dir_06_pago_de_viaticos

18
 NORMAS QUE REGULAN EL PAGO DE VIATICOS POR CONCEPTO DE PASAJES, FLETE POR BAGAJE, GASTOS DE INSTALACION E INDEMNIZACION DE VIAJE PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. DIRECTIVA DGPNP N°06-54-2005-DIRREHUM-B. Lima, 29 de Diciembre del 2005 I. OBJETO. Establecer normas y procedimientos para regular el pago de viáticos por concepto de pasajes, gastos de instalación e indemnización de viaje para el personal de la Policía Nacional del Perú, que se desplace dentro del territorio nacional para el cumplimiento del servicio y otras actividades directamente relacionadas con las mismas. II. FINALIDAD. A. Lograr una adecuada administración y asignación de los recursos económicos destinados para el pago por conceptos de pasajes, flete por bagaje, gastos de instalación e indemnización de viaje del personal policial. B. Homogenizar los procedimientos para la obtención de pasajes, flete por bagaje, gastos de instalación e indemnización de viaje. C. Precisar los beneficios que corresponde al personal policial, empleados civiles y familiares que por razones del servicio viajan dentro del territorio nacional. D. Definir las responsabilidades que les corresponde a los diferentes órganos que se encuentran inmersos en los procesos. III. ALCANCE. A. Al personal Policial en sus categorías de Oficiales Policías, Oficiales de Servicios, Personal con Estatus de Oficial, Suboficiales Policías y Especialistas de Servicios. B. A los empleados Civiles de la PNP en sus diferentes grados y empleos. C. A los familiares del titular debidamente registrados. IV. BASE LEGAL.

Transcript of dir_06_pago_de_viaticos

Page 1: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 1/18

NORMAS QUE REGULAN EL PAGO DE VIATICOS POR CONCEPTO DEPASAJES, FLETE POR BAGAJE, GASTOS DE INSTALACION EINDEMNIZACION DE VIAJE PARA EL PERSONAL DE LA POLICIANACIONAL DEL PERU.

DIRECTIVA DGPNP N°06-54-2005-DIRREHUM-B.

Lima, 29 de Diciembre del 2005

I. OBJETO.

Establecer normas y procedimientos para regular el pago de viáticos porconcepto de pasajes,  gastos de instalación e indemnización de viaje

para el personal de la Policía Nacional del Perú, que se desplace dentrodel territorio nacional para el cumplimiento del servicio y otrasactividades directamente relacionadas con las mismas.

II. FINALIDAD.

A. Lograr una adecuada administración y asignación de los recursoseconómicos destinados para el pago por conceptos de pasajes,flete por bagaje, gastos de instalación e indemnización de viajedel personal policial.

B. Homogenizar los procedimientos para la obtención de pasajes,flete por bagaje, gastos de instalación e indemnización de viaje.

C. Precisar los beneficios que corresponde al personal policial,empleados civiles y familiares que por razones del servicio viajandentro del territorio nacional.

D. Definir las responsabilidades que les corresponde a los diferentesórganos que se encuentran inmersos en los procesos.

III. ALCANCE.A. Al personal Policial en sus categorías de Oficiales Policías,

Oficiales de Servicios, Personal con Estatus de Oficial,Suboficiales Policías y Especialistas de Servicios.

B. A los empleados Civiles de la PNP en sus diferentes grados yempleos.

C. A los familiares del titular debidamente registrados.

IV. BASE LEGAL.

Page 2: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 2/18

A. Constitución Política del Perú 1993.

B. Ley N°24949 del 06DIC88 de Creación de la Polic ía Nacional delPerú.

C. Ley N°27238 del 21DIC99 Ley de la Policía Nacio nal del Perú.D. Ley N°27444 del 10AR2001 Ley del Procedimiento Administrativo

General.

E. Ley N°27646 del 23ENE02, que modifica los Arts. 424, 473 y 483del Código Civil.

F. Ley N°27679 del 15DIC2002, que modifica el Art. 4°del DecretoSupremo 294-EF-86 (Exclusivamente indemnización de gastos deviaje por comisión del servicios).

