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/ GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA , > "Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad" Resolución de Dirección Regional N° 01.j2-2012-GR.CAJ/DRA Cajamarca, 23 de Febrero de 2012 VISTO: Memorando 127-20 12-GR.CAJ/DRA, del 23 de Febrero de 2012. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Regional N° 004-2012- GR.CAJ/DRA, del 16 de enero de 2012, se resuelve designar como miembros integrantes de la Comisión Especial Permanente para Procesos de Selección y Evaluación de los Contratos CAS en la Dirección Regional de Agricultura, a las siguientes personas.- TITULARES: a) M.V. César Guillermo Bardales Bardales: Presidente, b) Abog. Masha Katheryn Abanto Tafur: Miembro, c) Ing. Jaime Eduardo Minchán Pajares: Miembro; SUPLENTES: a) Econ. Deciderio Huamán Bueno: Presidente, b) Lic. Enf. María Soledad Montoya Carbajal: Miembro; VEEDOR: Ing. Segundo Asunción Portal Chuquimango: Representante del SUTSA. Que, mediante oficio 00 1-2012-GR-CAJ- DRAC/CEPC-CAS, del 20.01.2012, el M.v. Cesar Guillermo Bardales Bardales, en calidad de Presidente de la Comisión Especial de Procesos CAS, alcanza las Bases para el Concurso Público de Selección para la Contratación CAS N° 001-2012, en la Dirección de Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, en las que se adjuntó entre otros, el ANEXO N° 05 correspondiente a los Términos de Referencia, donde en su punto N° 04, literal d), se hace notar la necesidad de contratar los servicios de ingenieros de :" _,OKAI, b~-1Q campo, uno para la sede de Jaén y seis para la sede Cajamarca, en coherencia con el Oficio i ""B. ~N° 322-2011-GR-CAJ-DRACIDTTCR, del 29.12.2011, que alcanza el Ing. Manuel Cema g . ~ ereira, como representante del área usuaria, requiriendo personal para el cumplimiento de las ,~ ... ~ metas del año 2012 . DI or~ . ~"lI4 AR.C" Que, el 27.01.2012, la miembro titular de la Comisión de Procesos de Concursos CAS, Abog. Masha Katheryn Abanto Tafur, por motivos de salud debidamente sustentados con informe médico que indicaron descanso del 26.01 al 02.02.2012, ,~G\ONAl.~ solicita al Presidente de la Comisión, que sea la miembro suplente quien asuma a partir de dicha (..~~"'~ fecha, el equipo para llevar a cabo las siguientes etapas de selección del concurso CASo '~ :/1;;; ~i4 Que, mediante oficio 003-2012-GR-CAJ- .CT~./ DRA/CEP-CAP, del 07.02.12, la comisión especial comunica al señor Administrador de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, señor Deciderio Huamán Bueno, el resultado final del Concurso Público N° 001-2012-GR-CAJIDRAC, remitiendo los expedientes para la suscripción de contratos CAS, señalando como GANADORES a 07 postulantes en la PLAZA DE INGENIERO DE CAMPO, no especificando la sede que correspondía a cada uno (Jaén o Cajamarca). Km. 3.5 Carretera Cajamarca Baños delInca Te!.: (076) 369727 E-mail: [email protected]

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DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA, >

"Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

Resolución de Dirección Regional N° 01.j2-2012-GR.CAJ/DRA

Cajamarca, 23 de Febrero de 2012

VISTO:

Memorando N° 127-20 12-GR.CAJ/DRA, del 23 deFebrero de 2012.

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Directoral Regional N° 004-2012-GR.CAJ/DRA, del 16 de enero de 2012, se resuelve designar como miembros integrantes de laComisión Especial Permanente para Procesos de Selección y Evaluación de los Contratos CASen la Dirección Regional de Agricultura, a las siguientes personas.- TITULARES: a) M.V.César Guillermo Bardales Bardales: Presidente, b) Abog. Masha Katheryn Abanto Tafur:Miembro, c) Ing. Jaime Eduardo Minchán Pajares: Miembro; SUPLENTES: a) Econ. DeciderioHuamán Bueno: Presidente, b) Lic. Enf. María Soledad Montoya Carbajal: Miembro;VEEDOR: Ing. Segundo Asunción Portal Chuquimango: Representante del SUTSA.

