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PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DR. PABLO CLUSELLAS Secretario DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL LIC. RICARDO SARINELLI Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 6,00 Sumario Buenos Aires, lunes 18 de abril de 2016 Año CXXIV Número 33.359 DECRETOS SUBSIDIO Decreto 591/2016 Otórgase subsidio extraordinario. ................................................................................................ 1 TRABAJO AGRARIO Decreto 592/2016 Ley N° 26.727. Asignaciones familiares. Decreto N° 1.245/1996. Modificación. .......................... 2 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 583/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación. ........................................................................................... 3 COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO Decreto 585/2016 Designación. ............................................................................................................................... 4 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 584/2016 Desígnase Secretario de Relaciones Económicas Internacionales................................................ 4 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 586/2016 Trasládase funcionario. ............................................................................................................... 4 JUSTICIA Decreto 587/2016 Acéptase renuncia. ..................................................................................................................... 4 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Decreto 588/2016 Designación. ............................................................................................................................... 4 SECRETARÍA GENERAL Decreto 589/2016 Designación en la Subsecretaría de Coordinación. ...................................................................... 4 DECRETOS DESCLASIFICADOS Decretos Secretos y Reservados publicados conforme lo establecido por el Decreto N° 2103/2012.................................................................................................................................. 5 DECISIONES ADMINISTRATIVAS DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Decisión Administrativa 327/2016 Desígnase Director Técnico Registral........................................................................................... 12 DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Decisión Administrativa 324/2016 Desígnase Directora de Planeamiento y Estadística..................................................................... 12 DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Decisión Administrativa 330/2016 Desígnase Director Nacional de Documentos de Viajes................................................................ 12 Primera Sección Continúa en página 2 Pág. DECRETOS #I5106632I# SUBSIDIO Decreto 591/2016 Otórgase subsidio extraordinario. Bs. As., 15/04/2016 VISTO el Expediente N° 024-99-81753192-6- 796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes N° 24.241 y 24.714 y sus modifi- catorias y el Decreto N° 253 de fecha 24 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que el ESTADO NACIONAL tiene como uno de sus objetivos principales la protección de los ciudadanos garantizando las presta- ciones de la Seguridad Social, priorizando la atención de las familias que presentan mayor vulnerabilidad. Que la Ley N° 24.241, sus normas com- plementarias y modificatorias conforman el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) dando cobertura de la Seguridad Social a las personas que se en- cuentran en condiciones de obtener pres- taciones previsionales contributivas. Que la Ley N° 24.714, sus normas comple- mentarias y modificatorias, prevén la Asig- nación Universal por Hijo para Protección Social y la Asignación por Embarazo para Protección Social destinadas a dar cober- tura a los niños de grupos familiares que se desempeñan en la economía informal o se encuentran desocupados. Que asimismo, diversas normas estable- cen el derecho a prestaciones no contribu- tivas por vejez, por invalidez, a madres de SIETE (7) hijos o más y pensiones gracia- bles las cuales son otorgadas por la Comi- sión Nacional de Pensiones Asistenciales, dependiente del MINISTERIO DE DESA- RROLLO SOCIAL. Que asimismo, la ADMINISTRACIÓN NA- CIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (AN- SES) otorga prestaciones en el marco de los Decretos N° 1.357/04 y N° 886/05 a los Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur. Que mediante el Decreto N° 253/15 y con motivo de la proximidad de la celebración de las tradicionales Fiestas de Fin de Año, el ESTADO NACIONAL otorgó un subsidio extraordinario por única vez destinado a los beneficiarios de las Asignaciones Uni- versales por Hijo para Protección Social y por Embarazo para Protección Social, a los titulares de prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) que percibían hasta un haber mínimo, a los beneficiarios de las pensiones no contributivas por vejez, in- validez, madres de SIETE (7) hijos o más y pensiones graciables y a titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, por un monto de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400). Que es intención del ESTADO NACIONAL otorgar un subsidio por única vez desti- nado a quienes perciben la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social, a los titulares de pres- taciones previsionales del SISTEMA INTE- GRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) que perciben hasta un haber mínimo, a los beneficiarios de las pensiones no contribu- tivas por vejez, invalidez y madres de (SIE- TE) 7 hijos o más y pensiones graciables y a titulares de Pensiones Honoríficas de Ve- teranos de la Guerra del Atlántico Sur por un monto de PESOS QUINIENTOS ($ 500). Que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al sub- sidio establecido mediante el presente De- creto, percibiendo cada copartícipe idén- tica proporción que aquélla con la que se liquida su beneficio. Que asimismo en materia de prestaciones previsionales el subsidio dispuesto por la presente medida se abonará a los titulares que perciben el haber mínimo jubilatorio. Que en el caso de personas con más de un beneficio previsional, se considerará la suma de la totalidad de las prestaciones que percibe, quedando excluidos del pre- sente subsidio aquéllos que superen el ha- ber mínimo vigente.

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PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SecretarÍa LegaL y tÉcnicaDr. PABLO CLUSELLASSecretario

DirecciÓn nacionaL DeL regiStro oficiaLLIC. rICArDO SArINELLIDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad intelectual nº 5.218.874

DomiciLio LegaL Suipacha 767-c1008aao ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 6,00

Sumario

Buenos Aires,lunes 18de abril de 2016

Año CXXIVNúmero 33.359

DECRETOS

SUBSIDIODecreto 591/2016Otórgase subsidio extraordinario. ................................................................................................ 1

TRABAJO AGRARIODecreto 592/2016Ley N° 26.727. Asignaciones familiares. Decreto N° 1.245/1996. Modificación. .......................... 2

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONALDecreto 583/2016Decreto N° 357/2002. Modificación. ........................................................................................... 3

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMODecreto 585/2016Designación. ............................................................................................................................... 4

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTODecreto 584/2016Desígnase Secretario de Relaciones Económicas Internacionales. ............................................... 4

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTODecreto 586/2016Trasládase funcionario. ............................................................................................................... 4

JUSTICIADecreto 587/2016Acéptase renuncia. ..................................................................................................................... 4

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍADecreto 588/2016Designación. ............................................................................................................................... 4

SECRETARÍA GENERALDecreto 589/2016Designación en la Subsecretaría de Coordinación. ...................................................................... 4

DECRETOS DESCLASIFICADOS

Decretos Secretos y Reservados publicados conforme lo establecido por el Decreto N° 2103/2012.................................................................................................................................. 5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMASDecisión Administrativa 327/2016Desígnase Director Técnico Registral. .......................................................................................... 12

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASDecisión Administrativa 324/2016Desígnase Directora de Planeamiento y Estadística. .................................................................... 12

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASDecisión Administrativa 330/2016Desígnase Director Nacional de Documentos de Viajes. ............................................................... 12

Primera Sección

Continúa en página 2

Pág.DECRETOS

#I5106632I#

SUBSIDIO

Decreto 591/2016

Otórgase subsidio extraordinario.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N°  024-99-81753192-6-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes N° 24.241 y 24.714 y sus modifi-catorias y el Decreto N° 253 de fecha 24 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el ESTADO NACIONAL tiene como uno de sus objetivos principales la protección de los ciudadanos garantizando las presta-ciones de la Seguridad Social, priorizando la atención de las familias que presentan mayor vulnerabilidad.

Que la Ley N°  24.241, sus normas com-plementarias y modificatorias conforman el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) dando cobertura de la Seguridad Social a las personas que se en-cuentran en condiciones de obtener pres-taciones previsionales contributivas.

Que la Ley N° 24.714, sus normas comple-mentarias y modificatorias, prevén la Asig-nación Universal por Hijo para Protección Social y la Asignación por Embarazo para Protección Social destinadas a dar cober-tura a los niños de grupos familiares que se desempeñan en la economía informal o se encuentran desocupados.

Que asimismo, diversas normas estable-cen el derecho a prestaciones no contribu-tivas por vejez, por invalidez, a madres de SIETE (7) hijos o más y pensiones gracia-bles las cuales son otorgadas por la Comi-sión Nacional de Pensiones Asistenciales, dependiente del MINISTERIO DE DESA-RROLLO SOCIAL.

Que asimismo, la ADMINISTRACIÓN NA-CIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (AN-SES) otorga prestaciones en el marco de los Decretos N° 1.357/04 y N° 886/05 a los Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Que mediante el Decreto N° 253/15 y con motivo de la proximidad de la celebración de las tradicionales Fiestas de Fin de Año, el ESTADO NACIONAL otorgó un subsidio extraordinario por única vez destinado a los beneficiarios de las Asignaciones Uni-versales por Hijo para Protección Social y por Embarazo para Protección Social, a los titulares de prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) que percibían hasta un haber mínimo, a los beneficiarios de las pensiones no contributivas por vejez, in-validez, madres de SIETE (7) hijos o más y pensiones graciables y a titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, por un monto de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400).

Que es intención del ESTADO NACIONAL otorgar un subsidio por única vez desti-nado a quienes perciben la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social, a los titulares de pres-taciones previsionales del SISTEMA INTE-GRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) que perciben hasta un haber mínimo, a los beneficiarios de las pensiones no contribu-tivas por vejez, invalidez y madres de (SIE-TE) 7 hijos o más y pensiones graciables y a titulares de Pensiones Honoríficas de Ve-teranos de la Guerra del Atlántico Sur por un monto de PESOS QUINIENTOS ($ 500).

Que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al sub-sidio establecido mediante el presente De-creto, percibiendo cada copartícipe idén-tica proporción que aquélla con la que se liquida su beneficio.

Que asimismo en materia de prestaciones previsionales el subsidio dispuesto por la presente medida se abonará a los titulares que perciben el haber mínimo jubilatorio.

Que en el caso de personas con más de un beneficio previsional, se considerará la suma de la totalidad de las prestaciones que percibe, quedando excluidos del pre-sente subsidio aquéllos que superen el ha-ber mínimo vigente.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 2

Pág.DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASDecisión Administrativa 321/2016Desígnase Director Nacional de Población. .................................................................................. 13

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASDecisión Administrativa 322/2016Dirección Juicios y Actuaciones por Infracción a las Leyes Identificatorias. Desígnese Director. ... 13

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 329/2016Prorrógase designación............................................................................................................... 14

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESDecisión Administrativa 326/2016Desígnase Director de Prensa y Difusión Institucional. ................................................................ 14

MINISTERIO DE PRODUCCIÓNDecisión Administrativa 328/2016Designación. ............................................................................................................................... 14

MINISTERIO DE PRODUCCIÓNDecisión Administrativa 319/2016Prorrógase designación del Director de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas. ................................................................................................................. 15

MINISTERIO DE SALUDDecisión Administrativa 323/2016Desígnase Directora de Administración Contable, Mantenimiento y Servicios Generales del Hos-pital Nacional “Dr. Baldomero Sommer”. ..................................................................................... 15

MINISTERIO DE SALUDDecisión Administrativa 325/2016Prorrógase designación del Director de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades no Transmisibles. ............................................................................................................................. 16

MINISTERIO DE TRANSPORTEDecisión Administrativa 320/2016Desígnase Director General de Asuntos Jurídicos. ....................................................................... 16

RESOLUCIONES

Administración Federal de Ingresos PúblicosSEGURIDAD SOCIALResolución General 3866Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Anexo de la Ley N° 24.977, sus mo-dificaciones y complementarias. Sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de De-sarrollo Local y Economía Social. Ingresos brutos máximos anuales. ........................................... 16

DISPOSICIONES

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología MédicaPRODUCTOS MÉDICOSDisposición 3763/2016Prohibición de comercialización. ................................................................................................. 17

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología MédicaPRODUCTOS MÉDICOSDisposición 3764/2016Prohibición de comercialización y uso. ........................................................................................ 17

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología MédicaPRODUCTOS MÉDICOSDisposición 3765/2016Prohibición de comercialización y uso. ........................................................................................ 18

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 19

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 19

Anteriores .................................................................................................................................. 36

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 38

Que, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), liqui-dará este subsidio por única vez durante el mes en curso, debiendo adoptar todas las medidas operativas extraordinarias que fueran necesarias así como dictar las nor-mas interpretativas, aclaratorias y comple-mentarias para asegurar el objetivo plan-teado en el presente Decreto.

Que los servicios jurídicos competentes han tomado la intervención correspondien-te.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por el artícu-lo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Otórgase un subsidio extraor-dinario por única vez por un monto de PESOS QUINIENTOS ($ 500) a:

a) Los beneficiarios de las prestaciones pre-visionales del SISTEMA INTEGRADO PREVI-SIONAL ARGENTINO (SIPA), a que refiere la Ley N° 24.241, sus normas complementarias y modificatorias, en las condiciones establecidas en el artículo 2° del presente;

b) Los beneficiarios de la Asignación Univer-sal por Hijo para Protección Social y titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social previstas en la Ley N°  24.714, sus nor-mas complementarias y modificatorias;

c) Los titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, a madres de SIETE (7) hijos o más y pensiones graciables otorgadas por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales dependiente del MINISTERIO DE DESARRO-LLO SOCIAL;

d) Los beneficiarios de pensiones honorí-ficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur establecidas en los Decretos N° 1.357/04 y N° 886/05.

Art. 2° — Establécese que en materia de prestaciones previsionales el subsidio se abo-nará a los titulares que perciben el haber míni-mo jubilatorio vigente. En el caso de personas con más de un beneficio previsional, se consi-derará a tales efectos, la suma de la totalidad de las prestaciones que percibe. Quienes reci-ban sumas superiores al haber mínimo vigente, quedan excluidos del subsidio extraordinario.

Art. 3° — Establécese que en el caso de be-neficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considera-dos como un único titular a los fines del derecho a este subsidio, percibiendo cada copartícipe el porcentaje de coparticipación correspondiente.

Art. 4° — El subsidio extraordinario otorgado por el presente Decreto, no alcanza a los Re-gímenes de Retiros y Pensiones de las fuerzas policiales o del Servicio Penitenciario de las provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al ESTADO NACIONAL.

Art. 5° — El pago del mentado subsidio esta-rá a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Art. 6° — El subsidio otorgado por este De-creto será liquidado por única vez, en el mes de abril del 2016 y no será susceptible de des-cuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Art. 7° — La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) dictará las normas interpretativas, aclaratorias y com-plementarias necesarias para la implementa-ción de este Decreto.

Art. 8° — Facúltase a la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS a realizar las adecua-ciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por la presente medida.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto J. Triaca.

#F5106632F#

#I5106633I#TRABAJO AGRARIO

Decreto 592/2016

Ley N°  26.727. Asignaciones familiares. Decreto N° 1.245/1996. Modificación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO la Ley N° 24.714, sus complementarias y sus modificatorias, el Decreto N° 1.245 de fecha 1° de noviembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 24.714 se instituyó con alcance nacional y obligatorio un Régimen de Asignaciones Familiares.

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° inciso a) de la citada Ley, quedan com-prendidos en el subsistema contributivo fundado en los principios de reparto, los trabajadores que presten servicios remu-nerados en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la moda-lidad de contratación laboral, beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y bene-ficiarios del Seguro de Desempleo.

Que, por el artículo 6° del Decreto N° 1.245 de fecha 1° de noviembre de 1996, se esta-bleció que “cuando no se efectivicen con-tribuciones al sistema de asignaciones fa-miliares, como en los casos de licencia sin goce de sueldo, licencia gremial sin goce de sueldo, estado de excedencia, reserva de puesto de trabajo o suspensiones cual-quiera fuera su causa, no corresponderá la percepción de asignaciones familiares por esos períodos”.

Que, por el artículo 3° de la Ley N° 24.714, quedan excluidos de las prestaciones de esa ley, con excepción de las asignaciones familiares por maternidad y por hijos con discapacidad, los trabajadores que per-ciban una remuneración inferior a PESOS CIEN ($100), monto que fuera elevado pos-teriormente a PESOS DOSCIENTOS ($200).

Que, las asignaciones familiares son pres-taciones de la seguridad social que tienen por objeto la protección de la familia, sea mediante una contribución regular y per-manente para ayudar al sostén del grupo familiar a solventar las necesidades de aquellos que viven bajo su amparo, sea a través de una ayuda especial en ciertos momentos de la vida familiar.

Que, este trascendente objetivo debe rea-lizarse con un criterio de equidad que pon-dere no sólo la contribución al régimen de asignaciones familiares mes a mes, sino en un período mayor, de tal manera que aquellos trabajadores que por la moda-lidad discontinua de la prestación, o por encontrarse comprendidos en situaciones especialísimas de inactividad laboral sin devengar remuneraciones, puedan acce-der a las asignaciones familiares, toda vez que se trata de situaciones donde más se necesita del apoyo económico para la pro-tección familiar.

Que, ello así, toda vez que tanto los tra-bajadores temporarios discontinuos a que se refiere el artículo 17 de la Ley N° 26.727 como así también los trabajadores depen-dientes discontinuos de otras actividades cíclicas, realizan sus actividades en pe-ríodos discontinuos de tiempo, en los que concentran sus ingresos salariales, perci-biendo remuneraciones inclusive más altas que el promedio anual mínimo exigido y, por ende, con una capacidad contributiva mayor, de tal manera que en esos períodos se efectúan aportes y contribuciones a la seguridad social por montos que superan, ampliamente, el mínimo mensual anualiza-do como condición para percibir las asig-naciones familiares.

Que ese colectivo de trabajadores discon-tinuos, una vez que cesa en sus tareas, tie-ne derecho a percibir la asignación univer-sal por hijo y por embarazo para protección social, lo cual no se produce de manera au-tomática, dejando a los trabajadores des-amparados de toda protección precisa-

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 3mente en los momentos que más requieren de la ayuda económica que brindan dichas asignaciones.

Que, ésta situación, actúa en detrimento de la registración de los trabajadores que prestan servicios discontinuos.

Que, en relación a los trabajadores per-manentes discontinuos, tanto de la Ley N° 26.727, como los trabajadores de tem-porada de la Ley N° 20.744, y los trabaja-dores de empresas de servicios eventuales durante el período de suspensión estable-cido en el artículo 5° inciso a) del Decreto N°  1.694/06, las trabajadoras en relación de dependencia que se encuentren en goce de licencia legal por maternidad o en estado de excedencia, los trabajadores que se encuentren en período de conser-vación del empleo por causa de accidente o enfermedad inculpable, y los trabajado-res dependientes que se encuentren sus-pendidos por causa de fuerza mayor o falta o disminución del trabajo no imputable al empleador previstas en la Ley N°  20.744, se produce una situación aún de mayor in-equidad.

Que, ello así por cuanto aún subsistente el contrato de trabajo, durante los perío-dos en que no prestan tareas o devenguen remuneraciones por las causales citadas, no tienen derecho a la percepción de las asignaciones familiares contributivas, ni tampoco a las asignaciones familiares del subsistema no contributivo establecido en el artículo 1° inciso c) de la Ley N° 24.714, por ser trabajadores dependientes formal-mente registrados a la seguridad social.

Que, con la presente norma se procura permitir a estos trabajadores el goce inin-terrumpido de las asignaciones familiares del artículo 6° de la Ley N° 24.714, siempre que registraren al menos TRES (3) meses de servicios con aportes o su equivalen-te a NOVENTA (90) jornadas efectivas de trabajo, dentro de los DOCE (12) meses inmediatamente anteriores al cese de ta-reas.

Que, en igual sentido, la medida que se propicia favorecerá una mayor registración de los trabajadores temporarios disconti-nuos, toda vez que percibirán las asigna-ciones familiares sin interrupciones ni pér-didas de ingresos entre las asignaciones contributivas y no contributivas para pro-tección social.

Que se dispondrán las reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias a fin de atender el mayor gasto que demande la aplicación del presente decreto.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, incisos 1 y 2, de, la CONSTITUCION NA-CIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Los trabajadores tempora-rios comprendidos en el artículo 17 de la Ley N° 26.727 y, aquellos trabajadores dependien-tes que presten servicios en forma discontinua, conservarán el derecho a la percepción de las asignaciones familiares establecidas en el ar-tículo 6° incisos a), b), c), d), e), f), g) y h) de la Ley N° 24.714, después del cese de la relación de trabajo, siempre que registraren al menos TRES (3) meses de servicios con aportes o el equivalente a NOVENTA (90) jornadas efectivas de trabajo, dentro de los DOCE (12) meses in-mediatamente anteriores al cese.

Art. 2° — Sustitúyese el artículo 6° del Decre-to N° 1.245 de fecha 1° de noviembre de 1996, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 6°.- Tendrán derecho a las asig-naciones familiares establecidas en el artícu-lo 6° incisos a), b), c), d), e), f), g) y h) de la Ley N° 24.714 los trabajadores de temporada com-prendidos en las disposiciones del artículo 96 de la Ley N° 20.744, los trabajadores permanentes discontinuos a que se refiere el artículo 18 de la Ley N° 26.727, los trabajadores de empresas de servicios eventuales durante el período de sus-pensión establecido en el artículo 5° inciso a) del Decreto N° 1694/06, las trabajadoras en relación de dependencia que se encuentren en goce de licencia legal por maternidad o en estado de ex-cedencia, los trabajadores que se encuentren en período de conservación del empleo por causa de accidente o enfermedad inculpable, y los trabajadores dependientes que se encuentren suspendidos por causa de fuerza mayor o falta o disminución del trabajo no imputable al emplea-dor previstas en la Ley N°  20.744, todos ellos aún durante períodos en que no presten tareas o devenguen remuneraciones, siempre que regis-traren al menos TRES (3) meses de servicios con aportes o el equivalente a NOVENTA (90) jorna-das efectivas de trabajo, dentro de los DOCE (12) meses inmediatamente anteriores.

En los supuestos de licencia sin goce de sueldo por razones personales, licencia gremial sin goce de sueldo, suspensiones por causas disciplinarias o aquellas no previstas expresa-mente en el párrafo anterior, no corresponderá la percepción de asignaciones familiares en los períodos en que no se devenguen remuneracio-nes, ni se efectúen contribuciones al sistema de asignaciones familiares”.

Art. 3° — La SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dictará las nor-mas complementarias y aclaratorias que fuere menester.

Art. 4° — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las adecuaciones presu-puestarias necesarias para el cumplimiento de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto J. Triaca.

#F5106633F#

Que por el Decreto N° 411/16 se aprobó la conformación organizativa de las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que resulta necesario modificar la denominación de la SECRETARÍA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la denominación de la SECRETARÍA DE COMERCIO Y RELACIO-NES ECONÓMICAS INTERNACIONALES por la de SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría— el Apartado XIII - MINISTERIO DE RELA-CIONES EXTERIORES Y CULTO, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este decreto.

Art. 3° — Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 411 de fecha 26 de febrero de 2016, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este decreto.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

Planilla Anexa al Artículo 2°

XIII - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

- SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

- SUBSECRETARÍA DE MALVINAS Y ATLÁNTICO SUR

- SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA Y MERCOSUR

- SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES

- SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

- SECRETARÍA DE CULTO

- SUBSECRETARÍA DE CULTO

Planilla Anexa al Artículo 3°

#F5106624F#

#I5106624I#ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 583/2016

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° 7996/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 411 de fecha 26 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 4#I5106627I#

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Decreto 585/2016

Designación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° 8491/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO, el Decreto N° 2866 de fecha 9 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto citado en el Visto se aceptó la renuncia del señor D. Hernán Da-río ORDUNA al cargo de Presidente de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO, dependiente de la entonces SUBSECRE-TARÍA DE POLÍTICA LATINOAMERICANA, en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELA-CIONES EXTERIORES, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que a fin de continuar con las tareas de COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO, es necesario designar al Pre-sidente de la Delegación Argentina ante la citada Comisión.

Que por el expediente mencionado en el Visto se propone designar en el cargo de Presidente de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FREN-TE MARÍTIMO, al señor Embajador Ex-traordinario y Plenipotenciario D. Roberto GARCÍA MORITÁN.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIO-RES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado su de-bida intervención.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTI-TUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Presidente de la De-legación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO, al señor Emba-jador Extraordinario y Plenipotenciario D. Rober-to GARCÍA MORITÁN (D.N.I. N° 4.618.685).

Art. 2° — Los gastos que demande el cum-plimiento del presente decreto se imputarán a las partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

#F5106627F#

#I5106626I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 584/2016

Desígnase Secretario de Relaciones Eco-nómicas Internacionales.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU-CIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Secretario de Re-laciones Económicas Internacionales del MI-NISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a la señora Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Da. María Cristina BOLDORINI (D.N.I. N° 10.823.425).

Art. 2° — Los gastos que demande el cum-plimiento del presente decreto se imputarán a las partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

#F5106626F#

#I5106628I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 586/2016

Trasládase funcionario.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N°  7633/2016 del Regis-tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX-TERIORES Y CULTO, el Decreto N° 497 de fecha 27 de abril de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 497/11 se de-signó Embajador Extraordinario y Plenipo-tenciario de la República en la REPÚBLICA DE FINLANDIA al entonces Ministro Pleni-potenciario de Segunda Clase D. Roberto Daniel PIERINI.

Que atento razones de servicio de esta Cartera de Estado, y por el expediente ci-tado en el Visto se tramita el traslado a la República del mencionado funcionario di-plomático.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIO-RES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas compe-tencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artícu-lo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE FINLAN-DIA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO, al señor Ministro Plenipo-tenciario de Primera Clase D. Roberto Daniel PIERINI (D.N.I. N° 13.524.589).

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

#F5106628F#

#I5106629I#

JUSTICIA

Decreto 587/2016

Acéptase renuncia.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S04:0017570/2016 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que el señor doctor Carlos Rubén SKI-DELSKY, ha presentado su renuncia, al cargo de JUEZ del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de RESIS-TENCIA, PROVINCIA DEL CHACO.

Que es necesario proceder a su acepta-ción.

Que el presente se dicta en uso de las atri-buciones conferidas por el artículo 99, in-ciso 4) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Acéptase, la renuncia pre-sentada por el señor doctor Carlos Rubén SKIDELSKY (D.N.I. N° 10.677.662), al cargo de JUEZ del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de RESISTENCIA, PROVINCIA DEL CHACO.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Germán C. Garavano.

#F5106629F#

#I5106630I#

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decreto 588/2016

Designación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0028445/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y com-plementarios, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigra-ma de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta Nivel de Subsecretaría estableciendo sus competencias.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de mar-zo de 1992 y sus modificatorias) creando el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conforma-ción organizativa del referido Ministerio, estableciendo las competencias de sus dependencias.

Que en función de ello, a fin de optimizar el cumplimiento de las competencias de di-cha Jurisdicción, resulta necesario dotarla de instancias de coordinación que asegu-ren el eficiente desarrollo de distintas ac-ciones a su cargo, siendo necesario para ello la creación de un cargo de Coordina-dor de Asuntos Legales con dependencia directa del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA.

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto Gastos y Recursos de la Admi-nistración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 227/16 se dispuso que toda designación corres-pondiente a cargos de Subsecretario, o de rango o jerarquía equivalente o superior, serán efectuadas por el PODER EJECUTI-VO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS dependiente de la SUB-SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMI-NISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITU-CIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Créase con vigencia a partir del 1 de enero de 2016, el cargo extraescalafo-nario de Coordinador de Asuntos Legales de-pendiente del MINISTERIO DE ENERGIA Y MI-NERIA con rango y jerarquía de Subsecretario, el que brindará asesoramiento legal al Ministro de Energía y Minería en los asuntos específicos que se le requiera.

Art. 2° — Desígnase a partir del 1 de enero de 2016 en el cargo de Coordinador de Asuntos Legales del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINE-RIA al Doctor D. Juan Manuel CARASSALE (M.I. N° 21.463.415).

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto vigente para el corriente ejercicio de la JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERÍA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Juan J. Aranguren.

#F5106630F#

#I5106631I#SECRETARÍA GENERAL

Decreto 589/2016

Designación en la Subsecretaría de Coor-dinación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente CUDAP N°  S01: 0026001/2016 del registro de la SECRE-TARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 648 del 26 de mayo de 2004 y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 227 del 20 de enero de 2016, las Resoluciones S.G. N° 56 del 28 de enero de 2005 y sus modificato-rios y 173 del 5 de marzo de 2012, la Reso-lución Conjunta ex S.G. y C.A. - S.H. N° 98 y 91 del 27 de abril de 2012 y lo solicitado por la SECRETARÍA GENERAL de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2016.

