siempre que la Contratista así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos

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de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud, de la Empresa Pública EP PETROECUADOR, prorrogará el plazo total o los plazos parciales, sólo en los siguientes casos:

9.1.1. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por el

Subgerente de Transporte y Almacenamiento, la Contratista tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se entenderá prorrogado estrictamente por un período igual al tiempo de duración de las causas indicadas;

9.1.2. Cuando EP PETROECUADOR ordene la ejecución de trabajos

adicionales o cuando se produzcan aumentos de las cantidades de obra estimadas y que constan en la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios (Formulario No.2), para lo cual se utilizarán las figuras del contrato complementario, diferencias en cantidades de obra u órdenes de trabajo, según apliquen de acuerdo con la LOSNCP.

9.1.3. Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas

en el cronograma, motivadas y por orden de EP PETROECUADOR u ordenadas por ella, a través de la Fiscalización y que no se deban a causas imputables a la Contratista.

9.1.4. Si EP PETROECUADOR no soluciona los problemas administrativos-

contractuales o constructivos en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución de los trabajos.

9.2. Al aceptar la prórroga, las partes definirán su duración y la incorporación del

nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido, dicho cronograma deberá ser suscrito por las partes.

9.3. Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la

calificación del Administrador del Contrato y la aprobación del Gerente de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, previo informe de la Fiscalización.

DÉCIMA.- MULTAS.

10.1. Por cada día de incumplimiento o demora en la ejecución objeto de este contrato, en los lugares y plazo previstos, conforme al cronograma valorado, independientemente del cobro de daños y perjuicios a que hubiere lugar, sin perjuicio del descuento en planillas por el trabajo que la Contratista haya dejado de realizar, la Contratista pagará a la Empresa Pública EP PETROECUADOR, una multa diaria en dólares de los Estados Unidos de América equivalente al dos punto cinco por mil (0,25%), del monto total del contrato, valores que serán descontados de las cantidades pendientes de pago a favor de la Contratista. Se define como incumplimiento para efectos de este contrato, la ausencia de personal en la ejecución de los trabajos requeridos, mala elaboración de informes o la falta de su entrega en los tiempos establecidos.

10.2. Si el incumplimiento fuere debido a caso fortuito o fuerza mayor, acorde a lo

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establecido en el Art. 30 de la Codificación del Código Civil Ecuatoriano, oportuna y debidamente demostrado por la Contratista y aceptado por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, no se aplicarán las multas respectivas.

10.3. Si el valor total de las multas impuestas a la Contratista supera el cinco por ciento

(5%) del monto total del contrato, la EP PETROECUADOR podrá declarar, anticipada y unilateralmente, la terminación del contrato, conforme lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 94 de la LOSNCP.

10.4. La aplicación y cuantificación de las multas estará a cargo del Administrador del

presente contrato. DÉCIMO PRIMERA.- REAJUSTE DE PRECIOS.

De conformidad con el Art. 126 del Reglamento General de la LOSNCP y en razón de la inexistencia en la variación de los componentes de los precios unitarios para la “READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO””, objeto del presente Contrato, no se estructura Fórmula de Reajuste de Precios.

En cumplimiento al segundo inciso del Art. 131 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para este procedimiento de contratación, la Contratista renuncia al reajuste de precios.

DÉCIMO SEGUNDA.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN.

La Contratista no podrá ceder, asignar, ni transferir en forma alguna ni la totalidad ni parte de este contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados servicios, previa autorización de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal y el subcontratista esté habilitado en el RUP.

La Contratista será única y pecuniariamente responsable ante la Gerencia de Transporte y Almacenamiento a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas y en caso de que se encargue a terceros trabajos determinados, no se liberará de las obligaciones contractuales.

DÉCIMO TERCERA.- OTRAS OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA.

13.1. A más de las deberes ya establecidas en el presente contrato, la Contratista está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y pueda ser exigible por constar en cualquier documento de él o en norma legal específicamente aplicable al mismo, tales como pero no limitadas a:

13.1.1. Cumplir las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley

del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que EP PETROECUADOR, tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la

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ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.

13.1.2. Observar de manera especial y señalada a lo previsto en el Decreto Ejecutivo 2393 de noviembre 13 de 1986, publicado en el Registro Oficial No.565 del 17 de los mismos mes y año, que contiene el "Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo” y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR.