Que, mediante oficio N° 00 1-2012-GR-CAJ-DRAC/CEPC-CAS, del 20.01.2012, el M.v. Cesar Guillermo Bardales Bardales, en calidad dePresidente de la Comisión Especial de Procesos CAS, alcanza las Bases para el ConcursoPúblico de Selección para la Contratación CAS N° 001-2012, en la Dirección de Titulación deTierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, en las que seadjuntó entre otros, el ANEXO N° 05 correspondiente a los Términos de Referencia, donde ensu punto N° 04, literal d), se hace notar la necesidad de contratar los servicios de ingenieros de

:" _,OKAI,b~-1Qcampo, uno para la sede de Jaén y seis para la sede Cajamarca, en coherencia con el Oficioi ""B. ~N° 322-2011-GR-CAJ-DRACIDTTCR, del 29.12.2011, que alcanza el Ing. Manuel Cemag . ~ ereira, como representante del área usuaria, requiriendo personal para el cumplimiento de las,~ ... ~ metas del año 2012 .

"ó DI or~ .~"lI4 AR.C"

Que, el 27.01.2012, la miembro titular de la Comisiónde Procesos de Concursos CAS, Abog. Masha Katheryn Abanto Tafur, por motivos de saluddebidamente sustentados con informe médico que indicaron descanso del 26.01 al 02.02.2012,

,~G\ONAl.~ solicita al Presidente de la Comisión, que sea la miembro suplente quien asuma a partir de dicha

(..~~"'~ fecha, el equipo para llevar a cabo las siguientes etapas de selección del concurso CASo

'~ :/1;;; ~i4 Que, mediante oficio N° 003-2012-GR-CAJ-.CT~./ DRA/CEP-CAP, del 07.02.12, la comisión especial comunica al señor Administrador de la

Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, señor Deciderio Huamán Bueno, el resultadofinal del Concurso Público N° 001-2012-GR-CAJIDRAC, remitiendo los expedientes para lasuscripción de contratos CAS, señalando como GANADORES a 07 postulantes en la PLAZADE INGENIERO DE CAMPO, no especificando la sede que correspondía a cada uno (Jaén oCajamarca).

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Que, el 15.02.12, con oficio N° 026-2012-GR.CAJ-DRAC/OAD-LP, el responsable de la Unidad de Logística y Patrimonio, Jng. Carlos OblitasPlasencia, advierte el defecto señalado en el considerando anterior, comunicando al señorAdministrador que luego de haber revisado los siete expedientes de los postulantes declaradoscomo ganadores, en seis de ellos aparece la consignación en el Anexo N° 01, de la postulaciónque realizaron a la plaza de la sede Cajamarca, sin embargo, en el expediente del Jng. SixtoOrriBo Guevara, no figuraba tal documento, por 10que producía duda en relación a las sedes delas plazas cubiertas, tomando en cuenta que sólo seis de ellas son para Cajamarca y una paraJaén.

Que, con fecha 15.02.2012, a través del oficio N° 067-2012-GR.CAJ/OA, el señor Administrador de la DRAC, provee el oficio informativo de laUnidad de Logística y Patrimonio, al señor Director de la Dirección Regional de Agricultura,quien a su vez lo deriva a la Oficina de Asesoría Jurídica para la emisión de la correspondienteopinión legal.

Que, el día 17.02.2012, la comisionada de la Defensoríadel Pueblo, Dra. Gladys Díaz Pizarro, se comunica con nuestra representada con la finalidad deconseguir mayor información sobre el caso, tomando en consideración la queja que lospostulantes declarados como "ganadores", presentaron ante dicha institución; acordandosostener una reunión para el día 21.02.2012.

Que, las bases del concurso, mediante el Anexo N° 01,establecían la forma cómo debe presentarse la solicitud del postulante, donde tenía que indicarsecon precisión, no sólo la plaza a la que se postula, sino además, la sede de ser el caso; deconformidad con el numeral 7, inciso 7.1. de las mismas.

Que, el 21.02.2012, aproximadamente a las 11:00 a.m.,recibimos la visita de la comisionada Gladys Díaz, a quien se le brinda toda la informaciónnecesaria y esclarecimiento del caso, volviendo a advertirse la inexistencia del Anexo N° 01, enel expediente del Jng. Sixto OrriBo Guevara; por 10 que se procedió a entablar comunicacióncon dicho postulante, a fin de verificar si oportunamente habría presentado tal anexo; siendo queminutos más tarde presenta copia certificada del referido documento que fuera ingresadooficialmente a esta institución el 25.01.2012, con número de expediente (SJSGEDO) 549598.Siendo esto así, se tiene entonces como resultado, que las siete personas declaradas comoGANADORES por la Comisión, cumplieron lo establecido en las Bases y presentaron su

