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Dirección Nacional de Administración de Bienes en DepósitoI. Dirección Nacional- Funciones

2. Secretaría - Funciones

II. Área de Sustancias

Funciones del coordinador

1. Recepción de Productos controlados y no controlados

1.1. Base Legal

1.2. Procedimientos

2. Procesos Judiciales

2.1. Reconocimiento de la evidencia

2.2. Presentación de evidencias en audiencias

2.3. Destrucción de estupefacientes - Base Legal, 2.4. Procedimientos.

3. Reciclaje de Productos Químicos

3.1. Venta.

3.2. Donación

3.3. Destrucción.

III. Área de Bienes ProductivosFunciones del coordinador

1. Inmuebles1.1. Base Legal1.2. Procedimientos:

Recepción e inventariosAdministración: Renta, ComodatoRestituciónComisos

2. Muebles2.1. Base Legal2.2. Procedimientos:

Recepción, bodegaje e inventarios.Administración: avalúo, venta, comodato,bajas.Restituciones.Comisos.

3. Vehículos3.1. Base legal3.2. Procedimientos:

Recepción, bodegaje e inventarios.Administración: venta, comodatosRestituciones.Comisos.

.

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1.- BASE LEGAL DE LAS FUNCIONES DE LA DNABD

Según el Estatuto orgánico por procesos, expedido el 19 de diciembre de 2007, las principales funciones son: • Administrar y custodiar bienes y evidencias entregadas al CONSEP.• Mantener inventarios técnicamente llevados y actualizados.• Controlar y custodiar bodegas.• Supervisar labor realizada por depositarios.• Coordinar con Instituciones del sector público y privado la aplicación de las

funciones.• Intervenir en la destrucción de evidencias.• Revisión periódica de bienes.• Restitución de bienes.

• Otras que le asigne la Secretaría Ejecutiva.

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§ Oficina Matriz: 1 Director Nacional, 2 coordinadores nacionales,4 administrativos, 15 operativos

§ Dirección Regional del Guayas, Santa Elena, Los Ríos y Galápagos: 1 Líder del área de bienes, 1 administrativo, 6 operativos.

§ 10 Direcciones Regionales del resto del país: 1 operativo con apoyos administrativos de cada unidad desconcentrada.

§ Apoyo Informático: De la Dirección Nacional de Planificación Institucional.

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§ Administración, desarrollo, mantenimiento de software: Base de Datos Centralizadas, Aplicaciones Integradas a nivel nacional.

§ Mantenimiento de hardware y software.§ Respaldos de la información existente.§ Documentación de soporte como manuales: técnico,

de procedimientos administrativos, usuario.§ Capacitación y Soporte técnico a usuarios.§ Administración de la Red Informática.

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§ Administración de la documentación y archivo de la Dirección.

§ Control de los bienes muebles, equipos y vehículos de la Dirección.

§ Control de asistencia de personal.

§ Archivo de inventarios de bienes muebles, inmuebles, vehículos, droga, dinero incautados.

§ Archivo de Actas de Entrega - Recepción entre la Policia Nacional y CONSEP.

§ Limpieza y mantenimiento menor del edificio.

§ Administración de los suministros y materiales de oficina.

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COORDINACIÓN DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS

II.- Area Sustancias y Productos QuímicosFunciones:• Recibir sustancias y productos químicos• Realizar pruebas de identificación preliminar homologada• Participar en reconocimiento de evidencias • Realizar toma de muestras de las sustancias y productos químicos

depositados para análisis químicos• Coordinar deprecatorios con el Laboratorio de Criminalística de la Policía

Nacional y con Autoridades Judiciales • Presentar evidencias en Audiencias de Juzgamiento • Destruir estupefacientes por disposición judicial • Participar en procesos de venta de productos químicos

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II.- Area Sustancias y Productos Químicos