13.1.3. Prestar los trabajos con sujeción a las Normas de Seguridad de la EP

PETROECUADOR, especificadas en el Anexo No. 1 “Principios de Salud, Seguridad y Ambiente”.

13.1.4. Cumplir con todos los Reglamentos de Seguridad y de Personal

establecidos por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, e instruir a sus empleados y todos los Subcontratistas comprometidos con la Contratista, a que observen y cumplan cuidadosamente tales Reglamentos de Seguridad.

13.1.5. Elaborar el libro de obra conteniendo las actividades diarias que se vayan

ejecutando durante el tiempo de vigencia del objeto contractual, adjuntando ayuda memoria fotográfica del desarrollo de la obra; este libro que permanecerá en la obra, será aprobado por las partes y se adjuntará a la planilla para el pago respectivo.

13.1.6. Ejecutar el objeto contractual sobre la base de los estudios con los que

contó la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos estudios, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios. Los eventos señalados se podrán autorizar y contratar solo si fueren solicitados por la fiscalización.

13.1.7. Como Reglas Generales de Seguridad Industrial, la Contratista deberá

cumplir las siguientes:

• Los desechos o basuras deberán ser desalojados, en sitios especiales destinados para el efecto; o dispuesto de acuerdo a las normas establecidas de preservación del medio ambiente.

• Suministrar a su personal elementos de protección necesarios para la ejecución de los trabajos.

• Comunicar inmediatamente al Coordinador de Prevención y Contingencias los accidentes ocurridos durante la ejecución de los trabajos, aún los considerados leves, detallando las causas que provocaron tal acontecimiento.

• Dentro de las Instalaciones de EP PETROECUADOR, la Contratista, su personal y los subcontratistas autorizados, están prohibidos de circular en áreas distintas a las relacionadas con la actividad específica para las que fueron contratados.

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• En lo que no contemple a las presentes Reglas de Seguridad, regirán las Normas de Seguridad Industrial para el Sistema EP PETROECUADOR, en especial la norma SI-007 y las Disposiciones de Seguridad Industrial para Contratistas”, el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo y su Reforma, el Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial del IESS; El Sistema de Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo del I.E.S.S., Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, Constitución Política de la República del Ecuador, Reglamento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, Código del Trabajo, y demás Leyes de la República del Ecuador, vigentes.

13.2. La Contratista proveerá a su cuenta y cargo a su personal de una tarjeta de

identificación donde conste el nombre de la empresa, el nombre del trabajador, su foto y número del documento de identidad emitido por el país de procedencia o pasaporte.

DÉCIMO CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA EP PETROECUADOR

Son obligaciones de la EP PETROECUADOR a través de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, las establecidas en el numeral 4.9 del la Sección IV de los pliegos que son parte del presente contrato.

En cumplimiento al Art. 121 del Reglamento General de la LOSNCP, EP PETROECUADOR designará de manera expresa un administrador y supervisor del presente contrato, quienes velarán por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de contrato.

Aplicar las multas por incumplimiento del contrato, en caso de existirlo, previo informe de la Administración del contrato.

DÉCIMO QUINTA.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS, DIFERENCIA EN

CANTIDADES DE OBRA U ÓRDENES DE TRABAJO.-

Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios o convenir en la ejecución de trabajos bajo las modalidades de diferencias en cantidades de obra u órdenes de trabajo, de conformidad con lo establecido en los Arts. 85, 86, 87, 88 y 89 de la LOSNCP y en los Arts. 144 y 145 de su Reglamento General.

DÉCIMO SEXTA.- ACTAS ENTREGA RECEPCIÓN.

16.1. Recepción Provisional: Una vez que se encuentre ejecutado y terminado el objeto de este contrato a entera satisfacción de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, previa solicitud escrita de la Contratista y acompañada del certificado de terminación de los servicios emitido por el Administrador del contrato, se procederá a la recepción de los mismos y a la suscripción del Acta de Entrega - Recepción Provisional, en el término no mayor de diez (10) días contados a partir de la fecha de ingreso de la solicitud de la Contratista. Dentro de este plazo la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento

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podrá negarse a realizar la recepción fundamentando debida y documentadamente su negativa. De no haber pronunciamiento ni haberse iniciado la recepción, la Contratista podrá acudir ante un juez o notario público solicitando se notifique a la Entidad Contratante que ha operado la recepción definitiva presunta o de pleno derecho, en los casos previstos en el Artículo 81 de la LOSNCP y 122 de su Reglamento General de la LOSNCP.

