En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA...

76
Acta de la sesión Ordinaria celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL del Ayuntamiento de Villalbilla a 12 de diciembre de 2019 En el Ayuntamiento de Villalbilla, a 12 de diciembre de 2019, siendo las 12:30 horas, y previa convocatoria cursada al efecto, se reúnen en el Despacho de Alcaldía del Ayuntamiento los siguientes asistentes: TERESA GÓMEZ DÍAZ. FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre sesión según el art. 113 del ROF, presidiendo la misma D. Antonio Barahona Menor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalbilla, y asistidos de Julián Benegas García y de mí, Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General de este Ayuntamiento, a fin de dar fe de la sesión que se va a celebrar con el siguiente orden del día PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.- Por mí, el Secretario, de orden de la Alcaldía, se da lectura al Acta de la sesión anterior, de fecha 2 de diciembre de 2019 y sometida a votación el acta resulta aprobada por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), acordándose su transcripción al libro de actas correspondiente. SEGUNDO.- JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN 2019 Y CONCESIÓN 2020 A LA ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES ASCAN.- Atendido que el Ayuntamiento entiende que la concesión de subvenciones para el desarrollo de una determinada actividad o en pro de un determinado fin social, constituye en sí misma el ejercicio por parte de la Administración concedente de competencias en el ámbito de esa actividad o de ese fin social. Considerando que el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones prevé la concesión directa, de «… a ) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones. A efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se entiende por subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado aquella en que al menos su Ayuntamiento de Villalbilla Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 1 Cód. Validación: 5WMRSMHC6Z4XNERK2GDP4F4Q4 | Verificación: http://aytovillalbilla.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 76

Transcript of En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA...

Page 1: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Acta de la sesión Ordinaria celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL del Ayuntamiento de Villalbilla a 12 de diciembre de 2019 En el Ayuntamiento de Villalbilla, a 12 de diciembre de 2019, siendo las 12:30 horas, y previa convocatoria cursada al efecto, se reúnen en el Despacho de Alcaldía del Ayuntamiento los siguientes asistentes: TERESA GÓMEZ DÍAZ. FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE.

Ausentes:

JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE.

Se abre sesión según el art. 113 del ROF, presidiendo la misma D. Antonio Barahona Menor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalbilla, y asistidos de Julián Benegas García y de mí, Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General de este Ayuntamiento, a fin de dar fe de la sesión que se va a celebrar con el siguiente orden del día

PRIMERO.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.-

Por mí, el Secretario, de orden de la Alcaldía, se da lectura al Acta de la sesión

anterior, de fecha 2 de diciembre de 2019 y sometida a votación el acta resulta aprobada por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), acordándose su transcripción al libro de actas correspondiente.

SEGUNDO.- JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN 2019 Y CONCESIÓN 2020 A LA ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES ASCAN.-

Atendido que el Ayuntamiento entiende que la concesión de subvenciones para el desarrollo de una determinada actividad o en pro de un determinado fin social, constituye en sí misma el ejercicio por parte de la Administración concedente de competencias en el ámbito de esa actividad o de ese fin social.

Considerando que el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones prevé la concesión directa, de «… a) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.A efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se entiende por subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado aquella en que al menos su

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 1

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

de

76

Page 2: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

dotación presupuestaria y beneficiario aparezcan determinados en los estados de gasto del Presupuesto. El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el correspondiente convenio de colaboración o resolución de concesión que, en todo caso, deberá ser congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente crédito presupuestario. »

Atendido que en el entendimiento de que la actividad subvencionadora debe entenderse como una herramienta pública para «el cumplimiento de un determinado objetivo» o el «fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública», tal y como se establece en el artículo 2 de la Ley General de Subvenciones, desde la Concejalía de Salubridad Pública y bienestar Animal del Ayuntamiento de Villalbilla se considera una actividad de interés público y social la desempeñada por la ASOCIACIÓN ASCAN en el Proyecto recogida urgente, temporal y preventiva de los animales abandonados en vía pública.

Vistos los Presupuestos municipales para 2019, en los que se consigna 4.320€ en la partida 311-485 Protección de la salubridad pública. Asociación protectora de animales ASCAN, con la finalidad de cubrir los gastos necesarios para que el beneficiario cumpla con el objeto de la subvención, lo que acredita la existencia de consignación presupuestaria para el otorgamiento de la concesión de subvención de manera directa a la:

— Asociación protectora de animales ASCAN, por importe de 360 euros mensuales, para el desarrollo de la actividad de recogida urgente, temporal y preventiva de los animales abandonados durante el plazo de veinticuatro horas desde el aviso, y de cuatro horas en caso de urgencia, para que la Asociación contratada se haga cargo de los animales abandonados en vía pública, en colaboración con la Policía Local y Asociación protectora de animales ALBA, la cual actualmente tiene un servicio de recogida contratado con el Ayuntamiento.

Visto el Convenio redactado para la colaboración entre el Ayuntamiento de Villalbilla y la Entidad Colaboradora subvencionada, Asociación protectora de animales ASCAN.

Visto el informe de Intervención en el que se acredita la consignación de suficiente partida en los Presupuestos municipales de 2019 y se fiscaliza el expediente.

Visto el informe del Ingeniero Técnico de Medio Ambiente nº 2019-0238, de fecha 2 de diciembre de 2019, según el cual la documentación presentada por el beneficiario de la subvención en el registro de entrada, 2019-E-RC-5991 de 29/12/2019, acredita suficientemente el cumplimiento del objeto de la subvención en los términos recogidos en el correspondiente convenio.

Examinada la documentación que la acompaña, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 2

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

de

76

Page 3: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

PRIMERO. Aprobar la justificación presentada para la subvención concedida con cargo al presupuesto municipal del ejercicio anterior por la Junta de Gobierno Local de 12 de febrero de 2016.

SEGUNDO.- Aprobar y reconocer anticipadamente, con cargo a la partida 311-485 Protección de la salubridad pública. Asociación protectora de animales ASCAN del proyecto del presupuesto de gastos de esta Corporación para el ejercicio 2020, la subvención regulada en base de ejecución número 27 del vigente presupuesto municipal y formalizada en el correspondiente Convenio y justificarla, a:

— Asociación protectora de animales ASCAN, por importe de 400 euros mensuales, 4.800 euros al año, para el desarrollo de la actividad de recogida urgente, temporal y preventiva de los animales abandonados durante el plazo de veinticuatro horas desde el aviso, y de cuatro horas en caso de urgencia, para que la Asociación contratada se haga cargo de los animales abandonados en vía pública, en colaboración con la Policía Local y Asociación protectora de animales ALBA, la cual actualmente tiene un servicio de recogida contratado con el Ayuntamiento.

TERCERO. Comunicar a los interesados que el plazo para que se presente la documentación justificativa de la subvención finaliza el 31 de diciembre de 2019.

La justificación de la subvención recibida se llevará a cabo mediante la presentación de facturas u otros documentos admitidos legalmente a tráfico mercantil que acredite el destino dado a los fondos recibidos y una memoria explicativa de las actividades realizadas que relacione los gastos con los fines que constituyen el objeto de la presente subvención.

TERCERO.- PRÓRROGA DE CONTRATOS.-

CONTRATO DE SERVICIO DE CAPTACIÓN, REALIZACIÓN AUDIOVISUAL, GRABACIÓN, EMISIÓN Y RETRANSMISIÓN EN DIRECTO MEDIANTE SEÑAL DE TELEVISIÓN Y STREAMING DE LAS SESIONES DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA.

Visto el Contrato de Servicio de captación, realización audiovisual, grabación, emisión y retransmisión en directo mediante señal de televisión y streaming de las sesiones del Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla, firmado el día 7 de febrero de 2018.

Vista la finalización del periodo de vigencia del contrato el día 7 de febrero de 2020.

Atendido que en la cláusula tercera del contrato se prevé la posibilidad de prórroga por dos años más.

Y visto el informe nº 2019-0127 del Ingeniero Técnico Industrial D. Carlos de las Heras Antoran, de fecha 29 de noviembre de 2019, favorable a dicha prórroga por el correcto funcionamiento del servicio.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 3

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

de

76

Page 4: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Considerando que la cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el propio Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, contemplan la necesidad de que, en caso de prorrogar el contrato, esta prórroga sea expresa, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Prorrogar el contrato de Servicio de captación, realización audiovisual, grabación, emisión y retransmisión en directo mediante señal de televisión y streaming de las sesiones del Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla firmado el día 7 de febrero de 2018, por un período de un año, hasta el próximo día 7 de febrero de 2021, inclusive.

SEGUNDO.- De acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima del Contrato Administrativo, el precio del contrato, para el período prorrogado, se entenderá revisado en los términos fijados en el mismo.

TERCERO.- Notificar al adjudicatario el presente acuerdo con los recursos que procedan.

CUARTO.- INICIO Y APROBACIÓN EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.-

SERVICIOS DE DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN EN EL MUNICIPIO DE VILLALBILLA.

De acuerdo con la propuesta de la Concejal de Gestión de los Servicios Públicos de Medio Ambiente con el visto bueno de Ángel León González, Técnico de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Villalbilla, realizada mediante Memoria Justificativa del expediente de contratación, y a la vista de los siguientes antecedentes: Determinadas especies animales representan un problema para la Salud Pública y el bienestar de la población al estar implicadas, directa o indirectamente, en la propagación de ciertas enfermedades transmisibles. Por ello las actividades de Desinfección, Desinsectación y Desratización constituyen, desde el punto de vista sanitario, pilares esenciales para controlar las poblaciones de artrópodos, así como de roedores con incidencia negativa en la población.

Estas plagas se consideran instaladas en la mayoría de los municipios, frecuentando la red de alcantarillado público, zonas verdes, jardines, solares, márgenes de arroyos, zonas abandonadas, etc., por ser aquellas que reúnen las condiciones necesarias para su asentamiento. Por lo que teniendo en cuenta la imposibilidad de erradicar por completo estas plagas, el objetivo del control de plagas urbanas es la mejora del bienestar de los residentes urbanos, la reducción de las enfermedades transmisibles, el mantenimiento de ambientes sanos, la creación de infraestructuras urbanas que reduzcan los riesgos, así como la reducción de la exposición a contaminantes biológicos, físicos y químicos y de sus efectos sobre la salud en el ambiente laboral y en la comunidad.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 4

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

de

76

Page 5: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Para el cumplimiento de estos fines, el Ayuntamiento de Villalbilla tiene la necesidad de llevar a cabo la contratación de este servicio de control de plagas para mantener la salud pública en el municipio de Villalbilla, debido a que no dispone de los medios, técnicos y humanos, necesarios para realizar el trabajo, siendo necesario la contratación de una empresa externa especializada para la realización del servicio, considerando que la actuación que se pretende contratar es adecuada al fin perseguido.

Procede señalar que el contrato actual de control de plagas fue firmado el 21 de diciembre de 2015, con fecha de inicio del Servicio, el 1 de enero de 2017 y una duración inicial de 2 años, prorrogado con posterioridad hasta el 31 de diciembre de 2019, no existiendo posibilidad de nuevas prórrogas. Por tanto, es necesario que se inicie el correspondiente procedimiento de adjudicación. Características del contrato:

Contrato de servicios para la desinfección, desinsectación y desratización en el Municipio de Villalbilla

Procedimiento: abierto simplificado

Tramitación: ordinaria

Tipo de contrato: Servicios

Código CPV:90921000-9. Servicios de desinfección y exterminio90922000-6. Servicios de control de plagas90923000-3. Servicios de desratización”.

Acepta renovación: SÍ

Revisión de precios/ fórmula: No

Acepta variantes: No

Presupuesto base de licitación (2 años): 30.800,00 euros

Impuestos: 3.080,00 euros

Total: 33.880,00 euros

Valor estimado del contrato (4 años y modificaciones): 73.920,00 euros

Impuestos: 7.392,00 euros

Total: 81.312,00 euros

Fecha de inicio ejecución: 01/01/2020

Fecha fin ejecución: 31/12/2021

Duración ejecución: 2 años

Duración máxima: 4 años

Garantía provisional: No Garantía definitiva: Si Garantía complementaria: No

Considerando que el Valor estimado del contrato, considerando los posibles 2 años de duración máxima, y las posibles modificaciones máximas previstas, es de 30.800,00 euros, excluido el IVA.

A la vista del expediente de contratación tramitado:

Documento Fecha/N.º Observaciones

Propuesta de contratación de la Concejalía

29/11/2019

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 5

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

de

76

Page 6: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Informe de Secretaría 02/12/2019

Informe de Intervención 13/12/2019

Pliego prescripciones técnicas 29/11/2019

Pliego de cláusulas administrativas 02/12/2019

Informe de fiscalización previa 03/12/2019 A la vista de las características y del importe del contrato se opta por la adjudicación mediante procedimiento abierto simplificado.

Examinada la documentación que la acompaña, vistos los informes de Secretaría e Intervención, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Aprobar la Memoria Justificativa del Inicio de Expediente de Contratación de los servicios para la desinfección, desinsectación y desratización en el Municipio de Villalbilla, (Madrid).

SEGUNDO. Justificar la celebración del contrato por los siguientes motivos: Determinadas especies animales representan un problema para la Salud Pública

y el bienestar de la población al estar implicadas, directa o indirectamente, en la propagación de ciertas enfermedades transmisibles. Por ello las actividades de Desinfección, Desinsectación y Desratización constituyen, desde el punto de vista sanitario, pilares esenciales para controlar las poblaciones de artrópodos, así como de roedores con incidencia negativa en la población.

TERCERO. Iniciar el expediente para la contratación descrita en los antecedentes mediante procedimiento abierto simplificado.

CUARTO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto simplificado para la prestación de los servicios para la desinfección, desinsectación y desratización en el Municipio de Villalbilla, (Madrid), mediante un contrato de servicios, convocando su licitación.

Código CPV:90921000-9. Servicios de desinfección y exterminio90922000-6. Servicios de control de plagas90923000-3. Servicios de desratización.

QUINTO. El presupuesto base de licitación del contrato será de 30.800,00 € y 3.080,00 € de IVA, lo que hace un precio de 33.880,00 € por dos años, IVA incluido. Valor estimado del contrato de 73.920,00 €, sin IVA incluido, atendiendo a la duración del contrato y sus posibles prórrogas y modificaciones, esto es, de dos años, más

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 6

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

de

76

Page 7: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

prórroga de otros dos años más, en su caso.

SEXTO. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.

SÉPTIMO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

OCTAVO. Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular la Memoria justificativa, el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.

NOVENO. Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante: — Diego López Luque, que actuará como Presidenta de la Mesa, (Concejal de Gestión de los Servicios Públicos de Medio Ambiente) (suplente, Antonio Barahona Menor, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villalbilla).— Ángel León González, Vocal (Técnico de Medio Ambiente) (suplente, Carlos de las Heras Antoran)— Alfredo Carrero Santamaría, Vocal (Secretario General). — Julián Benegas García, Vocal (Interventor)— María Paz Úbeda García, Secretaria, (Administrativo), suplente Marian López Torres, (Administrativo).

