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Dpto de Industria, Comercio y Turismo Oficina Territorial en Álava Gobierno Vasco, C/Samaniego 2 01008 Vitoria-Gasteiz (Álava) A LA OFICINA TERRITORIAL EN ÁLAVA DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DEL GOBIERNO VASCO xxxxxxxxxxxcon documento nacional de identidad XXXXXXXXXXX y con domicilio enXXXXXXXXXX, C.PXXXX, en representación la plataforma ciudadana Zanpazu Bizirik y de los atrás firmantes, ante la Oficina Territorial en Álava del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO Que habiendo sido notificado por medio del Boletín Oficial del País Vasco, número 72, del viernes 17 de Abril de 2009, el trámite para realizar alegaciones al expediente de solicitud de autorización administrativa y declaración de impacto ambiental de la instalación “Parque Eólico de Zanpazu” en el término municipal de Amurrio (Álava), junta administrativa de Lezama (Amurrio), promovido por GAMESA ENERGÍAS S.A.U y habiéndolo examinado en periodo de información pública, por medio del presente escrito dentro del plazo legal concedido, me persono en el procedimiento administrativo y acto seguido procedo a realizar las siguientes ALEGACIONES PRIMERO. – SOBRE LA BAJA CALIDAD DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SU IMPOSIBILIDAD DE EVALUAR POSIBLES IMPACTOS El estudio de impacto ambiental (EIA, en adelante) presentado es excepcionalmente deficiente. Tengo constancia que el 20 de octubre de 2008 se recibió en el Ayuntamiento de Amurrio el escrito de la Dirección de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, en el que se consultaba a éste sobre la amplitud y nivel de detalle que, a su entender, debiera tener el estudio de impacto ambiental del parque eólico de Zanpazu en el término municipal de Amurrio, promovido por Gamesa

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Dpto de Industria, Comercio y TurismoOficina Territorial en ÁlavaGobierno Vasco, C/Samaniego 201008 Vitoria-Gasteiz (Álava)

A LA OFICINA TERRITORIAL EN ÁLAVA DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DEL GOBIERNO VASCO

xxxxxxxxxxxcon documento nacional de identidad XXXXXXXXXXX y con domicilio enXXXXXXXXXX, C.PXXXX, en representación la plataforma ciudadana Zanpazu Bizirik y de los atrás firmantes, ante la Oficina Territorial en Álava del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO

Que habiendo sido notificado por medio del Boletín Oficial del País Vasco, número 72, del viernes 17 de Abril de 2009, el trámite para realizar alegaciones al expediente de solicitud de autorización administrativa y declaración de impacto ambiental de la instalación “Parque Eólico de Zanpazu” en el término municipal de Amurrio (Álava), junta administrativa de Lezama (Amurrio), promovido por GAMESA ENERGÍAS S.A.U y habiéndolo examinado en periodo de información pública, por medio del presente escrito dentro del plazo legal concedido, me persono en el procedimiento administrativo y acto seguido procedo a realizar las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERO. – SOBRE LA BAJA CALIDAD DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SU IMPOSIBILIDAD DE EVALUAR POSIBLES IMPACTOSEl estudio de impacto ambiental (EIA, en adelante) presentado es excepcionalmente deficiente.

Tengo constancia que el 20 de octubre de 2008 se recibió en el Ayuntamiento de Amurrio el escrito de la Dirección de Planificación, Evaluación y Control Ambiental, en el que se consultaba a éste sobre la amplitud y nivel de detalle que, a su entender, debiera tener el estudio de impacto ambiental del parque eólico de Zanpazu en el término municipal de Amurrio, promovido por Gamesa Energía, S.A.U., en base a un “Documento Inicial de Proyecto “ que había presentado dicha empresa es sus oficinas. El Documento Inicial de Proyecto se estudió, revisó y envió con diferentes propuestas que se desarrollaban en un informe adjunto pero como bien se indica y se demuestra en el contenido del EIA se ha hecho caso omiso a las solicitudes presentadas tras la consulta. Además, el EIA está fechado en el mismo mes en el que se realizo la consulta, siendo esto un gesto poco respetuoso para los que estudiamos el informe básico a favor de un EIA completo.

No se puede evaluar los impactos haciendo un listado de hábitats y especies que “potencialmente” pueden encontrarse en ellos omitiendo cualquier referencia real a la toma de datos de campo o al análisis de la cuantiosa bibliografía existente. La falta de estudio de campo se pone de manifiesto en cualquiera de las páginas del EIA, sólo con ver que la vegetación supuestamente dominante mencionada en el estudio son los cultivos de cereal, no apareciendo éstos en realidad, en todo el territorio afectado por la central eólica y la LAT.

No se puede evaluar los impactos sobre la fauna sin un estudio exhaustivo y específico de cada grupo predominante de la zona. No se hace referencia a datos publicados en diferentes lugares como la presencia de las poblaciones más importantes de rana ágil (Rana dalmatina) de la Península Ibérica y el mayor dormidero de milano real (Milvus milvus) de Álava, con 150 individuos. Ambas especies protegidas por diferentes leyes.

No se puede evaluar los impactos dejando a un lado la geología del entorno. En el EIA solo se mencionan datos puramente bibliográficos básicos con la mayor brevedad posible sin hacer mención al potencial geológico de la zona.

SEGUNDO. –AMPLIACIÓN DEL PLAZOSe ha tenido conocimiento de que a diversas instancias (asociaciones, plataformas ciudadanas, colectivo sociales, etc) les ha resultado imposible presentar alegaciones en plazo a pesar de tener intención de hacerlo.Ello es debido a que:

El plazo concedido (1 mes) ha resultado escaso para estudiar este voluminoso proyecto, a lo que se añade que parte del periodo de información pública ha coincidido con el periodo vacacional de San Prudencio, 28 de Abril y día del Trabajador, 1 de Mayo.

Tengo constancia que hay personas a las que se les ha denegado la información requerida en formato digital, dificultando la revisión y estudio de EIA y denegándole el derecho de acceso a la información ambiental que todo ciudadano debería de tener. Este hecho ha sido notificado al Defensor del Pueblo, Ararteko.

