Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

60

description

El reporte 1 de la colección roja aborda algunos aspectos relacionados a cómo se operó el Tratado bilateral después se su firma en sus nexos comerciales, además explora la propuesta de reforma del mismo propuesto en 1910.

Transcript of Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

Page 1: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica
Page 2: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

1DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

REPORTE DE INVESTIGACIÓNPROYECTO SEP-CONACYT

DE CIENCIA BÁSICA150933

No. 1

Page 3: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA2

BLANCA 2

Page 4: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

3DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD,COMERCIO Y NAVEGACIÓN DE 1888:

LA DIMENSIÓN ECONÓMICA

CARLOS USCANGA

Page 5: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA4

Después del Tratado de Amistad, Comercio y Navegaciónde 1888: La Dimensión Económica

Primera edición, México, 2012.

© Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología© Secretaría de Educación Pública

© Carlos Uscanga

Queda prohibida la reproducción parcial o total, directa o indirecta,del contenido de la presente obra, sin contar previamente con laautorización expresa y por escrito de los editores, en términos de loasí previsto por la Ley Federal de Derechos de Autor y, en su caso,por los tratados internacionales aplicables.

Page 6: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

5DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

ÍNDICE

Presentación ..............................................................................7

Introducción general ....................................................................9

Después de 1888 ......................................................................11

Renegociación inconclusa ........................................................23

Recursos hemerobibliográficos .................................................32

Anexos ...................................................................................35

Page 7: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA6

6 BLANCA

Page 8: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

7DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

PRESENTACIÓN

La serie de Reportes de Investigación del proyecto SEP CONACYTde Ciencia Básica 2010-1 con registro 150933 intitulado: El Acuerdopara el Fortalecimiento de la Asociación Económica México-Japón:Análisis Global y Sectorial de los Flujos Comerciales, Inversión yCooperación (2010-2013) busca presentar los avances del procesode indagación en dos planos. En primer lugar, en los reportes rojosse realizará un análisis de las relaciones económicas donde seobservó que era necesaria una revisión de los instrumentoscomerciales existentes en el pasado a fin de tener un contexto inte-gral de la evolución del comercio entre las dos naciones. En esesentido, se realizó una búsqueda a través de documentos históricospara lograr un rastreo de las formas en que ambas naciones hangenerado los instrumentos normativos que han definido sus contactosdesde la negociación del Tratado de Amistad, Comercio y Navegaciónde 1888 hasta la firma del Acuerdo para el Fortalecimiento de laAsociación Económica entre México y Japón en el 2004.

En segunda instancia, dentro de la serie de reportes de colorazul, se presentarán algunos avances de la investigación sobre elseguimiento del Acuerdo para el Fortalecimiento de la AsociaciónEconómica los cuales serán resultados de los seminarios sectorialessobre comercio, flujos de inversión y cooperación organizados paradar una evaluación de la trayectoria económica más específica delas relaciones entre México y Japón; así como de los procesos quehan influido de manera determinante en los vínculos bilaterales. Quizáuno de los más importantes fueron los efectos y consecuenciaseconómicas del terremoto y tsunami en Japón del 11 de marzo de2011, hecho que ha generado importantes cambios en las estrategiasde negocios de las corporaciones japonesas a nivel mundial conrelevantes implicaciones en México y América Latina.

Page 9: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA8

8 BLANCA

Page 10: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

9DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

INTRODUCCIÓN

Ha sido usualmente conocido el legado del Tratado de Amistad,Comercio y Navegación de 1888 en su dimensión diplomática al darinicio formalmente las relaciones entre México y Japón, así como suefecto para los flujos de migrantes japoneses que llegaron al territorionacional a finales del siglo XIX y las primeras décadas del XX. Sinembargo, es poco abordado el hecho –salvo lo consignado en muypocos trabajos académicos– del efecto que tuvo para dar inicio a loscontactos económicos entre los dos países.

De hecho, en sentido estricto el deseo para la formalización delos nexos entre los dos países tuvo como sustento primario labúsqueda de oportunidades de negocios. Desde las mismasrecomendaciones expresadas por Francisco Díaz Covarrubias pararestablecer el comercio transpacífico hasta las oportunidadeseconómicas que implicó el flujo de colonos y jornaleros a la “tierrade la abundancia” que el pensamiento positivista porfiriano veía malaprovechada y subutilizada por los propios mexicanos. Asimismo,la reconexión de los viajes transoceánicos para unir a México denuevo con la otra orilla del Pacífico, se observaba como una buenaoportunidad lucrativa para comerciar bienes y mano de obra.

El presente documento busca aportar elementos de análisis pararastrear cómo el Tratado de 1888 inició sus operaciones a través delos representantes diplomáticos mexicanos donde identificaron lascaracterísticas industriales de Japón y las oportunidades de comerciocon México. Esa labor estuvo bajo la responsabilidad de MauricioWollheim durante el último decenio del siglo XIX. Asimismo, seexplorará la propuesta de renegociación del referido instrumento porMéxico en 1910, acción que posteriormente fue desechada por elderrocamiento del presidente Porfirio Díaz Mori y el inicio deturbulentos años en la gesta revolucionaria.

Page 11: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA10

10 BLANCA

Page 12: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

11DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

DESPUÉS DE 1888

Una vez finalizada la negociación y la entrada en vigor en 1889 delTratado de Amistad, Comercio y Navegación, ambos gobiernosestablecieron sus respectivas representaciones diplomáticas. Por partede Japón, se designó a Tateno Gozo,(ministro en Washingtonencargado de manera concurrente de los asuntos mexicanos)entregando sus cartas credenciales al presidente Porfirio Díazmientras el representante mexicano fue el empresario José MaríaRascón que deseaba integrarse como representante diplomático deMéxico en el extranjero. En un comunicado enviado a IgnacioMariscal, secretario de Relaciones Exteriores, le ratificaba su interésde incorporarse al servicio exterior debido a la existencia de unavacante en Europa.1 Su acreditación no fue en el viejo continentepero sí en la nueva legación de México en Japón donde fue nombradocon el cargo de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciarioque fue ratificado por la Comisión Permanente del Congreso de laUnión el 22 de agosto de 1891 con un sueldo anual de 12,001.20pesos.2

El periódico Siglo Diez y Nueve mencionaba que era un “hombrede mundo”, su experiencia de vida en Europa y Estados Unidos localificaba altamente para representar a México en Japón, así comosu conocimiento de idiomas extranjeros, particularmente el inglés “quees el más indispensable para entenderse con los funcionarios públicosy la sociedad distinguida del Japón”.3

La anterior apreciación se refrendaba en el borrador de la cartade acreditación dirigida al emperador Meiji, donde se apuntaba que“la ilustración y las demás cualidades que distinguen al Señor Rascónme hacen tener la plena confianza de que interpretará fielmente lossentimientos que animan al gobierno de México hacia la naciónjaponesa.”4

1 En un telegrama enviado por José María Rascón a Ignacio Mariscal el 9 de mayode 1891, escribía” Suplico a Ud., me tenga presente ahora que hay una vacante enEuropa”, Archivo Histórico Diplomático, Secretaría de Relaciones Exteriores, L-E-1206, folio 102

2 Oficio firmado por Ignacio Mariscal a José María Rascón con fecha 24 de agosto de1891, Archivo Histórico Diplomático, L-E-1206, folio 9.

3 “Legación de México en el Japón”, El Siglo Diez y Nueve, 13 de agosto de 1891, p. 3.4 Borrador de la carta elaborada por Ignacio Mariscal a nombre del presidente Porfirio

Díaz para el a su majestad Mutsuhito, emperador de Japón, Archivo HistóricoDiplomático, L-E-1206, folio 16.

Page 13: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA12

Rascón había amasado una importante fortuna forjada durantela era porfiriana, poseía fábricas y haciendas que juntan tenían unaextensión de 1.4 millones de acres donde se empleaban 14 miltrabajadores en San Luis Potosí y Tamaulipas, entre otros negociostenía inversiones en el creciente sector ferroviario. Además de unvínculo estrecho con Porfirio Díaz tanto de amistad como en el ámbitode los negocios. En 1883 habían viajado juntos (en la época sedesempeñaba como secretario de Fomento antes de reasumir lapresidencia en 1884) a los Estados Unidos junto con Manuel RomeroRubio, Matías Romero y el general J. B. Frisbie para la captación deinversionistas para la construcción del ferrocarril en el Istmo deTehuantepec.5

En este sentido, sus nexos con la clase política mexicana y susnegocios le hizo tomar la iniciativa para buscar una nueva empresapersonal: la diplomacia. Como primer secretario fue nombrado aMauricio Wollheim y que “es diestro en nuestros negocios en lospaíses extranjeros y es práctico en muchos de los asuntos de nuestropaís, relativos al comercio y a la hacienda pública”.6

La apreciación del diario era correcta. Wollheim había llegado aMéxico a los 20 años después de su nacimiento el 16 de octubre de1828 en Breslau (en español Breslavia), provincia de Silesia, de laentonces Prusia,7 buscó suerte en México después de la guerra de1848, donde vivió en Mazatlán, Sinaloa, trabajando en varios negocioshasta que logró tener el propio pero que tiempo después tuvo quecerrarlo. Se trasladó a la capital donde se integra a FerrocarrilesCentrales de México, para ingresar después a la Secretaría de Ha-cienda y posteriormente a la Cancillería mexicana, el 11 de junio de1883 se le designa como jefe del departamento comercial, tres añosmás tarde fue nombrado encargado de la sección de América en lamisma dependencia.

Un año después se le otorga una comisión para realizar unavisita a Asia cuyo objetivo sería “investigar e informar acerca de laposibilidad de ensanchar nuestro comercio con las naciones asiáticas,

5 John Mason Hard, Empire and Revolution: the Americans in Mexico since theCivil War, University of California Press, 2006, pp.219-220

6 Ibidem, p.37 Breslavia como resultado de la derrota de Alemania en la Primera Guerra

Mundial fue cedida a la Polonia, actualmente renombrada como WrocBaw continúasiendo parte de ese país europeo.

Page 14: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

13DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

especialmente China, y respecto a los mejores medios depromoverlo”.8 A inicios de 1889 fue a Japón, después tramitó unpermiso por un año sin goce de sueldo para hacer un viaje alrededordel mundo.

Durante su paso en San Francisco solicitó información estadísticaal cónsul japonés en esa ciudad,9 la naturaleza de la petición no estuvoexenta de alguna suspicacia por el diplomático por lo que hizoconsultas con el embajador Munemitsu Mutsu quien preguntódirectamente a Matías Romero sobre si Wollheim –ya naturalizadomexicano– tenía alguna representación oficial por parte del gobiernomexicano para poder proveerle esa información.

