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    DERECHO CONSTITUCIONAL I

    INTRODUCCIÓNConstitución (del latín constituere) signifca base o undamento. Es

    la base jurídica de cómo se organiza la sociedad políticamente, poreso son tan antiguas. Aristóteles conoció 1! cartasconstitucionales en Atenas.

    "mperio #omano$ %odo estaba estructurado en el poder delEmperador. &urante el período de la #ep'blica el Emperadortambin ostentaba el poder, abía un *enado procli+e alEmperador.

    Edad edia$ El poder absoluto recaía en el #e-, sin *enado oCongreso. El #e- era el oder Ejecuti+o, /egislati+o - 0udicial.

    #enacimiento$ *e mantiene la estructura en ue las le-es lesotorgan el poder a re-es - príncipes. %odo +a a cambiar en1789 con la Revolución francea en donde el poder pasa delas manos del monarca al pueblo - se redactan las primerasconstituciones democr2ticas. El poder +a a residir en el puebloo en la nación seg'n *ie-es.

    /a umanidad desde sus inicios dictó normas constitucionales para+i+ir políticamente en armonía.

    C!ileEl proceso de emancipación se inicia en 1314. /a primera 0unta de5obierno reconoce como autoridad política al #e- de Espa6a - ueesta junta +a a gobernar “mientras dure la prisión de nuestro bienamado Rey Fernando VII”. En 1311 da un golpe de Estado en lalaza de *antiago don 0os iguel Carrera - l dicta unRe"la#en$o Con$i$ucional %e 1811 %e Carrera en ueestablece la separación de poderes, abolió la escla+itud, reconociógarantías indi+iduales. En 131! dicta otro reglamento ue ratifca alanterior pero se da a sí mismo aun m2s poderes.

    /uego del &esastre de #ancagua arrancan a endoza, +uel+e luegoel Ejrcito de los Andes en 1317. &espus del primer 8ito el 13 deebrero de 1317 en la 9atalla de Cacabuco se nombra a :; logran tomarCilo. :;

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    &urante el gobierno de #amón @reire don 0os 0oauín de oraredactó la Constitución de 13!3. /uego +iene la Constituciónmoralista de ariano Ega6a ue ue recazada porue pretendíaregular demasiadas cosas de manera mu- rígida - ue un racaso.En el gobierno de 0os 0oauín rieto con &iego ortales se dicta el

    te8to de 13 ue organiza al Estado (el Estado en orma).En 1B!4 asume el poder una 0unta de 5obierno - Arturo Alessandriparte a arís, en el !? otra junta toma el poder derrocando a laanterior - se le pide a Alessandri ue retorne a Cile, l acepta sólobajo la condición de ue se redacte otra carta undamental, así nacela Constitución de 1B!.En septiembre de 1B7 toma el poder la 0unta ilitar - se instala eldebate de mantener la Constitución de 1B! o acer una nue+a,creando así la Constitución de 1B34. Cile al igual ue otros paísestu+o constituciones para organizarse políticamente.

    Te&$o #' i#(or$an$e %el #un%o

    1) La Con$i$ución %e EE)UU) %e 1787* Contempla principiosliberales como la *eparación de oderes, garantíasindi+iduales, garantiza la libertad, la propiedad, el debidosuragio, entre mucos otros. *u principal importancia es uelogra organizar a un país mu- grande (44.444.444 deabitantes). "nu-e sta en el proceso emancipador deAmrica desde 1314 - en próceres como *imón 9olí+ar(=enezuela, 9oli+ia, er'), 0os 5er+asio Artigas (Drugua-),

    Antonio 0os de *ucre (er'), *an artín, 0os iguel Carrera -9ernardo :;

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    I) 2uen$e %irec$a o nor#a$iva*on te8tos escritos o ormati+os ue sir+en de base a laConstitución. Encontramos auí$

    a) La (ro(ia Con$i$ución  porue organiza política -

     jurídicamente al Estado - al 5obierno.0) La le3e pueden ser interpretati+as de la Constitución, stas

    son importantes porue se incorporan al te8to, por lo mismo seles e8igen un uórum mu- alto, son ,4/ %e lo Sena%ore 3Di(u$a%o en e5ercicio (auellos ue est2n trabajando en elCongreso - no de +iaje o ausentes por licencias mdicas). Estasle-es interpretati+as de la Constitución pasan por obligación alcontrol del %ribunal Constitucional (su residente es CarlosCarmona) para ue se re+ise ue estn de acuerdo a laConstitución./e-es :rg2nicas Constitucionales (/:C) son auellas uereuieren -47 %e a(ro0ación  - tambin pasan de ormaobligatoria por el %C. *on importantes porue las institucionesson creadas por medio de /:C (*"", Contraloría, 9anco Central,@@.AA., Carabineros, uni+ersidades)./e- ordinaria ue reuiere simple ma-oría (de auellospresentes en la sala)./e-es de uórum califcado son las ue reuieren ma-oríaabsoluta o la ue indiuen los reglamentos de las C2maras -e+entualmente pueden pasar al %ribunal Constitucional, sólo areuerimiento de &iputados, *enadores o el residente de la

    #ep'blica.

