El Presupuesto Le Anual 2015

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PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2015 I. INTRODUCCION El presupuesto es un elemento de planificación y control expresado en términos económicos financieros dentro del marco de un plan estratégico, capaz de ser un instrumento o herramienta que promueve la integración en las diferentes áreas que tenga el sector público la participación como aporte al conjunto de iniciativas dentro de cada centro de responsabilidad. La clasificación de los presupuestos gubernamentales muestra un lado importante ya que resalta la flexibilidad que debe tener la preparación del presupuesto, así como la versatilidad del mismo generando un mayor entendimiento y la facilidad para interpretar cada fase del ciclo presupuestario, lo cual hace posible que las gestiones del gobierno sea organizada y controladas por el mismo. Los presupuestos son herramientas que los gobiernos utilizan con el propósito de controlar y manejar efectivamente las partidas de gastos y de ingresos, por esto se hace imprescindible la clasificación de las partidas que avalan las cuentas de dicho presupuesto esto genera a su vez un mayor control y una mayor eficiencia a la hora de ponerlo en práctica, ya que una clasificación adecuada genera un equilibrio perfecto y a su vez una herramienta eficaz para la administración. Las clasificaciones deben hacerse de una manera balanceada, puesto que una inclinación a nivel contable dañaría la información para la formulación y ejecución de los programas, es preciso que cada una tenga un desarrollo a un nivel y medida justa para su mayor comprensión y manejo tanto en el ámbito fiscal como a nivel de programación y administración. Estas son de gran ayuda pues dotan de información a tiempo para la toma de 1

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PRESUPUESTO PARA EL AO FISCAL 2015

PRESUPUESTO PARA EL AO FISCAL 2015

I. INTRODUCCIONEl presupuesto es un elemento deplanificacinycontrolexpresado en trminos econmicos financieros dentro del marco de unplanestratgico, capaz de ser un instrumento o herramienta que promueve la integracinen las diferentes reas que tenga el sector pblico la participacin como aporte al conjunto de iniciativas dentro de cada centro deresponsabilidad.La clasificacin de lospresupuestosgubernamentalesmuestraun lado importante ya que resalta la flexibilidad que debe tener la preparacin del presupuesto, as como la versatilidad del mismo generando un mayor entendimiento y la facilidad para interpretar cada fase del ciclo presupuestario, lo cual hace posible que las gestiones del gobierno sea organizada y controladas por el mismo. Los presupuestos son herramientas que los gobiernos utilizan con el propsito de controlar y manejar efectivamente las partidas de gastos y de ingresos, por esto se hace imprescindible la clasificacin de las partidas que avalan las cuentas de dicho presupuesto esto genera a su vez un mayor control y una mayor eficiencia a la hora de ponerlo en prctica, ya que una clasificacin adecuada genera un equilibrio perfecto y a su vez una herramienta eficaz para la administracin.Las clasificaciones deben hacerse de una manera balanceada, puesto que una inclinacin a nivel contable daara la informacin para la formulacin y ejecucin de los programas, es preciso que cada una tenga un desarrollo a un nivel y medida justa para su mayor comprensin y manejo tanto en el mbito fiscal como a nivel de programacin y administracin. Estas son de gran ayuda pues dotan de informacin a tiempo para la toma de decisiones por ello se formula un programa presupuestal para cada ao que tcnicamente se llama presupuesto anual para el sector pblico, este es lo que trataremos de abordar en el presente trabajo, esperamos que sea de fcil comprensin para lector

II. ANTECEDENTESLos fundamentos tericos y prcticos delpresupuesto, como herramienta deplanificacinycontrol, tuvo su origen en el sector gubernamental a finales del siglo XVIII cuando se presentaba al Parlamento Britnico los planes degastosdel reino y se daban pautas sobre su posible ejecucin y control.

Desde el punto de vista tcnico de la palabra se deriva del francs antiguo bougette o bolsa. Dicha acepcin intent perfeccionarse posteriormente en el sistemainglscon el trmino budget deconocimientocomn y que recibe en nuestro idioma la denominacin de presupuesto.En 1820Franciaadopta el sistema en el sector gubernamental y losEstados Unidoslo acogen en 1821 como elemento de control del gasto pblico y como base en la necesidad formulada por funcionarios cuyafuncinera presupuestar para garantizar el eficiente funcionamiento de las actividades gubernamentales. Entre 1912 y 1925, y en especial despus de la PrimeraGuerraMundial, el sector privado not los beneficios que poda generar la utilizacin del presupuesto enmateriade control de gastos, y destinorecursosen aquellos aspectos necesarios para obtener mrgenes de rendimiento adecuados durante un ciclo de operacin determinado. En este perodo lasindustriascrecen con rapidez y se piensa en elempleodemtodosdeplaneacin empresarial apropiados.Enla empresaprivada se habla intensamente de control presupuestario, y en el sector pblico se llega incluso a aprobar unaLeyde Presupuesto Nacional, la tcnica sigui su continuaevolucin, junto con eldesarrolloalcanzado por lacontabilidaddecostos. Por ejemplo, en 1928 la Westinghouse Company adopt el sistema de costos estndar, que se aprob despus de acordar el tratamiento en la variacin de los volmenes de actividad particular del sistema "presupuesto flexible".Estainnovacingenera un periodo deanlisisy entendimiento profundos de los costos, promueve la necesidad de presupuestar y programar y fomenta el tecnicismo,el trabajodegrupoy a la toma de decisiones con base al estudio y laevaluacinamplios de los costos. En 1930 se celebra en Ginebra el PrimerSimposioInternacional de Control Presupuestal, en que se definen losprincipiosbsicos del sistema. En 1948 el Departamento de Marina de los Estados Unidos presenta el presupuesto porprogramasy actividades. En 1961 el Departamento de Defensa de los Estados Unidos trabaja con un sistema de planificacin por programas ypresupuestos. En 1965 elgobiernode los Estados Unidos crea el Departamento de Presupuesto e incluye en lasherramientasde planeacin y control del sistema conocido como "planeacin por programas y presupuestos". El papel desempeado por los presupuestos lo destacan prestigiosos tratadistas modernos quienes sealan lo vital de lospronsticosrelacionados con el manejo de efectivo.

III. BASE LEGAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPBLICA3.1 Ley N 28112 - Ley Marco de la Administracin Financiera delSector Pblico. El Sistema Nacional de Presupuesto es el conjunto de rganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Pblico en sus fases de programacin, formulacin, aprobacin, ejecucin y evaluacin. Se rige por los principios de equilibrio, universalidad, unidad, especificidad, exclusividad y anualidad.3.2 Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.La Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley General, establece los principios, as como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artculo 11 de la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico - Ley N 28112.3.3 Constitucin Poltica del Estado en sus Artculos 77 y 78. LaConstitucin establece en su artculo 78: El presidente de la Repblica enva al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto de la Repblica dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada ao. En la misma fecha enva tambin los proyectos de ley de endeudamiento y de equilibrio financiero. () .En el artculo 80, la Constitucin agrega: El Ministro de Economa y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector. El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nacin y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones sustentan los pliegos correspondientes a cada institucin. De igual modo se establece que los congresistas tienen un plazo que vence el 30 de noviembre para aprobar la ley del presupuesto y enviarla al Presidente para su promulgacin.3.4 Ley N27972-Ley Orgnica de Municipalidades.Ttulo VIII Cap. III, Art. 121 de la Ley N 27972. El Artculo 9 Inc. 16 de la Ley N 27972.3.5 Ley N27783-Ley de Bases de la Descentralizacin.La Ley N 27783 37, Ley de Bases de la Descentralizacin, de fecha 20 de julio de 2002, desarrolla el proceso de la descentralizacin instaurado a propsito de la reforma constitucional Esta norma legal regula la estructura y organizacin del Estado en forma democrtica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, definiendo la normatividad regulatoria base de la descentralizacin administrativa, econmica, productiva, financiera, tributaria y fiscal (Artculo 1). Asimismo, establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralizacin; regula la conformacin de las regiones y municipalidades; fija las competencias de los tres niveles de gobierno y determina los bienes y recursos de los gobiernos regionales y locales; y, regula las relaciones de gobierno en sus distintos niveles (Artculo 2).La Ley de Bases estableci una agenda, tanto a nivel legislativo, como de gestin a cargo del Poder Ejecutivo, para iniciar el proceso de descentralizacin con coherencia, aun tambin con marcados retrasos en su cronograma, el proceso de descentralizacin. A partir del inicio de este proceso, el mismo se hizo irreversible para la Administracin Pblica.

