Decreto supremo 42f

25
ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL DECRETO SUPREMO Nº 42-F PROFESOR: JULIO CESAR URIOL ALUMNOS: - ANGULO ELORREAGA, LUIS ANGEL - ROJAS HUALLAN, CESIA - RUIZ GARCIA, ROSITA

Transcript of Decreto supremo 42f

Page 1: Decreto supremo 42f

ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL

DECRETO SUPREMO Nº 42-FPROFESOR: JULIO CESAR URIOL

ALUMNOS:

- ANGULO ELORREAGA, LUIS ANGEL

- ROJAS HUALLAN, CESIA

- RUIZ GARCIA, ROSITA

Page 2: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO III : Carros transportadores, elevadores, tractores, etc.

SECCION UNICA: Condiciones Generales de Operación.

Art. 924 – Art .935Condiciones del piso.Luces para trabajar de noche.Transporte de personas en los vehículos.Equipamiento de bocinas y silbatosOperadores adiestradosInspección de equipos semanal.

Page 3: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO IV : Transporte ferroviario en fabrica.SECCION UNICA: Condiciones Generales.

Art. 936 – Art. 962

Vías carrileras sólidamente construidas.Inspección de las vías según uso.Puente para el cruce de peatones.Avisos de peligro.Mejoramiento de señales de peligro.Inspeccionar antes de trabajar.Señal de PARE siempre obedecida.Vías utilizadas solo para el propósito.

Page 4: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO V : Sistema de tuberías.

SECCION UNICA: Condiciones Generales.

Art. 964 - 974

Color para la identificación de su contenido.Ancladas y provistas de abertura de inspección.Para el paso entre paredes:

-Espacio no menor de 6mm.-Aisladores para tuberías de vapor o gas.

Soterrar tuberías combustibles.Instrucciones para precauciones del contenido.Inspección y corrección del sistema dañado.

Page 5: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO VI : Alzado, conducción, apilamiento y almacenado de material.

SECCION PRIMERA Y SEGUNDA: Alzado, conducción y apilamiento de materiales.

Art. 975 – Art. 982Instrucción a los trabajadores para levantamiento.Ropa adecuada para la conducción de sustancias. Los materiales apilados no interferirán:

- La luz adecuada del lugar.- Funcionamiento adecuado de otros equipos.- Paso libre para el transito de personas.

Los materiales recostados contra las paredes.Altura que cause inestabilidad en los materiales.Materiales pesados acuñados para evitar lesiones.

Page 6: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO VI : Alzado, conducción, apilamiento y almacenado de material.

SECCION TERCERA: Almacenado.

Art. 983 – Art. 997Tanque sobre terreno.Tanque hundido.Tanque soterrado.Almacenamiento de materiales inflamables adecuado.Separación de sustancias químicas de reacción.Tanques inflamables situados sobre superficie:

- Cimentaciones firmes no inflamables.- Equipos de extinción para incendio adecuado.

Tanques inflamables soterrados protegidos y seguros. Tanques inflamables no se colocaran en pasillos. Válvulas de control encima de los tanques hundidos.

Page 7: Decreto supremo 42f

TITULO NOVENO: Manipulación y transporte de materiales.

CAPITULO VI : Alzado, conducción, apilamiento y almacenado de material.

SECCION CUARTA Y QUINTA: Barriles y garrafones para líquidos peligrosos y ácidos.

Art. 999 – Art. 1008Almacén de barriles a pruebas de fuego.

- Barriles sobre cemento, repisas metálicas, etc.Barriles inflamables vacíos se utilizaran nuevamente:

- Si son del mismo tipo se cerrara herméticamente.- Si no son del mismo tipo se limpiara e inspeccionara.

Si los barriles vacíos no se utilizaran serán destruidos.Garrafones con ácidos en salas separadas adecuadas.Garrafones debidamente rotulados.Garrafones de ácidos no se arrumaran uno encima del otro.Carretillas para el transporte de garrafones de ácidos.

Page 8: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO: Sustancias peligrosas y ofensivas.