    II) 2uen$e In%irec$aa) La Co$u#0re) Fo es mu- importante en Cile pero sí en el

    sistema de Common /aH.0) Co$u#0re o (r'c$ica (ol6$ica) En "nglaterra el rimer

    inistro debe ser com'n, diputado, - líder de su partido uedebe ganar las elecciones populares. Dna pr2ctica en Cileue se perdió era ue el candidato a residente debía ser*enador por *antiago$ Carlos "ba6ez del Campo, Eduardo @reiontal+a - 0orge Alessandri.

    c) La uri(ru%encia)  Cada sentencia sienta precedente. EnCile es +acilante en opinión, los allos de %ribunales tampocoson +inculantes - son consideradas como una opinión.

    %) O(inión %e lo Tra$a%i$a) Es m2s +aliosa en la medida delprestigio del tratadista pero puede no ser considerada por el juez.

    e) Hi$oria %e%i"na %e la le3) resentes en las actas escritasde cada sesión porue aí se encuentra la opinión de lo uese uiso decir.

    f) La conciencia Con$i$ucional) /a conciencia de ue a-

    ue respetar la constitución. En "nglaterra si cambia la

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    costumbre, cambia la constitución, aunue aun así no loacen.

    ") Lo %ic$'#ene %e la Con$ralor6a)  "mportantes porue laContraloría controla los actos del Ejecuti+o.

    !) Lo %ic$'#ene %e I#(ue$o In$erno) 

    ANLISIS .ENERAL DEL CA:;TULO I/as constituciones se di+iden en dos partes, una org2nica - otradogm2tica o +alórica.

    a. arte :rg2nica$ *e refere a cómo son organizados los poderese instituciones del Estado, sus componentes - susatribucionesI sus benefcios o prebendas como el uero - ladieta parlamentaria.

    b. arte &ogm2tica$ rincipios - +alores ue inorman a laconstitución (políticos, flosófcos - religiosos). Formalmente+an al principio de la constitución.

    • Constitución de EE.DD.$ /a libertad, unidad del país - elbien com'n.

    • Constitución rancesa de 1B3$ Contiene un pre2mbulode la cartilla de 4 garantías indi+iduales de 173B.

    • En Cile el capítulo " de la Constitución llamado “Lasbases de la institucionalidad” (arts. 1JB). En !44 /agosno cambió el capítulo " a pesar de la reorma porueabía dado buen resultado.

    CA:;TULO I*

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    di+orcio, el aborto - la eutanasia son puntos negati+os para la"glesia - aectan a la amilia. /a "glesia tampoco comparte losmatrimonios omose8uales porue la amilia debe tener origeneterose8ual, lo ue se contradice con el ADC ue atenta en contrade la "glesia católica.

    El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios através de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonoma para cumplir sus

     propios !nes espec!cos./a subsidiariedad es un principio liberal, tambin es negati+o para laizuierda ue cree ue el Estado es uien debe pro+eer todo.El Estado es una sociedad ma-or pero permite ue sociedadesmenores le colaboren al desarrollo del país - al bien com'n.Ejemplos$ grupos intermedios como los emprendedores o empresaspri+adas (KE ue dan m2s empleo ue el mismo Estado). ElEstado se benefcia con los impuestos de los trabajos generados porlos pri+ados.El Estado se preocupa de auellas 2reas en ue los particulares nose ocupan (salud, educación - deensa). %enemos en Cile elsistema de salud p'blica, educación con colegios municipalesgratuitos - aora e8tendido el benefcio a algunas uni+ersidades. %odo el 2rea de deensa lo asume el Estado con la compra dearmamento.

    En economía se +e la libertad de emprendimiento para la empresa

    pri+ada como minería, comercio e industria. En salud el Estado seocupa del sistema @:FA*A - las "*A#E para pri+ados. /aspre+isiones antiguamente estaban a cargo del "* - aora de lasA@. Actualmente e8iste un pro-ecto para disminuirlas (Fo m2sA@).