QUINTO.- RECTIFICACIÓN ERROR MATERIAL ACUERDO PRÓRROGA CONTRATO DE OBRAS DE AMPLIACIÓN (2ª FASE) DEL PARQUE DEPORTIVO EN EL SECTOR R-8, URBANIZACIÓN EL VISO.-

Visto que con fecha 6 de septiembre de 2019, por la Junta de Gobierno Local se adoptó acuerdo de prórroga de ejecución del contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso (Plan PIR), por un plazo de DIECISEIS SEMANAS, señalando al respecto y como fecha de finalización de plazo el 30 de diciembre de 2019. Dicho Acuerdo se notificó al interesado con fecha 6 de septiembre de 2019.

Visto que por el Director de las Obras se insta de esta Administración la rectificación del error material o de hecho advertido en el mencionado Acuerdo, en lo que respecta a la fecha de finalización de las obras, señalando al respecto que debe ser el 31 de enero de 2019.

Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 7

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

de

76

Page 8: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales , de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Vistos los preceptos legales citados, y demás normas de pertinente aplicación, y la propuesta de resolución efectuada por el Director de las Obras, ostentando el mencionado error el carácter de error material o de hecho, según resulta de forma evidente del propio expediente; y en el ejercicio de la facultad que otorga el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-,

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Rectificar el error material o de hecho relativo a la fecha de finalización de las obras, que se indica en el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada con fecha 6 de septiembre de 2019 “PRÓRROGA CONTRATO DE OBRAS”, realizando la siguiente subsanación:

Donde aparece:

“PRIMERO. Aprobar la prórroga del contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso (Plan PIR) por un plazo de DIECISEIS SEMANAS, pasando a ser la fecha de finalización de las obras el 30 de diciembre de 2019, en los términos establecidos en el expediente.

SEGUNDO. Notificar al contratista la aprobación de la prórroga, con indicación de los recursos pertinentes.

TERCERO. Notificar a la Dirección General de Administración Local, como obra incluida dentro del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019”.

Se reemplaza por:

“PRIMERO. Aprobar la prórroga del contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso (Plan PIR) por un plazo de DIECISEIS SEMANAS, pasando a ser la fecha de finalización de las obras el 31 de enero de 2020, en los términos establecidos en el expediente.

SEGUNDO. Notificar al contratista la aprobación de la prórroga, con indicación de los recursos pertinentes.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 8

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 8

de

76

Page 9: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

TERCERO. Notificar a la Dirección General de Administración Local, como obra incluida dentro del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019”.

SEGUNDO.- Notifíquese el presente Acuerdo al contratista con indicación de los recursos que sean procedentes.

TERCERO.- Notificar a la Dirección General de Administración Local, como obra incluida dentro del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019.

SEXTO.- DECLARACIÓN DESIERTA LICITACIÓN DE SERVICIOS DE CONTROL DE LA POBLACIÓN FELINA.-

Visto que, mediante Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 18 de noviembre de 2019 se aprobó el expediente, su inicio y los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas para la adjudicación del Contrato de Servicios de Control de la Población Felina en núcleos urbanos, por procedimiento abierto simplificado.

Visto que, durante el plazo abierto al efecto en la fase de licitación del expediente de adjudicación de los Servicios de Control de la Población Felina en núcleos urbanos, NO se han presentado en tiempo y forma proposición alguna.

Examinada la documentación que la acompaña y de acuerdo con la misma y de conformidad con lo establecido en el artículo 150.3, párrafo segundo y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Declarar desierta la licitación del expediente tramitado para los Servicios de Control de la Población Felina en núcleos urbanos.

SEGUNDO. Que, de considerarse oportuno, se adopten las medidas necesarias encaminadas al impulso y tramitación de nuevo expediente de adjudicación, bien a través de procedimiento abierto, bien a través de procedimiento negociado sin publicidad, conforme a lo establecido en los artículos 117, 131, 159 y 168 a) 1º, 93 y 137.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

TERCERO. Publicar en la página web del Ayuntamiento y en el perfil del contratante el presente acuerdo.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 9

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 9

de

76

Page 10: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

SÉPTIMO.- REGULARIZACIÓN ANUAL DEL CONTRATO DE LA ESCUELA INFANTIL Y CASA DE NIÑOS LOS ALMENDROS 2018/2019.-

Visto el Contrato de Concesión de la Gestión del Servicio Público de la Escuela Infantil y la Casa de Niños “Los Almendros” de Peñas Albas.

Visto el Convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Villalbilla para el funcionamiento durante el curso escolar 2018-2019 de la Casa de Niños y la Escuela Infantil “Los Almendros” de Peñas Albas.

Vista las facturas de suministros imputables a Sociedad Cooperativa Madrileña SIVANABEL.

Visto el Informe de Técnico de Educación.

Visto el Informe de Intervención.

Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO- Ejecutar la cláusula segunda del Pliego de Prescripciones Técnicas que rigieron la adjudicación del contrato, por la que los adjudicatarios están obligados a “abonar los gastos de agua, energía eléctrica, combustible, teléfono, calefacción, seguridad, extintores y cualesquiera otros necesarios para el funcionamiento de la Escuela…” reconociendo los derechos que los mismos representan y requiriéndole a SIVANABEL el pago de los mencionados gastos que ascienden a 5.772,52 €.

SEGUNDO- Ejecutar la cláusula del punto 4 del Pliego de Cláusulas administrativas que rigen el contrato de la gestión del servicio que se refiere al “Presupuesto, crédito, precio del contrato y revisión del mismo” y que indica: “Atendido que el Ayuntamiento asumirá los gastos de reparaciones ordinarias y de limpieza de las instalaciones, por importe de 1.100€/mes, ascendiendo a un importe total de 39.600 euros correspondientes a todo el periodo de ejecución del contrato, esta cantidad ha sido descontada del precio a percibir por el adjudicatario,….….” Teniendo en cuenta las subidas del IPC, el cálculo del gasto mensual por este concepto cambiaría y quedaría establecido en las siguientes cantidades:

Considerando que el curso escolar engloba meses correspondientes a dos años naturales, la cantidad adeudada en este concepto sería de 5.171,80€ relacionados con los meses del 2018 y 10.447,04€ de los meses del 2019. La cantidad resultante en este concepto es de 15.618,84 € a favor del Ayuntamiento.

TERCERO. -Liquidar el desfase existente las cantidades correspondientes a las aportaciones económicas de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento y la facturación presentada mensualmente por la empresa que gestiona el servicio: 5.691,35€ a favor del Ayuntamiento.

CUARTO. - Notificar a la empresa adjudicataria del contrato, SIVANABEL Sociedad Cooperativa Madrileña, que proceda a regularizar el contrato del curso

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 10

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

0 de

76

Page 11: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

2018-2019 por importe de 27.082,71€ para el reequilibrio económico del mismo.

OCTAVO.- TRASLADO A LA RESPONSABLE DEL CONTRATO DE POSIBLES INCIDENCIAS PUESTAS DE MANIFIESTO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2017, adjudicó a TAC TEC TENNIS ACADEMY, S.L. el servicio de Asistencia Técnica de monitores, profesores, socorristas, DUEs, entrenadores y técnicos deportivos para las escuelas, cursos, actividades, para puntos de información, para sala de fisioterapia, así como dotación y explotación zona de restauración, y el mantenimiento de las pistas de padel, campo de béisbol y piscinas, siendo la fecha de formalización del contrato el 15 de noviembre de 2017. Dicho contrato, cuya duración es de tres años prorrogables por un año más, se ejecutará con estricta sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que figuran en el expediente así como a la oferta presentada por el contratista en la fase de licitación y que resultó de base para la adjudicación.

Con fecha 28 de octubre de 2019, registro de entrada nº 1.746, escrito posteriormente ampliado mediante registro de entrada nº 2.036, de fecha 7 de diciembre de 2019, por doña Sofía Puebla Martín se presenta solicitud de inicio de procedimiento de resolución de dicho contrato de servicios, motivada esencialmente en la aplicación del artículo 211.1.i) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), y en base a las siguientes alegaciones:

Primera. Que la empresa ha instado la modificación del contrato, habiendo pactado que no habría revisión de precios, motivo por el cual, manifiesta, la empresa contratista no puede cumplir con las exigencias a las que se obligó.

Segunda. Que la empresa contratista no respecta el Convenio Colectivo de sus trabajadores.

Tercera y cuarta. Que concurren las causas de resolución del contrato contempladas, primero, en el artículo 211.1. i), el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor, en la letra f) del mismo artículo, el incumplimiento de la obligación principal del contrato, y, por último, letra g) del mismo artículo, imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205.

Quinta. Procedencia de declarar la resolución del contrato y la tramitación de un nuevo concurso.

Sexta. Puesta de manifiesto de quejas de los usuarios.

Antes de analizar el contenido del escrito presentado, procede hacer referencia a

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 11

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

1 de

76

Page 12: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

la normativa aplicable al presente contrato. Según la Disposición transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley 9/2017, se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su modificación, duración y régimen de prórrogas, por la normativa anterior, es decir, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Dado que el contrato de servicios suscrito con la empresa TAC TEC TENNIS ACADEMY, S.L., fue adjudicado el 28 de septiembre de 2017, y que la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, entró en vigor el 9 de marzo de 2018, en contra de lo argumentado por la reclamante, no es esta Ley la aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, sino que lo es el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Por otra parte, hay que hacer la salvedad inicial de que, tanto el artículo 224 del TRLCSP, como la mencionada Cláusula Vigesimoquinta de los PCAP, establecen que la resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, por lo que no cabe la presentación de solicitud “en abstracto”, por cualquier persona, física o jurídica, de la resolución de un contrato administrativo, sino que debe instarse de oficio o por el contratista, partes del contrato. En este sentido, el artículo 88.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que podrá acordarse la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el ordenamiento jurídico o manifiestamente carentes de fundamento.

La potestad resolutoria conferida a la Administración en relación a los contratos sometidos al Derecho Administrativo se enmarca dentro del ámbito de las denominadas prerrogativas, previstas en el art. 210 TRLCSP, y concebidas por la doctrina como privilegios o facultades exorbitantes, cuyo ejercicio no se produce de manera automática sino cuando lo exija el interés público implícito en cada relación contractual, fundándose así en el servicio objetivo a los intereses generales que el art. 103 CE proclama de la actuación administrativa.

El ejercicio de esta potestad se encuentra reglado desde el punto de vista formal y material, de tal forma que sólo puede ser ejercida "siguiendo el procedimiento que en las normas de desarrollo de esta Ley se establezcan" (art. 224.1 TRLCSP) y cuando concurran las causas definidas en la misma.

No obstante, la improcedencia de la solicitud realizada, y para mayor atención y seguridad de la solicitante, analizaremos las alegaciones realizadas por doña Sofía Puebla Martín a la luz de la normativa aplicable:

Primero. En cuanto a la primera de las alegaciones presentadas, así como de la tercera y cuarta, en relación con la aplicación de la letra g) del artículo 211.1 LCSP, entendiendo que la reclamante se refiere a lo establecido en el artículo 223 g) TRLCSP, (la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 12

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

2 de

76

Page 13: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el título V del libro I), cabe decir que no concurre dicha causa de resolución debido a que hay que distinguir la figura de la revisión de precios, regulada en el Capítulo II, del Título III del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de la figura de la modificación de los contratos, los cuales pueden ser modificados por razones de interés público en los casos y en las formas previstas en el título V del libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. En el presente supuesto no nos encontramos ante revisiones del precio del contrato sino ante modificaciones del mismo. Cabe añadir que, en las dos modificaciones del contrato tramitadas hasta la fecha, el contrato no se modificó a instancias de la empresa, como dice la reclamante, sino que se modificó a instancias del Responsable de la ejecución del mismo, quien mediante el ejercicio de sus funciones contempladas en la Cláusula vigesimoséptima de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y mediante sendos Informes de fechas 25 de mayo de 2018 y 9 de abril de 2019, se justificaron las razones de interés público concurrentes, en cumplimiento de lo establecido en el título V del libro I.

Segundo. En cuanto a que la empresa contratista no respecta el Convenio Colectivo de sus trabajadores, dicha causa de resolución, en caso de producirse, no se encuentra entre las establecidas en el artículo 223 del TRLCSP. Además, en la nueva regulación establecida por la LCSP de 2017, no aplicable al presente caso, el artículo 212 establece que dicha causa solo se acordará, con carácter general, a instancia de los representantes de los trabajadores en la empresa contratista.

Tercero. En cuanto al incumplimiento de la obligación principal del contrato, si acaso subsumible en la letra f) del artículo 223 del TRLCSP el incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, no existe en el presente supuesto constancia alguna de tal incumplimiento.

La Cláusula Vigesimoquinta de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) establece que la resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 237 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, además de los supuestos contemplados en el artículo 308 del mismo cuerpo legal.

No obstante, y atendidas las competencias del Responsable de la ejecución del contrato, contempladas en la Cláusula vigesimoséptima de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), de supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada,

Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda y en el artículo 307 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, según el cual la Administración determinará si

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 13

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

3 de

76

Page 14: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción, se propone a la Junta de Gobierno Local, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Inadmitir a trámite la solicitud, realizada con fecha 28 de octubre de 2019, registro de entrada nº 1.746, por doña Sofía Puebla Martín, de resolución o inicio de procedimiento de resolución del contrato administrativo del servicio de Asistencia Técnica de monitores, profesores, socorristas, DUEs, entrenadores y técnicos deportivos para las escuelas, cursos, actividades, para puntos de información, para sala de fisioterapia, así como dotación y explotación zona de restauración, y el mantenimiento de las pistas de pádel, campo de béisbol y piscinas, formalizado el 15 de noviembre de 2017.

SEGUNDO. Trasladar al Responsable de la ejecución del contrato, competente por la materia, el escrito presentado por doña Sofía Puebla Martín, al objeto de que, y en consideración a las competencias contempladas en la Cláusula vigesimoséptima de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), realice la supervisión de la ejecución del contrato en relación con lo alegado, y proceda a adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada, siendo el Ayuntamiento, a través de esta Junta de Gobierno Local, quien, en último extremo, determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción de los servicios prestados.

TERCERO. Dar traslado del presente acuerdo a la interesada.

NOVENO.- CLASIFICACIÓN DE PROPOSICIONES PRESENTADAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN.-

SERVICIO DE ACTUACIONES CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:

Constituye el objeto del contrato la prestación del Servicio Integral de Actuaciones contra la Violencia de Género gestionado por el Ayuntamiento de Villalbilla. Este servicio se prestará conforme a los criterios establecidos en este pliego y en cualquier caso de conformidad con las directrices de la Secretaría de Estado de Igualdad en la resolución de transferencias a entidades locales para el desarrollo del Pacto de Estado en materia de violencia de género, así como, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y este Ayuntamiento para la realización de actuaciones contra la violencia de género. El Servicio Integral de Actuaciones contra la Violencia de Género contempla la realización de las siguientes actuaciones:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 14

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

4 de

76

Page 15: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

a) La prestación, en el ámbito municipal, de los servicios de asistencia integral y multidisciplinar a las mujeres víctimas de violencia de género, a sus hijos e hijas y otras personas dependientes y, en su caso, otras prestaciones de carácter complementario, a través del Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género (en adelante, PMORVG) que ya viene funcionando. b) El desarrollo de acciones de carácter preventivo, de sensibilización y coordinación contra la violencia de género, en todas sus manifestaciones.

Procedimiento: ABIERTO Tramitación: ORDINARIA

Tipo de contrato: SERVICIOS

Clasificación CPV: CPV. 85321000-5 Servicios sociales administrativos.

