Decreto 327/2010

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REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

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DECRETO 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en Andalucía

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REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

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Respaldar la labor del profesorado. Dar autonomía a los Institutos. Fomentar la cultura de la evaluación. Desarrollar la sociedad de la

información. Atribuir mayores competencias a los

directivos. Prevenir riesgos y promocionar la

seguridad y la salud. Actualizar las normas de convivencia.

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Secciones de Educación Secundaria Obligatoria.

Coordinación entre Institutos y los Colegios adscritos.

Enseñanzas semipresencial y a distancia.

Plazo para la elaboración del Plan de Centro.

Órganos de gobierno unipersonales y de coordinación docente.

Constitución de los Consejos Escolares.

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DISPOSICIONES FINALESEnseñanzas de régimen especial.Centros concertados.Reproducción de la normativa estatal

y autonómica.Votación por medios electrónicos.Entrada en vigor.

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TÍTULO PRELIMINAR

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TÍTULO I

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Asistir regularmente a clase con puntualidad.

Participar activa y diligentemente en las actividades… siguiendo las directrices del profesorado.

Respetar los horarios. Respetar el derecho al estudio de los

demás. Realizar las actividades… fuera del

horario lectivo.

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Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.

Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad,… así como la igualdad entre hombres y mujeres.

Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y del clima de estudio.

Participar en los órganos del centro. Utilizar adecuadamente las instalaciones y el

material didáctico. Participar en la vida del instituto. Conocer la Constitución y el Estatuto de Autonomía.

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Recibir una educación de calidad. Al estudio. A la orientación educativa y profesional. A ser informado de los criterios de

evaluación. A que se tengan en cuenta sus capacidades

y su ritmo de aprendizaje. Al acceso a las TICs…y al uso seguro de

internet. A una educación responsable y a la

adquisición de hábitos de vida saludable,…

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Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, …

A la igualdad de oportunidades y de trato. A la accesibilidad y permanencia en el sistema

educativo. A la libertad de expresión y asociación. A la protección contra agresiones físicas o

morales. A la participación… y la utilización de

instalaciones del centro. A conocer la Constitución y el Estatuto. A ser informado de sus derechos y deberes y

normas de convivencia de centro.

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TÍTULO I

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Constituyen un deber y un derecho del alumnado participar en:• El funcionamiento y la vida del instituto.• El Consejo Escolar.• Las Juntas de delegados/as.• Los Consejos Escolares Municipales,

Provinciales y de Andalucía.

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Sufragio directo y secreto, mayoría simple y el primer mes del curso.

Colaborarán con el profesorado.Trasladarán al tutor/a las

sugerencias y reclamaciones del grupo.

El ROF del instituto recogerá las funciones.

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La integran todos los delegados/as más los representantes en el Consejo Escolar.

Elegirá por mayoría simple, en el primer mes, un delegado/a de centro y subdelegado/a.

La Jefatura de Estudios facilitará un espacio de reunión.

El ROF recogerá las funciones que se le asignen.

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Finalidades: Expresar la opinión del alumnado. Colaborar en la labor educativa del centro… Promover la participación del alumnado. Realizar actividades culturales, deportivas y de

fomento de la acción cooperativa.

Tendrán derecho a ser informadas…Se inscribirán en el Censo de Entidades

Colaboradoras de la Enseñanza.

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TÍTULO II

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La programación y enseñanza de las materias,...

La evaluación del aprendizaje del alumnado y de los procesos de enseñanza.

La tutoría del alumnado, la dirección y orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

La orientación educativa, académica y profesional del alumnado.

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La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro y fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

La contribución a que las actividades se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad.

La información periódica a las familias.

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La coordinación de las actividades docentes, de gestión y dirección que les sean encomendadas.

La participación en la actividad general del centro.

La participación en las actividades formativas programadas por los centros.

La participación en los planes de evaluación. La investigación, la experimentación y la

mejora continua de los procesos de enseñanza.

El conocimiento y la utilización de las TICs como herramienta habitual en el aula.

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Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica.

A emplear los métodos de e/a que considere más adecuados, de conformidad con lo previsto en el Proyecto Educativo del centro.

A intervenir y participar en el funcionamiento, organización y gestión del centro.

A recibir la colaboración activa de las familias,…

A recibir el apoyo, el reconocimiento y la motivación de la Administración educativa.

