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DOCUMENTOS DE TRABAJO 5/2019 Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición) DOMINGO CARBAJO VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO © Instituto de Estudios Fiscales Avda. Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 - Madrid I. S. S. N.: 1578-0244 N. I. P. O.: 188-19-011-7 Las opiniones expresadas pueden no coincidir con las del Instituto de Estudios Fiscales

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  • DOCUMENTOS DE TRABAJO 5/2019

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores

    (sexta edición)

    DOMINGO CARBAJO VASCO

    INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO

    © Instituto de Estudios Fiscales

    Avda. Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 - Madrid

    I. S. S. N.: 1578 -0244

    N. I. P. O.: 188 -19 -011 -7

    Las opiniones expresadas pueden no coincidir con las del Instituto de Estudios Fiscales

  • ÍNDICE

    Resumen–Abstract

    Abreviaturas

    1. CONSIDERACIONES GENERALES

    1.1. El contexto económico

    1.1.1. En general

    1.1.2. Crisis empresarial y concursos de acreedores

    1.1.3. La salida de la crisis y los concursos de acreedores

    1.2. La función del procedimiento concursal

    1.3. Una visión general de las modificaciones de la Ley Concursal

    1.4. Sobre modificaciones recientes en la Ley Concursal

    1.5. Otra modificación: el mecanismo de segunda oportunidad

    1.6. La evolución general de la Hacienda Pública respecto de los concursos de acreedores

    2. LA HACIENDA PÚBLICA Y EL DERECHO CONCURSAL. CUESTIONES PREVIAS

    2.1. Introducción general

    2.2. La Hacienda Pública y el administrador concursal

    2.3. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2014

    2.4. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2015

    2.5. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2016

    2.6. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2017

    2.7. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2018

    2.8. El administrador concursal y el plan de control tributario de 2019

    3. LA INCIDENCIA DEL CONCURSO DE ACREEDORES EN LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

    4. MÁS ACERCA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ANTE EL CONCURSO DE ACREEDORES

    5. EL ADMINISTRADOR CONCURSAL. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DESDE LA PERSPECTIVA TRI-

    BUTARIA

    5.1. Nota previa

    5.2. Sobre el ejercicio del cargo de administrador concursal y sus responsabilidades

    6. CUESTIONES GENERALES SOBRE LA RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA

    7. LA RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL

    7.1. Antecedentes y cuestiones generales

    7.2. Contenido

    7.3. Desarrollo

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  • 7.4. Más sobre la responsabilidad tributaria de los administradores concursales

    7.4.1. Posibles supuestos de concurrencia de responsabilidades tributarias

    7.4.2. La due diligence del administrador concursal

    7.4.3. Sobre la diligencia exigible en el ejercicio del cargo

    7.4.4. Posibles eximentes de la responsabilidad tributaria de los administradores concursales

    7.4.5. La tributación de las remuneraciones de los administradores

    7.5. Otras posibles responsabilidades tributarias de los administradores concursales

    7.6. La competencia para declarar las responsabilidades tributarias de los administradores concur

    sales

    8. LA RESPONSABILIDAD DE LOS AUXILIARES DELEGADOS DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL.

    8.1. La figura del auxiliar delegado

    8.2. El alcance de la responsabilidad

    9. LA RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA DE LOS MEDIADORES CONCURSALES.

    9.1. La figura del mediador concursal

    9.2. Especificidades tributarias del acuerdo extrajudicial de pagos

    9.3. Sobre la responsabilidad tributaria del mediador concursal

    9.4. Acuerdos de refinanciación y responsabilidades tributarias

    10. EL INFORME DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL

    11. EL CONTROL DEL FRAUDE EN LA FASE RECAUDATORIA Y LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, 2014/...

    11.1. Consideraciones generales

    11.2. Efectos tributarios de la declaración de concurso de acreedores

    11.2.1. Introducción

    11.2.2. Devengo, exigibilidad y liquidación de las deudas tributarias

    12. INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA Y CONCURSO DE ACREEDORES

    12.1. Situación, antes de la Ley 7/2012

    12.2. Efectos de la Ley 7/2012

    12.2.1. Sobre el cómputo del plazo de prescripción frente a los responsables solidarios

    12.2.2. Reanudación del cómputo del plazo de prescripción en caso de concurso de acreedo

    res

    12.2.3. Suspensión del plazo de prescripción para responsables y deudor principal en caso de

    concurso de acreedores

    12.2.4. Naturaleza de la deuda derivada al responsable

    12.3. Las actuaciones interruptivas de la prescripción, según la Instrucción 2/2017

    12.4. Efectos de la Ley 34/2015

    12.5. La prescripción en los créditos contra la masa

    13. EFECTOS DEL CONCURSO EN LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

    13.1. En el procedimiento inspector

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  • 13.2. En el procedimiento de recaudación

    14. LA CONCURRENCIA DE LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Y CONCURSALES

    14.1. Cuestiones previas

    14.2. Antecedentes legislativos hasta la LRC

    14.3. Problemática de la concurrencia de procedimientos tras la Ley 38/2011

    14.3.1. Introducción

    14.3.2. Situación actual

    14.3.3. Desarrollo de la materia

    14.3.4. El concepto de “bien necesario”

    14.3.5. Efectos de la declaración del concurso sobre los acreedores con garantía real

    14.3.6. Límite temporal de la ejecución separada de los bienes embargados por la AT

    14.3.7. Embargos de créditos cuyo pagador es el concursado

    14.3.8. Compensaciones

    14.3.9. Suspensión del devengo de intereses de demora

    14.3.10. La certificación de las deudas tributarias

    14.3.11. Aplazamientos y fraccionamientos

    14.3.12. La Instrucción 6/2013 del Departamento de Recaudación

    14.3.13. La situación tras la Reforma Parcial de la Ley General Tributaria incluida en la Ley

    34/2015

    14.3.14. La formalización del crédito de la Hacienda Pública

    14.3.15. La coordinación entre los órganos recaudatorios de la Hacienda Pública y la TGSS

    14.3.16. Incidencia recaudatoria derivada de la aparición de nuevas deudas tributarias des

    pués de la emisión de la certificación

    14.3.17. Recaudación mediante Internet de las cuentas a la vista correspondientes a deudo

    res en situación de concurso.

    14.3.18. Convenios de recaudación ejecutiva con las CCAA y concurso de acreedores.

    14.4. La Instrucción 3/2014, del Departamento de Recaudación de la AEAT, ¿un cambio de tenden

    cia?

    14.5. La Instrucción 4/2014, del Departamento de Recaudación de la AEAT y los procedimientos

    preconcursales

    14.6. ¿Hacia el fin de los aplazamientos tributarios? El Real Decreto-Ley 3/2016

    14.6.1. En general

    14.6.2. La Instrucción 1/2017, de 18 de enero, del Departamento de Recaudación de la

    AEAT

    14.6.3. La Instrucción 2/2017, de 29 de marzo, del Departamento de Recaudación de la

    AEAT

    14.7. Los llamados “acuerdos singulares”

    15. LOS CRÉDITOS TRIBUTARIOS Y SU CLASIFICACIÓN DENTRO DE LOS PROCESOS CONCURSALES

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  • 15.1. Nota previa

    15.2. La masa pasiva y la clasificación de los créditos

    15.3. Problemática de algunos créditos tributarios

    15.3.1. Consideraciones generales

    15.3.2. El nacimiento del IVA y las facturas rectificativas

    15.3.3. Más acerca de la nueva redacción del artículo 99.Tres LIVA

    15.3.4. La rectificación de facturas y las acciones de reintegración

    15.3.5. Más acerca de la modificación de la base imponible y rectificación de facturas

    15.3.6. El nuevo modelo de declaración-liquidación del IVA

    15.3.7. El Suministro Inmediato de Información (SII), facturas rectificativas y modelos de

    declaración-liquidación del IVA

    15.4. Problemática de los pagos a cuenta del IRPF

    15.5. Problemática respecto de las sanciones tributarias

    15.6. Calificación y pago de créditos y actuaciones administrativas

    16. LA NATURALEZA DE ALGUNOS CRÉDITOS TRIBUTARIOS COMO CRÉDITOS CONCURSALES

    16.1. Nota previa

    16.2. Créditos tributarios con privilegio especial

    16.2.1. En general

    16.2.2. Hipoteca legal tácita

    16.2.3. Afección de bienes

    16.2.4. Derecho de retención

    16.3. Créditos tributarios con privilegio general

    16.3.1. Definición y temas generales

    16.3.2. La prelación del crédito tributario y la fase de liquidación

    16.4. Los créditos tributarios como créditos ordinarios

    16.5. Los créditos tributarios como créditos subordinados

    16.5.1. Introducción

    16.5.2. Los recargos tributarios

    16.5.3. Las sanciones tributarias

    16.5.4. Intereses de demora

    16.6. Los créditos tributarios contra la masa

    17. LAS MODIFICACIONES EN EL TRLIS DERIVADAS DEL REAL DECRETO-LEY 4/2014

    17.1. Introducción

    17.2. Efectos en el artículo 15 TRLIS

    17.2.1. En general

    17.2.2. Apartado 1

    17.2.3. Apartado 2, b)

    17.2.4. Apartado 3

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  • 17.3. Efectos en el artículo 19 TRLIS

    17.4. Nueva exención en el ITP y AJD

    17.5. Otras cuestiones

    18. IMPACTO TRIBUTARIO EN LOS CONCURSOS DE ACREEDORES DE LA REFORMA TRIBUTARIA DE 2014

    18.1. Nota previa

    18.2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

    18.3. IVA

    18.4. Impuesto sobre Sociedades

    18.5. Ley General Tributaria

    19. INSOLVENCIA INTERNACIONAL Y CUESTIONES TRIBUTARIAS. UN ASUNTO EMERGENTE

    BIBLIOGRAFÍA

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  • Resumen

    La crisis económica, con su efecto directo sobre las empresas, ha producido un fuerte aumento de los

    concursos empresariales, tendencia que está revertiendo por efectos de la reciente recuperación, aunque

    tanto la incertidumbre como la persistencia de la misma, no hacen sino acrecentar el interés por la situa

    ción de muchas empresas y sus posibilidades de supervivencia.