Acepta renovación: Si

Revisión de precios / fórmula: No

Acepta variantes: No

Presupuesto base de licitación: 113.285,18 €

Impuestos: 7.425,19 €

Total: 120.710,37 EUROS

Valor estimado del contrato: 436.482,89 €

Impuestos: 28.037,68 €

Total: 464.547,57 EUROS

Fecha de inicio ejecución: 1 de enero de 2020

Fecha fin ejecución:31 de diciembre de 2020

Duración ejecución:Un año, más tres años de posible prórroga

Duración máxima:Cuatro años: un año, más tres años de posible prórroga

Garantía provisional: No

Garantía definitiva: 5% precio adjudicación sin IVA

Garantía complementaria: No

A la vista del expediente de contratación tramitado:

Documento Fecha/N.º Observaciones

Propuesta de contratación 18/11/2019

Informe de Secretaría 18/11/2019

Informe de Intervención 18/11/2019

Pliego prescripciones técnicas 06/11/2019

Pliego de cláusulas administrativas 18/11/2019

Resolución órgano de contratación 18/11/2019

Anuncio de licitación 20/11/2019

Acta de la mesa de contratación de apertura Sobres A y C

10/12/2019

Acta de la mesa de contratación de apertura Sobre B

12/12/2019

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 15

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

5 de

76

Page 16: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

A la vista de las características y del importe del contrato se opta por la adjudicación mediante procedimiento abierto.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Clasificar las proposiciones presentadas por los licitadores, atendiendo la propuesta llevada a cabo por la Mesa de Contratación, de conformidad con el siguiente orden decreciente de la valoración de los sobres C y B:

Licitador SOBRE C SOBRE B TOTAL

INSTITUTO TRABAJO SOCIAL Y DE SERVICIOS SOCIALES 30 55 85

DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN S.L. 41 55 96

La oferta económica presentada por cada licitador es de 113.285,18 euros/año sin IVA.

SEGUNDO. Requerir a DELFO DESARROLLO LABORAL Y FORMACIÓN, S.L., licitador que ha presentado la mejor oferta, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del citado artículo; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

TERCERO. Realizados los trámites anteriores, que por Secretaría se emita Informe-Propuesta y se dé cuenta a esta Alcaldía para resolver al respecto.

CUARTO. Que por la Intervención municipal se emita informe sobre la fiscalización previa o crítica del gasto.

SERVICIO DE EXPLOTACIÓN BAR RESTAURANTE URBANIZACIÓN EL ROBLEDAL.

A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 16

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

6 de

76

Page 17: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Contrato de concesión de servicios de bar-restaurante de las instalaciones municipales de la urbanización El Robledal

Procedimiento: abierto Tramitación: ordinaria

Tipo de contrato: Concesión de Servicios

Código CPV: CPV-2008:55300000-3 Servicios de restaurante y suministro de comidas55330000-2 Servicios de Cafetería55410000-7 Servicios de gestión de bares

Acepta renovación: No

Revisión de precios / fórmula: No

Acepta variantes: No

Canon base de licitación (2 años): 12.000,00 euros

Impuestos: 0,00 euros

Total: 12.000,00 euros

Valor estimado del contrato (4 años): 597.271,89 euros (*)

Impuestos: Total:

Fecha de inicio ejecución prevista: 01/12/2019

Fecha fin ejecución: 01/12/2021

Duración ejecución: 2 años

Duración máxima: 4 años

Garantía provisional: No Garantía definitiva: Si Garantía complementaria: No

(*) Importe neto de la cifra de negocios estimado en el Estudio de Viabilidad Económico-Financiera.

A la vista del expediente de contratación tramitado:

Documento Fecha/N.º Observaciones

Propuesta de contratación del Servicio 05/11/2019

Informe de Secretaría 04/11/2019

Informe de Intervención 05/11/2019

Pliego prescripciones técnicas 04/11/2019

Pliego de cláusulas administrativas 04/11/2019

Informe de fiscalización previa 05/11/2019

Resolución órgano de contratación 08/11/2019

Anuncio de licitación 10/11/2019

Acta de la mesa de contratación de apertura Sobres A y B

12/12/2019

A la vista de las características y del importe del contrato se opta por la

adjudicación mediante procedimiento abierto.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 17

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

7 de

76

Page 18: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Clasificar las proposiciones presentadas por los licitadores, atendiendo la propuesta llevada a cabo por la Mesa de Contratación, de conformidad con la valoración de los sobres A y B:

LicitadorProposición económica(70 puntos)

Experiencia sector de

Hostelería (10 puntos)

Desempleo (10 puntos)

Titulación sector Hostelería (10 puntos)

TOTAL

LARISA VIRGINIA STRICAT

70 10 0 0 80

Dª Larisa Virginia Stricat, presenta la oferta económica de 510 euros mensuales.

SEGUNDO. Requerir a Dª LARISA VIRGINIA STRICAT, licitadora que ha presentado la mejor oferta y única, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del citado artículo; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

TERCERO. Realizados los trámites anteriores, que por Secretaría se emita Informe-Propuesta y se dé cuenta a esta Alcaldía para resolver al respecto.

CUARTO. Que por la Intervención municipal se emita informe sobre la fiscalización previa o crítica del gasto.

DÉCIMO.- APROBACIÓN EXPEDIENTE CONTRATACIÓN SEGÚN EL ART. 168.a).2 LEY CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.-

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE REPUESTOS DEL QUEMADOR DE LA CALDERA EN LA CALEFACCIÓN DE LA BIBLIOTECA EL SAUCE.

Mediante la presente Propuesta de Aprobación de contrato negociado sin publicidad que se realiza desde la Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, acreditándose la necesidad de este Ayuntamiento de contratar el suministro e instalación de varios repuestos del quemador de la caldera en la instalación de calefacción de la Biblioteca Municipal “El Sauce”, situada en calle Alemania nº2, cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 298,46 euros y 62,68 euros de IVA, lo

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 18

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

8 de

76

Page 19: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

que hace un precio de 361,14 euros IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, el Técnico Municipal Carlos de las Heras Antoran informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: Suministro e instalación de varios repuestos del quemador de la caldera en la instalación de calefacción de la Biblioteca Municipal “El Sauce”.

- Necesidad a satisfacer: Garantizar el funcionamiento de la instalación de calefacción y producción de ACS de la Biblioteca Municipal “El Sauce”, situada en calle Alemania nº2.

La empresa de mantenimiento de las instalaciones térmicas comunica que el quemador de la caldera no funciona de forma adecuada, ya que se bloquea continuamente, siendo necesario sustituir la centralita de programación, la fotocélula, la electroválvula de gas-oil, el termostato de regulación y la boquilla de gas-oil.

Es preciso realizar las siguientes actuaciones:

TRABAJOS A REALIZAR: Sustituir centralita programador. Sustituir fotocélula. Sustituir electroválvula de gas-oil. Sustituir termostato de trabajo de caldera. Sustituir boquilla de gas-oil Puesta en marcha y comprobación de funcionamiento.

MATERIALES: 1 Boquilla Danfoss de 0.50 G. a 60º. 1 Fotocélula DNL. 1 Programador LOA 24 171. 1 Bobina BFP 220/240 V. 1 Termostato de regulación de 0-90º.

- Servicio al que se destina: Mantenimiento de instalaciones térmicas. Lote 1 – Calderas de gas y gasóleo.

- Precio de la Actuación: 298,46 euros, más 62,68 euros de IVA.

- Duración: 7 días

- Código CPV: 45259300-0 - Reparación y mantenimiento de plantas de calefacción

- Que no procede la solicitud de tres presupuestos, contando únicamente con

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 19

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 1

9 de

76

Page 20: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

oferta de la empresa contratista que se propone a continuación, por concurrir alguno de los siguientes motivos: ( ) que el contrato tenga por objeto la creación o adquisición de una obra de arte o representación artística única no integrante del Patrimonio Histórico Español; ( X ) que no exista competencia por razones técnicas; ( ) o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial.

La no existencia de competencia por razones técnicas y la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial se aplica ya que no existe una alternativa o sustituto razonable y dado que la ausencia de competencia no son consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato.

Procede indicar que el Ayuntamiento de Villalbilla tiene suscrito actualmente con la empresa Remica, S.A., un contrato de mantenimiento de las instalaciones térmicas en edificios municipales, correspondiendo al Lote nº1, las instalaciones con calderas de gas y gasóleo.

En el punto 4.5 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se establece el procedimiento a seguir en el caso del mantenimiento correctivo en el caso de averías en las que sea necesario emplear materia de repuesto.

- Por tanto, con el presente contrato no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y realizando la contratación mediante un procedimiento negociado sin publicidad, con la empresa REMICA, S.A., C.I.F.: A-28896330.

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- Partida Presupuestaria: 151-212.04 “Mantenimiento de calefacciones”.

Considerando que, examinada la propuesta anterior, desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que este contrato podrá mantenerse en vigor en tanto no cambien las circunstancias técnicas que motivan la realización del mismo por este procedimiento, y que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2, 168.a).2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 20

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

0 de

76

Page 21: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 313/2015, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Aprobar la celebración del presente contrato, mediante procedimiento negociado sin publicidad, en los términos señalados en el artículo 168.a).2, en relación con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, justificada por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, con el presente contrato no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación. La base jurídica a esta decisión entra dentro del artículo 168.a).2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según el cual los órganos de contratación podrán adjudicar contratos utilizando el procedimiento negociado sin la previa publicación de un anuncio de licitación cuando No existe competencia por razones técnicas, o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial, como se desarrolla en las necesidades técnicas de estos servicios; siendo desarrollados los aspectos técnicos en el Informe Técnico que constituye el presente acuerdo, realizado para dar apoyo jurídico documental a la presente actuación.

Este contrato se mantendrá en vigor en tanto no cambien las circunstancias técnicas que motivan la realización del mismo por este procedimiento.

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 21

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

1 de

76

Page 22: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con él desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

SUSTITUCIÓN DOS BOMBAS DE LA DESHUMEDECTADORA EN LA PISCINA CLIMATIZADA “CAMINO DE LA ISABELA”

Mediante la presente Propuesta de Aprobación de contrato negociado sin publicidad que se realiza desde la Concejalía de Promoción y Gestión del Deporte, acreditándose la necesidad de este Ayuntamiento de contratar el suministro e instalación de un grupo de dos bombas de circulación del circuito de la deshumectadora, en la piscina climatizada “Camino de la Isabela”, situada en calle Baños de Sacedón nº4 cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 2.113,80 euros y 443,90 euros de IVA, lo que hace un precio de 2.557,70 euros IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Promoción y Gestión del Deporte, el Técnico Municipal Carlos de las Heras Antoran informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: Suministro y sustitución de un grupo de dos bombas de circulación del circuito de la deshumectadora, en la piscina climatizada municipal.

- Necesidad a satisfacer: Garantizar el funcionamiento de la instalación de calefacción y producción de agua caliente sanitaria en la piscina climatizada “Camino de la Isabela”, situada en calle Baños de Sacedón nº4.

La empresa de mantenimiento comunica que las dos bombas existentes se han averiado y, para asegurar que la actividad del centro se pueda seguir desarrollando, es necesaria la sustitución completa del grupo de dos bombas.

Es preciso realizar las siguientes actuaciones:

TRABAJOS A REALIZAR: Desmontaje de bombas averiadas para llevar a reparar y dejar de repuesto en la instalación. Montaje de bombas nuevas. Cambio conexionado en cuadro eléctrico. Puesta en marcha y comprobación de funcionamiento. MATERIALES: 1 Und. Bomba gemela Sedical AMD 32/12 B 1 Juego de juntas de bomba.

- Servicio al que se destina: Mantenimiento de instalaciones de climatización.

- Precio de la Actuación: 2.113,80 euros, más 443,90 euros de IVA.

- Duración: 7 días

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 22

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

2 de

76

Page 23: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- Código CPV: 45259300-0 - Reparación y mantenimiento de plantas de calefacción

- Que no procede la solicitud de tres presupuestos, contando únicamente con oferta de la empresa contratista que se propone a continuación, por concurrir alguno de los siguientes motivos: ( ) que el contrato tenga por objeto la creación o adquisición de una obra de arte o representación artística única no integrante del Patrimonio Histórico Español; ( X ) que no exista competencia por razones técnicas; ( ) o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial.

La no existencia de competencia por razones técnicas y la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial se aplica ya que no existe una alternativa o sustituto razonable y dado que la ausencia de competencia no son consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato.

Procede indicar que el Ayuntamiento de Villalbilla tiene suscrito actualmente con la empresa Remica, S.A., un contrato de mantenimiento de las instalaciones térmicas en edificios municipales, correspondiendo al Lote nº3, la instalación de climatización, ventilación y producción de agua caliente sanitaria de la Piscina Climatizada “Camino de la Isabela”.

En el punto 4.5 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se establece el procedimiento a seguir en el caso del mantenimiento correctivo en el caso de averías en las que sea necesario emplear materia de repuesto.

- Por tanto, con el presente contrato no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y realizando la contratación mediante un procedimiento negociado sin publicidad, con la empresa REMICA, S.A., C.I.F.: A-28896330.

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- Partida Presupuestaria: 342-212.07 Mantenimiento de piscinas.

Considerando que, examinada la propuesta anterior, desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que este contrato podrá mantenerse en vigor en tanto no cambien las circunstancias técnicas que motivan la realización del mismo por este procedimiento, y que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 23

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

3 de

76

Page 24: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2, 168.a).2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Aprobar la celebración del presente contrato, mediante procedimiento negociado sin publicidad, en los términos señalados en el artículo 168.a).2, en relación con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, justificada por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, con el presente contrato no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación. La base jurídica a esta decisión entra dentro del artículo 168.a).2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según el cual los órganos de contratación podrán adjudicar contratos utilizando el procedimiento negociado sin la previa publicación de un anuncio de licitación cuando No existe competencia por razones técnicas, o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial, como se desarrolla en las necesidades técnicas de estos servicios; siendo desarrollados los aspectos técnicos en el Informe Técnico que constituye el presente acuerdo, realizado para dar apoyo jurídico documental a la presente actuación.

Este contrato se mantendrá en vigor en tanto no cambien las circunstancias técnicas que motivan la realización del mismo por este procedimiento.

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 24

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

4 de

76

Page 25: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con él desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

UNDÉCIMO.- CONTRATOS MENORES.-

COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS IFS DE 2019.

Mediante la presente propuesta desde la Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, se acredita la necesidad de este Ayuntamiento de contratar la COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS IFS DE 2019, cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 9.375,00€ más 1.968,75€ de IVA, lo que hace un precio de 11.343,75€ IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, el Técnico Municipal Humberto Martín de Alcázar informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: Coordinación de Seguridad y Salud de las obras IFS del año 2019 (Hundimiento carretera de Valdeláguila, Operación Asfalto 2019 y Rehabilitación de aceras).

- Necesidad a satisfacer: Cumplimiento del Real Decreto 1927/1997 sobre Prevención de 24 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

- Servicio al que se destina: Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano.

- Precio de la Actuación (IVA incluido): 11.343,75 Euros.

- Duración: 9 meses.

- Código CPV 98112000-1: Servicios prestados por organizaciones profesionales.

