Desarrollo sostenible del medio ambiente y legislación ambiental.exponer

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UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANA CURSO DE ECOLOGÍA GENERAL Y APLICADA CURSO DE ECOLOGÍA GENERAL Y APLICADA Ciclo: III – TB Profesoras: MORANTE OLIVA, Hilda Yolanda CHIAN HIRTZ, Victoria D. Sede: Lima Norte LIMA – LIMA – PERÚ PERÚ 2011 2011

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seminario desarrollo sostenible Legislacion ambiental

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UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTAUNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTAFACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUDFACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANAESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA HUMANACURSO DE ECOLOGÍA GENERAL Y APLICADACURSO DE ECOLOGÍA GENERAL Y APLICADA

Ciclo: III – TB

Profesoras:• MORANTE OLIVA, Hilda Yolanda• CHIAN HIRTZ, Victoria D. Sede: Lima Norte

LIMA – PERÚLIMA – PERÚ20112011

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DEFINICIONES PREVIAS

•MEDIO AMBIENTE

Es el lugar o espacio de todos los seres vivos que habitan en un determinado lugar . El medio ambiente está constituido por elementos abióticos y bióticos.

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Según la Conferencia de las naciones Unidas: “conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, en los seres vivos en un plazo corto o largo”. El medio  ambiente influencia y es influenciado por el  sistema, suele limitarsea los componentes físicos, químicos y biológicos, como el aire, agua, suelo, ecosistemas,  biodiversidad,

Sin embargo, también se puede hablar de medio ambiente social además del Biofísico químico o  natural.

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SOSTENIBILIDAD Ó SUSTENTABILIDAD

Implica que el “valor” de un sistema (o de algunas de sus salidas o productos) sea no-decreciente en el tiempo (al menos en el largo plazo)

DESARROLLO

Es el aumento en capacidad (visión de la sostenibilidad se complementa de aspectos cualitativos) 

CRECIMIENTO ≠ DESARROLLO Crecimiento: Es el aumento en tamaño (visión  economicista pues tiende a involucrar sólo aspectos  cuantitativos). Ej.: Nivel de vida.

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A partir de los 80’s, la humanidad empezó a darse cuenta de que muchas de sus acciones producían un gran impacto sobre la naturaleza, por ello algunos especialistas señalaron la evidente pérdida de la biodiversidad y elaboraron teorías para explicar la vulnerabilidad de los sistemas naturales.

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El termino desarrollo sostenible o sustentable se aplica al desarrollo socio-económico y fue formalizado por primera vez en el documento conocido como Informe Brundtland (1987) definiéndolo como:

“…el desarrollo que asegura las

necesidades del presente sin

comprometer la capacidad de las

futuras generaciones para enfrentarse a sus

propias necesidades…”.

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El ámbito del Desarrollo Sostenible puede dividirse conceptualmente en tres partes: ecológico, económico y social. Se considera el aspecto social por la relación entre el bienestar social con el medio ambiente y la bonanza económica.

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El desarrollo sostenible puede ser definido como "un desarrollo que satisfaga las necesidades del presente

sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades”. Esta definición fue empleada por primera vez en 1987 en la Comisión Mundial del Medio Ambiente de la ONU, creada en

1983.

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ANTECEDENTES

•El aumento del consumo está mal distribuido y cerca de la quinta parte del mundo queda excluida•El 20% de la gente más rica consume casi el 75% de los recursos naturales del planeta.•Cerca de 160 millones de niños están desnutridos.•Más de 880 millones de personas carecen de acceso a servicios de salud.•1.500 millones de personas carecen de acceso a servicios sanitarios y agua potable.

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El objetivo del desarrollo sostenible es definir proyectos viables y reconciliar los aspectos económico, social, y ambiental de las actividades humanas; "tres pilares" que deben tenerse en cuenta por parte de las comunidades, tanto empresas como personas.

COMPONETESEl Desarrollo sostenible esta conformada de 3 componentes:

1.Ambiental 2.Económica 3.Social

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CREC

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N

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BIENESTAR SOCIAL

DESARROLLO SOSTENIBLE

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Se da cuando la actividad que se mueve hacia la sostenibilidad ambiental y social es financieramente posible y rentable.

