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    UNIVERSIDADSANF

    RANCISCOX

    AV

    IER-

    FACULTADD

    EC

    IENCIASJURDICASY

    POLTICAS

    2010

    FORMACIN DELDERECHO

    INTERNACIONAL

    DELTRABAJO

    Jorge Machicado

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    Jorge Machicado, Formacin Del Derecho Internacional Del Trabajo 2

    TABLA DECONTENIDOS

    5. FORMACIN DEL DERECHO INTERNACIONAL DEL TRABAJO..................4

    5.1 Causas Para Su Formacin..............................................................................................4

    5.2 Iniciativas del Siglo XX....................................................................................................5

    5.3 Asociacin Internacional Para La Proteccin De Los Trabajadores............................5

    5.4 El Tratado De Versailles De 1919.....................................................................................5

    5.5 La II Guerra Mundial.........................................................................................................6

    5.6 La ONU...............................................................................................................................6

    5.7 El Consejo Econmico Social (ECOSOC).......................................................................6

    5.8 La Organizacin Internacional Del Trabajo (OIT)..........................................................65.8.1Constitucin y C ompetencia..............................................................................................75.8.2Objetivos de la OIT................................................................................................................ 75.8.3Funcionamiento y Estructura............................................................................................... 75.8.4La Conferencia Internacional Del Trabajo........................................................................ 75.8.5Convenios y Recomendaciones Internac ionales............................................................85.8.6El Consejo De Administracin Y La Oficina Internacional Del Trabajo......................... 9

    5.9 Declaracin De Filadelfia De 1944..................................................................................95.9.1Principios................................................................................................................................. 95.9.2Proposiciones......................................................................................................................... 9

    5.10 Bolivia y La OIT..................................................................................................................9

    5.11 Convenios aprobados por D.L. 7737 de 28 de julio de 1966........................................9

    5.12 Convenios aprobados por D.S. 14228 de 23 de diciembre de 1976.........................10

    COMO CITAR MACHICADO,Jorge; Formacin Del Derecho Internacio-nal Del Trabajo, Sucre, Bolivia: USFXUniversidad San

    Francisco Xavier, 2010,http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/fdit.html

    Formacin Del Derecho Internacional Del Trabajo

    Formato: 17 x 24 cm.Nm. de pginas: 13

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    Jorge Machicado, Formacin Del Derecho Internacional Del Trabajo 3

    Deposito legal en la Biblioteca Nacional de Bolivia N 2010-16276

    USFXUNIVERSIDADSANFRANCISCOXAVIERAutor: JORGE MACHICADO

    Esta publicacin no puede ser reproducida, ni en todo ni enparte, ni registrada en, o trasmitida por, un sistema de recupe-racin de informacin, en ninguna forma y por ningn medio,sea mecnico, fotoqumico, electrnico, magntico, electrop-tico, por fotocopia, o cualquier otro, sin el permiso previo porescrito de los editores.

    Any reproduction y/o diffusion, total or partial, for any means

    of this document is forbidden and will be punished by criminallaw, except for the proprietor's previous written consent.

    Eq uipo tc nico de ed icin:Vernica Guzmn,Ramiro Lizondo.

    Diseo, Diag ram ac in e

    Impresin:

    Printed in Bolivia Impreso en Bolivia

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    Jorge Machicado, Formacin Del Derecho Internacional Del Trabajo 4

    FFOORRMMAACCIINNDDEELL

    DDEERREECCHHOOIINNTTEERRNNAACCIIOONNAALLDDEELL

    TTRRAABBAAJJOOhttp://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/fdit.html

    By Jorge Machicado

    5. FORMACINDELDERECHO

    INTERNACIONALDELTRABAJO

    5.1 Causas Para Su Formacinas Causas para su formacin son:

    Inorganicidad, la Ley Chape-lier de 17911prohbe las aso-

    ciaciones, el Estado no intervieneen la direccin de la economa.

    1La Ley Chapelierde 1791 prohbe las asociaciones de

    patronos y obreros, porque el maquinismo necesita hom-bres libres e iguales ante la ley, y con una autonoma devoluntad absoluta para poder negociar un contrato detrabajo con el dueo de la empresa.