16.2. Recepción Definitiva: Transcurrido el plazo de dos meses desde la recepción

provisional o de la declaratoria de recepción provisional presunta, previa solicitud de la Contratista, una vez verificada la ejecución contractual y de no existir reclamaciones pendientes en relación con la obra materia del presente contrato, en el plazo de quince (15) días contados desde la fecha de la citada solicitud, se procederá a la suscripción de la recepción definitiva.

Si en esta inspección se encuentra algún defecto de construcción no advertido en la recepción provisional, se suspenderá el procedimiento, hasta su solución, a entera satisfacción de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento y a costa de la Contratista. Si el defecto fuere de menor importancia y a juicio de la EP PETROECUADOR puede ser subsanado dentro del proceso de recepción definitiva, se continuará con la misma, pero el Acta respectiva sólo se firmará una vez solucionado el problema advertido.

Todos los gastos adicionales que demanden la comprobación, verificación y pruebas que se presenten por causas de reclamaciones pendientes en relación con la obra materia del presente contrato, serán de cuenta de la Contratista.

16.3. El Acta Entrega Recepción Definitiva debe ser firmada por la Contratista y los

integrantes de la Comisión designada, para el efecto, de conformidad a lo establecido en el artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP.

16.4. Liquidación del contrato: La liquidación final del contrato se realizará en los

términos previstos por el Art. 125 del Reglamento General de la LOSNCP.

16.5. Las personas que intervengan a nombre de la EP PETROECUADOR en la suscripción de las Actas de Entrega – Recepción, son administrativa, civil y penalmente responsables por los datos que consignen en ella, así como por la no suscripción de la misma dentro del plazo estipulado para el efecto.

DÉCIMO SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA

La Contratista, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del Art. 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el articulo 1940 Ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

DÉCIMO OCTAVA.- MANTENIMIENTO DE LA OBRA

El mantenimiento rutinario y vigilancia de la obra, entre la recepción provisional y la definitiva, estará a cargo de la Contratista, para lo cual deberá proporcionar el personal y las instalaciones adecuadas.

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DÉCIMO NOVENA.- ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.

La Subgerencia de Transporte y Almacenamiento de la Gerencia de transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR designa al xxxxxxxxxxxxxxxxx como Administrador del presente Contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todos y cada una de las obligaciones del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

El Subgerente de Transporte y Almacenamiento, Enc. de la Gerencia de transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR, designa al xxxxxxxxxxxxxxxx, Fiscalizador del contrato quien velará por el cumplimento de las especificaciones constantes en el mismo.

El Administrador y Fiscalizador del contrato, son responsables administrativa, civil y penalmente, según corresponda.

VIGÉSIMA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

20.1 Terminación del contrato.- El contrato puede terminar:

a) Por cumplimiento de las obligaciones contractuales; b) Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del Art. 93 de la LOSNCP; c) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la

resolución del mismo a pedido de la Contratista; d) Por declaración unilateral de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP

PETROECUADOR, en los caso establecidos en el Art. 94 de la LOSNCP. Además serán las siguientes causales:

e) Si la Contratista no notificare a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP

PETROECUADOR acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

f) Si la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, en

función de aplicar lo establecido en el Art. 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de transición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social de la Contratista.

g) Por muerte de la Contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no

se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.

h) Por causas imputables a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento EP

PETROECUADOR, de acuerdo a las causales constantes en el Art. 96 de la LOSNCP

20.2 Terminación por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas,

técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el

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contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.

La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la EP PETROECUADOR o de la Contratista.

La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con la misma Contratista.