El horario de la Oficina Territorial debería de ser de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas pero en el caso de la sede de Samaniego de Araba, el horario es de lunes a jueves de 9 a 13 horas y de 15 a 16.30 horas. El viernes el horario de atención al público es de 9 a 14 horas, reduciendo considerablemente el horario de estudio pertinente.

Por estos motivos se solicita la ampliación del periodo en exposición pública del proyecto en cuestión en un mes adicional.

TERCERO. – RENDIMIENTO ENERGÉTICO

Los aerogeneradores previstos instalar tienen una potencia de 2 MW, con lo que las 5 máquinas tienen una potencia total instalada de 10 MW, es decir, el 1,6% de toda la energía eólica instalada según la Estrategia Energética de Euskadi 2010, 3E-2010, que será de 623,6 MW. Pero si estudiamos las cifras de la potencia estimada que se va a generar se comprueba que es mínimo e irrelevante con respecto al total de energía generada en la Comunidad Autónoma Vasca. Ya que según la Estrategia Energética de Euskadi 2010, el 12% de la energía que se consuma en Euskadi procederá de energías renovables, y de ella el 14,14% procederá de energía eólica, lo que hace un 1,7% de la energía procedente de recursos eólicos, y de ella un 0,03% procedente de la central eólica de Zanpazu.

Y si calculamos respecto a la generación eléctrica, según la Estrategia Energética de Euskadi 2010, el 15% procederá de recursos renovables, de ellos la eólica es un 62,04% de la potencia instalada, es decir, que aún produciendo lo máximo instalado, que no es el caso debido a las especiales características de esta energía ya que el viento no es una fuente constante, las centrales eólicas generarían un 9,31%, aunque será menos.

Lo que quiere decir que la central eólica de Zanpazu produciría según potencia instalada un 0,15% de la energía eléctrica consumida en Euskadi, aunque ese porcentaje será inferior. Por lo tanto creemos que no es ambientalmente sostenible destruir un hábitat tan preciado y de elevado valor ambiental y paisajístico para generar esa pequeña cantidad de energía.

Solicitamos que antes de crear nuevas centrales, se aprovechen al máximo aquellas de las cuales ya disponemos y en cuanto a tecnología están obsoletas, puesto que lo que producen no llega ni a el 25 % de lo que los nuevos aerogeneradores pueden producir a día de hoy, y si no a los hechos me remito:

Parque Eólico de Elgea, primero de la CAPV,al cual se le unieron dos nuevos parques: el Parque Eólico de Oiz en Bizkaia, con 30 aerogeneradores de 0,850MW unitarios y una potencia total de parque de 25,5 MW, y el de Urkilla, en la muga Gipuzkoa-Álava, que con 38 aerogeneradores de 0,85MW tiene instalada una potencia total de 32,3 MW.(Ente Vasco de Energía)A día de hoy en Zanpazu, se pretenden instalar aerogeneradores de 2MW, frente a los paupérrimos 0,85MW que ofrecen en Elgea.

En Álava se necesitan 800MW, actualmente Garoña produce la energía necesaria para toda Álava, está en proyecto una planta térmica de ciclo combinado en Lantaron que va a producir otros 800 MW, es decir que vamos a producir en Álava el doble de lo que consumimos, notándose claramente el objetivo economista de la generación de energía.

CUARTO. – SOBRE LA AUSENCIA DE UN ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS

En el apartado 2.2. Alternativas del proyecto se cita textualmente “Quedan fuera de este análisis de alternativas la disposición del propio parque eólico ya que la zona donde se va a instalar está ya delimitada por el Plan Territorial Sectorial de la Energía Eólica del País Vasco y al tener que mantener una distancia mínima entre aerogeneradores, la disposición de los mismos sobre la zona delimitada no ofrece alternativas de ubicación, sino en todo caso variaciones sobre la misma solución”. Esta afirmación, que da pie a no analizar alternativas es sencillamente falsa. El PTS no delimita la ubicación de ningún miniparque. Resulta cuando menos sorprendente que los promotores desconozcan este hecho y nos lleva a considerar que la resolución de la Declaración de Impacto Ambiental debería ser negativa.

QUINTO. – IMPACTOS DE LA INSTALACIÓN DE ALTA TENSIÓN

La instalación de tendido eléctrico de Alta Tensión pasaría por el NE de Amurrio: Lezama, Larrinbe, Amurrio y Murga. En el EIA presentado apenas se hace referencia del impacto que provocaría dicha instalación. A la hora de aceptar las diferentes alternativas proyectadas se han valorado y se han tenido en cuenta los siguientes factores ambientales: vegetación, fauna, afección al suelo (longitud de la línea), afección paisajística, proximidad a poblaciones. Se ha realizado un estudio muy superficial de los diferentes factores y no se mencionan en ningún momento la opinión de los habitantes de las localidades por las que pasaría el tendido eléctrico ni los efectos que dicha Linea de Alta Tesión podría tener en las personas con viviendas cercanas: efectos barrera, campo magnético…

SEXTO. – APERTUTA DE NUEVAS PISTAS

La apertura de descomunales y nuevas pistas necesarias para el transporte y montaje de los componentes de los aerogeneradores son algo añadido a la construcción de una central eólica, en el caso de Zanpazu, solamente para hacer llegar los 5 aerogeneradores proyectados están obligados a realizar diferentes tipos de talas y destrozos para facilitar así el acceso de los camiones de gran tonelaje al entorno natural de su posibles ubicación. Además hay que resaltar que para que los camiones de gran tonelaje pudieran pasar por la localidad alavesa de Gujuli están obligados a derribar un caserío y cabaña, expropiándolas anteriormente.