Que por el Decreto N° 227/16 se delimitaron las competencias de los señores Jefes de Gabinete de Ministros, Ministros y Secre-tarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, en dicho sentido, el mencionado De-creto estableció, en su artículo 1°, que: “Toda designación, asignación de funcio-nes, promoción y reincorporación de per-sonal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descen-tralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 5a cargos de la dotación de su planta per-manente y transitoria y cargos extraescala-fonarios, correspondiente a los cargos va-cantes y financiados con la correspondien-te partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabi-nete de Ministros, a propuesta de la Juris-dicción o Entidad correspondiente”.

Que la norma citada dispone en su artículo 2°: “Exceptúase de lo dispuesto en el ar-tículo anterior, a las jurisdicciones y unida-des organizativas dependientes de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN”.

Que por el Decreto N° 648/04 y la Resolu-ción S.G. N° 56/05 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la SE-CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN hasta el primer nivel ope-rativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.

Que por conducto de la Resolución S.G. N° 173/12, se procedió al rediseño de cier-tos niveles organizacionales inferiores de la jurisdicción a fin de lograr una mayor efi-ciencia y optimización de los recursos exis-tentes en la misma, encontrándose entre ellos la Coordinación de Control Operativo de la Administración General de la Resi-dencia Presidencial de Olivos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución Conjunta citada en el Visto, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del organismo citado el cargo de Coordinador de Control Ope-rativo de la dependencia citada preceden-temente.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la co-bertura del cargo vacante financiado men-cionado en el párrafo precedente, con una remuneración equivalente al Nivel B - Gra-do 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel III del CONVENIO COLEC-TIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PER-SONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Juris-dicción, resulta necesario proceder a la designación transitoria de la persona que se propone con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la Dirección General de Asun-tos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el cargo cuya designación se propicia, no constituye asignación de recurso ex-traordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artícu-lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL, y por lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, en forma transi-toria, a partir del 1 de marzo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, a la Señorita Cintia Gisela BIELUS (D.N.I. N° 21.177.248), en el cargo de Coordinador de Control Operativo de la Administración Gene-ral de la Residencia Presidencial de Olivos, de-pendiente de la SUBSECRETARÍA DE COOR-DINACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), ho-mologado por Decreto N°  2098/08 y sus mo-dificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del refe-rido Convenio, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 14 del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo es-tablecido, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°  2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1 de marzo de 2016.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SE-CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

#F5106631F#

DECRETOSDESCLASIFICADOS

#I5081094I#Decreto S 1174/1999

Bs. As., 20/10/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, la Ley N° 25.157, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, a fin de dar cumplimiento a normas presupuestarias vigentes.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064 y 2° de la Ley N° 25.157.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081094F#

#I5081097I#Decreto S 1280/1999

Bs. As., 01/11/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuido

por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, el Decreto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999, el decreto 1015 del 15 de septiembre de 1999 y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario sustituir las planillas anexas del Decreto N°  1015/99, en virtud de haberse advertido deficiencias técnico-presupuestarias.

Que el presente se dicta en uso de las fa-cultades previstas en los artículos 16, 23 y 66 de la Ley N° 25.064 y 7° del Decreto N° 455/99.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyense las planillas ane-xas del decreto N° 1015 del 15 de septiembre de 1999 por las planillas anexas al presente que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez. — Manuel Guillermo Garcia Solá.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081097F#

#I5081099I#Decreto S 2193/2002

Bs. As., 30/10/2002

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 2002 aprobado por Ley N°  25.565, distribuido por la Decisión Administrativa N°  19 de fecha 27 de marzo de 2002 y el Decreto N° 1.453 de fecha 13 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución de los créditos vigentes del PRE-SUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a fin de atender compromisos contraidos por el Estado Nacional.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 17 y 58 de la Ley N°  25.565, 3° de la Decisión Administrativa N° 19 de fe-cha 27 de marzo de 2002 y 2° del Decreto N° 1.453 de fecha 13 de agosto de 2002.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el ejercicio 2002, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo Atanasof. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081099F#

#I5081100I#Decreto S 2670/2002

Bs. As., 27/12/2002

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 2002

aprobado por la Ley N° 25.565 y distribui-do por la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 27 de marzo de 2002 y el Decreto N° 1.453 de fecha 13 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución del PRESUPUESTO DE LA ADMI-NISTRACION NACIONAL para el presente Ejercicio a fin de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones de los Artículos 17 y 58 de la Ley N° 25.565, 3° de la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 27 de mar-zo de 2002, 2° del Decreto N° 1.453 de fe-cha 13 de agosto de 2002 y 34 de la Ley N° 24.156, sustituido por el artículo 10 de la Ley N° 25.453.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el Ejercicio 2002, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al pre-sente artículo.

Art. 2° — Modifícanse las cuotas de compro-miso para el cuarto trimestre y de devengado presupuestario correspondiente al mes de Di-ciembre del Ejercicio 2002, de acuerdo al de-talle obrante en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente artículo.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081100F#

#I5081102I#Decreto S 1014/2003

Bs. As., 05/11/2003

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 2003 aprobado por Ley N°  25.725, distribuido por la Decisión Administrativa N° 7 de fe-cha 24 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución de los créditos vigentes del PRE-SUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a fin de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 12, 16 y 48 de la Ley N° 25.725, 4° de la Decisión Administrativa N° 7 de fe-cha 24 de enero de 2003 y 5° del Decreto N° 435 de fecha 28 de febrero del 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el Ejercicio 2003, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al pre-sente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — Néstor Kirchner. — Alberto A. Fernandez. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 6—www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081102F#

#I5081106I#Decreto S 1025/2003

Bs. As., 29/04/2003

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 2003 aprobado por Ley N°  25.725, distribuido por la Decisión Administrativa N° 7 de fe-cha 24 de enero de 2003 y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución de los créditos vigentes del PRE-SUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a fin de atender compromisos contraidos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 48 de la Ley N° 25.725 y 4° de la Decisión Administrativa N° 7 de fecha 24 de enero de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el Ejercicio 2003, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al pre-sente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. —DUHALDE. — Alfredo Atanasof. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081106F#

#I5081107I#Decreto S 766/2004

Bs. As., 18/06/2004

VISTO el Expediente N° S01:0088977/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejer-cicio 2004 aprobado por la Ley N° 25.827, distribuido por la Decisión Administrativa N° 2 de fecha 14 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución de los créditos vigentes del PRE-SUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a fin de atender compromisos contraidos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Arts. 13 y 14 de la Ley N° 25.827 y 3° de la Decisión Administrativa N° 2/2004.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el Ejercicio 2004, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Néstor Kirchner. — Alberto A. Fernandez. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081107F#

#I5081118I#Decreto S 1365/2004

Bs. As., 06/10/2004

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 2004 aprobado por la Ley N° 25.827, distribuido por la Decisión Administrativa N° 2 de fe-cha 14 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar la distri-bución de los créditos vigentes del PRE-SUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a fin de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 13 y 14 de la Ley N° 25.827 y 3° de la Decisión Administrativa N° 2/2004.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA-CIONAL para el Ejercicio 2004, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — Néstor Kirchner. — Alberto A. Fernandez. — Roberto Lavagna.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081118F#

#I5081121I#Decreto S 822/1999

Bs. As., 02/08/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL para el Ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064 y 6° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIO-NAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081121F#

#I5081122I#Decreto S 994/1999

Bs. As., 10/09/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, el Decreto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que es menester modificar la asignación de las cuotas de compromiso y de deven-gado a los actuales requerimientos de las Jurisdicciones comprendidas en esta me-dida.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 23 de la Ley N° 25.064 y 7° del De-creto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Modifícanse las cuotas de compro-miso y de devengado presupuestario para el mes de setiembre de 1999, de acuerdo al deta-lle obrante en planillas anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081122F#

#I5090055I#Decreto S 2214/1972

Bs. As., 20/04/1972

VISTO, la conveniencia de evitar interpretacio-nes contradictorias en la aplicación de la ley 17.401, y

CONSIDERANDO:

Que en algunos decretos dictados por el poder Ejecutivo Nacional con ocasión de recursos jerárquicos interpuestos contra la calificación de comunista, se recurre en sus considerandos a fundamentos que pueden dar lugar a interpretaciones con-tradictorias de los artículos 1° y 10º de la ley 17.401;

Que en tal sentido es necesario dejar esta-blecido que el plazo a que alude el artículo

10º de la ley citada se refiere solamente a los casos en que la calificación se encuen-tra firme y a los fines de la eventual reha-bilitación;

Que de resulta de ello no corresponde apli-car por analogía lo dispuesto en el citado artículo 10°, con el objeto de limitar en for-ma automática al plazo de cinco años la última parte del artículo 1°, que autoriza a tener en cuenta, a los efectos de la califi-cación, actividades anteriores a la vigencia de la ley;

Que asimismo resulta conveniente ajustar la decisión de los recursos de revocatoria y jerárquicos a la doctrina jurisprudencial resultante de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Cámaras Fede-rales de Apelaciones, dictados con motivo de la aplicación de la ley 17.401, y que en tal sentido aparece como conveniente la inter-vención del Ministerio de Justicia, dado las funciones de asesoramiento jurídico que al Poder Ejecutivo Nacional le compete de acuerdo con la ley 18.416, artículo 37 (ley 19.103, artículo 5º); y,

Que lo propuesto se ajusta a la Política Nacional N° 135, aprobada por el Decreto N° 46, del 17 de junio de 1970, de la Junta de Comandantes en Jefe.

Por ello

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — La calificación de comunista por antecedentes anteriores a la sanción de la ley 17.401 podrá efectuarse cuando los mismos mantengan vigencia por no existir descargos posteriores del cambio de accionar e ideológi-co del causante.

Art. 2° — En la resolución de los recursos de revocatoria y jerárquicos previstos por la ley 17.401 (artículos 3° y 4º) deberá tenerse en cuenta si el calificado aporta elementos de jui-cio probatorios de haber abandonado su accio-nar ideológico con posterioridad a los hechos comprobados en la resolución recurrida.

Art. 3° — En las resoluciones o decretos que decidan sobre los recursos de revocatoria o je-rárquicos deberá tenerse especial cuidado en no utilizar argumentos que originen interpre-taciones erróneas o contradictorias de la ley 17.401, debiéndose emplear sólo los elementos relacionados con los descargos efectuados por el calificado.

Art. 4° — En los recursos jerárquicos a que se refiere el artículo 4º de la ley 17.401 dictami-nará el Ministro de Justicia.

Art. 5° — El presente decreto será calificado de secreto.

Art. 6° — Regístrese y archívese en la Secre-taría de Informaciones de Estado. — LANUSSE.

#F5090055F#

#I5080420I#Decreto S 336/1999

Bs. As., 08/04/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por la Ley N° 25.064 y distribui-do por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del ar-tículo 23 de la Ley N° 25.064.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 7Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080420F#

#I5080421I#Decreto S 470/1999

Bs. As., 06/05/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064 y 6° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080421F#

#I5080422I#Decreto S 513/1999

Bs. As., 17/05/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL para el Ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064 y 6°

de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080422F#

#I5080423I#Decreto S 576/1999

Bs. As., 26/05/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por la Ley N° 25.064 y distribui-do por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del ar-tículo 7 del Decreto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999 y en el artículo 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080423F#

#I5080424I#Decreto S 646/1999

Bs. As., 11/06/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL para el Ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080424F#

#I5081090I#Decreto S 1015/1999

Bs. As., 15/09/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, el Decreto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, de acuer-do con lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley N° 25.064, el cual fue confirmado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NA-CIÓN, y para atender compromisos con-traídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 23 y 66 de la Ley N° 25.064 y 7° del Decreto N° 455 de fecha 29 de abril de 1999.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081090F#

#I5081092I#Decreto S 1023/1999

Bs. As., 16/09/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por la Ley N° 25.064 y distribui-do por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA

ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del ar-tículo 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercido 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5081092F#

#I5080259I#Decreto S 104/1995

Bs. As., 24/01/1995

VISTO el PRESUPUESTO GENERAL DE LA AD-MINISTRACION NACIONAL para el Ejer-cicio 1995 aprobado por la Ley N° 24.447, distribuído por el Decreto N° 2.360 de fe-cha 28 de diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar los créditos presupuestarios de la ADMINISTRACION NACIONAL, en las Jurisdicciones 20.13 SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTEC-CION A LA COMUNIDAD y 20.08 SECRE-TARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO, de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la medida que se propicia, está am-parada en las disposiciones del artículo 11° de la Ley N° 24.447, que establece las facultades del PODER EJECUTIVO NACIO-NAL, para efectuar modificaciones presu-puestarias.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1995, en las jurisdicciones y programas que se indican, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080259F#

#I5080260I#Decreto S 407/1995

Bs. As., 30/08/1995

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1995 aprobado por Ley N°  24.447, distribuído por el Decreto N° 2.360 de fecha 28 de Di-ciembre de 1994, y

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 8CONSIDERANDO:

Que resulta necesario efectuar las modifi-caciones de créditos presupuestarios con Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, a los efectos de atender com-promisos contraídos por el ESTADO NA-CIONAL.

Que la medida que se dispone encuadra en las facultades otorgadas por los artículos 9° y 11 de la Ley N° 24.447 y en el artículo 8° - Anexo I del Decreto N° 2.360 de fecha 28 de Diciembre de 1994.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1995, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Eduardo Bauzá. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080260F#

#I5080262I#Decreto S 487/1995

Bs. As., 04/04/1995

VISTO el PRESUPUESTO GENERAL DE LA AD-MINISTRACION NACIONAL para el Ejerci-cio 1995, aprobado la Ley N° 24.447, distri-buído por el Decreto N° 2.360 de fecha 28 de Diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los crédi-tos vigentes de la Jurisdicción 2008 - SE-CRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO, a los efectos de atender las necesidades emergentes de compromisos contraídos con el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada está ampa-rada en las disposiciones del artículo 11 de la Ley N° 24.447.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el Ejercicio 1995, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Guido Di Tella.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080262F#

#I5080268I#Decreto S 778/1995

Bs. As., 17/11/1995

VISTO el PRESUPUESTO GENERAL DE LA AD-MINISTRACION NACIONAL para el ejer-cicio 1995 aprobado por la Ley N° 24.447,

distribuído por el Decreto N° 2.360 de fe-cha 28 de Diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los crédi-tos vigentes de la Jurisdicción 2008 - SE-CRETARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTA-DO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, Partida 3.9.2 - GASTOS RE-SERVADOS del Programa 16 - INFORMA-CION E INTELIGENCIA, Actividad 02 - SE-GURIDAD.

Que la modificación que se propicia, se realizará mediante una transferencia de créditos entre las Jurisdicciones 91 - OBLI-GACIONES A CARGO DEL TESORO Y 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO.

Que la medida que se dispone, encuadra en las facultades otorgadas por el Artículo 11 de la Ley N° 24.447, y el Artículo 8°, Ane-xo I, del Decreto N° 2.360 de fecha 28 de Diciembre de 1994.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1995, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach. — Domingo F. Cavallo. — Hugo A. Anzorreguy.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080268F#

#I5080340I#Decreto S 607/1996

Bs. As., 05/06/1996

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1996 aprobado por Ley N°  24.624, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 3 de Enero de 1996, y las modificacio-nes introducidas en la Constitución Nacio-nal, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario efectuar una modi-ficación en los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO, a los efectos de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del Ar-tículo 13 de la Ley N° 24.624.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1996, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa que forma parte integrante del presente artículo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán

ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080340F#

#I5080341I#Decreto S 1184/1996

Bs. As., 17/10/1996

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1996, aprobado por Ley N°  24.624, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 3 de Enero de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario la modificación de los créditos vigentes de la Jurisdicción 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO, a los efectos de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación que se propicia se rea-lizará mediante una compensación crediti-cia entre las Jurisdicciones 91 - OBLIGA-CIONES A CARGO DEL TESORO Y 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DEL ESTADO.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 13 de la Ley N° 24.624 y del artículo 41 de la Ley N° 24.624.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1996, de acuerdo con el detalle obran-te en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080341F#

#I5080348I#Decreto S 1234/1996

Bs. As., 30/10/1996

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 1996 aprobado por Ley N°  24.624, distribuído por Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de Enero de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario la modificación de los créditos vigentes de las Jurisdiccio-nes 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIO-NAL Y CULTO y 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO, a los efectos de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación que se propicia se rea-lizará mediante una compensación crediti-cia entre las Jurisdicciones 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, 91 - OBLIGACIO-NES A CARGO DEL TESORO, 35 - MINIS-TERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes de los artículos 13 y 41 de la Ley N° 24.624.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1996, de acuerdo con el detalle obran-te en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080348F#

#I5080349I#Decreto S 1571/1996

Bs. As., 19/12/1996

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1996, aprobado por Ley N°  24.624, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 3 de Enero de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario la modificación de los créditos vigentes de la Jurisdicción 2008 - SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO, a los efectos de atender compro-misos contraídos por el ESTADO NACIO-NAL.

Que la medida que se propicia se realizará mediante una compensación crediticia en-tre las Jurisdicciones 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO y 2008 - SECRE-TARIA DE INTELIGENCIA DE ESTADO.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes de los artículos 13 y 41 de la Ley N° 24.624.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1996, de acuerdo con el detalle obran-te en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080349F#

#I5080350I#Decreto S 865/1997

Bs. As., 01/09/1997

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1997 aprobado por la Ley N° 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fe-cha 16 de Enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 9Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del ar-tículo 51 de la Ley N° 24.764.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1997, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080350F#

#I5080351I#Decreto S 992/1997

Bs. As., 20/09/1997

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1997 aprobado por Ley N°  24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fe-cha 16 de enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los arts. 15 y 51 de la Ley N° 24.764.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1997, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Direc-ción Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Carlos Corach.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080351F#

#I5080360I#Decreto S 330/1998

Bs. As., 25/03/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuido por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los

Artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIO-NAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080360F#

#I5080361I#Decreto S 378/1998

Bs. As., 03/04/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080361F#

#I5080364I#Decreto S 379/1998

Bs. As., 03/04/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080364F#

#I5080365I#Decreto S 739/1998

Bs. As., 23/06/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuido por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario efectuar las mo-dificaciones de créditos presupuestarios entre las Jurisdicciones 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 2008 - SECRETARIA DE IN-TELIGENCIA DE ESTADO, a los efectos de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que consecuentemente deben adecuarse los créditos vigentes de las mencionadas Jurisdicciones.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080365F#

#I5080368I#Decreto S 740/1998

Bs. As., 23/06/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080368F#

#I5080369I#Decreto S 813/1998

Bs. As., 13/07/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuido por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIO-NAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al de-talle obrante en planillas anexas al presente ar-tículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080369F#

#I5080377I#Decreto S 914/1998

Bs. As., 06/08/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuido

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 10por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que los gastos correspondientes se finan-cian con la incorporación parcial de los re-manentes de recursos correspondientes al Ejercicio 1997 de distintas Jurisdicciones, que deben ser ingresados a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo al artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL está facultado para incrementar los gastos financiados con TESORO NACIONAL dado que el nivel actual de los mismos, se en-cuentra por debajo de lo autorizado por la Ley N° 24.938 de Presupuesto de la Admi-nistración Nacional para 1998, en función de las reducciones dispuestas por la De-cisión Administrativa N° 361 de fecha 8 de julio de 1998.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Las jurisdicciones y entidades in-dicadas en las planillas anexas al artículo pre-cedente ingresarán a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION los importes correspondientes a los remanentes de recursos del Ejercicio 1997 que se dispone por la presente medida antes de los TREINTA (30) días de la fecha del presente Decreto, quedando modificada, en consecuen-cia, la fecha establecida por el artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080377F#

#I5080378I#Decreto S 1014/1998

Bs. As., 01/09/1998

VISTO el Expediente N°  001-002905/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aproba-do por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los Artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8°

de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080378F#

#I5080379I#Decreto S 1230/1998

Bs. As., 22/10/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que los gastos correspondientes se finan-cian con la incorporación de remanentes de recursos correspondientes al ejerci-cio 1997 del Organismo Descentralizado 625 - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que deben ser in-gresados a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo al artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° y 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — La ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SER-VICIOS PUBLICOS, deberá ingresar a la TESO-RERIA GENERAL DE LA NACION el importe co-rrespondiente a los remanentes de recursos del ejercicio 1997 que se dispone por la presente medida antes de los TREINTA (30) días de la fe-cha del presente Decreto, quedando modifica-da, en consecuencia, la fecha establecida por el artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán

ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080379F#

#I5080380I#Decreto S 1264/1998

Bs. As., 23/10/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario derogar el Decreto N° 1014 de fecha 1° de setiembre de 1998.

Que por otra parte se requieren modificar los créditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones de los ar-tículos 14 de la Ley N°  24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Déjase sin efecto el Decreto N° 1014 de fecha 1° de setiembre de 1998.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080380F#

#I5080382I#Decreto S 1278/1998

Bs. As., 04/11/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la presente medida se encuentra am-parada en las disposiciones de los arts.14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el

ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080382F#

#I5080414I#Decreto S 1306/1998

Bs. As., 06/11/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la presente medida se encuentra am-parada en las disposiciones de los artícu-los 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque Ben-jamin Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080414F#

#I5080415I#Decreto S 1383/1998

Bs. As., 27/11/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuido por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que, asimismo, es menester modificar las cuotas de compromiso presupuestario y de devengado correspondiente al mes de noviembre de 1998.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones de los ar-tículos 14 de la Ley N°  24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 11Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Modifícase la cuota de compromi-so para el cuarto trimestre y de devengado para el mes de noviembre de 1998, de acuerdo al de-talle obrante en planilla anexa que forma parte integrante del presente artículo.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque Ben-jamin Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080415F#

#I5080416I#Decreto S 1416/1998

Bs. As., 07/12/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por Ley N°  24.938, distribuído por la Decisión Administrativa N° 6 de fe-cha 6 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que, asimismo, es menester modificar las cuotas de compromiso presupuestario y de devengado correspondientes al mes de diciembre de 1998.

Que la presente medida se encuentra am-parada en las disposiciones de los artícu-los 12, 14 y 57 de la Ley N° 24.938, 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998, y 34 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sis-temas de Control del Sector Público Nacio-nal.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Modifícanse las cuotas de com-promiso para el cuarto trimestre y las de de-vengado para el mes de diciembre de 1998, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa que forma parte integrante del presente artícu-lo.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080416F#

#I5080417I#Decreto S 42/1999

Bs. As., 27/01/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuído por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que for-man parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque Ben-jamin Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080417F#

#I5080418I#Decreto S 204/1999

Bs. As., 10/03/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por Ley N°  25.064, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fe-cha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones de los artículos 16 y 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080418F#

#I5080419I#Decreto S 291/1999

Bs. As., 26/03/1999

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL para el ejercicio 1999 aprobado por la Ley N° 25.064 y distribui-do por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los cré-ditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para per-mitir la atención de compromisos contraí-dos por el ESTADO NACIONAL.

Que la modificación propiciada se encuen-tra amparada en las disposiciones del ar-tículo 23 de la Ley N° 25.064.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1999, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese. — ME-NEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fer-nandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di-rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó-noma de Buenos Aires).

#F5080419F#

#I5090121I#Decreto S 3266/1975

Bs. As., 04/11/1975

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1975, aprobado por la Ley N° 20.954, distribuído por los Decretos Nros. 195 y 389 de fecha 28 de Enero y 20 de Febrero de 1975, respectivamente, sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que resulta indispensable efectuar modificaciones en la composición presupuestaria vi-gente en la Jurisdicción del Ministerio de Justicia, incorporando los créditos que posibi-liten la adquisición de armamento y elementos de seguridad destinados a las Unidades Penitenciarias Federales que alojan en la actualidad internos subversivos, a disposición del Poder Ejecutivo y de la Justicia Federal.

Que las mencionadas Unidades Penitenciarias Federales no cuentan en la actualidad con elementos totalmente idóneos para afrontar con éxito los ataques a que se hallan expuestas.

Por ello y de acuerdo con la facultad conferida al Poder Ejecutivo por los Artículos 5° y 6° de la Ley N° 20.954

LA PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejer-cicio 1975 de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Importe en $

Aumentos Disminuciones

Función 3.30 - Reclusión y Corrección 20.000.000

Jurisdicción 40 - Ministerio de Justicia

Carácter 1 - C.E. 800 - Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal - Cumplimiento Decreto-Ley N° 18.302 “S”

Inciso 51 - Bienes de Capital 20.000.000

Función 9.01 - A Clasificar por distribución 20.000.000

Jurisdicción 92 - Crédito de Emergencia

Carácter 0 - Administración Central

Inciso 41 - Crédito de Emergencia para financiar Erogaciones Corrientes 20.000.000

Erogaciones Figurativas 20.000.000

Jurisdicción 40 - Ministerio de Justicia

Carácter 0 - Administración Central S.A. 331

Inciso 92 - Contribuciones para financiar Erogaciones de Capital

9210 - Contribuciones a Cuentas Especiales 20.000.000

Art. 2° — Modifícase el Cálculo de Recursos afectados a la financiación del presupuesto de la Cuenta Especial 800 - Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal - Cumplimiento Decreto-Ley N° 18.302/69, “S”, correspondiente a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Justicia de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 3° — Comuníquese y archívese. — MARTINEZ DE PERON.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

#F5090121F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 12

#I5106622I#DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Decisión Administrativa 327/2016

Desígnase Director Técnico Registral.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S04:0009594/2016 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 227/16 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centrali-zada y descentralizada, en cargos de plan-ta permanente, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DE-RECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director de la DIRECCION TECNICO REGISTRAL de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES, Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel II del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la citada Dirección Nacional.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos para el acceso al Nivel B, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS para aten-der el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del mencionado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 12 de febrero de 2016, por el tér-mino de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa, al doctor José Gui-llermo CAPDEVILA (D.N.I. N°  17.499.869), en el cargo de Director de la DIRECCION TECNI-CO REGISTRAL de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS depen-diente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los

requisitos mínimos de acceso al Nivel B esta-blecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del mismo.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión ad-ministrativa.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Germán C. Gara-vano.

#F5106622F#

#I5106618I#

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decisión Administrativa 324/2016

Desígnase Directora de Planeamiento y Estadística.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S02:0000210/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuan-te en la órbita del MINISTERIO DEL INTE-RIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos N° 773 del 21 de junio de 2007 y sus mo-dificatorios, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y la Resolución Conjunta N° 160-240 del 27 de agosto de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Pública Nacional para los ejercicios de los años 2015 y 2016, respec-tivamente.

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la cobertura transito-ria del cargo de Directora de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍSTICA, de-pendiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organis-mo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se estableció que las jurisdic-ciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública Nacional, centralizada y des-centralizada, con rango y jerarquía inferior a Subsecretario en cargos de planta per-manente, transitoria y cargos extraescala-fonarios, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descen-tralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, modificada por los Decretos N°  275 del 13 de abril de 2009, N° 1735 del 12 de noviembre de 2009, N° 1215 del 30 de agosto de 2010 y N° 167 del 3 de febrero de 2012.

Que mediante las Resoluciones N°  1925 del 24 de septiembre de 2007 y N° 1706 del 7 de octubre de 2009, de la mencionada DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, se apro-baron las aperturas inferiores al primer ni-vel operativo de su estructura organizativa e incorporó a la misma la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍSTICA.

