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DIRECTIVA SANITARIA N°0 SZ-MINSAIDIGESA — V.01 DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEPTOSPIRA EN RESERVORIOS 1. FINALIDAD Contribuir a mejorar el nivel sanitario de las personas disminuyendo los factores de riesgo en el medio ambiente y otros reservorios que condicionan la presencia de la leptospirosis. 2. OBJETIVOS 2.1 Objetivo General Establecer las intervenciones sanitarias integrales para la prevención y el control de riesgos sanitarios y ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservorio. 2.2 Objetivos Específicos 2.2.1. Establecer procesos técnicos y administrativos para realizar las intervenciones integrales de prevención y control del agente zoonótico en reservorios. 2.2.2. Promover la participación de todos los actores involucrados en la prevención y control de la leptospirosis. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva Sanitaria es de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional por ' parte de las Direcciones de Salud (DISA), las Gerencias Regionales de Salud (GERESA) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESA) o las que hacen sus veces en los Gobiernos Regionales, Redes, Micro Redes, Centros y Puestos de Salud. 4. BASE LEGAL Ley N° 26842, Ley General de Salud. Ley 27657, Ley del Ministerio de Salud. Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley 27596, Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes. Decreto Legislativo 1059, que aprobó la Ley General de Sanidad Agraria. Decreto Legislativo N°1062, Decreto Legislativo que aprobó la Ley de Inocuidad de los Alimentos. Decreto Supremo N° 007-98-SA, que aprobó el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas. Decreto Supremo N° 023-2005-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias. Decreto Supremo N° 018-2008-AG, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1059, que aprueba el Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria. Decreto Supremo N° 034 — 2008-AG, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos. 1

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DIRECTIVA SANITARIA N°0 SZ-MINSAIDIGESA — V.01 DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA

LEPTOSPIRA EN RESERVORIOS

1. FINALIDAD Contribuir a mejorar el nivel sanitario de las personas disminuyendo los factores de riesgo en el medio ambiente y otros reservorios que condicionan la presencia de la leptospirosis.

2. OBJETIVOS 2.1 Objetivo General

Establecer las intervenciones sanitarias integrales para la prevención y el control de riesgos sanitarios y ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservorio.

2.2 Objetivos Específicos

2.2.1. Establecer procesos técnicos y administrativos para realizar las intervenciones integrales de prevención y control del agente zoonótico en reservorios.

2.2.2. Promover la participación de todos los actores involucrados en la prevención y control de la leptospirosis.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Directiva Sanitaria es de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional por ' parte de las Direcciones de Salud (DISA), las Gerencias Regionales de Salud (GERESA) y

Direcciones Regionales de Salud (DIRESA) o las que hacen sus veces en los Gobiernos Regionales, Redes, Micro Redes, Centros y Puestos de Salud.

4. BASE LEGAL

• Ley N° 26842, Ley General de Salud.

• Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud.

• Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

• Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

• Ley N° 27596, Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes.

• Decreto Legislativo N° 1059, que aprobó la Ley General de Sanidad Agraria.

• Decreto Legislativo N°1062, Decreto Legislativo que aprobó la Ley de Inocuidad de los Alimentos.

• Decreto Supremo N° 007-98-SA, que aprobó el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.

• Decreto Supremo N° 023-2005-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias.

• Decreto Supremo N° 018-2008-AG, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1059, que aprueba el Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria.

• Decreto Supremo N° 034 — 2008-AG, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos.

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Cuadro de texto
(Esta Directiva no ha sido publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, se descargó de la página web del Ministerio de Salud, con fecha 11 de febrero de 2013.)
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• Resolución Ministerial N° 675 - 2006/MINSA, que aprobó la NTS N° 049 - MINSA/ DGSP - V.01, Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de la persona afectada con Leptospirosis.

• Resolución Ministerial N° 258-2011/MINSA, que aprobó el Documento Técnico "Política Nacional de Salud Ambiental 2011 - 2020".

• Resolución Ministerial N° 464-2011/MINSA que aprueba el Documento Técnico "Modelo de Atención Integral de Salud Basado en Familia y Comunidad'.