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expediente para la plaza de ingeniero de campo, todos para la sede de Cajamarca y ninguno para

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..6 ,... S;::) Que, el Régimen de Contratación Administrativa de. CTOR;; Servicios - CAS, se encuentra regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento.1" aprobado con Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; siendo que dentro de las etapas del

concurso público al que hace alusión la normatividad indicada, se encuentra la elaboración delas Bases en mérito al requerimiento que debe realizar en su oportunidad el área usuaria. Es asíque dentro de las Bases del Concurso CAS N° 001-2012, en el punto N° 4 se establece que son 7plazas vacantes de ingenieros de campo, 06 para la sede Cajamarca y O1 para la sede Jaén; enconsecuencia la publicación de resultados debió guardar coherencia con el número de plazas ysus respectivas sedes.

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Que, no obstante al hecho de que ha quedadoesclarecido de si el Ing. Sixto Orrillo Guevara, presentó oportunamente a la Dirección Regionalde Agricultura de Cajamarca, como parte de su expediente de postulación, el anexo N° 01;persiste el cuestionamiento sobre el destino que se le habría dado al original de este documentoque habría sido evaluado por la comisión en su oportunidad, debiendo agotarse la investigaciónque se genere al respecto, con la finalidad de identificar posibles responsabilidades por sudesaparición.

Que, tal como se mencionó inicialmente, las plazaspresupuestadas para ingenieros de campo son siete (07) en total, de las cuales, necesaria eimperativamente, seis de ellas son para la sede de Cajamarca y una para la sede de Jaén, ysiendo que la Comisión en su informe final declaró como ganadores de las siete plazas, sinespecificar las sedes que correspondía a cada uno a: Wilson Ernesto Basauri Palacios, TeófiloHornero Roncal Muñoz, Sixto Orrillo Guevara, Iván Gonzáles Cacho, José Rosario RamírezChunque, Reinerio Vilca Aquino y Carlos Bocanegra Soto; se hace necesario que en cuanto a laplaza de la sede en Jaén, la Comisión proceda a revisar los respectivos expedientes de aquellospostulantes que habiendo alcanzado el puntaje mínimo requerido en las Bases (60 puntos deacuerdo al numeral 10), no fueron declarados como ganadores a fin de establecer si en suexpediente aparece el Anexo N° 01 señalando como sede a la que postula: Jaén.

Que, las personas de quienes deberían revisarse losrespectivos expedientes para esclarecer la sede a la que postularon, de acuerdo a lo manifestadoen el considerando anterior y de conformidad con el cuadro de orden de méritos alcanzado porla Comisión en su informe final son: Miguel Andrés García García, Marco Antonio CabreraEstrada, Segundo Rabanal Aliaga y José Rafael Ramírez.

Que, si luego de la revisión de expedientes por parte dela Comisión, exactamente en cuanto al Anexo N° 01 en cada uno de ellos, se determina queninguno de los aludidos en el considerando precedente, postuló a la plaza de Jaén, ésta tendría

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~:'Q1W.D~"f"que declarase DESIERTA.

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.8 ,~o := ue, en cuanto a a se e ajamarca, a tener so o seIS~~-- c¡Oi"1 plazas presupuestadas;entre los postulantes que pasaron la etapa de evaluacióncurricular y

G>C' entrevista personal, debió primar el cuadro de orden de méritos que la Comisión elaboró, a fin"'"' de declarar como ganadores, a sólo seis de ellos, de conformidad con lo dispuesto por el

numeral 11 de las Bases. Sin embargo, al haberse publicado los resultados con siete ganadores,esto ha imposibilitado que se suscriba el contrato CAS con todos ellos, siendo evidente que el

~Q.OI ~ vicio de nulidad se encontraría en esta etapa final, por lo que hay necesidad de rectificar el1§~1R.~oR~~ defectoa la brevedadposible.~

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.1' presente caso es de aplicación supletoria; siendo que en su artículo 10° se establecen lascausales de nulidad del acto administrativo, por lo que al evaluar la problemática generada enesta oportunidad, interpretativamente encuadra con la causal prevista en el inciso 1, así como enla del inciso 2.

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Que, la primera causal de nulidad del actoadministrativo está referida a la contravención que éste haga a la Constitución, leyes o normas

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reglamentarias, por lo que siendo las Bases del concurso, una norma que reglamenta el procesode selección de postulantes para plazas CAS en la Dirección de Titulación de Tierras y CatastroRural de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, se tendría que al no haberseestablecido, en la determinación de resultados, los postulantes ganadores para la sede deCajamarca, así como para la sede de Jaén y, además, siendo que de seis plazas para Cajamarca,siete de los declarados como "ganadores" han presentado su expediente para esta sede, seevidencia con claridad la trasgresión a las Bases, lo que produciría como consecuencia declararla nulidad.

