El Legislador Nº58

8
El Legislador

description

Información legislativa de Salta y Argentina

Transcript of El Legislador Nº58

Page 1: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011 El Legislador

Page 2: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011El Legislador2

Director: Diego Comba | Tel: (0387) 155-325332 | Colaboración: Dalal Yudi | Contacto: [email protected]| Diseño e impresión: OKAPI Diseños - Mitre 274 - Loc. 33 | El Legislador es una publicación semanal que aparecelos sábados. Registro de propiedad intelectual en trámite. Todos los derechos reservados. Las noticias y comentariospublicados en estas páginas podrán ser reproducidos total o parcialmente siempre que se cite la fuente.

Luego del receso legislativo, elpróximo martes vuelve a sesionar laCámara de Diputados de la Provincia,en la que se tratarán una serie de pro-yectos elevados al presidente del cuer-po, Santiago Godoy, por los presiden-tes de los diferentes bloques políticos.

Mensaje y proyecto de Ley:Adhiérase la Provincia de Salta a laLey Nacional Nº 26.216 "Programa Na-cional de Entrega Voluntaria de Armasde Fuego" (El Legislador Nº53)

Proyecto de Ley nuevamen-te en revisión: Establécese la nor-mativa aplicable a la tenenciade perros potencialmente peligrosospara hacerla compatible con la saludy la seguridad de las personas.

Proyecto de Ley nuevamen-te en revisión: Modificación de la LeyNº 7.404 referente al Registro Únicode Guías de Turismo.

Cuenta General del Ejercicio2006.

Proyecto de ley: Institúyaseen toda la Provincia el Régimen de ayu-da para el desarrollo de madres o pa-dres solos. De autoría del diputadoJavier David.

De Resolución: Declarar deinterés las denominadas "XXIV Jorna-das Nacionales de los Ministerios Pú-blicos" que se desarrollarán el 28 y 29de Setiembre de 2011. De autoría deldiputado Cristóbal Cornejo.

De declaración: Que vería conagrado que el Poder Ejecutivo Provin-cial estudie el caso de la ciudad de Em-barcación y proyecten una solución alproblema de los asentamientos y ocu-paciones irregulares en sectores ur-banos de la ciudad. De autoríadel diputado Gustavo Cea.

De declaración: Que vería conagrado que el Poder Ejecutivo Provin-cial disponga agilizar los trámites a finde iniciar la construcción y puesta enfuncionamiento de una escuela de ni-vel inicial y primario en el barrio Con-greso Nacional de la localidad San Joséde los Cerrillos. De autoría de la dipu-tada Silvia Cruz.

Acta de Labor

En el proyecto se explicita ademásque quedan comprendidos "los Poderesdel Estado Provincial, de la Administra-ción Central, organismos descentraliza-dos, entes autárquicos, empresas y so-ciedades con participación estatal ma-yoritaria".

Asimismo se prevé que el EstadoProvincial podrá apartarse de esta obli-gación "únicamente por motivos funda-dos".

Además se contempla que "en elsupuesto de que las universidades con-vocadas no expresen interés en la reali-zación de los trabajos propuestos, sepodrá recurrir -previo a la contrataciónde consultoras privadas- a otra u otrasuniversidades nacionales"

Bernad explica en sus fundamen-

Las universidades seránConsultoras preferenciales

En la Cámara de Diputados de la Provin-cia, por iniciativa del Diputado Marcelo

Bernad, se encuentra en estudio unproyecto de ley a través del cual se buscadeclarar "consultoras preferenciales del

Estado Provincial a la UniversidadNacional de Salta y a la Universidad

Católica de Salta. En tal carácter seránconvocadas prioritariamente para prestarservicios de asesoramiento, de investiga-

ción y/o técnicos".

tos que "son precisamente las universi-dades con asiento en nuestra provincialas indicadas para brindar las herramien-tas más adecuadas cuando el Estadorequiere el auxilio de equipos de exper-tos y especialistas en materia asesora-miento y consultoría, considerando so-bre todo la independencia de la univer-sidad pública de los factores del podereconómico en el estudio de las proble-máticas vinculadas al desenvolvimientodel Estado Provincial, en particular en surelación con la gestión y administraciónde recursos financieros, económicos ynaturales".

