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Diciembre, 2010
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Proyecto Prospección Alfa
INF
OR
ME
Número de Informe: 109 215 3023
Preparado para:
Sumitomo Metal Mining Chile Ltda. Av. Isidora Goyenechea 3477 Las Condes
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº de Informe: 109 215 3023 i
ÍNDICE
1.0 ANTECEDENTES GENERALES ............................................................................................................................... 1
2.0 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ............................................................................................................................. 5
2.1 Descripción General Prospección Proyecto Alfa .......................................................................................... 5
2.2 Fase de Construcción ................................................................................................................................... 8
2.2.1 Componentes .......................................................................................................................................... 8
2.2.2 Actividades de Construcción ................................................................................................................... 9
2.3 Fase de Operación ..................................................................................................................................... 10
2.3.1 Actividades de Operación ..................................................................................................................... 10
2.4 Fase de Cierre ............................................................................................................................................ 13
2.4.1 Componentes ........................................................................................................................................ 13
2.4.2 Actividades de Cierre ............................................................................................................................ 13
2.5 Insumos requeridos por el proyecto ............................................................................................................ 13
2.6 Rutas y Flujos Vehiculares del proyecto ..................................................................................................... 15
2.7 Emisiones, Descargas y Residuos ............................................................................................................. 16
2.7.1 Identificación de los Tipos de Emisiones .............................................................................................. 16
2.7.2 Emisiones a la Atmósfera ..................................................................................................................... 16
2.7.2.1 Emisiones Etapa de Construcción ..................................................................................................... 17
2.7.2.2 Emisiones Etapa de Operación ......................................................................................................... 17
2.7.3 Efluentes Líquidos................................................................................................................................. 18
2.7.4 Residuos Sólidos .................................................................................................................................. 18
2.7.5 Ruido y Vibraciones .............................................................................................................................. 19
2.7.6 Formas de Energía ............................................................................................................................... 21
3.0 CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL ........................................................................................................................ 22
3.1 Introducción ................................................................................................................................................ 22
3.2 Clima .......................................................................................................................................................... 22
3.3 Medio biótico............................................................................................................................................... 23
3.3.1 Fauna .................................................................................................................................................... 23
3.3.2 Flora y vegetación ................................................................................................................................. 26
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº de Informe: 109 215 3023 ii
3.3.3 Aspectos culturales ............................................................................................................................... 29
4.0 ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO NO REQUIERE PRESENTAR UN EIA ..................... 32
4.1 Introducción ................................................................................................................................................ 32
4.2 Análisis de la Existencia de Riesgo Para la Salud de la Población ............................................................ 32
4.3 Análisis de la Existencia de Efectos Adversos Sobre los Recursos Naturales Renovables ....................... 36
4.4 Análisis de la Existencia de Reasentamiento de Comunidades Humanas o Alteración Significativa de
los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos ......................................................................... 41
4.5 Análisis de Localización en o Próxima a Sistemas Protegidos ................................................................... 42
4.6 Análisis de la Existencia de Alteración Significativa del Valor Paisajístico o Turístico ................................ 43
4.7 Análisis de la Existencia de Alteración del Patrimonio Cultural .................................................................. 44
4.8 Conclusiones .............................................................................................................................................. 45
5.0 ANTECEDENTES NECESARIOS PARA DETERMINAR QUE EL IMPACTO AMBIENTAL QUE GENERA EL
PROYECTO SE AJUSTA A LAS NORMAS AMBIENTALES VIGENTES .............................................................. 46
5.1 Antecedentes Generales ............................................................................................................................ 46
5.2 Normativa Legal Ambiental Aplicable al Proyecto ...................................................................................... 46
5.2.1 Normativa ambiental de carácter general ............................................................................................. 47
5.2.1.1 Constitución Política de la República (1980) ..................................................................................... 47
5.2.1.2 Ley N° 19.300, Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417
que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio
Ambiente. .......................................................................................................................................... 48
5.2.1.3 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ......................................................... 49
5.2.2 Aire ........................................................................................................................................................ 50
5.2.3 Ruido ..................................................................................................................................................... 55
5.2.4 Contaminación Lumínica ....................................................................................................................... 57
5.2.5 Agua potable ......................................................................................................................................... 58
5.2.6 Aguas servidas ..................................................................................................................................... 60
5.2.7 Seguridad Minera .................................................................................................................................. 62
5.2.8 Residuos Sólidos .................................................................................................................................. 63
5.2.9 Patrimonio Cultural................................................................................................................................ 65
5.2.10 Protección Patrimonio Fitosanitario....................................................................................................... 66
5.2.11 Flora y Vegetación ................................................................................................................................ 67
5.2.12 Fauna .................................................................................................................................................... 69
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº de Informe: 109 215 3023 iii
5.2.13 Combustibles y sustancias peligrosas .................................................................................................. 71
5.2.14 Vialidad y Transporte ............................................................................................................................ 73
5.2.15 Ordenamiento Territorial ....................................................................................................................... 75
6.0 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES APLICABLES AL PROYECTO ...................................................... 76
6.1 Aplicabilidad al proyecto de los permisos ambientales sectoriales ............................................................. 76
7.0 RELACIÓN DEL PROYECTO CON PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL Y COMUNAL .. 88
7.1 Estrategia Regional de Desarrollo Región de Coquimbo al 2020 ............................................................... 88
7.2 Plan de Desarrollo Comunal La Higuera .................................................................................................... 94
8.0 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS ................................................................................................ 97
9.0 FIRMA DE LA DECLARACIÓN ............................................................................................................................... 98
TABLAS
Tabla 1: Coordenadas de los vértices del área del proyecto............................................................................................... 2
Tabla 2: Localización de sondajes ejecutados durante fase de exploración (1)
................................................................... 6
Tabla 3: Maquinaria a utilizar en la fase de construcción. ................................................................................................... 9
Tabla 4: Maquinaria a utilizar en la etapa de operación. ................................................................................................... 12
Tabla 5: Insumos requeridos por el proyecto .................................................................................................................... 14
Tabla 6: Rutas fluos vehiculares fases de construcción, operación y cierre. .................................................................... 15
Tabla 7: Estimación de emisiones de MP10 etapa de construcción. ................................................................................ 17
Tabla 8: Estimación de gases etapa de construcción. ...................................................................................................... 17
Tabla 9: Estimación de emisiones de MP10 etapa de operación. ..................................................................................... 17
Tabla 10: Estimación de Gases, Etapa de Operación. ...................................................................................................... 18
Tabla 11: Residuos sólidos generados durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. ................... 19
Tabla 12: Niveles de potencia sonora LW, en dBA, utilizados en la modelación de ruido. ............................................... 19
Tabla 13: Cantidad y periodo de uso de fuentes de ruido y vibraciones. .......................................................................... 20
Tabla 14: Niveles de ruido proyectados para distintas etapas del proyecto. ..................................................................... 20
Tabla 15: Niveles de vibraciones proyectados para distintas etapas del proyecto. ........................................................... 21
Tabla 16: Estado de conservación de las especies observadas en el área del proyecto. ................................................. 26
Tabla 17: Superficie y porcentaje por formaciones vegetales presentes en el área de estudio. ....................................... 27
Tabla 18: Número de familias y especies por división taxonómica. .................................................................................. 27
Tabla 19: Sitios arqueológicos encontrados en el área del proyecto ................................................................................ 30
Tabla 20: Valores de concentración de MP10 y gases para etapa de construcción. ........................................................ 52
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº de Informe: 109 215 3023 iv
Tabla 21: Comparación niveles proyectados de ruido con máximos permitidos para fuentes fijas. Etapa de construcción. .................................................................................................................................................... 56
Tabla 22: Comparación niveles proyectados de ruido con máximos permitidos para fuentes fijas. Etapa de operación. . 56
Tabla 23: Estado de conservación de las especies observadas en el área del proyecto .................................................. 70
Tabla 24: Identificación de los Permisos Ambientales Sectoriales Aplicables al Proyecto................................................ 76
Tabla 25: Lineamientos estratégicos y objetivos específicos de la Estrategia de Desarrollo Regional de Coquimbo ....... 89
Tabla 26: Objetivos estratégicos y Línea de Acción PLADECO La Higuera ..................................................................... 95
FIGURAS
Figura 1: Localización de área de proyecto......................................................................................................................... 3
Figura 2: Ubicación de los sondajes en el área del proyecto. ............................................................................................. 7
Figura 3: Numero de especies según forma de vida ......................................................................................................... 28
Figura 4: Numero de especies por tipo biológico según origen geográfico ....................................................................... 29
Figura 5: Ubicación sitios en área de estudio proyecto ..................................................................................................... 31
Figura 6: Valores MP10 Etapa de operación. .................................................................................................................... 53
ANEXOS
Anexo A Hoja de Seguridad Petróleo Diesel
Anexo B Procedimiento Carga de Combustible
Anexo C Hojas de Seguridad Aditivos
Anexo D Estimación de Emisiones y Modelación de Dispersión DIA Proyecto Alfa
Anexo E Estudio Ruido y Vibraciones DIA Proyecto Alfa
Anexo F Estudio de Fauna DIA Proyecto Alfa
Anexo G Estudio de Flora y Vegetación DIA Proyecto Alfa
Anexo H Estudio de Arqueología DIA Proyecto Alfa
Anexo I Certificado de entrega de documentación para aprobación de sistema de agua potable y alcantarillado
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 1
1.0 ANTECEDENTES GENERALES
Identificación del Titular
Nombre o razón social Sumitomo Metal Mining Chile Ltda.
RUT 76.005.488-7
Domicilio Av. Isidora Goyenechea 3477, Oficina 151, Las Condes, Santiago, Chile
Nº teléfono (56 2) 362 9250
Nº fax (56 2) 362 9289
Representante Legal Junichi Yamagata
RUT 22.658.808-6
Domicilio Av. Isidora Goyenechea 3477, Oficina 151, Las Condes, Santiago, Chile
Correo electrónico [email protected]
Identificación del Proyecto
Nombre del proyecto Proyecto de Prospección Alfa
Objetivo general del proyecto
Realizar actividades de prospección conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales del proyecto Alfa, es decir, actividades necesarias para la caracterización del yacimiento con el fin de establecer un plan minero.
Tipología de Proyecto (letra / artículo / Ley o reglamento)
El proyecto presentado a través de la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) consiste en una prospección minera. Este proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en virtud de lo establecido por el literal i, del artículo 10 de la Ley 19.300
1 y del literal i, del artículo 3º del D.S. 95/01, del
MINSEGPRES, a saber:
i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles.
Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los planes mineros, en los cuales se basa la explotación programada de un yacimiento.
1 Modificada por Ley 20.417 que crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 2
Monto de Inversión y Vida Útil
Monto de inversión USD 10.000.000
Vida útil 2 años
Plazo estimado de inicio Abril, 2011
Localización del Proyecto, Acceso y Justificación
El proyecto se localizará en la Región de Coquimbo, Provincia del Elqui, Comuna de La Higuera,
aproximadamente a 120 km al norte de la ciudad de La Serena (Figura 1). El terreno en donde se desarrollará
el proyecto pertenece a una comunidad agrícola con la cual se estableció una servidumbre minera de
ocupación y tránsito lo que permitió la actividad de exploración por parte de SUMITOMO METAL MINING
CHILE LTDA. (SUMITOMO) en una superficie de 13.000 hectáreas controladas por la compañía. SUMITOMO
realizó exploraciones mineras con el propósito de descubrir, caracterizar, delimitar y estimar el potencial de la
concentración de sustancias minerales, que eventualmente pudieren dar origen a un proyecto de desarrollo
minero. En conformidad con los resultados de estas exploraciones, SUMITOMO planea, realizar actividades de
prospección en su propiedad, cuya superficie total es de aproximadamente 1.054,6 há. (Tabla 1, Figura 1).
El acceso al área del proyecto se realiza desde La Serena hacia el oriente por la ruta 41, aproximadamente en
el km 30 existe un cruce denominado Marquesa-Talcuna, en el cual se debe tomar la ruta D-215 hacia el norte.
Al llegar al cruce con el camino a Condoriaco se debe seguir por la ruta D-275 en dirección oriente unos 15 km
aproximadamente hasta donde se encuentra el área donde se desarrollará el proyecto (Figura 1).
La localización del proyecto en esta área se debe a que antecedentes geológicos disponibles, sondajes y
laboreos mineros antiguos, evidencian la existencia de un yacimiento minero y estos mismos antecedentes se
han considerado para ubicar las plataformas de sondajes de prospección.
Tabla 1: Coordenadas de los vértices del área del proyecto.
Coordenadas UTM Datum WGS84 - Huso 19S
Vértice Este Norte
1 336.836 6.726.160
2 339.265 6.726.032
3 339.703 6.725.649
4 334.927 6.721.612
5 334.571 6.721.996
6 335.338 6.725.101
3
21
6
54
335000
3350
00
340000
3400
00
6720000 6720000
6725000 6725000
1:50.000109 215 3023
LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO
SUMITOMODIA DE PROSPECCIÓN ALFA
CHEQUEOREVISO
DIBUJODISENOPROYECTO N°. ARCHIVO N°.
ESCALA
PROYECTO
TITULO
FIGURA 1REV.
0 1 20,5Km
Datum WGS84Sistema de Coordenadas UTMHuso 19SFondo: Imagen Google Earth Pro
SIMBOLOGÍA
0
M.B.A.A.
J.R.DIC. 2010DIC. 2010
DIC. 2010
VICUÑA
SERON
FRAGUA
MOJADAHURTADO
VERGARA
PIRITAS
DAMASCAL
EL MOLLEMARQUESA
PELICANA
GUALCUNA
LAS GUIAS
LA LAGUNAMORRILLOS
ALGARROBO
PERALILLO
ALMENDRAL
LAS JUNTAS
MIRAFLORESSAN CARLOS
LA HIGUERA
LA CAMPANA
CONDORIACO
AGUA GRANDE
ROMERAL ALTO
LA CORTADERA
LAS PERDICES
GUALLIGUAICA
LOS QUEMADOS
LA POLVAREDA
PIEDRAS BLANCAS
ALMIRANTE LATORRE
Chile
³X:\
109\2
15_3
023_
PROY
ECTO
_ALP
HA\2_
MXD\
Loca
lizac
ion_A
lfa_R
ev_0
.mxd
La Higuera
REPÚ
BLICA
DE AR
GENT
INA
O C
É A N
O P
A C
Í F I C
O
III REGIÓN DE ATACAMA
V REGIÓN DE VALPARAÍSO
³
VérticeÁrea de estudio
BORRADORJ.R. DIC. 2010
Este Norte1 336.836 6.726.1602 339.265 6.726.0323 339.703 6.725.6494 334.927 6.721.6125 334.571 6.721.9966 335.338 6.725.101
Vértce Coordendas UTM - WGS84
E
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 4
Superficie del Proyecto
Las pertenencias mineras controladas por SUMITOMO comprenden en total una superficie aproximada de 13.000 ha. Dentro de esta propiedad, se desarrollarán las actividades de sondajes de prospección, en particular la habilitación de plataformas (Tabla 1), las que abarcarán una superficie de 1.054,6 ha (Figura 1).
Cada plataforma ocupará en forma temporal una superficie de 0,09 ha (aproximadamente 30 x 30 m). En base a
los antecedentes disponibles se estima la ejecución de alrededor de 80 sondajes, por lo tanto, la superficie total
ocupada por las plataformas de sondaje se calcula del orden de 7,2 ha.
Cabe señalar que todos los sondajes a realizar en la etapa de prospección serán ejecutados al interior del área
estudiada en esta DIA, asegurando de esta forma el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al
proyecto.
Cronograma del Proyecto
Las actividades de la fase de prospección se realizarán en un periodo de 2 años, iniciándose una vez que se haya obtenida la aprobación ambiental. Este periodo incluye las actividades de habilitación de obras (plataformas, piscinas, etc.), operación (ejecución de los sondajes, análisis de muestras, estudios geológicos), y de cierre (rehabilitación de áreas intervenidas).
Cabe señalar que si bien las etapas del proyecto se desarrollarán en forma paralela durante los dos años de
vida útil del proyecto, las actividades de cada etapa se desarrollarán en forma independiente. Esto significa que
la mano de obra que labore en el proyecto, se concentrará en determinados turnos de trabajo, en forma
exclusiva a ejecutar actividades de construcción, operación, o cierre; por ende, no habrá traslape entre etapas
del proyecto.
La fecha de inicio del proyecto está supeditada a la aprobación ambiental del proyecto.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27
Construcción
Operación
Cierre
Etapa
Proyecto
Año 2012 Año 2013
Mes Mes
Año 2011
Mes
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 5
2.0 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Esta sección tiene por finalidad facilitar la comprensión del proyecto en evaluación. Para ello, en la sección 2.1
se presenta una descripción general de las obras y actividades que involucra el proyecto. El detalle de los
aspectos de habilitación de obras, operación y cierre se presentan en las secciones 2.2, 2.3 y 2.4,
respectivamente.
2.1 Descripción General Prospección Proyecto Alfa
Durante los años 2011 al 2013 SUMITOMO proyecta efectuar un programa de prospección geológica
consistente en un máximo de 80 sondajes. Durante la etapa de exploración, se han realizado 15 sondajes
(Tabla 2, Figura 2). En función de los resultados que se obtengan de los estudios geológicos y de los análisis de
las muestras de estos 15 sondajes, se determinará la localización de los restantes 80 sondajes, los que serán
ubicados al interior del área de proyecto.
Previo a la ejecución de cada sondaje se contempla la habilitación de sitio, consistente en actividades de
nivelación del terreno y construcción de la plataforma de sondaje. Sobre esta plataforma se instalará la
maquinaria de perforación y excavarán las piscinas de decantación de lodos.
Los sondajes serán realizados a través de sistema de diamantina y de aire reverso (ver sección 2.3, fase de
operación). Las profundidades de perforación variarán entre los 200 m y 1.000 m de profundidad, teniendo
como promedio 500 m de profundidad, de acuerdo a las características geológicas de la roca del sector. Los
testigos extraídos serán clasificados, cortados, estudiados, muestreados y almacenados. Las muestras
seleccionadas serán enviadas a laboratorios especializados para su análisis. Finalmente, se procederá al cierre
del sondaje y la rehabilitación del área donde se instaló la plataforma.
Los trabajos de habilitación (plataforma, piscinas, etc.), perforación del sondaje y cierre de obras, corresponden
a un ciclo que se repetirá a lo largo de la vida del proyecto, cada vez que se ejecute un nuevo sondaje. Se
estima la ejecución de un máximo de 2 sondajes en forma simultánea, dependiendo de la disponibilidad de
maquinaria y de las características del área.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 6
Tabla 2: Localización de sondajes ejecutados durante fase de exploración (1)
Nº Sondaje
Coordenadas UTM H19S (Datum WGS84) Nº Sondaje
Coordenadas UTM H19S (Datum WGS84)
Este Norte Este Norte
1 TA10DH_001 338.548 6.725.289 9 TA10DH_009 338.810 6.725.409
2 TA10DH_002 338.978 6.725.618 10 TA10DH_010 337.804 6.724.447
3 TA10DH_003 339.314 6.725.892 11 AC10DH_001 336.116 6.725.123
4 TA10DH_004 338.234 6.725.355 12 AC10DH_002 336.021 6.725.297
5 TA10DH_005 338.583 6.724.921 13 AC10DH_003 335.923 6.724.354
6 TA10DH_006 338.990 6.725.035 14 AC10DH_004 335.803 6.725.242
7 TA10DH_007 338.606 6.725.586 15 AC10DH_005 335.808 6.723.993
8 TA10DH_008 338.918 6.725.719
(1) La localización del resto de los sondajes al interior del área del proyecto se definirá en función de los resultados que vayan arrojando los
sondajes previamente localizados.
0 250 500 750125Metros
REGIÓN DE COQUIMBO - PROVINCIA DEL ELQUICOMUNA DE LA HIGUERA
III REGIÓN DE ATACAMA
III REGIÓN DE COQUIMBO
La Higuera
O C É
A N O
P A
C Í F
I C O
REPÚ
BLICA
DE AR
GENT
INA
E
REFERENCIA BORRADORDatum: WGS84 Proyección: UTM Huso 19SImagen Base: Google Earth Pro
1:20.000109 215 3023
LOCALIZACIÓNSONDAJES
SUMITOMODIA DE PROSPECCIÓN ALFA
CHEQUEOREVISODIBUJODISENOPROYECTO N°. ARCHIVO N°.
ESCALA
PROYECTO
TITULO
FIGURA 2REV.J.R.
J.R.M.B.A.A.
DIC. 10DIC. 10DIC. 10DIC. 10
01 de 1
SIMBOLOGÍA
!A SondajeÁrea de estudio
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
!A
Qda. del Caballo
Qda. Las Cha cras
AC10DH_005
AC10DH_004
AC10DH_003
AC10DH_002
TA10DH_010
TA10DH_009
TA10DH_008TA10DH_007
TA10DH_006TA10DH_005
TA10DH_004
TA10DH_003
TA10DH_002
TA10DH_001
AC10DH_ 001
334000
3340
00
335000
3350
00
336000
3360
00
337000
3370
00
338000
3380
00
339000
3390
00
340000
3400
00
6722000 6722000
6723000 6723000
6724000 6724000
6725000 6725000
6726000 6726000
³X:\
109\2
15_3
023_
PROY
ECTO
_ALP
HA\2_
MXD\
Sond
ajes_
Alfa_
Rev_
0.mxd
Qd a. de Chaucho
Este NorteTA10DH_001 338.548 6.725.289TA10DH_002 338.978 6.725.618TA10DH_003 339.314 6.725.892TA10DH_004 338.234 6.725.355TA10DH_005 338.583 6.724.921TA10DH_006 338.990 6.725.035TA10DH_007 338.606 6.725.586TA10DH_008 338.918 6.725.719TA10DH_009 338.810 6.725.409TA10DH_010 337.804 6.724.447AC10DH_ 001 336.116 6.725.123AC10DH_002 336.021 6.725.297AC10DH_003 335.923 6.724.354AC10DH_004 335.803 6.725.242AC10DH_005 335.808 6.723.993
Coordenadas UTM - WGS84Sondaje
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 8
2.2 Fase de Construcción
La Fase de Construcción comprende actividades de habilitación de plataformas de sondaje y piscinas de
decantación y, la construcción de caminos de acceso y mejora de caminos internos existentes. A continuación
se presenta la información asociada a:
a) componentes u obras del proyecto; y
b) actividades de construcción.
Todas las actividades constructivas relacionadas con el proyecto se ajustarán a la reglamentación técnica y
ambiental vigente en Chile sobre la materia.
2.2.1 Componentes
Plataformas de perforación
La construcción de las plataformas será realizada teniendo en cuenta las características del terreno, por lo
que en muchos casos sólo será necesario el aplanamiento para el posicionamiento del equipo. Las
plataformas tendrán una dimensión aproximada de 20 m x 30 m (0,06 ha) en el caso del sondaje con Aire
Reverso y de aproximadamente 30 m x 30 m de superficie (0,09 ha) en el caso del sondaje con
Diamantina. Se estima un volumen máximo de movimiento de tierra para habilitación de las plataformas de
140.000 m3, estimando 40.000 m
3 para la habilitación de plataformas de diamantina y 100.000 m
3 para las
plataformas a utilizarse para los sondajes con sistema de aire reverso (RC).
Piscinas de almacenamiento de agua y decantación de lodos
En cada plataforma de sondaje se construirán 2 piscinas para el almacenamiento de agua y decantación
de lodos. Estas tendrán dimensiones máximas de 4 m largo x 4 m ancho y 1,5 m de profundidad. Su
construcción será realizada por una retroexcavadora. El material removido será depositado a un costado
de la plataforma, de manera de utilizarlo en las actividades de cierre.
El volumen total de excavación para las piscinas de los 80 sondajes proyectados se estima en 3.840 m3
(considerando 2 piscinas en cada uno).
Obras Anexas
Las obras necesarias para el desarrollo del proyecto de prospección durante su etapa de construcción, las
cuales también serán usadas en las fases de operación y cierre, corresponderán a oficinas, testigoteca,
bodega de materiales, entre otros, los cuales se ubicarán al interior del área de estudio del proyecto. Por lo
tanto, para la ejecución de éste sólo se intervendrán zonas que se encuentran al interior del área donde se
emplazará la prospección.
