Derecho Administrativo Unidad 6

12
El Presidente de la República. El régimen de la centralización administrativa es la forma característica de la organización del Poder Ejecutivo Federal, que se integra por el Presidente de la República, funcionario representativo de emanación popular, que ejerce el poder por un tiempo limitado y que es el titular de uno de los tres Poderes de la Unión por medio de los cuales el pueblo ejerce su soberanía (art. 80 C.C.) El Presidente de la República como Jefe de Estado. De acuerdo con la teoría tradicional de la división de poderes, tanto el Poder Ejecutivo, como el Legislativo

description

Primer curso de Derecho Administrativo, Unidad 6 del curso.

Transcript of Derecho Administrativo Unidad 6

Page 1: Derecho Administrativo Unidad 6

El Presidente de la República.

El régimen de la centralización administrativa es la forma característica de la organización del Poder Ejecutivo Federal, que se integra por el Presidente de la República, funcionario representativo de emanación popular, que ejerce el poder por un tiempo limitado y que es el titular de uno de los tres Poderes de la Unión por medio de los cuales el pueblo ejerce su soberanía (art. 80 C.C.)

El Presidente de la República como Jefe de Estado.

De acuerdo con la teoría tradicional de la división de poderes, tanto el Poder Ejecutivo, como el Legislativo y el Judicial se mantienen en un plano de igualdad y de equilibrio gubernamental.

El desarrollo de las instituciones constitucionales y administrativas ha entregado al Poder Ejecutivo las facultades de dirección y administración que colocan al titular del mismo como jefe supremo del Estado, subordinado al orden constitucional.

Page 2: Derecho Administrativo Unidad 6

El papel predominante del Presidente de la República como jefe de Estado se manifiesta en estas importantes funciones que de manera general son:

Funciones legislativas del Presidente de la República. Corresponde al ejecutivo la expedición de algunas leyes, ejerciendo una importante labor colegiadora y la función reglamentaria.

Funciones jurisdiccionales del Presidente de la República. Numerosas son las facultades jurisdiccionales del Presidente de la República desde el punto de vista material, como en las controversias a que se refieren a la materia fiscal, obrera, agraria, entre otras.

Funciones administrativas y ejecutivas. Corresponde al Presidente de la República la ejecución de las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

Page 3: Derecho Administrativo Unidad 6

Funciones políticas. Las que se refieren a todos los actos generales de gobierno, dirección u orientación política. Se considera en este grupo la designación de un a lto funcionario, estipulación de tratados internacionales o la elaboración y orientación de la política general de gobierno.

Funciones financieras. En el estado actual de los asuntos administrativos constituye una actividad fundamental del Presidente de la República.

Funciones militares. Las fracciones IV, V, VI, VII, VIII y IX del artículo 89 de la C.C. hacen del Presidente el jefe nato de las instituciones militares, ejército, armada, fuerza aérea y Guardia Nacional. Correlativamente al ejecutivo le corresponde declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.

Funciones burocráticas. Comprenden el manejo de la administración pública, la designación de los cargos y la

Page 4: Derecho Administrativo Unidad 6

determinación de las categorías de funcionarios y empleados públicos que corresponden.

Funciones internacionales. La política exterior la lleva a cabo el Presidente de la República, al asumir la representación exterior, las negociaciones diplomáticas, celebrar tratados, designar al cuerpo diplomático y consular y las demás relaciones con los estados que forman la comunidad internacional.

El Presidente de la República como órgano político administrativo.

El Presidente de la República de acuerdo con nuestro orden constitucional es la más alta jerarquía política y administrativa al cual se le encomiendan dos tareas fundamentales:

La actividad como órgano político unipersonal.

La actividad como órgano administrativo.

Page 5: Derecho Administrativo Unidad 6

Dicho de otra manera: Una tarea de dirección y de orientación en los asuntos generales del Estado y una tarea encaminada a la organización y funcionamiento de los servicios públicos.

Como parte importante del Poder del Estado, el Presidente de la República es un órgano que gobierna y administra. El artículo 40 de la C.C. habla de “la voluntad del pueblo mexicano”, como expresión mayoritaria del cuerpo electoral. El pueblo ejerce su soberanía directamente por medio de los Poderes de la Unión y de los poderes locales y municipales. El supremo Poder Ejecutivo de la Unión se deposita en el Presidente de la República. En este sentido el Presidente es un medio político para realizar la voluntad popular.

Como órgano político el Presidente de la República asume una tarea gubernamental de dirección de los negocios públicos.

El Poder Legislativo es un órgano soberano y uno de los poderes a través de los cuales el pueblo expresa su voluntad. De esta manera tiene a su cargo la elaboración de las leyes. Estas leyes son

Page 6: Derecho Administrativo Unidad 6

ejecutadas por el Presidente de la República y constituyen su actividad como órgano administrativo encargado de realizar la voluntad legislativa.

Los principales actos del Presidente de la República.

Debemos de distinguir los actos del Presidente en tiempos normales y los de su actuación en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquiera otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, a las que se refiere el artículo 29 de la C.C.

El artículo 92 de la C.C. establece que todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberá estar firmadas por el Secretario de Estado o Jefe del Departamento Administrativo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidas.

De acuerdo con dicho precepto, se distinguen cuatro tipos de actos presidenciales:

Page 7: Derecho Administrativo Unidad 6

Los reglamentos.

Los decretos.

Las ordenes.

Los acuerdos.

El reglamento administrativo es un acto jurídico creador de situaciones jurídicas generales que tiene por objeto la ejecución de las leyes que expida el Congreso de la Unión.

El decreto presidencial referido a los actos de gobierno o a los actos de administración, origina decisiones ejecutorias particulares, que tienen por finalidad asegurar la ejecución de las leyes y el funcionamiento de los servicios públicos. Este decreto se diferencia del decreto en materia legislativa a que hace referencia el artículo 70 de la C.C. No está por demás considerar que cuando el decreto crea una situación jurídica general tienes los mismos caracteres de la ley o reglamento.

Page 8: Derecho Administrativo Unidad 6

Debe distinguirse el decreto presidencial de la resolución ministerial que es un acto propio de las funciones del Secretario de Estado o jefe del departamento administrativo.

Las órdenes presidenciales son los mandatos autoritarios del Presidente para que una autoridad administrativa actúe en sus términos o se abstenga de realizar cualquier otro acto.

Como jefe de la administración pública, el Presidente de la República puede expedir acuerdos, autorizaciones, aprobaciones, vistos buenos, instrucciones, declaraciones, mensajes y otros actos administrativos análogos en relación con la importancia de la materia de que se trate.