El Derecho Del Trabajador a La Indemnización Por Despido Arbitrario
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8/18/2019 El Derecho Del Trabajador a La Indemnización Por Despido Arbitrario
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El derecho del trabajador a la
indemnización por despido
arbitrario.
Decreto Supremo N° 003-97-TR
Art. 32-39
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El despido Despido justo Despido arbitrarioEl despido es la
decisión unilateral
del empleador, en
virtud de la cual
seda por resuelto o
extinguido el
vínculo laboral.
Art.22 y 23
El despido será
justificado cuando
exista alguna causa
contemplada en la
Ley relacionada con
la capacidad o
conducta del
trabajador.
Art.22
Se da cuando no
existe un motivo
justificado, es decir,
una causa prevista
en la Ley que
fundamente el
despido.
Art.29 y 30
Despido arbitrario
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CAPITULO V: DE LOS DERECHOSDEL TRABAJADOR
Artículo 34.- El despido del trabajadorfundado en causas relacionadas con suconducta o su capacidad no da lugar aindemnización.
Si el despido es arbitrario por no haberseexpresado causa o no poderse demostrar
esta en juicio, el trabajador tiene derechoal pago de la indemnización establecida enel Artículo 38, como única reparación por eldaño sufrido. Podrá demandarsimultáneamente el pago de cualquier otroderecho o beneficio social pendiente.
En los casos de despido nulo, si se declarafundada la demanda el trabajador será
repuesto en su empleo, salvo que enejecución de sentencia, opte por laindemnización establecida en el Artículo38.
Comentario:
-el trabajador no puede exigir unaindemnización si el despido es justo.
-en el caso de un despido arbitrario; esdecir, que no exista un motivo justificadode despido, el trabajador esta en todo suderecho a una indemnización y demásbeneficios
-en caso de despido nulo el trabajadorpuede elegir entre seguir trabajando oconsiderar la indemnización según lo
establecido en el art 38.
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Artículo 35.- El trabajador que seconsidere hostilizado por cualquiera delas causales a que se refiere el Artículo30 de la presente Ley, podrá optarexcluyentemente por:
a) Accionar para que cese la hostilidad.
Si la demanda fuese declarada fundadase resolverá por el cese de la hostilidad,imponiéndose al empleador la multaque corresponda a la gravedad de lafalta; o,
b) La terminación del contrato detrabajo en cuyo caso demandará el pagode la indemnización a que se refiere el
Artículo 38 de esta Ley,independientemente de la multa y delos beneficios sociales que puedancorresponderle.
Comentario
-si existiera hostilidad de parte delempleador, se resuelve por:
el cese de la hostilidad y además seimpondrá una multa al estedependiendo de la gravedad de la falta,o
la terminación del contrato de trabajoque incluirá una indemnización muy almargen de la multa del empleador y los
beneficios del trabajador.
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Artículo 36.- El plazo para accionar judicialmente en los casos de nulidad dedespido, despido arbitrario y hostilidadcaduca a los treinta días naturales deproducido el hecho.
La caducidad de la acción no perjudica elderecho del trabajador de demandar
dentro del periodo prescriptorio el pagode otras sumas liquidas que le adeude elempleador.
Estos plazos no se encuentran sujetos ainterrupción o pacto que los enerve; unavez transcurridos impiden el ejercicio delderecho.
La única excepción está constituida por laimposibilidad material de accionar anteun Tribunal Peruano por encontrarse eltrabajador fuera del territorio nacional eimpedido de ingresar a el, o por falta defuncionamiento del Poder Judicial. Elplazo se suspende mientras dure elimpedimento.
- en los casos de nulidad de despido, despidoarbitrario y hostilidad, el plazo para accionar es de30 días naturales de ocurrido el hecho.
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Artículo 37.- Ni eldespido ni el motivo
alegado se deducen opresumen, quien los acusadebe probarlos.
-para que exista el despido debenhaber pruebas contundentes.