Estas obras anexas estarán compuestas por las siguientes dependencias:
Contenedor para oficinas, que servirán para el trabajo de los supervisores y geólogos de
terreno, principalmente;
Zonas de estacionamiento para vehículos y maquinarias;
Bodegas de almacenamiento de materiales;
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Testigoteca;
Contenedor casino, el cual cumplirá con las disposiciones establecidas en el D.S. N° 594/99.
Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), la cual estará compuesta por una etapa de
pretratamiento por medio de una cámara desgrasadora y un tratamiento por medio de dos fosas
sépticas, y tendrá una capacidad aproximada de tratamiento de 4,5 m3/día.
Campamento
Se utilizarán las actuales instalaciones de campamento construido para la etapa de exploración llevada a
cabo. Estos consisten en containers-habitaciones que poseerán una capacidad para 30 personas.
Caminos de servicio
El acceso a las plataformas se realizará tanto por el camino principal existente, que en caso de ser
necesario será mejorado y perfilado, como a través de caminos a desarrollar, los cuales se estiman en 10
km de longitud, con un ancho promedio de 4 metros.
2.2.2 Actividades de Construcción
Las principales actividades relacionadas con la fase de construcción serán las siguientes:
Movimientos de tierra y compactación: Considera el mejoramiento y perfilado de caminos existentes, de
manera de facilitar el tránsito de las maquinarias y vehículos entre los sondajes y, desde y hacia el
campamento.
Asimismo, en cada sector de sondaje se realizará la limpieza del terreno (de posibles basuras), nivelación
de superficie (plataformas) y excavaciones necesarias (piscinas), con el fin de adecuar la topografía del
terreno a las especificaciones técnicas para la realización de los sondajes. Estos movimientos de tierra
involucrarán el uso de maquinaria pesada como bulldozers y retroexcavadoras. Adicionalmente, se
utilizarán camionetas para el transporte de personal (Tabla 3).
Humectación de caminos: Durante esta etapa se humectarán los caminos por medio de camiones aljibe
que utilizarán agua industrial proveniente desde el Embalse Puclaro.
Transporte de insumos, materiales, equipos y maquinaria: El transporte de insumos y materiales,
corresponden al suministro de agua industrial, agua potable, combustible y lubricantes. Estos se
transportarán en camiones adecuados para el tipo de material que corresponda y cumpliendo con la
normativa ambiental vigente.
Los flujos vehiculares asociados a la etapa de construcción se detallan en la sección 2.2.4 Rutas y Flujos
Vehiculares.
Tabla 3: Maquinaria a utilizar en la fase de construcción.
Maquinaria Cantidad
Bulldozer 2
Retroexcavadora 1
Camión Aljibe 2
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Maquinaria Cantidad
Camionetas 15
Motoniveladora 1
Mantención de equipos y maquinaria de construcción: Comprende las actividades propias de la
mantención de equipos y maquinaria para su adecuado funcionamiento. Estas actividades serán
realizadas por empresas contratistas a cargo de la habilitación de las plataformas, en lugares habilitados
fuera del área del proyecto y según las indicaciones y frecuencias especificadas por los fabricantes.
Contratación de mano de obra: Se estima necesario un máximo de 60 trabajadores (personal de
SUMITOMO y contratista), trabajando en turnos de 10x5, por lo tanto en faena se considera la mitad de
esta dotación (30 trabajadores en turnos de día).
2.3 Fase de Operación
La Fase de Operación corresponde a la realización de los trabajos de perforación de sondajes. A continuación
se presenta la información asociada a las actividades de operación.
2.3.1 Actividades de Operación
Recepción y almacenamiento de insumos: La recepción y almacenamiento de insumos corresponde al
suministro de agua potable, combustible, lubricantes, etc., necesarios para las actividades de operación de
la maquinaria que realiza los sondajes. El transporte se realizará en camiones adecuados para el material
que corresponda y cumpliendo con la normativa ambiental vigente. El almacenamiento de estos insumos
se efectuará en las bodegas de insumos de empresas contratistas, ubicadas en sectores funcionales para
esto.
Marcado de punto de perforación e instalación de maquinaria: De forma previa a la instalación de la
maquinaria de sondaje, se procede al marcado del punto de perforación mediante la colocación de una
estaca en el lugar donde se localizará el collar del sondaje, y de dos estacas para marcar el rumbo del
sondaje. Los puntos estacados son georreferenciados, la inclinación del sondaje es medida con equipo de
mano, en tanto que la sonda es nivelada haciendo uso de gatos hidráulicos hasta dejar el cabezal de
perforación frente a la estaca que señala la posición del collar del pozo.
Antes de posicionar la maquinaria de perforación se instalará material impermeable (polietileno), con el fin
de contener eventuales derrames de lubricantes, hidrocarburos, etc., que puedan suceder durante la
ejecución de la perforación. Este material cubrirá el total de la superficie ocupada por la maquinaria,
sobrepasando su contorno en unos 40 cm a 100 cm, considerando además un pretil de tierra, con el fin de
contener el potencial derrame al interior de esta área, evitando así su contacto con el suelo. Una vez
acabada la instalación del material de impermeabilización, la maquinaria de perforación será trasladada
hasta la plataforma.
Perforación de sondajes: Esta actividad corresponde al proceso de perforación de los sondajes
proyectados, para lo cual y según sea el método de perforación seleccionado se utilizará maquinaria de
perforación del tipo de Diamantina (Core Drill), con recuperación de testigos o maquinaria de perforación
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del tipo de Aire Reverso (Reverse Circulation Drill), con recuperación de polvo. En cada punto de sondaje
se realizará una o más perforaciones (método de abanico), lo cual dependerá de los resultados arrojados
por los sondajes desde el inicio del programa. Se considera la operación simultánea de un máximo de 2
máquinas de sondaje, las actividades de perforación se realizarán en jornada continua de 24 horas.
A continuación se describen los métodos de perforación a utilizar:
a) Método Diamantina (Core Drill): El método de perforación “Diamantina” permite obtener una muestra
geológica precisa y representativa del medio geológico mediante la extracción de un “testigo” continuo de
roca para su posterior análisis.
La perforación se inicia con la instalación y posicionamiento del collar de sondajes, para proseguir
mediante una corona diamantada instalada en la punta de la columna de perforación. A esta columna se le
aplica una carga, rotación e inyección de fluidos, correspondiente a aditivos de perforación como bentonita
y agua de uso industrial, lo que permite el corte de la roca y la posterior recuperación del cilindro central o
“testigo”. El agua inyectada en la perforación se evacua hacia la piscina de decantación, desde donde se
recirculará hacia los sondajes.
Durante las perforaciones, y dependiendo de las condiciones geológicas, se utilizarán aditivos selladores
(ver hojas de seguridad en Anexo C) que serán mezclados con el agua inyectada, y tienen por función
mejorar la recuperación de los testigos, estabilizar las paredes del pozo, sellar zonas donde se pierde la
circulación de fluido, y sellar total o parcialmente el pozo. Se exigirá el uso de aditivos biodegradables. El
agua mezcalada con tierra y aditivos producto de las perforaciones será almacenada en piscinas de
almacenamiento y decantanción, la cual posteriormente será reutilizada para las próximas perforaciones.
Cada tres metros de avance del corte de la corona se procederá a extraer el barril porta testigo hacia la
superficie. Una vez extraídas las muestras, estas serán depositadas en cajas individuales e identificadas,
luego serán cortadas longitudinalmente en dos partes, una de las cuales será destinada a las pruebas
geotécnicas, metalúrgicas y químicas, y la otra será almacenada por SUMITOMO en la testigoteca.
En el caso que durante las perforaciones alumbren niveles freáticos se procederá a la detención inmediata
de la perforación, para luego proceder a su confinamiento mediante las mismas barras de perforación, para
finalmente sellarse al término de la perforación.
b) Método Aire Reverso (Reverse Circulation Drill): Los sistemas de sondajes de Aire Reverso permiten
recuperar una muestra de polvo, las cuales son representativas del medio geológico del pozo de sondaje.
Al igual que con el método de Diamantina, se inicia con la instalación y posicionamiento del collar de
sondajes, en el lugar previamente establecido y demarcado en su rumbo. Se prosigue con la perforación
mediante el martillo o tricono, el cual, mediante percusión y rotación, va moliendo la roca (cutting). El
sondaje de Aire Reverso obtiene las muestras inyectando aire por el espacio que se produce entre la
pared interior de la barra y la pared exterior de la cánula interior por donde sube la muestra. Según las
condiciones del terreno este tipo de perforación puede realizarse con presencia de agua o en seco. En el
caso de que la perforación requiera el uso de agua, ésta tendrá el mismo proceso que en el método de
Diamantina, es decir, se depositará en las piscinas de decantación, para su posterior recirculación.
Dependiendo de las condiciones geológicas, estas perforaciones pueden requerir aditivos, los que serán
mezclados con el agua inyectada y tienen por función mejorar la recuperación de los testigos, estabilizar
las paredes del pozo, sellar zonas donde se pierde la circulación de fluido, y sellar total o parcialmente el
pozo. Las muestras obtenidas serán divididas en bolsas de igual peso, una para análisis geotécnicos,
metalúrgicos y químicos, y la otra para ser almacenada en la testigoteca de SUMITOMO.
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En caso que durante las perforaciones alumbren niveles freáticos, se procederá a su confinamiento
mediante las mismas barras de perforación, para finalmente sellarse al término de la perforación.
La Tabla 4 presenta la maquinaria a utilizar en la etapa de operación.
Tabla 4: Maquinaria a utilizar en la etapa de operación.
Maquinaria Cantidad Tipo
Maquinaria de Perforación 2 -
Camiones para el traslado de maquinaria 1 Camión de apoyo plano
Camión de combustible 1 Camión aljibe
Camión agua industrial 2 Camión aljibe
Camión de transporte de muestras 1 Camión ¾
Camionetas transporte personal 15 Camionetas doble cabina
La maquinaria de perforación será trasladada por el contratista cumpliendo los requisitos establecidos por
Res. Nº1/95 del MINTRATEL, que establece dimensiones máximas a los vehículos. El transporte de
maquinaria y equipos para este proyecto no requerirá camiones de dimensiones especiales.
Cabe señalar que el consumo de agua para las actividades de sondaje será mínima considerando que se
utilizará agua recirculada desde las piscinas de almacenamiento y decantación que se construirán para el
desarrollo de las perforaciones.
Recirculación de agua en piscinas de decantación: El agua mezclada con tierra y aditivos
biodegradables que se almacene en las piscinas de decantación será bombeada a un camión aljibe para
luego ser reutilizada en otra actividad de sondaje. Tal como se indicó precedentemente, esta actividad
permitirá bajar considerablemente el consumo de agua industrial que requerirá el proyecto.
Cabe señalar que no se considera el uso de sistemas de impermeabilización (geomembranas o geotextil)
en las piscinas de decantación del proyecto. Lo anterior debido a que los agentes a utilizar en el proceso
serán no contaminantes, es decir, se utilizará aditivos biodegradables para el proceso de perforación. El
efluente que se descargue en las piscinas corresponderá a una mezcla de agua con baja proporción de
tierra y aditivo biodegradable.
Teniendo en consideración lo indicado en el párrafo anterior, SUMITOMO revisará los aditivos a utilizar en
el proceso de perforación. El uso de aditivos biodegradables será una condición de contrato para los
contratistas correspondientes.
Mantención de equipos y maquinaria de operación: Comprende las actividades propias de la
mantención de los equipos y maquinaria, para su adecuado funcionamiento. La mantención será realizada
por el personal contratista a cargo de las labores de sondaje. Para la mantención de los equipos se
procederá de acuerdo a los manuales de operación y mantenimiento proporcionados por los fabricantes.
Se utilizarán criterios ambientales para prevenir derrames accidentales.
Contratación de mano de obra: La mano de obra utilizada en esta etapa será de 60 trabajadores,
distribuidos en turnos de 10x5, la misma requerida para las etapas de construcción y cierre.
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2.4 Fase de Cierre
A continuación se presenta una descripción general de las obras y actividades necesarias para el cierre de las
actividades de prospección.
2.4.1 Componentes
La fase de cierre tiene por objetivo el reacondicionamiento de los lugares intervenidos por los sondajes,
otorgando al terreno características similares a las iniciales. Esta fase se llevará a cabo al finalizar las
actividades de sondaje en cada plataforma.
2.4.2 Actividades de Cierre
Las principales actividades relacionadas con la fase de cierre corresponden a:
Retiro de la maquinaria de sondaje: Una vez terminado el sondaje se procederá al retiro y traslado de la
maquinaria de perforación hasta otra nueva plataforma. Se retirará el material impermeable colocado bajo
la maquinaria y todo residuo del lugar. En el caso que exista material contaminado será levantado y
trasladado hasta su disposición final por una empresa contratista autorizada.
Reacondicionamiento del terreno: Esta actividad considera el relleno de las piscinas de decantación. en
caso de que la piscina presente algún porcentaje de fracción líquida, esta situación no reviste de mayores
inconvenientes debido a que el contenido es biodegradable. Para este fin se utilizará el material excavado
durante su construcción, el cual será depositado dentro de las piscinas. De este modo el terreno
recuperará sus características originales. Se estima que se restituirán alrededor de 7.000 m3 de tierra. Las
superficies que queden luego del cierre, serán físicamente estables.
Limpieza del área de perforación de manera general: Corresponde al retiro de toda basura, escombro o
desperdicio que pudiese quedar en el terreno, los cuales una vez retirados, serán dispuestos de acuerdo a
su tipo.
Cierre de Sondajes Los sondajes serán cubiertos mediante la instalación de un tubo de PVC con tapa.
Cada sondaje se identificará de acuerdo a la numeración de terreno preestablecida, los que serán
señalizados mediante letreros.
Contratación de mano de obra: La mano de obra utilizada en esta etapa será la misma que será utilizada
en la etapa de construcción y operación.
2.5 Insumos requeridos por el proyecto
A continuación (Tabla 5) se presentan los insumos que requerirá el proyecto para sus distintas fases.
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Tabla 5: Insumos requeridos por el proyecto
Insumos Uso Cantidad Máxima
Proyecto
Combustible
Necesario para el funcionamiento de equipos y maquinarias de construcción y perforación. El combustible (ver hoja de seguridad en Anexo A) será almacenado en un estanque con capacidad de 20 m
3. El suministro de combustible se realizará
mediante un camión-estanque en terreno, el cual contará con la autorización correspondiente. La carga y descarga del combustible estará regulada por los procedimientos internos de SUMITOMO de abastecimiento de combustible (ver Documentos en Anexo B).
50 m3/mes
Agua Potable
El agua potable disponible para las tres fases del proyecto será de 100 l/pers∙día de acuerdo a lo establecido por la autoridad sanitaria.
(1)
El agua potable para consumo humano se abastecerá a través de bidones de agua purificada, los cuales serán traídos desde la ciudad de La Serena semanalmente o según la necesidad de las personas quienes laboren en la faena minera. Para su distribución se utilizará un dispositivo de dosificación proporcionado por el mismo proveedor.
El agua potable necesaria para aseo personal, baños, lavado de platos, etc., se almacenará en dos estanques de acumulación con tapa, de 3.500 y 2.500 litros respectivamente, los cuales serán abastecidos de agua desde el Embalse Puclaro, en la comuna de Vicuña. El llenado de los estanques se realizará cada vez que sea necesario por medio de camión aljibe.
3,0 m3/día
Agua Industrial
Necesaria para humectación mediante camiones aljibe de los caminos de servicio a utilizar en el proyecto, específicamente de aquellos que se localicen cercanos al casino. El agua será obtenida drenando aguas acumuladas en laboreo minero anegado ubicado en la Localidad de Condoriaco. Fuente alternativa de suministro de agua es Puclaro (Junta de Vigilancia del Río Elqui).
Cabe señalar que durante la etapa de operación, el agua que se almacene en las piscinas de decantación será recirculada por medio de camiones aljibe hacia las máquinas de sondajes que requieran de agua, por tal razón se estima un consumo bajo de agua industrial.
1.800 m3/mes
Aditivos de perforación
Necesarios para la perforación de sondajes. Corresponden a aditivos en forma de polvo o gel.
Los aditivos (ver hojas de seguridad en Anexo C) utilizados serán almacenados en una bodega especial, en contenedores cerrados, en un lugar seco y con un extintor de polvo seco, tal como exigen los estándares de seguridad para este tipo de productos.
20 l/día (aditivos líquidos) (gel)
500 kg/día (aditivos en
polvo)
Lubricante Necesario para el funcionamiento de la maquinaria de perforación. En las actividades de mantención o cambio de
70 l /máquina /semana
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Insumos Uso Cantidad Máxima
Proyecto
lubricantes de la maquinaria de perforación se tomarán los resguardos necesarios para evitar cualquier potencial derrame. El resto de los vehículos livianos y camiones realizarán sus mantenciones en talleres autorizados fuera de las faenas de SUMITOMO.
Geotextil Necesario para la impermeabilización del suelo en los lugares donde se situará la maquinaria de perforación.
(2)
90 m2
(1) El mes de máximo empleo trabajarán en forma simultánea aproximadamente 30 personas por lo que el volumen total de agua potable
durante dicho período será de 3,0 m3/día.
(2) Se estima una carpeta de 30 m
2 por plataforma, la cual podrá ser reutilizada en otros sondajes. Se considera el uso de un total de 2 a 3
carpetas de 30 m2 cada una para el conjunto de sondajes proyectados
2.6 Rutas y Flujos Vehiculares del proyecto
A continuación (Tabla 6) se presentan las rutas a utilizar y flujos vehiculares estimados para el desarrollo del
proyecto.
Tabla 6: Rutas fluos vehiculares fases de construcción, operación y cierre.
Componente Rutas Flujos vehiculares
Insumos
Para el transporte de insumos, los vehículos provendrán desde La Serena, por la ruta 41, en el km 30 cruce Marquesa-Talcuna tomará la ruta D-215 hacia el norte. Al llegar al cruce con el camino a Condoriaco seguirán por la ruta D-275 en dirección oriente unos 15 km aproximadamente donde ingresará al área del proyecto.
• 5 viajes/mes en camiones de 10 m
3 de capacidad (combustible).
• 2 viajes/mes (lubricantes)
• 1 viaje/mes en camiones de
5.000 Kg de capacidad (aditivos).
• 1 viaje / año (geotextil)
Personal del proyecto
El personal se hospedará en el campamento habilitado en el área del proyecto. Durante los cambios de turnos semanales se trasladará al personal desde la faena minera a la ciudad de La Serena a través del mismo trayecto a realizar para el transporte de insumos. El transporte del personal se realizará en camionetas 4x4 de propiedad de SUMITOMO.
10 viajes/semana
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2.7 Emisiones, Descargas y Residuos
2.7.1 Identificación de los Tipos de Emisiones
Durante la habilitación, operación y cierre de los sondajes se generarán las siguientes emisiones, descargas y
residuos:
Material particulado: Producto del movimiento de tierra y el tránsito de camiones y maquinaria.
Gases: Causado por funcionamiento de maquinaria y equipos motorizados.
Ruido y vibraciones: Producto de la operación de equipos de movimiento de tierras como por ejemplo
retroexcavadoras, motoniveladoras y equipos de perforación del tipo diamantina y aire reverso.
Residuos industriales líquidos: No se generarán debido a que todos los flujos de agua serán
recirculados en el proyecto, principalmente para las actividades de sondajes.
Aguas servidas: Generadas por el personal en el campamento habilitado para su alojamiento y casino.
Residuos sólidos peligrosos: Corresponden a residuos generados durante las actividades de
mantención o reparación de maquinaria, tales como: aceite usado, envases con resto de lubricantes, etc.
Residuos industriales sólidos no peligrosos: Restos de plásticos, cartones, envases metálicos no
contaminados.
Residuos domésticos: Generados por el personal en el campamento habilitado para su alojamiento,
oficinas y casino.
Tal como se indicó en la sección 1.0 (Cronograma del proyecto), si bien las etapas del proyecto se desarrollarán
en forma paralela durante los dos años de vida útil del proyecto, las actividades de cada etapa se desarrollarán
en forma independiente, esto es, la mano de obra que labore en el proyecto, se concentrará en determinados
turnos de trabajo, en forma exclusiva a actividades de construcción, operación, o cierre; por ende, no habrá
traslape entre etapas del proyecto.
2.7.2 Emisiones a la Atmósfera
Durante la habilitación, operación y cierre de los sondajes las actividades de movimientos de tierra, circulación
de vehículos, funcionamiento de maquinarias y de equipos motorizados emitirán material particulado y gases.
Las emisiones de material particulado y gases serán temporales en los distintos sectores donde se ejecuten las
actividades de prospección. Estas emisiones se minimizarán a través de la implementación de las siguientes
medidas de control:
Humectación de caminos internos con mayor circulación, cercanos al campamento.
Aplicación de estabilizante (Bischofita) en el tramo de la ruta D-275 por la cual se accede al área del
proyecto.
Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones estrictamente necesarias, de modo de minimizar la
emisión de partículas en las faenas de movimiento de tierras.
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Mantención periódica de la maquinaria y vehículos utilizados en la faena, a fin de reducir sus emisiones a
la atmósfera, lo cual será constatado mediante la exigencia de la revisión técnica al día.
Cumplimiento de la velocidad máxima establecida en los procedimientos de manejo de SUMITOMO. La
velocidad máxima de desplazamiento en caminos de tierra, de acuerdo al procedimiento de manejo de
SUMITOMO, será de 40 km/hr, lo cual será reforzado mediante la instalación de la señalética respectiva
junto con inducciones al personal.
Los camiones que transporten los materiales de construcción del proyecto y los desechos, deberán ser
habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas de material;
Se mantendrá un nivel de carga hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva; y El transporte de los materiales que producen polvo se efectuará con la sección de carga de los
camiones tapada con lonas, de manera de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales sólidos o líquidos.
2.7.2.1 Emisiones Etapa de Construcción
Las emisiones totales de MP10 para la etapa de construcción (Tabla 7 y Tabla 8), se estiman por un valor de
0,8022 (kg/h), siendo la excavación y nivelación de sondajes la actividad más relevante.
Tabla 7: Estimación de emisiones de MP10 etapa de construcción.
Actividades Emisiones (kg/h)
Escarpe 0,0001
Excavación y nivelación sondaje 0,4668
Circulación de vehículos por caminos no pavimentados 0,1350
Motores Vehículos 0,0012
Motores Maquinaria 0,1992
EMISIONES TOTALES 0,8022
Tabla 8: Estimación de gases etapa de construcción.
Compuesto Emisiones (kg/h)
CO 0,6905
NOx 1,8023
2.7.2.2 Emisiones Etapa de Operación
Las emisiones totales de MP10 para la etapa de operación (Tabla 9 y Tabla 10), se estiman en 0,9660 (kg/h),
siendo el aporte por la emisión de los motores de maquinarias el más relevante.
Tabla 9: Estimación de emisiones de MP10 etapa de operación.
Actividades Emisiones (kg/d)
Circulación de vehículos por caminos no pavimentados 0,0119
Perforaciones 0,0922
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Actividades Emisiones (kg/d)
Motores vehículos 0,0009
Motores maquinaria 0,8610
EMISIONES TOTALES 0,9660
Tabla 10: Estimación de Gases, Etapa de Operación.
Compuesto Emisiones (kg/h)
CO 2,3689
NOx 10,0690
En conclusión, en el escenario más conservador, es decir de máxima actividad durante la etapa de operación,
en caso de que se desarrollen en forma simultánea 2 sondajes diamantinos; se estima una emisión máxima de
MP10 de 0,9660 (kg/h) (Documento “Estimación de Emisiones Aire DIA Proyecto Alfa”, Anexo D).
2.7.3 Efluentes Líquidos
Las aguas servidas generadas durante las etapas de habilitación, operación y cierre, estimadas en 3,0 m3/día,
serán manejadas de acuerdo a la implementación de una planta de tratamiento; así como también; mediante el
uso de baños químicos.
Se proyecta un sistema de pre tratamiento de aguas servidas el cual consistirá en la instalación de una cámara
desgrasadora, y a continuación un tratamiento biológico de dos fosas sépticas de 6.000 y 3.000 lt cada una, y
finalmente una cancha de infiltración por medio de drenes. La Planta a implementar poseerá una capacidad de
tratamiento de 4,5 m3/día.
Cabe señalar que a la fecha 08 de Octubre de 2010 se inició la tramitación para obtener la autorización sanitaria
de los proyectos de agua potable y sistema de alcantarillado del proyecto Alfa) (Ver Anexo I), documento en el
cual se dan los detalles constructivos de esta Planta.