Cooperación Internacional para mejorar el desarrollo sustentable en los países, y en sus políticas internas.

Cambio de patrones de consumo. Mecanismos y recursos financieros. Transferencia de tecnología.

SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

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SOSTENIBILIDAD SOCIALBasada en el mantenimiento de la cohesión social y de su

habilidad para trabajar en la persecución de objetivos comunes.

Combate a la pobreza.Dinámica demográfica y sustentabilidad.• Promoción de la

educación, la concientización pública y la capacitación.

• Protección y promoción de la salud humana

• Promoción del desarrollo de asentamientos humanos sustentables.

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SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

Compatibilidad entre la actividad considerada y la preservación de la biodiversidad y de los ecosistemas, evitando la degradación de las funciones. Protección de océanos, todo tipo de mares y áreas costeras.•Enfoque integrado para la planificación y administración de recursos del suelo.•Manejo de ecosistemas frágiles: Combate a la desertificación y la sequía.

• Manejo de ecosistemas frágiles: Desarrollo sustentable en zonas montañosas.

• Combate a la deforestación.• Conservación de la diversidad

biológica.

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Las características que debe reunir un desarrollo para que lo podamos considerar sostenible son: 

• Busca la manera de que la actividad económica mantenga o mejore el sistema ambiental.

• Asegura que la actividad económica mejore la calidad de vida de todos, no sólo de unos pocos selectos.

• Usa los recursos eficientemente. • Promueve el máximo de reciclaje

y reutilización.

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Los hombres civilizados estamos fuera de la naturaleza y que no nos afectan sus leyes.

El éxito de la humanidad se basa en el control y el dominio de la naturaleza, la Tierra tiene una ilimitada cantidad de recursos a disposición de los humanos.

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La justificación del desarrollo sostenible proviene tanto del hecho de tener unos recursos naturales limitados (nutrientes en el suelo, agua potable, minerales, etc.), susceptibles de agotarse, como del hecho de que unacreciente actividad económica sin más criterio que el económico produce, tanto a escala local como planetaria, graves problemas medioambientales que pueden llegar a ser irreversibles.

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El desarrollo sostenible Proviene del hecho de tener unos recursos naturales limitados, susceptibles de agotarse.

1.Ningún recurso renovable deberá utilizarse a un ritmo superior al de su generación.

2.Ningún contaminante deberá producirse a un ritmo superior al que pueda ser reciclado, neutralizado o absorbido por el medio ambiente.

3.Ningún recurso no renovable deberá aprovecharse a mayor velocidad de la necesaria para sustituirlo por un recurso renovable utilizado de manera sostenible.

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El desarrollo (industrial, agrícola, urbano) genera contaminaciones inmediatas y pospuestas (por ejemplo, la lluvia ácida y los gases de efecto invernadero que contribuyen al cambio climático y a la explotación excesiva de los recursos naturales, o la deforestación de la selva tropical). Esto provoca una pérdida inestimable de diversidad biológica en términos de extinción (y por lo tanto irreversibles) de las especies de plantas o animales.

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Educación para el Desarrollo Sostenible tiene que ver con un cambio de valores, conductas y estilos de vida.

La educación se tiene que entender como un reflejo de la sociedad.

Es necesaria la especial implicación de los gobiernos y de agentes nacionales y locales.

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Solo si se efectúa de manera eficiente el plan de desarrollo sostenible.

Incremento de la responsabilidad social.

Preservación de nuestros recursos naturales.

Mejora en la Calidad de vida.

Impulso de mercados sustentables.

Búsqueda de soluciones a los problemas ambientales.

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CUBA

En Beijing señalaron que este es el único país en el mundo con un desarrollo sostenible.

ESPAÑA

Cuenta con una estrategia española de desarrollo sostenible.

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LEGISLACION LEGISLACION AMBIENTALAMBIENTAL

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A consecuencia de una Conferencia de las N.U. sobre el Medio Humano en Estocolmo (1972), los países comienzan a incorporar” el Derecho al Medio Ambiente en sus constituciones .