    Los trabajadores se encontraban amerced del empleador a la sombrade la libertad de trabajo y de la li-bertad de contratacin, que la Re-volucin francesa haba proclama-do.

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    La revolucin socialista utpica2de1849 proclama la necesidad de or-ganizar el trabajo y para la explota-cin del hombre por el hombre(Blanc, Owen, etc.).

    5.2 Iniciativas del Siglo XX

    PRIVADAS

    Robert Owen. Reduce la jornada laboralde 17 a 10 horas en su fbrica. Prohbetrabajo a nios menores de 10 aos. Su-prime las multas al trabajador. Estableceescuelas para los hijos de sus trabajado-res. Exige legislacin protectora al Congre-so de la Aux Chapelle de la Santa Alianza.

    Le Grand. Industrial. Reduce la jornadalaboral a 12 horas. Implanta el descansodominical. Prohbe el trabajo nocturno a lasmujeres y nios.

    INSTITUCIONALES

    El Congreso Internacional De Benefi-cencia (1856). Pide reducir la jornada la-boral, exige reglamento protector del me-nor y la mujer.

    La Asociac in Internac ional De Traba-

    jadores (1868) Exige reducir la jornadalaboral, tratamiento humano al trabajador,sufragio universal.

    GUBERNAMENTALES

    Consejo Suizo.Emilio Frey presenta el 5de junio de 1876 un proyecto de reglamen-tacin del trabajo en las fbricas.

    2Socialismo utpico. Teora acerca la sociedad basadaen la comunidad de bienes, en el trabajo obligatorio para

    todos y en la igual distribucin de los productos. Busca lasustitucin del rgimen de la propiedad privada por lasocializacin estatal o por el federalismo de asociaciones

    de productores. Su aplicacin fracas debido a: (1) Lafalta de un proletariado organizado. (2 enuncia a unarevolucin a o cambio violento, solo busca una reformamoderada.

    Cmara Francesa. Alberto Mun en 1884pide un pronunciamiento en favor del Re-glamento Internacional del Trabajo.

    Gobierno Suizo.(1889) Pide convocar laConferencia Internacional del Trabajopara1890.

    Gobierno Alemn. Bismarck llama en1890 a Conferencia, en el que renen 14Estados y se aprueba:

    El no uso de fsforo blanco en lasfbricas, porque causaban acciden-tes fatales.

    Exigir la fijacin mnima para traba-jo nocturno de nios y mujeres.

    Establecer legislacin protectorapara los anteriores.

    5.3 Asociacin InternacionalPara La Proteccin De LosTrabajadores

    Se forma por iniciativa de Alexandre Mille-rand del Gobierno de Francia en 1900.

    Abre sus oficinas en Berna, Suiza el 1 demayo de 1901.

    En las Conferencias de 1905 y 1906 proh-be el uso de fsforo blanco, el trabajo denios menores de 12 aos, el trabajo noc-turno de mujeres y nios. Realiza otra Con-ferencia de consulta en 1913 para llevar acabo otra en 1914, pero al ao siguienteempieza la 1 Guerra Mundial. La asocia-cin sobrevive a la guerra con en nombrede Asociacin Internacional del ProgresoSocial.

    5.4 El Tratado De Versail les De1919

    En 1919 la Asociacin Internacional delProgreso Social haba adoptado en Berna

    una Carta de Trabajo, en la que consigna-ban algunos derechos fundamentales ypiden su incorporacin al Tratado de Ver-salles.

    Samuel Gospers, presidente de la Comi-sin de Legislacin Internacional Laboralpresenta luego de un estudio de la Carta,el Proyecto que luego es incorporado al

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    Tratado. La Carta de Trabajopeda y esta-bleca:

    1. El trabajo no es una mercanca.2. Garantas para asociarse.3. Garantizar el salario, e igual para

    ambos sexos.4. Jornada laboral de 8 horas y 48

    semanales.5. Descanso semanal de 24 horas.6. Prohibir el trabajo de nios.7. Trato legal igualitario para todo tra-

    bajador.8. Inspeccin peridica del lugar del

    trabajo.

    5.5 La II Guerra MundialJuntamente con el derrumbe de la Socie-dad de Naciones, las posibilidades de co-operacin econmica y social sufrierontambin un colapso. Tan pronto termina laguerra se reorganiza en la Conferencia deDumbarton Oaks, la Sociedad es estructu-rada entre agosto y septiembre de 1944.Surge con el nombre de Organizacin delas Naciones Unidasde la Conferencia deSan Francisco en la Carta de San Francis-co del 26 de junio de 1945.

