Derecho Penal Mínimo de Luigi Ferrajoli

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Derecho Penal Mínimo de Luigi Ferrajoli Luego de haber leído el texto, debemos comenzar analizando la palabra pena, explicando porque se realizan y luego el fin de su funcin! Distintos doctrinarios coinciden en que el porque de la pena es asunto que recae sobre ser y el deber ser! "n otro lado, en lo referente al fin y la funcin la pena es #inculada con la pre#encin de los delitos y la reparacin de los mismos! "xiste una gran gama de justificaciones, como es el caso de las justificaciones a posteriori, las cuales se transforman en ideologías, debido a que se desliga del der echo a obser #ar los hecho s que la jus tifi can y ter minan con#irti $nd ose en idealista! Para confirmar una doctrina abolicionista es necesario la justificacin de la pena y el sistema ya que dicha doctr ina se considerara como justif icada! %abe destacar que lo que le da la #erdadera justificacin a la pena es ese #alor que ella tiene con respecto a su aplicacin, no esos fines extra puniti#os! &obre est e tema pod emos encontra r un sin n'mero de doctr inas, como aquel las que consideran el delito como algo natural, y la pena como el trato para los infractores (doctrina positi#ista)! "s fundamental resaltar que en este tema de pre#enci n de delitos podemos encontrar ciertos #icios ideolgicos de las doctrinas de justificacin, que en #ez de ayudar a la pre#encin de delitos, ayudan aquellos teorías abolicionistas que se han tratado de reinsertar! &i se reduce la #iolencia de una sociedad, pues entonces el sistema penal esta  justificado! Por lo que la justificacin y el galantismo penal est*n ligados de la mano! Pero, para lograr todo esto es necesario que se cumplan con los procesos y garantías del derecho penal mínimo! Pero algo si pudimos entender en esta lectura, que el derecho penal no es la 'nica facultad que tenemos para reducir la #iolencia arbitraria y para la pre#encin de delitos! "l +tilitarismo Penal eformado de Luigi Ferrajoli +na #ez leído el texto, pudimos #er como el autor trata sobre lo que es el ser o deber ser del Derecho penal, tema que de muchas contradicciones! %omo todos sabemos, a tra#$s del derecho penal es que el "stado ejerce ese poder puniti#o, con el cual cast iga los que #i ol an las normas qu e al teran el or den publ ico! "xisten ideologías distintas que tratan de justificar la razn general de la existencia del derecho penal, entre las que algunas explican que el fundamento principal de las penas no solo son el delito, la norma, o la conciencia, sino que tambi$n existen factores externos de la sociedad que influyen en gran manera en el aumento de las comisiones de delitos, por lo que seria fundamental emplear mecanismos capaces de crear un ambiente de tolerancia y así controlar este problema! "l autor indica que lo ideal seria implementar un sistema que tenga como finalidad pre#enir y no castigar, por lo que estamos hablando de un sistema garantista y pre#enti#o simult*neamente! "ste sistema le permitiría al agente discernir entre lo bueno y lo malo a la hora de actuar! %on el fin de e#itar medidas arbitrarias o ciertos excesos en las aplicaciones de la

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Derecho Penal Mínimo de Luigi Ferrajoli

Luego de haber leído el texto, debemos comenzar analizando la palabra pena,

explicando porque se realizan y luego el fin de su funcin! Distintos doctrinarioscoinciden en que el porque de la pena es asunto que recae sobre ser y el deber 

ser! "n otro lado, en lo referente al fin y la funcin la pena es #inculada con la

pre#encin de los delitos y la reparacin de los mismos!

"xiste una gran gama de justificaciones, como es el caso de las justificaciones a

posteriori, las cuales se transforman en ideologías, debido a que se desliga del

derecho a obser#ar los hechos que la justifican y terminan con#irti$ndose en

idealista! Para confirmar una doctrina abolicionista es necesario la justificacin de

la pena y el sistema ya que dicha doctrina se considerara como justificada!

%abe destacar que lo que le da la #erdadera justificacin a la pena es ese #alor 

que ella tiene con respecto a su aplicacin, no esos fines extra puniti#os! &obreeste tema podemos encontrar un sinn'mero de doctrinas, como aquellas que

consideran el delito como algo natural, y la pena como el trato para los infractores

(doctrina positi#ista)!

"s fundamental resaltar que en este tema de pre#encin de delitos podemos

encontrar ciertos #icios ideolgicos de las doctrinas de justificacin, que en #ez de

ayudar a la pre#encin de delitos, ayudan aquellos teorías abolicionistas que se

han tratado de reinsertar!