    Desde el punto de vista jurídico, este hecho se ha producido bajo la égida de una nueva Ley Concursal que,

    configurada en momentos de expansión económica, ha tenido que ser modificada en diferentes ocasiones

    para adaptarse a las nuevas circunstancias económicas y evitar la liquidación de las empresas. A pesar de

    las modificaciones legislativas efectuadas en la Ley Concursal, sin embargo, las críticas contra la misma se

    han acrecentado y existen diferentes propuestas de una reforma sustancial.

    En estas condiciones, la normativa fiscal, que partía de una visión diferente de las relaciones entre la

    Hacienda Pública y el acreedor concursado, se ha enfrentado a retos novedosos y a los problemas deriva

    dos de una perdida de privilegios por parte de la Administración tributaria que ha reaccionado de diferen

    tes maneras ante tal hecho.

    A la postre, mediante la Ley 7/2012, la Administración Tributaria ha ido recuperando algunos de sus privi

    legios y alterando la redacción de las normas para adaptarla a su interpretación, no sin relevantes proble

    mas doctrinales y jurisprudenciales.

    Sin embargo, las modificaciones continuadas en la legislación concursal y los cambios en el entorno

    económico siguen incidiendo en el Derecho Tributario que reacciona de manera desordenada e incluso

    contradictoria ante tales transformaciones.

    El objetivo de este documento es reflejar tales hechos y, sin poder abarcar todos los aspectos tributarios,

    que el concurso de acreedores genera, exponer algunas cuestiones significativas del concurso de acreedo

    res en la normativa y los procedimientos tributarios.

    Abstract

    The modern economic crisis has led to a sheer entrepreneurial crisis, which in turn has ended in a huge

    increase of businesses´ bankruptcies.

    In recent times, the economic recovery has also led to a reduction in the number of bankruptcies. From a

    legal frame perspective, such circumstances have been developed under the umbrella of a new Spanish

    bankrupt legislation, the so-called “Bankrupt Act”.

    Nevertheless, even during the economic recovery the weak situation of several Spanish enterprises has

    provoked bankruptcies.

    This Act was drafted and implemented during a period of economic expansion, and so it has to be adjusted

    in several occasions to new economic conditions and avoiding the winding-up of enterprises.

    In such framework, fiscal rules set up a real new point of view regarding the relationships between Public

    Finance procedures and the bankrupt enterprise and so, tax regulations have been confronted with new

    problems and with the effective conclusion of Public Finance privileges.

    At the end, the development of the economic crisis has also forced Public Finance regulations to lay out a

    complete u-turn concerning such relations.

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  • In fact, the Act 7/2012 has meant the recovery by the Spanish Tax Administration of most of its former

    privileges, due to changes in fiscal regulations which favor the Tax Administration powers of forcible collec

    tion on bankrupt debts.

    However, due to frequent legislative changes on the bankruptcies’ regulative framework and so the trans

    formation of the economic landscape, Fiscal regulations have been adapted to such changes in chaotic

    and sometimes contradictory targets.

    The main goal of this paper is to explain the most relevant facts and legal interpretations concerning the

    links between fiscal regulations, tax administrative procedures and the bankruptcy situations and norms.

    Palabras clave: Acciones de reintegración. Acuerdos de refinanciación. Administración tributaria. Adminis

    trador. Administrador concursal. Afección. Agencia Tributaria. Auditoría de cuentas. Auxiliar. Concurrencia

    de créditos. Concurso de acreedores. Concurso voluntario. Contabilidad. Contribuyente. Créditos con privi

    legio especial. Créditos con privilegio general. Créditos concursales. Créditos contra la masa. Créditos su

    bordinados. Créditos tributarios. Crisis económica. Devengo. Doctrina. Due diligence. Economía.

    Economistas forenses. Empresa. Espera. Estadísticas de concursos de acreedores. Factura. Fresh start.

    Juez de lo Mercantil. Hipoteca legal tácita. Impuesto sobre el Valor Añadido. Impuesto sobre la Renta de las

    Personas Físicas. Impuesto sobre Sociedades. Insinuación. Insolvencia empresarial. Institución para con

    cursal. Institución pre concursal. Interrupción de la prescripción tributaria. Inversión del sujeto pasivo. Juz

    gado de lo Mercantil. Ley Concursal. Ley General Tributaria. Liquidación. Masa activa. Masa pasiva.

    Mediador. Mediador concursal. Modificación de la base imponible. Obligaciones tributarias. Obligado tribu

    tario. Prescripción. Privilegios. Quiebra. Quita. Recaudación ejecutiva. Recaudación voluntaria. Rectificación

    de facturas. Recuperación. Refinanciación. Refinanciación de créditos. Reforma de la Ley Concursal. Rein

    tegración de créditos. Responsabilidad tributaria. Responsabilidad tributaria solidaria. Responsabilidad

    tributaria subsidiaria. Segunda oportunidad. Sujeto pasivo. Suministro Inmediato de Información (SII). Ta

    sas. Tribunal de Conflictos de Jurisdicción. Tribunal de Cuentas. Tribunal Económico-Administrativo. Tribu

    nal de Justicia de la Unión Europea.

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  • AT/AATT

    AEAT

    Administración Tributaria/ Administraciones Tributarias.

    Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    BCE Banco Central Europeo.

    BE

    BOE

    Banco de España.

    Boletín Oficial del Estado.

    BOICAC

    CC

    CCAA

    Boletín del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

    Código Civil.

    Comunidades Autónomas.

    Cco

    CDGTV

    Código de Comercio.

    Consultas Vinculantes de la Dirección General de Tributos.

    CE

    CNMV

    Constitución Española.

    Comisión Nacional del Mercado de Valores.

    Colecc. Colección.

    DA

    DCGC

    DF

    DGT

    Disposición Adicional.

    Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT.

    Disposición Final.

    Dirección General de Tributos.

    DT

    DOUE

    EM

    Disposición Transitoria.

    Diario Oficial de la Unión Europea.

    Exposición de Motivos.

    EO

    EPA

    Estimación Objetiva.

    Encuesta de Población Activa.

    ERE

    EUROSTAT

    FMI

    Expediente de Regulación de Empleo.

    Oficina Estadística de la Unión Europea.

    Fondo Monetario Internacional.

    FOGASA Fondo de Garantía Salarial.

    FUNCAS

    IBI

    ICAC

    IIC

    Fundación de las Cajas de Ahorros.

    Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

    Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

    Instituciones de Inversión Colectiva.

    INE

    IPC

    Instituto Nacional de Estadística.

    Índice de Precios al Consumo.

    IRNR

    IRPF

    IS

    IS y D

    ISP

    Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

    Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Impuesto sobre Sociedades.

    Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

    Inversión del Sujeto Pasivo.

    Abreviaturas

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  • ITP y AJD Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

    IVA Impuesto sobre el Valor Añadido.

    JM Juzgados de lo Mercantil.

    LC Ley Concursal, Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

    LEC Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

    LGT Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    LIRPF Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    LIS Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

    LIVA Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA.

    LO Ley Orgánica.

    LPA Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracio

    nes Públicas.

    LRC Ley 38/2011, de 10 de octubre, de Reforma de la Ley Concursal, BOE de 11.

    LRJAP-PAC Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

    Común, Ley 30/1992, de 28 de noviembre.

    MEH Ministerio de Hacienda.

    MINHAP Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

    NIF Número de Identificación Fiscal.

    NRV Norma de Registro y Valoración del Plan General de Contabilidad.

    PIB Producto Interior Bruto.

    PGC Plan General de Contabilidad español, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de

    noviembre.

    PYME Pequeña y Mediana Empresa.

    QE Quantitative Easing.

    REDEME Régimen de Devolución Mensual IVA.

    REFOR Registro de Expertos en Economía Forense del Consejo General de Economistas.

    RGAT Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las

    Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las

    normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

    RGR Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Re

    caudación.

    RIRPF Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Real Decreto 439/2007, de

    30 de marzo.

    RIVA Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del IVA.

    RTEAC Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central.

    SAN Sentencia de la Audiencia Nacional.

    SAP Sentencia de Audiencia Provincial.

    SEPE Servicio Público de Empleo Estatal.

    SII Suministro Inmediato de Información

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  • SS Seguridad Social.

    SS Sentencias.

    STS Sentencia del Tribunal Supremo.

    T Trimestre.

    TC Tribunal Constitucional.

    TCJ Tribunal de Conflictos de Jurisdicción.

    TEAC Tribunal Económico-Administrativo Central.

    TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

    TGSS Tesorería General de la Seguridad Social.

    TRLCSP Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, de

    14 de noviembre.

    TRLGSS Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto-

    Legislativo 1/1994, de 20 de junio/Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,

    aprobado por el Real Decreto-Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

    TRLIS Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto

    legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

    TS Tribunal Supremo.

    UE Unión Europea.

    VVAA Autores Varios.

    IT Primer Trimestre.

    IIT Segundo Trimestre.

    IIIT Tercer Trimestre.

    IVT Cuarto Trimestre.