2.7.4 Residuos Sólidos
Durante las etapas de construcción, operación y cierre, se generarán residuos sólidos industriales peligrosos y
no peligrosos y residuos domésticos.
Residuos sólidos no peligrosos: Los residuos no peligrosos, corresponden principalmente a restos de fierros,
madera, plásticos, etc. Se estima un volumen máximo aproximado de 15 m3/mes. (Tabla 11).
Residuos industriales peligrosos: Corresponden a residuos industriales peligrosos (aceites usados, baterías,
envases con restos de aceite, etc.). Se estima un volumen máximo aproximado de 2 m3 cada dos meses de
contenedores de lubricantes y 200 kg/mes de trapos y bolsas. (Tabla 11).
Residuos sólidos domésticos: Los residuos domésticos corresponden principalmente a materia orgánica y a
basuras no peligrosas generadas por el personal de construcción, envases, papel, plásticos, etc. Se estima un
volumen máximo aproximado de 42 kg/día de basuras domésticas (considerando 30 trabajadores por turno
diario y una tasa de 1,4 kg/día). (Tabla 11).
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Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados en forma temporal, para luego ser retirados por una
empresa autorizada para ser dispuestos en un sitio autorizado.
Los residuos industriales peligrosos serán almacenados en forma temporal en compartimentos herméticos, los
cuales serán manejados y retirados del lugar por una empresa autorizada, para luego ser transportados hacia
un sitio autorizado de disposición final.
Finalmente, los residuos domésticos generados durante las etapas de construcción, operación y cierre serán
depositados en contenedores de forma transitoria, para luego ser recolectados por el sistema de recolección de
la Municipalidad de La Higuera o La Serena.
Tabla 11: Residuos sólidos generados durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.
Residuo Contenido Volumen
Residuos industriales peligrosos
Trapos para limpieza de máquinas 70 (kg/mes)
Envases de aditivos (fase de operación) 0,4 (m3/mes)
Tambores de lubricantes (fase de operación) 3 tambores de 0,2 m
3
cada dos meses
Sacos de aditivos (fase de operación) 120 (kg/mes)
Residuos industriales no peligrosos Restos de embalaje, plásticos, maderas, cartón, metálicas, etc.
15 (m3/mes)
Residuos sólidos domésticos Basura orgánica, latas, plásticos, papel, etc. 42 (kg/día)
2.7.5 Ruido y Vibraciones
El aumento de ruido, medido en términos del nivel de presión sonora equivalente (NPSeq), durante las fases de
construcción, operación y cierre está básicamente ligado a la operación de equipos de movimiento de tierras,
tránsito vehicular y funcionamiento de la maquinaria de perforación.
Los niveles de potencia sonora LW utilizados en las modelaciones de ruido (Documento “Estudio Ruido y
Vibraciones DIA Proyecto Alfa”, Anexo E) para las etapas de construcción y operación del proyecto bajo
escenario crítico o desfavorable (fuentes simultáneas) corresponden a valores registrados en terreno de
perforadora y maquinaria de construcción, los cuales se entregan a continuación.
Tabla 12: Niveles de potencia sonora LW, en dBA, utilizados en la modelación de ruido.
Fuente 63 125 250 500 1k 2k 4k 8k LW
Máquina perforadora 72 82 99 101 105 106 101 93 110
Excavadora 81 89 95 99 96 96 89 86 103
Bulldozer 82 95 95 98 100 99 98 93 106
Motoniveladora 85 89 96 101 104 104 97 83 109
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Tabla 13: Cantidad y periodo de uso de fuentes de ruido y vibraciones.
Fuente Cantidad por sector
(escenario desfavorable) Periodo de uso Etapa
Máquina perforadora 2 diurno y nocturno operación
Excavadora 1 diurno construcción
Bulldozer 2 diurno construcción
Motoniveladora 1 diurno construcción
Vehículos 5 pesados + 15 livianos diurno operación
Para el análisis de las emisiones de ruido y vibraciones, es importante destacar que el proyecto se emplazará
en una zona donde actualmente se desarrollan faenas de exploración mineras. El receptor más cercano
corresponde a una casa localizada en el área del proyecto (Punto receptor N° 1,Tabla 14).
De acuerdo a la modelación realizada la cual se basó en la normativa de propagación del campo sonoro ISO
96132 y el uso del software CadnaA v3.7, que incorpora todas las variables físicas de geomorfología y forma de
las fuentes sonoras, el nivel máximo de ruido en los receptores más cercanos, durante las actividades de
perforación de sondajes varían entre 31,7 y 37,0 dB(A) en horario diurno, al igual que para horario nocturno
(Tabla 14). Las emisiones de ruido durante las etapas de construcción y cierre, corresponderán principalmente
a las generadas por la circulación vehicular, siendo éstas mínimas y locales (Comparación niveles proyectados
de ruido de flujo vehicular con valores límites OPB 814.41, Tabla 15 y Documento “Estudio Ruido y Vibraciones
DIA Proyecto Alfa”, Anexo E).
Los niveles de ruido proyectados para cada etapa del proyecto, en los receptores cercanos al mismo, se
entregan a continuación en la siguiente tabla.
Tabla 14: Niveles de ruido proyectados para distintas etapas del proyecto.
Punto receptor Escenario Distancia (m) NPS en dBA
1
construcción 804 31,2
perforación 850 37,0
flujo vehicular 80 38,1
2
construcción 1.257 25,6
perforación 1.263 31,7
flujo vehicular 1.352 14,1
3 flujo vehicular 10 47,0
4 flujo vehicular 15 46,5
Por otra parte, las actividades de perforación generan niveles de vibraciones en las cercanías de una actividad
de sondaje. De acuerdo al análisis realizado (Documento “Estudio Ruido y Vibraciones Proyecto DIA Alfa”,
Anexo E) los valores de vibración a 20 m de un sondaje son menores a los 50 dBv (Tabla 15). En Chile no
2 ISO 9613 Parte I y II “Atenuación de sonido durante propagación al aire libre”.
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existen normas legales para vibraciones máximas. Generalmente, el rango de nivel de vibraciones (Lv) de
interés es desde 50 a 100 dBv, aproximadamente. El umbral de percepción humana es de aproximadamente 65
dBv3.
Tabla 15: Niveles de vibraciones proyectados para distintas etapas del proyecto.
Punto receptor Escenario Distancia (m) LV VdB
1
Construcción 804 26,3
Perforación 850 <10
flujo vehicular 80 22,8
2
Construcción 1.257 20,5
Perforación 1.263 <10
flujo vehicular 1.352 <10
3 flujo vehicular 10 49,9
4 flujo vehicular 15 44,6
2.7.6 Formas de Energía
El proyecto no contempla la generación de emisiones de ninguna forma de energía, en sus fases de
habilitación, operación y cierre.
3 Office of Planning and Environment Federal Transit Administration. 2006. Transit Noise and Vibration Impact Assessment; FTA-VA-90-
1003-06 May 2006.
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3.0 CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL
3.1 Introducción
Los estudios realizados para el proyecto de Prospección Alfa son los siguientes:
Medio Físico: señala los componentes característicos de la localidad en donde se emplaza el proyecto en
función del clima.
Medio Biótico: señala la caracterización de las especies de fauna, flora y vegetación pertenecientes al área
de estudio del proyecto. La descripción de este medio corresponde principalmente a la presentación de las
especies de flora y vegetación más representativas del sector y estado de conservación, en lo que
respecta a fauna se presentan los organismos avistados en terreno durante la campaña de terreno.
Medio Socio-cultural: señala la caracterización de aspectos culturales y patrimoniales presentes en el área
de estudio del proyecto.
3.2 Clima
El proyecto se localiza en la región de Coquimbo, provincia del Elqui, comuna de La Higuera, aproximadamente
a 120 km al nororiente de la ciudad de La Serena.
El clima de la Región de Coquimbo se define como estepárico-mediterráneo con nubosidad abundante en la costa. Geográficamente se presenta entre los ríos Copiapó y Aconcagua. En general es marcadamente estacional, siendo los meses más cálidos enero y febrero, y el más frío julio. Las temperaturas medias anuales bordean entre los 9 y 18 ºC, y las precipitaciones se presentan de manera irregular, existiendo un déficit hídrico casi permanente. Sin embargo, cada cierto número de años se quiebra esta tendencia debido a la influencia del fenómeno climatológico y oceanográfico denominado "ENSO" (El Niño Southern Oscillation), el cual genera precipitaciones abundantes, algunas de las cuales pueden volverse catastróficas para la zona. Por otro lado, durante el período normal de lluvias (entre abril y septiembre), ocurre el 95% de las precipitaciones anuales. El restante 5% cae normalmente durante el período octubre-marzo. El proyecto se ubica dentro de la zona climática “de estepa con gran sequedad atmosférica”, mediterránea en la región, sin influencia oceánica directa y donde las precipitaciones invernales atenúan en algo los rasgos desérticos. Las características principales de este tipo de clima son cielos predominantemente despejados, baja humedad relativa, temperaturas elevadas durante el día debido a que ocupa una zona dentro o sobre la capa de inversión térmicas, aunque en las noches las temperaturas descienden bastante. La amplitud térmica diaria es del orden de 18ºC a 20ºC, lo que equivale al doble o triple de la amplitud térmica registrada en la costa. Las precipitaciones medias anuales del área de emplazamiento del proyecto, varían en de 75 a 100 mm. Las tasas de evaporación superan en más del 60% las precipitaciones medias anuales, debido a la influencia directa de los vientos, los que tienden a ser estacionales (soplan desde el SW, mayormente en los meses de la segunda mitad del invierno y de la primavera) y presentan frecuencias e intensidades del 52%, siendo superiores a los 7 nudos la mayor parte del año. Lo anterior, producto de la influencia del Anticiclón del Pacífico Sur Oriental (la diferencia de campos de presión entre el Anticiclón mencionado y la Depresión Continental) y de la Orografía.
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3.3 Medio biótico
3.3.1 Fauna
Entre los días 13 al 15 de septiembre, 2010, el especialista en fauna Sr. Iván Lazo realizó la campaña de
terreno para el estudio del medio biótico fauna del presente proyecto.
Como resultado del Estudio de Fauna (ver Anexo F), se determinaron cuatro grandes tipos de hábitat: matorral
denso de quebrada, matorral de varilla, matorral de ladera y matorral de ladera rocosa.
Matorral denso de quebrada (Fotografía 1): es un hábitat con vegetación esclerófila, varilla y algunas
cactáceas (véase Anexo G de Flora y Vegetación), con cobertura vegetal relativa de alrededor del 50%,
con alturas que no sobrepasan los 2 m.
Matorral de varilla (Fotografía 2): básicamente un hábitat de vegetación más bien xerofítica, dominado
principalmente por adesmias, entre otras; con coberturas vegetales relativas entre un 25 a un 50%, con
alturas no mayores a los 120 cm.
Matorral de ladera (Fotografía 3): se trata de un hábitat dominado por varillas, pero de menor cobertura
vegetal (menos del 20%), ubicado preferentemente en laderas de exposición ecuatorial, con alturas
máximas de 60 cm.
Matorral ladera rocosa (Fotografía 4): se trata de un hábitat dominado por varillas, pero de menor
cobertura vegetal (menos del 10%), ubicado preferentemente en laderas de exposición ecuatorial, con
alturas máximas de 40 cm y con presencia de roca. Riscos (Fotografía 7) es un hábitat que se encuentra
en un corte del terreno, usualmente con galerías, ya sea naturales o excavadas por animales,
prácticamente sin vegetación asociada.
Fotografía 1: Matorral denso de quebrada Fotografía 2: Matorral de varilla
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Fotografía 3: Matorral de ladera Fotografía 4: Matorral ladera rocosa
La fauna detectada en el área de estudio se distribuyen en estos cuatro hábitats de manera disímil. Es así como
la mayor representación de riqueza específica estuvo presente en el hábitat de matorral denso de quebrada y
matorral de varilla, con 25 especies cada uno. El matorral de ladera presentó una riqueza intermedia con 17
especies, mientras que el matorral de ladera rocosa fue el más pobre en cuanto a la presencia de vertebrados
con 11 especies.
Tanto el matorral denso de quebrada como el de varilla, ofrecen una mayor heterogeneidad a la comunidad
animal que sustentan, tanto en arquitectura vegetal, como en refugios o recursos alimentarios (complejidad
estructural), a diferencia de lo observado en los matorrales de ladera, y por lo tanto restringido a especies más
especializadas en su uso.
En la campaña de campo realizada, se identificaron 34 especies. De ellas, 26 especies son aves (Fotografía 9 y
Fotografía 10), cuatro especies son mamíferos (uno de ellos introducido) (Fotografía 5, Fotografía 6, Fotografía
7 y Fotografía 11) y cuatro reptiles (Fotografía 7 y Fotografía 8).
La mayoría de las especies son nativas (33) y nueve especies son endémicas de Chile. Solo para 21 especies
se pudo establecer su residencia permanente en el área del proyecto, del resto (13 especies) no hay
antecedentes que permitan aseverar esta condición.
Fotografía 5 Ratón orejudo de Darwin Fotografía 6: Zorro chilla (cámara automática)
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Fotografía 7: Liolaemus platei Fotografía 8: Liolaemus nitidus
Fotografía 9: Rara Fotografía 10: Tenca
Fotografía 11: Huella de felino (puma o gato montes).
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En el área del proyecto se ha determinado la presencia de siete especies con problemas de conservación
(Tabla 16). De ellas, cuatro son reptiles, un ave y dos mamíferos. Entre estas especies se detectaron, dos en la
categoría en Peligro: el Tricahue (Fotografía 12) y el Cururo (Fotografía 13).
Tabla 16: Estado de conservación de las especies observadas en el área del proyecto.
Nombre Científico Nombre común Categoría Conservación
Decreto Supremo
Liolaemus atacamensis Lagartija de Atacama
Rara D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus bisignatus Lagartija de dos manchas
Rara D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus nitidus Lagarto nítido Vulnerable D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus platei Lagartija de Plate Fuera de Peligro D.S. Nº5 MINAGRI
Cyanoliseus patagonus Tricahue En Peligro D.S. 151 MINSEGPRES 2007
Pseudalopex griseus Zorro chilla o gris Inadecuadamente Conocida
D.S. Nº5 MINAGRI
Spalacopus cyanus Cururo En Peligro D.S. Nº5 MINAGRI
Fotografía 12: Tricahue Fotografía 13: Cururo
3.3.2 Flora y vegetación
Entre los días 16 al 18 de agosto, 2010, el especialista en flora y vegetación Sr. René Bustamante realizó la
campaña de terreno para el estudio del medio biótico flora y vegetación del presente proyecto.
Como resultado del Estudio de Flora y Vegetación (Anexo G) en el área de estudio del proyecto se definieron
cuatro formaciones vegetales y 18 tipos vegetacionales, agrupadas en 88 unidades cartográficas.
Respecto a la vegetación del área de estudio, ésta se caracteriza por presentar un importante grado de
intervención antrópica a partir de la ganadería extensiva y la producción de carbón, lo que ha determinado que
la mayoría de las especies arbustivas sean de baja altura y no exceden el metro. Otra característica del área es
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el tipo de vegetación herbácea que existe, correspondiendo exclusivamente a una pradera estacional y de baja
cobertura, ya que sólo en determinadas circunstancias es superior al 50%, debido principalmente al
sobrepastoreo a través de los años, lo que ha determinado una disminución paulatina del material reproductivo
(semillas) y por lo tanto de la germinación y posterior recolonización de estas áreas.
Tabla 17: Superficie y porcentaje por formaciones vegetales presentes en el área de estudio.
Formación vegetal Superficie (ha) Participación porcentual
Praderas 37,3 3,5
Matorral 636,8 60,5
Matorral pradera 301,5 28,6
Pradera con matorral 40,1 3,8
Zona denudada 37,4 3,5
Zona habitacional 1,4 0,1
Total 1.054,6 100
Fuente: elaboración propia.
Durante la campaña de terreno, en el área de estudio se detectaron un total de 83 especies de plantas
vasculares, pertenecientes a las divisiones taxonómicas Pteridophytas, Pinophyta y Magnoliophytas, ésta última
con los ordenes Magnoliopsida y Liliopsida, el total específico se encuentra agrupado en 38 familias botánicas
(Tabla 18).
Tabla 18: Número de familias y especies por división taxonómica.
División taxonômica Familias Especies
Número Porcentaje Número Porcentaje
Pteridophyta 1 2,6 1 1,2
Pinophyta 1 2,6 2 2,4
Magnoliophyta (Magnoliopsida) 31 81,6 72 86,7
Magnoliophyta (Liliopsida) 5 13,2 8 9,6
Total 38 100 83 100
Para el área de estudio, la flora detectada durante la campaña de terreno, se encuentra conformada por 83
entidades, de las cuales 48 (57,8%) son hierbas, 26 (31,3% del total) son arbustos, cinco son árboles (6,0%) y
cuatro (4,8%) son suculentas. En la Figura 3, se grafica el número de especies según forma de vida.
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Figura 3: Numero de especies según forma de vida
Del total de especies detectadas, 56 son de origen nativo, es decir un 67,5% de la flora total detectada en esta
campaña. De este total 21 son nativas no endémicas, equivalentes a un 25,3% y 35 entidades es decir un
42,2% son nativas endémicas.
De las nativas no endémicas, 11 especies (52,4%) son arbustos, siete (33,3%) son hierbas y tres (14,3%) son
árboles. En cambio, las nativas endémicas se encuentran representadas con 35 especies, de éstas las hierbas
se encuentran presentes con 19 especies (54,3%), con 12 (34,3%) lo hacen los arbustos y con cuatro (20,5%)
las suculentas.
Respecto a las especies introducidas, en el área se detectó un total de 10 entidades (12,0%), de las cuales
ochos (80,0%) son hierbas y dos (20,0%) son árboles. A un total de 17 especies (20,5%) no se le asigno
origen, por cuanto a la fecha de la visita éstas no presentaban estructuras reproductivas (flores y/o frutos) que
permitiesen su correcta determinación, correspondiendo 14 (82,4%) a hierbas y tres (17,6%) a arbustos.
En la Figura 4 se grafica en número de especies según tipo biológico agrupadas por origen geográfico.
5
26
48
4
0
10
20
30
40
50
60
Árbol Arbusto Hierba Suculento
Forma de vida
Núm
ero
de e
specie
s
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Figura 4: Numero de especies por tipo biológico según origen geográfico
De acuerdo a los listados publicados en los Decretos Supremos N° 151/2007, N° 50/2008 y N° 51/2008 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile, dos especies se
encuentra citada en algunas de las categorías de conservación utilizadas por estos documentos,
correspondiendo a Krameria cistoidea declarada Vulnerable en el Libros Rojo de la Flora Terrestre de Chile y
Fuera de peligro en el D.S. 51/2008. Mientras que el género Prosopis (Prosopis flexuosa) se cita como
vulnerable en el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile.
3.3.3 Aspectos culturales
Como resultado del estudio de Arqueología (Anexo H) realizado en el área de estudio del proyecto se registró la
presencia de 8 sitios o evidencias arqueológicas, tanto de carácter prehispánico como de época histórica. Los
sitios arqueológicos registrados se denominaron respectivamente como: Alfa 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
Dos de los sitios corresponden a manifestaciones de arte rupestre, un sitio corresponde a una pequeña
dispersión cerámica y cinco sitios están compuestos de estructuras pircadas, cuya función es de viviendas y/o
de corrales, vinculados a antiguas actividades mineras. Las viviendas son cuadrangulares, sin argamasa, con o
sin accesos y con escaso material cultural asociado. Los corrales son subcuadrangulares, sin argamasa, con
puertas de acceso y casi sin material cultural.
El material cultural de las estructuras pircadas está compuesto de basura histórica como latas, alambre, clavos,
vidrio, loza, plásticos, madera, etc., y el material cerámico está representado por cerámica fragmentada, de tipo
monocromo, pasta gruesa y formas que apuntan a ollas grandes o tinajas de época histórica. Estos sitios
corresponden a asentamientos de pirquineros modernos. Los sitios encontrados se resumen en la Tabla 19 a
continuación:
32
1112
3
7
19
8
14
4
0
2
4
6
8
10
12
14
16
18
20
Nativas Endémicas Introducidas Sin Origen
Origen
Núm
ero
de e
specie
s
Árbol Arbusto Hierba Suculentas
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Tabla 19: Sitios arqueológicos encontrados en el área del proyecto
SITIO COORDENADAS (Datum: WGS84) TIPO
Alfa 1 338.360 Este y 6.725.163 Norte Campamento
Alfa 2 337.797 Este y 6.724.663 Norte Estructura Pircada
Alfa 3 336.081 Este y 6.723.224 Norte Estructura Pircada
Alfa 4 336.128 Este y 6.723.145 Norte Estructura Pircada
Alfa 5 337.814 Este y 6.725.149 Norte Estructura Pircada
Alfa 6 335.500 Este y 6.724.806 Norte Estructura Pircada
Alfa 7 335.588 Este y 6.722.332 Norte Petroglifos
Alfa 8 336.062 Este y 6.723.314 Norte Petroglifos
Como era de esperar en un área relativamente escasa de recursos hídricos, casi todos los sitios se encontraron
asociados a cursos de agua, principalmente a las dos más importantes quebradas que cruzan el área del
proyecto Alfa: Quebrada de Chaucho y Quebrada del Caballo.
Fotografía 14 Vista general de Quebrada de Chaucho.
Fotografía 15 Vista general de Quebrada del Caballo.
En la siguiente imagen se observa la ubicación de los sitios registrados en relación al área del proyecto:
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Figura 5: Ubicación sitios en área de estudio proyecto
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4.0 ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO NO REQUIERE PRESENTAR UN EIA
4.1 Introducción
Conforme al artículo 9 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley
20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente,
ambas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los proyectos o actividades enumerados en el
artículo 10 de la Ley, deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), a través de una
Declaración de Impacto Ambiental (DIA), o bien, elaborando un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) si el
proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el
artículo 11 del mismo cuerpo legal.
Similar disposición está contenida en el artículo 4 del D.S. N° 30/97 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N°
95/02 de MINSEGPRES, en el que se señala que el titular de un proyecto o actividad de aquellos comprendidos
en su artículo 3, deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental, salvo que dicho proyecto o actividad
genere algunos de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley de
Bases Generales del Medio Ambiente y en los artículos 5 a 11 del Reglamento del SEIA, en cuyo caso se
deberá presentar un EIA.
Queda así establecido que si no concurren los efectos, características o circunstancias que dan lugar a la
elaboración de un EIA, y estando el proyecto dentro de los que tienen la necesidad de ingresar al SEIA, este
ingreso se hará a través de una DIA, que de acuerdo al artículo 18 de la Ley, será presentada por sus titulares,
bajo la forma de una declaración jurada, en la cual se expresará que se cumple con la normativa ambiental
vigente aplicable al proyecto o actividad.
Finalmente, el artículo 12 bis de la Ley 19.300 considera en su literal b), dentro de las materias contenidas en
toda Declaración de Impacto Ambiental, los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la misma norma legal, que puedan dar origen a la
necesidad de efectuar un EIA.
En este capítulo se realizará el análisis pormenorizado del artículo 11 que la Ley requiere en la presentación de
una DIA, demostrando que el proyecto “Prospección Alfa” no necesita ingresar al SEIA en la forma de un
Estudio de Impacto Ambiental.
A continuación se procederá a revisar cada uno de los numerales señalados, teniendo presente todos los
antecedentes referidos a las actividades a realizar.
4.2 Análisis de la Existencia de Riesgo Para la Salud de la Población
El artículo 11 literal a) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “riesgo para la salud de la población debido a la
cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos” que genera o produce.
A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del SEIA:
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a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales
normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señala en el Artículo Nº 7
del Reglamento del SEIA.
El proyecto cumple con lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes (D.S
N° 146/97, MINSEGPRES), tal cual se señala en el Capítulo 2.5 de la presente DIA (Principales Emisiones,
Descargas y Residuos).
Los efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas durante a las etapas de construcción, operación y
cierre, serán tratados en una planta de tratamiento de aguas servidas, la cual contará con la aprobación de la
autoridad sanitaria. Adicionalmente en el caso del uso de los baños químicos, éstos serán proporcionados por
una empresa autorizada quien además se encargará del mantenimiento y limpieza de los baños químicos y
retiro de desechos, dando cumplimiento a la legislación vigente.
Las emisiones a la atmósfera (Documento “Estimación de Emisiones Aire DIA Proyecto Alfa”, Anexo D), serán
mínimas y de carácter puntual temporal.
b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones
a la atmósfera.