20.3 Terminación unilateral del contrato.- La Gerencia de Transporte y

Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente el contrato, en los siguientes casos:

a) Por incumplimiento de la Contratista; b) Por quiebra o insolvencia de la Contratista; c) Si el valor de las multas supera el 5% del monto del contrato; d) Por suspensión de los trabajos, por decisión de la Contratista, por más de ocho

(8) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; e) Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de la LOSNCP; f) En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y, g) La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP

PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Contratista no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En este caso no se inscribirá al contratista como incumplido.

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el Artículo 95 de la LOSNCP.

20.4 Terminación por causas imputables a la Gerencia de Transporte y

Almacenamiento.- La Contratista podrá demandar la Resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR:

a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de noventa

(90)días; b) Por la suspensión de los trabajos por más de noventa (90)días, dispuestos por

la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; y,

c) Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.

VIGÉSIMO PRIMERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

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Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema en un plazo de quince (15) días. De no llegarse a un acuerdo amigable entre las partes, las divergencias o controversias podrán ser sometidas al procedimiento alternativo de solución de conflictos mediante la mediación, en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. De no mediar acuerdo alguno, las partes en cumplimiento de lo establecido en el Art. 105 de la LOSNCP, aplicarán el procedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No.1. La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista renuncia a utilizar la vía diplomática o consular para las reclamaciones relacionadas con este contrato. Si el contratista incumpliere este compromiso, la EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, sin perjuicio de declarar incumplido al contratista. VIGÉSIMO SEGUNDA.- CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN. La Contratista declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General y más disposiciones vigentes en el Ecuador. VIGÉSIMO TERCERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES. Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la Fiscalización y la Contratista se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento y se registrarán en el libro de obra. VIGÉSIMO CUARTA.- TRIBUTOS Y RETENCIONES. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento efectuará a la Contratista las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Art. 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al Art. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001. VIGÉSIMO QUINTA.- PROTECCIÓN AMBIENTAL En virtud de la importancia que reviste la prevención de la contaminación ambiental, en las Operaciones Hidrocarburíferas, la Contratista se obliga a cumplir a través de su personal las normas de protección ambiental dictadas por la EP PETROECUADOR y observará estrictamente las leyes, reglamentos y normas vigentes en el Ecuador, en especial lo dispuesto en el Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las

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Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, publicado en el Registro Oficial No. 265 del 13 de febrero del 2001. La Contratista en forma exclusiva responderá en su totalidad por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar. El personal de la Contratista conviene en minimizar el daño al medio ambiente a consecuencia de la ejecución del servicio objeto de este contrato y se obliga a respetar los derechos de las poblaciones del sector y seguir las políticas de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR a través de la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento y las leyes ecuatorianas pertinentes. En caso de existir daños ambientales imputables a la Contratista, ésta se compromete a restituir el ambiente de trabajo a su estado original. VIGÉSIMO SEXTA.- DOMICILIO. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito

Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:

LA CONTRATISTA: Dirección_______________________________________ Teléfonos_______________________________________ Ciudad_________________________________________

LA EP PETROECUADOR: Gerencia de Transporte y Almacenamiento Guajaló, Av. Pedro Vicente Maldonado No. S 35-34 Telf.: 267-1142 y 267-0130 Quito, Ecuador

VIGÉSIMO SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES. Libre y voluntariamente, previo el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos por las leyes de la materia, las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato, a cuyas estipulaciones se someten. Para constancia y fiel cumplimiento de lo estipulado, las partes suscriben el presente contrato en cinco (5) ejemplares de igual tenor y valor en la ciudad de Quito, a los:

__________________________

ING. GONZALO FLORES IZURIETA SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC.

GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR

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____________________________ LA CONTRATISTA

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SECCIÓN VI

FORMULARIO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

NOMBRE DEL OFERENTE:_________________________________________ Quito, Señor SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC. GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente De mi consideración: REF: READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS,

TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO En atención a la convocatoria para participar en la Menor Cuantía Obras No. MCO-EPP-TCTR-N-06-13 para contratar la READECUACIÓN DE LAS ÁREAS DE MANTENIMIENTO (BODEGAS, TALLERES Y OFICINAS) DEL TERMINAL MARÍTIMO BALAO, Yo, _____________(Nombre del Representante legal)_______en calidad de representante legal de la Compañía ______________(Nombre de la Compañía) ______________ presento a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR esta Oferta sujeta en todo su contenido a los documentos de menor cuantía y declaro que: 1. He estudiado, conozco y acepto incondicionalmente el contenido de todos los

documentos de esta menor cuantía. 2. Acepto el presupuesto establecido por la Subgerencia de Transporte y

Almacenamiento de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR.

