DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009 ......2009/10/19  · DIARIO OFICIAL. - San...

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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 385 SAN SALVADOR, LUNES 19 DE OCTUBRE DE 2009 NUMERO 194 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4-7 8-16 17 17-18 18 18-19 Pág. 20-36 37 37 37 38 38 39 39 39-40 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] ORGANO LEGISLATIVO Acuerdos Nos. 313 y 326.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. ..................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación Lazos de Esperanza y Acuerdo Ejecutivo No. 219, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0520 y 15-0794.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 110.- Se asigna montepío militar a favor de la señora Cleotilde Rodríguez de Soriano.................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 1076-D.- Se autoriza al Licenciado David Arturo Ruíz Gómez, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. ......................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 3.- Ordenanza transitoria para el pago de las tasas e impuestos municipales con dispensa de multas e intereses moratorios, de la ciudad de Santiago Nonualco......................... Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Colonia El Rosario, Barrio El Calvario”, “Cantón El Ángel”; “Los Pinos” y “Caserío La Flecha, Cantón El Matazano” y Acuerdos Nos. 3(2), 4 y 8, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Juan Opico, San Antonio Masahuat, El Congo y Comasagua, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 1016.- Guadalupe Henríquez y otro (3 alt.)..... Títulos Supletorios Cartel No. 1017.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) ....................................................................... Cartel No. 1018.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) ....................................................................... Cartel No. 1019.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) ....................................................................... Cartel No. 1020.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) ....................................................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 1011.- René Valle Argueta (3 alt.) .................. Herencia Yacente Cartel No. 1012.- José Armando Sura, se nombra curador a la Licda. Enma Adelina Rovira Rivas (3 alt.) ......................... DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 992.- Amalia Menjívar de Menjívar y otros (3 alt.) ........................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

Diario oficial

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 385 SAN SALVADOR, LUNeS 19 De OCTUBRe De 2009 NUMeRO 194

DIReCTOR: Luis ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

ORGANO LeGISLATIVO Acuerdos Nos. 313 y 326.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. .....................................

ORGANO eJeCUTIVOMINISTeRIO De GOBeRNACION

Ramo de GobeRnación

Estatutos de la Asociación Lazos de Esperanza y Acuerdo Ejecutivo No. 219, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .........................................................................

MINISTeRIO De eDUCACIONRamo de educación

Acuerdos Nos. 15-0520 y 15-0794.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................

MINISTeRIO De LA DeFeNSA NACIONALRamo de la defensa nacional

Acuerdo No. 110.- Se asigna montepío militar a favor de la señora Cleotilde Rodríguez de Soriano. .................................

ORGANO JUDICIALCORTe SUpReMA De JUSTICIA

Acuerdo No. 1076-D.- Se autoriza al Licenciado David Arturo Ruíz Gómez, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. .........................................................................

INSTITUCIONeS AUTONOMASALCALDíAS MUNICIpALeS

Decreto No. 3.- Ordenanza transitoria para el pago de las tasas e impuestos municipales con dispensa de multas e intereses moratorios, de la ciudad de Santiago Nonualco. ........................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Colonia El Rosario, Barrio El Calvario”, “Cantón El Ángel”; “Los Pinos” y “Caserío La Flecha, Cantón El Matazano” y Acuerdos Nos. 3(2), 4 y 8, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Juan Opico, San Antonio Masahuat, El Congo y Comasagua, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSDe pRIMeRA pUBLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 1016.- Guadalupe Henríquez y otro (3 alt.) .....

Títulos Supletorios Cartel No. 1017.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) .......................................................................

Cartel No. 1018.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) .......................................................................

Cartel No. 1019.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) .......................................................................

Cartel No. 1020.- Estado de El Salvador en el Ramo de Educación (3 alt.) .......................................................................

De SeGUNDA pUBLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 1011.- René Valle Argueta (3 alt.) ..................

Herencia Yacente Cartel No. 1012.- José Armando Sura, se nombra curador a la Licda. Enma Adelina Rovira Rivas (3 alt.) .........................

De TeRCeRA pUBLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 992.- Amalia Menjívar de Menjívar y otros (3 alt.) ...........................................................................................

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Cartel No. 993.- Reina Isabel Rivera (3 alt.) ....................

Herencia Yacente Cartel No. 995.- Carlos Morataya Cárcamo, se nombra curador a la Licda. María Elizabeth Orellana Mejía (3 alt.) ......

SeCCION CARTeLeS pAGADOSDe pRIMeRA pUBLICACION

Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C034203, C034208, C034209, C034210, C034222, C034249, C034253, F025404, F025407, F025408, F025415, F025434, F025436, F025439, F025442, F025479, F025489, F025493, F025494, F025495, F025504, F025512, F025514, F025520, F025542. ....................................................

aceptación de Herencia Carteles Nos. C034254, F025403, F025405, F025427, F025431, F025433, F025487, F025490, F025518, C034252, F025402, F025417, F025454, F025477, F025478, F025483, F025507, F025509, F025515, F025525, F025533, F025550, F025481. ....................................................................................

Herencia Yacente Cartel No. C034239. .........................................................

Título Supletorio Carteles Nos. C034251, F025510. ....................................

Título de Dominio Cartel No. F025421. ..........................................................

aviso de inscripción Cartel No. F025422. ..........................................................

Juicio de ausencia Carteles Nos. C034206, C034248, F025445, F025446, F025447, F025448, F025450, F025451, F025452, F025453, F025455, F025456, F025464, F025508. ....................................

renovación de Marcas Carteles Nos. C034198, C034199, C034200, C034201, C034202, C034213. ...................................................................

Marca de fábrica Carteles Nos. C034205, C034215, C034217, C034219, C034220, C034221, C034223, C034224, C034225, C034226, C034227, C034230, C034231, C034232, C034233, C034234, C034235, C034236, C034240, C034241, C034242, C034243, C034245, C034246, C034247....................................................

Nombre comercial Carteles Nos. C034179, C034211, F025476.....................

Señal de Publicidad comercial Cartel No. C034216. .........................................................

convocatorias Cartel No. F025559. ..........................................................

Subasta Pública Carteles Nos. C034228, C034229, F025413, F025420, F025457, F025458, F025459, F025460, F025463, F025526. ...

aviso de cobro Cartel No. F025639. ..........................................................

Patente de invención Carteles Nos. C034196, C034197. ....................................

Marca industrial Carteles Nos. C034175, C034176, C034180, C034181, C034182, C034183, C034184, C034185, C034189, C034190, C034191, C034192, C034193, C034195, F025491. ..................

Emblemas Cartel No. C034207. .........................................................

otros Carteles Nos. F025438, F025500. .....................................

Marca de Servicios Carteles Nos. C034177, C034178, C034186, C034194, C034218, C034238, C034244, F025430. ..................................

De SeGUNDA pUBLICACION

aceptación de Herencia Carteles Nos. C034118, C034123, C034148, F025006, F025013, F025043, F025071, F025109, F025114, F025150, F025193, F025241, F025245. ....................................................

Herencia Yacente Carteles Nos. F025076, F025080. .....................................

Título de Propiedad Cartel No. F025208. ..........................................................

Título Supletorio Carteles Nos. C034140, F025105, F025145, F025178, F025278. ....................................................................................

renovación de Marcas Carteles Nos. F025045, F025047, F025049, F025050, F025128, F025148, F025151, F025156, F025222. ...................

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Marca de fábrica

Carteles Nos. C034144, C034146, C034147, F025009, F025010, F025011, F025014, F025016, F025019, F025023, F025024, F025026, F025027, F025028, F025029, F025031, F025032, F025033, F025037, F025042, F025053, F025055, F025058, F025117, F025122, F025125, F025139, F025141, F025144, F025146. ....................................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. C034143, F025159, F025167. ....................

Señal de Publicidad comercial

Carteles Nos. F025034, F025041, F025134. ....................

convocatorias

Carteles Nos. C034125, C034128, C034152, F025192. ...

Subasta Pública

Carteles Nos. C034127, C034151, F025078, F025098, F025100, F025110, F025132, F025137, F025140, F025143, F025198, F025200, F025207, F025211. ....................................

Disminución de capital

Cartel No. C034145. .........................................................

aviso de cobro

Carteles Nos. F024729, F024736, F025166. ....................

frecuencias de Uso regulado

Carteles Nos. F025219, F025223. .....................................

Título Municipal

Cartel No. F025074. ..........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C034141, C034142, C034160, F025056, F025057, F025131, F025157. ....................................................

concesión de frecuencias

Cartel No. F025216. ..........................................................

De TeRCeRA pUBLICACION

aceptación de Herencia Carteles Nos. F024706, F024716, F024717, F024719, F024720, F024728, F024730, F024745, F024748, F024765, F024772, F024780, F024841, C034149. ...................................

Herencia Yacente

Cartel No. F024709. ..........................................................

Título de Propiedad Carteles Nos. C034077, F024739, F024753. ....................

Título Supletorio Cartel No. F024698. ..........................................................

Título de Dominio Carteles Nos. C034091, C034187. ....................................

renovación de Marcas Carteles Nos. C034099, F024700. ....................................

Marca de fábrica Carteles Nos. C034032, C034033, C034035, C034036, C034037, C034038, C034039, C034040, C034041, C034044, C034045, C034046, C034047, C034048, C034049, C034050, C034051, C034052, C034053, C034054, C034055, C034057, C034058, C034059, C034060, C034061, C034063, C034065, C034066, C034067, C034069, C034070. ..................................

Nombre comercial Carteles Nos. F024775, F024777, F024779. ....................

Señal de Publicidad comercial Cartel No. F024823. ..........................................................

Subasta Pública Carteles Nos. F024697, F024721, F024763, F024764, F024776, F024806, F024811, F024846, F023932. ...................

aviso de cobro Carteles Nos. F024362, F024392. .....................................

Título de Predio Urbano Cartel No. F024711. ..........................................................

Marca de Servicios Carteles Nos. C034034, C034043, C034056, C034062, C034064, C034068, C034071, C034072, C034100, F024732. .

Marca de Producto Carteles Nos. C034096, C034097, C034098, F024816, F024821. ....................................................................................

SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMINISTeRIO De TRABAJO y

pReVISIóN SOCIAL

Estatutos del Sindicato de Trabajadores del Fosalud y Resolución No. 61, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .........................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

ORGANO LeGISLATIVOacUErDo No. 313.-

la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la

Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No.19 de esta fecha, así:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario

Mildred Guadalupe Machado en sustitución de Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón

Ana Silvia Romero Vargas en sustitución de Irma Lourdes Palacios Vásquez

Julio César Fabián Pérez en sustitución de David Ernesto Reyes Molina

Raúl Omar Cuéllar en sustitución de Gilberto Rivera Mejía

Patricia Valdivieso de Gallardo en sustitución de Enrique Alberto Luis Valdés Soto

Karla Gicela Abrego Cáceres en sustitución de Ramón Aristides Valencia Arana

Ana Virginia Morataya Gómez en sustitución de Jaime Gilberto Valdez Hernández

Julio Milton Parada Domínguez en sustitución de Rodolfo Antonio Parker Soto

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora

Alejandro Dagoberto Marroquín en sustitución de Rubén Orellana 10:55

Félix Agreda Chachagua en sustitución de Carlos Walter Guzmán Coto 10:55

Fernando José Avila Quetglas en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez 10:55

Norma Cristina Cornejo Amaya en sustitución de Medardo González Trejo 11:42

Pedrina Rivera Hernández en sustitución de Othon Sigfrido Reyes Morales 11:42

Misael Mejía Mejía en sustitución de Ricardo Bladimir González 11:42

José Margarito Nolasco Díaz en sustitución de Benito Antonio Lara Fernández 11:42

Saúl Anselmo Méndez en sustitución de María Margarita Velado Puentes 11:42

Mauricio Ernesto Rodríguez en sustitución de Juan Carlos Mendoza Portillo 11:42

Santos Eduviges Crespo Chávez en sustitución de Elizardo González Lovo 12:18

César Humberto Solórzano en sustitución de José Orlando Arévalo Pineda 12:18

Patricia María Salazar Mejía en sustitución de Mario Marroquín Mejía 12:18

Misael Mejía Mejía en sustitución de Blanca Noemí Coto Estrada 12:40

Omar Arturo Escobar Oviedo en sustitución de Luis Roberto Angulo Samayoa 12:40

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Erick Ernesto Campos en sustitución de Erik Mira Bonilla 15:15

Julio Milton Parada Domínguez en sustitución de Santos Guevara Ramos 15:15

Carlo René Retana Martínez en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas 17:18

Jaime Ricardo Handal Samayoa en sustitución de David Ernesto Reyes Molina 17:18

José Margarito Nolasco Díaz en sustitución de Medardo González Trejo 18:09

Valentín Aristides Corpeño en sustitución de Ernesto Antonio Angulo Milla 18:35

José Margarito Nolasco Díaz en sustitución de Medardo González Trejo 19:00

Omar Arturo Escobar Oviedo en sustitución de José Rafael Machuca Zelaya 19:00

Ana Guadalupe Martínez en sustitución de Francisco José Zablah Safie 19:05

Alexander Higinio Melchor López en sustitución de Mario Antonio Ponce López 19:57

Rafael Antonio Jarquín Larios en sustitución de Ciro Cruz Zepeda Peña 20:04

José Vidal Carrillo Delgado en sustitución de José Antonio Almendáriz Rivas 20:04

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Blanca Noemí Coto

Estrada, Rodrigo Samayoa Rivas, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Roberto José d'Aubuisson Munguía, Manuel Rigoberto Soto Lazo, Francisco

José Zablah Safie, Zoila Beatriz Quijada Solís, Ana Daysi Villalobos de Cruz, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Carmen Elena Figueroa Rodríguez,

Carlos Armando Reyes Ramos, José Rinaldo Garzona Villeda, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Mariela Peña Pinto, Luis Roberto Angulo

Samayoa, Antonio Echeverría Véliz, Carlos Cortez Hernández, Rodolfo Antonio Parker Soto, Ricardo Bladimir González, María Margarita Velado

Puentes, Benito Antonio Lara Fernández, David Ernesto Reyes Molina, Luis Roberto Angulo Samayoa, Rubén Orellana, Sandra Marlene Salgado

García, Elizardo González Lovo, Juan Carlos Mendoza Portillo, Medardo González Trejo.

DaDo EN El SalÓN aZUl, Palacio lEGiSlaTiVo: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil

nueve.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

SECRETARIA. SECRETARIO.

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA,

SECRETARIO. SECRETARIA.

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, ROBERTO JOSÉ d’AUBUISSON MUNGUÍA,

SECRETARIO. SECRETARIO.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385acUErDo No. 326.-

la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la

Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No.20 de esta fecha, así:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario

Norma Cristina Cornejo Amaya en sustitución de Francisco Roberto Lorenzana Durán

Raúl Omar Cuéllar en sustitución de Blanca Noemí Coto Estrada

Fernando José Avila Quetglas en sustitución de César Humberto García Aguilera

Rafael Ricardo Morán Tobar en sustitución de Eduardo Antonio Gomar Morán

Jaime Ricardo Handal Samayoa en sustitución de Erik Mira Bonilla

Mildred Guadalupe Machado en sustitución de Orestes Fredesman Ortez Andrade

Ana Silvia Romero Vargas en sustitución de Gilberto Rivera Mejía

Irma Elizabeth Orellana Osorio en sustitución de Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza

Patricia Elena Valdivieso en sustitución de Enrique Alberto Luis Valdés Soto

Alejandro Dagoberto Marroquín en sustitución de Luis Roberto Angulo Samayoa

Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Francisco José Zablah Safie

Misael Serrano Chávez en sustitución de Rafael Eduardo Paz Velis

Marcos Francisco Salazar Umaña en sustitución de Ernesto Antonio Angulo Milla

Félix Agreda Chachagua en sustitución de David Ernesto Reyes Molina

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora

Erick Ernesto Campos en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos 11:00

Karla Gicela Abrego Cáceres en sustitución de Medardo González Trejo 11:00

Atilio Marín Orellana en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez 11:21

Santos Adelmo Rivas Rivas en sustitución de Carlos Armando Reyes Ramos 11:29

Erick Ernesto Campos en sustitución de José Nelson Guardado Menjívar 11:29

Mauricio Ernesto Rodríguez en sustitución de Sandra Marlene Salgado García 12:42

Santos Eduviges Crespo Chávez en sustitución de José Serafín Orantes Rodríguez 15:37

Ana Virginia Morataya Gómez en sustitución de David Rodríguez Rivera 15:37

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Karla Gicela Abrego Cáceres en sustitución de Medardo González Trejo 15:37

César Humberto Solórzano en sustitución de Reynaldo López Cardoza 16:48

Rafael Antonio Jarquín Larios en sustitución de José Rafael Machuca Zelaya 16:48

Marcos Francisco Salazar Umaña en sustitución de Miguel Elías Ahues Karra 16:48

Erick Ernesto Campos en sustitución de Mariela Peña Pinto 16:48

Carlo René Retana Martínez en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas 18:00

Valentín Aristides Corpeño en sustitución de Carlos Armando Reyes Ramos 18:00

Pedrina Rivera Hernández en sustitución de Ramón Aristides Valencia Arana 18:00

Saúl Anselmo Méndez en sustitución de Santiago Flores Alfaro 18:00

Esdras Samuel Vargas Pérez en sustitución de Rubén Orellana 19:02

Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Francisco José Zablah Safie 19:02

Santos Adelmo Rivas Rivas en sustitución de Margarita Escobar 19:25

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Blanca Noemí Coto Estrada, Karina Ivette Sosa de Lara, José Alvaro Cornejo Mena, Benito

Antonio Lara Fernández, Nery Arely Díaz de Rivera, Hortensia Margarita López Quintana, Medardo González Trejo, Emma Julia Fabián Hernández,

Luis Alberto Corvera Rivas, Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Santiago Flores Alfaro, Gaspar Armando Portillo Benítez, Sandra Marlene Salgado

García, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Erik Mira Bonilla, Ernesto Antonio Angulo Milla, Rafael Eduardo

Paz Velis, Medardo González Trejo, Francisco José Zablah Safie, Carlos Armando Reyes Ramos, David Ernesto Reyes Molina, José Nelson Guardado

Menjívar, Luis Roberto Angulo Samayoa, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Juan Carlos Mendoza Portillo, Medardo González Trejo.

DaDo EN El SalÓN aZUl, Palacio lEGiSlaTiVo: San Salvador, al primer día del mes de octubre del año dos mil nueve.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

SECRETARIA. SECRETARIO.

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO, SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA,

SECRETARIO. SECRETARIA.

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, ROBERTO JOSÉ d’AUBUISSON MUNGUÍA,

SECRETARIO. SECRETARIO.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

ORGANO eJeCUTIVOMinisterio de Gobernación

RAMO De GOBeRNACION

NUMERO DOCE. En la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del

día dieciséis de mayo del dos mil nueve. Ante Mí, MORENA BEATRIZ

BARRAZA FUNES, Notario, de este domicilio, comparecen los señores:

ANA MARÍA MÁRQUEZ DE GALDÁMEZ, de treinta y ocho años de

edad, Doctora en Medicina, del domicilio de Ciudad Delgado, de este

Departamento, a quien no conozco pero identifico por medio de su

Documento Único de Identidad número cero uno cero tres dos nueve

seis seis-ocho; CARLOS DE JESÚS GALDÁMEZ VELÁSQUEZ, de

cuarenta y dos años de edad, Empleado, del domicilio de Cuidad Del-

gado, de este Departamento, a quien no conozco pero identifico por

medio de su Documento Único de Identidad número cero uno cero tres

dos nueve dos nueve-cuatro; EDA PRISCILA JOSEFINA CAMPOS

DE NAVARRO, de cuarenta y nueve años de edad, Doctora en Cirugía

Dental, de este domicilio, a quien no conozco pero identifico por medio

de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatro ocho

nueve cero nueve ocho-seis; EUGENIA ELIZABETH CAMPOS MAR-

CIA, de cincuenta y cuatro años de edad, Empleada, de este domicilio,

a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único

de Identidad número cero cero seis cinco siete nueve siete seis-cuatro;

FERNANDO GUERRERO SÁNCHEZ, de sesenta y cuatro años de

edad, Doctor en ciencias de la Educación, del domicilio de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, a quien no conozco pero identifico por

medio de su Documento Único de Identidad número cero cero seis

cinco dos nueve uno seis-siete; JOSÉ NESTOR GALDÁMEZ VELÁS-

QUEZ, de cuarenta y nueve años de edad, Ejecutivo de Ventas, del

domicilio de Ciudad Delgado, de este Departamento, a quien no conoz-

co pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad nú-

mero cero cero cuatro seis cinco nueve uno cuatro-cuatro; CARLOS

ABRAHAM TORRES MORENO, de treinta y cuatro años de edad,

Empleado, del domicilio de Ciudad Delgado de este Departamento, a

quien no conozco pero identifico por medio de su documento Único de

Identidad número cero uno seis nueve cero cero ocho cinco-dos; SANDRA

CECILIA CAMPOS MARCIA, de cincuenta y dos años de edad, En-

fermera, de este domicilio, a quien no conozco pero identifico por medio

de su Documento Único de Identidad número cero uno ocho cuatro

cuatro dos cinco ocho-tres; VILMA ESTER .GALDAMEZ LEÓN, de

cincuenta y seis años de edad, Pensionada o Jubilada, del domicilio de

Ciudad Delgado de este Departamento, a quien no conozco pero iden-

tifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero

cinco ocho siete cero seis cero-cuatro; DELFA ESPINOLA DE

MARQUEZ, de sesenta y un años de edad, Ama de Casa, del domicilio

de Ciudad Delgado de este Departamento, a quien no conozco pero

identifico por medio su Documento Único de Identidad número cero

cero dos dos cuatro cinco siete tres-siete; WILFREDO MAURICIO

GALDÁMEZ VELÁSQUEZ, de cuarenta y seis años de edad, Emplea-

do, del domicilio de Ciudad Delgado de este Departamento, a quien no

conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad

número cero cero nueve cinco tres siete nueve cuatro-nueve; y JOSÉ

CARLOS MARQUEZ MENJÍVAR, de sesenta y un años de edad,

Empleado, del domicilio de Ciudad Delgado de este Departamento, a

quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número cero cero cero cinco dos siete cero seis-cero; todos de

nacionalidad Salvadoreña; y ME DICEN: I) Que comparecen para

formalizar la constitución de una asociación, apolítica, no lucrativa, ni

religiosa, sin discriminación alguna, de nacionalidad Salvadoreña, que

se denominará ASOCIACIÓN LAZOS DE ESPERANZA. II) Que por

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. unanimidad aprueban los Estatutos que regirán a la Asociación los

cuales constan de Treinta y cuatro Artículos, y son del tenor literal si-

guiente: ESTATUTOS DE LA “ASOCIACIÓN LAZOS DE ESPE-

RANZA”. CAPÍTULO I. NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DO-

MICILIO Y PLAZO. ARTÍCULO UNO. Créase en la ciudad de San

Salvador Departamento de San Salvador la Asociación de nacionalidad

Salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN LAZOS DE ESPE-

RANZA y que podrá abreviarse “LAZOS DE ESPERANZA” como una

Entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa; sin discriminación alguna,

la que en los presentes Estatutos de denominará “La Asociación”. AR-

TÍCULO DOS. El domicilio de la Asociación será el de la ciudad de

San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi-

liales en todo el territorio de la República y fuera de él. ARTÍCULO

TRES. La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPÍTULO

II. FINES U OBJETIVOS. ARTÍCULO CUATRO. Los fines u objetivos

de la Asociación serán: a) Procurar el desarrollo de la persona humana

de una manera integral es decir en lo social físico, académico y espiritual,

así como contribuir de manera efectiva al desarrollo del país; b) Efectuar

labores de formación y capacitación en áreas prioritarias para el desa-

rrollo humano; c) Formular y ejecutar proyectos de desarrollo en lo

personal, familiar y social potenciando la solidaridad de los seres hu-

manos. d) Promover la igualdad de género e impulsar iniciativas enca-

minadas al desarrollo integral de los individuos; e) Para el desarrollo de

sus fines, la Asociación podrá establecer alianzas estratégicas con otras

organizaciones similares; f) Realizar cualquier actividad lícita que

tienda al logro de los fines de la Asociación. CAPÍTULO III. DEL

PATRIMONIO. ARTÍCULO CINCO. El Patrimonio de la Asociación

estará constituido por a) Las cuotas de los Miembros; b) Donaciones,

herencias, legados y/o contribuciones de personas naturales o jurídicas,

nacionales o extranjeras. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que

la sociación adqueira y las rentas provenientes de los mismos de con-

formidad con la Ley. ARTÍCULO SEIS. El Patrimonio de la Asociación

será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que

le manifieste la Asamblea General. ARTÍCULO SIETE. Los ingresos

y en general el Patrimonio de la Asociación se destinarán exclusivamen-

te para los fines establecidos en el Artículo cuatro de los presentes

Estatutos y en ningún caso se distribuirán directa o indirectamente entre

los miembros que integran la Asociación. CAPÍTULO IV. DEL GO-

BIERNO DE LA ASOCIACIÓN. ARTÍCULO OCHO. El gobierno de

la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta

Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTÍCU-

LO NUEVE. La Asamblea General, debidamente convocada, es la au-

toridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de

los miembros Activos y Fundadores. ARTÍCULO DIEZ. La Asamblea

General se reunirá Ordinariamente una vez al año y Extraordinariamen-

te cuando fuere convocada por la Junta Directiva, o por solicitud del

cincuenta por ciento más uno de sus miembros. La Asamblea General

sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento

como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda

convocatoria una hora después con los miembros que asistan excepto

en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta

de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayo-

ría diferente. ARTÍCULO ONCE. Todo miembro que no pudiera asistir

a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi-

cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite

de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado. ARTÍCULO DOCE. Son atribuciones de la Asamblea

General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos

y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y/o modificar los

planes, programas y presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o

no aprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada

por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas y contribuciones eventuales de

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los

bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la Asociación. g) Decidir

todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén

contemplados en los presentes Estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA JUN-

TA DIRECTIVA. ARTÍCULO TRECE. La dirección y administración

de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará in-

tegrada de la siguiente forma: Un presidente, Un Secretario, un Tesore-

ro y Dos Vocales, ARTÍCULO CATORCE. Los miembros de la Junta

Directiva serán electos para un período de cinco años pudiendo ser

reelectos. ARTÍCULO QUINCE. La Junta Directiva sesionará Ordina-

riamente una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea nece-

sario. ARTÍCULO DIECISÉIS. El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. ARTÍ-

CULO DIECISIETE. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-

nes: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines

de la Asociación. b ) Velar por la administración eficiente y eficaz del

patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores

de la Asociación. d) Promover y elaborar planes, programas, proyectos

y presupuesto de la Asociación e informar a la Asamblea General. e)

Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuer-

dos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Direc-

tiva. f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines

de la Asociación. g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias

de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación

de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver

todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

ARTÍCULO DIECIOCHO. Son atribuciones del Presidente: a) Presidir

las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta Directiva y de Asam-

blea General. b) Velar por le cumplimiento de los acuerdos, resoluciones

de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos

y Reglamento Interno de la Asociación. c) Representar judicial y extra-

judicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar Poderes y celebrar toda

clase de contratos para la consecución de sus fines, previa autorización

de la Junta Directiva. d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordi-

narias de Asamblea General y de Junta Directiva. e) Autorizar junta-

mente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación,

siempre y cuando estén debidamente aprobados por la Junta Directiva.

f) Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación a la Asam-

blea General y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. g)

En caso de empate en las votaciones para toma de acuerdos de Junta

Directiva, el presidente tendrá voto de calidad. h) Otorgar la respectiva

Escritura Pública de Rectificación o Modificación de los Estatutos de la

Asociación si fuesen observados mientras estos se encuentren en el

proceso de su aprobación ante el Registro respectivo. Una vez aprobados

los Estatutos de la Asociación cualquier Reforma será de acuerdo a lo es-

tablecido por el Artículo TREINTA de los Estatutos. ARTÍCULO DIECI-

NUEVE. Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los Libros de Actas de

las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el ar-

chivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación. c)

Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva. e) Ser el órgano de comunica-

ción de entre los miembros de la Asociación. ARTÍCULO VEINTE.

Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

Asociación obtenga en una Institución Financiera o Banco del Sistema

Financiero Nacional o Extranjera que la Junta Directiva seleccione. b)

Llevar o tener control directo de los Libros de Contabilidad de la Aso-

ciación c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones de la

Asociación tenga que realizar, siempre y cuando estén debidamente

aprobados por la Junta Directiva. d) Rendir informe anual de su labor a

la Asamblea General o cuando fuese solicitado por la Junta Directiva.

ARTÍCULO VEINTIUNO. Son atribuciones de los Vocales: a) Cola-

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. borar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b)

Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia

o impedimento, de conformidad al artículo doce literal a) de los presen-

tes Estatutos. CAPÍTULO VII. DE LOS MIEMBROS. ARTÍCULO

VEINTIDÓS. Podrán ser miembros de la Asociación todas las personas

mayores de dieciocho años sin distinción de raza credo, religión e ideo-

logía política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva y poste-

riormente aprobado por la Asamblea General. ARTÍCULO VEINTITRÉS.

La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores; b) Miembros Activos; c) Miembros Honorarios. Serán

MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban la

Escritura Pública de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS

ACTIVOS: Todas las personas que la Asamblea General acepte como

tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las

personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que por su labor

y mérito en favor de la Asociación Lazos de Esperanza sean así nom-

bradas por la Asamblea General. ARTÍCULO VEINTICUATRO. Son

Derechos de los Miembros Fundadores y Activos: a) Gozar de los be-

neficios derivados de la Asociación, siempre y cuando no sean de ca-

rácter económico. b) Tener voz voto en las deliberaciones de la Asam-

blea General. c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que

señalen los Estatutos de la Asociación. d) Los demás que les señalen los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ARTÍCULO VEIN-

TICINCO. Son Deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a)

Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Aso-

ciación. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. d)

Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno,

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que les

señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. ARTÍ-

CULO VEINTISÉIS. La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno,

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. b) Por otras faltas

graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal

sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-

CACIÓN. ARTÍCULO VEINTISIETE. Los miembros de la Asociación

podrán ser amonestados o expulsados por acuerdo tomado por la Asam-

blea General por infracción a los Estatutos y/o al Reglamento Interno

de la Asociación. Las medidas disciplinarias y su procedimiento de

aplicación se establecerán en el Reglamento Interno de la Asociación.

Se consideran causales de retiro o expulsión las siguientes: a) La

inasistencia continua e injustificada a cinco sesiones de Asamblea Ge-

neral o de Junta Directiva, según sea el caso. b) Incumplimiento de las

funciones o comisiones asignadas. c) Conducta pública impropia en

perjuicio de la Asociación. d) Promover actividades contrarias a los fines

de la Asociación. e) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la

Asociación para sí o para terceros. f) Disponer del Patrimonio de la

Asociación para fines particulares. g) Malversación de los fondos de la

Asociación. La Junta Directiva, de acuerdo a la gravedad de los hechos,

podrá decidir los siguientes acuerdos: a) Amonestación por escrito. b)

Suspensión temporal, no obstante el miembro suspendido podrá apelar

ante la Asamblea General en la siguiente reunión Ordinaria o Extraor-

dinaria después de la notificación por parte de la Junta Directiva. c)

Expulsión del miembro del seno de la Asociación, en este caso la Junta

Directiva informará a la Asamblea General la medida aplicada para su

ratificación. CAPÍTULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. ARTÍCULO

VEINTIOCHO. No podrá disolverse la Asociación sino por disposición

de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros. ARTÍCULO VEINTINUE-

VE. En caso de acordarse la Disolución de la Asociación se nombrará

una Junta de Liquidación compuesta de tres personas, electas por la

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385Asamblea General Extraordinaria que acordó la Disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier Entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPÍTULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. ARTÍCULO TREINTA.

Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto

favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros de la

Asociación en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPÍTU-

LO XI. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO TREINTA UNO.

La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de

Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Go-

bernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómi-

na de los Miembros, y dentro de cinco días la elección de la nueva

Junta Directiva y en todo caso, inscribir en dicho Registro todos los

documentos que la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que

se le pidiere relativo a la Entidad. ARTÍCULO TREINTA Y DOS. Todo

lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos

Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. ARTÍCULO TREINTA Y TRES. La “ASOCIACIÓN LAZOS

DE ESPERANZA”, se regirá por la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro, por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales aplicables. ARTÍCULO TREINTA Y CUATRO. Los presentes

Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el

Diario Oficial. III) De conformidad al Artículo diecinueve de los Estatutos,

se procede a elegir la Primera Junta Directiva de la Asociación para un

período de cinco años a partir de esta fecha, quedando conformada de

la siguiente manera: PRESIDENTA: Ana María Márquez de Galdámez,

SECRETARIA: Eda Priscila Josefina Campos de Navarro, TESORERA:

Eugenia Elizabeth Campos Marcia, VOCAL UNO: Fernando Guerrero

Sánchez, VOCAL DOS: José Néstor Galdámez Velásquez. Todos de

las generales ya expresadas al inicio de la presente escritura. Esta Junta

Directiva desarrollará las gestiones conducentes para que el Órgano

Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, declare legalmente establecida

la Asociación, y realizará las actividades necesarias para ponerla en

funcionamiento. Deberá convocar a Asamblea General dentro de los

treinta días siguientes a la publicación de sus Estatutos y en esa sesión

presentará el Reglamento Interno de la Asociación. y Yo la Notaria Doy

Fe: De haberles advertido a los comparecientes lo que establece el Ar-

tículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines

de Lucro, de la obligación de presentar el testimonio de la presente es-

critura para su inscripción a dicho Registro. Así se expresaron los

comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de este instrumen-

to y leído que se los hube íntegramente, en un solo acto sin interrupción,

manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos. DOY

FE. Enmendado:disolverse-Vale.

MORENA BEATRIZ BARRAZA FUNES,

NOTARIO.

PASO ANTE MÍ, de folio DIECIOCHO VUELTO a folio VEINTI-

TRÉS VUELTO, del Libro DÉCIMO DE MI PROTOCOLO el cual

vence el día veinticinco de marzo de dos mil diez; y para ser entregado

a la Asociación LAZOS DE ESPERANZA, extiendo, firmo y sello el

presente testimonio en la ciudad de San Salvador, el día dieciséis de

mayo de dos mil nueve.

MORENA BEATRIZ BARRAZA FUNES,

NOTARIO.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. ESTaTUToS DE la “aSociaciÓN laZoS DE ESPEraNZa ”.

caPiTUlo i.

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DoMicilio Y PlaZo.

ARTÍCULO UNO.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departa-

mento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que

se denominará ASOCIACIÓN LAZOS DE ESPERANZA y que podrá

abreviarse “LAZOS DE ESPERANZA”, como una Entidad apolítica, no

lucrativa, ni religiosa; sin discriminación alguna, la que en los presentes

Estatutos se denominará “La Asociación”.

ARTÍCULO DOS.- El domicilio de la Asociación será la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer

filiales en todo el territorio de la República y fuera de él.

ARTÍCULO TRES. - La Asociación se constituye por tiempo

indefinido.

caPiTUlo ii

fiNES U oBJETiVoS.

ARTICULO CUATRO.- Los fines u objetivos de la Asociación

serán:

a) Procurar el desarrollo de la persona humana de una manera

integral, es decir en lo social, físico, académico y espiritual, así

como contribuir de manera efectiva al desarrollo del país;

b) Efectuar labores de formación y capacitación en áreas prio-

ritarias para el desarrollo humano;

c) Formular y ejecutar proyectos de desarrollo en lo personal,

familiar y social, potenciando la solidaridad de los seres

humanos;

d) Promover la igualdad de género e impulsar iniciativas enca-

minadas al desarrollo integral de los individuos;

e) Para el desarrollo de sus fines, la Asociación podrá establecer

alianzas estratégicas con otras organizaciones similares;

f) Realizar cualquier actividad lícita que tienda al logro de los

fines de la Asociación.

caPiTUlo iii

DEl PaTriMoNio

ARTÍCULO CINCO.- El Patrimonio de la Asociación estará

constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros;

b) Donaciones, herencias, legados y/o contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que la Asociación

adquiera y las rentas provenientes de los mismos de confor-

midad con la Ley.

ARTÍCULO SEIS.- El Patrimonio de la Asociación será adminis-

trado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste

la Asamblea General.

ARTÍCULO SIETE.- Los ingresos y en general el Patrimonio de

la Asociación se destinarán exclusivamente para los fines establecidos

en el Artículo cuatro de los presentes Estatutos y en ningún caso se

distribuirán directa o indirectamente entre los miembros que integran

la Asociación.

caPiTUlo iV

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN

ARTÍCULO OCHO.- El gobierno de la Asociación será ejercido

por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

caPiTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral

ARTICULO NUEVE.- La Asamblea General, debidamente con-

vocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por

la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

ARTÍCULO DIEZ.- La Asamblea General se reunirá Ordinaria-

mente una vez al año y Extraordinariamente cuando fuere convocada

por la Junta Directiva, o por solicitud del cincuenta por ciento más uno

de sus miembros.

La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera

convocatoria y en segunda convocatoria una hora después con los

miembros que asistan excepto en los casos especiales en que se requiera

mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea

General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales

en que se requiera una mayoría diferente.

ARTÍCULO ONCE.- Todo miembro que no pudiera asistir a

cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifica-

dos podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite

de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 ARTÍCULO DOCE.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas y presupuesto

anual de la Asociación.

d) Aprobar o no aprobar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas y contribuciones eventuales de los miem-

bros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

muebles e inmuebles pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

caPiTUlo Vi

DE la JUNTa DirEcTiVa

ARTÍCULO TRECE.- La dirección y administración de la Aso-

ciación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de

la siguiente forma: Un Presidente, Un Secretario, un Tesorero y Dos

Vocales.

ARTÍCULO CATORCE.- Los miembros de la Junta Directiva

serán electos para un periodo de cinco años pudiendo ser reelectos.

ARTÍCULO QUINCE.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamen-

te una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

ARTÍCULO DIECISÉIS.- El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

ARTÍCULO DIECISIETE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Asociación.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.

d) Promover y elaborar planes, programas, proyectos y presu-

puesto de la Asociación e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los Comités

o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Asociación.

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

ARTÍCULO DIECIOCHO.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta

Directiva y de Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar Poderes y celebrar toda clase de contratos

para la consecución de sus fines, previa autorización de la

Junta Directiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General y de Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación, siempre y cuando estén

debidamente aprobados por la Junta Directiva.

f) Presentar la Memoria Anual de Labores de la Asociación a la

Asamblea General y cualquier informe que le sea solicitado

por la misma.

g) En caso de empate en las votaciones para toma de acuerdos

de Junta Directiva, el presidente tendrá voto de calidad.

h) Otorgar la respectiva Escritura Pública de Rectificación o

Modificación de los Estatutos de la Asociación si fuesen

observados mientras éstos se encuentren en el proceso de su

aprobación ante el Registro respectivo. Una vez aprobados

los Estatutos de la Asociación cualquier Reforma será de

acuerdo a lo establecido por el Artículo TREINTA de los

Estatutos.

ARTÍCULO DIECINUEVE.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de las sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Asociación.

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.

e) Ser el órgano de comunicación de entre los miembros de la

Asociación.

ARTÍCULO VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en

una Institución Financiera o Banco del Sistema Financiero

Nacional o Extranjera que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los Libros de Contabilidad

de la Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Asociación tenga que realizar, siempre y cuando estén

debidamente aprobados por la Junta Directiva.

d) Rendir informe anual de su labor a la Asamblea General o

cuando fuese solicitado por la Junta Directiva.

ARTÍCULO VEINTIUNO.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo doce

literal a) de los presentes Estatutos.

caPiTUlo Vii

DE loS MiEMBroS

ARTÍCULO VEINTIDÓS.- Podrán ser miembros de la Asociación

todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza,

credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta

Directiva y posteriormente aprobado por la Asamblea General.

ARTÍCULO VEINTITRÉS.- La Asociación tendrá las siguientes

clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos;

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Asamblea

General acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas naturales o

jurídicas, nacionales o extranjeras, que por su labor y mérito en favor de

la Asociación Lazos de Esperanza sean así nombradas por la Asamblea

General.

ARTÍCULO VEINTICUATRO.- Son Derechos de los Miembros

Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación, siempre

y cuando no sean de carácter económico.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTICINCO.- Son Deberes de los Miembros

Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTISÉIS.- La calidad de miembro se perderá por

las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

caPiTUlo Viii

SaNcioNES a loS MiEMBroS, MEDiDaS DiSciPliNa-riaS, caUSalES Y ProcEDiMiENToS DE aPlicaciÓN.

ARTÍCULO VEINTISIETE.- Los miembros de la Asociación po-

drán ser amonestados o expulsados por acuerdo tomado por la Asamblea

General por infracción a los Estatutos y/o al Reglamento Interno de la

Asociación. Las medidas disciplinarias y su procedimiento de aplicación

se establecerán en el Reglamento Interno de la Asociación.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Se consideran causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) La inasistencia continua e injustificada a cinco sesiones de

Asamblea General o de Junta Directiva, según sea el caso.

b) Incumplimiento de las funciones o comisiones asignadas.

c) Conducta pública impropia en perjuicio de la Asociación.

d) Promover actividades contrarias a los fines de la Asocia-

ción.

e) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación

para sí o para terceros.

f) Disponer del Patrimonio de la Asociación para fines particu-

lares.

g) Malversación de los fondos de la Asociación.

La Junta Directiva, de acuerdo a la gravedad de los hechos,

podrá decidir los siguientes acuerdos:

a) Amonestación por escrito.

b) Suspensión temporal, no obstante el miembro suspendido

podrá apelar ante la Asamblea General en la siguiente

reunión Ordinaria o Extraordinaria después de la noti-

ficación por parte de la Junta Directiva.

c) Expulsión del miembro del seno de la Asociación, en

este caso la Junta Directiva informará a la Asamblea

General la medida aplicada para su ratificación.

caPiTUlo iX

DE la DiSolUciÓN

ARTÍCULO VEINTIOCHO.- No podrá disolverse la Asociación

sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea

General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos

que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

ARTÍCULO VEINTINUEVE.- En caso de acordarse la Disolución

de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de

tres personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó

la Disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a cualquier Entidad Benéfica o Cultural que

la Asamblea General señale.

caPiTUlo X

rEforMa DE ESTaTUToS

ARTÍCULO TREINTA.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por

ciento de los miembros de la Asociación en Asamblea General convocada

para tal efecto.

caPiTUlo Xi

DiSPoSicioNES GENEralES

ARTÍCULO TREINTA Y UNO.- La Junta Directiva tiene la

obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros, y dentro de

cinco días la elección de la nueva Junta Directiva y en todo caso, inscribir

en dicho Registro todos los documentos que la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, señale inscribir, así como enviar al

Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

ARTÍCULO TREINTA Y DOS.- Todo lo relativo al orden interno

de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en

el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la

Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

ARTÍCULO TREINTA Y TRES.- La “ASOCIACIÓN LAZOS

DE ESPERANZA”, se regirá por la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro, por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales aplicables.

ARTÍCULO TREINTA Y CUATRO.- Los presentes Estatutos en-

trarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 219

San Salvador, 27 de agosto de 2009.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN LAZOS

DE ESPERANZA, que podrá abreviarse “LAZOS DE ESPERANZA”,

compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos, constituida en la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del

día dieciséis de mayo de 2009, por Escritura Pública, otorgada ante los

oficios de la Notario MORENA BEATRIZ BARRAZA FUNES, y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país,

de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,

ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha

Entidad el carácter de PERSONA JURÍDICA; b) Publíquense en el

Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. CO-

MUNÍQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, HUMBERTO

CENTENO NAJARRO.

(Registro No. F025528)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

Ministerio de educaciónRAMO De eDUCACION

Ministerio de la defensa nacionalRAMO De LA DeFeNSA NACIONAL

ACUERDO No. 15-0520.

San Salvador, 2 de Abril de 2009

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado CLAUDIA ESTELA JIMÉNEZ PINEDA, solicitando INCORPORACION de su Certificado de High School, extendido por el College Saint Pierre de Bélgica en el año 1998. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los estudios de High School realizados por CLAUDIA ESTELA JIMÉNEZ PINEDA en Bélgica, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F025449)

ACUERDO No. 15-0794.

San Salvador, 22 de Junio de 2009.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acredi-tación Institucional, se presentó MARVIN ANTONIO HERRERA MELÉNDEZ, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Décimo Grado, realizados en el Central City Value High School de los Estados Unidos de América en el año 2008, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 17 de junio de 200 de dicha Dirección, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al artículo 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Décimo Grado, obtenido por MARVIN ANTONIO HERRERA ME-LÉNDEZ, en el Centro Educativo Central City Value High School de los Estados Unidos de América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por el artículo 62 de la Ley General de Educación y artículo 4 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Décimo Grado, cursados en el Centro Educativo Central City Value High School, Estados Unidos de América, a MARVIN ANTONIO HERRERA MELÉNDEZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F025516)

ACUERDO No. 110.

San Salvador, nueve de octubre del año dos mil nueve.

EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio diecisiete de las diligencias promovidas por la señora CLEOTILDE RODRIGUEZ DE SORIANO, conocida por CLEOTILDE RODRIGUEZ, con Documento Único de Identidad Número cero tres seis cuatro tres cero ocho ocho guión cinco, en calidad de esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor LUIS JAVIER SORIANO ALAS, conocido por LUIS JAVIER SORIANO.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia

INSTITUCIONeS AUTONOMASalcaldías Municipales

CONSIDERANDO:

1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo N° 3 de fecha 07 de diciembre de 1990; que éste falleció a las seis horas cuarenta minutos del día 20 de agosto del 2009, con asistencia médica, lo que se comprueba mediante Partida de Defunción contenida a folio dos extendida en la Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el veintiocho de agosto de dos mil nueve, que la solicitante señora CLEOTILDE RODRIGUEZ DE SORIANO, conocida por CLEOTILDE RODRIGUEZ, fue esposa del fallecido pensionado señor LUIS JAVIER SORIANO ALAS, conocido por LUIS JAVIER SORIANO, vínculo que comprueba por medio de la Certificación de Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la Alcaldía Municipal de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, el veinticuatro de agosto de dos mil nueve.

2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto N°. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo N° 5061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y el dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en oficio N°. 001427 de fecha 30 de septiembre de 2009, en que se considera procedente conceder a la señora CLEOTILDE RODRIGUEZ DE SORIANO, conocida por CLEOTILDE RODRIGUEZ, el Montepío Militar que solicita.

POR TANTO:

En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio.

ACUERDA:

Asignar a partir del día 20 de agosto de 2009, a favor de la señora CLEOTILDE RODRIGUEZ DE SORIANO, conocida por CLEOTILDE RODRIGUEZ, el MONTEPIO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNIQUESE.

JOSE ATILIO BENITEZ PARADA,

GENERAL DE BRIGADA,

VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 1076-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha veinticinco de febrero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DAVID ARTURO RUIZ GOMEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F025488)

DECRETO NUMERO 03-09.

El Concejo Municipal de la ciudad de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,

Considerando:

I. Que de conformidad al Art. 204 -Numeral 1- de la Constitución de la República, al Art. 7 de la Ley General Tributaria Municipal y al Art. 3 -Numeral 1- y 30 -Numerales 4 y 21- del Código Municipal; es competencia de las Municipalidades de la República decretar, modificar o derogar ordenanzas que regulen las tasas municipales y de manera general, los tributos de su competencia.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. II. Que a causa de la difícil situación económica que impera actualmente, la Municipalidad toma a bien incentivar a toda persona natural

como contribuyente municipal a poder hacer uso de descuento de los intereses y multas por mora, de los servicios por tasas e impuestos municipales.

III. Que no existe en la Constitución de la República, ni en la legislación secundaria; prohibición alguna para dispensar el pago de multas e intereses, porque éstos son accesorios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas, pretenden bene-ficiar a los contribuyentes morosos.

IV. Que la Administración Tributaria Municipal, debe establecer mecanismos para determinar la mora derivada del incumplimiento de pago y recuperarla, según los Art. 3 y 48 de la Ley General Tributaria Municipal.

V. Que lograr dicha recaudación es igualmente beneficioso para el municipio, pues ésta se traduce en una mayor liquidez financiera de la Municipalidad.

Por tanto: en uso de las facultades que le confiere el Art. 204 -Numeral 1- de la Constitución General de la República, Art. 3 -Numerales 1 y 5- y 30 -Numerales 4 y 21- del Código Municipal, en relación al Art. 77 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA: La siguiente:

orDENaNZa TraNSiToria Para El PaGo DE laS TaSaS E iMPUESToS MUNiciPalES,

coN DiSPENSa DE MUlTaS E iNTErESES MoraTorioS.

Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, toda persona natural que se encuentre en mora con esta Municipalidad respecto al pago de tasas por servicios municipales, así como los impuestos municipales, serán dispensados de las multas e intereses moratorios. Dicha dispensa será efectiva ya sea que sus pagos se hagan de forma total o parcial, siempre y cuando se haga en el plazo de vigencia de esta Ordenanza.

Art. 2.- Se faculta a la Encargada de Cuentas Corrientes y al Encargado o Encargada del Registro de Mora y Verificación de Ingresos, de esta Administración Municipal, para que hagan efectivo lo estipulado en la presente Ordenanza, a través del sistema de Cuentas Corrientes, teniendo la obligación de Notificar a los Contribuyentes, sus Estados de Cuenta en Mora y de la vigencia de la presente Ordenanza.

Art. 3.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial y estará vigente hasta el día 28 de febrero de 2010.

Dado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santiago Nonualco, a los veintinueve días de septiembre de dos mil nueve. Enmendado-28 de febrero de 2010-Vale.

MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ANTONIO PALACIOS ALVARADO,

ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

ERNESTO GONZALEZ, JULIO CESAR FERNANDEZ CARBALLO,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

SANTIAGO CERON ALVARADO, SAMUEL AGUILAR LUCERO,

TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

ROSA IMELDA PLATERO DE MENDEZ, JOSE NICOLAS CERON HUEZO,

QUINTA REGIDORA PROPIETARIA. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

ERICK ALFONSO VALENCIA MOLINA, MERLING VERIDIA FUENTES DE GONZALEZ,

SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO. OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA.

ELIAS BARAHONA LOVO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025499)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385ESTaTUToS DE la aSociaciÓN DE DESarrollo

coMUNal DE la coloNia El roSario, DEl Barrio El calVario, DEl MUNiciPio DE SaN JUaN oPico,

DEParTaMENTo DE la liBErTaD.

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DUraciÓN

Y DoMicilio.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la ordenanza Municipal y demás disposiciones legales aplicables; estará al servicio de la comunidad, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.

La Asociación se denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL DE LA COLONIA EL ROSARIO DEL BARRIO EL CAL-VARIO del Municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad que en estos Estatutos se denominará ADESCO EL ROSARIO.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será LA COLONIA EL ROSARIO BARRIO EL CALVARIO del Municipio de San Juan Opico, La Libertad.

fiNES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y las obras productivas y físicas que se proyecten; para ello deberá:

a) Promover el progreso de la comunidad, juntamente con los organismos públicos y privados que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los vecinos, sus grupos y sus Circunvecinos.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y promoción social a fin de contribuir al mejoramiento de la organización, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad con el equipamiento de los servicios y medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales para el desarrollo a través de la ayuda mutua y esfuerzo propio, a fin de completar las obras que se consideran en el respectivo plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel de la comunidad a fin de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejo-ramiento ambiental local.

h. Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos ha-ciéndoles participar responsablemente en el mejoramiento ambiental local.

i) Promover la incorporación de la mujer en el proceso de desarrollo integral de la comunidad.

j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional en cuanto a determinación de proyectos y la obtención de recursos comunales o gubernamentales, etc.

k) Proteger el Medio Ambiente.

SocioS: caliDaD DErEcHoS Y DEBErES

Art. 5.- Los socios podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

c) Fundadores.

a) Podrán ser socios, todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

b) Son socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente y afiliarse mediante procedimiento determinado por la Junta Directiva.

c) Son socios Honorarios, todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General.

d) Son socios Fundadores, todas las personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación.

Art. 6.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación.

d) Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General otorgue.

e) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento interno de la Asociación.

Art. 7.- Son deberes de los miembros Fundadores activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

c) La Junta Fiscalizadora.

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 9.- La Asamblea General debidamente convocada es la au-toridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, enero y junio; extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia a solicitud del cincuenta y uno por ciento como mínimo de socios.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios. En las Asambleas Generales Extraordinarias, solo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nulo.

Art. 12.- La convocatoria a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito con ocho días de anticipación para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que ha de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los presentes, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

SoN aTriBUToS DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

c) Aprobar, y/o modificar los planes, programas y proyectos.

d) Aprobar o desaprobar el informe Anual de Labores Presentado por la Junta Directiva.

e) Aprobar la suspensión definitiva de los socios.

f) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

g) Fijar las cuotas de contribución eventuales de los miembros que será de un dólar.

h) Decidir sobre la compra venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la asociación.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

j) Aprobar el reglamento interno de la asociación.

k) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación de estos estatutos al concejo municipal respectivo por medio del representante legal de la asociación.

l) Acordar la calidad de socios honorarios.

m) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamento interno que se dicte.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave de la Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento beneficios de la Asociación para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

f) Levantar falsas calumnias en contra de sus compañeros.

Art. 15.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investiguen los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión definitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que se nombrará a los sustitutos.

Art. 16.- Sobre el retiro de los Asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-mente el Recurso de Revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

Art. 17.- Los Miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según la gravedad del caso. La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Art. 18.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículos anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente que les autorice:

a) Para nombrar de entre los miembros la comisión investiga-dora.

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión investiga-dora. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerable de miembros los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá la suspensión temporal o definitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos.

JUNTa DirEcTiVa

Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros electos en Asamblea General por votación nominal y pública, cuyo mandato será por dos años, pudiéndose reelegir un 30% de la Directiva existente para un segundo o tercer periodo; pero con cargo distinto. La nominación de los cargos serán los siguientes: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán adhonorem.

Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas veces sea necesario y por lo menos una vez por mes extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos; en caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-ponerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme a la Ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo Comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar su mejor Organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.

f) Vincularse con las organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la Región en Proyectos de Desarrollo Comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las ac-tividades que se desarrollan y presentarle el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto respectivo e informar igualmente a los organismos que cooperan en el desarrollo de sus programas de trabajo.

i) Velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fines.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales previstas en los Estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la Sesión Ordinaria Anual sus actividades de trabajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos estatutos.

Art. 22.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. Autorizando con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades. Tendrá la representación Judicial y Extrajudicial de la Asociación. Deberá ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la certificación del punto de acta que lo autoriza.

Art. 23.- El Vicepresidente colaborará con el presidente, los sus-tituirá en casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.

Art. 24.- El secretario, será el órgano de comunicación de la Aso-ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma.

Además el secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de Actas de Sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 25. El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de Contabilidad o las cuentas de la misma.

Todos los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, debiendo registrar la firma del Tesorero con la del Presidente como refrendario.

Art. 26.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Art. 27.- La Junta fiscalizadora, estará compuesta por cuatro miem-

bros electos en Asamblea General, Presidente, Secretario y Vocales.

La Junta será la responsable de fiscalizar los trabajos y bienes que

desarrolle la Junta Directiva, al igual que otros comités de la comuni-

dad.

PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 28.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los socios Activos y será de un dólar.

b) Las subvenciones o aportes Extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

d) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bie-

nes, muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación. El

valor de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea

General, a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún

caso eximirá de estos pagos el hecho de ser asociado.

e) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados

o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-

ral.

Art. 29.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio

administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por

lo menos para formar un fondo de Reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma.

La Asociación para desarrollar sus fines sociales y de obras físicas,

siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General

y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el acto en que

comparezca el Representante de la Asociación.

En todo caso se establecerán los controles contables necesarios para

el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas

en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

Art. 30.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual/enero a

diciembre/ se obtuvieran ganancias, la Junta Directiva propondrá a la

Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas

ganancias, también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

Art. 31.- En caso de Disolución de la Asociación, si después de

pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo

destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en la comunidad

del domicilio de la Asociación, mientras no se realice su inversión, el

remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

DiSolUciÓN DE la aSociaciÓN

Art. 32.- La Disolución de la Asociación será acordada en sesión Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza Municipales, estos Estatutos y demás leyes de la materia establecen.

Art. 33.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro Finan-ciero y Registro de Inventario, todos foliados y sellados, con una razón de apertura que contenga el objeto del libro y pondrán su razón de cierre, la cual deberá estar firmada y sellada por la Alcaldía Municipal.

Art. 34.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma definitiva y cualquier dato relativo a la Asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la Nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su plan de Actividades y Trabajo.

Art. 35.- Para la modificación del Acta de Constitución y los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 36.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos, serán resueltos en Asamblea General de Socios.

Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO TRES.- Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de la Colonia El Rosario del Barrio El Calvario del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que se abrevia “ADESCO EL ROSARIO” que consta de Treinta y Siete Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al Orden Público y a las buenas costumbres de conformidad a los Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, este Concejo ACUERDA: Aprobar en todas sus partes y conferirles la Personalidad Jurídica. Comuníquese.

Alcaldía Municipal San Juan Opico, a quince de junio del dos mil nueve.

Ing. ROMEO JOSE BARILLAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

SALVADORA PALACIOS MOLINA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F025418)

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385aSociacioN DE DESarrollo coMUNal

caNToN El aNGEl, JUriSDiccioN DE SaN aNToNio

MaSaHUaT, DEParTaMENTo DE la PaZ.

caPiTUlo UNo.