IV. DEFINICIONES SOBRE EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPBLICAa) Sistema Nacional del Presupuesto Pblico. Es el conjunto de entidades pblicas y/o empresas financiadas total o parcialmente con fondos pblicos que, bajo la direccin de un organismo rector, cumplen con los principios regulatorios y procedimientos que se establecen en las leyes y directivas pertinentes para el desarrollo de las fases del proceso presupuestario y el control del gasto pblico. Al igual que los otros sistemas administrativos, propone una estructura conformada por rganos de distintas entidades del Sector Pblico:b) El rgano rector del sistema nacional.Es el Ministerio de Economa a travs de la Direccin Nacional de Presupuesto Pblico (DNPP) como la ms alta autoridad tcnico normativa en materia presupuestaria.c) Las Oficinas de Presupuesto de la entidad.Cada Oficina de Presupuesto de las entidades pblicas: Sectores, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales; o quien haga sus veces, es responsable de conducir el proceso presupuestario de la entidad de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.d) El Titular de la Entidad.El titular de la entidad es la ms alta Autoridad Ejecutiva y en materia presupuestal es responsable de manera solidaria con el Consejo Regional o Concejo Municipal o Directorio con que cuente la entidad.e) El Presupuesto Pblico.Es el instrumento de programacin econmica y financiera que asigna recursos de acuerdo a las prioridades de gasto determinadas para el cumplimiento de los objetivos y metas previstas en el marco del planeamiento estratgico de las entidades del sector pblico y de la disponibilidad de ingresos.f) Las Leyes de Presupuesto del Sector Pblico.Aprobadas por el Congreso de la Repblica, as como los dems presupuestos, constituyen el total del crdito presupuestario, que comprende el lmite mximo de gasto a ejecutarse en el ao fiscal. A la Ley de Presupuesto del Sector Pblico se acompaan los estados de gastos del presupuesto que contienen los crditos presupuestarios estructurados siguiendo las clasificaciones: Institucional, Funcional-Programtico, Grupo Genrico de Gasto y por Fuentes de Financiamiento.g) Datos.Una vez terminada la elaboracin del presupuesto por el gobierno debe pasar al parlamento, donde se discute y, en su caso, podr aprobarse. Adems de que estas son regidas por el parlamento antes mencionado.En los sistemas bicamerales, usualmente es Diputados quien tiene preferencia en la discusin del presupuesto. Entre nosotros hasta 1992, con un sistema bicameral, corresponda a la Comisin Bicameral de Presupuesto del Congreso reconocida constitucionalmente- ser la encargada de efectuar el estudio del proyecto y luego de dictaminado este, se presentaba al Congreso. All la votacin de Diputados y Senadores se computaba por separado antes del 15 de diciembre.Hoy, la nueva Constitucin tambin establece una comisin de presupuesto dentro de un sistema unicameral. Pero, adems del trabajo que esta puede realizar, todos los ministros deben presentarse al pleno para sustentar sus gastos, incluido el Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nacin y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones. El ministro de economa debe adems sustentar los ingresos. Esto, sin duda, ha restado mucha fuerza al trabajo de la Comisin de Presupuesto, con respecto a la antigua Comisin Bicameral.Revisando la legislacin comparada, encontramos que se distinguen dos sistemas en la aprobacin del presupuesto: El Poder Legislativo puede modificar el proyecto del Ejecutivo. El Poder Legislativo acepta o rechaza en bloque el presupuesto.La aprobacin de una ley por el Congreso, implica tambin la posibilidad de ejercer el derecho de observacin por parte del Presidente de la Repblica, en situaciones, por ejemplo, de las interferencias parlamentarias de que hablamos. En el Per, la nica ley que no puede ser observada es la ley de reforma constitucional. Es as porque lo establece la misma constitucin (artculo 206), y porque el Congreso est ejerciendo el poder constituyente derivado.

V. FASES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PRESUPUESTO PBLICOProcedimientos. Se refiere a la metodologa o conjunto de mtodos utilizados para efectuar el proceso presupuestario y aplicar los principios regulatorios del mismo, las cuales se encuentran en las mismas leyes pertinentes, pero sobre todo se sealan a travs de resoluciones y directivas emitidas por el organismo rector.a. Programacin. (Determinacin de los objetivos institucionales, Estimacin de Ingresos, Previsin de Gastos).c. Formulacin. (Determinacin Estructura Funcional Programtica, Determinacin de las Metas Presupuestaria, Formulacin de los gastos y sus fuentes de financiamiento los cuales se formulan en tres Etapas = Anteproyecto, Proyecto y PIA).d. Aprobacin. Los PIA correspondiente a los Pliegos del gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, se aprueban a ms tardar el 31 de Diciembre de cada Ao Fiscal).e. Ejecucin. (Ejecucin de ingresos y gastos, Asignaciones, Calendario compromisos, Modificaciones presupuestales etc., se inicia en Enero y Culmina en Diciembre).f. Evaluacin y Control del presupuesto y de conformidad con la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico Ley N 28112. Dichas fases se encuentran reguladas genricamente por la Ley del Sistema Nacional del Presupuesto Pblico creada por Ley General N 28411 y complementariamente por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico y las directivas que emita la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico. El proceso presupuestario se sujeta al criterio de estabilidad, concordante con las reglas y metas fiscales establecidas en el marco macroeconmico multianual a que se refiere la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y a la Ley de Equilibrio Financiero del Sector Pblico. g. Cada fase tiene sus lineamientos, procedimientos, y cronograma de ejecucin y presentacin. Del mismo modo las Secuencias de las fases del proceso presupuestario son:- Programacin mensual (Ingresos / Gastos).- Calendario de Compromisos (Trimestral mensual izado / Modificacin presupuestales).- Ejecucin (Ingresos = Determinado y Recaudado / gastos = Compromiso, Devengado, girado, pagado).- Control y Evaluacin.

1.- La Fase de Programacin Presupuestaria - Definicin: Programacin, se sujeta a las proyecciones macroeconmicas contenidas en el artculo 4 de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal -Ley N 27245, modificada por la Ley N 27958 La fase de programacin presupuestal se sujeta a las proyecciones macroeconmicas contenidas en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y empieza en el Ministerio de Economa y Finanzas con la propuesta que la Direccin Nacional de Presupuesto Pblico plantea anualmente al Consejo de Ministros para su aprobacin. En esa propuesta se reflejan los lmites de los crditos presupuestarios que corresponder a cada entidad pblica que se financie total o parcialmente con fondos del tesoro pblico. Dichos lmites son programados en funcin a lo establecido en el marco macroeconmico multianual y de los topes de gasto no financiero del Sector Pblico.Los lmites de los crditos presupuestarios estn constituidos por la estimacin de ingresos que esperan percibir las entidades pblicas, as como los fondos pblicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economa y Finanzas, a ms tardar dentro de los primeros cinco (5) das hbiles del mes de junio de cada ao.En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, la programacin de los montos o crditos presupuestarios se har teniendo en cuenta: los ndices de distribucin del fondo de compensacin regional; los ndices de distribucin de regala minera, canon minero, canon hidroenergtico, canon pesquero, canon gasfero, canon y sobre canon petrolero, canon forestal, fondo de compensacin municipal y la participacin de rentas de aduanas; aprobados por el Ministerio de Economa y Finanzas a propuesta de la Direccin General de Asuntos Econmicos.Sin embargo, lo ms importante de la programacin se hace a nivel de pliegos presupuestales y unidades ejecutoras; es por ello que estas entidades, a efectos de la programacin, realizan la previsin de los crditos presupuestarios de conformidad con la escala de prioridades y las polticas del gasto priorizadas por el titular del pliego.Esta escala de prioridades es la prelacin de los objetivos institucionales que establece el titular del pliego en funcin de la visin, misin y funciones que persigue la entidad.1.1 Determinacin de los Objetivos Institucionales.a. Objetivos Generales._ Son establecidos por los Titulares de Pliego, dentro del marco conceptual de los objetivos contenidos en el Plan Estratgico Institucional._ Son reflejados en la categora presupuestaria Programa, constituye el propsito dentro del marco de la poltica sectorial._ Son concretos y reflejan los propsitos que en materia de servicios institucionales desarrolla el pliego para el ao fiscal que se formula.