Efluentes líquidos
Aguas servidas durante la construcción, operación y cierre: La composición y concentración de las aguas
servidas generadas por el personal de construcción, operación y cierre será la típica de las aguas servidas
crudas. Se estima una cantidad máxima de 3,0 m3/día. Dadas las características (composición y concentración)
de los efluentes líquidos – aguas servidas sin constituyentes peligrosos; y su manejo y/o tratamiento–, se puede
concluir que dichos efluentes no generarán o presentarán riesgos para la salud de la población.
Emisiones a la atmósfera
Tal como se señala en la Sección 2.5.2 Emisiones a la atmósfera, las actividades de construcción: movimientos
de tierra; circulación de camiones; y funcionamiento de equipos motorizados, emitirán gases y material
particulado. La emisión de material particulado MP10 (partículas de diámetro inferior a 10 μm) durante la etapa
de operación, corresponderá principalmente a los trabajos de excavación y nivelación de plataformas de
sondajes. Se estima que la emisión de material particulado durante la etapa de construcción alcanzará un
máximo de 0,8022 kg/h de MP10 (Documento “Estimación de Emisiones Aire DIA Proyecto Alfa”, Anexo D). La
estimación de gases para la etapa de construcción alcanzará a 0,6905 kg/h de CO y 1,8023 kg/h de NOx.
Todos los vehículos y maquinarias generadores de gases serán sometidos a las pruebas que establece la
legislación vigente para su funcionamiento, de manera que, sus emisiones cumplan con la normativa ambiental
aplicable.
Durante la etapa de operación las emisiones serán principalmente producto del uso de motores de maquinarias
y tránsito vehicular. Se estima que la emisión de material particulado durante la etapa de operación alcanzará
un máximo de 0,9660 kg/h de MP10 (escenario conservador, 2 sondajes operando en forma simultánea)
(Documento “Estimación de Emisiones Aire DIA Proyecto Alfa”, Anexo D). Estas emisiones se minimizarán
mediante la aplicación de medidas de control a la circulación vehicular equivalentes a las utilizadas durante la
fase de construcción y al control de mantención mecánica de maquinarias. La estimación de gases para la
etapa de operación es de 2,3689 kg/h de CO y 10,0690 kg/h de NOx.
Finalmente, durante la etapa de cierre, al igual que durante la construcción, se generarán principalmente por el
movimiento de tierra y tránsito vehicular. Por lo tanto, se estima que la emisión de material particulado durante
la etapa de cierre alcanzará los mismos valores que los presentados para la etapa de construcción, así como
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también las estimaciones de gases. Estas emisiones se minimizarán mediante la aplicación de medidas de
control a la circulación vehicular equivalentes a las utilizadas durante la fase de construcción.
c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la
atmósfera.
Efluentes líquidos
De acuerdo a lo señalado en la Sección 2.5.3 los efluentes líquidos generados por el proyecto corresponden a
aguas servidas tratadas, las cuales serán infiltradas a través de drenes. El proyecto no generará residuos
industriales líquidos.
Aguas servidas: El proyecto generará aproximadamente 3,0 m3/día de aguas servidas, siendo estas tratadas en
una planta de tratamiento de aguas servidas. Adicionalmente para los sitios que se encuentren a más de 75 m
del campamento se dispondrán baños químicos, cuyos efluentes serán retirados por una empresa externa
autorizada.
Emisiones a la atmósfera
Durante la etapa de construcción la frecuencia y duración de las emisiones atmosféricas dependerán del horario
de operación de la actividad o fuente de emisión. Sin embargo, en base a los diversos tipos de fuentes
(movimientos de tierra, circulación de camiones/maquinaria y funcionamiento de equipos motorizados) se
estima una frecuencia diaria durante los periodos en que se realicen estas actividades. Todos los vehículos y
maquinarias generadores de gases serán sometidos a las pruebas que establece la legislación vigente para su
funcionamiento, de manera que sus emisiones cumplan con la normativa ambiental aplicable.
Durante la etapa de operación las emisiones se generarán principalmente por la operación de maquinaria y
circulación vehicular, estas emisiones serán de carácter menor por un periodo tiempo acotado. Su frecuencia y
lugar de emisión dependerán del flujo vehicular, en particular durante los horarios de entrada y salida del
personal.
Finalmente, durante la etapa de cierre, la frecuencia y duración de las emisiones atmosféricas dependerán del
horario de operación de la actividad o fuente de emisión. Sin embargo, se estima una frecuencia diaria durante
los periodos en que en que se realicen estas actividades.
d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.
De acuerdo a lo señalado en la Sección 2.5.4, los residuos sólidos generados durante las fases construcción,
operación y cierre del proyecto corresponden a:
Residuos sólidos domésticos: Los residuos domésticos corresponden principalmente a materia orgánica y a
basuras no peligrosas generadas por el personal de construcción, envases, papel, plásticos, etc. Se estima un
volumen máximo aproximado de 42 kg/día de basuras domésticas (considerando 30 trabajadores por turno
diario y una tasa de 1,4 kg/día).
Residuos sólidos no peligrosos: Los residuos no peligrosos asimilables a domésticos, corresponden
principalmente a restos de fierros, madera, plásticos, etc. Se estima un volumen máximo aproximado de 15
m3/mes.
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Residuos industriales peligrosos: Corresponden a residuos industriales peligrosos (aceites usados, baterías,
envases con restos de aceite, etc.). Se estima un volumen máximo aproximado de 2 m3 cada dos meses de
contenedores de aditivos y lubricantes y 200 kg/mes de trapos y bolsas.
e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.
La frecuencia, duración y lugar del manejo de los residuos sólidos será la siguiente:
Residuos sólidos domésticos: La frecuencia de emisión de estos residuos será diaria, durante la vida útil del
proyecto. Estos serán recolectados y depositados en contenedores herméticos, desde donde serán
transportados para su disposición final por el sistema de recolección municipal de La Higuera o La Serena.
Residuos industriales peligrosos y no peligrosos: La frecuencia de generación de estos residuos será variable,
durante las fases de construcción, operación y cierre. Los residuos serán retirados por una empresa que cuente
con todos los permisos requeridos por la autoridad para la realización de esta tarea, y llevados para su
disposición final a un relleno autorizado.
f) La diferencia entre los niveles estimados de ruido emitido por el proyecto o actividad y el nivel de
ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana
permanente.
La localidad más cercana, Sector Laja, se localiza a aproximadamente 8,5 km del proyecto. Teniendo en
consideración, el nivel de ruido de fondo representativo, los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto
y la distancia entre el proyecto y la localidad es posible señalar que no se percibirá ruido alguno que pueda
generar o presentar riesgo sobre la población de esta localidad (Sección 2.5.5, Ruido y Vibraciones).
Por su parte, en el estudio de ruido (Documento “Estudio Ruido y Vibraciones DIA Proyecto Alfa”, Anexo E) se
identificaron 4 receptores sensibles más cercanos. El nivel de presión sonora que se generará en el área del
receptor más cercano durante la operación del proyecto se estima en 37 dBA (horario diurno y horario
nocturno). La Sección 2.5.5, Ruido y Vibraciones, y el Anexo E (Documento “Estudio Ruido y Vibraciones DIA
Proyecto Alfa”) presenta un análisis detallado del nivel de presión sonora generado por el proyecto y que será
percibido en los distintos receptores sensibles estudiados.
A partir de dicho análisis es posible establecer que el proyecto cumple en todo momento con lo establecido en
el D.S. Nº146/1997 del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia (“Reglamento sobre niveles
máximos permisibles de ruidos molestos generados por fuentes fijas”).
Dado que las diferencias estimadas entre los niveles de ruido del proyecto y los niveles representativos de
fondo serán inferiores a los límites establecidos por la normativa vigente, esto es 10 dB, se concluye que las
emisiones de ruido del proyecto no generarán o presentarán riesgos sobre la salud de la población.
g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad.
El proyecto no generará en las fases de construcción, operación o cierre ninguna forma de energía o radiación
que afecten la salud de las personas.
Las vibraciones generadas por el proyecto estarán por debajo del umbral que puede captar el ser humano
(Sección 2.5.5 Ruido y Vibraciones).
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h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados
por el proyecto o actividad.
El proyecto no generará efectos por la combinación y/o interacción de contaminantes, ya que éstos son
mínimos y no persistentes en el tiempo.
En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará riesgo
para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que
generará o producirá, por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.3 Análisis de la Existencia de Efectos Adversos Sobre los Recursos Naturales Renovables
El artículo 11 literal b) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “efectos adversos significativos sobre la cantidad y
calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire” que genera o produce.
A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del SEIA:
a) Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de
tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el
artículo 7 del presente Reglamento;
Las fases de construcción, operación y cierre del proyecto no generará efectos sobre recursos protegidos por
normas secundarias.Las actividades del proyecto tendrán un impacto limitado, su duración estará acotada a 24
meses de construcción, operación y cierre las actividades generadoras de material particulado y gases serán
bajas.
b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las
emisiones a la atmósfera;
c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la
atmósfera;
Respecto a las letras b y c recién mencionadas, cabe manifestar que la información sobre composición,
peligrosidad, cantidad, concentración, frecuencia, duración y lugar de descarga, tanto para los efluentes líquidos
como para las emisiones a la atmósfera fue presentada en los literales b) y c) del numeral 4.2 del presente
Capítulo.
De acuerdo a las características allí descritas, es posible establecer que el proyecto no generará efectos sobre
los recursos naturales renovables, incluidos el aire, el agua o el suelo producto de estos efluentes y emisiones.
d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos;
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e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos;
Respecto a las letras d y e recién mencionadas, cabe manifestar que la información sobre composición,
peligrosidad, cantidad, concentración, frecuencia, duración y lugar de manejo de los residuos sólidos que el
proyecto generará fue presentada en los literales d) y e) del numeral 4.2 del presente Capítulo.
De acuerdo a las características allí descritas, es posible establecer que el proyecto no generará efectos sobre
los recursos naturales renovables, incluidos el aire, el agua o el suelo producto de estos residuos.
f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de
ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa
asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación;
En la zona de emplazamiento del proyecto no existen hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o
alimentación de la fauna nativa.
El proyecto requiere de la ejecución de actividades generadoras de ruido como sondajes, excavaciones,
movimiento de tierras entre otros. Sin embargo, las emisiones de ruido serán puntuales y concentradas
principalmente en la etapa de operación de las obras siendo menores durante las etapas de construcción y
cierre. En la etapa de operación habrá un ruido rutinario. Dada la regularidad del ruido es esperable la
adaptación de la fauna o su migración a zonas aledañas, las cuales presentan hábitat con las mismas
características presentes en la zona.
g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad;
El proyecto no generará en las fases de construcción, operación y cierre ninguna forma de energía o radiación
que afecten los recursos naturales renovables, incluidos el aire, el agua o el suelo.
h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o
generados por el proyecto o actividad;
No se generarán residuos o efluentes, domésticos o industriales, cuya combinación o interacción con otras
sustancias o entre ellos puedan afectar la calidad o cantidad de los recursos naturales renovables dentro del
área del proyecto.
i) La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la
calidad ambiental de los recursos naturales renovables;
Los recursos naturales renovables presentes en el área del proyecto no se verán afectados por sus actividades
debido a lo puntual de las actividades generadoras de emisiones y a su baja cantidad.
Por otra parte a lo largo de las etapas del proyecto se tomarán medidas de control sobre el material particulado
y gases de combustión, las cuales permitirán que las emisiones a la atmósfera generada por el proyecto sean
de baja concentración, lo que facilitará su dispersión.
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j) La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos
naturales renovables presentes en el área de influencia del proyecto o actividad;
El proyecto no generará emisiones de contaminantes que por su naturaleza y concentración afecten la
capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos suelo y aire que
podrían verse afectados por su ejecución.
k) La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de
intervención y/o explotación;
La vegetación nativa presente en el área del proyecto no será intervenida por las actividades de éste.
l) La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o
explotación;
La fauna silvestre presente en el área del proyecto no será intervenida mayormente, pues de manera natural
tenderá a abandonar las zonas que vayan siendo ocupadas para la ejecución del proyecto. En particular para
las especies de baja movilidad, como reptiles, se realizará un programa de rescate y relocalización. Para
minimizar la perturbación sobre las curureras activas que se detecten se realizarán actividades de perturbación
controlada a las colonias localizadas en sectores que serán ocupados por el proyecto. Este procedimiento
consiste en inducir el abandono de los cururos de la zona de obras del proyecto, mediante intervenciones
puntuales de la superficie del terreno donde se encuentran las colonias activas. Con ello, los ejemplares son
sometidos a un estado de estrés fisiológico, con el fin de provocar una respuesta de huida, pero orientando este
comportamiento en una dirección planificada.
Adicionalmente se realizará una labor de instrucción previa al inicio de las obras de los trabajadores respecto de
la importancia de no intervenir la fauna presente.
m) El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar,
alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de
extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.
Flora y Vegetación
Para el área se han definido cuatro formaciones vegetales, una zona denudada y otras sin vegetación y con 18
tipos vegetacionales, agrupadas en 88 unidades cartográficas.
De estas formaciones, el matorral participa con 60,5%, en segundo lugar se sitúan el matorral pradera con una
participación de 28,6%, luego las praderas con matorral con un 3,8%, posteriormente las zonas denudadas con
3,5%, en quinto lugar las praderas con 3,5%, y finalmente la zona habitacional con un 0,1%.
En cuanto a la flora, en el área se detectaron 83 especies de flora vascular, pertenecientes a tres divisiones
taxonómicas y 38 familias botánicas. De las cuales 56 (67,5%) son nativas, 10 (12,0%) son introducidas y a 17
(20,5%) no se le asignó origen. Respecto a la forma de vida el 57,8% son hierbas, un 31,3% son arbustos, el
6,0% corresponden a árboles y el 4,8% son suculentas.
De acuerdo a los listados publicados en los Decretos Supremos N° 151/2007, N° 50/2008 y N° 51/2008 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile, dos especies se
encuentra citada en algunas de las categorías de conservación utilizadas por estos documentos,
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correspondiendo a Krameria cistoidea (Pacul) declarada Vulnerable en el Libros Rojo de la Flora Terrestre de
Chile y Fuera de peligro en el DS 51/2008. Mientras que el género Prosopis (Prosopis flexuosa, Algarrobo
dulce) se cita como vulnerable en el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile.
Considerando las características del proyecto, su flexibilidad de localización de sondajes y su temporalidad, se
estima un efecto menor sobre la flora y vegetación. Como medida de manejo, SUMITOMO se compromete
evitar el corte de estas especies declaradas Vulnerables, modificando la localización de las plataformas de
sondajes de acuerdo al avance de los estudios de prospección.
Considerando las condiciones climáticas del lugar de emplazamiento del proyecto y la presencia de especies
nativas en el lugar, SUMITOMO presentará a la autoridad competente un Plan de Formaciones Xerofíticas de
manera de dar cumplimiento a lo establecido en La Ley 20.283 y D.S. N° 93/09. El documento se presentará
una vez obtenida la RCA del presente proyecto.
Fauna
Para el área de estudio se determinaron la presencia de 34 especies de vertebrados terrestres, 26 especies de
aves, 4 especies de mamíferos y cuatro especies de reptiles. No se detectaron anfibios.
Tanto el hábitat de matorral denso de quebrada como el de varilla, son los hábitat que contienen la mayor
riqueza específica del área.
En el área del proyecto se determinaron siete especies con problemas de conservación, cuatro reptiles, un ave
y dos mamíferos. Un mamífero y un ave se encuentran En Peligro, el cururo y el tricahue.
Se determinaron dos áreas sensibles para el proyecto desde la perspectiva de la fauna terrestre. En el extremo
noroccidental del proyecto se encuentra un área de descanso y refugio para el loro tricahue. Mientras que en el
extremo suroriental, se encuentra una gran área de curureras.
De manera de no alterar la fauna con problemas de conservación en el lugar, SUMITOMO se compromete cada
vez que se requiera realizar trabajos en zonas no intervenidas por el proyecto, la liberación de áreas, a través
de rescate y relocalización de especies (en este caso en particular de reptiles), y la perturbación controlada de
las colonias de cururos.
El cururo se alimenta de bulbos y raíces, por tal razón las colonias de esta especie muestran un desplazamiento
continuo, lo que podría definirse como un comportamiento nómade, en el que las colonias colonizan nuevas
áreas en la medida que se agotan sus recursos alimenticios. De este modo, previo al inicio de obras asociadas
al proyecto, se realizarán nuevas prospecciones tendientes a identificar las colonias que efectivamente podrían
ser afectadas por el proyecto, a fin de realizar sobre éstas, un procedimiento de perturbación controlada.
La perturbación controlada consiste en inducir el abandono de los cururos de la zona de obras del proyecto,
mediante intervenciones puntuales de la superficie del terreno donde se encuentran las colonias activas. Con
ello, los ejemplares son sometidos a un estado de estrés fisiológico, con el fin de provocar una respuesta de
huida, pero orientando este comportamiento en una dirección planificada.
Cabe señalar que el área de descanso y refugio del loro tricahue es un sector acotado en el extremo
noroccidental del proyecto el cual no se verá afectado por las actividades de construcción, operación o cierre.
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n) El volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar
en:
n.1 Vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y II, que pudieren ser afectadas por el
ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas;
n.2. Areas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los
niveles de aguas subterráneas o superficiales;
n.3. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles;
n.4. Una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra; o
n.5. Lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles;
El área de ejecución del proyecto no presenta recursos hídricos que puedan ser afectados por el proyecto.
ñ) Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medio
ambiente la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna; así como la
introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante
otras técnicas similares.
El proyecto no considera la introducción de especies de flora o fauna alguna al territorio nacional.
o) La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o
contaminación;
El proyecto se desarrollará en una superficie de aproximadamente 1.054,6 ha, de los cuales una mínima
superficie de suelo será susceptible de perderse. El proyecto no afecta suelos de tipo agrícola que puedan
perderse o degradarse ya que se intervendrá y utilizará suelo dentro de la propiedad minera. Por otra parte, los
trabajos de construcción, operación y cierre del proyecto no implican riesgos de activación de procesos de
erosión ni de contaminación de suelos.
p) La diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad
de regeneración.
En el área donde se realizarán las perforaciones se detectaron 83 especies de flora vascular y 34 especies de vertebrados, algunos de los cuales se encuentran en categoría de conservación, pero ninguna de ellas restringidas eb su distribución solo a la zona del proyecto. Ahora bien, cabe destacar que la intervención del proyecto será muy baja, se limita a superficies de 30x30 m, correspondientes a las plataformas de sondajes, lo que totaliza alrededor de 7,2 ha. SUMITOMO tomará las medidas necesarias para minimizar dicha afectación, a través de medidas como liberación de áreas, relocalización y perturbación de especies de fauna y el compormiso de no intervenir flora en categoría de conservbación.. En consecuencia, debido a la baja intervención y a las medidas que SUMITOMO implementará, se prevé que el Proyecto no afectará la riqueza ni la diversidad biológica de las especies de flora y fauna presentes en el área de proyecto.
q) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
En el área del proyecto no se presentan glaciares susceptibles de modificarse.
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En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará efectos
adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,
agua y aire; por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.4 Análisis de la Existencia de Reasentamiento de Comunidades Humanas o Alteración Significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos
El artículo 11 literal c) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” que genera o produce. A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del SEIA:
a) Dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la
estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la
población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y
transporte;
En torno al área del proyecto existen casas aisladas, las cuales no serán afectadas de manera alguna por el
proyecto. El poblado más cercano el Sector Laja localizado a aproximadamente 8,5 km desde el área del
proyecto, el cual tampoco tendrá interacción alguna con las actividades u obras de éste. En ningún caso el
proyecto generará desplazamiento o reubicación de comunidades humanas, ni la alteración de los sistemas de
vida y costumbres de grupos humanos.
b) Dimensión demográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama
de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la
estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población
económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las
migraciones;
La construcción, operación y cierre del proyecto no generará alteraciones en la dimensión demográfica de las
poblaciones locales, considerando que la localidad más cercana es Sector Laja, la cual no se verá afectada
durante la ejecución del proyecto en cualquiera de sus etapas.
c) Dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la
cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales,
torneos, ferias y mercados;
En el área de ejecución del proyecto y su entorno inmediato no existen manifestaciones de tipo cultural que
puedan verse afectadas por su ejecución.
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d) Dimensión socio-económica, considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades
productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en
forma individual o asociativa; o
En el área del proyecto no existen grupos humanos o evidencias de actividades productivas dependientes de la
extracción de recursos naturales que puedan verse afectadas por el desarrollo de las actividades del proyecto.
e) Dimensión de bienestar social básico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento
y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios.
La ejecución del proyecto no afectará el acceso a bienes, equipamientos o infraestructura asociados al
bienestar básico de grupos humanos cercanos al área del proyecto.
El proyecto comprende faenas de prospección minera de un total de 80 sondajes. Atendiendo a su
envergadura y su ubicación es posible indicar que el proyecto no genera desplazamiento o reubicación de
comunidades humanas ni la alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Las
dimensiones geográficas, demográficas, antropológicas, socioeconómicas y de bienestar social básico de la
zona no experimentarán cambios a raíz de la actividad.
En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará
reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de
grupos humanos, por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.5 Análisis de Localización en o Próxima a Sistemas Protegidos
El artículo 11 literal d) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “localización en o próxima a poblaciones, recursos y
áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser
afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”.
A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del SEIA:
a) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor
de áreas donde habite población protegida por leyes especiales;
En el área del proyecto y sus alrededores no habita ni existe población protegida por leyes especiales.
b) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor
de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial; o
En el área del proyecto no existen recursos protegidos en forma oficial.
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c) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor
de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.
En el área de ejecución de proyecto no existen áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. Las áreas
protegidas más cercanas al área del proyecto corresponden a la ZOIT – Valle del Elqui localizada a 36 km
aproximadamente y al Sendero de Chile – Chingoles y Majada de la Laja ubicado a 5,7 km aproximadamente.
En el área del proyecto y en sus cercanías no habita población protegida por leyes especiales, recursos
protegidos en forma oficial o áreas protegidas, por tanto no se producirán efectos adversos significativos
sobre áreas, recursos o sistemas protegidos.
En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará
localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación,
humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en
que se pretende emplazar, por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.6 Análisis de la Existencia de Alteración Significativa del Valor Paisajístico o Turístico
El artículo 11 literal e) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “alteración significativa, en términos de magnitud o
duración, del valor paisajístico o turístico de una zona” que genera o produce.
A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del SEIA:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico;
El área de ejecución del proyecto no se encuentra en una zona con valor paisajístico.
b) La duración o la magnitud en que se alteren recursos o elementos del medio ambiente de zonas
con valor paisajístico o turístico;
El proyecto no alterará recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico
dado que se emplazará en un área que no presentan estas características.
Respecto a las rutas de flujo vehicular a utilizar por el proyecto entre la faena minera y la ciudad de La Serena,
se cruzará en algunos puntos la zona de interés turístico del Sendero de Chile. No obstante, considerando el
mínimo flujo vehicular del proyecto no se alterará en ninguna circunstancia esta zona.
c) La duración o la magnitud en que se obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio
ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico; o
El proyecto no obstruirá el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de valor paisajístico o turístico
dado que se emplazará en un área que no presentan estas características.
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d) La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de
interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto ley Nº 1.224 de 1975.
El área de ejecución del proyecto no ha sido declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo
dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.
El proyecto no se emplaza en un área declarada con valor paisajístico o de interés turístico, según lo dispone el DL Nº 1.224 de 1975, así como tampoco existen áreas de dicha naturaleza cuya visibilidad pudiese ser obstruida por las obras. De acuerdo a lo indicado, el proyecto no obstruirá la visibilidad, no alterará recursos, no obstruirá el acceso, ni intervendrá en ninguna de sus etapas zonas con dicho valor En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.7 Análisis de la Existencia de Alteración del Patrimonio Cultural
El artículo 11 literal f) de la Ley 19.300 establece que el titular deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta “alteración de monumentos, sitios con valor
antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”.
A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del SEIA:
a) La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la ley 17.288;
El proyecto no se emplazará en o cercano a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley
17.288.
b) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o se modifique en forma
permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288;
La revisión de antecedentes disponibles y el trabajo de terrenos realizado indican que en el área del proyecto no
existen Monumentos Nacionales establecidos según la Ley 17.288, que puedan ser afectados por éste.
c) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios
que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su
contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural;
Se identificaron 8 sitios o evidencias arqueológicas, tanto de carácter prehispánico como de época histórica.