    EL IEN CO>?Nrincipio postulado por Aristóteles en el siglo """ a.C. - por *anto %om2s uien lo desarrolla agregando el componente cristiano, por lotanto ue incluido en la Constitución en 1B34 por 0aime 5uzm2n.

    El Estado est" al servicio de la persona humana.Este es el principio de servicialidad del Estado, ue signifca ue elEstado - sus instituciones nos deben prestar un buen ser+icio - sicausan da6o debe responder. Este principio comienza a aplicarse entribunales en el a6o 1BB4 en base a la teoría administrativa  delproesor *oto Lloss. Ejemplos de esto se da en el caso %irao conunicipalidad de la #einaI el cambio de recin nacidos en el ospitalde %alca (M>4.444.444 de indemnización)I los casos de &&.

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    *e dice el Estado al ser+icio de la persona umana porue en laistoria a- casos en ue la gente estaba al ser+icio del granEstado, este es el caso de los ismos$ mar8ismo, nazismo - ascismo(“todo dentro del Estado, nada uera del Estado, nada contra elEstado!, todos mu- estatistas.

    /os regímenes totalitarios se caracterizan por centralizar todo - esmu- poco probable ue respondan por el da6o ue acen, o- se +eel caso de Corea del Forte.

    # su !nalidad es promover el bien común.El bien com'n pasa a ser un elemento subjeti+o.

    $ara lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales.El Estado no asegura ue así lo sea porue es un principio aneladopero espiritual. El Estado tratar2 pero garantiza si esto +a a ocurrir ono.

    %ue permitan a todos y a cada uno de los integrantes de lacomunidad nacional.or Ncomunidad nacionalO se refere a la +i+encia en sociedad -tambin ue sea en armonía, se opone a la luca de clases delmar8ismo.

    &u mayor realizaci'n espiritual y material posible.ara alcanzar el bien com'n es necesario tener un mínimo denecesidades satisecas$ +i+ienda, trabajo, salud, educación.

     %ampoco el Estado garantiza ue esto sea así - se logra apreciarcon una cesantía (ue puede ser alta), mal ser+icio de salud p'blica,reconstrucción del terremoto de !414. En cuanto a la realizaciónespiritual, tiene ue +er con el sentimiento de las personas, suelicidad de los compatriotas, ue es subjeti+a.ara san Alberto

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    • :ro#over la in$e"ración ar#ónica %e $o%o lo ec$ore%e la Nación) *e opone al concepto de luca de clases. artede la mec2nica del mar8ismo para llegar al poder.Ae"urar el %erec!o %e la (erona a (ar$ici(ar coni"ual%a% %e o(or$uni%a%e en la vi%a nacional) Esto serefere a pri+ilegiar la meritocracia. ara ingresar a laadministración p'blica (Alta administración p'blica) seconcursa pri+ilegiando la capacidad de las personas en teoría./a transparencia en los actos de la administración dicerelación con el dereco del ciudadano com'n a consultarporu racasó en su postulación.

     ART. ). &on emblemas nacionales la bandera nacional  * el escudo de armas de la República y el himno nacional.*on importantes porue son un fac$or %e uni%a% nacional - no

    %i$in"uen en el (lano in$ernacional) Es por esto ue la le- - laConstitución penalizan el mal uso de los símbolos patrios./a bandera nacional (porue est2n tambin la mapuce - la de laatagonia)$ /a primera (amarillo, azul - blanco) ue coneccionadapor  aviera Carrera)  /a segunda bandera (- actual) la aceconeccionar :; la 'ltima resistencia del 5eneral PuintanillaI alfnal de la disputa +arios espa6oles decidieron uedarse en Cile -uno de los descendientes de espa6oles, #uben 9allesteros C2rcamollegó a ser presidente de la Corte *uprema.

    En cada región a- un gobierno regional encabezado por unin$en%en$e - sus CORE) 9ajo el intendente est2 el "o0erna%or

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    re"ional con sus C:#E - luego el alcal%e con su cone5o) Elintendente - el gobernador son nombrados directamente por elresidente de la #ep'blica. En cuanto a los municipios (a- 7 enCile - ! en la #), stos tienen el principio de la descentralizaciónporue el municipio tiene características de ente descentralizado$

    J Dn alcalde elegido por la comuna.J El municipio tiene personalidad jurídica propia, lo ue le

    permite ejecutar actos jurídicos de orma independiente(comprar - +ender bienes, contratar uncionarios, etc.).

    J %ienen recursos propios pero la gran ma-oría recibe ondosfscales. %ambin reciben ondos del ondo com'n municipal.