Las nuevas pistas que se realizan se mantienen operativas para el posterior mantenimiento y vigilancia de la central. Hay que recordar que la apertura de nuevas pistas produce un gravísimo impacto en el ecosistema; para la flora por la desaparición de las especies y especímenes singulares situadas en el lugar por el que debe transcurrir el camino. Para la fauna, la fragmentación del hábitat es uno de los mayores problemas ambientales a los que se enfrentan hoy en día. Además estas nuevas pistas facilitan el acceso motorizado aun espacio natural con el consiguiente aumento de visitas y sus impactos derivados: ruido, alteración y destrucción del hábitat, aumento de las basuras, posible masificación en momentos determinados, contaminación, aumento del riesgo de incendios forestales, aumento del furtivismo.Como bien se ha indicado en el anterior párrafo, el uso indebido de las pistas y las diferentes perdidas de líquidos (aceites, combustibles…) que pueden sufrir los vehículos que transcurrirían por ellas, afectarían a los diferentes acuíferos que se encuentran bajo el entorno de Zanpazu, influyendo está contaminación en las diferentes fuentes surgentes que se abastecen de las aguas filtradas por el sistema Karst-ico de Zanpazu en localidades y entornos de Inoso, Lezama, Saratxo, Lekamaña, Orduña y Aloria.

SÉPTIMO. – EFECTOS SINÉRGICOS CON OTRAS CENTRALES EÓLICAS

En las proximidades al emplazamiento previsto se encuentra en fase de información pública otra central eólica de gran entidad, Sierra de Arkamo (Ribera Alta), además de otra mini central,Jesuri (Orozko-Laudio). Creemos que es un fraude al contenido moral de los Estudios de Impacto Ambiental, el que en estas centrales eólicas se estudien sus impactos por separado sin incluir los efectos sinérgicos que conllevan unas centrales sobre otras, especialmente en lo referente a sus impactos paisajísticos y avifaunísticos. Respecto al impacto paisajístico, la acumulación de cientos de molinos visibles desde algunos puntos, aumenta exponencialmente el impacto sobre el paisaje. Respecto al impacto avifaunístico se debería realizar un completo estudio que determine el impacto global que todas estas centrales eólicas provocan en la avifauna.

OCTAVO.- IMPACTO SOBRE ÁREAS DE ALTO VALOR NATURAL CERCANAS.

El proyecto de esta central ocasionará daños en diferentes zonas protegidas por la Red Natura 2000. Los LIC de Arkamo-Gibijo-Arrastaria, Robledales isla de Urkabustaiz y Gorbeia, el Parque Natural de Gorbeia y la ZEPA de Sierra Salvada están considerados espacios núcleo en la Red de Corredores Ecológicos de la CAPV según un estudio del propio Gobierno Vasco. Se considera, por tanto, como corredor de enlace a la zona de proyección de la central, por lo que el valor natural es de gran relevancia.

ZEPA Sierra Sálvada. Área Importante para las Aves ubicada entre Álava y Bizkaia, y a cuatro kilómetros del área en el que se ha proyectado la central eólica. Esta IBA es muy importante para la nidificación de las aves rapaces, destacando el alimoche común, Neophron percnopterus, buitre leonado, Gyps fulvus, águila real, Aquila chrysaetos, culebrera europea, Circaetus gallicus, milano negro, Milvus migrans, halcón peregrino, Falco peregrinus, búho real, Bubo bubo, chova piquirroja, Pyrrhocorax pyrrhocorax, y el mayor dormidero invernal de milano real, Milvus milvus (130-160 individuos). Muchas de estas aves tienen Zanpazu como zona de campeo y alimentación, por lo que la calidad de la ZEPA Sierra Salvada se verá alterada con la construcción de la central eólica.

Parque Natural y LIC del Gorbeia. Situado a 500m de la central eólica es el área protegido más extenso de la zona. Tanto la vegetación endémica y en peligro de extinción del Parque, entre las que destacan Ranunculus amplexicaulis y Nigritella gabasiana, como la fauna de la zona, entre la que se encuentra la anteriormente mencionada colonia de cría del murciélago ratonero forestal (Myotis beschteinii) pueden sufrir graves daños.

LIC Robledales Isla de Urkabustaiz. Situado a 2km al sur de la central eólica. Es el lugar idóneo para la especie de anfibio más amenazada de la CAPV, la rana ágil (Rana dalmatina) cuyo hábitat son los robledales de encharcamiento de este LIC. Este lugar se verá afectado por la construcción de la central debido a las pistas, movimientos de tierra y a las substancias dañinas para el entorno que se desprenden de los aerogeneradores.

LIC Arkamo-Gibijo-Arrastaria. Situado a 500m al sur de la poligonal del proyecto. Esta zona protegida da cobijo a una importante flora y fauna rupícola que se verá afectada con la construcción y funcionamiento de la central eólica.

Cabe destacar también otra zona protegida que aunque no se incluye en la Red Natura 2000 es muy importante en la zona, el Monumento Natural Monte Santiago, situado a seis kilómetros de la central eólica. Este excepcional espacio natural ha sido declarado por la calidad de sus bosques, sus poblaciones de aves rupícolas pero sobre todo por su espectacular paisaje que se verá seriamente afectado por la presencia en su cuenca visual de una central eólica, visible desde su punto más relevante y reconocido: la cascada del Nervión.

NOVENO. – IMPACTO SOBRE EL CORREDOR ECOLÓGICO

El parque eólico no se instala directamente sobre los espacios Natura 2000. Sin embargo hay dos LIC que se sitúan a escasos 600 metros hacia el este (LIC Gorbeia) y a escasos 1.000 metros al sur (LIC Arkamo-Gibijo-Arrastaria). Dada esta cercanía y el papel de corredor ecológico que juega el espacio donde se ubica el parque entre ambos LICs es evidente su afección indirecta al lugar, de manera que en la valoración de las implicaciones ambientales del proyecto se debe activar el mecanismo definido en el Artículo 6.3 de la Directiva 92/43/CE de Hábitats: “Cualquier plan o proyecto que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, ya sea individualmente o en combinación con otros planes y proyectos, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación de dicho lugar. A la vista de las conclusiones de la evaluación de las repercusiones en el lugar y supeditado a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades nacionales competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho plan o proyecto tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión y, si procede, tras haberlo sometido a información pública”.

Poco se ha estudiado a su vez la afección del proyecto en la conexión entre los tres espacios protegidos cercanos existentes: LIC y PN de Gorbeia, LIC Arkamo y ZEPA de Sierra Salvada y su afección en la conexión de los diferentes hábitats y especies, tal y como se indica en los Artículos 20 y 46 de la Ley 42/2007 de Patrimonio natural y Biodiversidad, sobre conectividad ecológica y conexión entre espacios Natura 2000.