Estoy, sin embargo seguro de que cualesquiera datos que obtengaen el Japón los comunicará al gobierno de México y en este concepto,celebraría por mi parte que se le facilitaran los que pusiese solicitary que no haya inconveniente en dar a extranjeros, pues creo que ellocontribuirán a que el Japón sea mejor conocido en mi país.10

En agosto de 1889, se reincorpora como responsable de la secciónde América de la Secretaría de Relaciones Exteriores, dos años mástarde, el 24 de agosto de 1891, se le nombra secretario de la nuevalegación de México en Japón con un salario anual de 4000.40 pesos.Ignacio Mariscal apuntaba que esa designación era en “atención á laaptitud, ilustración y distinguidos servicios que ha prestado U.( usted)al país, especialmente esta Secretaría”.11

La relación entre los dos nuevos diplomáticos acreditados enJapón todavía no se encuentra esclarecida. Es probable que ante laescasa de experiencia de Rascón en el terreno diplomático lo hayainvitado directamente o le hayan recomendado a Wollheim (quien teníacontactos cercanos con Matías Romero y con otros diplomáticosmexicanos) para iniciar los trabajos de análisis y promoción de las

8 “The Mexican Financier”, El Siglo Diez y Nueve, 6 de octubre de 1884, p. 3.9 Ruth Mandujano, “National Aspiration and Personal Bussiness: Mauricio Wollheim

and the Japanese Colonization of Mexico” ponencia presentada en la CALACS,2012, p.8

10 Traducción de la Carta de Matías Romero a Mutsu Munemitsu, ministro de laLegación de Japón en Estados Unidos, fechada el 9 de abril de 1889, ArchivoHistórico-Diplomático, Secretaría de Relaciones Exteriores, LE-1856, folio 67

11 Borrador de la carta de Nombramiento por Ignacio Mariscal al Sr. MauricioWollheim con fecha 24 de agosto de 1891, Archivo Histórico-Diplomático Secretaríade Relaciones Exteriores, LE-1856, folio 73

Page 15: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA14

relaciones económicas bilaterales, además de su conocimiento previode Japón. Otra opción es que Wollheim y Rascón se hayan conocidopreviamente cuando trabajaba en el sistema de ferrocarriles o dentrode las redes al interior de la élite porfiriana donde hayan podido forjaruna amistad previa. De manera independiente de sus vínculospersonales, es claro que se logró una interesante intersección deintereses donde Rascón deseaba estar acreditado en algunarepresentación diplomática y el interés de Wollheim en Japón queinicialmente era visualizado como un lugar interesante para posiblesnegocios.

Rascón salió para Japón el 18 de septiembre, haciendo diversasescalas en Estados Unidos llegando a Yokohama vía Vancouver el 8de noviembre. Por su parte, Wollheim parte para Japón el 1 de octubre.Sin lugar a duda, representaba una síntesis de un espíritu emprendedordonde las fronteras del servicio público y los negocios personales eraen esa época muy delgada,12 pero también es necesario hacer elreconocimiento de que fue un puntual analista que documentó demanera cercana los cambios de la economía japonesa y las tendenciasdel mercado local; así como las áreas de oportunidad para losproductos mexicanos en ese país asiático.

Rascón pidió una licencia de tres meses, misma que fuesolicitada, con fecha del 3 de octubre de 1892, para atender algunascuestiones familiares por el deceso de su hermano. La cancillería lerecomendaba informar a las autoridades japonesas que MauricioWollheim quedaría como encargado de negocios ad iterim.13 El ministrocomunicaba su salida de Japón el 10 de enero de 1893, durante latravesía en el buque “City of Pekin” el diplomático mexicano enfermó,llegando en esa condición a San Francisco. Un par de días despuésde su arribo murió en la ciudad de San Francisco el 19 de febrero de1893.

Wollheim se tendría que hacer cargo –ahora de manerapermanente– de los asuntos de la Legación. En 1893 se le nombróencargado de negocios y cónsul en Japón, posteriormente fuedesignado como ministro el 11 de julio de 1897, Edmundo J. Plaza

12 Véase el caso de su papel como inversionista dentro del proyecto de lo quedespués se denominó la Colonia Enomoto en Ruth Mandujano, op. Cit, pp.7.13.

13 Autorización de licencia al Ministro José María Rascón fechada el 3 de Octubrede 1892 autorizada por Ignacio Mariscal, Archivo Histórico Diplomático, Secretaríade Relaciones Exteriores, L-E-1206, folio 71.

Page 16: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

15DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

fue designado cónsul; Ignacio Altamira como agregado militar yRodrigo Azpiroz como tercer secretario. Wollheim solicitó su retirode Japón en 1899 para ser substituido por Carlos Américo Lera,diplomático naturalizado mexicano oriundo de Cuba. A raíz de susalida sería designado Ramón G. Pacheco como tercer secretariode la Legación en substitución de Azpíroz en febrero de 1899.

Durante la gestión, como ya se apuntó, Wollheim en Japónfue un agudo observador de las transformaciones económicas deese país. En una entrevista con el reportero de apellido Buller quereprodujo el periódico La Voz de México, le comentó sobre algunosaspectos de su interés de su experiencia de vida en ese paísasiático:

El Sr. Wollheim dice en los últimos tres años, se ha propinado en elJapón el establecimiento de un número considerable de fábricas.Ese país está habitado por razas ingeniosas y de talento imaginativo.Por espacio de dos mil quinientos años, los japoneses hantrabajado el acero, han fundido ingeniosamente el yerro y hansobresalido en la fabricación de objetos de bronce. Por muchascenturias han fabricado raras delicadas telas de seda, que aun hoydifícilmente pueden hacerse mejores. Últimamente han perfeccionadosu viejo sistema de fabricación y aún tratan de perfeccionar más laindustria de la seda. Pero en lo que sobresalen los modernos japoneseses en la fabricación de géneros de algodón. Sin temor puede asegurarseque sus géneros compiten en calidad con los mejores de Manchester,ya que no en cantidad, lo cual preocupa algo a los ingleses14 (sic).

En efecto esas capacidades de observación y análisis sobre laeconomía japonesa se reflejaban también en los innumerables reportesenviados a México. En el boletín oficial de la Secretaría de RelacionesExteriores publicó un reporte sobre “El Movimiento Mercantil del Japónen 1895, comparado con el de los tres años anteriores” en el mismoapuntaba que se observaba un aumento del “tráfico con el exterior”donde las exportaciones mantuvieron una tendencia ascendente salvoel año de 1894 que debido a la guerra sino-japonesa, las importacionesse incrementaron. Estados Unidos y Francia eran los países dondeJapón compraba más sus productos, mientras que Inglaterra y Chinaeran los destinos principales de sus ventas.

14 “ El Encargado de Negocios de Japón”, La Voz de México, 17 de noviembre de1886, p.

Page 17: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA16

Wollheim consideraba que la depreciación de la monedajaponesa ( el yen “plata”) había favorecido a la industria localincrementando sus capacidades de competencia a nivelinternacional. El diplomático lo remarcaba así:

la producción de este país tiene, sobre la de otros, la gran ventajade que el jornalero, por regla general laborioso y de buenascostumbres, puede conformarse con un suelo bajo, por ser baratoslos artículos de primera necesidad. Debido á todas esascircunstancias, el espíritu de empresa de ha desarrollado aquí, enmuy corto tiempo, como en ninguna otra parte del mundo. No obstantela industria fabril, sino también las construcciones de ferrocarriles ytelégrafos, la marina mercante y las instituciones de crédito han tomadoun incremento vastísimo, y en vista de los buenos dividendos que pa-gan casi todas esas empresas, no parece aventurado asegurar quecontinuarán aún progresando por algún tiempo.15

Como puntual interesado en dar seguimiento de las tendenciaseconómicas de Japón y con el deseo de que los productos mexicanosse colocaran en el mercado japonés, Wollheim advertía de laoportunidad de negocios que se abría para los productores mexicanosde tabaco. En 1895, apuntaba que había llegado a Japón una cargade puros y cigarros mexicanos introducidos por Gran Bretaña, afirmabaque por su calidad superior a los importados por Filipinas y Sumatra,por lo que apreciaba que los elaborados en Veracruz en las regionesde San Andrés Tuxtla y Huimanguillo podrían competir de maneraamplia. El funcionario apuntaba “conveniente me parece, por lo mismo,que se haga saber á nuestros fabricantes que sus productos puedenrealizarse aquí con buenas utilidades si, además de tener cuidadonecesario de la elaboración, aprovechan las ventajas que ofrece la víaindicada”,16 es decir la ruta del Atlántico ya que Wollheim señalabaque una navegación prolongada favorecía la maduración del tabaco,además de sacar ventaja de las bajas cuotas de transportación.

Diversos documentos remarcaban las oportunidades y tambiénlas posibles desventajas de los productos mexicanos para serintroducidos en el mercado japonés cada vez más amplio y ávido de

15 Mauricio Wollheim, “Movimiento Mercantil del Japón en 1895, comparado con elde los tres años anteriores”, Boletín de la Secretaría de Relaciones Exteriores,Tomo I, 1895, pp. 368-369.

16 Mauricio Wollheim, “El Tabaco mexicano en el Japón”, El Economista Mexicano,28 de septiembre de 1895, p.101.

Page 18: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

17DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

recursos del exterior. Wollheim apunta los siguientes: oro y plata enpasta, cobre, plomo, hierro, algodón en rama, azúcar refinada, cerade abeja, añil, cueros crudos, salados o curtidos de res, venado,etc.; cáñamo , yute, henequén ixtle,; así como frijol, garbanzo,chícharo, harinas de trigo, café, tabaco en rama, cigarros, puros,maderas de ebanistería, soda caústica, extracto de palo de tinte ylana de vellón17.

Los anteriores productos reflejaban los requerimientos de la in-dustria japonesa de metales varios, insumos para la emergente in-dustria textil, así como diversas materias primas y bienes de consumoque eran fiel reflejo de su proceso intensivo de desarrollo productivo.De igual forma, esas capacidades se observaban en sus productosde exportación de manufacturas diversas y bienes de consumo demás alto valor agregado. El diplomático identificaba a los siguientes:Tejidos lisos y cruzados, bordados, abanicos y pañuelos de seda, ténegro y verde, alcanfor, arroz, esteras, abanicos de palma y papel,pieles con pelo y seda floja y torcida. Asimismo, visualizaba que laporcelana, loza, muebles, lienzos de algodón pintados, frazadas delana, carbón de piedra, “artefactos” de antimonio, bronce, cobreesmaltado, hierro, marfil, bejuco, bambú, madera laqueada, pintada ypapel.18

El posicionamiento mundial de Japón en el sector de las sedas ysu expansión después de la citada guerra sino-japonesa colocó a esepaís asiático como un principal proveedor, donde México no quedóexento de esa tendencia convirtiéndose en un demandante de eseproducto. De acuerdo con diario El Economista Mexicano observabauna tendencia al crecimiento en el mercado mexicano que de 30piastras en 1894 se observaba un aumento significativo a 35,000 enlos primeros meses de 1895.19

Otro diagnóstico interesante lo realizó Wollheim sobre lasoportunidades que presentaba los productos de ganadería mexicanaen Japón que había aumentado de manera significativa el consumode carne como resultado del cambio de dieta del pueblo japonés quellevaba consigo el proceso de modernización y ante los límites de

17 Mauricio Wollheim, “Tráfico del Japón”, El Economista Mexicano, 11 de julio de1896, pp. 278-279.

18 Ibidem, pp. 278-279.19 “Las sedas japonesas en México”, El Economista Mexicano, 25 de enero de

1896, pp. 305-306.

Page 19: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA18

crecimiento de ese sector en la isla japonesa. El funcionario apuntabaque después de la publicación de una versión periodística sobre laposibilidad de que México pudiera ser un proveedor, apuntaba susreservas ya que el envío de animales (vacuno y equino) en pie tendríael problema de aclimatación, la largas distancias (apunta que en 1894se importaron caballos de Australia pero murieron durante el trayectoel 64 por ciento) y la posibilidad de que el ganado pueda tener algúntipo de enfermedad (El diplomático señala que tuvieron que sersacrificados algunas reses importadas por presentar la peste bovina).20

Sin embargo, apunta que el incremento de la población extranjerase incrementará en Japón demandando carne de res para su consumodonde 100 mil personas lo hacen dentro de una población de 42millones, pero apunta:

Si, cuando hubiere tal aumento de demanda, existiera la tan deseadacomunicación directa entre nuestras costas y las de este país,podríamos sin duda tener facilidad para realizar aquí con ventaja:carne seca, salada y en conservas, como también cueros de todasclases, crudos, salados y curtidos, y otros productos de nuestraganadería; mas, en la actualidad esos artículos tienen que soportarun recargo tan fuerte en su tránsito por el extranjero, que difícilmentepudieran competir con sus similares que se reciben directamentede otros países.21

Las recomendaciones de Wollheim fueron lentas en ser atendidaspor México, ya que el inicio de los intercambios bilaterales se registróde manera muy modesta y fluctuante hasta mediados de la últimadécada del siglo XIX. De hecho, las observaciones en sus informesindicaban tendencias claras sobre el tráfico y demanda de productosen Japón. Por una parte, la conversión de ese país asiático como unactor importante en el segmento de textiles a nivel mundial tanto dealgodón, seda y otros tejidos. Por la otra, como un importantedemandante de recursos naturales, alimentos y productos demanufactura ligera que requería su creciente mercado interno.