3. He elaborado mis propias estimaciones del personal y facilidades requeridas, como

también de las contingencias que puedan surgir durante la ejecución del contrato. 4. Los trabajos a realizarse, así como el suministro de mano de obra, equipos y

materiales requeridos para la ejecución del objeto de esta menor cuantía, serán completos en sus partes y en el todo, de tal manera que cumplan con la finalidad del contrato, sin que esto obligue a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, a pago adicional alguno.

5. La única persona o personas interesadas en esta Oferta como principal o principales,

está o están nombradas en ella y ninguna otra persona distinta de las que aquí aparecen tiene interés alguno en esta Oferta ni en el contrato que de ella pudiera derivarse. Declaro, también, que la Oferta la hago en forma independiente y sin conexión con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en esta convocatoria y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe.

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6. Declaro que conozco la naturaleza de las condiciones inherentes al objeto de esta menor cuantía y me comprometo a que cualquier falla de apreciación y a los factores y condiciones mencionados, serán de mi exclusiva responsabilidad y no me relevan de la obligación de estimar adecuadamente las dificultades y por ende los costos, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes, a fin de prestar los servicios en forma satisfactoria para la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR.

7. Cualquier error u omisión en la presentación de la oferta será asumido única y

exclusivamente por mí como oferente. 8. Conozco y acepto que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP

PETROECUADOR, se reserva el derecho de adjudicar el contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales.

9. En caso de resultar adjudicatario acepto las exigencias y demás condiciones

establecidas en la LOSNCP, su Reglamento General y los Pliegos. 10. Entiendo que los rubros, unidades, cantidades indicadas en los formularios y anexos

que sustentan el valor de la menor cuantía son fijas y no podrán variar por ningún concepto.

11. Garantizo la veracidad y exactitud de toda la información y las declaraciones constantes

en los documentos que forman parte de esta oferta, en todos sus anexos y formatos, al tiempo que autorizo a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR a efectuar verificaciones para comprobar y obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas de mí como oferente y asumo la responsabilidad de la descalificación y el devenir de las acciones legales a que hubiere lugar, en caso de que la información no corresponda a la verdad.

12. Declaro bajo juramento que me comprometo expresamente a no ofrecer ningún pago,

préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de EP PETROECUADOR y acepta que en caso de violar este compromiso, estoy dispuesto a que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta convocatoria y me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

13. Así mismo declaro, bajo juramento, que no estoy incurso en las inhabilidades para

contratar mencionadas en la LOSNCP. 14. Declaro en forma expresa conocer los sitios y condiciones donde se ejecutará el

servicio objeto del contrato, así como que conozco y acepto el presupuesto establecido, el texto total de los Pliegos, Proyecto de contrato y sus alcances publicados a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec

15. Renuncio a toda reclamación que pudiera generarse en relación al presente contrato,

por vía diplomática. 16. En caso de resultar favorecido con la adjudicación, me comprometo a:

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a) Suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos.

b) Aceptar que, en caso de negarme a suscribir el respectivo contrato dentro del tiempo señalado, se me declare como adjudicatario fallido, y se aplique la sanción indicada en los Arts. 35 y 69 de la LOSNCP.

c) Garantizar que la ejecución del trabajo se efectuará de conformidad con los Pliegos

y documentos del contrato.

d) Por ser extranjero, domiciliarme en el país, previo a la suscripción del contrato, conforme lo disponen el Art. 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías.

