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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 391 SAN SALVADOR, LUNES 27 DE JUNIO DE 2011 NUMERO 119 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-6 6-8 9-16 17-19 19 20 Pág. 21 22-24 25-29 30 30 30 30-31 31 31 31 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 733.- Reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. ......................................................... Decreto No. 734.- Reformas al Decreto Legislativo No. 133, que contiene reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, relacionadas a la creación de la figura del transporte alternativo local de pasajeros. ............................. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación Vivazul de El Salvador y Acuerdo Ejecutivo No. 116, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0054, 15-0055, 15-0273 y 15-0493.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................. Acuerdo No. 15-0259.- Se reconoce a la Profesora Nancy Maribel Hernández Bolaños, como Directora del Colegio Juan José Bernal. ................................................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1617-D, 255-D, 379-D y 412-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ......................................................................................... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 37.- Reformas al presupuesto municipal de la ciudad de San Salvador. ............................................................. Decreto No. 40.- Ordenanza transitoria de descuento de intereses moratorios de tasas y contribución especial por pronto pago y descuento de multas por inscripción extemporánea de escrituras de cualquier naturaleza en el Catastro del Municipio de San Salvador.......................................................................... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Valle Verde I y II y Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de Apopa, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratoria de Herencia Cartel No. 629.- Luz Edith Ayala Marroquín y otros.- (1 vez) ........................................................................................... Cartel No. 630.- María Luisa Urquilla Martínez y otros.- (1 vez) ........................................................................................... Cartel No. 631.- Arcadia Serrano viuda de Portillo y otros.- (1 vez) ........................................................................................ Cartel No. 632.- Antonia Castillo de Engelhard y otra.- (1 vez) ........................................................................................... Aceptación de Herencia Cartel No. 633.- Ana Gómez viuda de Hernández y otros.- (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 634.- Daniel Alberto Arce Rodríguez y otros.- (3 v. alt.) ................................................................................................... Cartel No. 635.- Martha Liliam Castillo de Cisneros.- (3 v. alt.) ........................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 391 SAN SALVADOR, LUNES 27 DE JUNIO DE 2011 NUMERO 119

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 733.- Reforma a la Ley de Transporte Terrestre,

Tránsito y Seguridad Vial. .........................................................

Decreto No. 734.- Reformas al Decreto Legislativo No.

133, que contiene reformas a la Ley de Transporte Terrestre,

Tránsito y Seguridad Vial, relacionadas a la creación de la fi gura

del transporte alternativo local de pasajeros. .............................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Asociación Vivazul de El Salvador y Acuerdo Ejecutivo No. 116, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .........................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0054, 15-0055, 15-0273 y 15-0493.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................

Acuerdo No. 15-0259.- Se reconoce a la Profesora Nancy Maribel Hernández Bolaños, como Directora del Colegio Juan José Bernal. ................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1617-D, 255-D, 379-D y 412-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................................

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 37.- Reformas al presupuesto municipal de la ciudad de San Salvador. .............................................................

Decreto No. 40.- Ordenanza transitoria de descuento de intereses moratorios de tasas y contribución especial por pronto pago y descuento de multas por inscripción extemporánea de escrituras de cualquier naturaleza en el Catastro del Municipio de San Salvador. .........................................................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Valle Verde I y II y Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de Apopa, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 629.- Luz Edith Ayala Marroquín y otros.- (1 vez) ...........................................................................................

Cartel No. 630.- María Luisa Urquilla Martínez y otros.- (1 vez) ...........................................................................................

Cartel No. 631.- Arcadia Serrano viuda de Portillo y otros.- (1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 632.- Antonia Castillo de Engelhard y otra.- (1 vez) ...........................................................................................

Aceptación de Herencia

Cartel No. 633.- Ana Gómez viuda de Hernández y otros.- (3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 634.- Daniel Alberto Arce Rodríguez y otros.- (3 v. alt.) ...................................................................................................

Cartel No. 635.- Martha Liliam Castillo de Cisneros.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

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Cartel No. 636.- Dora Alicia Hernández de Brenes y otros.- (3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 637.- Lucita Estrada Tijerino y otra.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 638.- Jacquelyn Lisseth Canizález García y otros.- (3 v. alt.) .........................................................................

Cartel No. 639.- Francisco Palomo y otros.- (3 v. alt.) ....

Títulos de Propiedad

Cartel No. 640.- Lino Ruiz.- (3 v. alt.) .............................

Cartel No. 641.- Ildefonso Hernández Aquino.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

Muerte Presunta

Cartel No. 642.- José Miguel Angel Nolasco Bonilla.- (1 vez.) ......................................................................................

Cartel No. 643.- Alejandro Ramírez.- (3 v. c.) ................

Herencia Yacente

Cartel No. 644.- Ernesto Heriberto González Gómez, se nombra curador al Lic. Carlos Ovidio Constante Hernández.- (3 v. alt.) ................................................................................

Cartel No. 645.- Jaime Armando Zetino Culi, se nombra curador al Lic. Carlos Ovidio Constante Hernández.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 646.- José Arturo López Quintanilla, se nombra curador al Lic. Carlos Ovidio Constante Hernández.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 647.- José Cirilo Ventura Arévalo, se nombra curador al Lic. Carlos Ovidio Constante Hernández.- (3 v. alt.) ...........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 621.- María Magadalena Menjívar viuda de López y otra.- (3 v. alt.) ............................................................

Cartel No. 622.- Rubén Hernández Aguilar.- (3 v. alt.) ...

Cartel No. 623.- Mercedes Elena Salazar Girón y otros.- (3 v. alt.) .................................................................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C000257, C000259, C000266, C000267, C000271, C000272, C000275, F000021, F000028, F000033, F000040, F000042, F000043, F000046, F000047, F000062, F000065, F000070, F000075, F000089, F000094, F000099, F000100, F000116, F000121, F000129, F000136, F000147, F000178 .....................................................................................

Aceptación de Herencia Carteles Nos. C000274, F000037, F000044, F000053, F000059, F000073, F000097, F000187, C000268, C000269, C000270, F000023, F000058, F000102, F000104, F000105, F000131, F000156, F000183 .....................................................

Herencia Yacente Carteles Nos. C000254, F000064 .....................................

Título de Propiedad Cartel No. F000127 ...........................................................

Título Supletorio Carteles Nos. F000054, F000137, C000256, C000273, C000253 .....................................................................................

Sentencia de Nacionalidad Carteles Nos. F000083, F000086 .....................................

Aviso de Inscripción Cartel No. F000133 ...........................................................

Juicio de Ausencia Carteles Nos. F000025, F000185 ......................................

Cambio de Nombre Cartel No. F000128 ...........................................................

Muerte Presunta Cartel No. F000060 ...........................................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. C000262, F000088, F000149, F000150, F000151, F000153, F000155, F000161, F000162, F000163, F000165, F000168, F000170, F000173, F000177, F000179 ....

Marca de Fábrica Carteles Nos. F000139, F000182 ......................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C000252, F000067, F000114 .....................

Convocatorias Cartel No. F000144 ...........................................................

Subasta Pública Carteles Nos. C000258, F000014, F000016, F000079, F000123 ....................................................................................

Reposición de Certifi cados Cartel No. F000049 ...........................................................

Edicto de Emplazamiento Carteles Nos. F000076, F000106, F000188 .....................

Emblemas Cartel No. C000255 ..........................................................

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Marca de Servicios

Carteles Nos. C000263, C000264, F000081, F000082, F000103 .....................................................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C000265, F000031, F000080, F000085, F000087, F000276 .....................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F059733, F059747, F059749, F059750, F059753, F059776, F059807, F059810 ....................................

Herencia Yacente

Cartel No. C000219 ..........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F059741, F059778, F059836 .....................

Título Supletorio

Carteles Nos. C000208, C000209, C000210, C000211, F059772 ....................................................................................

Título de Dominio

Carteles Nos. C000207, F059787 .....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F059777, F059779, F059781, F059782, F059784, F059788 .....................................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C000220, C000221 .....................................

Nombre Comercial

Cartel No. F059717 ...........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F059722, F059748 ......................................

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. F059968 ...........................................................

Marca Industrial

Cartel No. C000218 ..........................................................

Título Municipal

Cartel No. F059835 ...........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C000222, C000223, F059767 ....................

Marca de Producto

Carteles Nos. C000213, C000215, C000216 ....................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C000107, C000121, C000123, C000133, C000134, F059367, F059375, F059380, F059406, F059407, F059433, F059490 .....................................................................

Herencia Yacente

Carteles Nos. F059415, F059536 ......................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C000120, F059459 .....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C000136, F059395, F059396, F059446, F059447, F059448, F059449, F059450, F059451, F059452, F059454, F059455, F059457, F059458, F059460, F059461, F059462, F059463, F059464, F059465, F059467, F059468, F059469, F059470, F059472, F059511, F059515, F059520, F059523, F059527 ....................................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. F059398, F059399, F059401 .....................

Nombre Comercial

Cartel No. F059403 ...........................................................

Subasta Pública

Cartel No. C000122, F059500, F059506, F059508, F059509, F059512, F059514, F059517, F059522, F059526, F059529, F059534, F059535, F059537, F059538, F059539, F059540, F059541, F059542, F059547 .....................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. C000127, F059410 .....................................

Administrador de Condominio

Cartel No. F059544 ...........................................................

Marca Industrial

Carteles Nos. C000137, F059428, F059431, F059436, F059438, F059440, F059444 ....................................................

Título Municipal

Cartel No. F059480 ...........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C000128, F059402, F059420, F059425 .....

Reposición de Póliza de Seguro

Carteles Nos. C000110, C000124, C000125, C000126 ...

Marca de Producto

Carteles Nos. C000113, C000114, F059435, F059441, F059476 .....................................................................................

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DECRETO No. 733

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 477, de fecha 19 de octubre de 1995, publicado en el Diario Ofi cial No. 212, Tomo No. 329, del 16

de noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y en la cual se enumeran las acciones

y omisiones que por violación a dicha Ley, son sancionadas con el pago de las multas respectivas;

II. Que en aplicación de la Ley señalada en el considerando anterior existen personas naturales o jurídicas con deudas acumuladas por multas

a infracciones de tránsito, la cual no cuenta con los mecanismos necesarios para facilitarles el pago de las mismas mediante cuotas;

III. Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se hace necesario emitir la respectiva normativa a efecto de establecer los mecanismos idóneos

que permitan otorgar a los conductores facilidades para el pago de multas e intereses impuestos por violación a la normas de tránsito, por

lo que deberá introducirse la pertinente reforma a la Ley a que aluden los considerandos anteriores.

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Obras Públicas, Transporte y

de Vivienda y Desarrollo Urbano,

DECRETA la siguiente:

REFORMA A LA LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL.

Art. 1.- Incorpórase al Título VI, Capítulo II, el Art. 120-A, de la siguiente manera:

“Art. 120-A.- Las multas impuestas por infracciones de tránsito y seguridad vial tendrán un recargo del 4% de interés anual, contado a partir de

los treinta días calendario de haber sido impuestas.

Para obtener una licencia de conducir, el interesado deberá encontrarse solvente del pago de todas las infracciones de tránsito establecidas en esta

Ley. No obstante ello, se podrá obtener un permiso temporal en sustitución de dicha licencia, en los términos establecidos en el presente artículo.

Para otorgar el permiso temporal en sustitución de la licencia de conducir, se procederá de la siguiente manera:

a) Los interesados que adeuden en concepto de multas un monto desde la mitad del salario mínimo mensual establecido para el comercio,

hasta un mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América, podrán solicitar a la Dirección General de Tesorería pagarlas a plazo, la

que podrá conceder hasta un máximo de doce cuotas mensuales, iguales y sucesivas, para cancelar lo adeudado, las cuales incluirán los

intereses respectivos, igual al 4% anual.

b) Con el pago de la primera cuota, el interesado podrá solicitar al Viceministerio de Transporte un permiso temporal, el cual será equivalente

a la licencia de conducir y cuya vigencia será de noventa días contados a partir de la fecha de su emisión. Este procedimiento se aplicará

sucesivamente hasta que el interesado haya cancelado en su totalidad las cuotas, pudiendo solicitar inmediatamente después de pagar la

última, habiendo cancelado por consiguiente el monto total de lo adeudado, la renovación de la respectiva licencia de conducir.

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En el caso que, durante el plazo que se le haya dado al interesado para cancelar el monto adeudado en concepto de multas, éste incurriere

en otras infracciones de tránsito, haciéndose merecedor de otras multas, el valor de las mismas deberá ser cancelado en las cuotas que le

resten por cancelar, dividiendo su monto entre las cuotas que quedaren por pagar.

c) El incumplimiento en el pago de una de las cuotas que conforme a este artículo se fi jen, hará exigible la totalidad de lo adeudado y no podrá

solicitarse ninguna renovación, permiso o autorización al Viceministerio de Transporte, salvo que se haya presentado la fi anza a que se

refi ere la letra d) del presente artículo.

d) En caso se diere la situación planteada en el literal c), o en el supuesto en que el interesado adeude en concepto de multas un monto supe-

rior a los Un Mil Dólares de los Estados Unidos de América y hasta Dos Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos de América, éste

podrá presentar fi anza a favor de la Dirección General de Tesorería por el valor adeudado más un tercio de dicho monto. La fi anza la hará

efectiva dicha Dirección, si vencido el plazo para la cual se constituyó, la deuda que se ha afi anzado no ha sido cancelada dentro de dicho

plazo. El plazo por el cual se podrá constituir dicha fi anza no podrá exceder de dieciocho meses.

e) El afi anzador deberá efectuar el pago correspondiente al primer requerimiento de la Dirección General de Tesorería dentro del plazo de

quince días. En caso no se efectúe el pago, incurrirá en sanción adicional del 10% del monto afi anzado, la cual deberá establecerse como

cláusula penal en el contrato de fi anza respectivo.

La fi anza a que se hace referencia en la presente disposición, a fi n de favorecer a los motoristas de las unidades del transporte público de pasajeros,

deberá ser solicitada por los empresarios de transporte, sean éstos personas naturales o jurídicas, a las sociedades afi anzadoras.

Lo dispuesto en el presente artículo se aplicará sin perjuicio de las demás sanciones que por la presente Ley se establecen a todo conductor por

infracción de la normativa de tránsito y seguridad vial y especialmente de lo señalado en los Arts. 119-K y 119-L”.

La unidad de Transporte que sea conducida por un motorista que no presente la licencia de conducir vigente, que lo acredite para prestar dicho

servicio, será retenida en la delegación policial correspondiente, por los Agentes de la Policía Nacional Civil, hasta que el Empresario dueño de la

unidad o su representante legal, se presente con otro motorista, el cual deberá presentar la licencia vigente que lo habilite a conducir conforme a la

Ley. El incumplimiento a lo prescrito en este inciso, constituirá una falta muy grave”.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil

once.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

QUINTO VICEPRESIDENTE

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LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO

SÉPTIMO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GERSON MARTÍNEZ,

Ministro de Obras Públicas, Transporte y de

Vivienda y Desarrollo Urbano.

DECRETO No. 734.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 477, de fecha 19 de octubre de 1995, publicado en el Diario Ofi cial No. 212, Tomo No. 329, del 16

de noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial;

II. Que por medio de Decreto Legislativo No. 133 de fecha 24 de Septiembre del año 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 219, Tomo

385, del 23 de noviembre del mismo año, se reformaron los Artículos 12, 28 y 29 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad

Vial; reforma por medio de la cual, se creó la fi gura del transporte alternativo local de pasajeros;

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

III. Que por diversas razones, los propietarios de tricimotos en los que se presta el servicio de transporte alternativo local de pasajeros, no

pudieron presentar toda la documentación ante la Dirección General de Transporte Terrestre, del Viceministerio de Transporte, con la

fi nalidad de obtener los permisos correspondientes;

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Gaspar Armando Portillo Benítez y de las Diputadas Sonia Margarita

Rodríguez Sigüenza, Rosa Alma Cruz de Henríquez y Gladis Marina Landaverde Paredes:

DECRETA: Las siguientes reformas al Decreto Legislativo 133 de fecha 24 de Septiembre del año 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 219,

Tomo 385, del 23 de noviembre del mismo año, así:

Art. 1.- Refórmase el Art. 7 de la siguiente manera:

“Art. 7.- Toda persona que al día dos de diciembre del año dos mil nueve, se haya encontrado prestando el servicio de transporte de pasajeros

en tricimotos, debidamente registradas a esa fecha en el Registro Público de Vehículos Automotores, tendrá un plazo de sesenta días para presentar la

respectiva solicitud de autorización ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Viceministerio de Transporte, para que ésta, previo estudio

técnico respectivo, extienda las autorizaciones de circulación correspondientes, cuando así fuera procedente.”

Art. 2.- Refórmase el Art. 8 así:

“Art. 8.- La Licencia requerida para la conducción de tricimotos o motonetas autorizadas para la prestación del servicio de transporte alternativo

local de pasajeros, será de la clase liviana o superior, conforme lo establecen los literales a) y b) del Art. 155-A del Reglamento General de Tránsito

y Seguridad Vial vigente.”

Art. 3.- Refórmase el Art. 10 de la siguiente manera:

“Art. 10.- Se suspende por el plazo de dos años, la extensión de autorizaciones, para la prestación del servicio de transporte alternativo local de

pasajeros, salvo aquellas solicitudes que hubieren sido hechas de conformidad con la anterior disposición. Se suspende asimismo y durante el mismo

plazo, la fabricación, importación e inscripción de tricimotos o motonetas, en el Registro Público de Vehículos Automotores.”

Art. 4.- Las personas a quienes les haya sido traspasado una tricimoto o motoneta, debidamente autorizada para la prestación del servicio de

transporte alternativo local de pasajeros, contarán con un plazo de sesenta días contados a partir de la vigencia del presente Decreto, para presentar

la respectiva solicitud al Viceministerio de Transporte, a efecto de que éste autorice dicho traspaso y su correspondiente inscripción en el Registro

Público de Vehículos Automotores.

La solicitud a que se refi ere el inciso anterior, generará una tasa de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América, los cuales deberán ser

cancelados en la colecturía del Viceministerio de Transporte.

Art. 5.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil

once.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO

SÉPTIMO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GERSON MARTÍNEZ,

Ministro de Obras Públicas, Transporte y de

Vivienda y Desarrollo Urbano.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

NUMERO CIEN. En la ciudad de San Salvador, a las doce horas del

día veinticuatro de mayo de dos mil once. Ante mí MARCO JULIO

IRAHETA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, comparecen:

ENRIQUETA BEATRIZ RAMIREZ MENJIVAR, quien es treinta y

tres años de edad, Estudiante, del domicilio de Santa Tecla, Departa-

mento de La Libertad, persona a quien no conozco pero Identifi co por

medio de su Documento Único de Identidad número cero cero setecien-

tos noventa y siete mil ochocientos cinco-cero, y con Número de Iden-

tifi cación Tributaria cero quinientos once-cero ochenta mil ciento se-

tenta y ocho-ciento dos-nueve, ADRIANA ELOISA DEL CID

POCASANGRE, quien es de veintiocho años de edad, Licenciada en

Comunicaciones Integradas de Marketing, del domicilio de San Salva-

dor, Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco pero

identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero

un millón ochocientos trece mil trescientos sesenta y dos- uno, y con

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos

un mil doscientos ochenta y dos-ciento veintiséis-cero, JENNY

ELIZABETH MARTINEZ ESCALANTE, quien es de veintiocho años

de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, persona a quien conozco e identifi co por medio de su Docu-

mento Único de Identidad número cero un millón trescientos dieciocho

mil ciento setenta y seis-ocho, y con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos catorce-cero cincuenta mil seiscientos ochenta y dos-

ciento once-seis, RENE ARMANDO OSORIO MENDOZA, quien es

de cuarenta y siete años edad, Empleado, del Domicilio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco pero

identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero

cero trescientos diez mil noventa y nueve-ocho, y con Número de Iden-

tifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos once mil dos-

cientos sesenta y cuatro-cero trece-siete, CARLOS ROBERTO RIVAS

HERNANDEZ, quien es de treinta y siete años de edad, Estudiante, del

domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a

quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de

Identidad número cero dos millones doscientos setenta y siete mil cua-

trocientos cuarenta y siete-uno, y con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos catorce-doscientos veintiún mil setenta y tres-ciento

tres-tres, y JUAN CARLOS TREJO AREVALO, quien es de cuarenta

y un años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, Departa-

mento de San Salvador, persona a quien no conozco pero identifi co por

medio de su Documento Único de Identidad número cero cero trescien-

tos cincuenta y nueve mil ciento sesenta y seis-cero, y con Número de

Identifi cación Tributaria cero ciento uno-doscientos diez mil doscientos

setenta-cero cero uno-uno, y me DICEN: A) Que por medio de la pre-

sente Escritura constituyen una Asociación de interés particular, la cual

llevará por nombre ASOCIACION VIVAZUL DE EL SALVADOR, la

que se regirá por los siguientes estatutos: ESTATUTOS DE LA ASO-

CIACION VIVAZUL DE EL SALVADOR. CAPITULO UNO, NA-

TURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo

uno. Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salva-

dor, la Asociación VIVAZUL DE EL SALVADOR, de nacionalidad

salvadoreña, que se abrevia VIVAZUL, como una entidad apolítica, no

lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará

“La Asociación” Artículo dos. El domicilio de la Asociación será la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo es-

tablecerse fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo tres. La Asociación se constituye por tiempo indefi nido; CA-

PITULO DOS. FINES U OBJETIVOS. Artículo cuatro. Los fi nes de la

Asociación serán: a) Diseñar, gestionar, administrar y ejecutar proyectos

que favorezcan el desarrollo integral de comunidades de escasos recur-

sos y la restauración y conservación ambiental. b) Promover valores que

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

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favorecen la conservación ambiental, el desarrollo sustentable y el

empoderamiento de las comunidades de escasos recursos económicos.

c) Desarrollar proyectos productivos y alternativos para el benefi cio de

las comunidades de escasos recursos económicos. Para poder desarro-

llarlos la Asociación desarrollará las siguientes actividades: a) Planifi car

y ejecutar acciones para la adquisición y fi nanciamiento de productos y

tecnologías que contribuyan a alcanzar los objetivos de la Asociación.

b) Promover y participar en investigaciones y acciones orientadas a

lograr soluciones integrales que benefi cien al medio ambiente y a las

comunidades de escasos recursos, c) Planifi car, gestionar y ejecutar

proyectos de conservación y restauración de la vida silvestre del país,

d) Capacitar y concientizar a través de la educación ambiental a la po-

blación salvadoreña sobre los valores para la conservación ambiental.

e) Ejecutar y administrar proyectos relacionados a la capacitación y

tecnifi cación de las comunidades de escasos recursos para favorecer su

progreso.-----Los fi nes y actividades de la Asociación se llevarán a cabo

cuando sea legalmente necesario, previa autorización de la entidad de

Gobierno respectiva. CAPITULO TRES. DEL PATRIMONIO. Artícu-

lo cinco. El patrimonio de la Asociación estará constituido por a) Las

cuotas de los miembros, b) Donaciones, herencias, legados, contribu-

ciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras res-

pectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y

las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Ley. Ar-

tículo seis. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva,

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General. CA-

PITULO CUATRO. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Artí-

culo siete. El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) Asamblea

General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO CINCO. DE LA ASAM-

BLEA GENERAL. Artículo ocho. La Asamblea General, debidamente

convocada, es la autoridad máxima de la Asociación, y estará integrada

por la totalidad de los Miembros activos y fundadores. Artículo nueve.

La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y ex-

traordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La

Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-

ta y uno por ciento, como mínimo de los Miembros, en primera convo-

catoria, y en Segunda convocatoria, al día siguiente, con los Miembros

que asistan, excepto en los casos especiales que se requiera mayor nú-

mero de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General

por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales que se

requiera una mayoría diferente. Artículo diez. Todo Miembro que no

pudiera asistir, a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por

motivos justifi cados, podrá hacerse representar por escrito por otro

Miembro, el límite de representaciones es de un Miembro, llevando la

voz y el voto de su representado. Artículo once. Son Atribuciones de la

Asamblea General: a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a

los miembros de la Junta Directiva, b) Aprobar, reformar o derogar los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación, c) Aprobar y/o mo-

difi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación; d)

Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de labores de la Asociación,

presentada por la Junta Directiva, e) Fijar las cuotas mensuales y con-

tribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra,

venta o enajenación de los bienes muebles inmuebles pertenecientes a

la Asociación, y g) Decidir todos o aquellos asuntos de interés para la

Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO SEIS. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo doce. La

dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta

Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente,

Un Vicepresidente, Un Secretario, Un Tesorero y dos Vocales. Artícu-

lo trece. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un pe-

riodo de un año, pudiendo ser reelectos. Artículo catorce. La Junta Di-

rectiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente

cuantas veces sea necesario.Artículo quince. El quórum necesario para

que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus

Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los

asistentes, en caso de empate en la toma de decisiones el presidente

tendrá voto doble. Artículo dieciséis. La Junta Directiva, tendrá las si-

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guientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el

logro de los fi nes de la Asociación. b) Velar por la administración efi -

ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria

anual de Labores de la Asociación. d) Promover la elaboración de planes,

programas, Proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la

Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Re-

glamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de

la misma Junta Directiva, f) Nombrar de entre los Miembros de la

Asociación los Comités o Comisiones que considere necesario para el

cumplimiento de los fi nes de la Asociación. g) Convocar a sesiones

ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. h) Decidir sobre

las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la

Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean compe-

tencia de la Asamblea General. Artículo diecisiete. Son Atribuciones

del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de

la Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos,

resoluciones de la Junta Directiva, y de la Asamblea General, así como

de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. c) Representar

judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes

previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a Sesiones Ordi-

narias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar conjuntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga

que hacer la Asociación. f) Presentar la Memoria de Labores de la

Asociación, y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo dieciocho. El vicepresidente, hará las veces del Presidente en

caso de ausencia, excusa, enfermedad, impedimento u otros casos en

que las circunstancia lo ameriten. Artículo diecinueve. Son atribuciones

del Secretario: a) Llevar los Libros de Actas de las sesiones de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva, b) Llevar el archivo de documentos

y registros de los miembros de la Asociación. e) Extender todas las

Certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar

las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de

comunicación de la Asociación. Artículo veinte. Son Atribuciones del

Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga,

en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control

directo de los libros de Contabilidad de la Asociación. c) Autorizar

conjuntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación

tenga que realizar. Artículo veintiuno. Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de au-

sencia o impedimento, a excepción del Presidente. CAPITULO SIETE.

DE LOS MIEMBROS. Artículo veintidós. Podrán ser miembros todas

las personas mayores de catorce años, y jurídicas, sin distinción de raza,

credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la

Junta Directiva. Artículo veintitrés. LA Asociación tendrá las siguientes

clases de Miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas

las personas que fi rmen la Escritura Pública de Constitución de la Aso-

ciación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la

Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS

HONORARIOS: todas las personas que por su labor y méritos a favor

de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Artícu-

lo veinticuatro. Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b)

Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos

de la Asociación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Regla-

mento Interno de la Asociación. Artículo veinticinco. Son deberes de

los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas

acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los pre-

sentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la

Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y Regla-

mento Interno de la Asociación. CAPITULO OCHO. SANCIONES A

LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN. Artículo veintiséis. La Aso-

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ciación impondrá las siguientes sanciones: a) Llamado de Atención

verbal; b) Llamado de atención escrito; c) Solicitud de cambio de repre-

sentante; en el caso de personas jurídicas; d) Expulsión temporal de la

Asociación; e) Expulsión defi nitiva. Artículo veintisiete. Las causales

de las sanciones del Artículo anterior serán: a) Por apropiación indebi-

da o no autorizada de los bienes de la Asociación; b) Por violar los

Estatutos, los reglamentos, las normativas u otras disposiciones de la

Asociación; c) Por reprobada conducta en el ejercicio de su gestión.

Artículo veintiocho. El procedimiento de aplicación de las sanciones

será: a) Cualquier miembro podrá interponer denuncia verbal o escrita

contra cualquier miembro por falta a lo establecido en los Estatutos,

reglamentos, normativas a las demás disposiciones de la Asociación; b)

Las denuncias serán recibidas por la Junta Directiva para conocer el

caso; c) La Junta Directiva investigará las denuncias respetando el de-

bido proceso; d) En el casa de personas jurídicas, si el representante de

la misma hubiese incurrido en falta, se notifi cará a la institución y se

requerirá la sustitución del mencionado representante; e) De acuerdo a

la gravedad de la falta, la Junta Directiva establecerá las medidas disci-

plinarias y sanciones establecidas en este artículo que serán aplicadas

en cada caso, todo lo anterior garantizando el derecho de defensa de los

miembros. CAPITULO NUEVE. DE LA DISOLUCION. Artículo

veintinueve. Sólo podrá disolverse la Asociación por resolución tomada

en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con

número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus

miembros. Artículo treinta. En caso de acordarse la disolución de la

Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco

personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la

disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a cualquier Entidad Benéfi ca o Cultural decla-

rada de utilidad pública que la Asamblea General señale. CAPITULO

DIEZ. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo treinta y uno. Para re-

formar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable

de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea Ge-

neral, convocada para tal efecto. “En primera convocatoria y en segun-

da convocatoria con los miembros que estuvieren presentes. ”CAPITU-

LO ONCE. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo treinta y dos.

Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados durante los

quince días siguientes a su formalización. Artículo treinta y tres. Todo

lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos

Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. Artículo treinta y cuatro. La Asociación se regirá por la LEY

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO,

por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo treinta y cinco. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. B) Me manifi estan

los otorgantes que eligen a los Miembros Directivos de la Asociación,

la cual queda integrada de la siguiente manera: Presidente: ENRIQUE-

TA BEATRIZ RAMIREZ MENJIVAR, Vicepresidente: ADRIANA

ELOISA DEL CID POCASANGRE, Secretario: JENNY ELIZABETH

MARTINEZ ESCALANTE, Tesorero: RENE ARMANDO OSORIO

MENDOZA, Vocales: CARLOS ROBERTO RIVAS HERNANDEZ

y JUAN CARLOS TREJO AREVALO. Advertí a los comparecientes

la obligación establecida en el artículo noventa y uno de la Ley de

Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Expliqué a los compa-

recientes los efectos legales del presente instrumento y leído que les fue

por mí íntegramente en un solo acto sin interrupciones, manifi estan su

conformidad, ratifi can su contenido y fi rmamos

DOY FE. Enmendados: tres.trece.valen.Entrelíneas: siete. Vale.

más entrelíneas: a excepción del Presidente. Vale.

MARCO JULIO IRAHETA HERNANDEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI: Al Folio CIENTO VEINTICINCO Frente al folio

CIENTO VEINTISIETE Vuelto, del Libro CUARTO de mi Protocolo,

que vence el día veintidós de Diciembre del año dos mil once, y para ser

entregado a la ASOCIACION VIVAZUL DE EL SALVADOR, expido,

fi rmo y sello el presente testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los

veinticuatro días del mes de mayo de dos mil once.

MARCO JULIO IRAHETA HERNANDEZ,

NOTARIO.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION VIVAZUL DE

EL SALVADOR.

CAPITULO UNO.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo uno.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento

de San Salvador, la Asociación VIVAZUL DE EL SALVADOR, de

nacionalidad salvadoreña, que se abrevia VIVAZUL, como una entidad

apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará "La Asociación".

Artículo dos.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecerse fi liales

en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefi ni-

do.

CAPITULO DOS.

FINES U OBJETIVOS.

Artículo cuatro.- Los fi nes de la Asociación serán:

a) Diseñar, gestionar, administrar y ejecutar proyectos que

favorezcan el desarrollo integral de comunidades de escasos

recursos y la restauración y conservación ambiental.

b) Promover valores que favorecen la conservación ambiental,

el desarrollo sustentable y el empoderamiento de las comu-

nidades de escasos recursos económicos.

c) Desarrollar proyectos productivos y alternativos para el bene-

fi cio de las comunidades de escasos recursos económicos.

Para poder desarrollarlos la Asociación desarrollará las siguientes

actividades:

a) Planificar y ejecutar acciones para la adquisición y

fi nanciamiento de productos y tecnologías que contribuyan

a alcanzar los objetivos de la Asociación.

b) Promover y participar en investigaciones y acciones orien-

tadas a lograr soluciones integrales que benefi cien al medio

ambiente y a las comunidades de escasos recursos.

c) Planifi car, gestionar y ejecutar proyectos de conservación y

restauración de la vida silvestre del país.

d) Capacitar y concientizar a través de la educación ambiental a la

población salvadoreña sobre los valores para la conservación

ambiental.

e) Ejecutar y administrar proyectos relacionados a la capacitación

y tecnifi cación de las comunidades de escasos recursos para

favorecer su progreso. Los fi nes y actividades de la Asociación

se llevarán a cabo cuando sea legalmente necesario, previa

autorización de la entidad de Gobierno respectiva.

CAPITULO TRES.

DEL PATRIMONIO.

Artículo cinco.- El patrimonio de la Asociación estará constituido

por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamen-

te.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Artículo seis.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva,

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO CUATRO.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Artículo siete.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO CINCO.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo ocho.- La Asamblea General debidamente convocada, es

la autoridad máxima de la Asociación, y estará integrada por la totalidad

de los miembros Activos y Fundadores.

Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente

una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la

Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros

en primera convocatoria, y en segunda convocatoria al día siguiente con

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los miembros que asistan, excepto en los casos especiales que requiera

mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea

General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales

que se requiera una mayoría diferente.

Artículo diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera

de las sesiones de la Asamblea General por motivos justifi cados, podrá

hacerse representar por escrito por otro miembro, el límite de represen-

taciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representa-

do.

Artículo once.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modifi car los Planes, Programas o Presupuesto

Anual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

muebles inmuebles pertenecientes a la Asociación; y

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO SEIS.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo doce.- La dirección y administración de la Asociación

estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y

dos Vocales.

Artículo trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de un año pudiendo ser reelectos.

Artículo catorce.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente

una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos

deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes, en caso de empate

en la toma de decisiones el Presidente tendrá voto doble.

Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atri-

buciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Asociación.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.

d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos

y Presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea

General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los Comités

o Comisiones que considere necesario para el cumplimiento

de los fi nes de la Asociación.

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo diecisiete.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva, y de la Asamblea General, así como de

los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

e) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar conjuntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación, y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo dieciocho.- El Vicepresidente, hará las veces del Presidente

en caso de ausencia, excusa, enfermedad, impedimento u otros casos en

que las circunstancia lo ameriten.

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Artículo diecinueve.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de las sesiones de la Asamblea

General y de la Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Asociación.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Artículo veinte.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación.

c) Autorizar conjuntamente con el Presidente las erogaciones

que la Asociación tenga que realizar.

Artículo veintiuno.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, a excepción del Presidente.

CAPITULO SIETE.

DE LOS MIEMBROS.

Artículo veintidós.- Podrán ser miembros todas las por personas

mayores de catorce años, y jurídicas sin distinción de raza, credo, religión

e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo veintitrés.- La Asociación tendrá las siguientes clases de

miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

fi rmen la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por

su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General.

Artículo veinticuatro.- Son derechos de los miembros Fundadores

y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Artículo veinticinco.- Son deberes de los miembros Fundadores y

Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

CAPITULO OCHO.

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTOS DE APLICACION.

Artículo veintiséis.- La Asociación impondrá las siguientes san-

ciones:

a) Llamado de Atención verbal.

b) Llamado de atención escrito.

c) Solicitud de cambio de representante, en el caso de personas

jurídicas.

d) Expulsión temporal de la Asociación.

e) Expulsión defi nitiva.

Artículo veintisiete.- Las causales de las sanciones del artículo

anterior serán:

a) Por apropiación indebida o no autorizada de los bienes de la

Asociación.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

b) Por violar los Estatutos, los reglamentos, las normativas u

otras disposiciones de la Asociación.

c) Por reprobada conducta en el ejercicio de su gestión.

Artículo veintiocho.- El procedimiento de aplicación de las sanciones

serán:

a) Cualquier miembro podrá interponer denuncia verbal o escrita

contra cualquier miembro por falta a lo establecido en los

Estatutos, reglamentos, normativas o las demás disposiciones

de la Asociación.

b) Las denuncias serán recibidas por la Junta Directiva para

conocer el caso.

c) La Junta Directiva investigará las denuncias respetando el

debido proceso.

d) En el caso de personas jurídicas, si el representante de la

misma hubiese incurrido en falta, se notifi cará a la institución

y se requerirá la sustitución del mencionado representante.

e) De acuerdo a la gravedad de la falta, la Junta Directiva esta-

blecerá las medidas disciplinarias y sanciones establecidas en

este artículo que serán aplicadas en cada caso, todo lo anterior

garantizando el derecho de defensa de los miembros.

CAPITULO NUEVE.

DE LA DISOLUCION.

Artículo veintinueve.- Sólo podrá disolverse la Asociación por

resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese

efecto y con número de votos que represente por lo menos tres cuartas

partes de sus miembros.

Artículo treinta.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación

se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,

electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.

Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier Entidad Benéfi ca o Cultural declarada de utilidad

pública que la Asamblea General señale.

CAPITULO DIEZ.

REFORMA DE ESTATUTOS.

Artículo treinta y uno.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por

ciento de los miembros en Asamblea General, convocada para tal efecto.

"En primera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros

que estuvieren presentes."

CAPITULO ONCE.

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo treinta y dos.- Los documentos sujetos a registro deberán

ser presentados durante los quince días siguientes a su formalización.

Artículo treinta y tres.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la

Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo treinta y cuatro.- La Asociación se regirá por la LEY DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por

los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo treinta y cinco.- Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 116

San Salvador, 20 de junio de 2011.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION VIVAZUL

DE EL SALVADOR, y que podrá abreviarse VIVAZUL, compuestos

de TREINTA Y CINCO ARTICULOS, constituida en la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a las doce horas del día 24

de mayo de 2011, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios del

Notario MARCO JULIO IRAHETA HERNANDEZ, y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad

con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA:

a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha entidad el carácter

de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c)

Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES

Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE.- EL

MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO ERNESTO ZELA-

YANDIA CISNEROS.

(Registro No. F000574)

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ACUERDO No. 15-0054.

San Salvador, 13 de Enero de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó JOSÉ EDUARDO ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ EDUARDO ALEMÁN, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de High School, extendido por el Mountain Crest High School, Hyrum, Utah, Estados Unidos de América en el año 2004; II) Que según Resolución de fecha 12 de Enero de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de High School obtenido por JOSÉ EDUARDO ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ EDUARDO ALEMÁN, en el Mountain Crest High School, Hyrum, Utah, Estados Unidos de América, POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el Reconocimiento e Incorporación del Diploma de High School realizados por JOSÉ EDUARDO ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ EDUARDO ALEMÁN, en el Mountain Crest High School, Hyrum, Utah, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000167)

ACUERDO No. 15-0055.

San Salvador, 13 de Enero de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de High School extendido por el Mountain Crest High School, Hyrum, Utah, Estados Unidos de América en el año 2004; II) Que según Resolución de fecha 12 de Enero de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de High School obtenido por JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN en el Mountain Crest High School Hyrum, Utah, Estados Unidos de América, POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el Reconocimiento e Incorporación del Diploma de High School realizados por JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN ECHEVERRÍA C/P JOSÉ ESTEBAN ALEMÁN en el Mountain Crest High School, Hyrum, Utah, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000169 )

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

ACUERDO No. 15-0273.

San Salvador, 16 de Febrero de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

GABRIELA ESTEFANY MUÑOZ MÉNDEZ, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Certifi cado de Bachiller General,

extendido por la Escuela Preparatoria Regional de Autlan, CCT dependiente de la Universidad de Guadalajara, Sistema de Educación Media Supe-

rior Autlan de Navarro, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos en el año 2008; II) Que según Resolución de fecha 10 de Febrero de 2011 emitida por

el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la

documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás dis-

posiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Certifi cado de Bachiller General obtenido por GABRIELA ESTEFANY MUÑOZ

MÉNDEZ, en la Escuela Preparatoria Regional de Autlan, CCT dependiente de la Universidad de Guadalajara, Sistema de Educación Media Superior,

Autlan de Navarro, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educa-

ción y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación

Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el Reconocimiento e Incorporación del Certifi cado de Bachiller General

realizados por GABRIELA ESTEFANY MUÑOZ MÉNDEZ, en la Escuela Preparatoria Regional de Autlan, CCT dependiente de la Universidad de

Guadalajara, Sistema de Educación Media Superior, Autlan de Navarro, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos, reconociéndole su validez académica

dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000068)

ACUERDO No. 15-0493.

San Salvador, 18 de Marzo de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales

que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó FELIPE

ANDRÉS TORRES ARANDA de nacionalidad Chilena, solicitando INCORPORACIÓN de su Licencia de Enseñanza Media, extendido por el The

Grange School Santiago, República de Chile en el año 1995; II) Que según Resolución de fecha 17 de Marzo de 2011 emitida por el Departamento

de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación

presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones le-

gales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de la Licencia de Enseñanza Media obtenido por FELIPE ANDRÉS TORRES ARANDA, en el

The Grange School Santiago, República de Chile. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media

y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el Reconocimiento e Incorporación de la Licencia de Enseñanza Media realizados

por FELIPE ANDRÉS TORRES ARANDA en el The Grange School Santiago, República de Chile, reconociéndole su validez académica dentro de

nuestro sistema educativo como Bachiller General, 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000135)

ACUERDO No. 15-0259.

San Salvador, 15 de Febrero de 2011.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I) Que

de conformidad al Artículo 57 de la Constitución de la República de El Salvador, los centros de enseñanza privados están sujetos a reglamentación e

inspección del Estado, en consecuencia compete al Ministerio de Educación, según el Artículo 38 numerales 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano

Ejecutivo, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular su creación, nominación y funcionamiento; II) Que

de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de

las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios para garantizar la calidad, efi ciencia y cobertura de la

educación, las cuales deberán sustentarse en comprobaciones que certifi quen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos

y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado, de conformidad a los servicios que ofrezca; III) Que para desempeñar el cargo de Director en

instituciones con autorización de funcionamiento en Educación Parvularia, Básica o Media deben cumplirse los requisitos estipulados en el Artículo

44 de la Ley de la Carrera Docente, así también las atribuciones y obligaciones señaladas en el Artículo 36 del Reglamento de la misma ley; IV) Que

la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio conoció sobre la solicitud de cambio de Director,

presentada por la señora Glenda Gudalupe Aparico de González, persona autorizada por el Ministerio de Educación, para brindar servicios educativos

a través del centro educativo privado denominado COLEGIO “JUAN JOSÉ BERNAL”, ubicado en Urbanización Bello Horizonte, Calle Zacamil, No.

8, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con código de infraestructura No. 21042; V) Que después de comprobar la legalidad de

la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional

de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 14 de enero de 2011 resolvió reconocer como Directora de dicho centro educativo, a

la profesora NANCY MARIBEL HERNÁNDEZ BOLAÑOS, con NIP No. 0904332, PDN2-07, a partir del 14 de enero de 2011, en sustitución de la

profesora Alma Patricia Hernández de López, la cual se reconoció anteriormente como Directora de dicho centro educativo por Acuerdo Ejecutivo

No. 15-0328 de fecha 23 de febrero de 2009. POR TANTO, de conformidad al Artículo 57 de la Constitución de la República de El Salvador; Artículo

38 numerales 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo; Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la

Carrera Docente; Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Con-

fi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 14 de enero 2011, emitida por la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de

Educación de este Ministerio, por medio de la cual se reconoce como Directora del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “JUAN JOSÉ

BERNAL”, ubicado en Urbanización Bello Horizonte, Calle Zacamil No. 8, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con código

de infraestructura No. 21042, a la profesora NANCY MARIBEL HERNÁNDEZ BOLAÑOS, con NIP No. 0904332, PDN2-07, a partir del 14 de

enero de 2011, en sustitución de la profesora Alma Patricia Hernández de López; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su

publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000146)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

ACUERDO No. 1617-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintidós de diciembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha

veintiuno de diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ERIKA BEATRIZ SALDAÑA RODRÍGUEZ, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- SONIA DE SEGOVIA.- R. E. GONZÁ-

LEZ.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. A. CARDOZA A.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000115)

ACUERDO No. 255-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil once.- El Tribunal con fecha die-

ciséis de febrero de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARÍA PATRICIA CISNEROS PARADA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000110)

ACUERDO No. 379-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril de dos mil once.- El Tribunal con fecha ocho de

febrero de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ REINALDO BARRERA BARRERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-

NÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000051)

ACUERDO No. 412-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril de dos mil once.- El Tribunal con fecha diez

de febrero de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JULIAN OLIVO GARCÍA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus

ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSA-

DA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000176)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

(Registro No. F000039)

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

DECRETO NÚMERO CUARENTA.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I Que, el artículo 203 de la Constitución de la República otorga autonomía al municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo. Asimismo, el artículo 204 numeral 1º de la Carta Magna, prescribe la facultad del municipio para crear, modifi car y suprimir tasas.