    5.6 La ONUTiene origen en la Carta (art. 15 al 72) deSan Francisco. Su objetivo(lo consigue atravs de organismos especializados comola ECOSOC y la OIT) es:

    1. Cooperacin econmica y socialentre naciones.

    2. Mejorar la vida y el empleo.3. Respeto a la libertad, a la vida y los

    dems derechos sin distincin al-guna.

    4. Favorecer el desarrollo econmicoy social en territorios no autno-mos.

    5.7 El Consejo Econmico So-cial (ECOSOC)

    rgano coordinador de la ONU en loscampos econmico y social. Tiene 54

    miembros de los cuales 18 son elegidospor la Asamblea General de la ONU.

    Suslaboresson:1. Iniciativa para el desarrollo econ-

    mico y social.

    2. Estimula el comercio internacional,el bienestar social y la prevencindel delito.

    3. Estimula el uso de tecnologa y laindustrializacin.

    4. Prepara proyectos para las Con-venciones y realiza Conferencias

    5.8 La Organizacin Interna-cional Del Trabajo(OIT)

    Busca la proteccin el trabajador, la paz

    mundial y la justicia social. Tiene su propiaconstitucin, personal administrativo ypresupuesto. Se funda el 21 de noviembrede 1919 con el Tratado de Versalles. En1934 se separa del Tratado y en 1946 setransforma en organismo especializado dela ONU.

    Organizacin Internacional del Trabajo(OIT). Es una agencia especializada de laOrganizacin de las Naciones Unidas3(ONU), cuyos principales objetivos son

    mejorar las condiciones de trabajo, promo-ver empleos productivos y el necesariodesarrollo social, y mejorar el nivel de vidade las personas en todo el mundo.

    La OIT establece directrices que intentanevitar la explotacin infantil, promover untrato igualitario en el mercado de trabajo atrabajadores minusvlidos y personas dis-criminadas (por razn de gnero, por

    3Organizacin de las Naciones Unidas (ONU). Orga-

    nizacin internacional de naciones basada en la igualdadsoberana de sus miembros. la ONU establecida para man-tener la paz y seguridad internacionales, desarrollar

    relaciones de amistad entre las naciones, alcanzar unacooperacin internacional fundada sobre las relaciones deamistad entre las naciones, alcanzar una cooperacininternacional en la solucin de problemas econmicos,

    sociales, culturales o humanitarios y fomentar el respetopor los derechos humanos y las libertades fundamenta-les. (CARTA FUNDACIONAL, que entr en vigor desde el24 de octubre de 1945).

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    ejemplo), la libertad de asociacin y losderechos humanos.

    5.8.1 Consti tucin y Competencia

    Constitucin . Prevista por el Tratado deVersalles (1919), la OIT fue fundada en1920 como una seccin autnoma de laSociedad de Naciones, convirtindose, en1946, en el primer organismo especializa-do de la ONU.

    Su sede central radica en Ginebra (Suiza)pero mantiene oficinas en 40 pases detodo el mundo. En 1969 le fue concedido elPremio Nobel de la Paz.

    Son miembros todos los Estados que esta-ban hasta antes del 10 de noviembre de1945 con delegados tripartitos, del em-

    pleador, del trabajador y del Estado y losque fueron aceptados en la Conferencia dePars de 1945.

    Los que desean incorporarse lo puedenhacer slo bajo aceptacin de las obliga-ciones. Para retirarse debe comunicar alDirector de la OIT con 2 aos de anticipa-cin y pagar todas sus cuotas.

    Antes de la Declaracin de Filadelfia lacompetencia de la OIT slo era laboral,luego de esta Declaracin su competencia

    se amplia al campo econmico.