    /as pro+incias de la # son$ Cacabuco (Colina), ro+incia deCordillera (uente Alto), &el aipo (*an 9ernardo), %alagante -elipilla.F:%A$ Fuestra descentralización es sólo de car2cter administrati+aporue si uera política Cile sería un Estado ederal.

     ART. -. ,hile es una república democr"tica.ensando en el sentido cl2sico basado en el liberalismo rancs de173B en ue tendría ue aber$

    a) Alternancia en el poder.b) *eparación de poderes.c) Estado de dereco.d) Elecciones libres con +arias opciones para poder elegir.e) Pue e8istan órganos de control acia las autoridades (%C -

    Contraloría 5eneral de la #ep'blica).

    ) /ibertad de prensa.*in embargo a- ideologías con otra +isión de la democracia comoel mar8ismo, lo ue signifca ue la democracia es un eco teórico.En Cuba la democracia se alcanza cuando fnaliza la luca de clases.Fo e8iste Estado de dereco, los poderes est2n pero con un partidoasignado. En =enezuela la oposición ganó la asamblea despus de11 a6os con tribunales ue toda+ía son ca+istas. En estosregímenes a- elecciones pero dentro del mismo partido.

     ART. . La soberana reside esencialmente en la /aci'n.Esta idea de *ie-es dice ue la Fación es un ente jurídico abstracto

    ue representa la suma de todas las +oluntades - ue +amos a serrepresentados por diputados - senadores (democraciarepresentati+a). El 'nico país sudamericano ue dice ue lasoberanía est2 en el pueblo es la #ep'blica 9oli+ariana de=enezuela./a soberanía es una cualidad del poder, por lo tanto ning'n poder laiguala ni supera. uede ser interna o e8terna.

    • E8terna$ @@.AA. con euipo correspondiente - disuasi+o.• "nterna$ /a autoridad política est2 primero - las policías (el

    5obierno decide cómo act'an - u poder tiene las policías.

    /a soberanía se ejerce a tra+s del (le0ici$o  o por eleccione(erió%ica  - tambin por las au$ori%a%e ue la con$i$ución

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    e$a0lece, como los jueces (pueden ordenar detenciones), lassentencias (coacción), los actos del residente de la #ep'blica(tratados internacionales).

    /ingún sector del pueblo ni individuo alguno puede

    atribuirse su e0ercicio.Est2n proibidas las rebeliones, los alzamientos - golpes militares.

    El e0ercicio de la soberana reconoce como limitaci'n el respeto a los derechos esenciales ue emanan de lanaturaleza humana./os límites de la soberanía e+itan ue los ciudadanos seansobrepasados por los poderes del Estado. /as garantías indi+idualesue emanan de la naturaleza umana. *on propios de las personas- anteriores al Estado - es por esto ue el Estado debe respetarlos.

    Es deber de los 'rganos del Estado respetar y promover tales derechos* garantizados por esta ,onstituci'n* as como

     por los tratados internacionales rati!cados por ,hile y uese encuentren vigentes.Cabe destacar auí ue se condenan a uniormados despus de ?!a6os porue se aplican tratados supraconstitucionales.

    Su(racon$i$ucionale

    a5o con$i$ucionale

     %ratados de &&.

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    E$a%o %e Derec!oEs un concepto ue se origina en Alemania en el a6o 13B1 de unproesor llamado =on Rl. Este concepto lo e8trajo de laseparación de poderes de ontesuieu, del cual pensaba ue eracorrecta pero insufciente - por lo tanto se le agregar2 otros

    conceptos m2s. *e trata de un principio relati+amente nue+o ue seintrodujo en la Constitución de 1B34 por 0aime 5uzm2n, su objeti+oes limitar el poder de las autoridades en deensa de los imperados o justiciables.

    Denicione %el conce($o1) El Estado de &ereco es un or%en 5ur6%ico o05e$ivo e

    i#(eronal  ue obliga tanto a gobernantes como agobernados (principio de igualdad ante la le-).

    +) Consiste en el orden jer2ruico en las normas de dereco en+irtud de la cual ninguna norma de rango inerior puede pasara lle+ar a una de rango superior - por lo tanto ninguna normapuede pasar a lle+ar a la Constitución.

    F:%A$ *e ace incapi a la supremacía de la Constitución - uepara autores como #odríguez 5rez - ablo #odríguez se +e sta+iolentada por la Corte *uprema al reconocer los tratados de &&.

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    /a in+estidura se refere al nombramiento de la autoridad, el cualdebe ser ormal (ma-oritariamente por medio de un &ecreto*upremo) e incluso las subrogaciones deben ser por in+estidura.