DÉCIMO.- IMPACTO SOBRE LA AVIFAUNA

A fecha de hoy son irrefutables los impactos de las centrales eólicas sobre la avifauna, especialmente las rapaces rupícolas. En este sentido se debe destacar las recomendaciones de SEO/Birdlife respecto a la instalación de centrales eólicas en aras de evitar impactos negativos sobre la avifauna, recogidas en la publicación “Directrices para la evaluación del impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos”.La zona donde se ubica la central es un área fuertemente ganadera y con un paisaje abierto, lo que atrae a numerosas especies rapaces que nidifican en la proximidad del paraje, entre ellas el buitre (Gyps fulvus), el alimoche (Neophron percnopterus), el milano negro (Milvus migrans) y el milano real (Milvus milvus). En este sentido el EIA presentado no aporta datos de ningún tipo de seguimiento (como mínimo anual) de los movimientos de las aves planeadoras en la zona, como suele ser habitual en los EIA de los parques eólicos, lo que arroja una incertidumbre absoluta y una imposibilidad de predecir impactos en la avifauna. En este sentido lo único que indica el EIA es que “La avifauna de esta ZEPA podría llegar a campear en el emplazamiento del parque eólico y la LAT, especialmente las especies que realizan mayores desplazamientos: buitre leonado (en torno a un centenar de parejas), alimoche y águila real”, muestra una vez más de la debilidad del estudio presentado. Además y como se ha citado anteriormente, la presencia en la proximidad de la central (3 Kms) del mayor dormidero y concentración de milano real (Milvus milvus) de toda la CAPV, debería resultar argumento suficiente para rechazar la construcción de infraestructuras de este tipo en el entorno geográfico del dormidero por el enorme riesgo de colisión que entrañan. En la propia documentación técnica redactada por el Gobierno Vasco para la ZEPA de Sierra Salvada ES000244 y recogida en el formulario normalizado de datos de la Red Natura 2000, de VULNERABILIDAD se dice: “Existen varios proyectos de instalación de polígonos eólicos, tanto en el interior del espacio como en su periferia” en alusión clara a la central de Zanpazu.En consecuencia, se entiende que la central eólica planteada tendrá una crítica e irreversible consecuencia en el mantenimiento de las aves planeadoras de la zona que presentan aquí una elevadísima densidad. Por tanto, creemos que todos estos motivos son suficientes para resolver de forma negativa la Declaración de Impacto Ambiental.

UNDÉCIMO.- IMPACTO SOBRE LA HERPETOFAUNA.

El EIA presentado por Gamesa Eólicas S.A.U muestra un impacto moderado por la pérdida de hábitat en mamíferos y aves. Los reptiles y anfibios quedan marginados siendo la única referencia la poca afección sobre estos dos grupos de vertebrados. Aquí, vuelve a quedar de manifiesto la falta de un estudio de campo.No se hace mención al elemento destacable de este entorno, la rana ágil (Rana dalmatina), una especie cuya distribución en la Península Ibérica se restringe a Álava y Navarra. El 48,9% de la población de Álava se encuentra en una charca cuya ubicación queda muy cerca ( a menos de 800m) de uno de los viales proyectados. El 86% de los efectivos estimados en las localidades de Amurrio, Orduña y Urkabustaiz se concentran en la zona de Bigandi-Zanpazu-Unzá siendo este área el lugar de proyección de la central eólica (Corral et al. 2007- Munibe 25:112-118)

Este anuro se considera “en peligro” en la Península Ibérica siguiendo las categorías de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (I.U.C.N), recogidas en el Atlas y Libro Rojo de los Anfibios y Reptiles de España (Pleguezuelos et al., 2002). Además, se encuentra catalogada en la Directiva de Hábitat 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres, dentro del anexo IV, que recoge las especies de interés comunitario que requieren una protección estricta.El estudio de esta especie y de otras como el tritón alpino (Mesotriton alpestris) catalogada como Rara debería alargarse durante un periodo de seis meses, siendo los meses óptimos de febrero a julio coincidiendo con la época de reproducción y cría.

DUODÉCIMO. – IMPACTO SOBRE LOS QUIRÓPTEROS

La falta de un estudio específico previo sobre las poblaciones de quirópteros en el lugar de ubicación de la central imposibilita la realización de un EIA. El trabajo de campo para el estudio de estos mamíferos debería abarcar un periodo mínimo de seis meses, siendo la época más óptima de abril a septiembre.Han sido omitidos datos de gran relevancia, como la presencia de una de las colonias de cría del murciélago ratonero forestal (Myotis bechsteinii) en el pueblo de Inoso. Se trata de una especie catalogada en peligro de extinción en el País Vasco y vulnerable en la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (U.I.C.N.) según la Directiva de Hábitat 92.43 de la CEE, Anexo II (9 sp.), y Anexo IV (Todas) y el Catalogo de especies amenazadas del País Vasco. Asimismo aparecen ejemplares de especies catalogadas como vulnerables En la Comunidad Autónoma del País Vasco como el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago de Geoffroy (Myotis emarginatus) y el murciélago orejudo meridional (Plecotus austriacus) (Datos del Departamento de Zoología y Biología Celular de la Facultad de Ciencia y Tecnología de la Universidad del País Vasco). Además de todas estas especies pueden encontrarse otras que usan la zona como comederos y que aunque no están catalogadas, el impacto de la central eólica puede generar una reducción de las poblaciones en el área de la ubicación.

DECIMOTERCERO.- SOBRE LA VEGETACIÓN Marco biogeográfico y bioclimático

Se dan algunas generalidades sobre dinámica de la vegetación (vegetación potencial, perturbaciones, etapas degradativas…), pero no se da ningún dato sobre el encuadre biogeográfico y bioclimático del área afectada.