DENoMiNacioN, DUracioN, DoMicilio,

fiNES Y METaS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, Municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económicos, y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Cantón El Angel, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz, la cual podrá abreviarse: "ADESCOA", que en los presentes Estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en Ordenanzas y Reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo Comunal y estos Estatutos.

Art. 3.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa, de carácter democrática, no religiosa.

Art. 4.- El Domicilio de la Asociación será: Cantón El Angel, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz.

Art. 5.- Los fines de la Asociación son de carácter general:

Son fines generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programa de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-mente con el Concejo Municipal, otros organismos guber-namentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas Jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio comunal; sin discriminación de raza, sexo, religión, filosofía o credo.

Art. 6.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su for-mación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización, factor

indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:

1.- Mejoramiento de calles principales, empedrado, fraguado y concreteado,

2.- Ampliación del servicio de energía eléctrica,

3.- Construcción de sitios de esparcimiento familiar,

4.- Ampliación de alumbrado público,

5.- Gestión de ayudas ante ONG's como INTERVIDA y otras,

6.- Construcción de casa comunal,

7.- Gestión de ayuda a los agricultores,

8.- Gestión para la construcción de viviendas,

9.- Ayudas directas a familias pobres.

caPiTUlo DoS

DE loS SocioS

Art. 7.- La Calidad de los socios será:

Activos y Honorarios.

Todos deben ser mayores de dieciocho años:

a) Son Socios Activos: Todas la personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas que hayan residido en este lugar por un periodo no menor de un año.

b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 8.- Los Socios Honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

caPiTUlo TrES

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN

Art. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 10.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afiliados a la Asociación.

Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda será nula.

Art. 13.- La Convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran. En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.

d) Otorgar la calidad de Socio Honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que son necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamento que se dictaren.

caPiTUlo cUaTro

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 15.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea por votación nominal y pública. En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepre-sidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.

Art. 16.- La Junta Directiva fungirá por un periodo de dos años.

Art. 17.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán de concurrir por lo menos seis

de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

SoN aTriBUcioNES DE loS MiEMBroS

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 18.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el presupuesto anual.

d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, presentar los informes correspondientes.

Art. 19.- FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE:

a) Colaborar en todas las funciones del presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente ya sea temporal o definitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.

Art. 20.- FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL:

a) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles.

b) Mantener una campaña de afiliación y presentar informes a la Junta Directiva.

c) Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.

e) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 21.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ACTAS:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Art. 22.- FUNCIONES DEL TESORERO:

a) El tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión, del estado económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si lo hubiere.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos e ingresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma.

h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.

i) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.

j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.

Art. 23.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar legalmente a la Asociación, conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

Art. 24.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad, en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quién deba desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.

DEl coMiTE DE ViGilaNcia

Art. 25.- El comité de vigilancia será electo en asamblea general extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá con tres miembros; el periodo de funciones del comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 26.- Las funciones del comité de vigilancia serán de controlar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función.

Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta Directiva.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación, el resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 27.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuestas de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

caPiTUlo ciNco

PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 28.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias y legados que reciba la Asociación.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 29.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin de in-crementar el capital bancario a nombre de la Asociación. La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

caPiTUlo SEiS

DiSolUcioN DE la aSociacioN

Art. 30.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal jurisdiccional.

caPiTUlo SiETE

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE

aSociaDoS Y DirEcTiVoS

Art. 31.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las Ordenanzas, Re-glamentos Municipales y estos Estatutos. Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de

elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas, lucrativas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.

Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por Asamblea General.

Art. 33.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.

En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior acordado que fuere ésta se nombrará a los sustitutos.

Art. 34.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformi-dad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de concedida la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva los siguientes:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que concederá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo será la Asamblea General, que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros, y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos suspendidos.

Art. 35.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

caPiTUlo ocHo

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la

elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-

cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le

pidiere relativo a la Asociación.

Art. 37.- Comunicará en forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en

forma definitiva.

Art. 38.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de nueva

Junta Directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el

Plan de Trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Direc-

tiva.

Art. 39.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea

General, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas al

mérito a personas, autoridades o Instituciones que demuestren espíritu

de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 40.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual

será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su

aprobación.

Art. 41.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NÚMERO TRES.

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal del

Cantón El Ángel, jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento

de La Paz, que se abrevia ADESCOA, que consta de cuarenta y un

artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres, de

conformidad con el Art. 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal,

este Concejo, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación

el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE.

Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de

La Paz, a cuatro de agosto del año dos mil nueve.

ARMANDO VASQUEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

EDGAR NAPOLEON MARTINEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025534)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385ESTaTUToS DE la aSociacioN DE DESarrollo

coMUNal DEl caNToN loS PiNoS, MUNiciPio DE El

coNGo, DEParTaMENTo DE SaNTa aNa.

caPiTUlo i

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DUracioN

Y DoMicilio

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal; la ordenanza municipal respectiva; estos estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la co-

munidad para el desarrollo de planes, programas y proyectos de interés

social, cultural, económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni

religiosa y de carácter democrático. La asociación se denominará: Aso-

ciación de Desarrollo Comunal Los Pinos, del Municipio de El Congo,

Departamento de Santa Ana y que se podrá abreviar “ADESCOLAP”;

y que en estos estatutos se denominará la Asociación.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,

sin embargo; podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos en

las leyes de la materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Cantón Los Pinos del

Municipio de El Congo; del departamento de Santa Ana.

caPiTUlo ii

fiNES

Art. 4.- La asociación tendrá como fines el desarrollo humano; y

las obras productivas y Físicas que se proyecten para ello, deberán:

a) Promover el progreso de la comunidad: Cantón Los Pinos,

del Municipio de El Congo, juntamente con los organismos

públicos y privados nacionales e internacionales que participen

en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de servicio de los asociados, los vecinos,

sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en

la mayor integración de sus miembros y la mejor organización

de sus actividades.

d) Impulsar y practicar programas de capacitación y promoción

social a fin de contribuir al mejoramiento de la organización

de la comunidad, la administración de proyectos sociales,

económicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad,

con el equipamiento y medios indispensables para solucionar

los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la

comunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y

el esfuerzo propio; a fin de complementar las obras que se

consideren en el respectivo plan de trabajo y otras que de

emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal a fin de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,

haciéndoles participar responsablemente en el mejoramiento

del ambiente local.

i) Promover la incorporación de la mujer en el proceso de

desarrollo integral de la comunidad.

j) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional

en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de

recursos comunales y gubernamentales, etc.

k) Promover la protección del medio ambiente, desarrollando

proyectos y programas encaminados a proteger y conservar

los recursos hídricos y forestales de la zona de influencia de

la asociación.

caPiTUlo iii

caliDaD; DErEcHoS Y DEBErES DE loS aSociaDoS

Art. 5.- Los Asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

c) Fundadores.

a) Podrán ser asociados: todas las personas mayores de dieciocho

años sin distinción de raza , credo, religión e ideología política

que lo soliciten por escrito a la junta directiva, las personas que

reúnan los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes

dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente y

afiliarse mediante procedimientos determinados por la junta

directiva.

b) Son asociados honorarios; aquellas personas a quienes la

asamblea general; por iniciativa o/a propuesta de la junta

directiva les concede tal calidad en atención a sus méritos

personales y relevantes servicios prestados a la asociación.

c) Son asociados fundadores: todas las personas que suscriban

el acta de Constitución de la asociación.

Art. 6.- Son derechos de los asociados fundadores y activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la asociación.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la asamblea gene-

ral.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. c) Los Asociados honorarios gozarán de los derechos que la

asamblea general les otorgue.

d) Los demás que le señalen los estatutos y reglamento interno

de la asociación.

Art. 7.- Son deberes de los asociados fundadores y activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en asamblea general.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, reglamento

interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general.

e) Los demás que señalen los estatutos y reglamento interno de

la asociación.

caPiTUlo iV

GoBiErNo DE la aSociacioN

Art. 8.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) Asamblea General.

b) Junta Directiva.

caPiTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 9.- La asamblea general debidamente convocada es la autoridad

máxima de la asociación y está integrada por la totalidad de los miembros

activos y fundadores.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos salvo en lo

referente a la disolución de la asociación.

Art. 10.- La Asamblea general se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando

sea convocada por la junta directiva, por iniciativa propia o a solicitud

del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los asociados.

Art. 11.- En las asambleas generales ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados;

en las asambleas generales extraordinarias, solo se tratarán los asuntos

comprendidos en las convocatorias y cualquier decisión sobre otros

aspectos no comprendidos en la agenda serán nulos.

Art. 12.- La convocatoria a asamblea ordinaria o extraordinaria

se hará por medio de un aviso escrito con tres días de anticipación para

las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las segundas

indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que han de celebrarse,

si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum

ésta se llevará a cabo una hora después con los que estén presentes, en

este último caso las decisiones que se adopten serán obligatorias aun

para aquellos que legalmente convocados no asistieran.

Art. 13.- Son atribuciones de la asamblea general:

a) Elegir, sustituir y destituir total y parcialmente a los miembros

de la junta directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y el reglamento

interno de la asociación.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas y proyectos.

d) Aprobar o desaprobar el informe anual de labores de la

asociación presentado por la junta directiva.

e) Aprobar la suspensión definitiva de los asociados.

f) Pedir a la junta directiva los informes que crean convenien-

tes.

g) Fijar las cuotas y contribuciones eventuales de los miem-

bros.

h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la asociación.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación

y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

j) Aprobar el reglamento interno de la Asociación.

k) Acordar la petición de la personería jurídica y aprobaciones

de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo por medio

del representante legal de la asociación.

l) Otorgar la calidad de asociados honorarios.

m) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamento

interno que se dicte.

caPiTUlo Vi

ProcEDiMiENToS ESPEcialES Para la rEMocioN

DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS

Art. 14.- Los miembros de la asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos y

previa audiencia del interesado, por infracciones al código municipal,

ordenanza municipal y los estatutos, se consideran además como causales

de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio

grave de la asociación.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 b) Negarse sin motivos justificados a desempeñar los cargos de

elección o funciones que le encomiende la asamblea general

o la junta directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza

que vayan en perjuicio de la asociación.

d) Obtener por medio fraudulento beneficios de la asociación,

para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asocia-

ción.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la junta directiva;

electos por la asamblea general; podrán ser suspendidos temporalmente

sino ameritase su destitución según la gravedad del caso.

Para proceder a la suspensión temporal; la junta directiva nombrará

una comisión de tres de sus miembros para que investiguen los hechos;

y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor

exponga en su defensa. En el caso de destitución de que habla el literal

a) del artículo trece; la junta directiva seguirá el procedimiento anterior.

Pero en este caso será la asamblea general quien resolverá tal destitución

nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión

temporal decretada por la junta directiva, podrá interponerse únicamente

el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifica-

ción. De las resoluciones de la asamblea general no se admitirá ningún

recurso.

Art. 17.- Los miembros de la junta directiva electos por la asamblea

general, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según

la gravedad del caso. La suspensión definitiva únicamente podrá ser

acordada por la asamblea general y la suspensión temporal por la junta

directiva.

Art. 18.- En caso que la junta directiva dentro del plazo de 10 días

de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículos

anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá pedir al

CONCEJO MUNICIPAL correspondiente que les autorice:

a) Para nombrar de entre los miembros la comisión investiga-

dora.

b) Para que ésta informe a la asamblea general, que conocerá la

suspensión en base a los informes de la comisión investigadora.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal

o definitiva de toda la junta directiva o cuando por tratarse

de un número considerable de miembros, los que quedan no

puedan o no inicien el procedimiento dentro del plazo que

establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que

resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros y en

la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos por el tiempo

de la suspensión o por el resto del periodo de los directivos.

caPiTUlo Vii

JUNTa DirEcTiVa

Art. 19.- La junta directiva estará integrada por once miembros

electos en asamblea general por votación nominal y pública cuyo mandato

será por dos años pudiéndose reelegir un treinta por ciento de la directiva

existente para un segundo o tercer periodo, pero con cargo distinto. La

nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente,

Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, Síndico y 4 vocales.

Los cargos de la junta directiva serán ad honorem.

Art. 20.- La junta directiva se reunirá ordinariamente cuantas veces

sea necesario y por lo menos una vez por mes y extraordinariamente

cuando sea convocado por el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos la mitad más uno de los miembros y las

resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el

presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 21.- Son atribuciones de la junta directiva:

a) Elaborar los proyectos de estatutos de la asociación y propo-

nerlos en la asamblea general.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la asociación conforme

a la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto

correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la asociación, encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la asamblea general a reuniones ordinarias o

extraordinarias.

f) Vincularse con las organizaciones del estado, municipalidades

y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la

región en proyectos de desarrollo comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,

ejecución, evaluación de los programas y proyectos de me-

joramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la asamblea general de las activi-

dades que desarrollen y presentar el plan anual de trabajo y el

presupuesto respectivo e informar igualmente a los organismos

que cooperan en el desarrollo de sus programas de trabajo.

i) Velar que el patrimonio de la asociación sea aplicado en la

consecución de sus fines.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

afiliados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones

emanadas de la asamblea general y las que crea conveniente

dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

previstas en los estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la asamblea

general en la sesión ordinaria anual, sus actividades de tra-

bajo.

o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes

correspondientes y estos estatutos.

Art. 22.- El Presidente de la junta directiva, presidirá y dirigirá las

sesiones de asamblea general y junta directiva, autorizando con su firma

los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades.

Tendrá la representación judicial y extrajudicial de la asociación.

Art. 23.- El Vicepresidente colaborará con el presidente, lo sustituirá

en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que

fuere concerniente a las actividades comunales.

Art. 24.- El Secretario, será el órgano de comunicación de la

asociación y llevará el inventario de la misma.

Además será secretario de actas, tendrá a su cargo los libros de

actas de sesiones que celebren la asamblea general y la junta directiva

y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 25.- El tesorero será el depositario de los fondos y bienes

de la asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la

misma.

Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o

crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación,

debiendo registrar las firmas del tesorero con la del presidente como

refrendarios.

Art. 26.- El Pro secretario y el Pro tesorero, tendrán las mismas

funciones del secretario y tesorero, colaboran y lo sustituirán en los

casos de ausencia o impedimento de éstos y todo los demás que le fuese

encomendado por la asociación.

Art. 27.- El Síndico tendrá la representación judicial y extra

judicial de la asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o

administrativos y necesitará de la autorización previa de la junta directiva

para ejercerla en cada caso. El Síndico elegirá el comité de vigilancia

formado por tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la asociación, con

el objeto de velar por el patrimonio de la asociación.

Art. 28.- El síndico velará por el estricto cumplimiento de los

presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la asamblea general

y por la junta directiva y todo lo demás que le fuese encomendado por

la asociación.

Art. 29.- Los vocales colaboran con la junta directiva en la medida

que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirá a los miembros

de la junta directiva.

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PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 30.- El patrimonio de la asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los asociados activos y será de un dólar mensual ($1.00).

b) Las subvenciones por aportes extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados, etc., que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la asociación.

d) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes,

muebles e inmuebles de propiedad de la asociación el valor

de estos alquileres serán aprobados por la asamblea general,

a propuesta de la junta directiva; pero en ningún caso eximirá

de estos pagos el hecho de ser asociado.

e) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o

prestados sin la autorización previa de la asamblea general.

Art. 31.- De las utilidades netas adquiridas al final del ejercicio

administrativo por la asociación se aportará el cinco por ciento por lo

menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el

que deberá expresarse todo aumento o disminución.

La asociación para desarrollar sus fines sociales y de obras físicas,

siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocido y aprobado por la asamblea general

y autorizado por la junta directiva, específicamente para el acto en que

comparezca el representante de la asociación.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

Art. 32.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieren ganancias la junta directiva propondrá a la asamblea general los proyectos en los que pueden ser aplicados dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

Art. 33.- En caso de disolución de la asociación, si después de pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el concejo municipal lo destinará a programas de desarrollo comunal.

caPiTUlo iX

DiSolUcioN DE la aSociacioN

Art. 34.- La disolución de la asociación será acordada en sesión extraordinaria de asamblea general, mediante acuerdo de dos terceras partes de asociados de la misma, por motivos que el código y ordenanzas municipales, estos estatutos y las demás leyes de la materia establez-can.

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DiSPoSiciÓN DE la aSociacioN

Art. 35.- La asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas de asambleas generales, acta de junta directiva, registro financiero y registro de inventario, todos foliados y sellados, con una razón de cierre, la cual deberá estar firmada y sellada por el secretario de la junta directiva.

Art. 36. La junta directiva tiene la obligación de enviar al concejo municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva junta directiva durante los primeros quince días del año, la nómina de los asociados, informes de las sustituciones de los miembros de la junta directiva cuando sean en forma definitiva y cualquier dato relativo a la asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva junta directiva, deberá enviar al concejo municipal su plan de actividades.

Art. 37.- Para la modificación del acta de constitución y los presentes estatutos se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la asociación.

Art. 38.- Los casos que no estén contemplados en estos estatutos serán resueltos en asamblea general de asociados.

Art. 39.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE EL CONGO, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA,

CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos Municipales, que

esta municipalidad lleva durante el corriente año, se encuentra el acuerdo

de la SESION ORDINARIA celebrada por este Concejo Municipal con

fecha: CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE, según

ACTA MUNICIPAL NUMERO ONCE, EL CUAL LITERALMENTE

DICE:

ACUERDO NÚMERO CUATRO. Este Concejo Municipal tenien-

do a la vista y luego de analizar y discutir ampliamente sobre los estatutos

de la “ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL LOS PINOS”

del Cantón Los PINOS del Municipio de El Congo, Departamento de

Santa Ana; los cuales constan de treinta y nueve artículos, tomando en

cuenta que no se encontró disposición alguna que contraríe las leyes del

país, al orden público, ni a las buenas costumbres y de conformidad con

lo regulado por el Art. 30 Numeral 23 y Art. 119 ambas disposiciones

del Código Municipal, ACUERDA: A) Aprobar en todas sus partes los

estatutos de la “ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL LOS

PINOS” que podrá abreviarse ADESCOLP del Cantón Los Pinos del

Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana. B) Se le concede

su PERSONALIDAD JURIDICA y C) La primera Junta Directiva

queda integrada de la siguiente forma: Presidente Samuel José Francisco

Rodríguez Serrano, Vicepresidente José Israel Sura Castro, Secretario

Samuel Hernández Molina. Pro - Secretario Adrián Alberto Hernández,

Tesorera Irma del Carmen Sulín. Pro - Tesorero Roberto de Jesús Portillo

Linares, Síndica Dora Alicia Hernández González, Primer Vocal Ana

Luz Olivorio Martínez, Segundo Vocal Gertrudis del Carmen Hernández,

Tercer Vocal Daniel Méndez Guerrero y Cuarto Vocal Valentín Martola

Mancía. Publíquese el presente Acuerdo y los estatutos de la Asociación

en el Diario Oficial. Certifíquese y Comuníquese a donde corresponda

para los efectos de ley. NO HABIENDO MAS QUE HACER CONSTAR,

SE TERMINA LA PRESENTE QUE FIRMAMOS ///M. L. Escobar

G.// ///H. M. P/// ///C. E. Linares/// ///M. E. Huezo/// ///J. M. Mancía///

///M. E. Z. de Mejía/// ///M. E. Monterrosa/// ///R. A. F. Sermeño/// ///M.

H. C./// ///B. M. V./// ///R. A. Chacón/// ///C. B. T. de A./// ///R. A.///

RUBRICADAS///.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON LA CUAL SE CON-

FRONTO: En la Alcaldía Municipal de El Congo, a los seis días de

octubre de dos mil nueve.

Lic. MILTON LOMBARDO ESCOBAR GUERRERO,

ALCALDE MUNICIPAL.

RODRIGO ANTONIO RIVAS FLORES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025467)

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. ESTaTUToS DE la aSociaciÓN DE DESarrollo co-MUNal caSErÍo la flEcHa, caNTÓN El MaTaZaNo, MUNiciPio DE coMaSaGUa, DEParTaMENTo DE la

liBErTaD.-

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DoMicilio Y fiNES

ARTICULO 1: Créase en la comunidad “LA FLECHA”, una Asociación de Desarrollo Comunal, al servicio de sus asociados y a la comunidad en general, su naturaleza es apolítica, no religiosa, no lucrativa, y en lo sucesivo se denominará como “la Asociación” y podrá abreviarse con las siglas “ADESCO LA FLECHA”.

ARTÍCULO 2: Su domicilio será en QUINTA LA CUMBRE, pudiendo reubicarse cuando la necesidad lo amerite y lo avale un acuerdo de asamblea general extraordinaria, trasladando la información por escrito al Concejo Municipal de su circunscripción.

ARTICULO 3: La Asociación funcionará por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por voluntad propia o por ley. Será por voluntad propia cuando: Por cualquier motivo y dentro de un espacio de tiempo comprendido de doce meses consecutivos la Junta Directiva no se reúna ni convoque a asamblea general; lo contrario a esta actitud podrá comprobarse en el libro de actas con las firmas originales de los concurrentes. Será por ley cuando sus miembros contravengan estos Estatutos, su Reglamento y las demás leyes que regulen su funcio-namiento.

ARTICULO 4: También será motivo de disolución cuando el número de asociados activos baje del cincuenta por ciento del original del día de su constitución, o cuando se presenten demasiadas dificultades para el logro de sus fines dentro de un tiempo determinado y prudencial.

SUS fiNES

ARTÍCULO 5: Esta Asociación trabajará en procura de lograr los siguientes fines:

a) Dar prioridad a la educación, la economía, la salud, y el progreso integral de los miembros.

b) Lograr la participación solidaria, la cooperación comunal, la democracia y el civismo.

c) Proporcionar el progreso, coordinado con otros sectores con principios afines.

d) Lograr la construcción y mejora de los servicios básicos comunales.

e) Impulsar y participar en programas y proyectos de capacitación que estimulen la formación de hombres y mujeres.

f) Dar especial atención a la asesoría y dirección externa que enfaticen el progreso local.

g) Sus proyectos estarán apoyados en las factibilidades positivas que se logren con la participación comunal.

DE loS SocioS.

ARTÍCULO 6: Habrá tres tipos de socios, y su calidad será la siguiente:

- Socios Fundadores,

- Socios Activos y

- Socios Honorarios.

SOCIOS FUNDADORES: Serán todas las personas que se encuen-tren presentes el día de la celebración de la sesión extraordinaria, fecha de aprobación de los Estatutos y su firma o huella digital se registrará en el libro de actas.

SOCIOS ACTIVOS: Serán todas aquellas personas que ingresen voluntariamente a esta Asociación, deberán residir en esta comunidad o comunidades colindantes, haber cumplido dieciocho años de edad como mínimo y encontrarse solventes de compromisos con esta Asociación.

SOCIOS HONORARIOS: Será aquella persona que por sus méritos y relevantes servicios a esta comunidad, la Asamblea General otorgue tal reconocimiento.

DErEcHoS Y DEBErES DEl Socio.

ARTÍCULO 7: Al socio fundador se le dará el privilegio de obtener su carnet de socio fundador.

ARTÍCULO 8: El socio activo tendrá derecho a participar en las asambleas generales con voz y voto, presentar sugerencias o mociones, retirarse de la Asociación voluntariamente, elegir y ser electo, siempre que ya haya cumplido los 18 años de edad, para cargos de la Junta Directiva y desempeñar funciones delegadas.

ARTÍCULO 9: El socio honorario podrá recibir reconocimientos públicos como muestra de agradecimiento comunal avalado por acuerdo de la Asamblea General.

DEBErES.

ARTICULO 10: El Socio Activo deberá asistir con puntualidad a las sesiones o hacerse representar a las mismas por escrito para opinar, pero no para votar; trabajar en pro de incrementar el número de afiliados, desempeñar a cabalidad los cargos por elección popular a las funciones y comisiones delegadas, contribuir económicamente para el sostenimiento de la Asociación, cumplir con lo establecido en los Estatutos, su Regla-mento y disposiciones que emanen de la Asamblea General.

El GoBiErNo.

ARTÍCULO 11: El gobierno de esta Asociación será ejercido por la Asamblea General. La Junta Directiva funcionará como ejecutor. La Asamblea General es el organismo máximo de la Asociación y se instalará con el total o la mayoría de los socios activos; serán válidas las resoluciones cuando éstas sean apoyadas con los votos de la mayoría de los socios activos presentes en la sesión.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 ARTÍCULO 12: Se realizarán dos tipos de sesiones: Ordinarias y Extraordinarias.

ARTÍCULO 13: Las sesiones de Asamblea General Ordinaria se celebrarán cada tres meses, y las extraordinarias cuantas veces sea necesario será la Junta Directiva la que convocará por iniciativa propia o a solicitud de diez socios activos.

ARTÍCULO 14: Los puntos representados en la agenda y los tó-picos importantes que propongan los socios, serán analizados en sesión de Asamblea General Ordinaria. En la Asamblea General Ordinaria únicamente se tratarán los puntos comprendidos en la convocatoria y cualquier otro punto no comprendido en la agenda será anulado.

ARTICULO 15: La convocatoria para celebrar sesión de asamblea general ordinaria se girará con quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda convoca-toria.- Si a la hora prevista no puede celebrarse por falta de quórum, ésta se trasladará para el día siguiente inmediato y con los socios que concurran al acto se realizará. Los acuerdos que se adopten en este caso serán obligatorios aún para los socios que legalmente fueron convocados y no asistieron.

aTriBUcioNES DE la aSaMBlEa GENEral.

ARTÍCULO 16: La Asamblea General tendrá las siguientes atri-buciones:

a) Elegir y ser electo para desempeñar cargos en la Junta Di-rectiva.

b) Aprobar e improbar el Estado Financiero de la Asociación.

c) Destituir y elegir a los sustitutos retirando la calidad que ostente el socio.

d) Exigir informe a la Junta Directiva.

e) Aprobar el plan de trabajo y su presupuesto.

f) Aprobar esta ley, su Reglamento y el cumplimiento de todas sus partes.

g) Aprobar a los socios honorarios y sus distinciones.

h) Aprobar modificaciones a estos Estatutos.

DEl rETiro DE SUS afiliaDoS.

ARTÍCULO 17: La calidad de socio podrá retirarse previa audiencia del supuesto infractor; la persona afectada podrá externar ante la Junta Directiva su inocencia, será válido el acuerdo de suspensión cuando la votación a favor alcance unanimidad.

caUSaS Para rETirar Y EXPUlSar.

ARTÍCULO 18: El retiro o expulsión se fundamentará en las causales siguientes:

a) El incumplimiento a lo establecido en estos Estatutos, su Reglamento, su código, ordenanzas municipales que norman estas asociaciones.

b) Malas costumbres al grado de que éstas alteren y vulneren la sana dirección de la Asociación, traduciéndose en perjuicio grave hacia personas e instituciones.

c) Omitir sin causa justificada el desempeño del cargo obtenido por elección popular, comisiones o funciones delegadas.

d) Promover movimientos internos al grado de desnaturalizar esta Asociación comprobándose que la persona o personas persiguen afectar negativamente a la Asociación.

e) Beneficiarse por medios fraudulentos de la Asociación para sí, o para terceras personas.

DE laS SUSPENSioNES.

ARTÍCULO 19: La suspensión temporal o definitiva se acordará de conformidad a cada caso en particular, en ambos será la Asamblea General la que definirá. El procedimiento partirá de elegir a dos personas para que éstas tomen las providencias del caso o investiguen la proble-mática, éstos presentarán un informe por escrito y oídas las razones que el supuesto infractor exponga, la Asamblea General resolverá. Si el caso de suspensión es definitivo, la Junta Directiva actuará de conformidad al Artículo anterior y será exclusividad de la Asamblea General resol-ver. Acordada que sea la suspensión, se elegirá al sustituto y se le dará posesión del cargo.

ARTICULO 20: Si han transcurrido diez días de cometida la infracción, y no se procede de conformidad a lo establecido en estos Estatutos, cinco socios podrán solicitar al Concejo Municipal de su Jurisdicción, autorización para nombrar una comisión de dos personas para que investigue y ejecute legalmente el trámite.

ARTICULO 21: Decretadas las suspensiones, únicamente se podrá interponer el recurso de revisión para y ante la misma; tres días después de la notificación de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

DE la JUNTa DirEcTiVa.

ARTÍCULO 22: La Junta Directiva se organizará en forma tra-dicional y se instalará oficialmente con once miembros propietarios, la elección se verificará a través del voto popular y democrático en asamblea general extraordinaria; en todo caso, la nominación de los cargos seguirá el siguiente orden.

1- Presidente.

1- Vicepresidente.

1- Secretario.

1- Pro – secretario.

1- Tesorero.

1- Pro – tesorero.

1- Síndico.

4- Vocales.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. ARTÍCULO 23: El trabajo que desarrolle la Junta Directiva, será

Ad-Honorem, pudiendo recibir alguna retribución convencional por

trabajos eventuales o cuando el volumen del mismo lo ameriten. En

todo caso será necesaria la aprobación de la Asamblea General.

ARTICULO 24: Las sesiones de Junta Directiva se verificarán

cada treinta días ordinariamente, extraordinariamente las sesiones se

realizarán las veces que sea necesario, los acuerdos se tomarán con la

mayoría de votos a favor; si por cualquier circunstancia que se presente

existiere empate en la votación, será el Presidente o quien haga las veces

de éste quien definirá con el voto de calidad.

DE laS aTriBUcioNES DE la JUNTa DirEcTiVa.

ARTÍCULO 25: La Junta Directiva asumirá las siguientes atribu-

ciones:

1- En caso de suspensión temporal se hará posesión a la persona

asignada para el desempeño de su trabajo.

2- Tomarán las medidas correctivas para el cumplimiento de

los acuerdos o disposiciones de asamblea general.

3- Promocionará el cumplimiento de los deberes y obligaciones

contraídas con los socios.

4- En casos importantísimos no previstos en estos Estatutos y

que ameriten agilizar los trámites, resolverá.

5- Podrá presentar mociones, para su discusión en sesiones

ordinarias.

6- Presentará el presupuesto de gastos de la asignación para su

consideración y aprobación.

7- Convocará oportunamente para la realización de las diferentes

sesiones.

8- Planeará y participará en las investigaciones que se realicen

con la finalidad de lograr sus fines.

9- Constituirá comisiones de trabajo encauzando sus objetivos

hacia el desarrollo efectivo.

10- Coordinará todo trabajo que beneficie a esta Asociación y

en general a la comunidad, con el Concejo Municipal, otras

oficinas gubernamentales, entidades privadas nacionales e

internacionales.

11- Implementará el plan de trabajo para ser presentado a la

institución afín.

12- Se apegará efectivamente al buen uso del patrimonio de su

propiedad para el logro de la sanidad administrativa.

13- Autorizará y controlará los gastos de los recursos propios.

DE loS DEBErES DE loS MiEMBroS.

ARTÍCULO 26: Los deberes de cada uno de los miembros de la

Junta Directiva se establecen de la siguiente forma:

El PrESiDENTE:

a) Representará legalmente a esta organización interna y exter-

namente.

b) Presidirá toda reunión oficial que celebre esta Asociación.

c) Autorizará con su firma toda erogación previa aprobación de

los demás miembros directivos.

d) Presidente y Síndico responderán ante la Asamblea General por

cualquier alteración en los documentos administrativos.

El SEcrETario:

a) Agilizará la comunicación escrita dándole importancia a lo

prioritario.

b) Procesará y custodiará el inventario de los bienes de la orga-

nización.

c) Mantendrá en orden y al día el libro de registros de los afi-

liados.

d) Con su firma y sello de la Asociación oficializará y extenderá

las credenciales.

e) Custodiará y ejercerá control y conservación de los documentos

propiedad de la Asociación.

El TESorEro:

a) Será el responsable directo de procesar y ejercerá el control

de los ingresos y egresos.

b) Autorizará con su firma los documentos administrativos.

c) Depositará todo recurso económico en una institución bancaria,

con la firma del presidente será endosado.

d) Recibirá los aportes económicos o en especies extendiendo

recibos y archivando una o más copias si fuera necesario.

El SÍNDico:

a) Representará judicial y extrajudicial a esta organización.

b) Apoyará al presidente en representación legal.

c) Cumplirá y hará cumplir estos Estatutos, acuerdos y demás

leyes que normen el libre ejercicio de las asociaciones co-

munales.

ARTICULO 27: El Vicepresidente, El Pro-tesorero y Pro-secretario,

sustituirán en todas sus funciones al titular cuando por descuido, renuncia

o separación de cargo u otros motivos inhabiliten el cumplimiento de

las funciones del titular; cada una de las personas responderá ante la

comunidad asociada con honestidad y espíritu de servicio en las funciones

delegadas.

ARTICULO 28: Los cuatro vocales formarán un comité de vigilan-

cia, ellos tendrán acceso a toda la documentación, gestiones y operaciones;

también podrán coordinar el trabajo de los comités de apoyo.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 ARTICULO 29: La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el día de su constitución.- Su vigencia será de dos años.

ARTÍCULO 30: De la Junta Directiva podrán ser reelectos para un período más en forma consecutiva, un máximo de seis de sus miembros; se escogerán los más dinámicos y comprobados espíritus de servicio. Lo anterior será válido si la Asamblea General lo aprueba.

PaTriMoNio

ARTICULO 31: Para los efectos de este artículo se entenderá como recurso patrimonial:

a) Las reservas económicas que se logren a través de los aportes o de las contribuciones de los socios.

b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título o las rentas que se obtengan por la administración de los mismos.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se realice con la finalidad de incrementar los activos.

d) Los subsidios y aportes que provengan de diversas fuentes. El patrimonio en ningún momento será comprometido o dado en garantía sin el visto bueno en sesión de Asamblea General y el setenta y cinco por ciento de los votos a favor.

DE la MoDificaciÓN.

ARTÍCULO 32: Estos Estatutos podrán modificarse, mediante un acuerdo de sesión de asamblea general extraordinaria, para ello se hará convocatoria especial; el acuerdo será válido si existen las dos terceras partes de los socios activos, y los votos de la mayoría.

DiSPoSicioNES GENEralES

ARTÍCULO 33: En el curso del mes de enero de cada año, se enviará al Concejo Municipal de Comasagua, Departamento de La Libertad; la nómina de los miembros de la Junta Directiva y el listado de los Socios Activos.

ARTÍCULO 34: Para disolver y liquidar esta Asociación legal-mente se girará convocatoria para la celebración de asamblea general extraordinaria, se justificará el evento, se rendirán informes escritos de las actividades realizadas, con votos de las dos terceras partes de los asistentes a la asamblea, se dará validez al acuerdo.

ARTÍCULO 35: Si habiéndose acordado que procede su disolución y liquidación no se inicia, un grupo de cinco socios activos honorarios podrá elegir a dos representantes para iniciar las diligencias; las personas que salieren electas solicitarán al Concejo Municipal de su jurisdicción, nombre a un Delegado Municipal e inicien entre las tres personas la apertura de las diligencias de investigación.

ARTÍCULO 36: Investigado y depurando el caso presentarán ante la Asamblea General el informe correspondiente para su aprobación y legalización, el original quedará en la Asociación y su copia pasará al Concejo Municipal.

ARTÍCULO 37: Si al liquidarse o disolverse la Asociación existiere remanente de cualquier naturaleza, temporalmente pasará al Concejo Municipal del Municipio de su circunscripción en calidad de custodia, dicho remanente única y exclusivamente podrá usarse en la comunidad disuelta y liquidada.

ARTÍCULO 38: La Junta Directiva que termina su período de dos años, tiene la obligación de comprobar y entregar formalmente detallado y por escrito todo lo que sea propiedad de la Asociación. Esto se hará en asamblea general extraordinaria.

ARTÍCULO 39: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA:Que en el Libro de Actas y Acuerdos que esta ofi-cina lleva durante el corriente año, se encuentra el acuerdo número 8, correspondiente al Acta número 4, de la sesión ordinaria de fecha 17 de Junio de 209, que literalmente DICE:

ACUERDO NÚMERO OCHO.-

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Caserío La Flecha, Cantón El Matazano, Municipio de Comasagua, Departamento de La Libertad, denominada La Asociación, y que podrá abreviarse con las Siglas “ADESCO LA FLECHA”, fundada en el Caserío La Flecha, Cantón El Matazano, de esta jurisdicción, los cuales constan de treinta y nueve artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres, en consecuencia de conformidad a los Artículos 30, numeral 23 y Artí-culo 119, del Código Municipal, este Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobar los Estatutos en toda y cada una de sus partes, confiriéndole a dicha Asociación el carácter de Personería Jurídica.- Comuníquese.-

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó.- Y para los efectos legales consiguientes, se extiende la presente Certificación en la Alcaldía Municipal de Comasagua, a los siete días del mes de Julio de dos mil nueve.-

ING. DANILO DE JESÚS MOLINA ALAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

MARTHA LUCÍA ESCALANTE ESCOBAR,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F025498)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSde priMera publicación

acEPTacioN DE HErENcia

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de GUADALUPE HENRÍQUEZ o GUADALUPE HENRÍQUEZ BATRES, BENJAMÍN EDUARDO TORRES HENRÍQUEZ, EDITH YANETH TORRES HERNÁNDEZ, así como del menor ERNESTO EDGARDO TORRES HENRÍQUEZ, quien es representado por la primera, en su calidad de madre, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor EDGAR ENRIQUE TORRES o EDGAR ENRIQUE TORRES FUENTES, quien fue de cuarenta y dos años de edad, Agricultor, soltero, originario de Ciudad Arce, falleció a las veintidós horas veinticinco minutos del día veintitrés de julio de dos mil siete, en el Hospital Nacional Santa Ger-trudis de San Vicente, siendo la ciudad de San Juan Opico, su último domicilio, la primera en concepto de conviviente y los demás como hijos del causante. Confiérese a los aceptantes en el concepto indicado, la administración y representación interinas de la referida sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince días subsi-guientes a la última publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a las ocho horas cincuenta minutos del día veintiuno de septiembre de dos mil nueve. Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1016-1

TiTUloS SUPlETorioS

ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIME-RO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado BENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO; en su carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, a favor del ESTADO EN EL RAMO DE EDUCAC/ON, solicitando TITULO SUPLEOTORIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón “Piedra Parada", jurisdicción del Municipio de Chilanga, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de CIEN METROS CUADRADOS; y se

describen sus medidas y linderos así: AL NORTE: Diez metros linda con terreno del señor Felícito Padilla Fernández, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE: Mide diez metros, con el resto de terreno del señor Felícito Padilla Fernández, cerco de alambre de por medio; AL SUR: Diez metros y linda con terreno de Mercedes Flores Lazo, calle de por medio hasta llegar donde comienza la presente descripción; y AL PONIENTE: Diez metros, linda con el Centro Escolar “Cantón Piedra Parada"; el cual lo valúa en la cantidad de QUINIENTOS DOLARES, MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cinco minutos del día veintiuno de septiembre de dos mil nueve. Lic. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1017-1

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado BENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO, como Comisionado del señor Fiscal General de la República y como Representante del Estado de El Salvador en el Ramo de Educación, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un Inmueble de naturaleza rústica situado en el Caserío "El Chupadero", Cantón La Joya, jurisdicción de Gualococti, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de SIETE MIL SESENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide cuarenta metros treinta centímetros, linda con terreno propiedad del señor Venancio Martínez, brotones de jiote propio de por medio; AL ORIENTE, mide dieciocho metros, linda con terreno propiedad de la señora Rosa Irma Luna, cerco de alambre de la colindante; AL SUR, mide treinta y un metros linda con terreno propiedad de la señora Rosa Irma Luna de Guzmán, cerco de alambre de por medio; y AL PONIEN-TE, mide diecinueve metros setenta centímetros, linda con terreno del señor Florentín Guzmán, calle vecinal de por medio. Dicha institución lo adquirió por donación de la posesión material por Escritura Pública que le efectuó el señor CARLOS ANTONIO CLAROS, y lo valora en la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS DOLARES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y diez minutos del día veintitrés de Septiembre de dos mil nueve. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 1018-1

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: Que con fecha quince de julio del corriente año, se presente a este Juzgado la Licenciada KATYA MARIA MORALES ROMERO, mayor de edad, Abogado y Notario del domicilio de San Salvador, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero cero cero veinte mil ciento treinta y uno guión tres, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República en funciones y en representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de Educación, solicitando se le extienda a su favor Título Supletorio de un terreno de naturaleza rural situado en el Cantón Los Planes Primero de esta jurisdicción y distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, teniendo la capacidad superficial de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTOS VEINTITRES METROS CUADRA-DOS, equivalentes a TRES MIL DOSCIENTAS TRECE PUNTO NOVENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, siendo sus medidas y colindancias las siguientes: AL OESTE: se mide en tres tramos de: M1-M2, con rumbo Norte, diecisiete grados, cuarenta y dos minutos, dieciocho segundos, Oeste y una distancia de dos metros sesenta y cinco centímetros, colinda con terreno del señor David Araniva, de M2-M3, con rumbo Norte, cero grados cuatro minutos cuarenta y seis segundos Oeste, y una distancia de siete metros, ochenta y un centímetros, co-lindando con David Araniva, Dr. M3-M4, con rumbo Norte, veintiún grados veintisiete minutos cuarenta y siete segundos Este y una distancia de treinta y ocho metros cincuenta y un centímetros, colinda con David Araniva. AL NORTE: mide en dos tramos de M4-M5, con rumbo Nor-te, ochenta y dos grados, cincuenta y un minutos, cero segundos Este y una distancia de siete metros treinta centímetros, colinda con Simón García, calle de por medio. De M5-M6, con rumbo Sur, ochenta grados treinta y nueve minutos cuarenta y tres segundos Este y una distancia de veintiocho metros setenta y cuatro centímetros, colinda con Simón García, calle de por medio. Este. Se mide en cinco tramos de 8M6-M7, rumbo Sur, cuarenta y seis grados, ceros dos minutos veinte segundos Este y una distancia de dos metros veintiún centímetros, colinda con Jacinto Morejón Chávez. De M7-M8. Con rumbo Sur, cincuenta y siete grados, cincuenta minutos, treinta y ocho segundos Este y una distancia de cuatro metros veintiséis centímetros colinda con terreno de Jacinto Morejón Chávez. De M8-M9. Con rumbo Sur, veintitrés grados, cuarenta y cinco minutos, cero tres segundos Este y una distancia de siete metros noventa y dos centímetros colinda con terreno del señor Jacinto Morejón Chávez. De M9-M10. Con rumbo Sur, veinticuatro grados, cincuenta y nueve minutos cero dos segundos Este y una distancia de cuatro metros sesenta y tres centímetros. Colinda con terreno del señor Jacinto Morejón Chávez. De M10-M11, con rumbo Sur, cuatro grados, trece minutos, cero tres segundos Este y una distancia de veintiún metros ochenta y seis centímetros. Colinda con terreno de Jacinto Morejón Chávez. AL SUR: Se mide en dos tramos de M11-M12, con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cincuenta y cuatro minutos, cuarenta y ocho segundos Oeste y una distancia de cincuenta y seis metros ochenta y tres centímetros, colinda con la señora Elia Araniva. De M12 6M1, con rumbo Sur, ochenta y cinco grados, veintiún minutos, diez segundos Oeste y una distancia de cuatro metros catorce centímetros, colinda con la señora Elia Araniva, en dicho terreno se encuentra construido el Centro Escolar "Cantón Los Planes Primeros", no es ejidad baldío, ni comunal, no existe sobre él cargas, ni derechos reales, es decir que no es dominante ni sirviente, y se adquirió por posesión de buena fe por el Estado de El Salvador en el Ramo de Educación, el cual se valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas quince minutos del día veinte de agosto de dos mil nueve. Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SE-CRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1019-1

Lic. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA, INTO. DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la Li-

cenciada KATYA MARIA MORALES ROMERO, en el carácter

de Agente Auxiliar, en representación del señor Fiscal General de la

República, y en nombre y representación del Ministerio en el Ramo de

Educación, solicitando a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo

de Educación, TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Coyolar, jurisdicción de Ojos de Agua,

en este Departamento, de una extensión superficial de UN MIL TRES-

CIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS TREINTA

Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: Se inicia la descripción en el vértice Noroeste denominado

mojón M-uno; LADO NORTE, del mojón M-uno con rumbo Sur setenta

grados cuarenta y cinco minutos treinta segundos Este y con distancia

de cuarenta y cuatro metros veinticuatro centímetros se llega al mojón

M-dos; LADO ORIENTE, del mojón M-uno con rumbo Sur veintiún

grados veinticinco minutos dieciséis segundos Oeste, y con una distan-

cia de veintisiete metros noventa y ocho centímetros se llega al mojón

M-tres, LADO SUR, del mojón M-tres con rumbo Sur ochenta grados

dos minutos treinta y siete segundos Oeste y con distancia de treinta

y dos metros setenta y nueve centímetros se llega al mojón M-cuatro;

LADO PONIENTE, del mojón M-cuatro con rumbo Norte cero grados

cincuenta y cinco minutos cuarenta y un segundos Este y con distancia

de cuarenta y seis metros treinta y un centímetros se llega al mojón M-

uno, punto donde se inició la presente descripción, linda en sus cuatro

lados con terrenos propiedad de la señora María Gumercinda Menjívar

conocida por Gumercinda Menjívar, existiendo en el lado norte calle

de por medio y en los lados oriente y sur servidumbre de tránsito de por

medio.

El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente ni tiene

cargas reales que deban de respetarse por no tenerlo en proindivisión

con ninguna persona y lo valora en la cantidad de NOVENTA Y SIE-

TE DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las once horas y treinta minutos del día veintinueve de septiembre de

dos mil nueve. Licda. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, INTO. Lic. EDWIN EDGARDO

RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1020-1

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

acEPTacioN DE HErENcia

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veintinueve

minutos del día veintitrés de julio del año en curso, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que

a su defunción dejó la causante MARIA ESPERANZA ARGUETA o

MARIA ESPERANZA ARGUETA VIUDA DE VALLE, quien falleció

a las veintidós horas y veinte minutos del día diez de marzo de dos mil

seis, en Colonia La Asunción, Avenida Principal, número dieciséis,

Ayutuxtepeque, siendo su último domicilio esa Ciudad, de parte del señor

RENE VALLE ARGUETA en su concepto de heredero testamentario

de la Causante. Confiéresele al aceptante en el carácter antes indicado,

la administración y representación interinas de la sucesión con las

facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Y CITA A: Los que se crean con derecho a la referida herencia a

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

a partir de la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas y

cincuenta minutos del día veintitrés de julio de dos mil nueve. Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA INTA.

Of. 3 v. alt. No. 1011-2

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las diez horas con quince minutos del día veintitrés de septiembre del

corriente año; se declaró yacente la herencia del causante señor JOSE

ARMANDO SURA, fallecido a las nueve horas y treinta minutos del

día catorce de marzo de dos mil dos, en el Hospital Nacional San Rafael

de la ciudad de Nueva San Salvador, La Libertad, siendo esta ciudad

de Chinameca, departamento de San Miguel, su último domicilio; y

habiendo transcurrido más de quince días después de abierta la sucesión

del expresado causante; declárase yacente dicha herencia, y nómbrase

curador a la Licenciada Enma Adelina Rovira Rivas, a quien se le hará

saber este nombramiento para su aceptación, juramentación, protesta y

demás efectos de ley.

Publíquese los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos lega-

les.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

diez horas con treinta minutos del día veintitrés de septiembre de dos

mil nueve.- Enmendado-horas público-Vale.- Licda. DINORA DEL

CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1012-2

de tercera publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día veintiuno de agosto de dos mil cinco, en el Cantón Santa Rosa, Caserío El Centro de esta ju-risdicción, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor VIDAL MENJIVAR o VIDAL MENJIVAR PNEDA, quien fue de cincuenta y un años de edad, casado, jornalero,

hijo de Juan Menjívar y Estebana Pineda, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de los señores AMALIA MENJIVAR DE MENJIVAR, MARIA ESTEBANA MENJIVAR MENJIVAR y AQUILES MENJIVAR MENJIVAR, en calidad de cónyuge e hijos del causante respectivamente, representados por la Licenciada MAR-TA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora Pública de Derechos Reales y Personales del Señor Procurador General de la República. Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-ciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.

de seGunda publicación

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintiuno días del mes de septiembre de dos mil nueve.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 992-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-GADO. Al público,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor GABRIEL ANGEL BERNABE CONTRERAS conocido por GABRIEL ANGEL BERNABE, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, Pintor, originario de Alegría, Usulután, fallecido el día once de diciembre de dos mil ocho, siendo el último domicilio del causante Delgado, de parte de REINA ISABEL RIVERA CONOCIDA POR REINA ISABEL RIVERA DE BERNABE en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y como Cesionaria de los Derechos que les correspondían a los señores DAYSI ELIZABETH BERNABE DE MONTOYA y CESAR BENJAMIN BERNABE RIVERA en calidad de hijos del causante; representada por la Agente Auxiliar de la Procuraduría General de la República Licenciada ELBA ELENA GUERRERO DE BARRIERE. Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación INTERINA de la suce-sión; con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas y cinco minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil nueve.- LIC-DA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 993-3

HErENcia YacENTE

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución dictada en este Juzgado, a las nueve horas del día veintisiete de Abril de dos mil Nueve; Se ha declarado YACENTE la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida el día tres de octubre de dos mil ocho, en el Departamento de La Unión y esta Ciudad como su último domicilio, dejó el causante señor CARLOS MORATAYA CARCAMO, nom-brándosele Curador para que represente dicha Herencia a la Licenciada MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA, a quien ya se le hizo saber dicho nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.- Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducir sus derechos a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas con veinticinco minutos del día dos de Octubre de dos mil nueve.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 995-3

SeCCION CARTeLeS pAGADOSde priMera publicación

DEclaraToria DE HErENcia

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y ocho minutos del día treinta de septiembre del dos mil nueve, se ha declarado heredero expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MERCEDES CARBALLO viuda DE CA-ÑAS, conocida por MERCEDES CARBALLO, quien falleció a las trece horas del día cuatro de marzo del dos mil nueve, en el Cantón San Pedro, Jurisdicción de Chapeltique, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, al señor JOSE ABEL CAÑAS CARBALLO, en calidad de hijo de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor SAMUEL DE JESUS CAÑAS CARBALLO, en calidad de hijo de la causante.

Y se le ha conferido al heredero declarado, en el carácter antes indi-cado, la Administración y Representación Definitivas de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y diez minutos del día treinta de septiembre del dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. C034203

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos legales,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo día DECLARANSE HEREDEROS TESTAMENTARIOS y con beneficio

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. de inventario, de la herencia testada que a su defunción ocurrida el día

veintisiete de enero de dos mil nueve, en el Hospital Centro Médico de

esta ciudad, siendo su último domicilio Santa Ana, dejó el señor CRIS-

TOBAL GUERRA MARTINEZ A: JOSÉ ROBERTO, ANA MARÍA,

JUAN CARLOS, LUIS EMILIO y MARIO ENRIQUE, todos apellidos

GUERRA ACUÑA en su calidad de Herederos Testamentarios.

Confiriéndosele DEFINITIVAMENTE la Administración y Re-

presentación de la mortual expresada.

LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas cuarenta minutos del día siete de octubre del año

dos mil ocho. - LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCÍA, SECRETARIA

1 v. No. C034208

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con veinte minutos del día veinticuatro de agosto del

corriente año, se declaró heredero definitivo y con beneficio de inven-

tario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor

ALEJANDRO ARGUETA PORTILLO, fallecido a la una horas del día

treinta y uno de diciembre de dos mil ocho, en el Barrio Concepción, de

la ciudad de El Tránsito de este Distrito, Departamento de San Miguel,

siendo aquella ciudad su último domicilio; al señor José Alejandro Ar-

gueta Campos, en concepto de hijo y además cesionario de los derechos

hereditarios que en la sucesión le correspondían a María Elsi Campos

de Argueta o María Elsy Campos, ésta esposa del causante.

Confiéresele al heredero declarado en el concepto dicho Adminis-

trador y Representante Definitivo de la sucesión de que se trata.

Publíquese el dicto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve

horas con treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil nue-

ve.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

1 v. No. C034209

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las diez horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora EMELINA DE JESUS IBARRA viuda DE MOLINA, conocida por EMELINA IBARRA viuda DE MOLINA, por EMELINA DE JESUS IBARRA y por EMELINA IBARRA, quien fue de ochenta y ocho años de edad, viuda, comerciante, originaria y del domicilio de San Buenaventura, Departamento de Usulután, de naciona-lidad salvadoreña, hija de Lucas Ibarra y Jesús Serpas, falleció aquella a las trece horas y dieciocho minutos del día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho, en el Hospital Militar Regional de San Miguel, siendo su último domicilio, la Ciudad de San Buenaventura, Departamento de Usulután, de parte de LILIAN DE JESUS IBARRA viuda DE SERPAS o LILIAN DE JESUS MOLINA, JOSE MANUEL MOLINA IBARRA o JOSE MANUEL MOLINA, CONSTANTINO MOLINA IBARRA o CONSTANTINO MOLINA, JUANA CRISTINA MOLINA DE MACHUCA o JUANA CRISTINA MOLINA y ANA EDELMIRA MOLINA DE BARAHONA o ANA EDELMIRA MOLINA, en concepto de hijos de la causante y cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA ORBELINA IBARRA MOLINA o MARIA ORBELINA MOLINA, en su calidad de hija de la causante.

Confiérasele a la aceptante declarada en el carácter aludido, la Administración y Representación Definitiva de la sucesión.

Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certi-ficación solicitada.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Jucuapa, a las quince horas y treinta minutos del día veintiuno de sep-tiembre de dos mil nueve.- Enmendado-IBARRA-Vale.- LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. C034210

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas veinte minutos de este día, se han declarado herederas definitivas y con Beneficio de Inventario a las señoras VICTORIA GUARDADO y ÁNGELA ESTER GUARDADO, de la herencia intestada dejada a su defunción por la señora CATEDRAL GUARDADO SERRANO, co-nocida por CATEDRAL GUARDADO, por TRINIDAD GUARDADO y por CATEDRA GUARDADO, quien falleció a las seis horas del día veintiséis de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, en el Cantón Santa Rosa, Jurisdicción de Ciudad Arce, siendo dicha ciudad su último domicilio, la primera en calidad de hija de la causante y la segunda por derecho de representación que le correspondía a su madre ROSARIO GUARDADO, conocida por ROSA GUARDADO, en concepto de hija de la referida causante.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Confiérese a las declaradas herederas en el concepto indicado la Administración y Representación Definitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, De-partamento de La Libertad, a las ocho horas treinta y cinco minutos del día ocho de septiembre de dos mil nueve.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. C034222

El suscrito Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero, número mil setecientos cuarenta y uno, local tres, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída ante mí y por mí a las catorce horas del día cinco de octubre de dos mil nueve, se ha declarado a la señora MERCEDES ESCOBAR AMAYA, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario, de los bienes que a su defunción en esta ciudad, el día veinte de marzo de dos mil seis, siendo su último domici-lio la ciudad de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, dejara el señor EDWIN ARISTIDES CANIZALEZ CARDONA, conocido socialmente como EDWIN ARISTIDES CARDONA CANIZALEZ y EDWIN ARISTIDES CANIZALEZ, en su concepto de Conviviente sobreviviente del causante.

Habiéndosele concedido la Representación y Administración Definitivas de la referida sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día doce de octubre de dos mil nue-ve.

ANTONIO ARMANDO RIVERA BOLAÑOS,

NOTARIO.

1 v. No. C034249

DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.

AVISA: Que por resolución de este día, se ha declarado heredero abintestato con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA JOSEFA DEL ROSARIO GONZALEZ, conocida por MARIA JOSEFA DEL ROSARIO GONZALEZ RIVAS, también conocida por JOSEFINA GONZALEZ y por MARIA JOSEFA DEL ROSARIO GONZALEZ PORTILLO, de setenta y siete años de edad, de oficios del hogar, soltera, e hija de los señores Vitalino González y Carlota Portillo Rivas, fallecida a las trece horas del día treinta y uno

de agosto del año dos mil tres, en el Cantón San Nicolás Lempa, del Municipio de Tecoluca, Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio, al señor MARCOS ANTONIO GONZALEZ, de cuarenta y siete años de edad, motorista, del domicilio de San Vicente, portador de su DOCUMENTO UNICO DE IDENTIDAD NUMERO CERO TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIEN-TOS TRECE GUION SIETE y NUMERO DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA NUMERO MIL ONCE CERO NUEVE UNO CERO SEIS UNO GUION CIENTO UNO GUION CERO, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores: SEGUNDO ARISTIDES GONZALEZ, conocido por SEGUN-DO ARISTIDES GONZALEZ ALFEREZ, ROBERTO GONZALEZ, PEDRO GONZALEZ, ROGELIO GONZALEZ, conocido por JOSE ROGELIO GONZALEZ ALFEREZ y NELSON GONZALEZ, todos como hijos de la causante.

Y se le ha conferido al heredero declarado señor Marcos Antonio González, la Administración y Representación Definitiva de la suce-sión.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas veinticinco minutos del día nueve de octubre del año dos mil nueve.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No, C034253

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, de este domicilio, con Oficina en Condominios Residencial Flor Blanca, Edificio "D", número 224, San Salvador, para los efectos de Ley, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las quince horas del ocho de septiembre de dos mil nueve, se ha declarado a la señora MERCEDES MENENDEZ DE GONZALEZ, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LOS BIENES QUE A SU DEFUNCIÓN, ocurrida a las doce horas y treinta y ocho minutos del veinte de julio de dos mil nueve, en el Hospital General del Seguro Social, siendo su último domicilio San Salvador, que dejó la señora MARIA ALBERTINA GUADRON conocida por MARIA ALBERTINA MENENDEZ GUADRON, en concepto de HERMANA SOBREVIVIENTE de la causante habiéndole concedido LA REPRESENTACION Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA DE LA REFERIDA SUCESION.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre de dos mil nueve.