Que por intermedio de la Resolución Con-junta N° 160-240 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETA-RÍA DE HACIENDA del entonces MINISTE-RIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLI-CAS del 27 de agosto de 2010, se incorpo-ró al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Unidad Organizativa - DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍSTICA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTE-RIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo, que se en-cuentra vacante y financiado, de Directo-ra de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍSTICA, con carácter de excep-ción al artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Que por la particular naturaleza de las fun-ciones asignadas a la mencionada jurisdic-ción por la Ley N° 17.671, resulta necesario proceder a la cobertura del cargo de Direc-tora de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍSTICA, designando a la Dra. Ana María LAVAQUE, con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) ho-mologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en el pre-supuesto de la Entidad 200, a fin de aten-der el gasto resultante de la designación que se propicia.

Que la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Leyes N°  27.008 y N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 23 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Dra. Ana María LAVAQUE (D.N.I. N° 13.625.639), en el cargo de Directora de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y ESTADÍS-TICA, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA de la DI-RECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIO-NAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descen-tralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DECISIONESADMINISTRATIVAS

- Nivel B Grado 0, autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N°  2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel B establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto de conformidad con los requisitos y sis-temas de selección vigentes según lo estableci-do, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Pre-supuesto de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Entidad 200 DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

#F5106618F#

#I5106634I#DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decisión Administrativa 330/2016

Desígnase Director Nacional de Docu-mentos de Viajes.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S02:0000253/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuan-te en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIEN-DA, la Ley N° 27.198, los Decretos N° 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificato-rios, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, la Resolu-ción Conjunta N° 173-160 del 19 de junio de 2012 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del enton-ces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN-ZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio del año 2016.

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la designación tran-sitoria del cargo de Director de la DIREC-CIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se estableció que las jurisdicciones y entida-des de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir cargos vacantes finan-ciados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentra-lizada, con rango y jerarquía inferior a Sub-secretario, en cargos de planta permanen-te y transitoria será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Page 13: DECRETOS - eldial.com · presidencia d la aciÓn secretarÍa legal y tÉcnica dr pablo clusellas secretario direcciÓn nacional del registro oficial lic ricardo sa rinelli

Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 13Que por el Decreto N° 773/07 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel ope-rativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, modificada por los Decretos N° 275 del 13 de abril de 2009, N° 1735 del 12 de noviembre de 2009, N° 1215 del 30 de agosto de 2010 y N° 167 del 3 de febrero de 2012.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTE-RIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo, que se en-cuentra vacante y financiado, de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCU-MENTOS DE VIAJE, con carácter de ex-cepción al artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la mencionada En-tidad por la Ley N° 17.671, resulta necesa-rio proceder a la cobertura del cargo de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, con autoriza-ción excepcional por no reunir los requisi-tos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Sistema Nacional de Empleo Pú-blico (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Entidad 200, a fin de atender el gasto resultante de la designación que se propi-cia.

Que la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27,198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Designase transitoriamente, a partir del 6 de enero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al Lic. Mariano José PELAYO (D.N.I. N°  31.380.007), en el cargo de Director de la DIRECCIÓN NA-CIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NA-CIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Des-centralizado actuante en la órbita del actual MI-NISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel “A” establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 27.198.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto de conformidad con los requisitos y sis-temas de selección vigentes según lo estableci-do, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido

con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINIS-TERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Entidad 200 - DIRECCIÓN NACIO-NAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PER-SONAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

#F5106634F#

#I5106614I#DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decisión Administrativa 321/2016

Desígnase Director Nacional de Pobla-ción.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S02:0000099/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-NAS, Organismo Descentralizado actuan-te en la órbita del MINISTERIO DEL INTE-RIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos N° 773 del 21 de junio de 2007 y sus mo-dificatorios, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Pública Nacional para los ejercicios de los años 2015 y 2016, respec-tivamente.

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la cobertura transi-toria del cargo de Director de la DIREC-CIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organis-mo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se estableció que las jurisdic-ciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y transitoria será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentrali-zado actuante en la órbita del actual MINIS-TERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, modificada por los Decretos N° 275 del 13 de abril de 2009, N° 1735 del 12 de noviembre de 2009, N° 1215 del 30 de agosto de 2010 y N° 167 del 3 de febrero de 2012.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal funcionamiento del or-ganismo, eleva la propuesta para la cober-tura transitoria del cargo, que se encuen-tra vacante y financiado, de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN, con carácter de excepción al artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la mencionada ju-risdicción por la Ley N° 17.671, resulta ne-

cesario proceder a la cobertura del cargo de Director de la DIRECCION NACIONAL DE POBLACIÓN, con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) ho-mologado por el Decreto N° 2098/08,

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Entidad 200, a fin de atender el gasto resul-tante de la designación que se propicia.

Que la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de las Leyes N°  27.008 y N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 28 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les contados a partir de la fecha de la presente medida, al Ing. Juan José Bernardo D’AMICO (D.N.I. N° 26.123.638), en el cargo de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MI-NISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, con autorización ex-cepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto de conformidad con los requisitos y sis-temas de selección vigentes según lo estableci-do, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINIS-TERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Entidad 200 DIRECCIÓN NACIO-NAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PER-SONAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

#F5106614F#

#I5106616I#DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decisión Administrativa 322/2016

Dirección Juicios y Actuaciones por In-fracción a las Leyes Identificatorias. De-sígnese Director.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO, el Expediente N° S02:0004543/2015, del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSO-

NAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decre-tos N° 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y la Resolución Conjunta N° 56 del 18 de octubre de 2007 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRE-TARÍA DE HACIENDA del entonces MINIS-TERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la cobertura transito-ria del cargo de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRAC-CIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS perte-neciente a la DIRECCIÓN GENERAL TÉC-NICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIO-NAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTE-RIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Pública Nacional para los ejercicios de los años 2015 y 2016, respec-tivamente.

Que por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se estableció que las jurisdic-ciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Mi-nistros.

Que el Decreto N° 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública Nacional, centralizada y des-centralizada, con rango y jerarquía inferior a Subsecretario en cargos de planta per-manente, transitoria y cargos extraescala-fonarios, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 773/07 se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descen-tralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, modificada por los Decretos N°  275 del 13 de abril de 2009, N° 1735 del 12 de noviembre de 2009, N° 1215 del 30 de agosto de 2010 y N° 167 del 3 de febrero de 2012.

Que la mencionada DIRECCIÓN NACIO-NAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, aprobó las aperturas inferio-res al primer nivel operativo de su estruc-tura organizativa, mediante el dictado de la Resolución N° 1925 del 24 de septiembre de 2007.

Que por intermedio de la Resolución Con-junta N° 56/07 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUC-CIÓN, se incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades de or-ganización pertenecientes a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTE-RIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo, que se en-cuentra vacante y financiado, de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIO-NES POR INFRACCIÓN A LEYES IDEN-TIFICATORIAS perteneciente a la DIREC-CIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, con carácter de excepción al artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 14Que por la particular naturaleza de las fun-ciones asignadas a la mencionada Entidad por la Ley N° 17.671, resulta necesario pro-ceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de la DI-RECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS (Nivel B - Grado 0 - Función Ejecutiva Nivel II), de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA perteneciente a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentraliza-do actuante en la órbita del actual MINISTE-RIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en el pre-supuesto de la Entidad 200, a fin de aten-der el gasto resultante de la designación que se propicia.

Que la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 12.954 y la Resolución N° 17 del 17 de marzo de 2009 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Leyes N°  27.008 y N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase a partir del 23 de diciembre de 2015, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la presente medi-da, al Dr. Ricardo Sebastián MAZZOLINI (D.N.I. N° 18.149.787), en el cargo de Director de la DI-RECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR IN-FRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS, per-teneciente a la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Orga-nismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos esta-blecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artícu-lo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendi-do con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚ-BLICAS Y VIVIENDA—, Organismo Descentrali-zado 200 DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGIS-TRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

#F5106616F#

#I5106625I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 329/2016

Prorrógase designación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM:0053755/2015 del Registro de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, los Decre-tos Nros. 1786 de fecha 12 de noviembre de 2013, 907 de fecha 20 de mayo de 2015 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y lo solicitado por la SECRETARÍA DE COMU-NICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejerci-cios 2015 y 2016, respectivamente.

Que mediante el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y rein-corporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, cen-tralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y car-gos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdic-cionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a pro-puesta de la Jurisdicción o Entidad corres-pondiente.

Que mediante el Decreto N°  1786 de fe-cha 12 de noviembre de 2013 se dio por designado transitoriamente, por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, a D. Miguel Ángel SCHAPOVALOFF (D.N.I. N° 10.326.952), en un cargo Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP), perteneciente a la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRE-TARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir funciones de Responsable de Prensa y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 907 de fecha 20 de mayo de 2015, por el mismo término.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efec-tuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LE-GAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Prorrógase, a partir del 27 de agosto de 2015, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N° 1786 de fecha 12 de noviembre de 2013 y cuya última prórroga operó por el Decreto N° 907 de fecha 20 de mayo de 2015, de D. Miguel Ángel SCHAPOVALOFF (D.N.I. N° 10.326.952), en un cargo Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, perteneciente a la SUBSECRE-TARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNI-CACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS, para cumplir funciones de Responsable de Prensa, con autorización excepcional por no reunir los requisitos míni-mos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto por la presente me-dida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

#F5106625F#

#I5106621I#MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 326/2016

Desígnase Director de Prensa y Difusión Institucional.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N°  1.110/16 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DE-PORTES la Ley N° 27.198, el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 y lo solicitado por la citada Cartera Ministerial, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes existentes a la fecha de la san-ción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterio-ridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el artículo 1º del Decreto N°  227/16 se dispuso que toda designa-ción, asignación de funciones, promocion y reincorporación de personal, en el ámbi-to de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecreta-rio, que corresponda a cargos de la dota-ción de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspon-diente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupues-taria de conformidad a las estructuras juris-diccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que en la órbita del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN Y DEPORTES se encuentra va-cante el cargo Nivel B con Función Ejecuti-va III de Director de Prensa y Difusión Insti-tucional dependiente de la UNIDAD MINIS-TRO que en virtud de los objetivos, tareas asignadas y la naturaleza de las funciones, hace necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y de lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-

BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08.

Que el cargo mencionado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la persona propuesta para cubrir el cargo aludido ha cumplimentado los re-quisitos establecidos en la reglamentación vigente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN Y DEPORTES ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejerci-cio de las facultades emergentes de los ar-tículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase con carácter transi-torio, a partir del 1° de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les contados a partir del dictado de la presen-te medida, en el cargo de Director de Prensa y Difusión Institucional (Nivel B Grado 0 con Fun-ción Ejecutiva III) de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES al señor Agustín BAVIO (DNI N° 27.182.288), auto-rizándose el correspondiente pago de la Fun-ción Ejecutiva III con autorización excepcional por no reunir acabadamente los requisitos esta-blecidos en el artículo 14 del SISTEMA. NACIO-NAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO. (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08, y con carácter de excep-ción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del mencionado Sistema, homologado por el De-creto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específi-cas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MI-NISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.

#F5106621F#

#I5106623I#MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Decisión Administrativa 328/2016

Designación.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0006117/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUC-CIÓN, la Ley N°  27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrati-va N° 10 de fecha 19 de enero de 2016 y la Resolución N° 276 de fecha 29 de diciem-bre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2016 se aprobó la conformación organiza-tiva del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de acuerdo al Organigrama que forma parte integrante de dicho decreto.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 15Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 276 de fecha 29 de diciembre de 2010 del entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobaron las aperturas inferiores de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETA-RÍA DE COORDINACIÓN, ambas del Minis-terio citado.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros as-pectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no per-manente, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE PRODUC-CIÓN, se considera imprescindible la co-bertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, de Auditor Interno Adjunto.

Que la cobertura de dicho cargo implica hacer una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 del Presu-puesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2016.

Que en esta instancia, razones operativas y de correcto ordenamiento administrati-vo, determinan la necesidad de efectuar la cobertura del aludido cargo, el que se en-cuentra vacante.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha toma-do la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL, el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, y el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase, a partir del 1 de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Doctora Doña Marcela Sandra TROPEANO (M.I. N° 22.167.290) en el cargo de Auditor Interno Adjunto de la UNI-DAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel A, Grado 0, autorizán-dose el correspondiente pago de la Función Eje-cutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homo-logado por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Art. 2° — El cargo involucrado en la pre-sente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigen-tes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conta-dos a partir del 1° de febrero de 2016.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to de la presente medida, será atendido con car-go a las partidas específicas del presupuesto vi-gente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Ca-brera.

#F5106623F#

#I5106613I#MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Decisión Administrativa 319/2016

Prorrógase designación del Director de Supervisión y Control del Sistema de So-ciedades de Garantías Recíprocas.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0018049/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUC-CIÓN y los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011, 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014, 2.292 de fecha 3 de noviem-bre de 2015 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N°  1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 se designó con carác-ter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado en Economía Don Ignacio Agustín MON-TELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la entonces Dirección Nacional de Asisten-cia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del enton-ces MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el De-creto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de di-ciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014 y 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015 se prorrogó la designación transitoria aludida en el considerando precedente.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar nuevamente la designación tran-sitoria del mencionado funcionario.

Que el citado profesional se encuentra ac-tualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y el Artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Prorrógase, a partir del 30 de diciembre de 2015 y por el término de CIEN-TO OCHENTA (180) días hábiles, la designa-ción transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 y cuyas prórrogas operaron por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014 y 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015, del Licenciado en Economía Don Igna-cio Agustín MONTELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de la Dirección de Su-pervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la actual Dirección Nacional de Relaciones con

el Sistema Financiero de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, ho-mologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus Modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 30 de diciembre de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendi-do con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Ca-brera.

#F5106613F#

#I5106617I#MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 323/2016

Desígnase Directora de Administración Contable, Mantenimiento y Servicios Ge-nerales del Hospital Nacional “Dr. Baldo-mero Sommer”.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Presupuesto General de la Adminis-tración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198 y distribuido por Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Ad-ministrativa N° 432 de fecha 12 de diciem-bre de 1996 y el Expediente N°  1-2002-4020/16-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° de la referida Ley 27.198 dispuso que las jurisdicciones y entidades de la administración nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha ley ni los que se produzcan con posterio-ridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del Poder Ejecu-tivo Nacional, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 10 de la citada ley.

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 se estableció que toda designa-ción asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbi-to de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecreta-rio, que corresponda a cargos de la dota-ción de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspon-diente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupues-taria de conformidad a las estructuras juris-diccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que por la Decisión Administrativa N° 432/96 se aprobó la estructura organi-zativa del HOSPITAL NACIONAL “BALDO-MERO SOMMER”, Organismo Descentrali-zado que actualmente funciona en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SE-CRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SA-LUD, de acuerdo con el Organigrama, Res-

ponsabilidad Primaria y Acciones y Cargos —Planta Permanente y Planta de Personal Temporario— que como Anexos I, II, lIla y IIIb, forman parte integrante de la referida Decisión Administrativa.

Que a efectos de contribuir a normalizar el funcionamiento del referido establecimien-to asistencial, se hace aconsejable hasta tanto se designe al director de la DIREC-CIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERA-LES del citado Hospital, mediante la apli-cación del respectivo proceso de selección vigente, formalizar la designación transito-ria de un profesional que cumpla dichas funciones.

Que a esos efectos, se ha propuesto para la cobertura dicho cargo a la Contadora Da. Silvia Raquel BELLAGAMBA (D.N.I. N° 11.882.674), quien revista en la planta permanente del HOSPITAL NACIONAL “DR BALDOMERO SOMMER” propicián-dose su designación transitoria con ca-rácter de excepción, a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, y a los re-quisitos mínimos previstos para el acceso al nivel escalafonario A en el artículo 14, Capítulo III, Título II del CONVENIO CO-LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°  2098/08 y sus modifi-catorios.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 8 de marzo de 2016, por el tér-mino de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida, a la Contadora Da. Silvia Raquel BELLAGAMBA (D.N.I. N°  11.882.674), en el cargo de Directora de la DIRECCION DE ADMINISTRACION CONTABLE, MANTE-NIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIA-LES de la SECRETARÍA DE POLITICAS, RE-GULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del CONVENIO COLECTIVO DE TRA-BAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI-NEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con carácter de excep-ción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, y a los requisitos mínimos previstos en el artículo 14, Capítulo III, Título II del refe-rido Convenio Colectivo.

Art. 2° — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requi-sitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por De-creto N°  2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les contados a partir del dictado de la presente decisión administrativa.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente asignado al HOSPITAL NACIO-NAL “DR. BALDOMERO SOMMER” - ENTIDAD 903.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 16#I5106620I#

MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 325/2016

Prorrógase designación del Director de Promoción de la Salud y Control de Enfer-medades no Transmisibles.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciem-bre de 2008 y modificatorios, 84 del 22 de enero de 2013, 1044 del 30 de junio de 2014, 120 del 26 de enero de 2015 y 1511, del 30 de julio de 2015, N° 114 de fecha 12 de enero de 2016 y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y el Expediente N° 1-2002-12528/12-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 se estableció que toda designa-ción, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbi-to de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecreta-rio, que corresponda a cargos de la dota-ción de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspon-diente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupues-taria de conformidad a las estructuras juris-diccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 114/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N°  84/13, se designó con carácter transitorio por el termino de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de la DIRECCION DE PROMOCION DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la entonces SECRETARIA DE PROMO-CION Y PROGRAMAS SANITARIOS actual SECRETARIA DE PROMOCION, PROGRA-MAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITA-RIA del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III, al Doctor Sebastián Nicolás LASPIUR.

Que por los Decretos Nros. 1044/14, 120/15 y 1511/15, se prorrogó por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación transitoria citada en el Considerando precedente.

Que el procedimiento de selección corres-pondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, tenien-do en cuenta la naturaleza del cargo invo-lucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la DIRECCION DE PROMOCION DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERME-DADES NO TRANSMISIBLES, el MINISTE-RIO DE SALUD solicita se prorrogue la de-signación transitoria del citado funcionario por igual período que el precedentemente señalado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA-LUD ha tomado la intervención de su com-petencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Prorrogase a partir del 13 de enero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del Doctor Sebastián Nicolás LAS-

PIUR (D.N.I. N° 21.449.339) dispuesta por De-creto N° 84/13 y cuya última prórroga operó por el Decreto N° 1511/15, en el cargo de Di-rector de la DIRECCION DE PROMOCION DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES dependiente de la SUB-SECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la entonces SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITA-RIOS actual SECRETARIA DE PROMOCION, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD CO-MUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD, Ni-vel B - Grado 0, autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y mo-dificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP) homologado por De-creto N°  2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha mencionada en el artículo 1°.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTE-RIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

#F5106620F#

#I5106619I#

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Decisión Administrativa 320/2016

Desígnase Director General de Asuntos Jurídicos.

Bs. As., 15/04/2016

Visto el Expediente N°  S02:0007307/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 27.198, los Decretos N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008, N° 13 del 10 de diciem-bre de 2015, N° 8 del 4 de enero de 2016, N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la Decisión Administrativa N°  212 del 21 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Pú-blica Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el Artículo 7° de la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados, existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdiccio-nes y Entidades de la Administración Na-cional y los que se produzcan con poste-rioridad, salvo decisión fundada del Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N°  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el Ar-tículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, incorporándose el MI-NISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por su parte el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE TRANS-PORTE.

Que por la Decisión Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016, se incorpo-ró, entre otros, el cargo de DIRECTOR GE-NERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MI-NISTERIO DE TRANSPORTE al nomencla-dor de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP).

Que a través del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, se delimitaron las competencias de los señores Jefe de Ga-binete de Ministros, Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el decreto mencionado en el conside-rando precedente, en su Artículo 1° esta-bleció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorpora-ción de personal, en el ámbito de la Admi-nistración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que co-rresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdic-cionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE so-licita la designación transitoria del Doctor D. Silvestre SIVORI (D.N.I. N°  31.206.421) en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I) de la SUBSE-CRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA, a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada de-pendencia.

Que asimismo corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva correspon-diente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLI-CO (SINEP), aprobado por Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08.

Que el cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo estableci-do, respectivamente, en el Título II, Capí-tulos III, IV, y VIII, y en el Título IV del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente medida.

Que la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia, la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL IN-TERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el artículo 9° del Decreto N°  8 de fecha 4 de enero de 2016.

Que la presente decisión administrativa se dicta en virtud de lo dispuesto por los Ar-tículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desígnase a partir del día 4 de enero de 2016 con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, Nivel A - Grado 0, del SINEP dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN AD-

MINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANS-PORTE, al Doctor D. Silvestre SIVORI (D.N.I. N°  31.206.421). La mencionada designación se dispone con autorización excepcional a los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°  2098/08 y sus modificatorios, y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, a partir del 21 de marzo de 2016.

Art. 2° — El cargo consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamen-te, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Tí-tulo IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto adminis-trativo.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTE-RIO DE TRANSPORTE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Javier Dietrich.

#F5106619F#

RESOLUCIONES

#I5106303I#Administración Federal de Ingresos Públicos

SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 3866

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Anexo de la Ley N°  24.977, sus modificaciones y comple-mentarias. Sujetos inscriptos en el Regis-tro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Ingresos brutos máximos anuales.

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Régimen Simplificado para Peque-ños Contribuyentes (RS), establecido por el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modifi-caciones y complementarias y el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010, reglamentario del citado régimen, y

CONSIDERANDO:

Que el último párrafo del Artículo 11, el se-gundo párrafo del Artículo 39 y el cuarto pá-rrafo del Artículo 47, todos del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificatorias y comple-mentarias, establecen la eximición total del ingreso del impuesto integrado y la cotiza-ción previsional fija y la eximición parcial de ingresar la cotización con destino a la obra social, a los pequeños contribuyentes ad-heridos al Régimen Simplificado para Pe-queños Contribuyentes (RS), incluidos los asociados a cooperativas de trabajo, ins-criptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, que no su-peren determinado monto de ingresos.

Que el Artículo 52 del citado Anexo, facul-ta a esta Administración Federal a modifi-car una vez al año, entre otros, los montos máximos de facturación en una proporción que no podrá superar el índice de movili-dad de las prestaciones previsionales, pre-visto en el Artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.

Que a su vez, el Artículo 52 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 extiende los

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 17beneficios aludidos en el primer conside-rando a los “Proyectos Productivos o de Servicios” integrados con hasta TRES (3) personas físicas, reconocidos por el Minis-terio de Desarrollo Social, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desa-rrollo Local y Economía Social habilitado por dicho Ministerio.

Que razones de administración tributaria aconsejan modificar los referidos montos de ingresos brutos máximos anuales de los citados pequeños contribuyentes a los fines del goce de los beneficios señalados.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 52 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modifi-caciones y complementarias, y por el Ar-tículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus comple-mentarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERALDE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOSRESUELVE:

Artículo 1° — A los fines del goce de los beneficios previstos en el último párrafo del

DISPOSICIONES

Artículo 11, el segundo párrafo del Artículo 39 y el cuarto párrafo del Artículo 47, todos del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificacio-nes y complementarias, fíjase en la suma de SETENTA Y DOS MIL PESOS ($ 72.000.-) los ingresos brutos máximos anuales de los pe-queños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren inscriptos en el Regis-tro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarro-llo Social.

Art. 2° — Los “Proyectos Productivos o de Servicios” a que se refiere el Artículo 52 del Decreto N°  1 del 4 de enero de 2010 podrán gozar de los beneficios previstos en dicha nor-ma, siempre que sus ingresos brutos anuales devengados no superen la suma que, de acuer-do con la cantidad de sus integrantes, se indica a continuación:

a) De tratarse de DOS (2) integrantes: CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 144.000.-).

b) De tratarse de TRES (3) integrantes: DOS-CIENTOS DIECISEIS MIL PESOS ($ 216.000.-).

Art. 3° — Déjanse sin efecto los Artículos 3° y 4° de la Resolución General N° 3.529, sin per-juicio de su aplicación a los hechos acaecidos durante su vigencia.

Art. 4° — La presente resolución general en-trará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Alberto Abad.

#F5106303F#

#I5104200I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 3763/2016

Prohibición de comercialización.

Bs. As., 13/04/2016

VISTO el expediente N° 1-47-2110-000392-16-0 de esta Administración Nacional de Medicamen-tos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se originan a raíz de que la Agencia Santafesina de Se-guridad Alimentaria de la provincia de Santa Fe (ASSAI) informa al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), mediante la Orden N° 004/16 ASSAI, las acciones llevadas a cabo con respecto al producto: “Suplemento vitamínico con guaraná, marca Focus X, RNPA N° 21-035740, RNE N° 20-579952, elaborador: TSA, Distribuidor: Focus X Latam LLC”, el cual no cumple con la legislación alimentaria vigente ya que el Registro Nacional de Producto Alimenticio es falso y su rótulo carece de la información obligatoria.

Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL clasifica el retiro como de Clase III, pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización del referido producto en sus jurisdicciones procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo del artículo 1415 del Código Alimentario Argentino (CAA) concordado con los artículos 2°, 9° y 11° de la Ley 18284, informando a ese Instituto acerca de lo actuado.

Que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Ane-xo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis y 155 del CAA, por carecer de autorización de producto y estar falsamente rotulado, resultando ser un producto ilegal.

Que atento a ello, el Departamento Legislación y Normatización del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del referido producto.

Que el citado procedimiento encuadra en las funciones de fiscalización y control que le corresponde ejercer a la ANMAT, atento a la responsabilidad sanitaria que le cabe con respecto a la población.

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la ANMAT han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el De-creto N° 101 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE LA ADMINISTRACIÓN NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOSY TECNOLOGÍA MÉDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Su-plemento Vitamínico con guaraná, marca Focus X, RNPA N° 21-035740, RNE N° 20-579952, ela-borador: TSA, Distribuidor: Focus X Latam LLC” por las razones expuestas en el Considerando.

Art. 2° — Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Alimentos. Gírese al INAL. Cumplido archívese. — Carlos Chiale.

#F5104200F#

#I5104202I#Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 3764/2016

Prohibición de comercialización y uso.

Bs. As., 13/04/2016

VISTO el Expediente N° 1-0047-3110-005720-15-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y,

CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones la firma TECNOIMAGEN S.A. ha denunciado el robo de un ecógrafo, marca Sonosite, modelo Micromaxx, número de serie 03D3Q7, un transduc-tor convexo C60E, marca Sonosite, número de serie 03TJMD, un transductor lineal, marca Sonosite, modelo L38, número de serie 03GCQ6, un mini dock, marca Sonosite, número de serie WZ0289, una fuente de alimentación, marca Sonosite, número de serie 37407, que fueran aprobados por esta Administración bajo PM-1075-29.

Que la firma recurrente adjunta copia de la denuncia policial realizada ante la Comisaría de la Dependencia CTD Santa Fé, Distrito Centro, de la localidad de Santa Fé, provincia de Santa Fé, por la cual informa el robo sufrido de los productos antes descriptos.

Que asimismo la firma aporta la documentación por la cual se autorizó la importación de dichos productos.

Que interviene la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud indicando que toda vez que se trata de un producto y sus accesorios robados e individualizados, sugiere prohibir el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de los productos men-cionados en el primer párrafo de la presente Disposición.

Que desde el punto de vista de la competencia, lo actuado por la referida Dirección se enmarca dentro de lo autorizado por el artículo 8°, inc. ñ) del Decreto N° 1490/92.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asun-tos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 1490/92 y 101 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOSY TECNOLOGIA MÉDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los pro-ductos médicos rotulados como: 1) ecógrafo, marca Sonosite, modelo Micromaxx, número de serie 03D3Q7; 2) un transductor convexo C60E, marca Sonosite, número de serie 03TJMD; 3) un transductor lineal, marca Sonosite, modelo L38, número de serie 03GCQ6; 4) un mini dock, marca Sonosite, número de serie WZ0289; 5) una fuente de alimentación, marca Sonosite, número de serie 37407, que fueran aprobados por esta Administración Nacional bajo PM-1075-29, por los argumentos expuestos en el considerando de la presente Disposición.

Art. 2° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a las cámaras y entidades profesionales correspondientes, comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y a la Dirección Nacional de Pro-ductos Médicos; Cumplido, archívese. — Carlos Chiale.

#F5104202F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 18#I5104204I#

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 3765/2016

Prohibición de comercialización y uso.