II- Que, el artículo 7 de la Ley General Tributaria Municipal prescribe que es competencia de los Concejos Municipales, crear, modifi car o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de la Ordenanza, todo en virtud de la facultad consagrada en la Constitución de la República.

III- Que, la Ley General Tributaria Municipal establece en el artículo 47 que los tributos que no fueren pagados en el plazo correspondiente causarán un interés moratorio.

IV- Que, mediante Decreto Legislativo número 28 de fecha 6 de junio de 1985, publicado en el Diario Ofi cial número 131, Tomo número 288 de fecha 12 de julio de 1985, que contiene una interpretación auténtica del artículo 9 de la Tarifa de Arbitrios –impuestos- de la Munici-palidad de San Salvador, en uno de sus considerandos establece, que el espíritu de lo dispuesto en el referido artículo, no es otorgarle a la Municipalidad de San Salvador un instrumento para generar nuevos ingresos, sino permitirle un medio para que los contribuyentes no caigan en mora; y es así que el artículo 2 TRANSITORIO del referido Decreto, concedía exención del recargo por intereses a aquellos contribuyentes que pagaran sus deudas a corto plazo.

V- Que, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de Sentencia Defi nitiva de Proceso de Amparo Constitucional con número de referencia 812-99, de fecha 26 de junio de 2003, señala que: “…si la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear im-puestos fi scales y municipales, tasas y contribuciones especiales, y además de condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; asimismo los municipios por medio de sus Concejos Municipales al tener la facultad de crear tasas y contribuciones especiales municipales, puede por medio de Ordenanza condonar el pago de los intereses al igual que lo hace la Asamblea Legislativa…”.

VI- Que, la Comisión de Estudio del Proyecto de Constitución, al elaborar la Exposición de Motivos, expresó que la autonomía de los municipios a que se refi ere el texto constitucional, es lo sufi cientemente amplia como para garantizar una administración municipal, que fortalezca la intervención de los ciudadanos en la vida de sus propias comunidades, a través del gobierno local.

VII- Que, es obligación del municipio realizar la administración municipal con transparencia, austeridad, efi ciencia y efi cacia.

VIII- Que, el descuento de intereses moratorios constituye una política fi scal para que los contribuyentes o responsables regularicen espontánea-mente su situación de morosos en el pago de los respectivos tributos.

IX- Que, el Concejo Municipal está consciente del alto costo de la vida y estima que es de benefi cio a las familias y a los contribuyentes, una medida de descuentos que contribuya a disminuir dicho costo.

POR LO TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA, la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE DESCUENTO DE INTERESES MORATORIOS DE TASAS Y CONTRIBUCIÓN ESPECIAL

POR PRONTO PAGO Y DESCUENTO DE MULTAS POR INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE ESCRITURAS DE CUALQUIER

NATURALEZA EN EL CATASTRO DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

Objeto de la Ordenanza

Art. 1. La presente Ordenanza tiene como objeto descontar intereses moratorios a los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que adeuden al municipio tasas de: Servicios de aseo, disposición fi nal, servicios de alumbrado, reguladas en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Servicios Municipales de la Ciudad de San Salvador; aquellas prescritas por la Ordenanza Reguladora de las Tasas por la Prestación de Servicios de Cementerios en el Municipio de San Salvador; y la Contribución Especial para Parques y Zonas Verdes, por lo que se les haya establecido un recargo de intereses moratorios. Así, como el descuento de multas por inscripción extemporánea en el Catastro Municipal, de escrituras de cualquier natura-leza.

Benefi cios

Art. 2. Concédase un plazo de noventa días contados a partir de su vigencia, para que las personas naturales o jurídicas que se encuentren en el caso de los dos artículos siguientes, puedan cancelar sus deudas por tasas y contribuciones especiales, con el Municipio de San Salvador, obteniendo un descuento en el recargo de los intereses moratorios generados en dicho concepto, y el descuento de la multa por inscripción extemporánea de escrituras de cualquier naturaleza en el Catastro Municipal.

En el caso de la Administración General de Cementerios, este mismo plazo será otorgado para que las personas naturales y jurídicas cancelen su deuda de tasas por los servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, así como la autorización de funcionamiento de cementerios privados y de funerarias del Municipio de San Salvador, obteniendo un descuento en el recargo de intereses moratorios generados en dichos conceptos. Pudiendo, durante la vigencia de la presente Ordenanza formalizar planes de pago, que incluirán el saldo acumulado en los rubros antes mencionados, aplicándose únicamente el interés por fi nanciamiento. Los planes de pago y sus correspondientes plazos, serán autorizados por la Administración General de Cementerios.

Otro benefi cio será, que todo Plan de Pago que se formalice durante la vigencia de la presente Ordenanza, de conformidad a las Políticas Internas para el Otorgamiento de Planes de Pago vigentes, gozará del descuento de intereses moratorios y se incluirá únicamente el saldo de las tasas munici-pales y contribuciones especiales, entendiéndose que el saldo a fi nanciar será únicamente el saldo acumulado en los rubros de los servicios de aseo, disposición fi nal, alumbrado público y contribución especial de parques.

Los plazos del plan de pago de acuerdo a las referidas políticas, serán autorizados sin importar el monto de la deuda, de la siguiente manera:

a) Los Jefes de las Delegaciones Distritales y la Sub Gerencia de Ingresos: Hasta 6 meses máximo.

b) El Gerente Financiero: Hasta 12 meses máximo.

c) La Comisión de Asuntos de Administración y Finanzas: Más de 12 meses.

Sujetos de aplicación

Art. 3. Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas, que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Aquellos contribuyentes que estando registrados en el municipio, se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas municipales de aseo, alumbrado público, disposición fi nal de desechos sólidos, y contribución especial para parques y zonas verdes.

b) Los contribuyentes que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas y contribuciones especiales y hayan suscrito el correspondiente plan de pago, deberán solicitar la anulación de dicho plan de pago para gozar de este benefi cio, pudiendo pagar la totalidad de la deuda o realizar pagos parciales durante el plazo concedido en la presente ordenanza o formalizar un nuevo plan de pago.

c) Podrán acogerse al presente Decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso de cobro administrativo por tasas y contribuciones especiales.

d) Aquellos contribuyentes que hayan incumplido el plan de pago suscrito con la Municipalidad y se favorezcan con el benefi cio otorgado en la presente Ordenanza.

Sujetos de aplicación para el descuento de la multa por inscripción extemporánea en el Catastro Municipal

Art. 4. Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el presente artículo, los siguientes sujetos pasivos:

a) Aquellos contribuyentes que no hayan presentado las escrituras de cualquier naturaleza a inscripción en el Catastro Municipal, después de 30 días a partir de la fecha de la escrituración y que sus inmuebles tengan un valor desde US$0.01 hasta US$175,000.

b) Aquellos contribuyentes que no hayan presentado las escrituras de cualquier naturaleza a inscripción en el Catastro Municipal, después de 30 días a partir de la fecha de la escrituración y que sus inmuebles tengan un valor desde US$175,000.01 hasta US$375,000.00.

c) Aquellos contribuyentes que no hayan presentado las escrituras de cualquier naturaleza a inscripción en el Catastro Municipal, después de 30 días a partir de la fecha de la escrituración y que sus inmuebles tengan un valor mayor de US$375,000.01.

El presente artículo no exime al sujeto pasivo del pago de la tasa por inscripción en el Catastro Municipal de las escrituras de sus inmuebles.

Sujetos de aplicación en la Administración de General de Cementerios.

Art. 5. Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza las personas naturales y jurídicas que reciban los servicios brindados por la Administración General de Cementerios y que se encuentren en la siguiente condición:

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Aquellos contribuyentes que estando registrados en el sistema de cuentas de la Administración General de Cementerios, se encuentren en situación

de mora en el pago de las tasas por servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables; la autorización de funcionamiento de cementerios

privados y de funerarias.

Forma de pago.

Art. 6. Los sujetos pasivos de la obligación tributaria podrán realizar su pago de forma total o parcial, siempre y cuando estos pagos se realicen

en el plazo de la vigencia de esta Ordenanza, o por medio de un plan de pago formalizado durante la vigencia de la presente Ordenanza.

También, gozarán del benefi cio de descuento de intereses moratorios, los traslados de saldos que soliciten los contribuyentes durante la vigencia

de la presente Ordenanza, únicamente aplicado a las cuentas de inmuebles. Además se entenderá en este concepto, aquellos abonos aplicados a cuentas

de inmuebles por medio de resoluciones jurídicas y administrativas que se realicen o reciban durante la vigencia de esta Ordenanza.

Igualmente, aquellos abonos efectuados a cuentas de inmuebles registradas a nombre del Estado y Gobierno de El Salvador y sus correspondientes

Ministerios y Vice Ministerios.

Lugar de pago.

Art. 7. Las personas naturales o jurídicas que estén interesadas en solicitar el descuento de recargos de intereses por tasas, contribuciones especiales

detalladas en la presente Ordenanza, excepto de la Administración General de Cementerios, deberán solicitarlo en el Departamento de Recaudación

de las Ofi cinas Centrales de la Alcaldía Municipal, en las áreas fi nancieras de todas las Delegaciones Distritales, y Sucursal ubicada en el Centro

Comercial Metrocentro.

Las personas naturales y jurídicas por los servicios prestados por la Administración General de Cementerios, que estén interesados en solicitar

el descuento del recargo de los intereses, deberán solicitarlo en la Ofi cina de la Administración General de Cementerios donde realizarán el corres-

pondiente pago.

Del incumplimiento del plan de pago.

Art. 8. El plan de pago suscrito, caducará y será exigible el saldo total de la deuda incluyendo los intereses moratorios, cuando el contribuyente

hubiere dejado de pagar dos cuotas consecutivas, durante el plazo otorgado.

Vencimiento de plazo.

Art. 9. Vencido el plazo que establece esta Ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso el benefi cio otorgado en la misma.

Excepto para aquellos contribuyentes que formalizaron el respectivo plan de pago durante la vigencia de la misma, entendiéndose éste para efectos

legales como un derecho adquirido.

Vigencia.

Art. 10. La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, el día veintiuno de junio del año dos mil once.

NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

JOSÉ ERNESTO CRIOLLO MENDOZA,

SÍNDICO MUNICIPAL.

JOSÉ ARMANDO ZEPEDA VALLE,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F000035)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL VALLE VERDE I Y II (ADESCOVER VALLE

VERDE I-Y II) JURISDICCION DE APOPA, SAN SALVADOR.

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de la Ciudad de Apopa, por estos Estatutos y demás disposiciones aplica-bles y se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL VALLE VERDE UNO Y DOS, la cual podrá abreviarse ADESCOVER VALLE VERDE I Y II, que en lo sucesivo de estos Estatutos se llamará "LA ASOCIACION". Tendrá su domicilio legal en la Jurisdicción del Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, domicilio en el cual ejercerá sus actividades.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA, OBJETO Y EL EMBLEMA

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, sin fi nes lucra-tivos, democrático, no religiosa y tendrá como fi nes principales:

a) Garantizar la ejecución, de las políticas de desarrollo ten-dientes a superar y eliminar las causas de marginalidad de las comunidades locales.

b) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-mente con los organismos públicos, privados, Municipales, Nacionales e Internacionales que participen en los corres-pondientes programas de desarrollo comunal.

c) Impulsar un proceso de formación mediante el cual se desa-rrollen facultades y capacidades innatas de cada persona.

d) Ayudar al desarrollo integral de la persona humana, de la familia y por ende de la comunidad.

e) Fomentar y desarrollar el espíritu de comunidad, hermandad, solidaridad, cooperación mutua entre todos los vecinos, miembros de comités, grupos y entidades representativas.

f) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo local y regional; así como colaborar en la ejecución de los mismos, en benefi cio de todos los habitantes de la comunidad.

g) Trabajar en el establecimiento y mejorar los servicios básicos de la comunidad, con el equipamiento de todos los medios necesarios e indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.

h) Participar y colaborar organizadamente en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la comunidad, así como en cualquier actividad ya sea en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educa-tivo y otros que fueren legales y que se obtengan benefi cios provechosos para nuestra comunidad.

i) Impulsar la formación de proyectos y programas que contri-buyen a la preservación, conservación y protección del medio ambiente.

Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo un símbolo; la presencia de dos volcanes al frente dos viviendas que representan las Urbanizaciones mencionadas, en la parte inferior a la derecha, un árbol y un ave son la fl ora y la fauna como amor a la naturaleza, y el sol como la luz que nos ilumina. En la parte superior el nombre de la Asociación.

Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo, podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causas o anomalías previstas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del municipio de Apopa y de los Estatutos.

CAPITULO III

DE LA DIRECCION

Art. 5.- La dirección de la Asociación de Desarrollo Comunal estará a cargo de la Asamblea General y la Junta Directiva, la administración corresponderá a la Secretaria de Finanzas o a quien designe la misma Junta Directiva.

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS

Art. 6.- Los Asociados se podrán denominar:

a) Activos.

b) Honorarios.

c) Fundadores.

Son Asociados Activos: Todas aquellas personas que desean inte-grar a la misma conforme lo establecido en estos Estatutos y que asista periódicamente a las Asambleas.

Son Asociados Honorarios: Todas las personas naturales o jurídicas que realizan o desempeñan una destacada labor dentro de la comunidad o que aporten una ayuda signifi cativa a la Asociación y que la Asamblea General les conceda tal calidad a propuesta de la Junta Directiva.

Son Asociados Fundadores: Todos los miembros de la Junta Di-rectiva y todas aquellas personas que fi rmaron el Acta de Constitución de la Asociación.

Art. 7.- Para ser Asociado Activo se requiere de los siguientes requisitos:

- Ser mayor de dieciocho años de edad.

- Residir en la comunidad.

- De buena conducta; y

- Ser aceptado por acuerdo de la Junta Directiva, previa solicitud del interesado.

Art. 8.- Las personas interesadas que deseen integrar a la Asocia-ción deberán llenar una hoja de afi liación dirigida a la Junta Directiva, en la que manifi esten su deseo y que tengan voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior.

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La Junta Directiva se encargará de verifi car que los datos conte-nidos en la hoja de afi liación sean correctos; si así fuere, procederá a la incorporación del interesado, quien será juramentado en el pleno de la Asamblea.

Art. 9.- La Asociación deberá contar con un registro de los Asocia-dos, en el cual habrá un rubro para Activos, Honorarios y Fundadores.

En cada asiento se indicará el Nombre y las Generales del suscrito, a saber: Edad, Residencia, Teléfono, Fecha de Ingreso, número de Docu-mento Único de Identidad Personal, u otros documentos de identifi cación personal.

Art. 10.- Son derechos o facultades de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones, ideas o sugerencias a la Asamblea General, encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su justifi cación ante la Junta Directiva y la Asamblea General.

d) Elegir y ser electos para desempeñar cualquier cargo dentro de la Junta Directiva.

e) Solicitar por escrito y obtener de la Junta Directiva, infor-mación sobre el funcionamiento, planes y proyectos de la Asociación.

f) Participar en cualquier comisión ya sea para gestionar o realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación.

g) Todos los demás que les confi eren estos Estatutos y otras leyes afi nes.

Art. 11.- Son deberes u obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados y Junta Directiva.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General previa convocatoria en forma legal y anticipada.

c) Desempeñar con puntualidad la responsabilidad, efi ciencia y honradez los cargos para los cuales han sido electos o nombrados, y desempeñar con mucha armonía y capacidad las comisiones que al Asociado o miembro de directiva se le asignaren.

d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar la armonía, las actividades y en general, los objetivos y metas de la Asociación.

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos, estar pendiente y velar porque se respeten las disposiciones de la Junta Directiva y la Asamblea General, siempre y cuando estén relacionados con los fi nes y en benefi cio de la Asociación.

f) Estar solvente con la cuota social de $0.50 aprobados por la Asamblea General.

Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario, expulsión, muerte o por cualquier causa justifi cada ante la Junta Directiva y la Asamblea General.

Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser: EXPRESO o TACITO.

Será EXPRESO: Cuando el Socio lo solicite por escrito o verbal-mente a la Junta Directiva y Asamblea General.

Será TACITO: Cuando el Socio cambie defi nitivamente su resi-dencia a otro lugar que ya no pertenezca a la Comunidad, o cuando se ausente por un período de tres meses o más sin causa justifi cada.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados, según las causas siguientes:

a) Mala conducta o reputación que cause perjuicios o mala imagen a la Junta Directiva, Asociación o la comunidad en general.

b) Negarse o abandonar sin motivo justifi cado el desempeño de los cargos de elección o comisiones a los que se le han sido encomendados por la Junta Directiva o la Asamblea General, siempre que éstos hayan sido aceptados.

c) Obtener benefi cios por medios propios sin el consentimiento de la Asociación, y

d) Incumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Código Municipal, Reglamento, Estatutos y disposiciones de la Junta Directiva y Asamblea General, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 15.- La Asamblea General estará constituida por todos los Asociados Activos inscritos en el registro de la Asamblea General.

Art. 16.- La Asamblea General programará sesiones en forma Ordinaria o Extraordinaria. Serán Ordinarias las reuniones de Asamblea cuando se realicen en las fechas establecidas por ellos, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados, serán Extraordinarias las reuniones de Asamblea General al celebrarse éstas en fechas distintas, para tratar los puntos convocados las discusiones que tomaren en relación a puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán valides.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 17.- La Junta Directiva de la Asociación estará formada por:

Una Secretaría General.

Una Secretaría Adjunta.

Una Secretaría de Actas,

Una Secretaría de Actas Adjuntas.

Una Secretaría de Finanzas.

Una Secretaría de Asuntos Legales.

Una Secretaría de Medio Ambiente.

Una Secretaría de la Mujer.

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Una Secretaría de Deporte.

Una Secretaría de Salud.

Una Secretaría de Juventud.

Art. 18.- Serán atribuciones de la Junta Directiva.

a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos.

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-ciones de Asamblea General.

c) Hacer la califi cación previa de los casos de retiro voluntario y expulsión de los Asociados, tal como en los casos de des-titución individual de los miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asocia-ción.

e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los bienes de la Asociación, así como velar porque se empleen en forma óptima y procurar que se incrementen los activos de la misma.

f) Presentar la Memoria Anual de Labores, el informe de la ejecución presupuestaria, el Plan de Trabajo y el respectivo Presupuesto.

g) Velar porque se cumpla el Presupuesto Anual que la Asamblea General haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

h) Coordinar e impulsar las actividades en benefi cio de la co-munidad.

i) Convocar a reuniones Ordinarias o Extraordinarias de Asamblea General, de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos.

j) Constituir Comités de Apoyo, Comité de Salud, Comité de Ornato y Limpieza para impulsar el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la misma.

k) Mantener relaciones con organismos del Estado, la municipa-lidad y entidades públicas y privadas, las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y las leyes de la República

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los Asociados, y

m) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y las leyes de la República.

Art. 19.- El período de funcionamiento de los cargos de la Junta Directiva será de dos años, a partir de la fecha en que tomen posesión de los cargos. La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará un mes antes de que concluya el período para el que han sido electos.

Art. 20.- Para ser directivo se requiere tener la edad de 18 años. Los miembros de la Junta Directiva deberán ser electos en sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoría simple, ante la presencia de un Delegado Municipal.

Art. 21.- Son atribuciones del Secretario General:

a) Representar a la Asociación legal y administrativamente.

b) Celebrar y otorgar toda clase de actos y contratos, otorgados

a nombre de la Asociación, previa autorización de la Junta

Directiva.

c) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General, orientando sus deliberaciones.

d) Coordinar actividades que realicen las diferentes Secretarias

y sus diferentes comités de apoyo.

e) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de la Aso-

ciación en las Asambleas que se realicen.

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o Junta Directiva.

g) Todas las demás atribuciones que señalen estos Estatutos, la

Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en la

ciudad de Apopa y las demás leyes de la República en virtud

de su cargo.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario Adjunto:

a) Colaborar con el Secretario General en el desempeño de sus

funciones.

b) Sustituir al Secretario General en caso de ausencia o impe-

dimento de éste.

c) Desempeñar las funciones que el Secretario General le de-

signe.

d) Las demás que designen estos Estatutos y otras disposiciones

que emita la Asociación.

Art. 23.- Serán atribuciones del Secretario de Actas:

a) Manejar actualizado y llevar en orden el Libro de Actas de

la sesión de Junta Directiva y Asamblea General.

b) Guardar los Libros correspondientes y demás documentos

confi ados a su cuido.

c) Llevar en orden y autorizar el registro de los Asociados.

d) Darle lectura a las actas correspondientes a las sesiones de

Junta Directiva y Asamblea General.

e) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, Reglamento

Interno y Ordenanza Reguladora a las Asociaciones Comu-

nales.

Art. 24.- Son atribuciones del Secretario de Actas Adjuntas:

a) Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funcio-

nes.

b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento.

c) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones

con que cuenta la Asociación.

Art. 25.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en Instituciones

Bancarias que la Junta Directiva señale.

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b) Firmar con el Presidente los documentos de gastos de la

Asociación debidamente aprobados.

c) Elaborar el ante proyecto de Presupuesto Anual, de la Aso-

ciación y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los Libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar a la Junta Directiva, un informe de los ingresos y

egresos de la Asociación.

f) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por la

Asociación y presentarlo a la Junta Directiva las veces que

lo requiera.

Art. 26.- Son atribuciones de la Secretaria Legal:

a) Velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta

Directiva y de la Asamblea General, de los Estatutos, de los

Reglamentos de la Asociación.

b) Representar judicial y extrajudicial, a la Asociación.

c) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos y

Reglamentos de la Asociación.

d) Las demás que le señale la Asamblea.

Art. 27.- Son atribuciones de la Secretaria de Medio Ambiente:

a) Velar por la protección del medio ambiente de la comunidad

y sus alrededores.

b) Capacitarse o asesorarse con personal técnico para formación

de Comité de Medio Ambiente.

e) Promover el desarrollo de huertos caseros.

d) Desarrollar charlas educativas en el área de Medio Ambien-

te.

e) Coordinar con el departamento de Medio Ambiente de la

Alcaldía Municipal.

f) Participar con la comunidad u otras instituciones en actividades

eco ambientalistas.

Art. 28.- Son atribuciones de la Secretaria de Deportes:

a) Desarrollar programas educativos en el área de deporte.

b) Desarrollar encuentros deportivos en la comunidad.

c) Gestionar recursos para el área de deporte.

Art. 29.- Secretaria de Salud:

a) Desarrollar charlas educativas y preventivas en el área de

salud.

b) Gestionar brigadas médicas para la comunidad ante el mi-

nisterio de salud y la Clínica Municipal de Apopa.

c) Capacitar a los habitantes de la comunidad en el área de salud

preventiva.

d) Velar por la salud integral de los habitantes de la comuni-

dad.

e) Formar Comité de Salud.

f) Velar por la salud integral de las personas de la 3ª edad.

Art. 30.- Secretaria de la Mujer:

a) Velar por los derechos de las mujeres.

b) Promover la participación activa de las mujeres en las dife-

rentes actividades de la comunidad.

c) Velar porque sus derechos no sean violentados.

d) Desarrollar capacitaciones dirigidas a las mujeres.

e) Gestionar talleres de manualidades, ante instituciones.

Art. 31.- Secretaria de la Juventud:

a) Fomentar la integración de la juventud en las estructuras

organizadas en la comunidad.

b) Coordinar con instituciones que trabajan con jóvenes el desa-

rrollo de charlas educativas y talleres en las comunidades.

c) Formar comité de jóvenes.

d) Coordinar con la Casa de la Juventud de la Alcaldía Municipal

de Apopa.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 32.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas que aporten los Asociados, que sean aprobados

en Asamblea General.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-

tes.

c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para

recaudar fondos para la Asociación, y

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que obtengan

con la administración de la misma, así como las provenientes

de donaciones, herencias y legados.

CAPITULO VIII

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA.

Art. 33.- La Alcaldía Municipal de Apopa, debe auditar las opera-

ciones de esta Asociación, por lo menos cada seis meses, para ejercer el

control por el uso indebido de cualquiera de los privilegios y excepciones

de que goce, tomando las medidas correlativas que sean necesarias.

Art. 34.- Los miembros de la Junta Directiva tendrán obligación

de rendir informes cada tres meses a la Asamblea General.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

CAPITULO IX

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 35.- La modifi cación de los Estatutos podrá acordarse en Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mita más uno de todos los afi liados de la Asociación. Tendrán iniciativa para solicitar la modifi cación de los Estatutos: La Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de los afi liados activos presentar su petición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso, la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General.

CAPITULO X

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 36.- Serán motivo o causal para disolver esta Asociación las siguientes:

a) Por la disminución del número de sus afi liados en un cin-cuenta por ciento del mínimo establecido por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales en la ciudad de Apopa y el Código Municipal, para su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue constituida.

c) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la democracia, orden público, a la moral o a las buenas costum-bres; y

d) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-les.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obtenerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos. Para llevar a cabo sus proyectos, estando obligados a informar a la Alcaldía el origen de los recursos.

Art. 38.- Esta Asociación llevará los Libros necesarios para hacer constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura que contendrá el objeto del Libro, número de folios, fi rmados y sellados por el Secretario de Actas de la Junta Directiva.

Terminando el Libro o Libros se pondrá una razón de cierre que sellará y fi rmará el mismo Secretario de Actas.

Art. 39.- Los cargos de la Junta Directiva son ad-honorem, sin embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o asociado trabaje en actividades a tiempo completo o particulares y eventuales para la Asociación, podrán cobrar una retribución convencional o cuando el volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten.

Art. 40.- Toda Junta Directiva saliente podrá formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se elija conforme estos Estatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos miembros a quienes

se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado inadecuadamente los fondos y donaciones hechos a esta Asociación.

Art. 41.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas cir-cunstanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre sus actividades realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe a que se refi ere el inciso anterior debe ser rendido por escrito, fi rmado y sellado por todos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar el primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.

Art. 42.- Estos Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

LA INFRASCRITA SEÑORA ALCALDESA MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que a folios 435 y siguientes del Libro de Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, que esta Alcaldía Municipal lleva durante el corriente año, se encuentra la Acta Número VEINTIDOS de la sesión Extraordinaria celebrada en la Sala de Sesiones del Palacio Municipal de esta ciudad, de las nueve de la mañana en adelante del día miércoles veinticinco de mayo del año dos mil once, la cual contiene el Acuerdo Municipal, que en su parte cotundente dice: "ACUERDO MUNICIPAL NUMERO CUATRO".- El Concejo Municipal de conformidad al Art. 30 numeral: 23 del Código Municipal, por UNANIMIDAD de votos, ACUERDA: Aprobar los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Valle Verde I y II, que podrá abreviarse "ADESCOVER VALLE VERDE I Y II" de esta Jurisdicción, que consta de 42 ARTICULOS; y se concede Personalidad Jurídica a dicha Asociación, debiendo registrarse mediante Acuerdo Municipal, en el Libro de Personerías Jurídicas de las Asociaciones de Desarrollo Comunal que esta Municipalidad lleva durante el presente año; y publíquese en el Diario Ofi cial; Acuerdo Municipal que se emite en atención al memorando de fecha dieciocho de mayo del año dos mil once, del Licenciado Hugo Alberto Avalos Canjura, Apoderado General de esta Municipalidad, que se tuvo a la vista por medio del numeral 10) literal a) de la agenda de esta sesión.- COMUNIQUESE.- Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente sesión y acta que fi rmamos.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil once.

DRA. LUZ ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA,

ALCALDESA MUNICIPAL.

JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F000024)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

DECLARATORIA DE HERENCIA

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez

horas cinco minutos del día tres de mayo del presente año; se ha declarado

herederos defi nitivos Ab-intestato con benefi cio de inventario, de la he-

rencia intestada que a su defunción dejó el señor Pedro Benjamín Gómez

Ayala; quien falleció a las quince horas del día veintiuno de octubre del

año dos mil nueve, en el Muelle "C" 7/8 del Puerto de Acajutla; siendo

su último domicilio, la ciudad de Acajutla; a las señoras Luz Edith Ayala

Marroquín, Xiomara Elizabeth Rodríguez de Gómez, y de los menores

Cristián Alexander Gómez Rodríguez y Oscar Jeovany Gómez Rodríguez,

en su calidad de madre, cónyuge, e hijos, respectivamente del causante

anteriormente mencionado; por lo que se les confi ere a dichos aceptantes

la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión, la

que ejercerán los referidos menores, por medio de su representante legal,

señora Xiomara Elizabeth Rodríguez de Gómez.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez

horas quince minutos del día tres de mayo del año dos mil once.- LIC.

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA INTERINO.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 629

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las nue-

ve horas del día veintiocho de abril del presente año; se ha declarado

herederos defi nitivos Ab-Intestato con benefi cio de inventario, de la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor Juan Antonio Urquilla,

fallecido a las diez horas treinta minutos del día nueve de agosto del año

dos mil nueve, en el Hospital Nacional de Sonsonate, siendo su último

domicilio la ciudad de Acajutla; a las señoras María Luisa Urquilla

Martínez, Yakelin del Carmen Urquilla Musún, y de los menores Julia

Magdalena, Erick Oswaldo, Margarita Úrsula y Vladimir Antonio, todos

de apellidos Urquilla Musún, la primera de ellos en su calidad de madre,

y los restantes en su concepto de hijos del expresado causante; por lo

que se ha conferido a dichos aceptantes la administración y represen-

tación defi nitiva de la indicada sucesión, la que ejercerán los menores

anteriormente relacionados, por medio su madre, señora Margarita

Esperanza Musún Zaña.quien actúa como representante legal de dichos

menores.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas veinte minutos del día veintiocho de abril del año dos mil once.-

LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 630

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado, a las ocho

horas cincuenta minutos del día veintiocho de abril del corriente año; se ha

declarado herederos defi nitivos Ab-Intestato con benefi cio de inventario,

de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Manuel de Jesús

Portillo, fallecido a las cero horas del día siete de noviembre del año de

mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Santa Emilia, de la juris-

dicción de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio;

a los señores Arcadia Serrano viuda de Portillo, Edith Coralia Portillo

Serrano, Zuleyma Adelaida Portillo Serrano y Douglas Javier Portillo

Serrano, la primera de ellos en su calidad de cónyuge sobreviviente, y

los restantes en su concepto de hijos del expresado causante; por lo que

se ha conferido a dichos aceptantes la administración y representación

defi nitiva de la indicada sucesión.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas diez minutos del día veintiocho de abril del año dos mil once.-

LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA

RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 631

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.

HACE SABER: Que a las quince horas y veinte minutos de este

día, se emitió resolución mediante la cual se declaró herederas en forma

defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes dejados a su defun-

ción por la causante VICENTA RIVERA VIUDA DE CASTILLO o

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

VICENTA RIVERA, cuyo óbito ocurrió en el Cantón Apancoyo, de la

Jurisdicción de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, el

día trece de noviembre del año mil novecientos noventa y dos, siendo

la Villa de Santa Isabel Ishuatán, el lugar de su último domicilio, a las

señoras ANTONIA CASTILLO DE ENGELHARD y ANGELA CEL-

SA CASTILLO, en sus conceptos de hijas sobrevivientes de la causante

VICENTA RIVERA VIUDA DE CASTILLO o VICENTA RIVERA.

SE LES HA CONFERIDO A LAS HEREDERAS DECLARADAS

EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO LA ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.

Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los

veintisiete días del mes de abril del año dos mil once.- LIC. RAMON

HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 632

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y

cincuenta y ocho minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a

su defunción dejó el causante señor GABINO HERNANDEZ conocido

por GABINO HERNANDEZ VALENCIA, quien falleció el día dos

de marzo del año mil novecientos noventa y dos, a la edad de sesenta

y seis años, siendo en San Julián su último domicilio, de parte de los

señores ANA GOMEZ VIUDA DE HERNANDEZ, DAGOBERTO

GOMEZ HERNANDEZ, HERNAN HERNANDEZ GOMEZ y MO-

RIS HERNANDEZ GOMEZ, la primera en concepto de cónyuge y los

restantes de hijos del causante.- Confi éresele a los aceptantes en el

concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a siete días del mes de abril del año dos mil once.- LIC.

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 633-1

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas y

cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción

dejó el causante señor FRANCISCO RODRIGUEZ AGUIRRE, quien

falleció el día veintidós de noviembre del año dos mil ocho, a la edad de

ochenta y tres años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte

de los señores DANIEL ADALBERTO ARCE RODRIGUEZ, CAN-

DELARIO DE JESUS ARCE RODRIGUEZ, CANDIDO REINALDO

ARCE RODRIGUEZ y SANTOS ADONAI ARCE RODRIGUEZ, en

concepto de hijos del causante.

Confi éresele a los aceptantes en el concepto antes expresado,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los catorce días del mes de abril del año dos mil

once.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETA-

RIO.

Of. 3 v. alt. No. 634-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas y

veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el

causante señor EUGENIO CISNEROS, quien falleció el día veintiséis

de octubre del año dos mil diez, a la edad de sesenta y un años, siendo

su último domicilio el de esta Ciudad; por parte de la señora MARTHA

LILIAM CASTILLO DE CISNEROS, en su concepto de Cónyuge

Sobreviviente del referido Causante.-

Confi éresele a la aceptante en el concepto antes expresado, la Ad-

ministración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, uno de marzo de dos mil once.- LIC. ROBERTO

RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 635-1

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta mi-

nutos del día ocho de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada

por el señor CESAR MAURICIO MORALES BRENES, fallecido el día

veinte de Septiembre de dos mil nueve, en esta ciudad su último domicilio,

de parte de los señores DORA ALICIA HERNANDEZ DE BRENES,

JOSE ALEJANDRO BRENES HERNANDEZ y JAVIER ANTONIO

BRENES HERNANDEZ, la primera como cónyuge sobreviviente y los

demás como hijos, todos del Causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas quince minutos del

día siete de Julio del dos mil diez.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 636-1

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público en general y para los efectos legales

consiguientes, que por resolución pronunciada por este juzgado, a las

once horas cuarenta minutos del día tres de mayo del corriente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor Esteban Tijerino, la

cual ocurrió a las seis horas treinta minutos del día veintinueve de abril

del año dos mil diez, en el Barrio La Atarraya en esta ciudad, siendo

éste su último domicilio; de parte de las señoras Lucita Estrada Tijeri-

no, conocida por María Luz Tijerino, Dilma Edelmira Pineda viuda de

Tijerino, y la menor Estefany Magali Tijerino Pineda, en el concepto de

madre, cónyuge e hija, respectivamente, del causante antes mencionado;

por lo que se les ha conferido a las aceptantes antes mencionadas, la

administración y representación interina de la indicada sucesión, con

las mismas facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente, la que ejercerá la referida menor, a través de su representante

legal, señora Dilma Edelmira Pineda viuda de Tijerino.

Se cita a todas aquellas personas que crean tener derecho a la

herencia en referencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo

en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las doce

horas del tres de mayo del año dos mil once.- LIC. RAFAEL JOSE

ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

INTERINO.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-

TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 637-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público en general y para los efectos legales

consiguientes, que por resolución pronunciada por este juzgado, a las

ocho horas cincuenta minutos del día tres de marzo del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Carlos Alberto

Canizález, la cual ocurrió a las dos horas treinta minutos del día vein-

ticinco de diciembre del año dos mil seis, en la morgue del Hospital

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de Sonsonate, de parte de

los señores Jacquelyn Lisseth Canizález García, Francisca Elizabeth

Canizález García, Manolo Alberto Canizález García, Xiomara Beatriz

Canizález García, y Maura Jeannette Canizález García, en el concepto

de hijos del causante antes mencionado; por lo tanto se les confi ere a

los aceptantes arriba mencionados, la administración y representación

interina de la indicada sucesión, con las mismas facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas aquellas personas que crean tener derecho a la

herencia en referencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo

en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas diez minutos del día tres de marzo del año dos mil once.- LIC-

DA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 638-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público en general y para los efectos legales

consiguientes, que por resolución pronunciada por este juzgado, a las

ocho horas cincuenta y cinco minutos del día tres de marzo del corriente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventa-

rio la herencia intestada que a su defunción dejó el señor José Orlando

Ulloa Palomo, la cual ocurrió a las veinte horas treinta minutos del día

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

dos de mayo del año dos mil diez, frente a la entrada de Emergencias

del Hospital Nacional de Sonsonate, de parte de los señores Francisco

Palomo, Roxana Guadalupe Franco de Ulloa, y de los menores Lorena

Gissel, Marcela Guadalupe, Zoila Patricia, José Orlando y Julio César,

todos de apellido Ulloa Franco, en el concepto de padre, cónyuge e

hijos respectivamente, del causante ya mencionado; por lo tanto se les

confi ere a los aceptantes mencionados anteriormente, la administración y

representación interina de la indicada sucesión, con las mismas facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán

los menores arriba mencionados, por medio de su representante legal,

señora Roxana Guadalupe Franco de Ulloa.

Se cita a todas aquellas personas que crean tener derecho a la

herencia en referencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo

en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas quince minutos del día tres de marzo del año dos mil once.- LIC-

DA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 639-1

TITULO DE PROPIEDAD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora ELSA

VICTORIA MENDOZA DE MORALES, mayor de edad, Abogado,

del domicilio de Sonsonate, con Documento Único de Identidad Nú-

mero cero uno dos dos tres ocho uno seis-cuatro, actuando en Nombre

y representación del señor LINO RUIZ, mayor de edad, Agricultor en

pequeño, del domicilio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate,

con Documento Único de Identidad número cero tres dos siete cinco

dos tres dos-cuatro, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número

cero trescientos cuatro-doscientos treinta mil doscientos treinta y tres-

ciento uno-cero; solicitando a nombre del señor LINO RUIZ, título de

Propiedad y Dominio de un Inmueble de Naturaleza Rústica, situado

en el Cantón San Lucas, jurisdicción de Cuisnahuat, departamento de

Sonsonate, controlado por el Centro Nacional de Registros, Número

de Mapa 03 04 R07, Número de Parcela: 57, área catastral: 5.364.8594

METROS CUADRADOS, que linda: NORTE: Rafael Antonio Hernández

Flores, ORIENTE: Rafael Antonio Hernández Flores y Ana Ruiz viuda

de Ramos, SUR: Ana Ruiz viuda de Ramo, y PONIENTE: Leonor Ruiz

y Yudith Elizabeth Hernández de Carías.- El Inmueble en mención lo

tiene por posesión material por más de veinticinco años consecutivos,

en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, ejerciendo actos como legí-

tima dueño, como cuidarlo, cercarlo, cultivarlo, hacerle mejoras, todo

a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en especial,

no es predio sirviente ni dominante ni está en proindivisión con nadie;

lo estima en la cantidad de UN MIL DOLARES, los colindantes son de

este domicilio.

Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a los

veinte días del mes de Mayo del año dos mil once.- LIDUBINA MARIBEL

HERNANDEZ DE CORNEJO, ALCALDESA MUNICIPAL.- JOA-

QUIN ADALBERTO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 640-1

El Infrascrito Alcalde Municipal de Santa Isabel Ishuatán, por medio

de la presente,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el señor: ILDEFON-

SO HERNANDEZ AQUINO, de setenta y un años de edad, jornalero, de

este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Personal

Número cero cero doscientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta

y siete guión ocho, y de su NIT cero tres cero cinco guión dos siete cero

uno cuatro cero guión uno cero uno guión nueve, solicitando Título de

su propiedad a su favor de UN INMUEBLE de naturaleza Rústica que

según solicitud y certifi cación de la denominación catastral número

032010007795, expedida por la Ofi cina Catastral de Sonsonate, el día

dieciséis de noviembre del año dos mil diez, se describe así: Ubicado en

el Cantón Miramar, de esta jurisdicción, mapa 0305R09, parcela 174, su

extensión superfi cial es de: VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CIN-

CUENTA Y SIETE PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS,

sus colindantes son: AL NORTE, colinda con parcela 0305R10-234,

Adán Orellana Alfaro y parcela 0305R10-235, Mario Alfredo Centeno,

divide calle de por medio, AL ORIENTE, colinda con parcela 0305R09-

185, Julio Ernesto Orellana Marroquín, y Herminia Bonilla Abrego de

Orellana, y parcela 0305R09-173, Edita Bonilla de Hernández, AL

SUR colinda con parcela 0305R09-173, Edita Bonilla de Hernández,

y parcela 0305R09-150, Pablo Bonilla; AL PONIENTE, colinda con

parcela 0305R09-164, Natividad de Jesús Orellana. El inmueble descrito

no es predio sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derecho real que

respetar y no está en proindivisión con ninguna persona, lo hubo por

posesión material por más de diez años; en forma quieta y pacífi ca y

sin interrupción de persona alguna; lo valúa por cantidad de: CINCO

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y los

colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efecto de ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de Santa Isabel Ishuatán, a los

veintiocho días del mes de Abril del año dos mil once.- MAGDALENO

ANTONIO GUZMAN DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- PATRICIA

ERMELINDA DE LEON, SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 641-1

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

MUERTE PRESUNTA

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

ELSA VICTORIA MENDOZA DE MORALES en concepto de Defensora

Pública de Derechos Reales y Personales en nombre y representación

de la señora MARÍA ORBELINA NOLASCO Viuda de ESCOBAR

de sesenta y cinco años de edad, ama de casa del domicilio de San An-

tonio del Monte, manifestando que el señor JOSE MIGUEL ANGEL

NOLASCO BONILLA, mayor de edad, HA DESAPARECIDO y se

ignora su paradero, que se han hecho en vano las posibles diligencias para

averiguarlo, que desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron

de su existencia han transcurrido más de siete años y por lo anterior y

haber establecido la señora MARÍA ORBELINA NOLASCO Viuda

de ESCOBAR, su parentesco con el señor JOSÉ MIGUEL ANGEL

NOLASCO BONILLA, solicita se declare la MUERTE PRESUNTA

del desaparecido y se le confi era como heredera presuntiva la posesión

provisional de sus bienes, en consecuencia, se previene al señor José

Miguel Angel Nolasco Bonilla, si vive o su Representante Legal si lo

tuviere, se presente a este Tribunal a acreditar su existencia.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas cuarenta minutos

del día ocho de Febrero del dos mil once.- Enmendado-JOSE-Vale.- Dr.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 642

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que en las Diligencias de Muerte Presunta del

señor ALEJANDRO RAMIREZ promovidas por el Licenciado Pedro

Adalberto Ama Domínguez en concepto de Procurador Auxiliar del

señor Procurador General de la República en nombre de la señora Ju-

liana Vásquez Vásquez, se encuentra la Sentencia defi nitiva que en lo

conducente dice: “Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del

día doce de abril del dos mil siete.- IV.- Como en el presente juicio se

han cumplido todos los trámites que la Ley indica y ya pasaron cuatro

meses desde la última citación que fue el cinco de junio del año dos mil

seis, sin que se haya presentado el desaparecido ni se han tenido noticias

de su existencia por esto es procedente acceder a lo pedido en la solicitud

inicial.- POR TANTO: Por las razones expuestas y lo que disponen los

Arts. 417, 418, 421, 422, 427, 800, 801 y 802 Pr.C.; 79 y 80 C.C. a

nombre de la República de El Salvador, FALLO: Declárase la muerte

presunta del señor ALEJANDRO RAMIREZ, de treinta y tres años de

edad, jornalero y con último domicilio en esta Ciudad originario de Jujutla

departamento de Ahuachapán, hijo de la señora Graciela Ramírez y se fi ja

como día presuntivo de su muerte el día TREINTA Y UNO DE MARZO

DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS; Concédese la posesión

Provisoria de los bienes del presunto fallecido a la señora JULIANA

VASQUEZ VASQUEZ, como cónyuge sobreviviente del presunto

desaparecido.- Publíquese esta Sentencia en tres números consecutivos

del Diario Ofi cial.- No hay costas.- NOTIFIQUESE.- M.Moisa//Ante

Mí, Carmen Cerén de Escobar, Srio.// RUBRICADAS.//

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, treinta de marzo del dos mil

once.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. c. No. 643-1

HERENCIA YACENTE

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas del día

trece de abril del corriente año, se ha declarado yacente la herencia que

en forma intestada dejó el señor ERNESTO HERIBERTO GONZALEZ

GOMEZ, quien falleció el día veintidós de febrero del año dos mil

once, a la edad de cincuenta y siete años, siendo su último domicilio el

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

de esta ciudad; sin que persona alguna se haya presentado aceptando o

repudiando dicha herencia; habiéndose nombrado curador para que la

represente al señor CARLOS OVIDIO CONSTANTE HERNANDEZ.

mayor de edad, estudiante, del domicilio de Sonsonate, quien aceptó el

cargo, según consta en acta de las once horas cuarenta y cinco minutos

de esta día.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco. Departamento

de Sonsonate, a los doce días del mes de mayo del año dos mil once.-

Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 644-1

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas

y cincuenta y ocho minutos del día ocho de Abril del presente año, se

ha declarado yacente la herencia que en forma intestada dejó el señor

JAIME ARMANDO ZETINO CULI, quien falleció el día uno de Julio

del año dos mil diez, a la edad de treinta años, siendo en esta ciudad su

último domicilio; sin que persona alguna se haya presentado aceptando o

repudiando dicha herencia, habiéndose nombrado curador para que la re-

presente al Licenciado CARLOS OVIDIO CONSTANTE HERNANDEZ,

mayor de edad, del domicilio de Sonsonate, quien aceptó el cargo.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los veintiséis días del mes de Abril del año dos mil

once.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 645-1

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y

cincuenta y ocho minutos del día dieciséis de Febrero del presente año,

se ha declarado yacente la herencia que en forma intestada dejó el señor

JOSE ARTURO LOPEZ QUINTANILLA, quien falleció el día diez de

Mayo del año dos mil dos; a la edad de cincuenta y seis años, siendo en

esta ciudad su último domicilio; habiéndose Nombrado Curador para

que la represente al Licenciado CARLOS OVIDIO CONSTANTE

HERNANDEZ, mayor de edad, del domicilio de Sonsonate, quien aceptó

el cargo.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamen-

to de Sonsonate, a los catorce días del mes de Marzo del año dos mil

once.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 646-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince

minutos del día cuatro de Mayo del corriente año ha sido declarada

YACENTE la herencia dejada por el señor JOSE CIRILO VENTURA

AREVALO, fallecido el día tres de Septiembre de mil novecientos

ochenta y uno, en esta ciudad siendo esta ciudad su último domicilio, y

se nombró Curador al Licenciado Carlos Ovidio Constante Hernández,

a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día dos de

Junio del dos mil once.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE

LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 647-1

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

ACEPTACION DE HERENCIA

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con veinte

minutos del día siete de junio del presente año, dictada por este Juzgado, se

ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante DANIEL LOPEZ BELTRAN,

quien falleció a las dieciocho horas con veinte minutos del día nueve

de agosto de mil novecientos noventa y seis, en el Barrio El Calvario de

esta ciudad, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio;

de parte de las señoras MARIA MAGDALENA MENJIVAR VIUDA

DE LOPEZ y DORA LOPEZ MENJIVAR, la primera en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante, y la segunda en su calidad de hija

sobreviviente del citado causante.