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F025404

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. JORGE ALBERTO CÁRCAMO QUINTANA, Notario, de este do-micilio, con oficina situada en la Diecisiete Calle Poniente, número cuatrocientos diecinueve, Edificio Bonilla, local número tres, Centro de Gobierno, en esta ciudad.

AVISA: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día diez de octubre del corriente año, se han declarado herederos en forma expresa y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria dejada a su defunción por la causante señora MARTA ARTIGA DE CRUZ HIDALGO, conocida por MARTA DE CRUZ HIDALGO y por MARTHA ARTIGA DE CRUZ HIDALGO, quien fue de noventa años de edad, ama de casa, casada, originaria y del domicilio de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, hija de Blanca Isabel Artiga y de José María González, y quien falleciera en forma testada en esta ciudad, el día diecinueve de julio de dos mil nueve, a la señora MERCEDES DE JESÚS HIDALGO DE CHACON, conocida por MERCEDES HIDAL-GO DE CHACON, y al señor JUAN RAMÓN HIDALGO ARTIGA, herederos testamentarios en forma expresa y con beneficio de inventario y en cuanto al derecho que pueda corresponderle en la herencia testada, dejada a su defunción por la mencionada causante.

Habiéndosele conferido a los herederos declarados la Administra-ción y Representación Definitivas de la sucesión.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de octubre de dos mil nueve.

DR. JORGE ALBERTO CARCAMO QUINTANA,

NOTARIO.

1 v. No. F025407

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas quince minutos del día dos de los corrientes, ha sido declarada heredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia dejada por el señor SANTIAGO VANEGAS, fallecido el día cinco de septiembre de mil novecientos noventa y uno en esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora TATIANA GUADALUPE MARROQUIN DE AGUILAR, por Derecho de Representación que en la referida herencia le correspondía a la señora Berta Elena Marroquín viuda de Vanegas, ésta como cónyuge del causante.

Se ha conferido a la heredera declarada la Administración y Re-presentación Definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día veinticuatro de septiembre del dos mil nueve.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F025408

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce

horas quince minutos del día veintinueve de septiembre del corriente

año, se ha declarado heredero definitivo Ab-Intestato con beneficio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN

CARLOS ROSA, fallecido a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos

del día trece de abril del año en curso, en el Cantón San Julián, Caserío

kilo 5, Lotificación San Pedro El Cañal, de esta Jurisdicción, siendo la

ciudad de Acajutla, su último domicilio, al señor JUAN CARLOS ROSA

MARTINEZ, en su calidad de hijo del expresado causante.

Por lo que se le ha conferido a dicho aceptante la Administración

y Representación Definitiva de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las doce

horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de septiembre del dos

mil nueve.- LIC. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

1 v. No. F025415

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas y tres minutos de este

día, la señora Santos Ríos viuda de López, conocida por María Santos

Ríos, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, ha sido declarada

Heredera Definitiva, con beneficio de inventario, en la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor Antonio López Molina; quien falleció

el día veinte de junio de mil novecientos ochenta y siete, en el Caserío

Trincheras, de esta Jurisdicción, Distrito y Departamento de La Unión,

siendo ese su último domicilio.

Y se le ha conferido a la heredera declarada, la Administración y

Representación Definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los nueve días del

mes de septiembre de dos mil nueve.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025434

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LORENZO FLORES, quien falleció el día uno de diciembre del dos mil, en el Cantón El Ja-güey, Jurisdicción de Conchagua, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; al señor MAURICIO FLORES VENTURA o MAURICIO FLORES, en calidad de hijo del causante. De manera conjunta con la señora MARÍA DORA FLORES DE VIERA o MARÍA DORA FLORES, ésta en calidad de hija del referido causante.

Y se les ha conferido a los herederos declarados en tal calidad, la Administración y Representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes de octubre del dos mil nueve. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PÉREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025436

BLANCA ALICIA GÓMEZ DE CAMPOS, Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en Cuarta Calle Poniente, Número Diez, Dos Cuadras al Poniente del Banco Agrícola, Usulután.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las diez horas del día veintiocho del mes Agosto de dos mil nueve, se ha declarado a la señora FRANCISCA MABEL VILLALOBOS CAÑAS, Heredera Definitiva en la Sucesión Intestada con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad de Usulután, siendo su último domicilio, quien falleció a las trece horas del día dieciséis de Noviembre del dos mil ocho, en el Hospital Nacional San Pedro de esta ciudad, dejara el señor MARCOS TULIO VILLALOBOS, en su concepto de hija del causante; habiéndosele concedido la Representación y Administración, definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Usulután, a los uno del mes de Octubre de dos mil nueve.

BLANCA ALICIA GÓMEZ DE CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F025439

JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos de este día se han DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora EDER MAHELY REYES DE HUEZO, como hija de la causante, y además como cesionaria del derecho Hereditario que le corresponde al señor CLEMENTE REYES

DOMÍNGUEZ, conocido por CLEMENTE REYES, como cónyuge sobreviviente de la causante señora RINA TELMA CAMPOS DE RE-YES, conocida por RINA TELMA CAMPOS CARDONA, por RIHINA TELMA CAMPOS CARDONA, y por REINA TELMA CAMPOS en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día dos de julio de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón El Talpetate, de la jurisdicción de esta ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.

Confiriéndosele a la Heredera Declarada, la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil nueve. LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025442

CELIO ANIBAL MELÉNDEZ MELÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Cuarta Calle Poniente y Veinticinco Avenida Sur, Condominios Cuscatlán, Local Trescientos Veintitrés, Tercera Planta, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día nueve del mes de octubre de año dos mil nueve, se ha declarado al señor JOSÉ EMÉRITO GARCÍA, heredero definitivo con beneficio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejó la señora MARÍA ASCENCIÓN GARCÍA MELÉNDEZ conocida por MARÍA ASUNCIÓN GARCÍA, quien falleció el día diez del mes de diciembre, de dos mil ocho en esta ciudad, en su concepto de hijo sobreviviente de la causante; habiéndosele concedido la Representación y Administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil nueve.

CELIO ANIBAL MELÉNDEZ MELÉNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F025479

MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-LUTÁN, al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día seis de octubre del corriente año, y habiendo transcurrido más de quince días desde la última publicación en el Diario Oficial, sin que persona alguna se haya presentado a este Tribunal, alegando igual o mejor derecho hereditario que el peticionario, se declara heredero definitivo Intestado, de los bienes que a su defunción dejaron los causantes BLANCA JULIA VÁSQUEZ PÉREZ, conocida por BLANCA JULIA VÁSQUEZ y BASI-LIO GUIDO MONTECINO, conocido por BASILIO GUIDO; quienes fallecieron la primera a las doce horas del día dieciocho de octubre de

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. dos mil cuatro, en el Hospital Nacional Doctor Jorge Arturo Mena, de la ciudad de Santiago de María; y el segundo a las doce horas y treinta minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil tres, en el Barrio San José, de esta Ciudad, siendo el Barrio San José de esta Ciudad de Berlín sus últimos domicilios, de parte de PABLO ANTONIO VÁSQUEZ GUIDO, en calidad de hijo de los causantes; confiriéndole al aceptante antes mencionado, la Administración y Representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince horas y treinta minutos del día seis de octubre del año dos mil nueve. LIC. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025489

CLAUDIA CECILIA MARTÍNEZ RIVAS, Notario, del domicilio de San Marcos, de este departamento, con oficina ubicada en Avenida Barberena, calle Ramón Belloso, número Mil Doscientos Siete, Barrio San Jacinto, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las once horas con diez minutos, del día ocho de octubre del año dos mil nueve, se ha declarado a la señora YOLANDA BONILLA HERNÁN-DEZ, conocida por YOLANDA BONILLA DE ESCOBAR, YOLANDA BONILLA y por YOLANDA ESCOBAR, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JULIO ARMANDO ESCOBAR MUNDO, quien fue de cincuenta y tres años de edad, casado, agricultor, originario de San Julián, Departamento de Sonsonate, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las diecinueve horas, del día once de octubre del año dos mil siete, en la Ciudad de San Julián, Departamento de Sonsonate, siendo éste su último domicilio, en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del causante.

Confiriéndosele a la aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión Intestada.

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-vador, a los doce días del mes de octubre del año dos mil nueve.

LIC. CLAUDIA CECILIA MARTÍNEZ RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F025493

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Al Público para los efectos de ley, que por resolución dictada a las catorce horas con veinte minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil nueve, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO, con beneficio de inventario en la herencia INTESTADA, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día uno de octubre de dos mil ocho, dejó la señora MARÍA MAGADALENA CORTES conocida

por MARÍA MAGDALENA CORTES DE ANAYA, MAGDALENA MORÁN DE ANAYA, MAGDALENA MORÁN, ELENA MORÁN, ELENA MORÁN DE ANAYA, MARÍA MAGDALENA CORTEZ DE MANCÍA y por MARÍA MAGDALENA CORTEZ DE ANAYA, al señor MISAEL ANTONIO CÓRDOVA MEJÍA, en su calidad de hijo de la causante, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores RENÉ GUILLERMO ANAYA MORÁN, MIRIAM ELENA ANAYA DE PINEDA conocida por MIRIAN ELENA ANAYA MORÁN; GLORIA MARINA ANAYA DE ANAYA, SONIA JANET ANAYA DE PAZ, ANA LUZ ANAYA DE VAQUERANO conocida por ANA LUZ ANAYA MORÁN DE VAQUERANO, ROSA GLADIS ANAYA DE CISNEROS conocida por ROSA GLADIS ANAYA MORÁN DE CISNEROS, JOSÉ GILBERTO ANAYA MORÁN conocido por JOSÉ GILBERTO MANCÍA y por JOSÉ GILBERTO ANAYA, como hijos de la causante.

Se ha conferido al heredero declarado la Administración y Repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día cinco de octubre de dos mil nueve. DR. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F025494

CLAUDIA CECILIA MARTÍNEZ RIVAS, Notario, del domicilio de San Marcos, de este departamento, con oficina ubicada en Avenida Barberena, calle Ramón Belloso, número Mil Doscientos Siete, Barrio San Jacinto, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las diez horas con veinte minutos, del día ocho de octubre del año dos mil nueve, se ha declarado a la señora ANA RUTH NAVARRO MARQUEZ viuda DE HERRADOR, conocida por ANA RUTH HERRADOR y por ANA RUTH MARQUEZ viuda DE HERRADOR, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor ROBERTO NELSON RIVAS, conocido por ROBERTO NELSON RIVAS ZELIDON, RO-BERTO NELSON HERRADOR ZELIDON, y por ROBERTO NELSON HERRADOR, quien fue de cincuenta años de edad, casado, empleado, originario de Sonsonate, departamento de Sonsonate, y de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las tres horas, veintisiete minutos del día once de octubre del año dos mil cuatro, en la Ciudad de Arlington, Condado de Arlington, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, siendo éste su último domicilio, en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del causante y Cesionaria de los Derechos de Linda Ana Herrador y Roberto Nelson Herrador, hijos sobrevivientes del causante.

Confiriéndosele a la aceptante la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión Intestada.

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-vador, a los doce días del mes de octubre del año dos mil nueve.

LIC. CLAUDIA CECILIA MARTÍNEZ RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F025495

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385HÉCTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJÍA, Notario, con oficina situada

en Séptima Calle Oriente y Callejón Poniente de la Iglesia El Carmen,

en esta ciudad, al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución pronunciada en esta ciudad, a las nueve

horas del día cinco de octubre del año dos mil nueve, se ha declarado

herederos definitivos a los señores ROSA MARGARITA GUZMÁN DE

PEÑATE, CARLOS ALBERTO PEÑATE GUZMÁN y MAURICIO

ANTONIO PEÑATE GUZMÁN, en su calidad de cónyuge sobrevi-

viente la primera e hijos legítimos los siguientes, del causante, con

beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor CARLOS PEÑATE HERNÁNDEZ, fallecido el día CINCO DE

NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO, en el Hospital de Emergencias y

Diagnóstico de la ciudad de San Salvador. DECLARESE HEREDEROS

DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO y confiérasele a

los herederos declarados la Administración y Representación definitiva

de la sucesión.

Librado en la Oficina del Licenciado HÉCTOR ARNOLDO

BOLAÑOS MEJÍA. Santa Ana, siete de octubre de dos mil nueve.

HÉCTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJÍA,

NOTARIO.

1 v. No. F025504

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

AVISA: Que por resolución pronunciada a las doce horas veintinueve

minutos del día veintiocho de agosto del corriente año, SE DECLARO

HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, a la señora ZULEYMA JAZMÍN SANDOVAL CHOTO,

de veintiséis años de edad, Contador, del domicilio de Apopa, en calidad

de hija de la Causante; de la herencia intestada que a su defunción dejó

la señora ISABEL DEL CARMEN CHOTO GOCHEZ, quien fue de

cuarenta y seis años de edad, Soltera, Secretaria, fallecida el día catorce

de junio de dos mil siete, siendo la Ciudad de Apopa, lugar de su último

domicilio.

Y se le confirió a la heredera declarada en el carácter indicado, la

Administración y Representación definitiva de los bienes de la Suce-

sión.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas

cuarenta minutos del día veintiocho de agosto de dos mil nueve. DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025512

OSCAR RAFAEL HUEZO GUEVARA, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Colonia Médica, Edificio Las Américas, Tercer Nivel Número Trescientos Cuatro - B, Boulevard Tutunichapa y Avenida Doctor Emilio Álvarez, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día diez octubre de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día veintiséis de octubre de dos mil siete, dejó el señor MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ CALDERÓN; de parte de YANIRA MARGARITA MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ; HAYDEE DEL CARMEN MARTÍNEZ GONZÁLEZ DE ESTUPINIÁN; SANDRA PATRICIA MARTÍNEZ DE ACOSTA, conocida por SANDRA PATRICIA MARTÍNEZ y SANDRA PATRICIA MARTÍNEZ GONZÁLEZ; quienes son hijas sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del notario OSCAR RAFAEL HUEZO GUEVARA. En la ciudad de San Salvador, a las Nueve horas, del día doce de octubre de dos mil nueve.

OSCAR RAFAEL HUEZO GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. F025514

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPÁN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho horas veinticinco minutos del día diecisiete de septiembre del dos mil nueve, se ha declarado heredera abintestato con beneficio de inventario a la señora ROSARIO DE ASUNCIÓN LÁZARO DE CALDERÓN, ahora viuda DE CALDERÓN, en calidad de CÓNYUGE SOBREVIVIENTE del causante MIGUEL ÁNGEL CALDERÓN MUÑOZ, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día veintisiete de mayo del dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio.

En consecuencia, se le ha conferido a la heredera declarada la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día veintinueve de septiembre del dos mil nueve. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Por LIC. JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ MADRID, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F025520

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas

del día veintinueve de septiembre del corriente año, se declaró heredero

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer el causante Juan Umaña conocido por Juan Umaña Hernández,

a las cinco horas del día veinte de septiembre de mil novecientos noventa

y tres, en el Cantón Agua Blanca, de la jurisdicción de Anamorós, sien-

do el lugar de su último domicilio Anamorós, dejara el causante antes

mencionado, al señor Ismael Álvarez, en concepto de cesionario de los

derechos que les correspondían a los señores Isabel Rubio viuda de

Umaña conocida por Isabel Rubio de Umaña e Isabel Rubio y Esteban

Elías Umaña Rubio, la primera como cónyuge y el segundo como hijo del

expresado causante, de conformidad con el Art. 1699 del Código Civil;

Se le confirió al heredero declarado en el carácter dicho la administración

y representación definitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los

seis días del mes de octubre de dos mil nueve. Lic. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F025542

acEPTacioN DE HErENcia

JOSE SALOMON BENITEZ REYES, Notario, de este domicilio, con

Despacho Jurídico situado sobre Boulevard de Los Héroes, Urbanización

San Ernesto, Pasaje y Edificio San Carlos número ciento ochenta y uno,

local uno- B, San Salvador, al Público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en los procedimientos de Jurisdicción Vo-

luntaria que seguidos ante mis oficios Notariales por el señor RAFAEL

ANTONIO TORREZ DIAZ, aceptando la herencia intestada dejada a su

defunción por el causante ADOLFO TORREZ DIAZ, quien falleció a las

dos horas y treinta minutos del día dos de Junio del año dos mil nueve,

en el Hospital de Emergencias y Diagnóstico Escalón, Departamento de

San Salvador, a consecuencia de Herida Perforante de tórax, producida

por proyectil disparado con arma de fuego, según dictamen médico de

Instituto de Medicina Legal de San Salvador, siendo su último domicilio

el de San Salvador. En concepto de heredero intestado, nombrándosele

Heredero Interino, administrador y representante interino de la sucesión

del señor ADOLFO TORREZ DIAZ, con las facultades y restricciones

de la Herencia Yacente.

Y citándose a los que se crean con derecho a las mismas se presenten

dentro del término de quince días después de la tercera publicación en la

oficina profesional, situada en la dirección arriba mencionada, para que

lo proveído por el suscrito notario tenga efectos legales se publicará por

tres veces consecutivas en El Diario de Hoy, Co-Latino y una vez en el

Diario Oficial, de conformidad al artículo cinco de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.

Librado en mi Oficina Notarial, en la ciudad de San Salvador, a

las quince horas del día veintinueve del mes de septiembre del año dos

mil nueve.

JOSE SALOMON BENITEZ REYES,

NOTARIO.

1 v. No. C034254

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio,

con oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, número trescientos

veinticinco, Edificio Mossi Portillo, tercera planta, Centro de Gobierno,

ciudad; AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las dieciséis horas y treinta minutos del día nueve de octubre de dos

mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las cua-

tro horas del día nueve de febrero del año dos mil ocho, en el Hospital

Médico Quirúrgico del Seguro Social de esta ciudad, siendo su último

domicilio la ciudad de Guazapa, de este Departamento, a la edad de

cincuenta y siete años, casado, siendo hijo de los señores Ana Joaquina

Ortiz o Joaquina Ortiz y de Santos Estrada, conocido por Santos Navas,

ya fallecidos, dejó el señor FRANCISCO ORTIZ NAVAS, de parte de

los señores MARIA ARACELY HERNANDEZ DE ORTIZ, JANSSEN

ARACELY ORTIZ DE GUEVARA y FRANCISCO BALMORE ORTIZ

HERNADEZ, la primera en concepto de esposa y los dos últimos en

concepto de hijos del causante; habiéndose conferido la ADMINISTRA-

CIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notaria María Leticia Rivas Aguilar, en

San Salvador, a las siete horas y treinta minutos del día diez de octubre

de dos mil nueve.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F025403

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio,

con oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, número trescientos

veinticinco, Edificio Mossi Portillo, tercera planta, Centro de Gobierno,

ciudad; AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las diecisiete horas del día nueve de octubre de dos mil nueve, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida a las dos horas y treinta

minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil nueve, en el

Hospital Nacional “Molina Martínez”, de la ciudad de Soyapango, de

este Departamento, siendo su último domicilio esa ciudad, a la edad de

sesenta y cuatro años, soltera, siendo hija de la señora María de Jesús

Aguirre, ya fallecida, dejó la señora María Julia Aguirre o María Julia

Aguirre Andrade, de parte de la señora ERICKA TAMARA NOYOLA

MENDOZA, de veintitrés años de edad, Estudiante, del domicilio de

Soyapango, Departamento de San Salvador, en concepto de cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondían al señor Humberto

Antonio Mendoza Aguirre, quien es de treinta y cinco años de edad,

Empleado de este domicilio, en su calidad de hijo de la causante; ha-

biéndose conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN

INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio, se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notaria María Leticia Rivas Aguilar, en

San Salvador, a las trece horas y treinta minutos del día doce de octubre

de dos mil nueve.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F025405

CARMEN CECILIA CONTRERAS UMAÑA, Notario, del domicilio

de esta Ciudad, con Despacho Jurídico en la Calle Alberto Masferrer

Oriente, número cuatro guión siete, Barrio El Angel de esta Ciudad,

AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las

diez horas del día dos del corriente mes y año, se ha Declarado Herederos

abintestato con beneficio de Inventario de la herencia intestada que a su

defunción ocurrida en la Lotificación Las Mercedes del block seis casa

número nueve de la Ciudad de Sonzacate de este Departamento, el día

diez de febrero del corriente año, dejó VICTOR MANUEL MARTINEZ,

de parte de Elena Concepción Pozada de Barahona o Elena Concepción

Pozada Martínez de Barahona y Patricia Noemy Martínez Gómez, en

calidad de hijas sobrevivientes del Causante en referencia; confiriéndoles

la administración y representación Interina de la Sucesión con restric-

ciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la ciudad de Sonsonate, a siete de octubre del año dos

mil nueve.

CARMEN CECILIA CONTRERAS UMAÑA,

NOTARIO.

1 v. No. F025427

EDUARDO ANTONIO HERNÁNDEZ TURCIOS Notario, del Domici-

lio de San Miguel, con oficina Notarial ubicada en Novena Avenida Sur,

Local siete contiguo a Farmacia Cristal segunda Planta, San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día diez de Septiembre del año dos mil nueve, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el Causante, señor MIGUEL

ANGEL MARTINEZ, quien falleció a las trece horas con cuarenta y

cinco minutos del día quince de enero del año dos mil cinco, ocurrido

en Cantón Las Maderas, Caserío El Manantial Jurisdicción del muni-

cipio de Pasaquina, Departamento de La Unión. Siendo éste su último

domicilio, de parte de los señores Miguel Ángel Martínez Ríos, e Inmar

Antonio Martínez Ríos, en su calidad de hijos legítimos del causante,

habiéndoseles conferido la administración y Representación INTERINA

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida sucesión, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ciudad de San Miguel, a los diez días del mes de

Octubre del año dos mil nueve.

Licenciado EDUARDO ANTONIO HERNANDEZ TURCIOS,

NOTARIO.

1 v. No. F025431

CARLOS ARMANDO RODEZNO JACOBO, Notario, de este domi-

cilio, con oficina ubicada en Villas de San Francisco III, Avenida Las

Amapolas, Número Treinta y Tres, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas con veinte minutos del día tres de agosto del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día

cinco de marzo del dos mil ocho, dejó la señora GLORIA ESTELA

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. PALACIOS LÓPEZ, de parte de los señores FRANCISCO LUZGARDO

MELARA PALACIOS (hijo), JOSÉ FRANCIS VALDÉS PALACIOS

(hijo), JAIME ALEJANDRO VALDÉS PALACIOS (hijo), GLORIA

BEATRIZ RAMIREZ PALACIOS (hija), y ANTONIA LOPEZ

ALVARADO (madre), en concepto de HIJOS y Madre respectivamente

sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido la administración y

representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario CARLOS ARMANDO RODEZ-

NO JACOBO. En la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

agosto del dos mil nueve.

CARLOS ARMANDO RODEZNO JACOBO,

NOTARIO.

1 v. No. F025433

RAFAEL ANTONIO GALVEZ ABREGO, Notario, de este domicilio,

con oficina en Villas de San Francisco Tres, Avenida Las Amapolas,

Pasaje B, número vein ticinco, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las

once horas del día cuatro del presente mes, se ha tenido por aceptada

expresamente y con el beneficio de inventario la herencia intes tada que

a su defunción ocurrida en San Francisco Chinameca, el día diez de

noviembre del dos mil ocho, dejó la señora ISABEL MARTINEZ DE

MARTINEZ, conocida por ISABEL MARTINEZ, de parte de la señora

DELMY SONIA MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de hija y ade-

más como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a su

cónyuge sobreviviente, señor FRANCISCO MARTINEZ, habiéndosele

conferido la administración y representación in terina de la Sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia se cita a todas las personas que se crean con de-

rechos en la referida herencia para que se presenten a la referida oficina

en el término de quince días, contados desde el siguien te a la última

publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador, el día doce de octubre del año dos mil

nueve.-Enmendado-oficina-Vale.

Doctor RAFAEL ANTONIO GALVEZ ABREGO,

NOTARIO.

1 v. No. F025487

DORA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MIRANDA, mayor de edad, Notario, de este domicilio, con oficinas situadas en Octava Calle Poniente y Calle Monseñor José María Escrivá de Balaguer, Centro Comercial Flor Blanca, local uno-dos, San Salvador, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Heren-cia Testamentaria, promovidas ante sus oficios notariales, se ha tenido expresamente por aceptada y con beneficio de inventario, la Herencia Testada, que a su defunción dejó el señor JOSE MAURICIO AREVALO SALGUERO conocido por JOSE MAURICIO AREVALO, a las diecio-cho horas del día nueve de julio del año dos mil nueve, en el Hospital de Diagnóstico de esta ciudad y departamento, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN GONZALEZ DE AREVALO conocida por CARMEN DE AREVALO hoy VIUDA DE AREVALO, en calidad de Heredera Testamentaria sobreviviente del causante; se le ha conferido a la aceptante la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Librado en San Salvador, a los seis días del mes de octubre de dos mil nueve.

Lic. DORA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. F025490

MIGUEL ANTONIO GUEVARA QUINTANILLA, Notario, del domi-cilio de San Miguel, con oficina situada en Calle Siramá número cuatro-cientos veintidós, Barrio El Calvario, en la ciudad de San Miguel,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las siete horas del día primero de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la señora VERONICA BEATRIZ FERRUFINO DE BONILLA, quien fue Licenciada en Comunicación y Periodismo, casada, hija de JOSÉ AMBROCIO FERRUFINO BENITEZ y SILVIA RENEE NUÑEZ TOMASINO DE FERRUFINO, quien falleció a la edad de treinta años, el día veinticuatro de julio de dos mil nueve, en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de San Miguel, sin haber formalizado testamento alguno. Diligencias promovidas ante mis oficios notariales por la señora SILVIA RENEE NUÑEZ TOMASINO DE FERRUFINO, en su calidad de MADRE sobre-viviente y cesionaria de los derechos hereditarios de los señores PABLO MAURICIO BONILLA FUENTES y JOSÉ AMBROCIO FERRUFINO BENITEZ, el primero cónyuge sobreviviente y el segundo padre de la causante. A quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente.

LO QUE SE HACE SABER AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Librado en San Miguel, a las nueve horas del día primero de octubre de dos mil nueve.

Lic. MIGUEL ANTONIO GUEVARA QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025518

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas y

veinte minutos del día treinta de julio del año dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

Intestada, que a su defunción ocurrida a las cinco horas y cincuenta y

cinco minutos del día 9/04/91, en Bronx, Nueva York, Estados Unidos

de América, siendo San Salvador, su último domicilio. dejó el señor

MIGUEL ALVARADO ZAVALA, de parte de los señores MIGUEL

ANGEL ALVARADO LEIVA e ILIANA GABRIELA ALVARADO

LEIVA, en su concepto de hijos del causante y como cesionarios de los

derechos hereditarios que le correspondían a la señora FERNANDA

ZAVALA SÁNCHEZ VIUDA DE ALVARADO, conocida por FER-

NANDA ZAVALA o MARÍA FERNANDA ZAVALA, como madre

del causante. Se les confiere a los aceptantes la Administración y Re-

presentación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

ocho horas con treinta minutos del día veintitrés de julio del año dos

mil nueve. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034252-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las ocho horas con treinta minutos del día once de

septiembre de dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expre-

samente y con beneficio de inventario de parte de la señora ANA MARIA

DEL CARMEN AMAYA ALVAREZ, conocida por ANA MARIA DEL

CARMEN AMAYA, la herencia intestada que a su defunción dejó el

causante señor JORGE ALBERTO RAMIREZ BURGOS, conocido por

JORGE RAMIREZ y por JORGE ALBERTO RAMIREZ, quien fue

originario de esta ciudad de San Salvador, soltero, de setenta y cuatro

años de edad, comerciante, falleció en esta ciudad, siendo la misma su

último domicilio, el día dos de diciembre de dos mil ocho, aceptación

que hace la señora arriba mencionada en su calidad de conviviente

sobreviviente del referido causante. y SE LE HA CONFERIDO a la

aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente,

quien las ejercerá conjuntamente con los demás herederos interinos de-

clarados señores MELVIN JAIME RAMIREZ ALVARADO, DANILO

ALBERTO RAMIREZ ALVARADO, JORGE HUMBERTO RAMIREZ

ALVARADO y EDGARD ANTONIO RAMIREZ AGUIRRE y GEOR-

GINA LISSETTE RAMIREZ AMAYA.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

das contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas y diez minutos del día veintitrés de

septiembre de dos mil nueve. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025402-1

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA

LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los

bienes que a su defunción acaecida, el día dieciocho de mayo de mil

novecientos noventa y cuatro, en la ciudad de Upper Lake del Estado

de California, Estados Unidos de América, siendo esta ciudad su último

domicilio; dejó el señor JOSE FELICIANO ORELLANA; quien fue

de cuarenta y dos años de edad, viudo, agricultor, hijo de los señores

FELICIANO ORELLANA, MARIA DOROTEA RAMOS, originario de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de los señores JOSE

TRANSITO ORELLANA ROMERO y LETICIA ARELY ORELLANA

DE RIVAS, en calidad de hijos del causante, el primero representado por

el Licenciado HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, como

Apoderado General Judicial con cláusula especial, y la segunda en su

carácter personal.

Habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

treinta y un días del mes de julio de dos mil nueve.- Entre líneas- MARIA

- Valen.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025417-1

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce

horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada del causante SALOME DE JESUS

MORALES MOJICA, fallecido en el HospitaI San Juan de Dios de esta

ciudad, el día quince de julio de mil novecientos setenta y nueve, siendo

el Cantón Nancintepeque, de esta jurisdicción, el lugar de su último do-

micilio, de parte de la señora LETICIA DEL CARMEN VILLALOBOS

VIUDA DE PEÑATE, en su calidad de Cesionaria del derecho hereditario

en abastracto que en la presente sucesión le correspondía a la señorita

DOMINGA ANTONlA MORALES BAÑOS, como hija del causante

a quien se le confiere interinamente la administración y representación

de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confiere a

los curadores de la Herencia Yacente.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas veinte

minutos del día tres de Septiembre del año dos mil nueve.- LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LIC. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025454-1

JULIA NOEMY AQUINO MEJIA Notario, del domicilio de San Salvador,

con oficina jurídica ubicada en: Diagonal Centroamérica, Condominio

2000-D Local 12-D, Frente a Centro de Servicio al Contribuyente del

Ministerio de Hacienda, Tres Torres, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída

a las diecisiete horas del día dos de octubre de dos mil nueve, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO

QUEZADA QUEZADA, quien falleció el día diecinueve de julio de

mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital Médico Quirúrgico del

Seguro Social, quien a la fecha de su defunción era de setenta y un años

de edad, Albañil, siendo de la jurisdicción de Apopa y Departamento

de San Salvador, su último domicilio, de parte de los señores ANA

DORA QUEZADA ELIAS, ANA MARINA QUEZADA ELIAS, ANA

MIRIAM QUEZADA DE PORTILLO, JOSE ANTONIO QUEZADA

ELIAS, y ALMA ESTELA QUEZADA DE MIRANDA; en conceptos

de hijos del causante, en su calidad de herederos Abintestato de] mismo,

confiéraseles a los aceptantes antes mencionados, la Administración y

Representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la herencia mencionada para que se presenten a deducirla a la

referida oficina en el término de quince días contados desde el siguiente

al de la última publicación de este edicto.

Librado en San Salvador, a los trece días del mes de octubre del

año dos mil nueve.

JULIA NOEMY AQUINO MEJIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F025477-1

MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta

minutos del día veintitrés de septiembre del dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

intestada, de los bienes que a su defunción dejó la causante VILMA

GLADIS ZUNIGA DE MEJIA, quien falleció a las dos horas y treinta

y cinco minutos del día siete de octubre del dos mil ocho, en el Hospi-

tal de San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último

domicilio la Ciudad de Mercedes Umaña, de parte de VILMA AIDA

MEJIA ZUNIGA y REINA ELIZABETH ZUNIGA, como cesionarias

de los derechos hereditarios que le correspondían a VILMA GLADIS

ZUNIGA DE MEJIA, en calidad de hijas de la causante confiriendo a las

aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de Ley, se presenten a este Juzgado, a hacer uso de

sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince

horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de septiembre del

dos mil nueve. LICDA. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ANA MARGA-

RITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025478-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: Que por resolución de ese tribunal las nueve horas

quince minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la Herencia Intestada del cau-

sante FELIX ALBERTO SIFONTES MEJIA, fallecido el día treinta y

uno de mayo del año dos mil cuatro, en el Hospital San Juan de Dios de

esta ciudad, siendo el Cantón Primavera de esta jurisdicción el lugar de

su último domicilio, de parte del señor MARIO ANTONIO SIFONTES

MEJIA, como hermano del referido causante.-

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas

veintinueve minutos del día primero de Septiembre del año dos mil

nueve.- LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ

MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025483-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las ocho horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día

tres de enero del año dos mil cinco, en el Hospital San Juan de Dios

de esta ciudad, siendo la ciudad de Santa Ana el lugar de su último

domicilio, dejó PORFIRIO EDUARDO GUIROLA MARTINEZ cono-

cido por PORFIRIO EDUARDO GUIROLA, PORFIRIO GUIROLA

MARTINEZ, PORFIRIO GUIROLA M. y por PORFIRIO GUIROLA, de

parte de LUCRECIA DE JESUS ASCENCIO DE GUIROLA conocida

por LUCRECIA DE JESUS ASCENCIO OSORIO, LUCRECIA DE

JESUS ASCENCIO, LUCRECIA ACENCIO, LUCRECIA ASCENCIO

y por LUCRECIA DE JESUS ASENCIO, en su concepto de cónyuge y

como CESIONARIA de los derechos que como hijos del referido cau-

sante les correspondían a CARLOS GUIROLA ASCENCIO, GLADIS

MARINA GUIROLA ASCENCIO hoy de YAMAZAKI o GLADIS

MARIA GUIROLA ASCENCIO, DOUGLAS MAKLIN GUIROLA

ASENCIO y BLANCA SOTERA ARACELI ASCENCIO GUIROLA

hoy Viuda de MATSUMOTO; confiriéndosele INTERINAMENTE

la administración y representación de la sucesión expresada, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas con treinta minutos del día siete de septiembre

del año dos mil nueve. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025507-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por

resolución proveída por este Tribunal, a las quince horas del día ocho

de septiembre de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresa-

mente, con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a su

defunción ocurrida a las once horas del día veintiocho de enero de dos

mil cuatro, en el Cantón Ayutepeque, de esta jurisdicción, siendo la

ciudad de Chalchuapa, el lugar de su último domicilio; dejó la señora

NOEMI MARTINEZ DE MELGAR, quien fue de cincuenta y tres

años de edad, oficios domésticos, casada; de parte del señor MARVIN

OTONIEL SEGOVIA, en su concepto de cesionario de los derechos

hereditarios, que le correspondían a los señores MIRNA ELIZABETH

NUÑEZ MARTINEZ y RAUL ALBERTO MELGAR MARTINEZ,

en su calidad de hijos de la expresada causante; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administrador y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas dieciocho

minutos del día nueve de septiembre de dos mil nueve.- LIC. HENRY

EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY

OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025509-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

siete de mayo del año en curso, se tuvo por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó la causante MARÍA ELÍA NOEMI RIVAS conocida por MARÍA

ELIA NOEMI RIVAS DE PONCE, HELIA NOEMI RIVAS y HELIA

NOEMY RIVAS, quien falleció a las quince horas y treinta minutos del

día veintisiete de junio de mil novecientos noventa y nueve, en Colonia

Zacamil, edificio número trescientos noventa y cuatro, apartamento

número treinta y dos, de Mejicanos, siendo su último domicilio esa

Ciudad, de parte del señor WILLIAM ARISTIDES PONCE RIVAS

en su concepto de hijo del Causante. Confiéresele al aceptante en el

carácter antes indicado, la administración y representación interinas

de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

herencia yacente.

Y CITA A: Los que se crean con derecho a la referida herencia a

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

a partir de la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas del

día siete de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSE HUGO ESCALANTE

NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025515-1

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Doctor DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción

dejó VICTORIANO MOREIRA, quien fue de sesenta años de edad,

casado, comerciante, originario de Antigua Ocotepeque, República de

Honduras, hijo de Juan Moreira y Vicenta Portillo, falleció el día veinti-

trés de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve, siendo su último

domicilio el Municipio de La Palma, Departamento de Chalatenango,

de parte MYRIAM ESTHER MOREIRA DE LOPEZ CUELLAR

y VICTORIANO MOREIRA HERNANDEZ, en calidad de hijos y

herederos testamentarios del causante. Confiérese a los aceptantes la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia

yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintitrés días de septiembre del

dos mil nueve.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025525-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las ocho horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor EFRAIN DIAZ conocido por EFRAIN

DIAZ HERNANDEZ; quien falleció el día veintidós de octubre de dos mil

tres, en el Barrio El Calvario, de esta Ciudad y Departamento, siendo ese

lugar su último domicilio; de parte de los señores EFRAIN EDMUNDO

DIAZ ALFARO y SARA ANGELICA DIAZ DE BARAHONA o SARA

ANGELICA DIAZ ALFARO, ambos en su calidad de hijos del causante

en referencia.

Habiéndose conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas

del día doce de octubre del año dos mil nueve.- Lic. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025533-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de

este Juzgado, de las nueve horas y treinta minutos del día diez de agosto

del dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente

y con beneficio de inventario de parte del señor KELVIN ERNESTO

SANCHEZ ORTIZ, y de la señora GUADALUPE SERMEÑO ORTIZ

conocida por GUADALUPE ORTIZ, GUADALUPE ORTIZ SERMEÑO

y GUADALUPE ORTIZ DE SANCHEZ, y del menor HENRY OSMAR

SANCHEZ ORTIZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el

causante señor ERNESTO SANCHEZ GALICIA conocido que fue por

ERNESTO SANCHEZ, quien fue de cuarenta y cinco años de edad,

Comerciante en pequeño, casado, originario de Acajutla, Departamento

de Sonsonate, quien falleció el día dieciocho de noviembre del dos mil

seis, en la ciudad de San Salvador, siendo éste su último domicilio, acep-

tación que hacen el primero y último en calidad de hijos del referido de

cujus, y la segunda en calidad de cónyuge sobreviviente. Y SE LES HA

CONFERIDO A LOS ACEPTANTES la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente. El menor HENRY OSMAR, la ejercerá por

medio de su Representante Legal señora GUADALUPE SERMEÑO

ORTIZ, conocida por GUADALUPE ORTIZ, GUADALUPE ORTIZ

SERMEÑO y GUADALUPE ORTIZ DE SANCHEZ.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las nueve horas y cuarenta minutos del día veintiséis

de agosto del dos mil nueve.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025550-1

KAREN PATRICIA PERAZA TORRES, Notaria, del domicilio de Santa

Tecla, departamento de La Libertad, con oficina ubicada en Residencial

Los Eliseos, pasaje tres poniente, polígono "C", número treinta y cinco,

San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diez horas del día doce de octubre de dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que dejara a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Luis

Talpa, departamento de La Paz, el día veintiocho de junio de dos mil

nueve, la señora JOSEFA DEL CARMEN ABREGO DE RIVERA, co-

nocida por JOSEFA DEL CARMEN ABREGO y JOSEFINA ABREGO,

de parte de la señora MARIA DANNE RIVERA DE RIVERA, quien

actúa en su concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele

conferido la administración y representación de la sucesión interina, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a esta oficina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notaria KAREN PATRICIA PERAZA

TORRES, el día doce de octubre de dos mil nueve.

Lic. KAREN PATRICIA PERAZA TORRES,

ABOGADA Y NOTARIA.

3 v. c. No. F025481-1

HErENcia YacENTE

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas cuarenta y cinco minutos del día treinta y uno de Julio del co-

rriente año, ha sido declarada yacente la herencia dejada por la señora

ZOILA MIRIAM MOJICA DE ORELLANA, fallecida el día veinte

de septiembre del dos mil ocho, en esta ciudad, siendo esta ciudad su

último domicilio y se ha nombrado curador para que lo represente a la

Licenciada MARTA HAYDEE RODRIGUEZ, a quien se le hizo saber

para su aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince

minutos del día veintinueve de septiembre del dos mil nueve.- Dr.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034239-1

TiTUlo SUPlETorio

CAYETANO ALFREDO ESQUIVEL GÁMEZ, Notario de este domi-

cilio, con oficina en Colonia Jardines de Mompegón, Pasaje 2, Block

"G", # 16, San Salvador,

HACE SABER: Que a mi despacho ubicado en la dirección al

principio señalada, se ha presentado la señora MARIA FIDELINA

GOCHEZ, de setenta años de edad, Ama de Casa, del domicilio de San

Agustín, Departamento de Usulután, solicitando se le extienda TITULO

SUPLETORIO, conforme al Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, de un

inmueble de su propiedad, de naturaleza rústica e inculto, ubicado en

Cantón Los Arrozales, Caserío El Cantil, jurisdicción de San Agustín,

Departamento de Usulután, de CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS SESENTA Y SIETE DECIMETROS

CUADRADOS de extensión, cuyos colindantes son: AL NORTE, con

terreno que antes fue de Rosa Lidia Cuéllar de Motta, hoy de Heriberto

Quintanilla; AL ORIENTE, con Fidelia Góchez Ramírez; AL SUR, con

Amparo de Jesús Góchez; y AL PONIENTE, con terreno que antes fue

de María Lizama de Alvarado, hoy de Horacio Alvarado.- El terreno

relacionado no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y

no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas.- Que

el inmueble que se cita lo adquirió por compra venta otorgada por la

señora MARIA JULIA GÓCHEZ DE OLIVARES y lo está poseyendo

desde el día cuatro de mayo del corriente año, en forma quieta, pacífica

e ininterrumpida y sumada a su posesión la ejercida por la antecesora

señora Góchez de Olivares, quien lo poseyó desde el año de mil nove-

cientos setenta y cinco aproximadamente, se excede de diez años, pero

por carecer de Título de dominio inscrito, comparece ante mis oficios

notariales, para que de conformidad con lo establecido en el Artículo

Seiscientos Noventa y Nueve y siguientes del Código Civil y Dieciséis

de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras

Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma Ley señala,

se le extienda a su favor el título que solicita.- Que dicho inmueble lo

estima en TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA.

Y para los efectos legales, se libra el presente edicto en la oficina

del Notario CAYETANO ALFREDO ESQUIVEL GÁMEZ, a las diez

horas del día veintinueve de septiembre del año dos mil nueve.

CAYETANO ALFREDO ESQUIVEL GAMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C034251

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la señora

SARA JUAREZ HERNANDEZ, solicitando que se le extienda Título

Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón

La Paz, jurisdicción de El Carmen, Departamento de Cuscatlán, de

la extensión superficial de SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS PUNTO

OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHO

MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, de

las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: lindando con

Maximiliano Hernández, calle vecinal de por medio, compuesto de tres

tiros, de Norte a Sur, del mojón uno al mojón dos, distancia de cuatro

punto ochenta y ocho metros, del mojón dos al mojón tres, distancia de

cuarenta y cinco punto once metros, del mojón tres al mojón cuatro,

distancia de cinco punto cuarenta y seis metros, para hacer un total de

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. cincuenta y cinco punto cuarenta y cinco metros; AL SUR, lindando con

Dominga Hernández, y otro, siempre calle vecinal de por medio, hacia

el rumbo Poniente, se compone de siete tiros, así: Del mojón cuatro al

mojón cinco, distancia de uno punto setenta y tres metros, del mojón

cinco al mojón seis, distancia de cuarenta y uno punto cero cinco metros,

del mojón seis al mojón siete, quince punto cincuenta metros, del mojón

siete al mojón ocho, veintiséis punto cuarenta y un metros, del mojón ocho

al mojón nueve, treinta y cinco cero cuatro metros, del mojón nueve al

mojón diez, distancia de sus punto cincuenta y nueve metros, del mojón

diez al mojón once, veinte punto noventa y ocho metros, para hacer un

total de ciento cuarenta y siete punto treinta metros; AL PONIENTE,

distancia con Rosa y Gloria, ambas de apellidos Palacios, compuesto

de cuatro tiros, partiendo del mojón once al mojón doce, once punto

veinticuatro metros, del mojón doce al mojón trece, veintitrés punto cero

cinco metros, del mojón trece al mojón catorce, treinta y cinco punto

setenta y tres metros, del mojón catorce al mojón quince, veinticinco

punto noventa y tres metros, para hacer un total de noventa y cinco punto

noventa y cinco metros; y AL NORTE, lindando con María Carmelina

Hernández y María Isabel Juárez Hernández, compuesto de dos tiros,

del mojón quince al mojón dieciséis, veintiocho punto setenta metros,

del mojón dieciséis hasta llegar a donde se inició la presente descripción,

cincuenta y ocho punto treinta metros, para hacer un total de ochenta y

siete metros, y que por este último rumbo en realidad mide CINCUENTA

Y SEIS PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS. Dicho terreno lo

obtuvo por venta que le hizo el señor RAYMUNDO HERNANDEZ

LOPEZ, el día diez de junio del presente año, y éste obtuvo la posesión

desde el mes de febrero de mil novecientos setenta y cuatro, por lo que

unida la posesión datan más de diez años de poseerlo en forma quieta,

pacífica e ininterrumpidamente, y lo valúa por la cantidad de TRES MIL

DOLARES EXACTOS.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas del

día veintiuno de septiembre del año dos mil nueve.- Lic. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025510-1

TiTUlo DE DoMiNio

LUIS ARNOLDO LARA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio con

Bufete en Décima Sexta Avenida Norte y Final Calle Daniel Hernández,

número siete, para efectos de ley,

HACE SABER: Que se ha presentado MARIA LUISA CAMPOS

viuda DE DE PAZ, mayor de edad, costurera, del domicilio de San Sal-

vador, solicitando TITULO DE DOMINIO O PROPIEDAD de inmueble

urbano, situado en BARRIO EL CALVARIO, FINAL SEXTA CALLE

ORIENTE, NUMERO VEINTE, AL SUR, JAYAQUE, Departamento

de La Libertad, DE SETECIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO

CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, linda AL NORTE,

propiedad de GLORIA DEYSI QUIJADA MILAN; AL ORIENTE,

propiedad de HORACIO BRUNI HERNANDEZ y DOLORES ISABEL

CASTILLO; AL SUR, propiedad de DOLORES ISABEL CASTILLO;

y PONIENTE, propiedad de ARACELY MARTINEZ viuda DE FLO-

RES, CARLOS QUERIN FLORES MARTINEZ y otro.- Lo adquirió

por compra a JUAN DE MATA VALLE, fallecido, en agosto de mil

novecientos noventa y cuatro, unidas sus posesiones, sobrepasa más de

diez años consecutivos.- Se valúa en DOCE MIL DOLARES.

LIBRADO EN BUFETE DEL SUSCRITO NOTARIO: SANTA

TECLA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO

DOS MIL NUEVE.

Lic. LUIS ARNOLDO LARA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F025421

aViSo DE iNScriPcioN

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA,

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROPECUARIA SAN MARCOS LAS POZAS DE RESPONSABI-

LIDAD LIMITADA, con domicilio en San Lorenzo, Departamento de

Ahuachapán, obtuvo su Personalidad Jurídica el día veintiuno de junio

del año dos mil, e inscrita en el libro sesenta y siete de Registro que esta

Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Mil seiscientos sesenta y

ocho del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en

el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción

correspondiente.

Santa Tecla, a los doce días del mes de octubre del año dos mil

nueve.

NOTIFIQUESE.

Lic. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPE-

CUARIAS. a.i.

1 v. No. F025422

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385JUicio DE aUSENcia

JOSE ARMANDO MORENO, Notario, de este domicilio, al público.

HACE SABER: Que a su Oficina de Notario, situada en Sexta

Avenida Sur, número cuarenta y uno, entre Once Calle Poniente y Calle

José Mariano Méndez, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día

siete de agosto del corriente año, la Licenciada LUZ DE MARIA CHICAS

HERNANDEZ, de treinta años de edad, Abogado, del domicilio de la

ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, actuando en nombre

y representación de las señoras LIDIA RIVAS HERNANDEZ viuda DE

SOSA, LUZ MARIA SOSA DE DIAZ, LIDIA ERIKA MARIA SOSA

RIVAS y MELIDA CECILIA SOSA RIVAS, en su calidad de Apoderada

Especial Judicial; solicitándome sea declarado ausente el señor JORGE

MANUEL SOSA GUZMAN, quien juntamente con sus respresentadas

tiene pendiente el cumplimiento de responsabilidad Civil con el Estado

de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas; sujetos a acción Admi-

nistrativa, Civil o Penal, quien tuvo como último domicilio la ciudad

de San Salvador, y quien se ausentó desde hace aproximadamente doce

años, ignorándose su paradero o domicilio actual, asimismo se ignora

si ha dejado Procurador o Representante Legal que lo represente en

Juicio Civil o Penal que pudiera promover el Estado de El Salvador, en

su contra; por lo que, ha iniciado ante mis oficios notariales, en base al

Artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y de Otras Diligencias a efecto de que se declare ausente

al señor JORGE MANUEL SOSA GUZMAN y que se le nombre un

CURADOR ESPECIAL, para que lo representen en las Diligencias de

Reunión y Remedición de Inmueble, así como en el otorgamiento de

Escritura Pública de Rectificación de Escritura Pública de Compraventa

de porción de terreno vendida al Estado de El Salvador.

En consecuencia, prevengo: Que si el referido ausente señor JORGE

MANUEL SOSA GUZMAN, tuviere Procurador u otro Representante

Legal en la República, se presente a mi Oficina de Notario, a legitimar

su personería dentro de los quince días subsiguientes a la última publi-

cación de este aviso, que se hace del conocimiento del público para los

efectos de Ley.

Oficina de Notario JOSE ARMANDO MORENO: Santa Ana, a

los ocho días del mes de septiembre de dos mil nueve.

JOSE ARMANDO MORENO,

NOTARIO.

1 v. No. C034206

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado

se ha presentado iniciando Juicio Civil Ejecutivo el Licenciado MARIO

ALBERTO AGUILAR FERNANDEZ, mayor de edad, Abogado y Nota-

rio, de este domicilio y del de Mejicanos, en calidad de Apoderado de la

CAJA DE CREDITO DE SOYAPANGO, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, del

domicilio de Soyapango, contra las señoras LILIAM DEL CARMEN

RUBIO DE HENRIQUEZ, LIDIA LOURDES REYMUNDO DE

AGUILAR, conocida por LIDIA LOURDES REYMUNDO ANGEL y

ROSA MARIA RAYMUNDO DE ROSA, conocida por ROSA MA-

RIA RAYMUNDO CRUZ, quienes son mayores de edad, Licenciada

en Ciencias de la Educación y de este domicilio la primera, Profesora

y del domicilio de San Martín, la segunda y Profesora y del domicilio

de Ilopango, la última, quien a la primera se le desconoce el paradero

actual, así como si ha dejado Procurador o Representante Legal en esta

República, por lo que pide con base al Art. 141 Pr. C., y previos los

trámites de Ley, se le nombre un Curador Especial para que la represente

en dicho Juicio.

En consecuencia, se previene que si la ausente señora LILIAM

DEL CARMEN RUBIO DE HENRIQUEZ, tiene Procurador u otro

Representante Legal en esta República, se presente a este Juzgado dentro

del plazo de quince días después de la tercera publicación de este aviso

a comprobar su personería.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil nueve.- DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. C034248

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIER-

NO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado

el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, en su

calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado

Cuarto de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo

Juicio Civil Ejecutivo Referencia 29-E-09, contra el señor EDGARDO

ARNULFO SIGÜENZA, conocido por EDGARDO ARNULFO LINOS

SIGÜENZA, mayor de edad, Mecánico, de este domicilio, y actualmente

de domicilio desconocido; reclamándole el pago de capital, intereses

y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor

antes dicho, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o

Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en

el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,

en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis oficios de Notario

Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no

Declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan

las Diligencias al señor Juez Cuarto de lo Civil del Distrito Judicial de

San Salvador, para que al señor EDGARDO ARNULFO SIGÜENZA,

conocido por EDGARDO ARNULFO LINOS SIGÜENZA, le nombre

un Curador Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y

le discierna el cargo,

En consecuencia, se previene que si el señor EDGARDO ARNULFO

SIGÜENZA, conocido por EDGARDO ARNULFO LINOS SIGÜENZA,

tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi

oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de

quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día

veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025445

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIER-

NO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el Li-

cenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, en su calidad de

Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFES-

TANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Primero de

lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo Juicio

Civil Ejecutivo Referencia 38-EC-2009, contra el señor BALTAZAR

HERNANDEZ BUSTAMANTE, mayor de edad, Tapicero, de este do-

micilio, y actualmente de domicilio desconocido; reclamándole el pago

de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora

el paradero del señor antes dicho, y asimismo se desconoce si éste ha

dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido

posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con

el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado

ante mis oficios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador

Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos

los requisitos de ley, se remitan las Diligencias al señor Juez Primero

de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, para que al señor

BALTAZAR HERNANDEZ BUSTAMANTE, le nombre un Curador

Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna

el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor BALTAZAR

HERNANDEZ BUSTAMANTE, tuviere Procurador o Representante

Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha cir-

cunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación

de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas y quince

minutos del día tres de septiembre del año dos mil nueve.

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025446

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIER-

NO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el Li-

cenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, en su calidad de

Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFES-

TANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Primero de

lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo Juicio

Civil Ejecutivo Referencia 157-EC-09, contra la señora MILAGRO DE

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385JESUS PERDOMO ESCALANTE, mayor de edad, Secretaria, de este

domicilio, y actualmente de domicilio desconocido; reclamándole el pago

de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el

paradero de la señora antes dicha, y asimismo se desconoce si ha dejado

Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible

emplazarla en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art.

25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de

Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis

oficios de Notario Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a

un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos

de ley, se remitan las Diligencias al señor Juez Primero de lo Civil de

Distrito Judicial de San Salvador, para que a la señora MILAGRO DE

JESUS PERDOMO ESCALANTE, le nombre un Curador Ad-Litem,

para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si la señora MILAGRO DE

JESUS PERDOMO ESCALANTE, tuviere Procurador o Representante

Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha cir-

cunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación

de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día

veintitrés de septiembre del año dos mil nueve.

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025447

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIER-

NO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el Licen-

ciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, en su calidad de Apo-

derado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO:

Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Primero de lo Civil

del Distrito Judicial de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil

Ejecutivo Referencia 204-EC-2008, contra la señora ANA VIRGINIA

ORTEGA PALMA, mayor de edad, de atenciones de su hogar, de este

domicilio, y actualmente de domicilio desconocido; reclamándole el

pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se

ignora el paradero de la señora antes dicha, y asimismo se desconoce si

ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido

posible emplazarla en el referido juicio; por lo que, de conformidad con

el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado

ante mis oficios de Notario Diligencias de Nombramiento de Curador

Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos

los requisitos de ley, se remitan las Diligencias al señor Juez Primero de

lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, para que a la señora ANA

VIRGINIA ORTEGA PALMA, le nombre un Curador Ad-Litem, para

que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si la señora ANA VIRGINIA

ORTEGA PALMA, tuviere Procurador o Representante Legal en el país,

se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro

del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador; a las once horas del día tres

de septiembre del año dos mil nueve.

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025448

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIER-

NO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle

Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado

el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, en su

calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,

MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado

Primero de lo Civil del· Distrito Judicial de San Salvador, está promo-

viendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 223-EC-2008, contra el señor

JOSÉ LUIS ALARCÓN GÓMEZ, conocido por JOSÉ LUIS GÓMEZ

ALARCÓN, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, y actualmente

de domicilio desconocido; reclamándole el pago de capital, intereses

y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor

antes dicho, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o

Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en

el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,

en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis oficios de Nota-rio Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias al señor Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de San Salvador, para que al señor JOSÉ LUIS ALARCÓN GÓMEZ, conocido por JOSÉ LUIS GÓMEZ ALARCÓN, le nombre un Curador Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor JOSÉ LUIS ALAR-CÓN GÓMEZ, conocido por JOSÉ LUIS GÓMEZ ALARCÓN, tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F025450

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado DONALDO ALVARADO, como Apoderado del Fondo Social para la Vivienda, MANIFESTANDO: Que se ha entablado Juicio Ejecutivo Mercantil contra la señora IMELDA CRUZ conocida por IMELDA MERINO CRUZ, quien es mayor de edad, Cosmetóloga; pero se ignora si dicha señora ha dejado Representante Legal o Procurador, se presente a este Tribunal dentro del término de Ley a comprobar dicha circuns-tancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, las quince horas y diez del día nueve de noviembre del año dos mil siete.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F025451

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLINA, de cincuenta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Insti-tución de Crédito del domicilio de San Salvador, manifestando que su poderdante promoverá diligencias de ausencia contra el señor JUAN ESTEBAN GUIDO CORTÉZ, de treinta y dos años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Jucuarán, Departamento de Usulután, y actualmente del domicilio de Nueva Concepción, Departamento de

Chalatenango, quien se ha ausentado, desconociéndose si se encuentra en el país o fuera de él; razón por la cual solicita que previos los trámites de ley, se le nombre un Curador para que lo represente en el Juicio Civil Ejecutivo que en su contra se ha promovido en este Tribunal.

En consecuencia se previene que si el señor GUIDO CORTEZ, tiene Procurador o Representante Legal, se presente a este Juzgado a comprobarlo en el plazo de quince días contados después de la última publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA.

1 v. No. F025452

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficinas en CONDOMINIO RESIDENCIAL PARQUE SAN LUIS UNO, Calle tres, Block "E", apartamento dos-quince, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su cali-dad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MA-NIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, está promoviendo Juicio Ejecutivo Civil Referencia 221-EM-2008/8, contra el señor SAUL ANTONIO CARRI-LLO ALVARENGA, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio de Delgado, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor SAUL ANTONIO CARRILLO ALVARENGA, y asimismo se desconoce si ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis oficios de Notario, DILIGENCIAS DE NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-LITEM A UN AUSENTE NO DECLARADO, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a la señora Juez de lo Civil de Delgado para que nombre un Curador Ad-Litem al señor SAUL ANTONIO CARRILLO ALVARENGA, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor SAUL ANTONIO CARRILLO ALVARENGA tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi oficina notarial a comprobar dicha circuns-tancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas quince

minutos del día uno de julio de dos mil nueve.