Durante 1895 a 1896, México exportó mercancías con un valorde 2,900 pesos mientras importaba bienes de un total de 12,973

20 Mauricio Wollheim, “Desventajas que presenta el mercado del Japón para losproductos de ganadería de México”, Boletín de Agricultura, Minería e Industria,julio de 1899, pp. 22-23.

21 Ibidem, p. 24.

Page 20: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

19DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

pesos.22 Para periodo 1896-1897, se observó un incrementosignificativo al duplicarse en el rubro de las importaciones queascendieron a 23,673 pesos (Véase Anexo III), mientras que lasexportaciones mexicanas fueron de 1,660 pesos que lo representarondos productos: sillas de montar con un valor de 160 pesos y tabacolabrado con un valor de 1,500 pesos. En el subsecuente periodo de1897-1898, las ventas mexicanas se incrementaron a 2,054 pesos aliniciar el envío de café con un valor de 1,000 pesos. (Véase Tabla1). Entre junio de 1898 y junio de 1900 no se registraron exportacionesde México, lo que refrendaba el padrón fluctuante de susexportaciones.

Asimismo, Wollheim documentó de manera clara en losindicadores estadísticos el incipiente comercio exterior. Por el lado,la composición de los productos comprados por México eran bienesde manufactura como tejidos diversos y telas de seda que tuvieron uncrecimiento sostenido desde 1896 a 1899. Asimismo, los productosagrícolas de origen vegetal y mineral fueron el segundo y tercer rubromás importante de forma respectiva. (Véase Tabla 2)

En términos de los volúmenes totales de importaciones seevidenció una tendencia de aumento sostenido de los iniciales 12,973pesos de 1895-1896; para duplicarse en el periodo subsecuente,llegando a 24,013 pesos en 1897-1898 (Véase Tabla 2) y cerrar el

Tabla 1Exportaciones de México (junio 1896-junio 1898)

Valor en pesos

Fracción42

172171

 

ConceptoCaféTabaco labradoSillas de MontarTotal

1896-18970

1500160

1,660

1897-18981,0001,052

02,052

Fuente: Realización propia con datos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,Comercio Exterior, Año Fiscal 1896-1897, 1897-1898, Poder Ejecutivo Federal,Secretaría de Educación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1897, 1898.

22 Carlos Uscanga, Relaciones Económicas de México y Japón: Apuntes parauna revisión histórica en Melba Falck y Carlos Uscanga. Relaciones Comercialesy Financieras entre México y Japón en el marco del Acuerdo de asociaciónEconómica, FCPyS, UNAM, 2009, p. 10.

Page 21: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA20

siglo en 1899-1900 con el total de importaciones con un valor de51,271 pesos.23

En lo general, C Harvey Gardiner calificó de “quietas y apacible”las relaciones entre México y Japón después del establecimiento desus nexos diplomáticos. En su opinión, “el interés mexicano por elcomercio con el Japón, que no había sido objeto de un examen oficial,como lo había sido con la curiosidad japonesa acerca de México,continuó manifestándose”.24 El autor también reconoce la labor deWollheim, “el representante mexicano más hábil en el Japón” durantefinales del siglo XIX donde “no miraba las cosas con los ojos vendadosdel visionario, y por eso hizo algo más que dar la muy necesariacontinuidad a los primeros lazos diplomáticos mexicanos con Tokio”.25

Tabla 2Resumen de las importaciones de México desde Japón

(junio 1896- junio 1899)Valor en pesos

ConceptoMaterias animalesMaterias vegetalesMaterias mineralesTejidos y manufacturasMáquinas y aparatosArmas y explosivosPapel y sus aplicacionesProductos químicos yfarmacéuticosBebidas espirituosas,fermentadas y naturalesDiversosTotal

1896-1897195

8053106

1487300

3900

0

5623.673

1897-1898173

3,6331,235

18,22510

2634

0

0

10124,013

1898-18993,437

12,0796,681

25,730263112

1,06375

55

1,45150,946

Fuente: Realización propia con datos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,Comercio Exterior, Año Fiscal 1896-1897, 1897-1898,1898-1899, Poder EjecutivoFederal, Secretaría de Educación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México,1897,1898,1899.

23 Ibidem., p. 10.24 C. Harvey Gardnier, “Primeras relaciones diplomáticas entre México y el Oriente”,

Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, México, 1950, p. 258.25 Ibidem., pp. 258-259.

Page 22: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

21DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Wollheim fue de nuevo nombrado ministro en la Legación de Méxicoen China en 1904 –después de ser funcionario en la representacióndiplomática en Washington y trabajado con su amigo ManuelAzpiroz–, cansado y después de estar un largo periodo enfermo, alos 79 años de edad muere en su lugar de nacimiento el 4 de octubrede 1907.26

Sin lugar a duda, Mauricio Wollheim fue un personaje versátilcon una sensibilidad para los negocios, innumerables permisos por laCancillería le fueron concedidos como funcionario público para estudiaroportunidades de inversión y comercio en los principales paísesasiáticos de la época donde encontró en la lucrativa empresa de lacolonización un nicho de oportunidad. Sin embargo, la otra faceta deWollheim fue un virtual cronista del proceso de modernización indus-trial de Japón de finales del siglo XIX, así como un puntual observadorsobre las oportunidades en el creciente mercado japonés que podíanofrecer a los productos mexicanos para ser comercializados de maneradirecta desde los puertos de México, un viejo anhelo que se habíaidentificado desde los relatos de Francisco Díaz Covarrubias du-rante su estancia en Japón pero que México todavía hacía muypoco para cumplirlo.

El primer decenio del siglo XX mantuvo la misma tendencia delcomercio exterior bilateral. Mientras las exportaciones mexicanasseguían con un patrón irregular, las importaciones provenientes deJapón mantenían un crecimiento. Lo anterior se mencionaba, comoya se apuntó, al incremento de la competitividad del sector textil ymanufacturas ligeras que estaban rivalizando con los proveedorestradicionales europeos a precios muy competitivos. Aunado a lo ante-rior, los comerciantes mexicanos demandaban más sus productos ytambién la ya creciente comunidad japonesa en el país.

Si bien los dividendos estaban a favor de Japón tanto en loeconómico como en el resultado de la mayor presencia de japonesesy sus descendientes en el país, México parecía conformarse conincrementar su cercanía en el terreno político dentro de sus estrategiasinternacionales del régimen porfirista como un contrapeso sano ensus relaciones con Washington en un esfuerzo de diversificación. Enese sentido, las insistentes expresiones sobre el amplio

26 “Mr. Wollheim died”, The Mexican Herald, 24 de octubre de 1907, p. 2.

Page 23: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA22

reconocimiento de la voluntad del gobierno mexicano por haberfirmado en 1888 un tratado de igualdad con Japón, fueron hechosque reiteradamente se expresaban en los actos oficiales yprotocolarios de la época considerados tanto por la élite política comoel mismo Porfirio Díaz como un elemento importante que definíansus nexos de amistad.

Page 24: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

23DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

RENEGOCIACIÓN INCONCLUSA

Sin embargo, a 21 años después de entrar el vigor el Tratado deAmistad, Comercio y Navegación surgió la propuesta para su revisiónante el aparente escaso beneficio que se observaba para México. Lapropuesta de modificación del instrumento jurídico convertido en iconode la “cercanía y hermandad” de los dos pueblos parecía compleja yaque podía generar señales negativas en términos de la valoración dela relación política. Sin embargo, es un hecho que la velocidad de latransformación del sistema internacional para principios del siglo XXhabía hecho obsoletas algunas de sus cláusulas ante una nuevarealidad económica que vivía Japón y por la evolución misma de lostratados internacionales tanto en sus disposiciones normativas ytécnicas que regulaban los flujos comerciales y el sistema detransportación marítima.

Ramón G. Pacheco, ahora ya como ministro responsable de laLegación de México en Japón, observó con cercanía esastransformaciones y mandó una comunicación a la Cancillería mexicanaexpresando que el referido instrumento jurídico se había negociadocon un país completamente desconocido para el gobierno mexicanoy que aprovechando el deseo de Tokio de realizar una segunda revisiónde los tratados firmados –debido a la nueva posición de Japón comopotencia emergente en la región asiática– se veía oportuno presentarleun protocolo de modificación. El ministro lo expresaba en lossiguientes términos:

El Japón, consciente de su imposibilidad para imponer suscondiciones, soportó entonces su papel pasivo: pero después dela guerra ruso-japonesa que mostró de modo tangible su podermilitar y marítimo atribuyéndole el derecho de embajada, seencontró en circunstancias de contratar a favor de sus intereseseconómicos sobre una base de equidad efectiva, y pendientesiempre de la oportunidad de procurarse alguna ventaja y deconsolidar su posición, ha declarado su propósito de revisar todoslos tratados en vigor, a fin de contratar pactos en estricta armoníacon su grado de potencia de primer orden y sobre el cimiento deigualdad que tan laboriosamente ha conquistado.27

27 Ramón G. Pacheco, “Modificaciones al Antiguo Tratado”, oficio remitido al Ministrode Relaciones Exteriores con fecha del 25 de julio de 1910, Archivo HistóricoDiplomático, 14956, folio 1.

Page 25: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA24

Pacheco argumentaba que al finalizar la primera década delsiglo XX, ningún ciudadano de nacionalidad mexicana radicapermanentemente en el archipiélago japonés y contrario a eso, enMéxico ya se había una nutrida comunidad japonesa, lo cual –a sujuicio– generaba una situación desigual contra los intereses de México.De acuerdo con el diplomático mexicano:

Este Tratado, que se pactó sin conocimiento del país, a largadistancia y en tiempos en que no podía saberse el desarrollo derelaciones que pudiera efectuarse más tarde, está concebido enlos términos generales de la nación más favorecida… Nuestrotratado no podrá, pues, ser objeto de la revisión propuesta por elJapón; pero no es menos cierto que celebrado en términos generalescómo acabo de indicar, hoy, por hoy, no responde a las necesidadesdel creciente desarrollo entre ambos países, siendo nuestro deberprecavernos de los riesgos y prevenir las dificultades que pudieranoriginarse, fijando la jurisprudencia de todos los puntos dudosos ycomplicados, como son todos cuántos se relacionan con losreglamentos de puertos, jurisdicción de aguas territoriales, y losacaecimientos que puedan suceder á los emigrantes japoneses enMéxico28 (sic).

