El escrito de Cobos y Ocaña

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1 SE PRESENTAN - APORTAN DATOS Sr. Juez Federal: María Graciela Ocaña, legisladora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Julio Cleto Cobos, diputado nacional, ambos con domicilio en la calle Perú 160, piso 1° oficina 111 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nos presentamos ante V. S. en la causa.................. y respetuosamente decimos: I.- Somos dos personas que representamos en distintos ámbitos parlamentarios a ciudadanos de la Nación que nos han honrado con su voto, y especialmente uno de los firmantes ha realizado históricamente infinidad de denuncias y presentaciones, en nuestro país y también en el exterior, vinculadas a colaborar con la justicia, en la persecución de hechos pasibles de afectar el normal, legal y regular funcionamiento de la Administración Pública, y el orden económico y financiero nacional. Queremos significar con lo antes expuesto que en nuestra calidad de funcionarios públicos, no sólo estamos obligados a denunciar delitos perseguibles de oficio –art. 177, inc. 1º C.P.P.N.-, sino que también poseemos un legítimos interés en cooperar y asistir a la Justicia Penal en su magna tarea de investigar actos disvaliosos y lesivos de bienes jurídicos individuales o comunitarios. II.- Con fundamento en ese legítimo interés de colaboración, deseamos hacerle conocer a V. S. ciertos datos que entendemos pueden resultar relevantes al momento de decidir la situación procesal de Alejandro Paul Vanderbroele. Un tribunal de la República Oriental del Uruguay está investigando al nombrado por el presunto delito de colocar en circulación dinero que podría poseer un origen delictivo, y las sospechas que lo vinculan como testaferro del señor Vicepresidente de la Nación Amado Boudou, han quedado suficientemente acreditadas con la confirmación del auto de procesamiento dictado respecto de los nombrados por la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal. Precisamente el importante monto de dinero

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Le pidieron a la Justicia que extradite al supuesto testaferro de Boudou.

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SE PRESENTAN - APORTAN DATOS

Sr. Juez Federal:

María Graciela Ocaña, legisladora de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y Julio Cleto Cobos, diputado nacional,

ambos con domicilio en la calle Perú 160, piso 1° oficina 111 de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, nos presentamos ante V. S. en la

causa.................. y respetuosamente decimos:

I.-

Somos dos personas que representamos en

distintos ámbitos parlamentarios a ciudadanos de la Nación que nos

han honrado con su voto, y especialmente uno de los firmantes ha

realizado históricamente infinidad de denuncias y presentaciones, en

nuestro país y también en el exterior, vinculadas a colaborar con la

justicia, en la persecución de hechos pasibles de afectar el normal, legal

y regular funcionamiento de la Administración Pública, y el orden

económico y financiero nacional.

Queremos significar con lo antes expuesto que

en nuestra calidad de funcionarios públicos, no sólo estamos obligados

a denunciar delitos perseguibles de oficio –art. 177, inc. 1º C.P.P.N.-, sino

que también poseemos un legítimos interés en cooperar y asistir a la

Justicia Penal en su magna tarea de investigar actos disvaliosos y

lesivos de bienes jurídicos individuales o comunitarios.

II.-

Con fundamento en ese legítimo interés de

colaboración, deseamos hacerle conocer a V. S. ciertos datos que

entendemos pueden resultar relevantes al momento de decidir la

situación procesal de Alejandro Paul Vanderbroele.

Un tribunal de la República Oriental del

Uruguay está investigando al nombrado por el presunto delito de

colocar en circulación dinero que podría poseer un origen delictivo, y

las sospechas que lo vinculan como testaferro del señor Vicepresidente

de la Nación Amado Boudou, han quedado suficientemente acreditadas

con la confirmación del auto de procesamiento dictado respecto de los

nombrados por la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal.

Precisamente el importante monto de dinero

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(serían U$S 620.000) cuyo origen la justicia uruguaya intenta

determinar, habría sido transferido por Vanderbroele utilizando una

sociedad constituida en ese país (“Dusbel SA”), a una cuenta de “The

Old Fund” en la Argentina (que controla “Dusbel SA”), a fin de

inyectarlo en la nueva Ciccone. El juez y el fiscal esperan desde hace

más de un año que Vanderbroele se presente a dar explicaciones sobre

la génesis de los dólares transferidos, pero hasta ahora ha mostrado

una grosera contumacia que exhibe el escaso o nulo respeto que siente

por la justicia.