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,

NOTARIO.

1 v. No. F025453

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada Nora Elizabeth Herrera Carpio, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora BLANCA ALICIA GUILLEN MARROQUIN, conocida por BLANCA ALICIA MARROQUIN GUILLEN, en razón de no haber sido encontrada dicha señora, en su domicilio conocido, para efectos de emplazamiento, la expresada Licenciada Herrera Carpio, en la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141 Pr., a fin de que se le pro-vea de un Curador Especial para que represente en el juicio, a la señora BLANCA ALICIA GUILLEN MARROQUIN, conocida por BLANCA ALICIA MARROQUIN GUILLEN, quien es mayor de edad, de oficios domésticos, con último domicilio conocido el de Ilopango, actualmente de paradero ignorado, y de quien no se sabe si ha dejado procurador, apoderado o representante legal para que la represente en el Juicio. En consecuencia, se previene al procurador, apoderado o representante legal alguno de la referida señora, caso de que lo tuviere, se presente a este juzgado en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas treinta y dos minutos del día catorce de agosto de dos mil nueve.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. F025455

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado la Abogado Nora Elizabeth Herrero Carpio, en calidad de apoderada del Fondo Social para la Vivienda, en el presente incidente, manifestando que se desconoce el paradero del demandado señor José Roberto Pérez conocido por José Roberto Iraheta Pérez, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Soyapango, y actualmente del domicilio de Ilopango.

PREVIÉNESE como Incidente de Diligencias de Ausencia de conformidad con el Art. 141 Pr. C., que si el señor José Roberto Pérez conocido por José Roberto Iraheta Pérez, tiene procurador o representante legal que pueda representarlo en el territorio nacional, comparezca ante este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este aviso, probando tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas treinta y cuatro minutos del día veinte de agosto de dos mil nueve.- Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F025456

CLAUDIA BEATRIZ LAZO RIVAS, Notario, de este domicilio, con oficina en Colonia Yumuri, Calle Guantánamo, Número 27 "L", San Salvador, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que a mi oficina Notarial se ha presentado la Doctora Maura Concepción Díaz Portillo de Valenzuela, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VI-VIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de este domicilio, MANI-

FESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado de lo Civil de Apopa, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo clasificado con el Número 93-EJC-2007 (VE) en contra del señor CESAR AUGUSTO PEREZ FLORES, quien es mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, pero actualmente de domicilio desconocido reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor CESAR AUGUSTO PEREZ FLORES y así mismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio, por lo que de conformidad con el Artículo Veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, en relación con el Artículo ciento cuarenta y uno Pr. C., ha iniciado ante mis oficios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-litem a un Ausente no declarado, a fin de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las diligencias al señor Juez de lo Civil de Apopa, para que el señor CESAR AUGUSTO PEREZ FLORES, se le nombre un Curador Ad-Litem, para que lo represente en el Juicio antes dicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor CESAR AUGUSTO PEREZ FLORES, tuviere Procurador o Representante Legal en el País, se presente a mi oficina Notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a las once horas del día dieciocho de Mayo de dos mil nueve.

CLAUDIA BEATRIZ LAZO RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F025464

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que en este Juzgado se promueve Juicio Civil Ordinario de Resolución de Contrato y Cancelación de Inscripción, promovido por el Licenciado JOSE ADAN FUENTES ASCENCIO, Apoderado General Judicial Administrativo del INSTITUTO SALVADOREÑO DE TRANSFORMACION AGRARIA, que se abrevia ISTA, contra el señor CELSO REYES REYES, representada por la heredera señora MARIA LUISA MACHADO viuda DE REYES, conocida por MARIA LUISA MACHADO y por LUISA MACHADO, se ha tenido conocimiento que tal señora, se ha ausentado del país, ignorándose si tiene Procurador u otro Representante Legal que la represente legalmente en la continuación del juicio; por lo que la parte ahora pide que se le nombre a dicha señora un Curador Especial que la represente en el indicado proceso.

Se previene, por tanto, que si la señora MARIA LUISA MACHADO VIUDA DE REYES, conocida por MARIA LUISA MACHADO y por LUISA MACHADO, tiene Procurador u otro Representante legal en la República, se presente a este Juzgado a demostrar tal calidad dentro de los quince días subsiguientes al de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta y un días del mes agosto de dos mil nueve.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MARITZA EVELIN MARTINEZ VILLATORO, SRIA. INTO.

1 v. No. F025508

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 1997007682

No. de Presentación: 20080117875

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TRENS, a.s., del domicilio de SUVOZ 1, SK911 32 TRENCIN, REPUBLICA ESLOVACA, de nacionalidad ESLOVACA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00169 del Libro 00086 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "TRENS" escrita en letras gruesas de molde mayúsculas de color blanco delineadas en negro y con sombra también de color negro. De la parte superior izquierda de la letra inicial "T" sale una circunferencia dividida en cuatro triángulos: dos de color negro y dos de color blanco, lo anterior se encuentra dentro de un óvalo horizontal irregular; cuyas partes inferior y superior son planas y las partes izquierda y derecha son redondeadas. Este óvalo es de color blanco y está enmarcado por una línea de color negro, luego por una línea de color blanco y finalmente por una línea de color negro más delgada que las anteriores; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034198-1

No. de Expediente: 1994000582

No. de Presentación: 20090123079

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DAIKIN INDUSTRIES LTD., del domicilio de UMEDA, CENTER BUILDING 4-12 NAKAZAKNISHI 2-CHOME, KITA-KU, OSAKA, JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00064 del Libro

00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras VRV mayúsculas dentadas hacia la izquierda; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de agosto del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034199-1

No. de Expediente: 1996002612

No. de Presentación: 20090126483

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, del domicilio de Avenida Leandro N. Alem 928, 9° Piso, Buenos Aires, Argentina, de nacionalidad ARGEN-TINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00160 del Libro 00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra gati, escrita en letras minúsculas, de color negro. Dicha palabra está encerrada por una línea que sigue la forma de las letras. Arriba de dicha palabra se encuentra la cara de un gato sonriente delineada con trazos gruesos; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034200-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 1997003482

No. de Presentación: 20090122283

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JORGE ENRIQUE MENDEZ PALOMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CARGILL INCORPORATED, del domicilio de 15407 Mc. GINTY ROAD WEST, WAYZATA, MINNEAPOLIS 55391, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00159 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "LiquaLife" escrita en letras gruesas de molde de color negro, de las cuales las dos letras "L" son mayúsculas y las demás son minúsculas. Arriba de dicha palabra se encuentra el diseño de una gota de color negro, la cual tiene en su parte superior izquierda una pequeña mancha blanca, asimismo, se encuentra delineada parte de la orilla inferior derecha de color blanco. Dicha gota va cayendo sobre una mancha negra con líneas irregulares blancas, la cual semeja ser agua en movimiento abajo de la palabra se encuentra la expresión "LIQUID NUTRITION FOR SHRIMP" escrita en letras de molde mayúsculas de color negro, las cuales son de menor tamaño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de agosto del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034201-1

No. de Expediente: 1996001210

No. de Presentación: 20090123563

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MMS USA HOLDINGS, INC, del domicilio de 41 Madison Avenue, New York, New York 10010, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00167 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una etiqueta rectangular vertical, con los bordes curveados en color negro, dentro de la cual aparece el dibujo en blanco de una mano extendida hacia arriba. Este dibujo rompe el rectángulo en la parte de abajo donde inicia la muñeca

de la mano. Arriba de la mano se coloca el dibujo de seis estrellas de 5 puntas en diferentes tamaños, en color blanco colocadas cuatro en línea y las otras dos una a cada lado, formando una cruz; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034202-1

No. de Expediente: 1987001106

No. de Presentación: 20090121513

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de RENA WARE DISTRIBUTORS, INC., del domicilio de Redmond Condado de King, Estado de Washington, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00026 del Libro 00124 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras "RENA-PUR"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034213-1

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2009094092

No. de Presentación: 20090124160

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

arGiNiUM

Consistente en: la palabra ARGINIUM, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO HUMANO

CONSISTENTES EN: TRATAMIENTOS ANSIOLÍTICOS, ANTI-

RREUMÁTICOS, ANTIINFLAMATORIOS, ANTIARTRITICOS,

DEL APARATO CIRCULATORIO, TRATAMIENTOS ONCO-

LÓGICOS, CARDIOVASCULARES, DEL SISTEMA NERVIOSO

CENTRAL, ANTIDIABETICOS, SISTEMA ENDOCRINO, SISTEMA

GASTRO INTESTINAL, SISTEMA HORMONAL, DESORDENES

INFLAMATORIOS, SISTEMA URINARIO, ENFERMEDADES

DEGENERATIVAS, AGENTES ANTIHIPERTENSIVOS, ANTIEME-

TICOS, ANTINEUROTICOS, ANTIPIRÉTICOS, ANTIDIARREICOS,

ANTIHISTAMINICO, ANTIANEMICOS, ANTIPARASITARIOS,

ANTITUSIVOS, ANTIMICROBIANOS, ANTIEPILEPTICOS,

ANTIINFECCIOSOS, ANTIVIRALES, ANTIESPASMÓDICOS,

BACTERICIDAS, DESCONGESTIONANTES NASALES, DEPRE-

SORES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, ESTIMULANTES DE

SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, ANTISÉPTICOS, RELAJANTES

MUSCULARES, PRODUCTOS OTICOS, QUERATOLITICOS, PSI-

COTROPICOS, PREPARACIONES VITAMINICAS, SUPLEMENTOS

ALIMENTICIOS MINERALES, ALIMENTOS DIETETICOS PARA

USO MÉDICO, BEBIDAS DIETETICAS PARA USO MÉDICO, VA-

SODILATADORES, CORONARIOS, FUNGICIDAS. HIPNÓTICOS,

PROTOZOARICIDAS, ANALGÉSICOS, DEL SISTEMA NERVIOSO

PERIFÉRICO, DEL APARATO REPRODUCTIVO, ENFERMEDA-

DES DEL METABOLISMO Y DIVERSAS DISFUNCIONES DEL

ORGANISMO, PRODUCTOS NUTRICIONALES, PREPARACIONES

VITAMINICAS, ENERGETIZANTES, PREPARACIONES MEDI-

CINALES PARA ADELGAZAR, TE PARA ADELGAZAR Y DE

USO MEDICO. SUPRESORES DE APETITO PARA USO MÉDICO.

SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS MINERALES; PRODUCTOS

HOMEOPATICOS; PREPARACIONES MEDICINALES A BASE

DE HIERBAS MEDICINALES; PROTEÍNAS PARA USO FARMA-

CÉUTICO EN PRESENTACIÓN DE POLVOS. BARRAS Y OTROS

TIPOS DE PRESENTACIÓN. PRODUCTOS VETERINARIOS;

VENDAS HIGIÉNICAS; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO

MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL

PARA CURACIÓN (APÓSITOS); MATERIAL PARA EMPASTAR

DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES; DESINFECTANTES;

PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034205-1

No. de Expediente: 2009095694

No. de Presentación: 20090127031

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-

gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

ZiroliX

Consistente en: la palabra ZIROLIX, que servirá para: AMPARAR

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO

DE DESORDENES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 No. de Expediente: 2009095506

No. de Presentación: 20090126755

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AUDI AG,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FÁBRICA,

VorSPrUNG DUrcH TEcHNiK

Consistente en: la frase VORSPRUNG DURCH TECHNIK, que

se traduce al castellano como LIDERAR A TRAVÉS TÉCNICA, que

servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMO-

CIÓN TERRESTRE, AÉREA O MARÍTIMA. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034217-1

No. de Expediente: 2009095533

No. de Presentación: 20090126798

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FÁBRICA,

rUScaDi

Consistente en: la palabra RUSCADI, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034219-1

No. de Expediente: 2009092602

No. de Presentación: 20090121772

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Third Planet

Industries, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro

de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: palabra PREMIUM y diseño, la cual se traduce al

castellano como premio, sobre la palabra PREMIUM individualmente

considerada no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:

ACEITES INDUSTRIALES Y GRASAS (OTRAS APARTE DE

ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES Y ACEITES ESENCIALES);

ACEITE PARA ENGRANAJE, ACEITE PARA MOTOR, SOLUCIÓN

DE POWER STEERING, ANTI-FREEZE (REFRIGERANTE), SOLU-

CIÓN HIDRÁULICA, ACEITE PARA BARRA/CADENA, SOLU-

CIÓN DE FRENOS, ACEITE PARA TRANSMISIÓN, ACEITES DE

CORTE/ ACEITES INDUSTRIALES Y FLUIDOS FUNCIONALES;

CANDELAS, VELAS, LÁMPARAS Y MECHAS. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil

nueve.

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de septiembre del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034220-1

No. de Expediente: 2009095689

No. de Presentación: 20090127026

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de EMPRESAS CAROZZI S.A., de nacionalidad CHILENA,

solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

MUaK

Consistente en: la palabra MUAK, que servirá para: AMPARAR:

CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUSTI-

TUTOS DEL CAFÉ; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE

CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS; MIEL,

JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVO PARA ESPONJAR;

SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPE-

CIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034221-1

No. de Expediente: 2009095536

No. de Presentación: 20090126802

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Fronsac TM

S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de

la MARCA DE FÁBRICA,

MiSS SiXTY

Consistente en: las palabras MISS SIXTY que se traducen al cas-

tellano como SEÑORITA SESENTA, que servirá para: AMPARAR:

PERFUMERÍA, COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE BELLEZA, LO-

CIONES PARA EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034223-1

No. de Expediente: 2009095693

No. de Presentación: 20090127030

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-

DIARIO

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CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

liXiTol

Consistente en: la palabra LIXITOL, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO

DE DESORDENES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034224-1

No. de Expediente: 2009095692

No. de Presentación: 20090127029

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-

gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

liXalEV

Consistente en: la palabra LIXALEV, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO

DE DESORDENES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034225-1

No. de Expediente: 2008080258

No. de Presentación: 20080115632

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA

MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: la palabra LEXUS y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CHUMPAS GRUESAS, ANORAKS, CHÁNDALES, JER-

SEYS DEPORTIVAS, CHAQUETAS, SUDADERAS, CAMISETAS,

PANTALONES DE ENTRENAMIENTO, JERSEYS, SOMBREROS,

GORRAS, SUETERS, BUFANDAS, CORBATAS, CAMISAS TIPO

POLO, CINTURONES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034226-1

DIARIO

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095716

No. de Presentación: 20090127064

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary

Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

laSH loVE

Consistente en: las palabras LASH LOVE, en el cual la palabra

LASH se traduce al castellano como PESTAÑA y LOVE como AMOR,

sobre las palabras individualmente consideradas no se le concede exclu-

sividad, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034227-1

No. de Expediente: 2009095700

No. de Presentación: 20090127037

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

iMPSoBoN

Consistente en: la palabra IMPSOBON, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034230-1

No. de Expediente: 2009095508

No. de Presentación: 20090126757

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-

TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Koninklijke

Philips Electronics N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la frase HELFONT REACTORES y diseño, que

servirá para: AMPARAR: LAMPARAS ELECTRICAS; ARTICULOS

DIARIO

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NO TIE

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385DE ILUMINACION E INSTALACIONES DE ILUMINACION; ARTI-

CULOS DE ILUMINACION E INSTALACIONES DE ILUMINACION

CON FUENTES DE LUZ DE LED U OLED; PARTES PARA LOS

PRODUCTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034231-1

No. de Expediente: 2009095688

No. de Presentación: 20090127025

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de EMPRESAS CAROZZI S.A., de nacionalidad CHILENA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

GrETEl

Consistente en: la palabra GRETEL, que servirá para: AMPARAR:

CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA. SAGU, SUSTI-

TUTOS DEL CAFE; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE

CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS; MIEL,

JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVO PARA ESPONJAR;

SAL. MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPE-

CIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034232-1

No. de Expediente: 2009095698

No. de Presentación: 20090127035

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

GlaSEEQ

Consistente en: la palabra GLASEEQ, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034233-1

DIARIO

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095697

No. de Presentación: 20090127034

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

fUlMaPa

Consistente en: la palabra FULMAPA, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034234-1

No. de Expediente: 2009095695

No. de Presentación: 20090127032

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

fraiZEroN

Consistente en: la expresión FRAIZERON, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034235-1

No. de Expediente: 2008076470

No. de Presentación: 20080109388

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

ENSTrUX

Consistente en: la expresión: ENSTRUX, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

DIARIO

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034236-1

No. de Expediente: 2009091556

No. de Presentación: 20090119733

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

FABRICA DE BEBIDAS GASEOSAS SALVAVIDAS, SOCIEDAD

ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Carnaval Té Frío con Soda y diseño,

sobre las palabras Té Frío con Soda no se le concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: TÉ FRIO CON SODA, BEBIDAS A BASE

DE TÉ, PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS A BASE DE

TÉ. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034240-1

No. de Expediente: 2009092158

No. de Presentación: 20090120983

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Chivas Holdings

(IP) Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión CHIVAS REGAL 12 y diseño, que

servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS; ESPIRITUS;

VINOS; LICORES; BEBIDAS DESTILADAS; WHISKY; WHISKY

(WHISKY DE MALTA); LICORES DE WHISKY; BEBIDAS HECHAS

DE O QUE CONTENGAN WHISKY (BEBIDAS ALCOHOLICAS

EXCEPTO CERVEZA); APERITIVOS; COCTELES. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034241-1

DIARIO

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095507

No. de Presentación: 20090126756

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-

TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Koninklijke

Philips Electronics N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: las palabras HELFONT REACTORES y diseño, que

servirá para: AMPARAR: APARATOS DE CONTROL Y PROGRAMAS

DE SOFTWARE PARA SISTEMAS DE ILUMINACIÓN, SIEMPRE

QUE NO ESTÉN INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; BALASTOS

ELECTRÓNICOS PARA PROPÓSITOS DE ILUMINACIÓN; DIODOS

QUE EMITEN LUZ (LED'S), DIODOS LÁSER Y DIODOS ZENER;

COMPONENTES DE ILUMINACIÓN DE “ESTADO SOLIDO” Y DE

ILUMINACIÓN ELECTRONICA, EN PARTICULAR MODULOS LED

COMPLETOS O EN PARTES CONSISTENTES DE LED'S, OLED'S,

DIODOS QUE EMITEN POLYMER INTEGRADOS; APARATOS

DE CONTROL ÓPTICO, APARATOS DE CONTROL TÉRMICO,

CIRCUITOS ELÉCTRICOS PARA SISTEMAS DE CONTROL DE

ILUMINACIÓN Y SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE ILUMI-

NACIÓN. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034242-1

No. de Expediente: 2009093758

No. de Presentación: 20090123644

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SUNBEAM

PRODUCTS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: la palabra Oster y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,

TOPOGRÁFICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTI-

COS, DE PESAR, DE MEDIR, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL

(INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APA-

RATOS E INSTRUMENTOS PARA CONDUCIR, INTERRUMPIR,

TRANSFORMAR, ACUMULAR, REGULAR O CONTROLAR LA

ELECTRICIDAD; APARATOS PARA LA GRABACIÓN, TRANSMI-

SIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES

DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS PARA GRABAR; MA-

QUINAS EXPENDEDORAS AUTOMÁTICAS Y MECANISMOS

PARA APARATOS OPERADOS CON MONEDAS; CAJAS REGIS-

TRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPO PARA EL

PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN Y COMPUTADORAS;

EXTINTORES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034243-1

DIARIO

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009091595

No. de Presentación: 20090119806

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO

DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Unilever N.V., de

nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA.

Consistente en: la expresión Surf Burbujas de Oxifresh y diseño,

que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES; PREPARACIONES

Y SUSTANCIAS, TODAS PARA USO EN LAVANDERÍA; PRE-

PARACIONES PARA ACONDICIONAR TELA; SUAVIZANTES

PARA TELA; PREPARACIONES BLANQUEADORAS; PREPA-

RACIONES PARA REMOVER MANCHAS; PREPARACIONES

AROMATIZANTES Y REFRESCANTES PARA USO EN ROPA Y

TEXTILES; JABONES; JABONES PARA ABRILLANTAR TEX-

TILES; PREPARACIONES PARA LAVAR ROPA Y TEXTILES

A MANO; ALMIDÓN PARA LAVANDERÍA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR; PULIR, FREGAR Y ABRASIVAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034245-1

No. de Expediente: 2009095348

No. de Presentación: 20090126459

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO

DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Unilever N.V., de

nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA.

SKiN iNfUSioN

Consistente en: las palabras SKIN INFUSION en donde la palabra

skin se traduce al castellano como piel, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA LIMPIEZA; PREPARACIONES PARA

TOCADOR NO MEDICADAS; PREPARACIONES PARA EL

BAÑO Y LA DUCHA; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO

DE LA PIEL; ACEITES, CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL;

PREPARACIONES PARA AFEITARSE; PREPARACIONES PARA

ANTES DE AFEITARSE Y PARA DESPUÉS DE AFEITARSE;

PREPARACIONES PARA BRONCEARSE Y PARA PROTEGERSE

DEL SOL; VASELINA; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO

DE LOS LABIOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034246-1

DIARIO

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2008078997

No. de Presentación: 20080113434

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de CHINA TO-

BACCO HUNAN INDUSTRIAL CO. LTD., de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

SilVEr ElEPHaNT

Consistente en: las palabras SILVER ELEPHANT; traducidas al

castellano las palabras SILVER significa: plata y ELEPHANT signifi-

ca: elefante. Sobre la palabra SILVER no se le concede exclusividad,

que servirá para: AMPARAR: TABACO; TABACO DE MASCAR;

CIGARRILLOS QUE CONTIENEN SUSTITUTOS DE TABACO,

NO PARA PROPÓSITOS MEDICOS; PUROS; CIGARRILLOS;

PURITOS; HIERBAS PARA FUMAR; RAPE; BOTELLAS DE

RAPE; PUNTAS DE CIGARRILLOS; PIPAS PARA TABACO;

CORTADORAS DE PUROS; SUJETADORES DE CIGARRILLOS,

NO DE METALES PRECIOSOS; MAQUINAS DE BOLSILLO PARA

ENRROLLAR CIGARRILLOS; BOQUILLA PARA SUJETADORES

DE CIGARRILLOS; BOQUILLA PARA PUROS Y SUJETADORES

DE CIGARRILLOS; LIMPIADORES DE CIGARRILLOS; BOQUILLA

PARA PUROS Y SUJETADORES DE CIGARRILLOS; LIMPIADO-

RES DE PIPA (PARA PIPAS PARA TABACO); REJILLAS PARA

PIPAS (PARA PIPAS PARA TABACO); RECIPIENTES PARA

TABACO, NO DE METALES PRECIOSOS; CERILLOS; CAJAS

PARA CERILLOS, NO DE METALES PRECIOSOS; CENICEROS,

NO DE METALES PRECIOSOS; PIEDRA PARA ENCENDEDOR;

MANOJO DE FILAMENTOS PARA FILTRO PARA CIGARRILLOS;

FILTROS PARA CIGARRILLOS; PAPEL PARA CIGARRILLOS;

ESTUCHES PARA CIGARRILLOS, NO DE METALES PRECIOSOS;

PAPEL ABSORBENTE PARA PIPAS PARA TABACO; BOLSAS

PARA TABACO; ESTUCHES PARA PUROS, NO DE METALES

PRECIOSOS; ENCENDEDORES PARA FUMADORES. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034247-1

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2009094922

No. de Presentación: 20090125752

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de

Victoria's Secret Stores Brand Management, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la expresión PINK VICTORIA'S SECRET y diseño,

que se traduce al castellano como ROSADO VICTORIA SECRETO, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LA VENTA DE ALMACÉN MINORISTA, VENTA

POR CORREO Y VENTA POR INTERNET DE PRODUCTOS PARA

EL CUIDADO PERSONAL, PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y

ARTICULOS DE SOMBRERERÍA, ROPA INTERIOR, JUGUETES,

ROPA DE CAMA Y TOALLAS; UBICADO EN FOUR LIMITED

PARKWAY, REYNOLDSBURG, OHIO 43068, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034179-1

No. de Expediente: 2009096107

No. de Presentación: 20090127835

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VERONICA

MARIA ARELY LOPEZ DE ARGÜELLO conocida por VERONICA

LOPEZ DE ARGÜELLO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de OFTALFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: OFTALFARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL.

Consistente en: la palabra PanaPharma y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO FARMACÉUTICO CUYA

ACTIVIDAD ECONÓMICA PRINCIPAL ES LA COMERCIALIZA-

CIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, UBICADA EN LA 91

AVENIDA NORTE NÚMERO 541, CENTRO PANAMERICANO

DE OJOS, EN EL SEGUNDO NIVEL, EN LA CIUDAD DE SAN

SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034211-1

No. de Expediente: 2009091235

No. de Presentación: 20090119187

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JORGE EDUAR-

DO MUÑOZ VAQUERANO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ALM CONSULTING GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la frase ALM Consulting Group y diseño, que

se traduce al castellano como ALM grupo consultor, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICA-

DO A BRINDAR SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN GESTIÓN

AMBIENTAL Y DESARROLLO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos

mil nueve.

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de marzo del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025476-1

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2009095718

No. de Presentación: 20090127066

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de AUDI AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

VorSPrUNG DUrcH TEcHNiK

Consistente en: las palabras VORSPRUNG DURCH TECHNIK,

que se traducen al castellano como VENTAJA POR TECNOLOGIA,

que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CON-

SUMIDOR RESPECTO A LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: VEHÍ-

CULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA O

MARÍTIMA.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034216-1

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA DE LA SOCIE-

DAD INVERSIONES FARMACÉUTICAS CENTRAL SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

HACE SABER: Que de conformidad a lo establecido por los

Artículos 221, 222, 223, 224 y 228 todos del Código de Comercio,

para los efectos de ley se convoca a los accionistas, a la celebración

de las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria, la cual se llevará

a cabo en primera convocatoria, para el día diez de Noviembre de los

corrientes, a las diez horas en las instalaciones de la sociedad ubicadas

en Calle Delgado número trescientos treinta y cinco, de la ciudad de San

Salvador, y el once de Noviembre del presente año, en el mismo lugar a

la misma hora, en segunda convocatoria, sino se llenare el quórum legal

necesario, en la primera convocatoria. Y a fin de deliberar y resolver

sobre los asuntos comprendidos en la siguiente agenda:

Asuntos Ordinarios

1- Establecimiento del quórum

2- Aprobación o improbación de la Memoria del Administra-

dor Único, del Balance General, el estado de resultados, el

estado de cambios en el patrimonio y el informe del auditor

externo.

3- Nombramiento del Administrador Único propietario y su-

plente.

4- Nombramiento del Auditor Externo.

Asuntos Extraordinarios

1- Acuerdo de disolución de la sociedad

El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la

convocatoria, será de la mitad más uno para la junta ordinaria de todas las

acciones que constituyen el capital social de la sociedad. Y para tomar

resolución se necesitará igual proporción. El quórum necesario para

celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria, será cualquiera

que sea el número de las acciones representadas; y para tomar resolución

por mayoría de los votos presentes.

El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de

la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de

la sociedad, para la junta extraordinaria, y para tomar resolución se

necesita igual proporción. El quórum necesario para celebrar la sesión

en la segunda convocatoria, será de la mitad más una de las acciones.

San Salvador, nueve de octubre de dos mil nueve.

GILDA MARIA CHARLAIX DE SALOMON,

ADMINISTRADORA ÚNICA.

INFACENTRA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F025559-1

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385SUBaSTa PÚBlica

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzga-

do, por el Licenciado JOSÉ MAURICIO VALENCIA RAMÍREZ,

como Apoderado General Judicial de "LA CAJA DE CRÉDITO DE

SANTIAGO DE MARÍA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES-

PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE DE ESTE

DOMICILIO" contra los señores RENE MAURICIO RODRÍGUEZ

SOLANO y JAKELINE SENEYDY LOVO DE RODRIGUEZ, se

venderá en pública subasta en fecha oportuna el inmueble siguiente: Un

terreno rústico, inculto, situado en las orillas de la Ciudad de Santiago de

María, Distrito de Santiago de María, Departamento de Usulután, de la

capacidad superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS

CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, lote o porción que se

identifica con el número veintiuno del plano topográfico y que mide y

linda: ORIENTE, veintitrés metros con lote número veinte; NORTE,

diez metros cincuenta centímetros con lote número cuarenta y cuatro,

pasaje José Angel Salgado de por medio; PONIENTE, veintitrés metros

con lote número veintidós y SUR, diez metros cincuenta centímetros con

terreno de Paula Galeano, pasaje José Lucas Carrillo de por medio, el

lote descrito se encuentra determinado a cuerpo cierto por un mojón de

concreto de sus cuatro vértices. El inmueble descrito se encuentra inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección

de Oriente, Departamento de Usulután, bajo el Número TREINTA Y

SEIS del Libro MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE, a favor de

la señora JAKELINE SENEYDY LOVO DE RODRIGUEZ.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, Santiago de María,

a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil cinco.- LICDA.

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- LIC. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034228-1

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzgado,

por el Licenciado JOSÉ MAURICIO VALENCIA RAMÍREZ, en su

calidad de Apoderado General Judicial de "LA CAJA DE CREDITO

DE SANTIAGO DE MARIA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES-

PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE DE ESTE

DOMICILIO" contra las señoras IDILIA DEL CARMEN HERNÁNDEZ

DE ORTIZ, y BLANCA OLGA ORTIZ DE LÓPEZ, se venderá en

pública subasta en fecha oportuna el siguiente inmueble: Una porción

de terreno de naturaleza rústica, fértil, ahora urbano que formó parte

de uno dividido en dos porciones, situado en el lugar denominado El

Rebalse, en Jurisdicción de Santa Elena, Departamento de Usulután,

marcado en el plano respectivo como lote número CUATRO, del Po-

lígono SIETE de la Lotificación SAN EMILIO, TERCERA ETAPA,

el que se describe así: de una extensión superficial de DOSCIENTOS

METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS OCHENTA

Y SEIS PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS, cuya descripción

técnica es la siguiente: partiendo de la intersección de los ejes de la calle

número dos y Avenida "b", se mide una distancia de sesenta y nueve punto

cincuenta metros, con rumbo Norte sobre el eje de la Avenida "B", y en

este punto con deflexión izquierda de noventa grados, y una distancia

de cuatro metros se llega al vértice Sur-este, al cual llamaremos mojón

número UNO, del lote que se describe, el cual mide y linda: AL SUR,

del mojón número uno con rumbo Poniente y una distancia de VEINTE

METROS, se llega al mojón número dos, lindando con lote número

cinco del mismo Polígono: AL PONIENTE, del mojón número dos

con rumbo Norte y una distancia de DIEZ METROS, se llega al mojón

número tres, lindando con Quebrada El Rebalse; AL NORTE; del mojón

número tres con rumbo Oriente y una distancia de VEINTE METROS,

se llega al mojón número CUATRO, lindando con lote número tres del

mismo Polígono; y AL ORIENTE: del mojón número cuatro, con rumbo

Sur y una distancia de DIEZ METROS, se llega al mojón número uno,

lindando con lote número trece del Polígono SEIS, Avenida "B", de por

medio, llegando así al punto donde se inició la presente descripción; in-

mueble que se encuentra, inscrito a favor de la señora BLANCA OLGA

ORTIZ DE LÓPEZ, en el Sistema de Folio Real Automatizado en la

Matrícula Número SIETE CINCO CERO SEIS NUEVE OCHO SEIS

DOS -CERO CERO CERO CERO CERO, asiento uno, en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente de

la ciudad de Usulután.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Santiago de María, a

los diez días del mes de julio del año dos mil nueve.- LICDA. GLADIS

NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.-

LIC. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034229-1

LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por

la Abogada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, Apoderada del BANCO

HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, contra

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. la señora REINA SALIA RIVAS TRUJILLO, registrado bajo el número

58-EM-07-3, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien

inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de naturaleza

urbana el cual se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San

Salvador, al número de Matrícula SEIS CERO CERO CERO CINCO

UNO SEIS UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, el cual posee una

extensión superficial de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SE-

TENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, en el que hay construida

una casa de sistema mixto, identificado como lote número CINCUENTA

Y TRES, del Polígono “29” ubicado en la Jurisdicción de Ilopango, al

Norte de la Carretera Panamericana y Boulevard del Ejército Nacional,

que conduce al Oriente del país, y al Oriente de la ciudad de Soyapango,

Departamento de San Salvador. Dicho inmueble propiedad de la señora

REINA SALIA RIVAS TRUJILLO, se encuentra HIPOTECADO a favor

del Hipotecario de El Salvador, Sociedad Anónima, en el Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de San

Salvador, inscrito al número de Matrícula 60005161-00000, con asiento

número 10.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

y diez minutos del día diez de agosto de dos mil nueve.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025413-1

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por la Licenciada

ALICIA MARGARITA BARRERA SOSA, como Apoderada General

Judicial DE LA CAJA DE CREDITO DE SAN FRANCISCO GOTERA

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITA-

DA DE CAPITAL VARIABLE, Institución de Crédito, representada

legalmente por el señor JUAN JESUS PEREZ ZELAYA, en contra del

señor LUIS ALONSO ROMERO VILLALOBOS, conocido por LUIS

ALONSO ROMERO, a efecto de que le cancelen cantidad de dólares,

intereses convencionales y moratorios y costas procesales, se venderán

en pública subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se

indicará los inmuebles siguientes: “PRIMER INMUEBLE: Un lote de

terreno, de naturaleza rústica situado en el Cantón San Antonio Silva,

Jurisdicción del Municipio, Distrito y Departamento de San Miguel, de

una extensión superficial de once mil novecientos treinta y uno punto

veintiséis metros cuadrados y se identifica en el plano correspondiente

como lote número veintinueve “A”, del Polígono número uno, Ha-

cienda Rancho Grande, el cual se describe con sus medidas y linderos,

y colindancias siguientes: Comenzando por el esquinero Sur Este, al

Oriente, en línea recta con rumbo Sur, un grado dieciséis minutos ocho

segundos Este y distancia de ciento veinte punto cero un metros, hasta

el esquinero Nor Este, colinda con el lote número veintinueve “B” del

mismo Polígono, al Norte del esquinero anterior, en línea recta con

rumbo Sur, ochenta y tres grados, veintiún minutos tres segundos Este,

y distancia de cincuenta y uno punto quince metros, hasta el esquinero

Nor Oeste, colinda con el lote número treinta del mismo Polígono, calle

de por medio, al Poniente del esquinero anterior en línea recta con rumbo

Norte, veintitrés grados cuatro minutos cinco segundos Este y distancia

de ciento sesenta punto noventa y nueve metros, hasta el esquinero Sur

Oeste colinda con lotes números veintidós, veintitrés y veinticinco, del

mismo Polígono, calle de por medio; y al Sur, del esquinero anterior en

línea recta con rumbo Sur, setenta y nueve grados doce minutos nueve

segundos Oeste y distancia de ciento dieciocho punto sesenta y nueve

metros, hasta el esquinero donde se comenzó la presente descripción

y colinda con Bosque uno, Río San Antonio y Bosque dos de por me-

dio, inscrito a favor del demandado señor LUIS ALONSO ROMERO

VILLALOBOS o LUIS ALONSO ROMERO, en el Sistema de Folio

Real Computarizado del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, del

Departamento de San Miguel, a la Matrícula Número 80017545-00000,

en el Asiento 4, SEGUNDO INMUEBLE: Inmueble de naturaleza rústica

situado en el Cantón San Antonio Silva, Jurisdicción, Distrito, Municipio

y Departamento de San Miguel, identificado como lote número quince

del Polígono número uno, Hacienda Rancho Grande, de la capacidad

superficial de TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO

PUNTO OCHOCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS,

el cual se describe con sus medidas, colindancias y linderos siguientes:

Partiendo del esquinero Nor Oriente, lindero Norte, en línea recta hasta el

esquinero Nor Poniente, con rumbo Sur, sesenta y seis grados cincuenta

y siete minutos un segundo Este, y distancia de trescientos cuarenta y tres

punto cincuenta y nueve metros, colinda con el lote número catorce del

mismo Polígono; AL PONIENTE: Del esquinero anterior en línea recta

hasta el esquinero Sur Poniente, con rumbo Norte, veintiséis grados cero

tres minutos seis segundos Este y distancia de cuarenta punto cero seis

metros, colinda con terreno de la Hacienda San Antonio Silva, al Sur

del esquinero anterior en línea recta hasta el esquinero Sur Oriente, con

rumbo Sur, sesenta y seis grados cincuenta y siete minutos un segundo

Este y distancia de trescientos cuarenta y nueve punto cero un metros,

colinda con lote número dieciséis del mismo Polígono; y al Oriente, del

esquinero anterior en línea recta hasta el esquinero a donde se comenzó

la presente descripción con rumbo Sur, dieciocho grados quince minutos

cero segundos Oeste y distancia de cuarenta punto catorce metros, colinda

con Calle y Boca Calle y terreno del derecho de reserva de la Hacienda

Rancho Grande de por medio, inscrito a favor del demandado señor LUIS

ALONSO ROMERO VILLALOBOS o LUIS ALONSO ROMERO, en

el Sistema de Folio Real Computarizado del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas del Departamento de San Miguel, a la Matrícula Nú-

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385mero 80052770-00000, en el Asiento 2. TERCER INMUEBLE: Un

inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón San Antonio Silva,

Jurisdicción del Municipio de San Miguel, Distrito y Departamento de

San Miguel, siendo el lote número veintitrés del Polígono uno, Hacienda

Rancho Grande, de la extensión superficial de QUINCE MIL SETE-

CIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO SEISCIENTOS CINCUENTA

Y SEIS METROS CUADRADOS, el cual se describe con sus medidas,

colindancias y linderos siguientes: Comenzando por el esquinero Nor

Oriente, lindero Norte, en Línea recta hasta el esquinero Nor Poniente,

con rumbo Sur, sesenta y seis grados cincuenta y siete minutos un segundo

Este y distancia de doscientos sesenta punto setenta metros, colinda con

lote número veintidós del mismo Polígono, al Poniente del esquinero

anterior en línea recta, hasta el esquinero Sur Poniente con rumbo Norte,

veintiséis grados cuarenta y un minutos ocho segundos Este y distancia

de sesenta punto doce metros, colinda con terreno de la Cooperativa

Hacienda San Antonio Silva, al Sur del esquinero anterior en línea recta

hasta el esquinero Sur Oriente con rumbo Sur, sesenta y seis grados

cincuenta y siete minutos un segundo Este y distancia de doscientos

sesenta y cuatro punto sesenta y tres metros, colinda con lote número

veinticuatro del mismo Polígono y al Oriente, del esquinero anterior en

línea recta hasta el esquinero donde se comenzó la presente descripción,

con rumbo Sur, doscientos treinta y un grados cero dos minutos nueve

segundos Oeste y distancia de sesenta metros, colinda con lote número

veintinueve del mismo Polígono, calle de por medio, inscrito a favor del

demandado señor LUIS ALONSO ROMERO VILLALOBOS o LUIS

ALONSO ROMERO, en el Sistema de Folio Real Computarizado a la

Matrícula Número 80056719-00000, en el Asiento 3, todos pertenecientes

al Registro de la Propiedad Raíz del Departamento de San Miguel".

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las once horas y treinta y cinco minutos del día tres de septiembre de

dos mil nueve.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F025420-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, de treinta y siete años de edad, Abogada y Notaria,

del domicilio de San Salvador, en calidad de Apoderada General Judicial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,

Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador; contra

el señor MARIO GOMEZ ALFARO, de veinticuatro años de edad, a la

fecha del contrato, Comerciante, del domicilio de Apopa; reclamándole

la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON SE-

SENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de capital,

más el interés pactado del siete punto noventa y siete por ciento anual

sobre saldos insolutos, contado a partir del día uno de septiembre de dos

mil siete, Primas de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños

a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate y

costas procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA,

en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se

indicará, el terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con

el número CATORCE, del Polígono CINCO, Pasaje TRES SUR, de

la URBANIZACION VALLE VERDE TERCERA ETAPA, situado

en Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San

Salvador, de una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS; el cual se localiza así: Partiendo de

la intersección formada por los ejes de la Calle Principal y del Pasaje

número tres Sur, se mide sobre el eje de este último, con rumbo Sur, cero

ocho grados treinta y cinco minutos cincuenta y un segundos Oeste y

distancia de setenta y tres punto cincuenta metros. Haciendo estación en

este punto se hace una deflexión de noventa grados positiva y distancia

de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Nor-Este de donde

se inicia la presente descripción así: LADO ORIENTE: Tramo recto

con rumbo Sur, cero ocho grados treinta y cinco minutos cincuenta y

un segundos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al vértice Sur-

Este. Linda en este costado con lote número veintitrés del Polígono

tres, pasaje tres sur de cinco metros de ancho de por medio. LADO

SUR: Tramo recto con rumbo Norte, ochenta y un grados veinticuatro

minutos cero nueve segundos Oeste y distancia de diez metros, se llega

al vértice Sur-Este; linda en este costado con lote número quince del

mismo Polígono. LADO PONIENTE: Tramo recto con rumbo Norte,

cero ocho grados treinta y cinco minutos cincuenta y un segundos Este

y distancia de cinco metros, se llega al vértice Nor-Oeste, linda en

este costado con lote número veintitrés del mismo Polígono. LADO

NORTE: Tramo recto con rumbo Sur, ochenta y un grados veinticuatro

minutos cero nueve segundos Este y distancia de diez metros, se llega

al vértice Nor-Este en donde se inició la presente descripción; linda en

este costado con lote número trece del mismo Polígono. Inscrito en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, en el Sistema de Información Registro y Catastro, Matrícula

Número SESENTA MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL CIENTO

OCHENTA Y CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas treinta

minutos del día veinticinco de mayo de dos mil nueve.- DRA. VIOLETA

DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL.-

LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025457-1

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con

el número 65-E-06, promovido por el Licenciado JULIO ENRIQUE

VIDES BORGWARDT, en su calidad de Apoderado General Judicial

del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., antes denominado

BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor JOSE

MARIO SANCHEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en

fecha que más adelante se senalará, el Bien Inmueble que a continua-

ción se describe y localiza así: “Ciudad y Departamento de Santa Ana”

Inmueble de naturaleza urbana situado en urbanización San Juan Bosco

marcado como lote número DIECISEIS, Polígono “B” del Barrio Santa

Bárbara, Santa Ana de una extensión superficial de NOVENTA METROS

CUADRADOS. El cual mide y linda: LINDERO NORTE: cinco metros;

LINDERO ORIENTE: dieciocho metros; LINDERO SUR: cinco metros

y LINDERO PONIENTE dieciocho metros, inscrito a favor del señor

JOSE MARIO SANCHEZ bajo la matrícula DOS CERO CERO UNO

CERO SEIS SIETE TRES - CERO CERO CERO CERO CERO asiento

DOCE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Occidente.-”

SE ADMITIRÁN POSTURAS SIENDO LEGALES.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las quince horas y cinco minutos del día uno de julio

de dos mil nueve. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025458-1

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-

PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo mercantil promovido

por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, como mandatario

del Fondo Social para la Vivienda, por resolución de las catorce horas

del día treinta y uno de agosto del corriente año, se ha ordenado la venta

del bien inmueble embargado, inmueble urbano que se describe así: lote

urbano y construcciones que contiene, identificado con el número treinta

y dos, polígono cuarenta y cinco, de la Urbanización Cumbres de San

Bartolo, situada en jurisdicción de Tonacatepeque, departamento de

San Salvador, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL

SUR CINCO METROS, AL ORIENTE Y AL PONIENTE DIEZ ME-

TROS. Embargo que se encuentra debidamente inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, con

matrícula 60025964-00000, asiento 4. Dicho inmueble es propiedad del

señor JOSE LUIS DULCE, inscrito en el correspondiente Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas, con matrícula M01311369, y que sobre

dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA HIPOTECA,

a favor SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

con inscripción en el correspondiente registro de la propiedad raíz e

hipotecas bajo la matrícula MO1311369, y que en la actualidad dicho

Banco, CEDIO, VENDIO Y TRASPASO, a favor del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, el cien por ciento del mutuo garantizado con

la referida hipoteca, mediante documento privado autenticado con ins-

cripción registral y matrícula 60025964-00000, asiento 3.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil nueve. LIC.

MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025459-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción promovida en este Juzgado, por el Licenciado JOSE ANTO-

NIO URQUILLA RAMOS y continuado por la Licenciada SILVIA

RAQUEL CHAVARRIA SANTOS, ambos Apoderados del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MARIO ANTONIO

RODRIGUEZ HERNANDEZ, se venderá en pública subasta, en

este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se

indicará, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno

y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el

número VEINTINUEVE del Polígono SESENTA. Dicho lote forma

parte de la Urbanización denominada CIUDAD FUTURA, TERCERA

ETAPA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de

San Salvador, cuyas medidas y linderos son los siguientes: Partiendo

del punto de intersección formado por los ejes de la Avenida Xochilt y

Pasaje número sesenta, ambos ejes abiertos en la Urbanización, se mide

sobre el segundo eje con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho

minutos veintiocho segundos oeste una distancia de ciento ochenta y uno

punto cincuenta metros en donde con una deflexión derecha de noventa

grados y una distancia de dos punto cincuenta se llega al esquinero Sur-

oeste o mojón número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL

PONIENTE: Partiendo del mojón número uno- con rumbo norte cero

grados treinta y un minutos treinta y dos segundos Este y distancia de

doce punto cero metros se llega al mojón número dos, lindando por este

tramo con lote número treinta y uno del mismo polígono y Urbanización;

AL NORTE, partiendo del mojón número dos, con rumbo sur ochenta

y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos Este y distancia

de cinco punto cero metros se llega al mojón número tres lindando por

este tramo con lote número treinta del mismo polígono y urbanización,

AL ORIENTE, partiendo del mojón número tres, con rumbo sur cero

grados treinta y un minutos treinta y dos segundos oeste y distancia de

doce punto cero metros se llega al mojón número cuatro lindando por

este tramo con lote número veintisiete del mismo polígono y Urbani-

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385zación, AL SUR: Partiendo del mojón número cuatro con rumbo norte

ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos oeste

y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número uno

donde se inició la presente descripción, lindando este tramo con lote

número veintiocho polígono número cincuenta y nueve, de la misma

Urbanización, pasaje número sesenta de cinco punto cero metros de

ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión superficial

de sesenta punto cero metros cuadrados equivalentes a ochenta y cinco

punto ochenta y cinco varas cuadradas. Inmueble inscrito a favor del

demandado señor Mario Antonio Rodríguez Hernández, bajo la Matrí-

cula Número M SESENTA MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL

TRESCIENTOS CINCUENTA-CERO CERO CERO CERO CERO

DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA

PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas y quince minutos del día dieciocho de

diciembre del dos mil ocho. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025460-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-

vido por la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como

Apoderada del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, contra el señor HECTOR ANTONIO CORTEZ CERRITOS,

conocido por HECTOR ANTONIO CERRITOS, reclamándole cumpli-

miento de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública

subasta en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: “Un

inmueble de naturaleza rústico, situado en el Cantón Ceiba del Charco, de

la jurisdicción de Izalco, departamento de Sonsonate, denominado como

Primera Porción, de una extensión superficial de CIENTO OCHENTA

Y SIETE PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, el cual

se describe así: Partiendo del esquinero Sur-Poniente de la porción nú-

mero uno de la Repartición de la Finca Santa Elena, mide una distancia

de cuatro punto sesenta y cuatro metros y rumbo Sur cuarenta y cuatro

grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Este y luego mide una

distancia de treinta punto noventa y cinco metros y rumbo Sur setenta

y tres grados cero tres punto siete minutos Este, se llega al esquinero

Sur-Poniente del lote a desmembrar, en donde se inicia la presente

descripción; AL SUR, formado por un tramo recto de diez punto setenta

metros y rumbo Sur setenta y tres grados cero tres punto cuatro minutos

Este, lindando con porción número cuatro de la repartición de la finca

Santa Elena calle de tierra de cuatro punto cero cero metros de ancho

de por medio; AL ORIENTE, formado por un tramo recto de diecisiete

punto cincuenta metros y rumbo norte dieciséis grados cincuenta y seis

punto seis minutos Este, que linda con porción número uno de la misma

finca, de la Cual se desmembra; AL NORTE, formado por un tramo

recto de diez punto setenta metros y rumbo norte setenta y tres grados

cero tres punto cuatro minutos Oeste, lindando con porción número uno

de la misma desmembración de Finca Santa Elena. AL PONIENTE,

formado por un tramo recto de diecisiete punto cincuenta metros y

rumbo Sur dieciséis grados cincuenta y seis punto seis minutos Oeste,

lindando con porción número uno de la cual se desmembra, llegando

así al punto donde se inició esta descripción. El inmueble antes descrito

se encuentra inscrito a favor del señor HÉCTOR ANTONIO CORTEZ

CERRITOS, conocido por HÉCTOR ANTONIO CERRITOS, bajo

la matrícula número UNO CERO CERO DOS OCHO CINCO UNO

UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento DIEZ, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente,

Departamento de Sonsonate”.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil San Salvador, a las

nueve horas y treinta minutos del día veintiocho de agosto del año dos

mil nueve. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025463-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO,

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo mercantil Promovido por el

Abogado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE en su calidad de apo-

derado de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

en contra del señor JOSÉ MENJIVAR, se venderán en pública subasta

en este Tribunal los bienes inmuebles propiedad del referido demandado,

consistentes en dos inmuebles de naturaleza urbana, sometidos al Régi-

men de propiedad inmobiliaria por pisos y apartamientos, identificados

como locales comerciales números TRES-CINCO Y TRES-CINCO A

del Condominio Metro Galerías, el primero está ubicado a doscientos

catorce punto treinta y cinco metros al oriente de la intersección del

Boulevard Los Héroes y Avenida Los Sisimiles, Colonia Miramonte,

de esta Ciudad, ubicado en la tercera planta del edificio, tiene un área

construida de treinta y ocho punto cincuenta y cuatro metros cuadrados,

la medida cúbica de la construcción es de ciento nueve punto ochenta

y cuatro metros cúbicos, su nivel de peso tiene una elevación promedio

de seiscientos noventa y seis punto cuarenta metros cuadrados sobre

el nivel medio del mar y su descripción técnica es de: Partiendo de la

intersección del Boulevard Los Héroes y Avenida Los Sisimiles, se mide

sobre el eje de la última con rumbo sur sesenta y siete grados cero cero

punto un minuto este una distancia de doscientos catorce punto treinta y

cinco metros. En este punto se hace una deflexión izquierda de noventa

grados y se mide con rumbo norte veintidós grados cincuenta y uno punto

nueve minutos este una distancia de quince punto cero cinco metros del

eje actual y trece punto cincuenta y cinco metros del eje proyectado y

nivel de seiscientos noventa y seis punto cuarenta metros sobre el nivel

del mar, localizado el esquinero sur oriente del bien que se describe así:

Sur: línea recta de cinco punto veinte metros y rumbo norte sesenta y

siete grados cero cero punto un minuto Oeste, lindando con circulación

peatonal de uno punto ochenta metros de ancho de por medio; Ponien-

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. te: Línea recta de seis punto veinte metros y rumbo norte veintidós

grados cincuenta y uno punto nueve minutos Este, lindando con local

comercial número TRES-SEIS de la tercera planta; Norte: Tres tramos

rectos, el primero de tres punto setenta metros con rumbo sur sesenta

y siete grados cero punto cero un minutos Este, y lindando con el local

comercial número TRES-CINCO A, de la tercera planta; el segundo de

cuatro punto veinte metros con rumbo norte veintidós grados cincuenta

y uno punto nueve minutos Este y lindando con local comercial TRES

CINCO A de la tercera planta; y el tercero de uno punto cincuenta metros

con rumbo Sur sesenta y siete grados cero punto cero un minutos Este y

lindando con circulación peatonal de dos punto treinta y cinco metros de

ancho de por medio; Oriente: línea recta de diez punto cuarenta metros

y rumbo Sur veintidós grados cincuenta y uno punto nueve minutos

Oeste, lindando con locales comerciales números TRES-CUATRO

A, y acceso peatonal principal de cinco punto sesenta metros de ancho

de por medio; este inmueble linda por el lado inferior con los locales

comerciales números DOS-SEIS, DOS-SIETE de la segunda planta y

por el lado superior con estructura metálica y lámina asbesto cemento

que conforman la cubierta del edificio. Y el segundo local comercial

está ubicado a doscientos doce punto setenta y cinco metros al Oriente

de la intersección del Boulevard Los Héroes y Avenida Los Sisimiles,

Colonia Miramonte de esta Ciudad, se ubica en la tercera planta del

edificio, tiene un área construida de quince punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados, la medida cúbica de la construcción es de cuarenta

y cuatro punto veintinueve metros cúbicos, su nivel de piso tiene una

elevación promedio de seiscientos noventa y seis punto cuarenta metros,

sobre el nivel medio del mar y su descripción técnica es: Partiendo de la

intersección del Boulevard Los Héroes y Avenida Los Sisimiles, se mide

sobre el eje de esta última con rumbo sur sesenta y siete grados cero cero

punto un minutos Este una distancia de doscientos doce punto setenta y

cinco metros, en este punto se hace una deflexión izquierda de noventa

grados y se mide con rumbo norte veintidós grados cincuenta y uno

punto nueve minutos Este una distancia de veintiuno punto veinticinco

metros del eje actual y veintiuno punto setenta y cinco metros del eje

proyectado y nivel de seiscientos noventa y seis punto cuarenta metros

sobre el nivel del mar localizado el esquinero su oriente del bien que se

describe así: y desde el cual se inicia la presente descripción: Sur, línea

recta de tres punto setenta metros y rumbo norte sesenta y siete grados

cero cero punto un minutos Oeste lindando con local comercial número

TRES-CINCO, de la tercera planta; Poniente: línea recta de cuatro punto

veinte metros y rumbo norte veintidós grados cincuenta y uno punto

nueve minutos Este, lindando con local comercial número TRES-SEIS

A de la tercera planta; Norte: Línea recta de tres punto setenta metros

y rumbo sur sesenta y siete grados cero cero punto un minutos Este,

lindando con circulación peatonal de dos punto treinta y cinco metros

de ancho; Oriente: línea recta de cuatro punto veinte metros y rumbo sur

veintidós grados cincuenta y uno punto nueve minutos Oeste, lindando

con servicio sanitario del local número TRES-CINCO de la tercera plan-

ta, este inmueble linda por el lado inferior con local comercial número

DOS-SEIS Y DOS-SIETE de la primera planta; y por el lado superior

con estructura metálica y lámina asbesto cemento que conforma la cu-

bierta del edificio. Los inmuebles anteriormente descritos se encuentran

inscritos a favor del demandado bajo las matrículas números: SESENTA

MILLONES DOCE MIL NOVENTA-A CERO CERO SETENTA Y

DOS, Y SESENTA MILLONES DOCE MIL NOVENTA-A CERO

CERO SETENTA Y TRES, del Sistema del Folio Real Computarizado

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San

Salvador, e Hipotecado a favor de la Institución Ejecutante en el asiento

No. 6 de la matrícula antes relacionada;

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL; Delgado, a las doce horas y veinte mi-

nutos del día cuatro de Diciembre de dos mil ocho. LICDA. MARIBEL

DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE

DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025526-1

aViSo DE coBro

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

LIDIA DE JESUS JURADO VIUDA DE VARELA, conocida por LIDIA

ELBA JURADO, LIDIA DE JESUS JURADO, LIDIA JURADO, ELBA

LIDIA JURADO y por LIDIA JURADO ULLOA, mayor de edad, de

Oficios Domésticos, del domicilio de Mejicanos, de este Departamento,

portadora de su Documento Único de Identidad Número 00050345-6 y

Número de Identificación Tributaria 1210-201231-101-2, quien actúa

en su carácter personal, solicitando en calidad de madre sobreviviente

se le permita cobrar la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE

DOLARES CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($239.38), dejado pendiente

de cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la

Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2008, por su extinto hijo JOSE

MARIA JURADO VARELA, quien fue de 40 años de edad, falleció a

las 18 horas del día 1 de julio del año 2009.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad

a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuestos, con la finalidad de que toda persona que se crea con igual

o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el

término de 3 días contados a partir del día siguientes en que haya salido

a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los seis días del mes de

octubre de dos mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F025639-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385PaTENTE DE iNVENcioN

No. de Expediente: 2009003205

No. de Presentación: 20090007762

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JORGE ENRI-QUE MENDEZ PALOMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BAYER SCHERING PHARMA AG, del domicilio de MÜLLERSTRASSE 178,13353 BERLIN ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de la PA-TENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT denominada DERIVADOS DE SILICIO PARA OBTENCION DE IMAGENES POR TOMOGRAFIA DE EMISION DE POSITRONES (PET), por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 51/04, A61K 51/08, y con prioridad de la solicitud EUROPEA No. 2006060768231, de fecha dos de octubre del año dos mil seis, solicitud EUROPEA No. 2006060768694, de fecha once de octubre del año dos mil seis, solicitud EUROPEA No. 2007070900436, de fecha doce de marzo del año dos mil siete, solicitud EUROPEA No. 2006070900790, de fecha veintitrés de abril del año dos mil seis.

Se refiere a: DERIVADOS DE SILICIO PARA OBTENCION DE IMAGENES POR TOMOGRAFIA DE EMISION DE POSITRONES (PET).

La solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día siete de septiembre del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil nueve.