5. DISPOSICIONES GENERALES

5.1. Definiciones Operativas

Agente zoonótico: Es todo parasito, bacteria, virus u organismo que puede ocasionar una zoonosis, cuyo reservorio es uno o varios animales, y también puede ser el ambiente.

Exposición al riesgo: Es la oportunidad o probabilidad de contacto adecuado con fuentes de infección.

Factores de riesgo: Son aquellos relacionados al ambiente, a los animales, a las malas prácticas sanitarias, que propician que un agente zoonótico se presente ocasionando una enfermedad en las personas. Por ejemplo, constituyen factores de riesgo: el contacto directo de las personas con aguas estancadas, aguas recreacionales, alimentos y agua de consumo humano contaminados con orina de roedores y animales domésticos infectados.

Fuente de infección: Es el origen a partir del cual se transmite la infección, es decir, desde donde se encuentra el agente etiológico que pasa al huésped susceptible. Las fuentes de infección pueden ser el ambiente o seres vivos, siendo el hombre la principal fuente de infección. El hombre puede ser fuente de infección durante el periodo clínico, en el periodo de incubación, durante la convalecencia o solo en la fase crónica, posterior de la enfermedad.

Leptospira: Es un agente zoonótico, bacteria espiroqueta helicoidal, aerobia obligatoria, que presenta una o ambas extremidades en forma de gancho, dotada de gran motilidad conferida por un axóstilo. Por medio de pruebas serológicas fueron determinadas más de doscientos cuarenta (240) serovariedades. En el Perú se han identificado más de 60 serovariedades.

Leptospirosis: Es una zoonosis de amplia distribución geográfica que afecta a animales domésticos, silvestres y accidentalmente al hombre, es causada por una bacteria espiroqueta del género Leptospira. Weil la describió minuciosamente, observando cuatro casos clínicos en seres humanos. Posteriormente fue designada por Goldschmidt, como "Enfermedad de Weil".

Período de incubación: El período de incubación es de 7 a 14 días en promedio, pudiendo oscilar de 2 a 20 días.

Período de transmisibilidad: Las leptospiras en humanos se eliminan por la orina (leptospiruria) generalmente a partir de la 2da a la 5ta semana de la enfermedad. En los animales reservorios y hospederos accidentales pueden eliminarse a través de la orina durante meses o años.

Reservorio (fuente primaria de infección): Es el ambiente natural donde el agente se reproduce durante un periodo relativamente largo. El reservorio puede ser inanimado (inerte) o un ser animado (vivo) también llamado hospedador. Cuando el agente pasa del reservorio al hombre (huésped susceptible) está actuando como fuente de infección, tratándose en la mayoría de los casos de una zoonosis.

Reservorios de leptospirosis: Los reservorios domésticos más importantes son los bovinos, porcinos, equinos, caninos, ovinos y caprinos, así como un amplio rango de mamíferos silvestres y roedores sinantrópicos (ratas y ratones); siendo los roedores y

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marsupiales los principales reservorios de la enfermedad, los cuales albergan la Leptospira en los riñones y la eliminan al medio ambiente, contaminando de esta manera el agua, el suelo y los alimentos.

Susceptibilidad y resistencia: La susceptibilidad es una condición inherente al individuo, guarda relación con la edad, sexo, estado nutritivo y otros factores biológicos. En el caso de la infección por Leptospira, todas las personas son susceptibles independientemente del sexo y edad. La inmunidad a una serovariedad específica aparece después de la infección, no confiriéndole protección permanente.

Transmisión: Es la forma de contagio o de propagación de la enfermedad (Anexo 1). Para la leptospirosis, existen dos mecanismos:

a) Directo: a través del contacto con la orina y tejidos de animales infectados. Generalmente origina casos aislados. Es rara la transmisión de persona a persona.

b) Indirecto: por el contacto con fuentes de agua, suelo o alimentos contaminados con Leptospira. Generalmente ocasiona brotes epidémicos.

Vías de ingreso y de eliminación del agente: Los microorganismos penetran a través de la piel lesionada o mucosas de la orofaringe- nasal, ocular y genital; también puede penetrar por la piel íntegra que está contacto con agua por largo tiempo. El agente es eliminado al medio ambiente a través de la orina de animales infectados.