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    dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todassus actuaciones.&on públicos los actos y resoluciones de los 'rganos del Estado* as como sus fundamentos y los procedimientos ueutilicen. &in embargo* s'lo una ley de u'rum cali!cado

     podr" establecer la reserva o secreto de auéllos o de éstos*cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de lasfunciones de dichos 'rganos* los derechos de las personas*la seguridad de la /aci'n o el interés nacional.El $residente de la República* los 7inistros de Estado* losdiputados y senadores* y las dem"s autoridades y funcionarios ue una ley org"nica constitucional se5ale*deber"n declarar sus intereses y patrimonio en forma

     pública.8icha ley determinar" los casos y las condiciones en ueesas autoridades delegar"n a terceros la administraci'n deauellos bienes y obligaciones ue supongan con9icto deinterés en el e0ercicio de su funci'n pública. Asimismo*

     podr" considerar otras medidas apropiadas para resolverlosy* en situaciones cali!cadas* disponer la ena0enaci'n detodo o parte de esos bienes.

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    "*"* en medio :riente -

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    LE.ALES*o :OR CARTA)o :OR .RACIA)

    2uen$e na$urale

    IUS SOLIS es el dereco del suelo, lo ue signifca ue el indi+iduotiene la nacionalidad del suelo del país en donde nace,independientemente de la nacionalidad de los padres. Esta uentese pri+ilegia en los países ue a+orecen la inmigración. *e dio estecaso en ArgentinaI en Cile en 18/J se trajo desde =aldi+ia auerto ontt inmigrantes alemanes por parte de los ermanosilippi - =icente rez #osales.

    IUS SAN.UINIS se refere la nacionalidad ue aduiere la criaturaal nacer ue ser2 auella ue tienen sus padres. *e opta por esta

    uente natural en auellos países peue6os mu- desarrollados ueno a+orecen la inmigración como los europeos, se da tambin elejemplo de "srael ue por medio de la madre se obtiene la religión judía por razones religiosas.

    2uen$e le"ale:OR CARTA es auella concedida por el residente de la #ep'blicaa e8tranjeros ue la solicitan. El residente los declara cilenos porun &ecreto *upremo, se respetan acuerdos consulares donde puedeaber doble nacionalidad. &eben cumplir con ciertas condiciones$

    • a6os de residencia en Cile.• Fo tener antecedentes penales.• &ebe renunciar e8presamente a su nacionalidad anterior (para

    e+itar conictos de nacionalidad).

    :OR .RACIA es  auella concedida por el Congreso Facional ae8tranjeros ue an eco grandes aportes. Ejemplos$ Andrs 9ello, 0uan Fo (erradicó la febre amarilla en el norte de Cile), Claudio5a- (bot2nico rancs S estudió la ora - auna cilena), "gnacio&ome-To (estudió la minería cilena).

     ART. 1;. #on c$ilenos%1

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    conormidad a la ley, y -

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    La calidad de ciudadano otorga los derechos  de sura"io, deoptar a car"os de elección popular y los dem1s )ue la &onstitucióno la ley con7eran.Los  ciudadanos con derecho a sufragio ue se encuentrenfuera del pas  podr1n sura"ar desde el etran'ero en las

    elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de 8residentede la Rep+blica y en los plebiscitos nacionales. 9na ley org"nicaconstitucional   establecer1 el procedimiento para materiali0ar lainscripción en el re"istro electoral y re"ular1 la manera en )ue sereali0ar1n los procesos electorales y plebiscitarios en el etran'ero,en conormidad con lo dispuesto en los incisos primero y se"undodel artículo -:.;rat1ndose de los chilenos a )ue se re7eren los números )< ($i'osde padre o madre c$ilenos, nacidos en territorio etran'ero!  y -<(los )ue obtuvieron nacionali0ación por "racia! del artculo 1;, ele'ercicio de los derec$os )ue les con7ere la ciudadanía estar1su'eto a )ue $ubieren estado avecindados en &$ile por m1s de una5o.

     ART. 1-.Los e4tran0eros avecindados en &$ile por m1s de cinco a5os, y )ue cumplan con los re)uisitos se5alados en el inciso primero delartículo - (-: a5os de edad y sin pena a6ictiva!, podr1n e'ercer elderec$o de sura"io en los casos y ormas )ue determine la ley.Los nacionali0ados en conormidad al /< + del artculo 1;(nacionali0ación por carta!, tendr1n opción a car"os p+blicos de

    elección popular s'lo después de cinco a5os de estar en posesi'n de sus cartas de nacionalizaci'n.