Vegetación potencial.Para la vegetación potencial se han basado en el Mapa de Series de Vegetación de

España a escala 1:400.000 (Rivas-Martínez, 1986). Es un buen mapa, pero su escala es muy reducida, por lo que difícilmente coincidirán las manchas en el dibujadas con la potencialidad de un área tan concreta y reducida. Entre los objetivos de un mapa a esa escala nunca está el de servir de referencia en este tipo de estudios.Una escala más detallada es la del Mapa de Vegetación Potencial a escala 1:100.000 (bastante más detallada) asociado a cada hoja 1:25.000 del Mapa de Vegetación de la CAPV (Gobierno Vasco, 1990).

Quizás la falta de coherencia observada entre las series de vegetación que se mencionan en este apartado y la vegetación real del siguiente apartado se deba a este problema con las escalas:En este apartado se indica que el impacto (viales, línea eléctrica…) se centra en tres unidades de vegetación:

- Serie montana cantabroeuskalduna y pirenaica occidental acidófila del haya, Saxifrago hirsutae-Fageto sylvaticae sigmetum.

- Serie colino-montana orocantábrica, cantabreuskalduna y galaicoasturiana mesofítica del fresno, Polysticho setifero-Fraxineto excelsioris sigmetum

- Serie montana cantabroeuskalduna mesofítica del roble, Crataego laveigatae-Querceto roboris-S.

Tal como se indica en este apartado, cada serie agrupa un conjunto de comunidades, la vegetación potencial y una serie de comunidades de sustitución (espinares, matorrales, prados y pastizales…). La vegetación potencial es el bosque que define la serie, por lo tanto, según este apartado, en el área afectada habría tres tipos de bosques:

Hayedos acidófilos de Saxifrago hirsutae-Fagetum sylvaticaeRobledal-fresnedas mesofítico colino de Polysticho setiferi-Fraxinetum excelsiorisRobledal mesofítico montano de Crataego laevigatae-Quercetum roboris

Vegetación real

Tal y como se indica en el informe, la vegetación real se ha determinado con el Mapa Forestal de España, hoja 86 IV. No se especifica la escala, pero por la numeración de la hoja se infiere que es una escala 1:25.000. Sin embargo, sólo está disponible por ahora a escala 1:50000, correspondiente al Tercer Inventario Forestal Nacional.En la página Web del Ministerio sí que está disponible la Cartografia digital de los hábitats españoles (1:50.000), correspondiente al Atlas y Manual de los Hábitats Españoles (descarga en Banco de datos de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, actualizado en 2005)Existen otras fuentes cartográficas que se podían haber consultado, tanto por su escala, más detallada, como por su actualización:

Mapa de vegetación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a escala 1:25.000 (Gobierno Vasco, 1990). Su actualización, con sucesivas modificaciones, está disponible en la Web del Dpto. de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco.

Aún más detallada y reciente es la cartografía de hábitats a escala 1:10000 (con el código EUNIS), disponible en la misma página.

Está bastante claro que no se ha utilizado la información más apropiada. El resultado es un mapa de vegetación bastante defectuoso en la forma y en el fondo. En la forma, pues es dificil identificar cada mancha con la unidad correspondiente en la leyenda, pues los colores han cambiado y las manchas no tienen un código o número. En el fondo, pues la leyenda consta de siete unidades (Cultivos agrícolas, Hayedo (Fagus sylvatica), Repoblación de pinos, Pinar (Pinus radiata), Prado de siega, Quejigar (Quercus faginea), Robledal) que no son lo suficientemente concretas, sobre todo en el caso de hayedos y robledales.

Además, esta leyenda no se corresponde del todo con los hábitats que se describen en este apartado. Se habla aquí de unos pastizales que por la composición florística que mencionan corresponden a pastos de diente acidófilos de Violion caninae (hábitat de la Directiva: 6230), y no a prados de siega. También se menciona la presencia, en mosaico con los pastizales, de brezales (Calluna vulgaris, Daboecia cantabrica, Ulex gallii), también incluidos en la Directiva (4030 Brezales secos europeos).

En el entorno afectado por la línea eléctrica, mencionan prados y cultivos atlánticos, hayedos cálcicolas éutrofos, quejigal atlántico y robledal acidófilo, así como plantaciones de pinos. Al pasar a describir cada unidad, se menciona que los cultivos de cereal constituyen la unidad mayoritaria en el entorno del parque, dato que no concuerda con lo mencionado en otros apartados.

Estas unidades de vegetación no son coherentes con las series de vegetación del apartado anterior, donde se hablaba de la serie acidófila del haya, cuya cabeza de serie es un hayedo acidófilo, no uno basófilo como el que aquí se menciona. Del mismo modo, se daban en el apartado anterior dos series éutrofas del roble, mientras que aquí se menciona un robledal acidófilo, que por supuesto tendría que tener su propia serie, y no se habla de ningún robledal éutrofo. Tampoco se menciona la serie del quejigal atlántico.

En cuanto a la presencia de hábitats de interés comunitario, únicamente se hace mención expresa del hábitat 9240 (Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis), pero atribuyéndoselo erróneamente al robledal acidófilo, cuando en realidad corresponde al quejigal atlántico. Este error se vuelve a repetir en la descripción de la unidad del robledal acidófilo, con lo que se puede pensar que más que error refleja ignorancia sobre el bosque en cuestión.

Como resumen, se observa incoherencia en la información, probablemente debida a la inadecuada cartografía utilizada en el estudio, y a la consiguiente incapacidad de los autores para darse cuenta de ella e intentar corregirla. Impactos sobre la vegetación

- La unidad de vegetación que más superficie vería afectada, según los autores, son los cultivos de cereal. Ya hemos mencionado antes que esta unidad, según el mapa de vegetación (o lo que se puede adivinar en él) no se ve afectada.

- La segunda unidad por superficie afectada es el quejigal (1,75 Has), que, debido al error o ignorancia ya comentado más arriba, los autores no incluyen en el hábitat 9240 de la Directiva.

- Los prados y cultivos atlánticos. Existe gran confusión de este hábitat con el de cultivo de cereal. Según el mapa son todo prados de siega. Eso sí, en el apartado de vegetación real los autores del informe mencionan unos pastizales por cuya composición florística se infiere que son pastizales acidófilos. No está claro.