Vigilancia sanitaria: Conjunto de acciones orientadas a determinar, analizar, evaluar el grado de riesgo de presentación de las zoonosis y/o circulación de agentes zoonóticos, sus factores de riesgos ambientales, reservarlos y vectores, mediante metodologías e instrumentos para la recopilación, interpretación y difusión sistemática de información, con la finalidad de realizar las acciones e intervenciones sanitarias integrales oportunas.

5.2. Las DISAs, DIRESAs y/o GERESAs o la que haga sus veces en el ámbito regional, son los responsables de programar, presupuestar, implementar y desarrollar las intervenciones sanitarias para la prevención y control de Leptospira en reservorios, según el análisis situacional de salud.

5.3. Las DISAs, DIRESAs y/o GERESAs o la que haga sus veces en el ámbito regional, son los responsables de intervenir en forma oportuna en el control de brote en emergencias y desastres, dentro de su ámbito territorial.

5.4. La Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), DISAs, DIRESAs y/o GERESAs o la que haga sus veces en el ámbito regional, son las responsables de brindar la asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades al personal técnico operativo que interviene en el desarrollo de las actividades contempladas en la presente Directiva Sanitaria, incluidas las situaciones de emergencias y desastres.

6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1. Planificación y Programación

Las DISA, DIRESA, GERESA o las que hagan sus veces en el ámbito regional, formularán y elaborarán su "Plan de Acción Concertado de Salud para la Prevención y el Control de Riesgos Sanitarios y Ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservorio".

Las Unidades Ejecutoras de las DISA, DIRESA, GERESA o quien haga sus veces, programarán y presupuestarán las intervenciones a realizar, debiendo estas ser priorizadas en su Plan Operativo Institucional (P01) de conformidad con su Análisis Situacional de Salud (ASIS) local.

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SAAVEDRA

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6.2. Acciones

Para la prevención y control de la leptospirosis en reservorio, el personal de Salud Ambiental debe aplicar la presente Directiva Sanitaria y realizar las siguientes acciones:

• Evaluación de riesgos:

a) En la Localidad

b) En la vivienda

c) Muestreo en reservorios

• Gestión para el control de riesgos

a) Elaboración de un plan de acción concertado con los diversos actores involucrados.

b) Medidas ante emergencia y desastres

• Comunicación de riesgos

a) Educación sanitaria.

b) Diseño y elaboración de material didáctico.

6.2.1. Evaluación de riesgos:

a) En la Localidad

Evaluar en la localidad, como mínimo dos (02) veces al año, los factores de riesgo que condicionan la presencia del agente zoonótico Leptospira sp, tales como: presencia de roedores, inadecuada tenencia de animales de compañía, crianza de porcinos no tecnificadas y en las viviendas, disposición final de residuos sólidos, entre otros. La información será consignada en la "Ficha de evaluación de riesgo en comunidades para leptospirosis" (Anexo 2).

b) En la vivienda

Evaluar los factores de riesgo en las viviendas de las personas que presentan casos de leptospirosis, debiendo tener en cuenta si desarrollan actividades laborales asociadas a mayor riesgo (trabajo en camales, en sembríos de arroz, trabajadores de alcantarillados etc.). En las áreas urbana y rural, los grupos poblacionales más expuestos son aquellos que trabajan o viven en condiciones precarias de vivienda, en zonas de riesgo de inundación, sin saneamiento básico o en contacto con fuentes de agua o suelos contaminados con orina y/o heces de roedores infectados o de otros animales domésticos y silvestres. La información será consignada en la "Ficha de determinación de riesgo para leptospirosis en la vivienda" (Anexo 3).

c) Muestreo en reservorios

Con la finalidad de determinar el reservorio de mayor riesgo para la transmisión de la Leptospira, se realizará como mínimo dos (02) veces al año, la toma de muestras de sangre de animales reservorios (cerdos, perros) y de tejidos (roedores); de fuentes de agua (recreacionales, aguas estancadas, entre otras). Para el procesamiento de las muestras, las DISAs, DIRESAs, GERESAs o la que haga sus veces a nivel regional, coordinarán con el laboratorio correspondiente (universidades, INS, privados, entre otros). Así mismo se aplicará la "Ficha de nivel de riesgo de reservorios animales y factores ambientales". (Anexo 4).