Artículo 38.- La indemnizaciónpor despido arbitrario esequivalente a una remuneracióny media ordinaria mensual porcada año completo de servicios
con un máximo de doce (12)remuneraciones. Las fraccionesde año se abonan por dozavos ytreintavos, según corresponda.Su abono procede superado elperiodo de prueba.
-el máximo de la indemnizaciónvienen a ser 12 remuneraciones ycada remuneración equivale auna remuneración y media porcada año completo laborado.
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Artículo 39.- La inobservancia
de las formalidades no
esenciales del despido, noinhibe al juez de pronunciarse
sobre el fondo del asunto
dentro del plazo de ley a fin de
determinar la existencia o no
de la falta grave.
-en el caso de despido el juezpuede verificar la existencia de
falta grave a fin de que sea
determinada.
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CONTRATOS DE OBRA
O SERVICIO
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Contrato para obra determinada o servicioespecifico.
Artículo 63.- Los contratos para obradeterminada o servicio específico, sonaquellos celebrados entre un empleador
y un trabajador, con objeto previamenteestablecido y de duración determinada.Su duración será la que resultenecesaria. En este tipo de contratos
podrán celebrarse las renovaciones que
resulten necesarias para la conclusión oterminación de la obra o servicio objetode la contratación.
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Ejemplo:
JAIME RAMOS -Demandante
EMPRESA COREMAS.R.L.
Southern PerúCopper Corporation
El demandante afirma que lo despidieron arbitrariamente,existiendo un contrato de servicio especifico este no serespeto, porque según su defensa no ser termino el trabajomanifestado.
SE DECLARO INFUNDADA.
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Contrato Intermitente
Artículo 64.- Los contratos de servicio intermitente son aquellos celebradosentre un empleador y un trabajador, para cubrir las necesidades de lasactividades de la empresa que por su naturaleza son permanentes perodiscontinuas. Estos contratos podrán efectuarse con el mismo trabajador, quientendrá derecho preferencial en la contratación, pudiendo consignarse en elcontrato primigenio tal derecho, el que operará en forma automática, sinnecesidad de requerirse de nueva celebración de contrato o renovación.
Artículo 65.- En el contrato escrito que se suscriba deberá consignarse con lamayor precisión las circunstancias o condiciones que deben observarse paraque se reanude en cada oportunidad la labor intermitente del contrato.
Artículo 66.- El tiempo de servicios y los derechos sociales del trabajadorcontratado bajo esta modalidad se determinarán en función del tiempoefectivamente laborado.
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Ejemplo
La demandante pide que se le reubique en su puesto delimpieza que tenia puesto que la despidieron arbitrariamente,ella manifiesta que su contrato como supero los 5 años, y
debía surgir una relación laboral de plazo indeterminado. Se declaro INFUNDADA la demanda.
Flor León -Demandante
PesqueraDiamante S.A.
–
Pesquera PolarS.A
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Contrato de Temporada
Artículo 67.- El contrato de temporada es aquel celebrado entre unempresario y un trabajador con el objeto de atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen sóloen determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en períodos equivalentes en cada ciclo en función a la naturaleza de laactividad productiva.
Artículo 68.- En los contratos de trabajo de temporada necesariamentedeberá constar por escrito lo siguiente: a) La duración de la temporada;b) La naturaleza de la actividad de la empresa establecimiento oexplotación; y, c) La naturaleza de las labores del trabajador.
Artículo 69.- Si el trabajador fuera contratado por un mismo empleador por dos temporadas consecutivas o tres alternadas tendrá derecho a sercontratado en las temporadas siguientes.
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Artículo 70.- Para hacer efectivo el ejercicio del derechoconferido en el artículo anterior, el trabajador deberá presentarse en la empresa, explotación o establecimientodentro de los quince (15) días anteriores al inicio de latemporada, vencidos los cuales caducará su derecho a
solicitar su readmisión en el trabajo.
Artículo 71.- Se asimila también al régimen legal delcontrato de temporada a los incrementos regulares y
periódicos de nivel de la actividad normal de la empresa oexplotación, producto de un aumento sustancial de lademanda durante una parte del año, en el caso de losestablecimientos o explotaciones en los cuales la actividades continua y permanente durante todo el año. Igualmente
se asimila al régimen legal del contrato de temporada a lasactividades feriales.