El análisis que se hace de estos datos (pag. 85, 2. parrafo tras la tabla) es erróneo, básicamente debido a las confusiones y errores mencionados: cultivos de cereal-prados de siega-pastizal acidófilo, por un lado, y la persistente atribución del hábitat 9240 al robledal acidófilo; este error estolonífero, que al principio parecía ser un simple error de mecanografiado, ha influido de modo determinante en el análisis del impacto sobre la vegetación..

Medidas correctorasSin entrar en análisis detallados, se aprecia un descuido general en la redacción de este apartado, con abundancia de generalidades, que, en cuanto se concretan, dan paso al error. Como muestra algunos ejemplos:

Protección de la cubierta vegetal (pag. 103): pies de encinaRestauración vegetal (pag. 104): muy generalRestauración del hábitat para la fauna local (pag. 104):

Hidrosiembra: se habla de utilizar especies propias de la zona, pero esto es muy dificil, pues los viveros no disponen de herbáceas autóctonas. En el cuadro de medidas correctoras (pag. 109) ya se ve donde se quedan esas intenciones: la mezcla de semillas que se propone para la hidrosiembra es la típica mezcla comercial, que por supuesto no está acorde con “la comunidad vegetal del área afectada”

Las buenas intenciones, que son simplemente eso, se tornan en intenciones equivocadas cuando se habla de buscar en los viveros “semillas de encinas, tomillos y cantueso”.

DECIMOCUARTO. – IMPACTOS GEOLÓGICOS Y GEOMORFOLÓGICOS

La ausencia del estudio geológico pertinente vuelve a dejar en evidencia el EIA que se ha presentado. El estudio geológico de la zona se ha evaluado en tres pequeños párrafos, razón más que suficiente por la que la resolución de dicho EIA debería de ser negativa.

El potencial geológico de la zona y sus alrededores es de sobra conocido como para dejarlo olvidado en un estudio que valora los impactos de un proyecto de esta magnitud. En numerosos artículos sobre la zona, queda demostrado la gran variedad de figuras geológicas que se dan en la zona: Sistema Kartst-ico marginal de Aiaraldea (Zanpazu), Sistema Karst-ico de Gorobel-Sierra Salvada, con más de 250 cuevas cartografiadas, continuación de la sierra en dirección NE, Sistema Kart-ico de la Sierra de Gibijo, con decenas de cuevas cartografiadas y del cual aparece el entorno de Zanpazu como continuación haciael N.

Apenas se hace referencia a la litología de la zona. No se han mencionado los recursos minerales disponibles, los sitios de interés geológicos de la zona y alrededores como lo pueden ser el diapiro de Orduña, el yacimiento paleontológico de la cantera de Lekamaña, la cascada de Gujuli, el relieve en cuesta y la geomorfología de la zona (Hog-Backs), pese a que dicha obra afectaría en gran medida a todos estos lugares.

También se hace caso omiso en lo que a las condiciones constructivas se refiere, a la estabilidad del terreno y geotecnia. Paradójicamente sí se menciona que el terreno se encuentra esporádicamente karst-tificado. Recordando el símil de que un karst se asimila con un queso Gruyer, la montaña podría tener diferentes cavidades bajo el subsuelo, dificultando en gran medida la implantación de los aerogeneradores. Siendo esto así, insisto que los estudios de estabilidad del terreno y de geotecnia son esenciales para una obra de esta envergadura y más si cabe, en un entorno de estas características.

En lo que a la geomorfología se refiere, no se hace mención a la característica morfología que presentan todas las montañas con relieve en cuesta (Txibiarte, Burubio,Babio,Eskoritas...), “Hog-bakcs”, en todo el Alto Nervión. No se describen las formas del terreno, unidades fisiográficas y los procesos activos y latentes a corto/medio plazo que podrían sufrirse (solifluxión, deslizamientos, colapsos, inundabilidad, caídas).

En lo que a la cartografía respecta, no se han estudiado los impactos por destrucción de recursos geológicos, destrucción de putos de interés didáctico científico, aumento de la inestabilidad terrenos (en terrenos de materiales duros en estratos, de materiales blandos cargados en agua o de pendientes naturales o artificiales altas). En este campo tampoco se mencionan los diferentes indicadores: número e importancia de puntos de interés afectados, grado de erosiónhabilidad e inestabilidad de los materiales: se agrava en estructuras muy inclinadas, alternancia de estratos duros y blandos, estratos horizontales, medio detrítico (cae al cargarse de agua), niveles de riesgo geológico afectados. Siendo esto así no se han presentado ninguna medida correctora: localización y diseño de la actuación, minimización tránsito de maquinaria pesada, estabilización superficie laderas: uso

de canales y sistemas de recogida de agua, escalonación en taludes, reducción de la pendiente y drenaje interno con grava.

DECIMOQUINTO. – HIDROLOGÍA E HIDROGEOLOGÍA

El estudio hidrológico que se presenta es meramente bibliográfico y no contiene datos de interés.

En lo que a la hidrología superficial se refiere no se presentan tipo y distribución de la red de drenaje y escorrentía, formas de agua presentes, estimación caudales (módulos anuales, avenidas), calidad de agua (DBO, DQO, sólidos en suspensión y disueltos, nutrientes, capacidad autodepuración). La hidrología subterránea no se menciona en el estudio, siendo esto curioso al haber mencionado anteriormente que se trataba de un karst, entorno geológico que acostumbra a tener diferentes acuíferos. Faltaría por tanto el estudio de sistemas acuíferos (estimación recursos, procesos de carga y descarga, explotación recurso) y el inventario de puntos de agua.

Cartográficamente hablando sobre hidrología se deberían haber estudiado las diferentes impactos: pérdida de calidad de aguas, cambio en los flujos de caudales y detracción de éstos, cambio en los procesos erosión/sedimentación, afecciones a masas de aguas superficiales, efecto barrera (riesgo de inundaciones), interrupciones flujo aguas subterráneas, disminución de la tasa de recarga de acuíferos; y los diferentes indicadores: caudales afectados por cambios en la calidad de aguas, número de cauces (en tramo alto/medio/bajo) interceptados, número y valor de masas de agua superficiales, superficies afectadas por riesgo de barrera-presa, número, superficie y tipo de acuíferos afectados, vulnerabilidad de los acuíferos.

