Día internacional del detenido desaparecido
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Día Internacional del Detenido Desaparecido
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México debe demostrar su voluntad para erradicar la desaparición forzada
Comunicado conjunto de Amnistía Internacional México y de
la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los
Derechos Humanos
México D.F., a 30 de agosto de 2012
Hoy, 30 de agosto de 2012, en el marco de la
conmemoración del Día Internacional del Detenido
Desaparecido, Amnistía Internacional (AI) y la
Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de
los Derechos Humanos (CMDPDH) se suman a las
organizaciones que llaman a las autoridades
mexicanas a tomar acciones concretas que
demuestren una verdadera voluntad para erradicar la
desaparición forzada.
En el contexto de la actual estrategia de seguridad
para combatir a la delincuencia organizada, se ha
documentado que la desaparición forzada de
personas ocurre en México cada vez con mayor
frecuencia. Mientras tanto, las acciones tomadas
hasta la fecha por el Estado Mexicano en su conjunto
demuestran una falta de voluntad para erradicar la
desaparición forzada.
Recientemente, el Grupo de Trabajo de las Naciones
Unidas sobre Desapariciones Forzadas e
Involuntarias reportó, tras su visita a México, que
según organización de la sociedad civil mexicana
“más de 3.000 personas habrían sido desaparecidas
en el país desde el 2006.” Asimismo, las quejas
presentadas ante la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) dan cuenta del
incremento sostenido que ha reflejado este crimen en
los últimos años, pasando de 4 quejas en 2006 a 153
quejas por desaparición forzada en 2011. Desde el
2006, se ha registrado un total de 390 quejas por
desaparición forzada, de las cuales el 71% fueron
reportadas entre 2010 y 2011.
¿Qué es la desaparición forzada?
Se considera desaparición forzada la privación de la
libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su
forma, cometida por agentes del Estado o por personas o
grupos de personas que actúen con la autorización, el
apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta
de información o de la negativa a reconocer dicha
privación de libertad o de informar sobre el paradero de la
persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos
legales y de las garantías procesales pertinentes. (Art.2
de la Convención Interamericana sobre Desaparición
Forzada de Personas)
Testimonios de Atoyac
En el municipio de Atoyac de Álvarez, estado de
Guerrero, más de 473 personas fueron desaparecidas
durante la epóca de la "guerra sucia". A pesar de un fallo
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el
caso Radilla Pacheco, los familiares de desaparecidos
organizados en la AFADEM, siguen buscando justicia.Ver
el diaporama
Una excusa, frecuentemente citada por varias
autoridades para evitar investigar y llevar ante la
justicia a los responsables es que el delito de
desaparición forzada no está debidamente
tipificado. Desde hace tres años la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH)
señaló en la sentencia del caso Radilla Pacheco la
necesidad de reformar el artículo 215-A del Código
Penal Federal por no contemplar una definición de
desaparición forzada acorde a los estándares
internacionales.
Aunado a ello, el Estado tampoco ha avanzado en
reformar el art. 57 del Código de Justicia Militar que, a
pesar de ya haber sido declarado inconstitucional por
la Suprema Corte de Justicia, sigue siendo una
reforma pendiente. Asimismo, no se han visto
avances significativos sobre la investigación y sanción
de los responsables, ni en la determinación del
paradero del Sr. Radilla.
En diciembre de 2011, el Grupo de Trabajo de las
Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas e
Involuntarias emitió una serie de recomendaciones
concretas para erradicar la desaparición forzada y
garantizar el acceso a la verdad, justicia y reparación
para las víctimas. A pesar de que representantes del
gobierno se comprometieron a cumplir con las
acciones señaladas por el Comité, a la fecha éstas no
han sido cumplidas. AI y la CMDPDH consideran
esencial que las distintas autoridades tomen en serio
la obligación de cumplir con las recomendaciones
internacionales e implementen las acciones
necesarias.
Tan solo en las dos últimas semanas, la CNDH emitió
dos recomendaciones por casos de desaparición
forzada en donde estuvieron involucrados elementos
de las Fuerzas Armadas. El 16 de agosto se emitió
larecomendación 38/2012 por el caso de la tortura y
desaparición forzada del joven Jethro Ramsés
Sánchez Santana, en donde la Comisión Nacional
acreditó que, después de haber sido arbitrariamente
detenido, el joven fue torturado por elementos del 21°
Batallón Militar y posteriormente, después de dejarlo
inconsciente, fue trasladado al estado de Puebla para
enterrarlo probablemente vivo en un paraje
abandonado.
De igual manera, el 21 de agosto emitió
larecomendación 39/2012 dirigida a la Secretaría de
Marina por la desaparición forzada de 6 personas en
Nuevo Laredo, Tamaulipas, en junio de 2011. La
recomendación de la CNDH confirma que las
autoridades militares y civiles han incumplido su deber
de investigar de forma imparcial y a fondo los hechos
y han dejado sin recurso efectivo a los familiares de
las víctimas.