Asimismo se refiere que el nuevo proyecto del tratado bilateraltenía como objetivo obtener una mejor situación de México o almenos asumir una actitud de defensa ante una posible renegociacióncon Japón. Lo anterior no debía ser interpretado por un acto inamistosoy “no lastimamos en los más mínimo la susceptibilidad de esta nación,puesto que nuestra iniciativa caería naturalmente, y en el momentopropicio para proveer á la salvaguardia de nuestros intereses actualesy venideros”.29

La autorización solicitada por el ministro mexicano paraemprender las discusiones de las modificaciones propuestas porMéxico se sustentaban en su experiencia en la atención de los asuntosde Japón desde que fue envío por la Cancillería, como ya se apuntó, afinales del siglo XIX como secretario de la Legación. Es importantehacer notar que esa iniciativa mexicana sería la primera para tratar demodificar un instrumento jurídico con Japón, ya que desde el Tratadode 1888 y los posteriores siempre había sido ese país asiático quehabía tomado la decisión para remitir un anteproyecto de convenio oacuerdo binacional. En ese contexto, Pacheco informaba al Canciller:

28 Ibidem.29 Ibidem., folio 2.

Page 26: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

25DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Ruego á usted al mismo tiempo que en el análisis de dichasalteraciones se sirva tener únicamente en cuenta el ánimo dehumilde cooperación para el logro de un buen fin que los hainspirado, y, finalmente, suplico a usted que en caso de concedersu aprobación se digne comunicarme sus instrucciones paracelebrar aquí el nuevo tratado, asegurado a usted de mi propósitode esforzarme en obtener las mejores condiciones posibles, yejecutar fielmente las ideas que tenga usted á bien transmitirme,si, se dignaren el Señor Presidente, y usted, dispersarme suconfianza.30

De acuerdo con Pacheco, el objetivo de la propuesta era mantenersu espíritu donde se suprimieron algunas de las cláusulas del Tratadode 1888 y se re-escribirían otras “para ponerlos en armonía con lascircunstancias presentes”.31 La estructura de modificación –explicadadetalladamente por el diplomático mexicano– buscaba ajustar, suprimiry elaborar nuevas cláusulas a fin de reflejar las nuevas condicionesexistentes entre los dos países que ya no eran similares en el momentode la firma del Tratado de 1888 (Véase Tabla 3). En efecto, elcrecimiento industrial y militar de Japón en momentos en que esepaís había logrado negociar los “Treaty Ports” con las potenciaseuropeas y Estados Unidos, generaba nuevas condiciones que –en laperspectiva del diplomático mexicano– habían sido más favorablespara Japón en comparación a México que se había limitado a ser unreceptor de inmigración y a enviar un número muy limitado demercancías a ese país asiático.

En el artículo II se especifica la libertad de comercio y navegaciónde los ciudadanos y “súbditos” de las posesiones de las partescontratantes para poder residir, tener el derecho de la posesión debienes inmuebles, además de garantizar la libertad de tránsito de susmercancías y de su transporte marítimo para llegar a los puertos parael desarrollo de actividades dentro del marco legal respectivo de am-bos países. Esto es un aspecto importante ya que para el momentoque Pacheco elabora el documento, Japón había asumido su avancecomo potencia militar en la región. Después de ganar la guerra con-tra China (1894-1895), con Rusia (1905) y el 22 de agosto de 1910, demanera unilateral, se anexó la península coreana lo que la convirtióun territorio adyacente que ahora tenía que ser considerado dentro de

30 Ibidem., folio 2.31 Ibidem., folio 3.

Page 27: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA26

sus nuevos instrumentos jurídicos del emergente imperio japonés.Asimismo, en el VIII, se establece el mutuo acuerdo para que lasmercancías o bienes que se intercambien en los dos países deprocedencia local o de sus “posesiones” serán los semejantes a los“que los que paguen o pagaren iguales efectos nacidos, producidos ófabricados en cualquier otro país extranjero.”32

El apartado III se refrendaba el derecho de libre tránsito ycirculación de los connacionales de los dos países, tal como seestablecía en el Tratado de 1888 y el IV hace extensivo esos traducidosen “los favores privilegios o inmunidades relativos a comercio,navegación, viaje y residencia”33 serán extendidos a otros ciudadanospertenecientes a otros países con los que se tengan acuerdos similaresbajo condiciones similares y bajo el principio de reciprocidad. Además,el artículo V garantiza las atribuciones para que los ciudadanos deambos países puedan heredar cualquier bien inmueble en las mismascondiciones legales que lo hagan los residentes locales. En el VI, seestablece que quedan exentos los connacionales de las partescontratantes del servicio militar obligatorio.

La segunda parte del proyecto de modificación del Tratado de1888 se orientaba a refrendar las disposiciones sobre la transportaciónmarítima, donde se garantizaba en el apartado VII. En artículo IX seindica que las mismas tarifas de impuesto aplicable para los barcosde procedencia nacional, además refrenda que las políticas,fitosanitarias y de carga y descarga de mercancías estarán sujetas anormas legales locales. Se establece la extensión de 20 kilómetrospara límites de la soberanía a partir de las líneas costeras de laspartes contratantes para efectos de registro y ejecuciones de tipoaduanero, así como la prevención del contrabando.

En el artículo X apunta que el tráfico de cabotaje se encuentrafuera de las disposiciones del Tratado, pero apunta que de los barcosde ambos países podrán descargar parte de su cargamento en elprimer puerto de contacto y después ir a otros ya sea para finalizar eldesembarco o cargen bienes para su retorno sin que tenga que pagaren cada uno “ni más altos derechos que los pagados en caso igualpor los buques de la nación más favorecida”.34

En el artículo XI se establece que la actividades pesqueras quedan

32 Ibidem., folio 5.33 Ibidem., folio 4.34 Ibidem., folio 5.

Page 28: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

27DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

ArtículosI (1888)II (1888)III (1888)

IV (1888)

V (1888)

V ( 1910)VI (1910)VI (1888)

VII (1888)

VIII (1888)IX (1910)

X (1910)

XI (1910)

XII (1910)

XIII (1910

XIV (1910)

InalterablesX

Ahora es el II,mismo texto

Ahora es el IV,mismo texto

Ahora es el VII,mismo textoAhora es elVIII, mismo

texto

Nuevo

XX

X, (“evitar probables reclamacionesfijando claramente nuestra

legislación y jurisdicción”)X, (“asegura el comercio de cabotaje que

tiene cuidado de reservarse to-das laspotencias, con las pequeñí-simas

concesiones de estilo”)X, ( se salvaguarda el derecho de las

pesquerías mexicanas)X, (“se definen los barcos nacionales

para salvaguardiade complicaciones”)

X, (“no hace sino copiar un usoInternacional en estricta armonía con los

principios de derecho”X, (“se da cabida á la materia de

representantes diplomáticos y consulares,y dadas nuestras circunstancias de

abrigar aún en nuestro territorio tribus malsometidas, prevenimos futuras

reclamaciones, delimitando al propiotiempo la esfera de la acción diplomática”)

Suprimidos

X

X

Modificado

Ahora es el III (apuntaque ahora ya elderecho de libre

circulación en Japónestá garantizado para

todos los países)

Tabla 3Modificaciones del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación 1888

Fuente: Ibidem, p. 3.

Page 29: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA28

fuera de las disposiciones del tratado, mientras que en el siguienteestablece los criterios para acreditar la pertenecía de los barcos delos ciudadanos de las partes contratantes. El XIII señala el hecho dela posibilidad de los barcos de guerra de ambos países podrán entrar,permanecer y realizar reparaciones requeridas.

El último artículo, se marca la concesión mutua de inmunidad,privilegios y franquicias, así como se refrendan los derechos para losrepresentantes diplomáticos y funcionarios con representación oficialcon base a los principios de la cláusula de la nación más favorecida,además se reitera el hecho que el personal acreditado en la Legacióny consulados respectivos sólo serán intermediarios para lograr arreglosamistosos entre particulares que deberán someter sus querellas detipo penal o civil en los tribunales nacionales. Se agrega una cláusulapara evitar mutua responsabilidad para hechos que los connacionalessufrieran “por parte de los sublevados en tiempos de insurrección óguerra civil o por las tribus u hordas salvajes sustraídas a la obedienciadel gobierno”.35 Es interesante que Pacheco haya incluido ese apartadoen momentos que se observaba que el régimen porfirista estabaenfrentando a una situación política interna compleja, misma que derivóal término de su gestión y su exilio de México.

El abogado consultor de la Secretaría de Relaciones Exterioresmostraba alguna reticencia sobre la conveniencia de presentar a Japónun proyecto modificatorio del Tratado 1888, el funcionario advertía enun oficio fechado el 17 de agosto de 1910 al Subsecretario del ramo losiguiente:

Importa, pues, examinar ante todo la conveniencia de que la iniciativade reformas emane del Gobierno de México; pero esta cuestión,como todas las relativas a política internacional, sólo á Usted. SeñorSubsecretario, toca resolverla. En consecuencia, partiendo delsupuesto de que la proposición de nuestro Ministro en Tokio fuereen este punto aceptada, paso a ocuparse del proyecto de reformas.36

Su opinión puede estar dividida en los partes. La primera,manifestaba a favor de la redacción de los Artículos I, II, IV, VI, XII y XIIIya que incorporan principios universalmente válidos y consagrados

35 Ibidem., folio 6.36 Comunicación del abogado Consultor de la Secretaría de Relaciones Exteriores

al Subsecretario del ramo, 17 de agosto de 1910, Archivo Histórico Diplomático,14956, folio 7.

Page 30: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

29DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

del derecho internacional. El abogado apunta que el artículo V puedeentrar en conflicto con los preceptos constitucionales vigentes en esaépoca sobre la restricción de que los extranjeros puedan adquirir bienesinmuebles a 20 leguas de la frontera norte y sur del país a manosque se haya expedido la autorización expresa del gobierno federal. Laopinión del funcionario lo expresa de la siguiente manera:

Basta esto para poner de manifiesto lo trascendente que seríaotorgar á los japoneses lisa y llanamente el derecho de adquirirbienes raíces. Prerrogativa semejante necesariamente, por razónde la cláusula de la nación más favorecida, tendría que otorgarseigualmente á los ciudadanos ó súbditos de las demás potencias.37

Los demás artículos, salvo el XIV, recomendaba el abogado dela Cancillería que fueran remitidos a la Secretaría de Hacienda ( VII,VIII y X), a la Secretaría de Guerra (VI, IX,XII y XIII) y al a Secretaría deGobernación ( III) por ser áreas de sus competencias y se requeríauna opinión especializada al respecto. En relación al último artículo,se siguiere que pudiera dividirse en dos. Por un lado, consagrado alos representantes diplomáticos y consulares; por el otro a laintervención diplomática. El segundo le parece importante debido, aque según su opinión, los flujos de futuros inmigrantes japoneses alterritorio mexicano en el futuro podría conllevar a un gran cúmulo dequejas y reclamaciones de tipo privado.

En este sentido, el abogado consultor propone una nuevaredacción del artículo V en los siguientes términos:

Los mexicanos en el Japón y los japoneses en México tendrán, comolos nacionales, el derecho de adquirir, poseer y trasmitir por sucesión,donación, venta ú otro título legal, los bienes muebles situados en losterritorios respectivos; sin que pueda ser obligados á pagar otros, nimás altos derechos de sucesión o de traslación de dominio que losimpuestos de igual caso á los nacionales. En cuanto á la adquisición óposesión de bienes inmuebles los mexicanos en el Japón y los japonesesen México serán tratados como los ciudadanos o súbitos de la naciónmás favorecida”38

Tal como lo apuntaba el funcionario, el artículo XIV se debía dividiry propone un texto sobre las atribuciones de los agentes diplomáticos

37 Ibidem., folio 8.38 Ibidem., folio. 12.

Page 31: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA30

y consulares cuyos privilegios, derechos, inmunidades y franquiciasestarán normadas bajo el principio de la cláusula de la nación másfavorecida. El nuevo artículo XV sobre las atribuciones específicas dela intervención diplomática sobre asuntos del orden civil, criminal oadministrativo bajo la observancia de las leyes internas de cada partecontratante. Asimismo se ajusta el texto elaborado por Pacheco sobrelas competencias y responsabilidades en un caso de guerra civil oinsurrecciones y lo define en los siguientes términos:

Queda además estipulado entre las dos Partes contratantes quesus Gobiernos respectivos, excepto en los casos en que hubiereculpa o negligencia por parte de las autoridades del país ó de susagentes, no se harán recíprocamente responsables por los daños,perjuicios, vejámenes y exacciones que los ciudadanos o súbditosde la una sufrieren en el territorio de la otra por parte de lossublevados en tiempo de insurrección ó guerra civil, ó por tribus úhordas salvajes susbtraídas á la obediencia del Gobierno.39

No existen todavía evidencias sobre la respuesta de la Secretaríasde Hacienda, Gobernación y Guerra sobre los artículos que laCancillería consideraba dentro del área de sus atribuciones, así comoque el documento haya sido entregado a Japón sea directamente porel Ministro Pacheco o por el representante de la Legación japonesaen México. Se menciona en el comunicado firmado años despuéspor la Cancillería Mexicana ante la petición ex embajador de Españaen Argentina sobre su deseo el Tratado de 1910 entre México y Japón,donde se le hace referencia que solamente se llegó en ese momentoa “ciertas negociaciones que no llegaron a ninguna finalidad parareformar el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación, celebradoentre los dos países el 30 de noviembre de 1888”.40

Como se apuntó la irrupción del movimiento revolucionario y lacaída del viejo orden porfirista canceló cualquier posibilidad de continuarcon la idea de su modificación, los gobiernos de México surgidosposteriormente no tocarían el tema hasta la administración de ÁlvaroObregón que lograría la renegociación de ese instrumento para firmarel Tratado de Comercio y Navegación de 1924.