• El Perú lo hizo por primera vez en La Constitución de 1979, en su art. 123, y luego incluyen en el capítulo de los derechos fundamentales de la persona en la Constitución de 1993. Afirmando que el ambiente es un bien o valor que nuestra sociedad ha considerado prioritario , proteger y promocionar al más alto nivel jurídico.

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Con la promulgación del CMA 1990, se inicia en el Perú un proceso destinado a establecer políticas e instrumentos de gestión ambiental haciendo posible la aplicación de una nueva LEGISLACIÓN AMBIENTAL.

• En el Perú, la política ambiental se le considera nueva por lo que históricamente en la actualidad se enfrenta a un crecimiento económico. Depende en buena medida de la explotación de los recursos naturales. Minería e hidrocarburos .

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Es la Ley que se encarga de proteger el medio ambiente contra actos públicos y privados que no toman en cuenta los daños ocasionados al ecosistema.

• Establece vínculos , entre las políticas ambientales y las políticas públicas, señalando los procesos de planificación, decisión y ejecución de políticas públicas en todos los niveles de gobierno que deben incorporar los lineamientos de la política nacional del ambiente y son:

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a. La prevención de riesgos y daños ambientales.b. El respeto de la dignidad humana y la calidad de vida de la

población.c. El aprovechamiento sostenible de los R.Nd. El desarrollo sostenible de las zonas urbanas y rurales.e. promoción efectiva de la educación ambiental y de una

ciudadanía ambiental responsable, en todo el territorio nacional.

f. El fortalecimiento de la gestión ambiental, apoyado por las autoridades en recursos, atributos y condiciones adecuados.

g. La articulación e integración de las políticas y planes de lucha contra la pobreza, comercio, tributarios y de competitividad del país.

h. La información científica, fundamental para la toma de decisiones en materia ambiental.

i. El desarrollo de la actividad empresarial teniendo en cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de responsabilidad social.

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• El Perú tiene un claro compromiso con el desarrollo sostenible de los recursos naturales, con el cuidado y protección del ambiente, y prioriza una relación armoniosa con las comunidades regionales y nativas del país.

• En lo referente a los problemas ambientales pueden agruparse según áreas geográfica urbana y rural.

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Esta Ley, fue publicado el. 08 de junio del 2004.Ley que tiene por objeto asegurar el eficaz

cumplimiento de los objetivos ambientales trazados por las entidades públicas.

Fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente – CONAM.

Su reglamento es la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, publicado el 28 de enero de 2005.

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Establece que el estado tiene el rol de diseñar t aplicar las políticas , normas instrumentos incentivos y sanciones que se requieran y sean necesarias para que se garantice el cumplimiento efectivo de lo derechos, deberes y responsabilidades en el aspecto ambiental realizando las funciones a través de órganos y entidades que corresponden.

•Art. I .DEL DERECHO Y DEBER FUNDAMENTALSe establece de la comisión revisora del CMA, mediante ley 27980, se dio inicio a la elaboración de la nueva ley general del ambiente (LGA), fue publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de octubre del 2005 Mediante la ley 28611.

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Art. II. DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Toda persona tiene derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre las políticas, normas, medidas, y otras actividades que pudieran afectar, el ambiente, y está obligada a proporcionar a las autoridades la información que se requieran para una efectiva gestión ambiental.

Art. III. DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LA GESTIÓN AMBIENTAL

Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones y en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concerta con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental.

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Art. IV.- DEL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL

Toda persona tiene el derecho a una acción rápida, sencilla y efectiva, ante las entidades administrativas y jurisdiccionales, en defensa del ambiente, velando por la debida protección de la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica. Se puede interponer acciones legales aun en los casos en que no se afecte el interés económico moral.

Art. V. DEL PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD

La gestión ambiental y sus componentes, como el ejercicio y la protección de los derechos que establece la presente Ley. Se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones.

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Art. VI. DEL PRINCIPIO DE PREVENCIÓN.

La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Cuando no sea posible eliminar las causas que la generan, se adoptan las medidas de mitigación, recuperación, restauración o eventual compensación, que correspondan.

Art. VII. DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO

Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente.