G. Decreto Legislativo N°276 del 06MAR84, Ley de B ases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público ysu Reglamento aprobado por D.S. N°005-90-PCM de 17 ENE90.

H. D.Leg. N° 745 del 08NOV91, Ley de Situación Poli cial delpersonal de la Policía Nacional del Perú.

I. DS. N° 294-86-EF del 29AGO86, sobre Pago de viát icos alpersonal Policial y Civil de la PNP, y su modificatoria DS. N°046-DE/EP de 04OCT90.

J. RD. N°1242-96-DGPNP/DILOG del 29MAR96, Autoriza el uso detarifario de Pasajes y Fletes por Bagajes.

K. RD. N°37-00-DGPNP/EMG del 07ENE00, Reajustando la Escalade IGV.

L. Directiva N°DPNP-01-42-03-B de AGO2003, que dic ta Normas yprocedimientos que permiten en forma eficiente y eficaz, regular elcontrol de los Procesos Críticos en la Policía Nacional del Perú.

M. Directiva N°DPNP-06-21-2003-B de 02JUL2003, que regula el

pago de viáticos por concepto de pasajes, flete por bagajes,gastos de instalación e indemnización al personal PNP.

N. RD. N° 2368-DIRGEN-EMG del 31DIC03, aprobando laTransferencia del Dpto. Pasajes y Bagajes a la DIRECFIN-PNP.

O. Reglamento FOSPOLIS 1997 (Vigente)

V. DISPOSICIONES GENERALES.

A. El personal de la Policía Nacional del Perú, que tenga quedesplazarse dentro del territorio nacional por cambio de

Page 3: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 3/18

colocación, cambio de residencia, comisión del servicio,evacuación, concurrencia a juzgados u otros motivos legalmente justificados, tendrá derecho a viáticos según lo indicado acontinuación :

1. PASAJES. ( Para todos los desplazamientos señalados enel acápite V.A. )

a. Se otorgarán por vía aérea, terrestre o fluvial deconformidad con las tarifas vigentes tomando comobase el precio promedio de tres (03) empresas deprestigio; así como los itinerarios establecidos por laDIRECFIN PNP.

(1) POR VIA AEREA.

(a) A los Oficiales Policías y de Servicios,al Personal con Status de Oficial, a susfamiliares inscritos en los registros defamilia al momento de emitirse laResolución, y a los Cadetes, hacia loslugares donde exista el Servicio Aéreocomercial del itinerario regular.

(b) A los Suboficiales Policías,Especialistas de Servicios, EmpleadosCiviles, sus familiares inscritos en losregistros de familia y Alumnos de lasEscuelas de Formación, paratrasladarse a Iquitos, PuertoMaldonado, y otros lugares distantesque carezcan de carreteras.

(c) Los Suboficiales, Especialistas deServicios y Empleados Civiles de laPNP, que resulten con Lesiones gravesen acción de armas, en actos y comoconsecuencia del servicio y tengan queser evacuados a Centros HospitalariosPNP.

(2) POR VIA TERRESTRE.

(a) A los Oficiales Policías y de Servicios,al Personal con Status de Oficial, sus

familiares inscritos en los registros de

Page 4: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 4/18

familia y cadetes a los lugares dondeno exista servicio aéreo.

(b) A los Suboficiales Policías.Especialistas de Servicios, Empleados

Civiles, sus familiares inscritos en losregistros de familia y Alumnos de lasEscuelas de Formación, para viajes acualquier lugar del País, excepto a loslugares y las situaciones que se indicanen el párrafo V. A 1.a. (1) (b) y (c) de lapresente Directiva.

(3) POR VIA FLUVIAL.

Se otorgará cuando sea el único medio de

transporte disponible para llegar a la Unidadde Destino.

b. Al personal Policial y Empleados Civiles de la PNPse le otorgará pasajes, para sus familiares inscritosen el registro de familia, según corresponda,conforme al siguiente detalle:

(1) Al casado y con hijos: para su esposa, hijosmenores de 18 años de edad, siempre ycuando viajen con el titular.

(2) Al casado, sin hijos: para su esposa siempre ycuando viaje con el titular.