Se confi ere a las herederas declaradas la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con cuarenta minutos del día siete de junio del dos mil

once. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 621-3

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATE-

NANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las once horas y treinta minutos del día siete de marzo del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ANACLETA

RAMIRES DE HERNANDEZ, de cuarenta y nueve años de edad, ama

de casa, casada, originaria y del domicilio de Nueva Concepción, Depar-

tamento de Chalatenango, salvadoreña, hija de Leocadio Ramírez y de

Rosa Alvarenga, falleció en Cantón Los Chilamates, caserío Valle Nuevo,

jurisdicción de Nueva Concepción, el día diecinueve de noviembre de

dos mil diez, a las dieciocho horas, por parte del señor Rubén Hernández

Aguilar, en su calidad de cónyuge sobreviviente.

Confi érese al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les corres-

ponden a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense

los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de

Tejutla, a los siete días del mes de marzo del dos mil once. Dr. DANILO

ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 622-3

NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, Juez Cuarto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador: AL PÚBLICO: para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las catorce

horas y cincuenta minutos del día siete de marzo de dos mil once, la cual

fue rectifi cada por medio del auto de las nueve horas y treinta minutos

de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA, expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de las señoras MERCEDES ELENA

SALAZAR GIRON, VICTORIA DE LOS ANGELES SALAZAR

GIRON, y el menor JULIO CESAR ESCOBAR GIRON, la herencia

intestada que dejó la señora MILADIS GIRON, a su defunción ocurrida

el día SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL TRES, en el Hospital Na-

cional Rosales de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de

San Salvador, Departamento de San Salvador, en concepto de hijos de

la Causante ya relacionada; confi riéndosele a los aceptantes la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, debiendo ejercerla

el menor, JULIO CESAR ESCOBAR GIRON, por medio de su Tutora

VICTORIA DE LOS ANGELES SALAZAR GIRON. En consecuencia,

se cita a aquellos que se crean con derecho a la referida herencia para que

se presenten a deducirlo en un término de quince días hábiles contados

desde el siguiente a la tercera publicación de éste.

Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las diez

horas del día siete de junio de dos mil once. LIC. NELSON PALACIOS

HERNANDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LI-

CDA. MONICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 623-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las doce horas con diez minutos del día treinta y uno de Mayo del corriente año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora BLANCA ELIA VILLEGAS POLIO DE ALFARO, conocida por BLANCA ELIA VILLEGAS POLIO, BLANCA ELIA VILLEGAS POLIO DE ALFARO, BLANCA ELIA VILLEGAS, y BLANCA VILLEGAS, quien fue de setenta y ocho años de edad, fallecida el día diecinueve de diciembre de dos mil cinco, siendo la ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, a la señora MARTHA SONIA VILLEGAS VIUDA DE MUNGUIA, en calidad de hija de la causante. Confi riéndoseles en estas diligencias a la aceptante la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las doce horas con once minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil once.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SE-CRETARIA.

1 v. No. C000257

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio de la ciudad de Cojutepeque y San Vicente, con ofi cina Notarial ubicada en Calle José Francisco López número Tres de la ciudad de Cojutepeque, al público para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diecisiete horas del día veinte de Junio de dos mil once, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la Herencia Testamentaria de los bienes que a su defunción dejó la causante FRAN-CISCA SANCHEZ, ocurrida el día nueve de abril de dos mil once, en el Hospital Nacional Nuestra Señora de Fátima, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, teniendo como su último domicilio el de Barrio Santa Lucía, de esta misma ciudad, a la señora MIRIAN DE LOS ANGELES SANCHEZ DE JOVEL o MIRIAM DE LOS ANGELES SANCHEZ DE JOVEL, en su calidad de Heredera Testamentaria de la referida causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la cuidad de Cojutepeque, a veintidós días del mes de Junio de dos mil once.

LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C000259

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha declarado a los señores SONIA ARACELY ESCOBAR, conocida por SONIA ARACELY ESCOBAR FLORES, ROXANA LORENA ESCOBAR, conocida por ROXANA LORENA ESCOBAR FLORES, NELSON BLADIMIR FLORES ESCOBAR o NELSON BLADIMIR ESCOBAR FLORES, y MARIA DEL CARMEN FLORES ESCOBAR, conocida por MARIA DEL CARMEN ESCOBAR FLORES, herederos testamentarios con benefi cio de inventario, de los bienes dejados por la señora MARIA TERESA FLORES DELGADO, conocida por MARIA TERESA FLORES DE ESCOBAR y por MARIA TERESA FLORES, que falleció el día cinco de diciembre de dos mil ocho, en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido en El Rosario, La Paz, su último domicilio; y se ha conferido a los herederos que se declaran, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los cinco días del mes de abril de dos mil once.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C000266

LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal, a las doce horas y treinta minutos de este día, en las presentes Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora RINA ELIZABETH REGALADO RENDEROS, promovidas por el Abogado CARLOS ERNESTO ANDURAY ELIAS, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor EDUARDO ANTONIO REYES CASTILLO, en su calidad de representante legal de los menores CARLOS DANIEL, NELSON EDUARDO y PATRICIA DEL CARMEN, todos de apellidos REYES REGALADO, hijos de la causante; se han DECLA-RADO HEREDEROS ABINTESTATO y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora RINA ELIZABETH REGALADO RENDEROS, quien fue de veinticinco años de edad, de Ofi cios Domésticos, Soltera, hija de los señores Esperanza Renderos Figueroa y Luis Alonso Regalado Hernández o Luis Alonso Regalado, originaria del Municipio de San Juan Talpa, Departamento de La Paz, de nacionalidad salvadoreña y con último domicilio en Soyapango, quien falleció el día treinta de mayo de dos mil siete; a los menores CARLOS DANIEL, NELSON EDUARDO y PATRICIA DEL CARMEN todos de apellidos REYES REGALADO, en su calidad de hijos de la causante, y a los señores ESPERANZA RENDEROS FIGUEROA y LUIS ALONSO REGALADO HERNANDEZ o LUIS ALONSO REGALADO, en su calidad de padres de la causante; se ha conferido a los herederos declarados la representación y administración DEFINITIVA de la herencia intestada.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas y cincuenta minutos del día siete de diciembre de dos mil diez.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. C000267

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Juez de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las ca-torce horas con cincuenta y cinco minutos del día dieciocho de agosto de dos mil diez, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo también su último domicilio, el día veintitrés de mayo de mil novecientos ochenta y siete, dejó la causante OLIVIA GUTIERREZ DE VASQUEZ, conocida por OLIVIA GUTIERREZ, a la señora MARIA VASQUEZ RIVERA, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto le correspondían en la presente sucesión a los señores JOAQUIN VASQUEZ GUTIERREZ y ADRIAN VASQUEZ GUTIEREZ, conocido por ADRIAN VASQUEZ, en su calidad de hijos de la referida causante. Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-partamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil diez.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-TE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C000271

DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución dictada en este Juzgado, a las ocho horas diez minutos del día seis de septiembre del corriente año, se ha declarado heredero defi nitivo abintestato con benefi cio de inventario de los bienes dejados a su defunción por el señor RAFAEL DE JESUS MOREJON, quien falleció a las trece horas del día veintitrés de agosto de dos mil cuatro, en Caserío Santa María El Coyol, Cantón Las Hojas de esta jurisdicción, a consecuencia de herida penetrante de cuello, producida por arma blanca, sin asistencia médica, y siendo su último domicilio esta ciudad, de parte del señor VICTOR ARTURO FLORES MOREJON, en concepto de HIJO del causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las once horas del día seis de septiembre de dos mil diez.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C000272

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

once horas con diez minutos del día diez de junio de dos mil once,

se ha declarado HEREDERAS DEFINITIVAS y con Benefi cio de

Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora

JOSEFINA REYES VIUDA DE GARMENDEZ, quien fue de ochenta

y un años de edad, viuda, de ofi cios domésticos, originaria de Cantón

San Antonio Silva, Caserío El Zarzal, de la jurisdicción de San Miguel

y departamento del mismo nombre, de nacionalidad Salvadoreña, hija

de Abraham Reyes y Emilia Alvarenga de Reyes, quien falleció a las

veinte horas con dieciocho minutos del día treinta y uno de agosto de

dos mil siete, en Cantón San Antonio Silva, Caserío El Zarzal, de esta

jurisdicción, siendo ese su último domicilio; a las señoras: MARINA

GARMENDEZ REYES, NOEMI GARMENDEZ REYES, MARTINA

GARMENDEZ REYES y VIRGINIA GARMENDEZ REYES, en sus

calidades de hijas de la causante.

Se les ha conferido a las aceptantes en el carácter aludido la admi-

nistración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LAS DOCE HORAS CON QUINCE

MINUTOS DEL DIA DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO

ANDRADE, SECRETARIA.

1 v. No. C000275

NELSON PALACIOS HERNANDEZ, Juez Cuarto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador, AL PUBLICO: para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve

horas y doce minutos del día veinticuatro de mayo del presente año, SE

HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA, a la señora VILMA

ELSA QUIÑONEZ DE MOISA, con Número de Identifi cación Tributaria

0614-180255-016-3, de la herencia intestada que dejó el señor MARIO

OSCAR MOISA CANALES, a su defunción ocurrida el día SEIS DE

SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, en la Morgue del Instituto de Me-

dicina Legal "Doctor Roberto Masferrer", siendo su último domicilio la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, en su concepto

de cónyuge del causante y cesionaria de los derechos hereditarios que

en dicha sucesión correspondían al señor MARIO OSCAR MOISA

QUIÑONEZ, en su calidad de hijo del referido causante; confi riéndosele

a la citada heredera la administración y representación DEFINITIVA de

la sucesión.

Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las

nueve horas y veintitrés minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil

once.- LIC. NELSON PALACIOS HERNANDEZ, JUEZ CUARTO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. MONICA SILVIA PARADA

DE CENTENO, SECRETARIA.

1 v. No. F000021

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil, Santa Ana: AL PUBLICO EN GENERAL,

AVISA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario, promovida bajo el número único de expe-diente NUE: 00326-11-DV-3CM1; REF.: DV-22-11-CII, en esta sede judicial por el Licenciado JULIO CESAR MELENDEZ VALENZUELA en su carácter de representante procesal de la Licenciada ANA SILVIA SOTO DE GUEVARA, de cincuenta y dos años de edad, abogada, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero un millón setecientos doce mil novecientos cincuenta guión seis, y Número de Tarjeta de Identifi cación Tributaria cero doscientos diez guión ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y ocho guión cero cero cuatro guión nueve, sobre la sucesión y los bienes que a su defunción dejara el señor GUSTAVO ADOLFO SOTO, quien falleció en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad el día veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y tres; se ha nombrado el día trece de junio de dos mil once, como HEREDERA, ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA MISMA a la Licenciada ANA SILVIA SOTO DE GUEVARA en su calidad de hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos que tuvieren los señores GUSTAVO ADOLFO SOTO AGUILAR, ISABEL CRISTINA SOTO AGUILAR, ambos en calidad de hijos sobrevivientes del causante, y ANGELA LEON DE SOTO conocida por ANGELA AGUILAR DE SOTO en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Librado en el Juzgado de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa Ana, a los trece días del mes de junio de dos mil once.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. HELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.

1 v. No. F000028

LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de las quince horas con cuarenta minutos del día treinta de Mayo del presente año, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor HILARIO ERAZO, quien falleció el día siete de Marzo de mil novecientos ochenta y cinco, en el Cantón Monte Redondo, del municipio de Concepción Quezaltepeque, de este Departamento, siendo dicho municipio, su último domicilio; de parte de la señora MARIA ENCARNACION ERAZO DE ALVARADO, en su concepto de hija sobreviviente del mencionado causante, jun-tamente con los señores LUCAS ERAZO ORELLANA, NARCISO ERAZO ORELLANA, MIGUEL ANTONIO ERAZO ORELLANA, SERAFIN ERAZO ORELLANA, conocido por FREDY SERAFIN ERAZO y FREDY SERAFIN ERAZO ORELLANA, FRANCISCO JAVIER ERAZO ORELLANA, ANA ADELA ANTONIA ERAZO DE AVALOS, conocida por ANA ABELA ANTONIA ERAZO DE AVALOS y JOEL SANCHEZ ERAZO, los primeros seis en sus conceptos de hijos sobrevivientes del citado causante, y el último en su calidad de heredero defi nitivo del causante VICENTE ERAZO, hijo del causante HILARIO ERAZO.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-sentación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las nueve horas con cuarenta minutos del día treinta y uno de Mayo del dos mil once.- LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F000033

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las diez horas quince minutos de este día, se ha declarado heredero defi nitivo abintestato, con benefi cio de inventario al señor ALFREDO MORALES MARTINEZ, de los bienes del causante, señor SALVA-DOR MORALES, como HIJO del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva; Ahuachapán, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil once.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F000040

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las ocho horas de este mismo día, se ha declarado heredera defi nitiva Ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora MAIKY DICLEA RODRIGUEZ DE AVELAR conocida por MAIKY DICLEA RODRIGUEZ y por MAIKY DICLEA AVELAR, de los bienes de la causante, señora ENELDA RODRIGUEZ VELASCO, conocida por ZENAIDA ENELDA VELASCO, ZENEIDA ENELDA VELASCO, ENELDA RODRIGUEZ y por ZENAIDA EBMELDA RODRIGUEZ, en su calidad HIJA y como CESIONARIA del Derecho Hereditario que en la sucesión le correspondía al señor FERNANDO EUGENIO RODRIGUEZ, en su calidad de HIJO de la causante; habiéndosele con-ferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva; Ahuachapán, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil once.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F000042

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres- siete, en

la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las ocho horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha declarado

heredera defi nitiva ab- intestato, con benefi cio de inventario a la señora

MARIA LUISA CONTRERAS viuda DE ZUNIGA, de los bienes del

causante, señor MARCELINO CONTRERAS, quien fue conocido

por MARCELINO CONTRERAS VINDEL, como HERMANA del

causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación

DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los diecisiete días del mes de junio de dos

mil once.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F000043

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres-siete, en

la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Nota-

rio, a las ocho horas quince minutos de este mismo día, se ha declarado

heredera defi nitiva Ab- intestato, con benefi cio de inventario a la señora

MAIKY DICLEA RODRIGUEZ DE AVELAR, conocida por MAIKY

DICLEA RODRIGUEZ y por MAIKY DICLEA AVELAR, de los

bienes de la causante, señora ANGELA ORTIZ VELASCO, conocida

por EVANGELINA ORTIZ VELASCO, EVANGELINA VELASCO y

por EVA VELASCO, en su calidad de CESIONARIA, de los Derechos

Hereditarios que en la sucesión les correspondía a los señores ROMEO

RODRIGUEZ VELASCO, conocido por ROMEO VELASCO, RINA

RODRIGUEZ, conocida por RINA RODRIGUEZ DE ESCOBAR,

RINA LEYLA RODRIGUEZ VELASCO, LEYLA RODRIGUEZ,

LEYLA RODRIGUEZ VELASCO y por REINA LEYLA RODRIGUEZ

VELASCO, hoy DE ESCOBAR y MORIS WILFREDO VELASCO,

en su calidad de hijos de la causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación

DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los diecisiete días del mes de junio de dos

mil once.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F000046

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres- siete, en

la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las ocho horas treinta minutos de este día, se ha declarado heredera

defi nitiva ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora REYNA

ISABEL ROMERO DE CONTRERAS, de los bienes de la causante

señora DORA GEORGINA ROMERO SAMBRANO, conocida sólo

por DORA GEORGINA ROMERO, como hija de la causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación DE-

FINITIVA de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los diecisiete días del mes de junio de dos

mil once.

DR. HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F000047

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana, AL PÚBLICO EN GENERAL.

AVISA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada, promovidas en esta sede judicial por el Licenciado JOSÉ

EFRAÍN MORALES HERRERA, en su carácter personal, sobre los

bienes que a su defunción dejara la señora DORA ALICIA GONZÁ-

LEZ DE JUÁREZ, quien falleció sin haber dejado testamento, a las

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

veintidós horas con cincuenta minutos, del día dieciocho de marzo de

dos mil diez, siendo su último domicilio la Colonia Los Pinos, ciudad

de Santa Ana, se ha nombrado como Heredero Intestado con Benefi cio

de Inventario, Administrador y Representante de la misma en su carácter

de CESIONARIO de los derechos hereditarios que le correspondían al

señor JULIO ANTONIO JUÁREZ GONZÁLEZ, en su calidad de hijo

sobreviviente de la causante DORA ALICIA GONZÁLEZ DE JUÁREZ,

al Licenciado JOSÉ EFRAÍN MORALES HERRERA, el día veinte de

mayo de dos mil once, según consta en diligencias identifi cadas con

el número único de expediente 00055-11-DV-3CM1, y de Referencia

Interna DV-03-11-CI.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad

de Santa Ana, a los veinte días del mes de mayo de dos mil once.- LIC.

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA ZULEIMA

MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

1 v. No. F000062

FRANCISCO RAFAEL GUERRERO AGUILAR, Notario, de este

domicilio, con Ofi cina situada en 65 Avenida Sur, y Avenida Olímpica,

Condominio Galería Olímpica, Local 201, Colonia Escalón de esta

ciudad, Telefax 2562-0238.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, pronunciada en

esta ciudad a las ocho horas de este mismo día, se ha declarado al señor

JOSE ARMANDO FLORES VASQUEZ, Heredero Defi nitivo con

benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción, ocurrida el día

veintitrés de noviembre de dos mil nueve, en esta ciudad, siendo su último

domicilio el de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, dejó la

causante señora ENA MARGARITA RAMIREZ DE FLORES, quien

también fue conocida por ENA MARGARITA RAMIREZ LINARES,

en su calidad de heredero único como cónyuge sobreviviente y además

como cesionario de los derechos hereditarios en abstracto que en la

referida herencia les correspondían a los señores PEDRO ANTONIO y

GABRIELA MARÍA, ambos de apellidos FLORES RAMÍREZ en su

calidad de hijos de la misma.

Habiéndosele CONFERIDO A DICHO HEREDERO DECLARA-

DO, LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS

DE LA SUCESIÓN.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio de

dos mil once.

DR. FRANCISCO RAFAEL GUERRERO AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F000065

FRANCISCO RAFAEL GUERRERO AGUILAR, Notario, de este

domicilio, con Ofi cina situada en 65 Avenida Sur, y Avenida Olímpica,

Condominio Galería Olímpica, Local 201, Colonia Escalón, de esta

ciudad, Telefax 2562-0238.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, pronunciada en

esta ciudad, a las ocho horas con treinta minutos de este mismo día, se ha

declarado a las señoras SARA VIRGINIA GUZMAN DE BONILLA y

MARTA EUGENIA GUZMAN DE CHON HIM, Herederas Defi nitivas

con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción, ocurrida el

día dieciséis de abril del presente año, en esta ciudad, lugar de su último

domicilio, dejó el causante Doctor JOSE LUIS GUZMAN MOLINA,

quien también fue conocido por JOSE LUIS GUZMAN, en sus calida-

des de herederas testamentarias sustitutas y además como cesionarias

de los derechos hereditarios en abstracto que en la referida herencia le

correspondían a la señora SARA GASPAR DE GUZMÁN, en su calidad

de cónyuge del mismo.

Habiéndoseles CONFERIDO A DICHAS HEREDERAS DE-

CLARADAS, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVAS DE LA SUCESION.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio de

dos mil once.

DR. FRANCISCO RAFAEL GUERRERO AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F000070

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil, Santa Ana, AL PÚBLICO EN GENERAL.

AVISA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada

con Benefi cio de Inventario, promovida bajo el número único de expe-

diente NUE: 00405-11-DV-3CM1; REF.: DV-29-11-CII, en esta sede

judicial por el Licenciado CARLOS ODIR ESCOBAR MARTÍNEZ,

en su carácter de representante procesal de la señora MAIRA ALICIA

LANDAVERDE viuda DE MARTÍNEZ, quien es de treinta y tres años

de edad, comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Iden-

tidad número cero dos millones ciento setenta y cinco mil doscientos

noventa y uno guión tres, y con Número de Identifi cación Tributaria cero

doscientos diez guión ciento veinte mil novecientos setenta y siete guión

ciento catorce guión dos; de los menores, representados legalmente por

la solicitante en su calidad de madre, CARLOS ERNESTO MARTÍNEZ

LANDAVERDE, de once años de edad, estudiante y de este domicilio,

FABIANA ALEJANDRA MARTÍNEZ LANDAVERDE, de nueve

años de edad, estudiante y de este domicilio, y MARJORIE CAROLINA

MARTÍNEZ LANDAVERDE, de cuatro años de edad, estudiante y de

este domicilio, sobre la sucesión y los bienes que a su defunción dejara

el señor CARLOS ALBERTO MARTÍNEZ ALBANES, quien falleció

sin haber dejado testamento, el día dos de agosto de dos mil diez.

Se ha nombrado como HEREDEROS, ADMINISTRADO-

RES Y REPRESENTANTES DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO

DE INVENTARIO DE LA MISMA, a la señora MAIRA ALICIA

LANDAVERDE viuda DE MARTÍNEZ a título personal y en su cali-

dad de cónyuge sobreviviente, y a los menores CARLOS ERNESTO

MARTÍNEZ LANDAVERDE, FABIANA ALEJANDRA MAR-

TÍNEZ LANDAVERDE y MARJORIE CAROLINA MARTÍNEZ

LANDAVERDE, representados legalmente por su madre MAIRA

ALICIA LANDAVERDE viuda DE MARTÍNEZ y en su calidad de

hijos sobrevivientes, el día quince de junio de dos mil once.

Librado en el Juzgado de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa

Ana, a los quince días del mes de junio de dos mil once. LIC. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. HÉLIDA ZULEIMA MÉNDEZ

GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA.

1 v. No. F000075

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas con treinta minutos del día treinta de mayo del presente

año, se ha declarado heredero, con benefi cio de inventario de la herencia

intestada dejada a su defunción por el causante señor ALONSO ESCO-

BAR CORNEJO, ocurrida el día treinta y uno de julio de dos mil nueve,

en el Kilómetro Veinticinco y Medio, Carretera que de San Salvador

conduce a Sonsonate, siendo la ciudad de Colón, el lugar de su último

domicilio, al menor RUBEN ALONSO ESCOBAR HERNANDEZ, en

calidad de hijo del causante.

Y se ha conferido al heredero declarado, la Administración y la

Representación DEFINITIVAS de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho ho-

ras y treinta minutos del día veintidós de junio de dos mil once.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. F000089

JOSE BALMORE GARCIA, Notario, con Ofi cina en Calle Francisco

López y Cuarta Avenida Norte, número tres, Cojutepeque.

AVISO: Que en las presentes diligencias HE RESUELTO:

"DECLARASE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO DEFINITIVO

TESTAMENTARIO, con benefi cio de inventario, de la Herencia

Testamentaria que a su defunción dejó la causante BLANCA LIDIA

CHAVEZ GRANADOS DE PICHINTE, conocida por BLANCA

LIDIA CHAVEZ DE PICHINTE, fallecida a los setenta y siete años

de edad, Profesora, originaria y con último domicilio en esta ciudad de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, quien falleció el veintinueve

de diciembre del año dos mil diez, en el Hospital de Diagnóstico de la

Ciudad y Departamento de San Salvador, al señor MARCO ANTONIO

PICHINTE CHAVEZ, conocido por MARCO ANTONIO PICHINTE,

descendiente en primer grado de la causante, en concepto de UNICO Y

UNIVERSAL HEREDERO TESTAMENTARIO, por Derecho Propio

y por DERECHO DE ACRECIMIENTO, del coheredero fallecido

WILLIAM RIZZIERY PICHINTE.

Confi érasele la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA de la sucesión. Dése el aviso de Ley''.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos lega-

les.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a las catorce horas del día

diecisiete de junio del dos mil once.

JOSE BALMORE GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F000094

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS, Notario, del domicilio

de la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, con Ofi cina

Jurídica, ubicada en Séptima Avenida Norte, Número Cuatrocientos

Once, Barrio San Felipe, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución que ha pronunciado a las ocho

horas del día dieciocho de agosto del año en curso, se ha declarado here-

dera con benefi cio de inventario, a la señora MARITZA ELIZABETH

CARCAMO DE PARADA, de los bienes que a su defunción, ocurrida

en la ciudad de Winchester, Estado de Virginia, Estados Unidos de

América, a las veintidós horas del día tres de noviembre del año dos

mil ocho, dejó la señora MARIA IRMA FLORES AMAYA, conocida

por MARIA IRMA FLORES y por MARIE IRMA FLORES, en su

concepto de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le

correspondían a la señora ANA JOSEFA AMAYA, ésta en su concepto

de madre de la referida causante.

Confi erésele a la heredera declarada la Representación y Admi-

nistración DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del

mes de agosto del año dos mil diez.

LIC. JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F000099

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las once

horas y veinticinco minutos del día uno de junio del año dos mil once,

se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de

la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su

último domicilio, a las seis horas y quince minutos del día veintitrés

de octubre del año dos mil nueve, dejó el causante señor CARLOS

ROBERTO BRIONES, conocido por CARLOS ROBERTO BRIONES

CANIZALEZ, a la señora ANA CECILIA MERCEDES RAMIREZ

DE BRIONES, conocida por ANA CECILIA MERCEDES RAMIREZ

CABEZAS y por CECILIA MERCEDES RAMIREZ CABEZAS, y a

los menores CARLOS ROBERTO y JAVIER ANDRES, ambos de

apellidos BRIONES RAMIREZ, la primera en su concepto de cónyuge

sobreviviente y los últimos como hijos del causante, y como cesionarios

de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA

LUISA CANISALES conocida por MARIA LUISA CANIZALES DE

BRIONES y por MARIA LUISA CANIZALEZ DE BRIONES.

En la cual se le ha conferido a los aceptantes la Administración

y Representación DEFINITIVA de la sucesión, debiendo ejercerla los

menores CARLOS ROBERTO y JAVIER ANDRES, ambos de apellidos

BRIONES RAMIREZ, por medio de su Representante Legal señora

ANA CECILIA MERCEDES RAMIREZ DE BRIONES, conocida por

ANA CECILIA MERCEDES RAMIREZ CABEZAS y por CECILIA

MERCEDES RAMIREZ CABEZAS.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas y cincuenta minutos del día dos de junio del año dos mil once.-

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F000100

MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina Jurídica, ubicada en Primera Calle Oriente y Cuarta Ave-

nida Norte, número dos, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas del día catorce de junio del presente año, se ha declarado

a la señora ROSA ARMINDA RIVAS DE FLORES, por medio de su

Apoderado Licenciado EDGARDO RODRIGUEZ COREAS, HEREDE-

RA DEFINITIVA con benefi cio de inventario, en su calidad de esposa

sobreviviente de los derechos hereditarios que le corresponde sobre los

bienes dejados a su defunción por el causante señor INES ALFREDO

FLORES, conocido por INES ALFREDO FLORES BERRIOS, quien

falleció en la ciudad de Dallas, Estado de Texas, Estados Unidos de

América, el día veintidós de abril de dos mil nueve.

Habiéndosele conferido la Representación y Administración DE-

FINITIVA de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los veinte días del mes de

junio de dos mil once.-

LIC. MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F000116

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve ho-

ras con veinte minutos del día dos de junio del año dos mil once, se ha

declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario a los señores

ELENA LOPEZ DE MENENDEZ, MARTA NELLY MENENDEZ

DE SIGARAN, EMMA ELENA MENENDEZ DE MARTINEZ,

MARIA GUADALUPE MENENDEZ DE VEGA, LUIS FERNANDO

MENENDEZ LOPEZ y CARLOS ALBERTO MENENDEZ LOPEZ,

la primera en su concepto de cónyuge y como hijos del causante los

restantes, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta

ciudad, su último domicilio el día veinte de mayo de dos mil nueve, dejó

el causante señor LUIS ALBERTO MENENDEZ, a los señores antes

mencionados, en la cual se les han conferido a los herederos declarados

la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve

horas con cuarenta y cinco minutos del día dos de junio del año dos mil

once. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F000121

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de las diez horas y veinte minutos de

este día, los señores Olvin Manrrique Ramírez, u Olvin Manrrique Sorto

Ramírez, y Clibia Liliana Ramírez, o Clibia Sorto Ramírez, en calidad

de hijos del causante, han sido DECLARADOS HEREDEROS DEFI-

NITIVOS, con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor José Dimas Sorto Hernández, conocido por José

Dimas Sorto; quien falleció el día diecinueve de abril de dos mil tres, en

Cantón El Tránsito de la Villa de Bolívar, de este Departamento, siendo

ese lugar su último domicilio, de parte de los señores Olvin Manrrique

Ramírez u Olvin Manrrique Sorto Ramírez, y Clibia Liliana Ramírez,

o Clibia Sorto Ramírez, en calidad de hijos del causante. Y se le ha

conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes

de diciembre de dos mil diez. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F000129

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las doce horas y veinte minutos del día trece de junio de dos mil once,

se han declarado herederos defi nitivos, abintestato, con benefi cio de

inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor FELIX

MANCIA MELENDEZ conocido por FELIX MANCIA, quien fue de

cincuenta y dos años de edad, agricultor, fallecido el día veinticuatro

de diciembre de dos mil diez, en Cantón Tacachico de esta jurisdicción,

siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte de la menor GRI-

SELDA XIOMARA MANCIA LOPEZ y de la señora SARA LOPEZ, la

primera en el concepto de hija del causante y la segunda como cesionaria

de los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspon-

dían a los señores TEODORA DE JESUS LOPEZ DE GALDAMEZ,

MAXIMO ANTONIO, SANTOS GILBERTO, IGNACIO ERNESTO,

CARMEN DE JESUS, MIGUEL ANGEL, JOSE MAURICIO, CRISSIA

MARICELA y PEDRO ISRAEL, todos los anteriores, excepto la primera

de apellidos MANCIA LOPEZ en concepto de hijos del causante, con

números de Identifi cación tributaria 0512-040480-102-7, 0512-080476-

101-6, 0512-010978-101-4, 0512-290182-104-2, 0512-090784-104-2,

0512-290985-104-8, 0512-110188-108-3, 0512-050390-106-8, y

0512-190592-102-9, respectivamente, a quienes se les ha conferido la

administración y representación DEFINITIVA, de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de-

biendo ejercerla la menor GRISELDA XIOMARA MANCIA LOPEZ,

por medio de su representante legal señora SARA LOPEZ.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas

y veinticinco minutos del día trece de junio de dos mil once. LICDA.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.-

LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. F000136

RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ SUPLENTE DEL

PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las doce horas con treinta

y tres minutos del día quince de junio del año dos mil once.- Habiendo

transcurrido más de quince días hábiles desde la tercera y última publi-

cación del edicto respectivo, sin que persona alguna se haya presentado

haciendo oposición o alegando mejor derecho, se ha declarado herederos

defi nitivos a los señores JUAN CARLOS DIAZ, de treinta y siete años

de edad, empleado, del domicilio de la Ciudad de Columbia, Estado

de Maryland, Estados Unidos de América, con número de Pasaporte

Estadounidense CUATRO SIETE SEIS CERO SIETE SEIS CERO

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

DOS TRES, y número de NIT: cero seis uno cuatro-cero dos cero ocho

siete tres-uno tres siete-seis, y LORENA ANTONIA DIAZ, de treinta

y cuatro años de edad, empleada, del Domicilio de la Ciudad de Belts-

ville, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, con número de

Pasaporte Estadounidense CUATRO SEIS CERO CUATRO CERO

DOS TRES CINCO CUATRO, con número de NIT: nueve cuatro cin-

co cero-dos cuatro cero dos siete seis-uno cero tres-seis; en calidad de

hijos; de los bienes que a su defunción dejó el causante señor JORGE

ISIDRO DIAZ c/p JORGE ISIDRO DIAZ RIVAS, y se le ha conferido

la administración y representación defi nitiva de la sucesión dejada por el

causante; quien falleció a las cinco horas y treinta minutos del día uno de

mayo del año dos mil diez, en la ciudad de HYASTTSVILLE, ESTADO

DE MARYLAND, a consecuencia de METASTASIS CANCER DE

PANCREA y al momento de su muerte era de cincuenta y nueve años

de edad, Originario de San Miguel, Departamento de San Miguel, de

nacionalidad Salvadoreña, hijo de Teresa Amelia Díaz, habiendo sido

su último domicilio el de la Ciudad de San Miguel;

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,

a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día quince de junio

de dos mil once.- LIC. RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA,

JUEZ SUPLENTE DEL PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.-

LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

1 v. No. F000147

CECILIA DEL CARMEN LIZAMA COREAS, Notaria, de este domicilio,

con ofi cina en: Trece Calle Oriente, pasaje Sagrera, Centro Comercial

Metro España, local número doscientos cinco, segundo nivel, entre la

Avenida España y la Segunda Avenida Norte, San Salvador, AL PU-

BLICO para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria proveída

a las ocho horas del día veintitrés de junio del año dos mil once, habien-

do transcurrido más de quince días de las publicaciones de los edictos

correspondientes sin que persona alguna se opusiera o alegado mejor

derecho, se han declarado a los señores MAURICIO ANTONIO REYES

COTO, LILA YOLANDA REYES DE MARIN y MIRIAM REYES

DE TOMASINO, en su calidad de hijos de la De Cujus, HEREDEROS

ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, en la sucesión

de la señora ALBERTINA CONCEPCIÓN MONTALVO DE REYES

conocida por CONCEPCIÓN MONTALVO, quien tuvo su último

domicilio en Colonia La Sultana Dos, Calle El Clavel, número Nueve,

Antiguo Cuscatlán, fallecida el día cinco de septiembre del año dos mil

diez.

Confi érase a la referida heredera la ADMINISTRACIÓN y RE-

PRESENTACIÓN DEFINITIVA de la SUCESIÓN.

Librado en la ofi cina de la Suscrita Notario, a las diez horas del día veintitrés de junio del año dos mil once.-

CECILIA DEL CARMEN LIZAMA COREAS,

NOTARIA.-

1 v. No. F000178

ACEPTACION DE HERENCIA

HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina Notarial en Trece Calle Poniente Edifi cio ATENEO de El Salvador, Costado Norte del INDES San Salvador. Al Público en general

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas, del día veinticuatro de abril del año dos mil nueve, se ha tenido por Aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la sucesión intestada, dejada por el señor JUAN ANTONIO CABEZAS QUINTANILLA, quien falleció en el Cantón Guadalupe, jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, a las quince horas del día nueve de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve, a consecuencia de Desnutrición Severa, a la edad de setenta y cuatro años de edad, Jornalero, siendo su origen y su último domicilio Apopa, de este Departamento, nacionalidad salvadore-ña; hijo de Doroteo Cabezas y de Matilde Quintanilla, ya fallecidos; de parte del señor GUADALUPE CABEZAS, en su carácter de cesionario de los derechos de la señora JULIA MEJIA DE CABEZAS, esposa del causante, señor JUAN ANTONIO CABEZAS QUINTANILLA, y por consiguiente Heredero Universal Única.

Confi érasele la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades que la ley establece.

Ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil nueve.

LICDO.- HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. C000274

SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, NOTARIO, DEL DOMI-CILIO DE ILOPANGO, CON OFICINA EN AVENIDA ALVARADO NUMERO CIENTO OCHENTA Y CINCO DE LA URBANIZACION BUENOS AIRES CUATRO, DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita notario, a las once horas del día uno de junio del presente año se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

dejada a su defunción por el señor MANUEL CRUZ MARTIR y por

MANUEL MARTIR, ocurrida el día ocho de junio de dos mil nueve,

en la ciudad de San Francisco California, Estados Unidos de América,

a la edad de ochenta y cuatro años, de parte de los señores PATRICIA

LORENA MARTIR c/p PATRICIA LORENA MARTIR NUILA, JU-

LIO ALBERTO MARTIR c/p JULIO ALBERTO MARTIR NUILA.

MAXWELL ADILIO MARTIR, YESICA YASMIN MARTIR NUILA,

en su calidad de hijos del causante.

Por lo que se les ha conferido la administración y representación

interinas de la sucesión.

En consecuencia, se cita a las personas que tengan derecho o mejor

derecho a la sucesión antes mencionada, para que se presente a esta

ofi cina a hacer uso de sus derechos.

Librado en San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos

mil once.-

LIC. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F000037

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete, en

esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que a su defunción

ocurrida a las tres horas del día cuatro de abril de dos mil uno, en el Barrio

Santiago, de la antes Villa, hoy ciudad de Apaneca, Departamento de

Ahuachapán, su último domicilio, dejó la señora FELICITA ANTONIA

OSORIO conocida por FELICITA ANTONIA OSORIO ASCENCIO,

FELICITA ANTONIA OSORIO ASENSIO y solo por ANTONIA OSO-

RIO, de parte del señor EFRAIN ANTONIO OSORIO CASTANEDA,

como HIJO de la causante; habiéndosele nombrado administrador y

representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los dieciséis días del mes de junio de dos

mil once.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F000044

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Sexta Avenida Sur número cuarenta y cinco, Barrio

Concepción, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las once horas con treinta minutos del día veinte del mes de junio

del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara

el señor: JOSÉ ROMEO ORELLANA HERNÁNDEZ, ocurrido en el

Municipio de Chapeltique, Departamento de San Miguel, el día veinti-

séis de junio del dos mil diez, dejó a la señora: DALIA DEL CARMEN

AYALA LEMUS, en su concepto de Compañera de vida sobreviviente

del causante, habiéndosele conferido lo administración y representación

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, en consecuencia, por este medio se cita a todos los que

se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la

referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente

a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JORGE ALBERTO MARQUEZ

DIAZ. En la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

a las quince horas del día veintidós de junio del año dos mil once.

JORGE ALBERTO MARQUEZ DIAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F000053

MELVIN LEONARDO LAINEZ BELTRAN, Notario, del domicilio

de Ilopango, con ofi cina en Primera Calle Poniente y Sesenta y tres

Avenida Norte, Edifi cio La Montaña. Local Veintisiete, Colonia Esca-

lón, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito notario

a las diez horas del día cuatro de junio del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora MARIA JULIA LINARES DE AMA-

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

YA, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, Secretaria Comercial,

originaria de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, Salvadoreña por

Nacimiento, casada, hija de Margarita Linares, siendo su último domicilio

la ciudad de Soyapango, quien falleció en dicha Ciudad, a las cinco horas

con cuarenta y cinco minutos del día veintiuno de diciembre del año dos

mil, sin que haya expresado su voluntad en testamento, de parte de los

señores JOSÉ MIGUEL AMAYA LINARES, ROXANA BEATRIZ

AMAYA LINARES y MILAGRO DEL CARMEN AMAYA DE ALAS,

conocida tributariamente como MILAGRO DEL CARMEN AMAYA

LINARES en su concepto de hijos de la causante y se les ha conferido

la ADMINISTRACION y REPRESENTACION INTERINA DE LA

SUCESION con todas las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente. En consecuencia, se cita a todas aquellas personas

que se consideren con igual o mejor derecho para que se presenten a

esta ofi cina, por el término de quince días contados a partir de la tercera

publicación del presente edicto.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes

de junio del año dos mil once.

LIC. MELVIN LEONARDO LAINEZ BELTRAN,

NOTARIO.

1 v. No. F000059

ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, Notario, del domicilio de

Santa Ana, y con ofi cina ubicada en Primera Avenida Sur y Tercera

Calle Oriente, local cinco, de la ciudad de Santa Ana,

HACE SABER: Que en las diligencias de aceptación de herencia,

promovidas ante mis ofi cios notariales, de conformidad con la Ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,

y por acta notarial de las trece horas del día veinticinco de abril del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción, dejara la señora

FLORENTINA HERNANDEZ, quien fue de sesenta y cinco años de

edad, de Ofi cios Domésticos, originaria de Talnique, Departamento de

La Libertad, fallecimiento que ocurrió a las quince horas cero minutos

del día diecinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve,

en Colonia Las Vegas, de Ciudad Arce, departamento de La Libertad,

siendo su último domicilio Colón, Departamento de La Libertad, de parte

de la señora ROSA ADILIA ZAVALETA HERNANDEZ, en su calidad

de hija sobreviviente, confi riéndosele a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Santa Ana, diez de junio de dos mil once.

ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO,

NOTARIO.