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Artículo 57.- El contrato temporal por inicio de una nuevaactividad es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador
originados por el inicio de una nueva actividad empresarial. Suduración máxima es de tres años.
Explicación:Una vez que por las razones ya antes mencionadas en elprimer párrafo del artículo 57, el empleador solicitarámano de obra para cubrirlas.
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Se entiende como nueva actividad, tanto elinicio de la actividad productiva, como laposterior instalación o apertura de nuevos
establecimientos o mercados, así como el iniciode nuevas actividades o el incremento de las yaexistentes dentro de la misma empresa.
Explicación:
Para explicar mejor esto podríamos poner unejemplo. Puede darse el caso de que se abra un
nuevo mercado para un empleador o que estenecesite una actividad dirigida a la propaganda dela empresa.
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Artículo 58.- El contrato temporal por necesidades delmercado es aquel que se celebra entre un empleador y untrabajador con el objeto de atender incrementos coyunturalesde la producción originados por variaciones sustanciales de lademanda en el mercado aun cuando se trate de laboresordinarias que formen parte de la actividad normal de la
empresa y que no pueden ser satisfechas con personalpermanente. Este puede ser renovado sucesivamente hasta eltérmino máximo establecido en el Artículo 74 de la presenteLey.
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Ejemplo:
Una empresa dedicada a la distribución dealimentos a ciertas cadenas comerciales se
dacuenta que la demanda de estos productos
aumenta, por lo que podrá recurrir alcontrato por necesidades del mercado conel fin de reforzar momentáneamente supersonal.
Explicación:
Esto solo atiende a actividades nopermanentes o transitorias de laempresa.
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En los contratos temporales por necesidades del mercado, deberáconstar la causa objetiva que justifique la contratación temporal.Dicha causa objetiva deberá sustentarse en un incrementotemporal e imprevisible del ritmo normal de la actividadproductiva, con exclusión de las variaciones de carácter cíclico ode temporada que se producen en algunas actividades productivas
de carácter estacional.
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Artículo 59.- Es contrato temporal por reconversiónempresarial el celebrado en virtud a la sustitución, ampliación omodificación de las actividades desarrolladas en la empresa, yen general toda variación de carácter tecnológico en lasmaquinarias, equipos, instalaciones, medios de producción,
sistemas, métodos y procedimientos productivos yadministrativos. Su duración máxima es de dos años.
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• Ejemplo:Contratar personal para contratar unsistema de cómputo que permita controlar
las ventas y cobranzas de las actividadesque realiza la empresa.
• Explicación:Su objeto está muy lejos de satisfacer
necesidades transitorias o extraordinarias,ya que busca fomentar la reorganización delos proceso se empresariales o una reformatecnológica.
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En el caso de la contratación de un personal especializado paraoperar un sistema, equipo, etc., propias del mundo de la tecnología yla competitividad en el ámbito empresarial.
Sin embargo, lo más probable, es que los trabajadores estables de laempresa sean ellos mismos los que estarán en condiciones de aplicar
estos avances tecnológicos por la capacitación constante yespecializada en que debemos estar inmersos.
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Contratos de naturalezaaccidental
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Los elementos esenciales de un Contrato de
Trabajo
•La prestación personaldel servicio. (No puede serdelegada a otra persona)
•El vínculo de
subordinación (elempleador sanciona,dispone jornada, el
empleador decide lassanciones, etc.).
•La remuneración (sueldoó pago, que recibe el
trabajador por el trabajorealizado)
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Contrato ocasional
Art 60º
El contratoaccidental-ocasionales aquel celebradoentre un empleador yun trabajador
Su duración :es de seismeses
FINALIDAD
atender necesidadestransitorias distintasa la actividadhabitual del centrode trabajo
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ejemplos
Se contrata a una persona encargada del mantenimiento delas máquinas de un taller de costura, cuyo mantenimientose realiza cada seis (2) años y la duración de éste es detres (2) semanas.