b. Objetivos Parciales. Obedece al criterio de divisin del trabajo. Constituyen propsitos parciales que deben lograrse para la consecucin de los Objetivos Generales Son reflejados en la categora presupuestaria Subprograma.c. Objetivos Especficos. Constituyen propsitos especficos en el marco de los objetivos parciales. Representan acciones concretas que deben lograrse para la consecucin de los Objetivos Parciales. Son reflejados en la categora presupuestaria Actividad o Proyecto que contempla la Estructura Funcional Programtica.d. Estimacin de Ingresos. Variables macroeconmicas. Fuentes de Financiamiento. Codificacin del ingreso. Factor de estacionalidad.1.2 Previsin de Gastos (Artculo 16). Variables macroeconmicas. Prioridad del Gasto. Procedimiento para la previsin de gastos. Utilizacin de los recursos. Factor de estacionalidad.1.3 Programacin en los Pliegos Presupuestarios. Debe considerar lo siguiente:PRIMERO.- La previsin de gastos debe considerar, primero, los gastos de funcionamiento de carcter permanente, como es el caso de las planillas del personal activo y cesante, no vinculados a proyectos de inversin, as como sus respectivas cargas sociales.SEGUNDO.- Los bienes y servicios necesarios para la operatividad institucional.TERCERO.- El mantenimiento de la infraestructura de los proyectos de inversin.CUARTO.-Las contrapartidas que por efecto de contratos o convenios deban preverse.QUINTO.-Los proyectos en ejecucin; y finalmente, la ejecucin de nuevos proyectos.Cabe mencionar que se con los proyectos de inversin deben de estar sujetos a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversin Pblica.2.- La Fase de Formulacin.a. Definicin. En la Fase de Formulacin Presupuestaria, en adelante Formulacin, se determina la estructura funcional-programtica del pliego, la cual debe reflejar los objetivos institucionales, debiendo estar diseada a partir de las categoras presupuestarias consideradas en el Clasificador presupuestario respectivo. Asimismo, se determinan las metas en funcin de la escala de prioridades y se consignan las cadenas de gasto y las respectivas Fuentes de Financiamiento. La estructura de la cadena funcional-programtica es propuesta, considerando los criterios de tipicidad y atipicidad, por la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico, a los pliegos para su aprobacin.En esta etapa se define la Estructura Funcional del Presupuesto Institucional del Pliego, la que debe reflejar los objetivos institucionales de corto plazo. Asimismo, se seleccionan las metas presupuestarias propuestas en la fase de programacin, en funcin de la escala de prioridades aprobada por el titular del pliego. Las metas presupuestarias deben expresar productos cuantificables y mesurables que representen los objetivos especficos del pliego. La Estructura Funcional Programtica debe articular, de manera coherente, las funciones con los programas que se seleccionen, en funcin de las polticas institucionales del ao. Una vez articulada la Estructura Funcional Programtica del pliego, se realiza la Formulacin de los gastos. Esto consiste en asignar los gastos en el nivel de actividades y proyectos, teniendo en cuenta los componentes y las metas presupuestarias fijadas. Las reas tcnicas de las entidades deben elaborar un cronograma de ejecucin fsica de las metas presupuestarias establecidas para el ao. Finalmente, la DNPP consolida los cronogramas de cada entidad o pliego en el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Pblico, el cual es sometido a la aprobacin del Consejo de Ministros y remitido por el Presidente de la Repblica al Poder Legislativo.2.1 Determinacin de la Estructura Funcional Programtica.Objetivos institucionales las categoras presupuestarias. Aplicacin del modelo- estructura funcional programtica.3.- La Fase de Aprobacin.En esta etapa, el actor es el Poder Legislativo. El papel principal lo cumple la Comisin de Presupuesto del Congreso. Se inicia despus del 30 de agosto, fecha que tiene como lmite el Poder Ejecutivo para enviar el Proyecto de Ley de Presupuesto, as como la Ley de Equilibrio Financiero y Endeudamiento. El proceso culmina con el envo de la autgrafa del proyecto, a ms tardar el 30 de noviembre. Si no es remitida la autgrafa del Proyecto hasta esa fecha, el proyecto es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Legislativo. Luego de la presentacin ante el Congreso, contina un proceso de debate y anlisis. Inicialmente, se convoca a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y al MEF para que expongan el proyecto. Dicha exposicin es seguida por un debate con intervencin de los voceros de los grupos parlamentarios. Concluido el debate, el proyecto de ley es publicado en El Peruano y derivado a la Comisin de Presupuesto para su anlisis. La comisin elabora un plan de trabajo para analizar y dictaminar los proyectos de Ley de Presupuesto, Equilibrio y Endeudamiento. Durante esta fase se visitan a los titulares de los sectores para que sustenten los supuestos, ingresos y gastos programados por cada sector. Adems, revisan la normatividad remitida con los proyectos, elaboran el dictamen y lo sustentan en el Congreso a partir del 15 de noviembre. Este dictamen debe ser aprobado por la mitad ms uno de los congresistas, para luego ser enviado al Ejecutivo.2.1 Aprobacin y Presentacin de los PresupuestosInstitucionales de Apertura.a. Gobierno Nacional.Los PIA correspondiente a los Pliegos del gobierno Nacional se aprueban a ms tardar el 31 de Diciembre de cada Ao Fiscal. Una vez aprobada y publicada la Ley de Presupuesto del Sector Publico el MEF a travs de la DNPP remite a los Pliegos el reporte Final de los desagregados del Presupuesto a Nivel de Pliego y Especificas del Ingreso, y de Egresos por Unidad Ejecutora del ser caso, Funcin, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categora del Gasto, Grupo Genrico del Gasto y Fuente de Financiamiento para los fines de aprobacin del PIA. Los Pliegos del Gobierno Nacional presentan copia de sus Presupuestos Institucionales de Apertura, dentro de los cinco (5) das calendario siguientes de aprobados, a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica, a la Contralora General de la Repblica y a la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico.b. Gobierno Regional.a) En el Marco de lo dispuesto en el Articulo 192de la Constitucin Poltica del Per y el Articulo 35de la Ley N27783 Ley de Bases de la Descentralizacin, los gobiernos regionales tienen como competencia exclusiva la de aprobar su Presupuesto Institucional. b) Luego de ser aprobada la Ley Anual de Presupuesto, el Presupuesto de Gobierno Regional se aprueba a nivel de Pliego, Unidad de Ejecutora, Fuentes de Financiamiento, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categora del Gasto, Grupo Genrico del Gasto, mediante el Acuerdo de Concejo Regional y promulgado por el Presidente Regional mediante Resolucin Ejecutiva Regional.(Articulo 41y 42 de la Directiva N011- 2005-EF/76.01 Directiva para la Programacin, Formulacin y Aprobacin del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Ao Fiscal 2006).c. Gobiernos Locales.a) En el marco de lo dispuesto en el Artculo 195 de la Constitucin Poltica del Per y el Artculo 9 Inc. 16 de la Ley N27972 Ley Orgnica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen como competencia exclusiva el de aprobar sus Presupuestos Institucionales. b) Luego de ser aprobado la Ley Anual del Presupuesto el Gobierno Local aprueba su PIA mediante Acuerdo de Concejo y promulgado mediante Resolucin del Titular, a nivel de Pliego, Fuentes de Financiamiento, Funcin, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categora del Gasto, Grupo Genrico del Gasto, Modalidad de Aplicacin y Especifica del Gasto. (Artculo 39 de la Directiva N013-2005-EF/76.01Directiva para la Programacin, Formulacin y Aprobacin del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Ao Fiscal 2006).3.- Fase De Ejecucin.Definicin. La ejecucin presupuestaria no es ms que la actividad de la Administracin dirigida a la realizacin de los ingresos y gastos previstos en el presupuesto para un perodo determinado, por lo general anual.La ejecucin presupuestal es competencia propia y exclusiva del Poder Ejecutivo. Para ello expide reglamentacin a dos niveles. Decretos Supremos que son complementos de la ley anual, y Resoluciones ministeriales o doctrales que son directivas para resolver los problemas que genera la ejecucin prctica del presupuesto da a da.Est sujeta al rgimen del presupuesto anual y a sus modificaciones conforme a la Ley General, se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada ao fiscal. Durante dicho perodo se perciben los ingresos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los crditos presupuestarios autorizados en los Presupuestos.Por el lado de ingresos, el Estado estima trimestralmente la recaudacin y captacin de recursos por parte de la Administracin tributaria y otras entidades que obtienen recursos..3.1. Los Crditos Presupuestarios. Es la dotacin consignada en el Presupuesto del Sector Pblico, as como en sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar gasto pblico.El crdito presupuestario se destina, exclusivamente, a la finalidad para la que haya sido autorizada en los presupuestos, o la que resulte de las modificaciones presupuestarias aprobadas conforme a la Ley General. Las disposiciones legales y reglamentarias, los actos administrativos y de administracin, los contratos y/o convenios as como cualquier actuacin de las Entidades, que afecten gasto pblico deben supeditarse, de forma estricta, a los crditos presupuestarios autorizados, quedando prohibido que dichos actos condicionen su aplicacin a crditos presupuestarios mayores o adicionales a los establecidos en los Presupuestos, bajo sancin de nulidad y responsabilidad del Titular de la Entidad.3.2 Limitaciones de los Crditos Presupuestarios.Los crditos presupuestarios tienen carcter limitativo. No se pueden comprometer ni devengar gastos, por cuanta superior al monto de los crditos presupuestarios autorizados en los presupuestos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos o de administracin que incumplan esta limitacin, sin perjuicio de las responsabilidades civil, penal y administrativa que correspondan. Con cargo a los crditos presupuestarios slo se pueden contraer obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y dems prestaciones o gastos en general que se realicen dentro del ao fiscal correspondiente. Los contratos para las adquisiciones, obras, servicios y dems prestaciones se sujetan al presupuesto institucional para el ao fiscal. En el caso de los nuevos contratos de obra a suscribirse, cuyos plazos de ejecucin superen el ao fiscal, deben contener, obligatoriamente y bajo sancin de nulidad, una clusula que establezca que la ejecucin de los mismos est sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la Entidad, en el marco de los crditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos correspondientes.Es la fase en la cual se efectivizan las actividades y proyectos predefinidos en la fase de programacin y formulacin, se recaudan los ingresos programados y se concretan los resultados previstos en la planificacin operativa. Uno de los instrumentos utilizados en esta fase es el Calendario de Compromisos que consiste en un marco de autorizacin de la ejecucin de los crditos presupuestarios en la que se establece el monto mximo a comprometer de acuerdo a la percepcin efectiva de los ingresos. En las municipalidades el Calendario de Compromisos es aprobado por el titular del pliego a propuesta de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces.3.3 Ejercicio Presupuestario. El ejercicio presupuestario comprende el ao fiscal y el perodo de regularizacin: Ao Fiscal, en el cual se realizan las operaciones generadoras de los ingresos y gastos comprendidos en el Presupuesto aprobado, se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre. Slo durante dicho plazo se aplican los ingresos percibidos, cualquiera sea el perodo del que se deriven, as como se ejecutan las obligaciones de gasto que se hayan devengado hasta el ltimo da del mes de diciembre, siempre que corresponda a los crditos presupuestarios aprobados en los Presupuestos. Perodo de Regularizacin, en el que se complementa el registro de la informacin de ingresos y gastos de las Entidades sin excepcin; ser determinado por la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico mediante Directiva, conjuntamente con los rganos rectores de los otras sistemas de administracin financiera; sin exceder el 31 de marzo de cada ao.Asignacin Trimestral. Se elabora tomando como referencia la informacin contenida en la Programacin de Ingresos y Gastos actualizados, en concordancia con la real disponibilidad de los fondos pblicos. Es aprobado a nivel de Pliego, Fuentes de Financiamiento Categora del Gasto y Grupo Genrico del Gasto. Los Pliegos remiten la informacin de la Programacin trimestral de Gastos.Calendario de Compromisos. Constituye la autorizacin para la Ejecucin de los Crditos Presupuestarios, en funcin el cual se establece el monto mximo para comprometer gastos hacer devengados, con sujecin a la percepcin efectiva de los ingresos, que constituyen su financiamiento. Los Calendarios de Compromisos son modificados durante el Ejercicio Presupuestario de acuerdo a la disponibilidad de los Fondos Pblicos. (Artculo 25de la Ley N 28411) Los calendarios de compromisos son aprobados conforme a lo siguiente:En el Gobierno Nacional, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genrico de Gasto y Fuente de Financiamiento es autorizado por la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico, con cargo a los crditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto Institucional del pliego y en el marco de las proyecciones macroeconmicas contenidas en la Ley de Responsabilidad yTransparencia Fiscal - Ley N 27245, modificada por la Ley N 27958. En los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genrico de Gasto y Fuente de Financiamiento es autorizado por el Titular del pliego, a propuesta del Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, con cargo a los crditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto Institucional del respectivo, nivel de Gobierno y de acuerdo a la disponibilidad financiera en todas las Fuentes de Financiamiento. La aprobacin de los calendarios de compromisos no convalida los actos o acciones que no se cian a la normatividad vigente, correspondiendo al rgano de Control Interno o el que haga sus veces en el pliego verificar la legalidad y observancia de las formalidades aplicables a cada caso Los calendarios Trimestrales Mensualizados son aprobados por la DNPP a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genrico y Fuente de Financiamiento. Los calendarios de Compromisos solo se modifican por Ampliacin y debidamente sustentado por los Pliegos con la documentacin correspondiente. La Autorizacin de los Calendarios de los Compromisos aprobados por la DNPP, no convalida los gastos ejecutados fuera de la Normas Vigentes. La inobservancia de la Normatividad vigente es materia del Sistema Nacional de Control.3.4 Control de la Legalidad. La Contralora General de la Repblica y los rganos de Control Interno de las Entidades supervisan la legalidad de la ejecucin del presupuesto pblico comprendiendo la correcta gestin y utilizacin de los recursos y bienes del Estado, segn lo estipulado en la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control de la Contralora General de la Repblica - Ley N 27785.3.5 Ejecucin de los Fondos Pblicos. La ejecucin de los fondos pblicos se realiza en las etapas siguientes: Estimacin Determinacin PercepcinLa Estimacin. Consiste en el clculo o proyeccin de los Ingresos que por todo concepto se espera alcanzar durante el ao fiscal. Considerando la normatividad aplicable a cada Concepto de ingreso, as como los factores estacionales que Incidan en su percepcin.La Determinacin. Es el acto por lo que se establece o identifica con precisin el concepto, el monto, la oportunidad y la persona natural o jurdica, que debe efectuar un pago o desembolso de fondos a favor de la EntidadLa Percepcin. Es el momento en el cual se produce la recaudacin, captacin u obtencin efectiva del ingreso3.6 La Ejecucin del Gasto Pblico.El Compromiso. Es el acto mediante el cual, luego de cumplir con los trmites legalmente establecidos, la realizacin del gasto se efecta afectando preventivamente total o parcialmente los crditos presupuestarios de la correspondiente cadena de gasto, a travs del respectivo documento oficial. El Compromiso se efecta con posterioridad a la generacin de la obligacin nacida de acuerdo a Ley, contrato o convenio.El Devengado. Es el acto mediante el cual se reconoce una obligacin de pago, derivado de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditacin documental ante el rgano competente de la realizacin de la prestacin o del derecho del acreedor. El reconocimiento de la obligacin debe afectarse al Presupuesto Institucional en forma definitiva con cargo a la correspondiente cadena de gasto. El Devengado es regulado en especfica por las normas del Sistema Nacional de Tesorera.El Pago. Es el acto mediante el cual se extingue en forma total o parcial, el monto de la obligacin reconocida, debiendo formalizarse a travs del documento oficial correspondiente. Se prohbe efectuar pago de obligaciones no devengadas. El Pago es regulado en forma especfica por las normas del Sistema Nacional de Tesorera. Durante la Fase de Ejecucin se pueden producir modificaciones al presupuesto institucional aprobado para el ejercicio. Estas modificaciones contempladas en la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se presentan comnmente y son aprobadas por el Titular del Pliego o el Concejo Municipal, en base al informe tcnico elaborado por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces.3.7 Tratamiento de los Compromisos y los Devengados a la Culminacin del Ao Fiscal. Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada ao fiscal pueden afectarse al Presupuesto Institucional del perodo inmediato siguiente, previa anulacin del registro presupuestario efectuado a la citada fecha. En tal caso, se imputan dichos compromisos a los crditos presupuestarios aprobados para el nuevo ao fiscal. Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada ao fiscal se cancelan durante el primer trimestre del ao fiscal siguiente, con cargo a la disponibilidad financiera existente correspondiente a la fuente de financiamiento a la que fueron afectados.Con posterioridad al 31 de diciembre no se pueden efectuar compromisos ni devengar gastos con cargo al ao fiscal que se cierra en esa fecha.3.8 Modificaciones Presupuestarias en el NivelFuncional Programtico. Se efectan dentro del marco del presupuesto Institucional vigente para cada Pliego y lo conforman las habilitaciones y anulaciones:Las Anulaciones. Constituyen la supresin total o parcial de los CrditosPresupuestarios de Actividades y Proyectos.Las Habilitaciones. Constituyen el incremento de los crditos presupuestarios de actividades o proyectos con cargo anulaciones de la misma actividad o proyecto, o de otras actividades y proyectos.Aprobacin. Las Modificaciones en el Nivel Funcional Programtico son aprobados mediante Resolucin del Titular del Pliego, a propuesta de laOficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.4.- La Fase de Evaluacin y Control.Definicin. Es la Fase en la cual se realiza la medicin de resultados obtenidos y el anlisis de las variaciones fsicas y financieras observadas, en relacin a lo aprobado en los Presupuestos del Sector Publico, utilizando instrumentos tales como indicadores de desempeo, de eficacia, de eficiencia en la Ejecucin del Gasto.(Artculo 46 de la Ley28411).Fines de la Evaluacin Presupuestaria. La Evaluacin PresupuestariaInstitucional tiene los siguientes fines: Determinar el grado de Eficacia en la ejecucin presupuestaria de los ingresos y gastos, as como el cumplimiento de las metas presupuestarias contempladas en las actividades y proyectos para el perodo en evaluacin. Determinar el grado de Eficiencia en el cumplimiento de las metas presupuestarias, en relacin a la ejecucin presupuestaria de los gastos efectuados durante el perodo a evaluar.Explicar las desviaciones presentadas en el comportamiento de la ejecucin de ingresos y egresos comparndolas con la estimacin de recursos financieros y la previsin de gastos contemplados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) as como en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) y determinar las causas que las originaron. Lograr un anlisis general de la gestin presupuestaria del pliego al primer semestre del presente ao, vinculada con la produccin de bienes y servicios que brinda a la comunidad.4.1 Evaluacin a Cargo de las Entidades. Las entidades deben determinar los resultados de la Gestin Presupuestaria sobre la Base del Anlisis y Medicin de la Ejecucin de Ingresos, Gastos y Metas; as como las variaciones observadas sealando sus causas en relacin con los programas, proyectos y actividades aprobadas en el presupuesto. La evaluacin se realiza en periodos semestrales sobre los siguientes aspectos:a) El Logro de los Objetivos Institucionales a travs del cumplimiento de las metas presupuestarias previstas.b) La ejecucin de los Ingresos, Gastos y Metas Presupustales.c) Avance Financieros y Metas Fsicas. (Artculo 47de la Ley N 28411).4.2 Evaluacin en Trminos Financieros a Cargo delMinisterio de Economa y Finanzas. El Ministerio de Economa y Finanzas, a travs de la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico, efecta la Evaluacin en trminos financieros y en perodos trimestrales, la cual consiste en la medicin de los resultados financieros obtenidos y el anlisis agregado de las variaciones observadas respecto de los crditos presupuestarios aprobados en la Ley de Presupuesto del Sector Pblico. Dicha Evaluacin se efecta dentro de los treinta (30) das calendario siguientes al vencimiento de cada trimestre, con excepcin de la evaluacin del cuarto trimestre que se realiza dentro de los treinta (30) das siguientes de culminado el perodo de regularizacin.4.3 Artculo 49. Evaluacin Global de la Gestin Presupuestaria.Consiste en la revisin y verificacin de los resultados obtenidos durante la gestin presupuestaria, sobre la base de los indicadores de desempeo y reportes de logros de las Entidades.La evaluacin global de la Gestin Presupuestaria se efecta anualmente y est a cargo del Ministerio de Economa y Finanzas, a travs de la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico.La Evaluacin del primer semestre se efecta dentro de los cuarenta y cinco (45) das calendarios siguientes al vencimiento del mismo. La Evaluacin de los dos semestres se realiza dentro de los cuarenta y cinco (45) das siguientes de culminado el perodo de regularizacin.4.4 Artculo 50. Remisin y Publicacin. Se presentan, dentro de los cinco (5) das calendario siguientes de vencido el plazo para su elaboracin, a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica y a la Contralora General de laRepblica. En el caso de las evaluaciones a cargo del Ministerio de Economa yFinanzas, se presenta dentro de los quince (15) das calendario siguientes de vencido el plazo para su elaboracin. La Evaluacin Global de la Gestin Presupuestaria ser publicada por el Ministerio de Economa y Finanzas en el Portal de Transparencia Econmica.5.- Fase De Control.Definicin. El control se realiza durante el procedimiento mediante los interventores y despus del procedimiento comprueba el correcto gasto del dinero. La palabra "revisin" proviene de "revidere" que significa volver a ver. Desde antiguo, en todos los Estados, que cuenten con algn tipo de organizacin administrativa, han existido mecanismos de control. Siempre ha sido importante controlar el empleo de los fondos pblicos y el manejo del patrimonio del Estado en general. En el Per precolombino, existan los "Tucuyricoc" el que mira todo que eran funcionarios que andaban en secreto por los distritos del Imperio ejerciendo, entre otras labores, una funcin de control.El primer tipo de control es el control de la legalidad. Por este se busca conocer si el gasto realizado se ajusta al mandato contenido en la Ley de Presupuesto, es decir, se verifica la cuanta y el destino de los dineros pblicos.Otro tipo de control es el de carcter econmico. Este divide por un lado el control financiero o de costos y el control de resultados. El control financiero es el ms antiguo y el de uso ms extendido. Es fundamentalmente un control de caja. Es un sistema que busca la correcta administracin de los recursos. Se preocupa por la cantidad disponible para gastar y de lo que cuesta la actuacin pblica, sin llegar al empleo de calificativos.El control de resultados puede ser de eficiencia, de eficacia y de calidad.Un presupuesto por programas puede contar con este tipo de control, haciendo notar que, en algunos casos, tiene dificultades de medidas o de cuantificacin. El control de eficacia busca verificar si se cumplen o no los objetivos que se propusieron al iniciar el ejercicio.Si el control se realiza pro rganos independientes, y fuera de la administracin, estamos frente a un control extremo. A este tipo pertenecen el control del Parlamentario poltico- y el Tribunal de Cuentas o Contralora.Fase de Control.5.1 Control Presupuestal de Gastos. La DNPP realiza el controlPresupuestal, que consiste exclusivamente en el seguimiento de los niveles de Ejecucin de Egresos respecto a los Crditos Presupuestarios autorizados por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico y sus Modificaciones, en el Marco de lo dispuesto en el Articulo13de la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Publico ley N28112. (Artculo 28de la Ley N 28411)5.2 Control de Legalidad. La Controlara General de la Repblica y los rganos de Control Internos de la Entidades supervisan la Legalidad de la Ejecucin del Presupuesto Pblico, comprendiendo la correcta Gestin y utilizacin de los Recursos y Bienes del Estado, segn lo estipulado en la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica Ley N 27785. El Congreso de la Repblica, fiscaliza la Ejecucin Presupuestaria(Artculo 31 de la Ley N 28411)