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  • 12 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    1. CONSIDERACIONES GENERALES

    1.1. El contexto económico

    1.1.1. En general

    La economía española sufrió durante un período, convencionalmente situado, entre los años

    2007/2016 una profunda crisis1, la cual incorporaba la incidencia de la crisis sistémica

    internacional, cuyo inicio se establece convencionalmente en el desarrollo de los problemas de

    las hipotecas subprime norteamericanas, 2007 y la crisis financiera subsiguiente2 ; las

    dificultades particulares de la denominada “zona euro” de la Uniòn Europea (en adelante, UE)3 y

    los rasgos específicos de la situación socio-económica española, por ejemplo, el fin de la

    denominada “burbuja inmobiliaria”, la crisis político institucional, cuyas manifestaciones más

    evidentes son la deriva independentista en la Comunidad Autónoma (en adelante, CCAA)

    catalana, el fin del bipartidismo como mecanismo político de regulación del sistema democrático,

    las dificultades para formar Gobierno que han demandado dos nuevas elecciones en 2016 y que

    sólo concluyeron en noviembre de 2016, así como la desafección general hacia los partidos

    políticos clásicos y el elevado índice de desempleo, el cual se llegó a situar en el entorno del 25% 4 5 6

    de la Población Activa , aunque desde el tercer trimestre de 2014 se observa una cierta

    1 Para un análisis sobre las causas de tal crisis, vid. GARCÍA, Norberto E.; RUESGA BENITO, SANTOS M. (directores). ¿Qué

    ha pasado con la economía española? La Gran Recesión 2.0 (2009 a 2013), Ed. Pirámide, Madrid, 2014.

    Por otro lado, las estimaciones más recientes de la evolución del Producto Interior Bruto (en adelante, PIB) español por

    parte del Instituto Nacional de Estadísticas (en adelante, INE) han señalado una crisis todavía más profunda de la

    evaluada con anterioridad; así en el período 2008-2013 el PIB descendió un 7,32% y no un 6,7%, tal y como se había

    cuantificado previamente.

    Todo ello, de acuerdo a las nuevas estimaciones del PIB que siguen el Sistema Europeo de Cuentas, base 2010, Ver

    www.ine.es/prensa/np846.pdf. 2

    Sobre la opinión convencional consistente en calificar la crisis sistémica como una puntual crisis financiera, puede

    verse: HOUGHTON BUDD, Christopher: Finanzas en el umbral. Repensando las economías real y financiera, Ed. Tirant lo

    Blanch, colecc. Tirant Humanidades, Valencia, 2014.

    Desde una perspectiva marxista, nos remitimos a: LAPAVITSAS, Costas: El capitalismo financiarizado. Expansión y crisis,

    Eds. Maia, Madrid, 2009.

    3 La UE dispone de 28 miembros, tras la incorporación, el 1 de julio de 2013, de Croacia. Por el contrario, la llamada

    “zona euro”, es decir, aquellos Estados miembros de la UE donde el euro es la moneda nacional, abarca en los mo

    mentos actuales 19 naciones, teniendo en cuenta, también, el ingreso de Lituania en esta área desde el 1 de enero de

    2015.

    4 Desempleo agravado porque, entre la población juvenil, llegó a aproximarse al 54%; de hecho, datos de la UE indi

    can que la tasa de desempleo en España entre los jóvenes de 15 a 24 años era del 53,8% en 2014. Estos datos eran

    solo superados por Grecia en la UE con una tasa de desempleo general del 28% y del 59%, en lo que se refiere al paro

    juvenil. Incluso en algunos meses de 2014, España superó a Grecia en lo que se refiere al porcentaje de paro juvenil.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.ine.es/prensa/np846.pdf

  • 13 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    reducción: 5.427.700 parados, el 23,67% de la Población Activa para el III trimestre, 5.457.700

    Datos más recientes a este respecto revelan una situación sólo levemente mejorada, a finales de 2014, el paro en

    Grecia se situaba en el 25,8% sobre la población activa y el paro juvenil en España, en el cuarto (en adelante, IV) tri

    mestre de 2014, era del 51,8%.

    La situación siguió siendo grave hasta 2016, por ejemplo, el 22,7% de los jóvenes entre 15 y 29 años son ninis, es

    decir, ni estudian ni trabajan, siendo sólo superados por Grecia, el 26,9% e Italia, el 24,7%. Ver

    www.economia.elpais.com/economia/2016/10/05/actualidad/1475658396_566873.html

    5 Según la Oficina Estadística de la UE, EUROSTAT, España es uno de los países de la UE con mayores niveles de

    desempleo, superiores al 24% de la población activa, concretamente, el 23,67 % de acuerdo a la información derivada

    de la Encuesta de Población Activa, tercer (en adelante, III) Trimestre de 2014,

    www.ine.es/inebaseDYN/epa3038/epa_inicio_htm y www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0314.pdf.

    Precisamente, como un índice de los inicios de la recuperación de la actividad económica española durante el ejercicio

    2014, se ha señalado que este coeficiente supone un nuevo descenso sobre la Encuesta de Población Activa (en ade

    lante, EPA), primer (en adelante, I) Trimestre de 2014, la cual llevaba el índice de paro al 25,93%, con una minoración,

    a su vez, del 1,01% respecto del trimestre anterior. La situación siguió mejorando en los trimestres posteriores.

    De esta forma, la EPA del primer trimestre de 2016 señalaba que el número de parados había disminuido, por primera

    vez, de 5 millones de personas, situándose en 4.791.400 desempleados, el 21% de la Población Activa.

    www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=12547

    35976595.

    En cualquier caso, tanto el cambio de metodología de cálculo que esta nueva Encuesta en 2014 conlleva, como la

    disminución en el número de los activos, reflejan que el elevado nivel de desempleo sigue conformando un problema

    estructural de la economía española.

    Para estos datos, puede acudirse a la “Nota de prensa sobre la Encuesta de Poblaciòn Activa, III Trimestre de 2013”, publicada por el INE, www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0313.pdf y, para la correspondiente al I Trimestre de

    2014, también del INE, www.ine.es/inebaseDYN/epa3038/epa.inicio.htm

    De hecho, el clima de mejora de la actividad económica se refuerza con los datos de la Encuesta de Población Activa

    del segundo (en adelante II) trimestre de 2014, donde el índice de paro era del 24,4% y se habían creado empleos

    para 192.400 personas, el primer incremento neto del empleo en seis años en España. Ver

    www.ine.es/daco42/dacto4211/epa0214.pdf

    Por su parte, la situación del segundo trimestre de 2016 continuó tal senda de mejora. De esta forma, el porcentaje de

    parados se situaba en tal período en el 20%, con un descenso del 2,37% respecto al período anual anterior,

    www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=12547

    35976595, situándose los parados conforme a esta estadística en 4.574.700,

    www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0216.pdf

    Asimismo, otro indicar de recuperación es la minoración de los desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo (la

    otra medida del nivel de desempleo en España) que, en julio de 2014, fue de 298.41. El nivel de desempleados en

    España con este indicador se situaba en 4,42 millones de personas; sin embargo, la tasa de paro volvió a incremen

    tarse en agosto de 2014 en 8.070 personas, ascendiendo el número de parados a 4.427.930.

    Por su parte, la cifra del paro registrado, conforme a la información del SEPE, Servicio Público del Empleo Estatal, lleva

    en julio de 2015 a un volumen todavía más reducido, de 4.046.276 personas, minorándose en 8,5% en tasa inter

    anual,

    www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdf

    También la situación del paro registrado en las oficinas públicas de empleo mejoró levemente en el ejercicio 2016,

    situándose por debajo de los 4 millones de parados en mayo de 2016, concretamente, en 3.891.403.

    Ver: www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdf

    Nuevamente, la situación sigue mejorando conforme a esta estadística, ubicándose el paro en septiembre de 2016 en

    3.720.297 personas, vid.

    www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdf

    6 Una visión crítica, aunque parcial e insuficiente, de la situación económica española, puede verse en: Economistas

    frente a la crisis (VVAA). (2012): No es economía, es ideología. Que no nos roben las palabras, Ed. Deusto, Barcelona.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.economia.elpais.com/economia/2016/10/05/actualidad/1475658396_566873.htmlhttp://www.ine.es/inebaseDYN/epa3038/epa_inicio_htmhttp://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0314.pdfhttp://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595http://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595http://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0313.pdfhttp://www.ine.es/inebaseDYN/epa3038/epa.inicio.htmhttp://www.ine.es/daco42/dacto4211/epa0214.pdfhttp://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595http://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595http://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0216.pdfhttp://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdfhttp://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdfhttp://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/estadisticas/datos_avance/pdf/empleo/parosexedasect.pdf

  • 14 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    personas en el IV7, 5.444.660 personas en el I trimestre de 2015

    8, 4.791.400 en el I trimestre

    de 2016 y 4.574.700 en el segundo trimestre de 2016, situándose en menos del 20% por

    primera vez en muchos ejercicios a finales de 2016.

    En 2016, conforme asimismo a la EPA, la tasa de paro se sitúa en el 18,63%, lo que supone 28

    centésimas menos que en el trimestre anterior. En el último año esta tasa ha descendido en

    2,26 puntos, colocándose en niveles de 20099 .

    De acuerdo a los datos del IV trimestre 2016, el número de personas activas también se estaba

    recuperando, situándose en 18.508.100 personas10

    .

    La situación siguió mejorando, conforme a los datos de la EPA, así las cifras correspondiente al

    segundo trimestre (en adelante, T) de 2017, vuelven a reflejar el fuerte descenso del desempleo,

    situando éste, por primera vez, en menos de 4 millones de personas, en el II trimestre de 2017,

    concretamente, en 3.914.300 y con un descenso del 14,44%. La tasa de paro era del 17,22%11

    en ese II trimestre de 2017 y vuelve a minorarse en el III trimestre del citado año, poniéndose el

    número de desocupados en 3. 731.000 y el coeficiente de paro en el 16,38%12

    .