39 Ibidem., folio 14.40 Oficio firmado por el Lic. Anselmo Mena, director general de Asuntos Políticos y

del Servicio Diplomático a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México enArgentina, Archivo Histórico Diplomático, 14956, Ibidem., folio 16.

Page 32: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

31DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Reflexiones finales

Es claro que las dos décadas posteriores de la firma del Tratado deAmistad, Comercio y Navegación de México y Japón de 1888 motivóprofundizar los gestos de amistad y actos protocolarios entre ambosgobiernos donde los flujos comerciales se mantuvieron en un planointermitente. Con excepción de los proyectos de colonización y de lallegada de los jornaleros japoneses a tierras mexicanas, la presenciadel país –a través de sus connacionales y sus mercancías– fueintermitente y casi nula.

La visión y recomendaciones de Mauricio Wollheim quedaronarchivadas en la Cancillería y en los informes consulares remitidos ala Secretaría de Fomento Económico. Si bien había un reconocimientoexpreso de la transformación económica y militar de Japón de finalesdel siglo XIX y principios del XX, la élite económica mexicana veníacon vasta lejanía las oportunidades de comerciar con ese país asiático.Por el contrario, Tokio había estructurado una agenda diplomáticaespecífica. Por un lado, derivada del incremento de la comunidadjaponesa en México que se convertían en actores que fomentaban elnaciente intercambio económico; por el otro, por el papel del paísdentro de las emergentes estrategias diplomáticas japonesas vis avis Washington.

El aprovechamiento desigual de las cláusulas contenidas en eltratado bilateral cuya percepción compartía el ministro Ramón G.Pacheco, no era nada más un hecho de que México carecía decondiciones materiales para asumir una actitud más proactiva. Losesfuerzos y la viabilidad las empresas de transportación marítimasmexicanas fue un ejemplo de las limitaciones existentes en la épocapara el mantenimiento de un proyecto viable de negocios que de nuevovinculará a México con el Pacífico asiático.

Page 33: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA32

RECURSOS HEMEROBIBLIOGRÁFICOS

Libro

Falck, Melba y Uscanga, Carlos, Relaciones comerciales yfinancieras entre México y Japón en el marco del Acuerdo deAsociación Económica, FCPyS, UNAM, 2009.

Hard, John Mason, Empire and Revolution: the Americans inMexico Since the Civil War, University of California Press, 2006.

Ota Mishima, Maria Elena, México y Japón en el siglo XIX: Lapolítica exterior de México y la consolidación de la soberanía japonesa,Colección del Archivo Histórico Diplomático, Secretaría de RelacionesExteriores, 1976, pp. 80-83.

Revistas

Gardnier, C. Harvey, “Primeras relaciones diplomáticas entreMéxico y el Oriente”, Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística,México, 1950.

Wollheim, Mauricio, “Movimiento mercantil del Japón en 1895,comparado con el de los tres años anteriores”, Boletín de la Secretaríade Relaciones Exteriores, tomo I, 1895.

Wollheim, Mauricio, “Desventajas que presenta el mercado delJapón para los productos de ganadería de México”, Boletín deAgricultura, Minería e Industria, julio de 1899.

Artículos de Periódico

“El encargado de negocios de Japón”, La Voz de México, 17 denoviembre de 1886.

“Las sedas japonesas en México”, El Economista Mexicano, 25de enero de 1896.

“Legación de México en el Japón”, El Siglo Diez y Nueve, 13 deagosto de 1891.

“Mr. Wollheim died”, The Mexican Herald, 24 de octubre de 1907.“The Mexican Financier”, El Siglo Diez y Nueve, 6 de octubre de

1884.Wollheim, Mauricio, “El tabaco mexicano en el Japón”, El

Economista Mexicano, 28 de septiembre de 1895.Wollheim, Mauricio, “Tráfico del Japón”, El Economista Mexicano,

11 de julio de 1896.

Page 34: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

33DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Documentos

Archivo Histórico Diplomático, L-E-1206.Archivo Histórico Diplomático, 14956.Mandujano, Ruth, “National Aspiration and Personal Bussiness:

Mauricio Wollheim and the Japanese Colonization of Mexico”, ponenciapresentada en la CALACS, 2012.

México Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Comercio Ex-terior, Año Fiscal 1896-1897, Poder Ejecutivo Federal, Secretaría deEducación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1897.

México Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Comercio Ex-terior, Año Fiscal 1897-1898, Poder Ejecutivo Federal, Secretaría deEducación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1898.

México Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Comercio Ex-terior, Año Fiscal 1898-1899, Poder Ejecutivo Federal, Secretaría deEducación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1899.

Page 35: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA34

34 BLANCA

Page 36: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

35DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

ANEXOS41

ANEXO I

Proyecto de Tratado de Amistad, Comercioy Navegación entre México y Japón de 1888

Su Majestad el Emperador del Japón y los Estados UnidosMexicanos , estando igualmente animados del deseo de establecersobre bases sólidas y duraderas relaciones de amistad y comercioentre sus respectivos países, súbitos y ciudadanos, han resueltocelebrar un tratado de amistad y comercio, y han nombrado conese objeto a sus respectivos Plenipotenciarios, a saber: Su Majestadel Emperador de Japón a… y el Presidente de los Estados UnidosMexicanos a … quienes, después de haberse mostrado susrespectivos plenos poderes y encontrándolos en buena y debidaforma, han convenido en los siguientes artículos:

Artículo I

Habrá firme y perpetua paz y amistad entre Su Majestad el Emperadordel Japón y los Estados Unidos Mexicanos y entre sus respectivossúbditos y ciudadanos.

Artículo II

Su Majestad el Emperador del Japón puede acreditar, si lo tiene abien, un agente diplomático cerca del Gobierno de los Estados UnidosMexicanos, y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos puede,si lo estima conveniente, nombrar un agente diplomático cerca de laCorte de Tokio, y cada una de las altas Partes contratantes tendrá elderecho nombrar Cónsules generales, Cónsules, Vicecónsules yagentes consulares para la conveniencia del comercio, los cualespodrán residir en los puertos y lugares dentro del territorio de la otra

41 Los documentos que integran la sección de anexos son transcripciones literalesque no incluyen correcciones ortográficas o tipográficas.

Page 37: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA36

parte contratante, donde se permita residir a empleados consularessemejantes de la nación más favorecida; pero antes de que cualquierCónsul general, Cónsul, Vicecónsul y agente consular pueda funcionarco o tal, tendrá que ser aprobado y admitido con ese carácter en lamanera usual por el Gobierno del país adonde haya sido enviado. Losempleados diplomáticos y consulares de cada una de las altas partescontratantes gozarán, con la limitación especial de que habla el artículoseparado anexo a este tratado, en el territorio de la otra, de los mismosderechos, privilegios, exenciones e inmunidades de que gocen ogozaren los empleados de igual categoría de la nación más favorecida.

Artículo III

Habrá recíproca libertad de comercio y navegación entre el territorioy posesiones de las dos altas Partes contratantes. Sus respectivossúbditos y ciudadanos tendrán libertad y seguridad para ir con susbuques y cargamentos a todos los lugares y puertos dentro delterritorio y posesiones de la otra, que estén abiertos a los súbditos ociudadanos de la nación más favorecida; podrán permanecer y residiren todos los lugares o puertos en donde se permita permanecer yresidir a los súbditos y ciudadanos de la nación más favorecida; ypodrán alquilar y ocupar casas y almacenes, en los que podránvender, por mayor o menor, toda clase de productos, manufacturaso mercancías del comercio legal.

Artículo IV

Las altas Partes contratantes convienen por el presente en que losfavores, privilegios o inmunidades relativos al comercio, navegacióny viaje dentro de su territorio o posesiones, que cualquiera de lasaltas Partes contratantes tenga concedidos o concediere en losucesivo a los súbditos o ciudadanos de cualquier otro Estado, seránconcedidos igualmente a los súbditos o ciudadanos de la otra altaparte contratante, gratuitamente si la concesión a favor de ese otroEstado hubiere sido hecha libremente, o bajo las mismas oequivalentes condiciones si la concesión fuere condicional.

Artículo V

No se impondrán otros ni más altos derechos ni recargos por razónde toneladas, faro, había, práctico, cuarentena, salvamento en caso

Page 38: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

37DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

de avería, ni otros impuestos locales en ninguno de los puertos delJapón a los buques de los Estados Unidos Mexicanos, ni en ningunode los puertos de los Estados Unidos Mexicanos a los buquesjaponeses, que los que paguen o tengan en lo sucesivo que pagar eniguales casos, en los mismos puertos, los buques de la nación másfavorecida.

Artículo VI

No se impondrán otros ni más altos derechos de importación en elJapón a los efectos nacidos, producidos o fabricados en los EstadosUnidos Mexicanos, y recíprocamente, no se impondrán otros ni másaltos derechos de importación en los Estados Unidos Mexicanos alos efectos nacidos, producidos o fabricados en el Japón, que losque paguen o pagaren iguales efectos nacidos, producidos ofabricados en cualquier otro país extranjero. No se impondrán,tampoco, en los dominios o posesiones de la otra, que los que pagueno pagaren iguales efectos al exportarse para cualquier otro paísextranjero. No se establecerá prohibición alguna para la importaciónde cualquier efecto nacido, producido o fabricado en el territorio deuna de las dos altas Partes contratantes en el territorio posesionesde la otra, que no se haga extensiva igualmente al efecto de la mismaclase nacido, producido o fabricado en cualquier otro país extranjero,ni se establecerá ninguna prohibición para la exportación de cualquierefecto del territorio de una de las altas Partes contratantes al territorioo posesiones de la otra. Que no se haga extensiva igualmente a laexportación del mismo efecto para los territorios de todas las demásnaciones.

Artículo VII

El presente tratado se pondrá en ejecución tan luego como se canjeensus ratificaciones, y quedará en vigor hasta seis meses después deque alguna de las Partes contratantes avise a la otra su intención deabrogarlo.

Artículo VIII

El presente tratado será ratificado por las altas Partes contratantes ysus ratificaciones se canjearán en … dentro de… meses contadosdesde la fecha en que se firmó.

Page 39: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA38

En fe de lo cual los respectivos Plenipotenciarios han firmado estetratado adhiriéndose sus respectivos sellos.Hecho por duplicado en…hoy día de…

Artículo Separado

El Tratado concluido hoy entre los Gobiernos de Su Majestad elEmperador del Japón y de los Estados Unidos Mexicanos no contieneestipulación alguna que conceda a los Estados Unidos Mexicanos elderecho de ejercer jurisdicción consular u otra jurisdicciónexcepcional, en los dominios de Su Majestad Imperial, y aunque sereconoce que faltando semejante estipulación no podrá ejercerse nireclamarse dicha jurisdicción, las altas Partes contratantes deseando,sin embargo, remover en sus relaciones toda clase de ambigüedadeso motivo de discusión, han convenido en el siguiente artículoseparado:

Los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos, así comolos buques mexicanos que visiten el Japón o sus aguas territoriales,estarán sujetos durante su permanencia en el mismo, a las leyes delJapón y a la jurisdicción de los tribunales de Su Majestad Imperial,de la misma manera que los súbitos y buques de su Majestad Impe-rial que visiten a México y a sus aguas territoriales estarán sujetos alas leyes y jurisdicción de México.

