DEDUCIONES NÓMINAS 2012

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  I N F O R M A DEDUCCIONES EN NÓMINA EJERCICIO 2012 El Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, ha establecido la congelación de las retribuc iones de los e mpleados públicos en las mismas cuantías que 2011; sin embargo esta congelación es tal sólo por lo que respecta al bruto, ya que se han introducido modificaciones en los descuentos que repercuten en el líquido que percibimos en nuestra cuenta. CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL Ha aumentado la base máxima de cotización al Régimen General de la Seguridad Social hasta 3.262,40 € / mes, por lo que quienes coticen con arreglo a esta base verán incrementada la deducción por los conceptos que componen la cuota obrera. Este aumento se reflejará ya en la nómina del mes de enero. DEDUCCIÓN POR I.R.P.F. El gravamen complementario a las cuotas del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, dispuesto (en principio) para los ejercicios 2012 y 2013, se tr aduce directamente en un incremento en las retenciones en nómina por este concepto. Los nuevos tipos de retención empezarán a aplicarse en la nómina del mes de febrero , por lo que en la nómina de enero no tendríamos que experimentar cambio alguno en el tipo de retención por IRPF, salvo los provocados por cambios retributivos o de las circunstancias personal y f amiliares. La Agencia Tributaria ha publicado la nueva escala de gravamen pero no es posible a priori establecer, en atención a cuerpos, escalas, categorías, nivel de complemento de destino etc., el nuevo tipo de retención que corresponderá aplicar individualmente en nómina. Toca pues esperar a que se haga el recálculo para la nómina de febrero, de acuerdo con los íntegros anuales de cada uno y las situaciones famil iares y personales. A día de hoy, cualquier dato que se ofrezca en este sentido no pasará de ser una simple estimación (entre 0,75 y 4 % de incremento en el tipo actual). COTIZACIONES A MUFACE Y DERECHOS PASIVOS El personal incluido en este régimen de cotización, también verá incrementada su deducción por estos dos conceptos desde la nómina de enero, por lo que por aquí también verá mermada su percepción líquida a percib ir. A continuación mostramos la nueva tabla de cuotas mensuales, debiendo tenerse en cuenta que en los meses de  junio y diciembre se abona una cuota doble  por cada uno de ellos. Grupo / Subgrupo Derechos Pasivos MUFACE A1 107,96 47,27 A2 84,97 37,20 B 74,40 32,58 C1 65,26 28,57 C2 51,63 22,60 E 44,02 19,27 Como se ve, además de la pérdida del poder adquisitivo que hemos sufrido los empleados públicos en 2010 y 2011, unido al aumento de las deducciones que se nos practican en las nóminas de 2012, hacen que para nuestras retribuciones la palabra “congelación” sea muy inapropiada. Canarias a 25 de enero de 2012  

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I N F O R M A

DEDUCCIONES EN NÓMINA EJERCICIO 2012

El Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, ha establecido la congelación de las

retribuciones de los empleados públicos en las mismas cuantías que 2011; sin embargo estacongelación es tal sólo por lo que respecta al bruto, ya que se han introducido modificaciones en losdescuentos que repercuten en el líquido que percibimos en nuestra cuenta.

CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL

Ha aumentado la base máxima de cotización al Régimen General de la Seguridad Social hasta3.262,40 € / mes, por lo que quienes coticen con arreglo a esta base verán incrementada la deducciónpor los conceptos que componen la cuota obrera. Este aumento se reflejará ya en la nómina del mes deenero.

DEDUCCIÓN POR I.R.P.F.

El gravamen complementario a las cuotas del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas,dispuesto (en principio) para los ejercicios 2012 y 2013, se traduce directamente en un incremento en lasretenciones en nómina por este concepto. Los nuevos tipos de retención empezarán a aplicarse en lanómina del mes de febrero, por lo que en la nómina de enero no tendríamos que experimentar cambioalguno en el tipo de retención por IRPF, salvo los provocados por cambios retributivos o de lascircunstancias personal y familiares.

La Agencia Tributaria ha publicado la nueva escala de gravamen pero no es posible a prioriestablecer, en atención a cuerpos, escalas, categorías, nivel de complemento de destino etc., el nuevotipo de retención que corresponderá aplicar individualmente en nómina. Toca pues esperar a que se

haga el recálculo para la nómina de febrero, de acuerdo con los íntegros anuales de cada uno y lassituaciones familiares y personales. A día de hoy, cualquier dato que se ofrezca en este sentido nopasará de ser una simple estimación (entre 0,75 y 4 % de incremento en el tipo actual).

COTIZACIONES A MUFACE Y DERECHOS PASIVOS

El personal incluido en este régimen de cotización, también verá incrementada su deducción por estos dos conceptos desde la nómina de enero, por lo que por aquí también verá mermada supercepción líquida a percibir. A continuación mostramos la nueva tabla de cuotas mensuales, debiendotenerse en cuenta que en los meses de  junio y diciembre se abona una cuota doble por cada uno deellos.

Grupo /Subgrupo

DerechosPasivos MUFACE

A1 107,96 47,27A2 84,97 37,20B 74,40 32,58

C1 65,26 28,57C2 51,63 22,60E 44,02 19,27

Como se ve, además de la pérdida del poder adquisitivo que hemos sufrido los empleados

públicos en 2010 y 2011, unido al aumento de las deducciones que se nos practican en las nóminas de2012, hacen que para nuestras retribuciones la palabra “congelación” sea muy inapropiada.

Canarias a 25 de enero de 2012 

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