(Documento “Estudio Arqueología DIA Proyecto Alfa, Anexo H). Igualmente en el capítulo de Compromisos
Ambientales se nombra una serie de medidas tendientes a prevenir la alteración de cualquiera de estos
hallazgos.
Si durante las faenas de sondaje se detectase algún recurso de valor patrimonial se procederá según lo
establecido en el reglamento de la Ley 17.288, dando aviso a la autoridad correspondiente.
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d) La proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o
folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
El área de proyecto no está próxima a lugares o sitos donde se realicen manifestaciones culturales o folclóricas.
La población más cercana corresponde a al Sector Laja ubicada a más de 8,5 km del área del proyecto.
En consideración a la revisión realizada, se puede concluir que el proyecto NO generará o presentará
alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los
pertenecientes al patrimonio cultural, por lo que no es necesaria la presentación de un EIA por estas razones.
4.8 Conclusiones
De acuerdo al análisis realizado del artículo 11 de la Ley 19.300 y los artículos 5 a 11 del Reglamento del SEIA, se concluye que el proyecto no requiere la presentación de un EIA, ya que no presentará ninguno de los efectos, características o circunstancias contenidos en estos artículos, por lo que puede ser ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en la forma de una DIA.
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5.0 ANTECEDENTES NECESARIOS PARA DETERMINAR QUE EL IMPACTO AMBIENTAL QUE GENERA EL PROYECTO SE AJUSTA A LAS NORMAS AMBIENTALES VIGENTES
5.1 Antecedentes Generales
El artículo 12 bis letra c) de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley
20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente,
ambas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señala que toda Declaración de Impacto Ambiental
debe considerar la indicación de la normativa ambiental aplicable, y la forma en que esta se cumplirá.
Además el artículo 15 letra c) del D.S. N° 30/97 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 95/02 de
MINSEGPRES, señala que toda Declaración de Impacto Ambiental deberá contener los antecedentes
necesarios para determinar si el impacto ambiental que generará o presentará el proyecto o actividad se ajusta
a las normas ambientales vigentes.
A fin de dar cabal cumplimiento a este requerimiento, en el presente capítulo se analizará en detalle la forma en
que se dará cumplimiento a las exigencias de carácter ambiental impuestas por la normativa ambiental chilena
aplicable al proyecto Prospección Alfa, ubicado en la comuna de La Higuera, IV Región de Coquimbo.
En este contexto y debido a que la normativa legal vigente no ha definido lo que debe entenderse por
“legislación ambiental”, se ha adoptado, a fin de determinar el verdadero sentido y alcance de dicho concepto, el
marco conceptual determinado por la definición de Medio Ambiente contenida en el artículo 2 letra ll) de la Ley
19.300, esto es:
Letra ll) Medio Ambiente: el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física,
química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o
natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.
La identificación de la normativa ambiental aplicable al proyecto se ha determinado en base a los aspectos
ambientales asociados a sus actividades. Para cada una de las normas identificadas, se señala la materia
regulada y la fase o etapa del proyecto en que dicha normativa es aplicable. Asimismo, se señala el nombre de
la norma y el Ministerio u órgano del que emana. Posteriormente, se presenta una breve descripción del
contenido de la norma y la acreditación del cumplimiento de las disposiciones relevantes en cada una de ellas.
5.2 Normativa Legal Ambiental Aplicable al Proyecto
A continuación se presenta la normativa ambiental aplicable al proyecto Prospección Alfa, ubicado en la
comuna de La Higuera, Provincia del Elqui, Región de Coquimbo. El análisis de cada una de las normas se ha
realizado en formato de fichas con el objeto de presentar la información de forma sistemática y ordenada.
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5.2.1 Normativa ambiental de carácter general
5.2.1.1 Constitución Política de la República (1980)
MATERIA Bases de la institucionalidad, estado de derecho, garantías constitucionales, entre ellas, la ambiental.
Aspecto ambiental asociado Todos
Fiscalización
La fiscalización es ejercida por los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental en el ámbito propio de sus atribuciones sectoriales, así como de las obligaciones surgidas de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autorice el proyecto.
Artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República (1980).
La citada disposición de la Carta Fundamental se encuentra dentro del capítulo relativo a los Derechos y Deberes Constitucionales, y cumple con el objetivo de asegurar a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Asimismo, establece el deber del Estado de velar para que este derecho no sea afectado, además de otorgarle la misión de tutelar la preservación del patrimonio ambiental.
Vinculación con el Proyecto
Fases de prospección y cierre Los órganos de la administración del Estado evaluarán el proyecto en todos los aspectos referidos a cada etapa.
Acreditación de Cumplimiento
Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del proyecto al SEIA, y el reconocimiento de la institucionalidad creada para el efecto. Dicha institucionalidad ambiental se encuentra constituida por el Ministerio del Medio Ambiente y los demás órganos de la administración del Estado con competencia en materia ambiental.
En este sentido, al someter el proyecto al SEIA se cumple con las obligaciones señaladas, en razón de que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los órganos de la administración del mismo, con competencia en la materia, evaluará ambientalmente el proyecto, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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5.2.1.2 Ley N° 19.300, Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente.
MATERIA Bases Generales del Medio Ambiente.
Aspecto ambiental asociado
Todos
Fiscalización
La fiscalización y sanción de las infracciones a esta resolución, así como a la normativa ambiental, corresponde a la institucionalidad ambiental como ente coordinador de los servicios públicos con competencia ambiental. Cabe indicar que, en la medida en que entre en vigencia la nueva institucionalidad ambiental creada por la Ley 20.417, ésta se hará cargo de las funciones de administración y fiscalización que le otorga la citada Ley.
Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente
La Ley 19.300 recoge en su artículo 1º el mandato constitucional señalado en el numeral anterior, y entre otros instrumentos de gestión ambiental, crea el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual establece en forma expresa que los proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 de la misma Ley, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental (artículo 8°). Además, remite la regulación detallada del procedimiento del SEIA a un Reglamento.
El artículo 10 indica los proyectos o actividades que son susceptibles de causar impacto ambiental en cualquiera de sus fases, y que por ello deberán someterse al SEIA.
Además de ello, la Ley 19.300 en su artículo 11 establece los efectos, características o circunstancias que pueden presentar o generar los proyectos o actividades enumerados en el citado artículo 10. En caso de que el proyecto o actividad genere o presente al menos uno de esos efectos, circunstancias o características, deberá presentarse para la evaluación ambiental respectiva un EIA.
Vinculación con el Proyecto
Fases de prospección y cierre Los órganos de la administración del Estado evaluarán el proyecto en todos los aspectos referidos a cada etapa.
Acreditación de Cumplimiento
El proyecto da cumplimiento a la Ley 19.300, a través de su ingreso al SEIA, por enmarcarse en la letra i) del artículo 10 de la Ley 19.300: “Proyectos desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles”. Además se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley en cuanto se ingresa al SEIA en la forma de una Declaración Jurada, debido a que el proyecto no genera los efectos características y circunstancias establecidos en el artículo 11 del Reglamento.
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5.2.1.3 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
MATERIA Medio Ambiente.
Aspecto ambiental asociado Todos
Fiscalización
La fiscalización y sanción de las infracciones a esta resolución, así como a la normativa ambiental, corresponde a la institucionalidad ambiental como ente coordinador de los servicios públicos con competencia ambiental. Cabe indicar que, en la medida en que entre en vigencia la nueva institucionalidad ambiental creada por la Ley 20.417, ésta se hará cargo de las funciones de administración y fiscalización que le otorga la citada Ley.
D.S. N° 30/97 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo
texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 95/02 de MINSEGPRES.
Este Reglamento hace plenamente operativo al SEIA establecido en la Ley 19.300. Ello implica que todos los proyectos contemplados en el artículo 10 de la Ley, en forma previa a su ejecución o modificación, deberán ser evaluados ambientalmente mediante una Declaración o un Estudio de Impacto Ambiental (DIA o EIA), según corresponda.
Especifica cuáles son los proyectos o actividades contemplados en el artículo 10 de la Ley, que tienen la obligación de someterse al SEIA antes de su ejecución. Aclara y desagrega los criterios del artículo 11 de la Ley para determinar la procedencia de los Estudios de Impacto Ambiental.
Establece los contenidos mínimos que deberán contener los documentos ambientales, sean estos, Declaraciones de Impacto Ambiental o Estudios de Impacto Ambiental y el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse.
Establece la lista de permisos considerados como ambientales sectoriales, los que de ser aplicables, deberán ser incluidos en el documento correspondiente, ya sea un EIA o una DIA.
Vinculación con el Proyecto
Fases de prospección y cierre Los órganos de la administración del Estado evaluarán el proyecto en todos los aspectos referidos a cada etapa.
Acreditación de Cumplimiento
El proyecto da cumplimiento al artículo 3 literal i) del Reglamento a través de su ingreso al SEIA, por reunir las características contenidas en la norma, que señala que ingresan al SEIA los “proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles”.
Por otro lado el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se realizará en la forma de una DIA debido a que el proyecto no genera los efectos características y circunstancias establecidos en los artículo 5 al 11 del Reglamento, lo que se desarrolla con detalle en el Capítulo 3 de esta DIA, sobre pertinencia de ingreso al SEIA y modalidad de presentación.
Finalmente los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al proyecto contenidos entre los artículos 68 y 106 del Reglamento del SEIA, se presentarán a la autoridad sectorial respectiva, junto a los antecedentes necesarios para su tramitación.
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5.2.2 Aire
MATERIA Aire
Aspecto ambiental asociado Emisiones de material particulado y gases de combustión
Fiscalización
La fiscalización y sanción de las infracciones serán realizadas por la SEREMI de Salud para las normas emitidas por el Ministerio de Salud y por Carabineros de Chile e Inspectores Municipales para las normas emitidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 144/61 MINSAL
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza: Señala en su artículo 1 que “los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario”
D.S. Nº 54/94 MINTRATEL
Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos que indica: De acuerdo a lo dispuesto en su artículo 1º, vehículo motorizado mediano es aquel “destinado al transporte de personas o carga, por calles o caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos”. En el mismo artículo, se indica que el significado de norma de emisión se refiere a “valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.”
El artículo 3º del Decreto en análisis establece que los vehículos motorizados a los que les corresponde cumplir con la norma de emisión, deben llevar un rótulo que así lo certifique. A su vez, el artículo 4º del Decreto establece los niveles máximos de emisión para los vehículos medianos señalados en la norma.
Asimismo, se debe dar cumplimiento a los artículos 6º, 7º y 8º del Decreto, relativos a la rotulación, revisiones y distintivos que se deben aplicar a los vehículos.
D.S. Nº 55/94 MINTRATEL
Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados y define: vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, es aquel que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos. Además señala las normas sobre características técnicas de motores que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material particulado.
D.S. Nº 4/94 MINTRATEL
Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control: Esta norma regula la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de encendido por chispa de dos o cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en g/km, g/kw.
En este sentido, indica en su artículo 1°, cuales son los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono e hidrocarburos para vehículos, según los años de uso que tengan, además de establecer las formas de medición de dichos contaminantes.
Asimismo el artículo 3 letra a) estipula el índice de ennegrecimiento, según las distintas potencias de motor. El mismo artículo 3 letra b) establece la opacidad y las condiciones de ensayo para su medición según el tipo de vehículo, motor del mismo y la región en que se realicen las mediciones.
El artículo 7 establece la forma de fiscalización al cumplimiento de esta norma, y la obligación de denunciar las infracciones o contravenciones que se comentan al Juzgado correspondiente.
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D.S. N° 47/92 MINVU
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones: Establece medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo. En todo proyecto el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar medidas como: regar el terreno, transportar los materiales en camiones con la carga cubierta, mantener la obra aseada, etc.
D.S. N° 75/87 MINTRATEL
Establece condiciones para el transporte de cargas que indica: Señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán constituidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.
D.S. N° 59/98 MINSEGPRES modificado por D.S. Nº 45/01 MINSEGPRES
Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial, de los valores que
definen situaciones de emergencia y establece metodologías de pronósticos y mediciones para todo el territorio
chileno: La presente norma de calidad ambiental tiene por objetivo proteger la salud de la población de aquellos
efectos nocivos generados por la exposición a altos niveles de concentración de material particulado respirable
(MP10). Define los niveles que determinan las situaciones de emergencia ambiental para MP10 y establece
metodología de pronóstico y medición. Establece la norma de calidad primaria para el MP10 en el aire,
señalando los parámetros máximos permitidos, 150 microgramos por metro cúbico normal (μg/m3N) como
concentración de 24 horas, y 50 microgramos por metro cúbico normal como concentración anual de MP10.
A contar del día 1º de enero del año 2012, la norma primaria de calidad del aire para el contaminante Material
Particulado Respirable MP10, será 120 μg/m3N como concentración de 24 horas, salvo que a dicha fecha haya
entrado en vigencia una norma de calidad ambiental para Material Particulado Fino MP2.5.
D.S. N° 115/02 MINSEGPRES
Establece norma primaria de calidad de aire para monóxido de carbono (CO): La presente norma de calidad ambiental tiene por objetivo proteger la salud de la población de aquellos efectos agudos generados por la exposición a niveles de concentración de monóxido de carbono en el aire. La norma primaria de calidad de aire para monóxido de carbono como concentración de 8 horas será de 9 ppmv (10 mg/m
3N). La norma primaria de
calidad de aire para monóxido de carbono como concentración de 1 hora será de 26 ppmv (30 mg/m3N).
D.S. Nº 114/02 MINSEGPRES
Establece norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno (NO2): La presente norma de calidad ambiental tiene por objetivo proteger la salud de la población de aquellos efectos agudos y crónicos generados por la exposición a niveles de concentración de dióxido de nitrógeno en el aire. La norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno como concentración anual será de 53 ppbv (100 μg/m
3N). La norma primaria de
calidad de aire para dióxido de nitrógeno como concentración de 1 hora será de 213 ppbv (400 μg/m3N).
D. S. Nº 594/99 MINSAL, modificado por D.S. N° 57/03 MINSAL
Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo:
Establece límites permisibles ponderados y temporales de aquellos contaminantes químicos capaces de
provocar efectos adversos en el trabajador, regulando las concentraciones ambientales de variadas sustancias
dentro de los lugares de trabajo, entre ellas el monóxido de carbono cuyo límite permisible ponderado
corresponde 40 ppm o 46 mg/m3N y el dióxido de nitrógeno, cuyo límite permisible ponderado corresponde a
2,4 ppm o 4,5 mg/m3 N; y Polvos no Clasificados (fracción respirable), cuyo límite permisible ponderado es de
2,4 mg/m3.
Vinculación con el Proyecto
Fase de construcción Generación de material particulado y gases de combustión debido a las
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Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 52
excavaciones necesarias para la habilitación de plataformas, mejoramiento
de las vías de acceso, construcción de las piscinas de decantación y tránsito
vehicular en caminos de tierra.
Fase de operación Material particulado y gases de combustión generados por el uso y tránsito
de vehículos (transporte de insumos y personal).
Fase de cierre Se generará material particulado por la rehabilitación del sector, en
particular, el relleno de las piscinas de decantación. Gases de combustión
producto del uso de maquinaria.
Acreditación de Cumplimiento
Fases de construcción, operación y cierre
Durante la habilitación, operación y cierre de los sondajes las actividades de movimientos de tierra, circulación
de vehículos, funcionamiento de maquinarias y de equipos motorizados emitirán material particulado y gases.
Los resultados globales de la modelación indican que los contaminaste tanto MP10 como gases, tienden a
concentrarse alrededor del área de emisión, es decir, al interior del área de proyecto o en su entorno inmediato.
Para el caso de la ubicación del receptores más cercanos a 8,5 (km) (Sector Laja), los valores reportados de
MP 10 son 0,352 (μg/m3) en la etapa de operación.
Cabe señalar que la modelación realizada al proyecto contempla solo la etapa de operación, pues los niveles de emisión tanto para material particulado como gases son superiores que en la etapa de construcción y cierre.
En la Tabla 20 se presentan los valores reportados en la modelación para los diversos puntos evaluados tanto
para material particulado y gases en la etapa de operación.
Tabla 20: Valores de concentración de MP10 y gases para etapa de construcción.
Distancia MP10 CO NOx
Concentración Concentración Concentración
(m) (µg/m3) (µg/m
3) (µg/m
3)
500 2,059 5,054 21,480
1000 1,174 2,884 12,250
2000 0,407 0,998 4,241
3000 0,381 0,936 3,975
4000 0,387 0,950 4,035
5000 0,375 0,921 3,912
6000 0,199 0,489 2,076
7000 0,162 0,399 1,695
8000 0,358 0,879 3,734
8500 0,352 0,864 3,671
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Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 53
Como es posible observar en la Figura 6, el valor de concentración de MP10 en la etapa de operación para el
receptor más cercano, situado a una distancia de 8,5 (km) (Sector Laja), es de 0,352 (μg/m3), equivalente al
0,235% del valor máximo establecido por la Norma Primaria de Calidad de Aire para Material Particulado
Respirable MP10, que fija este valor en 150 (μg/m3) (asumiendo que para una concentración de 24 horas el
valor horario se mantiene constante), se obtiene la grafica presentada en la Figura 6.
De igual forma para el caso del monóxido de carbono (CO), se presentan los valores de 0,864 (μg/m3) y para el
dióxido de nitrógeno (NO2) se registran valores de 3,671 (μg/m3) en el receptor, estando ambos bajo los valores
máximos permitidos.
Figura 6: Valores MP10 Etapa de operación.
Las emisiones de material particulado y gases serán temporales en los distintos sectores donde se ejecuten las
actividades de prospección. Estas emisiones se minimizarán a través de la implementación de las siguientes
medidas de control:
0,0
0,5
1,0
1,5
2,0
2,5
3,0
3,5
4,0
4,5
5,0
0 1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 8000 9000
Co
nce
ntr
ació
n (μg/m
3)
Distancia (m)
Distribución MP 10 Prospección Minera Alfa
M…
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Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 54
Humectación de caminos internos con mayor circulación, cercanos al campamento.
Aplicación de estabilizante (Bischofita) en el tramo de la ruta D-275 y el área de ingreso al proyecto (se
estima aplicar aproximadamente en los 2 km antes del ingreso al proyecto).
Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones estrictamente necesarias, de modo de minimizar la
emisión de partículas en las faenas de movimiento de tierras.
Mantención periódica de la maquinaria y vehículos utilizados en la faena, a fin de reducir sus emisiones a
la atmósfera.
Cumplimiento de las velocidades máximas establecidas en los procedimientos de manejo de SUMITOMO.
Los camiones que transporten los materiales de construcción del proyecto y los desechos, deberán ser
habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas de material;
Se mantendrá un nivel de carga hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva; y El transporte de los materiales que producen polvo se efectuará con la sección de carga de los
camiones tapada con lonas, de manera de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales sólidos o líquidos.
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5.2.3 Ruido
Materia Ruido
Aspecto ambiental asociado Emisiones de presión sonora
Fiscalización SEREMI de Salud
Normas ambientales asociadas
D.S. Nº 146/98 MINSEGPRES
Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas: La norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. En las áreas rurales, los niveles de presión sonora de una fuente fija, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar el ruido de fondo en 10 dB (A) o más.
D.S. Nº 594/99 MINSAL, modificado por D.S. N° 57/03 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo: El Párrafo III del Reglamento, relativo a los Agentes Físicos (artículos 70 al 80), distingue, en relación con la exposición laboral, entre ruido estable, fluctuante e impulsivo. Respecto de cada uno de ellos, se establecen condiciones de medición, niveles de presión máxima permitida y la exposición de los trabajadores a ella.
Entre las disposiciones contenidas, se encuentran aquellas referidas a los niveles máximos de presión sonora a las cuales pueden estar expuestos los trabajadores, definiendo el límite de los ruidos estables o fluctuantes en 85 dB(A) lento, para una jornada de 8 horas (artículo 74); mientras que para ruido impulsivo, el límite se fija en 95 dB(C) para una jornada de 8 horas. Ambos tipos de ruidos son medidos en el oído del trabajador (artículo 79).
Para los casos en que el trabajador requiera estar expuesto a niveles de ruido de mayor potencia sonora, la norma define períodos máximos de exposición más restringidos.
A su vez, el artículo 81 indica que en ningún caso se permite que trabajadores carentes de protección auditiva personal estén expuestos a niveles de presión sonora superiores a 140 dB(C) peak, cualquiera sea el tipo de trabajo. En tanto, el artículo 82, se refiere al cumplimiento de la norma en caso que el trabajo cuente con protección auditiva personal.
En relación con la exposición a vibraciones, la norma las distingue entre la segmentada del componente mano-brazo, de la de cuerpo entero. Para ambos casos, define dosis máximas que relacionan el tiempo de exposición con la aceleración máxima permitida, utilizando el mismo criterio del ruido (artículos 83 a 94).
Ley Nº 18.290 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.F.L N° 1/09 Ministerio de Justicia
Ley de Tránsito: El artículo 78 de esta Ley, prohíbe en las zonas urbanas el uso de cualquier aparato sonoro de
que pueda estar provisto el vehículo, mientras que en las zonas rurales permite su uso sólo en caso necesario.
Vinculación con el Proyecto
Fase de construcción Generación de emisiones de presión sonora producto de las actividades
asociadas al uso de maquinaria asociadas a la habilitación de plataformas
de sondajes, construcción de caminos y flujo vehicular.
Fase de operación Generación de emisiones de presión sonora producto del uso de máquinas
perforadoras para las actividades de sondajes y flujo vehicular.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 56
Fase de cierre Generación de emisiones de presión sonora producto de las actividades
asociadas al uso de maquinaria asociadas al movimiento de tierras y
compactación de terreno y flujo vehicular.
Acreditación de Cumplimiento
Fases de construcción, operación y cierre
Durante las fases de construcción, operación y cierre las principales fuentes de ruido corresponderán a la
operación de equipos de movimiento de tierras, funcionamiento de la maquinaria de perforación (Fase de
Operación) y tránsito de vehículos.
La comparación de los niveles proyectados de ruido para la etapa de operación del proyecto con los niveles
máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 146/97 del MINSEGPRES (línea base + 10 dB), se entrega en
las siguientes tablas:
Cabe mencionar que en el caso del punto 1, debido a que los niveles nocturnos ya presentan influencia de
maquinaria existente, se utilizará el valor nocturno del punto 2 debido a que es más representativo y constituye
escenario más crítico (Ver Documento Estudio Ruido y Vibraciones DIA Proyecto Alfa, Anexo E).
Tabla 21: Comparación niveles proyectados de ruido con máximos permitidos para fuentes fijas. Etapa de construcción.
Punto receptor
Periodo NPS proyectado,
en dBA
D.S. N° 146/97,
en dBA Evaluación
1 diurno 31,2 45 Cumple
2 diurno 25,6 44 Cumple
Tabla 22: Comparación niveles proyectados de ruido con máximos permitidos para fuentes fijas. Etapa de operación.
Punto receptor
Periodo NPS proyectado,
en dBA
D.S. N° 146/97,
en dBA Evaluación
1 diurno 37,0 45 Cumple
nocturno 37,0 37 Cumple
2 diurno 31,7 44 Cumple
nocturno 31,7 37 Cumple
Es posible constatar de los resultados de las modelaciones efectuadas, que los niveles de ruido proyectados
para las etapas de construcción y operación del proyecto no superan la normativa vigente.
No obstante lo anterior, el personal que labore en los frentes de trabajo contará con protecciones auditivas
para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un
nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB(A) lento, para una jornada de diez horas diarias.
Adicionalmente la maquinaria y camiones estará estacionada sin mantener los motores encendidos.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 57
5.2.4 Contaminación Lumínica
Materia Contaminación Lumínica
Aspecto ambiental asociado Emisión de contaminación lumínica
Fiscalización Superintendencia de Electricidad y Combustibles
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 686/98, MINECOM
Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica: La presente norma tiene por
objetivo prevenir la contaminación Lumínica de los cielos nocturnos de la II, III y IV Regiones, de manera de
proteger la calidad astronómica de dichos cielos, mediante la regulación de la emisión Lumínica. Se espera
conservar la calidad actual de los cielos señalados y evitar su deterioro futuro.