    5.8.2 Objetivos de la OIT

    El Art. 427 del Tratado de Versailles limita-ba la aplicacin de los objetivos de la OIT a9 puntos a saber:

    1. Sentar el principio fundamental deque el trabajador no es una mer-canca.

    2. Reconocer el derecho de asocia-cin.

    3. Un Salario que asegure un nivel devida adecuado.

    4. La adopcin de la jornada de 8horas diarias o de la semana de 48horas.

    5. El descanso semanal de 24 horascomo mnimo.

    6. Supresin del trabajo de los nios ylimitacin del trabajo de los jvenesde cada sexo.

    7. El principio de salario igual sin dis-tincin de sexos, para un trabajo deigual valor.

    8. Trato equitativo a los obreros ex-tranjeros.

    9. Un servicio de inspeccin del traba-jo de cada pas en el que tenganparticipacin de mujeres.

    5.8.3 Funcionamiento y Estructu-ra

    Funciona en base a tres delegados uno porlos empleadores, otro por los trabajadoresy uno ms por el Estado. Cuenta con 3organismos administrativos:

    1. La Conferencia Internacional delTrabajo.

    2. El Consejo de Administracin.3. La Oficina Internacional del Traba-

    jo.

    5.8.4 La Conferencia Internacio-nal Del Trabajo

    La Conferencia Internacional de la OIT. serene por lo menos una vez al ao a con-vocatoria del Consejo De Administracin. o

    cuando se la convoque extraordinariamen-te, su sede es por lo general en Ginebra,los idiomas oficiales son el ingls y el fran-cs, pero el espaol tambin es considera-do como oficial, a sta asisten todos lospases que son miembros de la organiza-cin y tambin comisiones tripartitas, esdecir que cada delegacin del Estadomiembro esta formada por dos delegadosgubernamentales, un delegado de los em-pleadores y otro de los trabajadores, y s-tos son designados por el respectivo go-

    bierno, tambin asisten los asesores tcni-cos que solo tienen voz y no voto y tienenla misin de orientar sobre puntos tcnicos.

    Esta representado por todos los Estadosque pertenecen a la OIT. En estas Confe-rencias se discuten los problemas labora-les entre el Estado, el empleador y los tra-bajadores. Sus Recomendaciones y Con-

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    venios tienen fuerza obligatoria erga om-mesy son aprobadas por 2/3 de votos.

    Una vez inaugurado por el Presidente delConsejo se asigna un Presidente y 2 Vice-presidentes que organizaran comisiones

    de:1. De Proposicin. Fija programa de

    labores de la Conferencia.2. De Poderes. Aprueba a los delega-

    dos.3. De Redaccin de Recomendacio-

    nes y Convenios.4. De Aplicacin de estas Recomen-

    daciones y Convenios.

    Entre sus competencias estn:1. Modificar la Constitucin de la Or-

    ganizacin.2. Controla el Consejo de Administra-cin.

    3. Controla la Oficina Internacional delTrabajo.

    4. Aprueba su presupuesto por 2/3 devotos (Cuotas ms altas a pasesmas industrializados).

    Su Organizacin de la Conferencia inter-nacional es la siguiente: el Concejo Admi-nistrativo esta constituido por 32 miembros

    correspondientes a cada uno de los Esta-dos miembros, que son elegidos para ocu-par dichas funciones, 16 corresponden amiembros gubernamentales y 8 pertenecena las potencias de acuerdo a la importanciaindustrial, los 8 restantes al gobierno. Losotros 16 corresponden, 8 a la parte patro-nal y 8 a la parte obrera; son elegidos porla Conferencia y su mandato tiene la dura-cin de 3 anos.

    5.8.5 Convenios y Recomenda-

    ciones InternacionalesEntre las obras principales de la OIT estnlos Convenios y Recomendaciones.

    Convenios. Son resoluciones que adoptala Conferencia sobre cuestiones relativasal trabajo y que son de su competencia ysobre la cual se considera necesaria y que

    una vez ratificadas por los Estados sevuelven obligatorias.

    La adopcin de un Convenio entre los pa-ses obliga solo a los que intervienen en ly no a todos lo que estn dentro de los

    pases miembros de la OIT. Por ejemplo unConvenio entre pases que tienen costasmartimas obliga solo a los que intervienenen el Convenio, Bolivia no entra dentro delConvenio por ser un pas mediterrneo.

    Todos los Estados miembros de la OIT sesometen a los Convenios y Recomenda-ciones y promueven su cumplimiento de-ntro de su pas y si es posible legislar di-chos Convenios, para controlar su cumpli-miento; los Estados miembros presentan

    un informe a la OIT acerca de sus activida-des realizadas, si se evidencia infraccin eincumplimiento a los Convenios, stos pa-ses pueden ser sancionados.

