El Acto Administrativo y Las Funciones Del Estado

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EL ACTO ADMINISTRATIVO Y LAS FUNCIONES DEL ESTADO El Acto Administrativo es la declaración unilateral de voluntad externa concreta y ejecutiva emanada de la administración pública en el ejercicio de facultades que le son conferidas por los ordenamientos jurídicos que tiene por objeto crear, transmitir, modificar o extinguir una situación jurídica concreta cuya finalidad es la satisfacción del interés general. El acto administrativo representa para la administración el control necesario de las sentencias de los tribunales; él es indispensable a fin de que la organización administrativa tenga igual valor desde el punto de vista jurídico. Resulta interesante la tentativa de identificar un concepto jurídico equivalente en las tres funciones del Estado: sentencia – ley – acto administrativo. Pero esta comparación no es tan acertada porque en la Administración Pública de hoy tanto o más importantes que el acto administrativo son los reglamentos y los contratos. Aunque hasta hace poco se puede sostener que todos ellos eran actos administrativos – actos administrativos unilaterales, generales y bilaterales – hoy la doctrina tiende a enfocarlos separadamente. Dentro de la función legislativa también se expiden actos administrativos, como por ejemplo el nombramiento de funcionarios.

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EL ACTO ADMINISTRATIVO Y LAS FUNCIONES DEL ESTADO

El Acto Administrativo es la declaracin unilateral de voluntad externa concreta y ejecutiva emanada de la administracin pblica en el ejercicio de facultades que le son conferidas por los ordenamientos jurdicos que tiene por objeto crear, transmitir, modificar o extinguir una situacin jurdica concreta cuya finalidad es la satisfaccin del inters general. El acto administrativo representa para la administracin el control necesario de las sentencias de los tribunales; l es indispensable a fin de que la organizacin administrativa tenga igual valor desde el punto de vista jurdico. Resulta interesante la tentativa de identificar un concepto jurdico equivalente en las tres funciones del Estado: sentencia ley acto administrativo. Pero esta comparacin no es tan acertada porque en la Administracin Pblica de hoy tanto o ms importantes que el acto administrativo son los reglamentos y los contratos. Aunque hasta hace poco se puede sostener que todos ellos eran actos administrativos actos administrativos unilaterales, generales y bilaterales hoy la doctrina tiende a enfocarlos separadamente.Dentro de la funcin legislativa tambin se expiden actos administrativos, como por ejemplo el nombramiento de funcionarios.El acto administrativo de la funcin Ejecutiva se identifica con la sentencia de la Funcin Judicial, como acto que decide autoritariamente la situacin jurdica del sbdito en caso individual.La funcin ejecutiva que se orienta a la satisfaccin de las necesidades cotidianas del pblico, se manifiestan en el acto administrativo, que es una manifestacin jurdica extremadamente elstica, revocable en principio y fcilmente adaptable a la funcin de la administracin.

REQUISITOS CONSTITUCIONALES DEL ACTO ADMINISTRATIVO.1. - Competencia2. - Forma escrita3. - Fundamentacin4. - Motivacin5. - Legalidad6. - No retroactividad.La Competencia, en materia administrativa el acto administrativo debe ser producido por un rgano competente a travs de un funcionario o empleado con facultades para ellos.En Forma Escrita, los actos de autoridad han de ser escritos que estos constituyan una garanta de certeza jurdica.En Fundamentacin, un acto implica indicar con precisin leyes y artculos que son apilables al caso concreto.La Motivacin, es la adecuacin lgica de supuestos de derecho o la situacin subjetiva del administrador.En Legalidad, toda la actividad del estado ya sea funcin administrativa, jurisdiccional o legislativa debe ajustarse a la leyEn la No Retroactividad, la no retroactividad del acto administrativo se refiere a los efectos de este, es decir, no pueden lesionar derechos adquiridos con anterioridad.

Hoy se acepta que el acto administrativo puede provenir de cualquiera de las funciones del Estado y, en consecuencia, es posible la impugnacin de actos administrativos, provengan estos de la Administracin Pblica, de la Funcin Judicial o de la Funcin Legislativa.