Bs. As., 13/04/2016

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-113-16-0 del Registro de esta Administración Nacional de Medi-camentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, in-forma que personal actuante se constituyó en sede de la farmacia Precisión sita en la Av. Centenario N° 4359, Ezpeleta, Localidad de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, a fin de prestar colaboración en un allanamiento llevado a cabo en el marco del exhorto N° FLP 43817/2015, librado en el expediente FCR 19258/2015 caratulado “RODRIGUEZ, JUAN DOMINGO S/ INFRACCION LEY 16.463 DENUNCIANTE: NAVARA ELGUETA, ALONSO”.

Que en dicha oportunidad, se procedió a retirar de las estanterías dispuestas para la venta una unidad de “Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 250 cm3, lote G1115A, vto 08/17” y una unidad de “Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 500 cm3, lote A3014A, vto 04/16”, dejando además inhibidas preventivamente de uso y comercialización los mismos productos, con las mismas características, bajo custodia y responsabilidad del profesio-nal farmacéutico.

Que consultada la responsable técnica de la farmacia con relación a la procedencia del producto Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 250 cm3, presentó la documentación comercial emitida por Droguería Saporiti S.A.C.I.F.I.A. a favor de Farmacia Precisión de Sacapicchi Natalia Tamara.

Que en cambio, no acreditó la adquisición de las unidades por 500 cm3.

Que cabe señalar que los productos descriptos ut-supra se encuentran incluidos en el Anexo I que forma parte de la Disposición ANMAT N°  3409/99 que indica en su Artículo 1°: “Establécese que las drogas y medicamentos oficiales, codificados en la edición vigente de la Farmacopea Nacional Argentina y que forman parte del ANEXO I de la presente Disposición, sólo se podrán fraccionar, elaborar y comercializar por establecimientos habilitados o reconocidos para tal fin para la Administración Nacio-nal de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica. El ANEXO I contempla aquellos medicamentos en cuya monografía, codificada en la edición vigente de la Farmaco-pea Nacional Argentina, se establece la fórmula cuali-cuantitativa completa junto con un método de elaboración, y sustancias químicas puras utilizadas en medicina que

requieren un proceso de fraccionamiento. Dicho listado podrá ser actualizado toda vez que razones de índole sanitaria o los adelantos científicos tecnológicos así lo justifiquen.”

Que asimismo, la firma DROGUERÍA SAPORITI S.A.C.I.F.I.A. no se encuentra habilitada por esta Administración Nacional en los términos de la Disposición ANMAT N° 3409/99.

Que por otra parte el producto “Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 500 cm3” fue prohibido de uso y comercialización en todo el territorio nacional mediante Disposición ANMAT N° 0599/2016 de fecha 29/01/2016.

Que en consecuencia y atento las circunstancias detalladas, a fin de proteger a eventua-les adquirentes y usuarios de los medicamentos involucrados la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere la prohibición de comercialización y uso del pro-ducto en todo el territorio nacional, hasta tanto la firma Droguería Saporiti S.A.C.I.F.I.A. se habilite ante esta Administración Nacional en los términos de la Disposición ANMAT N° 3409/99, de todos los lotes del producto rotulado como “Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 250 cm3”.

Que dicha medida se sugiere en virtud de que el precitado producto estaría infringiendo lo establecido por los artículos 2° y 3° de la Ley 16.463 y la Disposición ANMAT N° 3409/09.

Que la medida aconsejada por el organismo actuante deviene ajustada a derecho, de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 8°, incisos n y ñ) del Decreto 1490/92.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asun-tos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el De-creto N° 101 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICADISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional, hasta tanto la firma Droguería Saporiti S.A.C.I.F.I.A. se habilite ante esta Administración Nacional en los términos de la Disposición ANMAT N° 3409/99, de todos los lotes del producto rotulado como: “Linimento Oleo Calcáreo Parafarm por 250 cm3”. Droguería Saporiti, por los argumentos expuestos en el Considerando de la presente disposición.

Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Nación, a las demás autoridades sanitarias provin-ciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria. Cumplido, archívese. — Carlos Chiale.

#F5104204F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 19

#I5105140I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN

DECRETO 588/03

PROPUESTA DE CANDIDATOS PARA CUBRIR VACANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

FECHA DE PUBLICACIÓN: 18 DE ABRIL DE 2016

En el marco de lo establecido por el art. 5° del Decreto 588/03, se hace saber que a efectos de cubrir las siguientes vacantes han sido seleccionados los profesionales que a con-tinuación se enuncian:

Expediente Concurso Cargo Postulantes

CUDAP: EXP-S04: 17260/2016

Concurso 293

Juez del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Bahía Blanca,

provincia de Buenos Aires

Dr. Agustín LÓPEZ CÓPPOLA Dr. Walter Ezequiel LÓPEZ DA SILVA Dr. Rodolfo Javier MURILLAS Dra. Ana María ARAUJO

“Artículo 6°: Desde el día de la publicación y por el término de quince días hábiles, los parti-culares, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el que-hacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema podrán hacer llegar al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Hu-manos, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, las pos-turas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación a uno o más de los candidatos ternados, ello junto con una declaración jurada de su propia objetividad respecto a los profesionales propuestos. No serán considerados aquellos planteos que carezcan de relevancia frente a la finalidad del procedimiento tal como se dispone en el artículo 2° o que se fundamenten en cualquier tipo de discriminación.”

PRESENTACIONES: Se deberán realizar en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo y forma señalado en el Decreto 588/03, art. 6°, ante la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas e Información al Público, Sarmiento 327, PB, en el horario de 9.15 a 17.00 hs.- Los antecedentes de los candidatos propuestos pueden consultarse en el sitio del Ministerio en In-ternet: www.jus.gov.ar

JUAN BAUTISTA MAHIQUES, Subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 18/04/2016 N° 23752/16 v. 18/04/2016#F5105140F#

#I5101165I#CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

EL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA

LLAMAN A CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTOR REGULAR DE LA SIGUIENTE UNIDAD EJECUTORA DE DOBLE DEPENDENCIA:

INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA TIERRA Y AMBIENTALES DE LA PAMPA (INCITAP)

APERTURA DE LA INSCRIPCIÓN: 18 DE ABRIL DE 2016 CIERRE DE LA INSCRIPCIÓN: 18 DE MAYO DE 2016

CONSULTA Y DESCARGA DE REGLAMENTO de CONCURSO, TÉRMINOS de REFERENCIA y PERFIL en:

CONICET: http://convocatorias.conicet.gov.ar/director-ue / Correo electrónico: [email protected] / Tel.: (011) 4899-5400 int: 2839/2841/2845/2847

UNLPam: www.unlpam.edu.ar/ / Correo electrónico: [email protected]

Tel.: (02954) 451608

ENTREGAR PRESENTACIÓN personalmente o por correo postal en:

• Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico - CONICET - MESA DE ENTRADAS, Godoy Cruz 2290, (C1425FQB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en:

• Secretaría de Investigación y Posgrado - UNLPam - Cnel. Gil nº 353 - 3er Piso (L6300DUG), Santa Rosa, La Pampa.

ENVIAR PRESENTACIÓN electrónica a los correos electrónicos mencionados arriba.

Lic. LUISA BAIGORRIA, Dirección de Desarrollo y Gestión de Unidades Divisionales, CONICET.

e. 18/04/2016 N° 22104/16 v. 18/04/2016#F5101165F#

AVISOS OFICIALESNuevos

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I5104061I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 11-4-16

Expediente

5283261 Obra Publicada Género: MUSICA Título: REALIDAD O FANTASIA Autor: FEDERICO ANDRES GIANNONI Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: BPR PUBLISHING

5283262 Obra Publicada Género: LETRA Título: REALIDAD O FANTASIA Autor: JUAN BLAS CABALLERO Autor: MARCOS MATIAS CARRICA Autor: FEDERICO ANDRES GIANNONI Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: BPR PUBLISHING

5283263 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EBS Autor: JORGE TOMAS VIGO Autor: MARTIN CARRIQUIRY Autor: LUCAS ANDRES VIGO Autor: ALBERTO RESTANO Autor: GUILLERMO BERNARDO Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5283264 Obra Publicada Género: LETRA Título: EBS Autor: JORGE TOMAS VIGO Autor: MARTIN CARRIQUIRY Autor: LUCAS ANDRES VIGO Autor: ALBERTO RESTANO Autor: GUILLERMO BERNARDO Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5283265 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM LOUKANICOS Autor: CARLOS HORACIO MEDINA Editor: EPSA PUBLISHING SA

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 205283266 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM LOUKANICOS Autor: CARLOS HORACIO MEDINA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5283267 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM SONIDO CALLEJERO Autor: ALEXIS EMMANUEL MORALES Autor: ALVARO FEDERICO GUZMAN Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL

5283268 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM SONIDO CALLEJERO Autor: ALEXIS EMMANUEL MORALES Autor: ALVARO FEDERICO GUZMAN Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL

5283269 Obra Publicada Género: LETRA Título: MATEO MORENO Autor: MATEO MORENO- EXTRANJ Autor: CESAR ALBERTO GAMBOA ARBIZA -EXTRANJ Autor: MARCELO GAMBOA ARBIZA - EXTRANJ Autor: PABLO ALEJANDRO ABDALA RICHERO -EXTRANJ Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Editor: BARCA MUSIC PUBLISHING SRL

5283270 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MATEO MORENO Autor: MATEO MORENO - EXTRANJ Autor: MARCEL CURUCHET- EXTRANJ Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Editor: BARCA MUSIC PUBLISHING SRL

5283271 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: APRENDER A APRENDER COMO META DE LA EDUCACION SUPERIOR Autor: IDA LUCIA MORCHIO Autor: ANALIA DEL RIO BAYARRI Autor: GABRIELA INES GONZALEZ Autor: VIVIANA GARZUZI Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283272 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: ALFABETIZACION ACADEMICA Autor: BERTA ROTSTEIN DE GUELLER Autor: ANA PAULA SOLANS Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283273 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: ARTE CONTEMPORANEO EN (SALA DE) GUARDIA Autor: AMERICO CASTILLA Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283274 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: EN LAS GRIETAS DE LA DOMINACION Autor: NATACHA BORGEAUD - GARCIANDIA Traductor: ARIEL DILON Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283275 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: SALUD MENTAL Y NIÑEZ EN LA ARGENTINA Autor: ALEJANDRA BARCALA Autor: LEANDRO LUCIANI CONDE Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283276 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL BUEN MARIDO. CUENTOS Autor: MARCO ANDRES QUELAS Editor: EDITORIASL TURMALINA DE EDITORIAL TESEO SRL

5283277 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: DE TECNOLOGIAS DIGITALES, EDUCACION FORMAL Y POLITICAS PUBLICAS

Autor: SILVIA LAGO MARTINEZ Autor: LUCILA DUGHERA Autor: MIRTA MAURO Autor: SHEILA AMADO Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283278 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL CHOQUE DE CIVILIZACIONES: Y LA RECONFIGURACION DEL ORDEN MUNDIAL

Autor: SAMUEL P. HUNTINGTON Traductor: JOSE PEDRO TOSAUS ABADIA Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283279 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MATILDA Autor: ROALD DAHL Autor: QUENTIN BLAKE Traductor: PEDRO BARBADILLO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283280 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LAS VELAS MALDITAS Autor: GRACIELA MONTES Autor: ELENA TORRES Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283281 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CAPITAN VARGAS (1846-1848), NOVELA INEDITA DE VICENTE FIDEL LOPEZ

Autor: HEBE BEATRIZ MOLINA Autor: VICENTE FIDEL LOPEZ Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283282 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: ESTRES LABORAL EN TRABAJADORES DE LA SALUD Autor: LAURA ELENA PARIS Editor: EDITORIAL TESEO SRL

5283283 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION

Título: SISTEMA DE VOTO ELECTONICO CON SOPORTE PAPEL VOT - E UNCUYO

Autor: PABLO RAFAEL GOMEZ Titular: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO

5283284 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: HISTORIA DEL CLUB CONDOR DE ASTRA Autor: ERNESTO DANIEL MAGGIORI Editor: BIBLIOTECA POPULAR ASTRA

5283285 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: PROVINCIA SAN FRANCISCO SOLANO EN ARGENTINA - BODAS DE PLATA 1989 - 26 DE OCTUBRE - 2014. RESEÑA HIS

Autor: INES ISABEL FARIAS Autor: CARLOS HECTOR RIOJA Editor: EDICIONES DIOCESANAS DE LA CONCEPCION DEL RIO CUARTO

5283286 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOS 7 HABITOS DE LA GENTE ALTAMENTE EFECTIVA Autor: STEPHEN R COVEY Traductor: JORGE PIATIGORSKY Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283287 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: UN ESCRITOR EN GUERRA VASILI GROSSMAN EN EL EJERCITO ROJO, 1941-1945

Autor: ANTONY BEEVOR Traductor: JUAN MARIA MADARIAGA Editor: CRITICA DE EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283288 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: PARIS DESPUES DE LA LIBERACION 1944 - 1949 Autor: ANTONY BEEVOR Traductor: DAVID LEON GOMEZ Editor: CRITICA DE EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283289 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: LUSITANIA: EL HUNDIMIENTO QUE CAMBIO EL RUMBO DE LA HISTORIA

Autor: ERIK LARSON Traductor: ANA HERRERA FERRER Editor: ARIEL DE EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283290 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: ¿QUE ES LA NANOTECNOLOGIA? Autor: GALO SOLER ILLIA Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283291 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: VIVENCIAS ARGENTINAS Autor: ALBINO GOMEZ Editor: EDITORIAL TURMALINA DE EDITORIAL TESEO SRL

5283296 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL ULTIMO TREN Autor: ALEJANDRO NICOLAS GARCIA Editor: ABARCAR EDICIONES DE LILIANA DIAZ

5283297 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CANTOS INSONDABLES Autor: RAFAEL EDGARDO D’ALVIA Editor: ABARCAR EDICIONES DE LILIANA DIAZ

5283298 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA TERCERA PUERTA Autor: ORLANDO GRELLE Editor: ABARCAR EDICIONES DE LILIANA DIAZ

5283299 Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: RIVER EN LOS TIEMPOS DE LAS FIGURITAS Autor: JORGE HEUCK Editor: ABARCAR EDICIONES DE LILIANA DIAZ

5283300 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: INSTINTO DE SUPERVIVENCIA Autor: ANGEL FERNANDEZ Editor: ABARCAR EDICIONES DE LILIANA DIAZ

5283311 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: QUE SON LAS NEUROCIENCIAS Autor: AGUSTIN IBAÑEZ Autor: ADOLFO M GARCIA Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283312 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: ¿QUE ES EL DOLOR? Autor: MARCELO JOSE VILLAR Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 215283313 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL AÑO DEL DESIERTO Autor: PEDRO MAIRAL

Editor: EMECE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283314 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MUNDO CANDE Autor: CANDELA MOLFESE Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283315 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LOS COLORES DE LA FELICIDAD Autor: VIVIANA RIVERO Editor: EMECE DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283316 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: HIERBAS AROMATICAS Autor: GISELA MILIANI Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283317 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL MINISTERIO DEL MIEDO Autor: GRAHAM GREENE Traductor: MARTA ACOSTA VAN PRAET - FALLECIDA Editor: EMECE DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283318 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: DIOS CAMINA CON NOSOTROS CUADERNO DEL NIÑO 2 Autor: MARTA BOIOCCHI Editor: EDITORIAL CLARETIANA DE MISIONEROS CLARETIANOS

5283319 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: DIOS CAMINA CON NOSOTROS. LIBRO GUIA 2 Autor: MARTA BOIOCCHI Editor: EDITORIAL CLARETIANA DE MISIONEROS CLARETIANOS

5283320 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: NOS ENCONTRAMOS CON NUESTRO AMIGO JESUS. CUADERNO DEL NIÑO 1

Autor: MARTA BOIOCCHI Editor: EDITORIAL CLARETIANA DE EDITORES CLARETIANOS

5283321 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: NOS ENCONTRAMOS CON NUESTRO AMIGO JESUS. LIBRO GUIA 1 Autor: MARTA BOIOCCHI Editor: EDITORIAL CLARETIANA DE EDITORES CLARETIANOS

5283322 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: ¿QUE SON LAS NEURONAS? Autor: OSVALDO D UCHITEL Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283323 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: QUERIDOS MONSTRUOS (10 CUENTOS PARA PONERTE LOS PELOS DE PUNTA)

Autor: ELSA ISABEL BORNEMANN -FALLECIDA Autor: OSCAR DELGADO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283324 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DEL OTRO LADO DEL MUNDO Autor: LAURA DEVETACH Autor: VIVIANA GAROFOLI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283325 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: VECINOS Y DETECTIVES EN BELGRANO Autor: MARIA BRANDAN ARAOZ Autor: SHULA GOLDMAN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283326 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HABIA UNA VEZ UNA CASA Autor: GRACIELA SILVIA MONTES Autor: ALEJANDRA MOSCONI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283327 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: POESIA PARA CHICOS Autor: ELSA ISABEL BORNEMANN Autor: SARA SEDRAN Autor: JAVIER VILLAFAÑE Autor: MARIA ELENA WALSH Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283328 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: PULGOSO Y OTROS CUENTOS PERROS Autor: RICARDO MARIÑO Autor: CUCHO CUÑO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283329 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DON QUIJOTE DE LA MANCHA Autor: CERVANTES SAAVEDRA MIGUEL DE Autor: ARTURO PEREZ-REVERTE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283330 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL MUNDO DE CINTHIA SCOCH Autor: RICARDO MARIÑO Autor: JUAN CHAVETTA LEPIPE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283331 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: FRANKENSTEIN Autor: MARY W SHELLEY Traductor: MANUEL SERRAT CRESPO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283332 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EMSEA - EVALUACION DE LA MEMORIA SEMANTICA EN LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER

Autor: HERMINIA PERAITA ADRADOS Autor: LINA GRASSO Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5283357 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: UNA Y MIL NOCHES DE SHEREZADA Autor: ANA MARIA SHUA Autor: FERNANDO FALCONE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283358 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: HUERTA EN CASA Autor: GISELA MILIANI Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283359 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: TARTAS Y ENSALADAS Autor: GISELA MILIANI Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283360 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: YO, CHRISTIANE F. TRECE AÑOS, DROGADICTA Autor: CHRISTIANE VERA FELSCHERINOW Traductor: DANIEL ZADUNAISKY Editor: EMECE DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283361 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA LAYENDA DEL BICHO COLORADO Autor: GUSTAVO ROLDAN Autor: LUIS SCAFATI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283362 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ¡CUIDADO CON EL PERRO! Autor: LILIANA CINETTO Autor: O’KIF-MG (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283363 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: UN CUENTO ¡PUAJJJ! Y OTROS RELATOS Autor: LAURA DEVETACH Autor: NANCY BRAJER Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283364 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL TESORO ESCONDIDO Y OTRAS FOTOS DE FAMILIA Autor: SILVIA GRACIELA SCHUJER Autor: ALBERTO PEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283365 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: AMORES QUE MATAN: HISTORIAS DE AMOR Y TERROR Autor: LUCIA SERAFINA LARAGIONE Autor: SANDRA LAVANDEIRA Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283366 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA ENAMORADA DEL MURO Autor: SANDRA COMINO Autor: GABRIELA BURIN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283367 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LOS SUEÑOS DEL YACARE Autor: GUSTAVO ROLDAN Autor: CLAUDIA DEGLIUOMINI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283368 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: SOCORRO DIEZ (LIBRO PESADILLESCO) Autor: ELSA ISABEL BORNEMANN -FALLECIDA Autor: MATIAS TRILLO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283369 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL HADA MAU Y LAS PERFECTAS MALVADAS Autor: MARIA BRANDAN ARAOZ Autor: NANCY FIORINI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283370 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL MONO QUE PIENSA: LA HISTORIA UNIVERSAL DA RISA Autor: ESTEBAN VALENTINO Autor: TABARE (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283371 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EN EL ULTIMO PLANETA Autor: RICARDO MARIÑO Autor: LANCMAN INK (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 225283372 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CABO FANTASMA: UNA HISTORIA DE PIRATAS Autor: MARIO MENDEZ

Autor: SHULA GOLDMAN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283373 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: JOSE DE SAN MARTIN: CABALLERO DEL PRINCIPIO AL FIN Autor: ADELA BASCH Autor: VIVIANA GAROFOLI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283374 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LAS VISITAS Autor: SILVIA GRACIELA SCHUJER Autor: PABLO BERNASCONI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283375 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: LA COMUNA 11 Autor/Titular: ANDRES MARCELO CRAVENNA

5283380 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: CORTE Y CONFECCION (CANCION GENERICA DE AMPLIO ESPECTRO)

Productor: LAURA ISABEL VALLACCO Productor: FEDERICO NICOLAO Productor: SEBASTIAN CALA

5283381 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: AMOR DE FANTASIA Productor: LAURA ISABEL VALLACCO

5283387 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION

Título: CANCHEREANDO - COMPLEJOS Autor/Titular: AGUSTIN SAGASTIZABAL Autor/Titular: PABLO SAGASTIZABAL

5283388 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION

Título: CANCHEREANDO Autor/Titular: AGUSTIN SAGASTIZABAL Autor/Titular: PABLO SAGASTIZABAL

5283415 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: PROXIMA ESTACION LA NOOFERA Productor: PABLO CIRILO MORENO

5283417 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUENTOS PARA NO DORMIR Autor: CARLOS GUILLERMO MATUTE Editor: EDICIONES BOTELLA AL MAR DE DEVESCOVI ALEJANDRINA

5283418 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CINCO SEMBRANZAS Y OTROS TEXTOS Autor: DANIEL ORCURTO Editor: BOTELLA AL MAR DE DEVESCOVI ALEJANDRINA

5283425 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION

Título: GEOSIGMA Autor/Titular: GUSTAVO GASTON MATEO

5283438 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BOHULAV MARTINU SIMBOLO Y MUSICA Autor: JAROSLAV MIHULE Traductor/Editor: HELENA VOLDAN

5283439 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PRELUDIO A LA PANSOFIA (PRODROMUS) LO UNO NECESARIO Autor: JOHANNES AMOS COMENIUS Traductor/Editor: HELENA VOLDAN

Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 18/04/2016 N° 23278/16 v. 18/04/2016

#F5104061F#

#I5104062I#

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 12-4-16Expediente

5283469 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CRIMEN EN EL ARCA Autor: GUSTAVO ROLDAN Autor: GUSTAVO ROLDAN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283470 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LAS EMPANADAS CRIOLLAS SON UNA JOYA Autor: ADELA BASCH Autor: ALBERTO PEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283471 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MITOS Y RECUERDOS Autor: MARCELO BIRMAJER Autor: ALBERTO PEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283472 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: NO HAGAN OLAS (SEGUNDO PAVOTARIO ILUSTRADO. 12 CUENTOS) Autor: ELSA BORNEMANN Autor: O’KIF (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283473 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: A NADAR CON MARIA INES Autor: GRISELDA GAMBARO Autor: ROBERTO CUBILLAS Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283476 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LAS COSAS QUE ODIO Y OTRAS EXAGERACIONES Autor: ANA MARIA SHUA Autor: PALOMA FABRYKANT Autor: O KIF-MG (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283477 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CENICIENTA NO ESCARMIENTA Y OTROS CUENTOS CON PIMIENTA Autor: GUILLERMO SAAVEDRA Autor: NANCY FIORINI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283478 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MONSTRUARIO SENTIMENTAL Autor: OCHE CALIFA Autor: VLADIMIRO MERINO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283479 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: TE ESPERO EN SOFIA Autor: DIEGO PASZKOWSKI Autor: MEY! (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283480 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CHAT NATACHA CHAT Autor: LUIS MARIA PESCETTI Autor: PABLO FERNANDEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283482 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ROCO Y SUS HERMANAS Autor: RICARDO MARIÑO Autor: MATIAS TRILLO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283483 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EN CARNAVAL BERTA DISFRAZA A SU GATO Autor: EMA WOLF Autor: CARLUS RODRIGUEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283484 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HABIA UNA VEZ UNA LLAVE Autor: GRACIELA SILVIA MONTES Autor: ISOL (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283485 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ¿DONDE ESTA MI ALMOHADA? Autor: ANA MARIA MACHADO Autor: ATALAIRE (Q)(EXTRANJ) Autor: FRANCESC ROVIRA Traductor: OBRA COLECTIVA Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283486 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: TUCUMAN ERA UNA FIESTA: EL TANQUE DE AGUA 3 Autor: MARIA INES FALCONI Autor: MARIA JESUS ALVAREZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283487 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HEREDERA DE UN SECRETO Autor: ELISA ROLDAN Autor: ELISA ROLDAN Autor: ELISA ROLDAN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 235283488 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MOMO Autor: MICHAEL ENDE

Traductor: SUSANA CONSTANTE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283489 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HABIA UNA VEZ UNA CASA Autor: GRACIELA SILVIA MONTES Autor: SAUL OSCAR ROJAS Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283490 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: BELISARIO Y LOS FANTASMAS Autor: MARIA CRISTINA RAMOS Autor: PERICA (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283491 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LUNA RECIEN NACIDA Autor: MARIA BRANDAN ARAOZ Autor: MARCELA ALEJANDRA CALDERON Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283492 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: VAMOS A JUGAR AL COLE Autor: ANA MARIA MACHADO Autor: FRANCESC ROVIRA Traductor: MARIO MERLINO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283493 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CELESTE Y LA DINOSAURIA EN EL JARDIN Autor: MEMPO GIARDINELLI Autor: NATALIA COLOMBO Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283494 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HABIA UNA VEZ UNA NUBE Autor: GRACIELA SILVIA MONTES Autor: CLAUDIA LEGNAZZI Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283495 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: COLON AGARRA VIAJE A TODA COSTA Autor: ADELA BASCH Autor: RICARDO FUHRMANN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283496 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LISA DE LOS PARAGUAS (15 CUENTOS PARA CHICOS - CHICOS) Autor: ELSA BORNEMANN Autor: O’KIF (I) Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283497 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: RUPERTO DE TERROR: LA GRAN AVENTURA Autor: ROY BEROCAY Autor: DANIEL SOULIER Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283518 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: COMO SER UN REY: EL CAMINO DE LOS SABIOS Y VIRTUOSOS. EL ARTE DE VENCER SIEMPRE Y EN TODO LUGAR

Autor: JOSE ALBERTO GIUDICI Editor: MOGLIA EDICIONES

5283519 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DUELO DE LUCES Y SOMBRAS Autor: LYDIA LAVEZ Editor: MOGLIA EDICIONES

5283521 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: NO ES IMPOSIBLE Autor: LYDIA ALVEZ Editor: MOGLIA EDICIONES

5283522 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: ANTONIO TARRAGO ROS INTIMO Autor: PERLA ARGENTINA AGUIRRE Autor: JUAN PEDRO ZUBIETA Editor: MOGLIA EDICIONES

5283523 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS DE CORRIENTES Autor: CATALINA MENDEZ DE MEDINA LAREU Editor: MOGLIA EDICIONES

5283524 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: LOS DIAS DE MAYO LA REVOLUCION Y LA RESISTENCIA EN CORDOBA

Autor: MARCOS M DE ESTRADA Editor: MOGLIA EDICIONES

5283525 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: AGUSTINA, UNA MUJER CORRENTINA Y OTROS RELATOS Autor: VICTOR HUGO VALLEJOS Editor: MOGLIA EDICIONES

5283526 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUESTION DE PRUEBAS Autor: NICHOLAS BLAKE Traductor: JOSE LUZURIAGA Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5283527 Obra Publicada Género: INFORME Título: EL GUARDADOR DE SECRETOS Autor: JORGE ESLAVA Autor: JULIO GRANADOS Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283528 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: BITUIN BITUIN NATACHA Autor: LUIS MARIA PESCETTI Autor: PABLO FERNANDEZ Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283529 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: REGRESO A LA CASA MALDITA Autor: RICARDO MARIÑO Autor: FERNANDO FALCONE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283530 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HASTA LA CORONILLA Autor: GABRIELA KESELMAN Autor: MARCELO ELIZALDE Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283531 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA ESPADA DEL ADELANTADO Autor: CARLOS SCHLAEN Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283532 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA BATALLA DE MONSTRUOS Y LAS HADAS Autor: GRACIELA MONTES Autor: MARIA ROJAS Editor: EDICIONES SANTILLANA SA