&i se reduce la #iolencia de una sociedad, pues entonces el sistema penal esta

 justificado! Por lo que la justificacin y el galantismo penal est*n ligados de la

mano! Pero, para lograr todo esto es necesario que se cumplan con los procesos y

garantías del derecho penal mínimo!

Pero algo si pudimos entender en esta lectura, que el derecho penal no es la 'nica

facultad que tenemos para reducir la #iolencia arbitraria y para la pre#encin de

delitos!

"l +tilitarismo Penal eformado de Luigi Ferrajoli

+na #ez leído el texto, pudimos #er como el autor trata sobre lo que es el ser o

deber ser del Derecho penal, tema que de muchas contradicciones! %omo todos

sabemos, a tra#$s del derecho penal es que el "stado ejerce ese poder puniti#o,

con el cual castiga los que #iolan las normas que alteran el orden publico!

"xisten ideologías distintas que tratan de justificar la razn general de la existencia

del derecho penal, entre las que algunas explican que el fundamento principal de

las penas no solo son el delito, la norma, o la conciencia, sino que tambi$n existen

factores externos de la sociedad que influyen en gran manera en el aumento de las

comisiones de delitos, por lo que seria fundamental emplear mecanismos capaces

de crear un ambiente de tolerancia y así controlar este problema!

"l autor indica que lo ideal seria implementar un sistema que tenga como finalidad

pre#enir y no castigar, por lo que estamos hablando de un sistema garantista y

pre#enti#o simult*neamente! "ste sistema le permitiría al agente discernir entre lo

bueno y lo malo a la hora de actuar!%on el fin de e#itar medidas arbitrarias o ciertos excesos en las aplicaciones de la

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norma, en lo que el infractor concierne, Ferrajoli explica que las garantías no solo

deben ser aplicables al prejuiciado, lo cual es una manera de ser mas parcial a la

hora de tratar a los ciudadanos!

"s preciso decir que lo que el autor ha querido plantear, no es mas que ciertos

sistemas que #endrían a ayudar lo que es el derecho penal, el cual tiene como

objeti#o proteger las garantías, y que esta, una #ez #ioladas deben ser 

sancionadas de manera justa!

-eo como bueno y #alido lo referente al sistema de pre#encin, ya que si

pudi$ramos e#itar la consumacin de aquellos hechos delictuosos, nuestra

sociedad se #iera mejorada en gran parte, ya q no solo respiraríamos aires de

tranquilidad, sino que tambi$n, nos e#itaríamos cientos de tediosos procesos

 judiciales!

Por otro lado, en lo que concierne a las garantías, debo decir que es algo

sumamente importante y que deberíamos tomar mas en cuenta a la hora de juzgar 

a nuestros infractores, debido a que estos, al igual que a todos, se les deben

respetar y juzgar con la misma parcialidad!

La aplicacin de estos aportes que #imos en el artículo seria de suma importancia

para nuestro sistema, ya que trata temas tan importantes como seria la pre#encin

y las garantías, los cuales ayudarían a una mejor aplicacin de lo que es el

derecho penal!

El Derecho Penal Minimo – L. Ferrajoli

En el artículo que pongo a continuación, Luigi Ferrajoli, uno de los exponentes teóricos

máximos de lo que se conoce como Garantismo Penal, nos da una visión de lo que, en su

opinión, son los fundamentos en que se debe asentar el Derecho penal en un Estado

democrático de Derecho.

Acá afirma que la justificación del Derecho penal ha de sostenerse en una premisa de

prevención doblemente negativa: como medio de protección social para evitar que se

cometan más delitos; y (más importante aún) como herramienta de protección de los

sujetos frente al poder punitivo estatal. En este sentido, polemiza con los abolicionistas, en

cuanto sostiene que hacer desaparecer el Derecho penal puede provocar mayores males

que aquellos que se pretende reparar, particularmente en épocas – como las que vivimos

actualmente -, en que el Derecho penal liberal se encuentra en crisis, y en que lo que se

impone son justamente medidas que tienden a negar el Derecho penal de garantías,

optando por otros mecanismos informales de control social, más restrictivos aún de las

libertades individuales. Según afirma el autor:

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el verdadero problema penal de nuestro tiempo es la crisis del derecho penal, o sea de ese

conjunto de formas y garantías que le distinguen de otra forma de control social más o

menos salvaje y disciplinario. Quizá lo que hoy es utopía no son las alternativas al derecho

 penal, sino el derecho penal mismo y sus garantías; la utopía no es el abolicionismo, lo es

el garantismo, inevitablemente parcial e imperfecto.