• Entregar productos químicos vendidos por el CONSEP• Entregar productos químicos donados por Resolución de Consejo Directivo• Destruir productos químicos que se encuentren en mal estado • Mantener inventarios actualizados de los ingresos y egresos de sustancias y

productos químicos • Controlar el movimiento de ingresos y egresos en bodegas• Registrar información en el sistema computarizado • Mantener archivos por caso de las sustancias y productos químicos recibidos

en depósito• Coordinar actividades con la Policía Antinarcóticos y Autoridades Judiciales• Elaborar informes sobre el depósito de sustancias y productos químicos • Velar por la seguridad de bodegas• Planificar actividades del área• Asesorar técnicamente a la Dirección

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Terminología

§ Sustancias:ú Estupefacientes (marihuana, pasta y base de cocaína, clorhidrato de

cocaína, clorhidrato de heroína,etc. )ú Psicotrópicos (anfetaminas, barbitúricos, benzodiacepinas, etc )

§ Productos químicos:ú Precursores ( acetato de etilo )ú Específicos (ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, acetona, permanganato de

potasio, metil etil cetona, amoníaco, bicarbonato de sodio, hidróxido de sodio, etc )

ú No controlados (ácido nítrico, alcohol butílico, úrea, oxido de zinc, etc. )

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Art. 14, numeral 15Ley de Sustancias Estupefacientes

y Sicotrópicas Codificada

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1.2.- PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCION DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS

§ Comunicación del Organismo Aprehensor§ Coordinación Policía - CONSEP§ Recepción: Constatación física de la evidencia, pesaje, prueba de

campo (PIPH)§ Acta de entrega – recepción§ Bodegaje y custodia§ Registro en el sistema

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§ En las ciudades en las que no existe laboratorio certificado por la Fiscalía General del Estado, los Técnicos de la DNABD coordinan con la Función Judicial la toma de muestra de la evidencia y la transportan al laboratorio certificado de otra ciudad con el correspondiente deprecatorio y acta de entrega recepción

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§ Por disposición judicial, los Depositarios de la DNABD presentan las evidencias en Audiencias de Juzgamiento, como prueba material del delito

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Base Legal

Art. 121 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Codificada

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DESTRUCCION DE ESTUPEFACIENTESPROCEDIMIENTO

§ Disposición de destrucción por parte de los Jueces de los Tribunales Penales

§ Coordinación de lugar, fecha y hora para la destrucción§ Verificación de los estupefacientes ú Tipo de sustancia (PIPH)ú Pesaje (Peso bruto, peso neto)

§ Destrucción§ Elaboración de acta§ Informe de la destrucción

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Saldos de sustancias a nivel nacional

Peso bruto Aproximado, en toneladas

Clorhidrato de cocaína 10.5Clorhidrato de heroína 0.44Marihuana 1.55Pasta y base de cocaína 3.72

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§ Venta  Art. 20: del Reglamento de Depósito de Bienes

Aprehendidos e Incautados Entregados al CONSEP

§ Donación  Art. 21 del Regflamento de Depósito de Bienes

Aprehendidos e Incautados Entregados al CONSEP

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Artículo 20 del Reglamento de depósito de Bienes

“ Si se tratare de insumos, precursores químicos u otros productos químicos específicos, el SE dispondrá dentro de los 60 días siguientes a su recepción, su utilización por una entidad del sector público, su enajenación para fines lícitos o su destrucción, de todo lo cual informará al CD del CONSEP. La enajenación será por contratación directa con la persona natural o jurídica calificada por el CONSEP, que hubiere presentado la mejor oferta. A este efecto el SE nombrará una comisión que la presidirá, para el análisis de las ofertas y la adjudicación del contrato. El producto de la venta ingresará a la cuenta especial de depósitos del CONSEP.”

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Artículo 21 del Reglamento de Bienes

“ Donación para utilización.- En la donación para la utilización se tendrá en cuenta las solicitudes formuladas por la entidades del sector público, el retiro de las sustancias donadas lo hará el personero autorizado llenando el formulario elaborado por la SE y suscribirá el acta entrega - recepción juntamente con el SE o su delegado. Los beneficiarios informarán sobre el destino de estas sustancias.”