Este artículo separado tendrá la misma fuerza y vigor que si sehubiere insertado literalmente en el tratado firmado hoy y seráratificado al mismo tiempo.

En fe de lo cual, etc., etc.

Traducción del documento presentadopor Mutsu Munemitsu a Matías Romero el 21 de julio de 1888

Page 40: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

39DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Anexo II

Tratado de Amistad, Comercio y Navegaciónentre México y Japón

Washington, 30 de noviembre de 1888

El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y Su Majestad elEmperador del Japón, estando igualmente animados del deseo deestablecer sobre bases sólidas y duraderas, relaciones de amistad ycomercio entre sus respectivos países, ciudadanos y súbditos, hanresuelto celebrar en un tratado de amistad y comercio, y hannombrado con ese objeto sus plenipotenciarios, a saber: el Presidentede los Estados Unidos Mexicanos, a Matías Romero, EnviadoExtraordinario y ministro Plenipotenciario de los Estados UnidosMexicanos en Washington y Su Majestad el Emperador del Japón aYushii Mumemitsu Mustsu, Caballero de la orden del Sol Naciente yde tercera clase de Mérito y su Enviado Extraordinario y MinistroPlenipotenciario, cerca del Gobierno de los Estados Unidos deAmérica, quienes después de haberse mostrado sus respectivospoderes y encontrándolos en buena y debida forma, han convenidoen los siguientes artículos:

Artículo I

Habrá firme y perpetua paz y amistad entre los Estados UnidosMexicanos y el Imperio del Japón, y entre sus respectivos ciudadanosy súbditos.

Artículo II

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos puede, si lo juzgaconveniente, acreditar un agente diplomático cerca de la Corte deTokio y del mismo modo puede su Majestad el Emperador del Japón,si lo tiene a bien acreditar un agente diplomático cerca del Gobiernode los Estados Unidos Mexicanos; y cada una de las Partescontratantes tendrá derecho de nombrar cónsules generales,cónsules, vicecónsules y agentes consulares para la conveniencia

Page 41: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA40

del comercio, los cuales podrán residir en todos los puertos y lugaresdentro del territorio de la otra parte contratante, donde se permitaresidir a empleados consulares semejantes de la nación másfavorecida; pero antes de que cualquier Cónsul General, Cónsul,Vicecónsul, o Agente Consular, pueda funcionar como tal, tendráque ser aprobado y admitido con ese carácter, en la manera usual,por el Gobierno del país a donde haya sido enviado.Los empleados diplomáticos y consulares de cada una de las dospartes contratante, gozarán en el territorio de la otra, sujetos a lasestipulaciones de este tratado, de los mismos derechos, privilegios,exenciones e inmunidades de que gocen o gozaren los empleadosde igual categoría de la nación más favorecida.

Artículo III

Habrá recíproca libertad de comercio y navegación, entre el territorioy posesiones de las dos partes contratantes. Sus respectivosciudadanos y súbditos tendrán la libertad y seguridad para ir con susbuques y cargamentos a todos los lugares y puertos dentro delterritorio y posesiones de la otra, que estén abiertos a los súbditos ociudadanos de la nación más favorecida; podrán permanecer y residiren todos los lugares o puertos en donde se permita permanecer yresidir a los súbditos y ciudadanos de la nación más favorecida; ypodrán allí alquilar y ocupar casas y almacenes, en los que podránvencer por mayor y menor, toda clase de productos, manufacturas omercancías del comercio legal.

Artículo IV

Su Majestad el Emperador del Japón, en consideración de las variasestipulaciones contenidas en este tratado, concede por el presentea los ciudadanos mexicanos que vayan al Japón, aparte y ademásde los privilegios concedidos a los mismos ciudadanos, en elprecedente artículo de este tratado, el privilegio de entrar, permanecery residir en todo el territorio y posesiones del Imperio, de alquilar yocupar casas y almacenes en el mismo; de traficar por mayor y pormenor, en toda clase de productos, manufacturas y mercancías delcomercio legal, y finalmente de emprender y proseguir allí todas lasdemás ocupaciones legales.

Page 42: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

41DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Artículo V

Las dos partes contratantes, convienen por el presente en que losfavores, privilegios o inmunidades relativos a comercio, navegación,viaje y residencia dentro de su territorio o posesiones, que cualquierade las partes contratantes tenga concedidos, o concediere losucesivo, a los ciudadanos y súbditos de cualquier otro Estado, seránconcedidos igualmente a los súbditos y ciudadanos de la otra partecontratante, gratuitamente si la concesión a favor de ese otro Estadohubiera sido gratuita, o bajo las mismas o equivalentes condicionessi la concesión hubiere sido condicional.

Artículo VI

No se impondrán ni más altos derechos ni recargos por toneladas,faro, bahía, practicaje, cuarentena, salvamento en caso de avería,ni otros impuestos locales en ninguno de los puertos del Japón, alos buques de los Estados Unidos Mexicanos, ni en ninguno de lospuertos de los Estados Unidos Mexicanos a los buques del Japón,que los que paguen o tengan en lo sucesivo que pagar, en igualescasos, en los mismo puertos, los buques de la nación más favorecida.

Artículo VII

No se impondrán otros ni más altos derechos de importación en elJapón, a los efectos nacidos, producidos o fabricados en los EstadosUnidos Mexicanos, y recíprocamente no se impondrán otros ni másaltos derechos en los Estados Unidos Mexicanos a los efectosnacidos, producidos o fabricados en el Japón, que los que paguen opagaren iguales efectos nacidos, producidos o fabricados encualquier otro país extranjero. No se impondrán tampoco en elterritorio o posesiones de cualquiera de las dos partes contratantes,otros ni más altos derechos o recargos sobre la exportación decualquier artículo para el territorio o posesiones de la otra, que losque paguen o pagaren iguales efectos al exportarse para cualquierotro país extranjero. No se establecerá prohibición alguna para laimportación de cualquier efecto nacido, producido o fabricado en elterritorio de una de las dos partes contratantes en el territorio oposesiones de la otra, que no se haga extensiva igualmente al efectode la misma clase nacido, producido o fabricado en cualquier otropaís extranjero; ni se establecerá ninguna prohibición para laexportación de cualquier efecto del territorio de una de las partes

Page 43: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA42

contratantes, al territorio o posesiones de la otra, que no se hagaextensiva igualmente a la exportación del mismo efecto, para losterritorios de todas las demás naciones.

Articulo VIII

Los súbditos japoneses lo mismo que los buques japoneses que vayana México o a las aguas territoriales de dicha nación, quedaránmientras permanezcan allí, sujetos a las leyes de los Estados UnidosMexicanos y a la jurisdicción de los tribunales mexicanos; y de lamisma manera los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos olos buques mexicanos que vayan al Japón o a sus aguas territoriales,quedarán sujetos a las leyes del Japón y a la jurisdicción de lostribunales de Su Majestad Imperial.

Artículo IX

El presente tratado se pondrá en ejecución tan luego como se canjeensus ratificaciones, y subsistirá en vigor hasta seis meses despuésde que alguna de las partes contratantes avise a la otra su intenciónde abrogarlo.

Artículo X

El presente tratado se firmará por duplicado, en cada una de laslenguas española, japonesa e inglesa, y en caso de que llegare aencontrarse alguna discrepancia entre los textos español y japonés,se decidirá ésta por los términos del texto inglés, el cual se consideraobligatorio para los dos gobiernos.

Artículo XI

El presente tratado será ratificado por las dos partes contratantes ysus ratificaciones se canjearán en Washington tan pronto como seaposible.

En fe de lo cual los respectivos plenipotenciarios, han firmadoeste tratado adhiriéndole sus respectivos sellos.

Hecho por sextuplicado en Washington, hoy día treinta deNoviembre del año mil ochocientos ochenta y ocho, que correspondeal trigésimo día del undécimo mes del año vigésimo primero de Meiji.

MATÍAS ROMEROMUMEMITSU MUTSU

Page 44: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

43DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

ARTÍCULO SECRETO Y SEPARADO QUE FORMA PARTE DELTRATADO FIRMADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSY EL IMPERIO DEL JAPÓN, EL 30 DE NOVIEMBRE DE 1888.

En el caso de que el Gobierno de Su Majestad el Emperador delJapón considerase conveniente, en cualquier tiempo futuro, retirarlos privilegios concedidos a los ciudadanos mexicanos, por el ArtículoIV del Tratado concluido hoy ente el Gobierno de los Estados UnidosMexicanos y Su Majestad, el Emperador del Japón, se conviene enque su Majestad el Emperador del Japón tendrá el derecho dedenunciar separadamente, sin previo aviso, el expresado ArtículoIV, en la inteligencia de que en el caso de que ejercite este derecho,el Gobierno su Majestad el Emperador del Japón, dará unacompensación razonable, por cualquiera pérdida efectiva que sejustifique satisfactoriamente y con prueba bastante, de que ha sidoocasionada por los prejuicios sufridos en intereses legítimamenteadquiridos, en virtud del expresado Artículo IV.

Este Artículo secreto y separado se considerará que limita laestipulación del Artículo IX del Tratado firmado hoy, de la mismamanera y con la misma fuerza que si estuviere inserto palabra porpalabra en dicho Artículo, y se ratificará al mismo tiempo que dichoTratado.

En testimonio de lo cual los respectivos plenipotenciarios hanfirmado este Artículo y le han adherido sus respectivos sellos.

Hecho por sextuplicado, de la misma manera que el Tratadoantes mencionado, en Washington, hoy día treinta de Noviembredel año mil ochocientos ochenta y ocho, que corresponde al trigésimodía del undécimo mes del año 21 de Meiji.