En este sentido el diputado agre-ga que "las universidades tienen la sufi-ciente capacidad para ofrecer una res-puesta adecuada a los requerimientos deun trabajo de consultoría y asesoría,como pocas organizaciones, tienen lafortaleza de poder convocar rápidamen-te a especialistas de distintas disciplinase interactuar con equipos de otras uni-versidades".

Finalmente Bernad destaca que "lapropuesta del proyecto transita por ladeterminación de privilegiar a las univer-sidades como fuentes para el asesora-miento externo que habitualmente re-quiere el Estado provincial".

Page 3: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011 El Legislador 3

En la Cámara de Diputados de la Nación se encuentran en estudio los siguien-tes proyectos de ley en revisión que ya cuentan con media sanción en la Cámara altanacional:

Proyecto por el cual de aprueba el convenio constitutivo del banco del sur,suscripto en Porlamar -Republica Bolivariana de Venezuela- el 26 de septiembre de2009.

Proyecto por el cual se crea el régimen para el fomento y desarrollo de laactividad apícola.

Proyecto por el cual se transfiere a título gratuito un inmueble propiedad delEstado Nacional, al Arzobispado de Resistencia, Provincia del Chaco.

Proyecto por el cual se transfiere a título gratuito varios inmuebles propiedaddel Estado Nacional, a la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, para la cons-trucción del Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas Profesor Antonio Serra-no.

Proyecto por el cual se declara de interés general el uso eficiente de la ener-gía.

Proyecto por el cual se crea el programa federal para el fomento y desarrollode la Producción Bubalina (ver páginas 4 y 5).

Proyecto por el cual se modifica el código penal, sobre cumplimiento de lapena.

Proyectos de Ley en revisión

El proyecto establece que estepase estará destinado a "personas de es-casos recursos económicos que utilicenel transporte colectivo de pasajeros, óm-nibus de corta, media o larga distancia,fluviales y/o ferroviario administrado porel Estado Nacional, a fin de ser atendi-das en centros de salud o en hospitalespúblicos que funcionen en el territorio Na-cional".

Además se contempla que el men-cionado beneficio "se hará extensivo alos acompañantes de los pacientes querequieran de asistencia para trasladar-se, a los acompañantes de menores de14 años de edad y a acompañantes deembarazadas".

Se prevé que este pase "tendrácomo beneficiarios a quienes habiendoconcurrido para su atención a un centrode salud u hospital deban regresar al mis-mo, o que, habiendo sido derivadas aotro, deban continuar con el tratamientoindicado de las dolencias que lo afectan".

A los fines de la instrumentaciónde este programa, se establece que elpase será otorgado "directamente por elcentro de salud u hospital cuando el tra-tamiento no supere los treinta días deatención. Asimismo, el pase cubrirá unadistancia máxima de cincuenta kilóme-tros entre el punto de salida y el centrode salud u hospital; de superarse tal dis-

Pase libre sanitario para el transportede personas de escasos recursos

De autoría de los diputados GustavoCusinato (Entre Ríos), Miguel

Giubergia (Jujuy) y Heriberto Martínez(Córdoba), en la Cámara de Diputadosde la Nación se encuentra en estudioun proyecto de ley por el que se busca

crear un pase libre sanitario parapersonas de escasos recursos.

tancia de recorrido habrá de tramitarseante la autoridad de aplicación".

FundamentosLos diputados manifiestan en sus

fundamentos que "el derecho de accesoa la salud integral, motivo de la elabora-ción de este proyecto, no puede resig-narse por el indignante hecho de no po-seer recursos para trasladarse a los cen-tros de atención, y esto sigue ocurrien-do en todo el territorio nacional".

Señalan además que "los Hospi-tales y Centros de salud públicos regis-tran demoras en dar turnos. Los pacien-tes deben comprar insumos cuando decirugía se trata y el acceso a la medica-ción terapéutica se transformó en un pri-vilegio para pocos. A esta realidad que

golpea en la población de escasos re-cursos, se debe agregar la falta de dine-ro para trasladarse, lo que genera nosolamente la no concurrencia a los cen-tros de salud para efectuar consultasprogramadas de rutina, sino que lleva aabandonar tratamientos prolongadosoriginados en enfermedades complejaso afecciones graves".

En este sentido argumentan queel pase sanitario propuesto es un "palia-tivo destinado a los más necesitados",que "evitaría que aquellas personas su-midas en la indigencia no abandonasensus tratamientos al carecer de mediospara asistir a los centros médicos, dán-doles también la oportunidad de poderconcurrir a los mismos cuando de urgen-cias se trate".