- Que se ha solicitado 3 presupuestos, habiendo recibido las ofertas que se mencionan a continuación, y quedando todo ello suficientemente acreditado en el expediente:

1. URBINGES AMBIENTAL, S.L. Importe ofertado 9.375,000€ más 1.968,75€ de IVA para un total de 11.343,75 euros.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 25

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

5 de

76

Page 26: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

2. AMBITEC INGENIERÍA Y CONSULTORÍA AMBIENTAL, S.L. Importe ofertado 10.400,00€ más 2.184,00€ de IVA para un total de 12.584,00 euros.

3. INTERRA INGENIERÍA DEL TERRITORIO, S.L. Importe ofertado 10.200,00€ más 2.142,00€ de IVA para un total de 12.342,00 euros.

- Se propone como CONTRATISTA a URBINGES AMBIENTAL, S.L., puesto que es la oferta más favorable económicamente.

- C.I.F.: B-83317032.

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- MOTIVACIÓN El presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que constituyen una unidad funcional, que se justifican por: (X) ser esporádicas, ( ) por existir una imprevisión o necesidad, ( ) por razones de urgencia.

- Por tanto, con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y no se produce concatenación, año tras año del mismo contrato menor.

- Durante el presente ejercicio presupuestario el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de ( ) 40.000 euros en los contratos de obra, (X) 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios, para la misma prestación u objeto contractual.

- Partida presupuestaria 920-227.06: Estudios y trabajos técnicos.

Considerando que, examinada la propuesta anterior, desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato menor, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 26

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

6 de

76

Page 27: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Justificar la celebración del contrato por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, el presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que se justifican.Por tanto, se comprueba que con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación, así como que, durante el presente año, el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra prevista en el artículo 118.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, para la misma prestación u objeto contractual.

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución, y publicar el presente contrato dentro de la relación trimestral de contratos menores.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

PUBLICACIÓN MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL.

Mediante la presente propuesta desde la Concejalía de Hacienda, se acredita la necesidad de este Ayuntamiento de contratar servicio de publicación cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 280,00.-€ y 58,80.-€ de IVA, lo que hace un precio de 338,80.-€ IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Hacienda, la Tesorera Municipal Carmen Martínez Ayora Informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: Anuncio de exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la inmovilización, retirada y depósito de vehículos abandonados o estacionados indebidamente en la vía pública.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 27

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

7 de

76

Page 28: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- Necesidad a satisfacer: Publicación modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la inmovilización, retirada y depósito de vehículos abandonados o estacionados indebidamente en la vía pública

- Servicio al que se destina: Publicación de anuncio de información pública para examinar y presentar reclamaciones sobre la modificación de la ordenanza fiscal en aras de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

- Precio de la Actuación (IVA incluido): 338,80.-Euros.

- Código CPV: 79341000-6 Servicios de publicidad

- Que se ha solicitado tres presupuestos, habiendo recibido las ofertas que se mencionan a continuación, y quedando todo ello suficientemente acreditado en el expediente:

1.- PRESUPUESTO ABC COMUNIDAD DE MADRIDANUNCIO OFICIAL (2X1) TOTAL: 330,00.-€ +21% IVA

2.- PRESUPUESTO LA RAZÓN EDICIÓN DE MADRIDANUNCIO DOS MÓDULOS FINANCIEROS 201,00.-€/MÓDULO – 20% DESCUENTOTOTAL: 321,60.-€ + 21% IVA = 389,14.-€

3.- PRESUPUESTO EL MUNDO EDICIÓN MADRID (UNIDAD EDITORIAL)

ANUNCIO DOS MÓDULOS 200,00.-€ X 2 – 30% DESCUENTOTOTAL: 280,00.-€ + IVA = 338,80.-€

- Se propone como CONTRATISTA a UNIDAD EDITORIAL S.A., por los siguientes motivos, que hacen que sea la oferta de mejor relación calidad-precio: es la económicamente más ventajosa.

- C.I.F.: A-79102331

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- MOTIVACIÓN El presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que constituyen una unidad funcional, que se justifican por: (X) ser esporádicas, (X) por existir una imprevisión o necesidad, ( ) por razones de urgencia.

- Por tanto, con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y no se produce

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 28

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

8 de

76

Page 29: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

concatenación, año tras año del mismo contrato menor.

- Durante el presente ejercicio presupuestario el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de ( ) 40.000 euros en los contratos de obra, (X) 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios, para la misma prestación u objeto contractual.

- Partida Presupuestaria: 920-226.02 Publicidad, propaganda y tramitación administrativa

CONSIDERACIONES DE INTERVENCIÓN

Considerando que, examinada la propuesta anterior, desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato menor, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Justificar la celebración del contrato por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, el presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que se justifican.Por tanto, se comprueba que con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación, así como que, durante el presente año, el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra prevista en el artículo 118.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, para la misma prestación u objeto contractual.

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 29

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 2

9 de

76

Page 30: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución, y publicar el presente contrato dentro de la relación trimestral de contratos menores.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

REORDENACIÓN DE LA ZONA DE CARGA Y DESCARGA DE LA ZONA DEPORTIVA DE LA URBANIZACIÓN EL VISO.

Mediante la presente propuesta desde la Concejalía de Gestión del Deporte, Ocio y Tiempo Libre, se acredita la necesidad de este Ayuntamiento de contratar la REORDENACIÓN DE LA ZONA DE CARGA Y DESCARGA DE LA ZONA DEPORTIVA DE LA URBANIZACIÓN EL VISO, cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 36.651,40€ y 7.696,79€ de IVA, lo que hace un precio de 44.348,19€ IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Gestión del Deporte, Ocio y Tiempo Libre, el Técnico Municipal Humberto Martín de Alcázar informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: Reorganización de la zona de carga y descarga de la zona deportiva de Urbanización El Viso.

- Necesidad a satisfacer: Mejorar la zona de carga y descarga con el fin de regular el tránsito de peatones y camiones en la zona.

- Servicio al que se destina: Gestión del Deporte, Ocio y Tiempo Libre.

- Precio de la Actuación (IVA incluido): 44.348,19 Euros.

- Duración: 45 días.

- Código CPV 45233340-4: Trabajos de cimentación de aceras.

- Que se ha solicitado 3 presupuestos, habiendo recibido las ofertas que se mencionan a continuación, y quedando todo ello suficientemente acreditado en el expediente:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 30

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

0 de

76

Page 31: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

1. CROSS REGAL, S.L. Importe ofertado 39.921,00€ más 8.383,41€ de IVA para un total de 48.304,41 euros.

2. ROELA & CALGAR, S.L. Importe ofertado 39.505,00€ más 8.296,05€ de IVA para un total de 47.801,05 euros.

3. SOLUCIONES INTEGRALES RYOS, S.L. Importe ofertado 36.651,40€ más 7.696,79€ de IVA para un total de 44.348,19 euros.

- Se propone como CONTRATISTA a SOLUCIONES INTEGRALES RYOS, S.L., puesto que es la oferta más favorable económicamente.

- C.I.F.: B-87380960.

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- MOTIVACIÓN El presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que constituyen una unidad funcional, que se justifican por: (X) ser esporádicas, ( ) por existir una imprevisión o necesidad, ( ) por razones de urgencia.

- Por tanto, con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y no se produce concatenación, año tras año del mismo contrato menor.

- Durante el presente ejercicio presupuestario el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de (X) 40.000 euros en los contratos de obra, ( ) 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios, para la misma prestación u objeto contractual.

- Partida Presupuestaria 342-609.01: Instalaciones deportivas. Otras inversiones nuevas destinadas al uso general.

- Las inversiones a realizar tienen una vida útil superior a 5 años. Como consecuencia de estas inversiones no se cobrará ninguna tasa adicional ni se incrementarán las ya existentes. Esta inversión no tendrá un coste de mantenimiento y funcionamiento durante la vida útil de la inversión

CONSIDERACIONES DE INTERVENCIÓN

Considerando que, examinada la propuesta anterior, se corresponde con una IFS Inversión Financieramente sostenible denominada REORDENACIÓN DE LA ZONA DE CARGA Y DESCARGA DE LA ZONA DEPORTIVA DE LA URBANIZACIÓN EL VISO, financiada con superávit generado en 2018, aprobado por el Pleno de la Corporación en la modificación presupuestaria nº 13/2019 y asociada al proyecto GFA 2019/10 “I.F.S. INSTALACIONES DEPORTIVAS, INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL” según consta en la Memoria de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 31

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

1 de

76

Page 32: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Alcaldía, suscrita al efecto. Desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato menor, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

En este sentido se recuerda la advertencia formulada por la Intervención en el informe de evaluación del cumplimiento de la estabilidad presupuestaria de la modificación presupuestaria nº 13/2019 tramitada al efecto de fecha 09 de abril de 2019, queda recogida en el Informe de Intervención advertencia del riesgo que para la estabilidad presupuestaria la modificación presupuestaria 13/2019 podría suponer, en caso de su ejecución integra en un único ejercicio y en el supuesto de que se cumplan las previsiones refleja una situación de incumplimiento en la estabilidad presupuestaria y por tanto de necesidad de financiación. El incumplimiento de la estabilidad presupuestaria de la liquidación 2019 obligaría a la aprobación de un nuevo Plan Económico-financiero de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y en el artículo 9 de la Orden 21/05/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera .

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Justificar la celebración del contrato por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, el presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que se justifican.Por tanto, se comprueba que con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación, así como que, durante el presente año, el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra prevista en el artículo 118.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, para la misma prestación u objeto contractual.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 32

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

2 de

76

Page 33: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución, y publicar el presente contrato dentro de la relación trimestral de contratos menores.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

REDACCIÓN PROYECTO Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD CORRESPONDIENTE A LA SUBVENCIÓN PARA LA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN LAS PARADAS DE AUTOBUSES.

Mediante la presente propuesta desde la Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, se acredita la necesidad de este Ayuntamiento de contratar la REDACCIÓN DE PROYECTO Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD CORRESPONDIENTE A LA SUBVENCIÓN PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD DE LAS PARADAS DE AUTOBÚS DE VILLALBILLA QUE FIGURAN EL EN ANEXO DEL CONVENIO, cuyo valor estimado asciende a la cantidad de 12.350,00€ y 2.593,50€ de IVA, lo que hace un precio de 14.943,50€ IVA incluido.

Desde esta Concejalía de Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano, el Técnico Municipal Humberto Martín de Alcázar informa sobre los siguientes aspectos:

- Objeto del contrato: La redacción del proyecto de ejecución de las obras de mejora de las condiciones de accesibilidad de las paradas de autobús de Villalbilla y la posterior Coordinación de Seguridad y Salud.

- Necesidad a satisfacer: Cumplimiento del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Villalbilla, la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

- Servicio al que se destina: Gestión de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 33

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

3 de

76

Page 34: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- Precio de la Actuación (IVA incluido): 14.943,50 Euros.

- Duración: 45 días.

- Código CPV 71242000-6: Elaboración de proyectos y diseños, presupuestos.

- Que se ha solicitado 3 presupuestos, habiendo recibido las ofertas que se mencionan a continuación, y quedando todo ello suficientemente acreditado en el expediente:

1. URBINGES AMBIENTAL, S.L. Importe ofertado 12.350,00€ mas 2.593,50€ de IVA para un total de 14.943,50 euros.

2. AMBITEC INGENIERÍA Y CONSULTORÍA AMBIENTAL, S.L. Importe ofertado 14.750,00€ mas 3.097,50€ de IVA para un total de 17.847,50 euros.

3. INTERRA INGENIERÍA DEL TERRITORIO, S.L. Importe ofertado 14.050,00€ mas 2.950,50€ de IVA para un total de 17.000,50 euros.

- Se propone como CONTRATISTA a URBINGES AMBIENTAL, S.L., puesto que es la oferta más favorable económicamente.

- C.I.F.: B-83317032.

- Que el contratista propuesto cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.

- MOTIVACIÓN El presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que constituyen una unidad funcional, que se justifican por: (X) ser esporádicas, ( ) por existir una imprevisión o necesidad, ( ) por razones de urgencia.

- Por tanto, con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y no se produce concatenación, año tras año del mismo contrato menor.

- Durante el presente ejercicio presupuestario el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de ( ) 40.000 euros en los contratos de obra, (X) 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios, para la misma prestación u objeto contractual.

- 442-619.12 Infraestructuras del transporte. Convenio mejora de la accesibilidad paradas de autobús

CONSIDERACIONES DE INTERVENCIÓN

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 34

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

4 de

76

Page 35: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

El crédito presupuestario ha sido generado mediante la modificación nº 40/2019 por nuevo ingreso procedente del Convenio con la Comunidad de Madrid. Los gastos derivados de este contrato, se asocian en consecuencia al proyecto de gastos con financiación afectada 2019/18 CONVENIO PARA SUBVENCIONAR OBRAS DE MEJORA DE ACCESIBILIDAD DE PARADAS DE AUTOBUS INTERURBANAS EXPTE. 303/2019.

Considerando que, examinada la propuesta anterior, desde la Intervención municipal se acredita la existencia de crédito presupuestario en la partida propuesta, procediéndose a la oportuna retención del crédito y requiriendo se someta, esta propuesta de acuerdo, a la autorización y compromiso del gasto por parte del órgano competente de la Corporación, tras lo cual, aprobado el gasto, se tomará razón contable de tal acto administrativo; emplazando a que, una vez realizado el objeto del contrato, se presenten los justificantes del gasto realizado; y advirtiendo que la ausencia de acuerdo del órgano competente de la Corporación en la adjudicación del contrato menor, será motivo de reparo suspensivo por la Intervención General del Ayuntamiento.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los artículos 29.8, 36.1, 63.4, 118, 131.3, 151.3, 153.2 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Justificar la celebración del contrato por los motivos expuestos desde la Concejalía promotora, puestos de manifiesto por el Técnico municipal competente, quedando acreditado que la contratación propuesta es la forma más idónea y eficiente para llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Según la Propuesta del Servicio, el presente contrato menor atiende a prestaciones singulares, ocasionales, que se justifican.Por tanto, se comprueba que con el presente contrato menor no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación, así como que, durante el presente año, el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra prevista en el artículo 118.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, para la misma prestación u objeto contractual.

TERCERO. Contratar con la empresa propuesta la prestación descrita en los antecedentes.

CUARTO. Aprobar el gasto correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de Gastos en vigor, según consta en la Propuesta del Servicio.

QUINTO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si procede.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 35

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

5 de

76

Page 36: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

SEXTO. Notificar la resolución al adjudicatario, por medios electrónicos, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución, y publicar el presente contrato dentro de la relación trimestral de contratos menores.

SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

DUODÉCIMO.- APROBACIÓN DE FACTURAS.-

Vistas las siguientes relaciones de facturas, adjuntas a la presente propuesta:

- Relación nº. 2019000683 por importe de 181,50.-euros. - Relación nº. 2019000684 por importe de 3.210,61.-euros. - Relación nº. 2019000685 por importe de 121.314,07.-euros.

Visto y asumido el Informe de Intervención nº. 2019-0307, de fecha 12 de diciembre de 2019, de fiscalización de los gastos enumerados anteriormente.

Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar los gastos detallados en las relaciones nºs. 2019000683, 2019000684 y 2019000685.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 36

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

6 de

76

Page 37: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 37

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

7 de

76

Page 38: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 38

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

8 de

76

Page 39: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 39

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 3

9 de

76

Page 40: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

DÉCIMO TERCERO.- LICENCIAS URBANÍSTICAS.-

CONCESIÓN LICENCIA DE OVP Nº 74/19.

