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Documentaci n · Al entregar una prenda a un establecimiento de limpieza en seco es ... En los...
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Guardar siempre ticket/factura de los productos o servicios, así
como la garantía comercial de los mismos.
En la adquisición o utilización de servicios, deben facilitarnos
presupuesto previo, que debemos firmar si estamos conformes y
guardar copia del mismo.
Al entregar una prenda a un establecimiento de limpieza en seco es
conveniente que se compruebe:
Estado y valoración que merece la prenda.
Faltas o desperfectos en los botones, corchetes, etc
Ausencia de objetos en los bolsillos.
En los supuestos de daños, deterioro, o pérdida de las prendas, la
empresa responsable deberá abonar en concepto de indemnización
la cantidad que hubiera sido fijada en la valoración de mutua
cuerdo; si no se hubiera efectuado dicha valoración, la indemniza-
ción deberá exigirse por los medios legalmente previstos.
Se considerará extraviada la prenda, cuando requerida por el
cliente, no sea devuelta por la empresa en un plazo de treinta días,
a partir de la fecha prevista de entrega.
Cuando se solicitase un servicio y su resultado no fuera conforme
con lo requerido, podrá exigir el cliente que se realice de nuevo, sin
que por ello pueda cobrarse mayor cantidad de la inicialmente
presupuestada en el resguardo.
En los autoservicios de lavandería, la responsabilidad queda limitada al
buen funcionamiento de la maquinaria, y a la calidad de los productos
de limpieza proporcionados por el establecimiento.
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reclamaciones
Centro Mancomunado de Consumo Sierra de Suroeste
C/ Rodeo s/n Local 1006380 Jerez de los Caballeros
Tlfno: 924 73 09 60
Centro Mancomunado de ConsumoVegas Bajas
Avda. Carmen Amigo, 57 A06490 Puebla de la Calzada
Tlfno: 924 45 69 52
Centro Mancomunado de Consumo la Serena-Vegas Altas
C/ Tentudía, 2B, 1º06700 Villanueva de la Serena
Tlfno: 924 84 92 36
Centro Mancomunado de ConsumoCampiña Sur
C/ Concepción Arenal, nº 1706920 Azuaga / Tlfno: 924 89 07 92
Centro Mancomunado de Consumo Villuercas-Ibores-Jara
C/ Iglesia, nº 32 / 10120 LogrosánTlfno: 927 15 98 12.
Centro Mancomunado de Consumo
Tajo SalorC/ Oscura, nº 10
10900 Arroyo de la LuzTlfno: 927 27 22 59
Centro Mancomunado de Consumo
La VeraPlaza Juan de Austria, nº 210430 Cuacos de Yuste
Tlfno: 927 17 22 94
Centro Mancomunado de Consumo Valle del Alagón
Pza. de España, nº 110810 Montehermoso
Tlfno: 927 43 01 38
Centro Mancomunado de Consumo Tentudía
Paseo de Extremadura, 196, 1º 06260 Monesterio / Tlfno: 924 51 61 08Centro Mancomunado de Consumo
GuadianaPza. de Hernán Cortés, 3
06411 Medellín / Tlfno: 924 82 28 10
Centro Mancomunado de ConsumoMunicipios Zona CentroCamino de Vascona, nº 10
10100 Miajadas / Tlfno: 927 34 51 17
Centro Mancomunado de ConsumoTierra de Barros
Pza. España, 1 / 06207 Aceuchal Tlfno: 924 68 72 76
Centro Mancomunado de Consumo
Tierra de Barros- Rio MatachelC/ Infanta Cristina, s/n
06220 Villafranca de los BarrosTlfno: 924 52 09 75 / 86
Centro Mancomunado de Consumo
Comarca de TrujilloC/ Fray Jerónimo de Loaisa, 46 Bajo10200 Trujillo / Tlfno: 927 32 33 15
Centro Mancomunado de Consumo
Sierra de MontánchezCruce de Ctras. EX-381 y EX-206
10186 Torre de Santa MaríaTlfno: 927 38 90 32
Centro Mancomunado de ConsumoMunicipios Centro
Ctra. N-630, s/n / 06810 CalamonteTlfno: 924 32 41 06
Centro Mancomunado de Consumo
Comarca de OlivenzaPza. España,5
06370 Taliga / Tlfno: 924 42 22 11
Aceuchal
Villafranca de los Barros
Jerez de los CaballerosAzuaga
TrujilloTorre de
Sta. María Logrosán
Miajadas
MedellínMérida
Calamonte
Monesterio
Pueblade la Calzada
Olivenza
Arroyo de la Luz
Montehermoso Cuacos de Yuste
Villanueva de la Serena
GerenciaC/ Atarazanas, nº 8-1º / 06800 Mérida
Tlfno: 924 00 47 09 / Fax: 924 00 47 17.