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Base Legal

Art. 47 del Reglamento Sustitutivo del Reglamento para enajenación de Bienes aprehendidos

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Artículo 47 del Reglamento sustitutivo para la enajenación de Bienes

“ Venta Especial.- Es aquella que puede autorizar el SE del CONSEP al Director Regional o Jefes Zonales, según la jurisdicción, para enajenar insumos, precursores químicos, productos químicos específicos y otras sustancias, por delegación del Consejo Directivo del CONSEP. El comprador será persona natural o jurídica previamente calificada como usuaria de dichas substancias.El producto de la venta de insumos, precursores químicos, productos químicos específicos y otras sustancias se depositará en la cuenta especial de depósitos del CONSEP, en el Banco Central del Ecuador, para los efectos señalados en el Art. 110 de la Codificación de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ”

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PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA DE PRODUCTOS QUIMICOS

§ Informe de la DNABD al SE sobre los productos disponibles.

§ Conformación del Comité de Venta§ Determinación del procedimiento a seguir según el

monto estimado§ Convocatoria a personas naturales y jurídicas§ Adjudicación § Pago de la adjudicados§ Entrega de productos mediante acta§ Registro de egreso en la base de datos§ Informe de venta

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Base Legal

Art.49 del Reglamento para enajenación de Bienes

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DONACION DE PRODUCTOS QUIMICOS PROCEDIMIENTO

§ Solicitud por parte de una Entidad del Sector Público§ Informe sobre disponibilidad de productos requeridos§ Resolución del H. Consejo Directivo§ Entrega de los productos mediante acta§ Registro en la base de datos§ Informe de entrega

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Base Legal

Art. 121 de la Codificación de la Ley de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y

52 del Reglamento Sustitutivo de enajenación de Bienes

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“ Destrucción.- Para la destrucción de sustancias sujetas a fiscalización se estará a lo dispuesto en el Art. 121 de la Codificación de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y en el Reglamento de Depósito de Bienes Aprehendidos e incautados entregados al CONSEP. En todo caso, las sustancias podrán ser destruidas en el lugar y en el acto de aprehensión, cuando haya imposibilidad o riesgo fundado para su transporte y entrega al juez competente. Los agentes a cargo del operativo dejarán constancia de la diligencia en un acta, debidamente actuada y detallada, bajo prevenciones de ley. Cuando el transporte fuera posible, la Policía Nacional, en el plazo de veinticuatro horas, contado a partir de la aprehensión, entregará las sustancias al CONSEP en depósito provisional, hasta que el juez de la causa disponga, en el auto inicial, su destrucción.”

El SE contará con el informe previo favorable de la Dirección de Control y Fiscalización.El informe recomendará la metodología técnica para la destrucción, la que considerará los riesgos que implicare su conservación, almacenamiento o que la sustancia no puede ser utilizada para fines terapéuticos o de investigación.De la destrucción se dejará constancia en una acta que será suscrita por el Director de Control y Fiscalización, un representante de la Dirección Financiera y de la DTABD. Se asegurará que las sustancias hayan sido totalmente destruidas. ”

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§ Programar y supervisar las labores de su área.

§ Coordinar las actividades de entrega recepción de bienes productivos en depósito.

§ Controlar la correcta utilización de los recursos a su cargo.

§ Mantener actualizados los sistemas de seguridad para el personal de depositarios, de todos los bienes, bodegas y oficinas de su área.

§ Elaborar informes mensuales, trimestrales, anuales y otros específicos que se le requieran.

§ Mantener y controlar sus archivos administrativos y técnicos .

§ Otras que dispongan las autoridades competentes.

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§ Coordinar con los depositarios y supervisar la administración los bienes inmuebles recibidos por el CONSEP.

§ Establecer los valores referenciales para el arrendamiento de inmuebles en función de precios comerciales.

§ Controlar el mantenimiento de los inmuebles.§ Fijar los requisitos y documentación necesarios para los

arrendamientos. § Recomendación de selección de la mejor oferta.§ Tramitar la legalización de contratos de arrendamiento.

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§ Supervisión de control del pago de servicios básicos por parte de los arrendatarios.