    De hecho, parece que la situaciòn ha ido cambiado (“se ve el fin del túnel”), iniciándose la senda de normalidad económica en el ejercicio 2014, habiéndose incrementado el PIB del año 2014 en

    un 1,4%13

    ; así como reducido el paro registrado fuertemente entre diciembre de 2013 y el mes 14 15

    de septiembre de 2014 , reducción que se sigue dando durante los años 2015, 2016 y 2017,

    pues el crecimiento interanual del PIB se sitúa en el 3,2% para el 2015, para el año 2016, al

    canzó el 3,2% del PIB e, incluso, para este ejercicio 2017, los datos de evolución van en ascenso,

    superando en diferentes estimaciones el coeficiente del 2,5% interanual, siendo el consenso una

    cifra en alrededor del 3%.

    7 Según la Encuesta de Población Activa del tercer trimestre de 2014, ver

    www.ine.es/inebase.DYN/epa.3038/epa_inicio.htm

    8 Conforme a la Encuesta de Población Activa del 1 T de 2015, ver

    www.empleo.gob.es/ITSS/ITSS_Descarga/Atencion_ciudadano/Documentos/Otra_docum/epa0115.pdf

    9 www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0416.pdf

    10 www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0416.pdf

    11www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254

    735976595

    12 www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0317.pdf

    13 Para la evolución del PIB, en términos absolutos, y el PIB per cápita, nos remitimos a

    www.datosmacro.com/pib/espana y www.ine.es/prensa/pib_tabla_cne.htm

    14 Los datos de paro registrado y de paro sobre la población activa resultan ser indicadores diferentes de las tasas de

    desempleo y actividad de la economía. La mayoría de los autores califican como de mejor calidad estadística y más

    representativos de la realidad del nivel de empleo los datos de la Encuesta de Población Activa, EPA que la información

    sobre el paro registrado en los SEPE.

    15 La Encuesta de Población Activa del 2 T de 2015 refleja un volumen de desempleados de 5.149.000 personas, con

    un porcentaje de paro del 22,37%, que supone una minoración en el número de desempleados de 413.900 trabajado

    res en los últimos doce meses. Como también hemos indicado con anterioridad, la situación en mayo de 2016 seguía,

    aparentemente, mejorando, con un porcentaje del parto del 21%, conforme a la EPA del I T de 2016, 4.791.400 per

    sonas.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.ine.es/inebase.DYN/epa.3038/epa_inicio.htmhttp://www.empleo.gob.es/ITSS/ITSS_Descarga/Atencion_ciudadano/Documentos/Otra_docum/epa0115.pdfhttp://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0416.pdfhttp://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0416.pdfhttp://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0317.pdfhttp://www.datosmacro.com/pib/espanahttp://www.ine.es/prensa/pib_tabla_cne.htm

  • 15 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Por otra parte, como hemos señalado con anterioridad, el descenso del paro continúa, llegándo

    se en la EPA del III T de 2016 a situarse por debajo, como hemos dicho, del 20% de la población

    activa, concretamente, en el 18,91% sobre la población activa total16

    , aunque los datos del IV

    trimestre de 2016 no fueron tan optimistas como se esperaba, ya que la el número de ocupados

    se redujo en 19.400, pero las cifras correspondientes a 2017, ver supra, volvieron a manifestar

    la intensa reducción del número de parados, aunque en materia de población activa, ocupación,

    los datos no resulten tan optimistas.

    Las estimaciones de evolución del PIB para el período 2016 también son optimistas, evaluándo

    se el crecimiento del PIB en más del 3%, quizás el 3,3% y previéndose por el nuevo Gobierno una

    subida superior al 2% para el ejercicio 2017 que, como hemos indicado en el párrafo anterior, ha

    sido corregida al alza recientemente, al situarse en el entorno del 3%.

    Las previsiones económicas para primavera de 2017 de la UE son aún más positivas que las del

    Gobierno español, estableciendo la evolución del PIB interanual para ese año en el 2,8% y en el

    2,4% para el ejercicio 201817, aunque la incertidumbre catalana pueda suponer una leve reduc

    ción, de una décima, conforme a las estimaciones del Banco de España.

    Las previsiones para 2018 y 2019, conforme también al Banco de España, son algo menores,

    situándose en aumentos del 2,4 y del 2,1%, respectivamente.

    Sin embargo, parafraseando a un miembro representativo del Gobierno español18

    , “la recesiòn

    ha terminado, pero sigue la crisis”, pues determinados factores externos en aquellos ejercicios,

    por ejemplo, los problemas políticos en Grecia y las dudas sobre la posibilidad de llegar a un

    nuevo acuerdo de financiación entre este Estado y el resto de los miembros del Eurogrupo, así

    como la posible salida de Grecia del euro (la conocida como Grexit) hicieron dudar en el ejercicio

    2015 de la sostenibilidad de esta recuperación en el tiempo.

    Es más, la situación de incertidumbre de la economía internacional continuó en 2016 con la ge

    neración de nuevos factores de inestabilidad: Brexit, caída de los precios de las materias primas

    que conlleva la recesión económica para muchos Estados, especialmente, Brasil o árabes pro

    ductores de petróleo, las consecuencias de unos tipos de interés negativos, la votación en favor

    de un nuevo presidente en los Estados Unidos de América, Donald Trump, con ideas económicas

    poco “ortodoxas”, etc.

    Por su parte, la situación en 2017 parecía más calmada y, en consecuencia, los institutos inter

    nacionales encargados de este tipo de previsiones eran optimistas respecto al rumbo de la eco

    nomía mundial.

    16 La nota de prensa del INE, relativa a la EPA del III T de 2016, puede ubicarse en:

    www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0316.pdf

    17 www.ec.europa.eu/info/business-economy-euro/economic-performance-and-forecasts/economic-forecasts/spring

    2017-economic-forecast_en

    18 Nos referimos al ministro de Economía durante aquellos años, Sr. De Guindos, posteriormente nombrado Vicepre

    sidente del Banco Central Europeo (en adelante, BCE)..

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0316.pdfhttp://www.ec.europa.eu/info/business-economy-euro/economic-performance-and-forecasts/economic-forecasts/spring-2017-economic-forecast_enhttp://www.ec.europa.eu/info/business-economy-euro/economic-performance-and-forecasts/economic-forecasts/spring-2017-economic-forecast_en

  • 16 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Ahora bien, la sustentabilidad de la mencionada recuperación de la economía española se ve

    sometida a otros problemas, tanto nacionales (bajo nivel de los salarios, carácter inestable y

    temporal de los nuevos empleos, ya que apenas el 7% de los contratos tiene el carácter de fijos,

    desigualdad19

    , contexto catalán, etc.) como internacionales (las peores perspectivas de la eco

    nomía china, auténtico motor de la economía mundial o, como hemos indicado, la elección de

    Donald Trump trajeron la incertidumbre sobre el estado de la economía estadounidense, aunque

    en 2017 tales temores no se confirmaron) y, sobre todo, al hecho indudable de que todavía que

    da mucho recorrido a nuestra economía para recuperar completamente los niveles de bienestar

    económico de 2007 y superar alguno de sus problemas estructurales (la desigualdad, por ejem

    plo).

    En este sentido, la adopción de medidas de impulso monetarista en septiembre de 2014 por

    parte del Banco Central Europeo, BCE, que continuaron a lo largo de 2015-7 (políticas QE o quan

    titative easing) tratan, en parte, de contrarrestar los síntomas de deflación que se señalan en

    algunas economías europeas20

    y en otras, supuesto del Japón, así como superar lo que, algunos,

    calificaron como la posibilidad de un nuevo estancamiento de la economía mundial, una “tercera

    recesiòn” o, incluso, un período de crecimiento muy reducido de la economía universal, hipòtesis

    a la cual dio nuevas alas los problemas de la economía china que ha pasado de crecimientos del

    PIB próximos al 10% a, prácticamente, la mitad de ese porcentaje.

    En 2017, afortunadamente, tales designios han dado paso a una gran confianza en la capacidad

    de esas QE para mantener el ritmo creciente de la economía mundial, especialmente, tras el

    reforzamiento del impulso de las economías de la UE; lo que ha permitido, incluso, que en los

    propios Estados Unidos la Reserva Federal haya aumentado recientemente los tipos de interés.

    En cualquier caso, como hemos escrito, se anota un cambio en la evolución del PIB de nuestra

    nación que, en el ejercicio 2012, fue del -1,3%, según datos provisionales del INE, así como en

    2013, pero en el año 2014 la evolución ya fue positiva, del 1,4% y que, en 2015, superó el 3%21

    ;

    en todo caso, los resultados del bienio 2014-5 han mejorado con mucho las previsiones del Go

    bierno, el 2016 fue también muy positivo, el de 2017 superará casi con toda seguridad el 3% (las

    estimaciones oficiales son del 3,1%) y, en principio, se afirma que habrá una ligera desacelera

    ción de tal proceso evolutivo para el bienio 2018-2019, pero situándose la evolución del PIB en

    el entorno del 2,5% de crecimiento interanual, ver arriba.

    19 Sobre este problema, nos remitimos a: Oxfam/Intermón. “Una economía al servicio del 1%. Acabar con los privile

    gios y la concentración de poder para frenar la desigualdad extrema”, Informe de Oxfam, 210; 18 de enero de 2016,

    www.oxfamintermon.s3.amazonaws.com/sites/default/files/documentos/files/economia-para-minoria-informe.pdf

    20 Incluyendo la española, la cual terminó el ejercicio 2014 con una inflación negativa del 1%, primera cifra negativa

    de la que se dispone en la serie histórica del Índice de Precios al Consumo (en adelante, IPC) español, iniciada en

    1965. Esta evolución negativa del IPC se consolidó en 2015, -0,3% y siguió en 2016, habiéndose situado el intermen

    sual anual en mayo de 2016, en el -1%, www.ine.es/prensa/ipc_tabla.htm. Solamente en el mes de septiembre de

    este mismo ejercicio, 2016, se han vuelto a recuperar índices positivos en la evolución del PIB, www.ine.es/varipc/. En

    2017, julio, el IPC crece a ritmos lentos también, el 1,5%.

    21 www.datosmacro.com/pib.es

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.oxfamintermon.s3.amazonaws.com/sites/default/files/documentos/files/economia-para-minoria-informe.pdfhttp://www.ine.es/prensa/ipc_tabla.htmhttp://www.ine.es/varipc/http://www.datosmacro.com/pib.es

  • 17 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    En general, las perspectivas para el período 2015-9 eran positivas22

    , aunque el denominado

    “consenso” de los economistas e instituciones econòmicas señalaba que, si bien en 2016 la

    evolución del PIB superará el 3%, en años posteriores sólo aumentaremos, tal y como hemos

    señalado, en el entorno del 2%.

    De esta manera, el mismo Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015

    estimó el aumento del PIB en ese ejercicio en el 2%23

    y, sin embargo, nuevas evaluaciones para

    dar cumplimiento al Programa Estructural de Reformas que se presenta ante la UE, llevarían por

    el cambio de la coyuntura económica a incrementos del PIB en el entorno del 2- 2,5% para el año

    201524

    , los cuales están siendo, como hemos señalado con anterioridad, efectivamente supera

    dos, previéndose cifras de aumento entre el 3 y 3,3 % para el período 2016 y de más del 3% en

    2017, ver supra.

    El Cuadro Macroeconómico oficial, por otro lado, prevé una evolución del PIB positiva en los ejer

    cicios futuros, así, en 2016, afirma un incremento del 2,9, en 2017, del 3% y, en 2018, también

    del 3%, evolución liderada fundamentalmente por la mejora del consumo privado.

    Por su parte, las previsiones económicas de otoño de 2016 de la Comisión de la UE establecen

    como coeficientes de crecimiento del PIB para España, índices modestos, pero positivos, del 2, 3

    y 2.1 % para 2017 y 2018, respectivamente25

    que, sin embargo, no se han cumplido en el 2017,

    porque los datos macroeconómicos son incluso mejores que tales evaluaciones.

    A su vez, el déficit público (cumpliendo las obligaciones impuestas por las políticas de ajuste eu

    ropeas) se situaría en el 2015 en un 4,2% sobre el PIB, llegándose al 0,2% en 201826, pero, asi

    mismo, el incumplimiento de estas cifras ha sido flagrante, ya que el déficit público de 2015 fue

    del 5,2% y nadie se cree la cifra oficial del déficit pública para el período 2016, del 3,6%.

    La situación de Gobierno en funciones durante gran parte de 2016, precisamente, conllevó una

    posible sanciòn por parte de la UE ante ese “derrape” del déficit público que el mencionado Go

    bierno ha intentado superar con la aprobación de un pago mínimo extraordinario en el Impuesto

    sobre Sociedades (en adelante, IS), mediante la publicación del Real Decreto-ley 2/2016, de 30

    de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit

    público. Con este “pago mínimo” del IS se pretendían lograr 8.000 millones de euros de ingresos

    adicionales en el año 2016.

    22 Gobierno de España. Actualización del Programa de Estabilidad 2015-2018, 30 de abril de 2015.

    23 www.seps.pap.minhap.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/Proyecto

    PGE/Documentos/LIBROAMARILLO2015.pdf

    24 De los cuales, según el propio Gobierno, un 0,55% respondería al impacto positivo de la Reforma Fiscal en la de

    manda interna. El Servicio de Estudios del BBVA reduce tal incidencia al 0,3%.

    25 European Commission. Autumn 2016 Economic Forecast: Modest growth in challenging times,

    www.ec.europa.eu/economy_finance/eu/forecasts/2016_autumn_forecast_en.htm

    26 Gobierno de España. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Déficit de las AA.PP. 2014, 15 de abril

    2015.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.seps.pap.minhap.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/Proyecto%20PGE/Documentos/LIBROAMARILLO2015.pdfhttp://www.seps.pap.minhap.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/Proyecto%20PGE/Documentos/LIBROAMARILLO2015.pdfhttp://www.ec.europa.eu/economy_finance/eu/forecasts/2016_autumn_forecast_en.htm

  • 18 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Por su parte, la amenaza de sanción europea fue tal que, obligado a lograr un porcentaje de défi

    cit público sobre el PIB para el año 2017 de sólo el 3,1% del PIB, el Gobierno hubo que efectuar

    un nuevo ajuste, vía aumento de ingresos, mediante las medidas tributarias incluidas en el Real

    Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre.

    De todas formas, la incertidumbre sobre tales cifras, en un contexto de dudas sobre la recupera

    ción europea y la situación económica internacional, conlleva una enorme dificultad para avalar

    tales estimaciones de déficit público a partir del año 201527

    .

    Por su parte, los Objetivos de estabilidad presupuestaria para el período 2018-202028 establecen

    la siguiente senda para el déficit público durante los años citados: 2018, el 2,2%; 2019, el 1,3%

    y 2020, el 0,5%.

    En cualquier caso, desde principios de 2017 (aunque pespunteadas por el problema catalán), las

    noticias económicas están tornando hacia un optimismo económico, llegando algunos gurús a

    pronosticar un nuevo ciclo decenal de crecimiento económico para la UE y para España.

    De hecho, una vez superada (provisionalmente) la incidencia del golpismo catalán, los resultados

    económicos de finales de 2017 y principios de 2018 siguen ofreciendo un elenco de datos opti

    mistas, verbigracia, una inflación controlada (aumento del 1,6% interanual en octubre de 2017),

    continuidad en el incremento de la llegada de turistas, recuperación de precios inmobiliarios (so

    bre todo en Barcelona y Madrid), fuerte recuperación del empleo (como hemos indicado, la EPA

    del tercer trimestre de 2017 refleja que la población activa supera los 19 millones de personas,

    concretamente, 19,0492 y que el paro ha descendido por debajo de los 4 millones de trabajado

    res, es decir, 3,731 millones)29

    , superávit del Estado primario (antes de intereses) en septiembre

    de 2017, etc.

    1.1.2. Crisis empresarial y concursos de acreedores

    Una de las manifestaciones más palpables de esta crisis económica e institucional española ha

    sido la desaparición de múltiples empresas, disminución que se manifiesta en diferentes es

    tadísticas; por poner un ejemplo, el número de empresarios y profesionales, sujetos pasivos del

    Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA), pasó (Agencia Estatal de Administración Tri

    butaria; en adelante, AEAT, 2016) de 3.491.561 en el año 2007 a 3.170.629 en el ejercicio

    27 De hecho, el Fondo Monetario Internacional en su informe-consulta sobre España conforme al Artículo IV del año

    2015 es menos optimista que el Gobierno; así, aguarda un crecimiento del PIB para el 2015 del 3,1% y del 2,5% para

    el período 2016. Ver www.imf.org/external/spanish/np/sec/pr/2015/pr15378s.htm.

    28 www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-192.PDF#page=15

    29 Más datos en:

    www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=12547

    35976595

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.imf.org/external/spanish/np/sec/pr/2015/pr15378s.htmhttp://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-192.PDF#page=15http://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595http://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=ultiDatos&idp=1254735976595

  • 19 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    30 312012 e, incluso, el número de declarantes del IS se ha visto afectado por tal contexto depre

    sivo; de forma tal que, en el período impositivo 2011, ascendieron a 1.421.420, mientras que,

    en el período impositivo 2008, se situaron en 1.421.543.

    Por otra parte, en el ejercicio 2012, el número de declarantes del IS se incrementó levemente

    alcanzando la cifra de 1.423.07632

    y lo mismo ha sucedido en los años 2013, 2014 y 2015,

    donde la cifra de contribuyentes se ubicó en 1.434.77533

    , 1.453.514 y 1.485.10234

    , respectiva35

    mente .

    30 Recuérdese, en cualquier caso, que conforme al artículo 2 de nuestra Ley Concursal (en adelante, LC), puede de

    clararse el concurso respecto de cualquier persona, física o jurídica, así como las herencias yacentes y con algunas

    excepciones para las personas jurídicas sometidas al Derecho Público.

    Sin embargo, los procedimientos concursales relevantes son los que afectan a los empresarios, en general, bajo la

    forma jurídica societaria; por ello, en adelante, en nuestro texto, utilizaremos como sinónimos de los presupuestos

    subjetivos del concurso expresiones como “empresa”, “entidad”, “empresario” o similares.

    Téngase en cuenta, además, que las personas físicas se encuentran sometidas, en general, al principio de responsabi

    lidad universal por todas sus deudas, con todos sus bienes presentes y futuros, conforme al artículo 1911 del Código

    Civil (en adelante, CC).

    Esta situación, aunque con matices, también se extiende al empresario o profesional persona física; de ahí, el escaso

    interés del procedimiento concursal en estos casos.

    Tal desinterés, precisamente, intenta ser alterado por la reciente norma de “mecanismo de segunda oportunidad” con

    la introducciòn de negocios jurídicos específicos, por ejemplo, las “especialidades del acuerdo extrajudicial de pagos

    de personas naturales no empresarios”, nuevo artículo 242 bis LC. 31

    El descenso también se anota en las declaraciones-liquidaciones del IS, por ejemplo, las estadísticas de las Cuen

    tas Anuales del Impuesto sobre Sociedades, publicadas también por la AEAT, www.agenciatributaria.es >Estadísticas

    Tributarias>Publicaciones>Cuentas anuales del IS, reflejan que, en el ejercicio 2008, declararon 1.402.770 sujetos

    pasivos del tributo, en 2009, 1.396.038, en 2011, 1.394.445 y, en 2012, 1.394.980.

    En general, para un análisis reciente de las estadísticas de este IS, vid. GASCÓN CATALÁN, Jesús. “Análisis de los datos

    estadísticos del Impuesto sobre Sociedades”, Crónica Tributaria, n º 150/2014, páginas 99 a 130. 32

    Sin embargo, la fuerte incidencia de la crisis se refleja claramente en los beneficios económicos declarados por

    esas empresas que fueron negativos, concretamente, -94.543 millones de euros.

    33 Agencia Tributaria. Subdirección General de Estadísticas. Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas. Estadística

    por partidas del Impuesto sobre Sociedades. Principales resultados, 2013, 22 de septiembre de 2015.

    Sin embargo, algunos datos de esta misma estadística señalan, asimismo, la debilidad del tejido empresarial español,

    verbigracia, el aumento de las sociedades inactivas o a la alta tasa de fracaso empresarial, es decir, el número de

    entidades con resultado contable negativo, aproximándose este último al 60% de los declarantes.

    34 Agencia Tributaria. Subdirección General de Estadísticas. Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas. Estadística

    por partidas del Impuesto sobre Sociedades. Principales resultados, 2015, 26 de septiembre de 2015.

    Nuevamente, algunos datos de esta misma estadística reflejan, asimismo, la fragilidad del tejido empresarial, por

    ejemplo, el elevado número de entidades inactivas que ascendió a 348.935, un 5,3% más que en el período anterior.

    En cualquier caso, la leve recuperación también ha dejado su rastro esta estadística, verbigracia, el número de contri

    buyentes del IS con resultado contable positivo se ha incrementado, un 8% más.

    35www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispar

    tidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.html

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.agenciatributaria.es/http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispartidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.htmlhttp://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispartidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.html

  • 20 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    La leve recuperación económica a la que nos hemos referido en el apartado anterior, ha permiti

    do, asimismo, una restauración del número de sujetos pasivos en el IVA: 3.356.880 en 2013,

    3.383.908 en 2014, 3.450.247 en el año 2015 y 3.515.000 en el período 201636

    .

    Como se observa es en el año 2015, cuando se recupera la cifra de 2007 en lo que hace refe

    rencia a los contribuyentes del IVA: 268.375 situados en regímenes especiales y 3.115.531 bajo

    la cobertura legal del régimen general, ver supra.

    En general, conforme a los datos fiscales, el número total de empresarios, si se suman los datos

    del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelan

    te, IRPF), habrían pasado de 4.900.000 en el ejercicio 2007 a 4.755.000 en el año 2011 (cifra

    provisional)37

    .

    De hecho, a la vez que la economía española se va recuperando, también lo va haciendo el

    número de empresas.

    De esta manera, las estadísticas del IVA del año 2014 ya indicaron que el número de declarantes

    por este tributo, empresarios y profesionales, se incrementó en 27.026 empresas respecto del

    período 2013, alcanzando un total de 3.383.90838

    .

    La recuperación parece también haber llegado al número de sujetos pasivos del IVA, ya que, en el

    año 2016, último del cual se dispone de estadísticas en el gravamen en el instante de redactar

    ediciones anteriores de esta obra, el número de declarantes ascendió a 3.515.091, un 1,88%

    más que en el ejercicio anterior, superándose de esta manera la cifra del período 2007,

    3.491.56539

    .

    En el IRPF la situación es, asimismo, similar. De esta forma, si atendemos al colectivo empresa

    rial personas físicas, todavía estamos alejados de la cifra de declaraciones con rentas empresa

    riales del ejercicio 2007. De esta forma, en 2007, existían 3.133.784 declarantes con rentas de

    la actividad económica y, en 2014 (declaración 2015), esa cifra era de 3.051.759 (Agencia Tri

    butaria, 2016, Actividades Económicas).

    La senda de recuperación moderada continúa también para las rentas de explotaciones econó

    micas en el IRPF, apareciendo 3.091.955 declaraciones de empresarios en 2015 (Agencia Tribu

    taria, 2017, Actividades Económicas), una cifra similar a la declarada en 2008, 3.101.782, mas

    todavía alejada del dato mítico de 2007, 3.133.784.

    36 En www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/

    Publicaciones/sites/iva/2016/home.html aparecen recogidos 3.353.022 declarantes

    37 MARTÍNEZ ÁLVAREZ, José Antonio; GARCÍA MARTOS, Dolores; CALLEJO ARRANZ, Sara: “El Impuesto sobre Sociedades; una

    herramienta de Política Econòmica”, Crónica Tributaria, número 152/2014, páginas 7 a 33. 38

    Agencia Tributaria. Subdirección General de Estadísticas. Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas. Estadística

    por partidas del IVA. Principales resultados 2014, 14 de julio de 2015.

    39 En general, los datos de demografía empresarial pueden hallarse en la "Estadística por partidas del IVA",

    www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/datosabiertos/catalogo/hacienda/Estadistica_por_partidas_del_Impuesto_so

    bre_el_Valor_Anadido.shtml

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/iva/2016/home.html%20aparecen%20recogidos%203.353.022http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/iva/2016/home.html%20aparecen%20recogidos%203.353.022www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/datosabiertos/catalogo/hacienda/Estadistica_por_partidas_del_Impuesto_so

  • 1

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    21 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Lo mismo, como hemos anticipado, está sucediendo en el marco del IS. De esta forma, las decla

    raciones-liquidaciones del IS del año 2014 manifiestan que su total se situó en 1.453.514 con

    tribuyentes40

    , llegándose a 1.485.102 obligados tributarios en 2015.

    De todas maneras, conviene señalar que la doctrina española considera que la crisis empresarial

    ha sido superior a la reflejada por las estadísticas “oficiales” de los concursos, ver infra, pues

    muchas empresas, sencillamente, han dejado de estar activas, sin entrar, formalmente, en con

    curso de acreedores.

    Este número se manifiesta, verbigracia, en los expedientes del Fondo de Garantía Salarial (en

    adelante, FOGASA), institución que, básicamente, ha de hacerse cargo de las deudas de las em

    presas con los trabajadores en materias de salarios, cuando las primeras no hacen frente a las

    mismas.

    De hecho, el FOGASA, organismo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tiene atribuido el

    abono a los trabajadores de los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que traba

    jan, no han podido satisfacer por encontrarse en situación legal de insolvencia o por haber sido

    declaradas en situación de concurso. Una vez abonadas las prestaciones, el FOGASA se subro

    gará en los derechos y acciones de los trabajadores, para proceder en reclamación y repetición

    frente a los empleadores que los adeudan.

    Y las estadísticas al respecto revelan que la situación empresarial no ha mejorado excesivamente

    hasta el 2016, aunque también se anota el efecto beneficioso de la recuperación económica:

    Cuadro 1

    EXPEDIENTES DEL FOGASA. EVOLUCIÓN RECIENTE

    Año Expedientes Número de empresas

    2017 (1) 56.697 21.800

    2016 103.925 37.428

    2015 114.242 45.318

    2014 276.589 120.385

    2013 154.357 81.310

    2012 160.036 83.084

    2011 155.255 78.365

    Fuente: FOGASA, www.empleo.gob.es/fogasa/estadisticas15.html. (1) Datos hasta diciembre.

    El Cuadro anterior refleja acertadamente que la reducción reciente de concursos e inactividades

    empresariales supone, asimismo, que muchas empresas con deudas imposibles de pagar o en

    difícil situación económica (empresas zombies, en la terminología popular) entran en crisis, aun

    40www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispar

    tidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.html

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.empleo.gob.es/fogasa/estadisticas15.htmlhttp://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispartidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.htmlhttp://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Estadisticas/Publicaciones/sites/ispartidas/2014/jrubik14c17bd55a615d9ade57d37dbd269967d6be4854.html

  • 22 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    en momentos de recuperación económica, así como las entidades inactivas y la minoración en el

    número de empresarios autónomos41

    .

    Los datos más recientes del FOGASA avalan también como la mejora económica ha ido redu

    ciendo esta actividad, así:

    Cuadro 1 bis

    EXPEDIENTES DEL FOGASA. EVOLUCIÓN RECIENTE, 2017/2018

    Año Expedientes Empresas

    2017 68.851 24.205

    2018 67.951 21.607

    Fuente: FOGASA; 2017:

    http://www.mitramiss.gob.es/fogasa/estadisticas/2017/ACUMULADO_DICIEMBRE/PRESTACIONES_CC.AA.pdf y 2018:

    http://www.mitramiss.gob.es/fogasa/estadisticas/2018/ACUMULADO_DICIEMBRE/PRESTACIONES_CC.AA.pdf

    De hecho, algunos autores han afirmado que el leve repunte de los concursos apreciado en el 2T

    de 2017, un 4,5% más que en idéntico trimestre del ejercicio anterior, se debe a que algunas de

    tales entidades zombies han decidido sucumbir, tras años de resistencia. Afortunadamente, esta

    situación era esporádica, pues ya, en el 3T de 2017, se produjo un nuevo descenso en las em

    presas que entraron en concurso, 975, con una disminución del 12,4% en relación al mismo tri

    mestre del año anterior42

    .

    La diferencia entre empresas que entran en concurso de acreedores y empresas en crisis mani

    fiesta también que el acceso al concurso de acreedores como mecanismo para solventar la crisis

    empresarial sigue siendo minoritario.

    En este sentido, el Registro de Expertos en Economía Forense del Consejo General de Economis

    tas (en adelante, REFOR) señala que, en general, la relación entre empresas que solicitan el con

    curso y empresas “en crisis”, entendiendo por éstas aquellas en las que el FOGASA tiene que

    cubrir los salarios impagados de sus trabajadores, se sitúa entre el 8 y 10%.

    De esta manera, uno de sus informes señala textualmente:

    “Otro posible comentario ampliado desde el REFOR-CGE es comparar cifras del FOGASA totales, que

    hemos obtenido de sus estadísticas (67.952 empresas afectadas por pagos del FOGASA en 2015)

    frente a los 5.510 concursos de acreedores del INE. Los concursos de acreedores son un 8% de las

    cifras de empresas afectadas por pagos de FOGASA (se ha mejorado bastante, pues los pagos del

    FOGASA se han reducido en 2015, un 58%). El ratio concursos/pagos del FOGASA en 2014, fue del 43

    4%.”

    41 Economistas. Consejo General. Informe sobre Segunda Oportunidad. Situación actual y perspectivas de mejora,

    10.02.2015, www.economistas.org

    42 www.ine.es/daco/daco42/epc/epc0317.pdf

    43 REFOR: “Nota de aviso REFOR-CGE sobre datos concursos acreedores INE publicados 5 febrero 2016”,

    www.economistas.es/Contenido/REFor/ActualidadREFOR/NOTAREFORESTADISTICASINE%20FEB2016.pdf.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.mitramiss.gob.es/fogasa/estadisticas/2017/ACUMULADO_DICIEMBRE/PRESTACIONES_CC.AA.pdfhttp://www.mitramiss.gob.es/fogasa/estadisticas/2018/ACUMULADO_DICIEMBRE/PRESTACIONES_CC.AA.pdfhttp://www.economistas.org/http://www.ine.es/daco/daco42/epc/epc0317.pdfwww.economistas.es/Contenido/REFor/ActualidadREFOR/NOTAREFORESTADISTICASINE%20FEB2016.pdf

  • 23 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Otro rasgo de las dificultades de la actividad empresarial lo dan, nuevamente, las propias es

    tadísticas del IS, ya que si bien en 2014 (declaración 2015) se anota una recuperación de los

    resultados contables positivos de las entidades no financieras, sigue aumentando el número de

    entidades inactivas, llegando en tal año a la cifra de 331.299 entidades (Agencia Tributaria,

    2016). Lo mismo sucede con los datos del IS del período impositivo 2015.

    En suma, a partir del ejercicio 2014, se anota ya una leve recuperación de la actividad (y del

    número) de los empresarios en España, pero para retornar a los picos logrados con anterioridad

    al comienzo de la crisis económica, 2008, hay que esperar hasta el año 2016 e, incluso, en em

    presarios personas físicas, autónomos, no se ha llegado todavía a lograr el retorno a la situación

    de 2007.

    En cualquier caso, la recuperación de la actividad económica se nota ampliamente en la cifra de

    concursos, conforme a lo que se indica en el Cuadro siguiente:

    Cuadro 2

    EVOLUCIÓN DE LAS EMPRESAS EN CONCURSO EN ESPAÑA, 2012-2016

    Ejercicios Número de concursos.

    2012 9.071

    2013 9.037

    2014 7.280

    2015 5.746

    2016 4.754

    Fuente: INE, Estadística de Procesos Concursales44

    En suma, el número de deudores concursados en el conjunto del año 2016 fue de 4.754, un

    17,3% inferior al registrado en 2015.

    Esta minoración del número de empresas que entran en concurso, va a la par de nuevos datos

    que avalan el optimismo económico (a pesar del conflicto catalán) a finales de 2017. De esta

    forma, en noviembre de 2017 se había alcanzado la cifra récord de 77,8 millones de turistas, en

    el tercer trimestre el año el PIB interanual seguía creciendo al 0,8%, el déficit del Estado se re

    ducía al 1,5%, y las previsiones económicas de otoño publicadas por la Comisión de la UE preve

    ían aumentos del PIB del 2,5 y del 2,1% para los años 2018 y 2019, respectivamente, así como

    un descenso del desempleo en 2018 al 15,6% de la población activa.

    Por tipo de concurso, en el ejercicio 2016, 4.421 fueron voluntarios (un 17,2% menos que en

    2015) y 333 necesarios (un 17,8% menos). Atendiendo a la clase de procedimiento, los ordina

    rios disminuyeron un 25,7% y los abreviados un 15,7%.

    En general, en 2016 (Estadística concursal, Colegio de Registradores, 2017), la mayoría de las

    empresas concursadas realizan actividades de servicios no constructivos, el 56,6%, pero todavía

    44 www.ine.es/daco/daco42/epc/epc0416.pdf

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    http://www.ine.es/daco/daco42/epc/epc0416.pdf

  • 24 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    el sector de la construcción aportó el 30,1% de las empresas concursadas, cifra ésta que revela

    el largo efecto de la crisis inmobiliaria española.

    Nuevamente, el hecho de que, para muchas empresas españolas, solicitar el concurso es una

    última solución se refleja en hechos como que el 71,9% de las empresas concursadas registren

    pérdidas netas y un 65% resultados de explotación negativos.

    LA FALTA DE INICIATIVA DE LOS ACREEDORES CONSTITUYE UNO DE LOS RASGOS MÁS ACU-

    SADOS DEL PROCESO CONCURSAL ESPAÑOL.

    Parece, sin embargo, que el concurso en España sigue siendo mejor solución para lograr que los

    acreedores obtengan algún tipo de compensación de sus deudas ya que el 59,9% de las empre

    sas en concurso genera recursos positivos para solventar la deuda.

    Se anota también el incumplimiento generalizado de los plazos del concurso pues, de media, el

    concurso abreviado dura 1.000 días en concluir, estando en 1.165 días el tiempo necesario para

    la tramitación ordinaria y un 25% de los concursos concluidos en 2016 registraban más de cua

    tro años de duración total.

    1.1.3. La salida de la crisis y los concursos de acreedores

    Como se indica en páginas anteriores, han tenido que transcurrir cerca de diez años para que los

    datos macroeconómicos de la economía y, en general, la sociedad española haya superado la

    conocida como Gran Depresión 2.0.

    Ciertamente, frente a esa visión positiva, los problemas permanecen tanto institucionalmente,

    con una significativa crisis del modelo democrático de 1978 y de los partidos que lo conforman,

    así como con la existencia de un proceso golpista en Cataluña, escasamente controlado y con

    abundantes huellas personas y microeconómicas derivadas directamente de la crisis, caso del

    aumento de la desigualdad en todos los órdenes, del deterioro de los salarios y de la participa

    ción de las rentas del trabajo en la renta nacional, del enquistamiento de fuertes niveles de po

    breza y exclusión social, etc.

    Además, el problema es que los “nubarrones negros” empiezan a aparecer en el horizonte de

    una economía crecientemente globalizada y en pleno proceso de transformación tecnológica en

    lo que se conoce como “economía digital”.

    En ese sentido, los fuertes incrementos interanuales del PIB en los últimos años no parecen que

    puedan continuar. En ese sentido, las proyecciones económicas del Banco de España (en adelan

    te, BE) para el período 2018-202145 manifiestan una reducción en la evolución del PIB: 3%, en

    2017; 2,5% en 2018; 2019, 2,2%; 2020, 1,9% y 2021, 1,7%.

    Banco de España. Proyecciones macroeconómicas de la economía española (2018-2021): contribución del Banco

    de España al ejercicio conjunto de proyecciones del Eurosistema de diciembre de 2018,

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    45

  • 25 DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Pero estas estimaciones son consideradas sesgadas al alza por otras instituciones económicas,

    caso de la Fundación de las Cajas de Ahorros, FUNCAS, que prevén cifras inferiores, aunque

    aceptan un 2,5% de aumento anual para el ejercicio 2018; de esta forma, los datos de evolución

    para 2019-2021 son los siguientes: 2,2%, 1,9% y 1,7%46.

    Es más, la incertidumbre sobre tales datos se acreciente, debido a la existencia de factores in

    ternacionales que pueden incidir negativamente en la evolución de la economía internacional,

    caso de los problemas del Brexit inglés, del cual , en los momentos actuales (enero de 2019), se

    desconoce siquiera su conclusión; los enfrentamientos comerciales entre Estados Unidos de Nor

    teamérica y China, las crisis económicas y políticas en algunas naciones iberoamericanas clave,

    supuesto de Brasil y Argentina, etc.

    En ese sentido, el Fondo Monetario Internacional en las previsiones de crecimiento de la econom

    ía mundial presentadas en enero de 2019 ha rebajado las mismas; sin embargo, la situación de

    España parece, sorprendentemente, buena al respecto, pues según los datos del FMI el aumento

    del PIB previsto sería, incluso, superior a las cifras anteriormente expuestas: 2,5% para el perío

    do 2018, 2,2% para 2019 y 1,9% para el 2020.

    En otro orden de cosas, alguno de los problemas crónicos de la economía española, supuesto de

    su disfuncional mercado de trabajo tampoco parece haber tenido una solución clara, aunque las

    cifras generales conllevan una cierta dosis de optimismo, al seguirse la reducción de la cifra de

    paro; de esta manera, las cifras del INE sobre paro registrado establecen que, en el III T de 2018,

    esté se situaba en el 14,55% de la población activa47

    frente al 16,83% en el mismo período del

    año 2017 y la EPA de idéntico período daba una cifra de ocupados de 19.528.000 personas y de

    parados de 3.326.000 frente a 19.049.200 como ocupados y 3.731.7000 de desempleados,

    respectivamente, en el III T 201748

    .

    Si queremos observar cómo la realidad empresarial también se ha situado en condiciones pre

    vias a la crisis, utilizaremos las propias estadísticas tributarias correspondientes a los graváme

    nes más relevantes para la actividad empresarial: IRPF, IS e IVA49.