DECIMOSEXTO. – IMPACTOS SOBRE EL SUELO

El estudio edafológico debería de estar basado en la productividad y pérdida de los suelos (por erosión o pérdida de nutrientes). Este proyecto genera una pérdida del suelo, por ocupación del terreno y actuaciones asociadas y en este caso tanto por las vías de acceso que se realizarían en el entorno como por la cantidad de suelo que se quitaría para la respectiva colocación de los aerogeneradores, vuelve a quedar en entredicho el ineficiente EIA.Solo se realiza una pequeña mención de los suelos que se encuentran, clasificándolos como Inceptisoles (US Soil Taxonomy), suelos deformación incipiente y faltaría por tanto por completar la caracterización global: decenas de km (escala 1: 50000) y caracterización concreta: algunos km (escala 1: 2000, 1: 5000).

A la hora de realizar estudio se tenían que haber definido las unidades homogéneas según productividad (USDA, FAO,Duchafour), Aptitud de uso (SCS). También esta ausente la cartografía del suelo , donde se indicarían las características físico-químicas (riesgos de contaminación, revegetación…) No se hace referencia a los impactos que podría acarrear este proyecto en los

suelos: Destrucción directa, compactación, aumento de la erosión (taludes, estabilidad, etc.), disminución de la calidad edáfica, contaminación (salinidad, metales pesados,

etc.). En el EIA no se han utilizado indicadores a lo que a la edafología se refiere:

superficie de suelos de distintas calidades afectadas, volumen de pérdidas por erosión.

Apenas se presentan medidas de corrección, todas ellas se explican de una manera superficial y sin entrar en detalle. Faltarían el diseño, traza y localización de las zonas afectadas, respeto al sistema de drenaje original, retirada de tierra vegetal, Minimización de compactación de suelos localizando y encarrilando el paso de maquinaria, diseño taludes y terraplenes (altura, pendiente), descompactación, aporte orgánico, revegetación, aunque el arreglo no es completo y es más caro que dejarlo sin alterar. Zanjas perimetrales, balsas de decantación. Formulación planes emergencia de vertidos, evitación de contaminación puntual y difusa.

DECIMOSÉPTIMO. – IMPACTO PAISAJÍSTICO

Las cuencas visuales que resultarían afectadas por la ejecución y puesta en funcionamiento del proyecto tienen una alta calidad debido a las características propias y singulares del relieve del entorno (roquedos, montes y valles de gran belleza), a la alta naturalidad de muchas de las zonas que se perciben desde la atalaya de Zanpazu, así como a la presencia en el entorno próximo de importantes masas de vegetación de bosques de frondosas (hayedos, robledales y quejigares fundamentalmente) que otorgan al paisaje una gran diversidad y riqueza cromática y textural.

El alto de Zanpazu está muy próximo, prácticamente colindante, a varios ámbitos catalogados como Paisaje Sobresaliente, y se sitúa en la zona inmediata de influencia por su situación a menos de 500m (de hecho es una atalaya y mirador privilegiado de estos paisajes) de varias cuencas visuales que sí están incluidas en el Catálogo de Paisajes Singulares y Sobresalientes del Territorio Histórico de Álava, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Diputados nº829, de 27 de septiembre de 2005. Paisaje Sobresaliente de “Urkabustaiz”, al Paisaje Sobresaliente del “Valle de Arrastaria-Saratxo” y al del “Macizo del Gorbea”.

Así mismo, el área de influencia paisajistica del parque afecta a cuencas catalogadas según el según el Catálogo de Paisajes Sobresalientes de la CAPV como la 177 Délika, la 359 Pozo de los Royos, 051 Apregindana, 255 Gujuli, 031 río Altube, 615 Ziorraga, estando las de Délika, Pozo de los Royos y Apregindana, y a los “HOG-BACKS”, relieves en cuesta, del Valle de Ayala se puede considerar como muy grave, ya que dichas formaciones de erosión quedarían eclipsadas por la envergadura de los aerogeneradores.

El parque eólico afectaría de forma muy notable a la continuidad paisajística entre los paisajes sobresalientes citados, y alteraría notablemente la calidad visual del fondo del valle en Amurrio (en este caso a causa del tendido eléctrico), ocasionando un impacto que consideramos que alcanzaría una magnitud crítica.

La afección visual del proyecto sobre los “HOG-BACKS”, relieves en cuesta, del Valle de Ayala se puede considerar como muy grave, ya que dichas formaciones de erosión quedarían eclipsadas por la envergadura de los aerogeneradores.

No se tiene en cuenta que los aerogeneradores, pueden ser vistos desde infraestructuras de transporte muy transitadas (ferrocarril Bilbao-Castejón, etc), así como de los pueblos del entorno como Lezama.

Para la reducción del impacto paisajístico de la línea de evacuación de energía, no se plantean alternativas al trazado propuesto que no afecten a zonas de relieve accidentado o habitats de interés comunitario, aunque en algunas zonas valla paralelo a infraestructuras viarias y a líneas eléctricas existentes, su largo recorrido y el impacto visual y efecto barrera que acarrearía en Lezama, Larrinbe, Amurrio y Murga sería crítico.

DECIMOCTAVO. – SOBRE LA BAJA CALIDAD DEL ESTUDIO CLIMATICO

Son innumerables las imprecisiones que presenta este estudio y dan muestra de su ínfima calidad: se utilizan los datos meteorológicos de Nanclares de Oca cuando existen datos en localidades mucho más próximas y con mayor afinidad climática como lo son Saratxo y Orduña. Dentro de este ámbito el estudio es nuevamente bibliográfico y no se mencionan con gran detalle los impactos: alteraciones micro y mesoclimáticas, sobre todo debidas a la alteración de vientos, aumento de los niveles sonoros (continuos/puntuales); ni los indicadores: número de puntos en que se altera la circulación del aire, superficie afectada por los distintos niveles de inmisión y/o emisión, superficie afectada por niveles > 35 dB(A), 55 dB(A); ni tampoco medidas correctoras: localización y diseño de la actuación (sobredimensionamiento pasos inferiores, trazados en curva a la salida de obstáculos, setos, bardisas, etc.). Filtros electrostáticos, cambio de combustibles, riegos, señalización, barreras vegetales.