VI. LEY DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AO FISCAL 2015A.- RECURSOS QUE FINANCIAN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PBLICO PARA EL AO FISCAL 2015

Los recursos que financian el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015 se estiman por fuentes de financiamiento, por el monto total de S/. 130 621 290 973,00 (CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTIN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), conforme al siguiente detalle:FUENTES DE FINANCIAMIENTONUEVOS SOLES

Recursos ordinarios 92 026 500 000,00

Recursos directamente recaudados 10 867 297 104,00

Recursos por operaciones oficiales de crdito 6 795 251 389,00

Donaciones y transferencias 453 725 376,00

Recursos determinados 20 478 517 104,00

TOTALS/. 130 621 290 973,00

LOS RECURSOS DEL PRESUPUESTO DEL 2015

Cules son los principales supuestos econmicos que sustentan el Presupuesto Pblico 2015?Los supuestos econmicos para el ao 2015 estn establecidos en el Marco Macroeconmico Multianual Revisado 2015-2017.

Principales Supuestos Econmicos

-Producto bruto interno (PBI): crecimiento real de 6%-Tipo de cambio: $2.9-Variacin % del ndices de precios: 2.0%-Exportaciones: US$ 41,132 MILL-Importaciones: US$ 43,207 MILL

Cules son las principales metas fiscales para el 2015?Las metas fiscales que deben cumplirse en el ao 2015 son las establecidas en el Marco Macroeconmico Multianual Revisado 2015-2017.Principales Metas Fiscales-Presin tributaria: 16.4% del PBI- Resultado econmico: -0.4% del PBI-Saldo de la deuda pblica: 19.1% del PBIA cunto ascienden los ingresos del Presupuesto Pblico 2015?Los recursos que financiaran los gastos del presupuesto 2015 ascienden a S/. 130,621 millones que significa un crecimiento en 11.9% en relacin al previsto para el ao 2014(*/), producto de las proyecciones en las variables econmicas que inciden en los recursos del presupuesto. Estos recursos son mayores en 50% respecto a lo obtenido a inicios del presente Gobierno y cerca del doble si se compara con el alcanzado en el ao 2009.Cmo se financia el presupuesto para el ao 2015?Los ingresos que financian el presupuesto para el ao 2015 provienen principalmente de los pagos que los contribuyentes (personas naturales o jurdicas), realizan por impuestos, las cuales concentran el 81% del total de recursos.Por su parte, las tasas y contribuciones, que provienen del cobro de tasas, venta de bienes, prestacin de servicios, contribuciones, entre otros, concentran el 11% de los ingresos, seguido por los recursos provenientes del endeudamiento.B.-NORMAS PARA LA GESTIN PRESUPUESTARIA 2015 Las disposiciones contenidas en el la ley de presupuesto del sector pblico para el ao fiscal 2015 son de obligatorio cumplimiento por las entidades del gobierno central y organismos constitucionalmente autnomos, gobiernos regionales y locales con sus respectivas instancias descentralizadas La ejecucin de los gastos se sujetan a los crditos presupuestario autorizados por ley Todo acto administrativo que autorice gastos que no cuentan con crdito presupuestario no son eficaces ni eficientes, bajo responsabilidad del titular de la entidadINGRSOS DE PERSONAL Prohbase en las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y locales el reajuste e incremento de remuneraciones, bonificaciones u cualquiera parecidoAGUINALDO, GRATIFICACIONES Y ESCOLARIDADLos funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el rgimen de DL 276 y la ley 29944; los obreros permanentes y eventuales del sector pblico: el personal de las fuerzas armadas y de la polica nacional, etc. Los aguinaldos por fiestas patrias y navidad pagados en planilla en los meses de julio y diciembre son de 300 s/. La bonificacin por escolaridad que se incluye en planilla del mes de enero es de 400S/.MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PBLICOProhbase el ingreso de personal en el sector pblico por servicios personales y el nombramiento salvo los supuestos siguientes: La designacin de cargos de confianza La incorporacin a la carrera pblica de penitenciaria La contratacin por el remplazo por cese, ascenso o promocin del personal o para la suplencia temporal de os servidores del sector publico Asignacin de los gerentes pblicos La contratacin en plaza presupuestada de docentes universitarios El nombramiento hasta del 20% de la pea definida en la fecha desde la entrada en vigencia del DL 1153MEDIDAS EN MATERIA DE MODIFICACIONES PRESPUESTARIAS A nivel de pliego la partida de gasto 2.1.1 retribuciones y complementarios en efectivo no puede habilitar otras partidas de gasto ni puede habilitar A nivel de pliego, la partida de gasto 2.2.1 pensiones no puede ser habilitada Prohbase las modificaciones en el nivel funcional programtico con cargo a la genrica del gasto A nivel de pliego, las especificas del gasto 2.3.2 8.1.1 contrato de administrativo de servicios", y 2.3.18.1.2 contribuciones de EsSaludMEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOSProhbase los viajes al exterior de servidores o funcionarios pblicos y representantes del estado con cargo a los recursos pblicos, salvo los siguientes casos Los viajes que se efectan en el marco de la negociacin de acuerdos comerciales Los viajes que realicen los inspectores de la direccin general de aeronutica civil del ministerio de transportes y comunicaciones Los titulares de los organismos constitucionalmente autnomos Los funcionarios del ministerio de relaciones exterioresOTRAS DISPOSICIONES PARA EJECUCIN DEL GASTO PBLICOA) PROYECTOS INVERSION PBLICA CON FINANCIAMIENTO DEL GOBIERNO NACIONALGobierno nacional Los Proyectos Inversin se transfieren a los Gobierno Regional y Gobierno Local bajo la modalidad de modificacin presupuestaria En el caso de Proyectos Inversin sea ejecutado por empresas publicas los recursos son transferidos financieramente mediante Decreto Supremo por el Ministerio de Economa y Finanzas, previa suscripcin de convenioFONAFE En el caso que el Proyectos de Inversin sea ejecutado por empresas del estado los recursos se transfieren financieramente Ministerio Economa Finanzas trasfiere mediante decreto supremo previa suscripcin de contratoEPS En caso de Proyecto de Inversin sea ejecutado en el mbito saneamiento son transferidos por Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento L a empresa deber supervisar la ejecucin del Proyectos de InversinOTRAS DISPOSICIONES PARA EJECUCIN DEL GASTO PUBLICOB) MONTOS PARA LA DETERMINACION DE LOS PROCESOS DE SELECCCIONLa determinacin de los procedimientos de seleccin para efectuar las licitaciones pblicas, concursos pblicos, adjudicaciones simplificadas y seleccin de consultores individuales en todas las entidades del Sector Pblico comprendidas en el artculo 3 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se sujetan a los montos siguientes:a) Contratacin de obras, de acuerdo a lo siguiente:- Licitacin pblica, si el valor referencial es igual o superior a S/. 1 800 000,00 (UN MILLN OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).- Adjudicacin simplificada para ejecucin de obras, si el valor referencial es inferior a S/. 1 800 000,00 (UN MILLN OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Cuando el monto del valor referencial de una obra pblica sea igual o mayor a S/. 4 300 000,00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y00/100 NUEVOS SOLES), el organismo ejecutor debe contratar, obligatoriamente, la supervisin y control de obras.b) Contratacin de bienes, de acuerdo a lo siguiente:- Licitacin pblica, si el valor estimado es igual o superior a S/. 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).- Adjudicacin simplificada, si el valor estimado es inferior a S/. 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).

C.- ESTRUCTURA DE LA LEY DE PESUPUESTO PARA EL AO FISCAL 2015El gasto del presupuesto pblico se destina al cumplimiento de las funciones del estado atreves de programas que proveen bienes y servicios pblicos a la poblacin, y se pueden clasificar de acuerdo a: su naturaleza econmica, resultados en la poblacin, reas de intervencin, lugar en donde se destina el gasto y por ejecutor de los recursos.EN QUE SE GASTAN LOS RECURSOS DEL PRESUPUESTO PUBLICO 2015? segn la naturaleza econmica, del total de los recursos del presupuesto pblico 2015 s/. 103 407 millones (79%del presupuesto) se destinan a gasto no financiero ni previsional, y s/. 27 214 millones (21% del presupuesto) para el gasto financiero (servicio de la deuda pblica, pensiones) y para situaciones no previstas como reserva de emergencia.

Dentro de los gastos no financieros se recoge a aquellos recursos orientados al cumplimiento de las polticas pblicas a cargo de las entidades del gobierno nacional, regionales y locales. Para lo cual se excluye aquellos gastos que no afecten de manera directa las polticas sectoriales, como son los gastos en pensiones, el pago de servicio de la deuda pblica y aquellos recursos para situaciones no previstas inicialmente y que estn en la reserva de contingencias, las que se transfieren a las entidades pblicas durante la ejecucin presupuestal.

Del total de recursos para gastos no financieros ni previsional, el 67%se destina a cubrir las obligaciones en gasto corriente, y cerca de la tercera parte se destina para gastos de capital, principalmente a obas pblicas.CMO SE DESTRIBUYE EL PRESUPUESTO PARA EL GASTO NO FINANCIERO NI PREVISIONAL EN EL AO 2015?