Cifras desaparición forzada
Según el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas
sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias, desde
2006 al menos 3.000 han sido desaparecidas en el
contexto de la guerra contra la delincuencia organizada.
Organizaciones de la sociedad civil han señalado que el
número podría ser incluso superior a las 10.000 personas
desaparecidas.
Las quejas ante la CNDH por desaparición
forzada han mostrado un incremento constante desde
2006, pasando de 4 quejas a 153 en 2011. De un total de
390 quejas recibidas desde 2006, 71% se recibieron
entre 2010 y 2011.
Hasta la fecha, no existe una sola condena por el
delito de desaparición forzada en México.
Cumplimiento sentencia en caso Rosendo Radilla
A tres años de que la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CoIDH) dictó su sentencia en el caso Rosendo
Radilla Pacheco vs. México, las autoridades no han
mostrado avances tangibles en cuanto al cumplimiento
de las principales medidas de reparación dictadas por la
Corte. Ver artículo completo
La conmemoración del Día Internacional del
Detenido Desaparecido, presentan una
oportunidad para que las autoridades mexicanas
se comprometan a tomar medidas efectivas para
terminar con el ciclo de impunidad que perdura
frente a la desaparición forzada en México. Es
imperante que todos los casos de desaparición
forzada sean debidamente investigados,
asegurándose de que los procesos judiciales sean
plena competencia de los tribunales civiles, de
conformidad con lo establecido recientemente por la
Suprema Corte de Justicia y la Corte Interamericana
de Derechos Humanos.
Asimismo, con el fin de reforzar la protección de todas
las personas contra la desaparición forzada, México
debe reconocer a la brevedad la competencia del
Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU
para conocer de casos particulares, tal como está
contemplado en la Convención Internacional para la
Protección de todas las Personas contra la
Desaparición Forzada.
Descargar el comunicado completo en PDF
El resurgimiento de la desaparición forzada en México
Un análisis de la Comisión Mexicana de Defensa y
Promoción de los Derechos Humanos
Bajo el contexto de la llamada “guerra contra la delincuencia
organizada”, emprendida por el Gobierno Federal desde
finales del año 2006, la situación de inseguridad y violencia
en México se ha agravado. La violencia en México se ha
incrementado de manera sensible en los últimos cinco años
y una de sus causas y manifestaciones más notorias es la
militarización de la seguridad pública en el país.
Particularmente resulta preocupante el incremento en la cifra
de desapariciones forzadas desde que dio inicio la actual
administración. El involucramiento de las Fuerzas Armadas
en labores de seguridad pública ha tenido un efecto directo
en el aumento a violaciones graves de derechos humanos.
Las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH) por violaciones de derechos
humanos por parte de militares se han incrementado en un
1,000% entre 2006 y 2009.
AFADEM
En 1992, la familia Radilla Pacheco presentó la primera
denuncia penal por la desaparición forzada de Rosendo.
Paralelamente, ese año Tita fundó con otros familiares de
personas desaparecidas el Comité Local de Familiares
de Detenidos y Desaparecidos de la Costa Grande de
Guerrero, del cual fue nombrada presidenta. A partir de
ese momento y hasta la fecha, la familia Radilla dedica
tiempo completo a la búsqueda no sólo de su padre, sino
de todos los desaparecidos, que solamente en Atoyac de
Álvarez suman más de 450. Posteriormente, se conformó
la Asociación de Familiares de Detenidos y
Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos
Humanos en México (AFADEM).
Efectos Psicosociales de la Desaparición Forzada
Blog de Valeria Moscoso Urzúa, coordinadora del Área
de Atención Psicosocial de la CMDPDH: "La búsqueda
de justicia y la lucha por la verdad en este contexto se
transforman, entonces, en tareas simbólicas
fundamentales que fortalecen no sólo a los familiares
sino a la sociedad en su conjunto, permitiendo dar
sentido a lo vivido y aportando a la reconstrucción del
tejido social." Ver el texto completo
Particularmente resulta preocupante el incremento en la cifra
de desapariciones forzadas desde que dio inicio la
actual administración.
Leer aquí el briefing completo de la CMDPDH
sobre desaparición forzada
Comisión Mexicana de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos
La CMDPDH es una organización civil, secular, autónoma e independiente establecida de conformidad con el
régimen de las asociaciones civiles no lucrativas, fundada en diciembre de 1989.
Su espectro geográfico de incidencia se centra en México por lo que todas las actividades realizadas en el plano local e
internacional tienen como propósito el impacto en la estructura y política gubernamental mexicana para lograr el más amplio
rango de protección y disfrute de los derechos humanos y la justicia social en el territorio nacional.La CMDPDH cuenta con
Estatus Consultivo ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) y es una organización afiliada a la Federación
Internacional de los Derechos Humanos (FIDH). Visitar el sitio web de la CMDPDH.
Para mayores informes
Tel: (52) (55) 55 64 25 82
Twitter: @CMDPDH
Facebook: Cmdpdh
www.cmdpdh.org
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