§ Recuperación de bienes entregados en arriendo o comodato, cuyos beneficiarios no cumplan con las condiciones contractuales.

§ Coordinar con la Dirección de Asesoría Jurídica los trámites legales inherentes a la DNABD.

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La recepción, custodia, administración, comiso, restitución, de los inmueble se sujeta a lo establecido en la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas.

La recepción en custodia, se realiza contando con la disposición del juez de la causa, levantando las actas correspondientes de entrega recepción con la Policía Nacional del Ecuador.

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§ Recepción e inventarios§ Administración: Renta, Comodato§ Restitución § Comisos

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. Coordinación con la Policía Nacional para la entrega - recepción de bienes.

. Constatación física del inmueble

. Elaboración de Actas de Entrega - Recepción con la participación de la Policía y Depositario de DNABD y, en ocasiones, del agente Fiscal. Estos documentos deberán estar numerados del 001 en adelante con las iniciales del Depositario que recibe los bienes.Las actas se registrarán cronológicamente en el libro denominado “Depósito”, en el que se anotarán los ingresos y los egresos en forma resumida.

. Ingreso a los sistemas de inventarios para registro y control, con todas las especificaciones de dirección, área de terreno, área de construcción, detalle de habitaciones, disponibilidad de servicios básicos.

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Unidades de administración de inmuebles

Las principales funciones de las unidades de Administración son las siguientes:§ Llevar el libro denominado “Depósito”, dispuesto por la Ley 108, en el que

se registrarán las actas de entrega - recepción de bienes en depósito al CONSEP, clasificados por: depositarios, quienes numeraran en forma secuencial y cronológica, a partir de la fecha en que inicia su función, desde la 0001 en adelante, seguido de las iniciales de su primer nombre y sus apellidos

§ Mantener actualizados los inventarios consolidados a nivel nacional de bienes en depósito, en el sistema informático.

§ Conocer y registrar las cuentas de ingresos y egresos de recursos inherentes a los bienes en custodia y conciliarlas anualmente con la Dirección Financiera.

§ Efectuar inspecciones periódicas a las bodegas (mínimo 1 vez por semana) y bienes inmuebles (3 veces por año) en depósito del CONSEP, para verificar seguridades, mantenimiento, cumplimiento de contratos, etc.

§ Controlar los pagos oportunos de los servicios básicos de los inmuebles encargados a la DNABD.

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RESUMEN HISTÓRICOTotal Desde 1992 575

Inmuebles restituidos a sus propietarios 239

Inmuebles comisados 81

Inmuebles vendidos en subasta pública 9

Inmuebles en custodia 246

Inmuebles administrados (custodia más comisados)

327

Arrendados 117

Disponibles 89

Comodatos 51(1)

Problemas legales 50

Uso CONSEP 20

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Se deberá cumplir con lo establecido en la resolución 090 SECCC del 30 de septiembre del 2003, en resumen:

ú El Director de Bienes conjuntamente con el Depositario administrador suscribirán los contratos de arrendamiento cuyo canon mensual sea de hasta1.500 USD.Para el efecto se realizarán invitaciones directas a interesados y el coordinador o líder de equipo, o el Director Regional, en su caso recomendarála adjudicación mediante carta en la que se especifique que constituye la mejor opción.

ú El arrendamiento de los inmuebles cuyos cánones mensuales sean superiores a 1.500 USD se realizará a través de publicaciones en la prensa. La comisión conformada por la SE para el efecto adjudicará a la mejor oferta y el contrato de arrendamiento será suscrito por el Secretario Ejecutivo o su delegado. En cuanto fuere aplicable se observarán las normas contenidas en la Sección 1 del Capitulo 2 título 4 de la Ley de Contratación Pública.

ú En todo caso, deberán existir las garantías respectivas y el contrato se formalizará en el formato del CONSEP.