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M. SAAVEDRA

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6.2.2. Gestión para el control de riesgos

a) Elaboración de un Plan de Acción Concertado de Salud con los diversos actores involucrados.

El responsable de zoonosis de la DISA, DIRESA, GERESA o la que haga sus veces en el ámbito regional, programará una reunión con los diversos actores involucrados para la presentación de los resultados de la evaluación de riesgos, siendo este diagnóstico a partir del cual se elaborará el "Plan de Acción Concertado de Salud para la Prevención y el Control de Riesgos Sanitarios y Ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservado", en el cual se determinarán las responsabilidades y compromisos de cada sector en las acciones dispuestas (vigilancia, control, educación sanitaria, infraestructura, servicios, entre otras).

b) Medidas ante emergencias y desastres

Para casos de emergencias y desastres se pondrá en operación el plan de contingencia que haya elaborado el Comité Operativo de Emergencias de Salud (COES) para tal fin; para lo cual el presidente convocará a reunión en la que participará el Director de Salud Ambiental o a quien éste delegue y el responsable de Zoonosis.

El plan de contingencia debe contemplar como mínimo las siguientes acciones:

• Evaluación de los daños ocasionados por la emergencia o el desastre, vinculados a la leptospirosis, tales como colapso de alcantarillados, viviendas inundadas, presencia de roedores, perros deambulando, entre otros.

• Ordenamiento ambiental: limpieza pública, drenaje de aguas estancadas, disposición final de residuos sólidos y excretas, disposición de animales domésticos, medidas de control de roedores, entre otras, para lo cual las DISA, DIRESA o GERESA, coordinará con las Autoridades Municipales para la ejecución de las tareas.

• Vigilancia y control de la calidad sanitaria del agua para consumo humano y de la inocuidad de los alimentos, para lo cual las DISAs, DIRESAs, GERESAs o la que haga sus veces en el ámbito regional, coordinarán y promoverán en los gobiernos locales o municipalidades la adopción de las acciones correspondientes.

6.2.3. Comunicación de riesgos

a) Sensibilización y participación comunitaria

Las DISAs, DIRESAs, GERESAs o las que hagan sus veces en el ámbito regional, así como las REDES y MICROREDES promoverán la participación activa de las comunidades organizadas, las instituciones (públicas y privadas), autoridades (locales y regionales) y líderes de la comunidad, a fin de implementar el "Plan de Acción Concertado de Salud para la Prevención y el Control de Riesgos Sanitarios y Ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservarlo" o el Plan de Contingencia ante emergencias y desastres, de corresponder.

b) Educación sanitaria.

El personal de Salud Ambiental en coordinación con el de Promoción de la Salud, establecerán medidas de promoción y educación para la prevención de la leptospirosis, priorizando zonas endémicas y orientadas principalmente a viviendas, albergues, centros educativos y laborales, programas sociales, mercados de abasto, centros de faenamiento, en relación a:

• La protección de fuentes agua y de drenaje de aguas residuales.

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• Disposición adecuada de residuos sólidos y excretas.

• Prevención y control de roedores

• Protección de los alimentos y del agua de consumo humano.

• Evitar el uso de aguas estancadas o aguas contaminadas para cualquier actividad (baño, consumo, lavado de prendas de vestir, entre otros).

• Aplicación de buenas prácticas en la crianza de animales domésticos (cerdos, cuyes, ovinos, entre otros.), así como en la tenencia responsable de animales de compañía

• Adoptar medidas de protección en las actividades laborales vinculadas a la transmisión de la enfermedad (agricultores, veterinarios, operadores de alcantarillados, criadores de pequeñas crianzas no tecnificadas de animales domésticos, entre otros).

c) Diseño, elaboración y difusión de material didáctico

El material didáctico debe basarse en información técnica proporcionada por el personal de Salud Ambiental y diseñada por el área correspondiente, considerando en los mensajes, lo siguiente:

• Procesos que modifiquen el comportamiento de las personas para mejorar su salud, la de su familia y de la comunidad en que vive.

• Importancia de la leptospirosis como enfermedad, sus mecanismos de transmisión, los factores de riesgo, la eliminación de reservorios y portadores, así como las medidas de prevención indispensables para evitar su propagación.

