Encuadredelpersonaldomstico[1]

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8/6/2019 Encuadredelpersonaldomstico[1] http://slidepdf.com/reader/full/encuadredelpersonaldomstico1 1/2 Encuadre del personal doméstico Los empleados domésticos tienen 3 posibles encuadres que dependerán de la cantidad de horas semanales trabajadas para el empleador de referencia. Si el empleado trabaja menos de 6 horas semanales : El mismo se asemeja a un servicio normal (plomero, pintor, instalador, service, etc) con lo cual el empleado debería inscribirse en monotributo y facturar su servicio. En este caso el dueño del hogar sería un contratista. Si el empleado trabaja de 6 a 16 horas semanales: En este caso el empleado sería un trabajador autónomo pero aplica el régimen previsional del servicio doméstico. El dueño pasaría a ser el dador de trabajo y tendría la obligación de aportar y retener los valores que indica el régimen. Es importante destacar que hasta aquí no hay relación de dependencia, por lo tanto no existen los supuestos de tener que notificar despidos, licencias, interrupciones de labores, vacaciones, abandono de puesto, etc. Solamente se deja de abonar el F102 Nuevo modelo. En el caso de que el empleado trabaje más de 16 hs (4 días / 4 horas) Ahí si comienza la relación de dependencia, teniendo el dueño de la casa el nombre de empleador, las cargas del régimen especial de seguridad social y además aplica el estatuto del doméstico con todos sus deberes (vacaciones, licencias, libreta laboral, indemnizaciones, etc) Cuándo el empleado doméstico puede ser monotributista? Sólo podrán inscribirse como monotributistas los trabajadores del servicio doméstico que no queden encuadrados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (o sea, aquellos trabajadores que trabajen para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas

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Encuadre del personal doméstico

Los empleados domésticos tienen 3 posibles encuadres que dependerán de la

cantidad de horas semanales trabajadas para el empleador de referencia.

Si el empleado trabaja menos de 6 horas semanales: El mismo se asemeja a

un servicio normal (plomero, pintor, instalador, service, etc) con lo cual el

empleado debería inscribirse en monotributo y facturar su servicio. En estecaso el dueño del hogar sería un contratista.

Si el empleado trabaja de 6 a 16 horas semanales: En este caso el empleado

sería un trabajador autónomo pero aplica el régimen previsional del servicio

doméstico. El dueño pasaría a ser el dador de trabajo y tendría la obligación

de aportar y retener los valores que indica el régimen.

Es importante destacar que hasta aquí no hay relación de dependencia,

por lo tanto no existen los supuestos de tener que notificar despidos,

licencias, interrupciones de labores, vacaciones, abandono de puesto, etc.

Solamente se deja de abonar el F102 Nuevo modelo.

En el caso de que el empleado trabaje más de 16 hs (4 días / 4 horas) 

Ahí si comienza la relación de dependencia, teniendo el dueño de la casa el

nombre de empleador, las cargas del régimen especial de seguridad social y

además aplica el estatuto del doméstico con todos sus deberes (vacaciones,

licencias, libreta laboral, indemnizaciones, etc)

Cuándo el empleado doméstico puede ser monotributista?

Sólo podrán inscribirse como monotributistas los trabajadores del serviciodoméstico que no queden encuadrados en el Régimen Especial de Seguridad

Social para Empleados del Servicio Doméstico (o sea, aquellos trabajadoresque trabajen para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas

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semanales, independientemente que se encuentre encuadrado comoempleado en relación de dependencia o como trabajador autónomo).Por lo tanto, si un empleado doméstico trabaja menos de 6 horas semanalespara un mismo dador de trabajo podría anotarse en monotributo y deberíafacturarle su servicio como cualquier otro sin tener que soportar el dador de

trabajo ninguna contribución.

Fuente: Cdor Alejandro Scachi, Portal del Doméstico