(3) Al soltero (a) viudo (a), divorciado (a) conhijos: para sus hijos menores de 18 años deedad siempre y cuando viajen con el titular.

(4) Al soltero (a), viudo (a) divorciado(a) sin hijos:para un familiar que estuviese a su cargo.

(5) Para los hijos (as) solteros (as) mayores deedad hasta los 28 años: siempre y cuando seencuentren siguiendo estudios de unaprofesión u oficio, previa sustentación.

(6) Para los hijos e hijas mayores de edaddeclarados judicialmente interdictos.

c. El personal de Suboficiales y EE.CC PNPevacuados por enfermedad o accidente así como al

personal sometido a la Ley N°12633 en tratamientomédico se trasladarán vía terrestre, salvo que por su

Page 5: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 5/18

grave condición de salud lo tenga que hacer víaaérea por prescripción médica.

d. El personal Policial y Empleados Civiles que viaje enComisión del Servicio conformando un Equipo,

utilizará los mismos medios de transporte.

e. A los Oficiales, Suboficiales, Especialistas,Empleados Civiles y familiares, que viajen por víaterrestre utilizando sus propios medios, se lesabonará en efectivo el importe del pasaje aéreo,terrestre o fluvial según le corresponda, previasolicitud del interesado y documentaciónsustentatoria.

2. FLETE POR BAGAJE. ( En caso de cambio de colocación

y cambio de residencia. ) 

a. El flete por bagaje se concederá por vía terrestre,excepto en los siguientes casos:

(1) Por vía fluvial, para los lugares donde solo sepuede llegar por ese medio.

(2) Por vía Aérea, para las ciudades de Iquitos,Puerto Maldonado u otros lugares donde noexista vías terrestres o fluvial.

b. Se les otorgará flete por bagaje al personal PNP yEmpleados Civiles según corresponda.

(1) A los casados, viudos, divorciados o solteroscon hijos inscritos, en el registro de familia almomento de formular la liquidación y queviajen con el titular: le corresponde treinta ycinco metros cúbicos (35 m3) de volumen decarga; considerado como costo el precio

establecido en el mercado local para eltransporte de un camión de 20TM.

(2) A los solteros, viudos y divorciados sin hijos:les corresponde por el concepto de fletes porbagaje, el valor de dos (02) pasajesadicionales por la vía que empleen para suviaje.

c. El Costo del metro cubico (m3) será el quedetermine la tarifa fijada por el transportista de carga

del lugar, según el lugar de destino y la víacorrespondiente.

Page 6: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 6/18

 3. INDEMNIZACION DE VIAJE. (Para todos los

desplazamientos señalados en el acápite V. A.excepto para el personal PNP evacuado).

a. Se abonará al titular para la cobertura de gastos dealojamiento y alimentación en tránsito, sin derecho aremuneraciones adicionales.

b. Se calculará teniendo en cuenta los días que dure elviaje, incluyéndose el día de partida y el de llegada.

c. Para el Personal PNP que viaje en Comisión delServicio se le considerará este concepto por unmáximo de 29 días; si se excediera este límite, seconsiderará al personal como destacado en la

Unidad donde cumple la comisión.

d. Para el pago de indemnización de viaje yformulación de las liquidaciones, se tomará comobase la remuneración mínima vital que correspondepercibir a un trabajador sujeto al régimen laboral dela actividad de la Provincia de Lima; al cual se leaplicará el porcentaje en las diferentes categorías y jerarquías señaladas en el cuadro siguiente porcada día que dure el viaje (para el cambio decolocación y el cambio de residencia ), por cada díade comisión del servicio u otros desplazamientos justificados legalmente:

PERSONAL POLICIAL SIN APOYO DE CON APOYO DEALOJAMIENTO DE ALOJAMIENTOY RACIONAMIENTO Y RACIONAMIENTO

(1) JJ.OO.

OFICIALES GENERALES 45% 23%OFICIALES SUPERIORES 40% 20%

OFICIALES SUBALTERNOS 35% 17%(2) PS-PNP-

SO. SUPERIOES Y BRIG. 30% 15%SUBOFICIALES Y TEC. 25% 12%SUBOFICIALES 20% 10%

(3) PERSONAL CON ESTATUS DE OFICIAL.

