Derecho del trabajo diapositivas

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INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA «ANTONIO JOSÉ DE SUCRE EXTENSIÓN BARCELONA- PUERTO LA CRUZ DERECHO DEL TRABAJO Cruz Saballo Carías

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INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA «ANTONIO JOSÉ DE SUCRE

EXTENSIÓN BARCELONA- PUERTO LA CRUZ

DERECHO DEL TRABAJO

Cruz Saballo Carías

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Es una de las ramas más relevantes del derechoa nivel social. Es aquél que se encarga deregular, controlar y legislar sobre los diferentestemas relativos al mundo laboral, tales comolos derechos y obligaciones de las partes quecomponen el mundo laboral (tanto empleadoscomo empleadores), las condiciones de pago yde remuneración , los servicios que deben serincluidos en el pago, etc.

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Características del Derecho del Trabajo1. Es un derecho que contienen normas de orden

público, aún cuando pertenece al Derecho privado, que restringen la autonomía de la voluntad en los contratos de trabajo.

2. Los sujetos de la relación laboral son los trabajadores , considerados individualmente o colectivamente y el empleador.

3. El objeto del contrato de trabajo, es el trabajo humano, que si bien dignifica al hombre , es susceptible de abusos por parte de los empleadores.

4.Plantea una relación de subordinación por parte del trabajador hacia el empleador, que goza de una superioridad económica, técnica y posee además autoridad sobre el empleado.

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Principios del Derecho Laboral Principio de Favor: Está referido a aquellas situaciones en

las cuales se planteare una duda razonable en la aplicación de dos o más normas, será aplicada aquella que más favorezca al trabajador.

Principio Indubio pro-operario: Se refiere a aquellas situaciones en las cuales, en caso de presentarse una duda razonable en la interpretación de una norma, deberá adoptarse aquella que más favorezca al trabajador.

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Principio de la condición más favorable: referido alrespeto de los derechos laborales que se encuentranirrevocable y definitivamente incorporados alpatrimonio del trabajador (salario).

.Principio de la irrenunciabilidad de los derechos delos trabajadores: Sus derechos son de carácterirrenunciable, ya que de hacerlo esto desmejoraría susituación económica.

Principio de conservación de la relación laboral: quecontempla lo siguiente:

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. Principio de continuidad laboral: Referido a aquella situación en la cual, en caso de duda sobre la extinción o no de esta , deberá resolverse a favor de su subsistencia es decir, a favor de su existencia.

. Principio de la preferencia de los contratos a tiempoindeterminado.

. Principio de admisión de novaciones subjetivas y objetivasdel contrato de trabajo : que se refiere a que las reformasdeben siempre propender a mejorar y beneficiar altrabajador.

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Principio de indemnización, en caso de extinción de la relación del trabajo por causa imputable al patrono.

Principio de la no discriminación arbitraria en el empleo: se refiere a que en muchas empresas en las cuales por razones de género o preferencias sexuales, condición social, raza, religión, ideología política, actividad sindical, o cualquiera otra fundada en criterios de relevancia incompatibles con el ordenamiento jurídico, se discrimina algunos trabajadores , basándose en los anteriores parámetros

Principio de gratuidad en los procedimientos administrativos y judiciales en materia del trabajo.

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Bases Constitucionales .

Está contemplada en la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela en la intervención de lasrelaciones privadas, a través de la Normativa CivilVenezolana.

Art. 2 «Venezuela se constituye en un Estadodemocrático y social del derecho y de justicia , quepropugna como valores superiores de su ordenamientojurídico y de su actuación , la vida , la libertad , lajusticia la igualdad, la solidaridad, la democracia , laresponsabilidad social y en general , la preminencia delos derechos humanos, la ética y el pluralismopolítico.

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Bases Constitucionales . (Cont.)

Art.3 El Estado tiene como fines esenciales la defensa y eldesarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, elejercicio democrática de la voluntad popular, laconstrucción de una sociedad justa y amante de la paz , lapromoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y lagarantía del cumplimiento de los principios, derechos ydeberes reconocidos y consagrados en esta constitución.

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Bases Constitucionales. (cont.) Los principios fundamentales de nuestra carta magna

define la organización jurídico-política que adopta la nación venezolana como en estado democrático y social de derecho y de justicia.

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Cuerpos Normativos Reguladores Organismos administrativos y judiciales.

Organismos encargados de la Protección del Trabajo y del Trabajador.

El Ministerio del Trabajo es el órgano administrativo encargado de asegurar el cumplimiento de la legislación laboral , es el inicialmente y luego se le atribuye a la Oficina Nacional del Trabajo creada por Decreto Ejecutivo el 29/ 09/1936, y EL Ministerio del Trabajo y comunicaciones decretado en Marzo de 1937, desde el 24/04/1945 El Ministerio del Trabajo fue separado del de comunicaciones y tiene asignada las funciones.

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Órgano ejecutor de la Legislación Laboral.

En este sentido le compete principalmentedesarrollar las actividades deinspección, conciliación , fomento en las relacionesobreros-patronales y arbitraje, colocación detrabajadores y sancionamiento de infracciones. Comoórgano técnico en la preparación y reforma de lalegislación del trabajo. Como instrumento derenovación social, proponiendo al mejoramiento delas condiciones de vida y trabajo en general.

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Órgano ejecutor de la Legislación Laboral. Organismos Internacionales: La organización

internacional del trabajo instituida en 1999, por acuerdo de las naciones signataria del Tratado de Versalles , el cuerpo de normas , establecidas por la OIT constituye la parte esencial de la reglamentación internacional del Trabajo.

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Ámbito de aplicación de La Ley Orgánica exclusiones legales.

Art.3 de la ley regirá las situaciones y relaciones laboralesdesarrolladas dentro del territorio nacional , de lostrabajadores y trabajadoras, con los patrones y patronas, derivadas del trabajo como hecho social. Las disposicionescontenidas en esta ley y las que se deriven de ella rigen avenezolanos , venezolanas, extranjeros y extranjeras con ocasióndel trabajo prestado o convenido en el país y, en ningúncaso, serán renunciables, ni relajables por convenios particulares.Los convenios colectivos podrán acordar reglas favorables altrabajador y trabajadora que superen la norma generalrespetando el objeto de la presente ley.

Igualmente se aplicarán las disposiciones de esta ley a lostrabajadores contratados y las trabajadoras contratadas enVenezuela para prestar servicios en el exterior del país.

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Exclusiones legales Art. 5 . Quedan exceptuados de las disposiciones de esta ley los

miembros de los cuerpos armados , pero las autoridades respectivas dentro de sus atribuciones establecerán , por la vía reglamentaria, los beneficios de los que deberá gozar el personal que allí presta servicios, los cuales no serán inferiores a los de los trabajadores y de trabajadoras regidos y regidas por esta ley , en cuanto sea compatible con la naturaleza de sus labores.

Se entenderá por cuerpos armados los que integran la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y los servicios policiales los cuales se regirán por sus estatutos orgánicos o normativos especiales, quienes se encuentran directamente vinculados a la seguridad y defensa de la Nación y al mantenimiento del orden público.