Dudas Frecuentes de Retencion ISLR e IVA
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1. Que porcentaje de retencin se le aplica al servicio de encomienda?
R: El porcentaje aplicado ser el de Flete que puede ser PNR 1% y PJR 3%.
2. Si hay alguna factura del ao 2012 que corresponda a una PN, y esta se paga
en el 2013. Qu porcentaje de sustraendo debe aplicrsele?
R: Dependiendo de la poltica que aplique la empresa, que puede ser Pago o Abono
en Cuenta. Como la mayora de las empresas trabajan con la poltica de que se retiene
ISLR al momento del pago, se debe aplicar el Sustraendo que est vigente de acuerdo a la
Unidad Tributaria al momento del pago, entindase esto con la Unidad Tributaria a Bs. 107.
Ejemplo: El sustraendo aplicado para una Factura por Honorarios Profesionales
(PN) en el 2012 era de Bs. 225 y en el 2013 es de Bs. 267,50. Si se pagara en el 2013
despus del ajuste de la UT deber aplicrsele el sustraendo de Bs. 267,50.
3. Las sociedades de Personas deben tratarse como PN a la hora de Retenerle
ISLR?
R: Si, entindase por sociedades de Personas a los Escritorios, Bufetes, Colegios y
dems instituciones profesionales no mercantiles, las cuales deben tratarse como PN como
lo establece la ley. Y para poder retenerle tiene que superar la base de Bs. 8.916,67 e
igualmente se les aplica el sustraendo.
Decreto 1808 de 1997. Articulo 9 Pargrafo Cuarto: Las sociedades de Personas
domiciliadas en el pas, estn sujetas a los mismos porcentajes de retencin aplicables a las
personas naturales.
Criterio de la Administracin Tributaria Las sociedades de personas domiciliadas
en el pas, estn sujetas a los mismos porcentajes de retencin aplicables a las personas
naturales, pero no se aplicar la frmula para el clculo de las retenciones de las personas
naturales residentes. Los impuestos retenidos se consideran como un anticipo de los
impuestos del ejercicio gravable que deban pagar los socios. En consecuencia el monto del
impuesto retenido se distribuir en forma proporcional a las participaciones obtenidas en el
ejercicio por los socios.
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4. Si una factura presentada por la prestacin de un servicio y se incorpore la
venta de un bien, ambos estn discriminados Cul ser la base para el clculo de la
Retencin ISLR?
R: La base para el clculo ser la suma del servicio ms el bien, as de sencillo. Esto
est establecido en el siguiente artculo:
Decreto 1808 de 1997. Articulo 16 Pargrafo Segundo: En la prestacin de
servicios, la base sobre la cual se practicar la retencin ser el precio total facturado a
ttulo de contraprestacin, incluyendo, si es el caso, la transferencia o el suministro de
bienes muebles o la adhesin de stos a bienes inmuebles.
Criterio de la Administracin Tributaria En aquellos casos en los cuales se facture
la prestacin de un servicio (mano de obra) y se le incorporen bienes (venta de bienes) de
manera separada. Se considera gravable la prestacin de servicios en su totalidad, en
consecuencia se debe aplicar la retencin sobre el monto total de la factura.
Un ejemplo, que permite ilustrar la situacin sera la factura que hace una empresa
de pintores de inmuebles, el mismo facturara por la pintura que tuvo que utilizar para
prestar el servicio contratado, desglosando el precio de la mano de obra, en este caso la
retencin se realiza sobre el total de la factura, ya que sin la pintura es imposible prestar el
servicio de pintar cada pared del inmueble.
5. Si se pagan varias facturas a un mismo proveedor con caja chica, estas
individualmente no superan las 20 UT, pero juntas s. Hay que hacerle Retencin de
IVA?
R: No, debido a que es individual la Retencin de IVA.
Providencia Administrativa 0056 Artculo 3 Numeral 6. Las compras de bienes
muebles o prestaciones de servicios vayan a ser pagadas con cargo a la caja chica del
agente de retencin, siempre que el monto de cada operacin no exceda de veinte unidades
tributarias (20UT).
Otras afirmaciones hecha por el funcionario y establecidas en la Providencia
Administrativa 0056 o en el Decreto 1808:
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En caso de venta de un producto para el cual se han hecho especificaciones
por parte del comprador, se debe considerar un servicio?
Es criterio reiterado por la Administracin Tributaria, que cuando una empresa
fabrique exclusivamente para determinada empresa un producto, el cual es elaborado de
acuerdo a instrucciones, especificaciones y diseos preparados para fabricar ese nico
producto la empresa fabricante est prestando un servicio sujeto a retencin.
Ejemplo: El estampado de logotipos, nombres o emblemas en franelas o uniformes,
a solicitud del cliente.
Las facturas de Caja Chica que graven ISLR se le debe realizar retencin,
debido a que el Decreto 1808 no las excluye.
Si la factura cumple con los requisitos establecidos en la Providencia
Administrativa 00071, se le debe realizar 75% aunque el portal diga 100%.
Debido a que esto puede ser un error de la Administracin del SENIAT o por la
falta de un requerimiento del proveedor ante el ente.
Este informe tiene como fin, unificar criterios y evitar malas decisiones que no estn acorde
con la Ley.
Cualquier duda puede llamar al 0800-SENIAT00 o verificar en el Marco Legal:
Decreto 1808 de 1997. Retencin de Impuesto Sobre La Renta.
Providencia Administrativa SNAT/2011/00071 Caracas, 08 Noviembre del 2011.
Providencia Administrativa SNAT/2005/0056. Retencin del IVA.
Ley del IVA.
Reglamento de la Ley del IVA.