El Perú y La Mímesis Constitucional

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EL PERÚ Y LA MÍMESIS CONSTITUCIONAL A lo largo de su historia republicana el Perú ha tenido 12 constituciones Políticas, que según Nicanor Asmat Vega, catedrático en gestión de políticas públicas de la Universidad Nacional Federico Villarreal y la Universidad San Martín de Porres, han sido sólo dos las constituciones más importantes: la Constitución de 1828, que es la primera en regir oficialmente y que recoge importantes influencias del constitucionalismo triunfante de los Estados Unidos y Francia; y la Constitución de 1979, que ocupa un lugar privilegiado por los estudiosos debido a que establece la puerta de entrada a un Estado Democrático y Social de Derecho. Asmat menciona que las demás constituciones que siguieron liberales o conservadoras aún mantenían la estructura básica salvo pequeñas modificaciones: “las constituciones liberales de 1856 y 1867 duraron muy poco tiempo y la Constitución de 1860 considerada moderada y sensata duró 60 años. Fue en 1919, antes de las elecciones, donde Augusto B. Leguía después del golpe de Estado dado por él para disolver el congreso que le era adverso es nombrado Presidente Provisorio del Perú. Después en 1920 fue declarado presidente constitucional y aprobó una nueva Constitución para mantener su poder autoritario”, asentó el catedrático. También, aclara que la Constitución Política de 1979 representó un cambio formal en relación con las anteriores debido a que puede ser considerada como una puerta abierta que da la bienvenida a un Estado Democrático y Social de Derecho, tales como: amplia protección de los derechos humanos; afinamiento de la función e integración de los poderes del Estado; incorporación de la moderna doctrina llama Constitución Económica, que está ausente en todas las demás constituciones.

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Asmat, quien publicará dentro de unos meses su libro “Perú Globalización Jurídico – Empresarial en los niveles Laborales y de Pobreza”.

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EL PERÚ Y LA MÍMESIS CONSTITUCIONAL

A lo largo de su historia republicana el Perú ha tenido 12 constituciones Políticas, que según Nicanor Asmat Vega, catedrático en gestión de políticas públicas de la Universidad Nacional Federico Villarreal y la Universidad San Martín de Porres, han sido sólo dos las constituciones más importantes: la Constitución de 1828, que es la primera en regir oficialmente y que recoge importantes influencias del constitucionalismo triunfante de los Estados Unidos y Francia; y la Constitución de 1979, que ocupa un lugar privilegiado por los estudiosos debido a que establece la puerta de entrada a un Estado Democrático y Social de Derecho.

Asmat menciona que las demás constituciones que siguieron liberales o conservadoras aún mantenían la estructura básica salvo pequeñas modificaciones: “las constituciones liberales de 1856 y 1867 duraron muy poco tiempo y la Constitución de 1860 considerada moderada y sensata duró 60 años. Fue en 1919, antes de las elecciones, donde Augusto B. Leguía después del golpe de Estado dado por él para disolver el congreso que le era adverso es nombrado Presidente Provisorio del Perú. Después en 1920 fue declarado presidente constitucional y aprobó una nueva Constitución para mantener su poder autoritario”, asentó el catedrático.

También, aclara que la Constitución Política de 1979 representó un cambio formal en relación con las anteriores debido a que puede ser considerada como una puerta abierta que da la bienvenida a un Estado Democrático y Social de Derecho, tales como: amplia protección de los derechos humanos; afinamiento de la función e integración de los poderes del Estado; incorporación de la moderna doctrina llama Constitución Económica, que está ausente en todas las demás constituciones.

“Ambas constituciones políticas, la de 1828 y la de 1979, han tenido una gran influencia externa. Así por ejemplo la Constitución de 1828 ha tenido la influencia de la Constitución de los Estados Unidos de 1787 y de la Constitución de Francia de 1791 y de 1793, así como la Declaración de los Derechos Humanos y de la Constitución de Cádiz. También puede apreciarse la influencia de algunas constituciones de América Latina como es el caso de la Constitución de Argentina de 1826 y de la Constitución de Colombia de 1821. En el caso de la Constitución de 1979, se tiene influencia de la Constitución Italiana de 1947, de la Constitución francesa de 1958, de la Constitución española de 1978, la Declaración Universal delos Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el Pacto de San José de Costa Rica”.

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Asmat, quien publicará dentro de unos meses su libro “Perú Globalización Jurídico – Empresarial en los niveles Laborales y de Pobreza”, concluye que las constituciones Políticas que ha tenido nuestro país han sido constituciones miméticas, que sólo han sido fieles copias de constituciones extranjeras o simple adaptaciones, “las constituciones peruanas no han logrado unificar los valores éticos y morales de nuestros antepasados que fueron principios filosóficos sustantivos para el desarrollo político, económico, administrativo y social, como fueron: AMA SUA, AMA KELLA Y AMA LLULLA (no seas ladrón, no seas mentiroso y no seas ocioso) y mucho menos valores y principios de la cosmovisión amazónica. Estos valores y principios fundamentales deberían estar presentes en la Constitución de 1993, a fin de que sirvan como paradigmas para un mejor comportamiento del ciudadano peruano. Por otro lado, las doce constituciones peruanas debieron haber considerado los espacios territoriales que tiene el Perú (costa, sierra y amazonía), es decir, somos un país con espacios geográficos asimétricos que contribuyen a la exclusión social”.