     ART. 1. 2el sura"io.En las votaciones populares, el sura"io ser1 personal , igualitario,secreto y voluntario (era obli"atorio $asta la reorma de 8i5era!.#ólo podr1 convocarse a votación popular para las elecciones y 

     plebiscitos epresamente previstos en esta &onstitución.

     ART. 12. 2e la suspensión del sura"io.El derec$o de sura"io se suspende%

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    Esta suspensión no producir1 otro eecto le"al, sin per'uicio de lodispuesto en el inciso s3ptimo del del artículo -?.

     ART. 13. 2e la p3rdida de calidad de ciudadano.La calidad de ciudadano se pierde%

    1

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    establece limitaciones importantes al monarca - da origen a lamonaruía parlamentaria en "nglaterra, en Espa6a est2 el caso delas 7 artidas de Alonso U - la Carta /eonesaI pero el gran ito es lare+olución rancesa de 173B en ue dicta la

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    *e autorizaría por las tres causales el aborto una +ez aprobado en el*enado.

    La pena de muerte s'lo podr" establecerse por delitocontemplado en ley aprobada con u'rum cali!cado.

    &e prohbe la aplicaci'n de todo apremio ilegtimo.

    /B de la :"% una consulta a los pueblos originarios pre+io obra deadelanto. *e proceden uejas tambin en contra de la justicia -aue no se contempla la igualdad ante la le- con los presos de untaeuco.

    En ,hile no hay esclavos y el ue pise su territorio uedalibre.Establecido así por 0os iguel Carrera en 1311 en la le- de libertadde +ientre, en EE.DD. se logró lo mismo bajo la presidencia deAbraam /incoln en 13>. En dico país durante el mandato deLenned- se libró una uerte luca por los derecos ci+iles debido ala discriminación acia los negros ue no tenían dereco a +oto -tambin e8istían uni+ersidades especiales para blancos - negros,todo termina en 1B>. @inalmente 9ill Clinton abolió las le-es ue

    perjudicaban a los negros./a Colonia espa6ola en Amrica usó el sistema de encomienda en laue se daban benefcios, por lo ue se dice ue no ubo escla+ituden Amrica /atina.

    ?ombres y mu0eres son iguales ante la ley.A pesar de esto las mujeres jubilan a los >4 a6os - los ombres a los>, tambin se +en dierencias en las licencias de pre - post natalen cu-o caso el ombre tiene días - e8iste una breca en laremuneración.

    /i la ley ni autoridad alguna podr"n establecer diferenciasarbitrarias.

    /

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    uni+ersidades contemplan tambin una unción jurídicoJsocial. /aCorporación de Asistencia 0udicial, ue era antiguamente el Colegiode Abogados porue se abrieron ofcinas para atender a gente deorma gratuita, sistema ue uncionó mu- bien.

    /inguna autoridad o individuo podr" impedir* restringir o perturbar la debida intervenci'n del letrado si hubiere sidoreuerida.El juez no puede inter+enir la labor del abogado, lo ue permite ueel trabajo del letrado sea m2s e8pedito.

    Trat"ndose de los integrantes de las >uerzas Armadas y de@rden y &eguridad $ública* este derecho se regir"* en loconcerniente a lo administrativo y disciplinario* por lasnormas pertinentes de sus respectivos estatutos.*us respecti+os estatutos regulan la unción de las @@.AA. - de:rden - *eguridad 'blica en lo ue concierna a sus laborescastrenses.

    La ley arbitrar" los medios para otorgar asesoramiento y defensa 0urdica a uienes no puedan procur"rselos por s mismos.Como se dijo anteriormente, e8isten la &eensoría 5eneral 'blica,las Clínicas 0urídicas - la Corporación de Asistencia 0udicial.F:%A$ ara los socios del colegio de abogados se orece amparoproesional para cuando un juez o ministro perjudico al abogado, el

    colegio de orma ofcial le presenta un reclamo por el socio. %ienentambin un tribunal de tica en donde se denuncia a un abogado.

    /adie podr" ser 0uzgado por comisiones especiales* sino por el tribunal ue se5alare la ley y ue se hallare establecido

     por ésta con anterioridad a la perpetraci'n del hecho.Dn claro ejemplo de este inciso se dio en F'remberg, en donde

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    a) En la parte e8positi+a el caso ue se someter2 a decisión ese8puesto. /uego +iene la e$a(a (ro0a$oria  en ue see8amina la prueba rendida - fnalmente la (ar$e reolu$ivaen ue se presenta la resolución) 

    b) &ebe garantizar el debido proceso, lo ue uiere decir ue se

    escucen a ambas partes, ue se reciban las pruebas deambas partes, ue e8ista una objeti+a ponderación de laspruebas - la sentencia debe contener las normas de derecoue contempla.