Lic. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. C034196

No. de Expediente: 2009003233

No. de Presentación: 20090007857

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JORGE ENRI-QUE MENDEZ PALOMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MERCK & CO., INC., del domici-lio de 126 EAST LINCOLN AVENUE, RAHWAY, NEW JERSEY 07065-0907 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT denominada DERIVADOS DE 2-(1-FENIL -5- HIDROXI -4ALFA-METIL-HEXAHIDROCICLOPENTA (F)INDAZOL-5- IL)ETIL FE-NILO COMO LIGANDOS DEL RECEPTOR GLUCOCORTICOIDE, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/416, C07D 231/56, C07D 401/10, C07D 403/10, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200660853655, de fecha veintitrés de octubre del año dos mil seis, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200760923337, de fecha trece de abril del año dos mil siete.

Se refiere a: LA PRESENTE INVENCION SE REFIERE A DERIVADOS DE 2-[L-FENIL-5 - HIDROXI-4ALFA-METIL- HEXAHIDROCICLOPENTA[/]INDAZOL-5-IL]ETIL FENILO COMO LIGANDOS DEL RECEPTOR GLUCOCORTICOIDE ÚTILES PARA EL TRATAMIENTO DE UNA VARIEDAD DE ENFERMEDADES O AFECCIONES AUTOINMUNES E INFLAMATORIAS.

La solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día veintitrés de octubre del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil nueve.

Lic. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. C034197

Marca iNDUSTrial

No. de Expediente: 2009092758

No. de Presentación: 20090122034

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Bo-dega Navarro Correas S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NaVarro corrEaS

Consistente en: las palabras NAVARRO CORREAS, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE CERVEZAS). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034175-1

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009092825

No. de Presentación: 20090122114

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Bo-dega Navarro Correas S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

STrUcTUra

Consistente en: la palabra STRUCTURA, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (CON EXCEPCION DE CERVEZAS). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034176-1

No. de Expediente: 2009095295

No. de Presentación: 20090126396

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de TRUPER HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

foSET

Consistente en: la palabra FOSET, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EX-CEPTO MOTORES PARA VEHICULOS TERRESTRES); ACOPLA-MIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISION (EXCEPTO PARA VEHICULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRICOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034180-1

No. de Expediente: 2009095293

No. de Presentación: 20090126394

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de TRUPER HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

foSET

Consistente en: la palabra FOSET, que servirá para: AMPARAR: HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DE MANO ACCIONADOS MANUALMENTE; ARTICULOS DE CUCHILLERIA, TENEDORES Y CUCHARAS; ARMAS BLANCAS; NAVAJAS Y MAQUINILLAS DE AFEITAR. Clase: 08.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034181-1

No. de Expediente: 2009095298

No. de Presentación: 20090126399

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de TRUPER HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

VolTEcH

Consistente en: la palabra VOLTECH, que servirá para: AMPA-RAR: MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); ACO-PLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRÍCOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS. Clase: 07.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034182-1

No. de Expediente: 2009095300

No. de Presentación: 20090126401

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Engrain, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

XPro

Consistente en: la palabra XPRO, que servirá para: AMPARAR: EN-ZIMAS Y AGENTES OXIDANTES PARA USO EN LA INDUSTRIA HARINERA Y EN LA PANIFICACION; ACONDICIONADORES PARA MASA (PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA). Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034183-1

No. de Expediente: 2009095445

No. de Presentación: 20090126649

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Diageo

North America, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras SMIRNOFF BE THERE y diseño, que se traducen al castellano como SMIRNOFF ESTAR ALLÍ, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZA). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034184-1

No. de Expediente: 2008090462

No. de Presentación: 20080117526

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA FRANCISCA LOPEZ LINARES, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

fiBrolac

Consistente en: la palabra FIBROLAC, que servirá para: AMPA-RAR: LECHE CON FIBRA. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034185-1

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095426

No. de Presentación: 20090126605

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Sumitomo Rubber Industries, Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

ENaSaVE

Consistente en: la palabra ENASAVE, que servirá para: AMPA-RAR: LLANTAS PARA VEHÍCULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034189-1

No. de Expediente: 2009095517

No. de Presentación: 20090126776

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GENZYME CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

JoNEXa

Consistente en: la palabra JONEXA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MÉDICO; ESPECIALMENTE PREPARACIONES FAR-MACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE TEJIDOS DAÑADOS O DEGENERATIVOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034190-1

No. de Expediente: 2009095585

No. de Presentación: 20090126868

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de SANCELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SANCELA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

DalE a SaBa 1 Solo DE TUS DiaS

Consistente en: la expresión DALE A SABA 1 SOLO DE TUS DIAS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA USO DE HIGIENE VAGINAL; ARTÍCULOS SANITARIOS ABSORBEN-TES PARA LA MENSTRUACIÓN O PARA INCONTINENTES; BRAGAS HIGIÉNICAS; PAÑOS PERIÓDICOS; TOALLAS SANITA-RIAS; PROTEGE-SLIPS [PRODUCTOS HIGIÉNICOS]; TAMPONES PARA LA MENSTRUACIÓN; PAÑOS HIGIÉNICOS [SALVASLIP]; BRAGAS HIGIÉNICAS PARA INCONTINENTES; PAÑALES HIGIÉNICOS PARA INCONTINENTES; PAÑOS HIGIÉNICOS [COMPRESAS] Y SLIPS HIGIÉNICOS PARA INCONTINENTES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034191-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095586

No. de Presentación: 20090126869

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARÍA

DAISY YANIRA MARTÍNEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de Ebel International Limited, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando

el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

Consistente en: la expresión cy zone URBAN nite y diseño, que

se traduce al castellano como Cy Zona URBANO nite, que servirá

para: AMPARAR PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, TALES COMO

FRAGANCIAS, COLONIAS, EAU DE PARFUM, EAU DE TOILET-

TE, LOCIONES PERFUMADAS, LOCIONES HUMECTANTES,

CREMA SUAVIZANTES, DESODORANTES, TALCO, JABONES

PERFUMADOS, GEL O CREMA DE AFEITAR, LOCIÓN O GEL

AFTERSHAVE (PARA DESPUÉS DE AFEITAR), ACEITES, GEL

DE BAÑO, SHAMPOO Y ACONDICIONADORES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de septiembre del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034192-1

No. de Expediente: 2009090799

No. de Presentación: 20090118236

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO

de McDonald's Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

MccafE

Consistente en: la palabra McCAFE, que servirá para: AMPARAR:

ALIMENTOS PREPARADOS CON CARNE, CERDO, PESCADO

Y PRODUCTOS DE AVES DE CORRAL, EMPAREDADOS DE

CARNE, EMPAREDADOS DE PESCADO, EMPAREDADOS DE

CERDO, EMPAREDADOS DE POLLO, FRUTAS Y VEGETALES

PRESERVADOS Y COCIDOS, HUEVOS, QUESO, LECHE, PRE-

PARACIONES A BASE DE LECHE, PEPINILLOS, POSTES. Clase:

29.

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034193-1

No. de Expediente: 2009095428

No. de Presentación: 20090126615

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de

Grupo Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

EGo

Consistente en: la palabra EGO, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUC-

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. TOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; SUS-

TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA

BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL

PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTAN-

TES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS

Y PREPARACIONES VITAMÍNICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034195-1

No. de Expediente: 2009094474

No. de Presentación: 20090124963

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NATALIA

LISSETTE RODRÍGUEZ CHINCHILLA, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de ELSY MARGARITA CASTRO DE ALAS, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

Consistente en: las palabras Especias Mi Pueblito y diseño, que

servirá para: AMPARAR ESPECIAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025491-1

EMBlEMaS

No. de Expediente: 2009094045

No. de Presentación: 20090124087

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANIBAL

AUGUSTO ELIAS REYES, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORÍA Y

ASESORÍA EMPRESARIAL CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SINCAE, S.A

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del

EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identificado como un círculo color rojo

degradado, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE

DEDICA A ASESORÍA/SERVICIO DE CONSULTORÍA EMPRESA-

RIAL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de octubre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034207-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385oTroS

COMITÉ ORGANIZADOR DE LAS FIESTAS PATRONALES DE SAN MIGUEL,

DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL

PRESUPUESTO GENERAL DEL AÑO 2009

PARTE SEGUNDA - EGRESOS

SECCIÓN TERCERA

FONDOS ESPECÍFICOS MUNICIPALES

RUBRO DE EGRESOS QUE SE AUMENTAN

4000 EGRESOS DE FONDOS MUNICIPALES

4100 FIESTAS PATRONALES

4102 CELEBRACIÓN DE FIESTAS PATRONALES

6 COMISIÓN DE RELIGION $ 1,220.00

7 COMISIÓN DE PÓLVORA $ 3,400.00

PARTE SEGUNDA-EGRESOS

SECCIÓN TERCERA

FONDOS ESPECÍFICOS MUNICIPALES

RUBRO DE EGRESOS QUE SE DISMINUYEN

4000 EGRESOS DE FONDOS MUNICIPALES

4100 FIESTAS PATRONALES

4102 CELEBRACIÓN DE FIESTAS PATRONALES

5 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN $ 4,620.00

TOTALES $ 4,620.00 $ 4,620.00

REFORMA DEL PRESUPUESTO

HABIÉNDOSE INTRODUCIDO REFORMAS AL PRESUPUESTO, EN LAS COMISIONES DE RELIGIÓN, PÓLVORA Y ADMINISTRA-CIÓN, PUBLICADOS EN DIARIO OFICIAL TOMO 382, QUE CORRESPONDE A LA FECHA 12/03/2009.

Art. 27.- Los funcionarios y empleados deberán dar cumplimiento a la ordenanza de creación del Comité Organizador de las Fiestas Patronales de San Miguel, mediante decreto Número Tres de fecha seis de febrero de dos mil ocho.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE DEROGACION Y VIGENCIA

Art. 28.- Lo no previsto en las siguientes disposiciones generales, será resuelto por el comité de la manera que sea procedente.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL COMITÉ ORGANIZADOR DE LAS FIESTAS PATRONALES DE SAN MIGUEL, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE.

JOSÉ WILFREDO SALGADO GARCÍA, JOSÉ ANTONIO DURÁN, PRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

OSCAR WILLIAM WEMBESG, ING. ALEXANDER VILLATORO PÉREZ, TESORERO. PRO-TESORERO.

LIC. ÁNGEL ROLANDO GÓMEZ CÓRDOVA, LIC. EDGAR ULISES TEJADA, SÍNDICO. CUARTO VOCAL.

1 v. No. F025438

JOSÉ CRUZ FUENTES REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Diecisiete Calle Poniente, Número Doscientos Diez, Local Número Siete, en esta ciudad.

HACE SABER: Que a mi Oficina se ha presentado la señorita MARÍA CARLOTA RODRÍGUEZ MENDOZA, de cuarenta años de edad, Religiosa, del domicilio de San Pedro Perulapán, quien promueve ante mis Oficios de Notario, Diligencias de Titulación de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el Cantón El Paraíso, Jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, de la capacidad superfi-cial de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS, el cual se describe de la siguiente manera: LADO NORTE, Colinda con Luz Margarita Rodríguez de Vásquez en setenta y ocho metros; LADO ORIENTE, Colinda con Eulogio Mendoza en sesenta y dos metros, hoy con Silvestre Mendoza; LADO SUR, Colinda con Isabel Mendoza Vásquez y María Emma Rodríguez viuda de Ascencio, en cuarenta y

ocho metros sesenta centímetros en línea recta; y AL PONIENTE, en treinta y dos metros con sesenta centímetros, colinda con Simón Mendoza, hoy de Hernán Mendoza.

En consecuencia por este medio se citan a todos los que se crean con derecho en la posesión de dicho inmueble, a que se presenten en la Oficina del Notario en el término de quince días desde el siguiente de la última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JOSÉ CRUZ FUENTES REYES, a las diez horas del día trece de octubre del año dos mil nueve.

DR. JOSÉ CRUZ FUENTES REYES,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. F025500-1

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2009095382

No. de Presentación: 20090126519

CLASE: 35

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de BURGER KING CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

clUB BK

Consistente en: Las palabras CLUB BK, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, PRINCIPALMENTE PROMOCIÓN DE CONCIENCIA PÚBLICA RESPECTO A LOS BENEFICIOS DE MANTENER UN ESTILO DE VIDA SANO POR MEDIO DE BUENA NUTRICIÓN Y UNA DIETA BALANCEADA Y EJERCICIO. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034177-1

No. de Expediente: 2009095381

No. de Presentación: 20090126518

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de BURGER KING CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

clUB BK

Consistente en: La expresión CLUB BK, que servirá para: AMPA-RAR SERVICIOS EDUCACIONALES Y DE ENTRETENIMIENTO, PRINCIPALMENTE PROVEER JUEGOS DE COMPUTADORA

EN LÍNEA PARA NIÑOS, PARA APRENDER ACERCA DE LOS BENEFICIOS DE MANTENER UN ESTILO DE VIDA SANO, POR MEDIO DE BUENA NUTRICIÓN Y UNA DIETA BALANCEADA Y EJERCICIO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034178-1

No. de Expediente: 2009092487

No. de Presentación: 20090121580

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROXANA MARÍA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ELE-KTRA TRADING & CONSULTING GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño identificado como Elektra Trading & Consulting Group, Sociedad Anónima de Capital Variable, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034186-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095380

No. de Presentación: 20090126516

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de BUR-

GER KING CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

clUB BK

Consistente en: Las palabras CLUB BK, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOS-

PEDAJE TEMPORAL; SERVICIOS DE CAFES-RESTAURANTES

Y SERVICIOS DE BAR DE CAFÉ; SERVICIOS DE PREPARACIÓN

DE COMIDAS Y BEBIDAS; SERVICIOS DE PREPARACIÓN DE

COMIDAS Y BEBIDAS PARA LLEVAR; SERVICIOS DE RES-

TAURANTES; SERVICIOS DE RESTAURANTES DE COMIDA

RÁPIDA; SERVICIOS DE RESTAURANTES DE SERVICIO RÁ-

PIDO; SERVICIOS DE RESTAURANTES DE AUTOSERVICIO;

SERVICIOS DE BARES DE COMIDAS RÁPIDAS [SNACK-BARS];

SERVICIOS DE RESTAURANTE Y BAR, INCLUYENDO DE

KIOSKOS Y COMIDA PARA LLEVAR; SERVICIOS DE BEBIDAS

Y COMIDAS PREPARADAS; SERVICIOS DE PREPARACIÓN DE

ALIMENTOS O COMIDAS PARA CONSUMO EN O FUERA DEL

ESTABLECIMIENTO. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034194-1

No. de Expediente: 2009095414

No. de Presentación: 20090126584

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de UNIVISION COMMUNICATIONS INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño; identificado como el diseño de U, que servirá para: AMPARAR TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034218-1

No. de Expediente: 2009092159

No. de Presentación: 20090120984

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Chivas Holdings

(IP) Limited, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La expresión CHIVAS REGAL 12YO & ETI-

QUETA, que servirá para: AMPARAR: PROVEER SERVICIOS DE

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. COMIDA Y BEBIDA; PROVEER SERVICIOS DE RESTAURANTE;

PROVEER SERVICIOS DE BAR; SERVICIOS DE CÓCTELES. Clase:

43.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034238-1

No. de Expediente: 2009095413

No. de Presentación: 20090126583

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

UNIVISION COMMUNICATIONS INC., de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño; identificado como el diseño de U, que

servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD, NEGO-

CIOS, MERCADEO Y PROMOCIONALES VÍA EL INTERNET,

PRINCIPALMENTE, PROVEER VENTAS ELECTRÓNICAS EN

LÍNEA DE PRODUCTOS PARA EL CONSUMIDOR Y PRODUCTOS

RELACIONADOS AL ENTRETENIMIENTO, PRINCIPALMENTE

RINGTONES, GRABACIONES DE SONIDOS MUSICALES, CA-

LENDARIOS Y POSTERS: PROVEER DIRECTORIOS EN LÍNEA,

ÍNDICES, Y BASES DE DATOS DONDE SE PUEDEN REALI-

ZAR BÚSQUEDAS PERTINENTES AL ENTRETENIMIENTO,

PRINCIPALMENTE MÚSICA, PROGRAMAS DE TELEVISIÓN,

CELEBRIDADES Y OTRO ENTRETENIMIENTO; PROVEER

SERVICIOS DE DIRECTORIOS DE INFORMACIÓN EN LÍNEA

TAMBIÉN PRESENTANDO HIPERVÍNCULOS A OTROS SITIOS

WEB; Y PROVEER INFORMACIÓN PRESENTANDO NOTICIAS,

CLIMA, DEPORTES, ENTRETENIMIENTO, EVENTOS ACTUA-

LES, Y MATERIAL DE REFERENCIA EN LÍNEA Y POR MEDIO

DE DISPOSITIVOS PORTÁTILES INALÁMBRICOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034244-1

No. de Expediente: 2009095976

No. de Presentación: 20090127612

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GEREMIAS

ALVARADO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PRO-

PIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La frase SUNZAL HILLS y diseño, que se traduce

al castellano como LAS COLINAS DEL SUNZAL, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase:

43.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025430-1

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

acEPTacioN DE HErENcia

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las catorce horas y veinte minutos del día catorce de abril del corriente año. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el causante WILLIAN DIONICIO VÁSQUEZ MÉNDEZ, de parte del señor GUILLERMO MÉNDEZ RODRÍGUEZ, conocido por GUILLERMO MÉNDEZ, de cincuenta años de edad, agricultor, del domicilio de San Francisquito, Jurisdicción de Yamabal, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro siete cinco siete cuatro - dos; por derecho propio que le corresponde en calidad de padre del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de veinticinco años de edad, comerciante, originario de Yamabal, Morazán, y del domicilio de esta Ciudad, hijo de GUILLERMO MÉNDEZ RODRÍGUEZ y FELIPA GLORIA VÁSQUEZ; falleció el día ocho de enero del dos mil nueve en San Francisco Gotera, Morazán, siendo este lugar su último domicilio.

Se le confirió al Aceptante antes mencionado y en la forma esta-blecida, la Administración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se pre-senten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Fran-cisco Gotera, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034118-2

OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por acep-tada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ ANTONIO ALFARO, conocido por JOSÉ ANTONIO ALFARO MEDINA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero, soltero, de nacionalidad Salvadoreña, originario y del domicilio de San Buenaventura, Departamento de Usulután, hijo de Margarita Alfaro ya fallecida; falleció aquel a las veintidós horas con diez minutos del día dieciocho de enero del año dos mil ocho, en

San Buenaventura, Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de JOSÉ SEBASTIAN ALFARO, conocido por JOSÉ SEBASTIAN ALFARO MEDINA, en concepto de hermano del Causante y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras María Margarita Alfaro y María Concepción Alfaro, en su calidad de hermanas del causante.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince horas y quince minutos del día veintiuno de septiembre de dos mil nueve. LIC. OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA. LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034123-2

JAIME DAVID GUEVARA VENTURA, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia TESTAMENTARIA de los bienes que a su defunción acaecida, el día veintidós de noviembre de dos mil seis, en esta ciudad, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor ARNULFO MORENO conocido por ARNULFO MORENO ALFARO, quien fue de cuarenta y seis años de edad, soltero, agricultor, hijo de José Moreno o José Moreno Navarrete y de Juana Alfaro, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de la señora BLAN-CA ZULEMA MORENO ALFARO conocida por BLANCA ZULEMA MORENO y por BLANCA ZULEMA MORENO DE AMANONCE, como heredera testamentaria. Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los seis días del mes de octubre de dos mil nueve. LIC. JAIME DAVID GUEVARA VENTURA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLEN-TE. BR. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034148-2

de seGunda publicación

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte

minutos del día siete del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada

por el señor DAVID ELÍAS CIENFUEGOS TOBAR, fallecido el día

veintidós de abril del dos mil, en el Hospital Nacional de Sonsonate,

siendo la Villa de Nahulingo, de este departamento su último domicilio,

de parte de la señora SONIA ESMERALDA GARCÍA CIENFUEGOS,

en concepto de hija de la causante.

Y se ha conferido a la aceptante, la Administración y Representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta

y cinco minutos del día veintidós de septiembre del dos mil nueve. DR.

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA

DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025006-2

DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos

del día veintitrés de julio de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las diez horas del día diecinueve de septiembre

de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Cauta Abajo de la

jurisdicción de Guaymango, siendo éste su último domicilio, dejó el

señor VICENTE MONROY o VICENTE MONROY BONILLA o

VICENTE MONRROY BONILLA; de parte de los señores: LUCAS

ANTONIO MONROY MARTÍNEZ; MARÍA ANGÉLICA MONROY

MARTÍNEZ; MARINA MONRROY DE LEÓN conocida por MARINA

MONRROY MARTÍNEZ y MARINA MONROY MARTÍNEZ; CÁN-

DIDA MONROY MARTÍNEZ o CÁNDIDA MARTÍNEZ MONROY;

y MARÍA EMELINA LARA, los primeros cuatro en calidad de hijos del

causante, y la última en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios

que en la sucesión le correspondían a la señora TERESA MONRROY DE

MAEDA o TERESA MARTÍNEZ MONRROY o TERESA MARTÍNEZ

MONROY, como hija de mismo causante; y se ha nombrado interinamente

a los aceptantes, Representantes y Administradores de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las ocho horas dieciséis mi-

nutos del día veintitrés de julio de dos mil nueve. DR. JULIO CÉSAR

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. EFRAÍN MAURICIO AREVALO

MOJICA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025013-2

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta y

tres minutos del día veintinueve de septiembre del año en curso, se tuvo

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ CONRADO SIBRIÁN

ESTRADA , quien falleció a las diecinueve horas y veintiún minutos

de día catorce de noviembre de dos mil siete, en Colonia Arcos de La

Cima, calle principal, casa número diecinueve “C”, siendo su último

domicilio Mejicanos, de parte de la señora ANA MARINA SIBRIÁN

DE LANGLOIS, en su concepto de hermana del Causante. Confiéresele

a la aceptante en el carácter antes indicado, la Administración y Repre-

sentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de

los Curadores de la herencia yacente.

Y CITA A: Los que se crean con derecho a la referida herencia a

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

a partir de la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas

y quince minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil nueve.

LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

LILIAN ESTELA HERNÁNDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025043-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial.

AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente con

beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor CARLOS

GUZMÁN, que falleció el día veinticuatro de noviembre de dos mil ocho,

en esta ciudad, su último domicilio, por parte de la señora ANA MARÍA

GUZMÁN DE MORENO o ANA MARÍA GUZMÁN, en concepto de

hermana del causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente,

Administradora y Representante de la sucesión de que se trata.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, uno de octubre de dos mil

nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025071-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385CECILIA LOPEZ NAVARRO, Notario, del domicilio de Ayutuxtepeque

y de esta ciudad, con oficina ubicada en RESIDENCIAL LOS CIPRESES,

PASAJE SEIS PONIENTE, POLIGONO C-SEIS NUMERO NUEVE,

Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las ocho horas y treinta minutos del día cuatro de octubre del presente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor RENE

ANTONIO CORNEJO SEGURA, conocido por RENE ANTONIO

SEGURA y por RENE CORNEJO, ocurrida el día doce de agosto del

presente año, en el Hospital Nacional Molina Martínez de la ciudad de

Soyapango, siendo dicha ciudad su último domicilio; de parte de las seño-

ras IVONNE CECILIA CORNEJO URBINA y JEANNETTE MARILU

CORNEJO URBINA, en su calidad de hijas del causante; habiéndose

conferido a las aceptantes, la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente; en consecuencia, por este medio se cita a todos los que

se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la

referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente

a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario CECILIA LOPEZ NAVARRO,

en la ciudad de Santa Tecla, a las siete horas y treinta minutos del día

siete de octubre de dos mil nueve.

CECILIA LOPEZ NAVARRO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F025109-2

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por reso-

lución proveída por este Tribunal a las quince horas del día dieciocho

de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

ocurrida a las diecinueve horas del día primero de octubre del año dos

mil siete, en el Cantón El Suncita, Caserío San Pedro Belén de esta

jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó el

señor HUMBERTO GUARDADO GUARDADO, de parte del señor

LUIS ALONSO GUARDADO GALLEGOS, en su calidad de hijo y

además como cesionario del derecho hereditario que les correspondía a

las señoras María Gallegos de Guardado conocida por María Gallegos,

María Gallegos Martínez, Anita Gallegos y por Anita Gallegos de Guar-

dado, y Dolores Guardado Gallegos, en su concepto de cónyuge e hija

respectivamente del expresado causante; por lo que se le ha conferido

a dicho aceptante la administración y representación interina de la su-

cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia a

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince

horas treinta minutos del día dieciocho de septiembre del dos mil nueve.-

Lic. MELIDA DEL TRANSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025114-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA

LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas con quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los

bienes que a su defunción acaecida, el día veintidós de septiembre de

dos mil cuatro, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el

mismo lugar su último domicilio; dejó la señora MARTA VICTORINA

ORELLANA GARCIA, quien fue de cuarenta y un años de edad, divor-

ciada, comerciante, hija de Santiago Orellana Mendoza y María Olivia

García, originaria de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte

de la señora ISIS YAMILETH FLORES ORELLANA, ésta en calidad de

hija de la causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que

en calidad de padres e hijos de la causante respectivamente les corres-

pondían a los señores SANTIAGO ORELLANA MENDOZA, MARIA

OLIVIA GARCIA, ROBERTO CARLOS FLORES ORELLANA y

KRISSIA ELENA FLORES ORELLANA, representada por la Licen-

ciada LORENA GUADALUPE LOPEZ, como Apoderada General

Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido a la aceptante

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

veintiuno días del mes de septiembre de dos mil nueve.- Lic. JOSE

ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025150-2

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce

horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con beneficio

de inventario, de parte de la señora GUILLERMA SANTAMARIA DE

ESCOBAR la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante,

señor EFRAIN MAZARIEGO, conocido por EFRAIN ESCOBAR

MAZARIEGO y por EFRAIN ESCOBAR, quien fue de setenta y seis

años de edad, Agricultor en Pequeño y falleció a las diecinueve horas del

día veintiuno de enero de dos mil ocho, en la Lotificación San Nicolás,

Block "D", No. Nueve, de esta ciudad, siendo éste el lugar de su último

domicilio.

La aceptante mencionada es cónyuge sobreviviente del susodi-

cho causante y a la vez cesionaria de los derechos hereditarios que en

esta sucesión les corresponderían a los señores HECTOR ANTONIO

ESCOBAR SANTAMARIA, JORGE EDUARDO ESCOBAR SANTA-

MARIA, SAUL ESCOBAR SANTAMARIA, RODOLFO ESCOBAR

SANTAMARIA, DIMAS ESCOBAR SANTAMARIA y MIRIAN

ESCOBAR viuda DE GONZALEZ como hijos del susodicho causante; y

en ese carácter se le confiere la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las cator-

ce horas veinte minutos del día doce de agosto de dos mil nueve.- Dr.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-

Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025193-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JOSE GENARO GALVEZ, quien

falleció el día diez de noviembre de mil novecientos noventa y uno, en

el Cantón Veracruz de San Juan Talpa, su último domicilio, por parte

de JOSE GENARO GALVEZ GALVEZ o JOSE GENARO GALVEZ,

en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante,

interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecisiete de septiembre

de dos mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025241-2

Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

veintinueve de septiembre de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora RUBIA

ILDELINA ALVARADO PANAMEÑO, la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante señora BLANCA JOSEFA PANAMEÑO

NAVARRETE o BLANCA JOSEFA PANAMEÑO, quien fue de sesenta

y nueve años de edad, ama de casa, soltera, fallecida a las diecisiete horas

del día treinta y uno de junio de dos mil nueve, en el Barrio Concepción

de Santa Clara, departamento de San Vicente, lugar de su último domi-

cilio, en calidad de hijo de la causante, y además como cesionaria de los

derechos hereditarios que en la sucesión del causante le correspondían a

los señores ARSENIO PANAMEÑO AYALA y FRANCISCO IVAN

ALVARADO PANAMEÑO, éstos en calidad de hijos de la referida

causante. Y se ha conferido a la aceptante interina en las calidades antes

mencionadas, la administración y representación interina de la sucesión,

con las facultades de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas

diez minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil nueve.- Dra.

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025245-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385HErENcia YacENTE

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se declaró YACENTE, la herencia que en forma intestada dejó el causante PEDRO DEL CID RIVERA, quien fue de setenta años de edad, Agricultor en Pequeño, originario y del domicilio de Lolotiquillo; de nacionalidad Salvadoreña; hijo de los señores MARIA RIVERA y CELESTINO DEL CID, quien falleció a las VEINTIUNA HORAS CON QUINCE MINUTOS del día CATORCE de FEBRERO del año DOS MIL NUEVE; siendo la población de Lolotiquillo, su último domicilio; y no habiéndose presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia, DECLARASE YACENTE, la misma y nómbrase Curador para que la represente al Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, a quien se le hará saber este nombramiento, para su aceptación, protesta y demás efectos legales.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las diez horas y cincuenta minutos del día cinco de septiembre de dos mil nueve.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025076-2

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos del día veinticinco de septiembre del corriente año, se ha decla-rado YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ISRAEL ALVARADO ESPINAL, quien falleció a las diecinueve horas y diecisiete minutos del día veintinueve de octubre de dos mil ocho, en la ciudad de Hempstead, condado de Nassau, Estado de Nueva York, de Estados Unidos de América, siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio. Y se nombró Curador Especial para que lo represente, al Licenciado JUAN RAMON FLORES BENITEZ, a quien se le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás efectos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL. San Miguel, a las diez horas y cuarenta minutos del día veinticinco de sep-tiembre de dos mil nueve.- Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025080-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora

GLORIA DE JESUS RECINOS ACOSTA, de sesenta y cuatro años de

edad, Doméstica, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento

de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero tres

millones ciento cincuenta y cinco mil doscientos noventa y uno-siete;

solicitando Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana

de su propiedad, situado en Cantón Moncagua, Caserío Malpaneca, sin

número, de la jurisdicción de San Pablo Tacachico, departamento de La

Libertad, de una extensión superficial de CUATROCIENTOS SETENTA

Y OCHO PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, in-

mueble mide y linda: AL NORTE: mide doce punto sesenta y un metros,

linda con Miguel Ángel Hernández, Manuel de Jesús Hernández, con

Río Suquiapa de por medio, Mardoqueo Hernández, Eloisa León viuda

de Hernández, Rosalío Hernández, José Armando Hernández, Carlos

Floremi Hernández, Gloria del Carmen Hernández; AL ORIENTE: En

tres tramos el primer tramo mide catorce punto noventa y seis metros,

el segundo tramo mide trece punto noventa y dos metros, el tercer tramo

mide trece punto cincuenta y nueve metros, linda con Gloria del Carmen

Hernández de Martínez; AL SUR: mide veintiocho punto cero cuatro

metros, linda con Rosa Emma Sibrián de Callejas; y AL PONIENTE: En

dos tramos el primer tramo mide doce punto setenta y seis metros y el

segundo tramo mide diez punto ochenta y cuatro metros, linda con Neli

del Carmen Fuentes viuda de Flores, todos los colindantes son de este

domicilio, el inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene

cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con ninguna persona y lo adquirió a título de compraventa, celebrando un

instrumento privado que le otorgó el señor Alejandro Cruz Hernández,

actualmente fallecido, en el mes de abril de mil novecientos setenta y

ocho, el cual se le extravió y que después de buscarlo no fue encontrado;

que dicho inmueble carece de antecedente registral inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de La Libertad,

tal como consta en la referida certificación catastral y lo valora en la

cantidad de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norte América

($2,000.00).

Por lo que se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, a los ocho días del

mes de octubre del año dos mil nueve. ARÍSTIDES ALVARADO

MEJÍA, ALCALDE MUNICIPAL.- ÁNGEL MARIO RIVAS ROJAS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025208-2

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. TÍTUlo SUPlETorio

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor Luis

Sigifredo Nativi Fuentes, Abogado, de este domicilio, como Apoderado

General Judicial del señor Ricardo Sorto Rivera, quien es mayor de edad,

y del domicilio de la ciudad Anamorós, solicitando título supletorio de dos

terrenos de naturaleza rústica, situados en el Cantón Tulima, Jurisdicción

de Anamorós, Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, de la capacidad superficial Primera porción: de tres mil

quinientos metros cuadrados, que mide y linda, AL ORIENTE: setenta

metros, con resto del inmueble antes ahora colinda con Rosaura Aguilera,

cerco de alambre del colindante y piña medianero, AL NORTE: setenta

y cinco metros, con resto del inmueble, antes, ahora linda con Benjamín

Sorto, cerco de alambre y piña propio y con Mélido Villatoro, cerco de

piedra del colindante y con otra propiedad del titulante, callejón de por

medio, AL PONIENTE: treinta metros, con resto del inmueble antes,

ahora linda con Florencio Reyes, cerco de piedra y piña medianero; y

AL SUR: sesenta y cinco metros, con resto del inmueble antes ahora

linda con Florencio Reyes, cerco de piedra del colindante y con Rosaura

Aguilera, cerco de alambre y piña de la colindante. Segunda porción:

de la capacidad de ochocientos setenta y cinco metros setenta y cinco

centímetros cuadrados, que mide y linda, AL ORIENTE: veintiocho

metros veinticinco centímetros, con José Luis Aguilera Reyes, antes ahora

colinda con Benjamín Sorto, cerco de alambre del colindante, AL NORTE:

treinta y un metros, con Hercilia Aguilera de Sorto antes, ahora colinda

con Benjamín Sorto y con otra propiedad del titulante callejón de por

medio, AL PONIENTE: veintiocho metros veinticinco centímetros, con

José Santos Aguilera Reyes, antes, ahora colinda con Mélido Villatoro,

cerco de alambre y piedra medianero, y AL SUR: treinta y un metros,

con Pantaleona Reyes Guevara, antes, ahora con Benjamín Sorto, cerco

de piña propio del titulante, contiene una casa de habitación que mide,

nueve por seis varas, techo de tejas, y paredes de adobe y tiene un árbol

de mango. Valúa dichos inmuebles en la cantidad de Un Mil Dólares de

los Estados Unidos de América, y los adquirió por compraventa hecha

al señor Teófilo Aguilera Reyes, el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los cinco días del mes de octubre del año dos

mil nueve.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034140-2

EL NOTARIO, JUAN ARNULFO RODRIGUEZ, con oficina en

Cuarta Avenida Sur, número cinco, Soyapango, al público para los

efectos de Ley.

AVISA: ERMOJENES BALDIN, pide título supletorio del predio

rústico, situado en el Cantón El Rosario, Jurisdicción de la ciudad de

San Martín, Departamento de San Salvador, sin nombre conocido, de

CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PUNTO TRE-

CE METROS CUADRADOS de superficie, que linda: AL ORIENTE,

camino que conduce a San José Guayabal, con terreno de Rafael Anzora

y Reyes Henríquez; AL NORTE, con terreno de Abraham Rochac; AL

PONIENTE, con terreno de Rafaela Parada, hoy de Isolina Funes de

Parada, el filo de una barranca de división; y AL SUR, con terreno de

Antonio Funes, camino que conduce a San José Guayabal, de por medio;

los colindantes son del domicilio de la ciudad de San Martín, vecinos

del Cantón El Rosario, alega posesión mayor de diez años, valorándolo

en TRES MIL DOLARES, MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

Soyapango, veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve.

DR. JUAN ARNULFO RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F025105-2

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

JOSE ARNULFO SALMERON CANIZALES, mayor de edad, Abogado,

del domicilio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, con Documento

Único de Identidad Número cero un millón trescientos cinco mil nove-

cientos noventa y cuatro guión cinco, Apoderado General Judicial con

Cláusula Especial de la señora PRESENTACION ALVARADO DE

CASTILLO; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor de la señora

PRESENTACION ALVARADO DE CASTILLO, de un inmueble de

naturaleza rústica, situado en el Cantón San José Centro, de esta Jurisdic-

ción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de la extensión superficial

de SEIS MIL CIENTO VEINTISIETE PUNTO OCHENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE: de un poste de maquilishuat, en línea recta se llega a un árbol de

pepeto, mide sesenta y dos punto treinta y cinco metros, colindando por

este rumbo con propiedad del señor Argelio Serrano, cerco de alambre

y piña propio de la titulante de por medio; AL PONIENTE: del árbol

de pepeto citado, en línea recta mide sesenta y ocho metros llegando a

un árbol seco de barrillo, colindando por este rumbo con propiedad de

las señoras Inés Rosario Barrera y María Juana Rodas, cerco de alambre

y piña propio de la titulante de por medio; AL SUR: del árbol seco de

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385barrillo citado en línea semi curva, pasando por una parra de bambú,

un árbol de jocote pitarrillo y otro árbol de jiote, se llega a otro árbol

de jiote, que sirve de esquinera mide sesenta y dos punto veinte metros

colindando por este rumbo con propiedad del señor José Antonio Monte-

rrosa Castillo, cerco de alambre propio de la titulante de por medio; y AL

ORIENTE: del árbol de jiote últimamente citado, en dos tramos rectos

el primero, de Sur a Oriente y el segundo de Oriente a Norte, miden en

su conjunto ciento veintiocho punto ochenta metros y se llega al poste

de maquilishuat, punto donde se inició la descripción, colindando por

este rumbo cerco de alambre, piña, y calle pública de por medio, con

propiedad de la señora Teodolinda Escobar; el inmueble citado no es

terreno sirviente, ni dominante, y no está en proindivisión alguna, no

tiene construcciones de ninguna clase, ni posee cultivos permanentes; y

lo valúa la titulante en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo hubo por posesión quieta, pacífica e ininterrumpida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las quince horas treinta minutos del día cinco de octubre de dos mil

nueve.-- LICDO. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. ANGELA VERONICA GUERRA

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025145-2

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

MILTON NOE VASQUEZ ZELAYA, quien actúa como Apoderado

General Judicial de la señora ANA MATILDE CRUZ SALVADOR;

solicitando DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Bañadero, del Cantón Peñón,

de la Jurisdicción de Sociedad, Departamento de Morazán, de la capa-

cidad superficial de DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE

METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE: Sesenta y tres metros, con JOSE MILTON BERRIOS, cerco

de alambre de púas y piña, cabeza negra de la titulante de por medio;

AL SUR: Cincuenta y nueve metros, con LUIS CARCAMO, cercos de

alambre de púas y piña cabeza negra de la titulante de por medio; AL

ORIENTE: cuarenta y tres metros, con ANTONIO BENITEZ, Río El

Bañadero, de por medio; AL PONIENTE: Treinta y cinco metros, con

SANTOS SALVADOR FLORES, cerco de alambre de púa de por me-

dio de la titulante. Dicho inmueble es valorado en la cantidad de DOS

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo

adquirió por compra verbal que le hizo al señor TRANSITO VALENTIN

CRUZ.

En el Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco

Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día seis de julio de

dos mil nueve.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. FLORA MARIBEL

HERNANDEZ, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F025178-2

ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO, Notario, de

este domicilio, con oficina jurídica ubicada en Veintiuna Avenida Norte,

Condominios Tequendama, Edificio Diez, Tercer Nivel, local número

tres, Colonia Layco, de esta ciudad.

HACE SABER: Que el señor JOSE ARNULFO SANCHEZ, se ha

presentado solicitando DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de

un terreno de naturaleza urbana, el cual está situado en Barrio Concepción,

Calle Alfredo Espino, número diez, Santiago Texacuangos, Departa-

mento de San Salvador, de una extensión superficial de TRESCIENTOS

TREINTA Y CINCO PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS

y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: Teresa Isabel Gómez de

Pérez y José Luis Pérez; AL ORIENTE: María Edith Vásquez Sánchez;

AL SUR: José Eliseo Ramírez Sánchez y Rosa Lidia Cruz de Ramírez;

AL PONIENTE: María Josefina de Jesús de Sánchez y Marcos Antonio

Cruz López, calle de por medio. El terreno descrito no es dominante,

ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que

pertenezcan a terceras personas; que lo valúa en la suma de DOS MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que lo posee

desde su adquisición hace cuarenta y cinco años, por compra que le

hiciera al señor VITELIO SANCHEZ PEREZ. Todos los colindantes

son del domicilio de Barrio Concepción, Calle Alfredo Espino, Santiago

Texacuangos, Departamento de San Salvador.

Lo que se hace del conocimiento del público, para oposición de

persona con mejor derecho y se presente dentro del término de ley, a la

oficina descrita al principio, con telefax: 2235-2251.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

octubre de dos mil nueve.

LICDA. ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO,

NOTARIO.

3 v. c. No. F025278-2

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 1995001339

No. de Presentación: 20080117994

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL V ADORE-ÑA, actuando como APODERADO de CADBURY UK LIMITED, del domicilio de BOURNVILLE, BIRMINGHAM, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00232 del Libro 00086 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en una etiqueta rectangular horizontal de color negra llevando en la parte superior la palabra Cadbury's en letras tipo carta, en medio de la etiqueta aparece un rectángulo horizontal de color blanco y se leen las palabras DAIRY MILK en letras estilizadas, y arriba de la letra L aparecen dos vasos inclinados con líquido, y abajo de este rectángulo está un pan partido por la mitad; que ampara productos/servicios com-prendidos en la (s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los trece días del mes de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025045-2

No. de Expediente: 1996000272

No. de Presentación: 20090125206

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de BALDWIN FILTERS, INC., del domicilio de EAST HIGHWAY 30 KEARNEY, NEBRASKA, 68848-0610, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00075 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "BALDWIN", ENCERRADA EN UN

PARALELOGRAMO DE FONDO RAYADO, ABAJO DE DICHO DISEÑO SE UBICA OTRO PARALELOGRAMO, RELATIVAMENTE MAS PEQUEÑO, CONTENIENDO LA PALABRA "FILTERS", EN LETRA RAYADA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los once días del mes de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025047-2

No. de Expediente: 1998001058

No. de Presentación: 20090125208

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS SOPHIA, S.A. DE C.V., del domicilio de Avenida Hidalgo No. 737, Guadalajara, Jalisco, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00125 del Libro 00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “SOPHIPREN OFTENO" una seguida de la otra en letras mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil nueve

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025049-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 1968016282

No. de Presentación: 20090118758

CLASE: 05, 29, 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., del domicilio de VEVEY, CANTON DE VAUD, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOV ACION, para la inscripción Número 16282 del libro 00039 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MILO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05, 29, 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025050-2

No. de Expediente: 1978000234

No. de Presentación: 20090124519

CLASE: 07, 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de WHIRL-POOL PROPERTIES, INC., del domicilio de 500 Renaissance Drive, Suite 101, Saint Joseph, Michigan 49085, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00056 del libro 00079 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra Whirlpool, sobre cuyas letras W y H está la representación de un espiral; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07, 11 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los nueve días del mes de julio del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025128-2

No. de Expediente: 1995003925

No. de Presentación: 20090123913

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

CAMPOMAR, S.L., del domicilio de AVDA. ESPAÑA, 9-CEUTA,

ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00227 del libro 00097 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en "FUN WATER", palabras en letras de

molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la (s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 1997004195

No. de Presentación: 20080114320

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de PHILIP MORRIS EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PHILIP MORRIS EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00084 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en LA PALABRA "RANGER", EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025151-2

No. de Expediente: 1998007057

No. de Presentación: 20090125549

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de SEAT, S.A., del domicilio de Autovía A-2, Km. 585. 08760, Martorell, Barcelona, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00032 del Libro 00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "SEAT CUPRA"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los treinta días del mes de julio del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025156-2

No. de Expediente: 1959006996

No. de Presentación: 20090126859

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MERRIAM-WEBSTER, INCORPORATED, del domicilio de 47 FE-DERAL STREET, SPRINGFIELD, MA 01102, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 06996 del Libro 00026 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "WEBSTER'S" dentro de un círculo, arriba de la cual se encuentra una corona o guir-nalda que sostiene en su interior el monograma forma de las "N W"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025222-2

DIARIO

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2009092585

No. de Presentación: 20090121751

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de KROW S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra SHARK y diseño, traducido al castellano como TIBURON, que servirá para: AMPARAR: PRESERVATIVOS, PROFILACTICOS, CONDONES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034144-2

No. de Expediente: 2009090969

No. de Presentación: 20090118575

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ERNESTINA CASTRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ERNESTINA CASTRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión Panadería Santa Eduviges y diseño, que servirá para: AMPARAR SEMITA, REPOSTERIA, GALLETAS, PAN DULCE, Y PAN FRANCES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034146-2

No. de Expediente: 2008079100

No. de Presentación: 20080113584

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO de DE LONGHI APPLIANCES S.R. L., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

PiNGUiNo

Consistente en: la palabra PINGUINO, que servirá para: AMPA-RAR: APARATOS DE ALUMBRADO, DE CALEFACCION, DE PRODUCCION DE VAPOR, DE COCCION, DE REFRIGERACION, DE SECADO, DE VENTILACION, DE DISTRIBUCION DE AGUA E INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034147-2

No. de Expediente: 2009095185

No. de Presentación: 20090126212

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TaMliaY

Consistente en: la palabra TAMLIAY, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025009-2

No. de Expediente: 2009095190

No. de Presentación: 20090126217

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

aMHErli

Consistente en: la palabra AMHERLI, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025010-2

No. de Expediente: 2009095186

No. de Presentación: 20090126213

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GENHErla

Consistente en: la palabra GENHERLA, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025011-2

No. de Expediente: 2009095191

No. de Presentación: 20090126218

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

lYMZaVa

Consistente en: la palabra LYMZAVA, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIARIO

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025014-2

No. de Expediente: 2009095184

No. de Presentación: 20090126211

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BrYNDir

Consistente en: la palabra BRYNDIR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025016-2

No. de Expediente: 2009095189

No. de Presentación: 20090126216

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de

WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

lYMaPZa

Consistente en: la palabra LYMAPZA, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025019-2

No. de Expediente: 2009095183

No. de Presentación: 20090126210

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

araZoG

Consistente en: la palabra ARAZOG, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ONCOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025023-2

DIARIO

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095182

No. de Presentación: 20090126209

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

colGaTE SENSiTiVE Pro-aliVio

Consistente en: la expresión COLGATE SENSITIVE PRO-ALIVIO,

en donde la palabra SENSITIVE se traduce al castellano como sensible,

sobre la palabra sensitive no se le concede exclusividad por ser de uso

común, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUI-

DADO ORAL NO MEDICADO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025024-2

No. de Expediente: 2009095180

No. de Presentación: 20090126207

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

colGaTE SENSiTiVE Pro-aliVio

Consistente en: la expresión COLGATE SENSITIVE PRO-

ALIVIO, en donde la palabra SENSITIVE se traduce al castellano como

sensible, sobre la palabra sensitive no se le concede exclusividad por ser

de uso común, que servirá para: AMPARAR: CEPILLO DE DIENTES.

Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025026-2

No. de Expediente: 2009095181

No. de Presentación: 20090126208

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

colGaTE SENSiTiVE Pro-aliVio

Consistente en: la expresión COLGATE SENSITIVE PRO-

ALIVIO, en donde la palabra SENSITIVE se traduce al castellano como

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385sensible, sobre la palabra sensitive no se le concede exclusividad por ser

de uso común, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL

CUIDADO ORAL MEDICADOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de agosto del año dos mil nueve.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025027-2

No. de Expediente: 2009092536

No. de Presentación: 20090121656

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KABUSHIKI

KAISHA MITSUKAN GROUP HONSHA, de nacionalidad JAPONESA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: la palabra MITSUKAN, que servirá para: AMPA-

RAR: TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ; HARINAS

Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA

Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE

MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOS-

TAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025028-2

No. de Expediente: 2009095079

No. de Presentación: 20090126073

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

GlaxoSmithkline Biologicals S.A., de nacionalidad BELGA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

arEPaNriX

Consistente en: la palabra AREPANRIX, que servirá para: AM-

PARAR: VACUNAS PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025029-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009094995

No. de Presentación: 20090125889

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GLAXO

GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

liMiNoS

Consistente en: la palabra: LIMINOS, que servirá para: AMPARAR:

SPRAYS SALINOS NASALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025031-2

No. de Expediente: 2009092184

No. de Presentación: 20090121040

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de AL-FAKHER

FOR TOBACCO TRADING & AGENCIES L.L.C., de nacionalidad

JORDANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra AL FAKHER y diseño, sobre los elemen-

tos denominativos árabes que traducidos al castellano son de uso común

o necesarios en el comercio no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: TABACO; ARTICULOS PARA FUMADORES;

CERILLAS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de julio del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025032-2

No. de Expediente: 2008074125

No. de Presentación: 20080105513

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

rEGiNa

Consistente en: la palabra REGINA, que servirá para: AMPARAR:

CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS

MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES. PIELES DE

ANIMALES. BAULES Y MALETAS. PARAGUAS, SOMBRILLAS

Y BASTONES, FUSTAS Y GUARNICIONERIA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

ocho.

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025033-2

No. de Expediente: 2009095078

No. de Presentación: 20090126072

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la frase CHUPABARRITA TIX TIX y diseño, que

servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ,

TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PRE-

PARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y

CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES;MIEL, JARABE DE

MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOS-

TAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025037-2

No. de Expediente: 2009095147

No. de Presentación: 20090126152

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de EXINMEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

STEaM clEaN BY MaBE

Consistente en: la expresión STEAM CLEAN BY MABE, que se traduce al castellano como LIMPIEZA AL VAPOR POR MABE, que servirá para: AMPARAR: SECADORAS DE ROPA; ESTUFAS; HORNOS, HORNOS DE MICROONDAS; CAMPANAS EXTRACTO RAS; PARRILLAS, REFRIGERADORES; CONGELADORES, EN-FRIADOR Y CALENTADOR DE AGUA; CALEFACTORES, AIRES ACONDICIONADOS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025042-2

DIARIO

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2008075421

No. de Presentación: 20080107684

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de LA ROCHE-POSAY LABORATOIRE PHARMACEUTIQUE, de

nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO.

BioMEDic

Consistente en: la palabra BIOMEDIC, que servirá para: AMPARAR:

PERFUME, AGUA DE TOCADOR; GELS, SALES PARA EL BAÑO

Y LA DUCHA PARA PROPÓSITOS NO MÉDICOS; JABONES DE

TOCADOR; DESODORANTES PARA EL CUERPO; COSMÉTICOS

TALES COMO CREMAS, LECHES, LOCIONES, GELS Y POLVOS

PARA LA CARA, EL CUERPO Y LAS MANOS; PREPARACIONES

PARA PROTECCIÓN SOLAR (PRODUCTOS COSMÉTICOS); PRE-

PARACIONES DE MAQUILLAJE; SHAMPOOS; GELS, SPARYS

(ROCIADOR), MOUSES Y BALSAMOS PARA EL ESTILIZADO

Y CUIDADO DEL CABELLO, LACA PARA EL CABELLO; PRE-

PARACIONES PARA COLORAR Y DECOLORAR EL CABELLO;

PREPARACIONES PARA EL ONDULADO PERMANENTE Y

RIZADO; ACEITES ESENCIALES PARA USO PERSONAL. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil nueve.

LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025053-2

No. de Expediente: 2009092133

No. de Presentación: 20090120908

CLASE: 01.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de THE SHERWIN-WILLIAMS COMPANY, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO.

Consistente en: la expresión: THOMPSON'S WATER SEAL

- WATERPROOFS & PROTECS y diseño de foca, en donde las pala-

bras: WATER se traduce al castellano como agua, SEAL como foca,

WATERPROOFS como impermeabilizador y PROTECS como protector,

que servirá para: AMPARAR: QUÍMICOS USADOS EN INDUSTRIA,

CIENCIA Y FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO EN AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES

NO PROCESADOS, COMPUESTOS DE EXTINGUIDORES; PREPA-

RACIONES DE TEMPLADORES Y SOLDADORES, SUSTANCIAS

BRONCEADORAS; ADHESIVOS USADOS EN LA INDUSTRIA.

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025055-2

No. de Expediente: 2009092183

No. de Presentación: 20090121039

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de AL-FAKHER

FOR TOBACCO TRADING & AGENCIES L.L.C, de nacionalidad

DIARIO

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385JORDANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO.

Consistente en: las palabras AL FAKHER y diseño, el cual contiene

caracteres arábigos que se traducen al castellano como Tabaco saborizado

el cual tiene el verdadero sabor del lujoso tabaco saborizado especial el cual

tiene sabor como ningún otro Lujoso, que servirá para: AMPARAR: PA-

PEL, CARTON Y ARTICULOS HECHOS DE ESTOS MATERIALES,

NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; MATERIALES IMPRENSOS;

MATERIALES PARA ENCUADERNAR; FOTOGRAFÍAS; PAPE-

LERIA, ADHESIVOS PARA PROPOSITOS DE PAPELERIA O LA

CASA; MATERIALES PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO

APARATOS); MATERIALES PLASTICOS PARA EMBALAJE (NO

INCLUIDOS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA;

CLICHES, PAÑALES DESECHABLES. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025058-2

No. de Expediente: 2009094681

No. de Presentación: 20090125371

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

OLMEDO SANCHEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de DISTRIBUIDORA CENTROAMERICANA DE LUBRICANTES,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra POWER y diseño, que se traduce al

castellano como Poder, que servirá para: AMPARAR: AGUA DESMI-

NERALIZADA; REFRIGERANTE COOLAN. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025117-2

No. de Expediente: 2009094374

No. de Presentación: 20090124796

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MA-

RIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de

GP PHARM. S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

DoNilar

Consistente en: la palabra DONILAR. que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO EN HUMANOS. Clase:

05.

La solicitud fue presentada el dla tres de julio del año dos mil

nueve.

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025122-2

No. de Expediente: 2009094376

No. de Presentación: 20090124798

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MA-

RIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de

GP PHARM, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

criNESal

Consistente en: la palabra CRINESAL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO EN HUMANOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025125-2

No. de Expediente: 2009095029

No. de Presentación: 20090125987

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de GYNOPHARM SOCIEDAD ANONIMA. de nacionalidad COSTA-RRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

PriPaX

Consistente en: la palabra PRIPAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025139-2

No. de Expediente: 2009094144

No. de Presentación: 20090124224

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELIZABETH ACOSTA ESPINOZA, en su calidad de APODERADO de VARELA HERMANOS, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: Ron ABUELO AÑEJO 12 AÑOS y diseño, sobre

la frase Ron Añejo 12 años no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: RON. Clase: 33.

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 La solicitud fue presentada el día veinticinco de junio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025141-2

No. de Expediente: 2009093194

No. de Presentación: 20090122775

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIOS AC FARMA S.A., de nacionalidad PERUANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

NoVocorTil

Consistente en: la palabra NOVOCORTIL, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de julio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025144-2

No. de Expediente: 2009094342

No. de Presentación: 20090124717

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de Kraft Foods Global Brands LLC., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO.

NUTTEr BUTTEr

Consistente en: las palabras NUTTER BUTTER que se traducen

al castellano como loco mantequilla, que servirá para: AMPARAR:

GALLETAS, PANECILLOS, GALLETAS SALADAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de julio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025146-2

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2009090968

No. de Presentación: 20090118574

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ERNESTINA CASTRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ERNESTINA CASTRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Panadería Santa Eduviges Desde 1955 y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICADOS A LA VENTA DE SEMITA, REPOS-TERIA, GALLETAS, PAN DULCE Y PAN FRANCES.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034143-2

No. de Expediente: 2009093530

No. de Presentación: 20090123347

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN CARLOS MARTINEZ DUKE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Las Baleadas GIGANTES y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RESTAU-

RANTES Y COMIDA; UBICADO EN RESIDENCIAL NUNUAPA,

SENDAS LOS ISOTES, CASA NUMERO OCHO, BOULEVARD

CONSTITUCIÓN, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025159-2

No. de Expediente: 2009095773

No. de Presentación: 20090127226

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EVELYN

MARITZA CORLETO DE TORRES, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de PHARMA REGISTROS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PHARMA REGISTROS,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Pharma REGISTROS y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

PARA EL REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS FARMACÉU-

TICOS DE USO HUMANO, ASÍ COMO PRODUCTOS QUÍMICOS

PARA USO ANIMAL O VEGETAL, HIGIENE TOCADOR, ELA-

BORACIÓN, VENTA, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, HIGIÉNICOS PARA USO

DE LABORATORIO Y MÉDICO, PARA PERSONAS; UBICADO

EN NOVENA CALLE PONIENTE ENTRE OCHENTA Y TRES

Y OCHENTA Y CINCO AVENIDA NORTE, N° CUATRO MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO, COLONIA ESCALÓN, SAN

SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos

mil nueve.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025167-2

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2009094904

No. de Presentación: 20090125684

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DUlcES coN ESTrElla

Consistente en: la expresión DULCES CON ESTRELLA, que

servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-

DOR SOBRE LOS PRODUCTOS TALES COMO: PRODUCTOS DE

CONFITERIA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025034-2

No. de Expediente: 2009094903

No. de Presentación: 20090125683

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CORPORATIVO

INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE

PUBLICIDAD COMERCIAL,

PEQUEÑoS PaQUETES Para TUS PEQUEÑoS GUSToS

Consistente en: la expresión PEQUEÑOS PAQUETES PARA

TUS PEQUEÑOS GUSTOS, que servirá para: ATRAER LA ATEN-

CION DEL PÚBLICO CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS QUE

MI MANDANTE OFRECE TALES COMO: GALLETAS, CAFÉ, TE,

CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL

CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES,

PAN, PASTELERIA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES;

MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ES-

PONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS);

ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025041-2

No. de Expediente: 2009095372

No. de Presentación: 20090126506

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DE

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-

CIAL,

Consistente en: la expresión A PATROCINADOR OFICIAL DE

LA AFICION y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION

DE PUBLICO CONSUMIDOR DE LOS PRODUCTOS COMERCIA-

LIZADOS POR LA EMPRESA, ESPECIFICAMENTE CERVEZAS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025134-2

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE EMERGENCIAS MEDICO-QUIRUR-

GICAS MERLIOT, S.A. DE C.V. CONVOCA A LOS SEÑORES AC-

CIONISTAS DE LA SOCIEDAD A LA CUARTA JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, A CELEBRARSE EN CALLE

CHILTIUPAN POL "N" # 14 CIUDAD MERLIOT, EN PRIMERA

CONVOCATORIA EL DIA 23 DE NOVIEMBRE DEL 2009 A LAS

6:00 PM, EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL 24 DE NOVIEMBRE

DEL 2009 A LAS 6:00 PM Y EN TERCERA CONVOCATORIA

EL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2009 A LAS 6:00 PM, TODAS LAS

CONVOCATORIAS EN EL MISMO LUGAR.