En una oficina de una agencia de viajes aparece unahumedad y se hace necesario contratar a un técnico paraarreglar el problema.
Contrato a un jardinero que asiste seis (5) días por mes arealizar el mantenimiento de las zonas verdes de laempresa
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Modelo de contrato ocasional
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contrato de suplencia
Art 61ºEl contrato accidentalde suplencia es aquelcelebrado entre unempleador y untrabajador con el objetoque este sustituya aun trabajador establede la empresa, cuyovínculo laboral seencuentre suspendidopor alguna causa
justificada
Su duración:la que resulte necesaria,según lascircunstancias .(Jurisprudencialmente se haestablecido un máximo de 8 años)
• cuando la empresa le otorga altrabajador estable una beca deestudios en el exterior
• un trabajador que hace uso delpreriodo post natal y debe sersustituido por otro para quehaga su labor.
• Descanso vacacional
Ejemplo:
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La desnaturalización de un contrato sujeto amodalidad
JURISPRUDENCIA:
si bien el contrato por suplencia de la demandante(secretaria) vencía el 20 de junio de 2009.con fecha 23 de junio de 2009, a través del cual laemplazada(empresa)le comunica el término del contrato de suplencia y lesolicita que recién a partir de la fecha cumpla conhacer entrega del cargo(se consideró como un despidoarbitrario) se deduce que la actora laboró luegodel vencimiento del contrato modal, es decir,laboró sin contrato escrito, los días 22 y 23 de junio de2009, hecho que se corrobora con las constatacionespolicialesentendiéndose que su contratación fue de
duración indeterminada “•
produce automáticamente unacontratación a plazo indefinido
la desnaturalización delcontrato de suplencia dela demandante en ciertamedida constituye unacto de negligencia
del Administrador
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Contrato de emergencia
Art 62º
es aquel que secelebra para cubrir
las necesidadespromovidas por caso
fortuito o fuerzamayor coincidiendosu duración con la de
la emergencia
Su duración:coincide con lade la emergencia
JIRISPRUDENCIA:EXPEDIENTE N° 3492-2012-PA/TC - CUSCO.
• la titular de la plaza (…) ha sido desplazada a unpuesto de trabajo en otra dependencia, por loque su plaza debe cubrirse por Sñta Erika.
• EL Tribunal estima que tal actuaciónadministrativa no constituye un caso fortuitoni de fuerza mayor, porque no se trata de unacontecimiento extraordinario (…) sino undesplazamiento rutinario de personal
Por lo tanto el contratode emergencia suscrito
por la demandante hasido desnaturalizado,
debiendo serconsiderado, entonces,
como uno sujeto a plazo indeterminado
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Modelo de contrato de emergencia
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CAPITULO V
REQUISITOSFORMALES PARA LA
VALIDEZ DE LOSCONTRATOS
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Para que un contrato laboral pueda considerarse efectivo o válido,deberá contar:
Causa objetiva de la contratación
Duración del contrato
Expresado por escrito y triplicado*
Otras condiciones tradicionales enla relación laboral (nombre,etc)
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El objetivo de tener por triplicado dicho contrato es que una de esas
copias deberá presentarse a la Autoridad Administrativa de Trabajo(MTPE) el cual podrá ordenar la verificación del mismo.
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CAPITULO VII
DESNATURALIZACIÓNDE LOS CONTRATOS
L id á d d ió
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a)Si el trabajador
continúa laborandodespués de la fecha de
vencimiento.
b)Cuando se trata de un
contrato para obradeterminada o de servicio
específico.
c)
Si el titular del puestosustituido, no se
reincorpora una vezvencido el término legal o
convencional.
d)
Cuando el trabajadordemuestre la existencia desimulación o fraude a las
normas establecidas en laley.
Los contratos se considerarán como de duraciónindeterminada:
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NOTA: si un trabajador permanente que cesa suactividades, no podrá ser recontratado, salvo haya
transcurrido 1 año desde el cese.