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A recibir el respeto, la consideración y la valoración social,…

Al respeto del alumnado. A elegir a sus representantes en el Consejo

Escolar. A participar en el Consejo Escolar como

representante del profesorado. A la formación permanente. A la movilidad interterritorial. A ejercer los cargos y las funciones directivas y

de coordinación docente. A la acreditación de los méritos.

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Atención prioritaria a la mejora de las condiciones de trabajo y al reconocimiento social.

Presunción de veracidad. Reprobación del Consejo Escolar a quienes

causen daños, injurias u ofensas al profesorado. Promover ante la Fiscalía la calificación como

atentado de las agresiones, intimidaciones graves o resistencia activa grave.

Asistencia psicológica y jurídica gratuita.

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TÍTULO III

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Recibir y el respeto y la consideración del personal del instituto.

Participar en el proceso educativo de sus hijos/as.

Ser informadas de forma periódica.Ser oídas en las decisiones que afecten la

evolución escolar de sus hijos/as.Ser informadas de los criterios de

evaluación.Ser informadas puntualmente de las faltas

de asistencia.Suscribir un compromiso educativo.

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Conocer el Plan de Centro.Ser informadas de las normas de

convivencia.Recibir notificación puntual de las conductas

de sus hijos/as.Suscribir un compromiso de convivencia.Recibir información de las actividades y el

funcionamiento del instituto.Recibir información sobre los libros de texto

y materiales didácticos.Participar en la vida del centro y el Consejo

Escolar.Utilizar las instalaciones del instituto.

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Las familias tienen la obligación de colaborar con los institutos en:

Estimular a sus hijos/as en la realización de las actividades escolares.

Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

Respetar las normas de organización, funcionamiento y disciplina del centro.

Conservar los libros de texto.Cumplir los compromisos educativos y de

convivencia.

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Podrán asociarse para:Asistir a otros padres y madres.Colaborar en las actividades educativas.Promover la participación de las familias.

Tienen derecho a ser informadas de las actividades, el funcionamiento y las evaluaciones del centro.

Se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.

Se facilitará la colaboración con los equipos directivos de los centros.

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DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROTECCIÓN DE DERECHOS

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Los previstos en la legislacíón del personal laboral o funcionario.

Participar en el Consejo Escolar.Recibir formaciónRecibir una justa valoración social.Recibir asistencia jurídica y psicológica

gratuita.

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CAPÍTULO I: Disposiciones generales

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Los IES podrán impartir ESO, Bachillerato, Ciclos, PCPIs y ESPA (presencial, semipresencial y a distancia)

Las Corporaciones locales podrán proponer la creación de IES de titularidad municipal y serán públicos.

La denominación será aprobada por la Consejería a propuesta del C. E., figurando en la fachada, en lugar visible.

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CAPÍTULO II

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Los IES contarán con autonomía pedagógica, de organización y de gestión.

Cada instituto concretará su modelo de funcionamiento en:• El Proyecto Educativo.• El Reglamento de Organización y

Funcionamiento.• El Proyecto de Gestión.

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Lo elabora: El equipo directivo.Lo aprueba: El Consejo Escolar. Tiene carácter plurianual, pudiendo

actualizarse o modificarse.Obliga a todo el personal de instituto.Colabora en su elaboración:

• El Claustro.• El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.• Otros órganos de Coordinación Docente.

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Formulará propuestas.Fijará criterios referentes a la orientación

y la tutoría del alumnado. Informará el ROF.Aprobará y evaluará:

Los aspectos a los que se refieren las letras b), c), d), e), f), g), k), m), ñ), o), p) y q) del contenido del Proyecto Educativo.

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Constituye las señas de identidad del instituto.

Abordará, al menos, los siguientes aspectos:o Objetivos para la mejora del rendimiento

escolar y continuidad del alumnado.u Líneas generales de actuación pedagógica. Coordinación y concreción de los

contenidos curriculares y tratamiento transversal de educación en valores.

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d) Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente y su horario.

e) Los procedimientos y criterios de evaluación, promoción y titulación del alumnado.

f) La atención a la diversidad.g) La organización de las actividades de

recuperación.h) El plan de orientación y acción tutorial.i) El procedimiento para suscribir

compromisos educativos y de convivencia.

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j) El Plan de convivencia.k) El plan de formación del profesorado.l) Los criterios para organizar y distribuir el

tiempo escolar (y los programas del tiempo extraescolar)

m) En formación profesional: los criterios para la elaboración de los horarios.

n) Los procedimientos de evaluación interna.ñ) Los criterios para establecer los

agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías.