Page 4: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011El Legislador4

El proyecto establece que se creeun programa "para el fomento y desa-rrollo de la producción de Bubalus Bubaliso Búfalos de agua, que será de aplica-ción en todas las zonasagroecológicamente aptas del territorioargentino".

Asimismo se contempla que el ci-tado programa "estará destinado a ge-nerar y promover políticas ganaderas es-pecíficas para la producción y óptimoaprovechamiento del ganado bubalino,en un marco sostenible en el tiempo yque permita mantener, desarrollar e in-crementar las fuentes de trabajo y laradicación de la población rural tendien-do a una mejor calidad de vida".

En este sentido se explicita quese comprenderá el aprovechamiento dela hacienda bubalina en toda su exten-sión: tanto de animales en pie, leche,cuero, semen y todos los demás produc-tos y subproductos derivados, "en formaprimaria o industrializada con el objeti-vo final de lograr una producción parasu autoconsumo y/o comercialización, anivel nacional como de exportación, y deesta manera favorecer al desarrollo delas economías de la región".

Además se consideran las accio-nes productivas que serán alcanzadas porel régimen en caso de convertirse en ley,como: "el incentivo, la formación y re-composición de la hacienda bubalina, lamejora cualitativa y cuantitativa de laproducción, la utilización de prácticas ytecnologías adecuadas, revalorización delos recursos genéticos locales, el fomen-to a emprendimientos asociativos, el con-trol sanitario, apoyo a las acciones co-merciales e industriales realizadas pre-ferentemente por el productor, coopera-tivas y/u otras empresas que conformenla cadena industrial y agroalimentaria

Por iniciativa de los senadores nacio-nales Josefina Meabe de Mathó

(Corrientes), Liliana Fellner (Jujuy) yJosé Roldan (Corrientes), en la Cáma-

ra de Diputados de la Nación seencuentra en revisión un proyecto deley por el cual se busca crear el Pro-grama Federal para el Fomento y

Desarrollo de la Producción Bubalina.

bubalina".Se instituye también que la pro-

ducción de éstos animales de agua "sellevará a cabo utilizando prácticas gober-nadas por criterios de sustentabilidadeconómica, social y de respeto por losrecursos naturales existentes".

El Ministerio de Agricultura, Ga-nadería y Pesca será la autoridad deaplicación y deberá, entre otras accio-nes, "difundir y promover la explotaciónracional de la producción de ganadobubalino"; "fomentar la incorporación dePequeños Productores a la actividad".

También tendrá a su cargo el de-sarrollo de Programas de Desarrollo deCarnes; de Lechería; de Industria delCuero; Sanitario y de Difusión e Incenti-vo Comercial.

El proyecto prevé además que "elPoder Ejecutivo Nacional incluirá en elpresupuesto de la administración nacio-nal (…) un monto anual que no será in-ferior a los $ 5.000.000 durante un pe-ríodo que la Autoridad de Aplicación con-sidere necesario".

En la iniciativa se contemplan unaserie de beneficios que podrán recibirquienes se dediquen a la inversión y de-sarrollo de la ganadería bubalina, como"créditos destinados a los estudios debase necesarios para la fundamentación

necesaria en la elaboración y formula-ción del plan de trabajo o proyecto deinversión"; "créditos destinados a la ad-quisición de especímenes y /o semen derazas provenientes preferentemente delas cabañas o centros experimentales acrearse, productores locales, o paísesmiembros del Mercado Común del Sur(Mercosur)".

También podrán recibir subsidiosque serán destinados total o parcialmenteal "pago de honorarios profesionalescorrespondientes a la elaboración y for-mulación del proyecto o plan y de losestudios de base necesarios para sufundamentación"; o "ejecución de inver-siones incluidas en el plan o proyecto,que será variable por zona, tamaño dela explotación, según lo determine laAutoridad de Aplicación de acuerdo a loque prevea la reglamentación", entreotras contemplaciones.

FundamentosEn sus fundamentos los senado-

res Meabe de Mathó, Fellner y Roldanexpresan que este proyecto "tiene porobjeto no solo promover la actividadbubalina –de gran futuro en nuestro país-sino también retomar la iniciativa de laDiputada María G. de la Rosa quién des-de 2006 viene proponiendo esta norma.