    Un convenio puede o no estar ratificadopor su Congreso, pero debe explicar por-que no ha sido ratificado. No puede ratifi-car slo una parte del convenio, lo ratifica ono. La facultad de ratificacin en parte slola tiene la Conferencia. Este convenio tieneque ser presentado a su Congreso en tr-

    mino de un ao y medio. Si es ratificadodebe comunicar a la OIT para fines de con-trol.

    Recomendacin. Resolucin que adoptauna Conferencia de la ONU sobre cuestio-nes de suma importancia para el serhumano y que son de su competencia, elcual se considera necesario y oportunopara orientar, no obligar, la accin legislati-va en el plano nacional.

    No crea obligaciones sino slo sirve paraorientar la accin legislativa.

    Ambas forman el Cdigo Internacional delTrabajo.

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    5.8.6 El Consejo De Administra-cin Y La Oficina Interna-cional Del Trabajo

    El 1 es el rgano ejecutivo de la OIT ytiene 48 miembros. El 2 asegura el fun-

    cionamiento de la OIT, adems circula yrecoge informacin laboral. Es Secretarade la OIT con un Director que ejecuta lasdecisiones del Consejo y la Conferencia.Tiene sede en Ginebra, Suiza.

    5.9 Declaracin De FiladelfiaDe 1944

    En su 26. Conferencia Internacional serefrendaron los fines y objetivos de la OIT.Considerndose particularmente que eltrabajo no es una mercanca, la libertad deexpresin y asociacin, todos los sereshumanos tienen el derecho de perseguir subienestar material y desarrollo espiritual encondiciones de libertad, seguridad econ-mica y en igualdad de oportunidades.

    Se fomentaron programas de empleo yformacin profesional para alcanzar pleni-tud de empleo, elevar los niveles de vida,formacin profesional, justa distribucin delos frutos, y salario mnimo vital, derecho alcontrato colectivo de trabajo, seguridadsocial y asistencia mdica, proteccin de lavida y la salud, proteccin a la infanciamaternidad, alimentacin vivienda, cultura,etc.

    5.9.1 Principios

    1. El trabajo no es una mercanca.2. Para el progreso es esencial la li-

    bertad de expresin y asociacin.3. La pobreza es en peligro para la

    prosperidad.

    4. Alianza entre el empleador y el tra-bajador para el bienestar comn.

    5.9.2 Proposiciones

    1. Empleo pleno y elevar el nivel devida.

    2. Garantizar el acceso a la educa-cin.

    3. Empleo segn su conocimiento.

    4. Seguridad social.5. Proteger la maternidad y la niez.6. Procurar alimento, vivienda y recreo

    para el trabajador.7. Educacin para todos.

    Esta declaracin amplia la competencia

    de la OIT al campo econmico ya que suplanificacin debe hacerse desde el puntode vista social.

    5.10 Bol ivia y La OITMiembro desde su concepcin de la OIT(21 de noviembre de 1919). Suscribe laConferencia de San Francisco que aprue-ba la ONU. Bolivia aprueba por DecretoSupremo del 3 de septiembre de 1946 laadopcin de la Enmienda de Constitucinde la OIT (27Conferencia en Pars) y porDS del 30 de octubre de 1953 la adopcinde la Enmienda definitiva (29va Conferen-cia de Montreal, Canad).

    Entre Convenios4aprobados con cargo deratificacin congresal estn.

    5.11 Convenios aprobados porD.L. 7737 de 28 de julio de1966

    El D.L. 7737 de 28 de julio de 1966 En suArt. nico dice: Ratifcase en todas y casauna de sus partes los siguientes Conve-nios, suscritos en las diferentes Conferen-cias Internacionales realizadas entre losaos 1919 y 1957, por la OIT.

    Convenio N.- 1 de 1919, adoptado en laprimera reunin efectuada en Washingtonsobre las horas de trabajo industrial.

    Convenio N.- 5 Edad Mnima Para El Tra-bajo Industrial (Conferencia de Washing-ton de 1919).

    Convenio N.- 14 Descanso Semanal (3raConferencia de Ginebra, Suiza de 1921).