Atendida la solicitud con Reg. Entrada Elec 1921/2019 de 21 de noviembre, Licencia de OVP núm. 74.19, PARA LA OCUPACIÓN PARCIAL DE LA VÍA PÚBLICA DE LA INTERSECCIÓN DE LAS CALLES DUQUE DE RIVAS Y GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER, EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE 2019 ENTRE LAS 10:00 Y LAS 20:00 HORAS, CON MOTIVO DEL HORMIGONADO DE UN FORJADO DEL EDIFICIO DE VIVIENDAS SITUADO EN LA AVENIDA ISABELA DE BRAGANZA NÚM. 8, TRABAJOS AMPARADOS POR LA LICENCIA DE OBRAS 471.18, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 02 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“En relación al escrito de fecha 21 de noviembre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RE-1921 realizado por la empresa EL VISO HILL PLACE, S.L., en el que se solicita permiso para la ocupación parcial de la vía pública de la intersección de las calles Duque de Rivas y Gustavo Adolfo Bécquer, el día 22 de noviembre 2019 entre las 7:30 y las 18:00 horas, con motivo del hormigonado de un forjado del edificio de viviendas situado en la avenida Isabela de Braganza núm. 8, trabajos amparados por la licencia de obras 471.18, informo que, en cumplimiento de lo establecido en la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCANCÍAS, ESCOMBROS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, GRUAS PLUMAS Y OTROS ANÁLOGOS, en el artículo 3º Grupo I, se establece que la tasa a pagar será de 1,00 euro por cada metro cuadrado y día.

En este caso, y según consta en la solicitud la superficie a ocupar será de 62,50 m2 por lo cual la cantidad a pagar será:

62,50 m2 x 1,00 euros/m2 y día x 1 día = 62,50euros.

Destacar que la señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante y deberán estar instalados con 48 horas de antelación.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 40

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

0 de

76

Page 41: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de OVP Nº 74.19 a la empresa EL VISO HILL PLACE, S.L., PARA LA OCUPACIÓN PARCIAL DE LA VÍA PÚBLICA DE LA INTERSECCIÓN DE LAS CALLES DUQUE DE RIVAS Y GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER, EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE 2019 ENTRE LAS 10:00 Y LAS 20:00 HORAS, CON MOTIVO DEL HORMIGONADO DE UN FORJADO DEL EDIFICIO DE VIVIENDAS SITUADO EN LA AVENIDA ISABELA DE BRAGANZA NÚM. 8, TRABAJOS AMPARADOS POR LA LICENCIA DE OBRAS 471.18, previo abono de las tasas a que hubiere lugar.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de SESENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (62,50 Euros).

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE CALA Nº 590.19

VISTO la solicitud presentada con Reg. Entrada Elec 1968/2019 de 28 de noviembre, para la obtención de la Licencia de Cala nº 590.19, para el suministro de agua sanitaria en C/ JOSE HIERRO Nº 32 con motivo de construcción de viviendas en manzana RU-2.10 R-8, en este término municipal.

ATENDIDO el informe del Técnico Municipal de Obras Públicas de 02 de diciembre de 2019 y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente, que a continuación se transcribe:

“… En relación al escrito de fecha 28 de noviembre de 2019 y número de reg-istro de entrada 2019-E-RE-1968 realizado por la empresa HIGH INNOVATION OBRAS Y SERVICIOS, S.L., en el que se solicita licencia de cala para el suministro de agua sanitaria en la calle José Hierro núm. 32, se informa que la acometida solicitada corresponde a la provisional de obra correspondiente a la manzana RU-2.10 del Sector R-8 EL Viso, en la que se van a construir 24 viviendas unifamiliares al amparo de la li-cencia de obras 139.19, por lo que en consecuencia PROCEDE conceder la licencia de cala solicitada, condicionándose la misma a la realización de:

1. Un depósito por importe de 300,00 euros en previsión de los desperfectos que pueda originar ULLASTRES, S.A. en el lugar de la cala autorizada. Este depósito será devuelto, previa petición por escrito del interesado, una vez transcurridos seis meses desde la finalización de las obras, siempre que se hayan ejecutado a satisfacción del Ayuntamiento.

2. Un depósito por importe de 150,00 euros con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid. Este depósito será devuelto previa petición por escrito del interesado, cuando se presente en el Ayuntamiento de Villalbilla los albaranes correspondientes al vertido de residuos generados emitido a tal efecto por un vertedero autorizado.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 41

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

1 de

76

Page 42: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Los derechos y tasas emanados de la presente licencia ascienden a la cantidad de 60,00 euros.”

DE ACUERDO con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 534/2019 de 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área,

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- CONCEDER Licencia de Cala nº 590.19 a HIGH INNOVATION OBRAS Y SERVICIOS, S.L., para el suministro de agua sanitaria en C/ JOSE HIERRO Nº 32 con motivo de construcción de viviendas en manzana RU-2.10 R-8, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Las obras se terminarán en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, admitiéndose una única prórroga por igual espacio de tiempo y previa su oportuna solicitud.

TERCERO.- Condicionar la Licencia de Cala al cumplimiento del contenido del informe técnico transcrito anteriormente.

CUARTO.- Ante posibles desperfectos que ULLASTRES, S.A. pueda originar en la vía pública, se deberá exigir con anterioridad a la entrega de la Licencia, un depósito de TRESCIENTOS EUROS (300,00 €), para la reposición de éstos, que serán devueltos transcurridos SEIS MESES desde la ejecución de las obras, siempre y cuando hayan sido realizadas a satisfacción del Ayuntamiento, y previa petición del interesado.

QUINTO.- Un depósito por importe de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 €), con el fin de garantizar el cumplimiento de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. Este depósito será devuelto previa petición por escrito del interesado, cuando se presente en el Ayuntamiento de Villalbilla los albaranes correspondientes al vertido de residuos generados emitidos a tal efecto por un vertedero autorizado.

SEXTO.- La Licencia se otorga salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. No podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubiere incurrido el beneficiario en el ejercicio de sus actividades.

SÉPTIMO.- La Licencia quedará sin efecto si se incumplieren las condiciones a que está subordinada y se revocará cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

OCTAVO.- La Licencia no afectará, en absoluto, a la naturaleza de las vías

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 42

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

2 de

76

Page 43: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

públicas, constitutivas de un patrimonio inalienable e imprescriptible del municipio de Villalbilla.

NOVENO.- Se prohíbe el empleo de martillos neumáticos y cualquier otra clase de elementos o aparatos, que pueda perturbar al sosiego del vecindario desde la puesta de sol hasta las ocho de la mañana. Fuera de estas horas, se guardarán las debidas garantías para que los trabajos no ofrezcan ninguna ocasión de molestias.

DÉCIMO.- Aprobar los derechos y tasas que ascienden a SESENTA EUROS (60,00 €).

UNDÉCIMO.- El pago de los derechos con anterioridad en la entrega de la Licencia y, simultáneamente, se constituirá un depósito previo, en metálico o aval bancario, del coste de reposición de los pavimentos e instalaciones que resulten afectados.

DUODÉCIMO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 586/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada Elec 1946/2019 de 26 de noviembre, Licencia de Obras núm. 586/19, para DEMOLICIÓN Y POSTERIOR RECONSTRUCCIÓN DE UN MURETE situado en el lateral derecho de la central telefónica situada, en la AVD. DINAMARCA Nº 35 BIS, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 02 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“En relación al escrito de fecha 26 de noviembre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RE-1946 realizado por la empresa TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A., en el que se solicita autorización para la demolición y posterior reconstrucción de un murete situado en el lateral derecho de la central telefónica situada en la avenida Dinamarca núm. 35 bis, se informa que el citado murete se está desplomando presentando un desplazamiento horizontal en testero y en dirección de la vía pública de unos 25 cm, por lo que es imprescindible su demolición y su posterior reconstrucción,, por lo que en consecuencia PROCEDE conceder la licencia solicitada, condicionán-dose la misma a la realización de:

1. Un depósito por importe de 600,00 euros en previsión de los desperfectos que pueda originar TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A. en la vía pública durante la ejecución de los trabajos. Este depósito será devuelto, previa petición por escrito del interesado, una vez transcurridos seis meses desde la finalización de las obras, y siempre que se hayan ejecutado a satisfacción del Ayuntamiento.

2. Un depósito por importe de 150,00 euros con el fin de garantizar el cumplimiento de la ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid. Este

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 43

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

3 de

76

Page 44: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

depósito será devuelto previa petición por escrito del interesado, cuando se presente en el Ayuntamiento de Villalbilla los albaranes correspondientes al vertido de residuos generados emitido a tal efecto por un vertedero autorizado.

En virtud de la Ley 15/1987, de 30 de julio (B.O.E. 31/07/87), no procede el cobro de tasa alguna, ya que Telefónica satisface sus deudas tributarias mediante compensación en metálico del 1,9% de los ingresos brutos de la facturación realizada en el término municipal.

Se recuerda que, si los citados avales serán depositados por una empresa diferente de la solicitante, se debe aportar carta que así lo justifique.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A., para la realización de obras consistentes en DEMOLICIÓN Y POSTERIOR RECONSTRUCCIÓN DE UN MURETE situado en el lateral derecho de la central telefónica situada, en la AVD. DINAMARCA Nº 35 BIS, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía por los posibles desperfectos que pudieran originarse en el dominio público durante la ejecución de las obras, que asciende a la cantidad de SEISCIENTOS EUROS (600,00 €).

TERCERO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 430/18

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 3791/2018 de 18 de julio, Licencia de Obras núm. 430.18, para LEGALIZACIÓN DE ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OVP. CON CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la C/ TOMILLO Nº 19, en este término municipal.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 44

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

4 de

76

Page 45: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 02 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de licencia presentada, la actuación descrita tiene la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, consistente en el “Acondicionamiento interior de vivienda (sustitución de carpinterías exteriores) y ocupación de la vía pública por un contenedor de escombro”.

La ocupación de terrenos de uso público se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011).

La parcela se encuentra sujeta en la actualidad a las condiciones de la Ordenanza 3 “Edificación residencial unifamiliar”, Grado 1ºR de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalbilla vigentes (BOCM. de 7 de julio de 2000), con una tipología de vivienda unifamiliar aislada.

La edificación tiene tipología pareada con la vivienda situada en el número 17, con la que realmente comparte estructura, consistiendo en una misma edificación con forma rectangular de una planta (baja) dividida simétricamente en dos partes, con una de ellas en la parcela n.º 17 y otra en el n.º 19 (parcelas 354 y 353 respectivamente de El Robledal).

Por tanto, la vivienda objeto de solicitud de licencia se encontraría actualmente en situación de fuera de Ordenación urbanística, pudiéndose realizar solamente actuaciones destinadas a garantizar la seguridad de las personas y bienes, la salubridad, ornato y conservación del inmueble.

No obstante, la obra solicitada es conforme a las condiciones anteriores, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Acondicionamiento interior de vivienda.- La parcela se encuentra sujeta en la actualidad a las condiciones de la

Ordenanza 3 “Edificación residencial unifamiliar”, Grado 1ºR de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalbilla vigentes (BOCM. de 7 de julio de 2000), con una tipología de vivienda unifamiliar aislada.

- En coherencia con lo anterior, sobre la vivienda existente sólo podrán realizarse actuaciones destinadas a garantizar la seguridad de las personas y bienes; la salubridad, ornato y conservación del inmueble.

- En ningún caso podrán realizarse ampliaciones de volumen o superficie edificada del cuerpo edificado existente.

Cerramiento exterior - fachada:- Deberán emplearse materiales de buen aspecto y calidad, una reducida

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 45

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

5 de

76

Page 46: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúan (artículo 5.6.14 de las NN.SS.).

Ocupación de la vía pública:- Duración: Inferior a 1 mes.- La instalación de contenedores o sacos para RCD o materiales de construcción

se efectuará colocándose en la calzada ocupando plaza de aparcamiento, sin sobresalir de la línea formada por los vehículos correctamente estacionados y de conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Tráfico.

- Deberá mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal Reguladora de Limpieza y Gestión de Residuos (BOCM. N.º 147 de 22/06/2010), sobre utilización de contenedores y sacos para RCD y materiales de construcción (Art. 43)

RESUMEN DE TASAS :

► Tasa por Licencia (Actuación comunicada): 30,00 € (ABONADO)

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. Nº. 306 de 26/12/2011, Art 3.IV.): Contenedor (cuota mínima): 50,00 € (ABONADO)

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO)”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 3791/2018 de 18 de julio, para la realización de obras consistentes en LEGALIZACIÓN DE ACONDICIONAMIENTO INTERIOR DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y OVP. CON CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la C/ TOMILLO Nº 19, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de TREINTA EUROS (30,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 46

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

6 de

76

Page 47: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Uso Público, que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

VºBº PROYECTO EJECUCIÓN VISADO CONSTRUCCIÓN VIVIENDA Y PRÓRROGA INICIO OBRAS LIC. OBRAS MY Nº 53.19.

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 15 de marzo de 2019, se acordó la concesión de la Licencia de Obras nº 53.19, para CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA Y PISCINA, en la C/ ALFONSO SASTRE Nº 2 en este término municipal, de acuerdo al proyecto básico aportado para su estudio.

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 04 de octubre de 2019 se da el Vº Bº municipal a la documentación presentada en Reg. Entrada 2502/2019 de 10 de mayo (proyecto de ejecución visado), requisito documental previo al inicio de las obras, incorporando la misma al expediente administrativo de la licencia y se concede prórroga solicitada en el Reg. Entrada 4138/2019 de 14 de agosto, para el inicio de los trabajos de construcción hasta el 18 de marzo de 2020.

Incorporado el proyecto de ejecución visado al expediente administrativo, el Arquitecto municipal ha emitido informe nº 241/2019 de 05 de diciembre, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“…por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de marzo de 2019, le ha sido concedida a Vd., la Licencia de Obra Mayor núm. 53.19, en la CALLE ALFONSO SASTRE Nº 2, SR-8.

Se aportó proyecto de ejecución visado por el COAM que corresponde con el desarrollo del proyecto básico a excepción del presupuesto de ejecución material, el cual ha aumentado respecto al presupuesto inicial.

De modo que mediante la presente se informa de la liquidación complementaria de los tributos correspondientes, y que son:

TASAS E ICIO en EurosProyecto de

Ejecución Proyecto básico Diferencia

Presupuesto ejecución material 112.396,02 82.600,00 29.796,02 ICIO (tipo gravamen 4,00% 4.495,84 3.304,00 1.191,84 Tasa( tipo impositivo 1% o 150€ 1.123,96 826,00 297,96

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 47

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

7 de

76

Page 48: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Total licencia 5.619,80 4.130,00(YA ABONADO)

1.489,80(A REQUERIR)

Depósitos

Depósito 7% T.L. ó min. 100 € 393,39 289,10(YA ABONADO)

104,29(A REQUERIR)

Depósito de Residuos según proyecto 556,00(YA ABONADO)

556,00 0

Lo que le informo a los efectos oportunos.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019 de 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar la liquidación complementaria de tasas y la necesaria constitución de garantía, con el desglose que se plasma a continuación, de acuerdo al informe técnico mencionado anteriormente.