1 v. No. F000073

JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS, Notario, del domicilio

de la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, con Ofi cina

Jurídica, ubicada en Séptima Avenida Norte Número Cuatrocientos

Once, Barrio San Felipe, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción, ocurrida a las veintitrés horas del día veinte de abril del año

dos mil nueve, en la ciudad de Tukwila, Estado de Washington, Estados

Unidos de América, dejó el señor FRANCISCO SORTO ZELAYA co-

nocido por ISRAEL J, FRANCO BERNABEL al señor LUIS ALFREDO

SORTO, en su concepto de padre del causante, habiéndosele conferido la

representación y administración interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia

por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de

quince días, contados desde el siguiente día de la última publicación

del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Miguel, a las once horas y treinta

minutos del día diecisiete de junio del año dos mil once.

JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS,

NOTARIO.

1 v. No. F000097

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, del domicilio de San Salvador, con Ofi cina Jurídica Ubicada en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, número 238, Segunda Planta, Centro de Gobierno,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a las nueve horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil siete. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor RAUL RAMIREZ GUEVARA, conocido por RAUL RAMIREZ, y por SANTOS RAUL RAMIREZ GUEVARA, ocurrida en el Barrio El Calvario de la ciudad de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a las nueve horas del día veintiuno de junio del año dos mil uno, a consecuencia de paro cardiaco, siendo dicha ciudad su último domicilio. De parte de la señora MARIA JULIA RIVERA DE RAMIREZ, en su concepto de Heredera Testamentaria, en consecuencia, confi érase a la Aceptante la Administración y Representación Interina con las facultades y res-tricciones de los curadores de la Herencia Yacente a la interesada. En consecuencia, por este medio se citan a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los un días del mes de octubre del año dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. F000187

LICENCIADO ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO, SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas y quince minutos el día veintiuno de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la causante MARTA RODRÍGUEZ DE GONZALEZ, a su defunción ocurrida a las quince horas y quince minutos del día diez de abril de dos mil nueve, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de la ciudad y departamento de San Salvador, siendo la ciudad de San Salvador el lugar de su último domicilio, por parte del señor LUCIO GONZALEZ PALACIOS, en su calidad de cónyuge sobreviviente y se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión intestada anteriormente relacionada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día veintiuno de febrero del año dos mil once. LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO. LICDA. MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000268-1

LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas del día veintiséis de octubre del presente año, en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas bajo el número de Expediente 0658210CVDVC02-C02, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción, ocurrida el día trece de septiembre del año dos mil nueve en la ciudad de Ilopango, dejó el causante señor LUIS NAPOLEON GARCIA, siendo su último domicilio el del Municipio de Ilopango, de este departamento, de parte de la señora ESMELINDA ELIZABETH ROMERO DE GARCIA, en calidad de cónyuge sobreviviente del ex-presado causante. Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales. y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión, de conformidad a lo establecido en los artículos 1163 inc. 1º y 1164 del Código Civil.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día veintiséis de octubre de dos mil diez. LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C000269-1

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Juez de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez horas y veintidós minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil diez.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de Olocuilta, su último domicilio, el día dieciséis de septiembre de dos mil nueve, dejó el causante MANUEL RUBIO DOMINGUEZ, conocido por MANUEL RUBIO, de parte de la señora DOLORES GUADALUPE RUBIO DE ROSALES, en su calidad de hija del referido de cujus.- Se ha tenido por repudiado de parte de la señora REYES HERNANDEZ DE RUBIO, el derecho hereditario que en abstracto le correspondía en la presente sucesión, en su calidad de cónyuge sobreviviente del mencionada causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-guiente, a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer usos de sus derechos.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las ocho horas y cincuenta minutos del día tres de septiembre del año dos mil diez. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. ANTO-NIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000270-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince minutos del día trece de junio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor RICARDO ENRIQUE MAYORGA TORRES, quien falleció en el parqueo de la

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Morgue del Instituto de Medicina Legal, de San Salvador, a las catorce horas y diez minutos del día treinta de diciembre de dos mil diez, siendo su último domicilio Mejicanos, de parte del menor JOSUE RICARDO MAYORGA GRANADOS, de trece años de edad, Estudiante, del domicilio de Soyapango, con número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos noventa mil setecientos noventa y siete-ciento ocho- tres; éste representado por medio de su Representante legal señora MAYRA ELIZABETH GRANADOS ALVARADO, en su concepto de hijo del causante.

Confi érese al aceptante en el carácter antes indicado la adminis-tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla el menor antes mencionado por medio de su Representante legal.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-cación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas y cuarenta minutos del día trece de junio de dos mil once. LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000023-1

EL INFRASCRITO JUEZ,

Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor PABLO RAMOS, conocido por PABLO RAMOS HERNANDEZ, al fallecer el día cuatro de enero del año mil novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón El Talpetate de esta ciudad de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor WALTER ORLANDO RODAS RAMOS, en calidad de hijo del causante, y como Cesionario del derecho hereditario que le correspondía a los señores: JOSE OSMIN RODAS RAMOS y MARIBEL DE LA PAZ RODAS RAMOS, en concepto de hijos del mismo causante; confi -riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del mes de junio del dos mil once.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000058-1

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta minutos del día veintiuno de junio de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FABIO VELÁSQUEZ, conocido por FAVIO VELÁSQUEZ y por FABIO BELÁSQUEZ, de treinta y

nueve años de edad, agricultor, originario de Polorós, departamento de La Unión, quien falleció el día veintiséis de mayo de dos mil uno, en la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARÍA DE LOS SANTOS SIERRA MORALES, conocida por MARÍA DE LOS ÁNGELES MORALES SIERRA, MARÍA DE LOS SANTOS SIERRA y por MARÍA DE LOS SANTOS MORALES SIERRRA, en calidad de Cesionaria del derecho hereditario que le corresponde a Francisco Agustín Sierra Velásquez, conocido por Francisco Agustín Sierra y por Francisco Agustín Sierra Morales, en concepto de hijo del causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veintiuno de junio de dos mil once. LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANGELA VERONICA GUERRA HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000102-1

El infrascrito Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante ANTONIO VENTURA, quien falleció el día siete de marzo de mil novecientos cincuenta y uno, en Cantón Del Roble de la jurisdicción de San Pedro Nonualco, su último domicilio; por parte de los señores MIGUEL VENTURA PARADA y DANIEL VENTURA PARADA, en concepto de hijos del causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de junio de dos mil once. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000104-1

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día catorce de junio del presente año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante Manuel de Jesús Rivera conocido también por Manuel de Jesús Rivera Alvarado y Manuel de Jesús Rivera Guardado, quien falleció el día veintiséis de febrero del año dos mil cinco, a la edad de sesenta y siete años, jornalero, soltero, originario de Ilobasco del Departamento de Cabañas, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte del señor Manuel de Jesús Rivera Castillo con número de identifi cación tributaria cero quinientos nueve - ciento cuarenta mil novecientos setenta y siete -ciento tres - siete, éste en su carácter de hijo del causante antes men-

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cionado y como cesionario de los derechos que como hija del mismo le correspondían a la señora Dinora Elizabeth Castillo de Romero; lo anterior según Testimonio de Escritura Pública de Cesión y Traspaso de Derechos Hereditarios otorgada en la Ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintiuno de marzo del año dos mil once, ante los ofi cios de la Notaria María Mercedes Mejía Aguilar; Confi riéndose al heredero declarado la ADMINISTRACION y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1º del Código Civil; Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los catorce días del mes de junio de dos mil once. LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ESTELA DEL CARMEN MARTINEZ PARADA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000105-1

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las doce horas del día veinticuatro de mayo del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las dieciocho horas y treinta minutos del día ocho de enero del año dos mil once, en el Cantón Copetillo, Caserío La Ermita, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante José Oscar Alberto Argueta Sorto conocido por José Oscar Alberto Argueta, a favor de la señora María Tomasa Bonilla de Argueta, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil once.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000131-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de las diez horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario de parte de la señora FLAVIA ARACELY MEJÍA DE AGUILAR, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora TELESFORA BENITA ALFARO CORDOVA, conocida por BENITA ALFARO DE CORDOVA, por TELESFORA ALFARO

y por TELESFORA ALFARO DE CORDOVA, fallecida en Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a las veinte horas cuarenta

y cinco minutos del día catorce de abril del año dos mil cinco, siendo

Ciudad Arce su último domicilio, como Cesionaria de los derechos

hereditarios que le correspondían a los señores PILAR CÓRDOVA

ALFARO, IRMA CÓRDOVA DE ALFARO y SANTOS CÓRDOVA

ALFARO, en calidad de hijos del causante, por medio de su Apoderado

Licenciado JORGE ALBERTO GOMEZ; confi riéndosele a la aceptante

en el concepto indicado la administración y representación interinas de

la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente, ordenándose a la vez se citen a las personas

que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla

dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico,

a las diez horas treinta y cinco minutos del día once de abril del año

dos mil once.LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000156-1

MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las quince horas de este día, se ha tenido por ACEPTADA expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la cau-

sante, señora ANA ESPERANZA IGLESIAS, quien fue de cincuenta

y cinco años de edad, del domicilio de San Salvador, originaria de esta

ciudad, Secretaria Bilingüe, soltera, de nacionalidad salvadoreña, hija

de María Esperanza Iglesias Cáceres; a su defunción ocurrida a las trece

horas del día cinco de enero de dos mil once, en San Salvador, siendo

esta ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de GUILLERMO

ENRIQUE IGLESIAS, en su calidad de hijo de la referida causante, a

quien se le ha conferido la administración y representación interina de

la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente. Por lo que se CITA a todos los que se crean con

derecho a la sucesión para que dentro del término de ley se presenten a

este Tribunal a deducir su derecho.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las quince horas con cinco minutos del día nueve de ju-

nio del año dos mil once. LICDA. MARIA ANGELA MIRANDA

RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

LUIS HECTOR ALBERTO PEREZ AGUIRRE, SECRETARIO DE

ACTUACIONES.-

3 v. alt. No. F000183-1

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

HERENCIA YACENTE

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las diez horas del día siete de enero del dos mil once; se ha declarado Yacente la Herencia que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día dieciséis de febrero de dos mil siete, dejó la causante MARIA JOSEFINA GALDAMEZ MARTINEZ, y se nombró Curador para que represente dicha herencia al Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, a quien se le hizo saber dicho nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.-

Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducir sus derechos a este Tribunal, dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas y veinte minutos del día trece de mayo de dos mil once.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000254-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por el Juzgado Sexto de lo Civil, a las once horas del día trece de marzo de mil novecientos ochenta y seis, se declaró Yacente la Herencia que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día once de septiembre de mil novecientos ochenta y uno, dejó la señora TERESA BANG, y se nombró Curadora para que representara dicha herencia a la Doctora VILMA CERNA, a quien se le hizo saber dicho nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales. Y por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas con veinte minutos del día dieciséis de mayo, se nombró en sustitución de la Doctora CERNA al Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, como Curador de la Herencia Yacente, en razón que la Doctora CERNA, falleció el día veintidós de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducir sus derechos a este Tribunal, dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del día primero de junio de dos mil once.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Por: BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000064-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL SUSCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD Y DE-PARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido la Licenciada LUCIA LIDIA ZELAYA TORRES, mayor de edad, Abogada, del do-micilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Personal número cero un millón ochocientos treinta

y un mil novecientos once – dos, y tarjeta de Abogado número diez mil novecientos treinta y seis; MANIFESTANDO: Que su representada MARIA ANGELINA RODRIGUEZ DE VIDES, es dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, continua e ininterrum-pida de dos inmuebles de naturaleza urbana, EL PRIMERO: Situado en el Barrio El Calvario, de esta ciudad de Chalatenango,conocido con el nombre de la "CASONA", de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide treinta y cuatro metros y colinda con propiedad de Adolfo Díaz, calle de por medio; AL ORIENTE, mide diez metros y colinda con terreno de Adolfo Díaz, antes, ahora de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), calle de por medio que conduce al Cantón Conacaste, Barrio El Calvario de esta ciudad; AL SUR, mide treinta y tres metros ochenta centímetros, y colinda con terreno de don Adolfo Díaz, cerco de palo pique propio de por medio; Y AL PONIENTE, mide diez metros y colinda con terreno de don Jeremías Núñez, cerco de piedra de por medio propio del colindante.- En dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto.- EL SEGUNDO: Situado en el Barrio El Calvario, de esta ciudad de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL ORIENTE: Mide veinticinco metros y colinda con terreno de José Rogelio Menjívar, dividido por cerco de alambre propio del colindante; AL NORTE: Mide quince metros y colinda con Rafael Alvarenga, y la señora Cruz Calderón, calle de por medio que conduce a la Chácara; AL PONIENTE, mide veinticinco metros y colinda con propiedad de Raúl Jeremías Cartagena, cerco de alambre de por medio y pared de ladrillo propio del colindante; Y AL SUR: Mide quince metros, y colinda con Ovidio Sosa Alas, cerco de alambre de por medio propio del terreno que se describe.- En este inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto; los inmuebles antes descritos no están en proindivisión con nadie y los adquirió por compra que hizo a los señores MARIA CONCEPCION PALMA VIUDA DE TOBIAS, MARIA ANTONIA PALMA CALLES, JESUS FRANCO PINEDA, BAUDILIO FRAN-CO PINEDA Y JOSE AMADEO FRANCO PINEDA conocido por MAURICIO AMADEO FRANCO PINEDA, inmueble del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando las fi chas catastral respectivas. Todos los colindantes son del domicilio del Barrio El Calvario, Municipio de Chalatenango; Departamento de Chalatenango. Los inmuebles los valúan en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CADA UNO.

Lo que se avisa al Público para los fi nes de Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las pretensiones de la solicitante, lo hagan en el término legal en la Alcaldía Municipal de la ciudad y Departamento de Chalatenango.

Librado en la ciudad de Chalatenango, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once. Entrelíneas- MARIA ANGELINA RODRIGUEZ DE VIDES-VALE.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F000127-1

TITULO SUPLETORIO

JORGE ALBERTO MARQUEZ DIAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina. se ha presentado el señor: ELMER CARLOS GARCÍA RIVERA, de treinta años de edad, Estudiante, del domicilio de San Antonio del Mosco, con Documento Único de Identidad Número: Cero un millón quinientos catorce mil ochocientos cincuen-

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ta- cuatro; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Un mil doscientos trece- ciento noventa mil seiscientos ochenta- ciento uno- uno, quien actúa en nombre y representación legal, en el carácter de Síndico de LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN ANTONIO DEL MOSCO. DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos trece- ciento veintiún mil setenta y nueve- cero cero uno- uno; según consta en Credencial emitida a su favor, por los Magistrados del TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, y en el cual hacen constar que resultó electo en las elecciones celebradas el día dieciocho de enero del dos mil nueve, como SINDICO para el período del primero de mayo del dos mil nueve hasta el treinta de abril del dos mil doce, solicitando título supletorio de un terreno de Naturaleza Rústica, situado en el Caserío Mano de León, Cantón Las Tijeretas, del Municipio de Torola, Departamento de Morazán, la Capacidad Superfi cial de: TRES-CIENTOS CUARENTA Y TRES METROS VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL NORTE: Con resto del inmueble; AL ORIENTE: Con resto del inmueble; AL SUR: Con resto del inmueble; y AL PONIENTE: Con resto del inmueble. Dicho terreno no es dominante ni sirviente, la municipalidad lo adquirió por compra que le hiciere al señor Teófi lo Chicas Amaya, los colindantes son del domicilio del Caserío Mano de León, Cantón Las Tijeretas. Lo estima en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que pone al conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los veintidós días del mes de junio del dos mil once.-

JORGE ALBERTO MARQUEZ DIAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F000054

CLAUDIA CECILIA MARTINEZ RIVAS, Notario, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con ofi cina Jurídica ubicada en Avenida Barberena y Calle Ramón Belloso, número mil doscientos siete, Barrio San Jacinto, San Salvador. Al público.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios ha comparecido el señor ELVIS ALIRIO MONTENEGRO BELTRAN, quien es de treinta años de edad, empleado, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departa-mento de Cuscatlán, a quien no conozco pero identifi co por medio de su respectivo Documento Único de Identidad número: Cero un millón cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y cinco guión dos; solicitando TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de su propiedad, de naturaleza rústico, situado en el Cantón San Agustín, lote sin número, jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, sin cultivos permanentes, no inscrito a su favor por carecer de antecedente, de una extensión superfi cial de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS VEINTINUEVE CENTÍME-TROS CUADRADOS, equivalentes a QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, el cual tiene las siguientes colindancias: AL NORTE: Colinda con María Haydee Martínez Flamenco de Vásquez; AL ORIENTE: Colinda con Mariano Rivas y Emilio Rivas, calle de por medio; AL SUR: Colinda con Balbino Ventura Montenegro; y AL PONIENTE: Colinda con Elías Muñoz Bolaños, María Haydee Martínez Flamenco de Vásquez y Gloria

Esperanza Montenegro.- Todos tos colindantes son del domicilio de San Pedro Perulapán. El referido inmueble se encuentra libre de gravamen, no es dominante ni sirviente y no está en proindivisión con ninguna otra persona. Que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo a su padre señor SALVADOR MONTENEGRO BOLAÑOS, por lo que unida su posesión a la de sus antecesores sobrepasa los veinte años. Lo valúa en SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notario. San Salvador, departamento de San Salvador, a los veinte días del mes de junio del dos mil once.-

LICDA. CLAUDIA CECILIA MARTINEZ RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F000137

MARIO EDWIN PEÑA RAUDA, con Despacho Profesional en Tercera Avenida Sur, Número dos, Barrio El Calvario, de la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, al público para los efectos de la ley.

HACE SABER: Que a esta Notaría se ha presentado la señora REINA ARACELI MEJIA, de cincuenta y un años de edad, Ama de casa, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, a quien ahora conozco e identifi co con su Documento Único de Identidad Número cero dos millones quinientos tres mil doscientos sesenta y dos - cuatro, y con Número de Identifi cación Tributaria: Cero novecientos tres - ciento noventa mil novecientos cincuenta y nueve - ciento uno - cero, solicita la expedición de Título Supletorio a su favor, de Una porción de terreno rústico, situado en el Cantón Maquilishuat, de esta jurisdicción, de la extensión superfi cial de UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, mide veintiocho me-tros, colinda con parte del mismo terreno vendido a Alfonso Martínez, después de la colindante Eusebia Velasco, mas después de Teresa Mejía, después de Teresa Leiva y Benjamín Mejía, hoy de Aquiles Mejía, dividido por tela ciclón de por medio propio de esta porción y por la Calle Nacional que conduce a la capital de la República; AL NORTE, mide cuarenta y dos metros, con porción adjudicada a Elba del Carmen Leiva, ésta antes parte del inmueble general, dividido por tela ciclón de por medio propio de esta porción; AL PONIENTE, mide veintiocho metros, con porciones adjudicadas en el mismo terreno a Rafael Antonio y a José Benjamín Mejía, después de Emilio Miranda hoy de Florentino Alvarado, dividido por tela ciclón de por medio propio de esta porción; y AL SUR, mide cuarenta y dos metros, colinda con resto de terreno que le quedó al vendedor del cual se desmembró esta porción antes, hoy de Cruz Ramiro Amaya Meléndez, dividido por tela ciclón de por medio propio de esta porción, a llegar a la orilla de la calle donde se comenzó la presente descripción. Sin accesorios ni cultivos permanentes. Dicho inmueble no está inscrito a su favor, ni lo está su antecedente, teniendo la posesión del mismo de manera quieta, pacífi ca e interrumpida por más de diez años unida a la de su antecedente, que desde su adquisición el día dieciséis de febrero de dos mil once, por medio de escritura pública de Reunión de Inmuebles, y por compra que hizo a los señores Leonidas de Jesús Valladares, tal como consta en Escritura Pública otorgada a las nueve horas quince minutos el día trece de julio de dos mil cinco, ante los ofi cios de la Notario Ángela Verónica Guerra Hernández, en la ciudad de Ilobasco y Martín Baudilio Mejía, tal como consta en Escritura Pública

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

otorgada a las diez horas quince minutos del día tres de octubre de dos mil siete, ante los Ofi cios de la Notario Roxana Guadalupe Recinos Es-cobar, en la ciudad de Ilobasco. El referido inmueble se encuentra libre de gravamen, no es dominante ni sirviente y no está en proindivisión con ninguna otra persona, dándole un valor de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son de este domicilio.

Previénese a cualquier persona que pretendiere tener igual o mejor derecho sobre el referido inmueble, presentarse a este Despacho Notarial dentro del término legal aportando las pruebas que justifi quen su oposición y acrediten su calidad de dueños.

Librado en la ciudad de Ilobasco, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil once.

MARIO EDWIN PEÑA RAUDA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C000256-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado el Licenciado GUILLERMO ATILIO GRANADOS CAMPOS h., como apoderado especial del señor ROQUE MANCIA DE LA O, solicitando título supletorio, a favor del referido señor MANCIA DE LA O, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Antonio, de la jurisdicción de la Villa de Cuyultitán, Departamento de La Paz, con una extensión superfi cial de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE, linda con predio de Luis Antonio Domínguez Ramos; AL ORIENTE, linda con predio de Mario Bruno Bonilla Escobar; AL SUR, linda con predio de Apolonia Elia Castellanos Espinoza; y al PONIENTE, calle pavimentada de por medio, en parte con terreno de Alonso Atilio Martínez Campos, y en parte con terreno de la Sociedad IMARCA S. A. DE C. V., aclarándose que aunque la fi cha catastral no menciona las medidas, en la realidad, dicho inmueble es de las medidas siguientes: AL NORTE, mide cuarenta y nueve punto veinte metros; AL ORIENTE, en treinta y siete punto cuarenta metros; AL SUR, en treinta y seis punto setenta metros; y AL PONIENTE, en treinta y tres punto cincuenta metros.- El señor ROQUE MANCIA DE LA O, adquirió el inmueble por medio de escritura pública de compraventa, otorgada por el señor FRANCISCO RIGOBERTO HUEZO o FRANCISCO RIGOBERTO HUEZO RUIZ, en la ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, el día veintiuno de octubre de dos mil cuatro, ante los Ofi cios del Notario, GUILLERMO ATILIO GRANADOS CAMPOS h., por lo que sumada la posesión con la de su antecesor, ésta data de más de diez años.- Documento que no es inscribible, por carecer de antecedente inscrito. No lo posee en proindivisión con persona alguna, no es dominante ni sirviente. El señor ROQUE MANCIA DE LA O, valúa el inmueble en la suma de CIN-CUENTA MIL COLONES equivalentes a CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE PUNTO VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintidós de abril del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000273-1

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licen-ciada MELIDA BONILLA BONILLA, Apoderada General Judicial del señor FLORENTINO MEMBREÑO HIDALGO, de cuarenta y siete años de edad, jornalero, de domicilio de Dolores; Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor del referido señor, de UN inmueble de naturaleza rústico, situado EN EL CANTON CHA-PELCORO, JURISDICCION DE DOLORES, CABAÑAS, de una extensión superfi cial de SETENTA AREAS O UNA MANZANA, que mide y linda: AL NORTE, cuarenta y siete metros, linda con inmueble propiedad del señor Arnulfo Alvayero Membreño, divididos por cerco de alambre; AL ORIENTE, cincuenta metros, linda inmueble propiedad del señor Jesús González, divididos por calle pública; AL SUR, ciento veintiocho metros, linda con inmuebles propiedad del señor Florentino Membreño, divididos por cerco de alambre; AL PONIENTE, ciento nueve metros, linda con inmuebles propiedad de los señores ISIDRA VENTURA ARIAS, BENJAMIN VENTURA GONZALEZ E ISABEL GONZALEZ, divididos por calle pública. Lo obtuvo por compraventa que le hizo al señor BONIFACIO MEMBREÑO GONZALEZ, en el año dos mil once. Y lo valora en la cantidad de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los ocho días del mes de junio de dos mil once. Enmendado- que. Vale.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. c. No. C000253-1

SENTENCIA DE NACIONALIDAD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por

NATURALIZACIÓN, auto que la declara ejecutoriada y acta de

Juramentación y protesta de Ley que literalmente dice: MINISTERIO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las catorce

horas con veinte minutos del día treinta de noviembre de dos mil diez.

Las presentes diligencias han sido promovidas por la señora JUI CHEN

HSIAO TSAO, de cincuenta y dos años de edad, de sexo femenino,

casada, comerciante, del domicilio de San Salvador, originaria del Dis-

trito Hsin Yi, Ciudad de Keelung. República de China, Taiwán, lugar

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

donde nació el día siete de noviembre de mil novecientos cincuenta

y ocho, con nacionalidad actual china, República de China, Taiwán,

portadora del Carné de Identifi cación de Extranjera Residente número

dos mil ciento cuarenta y dos, inscrito en el Registro de Extranjeros

Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería,

siendo su cónyuge el señor FU KUO HSIAO, de cincuenta y cuatro años

de edad, comerciante, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad

China, República de China, Taiwán. Siendo sus padres los señores: HO

CHUNG TSAO y TIEN CHIEN, el primero originario de la República

Popular de China, ya fallecido y la segunda de nacionalidad China,

República de China, Taiwán, sobreviviente. LEÍDOS LOS AUTOS Y

CONSIDERANDO: I.- Que la peticionaria en la solicitud de folio uno,

en lo pertinente manifi esta que por ser de origen y nacionalidad China

y tener domicilio fi jo en El Salvador, desde el día veintisiete de octubre

de mil novecientos ochenta y cinco, fecha en la cual ingresó al país por

la Delegación Migratoria del Aeropuerto de El Salvador, es su deseo y

voluntad optar a la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACIÓN

haciendo constar que en su país de origen no perteneció a ninguna So-

ciedad u Organización y en El Salvador pertenece a la Asociación China

de El Salvadora. Manifestando su voluntad de adhesión, obediencia y

sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador, por

lo que de conformidad con el artículo noventa y dos ordinal segundo

de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de

Extranjería y siguientes, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual

presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Fotocopia

confrontada con su original de su Carné de Identifi cación de Extranjera

Residente, a folios seis al nueve; b) Constancia de Buena Conducta ex-

pedida por el Jefe del Departamento de Solvencias de la Policía Nacional

Civil a folio diez; c) Certifi cación de no tener Antecedentes Penales,

expedida por la Dirección General de Centros Penales, a folio once;

d) Fotocopia de pasaporte, a folios catorce al veintitrés; e) Constancia

médica expedida por el Doctor Germán Antonio Benavides, en la que

consta que la peticionaria no padece de enfermedades infectocontagiosas

a folio treinta y uno; f) Certifi cación partida de nacimiento, debidamente

autenticada y traducida al castellano, a folios cuarenta y dos al cincuenta

y uno. II.- Que recibida la solicitud por auto de folio veintiséis, se dio por

admitida, se tuvo por parte a la peticionaria, se mandó a oír a la Fiscalía

General de la República y a publicar los edictos de conformidad con la

Ley. III.- Que en ofi cio número cinco mil doscientos quince bis, fecha

tres de junio del dos mil nueve, a folio sesenta y seis, el señor Fiscal

General de la República informa que no se opone a que se acceda a la

petición de la señora JUI CHEN HSIAO TSAO, siempre que se cumplan

todos los trámites legales necesarios y asimismo informa que no existe

expediente pendiente o fenecido en contra de la interesada. IV.- Que

con escrito de folio cincuenta y siete, la solicitante presentó para que se

agregue la página ciento treinta y uno, del Diario Ofi cial número cin-

cuenta y dos, de fecha diecisiete de marzo del dos mil nueve, del Tomo

trescientos ochenta y dos, agregada a folios sesenta al sesenta y uno; y

página número ciento once de La PRENSA GRAFICA, de fecha once

de marzo del dos mil nueve, agregada a folio sesenta y dos; en las cuales

aparece publicado por tercera y última vez el edicto a que se refi ere el

auto de folio veintiséis, habiendo transcurrido el término de Ley sin que

persona alguna se haya presentado denunciando impedimentos legales

que pudieran invalidar el otorgamiento de la nacionalidad salvadoreña

por NATURALIZACIÓN, que se ha solicitado. V.- Que por auto de folio

setenta y uno se mandó agregar los documentos antes relacionados y

estimándose que procede acceder a lo solicitado por haberse cumplido

con los requisitos establecidos en la Ley de la materia, se mandó a

pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: En base a los

considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa y dos

ordinal segundo de la Constitución de la República, doscientos dieciséis,

doscientos diecisiete, doscientos dieciocho y doscientos veintinueve

del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta y ocho, treinta y nueve,

cuarenta y uno y cuarenta y seis de la Ley de Extranjería, a nombre de

la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele a la

señora JUI CHEN HSIAO TSAO, de las generales expresadas la calidad

de salvadoreña por NATURALIZACIÓN, por ser de origen y nacionalidad

China, República de China, Taiwán y tener domicilio fi jo en El Salvador.

Dese cumplimiento al artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería,

y expídase las certifi caciones de conformidad con lo que establece el

artículo cincuenta y uno de la referida Ley.- NOTIFÍQUESE. JOSÉ

MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ. MINISTRO DE JUSTICIA Y SE-

GURIDAD PÚBLICA.- RUBRICADA.- MINISTERIO DE JUSTICIA

Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las trece horas con cinco

minutos del día veinticuatro de enero de dos mil once. A sus antecedentes

agréguese el escrito de folio setenta y cuatro, presentado por la señora

JUI CHEN HSIAO TSAO, habiendo transcurrido el término de Ley sin

que persona alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le

reconoce la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN: DECLA-

RASE EJECUTORIADA. Señálase las quince horas con diez minutos

del día treinta y uno de enero de dos mil once, para la Juramentación y

Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la

Ley de Extranjería.- MELGAR HENRÍQUEZ.- RUBRICADAS.- NÚ-

MERO VEINTIUNO.- En el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública,

San Salvador, a las quince horas con diez minutos del día treinta y uno

de enero de dos mil once.- Siendo éstos el lugar, día y hora señalados

en el auto de folio setenta y cinco, de las diligencias de Nacionalidad

Salvadoreña por Naturalización promovidas por la señora JUI CHEN

HSIAO TSAO, de origen y nacionalidad China, República de China,

Taiwán, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el

artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería vigente. Estando Presente

la aceptante, el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA la interrogó conforme lo indica el artículo cincuenta de la

misma Ley, en los siguientes términos: Señora JUI CHEN HSIAO TSAO

¿PROTESTÁIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y

SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y

OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER

LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AÚN A COSTA DE TODO

SACRIFICIO? y la interrogada contestó: "SI PROTESTO". Incontinenti

el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA pro-

nunció la siguiente expresión: "SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS

PREMIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE". Con lo cual concluyó el acto

y en fe de lo antes escrito fi rmamos la presente acta. JOSÉ MANUEL

MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA. JUI CHEN HSIAO TSAO.” RUBRICADAS.-

ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON LOS CUALES

SE CONFRONTO; y para que sea agregado a su expediente para ARCHI-

VO, se extiende, fi rma y sella la presente, en el Ministerio de Justicia y

Seguridad Pública, San Salvador, a las ocho horas con cuarenta y cinco

minutos del día uno de febrero de dos mil once.

JOSE MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

1 v. No. F000083

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por

NATURALIZACIÓN, auto que la declara ejecutoriada y acta de

juramentación y protesta de Ley que literalmente dice: ““MINISTERIO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las trece

horas con treinta minutos del día treinta de noviembre de dos mil diez.

Las presentes diligencias han sido promovidas por el señor FU KUO

HSIAO, de cincuenta y cuatro años de edad, de sexo masculino, casado,

comerciante, del domicilio de San Salvador, originario de la ciudad de

Tainan, Distrito de Zhong Xi, República de China, Taiwán, lugar donde

nació el día dos de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, con

nacionalidad actual china, República de China, Taiwán, portador del Carné

de Identifi cación de Extranjero Residente número doce mil cuatrocientos

treinta y seis, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva

la Dirección General de Migración y Extranjería, siendo su cónyuge la

señora Jui Chen Hsiao Tsao, de cincuenta y dos años de edad, comercian-

te, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad China, República de

China, Taiwán. Siendo sus padres los señores: Pei Lin Hsiao y Pu Fang

Hsiao Hu, ambos de nacionalidad china, República de China, Taiwán,

ya fallecidos. LEÍDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que

el peticionario en la solicitud de folio uno, en lo pertinente manifi esta

que por ser de origen y nacionalidad China y tener domicilio fi jo en El

Salvador, desde el día diez de abril de mil novecientos ochenta y cinco,

fecha en la cual ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aero-

puerto de El Salvador, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad

salvadoreña por NATURALIZACION haciendo constar que en su país

de origen perteneció a la Sociedad: Compañía Baffe y en El Salvador a

China Home, S.A., y Compañía Oriental, S.A. de C.V. Manifestando su

voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y Autoridades

de la República de El Salvador, por lo que de conformidad con el artí-

culo noventa y dos ordinal segundo de la Constitución de la República

y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería y siguientes, pide se

le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para que se agregue la

documentación siguiente: a) Fotocopia confrontada con su original de su

Carné de Identifi cación de Extranjero Residente, a folios siete al doce, b)

Constancia de Buena Conducta expedida por el Jefe del Departamento

de Solvencias de la Policía Nacional Civil a folio trece, c) Certifi cación

de no tener Antecedentes Penales, expedida por la Dirección General de

Centros Penales, a folio catorce, d) Constancia médica expedida por el

Doctor Roberto Ávila Moreira, en la que consta que el peticionario no

padece de enfermedades infectocontagiosas a folio quince, e) Fotocopia

de pasaporte, a folios diecisiete al veintiocho, f) Certifi cación partida

de nacimiento, debidamente autenticada y traducida al castellano, a

folios cincuenta y cinco al sesenta y cuatro. II.- Que recibida la solicitud

por auto de folio veintinueve, se dio por admitida, se tuvo por parte al

peticionario, se mandó a oír a la Fiscalía General de la República y

a publicar los edictos de conformidad con la Ley. III.- Que en ofi cio

número seiscientos treinta y cinco de fecha veintidós de mayo del dos

mil nueve, a folio ciento treinta y tres, el señor Fiscal General de la

República informa que no se opone a que se acceda a la petición del

señor FU KUO HSIAO, siempre que se cumplan todos los trámites

legales necesarios y asimismo informa que no existe expediente pen-

diente o fenecido en contra del interesado. IV.- Que con escrito de folio

treinta y dos, el solicitante presentó para que se agregue la página ciento

cincuenta y nueve, del Diario Ofi cial número setenta y tres, de fecha

veinticuatro de abril del dos mil tres, del Tomo trescientos cincuenta y

nueve, agregada a folios treinta y tres al treinta y ocho; y página número

veinte del DIARIO CO LATINO, de fecha once de abril del dos mil tres,

agregada a folio treinta y nueve; en las cuales aparece publicado por

tercera y última vez el edicto a que se refi ere el auto de folio veintinueve,

habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya

presentado denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el

otorgamiento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACIÓN,

que se ha solicitado. V.- Que por auto de folio ciento sesenta y seis se

mandó agregar los documentos antes relacionados y estimándose que

procede acceder a lo solicitado por haberse cumplido con los requisitos

establecidos en la Ley de la materia, se mandó a pronunciar la sentencia

correspondiente. POR TANTO: En base a los considerandos anteriores

y de conformidad con el artículo noventa y dos ordinal segundo de la

Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete,

doscientos dieciocho y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil

y Mercantil, treinta y ocho, treinta y nueve, cuarenta y uno y cuarenta y

seis de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador,

este Ministerio FALLA: Concédesele al señor FU KUO HSIAO, de las

generales expresadas la calidad de salvadoreño por NATURALIZA-

CIÓN, por ser de origen y nacionalidad China, República de China,

Taiwán y tener domicilio fi jo en El Salvador. Dése cumplimiento al

artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería, y expídase las certi-

fi caciones de conformidad con lo que establece el artículo cincuenta y

uno de la referida Ley.- NOTIFÍQUESE. JOSÉ MANUEL MELGAR

HENRÍQUEZ. MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.-

““RUBRICADA.-”” MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA, San Salvador, a las trece horas con treinta minutos del día

veinticuatro de enero del dos mil once. A sus antecedentes agréguese

el escrito de folio ciento sesenta y nueve, presentado por el señor FU

KUO HSIAO, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona

alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce

la calidad de salvadoreño por NATURALIZACIÓN: DECLARASE

EJECUTORIADA. Señálase las quince horas con quince minutos del

día treinta y uno de enero de dos mil once, para la Juramentación y

Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la

Ley de Extranjería.- MELGAR HENRIQUEZ.- ““RUBRICADA””

NÚMERO VEINTIDÓS.- En el Ministerio de Justicia y Seguridad

Pública, San Salvador, a las quince horas con quince minutos del día

treinta y uno de enero de dos mil once.- Siendo éstos el lugar, día y

hora señalados en el auto de folio ciento setenta, de las diligencias de

Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización promovidas por el señor

FU KUO HSIAO, de origen y nacionalidad China, República de China,

Taiwán, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería vigente. Estando

Presente el aceptante, el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGU-

RIDAD PÚBLICA lo interrogó conforme lo indica el artículo cincuenta

de la misma Ley, en los siguientes términos: Señor FU KUO HSIAO

¿PROTESTÁIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR

Y SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR

Y OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER

LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AÚN A COSTA DE TODO

SACRIFICIO? y el interrogado contestó: “SI PROTESTO”. Incontinenti

el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA pro-

nunció la siguiente expresión: “SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS

PREMIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto

y en fe de lo antes escrito fi rmamos la presente acta. JOSÉ MANUEL

MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PUBLICA. FU KUO HSIAO.- ““RUBRICADAS””

ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON LOS CUALES

SE CONFRONTO; y para que sea agregado a su expediente para ARCHI-

VO, se extiende, fi rma y sella la presente, en el Ministerio de Justicia y

Seguridad Pública, San Salvador, a las siete horas con cincuenta y cinco

minutos del día uno de febrero de dos mil once.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA.

1 v. No. F000086

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA,

CERTIFICA QUE: Habiendo cumplido con el procedimiento es-

tablecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROPECUARIA Y ARTESANAL EL TAMULASCO DE RES-

PONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA ACOPAAT DE

R.L., con domicilio en el municipio de Las Vueltas, departamento de

Chalatenango, obtuvo su Personalidad Jurídica el día trece de junio del

año dos mil once, e inscrita en el libro noventa y ocho de Registro que

esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Dos mil cuatrocientos

treinta y siete del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA:

Publicar en el Diario Ofi cial el extracto y por una sola vez el aviso de

inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil

once.

NOTIFIQUESE.

Lic. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F000133

JUICIO DE AUSENCIA

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ELSY

ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, como Apoderada General Judicial de

BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO

HSBC, SOCIEDAD ANONIMA o BANCO SALVADOREÑO, SOCIE-

DAD ANONIMA O BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONI-

MA, o BANCOSAL, SOCIEDAD ANONIMA, ABREVIADAMENTE

BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO HSBC, S.A., BANCO

SALVADOREÑO S.A., o BANCOSAL, S.A., promoviendo DILI-

GENCIAS DE AUSENCIA en contra del señor CALIXTO GARCIA

MEDINA o CALIXTO MEDINA GARCIA, mayor de edad, mecánico

automotriz, siendo su último domicilio el de Delgado y actualmente de

domicilio ignorado, se ignora si dicho señor ha dejado representante

legal o Procurador en la República, y si se encuentra residiendo fuera

del País. Se previene que si dicho señor ha dejado Representante legal

o Procurador, se presente a este Tribunal dentro del término de Ley a

comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las catorce horas

y diez minutos del día once de mayo del año dos mil once.- Licda.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO

CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F000025

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que se ha presentado la Doctora ANA CAMILA DE

LEON DE CASTRO GARAY, en su calidad de apoderada del BANCO

CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, Institu-

ción Bancaria, del domicilio de Santa Tecla, a promover Diligencias

de Ausencia contra los señores IVAN ALEXANDER SANCHEZ

RODRIGUEZ, MARIA JACINTA ESPINALES, DOUGLAS

ORLANDO CASTRO, REYNA ISABEL ESPINAL DE SANCHEZ y

la sociedad “PRODUCTOS DELICATENSSEN MARIA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” a través de su representante

legal IVAN ALEXANDER SANCHEZ RODRIGUEZ, el primero de

treinta y nueve años de edad, estudiante del domicilio de Mejicanos,

departamento de San Salvador, y el segundo de sesenta y seis años de

edad, Comerciante en pequeño, del domicilio de Santa Tecla, el tercero

de cuarenta y ocho años de edad , Estudiante, del domicilio de Mejicanos

y la cuarta, de cuarenta y cinco años de edad de Ofi cios Domésticos del

domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad y la Sociedad

“DELICATENSSEN MARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE” del domicilio de Nueva San Salvador, Departamento de

La Libertad, a quienes en la actualidad se desconoce sus paraderos, es

decir se desconoce sus domicilios, dentro o fuera del país, ignorándose

si han dejado Procurador o Representante Legal en el país.

Que de conformidad con el Art. 141, Pr.C., pide se declare ausente

a los señores IVAN ALEXANDER SANCHEZ RODRIGUEZ, MARIA

JACINTA ESPINALES, DOUGLAS ORLANDO CASTRO, REYNA

ISABEL ESPINAL DE SANCHEZ y la sociedad “PRODUCTOS

DELICATENSSEN MARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE”, a través de su representante legal IVAN ALEXANDER

SANCHEZ RODRIGUEZ y se les nombre un Curador Especial para

que los represente en el Juicio.