. Que, respecto a la segundacausal de nulidad, sobre eldefecto o la omisión de alguno de los requisitos de validez del acto jurídico, también podríainterpretarse que la publicación de resultados sin que se considere los requisitos de validezestablecidos en las Bases; es decir, sin que se determine a los seis ganadores para la plaza de lasede Cajamarca, en estricto orden de méritos, da como resultado que dicha publicación adolecede un vicio de nulidad.

Que, a su vez, el artículo 202° de la Ley delProcedimiento Administrativo General - Ley N° 274444, hace mención a la posibilidad de ladeclaración de nulidad de oficio, la que corresponde ser realizada por la autoridadjerárquicamente superior a quien emitió el acto viciado. En este sentido, como es de verse, laautoridad jerárquicamente superior de la Comisión para Concurso CAS, viene a ser el Directorde la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, quien se encuentra en la posibilidad deemitir resolución declarando la núlidad del acto viciado.

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Que, esa declaratoria de nulidad de oficio puede serdecidida en forma total (para todo el proceso de concurso de las plazas a ingenieros de campo,desde la etapa de convocatoria) o en forma parcial, para una de las etapas o sub etapas delproceso de concurso CAS; y, siendo que no se han presentado vicios de nulidad cuestionable, nia nivel de la etapa de convocatoria, ni a nivel de la de selección, éstas conservan su validez; noasí la sub etapa del esclarecimiento de resultados, en coherencia con la sede a la que elpostulante eligió para concursar, así como de acuerdo al orden de méritos que la Comisiónestableció en su oportunidad, con la consecuente publicación de dichos resultados, habiéndoseaquí producido el vicio de nulidad, correspondiendo por tanto, declarar la nulidad de oficioparcial del proceso.

~ ~

Que, en sustento de lo señalado en el considerandoanterior, el artículo 13° de la Ley 27444, establece los alcances de la declaración de nulidad,

';'~f;01'JAl.4... expresando literalmente en su inciso 13.2: "La nulidad parcial del acto administrativo no~DIR~ 8° ~'t lcanza a las otras artes del acto ue resulten inde endientes de la parte nula, salvo que sea.~ . leA2! u consecuencia, ni impide la producción de efectos para los cuales no obstante el acto pueda

.""..f!}er idóneo, salvo disposición legal en contrario". (Subrayado nuestro)... CIRS TOR ..

,RC!'Que, con fecha 10 de febrero de 2012, se emitió la

Resolución de Dirección Regional N° 028-2012-GR.CAJ/DRA, con la que se designa a losnuevos miembros titulares y suplentes de la Comisión Permanente que estará a cargo de losprocesos de selección de los Contratos Administrativos de Servicios durante el año 2012; por loque será esta nueva comisión, la que tendrá que llevar a cabo nuevamente la sub etapa que sepretende anular con la presente.

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Que, por otro lado, la declaración de nulidad, deconformidad con el artículo 11° inciso 11.3 de la misma Ley 27444, acarrea responsabilidadadministrativa de quienes generaron el acto viciado; por lo que es necesario, a su vez, que seinvestigue a los responsables, así como el nivel de responsabilidad de cada uno, debiendo servisto el caso por la Comisión Especial de Procesos Administrativos, la que ha sido designadamediante Resolución de Dirección Regional N° 026-20l2-GR.CAJ/DRA, del 08 de febrero de2012.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DEOFICIO PARCIAL del Concurso Público N° 001-20l2-GR-CAJ/DRAC, RESPECTO A LADETERMINACIÓNDE RESULTADOS,en lo concernientea las plazasde INGENIERODECAMPO; debiendo retrotraerse el proceso hasta dicha etapa, para que de acuerdo a la sede ala que postularon los concursantes que obtuvieron el puntaje mínimo de 60 señalado en lasBases, la actual Comisiónde ConcursosCAS, establezcael lugar de la prestaciónde serviciosde los que se declaren como ganadores, así como, teniendo en cuenta el orden de méritos, sedetermine la prioridad para ocupar las plazas por cada sede, debiendo advertirse que sólo podránser ocupadasseis en Cajamarcay una en Jaén;e incluso,ser declaradadesiertade producirselascondiciones.

Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución, alos interesados,de acuerdo a ley; y publicar en la Página Web de la DirecciónRegional deAgricultura de Cajamarca.

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