CAPITULO I : Condiciones Generales.

SECCION UNICA: Prescripciones Generales.

Art. 1014 – Art. 1023

Sustitución de Sustancias muy peligrosas.Almacén en lugares separados y con la menor cantidad de personas.Ropa y equipo de protección para el personal.Los recipientes de sustancias peligrosas estarán:

- Identificación de la sustancia que contienen.- Con instrucciones de como manipularlos y antídotos.

Pisos de locales seguros .

Page 9: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO: Sustancias peligrosas y ofensivas.

CAPITULO II: Sustancias inflamables y explosivas.

SECCION PRIMERA: Prescripciones Generales.

Art. 1024 – Art. 1046Locales de fabricación de líquidos inflamables:

- Rodeados de una pared impermeable.- Construcción ante derrame a la intemperie.

Dos salidas que habrán hacia afuera y libre de obstrucciones.Se prohibirá fumar o encender fósforos.No se emplearan sistemas de calefacción.Medios para evitar que la temperatura se eleve.Alarmas manuales contra incendios.Tipos de equipos para combatir incendios.Buen estado de extintores, 3 meses.Trabajadores instruidos en la manipulación.Locales con paredes resistentes a explosión.

Page 10: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO: Sustancias peligrosas y ofensivas.

CAPITULO II: Sustancias inflamables y explosivas.

SECCION SEGUNDA: Fabricación de explosivos comerciales.

Art. 1047 –Art. 1078Fabricación y almacenado de explosivos solo en lugares adecuados.Ningún edificio autorizado para almacén de explosivos se cambiara por otro.Dependiendo de los explosivos se situaran a distancia de otras fabricas.Edificios construidos de material que no se rompa en grandes fragmentos, 1 piso.Mínimo numero de personas en el proceso de explosivosNinguna persona fumara o usara fosforo.Vehículos para el transporte de explosivos:

- Usados solo para esa labor.- Movidos con precaución cuando estén cargados.

Desperdicios de manufactura explosiva se quemaran .No se efectuaran reparaciones a menos que:

- Se autorice por gerencia.- Se saque todo el material explosivo del lugar.

Vigilancia a personas no autorizadas para ingresar.Avisos permanentes de peligro y aviso de explosivos.

Page 11: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO: Sustancias peligrosas y ofensivas.

CAPITULO II: Sustancias inflamables y explosivas.

SECCION TERCERA: Hornos de fundición.

Art. 1090 - 1102

Se limpiaran los hornos una vez al día.Aparato regulador de fuego en el horno.

FUEGOS DESCUBIERTOS, FUMAR, ETC.Se prohibirá fumar y hacer fuego abierto.Se colocara avisos en lugares prominentes.

EQUIPOS DE ASPIRACION.Conductores de aspiración cortos y rectas.

ENVASADOSe colocaran limaduras en recipientes bien cerrado y con indicación peligrosa del magnesio.

PROTECCION PERSONAL.Uso del personal de EPP.

Page 12: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO: Sustancias peligrosas y ofensivas.

CAPITULO II: Sustancias inflamables y explosivas.

SECCION CUARTA: Seguridad en la fabricación de celulosa y celuloide.

Art. 1103 – Art. 1112

Construcción apropiada y resistente al fuego.Se tendrán cubos llenos de agua y extintores dentro.Los desperdicios serán recogido si es posible al instante.Se colocaran recipientes a prueba de fuego para desperdicios.Lugares de trabajo se limpiaran todos los días sin generar chispas.Si se generan polvos se procurara controlarlos eficientemente.No se almacenaran estos materiales debajo de lugares habitados.

Page 13: Decreto supremo 42f

SECCION QUINTA: ALMACENADO DE CARBURO DE CALCIO Y

FRABRICACION DE ACETILENO

• Art. 1113 hasta 1133

• El carburo de calcio será envasado en recipientes metálicos hermético al aire y agua.

• Los generadores de acetileno estarán instalados al aire libre en un local resistente al fuego y

tendrán marcas legibles como el tipo, fecha, el nombre y dirección del fabricante.