Se previene si alguna persona es Procurador o Representante Legal

de los señores IVAN ALEXANDER SANCHEZ RODRIGUEZ, MARIA

JACINTA ESPINALES, DOUGLAS ORLANDO CASTRO, REYNA

ISABEL ESPINAL DE SANCHEZ y la sociedad “PRODUCTOS

DELICATENSSEN MARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE “a través de su representante legal IVAN ALEXANDER

SANCHEZ RODRIGUEZ, se presente a este Tribunal a comprobar

dicha circunstancia dentro del término de QUINCE DIAS, contados a

partir de la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas del

día diez de diciembre de dos mil diez.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE

NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA AGUIRRE

HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F000185

CAMBIO DE NOMBRE

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que se ha presentado la señora Elizabeth Esco-

bar de López, conocida por Elizabeth Escobar, y por Matías Elizabeth

Escobar, de cincuenta y tres años de edad, empleada, de este domicilio

y con residencia en la ciudad de San Salvador, con documento único

de identidad personal número: cero un millón ochocientos quince mil

cuatrocientos once-cuatro, Representada por su Apoderada General

Judicial Licenciada Nery Luz Gómez de Benítez, de treinta y siete

años de edad, Abogada, con carnet de abogado número nueve mil

ochocientos treinta y ocho, solicitando Cambio de Nombre Propio de

Persona Natural, a favor de Elizabeth Escobar de López, conocida por

Elizabeth Escobar, y por Matías Elizabeth Escobar, por el de Elizabeth

Escobar, según Certifi cación de Partida de Nacimiento número CIENTO

SESENTA Y DOS, página CIENTO CUARENTA Y OCHO del Libro

de Reposiciones de Partidas de Nacimiento Tomo número UNO que la

Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, llevó durante el año dos mil uno, perteneciente al año de

mil novecientos cincuenta y siete, donde aparece que nació el día tres

de Agosto del año antes mencionado, en el Barrio El Convento, de esta

ciudad, siendo hija de los señores Jesús Alberto Escobar y de Angélica

Ventura, el primero jornalero, y la segunda de ofi cios domésticos, ambos

mayores de edad, y del domicilio antes mencionado. En consecuencia a

cualquier persona a quien afecte el cambio o modifi cación podrá presentar

oposición, dentro de los diez días siguientes a la última publicación del

edicto, de conformidad con el Artículo 23 de la Ley del Nombre de la

Persona Natural.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los treinta días del mes de Mayo de dos mil once.-

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F000128

MUERTE PRESUNTA

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en este Tribunal se presentó el Licenciado

JOSÉ LUIS REYES AMAYA como Apoderado General Judicial de

la señora MARINA EDITH GUEVARA CORTEZ, promoviendo pro-

ceso Sumario de Declaratoria de Muerte Presunta en contra del señor

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ARMANDO MÉNDEZ MARTINEZ; que para los efectos de rigor, se

hace del conocimiento que se ignora el paradero del señor ARMANDO

MÉNDEZ MARTINEZ, que se han hecho en vano las posibles diligencias

para averiguar el paradero del desaparecido y que desde el día dieciséis

de agosto de mil novecientos noventa y cuatro, fecha en que se tuvieron

las últimas noticias de su existencia han transcurrido ya más de cuatro

años, por así haberlo manifestado el Licenciado JOSÉ LUIS REYES

AMAYA en su solicitud de mérito. En tal sentido pues, por este medio y

de conformidad a lo que dispone el art. 80 condición primera y segunda

del Código Civil en relación a lo que dispone el art. 800 del Código de

Procedimientos Civiles, se CITA POR PRIMERA VEZ al desaparecido

señor ARMANDO MÉNDEZ MARTINEZ a fi n de que previo a declararlo

muerto presunto, se presente a este Tribunal si existiere, o en su defecto

se presente a este Juzgado persona alguna que conociere del paradero

de dicho señor, debiendo al efecto comprobar dicha circunstancia en el

término de ley; todo con el objeto de solventar la situación de hecho en

que se encuentran a la fecha los bienes del desaparecido.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a los once días de

mayo de dos mil once.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS

ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F000060

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 2000004558

No. de Presentación: 20110152732

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO

ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS

DIANA, S.A. DE C.V., o DIANA, S.A. DE C.V., del domicilio de 12

Avenida Sur, entre Carretera Panamericana y Boulevard del Ejército

Nacional, Soyapango, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del Libro 00154 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “BABY”

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase

29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los seis días del mes de junio del año dos mil once.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000262-1

No. de Expediente: 2000001900

No. de Presentación: 20110148485

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domi-

cilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO

de Laboratorios Bago S.A., del domicilio de CIUDAD DE BUENOS

AIRES, ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00182 del Libro 00136 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra GLIOSARTAN

ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR

NEGRO; que ampara productos comprendidos en la (s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000088-1

No. de Expediente: 1998004736

No. de Presentación: 20100137882

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PEPSICO, INC., del domicilio de

700 ANDERSON HILL ROAD, PURCHASE, NUEVA YORK 10577,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00057

del Libro 00105 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra FRANCESITAS; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primeros días del mes de febrero del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000149-1

No. de Expediente: 1999002008

No. de Presentación: 20090130344

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-

GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MERCK & CO., INC., del domicilio

de One Merck Drive, P.O. Box 100, Whitehouse Station, Nueva Jersey,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00171 del Libro

00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

Propecia Pak, escrita en minúsculas y en letra tipo bloque a excepción

de la primera letra “P” de cada palabra que está escrita en mayúscula, la

primera letra “P” de la palabra Propecia contiene tres franjas onduladas

de color blanco; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000150-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 1998003186

No. de Presentación: 20100140542

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-CO JOSE BARRIENTOS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Tyson Foods, Inc., del domicilio de 2200 Don Tyson Parkway, Srpingdale, Arlington 72762, Estados Unidos de Norteamérica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00077 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "Tyson" escrita en letras minúsculas a excepción de la letra "T", que es mayúscula, dicha expresión se encuentra escrita dentro de un óvalo de color negro, del cual sobresale el extremo superior de la letra “T”, lo anteriormente descrito, se encuentra encerrado dentro de un óvalo de mayor tamaño con un fondo de color blanco; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000151-1

No. de Expediente: 1998003184

No. de Presentación: 20100140538

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-CO JOSE BARRIENTOS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Tyson Foods, Inc., del domicilio de 2200 Don Tyson Parkway, Springdale, Arlington 72762, Estados Unidos de Norteamérica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "TYSON"; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000153-1

No. de Expediente: 1987001406

No. de Presentación: 20110147562

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de LG ELECTRONICS INC., del domicilio de 20 YOIDO- DONG, YOUNGDUNGPO-KU, SEOUL, KOREA, de nacionalidad SURCOREANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del Libro 00130 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión "ViewMax"; que ampara pro-ductos comprendidos en la Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diez días del mes de febrero del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000155-1

No. de Expediente: 2001010545

No. de Presentación: 20110153038

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., que se abrevia: BATCA, del domicilio de LA CIUDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00048 del Libro 00147 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "RECORD", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara pro-ductos comprendidos en la Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000161-1

No. de Expediente: 1988001025

No. de Presentación: 20100140871

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR. de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPAR-TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra FAMOSA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000162-1

No. de Expediente: 1994002314

No. de Presentación: 20100138312

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR. de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AME-RICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00148 del Libro 00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "AN AMERICAN ORIGINAL", ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, MAYUSCULAS, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000163-1

No. de Expediente: 1990000671

No. de Presentación: 20110150214

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., del

domicilio de Ciudad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00058 del Libro 00003 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra "RECORD", de la siguiente descripción: Una vasija con

un llama encendida depositada sobre una base rectangular, conteniendo

tres círculos continuos el uno tras el otro, todo ello dentro de un cuadro

oscuro. En la parte inferior se lee la frase "RECORD" escrita en letras

mayúsculas y sin diseño especial y bajo de ella también en letras ma-

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

yúsculas la leyenda "TABACOS FINOS CON FILTRO"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de abril del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000165-1

No. de Expediente: 1999000749

No. de Presentación: 20100138311

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00151 del Libro 00110 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA FIGURA DE UNA PIRAMIDE QUE

ASEMEJA UNA LETRA "A", MAYUSCULA, DE MOLDE Y CON

DISEÑO ESPECIAL, DICHA FIGURA ESTA DELINEADA EN SU

PARTE EXTERNA DE COLOR NEGRO Y TIENE UN FONDO DE

COLOR BLANCO, SOBRE EL FONDO DE COLOR BLANCO PUEDE

VERSE OTRA FIGURA PIRAMIDAL QUE ASEMEJA UNA LETRA

"A", FORMADA POR GRUESAS FRANJAS DE COLOR NEGRO Y

EN EL CENTRO DE LA MISMA PUEDE VERSE UN TRIANGU-

LO ISOCELES DE COLOR BLANCO, DENTRO DE LA FRANJA

TRANSVERSAL HORIZONTAL DE LA FIGURA EN FORMA DE

PIRAMIDE ULTIMAMENTE DESCRITA PUEDE VERSE LA EX-

PRESION "ALIANSA", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS,

DE MOLDE, EN COLOR BLANCO Y SIN DISEÑO ESPECIAL;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000168-1

No. de Expediente: 1995003860

No. de Presentación: 20110152281

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH

AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., del domicilio

de Ciudad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANA-

MEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00137

del Libro 00131 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una

fi gura rectangular con un fondo de color negro, en medio de dicha fi gura

aparece una línea horizontal, sinuosa e irregular que asemeja una ola,

de color blanco, la cual divide la mencionada fi gura rectangular en dos

partes, en una superior otra inferior. En la parte superior de la línea

rectangular, sobre la línea de color blanco ya descrita se puede apreciar

la expresión "Belmont", escrita en letras de molde mayúscula la primera,

o sea la letra "B" y minúsculas las demás, en color blanco y sin diseño

especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000170-1

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente: 1979001148

No. de Presentación: 20100143202

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

ALIMENTOS DE ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ALIAN, S.A. DE C.V., del domicilio de

ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00183 del Libro 00085 de REGISTRO DE MAR-

CAS, consistente en una letra "A" estilizada en colores azul y blanco y

en el interior de la misma la palabra "ALIANSA"; debajo de la letra A

va la palabra "VIGOLACTA" y más abajo el nombre de la propietaria

ALIMENTOS DE ANIMALES, S.A., no inscribible; que ampara pro-

ductos comprendidos en la Clase 31 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000173-1

No. de Expediente: 1999007030

No. de Presentación: 20100142526

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-

RIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA. del

domicilio de LLorente de Tibas, San José, República de Costa Rica, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00238 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra "FENICLOR", escrita en letras

mayúsculas de molde en color negro y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000177-1

No. de Expediente: 1997005724

No. de Presentación: 20100138890

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presenta.do LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-

RIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de Llorente de Tibas, Ciudad de San José, República de Costa

Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00185 del Libro 00110 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra INTEREX, escrita en letras de

molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000179-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010105505

No. de Presentación: 20100144440

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALICIA MAURICIO DE RIOS conocido por ALICIA DIAZ MAURICIO DE RIOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIE-TARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PETROLITO DIAZ

Consistente en: Las palabras PETROLITO DIAZ, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000139-1

No. de Expediente: 2010105494

No. de Presentación: 20100144429

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CLICK

Consistente en: La palabra CLICK, que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TABACO, PRODUCTOS DE TABACO, CERILLOS, ENCENDEDORES Y DEMAS ARTICULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000182-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2011109576

No. de Presentación: 20110151720

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión yo!gurt, que servirá para: IDENTI-FICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A SERVIR Y DES-PACHAR ENVASADOS DIFERENTES TIPOS DE YOGURT, EN DIFERENTES ESPECIALIDADES UBICADO EN: BOULEVARD DEL HIPODROMO, NUMERO DOS-DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO, ZONA ROSA, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000252-1

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente: 2011109982

No. de Presentación: 20110152468

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER ER-NESTO JACIR GARCIA PRIETO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CORPORACION SIETE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION SIETE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Ópticas CV +

Consistente en: la expresión Ópticas CV + y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE ANTEOJOS PARA LA VISTA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de junio del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000067-1

No. de Expediente: 2011109671

No. de Presentación: 20110151883

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO ALBERTO SAADE LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras RESTAURANTE & BAR La Taber-na del CAPITAN Mariscos, Cocteles & Carnes y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA CUYO GIRO O ACTIVIDAD MERCANTIL ES LA DE RESTAURANTES.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000114-1

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad EDUCANDO, S.A. de C.V., de acuerdo con las cláusulas décimo noveno y vigésima de la Escritura de Constitución y al artículo 243 numeral III) del Código de Comercio, y por no haberse podido celebrar sesión en primera y segunda convocatoria por falta de quórum, por este medio llama a TERCERA CONVOCATORIA a los señores accionistas para celebrar Junta General de Accionistas para tratar asuntos de carácter extraordinario, a llevarse a cabo a las dieciséis horas y treinta minutos del día 18 de Julio del año dos mil once, en las ofi cinas de la sociedad situadas en Final 11 Avenida Sur y Boulevard Sur, Colonia Utila, Santa Tecla, para conocer y resolver la siguiente:

AGENDA

ASUNTOS EXTRAORDINARIOS

1. Establecimiento de Quórum;

2. Lectura del Acta anterior de Junta General de Accionistas.

3. Modifi cación de la Cláusula Quinta del Pacto Social relativa al capital social y al valor de las acciones y su conversión de colones a dólares, de conformidad al artículo 129 del Código de Comercio;

4. Modifi cación de la Cláusula Sexta relativa a aumentar el capital social mínimo y su conversión de colones a dólares;

5. Nombramiento del Ejecutor Especial de los puntos aprobados e incorporación en la Escritura Pública de Modifi cación de Pacto Social, la totalidad de los Estatutos de la Sociedad EDUCANDO, S.A. de C.V., a fi n de que sea el único Pacto Social vigente.

Se hace constar que por el quórum necesario para la válida celebra-ción de la Junta General de Accionistas, para tratar los asuntos de carácter extraordinario mencionados, por ser la TERCERA CONVOCATORIA, es con la concurrencia de cualquiera que sea el número de acciones que componen el capital social y las resoluciones serán válidas con la simple mayoría de votos presentes, todo de conformidad al artículo 243 del Código de Comercio. El capital social de la sociedad está conformado por un total de diez mil acciones.

Santa Tecla, veintitrés de Junio de dos mil once.

ROSA MARIA MARTINEZ DE SAUERBREY,

DIRECTORA PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL

“EDUCANDO, S.A. DE C.V.”

3 v. alt. No. F000144-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

SUBASTAS PUBLICAS

CARLOS SANCHEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia Suplente del

Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, AL

PUBLICO, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil,

promovido por el Licenciado RAFAEL ANTONIO GARCIA CANI-

ZALEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial de la Caja de

Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad

Limitada de Capital Variable, de este domicilio, en contra de la señora

REINA DALILA LAINEZ o REINA DALILA LAINEZ ROGEL y el

señor PEDRO ANTONIO LOPEZ; SE HA ORDENADO LA VENTA

EN PUBLICA SUBASTA DEL INMUEBLE EMBARGADO, el cual

se describe así: un inmueble urbano, situado en el Cantón Santa Teresa,

del Municipio de San Sebastián, del Departamento de San Vicente; iden-

tifi cado como lote número seis, del Block A de la Comunidad Puente de

Santa Teresa II Etapa de un área de ciento cuarenta punto noventa y un

metros cuadrados equivalente a doscientos quince punto noventa y dos

varas cuadradas, el cual tiene las medidas siguientes: al norte formado

por dos tramos: el primero, con una distancia de dos punto ochenta y

nueve metros; y el segundo, con una distancia de trece punto dieciocho

metros; al oriente: con una distancia de siete punto veintiocho metros; al

sur formado por dos tramos: el primero, con una distancia de doce punto

veinticuatro metros; y el segundo, línea curva de dos punto veintiocho

metros; y al poniente: línea curva de seis punto veintinueve metros.

Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo matrícula número siete cero

cero cuatro tres cuatro dos nueve guión cero cero cero cero cero, del

Registro de la Propiedad del Departamento de San Vicente.- Hipoteca que

quedó inscrita a favor de la Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, de este

domicilio, a la matrícula número SIETE CERO CERO CUATRO TRES

CUATRO DOS NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO, en el

asiento CINCO (70043429-00000 asiento 5); del Registro de Hipotecas

del Departamento de San Vicente.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN SEBASTIAN, a las quince horas y cincuenta minutos

del día dieciséis de junio de dos mil once.- LIC. CARLOS SANCHEZ

LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY

CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000258-1

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,

promovido por el Licenciado JUAN CARLOS ANTONIO NIETO

MENÉNDEZ, continuado por la Licenciada PATRICIA MARICELA

ARGUETA HERNANDEZ, ambos mayores de edad, Abogados y de

este domicilio, como Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE

FOMENTO AGROPECUARIO, Institución Bancaria, de este domicilio,

contra los señores MARIA MAURA MARQUEZ DE VILLEGAS o

MARIA MAURA MARQUEZ o MARIA MAURA MARQUEZ hoy

DE VILLEGAS, Cosmetóloga y MANUEL ARISTIDES VILLEGAS,

Empleado, ambos mayores de edad, y del domicilio de la Ciudad y De-

partamento de La Unión, se venderá en este Tribunal en pública subasta,

en fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble rústico, ahora

en urbanización situado en el Barrio La Esperanza, de la ciudad, distrito

y Departamento de La Unión, ubicado al Oriente de la Lotifi cación La

Esperanza y al Norte de la gasolinera Texaco, carretera que conduce a

San Miguel, de siete metros de ancho de por medio, en la ciudad de La

Unión, inmueble que forma parte de la Lotifi cación Malie, que en el plano

de lotifi cación aparecen marcados con los números veinte y veintiuno

del Block "B" los cuales se describen así: ambos lotes forman un solo

cuerpo, son de capacidad superfi cial de QUINIENTOS CINCUENTA

Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a setecientas ochenta y

nueve varas cuadradas ochenta centésimos de vara cuadrada que miden

y lindan: AL NORTE: línea recta con distancia de veintisiete punto

sesenta metros de longitud, lindando en este tramo con lote número

uno, Block "C", calle Ellis de por medio con un ancho de siete metros;

AL ORIENTE: Línea recta con distancia de veinte metros de longitud,

lindando en este tramo con lote número veintidós Block "B", de la misma

Lotifi cación; AL SUR: Línea recta con distancia de veintisiete metros

sesenta centímetros de longitud, lindando en este tramo con lote número

diecinueve, Block "B", de la misma Lotifi cación; y AL PONIENTE:

Línea recta con distancia de veinte metros de longitud, lindando en este

tramo con lotes números veinte y veintiuno Block "A", Avenida Molina

de por medio, con un ancho de siete metros. El inmueble descrito, tiene

construida una casa de sistema mixto; de doscientos sesenta y cuatro

metros cuadrados con sus correspondientes servicios de agua potable,

luz eléctrica, servicios sanitarios y demás accesorios, inmueble el cual se

encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de La

Unión, originalmente bajo el número sesenta y cuatro del tomo quinientos

noventa y cuatro de propiedad, hoy trasladado a la matrícula NUEVE

CINCO CERO DOS SIETE DOS DOS OCHO-CERO CERO CERO

CERO CERO, a favor de la ejecutada MARIA MAURA MARQUEZ DE

VILLEGAS o MARIA MAURA MARQUEZ hoy DE VILLEGAS.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las

once horas y treinta y cinco minutos del día uno de febrero de dos mil

once.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO JUDICIAL COORDINADOR.

3 v. alt. No. F000014-1

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,

promovido por la Licenciada PATRICIA MARICELA ARGUETA

HERNANDEZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad

y Departamento de San Salvador, en carácter de Apoderada General

Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, Institución

Ofi cial de Crédito, de este domicilio, contra los señores RAFAEL AN-

TONIO GUTIERREZ HERNANDEZ, mayor de edad, Estudiante, de

este domicilio y CLAUDIA ESMERALDA OLIVAR, mayor de edad,

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Licenciada en Relaciones Públicas y Comunicaciones, de este domicilio,

se venderá en este Tribunal en pública subasta en fecha que más adelante

se especifi cará, Un Lote de terreno de naturaleza rústica, situado en EL

PROYECTO DE LOTIFICACION DENOMINADO "JARDINES DEL

PACIFICO", Jurisdicción de San Pedro Masahuat, Departamento de La

Paz; identifi cado como LOTE NUMERO UNO, DEL POLIGONO "G",

de una extensión superfi cial de UN MIL CUARENTA Y DOS PUNTO

VEINTISIETE METROS CUADRADOS, con las medidas perimetrales

siguientes: AL NORTE, cuarenta y cuatro metros; AL ORIENTE, vein-

tiún metros; AL SUR, cincuenta metros; y AL PONIENTE: línea recta

de quince metros y línea curva de nueve punto cuarenta y dos metros.

Dicho Inmueble se encuentra inscrito a favor de los demandados seño-

res RAFAEL ANTONIO GUTIERREZ HERNANDEZ y CLAUDIA

ESMERALDA OLIVAR, bajo la Matrícula Número CINCO CINCO

CERO CUATRO CUATRO UNO NUEVE CINCO-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz a Hipotecas de

la Tercera Sección del Centro, del Departamento de La Paz.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las

once y veinte minutos del día uno de abril de dos mil once.- LIC. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, COORDINADOR

SECRETARIO JUDICIAL.

3 v. alt. No. F000016-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y

SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY,

actuando como Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEA-

MIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra el señor

JOSE MAURICIO LEMUS conocido por JOSE MAURICIO LEMUS

GRANADOS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha

y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continua-

ción se describe: "Un inmueble de naturaleza Urbana, marcado con el

número CUATRO DEL POLIGONO “N” de la RESIDENCIAL LAS

AGUILAS III ETAPA, situada al Costado Sur Oriente del Estadio Juan

Francisco Barraza de la Ciudad y Departamento de San Miguel, un área

de SETENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUA-

DRADOS, inscrito a la Matrícula de Folio Real Número M cero cuatro

millones siete mil once, Asiento cero cero uno, del Registro Social de

Inmuebles, y el cual se describe así: AL NORTE: con una distancia de

quince punto cincuenta metros: AL ORIENTE: formado por dos tramos:

el primero con una distancia de dos punto noventa metros; y el segundo

línea-curva de dos punto once metros; AL SUR, con una distancia de

quince punto treinta metros; y AL PONIENTE, con una distancia de

cinco metros; el inmueble antes descrito pertenece al demandado señor

JOSE MAURICIO LEMUS conocido por JOSE MAURICIO LEMUS

GRANADOS, según matrícula número ocho cero cero seis siete seis

nueve ocho-cero cero cero cero cero, en el asiento UNO del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente del

Departamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público

para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las once horas veinticinco minutos del día treinta de marzo

del año dos mil once.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL.- LICDA. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F000079-1

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con quince

minutos del día ocho de marzo del corriente año, se ha ordenado la

VENTA EN PUBLICA SUBASTA en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO,

promovido por el Licenciado JULIO CÉSAR TORRES VARGAS, de

cincuenta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de

Usulután, en calidad de Apoderado General Judicial y Administrativo

del señor MAURO DE JESÚS APARICIO conocido por MAURO DE

JESÚS APARICIO GARCÍA, de cuarenta años de edad, Empleado, del

domicilio de Usulután, contra el señor ASMIR OLIMPO MEDRANO,

de cuarenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio de Ozatlán,

a quien se le reclama la cantidad de NUEVE MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de capital líquido, más

los intereses correspondientes y costas procesales; sobre el siguiente

inmueble: "Un solar y casa de naturaleza urbana situados en el Barrio

Candelaria de la Villa de Ozatlán, distrito y departamento de Usulután,

de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES ME-

TROS CINCUENTA DECÍMETROS CUARENTA CENTÍMETROS

CUADRADOS, solar que mide y linda: AL ORIENTE: diez metros

setenta y dos centímetros, calle de por medio casa y solar de Consuelo

del Carmen Márquez; AL NORTE: veintiséis metros cuatrocientos

milímetros, solar de Marcos Teyes, y cerco de alambre de púas propio

de por medio; AL PONIENTE: diez metros con solar de Miguel Ángel

Lemus, cerco de alambre de por medio del colindante; y AL SUR:

veintiséis metros cuatrocientos milímetros con solar de Juan Francisco

Lemus, tapial de adobe de por medio propio del colindante, y en este

solar hay construida una casa de sistema mixto techo de tejas de siete

metros de frente por diez metros de fondo, como mejoras tiene baños

y faga de agua, este solar está determinado como cuerpo cierto para la

calle, cercas de alambre, tapial de adobe que lo limitan por cada uno de

sus rumbos". Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente de esta

ciudad, bajo la Matrícula número SIETE CINCO CERO DOS OCHO

OCHO TRES UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el asiento

DOS.

Quien quiera hacer posturas que ocurra al Tribunal que se le ad-

mitirán siendo legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiún días del

mes de junio del año dos mil once.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H.,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000123-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 004PLA000117461, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS 86/100 (US$ 8,342.86).-

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SANTA ANA, viernes, 27 de mayo de 2011.

LORENA ELIZABETH DE ARGUETA,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.

AGENCIA SANTA ANA CENTRO

3 v. alt. No. F000049-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos le ley,

HACE SABER: Que en el proceso declarativo común con referencia 2 /11-2, se ha recibido de parte de VICTOR MANUEL GUZMAN, una demanda contra PEDRO HENRIQUEZ VALLADARES a fi n de que se declare que el demandante ha adquirido por prescripción extraordi-naria el dominio de un inmueble de naturaleza rústica inscrito a favor del demandado bajo el número 57 del libro 553 de la Propiedad de este Departamento, según consta en una certifi cación literal extendida por el Registro de esta Sección. Proceso en el cual se ha admitido la deman-da.

Como se ignora el domicilio del demandado, se le cita y emplaza por este medio para que comparezca a estar a derecho y conteste la de-manda en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso, con la advertencia de que de no hacerlo el proceso continuará sin su presencia, con un curador ad-litem que lo represente.-

Dirección del demandante VICTOR MANUEL GUZMAN y de su apoderado Licenciado Ronald David Quezada Delgado: Sexta Calle Poniente, casa número cuatro, Barrio El Centro, Zacatecoluca.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de marzo de dos mil once.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F000076

EL SUSCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, LICENCIADO CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, a los señores JULIO GILBERTO LEMUS SERRANO, quien es mayor de edad, estudiante, del domicilio de La

Unión, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: Cero uno ocho nueve cuatro cuatro tres cuatro - nueve; quien tuvo su último domicilio en: Barrio Las Flores, Cuarta Calle Oriente, entre Primera y Tercera Avenida Sur, de la ciudad de La Unión, Departa-mento de La Unión; y SEBATIAN MARIN conocido por SEBASTIAN MARIN MARTINEZ, quien es mayor de edad, Agricultor en Pequeño, con Documento Único de Identidad número: Cero cero uno ocho tres cinco ocho nueve - cuatro, quien tuvo su último domicilio en: Residencial América Dos, Polígono "D", Senda Dos, Casa número: veintitrés, de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel;

HACE SABER: Que el Abogado DOUGLAS VLADIMIR ZA-PATA FUENTES, quien es de treinta y cuatro años de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, con Tarjeta de Abogado número: Ocho mil cuatrocientos noventa y siete; en su ca-lidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA CRISTELA GUEVARA CRUZ, interpuso demanda en sus contras en el Proceso Declarativo Común de Nulidad de Escritura Pública de Compraventa de Inmueble y Cancelación de Inscripción Registral de Escritura de Compraventa y de Escritura de Compraventa con Pacto de Retroventa, clasifi cado con Número Único de Expediente: 00395-10-PC-2CM1/PC-08-2010/R2; presentando los siguientes documentos: a) Fotocopia certifi cada de Poder General Judicial y Acta de Sustitución a favor del Abogado impetrante; b) Fotocopia simple y Original para ser confrontada de la Escritura Pública de Compraventa otorgada por el señor Adrián Granados, a favor de la señora María Cristela Guevara Cruz, represen-tada por Rubén Alfredo Guevara Cruz, conocido por Rubén Alfredo Guevara; c) Fotocopia Certifi cada de Documento Autenticado de Con-trato de Arrendamiento otorgado por el señor Rubén Alfredo Guevara Cruz, a favor de la Sociedad Serrano Dheming; d) Fotocopia simple de Documento Único de Identidad y Tarjeta de Identifi cación Tributaria a nombre de Julio Gilberto Lemus Serrano; e) Certifi cación de Boleta de presentación del Centro Nacional de Registros; f) Certifi cación de Matrícula de Inscripción del Registro de Propiedad; g) Certifi cación de Boletas de presentación extendida por el Centro Nacional de Registros; h) Certifi cación de Movimiento Migratorio; i) Fotocopia simple de escrito presentado a la Sección de Notariado de la Honorable Corte Suprema de Justicia; y j) Certifi cación de Resolución de la Sección de Notariado de la Honorable Corte Suprema de Justicia. Asimismo, posteriormente, el referido profesional, como Apoderado General Judicial de los se-ñores RUBEN ALFREDO GUEVARA CRUZ conocido por RUBEN ALFREDO GUEVARA y MARIA ALICIA UMAÑA DE GUEVARA, interpuso demanda en sus contras en el Proceso Declarativo Común de Nulidad de Escritura Pública de Compraventa de Inmueble y Cancelación de Inscripción Registral de Escritura de Compraventa y de Escritura de Compraventa con Pacto de Retroventa, clasifi cado con Número Único de Expediente: 00040-11-PC-2CM1/PC-01-2011/R2; proceso que, por decisión judicial, fue acumulado al primero, pasando a ser ambos procesos uno solo y clasifi cado bajo el Número de Expediente del proceso acumu-lante (el primero); a dicha demanda adjuntó los siguientes documentos: a) Fotocopia certifi cada de Poder General Judicial y Acta de Sustitución a favor del Abogado impetrante; b) Fotocopia simple y Original para ser confrontada de la Escritura Pública de Compraventa otorgada por el señor Víctor Enrique Guevara, a favor de los señores Rubén Alfredo Guevara Cruz y María Alicia Umaña de Guevara; c) Fotocopia Certifi cada de Documento Autenticado de Contrato de Arrendamiento otorgado por los señores Rubén Alfredo Guevara Cruz y María Alicia Umaña de Guevara, a favor de Julio Gilberto Lemus Serrano; d) Fotocopia simple de Documento Único de Identidad y Licencia de Conducir a nombre de Julio Gilberto Lemus Serrano; e) Certifi cación Literal de Registro a nombre del señor Julio Gilberto Lemus Serrano; f) Fotocopia simple de escrito presentado a la Sección de Notariado de la Honorable Corte

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Suprema de Justicia; g) Certifi cación de Resolución de la Sección de Notariado de la Honorable Corte Suprema de Justicia; y h) Certifi ca-ción Literal de Registro a nombre del señor Sebastián Marín, conocido por Sebastián Marín Martínez; documentación que juntamente con las demás actuaciones pertinentes les serán entregadas a los demandados al apersonarse a esta sede judicial. En razón de desconocerse sus domicilios y paraderos, se les comunica a los demandados antes mencionados, que cuentan con DIEZ DIAS HABILES contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, para comparecer a este juzgado a contestar la demanda y ejercer sus derechos de defensas respectivamente, de lo contrario, el proceso continuará y, tal como lo establece el Art. 186 Inciso Cuarto del Código Procesal Civil y Mercantil, se procederá a nombrarles curador ad litem para que los represente en el presente proceso; y para que sirva de legal emplazamiento a los demandados, señores JULIO GILBERTO LEMUS SERRANO y SEBATIAN MARIN conocido por SEBASTIAN MARIN MARTÍNEZ, se libra el presente edicto en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la ciudad de San Miguel, a las catorce horas del día quince de junio del año dos mil once.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA.

1 v. No. F000106

JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: al señor JOSE ROSENDO RODRIGUEZ PINE-DA, de treinta y dos años de edad , Empleado, antes de este domicilio, con DUI número: cero un millón quinientos noventa y un mil novecientos cinco - dos; y con NIT: Un mil ciento quince - trescientos mil ochocientos setenta y cinco guión ciento dos-cuatro; actualmente de domicilio ignora-do, que se inició en este juzgado PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL, clasifi cado con el NUE: 00255-11-PA-1CM1/83-04, Promovido por el Licenciado EDGAR ALEXANDER FUENTES JOYA en calidad de Apoderado General judicial con Cláusula Especial del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia BANCOMI, S.C., de R L., DE C. V., en contra de OSCAR ARNULFO RAMIREZ CHAVEZ, JOSE ROSENDO RODRIGUEZ PINEDA y REINA ERCILIA GUTIERREZ DE HERNANDEZ, que dicha demanda fue presentada con la documentación siguiente: 1) Copia certifi cada notarialmente de Testimonio de Poder General Judicial, otor-gada a favor de los Licenciados; 2) Documento Privado autenticado de mutuo de préstamo mercantil, suscrita por los señores OSCAR ARNULFO RAMIREZ CHAVEZ, JOSE ROSENDO RODRIGUEZ PINEDA y REINA ERCILIA GUTIERREZ DE HERNANDEZ, 3) Certifi cación de Acta de Ratifi cación de la continuación de la actual junta directiva y adecuación del plazo, 4) Copia certifi cada notarialmente de la Credencial de Ejecutor de embargo, 5) Copia simple de carnet de abogado y número de Identifi cación Tributaria; y en vista de que se ignora el paradero del demandado señor JOSE ROSENDO RODRIGUEZ PINEDA; se le avisa que debe apersonarse a este juzgado; debiendo nombrar Apoderado, a fi n de ser debidamente representado, para que pueda estar a derecho y conteste la demanda en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación; debiendo formular la oposición dentro de dicho plazo, con las justifi caciones documentales que tuviera;

de lo contrario el proceso continuará y se procederá a nombrarle curador ad litem para que lo represente en el presente proceso; y para que le sirva de legal Emplazamiento al demandado señor JOSE ROSENDO RODRIGUEZ PINEDA, se libra el presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel a las once horas del día veintidós de junio del año dos mil once.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

1 v. No. F000188

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2011107272

No. de Presentación: 20110147703

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA PAULA ROBLES DE BENITEZ, en su calidad de APODERADO de VASQUEZ PORTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VASPORT, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: el diseño de un DIBUJO ANIMADO DE UN MEDICO, que servirá para: AMPARAR UNA EMPRESA DE SERVI-CIOS DEDICADA A LA COMPRA, VENTA, REPRESENTACION Y DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE PRODUCTOS FARMA-CEUTICOS Y DE COSMETOLOGIA, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA EN 4A. AVENIDA NORTE Y 22A. CALLE ORIENTE No. 801 COLONIA LOPEZ, SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil once.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000255-1

DIARIO

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2011110315

No. de Presentación: 20110152999

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ADALBERTO AMAYA ROSA, en su calidad de APODERADO de JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO, de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra VILLACERO y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS CO-MERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de junio del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000263-1

No. de Expediente: 2011110313

No. de Presentación: 20110152997

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ADALBERTO AMAYA ROSA, en su calidad de APODERADO de JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO, de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra VILLACERO y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; DIRECCION DE NEGOCIOS COMERCIALES; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de junio del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000264-1

No. de Expediente: 2010105149

No. de Presentación: 20100143835

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de

MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., de nacionalidad

PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Mibanco y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SEGUROS, NEGOCIOS FINANCIEROS, NEGOCIOS

MONETARIOS, NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000081-1

DIARIO

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente: 2010105148

No. de Presentación: 20100143834

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

MIBANCO

Consistente en: la palabra MIBANCO, que servirá para: AM-PARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000082-1

No. de Expediente: 2011109545

No. de Presentación: 20110151670

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GUILLERMO RAFAEL MARTÍNEZ LARA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra GeoMira y diseño, que servirá para: AMPARAR: ALQUILER DE SOFTWARE. ANALISIS DE SISTEMA

INFORMÁTICO, PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS U OR-DENADORES, CONSULTORÍA DE SOFTWARE. CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SITIOS WEB PARA TERCEROS, DISEÑOS DE SOFTWARE, INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS PARA TERCEROS, PROVISIÓN DE MOTORES DE BÚSQUEDA PARA INTERNET. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil once.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000103-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2011110314

No. de Presentación: 20110152998

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ADALBERTO AMAYA ROSA, en su calidad de APODERADO de JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO, de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra VILLACERO y diseño, que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES Y ALAMBRES NO ELÉCTRI-COS DE MATERIALES COMUNES FERRETERÍA, ARTÍCULOS PEQUEÑOS DE METAL DE FERRETERÍA, TUBERÍA Y TUBOS METÁLICOS; CAJAS DE SEGURIDAD; PRODUCTOS DE ME-TALES COMUNES NO COMPRENDIDO EN OTRAS CLASES; MINERALES METALÍFEROS. Clase; 06.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil once.

DIARIO

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de junio del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000265-1

No. de Expediente: 2011107637

No. de Presentación: 20110148259

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANTOS

CHAVEZ GUTIERREZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROINDUSTRIAL LAS FRESAS DE RESPONSABILIDAD LI-

MITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras LAS PILAS y diseño, que servirá para:

AMPARAR: AGUA ENVASADA. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de abril del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000031-1

No. de Expediente: 2010101105

No. de Presentación: 20100136660

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NADYA SUSANA LEÓN RETANA, en su calidad de APODERADO de Sam-sung Electronics CO., Ltd., de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

SAMSUNG CHAMP

Consistente en: las palabras SAMSUNG CHAMP en donde la palabra CHAMP se traduce al castellano como campeón, que servirá para: AMPARAR: TELÉFONOS MÓVILES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000080-1

No. de Expediente: 2010106043

No. de Presentación: 20100145251

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NADYA SUSANA LEÓN RETANA, en su calidad de APODERADO de Metal Mulisha LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la expresión M/M y diseño, que servirá para: AM-PARAR: ROPA, CAMISAS, BLUSAS, CAMISETAS, CHAQUETAS, PANTALONES, SHORTS, ROPA INTERIOR, LENCERÍA, TRAJES DE BAÑO, SUDADERAS, SUÉTERES, TRAJES, SOMBREROS, GUANTES Y CALZADO. Clase: 25.

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000085-1

No. de Expediente: 2010103894

No. de Presentación: 20100141907

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NADYA SUSANA LEÓN RETANA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de Research In Motion Limited, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

BLACKBERRY TORCH

Consistente en: las palabras BLACKBERRY TORCH, el cual la palabra BLACKBERRY se traduce al castellano como ZARZAMORA y TORCH como ANTORCHA, que servirá para: AMPARAR: TELE-COMUNICACIONES, SUMINISTRO DE ACCESO A INTERNET; PROPORCIONAR ACCESO A BASES DE DATOS ELECTRÓNICAS, ACCESO A LOS SERVICIOS DE NAVEGACIÓN GPS (GLOBAL POSITIONING SYSTEM); SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS, PARA LA TRANSMISIÓN O RECEPCIÓN DE AUDIO, VIDEO O CONTENIDO MULTIMEDIA; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS PARA LA TRANSMISIÓN O RECEPCIÓN DE SOFTWARE DE COMPUTADORAS Y APLI-CACIONES; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN EN VIVO EN LÍNEA; SERVIDOS DE CORREO ELECTRÓNICO, ENVÍO DE MENSAJES POR VÍA ELECTRÓNICA; SERVICIOS INALÁMBRICOS DE MEN-SAJERÍA DE DATOS, EN PARTICULAR LOS SERVICIOS QUE PERMITEN A UN USUARIO ENVIAR Y/O RECIBIR MENSAJES A TRAVÉS DE UNA RED DE DATOS INALÁMBRICA; SERVIDOS DE LOCALIZACIÓN EN UN SENTIDO O EN AMBOS SENTIDOS; TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICA-CIÓN DE VOZ; TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE SOFTWARE COMPUTADORAS Y APLICACIONES A TRAVÉS DE INTERNET Y OTRA COMPUTADORA Y REDES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS; DE RADIODIFUSIÓN; DIFUSIÓN; DIFUSIÓN O TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO; DIFUSIÓN O TRANSMISIÓN FLUIDA Y DESCARGABLE DE AUDIO DIGITAL Y CONTENIDOS DE

VIDEO A TRAVÉS DE COMPUTADORAS Y OTRAS REDES DE COMUNICACIONES; CONSULTA DE TELECOMUNICACIO-NES, PROPORCIONAR INFORMACIÓN A TERCERAS PARTES PARA ASISTIRLOS EN EL DESARROLLO E INTEGRACIÓN DE CONEXIONES INALÁMBRICAS DE INFORMACIÓN YA SEA DE UNA O DOS VÍAS, INCLUYENDO INFORMACIÓN CORPO-RATIVA, DEL HOGAR/PERSONALES, Y/O COMUNICACIONES DE VOZ. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000087-1

No. de Expediente: 2011106632

No. de Presentación: 20110146336

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNÁNDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERA-DO de MEDIPAN S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

XICOX

Consistente en: la palabra XICOX, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS; PREPARACIONES SA-NITARIAS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, YESO PARA USO MÉDICO, MATERIAL PARA CURACIONES (APÓSITOS Y VENDAS); MA-TERIAL PARA TAPAR DIENTES; CERA DENTAL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de abril del año dos mil once.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000276-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

ACEPTACIÓN DE hERENCIA

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro

Judicial Integrado de Soyapango.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal a

las once horas veinte minutos del día siete de junio del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

sucesión intestada que a su defunción dejó la causante Francisca Marta

Mena de Corleto, quien fue de ochenta y cinco años de edad, casada,

siendo su último domicilio Soyapango, originario de San Salvador,

Departamento de San Salvador, Salvadoreño, hija de Isabel Mena, quien

falleció el veintisiete de agosto de dos mil ocho, de parte de Francisco

Guillermo Montenegro Navarro, en su calidad de cesionario de los

derechos hereditarios que les correspondían a los señores Felipe René

Corleto Mena, Joaquín Guillermo Guerra Mena conocido por Joaquín

Guillermo Corleto Mena, Francisco Alejandro Corleto Mena, Víctor

Hugo Mena Torres conocido por, Víctor Hugo Corleto Mena, todos

en su calidad de hijos de la causante, representado por su Apoderado

Abogado Neri Dorian Loucel Quinteros.

Confi érese al aceptante declarado la administración y representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este tribunal dentro del término de ley después de la publi-

cación del edicto respectivo.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas

treinta minutos del día siete de junio de dos mil once. LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059733-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas

y veinte minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil once,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en la Ciudad de

Mejicanos, siendo su último domicilio esta ciudad, quien falleció a las

dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos del día treinta de mayo

del año dos mil dos, dejó el señor MANUEL MARTINEZ, de parte de

la señora IVONNE JUDITH MARTINEZ SOLANO, en su concepto de

Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor

Carlos Alfredo Martínez Bonilla, en su concepto de hijo del causante

antes mencionado. Se le ha conferido a la aceptante la Administración y

Representación Interna de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las quince

horas y cincuenta minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil

once. Enmendado: IVONNE: Vale. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES

GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059747-2

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas y quince minutos del día veintinueve de abril del corriente año.

Se declaró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer el día uno de febrero del año dos mil

ocho, en el Barrio Las Delicias, de esta ciudad, Departamento de La

Unión, su último domicilio dejó la causante Elodina Menjívar Menjívar,

conocida por Elodina Menjívar, de parte del señor José Adán Parada, en

concepto de cónyuge sobreviviente de la referida causante, de confor-

midad con el Artículo 988 numeral 1° C.C. y como Cesionario de los

Derechos Hereditarios que en la referida sucesión le correspondían a los

señores Miguel Ángel Parada Menjívar, José Simón Parada Menjívar,

María Petrona Parada de Contreras, Rosa Noemy Parada Menjívar, y

José Adán Parada Menjívar, en concepto de hijos sobrevivientes de

la referida causante, de conformidad con el Artículo 1699 C.C. Se les

confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los tres días del mes de mayo de dos mil once.-

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059749-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta mi-

nutos del día seis de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor RODOLFO

ANTONIO QUINTANILLA RODRÍGUEZ, mayor de edad, mecánico,

del domicilio de esta ciudad y departamento, con Documento Único

de Identidad número cero dos millones setecientos ochenta y seis mil

trescientos cincuenta y tres-cuatro y Número de Identifi cación Tributaria

mil diez-doscientos veinte mil cuatrocientos sesenta y seis-ciento uno-

cero, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora JUANA

MARÍA RODRÍGUEZ, quien fue de sesenta y dos años de edad, de

ofi cios domésticos, soltera, salvadoreña, en el Hospital Santa Gertrudis

de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo de la

causante y se ha nombrado al aceptante administrador y representante

interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del

mes de Junio del año dos mil once.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059750-2

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos

del día seis de abril del año dos mil once, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA

FRANCISCA CORNEJO, la herencia intestada que a su defunción dejó

la causante señora ESTER CORNEJO o MARIA ESTER CORNEJO

DE ACEVEDO o MARIA ESTER CORNEJO, quien fue de ochenta y

ocho años de edad, doméstica, fallecida a las diecisiete horas cincuenta

minutos del día ocho de agosto de dos mil diez, en el Hospital Nacional

Santa Gertrudis del municipio de San Vicente, departamento de San Vi-

cente, lugar de su último domicilio, en su calidad de hija de la causante.

Y se ha nombrado a la aceptante, administradora y representante interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas

veinte minutos del día seis de abril del año dos mil once.- Dra. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059753-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho

horas y treinta minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante MANUEL DE JESUS HERNANDEZ,

quien falleció el día ocho de julio del año dos mil nueve, en Hospital

General del Seguro Social de San Salvador, siendo su último domicilio

San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, de parte de la señora SONIA

GUADALUPE GONZALEZ DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge

sobreviviente y como representante legal de sus menores hijos YESICA

GUADALUPE, MARLON ALEXANDER Y MARVIN MANUEL

todos de apellidos HERNANDEZ GONZALEZ, como hijos del referido

causante.- Habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las ocho horas

y treinta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil

once.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059776-2

El Licenciado MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero

de lo Civil y Mercantil de Santa Ana: Al público en general,

SE HACE SABER: Que en esta Sede Judicial se han promovido

bajo el número de expediente NUE: 00243-11-DV-3CM1; REF: DV-

17-11-CIII, por el Licenciado Jorge Humberto Cuéllar, diligencias de

Aceptación de Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario sobre

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

los bienes que a su defunción dejara el señor José Francisco Menéndez

Mendoza, quien fuera de cuarenta y tres años de edad, profesor en bio-

logía química, de este domicilio, fallecido sin haber dejado testamento,

el día veintiocho de noviembre de dos mil diez, en el Hospital Rosales

de la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio,

HABIÉNDOSE NOMBRADO COMO HEREDEROS, ADMINISTRA-

DORES Y REPRESENTANTES INTERINOS INTESTADOS CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente, de la sucesión del señor José

Francisco Menéndez Mendoza, el día dieciséis de mayo del año dos

mil once, a la señora Edda Marina Mendoza de Sobalvarro, quien es

de sesenta y cuatro años de edad, ama de casa, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad, número cero tres millones trescientos

sesenta mil trescientos veinticuatro-tres; y Número de Identifi cación

Tributaria cero quinientos veinte-cero setenta mil cuatrocientos cuarenta

y seis-cero cero uno-cinco; y al señor José Francisco Menéndez, quien

es de sesenta y seis años de edad, profesor de educación básica, de este

domicilio, portador de su Documento Único de Identidad, número cero

dos millones doscientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y nueve-

nueve; y Número de Identifi cación Tributaria cero doscientos diez-cero

sesenta y un mil cuarenta y cuatro-cero cero uno-tres, ambos en calidad

de padres del causante.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse

presentes a este juzgado, las personas que se crean con derecho a la

herencia que dejara el referido causante.