Valoración Ejecución Material:(Dif. Entre Proyecto inicial y el modificado)__29.796,02,- EUROS

Impuesto (Tipo Gravamen: 4.00%):______________________1.191,84,- EUROS

Tasa (Tipo Impositivo: 1 % :____________________________297,96,- EUROS

Total Concesión Licencia:_____________________________1.489,80,- EUROS

DEPÓSITO (7% T.L. o mínimo 100 €):__________________104,29,- EUROS

SEGUNDO.- Notifíquese al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con indicación de los recursos que procedan.

MODIFICACIÓN CONDICIONES DE LICENCIA OBRAS MAYOR Nº 81.17 - 16 VVDAS Y ZONAS DEPORTIVAS –

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 17 de mayo de 2019, se aprobó el cambio de titularidad de la Licencia de Obras Mayor nº 81.17 a nombre de la empresa CAMINO DE LA ISABELA, S.L., para la construcción de 16 viviendas unifamiliares pareadas y zonas deportiva en TRAVESÍA CAMINO DE LA ISABELA Nº 2 AL 32, en este término municipal.Con Reg. Entrada Elec 998/2019 de 10 de junio, el interesado presenta a estudio documentación que modifica las condiciones particulares de la licencia concedida, y

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 48

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

8 de

76

Page 49: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

examinada ésta, el Arquitecto municipal en fecha 03 de diciembre de 2019, ha emitido el informe que se transcribe literalmente a continuación:“…atendiendo a la documentación aportada al requerimiento de la solicitud de Modificación de licencia de obra de construcción de 16 Viviendas unifamiliares pareadas y zona común deportiva en condominio en la manzana RU3.17 del SR8 de las NN.SS., emite el siguiente informe:

Se comprueba el cumplimiento de ordenación urbanísticas por lo que se informa favorable el expediente de construcción de 16 viviendas en la Manzana RU3.17, Calle Travesía de la Isabela nº 2 a 32Condiciones de la licencia de obra mayor:Construcción de 16 viviendas unifamiliares y zonas deportivas según proyecto básico redactado por los arquitectos Jorge Domínguez Cortés y Manuel Domingo Llorente.Superficies construidas por planta/viv. Vivienda tipoPlanta baja: 116,07m2/viv.Planta primera: 59,19m2/viv.Total vivienda tipo 175,26m2/viv.Total promoción 16 viviendas 2.804,16m2.Condiciones de la licencia:Altura libre de piso mínimo 2,60m en planta najaDotación de aparcamiento: 2 plazas/ vivienda Plazo de ejecución: 12meses

Condición de la licencia de primera ocupación: El acta de inspección de replanteo Autorización de conexión a la red municipal de pluviales del Órgano Gestor

Canal de Isabel II y posterior licencia de actuación en dominio público del Ayuntamiento y ejecución de acometidas de red de pluviales separada de la de fecales.

Deberá presentar proyecto de ejecución visado para la comprobación de que corresponde con el desarrollo del proyecto básico o en su defecto certificado de los arquitectos redactores de ser desarrollo del Proyecto básico sin modificaciones de parámetros urbanísticos e informe de visado del COAM del proyecto de ejecución.

TASAS e ICIOConforme a los costes de referencia de ejecución material para edificaciones con el uso de vivienda unifamiliar pareada fijados en la ordenanza fiscal municipal de regulación del ICIO, el coste de referencia particularizado de cada uso publicado en el BOCM de 28 oct/2013 es el siguiente:Vivienda unifamiliar pareada 537,00 €/m2

Superficie m2c Coste mínimo €/m2c Importe en eurosResidencial 16 viviendas unif. pareadas 2.804,16 537,00 1.505.833.92

Urbanización y cerramiento s/ proyecto 46.879,55

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 49

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 4

9 de

76

Page 50: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Pista padel s/ proyecto 20,134.78Piscinas s/proyecto 18.974,66

Juego de niños s/ proyecto 8,794,66

Total, urbanización y zona de deporte 94.783,65Presupuesto mínimo € 1.600.617.57

Aplicados a las superficies construidas indicadas en el informe supone un presupuesto mínimo de 1.600.617.57€:Acordada por la J.G.L. el cambio de titular de la licencia Nº 81.17. procede la siguiente liquidación únicamente de tasas

TASAS E ICIO en Euros

Presupuesto ejecución material 1.600.617.57

Tasa (tipo impositivo 1% o 150€ 16.006,18

En consecuencia, procede conceder la licencia de obras de construcción de 16 viviendas pareadas y zona deportiva común.”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019 de 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder la Modificación de las condiciones particulares de la Licencia Municipal de Obras nº 81.17, de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico transcrito, a CAMINO DE LA ISABELA, S.L., para la realización de obras consistentes en la CONSTRUCCIÓN DE 16 VIVIENDAS UNIFAMILIARES PAREADAS Y ZONAS DEPORTIVAS, en parcelas sitas en la TRAVESÍA CAMINO DE LA ISABELA NÚMS 2 AL 32 , previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de Tasas por Tramitación de Licencia Urbanística que ascienden a la cantidad de DIECISÉIS MIL SEIS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (16.006,18 €), de acuerdo al informe técnico transcrito anteriormente.

TERCERO.- Modificar el “documento” de Licencia de Obras nº 81.17 expedido en su momento, modificando las condiciones particulares de dicho permiso, de acuerdo a lo expuesto en el informe técnico transcrito anteriormente.

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 50

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

0 de

76

Page 51: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

PRÓRROGA LICENCIA OBRA MAYOR Nº 487.18

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 08 de febrero de 2019, se acordó la concesión de la Licencia de Obras nº 487.18, para CONSTRUCCIÓN VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA CON PISCINA, en la C/ TOMILLO Nº 10, en este término municipal.

Dentro del plazo concedido para ello, con Reg. Entrada Elec 1148/2019 de fecha 03 de julio, el interesado solicita una prórroga del plazo de inicio de las obras que aún no han podido iniciarse por demora en la tramitación de la adjudicación de dichos trabajos;

En las condiciones particulares de la licencia se establecía un plazo de inicio de las obras de seis meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión del permiso; visto que la notificación de la concesión de la licencia fue el 14 de febrero de 2019, por tanto, el plazo de inicio de dichos trabajos estaría en vigor hasta el día 15 de agosto de 2019.

Visto el informe del Arquitecto municipal favorable emitido al respecto en fecha 10 de diciembre de 2019 que se transcribe literalmente a continuación:“…La licencia fue concedida con fecha de resolución de 8 de febrero de 2019, condi-cionada al inicio de las obras antes de 6 meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de la licencia, hecho que se tiene constancia en el Ayuntamiento de 14 de febrero de 2019, siendo según las condiciones de la licencia la fecha de cumplimiento del plazo para el inicio antes del 14 de agosto de 2019, No habiéndose cumplido el pla-zo máximo establecido en las condiciones particulares de la licencia.

Por lo que procede la concesión de una prórroga UNICA de 6 meses para el inicio de las obras estando justificada la causa.”

Visto que habiendo presentado la solicitud de prórroga antes de agotar el plazo citado, según el artículo 5.6 del anexo normativo de las NN. SS municipales, procede la ampliación del plazo de inicio de la obra por seis meses a contar desde la fecha en que termina el plazo anterior, resultando un nuevo plazo de ejecución hasta el 15 de febrero de 2020, siendo éste improrrogable.

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019 de 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder prórroga solicitada en el Reg. Entrada Elec 1148/2019 de 03 de julio, para el inicio de los trabajos amparados en la Licencia de Obras

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 51

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

1 de

76

Page 52: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

concedida nº 487.18, resultando un nuevo plazo de ejecución hasta el 15 de febrero de 2020. Dicho plazo será improrrogable según el Capítulo 5.6 Caducidad y Prórroga de las NN. SS.

SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 539/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5135/2019 de 16 de octubre, Licencia de Obras núm. 539/19, para CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CERRAMIENTO DE PATIO CONTIGUO A LA MEDIANERÍA LATERAL Y CAMBIO DE CERRAJERÍA DE FACHADA EN VIVIENDA UNIFAMILIAR PAREADA, en la C/ BUGANVILLA Nº 33, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 05 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“…atendiendo a la solicitud de licencia de obra con registro de entrada n.º 2019-E-RC-5135, emite el siguiente informe:

Examinada la solicitud de Licencia presentada, la actuación descrita tiene la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistente en la ejecución de “CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CERRAMIENTO DE PATIO CONTIGUO A LA MEDIANERÍA LATERAL Y CAMBIO DE CERRAJERÍA DE FACHADA EN VIVIENDA UNIFAMILIAR PAREADA”.

Dicha actuación en su conjunto se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitada mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011), por contemplar la “modificación de cerramientos de solares existentes”, afectando a una medianería interior (lateral) por adosamiento a la valla de separación entre propiedades existente y a la cerrajería de fachada.

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Cerramiento de parcela:- El vallado con el espacio público deberá atenerse a las condiciones de las

NN.SS. vigentes (Arts. 5.6.12, 5.6.14.C. y 7.3.3.), destacando lo siguiente:- Acceso: La apertura de las hojas se efectuará hacia el interior de la parcela,

para asegurar que, en ningún caso, la apertura “barra” el espacio público.- Altura máxima 2,50 m., medidos sobre cada punto de la rasante del terreno en

donde se proyecte.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 52

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

2 de

76

Page 53: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- En su ejecución se ofrecerán las suficientes garantías de estabilidad frente a impactos horizontales y acciones horizontales continuas. Los materiales utilizados, su aspecto y calidad, cuidarán su buen aspecto, una reducida conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúen.

- Se prohíbe expresamente la incorporación de materiales potencialmente peligrosos, tales como vidrios rotos, filos, puntas, espinas etc.

- El cerramiento deberá situarse en la alineación oficial.- Los elementos metálicos se miniarán para protegerlos de la corrosión, salvo

que se trate de elementos galvanizados. Después se pintarán en colores oscuro o blanco, admitiéndose también tratamientos de pavonado, etc.

- Las medianerías expuestas a vistas deberán tratarse al menos con enfoscado o pintado (Art. 5.6.7. NN.SS.).

- La presente licencia se concede sin perjuicio de las consideraciones legales sobre el uso y servidumbre de medianerías a las que de acuerdo con el derecho civil hubiere lugar.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia (procedimiento ordinario): 60,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5135/2019 de 16 de octubre, para la realización de obras consistentes en CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CERRAMIENTO DE PATIO CONTIGUO A LA MEDIANERÍA LATERAL Y CAMBIO DE CERRAJERÍA DE FACHADA EN VIVIENDA UNIFAMILIAR PAREADA, en la C/ BUGANVILLA Nº 33, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 53

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

3 de

76

Page 54: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 576/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5750/2019 de 19 de noviembre, Licencia de Obras núm. 576/19, para SUSTITUCIÓN DE CERRAJERÍA DE ACCESO A VIVIENDA UNIFAMILIAR, en la C/ ALTO TAJO Nº 170, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 05 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las actuaciones descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, consistentes en la “SUSTITUCIÓN DE CERRAJERÍA DE ACCESO A VIVIENDA UNIFAMILIAR.”.

Dicha actuación en su conjunto se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011), por su afección a la modificación del cerramiento de fachada (sustitución de cerrajería).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Cerramiento de parcela:- El vallado con el espacio público deberá atenerse a las condiciones de las

NN.SS. vigentes y del Plan Parcial del SR-5 (Arts. 5.6.12, 5.6.14.C. y 7.3.3.), destacando lo siguiente:

- Acceso: La apertura de las hojas se efectuará hacia el interior de la parcela, para asegurar que, en ningún caso, la apertura “barra” el espacio público.

- Altura máxima: 2,50 m. (Ordenanza 1, Residencial unifamiliar PP. SR.-5).- En su ejecución se ofrecerán las suficientes garantías de estabilidad frente a

impactos horizontales y acciones horizontales continuas. Los materiales utilizados, su aspecto y calidad, cuidarán su buen aspecto, una reducida conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúen.

- Se prohíbe expresamente la incorporación de materiales potencialmente peligrosos, tales como vidrios rotos, filos, puntas, espinas etc.

- El cerramiento deberá situarse en la alineación oficial.- Los elementos metálicos se miniarán para protegerlos de la corrosión, salvo

que se trate de elementos galvanizados. Después se pintarán en colores oscuro o blanco, admitiéndose también tratamientos de pavonado, etc.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 54

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

4 de

76

Page 55: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia (procedimiento ordinario): 60,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5750/2019 de 19 de noviembre, para la realización de obras consistentes en SUSTITUCIÓN DE CERRAJERÍA DE ACCESO A VIVIENDA UNIFAMILIAR, en la C/ ALTO TAJO Nº 170, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 583/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5797/2019 de 21 de noviembre, Licencia de Obras núm. 583/19, para LEVANTAMIENTO DE MURO DE BLOQUES DE HORMIGÓN CONTIGUO A MEDIANERÍA EXISTENTE EN VIVIENDA UNIFAMILIAR, en la C/ GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER Nº 34, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 05 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, las actuaciones descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 55

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

5 de

76

Page 56: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistentes en la ejecución de “LEVANTAMIENTO DE MURO DE BLOQUES DE HORMIGÓN CONTIGUO A MEDIANERÍA EXISTENTE EN VIVIENDA UNIFAMILIAR”

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Cerramiento contiguo a medianería:

- Cerramiento de bloques de hormigón, de 2,00m de altura (Altura máxima según Ordenanzas Urbanísticas: 2,20 m.)

- En su ejecución se ofrecerán las suficientes garantías de estabilidad frente a impactos horizontales y acciones horizontales continuas. Los materiales utilizados, su aspecto y calidad, cuidarán su buen aspecto, una reducida conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúen. (Art.5.7.14 C del Plan Parcial del Sector R.-8 de las NN.SS. de Planeamiento de Villalbilla y Ordenanza Residencial Unifamiliar correspondiente (RU-1) del citado Plan).

- El encuentro del muro interior con el cerramiento exterior con el dominio público deberá ajustarse a la altura de éste último, realizando si fuese necesario un rebaje a 45º o escalonando un tramo del cerramiento interior.

- La presente licencia se concede sin perjuicio de las consideraciones legales sobre el uso y servidumbre de medianerías a las que de acuerdo con el derecho civil hubiere lugar.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia (procedimiento ordinario): 60,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 56

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

6 de

76

Page 57: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5797/2019 de 21 de noviembre, para la realización de obras consistentes en LEVANTAMIENTO DE MURO DE BLOQUES DE HORMIGÓN CONTIGUO A MEDIANERÍA EXISTENTE EN VIVIENDA UNIFAMILIAR, en la C/ GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER Nº 34, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

CUARTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 569/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5537/2019 de 11 de noviembre, Licencia de Obras núm. 569/19, para ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DE VIVIENDA (LIMPIEZA, DESBROCE Y SOLADO DE PARCELA) Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la AVD. MIGUEL HERNÁNDEZ Nº 42, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 05 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de licencia presentada, la actuación descrita tiene la consideración de obra menor por actuación comunicada, según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistente en el “ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DE VIVIENDA (LIMPIEZA, DESBROCE Y SOLADO DE PARCELA) Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO”.

Dicha actuación y ocupación de terrenos de uso público se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante actuación comunicada según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU., BOCM. de 26/12/2011).