PUNTO UNICO A TRATAR:

APROBACION DE CIERRE, DISOLUCION Y LIQUIDACION

DE LA SOCIEDAD EMERGENCIAS MEDICO-QUIRURGICAS

MERLIOT, S.A. DE C.V.

PARA CELEBRAR SESION EN PRIMERA CONVOCATO-

RIA SE NECESITA EL 75% DE LAS ACCIONES PRESENTES

O REPRESENTADAS Y CON LA APROBACION DEL 75% DE

LA ASISTENCIA, PARA CELEBRAR SESION EN SEGUNDA

CONVOCATORIA SE NECESITA LA MITAD MAS UNA DE LAS

ACCIONES PRESENTES O REPRESENTADAS Y CON EL 75%

DE LA ASISTENCIA Y PARA TERCERA CONVOCATORIA CON

CUALQUIER CANTIDAD DE ACCIONES PRESENTES O REPRE-

SENTADAS.

CIUDAD MERLIOT, 9 DE OCTUBRE DEL 2009.

Dr. LEONEL MARTINEZ VILLACORTA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C034125-2

CONVOCATORIA

Procesos Lácteos S.A. de C.V.

El Director Presidente de PROCESOS LACTEOS, S.A. DE C.V., por este

medio CONVOCA a sus accionistas para que asistan a celebrar JUNTA

GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS,

a realizarse en la 37 Avenida Sur # 519 Colonia Flor Blanca San Salvador,

a las diez horas del día diez de noviembre del presente año, en primera

convocatoria y la agenda a tratar será la siguiente:

Puntos de Carácter Ordinario:

I Verificación del Quórum

II Lectura y Aprobación del Acta Anterior

III Elección de nueva Junta Directiva.

Puntos de Carácter Extraordinario:

I Aumento del capital y modificación y fijación del capital

mínimo

II Modificación del pacto social para adecuarlo a las reformas

del Código de Comercio

III Nombramiento de Ejecutores Especiales

A.- QUORUM PARA PUNTOS ORDINARIOS

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente reunida

en primera fecha de convocatoria, deberá estar representada por lo menos

la mitad más una de las acciones que integran el capital social.- Si la Junta

General Ordinaria se reuniere en la segunda convocatoria por falta de

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385quórum necesario para hacerla en la primera, se considerará válidamente

constituída cualquiera que sea el número de acciones representadas. Para

tomar resolución, ya sea en la primera como en la segunda convocato-

ria, será necesaria la mayoría de votos correspondientes a las acciones

presentes o representadas.

B.- QUORUM PARA LOS PUNTOS EXTRAORDINARIOS:

El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de

convocatoria, será de las tres cuartas partes de las acciones de la socie-

dad; para la segunda, será necesario la mitad más una de las acciones

de la sociedad. Para que haya resolución sobre los puntos sometidos a

aprobación, se necesitará el voto favorable en primera fecha de las tres

cuartas partes de las acciones de la sociedad, en segunda fecha, las tres

cuartas partes de las acciones presentes.

C.-SEGUNDA FECHA DE CONVOCATORIA:

La sesión se instalará válidamente en primera convocatoria, al

estar presente la proporción necesaria de acciones que integran el capital

social necesario para cumplir quórum. Si la Junta general se reuniere en

segunda convocatoria por falta de quórum necesario para hacerlo en la

primera, se convoca para el día once de noviembre del presente año en

el mismo lugar y a la misma hora.

Santa Tecla, 09 de octubre de 2009.

ADOLFO SALUME ARTIÑANO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C034128-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de Chalatenango, So-

ciedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,

en cumplimiento a los Artículos 224 y 228 del Código de Comercio

vigente y de conformidad a la atribución que le confieren las cláusulas

Vigésima Tercera, Vigésima Cuarta y Trigésima Cuarta del Pacto Social,

convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma,

para celebrar Junta General Extraordinaria de Accionistas a partir de

las dos de la tarde del día siete de Noviembre del año dos mil nueve,

en el auditórium de la Caja de Crédito de Chalatenango, ubicado en 6a.

Calle Poniente, Frente al ISSS, Bo. El Chile, Chalatenango en Primera

Convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente,

se hace segunda convocatoria para el día ocho de Noviembre del año

dos mil nueve, a la hora y local antes señalados. La Junta General se

constituirá con las formalidades que establece el Pacto Social de la Caja

y el artículo 224, Sección C, Capítulo VII, del Código de Comercio, para

conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1. Establecimiento del quórum Legal.

2. Apertura de la Sesión.

3. Incremento del Capital Social Mínimo.

4. Recomposición del Patrimonio por adecuación del valor

nominal de las acciones a lo dispuesto en la última reforma

del Código de Comercio.

5. Modificación del Pacto Social.

6. Designación de Ejecutor (es), especial (es) del acuerdo de

modificación del Pacto Social de la Caja.

El quórum se integrará en Primera Convocatoria con veintiuno de

los Representantes de Acciones que forman la Asamblea General y en

Segunda Convocatoria con quince de los Representantes de Acciones,

de conformidad con la Cláusula Vigésima séptima del Pacto Social y

a lo estipulado en el Artículo doscientos cuarenta y tres del Código de

Comercio vigente.

Chalatenango, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil

nueve.

AGUSTIN FLORES MATA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

HULDA ROSSANA ZELAYA,

DIRECTORA SECRETARIA.

JORGE ANTONIO ROMERO,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C034152-2

La Señora María Soledad Inés Flores Peralta, representante legal de la

Sociedad Industrias Cromometal, Sociedad Anónima de Capital Variable

que se abrevia CROMOMETAL, S.A. DE C.V., Convoca a una reunión

General Ordinaria, con los puntos de agenda a tratar de: Renuncia de su

representación legal, elección de nuevo representante legal y transfe-

rencias de acciones, a celebrarse a las diez horas el día sábado siete de

noviembre de dos mil nueve, en Quinta Avenida Norte, entre 27 y 23

Calle Poniente, número 1442.

INDUSTRIAS CROMOMETAL, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F025192-2

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. SUBaSTa PÚBlica

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.

HACE SABER: Que en Proceso Ejecutivo Mercantil clasificado con el Número 85/07, a solicitud del Licenciado LUIS HERBERT ORELLANA VIDES, en su concepto de Apoderado General Judicial de la señora YANE ASCENCIÓN MARTICORENA CONTRERAS, contra el señor ADÁN ERNESTO ORTIZ DUEÑAS, se venderá en Pública Subasta por razones de embargo el inmueble propiedad del demandado, el cual se encuentra ubicado en lote número diecisiete polígono dos de la Lotificación Las Arcas, de la Jurisdicción de Armenia, Departamento de Sonsonate, y de una EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE TRESCIENTOS METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A CUATROCIENTAS VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS, que se localiza así: partiendo de la intersección de las líneas centrales de Avenida Principal y Calle San Felipo, se parte al oriente sobre la línea Central de la última, una distancia de cuarenta metros, luego en este punto se hace una reflexión derecha de noventa grados con distancia de tres metros, se llega al mojón esquinero nor poniente, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: distancia de doce metros, lindando con lotes numerados cuatro y cinco del polígono cinco y calle San Felipo de seis metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: veinticinco metros linda con lote número dieci-séis del mismo polígono número dos; AL SUR: doce metros linda con lote número cuatro del mismo polígono número dos, AL PONIENTE: veinticinco metros linda con lote número dieciocho del mismo polígono número dos; inmueble propiedad del señor ADÁN ERNESTO ORTIZ DUEÑAS, el cual se encuentra registrado bajo la matrícula número uno cero uno tres uno cero cinco dos guión cero cero cero cero cero, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Sección de Occidente con sede en Sonsonate.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los vein-tiocho días del mes de septiembre de dos mil nueve. LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTONIO CUÉLLAR ÁNGEL. SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. C034127-2

ANA GLORIA FUENTES DE ARGUETA, JUEZ PRIMERO DE TRANSITO DE LA ZONA ORIENTAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en las diligencias de Ejecución de Sentencia con referencia dos - de dos mil ocho, promovido en este Juzgado por el Licenciado James Morales Melara, como Apoderado Especial de la sociedad Perforaciones Pozos Modernos y Equipos Sociedad Anónima de Capital Variable, representada legalmente por la señora Mirian Leticia Cruz de Márquez conocida por Mirian Leticia Cruz Rodríguez; y en calidad de ejecutante, ejecutando al señor IVANDER CÉSAR MOYA STEVENS, y a la Sociedad E.S. Constructores S.A. de C.V., represen-tada por el señor Edwin Manuel Sánchez Marquina; SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA a realizarse en este Juzgado, EL SIGUIENTE INMUEBLE: Una porción de terreno de naturaleza rústica, ubicado en jurisdicción de esta ciudad, de este distrito y departamento, que formó

parte de la hacienda San Jacinto, del lado sur, con una capacidad su-perficial de CINCUENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, inscrito en el Registro de Propiedad y Raíz de la Primera Sección de Oriente, con matrícula número 80101611-00000, y a la orden de la depositaria Judicial nombrada señora Glenda Patricia Vásquez Argueta. El valor total del Inmueble es la cantidad de setenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos 85/100 de Dólares de los Estados Unidos de América, ($74,692.85).

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Publíquese por tres veces en el Diario Oficial. Art. 606 Pr. C.

Librado en el Juzgado Primero de Tránsito de la Zona Oriental, a los veintiocho días del mes de septiembre del dos mil nueve. LIC. ANA GLORIA FUENTES DE ARGUETA, JUEZA PRIMERO DE TRAN-SITO DE LA ZONA ORIENTAL. LIC. RAÚL ANTONIO SARAVIA ANDRADE, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034151-2

JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Licenciado FRANCISCO ARMANDO HERNÁNDEZ PENADO, mayor de edad, Abogado, de este domicilio; como Apoderado General Judicial del señor CANDELARIO ARGUETA conocido por CANDELARIO ARGUETA CARBALLO, mayor de edad, Empresario, de este domicilio, en contra del señor JOSÉ AQUINO ROMERO, mayor de edad, Comerciante en pequeño, de este domicilio; se venderá en pública subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará el Inmueble siguiente: “El derecho PROINDIVISO EQUIVALENTE A LA QUINTA PARTE en dos porciones de terreno de naturaleza rústica, situados en el Cantón Hato Nuevo, jurisdicción, distrito y departamento de San Miguel, que se describen de la siguiente manera: PRIMERO: De la Capacidad de DOS MANZANAS SEIS MIL SESENTA Y OCHO METROS CUA-DRADOS SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS o sean DOS HECTÁREAS SESENTA Y OCHO CENTIÁREAS SETENTA Y CINCO DÉCIMAS DE CENTIÁREAS, que linda: AL ORIENTE, Con Rafael Orellana Villalta, alambre del colindante de por medio; AL NORTE, Con Fidel Rivas Rosales, cerco de alambre del colindante de por medio, AL PONIENTE, Con Juan Antonio Reyes, cerco de alambre propio de por medio, y AL SUR; Con el mismo Juan Antonio Reyes, cerco de alambre propio y Río Taisigua de por medio, y SEGUNDO: Otro inmueble de la capacidad de TRES MANZANAS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CINCUENTA DE-CÍMETROS CUADRADOS o sean DOS HECTÁREAS TREINTA Y UNA ÁREAS CINCUENTA Y DOS CENTIÁREAS CINCUENTA DÉCIMAS DE CENTIÁREAS, y que linda; AL ORIENTE, Con María de la O y Mario de la O, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE, Con Rafael Orellana Villalta y Angélina Ordóñez, cerco de alambre de los colindantes de por medio y también río por medio; AL PONIENTE; Con Alfonso Mendoza, cerco de alambre propio de por medio, y AL SUR; Con Antonia Luisa García y Alfonso Merlos, cerco de alambre propio de por medio en parte y servidumbre del terreno de Juan Antonio Reyes, de por medio en otra parte. EL SEGUNDO IN-MUEBLE descrito es atravesado en su parte media de norte a sur, por la servidumbre antes dicha que viene desde el terreno que colinda por

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385el costado poniente del terreno descrito en el primer término llegando hasta el costado sur del segundo inmueble, prosiguiendo por el mismo rumbo hacia el oriente hasta llegar a otra servidumbre que pertenece a los dos inmuebles descritos cuya segunda servidumbre mencionada mide cuatro metros de ancho hasta salir a la calle vecinal. El segundo inmueble descrito contiene cuatro ranchos de techo de tejas, paredes con parales de madera y tallos de ajonjolí, piso natural; dicha parte es equivalente a OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRA-DOS CUARENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, aproximadamente, y está constituida por dos porciones cuyo acotamiento especial que no tiene efectos para el Registro pero sí entre las partes es el siguiente: PRI-MERA PORCIÓN: Ubicada al rumbo Sur Oriente del primer inmueble que tiene las colindancias siguientes: “AL NORTE; Linda con Rafael Orellana Villalta; AL ORIENTE: Linda con Rafael Orellana Villalta; AL PONIENTE; Con Rafael Orellana Villalta, y AL SUR: Linda con porción del vendedor que lo fue, Río Taisigua de por medio; SEGUN-DA PORCIÓN: Ubicada al rumbo Nor Poniente del segundo inmueble y tiene las colindancias siguientes; AL NORTE: Río Taisigua de por medio, linda con primera porción del que fue vendedor Hilario Chicas, AL ORIENTE: Calle abierta dentro del terreno de por medio, linda con Mario de la O Rubio; AL SUR: Formado por tres tramos rectos, el pri-mero de Oriente a Poniente, linda con Manuel Perla; el segundo tramo, de Sur a Norte, y el tercer tramo de Oriente a Poniente, linda en estos dos tramos con Héctor González; y AL PONIENTE: Linda con Daniel Rubio, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el Número CINCUENTA Y CINCO, del Libro UN MIL CIENTO NUEVE de Hipotecas del Departamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las diez horas y treinta minutos del día dos de julio de dos mil nueve. DR. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025078-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada NELLY MARLENE MORENO REYES, Apoderada del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., contra los señores JOSUÉ MOISÉS GÓMEZ FLORES y YENMI YISELA VÁSQUEZ RAMÍREZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el Inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE de naturaleza urbana, situado en el Cantón San Francisco en el punto denominado El Corralito, de la jurisdicción de Zaragoza, Departamento de La Libertad, en el Proyecto llamado RESIDENCIAL BRISAS DE ZARAGOZA, marcado e identificado como LOTE NÚMERO OCHO DEL POLÍGONO VEINTE con una extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS, con las medidas siguientes: AL NORTE Y AL SUR: distancia de cinco metros, y AL ORIENTE Y AL PONIENTE: distancia de doce metros, inscrito bajo la matrícula Número M TRES CERO CERO UNO SIETE CERO UNO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO Asiento TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil nueve. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025098-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada NELLY MARLENE MORENO REYES como Apode-rada General Judicial del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, ahora BANCO CITIBANK DE EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra el señor WALTER JIOVANNI MARTELL RAMÍREZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a con-tinuación se describe: “UN INMUEBLE de naturaleza Urbana, situado en Urbanización San Francisco El Pedregal, situado en Jurisdicción de Santiago Nonualco, hoy El Rosario, Departamento de La Paz, en el lugar llamado El Pedregal o San Francisco, Pasaje Nueve, Polígono Diecisiete, Casa Número CUARENTA Y CUATRO, con una extensión de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual se encuentra inscrito a favor del demandado señor WALTER JIOVANNI MARTELL RAMÍREZ, en el Registro Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador, con la Matrícula número CERO UNO TRES CERO DOS CERO OCHO NUEVE. Y gravado con una Hipoteca inscrita a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, S. A., al número CERO UNO TRES CERO DOS CERO OCHO NUEVE del Registro Social de Inmuebles de San Salvador, trasladado bajo la misma Matrícula al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día veintiuno de julio del año dos mil nueve. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025100-2

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Civil referencia 0107308CMEJC01-C01, ha sido promovido por el Abogado FRANCISCO NAPOLEÓN DUEÑAS ÁBREGO, en su carácter de Apoderado General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SO-CIEDAD ANÓNIMA; contra el señor JORGE ALBERTO PANIAGUA ALVARADO, se autorizará vender en pública subasta en este Juzgado,

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. el bien inmueble embargado en el presente Juicio, cuya descripción técnica es la siguiente: “Un lote urbano y construcciones que contiene, marcado en el número NUEVE DEL POLÍGONO “M”, DE LA URBA-NIZACIÓN LA CORUÑA II, situada en jurisdicción de Soyapango, de este departamento, y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NÚMERO NUEVE DEL POLÍGONO “M”, que se localiza así: Partiendo de la intersección del eje de pasaje número once y eje de pasaje número seis, abierto en la urbanización, se mide sobre este mismo una distancia de cuarenta y siete punto cincuenta metros, desde este punto, con deflexión izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros se define el esquinero Sur -Oeste, del lote que se describe a partir del cual mide y linda: AL PONIENTE: Línea recta de doce metros y rumbo norte, cero cero grados, cuarenta y seis punto cero minutos este, linda con lote número diez del polígono “M”; AL NORTE: Línea recta de cinco metros y rumbo Sur, ochenta y nueve grados, catorce punto cero minutos este, linda con lote número veintiocho del polígono “M”; AL ORIENTE: Línea recta de doce metros y rumbo Sur, cero cero grados, cuarenta y seis punto cero minutos Oeste, linda con lote número ocho del polígono “M” y al SUR: Línea recta de cinco metros y rumbo Norte, ochenta y nueve grados, catorce punto cero minutos Oeste, linda con lote número veintiocho del polígono “N”, pasaje número seis de cinco metros de ancho de por medio, llegando al vértice Sur-Oeste, donde se inició y termina la presente descripción. Todos los lotes colindantes son o han sido de la Sociedad “Orión, S.A.”, y “Constructora Capricornio, S.A. de C. V.”, el lote así descrito tiene una superficie de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalente a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS.”

Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor JORGE ALBERTO PANIAGUA ALVARADO, bajo la matrícula número SEIS CERO CERO NUEVE CERO CERO NUEVE OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad de este Departamen-to.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en Juzgado de lo Civil, a las quince horas y quince minutos del día veintiocho de mayo de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025110-2

LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO, LICEN-CIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, al público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil No. 121-EM-09-3 promovido en este Tribunal por la licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, quien actúa en su carácter de Apoderada Ge-neral Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., contra los demandados señores GUADALUPE CRUZ PÉREZ y JAVIER ALEXANDER MERINO CRUZ, se venderán en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: 1º) Inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, situado en URBANIZACIÓN LAS MORITAS, CASA NÚMERO CINCUENTA Y CINCO, POLÍGONO

“C”, JURISDICCIÓN DE LOURDES, COLÓN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de las medidas perimétricas siguientes: AL NORTE Y SUR; quince punto cero cero metros; AL ORIENTE Y PONIENTE; cinco punto cero cero metros, el inmueble antes descrito tiene una ex-tensión superficial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual se encuentra inscrito a favor de la señora GUADALUPE CRUZ PÉREZ en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula TRES CERO CERO UNO NUEVE UNO CERO CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO,

Se admitirán posturas legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las once horas y veinte minutos del día veinte de julio del año dos mil nueve. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025132-2

LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la Abogada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, Apoderada del Banco Cuscatlán de El Salvador, Sociedad Anónima, que se abrevia Banco Cuscatlán de El Salvador, S.A., Banco Cuscatlán, Sociedad Anónima o simplemente Banco Cuscatlán, S.A., ahora Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima que se abrevia Banco Citibank de El Salvador S.A., Banco Citi de El Salvador S.A., o simplemente Ban-co Citi, S.A., contra la señora MILAGRO DEL CARMEN GARCÍA HERNÁNDEZ, registrado bajo el número 266-EM-06-5, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble que a continuación se describe: Un lote Urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el número DIEZ del Polígono CUARENTA Y SEIS, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, dicho lote forma parte de la Urbanización CIMA DE SAN BARTOLO II, situado en Jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL SUR, cinco metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE, diez punto cincuenta metros, el inmueble anteriormente descrito tiene un área de cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados. Dicho inmueble propiedad de la señora MILAGRO DEL CARMEN GARCÍA HERNÁNDEZ, se encuentra HIPOTECADO a favor del Banco antes mencionado, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Pri-mera Sección del Centro de San Salvador, inscrito al número de matrícula 60034787-00000, ubicado en Cima de San Bartolo II, V Etapa, Pol. 46 Lote Número 10, Jurisdicción de Tonacatepeque, con asiento número 8.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025137-2

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por la

Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, Apoderada

General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SO-

CIEDAD ANONIMA, que antes fue BANCO CUSCATLAN DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor BARBARO

ZAVALA MENDOZA, reclamándole cantidad de dinero, más intereses

legales y Costas Procesales, se venderá en PUBLICA SUBASTA un

inmueble de naturaleza urbana, situado en URBANIZACION SAN

FRANCISCO, EL PEDREGAL, Jurisdicción de Santiago Nonualco,

hoy El Rosario, Departamento de La Paz. Que dice: en el lugar llamado

El Pedregal o San Francisco, Pasaje Número Uno, Polígono trece, casa

número treinta, con una extensión superficial de SETENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS e inscrito dicho inmueble a favor del señor

BARBARO ZAVALA MENDOZA, a la Matrícula Número M CERO

UNO TRES CERO UNO SIETE NUEVE TRES, del Registro Social

de Inmuebles del Departamento de San Salvador y posteriormente tras-

ladada al Registro de la Propiedad del Departamento de La Paz, dicho

inmueble no lleva rumbos, ni medidas lineales, y se encuentra trasladado

al Sistema de Inscripción Registral y Catastral (SIRYC), Matrícula

CINCO CINCO CERO UNO OCHO CUATRO NUEVE SEIS- CERO

CERO CERO CERO CERO ASIENTO CERO CERO CERO NUEVE,

de Propiedad de dicho departamento. Y según razón de inscripción de

embargo Matrícula 55018496-00000 Asiento 3.

Se admitirán las posturas que sean legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce

horas cincuenta y cinco minutos del día once de agosto de dos mil nue-

ve.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025140-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-

vido en este Tribunal, por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS

LANDAVERDE, mayor de edad, Abogada y de este domicilio, actuando

como Apoderada General Judicial del BANCO CUSCATLÁN DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy BANCO CITIBANK DE

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla,

contra los señores WIL MEDARDO MARTIR CALLES, del domicilio de

Ayutuxtepeque, y REINA CRISTINA RIVERA MARIN, del domicilio

de Mejicanos, ambos mayores de edad, Estudiantes, se venderá en este

Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará,

un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, mar-

cado en el plano respectivo como APARTAMENTO NUMERO SIETE,

DEL EDIFICIO B, PISO SEGUNDO, de una extensión superficial de

TREINTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRA-

DOS, y un área volumétrica de noventa y cinco punto ochenta y nueve

metros cúbicos, que forma parte del proyecto de vivienda denominado

RESIDENCIAL SANTÍSIMA TRINIDAD, situado en Jurisdicción de

Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, propiedad del señor

WIL MEDARDO MARTIR CALLES, bajo la Matrícula SEIS CERO

CERO DOS CINCO SIETE OCHO TRES - A CERO CERO CERO

SIETE, del Registro de la Propiedad de la Primera Sección del Centro,

Departamento de San Salvador,

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a

las doce horas del día dos de septiembre de dos mil nueve.- LIC. JOSÉ

MARÍA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.-

LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025143-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio

ejecutivo mercantil, promovido por la Licenciada ARMIDA DEL SO-

CORRO RAMIREZ DE CALLES, como Apoderada General Judicial del

BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA

ahora BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI-

MA que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,

S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S. A. o BANCO CITI S. A.,

Institución Bancaria, del domicilio de Nueva San Salvador, ahora ciudad

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Número de Identifica-

ción Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO OCHENTA

MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS- CERO CERO UNO-CINCO,

contra el señor ROBERTO ANTONIO SERRANO ARIAS, en aquel

entonces de treinta y dos años de edad, Licenciado en Salud Materno

Infantil, del domicilio de la ciudad de San Marcos, Departamento de San

Salvador, con Documento Único de Identidad Número CERO CERO

UNO NUEVE CUATRO SIETE CUATRO DOS- CINCO; y Número

de Identificación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO

DIEZ MIL CIENTO SETENTA Y TRES -CIENTO CUATRO- SIETE,

apróximamente se venderá en pública subasta, en este Juzgado, un

inmueble de naturaleza urbana, y construcciones que contiene, situado

en Urbanización Vista al Lago, Etapa I, Block 7-A, Lote No. 10, de la

ciudad de Ilopango, de la Jurisdicción de San Salvador de una extensión

superficial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS.

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor RO-

BERTO ANTONIO SERRANO ARIAS, en el Sistema de Folio Real

Automatizado, bajo la Matrícula SEIS CERO CERO OCHO UNO CERO

UNO CERO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.- Art. 9 de

la Ley de la Creación de la Unidad de Registro Social de Inmuebles.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-

mento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del

día doce de agosto del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025198-2

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil referencia 0126908CMEJC01-C01, ha sido promovido

por la Abogada ARMIDA DEL SOCORRO RAMÍREZ DE CALLES,

en su carácter de Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL

SALVADOR o BANCO CITI, S. A.; contra los señores JOSÉ LEON-

CIO DEL CID AGUILLÓN, DINA ELÍZABETH PÉREZ DE DEL

CID, conocida por DINA ELÍZABETH PÉREZ, HAZEL MARIELA

DEL CID PÉREZ y XIOMARA ELÍZABETH QUIÑÓNEZ PÉREZ, se

autorizará vender en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble

embargado en el presente Juicio, cuya descripción técnica es la siguiente:

"Un inmueble de naturaleza urbana con construcciones, marcado como

lote número SIETE del Polígono TREINTA Y CINCO B, que forma

parte de la URBANIZACION RESIDENCIAL BOSQUES DE LA PAZ,

situada en Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador,

el cual es de una extensión superficial de NOVENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS.''

Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor JOSÉ

LEONCIO DEL CID AGUILLÓN, bajo el Asiento número SEIS de la

Matrícula SEIS CERO CERO CERO SEIS OCHO TRES NUEVE, del

registro de la propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil, a las quince horas y cincuenta

y siete minutos del día veinticuatro de julio de dos mil nueve.- LIC.

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025200-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

en este Tribunal por el Licenciado RICARDO ANTONIO GARCILAZO

DÍAZ, de este domicilio, continuado por la Licenciada TANIA ANA

LUISA CEDILLOS MORENO, del domicilio de Santa Tecla, ambos

mayores de edad, Abogados, actuando como Apoderados Generales

Judiciales del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA, antes BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, contra el señor

SANTOS LEONIDAS RAMÍREZ, mayor de edad, Operario, del do-

micilio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, se venderá

en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se

especificará un inmueble de naturaleza urbana ubicado en la URBANI-

ZACIÓN CIMAS DE SAN BARTOLO II, QUINTA ETAPA, LOTE

NÚMERO DIEZ, POLÍGONO TREINTA Y SEIS, de la Jurisdicción

de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión

superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE

VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor

del señor SANTOS LEONIDAS RAMÍREZ, bajo la Matrícula Número

SEIS CERO CERO TRES TRES NUEVE NUEVE TRES - CERO CERO

CERO CERO CERO, Asiento SEIS, del Registro Social de Inmuebles,

Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las

nueve horas del día diecisiete de agosto de dos mil nueve.- LIC. JOSÉ

MARÍA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.-

LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025207-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO

DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Abogada Quelida Leticia Ruiz Rivera, en su calidad de Apoderada

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385General Judicial de la Sociedad AVICOLA SALVADOREÑA, SOCIE-

DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse

AVICOLA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., contra el señor Sidney

Gilberto Francia Leiva, se autoriza vender en pública subasta el bien

inmueble embargado en el presente Juicio, en este tribunal y es el si-

guiente: Un inmueble de naturaleza rústica, sin denominación, ubicado

en Cantón La Joya, Jurisdicción de Coatepeque, Departamento de Santa

Ana, de una extensión superficial de CERO HECTÁREAS, NOVENTA

Y NUEVE ÁREAS ONCE PUNTO CERO CERO CENTIÁREAS,

que se identifica como PARCELA NUMERO: TREINTA Y SIETE/

OCHENTA Y OCHO, que se describe así: AL NORTE, linda con lotes

treinta y siete sobre ochenta y siete, y treinta y siete sobre veinticuatro

ambos de propiedad de la Financiera Nacional de Tierras Agrícolas; AL

ORIENTE, linda con lote treinta y siete sobre ciento uno propiedad de

la Financiera Nacional de Tierras Agrícolas y propiedad de Italo Adolfo

Graniello García; AL SUR, linda con propiedad de Gladis Graniello de

Mateu, Porfirio Arana Mendoza y Francisco Miguel Graniello García,

carretera de por medio; AL PONIENTE, linda con lote treinta y siete sobre

ochenta y cinco propiedad de la Financiera Nacional de Tierras Agrícolas.

La parcela así descrita goza de servidumbre de tránsito de cuatro metros

de ancho, sobre las parcelas treinta y siete plica ochenta y siete, y treinta

y siete plica veinticuatro, ambas propiedad de la Financiera Nacional de

Tierras Agrícolas. Inscrito a favor del acreditado, a razón del cincuenta

por ciento del dominio, en el Sistema de Folio Real Automatizado con

la Matrícula Número DOS CERO CERO SEIS CINCO DOS NUEVE

DOS - CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento CUATRO,del Centro

Nacional de Registros de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Occidente. Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los diez días del

mes de agosto de dos mil nueve.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA

RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARÍA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025211-2

DiSMiNUciÓN DE caPiTal

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE

ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD VALORES DE OCCIDENTE,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia

VALOC, S.A. DE C.V.

HACE SABER: Que por acuerdo unánime tomado en la Junta

General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas, de fecha veintiséis

de mayo de dos mil nueve, se acordó que a efecto de ajustar el capital

social a Dólares de los Estados Unidos de América, conforme a las

últimas reformas al Código de Comercio, disminuir el capital mínimo

de la sociedad de QUINIENTOS MIL COLONES equivalentes a CIN-

CUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON OCHENTA Y SEIS

CENTAVOS DE DÓLAR a la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Para ello,

se efectuaría la disminución en un monto de CIENTO CUARENTA Y

DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON

OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR, por amortización de

capital a los accionistas. El capital mínimo de la sociedad se encuentra

completamente suscrito y pagado y quedaría compuesto de cincuenta

y siete mil acciones de un valor nominal de UN DÓLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA cada una.

Lo que se hace de conocimiento del público en general para los

efectos legales consiguientes.

San Salvador, a los quince días del mes de junio de dos mil nue-

ve.

GUILLERMO ACETO MARINI,

VALORES DE OCCIDENTE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE.

3 v. alt. No. C034145-2

aViSo DE coBro

AVISO

La infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

ESPERANZA RAMIREZ, mayor de edad, de Oficios Domésticos, del

domicilio de San Sebastián Salitrillo, del Departamento de Santa Ana,

portadora de su Documento Único de Identidad Número 01423089-5 y

Número de Identificación Tributaria 0203-010759-102-1, quien actúa

en su carácter personal, solicitando en calidad de madre sobreviviente

se le permita cobrar la suma DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE

DOLARES CON SETENTA CENTAVOS DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($299.70), dejado pendiente de

cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la

Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2008, por su extinto cónyuge

ENRIQUE ARNULFO MENDOZA RAMIREZ, quien fue de 21 años

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. de edad, falleció a las 11 horas con 50 minutos del día 3 de diciembre

del año 2008.

Lo anterior se hace de conocimiento del público, de conformidad

a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuestos, con la finalidad de que toda persona que se crea con igual

o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el

término de 3 días contados a partir del día siguiente en que haya salido

a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diecisiete días del mes

de septiembre de dos mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

Subjefe Departamento Jurídico

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F024729-2

AVISO

La infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor

JOSE ALFREDO NORIO HERNANDEZ, mayor de edad, Empleado,

del domicilio del Departamento de Usulután, portador de su Documento

Único de Identidad Número 00710827-3, y Número de Identificación

Tributaria 0807-090166-101-1, quien actúa en su carácter personal,

solicitando en calidad de cónyuge sobreviviente se le permita cobrar la

suma de CIENTO CINCUENTA Y UN DOLARES CON OCHENTA

Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA ($151.87), dejado pendiente de cobro en concepto de

devolución de excedente del Impuesto sobre la Renta correspondiente al

ejercicio fiscal 2008, por su extinta cónyuge SANDRA HERRERA DE

NORIO, conocida por SANDRA HERRERA RIVAS y por SANDRA

RIVAS, quien fue de 51 años de edad, falleció a las 15 horas del día 17

de mayo de 2009.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad

a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuestos, con la finalidad de que toda persona que se crea con igual

o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el

término de 3 días contados a partir del día siguiente en que haya salido

a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los nueve días del mes

de septiembre de dos mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

Subjefe Departamento Jurídico

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F024736-2

AVISO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Ministerio se presentó el señor TEO-

DULO MIRANDA MOLINA, conocido por Teddulo Miranda M. y por

Teódulo Miranda, en calidad de cónyuge sobreviviente de la señora ANA

PATRICIA ALFARO DE MIRANDA, conocida por Ana Patricia Marín

Alfaro, para que se le permita firmar los documentos correspondientes

y cobrar la cantidad de $156.90, que por haber fallecido el 4 de abril de

2009, dejó pendiente de cobro, los cuales le correspondían como devo-

lución después del pago del Impuesto sobre la Renta del año 2008.

Lo anterior se hace de conocimiento del público en general, para

que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a

hacer uso del mismo ante este Ministerio, dentro del término de tres

días desde que haya salido a circulación el Diario Oficial que contenga

la publicación del último aviso.

MINISTERIO DE HACIENDA. San Salvador, a los dieciocho

días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3d. No. F025166-2

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

2 v. alt. No. F025219-2

frEcUENciaS DE USo rEGUlaDo

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

2 v. alt. No. F025223-2

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385TiTUlo MUNiciPal

ADÁN VILLELAZ, Alcalde Municipal de la ciudad de Osicala, Depar-tamento de Morazán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licen-ciado HÉCTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como APODERADO GENERAL JUDICIAL de la señora MARÍA VIRGINIA MARTÍNEZ DE MEMBREÑO, de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios domés-ticos, de este domicilio, solicitándome TÍTULO MUNICIPAL de una porción de terreno de naturaleza urbana, situada en el Barrio San Rafael de la ciudad de Osicala, Distrito del mismo nombre, Departamento de Morazán, de la extensión superficial de VEINTISIETE CENTIÁREAS SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS TREINTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS CINCUENTA MILÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide tres punto cincuenta y cinco metros, colinda con Salvador Ventura, calle de por medio; AL NORTE, mide ocho punto ochenta y cinco metros, colinda con José Fabio Ramírez Sánchez; AL PONIENTE, mide tres punto cincuenta y cinco metros, colinda con Noé Díaz Méndez, quebrada de por medio; y AL SUR, mide seis punto setenta y ocho metros, colinda con María Virginia Martínez de Membreño. La Titulante, ejerce posesión de dicho inmueble por más de DIEZ AÑOS, sumado al de sus antecesores. El predio descrito anteriormente, no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga o derecho real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con nadie. Este inmueble lo adquirió la titulante, por Compraventa de Posesión Material, que le otorgara a su favor, el señor JOSÉ FABIO RAMÍREZ SÁNCHEZ, en la ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las dieciséis horas del día dieciséis de marzo del año dos mil nueve, ante los Oficios del Notario Héctor Arturo Bonilla Chicas. Inmueble que valora en la suma de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo que aviso al público para los efectos legales.

Librado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Osicala, Depar-tamento de Morazán, a los siete días del mes de octubre del año dos mil nueve. ADAN VILLELAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LUIS ALONSO ARGUETA MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025074-2

Marca DE SErVicio

No. de Expediente: 2008090682

No. de Presentación: 20080117837

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COMITÉ INTERNATIONAL OLYMPIQUE, de naciona-lidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

YoUTH olYMPic GaMES

Consistente en: las palabras YOUTH OLYMPIC GAMES, que se traducen al castellano como Juegos Olímpicos Juveniles, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD EN TODO TIPO DE MEDIO PUBLICITARIO, EN PARTICULAR MENSAJES CON VALORES HUMANÍSTICOS; PUBLICIDAD POR MEDIO DE PATROCINADORES; PUBLICIDAD EN GESTIONES DE NEGOCIOS; PUBLICIDAD EN FUNCIONES DE OFICINA; PARA EJERCER PUBLICIDAD PROMOVIENDO BIENES Y SERVICIOS DE OTROS PREVIO CONTRATO, EN ESPECIAL DE PATROCINADORES Y LICENCIATARIOS, PERMITIÉNDO-LES GANAR NOTORIEDAD E IMAGEN POR LA CONEXIÓN EXISTENTE ENTRE EVENTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES DE ALCANCE INTERNACIONAL; PARA EJERCER PUBLICIDAD PROMOVIENDO BIENES Y SERVICIOS DE OTROS PREVIA TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE IMAGEN; PARA ARREN-DAR ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN TODO TIPO DE MEDIO SEA DIGITAL O NO; PUBLICIDAD DE LOS EQUIPOS NACIONALES EN COMPETICIONES ATLÉTICAS INTERNACIONALES, EN ESPECIAL PARA PROMOVER Y APOYAR A DICHOS EQUIPOS ANTE EL PUBLICO Y PERSONAS RELACIONADAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034141-2

No. de Expediente: 2008090684

No. de Presentación: 20080117839

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COMITÉ INTERNATIONAL OLYMPIQUE, de naciona-lidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

YoUTH olYMPicS

Consistente en: las palabras YOUTH OLYMPICS, traducida al castellano como Olimpiadas Juveniles, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD EN TODO TIPO DE MEDIO PUBLICITARIO, EN PARTICULAR MENSAJES CON VALORES HUMANÍSTICOS; PUBLICIDAD POR MEDIO DE PATROCINADORES; PUBLICIDAD EN GESTIONES DE NEGOCIOS; PUBLICIDAD EN FUNCIONES DE OFICINA; PARA EJERCER PUBLICIDAD PROMOVIENDO BIENES Y SERVICIOS

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DE OTROS PREVIO CONTRATO, EN ESPECIAL DE PATROCI-NADORES Y LICENCIATARIOS, PERMITIÉNDOLES GANAR NOTORIEDAD E IMAGEN POR LA CONEXIÓN EXISTENTE ENTRE EVENTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES DE ALCANCE INTERNACIONAL; PARA EJERCER PUBLICIDAD PROMOVIEN-DO BIENES Y SERVICIOS DE OTROS PREVIA TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE IMAGEN; PARA ARRENDAR ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN TODO TIPO DE MEDIO SEA DIGITAL O NO; PUBLICIDAD DE LOS EQUIPOS NACIONALES EN COMPETI-CIONES ATLÉTICAS INTERNACIONALES, EN ESPECIAL PARA PROMOVER Y APOYAR A DICHOS EQUIPOS ANTE EL PUBLICO Y PERSONAS RELACIONADAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de enero del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034142-2

No. de Expediente: 2009090970

No. de Presentación: 20090118576

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ERNESTINA CASTRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ERNESTINA CASTRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la expresión Panadería Santa Eduviges y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONCESIONES DE LICENCIAS DE USO. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034160-2

No. de Expediente: 2009095077

No. de Presentación: 20090126071

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de UNITED PARCEL SERVICE OF AMERICA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-VICIOS.

UPS iMPorT coNTrol

Consistente en: la expresión: UPS IMPORT CONTROL que se traduce al castellano: UPS CONTROL DE IMPORTACIÓN, que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE MANEJO DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA NEGOCIOS, SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE FUNCIÓN DE OFICINA, SERVICIOS DE MANEJO DE ASISTENCIA, SERVI-CIOS DE CONSULTORÍA DE ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS DE DESPACHO DE ADUANAS, SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, PROVISIÓN DE INFORMACIÓN AUTOMATIZADA PARA QUE LOS CLIENTES IDENTIFIQUEN LA INFORMACIÓN DE LA CUENTA DE ENVÍO A TRAVES DE UNA RED MUNDIAL DE COMPUTADORA PARA ENVÍOS IMPORTANTES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025056-2

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095076

No. de Presentación: 20090126070

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de UNITED PARCEL SERVICE OF AMERICA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-VICIOS.

UPS iMPorT coNTrol

Consistente en: las palabras UPS IMPORT CONTROL, traduci-das al castellano como UPS CONTROL DE IMPORTACIÓN. Sobre las palabras IMPORT CONTROL no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE TRANSPORTE, ENVÍO Y ENTREGA DE BIENES PERSONALES VÍA AÉREA, FERROCA-RRIL, BARCO Y VEHÍCULO DE MOTOR; ALMACENAMIENTO, EMPAQUE, ALMACENAMIENTO Y DEVOLUCIÓN CON RESPEC-TO AL TRANSPORTE Y ENTREGA DE BIENES PERSONALES; TRANSPORTE DE CARGA; MANEJO Y ALMACENAMIENTO ELECTRÓNICO DE RASTREO, RENDIMIENTO, RECLAMOS, FACTURACIÓN Y ENVÍOS DE DATOS DE CORRETAJE. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025057-2

No. de Expediente: 2009093529

No. de Presentación: 20090123346

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN CAR-LOS MARTINEZ DUKE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras Las Baleadas GIGANTES y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES Y COMIDAS. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025157-2

No. de Expediente: 2009093279

No. de Presentación: 20090122921

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MA-RIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de SOCIEDAD DE AHORRO Y CREDITO CREDICOMER, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra CREDICOMER y diseño, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONE-TARIOS; SERVICIOS FINANCIEROS Y CREDITICIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de julio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025131-2

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

coNcESioN DE frEcUENciaS

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385

2 v. alt. No. F025216-2

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

acEPTacioN DE HErENcia

LIC. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE SAN FRAN-CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de parte de los señores YANIRA DEL CARMEN BENÍTEZ DE GUEVARA, de veintisiete años de edad, secretaria; y JOSÉ ROBERTO BENITEZ LUNA, de cincuenta y ocho años de edad, agricultor en pe-queño, ambos del domicilio de El Divisadero, con Documentos Únicos de Identidad números por su orden cero un millón, novecientos siete mil cuatrocientos sesenta y nueve-dos; y cero dos millones ciento ochenta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro-cero; y con número de Identifica-ción Tributaria en su orden un mil trescientos seis-doscientos treinta mil quinientos ochenta y dos-ciento uno-siete; y un mil trescientos doce-ciento ochenta y un mil ciento cincuenta -cero cero dos-nueve; de la herencia que en forma intestada dejó la señora ANA CRISTINA AMADOR DE BENITEZ; quien fue de sesenta y seis años de edad, comerciante, ca-sada, de nacionalidad salvadoreña, hija de Dolores Amador, y de padre ignorado; quien falleció a las once horas con cuarenta minutos del día dieciocho de septiembre de dos mil ocho; siendo su último domicilio, El Divisadero, departamento de Morazán; en concepto de hija, y cónyuge respectivamente de la causante.

Se les ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día veinticinco de septiembre de dos mil nueve. LIC. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA 1o. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024706-3

ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA SUPLENTE DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día dos de Septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante BLAS ELIAS AYALA conocido por BLAS ELIAS AYALA AYALA, quien falleció a las nueve horas del día veintiséis de Julio de mil novecientos ochenta y seis, en el Cantón San Benito de la jurisdicción de Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, siendo la Ciudad de Mercedes Umaña, su último domicilio, de parte de MARIA DEL CARMEN AYALA MEJIA conocida por CARMEN AYALA y por MARIA DEL CARMEN AYALA, en calidad de madre del causante, confiriéndole a la aceptante MARIA DEL CAR-MEN AYALA MEJIA conocida por CARMEN AYALA y por MARIA DEL CARMEN AYALA, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las ca-torce horas y veinte minutos del día dos de septiembre del año dos mil nueve. LIC. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- BR. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ.SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024716-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA LUISA SOLANO, quien fue de cien años de edad, de oficios domésticos, de nacionalidad salvadoreña, del origen y domicilio de Estanzuelas, hija de Concepción Solano y de Norberto Hernández, falleció el día nueve de enero de mil novecientos ochenta y cinco, siendo su último domicilio la ciudad de Estanzuelas, de parte del señor CARLOS ANDRES SOLANO, Cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la.

Confiéresele al aceptante en el Carácter aludido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE SEPTIEM-*BRE DEL DOS MIL NUEVE. LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024717-3

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta y cinco minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ANA PAULA VIRGINIA QUINTEROS conocida por ANA PAULA QUINTEROS, al fallecer el día diez de marzo de mil novecientos noventa y dos, en el Cantón Mundo Nuevo de la jurisdicción de San Dionisio en el Departamento de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora ANA LUISA QUINTEROS, como hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSÉ RAUL MELENDEZ QUINTEROS, cono-cido por JOSÉ RAUL MELENDEZ, como hijo de la misma causante.

Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

de tercera publicación

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de ley, después de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los dieciséis días del mes de Septiembre del año dos mil nueve. LIC. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024719-3

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora ROSA EMILIA ROMERO, al fallecer el día veintisiete de junio del año dos mil, en la Colonia San Carlos de la jurisdicción de Santa María en el Departamento de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora ANA JOSEFA ROMERO LAINEZ, como hija de la causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía a los señores JOSÉ JOEL ROMERO LAINEZ y BLANCA EDUVIGES GARAY ROMERO, como hijos de la misma causante.

Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de ley, después de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diez días del mes de julio del año dos mil nueve. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024720-3

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y veintiocho minutos del día uno de Septiembre de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MOISÉS ANTONIO BOLAÑOS CORNEJO, quien fue de veintiocho años de edad, Estudiante, Soltero, del origen y domicilio de esta ciudad, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Isabel Cornejo y Roberto Antonio Bolaños Montalvo, quien falleció el día veintiuno de Septiembre de dos mil ocho; de parte del menor STEVEN ALEXANDER BOLAÑOS HERNÁNDEZ, en su calidad de hijo del causante y como cesionario de los derechos que le correspondían al señor ROBERTO ANTONIO BOLAÑOS MONTALVO, representado legalmente por su madre señora GLENDA YAMILETH HERNÁNDEZ CABALLERO.

Se ha conferido al aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día uno de septiembre de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024728-3

LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora IRMA DE LA LUZ MARTÍNEZ DE PONCE, CLAUDIA DINORA PONCE DE JUÁREZ, IRMA LIZETT PONCE MARTÍNEZ y YAQUELIN IVETH PONCE MARTÍNEZ, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y las otras en su calidad de hijas del causante, la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor ARNOLDO DEL TRÁNSITO PONCE, quien fue de sesenta y siete años de edad, Empleado, Casado, hijo de la señora FRANCISCA PONCE, de nacionalidad salvadoreña, originario de Jiquilisco, Usulután, quien falleció el día diez de septiembre de dos mil siete, y cuyo último domicilio fue Soyapango.

Confiérese a las aceptantes declaradas la administración y repre-sentación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas del día tres de julio de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024730-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cin-cuenta minutos del día catorce de agosto del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MIGUEL ANGEL PA-LACIOS, ocurrida el día treinta de mayo de dos mil ocho, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ DE PALACIOS, ANGEL BALTAZAR PALACIOS RAMIREZ y AIDA BEATRIZ PALACIOS RAMIREZ y del menor JONATHAN MIGUEL PALACIOS RAMIREZ, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez ho-ras treinta minutos del día dos de septiembre de dos mil nueve.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024745-3

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Licenciado ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del

Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al

público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas y cuarenta minutos del día diecisiete de septiembre del presente

año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la herencia intestada que al fallecer a las dos horas y treinta minutos del

día veintisiete de enero de dos mil cuatro, en el Cantón Huertas Viejas,

jurisdicción de Anamorós, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar

su último domicilio, dejara el causante Alonso Villatoro conocido por

Alonso Villatoro Flores, a favor de la heredera señora Santos Eufemia

Bonilla Villatoro, en calidad de hija del referido causante de conformidad

con los Arts. 988, No. 1°. del C.C. Se le confirió a la heredera declarada,

en el carácter dicho la administración y representación interina de los

bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, a los

veintidós días del mes de septiembre de dos mil nueve. Lic. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024748-3

JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS, Notario, del domicilio

de la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, con Oficina

Jurídica, ubicada en Séptima Avenida Norte, Número Cuatrocientos

Once, Barrio San Felipe, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diecisiete horas del día cinco de Noviembre del año en curso, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en Colonia Paniagua,

Pasaje Juan Pablo Segundo, casa número once, de esta ciudad, a las

dos horas del día dieciséis de Julio del año dos mil ocho, dejó la señora

ANA MARIA VALENCIA o ANA MARIA VALENCIA VIUDA DE

MUÑOZ, al señor JOSE CESAR MUÑOZ VALENCIA, en su concepto

de hijo de la causante, habiéndosele conferido la representación y ad-

ministración interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente día de

la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veintiséis días del mes

de diciembre del año dos mil ocho.

Lic. JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. F024765-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las catorce horas con quince minutos del día tres de agosto del presente

año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTA-

RIO la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora

GREGORIA ZACATALES DE RODRÍGUEZ, quien falleció el día

veintidós de enero de mil novecientos setenta y tres, a la edad de setenta

y tres años, originaria de Tamanique, siendo la Ciudad de Tamanique, de

este Departamento, su último domicilio, de parte de los señores LUISA

FILOMENA, LEONOR, JUAN MANUEL, ADRIAN VICTORINO,

ELISEO ANTONIO, CRESENCIO EMILIANO, todos de apellidos

RODRÍGUEZ ZACATALES, en su calidad de hijos de la causante en

mención; confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRA-

CION Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de

conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1°. del Código Civil.

Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

tres días del mes de agosto de dos mil nueve. Licda. DIGNA GLADIS

MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Br.

ESTELA DEL CARMEN MARTINEZ PARADA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024772-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece mi-

nutos del día veinticuatro de septiembre del dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora ANA JULIA MARTINEZ,

quien falleció a las dieciséis horas del día veinticinco de abril del dos

mil cinco, en el Cantón El Amate, Jurisdicción, Distrito y Departamento

de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de los

señores MERCEDES MARTINEZ(Hembra), CARLOS MARTINEZ

y GLORIA DEL SOCORRO MARTINEZ, en calidad de hijos de la

causante, y se les han conferido a los aceptantes en el carácter antes

indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas y catorce minutos del día veinticuatro de septiembre del dos mil

nueve. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL. Licenciada MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024780-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las catorce horas y diez minutos del día veinticinco de Septiembre del co-

rriente año, se ha declarado Heredera Testamentaria de la señora MARIA

LEONOR HERNÁNDEZ VIUDA DE JIMÉNEZ, conocida por MARIA

LEONOR HERNÁNDEZ DE JIMÉNEZ, quien falleció a las doce horas

y cincuenta minutos del día nueve de Junio del año dos mil siete, en el

Hospital Nacional de Santiago de María, siendo esta ciudad su último

domicilio, de parte de la señora MERCEDES GUADALUPE JIMÉNEZ

DE MENDOZA, en calidad de hija de la causante. Confiriéndosele a

la aceptante dicha la Administración, y Representación Legal Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-

tiago de María, a los veintiocho días del mes de Septiembre del año dos

mil nueve. Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELIA DE LA PAZ BONILLA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F024841-3

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha

catorce horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con

beneficio de inventario, de parte de la señora MARIA JULIA DUEÑAS

DE BAÑOS, la sucesión Intestada que a su defunción dejó el causante

señor MEDARDO DE JESUS BAÑOS ELIZONDO, conocido por

MEDARDO DE JESUS BAÑOS, quien fue de setenta y dos años de

edad, Agricultor en Pequeño y falleció a las once horas veinte minutos

del día dos de octubre de dos mil dos, en el Cantón Primavera, de esta

jurisdicción; siendo éste el lugar de su último domicilio.

La aceptante mencionada es cónyuge sobreviviente y a la vez

cesionaria del derecho hereditario que en la presente sucesión les corres-

pondería a los señores ALEJANDRO ANTONIO BAÑOS DUEÑAS,

LUCIA DE JESUS BAÑOS DE VALLE, BENIGNO DE JESUS BAÑOS

DUEÑAS, FRANCISCA DE JESUS BAÑOS viuda DE GUERRA,

ISIDRO DE JESUS BAÑOS DUEÑAS, JOSE FRANCISCO BAÑOS

DUEÑAS, ELSA DE JESUS BAÑOS DE VASQUEZ, HAYDEE

CATALINA BAÑOS DE HERNANDEZ, DINORA DEL CARMEN

BAÑOS DE CHINCHILLA y MARTA JULIA BAÑOS DE SERPAS,

en su calidad de hijos del susodicho causante; y en ese carácter se le

confiere la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las

quince horas diez minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil

nueve.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. C034149-3

HErENcia YacENTE

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las once horas veinte minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil

nueve, se ha declarado yacente la herencia dejada a su defunción por el

señor TOMAS BERDUGO, quien fue de sesenta y nueve años de edad,

comerciante, fallecido el día veintiocho de diciembre de mil novecien-

tos cincuenta y nueve, en Barrio Concepción de esta ciudad, siendo

Quezaltepeque, su último domicilio, y se ha nombrado al Licenciado

JUAN SIMON ROMERO MIRA, para que lo represente en el Juicio de

Prescripción de la Acción Ejecutiva y de Cancelación de Hipoteca que se

promoverá en su contra, a quien se le hace saber de este nombramiento

al Licenciado ROMERO MIRA, para su aceptación, juramento y demás

efectos de Ley.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once horas

treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil nueve. Licda.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.

Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024709-3

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE

SAN FERNANDO, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado

Omar Alberto Romero Fuentes, actuando en su concepto de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial del señor Mario Alexander Ramos

Ramos, mayor de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de San Fer-

nando, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

número: cero dos millones trescientos cuarenta y dos mil dieciocho

guión cero, solicitando Título de Propiedad, de una porción de terreno

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, jurisdicción de

San Fernando, Departamento de Morazán, de una capacidad superficial

de UN MIL OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: al NORTE: dieciséis metros, linda con René Ramos, calle de

por medio; al ORIENTE: cuarenta metros, linda con Napoleón García; al

SUR: cuarenta metros, con René Ramos; y al PONIENTE: treinta y dos

metros, linda con René Ramos, calle de por medio. En el terreno descrito

se encuentra construida una casa de sistema mixto, paredes de bloque,

techos de tejas y piso de ladrillo de cemento, no es predio dominante ni

sirviente, ni está en proindivisión de nadie, ni carga o derecho real que

pertenezca a otra persona, el cual adquirió por compraventa que le hizo

el señor José de Jesús Ramos Someta, de ochenta y cuatro años de edad,

Agricultor, del domicilio de San Fernando, Departamento de Morazán,

por la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Y para ser publicado por tres veces alternas, en el Diario Oficial, se

extiende el presente, en la Alcaldía Municipal de San Fernando, Depar-

tamento de Morazán, a los dos días del mes de Octubre de dos mil nueve.

VIRGILIO RAMIREZ JAVIER, ALCALDE MUNICIPAL. ZAÍDA

MARLENE LÓPEZ ROMERO, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C034077-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a esta Oficina se presentó la señora LIDIA

MERCEDES FRAILE DE AVALOS, de cincuenta y nueve años de edad,

ama de casa, de este domicilio, portadora de su Documento Único de

Identidad Número cero, cero quinientos treinta y nueve mil ochocientos

treinta y seis guión nueve y de su Número de Identificación Tributaria

cero trescientos seis - cero ochenta mil trescientos cincuenta - ciento uno

- cero (0306-080350-101-0), solicitando título de propiedad a su favor de

UN INMUEBLE de naturaleza RUSTICA, descrito según certificación

de la denominación catastral número 032009003738, expedida por la

oficina de Mantenimiento Catastral de Sonsonate el día nueve de junio de

dos mil nueve, ubicado en el Cantón Teshcal de esta jurisdicción, mapa

0306R05, parcela 283, compuesto de NOVECIENTOS DIECIOCHO

METROS, SESENTA Y SIETE DECÍMETROS, TRECE CENTIME-

TROS CUADRADOS (918.6713 m2), de extensión superficial sus

colindancias son: AL NORTE, con propiedad de la señora Marta Mirian

Fraile; AL ORIENTE, con terreno del señor Armando Antonio Osorio

Jiménez; AL SUR, con terreno del señor Douglas Baltazar Fraile Avalos;

y AL PONIENTE, con propiedad del señor Renato Antonio Pérez.- El

inmueble descrito lo adquirió la titulante por COMPRAVENTA que

hizo a la señora Rosa Elvira Fraile de Avalos, según escritura privada

el día cuatro de noviembre de mil novecientos setenta, unida su pose-

sión material del inmueble a la de su vendedora asciende a más de diez

años, ejerciéndola de manera quieta, pacífica y sin interrupción, todos

los colindantes son de este domicilio y lo estima en la suma de UN MIL

DOLARES de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Izalco, diecinueve de agosto de dos mil nueve.