En la causa Nº 1999/12 "Boudou Amado y otros

s/ enriquecimiento ilícito”, en trámite ante el Juzgado Dederal del Dr.

Ariel Lijo, donde se investiga al Vicepresidente Amado Boudou, como a

su ex pareja, Agustina Kämpfer, y otros presuntos testaferros por el

delito de enriquecimiento ilícito, uno de los firmantes de este escrito, la

Licenciada Ocaña, realizó una presentación junto al Diputado Manuel

Garrido a fin de poner en conocimiento del Tribunal algunas

inconsistencias que surgen a partir de confrontar los balances

presentados ante la Inspección General de Justicia por las sociedades

en las que el Vicepresidente de la Nación declara tener participación

(Hábitat Natural SA e Inversiones Inmobiliarias Aspen SA), con los

importes declarados ante la Oficina Anticorrupción.

En el marco del proceso se denunció al

Licenciado Amado Boudou, por la compra de terrenos en el exclusivo

Barrio Privado del Partido de la Costa denominado "Costa Esmeralda",

localidad de Pinamar, Provincia de Buenos Aires; a su participación

accionaria directa o indirecta en las sociedades sospechadas de

corrupción Compañía de Valores Sudamericana S.A y London Supply; y

en la sugestiva locación "simulada" del inmueble que habita el

enrostrado en calle Juana Manso 740, piso 25, Departamento 3, Torre 2,

Puerto Madero, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, amén de contar con

suculentas sumas de dinero depositados en cuentas bancarias locales,

tales como Banco de la Nación Argentina, Banco Francés, American

Express y Citibank, lo que no se condice con su sueldo de empleado

público durante el última década.

El punto de vinculación de estas denuncias

con el detenido se da a través de la firma "The Old Fund" y el Sr. Núñez

Carmona, socio declarado y amigo personal reconocido del

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Vicepresidente Amado Boudou, que también habría actuado como su

testaferro.

Reiteramos que en Uruguay una derivación

del “caso Ciccone” es también objeto de una investigación tras una

denuncia presentada por el Banco Central, por aparentes movimientos

irregulares en cuentas bancarias locales de la ya indicada sociedad

uruguaya Dusbel S.A.

III.-

V. S. debe decidir si hace lugar a la

excarcelación de Vanderbroele, un casi seguro testaferro del actual

vicepresidente de la Nación acusado, entre otras menudencias, de

exigir coimas y enriquecerse ilícitamente valiéndose de la función

pública.

Entendemos que con los antecedentes

reseñados, y a la luz de la jurisprudencia vigente en punto al

aseguramiento del fin de todo proceso penal, tanto el que se sigue ante

el tribunal de la República Oriental del Uruguay, como el que tramita en

nuestro país, el Sr. Vanderbroele debe permanecer detenido y en esa

condición debe ser extraditado al vecino país, pues objetivamente ha

eludido en tres oportunidades la acción de la justicia uruguaya, y

sumado al delito que allí se le imputa (lavado de dinero), vinculado

claramente con los graves que investiga el Dr. Lijo, son todas

circunstancias que demuestran claramente la existencia de un riesgo

de fuga, que saboteará el fin de ambos juicios, esto es, el efectivo

cumplimiento de las eventuales sanciones penales y pecuniarias.

Por último, consideramos que no es óbice para

negar su excarcelación la hipotética falta de respuesta del Ministerio de

Relaciones Exteriores, o su demora en el trámite y concesión de los

pedidos de asistencia judicial internacional.

Amén que ya en otra ocasión debimos

formular una denuncia penal para determinar si el Ministro de

Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Héctor

Timerman, y/u otros funcionarios del citado ministerio, habrían

ejecutado actos que importarían una obstrucción indebida al pedido de

asistencia judicial en materia penal formulado, en ese caso, por el

Ministerio Público de la Confederación Suiza, la conducta de

Vanderbroele de burlarse de la justicia uruguaya, y el riesgo que en

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libertad pueda entorpecer el desarrollo de la investigación, por si o en

complicidad con quien ocupa un cargo de suma relevancia en la

Administración Pública (nada menos que su cómplice, el

vicepresidente de la Nación), desde el cual obviamente es posible

lograr o facilitar esa tarea, permiten afirmar que están perfectamente

demostrados los dos factores o condiciones reconocidos por la doctrina

y jurisprudencia que autorizan a denegar excarcelaciones.

Tener presente lo expuesto

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