Derechos morales de autor

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CERVANTES SHARAID MORA MARCELINO

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CERVANTES SHARAID MORA MARCELINO

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Una serie de derechos exclusivos otorgados al autor ocreador del trabajo original, incluyendo el derecho decopiar, distribuir y hacer adaptaciones altrabajo.

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Los derechos morales pretenden proteger la personalidad del creador expresada mediante su obra.El autor posee un derecho de paternidad en virtud del cual se reconoce que es el único que puede presentar la obra como suya.

El autor no puede existir sin su obra ni laobra sin su autor.

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Corresponde el ejercicio del derecho

moral, al propio creador de la obra y a sus

herederos. En ausencia de éstos, o bien en

caso de obras del dominio público,

anónimas o de las protegidas por el Título

VII de la presente Ley, el Estado los

ejercerá conforme al artículo siguiente,

siempre y cuando se trate de obras de

interés para el patrimonio cultural nacional.

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Artículo 4o.- Las obras objeto de protección pueden ser:

A. Según su autor:

I. Conocido: Contienen la mención del nombre, signo o firma con que se

identifica a su autor;

Anónimas: Sin mención del nombre, signo o firma que identifica al autor, bien

por voluntad del mismo, bien por no ser posible tal identificación, y

I. Seudónimas: Las divulgadas con un nombre, signo o firma que no revele la

identidad del autor;

A. Según su comunicación:

I. Divulgadas: Las que han sido hechas del conocimiento público por primera

vez en cualquier forma o medio, bien en su totalidad, bien en parte, bien

en lo esencial de su contenido o, incluso, mediante una descripción de la

misma;

I. Inéditas: Las no divulgadas, y

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I. Publicadas:

a) Las que han sido editadas, cualquiera que sea

el modo de reproducción de los ejemplares,

siempre que la cantidad de éstos, puestos a

disposición del público, satisfaga

razonablemente las necesidades de su

explotación, estimadas de acuerdo con la

naturaleza de la obra, y

a) Las que han sido puestas a disposición del

público mediante su almacenamiento por

medios electrónicos que permitan al público

obtener ejemplares tangibles de la misma,

cualquiera que sea la índole de estos

ejemplares;

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A. Según su origen:

I. Primigenias: Las que han sido creadas de origen sin estar basadas en otra

preexistente, o que estando basadas en otra, sus características permitan afirmar

su originalidad, y

I. Derivadas: Aquellas que resulten de la adaptación, traducción u otra

transformación de una obra primigenia;

A. Según los creadores que intervienen:

I. Individuales: Las que han sido creadas por una sola persona;

I. De colaboración: Las que han sido creadas por varios autores, y

I. Colectivas: Las creadas por la iniciativa de una persona física o moral que las

publica y divulga bajo su dirección y su nombre y en las cuales la contribución

personal de los diversos autores que han participado en su elaboración se funde

en el conjunto con vistas al cual ha sido concebida, sin que sea posible atribuir a

cada uno de ellos un derecho distinto e indiviso sobre el conjunto realizado.

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INALIENABLES: independientemente de que los derechohabientes hagan contratos, transferencias o cesiones de los derechos patrimoniales, los derechos morales no se pueden alienar,IRRENUNCIABLES, NO se puede abandonar su titularidad,INEXPROPIABLES: los derechos morales son INEMBARGABLES,IMPRESCRIPTIBLES: no se adquieren por compra ni usurpación ni se pierden por prescripción de plazos. Algunos derechos morales son transferibles por herencia, en cuyo caso los rige el mismo plazo de tiempo que a los derechos patrimoniales y PERPETUIDAD sobreviven tanto como la vida del autor

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Artículo 21.- Los titulares de los derechos morales podrán en todo tiempo:

I.-Determinar si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, o la de mantenerla inédita;

II.-Exigir el reconocimiento de su calidad de autor respecto de la obra por él creada y la de disponer que su divulgación se efectúe como obra anónima o seudónima;

III.-Exigir respeto a la obra, oponiéndose a cualquier deformación, mutilación u otramodificación de ella, así como a toda acción o atentado a la misma que cause demérito de ellao perjuicio a la reputación de su autor;

IV.-Modificar su obra;

V.-Retirar su obra del comercio, y

VI.-Oponerse a que se le atribuya al autor una obra que no es de su creación. Cualquierpersona a quien se pretenda atribuir una obra que no sea de su creación podrá ejercer la facultad a que se refiere esta fracción.

Los herederos sólo podrán ejercer las facultades establecidas en las fracciones I, II, III y VI del presente artículo y el Estado, en su caso, sólo podrá hacerlo respecto de las establecidas en las fracciones III y VI del presente artículo.

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Nace en el mismo momento de su creación, sin que sea necesario que medie un acto de reproducción, comunicación pública, distribución o transformación.

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Los derechos morales, debido a su carácter personal, el artista NO los puede ceder. Por tanto, el autor siempre será el titular de losmismos.

Por ser la obra producto y creación de su autor, los derechos morales no son transferibles, son irrenunciables y no tienen limitación en el tiempo. Si bien el autor de una obra puede ceder sus derechos patrimoniales, no así sus derechos morales, puestoque aunque el derecho de explotación esté en poder de otra persona, el reconocimiento de la autoría de la obra seguirá en cabeza de quien la ideó ycreó.

NO

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Aquella que se presenta como atentatoria de la regulación administrativa de los derechos autorales, realizadas sin fines de lucro directo o indirecto.

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De mil hasta 15 mil días de salariomínimo general vigente dependiendodel tipo de infracción.

De cinco mil hasta 40 mil días de salariomínimo (para comercios).

Multa adicional de hasta quinientosdías de salario mínimo por día, a quien persista.

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