• Evitar la crianza de animales domésticos en las viviendas, encaminadas a reducir la probabilidad de contraer la leptospirosis.

• Prohibir la alimentación de ganado porcino con restos de alimentos provenientes de la basura y de áreas infectocontagiosas de los hospitales.

• El lavado de manos con agua y jabón de todos los miembros de la familia, antes de comer y después del contacto con los animales, sus productos, subproductos o desechos.

• La trascendencia de limpiar, desinfectar y aislar con cercas, los lugares destinados u orientados para la crianza del ganado y otros animales.

• Tomar las medidas de protección personal en situaciones de post desastre.

• Informar a la población sobre el riesgo de nadar en riachuelos, quebradas, cochas o lagunas, pozas, charcos y otros lugares donde se almacena agua y donde los animales acostumbran estar, ya que éstos pueden estar contaminados con orina y/o heces de animales infectados.

• La importancia de utilizar ropa y equipo de protección específica, principalmente las personas que están en contacto con los animales, los que trabajan en servicios de alcantarillado o drenaje y recomendar se sometan periódicamente a exámenes médicos y estudios de laboratorio.

La difusión del material didáctico elaborado, así como la Cartilla "4 pasos para prevenir la leptospirosis" (Anexo 5), será de responsabilidad compartida según los alcances del "Plan de Acción Concertado de Salud para la Prevención y el Control de Riesgos Sanitarios y Ambientales relacionados a la presencia del agente zoonótico Leptospira sp a nivel de reservorio".

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7. RESPONSABILIDADES

7.1. NIVEL NACIONAL

El Ministerio de Salud, a través de la DIGESA es responsable de la difusión de la presente Directiva Sanitaria hasta el nivel regional, así como de brindar asistencia técnica necesaria y supervisar su cumplimiento.

7.2. NIVEL REGIONAL

Las Direcciones de Salud (DISA) de Lima y las Direcciones Regionales de Salud (DIRESA), Gerencias Regionales de Salud (GERESAS) o la que haga sus veces en el ámbito regional, son responsables de la difusión de la presente Directiva Sanitaria, así como de brindar asistencia técnica, implementarla y supervisar su cumplimiento.

7.3. NIVEL LOCAL

Los Establecimientos de Salud con coordinación con sus respectivas microrredes, redes y/o DISA, DIRESA, GERESA o la que haga sus veces en el ámbito regional, son responsables del cumplimiento de la presente Directiva Sanitaria, en lo que corresponda.

8. ANEXOS

Anexo 1: Leptospirosis. Ciclo sinantrópico de transmisión.

Anexo 2: Ficha de evaluación de riesgo en comunidad para leptospirosis

Anexo 3: Ficha de determinación de riesgo para leptospirosis en la vivienda.

Anexo 4: Ficha de nivel de riesgo de reservarlos animales y factores ambientales

Anexo 5: Cartilla: 4 pasos para prevenir la leptospirosis.

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ANEXO 1

Leptospirosis. Ciclo sinantrópico de transmisión.

Animales id:dadas Ideales sesceplibies

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Fuente: Acha P, Szyfres B, "Zoonosis y enfermedades trammisibles comunes al hombre y a los animales". Año 1977

Sintomatología en reservorios animales domésticos

En perros y gatos, la infección puede ser desde asintomática hasta con cuadros clínicos graves. El cuadro clínico grave se caracteriza por fiebre de 3 a 4 días, rigidez y termina en hemorragia en la cavidad bucal con tendencia a la necrosis y faringitis, puede evolucionar a gastroenteritis hemorrágica y nefritis aguda. La ictericia puede producirse tanto por el serotipo icterohemorragiae o canicola. La letalidad estimada es del 10%. Por otro lado en los gatos la enfermedad es poco frecuente.

En porcinos, la presentación clínica varía pudiendo ser subclínica o febril fugaz, en otros animales puede presentarse con abortos y presencia de lechones débiles o con retardo del crecimiento, además ictericia, hemoglobinuria, convulsiones, y trastornos gastrointestinales. Pueden aparecer signos neurológicos y meningitis. Los cerdos son los principales reservorios del serotipo L. pomona. Además pueden albergar L. tarassovi, L. canicola, L. gnOpotyphosa y L. icterohemorragiae.