• Los recipientes de gas se trasportaran en carretillas de manera que nose escape emanaciones .

• El personal que manipule dichos productos estarán equipados con todos los dispositivos de

seguridad y deberá ser instruido sobre los peligros inherentes a su manipulación.

Page 14: Decreto supremo 42f

SECCION SEXTA Y SETIMA PINTURA A SOPLETE CON LIQUIDOS VOLATILES E

INFLAMABLES Y PREVENCION DE EXPOCIONES DE POLVOS DE ORIGEN

ORGANICO

• Art. 1134 hasta 1136

• Los trabajadores serán dotados y usaran el equipo de protección a la pintura y solventes.

• Solventes se almacenaran en lugares apropiados con el fin de eliminar riesgo de incendio y explotación.

• Los locales donde se fabrique harinas , cereales, etc. deberán ser dotados de suficientes puertas de salida y se protegerá de la humedad.

Page 15: Decreto supremo 42f

CAPITULO III y IV: SUSTANCIAS CORROSIVAS,

CALIENTES, FRIAS Y DE CARÁCTER INECCIOSO,

IRRITANTE Y TOXICO:

• Art. 1137 hasta 1157

• Los trabajadores dispondrás de bombas u otros aparatos adecuados para vaciar recipientes líquidos corrosivos.

• Los pisos y paredes se limpiaran completamente todos los días, los operarios estarán provisto de ropa adecuada cubriendo de la cabeza a los pies.

Page 16: Decreto supremo 42f

SECCION SEGUNDA Y TERCERA: SUSTANCIAS SECAS, GASES Y

LIQUIDOS DE CARÁCTER IRRITANTE O TOXICO:

Art. 1158 hasta 1191

• Los locales dedicados tratamiento se estas

sustancias estarán separados de los demás

locales donde se produzca polvo.

• Ninguna persona trabajara con fosforo

blanco después de un extracción dental

mientras no halla cicatrizado.

• Se ara un examen dental inicial y

periódico.

• Los trabajadores encargados de la

manipulación de nítricos y sus derivados se

abstengan de bebidas alcohólicas. Se

protegerán de las vías respiratorias.

• Los gases y líquidos irritantes tóxicos se

trasladaran a través de tuberías cerradas.

• Los derrames en los pisos serán eliminados

lo mas rápido posible.

Page 17: Decreto supremo 42f

SECCION CUARTA : PRODUCTOS DE ORIGEN

ANIMAL Y VEGETAL

• Art. 1192 hasta 1195

• Los edificios donde los aceites vegetales se fabriquen o se manipule jabón ,

donde los huesos de los animales se carbonice, se muelan os e trate de

cualquier otra forma será construido de material resistente al fuego y con

pisos impermeables.

• Los operarios no tocaran la materia prima con las manos desnudas, estarán

provistos de guantes, botas, delantales y de mas artículos de protección.

Page 18: Decreto supremo 42f

TITULO DECIMO PRIMERO: RADIACIONES

INFRAROJAS, ULTRAVIOLETAS E IONIZANTES

• Art. 1196 hasta 1214

• Todos los lugares en que se produzca radiaciones infrarrojas

intensa, estarán protegido que defiendas la vista de los

trabajadores.

• Se usaran gafas o viseras y se tomaran medidas apropiadas para

evitar trastornos en la salud.

• Se tomaran precauciones para prevenir la difusión de

radiaciones ultravioletas especialmente que hieran las vistas de

los trabajadores por medio de una pantalla de vidrio.

• Las manos y antebrazos serán protegidos por guantes con

mangas hecho de algodón.

Page 19: Decreto supremo 42f

• Estas disposiciones nose aplicaran a las fabricas

metalúrgicas o químicas

• Se hará toso lo posible para no exponer a laos trabajadores,

los dispositivos y aparatos serán inspeccionas cada 3

meses.

• Los trabajadores serán sometidos a exámenes médicos al

comienzo después cada 6 meses.