Santa Ana, a las ocho horas con treinta y seis minutos del día

dieciséis de mayo de dos mil once.- Licdo. MELVIN MAURICIO PE-

ÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F059807-2

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas cuatro

minutos del día uno de junio del año dos mil once. Se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia testa-

mentaria que a su defunción ocurrida a las siete horas del día nueve de

septiembre de dos mil diez, en el Cantón Chancuyo, Colonia El Espino,

Jurisdicción del Municipio y Departamento de Ahuachapán, su último

domicilio, dejó el señor MARIANO ANTONIO CHOTO CARIAS; de

parte de los menores DANIEL MARIANO CHOTO GONZALEZ y

CRISTIAN NEFTALI CHOTO GONZALEZ, en su calidad de hijos

del causante, a quienes se les ha nombrado interinamente representantes

y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente, representación y administración

que ejercerán por medio de su madre señora TERESA DEL CARMEN

GONZALEZ NICIA.

Lo que se pone del conocimiento del público para los fi nes de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL, AHUACHAPAN, a las quince horas

diez minutos del día uno de junio de dos mil once.- Dr. JULIO CESAR

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA

DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059810-2

HERENCIA YACENTE

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día treinta

de Abril del corriente año ha sido declarada YACENTE la herencia dejada

por el señor RUBEN ENRIQUE ALFARO CALDERON, fallecido el

día siete de noviembre del año dos mil nueve, en esta ciudad siendo esta

ciudad su último domicilio, y se nombró Curador a la Licenciada Rosa

María Molina Pérez, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás

efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y cinco

minutos del día dos de Junio del dos mil once.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000219-2

TITULO DE PROPIEDAD

El Infrascrito Alcalde Municipal de Chalatenango,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado los señores

JUANA DE JESUS RODRIGUEZ GUEVARA, y JOSE SALVADOR

GUEVARA, solicitando a su favor Título de Propiedad de un inmueble

de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio El Calvario, Pasaje Caja de

Agua de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de QUINIENTOS

OCHO PUNTO SENTA METROS CUADRADOS; que se describe así:

AL ORIENTE: mide veintiún metros treinta y tres centímetros, Colinda

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

con Ceferino Menjívar, pared de ladrillo propiedad del colindante; AL

NORTE: mide veintiún metros ochenta centímetros, linda con José Sal-

vador Guevara, cerco de piedra propio de por medio; AL PONIENTE:

mide veinte metros cuarenta y un centímetros linda con Moreno Santos,

calle pública de por medio; y, AL SUR: mide veinticinco metros ochenta

centímetros, colinda con María Magdalena Guardado López, pared de

ladrillo en parte de la colindante y en parte propia del inmueble que se

describe, hasta donde se comenzó. En este solar está construida una

casa techo de tejas y lámina galvanizada, paredes de ladrillo, con sus

servicios básicos. Dicho inmueble lo adquirimos por compra que se

hizo al señor José Efraín Núñez Núñez, según testimonio de escritura

pública otorgada en esta ciudad a las catorce horas del día veinte de

enero de mil novecientos noventa y nueve, ante los ofi cios del Notario

Guillermo Dagoberto Guevara Artiaga, en instrumento no inscrito. El

referido inmueble, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenen-

cia que deban respetarse, ni está en proindivisión con otras personas,

y valoramos el referido inmueble y construcciones que contiene, en la

cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal: Chalatenango, dos de junio del año dos mil

once.- Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MU-

NICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059741-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que en esta Alcaldía José Cecilio Rivera Martínez,

de diecinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número cero cuatro millones quinientos sesenta y siete

mil ochocientos ochenta y nueve guión ocho y Número de Identifi cación

Tributaria mil doscientos dieciocho guión cero treinta mil doscientos

noventa y dos guión ciento uno guión cero; ha presentado solicitud de

TITULO DE PROPIEDAD, de terreno de naturaleza urbana, situada

en el Barrio La Merced de esta jurisdicción, distrito de Chinameca,

Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de TRES-

CIENTOS SIETE PUNTO TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

NORTE, nueve punto sesenta y cinco metros, con terreno del señor

José Esteban Zelaya Rivera, servidumbre de por medio, cerco propio;

SUR, diez punto diez metros, con terreno del señor Galileo Bermúdez

Lobo, callejón de por medio de cuatro metros de ancho, cerco propio;

PONIENTE, treinta y uno punto veinticinco metros, con terreno del señor

David Rivera, cerco del colindante; y ORIENTE, treinta y un metros,

con terreno del señor Herminio Rivera López, cerco del colindante; en

la propiedad está construida una casa de paredes de ladrillo, y sin techo,

de ocho metros de frente por nueve metros de fondo.- Manifi esta haberlo

adquirido mediante compra que le hizo a la señora PAULA DOLORES

RIVERA DE PORTILLO, quien es de cuarenta y cuatro años de edad,

Doméstica, de este domicilio; por medio de escritura privada e informal

no inscribible, por no tener antecedentes inscritos, dicho inmueble no

tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona, lo ha

poseído de forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, dicho inmueble no

es predio dominante ni sirviente y lo valora en la cantidad de UN MIL

TRESCIENTOS 00/100 DÓLARES ($1,300.00).

Lo que hace del conocimiento público, para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, a los diecisiete días del

mes de mayo del año dos mil once.- Ing. EVER ASMEL GONZALEZ

GARCIAGUIRRE, ALCALDE MUNICIPAL.- Licda. BERIS YASMI-

NA INTERIANO QUINTANILLA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059778-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que la señora MARIA ELENA BLANCO DE

RIVAS, en su calidad de apoderada del señor MARIO ALBERTO

RIVAS TOBAR, mayor de edad, empleado, del domicilio de Mejica-

nos, Departamento de San Salvador, solicitando se expida a favor de

su poderdante TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de natura-

leza Urbana, situado en Tercera Avenida Sur, Barrio La Cruz, de esta

Jurisdicción, compuesto de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS

PUNTO CERO CERO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS,

de extensión superfi cial, con las colindancias siguientes: al NORTE: con

José Fredi Cortez Alfaro; al ORIENTE: con Vicenta Escobar López,

camino de por medio, Saúl Arturo Escobar Herrera, Ismael Escobar

Herrera, Hernán Antonio Escobar Herrera; al SUR: con René Arturo

Herrera y María Rubidia Bolaños de Hernández; y al PONIENTE: con

Miguel Elías Quinteros. No es sirviente ni dominante. Lo valúa en la

cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES. Lo hubo por

Partición Extrajudicial de Inmueble, otorgado por mi poderdante y por

la señora Nery Angélica Rivas de Joachín, del domicilio de Soyapango.

Los colindantes son de este domicilio. Lo que se hace saber al público

para los efectos de Ley.

Alcaldía municipal: San Juan Tepezontes, siete de enero de dos mil

once.- FRANCISCO ALIRIO CANDRAY CERON, ALCALDE MU-

NICIPAL.- TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. c. No. F059836-2

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

TITULO SUPLETORIO

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS

AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

RAÚL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial de la señora JUANA AMAYA DE LAINEZ; de

cincuenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Dolores, Cabañas, Solicitando se le extienda Título Supletorio a favor

de la referida señora, de un inmueble de naturaleza rústico situado en el

Cantón El Rincón, Municipio de Villa Dolores, Cabañas; de una extensión

superfi cial de DIEZ MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, que

mide y linda: AL ORIENTE; ciento cinco metros, con resto del terreno

adjudicado a José Luis Hernández, divididos por un mojón hecho al

intento a orillas del Río Tepemechín, línea recta al mojón de una piedra

grande y de allí al mojón de piedra del amate; AL NORTE: cien metros:

con terreno de don José Abelino Hernández, dividido por cerco de piedra:

AL PONIENTE: ciento cinco metros, con la porción de Marcos Amaya,

desde el último mojón citado, por cerco de piedra a llegar a un mojón de

un bordito, cerca de un árbol de jocote y de allí recto a la quebrada El

Rincón donde se ha situado un mojón de piedras; AL SUR: cien metros,

con terrenos de Carmen y Catalina Amaya, divididos por la quebrada El

Rincón, aguas abajo, a llegar al mojón situado a orillas del Río Tepe-

mechín donde empezó el delineamiento. Lo adquirió por compraventa

que le hizo al señor Gregorio Guevara, en el mes de mayo del año dos

mil nueve y lo valora en la cantidad de SEIS MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los quince días

del mes de febrero de dos mil once. Enmendados. situado-situado-mojón-

situado-donde. Valen.- LIC. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO MENA

HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000208-2

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS

AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial del señor CARLOS ROBERTO FUENTES

HERNÁNDEZ, de treinta años de edad, empleado, de este domicilio,

solicitando se le extienda Título Supletorio a favor del referido señor,

de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Río Grande,

de esta Jurisdicción, de una extensión superfi cial de QUINCE MIL

TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS, que mide y linda:

AL ORIENTE: noventa y siete metros, con Atilio Mercado, separados

por Calle Antigua a Dolores; AL NORTE: sesenta y cinco metros, con

Daniel Cruz, separados por cerco de piña y árboles de jiote; AL PONIEN-

TE: ciento ochenta y tres metros, con Deysi Salgado, separados con la

quebrada, hasta llegar al emboque de dos quebradas; AL SUR: ciento

cincuenta y cuatro metros, con Atilio Mercado, divididos por quebrada,

desde el emboque de las quebradas mencionadas hasta donde comenzó la

descripción. Lo adquirió por compraventa que le hizo al señor OSCAR

ADIN FUENTES HERNÁNDEZ, en el mes de diciembre del año dos

mil nueve; y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los dieciocho

días del mes de febrero de dos mil once.- Entre líneas. Grande. Vale.

Enmendados. situado - esta. Valen.- LIC. JOSÉ ÁNGEL POSADA CIS-

NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO

MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000209-2

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS

AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial del señor JOSÉ ANDRÉS RIVAS MERCADO,

de cuarenta y ocho años de edad, ayudante de albañil, de este domicilio,

Solicitando se le extienda Título Supletorio a favor del referido señor,

de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón El Bañadero,

Colonia San Marcos, Guacotecti, Cabañas, de una extensión superfi cial

de MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda:

AL NORTE: once metros, con José Vicente Arias; AL SUR: quince

punto setenta metros, con calle a piscina Los Reyes; AL ORIENTE: cien

metros, con Rafael Rivas; AL PONIENTE: cien metros, con Martín Rivas.

Lo adquirió por compraventa que le hizo al señor Domingo Rivas, en el

mes de febrero del año dos mil uno y lo valora en la cantidad de CINCO

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los quince días del

mes de febrero de dos mil once. Enmendado. situado. Vale.- LIC. JOSÉ

ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

BR. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000210-2

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS

AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

RAUL OMAR FUNES MELGAR, como Apoderado General Judicial con

Cláusula Especial del señor CARLOS ARMINDO IRAHETA, de treinta

y cuatro años de edad, agricultor, del domicilio de San Isidro, Cabañas,

Solicitando se le extienda Título Supletorio a favor del referido señor, de

un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Los Jobos, San

Isidro, Cabañas, de una extensión superfi cial de CIENTO NOVENTA

Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE:

catorce metros, con Napoleón Moreno, quebrada Los Camarones de por

medio; AL SUR: catorce metros, con José Arístides Vásquez Ventura;

AL PONIENTE: catorce metros, con Ricardo Alcides Iraheta Arias;

AL NORTE: catorce metros, con Manuel de Jesús Arias. Lo adquirió

por compraventa que le hizo a la señora María Esperanza Arias, en el

mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho y lo valora en

la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.

Juzgado de Primera instancia de Sensuntepeque, a los quince días del

mes de febrero de dos mil once. Enmendado. situado. Valen.- LIC. JOSÉ

ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

BR. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000211-2

LICENCIADA MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD

DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, al público para

los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

NELSON BOANERGES AMAYA BELTRAN, quien es de cuarenta

y siete años de edad, abogado, de este domicilio, Departamento de

Usulután, portador de su Documento Único de Identidad Número cero

dos millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta guión cero,

y con número de Identifi cación Tributaria un mil ciento dos guión ciento

setenta mil ochocientos: sesenta y tres guión cero cero uno guión dos, y

JOSÉ BENEDICTO DOMINGUEZ CRUZ, quien es de veintinueve años

de edad, jornalero, de este domicilio con Documento Único de Identidad

Número cero dos millones setecientos cuarenta y ocho mil novecientos

noventa y cuatro guión cero, con Número de Identifi cación Tributaria un

mil ciento dos guión cero cincuenta mil setecientos ochenta y uno guión

ciento uno guión uno, solicitando Título Supletorio de un inmueble de

naturaleza rústica situado en el Cantón El Tablón, Caserío Los Muñoz,

de esta Jurisdicción, de una capacidad superfi cial de CATORCE MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO TRECE ME-

TROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias especiales son las

siguientes: AL NORTE: Colinda con propiedad de Juan Antonio Flores,

Francisco Flores, José Gregorio Flores Fuentes, Manuel de Jesús Flores

Fuentes, Santos Arcadia Flores Fuentes y Juana Fuentes viuda de Flores,

calle de por medio: AL ORIENTE: colinda con María Ignacia Muñoz

Reyes de González; SUR: Colinda con José Estanislao Castillo Castro,

quebrada de por medio; y AL PONIENTE: con Juan Antonio Flores

Fuentes. Que la posesión que ejerce sobre dicho propiedad mi mandante

es de forma material, quieta, pacífi ca, pública y no ininterrumpida ya

que dicho terreno no tiene ningún otro dueño que tenga derecho real

que respetarle o que se haya presentado a oponerse a la posesión aludida

demostrando mejor derecho sobre el inmueble, consistiendo la posesión

en efectuar actos de verdadero dueño tales como cuidarlo, cercarlo, re-

parar sus cercas, cultivos, siendo éste reconocido por todos sus vecinos,

amigos y colindantes en general como único dueño de dicho terreno y

no hay otros poseedores en pro indivisos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Berlín,

a las doce horas y cuarenta minutos del día quince de febrero del año

dos mil once.- LICDA. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ANA MAR-

GARITA BERMUDEZ DE HENRÍQUEZ, SRIO.

3 v. alt. No. F059772-2

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado

ALCIRA DAYANARA LÓPEZ MORATAYA, quien es de treinta y seis

años de edad, Licenciada en Trabajo Social, del domicilio de Cojutepeque,

Departamento de Cuscatlán, para iniciar trámites de Diligencias de Título

de Dominio de un inmueble de naturaleza Urbana situado en el Barrio El

Calvario, de esta Villa que mide y linda; AL NORTE: mide Compuesto

por un tramo, que se describe a continuación: Tramo uno- Mojón dos:

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

partiendo del mojón uno, línea recta, con rumbo norte setenta y dos grados

cero nueve minutos y cero tres segundos, Este y distancia de once punto

setenta y cuatro metros, se llega al mojón dos. Este tramo colinda con la

propiedad de la señora Tomasa Durán Aguirre, antes hoy con Cándida

Guzmán; AL ORIENTE: Compuesto por tres tramos, que se describe

a continuación: Tramo dos- mojón tres: partiendo del mojón dos, línea

recta, con rumbo sur veinte grados trece minutos y veintinueve segundos,

Este y distancia de cinco punto setenta y nueve metros, se llega al mojón

tres. Tramo tres- mojón cuatro: partiendo del mojón tres, línea recta, con

rumbo sur dieciocho grados once minutos y veintiún segundos, Este y

distancia de ocho punto treinta y dos metros, se llega al mojón cuatro.

Tramo cuatro- mojón cinco: partiendo del mojón cuatro, línea recta con

rumbo sur cero nueve grados veintinueve minutos y treinta segundos,

Este y distancia de nueve punto cuarenta y cinco metros, se llega al

mojón cinco. Estos tramos colindan con propiedad de la señora María

Gloria Miranda; AL SUR: compuesto por un tramo, que se describe a

continuación tramo cinco- mojón seis: partiendo del mojón cinco, línea

recta, con rumbo sur setenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos y

treinta y cuatro segundos, Oeste y distancia de diez punto setenta y dos

metros, se llega al mojón seis. Este tramo colinda con la propiedad de

Ovidio Arístides Barahona Cornejo y Guillermo Carlos Carrillo, calle

de por medio; y AL PONIENTE: Compuesto por dos tramos, que se

describen a continuación Tramo seis- mojón siete: partiendo del mojón

seis línea recta con rumbo norte dieciséis grados cero cinco minutos y

cuarenta segundos, oeste y distancia de ocho punto veinticuatro metros,

se llega al mojón siete. Tramo siete- mojón uno: partiendo del mojón

siete, linea recta, con rumbo norte, dieciocho grados cincuenta y nueve

minutos y cincuenta segundos, Oeste y distancia de trece punto setenta

y nueve metros, se llega al mojón uno. Llegando así donde se inició la

presente descripción, este tramo colinda con la propiedad de José Lara

Martínez, antes, hoy con José Tránsito Aguilar. El inmueble descrito

tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES

PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, aproxi-

madamente, lo estima en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, lo adquirió por compraventa que

le hiciera al señor Miguel Ángel Cornejo Sánchez, quince de octubre

del años dos mil diez, dicho inmueble lo poseyó el mencionado señor

por más de treinta años consecutivos, en forma quieta, pacífi ca sin inte-

rrupción y sin proindivisión con nadie, y unidos a los que lo ha poseído

la señora Alcira Dayanara López Morataya suman más de treinta años

consecutivos, los colindantes son todos de este domicilio y se avisa al

público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, dieciséis días del mes

de junio de dos mil once.- ARCENIO OLMES CARRILLO, ALCALDE

MUNICIPAL.- INDIRA ORELLANA LIEVANO, SECRETARIA

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000207-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la Sra.

SOFÍA ORELLANA viuda DE ALVARADO, quien es de setenta y ocho

años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número: cero un millón setecientos noventa y tres

mil quinientos veintinueve, y con Número de Identifi cación Tributaria:

cero cuatrocientos treinta y dos – ciento noventa mil novecientos treinta y

dos - ocho, en su calidad de Apoderada legal del Sr. ANDRÉS ABELINO

ALVARADO ORELLANA, quien es mayor de edad, empleados, del

domicilio de El Paisnal, solicitando se le extienda TÍTULO DE DOMINIO

a nombre de su poderdante un inmueble de naturaleza urbano, situado en

el Cantón Potrero Grande, Caserío Las Garcitas, Calle a Hacienda Los

Gramales S/N, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salva-

dor, de una extensión superfi cial de: CUATROCIENTOS CUARENTA

Y CINCO PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS,

con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: dos tramos

rectos, el primero de cinco punto treinta y un metros colinda con Sofía

Orellana viuda de Alvarado; el segundo tramo de siete punto setenta

y cuatro metros colindando con Marco Antonio Sánchez Arteaga, AL

ORIENTE: mide treinta y cinco punto setenta metros colindando con

Dora Francisca Gómez Avalos; AL SUR: mide doce punto treinta metros

colindando con Esther Machado de Henríquez y Jorge Antonio Muñoz

Moreno, calle de por medio y AL PONIENTE: Mide treinta y seis punto

ochenta metros lindando con Sifredo Pineda. Todos los colindantes son

de este domicilio. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni

está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a

terceras personas, desde su adquisición por COMPRAVENTA de pa-

labra sin formalizar escritura que le hizo la señora MARÍA NARCISA

ALVARADO viuda DE RUIZ. Habiendo poseído el referido terreno

en forma quieta, pacífi ca, y no interrumpida, de forma material por más

de quince años y lo valora en la cantidad de SEIS MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los dieciséis días

del mes de junio de dos mil once.- JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA,

ALCALDE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL NIETO DUGON,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059787-2

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2000000584

No. de Presentación: 20110152331

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD, Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, actuando como APODERADO de JUMA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A.

DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164

del Libro 00147 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra "CLOTRIFAR", EN LETRAS MAYUSCULAS; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059777-2

No. de Expediente: 2000000583

No. de Presentación: 20110152335

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., del domi-

cilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00169 del Libro 00141 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BI-FUSIN",

en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha, apareciendo las

palabras "BI", y "FUSIN", separadas por un guión, el cual forma parte

de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de mayo del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CALIZALEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059779-2

No. de Expediente: 2001010737

No. de Presentación: 20110152611

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: JUMA, S.A, DE C.V., del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00172 del Libro 00147 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en las palabras "CICATRIL PLUS", en letras

mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de junio del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059781-2

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 2001012075

No. de Presentación: 20110152332

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., del

domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando RENOVACION, para la inscripción Número 00176 del Libro

00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

"PROSUGEN", en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059782-2

No. de Expediente: 2000000585

No. de Presentación: 20110152333

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de JUMA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

JUMA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00170 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la palabra "BETA-GENTA", en letras mayúsculas,

apareciendo las palabras BETA, y GENTA, separadas por un guión;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059784-2

No. de Expediente: 2001010962

No. de Presentación: 20110152612

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO

ARTURO ESCOBAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE

LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., del domicilio de

San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00173 del Libro 00147 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CICATRIL,

escrita en letras mayúsculas, de molde; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de junio del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059788-2

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2011108521

No. de Presentación: 20110149676

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: La expresión MERCK MILLIPORE y diseño, que

servirá para: AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, CALE-

FACCIÓN, PRODUCCIÓN DE VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERA-

CIÓN, SECADO, VENTILACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA,

ASÍ COMO INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de abril del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000220-2

No. de Expediente: 2011108522

No. de Presentación: 20110149678

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: las palabras MERCK MILLIPORE y diseño, el

cual la palabra PORE se traduce al castellano como Poro, que servirá

para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS

MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-

DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN;

FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMESTICO;

MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE

ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-

CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR

(NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE

IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de abril del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000221-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2011108337

No. de Presentación: 20110149453

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANDRES

ERNESTO RIVAS AGUILAR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

DIARIO

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Lepetitspa FOR TEENS y diseño,

traducida como El Pequeño Spa para adolescentes, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A SERVICIOS

DE SALÓN Y SPA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de marzo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059717-2

SUBASTA PUBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Civil, que

promueve la Licenciada MARINA ALICIA MONTOYA DE LIZAMA,

Apoderada General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE USULUTAN,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONAABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de USULUTÁN, con número

de Identifi cación Tributaria uno uno dos tres-dos cinco cero seis cuatro

tres-uno cero uno-ocho; y siendo Representada Legalmente dicha Ins-

titución crediticia, por el señor LUIS ALONSO ARCE MARTINEZ;

en contra de los señores CRISTINA GUADALUPE RODRIGUEZ

DE TURCIOS, en su calidad de deudora, en ese entonces de treinta y

nueve años de edad, Operaria, del domicilio de Puerto El Triunfo, del

departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número

cero un millón quinientos cuarenta mil quinientos cuarenta y tres - cinco;

y LUIS ALBERTO TURCIOS VILLALTA, en calidad de fi ador, en

ese entonces de treinta y seis años de edad, Misionero, del domicilio

de Puerto El Triunfo, del departamento de Usulután; con Documento

Único de Identidad número cero un millón trescientos cuarenta y un mil

sesenta y siete-cero; se ordenará la venta en PUBLICA SUBASTA, con

la cual garantizó la obligación contraída por la deudora antes mencionada,

y en el cual se constituyó PRIMERA HIPOTECA, sobre Tres lotes de

terreno de naturaleza rústica, situados en la ciudad de Jiqullisco, Barrio

Las Flores, municipio de Jiquilisco, departamento de Usulután, marcados

en sus antecedentes como LOTE NÚMEROS UNO, DOS Y TRES, DEL

POLIGONO "F", de la Lotifi cación denominada "LA PRADERA", y se

describen así: PRIMERO; POLIGONO "F", LOTE NUMERO UNO: AL

NORTE: cinco punto cincuenta metros; AL ORIENTE: veinte punto cero

cero metros; AL SUR: diez punto cero cero metros; AL PONIENTE:

en dos tiros, el primer tiro recto de quince punto cincuenta metros; y

el segundo tiro con longitud de curva de siete punto cero siete metros;

tiene un área de CIENTO NOVENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y

CINCO METROS, SEGUNDO: Polígono "F" , LOTE NUMERO DOS;

AL NORTE: diez punto cero cero metros; AL ORIENTE: veinte punto

cero cero metros; AL SUR: diez punto cero cero metros; AL PONIENTE:

veinte punto cero cero metros; tiene un área de DOSCIENTOS PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS; TERCERO: Polígono "F",

LOTE NUMERO TRES; AL NORTE: diez punto cero cero metros; AL

ORIENTE: veinte punto cero cero metros; AL SUR: diez punto cero

cero metros; AL PONIENTE: veinte punto cero cero metros; tiene un

área de doscientos punto cero cero metros cuadrados. Inscritos a favor

del señor LUIS ALBERTO TURCIOS VILLALTA; en el Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la segunda Sección de Oriente, bajo

el sistema de folio Real computarizado bajo las Matrículas números,

SIETE CINCO CERO UNO SIETE TRES DOS DOS- CERO CERO

CERO CERO CERO; SIETE CINCO CERO UNO SIETE TRES DOS

TRES- CERO CERO CERO CERO CERO, Y SIETE CINCO CERO

UNO SIETE TRES DOS CUATRO - CERO CERO CERO CERO

CERO; todas las Matrículas en el Asiento DOS; de este Departamento.

Y encontrándose embargados los referidos inmuebles inscritos a los

números de Matrícula 75017322-00000; 75017323-00000; y 75017324-

00000; TODOS CORRESPONDIENTE al Asiento NUEVE, a favor de la

CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.

Según Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada MARINA

ALICIA MONTOYA DE LIZAMA, Apoderada General Judicial de la

referida Institución crediticia, en contra de los demandados CRISTINA

GUADALUPE RODRIGUEZ DE TURCIOS, y LUIS ALBERTO

TURCIOS VILLALTA. Los bienes antes relacionados, se encuentra a

favor de la parte demandante.

Quien quiera hacer postura de los referidos inmuebles que concurran

al tribunal donde se le admitirá siendo legal.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los vein-

ticinco días del mes de mayo del año dos mil once. Lic. MANUEL DE

JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. LOURDES

ESTELLA CASTAÑEDA, SRIA. INTA.

3 v. alt. No. F059722-2

DIARIO

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SECUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo promovido por el Licenciado JORGE JEOVANY AGUIRRE MELARA, como Apoderado General Judicial de la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Barrios de Responsabilidad Limitada, que se abrevia "ACACCIBA DE R.L.", contra el señor JOSE ORLANDO ARGUETA RAMOS, reclamándole cantidad de dólares intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: "hace constar que el inmueble que se embarga se describe así: Un terreno de naturaleza rústica, situado en jurisdicción de Chapeltique, en el lugar llamado Cerro Bonito de la Hacienda Santa Ana, Distrito y departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIEN-TE: treinta y cuatro metros, con propiedad de los señores FRANCISCO RAMOS y GILBERTO ORELLANA, calle de por medio; AL NORTE: sesenta metros, con propiedad del señor JOSE LEONIDAS ARGUETA, cerco de alambre y piña medianero de por medio; AL PONIENTE: trece metros, con propiedad del señor JOSE TOMAS PORTILLO, cerco de alambre y piña de por medio propio, existen construcciones de sistema mixto. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo la Matrícula número OCHO CERO CERO NUEVE NUEVE CUATRO CUATRO CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO del departamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del dos mil once. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059748-2

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor TIE SHENG GUAN, solicitando que se le reconozca la calidad de salvado-reño por NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad China, República Popular de China y tener domicilio fi jo en El Salvador.

El peticionario en su solicitud manifi esta ser de cincuenta y seis años de edad, de sexo masculino, casado, Empresario, del domicilio de San Salvador, originario del distrito Nanhai Provincia de Guangdong, República Popular de China, lugar donde nació el día veintiuno de junio de mil novecientos cincuenta y cuatro. Siendo su cónyuge la señora WU DUOKUN, de cincuenta y siete años de edad, Empresaria, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad China, República Popular China. Siendo sus padres los señores: Guan Jing Chao y Zhang Tao originarios de Guangdong de nacionalidad China, República Popular China, ambos fallecidos.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto In-ternacional de El Salvador, el día veintidós de mayo de mil novecientos ochenta y seis. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las nueve horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil diez.

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

3 v. c. No. F059968-2

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2008073369

No. de Presentación: 20080103957

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ELOISA DEL CARMEN ALFARO DE MARON, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SINESTRÉS

Consistente en: la palabra SINESTRES, que servirá para: AMPA-RAR PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil ocho.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil once.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000218-2

DIARIO

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado doña MARÍA GRA-

CIELA DE LEÓN DE LA CRUZ, de sesenta y uno años de edad, Ama

de casa, de este domicilio, quien solicita Título de Propiedad Municipal

de un terreno urbano situado en fi nal Primera Avenida Norte, Barrio

El Calvario de esta ciudad, que mide y linda: al NORTE, mide 75:80

metros, linda con solar propiedad de Luz Adela Ramírez, Cruz María

Ramírez Quintanilla, Mariano Minero Paúl y Alejandro Miranda Minero;

quedrada y camino vecinal de por medio; al ORIENTE, mide 20:22 me-

tros, linda con solar de Lucía de León viuda de López, Camino Vecinal

de por medio; al SUR, mide 60: 90 metros y linda con solares de José

Guadalupe de León, Lilian Patricia de León, Sandra Marisol de León de

la Cruz, Trinidad Beatriz de León de la Cruz y Carmen Elena de León de

la Cruz; y al PONIENTE, mide 22:00 metros linda con solar de Mariano

Minero Paúl, quebrada de por medio. El inmueble antes descrito tiene

una capacidad superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS OCHO METROS

OCHENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS DE EXTEN-

SIÓN, lo hubo por compra que hizo a la señora Filomena Laínez viuda de

López, en Escritura Pública de Compraventa, lo posee en forma quieta,

pacífi ca e ininterrumpida, por más de diez años consecutivos, no es predio

dominante, ni sirviente, no está en proindivisión, lo estima en la suma

de UN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES, todos los colindantes son

de este domicilio.

En la Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Juan Nonualco, De-

partamento de La Paz, a los diez días de diciembre de dos mil diez.- JOSÉ

GUILLERMO RODAS RAMOS, ALCALDE MUNICIPAL.- DAVID

SALVADOR MANCÍA ORREGO, SECRETARIO.

3 v. c. No. F059835-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2011108523

No. de Presentación: 20110149679

CLASE: 40.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MERCK MILLIPORE y diseño, el

cual la palabra PORE se traduce al castellano como Poro, que servirá

para: AMPARAR: TRATAMIENTO DE MATERIALES. Clase: 40.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de abril del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000222-2

No. de Expediente: 2011108524

No. de Presentación: 20110149680

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MERCK MILLIPORE y diseño, el

cual la palabra PORE se traduce al castellano como Poro, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS,

DIARIO

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN

ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGA-

CIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS

INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de abril del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000223-2

No. de Expediente: 2011109439

No. de Presentación: 20110151463

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENATA

GEORGINA HUETE PAREDES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra SHOTVOX y diseño, en donde SHOT

se traduce al castellano como fi lmación corta, fi lmación pequeña, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RENTA DE APARATOS

PARA TRANSMISION DE MENSAJES Y DE EQUIPO PARA TE-

LECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059767-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010105356

No. de Presentación: 20100144178

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LAURA

MARINA CORTEZ DE MORENO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase Mi Yogurt, sobre la palabra Yogurt no se

le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

LACTEOS Y SUS DERIVADOS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos

mil diez.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000213-2

No. de Expediente: 2011109888

No. de Presentación: 20110152280

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

DE LOS ANGELES RODRIGUEZ DE BLANCO, en su calidad de

APODERADO de ALAS DORADAS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALAS DORADAS, S.A. DE

C.V., ADSA DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra offi celine, en donde Offi ce se traduce al

castellano como Ofi cina y Line como línea, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS DE IMPRENTA, ARTICULOS DE PAPELERIA,

MATERIAL DE ENCUADERNACION, PAPEL, CARTON Y ARTI-

CULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS

CLASES. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000215-2

No. de Expediente: 2011109941

No. de Presentación: 20110152415

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLARA LUZ

MARROQUIN ECHEVERRIA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de BIOKEMICAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión BK - VITAL, que servirá para: AM-

PARAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil once.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000216-2

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

ACEPTACION DE HERENCIA

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte minu-

tos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte del señor JOSE ALFREDO CARRILLO, la herencia

Intestada que a su defunción dejó la señora FRANCISCA HERNANDEZ

conocida por FRANCISCA HERNANDEZ DE CARRILLO, quien fue

de ochenta y nueve años de edad, ofi cios domésticos, soltera, salvado-

reña, originaria y del domicilio de Verapaz de este departamento, con

Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos

dos mil ochocientos noventa y cinco-seis, y Número de Identifi cación

Tributaria un mil trece-ciento treinta mil setecientos diecinueve-ciento

uno-uno, habiendo fallecido el día cinco de marzo del año dos mil once,

en el Cantón San Isidro, jurisdicción de Verapaz de este departamento,

lugar de su último domicilio, en calidad de cesionario del derecho he-

reditario que en esta sucesión les correspondía a los señores Alejandro

Carrillo Hernández, María de los Angeles Carrillo de Valladares y Juan

Francisco Carrillo Hernández, éstos en concepto de hijos de la causante.

Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del

mes de junio del año dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000107-3

OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora MARIA CONCEPCION ALFARO,

quien fue de setenta y dos años de edad, soltera, de ofi cios del hogar,

originaria de San Buenaventura, Departamento de Usulután, de na-

cionalidad salvadoreña, hija de Margarita Alfaro ya fallecida; quien

falleció a las cuatro horas del día diecisiete de diciembre del año dos

mil diez, en el Cantón La Caridad, jurisdicción de San Buenaventura,

Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte

de MANUEL ENRRIQUE ALFARO, de cincuenta y dos años de edad,

casado, agricultor, originario y residente en el Cantón La Caridad de

la jurisdicción de San Buenaventura, Departamento de Usulután, con

Documento Único de Identidad número: cero dos millones seiscientos

nueve mil cuatrocientos treinta y nueve guión cuatro; y con Tarjeta de

Identifi cación Tributaria número: mil ciento dieciséis guión cero seis

cero uno cincuenta y ocho guión ciento dos guión seis, en concepto de

hijo de la causante.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a

partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS ONCE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL

DIA NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE.- LIC. OSCAR DA-

NIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000121-3

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, al público

para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y dieciséis

minutos del día nueve de Junio del presente año, se ha tenido por aceptada

con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó

la causante señora GUMERCINDA ROMERO DE PORTILLO, cono-

cida por GUMERCINDA ROMERO y por GUMERCINDA ROMERO

ROMERO, quien fue de noventa y dos años de edad, comerciante, viuda,

originaria de Cacaopera, Morazán, siendo la ciudad de San Miguel, el

lugar de su último domicilio, fallecida el día seis de abril de dos mil

once, de parte de los señores MAX ALEX PORTILLO ROMERO y

JOSE HUMBERTO PORTILLO, conocido por JOSE HUMBERTO

PORTILLO ROMERO, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante,

confi riéndoseles en el carácter indicado la administración y represen-

tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento

del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, San Miguel, a las ocho horas y diecisiete minutos del

día nueve de Junio de dos mil once.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000123-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las once horas y cuarenta y anca

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

el señor JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, conocido por JORGE

RODRIGUEZ, al fallecer el día veintinueve de mayo del año dos mil

nueve, en el Cantón Los Jobos de esta Jurisdicción de Santa Elena,

Departamento de Usulután, habiendo sido la Ciudad de Santa Elena su

último domicilio, de parte del señor LINO DE JESUS RAMIREZ como

cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora

DIMNA RODRIGUEZ GAITAN, conocida por DIGNA GAITAN

RODRIGUEZ, en calidad de hija del causante.

Confi riéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

diez días del mes de marzo de dos mil once.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000133-3

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos

de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción

dejó el señor OSCAR HUMBERTO SORIANO, conocido por OSCAR

HUMBERTO SORIANO JOYA, al fallecer el día dieciocho de octubre

del año dos mil ocho, en Cantón Cerro El Nanzal de la ciudad de Santa

Elena, el lugar que tuvo como último domicilio de parte de la señora

ANA ZULMA SORIANO RODRIGUEZ como hija del causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

treinta días del mes de Abril del año dos mil once.- LIC. JOSE AN-

TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000134-3

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas diecinueve

minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor JOSE MOISES SARAVIA ROSAS, quien fue

de cuarenta años de edad, Empleado, casado, siendo la ciudad de Santa

Ana su último domicilio; fallecido el día veinticuatro de mayo del

año dos mil ocho, a las quince horas veinticinco minutos, en el lugar

conocido como Predio Baldío, Calle Pedrera Layco, a cien metros al

Sur del Teleférico de San Jacinto, Jurisdicción de Soyapango, departa-

mento de San Salvador; de parte de MARIBEL IMELDA ZALDAÑA

DE SARAVIA, en su carácter personal como cónyuge sobreviviente y

como representante legal de los menores DIEGO JOSE y ALLISON

ANDREA, ambos de apellidos SARAVIA ZALDAÑA, en su concep-

to de hijos del causante; VICTORIA LUZ ROSAS DE SARAVIA y

JOSE MAURICIO SARAVIA TORRES, en su concepto de padres del

causante y ALEJANDRO MOISES SARAVIA BAUTISTA, como hijo

del causante, por medio de su Apoderado, Licenciado Rodolfo Joaquín

Recinos de León; confi riéndoseles INTERINAMENTE la administración

y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia Yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este edicto, comparezcan

a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa

Ana, catorce de abril del año dos mil once.- LIC. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F059367-3

RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL

DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cincuenta

y cinco minutos del día seis de Junio del año dos mil once, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada por la causante la señora MARIA ADILIA FLORES

conocida por MARIA ODILIA FLORES, por MARIA ODILIA FLORES

VELASQUEZ, y por ODILIA FLORES; quien fue de sesenta y seis años

de edad, Empleada, Soltera, originaria de Pasaquina, Departamento de

La Unión; y del domicilio de la Colonia Vista Hermosa, Avenida Las

Dalias, Calle Los Jazmines Número 12, de esta Ciudad y Departamento

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de la señora SIMO-

NA FLORES, y de VALENTIN TORRES; la causante falleció a la una

hora cuarenta minutos del día veintiséis de Febrero del presente año dos

mil once, en la Octava Avenida Sur entre la Séptima y Novena Calle

Oriente, casa N° 3 de esta Ciudad y Departamento de San Miguel; a

consecuencia de Heridas Penetrantes de Cuello con Arma Blanca, sin

asistencia médica, atendida por el Dr. Jaime R. Berríos, Médico Forense

con J.V.P.M. N° 3898; de parte de las señoras CONCEPCION ISABEL

RODRIGUEZ FLORES, de cuarenta y siete años de edad, odontóloga,

divorciada, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de

Identidad número: Cero un millón quinientos veintidós mil trece-seis; con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Cero seiscientos catorce-

ciento cincuenta mil setecientos sesenta y tres-cero cero seis-cuatro; y

JENNIFER RODRIGUEZ DE AYALA, de treinta y ocho años de edad,

Licenciada en Administración de Empresas, casada, del domicilio de Santa

Tecla, con Documento Único de Identidad número: Cero cero doscientos

noventa y cuatro mil quinientos noventa y nueve-siete; con Tarjeta de

Identifi cación Tributaria Número: Cero seiscientos catorce-ciento treinta

mil ciento setenta y tres-ciento quince-tres; quienes actúan en calidad de

hijas de la causante; en consecuencia se les ha conferido a las aceptantes,

en el carácter antes indicado, la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente que regula el Artículo 480 del Código Civil.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

y Departamento de San Miguel, a las once horas del día seis de Junio del

año dos mil once.- LIC. RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA,

JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA.

MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059375-3

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, Jueza de lo Civil de

este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,

a las ocho horas del día treinta de mayo del año dos mil once, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Santo

Tomás, Departamento de San Salvador, siendo esa misma ciudad, su

último domicilio, el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco,

dejó el causante MELITO VIDAL BELTRAN VASQUEZ conocido por

MELITO VIDAL BELTRAN, de parte de la señora LIDIA CAMPOS

VIUDA DE BELTRAN, MOISES NEFTALI BELTRAN CAMPOS,

OCTAVIA RAQUEL BELTRAN DE GARCIA y BALTAZAR JOEL

BELTRAN CAMPOS, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente

y los tres últimos como hijos del referido de cujus. Se ha conferido a los

aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal

a hacer usos de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las quince horas del día uno de junio del año

dos mil once.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,

JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F059380-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos

de ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las nueve horas y quince minutos del día quince de Marzo del Dos Mil

Once, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que

a su defunción dejó el causante JOSE LEOPOLDO AMAYA LOPEZ,

conocido por JOSE LEOPOLDO AMAYA, de parte de los señores

JOSE ALBERTO AMAYA ARGUETA, en calidad de hijo del causante

y como cesionario de los derechos que le correspondían a los señores

JOSE AMAYA LOPEZ y DOLORES LOPEZ DE AMAYA; y MARIA

BERTA GONZALEZ VIUDA DE AMAYA, conocida por MARIA

BERTA GONZALEZ CRISTOBAL GARCIA ARGUETA, en calidad

de Cónyuge Sobreviviente del mencionado causante; quien a la fecha de

su fallecimiento era de cincuenta y tres años de edad, casado, originario

de Corinto, Morazán y del domicilio de San Salvador, de nacionalidad

Salvadoreña; FALLECIO el día uno de Noviembre del dos mil nueve,

en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador, siendo

éste el lugar de su último domicilio.- Se le confi rió a los aceptantes antes

mencionados y en la forma establecida, la administración y representa-

ción INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho

a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las nueve horas y treinta minutos del día dos de Mayo

del dos mil once.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059406-3

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EX-PRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la señora MARÍA ANTONIA FUENTES DE UMAÑA, de sesenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, originaria de San Carlos y del domicilio de esta ciudad; con Documento Único de Identidad número Cero dos millones doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos treinta y seis guión siete; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número Un mil trescientos diecisiete guión ciento cincuenta y un mil cuarenta y tres guión ciento uno guión dos; de la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSÉ CIRO HERME UMAÑA ESPINAL, quien fue de setenta y dos años de edad, Casado, Agricultor en pequeño, originario de Jocoro y del domicilio del Cantón El Rosario, Caserío Las Conchas de la jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán; de nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores ABRAHAM UMAÑA y VIRGINIA ESPINAL, ya fallecidos; quien falleció a la una horas del día veintitrés de marzo de dos mil once, en el Cantón El Rosario, Caserío Las Conchas de la juris-dicción de El Divisadero, Departamento de Morazán; siendo este lugar su último domicilio; en concepto de ESPOSA SOBREVIVIENTE del causante. Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y diez minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil once. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059407-3

MANUEL MAURICIO MARTINEZ CARBALLO, Notario de este domicilio, con ofi cina ubicada en Edifi cio Comercial A&M, Tercera planta, local C-2, Primera Calle Poniente y Final de la Sesenta y Tres Avenida Norte, Colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día diecisiete de junio del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las dieciséis horas y quince minutos del día cinco de abril de dos mil once, dejó el señor CRISTO ANTONIO BARDALES MONTEAGUDO, de parte de la señora RITA ALICIA DEL SOCO-RRO CAÑAS DE BARDALES, en concepto de heredera testamentaria, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la citada ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario MANUEL MAURICIO MAR-TÍNEZ CARBALLO, en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día diecisiete de junio del año dos mil once.