    En ese sentido, es significativo que el propio número de declaraciones-liquidaciones del IRPF se

    haya situado en el período impositivo 2016 (declaración 2017):

    https://www.bde.es/f/webbde/SES/AnalisisEconomico/AnalisisEconomico/ProyeccionesMacroeconomicas/ficheros/b

    e-proy-201812.pd

    46 Fundación de las Cajas de Ahorros, FUNCAS. Previsiones económicas para España, 2019-2021, fi

    le:///C:/Users/Usuario/Downloads/P190117%20(1).pdf

    47 http://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=4247 48

    https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=resultados&idp

    =1254735976595

    49 El portal de la AEAT dispone de una pestaña específica para conocer y analizar las Estadísticas Tributarias,

    https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Est

    adisticas/Estadisticas.shtml

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    https://www.bde.es/f/webbde/SES/AnalisisEconomico/AnalisisEconomico/ProyeccionesMacroeconomicas/ficheros/be-proy-201812.pdhttps://www.bde.es/f/webbde/SES/AnalisisEconomico/AnalisisEconomico/ProyeccionesMacroeconomicas/ficheros/be-proy-201812.pdfile:///C:/Users/Usuario/Downloads/P190117%20(1).pdffile:///C:/Users/Usuario/Downloads/P190117%20(1).pdfhttps://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=resultados&idp=1254735976595https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176918&menu=resultados&idp=1254735976595https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Estadisticas/Estadisticas.shtmlhttps://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Estadisticas/Estadisticas.shtmlhttp://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=4247

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    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Cuadro 3

    Declaraciones presentadas por el IRPF.

    RENTA 2016 %

    Declaraciones presentadas por internet 19.728.347

    Renta WEB 15.054.832 76,3

    Resto de declaraciones 4.673.515 23,7

    Fuente: Memoria de la Agencia Tributaria, 2017,

    https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Me

    morias/Memorias_de_la_Agencia_Tributaria/_Ayuda_Memoria_2017/_Ayuda_Memoria_2017.html

    En el ejercicio 2008 el número de declarantes ascendió, por el contrario, a 19.388.981, habien

    do descendido en ejercicios posteriores.

    En el campo de los empresarios personas físicas, objeto posible del procedimiento concursal,

    también da muestras de esa evolución positiva, así, en el ejercicio 2008, declaraban en estima

    ción directa, 1.500.607 contribuyentes, en estimación objetiva (en adelante, EO), de actividades

    no agrícolas, 647.209 y en EO, actividades agrarias, 1.043.111; en cambio, en 2016 (declara

    ción de 2017), las estadísticas de IRPF indican los siguientes números: 1.743.335 en estimación

    directa, 407.354 en EO empresarial no agrícola y 958.684 en EO del sector primario50

    .

    Ahora bien, las propias cifras de la AEAT (AEAT, Estadística de rendimientos de actividades

    económicas, 2016) señalan para, 2016, un total de 3.106.469 empresarios personas físicas

    declarantes del IRPF, cuando en el año 2007, la cuantía era de 3.133.784, todavía, en conse

    cuencia, siguen sin recuperarse las cifras pre crisis.

    Por su parte, en el IS, las autoliquidaciones del período impositivo 2016 ya ascendieron a

    1.558.663 y, en el IVA, para el año 2017, las estadísticas tributarias reflejan una cuantía de suje

    tos pasivos de 3..567.596 (de los cuales, 50.082 declaraban el tributo mediante el denominado

    Sistema Inmediato de Información o SII) frente a 3.303.027, en el año 2016.

    Parece, en consecuencia, que nuestro cuerpo empresarial, al menos en número de empresarios,

    se ha recuperado y es sobre este cuerpo sobre el cual actual, de manera inmensamente mayori

    taria, la LC.

    1.2. La función del procedimiento concursal

    El concurso de empresas, en principio, pretende superar una etapa de dificultades en la conti

    nuidad de la vida de una empresa para con una adecuada quita, espera o combinación de am

    50 Téngase en cuenta, a efectos de comparar los datos distribuidos según el régimen de determinación de la base

    imponible, que entre los períodos analizados han existido cambios legislativos que afectan a la posibilidad legal por

    parte de los empresarios, personas físicas, de declarar el IRPF en uno u otro régimen de determinación.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

    https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Memorias/Memorias_de_la_Agencia_Tributaria/_Ayuda_Memoria_2017/_Ayuda_Memoria_2017.htmlhttps://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Memorias/Memorias_de_la_Agencia_Tributaria/_Ayuda_Memoria_2017/_Ayuda_Memoria_2017.html

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    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    bas respecto de las deudas de aquélla (su masa pasiva)51, a lo cual habría que añadir, ahora, los

    sistemas de refinanciación y capitalización de deudas, como proclama la Ley 17/2014, de 30 de

    septiembre, por la que se adaptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructu

    raciòn de deuda empresarial (“Boletín Oficial del Estado”; en adelante, BOE, de 1 de octubre) y

    otras fòrmulas novedosas de remisiòn de pasivo, propias de la denominada “segunda oportuni

    dad”, pueda la empresa volver a reiniciar de manera más saneada su actividad econòmica; de no

    lograrlo, el concurso de acreedores se convierte en una forma ordenada y sistemática de extin

    ción de la vida empresarial, en el supuesto de que termine en liquidación o de reordenación y

    continuidad de la explotación empresarial, bajo otros negocios jurídicos (convenio, básicamente

    hablando).

    Importa señalar que, en principio, la finalidad del concurso de empresas en el Derecho español

    era la continuidad de la explotación económica, idea que también rige en nuestra normativa

    concursal; pues como, por ejemplo, señala el fallo del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción (en

    adelante, TCJ), nº 4/2012, suscitado entre la AEAT y el Juzgado de lo Mercantil (en adelante, JM)

    n º 3 de Valencia (BOE, de 5 de febrero de 2013), Fundamento de Derecho Quinto, tercer párrafo,

    inciso final:

    “…Y es que la Ley opta por atribuir al Juez del concurso amplísimas facultades sobre todas aquellas

    materias que se consideran de especial trascendencia para el patrimonio del deudor que ha de pre

    servarse en garantía de los derechos concurrentes del deudor, de los trabajadores, de los acreedores

    y del principio de interés general de mantenimiento o continuidad de la actividad empresarial.”. (La

    cursiva es nuestra).

    Nuestra normativa concursal moderna, desde la entrada en vigor de la Ley 22/2003, de 9 de

    julio, Concursal (en adelante, LC) (BOE, del 10), ha abogado y reiterado que la finalidad funda

    mental del concurso de acreedores era la conservación de la actividad económica.

    Con posterioridad, quizás por influencia europea y presiones de organismos internacionales, caso

    del Fondo Monetario Internacional (en adelante, FMI), así como por la propia incapacidad de la

    LC a la hora de obtener tal fin, ver infra, se ha añadido como blanco de la normativa concursal el

    dar una nueva oportunidad a la entidad o a la persona sometida al proceso, aun reconociendo su

    fracaso primigenio como empresario; el denominado por la doctrina internacional fresh start, ver

    infra52

    .

    51 Las medidas de refinanciación y capitalización de deudas que incorpora la citada Ley 17/2014, fueron anticipadas

    en general mediante el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia

    de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial y se han visto reforzadas por el Real Decreto-ley 1/2015, de

    27 de febrero, de “segunda oportunidad”.

    La extensión a los convenios concursales del modelo anterior se produce por el Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de

    septiembre, de medidas urgentes en materia concursal (BOE de 6). 52

    La cual supone, como indica el Preámbulo de la reciente Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda

    oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social (BOE de 29), I, tercer párrafo:

    “…Su objetivo no es otro que permitir lo que tan expresivamente describe su denominaciòn: que una persona física, a pesar de

    un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a

    nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer.”.

    Documentos de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales 5/2019

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    DOMINGO CARBAJO VASCO

    Algunas cuestiones tributarias en los concursos de acreedores (sexta edición)

    Sin embargo, la realidad muestra que la mayoría de los concursos en España, más del 90%, aca

    ban en la liquidación ordenada del patrimonio del sujeto concursado y pocas entidades culminan

    el convenio y retornan, “más ligeras”, a la actividad econòmica ordinaria.

    LA LEGISLACIÓN CONCURSAL HA FRACASADO HASTA LA FECHA EN SU FINALIDAD FUNDAMENTAL:

    MANTENER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LA EMPRESA CONCURSADA, DÁNDOLE UNA NUEVA OPOR-

    TUNIDAD.

    DIFERENTES INFORMES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES (UNIÓN EUROPEA, FONDO MONETARIO

    INTERNACIONAL…) HAN SEÑALADO ESTA DEBILIDAD DEL MARCO LEGISLATIVO CONCURSAL EN ESPA-

    ÑA Y LAS MEDIDAS NORMATIVAS ADOPTADAS EN 2014, EN PARTICULAR, EL REAL DECRETO-LEY

    11/2014, HAN TRATADO DE CONTRARRESTAR ESTA SITUACIÓN.

    ES MÁS, LA INSUFICIENCIA DE LAS MEDIDAS ANTERIORES LLEVÓ AL GOBIERNO A APROBAR EL REAL

    DECRETO-LEY 1/2015, DE 27 DE FEBRERO, DE MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, REDUCCIÓN

    DE CARGA FINANCIERA Y OTRAS MEDIDAS DE ORDEN SOCIAL, CUYO OBJETIVO FUNDAMENTAL RESUL-

    TA SER, PRECISAMENTE, DAR UNA “SEGUNDA OPORTUNIDAD” A LA PERSONA FÍSICA.

    ESTE REAL DECRETO-LEY HA SIDO, FINALMENTE, CONVERTIDO EN LA LEY 25/2015, DE 28 DE JULIO,

    DE MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, REDUCCIÓN DE CARGA FINANCIERA Y OTRAS MEDIDAS

    DE ORDEN SOCIAL.

    En este sentido, los datos son contundentes: en el año 2012, el 94,95% de los concursos han

    finalizado en liquidación y, de los comenzados en 2014, se espera que el mencionado porcentaje

    alcance el 92,47%53

    .

    En cualquier caso, un buen resumen del cambio desde 2014 de la situación de las empresas concursadas en