La obra descrita es conforme a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Pavimento:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 57

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

7 de

76

Page 58: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- Las aguas de lluvia recogidas sobre la zona solada deberán canalizarse mediante su conexión al colector de pluviales según las condiciones del Plan Parcial del Sector R-8 (Art. 5.8.8). Por tanto se prohíbe el vertido de las aguas pluviales a la red de aguas residuales.

- Las obras de pavimentación serán compatibles con la dotación de aparcamiento obligatoria en el interior de parcela.

Ocupación de la vía pública:

- Duración: Inferior a 1 mes.- La instalación de contenedores o sacos para RCD o materiales de

construcción se efectuará colocándose en la calzada ocupando plaza de aparcamiento, sin sobresalir de la línea formada por los vehículos correctamente estacionados y de conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Tráfico.

- Deberá mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal Reguladora de Limpieza y Gestión de Residuos (BOCM. N.º 147 de 22/06/2010), sobre utilización de contenedores y sacos para RCD y materiales de construcción (Art. 43)

RESUMEN DE TASAS :

► Tasa por Licencia (actuación comunicada): 30,00 € (ABONADO)

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. Nº. 306 de 26/12/2011, Art 3.IV.): Contenedor (cuota mínima): 50,00 € (ABONADO)

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO)”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5537/2019 de 11 de noviembre, para la realización de obras consistentes en ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR DE VIVIENDA (LIMPIEZA, DESBROCE Y SOLADO DE PARCELA) Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la AVD. MIGUEL HERNÁNDEZ Nº

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 58

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

8 de

76

Page 59: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

42, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de TREINTA EUROS (30,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS Nº 571/19

Atendida la solicitud con Reg. Entrada 5606/2019 de 13 de noviembre, Licencia de Obras núm. 571/19, para CONSTRUCCIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA Y OVP. PARA DESCARGA, en la C/ FRANCISCO DE QUEVEDO Nº 24, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 11 de diciembre de 2019 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

“Examinada la solicitud de Licencia presentada, la actuación descrita tiene la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes y la Ordenanza Municipal, en este caso consistente en la “CONSTRUCCIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA Y OVP. PARA DESCARGA”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, BOCM. de 26/12/2011).

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Piscina:- Superficie laminar de agua: 21,00 m².

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 59

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 5

9 de

76

Page 60: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

- La piscina y edificaciones complementarias (depuradora) se retranquearán un mínimo de 1 metro de los linderos de parcela (Art. 5.5.2. Ordenanzas del Plan Parcial del SR-8 de las NN.SS.).

- Una vez concluidas las obras deberá presentarse:- Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado.- Alta de la piscina en el Catastro de bienes inmuebles (mod. 900 D).

Ocupación de la vía pública:- Durante el desarrollo de los trabajos deberá señalizarse la zona ocupada y

mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública de la Ordenanza Municipal.

- La señalización y carteles informativos a instalar serán por cuenta del solicitante.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia - PISCINA (Art. 7. 7. de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas):

Sup. de Lámina de agua ≤ 25 m² : 225,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, escombros, materiales de construcción, grúas plumas y otros análogos, BOCM. N.º 306, de 26/12/2011), Art. 3.I.:Camión pluma estándar:

(10m x 2,5m) x 1,00 €/m² día x 1 día = 25,00 € (PDTE. ABONAR).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 534/2019, de fecha 15 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área.

En coherencia con lo anterior, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, en contestación a la solicitud con Reg. Entrada 5606/2019 de 13 de noviembre, para la realización de obras consistentes en CONSTRUCCIÓN DE PISCINA EN ESPACIO LIBRE DE PARCELA Y OVP. PARA DESCARGA, en la C/ FRANCISCO DE QUEVEDO Nº 24, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 60

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

0 de

76

Page 61: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS (225,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de VEINTICINCO EUROS (25,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

DÉCIMO CUARTO.- ÓRDENES DE EJECUCIÓN.-

De acuerdo con lo establecido en el art. 92 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y dada la necesidad de incorporar nuevos documentos al expediente, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda que quede el expediente sobre la mesa.

DÉCIMO QUINTO.- EXPEDIENTES SANCIONADORES.-

RECTIFICACIÓN ERROR MATERIAL, EXPEDIENTE 1311/2019

Se podrá consultar en el Acta transcrita en el Libro de Actas.

DÉCIMO SEXTO.- SUBSANACIÓN ERRORES EN PROYECTO DE REPARCELACIÓN SECTOR R-4 VALDECARPINTERO.-

Visto que con fecha 10 de mayo de 2019, por la Junta de Gobierno Local se adoptó Acuerdo en relación con el expediente nº 789/2018, por el cual se procedió a la Aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación del Sector Residencial de Suelo Urbanizable nº 4, SR-4.

Que, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 133 de fecha 6 de junio de 2019, en el periódico La Razón de la misma fecha, en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la sede electrónica, desde el 6 de junio hasta el 8 de julio de 2019, se publicó anuncio de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución del Sector Residencial de suelo urbanizable nº 4, (SR-4).

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 61

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

1 de

76

Page 62: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Que los interesados incluidos en dicha unidad de ejecución fueron notificados individualmente, con el correspondiente ofrecimiento de recursos, sin que formularan recurso alguno, produciéndose la firmeza del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución del Sector Residencial de suelo urbanizable nº 4, (SR-4), en vía administrativa.

Visto que mediante escrito de fecha 8 de noviembre de 2019, registro de entrada nº 2019-E-RE-1831, por don Andrés Toribio Ranz, en su condición de Presidente de la Junta de Compensación del SR-4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Villalbilla, como interesado en el procedimiento, se insta de esta Administración la rectificación del error material o de hecho advertido en el mencionado Proyecto de Reparcelación, señalando al respecto que la Junta de Compensación ha comenzado la tramitación ante el Registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares de la inscripción registral del Proyecto de Reparcelación, que el Sr. Registrador ha remitido a este Ayuntamiento y a la Junta de Compensación la calificación de dicho proyecto y ha señalado algunos defectos en el mismo que califica de subsanables, por lo que, para dar debido cumplimiento a la calificación registral, la Junta de Compensación ha procedido a la corrección de los errores materiales en el Proyecto de Reparcelación aprobado, solicitando la aprobación de esta corrección y se emita la certificación correspondiente para su aportación al Registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares para la inscripción registral de las parcelas resultantes de este Proyecto de Reparcelación.

Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales , de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Vistos los preceptos legales citados, y demás normas de pertinente aplicación, así como el Informe nº 2019-0244, emitido por el Arquitecto municipal con fecha 10 de diciembre de 2019, el cual se transcribe literalmente a continuación:

“El arquitecto del Ayuntamiento de Villalbilla, atendiendo a la documentación aportada al requerimiento del Registro de la Propiedad Nº 3 para la inmatriculación del Proyecto de Reparcelación del Sector Urbanizable SR Residencial 4 “Valdecarpintero” de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalbilla, emite el siguiente informe:

La documentación aportada corrige los coeficientes de participación y los gastos de urbanización de las parcelas o manzanas 11, 12,13,14 y 16 del Proyecto de reparcelación del Sector R4 de las Normas Subsidiarias, con objeto de subsanar la diferencia marcada por los decimales de dichos coeficientes detectada por el Registro de la Propiedad.

Los datos corregidos son los siguientes:

Manzana 11; Los costes de urbanización quedan como 9.9740% y la carga de urbanización 293.444,47euros+ IVA.

Manzana 12; Los costes de urbanización quedan como 3.2427% y la carga de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 62

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

2 de

76

Page 63: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

urbanización 95.403,29euros+ IVA.

Manzana 13; Los costes de urbanización quedan como 3.2427% y la carga de urbanización 95.403,29euros+ IVA.

Manzana 14; Los costes de urbanización quedan como 3.3625% y la carga de urbanización 98.927,92euros+ IVA.

Manzana 16; Los costes de urbanización quedan como 5.0437% y la carga de urbanización 148.390,40euros+ IVA.

Se comprueba corregidos en todas las tablas y cuadros correspondientes a la modificación de los coeficientes, Por lo que se informa favorable la nueva documentación aportada a efectos de su aprobación por el Registro de la Propiedad.”

Ostentando el mencionado error el carácter de error material o de hecho, según resulta de forma evidente del propio expediente por cuanto se ha incurrido en el error al haber expresado los cuadros de coeficientes de superficies de las parcelas y de los gastos de urbanización con cuatro o dos decimales, debiendo haberse hecho por el total de los mismos; y en el ejercicio de la facultad que me otorga artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y que la competencia esta delegada por el Alcalde en favor de la Junta de Gobierno Local en virtud de Resolución de fecha 15 de junio de 2019, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Rectificar el error material o de hecho incurrido en el Acuerdo adoptado el 10 de mayo de 2019 por esta Junta de Gobierno Local, en relación con el expediente nº 789/2018, por el cual se procedió a la Aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación del Sector Residencial de Suelo Urbanizable nº 4, SR-4, según lo solicitado por don Andrés Toribio Ranz, en su condición de Presidente de la Junta de Compensación del SR-4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Villalbilla, mediante escrito de fecha 8 de noviembre de 2019, registro de entrada nº 2019-E-RE-1831, relativo a haber expresado los cuadros de coeficientes de superficies de las parcelas y de los gastos de urbanización con cuatro o dos decimales, debiendo haberse hecho por el total de los mismos, realizando la siguiente subsanación:

Donde aparece:

Manzana 11; Los costes de urbanización quedan como 9,9701% y la carga de urbanización 293.315,67euros+ IVA.

Manzana 12; Los costes de urbanización quedan como 3,2429% y la carga de urbanización 95.403,71euros+ IVA.

Manzana 13; Los costes de urbanización quedan como 3,2429% y la carga de urbanización 95.403,71euros+ IVA.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 63

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

3 de

76

Page 64: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Manzana 14; Los costes de urbanización quedan como 3,3626% y la carga de urbanización 98.925,53euros+ IVA.

Manzana 16; Los costes de urbanización quedan como 5,0439% y la carga de urbanización 148.388euros+ IVA.

Se reemplaza por:

Manzana 11; Los costes de urbanización quedan como 9,9740% y la carga de urbanización 293.444,47euros+ IVA.

Manzana 12; Los costes de urbanización quedan como 3,2427% y la carga de urbanización 95.403,29euros+ IVA.

Manzana 13; Los costes de urbanización quedan como 3,2427% y la carga de urbanización 95.403,29euros+ IVA.

Manzana 14; Los costes de urbanización quedan como 3,3625% y la carga de urbanización 98.927,92euros+ IVA.

Manzana 16; Los costes de urbanización quedan como 5,0437% y la carga de urbanización 148.390,40euros+ IVA.

SEGUNDO.- Diligénciese por la Secretaría General municipal los documentos rectificados del Proyecto de Reparcelación del Sector Residencial de Suelo Urbanizable nº 4, SR-4 para su presentación en el Registro de la Propiedad por la Junta de Compensación del SR-4.

TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución al interesado con indicación de los recursos que sean procedentes.

DÉCIMO SÉPTIMO.- PROPUESTAS DE RECAUDACIÓN.-

DESESTIMACIÓN REVISIÓN LIQUIDACIONES PLUSVALIA

Atendido escritos de Don A, Doña M y Don J. H L de fechas 23 y 29 de enero de 2019, registrados en este Ayuntamiento con los números 2019-E-RC-386, 2019-E-RC-387 y 2019-E-RC-468, respectivamente, por los que solicitan la revisión de las liquidaciones de plusvalía emitidas como consecuencia de la transmisión con fecha 23/11/2018 del inmueble con referencia catastral 6264216VK7766S0001RH,al considerar excesivos los importes de las mismas.

Visto el Informe desfavorable de recaudación número 2019-0701 y vista la legislación aplicable constituida fundamentalmente por los artículos 104 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como la propia doctrina del Tribunal Constitucional y sentencia 1163/2018, de 9 de julio del Tribunal Supremo;

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 64

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

4 de

76

Page 65: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2019-0534, de fecha 15 de junio de 2019, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Desestimar las solicitudes realizadas por Don A, Doña M y Don J H.L en fechas 23 y 29 de enero de 2019 y números de registro de entrada 2019-E-RC-386, 2019-E-RC-387 y 2019-E-RC-468, de revisión de las liquidaciones de plusvalía generadas a nombre de los interesados con motivo de la transmisión del inmueble con referencia catastral 6264216VK7766S0001RH, en fecha 23/11/2018, considerando plenamente ajustadas a derecho las liquidaciones del impuesto emitidas, y ello en base a la legislación y jurisprudencia apuntada.

SEGUNDO- Notificar a los interesados en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación número 2019-0701 e indicación de los recursos a interponer en su caso.

DESESTIMACIÓN DEVOLUCIÓN RECARGO APREMIO

Atendiendo escrito de Doña E.V.C de fecha 12 de noviembre de 2019 y registrado en este Ayuntamiento con el número 2019-E-RE-1846, en el que expone que con fecha 24 de octubre de 2019, y con fecha de impresión 21 de octubre, recibe notificación de pago del Impuesto de plusvalía pasado ya el plazo de pago voluntario.

Que con fecha 31/10/2019 abona dicho impuesto, y considerando injusto el abono de los 65,85.-€ de recargo de apremio, solicita su devolución.

Visto el Informe desfavorable de recaudación número 2019-0707.

Vista la legislación vigente aplicable al caso, constituida fundamentalmente por los artículos 28, 62 y 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria;

Y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0534/2019, de fecha 15 de junio de 2019, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Declarar ajustada a derecho la providencia de apremio dictada en fecha 10/10/2019 a nombre de Doña E.V.C, por el Impuesto de plusvalía como consecuencia de la transmisión del inmueble con referencia catastral 0470902VK7707S0001GO.

SEGUNDO.- Desestimar la solicitud de devolución del recargo de apremio reducido del 10%, por importe de 65,85.-€, en base a la legislación apuntada.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 65

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

5 de

76

Page 66: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

TERCERO.- Notificarlo a la interesada en el domicilio legalmente establecido para ello, adjuntándole justificación de los intentos de notificación infructuosa en el domicilio por el personal de correos, con transcripción del Informe de recaudación número 2019-0707 e indicación de los recursos a interponer en su caso.

EXENCIÓN IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, VEHÍCULO 5418GBR.

Atendiendo escrito de Don PCR, de fecha 16 de septiembre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RC-4589 en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito por tener reconocido el solicitante un grado de discapacidad permanente del 37%.

Visto el Informe favorable de Recaudación número 2019-0641.

Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales; por el artículo 3.1.e), 3.2.a) y 3.3. de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0534/2019, de fecha 15 de junio de 2019, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2020 y siguientes del vehículo especificado en escrito de fecha 16 de septiembre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RC-4589, a nombre de Don PCR , en base a la legislación señalada.

SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de Recaudación 2019-0641. EXENCIÓN IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, VEHÍCULO 6861KNC.

Atendiendo escrito de Don MAMG de fecha 15 de octubre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RC-5093, en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito por tener reconocido el solicitante un grado de discapacidad definitivo del 45%.

Visto el Informe favorable de Tesorería número 2019-0640.

Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 66

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

6 de

76

Page 67: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0534/2019, de fecha 15 de junio de 2019, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2020 y siguientes del vehículo especificado en escrito de fecha 15 de octubre de 2019 y número de registro de entrada 2019-E-RC-5093, a nombre de Don MAMG, en base a la legislación señalada.

SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de Tesorería 2019-0640.