MANUEL MAURICIO MARTÍNEZ CARBALLO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F059433-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas cuarenta minutos del día nueve de diciembre de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y sin benefi cio de inventario de parte del señor SALVADOR LÓPEZ IRAHETA, en concepto de sobrino de la causante ARCADIA LÓPEZ VIUDA DE ALEGRÍA, la herencia intestada que a su defunción defi rió la de cujus, ocurrida el día tres de enero de mil novecientos sesenta y siete, en esta ciudad, su último domicilio. Confi érase al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas veinticinco minutos del día doce de enero de dos mil once. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059490-3

HERENCIA YACENTE

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que se han promovido bajo el Número Único de Expediente, 00415-11-DV-3CM1 y con número de referencia interna DV-30-11-CI, en esta sede judicial por la Licenciada YANET ODILI VÁSQUEZ TOBAR DE TOBAR, conocida por YANET VÁSQUEZ TOBAR, diligencias de Declaración de Herencia Yacente sobre los bienes que a su defunción dejara la señora MARÍA RAYMUNDA SANDOVAL VIUDA DE TOBAR, conocida por MARÍA SANDOVAL DE TOBAR, quien falleció sin haber dejado testamento a las once horas del día tres de noviembre de mil novecientos setenta y siete, en el Barrio El Centro, del municipio de San Antonio Pajonal, del departamento de Santa Ana, siendo su último domicilio el municipio de San Antonio Pajonal, del departamento de Santa Ana, habiéndose nombrado como curadora para que represente dicha sucesión a la Licenciada PATRICIA LEONOR HERNÁNDEZ CARRILLOS, quien es de veintisiete años edad, abogada, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero setecientos cuatro mil cincuenta y ocho guión cero, el día nueve de junio de dos mil once.

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los nueve días del mes de junio de dos mil once. Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. Licda. ÉLIDA ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F059415-3

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.

AVISA: Que este día se ha declarado yacente la herencia del causante RENÉ DANIEL MUÑOZ, conocido por RENÉ DANIEL MUÑOZ ROMERO, que falleció el día trece de septiembre de dos mil cinco, en el Hospital Rosales de San Salvador, habiendo tenido en esta ciudad su último domicilio, y se ha nombrado curador para que la represente al Licenciado RAFAEL ORLANDO GUEVARA VILLALTA.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once. Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059536-3

TITULO SUPLETORIO

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado MARMEL ENRIQUE ARAUJO GUZMAN, Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor JUAN ELISEO GOMEZ SORTO, de cincuenta y un años de edad, Jornalero, casado, originario y residente en Cantón La Caridad, jurisdicción de San Buenaventura, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número: cero tres mi-llones novecientos un mil doscientos veintiuno guión dos; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: un mil ciento dieciséis guión doce diez cincuenta y nueve guión ciento uno guión cinco, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón La Caridad, jurisdicción de San Buenaventura, Distrito de Jucuapa, Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial según certifi cación de fi cha catastral de DIEZ MIL QUINIENTOS TRECE PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, y físicamente de un extensión superfi cial de NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias especiales siguientes: AL ORIENTE: cien metros, Onofre Antonio Quintanilla Arévalo; AL PONIENTE: ciento veintisiete metros, con Clelia Concepción Turcios; AL NORTE: sesenta y seis metros, con José Luis López Gómez; y AL SUR: noventa y siete metros, con José Victorino Gómez y Santana Cruz Gómez. El inmueble antes referido lo adquirió por venta simple verbal sin documento alguno que le hizo la señora María del Socorro Gómez Sorto, y lo valúa en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS ONCE HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL

DÍA TRECE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE. Lic. OSCAR NEFTALI

ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO

ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000120-3

CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia Suplente de

este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SALOMÓN DE JESÚS SIBRIÁN MARTÍNEZ, de veintinueve años

de edad, Abogado del domicilio de Zacatecoluca, del Departamento

de La Paz, con Carnet de Abogado número 16411, y con número de

Identifi cación Tributaria número 0821-090482-105-9; en su calidad

de Apoderada General Judicial del señor DANIEL DE JESÚS RIVAS

ALFARO, solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO de un

inmueble de naturaleza rústica, situados en los Suburbios del Barrio

San Antonio, de esta Jurisdicción, del Departamento de San Vicente,

de la Extensión Superfi cial de NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO

PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS; y se describen así:

AL ORIENTE: mide sesenta y un metros, aunque en el antecedente se

expresa, treinta y nueve metros, lo que se aclara, de un jiote a un pito

esquinero, camino al Cantón Las Ánimas y terreno de Jacinto Alvarado,

antes, hoy de Octavio Burgos; AL NORTE: mide veintidós metros,

aunque en el antecedente se expresa, catorce metros lo que se aclara,

lindando con resto del terreno de donde se desmembró, el que se describe,

dividido por dos mojones esquineros de jiote, que ya no existen y en su

lugar hay uno de tunas y uno de jiote, esquineros con terreno de ROSA

MARGARITA CUBIAS, que no se menciona en el antecedente, lo que

se aclara; AL PONIENTE: con terreno general del que se desmembró,

el que se describe y mide cuarenta y cuatro metros veinticinco centíme-

tros, aunque en el antecedente expresa veintinueve metros, dividido por

mojones de pito esquinero, en línea recta, expresando el antecedente uno

de tuna y otro de pito; con terreno de Margarita Cubías, que no menciona

el antecedente; y AL SUR: mide treinta y cuatro metros, veinticinco

centímetros, aunque el antecedente expresa, veintidós metros, lo que se

aclara, linda con terreno de FELIPE RIVAS, dividido por dos mojones

de pito esquinero en línea ligeramente curva no está en proindivisión

alguna. El inmueble antes descrito se valora en MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que dicho inmueble lo obtuvo

por medio de compraventa hecha al anterior dueño señor FRANCISCO

RIVAS, quien a su vez, lo adquirió por compra que le hiciere al anterior

dueño señor JUAN RIVAS CASTILLO, quien lo compró a la señora

MARÍA JULIA CASTILLO.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

Departamento de San Vicente, a las quince horas del día ocho de junio

del año dos mil once. Lic. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Br. BESSY CECILIA FABIÁN

FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059459-3

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1990002349

No. de Presentación: 20110152733

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO

ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMEN-

TICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA S.A. DE C.V., del domicilio

de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00154 del Libro 00009 de INSCRIPCIÓN DE

MARCAS, consistente en la expresión “KAPRICHITOS”; que ampara

productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000136-3

No. de Expediente: 1998007282

No. de Presentación: 20100138569

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de KE-

LLOGG COMPANY, del domicilio de BATTLE CREEK, MICHIGAN

CUARENTA Y NUEVE CERO DIECISÉIS- TRES MIL QUINIEN-

TOS NOVENTA Y NUEVE, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00076 del Libro 00119 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en la caricatura de medio cuerpo de un tigre

sonriente de color anaranjado y con pecho de color blanco, todos los

parches característicos siendo de color negro, en el cuello un pañuelo de

color rojo, amarrado de lado con la palabra “TONY”, la cara del tigre

es básicamente de color blanco, y las orillas anaranjadas con la punta

de la nariz celeste, el fondo de los ojos amarillos y la lengua roja, con

bigotes negros el brazo izquierdo del tigre está elevado y tiene uno de

los dedos también elevado su brazo derecho se encuentra también un

poco extendido todo lo anterior sobre un fondo de color azul; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059395-3

No. de Expediente: 2000000634

No. de Presentación: 20100142644

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BANCO

BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., del domicilio de Bilbao,

Plaza San Nicolás, 4, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00161 del Libro 00119

DIARIO

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NO TIE

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión “BBVA

SEGUROS”, sobre la expresión “SEGUROS” no pretende exclusividad;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 36 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059396-3

No. de Expediente: 1999007768

No. de Presentación: 20110151622

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BECTON

DICKINSON AND COMPANY, del domicilio de 1 BECTON DRI-

VE, FRANKLIN LAKES, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00110 del Libro 00139

de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LAS LETRAS “BD”

MAYÚSCULAS DE MOLDE Y A LA IZQUIERDA DE LA “B” HAY

UNA FIGURA CIRCULAR EN BLANCO Y NEGRO, CUYO INTE-

RIOR ESTA DIVIDIDO EN DOS SECTORES, EN EL SUPERIOR SE

ENCUENTRA UNA FIGURA BLANCA DE SIETE PICOS Y BASE

TRIANGULAR SOBRE FONDO NEGRO LA CUAL ASEMEJA UN

SOL ASOMÁNDOSE POR EL HORIZONTE Y EN EL SECTOR IN-

FERIOR HAY UN PUNTO SOBRE UN TRAZO CURVO SIMILAR

A UNA U, AMBOS DE COLOR BLANCO SOBRE FONDO NEGRO,

QUE EN CONJUNTO ASEMEJAN UNA CABEZA Y DOS BRAZOS;

que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMÍNGUEZ CÁCERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059446-3

No. de Expediente: 2000002101

No. de Presentación: 20110151303

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de GENERALE BISCUIT, del domicilio de Batiment

Saarinem- 3 rue Saarinen -94150 Rungis, Francia, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número

00205 del Libro 00134 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente

en LA PALABRA “LU” EN LETRAS MAYÚSCULAS DE MOLDE

DE COLOR BLANCO DENTRO DE UN RECTÁNGULO DE FONDO

ROJO, EL CUAL EN SU PARTE INFERIOR TIENE UNA LÍNEA

IRREGULAR BLANCA Y UN RAZGO AMARILLO QUE ASEMEJA

SER EL DOBLEZ DE LA ESQUINA INFERIOR DERECHA DEL

RECTÁNGULO; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARIO

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NO TIE

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059447-3

No. de Expediente: 1999007771

No. de Presentación: 20110149138

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BECTON DICKINSON AND COMPANY, del

domicilio de 1 BECTON DRIVE, FRANKLIN LAKES, NEW JERSEY,

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00248

del Libro 00134 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LAS

LETRAS BD MAYÚSCULAS DE MOLDE Y A LA IZQUIERDA DE

LA “B” HAY UNA FIGURA CIRCULAR EN BLANCO Y NEGRO,

CUYO INTERIOR ESTA DIVIDIDO EN DOS SECTORES, EN EL

SUPERIOR SE ENCUENTRA UNA FIGURA BLANCA DE SIETE

PICOS Y BASE TRIANGULAR SOBRE FONDO NEGRO LA CUAL

ASEMEJA UN SOL ASOMANDOSE POR EL HORIZONTE Y EN EL

SECTOR INFERIOR HAY UN PUNTO SOBRE UN TRAZO CURVO

SIMILAR A UNA U, AMBOS DE COLOR BLANCO SOBRE FONDO

NEGRO, QUE EN CONJUNTO ASEMEJAN UNA CABEZA Y DOS

BRAZOS; que ampara productos comprendidos en la Clase 16 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059448-3

No. de Expediente: 2000005532

No. de Presentación: 20110149435

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, conocido por MARISABELLA NOVOA, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL RE CORPORATION, del domicilio de 695 EAST MAIN STREET, STAMFORD, CONNECTICUT 06904-2350, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00174 del Libro 00139 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA CONSISTENTE EN UNA CURVA ABIERTA CON SU PARTE CENTRAL SITUADA A UN NIVEL INFERIOR AL DE SUS EXTREMOS, SU EXTREMO IZQUIERDO COMIENZA GRUESO Y VA EN DISMINUCIÓN HASTA TERMINAR EN PUNTA AL LADO DERECHO. SOBRE ESTE EXTREMO SE ENCUENTRA UNA FIGURA SINUOSA GRUESA QUE SIMULA SER UNA PEQUEÑA LLAMA Y SOBRE LA PARTE CENTRAL DE LA LÍNEA CURVA SE ENCUENTRA UN CIRCULO NEGRO PEQUEÑO EN FORMA DE PUNTO; que ampara servicios comprendidos en la Clase 36 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMÍNGUEZ CÁCERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059449-3

DIARIO

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CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente: 2000000962

No. de Presentación: 20110151612

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, del

domicilio de 999 LAKE DRIVE, ISSAQUAH, WASHINGTON 98027,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00087

del Libro 00138 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras "KIRKLAND SIGNATURE" EN LETRAS MAYUSCULAS

DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 20 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059450-3

No. de Expediente: 1999007767

No. de Presentación: 20110151618

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISABE-

LLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de BECTON DICKINSON AND COM-

PANY, del domicilio de 1 BECTON DRIVE, FRANKLIN LAKES,

NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00246 del Libro 00134 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LAS LETRAS "BD" MAYUSCULAS DE MOLDE Y

A LA IZQUIERDA DE LA "B" HAY UNA FIGURA CIRCULAR EN

BLANCO Y NEGRO, CUYO INTERIOR ESTA DIVIDIDO EN DOS

SECTORES, EN EL SUPERIOR SE ENCUENTRA UNA FIGURA

BLANCA DE SIETE PICOS Y BASE TRIANGULAR SOBRE FONDO

NEGRO LA CUAL ASEMEJA UN SOL ASOMANDOSE POR EL HO-

RIZONTE Y EN EL SECTOR INFERIOR HAY UN PUNTO SOBRE UN

TRAZO CURVO SIMILAR A UNA U, AMBOS DE COLOR BLANCO

SOBRE FONDO NEGRO, QUE EN CONJUNTO ASEMEJAN UNA

CABEZA Y DOS BRAZOS; que ampara productos comprendidos en

la Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059451-3

No. de Expediente: 2000003103

No. de Presentación: 20110146609

CLASE: 42, 44, 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROEMMERS

INTERNACIONAL, S.A., del domicilio de VIA ESPAÑA, EDIFICIO

PLAZA REGENCY, PISO 3, CIUDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE

PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00120 del Libro 00137 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "INTRAMED GLOBAL"

EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 42, 44, 45 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059452-3

DIARIO

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 2000000964

No. de Presentación: 20110151611

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, del

domicilio de 999 LAKE DRIVE, ISSAQUAH, WASHINGTON 98027,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00088

del Libro 00138 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras "KIRKLAND SIGNATURE" EN LETRAS MAYUSCULAS

DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 21 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059454-3

No. de Expediente: 2000000966

No. de Presentación: 20110151610

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, del

domicilio de 999 LAKE DRIVE, ISSAQUAH, WASHINGTON 98027,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00136

del Libro 00140 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

expresión "KIRKLAND SIGNATURE" en letras mayúsculas de molde;

que ampara productos comprendidos en la Clase 28 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059455-3

No. de Expediente: 2000000959

No. de Presentación: 20110151609

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, del

domicilio de 999 LAKE DRIVE, ISSAQUAH, WASHINGTON 98027,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00028

del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras "KIRKLAND SIGNATURE" en letras mayúsculas de molde;

que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059457-3

DIARIO

OFI

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NO TIE

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente: 2000005525

No. de Presentación: 20110151613

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de ADVANCE MAGAZINE PUBLISHERS

INC., del domicilio de FOUR TIMES SQUARE, NEW YORK, NEW

YORK 10036, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00213 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la palabra "GLAMOUR" en letras mayúsculas de molde

que ampara servicios comprendidos en la Clase 42 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059458-3

No. de Expediente: 2000000960

No. de Presentación: 20110151608

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, del

domicilio de 999 LAKE DRIVE, ISSAQUAH, WASHINGTON 98027,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00029

del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras "KIRKLAND SIGNATURE" en letras mayúsculas de molde;

que ampara productos comprendidos en la Clase 32 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059460-3

No. de Expediente: 1997001206

No. de Presentación: 20100141837

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISABE-

LLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MOSSIMO HOLDINGS LLC., del

domicilio de 103 Foulk Road, Wilmington, Delaware 19803, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00120 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “MOSSIMO",

en letras estilizadas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059461-3

DIARIO

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 1998004467

No. de Presentación: 20110149136

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de F. HOFFMANN-LA ROCHE AG, del domicilio de

124 GRENZACHERSTRASSE; BASILEA; SUIZA, de nacionalidad

SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00067

del Libro 00135 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL

DIBUJO DE UN "HEXAGONO IRREGULAR DE FONDO NEGRO,

CUYOS LADOS INFERIOR Y SUPERIOR SON IGUALES Y DE

MAYOR TAMAÑO QUE LOS DEMAS LADOS"; que ampara pro-

ductos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059462-3

No. de Expediente: 1987001691

No. de Presentación: 20110149137

CLASE: 14, 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CAROLINA

HERRERA Ltd., del domicilio de 501 Seventh Avenue, 17th Floor

10018 New York, N.Y., Estados Unidos de América, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00042 del Libro 00131 de REGISTRO DE MARCAS, consistente

en la representación de las letras "CH", dentro de un marco rectangular;

que ampara Productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 14, 03 de

la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059463-3

No. de Expediente: 1960007577

No. de Presentación: 20100144294

CLASE: 07, 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE TIMKEN

COMPANY, del domicilio de Canton, Ohio, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 07577 del Libro 00027 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra "TIMKEN"; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 07, 12 de la Clasifi cación Inter-

nacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059464-3

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

No. de Expediente:1971020397

No. de Presentación:20110149139

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA

NOVOA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de FRIESLAND BRANDS B.V., del domicilio de Pieter

Stuyvesantweg 1, 8937 AC Leeuwarden, Holanda (Reino de Los Países

Bajos), de nacionalidad HOLANDESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 01005 del Libro 00016 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra OMELA; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de marzo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059465-3

No. de Expediente: 1999007333

No. de Presentación: 20110150623

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de COMPAGNIE GERVAIS DANONE, del domicilio

de 17 Boulevard Haussmann, 75009 París, France, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00041 del Libro 00138 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra "ACTIVIA" en letras mayúsculas de molde; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059467-3

No. de Expediente: 1999004887

No. de Presentación: 20110151302

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ETHYPHARM,

del domicilio de 21 rue Saint Matthieu, 78550 Houdan, Francia, de

nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-

ción Número 00082 del Libro 00132 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LA PALABRA "FLASHTAB", ESCRITA EN LETRAS

CORRIENTES, DE MOLDE, MA YUSCULAS Y DE COLOR NEGRO;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

DIARIO

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NO TIE

NE VALI

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059468-3

No. de Expediente: 2000005514

No. de Presentación: 20110151614

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de ADVANCE MAGAZINE PUBLISHERS

INC., del domicilio de FOUR TIMES SQUARE, NEW YORK, NEW

YORK 10036, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00212 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en la expresión "GQ" en letras mayúsculas de molde; que ampara

servicios comprendidos en la Clase 35 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059469-3

No. de Expediente: 2000005513

No. de Presentación: 20110151615

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA

NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de ADVANCE MAGAZINE PUBLISHERS

INC., del domicilio de FOUR TIMES SQUARE, NEW YORK, NEW

YORK 10036, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00211 del Libro 00141 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en las letras "GQ" en letras mayúsculas de molde; que ampara

servicios comprendidos en la Clase 42 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059470-3

No. de Expediente: 2000003101

No. de Presentación: 20110146606

CLASE: 42, 44, 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROEMMERS

INTERNACIONAL, S.A., del domicilio de VIA ESPAÑA, EDIFICIO

DIARIO

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

PLAZA REGENCY, PISO 13, CIUDAD DE PANAMA, REPU-

BLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00119 del Libro 00137

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS

"RED INTRAMED" EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que

ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42, 44, 45 de

la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil once.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059472-3

No. de Expediente: 2000009222

No. de Presentación: 20110152467

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

BAYER SCHERING PHARMA AKTIENGESELLSCHAFT que se

abrevia: BAYER SCHERING PHARMA AG, del domicilio de BERLIN

(WEST) Y BERGKAMEN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00099 del Libro

00135 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

GYNOTRAN, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS;

que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de junio del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059511-3

No. de Expediente: 2001018734

No. de Presentación: 20110152339

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LERWOOD

HOLDINGS LIMITED, del domicilio de 1221 Broadway, Oakland,

California, Estados Unidos de América, de nacionalidad INGLESA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00043 del

Libro 00152 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en Las pa-

labras BON BRIL, escritas en letras de molde mayúsculas; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059515-3

DIARIO

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 2001015781

No. de Presentación: 20110152346

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE CLOROX

INTERNATIONAL COMPANY, del domicilio de 1221 Broadway,

Oakland, California 94612, Estados Unidos de América, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00236 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en la palabra POETT, escrita en letras de molde mayúsculas;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059520-3

No. de Expediente: 2001015091

No. de Presentación: 20110152344

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE CLOROX

COMPANY, del domicilio de 1221 Broadway, Oakland, California,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del

Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras PINE-SOL, escritas en letra mayúsculas, de molde, en donde

las letras PINE Y SOL se encuentra unidas por un guión; que ampara

productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 03 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059523-3

No. de Expediente: 2001018070

No. de Presentación: 20110152341

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE CLOROX

COMPANY, del domicilio de 1221 Broadway, Oakland, California,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00232 del

Libro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

CLOROX, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059527-3

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010105489

No. de Presentación: 20100144424

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de TIANJIN

LIDA STEEL TUBE CO., LTD, de nacionalidad CHINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión LIDA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TUBERIAS DE ACERO. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059398-3

No. de Expediente: 2010103406

No. de Presentación: 20100140997

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de HEARTLAND SWEETENERS, LLC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra ideal y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: EDULCORANTES ARTIFICIALES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059399-3

No. de Expediente: 2010102700

No. de Presentación: 20100139605

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

HEARTLAND SWEETENERS, LLC, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

NEVELLA

Consistente en: la palabra NEVELLA, que servirá para: AMPARAR:

EDULCORANTES NATURALES, Y AZUCAR. Clase: 30.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059401-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2011106951

No. de Presentación: 20110147054

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

GIOVANNA LUCRECIA DICUNTA SERVELLON, de nacionalidad

HONDUREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Pollo Campesino y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE RESTAURANTE EN EL

CUAL SE COMERCIALIZARA POLLO FRITO, ASADO Y DEMÁS

COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059403-3

SUBASTA PUBLICA

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por

el señor LUIS REINERIO ARRIAZA RAMOS representado por su

Apoderada Licenciada YUNI LIZZETTE SALMERON, contra JORGE

ARMANDO MONTEAGUDO GUZMAN, reclamándoles cantidad de

dólares, intereses y costas procesales se venderá en pública subasta en

este juzgado el siguiente inmueble: ““Un inmueble de naturaleza rústica

denominado TANGOLONA o parcelación agrícola Tangolona, ubicado

en en el Cantón Tangolona, jurisdicción de Moncagua, departamento de

San Miguel, identifi cado así: POLIGONO OCHO PARCELA NUEVE

porción Primera, con una extensión superfi cial de VEINTICUATRO MIL

QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO DIECISEIS METROS

CUADRADOS, cuyas medidas perimétricas son las siguientes: AL NOR-

TE, doscientos treinta y siete punto cero cinco metros; AL ORIENTE,

ciento tres punto noventa y ocho metros; AL SUR, doscientos treinta y

siete punto cero cinco metros, y AL PONIENTE, diez punto cincuenta

y seis metros treinta.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

catorce horas veintidós minutos del día treinta de mayo del año dos mil

nueve.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000122-3

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada DEBORAH JEANNET

CHAVEZ CRESPIN, con Número de Identifi cación Tributaria: cero

seiscientos ocho- ciento ochenta mil novecientos setenta y uno- ciento

uno- cinco, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seiscientos catorce- cero setenta mil quinientos setenta y

cinco- cero cero dos- seis, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho

Público, del domicilio de San Salvador, contra el señor NEEMIAS AR-

MANDO TEJADA ESCOBAR, quien a la fecha del otorgamiento del

Mutuo Hipotecario era de veintisiete años de edad, motorista, actualmente

de paradero ignorado, con Número de Identifi cación Tributaria: cero

quinientos dos- doscientos veinte mil trescientos setenta y nueve- ciento

tres- cero; representado por medio de su Curador Ad Litem, Licenciado

MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta años de edad,

Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole el pago de SIETE

MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA CENTAVOS DE

DÓLAR, en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de

Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo

hasta su completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha

ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado,

en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, un inmueble de

naturaleza urbana y construcciones que contiene marcado con el NUME-

RO TREINTA Y SEIS, BLOCK TRES, PASAJE TRES PONIENTE,

DE LA URBANIZACIÓN CIUDAD OBRERA, APOPA NORTE II,

situado en jurisdicción de Apopa, departamento de San Salvador, se-

gún razón y constancia de inscripción REPARTO HABITACIONAL

CIUDAD OBRERA APOPA NORTE II, CUARTA ETAPA, TIPO B,

LOTE NUMERO TREINTA Y SEIS, BLOCK TRES; PASAJE TRES

PONIENTE, de una extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a ochenta y cinco punto

ochenta y cinco varas cuadradas, y cuya descripción, medidas, y linderos

son los siguientes: partiendo del punto de intersección de los ejes de la

avenida Obrero Heroíco y del Pasaje Número Tres Poniente, de la Ciudad

Obrera Apopa Norte II, se mide sobre el eje de este último, con rumbo

Norte cincuenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Oeste,

una distancia de sesenta y ocho metros treinta y cuatro centímetros y se

llega a un punto en donde haciendo una defl exión positiva de noventa

grados y midiendo una distancia de dos metros cincuenta centímetros se

llega al esquinero Sur-Este del lote que se describe, el cual mide y linda:

AL SUR: tramo recto de seis metros con rumbo Norte cincuenta grados

veinticuatro minutos veintitrés segundos Oeste, colinda este tramo con el

lote número veintitrés, del Block número cuatro de la misma Urbanización,

Pasase Número Tres Poniente de cinco metros de derecho de vía de por

medio; AL PONIENTE: tramo recto de diez metros, con rumbo Norte

treinta y nueve grados treinta y cinco minutos treinta y siete segundos

Este, colindando este tramo con el lote número treinta y siete de estos

mismos Block y urbanización; AL NORTE: Tramo recto de seis metros

con rumbo Sur cincuenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos

este, colinda este tramo con el lote número veintitrés de estos mismos

Block y Urbanización; y AL ORIENTE: Tramo recto de diez metros

con rumbo Sur treinta y nueve grados treinta y cinco minutos treinta y

siete segundos Oeste, colinda este tramo con el lote número treinta y

cinco de estos mismos Block y Urbanización.- Inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en

el Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula Número, SEIS

CERO CERO CUATRO CERO CINCO TRES CERO-CERO CERO

CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y

veintidós minutos del día catorce de abril del año dos mil once.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL.- Licda. MARIA OFELIA VALENCIA CAÑAS, SECRETARIA

INTERINA.

3 v. alt. No. F059500-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno

cuatro-cero siete cero seis seis cinco-uno cero tres-siete; como Apoderada

General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público,

del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco -cero

cero dos-seis; contra el señor NELSON DE JESUS BENITEZ, mayor de

edad, Motorista, con Número de Identifi cación Tributaria: un mil ciento

uno-doscientos ochenta mil cuatrocientos setenta y cinco-ciento uno-siete;

siendo la ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actualmente de

paradero ignorado, representado por medio de su Curador Ad - Litem,

Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta y un

años de edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole el

pago de SIETE MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses

pactados, Primas de Seguros de Vida Colectivo Decreciente y de Daños

a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y

costas procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA,

en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se

indicará, un terreno urbano y construcciones que contiene marcado con

el NUMERO DOS, POLIGONO DIECISÉIS, PASAJE NUEVE SUR,

de la URBANIZACION VALLE VERDE III, PRIMERA ETAPA,

situado en Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, departamento

de San Salvador; de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUN-

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

TO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y

uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, con un área construida

de veintisiete punto cero cero metros cuadrados, cuyo valor de cons-

trucción es de Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos Veinticinco Colones.

Cuyas medidas perimetrales son las siguientes: LOTE NUMERO

DOS, POLIGONO DIECISEIS, PASAJE NUEVE SUR. Partiendo

de la intersección formada por los ejes de la calle principal y el pasaje

número nueve sur, mide sobre el eje de este último con rumbo Sur cero

ocho grados treinta y cinco minutos cincuenta y un segundos Oeste, una

distancia de trece punto cincuenta metros.- Haciendo estación en este

punto se hace una defl exión de noventa grados positiva y distancia de

dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Noreste de donde se inicia

la presente descripción.- LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo sur

cero ocho grados treinta y cinco minutos cincuenta y un segundos Oeste

y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al vértice Sureste.

Linda en este costado lote número treinta y cinco del polígono quince,

pasaje número nueve Sur, de cinco punto cero cero metros de ancho de

por medio. LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte ochenta y un

grados veinticuatro minutos cero nueve segundos Oeste y distancia de

diez punto cero cero metros se llega al vértice Suroeste. Linda en este

costado con lote número tres del mismo polígono. LADO PONIENTE:

Tramo recto con rumbo Norte cero ocho grados treinta y cinco minutos

cincuenta y un segundos Este y distancia de cinco punto cero cero metros

se llega al vértice Noroeste. Linda en este costado con lote número treinta

y cinco del mismo polígono. LADO NORTE: Tramo recto con rumbo

Sur ochenta y un grados veinticuatro minutos cero nueve segundos Este

y distancia de diez punto cero cero metros. Se llega al vértice Noreste de

donde se inicia la presente descripción. Linda en este costado con lote

número uno del mismo polígono.- Inscrito en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de

Folio Real Automatizado, en el asiento número UNO, de la Matrícula

Número SEIS CERO UNO CUATRO UNO DOS DOS CINCO-CERO

CERO CERO CERO CERO.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y

veintidós minutos del día veintiocho de abril del año dos mil once.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- Licda. MARIA OFELIA VALENCIA, SECRETARIA

INTERINA.

3 v. alt. No. F059506-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por el Abogado RAMON JOSE ANDRES MENDEZ QUINTEROS,

como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra

la demandada señora BLANCA AZUCENA BRIZUELA HILARIO,

reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de

ley se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se

describe a continuación: ““Un lote de terreno urbano y construcciones

que contiene marcado con el número DIECIOCHO, BLOCK “F”. El

cual forma parte de la URBANIZACION PRIMAVERA, situada en el

Cantón Primavera, jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de

La Libertad, cuyas medidas y linderos son los siguientes: Partiendo del

punto de intersección de los ejes formados por la calle principal y pasaje

número seis Norte, ambos ejes abiertos en la Urbanización, se mide sobre

el eje del pasaje número seis Norte, con rumbo Norte dieciséis grados

treinta y cuatro punto cinco minutos Este, una distancia de cuarenta y

cinco punto veinticinco metros, en donde con una defl exión izquierda

de noventa grados y una distancia de dos punto veinticinco metros, se

llega al esquinero Sur-Este o mojón número uno, del lote que se describe,

mide y linda así: AL SUR, partiendo del mojón número uno, con rumbo

Norte setenta y tres grados veinticinco punto cinco minutos Oeste y

Distancia de nueve punto cero cero metros, se llega al mojón número

dos, lindando por este tramo con lote número diecisiete del Block F de

la misma urbanización. AL PONIENTE, partiendo del mojón número

dos, con rumbo norte dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco mi-

nutos Este y distancia de seis punto cero cero metros, se llega al mojón

número tres, lindando por este tramo con lote número cuatro del Block

F de la misma urbanización. AL NORTE, partiendo del mojón número

tres, con rumbo Sur setenta y tres grados veinticinco punto cinco minu-

tos Este y distancia de nueve punto cero cero metros, se llega al mojón

número cuatro, lindando por este tramo con lote número diecinueve

del Block F de la misma Urbanización. AL ORIENTE, partiendo del

mojón número cuatro, con rumbo Sur dieciséis grados treinta y cuatro

punto cinco minutos Oeste y distancia de seis punto cero cero metros,

se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,

lindando por este tramo con lote número cinco del block G de la misma

urbanización, pasaje número seis Norte de cuatro punto cincuenta metros

de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión super-

fi cial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS EQUIVALENTES A SETENTA Y SIETE PUNTO

VEINTISEIS VARAS CUADRADAS. ““El inmueble antes descrito

se encuentra inscrito a nombre de la demandada BLANCA AZUCENA

BRIZUELA HILARIO, bajo la matrícula número TRES CERO CERO

SIETE DOS SEIS SIETE DOS-CERO CERO CERO CERO CERO,

Asiento DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta

Sección del Centro, del Departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

once horas con quince minutos del día dos de mayo del año dos mil

once.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059508-3

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

JOSÉ MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecu-

ción seguida en este Tribunal por la Abogada DEBORAH JEANNET

CHAVEZ CRESPIN, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, Institución Crédito, Autónoma de Derecho Público, que se

abrevia ‘’EL FONDO’’, contra el señor JULIAN BACILIO SANTOS,

mayor de edad, Sastre, del domicilio de Panchimalco, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: "Un

lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el

número cincuenta y dos, polígono trece, de la Urbanización Valle Verde

Tercera Etapa, situado en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa,

Departamento de San Salvador; el cual se describe así: Partiendo de la

intersección formada por los ejes de la Calle Principal y Pasaje I Sur, se

mide sobre el eje de este último con rumbo Sur treinta grados veinticua-

tro punto nueve minutos Oeste, una distancia de noventa y ocho punto

cincuenta metros, haciendo estación en este punto se hace una defl exión

de noventa grados positiva y distancia de dos punto cincuenta metros,

se llega al vértice Noroeste de donde se inicia la presente descripción:

LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo Sur, treinta grados veinticua-

tro punto nueve minutos Oeste, y distancia de cinco metros se llega al

vértice Sureste, linda en este costado con lote número dieciocho polígono

quince, pasaje I Sur, de cinco metros de ancho de por medio; LADO

SUR: Tramo recto con rumbo Norte, cincuenta y nueve grados treinta

y cinco punto un minutos Oeste, y distancia de diez metros se llega al

vértice Suroeste, linda en este costado con lote número cincuenta y uno

del mismo polígono; LADO PONIENTE: Tramo recto con rumbo Norte,

treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este, y distancia de cinco

metros se llega al vértice Noroeste, linda con este costado con lote número

dieciocho del mismo polígono; LADO NORTE: Tramo recto con rumbo

Sur, cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Este, y

distancia de diez metros, se llega al vértice noroeste, donde se inició la

presente descripción, linda en este costado con lote número cincuenta

y tres del mismo polígono. El área del lote anteriormente descrito es de

CINCUENTA METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente

descrito está inscrito a favor del señor JULIAN BACILO SANTOS,

bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS CUATRO CERO OCHO

CERO CUATRO -CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas con cuarenta y un minutos del día diecisiete de mayo de dos mil

once.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059509-3

DRA. INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZA CUARTO DE LO

CIVIL INTERINA.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ

ESCAMILLA, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra la señora ANA SILVIA MONTANO DE GALVEZ,

reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se venderá en Pública

Subasta en este Juzgado el inmueble siguiente: "Un inmueble urbano

que según antecedentes se describe así: APARTAMENTO MARCADO

CON EL NÚMERO DOS DEL SEGUNDO NIVEL DEL EDIFICIO

‘’D" DEL CONDOMINIO PARIS, de una extensión superfi cial de

TREINTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS y un volumen de ciento cuatro punto trece metros

cúbicos, el cual está situado según antecedentes en los suburbios del

Barrio El Calvario, Jurisdicción de la ciudad y departamento de San

Salvador, y según nomenclatura actual situado entre pasaje "A" y pasaje

Marroquín y Novena Avenida Sur, Colonia Ferrocarril, de esta ciudad

y departamento. El cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE, seis

punto cuarenta metros; AL ORIENTE, en tres tramos: El primero, de

cuatro punto diez metros, el segundo, de uno punto cincuenta metros y el

tercero, de uno punto cincuenta metros; AL SUR, cuatro punto noventa

metros; y AL PONIENTE, cinco punto sesenta metros. El cual ha sido

sometido al Régimen de Condominio de conformidad con la Ley de

Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos. El inmueble ante-

riormente descrito es propiedad de la señora ANA SILVIA MONTANO

DE GALVEZ, según Matrícula SEIS CERO CERO UNO UNO SIETE

DOS CERO-A CERO CERO CINCO CERO (60011720-A0050), del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, departamento de San Salvador".

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil. San Salvador, a las diez horas

cuarenta minutos del día veinticinco de mayo de dos mil once.- DRA.

INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZA CUARTO DE LO CIVIL INTA.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059512-3

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por el

Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, en su calidad de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito del domicilio de San Salvador;

contra el señor JULIO REMBERTO TREJO LINAREZ: se venderá

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que oportunamente se

publicará, un lote de naturaleza urbana y construcciones que contiene,

marcado en el plano respectivo con el Número VEINTITRES DEL

POLIGONO DIECIOCHO, Senda DIEZ ORIENTE, de una extensión

superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Dicho

lote forma parte de la Urbanización denominada CAMPOS VERDES

DE LOURDES, situado en la Jurisdicción de Colón, departamento

de La Libertad, contiene un área construida de VEINTISEIS PUNTO

SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Inmueble que forma

parte de la Hacienda '’Agua Fría’', ubicada en el Cantón El Capulín.

El inmueble así descrito se encuentra inscrito a favor del señor JULIO

REMBERTO TREJO LINAREZ, bajo la Matrícula Número TRES

CERO CERO CERO TRES CERO NUEVE NUEVE-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil

once.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059514-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por la Abogada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, como

Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra del

señor OSCAR RENE GUERRA REYES, reclamándole cumplimiento

de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: "Un lote de

terreno urbano y construcciones que contiene identifi cado como LOTE

NUMERO TRES, DEL POLIGONO "A", DE LA URBANIZACION

RESIDENCIAL "SAN ANTONIO", pero según razón y constancia de

inscripción RESIDENCIAL "SAN ANTONIO", LOTE NUMERO TRES,

POLIGONO "A", SOYAPANGO, SAN SALVADOR, y nuevamente

según reza antecedente de un área de NOVENTA Y TRES PUNTO NO-

VENTA Y SIETE METROS CUADRADOS y mide: AL NORTE: línea

curva de cinco punto cero cuatro metros; AL ORIENTE: con distancia

de diecinueve punto diez metros; AL SUR: distancia de cinco metros; y

AL PONIENTE: con distancia de dieciocho punto cincuenta metros". El

inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del demandado

señor OSCAR RENE GUERRA REYES, a la Matrícula número SEIS

CERO UNO SIETE OCHO SIETE SIETE CINCO- CERO CERO

CERO CERO CERO, Asiento CINCO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

quince horas con treinta minutos del día cinco de mayo del año dos

mil once.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F059517-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por el Abogado JOSE EDGARDO SALINAS, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la demandada señora

NATIVIDAD MERCEDES AYALA CRUZ, reclamándole cumplimiento

de obligaciones y demás accesorios de Ley se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: ‘’Un lote de

terreno y construcciones de mixto que contiene, con un área construida

de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, cuyo valor es

de TREINTA MIL COLONES y que tiene la localización, medidas y

linderos siguientes: LOTE NUMERO NOVENTA Y SEIS, BLOCK

‘’C’’, DE LA URBANIZACION SANTA MARTA DOS, situado en el

Barrio de San Jacinto, de esta ciudad. Partiendo de la intersección de los

ejes de la Avenida número tres y el Pasaje número cuatro, abiertos en la

Urbanización, sobre el eje de este último se miden ciento siete punto cinco

metros, con rumbo Sur, setenta y un grados treinta y cinco punto cinco

minutos Oeste, partiendo de este punto con defl exión derecha de noventa

grados, rumbo Norte, dieciocho grados veinticuatro punto cinco minutos

Oeste, y distancia de tres metros, se llega al vértice Sur Este, del lote que

se describe. LADO SUR: línea recta de cinco metros, con rumbo Sur,

setenta y un grados treinta y cinco punto cinco minutos Oeste, lindando

con terrenos de la misma Urbanización propiedad de COPARSA, con

el Pasaje número cuatro de seis metros de ancho de por medio. LADO

PONIENTE: línea recta de quince metros, con rumbo Norte, dieciocho

grados veinticinco punto cinco minutos Oeste, lindando con lote número

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

noventa y siete propiedad de los Ingenieros Alfredo Ávila Figueroa y

Juan Francisco Bolaños Torres. LADO NORTE: línea recta de cinco

metros con rumbo Norte, setenta y un grados treinta y cinco punto cinco

minutos Este, lindando con lote número cincuenta y seis propiedad de

los Ingenieros Alfredo Ávila Figueroa y Juan Francisco Bolaños To-

rres. LADO ORIENTE: línea recta de quince metros, con rumbo Sur,

dieciocho grados veinticuatro punto cinco minutos Este, lindando con

lote número noventa y cinco propiedad de los Ingenieros Alfredo Ávila

Figueroa y Juan Francisco Bolaños Torres. El lote así descrito tiene un

área de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes

a ciento siete punto treinta y una varas cuadradas’’. El inmueble antes

descrito se encuentra inscrito a nombre de la demandada NATIVIDAD

MERCEDES AYALA CRUZ, bajo la Matrícula Número SEIS CERO

DOS DOS NUEVE OCHO SEIS CERO-CERO CERO CERO CERO

CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

doce horas con diez minutos del día veinte de mayo del año dos mil

once.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059522-3

LIC. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, Juez de lo Civil Interino

de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE

HERNÁNDEZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE

ARNOLDO MELARA MALDONADO, próximamente se venderá

en Pública Subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un lote de

terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el Número

DOSCIENTOS DOS, del Polígono "D’’, Pasaje DIECIOCHO NORTE, el

cual forma parte de la Residencial Libertad, situado en la Jurisdicción de

la Ciudad de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, el cual tiene

una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS,

cuyas medidas y linderos son los siguientes: Por los rumbos NORTE Y

SUR: con una distancia de diez metros; y por los rumbos ORIENTE Y

PONIENTE: con una distancia de cinco metros. Dicho inmueble está

inscrito a favor del demandado señor JOSE ARNOLDO MELARA

MALDONADO, en el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la

Matrícula Número SEIS CERO UNO CERO CUATRO CUATRO

NUEVE NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Ciudad

de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las nueve horas y cuarenta minutos del

día cuatro de Febrero del año dos mil once.- LIC. ROMEO EDGARD

PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. ANTONIO

CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059526-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNANDEZ, mayor de

edad, Abogado y Notario, de este domicilio, como Apoderado General

Judicial, del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Cesionario del

BANCO DE CONSTRUCCION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONI-

MA, de este domicilio, contra el señor EDUARDO ERNESTO LOPEZ

SANCHEZ, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que

más adelante se especifi cará, un inmueble descrito en su antecedente como

un Lote de terreno de naturaleza urbana y construcciones que contiene,

marcado en el plano respectivo con el Número CIENTO VEINTISEIS,

del POLIGONO "C", PASAJE DEL NACASPILO, de una Extensión

Superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Dicho

Lote forma parte del Proyecto Urbanización denominada RESIDENCIAL

LA CIMA IV, situada en la Jurisdicción de San Salvador, Departamento

de San Salvador, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE:

Cinco metros; AL ORIENTE: Quince metros; AL SUR: Cinco metros; y

AL PONIENTE: Quince metros. Dicho inmueble se encuentra inscrito

en el Sistema de folio Real Automatizado a la Matrícula Número SEIS

CERO CERO CERO CERO CERO CINCO CUATRO-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a

las nueve horas y veinte minutos del día dos de mayo de dos mil once.-

LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO JUDICIAL.