Proyecto para el Fomento para elDesarrollo y la Producción Bubalina

Page 5: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011 El Legislador 5La media sanción dada por la HonorableCámara de Diputados, lamentablemen-te, perdió estado parlamentario por lasparticulares circunstancias que vivió laArgentina a fines del año pasado".

En cuanto a la producción de esosanimales, los legisladores entienden que"Argentina tiene un enorme potencialpara consolidarse y crecer como paísproveedor de alimentos, en un mundodonde su demanda aumenta acelerada-mente, ávido de fuentes confiables ysostenibles de aprovisionamiento en can-tidad y calidad adecuadas, e inocuidadcomprobable".

"La realidad que debe afrontar laganadería argentina en los años venide-

ros es una fuerte demanda interna yaque la carne de vacuno fue, es y será elprincipal componente de la dieta de nues-tra población y el remontar los proble-mas causados por las políticas erróneasque se han adoptado", fundamentan lossenadores.

Además explican que según se es-tima, Argentina "cuenta con una super-ficie de alrededor de 8 millones de hec-táreas subexplotadas (anegadizas,inundables, baja calidad forrajera, altastemperaturas promedio etc.) donde lacría de bovinos tradicionales no resultaeficiente ni rentable".

En la Cámara de Diputados de laNación, a instancias del salteño MarceloLópez Arias, se estudia un proyecto queestablece un régimen "de promoción conel objeto de incentivar la instalación deequipos de energía solar y/o eólica enviviendas familiares, unidades producti-vas relacionadas a las economías regio-nales, microempresas, pequeñas empre-sas y empresas de la economía social".

A los fines del proyecto, se esta-blece que se consideran micro y peque-ñas empresas "a aquellas unidades quese encuadren en la clasificación dispues-ta por la Resolución Nº 21/2010 de laSecretaría de la Pequeña y Mediana Em-presa y Desarrollo Regional dependien-te del Ministerio de Industria de la Na-ción", en tanto que se consideran em-presas de la economía social "a aquellasreconocidas por el Instituto Nacional deAsociativismo y Economía Social".

La iniciativa prevé además que "elBanco de la Nación Argentina otorgarácréditos a tasa cero, con garantíaprendaria sobre los bienes financiados,por un monto de hasta $30.000 para vi-viendas familiares y de hasta $60.000para los otros sujetos, con un plazo dedevolución de hasta 120 meses".

FundamentosEn sus fundamentos López Arias

explica que hubo dos razones para im-pulsar este proyecto: "el constatar la ne-cesidad que tienen muchos habitantes denuestro país de acceder a la utilizaciónde fuentes de energía alternativas antela imposibilidad de utilizar la energía tra-dicional", y "el reconocer que debemos

Proponen un régimen de promoción para instalarequipos de energía eólica o solar para viviendas

apostar a la producción de energía lim-pia".

El diputado señala además que"estamos en época invernal y nuevamen-te nos preocupamos por la provisión degarrafas de gas a precios subsidiadospara cubrir las necesidades de los quemenos tienen y a los que no llegan lasconexiones de las redes domiciliarias. Lafalta de gas no sólo afecta a las familiasen su vida cotidiana también afecta lasunidades productivas familiares que gi-ran en torno de las economías regiona-les o se agrupan en figuras cercanas aempresas de la economía social. Enmuchas oportunidades hacia el interiorde nuestras provincias sus habitantes

también carecen de provisión de ener-gía eléctrica, lo que los coloca al mar-gen del mundo desarrollado".

"No podemos consentir que hayaargentinos que no tengan gas o luz y espor ello que, en forma complementariacon el resto de acciones que deberánencararse en ese sentido, proponemosfomentar la utilización de energías lim-pias como una solución alternativa", sos-tiene el legislador, y agrega que "sinembargo, la tecnología actualmente dis-ponible pone a disposición fuentes deenergías alternativas que permiten lle-var una solución a estos colectivos. Ade-más, esa energía es limpia, no contami-na y asegura un desarrollo sostenible".