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o) Los criterios para la ofertar de optativas y el proyecto integrado. En bachillerato, los criterios para la organización de los bloques de materias.

p) En formación profesional inicial, los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos.

q) Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas.

r) Los planes estratégicos a desarrollar en el instituto.

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Podrán realizar sugerencias y aportaciones: el profesorado, el PAS y los servicios de atención educativa complementaria, la junta de delegados, las asociaciones del alumnado y las de padres y madres.

Institutos de una misma zona educativa podrán elaborar proyectos educativos conjuntos.

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Incluirá, al menos, los siguientes aspectos: Diagnóstico de la convivencia. Normas de convivencia(generales, de aula) y

sistema de detección y corrección de incumplimientos.

Composición, plan de reuniones y plan de actuación de la Comisión de Convivencia.

Normas específicas de funcionamiento del Aula de Convivencia.

Medidas para prevenir, detectar, mediar y resolver conflictos.

Funciones de los delegados/as en la mediación. Procedimiento de elección y funciones de los

delegados de padres y madres del alumnado.

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Los Centros podrán crear Aulas de Convivencia.

En el Plan de Convivencia se recogerán los criterios y condiciones para que el alumnado vaya al AC.

En ella se favorecerá el proceso de reflexión y se realizarán actividades formativas.

En el Plan de Convivencia se determinará el profesorado que la atiende.

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Contemplará los siguientes aspectos: Los cauces de participación. Los criterios y procedimientos que garanticen

el rigor y la transparencia en los procesos de escolarización y evaluación del alumnado.

La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales (en especial la biblioteca)

La organización de la vigilancia de los recreos y los períodos de entra y salida de clase.

La colaboración de tutores/as en el programa de gratuidad de libros de texto.

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En los IES con ESPA o CFGS, la adecuación de las normas a este tipo de alumnado.

El procedimiento para la designación de los miembros del equipo de evaluación.

El Plan de Autoprotección. Las normas para la utilización de móviles y

otros aparatos electrónicos, así como el acceso a internet del alumnado.

Las competencias y funciones de la prevención de riesgos laborales.

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Recogerá la organización y utilización de los recursos del centro:

Criterios para la elaboración del presupuesto anual. Criterios para la gestión de las sustituciones del

profesorado. Medidas para la conservación de instalaciones y

equipamientos. Criterios para la obtención de ingresos derivados de

prestación de servicios. Procedimiento para la elaboración del inventario anual. Criterios para la gestión sostenible de residuos.

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Sin perjuicio de lo planificado por la AGAEVE, los institutos realizarán una autoevaluación de su funcionamiento, que será supervisada por la inspección educativa.

La AGAEVE establecerá indicadores que faciliten dicha autoevaluación de forma objetiva y homologada.

Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro.

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Corresponde al Departamento de formación, evaluación e innovación educativa la medición de los indicadores.

El resultado se recogerá en una Memoria anual que aprobará el Consejo Escolar:• Valorando logros y dificultades.• Proponiendo mejoras.

La Memoria de Evaluación la realizará el Equipo de Evaluación integrado, al menos, por: el equipo directivo, el jefe del departamento de FEIE y por un representante de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.

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Serán elaboradas por los departamentos y aprobadas por el Claustro. Incluirán:

Objetivos, contenidos, distribución temporal y criterios de evaluación.

En la ESO, referencia de la contribución de la materia a la adquisición de las Competencias Básicas.

En Formación Profesional inicial, las competencias profesionales, personales y sociales que se adquieren.

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La forma en que se incorporan los contenidos transversales.

La metodología a aplicar. Los procedimientos de evaluación y los

criterios de calificación. Las medidas de atención a la diversidad. Los materiales y recursos a utilizar. Las actividades complementarias y

extraescolares.

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Especificaciones: En ESO, todas las materias incluirán

actividades sobre lectura, escritura y expresión oral.

En Bachillerato, incluirán actividades para fortalecer el hábito lector y la capacidad de expresión en público.

Facilitarán la realización de trabajos monográficos interdisciplinares.

Podrán agruparse materias en ámbitos. La actividad docente del profesorado se

adecuará a las programaciones.

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CAPÍTULO III

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Se incluirán en el Proyecto Educativo. Las correcciones y medidas tendrán carácter

educativo y recuperador. El alumnado no podrá ser privado de su

derecho a la educación (en la ESO de su derecho a la escolaridad)

No podrán imponerse medidas contrarias a la integridad física y a la dignidad personal.