MATÍAS ROMEROMUMEMITSU MUTSU

Page 45: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA44

Anexo III

Importaciones de México a Japónjunio 1896-1899

Tabla III.1 Importaciones de México (junio 1896-junio 1897)

Fracción

68102109110142

145167179193207219225228

232236

249

250

421435460

462

469

Producto

Artefactos de cuero no especificadosAbanicos de varilla de huesoArtefactos de cuero n/eArtefactos de hueso n/eFrutas, hortalizas, legumbres y tubérculos, n/een conservaSemillas y granos alimenticios n/eTé verde o negroAlcanforCera vegetalArtefactos de madera n/eAbanicos con varilla de maderaAbanicos ordinarios de paja o palmaArtefactos de paja o bejuco con tela de seda ocon piel n/eCortinas de madera o espartoEsteras de cáñamo, yute, coco, palma ohenequénMuebles de madera fina u ordinaria notapizadosMuebles de madera fina u ordinaria tapizadoscon piel o telaEspejos con marco de latón, zinc, hoja de lataLoza y porcelana labrada en piezas n/eTelas de algodón estampadas, pintadas oteñidasTelas de algodón crudas, blancas o de color ytejido que no sea lisoTelas de algodón crudas, blancas o de color

Valor deFactura(pesos)

5320

2120

5

2,627186198

18217

4,3505842

883

12

249

1105289

421

3

Page 46: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

45DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

474ª

484492

517

518

603605607615622759765767768

853882916917

8

686

315

300

3,8329,506

55

1141

207176

6

549

11

23,673

Cobertores, colchas, y fundas de tela dealgodón, sin bordadosParaguas, sombrillas, quitasoles de algodónRopa de algodón, con cintas de seda o metalordinario, para adultos y niñosAlfombras y tapetes de cáñamo, yute o fibravegetal análogaAlfombras y tapetes de cáñamo o yute confranjas u orillas de lanaTela de seda de toda clase de tejidoArtículos y manufacturas de tejido de sedaParaguas, sombrillas, quitasoles de sedaTelas de pie de seda y trama de algodón o linoArtículos de seda con mezcla de algodónPapel para tapizar combinado con tela o sedaAbanicos de cartón o papel sin varillasArtefactos no especificados de papel o cartónArtefactos de papel o cartón forrados de seda opielAbanicos de lienzo sin varillasCortinas transparentes de tela pintadaSombreros de todas clases con avíosSombreros de todas clases sin avíosTotal

Fuente: Realización propia con datos del Ministerio de Hacienda y CréditoPúblico, Comercio Exterior, Año Fiscal 1896-1897, Poder Ejecutivo Federal,Secretaría de Educación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1897,p. 1-245Nota: n/e: no especificados

Page 47: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA46

Tabla III.2 Importaciones de México (junio 1897-junio 1898)

Fracción

43109110111112118138139142145167177179207219228229232236243248249250251274276

277283

336336b370390435436

460

Producto

Huevos frescosArtefactos de cuerno n/eArtefactos de hueso n/eArtefactos de marfil n/eArtefactos de nácar n/eLimpiadientes de plumaFrutas secas n/eFrutas en salmueraFrutas, hortalizas, legumbres y tubérculos, n/e en conservaSemillas y granos alimenticios n/eTé verde o negro de todas clasesPastas alimenticias de harinaAlcanforArtefactos de madera n/eAbanicos con varillas de maderaArtefactos de paja o bejuco con tela de seda o con piel n/eArtefactos de paja o bejuco con tela de seda o con piel n/eCortinas de madera o espartoEsteras de cáñamo, yute, coco, palma o henequénTabaco picado para pipaMuebles de madera ordinaria, bejuco, y madera de vueltaMuebles de madera fina u ordinaria no tapizadosMuebles de madera fina u ordinaria tapizados con piel o telaMuebles tapizados con tela de sedaArtefactos de cobre, latón, broce y metal blancoArtefactos de cobre, bronce, latón o metal común, dorados oplateadosArtefactos de cobre con tela de seda o pielJoyas o alhajas de metal sin oro, plata o platino sin dorar niplatearArtefactos de hoja de lata, hierro, estaño o niqueladoArtefactos de hierro o acero, sin exceder los 10 kgPeróxido de manganesoArtefactos de barro, estuco y yeso n/eLoza y porcelana labrada en piezas n/eLoza y porcelana labrada en piezas con monturas de cobresin dorar o platearTelas de algodón estampadas, pintadas o teñidas

Valor deFactura(pesos)

6629

167554

49203

1,215129

2351408804

519

51532

44126

1855

12042

1516

63

481

688296

104

Page 48: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

47DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

462463

473474a

476492

517603605611615615c623743a

744761763

765767768772790839853858867892908909911

Telas de algodón crudas, blancas o de colorTelas de algodón, crudas, blancas o de colores, caldas obordadasCamisas de tela de algodón, para hombres y niñosCobertores, colchas, y fundas de tela de algodón, sinbordadosCortes de vestido de tela de algodón señoras y niñasRopa de algodón, con cintas de seda o metal ordinario, paraadultos y niñosAlfombras y tapetes de cáñamo, yute o fibra vegetal análogaTela de seda de toda clase de tejidoArtículos y manufacturas de tejido de sedaRopa hecha y sus partes sueltas de tela de sedaTelas de pie de seda y trama de algodón o linoTelas de algodón, lino o lana con seda en el pie y en el tramaArtículos de seda con algodón, lino o lanaPapel sin cola o de media cola, blanco y satinado paraimpresionesPapel para calcar, y el delgado conocido como papel ChinaPapel cortado para esquelas, y rayado para cuentas o músicaCartón, brístol, cartulinas para tarjetas y la cartulina paranaipesAbanicos de cartón o papel sin varillasArtefactos no especificados de papel o cartónArtefactos de papel o cartón forrados de seda o pielEstampas impresas y pinturas sobre papel o cartónEsqueletos para sombrillas y paraguasArmas blancas de todas clases, y su hojas sueltasAbanicos de lienzo sin varillasArtefactos n/e para flores artificialesBrochas y pinceles de todas clasesFundas de todas clases, para sombrillas y paraguasPerfumería de todas clasesPinturas sobre papel, tela, vidrio, porcelana, madera o metalPlumeros para despolvarTotal

885

1039

2575

177,8649,741

1089552

222

48213

6

4459

26

1026

3335

4851

24,013

Fuente: Realización propia con datos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,Comercio Exterior, Año Fiscal 1897-1898, Poder Ejecutivo Federal, Secretaría deEducación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1898, p. 1-170Nota: n/e: no especificados

Page 49: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA48

Tabla III. 3 Importaciones de México (junio 1898-junio 1899)

Fracción

626879102103109110112114136142145148150153158163164164a

167173179193207207*210

211219222225227

228228**229232

Producto

Seda cruda o en rama de todas clasesArtefactos de cuero, n/eTiras de cuero para sombrerosAbanicos con varillas de huesoAbanicos con varillas de cuernoArtefactos de cuerno n/eArtefactos de hueso n/eArtefactos de nácar n/eBolas de marfil para billasCanela de todas clases, inclusive la cassiaFrutas, hortalizas, legumbres y tubérculos, n/e en conservaSemillas y granos alimenticios n/eSemillas y bayas medicinalesSemillas para horticulturaBejuco para rejillas de mueblesEspiga de maíz de Guinea o mijoPasto secoRaíces, cortezas, flores, yerbas y hojas medicinalesRaíces, cortezas, f lores, yerbas y hojas medic inalespulverizadasTé verde o negro de todas clasesFéculas de todas materias y las lacteadasAlcanforCera vegetalArtefactos de madera n/eArtefactos de madera ordinaria toscamente labrados n/eArtefactos de maderas con embutidos que no sean de oro,plata o platinoArtefactos de toda clase de maderas n/eAbanicos con varillas de maderaArtefactos de madera con tela de seda o con pielAbanicos ordinarios de paja o palmaAlpargatas con suela de esparto o de cáñamo con más de 20cmArtefactos de paja o bejuco n/eArtefactos de paja, bejuco, mimbre o caña n/eArtefactos de paja o bejuco con tela de seda o con piel n/eCortinas de madera o esparto

Valor deFactura(pesos)

2475349

3018

53

116341100

455

1,10875

200101

5683

1295

506

18681

20

1064,869

475325

11228

6348

Page 50: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

49DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

236248248***

249249°

250250°°251251†

252252††

274275

276

276ª

283

283ª296308

335

336336b345360390435436

438ª438b439

Esteras de cáñamo, yute, coco, palma o henequénMuebles de madera ordinaria, bejuco, y madera de vueltaMuebles que no sean de asiento, de madera ordinaria sinembutidos ni ornamentos de metalMuebles de madera fina u ordinaria no tapizadosMuebles de asiento de madera ordinaria sin acojinados niornamentos de metalMuebles de madera fina u ordinaria tapizados con piel o telaMuebles de madera fina u ordinaria sin ornamentos de metalMuebles tapizados con tela de sedaMuebles de madera fina u ordinaria con acojinados y sinembutidosMuebles con embutidos de madera, concha, marfil y careyMuebles con embutidos y ornamentos de bronce o metalordinarioArtefactos de cobre, latón, broce y metal blancoArtefactos de cobre latón o bronce y metal blanco con másde 10 kgArtefactos de cobre, bronce, latón o metal común, dorados oplateadosArtefactos de cobre, bronce, o metal común dorado o plateadode mas 10kgJoyas o alhajas de metal sin oro, plata o platino sin dorar niplatearJoyas o alhajas de metal común doradas o plateadasArtefactos n/e de estañoAlambre de hierro o acero de un milímetro de diámetro omenosAnclas para embarcaciones con sus correspondientescadenasArtefactos de hoja de lata, hierro, estaño o niqueladoArtefactos de hierro o acero n/e de peso excede los 10kgAntimonio metálico o reguloCarbonatos de barita magnesia y estroncianaArtefactos de barro, estuco y yeso n/eLoza y porcelana labrada en piezas n/eLoza y porcelana labrada en piezas con monturas de cobresin dorar o platearVidrio y cristal labrado en piezasVidrio y cristal labrado en piezas decorado con oro o plataVidrio y cristal labrado en piezas con montaduras cobre sindorar ni platear

1,176

10 

2198

78 304035

506423

354124

427

87

6

12424

20

1210

13876

4,758350

357

185

Page 51: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA50

441453

460462463

468473473†††

474474b484492

505509517518

532

557

600601603605607611614

622623641652654655656658661

Vidrios y cristales planos no especificadosEncajes de algodón, tul de algodón y las manufacturas deencaje de algodónTelas de algodón estampadas, pintadas o teñidasTelas de algodón crudas, blancas o de colorTelas de algodón, crudas, blancas o de colores, caldas obordadasCortinas de madera o espartoCamisas de tela de algodón para hombres y niñosCamisas interiores o exteriores de algodón para hombres yniñosCobertores, colchas, y fundas de algodón sin bordadosCobertores, colchas, y fundas de algodón, con bordadosParaguas sombrillas y quitasoles de algodónRopa de algodón, con cintas de seda o metal ordinario, paraadultos y niñosCortinas sobrecamas y anticasares de punto de linoTelas de lino o cáñamo de color o de tejido lisoAlfombras y tapetes de cáñamo, yute o fibra vegetal análogaAlfombras y tapetes de solo cáñamo yute o cualquiera otrafibra vegetal análoga, cuando tenga franjas u orillas de lanaPañuelos de lino, bordados calados o con guarnición deencajeTelas de lana de todos los tejidos con peso de 100 hasta250kgCordón de sedaSeda pelo, torcida o flojaTela de seda de toda clase de tejidoArtículos y manufacturas de tejido de sedaParaguas, sombrillas y quitasoles de sedaRopa hecha y sus partes sueltas de tela de sedaTelas de pie y trama de algodón lino o lana con mezcla desedaArtículos de seda con mezcla de algodónArtículos de seda con algodón, lino o lanaParaguas, sombrillas y quitasoles de seda con algodónAcetatos de amoniaco, cal, cobre, cromo, hierro, plomo y sosaÁcidos clorhídrico sulfúrico y sulfurosoÁcidos acético, nítrico, oxálico y piroleñosoÁcido fenicoÁcido en cristales o en polvo n/eAlcaloides naturales n/e y sus sales

712

1,5065021

684048

303

11415

46818626

37

45

18289

12,9479,450

17470

7

20716

7421325

Page 52: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

51DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

665669670675676681689701715730733750

761765767767ª

767b768772773

774

775776

780794798801810842

847858857863875876882

Algodón antisépticoAzúcar medicinal y el aromatizadoBarnices blancos y de coloresCapsulas, perlas, glóbulos, grajeas de gelatina u obleaCarbonato y bicarbonato de potasa y de sosaClorato de potasa y de sosaDrogas medicinales y productos químicos y farmacéuticosMorfina y sus salesSales y óxidos de todas substanciasYodoformoAguas minerales, naturales o artificialesEsqueletos para documentos impresos, grabados con clarospara escribirPapel cortado para esquelas, y rayado para cuentas o músicaAbanicos de cartón o papel sin varillasArtefactos no especificados de papel o cartónArtefactos forrados con cartón ordinario con hojas lisas oencarrujadasArtefactos n/e de papel de pasta blanca cruda o teñidaArtefactos de papel o cartón forrados de seda o pielEstampas impresas grabadas o litografiadasLibros en blanco o rayados con pasta de cartón cuero opercalinaLibros impresos o en blanco, con pasta de terciopelo,concha o marfilLibros y música impresa o manuscrita, a la rústicaLibros y música impresa o manuscrita con pasta de cartón ocueroSobres comunesInstrumentos para las ciencias, no especificadasHerramientas de todas clases y materias para artesanosMáquinas y apartados para cualquier objetoRelojes para mesa o pared de todas clasesBastones con arma blanca de fuego cuyo paño no es de platau oroFuegos artificialesArtefactos n/e para flores artificialesArtefactos n/e de gutapercha y de celuloideBastones n/e que no contengan adornos de oro plata o platinoCojines, colchones y almohadas cuyo forro no tenga sedaCojines colchones y almohadas cuyo forro es de sedaCortinas transparentes de tela pintada