    4 Vase los Convenios en:http://www.ilo.org/ilolex/spanish/convdisp1.htm

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    Convenio N.- 17 de 1925, Adoptada en lasptima reunin en Ginebra sobre indem-nizacin por accidentes de trabajo.

    Convenio N.- 19 Igualdad Entre Trabaja-dores Extranjeros Y Nacionales. Indemni-zacin Por Accidentes De Trabajo. (7vaConferencia de Ginebra en 1925).

    Convenio N.- 20 de 1925, adoptaba en lasptima reunin de Ginebra sobre trabajonocturno en panaderas.

    Convenio N.- Mtodos Para La FijacinDel Salario Mnimo (10ma Conferencia deGinebra en 1928).

    Convenio N.- 30 de 1930, adoptado en ladcima cuarta reunin efectuada en Gine-bra, relativa a horas de trabajo (comercio e

    industria).Convenio N.- 42 Indemnizacin Por En-fermedad Profesional (18va Conferenciade Ginebra en 1930).

    Convenio N.- 45 de 1935, adoptado en ladcima novena reunin en Ginebra sobretrabajos subterrneos de la mujer.

    Convenio N.- 77 de 1946, adoptado en lavigsima novena reunin de Montreal, so-bre el examen mdico de los menores (in-dustria).

    Convenio N.- 78, de 1946 adoptado en lavigsima novena reunin en Montreal, so-bre el examen mdico de los menores (tra-bajos en industria).

    Convenio N.- 81 de 1947. Adoptado en latrigsima reunin de en Ginebra sobre ins-peccin del trabajo.

    Convenio N.- 89 de 1948, adoptado en latrigsima primera reunin de San Francis-co, sobre trabajo nocturno (mujeres)

    Convenio N.- 90 de 1948 adoptado en latrigsima primera reunin en San Francis-co sobre el trabajo nocturno de menoresen la industria.

    Convenio N.- 96 Agencia de colocacin(30va Conferencia de Ginebra en 1949).

    Convenio N.- 98 de 1949, adoptado en latrigsima segunda reunin en Ginebra so-bre la igualdad del a remuneracin.

    Convenio N.- 100 de 1951, adoptado porla trigsima cuarta reunin en Ginebra so-bre igualdad de remuneracin.

    Convenio N.- 103 de 1952, adoptado enla trigsima quinta reunin en Ginebra so-bre proteccin de la maternidad.

    Convenio N.- 106 de 1956, adoptado enla cuadragsima reunin en Ginebra sobredescanso semanal.

    5.12 Convenios aprobados porD.S. 14228 de 23 de di-ciembre de 1976

    El D.S. 14228 de 23 de diciembre de 1976,aprueba y ratifica los siguientes ConveniosInternacionales de trabajo.

    Convenio N.- 88 de 1948, sobre el servi-cio del empleo.

    Convenio N.- 95 de 1949, sobre la pro-teccin del salario.

    Convenio N.- 102 de 1952, sobre la segu-ridad social.

    Convenio N.- 111 de 1958, sobre la dis-

    criminacin del empleo y ocupacin.Convenio N.- 117 de 1962, sobre polticasocial normas y objetivos bsicos.

    Convenio N.- 118 de 1964, sobre laigualdad de trabajo, seguridad social.

    Convenio N.- 120 de 1964, sobre lahigiene en comercio y oficinas.

    Convenio N.- 121 de 1964, sobre lasprestaciones en caso de accidentes detrabajo y enfermedades profesionales.

    Convenio N.- 122 de 1964, sobre la pol-tica del empleo.

    Convenio N.- 123 de 1965, sobre edadmnima (trabajo subterrneo).

    Convenio N.- 124 de 1965, sobre el exa-men mdico de los menores (trabajo subte-rrneo).

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    Convenio N.- 128 de 1967, sobre lasprestaciones de invalidez vejez y sobrevi-vientes.

    Convenio N.- 129 de 1969, sobre la ins-peccin de trabajo (agricultura).

    Convenio N.- 130 de 1969 sobre, asis-tencia mdica y prestaciones, de enferme-dades.

    Convenio N.- 131 de 1970, sobre la fija-cin de salarios mnimos.

    Convenio N.- 36 de 1971, sobre el ben-ceno.