    /a in+estigación debe ser por mecanismos racionales - justos dandogarantías a ambas partes.

    La ley no podr" presumir de derecho la responsabilidad  penal.E8isten las presunciones legales - las de dereco. /as legalesadmiten prueba en contrario - las de dereco no. En los delitos sedebe demostrar la culpabilidad de la persona ue es la unción de la@iscalía.En el sistema actual aunue se a-a probado la responsabilidad delimputado, ste tiene dereco a salidas alternati+as, lo ue seconoce como sistema garantista, ue benefcia al imputado.

    /ingún delito se castigar" con otra pena ue la ue se5aleuna ley promulgada con anterioridad a su perpetraci'n* amenos ue una nueva ley favorezca al afectado.*e refere al in dubio pro reo, se considera e8cepcional en Cile en

    el 2mbito de los &&.

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    Constitución re+olucionaria de 17B1. En Cile 0os iguel Carreraincorpora estos derecos al #eglamento de 1311, en su te8toCarrera ablaba de NpapelesO - se reería a letras de cambio -documentos +aliosos./a onra se refere a la buena opinión, prestigio o ama ue puede

    tener o no tener una persona, la onra puede ser tanto objeti+acomo subjeti+a. /a !onra u05e$iva  es la opinión ue tiene lapersona de sí misma - la o05e$iva  es la opinión ue los dem2stienen de uno.or lo tanto con comentarios se puede aectar la onra de laspersonas o de su amilia. Antiguamente el delito se conocía comoinjurias - calumnias, ue despus ue desplazado por el delito dediamación.

    /

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    crear una iglesia basta ue no se oponga ni a la moral, las buenascostumbres - al orden p'blico. Esto porue a- sectas con unobjeti+o distinto, como las sat2nicas en ue an abido casos conomicidios.

    Las confesiones religiosas podr"n erigir y conservar templosy sus dependencias ba0o las condiciones de seguridad ehigiene !0adas por las leyes y ordenanzas.Las iglesias* las confesiones e instituciones religiosas decualuier culto tendr"n los derechos ue otorgan y reconocen* con respecto a los bienes* las leyes actualmenteen vigor. Los templos y sus dependencias* destinadose4clusivamente al servicio de un culto* estar"n e4entos detoda clase de contribuciones./a le- limita sólo en dos aspectos a erigir templos, ue tenganmedidas de seguridad - de igiene. /as iglesias en general tienenciertos benefcios tributarios porue se entiende ue no se dedicanal lucro. /a iglesia e+anglica a a+anzado enormemente, anlogrado la igualdad ante la le- con la iglesia católica, el eriadoe+anglico, la le- de libertad de culto, tienen radios, canales detele+isión, cementerios, templos e incluso un euipo de 'tbol, las@@.AA. - policiales tienen tambin capellanes e+anglicos.

    /

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    por delitos, casos en ue un país se orece a recibirlos, porejemplo integrantes del @#.

    b /adie puede ser privado de su libertad personal ni éstarestringida sino en los casos y en la forma determinados

     por la ,onstituci'n y las leyes.*e puede pri+ar de libertad por orden de un juez, tambin porintendentes - gobernadores, incluso el residente de la #ep'blicauien puede e8pulsar delincuentes del país. %ambin se puedepri+ar de libertad a ciudadanos por delitos agrantes S detencionesciudadanas S pero con condición de entregarlos a carabineros.

    c /adie puede ser arrestado o detenido sino por orden defuncionario público e4presamente facultado por la ley y después de ue dicha orden le sea intimada en formalegal. &in embargo* podr" ser detenido el ue fueresorprendido en delito 9agrante* con el solo ob0eto de ser 

     puesto a disposici'n del 0uez competente dentro de lasveinticuatro horas siguientes.&i la autoridad hiciere arrestar o detener a alguna

     persona* deber"* dentro de las cuarenta y ocho horassiguientes* dar aviso al 0uez competente* poniendo a sudisposici'n al afectado. El 0uez podr"* por resoluci'nfundada* ampliar este plazo hasta por cinco das* y hasta

     por diez das* en el caso ue se investigaren hechoscali!cados por la ley como conductas terroristas.