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ANEXO 2 FICHA DE EVALUACIÓN DE RIESGO EN COMUNIDAD PARA LEPTOSPIROSIS

I. DATOS GENERALES DE LA COMUNIDAD

1. LOCALIDAD:..... 2. DISTRITO' 3. PROVINCIA' 4. DEPARTAMENTO / REGIÓN:

II. DATOS DEL PERSONAL DE SALUD

6. NOMBRE 7. ESTABLECIMIENTO DE SALUD 8. FECHA DEL REPORTE:.. 1a VISITA 23 VISITA

III. DATOS GENERALES DE POBLACIÓN Y RESERVORIOS

NÚMERO DE VIVIENDAS TOTALES DE LA COMUNIDAD

NÚMERO DE VIVIENDAS CON SANEAMIENTO BÁSICO DEFICIENTE

POBLACIÓN HUMANA TOTAL

NÚMERO DE PERSONAS POR FAMILIA (PROMEDIO)

POBLACIÓN TOTAL DE CANES ESTIMADOS

NÚMERO PROMEDIO DE CANES POR VIVIENDA

POBLACIÓN TOTAL DE CERDOS DE CRIANZA FAMILIAR EN LA COMUNIDAD.

NÚMERO PROMEDIO DE CERDOS POR VIVIENDA.

INDICE DE INFESTACIÓN POR ROEDORES EN LA COMUNIDAD

IV. ANTECEDENTES EPIDEMIOLÓGICOS

NÚMERO DE CASOS DE SÍNDROME FEBRIL REGISTRADOS EN LA LOCALIDAD EN LOS ÚLTIMOS TRES MESES

NÚMERO DE CASOS HUMANOS CONFIRMADOS DE LEPTOSPIROSIS EN LOS TRES ÚLTIMOS MESES.

V. EVALUACIÓN CUALITATIVA SEGÚN RESULTADOS DE LA FICHA DE VIGILANCIA VISAL Por cada componente indicar si existe bajo riesgo, riesgo moderado o alto riesgo, tomar información de ERC/ERV

COMPONENTE Encuestas realizadas

Determinación de Riesgo

Alto Mediano Bajo

FACTORES DE RIESGO POR LA VULNERABILIDAD DE LA VIVIENDA FACTORES DE RIESGO POR LA PRESENCIA DE RESERVORIOS ANIMALES Y FACTORES AMBIENTALES

NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN

Leyenda: VISAL : Vigilancia Sanitaria de leptospirosis ERCON : Evaluación de riesgos consolidado ERV : Evaluación de riesgo de vivienda ERC : Evaluación de riesgo en comunidad

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ANEXO 3

FICHA DE DETERMINACIÓN DE RIESGO PARA LEPTOSPIROSIS EN LA VIVIENDA.

Distrito o localidad

Nombre del encuestado

rt,/ CZIE

\\‘. 0 N Gd,"97.R1LDEr

M. SAAVEDRA

FACTORES DE RIESGO PUNTAJE

Si = 2 ptos. No = O ptos

¿La ubicación de la vivienda es segura? (Está alejada de la ribera del rio).

¿La fuente de agua para consumo humano es segura? (Agua potable/tratada con cloro o hervida)

¿Cuenta con disposición adecuada de residuos sólidos? (Tacho con bolsa y tapa)

Hay indicios de la presencia de roedores intra domiciliario y en jardines cercanos a la vivienda.

Hay adecuada tenencia de animales de compañía (espacio adecuado, control sanitario del can, gato.)