Page 6: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011El Legislador6

Si desea recibir El Legislador por mail envíe un correo electrónico [email protected] y todas las semanas lo recibirá gratis en formato PDF

A través de este proyecto se bus-ca modificar el artículo 1º de la Ley Nº19.945 (Código Electoral Nacional), queactualmente establece que "son electo-res nacionales los ciudadanos de ambossexos nativos, por opción y naturaliza-dos, desde los dieciocho años cumplidosde edad, que no tengan ninguna de lasinhabilitaciones previstas en esta ley".

En este sentido lo que se proponees que este artículo quede redactado dela siguiente forma: "Son electores na-cionales los ciudadanos de ambos sexos,nativos, por opción y naturalizados, des-de los dieciséis años cumplidos de edad,que no tengan ninguna de las inhabilita-ciones previstas en esta ley".

De esta manera se pretende quelos ciudadanos argentinos comiencen avotar a partir de los 16 años y no desdelos 18 como es en la actualidad.

FundamentosLos diputados que promueven esta

iniciativa explican que la misma estámotivada en "la comprobación empíricade que la sustancial modificación de lascondiciones que llevaron a fijar comoedad mínima para ejercer el derecho asufragar, la edad de 18 años, conviertena dicho límite en un anacronismo quemerece ser revisado y modificado".

En este sentido se explayan porcuanto explican que "el proceso evoluti-vo de nuestra historia institucional quede la inaceptable concepción del votocalificado, y de la determinación de los25 años como la edad mínima requeridapara ejercer el derecho político definito-rio de la ciudadanía, cual es el voto, pasóprogresivamente a la generalización

Buscan bajar de 18 a 16 añosla edad para poder sufragar

En la Cámara de Diputados de laNación, por iniciativa de los diputados

Dante Gullo (Ciudad de BuenosAires), Adriana Puiggros (Buenos

Aires) y Ariel Pasini (Buenos Aires) seencuentra en estudio un proyecto deley que busca modificar el Código

Electoral Nacional, en lo referido a laedad de los votantes.

democratizadora que garantizaigualitariamente ese derecho sin discri-minación alguna y que lo convirtió pri-mero en un acto de alcance universal,secreto y obligatorio (Ley SáenzPeña,1911), disminuyendo la edad míni-ma exigida a los 18 años, y extendiendoluego a la mujer, por iniciativa de EvaPerón y decisión política del PresidenteJuan Domingo Perón y del Congreso".

Además consideran que el dere-cho al voto "nos conduce hoy a plantearla modificación de aquella edad mínima,concebida en tiempos y condiciones biendiferentes de las actuales, de modo depermitir la participación de los ciudada-nos y ciudadanas que, cumplidos ya los16 años, se encuentran en perfectas con-diciones evolutivas, intelectuales y demadurez, para formar parte de las deci-siones colectivas que les atañen, les afec-tan y los incluyen".

"La profundización de la democra-cia requiere, entre otras cosas, la am-pliación de las bases de participaciónpolítica asignando a la mayor cantidadde personas posibles su participación enla elección de autoridades nacionales,provinciales y comunales, como una ver-dadera extensión de los procesos demo-cráticos que vinculan la respuesta a lapregunta de ‘cuántos votan?’, la correla-tiva consideración de que, a mayor can-tidad de individuos con derechos políti-cos -y consecuentemente, ciudadanos-que así lo hagan, mayor será la calidady el contenido democrático de la organi-zación política en la que tal ampliaciónse verifique", remarcan los legisladores.

Los impulsores de este proyectocitan además el caso de otros países queestablecieron la edad mínima para su-fragar en 16 años, como Brasil, Nicara-gua, Cuba, Austria y algunas localidadesAlemanas, entre otros. También mencio-nan que en Uruguay y Chile están pron-tos a sancionar proyectos para bajar laedad de votación de los ciudadanos, ade-más de Italia y España que debaten enel mismo sentido.

En este sentido además informanque "en un informe presentado por laComisión de Asuntos Políticos de laAsamblea Parlamentaria del Consejo deEuropa, se aconsejó a todos los paíseseuropeos, la posibilidad de disminuir laedad de sufragio a los 16 años y la reso-lución adoptada al respecto fue endere-zada en tal dirección".