www.masamano.commás información
en Materia
recomendaciones
Responsabilidad
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enRECLAMACIONES
Tintoreríasde
Se aconseja formular reclamación por escrito contra la tintorería, y
posteriormente registrar la misma en alguno de los Organismos de
Consumo a disposición de los ciudadanos; si ésta no surte efecto,
rellenar solicitud de Arbitraje de Consumo, siempre y cuando el
establecimiento esté adherido al Sistema Arbitral de Consumo.
Las reclamaciones en materia de tintorerías obligan a las personas
físicas y jurídicas que se dediquen a la limpieza, teñido, y/o conser-
vación de productos textiles, de cuero, piel o sintéticos.
A estos efectos se consideran piezas de uso más corrientes las
siguientes : abrigo, gabardina, chaqueta, traje caballero, traje sastre,
vestido liso, pantalón, falda lisa, blusa, camisa, jersey, chaleco y
corbata.
En el momento de la entrega de la prenda por parte del cliente, el
prestador del servicio deberá expedir en todos los casos un
resguardo que deberá contener :
Nombre, domicilio, y NIF o DNI de la empresa.
Número de orden o referencia, y fecha de recepción de la
prenda.
Nombre y domicilio del usuario.
Para los servicios de limpieza en seco, teñido y conservación,
designación de las prendas recibidas, y para la limpieza que no
se realice en seco, se especificará si el paquete es de ropa
blanca, de color o variada.
Tipo de servicio solicitado.
Fecha prevista de terminación del servicio.
Precio. El precio deberá incluir todo tipo de cargas o graváme-
nes, salvo el IVA, cuya inclusión será facultativa, pero en el caso
de que no fuera computado, será necesario que se anuncie al
público esta circunstancia, con indicación del concepto y tipo a
aplicar.
Las observaciones que se consideren respecto del color básico,
estado de uso de cada prenda, y del tratamiento o cuidado de la
misma.
Cuando exista la posibilidad de deterioro de las prendas sometidas
al tratamiento solicitado, bien por encontrarse ésta en mal estado,
bien porque han de ser sometidas a manipulaciones especiales que
puedan entrañar tal peligro, se expresará claramente esta circuns-
tancia, con declinación en su caso de responsabili-dades por parte
del prestador del servicio.
Cuando exista la probabilidad de que el servicio solicitado no
resulte conforme a lo requerido, por concurrir alguna circunstancia
excepcional en la prenda objeto de la prestación o porque el cliente
haya pedido la aplicación de un tratamiento no idóneo y desaconse-
Documentación
Cómo realizar unareclamación anteuna tintoreria
jado por el prestador del servicio, habrá de hacerse constar esta
circunstancia en el resguardo, con declinación de responsabilida-
des por el resultado.
El usuario y el prestador del servicio podrán pactar de mutuo
acuerdo una valoración previa de la prenda, que sería de obliga-
toria aplicación para ambas partes en caso de extravío o deterio-
ro de las misma. Esta valoración deberá constar expresamente
en el resguardo.
Firma o sello del prestador del servicio.
Los bancos/cajas están obligados a aceptar la resolución del
Defensor siempre que lo haga el cliente. Si la Resolución obliga
al pago de una compensación económica, deberá abonarse en
el plazo máximo de un mes.
Una copia del resguardo será entregada al cliente. Sólo podrá
exigirse el pago anticipado total o parcial del importe cuando
exista conformidad expresa por parte del cliente; en este caso el
servicio adquirirá carácter de urgencia y habrá de realizarse en el
plazo máximo d tres días, a partir de la fecha de recepción de la
prenda, elevándose dicho plazo a seis días en los servicios de
teñido.
La presentación del resguardo será obligatoria en el momento de retirar las prendas.
Cuando el cliente extraviase el resguardo, para poder retirar la prenda, deberá acreditar su identidad y estampar su firma en la copia del resguardo que obre en poder del establecimiento; los artícu-los podrán ser retirados del estable-cimiento, sin recargo, durante el plazo máximo de tres meses, ya que a partir de ese plazo, se podrá cobrar una cantidad en concepto de guardarropa. Los establecimientos conservarán los resguardos durante un plazo mínimo de seis meses, a contar desde la fecha de entrega de la prenda.