Protege y dispone bien los insumos para la preparación de sus alimentos (No se observa alimentos en el suelo / uso de alacenas)

Crían animales para consumo familiar (cerdos, aves, cuyes) están en sus corrales

TOTAL

CARACTERIZACIÓN DE RIESGO

BAJO RIESGO 10 -12

MEDIANO RIESGO 5 6

ALTO RIESGO < 4

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"A. SAAVEDRA

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ANEXO 4

FICHA DE NIVEL DE RIESGO DE RESERVORIOS ANIMALES Y FACTORES AMBIENTALES

1 CONDICIONANTES PARA PRESENCIA DE RESERVORIOS ¿Existe riesgo para la presencia de reservorios? a. Se observa problemas de disposición final de residuos sólidos, que favorece la

presencia de roedores. (10 ptos)

SI NO b. Existen problemas ambientales que favorecen la contaminación del agua en la comunidad, crianza informal de porcinos, crianza de cerdos cerca a fuentes de agua? (10 ptos)

Sub total ...... c. Áreas de cultivo o zonas agrícolas cercanas a las viviendas. (10 ptos)

d. Viviendas cercanas a botaderos y/o rellenos sanitarios. (10 ptos)

2 INADECUADA TENENCIA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA ¿Existe riesgo por la inadecuada tenencia de animales de compañía?

a. Presencia de perros en las calles. (05 ptos)

b. Presencia de heces de perro en las calles (05 ptos) SI NO

Sub total .... c. Perros sin collar. (05 ptos)

d. Perros enfermos (sarnosos, flacos, descuidados) (05 ptos)

3 INADECUADA CRIANZA DE ANIMALES DOMÉSTICOS ¿Existe riesgo por la inadecuada crianza de animales domesticos?

a. Presencia de porcinos (cerdos) y/o vacunos en las calles (10 ptos)

SI NO b. Se crían porcinos y vacunos en forma insalubre generando focos de contaminación

por la acumulación de orinas y excretas animales. (10 ptos) Sub total .........

4 Inadecuadas practicas de higiene en el expendio y comercialización de alimentos (mercados, bodegas u otros)

¿Existen prácticas de higiene de alimentos que favorecen el riesgo?

a. No se tienen medidas de higiene al manipular los alimentos, presencia de perros u otros animales. (04 ptos)

SI NO b. Se observa los alimentos (plátanos, hortalizas, frutas que se exhiben en el suelo. (04 ptos)

Sub total .........

c. Se crían porcinos alimentados con residuos sólidos (basura) (04 ptos) d. Se observa deficiencias de higiene en los lugares de expendio ( mercados,

restaurantes etc. e. Se crían mamíferos silvestres en ambientes comunes y en contacto directo con las personas. (04 ptos)

CARACTERIZACIÓN DE RIESGO

BAJO RIESGO = 20 MEDIANO RIESGO

5 40

ALTO RIESGO ?. 60

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Cartilla:4 PASOS PARA PREVENIR LA LEPTOSPIROSIS

fl PERU 1,1221519)

Igrzi;r4

12

DIRECTIVA SANITARIA M'Os -MINSAIDIGESA - V.01 DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA LEPTOSPIRA EN RESERVORIOS

ANEXO 5

\

SAAVEDRA

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%Los santo as-son similares a los de'

1rib:0i:fiebre, dolores musculares, de cabeza,

de barriga, eh articulaciones, malestar

general; náuseas, vómitos V:diarrea..

Si tienes alguno de estos síntomas debes

acudir al; establecimiento de saltid.

Se transmite cuando el agua contaminada con , la

pone en Contacto directO;Coit heridaS en laP i el . :;) 17" - '.-.•

Daliá eit,higiadcl: los riñónes, el SiSternWterVIOSó.

13

iintontias

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¿Cómo

aguas.................. ....... ....................................................................

neS

SI te dedicas a la agricultura ~• Pise . ocupación similar

................

usa ropa protectora (botas,; gafas; •

mascarillas) guantes..........

Usa guantes y mascarilla;cúando manipules onn;a:g;ex)crefrieritó..c19:pglirp'0tp.i.t

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tilde_ a tu mascota Si tienes perros t . -a )9 evita que tengan contacto 'córiarirn-1

i se ,fbrrna un "r chác !que :drOlarlo

Cclesagül0?,Para evitar ,que-los animales,- y 'á

nirlOs"jueguen en" se .

Int-tnIca;alas aUtOridadeS locales si,:nrc, cuentas Core el servicio de rece,- : Ct.

Jo. de

asura

1N

<C) .

gg: Gey AIDEss.

M. SAAVEDRA

Cumpliendo estos 4 pasos tú, tu familia

y tu comunidad estarán protegidos

contra la leptospirosis.

15

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