5283533 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: JUANCHI Y LA FIESTA DE LOS PECES Autor: MARIA FERNANDA MEJIA Editor: TINTA VIOLETA DE ANDREA ARNESTO

5283534 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION

Título: FLEET MAINTENANCE SOFWARE Autor/Titular: EDWIN MATEO LEWIZTKI DUJMUSIC Autor/Titular: MARIANO ANGEL ESTEBAN

5283535 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ADELA FERRER VESTIDA DE VOS Productor: MIGUEL JOSE CANTILO

5283536 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL ULTIMO REINO NORTHUMBRIA Autor: BERNARD CORNWELL Traductor: LIBERTAD AGUILERA BALLESTER Editor: EDHASA SA

5283574 Obra Publicada Género: GEOGRAFICO Título: VIVI LA SIERRA DE LOS COMECHINGONES! Autor/Editor: SILVIA LILIANA LENCINA

5283582 Obra Publicada Género: MUSICA Título: VIDA REAL Autor/Editor: MARIELA JUDITH MILSTEIN

5283583 Obra Publicada Género: LETRA Título: VIDA REAL Autor/Editor: MARIELA JUDITH MILSTEIN

5283586 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: JAZZ... O LA GRAN NOVELA PSICOTICA ARGENTINA Autor: NESTOR BARRON Editor: EDICIONES CONTINENTE SRL

5283587 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DIARIO PARA ELLAS Autor: THERESE ROSEN Editor: EDICIONES CONTINENTE SRL

5283589 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: VIDA REAL Productor: MARIELA JUDITH MILSTEIN

5283616 Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: RON MUECK Autor: JUSTIN PATON Autor: ROBERT STORR Traductor: JAIME ARRAMBIDE Editor: FUNDACION PROA

5283654 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA URQUICERA Autor: JULIAN DAVID MARCOLLI Editor: TRES + UNO DE EDUARDO ROBERTO JOPIA

Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.

e. 18/04/2016 N° 23279/16 v. 18/04/2016#F5104062F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 24

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 25#I5104038I#

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE BUENOS AIRES

EDICTO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, co-munica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (DV COPN), dependiente del Departamento de Aduana de Buenos Aires Norte, sito en la calle Azopardo 350, P.B. - oficina 51 - de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Depósito Medio Arribo Manifiesto Conocimientos Bultos Cantidad Mercadería

BUERAS

HANJIN SEATTLE 42440 16091MANI024204W CHSHASWFE16010071F BULTOS 1880 Q.D.C FAUCET ACCESSORIES

DEPOSITO FISCAL MURC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024608H CHSHASHBUE1601010 BULTOS 346 LAMPARAS

MSC VANESSA 11/03/2016 16091MANI024201T BFFPTMSCUMQ844468 BULTOS 722 NUEVOS NEUMATICOS

MSC BARCELONA 14/03/2016 16091MANI025090D SPVLCHLCUBI1160202189 CONTENEDOR 2 STC NUEVOS NEUMATICOS NC

MSC BARCELONA 14/03/2016 16091MANI024953K BRRIOHLCURI5160300718 BULTOS 218 NEUMATICOS DE CAMION

MSC BARCELONA 15/03/2016 16091MANI025132A BRRIOHLCURI5160300338 CONTENEDOR 5 STC HOUSE TO HOUSE FREIG

MSC BARCELONA 15/03/2016 16091MANI025386L BRRIOMSCURS436336 BULTOS 1050 NEUMATICOS

DODERO TIGRE

10/03/2016 16091MANI023360B 091UY072608954 TAMBOR 1875 POLVO DE HORNEAR 8X20X50G

FEPORT SA

ALLEGORIA 10/03/2016 16091MANI023544F USHOUNYKS6070302251 CONTENEDOR 1 OIL WELL SUPPLIES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022540A CHNGODLNB1602065 CONTENEDOR 2 STC: PLASTIC FOLDING TABL

GARGANO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNANCOSU6016438460 CAJA 768 Q.D.C.SODIUM CYCLAMATE

MSC VANESSA 11/03/2016 16091MANI024754J USNFKCHX60307B BULTOS 1 STC : USED AUTOMOBILE FIA

MSC VANESSA 11/03/2016 16091MANI024754J USNFKCHX60307C BULTOS 1 STC : USED MOTORCYCLE BMW

MSC NAOMI 609 15/03/2016 16091MANI025267J KSPUSMOLU11028962610 PALETA 12 Q.D.C. ASCORBIC ACID

MSC NAOMI 609 15/03/2016 16091MANI025361E IIOOVMOLU12017923043 CAJA 400 Q.D.C. METHYL PARABEN

GEMEZ SA

CAP SAN JUAN 603 09/03/2016 16091MANI023121T CHNGONBOBUE16010563 BULTOS 338 STC- HAIR DRYER, COLOR BO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024567L CHSHASHABUEG10130 BULTOS 146 STC: TEXTILE FABRICS

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI023341A GEHAM400216401705 BULTOS 4 CORROSIVE SOLID, BASIC, I

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI021346D GEHAM6562 PALETA 4 self cooking center

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024567L CHSHASHABUEG10102 BULTOS 150 STC: TEXTILE FABRICS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026274X CHSHAPJT18200643 BULTOS 5 PARTS OF DRILLING RIG

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023353D CHSHAGXPTY16017243 BULTOS 59 UPHOLSTERY FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024567L CHSHASHABUEG10192 BULTOS 39 STC: FABRICS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025675M CHSHAEURFL15D19343BUE BULTOS 520 CTNS Q.D.C. SELF ADHESIVE

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025667N CHSHAHDE16-02066 BULTOS 20 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI026671J IIOOVNGBU6952321H BULTOS 1 S.T.C.: SPARE PARTS OF MA

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024567L CHSHASW201601117 BULTOS 106 STC: CONCRETE PUMP BELOW,

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025000R CHSHADLSH16010455 BULTOS 1159 STC: FABRICS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024567L CHSHASHABUEG10140 BULTOS 158 STC: TEXTILE FABRIC

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI025157H GEBHVRTMBUEG00199 BULTOS 1 STC: SIA-SLIDE-PAD

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI025157H GEBHVRTMBUEG00185 BULTOS 1 STC: SIAFELT

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI024646J CHHONGLXL16010597 BULTOS 3 PVC REFLECTIVE

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025140W MXVRCMEXBUEG00114 BULTOS 7 STC: CHAMPION SPARK PLUGS

MSC MELINE 15/03/2016 16091MANI025251C CHSHASHABUE16010410A BULTOS 6 STC- CONNECTOR

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI025876P CHHONGBKKEZEA1601213 BULTOS 10 QDC-FRAME CLAMP CYLINDER

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025140W MXVRCMEXBUEG00115 BULTOS 8 STC: CHAMPION SPARK PLUGS

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI024646J CHHONSNSL16010967 BULTOS 11 NETWORK VIDEO RECORDER

MSC MELINE 15/03/2016 16091MANI025251C CHSHASHABUE16010410 BULTOS 6 STC- CONNECTOR

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025140W MXVRCMEXBUEG00093 BULTOS 9 STC: CHAMPION SPARK PLUGS

MONTE ROSA 15/03/2016 16091MANI025764L USPVG16MIA0012448 BULTOS 5 Q.D.C. INTERCOOLER TUBE B

GEMEZ SA-PUERTO

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI024559M IIOOVFBLABUE0116/02070 BULTOS 10 MICROCRYSTALLINE CELLULOS

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI025624G CHHONHKG601035882 BULTOS 32 s.t.c.: optical pickpus,

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025652H CHHONHKGAS1600314 BULTOS 14 GARMENTS

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI023964L BEANWN436-00145-02 BULTOS 3 QDC-CIGARS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024074E CHSHAKHBNA03670SWCK BULTOS 9 QDC-FLANGE INSULATION GAS

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI015083E SPBRE412016020086 BULTOS 2 ELECTRIC MATERIAL

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025673K CHHONCANSE-20436 BULTOS 210 ELECTRONIC GOODS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025653X CHSHAHRYSE601521 BULTOS 2 Q.D.C. HINGE, BRACKET, GU

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI024768Y GEHAMSE160047825 PALETA 1 brake motor

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024074E CHSHACOSU612040114023 BULTOS 7 QDC-REFLECTIVE SHEETING

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI022714D ITGENH0374978 BULTOS 24 STC : GARMENTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024074E CHSHACOSU612040114016 BULTOS 240 QDC-AMOXYCILLIN TRIHYDRAT

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025186J CHHONASBUE225058 BULTOS 46 QDC:COMPLETED QA WATCHES

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI018409J GEHAMBUE222406 BULTOS 5 RICH PALE GOLD

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024074E CHSHACOSU612040114026 BULTOS 40 QDC-SUCRALFATE

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI026232C USHOU011043 BULTOS 1 TOOLS/PIPE

MONTE ROSA 15/03/2016 16091MANI024769P USPWKECCI0137009U73479 BULTOS 1 QDC-ECCENTRIC VEE ROLLERS

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI026232C USHOU011026 BULTOS 1 TOOLS/PIPE

ALIANCA SANTOS 15/03/2016 16091MANI025680X BRSTS160310440025 BULTOS 1 STC : POLYDIMETHYLSILOXAN

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025160B USHOULAXBUE1607004 BULTOS 1 ELECTRIC GUITAR

MONTE ROSA 15/03/2016 16091MANI024769P USPWKECCI0137009U73488 BULTOS 1 QDC-FZ 35 G HARDENED AND

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI024767N ZZZZZKPBNA00566 BULTOS 2 QDC-ELECTRICAL COILS

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI026232C USHOU011045 BULTOS 1 TOOLS/PIPE

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI024767N ZZZZZKPBNA00554 BULTOS 937 QDC-KNIVES

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025870J USHOUUSHOU404998 BULTOS 3 QDC:OILWELL SUPLIES

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI026232C USHOU011044 BULTOS 1 TOOLS/PIPE

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI025870J USHOUUSHOU404995 BULTOS 1 QDC:PILWELL SUPPLIES

MSC LUDOVICA 15/03/2016 16091MANI026232C USHOU011046 BULTOS 1 TOOLS/PIPE

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI024767N ZZZZZKPBNA00555 BULTOS 276 QDC-KNIVE BLADES

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 26Depósito Medio Arribo Manifiesto Conocimientos Bultos Cantidad Mercadería

GEN POL

MSC NAOMI 10/03/2016 16091MANI023524D ZZZZZMSCUYM467133 CAJA 166 Q.D.C. ROLLERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024596N CHSHASHABUE005428 CONTENEDOR 6 N-(PHOSPHONOMETHYL) IMINO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHSHAZIMUSNH4483917 CONTENEDOR 6 S.T.C.GLYPHOSATE 95% TECH

MURCHISON

CAP SAN ARTEMISSIO 18/02/2016 16091MANI012697M GEHAMSEA41/1601-0831 BULTOS 5 SPARE PARTS

PRAGUE EXPRESS 09/03/2016 16091MANI023274F CHSHACTSH16010003A BULTOS 50 LADIES JACKET

PRAGUE EXPRESS 09/03/2016 16091MANI023274F CHSHACTSH16010003C BULTOS 296 MEN'S SWEATSHIRT

ALDEBARAN 09/03/2016 16091MANI023708H BRSTS032016SSZBUE752 BULTOS 2 STC RODILLO MOLLIENDA

CAP SAN JUAN 09/03/2016 16091MANI023016W IIOOVXM160106007 BULTOS 390 UPPERS + INSOLES

RIO NEGRO 10/03/2016 16091MANI023865L ITGENEMGEN001600000235 BULTOS 3 BOILER PARTS

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI024899T BEANW16/28399 PALETA 4 spare parts

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI024759Y SPBRE0000200/MAR/BUE BULTOS 4 QDC REPUESTOS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1903499 CONTENEDOR 1 SPOT LAMP

CAP SAN MALEAS 607 11/03/2016 16091MANI022591G FRLEHLEH/BUE/05452 BULTOS 5 STC PLIOWAY EC-T

CAP SAN JUAN 11/03/2016 16091MANI024410V IIOOVXM160106006 BULTOS 291 UPPERS + INSOLES

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI023490F CHSZEWYTN6020032A CONTENEDOR 1 STC: KETTLE

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024859P CHSHADECXBUE201601744 BULTOS 605 TEXTILE FABRICS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-1 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-5 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI019615J CHNGONBOBUE16020178B CONTENEDOR 1 SHOES OUTSOLE

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI024908K BEANW16/28398 PALETA 4 spare parts

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI024799S SPVLC2222-0925-602.011 PALETA 7 partes y accesorios

CAP SAN MALEAS 11/03/2016 16091MANI024626H BEANW40005154/00 BULTOS 1 RAW MATERIALS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-2 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI025275X ITGENP0315600119 BULTOS 1 MACHINE PARTS FOR OPHTHAL

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI024468L BRRIOMSCURS436310 BULTOS 1050 TYRES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1600194 CONTENEDOR 1 LED STRIP , LED MODULE ,

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1600248 CONTENEDOR 1 LED DRIVER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1600254B CONTENEDOR 1 CONTROLLER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI019615J CHNGONBOBUE16020178A CONTENEDOR 1 OUTSOLES

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI023435E CHNGOWNGB6020100 BULTOS 1400 DIGITAL AIR FRYER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-4 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-6 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI024467K BRRIOHLCURI5160301235 BULTOS 837 TRUCK TIRES

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI025068X SPBRE216030033101 BULTOS 1 TRONZADORA SECCIONADORA

MSC BARCELONA 11/03/2016 16091MANI024538J ITGENBLQ-XO-7640114 BULTOS 1 spare parts for cemaric i

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1600249 CONTENEDOR 1 LED STRIP

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024778P CHHONHKGAS1600254A CONTENEDOR 1 CONTROLLER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023623D CHSHASHX60135024-3 CONTENEDOR 1 QDC SWEATER

MONTE ROSA 15/03/2016 16091MANI025719L USPVGPEF/BUE/1602/005 BULTOS 1 PRINTING MACHINE

MONTE ROSA 15/03/2016 16091MANI022515C USPVGMIA1602321-6 PALETA 2 COMPUTER PARTS

PHILIPS ARGENTINA S.

10/03/2016 16091MANI023484X 091MOLU11029679306 CONTENEDOR 1 QDC HI-FI SYSTEM SPEAKER

SIEMENS S.A.

09/03/2016 16091MANI023166F 09165708325 BULTOS 2 parts

09/03/2016 16091MANI023167G 09165708349 BULTOS 1 parts

09/03/2016 16091MANI023190C 09165708339 BULTOS 1 parts

11/03/2016 16091MANI024339X 09165708887 BULTOS 2 spare parts

11/03/2016 16091MANI024337G 09165708883 BULTOS 3 spare parts

11/03/2016 16091MANI024346G 09165708885 BULTOS 1 spare parts

11/03/2016 16091MANI024361D 09165708876 BULTOS 1 s`pare parts

11/03/2016 16091MANI024343D 09139715350 BULTOS 1 spare parts

11/03/2016 16091MANI024360C 09165708868 BULTOS 5 spare parts

14/03/2016 16091MANI024727J 09162007739 BULTOS 1 parts

14/03/2016 16091MANI024738L 09162007507 BULTOS 1 parts

15/03/2016 16091MANI025557L 09165709088 BULTOS 2 parts

15/03/2016 16091MANI025526H 09189072639 BULTOS 3 parts

15/03/2016 16091MANI025525G 09189072643 BULTOS 3 parts

15/03/2016 16091MANI025564J 09165709115 BULTOS 3 Equipos.

15/03/2016 16091MANI025536X 09165709233 BULTOS 1 Equipos.

15/03/2016 16091MANI025542F 09165709221 BULTOS 1 Equipos.

15/03/2016 16091MANI025537J 09165709230 BULTOS 1 Equipos.

SIR HOME S.A.

MSC NAOMI 11/03/2016 16091MANI024254E ZZZZZ568812452 BULTOS 840 q.d.c. screwdriver

MSC NAOMI 11/03/2016 16091MANI024266H CHNGO580579931 BULTOS 660 q.d.c. small angle grinde

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023784L GEBHVSTR149600 BULTOS 7 EL. TOOLS / PARTS

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023765K GEBHVSTR149349 BULTOS 6 EL. TOOLS / PARTS

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L SPAGSBAN012549 BULTOS 980 q.d.c. sweater

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023753H GEBHVSTR149540 BULTOS 7 EL. TOOLS / PARTS

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023753H GEBHVSTR149545 BULTOS 7 EL. TOOLS / PARTS

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023753H GEBHVSTR149516 BULTOS 7 EL. TOOLS / PARTS

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023753H GEBHVSTR149522 BULTOS 4 EL. TOOLS / PARTS

TERBASA

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026969T CHSHAFDSHSE1601101D BULTOS 40 AUTO SPARE PARTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026969T CHSHAFDSHSE1601101J BULTOS 31 ACETATE SHEET

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026969T CHSHAFDSHSE1601101B BULTOS 20 AUTO SPARE PARTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026969T CHSHAFDSHSE1601101C BULTOS 20 AUTO SPARE PARTS

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI025225D CHNGONGB168231714 CONTENEDOR 1 STC: Textile woven fabric

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI025225D CHNGONGB168239757 CONTENEDOR 1 STC: Textile woven fabric

MSC JULIE 610 15/03/2016 16091MANI025225D CHNGONGB168239760 CONTENEDOR 1 STC: Textile woven fabric

TERMINAL 5

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121332810 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022468J ZZZZZDLYTBNA16010189C CONTENEDOR 2 STC: PLASTIC TOYS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023339H CHSHASHSM1601639CC CONTENEDOR 1 QDC MEN'S WOVEN JACKET

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023129E CHHONFDHKSE1602010G BULTOS 9 AUDIO MIXING CONSOLES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023239G CHSHAFDSHSE1602015 CONTENEDOR 1 FASTENERS

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI022859N BRSTSPTNKSSZ0001093 CONTENEDOR 2 S.T.C.: IMO 3 UN3065 ALCO

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 27Depósito Medio Arribo Manifiesto Conocimientos Bultos Cantidad Mercadería

TERMINAL 5

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848470 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6117921160 CONTENEDOR 1 QDC TRAVEL SET

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022633D CHSHADLSH16010563 CONTENEDOR 1 STC: HOUSE ACCESORIES STA

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023182D CHYANNSZX16020689 CONTENEDOR 1 STC : PLASTIC FLOWERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121447290 CONTENEDOR 1 QDC GARMENTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M CHSHAEGLV142600168257 CONTENEDOR 2 FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121502520 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121503880 CONTENEDOR 1 QDC PARTY SUPPLIES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169894 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023975N CHSHAHDE16-02028 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023987Z CHSHAHDE16-01159 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023584J CHSHAHDE16-02034 CONTENEDOR 1 WEIGHT BENCH

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023690H ZZZZZTCSZ1601151 CONTENEDOR 1 STC WHEELCHAIR, SPARE PAR

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023264E CHYANFDSZSE1602014 CAJA 475 Q.D.C PU HANDBAG

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022511V ZZZZZDLHPBNA16020029C CONTENEDOR 1 STC: MUSICAL BOX

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022540A CHNGODLNB1602063 CONTENEDOR 1 STC: GLASS ORNAMENTS CERA

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022633D CHSHADLSH16010487 CONTENEDOR 1 STC: TEXTILE FABRICS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6117921370 CONTENEDOR 1 QDC ARTIFICIAL FLOWERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121433450 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHSHACOSU6120407090 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023271C IIOOVMUM-713-1516 CONTENEDOR 1 OUTDOOR STATION POST INSU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023271C IIOOVMUM-718-1516 CONTENEDOR 1 OUTDOOR STATION POST INSU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023271C IIOOVMUM-719-1516 CONTENEDOR 1 OUTDOOR STATION POST INSU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023260A CHYANFDSZSE1602010 CAJA 678 Q.D.C HANDBAG

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023203U CHNGOFDNBSE1602017 CONTENEDOR 1 INDUSTRIAL SEWING MACHINE

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M CHSHAEGLV142600177078 CONTENEDOR 1 PERFORATE ATB NONWOVEN 24

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023984N CHSHAHDE16-02013 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023698P CHSHAHDE16-01139 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE PIECE GOODS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023588N CHSHAHDE16-02051 CONTENEDOR 1 S.T.C.WEIGHT BENCH

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023687N CHNGONGBBUE2645 CONTENEDOR 1 QDC:MARKER PEN, PLASTIC F

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023703C CHSHAPLYY1601129 CONTENEDOR 1 QDC:MUSICAL BOX, HAIR BAN

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023617G CHSHAHDE16-01215C CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023748L CHNGONGBBUE2647 CONTENEDOR 1 QDC:JACKET

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023782J ZZZZZGGLFE16020014 CONTENEDOR 1 STC : ROLLER SKATE

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024271D CHSHAQ10201601217 CONTENEDOR 1 STC: TEXTIL FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022633D CHSHADLSH16010546 CONTENEDOR 1 STC: DATE STAMP HAIR ACCE

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI022859N CHNGOKKLUNB1130077 CONTENEDOR 1 S.T.C.: EMPTY ALUMINIUM T

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHSHACOSU6120407060 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M IIOOVEGLV085600002186 CONTENEDOR 1 POLYESTER RING SPUN YARN

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121479211 CONTENEDOR 1 QDC CAT LITTER

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121503860 CONTENEDOR 1 QDC PARTY SUPPLIES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023979R CHSHAHDE16-01216 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023981K CHSHAHDE16-01017 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023898R CHNGOGGLCNB1602103R CONTENEDOR 1 QDC:VALIJA INFANTIL

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023569M CHSHAHDE16-01126 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024288L CHSHAQ10201601070 CONTENEDOR 1 STC:POLY SPUN SPAN PD / T

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023994Y CHNGOS160NGB01178 CONTENEDOR 1 SUSPENSION PARTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121525340 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B IIOOVZIMUMAA0008050 CAJA 8 Q.D.C CHAINS Y SPARES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022468J ZZZZZDLYTBNA16010190C CONTENEDOR 2 STC: PLASTIC TOYS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHQINCOSU6122837280 CONTENEDOR 1 QDC TRAVEL KIT

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121503870 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121516070 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023974M CHSHAHDE16-01144 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTIL FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024671H CHNGOESNBOBUE1602019 CONTENEDOR 1 MARKER PEN

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024047E CHSHAAASL16010715 CONTENEDOR 3 Q.D.C. BIJOU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024200S CHNGOANBL16020040 CONTENEDOR 3 Q.D.C. BIJOU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023617G CHSHAHDE16-01215A CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024278K CHQINQ10201601077 CONTENEDOR 2 STC: TEXTIL FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025634H TWTAOAMBU205144 CONTENEDOR 1 STC: 100% POLYESTER TROPI

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI020738H CHNGOTSHBUE-1602035 CONTENEDOR 1 radiator

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B IIOOVZIMUMAA6012590 CAJA 8 Q.D.C CHAINS Y SPARES

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023230U CHSHAFDSHSE1601201 CONTENEDOR 1 AUTO PARTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B IIOOVZIMURQL6023096 CONTENEDOR 1 S.T.C. MACHINED PARTS FO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848370 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848390 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022633D CHSHADLSH16010543 CONTENEDOR 1 STC: FLOWERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M CHSHAEGLV142600111891 CONTENEDOR 2 CTP PLATE,PS PLATE

HANJIN SEATTLE 604 11/03/2016 16091MANI022840D CHSHAYMLUB231004027 CONTENEDOR 1 QDC MANGANESE CARBONATE

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121512779 CONTENEDOR 1 QDC JOYSTICK, ETC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023261B CHYANFDSZSE1601111 CAJA 520 Q.D.C PU HANDBAG

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023263D CHYANFDSZSE1602013 CAJA 538 Q.D.C PU HANDBAG

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M IDBWDCOSU6003794920 CONTENEDOR 1 QDC DESICCATED COCONUT

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023151W CHNGOFDNBSE1601186 CONTENEDOR 1 BIJOU

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121502980 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023967Y CHSHAHDE16-01089 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023976Y CHSHAHDE16-01099 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023983M CHSHAHDE16-02045 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRIC

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023571F CHSHAHDE16-01127 CONTENEDOR 1 S.T.C. BIJOU AND FLOWERS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI025635X TWTAOAMBU205143 CONTENEDOR 1 STC: 100% POLYESTER TROPI

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121525370 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI019612G CHNGOSHSM1601792CC CONTENEDOR 1 RUBBER BELTS

HANJIN SEATTLE 027W 11/03/2016 16091MANI019614X CHNGOSHSM1601790CC CONTENEDOR 1 RUBBER BELTS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169957 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGO

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848440 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848460 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M CHNGOEGLV143686603028 CONTENEDOR 1 UMBRELLA

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 28Depósito Medio Arribo Manifiesto Conocimientos Bultos Cantidad Mercadería

TERMINAL 5HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023235C CHSHAFDSHSE1601137 CONTENEDOR 1 PVC FILMHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121479220 CONTENEDOR 3 QDC GLASS BLOCKHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121512770 CONTENEDOR 1 QDC JOYSTICK, ETCHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHSHACOSU6120407080 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121526980 CONTENEDOR 1 QDC ADULT SCOOTERHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121516060 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169895 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023970X CHSHAHDE16-02019 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRICHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023610W CHNGOAC16NBBUE92819 CONTENEDOR 1 stc: carga consolidadaHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023620A CHSHAAC16SHBUE90977 CONTENEDOR 1 stc: pen, comb, clening sHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023679Y CHNGONGBBUE2644 CONTENEDOR 1 QDC:MARKER PENS, HAIR BANHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023696N CHNGONGBBUE2646 CONTENEDOR 1 QDC:MUSICAL BOX, HAI BRANHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024283G CHSHAQ10201601124 CONTENEDOR 1 STC:TEXTIL FABRICSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI024291F CHNGOQ10201601166 CONTENEDOR 1 STC:TEXTIL FABRICSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169953 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B IIOOVZIMUMAA0008051 CAJA 8 Q.D.C CHAINS Y SPARESHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023225B CHSHAFDSHSE1601179 CONTENEDOR 1 LAMPHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022468J ZZZZZDLYTBNA16020105C CONTENEDOR 1 STC: TABLETHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022678M CHHONEGLV003600152574 CONTENEDOR 1 100 PERCENT POLYESTER FILHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6117921360 CONTENEDOR 1 QDC ARTIFICIAL FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHSHACOSU6120407040 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHHONCOSU6110487270 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169896 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169897 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169917 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023531B CHNGOAC16NBBUE92814 CONTENEDOR 1 stc: estanteria metalica HANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023968P CHSHAHDE16-01174 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRICHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023787Y THBNKBKKBUL956 CONTENEDOR 1 STC FRUTAS DESHIDRATADASHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023560D ZZZZZHDE16-01209 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023578M CHSHAHDE16-01090 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023748L CHNGONGBBUE2649 CONTENEDOR 1 QDC:SWATERS/CARDIGANHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121535620 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022468J ZZZZZDLYTBNA16020047C CONTENEDOR 2 STC: PLASTIC TOYSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023269J IIOOVFDTH16006 CONTENEDOR 1 EXTRUDED RUBBER THREADSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848450 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHYANZIMUSHH0356334 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022633D CHSHADLSH16010480 CONTENEDOR 1 STC: HOUSE ACCESSORIESHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6117921960 CONTENEDOR 1 QDC FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121502970 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M ZZZZZCOSU6121507640 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023632D ZZZZZAC16SZBUE93186 CONTENEDOR 1 stc: partes de jarraHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023893M CHNGOUNGBE16020002 CONTENEDOR 1 STC: ACCESORY FORGYMHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023972K CHSHAHDE16-02024 CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRICHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023565X ZZZZZHDE16-01208 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023612B CHSHAAC16SHBUE90646 CONTENEDOR 1 stc: art sport pen comb cHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023576K CHSHAHDE16-02020 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023579N CHSHAHDE16-02023 CONTENEDOR 1 S.T.C.BIJOU AND FLOWERSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023617G CHSHAHDE16-01215B CONTENEDOR 1 S.T.C.TEXTILE FABRICHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022127B CHNGOZIMUNGB9169954 CONTENEDOR 1 S.T.C. CONSOLIDATED CARGOHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI022948M CHNGOCOSU6109848380 CONTENEDOR 1 QDC HOUSEWARE ITEMS