• Fue derogada por la Ley N° 28028 de 17 de julio de 2003

Ley de Regulaciones del Uso de fuentes de radiación

ionizantes,, que treinta días después de haber recibido o

agotado toda fuente de radiación ionizante deberá

registrarse esta situación en la dirección de industrias y

electricidad y lo hará el propietario legal de la empresa.

Page 20: Decreto supremo 42f

TRABAJO EN REPARACIONES EN MAQUINA (ART.1233 al 1235)

MEDIDAS DE SEGURIDAD(ART.1227 al ART.1232)

Sera necesario el andamiaje, plataformas de trabajo, entablados adecuadas y seguras.

Equipo de protección a los trabajadores. todas las excavaciones abiertas estarán

cercadas.

PARA LA CONTRUCCION DE UN EDIFICIO

Sera detenida antes de comenzar el trabajo Después de la reparación todas las

herramientas usadas serán cuidadosamente retirados a un lugar seguro.

Deberá quedar en condiciones seguras. Deberá moverse despacio Alrededor de la maquina deberá dejarse libre

Page 21: Decreto supremo 42f

MANTENIMIENTOS EN CALDEROS Y TAMQUES (ART.1239 al ART.1243)

CINTURONES DE SEGURIDAD Y CABLES SALVAVIDAS (ART.1253 )

Un dispositivo eficiente de protección para los órganos respiratorios.

Un cinturón de seguridad. Se estacionara una persona

competente y responsable a la entrada del tanque.

Cerrar las válvulas si es que están conectadas a otros tanques

LO USAN: • Los limpiadores, pintores, trabajadores

en postes, torres, etc.

De buen material Sera resistente Con una longitud adecuada.

Page 22: Decreto supremo 42f

EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL

ROPA DE TRABAJO (ART.1254 AL ART.1259)

MANDILES (ART.1263 AL 1267)

Se tomaran en cuenta los riesgos No usaran prendas sueltas Las camisas con mangar cortas

PARA LOS TRABAJADORES EXPUETOS A SUSTANCIAS RADIOACTIVAS, LLAMAS ABIERTAS Y FUEGO

No se usaran en partes giratorias Material resistente De largo adecuados confeccionados de caucho

natural resistente la corrosión. Deberán cubrir la clavícula y la mayor parte del

pecho.

Page 23: Decreto supremo 42f

PROTECCIONES ESPECIFICAS

PROTECCION DE LA CABEZA (ART.1271 AL ART.1274)

PROTECCION DE LA VISTA (ART.1275 AL ART.1282)

PROTECCION DE LOS OIDOS (ART.1283 AL ART.1286)

Cascos de seguridad fabricado de material resistente y liviano.

Mantener la cabeza separada del casco. Es obligatorio el uso de la redecilla.

o Lo usamos cuando usamos esmeriles , picado, manipuleo de mátales, rasquetedo,soldadura eléctrica.

LOS HOMBRES QUE TRABAJAN LUGARES DE RUIDO INTENSO

Serán limpiados diariamente Colocados después de su uso en un lugar

adecuado(cerrado y sin contaminación por aceite).

Page 24: Decreto supremo 42f

PROTECCION DE LAS MANOS Y BRAZOS (ART.1287 AL ART. 1295)

PROTECCION DE LOS PIES CALZADOS (ART.1296 AL 1302)

Se tomaran en cuenta los riesgos No usaran guantes los que operen taladro Estarán confeccionados de material fuerte Cubrirán tanto sean posible del antebrazo

LO USAN LAS PERSONAS QUE MANIPULEN MÉTALES CALIENTES, SUSTANCIAS CORROSIVAS O CORTES.

LO USAN AQUELLAS PERSONAS QUE MANIPULEN MATERIAL PESADO, LIQUIDOS CORROSIVOS

Deben ser confeccionados de caucho o cuero que sea resistente

Ajustara al pie y al tobillo estrechamente Tendrán punteras de acero o de otro metal.

Page 25: Decreto supremo 42f

GRACIAS POR

SU ATENCION