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Art. VIII. DEL PRINCIPIO DE INTERNALIZACIÓN DE COSTOS

Toda persona natural o jurídica, pública o privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños causados sobre el ambiente. El costo de las acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y la eventual compensación, relacionadas con la protección del ambiente y los componentes de los impactos negativos de las actividades humanas debe ser asumido por los causantes de dichos impactos.

Art. IX DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligado a su restauración, rehabilitación o reparación según corresponda, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiera lugar.

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Art. X DEL PRINCIPIO DE EQUIDAD

La aplicación de las políticas públicas ambientales deben contribuir a erradicar la pobreza y reducir las inequidades sociales y económicas existentes; y al desarrollo económico sostenible de las poblaciones menos favorecidas. Con el fin, de la equidad efectiva.

• Art. XI DEL PRINCIPIO DE GOBERNANZA AMBIENTAL

La aplicación de las políticas públicas ambientales se rigen por el principio de gobernanza ambiental, que conduce a la armonización de las políticas, instituciones, normas, procedimientos, herramientas e información de manera, que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, en las decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos, sobre la responsabilidades de seguridad jurídica y transparencia.

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a. el principio de sostenibilidad (Artículo V):

Participación y concertación, a fin de promover la integración de las organizaciones representativas del sector privado y la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales

a. Del principio de prevención (Artículo VI): Promoción y apoyo a las iniciativas voluntarias dirigidas a la prevención de la contaminación, Promoción de mecanismos alternativos para la resolución de conflictos ambientales

b. Del principio precautorio (Artículo VII): Aplicación del criterio de precaución, de modo que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente.

c. Del principio de internalización de costos (Artículo VIII): La inversión nacional y la extranjera se sujeta a las mismas condiciones y exigencias establecidas en la legislación ambiental nacional y en la internacional, aplicable al Perú

d. Del principio de responsabilidad ambiental (Artículo IX): Articulación del crecimiento económico, el bienestar social y la protección ambiental, para el logro del Desarrollo Sostenible

e. Del principio de equidad (Artículo X) Coherencia, orientada a eliminar y evitar superposiciones, omisiones, duplicidades y evitar la inequidad y vacíos en el ejercicio de las competencias ambientales

f. Del principio de gobernanza ambiental (Artículo XI): Complementariedad entre los instrumentos de incentivo y sanción, privilegiando la protección efectiva, la eficiencia, la eficacia, la prevención, el mejoramiento continuo del desempeño ambiental y la recuperación y manejo del pasivo ambiental o zonas ambientalmente degradadas

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Para esto, el Perú ha elaborado toda una serie de dispositivos legales que son tomados en cuenta para el desarrollo de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país. Entre las Leyes que amparan al medio ambiente tenemos:

DECRETO SUPREMO N°046-93-EM (12/11/93)

El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas y disposiciones a nivel nacional para el desarrollo de las actividades

- Exploración,

- Explotación, etc.

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• LEY N°. 26834. LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.

(04/07/97):Norma los aspectos relacionados con la gestión de

las Áreas Naturales Protegidas y su conservación de

conformidad con el Artículo 68° de la Constitución Política del

Perú

• DECRETO SUPREMO N° 038-2001-AG. REGLAMENTO DE LA

LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS. (26/06/2001)

• LEY Nº 27446. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE

EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL (23/04/2001)

• LEY Nº 27752. LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 82° DEL

CÓDIGO PROCESAL CIVIL SOBRE PATROCINIO DE

INTERESES DIFUSOS. (08/06/2002)

• LEY Nº 26410. Ley del Consejo Nacional del Ambiente

(22.12.1994)

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APECO

Asociación privada con fines de conservación de la diversidad biológica y la promoción del desarrollo sostenible.

INRENA

Organismo Público que tiene como finalidad el promover y apoyar el uso sostenible de los recursos naturales renovables.

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MINISTERIO DEL AMBIENTE(MINAM)La misión es conservar la calidad del ambiente y asegurar a las generaciones presentes y futuras el derecho a gozar de un ambiente equilibrado.

FONDO NACIONAL DEL AMBIENTE (FONAM)Tiene como objetivo promover y contribuir el desarrollo sostenible del Perú.

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