Se les abonará el porcentaje que le corresponde a la

Jerarquía que ostenta, de acuerdo con su Estatus deOficial.

Page 7: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 7/18

(4) PERSONAL DE ESPECIALISTAS PNP.

Se les abonará el porcentaje equivalente que lecorresponde según jerarquía que ostenta.

(5) PERSONAL DE EMPLEADOS CIVILES.

(a) Grupo Profesional.

1 Profesionales A y B, elequivalente a Comandante yMayor respectivamente.

2 Profesional C y D, el equivalentea Oficiales Subalternos;Profesional E, el equivalente a

Suboficial Superior.

3 Profesional F, el equivalente aSuboficial Técnico de Primera.

(b) Grupo Técnico.

1 Técnico A, B y C, el equivalentea Suboficial Técnico de Primera.

2 Técnico D, E y F, el equivalentea Suboficial Técnico de Tercera.

(c) Grupo Auxiliar.

Todas las categorías el equivalente aSuboficial de Tercera.

f. La indemnización de Viaje a favor del personal queconcurra a los juzgados no excederá de cuatro (04)días.

4. GASTOS DE INSTALACION. (En caso de cambio decolocación y cambio de residencia).

a. A los casados (as) con o sin hijos (as), así como alos viudos, divorciados o solteros, con hijos menoresde edad inscritos en el registro de familia almomento de formular las liquidaciones, y que viajencon el titular, les corresponde dos (02)Remuneraciones Brutas Totales.

b. Viudos (as), divorciados (as) o solteros (as), sinhijos, les corresponde una Remuneración Bruta total.

Page 8: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 8/18

 B. El personal Policial no recibirá viáticos en los siguientes casos:

1. En el cambio de Residencia.

a. Pasar a la situación de Retiro por medidadisciplinaria.

b. Pasar a la situación de disponibilidad por medidadisciplinaria.

c. Pasar a la situación de retiro a su solicitud cuando elrecurrente varón tenga menos de 15 años deservicios, y la mujer tenga menos de 12 años ymedio de servicios reales y efectivos.

d. Ser sentenciado con pena privativa de la libertad porel Fuero Privativo al haber atentado contra el honor,decoro, prestigio e imagen de la PNP; o por el fueroComún por la Comisión de delitos dolosos.

2. En el Cambio de Colocación

a. A solicitud del interesado.b. Por permuta.

C. No se considerara a favor del titular el beneficio de pasajes de losfamiliares en los siguientes casos:

1. Del cónyuge.

a. A su fallecimiento.b. Disolución del vínculo matrimonial.c. Tener resolución judicial de separación de cuerpos.d. Tener sentencia de asignación judicial por alimentos.

2. De los hijos.

a. Por disolución del vínculo matrimonial o resolución judicial de separación de cuerpos de los padres,siempre y cuando éstos no estén bajo la tenencia ycustodia del titular.

b. Por Resolución de asignación judicial por alimentos.

D. Para el pago de Viáticos se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. La PNP en los cambios de colocación abonará por

adelantado los viáticos que corresponda al personal Policialy Empleados Civiles, así como a sus familiares, siempre y

Page 9: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 9/18

cuando estos viajen efectivamente con el Titular, en casocontrario deberán revertir los importes recibidos bajoresponsabilidad.

2. En cualquiera de los desplazamientos del personal

señalados en esta Directiva y en el caso que el ComandoPNP proporcione los medios para el transporte aéreo y/oterrestre del personal PNP y sus familiares, así como desus bagajes, no se abonará al servidor estos beneficios.

3. La PNP abonará por adelantado los viáticos quecorresponda al personal policial y empleados civiles porcomisión del servicio, de conformidad con los montosvigentes a la fecha de formulación de la liquidación de pagocorrespondiente.

4. Para el otorgamiento del beneficio de indemnización deviaje por citación o audiencias en los juzgados, tribunalescomunes o privativos, se tendrá en cuenta que estasconcurrencias sean por actos del servicio, con ocasión delservicio o a consecuencia del mismo, debiendo de agotarseen primera instancia la figura jurídica del exhorto.