EVOLUCION DEL PRESUPUESTO ORIENTADO A RESULTADOS

SEGN LAS FUNCIONES DEL ESTADO

El 45% del presupuesto no financiero ni previsional se destina a las intervenciones sociales como la educacin, salud y proteccin social, entre otros.El 16%del presupuesto no financiero ni previsional se destina a la intervencin en orden pblico, defensa y justicia, destacando las acciones para la seguridad ciudadana.El 23%de los recursos del presupuesto no financiero ni previsional se orientan a las intervenciones productivas destacando las reas de transporte, agropecuaria y vivienda.El 16% del presupuesto no financiero ni previsional se destina a las acciones administrativas como planeamiento, gestin, relaciones externas, y legislativas.En la clasificacin institucional se aprecia a quien se le asigna los recursos del presupuesto, y para estos fines lo agrupamos por nivel de gobierno, y es as que para el ao 2015, el gobierno nacional concentra el 68% del gasto no financiero ni previsional. Los gobiernos regionales concentran el 17% y los gobiernos locales el 15%de los recursos de presupuesto para el ao 2015, y sus participaciones aumentaran con las transferencias que durante la ejecucin realizara el gobiernoD.- PRIORIDADES DEL PRESUPUESTO PBLICOA dnde se destinan los mayores recursos del presupuesto pblico 2015?El presupuesto no financiero ni previsional aumenta en S/. 11,123 millones y se destina principalmente a: Dar mayor cobertura a los programas sociales. Mejorar la calidad en la educacin. Nuevos programas sociales para universalizar la salud. Mejoras salariales de los principales sectores (salud, educacin, polica nacional y fuerzas armadas, servicio civil). Reducir las brechas infraestructura pblica. Fortalecer acciones de seguridad ciudadana.Se prioriza el gasto social?S, porque para el ao 2015 el gasto social en educacin, salud y proteccin social alcanzaran el nivel de crecimiento ms alto de los ltimos aos como participacin del PBI.El presupuesto para educacin se incrementa en 0.6% del PBI con respecto al ao 2014 y se destinara a mejorar la calidad de la educacin y que sea ms equitativa.El presupuesto para salud aumenta en 0.4% del PBI con respecto al ao 2014 y se destinara a universalizar la salud y mejorar la calidad de sus servicios.El presupuesto para proteccin social aumenta en 0.1% del PBI con respecto al ao 2014 y cubrir la atencin de las personas ms pobres para su reinsercin en la sociedad.EL PRESUPUESTO PBLICO PRIORIZA LA INCLUSIN SOCIAL?S, porque en el ao 2015 se destinan S/. 21,470 millones (21% del presupuesto no financiero ni previsional ) a los programas sociales que tienen alcance nacional en reas de educacin , salud y proteccin social , que estn presentes en todas las etapas de la vida de las personas con el objetivo de satisfacer las necesidades bsicas de la poblacin ms pobre y vulnerable para su insercin en la sociedad.E. OBEJETIVOS DEL PRESUPUESTO 2015A.- EDUCACIONUno de los grandes elementos para que el crecimiento y el desarrollo econmico sean sostenibles, es la educacin. Es por ello que el Presupuesto 2015 refleja un mayor compromiso con la educacin, para que sea de calidad y ms equitativa, y para tal fin se destinan S/. 22,347 millones, representando el 17% del presupuesto total, incrementando su asignacin en 24% (ms de S/. 4,000 millones) respecto al 2014. Esta cifra llega a representar el 3,6% del PBI, aumentando en 0.6 puntos porcentuales en comparacin con el presupuesto 2014, superando as lo establecido en el Acuerdo Nacional (que establece como meta un crecimiento anual de 0.25% del PBI).a. S/. 1,438 millones para revalorizar la carrera docente Bono de incentivo al desempeo escolar al 25% de las Instituciones Educativas primarias (aproximadamente 5,400). b. S/. 913 millones para mejorar la calidad del aprendizaje} 848 mil estudiantes con el Plan Nacional de Educacin Fsica. (S/. 130 millones). 340 mil estudiantes se beneficiarn con la Poltica Nacional del Idioma ingls. (S/.100millones). Dotacin de Materiales Educativos (S/.576 millones). Implementacin de 14 Colegios a nivel nacional (13 en regiones y 1 en Lima Metropolitana) con alto rendimiento que recibirn bachillerato internacional. (S/.107millones

c. S/. 3,083 millones para la reduccin de la brecha en infraestructura educativad. S/. 358 millones para modernizar la gestin educativaB.- SALUDLa salud desempea un papel fundamental en el desarrollo humano y tiene un gran impacto en la calidad de la vida de las personas y en su capacidad de generar ingresos, contribuyendo al desarrollo econmico del pas. Es as que el Presupuesto 2015 destina S/. 13,725 millones para la salud, aumentando 24% con respecto al ao 2014, y llega a representar el 2.2% del PBI, superando en 0.4 puntos porcentuales en comparacin con el presupuesto 2014 S/. 493 millones para la ampliacin de cobertura y mejora de la calidad de sus servicios: nuevos programas (SIS emprendedor, esperanza mvil, plan aprende Saludable, programa bienvenidos, programas ms salud)

S/. 1,184 millones para el fortalecimiento de los recursos humanos ( implementacin remunerativa de los RR HH ) S/. 2,592 millones para reducir la brecha en infraestructura hospitalaria y operatividad de los hospitales C.- PROGRMAS SOCIALES

Con el fin de seguir reduciendo los ndices de pobreza y de pobreza extrema, disminuir la inequidad y generar ms igualdad de oportunidades a la poblacin menos favorecida en sus diferentes etapas de vida, el presupuesto 2015 promueve una mayor inclusin social, destinando S/. 4,933 millones a los 11 programas sociales prioritarios del Gobierno que representa un incremento de 21% (ms de S/. 800 millones) respecto al ao 2014, monto que supera en ms de 3 veces lo asignado en el 2011.D.- SEGURIDAD, ORDEN PBLICO, DEFENSA NACIONAL Y JUSTICIA

Las intervenciones del Estado en seguridad ciudadana, defensa nacional y justicia tienen por finalidad aumentar la confianza y el bienestar de todas las personas as como las inversiones generando ms empleo y oportunidades para el crecimiento y el desarrolloORDEN PBLICO Y SEGURIDADLos recursos para la seguridad ciudadana se muestran en la funcin orden pblico y seguridad la cual ascienden a S/. 7,857 millones para el ao 2015, incrementndose 20% con respecto al ao 2014. Estos recursos se destinan a fortalecer la seguridad ciudadana y contribuir con la convivencia pacfica de todos los ciudadanos.DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONALEl presupuesto 2015 destina S/. 4,884 millones, recursos que se destinaran principalmente a las acciones en defensa de nuestro territorio nacional. Este monto podr incrementarse por los recursos obtenidos va endeudamiento.JUSTICIAConjuntamente a las intervenciones en materia de seguridad ciudadana y defensa nacional, el Estado debe garantizar que todas las personas tengan acceso a la justicia. Por esto, los recursos orientados a justicia para el ao 2015 ascienden a S/. 4,143 millones, incrementndose 6% con respecto al 2014E.- INFRAESTRUCTURA PBLICAPara que el crecimiento del pas sea sostenido se requiere cerrar la gran brecha de infraestructura en servicios bsicos que limita nuestro desarrollo econmico y competitividad, es as que el Presupuesto 2015 destina S/. 35,624 millones para gasto de capital (la tercera parte del presupuesto) que se orientarn a continuar con la reduccin de brechas en infraestructura, priorizndose las reas productivas y sociales. Ms de la mitad del presupuesto de inversiones se destinar a la realizacin de obras en Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Desarrollo Urbano y Saneamiento, Agropecuaria y Energa y Minera. Asimismo, en el 2015 se garantiza la continuidad de proyectos de inversin, lo que incrementar los recursos de gasto de capital.INFRAESTRUCTURA EN TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Los gastos de capital en Transportes y Comunicaciones ascienden a S/. 8,947 millones, y concentran la cuarta parte del presupuesto de gastos de capital, que se destinaran prioritariamente a fortalecer y mejorar la integracin de las personas y del comercio a nivel nacional de una manera ms rpida y eficiente que contribuya a la dinamizacin de nuestra produccin. En el siguiente cuadro se detalla el monto en gasto de capital (en millones de soles) segn el tipo de intervencionesINTERVENCIONESMILLONES DE S/.