Establece la cantidad máxima permitida de emisión Lumínica hacia los cielos nocturnos, medida en el efluente
de la fuente emisora. Para ello distingue entre lámparas cuyo flujo luminoso nominal sea mayor o menor a
15.000 lúmenes. En el primer caso, no podrán emitir un flujo hemisférico superior que exceda del 1,8% de su
flujo luminoso nominal. En el segundo caso, el límite máximo será de 0,8%. Las fuentes nuevas deberán
cumplir con esta norma de emisión en el momento que sean instalados.
Vinculación con el Proyecto
Fase de construcción, operación
y cierre.
La actividad de sondaje operará en turnos diurnos y nocturnos,
requiriéndose iluminación para los trabajos efectuados durante la noche.
Acreditación de Cumplimiento
El sistema de iluminación ha sido proyectado de modo de dar cumplimiento a lo establecido en la presente
norma, además el Titular se compromete a efectuar la oportuna entrega de los antecedentes, planos,
memorias, etc. del proyecto eléctrico a la SEC para que sea visado por la autoridad. Para el caso de las
luminarias se pondrá especial atención al cumplimiento de lo indicado en el capítulo III Límites Máximos
Permitidos y en el capítulo V Metodología de Medición y Control; instalándose sólo luminarias que
técnicamente satisfagan las exigencias establecidas en el citado D.S. N° 686/98.
Como medidas de control se utilizarán luminarias certificadas por proveedores autorizados, entregando la
información requerida al organismo competente. Se adjuntará el TE1 respectivo, los certificados de control
luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el proyecto, junto con una declaración
simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, indicando la forma de
cumplimiento del decreto aludido tanto de las luminarias exteriores como para los halógenos que se instalarán
en los trípodes para sondaje.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 58
5.2.5 Agua potable
Materia Agua Potable
Aspecto ambiental asociado Uso de agua potable en cantidad y calidad según normativa
Fiscalización SEREMI de Salud
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 594/00 MINSAL, modificado por D.S. N° 57/03 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo: El artículo 12 de este cuerpo legal establece la obligación para todo lugar de trabajo de contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo. Establece además en su artículo 13, que cualquiera sean los sistemas de abastecimiento, el agua potable deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Por su parte el artículo 14 dispone que, todo lugar de trabajo que tenga un sistema propio de abastecimiento, cuyo proyecto deberá contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria, deberá mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona por día. Sin perjuicio de ello, la autoridad sanitaria, de acuerdo a las circunstancias, podrá autorizar una cantidad menor de agua potable, la cual en ningún caso podrá ser inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia, según lo dispuesto en el artículo 15 del citado cuerpo legal.
D.F.L. N° 725/68 MINSAL
Código Sanitario: Corresponde al Servicio de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua potable.
D.S. N° 735/69 MINSAL modificado por D.S. N° 10/84 y D.S. N° 131/06 ambos del MINSAL
Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano: El Art.1º establece que todo servicio de agua potable deberá proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones o de su explotación. En este sentido aclara que se autorizará explotación y funcionamiento de servicio de agua cuando ésta, sometida a análisis bacteriológico, no acuse existencia de gérmenes del grupo coliforme. Si acusa existencia de estos gérmenes, aún cuando no se encuentren gérmenes patógenos, se considerará contaminada.
D.S. N° 446/06 MINSAL
Oficializa Norma Chilena Nº 409, Agua Potable, Requisitos (parte I) y Muestreos (Parte II): Establece los requisitos de calidad que debe cumplir el agua potable en la República de Chile. Los parámetros para definir los requisitos de calidad se han agrupado en los siguientes tipos: Parámetros microbiológicos y de turbiedad; Parámetros para elementos y sustancias químicas; Parámetros para elementos radiactivos; Parámetros organolépticos; Parámetros de desinfección; Parámetros de tolerancia para parámetros críticos.
Vinculación con Proyecto
Fases de construcción,
operación y cierre
Se requerirá de agua potable para satisfacer las necesidades de los
trabajadores.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 59
Acreditación de Cumplimiento
Se considera una dotación mínima de agua potable de 100 l/día por persona (3,0 m3/día), dando cumplimiento
a lo establecido en el D.S N° 594/00 MINSAL.
SUMITOMO también dispondrá de agua envasada en botellas y bidones. Esta agua será adquirida a una
empresa autorizada que opere en el mercado y cumplirá con la calidad requerida para consumo humano.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 60
5.2.6 Aguas servidas
Materia Agua Servidas
Aspecto ambiental asociado Tratamiento de aguas servidas
Fiscalización SEREMI de Salud
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 594/99 MINSAL, modificado por D.S. N° 57/03 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo: Esta norma dispone que todo lugar de trabajo esté provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico. Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
D.S. Nº 47/92 del MINVU, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
Establece que el proyecto de recolección de aguas servidas y aguas lluvia quedará sometido a los dispuesto en el Código Sanitario y sus reglamentos (Art. 3.2.2.2).
D.F.L. N° 1/89 MINSAL
Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa: Requerirán autorización sanitaria
expresa las obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de aguas servidas (artículo 1
Nº 22).
D.F.L. N° 725/68 MINSAL
Código Sanitario: Corresponde al Servicio de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
D.S. 236/26 Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo
Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.
Vinculación con Proyecto
Fases de construcción, operación
y cierre
Se habilitará una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas,
conformada por un pre-tratamiento en cámaras desgrasadoras y un
tratamiento en fosas sépticas.
Acreditación de Cumplimiento
Las aguas servidas generadas en el sector de campamento serán conducidas a una Planta de Tratamiento
de Aguas Servidas a implementar en el área del proyecto. La capacidad total de los sistemas de evacuación
es para 30 personas (3,0 m3/día). No obstante, la capacidad de diseño de la Planta será para tratar 4,5
m3/día.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 61
Adicionalmente, el proyecto contará con baños químicos en los sectores que se encuentren a más de 75 m
del campamento, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 594/00 MINSAL.
En la sección 6.1 se adjunta PAS 91 para solicitar la autorización de la Planta.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 62
5.2.7 Seguridad Minera
Materia Seguridad minera y disposición de estériles
Aspecto ambiental asociado Seguridad de los trabajadores
Fiscalización SERNAGEOMIN
Normas ambientales asociadas
D.S. Nº 72/85 Ministerio de Minería, texto modificado y refundido por D.S. Nº 132/04 Ministerio de Minería.
Reglamento de Seguridad Minera: Establece el marco regulatorio general al que deben someterse las faenas de la industria extractiva minera nacional, para:
• Proteger la vida e integridad física de las personas que se desempeñan en dicha industria y de aquellas que bajo circunstancias específicas y definidas, están ligadas a ella.
• Proteger las instalaciones e infraestructura que hacen posible las operaciones mineras, y por ende, la continuidad de sus procesos.
En lo que respecta a los botaderos de estériles y la acumulación de mineral el artículo 339 de este cuerpo legal dispone que éstos se establecerán de acuerdo a un proyecto que la empresa deberá presentar al SERNAGEOMIN para su revisión y aprobación, donde se garantice su estabilidad y contenga las máximas medidas de seguridad tanto en su construcción como crecimiento. El Servicio tendrá un plazo de sesenta (60) días para responder la solicitud de aprobación del proyecto, desde la fecha de presentación de ella en la Oficina de Parte.
Será aplicable a los botaderos de estériles y la acumulación de mineral, lo dispuesto por el Título X del presente Reglamento, para lo cual la empresa deberá presentar su proyecto de Plan de Cierre conjuntamente con el proyecto señalado en el inciso anterior.
El Título X establece las normas sobre cierre de faenas mineras.
RES. N° 210/88 SERNAGEOMIN modificada RES. N° 1.185/05 SERNAGEOMIN
Establece categorías de contravenciones al Reglamento de Seguridad Minera y señala multas.
Vinculación con el Proyecto
Fases de construcción, operación y cierre
El proyecto consiste en la prospección de yacimientos y labores relacionadas con el desarrollo de proyectos mineros.
Acreditación de Cumplimiento
Se dará cumplimiento al mencionado D.S. Nº 72/85 y RES. N° 210/88, acatando fielmente lo dispuesto en este cuerpo legal, de manera que se asegure la protección de la vida e integridad física de las personas que se desempeñan en este proyecto y de aquellas que bajo circunstancias específicas y definidas, estén ligadas a él.
Para efectos de garantizar lo anterior se contemplan las siguientes medidas:
- Sistema documentado de los procedimientos de trabajo tanto para la preparación de plataformas y caminos, como para la instalación en la plataforma de sondajes.
- Se proporcionará en forma gratuita a los trabajadores elementos de protección personal adecuados a la función que desempeñen, entre los que cabe destacar: casco de seguridad, lentes de seguridad, zapatos de seguridad, guantes de seguridad, chaleco reflectante y trompa con filtro para gases o mixto.
- La operación contará con un Departamento de Prevención de Riegos dirigido por un experto.
La ejecución de los trabajos se regirá primeramente por las normas especificadas en el Reglamento, luego las aprobadas por los competentes organismos nacionales y en subsidio por aquellas normas técnicas internacionalmente aceptadas.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 63
5.2.8 Residuos Sólidos
MATERIA Residuos Sólidos.
Aspecto ambiental asociado Generación, almacenamiento y disposición de residuos sólidos
Fiscalización SEREMI de Salud
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 594/00 MINSAL, modificado por D.S. N° 57/03 MINSAL
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo: El artículo 19 señala que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente.
D.F.L. N° 725/68 MINSAL
Código Sanitario: El artículo 71 dispone que al Servicio de Salud le corresponde aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud.
D.S. Nº 148/04 MINSAL
Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos: Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos sólidos peligrosos.
Define Residuo Peligroso como aquel residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar algunas de las características señaladas en el artículo 11, estos es, toxicidad (aguda, crónica o extrínseca), inflamabilidad, reactividad o corrosividad.
Durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente.
D.F.L. N° 1/89 MINSAL
Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa: Dispone en el número 25 del artículo 1°
que requiere de autorización sanitaria expresa, la instalación de todo lugar destinado a la acumulación,
selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Vinculación con Proyecto
Fases de construcción,
operación y cierre
Se generarán residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos, y
residuos domésticos.
Acreditación de Cumplimiento
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 64
Los residuos sólidos domésticos generados durante las distintas etapas del proyecto serán recolectados y
depositados en contenedores herméticos, desde donde serán recolectados y trasladados por el sistema de
recolección municipal de La Higuera o La Serena, IV Región.
Los residuos no peligrosos (correspondientes a restos de envases que no contengan sustancias peligrosas,
gomas, etc.) serán depositados en contenedores cerrados, desde donde serán recolectados por una
empresa autorizada y dispuestos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud.
Los residuos peligrosos (trapos con grasas y aceites, etc.), serán almacenados en contenedores que deberán estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo. Lugo serán recogidos y trasladados por una empresa especialista en esto, empresa que contará con las autorizaciones sanitarias para su traslado y disposición final. No se contempla la disposición final de estos residuos en el área del proyecto, los cuales serán trasladados a sitios de disposición final autorizados.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 65
5.2.9 Patrimonio Cultural
Materia Patrimonio Cultural
Aspecto ambiental asociado Presencia de hallazgos arqueológicos
Fiscalización El Consejo de Monumentos Nacionales, en cooperación con autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile.
Normas ambientales asociadas
Ley N° 17.288 MINEDUC
Ley de Monumentos Nacionales: Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropoarqueológicos, paleontológicos o de formación natural, los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley.
D.S. N° 484/91 MINEDUC
Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas: Establece que las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Vinculación con Proyecto
Fase de construcción El proyecto contempla la construcción de plataformas y excavación de
piscinas.
Fase operación En esta fase se contempla la ejecución de sondajes mineros.
Fase de cierre En esta fase de efectuarán movimientos de tierra y compactación.
Acreditación de Cumplimiento
El presente documento incluye los resultados de la prospección de patrimonio cultural realizada en el área
del proyecto (Documento “Estudio Arqueología DIA Proyecto Alfa”, Anexo H) en el cual se mencionan las
medidas que están comprometidas tales como: no alterar los sitios arqueológicos registrados y protegerlos
con cerco y cartel. Lo cual se traduce en la instalación de un cerco visible simple de 1,20 m de altura con
una margen de seguridad de unos 5 a 10 m de los límites del sitio con cerco y un cartel que indique su
condición de sitio arqueológico protegido por ley y prohibición de acceso. Además, se complementará con
una inducción al personal que laborará en el proyecto y/o un documento que señale lo anterior.
En caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la
ejecución de las obras del proyecto, se procederá según lo establecido en los Artículos Nº 26 y 27 de la Ley
Nº 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos Nº 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre
excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Asimismo se informará de
inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los
procedimientos a seguir.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 66
5.2.10 Protección Patrimonio Fitosanitario
Materia Protección Patrimonio Fitosanitario
Aspecto ambiental asociado Ingreso de plagas al territorio nacional
Fiscalización Servicio Agrícola Ganadero
Normas ambientales asociadas
RES. Nº 133/05 SAG modificada por RES. Nº 2.859/07 SAG
Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera: Establece que las maderas de los embalajes utilizados en el transporte de cualquier clase de mercadería que ingrese al país deberán encontrarse libres de cortezas, insectos o daños producidos por éstos.
Autoriza a los inspectores del SAG a inspeccionar los embalajes de madera a fin de determinar su estado fitosanitario. Si se detecta la presencia de cortezas, daños producidos por insectos o plagas cuarentenarias, podrán éstos inspectores del SAG ordenar las medidas sanitarias que sean procedentes.
Normas internacionales para medidas fitosanitarias, NIMF N° 15
Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional. Norma elaborada por la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, FAO, 2002. Modificaciones en Anexo H, 2006.
Vinculación con el Proyecto
Fases de construcción, operación
y cierre
Solo en caso de la recepción de equipos o insumos en embalajes
originales de madera.
Acreditación de Cumplimiento
En caso de recepcionar equipos con embalajes originales se exigirá a los proveedores de los equipos que
los embalajes de equipos y materiales no tengan corteza y estén fumigados para evitar el ingreso de nuevas
plagas al país. Se informará y se procederá coordinadamente con el Servicio Agrícola y Ganadero de la
Región de Coquimbo.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 67
5.2.11 Flora y Vegetación
Materia Flora
Aspecto ambiental asociado Corte de especies nativas
Fiscalización Corporación Nacional Forestal
Normas ambientales asociadas
D.L. N° 701/74.
Regula la corta o explotación de bosques nativos y plantaciones ubicadas en terrenos de Aptitud Preferentemente Forestal. Establece la obligación de reforestar una superficie igual o equivalente a la cortada o explotada.
D.S. Nº 4.363/31, MINAGRI
Ley de Bosques: Este cuerpo legal establece en su Artículo 2º, que los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y los bosques naturales y artificiales, quedan sujetos a los planes de manejo forestal aprobados por la Corporación Nacional Forestal, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 701 de 1974.
Ley N° 20.283/08, MINAGRI
Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal: en el artículo 2° define los conceptos de:
El artículo 2 Nº 14, de la Ley Nº 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, define a la
formación xerofítica como “Formación vegetal, constituida por especies autóctonas, preferentemente arbustivas
o suculentas, de áreas de condiciones áridas y semiáridas ubicadas entre las Regiones I y VI, incluidas la
Metropolitana y la XV y en las depresiones interiores de las Regiones VII y VIII”. En el artículo 2 Nº 13 se define
a las especies nativas o autóctonas como “Especie arbórea o arbustiva originaria del país, que ha sido
reconocida oficialmente como tal mediante decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de
Agricultura”.
En el año 2009 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 68 del Ministerio de Agricultura
(MINAGRI), que Establece, Aprueba y Oficializa la Nómina de Especies Arbóreas y Arbustivas Originarias del
País, de forma tal de entregar el listado de las especies autóctonas para efectos de la aplicabilidad de la Ley
20.283.
En este sentido, la presencia de alguna de las especies incluidas en este listado, y que caractericen las
formaciones vegetacionales arbustivas con y sin suculentas, constituye un requisito legal esencial para que una
determinada matriz sea calificada como xerofítica.
D.S. N° 93/09 MINAGRI
Reglamento general de la Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal.
El artículo 14° establece los contenidos que deben incluir los Planes de Manejo Forestal a presentar a CONAF
previa intervención de bosque.
En su artículo 3° dice “La corta de bosque nativo o corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas
en cualquier tipo de terreno, obligará al interesado a asegurar la regeneración, reforestación y resguardo de los
bosques nativos y formaciones xerofíticas contenidos en el área objeto de su acción, de conformidad a lo
establecido en el artículo 22 del Decreto Ley N° 701 de 1974 (reemplazado a la fecha por Decreto Ley N° 2.565
de 1975)”.
D.S. N° 75/05 MINSEGPRES
Establece las disposiciones que rigen el procedimiento para la clasificación de especies de flora y fauna
silvestres en las distintas categorías de conservación a que alude el artículo 37 de la ley Nº 19.300, sobre
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 68
Bases Generales del Medio Ambiente.
D.S. N° 151/07 MINSEGPRES
Presenta listado del primer proceso de clasificación de especies según su estado de conservación.
D.S. N° 50/08 MINSEGPRES
Presenta nómina para el segundo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación.
D.S. N° 51/08 MINSEGPRES
Presenta nómina para el tercer proceso de clasificación de especies según su estado de conservación.
D.S. N° 23/09 MINSEGPRES
Presenta nómina para el cuarto proceso de clasificación de especies según su estado de conservación.
Vinculación con Proyecto
Fase de construcción Intervención sobre flora y vegetación durante fase de construcción.
Fases de operación Intervención sobre flora y vegetación durante fase de operación.
Fase de cierre Intervención sobre flora y vegetación durante fase de cierre.
Acreditación de Cumplimiento
De acuerdo a los listados publicados en los Decretos Supremos N° 151/07, N° 50/08, N° 51/08 y N° 23/09 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile, dos especies
identificadas en el área del proyecto se encuentra citada en algunas de las categorías de conservación
utilizadas por estos documentos, correspondiendo a Krameria cistoidea (Pacul) declarada Vulnerable en el
Libros Rojo de la Flora Terrestre de Chile y Fuera de peligro en el DS 51/2008. Mientras que el género Prosopis
(Prosopis flexuosa, Algarrobo dulce) se cita como vulnerable en el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile.
Como medida de manejo, SUMITOMO se compromete a evitar el corte de las especies declaradas Vulnerables,
modificando la localización de las plataformas de sondajes de acuerdo al avance de los estudios de
prospección. El procedimiento de trabajo será el siguiente: previo al inicio de la habilitación de cada plataforma,
enviará a un especialista que visitará cada sitio definitivo para los sondajes, revisará el área e indicará la
necesidad de modificar la ubicación de la plataforma, en el caso de encontrar algún ejemplar o en caso
contrario liberará en área para llevar a cabo los trabajos.
Considerando las condiciones climáticas del lugar de emplazamiento del proyecto y la presencia de especies
nativas en el lugar, SUMITOMO presentará a la autoridad competente un Plan de Formaciones Xerofíticas de
manera de dar cumplimiento a lo establecido en La Ley 20.283 y D.S. N° 93/09. El documento se presentará
una vez obtenida la RCA del presente proyecto.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 69
5.2.12 Fauna
Materia Fauna
Aspecto ambiental asociado Caza y captura de animales sujetos a medidas de conservación.
Fiscalización Servicio Agrícola y Ganadero
Normas ambientales asociadas
D.S. N° 75/05 MINSEGPRES
Establece las disposiciones que rigen el procedimiento para la clasificación de especies de flora y fauna silvestres en las distintas categorías de conservación a que alude el artículo 37 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Ley Nº 4.601, MINAGRI
Ley de Caza: Regula la “caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos”. “Prohíbe en todo el territorio de la nación la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas”. Prohíbe en toda época “levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las especies declaradas dañinas”.
D.S. Nº 5/98, MINAGRI
Reglamento de la Ley de Caza: Indica todas las especies cuya “caza o captura está prohibida en todo el territorio nacional, establece cuotas máximas de caza por jornada y por cazador en ciertas especies, indica las especies que se consideran dañinas o perjudiciales que podrán ser cazadas o capturadas en cualquier época del año, en todo el territorio nacional y sin limitación del número de piezas”. Establece “la obligación de obtener permiso de caza para quien desee cazar animales de la fauna silvestre”. Prohíbe “la venta de animales silvestres provenientes de faenas de caza o captura, así como sus productos, subproductos y partes, obtenidas en contravención a las normas de la Ley Nº 4.601 y de este reglamento”.
D.S. N° 151/07 MINSEGPRES
Reglamento para la clasificación de especies silvestres. Presenta listado de nombre de especies silvestres clasificadas entre: raras, insuficientemente conocidas, en peligro y extintas.
Vinculación con Proyecto
Fase de construcción Presencia de fauna silvestre durante la ejecución de las actividades de construcción.
Fase de operación Presencia de fauna silvestre durante la ejecución de las actividades de operación.
Fase de cierre Presencia de fauna silvestre durante la ejecución de las actividades de cierre.
Acreditación de Cumplimiento
En el área del proyecto se ha determinado la presencia de siete especies con problemas de conservación
(Tabla 23). De ellas, cuatro son reptiles, un ave y dos mamíferos. Entre estas especies se detectaron, dos en
la categoría en Peligro: el Tricahue y el Cururo.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 70
Tabla 23: Estado de conservación de las especies observadas en el área del proyecto
Nombre Científico Nombre común Categoría Conservación
Fuente Decreto Supremo
Liolaemus atacamensis Lagartija de
Atacama Rara CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus bisignatus Lagartija de dos
manchas Rara CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus nitidus Lagarto nítido Vulnerable CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Liolaemus platei Lagartija de Plate Fuera de Peligro CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Cyanoliseus patagonus Tricahue En Peligro RCE D.S.151
MINSEGPRES 2007
Pseudalopex griseus Zorro chilla o gris Inadecuadamente
Conocida CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Spalacopus cyanus Cururo En Peligro CAZA D.S. Nº5 MINAGRI
Por otro lado, se determinaron varios puntos sensibles, como la visualización de loros tricahues en el extremo
noroccidental del proyecto y las curureras en el lado opuesto (extremo suroriente), aunque en este caso algo
fuera del área del proyecto en sí. De manera de no alterar la fauna con problemas de conservación en el lugar,
SUMITOMO contemplara cada vez que requiera realizar trabajos en zonas no intervenidas por el proyecto, las
siguientes acciones:
Liberación de áreas, a través de rescate y relocalización de especies (lagartijas).
Actividades de perturbación de fauna (colonias de cururos).
Cabe señalar que el área de descanso y refugio del loro tricahue es un sector acotado en el extremo
noroccidental del proyecto el cual no se verá afectado por las actividades de construcción, operación o cierre.
En el capítulo de Permisos Ambientales Sectoriales se solicita el PAS 99 para la captura y relocalización de las
especies de reptiles mencionados anteriormente.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 71
5.2.13 Combustibles y sustancias peligrosas
Materia Combustibles y Sustancias Peligrosas
Aspecto ambiental asociado Almacenamiento, transporte y trasvasije de combustibles y sustancias peligrosas.
Fiscalización Dirección General de Movilización Nacional, dependiente de Defensa Nacional, Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Normas ambientales asociadas
D.S. Nº 298/94 MINTRATEL
Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos: Establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente.
D.S. Nº 160/08 MINECOM
Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos: este cuerpo legal establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustible líquido que se realicen en tales instalaciones, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar dichas actividades en forma segura.
D.S. Nº 298/05 MINECOM
Reglamento de Certificación de Productos Eléctricos y Combustibles: Las obras eléctricas y de combustibles líquidos y gas deben ser declaradas ante este órgano fiscalizador del estado, previo a su puesta en servicio por profesionales debidamente acreditados ante SEC para tales efectos, adjuntando los certificados de aprobación de los materiales y productos pertinentes al caso.
D.S. N° 1.314/55 MINECOM (NCh 387.Of 55)
Establece medidas de seguridad en el empleo y manejo de materias primas inflamables.
D.S. N° 1.314/55 MINECOM (NCh 388.Of 55)
Establece las medidas de seguridad que deben adoptarse para prevenir o extinguir incendios y explosiones en
depósitos de materias inflamables y explosivas.
D.S. N° 1.164/74 MOP (NCh 389.Of 72)
Sustancias Peligrosas - Almacenamiento de Sólidos, Líquidos y Gases Inflamables – Medidas Generales de Seguridad: Esta norma establece las medidas generales de seguridad, que deben adoptarse en el almacenamiento de sustancias inflamables que se encuentran en estado sólido, líquido o gaseoso.