5. En caso de cambio de colocación a una misma Unidad decónyuges integrantes de la PNP, solamente el de mayorcategoría y jerarquía tendrá derecho al integro de losviáticos que les corresponde por ese rubro. El otro pasará

a formar carga de familia y no tendrá derecho aindemnización por cambio de colocación.

6. Para el otorgamiento del beneficio por cambio deresidencia, el titular podrá señalar como su residenciahabitual el lugar de su nacimiento (siempre y cuando seadentro del país), o donde haya prestado servicios por untiempo mínimo de nueve meses (09) consecutivos.

7. El beneficio por Cambio de Residencia será otorgado poruna sola vez durante la trayectoria policial, en caso de serambos integrantes de la PNP, únicamente se otorgará parauno de los cónyuges que lo solicite en primera instancia. Elotro pasará a formar carga de familia y no tendrá derecho asolicitar indemnización por dicho concepto cuando éstepase a la situación de retiro.

8. En caso de fallecimiento del titular que se encuentra ensituación de actividad, tendrán derecho al beneficio depago de viáticos por cambio de residencia los familiaresdel causante conforme a ley.

9. El beneficio de pago de viáticos por concepto de cambio de

residencia se solicitará a titulo personal.

Page 10: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 10/18

10. Los reintegros de viáticos se pagarán solo cuando lastarifas hallan tenido incremento desde la fecha deformulación de la liquidación hasta la fecha de su pago porla Dirección de Economía y Finanzas de la PNP. Asimismo,tendrán derecho a solicitar el reintegro de viáticos por

carga familiar de aquellos que no fueron considerados parael pago de viáticos siempre y cuando hayan estadoinscritos en el registro de familia al momento de formular laliquidación.

11. El personal que haya sido cambiado de colocación ycobrado sus viáticos y que por convenir al servicio tengaque permanecer en la misma Unidad de origen, quedaobligado a devolver a la Dirección de Economía y Finanzasel importe de los viáticos en su totalidad en un solo pago yen el plazo de ocho (08) días de conocida su situación,

bajo responsabilidad penal y civil correspondiente en casode no hacerlo.

12. El personal que luego de haber sido cambiado eincorporado a su nueva unidad, efectúe una permuta osolicite su cambio a una Unidad distinta en un periodomenor a nueve (09) meses a partir de la fecha deincorporación, devolverá en un solo pago la totalidad de losviáticos percibidos.

VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS.

PROCEDIMIENTOS.

El personal de la PNP para solicitar el otorgamiento de viáticos deberátener en cuenta los siguientes procedimientos.

A. POR CAMBIO DE COLOCACION.

1. De Oficio.

A la recepción de la Resolución Suprema, Ministerial o

Directoral según corresponda , el Departamento de Pasajesy Bagajes de la DIRECFIN-PNP, formulará de Oficio lascorrespondientes liquidaciones dándole el tramiterespectivo.

B. POR COMISION DEL SERVICIO.

Los Directores PNP y Jefes de las Regiones PNP, que disponganuna Comisión del Servicio lo harán en casos estrictamenteindispensables, asumiendo responsabilidad con la autenticación ysustentación de la documentación respectiva.

Page 11: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 11/18

1. Cuando el personal PNP ha efectuado la comisión, deberápresentar por conducto regular una solicitud dirigida alDirector de Economía y Finanzas PNP o Unidadesejecutoras según el caso, adjuntando los documentossiguientes:

a. Planilla de indemnización de Gastos de Viaje firmadapor el interesado y con el “Visto Bueno” del Jefe deUnidad.

b. Papeleta de Comisión del Servicio debidamentecontrolada por las Unidades de Origen y Destino.

c. Talones de factura de compra de pasajes.

d. Informe justificatorio, con el “Visto Bueno” del Jefe

de la Unidad.

e. Por concurrencia a juzgados y tribunales deberáacompañar la constancia de comparecencia y eldocumento de requerimiento de la autoridad judicialen originales y copias certificadas.