Deberá tenerse en cuenta la edad del alumno, así como sus circunstancias personales, familiares o sociales.

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ATENUANTES: El reconocimiento

y la reparación espontáneas.

La falta de intencionalidad.

La petición de excusas.

AGRAVANTES: La premeditación. Cuando sea contra un profesor/a. Cuando sea contra el PAS,

compañero menor de edad o recién incorporado.

Cuando impliquen discriminación. Cuando inciten a la actuación

colectiva. La naturaleza y entidad de los

perjuicios causados. La difusión a través de internet u

otros medios.

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Conductas Correcciones Órgano competente

Perturbar el normal desarrollo de la clase

Suspensión del derecho de asistencia a clase.

El profesor/a.

La falta de colaboración sistemática en la realización de las actividades.

a) Amonestación oral b) Amonestación escrita.c) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo.d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (3 días lectivos máximo)/Aula de Convivencia.e) Suspensión del derecho de asistencia al centro (3 días lectivos máximo)/Aula de Convivencia.

a) El profesor o profesora.b) El tutor/a.c) Jefatura de Estudios.d) Jefatura de Estudios.e) Dirección, que informará a la Comisión de Convivencia.

Impedir el derecho al estudio de los demás.

Las faltas injustificadas de puntualidad.

Las faltas injustificadas de asistencia.

La incorrección y desconsideración hacia otros miembros de la CE.

Causar pequeños daños en las instalaciones,…

c) Reparar el daño causado. c) Jefatura de Estudios.

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Conductas Medidas disciplinarias Órgano Competente

La agresión física. a) Realización de tareas fuera del horario lectivo. Reparar los daños. Asumir el gasto de las reparaciones.

b) Suspensión de participación en las Act. Extr. (período de un mes máximo)

c) Cambio de grupo.d) Suspensión de asistencia a

determinadas clases (de 3 días a 2 semanas)/Aula de convivencia.

e) Suspensión de asistencia al centro (de 3 días a un mes)/Aula de Convivencia.

f) Cambio de centro.

El director/a, de lo que dará traslado a la Com. de Conv.

Las injurias y ofensas.

El acoso escolar (psicológico, verbal o físico)Actuaciones perjudiciales para la salud o la integridad.

La vejaciones o humillaciones.

Las amenazas o coacciones.

La suplantación de personalidad.

Las daños graves en las instalaciones, recursos,…

La reiteración de conductas contrarias.

Impedir el normal desarrollo de la actividad del centro.

El incumplimiento de las correcciones.

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Trámite de audiencia: • Al alumnado, en todo caso.• A sus padres/madres si es menor de edad.• Al profesor/a o al tutor/a en las letras c), d) y e)

Las correcciones figurarán en el expediente del alumno. Se informará al tutor/a, a la Jefatura de Estudios y a las

familias y quedará constancia escrita. El alumno/a o su familia, tendrá dos días para presentar

reclamación. Podrán solicitar revisión de las medidas ante el Consejo

Escolar. Para el cambio de centro se iniciará un procedimiento

especial.

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CAPÍTULO IV

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a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro.b) Aprobar el presupuesto y justificar las cuentas.c) Conocer las candidaturas a la dirección y sus

proyectos.d) Participar en la selección del director/a. Conocer

el nombramiento o cese del Equ. Direc.e) Decidir sobre la admisión del alumnado.f) Realizar el seguimiento de los compromisos

educativos y de convivencia.g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios

y velar porque se atengan a la normativa.

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h) Proponer medidas que favorezcan la convivencia y la igualdad.

i)Reprobar a quienes causen daños, injurias u ofensas al profesorado.

j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y recursos.

k) Fijar las directrices para la colaboración con otros centros.

l) Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto y las evaluaciones externas e internas.

m) Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del instituto y la mejora de la calidad de la gestión.

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Canalizar las iniciativas para la mejora de la convivencia.

Adoptar las medidas preventivas. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del

alumnado. Mediar en los conflictos. Conocer y valorar el cumplimiento de las correcciones

y medidas disciplinarias. Proponer al Cons. Esc. medidas para la mejora de la

convivencia. Dar cuanta al pleno del Cons. Esc., al menos dos veces

en el curso. Realizar el cumplimiento de los compromisos de

convivencia.