DECIMONOVENO. – IMPACTOS SOBRE LA SOCIEDAD

El proyecto de la Central eólica de Zanpazu ha suscitado sobre la ciudadanía de Aiaraldea y Urkabuztaiz incertidumbre y rechazo. La metodología de sacar el proyecto adelante, sin apenas informar a los afeptados directa e indirectamente ha provocado crispación en gran parte de la población del entorno.

La Diputación Foral de Álava, mediante el servicio de medio ambiente y biodiversidad presento en noviembre del 2008 un informe técnico sobre Zanpazu indicando que “la ejecución del Proyecto provocaría unos efectos ambientales que alcanzarían globalmente un magnitud CRÍTICA”.

El ayuntamiento de Orduña se posiciona en contra de la central eólica de Zanpazu en Diciembre del 2008, mediante nota de prensa y publicando la noticia en el boletín municipal “Zikoina”

El ayuntamiento de Amurrio también se posiciono en contra de la central eólica de Zanpazu a mediados del mes de Marzo del 2009.

Las tres Diputaciones Forales de la CAPV presentaron un informe técnico el pasado octubre un informe pidiendo la revisión del PTS eólico. La revisión del PTS eólico se ha realizado rápida y malamente, sin hacerla pública es por lo cual alarmante y necesario parar el actual modelo eólico y realizar un Plan Territorial Sectorial de la energía eólica que realmente se adecue a las necesidad actuales y que tenga como prioridad conservar los pocos espacios que nos quedan a lo largo y ancho de la Comunidad Autónoma Vasca.

Gran parte de las Juntas administrativas de Urkabuztaiz han presentado su rechazo públicamente y se posicionan en contra.

A todo estos posicionamientos en contra hay que sumarle la negativa a dicho proyecto, de la plataforma ciudadana Zanpazu Bizirik que abarca a diferentes asociaciones comarcales del entorno,grupos de montaña, gazte asanbladas, asociaciones culturales, el Foro de Sostenibilidad Arnasa, la asociación naturalista Izate, el colectivo Mendiak Aske y la Asanblea Contra el TAV por poner algunos ejemplos.

Aiaraldea y Urkabustaiz llevan años trabajando en materia de realzar el turismo sostenible y ecológico en la zona, parques de naturaleza, casas rurales… sufrirían una afección directa con un proyecto de estas características y tan poca sostenibilidad ambiental.

Al tratarse de un proyecto de tal magnitud donde instituciones, ayuntamientos y agrupaciones han presentado su claro rechazo al proyecto, es de esperar que todo este rechazo quede reflejado en la resolución del EIA de manera que una posible Declaración

de Impacto Ambiental con carácter positivo supondría la alteración irreversible y permanente de uno de los espacios naturales de mayor valor ambiental de la CAPV.

VIGÉSIMO. – IMPACTO SOBRE LA SALUD HUMANA

El proyecto presentado es novedoso en el contexto de la CAPV en el sentido de que es el primero que se ubica en la proximidad de núcleos de población (Uzkiano e Inoso están a menos de un kilómetro). En este sentido se ha descrito que las personas que viven en la proximidad de los aerogeneradores pueden sufrir el denominado síndrome de la turbina eólica (más información: http://www.windturbinesyndrome.com) que incluye síntomas como el insomnio crónico y se relaciona con los sonidos de baja frecuencia producidos de modo continuo por los aerogeneradores.

Por aplicación del principio de precaución debería suspenderse temporalmente la instalación de centrales eólicas en la proximidad de núcleos habitados, hasta que se verifique hasta que punto suponen o no una amenaza para la salud pública.

VIGÉSIMO PRIMERO. – EFECTOS SOBRE POSIBLES YACIMIENTOS HISTORICOS, ARQUEOLÓGICOS O PALEONTOLÓGICOS

En el EIA presentado se comenta brevemente que no se ha realizado ningún tipo de inventario al respecto, “La valoración de los impactos producidos en los recursos culturales se realizará en el Proyecto Arqueológico que se está elaborando. En él quedarán valoradas las afecciones que puedan suponer al Patrimonio Arqueológico los movimientos de tierras realizados y demás actuaciones en la totalidad del proyecto”.

Cabría incluir aquí diferentes aspectos como la afección a los valores arqueológicos de la zona y otros valores histórico-culturales de gran importancia como a existencia de las ruinas de la antigua ermita de San Pedro, además de la existencia de las trincheras y otras estructuras de la guerra civil que se vería seriamente afectadas con la instalación del parque.

Asimismo habría de considerarse los efectos negativos sobre el interés montañero de la zona concreta de afección y también en este sentido sobre otras Sierras del entorno inmediato, dado que visualmente y por los efectos sonoros también resultarían muy afectadas. También hay que considerar los impactos sobre rutas, sendas y potenciales vías verdes que a medio plazo pueden tener un gran interés para el turismo en contacto con la naturaleza, dado que considerando los planes ferroviarios el recorrido del tren que pasa por la ladera norte de Zanpazu, podría transformarse a medio plazo en una vía verde que conectaría diferentes zonas de gran valor ecológico y paisajístico.

Por tanto, la instalación del parque eólico afectaría negativamente a las posibilidades de desarrollo ecoturístico de una zona que tiene un gran potencial en este sentido, y que sin duda está apostando por ello.

Finalmente habrán de considerarse los efectos y limitaciones sobre la actividad cinegética que se desarrolla en esta zona.

Por todo ello,

SOLICITO del órgano al que me dirijo que previos los informes jurídicos y técnicos pertinentes por parte de los órganos competentes, se tengan en cuenta estas presentes alegaciones, y que, con posterioridad, formule la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental con carácter negativo. Así mismo, se solicita la ampliación del período de exposición pública en un mes. Por último, amparados en el artículo 3.1.a. de la Ley 27/2006 de acceso a la información ambiental, se demanda a esta parte una respuesta razonada sobre este escrito.

En AMURRIO, a 15 de Mayo de 2.009