2. El pago se efectuará por la Unidad Ejecutora Nº 02 -DIRECFIN PNP, para las Direcciones PNP y Unidadesespecializadas que no cuentan con partida presupuestalpara atender este concepto; en cuanto a las comisiones delservicio que ejecuten el personal PNP perteneciente a lasdiferentes Direcciones Policiales Territoriales estasasumirán su propia obligación con el presupuesto asignadoen el caso de que sean Unidades Ejecutoras.

C. POR CAMBIO DE RESIDENCIA.

1. Presentación de una solicitud dirigida al Director deEconomía y Finanzas PNP, precisando el lugar dondeva a residir conjuntamente con su familia, para el

efecto deberá acreditar haber prestado como mínimonueve (09) meses o mas en forma consecutiva, lamisma que deberá coincidir con el lugar de la Unidaddonde prestó servicios el solicitante; o al lugar de sunacimiento adjuntando la partida de nacimientoOriginal.

2. La Dirección de Recursos Humanos PNP remitirá laHoja de Información Básica conteniendo las UnidadesPNP donde prestó servicios el solicitante, así como lacorrespondiente Carga de familia si el ó la cónyuge

pertenece a la PNP deberá ser señalado en dichodocumento a fin de tenerse registrado en el sistema

Page 12: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 12/18

informático y así evitar la duplicidad en el pago deviáticos por Cambio de Residencia, conforme lodetallado en el Punto V. “D” numeral 7.

3. La DIRECFIN y la DIRREHUM PNP deberán

establecer un sistema informático que permitafiscalizar al personal PNP Reingresado, y que con elmismo grado y/o grados superiores solicitennuevamente el beneficio por cambio de Residencia.

4. El Departamento de Pasajes y Bagajes, formulará lacorrespondiente Liquidación de Pago, la misma quepor orden del DIRECFIN PNP, previa verificación dedisponibilidad presupuestaria, será ejecutado elcorrespondiente pago.

D. POR EVACUACION.

Se incluirá igualmente al personal sometido a la Ley N°12633que tenga que ser evacuado para su atención a centroshospitalarios de la PNP por prescripción médica, se considerarátambién pasaje de retorno a la Unidad donde presta servicios elpersonal PNP que fue evacuado, otorgándosele por la vía quecorresponda según su categoría, debiendo presentar una solicitudpor conducto regular dirigida al Director de Economía y FinanzasPNP, adjuntando:

1. Copia del Oficio que dispone la evacuación.2. Papeleta de Egreso del centro asistencial PNP.

E. PERSONAL SOMETIDO A LA LEY N°12633.

Para recabar el pasaje y/o reembolso deberá presentar unasolicitud por conducto regular, dirigida al Director de Economía yFinanzas PNP, acompañando lo siguiente:

1. Informe médico.

2. Papeleta de concurrencia para su tratamiento.VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

Los Órganos comprometidos en los diferentes procesos relacionadoscon el pago de viáticos, deberán mantener una permanente coordinaciónllevando un control informático que permita el cruce de información a finde no efectuar duplicidad de pago por el mismo concepto y/o porsituación conyugal. Asimismo, brindar servicios de calidad al personalpolicial, empleados civiles y familiares.

A. DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS.

Page 13: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 13/18

1. Mantener actualizada la Hoja de Información Básica paraViáticos, la que contendrá el Registro Familiar y el Récordde Servicios prestados detallando en años y meses;información que debe ser procesada y trasmitidaoportunamente vía INTRANET-DIRREHUM para consulta a

la Dirección de Economía y Finanzas PNP y otros órganoscomprometidos en los procesos.

2. Remitir oportunamente al Dpto. de Pasajes y Bagajes de laDIRECFIN-PNP, las Resoluciones Supremas, Ministerialesy Directorales de Cambio de Colocación y de Retiro delPersonal, para efectos de verificación y tramite desolicitudes.

3. Diseñará y ejecutará los cambios de colocación delpersonal policial y empleados civiles, teniendo en

consideración las disposiciones y criterios técnicosemanados del Comando Institucional, así como loestablecido en el marco presupuestal.

B. DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS

1. Mantener actualizado el Registro Tarifario de Pasajes yFletes por bagajes, en coordinación con las DireccionesTerritoriales.