3 v. alt. No. F059529-3

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSÉ MARIO DENIS

MOLINA, con Número de Identifi cación Tributaria: CERO SEISCIEN-

TOS CATORCE – CERO OCHENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y

CINCO – CERO CERO UNO – SEIS; como Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, del domicilio

de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria CERO

SEISCIENTOS CATORCE – CERO SETENTA MIL QUINIENTOS

SETENTA Y CINCO – CERO CERO DOS – SEIS; contra la señora

ELSA NYDIA ZELAYA DE MENDOZA, de cuarenta y seis años de

edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Apopa, con Número de

Identifi cación Tributaria: MIL CUATROCIENTOS DOCE – CERO

CINCUENTA Y UN MIL CINCUENTA Y NUEVE – CIENTO UNO

– CERO; reclamándole el pago de CINCO MIL OCHOCIENTOS

OCHENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, CON SESENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR, en

concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de Seguros de

Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su

completo pago, transacción o remate, y costas procesales; se ha ordenado

VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y

por el precio que oportunamente se indicará, un lote de naturaleza urbano

y construcciones que contiene marcado con el NÚMERO VEINTITRÉS

del tipo A ubicado en el Block “C” en la URBANIZACIÓN VALLE

DEL SOL, situada en los cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas,

Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador; según razón y

constancia de inscripción aparece de la forma siguiente: Lote número

veintitrés ubicado en el block “C” en la Urbanización Valle del Sol, II

Etapa, situada en cantón San Nicolás, municipio de Apopa, Departamento

de San Salvador; partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida

El Tarrascón y la Calle Arturo Ambrogi de la Urbanización Valle del

Sol y midiendo una distancia de ciento veintinueve punto veintiún me-

tros, sobre el eje de esta última con rumbo Norte setenta y seis grados

cuarenta y nueve minutos cinco segundos Oeste, se llega a un punto en

el cual se hace una defl exión positiva de noventa grados y midiendo

una distancia de seis punto cincuenta metros se llega al esquinero Sur

Este del lote que se describe, el cual mide y linda así: AL SUR: recta de

cinco metros, con rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y nueve

minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote número seiscientos

treinta y nueve del block “B”, Calle Arturo Ambrogi de trece metros

de ancho de por medio; AL PONIENTE: recta de once metros, rumbo

Norte, trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Este,

linda con el lote número veinticuatro de este mismo block; AL NOR-

TE: recta de cinco metros, rumbo Sur setenta y seis grados cuarenta y

nueve minutos cinco segundos Este, Linda con el lote número cuarenta

y cinco, de este mismo block; y, AL ORIENTE: recta de once metros,

rumbo Sur trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Oeste,

linda con el lote número veintidós de este mismo block. El inmueble

así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y OCHO PUNTO

SESENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS.- Inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en

el Sistema de Folio Real Automatizado, en la Matrícula Número: SEIS

CERO UNO OCHO DOS SEIS SIETE SIETE – CERO CERO CERO

CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

veinticinco minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil once.-

DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARÍA OFELIA VALENCIA CAÑAS,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F059534-3

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en virtud de ejecución promovida en este

Juzgado por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO

como apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra

la señora BERTA EUGENIA MURILLO CANTON, reclamándole la

cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS DÓLARES

CON DOCE CENTAVOS DE DÓLAR, más intereses y costas proce-

sales; se ha ordenado la Venta en Pública Subasta en este Tribunal de

un inmueble de naturaleza urbana y construcciones, marcado con el lote

número ciento diecisiete, Polígono “D”, Pasaje trece norte, Residencial

Libertad, situado en Kilómetro tres, al Poniente de la Carretera que par-

tiendo de la Troncal del Norte se dirige a la Ciudad de Tonacatepeque,

de una extensión superfi cial de cincuenta metros cuadrados, siendo la

descripción técnica la siguiente: AL NORTE: diez metros; AL ORIENTE:

cinco metros; AL SUR: diez metros; y AL PONIENTE: cinco metros;

dicho inmueble está inscrito bajo la matrícula número SEIS CERO

UNO CERO CUATRO CUATRO UNO CUATRO- CERO CERO

CERO CERO CERO (60104414-00000) Asiento cuatro, en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, el

inmueble antes descrito se encuentra a favor de la demandada señora

BERTA EUGENIA MURILLO CANTON.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efecto

legales correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas

y veinte minutos del día veinticinco de agosto del dos mil diez.- LIC.

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059535-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada ANA SILVIA MENJÍVAR

MARTÍNEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos

catorce- cero setenta mil seiscientos sesenta y cinco- ciento tres- siete,

como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de

Derecho Público, del domicilio de San Salvador, con Número de Identi-

fi cación Tributaria: cero seiscientos catorce- cero setenta mil quinientos

setenta y cinco-cero cero dos-seis, contra el señor OSCAR HUMBERTO

PEÑATE, conocido por OSCAR HUMBERTO CASTILLO PEÑATE,

y por OSCAR HUMBERTO PEÑATE CASTILLO, quien a la fecha

del otorgamiento del Mutuo Hipotecario era de veintiocho años de edad,

Agricultor en pequeño, del domicilio de Apopa, con Número de Identifi -

cación Tributaria: cero doscientos tres- ciento noventa mil ochocientos

sesenta y cuatro-ciento uno- nueve; reclamándole el pago de CUATRO

MIL SETENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA CON TRECE CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de

capital; más el interés convencional del SIETE PUNTO NOVENTA Y

SIETE POR CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS insolutos, contados

a partir del día treinta de junio del año dos mil ocho en adelante, Primas

de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad,

todo hasta su completo pago, transacción o remate y Costas Procesales;

se ha ordenado VENDER EN PÚBLICA SUBASTA, en este mismo

Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, un

lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el

número CUATROCIENTOS VEINTICINCO, tipo A, del Block B, de

la Urbanización denominada VALLE DEL SOL, sita en Cantones San

Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San

Salvador, con un área construida de sistema mixto de veintiséis metros

cuadrados, valorada en VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y CINCO

COLONES NOVENTA CENTAVOS, el cual tiene la descripción si-

guiente: LOTE NÚMERO CUATROCIENTOS VEINTICINCO, TIPO

“A”, DEL BLOCK “B”: Es urbano, está ubicado en la Urbanización

Valle del Sol, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de

Apopa, Departamento de San Salvador, cuya cabida es de CINCUENTA

METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y una punto cincuenta

y cuatro varas cuadradas, y con una descripción se inicia partiendo de la

intersección de los ejes de la Avenida El Tarrascón y el pasaje número

seis de la Urbanización Valle del Sol, y midiendo una distancia de ciento

cuarenta y dos punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo

Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos

Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una defl exión positiva de

noventa grados y midiendo una distancia de dos dos punto cincuenta

metros, se llega al esquinero Sur-Este del lote que se describe, el cual mide

y linda: AL SUR, línea recta de cinco metros, rumbo Sur ochenta grados

cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con

el lote número trescientos setenta, de este mismo block, pasaje número

seis de cinco metros de ancho de por medio; PONIENTE, recta de diez

metros, rumbo Norte nueve grados dos minutos cinco segundos oeste,

linda con el lote número cuatrocientos veintiséis de este mismo block;

NORTE, recta de cinco metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y

siete minutos cincuenta y cinco segundos este, linda con el lote número

cuatrocientos treinta y seis, de este mismo Block; ORIENTE, recta de

diez metros, rumbo Sur nueve grados dos minutos cinco segundos Este,

linda con el lote número cuatrocientos veinticuatro de este mismo block.-

Los lotes colindantes que se mencionan en las colindancias son o han

sido propiedad de Cerámica Industrial Centroamericana, S.A. DE C.V.

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real con Matrícula Número

CERO UNO- CERO SIETE SIETE SEIS DOS DOS- CERO CERO

CERO, Inscripción Dos, actualmente trasladado al Sistema de Folio

Real Automatizado, en la Matrícula Número SEIS CERO DOS SIETE

CERO SEIS SEIS SIETE- CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

trece minutos del día treinta y uno de marzo del año dos mil once.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LICDA. MARÍA OFELIA VALENCIA CAÑAS, SECRE-

TARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F059537-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER : Al público para los efectos de Ley, que en el

Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA

GONZALEZ ESCAMILLA, con Número de Identifi cación Tributaria:

Cero seiscientos catorce - dieciocho cero seis cuarenta y seis - cero cero

cuatro - uno; en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula

Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de

Crédito, Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador;

con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce - cero

setenta mil quinientos setenta y cinco - cero cero dos - seis; contra el

señor ROBERTO CARLOS GODOY EVORA, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria: Cero quinientos cuatro - doscientos setenta y un

mil doscientos setenta y cuatro - ciento dos - seis, de veintitrés años

de edad a la fecha del Mutuo Hipotecario, Motorista, actualmente de

paradero ignorado; representado por medio de su Curador Ad-Litem,

Licenciado MIGUEL ÁNGEL MERINO PALACIOS, de treinta y dos

años de edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamando el pago

de SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON NOVENTA Y CUATRO

CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de capital, más los intereses

convencionales con tasas modifi cadas del: SEIS, SIETE, SIETE PUNTO

SETENTA Y SIETE y del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR

CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS, contados a partir del día uno de

mayo del año dos mil tres, hasta su completo pago; Primas de Seguro

de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su

completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha ordenado

VENDER EN PÚBLICA SUBASTA en este mismo Juzgado, en fecha

y por el precio que oportunamente se indicará, un lote de terreno urbano

y construcciones que contiene marcado con el número CATORCE, del

Polígono TRES, Calle Principal de la URBANIZACIÓN VALLE VER-

DE ETAPA I, situada al sur poniente de la Urbanización de Popotlán,

en Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San

Salvador; el cual se describe así: Partiendo de la intersección formada

por los ejes de la Calle Principal y pasaje “C”, se miden dos tramos rectos

con rumbos y distancias siguientes: con rumbo SUR cuarenta y cuatro

grados cuarenta y uno punto siete minutos Este y treinta y dos punto cero

cero ocho metros para el primero; Sur treinta grados veinticuatro punto

nueve minutos Oeste y ochenta y tres punto noventa y ocho metros para

el segundo.- Haciendo estación en este punto se hace una defl exión de

noventa grados positiva y distancia de ocho punto cincuenta metros, se

llega al vértice sureste de donde se inicia la presente descripción.- LADO

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SUR: Tramo recto con rumbo norte cincuenta y nueve grados treinta y

cinco punto un minuto oeste y distancia de diez metros se llega al vértice

suroeste.- Linda en este costado con lote número quince del mismo polí-

gono; LADO PONIENTE: Tramo recto con rumbo norte treinta grados

veinticuatro punto nueve minutos este y distancia de cinco metros se llega

al vértice noroeste, linda en este costado con lote número veintisiete del

mismo polígono.- LADO NORTE: Tramo recto con rumbo sur cincuenta

y nueve grados treinta y cinco punto un minutos este y distancia de diez

metros, se llega al vértice noreste, linda en este costado con lote número

trece del mismo polígono.- LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo

sur treinta grados veinticuatro punto nueve minutos oeste y distancia

de cinco metros se llega al vértice sureste, donde se inició la presente

descripción, linda en este costado con lote número dieciocho del polígo-

no seis, calle principal de diecisiete metros de ancho de por medio.- El

área del lote descrito es de CINCUENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO

VARAS CUADRADAS.- En dicho lote se ha construido una casa de

sistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios, de un

área de Veintisiete metros Cuadrados de construcción.- Inscrito en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro; bajo el Sistema de Folio Real con Matrícula Número: M CERO

UNO CERO CINCO DOS SEIS DOS SEIS; actualmente trasladado

bajo el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la Matrícula Número

SEIS CERO CUATRO UNO OCHO NUEVE TRES NUEVE – CERO

CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

tres minutos del día treinta y uno de marzo del año dos mil once.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F059538-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la

Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, como Apo-

derada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

en contra del Señor FRANCISCO DE JESÚS PADILLA, conocido por

FRANCISCO DE JESÚS PADILLA GONZÁLEZ, se venderá en pública

subasta en este Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado,

consistente en un inmueble urbano que según antecedentes se describe

así: Lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado

con el número TRECE, DEL POLÍGONO TREINTA Y UNO, DE LA

URBANIZACIÓN REPARTO SANTA EDUVIGES, situado en la juris-

dicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, de una extensión

superfi cial de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, el cual

mide y linda así: AL NORTE, siete metros con lote catorce del mismo

polígono treinta y uno; AL SUR, siete metros, con lote número catorce

polígono veintinueve, pasaje veintinueve de por medio, AL ESTE, catorce

metros con lote número once del mismo polígono treinta y uno; y AL

OESTE, catorce metros con lote número quince del mismo polígono

treinta y uno. El inmueble anteriormente descrito es de propiedad del

señor FRANCISCO DE JESÚS PADILLA, conocido por FRANCISCO

DE JESÚS PADILLA GONZÁLEZ, según matrícula M SEIS CERO

DOS CUATRO NUEVE CUATRO UNO DOS- CERO CERO CERO

CERO CERO (60249412- 00000) del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San

Salvador, e hipotecado a favor del Fondo Social para la Vivienda.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las ocho y quince minu-

tos del día veintitrés de mayo del dos mil once.- LICDA. MARIBEL

DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE

DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059539-3

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-

PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil promovido por

el Licenciado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, como

mandatario del Fondo Social para la Vivienda, por resolución de las

quince horas con quince minutos del día quince de febrero de dos mil

once, se ha ordenado la venta del bien inmueble embargado, inmueble

que se describe así: Lote urbano y construcciones que contiene, mar-

cado con el número setenta y dos, agrupación cuarenta y nueve, de la

Urbanización Cima de San Bartolo II, quinta etapa, del municipio de

Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión su-

perfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: Al Norte: cinco punto

metros; Al Sur: cinco punto metros; Al Oriente: diez punto cincuenta

metros; y al Poniente: diez punto cincuenta metros. Embargo que se

encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Primera Sección del Centro, con matrícula 60241003-

00000, asiento 4, a favor del Fondo Social para la Vivienda. Dicho

inmueble es propiedad del señor RICARDO AMILCAR FRANCO,

conocido por RICARDO AMILCAR MONGE FRANCO, inscrito en el

correspondiente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, y que sobre

dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA HIPOTECA,

a favor del Fondo Social para la Vivienda, con inscripción registral y

matrícula M01148739.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

los veintiún días del mes de febrero del año dos mil once.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059540-3

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, como mandatario del Fondo Social para la Vivienda, por resolución de las quince horas con quince minutos del día ocho de marzo del corriente año, se ha ordenado la venta del bien inmueble embargado, inmueble que se describe así: Ubicado en Brisas del Norte, marcado con el número catorce, pasaje nueve, zona B, situada en jurisdicción de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, y que según constancia de inscripción aparece en la jurisdicción de Apopa, con un área de CINCUENTA METROS CUA-DRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, cinco punto cero cero metros, AL SUR, cinco punto cero cero metros, AL ORIEN-TE, diez punto cero cero metros, AL PONIENTE, diez punto cero cero metros. Embargo que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, con matrículas 60269836-00000, asiento 4, a favor del Fondo Social para la Vivienda. Dicho inmueble es propiedad del señor JORGE BLADIMIR ESCAMILLA, inscrito en el correspondiente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, con matrícula número M01289940, asiento 0004, y que sobre dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA HIPOTECA, a favor del Banco Agrícola Comercial de El Salvador, Sociedad Anónima, con inscripción registral y matrícula M01289940, asiento 0005; y en la actualidad dicho Banco, cedió, vendió y traspasó al Fondo Social para la Vivienda, el cien por ciento del mutuo garantizado con la primera hipoteca, constituida a favor del referido Banco, antes relacionado, dicho documento se encuentra debidamente inscrita, en el respectivo Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, con la matrícula M01289940, asiento 0006.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil once.- LIC. MAR-GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059541-3

SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución promovida en este Juzgado, por la Licenciada SILVIA EMILIA GON-ZÁLEZ ESCAMILLA, en su carácter de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra la señora ANA MARGARITA HERNANDEZ AVILÉS, se venderá en pública subasta el inmueble que le pertenece a la demandada señora ANA MARGARITA HERNANDEZ AVILÉS, en este mismo juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado como LOTE NUMERO CUARENTA Y DOS, BLOCK NUMERO QUINCE, PASAJE H, el cual forma parte del REPARTO LA CAMPANERA CUARTA ETAPA, identifi cado como lote o porción B, situado en el lugar llamado Cruz de Piedra o Limón, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, y según razón y constancia de inscripción, REPARTO LA CAMPANERA, LOTE NUMERO CUARENTA Y DOS, POLÍGO-NO QUINCE, EL LIMÓN, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, nueve punto cero cero metros. AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros. AL SUR, nueve punto cero cero metros. Y AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros. De una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora ANA MARGARITA HERNANDEZ AVILÉS, bajo la Matrícula Número SEIS CERO DOS UNO NUEVE NUEVE CINCO NUEVE — CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las ocho horas y treinta minutos del día veintisiete de mayo de dos mil once.- DR. SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059542-3

ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Lic. MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, QUE SE ABREVIA BANCO AGRICOLA, S. A., CUYOS NOMBRES COMERCIALES SON BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRICOLA O SOLA-MENTE EL AGRICOLA O CON SUS SIGLAS BAC, INSTITUCION BANCARIA DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos diez mil ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-seis, en contra de los señores NATAEL MARTÍNEZ AYALA., en aquella fecha de cuarenta y dos años de edad, Mesero del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel, y con residencia actual en la Ciudad de Alexandría, Estado de Virginia, los Estados Unidos de América, y CRISTINA CRUZ BARAHONA, en aquella fecha de treinta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel, con residencia actual en la ciudad de Alexandría, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, representados por Curador Ad-litem Licenciada IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta en fecha que posteriormente se comunicará, de un inmueble de naturaleza rústica, identifi cado en el antecedente como SEGUNDO, situado en el punto denominado Hacienda Santa Catarina, Cantón Amaya, de la jurisdicción de Lolotique, distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de DIECISIETE HECTAREAS CUARENTA Y SIETE ÁREAS VEINTISIETE PUNTO CUARENTA Y TRES CENTIÁREAS, equivalentes a VEINTICINCO MANZANAS CERO PUNTO CERO UNA VARAS CUADRADAS, y su descripción se inicia en el vértice Noroeste; LINDERO NORTE: Partiendo del vértice antes mencionado se miden los rumbos y las distancias siguientes: norte veintitrés grados, treinta y ocho minutos cuarenta y ocho segundos, y distancia de doce punto veintisiete metros, norte cuarenta y dos grados, cincuenta y siete minutos, cincuenta y tres segundos este y distancia de cuarenta y seis punto ochenta y ocho metros, norte cuarenta grados cero minutos tres segundo este y distancia de sesenta punto treinta y nueve metros, norte cuarenta y dos grados cincuenta y tres minutos cincuenta y seis segundo este, y distancia de dieciséis punto noventa y cinco metros, norte veintiún grados veintisiete minutos nueve segundos este, y dis-tancia de nueve punto noventa y seis metros, norte nueve grados treinta y un minutos cuarenta y tres segundos este, y distancia de nueve punto veintiséis metros, norte cuarenta y un grados tres minutos cincuenta y seis segundos este, y distancia de ciento cincuenta y cinco punto cuarenta y nueve metros, norte cuarenta grados treinta minutos once segundos este y distancia de doscientos siete punto treinta y siete metros, norte treinta y nueve grados cuarenta y cuatro minutos veintiséis segundos

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este y distancia de ciento ochenta y cuatro punto sesenta y cinco metros, norte treinta y ocho grados cincuenta y seis minutos tres segundos este, y distancia de seiscientos setenta y uno punto catorce metros, llegando al vértice noreste del terreno que se describe lindando en estos tramos con propiedad de Raúl Mejía, tramo de calle a Palestina de por medio, Reynaldo Carballo, FINATA, Raúl Mejía. LINDERO ORIENTE. Par-tiendo del vértice mencionado miden los rumbos y distancias siguientes: Sur treinta grados treinta y ocho minutos cincuenta y cuatro segundos este, y distancia de ciento cincuenta y cinco punto cero un metros, llegando al vértice SURESTE del terreno que se describe, lindando con Hacienda La Pavalla; antes sucesión Araujo Machuca; LINDERO SUR, partiendo del vértice mencionado se miden los rumbos y distancias siguientes: SUR cuarenta grados veintisiete minutos cincuenta y cuatro minutos oeste, y distancia de un mil doscientos ochenta y uno punto cero dos metros, llegando al vértice SUROESTE, del terreno que se describe lindando con Jorge Carballo Vargas; LINDERO PONIENTE; partiendo del vértice mencionado se miden los rumbos y distancias siguientes, norte setenta grados treinta y dos minutos veintiocho segundos oeste, y distancia de cuarenta y dos punto ochenta y ocho metros, norte sesenta y nueve grados cincuenta y siete minutos treinta y dos minutos oeste, y distancia de sesenta y siete punto cincuenta y ocho metros, norte setenta y nueve grados diez minutos un segundo oeste y distancia de once punto cuarenta y nueve metros, norte doce grados veintidós minutos cuarenta y dos segundos oeste, y distancia de seis punto noventa y cinco metros, llegando al vértice noroeste, donde se inició la presente descripción lindando en estos tramos con Jorge Carballo Vargas y calle a Moncagua de por medio. Inscrito a favor de los señores NATAEL MARTINEZ AYALA y CRISTINA CRUZ BARAHONA, en proindivisión en partes iguales en el sistema de Folio Real Computarizado bajo la Matrícula número OCHO CERO UNO CERO TRES DOS CUATRO SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipo-tecas del Departamento de San Miguel. Se hace constar que se encuentra hipotecado bajo el sistema de Folio Real Computarizado a la matrícula antes mencionada, bajo el ASIENTO TRES, a favor del BANCO AGRI-COLA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Bienes Inmuebles propiedad de los ejecutados ya mencionados, ubicados en el lugar denominado Hacienda Santa Catarina, Cantón Amaya, de la jurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, embargado por la canti-dad de VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS DÓLARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a las diez horas del día catorce de octubre del año dos mil diez.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F059547-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

CENTRO PEDIATRICO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

AVISA: Que a sus ofi cinas Administrativas, ubicadas en la Colonia Médica, Diagonal Dr. Luis Edmundo Vásquez, No. 222 de la ciudad de San Salvador, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado los siguientes Certifi cados de Acciones de esta sociedad: Nú-mero de certifi cado 62-90 por 07 acciones y 118-95 por 43 acciones.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Reposición de los siguientes Certifi cados relacionados, conforme a los Artículos No. 486 y 935 del Código de Comercio vigente.

En caso de que treinta días después de la tercera y última publi-cación del presente aviso, el Centro Pediátrico de El Salvador, S.A. de C.V., no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición de los Certifi cados arriba enumerados.

San Salvador, 13 de junio de 2011.

CENTRO PEDIATRICO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

DR. LUIS ALONSO HERRERA FLORES,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000127-3

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10, carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 29130, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 (US$ 2,500.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, Viernes 17 de junio de 2011.

BEATRIZ DE PINEDA,AGENCIA MASFERRER.

3 v. alt. No. F059410-3

ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO

El Infrascrito Secretario de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios del "Condominio Residencial Los Sueños", ubicado en kilómetro doce y medio de la Carretera al Puerto de La Libertad, Nuevo Cuscatlán, Departamento de La libertad,

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Asambleas de Propietarios del "Condominio Residencial Los Sueños", se encuentra asentada el Acta Número CUATRO, correspondiente a la Asamblea General Ordinaria de Propietarios, celebrada en esta ciudad, en tercera convocatoria, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día treinta de abril de dos mil once; se encuentra asentado el punto número XI), en el cual se tomó el siguiente acuerdo: Se eligieron al señor HANNS WERNER ROEDER MAGAÑA, mayor de edad, ingeniero, del domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, como Administrador del Condominio, consecuentemente detentará el cargo de Representante Legal de conformidad a lo estipulado en el Art. 33 de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, así como lo establecido en la cláusula XXXI) del Reglamento de Administración del Condominio; y al señor LEON ENRIQUE MONCADA CUELLAR, Ingeniero, del domicilio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, como Administrador Suplente. Además certifi co que los elegidos aceptaron el cargo.

Y para los efectos legales correspondientes, se extiende la presente certifi cación, en el Municipio de Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a los diez días del mes de junio de dos mil once.

LIC. JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE,

SECRETARIO DE LA ASAMBLEA.

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2011110320

No. de Presentación: 20110153004

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTI-CIOS DIANA, S.A. DE C.V., o DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CONO DIANA

Consistente en: las palabras CONO DIANA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000137-3

No. de Expediente: 2011108320

No. de Presentación: 20110149433

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de Double Eagle Brands N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: La expresión Ketel One y diseño la palabra Ketel se traduce al castellano como caldera y la palabra One se traduce al castellano como uno, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZAS). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059428-3

No. de Expediente: 2001011268

No. de Presentación: 20010011268

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de SAMAN, de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SAMAN

Consistente en: LA PALABRA "SAMAN" EN LETRAS MA-YÚSCULAS DE MOLDE.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil uno.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil once.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059431-3

No. de Expediente: 2011109114

No. de Presentación: 20110150943

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de MITSUI CHEMICALS AGRO, INC, de nacionalidad JAPONESA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

STARKLE

Consistente en: la palabra STARKLE, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES PARA MATAR MALAS HIERBAS Y DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; INSECTICIDAS; PESTICIDAS; PLAGUICIDAS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, GERMICIDAS. Clase: 05.

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La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059436-3

No. de Expediente: 2011109113

No. de Presentación: 20110150942

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de HEINEKEN BROUWERIJEN B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-CA,

Consistente en: la palabra Heineken y diseño, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS DE FRUTA Y ZUMOS DE FRUTAS; JARABES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059438-3

No. de Expediente: 2011108958

No. de Presentación: 20110150620

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de

F. HOFFMANN-LA ROCHE AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BRAFYTE

Consistente en: la palabra BRAFYTE, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059440-3

No. de Expediente: 2010106355

No. de Presentación: 20100145863

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISABE-LLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de TREK BICYCLE CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-CA,

Consistente en: DISEÑO DE ESCUDO, que servirá para: AM-PARAR: ROPA, ROPA EXTERIOR, SOMBREROS Y CALZADO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059444-3

DIARIO

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NO TIE

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor José

Antonio Ramos, de treinta y tres años de edad, Agricultor en pequeño,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero,

un millón cincuenta y dos mil setenta- uno y Número de Identifi cación

Tributaria cero cinco cero ocho- dos siete cero cinco siete siete- uno cero

uno- ocho, solicitando se le extienda Título Municipal de propiedad, de

un inmueble de origen ejidal de naturaleza Urbana, situada en el Barrio

Candelaria de esta población, de la capacidad superfi cial de Trescientos

once punto noventa y tres metros cuadrados, de las colindancias siguien-

tes: Norte: con Propiedad de Santos Amado Pérez Morales, Oriente:

con Propiedad de Demecio Martínez Domínguez, Sur: con Propiedad

de Vicente Fuentes Flores, Poniente: con Propiedad de José Enrique

Domínguez, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión

con nadie, todos los colindantes son de este domicilio y lo estima en la

suma de tres mil dólares de los Estados Unidos de América, lo hubo por

compra que hizo al señor Demecio Martínez.

Alcaldía Municipal: Jicalapa, trece de octubre del año dos mil diez.

JOSÉ SALVADOR MENJÍVAR MIRANDA, ALCALDE MUNICI-

PAL. CARLOS PÉREZ PERALES, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059480-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2011110058

No. de Presentación: 20110152596

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO

ENRIQUE VIDES BORGWARDT, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de RODRIGO JACIR GARCIA PRIETO, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras KOI HOW DO YOU ROLL?, las

palabras HOW DO YOU ROLL? se traducen al castellano, como tu

enrollas?, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALIMEN-

TACIÓN CUYO FIN PRINCIPAL ES PREPARAR ALIMENTOS Y

BEBIDAS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de junio del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000128-3

No. de Expediente: 2011106950

No. de Presentación: 20110147052

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

GIOVANNA LUCRECIA DICUNTA SERVELLON, de nacionalidad

HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras Pollo Campesino y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059402-3

DIARIO

OFI

CIAL S

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NO TIE

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GAL

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 2011108616

No. de Presentación: 20110149864

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISABE-

LLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de PRICE

COSTCO INTERNATIONAL, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra COSTCO, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL POR MAYOR Y

SERVICIOS EN LINEA DE VENTA AL POR MENOR Y AL POR

MAYOR EN EL AREA DE CARNES FRESCAS, FRUTAS, VERDU-

RAS Y ALIMENTOS PRE-PREPARADOS, CAFE, TE, ALIMENTOS

SECOS ENVASADOS, PRODUDOS LACTEOS, PRODUCTOS

DE PANADERIA, CONFITERIA, BEBIDAS ALCOHOLICAS Y

NO ALCOHOLICAS, PRODUCTOS DE TABACO, CALZADO Y

VESTIDOS, JUGUETES, ARTICULOS DEPORTIVOS, EQUIPO Y

UTENSILIOS DE COCINA, ROPA DE HOGAR, PLANTAS Y AR-

BOLES ARTIFICIALES, CRISTALERIA, PORCELANA Y LOZA,

PRODUCTOS DE PAPEL DE USO DOMESTICO, PRODUCTOS DE

LAVADO, JABONES Y PRODUCTOS DE LIMPIEZA, COSMETI-

COS, PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL, PREPARACIONES

FARMACEUTICAS, VITAMINAS, SUPLEMENTOS NUTRICIO-

NALES, EQUIPO Y ARTICULOS DE JARDINERIA, ALIMENTO

PARA MASCOTAS Y PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE

MASCOTAS, HERRAMIENTAS ELECTRICAS Y MANUALES,

PRODUCTOS PARA AUTOMOVILES Y GASOLINA, MUEBLES

DEL HOGAR Y DE JARDIN, MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA,

COMPUTADORAS Y PERIFERICOS DE COMPUTADORAS, PRO-

GRAMAS Y EQUIPO INFORMATICO, PEQUEÑOS Y GRANDES

ELECTRODOMESTICOS, DISCOS COMPACTOS Y DVDS, ELEC-

TRONICOS DE CONSUMO, BATERIAS PARA TODO PROPOSITO,

EQUIPAJE, JOYERIA, RELOJES, TIQUETES DE ENTRETENIMIEN-

TO, ADORNOS Y DECORACIONES FESTIVAS, DIFUSION DE

MATERIALES PUBLICITARIOS A TRAVES DE PUBLICACIONES

IMPRESAS, MUESTREO DE PRODUCTOS Y COMUNICACIONES

ELECTRONICAS EN LINEA, U OTROS MEDIOS; DISTRIBUCION

DE MUESTRAS; SERVICIOS DE IMPORTACION Y EXPORTA-

CION; SERVICIOS DE ASESORAMIENTO RELATIVOS A LOS

SERVICIOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION; SERVICIOS

DE VENTA Y PEDIDO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS CON

RECETA A TRAVES DE COMUNICACIONES ELECTRONICAS

EN LINEA U OTROS MEDIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de abril del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059420-3

No. de Expediente: 2011107686

No. de Presentación: 20110148336

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

EDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de NISSAN

JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como

NISSAN MOTOR CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra NISSAN, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE

AUTOMOVILES, VEHICULOS ELECTRICOS INCLUYENDO

AUTOMOVILES ELECTRICOS, VAGONETAS, CAMIONES, VANS,

VEHICULOS DE UTILIDAD DEPORTIVA, BUSES, VEHICULOS

RECREACIONALES (RV), CARROS DEPORTIVOS, CARROS

DE CARRERAS, CAMIONES, CAMIONES MONTACARGAS , Y

TRACTORES DE REMOLQUE (TRACTORES) Y SUS PARTES ES-

TRUCTURALES Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS; PROVISION

DE INFORMACION SOBRE REPARACION O MANTENIMIENTO

DE AUTOMOVILES, VEHICULOS ELECTRICOS INCLUYENDO

AUTOMOVILES ELECTRICOS, VAGONETAS, CAMIONES, VANS,

VEHICULOS DE UTILIDAD DEPORTIVA, BUSES, VEHICULOS

RECREACIONALES (RV), CARROS DEPORTIVOS, CARROS

DE CARRERAS, CAMIONES, CAMIONES MONTACARGAS, Y

TRACTORES DE REMOLQUE (TRACTORES) Y SUS PARTES

ESTRUCTURALES Y ACCESORIOS DE LOS MISMOS; REPARA-

CION O MANTENIMIENTO DE MAQUINAS E INSTRUMENTOS

DIARIO

OFI

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

DE MEDICION O PRUEBA; REPARACION O MANTENIMIENTO

DE MAQUINAS Y APARATOS DE DISTRIBUCION O CONTROL

DE ENERGIA; REPARACION O MANTENIMIENTO DE CONVER-

TIDORES ROTARIOS; REPARACION O MANTENIMIENTO DE

MODIFICADORES DE FASE; REPARACION O MANTENIMIEN-

TO DE CARGADORES; REPARACION O MANTENIMIENTO DE

BATERIAS Y CELDAS; REPARACION O MANTENIMIENTO

DE MOTORES DE COMBUSTION INTERNA; REPARACION O

MANTENIMIENTO DE PARTES DE MOTORES DE COMBUSTION

INTERNA; REPARACION O MANTENIMIENTO DE ARRANQUES

PARA MOTORES Y MAQUINAS, QUE NO SEAN VEHICULOS

TERRESTRES; REPARACION O MANTENIMIENTO DE PARTES

DE MOTORES AC Y MOTORES DC; REPARACION O MANTENI-

MIENTO DE GENERADORES AC Y GENERADORES DC; REPA-

RACION O MANTENIMIENTO DE GENERADORES DE ENERGIA;

REPARACION O MANTENIMIENTO DE CABLES Y ALAMBRES

ELECTRICOS; REPARACION O MANTENIMIENTO DE APARA-

TOS Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACION; REPARACION

O MANTENIMIENTO DE APARATOS TELEFONICOS; REPARA-

CION O MANTENIMIENTO DE PARTES Y ACCESORIOS PARA

MAQUINAS Y APARATOS DE TELECOMUNICACION; REPARA-

CION Y MANTENIMIENTO DE APARATOS TELEMATICOS PARA

VEHICULOS; REPARACION O MANTENIMIENTO DE APARATOS

DE NOTIFICACION AUTOMATICA DE CARGA COMPLETA;

REPARACION O MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE NAVE-

GACION DE VEHICULOS; REPARACION O MANTENIMIENTO

DE MAQUINAS, APARATOS ELECTRONICOS Y SUS PARTES;

REPARACION O MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS PER-

SONALES; REPARACION O MANTENIMIENTO DE SISTEMAS

DE CONTROL REMOTO; REPARACION O MANTENIMIENTO

DE ELECTRODOS; REPARACION O MANTENIMIENTO DE NU-

CLEOS MAGNETICOS; REPARACION O MANTENIMIENTO DE

ALAMBRES DE RESISTENCIA. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de marzo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059425-3

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en

general, que se ha presentado ANA PATRICIA DE LOS ANGELES

CHINCHILLA MORAZAN del domicilio de SAN SALVADOR,

solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 11669 emitida

el 28/06/2007.

Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este

aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada

póliza.

San Salvador, 13 de junio de 2011.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C000110-3

AVISO

ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-

MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía

se ha presentado la Señora ANA ROSA ARAGON DE AREVALO, quien

es de sesenta años de edad, con domicilio en San Salvador, expresando

que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-30793, emitida

con fecha 01 de Febrero de 1989 por la suma de US$ 1,371.43 y en su

carácter de Asegurado solicitando su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado

y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última

publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los dieciséis días del mes de Junio del año dos mil

once.

ROQUE ALEXANDER RIVAS,

SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS.

3 v. alt. No. C000124-3

AVISO

ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-

MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía

se ha presentado el Señor FIDEL ANGEL PERDOMO, quien es de

sesenta y nueve años de edad, con domicilio en Usulután, expresando

DIARIO

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NO TIE

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-23727, emitida

con fecha 23 de Febrero de 1991 por la suma de US$ 5,714.29 y en su

carácter de Asegurado solicitando su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado

y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última

publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil

once.

ROQUE ALEXANDER RIVAS

SUBGERENTE SUSCRIPCIÓN PERSONAS

3 v. alt. No. C000125-3

AVISO

ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-

MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía

se ha presentado el Señor ADAN DE JESUS RIVAS, quien es de sesenta

y nueve años de edad, con domicilio en San Salvador, expresando que ha

extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-23728, emitida con fecha

23 de Febrero de 1991 por la suma de US$ 3,428.57 y en su carácter de

Asegurado solicitando su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado

y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última

publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los dieciséis días del mes de Junio del año dos mil

once.

ROQUE ALEXANDER RIVAS

SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS.

3 v. alt. No. C000126-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2011108057

No. de Presentación: 20110149042

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERA-

DO de POLIMEROS Y TECNOLOGIA, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

BOLSIROLL

Consistente en: la expresión BOLSIROLL, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS,

PAPELERÍA, PEGAMENTOS PARA LA PAPELERÍA O LA CASA,

MATERIAL PARA ARTISTAS, PINCELES, MÁQUINAS DE ESCRI-

BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA, MATERIAL DE INSTRUCCIÓN

O DE ENSEÑANZA, MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE,

CARACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000113-3

No. de Expediente: 2011108058

No. de Presentación: 20110149043

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERA-

DO de POLIMEROS Y TECNOLOGIA, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

BAGPACK

Consistente en: la expresión BAGPACK, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS

DIARIO

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Junio de 2011.

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS,

PAPELERÍA, PEGAMENTOS PARA LA PAPELERÍA O LA CASA,

MATERIAL PARA ARTISTAS PINCELES, MÁQUINAS DE ESCRI-

BIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA, MATERIAL DE INSTRUCCIÓN

O DE ENSEÑANZA, MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE,

CARACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000114-3

No. de Expediente: 2010104638

No. de Presentación: 20100143229

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-

BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de

McLaughlin Gormley King Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PYROCIDE Consistente en: la palabra PYROCIDE, que servirá para: AMPA-

RAR: PESTICIDAS, INSECTICIDAS Y EXTRACTOS CONCEN-

TRADOS PARA EL USO DE LOS MISMOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de abril del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059435-3

No. de Expediente: 2010104639

No. de Presentación: 20100143230

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISA-

BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de

McLaughlin Gormley King Company, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

EVERGREEN Consistente en: la palabra EVERGREEN, que se tarduce al caste-

llano como siempre verde, que servirá para: AMPARAR: PESTICIDAS

E INSECTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el cha veintidós de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de abril del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059441-3

DIARIO

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NO TIE

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 391

No. de Expediente: 2011108124

No. de Presentación: 20110149173

CLASE: 03, 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

EDUARDO MÁRQUEZ PARADA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: La expresión NATURAL MAXIMUS Salud y

belleza y diseño, que servirá para: AMPARAR: ACEITE DE ALMEN-

DRAS DULCES, ACEITE DE CHICHIGUA, ACEITE DE HEPASINA,

ACEITE DE ROMERO, ACEITE DE ZAPUYULO, BARRO BLANCO

VIRGEN, PARA MASCARILLA FACIAL, CHAMPÚ DE BÁLSAMO,

CHAMPÚ DE LINAZA, CHAMPÚ DE MANZANILLA, CHAMPÚ DE

MORINGA, CHAMPÚ DE NEEM, CHAMPÚ DE ROMERO, CHAMPÚ

DE SÁBILA, CHAMPÚ DE SAPUYULO, CÓCTEL DE ACEITES

PARA MASAJE, CREMA DE ALGAS MARINAS PARA MASAJE,

CREMA ÁRNICA, CREMA DE AZUFRE, CREMA DE BÁLSAMO,

CREMA DE CASTAÑO DE INDIAS, CREMA DE CHICHIPINCE,

CREMA DE FENOGRECO, CREMA DE MORINGA, CREMA DE

NONI, CREMA DE ORÉGANO, CREMA DE PEPINO, CREMA DE

PIEDRA PÓMEZ (EXFOLIANTE), CREMA DE PROPÓLEOS, CRE-

MA DE QUINA, CREMA DE SÁBILA, CREMA DE SUELDA CON

SUELDA, CREMA DE ZAPUYULO, JABÓN DE ALGAS MARINAS,

JABÓN DE AVENA, JABÓN DE AZUFRE, JABÓN DE BARRO

VIRGEN, JABÓN DE CHICHIPINCE, JABÓN DE GUAYABILLA,

JABÓN DE MIEL DE ABEJA, JABÓN DE NEEM, JABÓN DE NONI,

JABÓN DE PEPINO, JABÓN DE PÉTALOS DE ROSAS, JABÓN DE

PIEDRA PÓMEZ, JABÓN DE QUINA, JABÓN DE SABILA, JABÓN

DE SEMILLA DE MAMEY, JABÓN DE SAPUYULO, RESINA DE

BÁLSAMO NEGRO, TÓNICO FACIAL DE QUINA Y ALMEN-

DRAS. Clase: 03. Para: AMPARAR: CÁPSULAS DE AGRIMONIA,

CÁPSULAS DE ACHICORIA, CÁPSULAS DE AJENJO, CÁPSULAS

DE AJO Y ANIS, CÁPSULAS DE AJO Y PEREJIL, CÁPSULAS DE

ALCACHOFA, CÁPSULAS DE ALCACHOFA Y BOLDO, CÁPSU-

LAS DE ALFALFA, CÁPSULAS DE ALGAS MARINAS, CÁPSULAS

DE ALGAS Y AMARGÓN, CÁPSULAS DE ALTAMISA, CÁPSU-

LAS DE ANGELICA, CÁPSULAS DE ANIS CHINO, CÁPSULAS

DE APIO Y TORONJA, CÁPSULAS DE BOLDO, CÁPSULAS DE

CALAGUALA, CÁPSULAS DE CARDO SANTO, CÁPSULAS DE

CARQUEJA, CÁPSULAS DE CARTILAGO DE TIBURÓN, CÁP-

SULAS DE CASCARA SAGRADA, CÁPSULAS DE CASTAÑO

DE INDIAS, CÁPSULAS DE CENTELLA ASIÁTICA, CÁPSULAS

DE CHANCA PIEDRA, CÁPSULAS DE CHAYA, CÁPSULAS DE

CONSUELDA, CÁPSULAS DE COPALCHI, CÁPSULAS DE CUCUL-

MECA, CÁPSULAS DE CÚRCUMA, CÁPSULAS DE DAMIANA,

CÁPSULAS DE DIENTE DE LEÓN, CÁPSULAS DE DONG QUAI,

CÁPSULAS DE ECHINACEA, CÁPSULAS DE EUCALIPTO, CÁP-

SULAS DE EUFRACIA, CÁPSULAS DE FENOGRECO, CÁPSULAS

DE GAYUBA, CÁPSULAS DE GINKGO BILOBA, CÁPSULAS DE

GINSENG, CÁPSULAS DE GOBERNADORA, CÁPSULAS DE

GRAVIOLA, CÁPSULAS DE GUARUMO, CÁPSULAS DE HIER-

BA DE SAN JUAN, CÁPSULAS DE JENGIBRE, CÁPSULAS DE

KELP, CÁPSULAS DE LEVADURA DE CERVEZA, CÁPSULAS

DE LÚPULO, CÁPSULAS DE LLANTÉN, CÁPSULAS DE MACA

PERUANA, CÁPSULAS DE MELISSA, CÁPSULAS DE MENTA,

CÁPSULAS DE MILENRAMA, CÁPSULAS DE MORINGA, CÁP-

SULAS DE MUÉRDAGO, CÁPSULAS DE NEEM, CÁPSULAS DE

NOGAL, CÁPSULAS DE NONI, CÁPSULAS DE NOPAL, CÁPSULAS

DE ORTIGA Y COLA DE CABALLO, CÁPSULAS DE PAPAYA,

CÁPSULAS DE PAU D'ARCO, CÁPSULAS DE POLEN DE FLORES,

CÁPSULAS DE QUINA, CÁPSULAS DE SABILA, CÁPSULAS DE

SAW PALMETTO, CÁPSULAS DE SEN, CÁPSULAS DE UÑA DE

GATO PERUANA, CÁPSULAS DE VALERIANA, CÁPSULAS DE

YOHIMBRE, CÁPSULAS DE ZARZAPARRILLA, CLOROMAG

(SUPLEMENTO DE CLORURO DE MAGNESIO), DIGESTIVO DE

FIBRAMAX, DIGESTIVO DE LINAZA, DIURÉTICO DE DE FLO-

RES DE ROSA DE JAMAICA, JARABE BRONQUIAL, JARABE DE

BÁLSAMO, JARABE DE EUCALIPTO, JARABE DE GORDOLOBO,

JARABE DE MIEL DE CARAO, JARABE DE MORRO CON TOLÚ,

TINTURA DE COLA DE CABALLO, TINTURA DE DAMIANA,

TINTURA DE HIBISCUS SABDARIFFA, TINTURA DE JENGIBRE,

TINTURA DE PROPÓLEOS, TINTURA DE RHEUM PALMATUM,

TINTURA DE ROMERO, TINTURA DE VALERIANA, SANA UÑAS

FUNGICIDA, TINTURA DE ÁRNICA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de mayo del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059476-3

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

DIARIO

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