TRANSPORTE TERRESTRE6,481

TRANSPORTE FERROVIARIO1,550

TRANSPORTE URBANO673

TELECOMUNICACIONES84

TRANSPORTE HIDROVIARIO77

OTROS63

TOTAL19

INFRAESTRUCTURA EN VIVIENDA, DESARROLLO URBANO Y SANEAMIENTO Los gastos de capital en Vivienda, Desarrollo Urbano y Saneamiento para el ao 2015 ascienden a S/. 5,690 millones teniendo como finalidad brindar mejores servicios en saneamiento y vivienda en las zonas en las cuales las personas viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema. (Programas como: nuestras ciudades, mejoramiento integral de barrios, apoyo al habitad rural- tambo)INFRAESTRUCTURA EN ENERGA ELCTRICA Y MINERA Los gastos de capital en Energa y Minera ascienden a S/. 598 millones teniendo como prioridad incrementar la cobertura de energa elctrica a nivel nacional para el beneficio de ms personas (Programa Acceso y Uso de la Electrificacin Rural S/. 469 millones)INFRAESTRUCTURA AGROPECUARIALos gastos de capital en el rea Agropecuaria ascienden a S/. 2,460 millones, destinndose los recursos prioritariamente al riego con el objeto de dotar de agua suficiente para una adecuada produccin agrcola.F.- DIVERSIFICACION PRODUCTIVAEl presupuesto 2015 impulsa la diversificacin productiva, para ello destina alrededor de S/. 2,600 millones a diversos programas productivos con el fin de ampliar nuestra cartera de productos, ser menos vulnerables a las fluctuaciones de los precios internacionales y lograr un crecimiento econmico sostenido. (Aprovechamiento de los recursos hdricos, oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Per, mejora de competitividad de los destinos tursticos, asistencia tcnica en buenas practicas pesqueras)G.- MODERNIZACION DEL ESTADOReforma del Servicio CivilCon el objetivo de brindar un mejor servicio al ciudadano y mejorar la calidad del servicio pblico se seguir implementando progresivamente la Reforma del Servicio Civil para los cual los recursos ascienden a S/. 850 millones. Mediante esta reforma se evaluarn y capacitarn constantemente a los funcionarios pblicos promoviendo una mayor eficiencia y eficacia de la gestin pblica a nivel nacional

VII. RESULTADOS Contando con una nocin de lo que constituye nuestro objeto de estudio, se hace necesario describir brevemente sus fases. Shack (2006) plantea dividir el proceso en elaboracin (que incluye programacin, formulacin, techos de gasto y clasificadores), aprobacin, ejecucin y evaluacin. Carranza y otros (2007) hacen lo propio, llegando a etapas bastante similares: preparacin y formulacin, aprobacin, ejecucin y, control y evaluacin. En este mismo texto, se indica que cada ciclo del proceso presupuestario peruano se inicia con la publicacin del Marco Macroeconmico, a fines del mes de mayo del ao anterior del presupuesto que se formula, y finaliza casi tres aos despus con la certificacin de la cuenta pblica por parte del legislativo (45). La Ley de Presupuesto se emite anualmente, pero, segn lo que aqu se seala, el proceso o ciclo presupuestario completo dura casi tres. Adems, el Marco Macroeconmico Multianual (MMM) da una perspectiva de largo plazo al proyectarse sobre los tres aos siguientes. Las fases, responsables y fechas en cada parte del ciclo presupuestario pueden observarse en la siguiente tabla (Carranza et al 2007: 45).

Con el MMM y los lineamientos que seala el MEF, la DNPP formula el proyecto de Ley de Presupuesto que se aprueba en el Consejo de Ministros. En esta etapa solo participa el ejecutivo y es importante porque implica que el presupuesto recibe el visto bueno por parte de los ministros y, sobre todo, del Presidente. Esta primera etapa implica un proceso de dilogos y bsqueda de acuerdos entre el MEF y los diferentes sectores, y si bien ste se relaciona con ellos de forma jerrquica, no hay que dejar de lado esta parte en el proceso de definir la asignacin sectorial del gasto. Una descripcin de este proceso puede observarse en la siguiente cita:Inmediatamente luego de la publicacin del Marco, la Direccin de Presupuesto (DNPP) del MEF emite directivas sealando los procedimientos por los cuales los distintos pliegos presentarn sus demandas, dentro de topes prefijados para cada sector por la propia DNPP, consistentes con los objetivos macroeconmicos del Marco. En buena medida estos topes sectoriales reflejan lo otorgado en los aos anteriores, y de ah su carcter inercial. Los pliegos presentan sus requerimientos especficos dentro de estos parmetros hacia fines de junio y hay una serie de discusiones bilaterales entre la DNPP y los representantes del pliego entre fines de junio y julio (Carranza et al 2007: 2)Luego de esta parte, el proyecto se enva al Congreso, a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica, donde primero discuten y negocian los asesores de los congresistas con los funcionarios del MEF. Seguidamente, los congresistas de la comisin, luego de plantear dudas y modificaciones, elaboran un dictamen que es lo que llega al pleno para su discusin y aprobacin. Finalmente, el Congreso discute, y tras largas horas de debate, el presupuesto se aprueba por medio de una ley que se enva al Presidente para su publicacin.Una vez aprobado, lo que queda es ejecutarlo y evaluarlo, controlar -durante y tras la ejecucin- que se use para los fines previstos. Lo primero corresponde a las unidades ejecutoras (gobiernos regionales, ministerios, etc) y lo segundo a la Controlara General de la Repblica y al Congreso de la Repblica. Sobre el control y vigilancia que ejerce el Congreso, un aporte interesante es el de Carlos Santisso (2004). El autor, dialogando con el famoso trabajo de Alessina y otros (1999), no descarta que un patrn de relacin jerrquico pueda favorecer en muchos casos a la reduccin del dficit y, como consecuencia, al equilibrio fiscal (al asumir la responsabilidad o prudencia fiscal como norma bsica), sino que aade que si bien esto es cierto en la etapa de formulacin, en la etapa posterior, los parlamentarios puede contribuir al proceso por medio del control y la fiscalizacin, reduciendo el riesgo de corrupcin y favoreciendo la transparencia del proceso, as como evitando todo tipo de exceso del ejecutivo que podra darse sin actuase solo sin ningn tipo de contrapeso.

VIII. CONCLUSIONES Los presupuestos pueden conllevar a una serie de ventajas, tales como; ayudar a especificar los objetivos a mediano y largo plazo, ayudar a analizar los problemas futuros e identificar las diferentes alternativas, proporciona las normas de funcionamiento que sirven para obtener mejores rendimientos. Entre otras. Los presupuestos tambin pueden presentar muchas limitaciones; entre ellas que, estn basados en estimaciones, deben ser adaptados constantemente a cambios importantes que surjan, su ejecucin no es automtica. Otras limitaciones que pueden percibirse es que puede existir la incapacidad de la direccin para comprender su sistema, que los directivos se preocupan por el detalle o tratan de controlar los factores equivocados, La falta de respaldo por parte de la direccin al sistema presupuestal. Los presupuestos son herramientas que utilizan los gobiernos como previsin de gastos e ingresos para un determinado periodo de tiempo, por lo general un ao. El presupuesto es un documento que permite a los gobiernos, las organizaciones privadas establecer prioridades y evaluar la consecucin de sus objetivos. Para alcanzar estos fines puede ser necesario incurrir en dficit o, por el contrario, ahorrar, en cuyo caso el presupuesto presentar un supervit. Para su mayor compresin y mayor control los presupuestos clasifican las cuentas con el fin de crear un sistema de informacin confiable y una herramienta que le permitir adquirir una ventaja competitiva sostenible, haciendo eficientes sus procesos y optimizando sus operaciones. El presupuesto Nacional es un instrumento de planificacin a corto plazo (para un ao) tiene entre sus fines y objetivos aprobar los lineamientos de la poltica en la asignacin de recursos financieros, los mismos que rigen la administracin econmica financieros, los mismos que rigen la administracin econmica y financiera en forma anual de los diversos organismos del Estado. Es importante mostrar una clasificacin adecuada para el presupuesto, ya que por la misma se puede mostrar con claridad las informaciones hacerlas confiables y mostrando hacia donde dan los fondos del estado y se justifican adecuadamente los gastos del mismo.33