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    emanada de autoridad ue tenga facultad legal* en unregistro ue ser" público./inguna incomunicaci'n puede impedir ue el funcionarioencargado de la casa de detenci'n visite al arrestado odetenido* procesado o preso* ue se encuentre en ella.

    Este funcionario est" obligado* siempre ue el arrestado odetenido lo reuiera* a transmitir al 0uez competente lacopia de la orden de detenci'n* o a reclamar para ue sele dé dicha copia* o a dar él mismo un certi!cado dehallarse detenido auel individuo* si al tiempo de sudetenci'n se hubiere omitido este reuisito.

    uede la persona ser detenida en un centro de detención con elobjeto de saber dónde est2 la persona tanto para sus amiliarescomo para su deensa o abogado. En cuanto ser detenido en su casaest2 permitido por el C..., en el sistema antiguo de justicia penalera esta una medida mu- e8cepcional. En Europa los ma-ores de 74a6os - auellos ue suren de enermedades gra+es pueden cumplirpenas alternati+as en sus casas. /os encargados de las prisionestambin tienen deberes para con el detenido.

    1) Al ingresar la persona deben dejar constancia de la autoridadue ordenó la detención, este registro es p'blico. Esimportante porue certifca el día ue la persona entró paracomenzar a contar los o 14 días para el arresto. En el casoue cumpla condena ueda e8presado así cu2ndo comenzó elpresidio.

    +) *i el detenido llega en calidad de incomunicado puede ser

    +isitado por el uncionario encargado, normalmente paralle+ar alimentación, 'tiles de aseo, etc.,) El detenido, aunue est incomunicado, puede pedir al

    gendarme ue le aga llegar la orden de detención, uecontiene el tribunal a cargo, el juez - el delito ue se leimputa, algo inusual porue debe ser detenido con dicaorden.

    5endarmería tiene un protocolo de recepción de detenidos, tambinal ser responsables por la seguridad de los internos tienensegregación interna para e+itar conictos. Ej.$ separan a los internos

    por peligrosidad, los principiantes o primerizos, tambin sonseparados si est2n detenidos por giro doloso de ceues, los presospor manejo en estado de ebriedad, por pensión alimenticia, si sonmilitares, etc.

    e La libertad del imputado proceder" a menos ue ladetenci'n o prisi'n preventiva sea considerada por el 0uezcomo necesaria para las investigaciones o para laseguridad del ofendido o de la sociedad. La ley establecer" los reuisitos y modalidades para obtenerla.

    La apelaci'n de la resoluci'n ue se pronuncie sobre lalibertad del imputado por los delitos a ue se re!ere el 

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    artculo :B* ser" conocida por el tribunal superior uecorresponda* integrado e4clusivamente por miembrostitulares. La resoluci'n ue la apruebe u otorguereuerir" ser acordada por unanimidad. 7ientras dure lalibertad* el imputado uedar" siempre sometido a las

    medidas de vigilancia de la autoridad ue la ley contemple.

    /a regla general es ue la libertad procede siempre, sal+o trescasos$

    • or diligencias pendientes$ careos, e82menes, etc.• eligro para la sociedad.• eligro para la seguridad del oendido, generalmente en

    ecos de sangre, drogas o +iolaciones, cuando se teme ueel imputado tome represalias en contra de los denunciantes.

    *i el juez se niega a dar la libertad se puede acudir a la Corte de

    Apelaciones. ientras dure la libertad otorgada por la Corte, debenusarse medidas de +igilancia por parte del %ribunal como la frmaen gendarmería, tobilleras con 5*.

    f En las causas criminales no se podr" obligar al imputado oacusado a ue declare ba0o 0uramento sobre hecho propio=tampoco podr"n ser obligados a declarar en contra deéste sus ascendientes* descendientes* c'nyuge y dem"s

     personas ue* según los casos y circunstancias* se5ale laley.

    Es el juez o fscal uien debe demostrar el delito del imputado - noel delincuente, por su parte, declarar sobre su eco.

    g /o podr" imponerse la pena de con!scaci'n de bienes* sin per0uicio del comiso en los casos establecidos por lasleyes= pero dicha pena ser" procedente respecto de lasasociaciones ilcitas.

    Esto se debe a la consideración de ue se pueda aectar al grupo

    amiliar con dica confscación. /a e8cepción corresponde al comiso,ue se entiende como los eectos del delito (lo ue ue aduirido pormedio del delito) S conocido tambin como asociación ilícita.

    h /o podr" aplicarse como sanci'n la pérdida de losderechos previsionales.

    Esto se debe a ue pueden perjudicar tambin al grupo amiliar delimputado. *e considera en el &ereco enal ue la responsabilidades personal.

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