Según estimaciones, en Argenti-na hay un universo de unos 2 millonesde personas entre los 16 y los 18 años;en este aspecto, los legisladores consi-deran que "dejar afuera del circuito departicipación política en las actuales con-diciones, a tal cantidad de jóvenes, quetrabajan, militan, estudian, opinan y seexpresan de tan diversas maneras a tra-vés de las redes sociales y la informáti-ca, entre otros medios, cuando ellos sonactores y artífices fundamentales denuestro presente y de nuestro futuro,constituye una discriminación insosteni-ble en los tiempos políticos que corren,y su inclusión generará una bocanada deaire fresco, impregnada de vitalidad yesperanza, que nutrirá y fortalecerá elsistema democrático en la Argentina".

Page 7: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011 El Legislador 7

En el proyecto establece que seentiende por ludopatía "la presencia defrecuentes y reiterados episodios de par-ticipación en juegos de apuestas a pun-to de dominar la vida de la persona afec-tada en perjuicio de sus valores y obli-gaciones sociales, laborales, materialesy familiares".

La autoridad de aplicación será elMinisterio de Salud, desde donde se de-berán impulsar actividades como "adop-tar las políticas y ejecutar acciones ten-dientes a prevenir la ludopatía"; "planifi-car y desarrollar actividades permanen-tes de información a la población en re-lación con la ludopatía y su prevención";"desarrollar en conjunto con el área deeducación las actividades sistemáticaseducativas y de promoción y prevenciónen los establecimientos educativos".

En el proyecto se contempla tam-bién que, entre las acciones que deberáencarar el Ministerio de Salud, se debe-rá "incluir la ludopatía en los estudios deprevalencia que se efectúen en todo elterritorio nacional, a fin de conocer lamagnitud, distribución y evolución de losproblemas de salud".

Se deberá además "establecer laprohibición de la instalación de cajerosautomáticos en casinos y salas de jue-go, como así también, todo otro meca-nismo de obtención de fondos extras paralos apostadores".

Asimismo se instituye que "lasobras sociales y las empresas o entida-des que presten servicios de medicina

Promueven la Ley de LudopatíaEn el Senado de la Nación, a instan-cias del senador Rubén Giustiniani

(Santa Fe) se encuentra en estudio unproyecto denominado Ley de

Ludopatía, que tiene por objetivo "laprevención de la ludopatía y a laatención y rehabilitación de las

personas afectadas".

prepaga, deberán cubrir la asistenciamédica integral de la ludopatía a sus res-pectivos beneficiarios y afiliados".

FundamentosGiustiniani en sus fundamentos

señala que "la Ludopatía o juego patoló-gico está incluida como una enfermedado trastorno mental en la ClasificaciónInternacional de Enfermedades de laOMS, y en el Manual Diagnóstico y Esta-dístico de los Trastornos Mentales de laAsociación Psiquiátrica de los EE.UU".

En este sentido el Senador expli-ca que este trastorno "se caracteriza porla presencia de graves dificultades en li-mitar la cantidad de dinero o tiempoempleado en el juego, lo que originaconsecuencias adversas para el jugador,para otros o para la comunidad", al tiem-po que agrega que "es una de las expre-siones compulsivas del sufrimiento con-temporáneo, en la que el sujeto es em-pujado por un abrumador e incontrola-ble impulso de jugar".

El legislador advierte además que"en la actualidad los Juegos de Azar sonprácticamente omnipresentes en nues-tras vidas, todos los días la televisión nosretransmite los sorteos de las Quinielasy otros juegos. La Lotería Nacional y las

Loterías Provinciales aumentaron el nú-mero de sus sorteos diarios, que a suvez son retransmitidos por televisión conel carácter de espectáculos. Cada día lainformación sobre los juegos de azar, susresultados, recaudación, y ganadores,ocupan un lugar destacado en los pro-gramas informativos".

"La ludopatía es un comportamien-to adictivo pudiendo equipararse su de-pendencia a las del uso abusivo de sus-tancias psicoactivas; la excitación, laadrenalina, el olor de la sala de juegos,el temblor, el corazón que salta del pe-cho, son los signos de esa fuerza muydifícil de contrarrestar, que no se pareceen nada al placer y que es de una ten-sión incomparable que toca el cuerpo",reseña el impulsor del proyecto.

Giustiniani explica que si bien ennuestro país no existen registros esta-dísticos de pacientes ludópatas, en elHospital General de Agudos "Dr. T.Alvarez" se realizó el siguienterelevamiento estadístico, de acuerdo a200 historias clínicas de pacientes:

"El 75 % de los pacientes en tra-tamiento son hombres mientras que el25 % son mujeres. El 80 % de los pa-cientes tanto hombres como mujeres tie-nen entre 40-65 años y el 20% se sitúaentre 20 a 40 años. Con respecto a lapoblación masculina los lugares de azarmás concurridos son el casino y el hipó-dromo, en cambio en la población feme-nina el lugar más frecuentado es el bingoy las máquinas tragamonedas".