Lic. ROBERTO ABRAHAM ALVARADO BARRIENTOS, ALCALDE

MUNICIPAL. Lic. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F024739-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que en esta oficina se ha presentado el Licenciado

HENRY JACOBO CAMPOS DIAZ, del domicilio de Santiago de María

con su Documento Unico de Identidad Número: cero cero cero cero

nueve cinco seis seis -cinco, en calidad de apoderado General Judicial

de la señora ROSA AMANDA LUNA DE REYES, de cincuenta y

siete años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio con número

de Pasaporte: B ocho dos siete seis siete nueve; solicitando título de

propiedad de un terreno de naturaleza urbana, situado en final octava

Avenida Norte, al costado de la propiedad cooperativa de pescadores

ACOSPECALUN, sector la playa, en Barrio Honduras, de esta Ciudad,

Jurisdicción y departamento de La Unión, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE, nueve punto ochenta y siete metros, colinda con

línea divisora de por medio del relleno propiedad de la señora Marleny

Núñez, AL ORIENTE, veinticuatro puntos cincuenta metros, colinda

con el relleno del señor Francisco Reyes, cerco de lámina de por medio,

AL SUR, nueve punto ochenta y siete metros, colinda con la señora

Blanca Vanegas, con líneas divisoria de por medio, y AL PONIENTE,

veinticuatro punto cincuenta metros, colinda con el señor Marcos Roque

pared de sistema mixto de por medio, propio del colindante, dentro de

este inmueble hay una casa de sistema mixto. El terreno descrito es

de la capacidad superficial de: DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO

PUNTO OCHENTA Y DOS METROS. Lo adquirió por compra informal

que le hizo al señor MAXIMILIANO LUNA, que la posesión material

ejercida por el titulante unida a la posesión del vendedor sobrepasa los

diez años consecutivos, que el inmueble antes descrito lo ha poseído en

forma quieta, pacífica y sin interrupción, ni proindivisión con persona

alguna, ejerciendo en él actos de verdaderos dueños, sin que nadie lo

haya impedido, y lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES

EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hace saber para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de La Unión, a los veinticuatro días del mes

de Septiembre de dos mil nueve. Dr. OSMAR OVIDIO CRUZ LOPEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. Licda. EMPERATRIZ MARILY ALAS

VENTURA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F024753-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385TiTUlo SUPlETorio

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado RENÉ BALMORE CHACON, quien actúa como Apoderado General Judicial del señor BENEDICTO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ; solici-tando DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Río Seco, del Cantón San Pedro, de la jurisdicción de La Villa de El Divisadero, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Veinte metros línea recta, con Bernabé Flores Fernández, calle principal del Caserío de por medio; AL NORTE: Ochenta y dos metros línea recta, con la señora María Concepción Vásquez de Cruz; AL PONIENTE: Treinta metros línea recta, con el señor Manuel Álvarez Berríos; y AL SUR: Setenta y siete metros, con Catalina Andrade de Benítez. Dicho inmueble es valorado en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y lo adquirió por traspaso de la posesión que le hizo su padre MANUEL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, cuando éste falleció.

En el Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, a las quince horas del día veintisiete de agosto de dos mil nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª. INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024698-3

TÍTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE LA REINA, CHALATENANGO.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por escrito don JUAN VICENTE ORELLANA PORTILLO, de ochenta y cuatro años de edad, comerciante, de este mismo domicilio, con Docu-mento Único de Identidad cero cero sesenta y nueve setenta y cuatro sesenta y ocho-nueve, y con NIT cero cuatrocientos trece-cero cincuenta mil cuatrocientos veinticinco-cero cero uno-cero; solicitando se le ex-tienda a su favor TÍTULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el lugar llamado Barrio La Primavera, Municipio de La Reina, Chalatenango, de una extensión superficial aproximada de UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS VEINTISÉIS DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a MIL NOVECIENTOS VEINTIUNA VARAS CUADRADAS NOVENTA Y CUATRO DÉCIMAS DE VARA CUADRADA, que mide y linda: AL NORTE, en una distancia de catorce metros setenta y tres centímetros, linda con casa de Ester Solorzano de Posada, AL ORIENTE, en una distancia de cuarenta y un metros cuarenta centímetros, linda con solar de Estela Alas de Cruz y Ana Delmy Reyes de Chacón, calle que de la Villa de La Reina, conduce a San Salvador, de por medio; AL SUR, en una distancia de treinta y dos metros cuatro centímetros, linda con solar de María Landaverde Alas, dividido por cerco de alambre y órgano propio

del terreno que describe y AL PONIENTE, en dos tramos: el primer tramo en una distancia de dieciocho metros ochenta y ocho centímetros y el segundo tramo en una distancia de cuarenta y siete metros cincuenta centímetros, en ambos linda con solar de Ester Solorzano de Posada, estando de por medio en el primer tiro la quebrada Las Cocinas y en el Segundo tiro cerco de alambre y órgano y un tapial de adobe propios del terreno que se describe y en el resto la casa y solar de la colindante Ester Solorzano de Posada, en el terreno descrito tiene construida una casa de sistema mixto con todos sus servicios y a lado Sur un corredor techado de teja de propiedad del inmueble descrito, dicho inmueble lo adquirió por COMPRA a la señora BLANCA OFELIA CRUZ DE ORELLANA, según escritura pública otorgada en San Salvador, a las catorce horas del día veinticinco de abril de mil novecientos ochenta y seis, ante los oficios del Notario ROBERTO ANTONIO ZAVALETA, quien lo poseyó por más de treinta años, de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, no lo posee en proindivisión con nadie, no pertenece al Estado ni es ejidal, no es predio dominante ni sirviente. Lo valora en la suma de CUATRO MIL DÓLARES AMERICANOS. Todos los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al Público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: de la Villa de La Reina, Chalatenango, trein-ta de septiembre del año dos mil nueve. JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C034091-3

TÍTUlo DE DoMiNio

EL SUSCRITO NOTARIO.

HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter particular el señor MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ SORIANO, de setenta y siete años de edad, Motorista, de este domicilio y del de Cuscatancingo, en este Departamento, persona que declaro conocer y además identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero seiscientos catorce mil ciento sesenta y cero y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos diecinueve-cien mil trescientos treinta y dos-cero cero uno-ocho, MANIFESTANDO: I) Que es dueño y actual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida por más de diez años de un inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio San Jacinto, de esta ciudad, específicamente en la Calle San Martín de la hoy Colonia Harrison, entre Avenida Virginia y Pasaje Amaya, marcado en el plano respectivo con el número ochocientos treinta y uno, el cual tiene un área superficial de CIENTO CINCUENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, cuyas medidas y lin-deros son: AL NORTE, siete punto cincuenta metros y linda con lotes de la Urbanización Jardines de La Vega; AL ORIENTE, veinte punto cincuenta metros de distancia con pared medianera linda con inmueble propiedad de Max Heriberto Torres; AL SUR, siete punto cincuenta metros linda con Calle San Martín de por medio; y AL PONIENTE, distancia de veinte punto cincuenta metros pared medianera linda con inmueble propiedad de don José Demecio Juárez. II) Que el predio descrito no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna persona y lo adquirió por compraventa de posesión material que le hizo el señor PEDRO DE JESÚS COLATO AMAYA, el diez de febrero de mil novecientos ochenta

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. y nueve, por lo que dicha posesión data desde esa fecha, y por lo tanto, es por más de diez años. III) Que en ese lote existe construida una casa de habitación de sistema mixto, con todos sus servicios básicos, teléfono y energía eléctrica. IV) Que con base en el Artículo Primero de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos me solicita realizar diligencias sumarias sobre obtener TITULO DE DOMINIO O PROPIEDAD a su favor, pues aclara que el antecedente correspondiente por razones involuntarias se ha extraviado y se ha hecho imposible recuperarlo, por haber sido exten-dido como documento privado autenticado ante un Notario, también ya fallecido, pero que valúa dicho inmueble en la suma de TREINTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y V) Que por el largo tiempo transcurrido de la compraventa realizada entre su persona y el antecesor, de éste desconoce su actual domicilio, si vive o si ha fallecido. Presenta plano, medidas y colindancias, manifestando que todos los colindantes son del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Se previene a las personas que deseen hacer oposición a las preten-siones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi Despacho Notarial, ubicado en la Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Treinta y Tres Calle Oriente, número mil setecientos cuarenta y uno, local tres, San Salvador.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días de octubre de dos mil nueve.

ANTONIO ARMANDO RIVERA BOLAÑOS,

NOTARIO.

3 v. c. No. C034187-3

rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 1999003811

No. de Presentación: 20090127287

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de la Ciudad de Leverkusen, República Federal de Alema-nia, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00151 del Libro 00099 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras “ASPIRINA FORTE”, escrita en letras mayúsculas de molde, en color negro y sin ningún diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034099-3

No. de Expediente: 1996000275

No. de Presentación: 20090120849

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JESÚS ABRAHAM LÓPEZ TORRES, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de INTERNACIONAL DE CONFECCIÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA, del domicilio de DIECINUEVE AVENIDA TRECE-SESENTA Y OCHO, ZONA SIE-TE, KAMINAL JUYU II, CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00107 del Libro 00090 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA FRASE “SIERRA MADRE” ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, MAYÚSCULAS DE TIPO CORRIENTE, ENCONTRÁNDOSE LA PALABRA “SIERRA” SOBRE LA PALABRA “MADRE”, AMBAS EN MEDIO DE DOS TRIÁNGULOS SUPERPUESTOS ENTRE SI, SIMULANDO VOL-CANES Y SE ENCUENTRAN DENTRO DE UN MARCO NEGRO EN FONDO BLANCO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MARÍA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024700-3

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2009094964

No. de Presentación: 20090125850

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que se identifica como DISEÑO DE MARCO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, NEMATICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034032-3

No. de Expediente: 2009094966

No. de Presentación: 20090125852

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE MARCO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRICOLAS, HORTICOLAS Y SILVICOLAS NO INCLUIDOS

EN OTRAS CLASES, ANIMALES VIVOS, FRUTAS FRESCAS Y VEGETALES, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES, ALIMENTOS PARA ANIMALES, MALTA. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034033-3

No. de Expediente: 2009094965

No. de Presentación: 20090125851

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de TOTAL SA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

aUrElia

Consistente en: la palabra AURELIA, que servirá para: AMPA-RAR: ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES; COMBUSTIBLES (INCLUYENDO ESPIRITUS PARA MOTOR). Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034035-3

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095022

No. de Presentación: 20090125952

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de WhiteWave Services, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

aVoSET

Consistente en: la palabra AVOSET, que servirá para: AMPARAR: ADEREZOS, RELLENOS Y GLASEADOS PARA PRODUCTOS DE PANADERIA Y CONFITERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034036-3

No. de Expediente : 2009095084

No. de Presentación: 20090126078

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de MCDONALD'S CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: Las palabras BIG TASTY y diseño, su traducción al idioma castellano es grande sabrosa; sobre las palabras Big y Tasty individualmente consideradas no se le conceden exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SANDWICHES HAMBURGUESA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034037-3

No. de Expediente: 2009094534

No. de Presentación: 20090125048

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO CHILE, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BroMEX Sf

Consistente en: la expresión BROMEX SF, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO; SUSTAN-CIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA USO MEDICO, ALIMENTO PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURACIONES (APOSITOS Y VENDAS); YESO PARA USO MEDICO, MATERIAL PARA TAPAR DIENTES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de julio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034038-3

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095088

No. de Presentación: 20090126082

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de KAMANMARRA

CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

caMP UNiVErSiTY

Consistente en: la expresión CAMP UNIVERSITY, que se traduce

al castellano como Campo Universidad, que servirá para: AMPARAR:

VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034039-3

No. de Expediente: 2009095089

No. de Presentación: 20090126083

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de KAMANMARRA

CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

caMPUS UNiVErSiTY

Consistente en: las palabras CAMPUS UNIVERSITY, traducido

al castellano como CAMPO UNIVERSIDAD, que servirá para: AM-

PARAR: VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034040-3

No. de Expediente: 2009095231

No. de Presentación: 20090126296

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

coNQUEST

Consistente en: la palabra CONQUEST que se traduce al castellano

como CONQUISTA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES

PARA DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; INSECTICIDAS, ACA-

RICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034041-3

DIARIO

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009095020

No. de Presentación: 20090125948

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Wolverine International, L.P., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

cUSHE

Consistente en: la palabra CUSHE, que servirá para: AMPARAR

VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034044-3

No. de Expediente: 2009092205

No. de Presentación: 20090121077

CLASE: 11

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Ideal Standard International BVBA, de nacionalidad BELGA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

EcoliNE

Consistente en: la palabra ECOLINE, que servirá para: AMPARAR:

UTENSILIOS SANITARIOS CERAMICOS, INCLUYENDO BIDES,

TAZONES DE INODORO, TANQUES DE INODORO, TAPADERAS

DE TANQUES DE INODORO, SERVICIOS, PEDESTALES PARA

SERVICIOS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de julio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034045-3

No. de Expediente: 2009090831

No. de Presentación: 20090118287

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

iXiaro

Consistente en: la expresión IXIARO, que servirá para: AMPARAR:

VACUNAS PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034046-3

DIARIO

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009092156

No. de Presentación: 20090120981

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

KiXor

Consistente en: la expresión KIXOR, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DA-ÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034047-3

No. de Expediente: 2009093056

No. de Presentación: 20090122552

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

liSTEriNE ESSENcial

Consistente en: las palabras LISTERINE ESSENCIAL, traducida al castellano la palabra ESSENCIAL como ESENCIAL, que servirá para: AMPARAR: ENJUAGUE BUCAL Y ENJUAGUE PARA LA BOCA NO MEDICADOS; PASTA DENTAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034048-3

No. de Expediente: 2009094970

No. de Presentación: 20090125856

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Stadt Holdings Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras NatraTaste en donde la palabra Taste se traduce como Sabor, que servirá para: AMPARAR: EDULCORANTES ARTIFICIALES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034049-3

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009094963

No. de Presentación: 20090125849

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de WhiteWave Services, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Pastry PRIDE y diseño, su traducción al idioma castellano es pastelería orgullo, que servirá para: AMPARAR: ADEREZOS LACTEOS Y NO LACTEOS, GLASEADOS Y RELLE-NOS PARA PASTELERIA Y CONFITERIA. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034050-3

No. de Expediente: 2009095087

No. de Presentación: 20090126081

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALLIED DOMECQ SPIRITS & WINE LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La palabra PLAN B y diseño, que servirá para: AMPARAR: VINO, ESPIRITUS Y LICORES. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034051-3

No. de Expediente: 2009095321

No. de Presentación: 20090126430

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

PrEMiEroN

Consistente en: la palabra PREMIERON, que servirá para: AM-PARAR: IMPLANTES ORTOPEDICOS DE ARTICULACIONES; IMPLANTES ORTOPEDICOS COMPUESTOS DE MATERIALES ARTIFICIALES, Y COMPONENTES Y PARTES DE TALES IM-PLANTES; MATERIAL DE POLIETILENO VENDIDO COMO COMPONENTE DE IMPLANTES ORTOPEDICOS. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034052-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2008090550

No. de Presentación: 20080117640

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Henkel AG & Co. KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SilUETa

Consistente en: la palabra SILUETA, que servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, PREPARACIONES PARA EL CABELLO PARA EL CUIDADO, LIMPIEZA, TEÑIDO, TINTE, DECOLORACION, FIJACION Y PARA HACERSE UN PERMANENTE, LOCIONES PARA EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034053-3

No. de Expediente: 2009095227

No. de Presentación: 20090126292

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DA-NIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Evergreen Packaging, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SiNGlESiP

Consistente en: la palabra SINGLESIP donde la palabra SINGLE se traduce al castellano como Solo y la palabra SIP se traduce como

TRAGO, que servirá para: AMPARAR: CAJAS PARA BEBIDAS HECHAS DE PAPEL CARTON. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034054-3

No. de Expediente: 2009094961

No. de Presentación: 20090125847

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIO-SO de Makhteshim Chemical Works Ltd., de nacionalidad ISRAELI, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SPHiNX

Consistente en: la palabra SPHINX que se traduce al castellano como Esfinge, que servirá para: AMPARAR: PESTICIDAS, INSEC-TICIDAS, HERBICIDAS Y FUNGICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034055-3

DIARIO

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009094969

No. de Presentación: 20090125855

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de TOTAL S.A., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TalUSia

Consistente en: la palabra TALUSIA, que servirá para: AMPA-RAR: ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES; COMBUSTIBLES (INCLUYENDO ESPIRITUS PARA MOTOR). Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034057-3

No. de Expediente: 2009095082

No. de Presentación: 20090126076

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

ViSiNE

Consistente en: la palabra VISINE, que servirá para: AMPARAR: TOALLITAS COSMETICAS NO MEDICADAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034058-3

No. de Expediente: 2009095083

No. de Presentación: 20090126077

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

ViSiNE

Consistente en: la palabra VISINE, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES OFTALMOLOGICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034059-3

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095421

No. de Presentación: 20090126599

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

TUSCANY S.r.l., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA.

caValli VoDKa

Consistente en: las palabras CAVALLI VODKA, sobre la palabra

VODKA no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:

VODKA. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034060-3

No. de Expediente: 2009095412

No. de Presentación: 20090126582

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

UNIVISION COMMUNICATIONS INC., de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE U,

que servirá para: AMPARAR: GRABACIONES DE AUDIO-VIDEO

PRE-GRABADAS EN FORMATO DE CINTAS DE AUDIO- VIDEO,

CASETES DE AUDIO- VIDEO Y DISCOS DE AUDIO-VIDEO

PRESENTANDO MUSICA, Y/O COMEDIA, DRAMA, ACCIÓN,

AVENTURA, Y/O PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS ANIMA-

DAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034061-3

No. de Expediente: 2009093157

No. de Presentación: 20090122721

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Metalúrgica

Trapp Ltda., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA.

consistente en: la palabra Trapp y diseño, que servirá para:

AMPARAR: MÁQUINAS, APARATOS Y PRODUCTOS PARA

CORTAR GRAMA Y APLICACIONES EN LA AGRICULTURA,

PRINCIPALMENTE: TRITURADORAS, CORTADORAS, TRI-

LLADORES, MAQUINAS PARA MOLER, CORTADORAS DE

CÉSPED, CORTADORES DE GRAMA, CORTADORAS DE SETOS,

AIREADOR ELÉCTRICO PARA CÉSPED, SEGADORA MANUAL,

TRACTORES PARA JARDÍN, SOPLADORES DE ASPIRADO,

CORTADORES DE CEPILLO, MOTOSIERRAS, TRITURADORAS,

TRITURADORAS FINAS, TRILLADORES PARA MAIZ, TIJERAS

DE PODAR ELÉCTRICAS, CORTADORES DE TRONCOS, MAQUI-

NA TRITURADORA DE MADERA, CORTADORES DE MADERA.

Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

nueve.

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034063-3

No. de Expediente: 2009094500

No. de Presentación: 20090125000

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Honda Motor Co.,

Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA.

iNSiGHT

Consistente en: la palabra INSIGHT, que se traduce al castellano

como ENTENDIMIENTO, que servirá para: AMPARAR AUTOMOVI-

LES; VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE,

AÉREA O MARÍTIMA, MOTORES Y MOTORES DE COMBUSTIÓN

INTERNA PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; ACOPLES Y COM-

PONENTES DE TRANSMISIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;

TRANSMISIONES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; AMORTI-

GUADORES DE SUSPENSIÓN PARA VEHÍCULOS; CARROCERÍA

DE VEHÍCULOS; PARACHOQUES PARA VEHÍCULOS; CHASISES

PARA VEHÍCULOS; FRENOS PARA VEHÍCULOS; CIRCUITOS

HIDRÁULICOS PARA VEHÍCULOS; VÍAS DE DIRECCIÓN PARA

VEHÍCULOS; LLANTAS NEUMÁTICAS; CINTURONES DE SE-

GURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; ASIENTOS DE

VEHÍCULOS; DISPOSITIVOS ANTIRROBO Y ALARMAS PARA

VEHÍCULOS; CAJAS DE TRANSMISIÓN PARA VEHÍCULOS

TERRESTRES; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;

TAPICERÍA PARA VEHÍCULOS; PERILLAS PARA REMOLQUE

PARA VEHÍCULOS; ESPEJOS RETROVISORES; RUEDAS PARA

VEHÍCULOS; CAPERUZAS PARA VEHÍCULOS; PUERTAS PARA

VEHÍCULOS; VENTANAS PARA VEHÍCULOS; TIMONES PARA

VEHÍCULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de julio del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034065-3

No. de Expediente: 2009095085

No. de Presentación: 20090126079

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de BTICINO S.p.A.,

de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA.

aXolUTE Eteris

Consistente en: las palabras AXOLUTE Eteris, que servirá para:

AMPARAR: APARATOS ELÉCTRICOS Y EQUIPO PARA SU USO

EN EL HOGAR, INSTALACIONES COMERCIALES E INDUSTRIA-

LES; APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS PARA EL CON-

TROL, REGULACIÓN, PROGRAMACIÓN, AUTOMATIZACIÓN,

DETECCIÓN, SEÑALIZACIÓN, CONTROL, ALARMA, MEDICIÓN,

PRESENTACIÓN VISUAL, VIGILANCIA, PRUEBA, GRABACIÓN,

DIFUSIÓN DEL SONIDO; APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓ-

NICOS PARA EL CONTROL, REGULACIÓN, TRANSMISIÓN, RE-

CEPCIÓN, REPRODUCCIÓN, PROCESAMIENTO Y GENERACIÓN

DE SONIDO, IMÁGENES, DATOS E INFORMACIÓN, SISTEMAS DE

ACCESO PARA PUERTAS, SISTEMAS DE ACCESO CON VIDEO

PARA PUERTAS, EQUIPO DE AUTOMATIZACIÓN DE CASAS.

Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034066-3

No. de Expediente: 2009095086

No. de Presentación: 20090126080

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA.

BacKfliP

Consistente en: la palabra BACKFLIP, traducido al castellano como

VOLTERETA HACIA ATRAS, que servirá para: AMPARAR: TELÉFO-

NOS CELULARES; TELÉFONOS CELULARES CON CAPACIDAD

PARA MENSAJERÍA ELECTRONICA; TELÉFONOS CELULARES

CON CAPACIDAD PARA CÁMARA DIGITAL Y VIDEO CÁMARA;

TELÉFONOS CELULARES CON CAPACIDAD PARA REPRODUC-

TORES DE MP3, AUDIO Y VIDEO; TELÉFONOS CELULARES

CON CAPACIDAD PARA JUEGOS ELECTRÓNICOS; TELÉFO-

NOS CELULARES CON CAPACIDAD PARA NAVEGACIÓN Y

POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS); DISPOSITIVOS DE CO-

MUNICACIÓN INALÁMBRICA, PRESENTANDO TRANSMISIÓN

DE VOZ, DATOS E IMÁGENES; BATERÍAS PARA TELÉFONOS

CELULARES, CARGADORES DE BATERÍAS Y ADAPTADORES

DE CORRIENTE. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034067-3

No. de Expediente: 2009094960

No. de Presentación: 20090125846

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE

MARCO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES QUÍ-

MICAS PARA USO EN AGRICULTURA, HORTICULTURA Y

SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE

SEMILLAS, REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE PLANTAS,

PRODUCTOS PARA LA PROTECCIÓN DE PLANTAS, TÓNICOS

PARA PLANTAS, ACTIVADORES PARA PLANTAS, PREPARA-

CIONES PARA LA PROTECCIÓN DE SEMILLAS, PLANTAS DE

SEMILLEROS Y PLANTAS CONTRA PATÓGENOS DE PLANTAS.

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034069-3

DIARIO

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2008090317

No. de Presentación: 20080117285

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

HANKOOK TIRE CO., LTD., de nacionalidad COREANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA.

VENTUS

Consistente en: la palabra VENTUS, que servirá para: BOMBAS DE

AIRE (ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS); VEHÍCULOS AÉREOS;

CADENAS ANTI-PATINAJE; LLANTAS PARA AUTOMOVILES;

AUTOMOVILES; MANUBRIOS PARA BICICLETAS; LLANTAS

PARA BICICLETAS; BICICLETAS; CINTA DE FRENO PARA VE-

HÍCULOS; CUBIERTA PARA LLANTAS NEUMÁTICAS; FORROS

PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; FORROS PARA LLANTAS;

FORROS PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; LLANTAS DE MOTOS;

PARCHES ADHESIVOS DE PLÁSTICO PARA REPARAR TUBOS

INTERNOS; TUBOS INTERNOS PARA BICICLETAS; TUBOS

INTERNOS PARA MOTOS; TUBOS INTERNOS PARA LLANTAS

NEUMÁTICAS; TUBOS INTERNOS PARA RUEDAS DE VEHÍCU-

LOS; TUBOS INTERNOS PARA LLANTAS DE VEHÍCULOS; REDES

PARA EQUIPAJE PARA VEHÍCULOS; LLANTAS NEUMÁTICAS;

EQUIPO DE REPARACIÓN PARA TUBOS INTERNOS; RINES

PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; CUBIERTAS PARA SILLÓN DE

BICICLETAS; CUBIERTAS PARA SILLÓN DE MOTOCICLETAS;

CINTURONES DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHÍCULO;

SEGMENTOS DE FRENO PARA VEHÍCULOS; AMORTIGUA-

DORES PARA VEHÍCULOS; PARRILLAS PARA CARROS PARA

LLEVAR ESQUIS; CLAVOS PARA LLANTAS; PERNOS PARA

LLANTAS; LLANTAS PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; LLANTAS,

SOLIDAS, PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; RODADURAS PARA

REENCAUCHAR LLANTAS; RODADURAS PARA VEHÍCULOS

(CINTURONES DE RODAJE); RODADURAS PARA VEHÍCULOS

(TIPO TRACTOR); LLANTAS QUE NO UTILIZAN TUBO PARA

BICICLETAS; LLANTAS QUE NO UTILIZAN TUBO PARA MOTOS;

VALVULAS PARA LLANTAS PARA VEHÍCULOS; LLANTAS

PARA RUEDAS DE VEHÍCULO; RUEDAS PARA VEHÍCULO;

VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; BOTES; LOCOMOTORAS; ESCOBI-

LLAS PARA PARABRISAS; PARABRISAS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034070-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2009095093

No. de Presentación: 20090126091

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL

EDGARDO LIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la frase EL TORITO PINTO y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO DE-

DICADO A LA VENTA DE CARNE DE RES, CERDO, CONEJO,

PELIBUEY, POLLO Y GALLINA DE PATIO Y DE GRANJA CRUDA

Y COCIDA Y TODOS SUS DERIVADOS.

La solicitud fue presentada el día primero de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024775-3

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009095092

No. de Presentación: 20090126090

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL

EDGARDO LIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: las palabras EL TORO CARNES Y MÁS... y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTA-BLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE CARNE DE RES, CERDO, CONEJO, PELIBUEY, GALLINA, HUEVOS, LÁCTEOS, CEREALES, EMBUTIDOS, CRUDOS Y COCIDOS POR MAYOR Y MENOR.

La solicitud fue presentada el día primero de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024777-3

No. de Expediente: 2009095094

No. de Presentación: 20090126092

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL EDGARDO LIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la frase SUPERTORO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y UN ESTABLECIMIENTO CO-MERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE CARNES, LACTEOS, POLLOS, EMBUTIDOS Y CEREALES POR MAYOR Y MENOR CRUDOS Y COCIDOS.

La solicitud fue presentada el día primero de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024779-3

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2009095850

No. de Presentación: 20090127382

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL

LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de ALMAPA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMAPA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

EXPloSiÓN DE PrEcioS BaJoS

Consistente en: la expresión EXPLOSIÓN DE PRECIOS BAJOS, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSU-MIDOR, EN PRODUCTOS TALES COMO: VESTIDOS, CALZADOS, JUGUETES, SOMBRERERÍA.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024823-3

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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. SUBaSTa PUBlica

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con

el número 303-E-08, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, en su calidad de Apoderada General Judicial del

BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A., contra el señor

FRANCISCO ANTONIO NAVAS CASTANEDA, se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, un Bien

Inmueble que a continuación se describe y localiza así “CIUDAD Y

DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.” Un inmueble de naturaleza

rústica hoy urbana, situado en Cantón Chancuyo, de esta Jurisdicción y

Departamento, que en el inmueble determinado se encuentra la Colonia

Obrera, del BARRIO SAN ANTONIO, marcado con el número DIECIO-

CHO, Calle Ataco, de esta Ciudad y Departamento, con una extensión

superficial de CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA

METROS CUADRADOS, que linda y mide a partir del vértice Noroeste

así: AL NORTE: dieciocho punto noventa y cuatro metros con casa nú-

mero diecisiete, tipo obrero de la Calle de Ataco; AL ORIENTE: nueve

punto cincuenta metros con terreno de la señora María Padilla, Calle a

Ataco de doce metros de ancho de por medio; AL SUR: dieciocho punto

cincuenta metros con casa número diecinueve tipo obrero, de la Calle para

Ataco; Y AL PONIENTE: nueve punto cincuenta metros con terrenos

de la señora Marcelina Salinas y Gabriel Velasco, todos los colindantes

son de la misma colonia de propiedad del Instituto de Vivienda Urbana

hoy el Fondo. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor

FRANCISCO ANTONIO NAVAS CASTANEDA, el cual se encuentra

inscrito bajo la matrícula UNO CINCO CERO DOS OCHO SEIS CINCO

DOS- CERO CERO CERO CERO CERO asiento CUATRO del Registro

de la Propiedad de la Segunda Sección de Occidente.”

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las quince horas y diez minutos del día doce de agosto

de dos mil nueve. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024697-3

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

inicialmente por el Licenciado OSCAR ARMANDO CALDERON

ARTEAGA, Apoderado de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

contra los señores NELSON BASILIO AGUILAR CRUZ y SONIA

ADALJISA PERDOMO DE AGUILAR conocida también por SONIA

PERDOMO DE AGUILAR, se venderá en Pública Subasta en este

Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el inmueble

que a continuación se describe: “Lote Número NUEVE del Polígono

“T” de la Urbanización La Cima II, que mide y linda: Partiendo de la

intersección de los ejes de Pasaje CINCO y Senda SEIS abiertos en la

Urbanización, se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur cero

grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este una distancia de cinco

metros. De este punto haciendo una deflexión izquierda con rumbo Norte

ochenta y nueve grados veinticinco punto cinco minutos Este y distancia:

de cuatro metros, se llega al mojón Número UNO, esquina Nor-Poniente

del Lote que se describe así: AL NORTE. Partiendo del mojón Número

UNO con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto cinco

minutos Este y distancia de catorce metros se llega al mojón Número

DOS, lindando por este lado con lotes números once y diez de Polígono

“U” de la misma Urbanización, pasaje CINCO de diez metros de ancho

de por medio; AL ORIENTE: del mojón Número DOS con rumbo Sur

cero grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia de ocho

punto treinta metros se llega al mojón Número TRES, lindando por este

lado con Lote Número DIEZ del Polígono “T” de la misma Urbanización:

AL SUR: del mojón Número TRES con rumbo Sur ochenta y nueve

grados veinticinco punto cinco minutos Oeste y distancia de catorce

metros se llega al mojón Número CUATRO, lindando por este lado

con Lote Número OCHO del Polígono “T” de la misma Urbanización;

AL PONIENTE. Del Mojón Número CUATRO con rumbo Norte cero

grados treinta y cuatro punto cinco minutos Oeste y distancia de ocho

punto treinta metros se llega al mojón número UNO donde se inició la

presente descripción, lindando por este lado con Lote Número DOS del

Polígono “S” de la misma Urbanización Senda SEIS de ocho metros

de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un área de CIENTO

DIECISÉIS METROS CUADRADOS VEINTE DECÍMETROS

CUADRADOS equivalentes a CIENTO SESENTA Y SEIS VARAS

CUADRADAS VEINTISÉIS CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA.

Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los señores NELSON

BASILIO AGUILAR CRUZ Y SONIA ADALJISA PERDOMO DE

AGUILAR conocida por SONIA PERDOMO DE AGUILAR a la Ma-

trícula M CERO CINCO CERO UNO TRES DOS NUEVE OCHO del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público

para los efectos de Ley.-

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas cinco minutos del día veintiuno de sep-

tiembre de dos mil nueve.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL.- LIC. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024721-3

LICDA. SONIA NOEMI REYES, JUEZA INTERINA DEL JUZGA-

DO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA,

CHALATENANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil número

120-2008-3 promovido por la Licenciada Ana María Cortez Artiga, en

su carácter de Apoderada General Judicial del BANCO HIPOTECARIO

DE EL SALVADOR, seguida de las palabras SOCIEDAD ANONIMA

O DE SU ABREVIATURA S. A. BANCO HIPOTECARIO o BANCO

HIPOTECARIO DE El SALVADOR, CONTRA EL SEÑOR JUAN

ANGEL LANDAVERDE BARRIENTOS; Se venderá en pública subasta

en fecha que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: De

naturaleza rústica, sin cultivos permanentes, situado en el Cantón El

Centro jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango,

de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: comenzando por el

vértice Nor oeste con rumbo Nor este en Línea quebrada compuesta de

tres tramos rectos comenzando de un árbol de pito a otro árbol de pito,

mide con rumbo oriente cuarenta y cinco metros con treinta y siete

centímetros, el segundo tramo del árbol de pito último con rumbo sur

a otro árbol de pito puesto a propósito, mide treinta metros y el tercer

tramo con rumbo oriente a un árbolito de durazno donde también está un

brotón de pito esquinero, mide catorce metros treinta centímetros; con

terreno de Rufino y Alfonso Landaverde; AL ORIENTE: del arbolito

de durazno junto al brotón de pito mencionado en Línea ligeramente

curva hasta un brotón de pito mencionado en Línea ligeramente curva

hacia un brotón de pito que forma media esquina y luego en Línea recta

a un árbol de pito que está en la margen de la quebrada El Salto, mide

en este rumbo doscientos metros y colinda con terreno de José Adilio

Landaverde; AL SUR: del árbol de pito dicho siguiendo por la quebrada

El Salto aguas arriba por sus curvas, a un brotón de pito que se dejó como

mojón esquinero, mide ciento diecisiete metros con treinta centímetros

y colinda quebrada El Salto de por medio con terreno de Francisco

Landaverde; Y AL PONIENTE: del brotón de pito mencionado en Línea

totalmente recta al árbol de pito mencionado al inicio de esta descripción,

mide ciento noventa y ocho metros y colinda con terrenos de Orlando,

Erlinda y Alfonso Landaverde Mata, de una extensión superficial de

veinte mil quinientos noventa y dos metros cuadrados inscrito a favor

del señor Juan Ángel Landaverde Barrientos, bajo el número cuarenta

y dos del libro trescientos noventa y uno del Registro de la Propiedad

de la Quinta Sección del Centro.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Tejutla, a los veintinueve días del mes de septiembre del dos mil nueve.

LICDA. SONIA NOEMI REYES, JUEZA INTERINA DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F024763-3

LICDA. SONIA NOEMI REYES, JUEZA, SUPLENTE DEL JUZ-

GADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA.

CHALATENANGO.

HACE SABER. Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil número

123-2008-3 promovido por la Licenciada Ana María Cortez Artiga, en

su carácter de Apoderada General Judicial del BANCO HIPOTECARIO

DE EL SALVADOR, seguida de las palabras SOCIEDAD ANONIMA

O DE SU ABREVIATURA S. A., BANCO HIPOTECARIO o BANCO

HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, CONTRA EL SEÑOR FRAN-

CISCO CARTAGENA GONZALEZ; Se venderá en pública subasta

en fecha que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: de

naturaleza rústica, el cual se desmembró de otro de mayor extensión,

situado en el Cantón Los Planes, jurisdicción de La Palma, Departamento

de Chalatenango, de una extensión superficial de siete manzanas o sea

cuarenta y ocho mil novecientos veintidós metros cuadrados setenta y dos

decímetros de metro cuadrado, de las medidas, linderos y colindancias

siguientes: AL NORTE: partiendo del vértice nor oeste con rumbo Nor

este en línea quebrada de tres tramos, el primero en línea recta de treinta

metros con rumbo Nor-Este; el segundo tramo con rumbo sur en línea

recta de cien metros y el tercer tramo con rumbo Nor-este en línea recta

de cien metros se llega al vértice Nor- Este y linda en los últimos dos

tramos con terreno de María Feliciana Villalta que anteriormente formó

parte del que se está describiendo y en el primer tramo linda con el terreno

de Antonia Rivera Chacón de González, cerco de alambre medianero y

zanjón de aguas permanentes de por medio: AL ORIENTE: Partiendo

del vértice Nor-este con rumbo sur, en línea recta de doscientos diecisiete

metros con noventa y cuatro centímetros, se llega al vértice Sur- Este

donde hay un árbol de pito y linda en este rumbo camino vecinal de por

medio que conduce al Cantón Los Planes al lugar denominado La cum-

bre del cantón La Granadilla de esa misma jurisdicción; con terreno de

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Herminio Villeda; AL SUR: Partiendo del vértice sur- Este con rumbo

sur Oeste en línea recta de doscientos veintidós metros llega al vértice

Sur- Oeste lindando en este rumbo con terrenos de Francisco Cartagena

González zanjón natural de por medio. Aguas arriba hasta donde termina

el zanjón seguido de zanjón artificial y cerco de alambre de por medio

medianero; AL PONIENTE: partiendo del vértice Sur- Oeste con rum-

bo norte en línea recta de doscientos quince metros, se llega al vértice

Nor- Oeste, donde se inició esta descripción y linda en este rumbo con

terreno de María Dolores García de la compareciente María Virginia

García Salguero viuda de Deras y Salomón Antonio Ángel, río Chiquito

de por medio, aguas abajo donde en el río mencionado desemboca un

zanjón, inscrito a favor del señor Francisco Cartagena González, bajo

el número cuatro del libro trescientos veintinueve del Registro de la

Propiedad e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Tejutla, a los veintiocho días del mes de septiembre del dos mil nueve.

LICDA. SONIA NOEMÍ REYES, JUEZA INTERINA DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F024764-3

ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIME-

RO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN FRANCISCO

GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.-

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por la

Licenciada GLORIA MARISOL SALMERON PERLA, como Apode-

rada General Judicial del señor JOSE SABINO DIAZ HERNANDEZ,

contra el señor JOSE RAMIREZ, por deuda de colones, se venderán

en este Juzgado en PUBLICA SUBASTA, el bien inmueble siguientes:

Un lote de terreno de naturaleza RÚSTICA, ubicado en el cantón “EL

VOLCÁN”, del Municipio de Delicias de Concepción, distrito de Osicala,

departamento de Morazán, denominado según su antecedente como

“EL PRIMERO” de la capacidad Superficial de SETENTA ÁREAS,

de los linderos y colindantes especiales siguientes: AL ORIENTE: con

Romeo Peraza, Simón Rodas y lote que se describirá posteriormente y

que será vendido a Felipe Pérez; AL NORTE, con Apolonio Hernández,

y Romeo Peraza; cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: con

porción que se venderá a Felipe Pérez, que se describirá posteriormente

y Simón Rodas; camino ojo de agua de por medio hasta llegar a un flor;

y AL SUR: con resto de terreno de Francisco Javier Hernández, árboles

de pito de por medio.-

Librado en el Juzgado Primero de Primera Instancia de San

Francisco Gotera, a las quince horas y treinta y cinco minutos del día

veintitrés de septiembre de dos mil nueve.- LIC. ALICIA JEANNETTE

ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA SU-

PLENTE.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024776-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que en Juicio Ejecutivo Mercantil clasificado con

el número 78-20007-C promovido por el Licenciado SERGIO ESTEBAN

MÉNDEZ SOLANO, en su calidad de Apoderado General Judicial del

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A.,

BANCO CITI DE EL SALVADOR S. A., o BANCO CITI S.A.; contra

la señora ERICKA LISSETTE JUAREZ SEGOVIA; se VENDERÁ EN

PÚBLICA SUBASTA en este Tribunal un inmueble propiedad de la

demandada antes mencionada, inscrito a favor de ésta bajo la Matrícula

del sistema de Folio Real Computarizado número TRES CERO CERO

SEIS SIETE TRES CERO CINCO -CERO CERO CERO CERO CERO

(30067305) DE PROPIEDAD, del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, con sede en Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, la cual se describe así: Un Inmueble de

naturaleza urbana y construcciones que contiene, situado en kilómetro

veintidós y medio, carretera a La Libertad, ubicado en URBANIZA-

CIÓN BRISAS DE ZARAGOZA, POLÍGONO “A” CASA NÚMERO

DIECISÉIS, jurisdicción de Zaragoza, departamento de La Libertad, de

una extensión superficial de NOVENTA Y UNO PUNTO TREINTA

Y OCHO METROS CUADRADOS; dicho inmueble se encuentra

gravado con Primera Hipoteca Abierta inscrita a favor de la sociedad

ejecutante BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA que puede abreviarse BANCO CUSCATLAN, SOCIE-

DAD ANÓNIMA, ahora BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA que puede abreviarse BANCO CITIBANK

DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S. A.,

inscrito dicho gravamen bajo Matrícula de Folio Real Computarizado

número TRES CERO CERO SEIS SIETE TRES CERO CINCO - CERO

CERO CERO CERO CERO ASIENTO TRECE (13) DE HIPOTECAS,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro Santa Tecla, Departamento de La Libertad, Ordenándose el valúo

del inmueble antes descrito; lo que se avisa al público para los efectos

legales correspondientes. -

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Librado en el Juzgado de Primera Instancia La Libertad, a los

dieciocho días del mes de mayo de dos mil nueve. Enmendado. ERIC-

KA. VALE.- LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ESTELA DEL CARMEN

MARTINEZ PARADA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024806-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el

Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la Licenciada MARIA DEL

CARMEN MENENDEZ, como Apoderada General Judicial del BAN-

CO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, Institución Bancaria, y del

domicilio de San Salvador, contra los señores: MARTA GRICELDA

PONCE DE GALLARDO, de treinta y siete años de edad a la fecha del

Préstamo Mercantil, de oficios domésticos, de este domicilio; y ANGEL

MARTIN ZELAYA MIRANDA, de veinte años de edad a la fecha

del Préstamo Mercantil, estudiante, del domicilio de Tonacatepeque;

reclamándoles el pago de CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA

Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON

CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR; más los intereses

pactados del diez por ciento anual, y del cinco por ciento anual de recargo

por mora, ambos contados a partir del día veintisiete de mayo del año dos

mil ocho, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y costas

procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este

mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará,

un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el proyecto denominado

URBANIZACION RESIDENCIAL LIBERTAD situado en el Kilómetro

Tres, al Poniente de la Carretera que partiendo de la Troncal del Norte se

dirige a la ciudad de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, en

el POLIGONO B, CASA NUMERO TRESCIENTOS CATORCE, de

una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS.-

El Proyecto URBANIZACION RESIDENCIAL LIBERTAD ha sido

calificado de Interés Social por el Instituto Libertad y Progreso.-Inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado, en el Asiento

Número SEIS, de la Matrícula Número, SEIS CERO CERO CUATRO

DOS CUATRO DOS SEIS- CERO CERO CERO CERO CERO.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y nueve

minutos del día nueve de julio del año dos mil nueve.- DRA. VIOLETA

DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024811-3

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de

su Apoderado General Judicial Licenciado EDMUNDO ALFREDO

CASTILLO AGUILUZ, contra los señores ROMAN ERNESTO VIDES

BONILLA y MARINA MARIBEL MOZ DE VIDES, se venderá en

Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana,

situado en el Barrio San Francisco, de la ciudad y departamento de

Sonsonate, sobre la quinta Avenida Norte, segregado de otro de mayor

extensión, en el cual se ha desarrollado el Proyecto Habitacional de-

nominado “RESIDENCIAL VANESSA”, marcado en su antecedente

de dominio como LOTE NUMERO OCHO, cuya descripción técnica

es la siguiente: Ubicado en la calle a San Antonio del Monte y Pasaje

Chinchilla, sobre pasaje Margarita de una superficie de NOVENTA Y

CINCO METROS DIECIOCHO DECIMETROS OCHENTA Y CINCO

CENTIMETROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO TREINTA

Y SEIS PUNTO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO VARAS CUA-

DRADAS y Partiendo del esquinero Nor-Oeste se describen los linderos:

AL NORTE: comprendido de un solo tramo con rumbo Sur ochenta

grados diez segundos Este y distancia de seis punto cuarenta y un me-

tros, lindando con propiedad de la señora Flor Marina de Monteagudo,

pasaje de por medio de cinco metros; AL ORIENTE, comprendido de

un solo tramo con rumbo Sur, diez grados cinco minutos tres segundos

Oeste y distancia de catorce punto ochenta y cinco metros, lindando con

propiedad de la Licenciada Teresa de Jesús Arriaga Carvajal; AL SUR,

comprendido de un solo tramo con rumbo Sur, ochenta y nueve grados

dos minutos cero segundos Oeste y distancia de seis punto cuarenta y

un metros, lindando éste con el señor Julio Francisco Pastore y AL PO-

NIENTE, comprendido de un solo tramo con rumbo Norte tres grados

siete minutos un segundo Oeste y distancia de catorce punto ochenta y

cinco metros, lindando éste con el resto del terreno que se reservó el señor

Carlos Romeo Deleón Gutiérrez. El inmueble anteriormente descrito es

propiedad del señor ROMAN ERNESTO VIDES BONILLA por estar

inscrito bajo el número de Matrícula UNO CERO CERO TRES UNO

CERO TRES CERO- CERO CERO CERO CERO CERO del Registro

de la Propiedad de la Tercera Sección de Occidente, Departamento de

Sonsonate.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

doce horas del día siete de Julio de dos mil nueve.- LICDA. PATRICIA

IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL

SUPLENTE.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F024846-3

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. EL INFRASCRITO JUEZ DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley correspondientes, que en el Juicio de Divorcio clasificado bajo el número AHF-180(l06)96, promovido en un principio por el Doctor Hernán Alberto López Silva como apoderado del señor Julio César Centeno en contra de la señora Reina del Tránsito Herrera Magaña, quien nombró como sus apoderados mientras duró el proceso de Divorcio, a los Licenciados Herbert Francisco Valdés Lewy y Rafael Velásquez Mejía, y para promover la ejecución de la Sentencia Definitiva que se pronunció en el Juicio arriba mencionado nombró a la Licenciada Verónica Carolina Esmeralda Canizález Guzmán; pero que habiendo llegado a su mayoría de edad el joven Luis Gustavo Centeno Herrera a quien representaba legalmente la señora Herrera Magaña, éste ha nombrado como su apoderada a la referida Licenciada Canizález Guzmán, para actuar ahora por derecho propio; que se ven-derán en Pública Subasta en este Juzgado dos inmuebles propiedad del ejecutado señor Julio César Centeno, el primero con número de matrícula 15082393-00000, de naturaleza rústico, con un área de TRESCIENTOS QUINCE PUNTO CERO CERO CERO CERO metros cuadrados, mar-cado como lote número 1 del polígono 35, Lotificación “Las Viñas”, correspondiente a la ubicación geográfica de El Junquillo, Ahuachapán; y el segundo con número de matrícula 15082394-00000, de naturaleza rústico, con un área de TRESCIENTOS PUNTO CERO CERO CERO CERO metros cuadrados, marcado como lote número 2 del polígono 35, Lotificación “Las Viñas”, correspondiente a la ubicación geográfica de El Junquillo, Ahuachapán, ambos inmuebles se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Occidente.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de Familia, Ahuachapán, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día nueve de julio de dos mil ocho. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMENTE AMAYA, JUEZ DE FAMILIA. LIC. CARLOS OVIDIO LUNA MARTÍNEZ, SECRETARIO.

3 v. 1 v. c/5 d. No. F023932-3

aViSo DE coBro

LA INFRASCRITA SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA, A QUIEN INTERESE PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Departamento, se presentó la señora MARIA ESTHER POLANCO DE BELTRAN, conocida por María Esther Polanco, para que se le permita firmar los documentos corres-pondientes y cobrar la cantidad de $169.74 que por haber fallecido su hija MARIA LUZ RAMOS POLANCO, el día 16 de junio de 2009, dejó pendiente de cobro, los cuales le correspondían como devolución

después del pago del Impuesto sobre la Renta del año 2008.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público en general, para

que toda persona que se crea con igual o mejor derecho se presente

hacer uso del mismo ante este Ministerio, dentro del término de tres

días desde que haya salido a circulación el Diario Oficial que contenga

la publicación del último aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, uno de octubre del año dos

mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

Subjefe Departamento Jurídico

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F024362-3

LA INFRASCRITA SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO

DEL MINISTERIO DE HACIENDA, A QUIEN INTERESE PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

ANA MERCEDES RODRIGUEZ DE MARTINEZ, conocida por ANA

MERCEDES RODRIGUEZ REYES, mayor de edad, Empleada, del

domicilio de Metapán del Departamento de Santa Ana, portadora de su

Documento Único de Identidad Número 00602408-6, quien actúa en su

carácter personal, solicitando en calidad de cónyuge sobreviviente se le

permita cobrar la suma de CIENTO NOVENTA Y TRES DOLARES

CON TRECE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA ($193.13), dejados pendientes de cobro en concepto de

devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta correspondiente

al ejercicio fiscal 2008, por su extinto cónyuge JOSE ARMANDO

MARTINEZ BONILLA, quien fue de 39 años de edad, falleció a las

12 horas del día 20 de mayo de 2009.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad

a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuestos, con la finalidad de que toda persona que se crea con igual

o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el

término de 3 días contados a partir del día siguientes en que haya salido

a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diez días del mes de

septiembre de dos mil nueve.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

Subjefe Departamento Jurídico

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F024392-3

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385TiTUlo DE PrEDio UrBaNo

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE CONSTAR: Que el señor ISRAEL ORLANDO ORELLANA, mayor de edad, Empleado, del domicilio de la Ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, solicita Título de un inmueble de naturaleza Urbano, situado en los Suburbios del Barrio San Antonio, Jurisdicción de esta Ciudad, de una extensión superficial de TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos que a continuación se describen: AL ORIENTE; con propiedad que antes fue de la sucesión del señor Luis Torres Bonilla, divididos por pared y desplomo, en trece metros; AL NORTE; con propiedad que antes fue de la sucesión del señor Manuel Torres, hoy de Pedro Chávez Torres, divididos por cerco de brotón del colindante, en veinticuatro metros cincuenta y cuatro centímetros; AL PONIENTE; con finca y solar que fue del señor Pedro Ayala Ascencio, hoy del señor Arístides Martínez Bonilla, divididos por la Carretera Nacional que de esta Po-blación conduce a la Ciudad de Sensuntepeque del Departamento de Cabañas, en quince metros; y AL SUR; con propiedad que fue del señor Arcadio Menjívar, hoy de la señora María Martínez, divididos por cerco de alambre de la colindante, en veinticuatro metros cincuenta y cuatro centímetros. En el inmueble antes descrito se encuentra construida una casa sobre paredes de bahareque, techo de teja con su correspondiente corredor y cocina, en un área de noventa metros cuadrados. No es domi-nante ni sirviente, ni tiene cargas y derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El inmueble lo hubo por Compra Venta que le hizo la señora Concepción Orellana y lo valuó en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Victoria, Departamento de Cabañas, a los dos días del mes de Octubre del año dos mil nueve. JUAN ANTONIO RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL. ANA MIRIAM AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F024711-3

Marca DE SErVicio

No. de Expediente: 2009094968

No. de Presentación: 20090125854

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE MARCO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EN EL CAMPO DE LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034034-3

No. de Expediente: 2009091942

No. de Presentación: 20090120520

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Evergreen Packaging Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras: 4evergreen y diseño, que traducidas al castellano la palabra EVER significa: siempre, y GREEN significa: verde, que servirá para: AMPARAR LOS SERVICIOS DE: PROVEER INFORMACION EN EL CAMPO DE ASUNTOS AMBIENTALES; PROVEER INFORMACION EN EL CAMPO DE PRACTICAS DE SOSTENIBILIDAD PARA EL USO DE RECURSOS RENOVABLES. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil nueve.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034043-3

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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009094972

No. de Presentación: 20090125858

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Siemens Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión syngo .plaza, que servirá para: AM-PARAR: ACTUALIZACION DE COMPONENTES Y EQUIPOS DE COMPUTACION (HARDWARE) PARA SISTEMAS ELECTRO-MÉDICOS DE VISUALIZACIÓN DE IMÁGENES. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil nueve.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034056-3

No. de Expediente: 2009095415

No. de Presentación: 20090126585

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de UNIVISION COMMUNICATIONS INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE U, que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION Y ENTRETENI-MIENTO, PRINCIPALMENTE PRODUCCION, PROGRAMACION

Y DISTRIBUCION DE RADIO Y TELEVISION; PRODUCCION DE CONCIERTOS DE MUSICA Y OTROS EVENTOS EN VIVO DE ENTRETENIMIENTO Y PRODUCCION DE FERIAS DE SALUD, FERIAS DE INFORMACION, FERIAS DE TRABAJO, Y FESTIVIDA-DES DE DIAS FERIADOS NACIONALES; PROVEER NOTICIAS DE LA NATURALEZA DE REPORTAJES DE EVENTOS ACTUALES, PROVEER INFORMACION EDUCACIONAL EN LOS CAMPOS DE SALUD, FINANZAS, LEY, Y DERECHOS DE CONSUMIDORES E INMIGRANTES; Y PROVEER CONTENIDO E INFORMACION DE ENTRETENIMIENTO TODO VIA TELEVISION , RADIO Y REDES DE COMUNICACION GLOBAL, Y VIA TELEFONOS Y OTROS DISPOSITIVOS PORTATILES INALAMBRICOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034062-3

No. de Expediente: 2009094974

No. de Presentación: 20090125860

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Siemens Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras syngo.plaza, que servirá para: AM-PARAR: PROGRAMACION, DESARROLLO, PREPARACION Y ADAPTACION DE SOFTWARE Y PROGRAMAS DE PROCESA-MIENTO DE DATOS; CONSULTORÍA EN EL CAMPO DE PROCE-SAMIENTO DE DATOS, EN PARTICULAR EN RELACION AL USO DE EQUIPOS DE COMPUTACION (HARDWARE) Y SOFTWARE; SERVICIOS DE INGENIERÍA; SERVICIOS DE MEJORAMIENTO Y ACTUALIZACION DE SOFTWARE PARA SISTEMAS ELEC-TROMÉDICOS DE VISUALIZACION DE IMÁGENES. Clase: 42.

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034064-3

No. de Expediente: 2009092609

No. de Presentación: 20090121779

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de TELE-FONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que será identificado como @ $ & DI-SEÑO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMU-NICACIONES; SERVICIOS DE COMUNICACION A TRAVÉS DE REDES MUNDIALES DE INFORMATICA; ACCESO POR MEDIO DE TELECOMUNICACIONES Y ENLACES A TRAVÉS DE DATOS INFORMATICAS Y A REDES MUNDIALES DE INFORMATICA; SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE DATOS; COMUNICA-CIONES POR TERMINALES INFORMATICOS; SERVICIOS DE RECOPILACION Y TRANSMISION DE MENSAJES, IMAGENES Y AUDIOS ASISTIDOS POR ORDENADOR O TELÉFONO; FACI-LITACION DE ACCESO A BASES DE DATOS INFORMATICAS Y A SERVICIOS INFORMATICOS EN LINEA. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034068-3

No. de Expediente: 2009092937

No. de Presentación: 20090122313

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de DHL International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DHl EaSY SHoP

Consistente en: las palabras DHL EASY SHOP, en donde la palabra EASY se traduce al castellano como FÁCIL; y la palabra SHOP como TIENDA, que servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE, EN PARTICU-LAR TRANSPORTE DE BIENES POR VEHICULO MOTORIZADO, CAMION, RIEL, BARCO Y AEROPLANO; EMBALAJE Y ALMA-CENAMIENTO DE BIENES; INFORMACION DE TRANSPORTE; CORRETAJE DE CARGA, DESCARGA DE CARGA; INFORMACION DE ALMACENAMIENTO; SERVICIOS DE CORREO; LOGISTICA EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE; COLECCION, TRANSPORTE Y ENTREGA DE BIENES, EN PARTICULAR DE DOCUMENTOS, PAQUETES, PAQUETES PEQUEÑOS, CARTAS Y PALÉS; CARGA POR BARCO, AEROPLANO, RIEL, VEHICULO MOTORIZADO Y CAMION; RASTREO Y CALCADO POR MEDIO DE RASTREO ELECTRONICO DE BIENES, EN PARTICULAR DOCUMENTOS, PAQUETES, PAQUETES PEQUEÑOS, CARTAS Y PALÉS; ADMI-NISTRACION DE BODEGAS, ORGANIZACION Y MANEJO DE BIENES DEVUELTOS (MANEJO DE DEVOLUCIONES); ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACENAMIENTO; SERVICIOS DE ENTREGA EXPRESA, DE CARTAS Y DE CARGA; ALQUILER DE BODEGAS; CONSULTORIA DE LOGISTICA; MANEJO/DIRECCION DE DESPACHO; ORGANIZACION DE BIENES Y DATOS DE DESPACHO; DIBUJO DE DOCUMENTOS DE TRAN-SITO; PROVEER INFORMACION RELACIONADA AL MANEJO, TRANSPORTE Y LOGISTICA, EN PARTICULAR EL MANEJO DE DOCUMENTOS, CARTAS, PAQUETES, PAQUETES PEQUEÑOS Y PALÉS; PROVEER INFORMACIÓN EN LINEA EN EL CAMPO DEL TRANSPORTE, EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO DE BIENES. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de julio del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034071-3

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. No. de Expediente: 2009093755

No. de Presentación: 20090123641

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO

AMÉRICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

Fédération Internationale de Football Association (FIFA), de nacionalidad

SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

El MUNDial DE la fifa

Consistente en: Las palabras EL MUNDIAL DE LA FIFA, que

servirá para: AMPARAR: OFICINAS DE EMPLEO; SERVICIOS DE

CONTRATACIÓN DE PERSONAL; SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE

ANUNCIOS PUBLICITARIOS; SERVICIOS DE AGENCIAS DE

PUBLICACIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO; SERVICIOS DE

AGENCIAS DE PUBLICIDAD; SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN

LÍNEA EN UNA RED INFORMÁTICA; DIFUSIÓN DE MATERIAL

PUBLICITARIO; SERVICIOS DE ALQUILER DE ESPACIOS PUBLI-

CITARIOS; SERVICIOS DE ALQUILER DE TIEMPO PUBLICITA-

RIO EN LOS CRÉDITOS DE LAS PELÍCULAS (CINE); SERVICIOS

DE PUBLICIDAD RADIOFÓNICA Y TELEVISADA; PUBLICIDAD

EN FORMA DE ANIMACIÓN; SERVICIOS DE AGENCIAS DE

PROMOCIONES; SERVICIOS DE AGENCIAS DE PROMOCIÓN

DE DEPORTES Y RELACIONES PÚBLICAS; SERVICIOS DE

ESTUDIOS DE MERCADO; SERVICIOS DE INVESTIGACIONES

PARA MARKETING; SERVICIOS DE ENCUESTAS DE OPINIÓN

PÚBLICA; ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINES

COMERCIALES O PUBLICITARIOS; ORGANIZACIÓN DE PU-

BLICIDAD PARA EXHIBICIONES COMERCIALES; SERVICIOS

DE ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS; COMPILACIÓN Y

PUBLICACIÓN DE ESTADÍSTICAS; SERVICIOS EN EL ÁREA DE

RECOPILACIÓN DE DATOS Y PUBLICACIÓN DE ESTADÍSTICAS

Y OTRAS INFORMACIONES SOBRE RENDIMIENTOS DEPORTI-

VOS; SERVICIOS DE ASESORES PARA LA ORGANIZACIÓN Y LA

DIRECCIÓN; SERVICIOS DE CONSULTAS PARA LA DIRECCIÓN

DE NEGOCIOS; ORGANIZACIÓN DE COMPETENCIA ENTRE EM-

PRESAS; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN COMERCIAL; PUBLI-

CIDAD DE EVENTOS DEPORTIVOS EN EL ÁREA DEL FÚTBOL;

SERVICIOS DE VENTA AL DETALLE DE PRODUCTOS DE ME-

TALES COMUNES, MAQUINAS Y MAQUINAS HERRAMIENTAS,

HERRAMIENTAS MANUALES E IMPLEMENTOS, APARATOS/

EQUIPOS ÓPTICOS Y AUDIO VISUALES Y ELÉCTRICOS/ELEC-

TRÓNICOS Y MAGNÉTICOS, APARATOS/EQUIPOS MÉDICOS,

APARATOS/EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y CALEFACCIÓN Y

COCCIÓN Y REFRIGERACIÓN Y SECADO Y VENTILACIÓN,

VEHÍCULOS Y SUS ACCESORIOS, ARTÍCULOS DE METALES

PRECIOSOS, JOYERÍA E INSTRUMENTOS DE HOROLOGÍA /

CRONOMÉTRICOS, INSIGNIAS Y ALFILERES, INSTRUMENTOS

MUSICALES, PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN, PAPELERÍA Y

MATERIAL IMPRESO, BOLETOS PARA EVENTOS DEPORTIVOS,

PRODUCTOS DE CUERO Y DE IMITACIÓN DE CUERO, EQUIPA-

JE Y BOLSOS Y FUNDAS, PARAGUAS, UTENSILIOS DE CASA,

MOBILIARIO, ARTÍCULOS PROMOCIONALES Y DE MUESTRAS,

PRODUCTOS TEXTILES, VESTUARIO Y SOMBRERERÍA Y

CALZADO, BORDADOS Y CINTAS Y TRENZAS Y ARTÍCULOS

DERIVADOS, REVESTIMIENTOS PARA SUELO /PISO, JUEGOS

Y JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS, ALIMENTOS Y

PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS

Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS, SOLVENTES, PARAFINA, CERA,

BETÚN Y PETRÓLEO, GASOLINA, ACEITES Y LUBRICANTES,

LIQUIDO DE TRANSMISIÓN, LIQUIDO DE FRENOS, AGENTES

ANTICONGELANTE, REFRIGERANTES, LIQUIDO HIDRÁULICO,

GRASAS; SERVICIOS DE TIENDAS DE CONVENIENCIA EN ESTA

CLASE QUE INCLUYAN VENTA AL DETALLE DE PRODUCTOS

ALIMENTICIOS Y BEBIDAS, VENTA Y APROVISIONAMIENTO

DE BEBESTIBLES A TRAVÉS DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS;

SERVICIOS DE VENTA AL DETALLE DE ESTACIONES DE RE-

CARGA (DE COMBUSTIBLE) Y TIENDAS UBICADAS EN LAS

ESTACIONES DE RECARGA (DE COMBUSTIBLE); EL REAGRU-

PAMIENTO, PARA EL BENEFICIO DE TERCEROS, DE PRODUC-

TOS DE METALES COMUNES, MAQUINAS HERRAMIENTAS,

HERRAMIENTAS MANUALES E IMPLEMENTOS, APARATOS/

EQUIPOS ÓPTICOS Y AUDIO VISUALES Y ELÉCTRICOS/ELEC-

TRÓNICOS Y MAGNÉTICOS, APARATOS/EQUIPOS MÉDICOS,

APARATOS/EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y CALEFACCIÓN Y

COCCIÓN Y REFRIGERACIÓN Y SECADO Y VENTILACIÓN,

VEHÍCULOS Y SUS ACCESORIOS, ARTÍCULOS DE METALES

PRECIOSOS, JOYERÍA E INSTRUMENTOS DE HOROLOGÍA/

CRONOMÉTRICOS, INSIGNIAS. Y ALFILERES, INSTRUMENTOS

MUSICALES, PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN, PAPELERÍA Y

MATERIAL IMPRESO, BOLETOS PARA EVENTOS DEPORTIVOS,

PRODUCTOS DE CUERO Y DE IMITACIÓN DE CUERO, EQUIPAJE

Y BOLSOS Y PORTA COSAS, PARAGUAS, UTENSILIOS DE CASA,

MOBILIARIO, ARTÍCULOS PROMOCIONALES Y DE MUESTRAS,

PRODUCTOS TEXTILES, VESTUARIO Y SOMBRERERÍA Y

CALZADO, BORDADOS Y CINTAS Y TRENZAS Y ARTÍCULOS

DERIVADOS; REVESTIMIENTOS PARA SUELO /PISO, JUEGOS

Y JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS, ALIMENTOS Y

PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS

Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS, SOLVENTES, PARAFINA, CERA,

BETÚN Y PETRÓLEO, GASOLINA, ACEITES Y LUBRICANTES,

LIQUIDO DE TRANSMISIÓN, LIQUIDO DE FRENOS, AGENTES

ANTICONGELANTE, REFRIGERANTES LIQUIDO HIDRÁULICO,

GRASAS (EXCLUYENDO EL TRANSPORTE DE LOS MISMOS)

PERMITIENDO A LOS CONSUMIDORES VER Y COMPRAR

CONVENIENTEMENTE ESOS PRODUCTOS A TRAVÉS DE UNA

TIENDA DE VENTA AL DETALLE O A TRAVÉS DE UNA RED

INTERNACIONAL INFORMÁTICA (INTERNET) O A TRAVÉS DE

DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA INALÁM-

BRICA; SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD, PUBLICI-

DAD A TRAVES DE PATROCINIO, SERVICIOS DE INFORMACIÓN

DIARIO

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385EN RELACIÓN A PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN, SERVICIOS DE

INFORMACIONES DE NEGOCIOS, TODO SUMINISTRADO EN

LÍNEA DESDE UNA BASE DE DATOS INFORMÁTICA O UNA RED

INTERNACIONAL INFORMÁTICA (INTERNET) O DISPOSITIVOS

DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS INALÁMBRICAS; COM-

PILACIÓN DE ANUNCIOS PARA SER USADOS COMO PAGINAS

WEB EN INTERNET O EN DISPOSITIVOS DE COMUNICACIONES

ELECTRÓNICOS INALÁMBRICOS; SUMINISTRO DE ESPACIO

EN SITIOS WEB DE INTERNET PARA LA PUBLICIDAD DE

PRODUCTOS Y SERVICIOS; SUBASTAS SUMINISTRADAS POR

INTERNET O POR DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN ELEC-

TRÓNICA INALÁMBRICA; COMPILACIÓN DE DIRECTORIOS

PARA PUBLICAR EN INTERNET O EN DISPOSITIVOS DE CO-

MUNICACIÓN ELECTRÓNICA INALÁMBRICA; SERVICIOS DE

ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS PARA EL PROCESAMIENTO

DE VENTAS HECHAS POR INTERNET O POR DISPOSITIVOS DE

COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA INALÁMBRICA; PROMOCIÓN

DE VENTAS, A SABER, SUMINISTRO DE PROGRAMAS DE

BENEFICIOS PARA CLIENTES, SERVICIOS DE PROMOCIÓN

DE VENTAS DE BOLETOS; SERVICIOS DE FIDELIZACIÓN DE

CLIENTES Y SERVICIOS DE CLUB DE CLIENTES, PARA PROPÓ-

SITOS COMERCIALES, DE PUBLICIDAD Y/O PROMOCIONALES;

DISTRIBUCIÓN DE TARJETAS DE FIDELIZACIÓN Y CODIFICA-

DAS LAS CUALES PUEDEN LLEVAR DATOS PERSONALES DE

IDENTIDAD DEL USUARIO PARA CONTROLAR EL ACCESO

A ESTADIOS DEPORTIVOS; COMPILACIÓN DE DATOS EN

UN ORDENADOR CENTRAL, EN PARTICULAR DE IMÁGENES

FIJAS Y ANIMADAS; PROMOCIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS

EN EL CAMPO DEL FÚTBOL; PROMOCIÓN DE PRODUCTOS

Y SERVICIOS DE TERCEROS, POR MEDIO DE ACUERDOS

CONTRACTUALES, EN PARTICULAR DE PATROCINADORES

(SPONSORING) Y CONTRATOS DE LICENCIA, PROVEYÉNDO-

LES CON UNA CONCIENCIA DE MARCA INCREMENTADA E

IMAGEN MEJORADA DERIVADA DE EVENTOS DEPORTIVOS

Y CULTURALES, ESPECÍFICAMENTE EVENTOS INTERNACIO-

NALES; INVESTIGACIÓN DE PATROCINIO PARA NEGOCIOS

EN RELACIÓN A COMPETICIONES DEPORTIVAS; SERVICIOS

DE AGENCIA DE BOLETOS PARA DEPORTES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034072-3

No. de Expediente: 2009092610

No. de Presentación: 20090121780

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de TELE-

FÓNICA, S. A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño que se identificará como @ $ & DISEÑO,

que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS;

NEGOCIOS MONETARIOS; SERVICIOS BANCARIOS; NEGOCIOS

INMOBILIARIOS; SERVICIOS BANCARIOS PRESTADOS A TRA-

VÉS DE TELEFONÍA MÓVIL Y OTRAS REDES INALÁMBRICAS.

Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034100-3

No. de Expediente: 2009096036

No. de Presentación: 20090127712

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO

DUARTE CABRERA, en su calidad de APODERADO de MILTON

DIARIO

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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. DAGOBERTO NAVARRO DURAN, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: La expresión NAVARRO'S MMA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: ENSEÑANZA DE ARTES MARCIALES

(KEMPO, JIV JITSU, SAMBO, MUAY THAI) Y CELEBRACIÓN Y

ORGANIZACIÓN DE TORNEOS MARCIALES Y ESPECTÁCULOS

DE PELEA. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil nueve.-

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024732-3

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2009096080

No. de Presentación: 20090127785

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RUBEN ORTEZ REYES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ALMACÉN GLORIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que se abrevia: ALMACÉN GLORIA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra: SEDUCTORA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CALZADO PARA DAMAS DE TODAS LAS

EDADES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de octubre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034096-3

No. de Expediente: 2009096079

No. de Presentación: 20090127784

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RUBEN

ORTEZ REYES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ALMACÉN GLORIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: ALMACÉN GLORIA, S. A. DE C. V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra PRETTYGIRL, su traducción al idioma

castellano es Chica Bonita, que servirá para: AMPARAR: CALZADO

PARA DAMAS DE TODAS LAS EDADES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C034097-3

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385No. de Expediente: 2009096078

No. de Presentación: 20090127783

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ RUBEN ORTEZ REYES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ALMACÉN GLORIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que se abrevia: ALMACÉN GLORIA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: Las palabras SEXY LADY que se traduce al castellano en DAMA ATRACTIVA, que servirá para: AMPARAR: CALZADO PARA DAMA DE TODAS LAS EDADES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C034098-3

No. de Expediente: 2009095499

No. de Presentación: 20090126744

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RODOLFO ELIUD MIRALDA MARTÍNEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de LA CASA DE LA TÍA NENA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CATNE, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: Las palabras Café Sabanetas y diseño, sobre la palabra Café individualmente considerada no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ: TOSTADO Y MOLIDO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de septiembre del año dos mil nueve.-

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024816-3

No. de Expediente: 2009095478

No. de Presentación: 20090126714

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SAMUEL

LEONARDO ESTRADA IRAHETA, en su calidad de APODERADO de

ALMAPA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ALMAPA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra Paulette y diseño, que servirá para:

AMPARAR VESTIDOS PARA DAMAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de septiembre del año dos mil nueve.-

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F024821-3

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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009.

SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMinisterio de trabaJo y previsión social

“ESTaTUToS DEl SiNDicaTo DE TraBaJaDorES

DEl foSalUD (SiTrafoS).”

caPÍTUlo i.

coNSTiTUciÓN, DENoMiNaciÓN, claSE, DoMicilio,

lEMa Y BaNDEra.

Art. 1.- Queda constituido de conformidad al acto de constitución

celebrado a las catorce horas del día veinticuatro de julio del año dos mil

nueve por trabajadores y trabajadoras que laboran para y a la orden de el

Fondo Solidario para la Salud, cuyas siglas son F.O.S.A.L.U.D., y que

en lo sucesivo podrá denominarse simplemente como F.O.S.A.L.U.D.,

como Sindicato de clase Empresa, que girará con la denominación

“SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FOSALUD”, cuyas siglas

son “S.I.T.R.A.F.O.S.”, que en adelante se denominará únicamente como

“el Sindicato”.

El Sindicato tendrá como domicilio el Departamento de San Salva-

dor, República de El Salvador, pero por cualquier circunstancia especial

podrá ser trasladado a cualquier otro Departamento de la República.

Art. 2.- La bandera será de color rojo con blanco, la cual está

dividida por dos triángulos equiláteros, llevando al centro el emblema

que está formado por la bandera de El Salvador la cual en su centro y

hacia el extremo izquierdo tiene el caducéo médico seguido del cual se

lee al centro de la bandera Sindicato de Trabajadores del Fosalud, en la

parte superior de la bandera se lee la fecha de constitución del Sindicato,

y en la parte inferior de ésta se encuentran las iniciales del Sindicato

SITRAFOS y bajo de éste se lee el lema el cual será: “Trabajo Digno,

Unidad, Equidad y Respeto a los Derechos laborales”.

caPÍTUlo ii.

oBJETiVoS Y fiNES DEl SiNDicaTo.

Art. 3.- El objetivo del Sindicato es la defensa de los intereses eco-

nómicos, sociales, culturales y profesionales de los miembros afiliados

al mismo, por tanto, sus Órganos de Gobierno y Dirección deberán:

a) Incorporar en su seno a todos los trabajadores y trabajadoras

que presten sus servicios a favor del F.O.S.A.L.U.D., indepen-

dientemente del Centro de Trabajo en el cual los trabajadores

presten sus servicios y que deseen afiliarse al Sindicato.

b) Fomentar y superar los sentimientos de solidaridad y ayuda

mutua entre sus miembros.

c) Fomentar talleres de educación continua a todo el personal

que labora en el F.O.S.A.L.U.D., reforzando de esta manera

los valores culturales y morales de sus miembros así como

también desarrollando las capacidades técnicas necesarias

para desempeñarse en sus respectivos cargos. Para lo cual

se podrá hacer uso de un equipo de publicaciones sindicales

que funcione como un órgano de reivindicación social.

d) Celebrar contratos colectivos de trabajo.

e) luchar por salarios justos, al mismo tiempo procurar incidir

para que haya un control efectivo de parte del Estado sobre

los precios de los artículos de primera necesidad, a fin de

evitar que su alza inmoderada afecte la economía de sus

afiliados.

f) Procurar la recreación de sus miembros fomentando la práctica

de los deportes y las artes.

g) Estrechar los vínculos de amistad, alianza y solidaridad con

las demás organizaciones sindicales, tanto nacionales como

extranjeras.

h) Procurar por todos los medios posibles elevar el nivel cultural,

moral, social y económico de todos sus afiliados.

i) Contribuir a la unión de los pueblos centroamericanos cola-

borando con los organismos creados al efecto.

j) Representar a sus miembros a requerimiento escrito de éstos,

en el ejercicio de sus derechos que emanen de las diversas

fuentes del Derecho Laboral, así como los que deriven del

contrato colectivo de trabajo y de sus contratos individuales

de trabajo, en casos de suma urgencia comprobada, la repre-

sentación a la que se refiere este ordinal podrá verificarse con

el solo requerimiento verbal de la persona afiliada, procurando

dejar constancia documental de las actuaciones que se lleven

a cabo con ocasión a la solicitud, para el solo efecto de que

pueda ésta ser incorporada a los registros correspondientes

del Sindicato.

k) Velar por el estricto cumplimiento de la Constitución de la

República, Instrumentos Internacionales, Leyes y Reglamen-

tos de trabajo, así como del contrato colectivo de trabajo que

se celebre y denunciar ante las autoridades competentes las

irregularidades que en su aplicación ocurran.

l) Adquirir los bienes que resulten indispensables para el desa-

rrollo de sus actividades, y;

m) Fomentar el acercamiento de patronos y trabajadores sobre

bases de justicia, mutuo respeto y subordinación a las leyes

primarias y secundarias del país y los Convenios Internacio-

nales suscritos por el Estado.

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 caPÍTUlo iii.

DE loS MiEMBroS DEl SiNDicaTo.

Art. 4.- Todos los miembros del Sindicato son iguales en el goce

y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;

en consecuencia a nadie podrá reconocérsele ni atribuírsele por ningún

concepto, privilegios en el gobierno, administración y funcionamiento

del Sindicato.

Art. 5.- Para ser miembro del Sindicato se requiere:

a) Prestar sus servicios en el FOSALUD.

b) Pagar el valor de la cuota de admisión, cuyo valor será de

cinco dólares de los Estados Unidos de América.

c) Presentar por escrito su solicitud de ingreso a la Junta Direc-

tiva General; los representantes patronales y empleados de

confianza podrán ser miembros del Sindicato, toda vez que

la Asamblea General los acepte como tales.

d) Ser mayor de dieciocho años de edad, y;

e) No pertenecer a otro Sindicato.

Art. 6.- Son derechos de los miembros del Sindicato:

a) Poseer un carné sindical que los identifique como miembros

del Sindicato.

b) Participar con voz y voto en los debates de la Asamblea General

Ordinaria y Extraordinaria así como presentar proposiciones

e iniciativas.

c) Elegir y ser electo para los cargos de gobierno y dirección del

Sindicato y para formar parte de las comisiones nombradas

por elección.

d) Recibir en los casos la cuantía y especie que el reglamento

interno determine, las prestaciones a que tenga derecho, y;

e) Solicitar y obtener la protección del Sindicato en todos los

conflictos ya sean individuales o colectivos, así como cuando

ocurran violaciones a las leyes laborales que afecten sus

derechos e intereses.

Art. 7.- Son obligaciones de los miembros del Sindicato:

a) Pagar sus cuotas ordinarias y extraordinarias con la puntualidad

debida.

b) Observar buena conducta pública y privada; así como también

responsabilidad, probidad y esmero en el desempeño de sus

funciones laborales.

c) Asistir puntualmente a las Asambleas Generales Ordinarias

y Extraordinarias.

d) Acatar y cumplir fielmente las resoluciones tomadas en

Asamblea General y la de los Organismos Directivos que

tengan fuerza vinculante.

e) Excusarse y hacerse representar por escrito cuando estén

impedidos para asistir a dichas sesiones, y;

f) Las demás obligaciones que determinen los presentes Estatutos

y el Reglamento Interno.

caPÍTUlo iV.

DE la ESTrUcTUra Y El GoBiErNo DEl SiNDicaTo.

Art. 8.- El gobierno del Sindicato estará a cargo de los órganos

siguientes:

a) Asamblea General, y;

b) Junta Directiva General.

caPÍTUlo V.

DE la aSaMBlEa GENEral.

Art. 9.- La Asamblea General estará integrada por la totalidad de los miembros del Sindicato y será la máxima autoridad del Sindicato. Para que la Asamblea General pueda celebrar válidamente sus sesiones, es necesario que concurran a ella o estén representados por lo menos, la mitad más uno del total de los miembros afiliados al Sindicato que se encuentren activos y solventes.

La Asamblea General deberá reunirse ordinariamente dentro de los quince días anteriores al día veinticuatro de Julio de cada año y ex-traordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva General o cuando lo soliciten por escrito el veinticinco por ciento o más de los miembros activos y solventes del sindicato, quienes tendrán competencia para resolver todos aquellos asuntos concernientes al mismo.

Las Convocatorias para la celebración de las Asambleas Generales ya sean éstas Ordinarias o Extraordinarias, se harán por medio de perió-dicos o por cualquier otro medio escrito o electrónico de publicación, con quince y dos días de anticipación por lo menos respectivamente.

Si no hubiere quórum, se podrá convocar en el acto para otra sesión, la cual podrá celebrarse inmediatamente después de aquella en la cual no hubo quórum, y se llevará a cabo con el número de afiliados que asistieren y sus resoluciones serán de acatamiento forzoso. Las circunstancias antes mencionadas deberán hacerse constar en el acta respectiva.

En caso que la Junta Directiva General se negare a convocar para una Asamblea General en la fecha señalada en el presente artículo, la convocatoria deberán realizarla diez o más de los miembros del Sindicato, quienes la firmarán consignando en la misma por qué se procede a la convocatoria en esa forma.

Reunida la Asamblea General, tomarán los acuerdos pertinentes eligiendo una Comisión para que la presida y los acuerdos que ahí se tomen serán válidos y de acatamiento forzoso; las funciones de la Co-

misión caducarán al finalizar la sesión.

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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Art. 10.- Son atribuciones de la Asamblea General, las siguientes:

a) Elegir por medio del voto secreto y mayoritario, dentro de los

quince días anteriores al veinticuatro de julio de cada año, a

los miembros de la Junta Directiva General cuyo ejercicio

durará un año y podrán ser reelectos parcial o totalmente si

así lo decidiere la Asamblea.

b) Aprobar las reformas de los presentes Estatutos.

c) Aprobar el presupuesto anual del Sindicato por medio del

voto secreto o público.

d) Acordar la expulsión de uno o más miembros del Sindicato

de acuerdo a la Leyes aplicables y los presentes Estatutos.

e) Aprobar la memoria anual de la Junta Directiva General por

medio del voto secreto, la cual deberá elaborarse con base

en todos los actos que ésta haya ejecutado en beneficio del

Sindicato y de sus afiliados en lo individual.

f) Acordar con los dos tercios de votos de los afiliados, por lo

menos, la disolución voluntaria del Sindicato de acuerdo con

la Ley y los presentes Estatutos.

g) Remover a los miembros de la Junta Directiva General

cuando según la ley y los presentes Estatutos, haya motivo

para ello.

h) Aprobar el estado de cuentas que presente la Junta Directiva

General por medio del voto secreto.

i) Dar la aprobación definitiva a los contratos colectivos de tra-

bajo y a todos los actos que haya celebrado la Junta Directiva

General para beneficio del Sindicato.

j) Aceptar como miembros del Sindicato a los empleados de

confianza y a los representantes patronales.

k) Decidir todos aquellos asuntos de importancia que no estén

expresamente encomendados a otro órgano del Sindicato.

l) Elegir anualmente tres Representantes Propietarios y tres

suplentes ante la Federación de Sindicatos a la cual esté

afiliado el sindicato; y,

m) Acordar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias,

asi como la forma en que se pueden exigir estas últimas, y

n) Cualquier otro asunto de interés para el sindicato.

Art. 11.- En las Asambleas Generales ya sean éstas, Ordinarias o

Extraordinarias, deberá seguirse el procedimiento siguiente:

1º) Puesto a discusión un asunto, la persona que presida la

Asamblea General concederá el uso de la palabra tomando

en cuenta el orden de la solicitud hasta tres oradores en pro

y tres en contra. Agotada la lista de oradores consultará si

el asunto se considera suficientemente discutido y en caso

negativo se procederá en la misma forma hasta agotar el

debate.

2º) Solamente se concederá el uso de la palabra interrumpiendo

la lista de oradores, para verdaderas mociones de orden.

3º) La persona que presida la sesión retirará el uso de la palabra

en los siguientes casos:

a) Cuando el orador se exprese en forma insolente en contra

de alguno de los miembros de la organización; y,

b) Cuando el orador se encuentre en estado inconveniente,

debiendo entenderse que lo está si concurre en él un

estado de ebriedad o que se encuentra bajo el estado

de drogas enervantes.

En los demás casos deberá sujetarse a las reglas del procedimiento

establecido en los presentes Estatutos.

caPÍTUlo Vi.

DE la JUNTa DirEcTiVa GENEral.

Art. 12.- La Junta Directiva General tendrá a su cargo la dirección y

administración del Sindicato y se compondrá de once miembros quienes

serán electos para los cargos siguientes:

1º) Secretario General.

2º) Secretario de Organización y Estadística.

3°) Secretario Primero de Conflictos.

4°) Secretario Segundo de Conflictos.

5°) Secretario Tercero de Conflictos.

6°) Secretario de Finanzas.

7°) Secretario de Prensa y Propaganda.

8°) Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales,

9°) Secretario de Actas y Acuerdos.

10°) Secretaria de Educación y Cultura, y

11º) Secretaría de Asistencia y Previsión Social.

El Secretario General, Secretario de Organización y Estadística y

el Secretario Primero de Conflictos, conjunta o separadamente tendrán

la representación judicial y extrajudicial del Sindicato.

Art. 13.- En caso de ausencia o impedimento de cualquiera de los

miembros de la Junta Directiva por más de ocho días, asumirá el cargo

respectivo el Secretario General o en su defecto el Secretario que sigue

en el orden que aparecen nominados en el artículo anterior, teniendo el

sustituto derecho a un voto únicamente. Para que operen dichas sustitu-

ciones, será necesario que en acta de sesión de Junta Directiva, se haga

constar el hecho de la ausencia o impedimento y se establezca la fecha

de iniciación de funciones del sustituto.

Si falleciere cualquier miembro de la Junta Directiva General o la

ausencia o impedimento durara más de sesenta días, la Junta Directiva

General deberá poner en conocimiento de la Asamblea General tal

circunstancia, a fin de que ésta elija a una nueva persona para ocupar la

vacante.

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Art. 14.- La Junta Directiva General entrará en el ejercicio de sus funciones y tomará posesión de sus cargos el día veinticuatro de Julio de cada año, la Junta Directiva saliente estará en la obligación de entregar a la entrante por inventario todos los haberes y asuntos que hayan estado a su cargo, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de la toma de posesión. De esta entrega se levantará acta detallada firmada por los miembros de ambas Juntas Directivas.

Art. 15.- Para ser miembro de la Junta Directiva General se re-quiere:

a) Ser salvadoreño por nacimiento;

b) Ser mayor de dieciocho años;

c) Ser miembro activo del Sindicato;

d) Ser de honradez y capacidad notoria;

e) No ser empleado de confianza ni representante patronal; y

f) No formar parte de otro Órgano de Gobierno o Dirección del Sindicato.

Art. 16.- La Junta Directiva General se reunirá ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria del Secretario General o de tres de sus miembros. Para que pueda celebrarse válidamente una sesión de Junta Directiva General será necesario que concurran a ella la mitad más uno de sus miembros; en caso de no haber quórum legalmente establecido, se realizará conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de los presentes Estatutos.

Los miembros de la Junta Directiva General están en la obligación de asistir a todas las sesiones, bajo pena de hacerse acreedores de la sanción correspondiente, por el incumplimiento de su deber.

Art. 17.- Son atribuciones de la Junta Directiva General las si-guientes:

1°) Resolver todos aquellos asuntos relacionados con el Sindicato que sean de su competencia;

2°) Nombrar las comisiones necesarias para el mejor desempeño de sus funciones;

3°) Revisar las operaciones contables de la Secretaría de Finan-zas;

4°) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos;

5°) Elaborar la memoria anual del Sindicato y presentarla a la Asamblea General para su aprobación o modificación por medio del voto secreto;

6°) Convocar a Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria en la forma y en los casos establecidos en los presentes Estatutos;

7°) Presentar un balance semestral a la Asamblea General por medio de su Secretaría de Finanzas; o cuando la Comisión de Hacienda se lo solicite;

8°) Presentar el presupuesto anual al iniciarse su gestión ante la Asamblea General para su aprobación;

9°) Negociar los Contratos Colectivos de Trabajo de conformidad a lo dispuesto en el Código de Trabajo;

10°) Atender y resolver los problemas y solicitudes de sus miembros y velar porque los derechos de los trabajadores individuales o colectivos sean respetados;

11°) Autorizar por mayoría de votos los gastos hasta por trescientos dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en colones;

12°) Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del mantenimiento de un fondo circulante de quinientos dólares de los Estados Unidos de América; de la Secretaría de Finanzas, para atender los gastos administrativos y urgentes;

13°) Llevar un Libro de Organización, para el registro de los miembros del Sindicato, así como también los Libros de Actas de Junta Directiva General y de Asamblea General y los de Finanzas que sean necesarios, dichos libros deberán ser autorizados por la Sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social;

14°) Remitir a la Sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, cada seis meses, la nómina actualizada de los miembros afiliados al Sindicato, así como también las modificaciones de los titulares de la Junta Directiva General, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de la toma de posesión;

15°) Comunicar a la Sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, los casos de expulsión y de suspensión de los miembros del Sindicato con expresión de motivo, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de aquel en que la sanción haya sido acordada;

16°) Las cuotas sindicales ordinarias deberán ser descontadas en planilla por el patrono y las extraordinarias se cobrarán por parte de la Secretaría de Finanzas para lo cual se extenderá el respectivo recibo de cancelación a todos los miembros afiliados a este Sindicato;

17°) Franquear los libros del sindicato en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, para los efectos de vigilancia y fiscaliza-ción;

18°) Vigilar las votaciones de las Asambleas Generales, especial-mente en lo relativo al del voto secreto e individual; y

19°) Resolver todos aquellos asuntos administrativos relacionados con el sindicato, que no estuvieren especialmente encomen-dados a otro órgano del mismo.

caPiTUlo Vii

DE laS aTriBUcioNES DE la

JUNTa DirEcTiVa GENEral

Art. 18.- Son atribuciones y deberes del Secretario General, las siguientes:

a) Convocar y presidir las Sesiones de Asamblea General;

b) Convocar y presidir las Sesiones de Junta Directiva Gene-ral;

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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. c) Elaborar las agendas para las Sesiones de la Junta Directiva

General y de la Asamblea General y llevar los libros necesarios para tal efecto;

d) Rendir un informe de las actividades de la Junta Directiva General en las Asambleas Generales Ordinarias. Dicho in-forme deberá ser conocido y aprobado por la Junta Directiva General;

e) Juramentar a las Comisiones Generales del Sindicato;

f) Organizar en las oficinas del Sindicato al personal que labore para el mismo; así como también resolver todos los problemas cuya solución inmediata no exija un acuerdo previo con el resto de Secretarías;

g) Vigilar porque sea efectiva la disciplina del personal de empleados del Sindicato;

h) Firmar la documentación de la Secretaría de Finanzas y todos los documentos importantes, como bonos, carnés, etc., asimismo, deberá revisar la documentación expedida por el resto de Secretarías;

i) Autorizar las erogaciones para los gastos generales del Sin-dicato hasta por trescientos dólares de los Estados Unidos de América;

j) Registrar su firma en las instituciones financieras donde hayan depósitos, y firmar los cheques conjuntamente con el Secretario de Finanzas;

k) Coordinar la actuación de los demás miembros de la Junta Directiva General;

l) Convocar a las Sesiones Extraordinarias de la Junta Directiva General;

m) Informar a la Junta Directiva General y a la Comisión de Honor y Justicia sobre las faltas cometidas por los miembros del Sindicato, a fin de que se apliquen las medidas disciplinarias convenientes;

n) Certificar Actas y Acuerdos, conjuntamente con el Secretario a quien se le haya atribuido dicha función;

ñ) Vigilar el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos, Reglamentos, Acuerdos, y Disposiciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva General; y

o) Tendrá la representación judicial y extrajudicial del Sindicato conjunta o separadamente con el Secretario de Organización y Estadística y el Secretario Primero de Conflictos.

Art. 19.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Organización y Estadística, las siguientes:

a) Presidir la Asamblea General del Sindicato en caso de ausencia, excusa o impedimento temporal del Secretario General, adquiriendo sus atribuciones, obligaciones, deberes y facultades;

b) Llevar un Libro de Organización debidamente autorizado por el Departamento respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en el que se registrarán las firmas y generales de los miembros afiliados al Sindicato;

c) Llevar un control de cada uno de los miembros del Sindica-to, a fin de que sirva de consulta para los nombramientos, elecciones en comisiones o en la dirección del sindicato;

d) Mantener activa la labor de organización, con el objeto de que al Sindicato pertenezcan la totalidad de trabajadores del FOSALUD;

e) Mantener la constante disciplina del Sindicato;

f) Impulsar el deporte, el desarrollo cultural, la educación física y el sano esparcimiento de los miembros afiliados al Sindicato, conjuntamente con la Secretaría de Educación y Cultura y la Secretaría de Asistencia y Previsión Social;

g) Llevar el control de las actividades desarrolladas por los distintos secretarios del sindicato;

h) Levantar cuadros estadísticos de los salarios devengados y del costo de la vida y presentarlos a la Junta Directiva General y a las Asambleas Generales, para que el sindicato gestione nivelar los salarios de los trabajadores, en consonancia con el costo de la vida;

i) Rendir un informe detallado de sus labores, cada tres meses a la Junta Directiva General; y

j) Tendrá la representación judicial y extrajudicial del Sindi-cato, conjunta o separadamente con el Secretario General y el Secretario Primero de Conflictos.

Art. 20.- Son atribuciones de los Secretarios Primero, Segundo y Tercero de Conflictos, las siguientes:

a) Atender los conflictos individuales y colectivos de los miem-bros del sindicato;

b) Representar a los miembros del Sindicato al ser requerido por éstos, ante los patronos, ante las autoridades del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, o ante las autoridades judiciales en materia laboral, para este caso el Secretario Primero de Conflictos es el que cuenta con la Representación judicial y extrajudicial del Sindicato, y en su defecto puede ser sustituido por cualquiera de los restantes Secretarios de Conflictos, en el orden en el que aparecen nominados en el inciso primero de este Artículo.

c) Estudiar cuidadosamente la legislación laboral vigente y la legislación en general, presentando anteproyectos de reformas sobre las mismas a los miembros de la Junta Directiva General y a la Asamblea General, para que éstos las presenten a las autoridades competentes;

d) Velar porque se respeten los derechos de los trabajadores y trabajadoras y mantener informados a la Junta Directiva General y a la Asamblea General, de la situación de los mismos;

e) Velar porque se cumplan las estipulaciones contenidas en los Contratos Colectivos de Trabajo y comunicar a la mayor brevedad posible a la Junta Directiva General sobre cualquier violación e incumplimiento de los mismos, a fin de prevenir conflictos que se susciten con ocasión a su incumplimiento; y

f) Procurar por todos los medios posibles a su alcance en casos necesarios, evitar la ausencia de los miembros y lograr la eficacia de los Estatutos, Reglamentos, Acuerdos y Dispo-siciones de la Asamblea General, para fortalecer la buena marcha del sindicato.

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Art. 21.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Finanzas, las siguientes:

a) Elaborar el presupuesto del Sindicato, de acuerdo a las ne-cesidades, fines y objetivos del mismo;

b) Custodiar y vigilar los bienes del Sindicato;

c) Responder del estado de caja y de la contabilidad del Sindicato, conforme a la ley;

d) Firmar todos los documentos que tengan relación con su Secretaría y rendir informes periódicos a la Junta Directiva General y a la Comisión de Hacienda, cuando éstos lo re-quieran;

e) Recolectar las cuotas ordinarias y extraordinarias y otros ingresos, y extender los correspondientes recibos;

f) Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más instituciones financieras de la República;

g) Registrar su firma en las Instituciones financieras donde hayan depósitos y firmar cheques conjuntamente con el Secretario General;

h) Rendir un informe anual a la Asamblea General, del estado económico del sindicato, o cuando lo soliciten por escrito a la Junta Directiva General, diez o más miembros activos y solventes afiliados al Sindicato;

i) Llevar en forma debida los libros de finanzas que sean nece-sarios, los cuales deberán ser autorizados por el Departamento respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; y

j) Informar del resto de actividades y proyectos a la Junta Directiva General.

Art. 22.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Prensa y Propaganda, las siguientes:

a) Crear, dirigir y divulgar el periódico oficial del Sindicato;

b) Dar a conocer por cualquier medio de difusión a los afiliados los principios y objetivos del Sindicato; su programa de lucha, así como la labor que en tal sentido realiza;

c) Contestar y aclarar las informaciones que afecten los intereses del Sindicato o de sus afiliados;

d) Llevar un archivo de todos los materiales que divulga el sindicato; y

e) Redactar el boletín informativo para que sea repartido entre los afiliados al Sindicato.

Art. 23.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales, las siguientes:

a) Estrechar los vínculos de amistad con otras organizaciones sindicales, nacionales e internacionales que sean compati-bles con los intereses de la clase trabajadora, enviándoles publicaciones e informaciones del sindicato, especialmente periódicos, revistas, entre otras publicaciones;

b) Recibir y contestar la correspondencia que se dirija al sindi-cato;

c) Recopilar todas las publicaciones internacionales relativas a los derechos laborales, la economía, sociología, tratados internacionales, conferencias, entre otros;

d) Atender, en compañía del Secretario General todas las dele-gaciones extranjeras y nacionales que visiten el Sindicato;

e) Informar a la Junta Directiva General y a la Asamblea General de todas las proposiciones y acuerdos que sean planteadas por las demás entidades de trabajadores y culturales; y

f) Las demás atribuciones que le confieran los presentes Estatutos y el Reglamento Interno del Sindicato.

Art. 24.- Son atribuciones y deberes de la Secretaría de Actas y Acuerdos, las siguientes:

a) Llevar dos libros de actas y acuerdos, debidamente autorizados por el Departamento respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en forma cronológica, las actas de todas las Sesiones y Actividades de la Junta Directiva General y de la Asamblea General;

b) Asistir sin demora a las Sesiones de la Junta Directiva General y de la Asamblea General; y

c) Firmar las actas y certificarlas, conjunta o separadamente con el Secretario General.

Art. 25.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Educación y Cultura, las siguientes:

a) Organizar cursos de capacitación sindical, para los miembros del sindicato;

b) Preparar todo género de actos culturales, festividades, con-ferencias, etc.;

c) Crear y administrar la biblioteca del sindicato; y

d) Colaborar estrechamente con la Secretaría de Prensa y Propaganda, de la Federación a la que estuviere afiliado el Sindicato.

Art. 26.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Asistencia y Previsión Social, las siguientes:

a) Visitar en nombre del sindicato, a los afiliados cuyo estado de salud lo requiera y siempre que tenga conocimiento de ello. Todo caso deberá hacerlo del conocimiento de la Junta Directiva General;

b) Velar porque se cumpla con la legislación en materia de Se-guridad y Previsión Social, las prescripciones sobre seguridad e higiene industrial y riesgos profesionales;

c) Estudiar con debido esmero los materiales e indicaciones que sobre seguridad social divulgan las correspondientes instituciones;

d) Velar porque el Instituto Salvadoreño del Seguro Social cumpla exactamente con todas sus obligaciones y denunciar cualquier anomalía que afecte a los trabajadores;

e) Estar pendiente del estado de salud de los miembros del Sindi-cato y en casos necesarios hacer los trámites correspondientes para que sean atendidos por quienes corresponde;

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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. f) Ilustrar en coordinación con el Secretario de Prensa y Pro-

paganda a todos los afiliados sobre la Seguridad Social, por

todos los medios que sea posible.

Art. 27.- Los miembros de la Junta Directiva General responderán

solidariamente de la custodia, manejo e inversión de los fondos propiedad

del Sindicato, que estuvieren a su cargo.

caPiTUlo Viii

DE la coMiSioN DE HaciENDa

Art. 28.- Créase la Comisión de Hacienda, la cual estará formada por

tres miembros de honorabilidad y competencia reconocida electos por la

Asamblea General en la misma sesión en que se elige la Junta Directiva

General. De esta Comisión no podrán formar parte quienes desempeñen

otros cargos de Gobierno o Dirección dentro del Sindicato.

Art. 29.- En el desarrollo de sus funciones la Comisión de Hacienda

se sujetará a las reglas siguientes:

a) Podrá inspeccionar, siempre que lo crea conveniente, el

movimiento financiero del Sindicato, ya sea directamente o

por medio de un Auditor que a solicitud de ella, nombre la

Asamblea General;

b) Deberá permitir o solicitar la presencia en el acto de la

inspección de la persona que tenga a su cargo las cuentas

respectivas, quien estará obligada a suministrar los datos que

fueren necesarios;

c) Cuando comprobare hechos que constituyen malversaciones de

fondos sindicales, lo pondrá en conocimiento de la Comisión

de Honor y Justicia, acompañando un informe circunstanciado

para los efectos consiguientes;

d) Podrá actuar a petición de la Junta Directiva General o cuando

recibiere el informe correspondiente, y;

e) En todo caso podrá asesorarse de una persona versada en ma-

teria contable para el mejor desempeño de sus funciones.

caPiTUlo iX

DE la coMiSioN DE HoNor Y JUSTicia

Art. 30.- Créase la Comisión de Honor y Justicia la cual estará

integrada por tres miembros electos por la Asamblea General en su

sesión Ordinaria de cada año. Para ser electo miembro de esta Comisión

se requiere ser mayor de dieciocho años de edad, de competencia y de

honorabilidad reconocidas, y no pertenecer a otro órgano de gobierno o

dirección sindical.

Art. 31.- Para la aplicación de las sanciones a que se refiere el

Capítulo XI de los presentes Estatutos, conocerá de la falta la Comisión

de Honor y Justicia, ya sea de oficio o por denuncia hecha por alguno

de los miembros del Sindicato. Esta Comisión recogerá la información

necesaria al efecto, utilizando los medios probatorios posibles.

La Comisión hará saber la denuncia al acusado, quien tendrá derecho

a defenderse personalmente o por medio de defensores. Transcurridos

tres días sin que el acusado haya hecho uso de su derecho, la Comisión

de Honor y Justicia le nombrará un Defensor de Oficio. En todo caso,

los defensores deberán ser miembros del Sindicato.

Art. 32.- Concluida la investigación a que se refiere el artículo

anterior, la Comisión de Honor y Justicia fallará definitivamente cuando

se trate de imponer la pena de suspensión, admitiéndose en este caso,

apelación ante la Asamblea General, pero si se tratare de imponer las

sanciones de destitución y expulsión de los miembros de la Junta Directiva

General, la Comisión de Honor y Justicia pondrá el caso a conocimiento

de la Asamblea General, recomendándole la resolución que conforme

a la Ley y a los presentes Estatutos convenga, para que ésta decida en

definitiva, imponiendo la sanción o absolviendo al acusado. De esta re-

solución sólo se admitirá revisión en la próxima Asamblea General. Así

mismo podrá la Comisión de Honor y Justicia asistirse de una persona

letrada en Derecho, para una mejor sustanciación y resolución de las

causas que se pongan ante su conocimiento, el cual podrá fungir en el

cargo de forma gratuita o remunerada.

caPiTUlo X

DE laS VoTacioNES Y ElEccioNES

Art. 33.- En la elección de miembros que integran la Junta Directiva

General, Comisiones de Hacienda, Honor y Justicia, Aprobación de

Presupuestos, Cuentas y Memorias del Sindicato, el voto será secreto y

en los demás casos público, según lo establecido por la Ley.

En todo caso, las proposiciones para elección de los miembros a

que se refiere el inciso anterior, serán hechas por la Asamblea General

respectiva, en la forma y número que ella misma acuerde.

Art. 34.- Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma que

la Junta Directiva General determine y su recuento será hecho por los

miembros de la misma.

Si se tratare de una votación secreta se procederá en la forma

siguiente:

a) El voto será emitido por escrito, en papeletas que a cada uno

de los votantes proporcionará la Junta Directiva General;

b) Después de hechas las proposiciones pertinentes, se llenarán

las respectivas papeletas, verificado lo anterior, serán reco-

gidas por la Junta Directiva General o por la Comisión de

Escrutinio; y,

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 c) El escrutinio se verificará inmediatamente por la Comisión

nombrada para tal efecto, dándose a conocer a la Asamblea

General el resultado de la votación.

En caso, de que no pudiere verificarse el escrutinio inmediatamente,

se depositarán los votos recogidos en una urna sellada y el número de

ellos que contenga se hará constar en el acta respectiva. El escrutinio

deberá verificarse dentro de los tres días siguientes por la Junta Directiva

General y por una Comisión que para tal efecto se integre en la Asamblea

General. El resultado se hará saber por cualquier medio publicitario escrito

que garantice su conocimiento a los afiliados. De todo lo anterior, se

levantará acta firmada por la Junta Directiva General y por la Comisión,

estando aquella obligada a poner a conocimiento de la próxima Asamblea

General dicho documento, el cual se transcribirá íntegro en el acta que

de esa Asamblea se levante.

Art. 35.- La Asamblea General previo establecimiento de oficio o

por denuncia de terceros, de las anomalías; impondrá a los infractores

las sanciones correspondientes ordenando nuevas elecciones.

caPiTUlo Xi

DE laS MEDiDaS DiSciPliNariaS

Art. 36.- En este Capítulo se establecen, para efectos de discipli-

na sindical, las sanciones a que se harán acreedores los miembros del

Sindicato que cometan las faltas previstas en el mismo, tales sanciones

son las siguientes:

a) Amonestación y multas;

b) Suspensión de los derechos sindicales;

Esta suspensión no podrá ser menor de treinta días, ni mayor

de noventa;

c) Destitución del cargo en los Órganos de Gobierno o Dirección

del Sindicato, y;

d) Expulsión del Sindicato.

Art. 37.- Los miembros del Sindicato serán amonestados y multados

por las siguientes causas:

a) Por inasistencia a las Asambleas Generales Ordinarias y

Extraordinarias sin causa justificada. La primera amones-

tación será privada en Sesión de Junta Directiva General; y

en los demás casos será pública, realizándose en Sesión de

Asamblea General; cuando las inasistencias sean sin causa

justificada les será impuesta una multa, de diez dólares exactos

por cada falta y de seis dólares exactos, por llegar tarde a la

sesión, quince minutos después de la hora señalada por la

Junta Directiva General;

b) Por desempeñar negligentemente las Comisiones que se les

hubiere encomendado;

c) Por llegar a las sesiones en estado inconveniente o alterar el

orden dentro de ellas; y,

d) En todas aquellas faltas de igual o semejante índole que las

anteriores.

Art. 38.- Los afiliados serán suspendidos en sus derechos sindi-

cales hasta por noventa días según la gravedad de la falta en los casos

siguientes:

a) Mora en el pago de las cuotas sindicales sin motivo justifi-

cado;

b) Actos difamatorios en contra del Sindicato o de los miembros

del mismo;

c) Negación sin causa justa a desempeñar las comisiones enco-

mendadas, y;

d) Abstenciones de votar en asuntos de importancia sindical.

Art. 39.- Son causas para destituir a quienes desempeñen cargos

en la Junta Directiva General y en las Comisiones, las siguientes:

a) Falta de eficiencia, probidad, lealtad o dedicación en la gestión

administrativa;

b) Usurpación de funciones;

c) Cometer o propiciar fraude electoral;

d) Aprovechamiento de la posición de directivo para conseguir

ventajas personales; y,

e) Manejo fraudulento de los fondos o propiedades del Sindi-

cato.

Art. 40.- Son causas de expulsión de los miembros afiliados al

Sindicato, las siguientes:

a) Falta de probidad y lealtad;

b) Negativa a cumplir las disposiciones y acuerdos importantes

tomados por los órganos del Sindicato;

c) Labor disociadora sindical;

d) Traición sindical mediante maniobras que pongan en peligro

la seguridad y buena marcha de la Organización, y;

e) Agresión física a los miembros del Sindicato.

Art. 41.- Las sanciones establecidas en el Art. 35 de los presentes

Estatutos, serán impuestas tan sólo con la comprobación de la falta por la

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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Octubre de 2009. Junta Directiva General, según el caso; conocerá de oficio por denuncia

de alguno de los miembros del Sindicato teniendo el acusado derecho a

ser oído en su defensa.

caPiTUlo Xii

DEl rEGiMEN EcoNoMico DEl SiNDicaTo

Art. 42.- La caja del Sindicato estará formada por las cuotas de

admisión, cuotas ordinarias y extraordinarias, por las donaciones, sub-

venciones y multas.

Art. 43.- La cuota de admisión es de cinco dólares de los Estados

Unidos de América. La cuota ordinaria de tres dólares de los Estados

Unidos de América; y la extraordinaria no podrá exceder de diez dólares,

que será determinada en la cuantía por acuerdo de Asamblea General no

pudiéndose cobrar más de cuatro veces en un mismo año y solamente

en casos o acontecimientos extraordinarios a juicio de la Asamblea

General.

La cuota ordinaria se cobrará cada mes por descuento de la empresa

a los miembros afiliados al Sindicato; no obstante lo dispuesto en los

presentes Estatutos, la Asamblea General podrá aumentar la cuantía de

la cuota ordinaria y el máximo de la cuota extraordinaria.

Art. 44.- Las cuotas estipuladas son obligatorias para todos los

miembros del Sindicato.

Art. 45.- Los fondos se aplicarán en los gastos del Sindicato en la

forma siguiente: Un veinte por ciento para administración, un setenta

por ciento a los gastos de las Secretarías, y el diez por ciento restante

se destinará al Fondo de Reserva, hasta alcanzar la cantidad de dos mil

dólares de los Estados Unidos de América.

El Fondo de Reserva podrá afectarse hasta en un cincuenta por

ciento en valores mobiliarios, realizables, (títulos, cédulas, bonos, etc.),

de empresas de utilidad pública o social.

Los fondos del Sindicato deberán permanecer depositados en una

institución bancaria de la República a disposición del mismo, dejando

en poder del Secretario de Finanzas trescientos dólares, para los gastos

imprevistos.

La Junta Directiva General, está facultada para hacer efectivas las

contribuciones de los miembros afiliados al Sindicato, por conducto de

la Secretaría de Finanzas.

Art. 46.- Para el retiro parcial o total de los fondos se requiere en

el respectivo cheque, la firma del Secretario General y del Secretario

de Finanzas, quienes para el efecto los harán conocer previamente en la

Institución respectiva.

Se establecen como suplentes de los miembros de la Junta Directiva

General mencionados en el inciso anterior, al Secretario de Organización

y Estadística y al Secretario Primero de Conflictos, quienes estarán en

la obligación de registrar sus firmas, debiéndose únicamente enviar a la

entidad bancaria correspondiente, el informe de la ausencia del titular

para los efectos consiguientes.

Art. 47.- Los gastos presupuestados serán autorizados así: Hasta

por trescientos dólares serán autorizados por el Secretario General y

de Finanzas, gastos mayores de trescientos dólares serán autorizados

por la Junta Directiva General y de más de ochocientos dólares serán

autorizados por la Asamblea General.

Art. 48.- Los miembros de la Junta Directiva General responderán

solidariamente de la custodia, manejo e inversión de los fondos perte-

necientes al Sindicato.

caPiTUlo Xiii

DE la acEfalia Y DiSolUcioN DEl SiNDicaTo

Art. 49.- En caso de que el Sindicato quedare en acefalia podrán

convocar a Sesión de Asamblea General, diez o más miembros activos

y solventes, quienes firmarán la convocatoria y harán constar en ella que

en esta reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia.

Reunida la Asamblea General se nombrará a una comisión integrada

por tres miembros, quienes presidirán la sesión y los acuerdos tomados

en ella serán válidos. Una vez electa la Junta Directiva General, deberá

convocar a otra Asamblea General, en la cual se podrán tomar los acuerdos

necesarios para la buena marcha del Sindicato.

Más si el Sindicato se encontrare afiliado a una Federación de

Sindicatos, la Junta Directiva Federal de ésta, podrá convocar a los

miembros del Sindicato a Sesión de Asamblea General y harán constar

en ella que en esta reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia.

Una vez constituida la Asamblea se seguirá el procedimiento establecido

en el inciso segundo de este artículo.

Art. 50.- La disolución voluntaria del Sindicato solamente podrá

acordarse por el voto de las dos terceras partes de los afiliados, en Asam-

blea General convocada al efecto. En dicha Asamblea General deberán

estar presentes por lo menos tres miembros de la Junta Directiva Federal

de la Federación a la que el Sindicato pertenezca, o pena de nulidad.

Art. 51.- Decretada la disolución conforme al inciso anterior, la

Asamblea General nombrará un delegado para que conjuntamente con

los delegados gubernamentales procedan a liquidar los fondos y valores

del Sindicato.

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 385 Art. 52.- Practicada la liquidación, los fondos del Sindicato pasarán

a formar parte del Patrimonio de la Federación a que estuviere afiliado

al momento de la disolución, o en su defecto, a la persona jurídica que

designe la Asamblea General. En caso que la disolución del Sindicato

sea forzosa, se aplicará lo dispuesto en este mismo artículo.

caPiTUlo XiV

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 53.- A más tardar tres meses después de entrar en vigencia los

presentes Estatutos, la Junta Directiva General deberá elaborar el proyecto

del Reglamento Interno del Sindicato para someterlo a aprobación de la

Asamblea General.

Art. 54.- Las obligaciones contraídas por los miembros de la Junta

Directiva General, obligan al Sindicato siempre que ellos actúen dentro

de sus facultades legales.

Art. 55.- El Sindicato respaldará con su apoyo moral a todo traba-

jador afiliado. Este apoyo estará sujeto a lo dispuesto por el Reglamento

Interno del Sindicato.

Art.56.- El Sindicato no persigue más fines que aquellos dirigidos

exclusivamente a la defensa de los intereses económicos, sociales, cultu-

rales y profesionales de los trabajadores, por tanto, queda absolutamente

prohibida la intervención del Sindicato en asuntos políticos, partidistas

y religiosos, y la discusión de temas de esa índole en el seno del mismo.

Lo anterior no implica menoscabo de los derechos que correspondan a

cada miembro del Sindicato como ciudadano.

Art. 57.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia el día de su

publicación en el Diario Oficial y podrán ser modificados por la Asamblea

General cuando así lo proponga la Junta Directiva General.

Res. 61/2009.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Salvador,

a las catorce horas con veintidós minutos del día cinco de octubre del

año dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a las trece horas con veinticinco mi-

nutos del día veintinueve de julio del presente año, por el señor Theseo

Wotan Heracles Otelio Ungo Alberto, en su calidad de Presidente de

la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación denominado

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FOSALUD, cuyas siglas

son SITRAFOS, relativa a que se apruebe el texto de sus Estatutos y se

le conceda personalidad jurídica al mismo, este Ministerio CONSIDE-

RANDO:

I. Que de conformidad al acta notarial otorgada a las diecisiete

horas con quince minutos del día veinticuatro de julio del

año dos mil nueve, se CONSTITUYÓ el Sindicato antes

mencionado, como un Sindicato de Empresa, con la presencia

de CUARENTA Y CUATRO miembros fundadores;

II. Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 219 inciso 2°

del Código de Trabajo y mediante auto emitido el día treinta

de julio del presente año, este Ministerio libró oficio a la

Presidenta del Consejo Directivo del FONDO SOLIDARIO

PARA LA SALUD, que puede abreviarse FOSALUD, Doctora

María Isabel Rodríguez, Institución para la cual manifestaron

prestar servicios los miembros constituyentes del Sindicato

en formación, con el objeto de que certificase la condición de

asalariados de dichos miembros constituyentes, habiendo sido

notificado dicho oficio en legal forma el día diez de agosto

del presente año y contestado en sentido positivo mediante

escrito presentado el día catorce de agosto del mismo año,

certificando la calidad de asalariados de cuarenta y tres

miembros constituyentes del Sindicato en formación, no

habiéndose pronunciado respecto a uno de ellos - el señor

Darwin Benjamín Barrera Molina; no obstante lo anterior,

esta Cartera de Estado ha verificado el cumplimiento del

requisito establecido en el Art. 211 inciso 1° del Código de

Trabajo en cuanto al número mínimo de miembros exigidos

por la ley para constituir una Asociación Profesional; y,

III. Que en el acta notarial relacionada en el numeral I. de la

presente resolución, consta que en esa reunión fue aprobado

el texto de los Estatutos del Sindicato en formación, los

cuales contenían errores formales, por lo que se les previno

a los interesados mediante pliego de observaciones de fecha

trece de agosto del año dos mil nueve, siendo subsanados

en tiempo el día veintiséis de agosto del mismo año, por lo

que los mismos no adolecen de errores de fondo y forma, ni

contravenciones a las leyes de la República, al orden público

o a las buenas costumbres del país.

Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Artí-

culo 219 inciso 5° del Código de Trabajo, este Despacho RESUELVE:

A) APROBAR el texto de los CINCUENTA Y SIETE ARTÍCULOS

que conforman los Estatutos del Sindicato en formación denominado

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FOSALUD, cuyas siglas

son SITRAFOS, concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD

JURÍDICA solicitada; B) PUBLÍQUENSE en el Diario Oficial dichos

Estatutos, así como la presente resolución; y, C) INSCRÍBASE dicho

Sindicato en el registro correspondiente. COMUNÍQUESE. "V. de

Avilés." MINISTRA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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