 21412

1227243

554

1134469

7

2118351

229

353

255

13240

12

1009860

12021

10542

Page 53: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA52

Colecciones numismáticas o de Historia Natural para museosy gabinetesNeceser con o sin avíos y adornosPerfumería de todas clasesPinturas sobre papel, tela, vidrio, porcela, madera o metalPlumeros para despolvarSombreros de todas clases con avíosSombreros de todas clases sin avíosTotal

877

888908910911916917

70

8125299

70111322

50,946

Fuente: Realización propia con datos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,Comercio Exterior, Año Fiscal 1898-1899, Poder Ejecutivo Federal, Secretaría deEducación Pública, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1899, p. 1-187

Notas: n/e: no especificados*Incluidos antes del 1 de marzo de 1899 en la fracción 207**Especificaciones antes del 1 de marzo de 1899 según fracción 228***incluidos antes de marzo de 1899 en la fracción 248°Especificaciones antes del 1 de marzo 1899 según fracción 249°°Especificaciones antes del 1 de marzo 1899 según fracción 250†Especificados desde 1 de marzo de 1899, según fracción 251††Especificados antes del 1 de marzo de 1899 según fracción 252†††Especificadas antes dl 1 de marzo de 1899 según fracción 473

Page 54: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

53DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Anexo IV

Proyecto de Reforma del Tratado de Amistad,Comercio y Navegación de 1888

Artículo I

Habrá firme y perpetua amistad entre los Estados Unidos Mexicanosy el Imperio del Japón, y entre sus respectivos ciudadanos y súbditos.

Artículo II

Habrá reciproca libertad de comercio y navegación entre el territorioy posesiones de las dos Partes Contratantes• Sus respectivosciudadanos y súbditos tendrán libertad y seguridad para ir con susbuques y cargamentos á todos los lugares y puertos del territorio yposesiones de la otra, que estén abiertos , á los súbditos o ciudadanosde la nación más favorecida; podrán permanecer y residir todos loslugares o puertos en donde se permita permanecer y residir á lossúbditos y ciudadanos de la nación más favorecida; y podrán allíalquilar y ocupar casas y almacenes, en los que podrán vender pormayor y menor toda clase de productos, manufacturas ó mercancíasdel comercio legal.

Artículo III

Los mexicanos en el Japón y los japoneses en México podránreciprocamente entrar, viajar o residir con toda libertad en cualquierparte de los territorios respectivos; alquilar y ocupar casas yalmacenes en los mismos; traficar por mayor y por menor en todaclase de productos, manufacturas y mercancías del comercio legal,y finalmente, de emprender y proseguir allí todas las demásocupaciones legales, gozando para este efecto, en cuanto á su per-sona y á sus bienes, de la misma protección y seguridad que losnacionales.

Artículo IV

- Las dos partes contratantes convienen por el presente en que losfavores, privilegios o inmunidades relativos á comercio, navegación,

Page 55: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA54

viaje y residencia dentro de su territorio o posesiones, que cualquierade las Partes Contratantes tenga concedidos, ó concediere en losucesivo, á los ciudadanos y súbditos de cualquier otro estado, seránconcedidos igualmente á los súbditos y ciudadanos de la otra partecontratante, gratuitamente sí la concesión ó favor de ese otro estadohubiere sido gratuita, ó bajo las mismas ó equivalentes condiciones,sí la concesión hubiere sido condicional.

Artículo V

Los mexicanos en el Japón y los japoneses en México, tendrán comolos nacionales el derecho de adquirir, poseer y trasmitir por sucesión,testamento, donación, o de cualquiera otra manera los bienesmuebles sin que puedan ser obligados á pagar otros ni más altosque los impuestos en casos semejantes a los nacionales.En cuanto á la jurisdicción tocante a estos actos, las dos partescontratantes convienen en que respecto de bienes muebles seobservará la ley del propietario, poseedor ó testador, y respecto debienes inmuebles la ley del país donde dichos bienes estuvierensituados.

Artículo VI

Los nacionales de ambas partes contratantes residentes en losdominios y posesiones de la otra estarán exentos de todo serviciomilitar obligatorio, ya sea en el ejército, marina, guardia nacional omilicia de todas contribuciones impuestas en vez de servicio per-sonal y de todo préstamo forzoso, requisiciones ó contribuciones deguerra, á no ser que tales préstamos, requisiciones ó contribucionessean impuestos sobre la propiedad inmueble del país, en cuyo casodeberán pagarlos de la misma manera que los nacionales.

Artículo VII

No se impondrán otros ni más altos derechos ni recargos por tonelaje,faro, bahía, practicaje, cuarentena, salvamento en caso de avería,ni otros impuestos locales en ninguno de los puertos del Japón a losbuques de los Estados Unidos Mexicanos, ni en ninguno de lospuertos de los Estados Unidos Mexicanos á los buques del Japón,que los que paguen o tengan en lo sucesivo que pagar en igualescasos, en los mismos puertos los buques de la nación más favorecida.

Page 56: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

55DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Artículo VIII

No se impondrán otros ni más altos derechos de importación en elJapón a los efectos nacidos, producidos o fabricados en LOS EstadosUnidos Mexicanos, y recíprocamente no se Impondrán otros ni másaltos derechos en los Estados Unidos Mexicanos á los efectosnacidos, producidos o fabricados en el Japón, que los que paguen opagaren iguales efectos nacidos, producidos ó fabricados encualquier otro país extranjero. No se impondrán tampoco en elterritorio posesiones de cualquiera de las dos Partes Contratantes,otros ni más altos derechos ó recargos sobre la exportación decualquier artículo para el territorio ó posesiones de la otra que losque paguen ó pagaren iguales efectos al exportase para cualquierotro país extranjero.

No se establecerá prohibición alguna para la importación decualquier efecto nacido, producido o fabricado en el territorio de unade las Partes Contratantes en el territorio o posesiones de la otra,que no se haga extensiva igualmente al efecto de la misma clasenacido, producido ó fabricado en cualquier país extranjero; ni seestablecerá ninguna prohibición para la exportación de cualquierefecto del territorio de las Partes Contratantes al territorio oposesiones de la otra que no se haga extensiva igualmente a laexportación del mismo efecto para los territorios de todas las demásnaciones.

Artículo IX

En todo lo que concierne á la policía de los puertos, a la carga ydescarga de los barcos y a la guarda de las mercancías y efectos,los súbditos de las potencias estarán sometidas á las ordenanzaslocales que respecto de los puertos mexicanos son las leyes yordenanzas promulgadas ó que en lo sucesivo se promulgaren porel Gobierno Federal y además las disposiciones de las autoridadeslocales concernientes á ala policía de sanidad.

Las Partes Contratantes convienen en considerar como límitesde la Soberanía territorial en sus costas respectivas a la distancia deveinte kilómetros a contar desde la línea de la bajamar para el ejerciciodel registro de aduanas, ejecución de ordenanzas aduanales yprevención del contrabando pero de ningún modo en todas las demáscuestiones de derecho marítimo internacional.

Page 57: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA56

Artículo X

El tráfico de cabotaje de ambas partes contratantes quedaexceptuado de las provisiones del presente tratado y será reguladode acuerdo con las leyes de México y del Japón respectivamente.Sin embargo, los barcos mexicanos en el Japón, y los barcosjaponeses en México podrán descargar una parte de su cargamentoen el puerto de primer arribo y dirigirse en seguida con el resto aotros puertos del mismo estado, ora para terminar el desembarco,ora para acabar su carga de retorno, sin tener que pagar en cadapuerto otros ni más altos derechos que les pagados en caso igualpor los buques de la nación más favorecida.

Artículo XI

Se exceptua igualmente de la aplicación de las disposiciones delpresente Tratado todo lo que se refiere á la industria de la pescacuyo ejercicio queda sometido á las leyes de cada uno de los EstadosContratantes.

Artículo XII

Seran considerados como mexicanos en el Japón y como japonesesen México los barcos que perteneciendo á ciudadanos de uno de losdos países naveguen bajo los pabellones respectivos y seanportadores de sus registros así como de los documentos exigidospor las leyes de cada uno de los dos estados para la justificación dela nacionalidad de los barcos mercantes.

Artículo XIII

Los buques de guerra de cada una de las Potencias podrán entrar,permanecer y reparar sus averías en aquellos puertos de la otracuya entrada se permita á los de la nación mas favorecida, quedandosujetos á las mismas reglas y gozando de los mismo honores,privilegios y exenciones que aquellos.

Artículo XIV

Las partes contratantes convienen en conceder reciprocamente ásus Enviados, Ministros y Agentes respectivos los mismo privilegios,favores y franquicias de (que gozan ó gozarán en lo futuro los

Page 58: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

57DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Enviados, Ministros, y Agentes respectivos los mismo privilegios,favores y franquicies) de que gozan o gozaren en lo futuro losEnviados, Ministros y Agentes Publicos de la Nación mas favorecida.Las misma Partes Contratantes, movidas por el deseo de prevenirtodas las causas que pudieren turbar sus buenas relaciones,convienen en que sus representantes diplomáticos no intervendránoficialmente sino para obtener, cuando hubiere lugar á ello un arregloamistoso respecto de las reclamaciones ó quejas de particularesrelativas á asuntos de la justicia civil ó penal, y que estén ya sometidasá los tribunales del país, á no ser que se trate de denegación dejusticia, ó retardo en su administración contrarios al uso ó á la Ley, óde la falta de cumplimiento de una sentencia que tenga autoridad decesa juzgada.

Queda además estipulado entre las dos Partes Contratantesque sus Gobiernos respectivos, excepto en los casos en los cualeshubiere culpa ó falta de vigilancia por parte de la autoridad del país ode sus agentes no se harán recíprocamente responsables de losdaños, vejámenes y exacciones que los ciudadanos de la una sufriereen el territorio de la otra por parte de los sublevados en tiempo deinsurrección ó guerra civil, ó por las tribus u hordas salvajes sustraídasá la obediencia del Gobierno.

Las dos Partes Contratantes convienen en que los Cónsules,Viceconsules y Agentes Consulares de los dos países gozaránrespectivamente de los mismos derechos, privilegios o inmunidadesconcedidos ó que se concedieren á los Cónsules, Viceconsules yAgentes Consulares de la nación más favorecida.

Tokio: 25 de Junio de 1910.

Page 59: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

REPORTE DE INVESTIGACIÓN PROYECTO SEP-CONACYT DE CIENCIA BÁSICA58

58 BLANCA

Page 60: Después del tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1888: La Dimensión Económica

59DESPUÉS DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ...

Después del Tratado de Amistad, Comercio yNavegación de 1888: La Dimensión Económicaperteneciente al Reporte de Investigación Proyecto SEP-CONACYT de Ciencia Básica, editado gracias a losauspicios del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología yla Secretaría de Educación Pública, se terminó de imprimiren diciembre de 2012. La producción se realizó mediante elsistema ofsset y estuvo a cargo de Comercial de ImpresosMB, Petróleos Mexicanos 11, Coyoacán. La composición sehizo en Arial 10/12.5, la impresión se realizó en papel culturalde 75 grs. La edición consta de 200 ejemplares.