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§ El comodato de inmuebles tendrá el carácter de alto rendimiento social y se adjudicará a las entidades que están contempladas en la Ley, previo criterio jurídico favorable-

§ El procedimiento será el siguiente:ú La entidad que necesite el inmueble coordinará con la Dirección de Bienes

para definir la existencia de una propiedad apta para el requerimiento.ú Se formulará el pedido al SE, quien con el informe previo de las Direcciones

de Bienes y Asesoría Jurídica, se presentará para autorización del CD.ú Se suscribirá el convenio de comodato previa la presentación de los

documento s y garantías correspondientes.ú El CONSEP inspeccionará periódicamente el correcto mantenimiento del

inmueble y cumplimiento de las cláusulas contractuales.ú En caso de incumplimientos referentes al inciso anterior el funcionario

responsable deberá informar inmediatamente al Director de Bienes para que este solicite al SE la terminación del comodato.

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§ Disposición Judicial emitida por el Juez de la Causa y ratificado por la Corte Superior de Justicia, conforme al Art. 110 de la Ley 108 Sobre Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas.

§ Informe de la Dirección de Asesoría Jurídica.

§ Resolución del Secretario Ejecutivo sobre la restitución.

§ Devolución del bien por parte de DNABD y suscripción del acta correspondiente.

§ Registro en los inventarios y en el sistema informático.

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§ El comiso se produce cuando la sentencia es condenatoria, por lo que el Juez competente dispone el comiso del bien a favor delCONSEP, conforme al Art. 122 de la Ley 108.

§ La DNABD continúa con la Administración del bien, hasta que se concluya el proceso de venta o se entregue en comodato.

§ Protocolización del bien comisado en una Notaría.

§ Inscripción del bien comisado en el Registro de la Propiedad.

§ Ingreso del Bien en los registros del CONSEP.

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La recepción, custodia, administración, comiso, restitución, avalúos, venta, baja o comodato, de los muebles se sujetará a la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas. Además, a los reglamentos de depósito de bienes aprehendidos e incautados entregados al CONSEP (Acuerdo 013-CD) y para la venta u otras formas de enajenación de los bienes aprehendidos por infracciones a la Ley 108

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§ Recepción, bodegaje e inventarios.§ Administración: avalúo, venta, comodato,

bajas.§ Restituciones.§ Comisos.

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§ La Policía Nacional mediante comunicación por escrito informará al CONSEP sobre los bienes incautados que deba entregar en depósito, con indicación de implicados, número de juicio, instrucción fiscal, juzgado y la clase de bienes con la finalidad de ubicar la bodega en que se recibirán tales bienes.

§ Al ingresar los bienes a la bodega serán avaluados y etiquetados con código de barras, clasificados por grupos, esto es muebles, electrodomésticos, equipos, otros, de tal manera que se mantengan ubicados para la venta inmediata.

§ La recepción de los bienes, así como la venta serán registrados como ingresos y egresos respectivamente.

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§ De conformidad con la reglamentación, el avalúo de los bienes debe ser practicado por una institución de educación superior, valor que servirá de base para la venta o comodato.

§ Para el caso de comodato de bienes muebles, equipos y enseres, el valor del avalúo será referencial para el caso en que por cualquier motivo el bien no sea devuelto, debiendo cobrarselo de la garantía.

§ En forma semestral, esto es enero y julio de cada año los depositarios deberán clasificar los bienes inservibles (no aptos para la venta o comodato), con el propósito de darlos de baja y mantener las bodegas saneadas, organizadas y limpias.

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§ Las restituciones o devoluciones de bienes se producen previa sentencia del juez competente, el informe jurídico y la resolución del SE.

§ La devolución del bien o del valor recibido por la venta, se efectuará contando con el criterio jurídico respectivo. No existen derechos de depósito sobre el bien restituido.

§ Se formularán las actas de entrega recepción en forma similar a las que se elaboran cuando se reciben los bienes por parte de la Policía.

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§ El comiso se produce cuando la sentencia es condenatoria, por lo que el Juez competente dispone el comiso del bien a favor del CONSEP, conforme al Art. 122 de la Ley 108.

