decreto 2057 del 21 de octubre de 2015

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--','" :... MINISTERIO DEL INTERIOR

DECRETO-NÚM~~U 2Ci57 DE 2015

Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, 2° del Decreto 2241 de 1986, y 21

del Decreto No. 2033 del 16 de octubre de 2015

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 del Decreto No. 2033 del 16 de octubre de 2015, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales el 25 de octubre de 2015.

DECRETA

ARTíCULO 1.- Delegar al Doctor Juan Fernando Cristo Bustos Ministro del Interior, la coordinación con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

ARTíCULO 2.- Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 21 del Decreto 2033 del 16 de octubre de 2015, desígnanse los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los Departamentos que se citan a continuación:

DEPARTAMENTO DELEGADO PRESIDENCIAL

BOGOTÁ, D. C. CRISTINA PARDO SHLESINGER Secretaria Jurídica Presidencia de la República

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DECRETO NÚMERO [tE ~I 2Ci57 HOJA No. 2

"Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones"

AMAZONAS

ANTIOQUIA

ARAUCA

ATLÁNTICO

BoLíVAR

BOYACÁ

CALDAS

CAQUETA

CASANARE

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO Viceministro de Empleo y Pensiones- Ministerio del Trabajo

LlLIANA CABALLERO DURAN Directora Departamento Administrativo de la Función Pública

GUSTAVO ENRIQUE GARCíA BATE-Secretario General de la Función Pública 2° delegado

MARIANA MARTíNEZ CUELLAR Viceministra para la Estrategia y la Planeación Ministerio de Defensa Nacional

GERMÁN ARCE ZAPATA- Gerente del Fondo Adaptación 2° Delegado

TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA Ministro de Minas y Energía CARLOS FERNANDO ERASO CALERO -Viceministro de Energía- Ministerio de Minas y Energía 2° delegado

MARíA ÁNGELA HOLGuíN CUELLAR Ministra de Relaciones Exteriores

DAVID LUNA SÁNCHEZ Ministro de Tecnologias de la Información y las Com u n icaciones MARíA ISABEL MEJíA JARAMILLO- Viceministra de Tecnologías y Sistemas de Información 2° Delegada

CECILIA ÁLVAREZ CORREA Ministra de Comercio Industria y Turismo DANIEL ARANGO ÁNGEL - Viceministro de Desarrollo Empresarial 2° delegado

CARLOS MEDINA RAMíREZ Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa-Ministerio de Justicia y del Derecho

JUAN PABLO DíAZGRANADOS PINEDO Viceministro de Desarrollo Rural- Ministerio de Agricultura

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DECRETO NÚMERO ~p~ 6Q.1)5 2 057 HOJA No. 3

"Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones"

CAUCA MARIANA GARCÉS CÓRDOBA Ministra de Cultura

CESAR ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social

CHOCÓ

CÓRDOBA

CUNDINAMARCA

GUAINíA

GUAVIARE

HUILA

LA GUAJIRA

MAGDALENA

META

YESID REYES ALVARADO Ministro de Justicia y del Derecho ANA MARíA RAMOS SERRANO- Viceministra de Promoción de la Justicia 2° delegada

SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ Director Nacional de Planeación MANUEL FERNANDO CASTRO QUIROZ- Subdirector Territorial y de Inversión Pública 2° delegado

TATIANA OROZCO DE LA CRUZ Directora Departamento de Prosperidad Social Presidencia de la República

HERNÁN MIGUEL ROMÁN CALDERÓN TURBAY Viceministro de Asuntos Agropecuarios Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

ENRIQUE JOSÉ NATES GUERRA Viceministro de Transporte- Ministerio de Transporte

LUIS MIGUEL PICO PASTRANA Director para Asuntos Políticos- DAPRE

AURELlO IRAGORRI VALENCIA Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

MAURICIO PERFETTI DEL CORRAL Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE

DIEGO ARDILA SILVA - Subdirector del DANE 2° delegado

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA Ministro de Hacienda y Crédito Público

ANDRÉS ESCOBAR ARANGO- Viceministro Técnico Ministerio de hacienda y Crédito Público 2° delegado

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DECRETO NÚMERO CE'--21J1~ 2(157 HOJA No. 4

"Por el cual se dictan disposiciones para ", .. ",nti.,.",,. el normal desarrollo elecciones"

NARIÑO

NORTE SANTANDER

PUTUMAYO

QUINDIO

RISARALDA

SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA SANTA CATALINA

SANTANDER

SUCRE

TOLlMA

VALLE CAUCA

NATALlAABELLO VIVES Ministra Transporte IVÁN MARTINEZ I BARRA- Viceministro de Infraestructura Ministerio de Transporte delegado

CRISTINA PLAZAS M Directora Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

PHILLI RNE Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad y el aprovechamiento del Tiempo Libre ­COLDEPORTES

MARíA ISABEL ULLOA Viceministra de Minas Ministerio de Minas y Energía

GINA MARíA PARODY D'ECHEONA Ministra Educación

VíCTOR SAAVEDRA MERCADO- Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media (E) Ministerio Educación2° delegado

MARíA CAROLINA HOYOS TURBAY Viceministra General Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

LUIS EDUARDO GARZÓN Ministro trabajo

RIQUE VI Viceministro Relaciones Laborales Ministerio de Trabajo delegado

ALFONSO PRADA Director Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA

SANTIAGO ROJAS AROYO- Director General Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN MARíA CAROLINA CASTILLO AGUILAR Viceministra de Agua y Saneamiento Ministro de Vivienda, y Territorio 2° delegado

GABRIEL VALLEJO LÓPEZ Ministro Ambiente y Desarrollo Sostenible

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DECRETO NÚMERO DE. üt5Li 21] 5 7 HOJA No. 5

"Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones"

VAUPÉS JOSÉ JAVIER PÉREZ MEJíA Viceministro del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa GSED

VICHADA MARíA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO Viceministra de Cultura

ARTíCULO 3.- Los delegados designados deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.

ARTíCULO 4°. VIGENCIA. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBlÍQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los

21 oCl 2015

/

El Ministro del Interior,

Elaboró: Bertha Álvarez Sanjuán. Asesora Grupo Asuntos Electorales.

Revisó: Ana Maria Almario Dreszer. Directora para la Democracia la Participación Ciudadana y la Acción Comunal

Aprobó: Cannen Inés Vásquez Camacho. Viceminislra para la Participación e Igualdad de Derechos