2. Generar del Sistema INTRANET-DIRREHUM PNP elreporte de la carga familiar y récord de servicios contenidosen la Hoja de Información Básica para viáticos, a fin de servisada y adosada al expediente.

3. Formular las Liquidaciones de Pago en estrictocumplimiento a las disposiciones contenidas en la presenteDirectiva, para el pago correspondiente.

4. Solicitar a la Oficina General de Planificación del Ministeriodel Interior, a través de la DIRGEN PNP, los recursos

presupuestales para el pago oportuno de viáticos.5. Efectuar el pago de viáticos por los conceptos de cambios

de colocación y residencia, dispuestos por lasResoluciones Supremas, Ministeriales y Directorales PNP.

4. Efectuar el pago de viáticos por concepto de comisión delservicio, evacuaciones de salud y de personal sometido ala Ley 12633.

C. DIRECCIONES POLICIALES.

Page 14: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 14/18

Las Unidades Ejecutoras de las Direcciones Policiales, asumiránel pago de viáticos por concepto de comisiones de servicios yevacuaciones de salud del Personal PNP a la que pertenece.

D. DIRECCION DE INSPECTORIA GENERAL.

A través de sus diferentes órganos de control verificará ycontrolará el estricto cumplimiento de la presente Directiva.

E. Los Órganos comprometidos en los diferentes procesosrelacionados con el pago de viáticos mantendrán una permanentecoordinación a fin de brindar servicios de calidad al personalPolicial, Empleados Civiles y familiares.

VIII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES.A. La Oficina de Procesamiento de Datos de la Dirección de

Recursos Humanos, diseñará en la Pagina Web de la DIRREHUMPNP, la Hoja de Información Básica para Viáticos, debiendocontener los datos relacionados a la carga familiar y récord deservicios.

B. Mientras se actualice la Hoja de Información Básica para Viáticos,los Suboficiales, Especialistas y Empleados Civiles PNPsolicitarán a la División de Legajos – DIRREHUM PNP, su récordde servicios y carga familiar, la misma que se adjuntará a susolicitud de cambio de residencia.

C. Dejar sin efecto la Directiva Nº 06-2005 del 18JUL2005.

DISTRIBUCION.

- A todas las Unidades PNP.

APROBADA CON RD - 2835DIRGEN PNP DEL 29DIC2005

Page 15: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 15/18

 

ANEXO Nº 01.- DEFINICIÓN DE TERMINOS

COMISION DEL SERVICIO

Son los desplazamientos a otras Unidades Policiales ubicadas fuera dela localidad del Centro de Trabajo, con la finalidad de desarrollar laslabores oficiales en forma temporal que amerita el pago de Viáticos :Citación o Audiencia a Juzgados o Tribunales, Conducción deDetenidos, acémilas, realizar investigaciones policiales , acciones deinteligencia, Inspecciones y Auditorias, Instrucción, Reuniones o Visitas

de Estado Mayor , personal de sanidad que viaja evacuando a personalPNP o cualquier otro desplazamiento debidamente justificado.

B. CAMBIO DE COLOCACIÓN

Traslado de personal PNP a otras Unidades Policiales para la prestaciónde servicios, en cumplimiento de Resoluciones Supremas, Ministerialesy Directorales.

C. CAMBIO DE RESIDENCIA.

Traslado del personal PNP desde el lugar donde fue pasado al retirohasta el lugar de su residencia habitual.

D. FLETE POR BAGAJE.

Es el importe que se le Abona al titular por el transporte de su equipaje,así como el conjunto de muebles, enseres y efectos personales deltitular y familiares que deben ser trasladados al lugar del destino.

E. PASAJE.

Es el valor pecuniario que se le abona al personal de la Policía Nacionaldel Perú y a sus familiares directos inscritos en el Registro Familiar almomento de confeccionar la liquidación correspondiente.

F. INDEMNIZACION DE VIAJE.

Monto que se paga al titular en tránsito, con el fin de ser utilizado enalojamiento, alimentación y movilidad local.

G. RESIDENCIA HABITUAL.

Page 16: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 16/18

 Sinónimo de domicilio – Es la permanencia acostumbrada de unapersona en un lugar donde habita y/o realiza actividades básicas deestar, dormir, comer, trabajar y demás funciones propias de un individuo.

H. GASTOS DE INSTALACIÓN.

Son aquellos gastos que efectúa el titular para que puedan instalarse yestablecerse en su nuevo lugar de residencia.

I. HOJA DE INFORMACION BASICA PARA EL COBRO DE VIATICOS.

Documento que contiene el récord de servicios y carga familiar, extraídode la Pagina WEB-DIRREHUM.

J. VIATICOS.

Se considera dentro de éste concepto los pasajes, flete por bagajes,gastos de instalación, indemnización de viaje.

APROBADA CON RD- 2835DIRGEN PNP 29DIC2005

Page 17: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 17/18

 

APROBANDO DIRECTIVA SOBREOTORGAMIENTO DE VIATICOS YOTROS---------------------------------------------- 

RESOLUCION DIRECTORAL

Nº 2835-2005-DIRGEN PNP. Lima, 29 Diciembre del2005

VISTO, el Oficio Nº 757-2005-DIRREHUM-UPA del 08 SET2005,

recomendando modificar la Directiva 06-2005-DIRGEN/DIRREHUM,conforme a las sugerencias y recomendaciones hechas por la Dirección deEconomía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, mediante informe Nº673-2005-DIRCFIN-PNP/DEP.DEC del 12AGO2005.

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 294-86-EF del 29AGO86 dispone que elPersonal Militar, Policial y Civil de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional quesea cambiado de colocación dentro del territorio nacional o haya pasado a laSituación de Disponibilidad, Cesación Temporal, Retiro o Cesación Definitiva,

siempre que se encuentre prestando servicios en una guarnición diferente a lade su residencia habitual, tendrá derecho a pasajes, flete por bagaje, gastos deinstalación o indemnización de viaje;

Que, mediante Directiva N° 06-2005-DIRGEN/DIRREHUM del18JUL2005, se regula el pago de Viáticos, por concepto de pasajes, flete debagaje, gastos de instalación e indemnización de viaje para el personal de laPolicía Nacional del Perú;

Que, mediante Informe N° 673-2005-DIRECFIN PNP/DEP DEC del11AGO2005, el Departamento de Ejecución Calendario de la Dirección de

Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, ha observado ydetectado que algunos beneficios de la precitada materia no han sidoconsiderados en la Directiva mencionada, así como contenidos que pueden sermejorados para su aplicación y una mejor racionalización de los recursos;

Que, las observaciones subsanadas modifican sustancialmente elcontenido de la Directiva vigente, por lo que en aplicación del inciso 7. delcapitulo 75° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimi ento AdministrativoGeneral, es necesario estimar nuevos lineamientos y criterios técnicos quepermitan introducir innovaciones respecto de los derechos del Personal de laPolicía Nacional del Perú, cuando se desplace dentro del territorio nacional

cambiado de colocación, en comisión del servicio u otras actividades análogas;

Page 18: dir_06_pago_de_viaticos

5/16/2018 dir_06_pago_de_viaticos - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/dir06pagodeviaticos 18/18

Estando a lo expuesto y contando con la visación de la Oficina deAseAsesoría Jurídica y Legislación del Estado Mayor General de laPolicía Nacional del Perú, mediante Dictamen Nº 070-2005-EMG-PNP/OFIASJUR del 11FEB2005, en mérito a las atribucionesconferidas por el Decreto Legislativo 370 modificado por la Ley Nº

28141 Ley del Ministerio del Interior;

Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos dela Policía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General PNP Jefe del Estado Mayor General de laPolicía Nacional.

SE RESUELVE:

Artículo 1° Aprobar la Directiva que regula el pago de viáticos,por concepto de pasajes, flete de bagajes, gastos de instalación eindemnización de viaje para el personal de la Policía Nacional del Perú.

Artículo 2° Deróguese la Directiva Nº06-2005-DGPNP/IRREHUMdel 18JUL2005.

Artículo 3º.- Las Direcciones de Recursos Humanos, Información yde Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, accionarán dentrodel área de su competencia.

Regístrese, Comuníquese y Archívese .