BAJA TASA VADOS PERMANENTES POR IMPAGOS 2019

De acuerdo a los datos obrantes en el Servicio de Recaudación Municipal, los siguientes recibos correspondientes a la tasa de vado del ejercicio 2019, se encuentran pendientes de pago:

Titular Domicilio TributarioO.F.M. c/ Alameda, 32M.A.G.V. c/ Alhóndiga, 5P.M.L.R. c/ Benito Pérez Galdós, 60

Considerando que, en las concesiones de aprovechamientos ya autorizados y prorrogados, el pago de la cuota se realiza por años naturales.

Que, en el caso de incumplimiento de la obligación de satisfacer las deudas por los aprovechamientos, en los casos de aprovechamientos ya autorizados y cuyo cobro fuese periódico, determinará la caducidad de la autorización administrativa y la expedición de la correspondiente orden para la retirada inmediata de todos los elementos instalados.

Que, en tal caso, el interesado quedará inhabilitado para sucesivas autorizaciones hasta en tanto no haga efectiva la deuda pendiente, así como los intereses de demora, recargos de apremio y costas que hubieran podido deducirse.

Resultando que los titulares anteriormente citados no han satisfecho la deuda correspondiente a la tasa de vado del año 2019.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 67

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

7 de

76

Page 68: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Visto el Informe de recaudación número 2019-0710.

Vista la legislación vigente aplicable al caso, constituida fundamentalmente por el artículo 7 b) de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Vado;

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la caducidad de los aprovechamientos autorizados relacionados anteriormente.

SEGUNDO.- Estimar la baja de los recibos, anteriormente citados, del padrón de recibos de Tasa de Vado para el ejercicio 2020 y siguientes, en base a la legislación apuntada.

TERCERO.- Comunicar al Servicio de Mantenimiento para proceder a la retirada de las placas de vado de los domicilios anteriormente indicados.

CUARTO.- Notificarlo a los interesados en los domicilios legalmente establecidos para ello, con indicación de los recursos que pudieran interponer en su caso.

DÉCIMO OCTAVO.- APROBACIÓN TASA DE OCUPACIÓN, VUELO, SUELO Y SUBSUELO (3 ER TRIMESTRE 2019).-

De conformidad con el art. 24.1. c) del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a parte del vecindario.

Visto el informe favorable de Recaudación nº 2019/706 de fecha 03/12/2019.

Y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la aprobación las liquidaciones en concepto de Tasa de Ocupación Vuelo Subsuelo conforme a la relación adjunta y por un importe total de:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 68

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

8 de

76

Page 69: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Trece mil seiscientos trece euros con noventa y cuatro céntimos (13.613,94) €.

DÉCIMO NOVENO.- EXPEDIENTES JUZGADOS.-

REMISIÓN EXPEDIENTE RELATIVO A PROCEDIMIENTO ABREVIADO 512/2019 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 11 DE MADRID

Interpuesto por el PROCURADOR D. JOSE LUIS PINTO MARABOTTO, en nombre y representación de CERRO MURILLO S.A., recurso contencioso administrativo contra desestimación presunta por silencio administrativo, de la resolución dictada por el AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA.

Admitido a trámite por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 de Madrid el recurso formulado contra la resolución dictada por el AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA.

Requeridos por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 sito en calle Gran Vía, 19, Planta 3ª 28013 Madrid, donde se tramita el recurso Procedimiento Ordinario 512/2019 se remita el expediente administrativo original o copiado, foliado y autenticado y acompañado de un índice, de los documentos que contenga.

Requerido igualmente por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 se notifique en los cinco días siguientes a la adopción de la resolución que acuerda la remisión del expediente a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente incorporando la justificación de los emplazamientos efectuados.

Vistos los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2019-0534, de fecha 15 de junio de 2019, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Remitir al Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 sito en calle Gran Vía, 19, Planta 3ª de Madrid, donde se tramita el Procedimiento Abreviado nº 465/2019, expediente administrativo a que hace referencia la resolución impugnada, debidamente foliado y autenticado, acompañado de un índice.

SEGUNDO.- Encargar al Letrado D. Jesús Rodrigo Fernández y a la

Procuradora Carmen Echevarría Terroba, la representación y defensa de este

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 69

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 6

9 de

76

Page 70: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), en el Procedimiento Abreviado 512/2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 sito en calle Gran Vía, 19, Planta 3ª de Madrid.

TERCERO.- Notificar a los interesados en el expediente la resolución de remisión del expediente al Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 de Madrid, emplazándoles para que se personen como demandados en el plazo de nueve días.

VIGÉSIMO.- APROBACIÓN SERVICIO ASISTENCIA DOMICILIARIA NOVIEMBRE 2019.-

Visto el informe de la Trabajadora Social del Ayuntamiento de Villalbilla, en relación al Servicio de Ayuda a Domicilio, en el que expone que existía un Convenio entre el Ayuntamiento de Villalbilla y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de los Servicios Sociales de Atención Social Primaria y de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. En dicho Convenio se establece que se harán efectivas por los Servicios Sociales de Atención Primaria las prestaciones básicas y se determinan objetivos, metodología, requisitos de los beneficiarios, criterios de concesión y participación de los beneficiarios en el coste de la prestación.

Visto que con fecha 1 de enero de 2011, se hace efectiva la separación del Ayuntamiento de Villalbilla de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, asumiendo el Ayuntamiento de Villalbilla la prestación de los servicios de ayuda a domicilio de aquellas personas residentes en Villalbilla y conforme a las resoluciones dictadas en su momento en cuanto a número de horas de prestación y aportación económica del beneficiario sobre el coste del servicio.

Visto que en fecha 5 de mayo de 2011 la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento apruebe los precios públicos relativos a la prestación del servicio de asistencia domiciliaria, estableciéndose entre otros el criterio de fijación de la cuota.

Considerando que el artículo 46. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que la obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio.

Resultando que desde el 1 de enero de 2011 el Ayuntamiento de Villalbilla realiza la prestación del servicio de asistencia domiciliaria.

Visto el Informe de Servicios Sociales correspondiente a las horas prestadas durante el mes de NOVIEMBRE de 2019.

Visto el Informe de recaudación número 2019-0709.

Vista la legislación vigente aplicable al caso, constituida fundamentalmente por el artículo 41. y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 70

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

0 de

76

Page 71: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Estimar la aprobación del padrón de recibos de Precios Públicos por la Prestación de Servicio de Asistencia Domiciliaria del mes de NOVIEMBRE de 2019, (según listado adjunto de nº horas):

Mes Nº Recibos Importe (€)NOVIEMBRE 2 36,27-€

SEGUNDO.- Dar traslado al departamento de contabilidad para que realice las anotaciones oportunas.

TERCERO.- Proceder al cobro de los recibos mediante cuenta bancaria y notificar a los interesados por el medio legalmente establecido para ello.

VIGÉSIMO PRIMERO.- APROBACIÓN LIQUIDACIONES TASA DE BASURA (3ª REMESA 2019).-

De conformidad con el art. 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, por el que se regulan las tasas y por la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa de recogida de basuras.

Visto el informe de recaudación 2019-0712, en relación a la aprobación de liquidaciones de tasa de recogida de basura 2019 (3ª remesa).

Visto que de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/0985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO- Estimar la aprobación de las liquidaciones de tasa de recogida de basura 2019 (3ª remesa), por un total de 117 liquidaciones y por un importe total de SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (6.551,25.€)

SEGUNDO.- Dar traslado al departamento de contabilidad.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 71

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

1 de

76

Page 72: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

TERCERO.- Notificar a los interesados por el medio legalmente establecido para ello.

De acuerdo con el art. 40.3 del ROM, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión, se acuerda incluir el presente punto en el Orden del Día:

VIGÉSIMO SEGUNDO.- ADJUDICACIÓN EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.-

SERVICIO DE RECOGIDA DE ANIMALES ABANDONADOS EN EL MUNICIPIO DE VILLALBILLA.

A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:

Las necesidades a satisfacer mediante el presente servicio que se contrata son, por un lado, la recogida de animales abandonados en la vía pública y el traslado de los mismos a instalaciones adecuadas y legalmente autorizadas, así como su cuidado y custodia siguiendo los criterios y obligaciones establecidas en Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid (en adelante LPACM), y Ordenanza Municipal para Fomentar y Garantizar La Convivencia Ciudadana en el Municipio de Villalbilla.

Características del contrato:

Contrato de servicios para la recogida de animales abandonados en el Municipio de Villalbilla

Procedimiento: abierto simplificado

Tramitación: ordinaria

Tipo de contrato: Servicios

Código CPV:98380000-0 Servicios de perrera.85200000-1 Servicios de veterinaria.85210000-3 Guarderías para animales de compañía.

Acepta renovación: No

Revisión de precios/ fórmula: No

Acepta variantes: No

Presupuesto base de licitación (2 años): 28.000,00 euros

Impuestos: 5.880,00 euros

Total: 33.880,00 euros

Valor estimado del contrato (4 años): 67.200,00 euros

Impuestos: 14.112,00 euros

Total: 81.312,00 euros

Fecha de inicio ejecución: 01/01/2020

Fecha fin ejecución: 31/12/2021

Duración ejecución: 2 años

Duración máxima: 4 años

Garantía provisional: No Garantía definitiva: Si Garantía complementaria: No

A la vista del expediente de contratación tramitado:

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 72

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

2 de

76

Page 73: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Documento Fecha/N.º

Propuesta de acuerdo inicio y aprobación expediente 31/10/2019

Informe de Secretaría 31/10/2019

Memoria justificativa 24/10/2019

Pliego prescripciones técnicas 29/10/2019

Pliego de cláusulas administrativas 31/10/2019

Informe de fiscalización previa [Fase A] 05/11/2019

Resolución del órgano de contratación 08/11/2019

Anuncio de licitación 10/11/2019

Acta de la mesa de contratación de apertura de Sobres «A y C» 26/11/2019

Acta de la mesa de contratación de apertura de Sobres «B» y propuesta de adjudicación

28/11/2019

Requerimiento al licitador 29/11/2018

Documentación presentada por el licitador 11/12/2019

Informe de fiscalización de la adjudicación [Fase D] 12/12/2019

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y

de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO. Adjudicar el contrato de Servicio de Recogida de Animales

Abandonados en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a:

ADJUDICATARIO PRECIO

ALBA SERVICIOS DE PROTECCIÓN ANIMAL S.L.

Máximo 33.880,00 euros (28.000,00+5.880,00 de IVA)

SEGUNDO. Son características y ventajas determinantes de que hayan sido

seleccionada la oferta presentada por el citado adjudicatario, las siguientes:

- Oferta económica: 33.880, 00 euros (28.000,00+ 5.800,00 de IVA)

TERCERO. Disponer el gasto correspondiente de conformidad con lo establecido en el Informe de Intervención nº 2019-0308 de fecha 12 de diciembre de 2019, partida presupuestaria 311-227.09 Salubridad pública.

CUARTO. Publicar anuncio de adjudicación en el Plataforma de Contratación

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 73

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

3 de

76

Page 74: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

de Sector Público y en el perfil de contratante en plazo de 15 días.

QUINTO. Designar como responsable del contrato a don Ángel León González Técnico de Medio Ambiente.

SEXTO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.

SÉPTIMO. Notificar a ALBA SERVICIOS DE PROTECCIÓN ANIMAL S.L. adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en la Secretaría General, contando 15 días hábiles desde la recepción de la notificación de la adjudicación, según el artículo 153.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

OCTAVO. Publicar anuncio de formalización del contrato en la Plataforma de Contratación de Sector Público y en el perfil de contratante de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

NOVENO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

De acuerdo con el art. 40.3 del ROM, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión, se acuerda incluir el presente punto en el Orden del Día:

VIGÉSIMO TERCERO.- CERTIFICACIONES DE OBRA.-

Visto que con fecha 13 de diciembre de 2016 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, poniéndose en marcha el Programa de Inversión Regional, de forma que cada Ayuntamiento puede iniciar su ejecución de acuerdo con la tipología de gestión elegida.

Dictada por la Dirección General de Administración Local, con fecha 15 de enero de 2018, Resolución de Alta de la actuación “Contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso” en el municipio de Villalbilla, con fecha 11 de septiembre de 2018 se emite Informe Propuesta Favorable por parte del Servicio de Supervisión de Proyectos de la Comunidad de Madrid, y por el Director General de Administración Local, mediante Resolución de fecha 18 de septiembre de 2018, se Aprueba el Proyecto de la Actuación Contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso en el municipio de Villalbilla, dentro del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, aprobándolo la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2018.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 74

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

4 de

76

Page 75: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Atendido que con fecha 23 de noviembre de 2018 se firma contrato administrativo de obras, aprobándose por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 24 de enero de 2019, el Plan de Seguridad y Salud redactado y presentado por INPORMAN BUILDING S.L.U. para la ejecución de la Contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso.

Vista la certificación DÉCIMA de la empresa INPORMAN BUILDING S.L.U. correspondiente a las “Contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso”, por un importe total de CIENTO VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CATORCE EUROS CON SIETE CÉNTIMOS //121.314,07//euros.

Visto lo establecido en el artículo 232 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hoy art. 240 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según el cual, a los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contrario en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden;

Atendido que, conforme a lo establecido en la Cláusula vigésimo primera de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, el contratista ha presentado la factura preceptiva; vista la certificación nº 9, de la empresa INPORMAN BUIDING S.L.U. y estando conformes con la misma los Servicios Técnicos municipales, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar la certificación nº 10 de las “Contrato de Obras de ampliación (2ª fase) del Parque deportivo en la parcela dotacional deportiva en el Sector R-8, Urbanización El Viso” (P.I.R.), que ejecuta la empresa INPORMAN BUILDING S.L.U., por un importe total de 121.314,07 euros.

SEGUNDO.- Aprobar el gasto como entrega a cuenta de antedicha certificación con cargo a la partida correspondiente.

TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de todo documento en ejecución del presente acuerdo.

CUARTO.- Notificar dicho acuerdo a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en ejecución de lo establecido en el DECRETO 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 75

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

5 de

76

Page 76: En el Ayuntamiento de Villalbilla TERESA GÓMEZ …...2019/12/12  · FERNANDO HUERTA SEOANE. ELENA LÓPEZ RODRÍGUEZ. ISABEL MESAS GARDE. Ausentes: JOSÉ LUIS LUQUE LORENTE. Se abre

Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019.

Tras lo cual, Alcalde-Presidente dio por terminada la Sesión de 12 de diciembre de 2019 siendo las 13:30 horas de lo que, como Secretario General doy fe.

Lo firmó digitalmente D. Alfredo Carrero Santamaría, Secretario General del Ayuntamiento de Villalbilla, con el visto bueno de D. Antonio Barahona Menor, Alcalde-Presidente, en la fecha al margen indicada.

Ayuntamiento de Villalbilla

Plaza Mayor, nº 2, Villalbilla. 28810 (Madrid). Tfno. 918859002. Fax: 918859011 76

Cód

. Val

idac

ión:

5W

MR

SMH

C6Z

4XN

ERK2

GD

P4F4

Q4

| Ver

ifica

ción

: http

://ay

tovi

llalb

illa.s

edel

ectro

nica

.es/

D

ocum

ento

firm

ado

elec

tróni

cam

ente

des

de la

pla

tafo

rma

esPu

blic

o G

estio

na |

Pági

na 7

6 de

76