§ Ingreso del Bien en los registros del CONSEP. Cuando existe orden judicial de venta, se inicia el proceso

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DIRECCION REGIONAL TOTALSURORIENTE 11,067DEL LITORAL, SANTA ELENA, LOS RIOS Y GALAPAGOS 270.832MANABI 17.341CENTRO- TUNGURAHUA 11.097DE EL ORO 40.587ESMERALDAS 10,392IMBABURA 31.040SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS 16,663AUSTRO 2,254CARCHI 12.972NORORIENTE 15.044MATRIZ 588.962

TOTAL DE BIENES MUEBLES DEPOSITADOS 1,028.251 (2)

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VEHICULOS ENTREGADOS EN DEPÓSITO DESDE 1992 A AGOSTO 2009 :

TOTAL 2010Restituidos a sus propietarios por disposición judicial 514Vendidos en subastas públicas efectuadas en Quito y Guayaquil 856

Entregados en comodato a diferentes instituciones 188Almacenados en las bodegas de Pichincha, Guayas, El Oro, Manabí, Carchi y Loja 436

Comisados a favor del CONSEP por disposición Judicial 10Devueltos en valor por pérdida 3Entregados en arrendamiento 3(3)

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La recepción, custodia, administración, comiso, restitución, avalúos, venta, comodato, de los vehículos se sujetará a la Ley de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas. Además, a los reglamentos de depósito de bienes aprehendidos e incautados entregados al CONSEP (Acuerdo 013-CD) y para la venta u otras formas de enajenación de los bienes aprehendidos por infracciones a la Ley 108

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§ Recepción, bodegaje e inventarios.§ Administración: venta, comodato.§ Restituciones.§ Comisos.

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§ La Policía Nacional oficiará al CONSEP respecto de los vehículos incautados que nos van a entregar para su custodia.

§ El depositario del CONSEP recibirá los bienes en la bodega que señale para el efecto. Ingresa los datos en el sistema y elabora elacta de entrega recepción en la que constarán los datos del caso, juicio, condiciones del vehículo en forma detallada y será firmada por la persona que entrega y la persona que recibe.

§ En forma inmediata a la recepción se procederá al avalúo del vehículo para su próximo remate.

§ Con el acta debidamente legalizada se actualizará el inventario y la póliza de seguros para vehículos en custodia.

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§ El proceso de venta se sujetará a lo establecido e la reglamentación correspondiente, es decir: ú Avalúo por parte de técnicos de una universidad contratados por el CONSEP.ú Constitución del comité para la venta integrada por el Sr. SE, Directores de:

Bienes, Administrativo, Financiero, Jurídico, Control y Fiscalización y un secretario Ad_hoc designado por el SE, establecerá el cronograma para las publicaciones, fecha y sitio del remate que será en sobre cerrado.

ú Entrega del vehículo con todos sus accesorios, de conformidad al acta de recepción y suscripción del acta de entrega.

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§ Para el caso de comodatos, se concederán con solicitud previa de la institución que requiera el vehículo, informe de la Dirección de Bienes sobre la disponibilidad del automotor , in forme de Asesoría Jurídica y resolución del CD.Una vez que se cuente con la autorización del CD, se entregará al CONSEP la póliza de seguros y documentos habilitantes de las personas que intervienen para celebrar el convenio de comodato yproceder a la entrega del vehículo.

§ Inmediatamente de concluido el plazo del comodato el CONSEP solicitará la entrega del automotor en las condiciones de la entrega inicial.En caso de que el vehículo tenga fallas frente a su condición original, se las especificará en el acta de recepción, se valorarán y se requeriráel pago a la institución que corresponda

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§ Las restituciones o devoluciones de vehículos se producen previa sentencia de juez competente, el informe jurídico y la resolución del SE.

§ La devolución del vehículo o del valor recibido por la venta, se efectuará de inmediato.

§ Se formularán las actas de entrega recepción en forma similar a las que se elaboran cuando se reciben los bienes por parte de la Policía.

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§ El comiso se produce cuando la sentencia es condenatoria, por lo que el Juez competente dispone el comiso del vehículo a favor del CONSEP, conforme al Art. 122 de la Ley 108.

§ Entrega del vehículo por parte de la DNABD a la Administración del CONSEP.