TERMINAL CARGA TIGREMONTE ACONCAGUA 09/03/2016 16091MANI022901B USNFKSUDU260018313BRS BULTOS 32 QDC. SYNTHETIC RESINHANJIN SEATTLE 42440 16091MANI023755J CHXMNAC16XMBUE92624-01 BULTOS 80 QDC : CASUAL SHOESHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023995P IIOOVDAC0115516/001 BULTOS 250 QDC ABRIGOSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026108E CHNGOAMBU20131401B BULTOS 144 QDC : MEN PULLOVERHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI026115C CHSHAAMBU20131445 BULTOS 588 QDC : MENS SWATSHIRTHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023866M CHNGOFSZ16020009 CONTENEDOR 1 HOMEWARE STEEL ITEMSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023995P IIOOVDAC0115517/001 BULTOS 76 QDC PANTALONHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023755J CHXMNAC16XMBUE92624-03 BULTOS 92 QDC : MENS PANTSHANJIN SEATTLE 11/03/2016 16091MANI023755J CHXMNAC16XMBUE92624-02 BULTOS 254 QDC : MENS PANTSMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024016A GEBHVDEMUC0000029046 BULTOS 58 QDC FILTER AND PARTSMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024667M SPAGSAMG20160014 BULTOS 60 QDC STEEL CYLINDERSCAP SAN JUAN 14/03/2016 16091MANI024604D CHNGOFDNBSE1601071 BULTOS 655 QDC ACCESORIO DE PELOSCAP SAN MALEAS 14/03/2016 16091MANI025081D BRSTS46160002 BULTOS 530 QDC PAIRS FOOTWEARCAP SAN MALEAS 14/03/2016 16091MANI024665K BRSTS46160002 BULTOS 478 QDC PAIRS FOOTWEAR

14/03/2016 16091MANI024639L 091BR525000101 PALETA 1 MANTO STD F/M NCM 8474.90CAP SAN MALEAS 14/03/2016 16091MANI025013V BRSTS46160002 BULTOS 392 QDC PAIRS FOOTWEARMSC BARCELONA 14/03/2016 16091MANI024853J SPBREM1623509 BULTOS 1 S.T.C. LIBROSALDEBARAN 15/03/2016 16091MANI025363G BRSTSSAOBUE09/2283 BULTOS 24 QDC FILTRO BLINDADO DE LA

TERMINAL PANAMERICANMONTE ACONCAGUA 09/03/2016 16091MANI023469L USPVGHBOL1565 PALETA 5 TRAGA MONEDASMSC VANESSA 10/03/2016 16091MANI023529X USNFKZIMUORF639165 PALETA 31 AUTOPARTESMSC VANESSA 11/03/2016 16091MANI024415D USSAVMEM601055002 BULTOS 54 CORREAS Y MANGUERAS INDUSMSC VANESSA 11/03/2016 16091MANI024399Y USSAVMEM601055009 BULTOS 21 CARREAS Y MANGUERAS DE US

14/03/2016 16091MANI024794N 091BR597512468 BULTOS 9 SPARE PARTS FOR CUMMINS DTERMINAL. 4

MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L BEANW568797643 CONTENEDOR 1 Q.D.C. LD PolyethyleneMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024127D GEBHVAAR060585 CONTENEDOR 1 MARINE EQUIPMENTMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L SPAGS955775173 CONTENEDOR 1 Q.D.C. SPARE PARTS IN TRAMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L SPAGS955714591 CONTENEDOR 2 Q.D.C. ACERO REVESTIDO COMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI023990K SPAGSCOSU4504331070 CONTENEDOR 1 QDC COMPLEJO GELIFICANTE MAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L SPAGS955617074 CONTENEDOR 2 Q.D.C. LOW DENSITY POLYETMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024153C NLROTHJSCRTM602075300 CONTENEDOR 1 Q.D.C.ROLLS NON WOVENSMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024153C NLROTHJSCRTM601803100 CONTENEDOR 1 Q.D.C.COCOA POWDERMAERSK LEON 13/03/2016 16091MANI024198L SPAGS568831643 CONTENEDOR 1 Q.D.C. ALAMBRES ATAR CELU

Abog. EDGARDO R. PAOLUCCI, Director (Int.), Dirección Aduanas Metropolitanas I.e. 18/04/2016 N° 23255/16 v. 18/04/2016

#F5104038F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 29#I5104041I#

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

-EDICTO-

Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la Mercade-ría interdicta por Gendarmería Nacional el día 25 de febrero del año 2016 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por esta dependencia como 015-SC-16-2016/7, caratulado como “CHOQUE PUENTE JENNIFER S/INFR. ART. 986/987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-79-2016, en los términos del artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 —Código Aduanero—. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo texto legal.

Además, se le hace saber también que, en su primera presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de ésta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en ésta oficina aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415).-

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay – Entre Ríos.

e. 18/04/2016 N° 23258/16 v. 18/04/2016#F5104041F#

#I5104042I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

-EDICTO-

Arts. 1101 y 1001 del Código aduanero - LEY 22.415-

Se cita a el/los interesado/s para que, dentro de los (10) diez días hábiles, comparezca en el/los Sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas, por la presunta infracción que en cada caso se indica al/los Arts. del Código Aduanero (Ley 22.415) y bajo apercibimiento de Rebeldía. En el mismo plazo deberán constituir domicilio en el radio urbano de esta Aduana (Art. 1.001 del C.A.) —Estrada N° 4 - 3260 Concepción del Uruguay Entre Ríos— bajo apercibimiento del Art. 1.004 del mismo texto legal. Monto Mínimo de la multa (Arts. 930/932 C.A.) indicado seguidamente.

S.C. N° INTERESADO INFRACC. MULTA

02/2016/6 SANABRIA MARIA ROQUE Art. 987 $ 26.516,97

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay – Entre Ríos.

e. 18/04/2016 N° 23259/16 v. 18/04/2016#F5104042F#

#I5104043I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

-EDICTO-

Arts. 1101 y 1001 del Código aduanero - LEY 22.415-

Se cita a el/los interesado/s para que, dentro de los (10) diez días hábiles, comparezca en el/los Sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas, por la presunta infracción que en cada caso se indica al/los Arts. del Código Aduanero (Ley 22.415) y bajo apercibimiento de Rebeldía. En el mismo plazo deberán constituir domicilio en el radio urbano de esta Aduana (Art. 1.001 del C.A.) —Estrada N° 4 - 3260 - Concepción del Uruguay Entre Ríos— bajo apercibimiento del Art. 1.004 del mismo texto legal. Monto Mínimo de la multa (Arts. 930/932 C.A.) indicado seguidamente.

S.C. Nº INTERESADO INFRACC. MULTA

05/2016/0 CASERES ORLANDO CATRIEL Art. 987 $ 6.641,72

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay - Entre Ríos.

e. 18/04/2016 N° 23260/16 v. 18/04/2016#F5104043F#

#I5103987I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIVISIÓN ADUANA DE OBERÁ

EDICTO DE NOTIFICACION (ART. 1013 INC. “H” COD. ADUANERO)

Por desconocerse la identidad y/o el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio, que en las actuaciones que se indican, se dispuso desestimar las mismas, en los términos del art. 1090 inc. b) del Código Aduanero, Ley 22415. Resultando que el hecho que se investiga no constituye infracción aduanera.

DN86 N° INTERESADO RESOL. ACTUACION

14-2016/K AUTORES DESCONOCIDOS 056/2016 17484-14-2016

19-2016/0 AUTORES DESCONOCIDOS 058/2016 17484-19-2016

32-2016/K AUTORES DESCONOCIDOS 059/2016 17484-29-2016

36-2016/2 AUTORES DESCONOCIDOS 064/2016 17484-33-2016

38-2016/9 AUTORES DESCONOCIDOS 066/2016 17484-35-2016

53-2016/4 AUTORES DESCONOCIDOS 065/2016 17484-50-2016

54-2016/2 AUTORES DESCONOCIDOS 063/2016 17484-51-2016

57-2015/9 AUTORES DESCONOCIDOS 062/2016 17172-11-2015

CARLOS OSVALDO CASTRO, Administrador, Aduana de Oberá.

e. 18/04/2016 N° 23225/16 v. 18/04/2016#F5103987F#

#I5104044I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIVISIÓN ADUANA DE POSADAS

CÓDIGO ADUANERO - LEY 22.415 - ARTICULO 1112 INC. A)

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del pla-zo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1115) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal adua-nera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los art. 977 y/o 979 a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo de-pósito en autos del monto de los tributos respectivos, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de la Secretaria Ge-neral de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos 4°, 5° y/o 7° de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 954, 994, 995, 985, 986, 987 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4°, 5° y/o 7° de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación. Además quedan notificados que las demás mercaderías involucradas en autos, serán destruidas conforme a los términos del art. 44 y/o 46 Ley 25986.

SC 46- IMPUTADO DOCUMENTO ART. MULTA04/16-5 RODRIGUEZ MAURO DANIEL DNI: 37.159.174 986/7 917.840,301/16-3 ALMADA BRITEZ MIRTA BEATRIZ CIP: 3.297.090 977 6968,2021/16-7 ARMOA CANTERO JULIO RAMON CIP: 5.178.239 979 4729,0039/16-K BENITEZ PORTILLO PAOLA CARINA CIP: 3.832.142 977 5120,0046/14-8 VAZQUEZ BLAS ROLANDO NICOLAS DNI: 94.552.168 977 2728,2067/16-8 CORONEL DE MEDINA FIDELINA CIP: 1.871.731 987 5222,8171/16-8 GONZALEZ CARBALLO JOSE RAMON CIP: 3.338.270 979 11786,65219/15-1 VILLASBOA ELENA CONCEPCIÓN CIP: 1.612.949 979 224150,00236/11 FLORENTIN MIRYAM ESTHER DNI: 20.338.664 985 57394,68

421/15-5 RAMIREZ ADOLFO DNI: 20.829.846 985 4249,96429/15-6 KIPPER MIRTA BEATRIZ DNI: 25.468.147 985 18324,10447/15-6 MARTINS JUAN CRISTIAN DNI: 28.554.150 985 5001,36459/15-0 ALCARAZ JORGE SEBASTIAN DNI: 35.154.256 986 12785,94483/15-6 JACQUET DANIEL ALBERTO DNI: 27.590.594 987 13399,52516/15-1 MENDEZ JUAN CARLOS DNI: 16.993.153 986/7 63223,62643/14-K MACHADO YAMILA SOLEDAD DNI: 31.367.059 985 4000,74760/15-K CARVALHO JOSE MANUEL DNI: 35.012.754 985 25499,59667/15-9 MATIAUDA OSCAR JAVIER DNI: 31.501.649 985 22500,97696/14-7 INSAURRALDE RAUL GUILLERMO DNI: 36.468.176 987 18366,06649/14-9 RIVAROLA RAMONA MIRIAN CIP: 1.520.968 987 20362,46720/15-1 GAUNA NICOLAS ANDRES DNI: 37.891.156 986/7 11003,62730/15-K DOMINGUEZ CARLOS HERNAN DNI: 26.428.460 985/7 18061,79732/15-1 ESCOBAR SUSANA ITATI DNI: 21.369.274 985/7 4012,73748/14-5 MEDINA NICASIO ARSENIO L.E. 7.834.814 985/7 10109,29754/15-4 GISLAINE R DE BASTOSRODRIGUEZ C.I. BR. 2034307559 977 13153,50756/15-0 SAUCHUK DE TRINIDAD ELIZABETH CIP: 2.556.901 977 6056,00758/15-7 BAR CLAUDIO DNI: 24.294.927 986/7 42226,87761/15-8 DE MORAIZ ELVIO DNI: 34.111.732 985 3675,69762/15-6 MELO RICARDO DNI: 27.300.444 985 29871,52763/15-4 ROCHA MAXIMILIANO ROSARIO DNI: 36.466.080 985 6117,17766/15-9 ARANDA LOPEZ MARIO RAMON CIP: 3.459.262 985/6/7 12104,55768/15-5 LUGO MARIA ISABEL CIP: 2.963.335 987 $ 3.014,18770/15-8 VIDAL JULIO ALBERTO DNI: 11.933.732 987 28564,73681/14-6 RIOS ANTONIO ANDRES DNI: 28.201.389 987 15953,32775/15-9 DA SILVA RAMON ANGEL DNI: 22.520.369 985 27501,36778/15-9 ACEVEDO DAMIANA MARCELINA DNI: 22.315.137 985 2200,44

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 30SC 46- IMPUTADO DOCUMENTO ART. MULTA

780/15-6 RODRIGUEZ GUSTAVO SEBASTIAN DNI: 29.641.247 986/7 23279,81786/15-5 RAMIREZ PABLO NICOLAS DNI: 39.369.539 987 3582,06782/15-2 RAMIRES TAVARES ADALBERTO C.I.BR. 304461850-20 987 64453,05789/15-5 ALEGRE ELENA MABEL DNI: 18.642.322 985 2799,70790/15-4 BAR CESAR ADRIAN DNI: 27.998.908 985 35001,72791/15-2 RAMIREZ BENITEZ JORGE ALBERTO CIP: 4.731.851 987 24297,64794/15-7 BARRIOS GLADIS EMILCE DNI: 26.266.837 985/7 9202,29796/15-9 DIAZ RICARDO MANUEL DNI: 26.340.746 987 3383,86804/15-1 CABICHE EDUARDO ALEJANDRO DNI: 16.409.848 986 42919,36813/15-1 ARANDA LOPEZ MARIO CIP: 3.459.262 985/7 3629,93822/15-1 VILLASANTI MIGUEL ANGEL DNI: 34.018.409 987 6315,99825/15-6 BAR CESAR ADRIAN DNI: 27.998.908 985 28001,17826/15-4 GONZALEZ JORGE ALBERTO DNI: 26.193.962 985 20001,12827/15-2 ACA HECTOR SANTIAGO DNI: 23.294.083 985 30001,92828/15-0 RODRIGUEZ FELICIA EUGENIA DNI: 12.327.382 985 3189,68837/15-0 MARTINEZ DE GONZALEZ MIRTA E. CIP: 3.693.571 977 9666,90838/15-9 VILLALBA MARIA SONIA DNI: 31.629.706 985 3849,44841/15-K TORRES ANGEL DAMIAN DNI: 35.115.645 987 6895,04843/15-6 MEDINA NICASIO ARSENIO L.E. 7.834.814 985/7 13087,73849/14-7 BENEGAS ROTELA GUILBERTO DNI: 94.225.319 978 65000851/15-8 FRANCO JULIO LEONARDO DNI: 37.337.115 987 7794,12853/15-4 RIVEROS BRITEZ ROQUE CIP: 4.723.696 977 5722,50856/15-9 SERI MARISA DANIELA DNI: 23.925.025 986/7 8672,76857/15-7 GUTIERREZ VERONICA DANIELA DNI: 24.050.434 987 8178,21860/15-8 ROJAS RAMON DE LA CRUZ DNI: 22.582.894 977 3192863/15-2 CARDOZO CARLOS ROGELIO DNI: 21.996.948 985 5499,18869/15-7 VEGA MATIAS RAMON DNI: 32.087.778 987 39770,39870/15-6 PAZ DANIEL IGNACIO L. DNI: 26.799.158 987 18319,09871/15-4 BARRIOS GLADIS EMILCE DNI: 20.266.837 987 2918,14884/15-7 PAREDES DUARTE IRMA CIP: 4.645.701 977 4139,25885/14-7 KACHUK ALBERTO FABIAN DNI: 23.429.111 985 22945,49885/15-5 LOPEZ ALVARENGA MIGUEL CIP: 2.007.529 977 10557,89912/15-1 GARCIA FLEITAS SILVIO CIP: 3.256.926 977 15138,06915/15-6 MONGELOS SALVADORA MARIA CIP: 1.156.189 977 16100,00920/15-8 CAÑIZA LEDESMA JOSE DANIEL CIP: 3.906.320 977 2554,80923/15-8 NOGUERA SAMUDIO RUBEN CESAR CIP: 3.731.398 979 10162,50942/15-6 QUIROZ TORALES ANTONIO ANIBAL CIP: 3.626.572 977 7605,00947/15-7 CHILAVERT BENITEZ CARLOS RAMON CIP: 4.367.571 979 5463,18948/15-5 GAUTO ARCE OSMAR MARTIN CIP: 2.446.684 977 9571,61950/15-8 ORTEGA VIVIANA MABEL CIP: 4.847.330 977 16442,80951/15-6 RODRIGUEZ ROJAS CLOTILDE CIP: 1.638.973 977 21631,12960/15-6 MOLINA CLAUDIO ALBERTO RODRIGO DNI: 22.995.899 986 6612,94961/15-4 HERRERO MEZA RUBEN CIP: 4.374.977 977 2829,04964/15-9 ESPINDOLA RICARDO DARIO DNI: 29.598.479 985 10491,62968/15-7 RODRIGUEZ FERREIRA ROMILDA ISABEL DNI: 30.525.383 985 5001,19969/15-5 LUNA MIRIAM CIP: 4.215.072 985 9290,92980/15-4 FLORENTIN CARLOS CIP: 4.808.913 985 27496,34973/15-9 DA SILVA RAMON ANGEL DNI: 22.520.369 985 5999,69975/15-5 DOS SANTOS JORGE EDGAR DNI: 26.400.834 985 30002,22

Posadas, 12/04/2016

JORGE A. SCAPPINI, Administrador (I), División Aduana Posadas.

e. 18/04/2016 N° 23261/16 v. 18/04/2016#F5104044F#

#I5104039I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIVISIÓN ADUANA DE POSADAS

-EDICTO-

(ART. 1013 inciso h) Ley 22.415 y 1° Ley 25.603)

La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente y por el término de (1) día, a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuyas actuaciones más abajo se deta-llan, conforme lo estatuye el Art. 417 del Código Aduanero, podrán solicitar respecto a ellas, alguna destinación autorizada dentro de los (30) días corridos, contados desde la publicación del presente, vencido dicho plazo, se procederá a su comercialización o donación, según el caso, en los términos de los artículos 2°, 4° y 5° de la Ley 25.603. Firmado: Sr. Jorge A. SCAPPINI - Administrador de la División Aduana de Posadas, sita en Santa Fe 1862 - Posadas (C.P. 3300), Provincia de Misiones.

ACTUACIONES: DN46-1368/0 del año 2014, 69/0, 70/k, 81/6, 82/k, 83/8, 853/2, 1422/k. 1423/8, 1424/6, 1425/4, 1573/2, 1574/0, 1577/5, 2038/2 y 2043/k del año 2015, 76/2, 87/9, 94/2, 123/3, 132/3, 134/k, 160/1, 234/8, 254/k, 258/2, 259/0, 282/8, 293/4, 304/1, 308/k, 330/3 y 476/9 del año 2016.

Cantidad: 3.913 Mercaderías: OJOTAS, COMPUTADORAS (NOTEBOOK), VENTILADORES, CAMARAS FOTOGRAFICAS DIGITAL, ARTICULOS DE BAZAR VS., MOCHILAS ESCOLAR, ART. DE PESCAS, VIDEO JUEGOS, AUTOSTEREOS, REPROD. DVD, TV COLOR, AMPLIFICADORES (CONSOLA), FILMADORAS, PRENDAS DE VESTIR Y DE CAMAS VARIAS, ROPAS INTERIOR P/DAMAS, CALZADOS VARIOS, ACC. y PARTES DE TELEFONIA CELULAR, MEDIAS P/DAMAS Y CABALLEROS, ART. ELECTRONICAS VS.

TODOS DE INDUSTRIAS EXTRANJERAS.

PROPIETARIOS: SINDOID - N.N.

SECCION SUMARIOS, Abril 06 del 2016.

JORGE A. SCAPPINI, Administrador (I), División Aduana Posadas.

e. 18/04/2016 N° 23256/16 v. 18/04/2016#F5104039F#

#I5104040I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIVISIÓN ADUANA DE POSADAS

MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO, SIN DECLARAR O EN REZAGO

Se anuncia por la presente, la existencia de mercaderías consistentes en CIGARRILLOS, si-tuadas en el Depósito de esta Aduana de Posadas, cuyas actuaciones más abajo se detallan, las cuales se encuentran en la situación prevista en el artículo 417 del Código Aduanero, modificado por el artículo 1° de la ley 25.603, por lo cual se intima a toda persona que se considere con dere-chos respecto de las mismas, para que se presente dentro del término de ley a estar en derecho, bajo apercibimiento de considerarlas abandonadas en favor del Estado Nacional. Asimismo, se comunica que transcurridos (10) diez días de la presente publicación, esta Instancia procederá de conformidad a lo establecido en el artículo 44 de la ley 25.986 que modifica el art. 6° de la ley 25.603. Firmado: Sr. Jorge A. SCAPPINI - Administrador de la División Aduana de Posadas, sita en Santa Fe 1862 - Posadas (C.P. 3300), Provincia de Misiones.

ACTUACIONES: DN46: 130/9--, 178/2, 665/0, 943/2, 945/9, 1009/8, 1074/4, 1080/k, 1081/8, 1082/6, 1083/4, 1401/5, 1402/3, 1403/1, 1407/4, 1408/2, 1409/6, 1413/k, 1414/8, 1416/4, 1417/2, 1418/6, 1419/4, 1420/3, 1421/1, 1463/6, 1464/4, 1465/2, 1469/5, 1471/2, 1487/5, 1488/3, 1546/2, 1547/0, 1548/9, 1549/7, 1553/6, 1554/4, 1572/4, 1589/k, 1882/7, 1883/5, 1910/6, 1911/4, 1912/2, 1928/5, 1943/0, 1945/7, 1946/5, 1955/5, 1957/1, 1960/2, 2023/3, 2024/1, 2026/8, 2028/4, 2029/2, 2030/7, 2050/3, 2063/6, 2064/4 y 2065/2 del año 2015, 77/0, 79/7, 80/6, 82/8, 96/9 y 325/6 del año 2016,

Mercaderías: 16.322 - Cartones de cigarrillos varias marcas, todos de Industrias Extranjeras-

PROPIETARIOS: Desconocidos - (SINDOID - N.N.)

SECCION SUMARIOS, Abril 06 del 2016.

JORGE A. SCAPPINI, Administrador (I), División Aduana Posadas.

e. 18/04/2016 N° 23257/16 v. 18/04/2016#F5104040F#

#I5103453I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE EXPORTACIÓN

Ajuste de valor de Exportación R.G 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.

Listado de Preajustes de Valor aplicables conforme Art 748 inc. A) del C.A

Mercadería: Los demás- Las demás Cebollas – CEBOLLAS y CHALOTES, AJOS, PUE-RROS Y DEMAS HORTALIZAS ALIACEAS, FRESCOS O REFRIGERADOS (Posición Arancelaria 0703.10.19.900T)

Destino: BRASIL

Informe Técnico Nº 03/2013 (SE COSU)

Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcen-tajes expresados en cada caso.

Exportador: EXPORTACIONES ARBOL S.A. - CUIT: 30-70852430-8

Despachante: LAIMER NORBERTO - CUIT: 23-25673326-9

Destinación Item Cantidad exportada

FOB en U$S declarado

Base imp. U$S declarada

% Der. Exp.

Aplicado

Base imp. U$S ajustada

% de ajuste

Dif. Ajustada

U$S Cargo

12082EC01001941H 1 - 1 500 3000 2926,83 2,5 4000 36,67% 26,83

12082EC01001941H 1 - 2 900 5400 5268,29 2,5 7200 36,67% 48,29

12082EC01001944K 1 - 1 550 3300 3219,51 2,5 4400 36,67% 29,51

12082EC01001944K 1 - 2 850 5100 4975,61 2,5 6800 36,67% 45,61

12082EC01001999U 1 - 1 650 3900 3804,88 2,5 5200 36,67% 34,88

12082EC01001999U 1 - 2 750 4500 4390,25 2,5 6000 36,67% 40,24

Total 225,36

Exportador: RJU COMERCIO - CUIT: 30-70934939-9

Despachante: LAIMER NORBERTO - CUIT: 23-25673326-9

Destinación Item Cantidad exportada

FOB en U$S declarado

Base imp. U$S declarada

% Der. Exp.

Aplicado

Base imp. U$S ajustada

% de ajuste

Dif. Ajustada

U$S Cargo

12082EC01000954K 1 - 1 300 2250 2195,12 2,5 2400 9,33% 5,12

12082EC01000954K 1 - 2 975 7312,5 7134,15 2,5 7800 9,33% 16,65

12082EC01000954K 1 - 3 150 1125 1097,56 2,5 1200 9,33% 2,56

12082EC01000955L 1 - 1 400 3000 2926,83 2,5 3200 9,33% 6,83

12082EC01000955L 1 - 2 1000 7500 7317,08 2,5 8000 9,33% 17,07

12082EC01000956M 1 - 1 1175 8812,5 8597,56 2,5 9400 9,33% 20,06

12082EC01000956M 1 - 2 250 1875 1829,27 2,5 2000 9,33% 4,27

12082EC01000957N 1 - 1 650 4875 4756,1 2,5 5200 9,33% 11,1

12082EC01000957N 1 - 2 775 5812,5 5670,73 2,5 6200 9,33% 13,23

Total 96,89

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 31Exportador: LANPORT TECH & COMEX S.R.L. - CUIT: 30-71066752-3

Despachante: RENEDO LUIS FRANCISCO - CUIT: 23-23030655-9

Destinación Item Cantidad exportada

FOB en U$S declarado

Base imp. U$S declarada

% Der. Exp.

