Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín

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Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín Portales Institucionales: La Arquitectura de la Información

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Portales Institucionales: La Arquitectura de la Información. Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín. Portales Institucionales. Son fundamentales en la agenda pública pues ofrecen un contacto más simple y eficaz con la ciudadanía. - PowerPoint PPT Presentation

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Portales Institucionales

Son fundamentales en la agenda pública pues ofrecen un contacto

más simple y eficaz con la ciudadanía

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En México existen más de 30 millones

de usuarios regulares de

Internet y se estima que para el cierre

de 2011 haya alrededor de 60

millones de celulares con

acceso a Internet.

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Las instituciones deben cuidar la arquitectura de sus portales para ofrecer a los usuarios formas de

acceso a la información amigables y sencillas.

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Página del IFE-1998

El IFE ha dado pasos significativos en la arquitectura de sus portales desde la

publicación, en 1996, de su portal de

Internet.

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Página del IFE-2000

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Página del IFE-2003

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Página del IFE-2006

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Página del IFE-2010

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Del 1 de enero al 31 de octubre de 2010 el Portal del IFE ha recibido

un total de 4’674,737 visitas.

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Gráfica de visitas acumuladasEnero – Octubre de 2010

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Los 10 temas más consultados por los usuarios del Portal del IFE

N° Tema Vistas* %

1 Credencial para votar 3,361,871 79.92

2 Bolsa de trabajo 220,642 5.25

3 Apartado Estados 123,944 2.95

4 Acerca del IFE 122,084 2.90

5 Preguntas frecuentes 85,607 2.04

6 Estadísticas y Resultados Electorales 82,993 1.97

7 Apartado Espacio Ciudadano 42,484 1.01

8 Apartado Biblioteca 33,792 0.80

9Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas y su Fiscalización

31,930 0.76

10 Mapa de sitio 30,660 0.73

*Vista web es la acción que realiza el usuario cuando carga una página web en su navegación

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Portal del IFE• Medio de acceso eficaz para ofrecer

información al ciudadano.

• Instrumento tecnológico eficiente de gestión y ejecución de programas institucionales.

• Contribuye a la rendición de cuentas.

• Vehículo para el cumplimiento de obligaciones legales.

• Herramienta especializada de acceso a la información.

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CapacitaciónEl IFE cuenta con un campus virtual.

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En el sitio Tú Decides el IFE ofrece un espacio informativo sobre valores democráticos, así como de intercambio para la libre expresión de opiniones sobre situaciones de la vida cotidiana de los niños.

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En el portal institucional del IFE se apoya a los ciudadanos con videos para

la capacitación electoral.

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Micrositio de Género y Democracia

Tiene como finalidad transparentar y difundir el cumplimiento de las disposiciones legales en materia electoral de los partidos políticos a favor de la equidad de género.

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Registro

Los portales institucionales pueden servir también como

instrumentos de registro que

permiten facilitar a los usuarios su participación en

diversos procesos.

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Transparencia y acceso a la información

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Los portales funcionan también como canales de comunicación

entre los usuarios y las instituciones

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Teoría de la Implosión Tecnológica

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 San Luis Potosí, agosto 13 de 1849. Visto el antecedente dictamen y teniendo presente que el artículo 25 de la Acta de Reformas, impone al juzgado de mi cargo la obligación de amparar a cualquier ciudadano contra los ataques violentos, ya sea de los supremos poderes de la nación, ya de los Estados: que la circunstancia de no haberse reglamentado el modo y términos en que tal protección debe dispensarse, no es ni puede ser obstáculo para cumplir con ese sagrado deber, porque a nadie puede ocultarse el modo de sustanciar un expediente y que, de no dar cumplimiento al citado artículo resultaría una contravención del objeto y fin que los legisladores se propusieron, no menos que una muy notable infracción, que inconcusamente haría responsable al que la cometiera; que una ley desde el momento que se publica debe ser obligatoria; no expresándose en ella lo contrario, como dice muy bien el asesor, y que por lo mismo no se ha podido ni puede dejar de cumplir con la referida disposición constitucional, a pesar de las razones que expresa el Sr. Gobernador del Estado en la comunicación que dirigió a este juzgado el 4 del corriente por conducto de su secretaría, por no ser suficientes para no observar lo que manda la ley con objeto de proteger las garantías individuales, y siendo como es cierto que el mismo Sr. Gobernador expidió contra D. Manuel Verástegui la orden de destierro que motivó el ocurso que ha dado lugar a la formación de las antecedentes actuaciones, contraviniendo a lo dispuesto por el supremo gobierno de la Unión a consecuencia de la ley de 24 de abril del corriente año, y cometiendo un verdadero ataque a las garantías individuales que deben respetarse siempre por cualquiera autoridad, por estar afianzadas en la Constitución y ser esto conforme al buen orden y comunal provecho de la sociedad; por tales fundamentos y demás que se contienen

en el precitado dictamen a que me refiero, se declara que este juzgado dispensa a D. Manuel Verástegui la protección que solicita, en conformidad de lo dispuesto en el repetido artículo 25 del Acta de Reformas para que no pueda ser desterrado del Estado, sin que preceda la formación del juicio y pronunciamiento del fallo por la autoridad judicial a que exclusivamente corresponde por la Constitución; debiendo quedar entre tanto en el pleno uso de los derechos y libertad que la misma Carta fundamental le concede como mexicano. Comuníquese esta disposición al interesado para su inteligencia, dándole copia testimoniada de ella si la pidiere.- Hágase igual comunicación por medio de la correspondiente nota al supremo gobierno del Estado, para el debido acatamiento de este fallo y sus efectos, manifestándole a la vez que el juzgado en manera alguna espera se le obligue a usar de los recursos que la ley ha puesto en sus manos para hacer respetar y cumplir sus disposiciones, estando como se halla dispuesto a conservar la dignidad de este tribunal, y a hacer respetar y cumplir sus disposiciones, estando como se halla dispuesto a conservar la dignidad de este tribunal, y a hacer que sus fallos sean debidamente respetados, y dése cuenta con todo al Supremo Gobierno de la Unión para los efectos que hubiere lugar. El Sr. D. Pedro Zámano, primer suplente del juzgado de Distrito en actual ejercicio por ausencia del propietario, así lo decretó, mandó y firmó por ante mí, de que doy fe.- Pedro Zámano. Manuel de Arriola,

La Primera Sentencia de Amparo

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• Enlaces o hipervínculos

• Interacción con la ciudadanía

• Enfoque metodológico

•Uso responsable

Desafíos:

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• Actualización inmediata

• Servicios horizontales

• Vías para el ejercicio de derechos

• Accesibilidad

Desafíos: