Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a...

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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 386 SAN SALVADOR, MIERCOLES 20 DE ENERO DE 2010 NUMERO 13 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4 5-15 16-17 17-18 19 19 Pág. 20-28 29 30-31 32-50 51 51 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 246.- Elígese en el cargo de Procurador General de la República, a la Abogada Sonia Elizabeth Cortez de Madriz. ................................................................................ ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la “Asociación Promotora para el Desarrollo Local” y de la “Iglesia de Cristo Edificando la Casa de Dios de El Salvador” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 248 y 304, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................ MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1047.- Se prorrogan las operaciones de la sociedad Sensaciones Ropa Intima, Sociedad Anónima de Capital Variable. ..................................................................................... Acuerdo No. 50.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, correspondiente a la sociedad Oliva Enterprise, Sociedad Anónima de Capital Variable......... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0983.- Se confirma el reconocimiento e incorporación de High School realizados por Stephanie Vanesa Fuentes García. .......................................................................... Acuerdo No. 15-1441.- Se confirma la resolución por medio de la cual se reconoce como Directora del Colegio Petra, a la Profesora Elsa Guadalupe Magaña de García............................ MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Decreto No. 6.- Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros. .............................................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 744-D, 1315-D, 1342-D, 1381-D, 1605-D y 1681-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ......................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 4.- Presupuesto para el ejercicio fiscal 2010, de la ciudad de Ahuachapán. ..................................................... Estatutos de las Asociaciones Comunales “Colonia Bella Vista”, “Lotificación Jardines de Izalco”, “Colonia Carrillo” y “Cali” y Acuerdos Nos. 1, 5, 6 y 14, emitidos por las Alcaldías Municipales de Armenia, Izalco, Ahuachapán y Caluco, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. . SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 57.- Miguel Angel Flores Urías (3 alt.) ........... Cartel No. 58.- Mirna Noemi Leiva Rogel (3 alt.)............ DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 386 SAN SALVADOR, MIERCOLES 20 DE ENERO DE 2010 NUMERO 13

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 246.- Elígese en el cargo de Procurador General de la República, a la Abogada Sonia Elizabeth Cortez de Madriz. ................................................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la “Asociación Promotora para el Desarrollo Local” y de la “Iglesia de Cristo Edifi cando la Casa de Dios de El Salvador” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 248 y 304, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 1047.- Se prorrogan las operaciones de la sociedad Sensaciones Ropa Intima, Sociedad Anónima de Capital Variable. .....................................................................................

Acuerdo No. 50.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, correspondiente a la sociedad Oliva Enterprise, Sociedad Anónima de Capital Variable. ........

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0983.- Se confi rma el reconocimiento e incorporación de High School realizados por Stephanie Vanesa Fuentes García. ..........................................................................

Acuerdo No. 15-1441.- Se confi rma la resolución por medio de la cual se reconoce como Directora del Colegio Petra, a la Profesora Elsa Guadalupe Magaña de García. ...........................

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y

DESARROLLO URBANO

Decreto No. 6.- Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros. ..............................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 744-D, 1315-D, 1342-D, 1381-D, 1605-D y 1681-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 4.- Presupuesto para el ejercicio fi scal 2010, de la ciudad de Ahuachapán. .....................................................

Estatutos de las Asociaciones Comunales “Colonia Bella Vista”, “Lotifi cación Jardines de Izalco”, “Colonia Carrillo” y “Cali” y Acuerdos Nos. 1, 5, 6 y 14, emitidos por las Alcaldías Municipales de Armenia, Izalco, Ahuachapán y Caluco, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 57.- Miguel Angel Flores Urías (3 alt.) ...........

Cartel No. 58.- Mirna Noemi Leiva Rogel (3 alt.) ............

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Cartel No. 59.- Josefi na Sandoval de González (3 alt.) ....

Cartel No. 60.- Marta Lilian Benavides de Arriaga y otros (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 61.- Mercedes del Carmen González Garay de Benavides y otro (3 alt.) .............................................................

Títulos de Propiedad

Cartel No. 62.- Marta Dolores Ramos de Parada (3 alt.) ..

Cartel No. 63.- Reina Isabel Sorto de Cruz (3 alt.) ...........

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 64.- Tomás Hugo Nelson Martínez (1 vez) .....

DE SEGUNDA PUBLICACION

Títulos de Propiedad

Cartel No. 54.- Estado de El Salvador en el Ramo de

Educación (3 alt.) .......................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 42.- José Marcelo Grande Leonor y otros (3 alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 43.- Sofía Portillo y otra (3 alt.) ......................

Cartel No. 44.- María Guadalupe Orellana viuda de Alvarenga y otros (3 alt.) ...........................................................

Cartel No. 45.- Gladys Esperanza Martínez de Luna (3 alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 46.- Sofía Quintanilla de Ticas y otros (3 alt.).

Cartel No. 47.- Secundina Guzmán de Merlos (3 alt.) ......

Títulos Supletorios

Cartel No. 48.- Raquel Ayala de Aguilar (3 alt.) ..............

Herencia Yacente

Cartel No. 49.- Jorge Coreas, se nombra curador al Lic.

Rubén Darío Velásquez Arias (3 alt.) ........................................

Cartel No. 50.- José Alberto Morales, se nombra curador

a la Licda. Karen Elizabeth Romero Gómez (3 alt.) ..................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C000335, C000336, C000342, C000346, F036651, F036687, F036705, F036708, F036839, F036854, F036855, F036859, F036860, F036869, F036888, F036891, F036904, F036920. ....................................................................

Aceptación de Herencia Carteles Nos. C000334, C000340, C000348, C000354, F036701, F036803, F036810, F036812, F036825, F036826, F036828, F036879, F036882, F036926, F038615, F036675, F036721, F036761, F036770, F036794, F036817, F036875, F036878, F036893, F036924. ....................................................

Título de Propiedad Carteles Nos. C000347, F036659, F036821. ....................

Título Supletorio Carteles Nos. C000349, C000350, F036870, F036927, F036928, F036686, F036856. ....................................................

Aviso de Inscripción Cartel No. F036830. ..........................................................

Juicio de Ausencia Carteles Nos. F036822, F036838, F036844, F036912, F036913, F036914. ....................................................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. F036779, F036793, F036797, F036798, F036799. ....................................................................................

Marca de Fábrica Carteles Nos. C000341, C000352, C000353, F036711, F036713, F036714. ....................................................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C000356, F036690, F036759, F036782, F036851. ....................................................................................

Señal de Publicidad Comercial Cartel No. F036785. ..........................................................

Convocatorias Carteles Nos. C000345, C000332, C000339, C000344, F036740. ....................................................................................

Subasta Pública Carteles Nos. F036698, F036699, F036700, F036703, F036704, F036820, F036833, F036840, F036916, F036918. ...

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. C000333, F036649. ....................................

Disolución de Sociedades Cartel No. F036818. ..........................................................

Aviso de Cobro Carteles Nos. F036722, F036814. .....................................

Patente de Invención Cartel No. C000355. .........................................................

Marca Industrial Carteles Nos. F036716, F036719, F036723, F036724, F036726, F036727, F036731, F036732, F036735, F036736, F036737, F036738, F036741, F036743, F036744, F036745, F036746, F036747, F036752, F036753, F036755, F036757, F036760, F036764, F036765, F036767, F036768, F036772, F036776, F036777, F036788, F036791, F036792. ...................

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Marca de Servicios Carteles Nos. C000337, F036754, F036766, F036773, F036789. ....................................................................................

Marca de Producto Carteles Nos. F036733, F036763, F036781, F036784,

F036786. ....................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F036156, F036183, F036185, F036233, F036238, F036255, F036264, F036272, F036274, F036281, F036300 .....................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F036108. ..........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F036215, F036235, F036237. ....................

Título Supletorio

Carteles Nos. F036145, F036195. .....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C000289, C000290, F036125.....................

Marca de Fábrica

Cartel No. C000291. .........................................................

Convocatorias

Carteles Nos. C000272, C000273, C000274, C000275, C000285, C000317, C000419, F036112, F036121, F036163. ..

Subasta Pública

Carteles Nos. F036141, F036167, F036170. ....................

Reposición de Certifi cados

Cartel No. F036303. ..........................................................

Marca de Servicios

Cartel No. C000281. .........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C000286, F036259. ....................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C000225, C000236, C000237, F035532, F035539, F035549, F035551, F035593, F035614, F035703, F035717, F035751, F036124. ....................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F035609. ..........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C000224, C000235, F035712, F035764, F035769. ....................................................................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C000227, C000233, C000234, F035585, F035594 .....................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. F035726. ..........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F035601, F035602, F035605, F035606, F035761, F035763, F035765, F035767, F035768, F035771, F035772, F035773, F035774. ....................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C000231, F035756, F035757, F035758, F035759. ....................................................................................

Nombre Comercial

Cartel No. C000252. .........................................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. C000251, F035589, F035678. ....................

Convocatorias

Carteles Nos. C000246, F035528, F035663, F035673, F035687, F035734, F035735, F035749, F036110. ...................

Subasta Pública

Carteles Nos. C000245, F035540, F035612, F035660. ....

Emblemas

Cartel No. F035555. ..........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C000238, C000240, C000242, C000253. ..

Marca de Producto

Cartel No. C000239. .........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 2129, 2130, 2131, 2132, 2133, 2134, 2135, 2136, 2137, 2139, 2141, 2144, 2145, 2147, 2150, 2151, 2152, 2154, 2155, 2156, 2157 y 2158.- Reposiciones de títulos. ........

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 246

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad al Artículo 131, Ordinal 19° de la Constitución,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Elígese en el cargo de PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la Abogada Sonia Elizabeth Cortez de Madriz, para el período de tres años que establece el Art. 192, de la Constitución, que inicia a partir de esta fecha, y concluye el trece de enero del año dos mil trece.

La Procuradora electa, deberá rendir la protesta constitucional, ante esta Asamblea, antes de tomar posesión de su cargo.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de enero del año dos mil diez.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA

SÉPTIMO SECRETARIO

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

NUMERO VEINTIOCHO. LIBRO TRES. ASOCIACION PROMO-

TORA PARA EL DESARROLLO LOCAL; En la ciudad de Santa Ana,

a las catorce horas del día TREINTA de ABRIL del AÑO dos mil

NUEVE, ante Mí: JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ, Notario del

domicilio de Santa Ana, Comparecen los señores: Julio Damián Morales

Ayala, de treinta y un años de edad, Ingeniero de Sistemas Informáticos,

del domicilio de Santa Ana, con Documento Unico de Identidad Núme-

ro cero uno seis cinco ocho dos nueve cinco guión cinco; Ana Guada-

lupe Martínez Alvarenga, de veintiocho años de edad, Estudiante, del

domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número

cero dos dos cero cinco cero nueve seis guión seis; Ruth Nohemy Sa-

gastume Galdámez, de veintiséis años de edad, Estudiante, del domici-

lio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero

dos uno cinco nueve dos nueve guión cinco; Santiago Antonio Morales

Ayala, de treinta y seis años de edad; Licenciado en Administración de

Empresas, del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Iden-

tidad Número cero cero cero siete cero dos uno tres guión uno; María

Isabela Morales Ayala, de cuarenta y cinco años de edad, Estudiante,

del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Núme-

ro cero uno cinco cinco cero siete dos dos guión nueve; Nelson Iván

Callejas Alvarado, de cuarenta y cuatro años de edad, Zapatero, del

domicilio de San Ana, con Documento Único de Identidad Número cero

uno cinco cinco cero siete cero uno guión siete; Jorge Adalberto Mora-

les Ayala, de cuarenta años de edad, Empleado, del domicilio de Santa

Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve cero

cuatro ocho siete cero guión cuatro; Blanca Luz Morales Ayala, de

treinta y tres años de edad, Estudiante, del domicilio de Santa Ana, con

Documento Único de Identidad Número cero cero dos cero cinco seis

cuatro nueve guión siete, y María Elena López de Morales, de treinta y

tres años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educación, del domici-

lio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero

nueve cero cuatro seis dos cuatro guión nueve, Me DICEN: I-) Que por

medio de este instrumento constituyen una Asociación que se denomi-

nará ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL.

II-) Que por unanimidad han aprobado íntegramente los Estatutos que

regirán a la Asociación los cuales constan de treinta y cuatro artículos

que se transcriben a continuación: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

PROMOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL. CAPITULO

I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa

Ana, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará:

Asociación Promotora Para el Desarrollo Local, y que podrá abreviarse

APRODEL, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que

en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”. Artículo

2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Santa Ana, Departa-

mento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de

la República y fuera de él. Artículo 3.- La Asociación se constituye por

tiempo indefi nido. CAPITULO II. FIN U OBJETIVO. Artículo 4. El

fi n u Objetivo de la Asociación será: Contribuir al desarrollo de la

persona humana, en lo social y económico. Para el cumplimiento del

fi n, la Asociación realizará las siguientes actividades: a) Promover un

desarrollo integral y sostenible a nivel comunitario, con equidad de

género y en armonía con el medio ambiente. b) Gestionar e intermediar

recursos para fi nanciar proyectos económicos y sociales. c) Facilitar

asesoría y consultoría en las áreas de desarrollo local, planifi cación

participativa, ordenamiento territorial, transparencia en la gestión mu-

nicipal. d) Brindar asesoría en la gestión y ejecución de proyectos de

desarrollo económicos comunitario. e) Fomentar y fortalecer entidades

económicas productivas.f) Brindar asesoría y consultoría en desarrollo

económico, empresarial y tecnológico. CAPITULO III. DEL PATRI-

MONIO. Artículo 5.- El patrimonio de la Asociación estará constitui-

do por: a) Las cuotas de los miembros. b) Donaciones, herencias, lega-

dos, contribuciones de personas naturales y jurídicas, nacionales o ex-

tranjeras, respectivamente; y c) Todos los bienes muebles e inmuebles

que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad

con la ley. Artículo 6.- La Asociación no persigue fi nes de lucro y las

actividades las realizará sin ningún benefi cio económico para sí o para

sus miembros, todos los bienes que constituyan el patrimonio se desti-

nará exclusivamente para el logro de su fi n. El Patrimonio será admi-

nistrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le mani-

fi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE

LA ASOCIACIÓN. Artículo 7.- El Gobierno de la Asociación será

ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPI-

TULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo 8.- La Asamblea

General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-

ción y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores y

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

activos. Artículo 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente

una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la

Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con

los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se

requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la

Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo 10.- Todo

miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea

General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito

por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro,

llevando la voz y el voto de su representado. Artículo 11.- Son atribu-

ciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir parcial-

mente a los miembros de la Junta Directiva.b) Aprobar, reformar o

derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)

Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la

Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria anual de Labores de

la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Decidir sobre la

compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a

la Asociación; y f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la

Asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo 12.- La

Dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta

Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un presidente,

un vicepresidente, un secretario, un tesorero y cinco vocales. La Junta

Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los

términos que establezcan las leyes y estos estatutos. Artículo 13.- Los

miembros de la Junta Directiva serán electos para un periodo de tres

años pudiendo ser reelectos. Artículo 14.- La Junta Directiva sesionará

ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea

necesario. Artículo 15.- El quórum necesario para que la Junta Direc-

tiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuer-

dos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Artículo

16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar

las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación. b)

Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Aso-

ciación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. d)

Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupues-

tos de la asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el

cumplimento de los estatutos, reglamento Interno, acuerdos y resolu-

ciones de la asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Convo-

car a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. g)

Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la asamblea

general. Artículo 17.- Son Atribuciones del Presidente: a) Presidir las

sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea general. b) Velar

por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva

y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento In-

terno de la Asociación. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la

fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la

asamblea general y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con

el tesorero las erogaciones que tenga que hacer la asociación; y f) Pre-

sentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que

le sea solicitado por la misma. Artículo 18.- Son atribuciones del Vi-

cepresidente: a) Sustituir única y exclusivamente al presidente con las

mismas atribuciones, en casos de ausencia o impedimento por el tiempo

que fuese necesario. b) Colaborar directamente con todos los miembros

de la Junta Directiva así como realizar las actividades que le sean enco-

mendadas por la Asamblea General o por la Junta Directiva. Artículo

19.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las

sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archi-

vo de documentos y registros de los miembros de la asociación. c) Ex-

tender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e)

Ser el órgano de comunicación de la asociación. Artículo 20.- Son

atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b)

Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asocia-

ción; y c) Autorizar juntamente con el presidente las erogaciones que la

asociación tenga que realizar. Artículo 21.- Son atribuciones de los

Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva; y b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva ex-

cepto al presidente en caso de ausencia o impedimento, de conformidad

al artículo once literal a) de estos estatutos. CAPITULO VII . DE LOS

MIEMBROS. Artículo 22.- Podrán ser miembros todas las personas

mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e

ideología política, que lo soliciten a la Junta Directiva. Artículo 23.- La

Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores, b) Miembros activos, y c) Miembros Honorarios. Serán

Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriban la escritura

pública de constitución de la Asociación. Serán miembros activos:

Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-

ciación, y Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su

labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General. Artículo 24.- Son derechos de los miembros funda-

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

dores y activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General.b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.c) Los demás que les señalen los Estatutos

y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo 25.- Son deberes de

los miembros Fundadores y activos: a) Asistir a las sesiones ordinarias,

extraordinarias de asamblea general. b) Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la asociación. c) Cumplir y hacer cumplir

los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de

la asamblea general; y d) Los demás que les señalen los Estatutos y

Reglamento Interno de la asociación. Artículo 26.- La calidad de miem-

bro fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a

estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la

asamblea general. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de

la asamblea general merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada

por escrito a la junta directiva.CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS

MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo 27.- Todo lo rela-

tivo a las sanciones a los miembros, medidas disciplinarias, causales y

procedimientos de aplicación serán desarrolladas en el Reglamento

Interno, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCION.

Artículo 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros fundadores. Artículo 29.- En

caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta

de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea

General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren

después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier

entidad benéfi ca o cultural que la asamblea general señale. CAPITULO

X. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 30.- Para reformar o

derogar los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no

menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General

convocada para tal efecto. Artículo 31.- La Junta Directiva tiene la

obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin fi nes de lucro del Ministerio de Gobernación, dentro de los cinco

días después de electa la Junta Directiva, en todo caso proporcionar al

expresado registro cualquier dato que se le pidiera, de conformidad a la

Ley de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes de lucro. Artículo 32.- Todo

lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos

estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. Artículo 33.- LA ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL

DESARROLLO LOCAL, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES

Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatu-

tos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 34. Los presentes

estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Dia-

rio Ofi cial. III-) y de conformidad a los artículos once literal "A" y

trece de los estatutos de la presente asociación proceden a elegir a la

junta directiva la cual por decisión unánime de los concurrentes queda

integrada de la siguiente manera: Presidente: María Isbela Morales

Ayala, Vicepresidente: Julio Damián Morales Ayala, Secretario: Jorge

Adalberto Morales Ayala, Tesorero: Santiago Antonio Morales Ayala;

Primer Vocal: Ruth Nohemy Sagastume Galdámez, Segundo Vocal,

Blanca Luz Morales Ayala, Tercer Vocal: Nelson Iván Callejas Alva-

rado, Cuarto Vocal: Ana Guadalupe Martínez Alvarenga; Quinto Vocal:

Marta Elena López de Morales. Todos de generales antes expresadas,

El suscrito notario hace constar: a) Que expliqué claramente a los com-

parecientes los efectos legales del presente Instrumento. b) Que me

cerciore de la identidad de los mismos por medio de sus Documentos

Único de Identidad antes relacionados. c). Así mismo advertí a los

otorgantes de la obligación en que se encuentran en registrar los testi-

monios de esta escritura en el registro de asociaciones y fundaciones sin

fi nes de lucro del Ministerio de Gobernación de acuerdo a lo que esta-

blece el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y fundaciones

sin Fines de Lucro. Así se expresaron los comparecientes a quienes

expliqué los efectos legales de este instrumento, leyéndoles en un solo

acto sin interrupción ratifi can su contenido y fi rmamos DOY FE.

Entrelíneas - y activos, excepto al Presidente, la Junta Directiva - Valen

- enmendados -b), c) - valen.- Más Enmendado -once, a)-Vale.

JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio TREINTA Y SIETE vuelto a folio CUAREN-

TA Y UNO frente del Libro TRES de mi Protocolo, el cual caducará el

día DOCE de NOVIEMBRE del año dos mil NUEVE y para ser ENTRE-

GADO a la ASOCIACION PROMOTORA PARA EL DESARROLLO

LOCAL, extiendo, fi rmo y sello el presente Testimonio, en la ciudad de

Santa Ana, el día TREINTA DE ABRIL del año dos mil NUEVE.

JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ,

NOTARIO.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROMOTORA PARA EL

DESARROLLO LOCAL

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa

Ana, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará:

Asociación Promotora Para el Desarrollo Local, y que podrá abreviarse

APRODEL, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que

en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Santa

Ana, Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo

el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FIN U OBJETIVO

Art. 4. El fi n u Objetivo de la Asociación será: Contribuir al desarrollo

de la persona humana, en lo social y económico. Para el cumplimiento

del fi n, la Asociación realizará las siguientes actividades:

a) Promover un desarrollo integral y sostenible a nivel comu-

nitario, con equidad de género y en armonía con el medio

ambiente.

b) Gestionar e intermediar recursos para fi nanciar proyectos

económicos y sociales

c) Facilitar asesoría y consultoría en las áreas de desarrollo

local, planifi cación participativa, ordenamiento territorial,

transparencia en la gestión municipal.

d) Brindar asesoría en la gestión y ejecución de proyectos de

desarrollo económicos comunitario.

e) Fomentar y fortalecer entidades económicas productivas,

f) Brindar asesoría y consultoría en desarrollo económico,

empresarial y tecnológico.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente; y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Art. 6.- La Asociación no persigue fi nes de lucro y las actividades

las realizará sin ningún benefi cio económico para sí o para sus miembros,

todos los bienes que constituyan el patrimonio se destinará exclusiva-

mente para el logro de su fi n. El Patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea

General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los miembros fundadores y activos.

Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Di-

rectiva.

La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera

convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor

número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General

por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que

se requiera una mayoría diferente.

Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir parcialmente a los miembros de

la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación; y

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 12.- La Dirección y administración de la Asociación estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y

cinco vocales.

La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la

misma, en los términos que establezcan las leyes y estos estatutos.

Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

periodo de tres años pudiendo ser reelectos.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Asociación.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de la asociación e informar a la Asamblea

General.

e) Velar por el cumplimento de los estatutos, reglamento Interno,

acuerdos y resoluciones de la asamblea General y de la misma

Junta Directiva.

f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

asamblea general.

Art. 17.- Son Atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea

general.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la fundación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva.

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la

asamblea general y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la asociación; y

f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Sustituir única y exclusivamente al presidente con las mismas

atribuciones, en casos de ausencia o impedimento por el

tiempo que fuese necesario.

b) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva así como realizar las actividades que le sean enco-

mendadas por la Asamblea General o por la Junta Directi-

va.

Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la asociación.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la asociación.

Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la asociación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación; y

c) Autorizar juntamente con el presidente las erogaciones que

la asociación tenga que realizar.

Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva; y

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva excepto al

presidente en caso de ausencia o impedimento, de conformidad

al artículo once literal a) de estos estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-

ciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,

que lo soliciten a la Junta Directiva.

Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-

bros:

a) Miembros Fundadores,

b) Miembros activos, y

c) Miembros Honorarios. Serán Miembros Fundadores: Todas

las personas que suscriban la escritura pública de constitución

de la Asociación. Serán miembros activos: Todas las personas

que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación, y

Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su

labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados

por la Asamblea General.

Art. 24.- Son derechos de los miembros fundadores y activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias, extraordinarias de asamblea

general.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la asociación.

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general; y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la asociación.

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 26.- La calidad de miembro fundador se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la asamblea general.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la asamblea

general merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito a la junta directiva.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

Art. 27.- Todo lo relativo a las sanciones a los miembros, medidas

disciplinarias, causales y procedimientos de aplicación serán desarrolla-

das en el Reglamento Interno, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

Art. 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros fundadores.

Art. 29.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad benéfi ca o cultural que la asamblea general

señale.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes de lucro del Ministe-

rio de Gobernación, dentro de los cinco días después de electa la Junta

Directiva, en todo caso proporcionar al expresado registro cualquier dato

que se le pidiera, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin fi nes de lucro.

Art. 32.- Todo lo relativo al orden interno de la asociación no com-

prendido en estos estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 33.- LA ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL DE-

SARROLLO LOCAL, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatutos

y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 34. Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 248

San Salvador, 11 de septiembre de 2009.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION PRO-

MOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL, y que podrá abreviarse

“APRODEL”, compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos,

constituida en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a

las catorce horas del día 30 de abril del 2009, celebrada por Escritura

Pública, otorgada ante los ofi cios del Notario JOSE FRANCISCO JOYA

GOMEZ, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de

Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo

a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense

en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, HUMBERTO

CENTENO NAJARRO.

(Registro No. F036717)

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE LA IGLESIA DE CRISTO

EDIFICANDO LA CASA DE DIOS

DE EL SALVADOR.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1.- Créase en la ciudad de Apopa, Departamento de San

Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará

LA IGLESIA DE CRISTO EDIFICANDO LA CASA DE DIOS DE

EL SALVADOR, que puede abreviarse ICECAD, como una Entidad

de naturaleza religiosa, apolítica, no lucrativa, la que en los presentes

estatutos se denominará la “Iglesia”.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Apopa, Departa-

mento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio

de la República.-

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.-

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Promover en la población la enseñanza religiosa de Nuestro

Señor Jesucristo, a efecto de crear la elevación moral y

espiritual de sus miembros, empleando medios idóneos y

necesarios para ese fi n.

b) Guiar a la población por el camino de la salvación mediante

la predicación del evangelio, continuo de sus miembros,

c) Desarrollar la visión delegada a través de locales fi liales en

diferentes lugares de la República.-

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser miembros de la Iglesia toda persona mayor de

dieciocho años, que profese la doctrina de Cristo, y haber manifestado

su deseo por escrito de permanecer en ella.

Art. 6.- La Iglesia tendrá dos clases de miembros:

a) Fundadores, las personas que suscribieron el Acta de

Constitución de la Iglesia.

b) Activos, todas las personas que la Junta Directiva acepte

como tales en la Iglesia.-

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Participar en la divulgación del evangelio de nuestro Señor

Jesucristo, sin contrariar la Constitución de la República.

b) Tener voz y voto en las sesiones Ordinarias y Extraordinarias

de Asamblea General, y poder ser electos para ocupar un

cargo directivo.

c) Los demás que señalan los estatutos y reglamentos internos

de la Iglesia.-

Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General.

b) Permanecer activos en el cumplimiento de sus deberes y

privilegios que le asignen, y guardar el debido respeto a

la autoridad de su pastor, lideres de la iglesia y a la Junta

Directiva de la Iglesia.

c) Cuando un miembro decida separarse de la iglesia deberá

presentar su renuncia por escrito, a la Junta Directiva, teniendo

el mismo derecho de respuesta,

d) Respetar las resoluciones de la Junta Directiva, y cuando

tenga cualquier proposición que hacer, deberán presentarla

con anticipación a la Junta Directiva, para ser analizada y

resuelta en Asamblea General.

e) Cooperar por el desarrollo de las actividades propias de la

iglesia.

f) Aportar voluntariamente las aportaciones establecidas para

el sostenimiento de la obra que se realiza.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de Asamblea General.

h) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.-

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-

tes:

a) Por violación de los presentes Estatutos, Reglamento Interno,

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves y que a juicio de la Asamblea General

merezcan sanción.

c) Por renuncia voluntaria presentada por escrito a la Junta

Directiva.-

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por la Asamblea

General, la Junta Directiva Central y las Directivas Filiales.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General debidamente convocada es la au-

toridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de sus

miembros Fundadores y Activos, y dos representantes de cada fi lial.-

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Di-

rectiva, con la asistencia por lo menos del cincuenta y uno por ciento de

los miembros en la primera convocatoria; y en la segunda si se hiciere,

se hará con los miembros que asistan, las resoluciones se tomarán en

Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiese asistir a cualquiera de las

Sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro quien llevará la voz y voto de

su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir a los miembros de la Junta Direc-

tiva.

b) Acordar las contribuciones voluntarias que los miembros de

la iglesia deban aportar según las necesidades de la Iglesia;

así como la fi scalización de las mismas.

c) Conocer el informe de las actividades desarrolladas por la

Iglesia en sus diferentes fi liales.

d) Proporcionar el apoyo necesario a todos los planes y proyectos

que ayuden a alcanzar los fi nes de la iglesia.

e) Aprobar los planes y proyectos generales de la Iglesia.

f) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

g) Decidir asuntos de interés para la Iglesia que no estén con-

templados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estarán con-

fi adas a la Junta Directiva, el cual estará integrado por: Un Presidente,

un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos vocales.- Los

miembros de la Junta Directiva serán electos para el periodo de DOS

AÑOS, pudiendo ser reelectos por el mismo período. La Junta Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros; y sus acuerdos

deberán ser tomados por mayoría absoluta.

Art. 16.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Programar y Desarrollar actividades necesarias a fi n de lograr

los fi nes de la Iglesia;

b) Efectuar una administración fi nanciera efi ciente y efi caz del

Patrimonio de la Iglesia;

c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la Junta Directiva;

d) Promover las relaciones con otras Iglesias que tengan similares

fi nes;

e) Celebrar cada año el aniversario de la Iglesia, mediante un

programa especial, para extender y defender el evangelio de

nuestro señor Jesucristo;

f) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

g) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia;

h) Elaborar la Memoria de Labores, planes, programas, proyectos

y presupuestos de la Iglesia;

i) Comunicación constantemente con los órganos de adminis-

tración de la Iglesia,

j) Resolver toda situación, que no sea competencia de la Asam-

blea General.

Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y Junta Directiva,

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia, acuerdos, y resoluciones de la Asamblea

General y de Junta Directiva,

c) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

otro informe que le sea solicitado por la Asamblea General

y por la Junta Directiva,

d) Autorizar juntamente con el Tesorero y Secretario las

erogaciones que tenga que hacer la iglesia, previo acuerdo

de la Junta Directiva,

e) Representar a la Iglesia ya sea Judicial o Extrajudicialmente,

pudiendo otorgar Poderes previa autorización de la Junta

Directiva.-

Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente: Las mismas del

Presidente; quien lo sustituirá en su ausencia eventual o permanente.-

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar debidamente actualizados los Libros de Actas de

las Sesiones realizadas en Asamblea General y de la Junta

Directiva;

b) Llevar actualizado el archivo y el registro de los miembros

de la Iglesia;

c) Ser el vocero y medio de comunicación de la Iglesia, en

cuanto se le requiera;

d) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas y

efectuar las convocatorias a los miembros de la Iglesia para

las reuniones.

Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Depositar los ingresos económicos en un Banco que la Junta

Directiva acuerde, que la Iglesia reciba, proveniente de cual-

quier actividad;

b) Llevar un control minucioso y estricto en los Libros de

Contabilidad de la Iglesia y entregar un informe cuando sea

requerido por la Junta Directiva.

c) Autorizar juntamente con el Presidente y Secretario, las

erogaciones y gastos que la Iglesia tenga que hacer, previo

acuerdo de la Junta Directiva.-

Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar y participar en todas las actividades que la iglesia

realice;

b) Sustituir en sus funciones, temporalmente a cualquier miembro

de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de

conformidad al Artículo catorce, literal a, de estos estatutos,

excepto al Presidente, quien será sustituido por el Vicepre-

sidente.-

CAPITULO VII

DE LAS DIRECTIVAS FILIALES

Art. 22.- Las Directivas Filiales serán electas para un período de

un año y estarán formadas por:

a) Un Presidente;

b) Un Vicepresidente;

c) Un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.-

Art. 23.- Son atribuciones de las Directivas Filiales:

a) Planifi car y ejecutar la obra evangelística y pastoral de la

Iglesia en su comunidad;

b) Planifi car, presupuestar y administrar los recursos destinados

a su respectiva comunidad;

c) Presentar informes escritos de la obra pastoral y de los estados

fi nancieros de la fi lial a la Junta Directiva;

d) Resolver los asuntos que solamente competen a la fi lial, y

los demás que determine la Directiva.-

Art. 24.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

fi lial,

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia; acuerdos y resoluciones de la Junta

Directiva,

c) Presentar la Memoria de Labores de la Directiva Filial, y

cualquier otro informe que le sea solicitado por la Junta

Directiva,

d) Autorizar juntamente con el Tesorero y Secretario las

erogaciones que tenga que hacer la iglesia en su respectiva

fi lial, previo acuerdo de la Directiva,

e) Representar a la Filial en su comunidad.

Art. 25.- Son atribuciones del Vicepresidente: Las mismas del

Presidente; a quien sustituirá en su ausencia eventual o permanente.-

Art. 26.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar debidamente actualizados los Libros de Actas de las

Sesiones realizadas por la Directiva;

b) Llevar actualizado el archivo, y el registro de los miembros

de la Iglesia en su respectiva comunidad;

c) ser el vocero y medio de comunicación de la Iglesia;

d) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas y

efectuar las convocatorias a los miembros de la Iglesia para

las reuniones.

Art. 27.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Depositar los ingresos económicos en un Banco que la Junta

Directa acuerde y que la Iglesia reciba, proveniente de cual-

quier actividad;

b) Llevar un control minucioso y estricto en los libros de Conta-

bilidad de la fi lial y entregar un informe cuando sea requerido

por la Junta Directiva;

c) Autorizar juntamente con el Presidente y Secretario, las

erogaciones y gastos que la Iglesia tenga que hacer en su

respectiva comunidad, previo acuerdo de la Directiva;

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 28.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar y participar en todas las actividades que la iglesia

realice;

b) Sustituir en sus funciones, temporalmente a cualquier miembro

de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de

conformidad al Artículo catorce, literal b, de estos estatutos,

excepto al Presidente, quien será sustituido por el Vicepresi-

dente.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Art. 29.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las contribuciones voluntarias aportadas por los miembros

de la Iglesia,

b) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera la Iglesia de

conformidad a la ley,

c) Cualquier Donación, Herencia o Legado que aceptare la

Iglesia, ya sea en efectivo o en bienes.- El patrimonio de la

Iglesia estará destinado única y exclusivamente para el logro

de sus fi nes y no podrá repartirse ninguna utilidad entre sus

miembros.-

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

Art. 30.- La Iglesia podrá disolverse por disposiciones de ley y o

por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria convocada

a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres

cuartas partes de sus miembros.

Art. 31.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará

una Junta de Liquidación de cinco personas, electas por la Asamblea

General Extraordinaria que acordó la disolución, acordando que los bienes

que excedieren después de cancelar todos sus compromisos se donarán

a instituciones religiosas que la Asamblea General señale y elija.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 32.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Mi-

nisterio de Gobernación en los primeros cinco días del primer mes de

cada año, la nómina de los miembros; y cinco días después de electa la

nueva Junta Directiva, la certifi cación correspondiente del Acta de dicha

elección, y en todo caso proporcionará al Ministerio de Gobernación

toda información que éste solicite y esté relacionada a la Iglesia.-

Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no establecido

en los presentes estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la

misma, el cual será elaborado por la Junta Directiva, y aprobado por la

Asamblea General.

Art. 34.- Para realizar cambios, reformas o derogar los presentes

estatutos será necesario las tres cuartas partes de los votos de los miembros

de la Asamblea General convocada para tal efecto, de conformidad al

artículo catorce literal “b”.-

Art. 35.- La IGLESIA DE CRISTO EDIFICANDO LA CASA DE

DIOS, DE EL SALVADOR, que puede abreviarse “ICECAD”; se regirá

por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.-

Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 304.-

San Salvador, 3 de noviembre de 2009.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA DE CRISTO

EDIFICANDO LA CASA DE DIOS DE EL SALVADOR, y que podrá

abreviarse “ICECAD”, compuestos de TREINTA Y SEIS Artículos,

fundada en Ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a las diez

horas y treinta minutos del día 4 de Mayo de 2009, y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad

con los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art. 34 numeral

6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del

Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUER-

DA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el

carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquese en el Diario Ofi cial.

COMUNIQUESE. HUMBERTO CENTENO NAJARRO, MINISTRO

DE GOBERNACION.

(Registro No. F036866)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ACUERDO No. 1047.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2009.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vista la solicitud e información presentadas el 23 de noviembre y 15 de diciembre de 2009, por el señor Antonius Mauritius Schriber, en carácter

de Representante Legal de la sociedad Sensaciones Ropa Intima, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Sensaciones, S.A. de C.V.,

registrada con el Número de Identifi cación Tributaria 0614-080391-103-5, relativa a solicitar prórroga de los benefi cios del Régimen de Admisión

Temporal de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para aplicarlos a la maquila de brassieres, según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de di-

ciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial No. 12, Tomo No. 358 del 21 de enero de 2003 y Acuerdo de Prórroga de Benefi cios No. 1146, de

fecha 15 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial No. 14, Tomo No. 382 del 22 de enero de 2009; el segundo escrito relativo a presentar

documentación complementaria a la petición inicial;

CONSIDERANDO:

I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 23 de noviembre y 15 de diciembre de 2009;

II. Que la peticionaria goza de los benefi cios del Artículo 7 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para operar bajo el Régimen de

Admisión Temporal, según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial No. 12, Tomo No. 358

del 21 de enero de 2003, para aplicarlos a la maquila de bloomer y brassier, y Acuerdo de Prórroga de los Benefi cios No. 1146, de fecha

15 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial No. 14, Tomo No. 382 del 22 de enero de 2009;

III. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual se considera procedente acceder a lo solicitado,

según consta en el expediente respectivo;

POR TANTO:

En base a las razones antes expuestas y a los Artículos 3 y 7 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 14 y 15 de su Reglamento, este

Ministerio,

ACUERDA:

1. Prorrogar por un año más, por el periodo comprendido del 3 de enero de 2010 al 3 de enero de 2011, a la Sociedad SENSACIONES ROPA

ÍNTIMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia SENSACIONES, S.A. DE C.V., las operaciones bajo el

Régimen de Admisión Temporal, autorizadas según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial

No. 12, Tomo No. 358, de fecha 21 de enero de 2003, y obtener la devolución del 6% sobre el monto del valor agregado de origen nacional

que se incorpore en el proceso de maquila de brassieres, que serán exportados fuera del Área Centroamericana;

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

2. Declárese Depósito para Perfeccionamiento Activo, parte de las instalaciones de la empresa, específi camente un área de 86.25 mts2, ubi-

cadas en 41 Calle Poniente, Pasaje 5, No. 2216, Barrio Belén, San Salvador, y ésta deberá sujetarse estrictamente a las disposiciones que

dicten los Ministerios de Economía y Hacienda sobre el control fi scal y administrativo;

3. El control, fi scalización y efectivo cumplimiento de las operaciones que se deriven de esta autorización estará a cargo de la Dirección

General de la Renta de Aduanas;

4. La Sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y

demás Leyes de la República, así como las que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las

Instituciones competentes;

5. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Ha-

cienda;

6. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. MARIO CERNA, Viceministro

de Comercio e Industria.

(Registro No. F036900)

ACUERDO No. 50.-

San Salvador, 12 de enero de 2010.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vista la solicitud e información presentadas el 29 de septiembre, 8 de octubre, 4 de noviembre y 18 de diciembre de 2009, por el señor José

Dagoberto Oliva López, Representante Legal de la sociedad Oliva Enterprise, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Oliva Enterprise,

S.A. de C.V., registrada con el Número de Identifi cación Tributaria 0614-060109-102-8, la primera relativa a que se le autorice cambiar del Régimen

de Usuaria de Zona Franca a Depósito para Perfeccionamiento Activo y se les permita trasladar sus operaciones a las instalaciones ubicadas en Km

25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón,

Departamento de La Libertad; asimismo se les modifi que la actividad para dedicarse únicamente a la maquila de ropa en general; el segundo escrito

relativo a presentar justifi cación técnica del por qué no pueden operar en una Zona Franca, el tercer y cuarto escrito con el fi n de presentar información

complementaria a la petición inicial;

CONSIDERANDO:

I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 29 de septiembre, 8 de octubre, 4 de noviembre y 18 de diciembre de 2009;

II. Que la peticionaria goza de los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, según Acuerdo No. 382, de

fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87, Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, para aplicarlos a la confección y

maquila de prendas de vestir en general y fabricación de etiquetas, para ser exportadas dentro y fuera del Área Centroamericana, inclusive

en el mercado nacional, en lo que respecta a la fabricación de etiquetas;

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

III. Que actualmente la sociedad está autorizada para operar en el Edifi cio No. 9C, Zona Franca Export Salva, Km 24 Carretera a Santa Ana,

jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, pero con el propósito de reducir los costos fi jos, se ven en la necesidad de trasladar

sus operaciones a las instalaciones ubicadas en el Km 25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla

conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, las cuales cumplen con los requisitos del

Artículo 18 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;

IV. Que a la sociedad peticionaria se le autorizó realizar la actividad de confección y maquila de prendas de vestir y la fabricación de etique-

tas, pero debido a que el proyecto para la fabricación de etiquetas no se pudo concretar por la crisis económica, solicitan se modifi que la

actividad autorizada, en el sentido de que únicamente se dedicarán a la confección y maquila de prendas de vestir en general;

V. Que la sociedad solicita se le autorice el cambio del Régimen de Usuaria de Zona Franca al Régimen a Depósito para Perfeccionamiento

Activo, ya que trasladará sus operaciones de la Zona Franca Export Salva al Km 25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A,

Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad;

VI. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual considera procedente acceder a lo solicitado,

según consta en el expediente respectivo.

POR TANTO:

De conformidad a las tazones expuestas y a los Artículos 1, 18, 19, 45 y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este

Ministerio,

ACUERDA:

1. Modifi car el numeral 1 de la parte dispositiva del Acuerdo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87,

Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, en el sentido de autorizar el cambio de régimen de Usuario de Zona Franca a Depósito para Per-

feccionamiento Activo, así como también el traslado de sus operaciones a las instalaciones ubicadas en el Km 25.7, Polígono Cyber Dome

No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La

Libertad, donde la sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., realizará la actividad de confección y maquila de prendas de vestir en general,

que serán exportadas fuera del Área Centroamericana;

2. Modifi car el numeral 2 de la parte dispositiva del Acuerdo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87,

Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, en el sentido de que la sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., gozará de los benefi cios que esta-

blece el Artículo 19, literales a), b), c), d), e) y f) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;

3. Declarar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que cuentan con un área de 550 mt2, ubicadas en el Km 25.7,

Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón,

Departamento de La Libertad, que serán utilizadas por Oliva Enterprise, S.A. de C.V.;

4. Queda obligada la sociedad benefi ciaria de conformidad al Artículo 28 literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m) y n) de la Ley, en

proporcionar información relacionada con su operación y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economía y de Hacienda;

5. La sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., dado el cambio de régimen autorizado en el presente Acuerdo, deberá seguir los procedimientos de

las cancelaciones de las Declaraciones de Mercancías del Régimen de Zonas Francas, correspondientes a lo internado bajo tal régimen;

6. En lo demás queda sin ninguna modifi cación el Acuerdo No. 382 antes mencionado;

7. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-

da;

8. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.- MARIO CERNA, Viceministro

de Comercio e Industria.

(Registro No. F036653)

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0983.-

San Salvador, 28 de Julio de 2009.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facul-tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, se presentó STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, extendido por la Escuela Americana de la República de El Salvador en el año 2006; II) Que según Resolución de fecha 28 de julio de 2009, emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de Diploma de High School obtenido por STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA en la República de El Salvador, POR TANTO de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley General de Educación y artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media, ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de High School realizados por STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA en la República de El Salvador, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.-

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F036919)

ACUERDO No. 15-1441.-

San Salvador, 19 de noviembre de 2009.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facul-tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Jefatura de Acreditación Institucional, se ha presentado la señora Alin Jalil Ibrahim Aranki, en su calidad de concesionaria de los derechos de funcionamiento del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA”, con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, solicitando se le reconozca a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015, como Directora de dicha institución, en sustitución del Profesor Moisés Peñate Jaimes; II) Que según Resolución de fecha 22 de octubre de 2009, emitida por dicha Jefatura, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente y demás disposiciones legales vigentes, resolvió reconocer como Directora del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA” con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015; POR TANTO de conformidad con el Artículo 57 de la Constitución de la República; Artículo 38, numerales 8 y 27 del Reglamento In-terno del Órgano Ejecutivo; Artículos 1, 12, 80 y 85 de la Ley General de Educación, y Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución emitida por la Jefatura de Acreditación Institucional, por medio de la cual se reconoce a partir del 17 de septiembre de 2009, como Directora del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA”, con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015, debiendo dar cumplimiento en lo pertinente a lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente; 2) Solicitar al Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA” a través de su Concesionaria, cumplir con las disposiciones de la legislación vigente y en especial la oportuna autorización, cuando haya que modifi carse lo establecido en el presente Acuerdo; 3) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- PUBLIQUESE.-

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F036861)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE

VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

DECRETO No. 6

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 487, de fecha 23 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 222, Tomo No. 377, del

28 de ese mismo mes y año, se emitió la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo

de Pasajeros;

II. Que mediante Decreto Legislativo No. 92, de fecha 30 de julio de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 144, Tomo No. 384, del 31

de ese mismo mes y año, se introdujeron reformas a la Ley a que alude el considerando anterior, prorrogando su vigencia hasta el 31 de

diciembre de 2010;

III. Que el Art. 7, inciso 4° de la Ley en cuestión establece que para que las personas naturales o jurídicas concesionarias para prestar el servicio

público de transporte colectivo de pasajeros gocen del benefi cio del pago de la compensación económica a que alude la Ley, es indispen-

sable que las unidades utilizadas en las rutas donde operen deben estar organizadas en cajas únicas autorizadas por el Viceministerio de

Transporte, el que establecerá el mecanismo de funcionamiento, mediante el Reglamento Especial respectivo;

IV. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 127, de fecha 13 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 233, Tomo No. 377 de la

misma fecha, se emitió el Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo

de Pasajeros.

V. Que las reformas a la Ley aprobadas mediante el Decreto Legislativo No. 92, vuelven necesario emitir un nuevo Reglamento cuyas disposicio-

nes armonicen plenamente con las introducidas a la Ley en su oportunidad; debiéndose entonces proceder a la emisión correspondiente.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY TRANSITORIA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO

DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS.

CAPÍTULO I

DEL OBJETO

Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto viabilizar la aplicación de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio

Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, en adelante mencionada como "La Ley"; así como el procedimiento a seguir para la suspensión de los

benefi cios.

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CAPÍTULO II

DEL PROCEDIMIENTO

Art. 2.- Las personas naturales o jurídicas que soliciten los benefi cios de la Ley, deberán reunir cualquiera de las siguientes calidades:

a) Concesionario del servicio público de transporte colectivo de pasajeros bajo la modalidad de contrato o convenio vigente de concesión;

b) Los permisionarios que hayan sido benefi ciados por el Decreto Legislativo No. 1220, de fecha 11 de abril de 2003, publicado en el Diario

Ofi cial No. 94, Tomo N° 359, del 26 de mayo de ese mismo año.

Art. 3.- Toda persona que goce de concesión o permiso para la prestación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros que solicite

la compensación establecida en la Ley, deberá presentar una solicitud para el pago, conteniendo lo siguiente:

a) Nombre, domicilio y datos generales del solicitante y del Representante Legal;

b) Compensación que solicita especifi cando el número de unidades con su respectiva placa, que será por unidad, de Quinientos Dólares de

los Estados Unidos de América mensuales por autobús y de Doscientos Cincuenta Dólares de los Estados Unidos de América mensuales

por microbús; y

c) Dirección, teléfonos y correo electrónico para recibir notifi caciones, los cuales deberán actualizarse en caso de modifi cación.

Art. 4.- Las personas naturales o jurídicas, según corresponda, deberán anexar a la solicitud de pago de la compensación, fotocopia legible de

los siguientes documentos:

Persona Natural:

a) Documento Único de Identidad (DUI);

b) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT);

c) Copia legible de la cuenta bancaria o constancia de banco en la que conste el número de la cuenta, nombre del banco y nombre del titular

de la cuenta en la que se efectuará el depósito;

d) Listado de unidades por las que solicita la compensación, especifi cando el número de placa de cada una y año de fabricación. Además, se

deberá detallar por cada una el número de viajes que realiza por día y por mes y la cantidad de pasajeros movilizados en el mismo perío-

do;

e) Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad para las que solicita la compensación;

f) Permiso de línea vigente de cada unidad;

g) Acreditación que certifi que que se encuentra operando en el Sistema de Caja Única de su ruta; y

h) Declaración jurada del Presidente de la Caja Única de la ruta a la que pertenecen las unidades por la que se solicita la compensación, que ha

estado operando en el mes de que se trate y que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e itinerarios autorizados.

Personas Jurídicas:

a) Copia Certifi cada de la Escritura de Constitución de la Sociedad o el Acta de Constitución de la Asociación Cooperativa debidamente

inscrita en el Registro correspondiente, la que deberá ser presentada al inicio de cada año;

b) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) de la sociedad o cooperativa;

c) Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal;

d) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal;

e) Copia Certifi cada de la Credencial vigente de Elección de Junta Directiva o de Administrador Único de la Sociedad o del Consejo de

Administración de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita, la que será presentada al inicio de cada año;

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f) Copia de la cuenta bancaria o constancia de banco en la que aparezca el número, nombre del banco y nombre de la cuenta bancaria a favor

del benefi ciario o benefi ciarios, en la que solicite se le efectúe el depósito;

g) Listado de unidades por las que solicita la compensación, especifi cando el número de cada una de las placas en orden de menor a mayor y

el año de fabricación; además, se deberá detallar por cada una el número de viajes por día y por mes y la cantidad de pasajeros movilizados

en el mismo período;

h) Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad para las que solicita la compensación;

i) Permiso de Línea vigente de cada unidad;

j) Acreditación que certifi que que la ruta opera en el Sistema de Caja Única o Sociedad o Cooperativa; y,

k) Declaración jurada del Presidente de la Sociedad o Presidente de la Asociación Cooperativa que las unidades por las que se solicita la

compensación han estado operando en el sistema de caja única y que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e

itinerarios autorizados.

Art. 5.- Las solicitudes para el pago de cada compensación deberán presentarse únicamente durante los primeros siete días hábiles de cada mes,

por el Representante Legal de la caja única o la persona legalmente autorizada por éste, de forma completa a la Unidad de Atención al Usuario del

Vice Ministerio de Transporte, la cual le hará entrega de la respectiva hoja de recepción con número de trámite; pasado el período estipulado para la

recepción de documentos no se recibirán más solicitudes.

Art. 6.- Las solicitudes para el pago de la compensación serán trasladadas de inmediato a la Dirección General de Transporte Terrestre, donde

se analizará la solicitud para verifi car:

a) La autenticidad de la información;

b) Que el solicitante tenga vigente el permiso para prestar el servicio;

c) Que las unidades de transporte tengan una edad menor o igual a 20 años;

d) Que las tarjetas de circulación estén vigentes en el período que solicita la compensación y el permiso de línea a nombre del mismo;

e) A través de la Inspectoría y por diferentes medios que las unidades de transporte hayan operado por lo menos 21 días al mes;

f) A través de la Inspectoría y por diferentes medios que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e itinerarios autori-

zados; y

g) Que las unidades de cada ruta estén registradas bajo el Sistema de Caja Única.

Art. 7.- En el caso que los solicitantes, las solicitudes o los documentos anexos no cumplan con los requisitos señalados en los artículos 3, 5,

6 y 9 del presente Reglamento, la Dirección General de Transporte Terrestre prevendrá al solicitante para que dentro del plazo de tres días hábiles,

contados a partir de la notifi cación respectiva, sean subsanadas las observaciones correspondientes.

Si en el plazo señalado en el inciso anterior, el interesado no subsana la prevención realizada por la Dirección General de Transporte Terrestre,

ésta emitirá resolución denegando la solicitud, por incumplimiento de requisitos.

Si en el transcurso de tres meses contados a partir de la fecha de la emisión de la prevención, ésta no hubiese podido ser notifi cada por causa del

interesado, ya sea porque éste no hubiese señalado lugar para recibir notifi caciones o hubiese cambiado su domicilio, sin comunicarlo a la Dirección

General de Transporte Terrestre, la solicitud será denegada por incumplimiento de requisitos.

Art. 8.- Después de analizar las solicitudes de pago de la compensación, la Dirección General de Transporte Terrestre emitirá una resolución en

la que autoriza el pago a los solicitantes que hayan cumplido con todos los requisitos, ya sea por caja única, por sociedad, por asociación cooperativa

o por prestatario o concesionario de acuerdo a la decisión que hayan tomado la Asamblea General de la ruta o la asociación cooperativa o sociedad.

La Resolución incluirá la planilla de los concesionarios o prestatarios con detalle de número de placas de las unidades, el monto de la compensación

correspondiente, por unidad y total a pagar.

La Dirección General de Transporte Terrestre enviará certifi cación de la Resolución y copia de la base de datos correspondientes a la Unidad

Financiera Institucional del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, para que ésta haga el requerimiento al

Ministerio de Hacienda de los fondos, anexando la certifi cación antes mencionada.

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La Unidad Financiera Institucional, al recibir los fondos del Ministerio de Hacienda, procederá a depositar la compensación en la cuenta bancaria

designada por él o los solicitantes.

CAPÍTULO III

CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO

Art. 9.- Los benefi ciarios de la ley deben dar cumplimiento a lo siguiente:

1. Los vehículos que se dediquen al servicio de transporte colectivo de pasajeros deberán tener las placas de identifi cación correspondiente al

tipo de servicio que prestan, la tarjeta de circulación correspondiente al tipo de servicio, ser conducido por persona debidamente autorizada,

tener el número de asientos de acuerdo a la capacidad del diseño del vehículo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de

Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

2. Brindar el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros en unidades de transporte que garanticen la seguridad de los usuarios, de

conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

3. Velar porque los operadores y sus dependientes traten a los usuarios del servicio con cortesía, corrección y diligencia, de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento General de Transporte Terrestre.

4. Los conductores del transporte colectivo de pasajeros, deberán cursar y aprobar el pensum mínimo de materias para optar a su carnet que

lo acredita como tal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 147 del Reglamento General de Transporte Terrestre.

5. Informar por escrito a la Dirección General de Transporte Terrestre, las generales de los motoristas o conductores de sus unidades, así como

los asistentes de éstos, a efecto de actualizar el registro correspondiente, de conformidad a los artículos 21 y 24 del Reglamento General

de Transporte Terrestre.

6. Dar un Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros continuo, que por lo menos cada unidad haya operado como mínimo 21 días

al mes.

7. Suministrar los datos estadísticos y los informes sobre los resultados de la operación del servicio con los comprobantes necesarios que la

Dirección respectiva requiera, de conformidad al artículo 91, número 4 del Reglamento General de Transporte Terrestre; así como cuadros

de control de operatividad, con el fi n de conocer si cada unidad ha dado el servicio en el mes solicitado.

8. Permitir que el personal designado por el Viceministerio de Transporte supervise las operaciones y las unidades en puntos terminales o a

bordo de ellas, proporcionando la información y los documentos que éstos requieran.

9. Cumplir con los horarios de servicios e itinerarios autorizados por la Dirección General de Transporte Terrestre, de conformidad al artículo

91 del Reglamento General de Transporte Terrestre.

CAPÍTULO IV

CAJA ÚNICA

SECCIÓN PRIMERA DEFINICIONES

Art. 10.- Para los efectos del presente capítulo, se entiende por:

1- CAJA ÚNICA: Es un sistema de funcionamiento del transporte colectivo de pasajeros que busca organizar, controlar y ordenar la opera-

tividad de una o varias rutas, distribuyendo equitativamente entre los prestatarios o concesionarios la recolección del recaudo diario en un

período determinado de acuerdo al número de viajes.

2- PARTICIPANTES: Son los prestatarios o concesionarios del Transporte Público de Pasajeros que se organizan en una o varias rutas para

operar bajo el sistema de caja única.

3- FONDO COMÚN: Es una cantidad de dinero producto de la recolección de la operación de las unidades que conforman la ruta, depositado

en una cuenta bancaria administrada por un fi duciario o por una Junta Directiva de participantes, a distribuirse en el período establecido en

el acuerdo de caja única.

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4- ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE CAJA ÚNICA: Es la organización mediante la cual los prestatarios designan a sus representantes,

el sistema de administración, período y forma de distribución del recaudo, y la conformación de las comisiones de operación, administración

y vigilancia.

5- SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN: Es el mecanismo convenido por los prestatarios o concesionarios en el acuerdo de constitución de

caja única para organizar, controlar la operación de la ruta y distribuir equitativamente el fondo común. El sistema de administración puede

ser mediante fi deicomiso o Junta Directiva.

6- COMISIÓN DE VIGILANCIA: Es el organismo que realiza funciones de fi scalización sobre el manejo administrativo, así como de los

ingresos y egresos de la misma, fi scaliza la parte operativa, tiene la responsabilidad de presentar sus informes a la asamblea general, como

al Vice Ministerio de Transporte, cuando éste así se lo solicite. La Junta Directiva y las comisiones tendrán la obligación de entregarle toda

la información solicitada por la Junta de Vigilancia a efecto de realizar su función fi scalizadora.

7- COMISIÓN ADMINISTRATIVA: Es el organismo que controla el cumplimiento de las leyes, reglamentos, disposiciones del Vicemi-

nisterio de Transporte, convenios, autorizaciones y cláusulas del acuerdo de caja única en la prestación del servicio público de transporte

colectivo de pasajeros. De igual forma, controla los ingresos y egresos del Fondo Común y todos los aspectos administrativos de la caja

única.

8- COMISIÓN OPERATIVA: Es el organismo que establece, diseña y organiza los mecanismos de control de las unidades, capacidades

técnicas, frecuencias, el conteo de pasajeros y viajes diarios de la ruta, entre otros.

9- FIDEICOMISO: Es un contrato o convenio en virtud del cual una o varias personas, llamadas fi deicomitentes, transmiten cantidades de

dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a una institución bancaria, llamada fi duciaria, para que ésta administre y distribuya

el dinero en benefi cio de los fi deicomitentes.

10- JUNTA DIRECTIVA: Es el máximo organismo de dirección de la Caja Única y velará por su buen funcionamiento coordinando en lo

pertinente con el resto de comisiones. Dentro de su seno tendrá un Presidente que a su vez ejercerá la representante legal de la Caja Única

y los demás cargos que la asamblea decida.

SECCION SEGUNDA

ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE CAJA ÚNICA

Art. 11.- El acuerdo de constitución de Caja Única se otorgará mediante documento privado autenticado por Notario o Escritura Pública, in-

distintamente si su administración es por fi deicomiso o Junta Directiva. Dicho instrumento deberá inscribirse en la Dirección General de Transporte

Terrestre, en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de la fecha de su otorgamiento.

El acuerdo de Caja Única deberá contener:

a) Nombre, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio de las personas naturales; y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las personas

jurídicas, que integran la caja única.

b) Domicilio del centro de operaciones del régimen de la Caja Única, con expresión del municipio, departamento y ruta a la cual pertene-

cen.

c) El plazo al que los participantes se someterán a la Caja Única o su expresión de someterse a ella por tiempo indeterminado.

d) El representante legal de los prestatarios o concesionarios de la Caja Única, que actuará en nombre y representación de los prestatarios o

concesionarios de la Caja Única ante el Viceministerio de Transporte.

e) Defi nir el período del depósito del recaudo y su posterior distribución, que puede ser semanal, quincenal o mensualmente.

f) La compensación se podrá retirar en forma individual o como Caja Única, en caso que sea en forma individual el representante legal tra-

mitará la constancia de la ruta para la persona dando fe que está en Caja Única.

g) El número de unidades y permisos de línea de cada prestatario.

h) Sistema de administración de Caja Única, si es por fi deicomiso o Junta Directiva.

i) Expresión de los nombres, facultades y obligaciones de los integrantes de las comisiones administrativa, operativa y de vigilancia.

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j) Los plazos y forma de convocatoria para la celebración de las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias, los que serán decididos por

la Asamblea General.

k) Defi nir el sistema de conteo de pasajeros, el cual puede ser por medio de molinete, implementación de ticket, sistema de barras, sensores

u otros sistemas que cumplan este propósito.

l) En el acta se debe consignar el listado de los presentes en la Asamblea General con su respectivo número de DUI y fi rma.

m) El aporte mensual por socio, para el mantenimiento del sistema de Caja Única o para los proyectos que la ruta planifi que.

n) Acreditación de la Caja Única que debe de contener:

» Listado de los participantes.

» Número de ruta.

» Listado de unidades vinculadas a la Caja Única, especifi cando para cada una la placa, marca, modelo y año.

» Copia del Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) de los participantes.

» Copia del Documento Único de Identidad (DUI) de los participantes según corresponda.

» Copias Certifi cadas de las Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad.

» Copias Certifi cadas de los Permisos de Línea Vigentes; y

» Tarjeta del Número de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal.

SECCIÓN TERCERA

FUNCIONES DE LOS ORGANISMOS DE CONDUCCIÓN DE LA CAJA ÚNICA

Art. 12.- Quienes se organicen mediante Junta Directiva deberán contener como mínimo la siguiente estructura, con las funciones que se esta-

blecen a continuación:

A. Junta Directiva de Ruta.

B. Comisiones de trabajo:

a) Administrativa.

b) Operativa.

c) Vigilancia.

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Las atribuciones de dicha Junta serán las siguientes:

a) Implementar el trabajo que en Asamblea General de prestatarios se acuerde y vigilar que las comisiones de trabajo cumplan a cabalidad

sus funciones.

b) Deberá contar con los mecanismos administrativos y de operación necesarios para el resguardo de los documentos relativos a la Caja

Única.

c) Dos o tres miembros de la Junta Directiva manejarán una cuenta bancaria, en una institución fi nanciera autorizada por la Superintendencia

del Sistema Financiero para percibir fondos del público, en la cual deberá depositarse lo recaudado para el fondo común de la ruta.

d) La Junta Directiva podrá someter a consideración de la Asamblea General la asistencia de un auditor.

e) Convocar a la Asamblea General Ordinariamente y Extraordinariamente las veces que sea necesario.

f) Garantizar el manejo transparente de los recursos de la Caja Única.

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g) Elaborar la agenda de la Asamblea General, y

h) Todas aquellas funciones que se consideren necesarias para el buen funcionamiento de la Caja Única y que sean establecidas en el Regla-

mento Interno aprobado por la Asamblea General.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN ADMINISTRATIVA

Las atribuciones de dicha Comisión serán las siguientes:

a) Establecer y asegurar un transparente sistema de control y recaudo de los ingresos reportados por cada una de las unidades.

b) Llevar un control contable de los ingresos y egresos.

c) Calcular periódicamente los pagos a efectuar a cada uno de los prestatarios, de conformidad al período establecido en el acuerdo de cons-

titución.

d) Realizar los pagos correspondientes a los prestatarios o concesionarios de acuerdo a lo establecido por la Asamblea General.

e) Asegurar un adecuado control interno respecto de las operaciones administrativas y fi nancieras de la Caja Única.

f) Llevar registro del conteo de pasajeros, unidades, viajes, entre otros.

g) Diseñar y establecer el formato de ingreso diario y de operación de las unidades en la ruta.

h) Responder a las solicitudes de información que realice el Viceministerio de Transporte.

i) Otras que se podrán establecer en el Reglamento Interno de la ruta y que sean aprobadas por la Asamblea General.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN OPERATIVA

Las atribuciones de dicha Comisión serán las siguientes:

a) Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, disposiciones del Viceministerio de Transporte, convenios, autorizaciones y del acuerdo

de constitución de Caja Única en la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros.

b) Garantizar el cumplimiento del Plan Operativo, establecido por la Dirección General de Transporte Terrestre.

c) Diseñar la rotación de las unidades dentro de la ruta para la prestación del servicio, conforme a la demanda real de pasajeros.

d) Elaborar la programación de las unidades tomando en cuenta el mantenimiento preventivo y correctivo de las mismas.

e) Mantener un control estricto sobre los trabajadores de la ruta.

f) Garantizar el orden en la ruta.

g) Y todas las que establezca el Reglamento Interno de la ruta y que sean aprobadas por la Asamblea General.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA

Las atribuciones de la Comisión son las siguientes:

a) Garantizar la transparencia tanto en la administración como en la distribución de los fondos a los prestatarios o concesionarios.

b) Garantizar la transparencia en todas las operaciones que la Caja Única de la ruta realice.

c) Fiscalizar el trabajo de las comisiones.

d) Realizar los informes de su trabajo y presentarlo a la Asamblea General y al Viceministerio de Transporte cuando sean solicitados.

e) La comisión de vigilancia podrá someter a consideración de la Asamblea General la contratación de un auditor cuando lo considere necesario

para realizar las auditorías correspondientes, y

f) Todas las demás que se establezcan en el Reglamento Interno de la ruta y que hayan sido aprobado por la Asamblea General.

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SECCION CUARTA

INSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE CAJA ÚNICA

Art. 13.- Las Cajas Únicas recibirán acreditación por parte del Viceministerio de Transporte, a través de la Dirección General de Transporte

Terrestre; para recibir esta acreditación se deberá presentar la siguiente documentación:

a) Acuerdo de Caja Única.

b) Listado de los participantes.

c) Listado de unidades vinculadas a la Caja Única, especifi cando para cada una la placa, marca, modelo y año, y en el caso a que corresponda

el ramal a que pertenecen.

d) Número de Identifi cación Tributaria (NIT) de los participantes.

e) Documento Único de Identidad (DUI) de los participantes según corresponda.

f) Fotocopias de las Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad.

g) Fotocopias de los permisos de línea vigentes.

h) Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad o el Acta de Constitución de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita en

el Registro correspondiente.

i) Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal.

j) Tarjeta del Número de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal.

k) Copia certifi cada de la Credencial vigente de Elección de Junta Directiva o de Administrador Único de la Sociedad o del Consejo de Ad-

ministración de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita.

En el caso de las rutas que a la entrada en vigencia de la presente reforma, operen en el sistema de Caja Única, deberán registrar el documento

respectivo en la Dirección General de Transporte Terrestre. Al igual que las rutas en las que exista un solo prestatario, éste presentará la documentación

antes detallada en lo que corresponda.

Art. 14.- La omisión de los requisitos señalados en el artículo 11 de este Reglamento, son causal para la denegatoria de la correspondiente ins-

cripción por parte de la Dirección General de Transporte Terrestre.

Art. 15.- Cumplidos los requisitos, la Dirección General de Transporte Terrestre emitirá la certifi cación del registro de la Caja Única.

SECCION QUINTA

DERECHOS GENERALES DE LOS PRESTATARIOS O CONCESIONARIOS

Art. 16.- Los prestatarios de la Caja Única tendrán los siguientes derechos:

a) Percibir los ingresos que equitativamente les corresponde.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

b) Ejercer control sobre los ingresos y egresos del fondo común, según sea el caso.

c) Formar parte de la organización y administración de la Caja Única.

d) Tener voz y voto en la Asamblea General de prestatarios.

e) Y los que designen en la conformación de las Cajas Únicas.

CAPITULO V

SUPERVISIÓN Y PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR SUSPENSIÓN DE LOS BENEFICIOS.

Art. 17.- La Inspectoría General del Viceministerio de Transporte supervisará que las rutas constituidas bajo el sistema de Caja Única cumplan

lo establecido en las leyes, reglamentos, convenios, autorizaciones, acuerdos de constitución y disposiciones del Viceministerio de Transporte.

Art. 18.- La Dirección General de Transporte Terrestre, previo el procedimiento administrativo que adelante se establece, suspenderá el goce de

los benefi cios concedidos, por las causas establecidas en la Ley.

Existiendo elementos que conduzcan a concluir la posible concurrencia de causales de suspensión de la compensación establecida por la Ley, la

Dirección General de Transporte Terrestre hará saber al benefi ciario de la misma, el inicio del procedimiento de la suspensión, confi riéndole audiencia

para que, en un plazo no mayor de tres días hábiles, se pronuncie respecto de las imputaciones que se le hacen.

Vencido el plazo anterior, haya comparecido o no el interesado, se abrirá a pruebas por el término de ocho días hábiles.

La resolución defi nitiva deberá ser pronunciada dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del término probatorio, en la cual se

resolverá si procede o no la suspensión del benefi cio.

Art. 19.- Derógase el Decreto Ejecutivo No. 127, del 13 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 233, Tomo N° 377, de esa

misma fecha, a través del cual se emitió el Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte

Colectivo de Pasajeros.

Art. 20.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de enero de dos mil diez.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

GERSON MARTÍNEZ,

MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE

VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

ACUERDO No. 744-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha treinta y uno de marzo del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ORFA AVIGAIL GARAY DE CALDERON, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036691)

ACUERDO No. 1315-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha veintidós de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SANTOS ULISES BENITEZ AYALA, para que ejerza la pro-fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036811)

ACUERDO No. 1342-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha diecisiete de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARGARITA MARIA BARRIENTOS CERNA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036750)

ACUERDO No. 1381-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha dieciséis de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE MAURICIO CHAVARRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036730)

ACUERDO No. 1605-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha once de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CRISTINA BEATRIZ VIERA DE PORTILLO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036707)

ACUERDO No. 1681-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha veinticinco de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARGARITA DEL ROSARIO PERDOMO MOLINA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F036910)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO No. 4

LA MUNICIPALIDAD DE AHUACHAPAN DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.

En uso de las facultades que le confi ere el numeral 7 de Art. 30 del Código Municipal relacionado con el Presupuesto del Municipio y los Arts.

3 numeral 2, 72, 73, 74, 75, 76 y 77 del mismo Código.

POR TANTO DECRETA:

EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE AHUACHAPAN

Art. 1.- Apruébese el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Ahuachapán con sus Disposiciones Generales contemplados en los

artículos 3, 4, 5, 6……51; para el ejercicio que inicie el uno de Enero y fi naliza el treinta y uno de Diciembre del año dos mil diez.-.

Art. 2.- El presente Presupuesto se aplicará bajo la modalidad de AREAS DE GESTION, siguiendo las reglas aplicables de la Contabilidad

Gubernamental, impulsado por el Ministerio de Hacienda en las municipalidades del país y de estructura de la siguiente forma.

PRESUPUESTO POR AREAS DE GESTION ALCALDIA MUNICIPAL DE AHUACHAPAN

EJERCICIO FISCAL 2010

CUADRO RESUMEN DE INGRESOS

(Expresado en Dólares $)

Cod. CONCEPTOS VALOR

11 IMPUESTOS $ 1,191,000.00

12 TASAS Y DERECHOS $ 1,599,400.00

14 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS $ 94,000.00

15 INGRESOS FINANCIEROS Y OTROS $ 552,802.01

16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ 476,111.64

21 VENTA DE ACTIVOS FIJOS $ 180,000.00

22 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL $ 1,697,475.80

32 SALDOS DE AÑOS ANTERIORES $ 575,060.10

TOTAL $ 6,365,849.55

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CUADRO RESUMEN DE EGRESOS

(Expresado en Dólares $)

Cod. CONCEPTOS VALOR

51 REMUNERACIONES $ 2,613,134.48

54 ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS $ 1,617,909.01

55 GASTOS FINANCIEROS Y OTROS $ 194,515.64

56 TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ 120,000.00

61 INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS $ 1,605,586.06

71 AMORTIZACION DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO $ 214,704.36

TOTAL $ 6,365,849.55

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia un día después de su publicación en cualquier diario de mayor circulación en el país.

DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE AHUACHAPÁN, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

LIC. RAFAEL ANTONIO MORÁN ORELLANA,

ALCALDE MUNICIPAL.

EDUARDO CANIZALEZ VALENCIA, LIC.GONZALO ALVAREZ CABEZA,

SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.

MORIS ROMEO ESCALANTE, JOSÉ ROBERTO ROSALES GONZÁLEZ,

SEGUNDO REGIDOR. TERCER REGIDOR.

HUGO LEONARDO GARCÍA ESTRADA, JOSÉ ARÍSTIDES LÓPEZ ACUÑA,

CUARTO REGIDOR. QUINTO REGIDOR.

HUGO ARMANDO AGUILAR, MARÍA DEL TRÁNSITO MADRID SILVA,

SEXTO REGIDOR. SÉPTIMO REGIDOR.

HÉCTOR OBDULIO TOBAR, EMÉRITA GRANADOS DE RAMOS,

OCTAVO REGIDOR. NOVENO REGIDOR.

MATILDE HAYDEE GARCÍA DE AYALA, JUAN ALFREDO CORNEJO BUENO,

DÉCIMO REGIDOR. PRIMER REGIDOR SUPLENTE.

VILMA RUTH FLORES DE RAMOS, ROMMEL BOANERGES JIMÉNEZ,

SEGUNDA REGIDORA SUPLENTE. TERCER REGIDOR SUPLENTE.

VIRGILIO VALENCIA VÁSQUEZ, NORMA AMAYA DE ORTIZ,

CUARTO REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F036871)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN

DE DESARROLLO COMUNAL PRO MEJORAMIENTO

DE LA COLONIA “BELLA VISTA”, CANTON TRES CEIBAS

DE LA CIUDAD DE ARMENIA DEL

DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN

Y DOMICILIO.

Art. 1.- La asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, las Ordenanzas Reguladoras de las Asociaciones

Comunales del Municipio de la Ciudad de Armenia, por los Estatutos,

el Reglamento interno y demás disposiciones aplicables, la Asociación

se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal Pro Mejoramiento

de la Colonia “BELLA VISTA” de esta Ciudad, que podrá abreviarse

“ADESCO BELLA VISTA”, como una entidad apolítica, no lucrativa,

ni religiosa, que en los presentes estatutos se denominará “LA ASO-

CIACIÓN”.

Art. 2.- La duración será por tiempo indefi nido; sin embargo,

podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en

las Ordenanzas Reguladoras, estos Estatutos y demás disposiciones

aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la asociación será en la Colonia “BELLA

VISTA” de la jurisdicción del Cantón Tres Ceibas de esta ciudad, la cual

se encuentra ubicada al norte de la Ciudad de Armenia, Municipio del

Departamento de Sonsonate.

FINES

Art. 4.- La asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y

la obra física que proyecta la asociación, para ello deberá:

- Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-

mente con organismos públicos y privados que participan en

los correspondientes programas.

- Fomentar el espíritu de la comunidad y cooperación entre

los vecinos, grupos y entidades representativas.

- Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y

en la mejor organización de sus actividades.

- Impulsar y participar en programas de capacitación para

administración de proyectos sociales y económicos y la

elevación de los niveles educativos.

- Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la

comunidad con el equipamiento y la de medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieren en la

comunidad.

- Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes

de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

- Incrementar actividades comunitarias a fi n de obtener recur-

sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la

comunidad.

- Participar en los programas de desarrollo local, regional y

nacional y específi camente de los proyectos para el mejo-

ramiento de la comunidad y en cuanto a los recursos locales

que deben de utilizarse.

Art. 5.- Los asociados pueden ser: Activos y Honorarios.

Todos deben de ser personas mayores de dieciocho años; sin

embargo, cuando las personas provengan de asociaciones juveniles, el

requisito de edad antes mencionado será el de quince años.

Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-

sitos señalados en el inciso anterior residentes dentro de los límites de

la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes

inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea

General, a su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva le conceda tal

calidad, en atención a sus méritos y relevantes servicios prestados a la

asociación.

Art. 6.- Los asociados Honorarios, gozarán de los derechos que la

asamblea general les otorgue.

Art. 7.- El gobierno de la asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

Art. 8.- La Asamblea General la integrarán todos los asociados

y se instalará con la mayoría simple, es decir la mitad más uno de los

asociados activos, también puede haber representación de asociados;

pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona,

salvo que la Asamblea los autorice. Las resoluciones se acordarán por

mayoría de votos de los presentes o de los representados.

Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de Septiembre y extraordinariamente cuando sea

convocada por la junta iniciativa propia o a solicitud de diez miembros

de la asociación.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 10.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.

En las Asambleas Generales Extraordinarias solo se tratarán los asuntos

para los cuales fue convocada la misma.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 11.- La Junta Directiva estará integrada por trece miembros

propietarios electos en asamblea general por votación nominal o por

planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será de la manera

siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Pro-Secretario, Tesore-

ro, Pro-Tesorero Síndico y seis Vocales. Los cargos de la junta directiva

serán Ad honoren; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades

particulares y eventuales para la asociación podrá cobrar una retribución

convencional o cuando el volumen del trabajo y las circunstancias lo

ameriten, previo acuerdo de la asamblea general.

Art. 12.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-

nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario

previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos cinco de sus miembros y las resoluciones

se tomarán por mayoría de votos de los asistentes. En caso de empate el

Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 13.- Son atribuciones de la JUNTA DIRECTIVA:

- Elaborar los proyectos de los estatutos de la asociación y

proponerlos a la asamblea general.

- Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan y encauzar su mejor or-

ganización y desenvolvimiento.

- Convocar a la asamblea general a reuniones ordinarias o

extraordinarias.

- Coordinarse con los organismos del Estado, las municipa-

lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la región en proyectos de desarrollo de la comunidad.

- Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos.

- Informar periódicamente a la asamblea general y a los orga-

nismos que cooperen con sus programas de actividades que

desarrolla.

- Tomar medidas necesarias para cumplir y para aplicar las

disposiciones emanadas de la asamblea general.

- Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la asociación.

- Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la asociación.

- Resolver justa y legalmente las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata

solución.

- Presentar a la consideración y aprobación de la asamblea

general, en la sesión ordinaria del mes de Diciembre la

memoria anual de sus actividades.

- Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva

cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones

consecutivas por lo menos sin causa justifi cada.

- Presentar a la consideración de la asamblea general con

quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo,

el plan anual y el presupuesto de gastos de la asociación.

Art. 14.- El Presidente de la Junta Directiva, tendrá las siguientes

atribuciones:

- Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta

Directiva y de la asamblea general.

- Coordinar todas las actividades de los miembros de la Junta

Directiva.

- Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta

Directiva y de la asamblea general.

- Coordinar la planifi cación y la realización de proyectos y de

todas aquellas actividades para el cumplimiento de lo esta-

blecido en el artículo cuatro de los presentes estatutos.

- Firmar documentación como credenciales, correspondencia

y las actas y acuerdos de la junta directiva y de la asamblea

general, juntamente con el secretario de actas y acuerdos,

y los demás miembros que a criterio de la junta directiva

considere conveniente y necesario.

- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva y

con los vecinos de la colonia en la realización de actividades

y en la ejecución de proyectos y obras.

Art. 15.- El Vicepresidente: tendrá las siguientes atribuciones:

- Colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de

ausencia o impedimento de éste.

- Coordinar con los demás miembros de la junta directiva la

organización de otras directivas o grupos de apoyo que se

necesiten para el cumplimiento de sus planes y programas.

- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva

y con los vecinos de la comunidad en la realización de acti-

vidades y en la ejecución de proyectos y obras.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 16.- El Secretario: tendrá las siguientes atribuciones:

- Asistir regularmente a todas las sesiones ordinarias y extraor-

dinarias de la junta directiva y de la asamblea general, salvo

por causa justifi cada.

- Levantar las actas y consignar en ellas los acuerdos que la

junta directiva o la asamblea general tomen y los aspectos

de mayor relevancia de las propuestas y discusiones que se

susciten en el desarrollo de las sesiones ordinarias o extraor-

dinarias.

- Leer previo al desarrollo de toda reunión, para su discusión

y aprobación, el acta de la sesión anterior.

- Elaborar toda correspondencia o cualquier otro documento

que la junta directiva le encomiende.

- Llevar ordenadamente un registro de los miembros de la

asociación.

- Llevar un archivo actualizado de la junta directiva.

- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva y

con los vecinos de la colonia en la realización de actividades

y en la ejecución de proyectos y obras.

Art. 17.- El Tesorero tendrá las siguientes atribuciones:

- Mantener en custodia y llevar el control sobre los bienes y

el patrimonio de la junta directiva y de la asociación.

- Depositar los fondos de la junta directiva en la institución

bancaria que la junta directiva determine.

- Llevar la contabilidad de ingresos y egresos de la junta

directiva y de la asociación y establecer el resultado por los

medios que estime conveniente al fi nal del ejercicio.

- Extender fi rmados y sellados los recibos de los contribuyentes

y colaboradores de la junta directiva y de la asociación, así

como cualquier otra transacción que ejecute con autorización

de la junta directiva.

- Se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor

de la asociación y dará cuenta a la junta directiva, en cada

sesión del estado económico cuando sea solicitado.

- Hará los pagos de las obligaciones de la asociación, con el visto

bueno del secretario y el presidente de la junta directiva.

- Al abrir cuenta en una institución bancaria a nombre de la

asociación, se registrará en la misma, las fi rmas del tesorero,

el presidente y el síndico de la junta directiva, y para el re-

gistro de los expresados fondos se requerirá de las fi rmas de

los directivos en mención, y una vez aprobados por la junta

directiva en pleno.

Art. 18.- El Síndico tendrá las siguientes atribuciones:

- Representar judicial y extrajudicialmente a la junta directiva

y la asociación.

- Vigilar porque el desempeño de la junta directiva, sea apegado

a lo establecido en los estatutos.

- Vigilar para que los acuerdos de la junta directiva y de la

asamblea general se cumplan.

- Vigilar que los fondos de la junta directiva y de la asociación

se inviertan de manera correcta en la realización de actividades

y ejecución de obras y proyectos en benefi cio de la colonia

o para fi nes que la junta directiva acuerde.

- A falta del síndico fungirán los vocales en su orden, res-

pectivamente autorizados en reunión ordinaria de la Junta

Directiva.

Art. 19.- Los vocales: colaborarán con la junta directiva en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la junta directiva que faltaren.

Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para

un período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, si la

asamblea general así lo decidiere.

Art. 21.- El Patrimonio de la asociación estará constituido de la

siguiente manera:

- Por la contribución que aporten los asociados activos, la cual

será como mínimo de un dólar mensual pudiendo ser mayor

sobre la base de las posibilidades y la voluntad de cada uno

de los asociados.

- Las subvenciones o aportes extraordinarios que provengan

de las diferentes fuentes.

- Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para captar los fondos a la asociación.

- Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título

y las rentas que se obtengan de la administración de los

mismos.

- Los bienes que formen parte de la asociación no podrán ser

enajenados o dados en garantía sin autorización previa de

la asamblea general.

LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO

DE LA DIRECTIVA

Art. 22.- Para ser miembro de la junta directiva se requiere:

- Ser mayor de dieciocho años.

- Ser de reconocida honradez y buena conducta pública y

privada.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

- Vivir en cualquier propiedad ubicada en la Colonia “BELLA

VISTA” bien sea de carácter de propietario, inquilino o de

arrendatario y cuando el domicilio sea de esta colonia.

- Estar en el pleno uso de las facultades mentales y de los

derechos de ciudadano.

- Tener comprobado y manifi esto deseo de colaboración y

espíritu de servicio.

- Ser electo en asamblea general por votación nominal y pú-

blica.

- Haber manifestado públicamente la aceptación del cargo para

el que ha sido propuesto previo a su elección.

DE LA NO DISCRIMINACION

Art. 23.- Ninguna persona, si cumple con los requisitos del artí-

culo anterior podrá ser discriminada para optar a un cargo en la Junta

Directiva, ni para participar en actividades o proyectos en la Colonia

“BELLA VISTA”, por razones de fi liación política, su raza, su sexo,

creencias religiosas, condición económica, posición social, nivel acadé-

mico, profesión u ofi cio o por impedimento o limitación física alguna.

DE LA SUSPENSIÓN, DESTITUCIÓN Y SUSTITUCIÓN.

Art. 24.- Cualquier miembro de la junta directiva puede ser sus-

tituido, suspendido o destituido de su cargo por acuerdo de la mayoría

de los miembros que la integran, según sean las causales o la naturaleza

de las faltas en que incurran.

Art. 25.- La Junta Directiva puede sustituir a uno o más miembros

propietarios o suplentes por las razones siguientes:

- Inasistencia injustifi cada a cinco reuniones ordinarias o

extraordinarias consecutivas o seis alternas.

- Inasistencia injustifi cada a tres actividades consecutivas

programadas por la junta directiva y que requiera la presencia

de todos sus miembros.

- Comprobada mala conducta, deseo de dejar de pertenecer a

la junta directiva manifestando su renuncia por escrito.

Art. 26.- La junta directiva puede suspender temporalmente a uno

o más miembros propietarios o suplentes por las razones siguientes:

- Por comprobada mala conducta pública o privada, que com-

prometa el buen nombre de la directiva y de la asociación.

- Por prestarse a propagar rumores que comprometan el prestigio

y buen nombre de la Directiva, de la asociación o de alguno

de sus miembros.

- Cuando realice actividades o recaudaciones sin acuerdo y

autorización de la Junta Directiva.

- Cuando introduzca por sí o por otros en la Junta Directiva

elementos disociadores que rompan su cohesión y armonía.

- Cuando por enfermedad no le sea posible asistir por un período

prolongado de tiempo, tanto a las reuniones ordinarias como

extraordinarias y a toda actividad de la Junta Directiva.

En casos de los literales anteriores, la suspensión no podrá ser de

menos de un mes ni mayor de tres.

Art. 27.- La Junta Directiva puede destituir defi nitivamente uno o

más de sus miembros propietarios o suplentes por las siguientes razo-

nes:

- Por habérsele suspendido según el artículo anterior, en más

de tres oportunidades.

- Solicitar y obtener fraudulentamente para sí o para otras ayudas

económicas en materiales o de cualquier otra naturaleza.

- Apropiarse de los fondos que se hayan entregado para realizar

actividades o para cualquier otra diligencia.

- Falsifi car o alterar documentos que pertenezcan a la Junta

Directiva o que deberían presentarse para justifi car gastos o

asignación de fondos.

- Usar para su benefi cio el sello, emblema, logotipo o cualquier

otra identifi cación de la Junta Directiva.

- Cuando por la comisión de un delito comprobado legalmente

pierda sus derechos de ciudadano.

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Art. 28.- Son deberes de los miembros de la Junta Directiva:

- Cumplir con los presentes estatutos.

- Cumplir con sus acuerdos y con los de la asamblea gene-

ral.

- Asistir con puntualidad en las sesiones ordinarias y extraor-

dinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

- Participar en la realización de toda actividad y en la ejecución

de obras y proyectos, salvo excusa valedera para los demás

miembros de la Junta Directiva.

- Mantener permanentemente informados a los habitantes en la

Colonia “BELLA VISTA”; someterse a auditorías internas y

externas cuando los miembros de la Asociación, la Alcaldía

Municipal o la Corte de Cuentas de la República lo soliciten,

durante el periodo de gestión tal como lo determina el literal

g) del art. 15 del Código Municipal.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 29.- Son derechos de los miembros de la Junta Directiva:

- Participar con voz y voto en las reuniones ordinarias y extraor-

dinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

- Participar con voz y voto en la planifi cación del trabajo de

la Junta Directiva, así como en las actividades y en las obras

y proyectos que realicen.

- Gozar de los privilegios que le otorga su calidad de miembro

de la Junta Directiva.

- Formar parte de las comisiones especiales que se organicen

para asistir a eventos de promoción de trabajo, captación de

fondos y recaudación de materiales.

- Proponer candidatos para su elección como miembros de la

Junta Directiva o de grupos o de comités de apoyo.

DE LA ASOCIACION

Art. 30.- Son miembros de la Asociación, todos los vecinos

mayores de dieciséis años que habiten en la Colonia “BELLA VISTA”,

bien sea como propietarios, inquilino o arrendante.

Los anteriores constituyen la Asamblea General de la Asociación,

la cual se constituye con mayoría simple.

Art. 31.- La calidad de miembro de la Asociación se pierde por

las siguientes razones:

- Por incurrir en cualquiera de las faltas señaladas en el Artículo

27 de los presentes estatutos.

- Por renunciar voluntariamente y por escrito ante la Junta

Directiva de la comunidad.

DE LOS DERECHOS

Art. 32.- Son derechos de los miembros de la asociación:

- Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordi-

narias de la Asamblea General que se convoque.

- Proponer para su elección a otros miembros y a ser electos

como miembros de la Junta Directiva.

- Solicitar de la Junta Directiva informe sobre los planes de

trabajo y de los objetivos alcanzados, así como sus estados

fi nancieros.

- Participar en la realización de actividades y en la ejecución

de obras y proyectos.

DE LOS DEBERES

Art. 33.- Son deberes de los miembros de la Asociación.

- Cumplir con efi ciencia, responsabilidad y honradez con los

cargos en la Junta Directiva para los cuales fueron electos.

- Cumplir con estos estatutos, lo mismo que con los acuerdos

de la Junta Directiva y de la Asamblea general.

- Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordi-

narias de Asamblea General a que se convoque.

- Dar su colaboración para la realización de actividades, obras

o proyectos que la Junta Directiva realice.

- Participar en la realización de actividades y en la ejecución

de obras y proyectos.

- En el caso de las cuotas económicas que la Junta Directiva

solicite, la colaboración del miembro de la asociación será

necesariamente voluntaria o dependerá el tipo de proyec-

to.

DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS

Art. 34.- Los presentes estatutos sólo podrán ser modifi cados por

el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva

y a solicitud de tres o más de ellos.

El acuerdo de modifi cación deberá ser ratifi cado por el voto

de la mitad más uno de los miembros de la asociación presentes en la

asamblea general extraordinaria convocada para tal efecto.

DE LA DISOLUCION

Art. 35.- La asociación podrá ser disuelta por las siguientes cau-

sas:

- Cuando la Junta Directiva no pueda cumplir con los objetivos

para los cuales fue constituida.

- Cuando el procedimiento de sus miembros no se ajuste a lo

establecido por los estatutos o quebranten el marco legal.

- Cuando a la junta directiva no le sea posible conseguir para

cumplir con sus objetivos, la colaboración de ningún miembro

de la asociación.

Art. 36.- El acuerdo de disolución deberá ser tomado por lo menos

por el sesenta por ciento de los miembros de la junta directiva en sesión

extraordinaria convocada para tal efecto y a petición de por lo menos

cuatro de sus integrantes.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 37.- El acuerdo de la disolución de la Junta Directiva deberá

ser ratifi cado por la mitad más uno de los miembros de la Asamblea

General presentes en sesión extraordinaria convocada para tal efecto.

DE LA LIQUIDACIÓN.

Art. 38.- Disuelta la Asociación se remitirá certifi cación del acta

respectiva al registrador de las asociaciones comunales de la Alcaldía

Municipal de esta ciudad, dentro de los diez días siguientes a la fecha

en que fue ratifi cado el acuerdo de disolución.

Art. 39.- Luego de disuelta la asociación, se formará una comisión

liquidadora integrada por dos representantes delegados de la Alcaldía

Municipal de esta Ciudad y dos representantes de la Junta Directiva, el

Síndico y Tesorero, respectivamente.

Art. 40.- La Junta Directiva pondrá a disposición de la comisión

liquidadora los libros y documentos y debe facilitar los informes y

aclaraciones que se soliciten.

Art. 41.- El Patrimonio de la Asociación, una vez liquidada servirá

para: Cancelar deudas si las hubiere, Donarlos a instituciones benéfi cas

que la Alcaldía Municipal de esta Ciudad determine.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 42.- La Junta Directiva remitirá a la Alcaldía Municipal de

esta Ciudad, en un plazo de quince días a partir de la fecha de elección,

la nómina de sus integrantes.

Art. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de publicados en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.-

CERTIFICA: Que en el LIBRO DE ACTAS Y ACUERDOS

MUNICIPALES, que esta Alcaldía llevó durante el año dos mil nueve,

se encuentra el ACTA NÚMERO CINCUENTA, la que literalmen-

te dice: “ACTA MUNICIPAL NÚMERO CINCUENTA”. Sesión

Ordinaria Celebrada por la Municipalidad de la Ciudad de Armenia,

Departamento de Sonsonate, a las DIECISÉIS horas con DIEZ minutos

del día MIÉRCOLES DIECISÉIS del mes de DICIEMBRE del año dos

mil nueve.- Reunidos los Miembros del Concejo Municipal, convocados

al efecto por el Señor Alcalde Municipal Propietario Ingeniero Carlos

Alberto Molina López, con la asistencia del Señor Síndico Municipal

Licenciado Jhuran Efraín Osorio Barahona, de los Regidores Propietarios

del Primero al Octavo por su orden: Señora Josefi na Barahona de Zepeda,

Ingeniero Gerardo Erdulfo Torres Melgar, Señor Julio César Romero

Olivares, Señor Héctor Manuel Aquino Guardado, Señor Jorge Alberto

Mazariego, Licenciado José Roberto Díaz Mayén, Profesor Guillermo

Efraín Tutila, Señor Carlos Roberto Polanco Orellana, de los Regido-

res Suplentes: Señor Isrrael Menjívar Cabeza, Señor Ernesto Godoy

González, y la del Secretario de actuaciones Señor Adalberto García

Ortiz.- Presidió el Señor Alcalde Municipal estableciendo el Quórum

correspondiente, Acto seguido declaró abierta la Sesión, se dio lectura

al Acta anterior, la cual después de discutirse fue aprobada en todas

sus partes y sin modifi caciones; así mismo fue leída la correspondencia

recibida la que pasó a su Archivo respectivo, tratándose a continuación

los Acuerdos que se describen:“ACUERDO NÚMERO UNO”. El

Concejo, En Uso de las facultades legales que le confi ere el Código

Municipal en vigencia, y Vistos los Estatutos de la ASOCIACIÓN DE

DESARROLLO COMUNAL de la Colonia BELLA VISTA, ubicada

en el Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate, Compuestos

de Cuarenta y Tres Artículos, y no encontrando en ellos ninguna dis-

posición que contraríen las Leyes de la República o que intervengan en

contra de la moral y de las buenas costumbres, y de conformidad con

lo que establece el Artículo Número 119, del Código Municipal rela-

cionado, en Consecuencia, por Unanimidad, ACUERDA: APROBAR

EN TODAS SUS PARTES los referidos Estatutos y CONCEDER EL

CARÁCTER DE PERSONERIA JURIDICA, a la ASOCIACIÓN DE

DESARROLLO COMUNAL de la Colonia BELLA VISTA, ubicada

en el Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate.- Certifíquese

y Publíquese para los efectos legales consiguientes. Y no habiendo

nada más que hacer constar se dá por terminada la presente Acta que

de conformidad fi rmamos.- CAMolinaL.// JEOsorioB.// JBdeZepeda//

GETorresM.// JCRomeroO.// HMAquinoG.///JAMazariego//J.R.D.///

GEfraínT.///CRPolancoO.///IMenjívarC.///ErnestoGodoyGonzález//

AGarcíaO.//Srio////////////////RUBRICADAS////////////

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON LA CUAL SE

CONFRONTO: Alcaldía Municipal: Armenia, a catorce días del mes

de Enero del año dos mil diez.-

Ing. Carlos Alberto Molina López,

Alcalde Municipal.

Adalberto García Ortiz,

Secretario Municipal.

(Registro No. F036804)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL JARDINES DE IZALCO,

QUE SE ABREVIA "ADESCOJI".

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN

Y DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código

Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del

Municipio de Izalco, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás

disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no

lucrativa, podrá participar en el Campo Social, Económico, Cultural,

Religioso, Cívico, Laboral en lo relacionado y en cualquier otro que

fuere provechoso a la Comunidad. La Asociación se denominará, ASO-

CIACION DE DESARROLLO COMUNAL JARDINES DE IZALCO,

CANTON HUISCOYOLATE, que podrá abreviarse ADESCOJI, que

en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del

Municipio de Izalco, estos Estatutos y demás disposiciones aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será la Lotifi cación Jardines

de Izalco, Cantón Huiscoyolate, Jurisdicción de Izalco, Departamento

de Sonsonate.

CAPITULO II.

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y

la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, juntamente

con instituciones públicas y organismos privados, nacionales

e internacionales que participen en los correspondientes

programas.

b) Fomentar el espíritu de la solidaridad y cooperación mutua

entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en a localidad, en la mayor integración de sus miembros y la

mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y practicar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y grupos comunales, con el

fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la

comunidad, la administración de los proyectos sociales y

económicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Co-

munidad con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieren en la

Comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partíci-

pes de las responsabilidades de los programas de desarrollo

local.

g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener

recursos propios, que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la Comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y

nacionales y especialmente en la determinación de los pro-

yectos contemplados en su plan de actividades y establecer

los recursos que deben utilizarse.

CAPITULO III.

CALIDAD, DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.

Art. 5.- Los Asociados deben ser:

a) ACTIVOS.

b) HONORARIOS.

Todos deben ser mayores de dieciocho años, sin embargo cuando

las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de edad antes

mencionado será el de quince años.

Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-

sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de

la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes

inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea

General, por su iniciativa a propuesta de la Junta Directiva les conceda

tal calidad, en atención a sus méritos y relevantes servicios prestados a

la Asociación.

Art. 6.- Son deberes y derechos de los Asociados Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicite por escrito.

c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales

previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la

Asamblea y Junta Directiva, siempre que estén relacionados

con los fi nes de la Asociación.

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que

la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General que será la máxima autoridad de la

Asociación.

b) La Junta Directiva que será el órgano ejecutivo, estará integrado

por el número de miembros que determinen los Estatutos.

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados

y se instalará con la mayoría simple de los Asociados, pudiendo haber

representación por escrito simple de los Asociados; pero cada Asociado

no podrá estar representado por más de una persona, ni una sola persona

podrá representar a más de un Asociado. Las resoluciones se acordarán

por mayoría de votos de los presentes o representantes.

Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá Ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de marzo y Extraordinariamente cuando sea convocada

por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud del cinco por

ciento de sus miembros afi liados.

Art. 11.- En Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos

comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados, en las

Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos com-

prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos

será nula.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Ex-

traordinaria, se hará por cualquier medio, sea escrito, radial, televisivo,

internet y otros, con ocho días de anticipación, para la primera y con

cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en

los mismos, el lugar, día y hora que se han de celebrar.

Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de

quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la seña-

lada con los Asociados que concurran, en este último caso, las decisiones

que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que convocados en

la forma prescrita de estos Estatutos no concurrieren.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los miem-

bros de la Junta Directiva y elegir a sus nuevos miembros.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren

renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociado.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

te.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos

que se dicten.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcio-

nalmente no previstas en estos Estatutos y que demanden

inmediata solución.

k) Nombrar al Comité de Vigilancia, para un período de tres

años, formado por tres miembros de la Asociación que no

sean directivos, quienes tendrán potestad y acceso a todas las

gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos

de la Asociación, con el objetivo de velar porque el patrimonio

de la Asociación sea manejado con transparencia y honradez

en la consecución de sus fi nes.

l) Pedir cuando lo consideren oportuno auditorías internas como

externas.

CAPITULO VI.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos

previa audiencia de éstos, por infracción a la Ordenanza, Reglamento,

y Estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión

las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vaya

en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos o sutiles, benefi cios de la

Asociación para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción.

Cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten,

previo acuerdo de la Asamblea General.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 15.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo me-

nos una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario,

previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis miembros de sus propietarios, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto doble.

Art. 16.- Son atribuciones y deberes de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-ponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las Municipalida-des y con las entidades privadas con las que tenga que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la Comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los Or-ganismos que cooperan en sus programas de las actividades que desarrolla.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de cincuenta dólares.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria del mes de diciembre, la Memoria Anual de sus actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el Plan Anual y el Presupuesto de gastos de la Asociación.

n) Acceder a todo lo solicitado por la Asamblea General siempre y cuando sea por escrito, con decoro, respeto y por lo menos con las fi rmas del cinco por ciento de los Asociados.

Art. 17.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 18.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente y lo sus-tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 19.- El o la Secretaria será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 20.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; Libro de Membrecía y será el encargado de extender las certifi caciones que se soliciten a la Asociación, y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 21.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad y las cuentas de la misma. Se encargará además, de hacer efectivos los créditos a favor de la Asociación y está obligado a dar cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente y el Síndico de la Asociación.

Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, Presidente y Síndico de la Aso-ciación.

Para todo retiro bancario será necesario la concurrencia de las fi rmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Pro-Tesorero, tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimentos de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Síndico junto o separado con el Presidente, tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación; del mismo modo puede otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos o de cualquier otra índole y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los Vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva.

Art. 24.- El Síndico, velará por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos únicamente para un período más, si la Asamblea General así lo decidiere. No obstante lo anterior, estos miembros pueden volver a ser propuestos a cargos de directivos pasados dos años de intervalo sin ejercer estas funciones.

Los miembros suplentes podrán ser propietarios, no obstante haber ejercido como tal, uno o dos períodos anteriores.

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CAPITULO VIII.

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Art. 27.- El patrimonio de la institución estará constituido por:

a) La contribución económica que la mayoría califi cada de la Asamblea General haya acordado, la cual puede ser desde veinticinco centavos de dólar o más y podrá modifi carse en Asamblea General.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita rea-lizada para recaudar fondos para la Asociación.

Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.

Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros, acordare afectarlos.

Art. 28.- Todas las utilidades obtenidas por la Asociación, pasarán a formar parte del Fondo General de la Asociación y depositado de inmediato en cualquier banco nacional a nombre de la misma. La Aso-ciación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recur-sos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Junta Directiva siempre y cuando no exceda de cincuenta dólares. Todo gasto que exceda de los cincuenta dólares debe ser autorizado por la mayoría simple de la Asamblea General, y asentado en acta.

Art. 29.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los pro-yectos comunales en los cuales puedan ser aplicadas tales ganancias.

CAPITULO IX.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Art. 30.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado, después de treinta días de haber pagado las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de que sean destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 31.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos ter-ceras partes de las personas que forman la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables establezcan.

CAPITULO X.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 32.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina

de la Junta Directiva electa, en todo caso está obligada de proporcionar

al expresado Concejo, cualquier dato o informe que se le pidiere relativo

a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso

anterior, de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva

cuando sea de manera defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a

la elección de la Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su

plan de actividades. La Alcaldía Municipal deberá realizar una auditoría

por año o cuando por lo menos el cinco por ciento de los Asociados así

lo pida.

Art. 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

El Infrascrito Alcalde Municipal de esta Ciudad.

Certifi ca: el Acuerdo Municipal que literalmente dice: ACUERDO

NUMERO CINCO.- La Municipalidad, Vistos los ESTATUTOS DE

LA "ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL DE LA LOTI-

FICACION JARDINES DE IZALCO" del Cantón Huiscoyolate, de la

Jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate y de este mismo

domicilio, que podrá abreviarse "ADESCOJI", conteniendo TREINTA

Y TRES ARTÍCULOS, y no encontrándose en ellos ninguna disposición

contraria a las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas

costumbres, de conformidad al Artículo 119 del Código Municipal;

este Concejo ACUERDA: Aprobar los Estatutos en todas sus partes,

autorizar la inscripción de los mismos en el Registro de Inscripciones

de Asociaciones que lleva esta Alcaldía Municipal, y conceder a dicha

Asociación el carácter de Persona Jurídica.- Comuníquese y Mándese

a publicar en el Diario Ofi cial, para los demás efectos legales.

Y no habiendo más que hacer constar, damos por terminada la

presente que fi rmamos.- R. A. ALVARADO B.//.- ALC. MPAL.//.- A.

R. MONTOYA//.- M. P. CISNEROS DE SANABRIA//.- D. A. MASIN

C.//.- E. A. CASTRO. P//.- V. I. PERALTA//.- E. E. SEGURA D.//.- M.

DE J. BRIZUELA O.//.- D. A. CHINCO P.//.- GUST.//.- J. C. RAMOS.

M.//.- M. T. VEGA M.//.- H. S. ZANCO M.//.- K. L. ARAUZ A.//.- R.

MEJIA M.//.- J. I. SARMIENTO G.//.- R. D. A. Btos//.- Srio. Mpl.

RUBRICADAS.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO.- Alcaldía Municipal: Izalco, dieciocho de diciembre

de dos mil nueve.

LIC. ROBERTO ABRAHAM ALVARADO BARRIENTOS,

ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F036898)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL, CANTON LLANO DE LA LAGUNA,

COLONIA CARRILLO, MUNICIPIO Y

DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION,

DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora, de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Alcaldía Municipal de Ahuachapán, y por los Estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la Comunidad, la Asociación de Desarrollo Comunal, del Cantón Llano de La Laguna, Colonia Carrillo que se podrá abreviar ADESCOCAR.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-siciones aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en Colonia Carri-llo, Cantón Llano de La Laguna, del Municipio y Departamento de Ahuachapán.

CAPITULO II.

FINES.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes, el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicamente y organismos privados, nacio-nales e internacionales que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los Programas de Capacitación Promocional de los dirigentes, y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la Comunidad, la administración de proyectos sociales y eco-nómicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la Comunidad, con el equipamiento y los medios disponibles para solucionar los distintos problemas que existieren en la Comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles, haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunales, a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la Comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales, especialmente en la determinación de los proyec-tos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse.

CAPITULO III.

CALIDAD, DERECHO Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.

Art. 5.- Los Asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de edad antes mencionado será de quince años.

Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes se les otorgue dicha calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

Art. 6.- Son derechos y deberes de los Asociados Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito.

c) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General que será la máxima autoridad en la Asociación.

b) La Junta Directiva que será el órgano ejecutivo, y estará integrado por el número de miembros que determinen los presentes Estatutos.

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9.- La Asamblea General la integran los Asociados, y se instalará con la mayoría simple de los Asociados Activos, pudiendo haber representación de Asociados. Pero cada Asociados no podrá estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por la mayoría de los votos presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cuatro veces al año, con intervalo de tres meses debiendo celebrase la primera de éstas en el mes de marzo, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria por la Junta Directiva, por inactiva propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que proponen los Asociados, en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asun-tos comprendidos en la convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos serán nula.

Art. 12. La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de un aviso con ocho horas de anti-cipación para la segunda, indicándose en el mismo lugar, el día y hora, en que se han de celebrar, si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una hora después de la señalada con los Asociados que concurran, en este último caso las decisiones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos socios que fueron convocados en la forma prescrita en estos Estatutos y que no concurrieron.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo, y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva, y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma, a los que hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de Socio.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación, y de los que sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dicten.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios, resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales, no previstas en estos Estatutos y que demanden inmediata resolución.

CAPITULO VI.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdos de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos

previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, Regla-mento y los presentes Estatutos, se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza, que vayan en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación, para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva elec-tos por Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente si no ameritare su destitución según sea la gravedad del caso, para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos, y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal destitución de que habla el literal, c) del Art. 13. La Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal restitución, nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo diez días de conocida la infracción, no procede de conformidad a los anteriores un número de diez Asociados por lo menos, podrá convocar Asamblea General para que ésta nombre la comisión investigadora, para que sobre la base de su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocer sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta directiva, cuando por tratarse de la mayoría de los miem-bros de la Junta Directiva restante no inician el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros, y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los miembros directivos sustituidos, la Asamblea General o Junta Directiva, notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO VII.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios, y suplentes electos en Asamblea General por votación no-minal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero. Pro Tesorero, Síndico y cuatro o más Vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonorem, sin embargo cuando el Asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo me-nos una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate o

quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los anteproyectos de Estatutos y sus formas de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo, juntamente con las Asociaciones de Desa-rrollo Comunal, al Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto correspondiente.

c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismo del estado, las municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región de proyectos de desarrollo de la Comunidad.

f) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas de las actividades que desarrolla.

g) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

h) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de mil colones.

i) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

j) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General, en la sesión Ordinaria del mes de diciembre la Memoria Anual de sus actividades.

k) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justifi cada.

l) Presentar a consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el Plan Anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Secretario, será el encargado de comunicaciones de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva

podrá extender las certifi caciones que se le soliciten a la Asociación, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El Tesorero, será el encargado de la recaudación, custodia y erogación de los fondos y bienes de la Asociación, y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de las misma, se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por la Junta Directiva y certifi cados por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, el Presidente y un Vocal de la Junta Directiva de la Aso-ciación, se requerirá para todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- El Pro-tesorero, en ausencia del Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia, o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación, previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Asociación, podrá otorgar y revocar poderes judiciales o adminis-trativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fungirán los Vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva.

De los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajo, libros y demás documentos de la Aso-ciación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

Art. 28.- El Síndico, velará por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que les fuere encomendado por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII.

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación, estará constituido por:

a) Por la contribución que aporten los Asociados Activos que será de $1.00 un dólar mensual.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para recaudar fondos, a favor de la Asociación.

d) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos legalmente a

cualquier título y de las rentas que se obtengan de la admi-

nistración de los mismos, los bienes de la Asociación, son

inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación con

el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordare

desafectarlos.

Art. 32.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, se

aportará el cinco por ciento para formar un Fondo de Reserva para

incrementar el capital bancario a nombre de la misma, la Asociación

llevará un libro especial de registro de capital.

Art. 33.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuvieren

ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también el

tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

CAPITULO IX.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Art. 34. En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-

ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva

deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que

hubiere quedado, después de treinta días de pagadas las obligaciones

que tuviere la Asociación con la condición de ser destinados los fondos

a programas de desarrollo comunal, a realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de la Asociación, por los motivos de la Ordenanza Reguladora de

la Asociación Comunal y demás disposiciones aplicables que establez-

can.

CAPITULO X.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina

de la nueva Junta Directiva en todo caso, proporcionar al expresado Con-

cejo, cualquier dato que se le pidiera relativo a la Asociación también,

informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones

de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva,

dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, deberá expresar al Concejo su plan de actividades.

Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que a páginas ciento treinta y siete y siguientes

del libro de Actas y Acuerdos Municipales de Sesiones Ordinarias y

Extraordinarias que la Municipalidad de Ahuachapán, lleva durante el

presente año, se encuentra el acta que en su encabezado parte principal

literalmente dice así:

ACTA NUMERO VEINTISIETE.- En la sala de sesiones de la

Alcaldía Municipal de Ahuachapán, a las catorce horas del día cuatro

de diciembre del año dos mil nueve, en sesión ordinaria convocada y

presidida por el Licenciado: Rafael Antonio Morán Orellana, Alcalde

Municipal; estando presentes los miembros propietarios y suplentes

del Concejo, a excepción del Ingeniero José Roberto Rosales, Tercer

Regidor Propietario, no obstante haber sido legalmente convocado con

la asistencia de la señora Norma Isabel Amaya de Ortiz, Secretaria

Municipal. Dicha sesión dio inicio con la lectura del acta anterior, la

cual fue aprobada por unanimidad en todas sus partes y posteriormente

se emitieron los siguientes acuerdos municipales.

ACUERDO No. 6

El Concejo Municipal de Ahuachapán, en uso de las facultades

legales que le confi ere el numeral 23 del Artículo 30, en relación con los

Artículos 119 y 120 del Código Municipal y vista la solicitud y los Estatutos

de la "ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL "COLONIA

CARRILLO", del Cantón Llano de La Laguna, de esta Jurisdicción; que

podrá abreviarse ADESCOCAR, constituida en el Cantón Llano de La

Laguna, de esta Jurisdicción; que constan de treinta y siete Artículos y

no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la

República, al orden público, ni a las buenas costumbres, ACUERDA:

conferirles la calidad de Personería Jurídica. Comuníquese el presente

acuerdo para efectos legales consiguientes.

Y no habiendo más que hacer constar se cierra la presente acta

que fi rmamos después de leída, a las dieciocho horas del día cuatro

de diciembre de dos mil nueve. R. Morán O.//.- E. Canizález V.//.- G.

A. Cabeza.//.- M. R. E. G.//.- J. R. Rosales.//.- H. L. García E.//.- J. A.

Acuña.//.- H. A. A.//.- María del T. M. S.//.- H. Obdulio T.//.- Emérita

G. de Ramos//.- M. H. G. A.//.- J. A. C. B.//.- Vilma Ruth Flores de

Ramos.//.- Ronmel Jiménez Pineda.//.- V. V. V.//.- N. I. A. de Ortiz//.-

Sria. Mpal.- Rubricadas.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRON-

TÓ y para efectos legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal

de Ahuachapán, ocho de diciembre del año dos mil nueve.

LICDO. RAFAEL ANTONIO MORÁN ORELLANA,

ALCALDE MUNICIPAL.

NORMA ISABEL AMAYA DE ORTIZ,

SECRETARIA MUNICIPAL INTA.

(Registro No.F036823)

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE

DESARROLLO COMUNAL CALI

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION,

DURACION, DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunal de Caluco, por estos Estatutos y demás disposiciones

aplicables. La Asociación será una entidad apolítica, no religiosa y no

lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, reli-

gioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso

a la comunidad. La Asociación se denominará ASOCIACION DE DE-

SARROLLO COMUNAL CALI, que podrá abreviarse ADESCOCALI,

que en los presenta Estatutos se denominará la "ASOCIACION".

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-

siciones aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Barrio El Centro, del

Municipio de CALUCO, Departamento de Sonsonate.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y

la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, juntamente

con Instituciones Públicas y organismos privados, naciona-

les e internacionales que participen en los correspondientes

programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre

sus asociados.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y

la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n

de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-

nidad, la administración de proyectos sociales, ecológicos y

económicos y la elevación de niveles educativos.

e) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-

cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de

la comunidad.

f) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y

nacionales, y especialmente en la determinación de los pro-

yectos contemplados en su plan de actividades y establecer

los recursos que deban utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.

Art. 5.- Los asociados podrán ser:

a) Activos, y

b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad

antes mencionado será el de catorce años.

Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requisitos

señalados en estos Estatutos, residentes dentro de los límites de la unidad

vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea

General, por su iniciativa o propuestas de la Junta Directiva les conceda

tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios

prestados a la Asociación.

Art. 6.- Son derechos de los asociados activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

soliciten por escrito.

c) Elegir y ser electo para cualquiera de los cargos de la Junta

Directiva.

d) Colaborar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales

previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de

Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén

relacionadas con los fi nes de la Asociación.

Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que

la Asamblea General les otorgue.

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Que se será la máxima Autoridad de

la Asociación.

b) La Junta Directiva: Que será el Órgano Ejecutivo y estará

integrado por el número de miembros que determinen los

Estatutos.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados

y se instalará con la mayoría simple de los asociados pudiendo haber

representación por escrito de los asociados; pero cada asociado no podrá

estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán

por mayoría de votos por los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente una vez

al año y extraordinariamente cuando sea convocada por la junta Direc-

tiva por iniciativa propia o a solicitud de veinte miembros afi liados a la

Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados,

en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión será nula.

Art. 12.- La Convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria será por medio de un aviso escrito, con quince días de

anticipación para la primera y con setenta y dos horas de anticipación para

la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se

ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por

falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después

de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso,

las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que

convocados en la forma prescrita en estos Estatutos no concurrieren.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren

renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

tes.

f) Aprobar y reformar los Estatutos, el reglamento interno de

la Asociación y los que sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos

que se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de asociados Honorarios.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos Estatutos, y que demanden inmediata

solución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos

previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, regla-

mento y Estatutos. Se consideran además por causa de retiro o expulsión

las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio

grave a la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

para sí o para terceros.

d) Ser condenado por delito o falta grave en perjuicio de la

Asociación.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva electos

por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, si no

ameritare la destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la

suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de seis

personas, tres de sus miembros que no hubieren participado en los motivos

y tres propuestos por la Asamblea General siempre y cuando no hayan

participado en los motivos, para que investiguen el hecho y oyendo el

informe de éstos y las razones que el o los supuestos infractores expongan

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

en su defensa resolverá; en el caso de destitución que hable el literal c)

del Art. 13, la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero

en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución

nombrando a continuación los sustitutos si fuere procedente.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días de conocida la infracción, no proceda de conformidad a los artículos

anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá convocar a

Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para

que en base a su informe, la Asamblea General proceda a su suspensión o

destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o destitución

de la Junta Directiva, o cuando por tratarse de los miembros de la Junta

Directiva los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo que

establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la

Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o des-

titución de los miembros y de la misma sesión elegirán y darán posesión

a los sustitutos, por el tiempo de suspensión o el resto del periodo de

los directivos sustituidos. La Asamblea General o la Junta Directiva

notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar

dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún

recurso.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18.- La junta Directiva estará integrada por once miembros

propietarios electos en Asamblea General por votación nominal y pública,

ya sea por cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación

de los cargos será la siguiente: PRESIDENTE, VICE-PRESIDENTE,

SECRETARIO, PROSECRETARIO, TESORERO, PROTESORERO,

SINDICO Y CUATRO VOCALES. Los cargos en la Junta Directiva

serán ad-honorem; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades

particulares y eventuales para la Asociación, podrá recibir una retribución

convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo

ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-

nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,

previa convocatoria que hará el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos cuatro de sus miembros propietarios y

las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en casos de empate

el presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-

nerlo a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y presupuesto

correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipali-

dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos,

ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-

ganismos que cooperen en sus programas de las actividades

que desarrolla.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la asociación, hasta un máximo de Quinientos Dólares de

los Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión del mes de diciembre la memoria anual

de sus actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con

quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo,

el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21.- El Presidente de la junta directiva tendrá la representación

legal de la Asociación y presidirá las sesiones de Asamblea General y

de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la

Asociación.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Art. 22.- El Secretario será el órgano de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás

que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de

actas de sesiones que celebre la Asamblea General; extender las certi-

fi caciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes

de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la

misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos de

la asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado

económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo

caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO

del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en

una institución Bancaria o Crediticia para la cual se abrirá una cuenta a

nombre de dos miembros de la Asociación; y se registrarán las fi rmas

del Tesorero, el Presidente y Síndico de la Asociación; se requerirán para

todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de los expresados

directivos, una vez sea aprobado por la misma Directiva y todo lo demás

que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El Síndico será el representante Judicial y extrajudicial

de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o admi-

nistrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva

para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fi guran los vocales por

su orden respectivamente autorizados en sesión de la Junta Directiva.

De entre los vocales de la asociación, el Síndico elegirá un comité de

Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las

gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Aso-

ciación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación

sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

Art. 26.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los

Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General, por la

Junta Directiva y todo lo demás que se le fuere encomendado por la

Asociación.

Art. 27.- Los vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la junta directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos por un

período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, con un

máximo de dos períodos consecutivos.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 29.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) La contribución que aporten los Asociados y que será de

Diecisiete Dólares de los Estados Unidos de América, men-

suales, la cual podrá cambiarse en Asamblea General.

b) Los ingresos extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para hacer llegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de

los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables,

salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes

de sus miembros acordarse afectarlos.

Art. 30.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará

el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el

capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro

especial de registros de capital en el que deberá expresarse todo aumento

o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes

sociales y de obra física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas

a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la

Junta Directiva siempre y cuando no exceda de Quinientos Dólares de

los Estados Unidos de América, caso contrario lo aprobará la Asamblea

General, convocada específi camente para tal efecto.

Art. 31.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuviere

ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también el

tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 32.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-

ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva

deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que

hubiere quedado después de treinta días de pagadas las obligaciones

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que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos

a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 33.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General mediante acuerdo de las dos terceras

partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-

blezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 34.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar la nómina

de la Nueva Junta Directiva al Concejo Municipal en los primeros quince

días posteriores a la elección de dicha Junta, en todo caso proporcionar

al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-

ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sea en

forma defi nitiva. En toda sesión en la que se modifi que, reestructure, ya

sea total o parcial la Junta Directiva, sea por reelección o por sustitución,

será indispensable que concurra el Alcalde Municipal, quien haga sus

veces o un delegado del mismo. Dentro de los treinta días posteriores

a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado

Concejo su plan de Actividades.

Art. 35.- Los presentes ESTATUTOS entrarán en vigencia ocho

días después de su publicación en el DIARIO OFICIAL y se reformarán

con los dos tercios de votos en Asamblea General, los cuales fueron

aprobados por unanimidad.

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

CERTIFICA: Que del Libro de Actas y Acuerdos Municipales,

que esta Alcaldía lleva en el corriente año, se encuentra el punto de Acta

Número catorce en su parte conducente dice:

ACTA NUMERO VEINTICUATRO. VIGESIMA CUARTA SESION

ORDINARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE CALUCO, DEPARTA-

MENTO DE SONSONATE, celebrada a las nueve horas del quince

de octubre del dos mil nueve.- Convoca y preside la señora Alcaldesa

Municipal Titular Licda. Blanca Lidia Orellana de Vásquez, con la

asistencia de los señores Concejales: Prof. Marcela Beatriz Alvarado

Flores, Síndica Municipal; regidores propietarios del primero al cuarto

en su orden: Ing. Carlos Antonio Pérez Alvarenga, Luis Felipe Juárez

Orellana, José Antonio Gil y Carlos Arnulfo López Anaya; regidores

suplentes del primero al cuarto en su orden: Nelson Gilberto Sandoval

Tobar, Nicolás Rafael Sibrián Martínez, Sofía Vicenta Shulo Escobar,

Iris Marisela Molina Cruz y el Secretario del Concejo Lic. Armando

Antonio Rugamas García.- La Alcaldesa que preside después de esta-

blecer quórum declaró abierta la sesión, comenzándola el secretario,

con la lectura del acta de la sesión anterior, la cual después de leída

fue aprobada en todas sus partes sin ninguna observación, el Secretario

informó al Concejo de la correspondencia recibida y despachada de

mayor importancia archivándose en forma ordenada.- La Alcaldesa que

preside informó al Concejo sobre la ejecución de los acuerdos tomados

en la sesión anterior y sobre la ejecución del presupuesto vigente.- A

continuación el Concejo emite los siguientes Acuerdos:

ACUERDO NUMERO CATORCE.- En uso de las facultades emanadas

por el Concejo Municipal, en lo relativo a que la directiva de la ASO-

CIACION DE DESARROLLO COMUNAL CALI, que podrá abreviarse

ADESCOCALI, Barrio El Centro, de esta jurisdicción, presentó ante este

Concejo Municipal, el Acta de Constitución, nómina de asociados, Junta

Directiva y Estatutos de la misma, los cuales constan de treinta y cinco

artículos; la Municipalidad no encontrando en ellos ninguna disposición

que contraríe la moral y las buenas costumbres, ni contradicción a las

leyes de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

30 numeral 23 y Art. 119 del Código Municipal vigente ACUERDA:

Concederle la Personería Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal

Cali, solicitada por la Junta Directiva de la ADESCO antes mencionada,

para que pueda realizar otros trámites como lo es la solicitud de la publi-

cación en el Diario Ofi cial de los Estatutos que regirán a esta Asociación

de Desarrollo Comunal.- Comuníquese.

Y no habiendo mas que hacer constar se da por terminada la presente

sesión y acta que fi rmamos.- Es conforme con su original con el cual se

confrontó y para efectos legales, se extiende la presente en la Alcaldía

Municipal de Caluco, quince de octubre del dos mil nueve.

Licda. BLANCA LIDIA ORELLANA DE VASQUEZ,

ALCALDESA MUNICIPAL.

Lic. ARMANDO ANTONIO RUGAMAS GARCIA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F036842)

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cuarenta

y cinco minutos del día cuatro de enero del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del

señor MIGUEL ÁNGEL FLORES URIAS, la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor ÁNGEL HENRIQUEZ, quien fue de sesenta

y siete años de edad, agricultor en pequeño, soltero, del domicilio de

Tecoluca, de este Departamento, fallecido el día quince de Diciembre de

dos mil siete, en el Cantón Las Mesas, Caserío El Naranjo, jurisdicción

de Tecoluca, de este Departamento, lugar de su último domicilio, por

derecho de representación del derecho que en la sucesión le correspondía

al señor José Aparicio Flores, en concepto de hijo del causante y se ha

nombrado al aceptante administrador y representante Interino de la su-

cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días del

mes de enero del año dos mil diez. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 57-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las ocho horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor OSCAR RONALDO PALACIOS

LEIVA, fallecido el día dieciocho de junio de dos mil siete, en el Hospital

Nacional de esta Ciudad, siendo su último domicilio el del Municipio de

El Carmen, Departamento de Cuscatlán; de parte de la señora MIRNA

NOEMI LEIVA ROGEL en su calidad de madre sobreviviente del

referido causante.-

Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y

cincuenta minutos del día catorce de diciembre del año dos mil nueve.-

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 58-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

once horas con quince minutos del día once de enero del corriente año; se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante señor ANDRES ABELINO

GONZALEZ, fallecido a las seis horas del día veintisiete de junio de

dos mil cinco, en el Cantón El Palón, Jurisdicción de Lolotique de este

distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes mencionada,

su último domicilio; de parte de la señora Josefi na Sandoval de González,

en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Nómbrase a la

aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina

de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que

corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de

ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

once horas con treinta minutos del día once de enero de dos mil diez.

LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 59-1

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las quince horas del día ocho de diciembre del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora BLANCA LIDIA

CUADRA BENAVIDEZ, BLANCA LIDIA BENAVIDEZ CUADRA,

BLANCA LIDIA BENAVIDEZ, fallecida a las veintitrés horas y veinte

minutos del día cinco de junio del año dos mil ocho, en el Hospital Na-

cional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San

Rafael Oriente de este distrito, departamento de San Miguel su último

domicilio; de parte de los señores Marta Lilian Benavidez de Arriaga,

Moris Alberto Benavidez, José Medardo Benavidez, Noé Benavides

Gutiérrez, hijos de la causante y Gabriel Exaú Benavidez, éste por

derecho de representación que le correspondía a su padre señor Javier

Antonio Benavidez. Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho

administradores y representantes interinos de la sucesión de que se trata,

con las facultades y restricciones que corresponde a los curadores de

la herencia. Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

quince horas con veinte minutos del día ocho de diciembre de dos mil

nueve. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 60-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

diez horas con quince minutos del día once de enero del corriente año; se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante señor JAVIER ANTONIO

BENAVIDEZ, fallecido a las veintidós horas del día veintiséis de junio

de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio La Merced de San Rafael

Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad

antes mencionada su último domicilio; de parte de los señores Mercedes

del Carmen González Garay de Benavides, hoy Mercedes del Carmen

González Viuda de Benavides y Gabriel Exaú Benavidez González, la

primera cónyuge sobreviviente y el segundo hijo del causante.

Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho administradores

y representantes interinos de la sucesión de que se trata, con las facul-

tades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

diez horas con treinta minutos del día once de enero de dos mil diez.

Enmendado-novecientos- mencionada-señores-efectos-Vale.-LICDA.

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-

RIA.

Of. 3 v. alt. No. 61-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

Frida Marleni González Campos, mayor de edad, Abogado, del domicilio

de San Miguel, con Carné de Identifi cación número Once mil novecientos

diecisiete, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora MAR-

TA DOLORES RAMOS DE PARADA, de cincuenta y cuatro años de

edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad número: cero dos millones, cuatrocientos treinta y un mil

seiscientos dos guión cinco; solicitando se le extienda Título de Propiedad,

a favor de su Poderdante, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en

Barrio El Calvario de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento

de San Miguel, de la extensión superfi cial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE;

Cinco metros con Irene Antonio Parada Ramos, paso libre, no tiene cerco;

AL NORTE: Diez metros colinda con Teresa Anabel Parada Ramos, paso

libre, no hay cerco; AL PONIENTE; Cinco metros, con Amílcar David

Parada Ramos, paso libre, no tiene cerco; y AL SUR; Diez metros, con

Juan Carlos Bonilla, pared de bloque, propiedad del colindante de por

medio; en el inmueble descrito no hay construcción alguna, lo adquirió

por compraventa que hiciera en forma verbal al señor Jorge Amílcar

Parada, desde el año mil novecientos sesenta y nueve y unidas ambas

posesiones, éstas datan por más de treinta años consecutivos. El terreno

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

descrito no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente,

no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona,

ni se encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble lo Valora en

UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 1,142.85).

Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente

edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los cuatro

días del mes de enero de dos mil diez. JUAN ANGEL HERNANDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.- BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-

SIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 62-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

Frida Marleni González Campos, mayor de edad, Abogado, del domicilio

de San Miguel, con Carné de Identifi cación número Once mil novecientos

diecisiete, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora REINA

ISABEL SORTO DE CRUZ, de treinta y siete años de edad, de ofi cios

domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número:

cero dos millones novecientos veintiocho mil quinientos setenta y cinco

guión ocho; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de

su Poderdante, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio

San Isidro, de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento de San

Miguel, de la extensión superfi cial de MIL OCHOCIENTOS TREINTA

Y TRES METROS CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUA-

DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE;

Treinta y ocho metros con treinta y cuatro centímetros y colinda con

Manuel Antonio Sorto Paiz, antes, hoy con María del Carmen Chávez,

Carlos Vásquez y con Mariano Vásquez, quebrada de por medio cerco

de alambre propio de los colindantes; AL PONIENTE; Cuarenta y ocho

metros con cuarenta y cinco centímetros, con Paula Medrano, calle de

por medio, cerco de alambre propio del solicitante; y AL SUR; Cuarenta

y dos metros con veinticinco centímetros, con Tránsito Gómez, cerco de

alambre propio del colindante de por medio; en el inmueble descrito se

encuentra construida una casa de siete metros de frente por diez metros

de largo, construcción de sistema mixto, lo adquirió por compraventa

que hiciera en forma verbal que hiciera a la señora María Expectación

Sorto Paiz, desde febrero del año dos mil dos y unidas ambas posesio-

nes, éstas datan por más de once años consecutivos. El terreno descrito

no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene

ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona, ni se

encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble lo Valora en UN

MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA ( $ 1,400.00).

Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente

edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los cuatro

días del mes de enero de dos mil diez. JUAN ANGEL HERNANDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.- BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-

SIAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 63-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de

la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de

la Ley de la Corte de Cuentas de la República, EMPLAZAN al señor

TOMAS HUGO NELSON MARTINEZ, para que dentro del término

de cinco días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto compa-

rezca personalmente o por medio de su representante a manifestar su

defensa en el Juicio de Cuentas que se sigue en su contra y otros en esta

Cámara, por su actuación como Ex Jefe del Departamento de Talleres,

en la POLICIA NACIONAL CIVIL, durante el período comprendido

del uno de agosto al treinta y uno de octubre de dos mil siete. Teniendo

como base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-85-2009, con Respon-

sabilidad Patrimonial, por la cantidad de ciento treinta y cuatro mil

cuatrocientos cuatro dólares con trece centavos de dólar ($134,404.13)

y Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte

de Cuentas de la República. San Salvador, a las doce horas y quince

minutos del día doce de enero de dos mil diez.

LIC. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ.

LICDA. BIRMANESA NELSY MANCIA,

JUEZA.

LICDA. ALBA YASENI MEJIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 64

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ACEPTACION DE HERENCIA

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

ocho horas y cinco minutos del día uno de diciembre de dos mil nueve,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MARCELO

GRANDE SOSA, quien fue de setenta y cuatro años de edad, Casado,

Agricultor, fallecido el día diecinueve de septiembre de dos mil siete,

en San Salvador, siendo Aguilares su último domicilio, de parte de los

señores JOSE MARCELO GRANDE LEONOR, IRMA GRANDE

DE OLMEDO, MARIA HORTENSIA GRANDE DE PALACIOS,

ALVARO DE JESUS GRANDE LEONOR, GLORIA FRANCISCA

GRANDE DE ESTRADA, ROSA MILAGRO GRANDE DE AMAYA

y la señora PAULA LEONOR o PAULA LEONOR GUZMAN, los

primeros seis en concepto de hijos del causante y la última en concepto

de Cónyuge sobreviviente del mismo, a quienes se les ha conferido la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho horas

y quince minutos del día uno de diciembre de dos mil nueve.- Licda.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.-

Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 42-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las once horas treinta y seis minutos del día dieciocho de noviembre del

año dos mil nueve, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor

VICENTE SEFERINO PORTILLO, conocido por VICENTE CEFERINO

PORTILLO, y por VICENTE SEFERINO VASQUEZ PORTILLO, quien

fue de cincuenta y dos años de edad, Soltero, Mecánico, hijo de SOFIA

PORTILLO, conocida por SOFIA PORTILLO OSORIO, fallecido el día

cuatro de octubre del año dos mil ocho; siendo la Ciudad de Apopa su

último domicilio; de parte de la señora SOFIA PORTILLO, conocida por

SOFIA PORTILLO OSORIO, de setenta y nueve años de edad, Soltera,

Ama de Casa, de este domicilio; y de la menor MARCELA BEATRIZ

RAMOS CRUZ, de trece años de edad, Estudiante, del domicilio de

Usulután; en calidad de Herederas Testamentarias del Causante.-

Y se les confi rió las aceptantes en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente;

debiendo la menor MARCELA BEATRIZ RAMOS CRUZ, ejercer

sus derechos a través de sus Representantes Legales, señores: JOSE

LEANDRO RAMOS y MARIA CONCEPCION CRUZ.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

TÍTULO DE PROPIEDAD

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. Herber

Ernesto Montoya Salazar, Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la

República; a fi n de titular a favor del Estado de El Salvador en el ramo

de Educación, un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón

San Isidro, jurisdicción de Santa María Ostuma, Departamento de La

Paz, de una extensión superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS CINCO

PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS; que mide

y linda: NORTE, treinta metros, con Delma Ayala Vásquez; ORIENTE,

sesenta y cuatro punto sesenta metros cuadrados, con Nicolás Cerón

Mejía; SUR, treinta metros, con los señores Urania Rivas Ruiz y María

Azucena Rivas Ruiz, camino vecinal de por medio; y PONIENTE, se-

senta y cuatro punto sesenta metros, con Delma Ayala Vásquez, camino

vecinal de por medio.

Dice el solicitante que su representado adquirió dicho terreno por

donación que le hizo la Asociación Comunal Para La Educación del

Cantón San Isidro del Municipio de Santa María Ostuma.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de octubre de dos

mil nueve. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 54-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas

cuarenta y un minutos del día dieciocho de noviembre del año dos mil

nueve.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 43-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las quince horas siete minutos del día siete de diciembre del año dos mil

nueve, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor CELESTINO

ALVARENGA ALVARENGA, quien fue de cuarenta y nueve años

de edad, Vendedor, Casado, hijo de CELESTINO ALVARENGA

ALVARENGA, y ORALIA HIRTA RAMIREZ, conocida por CORALIA

RAMIREZ, y por CORALIA ALVARENGA; fallecido el día veintitrés

de julio del año dos mil ocho; siendo la Ciudad de Apopa, su último

domicilio; de parte de la señora: MARIA GUADALUPE ORELLANA

viuda DE ALVARENGA, de cuarenta y seis años de edad, representante

de ventas; y de los menores: GUILLERMO ANTONIO, y FLOR DE

MARIA, ambos de apellidos ALVARENGA ORELLANA, de trece y

quince años de edad, respectivamente; todos de este domicilio; en calidad

de Cónyuge Sobreviviente e hijos del Causante, respectivamente.

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente;

debiendo los menores GUILLERMO ANTONIO, y FLOR DE MARIA,

ambos de apellidos ALVARENGA ORELLANA, ejercer sus derechos

a través de su Representante Legal, señora MARIA GUADALUPE

ORELLANA viuda DE ALVARENGA.

Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas

doce minutos del día siete de diciembre del año dos mil nueve.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 44-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos

del día catorce de Diciembre del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó la señora VICENTA MARTINEZ, quien falleció a las

diecinueve horas del día once de febrero del dos mil siete, en la Colonia

San Francisco de la Ciudad de San Miguel, siendo ese lugar su último

domicilio, de parte de la señora GLADYS ESPERANZA MARTINEZ

DE LUNA, en calidad de hija de la causante, y se le ha conferido a la

aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representa-

ción interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y catorce minutos del día catorce de Diciembre del dos mil

nueve.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 45-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos

del día uno de Diciembre del dos mil nueve, se han tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor DANIEL DE JESUS GIRON CASTRO, quien

falleció a las tres horas veinte minutos del día veinticuatro de Julio del dos

mil siete, en la Colonia Bustillo de la Ciudad de San Miguel, siendo este

lugar su último domicilio, de parte de los señores SOFIA QUINTANILLA

DE TICAS, DORA DEL CARMEN GIRON DE MEDRANO, DANIEL

GIRON MARTINEZ, REINA ISABEL GIRON DE MARINERO, en

calidad de hijos del causante ANA JULIA MARTINEZ DE GIRON,

conocida por ANA JULIA MARTINEZ viuda DE GIRON, en calidad

de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos heredita-

rios que le correspondían a JUAN ANTONIO GIRON MARTINEZ,

MANUEL DE JESUS GIRON MARTINEZ, JOSE REYNALDO

GIRON MARTINEZ y JORGE ALBERTO GIRON MARTINEZ, en

calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los aceptantes en

el carácter antes indicado, la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y catorce minutos del día uno de Diciembre del dos mil

nueve.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 46-3

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte

minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de

Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor FRAN-

CISCO MERLOS, conocido por FRANCISCO MERLOS MAJANO,

quien falleció a las dos horas, del día uno de noviembre del año dos mil

seis, en el cantón El Colorado, Jurisdicción de Comacarán, siendo ese

el lugar de su último domicilio; de parte de la señora: SECUNDINA

GUZMAN DE MERLOS, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos,

del domicilio del Cantón Comacarán, portadora de su Documento Único

de Identidad Número: Cero tres cero seis dos cinco cuatro siete-cuatro

y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número mil trescientos nueve-

ciento cincuenta mil ciento cuarenta-ciento uno -ocho; en concepto de

cónyuge del causante y como Cesionaria del derecho Hereditario que

en la sucesión le correspondía a la señora ADRIANA MERLOS DE

GUZMAN, en concepto de hija del causante.-

Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración

y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas y veinticinco minutos del día once de diciembre de dos mil nueve.-

DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 47-3

TITULO SUPLETORIO

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada

MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora

Pública de Derechos Reales y Personales, de la Señora Procuradora

General de la República en Funciones, en representación de la señora,

RAQUEL AYALA DE AGUILAR de setenta y seis años de edad, ama

de casa, del domicilio, y residencia en Cantón Santa Rosa, Caserío La

Maraña, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, solicitando se le

extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la señora AYALA DE

AGUILAR, de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón

Santa Rosa, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de la extensión

superfi cial de: CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO

OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a seiscientos

cincuenta punto ochenta y un varas cuadradas, aunque su antecedente

expresa menor extensión, siendo su descripción técnica la siguiente: El

vértice Nor Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica

tiene las siguientes coordenadas: norte trescientos trece mil trescientos

dos punto ochenta, este quinientos veintitrés mil seiscientos cincuenta

y cinco punto cero dos LINDERO NORTE: partiendo del vértice nor

poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y

distancias: tramo uno, norte sesenta y siete grados veintiún minutos

cuarenta segundos este con una distancia de trece punto sesenta y cuatro

metros; tramo dos, norte sesenta y siete grados treinta y ocho minutos

cincuenta y ocho segundos este con una distancia de once punto treinta

y seis metros; tramo tres, norte treinta y un grados cincuenta y nueve

minutos veintiséis segundos este con una distancia de dos punto setenta

y seis metros; tramo cuatro, sur cincuenta y ocho grados treinta minutos

treinta y cinco segundos este con una distancia de dos punto setenta

metros; colindando con terreno propiedad del señor Arturo Ayala con

cerco de piña de por medio. LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice

nor oriente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y

distancias: tramo uno, sur diecinueve grados once minutos treinta y seis

segundos oeste con una distancia de tres punto veintiún metros; tramo

dos, sur cero cero grados cuarenta minutos cuarenta y cinco segundos

este con una distancia de ocho punto treinta y ocho metros; tramo tres,

sur cero siete grados cuarenta minutos veintisiete segundos oeste con

una distancia de cuatro punto veinte metros; tramo cuatro, sur dieciséis

grados treinta y cinco minutos treinta segundos este con una distancia

de tres punto trece metros; y tramo cinco, sur cero siete grados quince

minutos veintiocho segundos este con una distancia de seis punto noventa

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

y cinco metros, colindando con inmueble propiedad del señor Arturo

Ayala, dividido parte por cerco de piña y parte por muro de piedra.

LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos

tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur ochenta y

siete grados quince minutos cero tres segundos oeste con una distancia de

cuatro punto cero cero metros; y tramo dos, norte ochenta y cinco grados

cincuenta y cuatro minutos cero tres segundos oeste con una distancia de

trece punto cuarenta y tres metros colindando con propiedad del señor

con OVIDIO ALEGRIA con calle que conduce a Santa Rosa La Maraña

y a Caserío Potrero de por medio. y LINDERO PONIENTE: partiendo

del vértice sur poniente está formado con un tramo con los siguientes

rumbos y distancias: tramo uno, norte treinta y cuatro grados veinticinco

minutos cuarenta y cinco segundos oeste con una distancia de diecisiete

punto veintiún metros; colindando con propiedad de la señora María

Juana Aguilar, con lindero sin materializar de por medio. Así se llega

al vértice nor poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.

El inmueble antes descrito posee una casa de techo de tejas, paredes

de adobe, piso natural con corredor. Lo adquirió por compraventa que

le hizo al señor CONCEPCION AGUILAR PORTILLO en el año dos

mil cinco, y lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los catorce días

del mes de octubre de dos mil nueve. LIC. JOSE ANGEL POSADA CIS-

NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 48-3

HERENCIA YACENTE

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece mi-

nutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve, declárase yacente la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor JORGE COREAS,

quien falleció a las dieciocho horas del día dieciocho de marzo de mil

novecientos ochenta y nueve, en el Cantón El Brazo, Jurisdicción,

Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último

domicilio. Nómbrase Curador de la Misma al Licenciado RUBEN

DARIO VELASQUEZ ARIAS.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas y catorce minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve.-

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 49-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las diez horas y quince

minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve, declárase yacente

la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ALBERTO

MORALES, quien falleció el día dieciséis de mayo del dos mil seis, en

el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la Ciudad de San Miguel,

siendo este lugar su último domicilio. Nómbrase Curador de la Misma

a la Licenciada KAREN ELIZABETH ROMERO GOMEZ.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas y dieciséis minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve.-

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 50-3

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ, Notario del domicilio de Santa Tecla, con Ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al público.

HACE SABER: Que por resolución dada por la suscrita Notario a las quince horas del día nueve de Noviembre del año dos mil nueve, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO con Be-nefi cio de Inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora ANA VICTORIA MELENDEZ ORANTES, quien falleció en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, su último domicilio, el día dieciséis de Marzo del año dos mil ocho, al señor JUAN CARLOS MELENDEZ, hijo de la causante y se le ha conferido al Heredero Decla-rado la REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVAS DE LA SUCESIÓN.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Santa Tecla, once de Enero del dos mil diez.

Licda. VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C000335

VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ, Notario del domicilio de Santa Tecla, con Ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al público.

HACE SABER: Que por resolución de las dieciséis horas del día veintiséis de Diciembre del año dos mil nueve se ha declarado HERE-DERA DEFINITIVA ABINTESTATO con Benefi cio de Inventario de los bienes dejados a su defunción por la Señora CARMEN PANIAGUA DE ALFARO, quien falleció a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del día quince de Septiembre de dos mil nueve en el Hospital San Rafael, de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; a la Señora YDALIA YANETH PANIAGUA DE PONCE, en su concepto de Cesionaria de los derechos que correspondían a los Señores Santos Alfaro Paniagua y Pedro Alfaro Morales, hijo y cónyuge de la cau-sante, respectivamente; y se le ha conferido a la Heredera declarada la REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina de la Notario. Santa Tecla, a los diez días del mes de Enero de dos mil diez.

Licda. VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C000336

ANDRES SORIANO NAVIDAD, NOTARIO, con Ofi cina Jurídica en

Treinta y Tres Calle Oriente, Número Trescientos Trece, Colonia La

Rábida, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día trece

de Enero del año dos mil diez, ha sido declarada Heredera Defi nitiva

con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defun-

ción dejó el causante JOSE SANTOS ALFARO, conocido por JOSE

SANTOS ALFARO ALVARADO, quien fue de setenta y cinco años

de edad, y quien falleció en San Salvador, su último domicilio, el día

cuatro de Noviembre del año dos mil nueve, a la señora ALEJANDRA

HERNANDEZ DE ALFARO, en su concepto de Cónyuge Sobreviviente

del mencionado causante, y se ha conferido a la heredera declarada la

administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en mi ofi cina jurídica: San Salvador, a los trece días del

mes de Enero del año dos mil diez.

Dr. ANDRES SORIANO NAVIDAD,

NOTARIO.

1 v. No. C000342

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

doce horas y cinco minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil

nueve se han declarado herederos defi nitivos, abintestado, con benefi cio

de inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor JOSE

ERNESTO PEREZ MELENDEZ, conocido por JOSE ERNESTO

PEREZ, quien fue de ochenta y seis años de edad, Alfarero, fallecido el día

veinte de mayo de dos mil nueve, en esta ciudad, siendo Quezaltepeque

su último domicilio, de parte de los señores ANA MIRIAN PEREZ

DE MARTINEZ, JOSE ERNESTO PEREZ CARTAGENA, SILVIA

MORENA PEREZ DE PORTAL, FELICIANO JESUS PEREZ CAR-

TAGENA y RENE MAURICIO PEREZ CARTAGENA, en el concepto

de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y

representación Defi nitiva de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas

y quince minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil nueve. Licda.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.

Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. C000346

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas

y treinta minutos de esta fecha, se ha declarado a DANIEL ALFONSO

GRANADOS LUCHA, HEREDERO DEFINITIVO abintestato con

benefi cio de inventario del causante PATRICIO ALBERTO LUCHA,

quien fue de setenta y cuatro años de edad, sastre, fallecido a las cuatro

horas cuarenta minutos del día tres de abril de mil novecientos ochenta

y nueve en el Hospital de Antel, siendo la Ciudad de Atiquizaya, De-

partamento de Ahuachapán, su último domicilio, en concepto de hijo del

causante. Confi érasele al HEREDERO DECLARADO, en el carácter

dicho LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION DEFINITIVA

de la sucesión con las facultades de ley.

Lo que se Avisa al público para los efectos consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las once

horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil nueve. JOAQUIN

FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.

1 v. No. F036651

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución proveída a las quince horas y cinco

minutos de este día, la señora MARIA ERLINDA PEREZ PEREZ

conocida por MARIA ERLINDA PEREZ, ha sido declarada heredera

defi nitiva, con benefi cio de inventario en la herencia intestada que

dejó el señor DOLORES PEREZ SARILES, conocido por DOLORES

PEREZ, quien falleció el día veintidós de julio del corriente año, en el

Centro Médico del Municipio y Departamento de San Miguel, siendo su

último domicilio el Barrio El Calvario de la ciudad de Yucuaiquín, de

este Departamento, en calidad de hija del causante. Confi riéndole a la

heredera mencionada en tal calidad la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del

mes de diciembre de dos mil nueve. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F036687

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

AVISA, Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las

quince horas y cincuenta y ocho minutos de este día; se ha DECLA-

RADO HEREDERO DEFINITIVO, y con benefi cio de inventario al

señor MARTIN RAMIREZ VASQUEZ, de cincuenta y ocho años de

edad, empleado, del domicilio del Cantón El Peñón de la jurisdicción de

Sociedad, departamento de Morazán, con Documento Unico de Identidad

Número cero dos uno siete dos seis nueve cuatro - seis; de la herencia

que en forma intestada dejó el causante JUAN CLIMACO RAMIREZ,

conocido por JUAN RAMIREZ, quien fue de setenta y ocho años de edad,

jornalero, casado, originario y del domicilio de Sociedad, departamento

de Morazán, hijo de Domingo Ramírez y Catalina Molina, falleció a las

doce horas del día seis de abril del dos mil uno, en el Cantón Calpules

de la jurisdicción de Sociedad, departamento de Morazán, siendo ese

lugar su último domicilio; en concepto de hijo y como cesionario de los

derechos hereditarios que les correspondían a los señores María Daysi

Ramírez Vásquez, Víctor Vásquez Ramírez y Lucía Ramírez Vásquez,

hijos del referido causante. Se ha Conferido al mencionado heredero en

la calidad expresada, la administración y representación DEFINITIVA

de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las quince horas y cincuenta y nueve minutos del día tres de diciembre

de dos mil nueve. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F036705

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y cuarenta y cinco

minutos del día cinco de noviembre del presente año, se ha declarado

HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora SANTOS FLORES ROME-

RO conocida por SANTOS FLORES y por SANTOS SEGUNDINA

FLORES, quien fue de ochenta y tres años de edad, soltera, fallecida

el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete, siendo

Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de la señora BLANCA

ALICIA FLORES VIUDA DE OLIVARES como hija de la causante

y representada por el Licenciado RIGOBERTO ROSA CHAVEZ.

Confi érasele a la aceptante la administración y representación Defi nitiva

de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y

cinco minutos del día cinco de noviembre del año dos mil nueve. Licda.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

1 v. No. F036708

ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO, Notaria, de este

domicilio, con ofi cina ubicada en Condominios Tequendama, Edifi cio

Diez Local Tres, Sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, de

esta Ciudad.

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída

a las quince horas del día seis de diciembre del dos mil ocho, se ha de-

clarado a la señora MORENA GUADALUPE MENA DE CASTILLO,

en su carácter de MADRE DEL CAUSANTE y cesionaria del derecho

que le correspondía al señor ABRAHAN CASTILLO DIAZ, de la su-

cesión intestada que dejara el joven JULIO ABRAHAM CASTILLO

MENA, ocurrida en el Hospital del Seguro Social a las tres horas del

día catorce de septiembre del dos mil nueve, siendo su último domicilio

Final Colonia Santa Adela, Frente a Iglesia de Dios del Puerto de La

Libertad Departamento de La Libertad.

En consecuencia confi érase a la Heredera Declarada, la ADMI-

NISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión.

Protocolícese la resolución correspondiente.

Librado en la ofi cina de la Notaria ANAYANCY MAYOLA

RODRIGUEZ ALVARADO, en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis

horas del día once de enero del dos mil diez.-

ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO,

NOTARIA.

1 v. No. F036839

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las diez horas y quince minutos del día veinte de noviembre del co-

rriente año, se han declarado herederos, con benefi cio de inventario, de

la herencia testada, dejada a su defunción por la causante MARIA DEL

CARMEN CAÑAS DE CHAVEZ, conocida por CARMEN CAÑAS, por

MARIA DEL CARMEN CAÑAS VIUDA DE CHAVEZ y por MARIA

DEL CARMEN CAÑAS, ocurrida el día veintisiete de julio de dos mil

ocho, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a los señores LILIAN

CARMELINA CHAVEZ DE CUELLAR conocida por LILIAN CAR-

MELINA CHAVEZ CAÑAS; ANA VILMA CHAVEZ DE BARTON

conocida por ANA VILMA CHAVEZ CAÑAS; EDGARD EDMUNDO

CHAVEZ CAÑAS; CARLOS ALBERTO CHAVEZ CAÑAS; JAIME

GALILEO CHAVEZ CAÑAS; HECTOR ORLANDO CHAVEZ

CAÑAS; FRANCISCO ERNESTO CHAVEZ CAÑAS; y AMERICA

HAYDEE CHAVEZ DE ROMERO conocida por AMERICA HAYDEE

CHAVEZ CAÑAS y por AMERICA AIDEE CHAVEZ CAÑAS, en

calidad de herederos testamentarios de la causante; y se ha conferido a

los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas

de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas

treinta y cuatro minutos del día catorce de diciembre de dos mil nueve.

Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.

CECILIA MARIA MARROQUIN CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F036854

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas del día veintisiete de noviembre del dos mil nueve, se

ha declarado heredera abintestato con benefi cio de inventario a la señora

OCTAVIA DEL SOCORRO MURILLOS DE BARRIENTOS conocida

por SOCORRO MURILLOS DE BARRIENTOS, en calidad de CÓN-

YUGE SOBREVIVIENTE del causante CÁNDIDO BARRIENTOS

PERAZA conocido por CÁNDIDO BARRIENTOS, quien fue de ochenta

y dos años de edad, agricultor, fallecido el día dieciséis de mayo del dos

mil nueve, siendo esta ciudad su último domicilio.

En consecuencia, se le ha conferido a la heredera declarada la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas del

día dos de diciembre del dos mil nueve. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS

LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA

FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F036855

RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE, Notario, del domicilio

de Santa Ana, con Ofi cina situada en Segunda Avenida Norte y Cuarta

Calle Poniente número Tres. Santa Ana. AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución dictada por el suscrito Notario.

a las diez horas del día once de diciembre del año dos mil nueve, se han

declarado HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVEN-

TARIO, a los señores: JOSE OSCAR GONZALEZ MELENDEZ, JOSE

OSCAR y la señorita BINDA PRESEDY ambos de apellido GONZALEZ

OSORIO, de la Herencia Intestada que a su Defunción dejó la señora

BERTA ALICIA OSORIO DE GONZALEZ, el primero en concepto de

cónyuge y los dos últimos en concepto de hijos de la referida causante

quien falleció en el Barrio San Antonio, Colonia Brasilia de esta ciudad,

el día veintisiete de enero del presente año, originaria de Nuevo Edén de

San Juan, Departamento de San Miguel, siendo esta ciudad lugar de su

último domicilio; y en tal carácter se les ha conferido la administración

y representación DEFINITIVA de la sucesión. Publíquese el aviso de

Ley.

Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario, en la ciudad de Santa

Ana, a los once días del mes de enero del dos mil nueve.

Lic. RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE,

NOTARIO.

1 v. No. F036859

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Notario, del domicilio de Santa

Ana, con Ofi cina en Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente

número TRES, Santa Ana, al PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución dictada por el Suscrito Notario,

a las quince horas del día ocho de enero del corriente año, se ha declarado

HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la

señora EMILIANA HERLINDA ESTRADA, de la Herencia Intestada

que a su defunción dejara la señora ENCARNACION POLANCO,

quien fue conocida por ENCARNACION ESTRADA, y por ENCAR-

NACION ESTRADA POLANCO, en concepto de hija y Cesionaria de

los derechos que por ley le correspondían al señor HELADIO MIGUEL

ESTRADA, en calidad de hijo de la citada causante, quien falleció el

día veintinueve de abril del año dos mil uno, en el Hospital San Juan de

Dios, de esta ciudad, siendo dicha ciudad lugar de su último domicilio;

y en tal concepto se le ha conferido la administración y representación

DEFINITIVA de la sucesión.- Publíquese los edictos de Ley.

Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario, en la ciudad de Santa

Ana, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez.-

LIC. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F036860

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con veinte minutos del día dos de diciembre del corriente

año, se declararon herederos defi nitivos con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN

MEJIA, fallecido el día diecinueve de noviembre de mil novecientos

noventa y ocho, en el Barrio San Luis de la ciudad de Nueva Guada-

lupe, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad

antes mencionada su último domicilio; a los señores Dilia Teresa Mejía

Morán, María Antonia Mejía Morán y Saturnino Morán Mejía, éstos

en su concepto de hijos del causante. Confi éreseles a los herederos

declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión

de que se trata. Publíquese el edicto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve

horas con treinta minutos del día dos de diciembre de dos mil nueve.

LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

1 v. No. F036869

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos

del día veinte de noviembre del presente año, se DECLARÓ DEFINI-

TIVAMENTE HEREDEROS con benefi cio de inventario de la herencia

INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora

LAURA EMELI GRANADOS DE CHAVEZ, quien falleció en Colonia

San Mauricio, Pasaje Zúñiga número cinco, San Salvador, a las diez horas,

del día veintiséis de marzo de dos mil siete, siendo su último domicilio

el de esta ciudad, a los señores HECTOR DAVID CHAVEZ MORAGA,

en su concepto de cónyuge sobreviviente de la causante y NESTOR HA-

ROLD CHAVEZ GRANADOS y HECTOR ARQUIMIDES CHAVEZ

GRANADOS, en su concepto de hijos de la de cujus.

Confi rióse a los herederos en el carácter antes indicado la admi-

nistración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas

del día veinte de noviembre de dos mil nueve.LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F036888

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos

de este día, se han declarado a los señores: ANTONIA ISABEL PEREZ

DE AGUILAR, de veintiocho años de edad, Profesora, JUAN ELIAS

PEREZ RIVAS, de veintiséis años de edad, agricultor, y TOMAS TADEO

PEREZ RIVAS, de treinta y dos años de edad, soltero, contador, todos del

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

domicilio de la ciudad de Apastepeque de este Departamento, herederos

abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

dejó el señor JUAN FRANCISCO PEREZ ACEVEDO, quien fue de

ochenta y dos años de edad, agricultor, soltero, salvadoreño, originario

y del domicilio de Apastepeque de este Depatamento, habiendo fallecido

el día quince de diciembre del año dos mil ocho, en Barrio Los Angeles

de la ciudad de Apastepeque, lugar de su último domicilio, en concepto

de hijos del causante. Y se ha conferido a los herederos declarados la

administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días

del mes de noviembre del año dos mil nueve. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F036891

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez

horas con veinte minutos del día dos de diciembre de dos mil nueve.- Se

ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario en la herencia

intestada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de febrero de dos

mil ocho, en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo

también su último domicilio, dejó el causante JOSE SECUNDINO

ANDASOL JOVEL, a la señora MARIA MARTA GUARDADO, en su

calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto en la

presente sucesión, le correspondían a la señora ANGELA ANDASOL

JOVEL, en su calidad de hermana del referido de cujus.- Se ha conferido

a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de

la sucesión.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día

cuatro de enero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F036904

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con cuarenta minutos del día dos de diciembre del dos

mil nueve, se ha declarado heredera abintestato con benefi cio de inven-

tario a la señora EVANGELINA ESTRADA DE SANDOVAL, quien

lo hace en calidad de HIJA de la causante MARIA ANGELA LARIOS

VIUDA DE ESTRADA conocida por MARIA ANGELA LARIOS y

por ANGELA LARIOS, quien fue de ochenta y dos años de edad, de

ofi cios domésticos, fallecida el día veintisiete de febrero de dos mil

nueve, siendo esta ciudad su último domicilio.-

Por lo anterior, se le confi ere a la heredera declarada la administración

y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas con

veintiocho minutos del día ocho de enero del dos mil diez.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F036920

ACEPTACION DE HERENCIA

DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario, del domicilio de la

ciudad de Santa Tecla, al Público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por esta ofi cina

notarial a las once horas del día quince de noviembre del año dos

mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por la señora GABINA PÉREZ

DE REYES, quien falleció en la ciudad de San Salvador, lugar de su

último domicilio, a las siete horas del día dieciséis de mayo del año dos

mil, por la señora MARIA AZUCENA HERNÁNDEZ DE PICHE, en

concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden

a la señora ROSA MARIA LÓPEZ, hermana de la causante, por lo que

se le confi ere a la aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en la ofi cina notarial del doctor DIONISIO HERIBERTO

GUERRERO, a las catorce horas del día diecisiete de noviembre del año

dos mil cinco.

DR. DIONISIO HERIBERTO GUERRERO,

NOTARIO.

1 v. No. C000334

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

ANA MILAGRO ESCOBAR, Notario, del domicilio de esta ciudad,

con ofi cina situada en Colonia Diez de Septiembre, Veintidós Calle

Poniente, Número Dos Mil Trescientos Treinta de esta ciudad, para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diez horas del día Dos de Diciembre del año Dos Mil Nueve, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la He-

rencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALFREDO SANCHEZ

CALLEJAS, conocido por ALFREDO SANCHEZ, quien falleció en

esta Ciudad su último Domicilio el día primero de febrero del año Dos

Mil Cuatro, de parte del señor FRANCISCO ALFREDO SANCHEZ

MENDEZ, como hijo del causante, y como Cesionario de los Derechos

Hereditarios que en la Sucesión correspondían a las señoras SANTOS

DE JESUS MENDEZ DE SANCHEZ, como cónyuge y CANDELARIA

SANCHEZ como madre del Causante, habiéndole conferido la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia

por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la Herencia

para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días

contados desde el siguiente a la última publicación del presente edic-

to.

Librado en la ofi cina de la Notario ANA MILAGRO ESCOBAR.

En la ciudad de San Salvador, a las once horas del día Cuatro de enero

del Año Dos Mil Diez.

DRA. ANA MILAGRO ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. C000340

En la Ofi cina del Notario CRUZ FRANCO GALDAMEZ, ubicada en

Sexta Calle Poniente, entre Primera y Tercera Avenida Sur, Barrio El

Chile, ciudad de Chalatenango, a las nueve horas del día veintiocho de

noviembre del año dos mil nueve. Por recibido el OFICIO NUMERO

SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO, procedente de

la Ofi cialía Mayor de la Honorable Corte Suprema de Justicia, en la

cual se informa que sobre los bienes del causante DOUGLAS ABEL

ALVARENGA ROMERO, no se han iniciado diligencias ante tribunal

o notario, y que no ha otorgado testamento alguno, agréguese a las pre-

sentes diligencias el informe relacionado; DECLARASE HEREDERA

ABINTESTATO EN FORMA INTERINA Y EXPRESAMENTE CON

BENEFICIO DE INVENTARIO A LA SEÑORITA: ANA PATRICIA

ALVARENGA ROMERO, de treinta y tres años de edad, empleada,

soltera, del domicilio de Soyapango, municipio del Departamento de San

Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento

Único de Identidad Número: cero cero doscientos once mil seiscientos

sesenta y uno guión uno; y Número de Identifi cación Tributaria: cero

cuatrocientos treinta y dos cero setenta mil ciento setenta y seis guión

ciento uno guión tres. En calidad de hermana, heredera sobreviviente y

cesionaria de los derechos que le correspondían a los padres biológicos

del causante señor DOUGLAS ABEL ALVARENGA ROMERO,

dicho fallecimiento fue ocurrido el día veintiuno de agosto del año dos

mil ocho, a la edad de veintinueve años,S soltero, originario de Santa

Rita, Departamento de Chalatenango, y del domicilio de Soyapango,

Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, de

nacionalidad Salvadoreña, quien fue hijo de Abel Alvarenga Orellana y

Edita Mélida Romero de Alvarenga, quienes ejercerán la administración

con las restricciones de la herencia yacente.- Ordénase las publicaciones

de los edictos correspondientes.-

CRUZ FRANCO GALDAMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C000348

HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, Abogado y Notario del

domicilio de Masahuat, Departamento de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas

del día quince de agosto del presente año; se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que

a su defunción dejó la señora: DAMIANA CARPIO, habiendo sido

la causante de Nacionalidad Salvadoreña, siendo su último domicilio

el de Caserío Casitas del Cantón Santo Tomás de la Jurisdicción de

Texistepeque, de este Departamento, quien falleció a las veintidós ho-

ras del día veintiocho de noviembre del año dos mil ocho, de parte del

señor PABLO LORENZO CARPIO en concepto de hijo y cesionario

de los derechos hereditarios en abstracto de la señoras ANSELMA

CARPIO, ENA DEL CARMEN CARPIO, ASUNCIÓN CARPIO DE

VALDEZ y MARÍA SALOMÉ CARPIO DE MANCÍA, hijas de la

causante, confi riéndosele la Administración y Representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente. Cito al que tenga derecho a dicha herencia para que

comparezca en el término de quince días contados desde el siguiente a

la última publicación de este edicto.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Librado en la Ofi cina Notarial, ubicada en Barrio El Centro de la

jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, Departamento de Santa Ana, a

los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil nueve.

HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL,

NOTARIO.

1 v. No. C000354

ANA DELMY MENDOZA CAMPOS, Notario, del domicilio de San

Salvador, con ofi cina jurídica ubicada en Octava Avenida Sur Pasaje La

Favorita número dieciocho, de la Ciudad de Santa Tecla.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída

a las ocho horas del día veintinueve del mes de diciembre del presente

año, se ha tenido a la señorita JENNIFER RENEE CHAVEZ GIHA, por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor RAFAEL CHAVEZ JOACHIN, quien

hasta su deceso fue de treinta y cinco años de edad, originario de Colón,

departamento de La Libertad, Empleado, Casado, fallecido a las diez

horas y cero minutos del día once de junio del año dos mil tres, en Ciudad

Colón, departamento de La Libertad, a consecuencia de alcoholismo

crónico, con asistencia medica, siendo su último domicilio la ciudad

de Colón, departamento de La Libertad; actuando la solicitante en su

calidad de hija y además como cesionaria de los derechos hereditarios

que le transfi rieron las señoras JOSEFINA JESUS JOACHIN conocida

por JOSEFINA DE JESUS JOACHIN y MARIA JANETH GIHA DE

CHAVEZ, la primera como madre y la segunda cónyuge sobreviviente

del causante antes mencionado; habiéndosele conferido la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio

se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para

que se presenten a la referida ofi cina arriba citada en el término de quince

días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente

edicto.

Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los treinta días del mes de

diciembre de dos mil nueve.-

ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F036701

OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina

situada en Doce Calle Poniente número dos mil seiscientos cincuenta y

siete, de esta ciudad, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas en sus ofi cios notariales, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA que a

su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día diez de julio del

año dos mil nueve, dejó la señora GLORIA MARGOT QUINTANILLA

VIUDA DE FLORES, conocida por GLORIA MARGOTH FLORES

QUINTANILLA DE FLORES y por GLORIA MARGOTH FLORES

DE FLORES, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador,

de parte de los señores GLORIA CORINA FLORES QUINTANILLA

DE ANDRADE, SILVIA MARGARITA FLORES DE RIVERA, co-

nocida por Silvia Margarita Flores Quintanilla de Rivera, PATRICIA

ALEJANDRA FLORES DE LOPEZ, y CARLOS LUIS FLORES

QUINTANILLA, como hijos de la Causante.

Se ha conferido a los aceptantes la ADMINISTRACION Y RE-

PRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION con las facultades

y restricciones de Ley.

Librado en San Salvador, a los once días del mes de Diciembre de

dos mil nueve.

OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ,

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1 v. No. F036803

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ, Notario, del domicilio

de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina en Quinta Avenida Norte Bis,

Local número quinientos uno - C, Barrio San Francisco, de la ciudad

de San Miguel, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas del

día trece del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción

ocurrida en la Clínica San Francisco de la ciudad de San Miguel, el

día quince de mayo del año dos mil dos, dejó el señor VICENTE

HERNANDEZ CONTRERAS, de cincuenta y ocho años de edad, Mo-

torista, su último domicilio la ciudad de San Miguel, Departamento de

San Miguel, de parte de la señora MARIA DE LA CRUZ VELASQUEZ

VIUDA DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge del causante, por

sí y como cesionaria de los derechos que corresponderían a los señores

RICHARD MAURICIO, RAUL ATILIO y JOSE ROBERTO, todos

de apellidos HERNANDEZ VELASQUEZ, como hijos del causante,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a los que

se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la

mencionada ofi cina, en el término de quince días desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en San Miguel, a los catorce días del mes de enero del dos

mil diez.- testado-y-ocho-vale.-

Lic. LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No F036810

LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ, Notario, del domicilio

de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina en Quinta Avenida Norte Bis,

Local número quinientos uno - C, Barrio San Francisco, de la ciudad

de San Miguel, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del

día doce del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción

ocurrida en Colonia Santa Inés, Avenida Zamorano, Polígono “J”, casa

número Veintiséis de la ciudad de San Miguel, el día veintidós de agosto

del dos mil nueve, dejó el señor JOSE ANTONIO CRUZ, de sesenta

y ocho años de edad, Comerciante en Pequeño, su último domicilio la

ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, de parte del señor

JOAQUIN EMILIO JOYA CRUZ, en calidad de hijo del causante,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a los que

se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la

mencionada ofi cina, en el término de quince días desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en San Miguel, a los trece días del mes de enero del dos

mil diez.

Lic. LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No F036812

EL INFRASCRITO NOTARIO CON OFICINAS EN 17 CALLE PO-

NIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de

Aceptación de Herencia Testamentaria en los bienes del causante SAN-

TOS CONCEPCIÓN FLORES o SANTOS CONCEPCIÓN FLORES

REYES, quien falleció en Cantón Las Isletas, Jurisdicción de San Pedro

Masahuat, Departamento de La Paz, el día seis de Septiembre del dos

mil tres; siendo su último domicilio la Ciudad de San Salvador, Depar-

tamento del mismo nombre. Han sido declarados Herederos Interinos

y Aceptado la Herencia Testamentaria, con benefi cio de inventario,

los señores MAURICIO ERNESTO FLORES VENTURA y ANA

CAMILA FLORES VENTURA, a quienes instituyó como herederos

el causante.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.

Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,

NOTARIO.

1 v. No. F036825

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

EL INFRASCRITO NOTARIO, CON OFICINAS EN 17 CALLE

PONIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de

Aceptación de Herencia Intestadas, en los bienes de la causante PETRO-

NA MAGDALENA QUEZADA RIVAS o PETRONA MAGDALENA

QUEZADA, quien falleció el día diecinueve de Diciembre del dos mil

ocho, en esta Ciudad de San Salvador, Departamento del mismo nombre,

su último domicilio. Ha sido declarada Heredera Interina y Aceptada

la Herencia Intestada, con Benefi cio de Inventario, la Señorita TANIA

LENINA HERNANDEZ QUEZADA conocida por TANIA LISSETTE

HERNANDEZ QUEZADA, hija de la causante.

Lo que se hace saber al público, para que los que consideren tener

derecho a la sucesión, se presenten dentro de los quince días posteriores,

a la última publicación, de este edicto, a la ofi cina del notario autorizante

a probar su derecho.

San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.

Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,

NOTARIO.

1 v. No. F036826

EL INFRASCRITO NOTARIO, CON OFICINAS EN 17 CALLE

PONIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de

Aceptación de Herencia Intestadas, en los bienes de la causante CA-

MELIA HERNÁNDEZ CISNEROS DE ARBIZU, conocida por CA-

MELIA HERNÁNDEZ CISNEROS, CAMELIA CISNEROS ROGEL,

CAMELIA CISNEROS HERNÁNDEZ DE ARBIZU y por CAMELIA

DE ARBIZU, quien falleció en esta Ciudad, su último domicilio, el día

veintinueve de Noviembre del dos mil nueve. Ha sido declarado Heredero

Interino y Aceptado la Herencia Intestada, con benefi cio de inventario,

el Señor MANUEL ERNESTO ANTONIO FLORES ARBIZU, como

CESIONARIO de los derechos de los Señores NORMA VIOLETA

ARBIZU DE CALDERON, JOSE ERNESTO ARBIZU CISNEROS y

DOLORES HERNÁNDEZ.

Lo que se hace saber al público, para que los que consideren tener

derecho a la sucesión, se presenten dentro de los quince días posteriores,

a la última publicación, de este edicto, a la ofi cina del Notario autorizante

a probar su derecho.

San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.

Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,

NOTARIO.

1 v. No. F036828

REGINO ANTONIO AGUILAR LEMUS, Notario de este domicilio,

con ofi cina situada en la sexta calle oriente número dos-cuatro A, de la

ciudad de Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída

a las diez horas del día catorce de agosto de dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los

Señores JOSE MAURICIO PEREZ PEREZ y GUILLERMO PEREZ,

la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día nueve de abril

de mil novecientos noventa, en el cantón El Progreso de esta jurisdic-

ción, siendo éste el lugar de su último domicilio, defi rió el causante

ANACLETO PEREZ CONTRERAS en concepto de hijos del de cujus,

habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se citan a todos los que se crean

con derecho a la herencia para que se presenten a la referida ofi cina en

el término de quince días contados a partir del siguiente al de la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario REGINO ANTONIO AGUILAR

LEMUS, a las nueve horas del día diecisiete de agosto de dos mil nue-

ve.

REGINO ANTONIO AGUILAR LEMUS,

NOTARIO.

1 v. No. F036879

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina situada en los Locales Ex Malibú, número cinco, Entre Calle

a San Antonio Abad y Boulevard Los Héroes, San Salvador, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita

Notario, a las dieciséis horas del día doce de enero del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario,

la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor VICTOR

MANUEL PADILLA conocido por VICTOR MANUEL PADILLA

MARCIA y por VICTOR MANUEL MARCIA PADILLA, quien fue

de sesenta y siete años de edad, Motorista, siendo su último domicilio

esta Ciudad, y quien falleció a las nueve horas y treinta minutos del día

ocho de noviembre del dos mil nueve, en el Hospital General del Segu-

ro Social de esta Ciudad; de parte de los señores JUANA ANTONIA

JOYA MERLOS, antes DE PADILLA hoy VIUDA DE PADILLA,

LILIANA CAROLINA PADILLA JOYA, y MANUEL BALMORE

PADILLA JOYA, todos en su concepto de Herederos Testamentarios

en la Herencia del Causante mencionado, la primera en su calidad de

cónyuge sobreviviente, la segunda y el tercero en sus calidades de hijos

del causante mencionado, habiéndosele conferido a los aceptantes la

Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten en la Ofi cina

antes mencionada para deducirlo, en el término de Ley.

Librado, en la Ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes

de enero del año dos mil diez.

Lic. EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F036882

OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁREZ, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Calle J. Francisco López Número trece, de

la ciudad de Cojutepeque, que por resolución del Suscrito Notario,

proveída a las nueve horas del día ocho de enero del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor SALOMÓN ROSA

QUINTANILLA, ocurrida en Colonia Fátima Calle Principal Número

tres, Cojutepeque, el día veinte de septiembre de dos mil siete, de parte

del señor VICTORINO ROSA URIAS, en concepto de hijo sobreviviente

del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁREZ, En la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de enero de dos mil diez.

Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F036926

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Notario de este domicilio, con Ofi cina Particular ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa Adela y Pasaje Tres, Edifi cio número Veinticinco, Local Veinticinco A, Centro de Gobierno, San Salvador, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas del día tres de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veintitrés de noviembre del año mil novecientos noventa y seis, siendo la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejó la señora BERNARDA FUENTES BLANCO, quien falleció a la edad de sesenta y seis años, soltera, de ofi cio costurera, originaria de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, hija de Francisco Fuentes y de Juana Blanco, de parte de la señora DENNY RUTH ESCOLERO DE FLORES, en su concepto de HIJA DE LA REFERIDA CAUSANTE Y ADEMÁS COMO CESIO-NARIA DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS QUE LE HUBIEREN CORRESPONDIDO TAMBIÉN AL HIJO DE LA CITADA CAUSAN-TE SEÑOR OSCAR ARNOLDO ESCOLERO FUENTES, habiéndosele conferido a la aceptante la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F038615

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y veinticinco minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil nueve y ampliación proveída a las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ENMA TORRES conocida por EMMA TORRES y por ENNA TORRES, quien falleció el día veintitrés de Noviembre del año dos mil cuatro, a

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

la edad de setenta y un años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte de las señoras LUCIA ISABEL TORRES DE SIGÜENZA y CATALINA ANTONIA TORRES TELULE, en calidad de hijas de la causante y a su vez a la SEÑORA CATALINA ANTONIA TORRES TELULE, como cesionaria de los derechos de las señoras ANA DAYSI TORRES y ANGELA CRISTINA TORRES DE CRUZ que tenían en su calidad de hijas en la sucesión de la causante señora ENMA TORRES conocida por EMMA TORRES y por ENNA TORRES.- Confi éresele a las aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a seis días del mes de Enero del año dos mil diez.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036675-1

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de Inventario la He-rencia INTESTADA, que a su defunción dejó el señor DOMINGO SALAVERRIA CAMPOS, conocido por DOMINGO SALAVERRIA, quien falleció a la una horas con treinta minutos, del día veinticinco de abril del año mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón La Canoa, departamento de San Miguel, siendo ése el lugar de su último domicilio; de parte de la Señora: MARIA SUSANA LIZAMA SALAVERRIA, de cuarenta y siete años de edad, Secretaria, de este domicilio; portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres millones dos-cientos trece mil novecientos veintisiete-cinco; en concepto de hija del Causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cinco minutos del día once de noviembre de dos mil nueve.- Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036721-1

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día de hoy; se ha tenido por aceptada con Benefi cio de Inventario la Herencia INTESTADA. Que a su defunción dejó la señora IRMA CONSUELO AMAYA DE GUEVARA, quien falleció a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día trece de diciembre de dos mil cinco, en el Parkland

Health & Hospital System, de la ciudad de Dallas, Estado de Texas, Estados Unidos de América, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio. De parte del señor CRISTOBAL GUEVARA GUEVARA, de sesenta y nueve años de edad; Agricultor, de los domicilio de Dallas, Estados Unidos de América, y del de esta ciudad, portador de su Pasaporte Número ciento treinta y dos millones siete mil doscientos cincuenta y cinco; en concepto de esposo de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que en la Sucesión le correspondían a los señores JOSE ERNESTO GUEVARA AMAYA, BALMORE GUEVARA AMAYA, JOSE NAPOLEON GUEVARA AMAYA y MARIA LUISA GUEVARA AMAYA DE ARBAIZA, en concepto de hijos de la causante.-

Confi érase al aceptante en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-ciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las doce horas con veinte minutos del día dieciséis de Julio del año dos mil nueve.- Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036761-1

JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA, Notario, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional, situada en la Quinta Calle Oriente número quinientos dos-A, San Miguel, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pronun-ciada a las ocho horas del día siete de Enero de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor DAVID RODRIGUEZ conocido por DAVID ANDRADE, fallecido a las cinco horas del día dieciocho de agosto de dos mil nueve, en el Cantón La Bonba, de la jurisdicción de Concepción Batres, departamento de Usulután, siendo su último domicilio la ciudad de Concepción Batres, departamento de Usulután, de parte del señor JUAN ANDRADE RODRIGUEZ, en con-cepto de Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor DAVID MARQUEZ RODRIGUEZ, en su calidad de hijo del mencionado causante. Confi érase al Aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de los bienes de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley

Librado en esta Ofi cina; San Miguel, ocho de Enero de dos mil diez.

JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F036770-1

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y dos minutos del día diecisiete de abril de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas treinta minutos del día veinte de noviembre de dos mil ocho, en Carretera Litoral, Kilómetro noventa y ocho, Cantón San Antonio, Caserío El Ceibillo, de la Villa de Jujutla, siendo éste su último domicilio, dejó el señor AMBROCIO ALFREDO BARILLAS RECINOS o AMBROCIO ALFREDO BARILLAS; de parte de la señora MARIA SANTA ANA VALDIZON DE BARILLAS, conocida por MARIA SANTANA VALDIZON y SANTANA VALDI-ZON, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA LUISA RECINOS o MARIA LUISA RECINOS DE BARILLAS, en concepto de madre del causante.

A quien se ha nombrado Interinamente Representante y Adminis-tradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de abril de dos mil nueve.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. EFRAIN MAURICIO AREVALO MOJICA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036794-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas del día dieciséis de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor REYES RIVERA o REYES RIVERA RODRIGUEZ, fallecido el día cinco de mayo del dos mil uno, en el Cantón El Presidio, de esta Jurisdicción, su último domicilio, de parte del señor AGUSTIN GONZALEZ RAMOS, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en la referida herencia le correspondían a la señora Simona Rodríguez, ésta como cónyuge sobreviviente del causante.

Y se ha conferido al aceptante la Administración y Representación Interinas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil nueve.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MERCEDES ALICIA CORTEZ RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036817-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARIA MARTA AGUILAR viuda DE AMAYA, conocida por MARIA MAR-TA AGUILAR DE AMAYA, MARIA MARTA AGUILAR ANAYA, MARIA MARTA AGUILAR y por MARTA AGUILAR, que falleció el día doce de agosto del año en curso, en San Rafael Obrajuelo, Departa-mento de La Paz, su último domicilio, por parte de la señora BLANCA ARACELI AMAYA DE GUEVARA o BLANCA ARACELI AMA-YA, por sí, como hija de la causante, y además, como cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma sucesión les correspondían a los señores JOSE ROLANDO AMAYA AGUILAR o JOSE ROLANDO AMAYA, CARLOS AFRODICIO AMAYA AGUILAR o CARLOS AFRODICIO AMAYA, VETI MAZARENA AMAYA AGUILAR o VETI MAZARENA AMAYA, y ALVA ROSALINA AMAYA viuda DE HERNANDEZ o ALVA ROSALINA AMAYA, hijos también de la fi nada.

Y se ha nombrado a la aceptante, Administradora y Representante Legal de la sucesión de que se trata.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F036875-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor CARLOS ALBERTO BERDUGO LOPEZ, en calidad de hijo de la causante señora MARIA MARTA LÓPEZ DE VERDUGO, y cesionario de los derechos que les correspondían al señor ISIDRO BERDUGO ALVAREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, por medio del Licenciado OSCAR ALBERTO LARA REYES, Apoderado del señor CARLOS ALBERTO BERDUGO LOPEZ, de la herencia intestada, dejada a su defunción por dicha causante, quien falleció a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día treinta de agosto del año dos mil seis, en la Clínica Climosal, ubicada en la ciudad de Santa Tecla, del Departamento de La Libertad, siendo San Juan Opico, su último domicilio, en concepto al inicio en mención.

Confi riéndosele al aceptante expresado en el concepto indicado la Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este edicto.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las once horas cuarenta minutos del día nueve de diciembre del año dos

mil nueve.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036878-1

DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de ocho horas diez minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS

REYES, conocido por JESUS REYES RIVAS, de setenta y tres años

de edad, jornalero, casado, e hijo de los señores Jesús Reyes y Erlinda

Rivas, fallecido a las diecinueve horas del día veintiuno de agosto del año

dos mil cuatro, en el Cantón San Felipe, del Municipio de Apastepeque,

Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio de parte del

señor FRANCISCO RAUL REYES PONCE, conocido por FRANCISCO

RAUL REYES, de cincuenta y dos años de edad, Agricultor en Pequeño,

portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno seis

nueve nueve cero ocho dos guión tres y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número uno cero uno cero uno siete cero ocho cinco siete guión cero

cero uno guión dos, por sí como hijo del causante y como cesionario de

los derechos hereditarios que le corresponderían a los señores MARIA

ESPERANZA REYES, conocida por MARIA ESPERANZA REYES

DE PINEDA, de cuarenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos,

portadora de su Documento Único de Identidad Número cero cero uno

dos uno nueve ocho seis cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número uno cero uno guión cero ocho cero ocho cero uno seis cinco

uno cero cuatro guión cero y SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES,

conocido por SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES PONCE y

también por SANTOS ANTONIO REYES PONCE, de cuarenta años

de edad, jornalero, portador de su Documento Único de Identidad Nú-

mero cero dos uno nueve nueve dos dos cinco guión cuatro y Tarjeta de

Identifi cación Tributaria uno cero cero uno dos siete cero seis seis nueve

guión uno cero uno guión cero, ambos del domicilio de Apastepeque,

Departamento de San Vicente, e hijos del causante; y se ha nombrado al

señor FRANCISCO RAUL REYES, conocido por FRANCISCO RAUL

REYES, por sí en el concepto de hijo del causante y además como cesio-

nario de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores

MARIA ESPERANZA REYES, conocida por MARIA ESPERANZA

REYES PINEDA, y SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES, conocido

por SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES PONCE y también por

SANTOS ANTONIO REYES PONCE, éstos en su calidad de hijos del

causante, Administrador y Representante Interino de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas treinta y cinco

minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil nueve.- DRA.

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036893-1

HECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina situada en Calle Alberto Masferrer Oriente, número cuatro

guión diez, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas y treinta minutos del día once de enero del dos mil diez,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Santa

Ana, a las veinte horas y cincuenta minutos del día siete de enero del

año dos mil nueve, dejó la señora ANA MARIA ZAVALETA, quien

también fue conocida por MARIA ANA ZAVALETA, de parte del señor

WILFREDO ZAVALETA en concepto de hijo de la causante.

Habiéndose conferido la Administración y Representación de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, Héctor Edmundo Castro Pineda.

En la ciudad de Sonsonate, a las doce horas y treinta minutos del día

once de enero del dos mil diez.

DR. HECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F036924-1

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTA RITA,

DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

Jorge Ángel Guevara Morales, quien actúa en nombre y representación en

su calidad de Apoderado General Judicial y Administrativo con Cláusula

Especial de la señora SARA DEL CARMEN GUEVARA viuda DE

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

RAMIREZ, ambos de generales conocidas en las presentes diligencias,

solicitando TITULO DE PROPIEDAD a favor de su representada, de un

inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio El Centro, Avenida

Gaspar Lama y Calle Cerritos, Jurisdicción de Santa Rita, Departamento

de Chalatenango, de una extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA

Y TRES METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, de las

medidas, y colindancias siguientes: AL NORTE: un tramo en línea recta

mide veinte punto veintiocho metros, colinda con inmueble del señor

José Sarbelio Guevara Guevara, dividido por pared de ladrillo y adobe,

propiedad del colindante; AL ORIENTE: un tramo en línea recta mide

ocho punto sesenta metros, colinda con inmueble propiedad de Yesenia

Luna Peraza, José Ernesto Arteaga y Efraín Antonio Peraza, Avenida

Gaspar Lama de por medio; AL SUR: un tramo en línea semicurva,

mide veintiuno punto cincuenta metros, colinda con inmueble de Julio

Antonio Fuentes Quijada, Calle Cerritos de por medio; y AL PONIEN-

TE: un tramo en línea recta mide cinco punto cincuenta metros, colinda

con inmueble de la señora María Victoria Fuentes Fuentes. Y lo valúa

juntamente con la casa construida en dicho terreno en la cantidad de

DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

no es dominante, ni sirviente y se encuentra libre de todo gravamen; no

tiene derechos reales o cargas que respetar a terceros; no se encuentra en

proindivisión con persona alguna, del cual ha sido poseedor de forma,

quieta, pacífi ca e ininterrumpido por más de cuarenta años.

Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-

tes.

Alcaldía Municipal de Santa Rita, Departamento de Chalatenango,

a los nueve días del mes de diciembre de dos mil nueve.- ISMAEL

ROMERO GUTIERREZ, ALCALDE MUNICIPAL. GUADALUPE

ELIZANDRA DE ALVARENGA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000347-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ACAJUTLA, AL

PÚBLICO.

HACE SABER: Que en esta ofi cina se presentó el Licenciado JOSE

RAYMUNDO SANCHEZ OCHOA, de cuarenta y tres años de edad,

Abogado, del domicilio de Sonsonate, de este Departamento, portador

de mi Documento Único de Identidad Número cero un millón setecientos

diecisiete mil trescientos sesenta y dos -ocho en nombre y representación

y como Apoderado Judicial de la señora VICTORIA DE JESUS FLORES

viuda DE OLMEDO, quien es de cincuenta años de edad, viuda, ama

de casa, del domicilio de esta ciudad, Departamento de Sonsonate, con

Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos cincuenta

y nueve mil novecientos cinco -seis y con Número de Identifi cación

Tributaria Número cero trescientos quince- cero cuarenta mil doscientos

cincuenta y nueve - ciento uno- seis. Quien solicita TITULO DE PRO-

PIEDAD, a favor de su representada señora VICTORIA DE JESUS

FLORES viuda DE OLMEDO. DE UN INMUEBLE, de naturaleza

urbana, situado en el Barrio La Playa, de esta ciudad, compuesto de

SESENTA Y TRES PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS de

extensión superfi cial, de los linderos siguientes: AL NORTE: seis punto

veintiún metros, colinda con propiedad de ALCALDIA MUNICIPAL

DE ACAJUTLA, AL ORIENTE: nueve punto noventa y tres metros,

colinda con propiedad de ELVIRA GERTRUDIS PEÑA MARTINEZ,

AL SUR: seis punto cuarenta metros, colinda con propiedad de REYNA

ISABEL CALZADILLA y calle de por medio; y AL PONIENTE: diez

metros, colinda con propiedad de PILAR ORDOÑEZ VELASQUEZ. El

inmueble descrito no es sirviente, ni dominante, no tiene otras cargas o

derechos reales que respetar, no está en proindivisión con ninguna persona,

lo hubo el Titular por tener POSESIÓN MATERIAL DESDE HACE

MAS DE QUINCE AÑOS, la cual ha ejercido de manera consecutiva,

quieta, pacífi ca, de buena fe y sin interrupción, practicando actos de

verdadera dueña, que le dan derecho al dominio y posesión del inmueble

a ciencia y paciencia de vecinos, y colindantes sin impedimento alguno,

lo estima en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA.

Lo que hace saber al público, para los efectos de ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Acajutla, a los once días del mes de diciem-

bre del año dos mil nueve.- MARIA ISABEL ALEMAN DE TORRES,

ALCALDESA MUNICIPAL. JOSE DAVID CRUZ AGUIRRES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F036659-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado

por medio de escrito la señora MARIA DINA AGUILAR AGUILAR, de

cuarenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad Número cero tres millones cuatro-

cientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete guión cinco;

y con Número de Identifi cación Tributaria cero trescientos ocho guión

ciento once mil doscientos cincuenta y nueve guión ciento uno guión cero;

solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL, de

un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Sabana Grande,

de esta Jurisdicción de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, de una

extensión superfi cial de CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS

PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las colindancias

siguientes: AL NORTE: compuesto de un tramo, mide treinta y ocho punto

cuarenta y dos metros, y linda con la señora Sonia Esperanza Cáceres;

AL ORIENTE: compuesto de tres tramos, el primero de Norte a Sur,

mide setenta y seis punto noventa y uno metros, el segundo de Poniente

a Oriente, mide dieciocho punto sesenta y cinco metros, y el tercero de

Norte a Sur, mide veintiuno punto setenta y cinco metros y linda con los

señores Cándido Pérez y Evaristo Pérez Flores; AL SUR: compuesto de

un tramo, mide sesenta punto cero cero metros y linda con los señores

Gilberta Aguilar Zacapa, Jesús Tesorero y Daniel Aguilar; y AL PO-

NIENTE: compuesto de un tramo, mide ciento veinticinco punto cero

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

cero metros y linda con Feliciano Hernández, Máximo Cáceres Arévalo,

María Antonia Juárez viuda de Hernández y Cristina Guadalupe Borja

Morán, camino vecinal que conduce a San Antonio del Monte, de por

medio. El inmueble antes descrito no es predio sirviente, ni dominante,

no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, ni está en proindivisión

con ninguna persona, en él existe una casa paredes de lámina y techo

de lámina, dicho inmueble lo adquirió por posesión material, la cual ha

ejercido por más de diez años continuos y siempre lo continúa poseyendo

de buena fe, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, sin haber sido

perturbada por persona alguna, ejecutando actos de toda clase que sólo

da el derecho de dominio. Dicho inmueble lo valúa en la suma de UN

MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los dieciséis días del mes de

octubre del año dos mil nueve.- JORGE WILLER PATRIZ C., ALCALDE

MUNICIPAL. LUIS ALBERTO ESCOBAR ROLIN, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F036821-1

TÍTULO SUPLETORIO

JORGE ANGEL GUEVARA MORALES, Notario, del domicilio de

Chalatenango, con ofi cina ubicada sobre la Cuarta Calle Oriente, Barrio

El Centro, Edifi cio Alvarenga, Tercer Nivel, Local "F", de la Ciudad

de Chalatenango.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado

el señor JOSE RICARDO PAZ RIVERA, de cuarenta y tres años de edad,

motorista, del domicilio de Santa Rita, solicitando TITULO SUPLETO-

RIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Tobías,

Municipio de Santa Rita, Chalatenango, de una extensión superfi cial de

DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO CERO CINCO METROS CUA-

DRADOS. De las medidas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE,

está formado por un tramo recto con una distancia de trece punto cero

cuatro metros, colindando con inmueble propiedad de Gregoria Guerra.

LINDERO ORIENTE, está formado por tres tramos rectos: Tramo uno,

con una distancia de tres punto ochenta metros; Tramo dos, con una

distancia de tres punto quince metros; Tramo tres, con una distancia de

cinco punto cero cinco metros, colindando con el inmueble propiedad

de Gregoria Guerra. LINDERO SUR, está formado un tramo recto, con

una distancia de diecinueve punto doce metros, colindando con inmueble

propiedad del Ministerio de Educación. LINDERO PONIENTE, está

formado por dos tramos rectos: Tramo uno, con una distancia de ocho

punto cincuenta metros; Tramo dos, con una distancia de diez punto

quince metros, colindando con inmueble propiedad de Adán Ponce,

Calle Pública de por medio; lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL

DÓLARES. Ha sido poseedor de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpido

por más de veinte años.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

En la ciudad de Chalatenango, a los catorce días del mes de di-

ciembre de dos mil nueve.

LIC. JORGE ANGEL GUEVARA MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. C000349

JORGE ANGEL GUEVARA MORALES, Notario, del domicilio de

Santa Rita, Departamento de Chalatenango, con ofi cina ubicada sobre

la Cuarta Calle Oriente, Barrio El Centro, Edifi cio Alvarenga III, Nivel,

Local I, de la ciudad de Chalatenango.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado

la señora MARIA MARTA REGINA LEON DE NUÑEZ, de cincuenta y

cuatro años de edad, modista, del domicilio de Concepción Quezaltepeque,

solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el lugar llamado "Monte Redondo", Jurisdicción de Concepción

Quezaltepeque, Municipio del Departamento de Chalatenango, de una

extensión superfi cial de DOSCIENTOS SEIS PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, de las medidas

y colindancias que siguen: AL NORTE: un tramo en línea recta, mide

doce punto cero siete metros, colinda con resto del inmueble general;

AL ORIENTE: un tramo en línea recta, mide diecisiete punto cero cero

metros, colinda con inmueble en sucesión dejada por el señor Serapio de

Jesús Oliva; AL SUR: un tramo en línea recta, mide trece punto veinte

metros, colinda con Casa Comunal, Calle Pública de por medio; y AL

PONIENTE: un tramo en línea recta, mide quince punto setenta metros,

colinda con resto del inmueble general, callejón de por medio; lo valúa

en la cantidad de SEIS MIL DÓLARES. Lo adquirió por compra hecha

al señor FRANCISCO FUENTES POCASANGRE, de ochenta y seis

años de edad, albañil, del domicilio de Concepción Quezaltepeque,

Departamento de Chalatenango.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

En la ciudad de Chalatenango, a los catorce días del mes de enero

de dos mil diez.

LIC. JORGE ANGEL GUEVARA MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. C000350

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

El Infrascrito Notario, ROBERTO ANTONIO ANZORA QUIROZ, del

domicilio de San Salvador, con ofi cina situada en Trece Calle Oriente,

Centro Comercial Metro España, segunda planta, local doscientos seis

de la ciudad de San Salvador, para los efectos de Ley, al público,

HACE SABER: Que a mi ofi cina ubicada en la dirección antes

citada se ha presentado la Licenciada ZONIA ESTELA ESCOBAR DE

VASQUEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial y Adminis-

trativa con Cláusula Especial del señor JULIAN ELIAS RODRIGUEZ

GOMEZ; solicitando DILIGENCIAS DE TITULACION SUPLETORIA,

de un terreno propiedad de su representado, situado en los suburbios

del Barrio El Centro de la ciudad de Tejutepeque, Departamento de

Cabañas, específi camente en el punto de intersección de la calle que

conduce al centro de la cruz y calle que da acceso a dichos suburbios, de

una extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA

Y OCHO PUNTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS, y tiene los

linderos y medidas siguientes: Partiendo con rumbo este medimos una

distancia de cincuenta y cuatro punto setenta y tres metros y llegamos al

punto auxiliar que llamaremos "A" que posee las siguientes coordenadas

geodésicas siguientes: Longitud de quinientos diez mil trescientos sesenta

y seis punto trece y una latitud de trescientos tres mil sesenta y tres punto

noventa, del cual partimos con rumbo sur tres grados catorce minutos

veintitrés segundos este y una distancia de dos punto veintiocho metros y

llegamos a los esquineros NOR PONIENTE el cual constituye el primer

mojón número UNO de la parcela a describir que mide y linda de la

forma siguiente: AL NORTE; línea de siete tramos rectos: El primero,

partiendo del mojón número UNO con rumbo norte setenta y tres gra-

dos llegamos al mojón número DOS. El segundo, partiendo del mojón

número DOS con rumbo sur treinta y seis grados dieciocho minutos

quince segundos este y una distancia de cuatro punto cero nueve metros

llegamos al mojón número TRES. El tercero, partiendo del mojón número

TRES con rumbo sur treinta y cinco grados cuarenta y cinco minutos

veintinueve segundos este y una distancia de tres punto treinta y cuatro

llegamos al mojón número CUATRO. El cuarto, partiendo del mojón

número CUATRO. Con rumbo norte ochenta y cinco grados dieciséis

minutos cuatro segundos este y una distancia de dieciséis punto cero ocho

metros y llegamos al mojón número CINCO. El Quinto, partiendo del

mojón número CINCO con rumbo al norte ochenta y ocho grados treinta

y cuatro cuarenta y seis segundos y una distancia de nueve punto treinta

y dos metros llegamos al mojón número SEIS. El sexto, partiendo del

mojón número SEIS con rumbo norte setenta y cinco grados cincuenta

y tres minutos diez segundos este y una distancia de uno punto sesenta

metros y llegamos al mojón número SIETE. El séptimo, partiendo del

mojón número SIETE con rumbo norte ochenta grados ocho minutos

diecisiete segundos este para una distancia de diez punto once metros

llegamos al mojón número OCHO. Lindando por este lado con el terreno

que fue propiedad del señor Pablo Alberto Escobar hoy de la señora Rosa

Bautista en el primer tramo y la Iglesia Católica Diócesis de San Vicente

en los tramos restantes. AL ORIENTE; Línea de tres tramos rectos: El

primero, partiendo del mojón número OCHO con rumbo treinta grados

cincuenta y tres minutos cuarenta y cuatro segundos este y una distancia

de diecinueve punto treinta y cuatro metros llegamos al mojón número

NUEVE. El segundo, partiendo del mojón número NUEVE con rumbo

sur veintisiete grados cuarenta y ocho minutos veinticinco segundos

este y una distancia de catorce punto once metros llegamos al mojón

número DIEZ. El tercero, partiendo del mojón número DIEZ con rumbo

sur treinta y tres grados cinco minutos nueve segundos y una distancia

de veintiséis punto cuarenta y seis metros llegamos al mojón número

ONCE. Lindando por este lado con los terrenos que fueron propiedad

de los señores Jesús Gonzales Valle y Juan Diego Tejada hoy de los

señores Alejandro León Hernández en los dos primeros tramos y Rosa

Hernández en el tramo restante. AL SUR: Línea formada por seis tra-

mos rectos el primero, partiendo del mojón número ONCE con rumbo

a ochenta y tres grados seis minutos cincuenta y nueve segundos oeste

y una distancia de diecisiete punto noventa y cinco metros llegamos al

mojón número DOCE. El segundo, partiendo del mojón número DOCE

con rumbo sur ochenta y seis grados treinta y seis minutos cuarenta y

siete segundos oeste y una distancia de veintidós punto quince metros

llegamos al mojón número TRECE. El tercero, partiendo del mojón

número TRECE con rumbo norte setenta y uno grados treinta y ocho

minutos cincuenta y nueve segundos oeste y una distancia de tres punto

cero metros llegamos al mojón número CATORCE. El cuarto, partiendo

del mojón número CATORCE con rumbo sur setenta y cuatro grados

cincuenta y ocho minutos y dos segundos oeste y una distancia de once

punto cuarenta metros llegamos al mojón número QUINCE. El Quinto,

partiendo del mojón número QUINCE. Con rumbo sur setenta y seis

grados cincuenta y dos minutos y cuatro segundos oeste y una distancia

de catorce punto noventa y nueve metros llegamos al mojón número

DIECISÉIS. El sexto, partiendo del mojón número DIECISÉIS con

rumbo norte setenta y uno grados treinta y uno minutos quince segundos

oeste y una distancia de dieciocho punto ochenta y uno metros llegamos

al mojón número DIECISIETE. Lindando por este lado con terreno

propiedad de los señores Sofía Esperanza Peña en el primer tramo, José

Héctor Valle hoy con Efraín Hernández en el segundo tramo, Eulalia

Soledad Peña Huezo en los tres tramos siguientes y Daniel Antonio

Espinoza Estrada en el séptimo tramo, este último con Calle al Barrio

El Centro de por medio. AL PONIENTE; Línea de tres tramos rectos:

El primero, partiendo del mojón DIECISIETE con rumbo norte cero

grados treinta y cinco minutos veinticinco segundos este y una distancia

de veinticuatro punto ochenta y uno metros llegamos al mojón número

DIECIOCHO. El segundo, partiendo del mojón número dieciocho con

rumbo norte un grado treinta y dos minutos dieciocho segundos oeste y

una distancia de trece punto catorce metros llegamos al mojón número

DIECINUEVE. El tercero, partiendo del mojón número DIECINUEVE

con rumbo norte nueve grados cincuenta minutos cuarenta y un segun-

dos este y una distancia de quince punto treinta y tres metros llegamos

al mojón número UNO. Lugar en donde iniciamos esta descripción.

Lindando por este lado con terreno que fue propiedad de los señores

Claudio Rafael Espinoza González y Ángela Méndez de Espinoza hoy

de Santos Hernández en el primer tramo y Santos Mario Guerrero en

los tramos restantes. Los colindantes son del domicilio de Tejutepeque.

Que desde su adquisición por compraventa de posesión realizada al señor

Jesús Moreno el día veintiséis de marzo de mil novecientos cincuenta y

siete, ha poseído el referido terreno por cincuenta y dos años, de forma

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero carece de Título de Dominio

inscrito, por lo cual comparece ante mis ofi cios notariales para que de

conformidad a lo establecido en Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos

que sean los trámites que la misma establece se extienda a favor de su

Poderdante señor JULIAN ELIAS RODRIGUEZ GOMEZ, EL TITULO

QUE SOLICITA. El inmueble no es dominante ni sirviente, ni está en

proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas. Agrega la compareciente que el inmueble su representado

lo valúa en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que avisa al público para los fi nes de Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las

pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi

ofi cina notarial, en la dirección arriba mencionada.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día

catorce de enero de dos mil diez.

ROBERTO ANTONIO ANZORA QUIROZ,

NOTARIO.

1 v. No. F036870

EL INFRASCRITO NOTARIO: OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁ-

REZ,

HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter

personal la señora MARIA REINA RODRIGUEZ, de cincuenta y un

años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento

Unico de Identidad Número CERO TRES CINCO CINCO NUEVE

NUEVE NUEVE UNO-UNO y Número de Identifi cación Tributaria

UN MIL CUATRO- CERO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

CINCUENTA Y SIETE-CIENTO DOS-NUEVE, MANIFESTANDO:

I) Ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca,

continua e interrumpida de un terreno de naturaleza rústica, situado en

el Cantón La Loma, sin número, jurisdicción de San Pedro Perulapán,

Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de CUATRO-

CIENTOS NOVENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS de las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con

Eduardo Antonio Carranza Campos, antes de Santos Aguillón García;

AL ORIENTE, colinda con Gerardo García, con calle a Comunidad

García de por medio; AL SUR, colinda con Cristóbal López Nieto; AL

PONIENTE, colinda con Eduardo Antonio Carranza Campos, antes

de Santos Aguillón García. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO.

Siendo dicha posesión unida a la de los anteriores propietarios por más

de veinte años consecutivos, lo que se avisa al público para los fi nes de

Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las

pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi

Despacho Jurídico, situado en Calle J. Francisco López, Número trece,

Cojutepeque.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de

enero del año dos mil diez.

Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F036927

EL INFRASCRITO NOTARIO: OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁ-

REZ,

HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter

personal el señor FRANCISCO ARTURO GONZALEZ VILLEDAS

o ARTURO GONZALEZ, de setenta y un años de edad, Agricultor en

pequeño, del domicilio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán,

portador de su Documento Unico de Identidad Número CERO DOS

UNO SEIS TRES UNO CINCO CUATRO- NUEVE, y Número de

Identifi cación Tributaria CERO SETECIENTOS DIECISÉIS-CERO

CUARENTA Y UN MIL TREINTA Y OCHO-CIENTO UNO-DOS:

MANIFESTÁNDOME: I) Ser dueño y actual poseedor de buena fe, en

forma quieta, pacífi ca, continua e interrumpida de un terreno de natura-

leza rústica, situado en el Cantón Ajuluco, Sin Número, Jurisdicción de

Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de

DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS VEINTE PUNTO SESENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE,

colinda con propiedad de Froilan González Escobar y Fidelina de Jesús

Miranda; AL ORIENTE, colinda con propiedad de Fidelina de Jesús

Miranda; AL SUR, colinda con propiedad de Froilan González Escobar

y Fidelina de Jesús Miranda; y AL PONIENTE, colinda con propiedad

de Froilan González Escobar. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO.

Siendo dicha posesión unida a la de los anteriores por más de treinta

años consecutivos.

Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las

pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi

Despacho Jurídico, situado en Calle J. Francisco López Número trece,

Cojutepeque.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de

enero del año dos mil diez.

Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F036928

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que el Licenciado ALCIDES MENDOZA PEREZ,

en calidad de apoderado general judicial de la señora FLOR ELIZABETH

MENDOZA DE SALMERON, de treinta años de edad, Bachiller Comer-

cial, del domicilio de Yucuaiquín; ha solicitado TITULO SUPLETORIO,

de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado

Caserío Las Chácara, de los suburbios del Barrio La Cruz, Jurisdicción

de Yucuaiquín, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial

de DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO

CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL ORIENTE, doscientos punto siete metros, con

terreno de Alejandro Miranda, calle de por medio que conduce al Cantón

Tepemechin, cerco de piña cabeza de negro, cerca de postes de madera y

alambre de púas propios; AL NORTE, ochenta y un metros, con terreno

del señor César Salmerón Amaya, cerca de postes de madera y alambre

de púas propios; AL PONIENTE, ciento sesenta y dos punto veintidós

metros, con terreno de Elva Marina Mendoza de Soriano, cerco de piña

cabeza de negro de por medio del colindante cerca de postes de madera y

alambre de púas propios; y AL SUR, ciento trece punto siete metros, con

terreno del señor Víctor Manuel Bonilla Miranda, cerco de piña cabeza

de negro de por medio del colindante y de cerca de postes de madera y

alambre de púas propios. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa

de posesión material que le hizo al señor MIGUEL ANGEL MAJANO

MAJANO, Conocido por MIGUEL ANGEL MAJANO, representado

por la señora CECILIA ISABEL FUENTES DE MAJANO, el día

veinticinco de octubre del año dos mil ocho, y lo valúa en la suma de

SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del

mes de diciembre del dos mil nueve.- Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036686-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor

ROBERTO MAGAÑA FIGUEROA, de cuarenta y cuatro años de edad,

agricultor, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor TI-

TULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en

el Cantón Santa Rita, Caserío Tierra Morada, de esta comprensión, de

una extensión superfi cial de TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA

Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS,

que MIDE Y LINDA: AL NORTE, tres tramos, el primero de poniente

a oriente de cuarenta metros con Dominga Magaña viuda de Villeda.

Segundo tramo de poniente a oriente de veinte metros con Erlinda Mur-

cia, tercer tramo de poniente a oriente ciento seis metros con Samuel

Madrid, medianeras de alambre en los dos primeros tramos calle a San

Miguel, Ingenio de por medio, cerco propio; AL ORIENTE, dos tramos,

el primero de norte a sur de ciento veintiocho metros con Carmen Case-

ros de Sánchez, río San Miguel, Ingenio de por medio cerco propio. El

segundo tramo de cuarenta metros con Roberto Magaña Figueroa, cerco

propio; AL SUR, ciento veinte metros, Roberto Magaña Figueroa, cerco

propio; y AL PONIENTE, tres tramos el primero de sur a norte ciento

cincuenta y seis metros con Roberto Magaña Figueroa, cerco propio.

Segundo tramo de oriente a poniente cien metros con Eugenio Magaña

cerco medianero, tercer tramo de sur a norte ciento ochenta metros con

María Hernández Lemus, cerco medianero.- Tiene construidas dos casas

de paredes de Adobe y techo de teja, cada casa tiene su propio servicio

de agua potable y energía eléctrica.- Dicho predio no es dominante ni

sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, ni posee

carga reales que respetar y lo valúa en la suma de CIEN MIL COLO-

NES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con

cincuenta y seis minutos del día ocho de enero del año dos mil diez.-

Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036856-1

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA,

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROINDUSTRIAL LAS FRESAS DE RESPONSABILIDAD LI-

MITADA, QUE SE ABREVIA ACPA LAS FRESAS DE R.L., con

domicilio en San Ignacio, Departamento de Chalatenango, obtuvo su

Personalidad Jurídica el día veintiséis de octubre del año dos mil nueve,

inscrita en el libro ochenta y ocho de Registro que esta Ofi cina lleva

bajo la siguiente codifi cación: Dos mil ciento ochenta y dos del Sector

No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial

el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Santa Tecla, a los trece días del mes enero del año dos mil diez.

NOTIFIQUESE.

Lic. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F036830

JUICIO DE AUSENCIA

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en este Tribunal existe el Juicio Ejecutivo

Mercantil que promueve la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA

CARPIO, en calidad de Apoderada de SCOTIABANK EL SALVADOR,

S.A., contra el señor JULIO CESAR FLORES MEDRANO.

Posteriormente a la fecha que se inició dicho Juicio, se presentó a

este Tribunal la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,

en el concepto antes expresado, manifestando que se desconoce el do-

micilio actual del señor JULIO CESAR FLORES MEDRANO, quien

es mayor de edad, Empleado, antes de este domicilio, actualmente de

domicilio ignorado, a quien correspondía su Cédula de Identidad Per-

sonal número CERO UNO - CERO UNO - CIENTO CINCUENTA Y

UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE, reposición, y con

Número de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATOR-

CE - CERO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y

NUEVE - CERO DOCE - UNO; y si ha dejado Apoderado, Procurador u

otro Representante legal en el país, para que intervenga en el Juicio, por

lo que solicitó, que previos los trámites legales, se le nombre un Curador

Especial que lo represente en la continuación del Juicio de mérito.

Por tanto se previene que si el señor JULIO CESAR FLORES

MEDRANO, tuviere Procurador, Representante Legal o Apoderado en la

República, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia,

dentro de los QUINCE DIAS siguientes a la tercera publicación de este

aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las quince horas del día trece de Agosto del año dos mil

nueve.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE

LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES,

SECRETARIO INTO.

1 v. No. F036822

PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido

por SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA a través

de su Apoderado General Judicial Licenciado OSCAR ARMANDO

CALDERON ARTEAGA, contra FRANCISCA DE LOS ANGELES

GARCIA ROQUE, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domici-

lio de Mejicanos, Departamento de San Salvador; pero es el caso que

actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe si ha dejado

Procurador o si tiene Representante Legal en su caso; por lo que solicita

la expresada Profesional se le nombre Curador Especial a la señora

FRANCISCA DE LOS ANGELES GARCIA ROQUE, de conformidad

al Art. 141 Pr.C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su

contra.

En consecuencia, se previene que si la señora FRANCISCA DE

LOS ANGELES GARCIA ROQUE, tuviere Procurador o Representante

Legal en su caso en el País, se presente a este Tribunal a comprobar

dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la

publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a

las diez horas y cuarenta minutos del día treinta de octubre de dos mil

nueve.- Lic. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO

DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. SILVIA YANETH AVALOS

DE JIMENEZ, SECRETARIA INTA.

1 v. No. F036838

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que a este juzgado se ha presentado la Licenciada Rosario

Elizabeth Aguilar Valencia, de cincuenta y ocho años de edad, Abogado,

del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, portador

de su Tarjeta de Identifi cación de Abogado número dos mil quinientos

sesenta y siete, actuando en el concepto de Apoderada General Judicial

del señor Arnoldo Ulloa Flores, de treinta y cinco años de edad, pescador

artesanal, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad

número cero tres uno nueve dos cuatro tres guión cuatro; manifestando

que demandará en juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva de

Dominio Extraordinaria, a la señora Estrella Safi e, de sesenta y cuatro

años de edad, Secretaria comercial, y domicilio ignorado, al igual que su

paradero, debido a que la señora antes mencionada, se ha ausentado de la

República, sin conocerse si ha dejado procurador o representante legal,

para que la represente en el juicio que se promoverá en su contra.

Se previene que si la señora Estrella Safi e, tiene representante legal

o procurador en la República, se presente a este juzgado a demostrar tal

calidad, dentro de los quince días después de la tercera publicación de

este aviso.

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las once

horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve.- Licda. MELIDA

DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-

TARIO.

1 v. No. F036844

Licenciado ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licencia-

do MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, como Apoderado

General Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA, promoviendo como incidente, Diligencias de

Ausencia del señor JONY JHOVANI FIGUEROA MENDEZ, manifestan-

do que su pretensión es que se declare ausente, se le nombre un Curador

Ad-litem, para efectos de notifi carle en legal forma al referido señor, el

Decreto de Embargo y Demanda que lo motiva, acto procesal ordenado

en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido contra los señores JONY

JHOVANI FIGUEROA MENDEZ y EDGAR MAURICIO MENDEZ

MEZQUITA, habiendo sido el último domicilio del señor JONY JHO-

VANI FIGUEROA MENDEZ el de esta ciudad, y en la actualidad se le

ignora su paradero, desconociéndose además si ha dejado procurador o

representante legal; por lo que pide se le nombre un Curador Ad-litem

para que lo represente.

PREVIENESE: De acuerdo con el Art. 141 Pr C., que si el mencio-

nado señor JONY JHOVANI FIGUEROA MENDEZ, tiene Procurador

o Representante Legal, se presente dentro de los quince días siguientes

a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, a los dieciocho días

del mes de noviembre del año dos mil nueve.- Lic. ROBERTO RICAR-

DO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SARA

ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F036912

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que el Licenciado MARTIN SALVADOR

MORALES SOMOZA, como apoderado del BANCO AGRICOLA,

SOCIEDAD ANONIMA, ha iniciado diligencias de ausencia de la

señora MARIA ADELA RODRIGUEZ CASTILLO, de quien se ignora

su paradero, desconociéndose si ha dejado procurador o representante

legal; por lo que se previene si dicho ausente ha dejado representante

alguno, se presente ante este tribunal dentro de quince días después de

la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a los dos días del mes de

octubre del año dos mil nueve.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALE-

GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CARMEN

GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

1 v. No. F036913

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que se ha presentado el Licenciado MARTIN SALVA-

DOR MORALES SOMOZA, actuando en su calidad de Apoderado

General Judicial del Banco Scotiabank El Salvador Sociedad Anónima,

a promover Diligencias de Ausencia contra los demandados señores

DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido por DAVID

ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA HERNANDEZ

MELENDEZ, el primero de cincuenta y tres años de edad, empleado,

del domicilio de Mejicanos, y la segunda, de cincuenta y un años de

edad, estudiante, del domicilio de Mejicanos, a quienes en la actualidad

se desconoce su paradero, es decir se desconoce sus domicilios, dentro

o fuera del país, ignorándose si han dejado Procurador o Representante

Legal en el país.

Que de conformidad con el Art. 141, Pr.C., pide se declare ausente

a los señores DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido

por DAVID ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA

HERNANDEZ MELENDEZ y se les nombre un curador Especial para

que los represente en el Juicio.

Se previene si alguna persona es Procurador o Representante Legal

de los señores DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido

por DAVID ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA

HERNANDEZ MELENDEZ, se presente a este Tribunal a comprobar

dicha circunstancia dentro del término de QUINCE DIAS, contados a

partir de la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas del

día diez de agosto de dos mil nueve.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE

NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA AGUIRRE

HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F036914

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1997001125

No. de Presentación: 20090119600

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-MENTO DE LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polan-co, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00166 del Libro 00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra POLYPLAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036779-1

No. de Expediente: 1994000495

No. de Presentación: 20080117642

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CITGO PETROLEUM CORPORATION, del domicilio de 6100 S. YALE, ONE WARREN PLACE, TULSA, OKLAHOMA 74136, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00218 del Libro 00086 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra "CITGO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036793-1

No. de Expediente: 1997001124

No. de Presentación: 20090119603

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICA-NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00186 del Libro 00093 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "ROTOMEX"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036797-1

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

No. de Expediente: 1997001137

No. de Presentación: 20080113407

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD

Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A.

DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho número

191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo,

Ciudad de México Distrito Federal. México, de nacionalidad MEXICA-

NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del

Libro 00084 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

"MAXISLATE"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 19 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036798-1

No. de Expediente: 1998001833

No. de Presentación: 20090119149

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-

NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN Y SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO ESPECIAL de MUNDIPHARMA AG, del domicilio

de St. Alban-Rheinweg 72-74, CH-4006 Basel, Suiza, de nacionalidad

SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00079

del Libro 00088 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra "RESTIVA" escrita en letras de molde mayúsculas de color

negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036799-1

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2009097560

No. de Presentación: 20090130137

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN RAMON

SERRANO, en su calidad de APODERADO de KORET, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KORET, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la frase KORETTUSOLEX, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO Y

CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año

dos mil nueve.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR. SECRETARIO.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000341-1

No. de Expediente: 2005053371

No. de Presentación: 20050070811

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de VITASOY

INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITED, de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-

MERCIO:

CALCI-PLUS

Consistente en: la expresión CALCI-PLUS.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000352-1

No. de Expediente: 2008078306

No. de Presentación: 20080112257

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Miche Bag, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA:

MICHE

Consistente en: la palabra MICHE, que servirá para: AMPARAR: CARTERAS, BOLSOS. CORREAS PARA CARTERAS Y BOLSOS, Y CUBIERTAS DECORATIVAS REMOVIBLES PARA CARTERAS Y BOLSOS. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000353-1

No. de Expediente: 2009094334

No. de Presentación: 20090124703

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de APLICA-CIONES METALICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: Las palabras Terrabella Premium tile y diseño,

su traducción al idioma castellano es: tierra bella azulejos de primera,

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEA-

CIONES; MATERIALES DE CONSTRUCCION METALICOS;

CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES METALICAS; MATE-

RIALES METALICOS PARA VIA FÉRREAS; CABLES E HILOS

METALICOS NO ELÉCTRICOS; CERRAJERIA Y FERRETERIA

METALICA; TUBOS METALICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRO-

DUCTOS METALICOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

MINERALES. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de diciembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036711-1

No. de Expediente: 2009094335

No. de Presentación: 20090124704

CLASE: 19.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de APLICA-

CIONES METALICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la expresión Terrabella Premium tile y diseño, en

donde la palabra Terrabella se traduce al castellano como Tierra Bella y las

palabras Premium tile se traduce al castellano como Azulejos de Primera,

que servirá para: AMPARAR: MATERIALES DE CONSTRUCCION

NO METALICOS; TUBOS RIGIDOS NO METALICOS PARA LA

CONSTRUCCION; ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIO-

NES TRANSPORTABLES NO METALICAS; MONUMENTOS NO

METALICOS. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036713-1

No. de Expediente: 2009097491

No. de Presentación: 20090130029

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

CONCEPTOS Y SABORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la palabra Chocolette y diseño, que servirá para:

AMPARAR: HARINAS, PAN, PASTELERIA, CONFITERIA, HE-

LADOS COMESTIBLES, PRODUCTOS HECHOS A BASE DE

CHOCOLATE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036714-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2009095281

No. de Presentación: 20090126358

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANIBAL AU-

GUSTO ELÍAS REYES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORÍA Y ASESORÍA

EMPRESARIAL CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SINCAE, S. A. DE C. V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

SINCAE Consistente en: La palabra SINCAE, que servirá para: IDENTI-

FICAR UNA EMPRESA DEDICADA ASESORÍA, SERVICIOS DE

CONSULTORÍA EMPRESARIAL.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil nueve.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000356-1

No. de Expediente : 2009096084

No. de Presentación: 20090127797

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ALEXANDER GUARDADO AMAYA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: La expresión Garrobitoweb y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS, DEDICADA

A DESARROLLO DE SOFTWARE, DESARROLLO DE SITIOS WEB,

HOSTING O ALOJAMIENTO WEB Y DOMINIOS, UBICADO EN

RESIDENCIAL LAS ÁGUILAS, CALLE FÉNIX NÚMERO ONCE,

SAN MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve.-

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036690-1

No. de Expediente: 2009096516

No. de Presentación: 20090128454

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURO

ARTURO VÁSQUEZ, en su calidad de APODERADO de MARICELA

DEL CARMEN BONILLA DE MIRALDA, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: La palabra AKiRA y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL Y DE SERVICIOS

DEDICADA AL DISEÑO ARQUITECTÓNICO, SUPERVISIÓN

DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

Y MOBILIARIO, DISEÑO ARQUITECTÓNICO DE: INTERIORES,

DE JARDINES, MOBILIARIO; DECORACIÓN Y AMBIENTACIÓN

DE ESPACIOS, PAISAJISMO, URBANIZACIONES, DISEÑO E INS-

TALACIÓN DE SEÑALIZACIÓN, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE

ESCENOGRAFÍAS, DECORACIÓN DE CENTROS COMERCIALES,

DISEÑO GRÁFICO; UBICADA EN AVENIDA MASFERRER NORTE,

NÚMERO CIENTO TREINTA Y NUEVE, CENTRO COMERCIAL

EL AMATE, LOCAL UNO-TRES, SAN SALVADOR.

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036759-1

No. de Expediente: 2009095728

No. de Presentación: 20090127080

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

ANA LORENA SACA DE SCHONENBERG, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

al di la Estudio

Consistente en: La expresión al di la Estudio, que servirá para:

IDENTIFICAR UN NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO DEDICADO

A LA CONSULTORÍA DE IMAGEN Y DESARROLLO INTEGRAL,

Y OTRAS ASESORÍAS TALES COMO: ASESORÍAS PARA EVEN-

TOS ESPECIALES COMO ASESORÍA PARA ENTREVISTAS DE

TRABAJO, ASESORÍA PARA ADMINISTRAR EL PRESUPUESTO

Y ADMINISTRACIÓN DEL HOGAR.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FERNANDO JOSÉ VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036782-1

No. de Expediente: 2008077949

No. de Presentación: 20080111717

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BENEDICTO ANATOLIO DÍAZ DÍAZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMERCIAL LA BENDICIÓN, EL LÍBANO, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras COMERCIAL LA BENDICIÓN EL LÍBANO, S. A. DE C. V., y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE MUEBLES, ELEC-TRODOMÉSTICOS Y OTROS ENSERES ELÉCTRICOS.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.-

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036851-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2009096159

No. de Presentación: 20090127901

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE

EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

“Un Sabor que deja Marca”

Consistente en: Las palabras "Un Sabor que deja Marca", que ser-

virá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR

SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN)

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Y HOSPEDAJE TEMPORAL Y SOBRE LOS PRODUCTOS SIENDO

ESTOS, POLLO FRITO, EMPANIZADO, A LA PARRILLA, ASADO

O COCIDO; CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE

CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA. CONGELA-

DAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS;

HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del

año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036785-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la ASOCIACIÓN ESCUELA AMERICANA

de acuerdo con los artículos diez, doce y catorce de sus Estatutos, por este

medio CONVOCA a los señores miembros para celebrar Junta General

Ordinaria, la que se llevará a cabo a las diecisiete horas del día martes

dieciséis de febrero del año dos mil diez, en el Edifi cio de Parvularia de

la Escuela Americana, situado en la Colonia San Benito de esta ciudad.

En dicha junta se conocerá de los puntos de la siguiente

AGENDA:

l. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura y aprobación de la agenda

3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, celebrada

el día miércoles veintiuno de octubre de dos mil nueve.

4. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores.

5. Presentación de Estados Financieros para el período compren-

dido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre

de dos mil nueve.

6. Aprobación de los Estados Financieros.

7. Nombramiento del auditor externo y fi scal

8. Presupuesto 2010-2011.

9. Varios.

10. Cierre de la sesión.

El quórum de asistencia requerido para que pueda instalarse la

Asamblea General en la hora y día indicados para tratar y resolver

los puntos de la agenda, será de por lo menos el diez por ciento de los

miembros y las resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los

votos de los miembros presentes.

En caso que no hubiere quórum en la hora indicada, se convoca por

segunda vez a las dieciocho horas del mismo día y en el local señalado,

la cual se considerará legalmente instalada con el número de miembros

que asista y las resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los

votos de los miembros presentes.

San Salvador, quince de enero del año dos mil diez.-

NICOLA ERNESTO ANGELUCCI SILVA,PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

1 v. No. C000345

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Jucuapa "Salomón

R. Zelaya", Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de

Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código

de Comercio Vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución,

convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma,

para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a realizarse en el

Auditorium "José Antonio Portillo Benítez" de esta Caja de Crédito el

día veintiuno de febrero de dos mil diez a partir de las diez horas, en

PRIMERA CONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum

legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA

para el día veintiocho de febrero de dos mil diez, a la hora y lugar antes

señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece

el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y

resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1) Elección de los Representantes de Acciones que hubiesen concluido su período y de los que faltaran por las causas que expresa el Art. 20, 21 y 22 de la Escritura de Constitución de la Caja.

2) Reposición de Representantes de Acciones de conformidad a la cláusula vigésima primera del Pacto Social

3) Integración del quórum.

4) Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2,009 del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2,009 y el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; Informes del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

5) Aplicación de los Resultados del Ejercicio

6) Renuncia de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7) Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

8) Fijación de dietas a los Miembros de la Junta Directiva.

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de

conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente.

Jucuapa, a los once días del mes de enero de dos mil diez.-

JOSÉ ORLANDO ARAUJO RAMÍREZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

CARLOS ALFREDO FLORES GRANDE,DIRECTOR SECRETARIO.

JOSÉ RICARDO VIGIL VIGIL,DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000332-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Zacatecoluca, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad limitada, de Capital Variable, constituida

conforme lo establecen sus estatutos y en cumplimiento a la atribución

que le confi ere la cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi -

cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social

vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la

misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a partir de

las nueve horas del día sábado Trece de Febrero del año dos mil diez, en

los SALONES ROBLE Nos. I, II y III, DEL HOTEL QUALITY REAL

AEROPUERTO EL SALVADOR, ubicado en Km. 40 ½ Carretera al

Aeropuerto El Salvador, Municipio de San Luis Talpa, Departamento

de La Paz, en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum

legal correspondiente, se hace segunda convocatoria, para el día domingo

catorce de Febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen

las cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de

Modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos

223, 228 y 229, Sección "C" Capítulo VII, título II del Libro Primero

del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que

contiene la agenda.

AGENDA

1. Integración del Quórum de presencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la Caja.

3. Integración del quórum legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5. Aplicación de los resultados del ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Exclusión de socios de acuerdo a la cláusula séptima de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución.

8. Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

9. Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

10. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El Quórum legal en primera convocatoria se establecerá con quin-

ce de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Junta

General Ordinaria y en segunda convocatoria con los Representantes

de Acciones que estuvieren presentes, de conformidad a los Artículos

240 y 241 del Código de Comercio y el Pacto Social vigente.

Zacatecoluca, Departamento La Paz, a los cinco días del mes de

enero de dos mil diez.-

JUAN ALBERTO FLORES GONZÁLEZ,PRESIDENTE.

LORENZO GILBERTO HELENA CANIZALEZ,SECRETARIO.

ANA CECILIA MENA AYALA,PRIMERA DIRECTORA.

3 v. alt. No. C000339-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Juayúa, Sociedad Coo-

perativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, constituida

conforme lo establecen sus estatutos y en cumplimiento a la atribución

que le confi ere la cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi -

cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social

vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de

la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a partir

de las diez horas del día veintiuno de febrero del año dos mil diez, en el

Local de Caja de Crédito de Juayúa, ubicado en Segunda Calle Oriente y

Segunda Avenida Sur Número 1-5, Juayúa, Departamento de Sonsonate,

en Primera convocatoria; en caso de no integrarse el Quórum legal co-

rrespondiente, se establece Segunda Convocatoria para el día veintidós

de febrero de dos mil diez, a la hora y en el local antes señalado.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen las

cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de Mo-

difi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223,

228, 242 y 243, Sección "C" Capítulo VII, título II del Libro Primero

del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que

contiene la agenda.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

AGENDA

1. Integración del Quórum de presencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la Caja.

3. Integración del quórum legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5. Aplicación de los resultados del ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

8. Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios

9. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El Quórum legal se integrará con quince de los veintiocho Repre-

sentantes de Acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera

convocatoria y con los Representantes de Acciones presentes en segunda

convocatoria, de acuerdo al pacto social vigente. En la Ciudad de Juayúa,

Departamento de Sonsonate, a los doce días del mes de enero de dos mil

diez.

JOSÉ EDWIN MORALES PAZ,DIRECTOR PRESIDENTE.

SALVADOR ÁVILA PADILLA,DIRECTOR SECRETARIO.

SOLEDAD ANGÉLICA OLIVO DE MARTÍNEZ,DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000344-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Santa Rosa de Lima,

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Varia-

ble, en cumplimiento al artículo 223 y 228 siguiente del Código de

Comercio vigente y en cumplimiento a la atribución que le confi ere

la cláusula VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA Y TRI-

GÉSIMA CUARTA de su Escritura de Modifi cación a su Escritura de

Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios

de la misma, para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas

que se celebrará a partir de las nueve horas del día veintiuno de febrero

de dos mil diez, en el local de esta Caja de Crédito ubicado en Barrio La

Esperanza, Avenida General Larios, No. 13. En caso de no integrarse el

quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día

veintiocho de febrero de dos mil diez a la hora y local antes señalado.

Dicha convocatoria se constituirá con las formalidades que establece

la cláusula DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA

QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA Y VIGÉSIMA OCTAVA de la Escritura

de Modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y el artículo

223 sección "C" capítulo VII, título II del libro primero del Código de

Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la

agenda.

AGENDA

1 . Integración del quórum de presencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su período y los que faltaren por las causas que

expresa la cláusula vigésima primera de la Escritura de

Constitución de la Caja de Crédito.

3. Integración del Quórum Legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores

de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009,

del Estado de Resultados del 1º de enero al 31 de Diciembre

de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de

Diciembre 2009, el Informe del Auditor Externo y Fiscal,

a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las

medidas que juzguen oportunas.

5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos

Suplentes y fi jación de sus honorarios.

8. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El quórum se integrará, en primera convocatoria con quince de

los veintiocho Representantes de Acciones que conforman la Asam-

blea General, de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de

Comercio Vigente, y en segunda convocatoria con los Representantes

que estuvieren presentes de acuerdo al pacto social vigente.

Santa Rosa de Lima, nueve de enero de 2010.-

JOSÉ OSCAR RIVERA SALAZAR,

DIRECTOR PRESIDENTE.

FRANCISCO ALEXIS PERLA,

DIRECTOR SECRETARIO.

PEDRO ANDRADE FLORES,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F036740-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SUBASTA PUBLICA

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JULIO CESAR CUEVA

TREJO, como apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES

DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, Institución Ofi cial Autónoma, de

derecho Público, de este domicilio, que se abrevia INPEP contra el señor

JULIO CESAR GONZALEZ RIVERA, mayor de edad, Albañil, del

domicilio de Nueva San Salvador, actualmente de domicilio ignorado;

representado por su curador Especial Doctor CARLOS CABALLERO

BERMUDEZ, y reclamándole Cantidad de colones y demás accesorios

legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble

embargado siguiente: “Un inmueble de naturaleza rústica hoy urbani-

zado, situado en Cantón Primavera, Jurisdicción de Quezaltepeque,

Departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de treinta mil

novecientos cuarenta y dos punto ochenta y tres metros cuadrados. En

dicho Inmueble se ha desarrollado la Urbanización La Primavera; de la

cual se desmembra el lote marcado con el número CATORCE, BLOCK

“P”, de la Urbanización la primavera de un área de CINCUENTA Y

CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

SIETE PUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS. Dicho lote se

describe así: Partiendo del punto de Intersección de los ejes formados

por la calle principal y pasaje número dos sur; ambos ejes abiertos en

la urbanización, se mide sobre el eje de pasaje número dos sur, con

rumbo sur dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos oeste

una distancia de VEINTE PUNTO CINCUENTA METROS en donde

con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de DOS

PUNTO VEINTICINCO METROS, se llega al esquinero sureste o

mojón número uno, del lote que se describe y mide y linda así: AL:.

SUR: Partiendo del mojón número uno, con rumbo norte setenta y tres

grados veinticinco punto cinco minutos oeste y distancia de nueve punto

cero cero metros, se llega al mojón número dos, lindando por este tramo

con lote número quince del block “P”, de la misma Urbanización: AL

PONIENTE: Partiendo del mojón número dos, con rumbo norte die-

ciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia de

seis metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con

lote número diez del block “P” de la misma Urbanización AL NORTE:

Partiendo del mojón número tres, con rumbo sur setenta y tres grados

veinticinco minutos Este y distancia de nueve punto cero cero metros, se

llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número

doce y con lote número trece del block p, de la misma Urbanización: AL

ORIENTE: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo sur dieciséis

grados treinta y cuatro punto cinco minutos oeste y distancia de seis

punto cero cero metros, se llega al mojón número uno, donde se inició

la presente descripción, lindando por este tramo con lote número diez

del block O, de la misma Urbanización: Pasaje número dos sur de cuatro

punto cincuenta metro, de ancho de por medio. El lote así descrito tiene

una extensión superfi cial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y SIETE

PUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS. El inmueble antes

descrito está inscrito a nombre del señor JULIO CESAR GONZALEZ

RIVERA, bajo la matrícula número TRES CERO CERO OCHO DOS

UNO OCHO SIETE -CERO CERO CERO CERO CERO, de Registro

Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas con cincuenta y tres minutos del día veintiocho de agosto

del año dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036698-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción promovida en este Juzgado, por el Licenciado JUAN CARLOS

RODRIGUEZ VASQUEZ, Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE

PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, que se puede abreviar

“INPEP”, contra los señores MARIA ELIZABETH SILVA VILLALTA

GUERRA DE CASTRO, conocida por MARIA ELIZABETH SILVA

VILLALTA DE CASTRO y JOAQUIN ANTONIO CASTRO LOPEZ,

se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en fecha y por

el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado

siguiente: “UN LOTE DE TERRENO URBANO y construcciones que

contiene marcado con el NUMERO DOSCIENTOS TRES, BLOCK

“J”, DEL REPARTO ALTOS DE GUADALUPE, SITUADO EN

JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO

DE LA LIBERTAD, siendo dicho inmueble de la descripción siguiente:

Partiendo de la intersección de los ejes de la calle principal de Altos de

Guadalupe, y pasaje número cinco, ambos abiertos en esta urbanización

y con una distancia sobre el último eje, de veintitrés metros con rumbo

Norte, setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este,

se llega al punto de referencia donde hacemos una defl exión derecha de

noventa grados, con rumbo Sur once grados once punto cuatro minutos

Este y distancia de dos punto cincuenta metros, para alcanzar el mojón

Nor-Oeste del lote que mide y linda: NORTE: Cinco metros con rumbo

norte, setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este,

lindando con lote número ciento cuarenta y dos del polígono “H” del

mismo reparto con Pasaje número cinco de por medio: AL ESTE: Doce

punto cincuenta metros con rumbo Sur once grados once punto cuatro

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

minutos Este, lindando con lote número doscientos dos del mismo polígono

y reparto: AL SUR: Cinco metros con rumbo Sur, setenta y ocho grados

cuarenta y ocho punto seis minutos Oeste, lindando con lote número

ciento ochenta y tres del mismo polígono y reparto; y AL OESTE: Doce

punto cincuenta metros con rumbo Norte once grados once punto cuatro

minutos oeste lindando con lote número doscientos cuatro del mismo

polígono y reparto. El inmueble así descrito tiene un área superfi cial de

SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS

equivalentes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS

VARAS CUADRADAS. Así también contiene una construcción de

sistema mixto de un área de Ochenta y uno punto ochenta y ocho metros

cuadrados. Inmueble inscrito a favor de la demandada señora MARIA

ELIZABETH SILVA VILLALTA GUERRA DE CASTRO, conocida

por MARIA ELIZABETH SILVA VILLALTA DE CASTRO bajo la Ma-

trícula Número 30183560-00000 del REGISTRO DE LA PROPIEDAD

RAIZ E HIPOTECAS DE LA CUARTA SECCION DEL CENTRO,

con sede en Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las doce horas y quince minutos del día veinte de octu-

bre del dos mil nueve. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036699-1

EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-

TIA, LICENCIADO CARLOS ALBERTO GALAN, de este Distrito

Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por

el Licenciado ROSENDO MANZANO ZAMORA, quien es de sesenta

y seis años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, en su ca-

rácter de Apoderado General Judicial del INSTITUTO NACIONAL

DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, Institución

Ofi cial Autónoma de Derecho Público, de este domicilio: contra los

demandados señores ANA GUADALUPE ORELLANA ROJAS hoy

DE MOLINA, conocida por ANA GUADALUPE ORELLANA DE

MOLINA, de cincuenta y un años de edad, Empleada, de los domicilios

de Mejicanos y Ayutuxtepeque, y AQUILINO ANTONIO MOLINA, de

cincuenta y dos años de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, se

venderá en pública subasta en este Tribunal, y en fecha que será señalada

posteriormente, sobre un inmueble de naturaleza urbana situado sobre

la calle al volcán en el Cantón Zacamil, jurisdicción de Mejicanos, de

este Departamento en el tramo comprendido entre la Veintinueve Ave-

nida Norte y la Calle Zacamil, ubicado contiguo al Centro Magisterial

Desarrollo Urbano del Instituto de Vivienda Urbana, situado en LA

URBANIZACIÓN “RESIDENCIAL SACRAMENTO” e identifi cado

como LOTE NÚMERO SEIS, DEL POLIGONO “A”, que se describe

así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Magisterial y

el Pasaje número uno se mide sobre el eje de este último una distancia

de treinta y cinco punto treinta metros con rumbo Norte ochenta y cinco

grados treinta y seis punto cuatro minutos Oeste, y luego haciendo una

defl exión derecha de noventa grados se mide una distancia de dos punto

cincuenta metros con rumbo Norte cero cuatro grados veintitrés punto

seis minutos Este y se determina el mojón Sur-Oeste del terreno que

mide y linda: AL PONIENTE, doce metros rumbo Norte cero cuatro

grados veintitrés punto seis minutos Este, lindando con el lote número

siete del Polígono A; AL NORTE, cinco punto cincuenta metros rumbo

Sur y cinco, grados treinta y seis punto cuatro minutos Este, lindando

con los lotes números dos y tres del Polígono A; AL ORIENTE, doce

metros rumbo Sur cero cuatro grados veintitrés punto seis minutos Oeste,

lindando con el lote número cinco del Polígono A; y AL SUR, cinco

punto cincuenta metros rumbo norte ochenta y cinco grados treinta y

seis punto cuatro minutos Oeste, lindando con los lotes números dos

y tres del Polígono B, y pasaje número uno de cinco metros de ancho

de por medio. El lote así descrito tiene un área de SESENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y CUATRO

VARAS CUADRADAS CUARENTA Y TRES CENTESIMAS DE

VARA CUADRADA. El inmueble anteriormente descrito así como

sus mejoras presentes y futuras Pertenecen a los demandados señores

ANA GUADALUPE ORELLANA ROJAS hoy DE MOLINA, conocida

por ANA GUADALUPE ORELLANA DE MOLINA, y AQUILINO

ANTONIO MOLINA, según antecedente bajo el número SESENTA Y

SEIS del Libro TRES MIL CIENTO CUATRO, de ese Registro, des-

pués pasado en el sistema de Folio Real con matrícula número CERO

UNO-CERO CINCO SIETE CINCO SEIS SEIS-CERO CERO CERO

(01-057566-000), Inscripción UNO (1). hoy está registrada en el Sis-

tema de Folio Real automatizado Matrícula número SEIS CERO UNO

CINCO DOS UNO CUATRO SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO

(60152146-00000), Asiento UNO (1). del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Se Admitirán posturas legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-

TIA: San Salvador, a las nueve horas del diez de Septiembre del dos

mil nueve. LIC. CARLOS ALBERTO GALAN, JUEZ SUPLENTE

PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JULIO ALBERTO CAL-

DERON ALFARO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036700-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio

Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada ANA MARIA CACERES

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SEOANE, Apoderada del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES

DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra el señor HECTOR RAFAEL

MARENCO FLORES, reclamándole cantidad de colones, se venderá

en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Lote nú-

mero DOSCIENTOS CINCUENTA del Pasaje San Jacinto, ubicado

en Residencial Terranova, San Salvador, de las medidas y colindancias

siguientes: Partiendo del punto de intersección de los ejes de prolongación

de la Primera Avenida y Pasaje San Jacinto de Residencial Terranova

y midiendo sobre el eje de este último una distancia de treinta y cuatro

punto cero nueve metros con rumbo norte treinta y cuatro grados die-

cinueve minutos dieciséis segundos Este, llegamos al punto donde con

una defl exión derecha de noventa grados con rumbo Sur cincuenta y

cinco grados cuarenta minutos cuarenta y cuatro segundos Este y una

distancia de cinco punto cincuenta metros, llegamos al punto o mojón

Sur-Este donde dio inicio la presente descripción del terreno que mide

y linda: AL SUR, un tramo recto de rumbo Sur setenta y tres grados

cincuenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Este y una distancia

de veintisiete punto ochenta metros, lindando este tramo con lote nú-

mero doscientos cuarenta y nueve de pasaje San Jacinto; Residencial

Terranova. AL ESTE: Un tramo recto de rumbo Norte dieciséis grados

cero uno minutos cero seis segundos Este y una distancia de cuatro

punto cero siete metros lindando este tramo con terrenos de Sebastián

Manzano. AL NORTE: un tramo recto de rumbo Norte setenta y tres

grados cincuenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Oeste y una

distancia de veintiséis punto cuarenta metros lindando este tramo con

lote número doscientos cincuenta y uno de pasaje San Jacinto; residencial

Terranova. AL OESTE: un tramo recto de rumbo Sur treinta y cuatro

grados diecinueve minutos dieciséis segundos Oeste y una distancia de

cuatro punto quince metros lindando este tramo con lotes números ciento

veintiséis y ciento veinticinco de pasaje San Jacinto. Pasaje San Jacinto

de por medio de Once metros, de derecho de vía; residencial Terranova,

llegando con este tramo al punto o mojón Sur-Este donde dio inicio la

presente descripción técnica. El terreno descrito posee una extensión

superfi cial de ciento once punto cincuenta y dos metros cuadrados

equivalentes a ciento cincuenta y nueve punto cincuenta y seis varas

cuadradas” Inscrito dicho inmueble a favor del señor HECTOR RAFAEL

MARENCO FLORES, con Matrícula Número SEIS CERO CUATRO

DOS UNO SIETE DOS CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO,

del Centro Nacional de Registros, Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día veintinueve de septiembre de dos mil nueve. DR. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036703-1

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida por este Juzgado, por el Licenciado LUIS SAMUEL SILVA

PARADA, Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES

DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, que se puede abreviar “INPEP”,

contra la señora CARMEN DEL TRANSITO DELGADO AGUIRRE,

hoy de LIMA, se venderá en pública subasta, en este mismo Juzgado,

en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble

embargado siguiente: “UN LOTE DE TERRENO DE NATURALEZA

URBANO CON CONSTRUCCIONES, SITUADO EN LA URBA-

NIZACION “LLANO VERDE”, JURISDICCIÓN DE ILOPANGO,

MARCADO CON EL NUMERO TREINTA Y CUATRO, DEL GRUPO

NUEVE, pasaje número OCHO, el cual tiene una extensión superfi cial

de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS, CERO CENTESIMOS

DE METROS CUADRADOS, el cual se describe así: Partiendo de la

intercepción de la Calle Los Tulipanes y pasaje número ocho hacia el

Este, ciento dieciocho punto setenta y dos metros, con defl exión derecha

de noventa grados y con distancia de tres metros se llega al esquinero

Nor-Este del lote que se describe, el cual tiene los siguientes linderos

y medidas: AL NORTE: Con distancia de siete metros y rumbo sur

ochenta grados treinta y ocho punto cuatro minutos Este, linda con lotes

números veintinueve y treinta y uno del grupo número ocho pasaje de

ocho de seis metros de ancho por medio; AL ORIENTE: Con distancia

de quince metros y rumbo sur nueve grados veintiuno punto seis minutos

oeste, linda con área verde de la colonia; AL SUR: Con distancia de

siete metros y rumbo norte ochenta grados treinta y ocho punto cuatro

minutos Oeste, linda con lote número treinta y tres del grupo número

Nueve y área verde; y AL PONIENTE: Distancia de quince metros y

rumbo Norte nueve grados veintiuno punto seis minutos Este, linda con

lote número treinta y dos del grupo número nueve. En dicho inmueble

hay una casa de sistema mixto de un área de SESENTA METROS

CUADRADOS. Inmueble inscrito a favor del demandado señora

CARMEN DEL TRANSITO DELGADO AGUIRRE, hoy de LIMA

bajo la matrícula Número 60209519-00000 DEL REGISTRO DE LA

PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION

DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMENTO.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las doce horas y treinta minutos del día tres de septiem-

bre del dos mil nueve. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036704-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Civil promovido

por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, en su cali-

dad de Apoderado General con Cláusula Especial de SCOTIABANK EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San Salvador,

representada legalmente por el señor BRIAN WAYNE BRADY, contra

la demandada señora MIRNA ISABEL LARA VIUDA DE MENDOZA

conocida por MIRNA ISABEL LARA DE MENDOZA, de cincuenta años

de edad, Secretaria Comercial, del domicilio de San Vicente, reclamándole

el pago de la cantidad adeudada, intereses convencionales, moratorios

y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad y en

fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble de naturaleza

urbana, situado en el Barrio San Esteban, de la ciudad de San Salvador,

sobre la cuarta calle oriente, que se identifi ca como el apartamento

número Dos-Cuatro E del “Condominio Residencial San Esteban”, y

que se describe así: APARTAMENTO NÚMERO DOS-CUATRO E,

con un área de TREINTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS equivalentes a CINCUENTA Y CINCO PUNTO CERO

NUEVE VARAS CUADRADAS, con un área construida de TREINTA

Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, y una

medida cúbica de CIENTO CINCO TREINTA METROS CUBICOS.

Partiendo de la intersección de los ejes de la dieciocho Avenida Sur y

la Cuarta Calle Oriente, se mide sobre el eje de esta última con rumbo

norte setenta y tres grados treinta y nueve punto cinco minutos Oeste,

una distancia de veintiocho punto cuarenta y cinco metros, partiendo

de este punto se mide una longitud de curva de cuarenta y ocho punto

setenta y un metros de defl exión izquierda y cuatrocientos veinte punto

cero cero metros de radio, de este punto se mide con defl exión derecha,

rumbo norte doce grados veintiún punto un minuto Este, una distancia

de cincuenta y nueve punto catorce metros. Partiendo de este punto

con defl exión derecha, de noventa grados de rumbo Sur setenta y siete

grados treinta y ocho punto nueve minutos este y distancia de quince

punto cero cero metros, se llega a un punto a partir del cual se mide una

distancia vertical de dos punto noventa metros, llegando al vértice Sur-

Oeste del departamento que se describe: LADO OESTE: tramo recto

de rumbo norte doce grados veintiún punto un minuto este y distancia

de siete punto setenta metros, lindando con el apartamento dos-tres del

Edifi cio “E” de Residencial San Esteban; LADO NORTE: tramo recto

de rumbo Sur setenta y siete grados treinta y ocho punto nueve minutos

este y distancia de cinco punto cero cero metros, lindando con el espacio

aéreo del jardín interior del apartamento uno-cuatro del Edifi cio “E”

de Residencial San Esteban; LADO ESTE: tramo recto de rumbo Sur

doce grados veintiún punto un minuto oeste y distancia de siete punto

setenta metros, lindando con el apartamento dos-cinco del Edifi cio

“E” de Residencial San Esteban; LADO SUR: tramo recto de rumbo

norte setenta y siete grados treinta y ocho punto nueve minutos oeste y

distancia de cinco punto cero cero metros, lindando con el apartamento

dos-cuatro de Edifi cio “D” de Residencial San Esteban, con el espacio

aéreo del pasillo de acceso de cuatro punto cero cero metros de ancho

de por medio. Todas las colindancias son propiedad o han sido de la So-

ciedad “CONSTRUCCIONES CENTROAMERICANAS”, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. Inscrito a favor de la señora

MIRNA ISABEL LARA VIUDA DE MENDOZA conocida por MIRNA

ISABEL LARA DE MENDOZA, bajo la matrícula del folio real número

CERO UNO - CERO OCHO TRES CUATRO UNO DOS-CERO CERO

CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda

Sección del Centro, con sede en esta ciudad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los nueve días del

mes de julio del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036820-1

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el

señor DOUGLAS DAGOBERTO VIOLANTE AGUIRRE, en su carác-

ter personal; contra la señora GLORIA ESPERANZA HERNANDEZ

NOLASCO, reclamándole cantidad de dinero y accesorios legales, se

venderá en pública subasta en este Juzgado, EL CINCUENTA POR

CIENTO que le corresponde a la señora GLORIA ESPERANZA

HERNANDEZ NOLASCO, sobre una porción de terreno de naturaleza

urbana, sin construcciones, situado en la Comunidad o Colonia “UN

RANCHO Y UN LUCERO II” del Municipio de Ahuachapán, de este

Departamento, identifi cado como lote número dos del Polígono o Block

VEINTISEIS, de una área de CIENTO CUARENTA PUNTO CERO

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

CERO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes: AL

NORTE, veinte punto cero cero metros; AL ORIENTE, siete punto cero

cero metros; AL SUR, veinte punto cero cero metros; y al PONIENTE,

siete punto cero cero metros. Inscrito bajo la MATRICULA NUMERO

UNO CINCO CERO NUEVE UNO DOS CINCO CUATRO GUION

CERO CERO CERO CERO CERO del Centro Nacional de Registros

de la Segunda Sección de Occidente. Lo que se pone en conocimiento

del público, para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las ocho horas treinta

minutos del día veintidós de octubre del año dos mil ocho.- Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036833-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el jui-

cio ejecutivo mercantil promovido por la Licenciada LIDIA MARIA

VALDEZ DE LU, como apoderada general judicial del BANCO HSBC

SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, BANCO HSBC, SOCIE-

DAD ANONIMA; BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA,

que puede abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO S.A., BANCO

HSBC, S.A., BANCO SALVADOREÑO S.A., o BANCOSAL S.A.,

contra la señora BLANCA MARITZA VILLEDA MEDINA, próxi-

mamente se venderá en Pública Subasta, en este juzgado el inmueble

siguiente: Un apartamento, ubicado en Condominio Apartamentos El

Modelo Nivel Uno, Apartamento B-Ocho, Edifi cio “B” entre Calle

Francisco Menéndez y Calle Quince de Septiembre, Barrio Candelaria,

Jurisdicción de San Salvador, de un área construida de VEINTISIETE

PUNTO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a TREINTA Y

OCHO PUNTO SESENTA Y TRES VARAS CUADRADAS y Medida

Cúbica de SESENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CU-

BICOS, el cual se describe así: Partiendo del punto número seis rumbo

Sur cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto cinco minutos Este y

distancia de uno punto cero metros, se llega al esquinero Sur-Poniente

del apartamento que se describe así: LADO PONIENTE: Tramo recto

con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados, diecisiete punto cinco minutos

Este y distancia de cuatro punto sesenta metros, colindando por este

lado con apartamento C-SIETE del Módulo “C”, pasillo de circulación

y zona de jardín de por medio; LADO NORTE: Tramo recto con rumbo

Sur, cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto cinco minutos Este

y distancia de cinco punto cero metros, colindando por este lado con

apartamento B-SEIS de este mismo módulo; LADO ORIENTE: Tramo

recto con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados diecisiete punto cinco

minutos Oeste y distancia de cuatro punto sesenta metros, colindando

por este lado con apartamento B-SIETE de este mismo módulo; LADO

SUR: Cinco tramos: El primero: Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro

grados, cuarenta y dos punto cinco minutos Oeste y distancia de uno punto

veinticinco metros; El segundo: con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados

diecisiete punto cinco minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta

metros; El tercero: Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro grados, cuarenta

y dos punto cinco minutos Oeste y distancia de dos punto quince metros;

El Cuarto: Con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados, diecisiete punto

cinco minutos Este y distancia de uno punto cuarenta metros; Y el Quinto:

Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro grados, cuarenta y dos punto cinco

minutos Oeste y distancia de uno punto sesenta metros, colindando por

este lado con propiedad de FRANCISCA Viuda DE MUGDAN, zona de

jardín de por medio; Parte inferior no tiene colindancia, parte superior:

linda con apartamento B-DIECISEIS de este mismo módulo. Todos los

apartamentos colindantes son o han sido propiedad de Construorien, S.A.

de C.V.

Dicho inmueble está inscrito a favor de la demandada señora

BLANCA MARITZA VILLEDA MEDINA, en el Sistema de Folio Real

Automatizado, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES CERO

TRES SEIS SEIS OCHO - A CERO UNO DOS OCHO, Asiento UNO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Ciudad de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-

mento de San Salvador, a las quince horas treinta minutos del día treinta

de Noviembre del año dos mil nueve.- Dr. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036840-1

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con

el número 103-E-97, promovido inicialmente por la Licenciada ANA

CONCEPCION IRIAS LOZANO, continuado por el Licenciado MAR-

TIN SALVADOR MORALES SOMOZA, en su calidad de Apoderados

Generales Judiciales de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., entidad

absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

contra los señores GONZALO GUILLEN SANTOS, ANA GLADIS

OPORTO DE GUILLEN y HUGO RENE SANTOS, se venderá en

Pública Subasta en este Tribunal, un Bien Inmueble que a continuación

se describe y localiza así ““Jurisdicción de Colón, Departamento de La

Libertad. “”Inmueble urbano y construcciones que contiene ubicado en: el

Cantón Angosturas, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad,

identifi cado como Residencial Los Chorros II etapa, Block G-I, Lote

número dos, Block G-seis, de un área de CIENTO SESENTA Y SIETE

PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, inscrito en el Registro

Social de Inmuebles bajo la matrícula número M CERO UNO TRES

CERO SEIS OCHO UNO TRES, asiento CERO CERO CERO UNO,

del Registro Social de Inmuebles de la Primera Sección del Centro””.

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las quince horas veinte minutos, del día veinticinco de

junio de dos mil nueve.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036916-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado MARTÍN SALVADOR MORALES SOMOZA,

Apoderado del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

hoy SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., contra los señores JOSE

OSCAR SANTIAGO MEDINA HERNÁNDEZ conocido por JOSE

OSCAR MEDINA y MARIA ELENA DE LOS ANGELES ARIAS DE

MEDINA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y

hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación

se describe: “”UN INMUEBLE de naturaleza urbano y construcciones

que contiene, situado en Colonia Roma, suburbios del Barrio El Calvario,

según su nomenclatura actual está situada en Calle Lorena, antes identi-

fi cado como Lote QUINCE-A, hoy como Lote Número DOSCIENTOS

CATORCE, Colonia Roma, en Jurisdicción de esta Ciudad y Depar-

tamento, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA

METROS CUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS

CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE

VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y CINCO CENTÉSIMOS DE

VARA CUADRADA, que se localiza y describe así: AL NORTE: en

veinticinco metros, en línea recta perpendicular al eje de la Calle Lore-

na, con Lote Número QUINCE-B del Polígono B de la Colonia Roma,

AL SUR: la misma medida del Norte, con resto del Lote QUINCE-A

del Polígono B de la misma Colonia Roma, de donde se segregó el que

se describe; AL ORIENTE: diez metros ochocientos treinta y cinco

milímetros, Calle Lorena de por medio, abierto en terrenos de la señora

Leonor Meléndez viuda de Quiñónez y la señorita Mercedes Quiñónez

Meléndez y Zoila Gil Parada, con el Lote Número DOS del Polígono

D, de la misma Colonia Roma; y AL PONIENTE: de la misma medida

del Oriente, con el Lote Número VEINTICUATRO del Polígono B de

la misma Colonia Roma. En los vértices de este Inmueble hay colocados

mojones de concreto. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad

de la señora Leonor Meléndez viuda de Quiñónez y la señorita Mercedes

Quiñónez Meléndez y Zoila Gil Parada. Dicho Inmueble se encuentra

Inscrito en forma proindivisa a favor de los demandados señores JOSE

OSCAR SANTIAGO MEDINA HERNÁNDEZ conocido por JOSE

OSCAR MEDINA y MARIA ELENA DE LOS ANGELES ARIAS

DE MEDINA, bajo el sistema de folio real computarizado al Número

M CERO CINCO UNO CINCO CINCO DOS UNO SEIS del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro””.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público

para los efectos de ley.

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las quince horas cinco minutos del día treinta de sep-

tiembre de dos mil nueve.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036918-1

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO DE EXTRAVIO DE CERTIFICADOS DE ACCIONES

MARÍA ELENA ÁLVAREZ DE PACAS, Representante Legal de El

Borbollón, S.A. de C.V.; al público,

HACE SABER: Que a las ofi cinas de su representada, situadas en

la ciudad de Santa Ana, se ha presentado el accionista Señor MARIO

EDWIN ÁLVAREZ GUTHRIE, manifestando que ha extraviado los

siguientes certifi cados de acciones de su propiedad de la Sociedad El

Borbollón, S.A. de C.V., certifi cado No. 16 que ampara 450 acciones

numeradas de la 4101 a la 4550; certifi cado de acciones No. 25 que

ampara 150 acciones numeradas de la 5701 a la 5850; certifi cado de

acciones No. 35 que ampara 90 acciones numeradas de la 6721 a la 6810;

certifi cado de acciones No. 45 que ampara 80 acciones numeradas de la

7541 a la 7620; certifi cado de acciones No. 55 que ampara 722 acciones

numeradas de la 13,477 a la 14,198; certifi cado de acciones No. 65 que

ampara 163 acciones numeradas de la 16,225 a la 16,387; certifi cado

de acciones No. 75 que ampara 1000 acciones numeradas de la 24,551

a la 25,550; certifi cado de acciones No. 85 que ampara 1845 acciones

numeradas de la 41,311 a la 43,155; certifi cado de acciones No. 95 que

ampara 500 acciones numeradas de la 49,001 a la 49,500. Por lo que

solicita la reposición de dichos certifi cados de acciones.

En consecuencia de lo anterior lo hace del conocimiento público

para efectos de reponer los anteriores certifi cados de acciones extra-

viados, lo cual se realizará transcurridos 30 días, después de la tercera

publicación de este aviso, si no hubiere ninguna oposición de acuerdo

a lo establecido en el artículo 932 del Código de Comercio.

Santa Ana, 29 de Diciembre de 2009.

MARIA ELENA ALVAREZ DE PACAS,

REPRESENTANTE LEGAL EL BORBOLLON, S.A. de C.V.

3 v. alt. No. C000333-1

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 427507, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA

Y DOS 86/100 (US$ 4,342.86).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN MIGUEL, Lunes, 04 Enero de 2010.

ANTONIO SERRANO,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

AGENCIA RUTA MILITAR.

3 v. alt. No. F036649-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

MULTICONCEPT, S.A. DE C.V.

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accio-

nistas de la Sociedad MULTICONCEPT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse MULTICONCEPT, S.A.

DE C.V., por este medio CERTIFICA:

I) Que en el Libro de Actas de Junta General Extraordinaria de

Accionistas que lleva esta Sociedad, se encuentran los Puntos

Segundo y Quinto del Acta número Dos (2) de Sesión de

Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en

las ofi cinas de la Sociedad situadas en Calle La Mascota,

número quinientos treinta y tres, Colonia San Benito, San

Salvador, a las dieciséis horas del día veintiséis de agosto

del año dos mil ocho; y que literalmente DICEN:

“PUNTO SEGUNDO: Acuerdo de Disolución y Liqui-

dación de la Sociedad. La Presidenta de la Junta informa

a los presentes la conveniencia de disolver y liquidar la

Sociedad, por medio de la causal Cuarta del Artículo

Ciento Ochenta y Siete del Código de Comercio, por lo

que somete a votación de los presentes, la propuesta de

disolver y liquidar la Sociedad. Luego de escuchado el

informe los presentes procedieron a votar y acordaron

por unanimidad disolver y liquidar la Sociedad por

medio de la causal Cuarta del Artículo Ciento Ochenta

y Siete del Código de Comercio."

''PUNTO QUINTO: Fijación del Plazo para la Liqui-

dación de la Sociedad. Los presentes acuerdan por

unanimidad de votos fi jar como plazo para practicar la

liquidación de la Sociedad el período de DOS AÑOS,

contados a partir de la fecha de la Inscripción de la

Escritura Pública de Disolución de la Sociedad en el

Registro de Comercio."

II) Que en el Libro de Actas de Junta General Extraordinaria de

Accionistas que lleva esta Sociedad, se encuentra el Punto

Segundo del Acta número Tres (3) de Sesión de Junta General

Extraordinaria de Accionistas, celebrada en las ofi cinas de la

Sociedad situadas en Calle La Mascota, número quinientos

treinta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis

horas del día dieciocho de septiembre del año dos mil nueve;

y que literalmente DICE:

''PUNTO SEGUNDO: Que según el Acuerdo tomado

en el Punto Cuarto del Acta Número Dos de Sesión de

Junta General Extraordinaria de Accionistas de la So-

ciedad, celebrada a las quince horas del día veintiséis de

agosto del año dos mil ocho, los accionistas acordaron

por unanimidad de votos elegir como Liquidador de la

Sociedad al señor Edwin David Umaña Mendoza, con

un emolumento de QUINIENTOS DÓLARES de los

Estados Unidos de América.

Que en virtud de que el señor Edwin David Umaña Mendoza, se

encuentra imposibilitado para continuar con el desarrollo de sus fun-

ciones como Liquidador de la Sociedad, por este medio los accionistas

presentes acuerdan por unanimidad removerlo del cargo.

En vista de lo anterior, se hace necesario nombrar a los nuevos

liquidadores de la Sociedad, por lo que la Presidenta de la sesión propone

nombrar a los señores Rutilio Alfonso Nájera Sánchez, mayor de edad,

empleado, del domicilio de la ciudad de Ilopango, Departamento de

San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad Número

cero un millón trescientos treinta y nueve mil novecientos cuarenta y

ocho - cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

dieciséis - ciento diez mil novecientos setenta y ocho- ciento uno- seis,

y Renato Adolfo Espinoza Granados, mayor de edad, empleado, del

domicilio de la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador,

portador de su Documento Único de Identidad Número cero tres millones

cuatrocientos cuarenta y seis mil cuarenta y uno- cero, con Número de

Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento cincuenta mil

seiscientos sesenta y tres- cero trece- cinco, como Liquidadores de la

Sociedad.

Luego de escuchada la propuesta de la Presidenta de la Sesión,

los accionistas votaron acordando por unanimidad de votos, elegir a

los señores Rutilio Alfonso Nájera Sánchez y Renato Adolfo Espinoza

Granados como Liquidadores de la Sociedad. Asimismo, el pleno de

accionistas acuerda que los Liquidadores nombrados desarrollarán su

cargo con unos emolumentos de TRESCIENTOS CINCUENTA DÓ-

LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$350.00)

cada uno.''

Es conforme con sus originales, con los cuales se confrontó. Y para los

efectos legales pertinentes extiendo la presente en la ciudad de San Salva-

dor, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil nueve(2009).

AGUSTIN CARLOS DELBOSCO BURGOS,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS.

MULTICONCEPT, S.A. DE C.V.

1 v. No. F036818

AVISO DE COBRO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda.

HACE SABER: Que a este departamento jurídico se ha presen-

tado la señora ANA DEL CARMEN SANCHEZ RODRIGUEZ, con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0614-211290-115-0; quien actúa

en su calidad de hija sobreviviente del señor SANTOS SANCHEZ, de

sesenta y un años de edad, constructor, del domicilio del Cantón Joya

DIARIO

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Galana, de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0602-200946-002-0, quien falleció

en San Salvador, a la once horas y quince minutos del día diecisiete de

julio del año dos mil ocho; promoviendo diligencias de devolución del

excedente del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fi scal

2008, por la suma de DOSCIENTOS VEINTIUN 32/100 DOLARES

($221.32), que dejó pendiente de cobro el causante.

Lo que se avisa al público en general para que toda persona que

se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Departamento a

hacer uso de él, en el plazo de tres días, contados a partir de la fecha en

que haya salido a circulación el Diario Ofi cial que contenga la tercera

y última publicación de este aviso.

Ministerio de Hacienda, Departamento Jurídico. San Salvador, a

los cuatro días del mes de enero de dos mil diez.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v.1v/c.3/d. No. F036722-1

AVISO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda.

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora

MAYRA GUADALUPE MALDONADO DE QUINTANILLA, conocida

también como Mayra Guadalupe Maldonado Inglés, quien comparece

en calidad de cónyuge sobreviviente del señor Wilian Alexi Quintanilla

Ortiz, conocido también como William Alexi Quintanilla Ortiz; promueve

diligencias solicitando se le autorice fi rmar los documentos respectivos

para que se le devuelva la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA

Y CUATRO 29/100 DOLARES ($354.29), en concepto de excedente

de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2008, que dejó pendiente

de cobro el causante debido a que falleció el día 1 de agosto de 2009.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para

que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, conforme a lo

establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presu-

puestos, se presente a este Departamento en el término de 3 días contados

a partir del día siguiente en que haya salido a la venta y circulación el

ejemplar del Diario Ofi cial que contenga la tercera y última publicación

del presente aviso, para ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los doce días del mes de

enero de dos mil diez.

LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTÍNEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v.1v/c.3/d. No. F036814-1

PATENTE DE INVENCIÓN

No. de Expediente: 2009003431

No. de Presentación: 20090008751

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARIO

ALAVÉS BOLAÑOS, INGENIERO QUIMICO, del domicilio de

HAMBURGO N° 128, COL. VALLE DORADO, TLALNEPANTLA,

ESTADO DE MEXICO, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA,

actuando como PROPIETARIO E INVENTOR, solicitando se conceda

Registro de la PATENTE DE INVENCION denominada METODO

PARA OBTENER AZUCAR BLANCA DE JUGOS DE CAÑA, por

el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional C13D

3/00, C13F 1/00, y con prioridad de la solicitud MEXICANA No.

MX/E/2009/074204, de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil

nueve.

Se refi ere a: METODO PARA OBTENER AZUCAR BLANCA

DE JUGOS DE CAÑA. La solicitud fue presentada a las quince horas

y cincuenta y seis minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil

nueve.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecisiete días del mes

de diciembre del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C000355

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2009094944

No. de Presentación: 20090125800

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA KONSTANTINE.

Consistente en: la expresión ARABELA KONSTANTINE.,

traducido al castellano como Constantino de Arabela, que servirá para:

AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-

COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036716-1

No. de Expediente: 2009094942

No. de Presentación: 20090125796

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA CAROLANNE.

Consistente en: las palabras ARABELA CAROLANNE.,traducido

al castellano como CAROLINNE ARABELA, que servirá para: AM-

PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES

SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036719-1

No. de Expediente: 2009094943

No. de Presentación: 20090125798

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

DIARIO

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA MAXIMOUS.

Consistente en: las palabras ARABELA MAXIMOUS., traducido

al castellano como MAXIMA ARABELA, que servirá para: AMPARAR:

TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,

LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-

LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,

CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS

Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA

PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036723-1

No. de Expediente: 2009094940

No. de Presentación: 20090125792

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA SEX DESIRE

Consistente en: la palabra ARABELA SEX DESIRE, traducido al

castellano como DESEO SEXUAL DE ARABELA, que servirá para:

AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-

COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de noviembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036724-1

No. de Expediente: 2009094937

No. de Presentación: 20090125788

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA GLAM TOUCH.

Consistente en: las palabras ARABELA GLAM TOUCH., que

se traduce al castellano como toque glamuroso de Arabela, que servirá

para: AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES

AGRIETADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CRE-

MA EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES

SECOS, CREMA PARA PIES FRÍOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

DIARIO

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036726-1

No. de Expediente: 2009094938

No. de Presentación: 20090125789

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA GENEROSITY.

Consistente en: las palabras ARABELA GENEROSITY traducidas

al castellano como Generosa Arabela, que servirá para: AMPARAR:

TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,

LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-

LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,

CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS

Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA

PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036727-1

No. de Expediente: 2009094939

No. de Presentación: 20090125791

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA BRYLLIANT

Consistente en: las palabras ARABELA BRYLLIANT traducidas

al castellano como BRILLANTE, ARABELA, que servirá para: AM-

PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES

SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036731-1

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

No. de Expediente: 2009094936

No. de Presentación: 20090125786

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA BEAUTY ANGEL

Consistente en: la frase ARABELA BEAUTY ANGEL que se traduce al castellano como a ANGEL BELLO DE ARABELA, que servirá para: AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TA-LONES AGRIETADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVI-ZANTE PARA CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036732-1

No. de Expediente: 2009092371

No. de Presentación: 20090121365

CLASE: 19.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TABLACEM

Consistente en: la palabra TABLACEM, que servirá para: AMPA-RAR: ASBESTOS TIPO FIBROCEMENTO, CEMENTO, LAMINAS Y CUBIERTAS DE TEJADO NO METALICOS. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036735-1

No. de Expediente: 2009092370

No. de Presentación: 20090121364

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O

DE FABRICA,

PLASTINAK

Consistente en: la palabra PLASTINAK, que servirá para: AM-

PARAR: ASBESTOS, CEMENTO, LAMINAS Y CUBIERTAS DE

TEJADO NO METALICO. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036736-1

DIARIO

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

No. de Expediente: 2009095056

No. de Presentación: 20090126047

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de GRUPO F, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: GRUPO F, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BRUNO

Consistente en: la palabra BRUNO, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTO DE PERRO, ALIMENTO DE MASCOTA. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036737-1

No. de Expediente: 2009097083

No. de Presentación: 20090129340

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ROVARIL

Consistente en: la expresión ROVARIL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036738-1

No. de Expediente: 2009097082

No. de Presentación: 20090129339

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

REUTRID MAX

Consistente en: las palabras REUTRID MAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036741-1

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

No. de Expediente: 2009097084

No. de Presentación: 20090129342

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

PROCAPS OSMOFLOX

Consistente en: las palabras PROCAPS OSMOFLOX, que servirá

para: AMPARAR: ANTIBIOTICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036743-1

No. de Expediente: 2009097115

No. de Presentación: 20090129422

CLASE: 21.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA KID OCEAN

Consistente en: la frase ARABELA KID OCEAN que se traduce

al castellano como ARABELA NIÑO OCEANO, que servirá para:

AMPARAR: LONCHERA, ALCANCIAS NO METALICAS, POR-

TALIQUIDOS, VASOS. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036744-1

No. de Expediente: 2009097114

No. de Presentación: 20090129420

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA KID OCEAN

Consistente en: la expresión ARABELA KID OCEAN, que se

traduce al castellano como Arabela Niño Oceano, que servirá para:

AMPARAR: LAPICERAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036745-1

DIARIO

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Page 102: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

No. de Expediente: 2009097112

No. de Presentación: 20090129418

CLASE: 21.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA PRINCESS PINK

Consistente en: las palabras ARABELA PRINCESS PINK que se traducen al castellano como ARABELA PRINCESA ROSADA, que servirá para: AMPARAR: LONCHERA, ALCANCIAS NO METALI-CAS, PORTALIQUIDOS, VASOS. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036746-1

No. de Expediente: 2009097111

No. de Presentación: 20090129416

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA PRINCESS PINK

Consistente en: la frase ARABELA PRINCESS PINK que se traduce al castellano como ARABELA PRINCESA ROSADA, que servirá para: AMPARAR: LAPICERAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036747-1

No. de Expediente: 2009094949

No. de Presentación: 20090125807

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA WISHES

Consistente en: la frase ARABELA WISHES, que se traduce al

castellano como DESEOS ARABELA, que servirá para: AMPARAR:

TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,

LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-

LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,

CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS

Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA

PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036752-1

DIARIO

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Page 103: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

No. de Expediente: 2009091244

No. de Presentación: 20090119197

CLASE: 19.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JU-

LIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de MO-

NOLIT, SOCIEDAD ANÓNIMA. de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA.

Consistente en: La palabra MONOLIT y diseño, que servirá para:

AMPARAR: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS;

TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;

ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTA-

BLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS. Clase:

19.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de diciembre del año dos mil nueve.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036753-1

No. de Expediente: 2009093662

No. de Presentación: 20090123495

CLASE: 19.

El INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de FORMAS EUROPEAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

que se abrevia: FORMAS EUROPEAS, S.A., de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

Consistente en: Las palabras FORMAS europeas Puertas y ven-

tanas de PVC y diseño, a las palabras de uso común no se le concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PVC (TUBOS DE POLI

CLORURO DE VINILO). Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de diciembre del año dos mil nueve.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036755-1

No. de Expediente: 2009097745

No. de Presentación: 20090130486

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de FORMAS EUROPEAS, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia:

DIARIO

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ARA CONSULT

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NO TIE

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Page 104: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

FORMAS EUROPEAS, S. A., de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA.

Consistente en: La palabra KROMBEPLAST, que servirá para:.

AMPARAR: PERFILES DE PVC (TUBOS DE POLI CLORURO DE

VINILO. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036757-1

No. de Expediente: 2009093478

No. de Presentación: 20090123282

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de INDUSTRIA LICORERA QUEZALTECA, SOCIEDAD ANÓNI-

MA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la

MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

Consistente en: Las palabras CARIBBEAN BAY y diseño, que

se traducen al castellano como BAHIA CARIBEÑA, que servirá para:

AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil nueve.-

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036760-1

No. de Expediente: 2009094290

No. de Presentación: 20090124626

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM

DIARIO

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Page 105: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

ARQUIPANEL

Consistente en: La palabra ARQUIPANEL, que servirá para:

AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-

RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES

TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS

PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO

ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:

06.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036764-1

No. de Expediente: 2009094273

No. de Presentación: 20090124608

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM

INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

AISLAKOR

Consistente en: La palabra AISLAKOR, que servirá para: AMPA-

RAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES

DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANS-

PORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS PARA

VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS;

CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS METÁLICOS;

CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS NO COM-

PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036765-1

No. de Expediente: 2009094271

No. de Presentación: 20090124606

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM

INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

ECONOTECHO

Consistente en: La palabra ECONOTECHO, que servirá para:

AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-

RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES

TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS

PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO

DIARIO

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Page 106: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:

06.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036767-1

No. de Expediente: 2009093514

No. de Presentación: 20090123325

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de OTSUKA PHARMACEUTICAL CO., LTD., de nacionalidad JA-

PONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE

FÁBRICA,

Consistente en: La palabra Samsca y diseño, sobre la palabra (tol-

vaptan) no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil nueve.-

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036768-1

No. de Expediente: 2009094288

No. de Presentación: 20090124624

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM

INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, Solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

GALVALOK

Consistente en: La palabra GALVALOK, que servirá para:

AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-

RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES

TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS

PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO

ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:

06.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.-

Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036772-1

No. de Expediente: 2007067138

No. de Presentación: 20070093797

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

HUMBERTO OVIEDO HERNÁNDEZ, en su calidad de APODERADO

de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

DIARIO

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Page 107: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

Consistente en: Las palabras CRUZ DEL SUR y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN

DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de julio del año dos mil siete.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036776-1

No. de Expediente: 2009094274

No. de Presentación: 20090124609

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM

INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FÁBRICA,

GALVATHERM OS

Consistente en: La expresión GALVATHERM OS, que servirá

para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES;

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUC-

CIONES TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁ-

LICOS PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO

ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS

METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:

06.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.-

Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036777-1

No. de Expediente: 2009094941

No. de Presentación: 20090125795

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

ARABELA SUN WISH

Consistente en: Las palabras ARABELA SUN WISH, traducido

al castellano como DESEO DE SOL ARABELA, que servirá para:

AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCIÓN CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-

COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSÁMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil nueve.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036788-1

DIARIO

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Page 108: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

No. de Expediente: 2009094947

No. de Presentación: 20090125804

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA MAXIMILIEN

Consistente en: la expresión ARABELA MAXIMILIEN, traducido

al castellano como Máximiliano de Arabela, que servirá para: AMPARAR:

TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,

LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-

LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,

CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS

Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA

PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036791-1

No. de Expediente: 2009094946

No. de Presentación: 20090125803

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA LANCELOT

Consistente en: la expresión: ARABELA LANCELOT que se

traduce al castellano: LANCELOT de Arabela, que servirá para: AM-

PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-

TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA

EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES

SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA

CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE

PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de octubre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036792-1

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2009093856

No. de Presentación: 20090123766

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORA MARIA

AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LA

IONICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: LA IONICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión RISTORANTE Pasquale PASTA E

PIZZA y diseño, que se traduce al castellano como Restaurante Pascual, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

DIARIO

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

La solicitud fue presentada el día diez de junio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000337-1

No. de Expediente: 2009096954

No. de Presentación: 20090129136

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO AUGUSTO CEVALLOS CORTEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BLUE OIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BLUE OIL EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Blue Oil EL SALVADOR, S.A. DE C.V., su traducción al idioma castellano es petróleo azul, que servirá para: AMPARAR: IMPORTACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PETRÓLEOS Y SUS PRODUCTOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036754-1

No. de Expediente: 2008080327

No. de Presentación: 20080115735

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de SHANDONG LINGONG CONSTRUCTION MACHINERY CO., LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras SDLG y diseño, que servirá para: AM-PARAR: CONSTRUCCIÓN, ALQUILER DE EQUIPOS DE CONS-TRUCCIÓN, PAVIMENTACIÓN DE LA CARRETERA, ALQUILER DE GRÚAS [EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN], EL ALQUILER DE EXCAVADORAS, EXCAVADORAS DE ALQUILER, MANTENI-MIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de junio del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036766-1

No. de Expediente: 2007067139

No. de Presentación: 20070093800

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO

de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

DIARIO

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CRUZ DEL SUR y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRICULTURA.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de julio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036773-1

No. de Expediente: 2008080328

No. de Presentación: 20080115737

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de SHANDONG LINGONG CONSTRUCTION MACHINERY CO.,

LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras SDLG y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN YA SEA COMO

MINORISTA O MAYORISTA, EN PARTICULAR RESPECTO DE

LOS VEHÍCULOS, MOTORES DE VEHÍCULOS Y MÁQUINAS, ASÍ

COMO DE PARTES, ACCESORIOS Y ACCESORIOS PARA LOS

PRODUCTOS MENCIONADOS, ASÍ COMO DE HERRAMIENTAS

Y EQUIPO DE TALLER, DE MERCANCÍAS Y PRODUCTOS, PU-

BLICIDAD, ORGANIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN,

FUNCIONES DE OFICINA, ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,

GESTIÓN EMPRESARIAL Y LA GESTIÓN EMPRESARIAL DE SER-

VICIOS DE ASESORAMIENTO, ESTADÍSTICAS, EN PARTICULAR

EN RELACIÓN CON EL DISEÑO, DESARROLLO, FABRICACIÓN,

VENTA, DISTRIBUCIÓN, REPARACIÓN O MANTENIMIENTO

DE VEHÍCULOS, MOTORES DE VEHÍCULOS Y MÁQUINAS, ASÍ

COMO DE PARTES, ACCESORIOS Y ACCESORIOS PARA LAS

ANTES MENCIONADAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de junio del año dos mil nueve.

LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036789-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2009095345

No. de Presentación: 20090126456

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PA-

NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DATIZIC

Consistente en: la palabra DATIZIC, que servirá para: AM-

PARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

DIARIO

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036733-1

No. de Expediente: 2008074332

No. de Presentación: 20080105866

CLASE: 07.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

ZHEJIANG HERO TIME MACHINERY CO. LTD., de nacionalidad

CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Racoon y diseño, que se traduce al

castellano como MAPACHE, que servirá para: AMPARAR: EXCAVA-

DORES, PALAS MECANICAS, MAQUINAS DE CONSTRUCCION

DE FERROCARRILES; MAQUINAS DE CONSTRUCCION DE CA-

RRETERAS; MAQUINAS PARA TRABAJOS EN MINAS; MAQUI-

NAS PARA LA AGRICULTURA; APARATOS PARA EL MANEJO

DE CARGA Y DESCARGA; MAQUINAS MULTIFUNCIONALES

PARA EL MANTENIMIENTO DE CARRETERAS; AGITADORES;

EXCAVADORES DE ZANJAS (MAQUINAS). Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036763-1

No. de Expediente: 2009095344

No. de Presentación: 20090126455

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de

nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

ALBUXANE

Consistente en: La palabra ALBUXANE, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

DIARIO

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036781-1

No. de Expediente: 2009095347

No. de Presentación: 20090126458

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de

nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

IFERZIC

Consistente en: la palabra IFERZIC, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036784-1

No. de Expediente: 2009095346

No. de Presentación: 20090126457

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LITEDA.

Consistente en: la palabra LITEDA., que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036786-1

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día

veintidós de diciembre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores NA-

TIVIDAD DE MERCEDES ZAVALA JOVEL, conocido por NATIVI-

DAD MERCEDES ZAVALA JOVEL y PILAR DE JESUS ZAVALA

JOVEL, la herencia testamentaria que a su defunción dejó la causante

señora JUANA DE LOS ANGELES JOVEL viuda DE ZAVALA,

conocida por JUANA DE LOS ANGELES viuda DE ZAVALA, quien

fue de setenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida a las

diecinueve horas del día treinta de junio de dos mil ocho, en la Colonia

Santa Lucía, Calle Principal, del Municipio de San Vicente, Departamento

de San Vicente, lugar de su último domicilio, en su calidad de herederos

testamentarios de la causante.

Nómbrase a los aceptantes Administradores y Representantes Inte-

rinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas diez

minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil nueve.- DRA.

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036156-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a doce horas y

quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción

dejó la causante señora LIDIA ESTER NEJAPA DE QUILIZAPA o

LIDIA ESTER NEJAPA o LIDIA NEJAPA, quien falleció el día vein-

te de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, a la edad de

sesenta y siete años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; por

parte de la señora MATILDE DE LAS MERCEDES QUILIZAPA DE

GUILLEN, en su calidad de hija sobreviviente de la referida causante y

como cesionaria de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los

señores MANUEL DE JESUS QUILIZAPA NEJAPA, EVANGELINA

QUILIZAPA DE RODRIGUEZ, MARIA LIDIA NEJAPA QUILIZAPA,

ROSA DEL CARMEN QUILIZAPA DE AYALA y BLANCA MAR-

GARITA QUILIZAPA NEJAPA, éstos como hijos sobrevivientes de

la Causante.

Confi éresele a la aceptante en los conceptos antes expresados,

la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-mento de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036183-2

OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, Juez de lo Laboral de este Departamento, con Jurisdicción en Materia Civil.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las nueve horas y cinco minutos del día veintidós de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente de parte de la señora MAYRA MORENA CEA DE AGUIRRE, con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALBERTO ARMANDO CEA, fallecido el día diez de marzo del año dos mil tres, en la Avenida Lempira, casa número cuarenta y dos, Colonia Atonal, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, en su concepto de hija del citado causante.

Confi riéndosele a la aceptante la Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO LABORAL: Sonsonate, a las ocho horas y quince minutos del día veintitrés de noviembre del año dos mil nueve.-Enmendado-noviembre-Vale.- DR. OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, JUEZ DE LO LABORAL.- LIC. JUAN ANTONIO PADILLA SALAZAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036185-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER; Que por resolución de este Tribunal, a las ocho horas treinta minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada de la causante ANA DEL CARMEN SANCHEZ NAJERA, ANA DEL CARMEN SANCHEZ o ANA DEL CARMEN SANCHEZ DE VEGA, fallecida en el Cantón Primavera, de esta Jurisdicción, el día trece de mayo del año de mil novecientos ochenta, siendo dicho Cantón, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARCELINO ERNESTO VEGA SANCHEZ y ENEIDA DEL CARMEN VEGA SANCHEZ, como hijos de la causante.

A quienes se les confi ere Interinamente la Administración y Re-presentación de la sucesión.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas cincuenta minutos del día diez de febrero del año dos mil nueve.- LIC. FRAN-CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036233-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tri-

bunal, a las catorce horas diez minutos de este mismo día, del presente

mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara

el causante JORGE ALBERTO TORRES, quien falleció a las cero

horas cuarenta minutos del día diecinueve de enero del dos mil seis,

en el Hospital Nacional San Bartolo, siendo su último domicilio San

José Guayabal; de parte de la señora: MARIA DOLORES PORTILLO

PORTILLO actuando dicha señora en su calidad de cesionaria de los

derechos hereditarios que en dicha sucesión y en abstracto les pudo

corresponder a los señores: María Angela Torres de Cornejo, María

Lucía Torres de Mendoza y Rosa Isabel Torres Landaverde, y éstos en

su concepto de hijos del mencionado causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia Yacente.

Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia

antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el

término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación

del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce

horas quince minutos del día seis de octubre de dos mil nueve.- Lic.

OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036238-2

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez

horas y quince minutos del día veinticinco de Noviembre del corriente

año, se declaró heredera expresamente y con benefi cio de inventario de

la herencia intestada que al fallecer a las veintiuna horas del día veintiuno

de Junio de dos mil nueve, en el Cantón Tulima, de la Jurisdicción de

Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domi-

cilio dejó el causante PRESENTACION REYES HERRERA, conocido

por PRESENTACION REYES, de parte de la señora Santos Cristela

Reyes, en concepto de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la

referida sucesión les correspondían a los señores Santos Eduardo Herrera

Reyes, conocido por Santos Eduardo Herrera; Juan Crisóstomo Reyes,

conocido por Juan Crisóstomo Reyes Herrera; y Matea Reyes Herrera,

conocida por Matea Reyes, en concepto de hermanos sobrevivientes del

referido causante, de conformidad con el Artículo 1699 C.C. Se le confi ere

a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación

INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil ocho.- Lic. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036255-2

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las once

horas y cincuenta minutos del día veintiuno de diciembre del año pasa-

do, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que al fallecer el causante Fausto Adán Torres Melgar,

el día diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, en el

Cantón San Sebastián, de la jurisdicción de esta Ciudad, Departamento

de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejó el causante

antes mencionado, al heredero FAUSTO TORRES, en concepto de padre

del expresado causante, de conformidad al Art. 988 No. 1°. del Código

Civil; se le confi rió al aceptante en el carácter dicho la administración

y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los

cuatro días del mes de enero de dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036264-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que

dejó al fallecer el señor Gerardo de Jesús Hernández Barahona, el día

cuatro de agosto de dos mil ocho, en la ciudad de Jiquilisco, lugar de

su último domicilio, de parte de los señores María Leticia Acevedo de

Hernández, en su calidad de esposa del causante y los menores Edwin

Alexander y Gerardo de Jesús ambos de apellidos Hernández Acevedo,

en su calidad de hijos del causante.

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

Confi érasele a los herederos declarados la Administración y

Representación interina de la sucesión Intestada con las facultades y

restricciones de Ley.

Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean

con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término

de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los tres

días del mes de noviembre de dos mil nueve.- Lic. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SILVIA YANET

MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036272-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las ocho

horas quince minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamen-

te y con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE PORFIRIO

GUZMAN MELENDEZ, en calidad de heredero testamentario e hijo

de la causante señora JULIANA MELENDEZ PEREZ, por medio de su

Apoderado Licenciado ROSALIO ALFREDO CAÑADA MARTINEZ,

de la herencia testamentaria, dejada a su defunción por dicha causante,

quien falleció en el Cantón Sitio del Niño, de esta Ciudad, a las catorce

horas del día diecinueve de abril del año dos mil ocho, sin asistencia

médica, siendo la causa del fallecimiento, cáncer, sin asistencia médica,

a la edad de noventa y un años, de ofi cios domésticos, soltera, origi-

naria de Tonacatepeque, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo éste su

último domicilio, habiendo otorgado la referida causante testamento y

dejado como heredero testamentario a su hijo señor JOSE PORFIRIO

GUZMAN MELENDEZ. Confi riéndosele al aceptante expresado en

el concepto indicado la administración y representación interinas de la

indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para

que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días

subsiguientes a la publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

ocho horas veinte minutos del día veintinueve de octubre del año dos

mil nueve.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036274-2

NORMA LORENA LOPEZ GALEANO, Notario, de este domicilio y del

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina en Condominio

Héroes Norte, Boulevard de Los Héroes, y Veinticinco Calle Poniente,

Edifi cio "A", local 2-03, para los efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las dieciséis

horas del día veintisiete de Enero del presente año, se ha tenido por

aceptada con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE ANTONIO

MARTINEZ DIAZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

ZOILA MARTINEZ, de Ofi cios Domésticos, Soltera, Salvadoreña, y

del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, quien falleció

en el Hospital Nacional Rosales de esta ciudad, el día trece de mayo del

año dos mil siete, a la edad de setenta y cuatro años. Al aceptante se le

confi rió la administración y representación interinas de la sucesión con

las facultades y restricciones de Ley.

Cítese a quienes se crean con derecho a dicha herencia para que

se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la última

publicación de este edicto, en el Despacho de la suscrito Notario.

Librado en San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año

dos mil nueve.

NORMA LORENA LOPEZ GALEANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F036281-2

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce

horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte del señor SILVESTRE FABIÁN

VALENCIA PEÑA, la herencia intestada dejada a su defunción por el

señor SALVADOR VALENCIA ARIAS o SALVADOR VALENCIA,

quien falleció a las cuatro horas con treinta minutos del día treinta y uno

de marzo del año mil novecientos ochenta y seis, en el Cantón Santa

Teresa, de la jurisdicción de San Matías, departamento de La Libertad,

y fue de ochenta años de edad, Jornalero, casado, originario de Jutiapa,

departamento de Cabañas, siendo su último domicilio San Matías,

departamento de La Libertad, en calidad de hijo del referido causante.

Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes

diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, de-

partamento de La Libertad, a las catorce horas cuarenta minutos del día

diecinueve de noviembre de dos mil nueve.- Licdo. DAVID AMAEL

MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo.

CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036300-2

HERENCIA YACENTE

Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHI-

NAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

once horas del día cuatro de enero del corriente año; se declaró yacente la

herencia del causante señor JOSE CALIXTO NAVARRETE, fallecido

a las diez horas treinta minutos del día veintitrés de septiembre de mil

novecientos noventa y seis, en el Centro de Salud de la ciudad de Nueva

Guadalupe, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo esta

ciudad de Chinameca su último domicilio; y en vista de haber transcurrido

más de quince días de abierta la sucesión del causante antes expresado,

nómbrase curador de la herencia yacente a la Licenciada Sonia de la

Paz Córdova Osorio, a quien se le hará saber este nombramiento para

su aceptación, juramentación, protesta y demás efectos de ley.

Publíquense los edictos correspondientes.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Chinameca, a las once horas con quince minutos del día cuatro de enero

de dos mil diez. Enmendado-PRIMERA-año-Centro-quien-Vale.- Licda.

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F036108-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

MARIA ETELVINA AYALA, de sesenta y seis años de edad, de Ofi cios

Domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Único de

Identidad número cero uno cero cinco seis cero nueve siete guión uno,

y con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno tres guión dos

tres cero dos cuatro tres guión uno cero uno guión cuatro, solicitando a su

favor Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana ubicado

en el Cantón La Palma, Pasaje tres, San Martín, Departamento de San

Salvador, según certifi cación de la Denominación Catastral, el referido

inmueble es de una extensión superfi cial de OCHO MIL OCHOCIENTOS

OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CINCUENTA Y CINCO

DECIMETROS CUADRADOS SETENTA Y TRES CENTIMETROS

CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: un

tramo de noventa y siete punto setenta metros, colindante con la des-

aparecida Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL),

ahora CTE Telecom, S.A. de C.V.; AL ORIENTE: en tres tramos, el

primero, de cuarenta y cuatro punto veinticinco metros, colindando con

propiedad de William Alexander Alvarado Palacios; el segundo, de

catorce punto catorce metros; colindando con José Venutolo Santimone;

y el tercero, de veintisiete punto treinta y cinco metros, colindando con

propiedad de Marco Antonio Bonilla; AL SUR: en dos tramos; siendo

el primero de noventa y uno punto ochenta y cinco metros, y el segundo

de trece punto ochenta metros, colindante con Iglesia Evangélica El Dios

de Israel; AL PONIENTE: un tramo de ochenta y dos punto setenta y

cinco metros, colindante con Joaquín Humberto Campos Jovel, María

Joaquina Santamaría viuda de Durán y Petrona González viuda de Áreas;

Avenida Morazán de por medio. Que dicho bien inmueble lo obtuvo

por compraventa que hizo al señor José María Ayala Pérez, conocido

por José Ayala, ya fallecido, agregando la interesada que tiene más de

treinta años de posesión. El mencionado inmueble lo valúa en la cantidad

de VEINTIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Martín, a los veinte días del mes de

Noviembre de dos mil nueve.- Dr. MARIO ERNESTO GONZALES

LARIOS, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. JAIME GIOVANNY SU-

ZAÑA CAMPOS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F036215-2

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

FRANCISCO MIRANDA ESCOBAR, mayor de edad, Obrero, de este

domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de un inmueble rústico

situado en el Cantón Meléndez de esta jurisdicción, constante de TRES

MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO VEINTISIETE

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE: mide noventa y siete metros; lindando con terreno de María

Reyna López Alfaro; AL ORIENTE: mide cuarenta y cuatro punto treinta

metros, lindando con terreno de Julio Miranda Alas y Francisco Ruano

Miranda, calle de por medio; AL SUR: mide noventa y siete punto no-

venta metros; lindando con Francisco Miranda Ruano hoy Julio Ruano

Granados; y AL PONIENTE: mide treinta y dos punto veinte metros,

lindando con propiedad de Francisco Ruano Miranda hoy Gertrudis

Ruano Granados, calle de por medio. Este inmueble lo adquirió por

compra que le efectuó a los señores María Dolores Campos Hernández

y Oscar Ernesto Campos, el día veinticinco de agosto del año dos mil

nueve; y lo valora en CUATRO MIL DOLARES de los Estados Unidos

de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los

once días del mes de Diciembre del dos mil nueve.- Ing. MAURICIO

ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.-

MIRIAN ESTELA MELARA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F036235-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

ROSA AMELIA PREZA DE ARTEAGA, mayor de edad, Estudian-

te, de este domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de dos

inmuebles rústicos: El Primero: situado en el Cantón El Salitre de

esta jurisdicción, constante de CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS

VEINTITRES PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de

las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: mide trescientos

ochenta y cinco metros; lindando con terreno de Isabel Cuéllar García

y Lorenzo Cuéllar Miranda; AL ORIENTE: mide doscientos sesenta y

un metros, lindando con terreno de José Estanislao Rivas, Félix de Jesús

Orellana y María Tránsito Escamilla López; AL SUR: mide doscientos

veintiocho metros; linda con terreno de los señores Regino Rivas, Rosa

Rivas, José Alberto Rivas, María Otilia Rivas de Rivas y José Daniel

Rivas, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE: mide setecientos

cinco punto cincuenta y cinco metros, con propiedad de Catalina Tobar,

Fedelia Miranda, Pedro Palacios Miranda, Antonia Palacios García,

María Inés Palacios Miranda y Julio Palacios Miranda. Este inmueble

lo adquirió por compra que le efectuó a los señores José Rutilio Rivas

Tobar y José Elías Rivas Tobar, el día siete de julio de dos mil seis.

El segundo: está situado en el Cantón La Cruz, constante de TRECE

MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS PUNTO CUARENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: mide ochenta y siete punto sesenta metros; lindando con

terrenos de Rosa Rivas, José Alberto Rivas, María Otilia Rivas de Rivas

y José Daniel Rivas; AL ORIENTE: mide ciento sesenta y siete punto

trece metros, lindando con terreno de Regino Rivas, Tránsito Castillo

viuda de Rivas, Rosario Rivas, Juan Vicente Rivas y María Natividad

Rivas; AL SUR: mide ciento veintiuno punto cero cuatro metros; linda

con terreno de Manuel Angel Cuéllar García; y AL PONIENTE: mide

ciento dos metros, con propiedad de María Luisa Escamilla de Miranda,

camino vecinal de por medio. Este inmueble lo adquirió por compra que

le hizo al señor José Marcelino Escamilla, el día siete de julio de dos mil

seis; y los valora en conjunto en CINCO MIL DOLARES de los Estados

Unidos de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los

dieciocho días del mes de Agosto del dos mil nueve.- Ing. MAURICIO

ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.-

MIRIAN ESTELA MELARA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F036237-2

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

TITULO SUPLETORIO

MARIO RAFAEL SALAZAR GUERRA, Notario del domicilio de la

ciudad de Atiquizaya y de Santa Ana, con ofi cina profesional situada

en Calle Central Cornelio Azenón Sierra número uno - noventa y dos,

Barrio El Centro de la ciudad de Atiquizaya; AL PUBLICO.

HACE SABER: Para los efectos legales que ante mis ofi cios

Notariales se ha presentado el señor MARIO REMBERTO LUNA

CARCAMO, quien es de sesenta y seis años de edad, Profesor de Edu-

cación Básica primero y segundo ciclo, del domicilio de la población

de San Lorenzo, persona a quien conozco pero además lo identifi co por

medio de su Documento Unico de Identidad número cero dos cero cero

cinco dos nueve seis - dos, en su calidad de Síndico Municipal de la

ALCALDIA MUNICIPAL DE LA POBLACION DE SAN LOREN-

ZO, con Número de Identifi cación Tributaria cero ciento nueve - cero

once mil setenta y nueve - cero cero uno-nueve; solicitando TITULO

SUPLETORIO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD A LA QUE

REPRESENTA, de un predio de naturaleza rústica, el cual se encuen-

tra situado en el cantón Guascota, caserío Los Peñate, de la población

de San Lorenzo, lugar donde se encuentra situada la CANCHA DE

FUTBOL DEL CASERIO LOS PEÑATE, de una extensión superfi cial

de CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE PUNTO SETENTA Y

NUEVE METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL

NORTE: linda con propiedad de Leonel Antonio Castro; AL ORIENTE:

linda con propiedades de Nellys del Carmen Tobar y de Rafael Alfonso

Magarín; AL SUR: linda con propiedad de David Alfonso Magarín; y AL

PONIENTE: linda con propiedad de María Angélica Martínez. Que el

predio así descrito no es sirviente, ni está en proindivisión con ninguna

persona, ni tienen cargas que deban respetarse. Todos los colindantes

son del mismo domicilio, que el inmueble propiedad de la municipali-

dad fue adquirido por compraventa realizada a la señora ROSA ENMA

MORAN DE MAGARIN, y de la cual la municipalidad no posee ningún

documento del inmueble, pero la posesión ha durado por un espacio de

más de cincuenta años consecutivos de buena fe, quieta y pacífi ca, en

forma continua sin interrupción alguna. Y que desde esa fecha hasta este

día se valúa el inmueble descrito y a titularse en la cantidad de TRES

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que

por carecer de Título inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz respec-

tiva a favor de la municipalidad, por este medio y en el carácter en que

actúa, el señor MARIO REMBERTO LUNA CARCAMO viene ante

mis ofi cios Notariales para que de conformidad con lo establecido en el

Artículo DIECISEIS DE LA LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE

LA JURISDICCION VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS

y seguidos que sean los trámites que la misma señala, se le extienda a

favor de la municipalidad a la cual representa en su carácter de Síndico

Municipal el TITULO SUPLETORIO que solicita.

Librado en la ofi cina de Abogacía y Notariado de la ciudad de

Atiquizaya, a los dieciocho días del mes de Noviembre del año dos mil

nueve.

Lic. MARIO RAFAEL SALAZAR GUERRA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F036145-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, la Licenciada

RHINA ESTHER RIVAS RODRIGUEZ, como Apoderada General

Judicial del señor WALBERTO ALEXANDER ARGUETA SORTO,

a solicitar a su favor título Supletorio, sobre un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Cerro El Coyol, Jurisdicción de Osicala,

Departamento de Morazán; de la capacidad superfi cial de DOSCIEN-

TOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintitrés metros, linda con José

Horacio Sorto Barrera; AL NORTE, trece metros, con Carlos Mauricio

García Menjívar, AL PONIENTE, veinte metros con Jaime Leonardo

Portillo Romero y carretera de por medio; AL SUR, dieciséis metros,

con María Victoria Martínez. El inmueble antes descrito lo adquirió por

Compra que le hizo a la señora MARIA SANTOS SORTO RAMIREZ;

se estima en el precio de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las quince horas del día once de Diciembre del dos

mil nueve. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036195-2

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1978000102

No. de Presentación: 20090131018

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se

abrevia: BAYER AG, del domicilio de LEVERKUSEN, REPÚBLICA

FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00060 del Libro 00081

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra SPOT-ON;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000289-2

No. de Expediente: 1978000093

No. de Presentación: 20090131017

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se

abrevia: BAYER AG, del domicilio de LEVERKUSEN, REPUBLlCA

FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00061 del Libro 00081

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CUPRAVIT;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000290-2

No. de Expediente: 1997001048

No. de Presentación: 20090120577

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE

SALOMON PORTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de TALLERES

CONQUISTADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: TALLERES CONQUISTADOR S. A. DE C. V.,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00017 del Libro

00090 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

“CONQUISTADOR”, y diseño. La expresión “CONQUISTADOR”,

se encuentra escrita en letras de molde mayúsculas, sombreadas, escrita

con diseño especial, la cual se encuentra al margen derecho (vista la

hoja de frente) de la fi gura que a continuación se describe; consiste en

un caballero vestido con una armadura, en su cabeza tiene un casco

con penacho, el caballero tiene su brazo derecho alzado empuñando

una espada; se encuentra montado sobre un caballo que ha detenido la

marcha en lo que pudiera ser la cima de una montaña, el caballo tiene

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

una gualdrapa con un escudo que tiene la fi gura de una cruz; que ampara

productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 16 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de julio del año dos mil

nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036125-2

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2009098035

No. de Presentación: 20090130981

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-

GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

DRASTIC DEADLINE

Consistente en: las palabras DRASTIC DEADLINE traducidas al

castellano como Plazo Drástico, que servirá para: AMPARAR: PREPA-

RACIONES VETERINARIAS: INSECTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000291-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Concepción Batres, So-

ciedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,

en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos doscientos veintitrés y

doscientos veintiocho, del Código de Comercio y a las cláusulas décima

novena y vigésima segunda de la Escritura de Constitución de la Caja,

CONVOCA, a los Representantes de Acciones y demás Socios de la

misma, a la celebración de la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE

ACCIONISTAS, a realizarse en el Auditórium Ingeniero Ángel García

Flores del Edifi cio Social de la Caja de Crédito, ubicado en la segunda

calle oriente No. 6 del Barrio San Antonio de Concepción Batres, Depar-

tamento de Usulután, el día sábado trece de febrero del dos mil diez, a

partir de las nueve horas en primera convocatoria, en caso de no integrarse

el Quórum Legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para

el día domingo catorce de febrero del dos mil diez, a la misma hora y

en el local antes señalado.

La Junta General se integrará con las formalidades que establecen

el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y

resolver los puntos que contienen la siguiente agenda:

AGENDA.

1- Integración del Quórum de presencia.

2- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su periodo y de los que faltaren, por las causas

que expresa la cláusula vigésima primera de la Escritura de

Constitución de la Caja.

3- Integración del Quórum Legal.

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

4- Presentación y discusión de la Memoria anual de labores

de la Caja, el Balance General al 31 de diciembre del 2009,

el Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de

diciembre del 2009, el estado de cambios en el patrimonio

al 31 de diciembre de 2009, el Informe del Auditor Externo,

a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las

medidas que juzgue oportunas.

5- Aplicación de los Resultados del ejercicio.

6- Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y su respectivo

suplente y fi jación de sus honorarios.

8- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

9- Ratifi cación de la continuación en funciones de la actual Junta

Directiva y adecuación del plazo, conforme a lo acordado en

Asamblea General Extraordinaria, celebrada el diecinueve

de septiembre del dos mil nueve, en la que se aprobó la

modifi cación al Pacto Social.

El Quórum para resolver los puntos de la agenda a tratar en la Junta

General Ordinaria, se integrará de conformidad a los Artículos doscientos

cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio.

Concepción Batres, 12 de enero de 2010.

EDGAR ANTONIO DE LA O GARAY,

DIRECTOR PRESIDENTE.

ALFREDO IVAN ANGULO CASTRO,

DIRECTOR SECRETARIO.

Lic. EDGAR GUSTAVO RODRIGUEZ PARADA,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000272-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA,

S.A., convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA, a celebrarse en Primera Convocatoria

el día miércoles diez de febrero de dos mil diez, a partir de las diecisiete

horas, en las ofi cinas de la Sociedad ubicadas en el Edifi cio ASESUISA,

Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San

Benito, de esta ciudad, para conocer y resolver lo siguiente:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Lectura del Acta anterior;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,

Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio e

Informe del Auditor Externo, todos correspondientes al ejer-

cicio económico que fi nalizó el 31 de diciembre de 2009;

3. Aplicación de resultados;

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código de

Comercio;

5. Nombramiento de los Auditores Externo y Fiscal y fi jación

de sus emolumentos;

6. Varios.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

1. Modifi cación del Pacto Social;

2. Nombramiento de ejecutores especiales.

De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-

catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca

en segunda convocatoria, para las diecisiete horas del jueves once de

febrero de dos mil diez, en el mismo lugar, para celebrar la Junta y

conocer los puntos de agenda antes señalados.

Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha

de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos

más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en

segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida

cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se

tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto

en primera como en segunda convocatoria.

Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera

fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo

menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital

social e igual proporción de éstas para resolver, y en segunda convocatoria,

será necesaria la concurrencia de la mitad más una de las acciones que

componen el capital social y se tomará resolución con las tres cuartas

partes de las acciones presentes.

San Salvador, 11 de enero de 2010.

RAFAEL BARRAZA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000273-2

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ASESUISA VIDA, S.A., Seguros de Personas,

convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA, a celebrarse en Primera Convocatoria el

día miércoles diez de febrero de dos mil diez, a partir de las dieciséis

horas con treinta minutos, en las ofi cinas de la Sociedad ubicadas en el

Edifi cio ASESUISA, Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La

Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad, para conocer y resolver

lo siguiente:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Lectura del Acta anterior;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,

Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio

e Informe del Auditor, todos correspondientes al ejercicio

económico que fi nalizó el 31 de diciembre de 2009;

3. Aplicación de resultados;

4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código de

Comercio;

5. Nombramiento de los Auditores Externo y Fiscal y fi jación

de sus emolumentos;

6. Varios.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

1. Modifi cación del Pacto Social;

2. Nombramiento de ejecutores especiales.

De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-

catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca

en segunda convocatoria, para las dieciséis horas con treinta minutos del

jueves once de febrero de dos mil diez, en el mismo lugar, para celebrar

la Junta y conocer los puntos de agenda antes señalados.

Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha

de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos

más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en

segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida

cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se

tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto

en primera como en segunda convocatoria.

Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera

fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo

menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital

social e igual proporción de éstas para resolver, y en segunda convocatoria,

será necesaria la concurrencia de la mitad más una de las acciones que

componen el capital social y se tomará resolución con las tres cuartas

partes de las acciones presentes.

San Salvador, 11 de enero de 2010.

RAFAEL BARRAZA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000274-2

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Armenia, Sociedad Cooperativa

de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los

Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo con

la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones

y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de

Accionistas que se celebrará a partir de las catorce horas del día sábado

veinte de febrero de dos mil diez, en las instalaciones del Centro Escolar

Alberto Guerra Trigueros, ubicadas en 3a. Avenida Sur, No. 10, Armenia,

en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal corres-

pondiente, se hace segunda convocatoria para el día domingo veintiuno

de febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.

Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las formali-

dades que establece el Pacto Social de esta Caja de Crédito y el Código

de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda

siguiente:

AGENDA.

1- Integración del quórum de asistencia.

2- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su período y los que faltaren por las causas que

expresan las cláusulas vigésima y vigésima primera de la

Escritura de Constitución de esta Caja de Crédito.

3- Integración del quórum legal.

4- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores,

del Balance General al 31 de diciembre de 2009, del Estado

de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre

de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de

diciembre de 2009, y el informe del Auditor Externo a fi n de

aprobar o desaprobar los cuatro primeros y tomar las medidas

que juzguen oportunas.

5- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

7- Exclusión de Socios de acuerdo a la cláusula séptima de

Escritura de Constitución.

8- Presentación de Presupuestos y Plan Operativo para el

2010.

9- Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y

fi jación de sus honorarios.

10- Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación

de sus honorarios.

11- Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de

conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigen-

te.

Armenia, 11 de enero de 2010.

Ing. GERMAN OSWALDO LOPEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

MARIA LIDIA MALDONADO,

DIRECTORA SECRETARIA.

JORGE MARIO CASTELLANOS,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000275-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del Banco Izalqueño de Los Trabajadores, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, de con-

formidad con lo dispuesto en las Cláusulas Décima Octava, Décima

Novena, Vigésima, Vigésima Primera de su Pacto Social, relacionadas

con los artículos doscientos veintitrés, doscientos veintiocho, doscientos

veintinueve y doscientos cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código

de Comercio, y Artículo ciento cuarenta y siete “A”: de la Ley de Bancos

Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, CONVOCA a sus So-

cios a la celebración de JUNTA GENERAL ORDINARIA a celebrarse

a partir de las catorce horas del día Doce de Febrero del año 2010, en el

edifi cio social de la Agencia del Banco Izalqueño de Los Trabajadores,

ubicado en la 3a. Av. Norte y 1a. Calle Oriente, de la Ciudad de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, en primera convocatoria, y a las

dieciséis horas del mismo día, en segunda convocatoria.

La Junta General Ordinaria se integrará conforme lo establece la

Cláusula Décima Novena del Pacto Social del Banco, en relación con el

Artículo Doscientos Cuarenta y Doscientos Cuarenta y Uno del Código

de Comercio.

Si no se estableciera el quórum en la fecha y hora señalada para la

primera convocatoria, se constituirá válidamente en segunda convocatoria

cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas.

Los Puntos que se conocerán y resolverán son los contenidos en

la siguiente AGENDA:

PUNTOS A TRATAR:

1- Integración del Quórum.

2- Apertura de La Sesión.

3- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores

del Banco; el Balance General al 31-12-2009; el Estado de

Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año 2009,

El Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre

de 2009, y el Informe del Auditor Externo; a fi n de aprobar

o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se

juzguen oportunas.

4- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

5- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el

año 2010.

6- Renuncia de Socios.

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal, y sus respec-

tivos suplentes y fi jación de sus emolumentos.

8- Fijación de Dietas a los miembros de La Junta Directiva.

La junta General Ordinaria, se integra con 1,280,151 acciones

presentes o representadas.

El quórum legal necesario para celebrar la sesión de Junta General

Ordinaria en primera convocatoria es de la mitad más uno de la totalidad

de las acciones presentes o representadas y las resoluciones se tomarán

válidamente con el voto de la mayoría de los presentes.

Si no se estableciera el quórum legal a la hora señalada para la

primera convocatoria, la junta se celebrará en segunda convocatoria

dos horas después, cualquiera que sea el número de acciones presentes

o representadas, y las resoluciones se tomarán válidamente con la mitad

más uno de los votos presentes.

Izalco, doce de enero de año dos mil diez.

Ing. FRANCISCO DAVID GONZALEZ RIVERA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000285-2

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de Central de Depósito de Valores, S.A. de C. V., CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas, para conocer asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en el Salón Mesoamérica I del Hotel Radisson Plaza, ubicado en 11a. Calle Poniente y 89 Avenida Norte, Colonia Escalón, San Salvador, el día miércoles 17 de febrero de 2010, de las 15:00 horas en adelante, en primera convocatoria.

Junta General Ordinaria. El quórum para celebrar esta Junta Ge-neral Ordinaria, en primera convocatoria, será de veinticinco mil uno (25,001), presentes o legalmente representadas, o sea la mitad más una del total; y las resoluciones serán válidas al ser tomadas por la mayoría de las acciones presentes o representadas.

La agenda para esta Junta será la siguiente:

1. Lectura del acta anterior;

2. Presentación de la Memoria de Labores correspondiente al año 2009;

3. Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009;

4. Informe del Auditor Externo;

5. Nombramiento de Auditor Externo, fi jación de sus emolu-mentos y designación de Suplente;

6. Nombramiento de Auditor Fiscal, fi jación de sus emolumentos, y designación de Suplente;

7. Nombramiento de Director Suplente por plaza vacante;

8. Aplicación de Utilidades;

9. Varios.

Segunda Convocatoria. En caso de no existir el quórum indicado para celebrar la Junta General Ordinaria, se invita a los accionistas para celebrarlas en segunda convocatoria, el día jueves 18 de febrero de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en las ofi cinas de Central de Depósito de Valores, S.A. de C. V., ubicadas en Boulevard Merliot y Avenida Las Carretas, Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo Cuscatlán, La Libertad.

Quórum. La Junta General Ordinaria, reunida en segunda con-vocatoria, se llevará a cabo cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría de los votos presentes.

Antiguo Cuscatlán, 11 de enero de dos mil diez.

JOSÉ MARIANO NOVOA FLORES,

PRESIDENTE-REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C000317-2

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, So-ciedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida conforme lo establecen sus Estatutos y en cumplimiento a la atribución que le confi ere la Cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su pacto social vigente convoca a los representantes de acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas del día domingo 7 de febrero del año dos mil diez, en el local de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, en primera convocatoria; en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se establece segunda convocatoria para el día domingo 14 de febrero del dos mil diez a la hora y en el local antes señalado.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen las Cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la escritura de modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223, 228 y 229 Sección "C", Capítulo VII, Título II, del libro primero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda.

AGENDA

1- Integración del quórum de presencia.

2- Elección de los representantes de acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las Cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la caja.

3- Integración del quórum legal.

4- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, el Estado de cambios en el patrimonio al 31 de di-ciembre del 2009 y el informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5- Aplicación de los resultados del ejercicio.

6- Retiro de socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7- Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

8- Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

9- Reposición de miembros de la Junta Directiva.

10- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho repre-sentantes de acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera convocatoria de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio y con los representantes de acciones presentes en segunda convocatoria, de acuerdo al pacto social vigente.

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

En la ciudad de Tonacatepeque, del Departamento de San Salvador, a los trece días del mes de enero del dos mil diez.

GILBERTO GERMAN ABARCA,

PRESIDENTE.

JUAN JOSE GUZMAN QUIJANO,

SECRETARIO.

OSCAR EDGARDO ELIAS FUENTES,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000419-2

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA

La Junta Directiva de la Cooperativa Ex Banco Cuscatlán, de R.L., convoca a los señores Accionistas para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a las dieciséis horas y treinta minutos del día miércoles diez de febrero de dos mil diez, en las instalaciones del Edifi cio Pirámide del Banco Citibank de El Salvador, S.A., situadas en el Kilómetro 10 Carretera a Santa Tecla, para tratar los puntos siguientes:

PUNTOS ORDINARIOS:

AGENDA

I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y Presentación de Estados Financieros del Ejercicio Económico del año 2009.

II. Dictamen e Informe del Auditor Externo.

III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de Estados Financieros del Ejercicio Económico del año 2009.

IV. Aplicación y Distribución de Utilidades.

V. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo suplente y fi jación de sus emolumentos.

VI. Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo suplente y fi jación de sus emolumentos.

VII. Elección de Junta Directiva período 2010/2013.

VIII. Varios:

PUNTOS EXTRAORDINARIOS:

I. Modifi cación al Pacto Social.

II. Designación de Ejecutores Especiales.

El quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácter Ordinario, será de la mitad más uno de los accionistas, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes.

El quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácter Extraordinarios, en primera convocatoria según lo establecido en el artículo doscientos cuarenta y tres del Código de Comercio, será de las tres cuartas partes de los accionistas de la Sociedad, y para formar resoluciones se necesitará igual proporción.

En caso de no reunirse quórum a la hora del día señalado, se convoca para el día jueves once de febrero del mismo año, a la misma hora y lugar, en segunda convocatoria. En tal caso el quórum necesario para conocer de los asuntos de carácter Ordinario será con el número de accionistas presentes y representados, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes. Para conocer de los asuntos de carácter Extraordinario, en esta segunda Convocatoria el quórum necesario será de la mitad más uno de los accionistas. El número de votos necesarios para tomar resolución en estos casos, serán las tres cuartas partes de los accionistas presentes.

Santa Tecla, veintiuno de diciembre de 2009.-

LIC. REINA NATIVIDAD MAYORA,

DIRECTORA SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036112-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Francisco Gotera, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Varia-ble, en cumplimiento a los Artículos Números Doscientos Veintitrés, y Doscientos Veintiocho del Código de Comercio vigente, y de acuerdo a la Cláusula Vigésima Cuarta del Pacto Social vigente de esta Caja de Crédito, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las Nueve Horas del día Siete de Febrero de Dos Mil Diez, en el Auditórium "Señor Pablo Martín Martínez Ortez", Edifi cio Social de la Caja de Crédito, en primera convocatoria y en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se hace Segunda Convocatoria para el día Catorce de Febrero de los corrientes a la hora y local antes señalado.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establecen las Cláusulas Décimo Noveno y Vigésima, del Pacto Social vigente de la Caja, y el Artículo Doscientos Cuarenta del Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1.- Integración del Quórum de asistencia.

2.- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresa la Cláusula Vigésima Primera del Pacto Social vigente de la Caja.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

3.- Integración del Quórum Legal.

4.- Presentación y Discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de Diciembre de 2009; del Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2009; el Estado al cambio en el Patrimonio al 31-12-2009; el Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar medidas que juzguen oportunas.

5.- Aplicación de los resultados del Ejercicio.

6.- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

7.- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el 2010.

8.- Elección del Auditor Externo, con su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

9.- Elección del Auditor Fiscal, con su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

10.- Fijación de Dietas a los Miembros de la Junta Directiva.

El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho repre-sentantes de Acciones y que forman la Asamblea General de Accionistas, según lo estable la Cláusula Vigésimo Sexto del Pacto Social vigente de esta Caja de Crédito.

San Francisco Gotera, 11 de Enero de 2010.

JUAN FRANCISCO VALENZUELA O.,

DIRECTOR PRESIDENTE.

ROSA ORALIA GONZALEZ,

DIRECTORA SECRETARIA.

JUAN JESUS PEREZ ZELAYA,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F036121-2

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL

PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES.

La Junta Directiva del PRIMER BANCO DE LOS TRABAJA-DORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Vigésima Cuarta, y Trigésima, de la modifi cación al Pacto Social del Banco; artículo ciento cuarenta y siete-A de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Créditos; y de los artículos doscientos veintitrés, doscientos veinticuatro, doscientos veinticinco, doscientos veintiocho, doscientos treinta, doscientos cuarenta y dos,

y doscientos cuarenta y tres del Código de Comercio, CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria en Primera Convocatoria, a celebrarse el día 19 de febrero del 2010, a partir de las 17:00 horas en el Hotel Holiday Inn, San Salvador, Salón Santa Elena, ubicado en Ur-banización y Boulevard Santa Elena, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente a la hora y fecha señalada, se establece Segunda Convocatoria a partir de las 19:00 en el mismo lugar indicado para la

primera convocatoria.

Inmediatamente que haya concluido la Junta General Ordinaria en

Segunda Convocatoria, CONVOCA a sus accionistas a Junta General

Extraordinaria en TERCERA convocatoria en el mismo lugar indicado

para la primera y segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria,

ya celebradas.

AGENDA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA

I. Integración de Quórum;

II. Presentación de la Memoria Anual de Labores del Banco;

del Balance General al 31 de Diciembre del 2009; del Estado

de Resultados del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009;

del Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre

del 2009; e informe del Auditor Externo; a fi n de aprobar

o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se

juzguen oportunas;

III. Aplicación de resultados del Ejercicio;

IV. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones del

2010;

V. Redención de Capital Social;

VI. Elección del Auditor Externo, del Auditor Fiscal, sus respec-

tivos suplentes y fi jación de sus honorarios;

VII. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

La Junta General Ordinaria se considerará legalmente constituida

en PRIMERA convocatoria al encontrarse presentes y representados la

mitad más uno de los accionistas del Banco, y las resoluciones serán

válidas con la mayoría de los votos presentes y representados. En SE-

GUNDA convocatoria por falta de quórum necesario para realizarla en

la primera, se considerará legalmente instalada, con cualesquiera que sea

el número de accionistas presentes y representados y sus resoluciones

serán válidas con la mayoría de votos.

AGENDA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA EN TERCERA

CONVOCATORIA

I. Integración de Quórum;

II. Modifi caciones al Pacto Social, así:

1. Modifi caciones al Pacto Social;

2. Recomposición del patrimonio por adecuación del valor

nominal de las acciones a lo dispuesto en la última

reforma del Código de Comercio;

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

3. Aumento del Capital Social Mínimo, en cuanto al valor

y número de Acciones que representan el Capital Social

Mínimo, como consecuencia de la adecuación del valor

nominal de las acciones, según lo dispone la última

reforma del Código de Comercio.

III. Designación de Ejecutor(es) especial(es) del acuerdo de

modifi cación del Pacto Social del Primer Banco de los Tra-

bajadores.

La Junta General Extraordinaria se considerará legalmente cons-

tituida en TERCERA CONVOCATORIA y será válida con cualquiera

que sea el número de socios asistentes y representados y sus resoluciones

serán aprobadas con la mayoría de votos.

San Salvador, 11 de enero de 2010.

LICDO. MIGUEL ANGEL SERVELLON GUERRERO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F036163-2

SUBASTA PÚBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTA-

MENTO DE CABAÑAS, LICENCIADO JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por auto proveído por este Juzgado, a las

catorce horas del día veinticinco de noviembre del corriente año, se ha

ordenado la VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, de un inmueble rústico,

sin número, situado en el Sector Oriente, del Barrio Los Remedios, de esta

ciudad, en la parte denominada Cerro Grande, de una extensión superfi -

cial de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS,

que corresponden a una parte de la primer porción del inmueble, que

ha sido fraccionado en dos partes de su misma naturaleza y situación,

inscrito al número 116 del Tomo 403 y traslado al Sistema de Folio Real

Automatizado, bajo la Matrícula 45007942-00000, la primer parte y al

45007943-00000 la segunda parte o porción, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro de San Vicente,

inscrito a favor del señor JOSE EFRAIN HENRIQUEZ CASTRO; la

cual tenía originalmente quinientos noventa y nueve metros cuadrados

sesenta decímetros cuadrados de superfi cie, y tiene una hipoteca a favor

del Banco Agrícola Sociedad Anónima, por lo que libre de gravamen

tiene cuatrocientos dieciséis punto veintinueve metros cuadrados, y al

Poniente de ese resto libre de gravamen separa la porción a hipotecar

de la misma naturaleza del todo, y situada en el mismo lugar, de dos-

cientos sesenta y dos metros cuadrados de superfi cie, que se describe:

"Inmueble de naturaleza rústica, que tiene construido un cuarto, techo de

lámina, paredes mixtas, piso encementado, con sus servicios de energía

eléctrica, y agua potable, con su respectivo tanque de almacenamiento

de agua, y dicha porción que hipoteca mide y linda: AL NORTE, veinte

metros, en parte del Norte del todo, en el tercer tramo de dicho rumbo,

línea recta imaginaria de división, con inmueble de Oscar Orellana;

AL PONIENTE, diez metros veinte centímetros, una calle de división,

con inmueble de José Efraín Henríquez Castro; AL SUR, en parte del

Sur del todo, en veinte metros, línea recta de división, con inmueble

de José Efraín Henríquez Castro, y Juan Francisco Henríquez Castro,

y AL ORIENTE, dieciséis metros, línea recta imaginaria con resto del

inmueble, que sigue quedando en el dominio del compareciente. La

porción de terreno embargada de la descrita como primera parte, le ha

sido embargado al señor JOSE EFRAIN HENRIQUEZ CASTRO, en

virtud de demanda de JUICIO CIVIL EJECUTIVO, número 10/08,

promovido por el Licenciado JOSE ARNULFO SALMERON CANI-

ZALEZ, como Apoderado General Judicial de la señora AMANDA

ISABEL VARGAS DE ACOSTA, en contra del señor JOSE EFRAIN

HENRIQUEZ CASTRO; reclamándole cantidad de dinero por capital,

más intereses y costas procesales; debiéndose realizar dicha venta en

este Juzgado.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a

los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil nueve.- LIC. JOSE

ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No.F036141-2

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIE-

DAD ANONIMA, que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., y cuyos

nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL

SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL o BANCO AGRI-

COLA o solamente EL AGRICOLA, contra los señores ROSA MARIA

GUADALUPE ESCALANTE NAVES y JOSE RAUL ARTEAGA,

conocido por JOSE RAUL ARTEAGA VILLALTA, reclamándoles

cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta

en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien

inmueble embargado siguiente: "Un inmueble de naturaleza rústica ahora

en Urbanización situado en Jurisdicción de San Marcos, de este Depar-

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

tamento que formó parte de la denominada Finca Santa María, y el cual

tiene la descripción Técnica siguiente: LOTE NUMERO CINCUENTA

Y UNO, BLOCK C, URBANIZACION SAN MARCOS. Partiendo de la

intersección de los ejes formados por la calle estacionamiento y Pasaje

número doce se mide sobre el eje de éste último con rumbo Norte, vein-

ticinco grados cuarenta y ocho punto cinco minutos Este, una distancia

de ochenta y ocho punto noventa y tres metros. Haciendo una estación de

este punto se hace una defl exión de noventa grados negativa y distancia

de dos puntos cincuenta metros se llega al vértice Sureste, de donde se

inicia la presente descripción: LADO SUR: tramo recto de doce punto

cincuenta metros con rumbo Norte, sesenta y cuatro grados once punto

cinco minutos Oeste lindando con lote número cincuenta y tres del Block

C; y se llega al vértice Suroeste. LADO PONIENTE: tramo recto de cinco

punto cero cero metros con rumbo Norte, veinticinco grados cuarenta

y ocho punto cinco minutos Este, lindando con lote número cincuenta

del Block C; y se llega al vértice Noreste. LADO NORTE: tramo recto

de doce punto cincuenta metros con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados

once punto cinco minutos Este, lindando con lote número cincuenta y

nueve del Block C; y se llega al vértice Noroeste. LADO ORIENTE:

TRAMO RECTO DE CINCO PUNTO CERO CERO METROS con

rumbo Sur, veinticinco grados cuarenta y ocho punto cinco minutos

Oeste, lindando con lote número ocho del Block C, pasaje número doce

de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio y se llega al

vértice Sur Este, de donde se inició la presente descripción. El área del

lote descrito es de SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a ochenta y nueve punto cuarenta y tres

varas cuadradas. El inmueble así descrito se encuentra inscrito a favor

de la señora ROSA MARIA GUADALUPE ESCALANTE NAVES,

bajo la Matrícula M SEIS CERO CERO OCHO CERO CINCO CERO

CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las quince horas del día veinticinco de marzo de dos mil

nueve.- LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO

URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036167-2

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,

como Apoderado General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD

ANONIMA; contra la señora MARTA JULIA TORRES DE MENJIVAR,

conocida por MARTA JULIA TORRES CORNEJO y por MARTA

JULIA TORRES CORNEJO DE MEJIVAR, se venderá en pública su-

basta en este Tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente

el inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE urbano,

identifi cado como Apartamento, marcado con el número veinticuatro de

la segunda planta o piso, del Edifi cio J del Condominio Centro Urbano

Lourdes, primera porción del Condominio C, situada en los suburbios

del Barrio San Esteban, de esta ciudad, con una superfi cie o área de

SESENTA Y UNO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS,

y se describe así: sus paredes son de bloques prefabricados los cuales

tienen dos metros cincuenta centímetros de alto, cuenta con un balcón

de cuatro metros cinco centímetros de largo y un metro treinta y cinco

centímetros de ancho, haciendo una superfi cie o área del apartamento de

sesenta y uno punto cero siete metros cuadrados y un volumen de ciento

cincuenta y dos punto sesenta y ocho metros cúbicos, además consta de

sala, comedor, cocina, dos dormitorios, baño, balcón y un espacio para

tendederos, lavadero en la quinta planta. Dicho apartamento tiene las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ocho metros setenta y ocho

centímetros, lindando con edifi cio L, espacio aéreo de la zona verde y

acera de circulación de por medio; AL ORIENTE, seis metros setenta

y cinco centímetros lindando con apartamento número treinta y cinco,

pared de por medio y con el espacio aéreo de zona verde y acera de

circulación; AL SUR, cinco tramos así: Tramo uno, dos metros setenta

centímetros, tramo dos, un metro treinta y cinco centímetros, tramo tres,

cuatro metros cinco centímetros, tramo cuatro, un metro treinta y cinco

centímetros, tramo cinco, un metro treinta y cinco centímetros, lindando

con los espacios aéreos de la gasolinera ESSO y Cuarta Calle Oriente de

por medio; y AL PONIENTE, tres tramos así: Tramo uno, cinco metros

cuarenta centímetros, tramo dos, sesenta y ocho centímetros, tramo tres,

un metros treinta y cinco centímetros lindando con apartamento número

veintitrés, escaleras y circulación de escaleras de por medio, las zonas

verdes bajo el espacio aéreo que limita el apartamento por los rumbos

Norte, y Oriente, son parte del mismo Condominio del que forma parte

del edifi cio J, en la parte inferior, linda con el apartamento número

catorce, obra gruesa medianera de por medio y en la parte superior con

el apartamento número treinta y cuatro, obra gruesa medianera de por

medio. Descripción del tendedero sus divisiones son de malla tipo ciclón,

y tubo galvanizado de un metro ochenta y dos centímetros de altura a

excepción del rumbo Norte, que en su primer metro veinte centímetros

es de pared de bloque arcitex repellada, y los restantes sesenta y dos

centímetros son de malla ciclón y tubo galvanizado, con una puerta de

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

acceso del mismo material; el tendedero descrito tiene un acceso comu-

nitario de un metro de ancho por un largo variable, el área del tendedero

es de once punto sesenta metros cuadrados, el cual mide y linda: AL

NORTE: dos metros lindando con Edifi cio L, espacio aéreo de la zona

verde y acera de circulación de por medio; AL ORIENTE: cinco metros

setenta y cinco centímetros lindando con tendederos del apartamento

número catorce, división de malla ciclón de por medio; AL SUR, dos

metros lindando con espacio aéreo de la Cuarta Calle Oriente, pasillo de

circulación de por medio; AL PONIENTE, cinco metros setenta y cinco

centímetros, lindando con el tendedero del apartamento número treinta y

cuatro, división de malla ciclón de por medio, en la parte inferior linda

con el apartamento número cuarenta y cuatro, obra gruesa medianera

de por medio, y en la parte superior linda con el espacio aéreo sobre

el edifi cio letra J del que forma parte el apartamento que se describe

propiedad de Fonavipo, todos los apartamentos y áreas colindantes al

igual que el inmueble objeto del presente contrato, correspondiente al

mismo Edifi cio del Condominio C, del que forma parte el inmueble que

se describe del mismo Centro Urbano, los cuales son o han sido propiedad

del Fondo, inscrito a favor de la señora MARTA JULIA TORRES DE

MEJIVAR, conocida por MARTA JULIA TORRES CORNEJO y por

MARTA JULIA TORRES CORNEJO DE MENJIVAR, a la Matrícula

número SEIS CERO CERO DOS TRES OCHO CUATRO UNO - A

CERO CERO DOS SEIS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las once horas y nueve minutos del día veintiocho de

octubre de dos mil nueve.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO

DE LO MERCANTIL.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ

VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F036170-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20260062068 Ag. Aeropuerto

emitido el día 18/05/2009; a un plazo de 90 días el cual devenga el

2.00.% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado,

por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

Público para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 11 de enero del dos mil diez.

ANA ELIZABETH RIVAS,

SUB JEFE DE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F036303-2

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2009096435

No. de Presentación: 20090128313

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

ALEJANDRO JIMENEZ ORTIZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de GMG EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GMG EL SALVADOR, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Arreglos Express y diseño, la palabra

Express se traduce al idioma castellano como Expresos, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE COBRANZA. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil

nueve.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000281-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2009097331

No. de Presentación: 20090129736

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

EDUARDO BORGONOVO PINTO, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de SACOS SINTETICOS CENTROAMERICANOS, S. A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SASICASA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SACOS DE MATERIAS PLASTICAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000286-2

No. de Expediente: 2010098203

No. de Presentación: 20100131359

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARVIN

WILLIAM ARGUETA RIVERA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Café "Conchi Rive" y diseño, que

servirá para: AMPARAR: CAFE GRANULADO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de enero del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F036259-2

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

ACEPTACION DE HERENCIA

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor FRANCISCO CAMPOS PRIETO, quien falleció el día diecisiete de octubre del año dos mil ocho, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores ROGELIO CAMPOS RODRIGUEZ y FRANCISCA DE JESUS RODRIGUEZ DE CAMPOS, el primero en su calidad de hijo, y la segunda como cónyuge sobreviviente, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ALFONSO CAMPOS RODRIGUEZ y JUANA CRUZ CAMPOS DE RODRIGUEZ, éstos en su calidad de hijos del referido causante.

Habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce horas y veinte minutos del día ocho de octubre del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000225-3

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las quince horas y treinta minutos del día doce de noviembre del dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante señora MARIA ISABEL GUEVARA DE ARGUETA, de parte del señor ROSA DIMAS ARGUETA QUEVEDO, de sesenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero un millón quinientos noventa y cinco mil quinientos treinta y cinco - nueve, y Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos catorce - trescientos mil ochocientos cuarenta y nueve - cero cero uno - dos; por derecho propio que le corresponde en calidad de esposo de la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y un años de edad, casada, doméstica, originaria, de Osicala, Departamento de Morazán, hija de Gregorio Argueta y de Mercedes Argueta; falleció el día veinticuatro de agosto del dos mil seis, en la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio.

Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma estable-cida, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-

cisco Gotera, a las diez horas del día dieciséis de noviembre del dos

mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000236-3

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ,

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL

DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las

quince horas y treinta minutos del día veinte de noviembre del dos mil

nueve. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su

defunción dejó la causante ALBA GLADYS VENTURA DE AGUILAR,

de parte de la señora NORY ERIBERTA AGUILAR VENTURA, de

treinta y siete años de edad, Profesora, del domicilio de San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

número cero dos millones ciento diecinueve mil setecientos ochenta -

cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil trescientos

once - doscientos cincuenta mil novecientos setenta y dos - ciento dos

- nueve; como cesionaria del derecho hereditario que le corresponde al

señor HECTOR GILBERTO AGUILAR ARGUETA, éste en calidad

de esposo de la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de

sesenta y tres años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria

de Jocoaitique, Departamento de Morazán, hija de Heriberta Ventura;

falleció el día diecinueve de julio del dos mil ocho, en la ciudad de San

Francisco Gotera, siendo ese lugar su último domicilio.

Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma esta-

blecida, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto, en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las diez horas del día veinticinco del dos mil nueve.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000237-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

MIRIAN ALCIRA CASTRO VILLACORTA, Notario, del domicilio de

San Salvador y con Despacho Jurídico ubicado en Sesenta y Siete Avenida

Sur, Edifi cio trescientos, Local tres, Colonia Roma, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída,

a las diecisiete horas del día veinte de noviembre del año dos mil nueve,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las quince horas con

treinta minutos del día trece de marzo del año dos mil siete, en Calle El

Centro, Barrio San Sebastián, en Tepecoyo, departamento de La Libertad,

a consecuencia de Cáncer en la Matriz sin asistencia Médica, siendo su

último domicilio en Calle El Centro, Barrio San Sebastián, en Tepecoyo,

departamento de La Libertad, a esa fecha de sesenta y cinco años de

edad, Ama de Casa, viuda, Originaria de San Salvador, Departamento

de San Salvador, hija de Coronada Flores y Roberto Aguilar, ambos ya

fallecidos, dejó la señora JUANA AGUILAR FLORES, de parte de la

señora CECILIA HERNANDEZ AGUILAR, en calidad de hija de la

causante; habiéndose conferido a la Aceptante la Administración y Re-

presentación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se

cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que

se presenten a la referida ofi cina, en el término de quince días, contados

desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en mi ofi cina Particular, a las ocho horas del día seis de

enero del año dos mil diez.

MIRIAN ALCIRA CASTRO VILLACORTA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F035532-3

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez

horas y quince minutos del día diecisiete de Diciembre del corriente año,

se declaró heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las nueve horas con cincuenta minutos

del día diez de Octubre de dos mil nueve, en el Barrio El Centro, de

Concepción de Oriente, de este Distrito, Departamento de La Unión, su

último domicilio dejó el causante JOSE ENRIQUE TURCIOS BONILLA,

de parte de la señora COSME VANEGAS ALVARADO, conocida por

COSME VANEGAS DE TURCIOS, en concepto de Heredera Tes-

tamentaria del referido causante, de conformidad con el Artículo 996

C.c. Se le confi ere a la aceptante en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los veintiún

días del mes de Diciembre de dos mil nueve.- Lic. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035539-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta

minutos del día veintidós de Diciembre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la

señora CLARA ELIZABETH BONILLA DE ECHEVERRIA, la heren-

cia intestada que a su defunción dejó la señora TERESA DIONICIA

CHÁVEZ DE BONILLA conocida por TERESA DIONISIA CHÁVEZ

DE BONILLA, quien fue de setenta y un años de edad, doméstica, casada,

del domicilio de esta ciudad, fallecida el día veintidós de Octubre de

dos mil nueve, en el Boulevard Doctor Jacinto Castellanos, lugar de su

último domicilio, en concepto de hija de la causante y se ha nombrado

a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintidós días

del mes de Diciembre del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035549-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta

minutos del día veintitrés de Noviembre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de

los señores JOSÉ SAÚL MERINO CORNEJO y JOSÉ ALFREDO

MERINO CORNEJO, la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor ALFREDO CORNEJO, quien fue de ochenta y cuatro años de

edad, fontanero, casado, salvadoreño, fallecido el día doce de Marzo del

año dos mil cinco, en la Lotifi cación La Entrevista, de la jurisdicción

de San Cayetano Istepeque, de este Departamento, siendo la ciudad de

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hijos del

causante y se han nombrado a los aceptantes administradores y repre-

sentantes interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintitrés días

del mes de Noviembre del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035551-3

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores

MARIA SANTOS HERNANDEZ ARGUETA, de treinta y cinco años

de edad, Doméstica, del domicilio de San Francisco Gotera, Departa-

mento de Morazán; con Documento Único de Identidad número cero

cero doscientos un mil trescientos doce guión dos; y Tarjeta de Identi-

fi cación Tributaria número un mil trescientos catorce guión cero diez

mil ciento setenta y cuatro guión ciento dos guión tres; y JOSE ELMER

HERNANDEZ ARGUETA, de veintiocho años de edad, Jornalero, del

domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; con

Documento Único de Identidad número cero cero novecientos cuarenta

y siete mil trescientos ochenta y seis guión cero; y Tarjeta de Identifi -

cación Tributaria número un mil trescientos catorce guión cero noventa

mil quinientos ochenta y uno guión ciento uno guión seis; la herencia

que en forma intestada dejaron los señores PABLO ARGUETA LUNA,

quien fue de setenta y ocho años de edad, soltero, Agricultor en pequeño,

originario de Meanguera, departamento de Morazán y del domicilio

de esta ciudad, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de Sebastián Luna

y Patricia Argueta, ambos ya fallecidos, quien falleció a las tres horas

del día quince de junio de mil novecientos noventa y seis, en el cantón

El Triunfo, de la jurisdicción de San Francisco Gotera, departamento

de Morazán; y BERNARDINA HERNANDEZ RAMOS, quien fue de

noventa años de edad, de ofi cios domésticos, originaria de la Villa de

Meanguera, departamento de Morazán; y del domicilio de esta ciudad,

de nacionalidad Salvadoreña, hija de Martín Hernández y Cruz Ramos;

quien falleció a las cinco horas del día veinticinco de diciembre del año

mil novecientos noventa y ocho, en la Colonia Las Flores de esta ciudad

de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, en concepto de

HIJOS de los referidos causantes y como CESIONARIOS de los derechos

hereditarios que les correspondían a sus hermanos MARÍA CÁNDIDA

HERNÁNDEZ ARGUETA; MARTO ARGUETA HERNANDEZ,

VICENTA HERNANDEZ ARGUETA, hijos también de los causan-

tes.- Se ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada

la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las dieciséis horas y veinte minutos del día cuatro de enero de dos mil

diez.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª

INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035593-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor JOSE ROMEO CAMPOS RODRIGUEZ,

conocido por JOSE ROMEO CAMPOS, quien fue de sesenta y dos

años de edad, soltero, Motorista, originario y del domicilio de Nueva

Granada, Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña,

hijo de Juan Santos Campos y María Olivia Rodríguez; ya fallecidos y

falleció aquél a las veintitrés horas y quince minutos del día cuatro de

Marzo del año dos mil cuatro; en el Barrio San Pedro de Nueva Granada,

Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de

ERLINDA MARIBEL CRUZ ALVARADO, en concepto de Cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA

OLIVIA CAMPOS CRUZ, conocida por MARIA OLIVIA CAMPOS,

WILBERT ERNESTO CAMPOS CRUZ y SANDRA MARIBEL

CAMPOS DE RODRIGUEZ, en su calidad de hijos del causante.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a

partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL

DIA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.- Lic.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035614-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado, de las doce

horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de Inventario de parte de las señoras MIRNA TRINIDAD AREVALO

TORRES y RUTH ELIZABETH AREVALO TORRES, la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora TRINIDAD TORRES DE

AREVALO, quien fue de cincuenta y un años de edad, ofi cios domés-

ticos, fallecida a las diecisiete horas del día dos de noviembre del año

dos mil dos, en el Cantón Salitrero de esta Jurisdicción, siendo éste su

último domicilio, en concepto de hijas de la causante; se les ha conferido

a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación

Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las doce

horas y veinte minutos del día ocho de enero del año dos mil nueve.- Lic.

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035703-3

Licenciada ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL

DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

veintisiete de noviembre del año dos mil nueve, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora LETICIA MACHADO RIVERA o

LETICIA MACHADO, quien a la fecha de su defunción era de setenta y

nueve años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, originaria de Sesori,

y del domicilio de San Luis de la Reina y de Nacionalidad Salvadoreña,

fallecida en el Barrio Los Henríquez, Municipio de San Luis de la Rei-

na, a las catorce horas y treinta minutos del día cuatro de Julio del año

dos mil nueve, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora

ROSA CANDIDA MACHADO DE AMAYA, en calidad de hija de la

causante.- Confi érese a la aceptante declarada en el carácter indicado,

la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A los que se crean con Derecho a la Herencia referida

para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas del día uno de di-

ciembre del año dos mil nueve.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA

DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. EDWIN

BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035717-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos

del dieciséis de octubre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada

por la señora MARIA ESTER CHAMUL DE HERNANDEZ, conocida

tributariamente como MARIA ESTER CHAMUL o MARIA ESTER

CHAMUL CALZADIA, fallecida el día diecinueve de diciembre del año

dos mil seis, en San Salvador, siendo San Antonio del Monte su último

domicilio, al señor JOSE ERNESTO GARCIA, en concepto de cesionario

de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a los

señores LUIS ALONSO HERNANDEZ CHAMUL, WALTER RIDER

CHAMUL PINEDA y JULIO CESAR HERNANDEZ AQUINO, los

primeros dos en concepto de hijos de la causante y el tercero como

cónyuge del de cujus.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día

nueve de noviembre del dos mil nueve.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035751-3

FLOR DE MARIA DERAS MEDINA, Notario, del domicilio de esta

ciudad, con ofi cina establecida en Colonia Médica, Diagonal Doctor

Arturo Romero y Pasaje Doctor Roberto Orellana Valdez, Edifi cio

Clínica de Especialidades, Segunda Planta, Local Doscientos seis, San

Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario,

proveídas a las ocho horas del día cuatro de enero de dos mil diez, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el día veintidós de

enero de dos mil ocho, dejó el señor GILBERTO RODRIGUEZ SOSA,

conocido por GILBERTO SOSA y por GILBERTO RODRIGUEZ, de

parte de los señores AMANDA CAROLINA SOSA DE CALLEJAS,

GILBERTO ALFREDO SOSA RIVERA y YOLANDA ELIZABETH

SOSA DE MONTERROSA, en su concepto de Herederos Testamenta-

rios; habiéndoseles conferido la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo cual se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina de la notario FLOR DE MARIA DERAS

MEDINA, a las diez horas del día cinco de enero de dos mil diez.

Lic. FLOR DE MARIA DERAS MEDINA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F036124-3

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

HERENCIA YACENTE

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con dieci-

siete minutos de este mismo día, y en vista que han transcurrido más de

quince días después de la apertura de la sucesión del causante ADAN

FUENTES HERNANDEZ, fallecido el día cinco de septiembre del

corriente año, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, habiendo

sido su último domicilio el Cantón Primavera de esta Jurisdicción, sin

que persona alguna se haya presentado a efecto de aceptar la herencia

que dejare a su fallecimiento o cuota de ella, SE HA DECLARADO

YACENTE la misma, y se ha nombrado curador para que la represente

a la Licenciada YESENIA BEATRIZ RAMIREZ SALGUERO a quien

se le hará saber este nombramiento para su aceptación y demás efectos

legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de

ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas con vein-

tidós minutos del día nueve de diciembre del año dos mil nueve.- Lic.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035609-3

TITULO DE PROPIEDAD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado:

JOSE ANGEL GOMEZ GUILLEN, Abogado y Notario, del domicilio de

San Salvador, con Tarjeta de Identifi cación de Abogado Número: cinco

mil setecientos veintiséis, como Apoderado General Judicial de la señora:

HILDA CATALINA FLORES DE HERNANDEZ, de treinta y seis años

de edad, profesora, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de

Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número: cero uno cuatro

seis cinco cero cuatro uno-nueve; solicitando se le extienda TITULO DE

PROPIEDAD a su mandante, de un inmueble antes de Naturaleza Rústico,

ahora urbano, denominado lote Número: CINCO, del Polígono "A", de

la Lotifi cación Panamá Número dos, situado en los Suburbios del Barrio

Concepción y Santa Lucía, de la Ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán, de una Extensión Superfi cial de: CIENTO VEINTIDOS

PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, según su

antecedente, y según fi cha Catastral es de la Capacidad Superfi cial de:

SETENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, línea recta de veintiún

metros, colinda con porción que ha sido vendida a Amparo Bernardina

González y José Antonio González Martínez; AL ORIENTE, línea recta

de cinco punto ochenta y tres metros, colinda con el lote número cuatro

del Polígono "B" propiedad de Sonia Díaz de Panamá, conocida por

Sonia de Panamá, y por María Josefa Díaz de Panamá, pasaje de cinco

metros de ancho de por medio; AL SUR, línea recta de veintiún metros,

colinda con lote número seis del mismo polígono, propiedad de María

Nemesia Mejía; AL PONIENTE, línea recta de cinco punto ochenta y

tres metros, colinda con los linderos generales, que fueron propiedad de

doña Mercedes viuda de Rodezno, calle de nueve metros de ancho de por

medio.- El terreno antes descrito lo adquirió su mandante por compra

que le hizo al señor: José David González Martínez, por lo que unida a la

posesión de los tradentes señores: José David González Martínez, María

Catalina Villalobos de Martínez y Luciano Adán Martínez Martell, la

posesión material es de más de diez años consecutivos en forma quieta,

pacífi ca e ininterrumpida, no está en proindivisión, no tiene nombre

especial alguno, no es dominante ni sirviente y lo valora en la cantidad

de ONCE MIL DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.- No tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a

ninguna persona.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los treinta y un días del mes

de agosto del año dos mil nueve.- ROSA GUADALUPE SERRANO

DE MARTINEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL

BERNAL, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000224-3

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, en calidad de Apoderado

General Judicial de la Alcaldía Municipal de Lolotiquillo; solicitando

TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza rústica, si-

tuado en Caserío Valle Nuevo, Cantón Gualindo Arriba, jurisdicción de

Lolotiquillo del departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial

de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL NORTE: veinte metros; AL ORIENTE: veinte

metros; AL SUR: veinte metros; y AL PONIENTE: veinte metros,

lindando todos los rumbos con terreno de Marcelina Flores y cerco

de alambre de por medio.- En dicho inmueble por el rumbo Norte se

constituye una servidumbre de tránsito de norte a poniente de cincuenta

metros de largo por dos metros de ancho; y el inmueble antes descrito se

adquirió por donación que le hiciera la señora MARCELINA FLORES

DE AREVALO y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera,

a las catorce horas y treinta minutos del día nueve de marzo de dos mil

nueve.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1° DE 1ª

INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000235-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic.

Gladys María Cardona Alvarado, solicitando que se extienda a favor

de su poderdante Señora MARCELINA DINORA CASTELLANOS

ECHEVERRIA, título de propiedad de un predio de naturaleza urbana

con su construcción que en forma quieta y pacífi camente posee en el

Barrio San Sebastián de esta Ciudad, de la capacidad de DOSCIENTOS

OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS de superfi cie, com-

prendido dentro de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, linda

con propiedad de José Gertrudis Echeverría Murillo, AL ORIENTE,

linda con propiedad de Florencia Lidia Alfaro viuda de Echeverría,

Silvia del Carmen Alfaro Gómez, Francisca Alfaro Galdámez, María

Leonza Alfaro de Peña y Porfi rio Gómez, AL SUR, linda con propie-

dad de José Vidal Hernández Tobar, Ángela Hernández, Enma Gladys

Morales de Hernández, Carmen Hernández de Valle Cisneros, Bernabé

René Hernández Tobar, Carlos Hernández Tobar, José Vidal Hernández

Tobar, Ángel Hernández; Y AL PONIENTE, linda con propiedad de

Ana Vilma Laínez Echeverría.- No es dominante ni sirviente. No tiene

cargas o derechos reales ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a

Timoteo de Jesús Echeverría y lo estima en SEIS MIL DÓLARES.- Los

colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los dos días del mes de noviembre

de dos mil nueve. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE

MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035712-3

El Infrascrito Alcalde Municipal de Azacualpa, Departamento de

Chalatenango,

HACE SABER: Que en esta municipalidad se han iniciado dili-

gencias de Título de Propiedad, promovidas por JOSÉ NOE CASTRO

ALAS, de cuarenta y ocho años de edad, Maestro de obra, del domicilio

de Azacualpa, con Documento Único de Identidad Número: cero dos

ocho dos siete siete dos cuatro guión nueve y número de identifi cación

tributaria número cero cuatro cero tres guión cero seis uno uno cinco cero

guión uno cero uno guión cuatro; TITULO DE PROPIEDAD, situado

en el Barrio El centro, de esta población, de una capacidad superfi cial de

CUATROCIENTOS ONCE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS; de las medidas, linderos y colindancias siguientes, AL

ORIENTE mide treinta y dos metros y colinda con Nicolás Romero

dividido por cerco de alambre propio del comprador. AL NORTE

mide treinta y nueve metros y colinda con Sergio Romero dividido por

cerco de alambre propio del comprador. AL PONIENTE mide treinta

y cuatro metros y colinda con Leonardo Recinos Martínez dividido por

tapial de adobe propio del comprador y sigue colindando con el señor

Recinos Martínez. AL SUR Mide treinta y nueve metros colinda con

Pablo Humberto Palencia calle pública de por medio y sigue colindando

con Victoria Alvarenga, cerco de piedra. En el inmueble antes descrito

existe construida una casa techo de teja y paredes de ladrillo. Asimis-

mo hago de su conocimiento que dicho inmueble fue adquirido por mi

persona mediante compra realizada a la señora Nicolasa de Jesús Alas

Castro, en el año mil novecientos ochenta y cinco, compra realizada a

las nueve horas del día ocho de Marzo, según consta en testimonio de

la Escritura Matriz número quince del Libro cincuenta y seis, ante los

ofi cios notariales del Licenciado CARLOS ARAUJO ALEMAN y lo

valora en mil dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal Azacualpa, dieciocho de diciembre de dos mil

nueve. ALCALDE MUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F035764-3

El Infrascrito Alcalde Municipal de San Fernando, Departamento de

Chalatenango,

HACE SABER: Que en esta municipalidad se han iniciado diligen-

cias de Título de Propiedad, promovidas por la señora MARIA AMELIDA

GARCIA, de treinta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, del Muni-

cipio de San Fernando, Departamento de Chalatenango, con Documento

Único de Identidad número cero uno tres uno seis cuatro siete ocho-dos

un inmueble de Naturaleza Urbano, ubicado en el Barrio El Centro, Calle

Resbalón, de este Municipio, de una extensión superfi cial de CIENTO

OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CUARENTA Y NUE-

VE DECIMETROS CUADRADOS, CUATROCIENTOS OCHENTA

Y SIETE MILIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes; AL ORIENTE: trece metros treinta y cinco centímetros en

línea recta, linda con casa y solar de Elvira Romero. Calle Pública de

por medio; AL NORTE. Quince metros treinta centímetros, linda con

solar de Gustavo Amilcar García: AL PONIENTE: nueve metros setenta

centímetros en línea recta, linda con solar de Gustavo Amilcar García,

y AL SUR: dieciséis metros ochenta y nueve centímetros en línea recta,

linda con Dimas Alonso García. Este predio contiene una casa paredes

de adobes, techo de tejas, de once metros de largo por cinco metros de

ancho, lo valora en mil dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Fernando, cinco de enero de dos mil

diez. ALCALDE MUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F035769-3

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

TITULO SUPLETORIO

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

JOSE ANGEL GOMEZ GUILLEN, en su carácter de Apoderado General

Judicial de la señora MARIA ISABEL FLORES DE URQUILLA, so-

licitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de Naturaleza

Rústica, situado en el Cantón Buena Vista, jurisdicción del Municipio

de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, de la extensión

Superfi cial de CUATRO AREAS o sean CUATRO MIL METROS

CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL PONIENTE linda con

terreno Edelmira Flores de Flores antes de Isabel Sánchez, SUR: Mide

en línea curva ciento cuarenta y nueve punto veintidós metros y linda

con terreno, de por medio brotones de izote en línea recta, al SUR linda

con terreno de Nicolás Sánchez, hoy de Antonio Raymundo, y sucesión

de Lucas Rivera, de por medio brotones de izote y quebrada seca, AL

ORIENTE: linda con terrenos de Jesús Sánchez hoy de Arturo Santos,

calle vecinal de por medio en parte con terreno de María Isabel Flores

de Urquilla, antes de José Zavaleta, brotones de izote de por medio, y

al NORTE: con terrenos de Juliana López, antes de José Zavaleta y

Rosalía Sánchez, de por medio brotones de izote.- Dicho inmueble lo

adquirió por compraventa que le hizo el señor ISMAEL LOPEZ, el día

veinte de junio de mil novecientos noventa y seis, por lo que datan más

de diez años de poseerlo en forma quieta pacífi ca e interrumpida, no

está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno, es dominante

por tener derecho de uso de una servidumbre perpetua de tránsito de dos

varas de latitud y por la orilla de los terrenos Isabel Sánchez al rumbo

oriente y al poniente sobre el terreno de la señora Rosalía Sánchez, pero

no sirviente y lo valúa por la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque a doce horas del

día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000227-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como Apoderado General

Judicial del señor MAUDIEL NEHEMIAS ARGUETA MARTINEZ,

a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno

de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Montañita, Caserío Hoja

de Sal, jurisdicción y Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de

la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS DIEZ PUNTO OCHENTA

Y UN METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, nueve

punto sesenta y dos metros, linda con Silvina Villalta, al ORIENTE,

diez punto ochenta metros, linda con Ignacia Villalta Díaz; al SUR,

veintiuno punto ochenta y cinco metros, linda con Ignacia Villalta Díaz;

servidumbre de por medio; y al PONIENTE, veinte punto cero tres me-

tros, con Isidora Peraza, camino de por medio.- El inmueble descrito lo

valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES y lo adquirió por venta

de la Posesión Material por Escritura Pública que le efectuó la señora

IGNACIA VILLALTA DE DIAZ o IGNACIA VILLALTA DIAZ.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las quince horas del día dos de Julio de dos mil nueve. LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-

TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SRIA.

3 v. alt. No. C000233-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como Apoderado General

Judicial del señor JUAN ABID CABALLERO, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Cerro Talquezal, del Cantón Soledad, de la Jurisdicción

de Meanguera, Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial

de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO

PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: EL NORTE, ciento veintiocho punto sesenta

y un metros, con Reynaldo Ponce y Wilson Caballero; Al ORIENTE,

ciento sesenta y ocho punto cuarenta y nueve metros, con Adelio Sorto

y Alcides Sorto; al SUR, doscientos sesenta y dos punto cuarenta y

ocho metros, con Lidia Pereira; y al PONIENTE, doscientos cuarenta

y cinco punto once metros, con Rosa Caballero y Rudy Caballero. El

inmueble descrito lo valora en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS

DOLARES; y lo adquirió por venta de la Posesión material por Escritura

Pública que le efectuó el señor FABIO HECTOR PEREIRA AYALA.

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día tres de junio de dos mil nueve. LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-

TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SRIA.

3 v. alt. No. C000234-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO.-

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la señora

CANDELARIA LOBATO AGUILAR promoviendo en su concepto per-

sonal, Título Supletorio; sobre un inmueble de naturaleza rústico, situado

en Cantón Cangrejera de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial

de SEISCIENTOS DOS PUNTO DOS MIL CIENTO OCHO METROS

CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE: Linda con

la señora MARTA CRISTINA LOVATO; AL ORIENTE: Linda con

la señora ROSA LIDIA DE LEON NAJARRO; AL SUR: Linda con la

señora JUANA DE LOS ANGELES DELEON NOYOLA o JUANA

DE LOS ANGELES DELEON; y AL PONIENTE: con JOSÉ LUIS

CHAPETÓN UCEDA; dicho inmueble lo adquirió la señora CANDE-

LARIA LOBATO AGUILAR, por compraventa privada efectuada por

la señora JUANA DE LOS ANGELES DELEON NOYOLA o JUANA

DE LOS ANGELES DELEON y ha ejercido la posesión material desde

hace más de DIEZ AÑOS, dicha posesión data desde el mes de mayo

del año mil novecientos setenta y seis, de manera quieta, pacífi ca e

ininterrumpida; el mencionado inmueble no tiene título inscrito y no es

inscribible por carecer de antecedentes registrales; es predio dominante

ya que goza de una servidumbre de tránsito sobre el terreno de donde se

desmembró y no existen otros poseedores, no tiene cargas, ni derechos

reales que respetar, tampoco está en proindivisión con otras personas;

y lo valora en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, con fecha uno del mes de octubre de dos mil nueve.-

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035585-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores

ADAN REYES CABRERA, de sesenta y dos años de edad, Agricultor,

con documento único de identidad número cero uno cero dos seis siete

cero dos guión ocho, y CLORINDA REYES CABRERA, de cincuenta

y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, con documento único de

identidad personal número cero dos uno dos uno ocho siete cinco guión

siete, ambos del domicilio de Corinto, Departamento de Morazán, Re-

presentados por su Apoderado General Judicial Licenciado José Pedro

Guzmán Vigil, solicitando Título Supletorio de un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Caserío Los Molinas, del Cantón Terrero, de la

Jurisdicción de Lislique, de este Distrito, Departamento de La Unión,

de la capacidad superfi cial de CIENTO UN MIL NOVECIENTOS

CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, que mide y linda AL ORIENTE, dos tramos, el primero

de doscientos metros y el segundo, de doscientos ochenta y tres metros,

cerco de alambre y río Nacascolo de por medio, con terrenos de Urgencia

Benítez y Elvira Benítez Salmerón, que antes fue de Tereso de Jesús

Benítez, José Méndez e Hilario Flores; AL NORTE, mide trescientos

sesenta y dos metros, con terrenos de Elida Molina, antes de Elvira

Benítez Salmerón y de Urgencia Benítez; AL PONIENTE, mide treinta

y cinco punto veintidós metros, con terrenos de Mercedes Cabrera e

Ignacio Mesa, y AL SUR, mide cuatrocientos veinticinco metros, linda

con terrenos de Erlinda Benítez, que en la actualidad dicho inmueble

lo valoran en VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, y lo adquirieron en el año de mil novecientos setenta,

por compra verbal que le hicieran a su tío Domingo Benítez, quien al

momento del otorgamiento de la referida venta, era mayor de edad,

Agricultor, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035594-3

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

TITULO DE DOMINIO

Dr. JOSE RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR, Alcalde Municipal del

Municipio y Departamento de Chalatenango,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado los señores

JORGE ALBERTO URQUILLA GAVIDIA, de cincuenta y dos años

de edad, Empleado, del domicilio de la Ciudad de Chalatenango, con

Pasaporte número cuatro cinco ocho nueve seis siete cinco siete tres y

Número de Identifi cación Tributaria uno uno dos uno - dos seis cero siete

cinco ocho - cero cero uno - cuatro y MARIA CECILIA CALLES DE

URQUILLA, de cincuenta y un años de edad, Empleada, del domicilio

de esta ciudad, portadora de su Documento Único de Identidad cero

cuatro cinco dos tres cero tres siete - tres, y Número de Identifi cación

Tributaria cero cuatro cero siete - uno cuatro cero tres cinco ocho - uno

cero uno - cero, solicitando Título de Dominio en proindivisión y en

partes iguales de un inmueble Urbano, situado en el Barrio El Calvario,

de esta Ciudad, de la extensión superfi cial de QUINIENTOS SESEN-

TA Y UN METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, comenzando de un cerco de piedra sigue

por un muro de piedra propio del inmueble que se describe a llegar a

una esquina, mide veintidós metros, colinda con inmueble propiedad de

Rubén Cruz; AL NORTE, quebradas agua abajo en línea curva, mide

veintiocho metros, colinda con inmueble propiedad de María Cayetana

Hernández, quebrada de invierno de por medio; AL PONIENTE, por un

muro de piedra propio del inmueble que se describe hasta salir al pasaje

número tres, mide veintidós metros, colinda con inmueble propiedad de

María Antonia Hernández; y AL SUR, mide veintitrés metros, colinda

con Antonio Calles y Graciela Calles, pasaje número tres de por medio

hasta llegar al punto donde se inició la presente descripción. El inmueble

descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está

en proindivisión con nadie. Lo valoran en la cantidad de MIL DOLA-

RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo adquirieron por

compra que le hicieron a señor José Antonio Hernández, en escritura

pública número noventa y siete otorgada en la ciudad de Chalatenango a

las trece horas del día diecinueve de Agosto de mil novecientos noventa

y siete, ante los ofi cios del Notario Rosa Alicia Escobar Santos.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los once días del mes de Di-

ciembre de dos mil nueve. Dr. JOSE RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR,

ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F035726-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1999004755

No. de Presentación: 20090130585

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE SAN JOSE, REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00041 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035601-3

No. de Expediente: 1999004756

No. de Presentación: 20090130583

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de San José, Repú-blica de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035602-3

No. de Expediente: 1999004758

No. de Presentación: 20090130586

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de San José, Repú-blica de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00235 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una viñeta contentiva de los siguientes elementos: la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035605-3

No. de Expediente: 1999004757

No. de Presentación: 20090130584

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO

LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA,

actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA

SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE SAN JOSE,

REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00234 del libro

00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una viñeta con-

tentiva de los siguientes elementos: la fi gura de una cruz simétrica de color

negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte

inferior de ésta, las leyendas: CRUZ VERDE en letras convencionales

de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035606-3

No. de Expediente: 1990000012

No. de Presentación: 20090130806

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE CLOROX

COMPANY, del domicilio de 1221 Broadway Oakland, CALIFORNIA,

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010

del Libro 00120 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN

CUADRILATERO DE FONDO AZUL, DENTRO DEL CUAL ESTA

LA FIGURA DE UN ROMBO, CON SUS EXTREMOS TRUNCADOS;

SIENDO DE COLOR ROJO EN LA PARTE SUPERIOR Y BLANCO

EN LA PARTE INFERIOR, LAS LINEAS QUE LO FORMAN; EL

FONDO DEL ROMBO ES DE COLOR NEGRO; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035761-3

No. de Expediente: 1990000011

No. de Presentación: 20090130808

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

THE CLOROX COMPANY, del domicilio de 1221 BROADWAY

OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00097 del Libro 00122 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en UN CUADRILATERO DE FONDO BLAN-

CO, DENTRO DEL CUAL ESTA LA FIGURA DE UN ROMBO, CON

SUS EXTREMOS TRUNCADOS; SIENDO DE COLOR GRIS EN LA

PARTE SUPERIOR Y BLANCO EN LA INFERIOR, LAS LINEAS

QUE LO FORMAN; EL FONDO DEL ROMBO ES DE COLOR NE-

GRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035763-3

No. de Expediente: 1990000009

No. de Presentación: 20090130807

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,

ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

THE CLOROX COMPANY, del domicilio de 1221 BROADWAY

OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE NOVACION, para

la inscripción Número 00098 del Libro 00120 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en un cuadrilátero de fondo blanco, dentro del

cual está la fi gura de un rombo, con sus extremos truncados; siendo de

color gris en la parte superior y blanco en la parte inferior, las líneas que

lo forman; el fondo del rombo es de color negro; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035765-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

No. de Expediente: 1979000757

No. de Presentación: 20090130804

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING

CORPORATION, del domicilio de GALLOPING HILL ROAD,

KENILWORTH, NJ 07033, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00035 del Libro 00082 de REGISTRO

DE MARCAS, consistente en la expresión “TOPAGEN”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos,

San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035767-3

No. de Expediente: 1978001921

No. de Presentación: 20090130801

CLASE: 03, 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING-

PLOUGH HEALTHCARE PRODUCTS, INC., del domicilio de 3030

JACKSON AVENUE, MEMPHIS, TENNESSE, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00042 del Libro 00081

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra MEXANITA;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03, 05 de

la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035768-3

No. de Expediente: 1978001235

No. de Presentación: 20090130815

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE que se abrevia:,

mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SAL-

VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-

RADO de SHERING-PLOUGH HEALTHCARE PRODUCTS, INC.,

del domicilio de 3030 JACKSON AVENUE, MEMPHIS, TENNESSE,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00199

del Libro 00080 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra

“TROPICAL BLEND”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035771-3

No. de Expediente: 1979000691

No. de Presentación: 20090130477

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,

ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE JAE-

GER COMPANY LIMITED, del domicilio de JAEGER HOUSE 57,

BROADWICK STREET, LONDRES, INGLATERRA, de nacionalidad

INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00050 del Libro 00082 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en

la expresión “JAEGER”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035772-3

No. de Expediente: 1994004379

No. de Presentación: 20090130389

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL Y

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de TALECRIS BIOTHE-

RAPEUTICS, INC., del domicilio de 4101 Research Commons, Suite

300, 79 T.W. Alexander Drive, Research Triangle Park, North Carolina,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del

Libro 00122 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala-

bra “HYPRHO.D” en letras mayúsculas. El guión que une a la palabra

forma parte del nombre de la marca; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035773-3

No. de Expediente: 1988000039

No. de Presentación: 20090129501

CLASE: 29, 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de CAMPBELL SOUP

COMPANY, del domicilio de NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00150 del Libro 00125 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra “CAMPBELLS”, ubicada en una

etiqueta dividida en dos partes iguales por una línea horizontal. La parte

superior de la misma, es de color rojo y la inferior de color blanco; lle-

vando ambas partes y casi en sus extremos de arriba y abajo, dos líneas,

que es de color blanco la que está en la sección roja; y de color roja, la

que está en la sección blanca. En la sección roja y en letra minúsculas,

a excepción de la primera que es mayúscula, aparece escrita la palabra

“campbell's”, en color blanco y en letra caligráfi ca, que lleva sobre la letra

fi nal “S” un apóstrofo; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 29, 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035774-3

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2009096894

No. de Presentación: 20090129060

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN ANTO-

NIO COLORADO HERNANDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DIVERSIFICACIONES QUIMICAS DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

DIVQUISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión DQ Aroma y diseño, sobre la palabra

Aroma individualmente considerada no se le concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: DESINFECTANTE PARA PISOS CON

BACTERICIDA, CERA LIQUIDA PARA PISOS, JABON LIQUIDO

PARA MANOS, DETERGENTE LIQUIDO PARA LAVADORA.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000231-3

No. de Expediente: 2009098024

No. de Presentación: 20090130968

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BEAUTY PROTECTOR

Consistente en: las palabras BEAUTY PROTECTOR, el cual

se traducen al castellano como “belleza protector”, sobre las palabras

aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA

PIEL NO MEDICADAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035756-3

No. de Expediente: 2009098021

No. de Presentación: 20090130965

CLASE: 08.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-

DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,

de nacionalidad ALEMANA. solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

WMF

Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR

HERRAMIENTAS MANUALES E IMPLEMENTOS (OPERADOS

MANUALMENTE); CUBERTERIA Y CUCHILLERIA; ARMAS

BLANCAS; MAQUINAS DE AFEITAR O RASTRILLOS. Clase:

08.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035757-3

No. de Expediente: 2009098022

No. de Presentacion: 20090130966

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-

DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

WMF

Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR

APARATOS PARA ALUMBRAR, CALENTAR, PRODUCIR VAPOR,

DE COCCION (COCINA), REFRIGERAR, SECAR, VENTILAR,

SUMINISTRAR DE AGUA Y PARA PROPOSITOS SANITARIOS.

Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035758-3

DIARIO

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

No. de Expediente: 2009098023

No. de Presentación: 20090130967

CLASE: 21.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-

DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

WMF

Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR:

UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA LA CASA O LA COCINA;

PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS (EXCEPTO BROCHAS O PINCE-

LES PARA PINTAR); MATERIALES PARA LA FABRICACION DE

CEPILLOS; ARTICULOS DE LIMPIEZA; ESTROPAJOS DE ACERO;

VIDRIO EN BRUTO O SEMIELABORADO (CON EXCEPCION

DEL VIDRIO USADO EN LA CONSTRUCCION); CRISTALERIA,

PORCELANA Y LOZA NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES.

Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035759-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2009098169

No. de Presentación: 20090131294

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR

ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Clean Service y diseño, que se tra-

ducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean

Service aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA

COMERCIALES, RESIDENCIALES E INSTITUCIONALES, EL

CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN PASAJE DOCE NUMERO

102, COLONIA CENTROAMERICA, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000252-3

DIARIO

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2009098168

No. de Presentación: 20090131293

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Clean Service y diseño, que se traducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean Service, aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA COMERCIALES, RESIDENCIALES E INSTITUCIONALES QUE PRESTA EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN EL PA-SAJE DOCE NUMERO 102, COLONIA CENTROAMERICA, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000251-3

No. de Expediente: 2006062518

No. de Presentación: 20060085105

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de DISTRIBUIDORA AGRICOLA GUATEMALTECA,

SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-

tando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

DISAGRO MAQUINARIA

Consistente en: la expresión DISAGRO MAQUINARIA, que

servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO DE UN ES-

TABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE MAQUINARIA

EN GENERAL.

La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil nueve.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

GABRIELA MARÍA CORNEJO CASTILLO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035589-3

No. de Expediente: 2009097766

No. de Presentación: 20090130528

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

ANGEL SHAFIK LOBOS LEON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

TELEORIENTE

Consistente en: La palabra TELEORIENTE, que servirá para:

LLAMAR LA ATENCIÓN AL PÚBLICO CONSUMIDOR EN TE-

LEVISIÓN, SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, NOTICIAS,

DEPORTES, PELÍCULAS, MÚSICA, ENTREVISTAS, REPORTAJES,

NOVELAS, COBERTURA DE EVENTOS EN GENERAL, PATRO-

CINIOS.

DIARIO

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035678-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.

V., CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionis-

tas, para conocer asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en el Salón

Mesoamérica 2 y 3, del Hotel Radisson Plaza, ubicado en 89 Avenida

Norte y 11 Calle Poniente, San Salvador, el día miércoles 17 de febrero

de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en primera convocatoria.

Junta General Ordinaria. El quórum para celebrar esta Junta General

Ordinaria, en primera convocatoria, será de cincuenta mil una acciones

(50,001), presentes o legalmente representadas, o sea la mitad más una

del total; y las resoluciones serán válidas al ser tomadas por la mayoría

de las acciones presentes o representadas.

La agenda para esta Junta será la siguiente:

1. Lectura del acta anterior.

2. Presentación de la Memoria de Labores correspondiente al

año 2009.

3. Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre

de 2009.

4. Informe del Auditor Externo.

5. Nombramiento de Auditor Externo, fi jación de sus emolu-

mentos y designación de Suplente.

6. Nombramiento de Auditor Fiscal, fi jación de sus emolumentos

y designación de Suplente.

7. Informe de la renuncia de Director Suplente y nombramiento

de Director Suplente, para concluir el período actual.

8. Aplicación de resultados.

9. Varios.

Segunda Convocatoria. En caso de no existir el quórum indicado

para celebrar las Juntas Generales Ordinaria, se invita a los accionistas

para celebrarla en segunda convocatoria, el día siguiente jueves 18 de

febrero de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en las ofi cinas de Bolsa

de Valores de El Salvador, S.A. de C. V., ubicadas en Boulevard Merliot

y Avenida Las Carretas, Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo

Cuscatlán, La Libertad.

Quórum. La Junta General Ordinaria, reunida en segunda con-

vocatoria, se llevará a cabo cualquiera que sea el número de acciones

presentes y representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría

de los votos presentes.

San Salvador, 7 de enero de 2010.

ROLANDO DUARTE SCHLAGETER,

PRESIDENTE-REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C000246-3

CONVOCATORIA

Para dar cumplimiento a los Artículos 12 y 13, Capítulos V y VI

de los nuevos Estatutos del Centro Cultural Salvadoreño Americano,

se convoca a Asamblea General de Socios, para el día 22 de febrero del

año dos mil diez, a las doce meridiano, en el local del Centro Cultural

Salvadoreño Americano. En caso de que no haya quórum, la sesión se

llevará a cabo a las doce horas y treinta minutos del mismo día, con los

socios asistentes, en el lugar indicado.

Agenda:

l. Establecimiento de quórum.

2. Lectura y aprobación de Acta de Asamblea de 2009.

3. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias de

2009.

4. Memoria de Labores de 2009.

5. Informe de Planes de Trabajo 2010.

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

6. Elección de Auditores Externos y Fiscal.

7. Cualquier otro punto que, de acuerdo con la ley, pueda dis-

cutirse.

San Salvador, a los siete días del mes de enero del año dos mil

diez.

ERNESTO MILLA NUILA,

SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F035528-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE

SAN MIGUEL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILI-

DAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a las

Cláusulas Décima Novena, Vigésima y Vigésima Segunda de la Escritura

de Modifi cación al Pacto Social del Banco y a los artículos 223, 228 y

229 del Código de Comercio vigente, convoca a los socios del mismo,

para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a realizarse a las

nueve horas del día veinte de febrero del año dos mil diez, en el local

del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, ubicado

sobre Carretera Panamericana salida a La Unión N° 1 bis Colonia Pa-

namericana, San Miguel.

En caso que no hubiera quórum en la hora y fecha antes mencionada

se convoca por segunda vez para celebrar la Junta General Ordinaria

de Accionistas del Banco de los Trabajadores de San Miguel, Socie-

dad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a

la misma hora del día domingo veintiuno de febrero del año dos mil

diez, en HOTEL TROPICO INN, SALON UBICADO EN EL NIVEL

5, ubicado en Avenida Roosevelt Sur y Calle La Paz, San Miguel, en

la que se conocerán y resolverán los temas contenidos en la siguiente

Agenda:

AGENDA a tratar en Junta General Ordinaria:

1. Integración del Quórum de Presencia.

2. Integración del Quórum Legal.

3. Presentación y discusión de la Memoria de Labores del Banco,

el Balance General al 31 de diciembre de 2009, el Estado de

Pérdidas y Ganancias del 1° de Enero al 31 de Diciembre de

2009, el Estado de Cambio en el Patrimonio del 1° de Enero

al 31 de Diciembre de 2009 y el Informe del Auditor Externo

a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las

medidas que juzgue oportunas.

4. Aplicación de los RESULTADOS DEL EJERCICIO 2009.

5. Retiro y Exclusión de SOCIOS de acuerdo a Disposiciones

Legales.

6. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el

año 2010.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos

suplentes y fi jación de sus honorarios.

8. Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El Quórum para resolver los puntos de la Junta General Ordinaria

en 1ª convocatoria se conformará con la mitad más una de la totalidad

de las acciones presentes, y en 2ª convocatoria con cualquiera que sea el

número de socios presentes o representados de conformidad a la Cláusula

Vigésima Cuarta de la Escritura de Modifi cación al Pacto Social del

Banco, y a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente.

San Miguel, a los siete días del mes de enero de dos mil diez.

MAURICIO VELÁSQUEZ FERRUFINO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F035663-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Izalco, Sociedad Coope-

rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento

a los Artículos 223, 224, 228 y 230 del Código de Comercio vigente y

de conformidad a lo establecido en las Cláusulas Vigésima Segunda,

Vigésima Tercera, Vigésima Cuarta y Trigésima Cuarta del Pacto Social,

convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma,

para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, en

el local de la Institución ubicado en la Avenida Roberto Carías y Tercera

Calle Poniente de la Ciudad de lzalco, del Departamento de Sonsonate.

La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará en Primera

Convocatoria, a partir de las catorce horas del día sábado seis de febrero

de 2010 y en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se

hace segunda convocatoria, a las catorce horas del día domingo siete de

febrero del 2010. La Junta General Extraordinaria de Accionistas será

celebrada en primera y segunda convocatoria inmediatamente después de

la Junta General Ordinaria de Accionistas, siempre y cuando hubiere el

quórum que establece el Código de Comercio vigente y el Pacto Social

de la Caja de Crédito de Izalco.

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

La Junta General de Accionistas se constituirá con las formalidades

que establecen el Pacto Social de la Caja de Crédito de Izalco y el Código

de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda

siguiente:

JUNTA GENERAL ORDINARIA.

AGENDA JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1- Integración del Quórum de presencia.

2- Elección de Representantes de Acciones que hubieren con-

cluido su período y de los que faltaren por las causas que

expresan las Cláusulas vigésima, vigésima primera y trigésima

primera, de la Escritura de Constitución de la Caja.

3- Integración del Quórum Legal.

4- Apertura de la sesión.

5- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores

de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009,

del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre

de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de

diciembre de 2009 y el Informe del Auditor Externo, a fi n de

aprobar o improbar los primeros cuatro y toma de medidas

que se juzguen oportunas.

6- Aplicación de los Resultados del Ejercicio del año 2009.

7- Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

8- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus Respec-

tivos Suplentes y fi jación de sus honorarios.

9- Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

10- Reposición de Director Suplente de la Junta Directiva.

11- Adecuación del Plazo y Ratifi cación de la actual Junta Directiva

para el período de ejercicio de los Directores, de acuerdo a

modifi cación al Pacto Social.

El quórum Legal para resolver los puntos de la agenda se integrará

de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente

y a lo estipulado en la Cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social.

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

AGENDA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA:

1- Integración del Quórum de presencia.

2- Establecimiento del Quórum legal.

3- Apertura de la sesión.

4- Aumento de capital social.

5- Ratifi cación de ajuste por adecuación del valor nominal de

las acciones, según lo dispuesto en las últimas modifi caciones

al Código de Comercio.

6- Modifi cación al Pacto Social de la Caja de Crédito de

Izalco.

7- Designación de Ejecutor(es) Especial(es) de acuerdo a Mo-

difi cación del Pacto Social de la Caja de Crédito de Izalco.

El quórum Legal para resolver los puntos de la agenda se integrará

de conformidad al artículo 243 del Código de Comercio vigente y a lo

estipulado en la Cláusula Vigésima Séptima del Pacto Social.

ING. CARLOS WALTER VALDEZ AGUILAR,

DIRECTOR PRESIDENTE.

ING. LUIS ALONSO ESCOBAR,

DIRECTOR PROPIETARIO.

PROF. NAPOLEÓN ALFREDO GONZÁLEZ,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035673-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de La Unión, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida

conforme lo establecen sus Estatutos y en cumplimiento a la atribución

que le confi ere la Cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Mo-

difi cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto

Social vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios

de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que

se celebrará a partir de las diez horas del día veinte de febrero del año

dos mil diez, en el local del Hotel Comfort Inn Real, de esta ciudad,

en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal

correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día veintisiete

de febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establece la

Cláusula 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de Modifi -

cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223, 228,

229, Sección "C", Capítulo VII, título II, del Libro Primero del Código

de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene

la agenda.

AGENDA:

1. Integración del Quórum de Presencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren

concluido su período y los que faltaren por las causas que

expresa la Cláusula Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima

Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de

Constitución de la Caja.

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

3. Integración del quórum Legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5. Aplicación de los Resultados del ejercicio.

6. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el 2010.

8. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

9. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El quórum legal se integrará en primera convocatoria con Quince de los Veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea General de Accionistas, de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones, que estuvieren presentes de acuerdo a su Pacto Social vigente.

La Unión, ocho de enero de 2010.

OSCAR RENÉ MARTÍNEZ DÍAZ,

PRESIDENTE.

JOSÉ ROGER CANALES GARAY,

SECRETARIO.

LUIS ALONSO BONILLA REYES,

PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F035687-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA,

DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD

AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V.

El Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V.", que se abrevia "APACHE, S.A. DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las Cláusulas quinta, décima sexta y décima octava literal c) de la Escritura de Constitución de Sociedad y artículos doscientos veinticuatro,

doscientos veintiocho y doscientos cuarenta y tres todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día nueve de febrero de dos mil diez, a las catorce horas, y en segunda convocatoria para el día diez de febrero de dos mil diez a la misma hora, en las ofi cinas principales de la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador.

La agenda a conocer es la siguiente:

1. Establecimiento de quórum y aprobación de agenda;

2. Conocimiento de antecedentes;

3. Disminución del capital social y como consecuencia pago de las acciones a la accionista María Alicia Avilés de López Andreu, al valor conforme al fallo pronunciado en el laudo dictado en esta ciudad a las diecisiete horas y treinta minutos del diez de septiembre de dos mil nueve; y,

4. Cambio en los certifi cados de acciones de la sociedad.

Para llevar a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social y en la segunda convocatoria, la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social.

San Salvador, ocho de enero de dos mil diez.

LUIS ERNESTO AVILÉS MIRANDA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F035734-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD

ACERO CENTRO AVILÉS, S.A. DE C.V.

La Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "ACERO CEN-TRO AVILÉS, S.A. DE C.V." que se abrevia "ACAVISA, DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las Cláusulas sexta, décima cuarta y décima novena literal f) de la Escritura de Constitución de Sociedad y artículos doscientos veinticuatro, doscientos veintiocho y doscientos cuarenta y tres todos del Código de Comercio, por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día nueve de febrero de dos mil diez, a las nueve horas, y en segunda convocatoria para el día diez

de febrero de dos mil diez a la misma hora, en las ofi cinas principales de

la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos

sesenta y tres, San Salvador.

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Page 152: Diario 20 de Enero 2010diario oficial.- san salvador, 20 de enero de 2010. 1 diario ofi cial s u m a r i o republica de el salvador en la america central 1 tomo nº 386 san salvador,

152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

La agenda a conocer es la siguiente:

1. Establecimiento de quórum y aprobación de agenda;

2. Conocimiento de antecedentes;

3. Disminución del capital social y como consecuencia pago de las acciones a los accionistas María Alicia Avilés de López Andreu, Luz María López Avilés de Pis-Dudot, Conrado López Andreu y Juan Carlos López Avilés, al valor conforme al fallo pronunciado en el laudo dictado en esta ciudad a las diecisiete horas del diez de septiembre de dos mil nueve; y,

4. Cambio en los certifi cados de acciones de la sociedad.

Para llevar a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social y en la segunda convocatoria, la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social.

San Salvador, ocho de enero de dos mil diez.

MARÍA ELENA AVILÉS DE AISENBERG,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F035735-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

DE AFP CRECER, S.A.

La Junta Directiva de AFP CRECER, S.A., convoca a los señores accionistas, a Junta General para conocer asuntos de carácter ORDINA-RIO, a celebrarse en la Sala de Juntas del Edifi cio Crecer, Tercer Nivel, ubicado en la Alameda Doctor Manuel Enrique Araujo, número mil cien, San Salvador, el día miércoles diez de febrero del año dos mil diez, de las quince horas con treinta minutos en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día jueves once de febrero del mismo año, a la misma hora y lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.

AGENDA

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:

I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico del año dos mil nueve correspondientes a AFP CRECER, S.A. y el Fondo de Pensiones administrado por AFP CRECER, S.A.

II. Dictamen e informe del Auditor Externo.

III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de los Estados Financieros del ejercicio económico del año dos mil nueve correspondiente a AFP CRECER, S.A. y al Fondo de Pensiones administrado por AFP CRECER, S.A.

IV. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal con sus respec-tivos suplentes y fi jación de sus emolumentos.

V. Aplicación y distribución de utilidades.

QUÓRUM Y VOTACIÓN EN LAS JUNTAS GENERALES.

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO: a) Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que forman el capital social y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos de los presentes. b) Para que la sesión sea válida en la segunda fecha de la convocatoria, bastará el número de acciones que estén presentes, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes. c) A las reglas anteriores se regirán las Juntas Extraordinarias que tengan por objeto la emisión de obligaciones negociables o bonos, o la amortización de acciones con recursos de la propia sociedad; así como la emisión de certifi cados de goce. d) La desintegración del quórum de presencia no será obstáculo para que la Junta General continúe y pueda adoptar acuerdos, si son votados por las mayorías requeridas por la Ley o por los Estatutos de la sociedad.

San Salvador, a los siete días del mes de enero de dos mil diez.

RUTH DEL CASTILLO DE SOLÓRZANO,

PRESIDENTA EJECUTIVA.

3 v. alt. No. F035749-3

CONVOCATORIA

TERCERA CONVOCATORIA

El Administrador Único de la Sociedad "COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "COMPUSAL, S.A. DE C. V.", conforme lo que establece la Ley y el Pacto Social de la misma, por este medio convoca por tercera vez a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en sus ofi cinas situadas en: Avenida y Colonia Santa Victoria, Número nueve, San Salvador, el día seis de febrero de dos mil diez, a partir de las nueve horas, la que se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda:

1. Verifi cación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del Acta anterior.

3. Adecuación del Pacto Social a las reformas del Código de Comercio.

4. Cualquier otro punto que se decida tratar.

Para celebrar sesión en la tercera fecha de la convocatoria, bastará con la concurrencia de cualquier número de las acciones que se presenten a la Junta y las resoluciones se formarán con mayoría de votos de los presentes.

San Salvador, a los nueve días del mes de enero de dos mil diez.

ING. JACINTO ÁNGEL BUSTILLO FUENTES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F036110-3

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SUBASTA PUBLICA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Juzgado por la Licenciada XENIA DANNELIA VALLE

GUTIERREZ, apoderada de la ASOCIACION COOPERATIVA DE

AHORRO Y CREDITO DE LA UNION, DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA (ACACU, DE R L.), contra la señora NOEMY CRISTINA

REYES o NOEMY CRISTINA REYES DE HERNANDEZ por medio

de su curador especial nombrada Licenciada GUADALUPE ALEXIS

MENDEZ CRUZ, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble:

Un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio de Honduras,

sobre la Doce Avenida Norte, de esta ciudad, distrito y Departamento

de La Unión, de la capacidad superfi cial de CUARENTA Y CUATRO

AREAS OCHENTA Y OCHO CENTIAREAS CINCUENTA Y SEIS

DECIMETROS DE METROS CUADRADOS, de los linderos y di-

mensiones siguientes: AL ORIENTE: mide y linda siete metros ochenta

centímetros, con casa y solar de don Emilio Erroa, zanjo de por medio;

AL NORTE: mide y linda veintinueve metros cincuenta y tres centíme-

tros, con casa y solar de Dominga Flores de Reyes y Raúl Reyes, pared

de ladrillo propia; AL PONIENTE: mide y linda siete metros cuarenta

centímetros, calle de por medio con predio Municipal; AL SUR: mide y

linda veintinueve metros cincuenta y tres centímetros, con casa y solar

de Victoria Reyes, pared de ladrillo de por medio medianero. Inscrito

dicho inmueble a favor de la señora NOEMY CRISTINA REYES o

NOEMY CRISTINA REYES DE HERNANDEZ en el Registro de la

Propiedad Raíz de la Tercera Sección de Oriente bajo el número NUEVE

CINCO CERO CINCO TRES NUEVE SIETE CINCO, de propiedad

del Departamento de La Unión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, uno de diciembre de

dos mil nueve.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. C000245-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las doce horas del día cinco de noviembre del dos mil nueve, en el

Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el señor ADELMO SANABRIA

GALDAMEZ conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ

MONTERROSA y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; en

contra del señor CARLOS ROBERTO FLORES ACOSTA, se venderá

en PUBLICA SUBASTA Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE

SEÑALARA, el inmueble siguiente: un inmueble de naturaleza rústica,

situado en Cantón Capulín, de una extensión superfi cial de VEINTI-

DÓS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE METROS, CUARENTA

Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS, con las medidas y linderos

siguientes: AL NORTE: con ADELMO SANABRIA GALDAMEZ

conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ MONTERROSA

y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; AL SUR: con terreno

que fue o es de Virginia Leiva, hoy de Juan José Ortiz, Narcisa Ortiz y

Luis Castillo; AL ORIENTE: con ADELMO SANABRIA GALDAMEZ

conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ MONTERROSA

y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; y AL PONIENTE: con

Rolando Flores Acosta.- Dicho inmueble se encuentra Inscrito a favor

del señor demandado CARLOS ROBERTO FLORES ACOSTA, bajo

la Matrícula número DOS CERO CERO CUATRO UNO CINCO UNO

SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.

Servirá de base para el remate las dos terceras partes de su valúo,

se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas

quince minutos del día veintiuno de diciembre del dos mil nueve.- Lic.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE

CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F035540-3

Doctor DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE

CHALATENANGO,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el

Juicio Ejecutivo Civil, número 36-2006-3, promovido por el Licenciado

Héctor Francisco Alvarado Lara, y seguido por el Licenciado Ricardo

Portillo Cáceres, en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales

de la señora Zoila Maribel Flores Pineda, contra la señora María de la

Paz Alvarado de Zepeda, se venderá en pública subasta en este Juzgado

en fecha que posteriormente se señalará el bien inmueble embargado

consistente en un terreno de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio San

Antonio del Municipio de Tejutla, de este Departamento, de la extensión

superfi cial de ciento sesenta y nueve metros cuadrados, de las medidas

y colindancias siguientes: AL ORIENTE, se mide un tiro de línea recta

de diecinueve metros treinta centímetros colindando con solar del se-

ñor Oscar Orlando Soriano Alvarado, partiendo de un mojón de jiote

tomando dirección Norte en línea recta; AL NORTE, se mide un tiro de

trece metros cincuenta centímetros colindando con terreno de la señora

Rosa Lidia Alvarado de Soriano, calle de por medio que de esta ciudad

conduce al cantón El Tremedal; AL PONIENTE, se mide un tiro de ca-

torce metros tomando dirección sur en línea recta de la orilla de la calle

anteriormente citada hacia un árbol de jiote esquinero linda con terreno

de la señora Adela Esperanza Salvador de Soriano; y AL SUR, mide

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

un tiro de trece metros ochenta centímetros colindando con terreno del

señor Oscar Orlando Soriano Alvarado; en el mismo inmueble hay una

casa construida de sistema mixto en perfecto estado de funcionamiento.

Dicho inmueble antes relacionado se encuentra inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Chalatenango,

bajo el número setenta y siete del libro setecientos noventa y nueve a

favor de la señora María de la Paz Alvarado de Zepeda.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintidós días del mes de octubre

del dos mil nueve.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035612-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIU-

DAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado Luis Edgardo Argueta Tovar y continuado por la Li-

cenciada Ana María Cortez Artiga, en su carácter de Apoderada General

Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD

ANONIMA, que se puede abreviar BANCO HIPOTECARIO DE EL

SALVADOR, S.A., BANCO HIPOTECARIO, o BANCO HIPOTE-

CARIO DE EL SALVADOR, del domicilio de San Salvador, contra el

señor MARIO ANTONIO AGUILAR ORELLANA, de cuarenta y seis

años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Nueva Concepción,

Departamento de Chalatenango, se venderá en pública subasta en este

juzgado el inmueble de naturaleza urbana y construcciones actuales y

futuras, situado en Barrio El Rosario, Nueva Concepción, Departamento

de Chalatenango, de la extensión superfi cial de QUINIENTOS SETENTA

Y NUEVE METROS CUADRADOS CERO OCHO CENTIMETROS

CUADRADOS, que se describe así: comenzando en el esquinero noroeste,

partiendo del rumbo oriente se localiza el LINDERO NORTE, compuesto

de tres tramos rectos, así: primer tramo, distancia de diez metros, colinda

con Joba de Portillo; segundo tramo, distancia de ocho metros quince

centímetros, colinda con Gerónimo Portillo; tercer tramo, distancia

de dieciocho metros, cero seis centímetros, linda con compareciente;

LINDERO ORIENTE, compuesto de un tramo recto y una distancia

de dieciséis metros setenta y cinco centímetros, linda con Angel María

Castaneda y Benigno Pereira, Cuarta Avenida Norte de por medio de

ocho metros de ancho; LINDERO SUR, compuesto de un tramo recto

y distancia de veintitrés metros veinte centímetros, colinda con Pablo

Villeda y Elvira Tejada, Once Calle Oriente de por medio de ocho metros

de ancho; y LINDERO PONIENTE, compuesto de tres tramos rectos,

primer tramo, distancia de trece metros veinticinco centímetros, segundo

tramo, de cuatro metros cuarenta centímetros, tercer tramo, distancia

de tres metros cincuenta centímetros, colinda en todos los tramos con

Catalina Pleitez y en el último tramo se llega al esquinero noroeste y

es donde se comenzó y termina la presente descripción. El inmueble

anteriormente descrito se encuentra inscrito bajo el NUMERO VEIN-

TIUNO LIBRO CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS de Propiedad

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del

Centro de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, y el que ha sido

valorado en la cantidad de VEINTE MIL OCHOCIENTOS TREINTA

Y SEIS DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintidós días de diciembre del

dos mil nueve.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Lic. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F035660-3

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2009096305

No. de Presentación: 20090128142

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ARISTIDES VELASQUEZ PERLA, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS DE ORIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identifi cado como Hospital de Especiali-dades Nuestra Señora de la Paz, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE PUBLICIDAD.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F035555-3

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2009096225

No. de Presentación: 20090128023

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra coMaLLi y diseño, que se traduce al castellano en comal, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS PARA PROVEER ALIMENTOS Y BEBIDAS; HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000238-3

No. de Expediente: 2009096229

No. de Presentación: 20090128028

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA

IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Sábado en familia y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES,

PROGRAMAS DE TELEVISION Y RADIO. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000240-3

No. de Expediente: 2009095755

No. de Presentación: 20090127175

CLASE: 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS

DUEÑAS MORAN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

DUMO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

abrevia: DUMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión CINCO / CUARTOS y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCCION DE MATERIAL VISUAL PUBLICITARIO, ELABORACION DE BROCHURE. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIO PROFESIONAL DE FOTOGRAFÍA DIGITAL. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000242-3

No. de Expediente: 2009098170

No. de Presentación: 20090131296

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Clean Service y diseño, que se traducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean Service aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE LIMPIEZA. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000253-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2009096226

No. de Presentación: 20090128024

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión tAbu'S, que servirá para: AMPARAR: REVISTA MASCULINA, PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTOS MATERIALES, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIALES DE ENCUADERNA-CION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMEN-TOS) PARA LA PAPELERIA; MATERIALES DE INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS). Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000239-3

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION No. 2129/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Departamento de San Miguel a MARÍA SANDRA MACHADO RIVERA, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028735)

RESOLUCION No. 2130/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Diecisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo LICEO AMERICANO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo LICEO AMERICANO, Departamento de San Salvador a FRANCISCO ANTONIO HERNANDEZ ARCE, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F029681)

RESOLUCION No. 2131/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENENDEZ, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1989, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se

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ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Departamento de San Miguel a FRENEÉ MARISOL RODRÍGUEZ TURCIOS C/P FRINÉ MARISOL TURCIOS GONZÁLEZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028747)

RESOLUCION No. 2132/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 1989, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel a DAYSI MARISOL PORTILLO PORTILLO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028763)

RESOLUCION No. 2133/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo LICEO BRITANICO, Departamento de Usulután, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO BRITANICO, Departamento de Usulután a PEDRO FAUSTO ESCOBAR MEDRANO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028752)

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RESOLUCION No. 2134/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador a RAMON ERNESTO PINEDA QUIJANO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028760)

RESOLUCION No. 2135/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARISTICO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARISTICO, Departamento de San Salvador a DIGNA BEATRIZ ARGUETA CUBIAS, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028759)

RESOLUCION No. 2136/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CENTRO AMERICA, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 20 de noviembre de 1986, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática - Física obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CENTRO AMÉRICA, Departamento de Sonsonate a ANA MARIA GARCIA ALEMÁN, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028771)

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

RESOLUCION No. 2137/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, De-partamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de enero de 1995, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de San Salvador a ROXANA MARTINEZ ARGOTE, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028803)

RESOLUCION No. 2139/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Miguel a SONIA EDITH PEREZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F028965)

RESOLUCION No. 2141/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-chiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE FATIMA, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE FATIMA, Departamento de La Libertad a KAREN ELIZABETH TURCIOS ALVARADO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.

(Registro No. F029054)

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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

RESOLUCION No. 2144/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002,

y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico

favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana a ANDREA CELESTE ORTIZ HERRERA, para

los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F032084)

RESOLUCION No. 2145/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002,

y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico

favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana a LIGIA MARINA ORTIZ HERRERA, para los

efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F032083)

RESOLUCION No. 2147/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO CAMILO CAMPOS, Departamento de San Salvador, extendido con

fecha 15 de noviembre de 1985, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se

ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO CAMILO CAMPOS,

Departamento de San Salvador a FLORENCIA ELVIRA MENJIVAR RAMIREZ, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en

el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F031192)

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

RESOLUCION No. 2150/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CANTÓN EL COCO, Departamento de Santa Ana, extendido con

fecha 09 de enero de 2009, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CANTÓN EL COCO, Departamento de Santa

Ana a WENDI LIZETH BARRERA CASTILLO, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029537)

RESOLUCION No. 2151/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JORGE, Departamento de San Miguel, extendido con fecha

20 de diciembre de 2002, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JORGE, Departamento de San Miguel

a XIOMARA LISSETTE VASQUEZ PEREZ, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029370)

RESOLUCION No. 2152/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Departamento de Santa Ana, extendido con

fecha 22 de enero de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA

ANA, Departamento de Santa Ana a WILLIAM ALEXANDER ALFARO AGUILAR, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución

en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029411)

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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.

RESOLUCION No. 2154/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título

de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San

Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-

lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel a HILDA MARGARITA CHÁVEZ QUINTANILLA, para los efectos

de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029433)

RESOLUCION No. 2155/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO SAN JOSE, Departamento de

La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo

COMPLEJO EDUCATIVO CATOLICO SAN JOSE, Departamento de La Libertad a GRISELDA ZULEIMA GANUZA GALAN, para los efectos

de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029444)

RESOLUCION No. 2156/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Departamento

de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a

la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Departamento de La Libertad a ELENILSON FRANCIS ALVARENGA HENRÍQUEZ,

para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029465)

RESOLUCION No. 2157/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-

chiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento

de San Salvador, extendido con fecha 22 de enero de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Computación obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador a BLANCA LUISA MEDINA GUEVARA, para los

efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029499)

RESOLUCION No. 2158/2009

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO EL SALVADOR, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha

15 de noviembre de 1985, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO EL SALVADOR, De-

partamento de Santa Ana a CARLOTA ELIZABETH TICAS ROSALES, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario

Ofi cial.

RICARDO AQUILES DIAZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F029606)

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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