Aplicado

Base imp. U$S ajustada

% de ajuste

Dif. Ajustada

U$S Cargo

12054EC01000680F 1 - 0 1400 9800 9800 2,5 11200 14,29% 35,00

12082EC01000781X 1 - 1 1000 7000 6829,27 2,5 8000 17,14% 29,27

12082EC01000781X 1 - 2 425 2975 2902,44 2,5 3400 17,14% 12,44

12082EC01000782J 1 - 1 200 1400 1365,85 2,5 1600 17,14% 5,85

12082EC01000782J 1 - 2 1225 8575 8365,86 2,5 9800 17,14% 35,85

12082EC01000784L 1 - 1 200 1400 1365,85 2,5 1600 17,14% 5,85

12082EC01000784L 1 - 2 1225 8575 8365,86 2,5 9800 17,14% 35,85

12082EC01000786N 1 - 1 930 6510 6351,22 2,5 7440 17,14% 27,22

12082EC01000786N 1 - 2 495 3465 3380,49 2,5 3960 17,14% 14,49

12082EC01001430A 1 - 1 575 4025 3926,83 2,5 4600 17,14% 16,83

12082EC01001430A 1 - 2 850 5950 5804,88 2,5 6800 17,14% 24,88

12082EC01001431B 1 - 1 580 4060 3960,98 2,5 4640 17,14% 16,98

12082EC01001431B 1 - 2 845 5915 5770,73 2,5 6760 17,14% 24,73

12082EC01001460D 1 - 2 775 5425 5292,68 2,5 6200 17,14% 22,68

12082EC01001460D 1 - 1 650 4550 4439,03 2,5 5200 17,14% 19,02

12082EC01001461E 1 - 1 675 4725 4609,76 2,5 5400 17,14% 19,76

12082EC01001461E 1 - 2 750 5250 5121,95 2,5 6000 17,14% 21,95

12082EC01001462F 1 - 1 650 4550 4439,03 2,5 5200 17,14% 19,02

12082EC01001462F 1 - 2 800 5600 5463,42 2,5 6400 17,14% 23,41

12082EC01001463G 1 - 1 650 4550 4439,03 2,5 5200 17,14% 19,02

12082EC01001463G 1 - 2 800 5600 5463,42 2,5 6400 17,14% 23,41

12082EC01001465X 1 - 1 550 3850 3756,1 2,5 4400 17,14% 16,10

12082EC01001465X 1 - 2 825 5775 5634,15 2,5 6600 17,14% 24,15

12082EC01001466J 1 - 1 975 6825 6658,54 2,5 7800 17,14% 28,54

12082EC01001466J 1 - 2 450 3150 3073,17 2,5 3600 17,14% 13,17

12082EC01001514D 1 - 1 350 2450 2390,24 2,5 2800 17,14% 10,24

12082EC01001514D 1 - 2 1050 7350 7170,73 2,5 8400 17,14% 30,73

12082EC01001516F 1 - 2 525 3675 3585,37 2,5 4200 17,14% 15,37

12082EC01001517G 1 - 1 700 4900 4780,49 2,5 5600 17,14% 20,49

12082EC01001517G 1 - 2 750 5250 5121,95 2,5 6000 17,14% 21,95

12082EC01001582X 1 - 1 850 5100 4975,61 2,5 6800 36,67% 45,61

12082EC01001582X 1 - 2 550 3300 3219,51 2,5 4400 36,67% 29,51

12082EC01001663X 1 - 1 600 4200 4097,56 2,5 4800 17,14% 17,56

12082EC01001663X 1 - 2 850 5950 5804,88 2,5 6800 17,14% 24,88

12082EC01001674K 1 - 1 415 2905 2834,15 2,5 3320 17,14% 12,15

12082EC01001674K 1 - 2 1010 7070 6897,56 2,5 8080 17,14% 29,56

12082EC01001675L 1 - 1 500 3500 3414,64 2,5 4000 17,14% 14,63

12082EC01001675L 1 - 2 925 6475 6317,07 2,5 7400 17,14% 27,07

12082EC01001676M 1 - 1 700 4900 4780,49 2,5 5600 17,14% 20,49

12082EC01001676M 1 - 2 700 4900 4780,49 2,5 5600 17,14% 20,49

12082EC01001689Z 1 - 1 900 6300 6146,34 2,5 7200 17,14% 26,34

12082EC01001689Z 1 - 2 500 3500 3414,64 2,5 4000 17,14% 14,63

12082EC01001696Y 1 - 1 725 5075 4951,22 2,5 5800 17,14% 21,22

12082EC01001696Y 1 - 2 700 4900 4780,49 2,5 5600 17,14% 20,49

12082EC01001697P 1 - 1 400 2800 2731,71 2,5 3200 17,14% 11,71

12082EC01001697P 1 - 2 1025 7175 7000 2,5 8200 17,14% 30,00

12082EC01001843X 1 - 1 575 4025 3926,83 2,5 4600 17,14% 16,83

12082EC01001843X 1 - 2 850 5950 5804,88 2,5 6800 17,14% 24,88

Total 1.042,30

Intervino: Abogada Daniela Pinto Jefe (int) Sección Cereales, C.P Román Scattolon, Jefe (Int.) División Cereales Oleaginosas, Subproductos y Pesca, C.P. Monica Murno, Directora de la Direc-ción de Fiscalización de Exportación. S/ Disposición AFIP N° 37/2016.

C.P. MÓNICA NOEMÍ MURNO, Directora (Int.) Dirección de Fiscalización de Exportación.

e. 18/04/2016 N° 23070/16 v. 18/04/2016#F5103453F#

#I5104177I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote “… “en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en el Acta Lote mencionada el sumariado deberá aportar las intervenciones y/o Certificados que correspondan, procediéndose en caso contrario con-forme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley N° 22415, o en caso de correspon-der PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa N° 57/07.- Fdo.: Abog. Marta Gonzalez Avalos, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

12201-113-2011 MARTHA ISABEL DURAND DE LA CRUZ (CUIT: 27-94046004-8)

Acta Lote N° 11001ALOT0000064R 54/16

12201-369-2011 DAVID ALONZO TAYPE (DNI PERUANO: 46195064-2)

Acta Lote N° 11001ALOT0000250Y 85/16

12201-367-2011 CRISTIAN EDGRADO RODRIGUEZ (DNI: 32642735)

Acta Lote N° 11001ALOT0000252Z 228/16

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

12201-345-2011 WILDER RAUL TORRES YAÑAC (DNI PERUANO: 70415199

Acta Lote N° 11001ALOT0000214Y 230/16

12201-336-2011 NELSON ALEXANDER ESPINAL NAVARRO (DNI PERUANO: 45676218)

Acta Lote N° 11001ALOT00000212M 289/16

12201-335-2011 MARIO ARIEL ARMANDO CARBALLO (CUIT: 20-21499369-5)

Acta Lote N° 11001ALOT0000209S 53/16

12201-334-2011 JAVIER ANDRES AMARO SANCHEZ (INDOCUMENTADO)

Acta Lote N° 11001ALOT0000210K 88/16

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación Nº 2, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 18/04/2016 N° 23338/16 v. 18/04/2016#F5104177F#

#I5104179I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101)

EDICTO

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” Ar-tículo 1°: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 Art. 2°: PROCEDER a la destrucción de la mercadería que integra el Acta Lote ..... en virtud de lo vertido en los considerandos que anteceden con intervención del Personal de Unión Argentina de Vi-deoeditores. — Fda. por la Abog Marta Gonzalez Avalos-Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

12201-160-2012 ADRIAN ALTAMIRANO (DNI N° 27565734)

Acta Lote N° 12001ALOT000161Z 404/16

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación Nº 2, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 18/04/2016 N° 23340/16 v. 18/04/2016#F5104179F#

#I5104180I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARTICULO 2°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mer-cadería del Acta Lote N°  .... en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, y pago de los tributos que se liqui-den, deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería, el sumariado deberá cumplir con la presentación del Certificado de Calzado (CIC) conforme res,.MEP 486/05, la presentación de Certificado de origen conforme Res MEOSP 763/96 y el cumplimiento del etiquetado conforme Res. SIGM 508/99. En consecuencia deberán ser acompañados los certificados mencionados precedentemente, previo a proceder a la entrega de dichas mercaderías en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, procediéndose en caso contrario, conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa N° 57/07.- Fdo.: Abog. Marta Gonzalez Avalos, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

13693-105-2012 NORA ESTHER SPESO CUIT: 27-16997299-9

Acta Lote N° 11001ALOT0000083T 403/16

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 18/04/2016 N° 23341/16 v. 18/04/2016#F5104180F#

#I5104181I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución …” AR-TICULO 2°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mer-cadería del Acta Lote N° ………….. en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.007,

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 32a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, y pago de los tributos que se liquiden, deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería, el sumariado deberá aportar para el ítem 2.1 y 3.1 Certificado de seguridad Eléctrica conforme Res. 92/98 y para el ítem 9.1, la presentación de Certificado de SIMELA. En consecuencia deberán se acompañados los cer-tificados mencionados precedentemente, previo a proceder a la entrega de dichas mercaderías en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, procediéndose en caso contrario, conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asi-mismo, de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Marta Gonzalez Avalos, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Le-gales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

12201-342-2011 CARLOS JAVIER CUADRELLI DNI: 22286216

Acta Lote N° 11001ALOT0000223Y 290/16

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 18/04/2016 N° 23342/16 v. 18/04/2016#F5104181F#

#I5104183I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Ar-tículo 1°: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote “.... “en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo de-berá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en el Acta Lote mencionada el sumariado deberá aportar las intervenciones y/o Certificados que correspondan, procediéndose en caso contrario conforme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley N° 22415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa N° 57/07.- Fdo.: Abog. Carlos Cazzolato, Firma Responsable del Departamento Procedi-mientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

12201-346-2011 WALTER JOAQUIN ARMANDO (DNI: 36513089)

Acta Lote N° 11001ALOT0000213N 6407/15

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 18/04/2016 N° 23344/16 v. 18/04/2016#F5104183F#

#I5100348I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Pedro Wenceslao Mauna (L.E. N° 5.095.412) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 6248, Expediente N° 101.871/13, caratulado “PEDRO WENCESLAO MAU-NA”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por (cinco) días en el Boletín Oficial.

FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 18/04/2016 N° 21758/16 v. 22/04/2016#F5100348F#

#I5100349I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma COAMAR S.A. —en quiebra— (C.U.I.T. N° 30-70824977-3) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles banca-rios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 5294, Expediente N° 101.570/09, caratulado “COAMAR S.A. Y OTRO”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 18/04/2016 N° 21759/16 v. 22/04/2016#F5100349F#

#I5100350I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma Mountain Nature Interna-tional S.A. (C.U.I.T. N° 30-70802905-6) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Recon-quista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N°  4977, Expediente N°  101.373/09, caratulado “MOUNTAIN NATURE INTERNATIONAL S.A. Y OTRO”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 18/04/2016 N° 21760/16 v. 22/04/2016#F5100350F#

#I5100351I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor GORKA VILLAR BOLLAIN (Pasaporte Español N° BF 357905) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Recon-quista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 6060, Expediente N° 100.520/12, caratulado “GORKA VILLAR BOLLAIN”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

FEDERICO G. SOSA, Analista Sr. Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr. Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 18/04/2016 N° 21761/16 v. 22/04/2016#F5100351F#

#I5103610I#MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

REF. EXPTE. Nº 1-2002-17902/11-5

EDICTO

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, conforme a lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por Disposición del Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, notifíquese la firma: “URBANA S.A.”, la Resolución Secretarial N° 245 de fecha 14 de Julio de 2014 cuya parte resolutiva reza:

ARTÍCULO 1°: Sanciónase a la firma “DROGUERÍA URBANA S.A.”, en carácter de propietaria de la denominada “DROGUERÍA URBANA”, sita en la calle Moreno N° 3.059 de la Ciudad Autóno-ma de Buenos Aires, con una multa de pesos CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500) por haber trans-gredido los artículos 36 y 38 de la Ley 17.565, y artículo 36 del Decreto N° 7.123/68, reglamentario de la Ley N° 17.565.

ARTÍCULO 2°: Sanciónase al profesional farmacéutico Sergio Amadeo DERAIOPIAN (M.N. N° 12.005), en carácter de Director Técnico de la denominada de la denominada “DROGUERÍA URBANA”, sita en la calle Moreno N° 3.059 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de pesos MIL QUINIENTOS ($ 1.500) por haber transgredido los artículos 36 y 38 e la Ley 17. 565, y artículo 36 del Decreto N° 7.123/68, reglamentario de la Ley N° 17.565.

ARTÍCULO 3°: Acuérdese el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su noti-ficación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio N° 1.925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Na-cional de Salud).

ARTÍCULO 4°: El sancionado podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la auto-ridad judicial correspondiente de conformidad con lo prescripto por el artículo 53 y concordantes de la Ley N° 17.565.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, gírese al DEPAR-TAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para la continua-ción de su trámite y archívese. FIRMADO. DOCTOR CARLOS A. SORATTI. SECRETARIO DE PO-LÍTICAS, REGULACIÓN Y RELACIONES SANITARIAS. MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.

Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 18/04/2016 N° 23163/16 v. 20/04/2016#F5103610F#

#I5104084I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3748/2016

Bs. As., 11/04/2016

VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.738 del 18 de Setiem-bre de 1992 y el Expediente N° 28349/16 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27.198 (B.O. 04/11/15), aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 33Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 10/16 del Jefe de Gabinete de Ministros (B.O.

21/01/16), se han distribuido los créditos correspondientes al Ejercicio 2016, siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente ejercicio de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS QUINCE ($ 539.076.415.-).

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por los Artículos N° 62 y N° 63 del Decreto N° 1738/92, corresponde establecer el segundo anticipo de la Tasa de Fiscalización para el año 2016.

Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS, mediante los Informes GDyE N° 66/16, N° 67/16 y N° 85/16 correspondientes a altas y bajas de Comercializadoras y a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia, de las Subdistribuidoras, Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS N° 1660/00 y N° 163/95 y sus concordantes.

Que, este segundo anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que re-sulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2016, el que se determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2015 o últimos presentados por las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribuidoras y en una suma fija para las Comercializadoras.

Que, se ha determinado, en forma provisoria, el excedente acumulado al año 2015 en PE-SOS OCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 8.522.486.-) y conforme lo dispuesto en la reglamentación del Artículo N° 63 de la Ley N° 24.076 por Decreto N° 1738/92, corresponde su asignación al presente ejercicio.

Que, resulta necesario y prudente esperar la aprobación de dicho excedente por parte de la Contaduría General de la Nación, que llevará a cabo las tareas de cierre de la Cuenta de Inversión 2015.

Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo, en cumplimiento de la autorización de Recursos aprobada por la Ley Nacional de Presupuesto correspondiente al presente ejercicio, N° 27.198, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.

Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas ha tomado la inter-vención que le compete, en los términos del Artículo N° 7 de la L.N.P.A.

Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos N° 62 y N° 63 de la Ley N° 24.076 y su re-glamentación, aprobada por el Decreto N° 1738/92 y las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14, 1392/15 y 164/16.

Por ello,

EL INTERVENTORDEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar el segundo anticipo de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2016 en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUATRO ($ 134.769.104.-), que será abonada según el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 25 de abril de 2016.

ARTÍCULO 3° — Registrar, notificar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

ANEXO I

TASA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL AÑO 2016 - 2° ANTICIPO

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 34

1) Los Subdistribuidores autorizados por el Ente, pagan la Tasa Anual en dos cuotas, siendo el mínimo de Pesos tres mil setecientos treinta ($ 3.730.-) cada una de ellas.2) Los Comercializadores abonarán en dos cuotas la suma de Pesos sesenta mil setenta y siete ($ 60.077.-) cada una de ellas, como anticipo a cuenta,3) Con el pago de la última cuota de la Tasa de Fiscalización y Control, se ajustarán las participaciones relativas de todos los sujetos, en base a los Estados Contables al 31/12/2015, que deben presentar ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de normas vigentes. Se tendrá en cuenta, asimismo, la incorporación de nuevos sujetos.4) Para las Licenciatarias de Distribución se incluye el monto efectivamente percibido durante el año 2015 de la Asistencia Económica Transitoria aprobada por Resolución SE N° 363/15.

e. 18/04/2016 N° 23301/16 v. 18/04/2016#F5104084F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 35#I5103376I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, notifica que por Resolución N°: 1130/15 INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a PROAGRO PILAR COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA (Mat. 26.172) con domicilio legal en la provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son opo-nibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por Ley N° 22.816. Queda debidamente notificado (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91).

Sr. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 18/04/2016 N° 23048/16 v. 20/04/2016

#F5103376F#

#I5103478I#

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 173/2016

Bs. As., 12/04/2016

VISTO el Expediente N° S05:0045319/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que debido a los avances de la tecnología sanitaria y a los modernos procedimientos para su fiscalización, resulta necesario actualizar la normativa vigente, referente al contralor higiénico-sa-nitario integral de la carne de ave y de todo producto y subproducto derivado de la faena de aves.

Que dicha actualización es acorde a las exigencias de los mercados compradores, y a la nue-va realidad de la agroindustria argentina y del comercio internacional.

Que las modificaciones propuestas a la normativa vigente tienen por objeto evaluar los com-portamientos y niveles de los distintos sistemas de aseguramiento de la calidad, buenas prácticas de manufactura y procedimientos de inspección sanitaria de los alimentos que surgen de la cade-na agroalimentaria en el marco de las carnes de aves, y evidenciar las condiciones higiénicas de los diferentes procesos.

Que la Comisión Permanente de Estudio y Actualización del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar del presente acto, de conformidad con las facul-tades conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Se sustituyen los Numerales 20.4.7, 20.5.8, 20.5.11, 20.5.13 y 20.6.9 del Ca-pítulo XX del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Ani-mal aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, los que quedan redactados de la siguiente forma:

Enfriamiento por aire.

20.4.7 Si se emplea un sistema de enfriamiento por aire, será diseñado de tal manera que se eviten las contaminaciones con partículas que puedan ser vehiculizadas por el propio aire circulante de enfriamiento. Las carcasas de aves sometidas a este tipo de enfriamiento, deberán lograr en el punto más profundo de la pechuga, una temperatura no superior a los SIETE GRADOS CENTIGRADOS (7°C), para posteriormente ser envasadas y depositadas en la cámara de enfriado. El recinto destinado a esta tarea, deberá ajustarse a lo exigido en el Capítulo V del presente reglamento, y contar con un sistema de traslado mecánico continuo.

Evisceración. 20.5.8 La evisceración debe realizarse con el ave suspendida de las patas a nivel de las articulaciones tibiotarsianas y puede efectuarse en forma manual o automática. Los cortes para realizar esta operación, deberán limitarse a los necesarios para extraer las vísceras y facilitar la inspección sanitaria del ave. Se considerará ave eviscerada cuando se le ha extraído cabeza, tráquea, esófago, buche, estómagos glandular y muscular, intestinos, pulmones, sacos aéreos, corazón, bazo e hígado con la vesícula biliar, ovarios y testículos, en las aves sexualmente maduras. Mediante un corte, se separará la cloaca de la pared abdominal. Las patas deberán ser separadas por desarticulación o sección, a la altura de la articulación tibiometatársica. Las garras escaldadas, peladas, enfriadas/congeladas podrán ser comercializadas como comestibles. Las menudencias comestibles o menudos: hígado, corazón y estómago muscular sin mucosa, más el cuello, luego de su emprolijamiento y enfriamiento, pueden ser introducidos dentro de la cavidad de la carcasa, previo envasado.

Aves. Enfriamiento. 20.5.11 1) Enfriado de carcasas Realizado el duchado y cuando no se efectúe el enfriamiento de las carcasas de ave por corriente de aire, será sometida a un enfriamiento por inmersión en agua o agua y hielo, con el objeto de provocar una pérdida sensible del calor animal. El procedimiento consistirá en impulsar constantemente las canales, mediante procedimientos mecánicos, a través de una corriente de agua que circula en dirección opuesta. El tiempo de permanencia en el primer tanque de enfriamiento no deberá exceder los TREINTA (30) minutos, en tanto que en los restantes, sólo podrá permanecer el tiempo suficiente como para lograr el enfriamiento de la carcasa, de modo que no supere los SIETE GRADOS CENTIGRADOS (7°C) medidos en la profundidad de la masa muscular de la pechuga. Este dispositivo de enfriamiento poseerá un sistema de renovación de agua permanente, de tal manera que se asegure que el agua sea renovada a razón de un mínimo de: a) DOS Y MEDIO (2,5) litros por carcasa de un peso igual o inferior a DOS Y MEDIO (2,5) kilogramos. b) CUATRO (4) litros por carcasa de un peso comprendido entre DOS Y MEDIO (2,5) a CINCO (5) kilogramos. c) SEIS (6) litros por carcasa de un peso igual o superior a CINCO (5) kilogramos. d) Si se emplean varios tanques, la entrada y salida de agua usada en cada tanque, deberá regularse de modo que disminuya progresivamente en la dirección del desplazamiento de las canales; el agua limpia se distribuirá entre los tanques de manera que la renovación del agua en el último de ellos no sea inferior a: i. UN (1) litro por canal de un peso igual o inferior a DOS Y MEDIO (2,5) kilogramos. ii. UNO Y MEDIO (1,5) litros por canal de un peso comprendido entre DOS Y MEDIO (2,5) a CINCO (5) kilogramos. iii. DOS (2) litros por canal de un peso igual o superior a CINCO (5) kilogramos. El agua utilizada para el llenado inicial de los tanques, no se tomará en consideración para el cálculo de cantidades. El hielo adicionado al sistema de enfriamiento por inmersión, puede ser tomado en cuenta en los cálculos de las cantidades predeterminadas para la renovación constante de agua en el sistema. La temperatura del agua en el punto donde las carcasas ingresan al sistema, no será superior a DIECISÉIS GRADOS CENTÍGRADOS (16°C), y la temperatura del agua en el punto donde las carcasas salen del sistema, será de CUATRO GRADOS CENTÍGRADOS (4°C) como máximo. El caudal y la temperatura se controlarán por medio de caudalímetros y termómetros instalados según las necesidades. 2) Enfriado de menudos comestibles Las menudencias comestibles o menudos: hígado, corazón y estómago muscular sin mucosa, más el cuello, luego de su emprolijamiento deberán ser sometidas a un enfriamiento por inmersión en agua o agua y hielo, por cada tipo de menudo, con el objeto de provocar una pérdida sensible del calor animal. El procedimiento consistirá en impulsar constantemente los menudos mediante procedimientos mecánicos, a través de una corriente de agua que circula en dirección opuesta. Las dimensiones y caudales serán determinadas de acuerdo a la velocidad de línea, de forma tal que los menudos a la salida no presenten una temperatura superior a los SIETE GRADOS CENTÍGRADOS (7°C). La temperatura del agua empleada respetará los mismos requisitos que para el enfriado de carcasas. La temperatura del agua se controlará en el punto donde ingresan los menudos al sistema. El caudal y la temperatura se controlarán por medio de caudalímetros y termómetros instalados según las necesidades.

Aves. Clasificación. Envasado.

20.5.13 Finalizado el proceso indicado y clasificadas las carcasas, se procederá al envasado. Estos procesos serán continuos y con la mayor velocidad posible. La temperatura ambiente de este sector no deberá exceder los DOCE GRADOS CENTÍGRADOS (12°C) durante los horarios de labor, y será controlada mediante termómetros instalados estratégicamente. Se llevarán los correspondientes registros. Las carcasas pueden estar embolsadas individual o colectivamente en bolsones de materiales aprobados. En el área de clasificación y envasado, deberá evitarse siempre la acumulación de productos, colecta de líquidos, resto de envases, etc.; debiendo las carnes ingresar de inmediato a la cadena de frío. Pueden utilizarse envases secundarios de materiales autorizados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y/o contenedores de fácil higienización y de adecuada conformación, de modo de no generar riesgos para el producto contenido, por asociación de peligros químicos y/o físicos.

Carcasas y órganos. Comisos parciales.

20.6.9 Se dispondrá el comiso parcial cuando las lesiones que se enumeran no afecten el estado general de las carcasas u órganos: contusiones delimitadas, fracturas, procesos tumorales e inflamatorios localizados (sinovitis, abscesos, peritonitis, celulitis).

ARTÍCULO 2° — La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. JORGE DILLON, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

e. 18/04/2016 N° 23095/16 v. 18/04/2016#F5103478F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 36

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I5102318I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, ha dictado en el Expediente N° 6930/12 y 1244/13, la Resolución N° 3.167/15, por la que resolvió rechazar el Recurso de Reconsideración articulado por la COOPERATIVA DE VIVIENDA CRÉDITO Y CONSUMO ALFA & OMEGA LTDA (Mat. 32.347) con domicilio legal en la provincia de Buenos Aires, contra la Resolución N° 7.102/14. Asimismo, se le hace saber que con el rechazo del recurso interpuesto se encuentra agotada la vía administrativa y que, en caso de con-siderarlo conveniente, la agraviada podrá optar por interponer el recurso administrativo de Alzada o iniciar la acción judicial correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 94 del Decreto 1.759/72 (t.o. 1991) (15 días). Queda debidamente notificado (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991).

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, I.N.A.E.S.

e. 15/04/2016 N° 22479/16 v. 19/04/2016#F5102318F#

#I5102319I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, notifica que por Resolución N°: 3033/15 - INAES, ha resuelto NO HACER LU-GAR a la solicitud de otorgamiento de personería jurídica a SAN FRANCISCO COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS LTDA. en formación, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los si-guientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o, 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por Ley N° 22.816. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, I.N.A.E.S.

e. 15/04/2016 N° 22480/16 v. 19/04/2016#F5102319F#

#I5102324I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las enti-dades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO SANTOS VEGA LTDA., MAT. 9556, COOPERATIVA TAMBERA AMEGHINO LTDA., MAT. 9573, COOPE-RATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO 5 DE SEPTIEMBRE LTDA., MAT. 9583, COOPERATIVA DE TRABAJO, CONSUMO Y VIVIENDA 30 DE SETIEMBRE LTDA. MAT. 9600, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO HACIENDO PATRIA LTDA., MAT. 9603, COOPERATIVA DE CREDITO Y CONSUMO DEL PERSONAL DE ABBOTT LTDA., MAT. 9605, COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACION, CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS 6 DE SETIEMBRE LTDA., MAT. 9611, COOPERATIVA DE PROVISION, INDUSTRIALIZACION Y CO-MERCIALIZACION DE TAMBEROS DE JUAREZ-CHILLAR LTDA., MART. 9614, COOPERATIVA MARA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LTDA., MAT. 9648, COOPERATIVA DE PROVI-SION DE SERVICIOS PARA COMERCIANTES DE PRODUCTOS CARNEOS LISANDRO DE LA TORRE PERGAMINO LTDA., MAT. 9676, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE MENSAJERIA Y TELEFONIA RURALES Y ANEXOS DE RADIOCOMUNICACIONES LTDA., MAT. 9684, COOPERATIVA DE CONSUMO LA CANASTA FAMILIAR LTDA., MAT. 9729, COOPERATI-VA DE PROVISION DE SERVICIOS DE MENSAJERIA RURAL LOS TOLDOS LTDA., MAT. 9733, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE SALTO LTDA., MAT. 9767, COOPERATIVA TRES DE DICIEMBRE DE PROVISION PARA FLETEROS LTDA., MAT. 9776, COOPERATIVA SICOOP DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LTDA., MAT. 9781, COOPERATIVA DE MATERIALES Y CONSTRUCCIONES MODULARES DE TRABAJO Y VIVIENDA LTDA., 9794, COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DEL POLO LTDA., MAT. 9805, COOPERATIVA DE CONSUMO Y SERVICIOS E/ADJUDICACIONES DEL COMP. HA-BIT. FLORENCIO VALRELA LTDA. COCOSERACH FLORENCIO VARELA LTDA., MAT. 9807, COOPERATIVA AGRICOLA MARTIN CORONADO LTDA., MAT. 9823. Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Re-solución N° 3.369/09, y su modificatoria Resol. N° 1464/10 y Resol. N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09. Se notifica,

además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap. 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar.- El pre-sente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).

Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 15/04/2016 N° 22485/16 v. 19/04/2016#F5102324F#

#I5102999I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo es-tablecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO PROYECTARTE LDA Matrícula N° 23.756; COOPERATIVA DE TRABAJO “ASTRALIB” LTDA Matrícula N° 23.777; COOPERATI-VA DE PROVISION DE SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES “HOMO LUDENS” LTDA Ma-trícula N° 23.778; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE RADIO COMUNICACIÓN PARA TRANSPORTISTAS, CREDITO Y CONSUMO PLUS LTDA Matrícula N° 23.781; COOPE-RATIVA DE TRABAJO “PLAS-COOP” LTDA Matrícula N° 23.793; COOPERATIVA DE TRABAJO HABITAT Y SALUD LTDA Matrícula N° 23.812; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CON-SUMO LOTISTAS DE BAHIA DEL PLATA LTDA Matrícula N° 23.607; COOPERATIVA DE TRA-BAJO L.A.D.O.C.E. LIGA ARGENTINA DE DISCAPACITADOS ORGANIZADOS CON EMPEÑO LTDA Matrícula N° 23.620; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “RENACER” LTDA Matrícula N° 23.621; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO FAMILIAS DE HOTELES - COFAHO LTDA Matrícula N° 23.626; COOPERATIVA DE CREDITO Y PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS SIEN LTDA Matrícula N° 23.627; COOPERATIVA DE TRABAJO “GAS-TRONOMIA APLICADA” LTDA Matrícula N° 23.680; COPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MILAGROS LTDA Matrícula N° 23.682; COOPERATIVA AGROPECUARIA BROTES DE ESPERANZA LTDA Matrícula N° 23.691 (Expte. 3391/2015 Resolución N° 2585/14). COOPE-RATIVA DE TRABAJO VITO DUMAS LTDA Matrícula N° 24.031; COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE OCTUBRE LTDA Matrícula N° 24.127; COOPERATIVA DE TRABAJO GRAFICO MERCATALI LTDA Matrícula N°  24.128; CARVING COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LTDA Matrícula N° 24.136; COOPERATIVA DE TRABAJO VILLA DEL PARQUE LTDA Matrícula N° 24.137; COOPERATIVA DE TRABAJO FERRO-SERVICIOS LTDA Matrícula N° 24.142; COO-PERATIVA DE TRABAJO FERROMAQ LTDA Matrícula N° 24.144; “MALVINAS” COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA Matrícula N° 24.147; COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVI-CIOS EL SOL NACIENTE LTDA Matrícula N° 24.148; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “GENESIS” LTDA Matrícula Nº 24.150; COOPERATIVA DE TRABAJO “MUSICAL CIUDAD DE BUENOS AIRES” LTDA Matrícula N° 24.152; COOPERATIVA DE TRABAJO ASFAL-COOP LTDA Matrícula N° 24.156; COOPERATIVA DE TRABAJO “PANALMIEL” LTDA Matrícula N° 24.165; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO FAMILIAS UNIDAD LEMOS LTDA Matrícula N°  24.171; COOPERATIVA DE TRABAJO SALUD MEDRANO LTDA Matrícula N° 24.174; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO RENOVACION LTDA Matrícu-la N° 24.176; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO TRANSPORTES WEG COOPERATIVA LTDA Matrícula N° 23.977; COOPERATIVA DE TRABAJO COOPETUR INTERNACIONAL LTDA Matrícula N° 24.007; COOPERATIVA DE TRABAJO DE FERIANTES PROCOM LTDA Matrícula N° 24.029 (Expte. 3394/2015 Resolución N° 2585/14). COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDI-TO Y CONSUMO CO.VI.AR. LTDA Matrícula N° 24.267; COOPERATIVA DE TRABAJO EDU.CO LTDA Matrícula N° 24.277; COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNION LTDA Matrícula N° 24.278; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO PROYECTO SOL NACIENTE LTDA Ma-trícula N° 24.291; COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO DE INVESTIGACION, PERIODISMO Y EDUCACION LTDA Matrícula N° 24.308; COOPERATIVA AGROPECUARIA COOPAGRO LTDA. Matrícula N°  24.311; COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE PANADERIAS, CONFITERIAS, GALLETITERIAS Y AFINES LTDA Matrícula N° 24.312; COOPERATIVA DE TRABAJO 25 DE OC-TUBRE LTDA Matrícula N° 24.134; COOPERATIVA DE CREDITO BON CREDITO LTDA Matrícula N° 24.344; COOPERATIVA DE TRABAJO SISTEM WORK LTDA Matrícula N° 24.040; COOPE-RATIVA DE TRABAJO TEXTIL SARCEL LTDA Matrícula N° 24.069; COOPERATIVA DE TRABA-JO NUEVA ARGENTINA LTDA Matrícula N° 24.075; COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE SEP-TIEMBRE LTDA Matrícula N° 24.077; COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS VECINOS LTDA Ma-trícula N° 24.093 COOPERATIVA DE VIVIENDA 20 DE DICIEMBRE LTDA Matrícula N° 24.094; COOPERATIVA DE TRABAJO “LA CATOLICA” LTDA Matrícula N° 24.114; COOPERATIVA DE TRABAJO SAN JOSE LTDA Matrícula N°  24.116; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LA SOLIDARIA LTDA Matrícula N° 24.123 (Expte. 3362/15 Resolución N° 2585/14). Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3.369/09 y Resolución N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el termino, se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada a lo dispuesto por el art. 42 del Dec. Regl. 1759. (T.O. 1991).

Dra. NADIA GABRIELA MARCIANO, Instructora Sumariante, INAES.

e. 15/04/2016 N° 22781/16 v. 19/04/2016#F5102999F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 37#I5103006I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a con-tinuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO GENERACION SOLIDARIA LTDA., Matrícula N°  23.917 (Expte. N°  2751/13). Res. N°  4450/13; COOPERATIVA DE TRABAJO ESFUERZO Y SOLIDARIDAD LTDA., Matrícula N° 23.572, (Expte. N° 5213/13). Res. N° 5135/13; COOPERATIVA DE TRABAJO VIRGEN DE LA MERCED LTDA., Matrícula N° 25.305, (Expte. N° 5195/13). Res. N°  5061/13; COOPERATIVA DE TRABAJO “NUEVO HORIZONTE” LTDA., Matrícula N°  22.706 (Expte. N° 11.122/12). Res. N° 2142/13; COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRAL COOP LTDA., Matrícula N° 15.597, (Expte. N° 3511/13). Res. N° 4931/13; COOPERATIVA DE TRABAJO DIS-TRIBUIDORA DE DIARIOS Y REVISTAS VILLA BALLESTER LTDA., Matrícula N° 15.037, (Exp-te. N° 2494/13). Res. N° 5284/13; COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIO ITATI LTDA., Matrícula N° 25.695, (Expte. N° 5230/13). Res. N° 4916/13; COOPERATIVA DE TRABAJO ARGENTINA DE PRODUCCION CAMISERA LTDA., Matrícula N° 22.843, (Expte. N° 2262/13). Res. N° 4488/13; ASOCIACION MUTUAL 1° DE ABRIL Matrícula N° CF. 2754, (Expte. N° 3466/14). Res. N° 6968/14. Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en las ac-tuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). Notifíquese en la forma prevista por el art. 42 del Decreto reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991).

Dra. VIVIANA ANDREA MARTÍNEZ, Instructora Sumariante, INAES.

e. 15/04/2016 N° 22788/16 v. 19/04/2016#F5103006F#

#I5102992I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo esta-blecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO HUASAMAYO LTDA., Matrícula N°  25.396, (Expte. N°  5148/13). Res. N°  5068/13; COOPERATIVA DE TRABAJO VILLA FLO-RIDA LTDA., Matrícula N°  25.399, (Expte. N°  5182/13). Res. N°  5259/13; COOPERATIVA DE TRABAJO ARGENTINAZO LTDA., Matrícula N° 25.584, (Expte. N° 6055/13). Res. N° 1432/14; COOPERATIVA DE TRABAJO “FAENAR” LTDA., Matrícula N° 23.650, (Expte. N° 2731/13). Res. N° 4438/13; COOPERATIVA DE TRABAJO MOVIMIENTO UNIDO LTDA., Matrícula N° 26.332, (Expte. N°  6061/13) Res. N°  1419/14; COOPERATIVA DE TRABAJO PRIMAVERA NUEVOLT-DA., Matrícula N° 26.047, (Expte. N° 5225/13). Res. N° 4920/13; COOPERATIVA DE TRABAJO SANTA RITA LTDA., Matrícula N°  25.344, (Expte. N°  5207/13). Res. N°  5234/13. Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” Se da por decaído, a las Entidades sumariadas, el Derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba, en los términos del art. 1° inc. “e” ap. 8 de la Ley 19.549. Declarándose la cuestión de Puro Derecho. Concédase a la sumariada el plazo de DIEZ (10) días con más los que correspondan en razón de la distancia para que, de conside-rarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales. Notifíquese en la forma prevista por el art. 42 del Decreto reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O 1991) FDO: Dra. Viviana Andrea Martínez. Instructora sumariante. Asimismo, la Entidad.

Dra. VIVIANA A. MARTÍNEZ, Instructora Sumariante, INAES.

e. 15/04/2016 N° 22774/16 v. 19/04/2016#F5102992F#

#I5102972I#GENDARMERÍA NACIONAL

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

“GENDARMERÍA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA NRO 1480 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA A MARCELO GUSTAVO CARRILLO (DNI 23.319.366), DE LA DDNG NRO 932/15 DE FECHA 21/12/15, EXPTE AF 5-2007/100 QUE DICE: “VISTO, LAS PROPUESTAS FORMULADAS POR LA JUNTA DE CALIFICACIÓN PARA PER-SONAL SUBALTERNO DEL AÑO 2015, Y CONSIDERANDO:...A LO DETERMINADO POR LOS NROS 89 A 93 DE LA REGLAMENTACIÓN DEL TÍTULO II, CAPÍTULO VIII “DE LOS ASCEN-SOS”... POR ELLO, EL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA - DISPONE: 1.- (...). 2.- CLA-SIFICAR COMO “INEPTO PARA LAS FUNCIONES DE SU GRADO, EN SUS RESPECTIVOS TRATAMIENTOS EFECTUADOS EN RAZÓN DE INTEGRAR LAS SUBDIVISIONES DEL FRAC-CIONAMIENTO PARA EL ASCENSO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015, POR LAS CAUSALES QUE EN CADA CASO SE EXPRESA, AL SIGUIENTE PERSONAL DE SUBOFICIALES: (...) SARGENTO DEL ESCALAFÓN GENERAL - ESPECIALIDAD SEGURIDAD MARCELO GUSTAVO CARRILLO (MI 23.319.366), CON UNA CALIFICACIÓN DE 27.806 PUNTOS Y EL ORDEN DE MÉRITO 2 DE 2, EN BASE AL SIGUIENTE JUICIO CONCRETO: “POR LOS ANTECEDENTES DISCIPLI-NARIOS NEGATIVOS QUE EN SU TRAYECTORIA INSTITUCIONAL, ESPECIALMENTE EN EL ACTUAL GRADO, EVIDENCIADOS EN LOS CORRECTIVOS QUE SE LE HAN IMPUESTO. TODO ELLO CON TOTAL INDEPENDENCIA DEL RESULTADO DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES Y

MILITARES QUE SE LE INSTRUYEN. CIRCUNSTANCIA QUE NO LE PERMITEN CONTINUAR EN EL SERVICIO ACTIVO DE LA FUERZA”. 3.- (...) 56.- COMUNÍQUESE, TÓMESE NOTA Y ARCHÍVESE. FDO: OMAR ARIEL KANNEMANN - COMANDANTE GENERAL - DIRECTOR NA-CIONAL DE GENDARMERÍA.” PUBLÍQUESE POR 3 DIAS.

LUIS ALBERTO AVELLANEDA, Comandante Mayor, Director de Recursos Humanos.

e. 15/04/2016 N° 22754/16 v. 19/04/2016#F5102972F#

#I5105202I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCIÓN REGIONAL PALERMO

DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS II

Resolución 75/2016

Bs. As., 11/04/2016

VISTO...

CONSIDERANDO:

LA JEFA (INT)DE LA DIVISION REVISION Y RECURSOS IIDE LA DIRECCION REGIONAL PALERMOADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDIRECCION GENERAL IMPOSITIVARESUELVE:

ARTICULO 1° — Aplicar a la contribuyente CULLERA EXPRESS S.A., C.U.I.T N° 30-70782199-6, una multa graduada en tres (3) veces el monto del tributo evadido en el Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2002, cuyo importe total asciende a la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO CEN-TAVOS ($ 1.355.754,75) de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 y 47, incisos b) y d), de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

ARTICULO 2° — Intimarle para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, ingrese la multa impuesta en el artículo anterior, bajo aper-cibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía de ejecución fiscal (artículo 92 de la Ley N° 11.683 —texto ordenado en 1998 y sus modificaciones—).

ARTICULO 3° — Los pagos deberá efectuarlos en las instituciones bancarias habilitadas con-forme a las normas vigentes, debiendo comunicar, en el mismo plazo indicado en el artículo ante-rior, la forma, fecha y lugar de pago, a la Agencia en la cual se encuentra inscripta.

ARTICULO 4° — Se le hace saber que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la notificación del presente acto podrá interponer contra el mismo alguno de los recursos previstos en el artículo 76 de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones), a saber: a) recurso de reconsideración para ante el superior, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles administrativos; o b) recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles para ese Tribunal. La elección del recurso es optativa para la recurrente y excluye la admisibilidad del no elegido. Si en el término señalado no interpusiese alguno de los recursos precitados, se producirán los efectos previstos en el artículo 79 de la ley citada. En caso de interponer el recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, deberá comunicar a esta dependencia tal situación dentro del mismo plazo para apelar, de acuerdo con lo previsto por el artículo 166 de la mencionada ley.

ARTICULO 5° — Publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial por cinco (5) días. — Cont. Púb. VALERIA SUSANA CAMOZZI, Jefe Int. División Revisión y Recursos II, Dirección Regional Palermo.

e. 15/04/2016 N° 23814/16 v. 21/04/2016#F5105202F#

#I5105203I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCIÓN REGIONAL PALERMO

DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS II

Resolución 76/2016

Bs. As., 11/04/2016

VISTO...

CONSIDERANDO:

LA JEFA (INT)DE LA DIVISION REVISION Y RECURSOS IIDE LA DIRECCION REGIONAL PALERMOADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDIRECCION GENERAL IMPOSITIVARESUELVE:

ARTICULO 1° — Aplicar a la contribuyente CULLERA EXPRESS S.A., C.U.I.T. N° 30-70782199-6, una multa graduada en el equivalente al ochenta por ciento (80%) del monto del tributo omitido en el

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 38Impuesto por Salidas no Documentadas (artículo 37 de la Ley del Impuesto a las Ganancias —texto ordenado en 1997 y sus modificaciones—) por las erogaciones efectuadas en los meses de abril de 2002, mayo de 2002, junio de 2002, julio de 2002 y agosto de 2002, cuyo importe total asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CON DIEZ CENTA-VOS ($ 347.900,10) de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

ARTICULO 2° — Intimarle para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, ingrese la multa impuesta en el artículo anterior, bajo aper-cibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía de ejecución fiscal (artículo 92 de la Ley N° 11.683 —texto ordenado en 1998 y sus modificaciones—).

ARTICULO 3° — Los pagos deberá efectuarlos en las instituciones bancarias habilitadas con-forme a las normas vigentes, debiendo comunicar, en el mismo plazo indicado en el artículo ante-rior, la forma, fecha y lugar de pago, a la Agencia en la cual se encuentra inscripta.

ARTICULO 4° — Se le hace saber que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la notificación del presente acto podrá interponer contra el mismo alguno de los recursos previstos en el artículo 76 de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones), a saber: a) recurso de reconsideración para ante el superior, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles administrativos; o b) recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles para ese Tribunal. La elección del recurso es optativa para la recurrente y excluye la admisibilidad del no elegido. Si en el término señalado no interpusiese alguno de los recursos precitados, se producirán los efectos previstos en el artículo 79 de la ley citada. En caso de interponer el recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, deberá comunicar a esta dependencia tal situación dentro del mismo plazo para apelar, de acuerdo con lo previsto por el artículo 166 de la mencionada ley.

ARTICULO 5° — Publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial por cinco (5) días. — Cont. Púb. VALERIA SUSANA CAMOZZI, Jefe Int. División Revisión y Recursos II, Dirección Regional Palermo.

e. 15/04/2016 N° 23815/16 v. 21/04/2016#F5105203F#

#I5105206I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCIÓN REGIONAL PALERMO

DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS II

Resolución 77/2016

Bs. As., 11/04/2016

VISTO...

CONSIDERANDO:

LA JEFA (INT)DE LA DIVISION REVISION Y RECURSOS IIDE LA DIRECCION REGIONAL PALERMOADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDIRECCION GENERAL IMPOSITIVARESUELVE:

ARTICULO 1° — Aplicar a la contribuyente CULLERA EXPRESS S.A., C.U.I.T. N° 30-70782199-6, una multa graduada en tres (3) veces el monto del tributo evadido en el Impuesto al Valor Agrega-do por los períodos fiscales 03/02 a 08/02, cuyo importe total asciende a la suma de PESOS SE-TECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NUEVE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 766.409,37) de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 y 47, incisos b) y d), de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

ARTICULO 2° — Intimarle para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, ingrese la multa impuesta en el artículo anterior, bajo aper-cibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía de ejecución fiscal (artículo 92 de la Ley N° 11.683 —texto ordenado en 1998 y sus modificaciones—).

ARTICULO 3° — Los pagos deberá efectuarlos en las instituciones bancarias habilitadas con-forme a las normas vigentes, debiendo comunicar, en el mismo plazo indicado en el artículo ante-rior, la forma, fecha y lugar de pago, a la Agencia en la cual se encuentra inscripta.

ARTICULO 4° — Se le hace saber que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la notificación del presente acto podrá interponer contra el mismo alguno de los recursos previstos en el artículo 76 de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones), a saber: a) recurso de reconsideración para ante el superior, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles administrativos; o b) recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles para ese Tribunal. La elección del recurso es optativa para la recurrente y excluye la admisibilidad del no elegido. Si en el término señalado no interpusiese alguno de los recursos precitados, se producirán los efectos previstos en el artículo 79 de la ley citada. En caso de interponer el recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, deberá comunicar a esta dependencia tal situación dentro del mismo plazo para apelar, de acuerdo con lo previsto por el artículo 166 de la mencionada ley.

ARTICULO 5° — Publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial por cinco (5) días. — Cont. Púb. VALERIA SUSANA CAMOZZI, Jefe Int. División Revisión y Recursos II, Dirección Regional Palermo.

e. 15/04/2016 N° 23818/16 v. 21/04/2016#F5105206F#

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I5097385I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 108/2016

Bs. As., 15/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.669.716/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1734 del 22 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/5 del Expediente N° 1.669.716/15 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la empresa GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1734/15 y registrado bajo el N° 1505/15, conforme surge de fojas 101/103 y 106, respectivamente.

Que el precitado acuerdo se aplica al personal que se desempeña en la Usinas Generadoras ubicadas en las Ciudades de Olavarría y Bragado, ambas de la Provincia de BUENOS AIRES y en las Ciudades de Paraná y Concepción del Uruguay, Provincia de ENTRE RÍOS.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 113/116, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del ar-tículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolu-ción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1734 del 22 de octubre de 2015 y registrado bajo el N° 1505/15 suscripto entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la empresa GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.669.716/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTE

FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA c/ GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (Usinas Generadoras ubicadas en las Ciudades de Olavarría y Bragado, ambas de la Provincia de Buenos Aires y en las Ciudades de Paraná y Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos). Acuerdo N° 1505/15

01/01/2015 01/08/2015

$ 10.528,04 $ 11.775,30

$ 31.584,12 $ 35.325,90

Expediente N° 1.669.716/15

Buenos Aires, 17 de marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 108/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 98/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097385F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 39#I5097429I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 133/2016

Bs. As., 15/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.638.409/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1743 del 22 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente N° 1.667.314/15, agregado al Expediente N° 1.638.409/14 como foja 26, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE PANADERIAS Y AFINES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte sindical y la FEDERA-CIÓN INDUSTRIAL PANADERIL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 231/94 conforme lo dispuesto en la Ley de Ne-gociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el art. 1° de la Reso-lución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1743 del 22 de octubre de 2015 y registrado bajo el N° 1510/15, conforme surge de fojas 45/47 y 50, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 56/61, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el art. 1° de la Reso-lución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1743 del 22 de octubre de 2015, y registrado bajo el N° 1510/15 suscripto entre la FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE PANADERÍAS Y AFI-NES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte sindical y la FEDERACIÓN INDUSTRIAL PANADERIL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.638.409/14

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE PANADERÍAS Y AFINES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ FEDERACIÓN INDUSTRIAL PANADERIL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CCT N° 231/94

01/03/2015 01/06/2015 01/09/2015 01/12/2015

$ 9.125,13 $ 9.856,94 $10.588,76 $ 11.329,69

$ 27.375,39 $ 29.570,82 $ 31.766,28 $ 33.989,07

Expediente N° 1.638.409/14

Buenos Aires, 17 de marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 133/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 122/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097429F#

#I5097439I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 109/2016

Bs. As., 15/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.683.469/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 680 del 20 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 44 del Expediente N° 1.683.469/15, obra la escala salarial pactada entre el SIN-DICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa COMPAÑÍA DE RECREATIVOS ARGENTINOS UTE, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homologa-do por la Disposición D.N.R.T. N° 680/15 y registrado bajo el N° 1498/15 “E”, conforme surge de fojas 79/81 y 84, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 90/94 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa ho-mologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 680 del 20 de noviembre de 2015, y registrado bajo el N° 1498/15 “E” suscripto entre el SINDICATO DE TRA-BAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa COMPAÑÍA DE RECREATIVOS ARGENTINOS UTE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.683.469/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) C/ COMPAÑÍA DE RECREATIVOS ARGENTINOS UTE CCT N° 1498/15 “E”

01/01/2015 01/04/2015 01/08/2015

$ 9.836,58 $ 10.810,24 $ 12.514,24

$ 29.509,74 $ 32.430,72 $ 37.542,72

Expediente N° 1.683.469/15

Buenos Aires, 17 de marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 109/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 123/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097439F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 40#I5097440I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 140/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.691.947/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1857 del 10 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 del Expediente N°  1.691.947/15, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS Y SANATORIOS DEL SUR DE SANTA FE, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 471/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1857/15 y registrado bajo el N° 1624/15, conforme surge de fojas 31/33 y 36, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 44/51, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1857 del 10 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N° 1624/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSA-RIO, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS Y SANATORIOS DEL SUR DE SANTA FE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.691.947/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO C/ ASOCIACIÓN DE CLÍNICAS Y SANATORIOS DEL SUR DE SANTA FE CCT N° 471/06

01/07/2015 01/10/2015 01/11/2015

$ 9.074,20 $ 9.310,93

$ 10.099,90

$ 27.222,60 $ 27.932,79 $ 30.299,70

Expediente N° 1.691.947/15

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 140/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 124/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097440F#

#I5097441I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 146/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.671.978/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1770 del 28 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente N° 1.680.299/15, agregado al principal como foja 13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRÁFICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS CINEMATO-GRÁFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la ASOCIACIÓN CINEMATOGRÁFICAS DE EXHIBIDORES INDEPENDIENTES, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1770 del 28 de octubre de 2015 y registrado bajo el N° 1539/15, conforme surge de fojas 35/37 y 40, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 47/51, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1770 del 28 de octubre de 2015, y registrado bajo el N° 1539/15 suscripto entre el SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRÁFICOS DE LA REPÚBLICA AR-GENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS CINEMATOGRÁFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la ASOCIACIÓN CINEMTOGRÁFICA DE EXHIBIDORES IN-DEPENDIENTES, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.671.978/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRÁFICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA c/ ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS CINEMATOGRÁFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, ASOCIACIÓN CINEMATOGRÁFICOS DE EXHIBIDORES INDEPENDIENTES CCT N° 484/07

01/05/2015 01/10/2015 01/01/2016

$ 8.262,80 $ 8.770,13 $ 9.422,53

$ 24.788,40 $ 26.310,39 $ 28.267,59

Expediente N° 1.671.978/15

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 146/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 125/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097441F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 41#I5097443I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 139/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.691.948/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1860 del 10 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.691.948/15, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE PRESTADORES DE GERIATRÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 468/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1860/15 y registrado bajo el N° 1628/15, conforme surge de fojas 27/29 y 32, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 40/44, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1860 del 10 de noviembre de 2015 y registrado bajo el N° 1628/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE PRESTADORES DE GERIATRÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO

Expediente N° 1.691.948/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO C/ ASOCIACIÓN DE PRESTADORES DE GERIATRÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE CCT N° 468/06

01/07/2015 01/10/2015 01/11/2015

$ 8.806,82 $ 9.036,73 $ 9.802,27

$ 26.420,46 $ 27.110,19 $ 29.406,81

Expediente N° 1.691.948/15

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 139/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 127/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097443F#

#I5097444I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 145/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.679.495/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1714 del 20 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 10 obran los nuevos valores correspondientes a la remuneración mínima garanti-zada pactados entre la ASOCIACIÓN VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUS-TRIA COMERCIO Y SERVICIOS conjuntamente con la FEDERACIÓN ÚNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA PERSONAL, DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 295/97, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dichos valores forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1714/15 y registrado bajo el N° 1466/15, conforme surge de fojas 60/62 y 65, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 72/75, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1714 del 20 de octubre de 2015 y registrado bajo el N° 1466/15, suscripto entre la ASOCIACIÓN VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA COMERCIO Y SERVICIOS conjuntamente con la FEDERACIÓN ÚNICA DE VIAJANTES DE LA AR-GENTINA por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE ARTÍCU-LOS DE LIMPIEZA PERSONAL, DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.679.495/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

FEDERACIÓN ÚNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA, ASOCIACIÓN VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS C/ ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE ARTICULOS DE LIMPIEZA PERSONAL, DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA CCT N° 295/97

01/06/2015 01/09/2015

$ 12.012,52 $ 13.487,74

$ 36.037,56 $ 40.463,22

Expediente N° 1.679.495/15

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 145/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 128/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097444F#

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 42#I5097445I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 156/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 149.604/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 544 del 8 de septiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/7 del Expediente N°  151.638/15 agregado como fojas 108 al Expediente N° 149.604/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa NEWSTAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - SIGAR SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 842/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 544 del 8 de septiembre de 2015 y registrado bajo el N° 1077/15, conforme surge de fojas 126/129 y 132, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 139/146, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 544 del 8 de septiembre de 2015, y registrado bajo el N° 1077/15, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTI-NA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa NEWSTAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - SIGAR SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 149.604/14

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (A.L.E.A.R.A.) C/ NEWSTAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - SIGAR SOCIEDAD ANÓNIMA - UTE CCT N° 842/07 “E”

01/07/2015 01/11/2015

$ 11.971,64 $ 13.076,72

$ 35.914,92 $ 39.230,16

Expediente N° 149.604/14

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 156/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 129/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097445F#

#I5097446I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 149/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.617.888/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 711 del 4 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 del Expediente N° 1.619.211/14, agregado como foja 3 al principal obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE FARMACIA, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE FARMACIAS, CÁMARA DE FARMACIAS BONAERENSE, ASOCIACIÓN PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS, CÁMARAS DE FARMACIA DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS y ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 414/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 711 del 4 de diciembre de 2015 y registrado bajo el N° 1868/15, conforme surge de fojas 121/123 y 126, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 137/139, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemni-zatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición N° 711 del 4 de diciembre de 2015, y registrado bajo el N° 1868/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE FAR-MACIA, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE FARMACIAS, CÁMARA DE FARMACIAS BONAERENSE, ASOCIACIÓN PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS, CÁMARAS DE FAR-MACIA DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS y ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA RE-PÚBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.

ANEXO

Expediente N° 1.617.888/14

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTEASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE FARMACIA C/ CÁMARA ARGENTINA DE FARMACIAS, CÁMARA DE FARMACIAS BONAERENSE, ASOCIACIÓN PROPIETARIOS DE FARMACIAS ARGENTINAS, CÁMARAS DE FARMACIA DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS y ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA CCT N° 414/05

01/04/2015 $ 8.385,63 $ 25.156,89

Expediente N° 1.617.888/14

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 149/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 130/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F5097446F#

Page 43: DECRETOS - eldial.com · presidencia d la aciÓn secretarÍa legal y tÉcnica dr pablo clusellas secretario direcciÓn nacional del registro oficial lic ricardo sa rinelli

Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 43#I5097447I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 142/2016

Bs. As.,18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.683.766/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 33 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.683.766/15, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRI-CA (APUAYE) y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 994/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 33 del 20 de enero de 2016 y registrado bajo el N° 24/16, conforme surge de fojas 39/41 y 44, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 52/55, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE RELACIONES FEDERALESA CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 33 del 20 de enero de 2016, y registrado bajo el N° 24/16 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA (APUAYE) y la empresa COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al de-talle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E.yS.S.

ANEXO

Expediente N° 1.683.766/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y ENERGIA ELECTRICA. C/ COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA TENSION TRANSENER S.A. CCT N° 994/08 “E”

01/05/2015 01/09/2015

$ 38.342,63 $ 41.301,97

$ 115.027,89 $ 123.905,91

Expediente N° 1.683.766/15

Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 142/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 131/16 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

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Lunes 18 de abril de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.359 44

Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL

CO

RR

EO

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NO

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FRANQUEO

A PAGAR

Cuenta N° 16769 F1