D.S. Nº 171/89 MINTRATEL
Oficializa Norma NCh 2.120 Of. 89 Clasificación de Sustancias Peligrosas, Partes 1 a 9.
D.S. Nº 236/60 MINECOM
Oficializa Norma NCh 393 Of. 60 de Sustancias Peligrosas: Establece Medidas Especiales de Seguridad en el
Transporte Ferroviario o en Camiones, de Petróleo, sus Productos y de Materiales Similares.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 72
D.S. Nº 43/04 MINTRATEL
Transporte de Sustancias Peligrosas - Distintivos para Identificación de Riesgos. Oficializa NCh 2190 Of. 2003.
y NCh 2136.Of2003.
D.S. N° 29/05 MINTRATEL
Declara normas oficiales de la República de Chile la NCh 382.Of 2004, "Establece terminología y clasificación
general de sustancias peligrosas" y NCh 2120/1.Of2004a 2120/9.Of2004, anula el D.S. N° 98/98, Ministerio de
Transporte y Telecomunicaciones, "Declara Normas Oficiales de la República de Chile la NCh 382.Of1998
Sustancias Peligrosas - Terminología y Clasificación General y las NCh 2120/1 a la NCh 2120/9".
RES. N° 714/02 MINSAL
Dispone publicación de lista de sustancias peligrosas para la salud y modificada por la resolución exenta
N°274/06 del MINSAL.
RES. Nº 268/01 SERNAGEOMIN
Reglamento Interno Específico de Minería R-003 Almacenamiento, Uso, Manejo y Transporte de Líquidos
Inflamables y Combustibles
Vinculación con proyecto
Fases de construcción, operación
y cierre
Se considera el consumo de petróleo diesel para el funcionamiento de la
maquinaria involucrada en la habilitación de plataformas, piscinas, etc.,
ejecución de sondajes y transporte de personal.
Acreditación de cumplimiento
Se considera el consumo de petróleo diesel para las etapas de construcción, operación y cierre, el cual será
abastecido por una empresa autorizada, la cual proporcionará el combustible mediante camiones-estanques,
el que posteriormente será almacenado en un estanque de combustible que tendrá una capacidad de 20 m3.
Los vehículos estanques de combustibles líquidos, así como también el estanque a instalar en el área del
proyecto, serán inscritos en la SEC para su aprobación a operar.
El transporte de combustible se realizará de acuerdo a lo estipulado en el D.S. Nº298/94 MINTRATEL y D.S.
160/08 MINECOM.
La carga de combustible de las maquinarias, tanto en terreno como en el lugar dispuesto para este efecto
dentro de las instalaciones del proyecto, estará regulada por los procedimientos de SUMITOMO de carga de
combustible (Documento “Procedimiento Carga de Combustible”, Anexo B).
El estanque de combustible será inscrito en la SEC, además SUMITOMO informará a la SEC cada vez que
haya un derrame de combustible, aviso que se realizará dentro de las 24 horas de acontecido el hecho y por
escrito.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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5.2.14 Vialidad y Transporte
Materia Sistema de Transporte
Impacto ambiental asociado Deterioro de pavimento de calles y caminos, riesgo de accidentes
Fiscalización Carabineros de Chile e inspectores municipales y fiscales
Normas ambientales asociadas
D.F.L. N° 850/98 MOP
Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, Ley Sobre Construcción y Conservación de Caminos: Prohíbe la “circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes”. Así mismo prohíbe “ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos, extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de veinte metros y en general, hacer ninguna clase de obra en ellos”. En este contexto, cuando una empresa o particular necesiten hacer en los caminos obras que exijan su ocupación o rotura, deberán solicitar permiso de la Dirección de Vialidad, previo depósito de una suma de dinero a título de garantía por las obras. También prohíbe a los dueños de los predios colindantes con los caminos públicos nacionales, “ocupar las fajas de 35 metros medidos a cada lado de los cierros actuales o los que se ejecuten en variantes o caminos nuevos nacionales, con construcciones de tipo definitivo que en el futuro perjudiquen su ensanche”. Establece que los propietarios de los predios colindantes con caminos nacionales “sólo podrán abrir caminos de acceso a éstos con autorización expresa de la Dirección de Vialidad”. Las empresas generadoras de carga, entendiendo por tales que anualmente produzcan 60.000 ton o más en cada lugar de embarque o de recepción, deberán “disponer de sistemas de pesaje de vehículos de carga, de acuerdo con las normas generales de carácter técnico que imparta el MOP mediante decreto supremo”. Señala también que en todos aquellos sectores donde se intercepte o se utilice la faja fiscal de los caminos (obras de atraviesos y paralelismo) serán sometidos a la aprobación de la Dirección de Vialidad los proyectos de tales hitos y de su ejecución.
D.S. N° 158/80 MOP
Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos: Prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie, a excepción de los vehículos de emergencia de la Dirección de Vialidad, que excedan los límites que en él se indican. Cuando una persona natural o jurídica requiera transportar alguna maquinaria u otro objeto que por su peso exceda los límites permitidos para el transporte vial, deberán solicitar con antelación y por escrito autorización a la Dirección de Vialidad para realizar este traslado, indicando lugar de origen y de destino, peso de la mercadería a trasladar, distribución de pesos por eje y la fecha aproximada en que se hará el traslado.
RES. N° 1/95 MINTRATEL
Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que indica: este cuerpo normativo dispone que los vehículos que circulen en las vías públicas, no podrán exceder las dimensiones máximas (largo, ancho y alto) establecidas en él.
D.S. N° 75/87 MINTRATEL
Establece condiciones para el transporte de cargas que indica: Los vehículos de carga no podrán ocupar el techo de la cabina ni llevarla excediendo el ancho de carrocería. La carga no podrá sobrepasar extremo anterior y no deberá arrastrar ni sobresalir extremo del vehículo más de 2 metros. Si sobresale más de 0,5 m
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 74
deberá llevar luz roja (noche) y banderín rojo (día). Si carga es de gran longitud, deberá estar sujeta entre sí y al vehículo. La carga y elementos de sujeción y protección (cordeles, cadenas y cubiertas de lona), deberán acomodarse para no ocultar luces exteriores del vehículo.
Ley Nº 18.290 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.F.L N° 1/09 Ministerio
de Justicia
Establece las normas de tránsito a seguir en caminos y carreteras.
RES. N° 1.465/00 MINTRATEL
Dispone Utilización de Cintas Retrorreflectivas en Vehículos que indica y Modificado por la Resolución N°
1.987 exenta del MINTRATEL.
D.S. N° 298/94 MINTRATEL
Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
Resolución Nº 253/01 SERNAGEOMIN
Reglamento de Tránsito y Transportes de Personas y Materiales.
Vinculación con proyecto
Fases de construcción, operación
y cierre
Se requiere el transporte de maquinaria y materiales hacia el área del
proyecto.
Acreditación de Cumplimiento
Se requerirá de transporte de materiales, maquinarias y personas durante las fases de construcción,
operación y cierre.
SUMITOMO no utilizará vehículos de transporte que sobrepasen los límites de peso máximo, así como
tampoco transporte que sobrepase las dimensiones máximas.
Se le solicitará a las empresas contratistas de transporte de materiales, maquinarias y personas, que
cumplan con toda la normativa aplicable a las condiciones de transporte según sea el caso.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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5.2.15 Ordenamiento Territorial
Materia Instrumentos de planificación territorial
Aspecto ambiental asociado Planificación territorial
Normas ambientales asociadas
Resolución Nº 14, Gobierno Regional de Coquimbo
Plan Regional de Desarrollo Urbano, IV Región de Coquimbo (P.R.D.U.): El objetivo general del Plan es disponer de un instrumento de gestión eficaz para el uso más adecuado del territorio, en función de su desarrollo integral. Con esto se persigue: Constituir un marco de referencia para la toma de decisiones, identificar las acciones claves necesarias para el desarrollo de la región, prever las mejores condiciones ambientales de la región, mejorar la funcionalidad del conjunto de localidades e integrar a todos los centros poblados a las posibilidades de desarrollo.
Decreto N° 17, Gobierno Regional de Coquimbo
Límite Urbano: Fija el Límite Urbano de la Caleta Los Hornos, Comuna de La Higuera.
Vinculación con el proyecto
Fase de construcción, operación y cierre
Alineación del proyecto de prospección minera con los lineamientos indicados en el P.R.D.U.
Acreditación de Cumplimiento
La comuna de La Higuera cuenta con numerosas iniciativas orientadas a mejorar la calidad de vida de sus
habitantes. El proyecto no está relacionado con dichas iniciativas, y tampoco genera actividades, obras o
externalidades que vayan en contra de los intereses de la comuna.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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6.0 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES APLICABLES AL PROYECTO
Esta sección tiene por propósito identificar y desarrollar el Permiso Ambiental Sectorial (en adelante PAS) que
requiere el proyecto, de acuerdo al listado proporcionado por el Título VII del D.S. Nº 30/97, Reglamento del
Sistema de Evaluación Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 95/02,
ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES).
6.1 Aplicabilidad al proyecto de los permisos ambientales sectoriales
La Tabla 24 presenta un listado de todos los permisos ambientales sectoriales incluidos en el Reglamento del
SEIA, indicando el artículo donde se encuentran citados, el tema que regulan y su aplicabilidad al proyecto en
estudio.
Tabla 24: Identificación de los Permisos Ambientales Sectoriales Aplicables al Proyecto.
ART. PERMISO APLIC. COMENTARIO
68
Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos.
NO
El proyecto no contempla arrojar ninguna sustancia en aguas sometidas a jurisdicción nacional, puertos, ríos o lagos.
69
Permisos para efectuar vertimientos en aguas sometidas a jurisdicción nacional o en alta mar, desde naves, aeronaves, artefactos navales, construcciones y obras portuarias.
NO
El proyecto no contempla arrojar ninguna sustancia en aguas sometidas a jurisdicción nacional o en alta mar.
70 Permiso para emplazar instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas en puertos y terminales marítimos del país.
NO
El proyecto no contempla el emplazamiento de instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas en puertos y terminales marítimos.
71
Permiso para descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, aguas que contengan mezclas oleosas, provenientes de una planta de tratamiento de instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas.
NO El proyecto no contempla descargar aguas que contengan mezclas oleosas.
72
Permisos para instalar y operar un terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar.
NO El proyecto no contempla instalar u operar un terminal marítimo.
73
Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna.
NO
El proyecto no contempla la introducción o descarga de ninguna materia, sustancia o energía en aguas sometidas a jurisdicción nacional.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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ART. PERMISO APLIC. COMENTARIO
74 Permisos para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos.
NO
El proyecto no contempla la realización de actividades de cultivo o producción de recursos hidrobiológicos.
75
Permisos para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a uno de éstos; para destruir, transformar o reparar uno de éstos, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo.
NO
El proyecto no contempla la ejecución de trabajos de conservación, reparación, restauración, remoción, destrucción o reparación de Monumentos Históricos.
76 Permisos para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico.
NO El proyecto contempla la excavación de sitios de carácter o tipo antropológico.
77 Permiso para hacer construcciones nuevas en zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación.
NO El área de emplazamiento del proyecto no ha sido declarada zona típica o pintoresca.
78
Permiso para iniciar trabajos de construcción o excavación, o para desarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiera alterar el estado natural de un Santuario de la Naturaleza.
NO El área de emplazamiento del proyecto no corresponde a un Santuario de la Naturaleza.
79
Permiso para efectuar exploraciones de aguas subterráneas en terrenos públicos o privados de zonas que alimenten áreas de vegas y de los llamados bofedales, en las regiones de Tarapacá y Antofagasta.
NO El proyecto no contempla efectuar exploraciones de aguas subterráneas.
80 Permiso para realizar nuevas explotaciones o mayores extracciones de aguas subterráneas que las autorizadas, en zonas de prohibición.
NO
El proyecto no contempla nuevas explotaciones o extracciones de aguas subterráneas.
81
Permiso para el emplazamiento, construcción, puesta en servicio, operación, cierre y desmantelamiento, en su caso, de las instalaciones, plantas, centros, laboratorios, establecimientos y equipos nucleares.
NO
El proyecto no contempla el emplazamiento, construcción, puesta en servicio, operación, cierre o desmantelamiento de instalaciones, plantas, centros, laboratorios, establecimientos o equipos nucleares.
82
Permiso para centrales nucleares de potencia, plantas de enriquecimiento, plantas de reprocesamiento y depósitos de almacenamiento permanente de desechos calientes de larga vida.
NO
El proyecto no contempla la habilitación de centrales nucleares, plantas de enriquecimiento, plantas de reprocesamiento o depósitos de almacenamiento permanente de desechos calientes de larga vida.
83 Permiso para el transporte de materiales radiactivos en todas las modalidades de transporte por vía terrestre, acuática o aérea, mientras tales materiales radiactivos
NO El proyecto no contempla el transporte de materiales radiactivos.
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ART. PERMISO APLIC. COMENTARIO
no formen parte integrante del medio de transporte.
84 Permiso para emprender la construcción de tranques de relave.
NO El proyecto no contempla la construcción de tranques de relave.
85
Permiso para ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, en cementerios, en playas de puertos habilitados y en sitios destinados a la captación de las aguas necesarias para un pueblo; a menor distancia de 50 m, medidos horizontalmente, de edificios, caminos públicos, ferrocarriles, líneas eléctricas de alta tensión, andariveles, conductos, defensas fluviales, cursos de agua y lagos de uso público, y a menor distancia de 200 m de obras de embalse, estaciones de radiocomunicaciones, antenas e instalaciones de telecomunicación.
NO El proyecto no contempla la ejecución de labores mineras en las zonas indicadas.
86 Permisos para ejecutar labores mineras en lugares declarados parques nacionales, reservas nacionales o monumentos naturales.
NO El proyecto no contempla la ejecución de labores mineras en los lugares indicados.
87 Permiso para ejecutar labores mineras en covaderas o en lugares que hayan sido declarados de interés histórico o científico.
NO El proyecto no contempla la ejecución de labores mineras en los lugares indicados.
88 Permiso para establecer un apilamiento de residuos mineros y botaderos de estériles.
NO
El proyecto no contempla la instalación apilamiento de residuos mineros o botaderos de estériles.
89 Permiso para la extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros.
NO El proyecto no contempla la extracción de ripio o arena en cauces de ríos o esteros.
90
Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.
NO El proyecto no contempla la disposición de residuos industriales y/o mineros líquidos.
91
Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.
SI
El proyecto involucra la construcción de obras de tratamiento de aguas servidas e infiltración por drenes.
92
Permiso para ejecutar labores mineras en sitios donde se ha alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua.
NO
El proyecto no contempla la ejecución de labores mineras en sitios donde se ha alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua.
93 Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de
SI El proyecto contempla la acumulación temporal de
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ART. PERMISO APLIC. COMENTARIO
basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase.
residuos en containers cerrados.
94 Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje.
NO
El proyecto no requiere calificación como establecimiento industrial o de bodegaje.
95
Permisos para realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental.
NO El proyecto no contempla efectuar pesca.
96
Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.
NO El proyecto no requiere permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales.
97 Permiso para la instalación de un cementerio, o de un crematorio.
NO El proyecto no contempla la instalación de cementerios o crematorios.
98 Permiso para la recolección de huevos y crías con fines científicos o de reproducción.
NO El proyecto no contempla la recolección de huevos o crías.
99 Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas.
SI El proyecto contempla la captura de ejemplares de fauna de las especies protegidas
100
Permiso para la introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas.
NO El proyecto no contempla introducir al territorio nacional ninguna especie.
101 Permiso para la construcción de las obras a que se refiere el artículo 294 del Código de Aguas.
NO El proyecto no contempla la construcción de dichas obras.
102 Permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal.
NO El proyecto no contempla la corta o explotación de bosque nativo o plantaciones.
103
Permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Alerce, cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas.
NO El proyecto no contempla la corta o explotación de ninguna especie forestal.
104
Permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Pehuén, cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas.
NO El proyecto no contempla la corta o explotación de ninguna especie forestal.
105 Permiso para la corta o explotación Queule, Pitao, Belloto del Sur, Ruil, Belloto del Norte, cuando ésta tenga por objeto habilitar terrenos para la construcción
NO El proyecto no contempla la corta o explotación de ninguna especie forestal.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
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ART. PERMISO APLIC. COMENTARIO
de obras públicas.
106 Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales.
NO El proyecto no contempla obras de regularización o defensa de cauces naturales.
Efectuado el análisis del Título VII del D.S. Nº 30/97, Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, cuyo
texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 95/02, ambos del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia (MINSEGPRES), se concluye que el presente proyecto requiere la obtención de PAS
91, PAS 93 y el PAS 99
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.
NORMA Reglamento SEIA Artículo 91
Sectorial de Referencia Artículo 71 letra b) del D.F.L. N° 725/67, Código Sanitario
AUTORIDAD SEREMI de Salud
Requisitos para su otorgamiento y contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento
En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas apropiadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:
a) En caso de disposición de las aguas por infiltración:
El proyecto de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas considera la infiltración de aguas por drenes.
La Planta considera la instalación de dos fosas sépticas (6.300 y 3.500 lts).
El proyecto contempla infiltración al subsuelo de las aguas de rebalse de las fosas mediante drenes,
construidas con tuberías de pvc perforadas.
El índice de absorción considerado para el diseño del sistema de infiltración de los drenes fue de 105
lt/m2/día, valor obtenido de acuerdo a pruebas realizadas en la zona de infiltración a través de dos pozos de
prueba.
Cabe señalar que a la fecha 08 de Octubre de 2010 se inició la tramitación para obtener la autorización
sanitaria de los proyectos de agua potable y sistema de alcantarillado del proyecto Alfa) (Ver Anexo I),
documento en el cual se dan los detalles constructivos de esta Planta.
b) En caso que las aguas, con o sin tratamiento, sean dispuestas en un cauce superficial:
No aplica al proyecto.
c) En caso de plantas de tratamiento de aguas servidas:
El proyecto contará con una (1) planta de tratamiento de aguas servidas, ubicada en la zona de campamento.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 81
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.
c.1. La caracterización físico-química y microbiológica del caudal a tratar.
Las aguas corresponderán a la caracterizada por los servicios higiénicos e instalaciones domésticas de los edificios de los campamentos, oficinas, talleres, entre otros. Típicamente estos residuos presentan las siguientes concentraciones, los que serán considerados en el diseño del tratamiento:
Componente Valores Unidad
Sólidos totales 720 mg/ lt
Sólidos disueltos 500 mg/ lt
Sólidos sedimentables 10 mg/ lt
DBO5 220 mg/ lt
COT 160 mg/ lt
DQO 500 mg/ lt
Nitrógeno 40 mg/ lt
Fósforo total 8 mg/ lt
Aceites y grasa 100 mg/ lt
Coliformes totales 107 - 108 NMP/ 100 ml
Fuente: Metcalf y Eddy , 1991
c.2. El caudal a tratar
Durante las faenas de construcción, operación y cierre del proyecto la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas tratará un caudal estimado en 3,0 m
3/día considerando un máximo de 30 trabajadores en forma
simultánea en la faena. No obstante lo anterior, la Planta poseerá una capacidad de tratamiento de 4,5 m
3/día. Las aguas servidas tratadas serán drenadas a través de drenes.
c.3. Caracterización físico-química y bacteriológica del efluente tratado a descargar al cuerpo o curso receptor.
El proyecto no contempla la descarga de los efluentes tratados a un cuerpo o curso receptor, sino que su
infiltración por medio de drenes.
Cabe señalar que a la fecha 08 de Octubre de 2010 se inició la tramitación para obtener la autorización
sanitaria de los proyectos de agua potable y sistema de alcantarillado del proyecto Alfa) (Ver Anexo I),
documento en el cual se dan los detalles constructivos de esta Planta.
c.4. La caracterización y forma de manejo y disposición de los lodos generados por la planta.
Los lodos producidos por la Planta de Tratamiento serán retirados con camión limpia fosas que cumpla las exigencias de la legislación vigente para ser dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 82
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
NORMA Reglamento SEIA Artículo 93
Sectorial de Referencia Artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 725/67, Código Sanitario.
AUTORIDAD SEREMI de Salud
Requisitos para su otorgamiento y contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento
a) Aspectos Generales
El proyecto tiene como objetivo la ejecución de trabajos de prospección minera.
a.1. Definición del Tipo de Tratamiento
No se contempla ningún tipo de tratamiento para los residuos, sino solamente el acopio temporal hasta su disposición final a un sitio autorizado.
a.2. Localización y Características del Terreno
Localización del Terreno:
El proyecto se localizará en la Región de Coquimbo, Provincia del Elqui, Comuna de La Higuera, aproximadamente a 120 km al norte de la ciudad de La Serena (Figura 1).
Características del Terreno:
El terreno en donde se desarrollará el proyecto pertenece a una comunidad agrícola con la cual se estableció una servidumbre minera de ocupación y tránsito lo que permitió la actividad de exploración por parte de SUMITOMO en una superficie de 13.000 hectáreas controladas por la compañía. El área donde se realizará el acopio temporal de los residuos estará dentro de las instalaciones de SUMITOMO.
a.3. Caracterización Cualitativa y Cuantitativa de los Residuos
Durante las diferentes fases del de proyecto se generarán residuos no peligrosos (domésticos, asimilables a domésticos) y residuos peligrosos. La cantidad de residuos generados según tipo y etapa del proyecto se presentan en la siguiente tabla.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 83
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
a.4. Obras Civiles Proyectadas y Existentes
No se tiene previsto construir obras adicionales para el almacenamiento temporal de los residuos. Actualmente dentro de las instalaciones se cuenta con un compartimento hermético ya adecuado para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos.
a.5. Vientos Predominantes
Los vientos en el área de emplazamiento del proyecto soplan con tendencia Sur – Suroeste, llegando a velocidades de 5 – 6 m/s.
a.6. Formas de Control y Manejo de Material Particulado, de las Emisiones Gaseosas, de las Partículas de los Caminos de Acceso e Internos que se Pretenda Implementar, y de Olores, Ruidos, Emisiones Liquidas y Vectores
Las emisiones de material particulado y gases serán temporales en los distintos sectores donde se ejecuten
las actividades de prospección. Estas emisiones se minimizarán a través de la implementación de las
siguientes medidas de control:
Humectación de caminos internos con mayor circulación, cercanos al campamento.
Aplicación de estabilizante (Bischofita) en el tramo de la ruta D-275 por la cual se accede al área del
proyecto.
Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones estrictamente necesarias, de modo de minimizar
la emisión de partículas en las faenas de movimiento de tierras.
Mantención periódica de la maquinaria y vehículos utilizados en la faena, a fin de reducir sus emisiones
Residuo Contenido Volumen
Residuos industriales peligrosos
Trapos para limpieza de máquinas
70 (kg/mes)
Envases de aditivos (fase de operación)
0,4 (m3/mes)
Tambores de lubricantes (fase de operación)
3 tambores de 0,2 m
3 cada dos
meses
Sacos de aditivos (fase de operación)
120 (kg/mes)
Residuos industriales no peligrosos
Restos de embalaje, plásticos, maderas, cartón, metálicas, etc.
15 (m3/mes)
Residuos sólidos domésticos
Basura orgánica, latas, plásticos, papel, etc.
42 (kg/día)
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 84
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
a la atmósfera, lo cual será constatado mediante la exigencia de la revisión técnica al día.
Cumplimiento de la velocidad máxima establecida en los procedimientos de manejo de SUMITOMO. La
velocidad máxima de desplazamiento en caminos de tierra, de acuerdo al procedimiento de manejo de
SUMITOMO, será de 40 km/hr, lo cual será reforzado mediante la instalación de la señalética
respectiva junto con inducciones al personal.
Los camiones que transporten los materiales de construcción del proyecto y los desechos, deberán ser
habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas de material;
Se mantendrá un nivel de carga hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva; y El transporte de los materiales que producen polvo se efectuará con la sección de carga de los
camiones tapada con lonas, de manera de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales sólidos o líquidos.
En relación al control de vectores, el Proyecto cumplirá con lo indicado en el DS 594/00 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con lo indicado en Art 1° del DS N° 735/69. MINSAL, modificado por D.S. N° 131/06, MINSAL, Reglamento de los Servicios de Agua destinados al Consumo Humano, como así también con el DS N° 977/96 MINSAL, Reglamento Sanitario de los Alimentos. Todo eso aplicable al lugar de trabajo, con lo que se mantendrá un control de los vectores sanitarios, como moscas y roedores.
a.7. Características Hidrológicas e Hidrogeológicas
A escala local, no existen cursos de agua cercanos al área del Proyecto. Se hace presente que el emplazamiento del almacenamiento temporal de los residuos no considera la intervención de cursos de agua superficial ni aguas subterráneas.
a8) Planes de Prevención de Riesgos y Planes de Control de Accidentes, Enfatizando las Medidas de Seguridad y de Control de Incendios, Derrames y Fugas de Compuestos y Residuos.