Atentamente,

----------------------------- Nombre y firma de responsabilidad

FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Dirección domiciliaria para notificaciones

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FORMULARIO No. 2 TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS

ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD

DE MEDIDA

PRECIO UNITARIO (SIN IVA)

TOTAL SIN IVA

1 LIMPIEZA DE CUBIERTA Y PAREDES DE GALVALUMEN 4.030,00 M2 1,1834 4.769,19

2 APLICACIÓN DE PINTURA EN CUBIERTA DE GALVALUMEN 3.200,00 M2 2,5101 8.032,40

3 LIMPIEZA MECÁNICA DE ESTRUCTURA Y PERCHAS METÁLICAS 12.246,00 ML 1,1620 14.230,06

4 APLICACIÓN DE PINTURA EN ESTRUCTURA Y PERCHAS METÁLICAS 12.246,00 m3 1,9139 23.437,81

5 DESMONTAJE DE CUBIERTA DE ASBESTO CEMENTO Y PAREDES DE GALVALUMEN

452,00 Ml 1,1409 515,70

6 INSTALACIÓN DE CUBIERTA Y PARED CON STEEL PANEL 452,00 m3 21,4466 9.693,87

7 LAVADO DE CUBIERTA DE ASBESTO Y CEMENTO 402,00 kg 1,7399 699,45

8 APLICACIÓN DE PINTURA EN CUBIERTA DE ASBESTO CEMENTO 402,00 m2 4,3293 1.740,39

9 APLICACIÓN DE PINTURA EN LA PARTE INFERIOR DE LA CUBIERTA 880,00 kg 2,5974 2.285,68

10 APLICACIÓN DE PINTURA EN PARED DE STEEL PANEL 774,00 ml 2,6750 2.070,48

11 INSTALACIONES DE CANALONES (TOL 1/32") 100,00 ml 13,2565 1.325,65

12 INSTALACIÓN DE BAJANTES (50MM) 10,00 ml 30,9210 309,21

SUB TOTAL 69.109,89 IVA 12% 8.293,19

TOTAL 77.403,08

Yo, _____________(Nombre del Oferente o Representante legal)_______en calidad de representante legal de la Compañía ______________(Nombre de la Compañía en caso de persona jurídica) ______________ACEPTO el presupuesto que asciende a sesenta y nueve mil ciento nueve con 89/100 dólares de Estados Unidos de América) sin incluir el IVA. (lugar y fecha)

----------------------------- FIRMA DEL OFERENTE,

SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)

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FORMULARIO No. 3 DATOS GENERALES DEL OFERENTE

NOMBRE DEL OFERENTE:_________________________________________ (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso). DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE): R.U.C: (lugar y fecha)

----------------------------- FIRMA DEL OFERENTE,

SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN

(según el caso)

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FORMULARIO Nº 4 DETALLE DE TRABAJOS SIMILARES EJECUTADOS

NOMBRE DEL OFERENTE:_________________________________________

Nº Experiencia en obras similares Monto Ubicación Provincia

Período de Ejecución

Inicio Final

Nº Actas Entrega Recepción definitivas Monto Ubicación

Provincia

Período de Ejecución

Inicio Final

Nº Contratos adjudicados o en ejecución Monto Ubicación

Provincia

Período de Ejecución

Inicio Final

NOTA: Se adjuntará las certificaciones correspondientes para cada caso Lugar y Fecha Atentamente,

----------------------------- Nombre y firma de responsabilidad

FIRMA DEL OFERENTE, REPRESENTANTE LEGAL O

PROCURADOR COMÚN (según el caso)

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FORMULARIO No. 5 IDENTIDAD DE LOS ACCIONISTAS

(RESOLUCIÓN INCOP 37-09) 1. FORMULARIO PARA IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O

PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).

NOMBRE DEL OFERENTE: ______________________________________ Quito, Señor SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC. GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente.- De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1) Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines

única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2) Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Gerencia de

Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

3) Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a

la verdad, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR:

a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del Art. 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;

b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del Art.

64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

4) Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi

representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR descalifique a mi representada inmediatamente

5) Me comprometo a notificar a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP

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PETROECUADOR la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.

Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el Art. 26 de la LOSNCP.

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra

NOMBRES

COMPLETOS DEL SOCIO(S),

ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)

MAYORITARIO(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O

IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS

EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA

ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA

PERSONA JURIDICA

DOMICILIO FISCAL

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos del socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s), para lo que se usará el siguiente formato:

NOMBRES COMPLETOS DEL

SOCIO(S), ACCIONISTA(S),

PARTÍCIPE(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O

IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS

EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA

ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA

PERSONA JURIDICA

DOMICILIO FISCAL

Atentamente,

________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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2. DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA

OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS

NOMBRE DEL OFERENTE: ______________________________________ Quito, Señor SUBGERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO, ENC. GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente.- De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada………..(SI/NO) está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores: 1) Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta

declaración, y autorizo a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.

2) Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no

corresponda a la verdad, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR:

a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del

Art. 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del

Art. 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

d) Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

Atentamente,

________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO No. 1

PRINCIPIOS DE SALUD, SEGURIDAD Y AMBIENTE La Contratista está obligada a cumplir todas las disposiciones legales en materia de Salud, Seguridad Industrial y Medio Ambiente. Debe prestar especial atención al cumplimiento de las Normas de PETROECUADOR, Ley de Hidrocarburos, Ley de Gestión Ambiental, Ley Forestal y su Reglamento General, Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre y su Reglamento, Ley para la Preservación de Zonas de Reserva y Parques Nacionales, Ley del Seguro Social Obligatorio, Reglamento General del Seguro de Riesgos del Trabajo del IESS, Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo del IESS, Ley de Tránsito y Transporte Terrestre y Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental de las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. 1. Se aplicarán los estándares propios de la empresa, seccionales o nacionales para

los parámetros de ambiente, seguridad industrial, salud ocupacional y calidad. Donde la legislación sea limitada o no exista, se considerarán las buenas prácticas

de la industria y estándares reconocidos internacionalmente. 2. El incumplimiento parcial o total de lo indicado en el párrafo anterior, por parte del

personal de la Contratista, facultará a la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento, la aplicación de las multas correspondientes.

3. El incumplimiento reiterado de la Política y Procedimientos de Seguridad, Salud,

Ambiente y Calidad de los procedimientos serán causa de la rescisión o de la terminación anticipada del contrato.

4. La Contratista está obligada a comunicar de inmediato todo accidente o incidente

ocurrido durante el presente servicio al Administrador del contrato. Para el efecto, deben reportar de acuerdo a lo establecido a la Norma de Seguridad SI-005 de EP PETROECUADOR. La investigación de todo accidente/incidente debe iniciarse de manera inmediata, y el informe preliminar deberá ser emitido en un plazo máximo de 24 horas posteriores a la ocurrencia del evento.

5. Los trabajadores se colocarán fuera del área de influencia de excavadoras, grúas,

etc., en plena maniobra con cargas suspendidas y que representen riesgos de accidentes.

6. Los trabajadores no deberán caminar o ubicarse debajo de cargas suspendidas. 7. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento a través de la Subgerencia de

Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, prohíbe el uso, posesión o distribución de todo tipo de droga o sustancia controlada que sea ilegal o no autorizada, en cualquiera de sus instalaciones o cualquier situación de trabajo que involucre a la Subgerencia de Transporte y Almacenamiento o a sus empleados, clientes o proveedores. Todo el personal de la Contratista puede ser requerido para la realización del examen de control y drogas.

8. La Gerencia de Transporte y Almacenamiento a través de la Subgerencia de

Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública PETROECUADOR, se

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reserva el derecho de registrar a las personas, sus efectos personales, vehículos, casilleros de seguridad, equipaje y dormitorios de cualquier empleado en las localidades, instalaciones o sitios de trabajo en busca de drogas ilegales.

9. Está TOTALMENTE PROHIBIDO fumar cerca de instalaciones o lugares de trabajo,

incluyendo oficinas y áreas de uso común. La Contratista deberá señalizar las áreas permitidas para fumadores.

10. El personal de la Contratista utilizado para la ejecución de este contrato, tendrá la

obligación de preservar todas las instalaciones ya sean de trabajo, vivienda o recreación.

11. Los trabajadores de la Contratista deben usar los equipos de protección personal,

cuyo objetivo principal es la protección de los órganos y la vida de todos los trabajadores, incluso si no se hubiera advertido la existencia de algún peligro inmediato en las áreas laborales para ello, en todas las instalaciones operativas, el empleado vestirá el equipo de protección personal básico.

12. Todos los empleados de la Contratista deben ser entrenados por su empleador

para trabajar con seguridad y eficiencia en sus tareas. Deben ser comunicados e instruidos sobre los riesgos laborales relativos a sus funciones; así como, con los impactos ambientales significativos que puedan ocurrir por el incorrecto cumplimiento de sus funciones.