Finalmente señala que "comocualquier otra conducta adictiva, laludopatía debe ser considerada un pro-blema de salud pública que concentre lapreocupación y atención de una varie-dad de actores sociales: especialistas,empresarios del sector, organizacionesno gubernamentales, organismos delEstado y la población en general".

Page 8: El Legislador Nº58

Sábado 23 de Julio de 2.011El Legislador8

El proyecto establece que dichorégimen "estará destinado a compen-sar parte del costo del transporte auto-motor de carga de productos industria-les producidos por empresas, cuyo des-tino final, dentro del territorio nacional,se encuentre a más de 400 Kilómetrosde su lugar de producción".

Asimismo se prevé que a ésterégimen se podrán acoger "las empre-sas de capital nacional, constituidas enla República Argentina, cuya actividadprincipal, inscripta en la AdministraciónFederal de Ingresos Públicos, sea laelaboración de productos industriales yque tengan establecimientos producti-vos localizados en la región de Cuyo,Noroeste, Noreste, Patagónica yMesopotámica".

Se contempla además que elbeneficio en cuestión consistirá "en unacompensación económica que se cal-culará sobre la base del excedente deflete pagado por el beneficiario entrelos 400 kilómetros iniciales y el destinofinal de la carga".

"Para el cálculo de la menciona-da compensación, la autoridad de apli-cación tomará un precio de referenciapor tonelada y por kilómetro que existaen el mercado de transporte automo-tor de cargas industriales", se instituyeen la iniciativa, al tiempo que se agre-ga que la compensación "será efectiva

Régimen de Compensación deTransporte de Cargas

En el Senado de la Nación, poriniciativa del Senador Daniel Pérsico(San Luis), se encuentra en estudio

un proyecto de ley a través del cualsebusca establecer un Régimen de

Compensación de Transporte Automo-tor de Carga de Productos Industriales.

a través de la entrega de un bono decrédito fiscal intransferible, que los be-neficiarios podrán utilizar para la cance-lación de tributos nacionales".

El mencionado bono "no podráutilizarse para cancelar deudas anterio-res a la efectiva incorporación del bene-ficiario" a este régimen y, "en ningúncaso, eventuales saldos a su favor ha-rán lugar a reintegros o devoluciones porparte del Estado".

FundamentosEl Senador Pérsico destaca en sus

fundamentos que "históricamente, laArgentina padeció modelossocioeconómicos centralistas que produ-jeron una concentración de la actividadeconómica, favoreciendo a unas pocasprovincias y castigando al resto. Estaspolíticas, que se intensificaron en losaños 90, generaron un marcado desequi-librio en el desarrollo económico de lasdiferentes regiones y en la distribuciónespacial de la población nacional".

Además agrega que "hoy nos en-contramos transitando un nuevo rumbomarcado por un modelo económico dedesarrollo nacional, con matriz produc-tiva diversificada, que busca crecimien-to con inclusión social", al tiempo que

destaca que este proyecto fue conce-bido "como una herramienta paraacompañar este proceso nacional, lo-grar el fortalecimiento de las industriasregionales existentes y generar las con-diciones necesarias para el desarrollode nuevas oportunidades productivaslocales".

Pérsico remarca que en Argen-tina, aproximadamente, "el 90% de lascargas se realizan por transporte au-tomotor. Por un lado, esto se debe aque es un sistema más flexible, ya quese adapta a las distintas exigencias detiempo, modo y volumen de los pro-ductores. Y por otro, al deterioro ydesmantelamiento que sufrió nuestrosistema ferroviario. La mayoría de lasempresas, y en particular las PYMES,no cuentan con transporte propio si noque subcontratan dicho servicio a ter-ceros".

El autor del proyecto considerafinalmente que éste régimen "mejora-rá la competitividad de los productosde aquellas empresas ubicadas en zo-nas más alejadas y traerá aparejadala creación de nuevos puestos de tra-bajo locales, colaborando de esta for-ma a lograr un desarrollo poblacionalterritorial más equilibrado".