A continuación se señalan las principales medidas a considerar por el Proyecto respecto de la Prevención de Riesgos y control de accidentes en el área de manejo de residuos.
Prevención de Riesgos
El Plan de prevención de riesgos está enfocado a los posibles derrames accidentales y a los posibles incendios que se puedan presentar debido al almacenamiento de residuos. En términos generales, las medidas comprenderán:
Previo al llenado de contenedores, se verificará que el mismo esté en buenas condiciones.
Se realizarán inspecciones visuales periódicas a fin de constatar que no ocurren derrames o fugas.
El contratista encargado de los trabajos contará con un Plan de Emergencia en caso de eventuales
incendios.
DIA PROYECTO PROSPECCIÓN ALFA
Diciembre, 2010 Nº Informe: 109 215 3023 85
PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Se mantendrá en el área de almacenamiento de residuos peligrosos extintores de 10 kg. debidamente
inspeccionados.
Se prohibirá fumar y hacer cualquier tipo de fuego en el área de acopio de residuos.
Se instruirá al personal sobre el uso adecuado de los equipos de comunicación durante una
emergencia de incendio.
Plan de Contingencias
Las potenciales contingencias producidas durante el manejo residuos peligrosos están asociadas a la ocurrencia de derrames accidentales y eventos de incendio.
En el caso de eventuales derrames se actuará de la siguiente forma:
Como primera medida se interrumpirá la fuente de alimentación del derrame. Esta acción será
ejecutada directamente por el personal a cargo.
Se adoptarán las medidas necesarias para mantener el derrame confinado o circunscrito. Se utilizará
arena u otro material similar habilitando pequeños diques en torno al derrame.
Se procederá al retiro de la sustancia derramada mediante palas, maquinaria o bombas, según se
requiera. La sustancia será almacenada bajo los procedimientos generales que se estén utilizando para
sustancias peligrosas haciendo uso de los medios e instalaciones existentes en la faena, incluyendo
estanques, tambores, depósito de residuos peligrosos, etc.
La zona de derrame será limpiada y el suelo con contenido de producto será removido. En el caso que
la sustancia derramada corresponda a hidrocarburos u otros productos químicos, el suelo será tratado
como residuo peligroso, y dispuesto en un lugar autorizado.
En caso de ocurrencia de un incendio, el personal que se encuentre más cerca de éste dará aviso al supervisor inmediato, quien se comunicará por radio o celular con el jefe o coordinador del proyecto y/o con el coordinador de SUMITOMO, proporcionando los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de material que se está quemando, cantidad de combustible, recursos amenazados, disponibilidad de implementos de combate del fuego, vías de acceso seguras, condiciones meteorológicas locales imperantes (dirección e intensidad del viento), y si se requiere más personal para el combate. En caso que por las características del siniestro se prevea un dificultoso control o riesgo que la situación pueda escapar de control, se procederá a dar inmediato aviso a Bomberos y Carabineros.
a.9. Manejo de Residuos Generados dentro de la Planta
El manejo de residuos corresponde a las actividades relacionadas con la clasificación, contenerización, transporte y disposición de residuos
b) Tratándose de estaciones de transferencia
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PERMISO
Para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
No aplica. No se considera instalación de estaciones de transferencia.
c) Tratándose de plantas de compostaje
No aplica. No se realizará compostaje de los residuos.
d) Tratándose de plantas de incineración
No aplica. No se realizará incineración de los residuos.
e) Tratándose de un relleno sanitario
El proyecto no considera un relleno sanitario.
f) Almacenamiento de Residuos
f1) Características del Recinto
Las características del recinto de almacenamiento se detallan en punto a.4 del presente documento
f2) Establecimiento de las Formas de Almacenamiento, tales como a Granel o en Contenedores
Para los residuos domésticos, industriales y peligrosos se contará con tambores herméticos donde serán almacenados.
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PERMISO
Caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas.
NORMA Reglamento SEIA Artículo 99
Sectorial de Referencia Artículo 9 de la Ley N°4.601, sobre Caza
AUTORIDAD SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO
Requisitos para su otorgamiento y contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento
En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas
y/o condiciones ambientales adecuadas para la captura de especies protegidas:
En el área de emplazamiento del proyecto existen especies en categoría de conservación, por lo que será
necesario efectuar un “Plan de Captura y Relocalización”. Las especies involucrada son lagartija de Atacama
(Liolaemus atacamensis) clasificada como “Rara”, lagartija de Copiapó (Liolaemus copiapoensis) clasificada
como “Fuera de Peligro”, lagartija oscura (Liolaemus fuscus) clasificada como “Fuera de Peligro”, Lagarto
nítido (Liolaemus nitidus) clasificada como “Vulnerable”, Lagartija de Plate (liolaemus platei). Todas las
especies mencionadas anteriormente están catalogadas por el D.S. N°5 de MINAGRI (Reglamento Ley de
Caza).
El plan de rescate será efectuado cada vez que sea requerido de acuerdo al avance del proyecto, por un
biólogo experto y un ayudante, y tendrá como objetivo la captura de individuos en el área que será
intervenida por las obras por un período de 3 días y dos noches. Posteriormente, los individuos capturados
serán relocalizados en otro sitio con características ambientales similares, que no sean intervenidos por el
proyecto.
La metodología a utilizar para la captura de cada grupo zoológico se presenta a continuación:
Reptiles
Se realizará una búsqueda intensiva de individuos en hábitat principalmente terrícola en que se
encuentra la especie. Las capturas se realizarán en jornadas doble, en la mañana de 09:00 a 12:00
horas y en la tarde de 16:00 a 19:00 horas, cuando los rayos solares caen en forma diagonal sobre la
tierra.
Se utilizarán lazos, bolsas de traslado (de género, cerrables), terrarios o cajas de cartón con tierra en el
interior.
Todos los individuos capturados serán depositados temporalmente, por un plazo inferior a 24 horas, en
recipientes plásticos con respiraderos, o en sacos herpetológicos en lugares con semisombra, hasta su
relocalización.
Para el transporte al sitio de relocalización cada recipiente y saco herpetológico será trasladado en
camionetas por una distancia que no superará los 3 km del área de rescate.
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7.0 RELACIÓN DEL PROYECTO CON PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL Y COMUNAL
Según lo indicado en el artículo 9° de la Ley 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (que
modifica la Ley 19.300 Ley sobre Generales del Medio Ambiente), los proponentes de proyectos o actividades,
en sus Estudios o Declaraciones de Impacto Ambiental, deberán describir la forma en que tales proyectos o
actividades se relacionan con las políticas, planes o programas de desarrollo regional, así como con los planes
de desarrollo comunal.
Las políticas, los planes y los programas de desarrollo regional y comunal que serán analizados en relación al
proyecto, corresponden a:
Estrategia Regional de Desarrollo Región de Coquimbo al 2020; y
Plan de Desarrollo Comunal La Higuera (2005 – 2009).
Cabe destacar que según el Instructivo “Aplicación de Artículos Modificados o Incorporados a la Ley N° 19.300,
Luego de la Entrada en Vigencia de la Ley N° 20.417” emitido el 30 de junio de 2010 a través del Oficio ORD:
N° 101958 de la Dirección Ejecutiva de CONAMA, los planes, políticas y programas de desarrollo regional y
comunal que se considerarán en el marco del SEIA serán exclusivamente aquellos que hayan sido aprobados
formalmente, a través de una acto administrativo, por el Gobierno Regional y las Municipalidades.
A continuación se presenta el análisis realizado, el cual incluye la indicación de si el proyecto es concordante,
afecta o considera los planes, políticas y programas con que cuenta la Región de Coquimbo y la comuna de La
Higuera.
7.1 Estrategia Regional de Desarrollo Región de Coquimbo al 2020
La Estrategia Regional de Desarrollo de la Región de Coquimbo se ha planteado como eje central a las
personas, integrando un análisis de las problemáticas del sistema social cruzado con aquellas provenientes del
sistema territorial, que orientará a la Región en los próximos diez años. Define 6 lineamientos estratégicos,
cada uno de ellos con un objetivo general y varios objetivos específicos, los cuales son:
Crecimiento equilibrado del sistema urbano regional con calidad de vida e integración social.
Espacio rural con mayores oportunidades para sus habitantes.
Zona costera más equilibrada y armónica sociedad regional más inclusiva.
Economía compatible con la preservación de la base de recursos naturales y la calidad de vida como
sello regional.
Cohesión social basada en una identidad regional reconocida y en el buen gobierno, con relaciones
interregionales e internacionales activas.
La Tabla 25 presenta un resumen de los lineamientos estratégicos y los objetivos definidos para cada
lineamiento.
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Tabla 25: Lineamientos estratégicos y objetivos específicos de la Estrategia de Desarrollo Regional de Coquimbo
Lineamientos estratégicos Objetivos Generales Objetivos específicos
Crecimiento equilibrado del
sistema urbano regional con
calidad de vida e integración
social
Favorecer un desarrollo armónico y
equitativo de las ciudades de la región
Orientar y planificar el crecimiento de la conurbación Coquimbo-La Serena
Orientar y planificar el crecimiento urbano de Ovalle, Vicuña, Monte Patria, Illapel,
Salamanca y Los Vilos
Promover la sustentabilidad de nuevos proyectos e iniciativas de desarrollo urbano
Reducir la segregación espacial y promover la mixtura urbana en las ciudades
Mejorar la calidad de vida en los barrios periféricos y el acceso a las oportunidades en
la ciudad
Mejorar los centros históricos de las ciudades
Diseñar y construir viviendas de calidad, en armonía con el patrimonio urbano
Fomentar el desarrollo de espacios públicos de calidad
Mejorar el tratamiento y disposición de los residuos urbanos
Optimizar la utilización del agua potable y no potable
Incentivar un uso eficiente de la energía
Impulsar la construcción de infraestructuras básicas en los territorios estratégicos de
los espacios urbanos de la región
Programar la construcción de viviendas sociales en función del crecimiento
demográfico comunal
Espacio rural con mayores
oportunidades para sus
habitantes
Mejorar las condiciones de vida en el
espacio rural del secano
Reducir la extrema pobreza, principalmente en las comunidades agrícolas
Impulsar nuevas alternativas de empleo y emprendimiento
Mejorar la conectividad y accesibilidad interior de la región
Mejorar las infraestructuras locales y la calidad de la vivienda
Mejorar el acceso a la educación y a la salud
Fomentar el uso eficiente y controlado del recurso agua subterránea
Proteger el patrimonio natural y cultura
Apoyar y promover el desarrollo de los
polos secundarios en el espacio rural
bajo riego y en los territorios
estratégicos del espacio rural de la
Región
Potenciar los polos secundarios como centros de articulación del espacio rural regional
Favorecer acciones que contribuyan a la permanencia de la población en el espacio
rural
Reducir la pobreza de los trabajadores por temporada, especialmente de las mujeres
Mejorar la calificación de los trabajadores agrícolas
Mejorar la eficiencia en el uso del recurso agua, anticipándose a los conflictos
Facilitar la transferencia de tecnología
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Lineamientos estratégicos Objetivos Generales Objetivos específicos
Fomentar la diversificación y adaptación de los cultivos agrícolas
Fortalecer sistemas de producción, socialmente responsables y ambientalmente
limpios, acorde a las exigencias de los mercados nacionales e internacionales
Impulsar la construcción de infraestructuras en los territorios estratégicos rurales de la
región
Mejorar el acceso a los servicios básicos de calidad en todos los polos secundarios
Mejorar el acceso a la conectividad digital
Zona costera más equilibrada
y armónica
Mejorar la integración de la zona
costera como factor de desarrollo
regional
Promover la sustentabilidad buscando el equilibrio entre los distintos usos
Fomentar el tratamiento de las aguas residuales
Garantizar el libre acceso de las personas al borde costero, así como a las vías de
evacuación
Poner en los valores los espacios costeros, en especial aquellos con potencial turístico
y de biodiversidad, respetando las condiciones del medio natural donde se insertan
Actualizar la zonificación costera regional en el marco de la Comisión Regional del Uso
del Borde Costero
Incorporar de mejor manera la prevención de riesgos por desastres en la zonificación
del borde costero y en los instrumentos de planificación territorial que corresponda
Promover un desarrollo portuario acorde con las necesidades regionales y nacionales
Sociedad regional más
inclusiva
Mejorar la calidad de la educación
como base de un necesario cambio
socio cultural
Mejorar la integración de los jóvenes a la sociedad y al mercado laboral
Promover una mayor correspondencia de las carreras universitarias y técnicas con el
mercado laboral actual y potencial de la región
Promover la cultura del emprendimiento en los distintos niveles de educación
Aumentar el acceso de calidad al uso de las TIC´s en todos los segmentos de la
sociedad
Desarrollar acciones en el sistema educativo para generar un cambio cultural
orientado a las especificidades de la región
Adaptar y proyectar el ritmo de construcción de las infraestructuras educacionales a
los nuevos patrones de cambio demográfico que está experimentando la región
Mejorar la calidad y especialización docente en función de las necesidades de la
región
Reducir las brechas sociales en los
grupos más vulnerables
Integrar al conjunto de la población en condición de vulnerabilidad a los programas
sociales regionales y nacionales
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Lineamientos estratégicos Objetivos Generales Objetivos específicos
Aumentar la integración social de las personas con discapacidad
Incorporar de manera efectiva a la
mujer a los distintos ámbitos del
desarrollo
Mejorar la calidad de vida de las mujeres
Reducir los niveles de violencia intrafamiliar
Promover la reducción de la brecha salarial
Fomentar la incorporación al mercado del trabajo
Incrementar los canales de participación femenina en las artes y cultura regional
Economía compatible con la
preservación de la base de
recursos naturales y la
calidad de vida como sello
regional
Aumentar la sustentabilidad y
sostenibilidad de la base de recursos
naturales renovables y no renovables
Promover un uso eficiente del recurso agua en las actividades que hace un uso
intensivo del mismo
Promover la diversificación de las fuentes de energía
Promover acciones para frenar los efectos de la desertificación
Promover acciones que generen conciencia y responsabilidad medioambiental
respecto del cambio climático en el conjunto de la sociedad regional
Gestionar adecuadamente los residuos sólidos, líquidos y gaseosos
Desarrollar una política de valoración de los recursos naturales y biodiversidad
Fomentar una relación armónica de la actividad minera, agrícola acuícola e industrial
con los intereses y actividades de las comunidades locales y con el medio ambiente
Optimizar los impactos provenientes de
los factores económicos externos
Disminuir la vulnerabilidad a los factores económicos externos en los sectores
productivos y regionales
Facilitar el acceso a la información sobre los cambios económicos y geopolíticos
mundiales para las MPYMES
Potenciar el desarrollo endógeno y la
economía residencial
Promover la investigación en el ámbito del turismo de intereses especiales
Desarrollar productos turísticos complementarios al turismo de sol y playa
Potenciar la acuicultura y la pesca
Potenciar la industria pesquera regional y sus actividades relacionadas, favoreciendo
además el rol de las cooperativas
Fortalecer las condiciones que permitan sostener en el tiempo el crecimiento de la
inmigración a la región
Favorecer la generación de encadenamiento de los sectores productivos que conforma
la economía residencial
Mantener y reforzar la calidad de vida
con sello regional
Reforzar en la región las condiciones que permiten la conmutación laboral
Disminuir las condiciones de vulnerabilidad frente a riesgos de distinta +índole
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Lineamientos estratégicos Objetivos Generales Objetivos específicos
Fomentar el desarrollo de la responsabilidad social empresarial
Promover la producción ambientalmente limpia
Reforzar y diversificar los factores de atracción de turistas nacionales y extranjeros
Impulsar la creación de un polo tecnológico para la innovación en el ámbito de la
sustentabilidad
Crear condiciones para la investigación
y el desarrollo tecnológico
Potenciar las redes en el ámbito de la investigación y el desarrollo (I+D)
Fortalecer la función de polo de educación superior macro regional
Favorecer el uso intensivo de las TIC´s en las MIPYMES regionales
Favorecer la transferencia tecnológica desde los centros de investigación regionales,
nacionales e internacionales a las MIPYMES
Mayor cohesión social basada en una identidad
regional reconocida y en el buen gobierno, con
relaciones interregionales e internacionales activas
Desarrollar formas de gestión y
administración socialmente inclusivas
Mejorar la coherencia entre las aspiraciones de los habitantes y las políticas regionales
y locales
Promover la transversalidad y la integración en la institucionalidad regional y local
Impulsar nuevas formas de relación entre los diferentes niveles de la división político-
administrativa en la región
Reforzar la construcción de una
identidad regional
Reforzar los elementos claves de la multiculturalidad
Potenciar una identidad regional reconocida y compartida por los habitantes de la
región
Promover las identidades locales
Poner en valor el patrimonio de la región
Valorar los productos locales
Promocionar los productos locales e la región y en el exterior
Fortalecer la denominación de origen de los productos regionales y locales
Promover la dieta mediterránea como una forma de alimentación saludable para la
población
Potenciar las relaciones inter
regionales e internacionales
Reforzar las relaciones con las regiones de Valparaíso, Atacama y la Provincia de San
Juan en Argentina
Ampliar las relaciones internacionales ya existentes, a otros territorios del mundo de
acuerdo a lo establecido por la Política Exterior de Chile
Fortalecer la integración con territorios pertenecientes al paralelo 30 (corredor
Bioceánico Central Paso Agua Negra)
Desarrollar relaciones con otras regiones del mundo, preferencialmente de América
del Sur
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Lineamientos estratégicos Objetivos Generales Objetivos específicos
Conformar una red de regiones semiáridas a escala mundial
Posicionar y difundir la región en el ámbito internacional en coordinación con los
servicios públicos, municipios, universidades y el sector privado
Fuente: PLADECO Comuna La Higuera
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Dada la naturaleza del proyecto es posible concluir que este no interfiere los lineamientos y objetivos de la
Estrategia de Desarrollo Regional, y tampoco contempla la ejecución de obras y actividades que se
contrapongan a dicha Estrategia.
SUMITOMO promoverá una relación armónica de su actividad minera con los intereses y actividades de las
comunidades locales y con el medio ambiente. De la misma forma gestionará adecuadamente los residuos
sólidos, líquidos y gaseosos.
7.2 Plan de Desarrollo Comunal La Higuera
El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) es el instrumento rector del desarrollo en la comuna y contempla
las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y a promover su avance social,
económico y cultural. El PLADECO La Higuera tiene vigencia entre los años 2010 y 2014, cuenta con 6
objetivos estratégicos y cada uno de ellos con las líneas de acción estratégicas respectivas:.
Los objetivos estratégicos y las líneas de acción de este instrumento se han definido de acuerdo a distintas
áreas de trabajo, las cuales se resumen a continuación en la Tabla 26.
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Tabla 26: Objetivos estratégicos y Línea de Acción PLADECO La Higuera
Objetivo estratégico Líneas de acción estratégicas
Promover y fortalecer políticas sociales integradas que permitan mejorar la calidad de los hombres y mujeres de la comuna, incorporando principios basados en la inclusión y equidad social. Promoviendo la accesibilidad de sus habitantes a una educación de calidad, una vida saludable y a un entorno seguro
Instalación definitiva del sistema de protección Social Educacional pública municipal de calidad vida
Promover procesos y espacios de participación ciudadana en emprendimientos, incorporando especialmente a jóvenes y mujeres como actores relevantes del desarrollo comunal
Participación e integración territorial Fortalecimiento de los emprendimientos locales
Desarrollar un plan estratégico de inversiones en infraestructura, que permitan asegurar mejores condiciones de habitabilidad y oportunidades de desarrollo para las áreas urbanas y rurales de la comuna. Considerando criterios de equidad social y focalización territorial
Fortalecimiento de las capacidad de respuesta de la SECPLAN Incorporación de capacidades de planificación y ordenamiento territorial,
sistema de formulación, evaluación, control y seguimiento de proyectos Captación de recursos externos Mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de los sectores
urbanos y rurales de la comuna Infraestructura estratégica para el desarrollo territorial de la comuna
Modernizar la gestión municipal considerando criterios de eficiencia administrativa, mecanismos de inclusión ciudadana, desarrollo del recurso humano e integración de las tecnologías de información e internet
Eficiencia administrativa Modernización de la gestión organizacional del municipio Inclusión ciudadana
Promover y fortalecer políticas educacionales que permitan mejorar la calidad de vida de los hombres y mujeres de la comuna. Promoviendo la accesibilidad de sus habitantes a una educación de calidad
Instalación definitiva de un sistema de educación pública municipal de calidad
Infraestructura estratégica para el desarrollo territorial de la comuna
Promover y mejorar políticas de salud integradas a la red pública que permitan mejorar la calidad de vida de los hombres y mujeres de la comuna, incorporando principios de prevención, equidad social y genero. Promoviendo la accesibilidad de sus habitantes a una vida saludable y a un servicio permanente
Gestión y atención en salud Vida y alimentación saludable Equipamiento e infraestructura estratégica para el desarrollo terriotirial
de la comuna
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Como se puede observar, la comuna de La Higuera cuenta con numerosas iniciativas orientadas a mejorar la
calidad de vida de sus habitantes. El proyecto no está relacionado con dichas iniciativas, y tampoco genera
actividades, obras o externalidades que vayan en contra de los intereses de la comuna.
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8.0 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS
SUMITOMO contempla realizar los siguientes compromisos ambientales voluntarios.
Arqueología
En relación a los sitios arqueológicos visualizados al interior del área del proyecto, SUMITOMO instalará un
cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura, con un margen de seguridad de 5 a 10 m de los
límites del sitio y un cartel que indique su condición de sitio arqueológico protegido por ley y prohibición de
acceso. Además, se complementará con una inducción al personal que laborará en el proyecto y/o un
documento que señale lo anterior. SUMITOMO se compromete a no intervenir estos sitios, desplazando las
plataformas si ello fuese necesario.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de detectarse cualquier hallazgo patrimonial de tipo arqueológico e histórico
al momento de realizar faenas de remoción de terreno, el Titular del proyecto dará aviso oportuno al Consejo de
Monumentos Nacionales, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley de Monumentos Nacionales N°
17.288, esto es la paralización de las obras y el aviso a las autoridades pertinentes.
Fauna
De manera de no alterar la fauna con problemas de conservación en el lugar, SUMITOMO se compromete cada
vez que se requiera realizar trabajos en zonas no intervenidas por el proyecto las siguientes acciones:
Liberación de áreas, a través de rescate y relocalización de especies (en este caso en particular de
lagartijas), y
la perturbación controlada de las colonias de cururos.
Adicionalmente se realizará una labor de instrucción previo al inicio de las obras de los trabajadores respecto de
la importancia del cururo como especie nativa con problemas de conservación.
Flora y vegetación
Como medida de manejo, SUMITOMO se compromete a evitar el corte de las especies declaradas Vulnerables,
modificando la localización de las plataformas de sondajes de acuerdo al avance de los estudios de
prospección.
Considerando las condiciones climáticas del lugar de emplazamiento del proyecto y la presencia de especies
nativas en el lugar, SUMITOMO presentará a la autoridad competente un Plan de Formaciones Xerofíticas de
manera de dar cumplimiento a lo establecido en La Ley 20.283 y D.S. N° 93/09. El documento se presentará
una vez obtenida la RCA del presente proyecto.
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ANEXO A Hoja de Seguridad Petróleo Diesel
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ANEXO B Procedimiento Carga de Combustible
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ANEXO C Hojas de Seguridad Aditivos
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ANEXO D Estimación de Emisiones y Modelación de Dispersión DIA Proyecto Alfa
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ANEXO E Estudio Ruido y Vibraciones DIA Proyecto Alfa
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ANEXO F Estudio de Fauna DIA Proyecto Alfa
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ANEXO G Estudio de Flora y Vegetación DIA Proyecto Alfa
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ANEXO H Estudio de Arqueología DIA Proyecto Alfa
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ANEXO I Certificado de entrega de documentación para aprobación de sistema de agua potable y alcantarillado
Golder Associates S.A.
Av.11 de Septiembre 2353 - Piso 2
Providencia
Santiago
Chile
T: +56 (2) 594 2000
Caption Text